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COMISIÓN DE VIGILANCIA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN UNIDAD DE EVALUACIÓN Y CONTROL A AN NÁ ÁL L I I S S I I S S A AL L I I N NF F O OR RM ME E D DE EL L R RE E S S U UL L T TA AD DO O D DE E L L A A R RE E V VI I S S I I Ó ÓN N Y Y F F I I S S C CA AL L I I Z ZA AC CI I Ó ÓN N S S U UP P E E R RI I O OR R D DE E L L A A C CU UE E N NT TA A P P Ú ÚB BL L I I C CA A 2 2 0 0 0 0 6 6 AUDITORÍAS PRACTICADAS A ENTES VINCULADOS CON FUNCIONES DE DESARROLLO ECONÓMICO UEC- 010-2008 Mayo de 2008

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COMISIÓN DE VIGILANCIA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN

UNIDAD DE EVALUACIÓN Y CONTROL

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AUDITORÍAS PRACTICADAS A ENTES VINCULADOS CON FUNCIONES DE DESARROLLO ECONÓMICO

UEC- 010-2008 Mayo de 2008

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CONTENIDO

Página PRESENTACIÓN ........................................................................................................................................ 5

1. CONTEXTO GENERAL DEL SECTOR FUNCIONES DE DESARROLLO ECONÓMICO....... 7 1.1 Las funciones de Desarrollo Económico en la APF.…………………...…………….……. 7 1.2 Presupuesto ejercido en las funciones de Desarrollo Económico………...…….............. 10

2. ANTECEDENTES DE AUDITORÍAS PRACTICADAS EN FUNCIONES DE

DESARROLLO ECONÓMICO 2000-2005................................................................................. 11 2.1 Número y tipo de auditorías practicadas……………………………………………………. 11 2.2 Observaciones-acciones promovidas………………………………………………............. 13 2.3 Avance en la solventación de observaciones-acciones con corte al

31de marzo de 2008….……………………………………………….................................. 16 3. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN SUPERIOR 2006 EN LAS

FUNCIONES DE DESARROLLO ECONÓMICO....................................................................... 21 3.1 Auditorías practicadas……………………………………………………………………...…. 21 3.2 Observaciones-acciones promovidas……………………………………………………..… 22 3.3 Impacto económico y recuperaciones probables………………………………………….. 24 3.4 Auditorías de desempeño en las entidades vinculadas con funciones de Desarrollo

Económico....................................................................................................................... 25 3.5 Comentarios sobre los resultados de la fiscalización 2006 en entes vinculados con

Funciones de Desarrollo Económico………..……………………………………………….. 30 4. RESULTADOS DE AUDITORÍAS RELEVANTES ………………............................................. 55

Sector Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación 4.1 Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

Evaluación del Programa de Fomento Agrícola..............…………………………........... 58 4.2 Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

Evaluación del Programa de Fomento Ganadero.............................................………... 60 4.3 Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

Egresos Presupuestales de la Partida 4101”Subsidios a la Producción” (Programa del Fondo para Atender a la Población Afectada por Contingencias Climatológicas)................................................................................................................ 62

4.4 Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. Egresos Presupuestales de la Partida 4101 “Subsidios a la Producción” (Subprograma de Desarrollo de Capacidades en el Medio Rural).....………………….... 63

4.5 Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. Egresos Presupuestales de la Partida 4101 “Subsidios a la Producción” (Subprograma de Fortalecimiento de Empresas y Organización Rural)………………… 65

4.6 Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. Egresos Presupuestales de la Partida 4101 “Subsidios a la Producción” (Subprograma de Investigación y Transferencia de Tecnología).................................... 67

4.7 Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria. Evaluación del Programa de Apoyos Directos al Campo...................................................…................................... 69

4.8 Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria. Egresos Presupuestales de la Partida 4101 “Subsidios a la Producción” (Programa PO2 Ley de Capitalización del Programa de Apoyos Directos al Campo).......................................... 71

4.9 Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria. Egresos Presupuestales de la Partida 4101 “Subsidios a la Producción” (Subprograma C37 Apoyos Directos al Ingreso Objetivo)........................................................................................... 73

4.10 Apoyos y Servios a la Comercialización Agropecuaria. Egresos Presupuestales de la Partida 4101 “Subsidios a la Producción” (Subprograma C38 Coberturas).......... 75

4.11 Firco. Egresos Presupuestales de la Partida 4101 “Subsidios a la Producción“, Programa Fondo de Riesgo Compartido para el Fomento de Agronegocios.................. 77

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4.12 Fondo de Empresas Expropiadas del Sector Azucarero. Evaluación de la Operación del Fondo de Empresas Expropiadas del Sector Azucarero.........………..….. 79

Sector Comunicaciones y Transportes 4.13 SCT. Egresos Presupuestales del Capitulo 6000 “Obras Públicas”, Reconstrucción

de Tramos de la Red de Carreteras Federales……….……………………………………... 81 4.14 SCT. Evaluación de la Conservación de Carreteras de la Red Federal Libre de

Peaje, de Cuota, Alimentadoras y Caminos Rurales......................................................... 83 4.15 SCT. Concesión Otorgada a Sistemas Profesionales de Comunicación, S.A. de C.V.,

ahora Operadora UNEFON, S.A. de C.V......................................................................... 85 4.16 SCT. Evaluación del Proceso Utilizado para la Renovación de la Concesión de la

Autopista México-Toluca……………………………………………….............................…. 91 4.17 SCT. Recaudación de Ingresos por Aprovechamientos en la Desincorporación del

Grupo Aeroportuario Centro-Norte……………………………………………………............ 93 4.18 SCT. Recaudación de Ingresos por Aprovechamientos en la Desincorporación de

Grupo Aeroportuario del Pacífico…………………………………………………….............. 97 4.19 SCT. Egresos Presupuestales del Capítulo 6000 “Obras Públicas”, Proyecto

Ferrocarril Suburbano de la Zona Metropolitana del Valle de México, en el Distrito Federal y en el Estado de México..................................................................................... 100

4.20 SCT. Egresos Presupuestales del Capitulo 6000 “Obras Públicas”, Revisión Normativa del Proceso de Licitación de Carreteras Alimentadoras, en el Estado de Oaxaca……… 102

4.21 Administración Portuaria Integral de Lázaro Cárdenas, S.A. de C.V. Evaluación del Proyecto de Construcción del Puente sobre el Brazo Derecho, Puente Albatros, en el Puerto Lázaro Cárdenas, Michoacán.......................................... 104

4.22 Administración Portuaria Integral de Veracruz, S.A. de C. V. Evaluación de la Operación de la Infraestructura Marítimo-Portuaria........................................................ 106

4.23 Aeropuertos y Servicios Auxiliares. Evaluación de las Actividades Prioritarias Relacionadas con el Indicador “Pasajeros Atendidos”.................................................... 108

4.24 Aeropuertos y Servicios Auxiliares. Egresos Presupuestales del Capítulo 6000 “Obras Públicas”, Proyecto Cimentación Profunda de los Edificios: Dedo Norte, Dedo Sur, Edificio Terminal, Patio-Hotel y Estacionamiento Cubierto de la Nueva Terminal 2 del AICM........................................................................................................ 110

4.25 Aeropuertos y Servicios Auxiliares. Egresos Presupuestales del Capítulo 6000 “Obras Públicas”, Proyecto Integral a Precio Alzado y Tiempo Determinado del Sistema de Transporte Interterminales Automated People Mover, que Conectará a las Terminales 1 y 2 del AICM...................................................................................... 112

4.26 Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos. Egresos Presupuestales del Capitulo 6000 “Obras Públicas”, Autopista Cuernavaca-Acapulco (Autopista del Sol), en el Estado de Guerrero…………………… 115

4.27 Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos. Evaluación del Cumplimiento de la Prestación del Servicio de Mantenimiento de la Autopista Cuernavaca-Acapulco (Autopista del Sol), en los Estados de Morelos y Guerrero......... 118

4.28 Comisión Federal de Telecomunicaciones. Evaluación de los Procedimientos para la Administración, Control y Seguimiento de las Concesiones Otorgadas sobre Bandas de Frecuencia del Espectro Radioeléctrico para Usos Determinados...... 120

Sector Economía 4.29 Secretaría de Economía. Gestión Financiera y Desempeño del Programa de

Desarrollo Empresarial.................................................................................................... 122 4.30 Secretaría de Economía. Evaluación del Proceso Utilizado para la Autorización de

Importación del Cupo de Maíz......................................................................................... 124 4.31 Comisión Federal de Mejora Regulatoria. Evaluación del Programa de Mejora

Regulatoria....................................................................................................................... 126

Sector Trabajo y Previsión Social 4.32 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Evaluación del Programa de

Apoyo a la Capacitación.......................................................................................…….... 129

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Sector Energía 4.33 Comisión Federal de Electricidad. Evaluación del Desempeño de la Comisión

Federal de Electricidad en la Generación, Transmisión, Transformación, Control, Distribución y Comercialización de Energía Eléctrica.............................................…… 131

4.34 Comisión Federal de Electricidad. Proyecto Hidroeléctrico el Cajón, en el Estado de Nayarit.............................................................................…………………….. 133

4.35 Comisión Federal de Electricidad. Evaluación de las Obligaciones Derivadas de los Pasivos Laborales a Cargo de la Comisión Federal de Electricidad............................... 134

4.36 Comisión Federal de Electricidad. Evaluación de la Rentabilidad de los Proyectos PIDIREGAS de Inversión Condicionada “Centrales Generadoras de Energía Eléctrica” de Ciclo Combinado........................................................................… 137

4.37 Comisión Federal de Electricidad. Evaluación de la Rentabilidad de los Proyectos PIDIREGAS de Inversión Directa “Centrales Generadoras de Energía Eléctrica” de Ciclo Combinado........................................................................... 138

4.38 Comisión Federal de Electricidad. Proyecto Hidroeléctrico La Parota, en el Estado de Guerrero......................................................................................................... 140

4.39 Compañía Mexicana de Exploraciones, S.A. de C.V. Evaluar la Gestión y Desempeño del Programa de Hidrocarburos, Prestar Servicios de Exploración y Contratación de “Servicios Generales”.......................................................................…. 141

4.40 Luz y Fuerza del Centro. Evaluación de las Obligaciones Derivadas de los Pasivos Laborales a Cargo de Luz y Fuerza del Centro................................................. 143

4.41 Luz y Fuerza del Centro. Egresos Presupuestales del Capítulo 6000 “Obras Públicas”, Proyecto Desarrollar y Construir Sistemas de Distribución en el D.F………………………………………………….................................. 145

4.42 Luz y Fuerza del Centro. Egresos Presupuestales del Capítulo 6000 “Obras Públicas”, Proyecto Desarrollar y Construir Sistemas de Distribución en el Estado de México................................................................................................... 147

4.43 Luz y Fuerza del Centro. Egresos Presupuestales del Capítulo 6000 “Obras Públicas”, Proyecto Rehabilitar y Modernizar las Instalaciones en el D.F........... 148

4.44 Petróleos Mexicanos. Evaluación de las Obligaciones Derivadas de los Pasivos Laborales a Cargo de Petróleos Mexicanos...................................................... 150

4.45 Petróleos Mexicanos. Aprovechamientos sobre Rendimientos Excedentes................... 151 4.46 Petróleos Mexicanos. Recaudación de Ingresos por Rendimientos Petroleros.............. 153 4.47 Petróleos Mexicanos. Recaudación de Ingresos por Rendimientos Petroleros

(Régimen Fiscal).............................................................................................................. 154 4.48 Petróleos Mexicanos. Evaluación de la Deuda PIDIREGAS........................................... 156 4.49 Petróleos Mexicanos. Operación del Fondo Laboral PEMEX......................................... 158 4.50 Petróleos Mexicanos. Operaciones a través de Instrumentos Financieros..................... 160 4.51 PEMEX Exploración y Producción. Evaluación de las Actividades de

Exploración de Hidrocarburos......................................................................................... 162 4.52 PEMEX Exploración y Producción. Proyecto PEP Cantarell. Construcción de

Infraestructura Orientada a la Producción de Crudo Pesado, en la Región Marina Noreste.................................................................................................... 165

4.53 PEMEX Exploración y Producción. Proyecto PEP Integral Ku-Maloob-Zaap-Pidiregas Construcción de Infraestructura Orientada a la Producción de Crudo Ligero, en la Región Marina Noreste........................................................................................... 167

4.54 PEMEX Exploración y Producción. Costos y Gastos de Exploración y Explotación de Crudo y Gas Natural Asociado y no Asociado........................................ 170

4.55 PEMEX Exploración y Producción. Evaluación de los Derechos a los Hidrocarburos.................................................................................................................. 172

4.56 PEMEX Exploración y Producción. Evaluación de los Derechos a los Hidrocarburos (Régimen Fiscal)...................................................................................... 174

4.57 PEMEX Exploración y Producción. Inversiones en Proyectos de Exploración de Nuevos Campos Petroleros en Aguas Profundas del Golfo de México..................... 177

4.58 PEMEX Exploración y Producción. Proyecto PEP Integral Agua Fría Coapechaca-Tajin-Pidiregas. Construcción de Infraestructura Orientada a la Recuperación de las Reservas de Hidrocarburos........................................................... 179

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4.59 PEMEX Exploración y Producción. Proyecto PEP Integral Chuc-Pidiregas. Construcción de Infraestructura Orientada a la Producción de Crudo Ligero, en la Región Marina Suroeste......................................................................................... 181

4.60 PEMEX Gas y Petroquímica Básica. Mantenimiento a Plantas...................................... 183 4.61 PEMEX Petroquímica. Mantenimiento a Plantas............................................................. 184 4.62 PEMEX Refinación. Contratación para los Trabajos y Servicios de

Reconfiguración de la Refinería “General Lázaro Cárdenas”.......................................... 186 4.63 PEMEX Refinación. Evaluación del Costo Financiero de la Deuda Interna.................... 188 4.64 PEMEX Refinación. Evaluación de las Acciones Realizadas por PEMEX Refinación

para la Solventación de las Acciones Promovidas con Motivo de la Revisión de la Cuenta Pública 2004.............................................................................................. 190

4.65 P.M.I Comercio Internacional, S.A. de C.V. Comercialización de Petróleo Crudo.......... 191 4.66 Instituto Mexicano del Petróleo. Evaluación de las Acciones de Investigación y

Desarrollo Tecnológico en Materia Petrolera.................................................................. 193 Sector Turismo 4.67 Secretaría de Turismo. Evaluación de las Acciones de Desarrollo Turístico en

los Estados y Municipios................................................................................................. 195 4.68 Fondo Nacional de Fomento al Turismo. Ingresos y Egresos de Proyectos

Turísticos......................................................................................................................... 198 Sector Reforma Agraria 4.69 Secretaría de la Reforma Agraria. Evaluación del Fondo de Apoyo a Proyectos

Productivos Agrarios....................................................................................................... 199 4.70 Secretaría de la Reforma Agraria. Egresos Presupuestales de la Partida 4101

“Subsidios a la Producción” – Fondo de Apoyo a Proyectos Productivos Agrarios........ 201 Sector Medio Ambiente y Recursos Naturales 4.71 Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas. Evaluación de la Administración

de las Áreas Naturales Protegidas.................................................................................. 202 4.72 Comisión Nacional del Agua. Evaluación de los Programas de Agua Potable,

Alcantarillado y Saneamiento que Instrumentan la Política Pública................................ 205 4.73 Comisión Nacional del Agua. Egresos Presupuestales de la Partida 4328

“Transferencias para Aportaciones a Fideicomisos y Mandatos”.................................... 207 4.74 Comisión Nacional del Agua. Egresos Presupuestales del Capítulo 4000

“Subsidios y Transferencias”, Programa de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento en Zonas Urbanas, Plantas Potabilizadoras en el Estado de Tabasco........................................................................................................................... 209

4.75 Procuraduría Federal de Protección al Ambiente. Evaluación del Procedimiento Utilizado en los Operativos para Detener la Tala Ilegal........................................................ 210

Sector Ciencia y Tecnología 4.76 Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología. Fideicomiso “Fondo Institucional para

el Fomento de la Ciencia, el Fomento de la Tecnología y el Fomento, Desarrollo y Consolidación de Científicos y Tecnólogos”................................................................. 212

4.77 Instituto Nacional de Astrofísica, Óptica y Electrónica. Egresos Presupuestales del Capítulo 6000 “Obras Públicas”, Proyecto Gran Telescopio Milimétrico, en el Estado de Puebla................................................................................................... 214

ANEXO 1. RESUMEN DE AUDITORÍAS PRACTICADAS POR LA AUDITORÍA

SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN EN LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 2006, SEGÚN SECTOR, ENTE AUDITADO Y TIPO DE REVISIÓN……………………. 217

ANEXO 2. RESUMEN DE OBSERVACIONES-ACCIONES PROMOVIDAS POR LA

AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN EN LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 2006 SEGÚN SECTOR, ENTE AUDITADO Y TIPO DE ACCIÓN………….. 223

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PRESENTACIÓN Con el presente documento, la Unidad de Evaluación y Control (UEC) continúa su trabajo de apoyar a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación en su atribución de evaluar el desempeño de la Auditoría Superior de la Federación (ASF), a través del análisis al Informe del resultado de la revisión y fiscalización superior de la Cuenta Pública 2006 que el órgano fiscalizador rindió a la H. Cámara de Diputados el pasado 27 de marzo. Este tercer documento sectorial está orientado al análisis y comentarios sobre las revisiones practicadas a entes vinculados con Funciones de Desarrollo Económico. Consecuentemente, el documento hace referencia a las 200 auditorías practicadas a 42 entes de los siguientes sectores: Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; Comunicación y Transportes; Economía; Trabajo y Previsión Social; Energía; Turismo; Reforma Agraria; Medio Ambiente y Recursos Naturales, y Ciencia y Tecnología. En atención a los acuerdos de la Comisión, de las 200 auditorías practicadas a funciones de Desarrollo Económico, se seleccionaron 77 revisiones para su análisis, el 38.5% del total. Entre los temas abordados en estas auditorías destacan por su trascendencia camaral los siguientes: evaluación de los programas agrícola y ganadero, y de apoyos directos al campo; subsidios a la producción; fondo de empresas expropiadas al sector azucarero; reconstrucción y renovación de redes carreteras diversa, autopista del Sol y proyecto ferrocarril suburbano de la ZMVM; sistema de transporte interterminales 1 y 2 del AICM, y nueva terminal 2 del AICM; procedimientos de control y seguimiento de las concesiones otorgadas sobre las bandas de frecuencia del espectro radioeléctrico; programa de desarrollo empresarial; autorización de importación del cupo de maíz; desempeño de la CFE, así como pasivos laborales y Pidiregas en CFE; respecto del sector petrolero, evaluación de las obligaciones derivadas de los pasivos laborales, deuda Pidiregas, rendimientos excedentes y petroleros, exploración de hidrocarburos y de nuevos campos petroleros en aguas profundas, mantenimiento a plantas, costo financiero de la deuda interna y comercialización del petróleo crudo; evaluación de los programas de la Comisión Nacional del Agua de agua potable, alcantarillado y saneamiento; y evaluación de los procedimientos para detener la tala ilegal, entre otros. El documento se encuentra organizado en cuatro apartados. El primero ofrece elementos de contexto sobre la importancia de estas funciones en la Administración Pública Federal (APF), las metas comprometidas para el periodo 2001-2006 y los principales logros alcanzados, con énfasis en el último año. El segundo apartado, expone los antecedentes de la fiscalización en las funciones de Desarrollo Económico en el periodo 2000-2005, las observaciones y acciones promovidas y el avance en su solventación hasta el 31 de marzo de 2008.

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El tercer apartado, expone los resultados generales de las auditorías practicadas a este grupo funcional en la revisión de la Cuenta Pública 2006, que incluye una sección especial sobre las auditorías al desempeño, así como un conjunto de comentarios acerca del desempeño de la ASF, la fiscalización al sector, y las auditorías relevantes. En la cuarta y última sección, se incorporan los resúmenes de los principales aspectos de contenido de las auditorías seleccionadas del sector, así como comentarios específicos sobre ellas. Adicionalmente, se incluyen en la parte final dos cuadros anexos que hacen referencia a las auditorías practicadas en la revisión de la Cuenta Pública 2006 y a las observaciones-acciones promovidas por la ASF en la misma revisión. Al igual que con los anteriores, con este documento la UEC busca contribuir en la ampliación de los alcances del trabajo de análisis que los integrantes de la Comisión de Vigilancia realizan sobre la fiscalización superior de la Cuenta Pública 2006.

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1. CONTEXTO GENERAL DE LAS FUNCIONES DE DESARROLLO ECONÓMICO

1.1 Las funciones de Desarrollo Económico en la APF El desarrollo económico encuentra sus bases en la concurrencia de la actividad productiva, el trabajo, la inversión, la tecnología y el uso racional de los recursos naturales, permitiendo alcanzar con esto un crecimiento económico sostenido y sustentable, caracterizado por la capacidad de generar oportunidades que ayuden a ampliar el desarrollo de las comunidades y de las personas. En el periodo 2001-2006, se establecieron cinco objetivos rectores para alcanzar crecimiento con calidad en el país: conducción responsable de la economía; aumento y extensión de la competitividad nacional; aseguramiento del desarrollo incluyente; promoción del desarrollo económico regional equilibrado; y creación de las condiciones para un desarrollo sustentable. Para conseguir esos objetivos, se definieron diversas estrategias, entre las que destacan las siguientes:

⎯ Energía. Contar con una regulación energética moderna y transparente, que garantice la calidad en el servicio, precios competitivos y el fortalecimiento de los lazos internacionales para concretar acuerdos trilaterales energéticos con América del Norte, así como con los socios del Plan Puebla-Panamá, a fin de integrar mercados regionales.

⎯ Electricidad. Generar flujos de electricidad eficaz y suficiente ante la creciente demanda, entre otras.

⎯ Comunicaciones y Transportes. Asegurar la modernización y expansión de la red de infraestructura, así como la calidad en la prestación de los servicios, ampliando su cobertura y accesibilidad, entre otras.

⎯ Desarrollo Agropecuario y Forestal. Contribuir a que el productor obtenga el mayor valor agregado de sus productos y elevar la calidad y sanidad de los alimentos de origen agropecuario y pesquero, entre otras.

⎯ Desarrollo Sustentable. Coadyuvar a detener el deterioro del medio ambiente y de la riqueza natural del país; controlar el proceso de contaminación ambiental; e impulsar el manejo integral y sustentable del agua, entre otras.

⎯ Desarrollo Laboral. Avanzar en la recuperación gradual y sostenida del nivel de vida de los trabajadores y sus familias; y fomentar una cultura de la capacitación para el trabajo y la competitividad de las empresas, entre otras.

⎯ Desarrollo Empresarial. Acrecentar los niveles de competitividad del país; facilitar el acceso de las micro, pequeñas y medianas empresas al financiamiento y

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apoyar la creación de empresas competitivas; así como vigorizar el mercado interno y garantizar el abasto de bienes de consumo, entre otras.

⎯ Turismo. Desarrollar y fortalecer la oferta turística para consolidar los destinos tradicionales y diversificar el producto turístico nacional, y alentar la inversión en destinos turísticos sustentables y altamente competitivos.

⎯ Ciencia y Tecnología. Fortalecer la capacidad de investigación del país y elevar la competitividad e innovación de las empresas, entre otras.

Dentro de los resultados relevantes alcanzados en 2006 destaca que en materia agropecuaria, se destinaron al PROCAMPO 12 mil 308.1 millones de pesos, en benefició de 2.2 millones de productores poseedores de una superficie de 11.8 millones de hectáreas, cantidades inferiores a las del año anterior en 1.3%, 6.5% y 1.7%, respectivamente, lo que se atribuye en gran medida al desplazamiento de beneficiarios al PROCAMPO Capitalizado. De igual forma, la producción agrícola ascendió a 57.2 millones de toneladas, esto es, 3.9% más que lo reportado un año antes. Del total, 58.6% correspondió a los diez principales granos y oleaginosas; 26.3% a productos frutícolas, y 15.1% a hortícolas. En desarrollo de infraestructura carretera, se amplió en 777.8 Kms las carreteras, la construcción de 83.0 Kms de enlaces carreteros y 22.1 Kms de libramientos, así como la reconstrucción de 80.7 Kms de tramos y 74 puentes. En infraestructura aeroportuaria, se desarrollaron diversos proyectos, entre los que destacan la ampliación a su máxima capacidad del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM), la definición del Sistema Metropolitano Aeroportuario conformado por los aeropuertos de la Ciudad de México, Cuernavaca, Puebla, Querétaro y Toluca, y el desarrollo de los aeropuertos de distribución de Cancún, Guadalajara y Monterrey. En materia energética, la Comisión Reguladora de Energía (CRE) otorgó 58 permisos de transporte y distribución de gas natural. Del total, 18 se concedieron a transporte de acceso directo y 14 para transporte de usos propios; 21 para distribución y 5 para almacenamiento, mismos que representaron inversiones por 2 mil 430.0 millones de dólares. En actividades exploratorias se descubrieron 19 campos: 4 de crudo y 15 de gas. Además, se concluyeron 69 pozos, de los cuales 11 resultaron productores de aceite y 21 de gas; la mayor parte se localizó en la Región Norte, principalmente en Burgos y Veracruz. Se terminaron 587 pozos de desarrollo, esto es, 24.6% más que lo programado, de los cuales, 541 resultaron productores: 171 de crudo y 370 de gas y condensado. Con todo ello, se incorporaron reservas por 966.1 millones de barriles de petróleo crudo equivalente (MMBPCE), por lo que al 1 de enero de 2007 las reservas totales de hidrocarburos ascendieron a 45 mil 376.3 (MMBPCE), lo que arroja una reducción anual de 2.2%. La extracción de petróleo crudo ascendió a 3.2 millones de barriles diarios, cifra inferior en 6.4% y en 2.3% a la estimada y a la alcanzada en 2005, respectivamente. Dicho

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comportamiento se atribuyó al menor dinamismo de las regiones marinas, como reflejo de las condiciones meteorológicas desfavorables y a la declinación prematura del campo Cantarell. Por tipo de crudo, el pesado mantuvo su preeminencia con 68.9% de la producción del país; el ligero representó 25.5%, y el superligero el restante 5.6%. La producción de gas natural se ubicó en 5,356.1 Millones de Pies Cúbicos Diarios (MMPCD), volumen superior en 11.2% al obtenido un año antes. Tal variación se explica, por el inicio de operaciones y la mayor productividad de los pozos ubicados en los proyectos Burgos, Ixtal-Manik y Taratunich. En lo que concierne al precio promedio anual de la mezcla mexicana de exportación, éste se ubicó en 53.04 dólares por barril, nivel superior en 10.32 dólares al de 2005, y en 16.54 dólares al estimado para efectos de presupuesto. Por tipo de crudo, el Maya ubicó en 51.10 dólares; el Istmo en 57.29, y el Olmeca en 64.67 dólares por barril. En el sector eléctrico, la capacidad efectiva de generación de electricidad se situó en 48,896.6 Megawatts (MW), cifra que comparada con la de 2005 fue superior en 5.9%. El análisis por fuente de generación indica que el 68.3% de generación provino de las plantas que operan con hidrocarburos y 31.7% con fuentes alternas. De excluir a los Productores Externos de Energía (PEE’s), la capacidad efectiva del subsector eléctrico paraestatal se ubicó en 38,509.7 MW, es decir, 227.1 MW por arriba del nivel registrado en 2005. Del total, CFE contribuyó con 97.3% y LFC con el restante 2.7%. Conforme a la Cuenta Pública 2006, la inversión total en CFE y LFC ascendió a 48 mil 982.7 millones de pesos. De este monto, 54.8% correspondió a inversión presupuestaria y 45.2% a PIDIREGAS. Del total de la inversión, el 81.5% se orientó a la CFE y el 18.5% restante a LFC. De igual forma, la CRE autorizó 499 permisos para la generación e importación del fluido eléctrico en sus diferentes modalidades, destacando las de autoabastecimiento. Este conjunto de permisos significaron 14 mil 553.0 millones de dólares de inversiones comprometidas y de capacidad máxima de generación de 22,292 megawatts. Por otro lado, la Cuenta Pública reportó que el Programa de Apoyo al Empleo (PAE) logró colocar en puestos de trabajo a 134 mil 834 personas, cifra que rebasó en 2.6% la programada. En el mismo sentido, en el sector economía, las acciones de formación empresarial y competitividad de las MIPYMES, permitieron canalizar 3 mil 110.0 millones de pesos, que favorecieron a 195 mil 022 MIPYMES pertenecientes a los sectores industrial, comercial, servicios y agroindustria. En el sector Turismo, el Consejo de Promoción Turística de México (CPTM), informó que orientó su estrategia gubernamental a incentivar el mayor flujo de viajeros mexicanos al interior, así como a promover nuevos productos, destinos y servicios de calidad. Finalmente, en Ciencia y Tecnología, el CONACYT otorgó 10 mil 027 nuevas becas para realizar estudios de posgrado, de las cuales 88.1% fueron en el país y el 11.9% en el extranjero.

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1.2 Presupuesto ejercido en funciones de Desarrollo Económico Durante 2006, el gasto programable del sector público ascendió a 1 billón 627 mil 207.1 millones de pesos, sin considerar los egresos de los ramos autónomos, lo que implicó rebasar en 19.3% el presupuesto original y en 8.0% real lo registrado el año previo. A las funciones de Desarrollo Económico se canalizaron 505 mil 899.5 millones de pesos, monto por arriba del previsto en 28.9% y en 5.5% real respecto del periodo anterior. En proporción al PIB, los recursos ejercidos en funciones de Desarrollo Económico correspondieron a 5.5%, nivel similar al de 2005; es de mencionarse que por monto de recursos destinados, este grupo funcional es el segundo de mayor importancia, detrás de las erogaciones para Desarrollo Social.

Dentro del presupuesto ejercido en funciones de desarrollo económico, los recursos destinados a energía absorbieron el mayor monto de recursos con 71.6%; mientras que los ejercidos en Desarrollo Agropecuario y Forestal representaron el 10.1%, el de Comunicaciones y Transportes 8.2% y el restante 10.1% correspondió a las funciones de Ciencia y Tecnología, Temas Empresariales, Agrarios y Laborales, Desarrollo Sustentable, Servicios Financieros, y Turismo. Específicamente, a la función de Energía se asignaron recursos que superaron lo programado en 37.8% y lo ejercido en 2005 en 6.7% real, con lo cual fue posible alcanzar importantes resulta-dos como el descubrimiento de 15 campos de gas y 4 de crudo; y el incremento en 11.2% de la producción de gas natural, entre otros señalados con anterioridad.

Energía 71.6%

Com. y Transportes 8.2%

D. Agropecuario y Forestal 10.1%

T. Laborales 0.5%

T. Empre.1.8%

S. Financieros 1.3%

Turismo 0.4%

C. y Tecnología 3.6%

T. Agra. 0.8%

D. Sustentable 1.7%

DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS EN FUNCIONES DE DESARROLLO ECONÓMICO

Fuente: Cuenta de Hacienda Pública Federal 2006, SHCP.

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2. ANTECEDENTES DE AUDITORÍAS PRACTICADAS EN FUNCIONES DE DESARROLLO ECONÓMICO 2000-2005

2.1 Número y tipo de auditorías practicadas

En la revisión de las Cuentas Públicas 2000 a 2005, la ASF practicó 813 auditorías a 80 entes relacionados con funciones de Desarrollo Económico. En ese periodo, la revisión de la Cuenta Pública 2004 presentó el mayor número de revisiones (174 auditorías), mientras que en la revisión de la Cuenta Pública 2000 se observa el menor número de auditorías (104). Por tipo de auditoría, las financieras y de cumplimiento tuvieron mayor participación relativa con 349 auditorías (42.9% del total), les siguieron las de obra pública e inversiones físicas con 299 revisiones (36.8%). La ASF realizó 78 auditorías de desempeño (9.6%), 73 especiales (9.0%), 9 de seguimiento (1.1%), 4 de sistemas (0.5%) y una revisión de situación excepcional (0.1% del total en estas funciones).

FUNCIONES DE DESARROLLO ECONÓMICO 78 349 299 4 73 9 1 813Sector Agricultura, Ganadería, Des.Rural, Pesca y Alimentación 11 41 3 1 11 1 0 68

1 Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca 1 1 0 0 0 0 0 22 Secretaría de Agricultura, Ganadería, Des. Rural, Pesca y Alimentación 4 20 3 1 5 0 0 333 Apoyos a Servicios y Comercialización Agropecuaria 2 9 0 0 0 1 0 124 Colegio de Post Graduados 0 2 0 0 0 0 0 25 Fideicomiso de Riesgo Compartido 1 2 0 0 0 0 0 36 Fondo de Empresas Expropiadas del Sector Azucarero 0 0 0 0 4 0 0 47 Productora Nacional de Semillas 0 2 0 0 1 0 0 38 Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias 1 1 0 0 0 0 0 29 Servicio de Información y Estadística Agroalimentaria y Pesquera 1 0 0 0 0 0 0 110 Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria 1 4 0 0 0 0 0 511 Universidad Autónoma Agraria "Antonio Narro" 0 0 0 0 1 0 0 1

Sector Comunicaciones y Transportes 14 69 123 1 31 1 0 23912 Secretaría de Comunicaciones y Transportes 8 24 88 1 18 0 0 13913 Administración Portuaria Integral de Altamira, S.A. de C.V. 0 2 2 0 0 0 0 414 Administración Portuaria Integral de Campeche, S.A. de C.V. 0 0 0 0 1 0 0 115 Administración Portuaria Integral de Ensenada, S.A. de C.V. 0 1 1 0 0 0 0 216 Administración Portuaria Integral Lázaro Cárdenas, S.A. De C.V. 0 0 2 0 0 0 0 217 Administración Portuaria Integral de Manzanillo, S.A. de C.V. 0 1 3 0 0 0 0 418 Administración Portuaria Integral de Mazatlán, S.A. de C.V. 0 2 0 0 1 0 0 319 Administración Portuaria Integral de Progreso, S.A. De C.V. 0 0 0 0 1 0 0 120 Administración Portuaria Integral de Puerto Vallarta, S.A. De C.V. 0 0 0 0 1 0 0 121 Administración Portuaria Integral de Tampico, S.A. De C.V. 0 0 0 0 1 0 0 122 Administración Portuaria Integral de Topolobampo, S.A. de C.V. 0 2 0 0 0 0 0 223 Administración Portuaria Integral de Tuxpan, S.A. de C.V. 0 0 1 0 1 0 0 224 Administración Portuaria Integral de Veracruz, S.A. de C.V. 0 2 2 0 1 0 0 525 Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, S.A. de C.V. 1 4 1 0 0 1 0 726 Aeropuertos y Servicios Auxiliares 1 5 8 0 0 0 0 1427 Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos 2 8 14 0 0 0 0 2428 Comisión Federal de Telecomunicaciones 1 2 0 0 5 0 0 829 Ferrocarriles Nacionales de México 0 1 0 0 1 0 0 230 Fideicomiso de Formac.y Capac. para personal de Marina Mercante Nal. 0 1 0 0 0 0 0 131 Servicio Postal Mexicano 0 6 0 0 0 0 0 632 Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano 0 5 0 0 0 0 0 533 Telecomunicaciones de México 1 3 1 0 0 0 0 5

Sector Economía 8 13 0 0 6 1 0 2834 Secretaría de Economía 3 6 0 0 5 1 0 1535 Coord. Gral. del Prog. Nal. de Apoyo para las Empresas de Solidaridad 1 2 0 0 0 0 0 336 Comisión Federal de Competencia 1 0 0 0 0 0 0 137 Comisión Federal de Mejora Regulatoria 1 0 0 0 0 0 0 138 Exportadora de Sal, S.A. de C.V. 0 1 0 0 0 0 0 139 Fideicomiso de Fomento Minero 0 1 0 0 0 0 0 140 Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial 1 1 0 0 1 0 0 341 Procuraduría Federal del Consumidor 1 2 0 0 0 0 0 3

Sector Trabajo y Prevención Social 5 7 0 1 0 1 0 1442 Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores 1 2 0 0 0 0 0 343 Secretaría del Trabajo y Previsión Social 3 5 0 1 0 0 0 944 Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo 1 0 0 0 0 1 0 2

RESUMEN DE AUDITORÍAS PRACTICADAS POR LA ASF A ENTES VINCULADOS CON FUNCIONES DE DESARROLLO ECONÓMICO

No. ENTE DESEMPEÑOREGULARIDAD

ESPECIALES SEGUIMIENTO SITUACIÓN EXCEPCIONAL

REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA FEDERAL 2000-2005

TOTALFINANCIERAS Y DE

CUMPLIMIENTO

OBRA PÚBLICA E INVERSIÓN

FÍSICASISTEMAS

Continúa…

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FUNCIONES DE DESARROLLO ECONÓMICO 78 349 299 4 73 9 1 813Sector Energía 16 167 150 0 20 1 1 355

45 Secretaría de Energía 1 3 0 0 4 0 0 846 Comisión Federal de Electricidad 4 28 56 0 1 0 0 8947 Comisión Nacional para el Ahorro de Energía 1 1 0 0 0 0 0 248 Comisión Reguladora de Energía 1 1 0 0 8 0 1 1149 Compañía Mexicana de Exploraciones, S.A. 0 1 0 0 0 0 0 150 Instituto Mexicano del Petróleo 0 4 0 0 0 0 0 451 Instituto de Investigaciones Eléctricas 0 1 0 0 0 0 0 152 Instalaciones Inmobiliarias para Industrias, S.A. de C.V. 0 1 0 0 0 0 0 153 Luz y Fuerza del Centro 1 17 32 0 1 0 0 5154 Petróleos Mexicanos 4 20 1 0 3 0 0 2855 PEMEX Exploración y Producción 2 19 26 0 1 1 0 4956 PEMEX Gas y Petroquímica Básica 1 10 13 0 0 0 0 2457 PEMEX Petroquímica 1 6 0 0 0 0 0 758 PEMEX Refinación 0 29 19 0 2 0 0 5059 Petroquímica Camargo S.A. De C.V. 0 1 0 0 0 0 0 160 Petroquímica Cangrejera, S.A. De C.V. 0 8 2 0 0 0 0 1061 Petroquímica Cosoleacaque, S.A. De C.V. 0 2 0 0 0 0 0 262 Petroquímica Escolín, S.A. De C.V. 0 3 0 0 0 0 0 363 Petroquímica Morelos, S.A. De C.V. 0 5 0 0 0 0 0 564 Petroquímica Pajaritos, S.A. De C.V. 0 3 1 0 0 0 0 465 Petroquímica Tula, S.A. De C.V. 0 1 0 0 0 0 0 166 P.M.I. Comercio Internacional, S.A. De C.V. 0 3 0 0 0 0 0 3

Sector Turismo 6 16 3 0 2 2 0 2967 Secretaría de Turismo 2 6 0 0 1 0 0 968 Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V. 2 4 0 0 0 1 0 769 Fondo Nacional de Fomento al Turismo 2 6 3 0 1 1 0 13

Sector Reforma Agraria 3 2 0 0 0 0 0 570 Secretaría de la Reforma Agraria 2 1 0 0 0 0 0 371 Procuraduría Agraria 1 0 0 0 0 0 0 172 Registro Agrario Nacional 0 1 0 0 0 0 0 1

Sector Medio Ambiente y Recursos Naturales 14 27 20 1 3 2 0 6773 Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales 5 6 0 1 2 2 0 1674 Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas 1 0 0 0 0 0 0 175 Comisión Nacional del Agua 5 15 20 0 0 0 0 4076 Comisión Nacional Forestal 1 2 0 0 0 0 0 377 Instituto Mexicano de Tecnología del Agua 0 1 0 0 0 0 0 178 Instituto Nacional de Ecología 1 1 0 0 0 0 0 279 Procuraduría Federal de Protección al Ambiente 1 2 0 0 1 0 0 4

Sector Ciencia y Tecnología 1 7 0 0 0 0 0 880 Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología 1 7 0 0 0 0 0 8

Fuente: Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2000-2005, ASF.

RESUMEN DE AUDITORÍAS PRACTICADAS POR LA ASF A ENTES VINCULADOS CON FUNCIONES DE DESARROLLO ECONÓMICO

No. ENTE DESEMPEÑOREGULARIDAD

ESPECIALES SEGUIMIENTO SITUACIÓN EXCEPCIONAL

REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA FEDERAL 2000-2005

TOTALFINANCIERAS Y DE

CUMPLIMIENTO

OBRA PÚBLICA E INVERSIÓN

FÍSICASISTEMAS

En la revisión 2000-2005, el ente más fiscalizado en estas funciones fue la Secretaría de Comunicaciones y Transportes con 139 auditorías, cantidad que equivale al 17.1% del total de auditorías efectuadas en el grupo. Le siguieron, la Comisión Federal de Electricidad con 89 auditorías (10.9%), Luz y Fuerza del Centro, con 51 auditorías (6.3%), PEMEX Refinación con 50 auditorías (6.1%), y PEMEX Exploración y Producción con 49 auditorías (6.0%). Si se toma en su conjunto a PEMEX y subsidiarias, incluyendo al Instituto Mexicano del Petróleo, se tiene que este subsector fue objeto de 191 auditorías en el periodo (23.5% del total en funciones económicas). Por su parte, los entes menos auditados del sector (una sola vez) fueron los siguientes: Servicio de Información y Estadística Agroalimentaria y Pesquera; Universidad Autónoma Agraria "Antonio Narro"; Administración Portuaria Integral de Campeche, de Progreso, de Puerto Vallarta y de Tampico; Fideicomiso de Formación y Capacitación para el Personal de Marina Mercante Nacional; Comisión Federal de Competencia; Comisión Federal de Mejora Regulatoria; Exportadora de Sal, S.A; Fideicomiso de Fomento Minero; Compañía Mexicana de Exploraciones, S.A.; Instituto de Investigaciones Eléctricas; Instalaciones Inmobiliarias para Industrias; Petroquímica Camargo; Petroquímica Tula; Procuraduría Agraria; Registro Agrario Nacional; Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas; Instituto Mexicano de Tecnología del Agua; y Secretaría de Comercio y Fomento Industrial (incluida en el sector Economía).

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2.2 Observaciones-acciones promovidas Como resultado de las 813 auditorías practicadas en la revisión de las Cuentas Públicas 2000-2005 a entes vinculados con funciones de Desarrollo Económico, la ASF emitió 6 mil 361 observaciones (7.8 observaciones por auditoría en promedio), las cuales dieron lugar a 8 mil 315 acciones promovidas (10.2 acciones por auditoría), derivándose 6 mil 310 de carácter preventivo (75.9%) y 2 mil 005 de carácter correctivo (24.1%). De las acciones de carácter correctivo, las que tuvieron mayor participación en el total fueron las solicitudes de aclaración (SA) con 952 (11.4%), seguidas de las promociones de intervención de la instancia de control con 651 (7.8%), y los pliegos de observaciones con 211 (2.5%). De igual forma, se registraron 136 (1.6%) promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria, 44 (0.5%) promociones del ejercicio de la facultad de comprobación fiscal, 7 (0.1%) denuncias de hechos y 4 (0.05%) señalamientos.

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FUNCIONES DE DESARROLLO ECONÓMICO 813 6,361 6,310 651 4 952 44 136 7 211 8,315Sector Agricultura, Ganadería, Des. Rural, Pesca y Alimentación 68 628 595 82 2 46 11 16 1 51 804

1 Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca 2 21 24 0 0 0 0 0 0 3 272 Secretaría de Agricultura, Ganadería, Des.Rural, Pesca y Alimentación 33 298 269 24 0 24 4 8 1 24 3543 Apoyos a Servicios y Comercialización Agropecuaria 12 128 120 8 2 8 0 2 0 13 1534 Colegio de Post Graduados 2 23 23 16 0 0 1 0 0 0 405 Fideicomiso de Riesgo Compartido 3 14 16 2 0 1 0 0 0 1 206 Fondo de Empresas Expropiadas del Sector Azucarero 4 37 30 14 0 3 1 2 0 3 537 Productora Nacional de Semillas 3 8 13 3 0 0 0 0 0 0 168 Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias 2 20 15 2 0 0 5 0 0 0 229 Servicio de Información y Estadística Agroalimentaria y Pesquera 1 5 6 0 0 0 0 0 0 0 610 Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria 5 52 58 1 0 9 0 4 0 7 7911 Universidad Autónoma Agraria "Antonio Narro" 1 22 21 12 0 1 0 0 0 0 34

Sector Comunicaciones y Transportes 239 1,941 1,954 180 0 377 6 47 0 49 2,61312 Secretaría de Comunicaciones y Transportes 139 1,101 1,112 58 0 251 1 16 0 29 1,46713 Administración Portuaria Integral de Altamira, S.A. de C.V. 4 24 24 7 0 0 0 0 0 0 3114 Administración Portuaria Integral de Campeche, S.A. de C.V. 1 7 6 2 0 0 0 0 0 1 915 Administración Portuaria Integral de Ensenada, S.A. de C.V. 2 11 11 1 0 1 0 0 0 0 1316 Administración Portuaria Integral Lázaro Cárdenas, S.A. de C.V. 2 9 9 0 0 0 0 0 0 0 917 Administración Portuaria Integral de Manzanillo, S.A. de C.V. 4 20 22 8 0 0 1 0 0 0 3118 Administración Portuaria Integral de Mazatlán, S.A. de C.V. 3 31 31 16 0 0 0 0 0 1 4819 Administración Portuaria Integral de Progreso, S.A. de C.V. 1 8 8 0 0 0 1 3 0 0 1220 Administración Portuaria Integral de Puerto Vallarta, S.A. de C.V. 1 5 5 0 0 0 0 0 0 0 521 Administración Portuaria Integral de Tampico, S.A. de C.V. 1 2 2 0 0 0 0 0 0 0 222 Administración Portuaria Integral de Topolobampo, S.A. de C.V. 2 13 13 4 0 0 0 0 0 1 1823 Administración Portuaria Integral de Tuxpan, S.A. de C.V. 2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 024 Administración Portuaria Integral de Veracruz, S.A. de C.V. 5 32 30 6 0 1 0 2 0 2 4125 Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, S.A. de C.V. 7 51 51 7 0 0 1 0 0 1 6026 Aeropuertos y Servicios Auxiliares 14 197 197 5 0 1 0 12 0 7 22227 Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos 24 272 270 30 0 118 1 0 0 1 42028 Comisión Federal de Telecomunicaciones 8 36 46 3 0 0 1 0 0 1 5129 Ferrocarriles Nacionales de México 2 2 2 0 0 0 0 0 0 0 230 Fideicomiso de Formac.y Capac.para Personal de Marina Mercante Nal. 1 10 10 2 0 0 0 0 0 0 1231 Servicio Postal Mexicano 6 46 39 16 0 1 0 9 0 3 6832 Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano 5 29 33 7 0 2 0 2 0 1 4533 Telecomunicaciones de México 5 35 33 8 0 2 0 3 0 1 47

Sector Economía 28 204 211 24 0 8 0 7 0 2 25234 Secretaría de Economía 15 79 78 7 0 4 0 4 0 2 9535 Coord. Gral. del Prog.Nal. de Apoyo para las Empresas de Solidaridad 3 43 45 1 0 4 0 3 0 0 5336 Comisión Federal de Competencia 1 4 5 0 0 0 0 0 0 0 537 Comisión Federal de Mejora Regulatoria 1 11 13 0 0 0 0 0 0 0 1338 Exportadora de Sal, S.A. de C.V. 1 5 5 1 0 0 0 0 0 0 639 Fideicomiso de Fomento Minero 1 1 1 0 0 0 0 0 0 0 140 Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial 3 44 47 9 0 0 0 0 0 0 5641 Procuraduría Federal del Consumidor 3 17 17 6 0 0 0 0 0 0 23

Sector Trabajo y Prevención Social 14 128 138 34 0 0 2 0 0 3 17742 Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores 3 20 20 2 0 0 0 0 0 0 2243 Secretaría del Trabajo y Previsión Social 9 94 102 31 0 0 2 0 0 3 13844 Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo 2 14 16 1 0 0 0 0 0 0 17

Sector Energía 355 2,469 2,394 231 1 414 23 47 5 93 3,20845 Secretaría de Energía 8 33 30 3 0 3 0 0 0 3 3946 Comisión Federal de Electricidad 89 661 656 29 0 145 1 6 0 17 85447 Comisión Nacional para el Ahorro de Energía 2 5 7 0 0 0 0 0 0 0 748 Comisión Reguladora de Energía 11 70 70 24 0 2 0 0 0 0 9649 Compañía Mexicana de Exploraciones, S.A. 1 6 4 0 0 0 2 2 0 1 950 Instituto Mexicano del Petróleo 4 13 10 4 0 1 0 0 0 0 1551 Instituto de Investigaciones Eléctricas 1 1 1 0 0 0 0 0 0 0 152 Instalaciones Inmobiliarias para Industrias, S.A. de C.V. 1 1 1 0 0 0 0 0 0 0 153 Luz y Fuerza del Centro 51 386 383 36 0 31 0 3 0 7 46054 Petróleos Mexicanos 28 220 227 18 1 19 11 16 5 15 31255 PEMEX Exploración y Producción 49 351 335 31 0 67 5 2 0 5 44556 PEMEX Gas y Petroquímica Básica 24 130 124 20 0 27 1 2 0 5 17957 PEMEX Petroquímica 7 24 14 2 0 4 0 7 0 3 3058 PEMEX Refinación 50 406 380 19 0 95 2 9 0 26 53159 Petroquímica Camargo S.A. de C.V. 1 9 5 7 0 0 0 0 0 0 1260 Petroquímica Cangrejera, S.A. de C.V. 10 53 49 4 0 4 0 0 0 7 6461 Petroquímica Cosoleacaque, S.A. de C.V. 2 10 11 2 0 2 0 0 0 0 1562 Petroquímica Escolín, S.A. de C.V. 3 21 20 5 0 0 0 0 0 2 2763 Petroquímica Morelos, S.A. de C.V. 5 19 14 6 0 0 0 0 0 2 2264 Petroquímica Pajaritos, S.A. de C.V. 4 15 14 0 0 6 0 0 0 0 2065 Petroquímica Tula, S.A. de C.V. 1 4 4 2 0 0 0 0 0 0 666 P.M.I. Comercio Internacional, S.A. de C.V. 3 31 35 19 0 8 1 0 0 0 63

ACCIONES PROMOVIDAS TOTALR 1/ PIIC 2/ S PO

RESUMEN DE OBSERVACIONES-ACCIONES PROMOVIDAS POR LA ASF A ENTES VINCULADOS CON

SA PEFCF 3/ PRAS DH

FUNCIONES DE DESARROLLO ECONÓMICO. REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 2000-2005No. ENTE REVISIONES OBSERVACIONES

Continúa…

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FUNCIONES DE DESARROLLO ECONÓMICO 813 6,361 6,310 651 4 952 44 136 7 211 8,315Sector Turismo 29 218 215 30 0 25 1 6 1 5 283

67 Secretaría de Turismo 9 69 68 15 0 1 1 4 1 0 9068 Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V. 7 42 43 7 0 1 0 1 0 2 5469 Fondo Nacional de Fomento al Turismo 13 107 104 8 0 23 0 1 0 3 139

Sector Reforma Agraria 5 39 45 1 0 0 0 0 0 0 4670 Secretaría de la Reforma Agraria 3 16 17 0 0 0 0 0 0 0 1771 Procuraduría Agraria 1 20 25 0 0 0 0 0 0 0 2572 Registro Agrario Nacional 1 3 3 1 0 0 0 0 0 0 4

Sector Medio Ambiente y Recursos Naturales 67 708 731 66 1 82 0 11 0 7 89873 Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales 16 175 189 18 1 7 0 8 0 0 22374 Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas 1 23 33 0 0 0 0 0 0 0 3375 Comisión Nacional del Agua 40 396 390 41 0 69 0 1 0 5 50676 Comisión Nacional Forestal 3 47 46 4 0 2 0 2 0 2 5677 Instituto Mexicano de Tecnología del Agua 1 5 5 0 0 0 0 0 0 0 578 Instituto Nacional de Ecología 2 18 24 2 0 0 0 0 0 0 2679 Procuraduría Federal de Protección al Ambiente 4 44 44 1 0 4 0 0 0 0 49

Sector Ciencia y Tecnología 8 26 27 3 0 0 1 2 0 1 3480 Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología 8 26 27 3 0 0 1 2 0 1 34

1/ Incluye Recomendaciones al Desempeño (RD) .2/ Hasta la revisión de la Cuenta Pública 2004, las PIIC eran denominadas por la ASF como Solicitudes de Intervención del Órgano Interno de Control (SIOIC).3/ En la revisión de las Cuentas Públicas 2002, 2003 y 2004, las PEFCF fueron consideradas por la ASF como Solicitudes de Intervención de la Instancia Recaudadora (SIIR).R. RecomendaciónPIIC. Promoción de Intervención de la Instancia de ControlSA. Solicitud de Aclaración-RecuperaciónS. SeñalamientoPEFCF. Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación FiscalPRAS. Promoción de Responsabilidad Administrativa SancionatoriaDH. Denuncia de HechosPO. Pliego de ObservacionesFuente: Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2000-2005, ASF.

ACCIONES PROMOVIDAS TOTALR 1/ PIIC 2/ S PO

RESUMEN DE OBSERVACIONES-ACCIONES PROMOVIDAS POR LA ASF A ENTES VINCULADOS CON

SA PEFCF 3/ PRAS DH

FUNCIONES DE DESARROLLO ECONÓMICO. REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 2000-2005No. ENTE REVISIONES OBSERVACIONES

En el período 2000-2005 la dependencia más observada fue la Secretaría de Comunicaciones y Transportes con 1 mil 101 observaciones (17.3% del total). Enseguida se encuentra la Comisión Federal de Electricidad con 661 observaciones (10.4%), PEMEX Refinación con 406 (6.4%), la Comisión Nacional del Agua con 396 (6.2%), Luz y Fuerza del Centro con 386 (6.1%), y PEMEX Exploración y Producción con 351 (5.5%). Mientras que Administración Portuaria Integral de Tuxpan, S.A. de C.V., fue el único ente sin observaciones en este periodo. Al igual que en el caso de las observaciones, el ente con mayor número de acciones promovidas fue la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, con 1 mil 467 acciones promovidas (17.6% del total) en el periodo. Las dependencias que le siguieron fueron: la Comisión Federal de Electricidad con 854 (10.3%), PEMEX Refinación con 531 (6.4%), la Comisión Nacional del Agua con 506 (6.1%), Luz y Fuerza del Centro con 460 (5.5%), PEMEX Exploración y Producción con 445 (5.4%), Caminos y Puentes Federales de Ingresos Servicios Conexos con 420 (5.1%) y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación con 354 acciones promovidas (4.3%) en el periodo. Por su parte, los entes con menor número de acciones promovidas fueron: Fideicomiso de Fomento Minero, Instituto de Investigaciones Eléctricas e Instalaciones Inmobiliarias para Industrias S.A. de C.V. con una acción y, en especial, Administración Portuaria Integral de Tuxpan, S.A. de C.V., el cual, como se señaló, fue el único ente sin acción alguna promovida en el período.

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2.3 Avance en la solventación de observaciones-acciones promovidas, con corte al 31 de marzo de 2008

De acuerdo con el “Informe semestral sobre el estado de trámite y conclusión de las observaciones-acciones emitidas a las entidades fiscalizadas”, con corte al 31 de marzo de 2008, la ASF reporta que derivado de la fiscalización superior a las Cuentas Públicas 2004–2007, se emitieron 8 mil 147 observaciones-acciones a la Administración Pública Federal, las cuales responden a recomendaciones y recomendaciones al desempeño, promoción de intervención de las instancia de control, solicitudes de aclaración, y promoción de la facultad de comprobación fiscal, es decir, su naturaleza no implica de inicio alguna responsabilidad. Dichas acciones se derivan de la revisión de las Cuentas Públicas 2004, 2005 y los informes de avance de gestión financiera 2006 y 2007, lo que implica que a esa fecha, las observaciones-acciones promovidas en cuentas públicas anteriores a 2004 habían quedado solventadas por los entes auditados. Al 31 de marzo de 2008, la ASF reporta que del universo de observaciones-acciones promovidas en la revisión de las cuentas e informes señalados, el 93.2% tenía proceso de seguimiento concluido (7 mil 573 acciones fueron atendidas, 9 fueron sustituidas por una nueva acción y 12 dadas de baja por interposición de demanda). En ese sentido, quedan por atenderse 553 acciones, el 6.8% del total.

Absolutos (%)

2004 3,344 3,286 3,266 8 0 12 58 1.7% 14 4 33 0 7 0 0 0

2005 4,478 4,149 4,148 1 0 0 329 7.3% 40 2 255 3 29 0 0 0

IAGF 2006 187 159 159 0 0 0 28 15.0% 4 0 18 3 3 0 0 0

IAGF 2007 138 0 0 0 0 0 138 100.0% 0 0 0 0 129 9 0 0

Total General 8,147 7,594 7,573 9 0 12 553 6.8% 58 6 306 6 168 9 0 0

Porcentaje 100.0% 93.2% 93.0% 0.1% 0.0% 0.1% 6.8% 0.7% 0.1% 3.8% 0.1% 2.1% 0.1% 0.0% 0.0%Nota: No se incluyen pliegos de observaciones, Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias, Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Sancionatorias y Denuncias de Hechos.Fuente: Elaborado por la UEC, con información de la ASF: "Estados de Trámite y Conclusión de las Observaciones-Acciones Emitidas a las Entidades Fiscalizadas", al 31 de marzo de 2008.

Respuesta en Análisis

Sin Respuesta

Suspensión por Mandato

Judicial

En Espera de Resolución de

Autoridad Competente

Con Dictamen Técnico para Conclusión

Dictamen Técnico para Emisión Nva

Acción

Respuesta Insuficiente

Respuesta Improcedente

Sustituida por Nueva

Acción

Baja por Resolución de

Autoridad Competente

Baja por Demanda

Total en procesoCuentaPública Emitidas Total Atendidas o

Promovidas

ACCIONES PROMOVIDAS POR LA AUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN. CUENTAS PÚBLICAS 2004 A 2007CORTE AL 31 DE MARZO DE 2008

Con proceso de seguimiento concluido En proceso de atención o promoción

De las 8 mil 147 acciones emitidas por la ASF en la revisión a las Cuentas Públicas 2004-2007, 6 mil 639 fueron recomendaciones y 970 recomendaciones al desempeño, que representan 81.4% y 11.9% del total, respectivamente; asimismo, se contabilizan 98 (1.2%) solicitudes de intervención de los órganos internos de control, 402 (4.9%) solicitudes para que las entidades auditadas realicen algún tipo de aclaración o recuperación y 38 (0.04%) promociones para el ejercicio de la facultad de comprobación fiscal. Es importante señalar que de las 553 acciones en proceso de atención, 329 (59.5%) corresponden a las emitidas como resultado de la revisión de la Cuenta Pública 2005, seguidas por las de la revisión del Informe de Avance de Gestión Financiera 2007 con

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138 (24.9%). Las acciones restantes (15.9%) corresponden a la Cuenta Pública 2004 y al Informe de Avance de Gestión Financiera 2006. Además de las 8 mil 147 acciones comentadas, la ASF reporta otras acciones, cuya naturaleza se resuelve por la vía jurídica debido a que implican probables responsabilidades. En este caso, la ASF señala que existen acciones emitidas que datan desde la revisión de la Cuenta Pública 1998 y que de manera acumulada a la Cuenta Pública 2006, se han promovido 1,660 acciones de ese tipo, las cuales corresponden a pliegos de observaciones (772), promoción de fincamiento de responsabilidades administrativas sancionatorias (881), fincamiento de responsabilidades resarcitorias (51), y denuncias penales (26). Al 31 de marzo de 2008, de las 1 mil 660 acciones promovidas, habían solventado y/o concluido su proceso 1 mil 075 acciones, lo que representa un avance del 64.8% del total, de las cuales corresponden a 597 (55.5%) pliegos de observaciones, 461 (42.9%) a promociones para el fincamiento de responsabilidades administrativas sancionatorias, 15 (1.4%) a promociones de fincamiento de responsabilidades resarcitorias y 2 (0.02%) denuncias penales.

TIPO DE ACCIÓN PERIODO / O AÑO EMITIDAS SOLVENTADAS EN PROCESO2001 26 25 1

2002 104 96 82003 192 160 32

2004 316 220 962005 134 96 38

TOTAL 772 597 1752001 2 2 02002 30 14 162003 37 31 62004 336 288 48

2005 392 122 270

2006 14 4 10

TOTAL 811 461 3502001 3 3 0

2002 14 7 7

2003 16 3 13

2004 18 2 16

2005 0 0 0

TOTAL 51 15 361998 1 0 1

1999 11 1 10

2000 2 1 1

2001 0 0 02002 0 0 0

2003 1 0 1

2004 4 0 4

2005 3 0 3

2006 4 0 4

TOTAL 26 2 241,660 1,075 585

100.0% 64.8% 35.2%

DENUNCIAS PENALES

TOTAL GENERAL 1998-2006

Fuente: ASF: "Estados de Trámite y Conclusión de las Observaciones-Acciones Emitidas a las Entidades Fiscalizadas",con corte al 31 de marzo de 2008.

ACCIONES EMITIDAS POR LA ASF QUE SE RESUELVEN POR LA VIA JURIDICACIFRAS AL 31 DE MARZO DE 2008

PLIEGOS DE

OBSERVACIONES

RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVASSANCIONATORIAS

FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES

ADMINISTRATIVAS RESARCITORIAS

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Solventación de observaciones-acciones en funciones de Desarrollo Económico De acuerdo con el informe de la ASF, en los sectores relacionados con funciones de Desarrollo Económico se emitieron 2 mil 390 observaciones-acciones, que representan 29.3% del total reportado en la revisión de las cuentas públicas 2004-2007. Cabe señalar que este grupo funcional es el segundo más observado, por encima de los sectores que tienen que ver con funciones de gobierno; funciones financieras y finanzas públicas; y funciones de desarrollo social.

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Se observa que 67.8% de las acciones emitidas por la ASF a este grupo funcional se concentra en 2 de los 8 sectores que lo conforman: Comunicaciones y Trasportes con 815 acciones (34.1%) y Energía con 806 acciones (33.7%). De igual forma, al interior de los sectores también se concentran las acciones promovidas; en el sector Comunicaciones y Trasportes, la SCT registra 466 acciones (57.1%), y en el sector Energía las acciones se concentran en 4 entes: CFE con 219, PEMEX con 120, PEMEX Refinación con 186 y PEP con 123, que en su conjunto representan 80.4% del total.

La ASF reporta que al 31 de marzo de 2008, de las 2 mil 390 acciones emitidas en los entes vinculados con funciones de Desarrollo Económico, 93.5% tiene proceso de seguimiento concluido, de las cuales 2 mil 218 fueron atendidas o promovidas, 5 fueron sustituidas por nueva acción y 11 fueron dadas de baja por demanda. En consecuencia, 156 acciones, equivalentes al 6.5% del total de acciones emitidas, se encuentra en proceso de atención. Solamente el sector Trabajo y Prevención Social solventó en su totalidad las observaciones-acciones que le fueron emitidas. En el grupo de sectores vinculados con funciones de Desarrollo Económico, el de Economía es que presenta el menor grado de avance con el 87.5% solventado. Por su parte, de las 156 acciones que se encuentran en proceso de atención, los sectores Energía y Comunicaciones y Transportes concentran el 71.8% del total, particularmente por los pendientes que registran PEMEX refinación, PEMEX corporativo, Luz y Fuerza del Centro, y la SCT. Además de las 2 mil 390 acciones comentadas, la ASF reporta que en la revisión de las cuentas públicas de ese periodo se promovieron 205 acciones que implican probables responsabilidades que deben resolverse por la vía jurídica. De ellas, 109 corresponden a promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria, 84 a pliegos de observaciones, 3 a promociones de responsabilidades administrativas resarcitorias, y 9 denuncias penales. Es de destacar que a los sectores Trabajo y Previsión Social y Reforma Agraria no se les emitió este tipo de acciones en el periodo señalado.

Emitidas ConcluidasEn

proceso Emitidas SolventadasEn

proceso Emitidas SolventadasEn

proceso

TOTAL 109 28 81 84 52 32 3 0 3 196 80 116AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN 13 3 10 26 16 10 3 0 3 42 19 23COMUNICACIONES Y TRANSPORTES 47 7 40 25 18 7 0 0 0 72 25 47ECONOMÍA 4 0 4 2 0 2 0 0 0 6 0 6TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0REFORMA AGRARIA 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES 6 3 3 1 1 0 0 0 0 7 4 3ENERGÍA 33 10 23 30 17 13 0 0 0 63 27 36TURISMO 6 5 1 0 0 0 0 0 0 6 5 1

1/ A este total debe agregarse 9 denuncias penales: 2 en el sector Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; 2 en Comunicaciones y Transportes; 3 en Energía; y 2 en Turismo.

Solventadas y/o

concluidas

CIFRAS AL 31 DE MARZO DE 2008REVISIÓN DE LAS CUENTAS PÚBLICAS 2004-2006

En proceso

FUENTE: Elaborado por la UEC, con información de la ASF: "Estado de tràmite y conclusiòn de las observaciones-acciones emitidas con motivo de la revisiòn de las cuentas pùblicas".

ACCIONES PROMOVIDAS POR LA ASF QUE SE RESUELVEN POR LA VÍA JURÍDICA EN FUNCIONES DE DESARROLLO ECONÓMICO

TIPO DE ACCION GRAN TOTAL 1/Responsabilidades Admvas.

SancionatoriasPliegos de

ObservacionesResponsabilidades Admvas.

Resarcitorias

Emitidas

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Asimismo, de las 9 denuncias penales, éstas se derivaron de revisiones practicadas en los sectores de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (2); Comunicaciones y Transportes (2); Energía (3); y Turismo (2). Cabe señalar además, que existen denuncias que datan de 1999, como es el caso de las 2 que corresponden a Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; y 1 de Turismo, que aún se encuentran en proceso de resolución. Al 31 de marzo de 2008, de las 205 acciones emitidas que se resuelven por la vía jurídica, solamente se ha solventado o concluido el 41.3%, quedando pendientes de resolver 81 responsabilidades administrativas sancionatorias, 32 pliegos de observaciones, tres promociones de responsabilidad administrativa resarcitoria, y ocho denuncias penales.

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3. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN SUPERIOR 2006 EN LAS FUNCIONES DE DESARROLLO ECONÓMICO

3.1 Auditorías practicadas En la revisión de la Cuenta Pública Federal 2006, la Auditoría Superior de la Federación practicó 200 auditorías a 42 entes vinculados con funciones de Desarrollo Económico, esto es, el 26.5% de las 754 revisiones efectuadas por la entidad de fiscalización superior de la Federación en ese ejercicio. Del total de revisiones, 22 auditorías (11.0%) fueron de desempeño, 86 (43.0%) financieras y de cumplimiento, 74 (37.0%) de inversión física, 13 (6.5%) especiales, 4 (2.0%) de seguimiento y 1 (0.5%) revisión de situación excepcional.

DESCRIPCIÓN EDOS MPIOS

TOTAL CUENTA PÚBLICA 2006 72 176 95 125 219 57 8 2 754

SUBTOTAL DESARROLLO ECONÓMICO 22 86 74 0 0 13 4 1 200Estructura % respecto a Total Cuenta Pública 2006 30.6% 48.9% 77.9% 0.0% 0.0% 22.8% 50.0% 50.0% 26.5%

Sector Agricultura, Ganadería, Des.Rural, Pesca y Alimentación 3 11 1 0 0 1 0 161 Sría. de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación 2 6 1 92 Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria S.A. de C.V. 1 4 53 Fideicomiso de Riesgo Compartido 1 14 Fondo de Empresas Expropiadas del Sector Azucarero 1 1

Sector Comunicaciones y Transportes 6 10 37 0 0 6 0 1 605 Secretaría de Comunicaciones y Transportes 2 4 24 4 346 Administración Portuaria Integral de Coatzacoalcos, S.A. de C.V. 1 17 Administración Portuaria Integral de Manzanillo, S.A. de C.V. 2 28 Administración Portuaria Integral Lázaro Cárdenas, S.A. de C.V. 1 19 Administración Portuaria Integral de Veracruz, S.A. de C.V. 1 1 2

10 Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, S.A. de C.V. 2 211 Aeropuertos y Servicios Auxiliares 1 1 9 1112 Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos 2 1 313 Comisión Federal de Telecomunicaciones 1 1 1 314 Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano 1 1

Sector Economía 2 4 0 0 0 2 1 915 Secretaría de Economía 1 3 1 516 Comisión Federal de Mejora Regulatoria 1 117 Coordinación Gral del Prog. Nac. de Apoyo para Empresas Solidaridad 1 118 Exportadora de Sal, S.A. de C.V. 1 119 Procuraduría Federal del Consumidor 1 1

Sector Trabajo y Previsión Social 1 3 0 0 0 0 0 420 Secretaría del Trabajo y Previsión Social 1 2 321 Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores 1 1

Sector Energía 6 48 29 0 0 3 2 8822 Comisión Federal de Electricidad 2 5 14 1 2223 Compañía Mexicana de Exploraciones, S.A. de C.V. 2 224 Luz y Fuerza del Centro 2 6 1 925 Petróleos Mexicanos 10 1 1126 PEMEX Exploración y Producción 3 13 9 2527 PEMEX Gas y Petroquímica Básica 2 228 PEMEX Petroquímica 4 429 PEMEX Refinación 8 2 1030 P.M.I. Comercio Internacional, S.A. de C.V. 1 131 Instituto Mexicano del Petróleo 1 1 2

Sector Turismo 1 4 0 0 0 0 0 532 Secretaría de Turismo 1 133 Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V. 2 234 Fonatur-BMO, S.A. de C.V. 1 135 Fondo Nacional de Fomento al Turismo 1 1

Sector Reforma Agraria 1 3 0 0 0 0 0 436 Secretaría de la Reforma Agraria 1 2 337 Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal 1 1

Sector Medio Ambiente y Recursos Naturales 2 2 6 0 0 1 1 1238 Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas 1 139 Comisión Nacional del Agua 1 2 6 1 1040 Procuraduría Federal de Protección al Ambiente 1 1

Sector Ciencia y Tecnología 0 1 1 0 0 0 0 241 Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología 1 142 Instituto Nacional de Astrofísica, Óptica y Electrónica 1 1

Fuente: Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2006, ASF.

ENTES VINCULADOS CON FUNCIONES DE DESARROLLO ECONÓMICO

TOTAL

BLOQUE III. FUNCIONES DE DESARROLLO ECONÓMICO

AUDITORÍAS PRACTICADAS POR LA ASF EN LA REVISIÓN DEL IAGF Y LA CUENTA PÚBLICA 2006

No. ENTE DESEMPEÑOFINANCIERAS Y

DE CUMPLIMIENTO

OBRA PÚBLICA E INV. FÍSICA

APORTACIONES FEDERALES A: ESPECIALES SEGUIMIENTO SITUACIÓN

EXCEPCIONAL

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Las auditorías de desempeño y especiales se centralizaron en su mayoría en los sectores Comunicaciones y Transportes y Energía, en tanto que las financieras y de cumplimiento prevalecieron en el sector Energía, las de inversión física en el de Comunicaciones y Transportes, y las de seguimiento en Energía. La única revisión de situación excepcional se realizó en Comunicaciones y Transportes (practicada en particular a Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos). En comparación con la revisión y fiscalización de la Cuenta Pública 2005, la ASF amplio en 17.6% (30 auditorías) las revisiones a entes vinculados a funciones de Desarrollo Económico para 2006. Esta situación se explica por el hecho de que para el año de análisis, la H. Cámara de Diputados aprobó en el Presupuesto de Egresos (PEF 2006) una asignación adicional para ser utilizada por la ASF en actividades de fiscalización petrolera, recursos que derivan de los derechos para la fiscalización petrolera, los cuales ascendieron a 18.2 millones de pesos. Derivado de lo anterior, el Sector Energía incrementó el número de revisiones en relación al año anterior al pasar de 70 a 88 en la revisión de la Cuenta Pública 2006. Dentro de la revisiones practicadas al grupo funcional de Desarrollo Económico, el sector que concentró el mayor número de revisiones fue precisamente el de Energía con 88 auditorías (44.0% del total), seguido del de Comunicaciones y Transportes con 60 (30.0%), Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación 16 (8.0%), Medio Ambiente y Recursos Naturales 12 (6.0%), Economía 9 (4.5%), Turismo 5 (2.5%), Trabajo y Previsión Social y Reforma Agraria con 4 (2.0%), respectivamente, y Ciencia y Tecnología con 2 (1.0%) auditorías. Por ente auditado, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes fue la más revisada con 34 auditorías, seguido de PEMEX Exploración y Producción con 25, la Comisión Federal de Electricidad con 22 y Petróleos Mexicanos y Aeropuertos y Servicios Auxiliares, con 11 revisiones, respectivamente.

3.2 Observaciones-acciones promovidas Como resultado de la práctica de las 200 auditorías, en el grupo funcional Desarrollo Económico, la ASF emitió 1 mil 573 observaciones que representaron el 21.9% del total determinado a los entes auditados en la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública 2006. Con base en ello, la ASF promovió 2 mil 015 acciones (un promedio de 10 acciones por auditoría), de las cuales 1 mil 413 (70.1%) son de carácter preventivo, es decir, recomendaciones y 602 (29.9%) acciones correctivas, entre las que sobresalen 137 promociones de intervención de la instancia de control, 185 solicitudes de aclaración-recuperación, 14 promociones del ejercicio de la facultad de comprobación fiscal, 159 promociones del fincamiento de responsabilidad administrativa sancionatoria, 105 pliegos de observaciones, y 2 denuncias de hechos, ambas derivadas de revisiones a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

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ACCIONES QUE LA ASF FINCA

DESCRIPCIÓN

Total 754 7,182 6,655 217 357 27 555 4 316 8,131

SUBTOTAL DESARROLLO ECONÓMICO 200 1,573 1,413 137 185 14 159 2 105 2,015Estructura % respecto a Total Cuenta Pública 2006 26.5% 21.9% 21.2% 63.1% 51.8% 51.9% 28.6% 50.0% 33.2% 24.8%

Sector Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación 16 167 146 2 32 3 8 0 15 2061 Sría. de Agricultura, Ganadería, Des.Rural, Pesca y Alimentación 9 103 96 2 16 2 2 7 1252 Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria S.A. de C.V. 5 51 39 15 1 2 7 643 Fideicomiso de Riesgo Compartido 1 10 8 1 4 1 144 Fondo de Empresas Expropiadas del Sector Azucarero 1 3 3 3

Sector Comunicaciones y Transportes 60 549 521 36 66 3 68 2 46 7425 Secretaría de Comunicaciones y Transportes 34 280 257 16 44 3 31 2 22 3756 Administración Portuaria Integral de Coatzacoalcos, S.A. de C.V. 1 7 7 2 97 Administración Portuaria Integral de Manzanillo, S.A. de C.V. 2 15 15 158 Administración Portuaria Integral Lázaro Cárdenas, S.A. de C.V. 1 7 7 79 Administración Portuaria Integral de Veracruz, S.A. de C.V. 2 21 21 2 23

10 Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, S.A. de C.V. 2 7 7 2 1 1 1111 Aeropuertos y Servicios Auxiliares 11 136 138 10 13 20 17 19812 Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos 3 38 32 8 7 7 5413 Comisión Federal de Telecomunicaciones 3 32 30 8 3 4114 Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano 1 6 7 2 9

Sector Economía 9 68 68 9 5 0 11 0 0 9315 Secretaría de Economía 5 33 32 5 5 11 5316 Comisión Federal de Mejora Regulatoria 1 26 28 3 3117 Coordinación Gral. del Prog. Nac. de Apoyo para las Empresas Solidaridad 1 018 Exportadora de Sal, S.A. de C.V. 1 9 8 1 919 Procuraduría Federal del Consumidor 1 0

Sector Trabajo y Previsión Social 4 45 46 2 8 0 1 0 0 5720 Secretaría del Trabajo y Previsión Social 3 42 43 2 8 1 5421 Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores 1 3 3 3

Sector Energía 88 434 352 72 45 8 44 0 20 54122 Comisión Federal de Electricidad 22 59 53 9 3 1 6623 Compañía Mexicana de Exploraciones, S.A. de C.V. 2 15 9 1 1 2 1 2 1624 Luz y Fuerza del Centro 9 53 50 14 9 5 2 8025 Petróleos Mexicanos 11 38 38 4 4 4 5026 PEMEX Exploración y Producción 25 179 128 39 19 4 22 10 22227 PEMEX Gas y Petroquímica Básica 2 15 15 1 3 1928 PEMEX Petroquímica 4 19 12 2 3 4 3 2429 PEMEX Refinación 10 43 34 3 8 2 2 2 5130 P.M.I. Comercio Internacional, S.A. de C.V. 1 031 Instituto Mexicano del Petróleo 2 13 13 13

Sector Turismo 5 27 25 2 3 0 2 0 2 3432 Secretaría de Turismo 1 18 20 2 2233 Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V. 2 3 3 1 1 534 Fonatur-BMO, S.A. de C.V. 1 2 1 2 335 Fondo Nacional de Fomento al Turismo 1 4 1 1 2 4

Sector Reforma Agraria 4 60 44 5 15 0 6 0 0 7036 Secretaría de la Reforma Agraria 3 47 33 4 14 1 5237 Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal 1 13 11 1 1 5 18

Sector Medio Ambiente y Recursos Naturales 12 110 100 1 6 0 8 0 4 11938 Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas 1 41 41 1 1 4339 Comisión Nacional del Agua 10 67 57 1 5 8 3 7440 Procuraduría Federal de Protección al Ambiente 1 2 2 2

Sector Ciencia y Tecnología 2 113 111 8 5 0 11 0 18 15341 Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología 1 8 6 2 1 942 Instituto Nacional de Astrofísica, Óptica y Electrónica 1 105 105 8 5 9 17 144

R. RecomendaciónPIIC. Promoción de Intervención de la Instancia de ControlSA. Solicitud de Aclaración-RecuperaciónPEFCF. Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación FiscalPRAS. Promoción del Fincamiento Responsabilidad Administrativa SancionatoriaDH. Denuncia de HechosPO. Pliego de ObservacionesFuente: Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2006, ASF.

ENTES VINCULADOS CON FUNCIONES DE DESARROLLO ECONÓMICO

BLOQUE III. FUNCIONES DE DESARROLLO ECONÓMICO

PEFCF PRAS DH PO

RESUMEN DE OBSERVACIONES-ACCIONES PROMOVIDAS POR LA ASF EN LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA Y EL IAGF 2006

No. ENTE REVISIONES OBSERVACIONESACCIONES QUE LA ASF PROMUEVE

FORMULA O PRESENTA TOTAL DE ACCIONESR PIIC SA

Cabe señalar que a este grupo de sectores se le promovieron 4 de cada 10 acciones correctivas emitidas por la ASF en la revisión y fiscalización de la Cuenta Pública 2006, de las cuales destacan las Promociones de Intervención de la Instancia de Control (6 de cada 10), las solicitudes de aclaración (5 de cada 10), las Promociones del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal (5 de cada 10) y 2 de las 4 denuncias de hechos emitidas por la ASF. Además destaca un número importante (105) de pliegos de observaciones, concentrados en su mayoría en Comunicaciones y Transportes, Energía y en el Instituto Nacional de Astrofísica, Óptica y Electrónica.

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La Secretaría de Comunicaciones y Transportes fue el ente con mayor número de observaciones-acciones (280 observaciones y 375 acciones), seguida por PEMEX Exploración y Producción (179 observaciones y 222 acciones), Aeropuertos y Servicios Auxiliares (136 observaciones y 198 acciones) y el Instituto Nacional de Astrofísica, Óptica y Electrónica (105 observaciones y 144 acciones). Es de destacarse que en este último caso, se trata sólo de una revisión. Los entes no observados fueron la Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para la Empresas Solidaridad, la Procuraduría Federal del Consumidor del Sector Economía y P. M. I. Comercio Internacional, S.A. de C. V. del Sector Energía.

3.3 Impacto económico y recuperaciones probables La cuantificación monetaria de las observaciones determinadas en los entes vinculados con funciones de Desarrollo Económico ascendió a 7 mil 628.9 millones de pesos, monto equivalente al 22.9% del monto determinado por la ASF para la totalidad de la revisión de la Cuenta Pública 2006. Este impacto económico se concentró esencialmente en tres sectores: Energía con 4 mil 123.4 millones de pesos (54.0% del monto total observado), Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación con 1 mil 212.1 millones de pesos (15.8%) y Comunicaciones y Transportes con 1 mil 084.8 millones de pesos (14.2%).

Concepto Millones de pesos Estructura %

TOTAL DESARROLLO ECONÓMICO 7,628.9 100.00%

Sector Energía 4,123.4 54.05%Sector Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Aliment 1,212.1 15.89%Sector Comunicaciones y Transportes 1,084.8 14.22%Sector Turismo 390.2 5.12%Sector Economía 321.4 4.21%Sector Medio Ambiente y Recursos Naturales 280.7 3.68%Sector Reforma Agraria 71.7 0.94%Sector Trabajo y Previsión Social 1.5 0.02%Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología 0.3 0.00%Instituto Nacional de Astrofísica, Óptica y Electrónica 142.7 1.87%

CUANTIFICACIÓN MONETARIA DE LAS OBSERVACIONES A ENTES VINCULADOS CON FUNCIONES DE DESARROLLO ECONÓMICO

Fuente: Resumen Ejecutivo, p. 85, Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2006, ASF.

Es conveniente reiterar que como lo señala el órgano de fiscalización superior de la Federación, esta cuantificación monetaria de las observaciones, no implica necesariamente resarcimientos o daños patrimoniales al erario, o bien, fincamiento de responsabilidades administrativas sancionatorias, pues su situación definitiva será establecida una vez que los entes fiscalizados entreguen, en el lapso de 45 días hábiles, las evidencias y documentación soporte respectiva.

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3.4 Auditorías de desempeño en las entidades vinculadas con funciones de Desarrollo Económico

Las revisiones al desempeño realizadas por el órgano fiscalizador tuvieron como propósito promover gestiones públicas de calidad, que privilegien la economía en la aplicación de los recursos presupuestarios, la alineación de los programas sectoriales con el Plan Nacional de Desarrollo (2001-2006), la calidad en la entrega de los apoyos otorgados, la eficiencia en la gestión operativa, el correcto funcionamiento de las regulaciones del mercado y el aumento del nivel de satisfacción de la ciudadanía. Bajo esa visión, la Auditoría Superior de la Federación practicó 22 revisiones de desempeño a 17 entidades fiscalizadas vinculadas con funciones de desarrollo económico, siendo PEMEX Exploración y Producción la entidad que concentró el mayor número de revisiones de este tipo, con 3 auditorías, seguido de la CFE, SAGARPA y SCT con 2 revisiones cada una. Entre los principales temas abordados en este tipo de revisión se encuentran los relacionados con las actividades orientadas al desarrollo del sector agropecuario y ganadero; el avance del sistema de red de carreteras federales; la evaluación de las API´s; los procesos de mejora regulatoria; el desarrollo del sector empresarial; el sistema de generación, abasto y distribución de energía eléctrica; las actividades de exploración y construcción de infraestructura de hidrocarburos; y la preservación de áreas y recursos naturales. Las auditorías de desempeño son las siguientes:

No. SECTOR ENTE TÍTULO

1 Evaluación del programa de Fomento Ganadero

2 Evaluación del Programa de Fomento Agrícola

3Apoyos y Servicios a la

Comercialización Agropecuaria

Evaluación del Programa de Apoyos Directos al Campo

4 Egresos Presupuestales del Capítulo 6000 "Obras Públicas", Reconstrucción de Tramos de la Red de Carreteras Federales

5 Evaluación de la Conservación de Carreteras de la Red Federal Libre de Peaje, de Cuota, Alimentadoras, y Caminos Rurales

6Administración Portuaria

Integral de Lázaro Cárdenas, S.A. de C.V.

Evaluación del Proyecto de Construcción del Puente sobre el Brazo Derecho, Puente Albatros, en el Puerto Lázaro Cárdenas, Michoacán

7Administración Portuaria

Integral de Veracruz, S.A. de C.V.

Evaluación de la Operación de la Infraestructura Marítimo-Portuaria

8 Aeropuertos y Servicios Auxiliares

Evaluación de las Actividades Prioritarias Relacionadas con el Indicador "Pasajeros Atendidos"

9 Comisión Federal de Telecomunicaciones

Evaluación de los Procedimientos para la Administración, Control y Seguimiento de las Concesiones Otorgadas sobre Bandas de Frecuencias del Espectro Radioeléctrico para

Usos Determinados

AUDITORÍAS DE DESEMPEÑO PRACTICADAS A ENTES VINCULADOS CON FUNCIONES DE DESARROLLO ECONÓMICO

SECTOR AGRICULTURA,

GANADERÍA, DESARROLLO RURAL,

PESCA Y ALIMENTACIÓN

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca

y Alimentación

SECTOR COMUNICACIONES Y

TRANSPORTES

Secretaría de Comunicaciones y

Transportes

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No. SECTOR ENTE TÍTULO

10 Secretaría de Economía Gestión Financiera y Desempeño del Programa de Desarrollo Empresarial

11 Comisión Federal de Mejora Regulatoria Evaluación de las Acciones de Mejora Regulatoria

12 SECTOR TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

Secretaría del Trabajo y Previsión Social Evaluación del Programa de Apoyo a la Capacitación

13Evaluación del Desempeño de la Comisión Federal de Electricidad en la Generación,

Transmisión, Trasformación, Control, Distribución y Comercialización de Energía Eléctrica

14 Proyecto Hidroeléctrico El Cajón, en el Estado de Nayarit

15 Evaluación de las Actividades de Exploración de Hidrocarburos

16 Proyecto PEP Cantarell. Construcción de Infraestructura Orientada a la Producción de Crudo Pesado, en la Región Marina Noreste

17 Proyecto PEP Integral Ku-Maloob-Zaap-Pidiregas. Construcción de Infraestructura Orientada a la Producción de Crudo Ligero, en la Región Marina Noreste

18 Instituto Mexicano del Petróleo

Evaluación de las Acciones de Investigación y Desarrollo Tecnológico en Materia Petrolera

19 SECTOR TURISMO Secretaría de Turismo Evaluación de las Acciones de Desarrollo Turístico en los Estados y Municipios

20 SECTOR REFORMA AGRARIA

Secretaría de la Reforma Agraria Evaluación del Fondo de Apoyo a Proyectos Productivos Agrarios

21Comisión Nacional de

Áreas Naturales Protegidas

Evaluación de la Administración de las Áreas Naturales Protegidas

22 Comisión Nacional del Agua

Evaluación de los Programas de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento que Instrumentan la Política Pública

SECTOR MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

SECTOR ECONOMÍA

SECTOR ENERGÍA

Comisión Federal de Electricidad

PEMEX Exploración y Producción

AUDITORÍAS DE DESEMPEÑO PRACTICADAS A ENTES VINCULADOS CON FUNCIONES DE DESARROLLO ECONÓMICO

Sector Agropecuario En las dos revisiones de desempeño al sector agropecuario se detectó la falta de indicadores de resultados que permitan medir el grado de cumplimiento de los objetivos estratégicos de los programas, principalmente en el de fomento agrícola, en donde no se contó con información sobre la estratificación de los productores beneficiados y los tiempos de entrega de los subsidios, lo que no permitió tener una valoración sobre la eficiencia de la gestión operativa. En el programa de fomento ganadero, la ASF detectó que no se cuenta con una base de datos confiable para identificar la población objetivo del programa referente a productores de bajos ingresos de zonas marginadas, así como tampoco se da seguimiento a indicadores para evaluar la calidad del servicio en el otorgamiento de subsidios. Otro resultado de estas auditorías fue que ASERCA cumplió el objetivo de mejorar el nivel de ingreso de los productores rurales establecido en el Decreto que regula al PROCAMPO, al incrementar en 12.8% en términos reales el subsidio preferente que se otorga al 77.5% de los productores rurales en el periodo 2001-2006.

Comunicaciones y Transportes En la conservación de carreteras de la red federal, la ASF constató graves deficiencias tales como que en las carreteras libres de peaje se dejó sin conservar el 58.9% de la red y de atender el 93.2% del total de los requerimientos de reconstrucción; y en las carreteras de cuota, no se atendió el 85.3% de las necesidades de conservación. En las

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carreteras alimentadoras, se presenta el mayor índice de rezago, ya que no se atendió el 99.0% de las necesidades de reconstrucción. Por su parte, en caminos rurales no se realizaron trabajos de conservación en el 73.8% de la red. En cuanto al propósito de incrementar la calidad de las carreteras de la red federal libre de peaje se determinó que el 23.0% se encontraba en buenas condiciones, el 53.0% eran aceptables, y el 24.0%, en condiciones deficientes. En las autopistas de cuota el 16.8% registró buenas condiciones físicas, el 67.6% aceptables, y el 15.6% deficientes. En las carreteras alimentadoras, el 37.3% se encontraba en buenas condiciones, el 38.3% era aceptables, y el 24.4% estaba en estado físico deficiente. En este sector también se destaca la revisión a la Comisión Federal de Telecomunicaciones (COFETEL), en donde se asevera la falta de una planificación adecuada de metas y de indicadores al desempeño que ayuden a medir su grado de avance. Adicionalmente, se presentan rezagos importantes en la infraestructura de operación que la limita para cumplir con el objetivo de regular el espacio radio-eléctrico del país, buscando en todo momento economías para los usuarios finales.

Economía En la evaluación realizada al Programa de Desarrollo Empresarial se concluyó que éste no cumplió con el objetivo de aumentar y extender la competitividad del país, además de que sólo cumplió una de seis metas fijadas en ese año y quedaron pendientes de comprobarse la asignación de recursos entregados a diversos organismos intermedios, sin la aplicación de sanciones o solicitar el reintegro de los recursos. En el Programa de Mejora Regulatoria se encontró que la COFEMER no dispone de un estudio del marco regulatorio nacional, lo que impide contar con el diagnóstico integral sobre el número de regulaciones indispensables para promover el desarrollo de la actividad económica y gubernamental. Asimismo, no contó con un esquema de revisión sistemático para modificar y eliminar los trámites obsoletos o innecesarios, a fin de que sean más sencillos y menos costosos para los ciudadanos y las empresas.

Trabajo y Previsión Social En la evaluación al programa encaminado a apoyar la capacitación laboral, la ASF menciona que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social no dispuso de una planeación integral en la que se incluyera el diagnóstico de necesidades de la capacitación laboral en el país, a fin de identificar oportunidades en ramas, regiones y temas prioritarios que permitan focalizar los apoyos otorgados con el Programa de Apoyo a la Capacitación (PAC). Con relación a la productividad de los trabajadores, la dependencia no estableció indicadores y parámetros para evaluar este objetivo, lo que limitó verificar el cumplimiento.

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Energía En el sector energético, en la evaluación realizada a la Comisión Federal de Electricidad, la ASF determina que la entidad fiscalizada cumplió con eficacia el objetivo estratégico de asegurar el suministro de energía eléctrica en el país, ya que la capacidad instalada de generación fue superior en 51.7% a la demanda. Del mismo modo, se establece que en el periodo 2001-2006 la capacidad instalada de generación creció 4.6% en promedio anual, incremento que provino principalmente de los Productores Independientes de Energía (PIE), que aumentaron anualmente su capacidad en 39.7%, en tanto que la CFE lo hizo en 0.7%. En el caso de la evaluación de las actividades de Exploración de Hidrocarburos en PEMEX Exploración y Producción, se encontró que la estrategia para incrementar las reservas de hidrocarburos de PEP no contó con un programa de actividades para caracterizar la totalidad del potencial petrolero del país. Se destaca también que las reservas de petróleo crudo disminuyeron de 2001 a 2006 a una tasa media anual de 3.6% y las reservas de gas seco decrecieron a un ritmo promedio anual de 1.3% durante el mismo periodo. Las metas de generación y aprobación de localizaciones exploratorias se cumplieron en 74.4% y 75.0%, debido al diferimiento de los trabajos, pues se realizaron estudios para complementar la información de las capas geológicas respecto de las rocas que indican la ubicación de hidrocarburos. Por lo que se refiere al análisis del marco normativo de los contratos de las actividades de exploración de hidrocarburos, se observó que como no se ha definido de manera clara el término exploración, no se pueden determinar con precisión las actividades que PEP debe realizar en forma exclusiva y directa, y aquellas que podría realizar a través de la contratación de personas físicas o morales; por tanto, no es posible precisar si el organismo cumplió o no con la legislación aplicable. La ASF recomendó a PEP que gestione una iniciativa de reforma jurídica para que se defina con precisión el concepto de exploración. En la revisión a las acciones de investigación y desarrollo tecnológico en materia petrolera, se encontró que el Instituto Mexicano del Petróleo (IMP) no cuenta con metas para cada uno de los nueve programas de investigación a desarrollar, lo que impidió identificar en qué medida el IMP contribuyó a la atención de las necesidades estratégicas de la industria petrolera nacional. También se descubrió que el Instituto no operó el indicador de Calidad Técnica establecido en su Programa Institucional Estratégico de Mediano Plazo 2006-2010, debido a que no dispuso de una herramienta informática que le permitiera tener el control y seguimiento de los resultados de supervisión de cada servicio en desarrollo.

Turismo De la auditoría a la evaluación de las acciones de desarrollo turístico en los estados y municipios, se desprende que la Secretaría de Turismo carece de un diagnóstico y de una planeación estratégica que le permita evaluar los resultados obtenidos en el

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desarrollo turístico regional con relación al propósito de incrementar la sustentabilidad y mejorar la competitividad de los sitios apoyados, además de que no contó con indicadores para evaluar el cumplimiento de estos propósitos. Asimismo, se detectó que de la supervisión de los convenios de coordinación, ninguna entidad federativa remitió en la fecha convenida los cierres sobre el ejercicio presupuestario de 2006 con la finalidad de comprobar los recursos ejercidos.

Medio Ambiente y Recursos Naturales

Del sector medio ambiente y recursos naturales, destacan las auditorías realizadas a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) y a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP). En la primera se encontró que la entidad fiscalizada no constituyó los indicadores estratégicos, ni los sistemas de información que los alimentaran para los programas de Agua Urbana, Agua Rural, Cultura del Agua, Agua Limpia y Agua en Bloque. En la operación se evidenció la ausencia de registros consolidados para medir el avance de las acciones del programa Agua Rural. En la segunda revisión, la ASF emitió recomendaciones a la (CONANP) que están enfocadas al control por las carencias tanto de manuales de procedimientos como de registros relacionados con las multas que se imponen. Adicionalmente, se emitieron recomendaciones para que se dé una mayor integración entre los entes que participan en las acciones de estos programas. En términos generales, en las revisiones de desempeño la ASF concluye que los resultados de las mismas fueron en su mayoría satisfactorios, por lo que emite recomendaciones de carácter preventivo, y dictámenes con salvedad, así como un dictamen con abstención de opinión, pese a la determinación de diversas observaciones. El impacto de la fiscalización en el desempeño de los entes públicos auditados, consistió en alentar y propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación; alentar la implantación y utilización de sistemas de medición y desempeño a través de la implementación de indicadores; fortalecer los mecanismos de operación en términos de eficacia eficiencia, economía y, efectividad, entendiendo por ésta el impacto social de las políticas públicas implementadas a través de los programas que se les da suficiencia presupuestal vía el Presupuesto de Egresos de la Federación; promover la elaboración, actualización o simplificación de la normativa; fomentar el óptimo aprovechamiento y aumentar la calidad de los bienes y la prestación de los servicios; y fortalecer los mecanismos de operación y control.

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3.5 Comentarios sobre los resultados de la fiscalización 2006 en entes vinculados con funciones de Desarrollo Económico

Del análisis a las auditorías practicadas por la por la ASF a entes vinculados con funciones de Desarrollo Económico, en el marco de la revisión de la Cuenta Pública 2006, se infieren los siguientes comentarios de carácter general:

⎯ Durante la revisión de la Cuenta Pública 2006, la ASF practicó 200 auditorías para verificar el ejercicio de los recursos federales, el apego a las disposiciones establecidas en el Presupuesto y el cumplimiento de los objetivos de los programas, en 42 entes públicos vinculados con funciones de Desarrollo Económico.

⎯ Las 42 entidades auditadas fueron: Secretaría de Agricultura, Ganadería,

Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA); Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria (ASERCA); Fideicomiso de Riesgo Compartido (FIRCO); Fondo de Empresas Expropiadas del Sector Azucarero (FEESA); Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT); Administraciones Portuarias Integrales de Coatzacoalcos, Lázaro Cárdenas, Manzanillo y Veracruz; Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México; Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA); Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (CAPUFE); Comisión Federal de Telecomunicaciones (COFETEL); Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano; Secretaría de Economía (SE); Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER); Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad; Exportadora de Sal; Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO); Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores; Comisión Federal de Electricidad (CFE); Compañía Mexicana de Exploraciones; Luz y Fuerza del Centro (LyFC); Petróleos Mexicanos (PEMEX); PEMEX Exploración y Producción (PEP); PEMEX Gas y Petroquímica Básica (PGPB); PEMEX Petroquímica; PEMEX Refinación; P.M.I. Comercio Internacional; Instituto Mexicano del Petróleo; Secretaría de Turismo (SECTUR); Consejo de Promoción Turística de México; Fonatur-BMO; Fondo Nacional de Fomento para el Turismo (FONATUR); Secretaría de la Reforma Agraria (SRA); Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal (FIFONAFE); Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas; Comisión Nacional de Agua (CONAGUA); Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA); Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT); e Instituto Nacional de Astrofísica, Óptica y Electrónica.

⎯ Al igual que en el conjunto de sectores incluidos en la revisión de la Cuenta

Pública 2006, en los entes vinculados con funciones de Desarrollo Económico predominaron las revisiones de regularidad (160 de 200 revisiones), mismas que concentraron el 80.0% del total. Las auditorías de desempeño, por su parte, significaron el 11.0%, que en comparación con las practicadas en la revisión pasada, están 1.6 puntos porcentuales por arriba.

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⎯ De las 42 entidades auditadas en funciones de Desarrollo Económico, 17 fueron sujetas de revisiones al desempeño, equivalentes al 40.5% del total. Es de destacarse que este tipo de auditorías ha ido en aumento en las últimas revisiones de la Cuenta Pública, tanto en su número como en su cobertura, lo que denota un proceso gradual de cambio en el tipo de fiscalización realizado por la ASF.

⎯ De las 200 revisiones practicadas se determinaron 1,573 observaciones, por las

cuales fueron promovidas 2,015 acciones, lo que implica que en promedio fueron determinadas 7.9 observaciones por auditoría, contra 6.2 observaciones promedio en la revisión anterior, esto es, se aprecia una mayor incidencia de irregularidades en la revisión de la Cuenta Pública 2006 en los entes vinculados con funciones de Desarrollo Económico. Quizá el caso más extremo es el del Instituto Nacional de Astrofísica, Óptica y Electrónica (INAOE), que en una sola auditoría se le determinaron 105 observaciones por las cuales se promovieron 144 acciones. En contraste, tres entidades estuvieron exentas de observaciones: Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad; Procuraduría Federal del Consumidor; y P.M.I. Comercio Internacional.

El comparativo tiene dos posibles implicaciones: de una parte, refleja un trabajo de fiscalización superior más acuoso derivado del proceso de mejora institucional del órgano de fiscalización superior, de la mayor y mejor articulación con los órganos de fiscalización internos y locales, de la mayor capacidad sancionatoria de la ASF y de las reformas legislativas que han ido ampliando los espacios susceptibles de fiscalización. De otra, refleja también una resistencia a la baja y aumento de los ilícitos de servidores públicos en la APF, así como de los espacios de opacidad en detrimento de los recursos públicos; y limitaciones serias en el impacto de la estrategia sancionatoria de la fiscalización sobre la recurrencia de irregularidades.

⎯ La mayor incidencia y reincidencia de irregularidades presente en las revisiones

de este sector, deriva en alguna medida de la insuficiente o deficiente labor de seguimiento a la solventación de observaciones; la falta de involucramiento de los órganos internos de control para consolidar los esfuerzos de fiscalización superior realizados y la necesidad de fiscalizar, en paralelo a las entidades auditadas, el trabajo de vigilancia y control de las instancias de control sobre las entidades que son su responsabilidad.

⎯ Las entidades más auditadas en el grupo funcional fueron: SCT con 34

revisiones; PEP con 25 y CFE con 22 auditorías. Por su parte, las más observadas fueron: SCT con 280 observaciones; PEP con 179, Aeropuertos y Servicios Auxiliares con 136 y el Instituto Nacional de Astrofísica, Óptica y Electrónica con 105 observaciones.

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⎯ Por lo que toca a las acciones promovidas, a SCT se le promovieron 375 acciones; a PEP 222 acciones; a Aeropuertos y Servicios Auxiliares 198 acciones; al Instituto Nacional de Astrofísica, Óptica y Electrónica 144 acciones; y a SAGARPA 125 acciones. Cabe reiterar que las observaciones-acciones determinadas al INAOE fueron resultado de una sola auditoría. Otras entidades con un número importante de observaciones en una sola auditoría son: Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas con 41 observaciones; Comisión Federal de Mejora Regulatoria con 26 observaciones y Secretaría de Turismo con 18 observaciones.

⎯ De las acciones promovidas en los entes de funciones de Desarrollo Económico,

el 70.1% correspondió a recomendaciones y el 29.9% restante a acciones correctivas. De éstas, el 30.7% se integró de solicitudes de aclaración-recuperación; el 26.4% promoción de responsabilidades administrativas sancionatorias; el 22.8% promoción de intervención de la instancia de control; el 17.4% pliegos de observaciones y el 2.3% promoción del ejercicio de la facultad de comprobación fiscal.

⎯ El balance general de las auditorías practicadas en este grupo funcional es que

los entes cumplieron en los aspectos revisados por el órgano fiscalizador, prueba de ello es que la mayoría de las revisiones tienen dictámenes con salvedades o incluso limpios, aunque no debe soslayarse un grupo representativo de dictámenes negativos e incluso con abstención de opinión por parte de la ASF. Para ejemplificar lo anterior baste decir que de la muestra de 77 auditorías relevantes seleccionadas para su análisis, el 26.0% tuvo dictamen negativo. Debe señalarse que en varias revisiones, los dictámenes fueron favorables pese a una cantidad importante de observaciones, pero también frente a la presencia de irregularidades relativamente graves, o bien a pesar de que la ASF no contó con elementos para evaluar los objetivos de las revisiones por carecer de los indicadores, registros o bases de información adecuados, entre otras aspectos.

⎯ Con relación al desempeño, se observa una mejora en la labor de revisión de la

ASF, lo que se ve reflejado en algunos de los temas objeto de fiscalización que ofrecen una perspectiva más global e integral acerca de la calidad de la gestión gubernamental en el sector.

⎯ En este sentido, destacan las evaluaciones horizontales de temas tan relevantes

como las obligaciones derivadas de los pasivos laborales en entidades paraestatales como CFE, LyFC y PEMEX; las evaluaciones de las rentabilidades y deudas de los proyectos Pidiregas en CFE y PEMEX; la evaluación de los programas y acciones sustantivas de diversas entidades como SAGARPA, SCT, Aeropuertos y Servicios Auxiliares, STPS, CFE, PEP y CONAGUA, entre otros; la revisión de programas de apoyo a sectores sociales y subsidios a la producción; las revisiones de diversos proyectos de obra pública de carreteras, infraestructura urbana y otros proyectos de gran envergadura; la revisión de los

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ingresos petroleros y excedentes petroleros, así como de actividades de exploración, refinación y comercio de hidrocarburos.

⎯ Al igual que en los sectores Hacienda y Crédito Público y entes vinculados con

funciones de Gobierno, en el grupo funcional de Desarrollo Económico se observó también disparidad en algunas revisiones entre los temas y propósitos enunciados, y los contenidos, de forma tal que el desarrollo de las revisiones no llegó a responder en algunos casos a las expectativas generadas. Cabe reconocer, como ya se anotó, que también hubo varias revisiones que aportaron información relevante de los temas tratados y que sin duda son materia fundamental para el trabajo legislativo en general.

Sobre auditorías relevantes

⎯ En el Sector Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, destacan tres revisiones de desempeño, relativas a la Evaluación del Programa de Fomento Agrícola, del Programa de Fomento Ganadero y de PROCAMPO; de ellas, dos fueron a SAGARPA y una a ASERCA.

⎯ SAGARPA. Evaluación del Programa de Fomento Agrícola. Con relación a los

resultados de 2006, la ASF determinó que la entidad no cuenta con indicadores que permitan evaluar el cumplimiento de los objetivos estratégicos del programa; no tiene definida la fecha de terminación del mismo; no dispone de información sobre la estratificación de los productores beneficiados; no tiene establecidos tiempos para la entrega de los subsidios, carece de metas para cada uno de los componentes apoyados por el programa, y no contó con la información consolidada que permitiera evaluar la eficiencia de la gestión operativa del ente fiscalizado. Por este conjunto de razones, el órgano fiscalizador superior se abstuvo de emitir una opinión.

Llama la atención que la ASF en esta revisión se abstenga de emitir una opinión en su dictamen, toda vez que la falta de metas e indicadores por parte de la SAGARPA para medir el cumplimiento del objetivo estratégico del programa de impulsar la producción, productividad y competitividad agrícola, que se detectó en la auditoría, va en contravención a las disposiciones señaladas en las Reglas de Operación del Programa y en el PEF de 2006. La ASF debiera hacer explícitas las razones por las cuales no emitió un dictamen negativo prefiriendo en su lugar abstenerse de emitir opinión.

⎯ SAGARPA. Evaluación del programa de Fomento Ganadero. En contraste con el

programa anterior, la ASF concluyó que SAGARPA cumplió con las disposiciones normativas aplicables en el otorgamiento de subsidios del Programa de Fomento Ganadero. Sin embargo, con relación a la población objetivo del Programa (productores de bajos ingresos de zonas marginadas), se determinó que ésta no cuenta con una base de datos confiable para identificar la

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población objetivo. Con la base disponible, la ASF determinó que para el 2006, el 56.3% del subsidio fue para productores de bajos ingresos, en contraste con el 53.5% promedio del periodo 2002-2006.

Uno de los resultados más relevantes de esta revisión reveló que el porcentaje de subsidios al productor pecuario en México fue de 17% para el periodo 2002-2004, que se compara desfavorablemente con el 30% de los países de la OCDE. Respecto a la cobertura del Programa, se corroboró para el 2006 que sólo atendió el 13.6% del total de solicitudes.

⎯ ASERCA. Evaluación del programa de Apoyos Directos al Campo. La Evaluación

a este programa es relevante por la apertura comercial de granos básicos en 2008, en el marco del Tratado de Libre Comercio (TLC), además de que PROCAMPO es el principal programa de subsidios a los productores agrícolas. En 2006 absorbió el 30.8% del presupuesto asignado al sector y su cobertura ha beneficiado anualmente a 2.7 millones de productores rurales. En relación a los resultados de 2006 vinculados a la evaluación del cumplimiento de los objetivos estratégicos del programa, la ASF emitió un dictamen en general favorable. De los hallazgos detectados por esta revisión destaca que se corroboró que la entidad tiene identificada su población objetivo, y que la cobertura del programa fue del 91.1%, atendiendo 2.6 millones de productores rurales en 2006 (para el periodo 2001-2006, la cobertura fue de 96.3%). Respecto a la eficiencia en la operación del Programa, de acuerdo a varios indicadores utilizados por el órgano de fiscalización, ASERCA logró por vez primera en el sexenio anterior rebasar la meta del 100%. Asimismo, la ASF consideró satisfactorio el nivel de transparencia y difusión del programa sin generar observaciones. En términos de la percepción de los beneficiarios, la ASF consideró elevado el grado de satisfacción del Programa. Si bien los objetivos de la auditoría definieron el alcance de la misma, es de la mayor importancia revisar los efectos económicos del PROCAMPO en términos de la productividad agrícola, los impactos en la situación de la emigración de la población rural de México a los Estados Unidos, y los impactos para aminorar los desequilibrios rurales sectoriales. Sería recomendable que la ASF construyera los indicadores sustantivos que reflejaran la contribución de PROCAMPO para estos propósitos, así como para evaluar su contribución efectiva al desarrollo rural del país.

⎯ Del resto de revisiones practicadas al Sector (12 de regularidad y una especial), destacan una financiera y de cumplimiento al Subprograma Coberturas que coordina ASERCA y otra especial para evaluar la operación de FEESA.

⎯ ASERCA. Egresos Presupuestales de la partida 4101 “Subsidios a la producción”

(Subprograma Coberturas). En el ejercicio 2006 el Subprograma de Coberturas

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tuvo un incremento presupuestario de 309.8 millones de pesos (para totalizar 909.8 millones) respecto al presupuesto originalmente autorizado. La ASF determinó que ASERCA no cumplió con las disposiciones normativas aplicables, en virtud de que en su aplicación se detectaron diversas irregularidades sustantivas que implicaron un monto observado por 198.9 millones de pesos, que significó 21.9% de la muestra revisada.

Entre las irregularidades detectadas destacaron el otorgamiento de subsidios para realizar coberturas de precios a productores de café sin que se demostrara la comercialización del producto; entregas extemporáneas a la TESOFE de recursos recuperados y administrados por ASERCA; realización de operaciones de cobertura por ASERCA sin fundamentar técnicamente su necesidad; apoyos a productores que no cumplían con los requisitos; discrecionalidad en la aplicación de los subsidios en los esquemas emergentes de apoyo; y duplicación de subsidios. La revisión identificó, que en uno de los esquemas de coberturas más importantes operados por ASERCA en el ejercicio fiscal 2006, se facilitaba desde el principio el abuso. La revisión no señala si las coberturas que continuamente operó ASERCA se realizaron en mercados OTC (over the counter o fuera de bolsa, que se caracterizan por cierta opacidad y discrecionalidad), o en mercados públicos que por su naturaleza son más transparentes. Si las coberturas se realizan en el mercado OTC, fuera de las reglas de los mercados públicos, gana terreno la opacidad, y la discrecionalidad, con lo cual se facilitan los esquemas de coberturas ad hoc, como el esquema de coberturas de café, el cual generó la improcedencia del subsidio por parte de la ASF. Por esta razón, si se hubiera abordado la forma en que ASERCA opera las coberturas, se contaría con elementos sustantivos para generar las acciones preventivas que permitieran un control de mayor profundidad sobre estas operaciones. En este sentido es recomendable que la ASF realice una evaluación de desempeño sobre la eficacia de las coberturas agrícolas operadas por ASERCA.

⎯ FEESA. Evaluación de la Operación del Fondo de Empresas Expropiadas del

Sector Azucarero (FEESA). La revisión practicada es relevante toda vez que revela diversos aspectos financieros y normativos centrales de la gestión conducida por FEESA y los 23 fideicomisos creados para tal efecto, en el que se presume falta de planeación y de acciones para recuperar recursos públicos erogados en ingenios expropiados y devueltos por mandato judicial. FEESA incrementó en 228% el presupuesto original autorizado, debido fundamentalmente a la aplicación de gastos por 21.2 millones de pesos para el pago de la indemnización complementaria al Ingenio La Joya, S.A. de C.V. Sin embargo, al cierre del año, FEESA no había efectuado dicho pago. Del dictamen financiero de los fideicomisos privados (FISOS) que integran el Fondo, al 31 de diciembre de 2006 se determinó una pérdida neta de 546 millones de pesos

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para 12 fideicomisos y una utilidad neta de 675.6 millones de pesos para los restantes 11. FEESA no acreditó un gasto de 11.3 millones de pesos del Fideicomiso Atencingo y tampoco realizó las acciones de recuperación por 579.2 millones de pesos otorgados por el Gobierno Federal como apoyo a los 9 ingenios devueltos a sus propietarios originales en 2006 por resolución judicial.

⎯ Por otra parte, al Sector Comunicaciones y Transportes se le practicaron 60

auditorías, equivalentes al 30.0% del total de revisiones practicadas por la ASF a entes del bloque funciones de Desarrollo Económico. Fueron 10 entidades públicas las involucradas en las revisiones al sector: Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT); Administraciones Portuarias Integrales de Coatzacoalcos, Lázaro Cárdenas, Manzanillo y Veracruz; Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México; Aeropuertos y Servicios Auxiliares; Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (CAPUFE); Comisión Federal de Telecomunicaciones (COFETEL); y Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano. De las revisiones practicadas al sector, seis fueron de desempeño y especiales, respectivamente; 47 de regularidad (10 financieras y de cumplimiento y 37 de inversión física) y una de situación excepcional a CAPUFE.

⎯ En términos generales, el órgano de fiscalización superior de la Federación

determinó que en la mayoría de las auditorías realizadas al sector se cumplió con la normatividad requerida; sin embargo, las revisiones arrojaron una cantidad importante de observaciones (549), vinculadas con inexistencia de indicadores para medir avances de metas y programas; deficiencias en los sistemas de vigilancia y control, insuficiencias en procesos de operación y normativas, licitaciones y pagos de obras fuera de norma, problemas de registro contable, y probables daños o perjuicios al patrimonio de la Hacienda Pública Federal, entre otros.

⎯ Las auditorías de desempeño practicadas a la SCT tuvieron por objeto

comprobar el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos por la dependencia en la reconstrucción de tramos carreteros y la conservación de carreteras en condiciones de operación. En ambas revisiones la ASF dictaminó que se cumplió con los objetivos de reconstrucción y mantenimiento de la red de carreteras.

En la primera revisión la ASF constató que se rebasó la meta de reconstrucción de tramos de la red de carreteras federales en 108.5%; en la segunda se constató que más del 70% de los tramos carreteros, tanto los de libre peaje como los de cuota, ofrecen condiciones al menos aceptables y que apenas el 2.4% de los accidentes carreteros fueron causados por el estado físico de las carreteras. En la primera auditoría no se registraron observaciones por parte de la ASF; en la segunda, la ASF emitió 17 observaciones que generaron 25 recomendaciones al desempeño.

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⎯ Otras dos auditorías de desempeño se orientaron a evaluar dos proyectos de construcción e infraestructura de las Administraciones Portuarias Integrales (API) de Lázaro Cárdenas, Michoacán y Veracruz debido a que la infraestructura marítimo-portuaria es un elemento indispensable para el movimiento de carga y pasaje en el país.

En la primera revisión, la ASF constató que las actividades institucionales relativas a la construcción de 9 obras y la atención de 635 embarcaciones se cumplieron de manera satisfactoria, aunque no fue factible la ejecución de seis de las nueve obras programadas, debido a que el financiamiento con recursos propios fue insuficiente como consecuencia del paro laboral en la Siderúrgica Lázaro Cárdenas por 141 días y del desfasamiento de la entrada en operación de la nueva Terminal de Contenedores, lo que requirió adecuaciones y la reprogramación de dichas obras para ejercicios subsecuentes.

En la segunda revisión, la ASF consideró que la API de Veracruz cumplió con los objetivos de satisfacer la demanda de movimiento de carga, incrementar la seguridad y competitividad de los servicios, excepto porque no dispuso de parámetros para evaluar la calidad y productividad de los servicios portuarios, y no cumplió con los estándares relativos a reducir el tiempo de fondeo y estadía de las embarcaciones.

La importancia de las auditorías mencionadas estriba en que el país requiere modernizar en forma permanente su infraestructura portuaria para responder con agilidad a la creciente demanda de servicios que impone el comercio internacional y, de esta manera, contribuir a la competitividad del país en el marco de las políticas y programas de desarrollo. Veracruz, como principal puerto comercial no petrolero del Golfo de México, muestra avances en ese sentido. En el caso de la API de Lázaro Cárdenas, Michoacán, se hace evidente que conflictos laborales externos pueden incidir en los resultados de las actividades de la entidad.

⎯ De las tres auditorías practicadas a Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA)

destaca la evaluación al desempeño de las actividades relacionadas con el indicador “pasajeros atendidos”, que revela que en 2006 se atendió a 24.7 millones de pasajeros, cifra mayor en 1% respecto a la meta programada, y en 2.5% a lo alcanzado en 2005; asimismo, determinó que se realizaron 179 mil 615 operaciones aeroportuarias, 12.7% más que las 160 mil planeadas. No obstante, señala que el indicador “pasajeros atendidos” no evalúa el desempeño del ente en función de su misión, y no guarda relación alguna en la determinación del presupuesto para ejercer en el indicador con la meta a alcanzar, debido a que el ente fiscalizado no presta el servicio directo de pasajeros, ya que esto depende exclusivamente de las líneas aéreas.

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Llama la atención la recomendación de la ASF “para que sean cerrados o se realice un adelgazamiento y depuración del personal técnico y administrativo de la entidad, dado que los aeropuertos como Tamuín y San Cristóbal de las Casas, presentan una operación prácticamente nula; situación que permitirá optimizar los recursos humanos y económicos…”. recomendación de la cual no se niega su posible validez, aunque en el informe no se encontró sustento analítico del que pudiera derivarse.

⎯ La COFETEL fue objeto de una auditoría de desempeño en la que se determinó

que no cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, evaluación y ejecución de su programa de trabajo de las operaciones examinadas, haciéndose acreedor de 26 observaciones que generaron 31 acciones (23 recomendaciones y 8 promociones de intervención de la instancia de control). La entidad revisada presentó importantes atrasos en su infraestructura mínima de operación para cumplir su objetivo primordial que es la regulación del espacio radio-eléctrico del país, buscando economías para los usuarios finales, poniéndose al descubierto presuntas irregularidades realizadas por funcionarios de la entidad auditada que carecieron del sustento legal y que no honran las mejores prácticas gubernamentales.

⎯ Por lo que toca a las auditorías especiales, destaca la revisión de comprobación

para establecer si la SCT cumplió en 2006 con las atribuciones legales en la concesión otorgada a Sistemas Profesionales de Comunicación, ahora Operadora UNEFON, y de la cual la ASF establece la posible responsabilidad de funcionarios adscritos a la SCT, por no haber efectuado en tiempo la devolución del monto instruido por el entonces Tribunal Fiscal de la Federación (actualmente Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa) a UNEFON, lo cual podría implicar un total por devolver de 3 mil 057.1 millones de pesos a UNEFON por parte de la SCT y el consecuente detrimento para las finanzas públicas.

La ASF considera que la SCT no perfeccionó el acto administrativo de devolución de 550.0 millones de pesos por concepto de intereses, por lo que incumplió con las disposiciones normativas aplicables, como se precisa en los resultados con observación. Lo anterior, originó que UNEFON además de recuperar los intereses pagados obtuviera privilegios indebidos, en relación con los demás participantes en la licitación pública, para el uso, aprovechamiento y explotación de las bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico licitadas en 1998, afectando también el interés público del Estado Federal Mexicano. La ASF sólo puede actuar en relación con los acontecimientos correspondientes al año 2006, de conformidad con los principios de anualidad y posterioridad que la rigen, por lo que las presuntas responsabilidades cometidas por servidores públicos desde 1998, deberán ser investigadas y sancionadas por la Secretaría de la Función Pública, quien tiene la responsabilidad de interpretar y hacer cumplir la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, vigente

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en la época de los hechos, y la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos vigente en la actualidad. La ASF comprobó que la SCT incumplió con las atribuciones que la legislación le confiere respecto de la concesión otorgada a UNEFON, lo que se verificó con el hecho de que UNEFON gozó de privilegios, sin que se le descalificara a pesar de haberse situado en dicho supuesto normativo. Asimismo, el fallo negativo del Tribunal se debe en parte a que la COFETEL, no fundó su actuación en los preceptos y ordenamientos legales referidos en el establecimiento de los intereses de las prórrogas. Existen deficiencias en la aplicación de la normatividad interna de la SCT y de la COFETEL que produjeron un daño al erario público de 550.0 millones de pesos más un faltante aún por pagar de 46.4 millones de pesos. Por otro lado, respecto a la pretensión de UNEFON de actualizar la devolución de intereses causados calculados sumando las tasas previstas para los recargos moratorios durante los meses de la mora por el periodo de cinco años transcurridos que arroja un total de 3 mil 057.1 millones de pesos, sería recomendable que la ASF haga llegar al TFJFA todos los elementos con que cuente para prevenir un posible detrimento a las finanzas públicas. Con relación a la determinación de los intereses a cargo de UNEFON en el pago de la concesión, es necesario que la entidad fiscalizadora evalúe en lo particular la metodología que la empresa UNEFON utilizó para la determinar el monto que exigió como devolución.

⎯ Otra revisión importante en el sector Comunicaciones y Transportes es la de situación excepcional que derivó de una solicitud de la Comisión de Vigilancia para que se revisaran los contratos de las obras de mantenimiento de la Autopista del Sol que la entidad fiscalizada celebró con la empresa GUTSA Infraestructura, S.A. de C.V., debido a que podría haber un pago en exceso por 14 millones de pesos. La ASF determinó que en el informe presentado al respecto por CAPUFE se cumplió parcialmente, ya que la entidad emitió resolución definitiva en la que se dictó sanción de un año de inhabilitación para desempeñar empleos cargos o comisiones en el servicio público a diversos ex servidores públicos, encontrándose en proceso de resolución definitiva diversos juicios promovidos por la contratista derivados de la rescisión de contratos.

Asimismo, destaca que servidores públicos de ese organismo descentralizado celebraron convenios de conciliación con la contratista, sin facultades para ello, reconociendo pagos a la empresa GUTSA, en los que se establecía el pago de 60.6 millones de pesos y 39.7 millones de pesos, siendo omisa la entidad revisada respecto del probable pago en exceso por 14 millones de pesos correspondiente al ejercicio fiscal 2007. Ante la evidencia de las irregularidades, tal como lo afirma la ASF será de la mayor relevancia auditar las operaciones que CAPUFE reporte al respecto en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2007.

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⎯ Igualmente importantes son las ocho auditorías orientadas a verificar los egresos presupuestales del Capítulo 6000 “Obras Públicas” en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, las cuales en términos generales, tuvieron como objetivo verificar que las inversiones físicas se planearan, programaran, presupuestaran, licitaran, contrataran y ejecutaran conforme a la legislación aplicable. Sus resultados permitieron constatar un elevado número de irregularidades en los proyectos de obra auditados. De hecho, la ASF formuló 120 observaciones que generaron 177 acciones promovidas, que corresponden a 120 recomendaciones; 11 solicitudes de aclaración-recuperación; 10 promociones de intervención de la instancia de control; 17 pliegos de observaciones, y 19 promociones de fincamiento de responsabilidades administrativas sancionatorias. Asimismo, se determinaron impactos económicos por 775.5 millones de pesos, de los cuales 641.9 millones, 82.8% del total, corresponden a un solo proyecto, el relativo a la “Estructura Metálica de los Edificios Dedo Norte, Dedo Sur, Edificio Terminal y Patio – Hotel de la Nueva Terminal 2 del AICM”.

⎯ Por lo que hace al Sector Economía, se le practicaron nueve auditorías: cinco a

la Secretaría de Economía, SE, (una de desempeño, tres financieras y de cumplimiento y una especial), una de desempeño a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, una de seguimiento a la Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para las Empresas Solidaridad, una financiera y de cumplimiento a Exportadora de Sal S.A. de C.V. y una especial a la Procuraduría Federal del Consumidor.

⎯ De este conjunto de auditorías, destaca la de desempeño orientada a evaluar el

Programa de Desarrollo Empresarial (PDE), coordinado por la SE, en donde la ASF dictaminó que dicho programa no contribuyó al cumplimiento del objetivo rector del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, ya que México perdió en materia de competitividad 16 lugares, al pasar de la posición número 42 en el 2001 al 58 en el 2006. El hecho de que el PDE no haya cumplido con su misión y sea objeto de múltiples irregularidades, es de llamar la atención sobre todo en un escenario en donde el país enfrenta una competencia cada vez más fuerte derivada del proceso de globalización económica, situación que obliga a replantear las estrategias utilizadas y promover una auténtica política de desarrollo empresarial que contribuya al reposicionamiento de México en el ámbito internacional.

⎯ Asimismo, en otra revisión practicada a la COFEMER, el órgano de fiscalización

superior consideró que la entidad auditada cumplió razonablemente con las disposiciones normativas aplicables al dictaminar los más de 2 mil anteproyectos de regulaciones de su responsabilidad, impartir más de 400 cursos de capacitación en materia de mejora regulatoria e implantar el Sistema de Apertura Rápida de Empresas en más de cien municipios del país; no obstante, fue sujeto de 26 observaciones que dieron lugar a 31 acciones (6 recomendaciones, 22

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recomendaciones al desempeño y 3 promociones de intervención de la instancia de control).

⎯ En el Sector Trabajo y Previsión Social, la ASF le practicó cuatro auditorías: tres

a la STPS (una de desempeño y dos financieras y de cumplimiento) y una financiera y de cumplimiento al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores. De éstas, destacó la auditoría de desempeño que tuvo por objetivo evaluar el Programa de Apoyo a la Capacitación (PAC) de la STPS, en donde se dictaminó que la STPS cumplió con el objetivo y las metas del PAC, relativos a apoyar con subsidios la capacitación de los trabajadores que laboran en las micro, pequeñas y medianas empresas.

Es conveniente anotar al respecto que la entidad dictaminada favorablemente, en el desarrollo de la revisión no dispuso de indicadores para medir la cobertura del programa, la productividad de los trabajadores, la competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas, la eficiencia en la operación del PAC, la calidad de los cursos de capacitación, así como la percepción del ciudadano usuario y la competencia de los servidores públicos. De acuerdo con el informe de la revisión emitido, la STPS tampoco formuló el programa de operación del PAC, ni contó con una planeación integral en la que se incluyera el diagnóstico de necesidades de la capacitación laboral en el país, a fin de identificar oportunidades en ramas, regiones y temas prioritarios que permitiera focalizar los apoyos otorgados. Finalmente, la entidad no contó con indicadores, ni controles que le permitieran evaluar los resultados del Programa, por lo que no fue posible por parte de la ASF medir sus resultados.

⎯ El Sector Eléctrico, fue objeto de 31 auditorías (22 a la CFE y 9 a LyFC), de las

cuales dos fueron de desempeño a la CFE, dos especiales (una a CFE y otra a LyFC), y las 27 restantes, de regularidad (siete financieras y de cumplimiento y 20 de inversión física).

⎯ Un primer conjunto de auditorías a destacar tiene que ver con las revisiones

especiales a CFE y LyFC sobre las obligaciones derivadas de los pasivos laborales. En ambos casos se determinó que las obligaciones significan un costo creciente que impacta cada vez más las finanzas públicas. En el caso de la CFE, el pago de jubilaciones en 2006 fue mayor en 6.7% al presupuesto original y el costo promedio del personal que se jubiló en 2006 fue superior al de 2005 como consecuencia de un incremento salarial mayor al determinado en el PEF de ese año (6% vs. 4%).

Por lo que toca a LyFC, la ASF determinó que su sistema de jubilaciones es financieramente insostenible, en razón del acelerado crecimiento de las erogaciones anuales asociadas a los cada vez mayores pasivos laborales. En 2006, el pago por jubilaciones representó el 27.3% del gasto programable y el 98.2% del pago de servicios personales y los pasivos laborales representaron el

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67.7% de los activos y 68.0% de los pasivos totales, lo que hace insostenible la operación de la entidad con recursos propios y constituye un riesgo inmediato y creciente para las finanzas públicas.

Como producto de anteriores revisiones sobre el mismo asunto, la ASF ya ha advertido con anterioridad que el problema financiero del sistema de jubilaciones y pensiones es cada vez más insostenible, por lo que llama la atención que aún no se hayan tomado medidas sustantivas y expeditas para revertir tal situación.

⎯ Las auditorías de desempeño practicadas a CFE tuvieron por objeto evaluar el

desempeño de la CFE en sus actividades de generación, transmisión, transformación, control, distribución y comercialización de la energía eléctrica, así como revisar el proyecto hidroeléctrico de El Cajón en el estado de Nayarit.

⎯ Respecto de la evaluación de las actividades genéricas de la CFE, la ASF

constató que no se contó con elementos para evaluar las metas de ampliación de la infraestructura de energía eléctrica y que la entidad perdió participación en la generación de energía, pese a que hubo subutilización de la capacidad instalada de plantas de generación termoeléctricas. No obstante, CFE cumplió con su objetivo estratégico establecido en el PEF y que tiene que ver con el aseguramiento del suministro de energía eléctrica en el país.

⎯ Es importante destacar que en la política energética definida en el PND 2001-

2006 y el PROSENER 2001-2006 se señala que la atención a las necesidades de energía eléctrica del país se darán por la vía de la participación de capital privado mediante el esquema PIDIREGAS, lo cual es consistente con el comportamiento mostrado por la entidad en el periodo revisado y, en consecuencia, con el dictamen emitido.

⎯ Por lo que toca a la revisión del proyecto hidroeléctrico de El Cajón, se determinó

que CFE no cuenta con los reportes del monitoreo de las descargas de aguas residuales, y la mayoría de los taludes del camino de acceso presentan problemas de estabilización. Consecuentemente, la ASF contó con elementos limitados para poder determinar si la entidad cumplió con los objetivos y las disposiciones normativas aplicables al impacto ambiental del proyecto. Aún así, la ASF dictaminó que CFE cumplió en las operaciones examinadas con las disposiciones normativas aplicables.

⎯ Dos auditorías financieras y de cumplimiento fueron practicadas a CFE para

evaluar la rentabilidad de los proyectos PIDIREGAS, una de inversión condicionada y otra de inversión directa, de centrales generadoras de energía eléctrica de ciclo combinado.

⎯ En ambos casos, la ASF determinó cuatro recomendaciones derivadas de igual

número de observaciones en cada caso y dictaminó que la CFE cumplió con las

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disposiciones normativas aplicables a que las centrales de ciclo combinado PIDIREGAS de inversión condicionada y directa sean rentables, así como el registro contable de los ingresos y egresos y su presentación en Cuenta Pública.

Se pudo constatar en estas revisiones que el crecimiento de la capacidad de generación de energía eléctrica que han mostrado los Productores Independientes de Energía PIDIREGAS hace dependiente a la CFE de dicha capacidad para el suministro de la electricidad a los usuarios. La vigencia de cada contrato es de 25 años a partir de la fecha de inicio de la operación comercial, por lo que a partir de 2025 a 2031, los PIDIREGAS en operación en 2006 finiquitarán sus compromisos con la CFE, mientras tanto, los activos se mantienen en propiedad de los inversionistas privados.

⎯ Las revisiones practicadas por la ASF al Sector Petrolero son particularmente

relevantes en la agenda nacional en general y legislativa en particular. De ellas destacan cuatro revisiones de desempeño, una al Instituto Mexicano del Petróleo (IMP) y tres a PEMEX Exploración y Producción (PEP) en la evaluación de proyectos de exploración de hidrocarburos y de construcción de infraestructura para producción de petróleo crudo.

⎯ Con la revisión al IMP se constató que los recursos destinados por PEMEX para

la contratación de servicios investigación en desarrollo tecnológico (IDT) fue insuficiente. Sus montos se mantuvieron ligeramente al alza entre 2001 y 2005, pero para 2006 disminuyeron sensiblemente; los destinados a la adquisición de proyectos IDT del IMP, representaron menos de la cuarta de los recursos totales de este concepto. PEMEX debería aprovechar la infraestructura existente en el IMP en proyectos IDT, propiciar su desarrollo y utilización para convertirlo en el principal proveedor nacional de este tipo de servicios, y recurrir en menor proporción a los servicios ofertados por consultorías privadas.

Es prioritario para el país destinar mayores recursos presupuestales a la investigación y desarrollo tecnológico requeridos en la industria petrolera, a través de proyectos que atiendan las necesidades específicas de PEMEX. La industria requiere del diseño de un plan estratégico de desarrollo tecnológico sectorial conjunto entre PEMEX y el IMP y al propio tiempo fortalecer la función objetivo del instituto.

⎯ Con relación a la evaluación de las actividades de exploración de hidrocarburos

de PEP, destaca que la caída de las reservas totales y probadas de hidrocarburos fue significativamente mayor en la primera mitad de 2000-2006, que en la segunda. El índice de reposición de las reservas fue más bajo en la primera etapa que en la segunda, por lo que el agotamiento de reservas se mantuvo aunque a una escala menor. No obstante esa tendencia decreciente de las reservas, PEP no cumplió con su programa de inversiones en el periodo; solamente en 2004 la inversión ejercida excedió a la inversión programada.

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El resultado de la mayor inversión fue un freno importante en el índice de reposición de reservas, sin alcanzar, empero, la meta establecida. De haber continuado las inversiones al nivel de 2004, es probable que se hubiera alcanzado la meta de reposición del Programa Sectorial. Un dato revelador proporcionado por la ASF es su afirmación de que PEMEX requiere una inversión de 154 mil millones de pesos promedio anual en exploración y producción, dato que faltó sustentar, pero conviene tener en cuenta para el debate energético.

⎯ En la revisión de los proyectos PEP Cantarell y Ku-Maloob-Zaap-PIDIREGAS,

relativos a la construcción de infraestructura para la producción de crudo, la ASF señala que la paraestatal no aprovechó los altos precios del petróleo para canalizar recursos adicionales de inversión a las actividades de exploración y producción. Fue posible constatar que PEP no cumplió con el Programa de Inversión a pesar del favorable contexto de precios, lo cual da cuenta de la difícil situación que enfrenta el campo petrolífero más importante, Cantarell, al disminuir progresivamente sus volúmenes de producción de petróleo crudo. De esta observación se desprende que no existe un mecanismo institucional en PEP que estimule el cumplimiento de las metas aún, cuando las condiciones sean altamente propicias.

Al respecto, será relevante orientar la fiscalización al fortalecimiento de los instrumentos programático-presupuestales con el objeto de buscar que se cumplan las metas de proyectos tan relevantes como los revisados por la ASF, de otra forma operará la discrecionalidad en el uso de los recursos públicos utilizados. Sería recomendable asimismo, evaluar alternativas para que no se maximice la extracción de petróleo y gas de corto plazo, sino que ésta sea gradual y de largo plazo; en este proceso son claves los campos de producción Cantarell y Ku-Maloob-Zaap. Por otra parte, sería conveniente que se realizara una revisión integral para analizar los riesgos y el desempeño de todos los vehículos financieros utilizados por PEMEX y sus filiales.

⎯ Otro conjunto de revisiones a destacar fueron las practicadas a PEMEX

Corporativo, en particular, respecto a la evaluación de los pasivos laborales; los Aprovechamientos sobre Rendimientos Excedentes (ARE); el régimen fiscal; y las operaciones a través de instrumentos financieros. De las practicadas a PEMEX Exploración y Producción (PEP), sobresalen la evaluación de los derechos a los hidrocarburos; y la valoración de los proyectos de inversión en aguas profundas del Golfo de México. Respecto de PEMEX Refinación sobresalen también las revisiones a la reconfiguración de la refinería Lázaro Cárdenas y a la solventación de acciones a la filial con motivo de la revisión de la Cuenta Pública 2004. Finalmente, destaca la practicada a PMI sobre la comercialización de petróleo crudo.

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⎯ De la evaluación de los pasivos laborales, en los estados financieros de PEMEX y subsidiarias se reportó un pasivo laboral por 454.6 miles de millones de pesos a diciembre de 2006, que representó 37.7% del pasivo total del organismo y que creció a una tasa media anual real de 13.4% entre 2000 y 2006. Este pasivo está creciendo a tasas anuales promedio superiores a las de los ingresos totales. Los incrementos salariales y en prestaciones están generando un efecto multiplicador en el gasto de pensiones y jubilaciones, por lo que el pasivo evidenció el elevado riesgo implícito que conlleva al reducirse las reservas probadas de petróleo crudo. Las obligaciones directas y contingentes implican riesgo soberano en el que el gobierno mexicano tendrá que instrumentar estrategias para su financiamiento, en el largo plazo.

El trabajo legislativo puede orientarse al diseño de leyes e instrumentos normativos que permitan configurar un sistema nacional de pensiones y jubilaciones homogéneo y con criterios uniformes aplicables a todas las dependencias y organismos de la APF, determinando cuáles serán las fuentes de financiamiento, que deberían provenir, entre otras, de la recaudación tributaria del gobierno federal y de la creación de una reserva preventiva con recursos de los ingresos petroleros.

Esta revisión en esencia es muy similar a la aplicada al propio PEMEX Corporativo, denominada “Fondo Laboral de PEMEX”, por lo que se recomienda a la ASF realizar esfuerzos para simplificar e integrar recursos en revisiones que persiguen objetivos similares, sobre todo si van dirigidos a una misma dependencia.

⎯ La revisión a los Aprovechamientos sobre Rendimientos Excedentes (ARE), tiene

como fundamento la estimación de los precios de la mezcla mexicana de exportación y de la producción de petróleo crudo que se incluyen anualmente en el PEF. Considerando que éstas son las dos premisas básicas para calcular el monto de los ARE, se considera como requisito básico contar con bases metodológicamente sólidas que permitan realizar estimaciones razonables y coherentes por parte del gobierno federal. Entre 2003 y 2007, la diferencia del precio observado con relación al estimado se ubicó al alza entre 35.1% y 57.6%. Los niveles observados han dejado entrever la subestimación de precios para efectos de presupuesto, propiciando con ello la asignación de recursos presupuestales cuantiosos a través de los ARE a las entidades federativas vía el FIES y el PAFEF.

Con la entrada en vigor de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en 2006, se intentó eliminar o disminuir la discrecionalidad con la que actuaba la SHCP en su cálculo; no obstante, se desarrolló una mecánica con variables e indicadores arbitrarios que resultó poco transparente y cuya discrecionalidad se mantiene.

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Al interior del trabajo legislativo, es recomendable promover bases de estimación más sólidas y confiables en el PEF respecto de los precios de exportación de la mezcla mexicana que son utilizados para el cálculo del ARE y de los ingresos excedentes del petróleo, y que permitan eliminar la discrecionalidad y falta de transparencia.

⎯ Con relación a las revisiones relacionadas con la determinación del Impuesto a los Rendimientos Petroleros (IRP) y con la evaluación a los Derechos de los Hidrocarburos, de conformidad con el nuevo régimen fiscal aprobado por el senado para el ejercicio fiscal de 2006, se enfatizó que PEMEX y sus organismos subsidiarios recibirían un tratamiento fiscal similar al que se aplica a cualquier empresa en México, al pagar dicho impuesto sobre ingresos menos gastos y costos. Debe señalarse que los beneficios para la paraestatal deben evaluarse en el contexto de las características del nuevo régimen como parte del conjunto de deducciones fiscales, de derechos y aprovechamientos a los que está sujeto el organismo.

Como se ha constatado, el beneficio fiscal ha sido menor para PEMEX. En el ejercicio fiscal de 2006 pudo observarse que ese esquema, aunque propició una utilidad neta para el organismo, fue insuficiente para resarcir las pérdidas acumuladas entre 2000 y 2006, y dista mucho del que reportaron las principales empresas petroleras por región a nivel mundial, incluidas las de propiedad estatal. De los Derechos de los Hidrocarburos totales, se pudo constatar que éstos aumentaron 11% respecto los recaudados en 2005, no obstante, no se evaluó el impacto financiero de los mismos sobre las cuentas de balance de PEMEX, lo que resultaría adecuado para complementar la verificación del cumplimiento normativo sobre la generación y entero del IRP y del cálculo y cobro de los Derechos. La situación anterior sugiere buscar opciones alternativas para aminorar el peso de la carga fiscal de PEMEX y dotarla de una verdadera autonomía financiera, que le permita obtener una utilidad neta razonable sobre su operación para financiar sus necesidades de inversión en infraestructura y que le generen flujo suficiente para cubrir la deuda en la que ha incurrido para desarrollar esos proyectos de inversión.

⎯ En evaluaciones a la deuda PIDIREGAS, se argumenta que sus obligaciones son financieramente sostenibles en el corto y mediano plazos, no obstante, debe tenerse en cuenta que los proyectos responsabilidad de PEMEX están sujetos a una elevada carga fiscal, lo cual ha afectado su rentabilidad. Adicionalmente, se ha constatado que el plazo de vencimiento de los pasivos contraídos para financiar esos proyectos supera con amplitud el periodo identificado de 10 años de explotación de reservas probadas. El impacto por el costo financiero de los proyectos será mayúsculo en los próximos años ya que durante la administración

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2007-2012, deberán realizarse erogaciones para cubrir el servicio de la deuda (intereses y capital) por 769 mil millones de pesos.

Es por ello que el gobierno federal deberá analizar las diferentes opciones para aminorar el impacto que está significando los costos de estas obligaciones en las cuentas de la paraestatal. Una solución integral a esta problemática tendría que ir acompañada de una mayor autonomía presupuestal y de gestión de PEMEX y simultáneamente de una fuente más estable de ingresos públicos. Por otra parte, debe destacarse la importancia que implica que PEMEX reconozca en la contabilidad los pasivos directos y contingentes derivados de los PIDIREGAS.

Los resultados de la revisión realizada por la ASF indican que “no es posible evaluar la productividad y rentabilidad de los 38 proyectos de inversión directa de PEMEX debido a que la paraestatal los fracciona en obras y contratos”. En una revisión similar, practicada a la SHCP al ejercicio fiscal de 2006, contrasta con el resultado anterior, ya que se concluyó que los proyectos PIDIREGAS son altamente rentables, medidos a través de sus ingresos netos, de su flujo de efectivo y del Valor Presente Neto. Nuevamente es recomendable que la ASF realice esfuerzos para simplificar e integrar recursos en revisiones que persiguen objetivos similares.

⎯ En las operaciones con instrumentos financieros, la ASF recomienda a PEMEX liquidar obligaciones financieras de un bono respaldado con acciones de Repsol propiedad de la paraestatal, debido a que existe un costo de oportunidad. No obstante, no se valora si PEMEX efectivamente no cuenta con escenarios alternativos para redimir esas obligaciones financieras o si el organismo considera que es más benéfico esperar a que concluya la vigencia de la operación. Resultaría injustificable para PEMEX que pudiéndolo liquidar en febrero de 2008, como lo propone la ASF, no lo haya hecho al evaluar este costo de oportunidad respecto de los que se generarían al vencimiento de la operación en 2011. Es muy probable que PEMEX no tenga una fuente de recursos para liquidar estos compromisos, lo que implicaría, en caso de cancelarse el adeudo, que la paraestatal tendría que dirigirse al mercado de deuda para obtener financiamiento con el consiguiente costo financiero y/o vender la posición accionaria para liquidar el bono, en cuyo caso perdería su participación en Repsol. PEMEX ha señalado que la operación no representa ningún riesgo para las cuentas financieras del organismo, que sostiene su interés en quedarse con la participación accionaria y esgrime argumentos técnicamente sólidos que respaldan la decisión de mantener su operación hasta el vencimiento. Con relación al argumento de PEMEX, de que RepCon no es una entidad que esté bajo control presupuestal y de que por ello la información financiera se preparó conforme a las Normas Gubernamentales, lo que implica que no se

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considere en la consolidación de la Cuenta Pública, es necesario que la ASF evalúe los riesgos financieros –y en términos de opacidad y rendición de cuentas– que conlleva generar vehículos financieros que no estén bajo control presupuestal. Será conveniente realizar una evaluación sectorial de los vehículos financieros creados por el gobierno que se encuentren en una situación similar a la de los vehículos de PEMEX. Las entidades públicas y privadas tienden a estos instrumentos para dotar de flexibilidad a sus operaciones, pero también para eludir la transparencia y la rendición de cuentas. Lo anterior, sin considerar que cuando generan pérdidas, el quebranto lo asume la entidad ligada al vehículo, en este caso PEMEX, por lo que no es válido afirmar que los vehículos y sus socios son independientes legalmente, cuando no asumen por sí mismos, el quebranto económico.

⎯ Respecto de la revisión a los costos y gastos de exploración de crudo y gas

natural, la ASF determinó un número importante de presuntas irregularidades que de no aclararse y solventarse, presentan un área de oportunidad de la fiscalización en el tema de transparencia y corrupción, por lo que será de la mayor relevancia dar seguimiento puntual a esta auditoría. Las irregularidades más importantes están relacionadas con incumplimientos a la normatividad aplicable en la determinación, cálculo y comprobación de costos y gastos en rubros de exploración y explotación; cálculo de las deducciones de gas natural; servicios médicos del personal y gastos del personal jubilado y post-mortem; gastos por servicios de telecomunicaciones; facturas por prestación de servicios; pago de los Derechos sobre Hidrocarburos; adjudicaciones mediante licitación pública internacional; costos y gastos de vehículos financieros; registros contables de capitalización de los pozos no exitosos; y, un sobrejercicio presupuestal en gasto corriente.

⎯ En la revisión realizada a PEMEX Exploración y Producción (PEP) en proyectos

de campos petroleros de aguas profundas, se pudo constatar la impresión de que existen recursos insuficientes a este propósito por parte de PEMEX, ya que del gasto ejercido por el proyecto Cantarell en 2006 en exploración y explotación por 25 mil 828.2 millones de pesos, sólo se destinó 3.8% para inversión en exploración de nuevos campos petroleros en aguas profundas del Golfo de México. Destaca que entre 2004 y 2007 sólo se perforaron 5 pozos en aguas profundas, con tirantes de agua que van de 472 metros a 806 metros, y se encontró únicamente en dos de ellos flujos de gas seco. A pesar de contar con una plataforma de perforación en arrendamiento con capacidad para operar tirantes de agua hasta por 4,500 metros, las pruebas realizadas arrojaron resultados poco favorables.

Sería conveniente confirmar la escasez o presunta inexistencia de financiamiento para inversiones de exploración en aguas profundas, en virtud de que ello podría

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implicar para el país serios rezagos en proyectos de esta naturaleza, lo cual contrastaría con la experiencia mostrada por otros países. De acuerdo con datos referidos por la ASF, Estados Unidos ha perforado 524 pozos, Brasil 107, Indonesia 78, Angola y Australia 58; y, en la propia zona del Golfo de México, en aguas cubanas, se estimó recientemente la existencia de importantes yacimientos de petróleo crudo que empezarán a explotarse en 2008. Ante ello tendrían que evaluarse las tecnologías y acceso de exploración de aguas profundas; la formación y contratación de capital humano especializado; y atender la experiencia internacional en este campo. Se considera importante investigar las condiciones de esquemas de arrendamiento para la adquisición de plataformas sofisticadas para exploración de aguas profundas con proveedores internacionales. Asimismo, será importante una evaluación integral sobre la situación técnica, financiera, jurídica y estratégica, sobre la exploración de aguas profundas a la luz de las disposiciones constitucionales y normativas.

⎯ En las evaluaciones practicadas al mantenimiento a plantas de PEMEX Gas y Petroquímica Básica (PGPB) y PEMEX Petroquímica, la ASF determinó que las revisiones cumplen su objetivo. No obstante, debe señalarse la falta de evaluaciones a los programas de mantenimiento de ambas subsidiarias bajo el contexto de la necesidad que representa para PEMEX mantener e incrementar la capacidad de producción tanto de gas como de petroquímicos, donde ambas subsidiarias muestran rezagos importantes debido a deficiencias en la operación. Por tal motivo, es necesario que se cuente con los recursos financieros suficientes para fortalecer sus procesos productivos para atender la creciente demanda de gas y petroquímicos por parte de la industria. PEMEX Petroquímica, por ejemplo, es la filial de PEMEX que ha recibido menos recursos para inversión, por lo cual enfrenta un alto riesgo con el cierre de plantas que están mostrando ser obsoletas, producto, entre otros factores, de la falta de mantenimiento de sus plantas industriales.

Con las revisiones, se corrobora la existencia de ineficiencias de operación, actualización de los programas y de incumplimiento normativo en el mantenimiento de las plantas, así como de irregularidades en los términos de las adjudicaciones de contratos para el suministro de insumos, que con toda seguridad deben estar influyendo en los resultados de las filiales. En el marco de su autonomía técnica y de gestión, la ASF debería considerar la posibilidad de desarrollar un programa integral de revisiones que esté dirigido a dimensionar tanto el grado de incumplimiento de los programas de mantenimiento y de los procedimientos normativos en materia de adjudicación de contratos de la Administración Pública Federal, como de su impacto monetario y económico en las finanzas.

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⎯ En la revisión a la reconfiguración y modernización de la Refinería Lázaro Cárdenas, se encontró que el monto autorizado para el proyecto sobrepasó en 78.2% la inversión determinada por el estudio de factibilidad, sin que la ASF emitiera una explicación o consignación de resultados y observaciones al respecto. Estos incrementos no son aislados en la paraestatal, por lo que debiera llevarse a cabo una revisión especial y/o de desempeño sobre la magnitud de las desviaciones presupuestales de los proyectos emprendidos por PEMEX, incluyendo los de PIDIREGAS, teniendo como referencia la práctica internacional.

⎯ La evaluación del costo financiero de la deuda interna de PEMEX Refinación,

deja entrever la necesidad de una evaluación integral costo-eficiencia sobre las alternativas financieras a disposición de PEMEX Corporativo en la contratación de la deuda de PEMEX Refinación, además de un examen integral del costo-eficiencia de las alternativas de contratación de la totalidad de la deuda de PEMEX Corporativo.

⎯ Con la revisión a la solventación de acciones en materia de refinación de

PEMEX, correspondientes a la Cuenta Pública 2004, quedó constancia de la baja capacidad que el país enfrenta en la producción de petrolíferos que no satisfacen las necesidades de combustibles y de los cuales existe una enorme dependencia de las importaciones, principalmente de gasolinas. Se comprobó que no fue posible fortalecer la capacidad de refinación y que las políticas de reconfiguración tuvieron serias limitaciones en sus estrategias para ampliar la capacidad de producción, procesar una mayor proporción de crudo, apoyar la elaboración de productos de mayor valor agregado y calidad, y elevar la rentabilidad de las refinerías.

PEMEX Refinación, no pudo disminuir la brecha existente entre su índice de utilización de la capacidad instalada de refinación y el correspondiente a las refinerías de la Costa Norteamericana del Golfo de México. El trabajo legislativo, en tal sentido, tiene un área de oportunidad para diseñar y evaluar estrategias de largo plazo que permitan aumentar la capacidad de refinación de PEMEX, mediante la construcción de nuevas refinerías que logren disminuir la dependencia de productos petrolíferos de otros países y que se definan planes de inversión y sus correspondientes fuentes de financiamiento para la expansión de la infraestructura de transformación de PEMEX.

⎯ De la revisión realizada a PMI sobre la comercialización de petróleo crudo, se

infiere una alta concentración de clientes compradores. La ASF identificó la existencia de contratos de comercialización de largo plazo (Contratos Evergreen) y de corto plazo, que sería deseable conocer su composición, en virtud de que PEMEX recurre frecuentemente a los mecanismos de bursatilización a través de vehículos financieros. La revisión constató la existencia de distintos tipos de precios base para la determinación de los precios de exportación. Sería

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importante conocer su composición y metodología de cálculo, principalmente en la determinación de la calidad de las coberturas petroleras de precios utilizadas por la paraestatal. Finalmente, esta revisión se originó en parte por el Reporte de Observaciones del segundo trimestre de 2006 del Órgano Interno de Control de PMI, que estableció que no había información confiable de los ingresos de venta de petróleo crudo al haber diferencias entre los reportes de ventas de productos de clientes de Shell y los registros de la balanza de comprobación, y de antecedentes de la existencia en el área jurídica de cartera vencida con escasa probabilidad de recuperación. Sobre estos asuntos la ASF no emite ningún resultado.

⎯ La ASF también practicó dos revisiones financieras y de cumplimiento a

Compañía Mexicana de Exploraciones (COMESA), destacando la relativa a la evaluación del Programa de Hidrocarburos, en donde se concluye que COMESA cumplió con los ordenamientos jurídicos contables y normativos relativos a incrementar las reservas de hidrocarburos, a través de los servicios de exploración. La auditoría no lo reporta, pero habría sido relevante evaluar el impacto cuantitativo de los resultados, y explicar los motivos que condujeron a la entidad fiscalizada a realizar un ajuste presupuestal de 53.9% en un programa tan importante para la industria petrolera mexicana, además de valorar el impacto de esa reducción en el cumplimiento de las metas del citado programa.

⎯ Por otro lado, en el Sector Turismo, la ASF practicó cinco auditorías, de las que

una fue de desempeño y cuatro financieras y de cumplimiento, de las cuales destacan dos: la evaluación al desempeño de las acciones de desarrollo turístico en los estados y municipios, aplicada a la Secretaría del Turismo (SECTUR) y la revisión financiera y de cumplimiento de los ingresos y egresos de los proyectos turísticos del Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR).

⎯ La revisión de desempeño practicada a SECTUR tuvo como objetivo central

evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas de desarrollar integralmente los destinos y regiones turísticos del país y valorar la eficacia de los programas de desarrollo turístico regional. La ASF constató que SECTUR cumplió con las disposiciones normativas para apoyar el desarrollo turístico en los estados y municipios, diseñar programas regionales y concertar los convenios de coordinación y reasignación de recursos, aunque producto de la revisión se determinaron 18 observaciones que propiciaron 20 recomendaciones al desempeño y dos promociones de intervención de la instancia de control, orientadas en su conjunto a alentar la implantación y utilización de sistemas de medición del desempeño, investigar y en su caso determinar las responsabilidades administrativas y fortalecer los mecanismos de operación en términos de eficacia, eficiencia y economía. Uno de los resultados relevantes fue que SECTUR no cuenta con indicadores estratégicos y de gestión que le permitan evaluar los aspectos relativos al

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desarrollo turístico integral, la calidad en el servicio, la competencia de los operadores y la satisfacción del ciudadano-usuario. Esta deficiencia de planeación puede llegar a tener implicaciones en la determinación de estrategias y metas e inhibir a la postre la demanda de la población turística, con su correspondiente implicación en las finanzas públicas, por lo que se hace necesario que la ASF verifique que la entidad auditada solvente a cabalidad las recomendaciones emitidas.

⎯ Por lo que toca a la auditoría financiera y de cumplimiento practicada a

FONATUR, que tuvo por objetivo verificar la determinación de los ingresos captados por la venta de bienes, y la aplicación de los recursos presupuestarios, así como evaluar el impacto de sus metas y su vinculación con los indicadores del Programa Nacional de Turismo, la ASF constató que la enajenación de seis lotes en el Centro Integralmente Planeado de Litibú, Nayarit se dio a precio inferior del valor mínimo establecido por su política de comercialización, dejando de percibir 35.4 millones de pesos; caso similar ocurrió en la enajenación de otros 18 lotes en donde se dejaron de percibir 4.0 millones de pesos. Como resultado de la revisión se emitieron cuatro observaciones que generaron una recomendación, dos pliegos de observaciones y una promoción de responsabilidad administrativa sancionatoria. Aun con ello, la ASF consideró que FONATUR cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la enajenación de bienes inmuebles y la aplicación de recursos en obra pública.

⎯ Por lo que hace al sector Reforma Agraria, la ASF realizó cuatro auditorías, tres

a la Secretaría y una al Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal. Del total de auditorías aplicadas al sector, una fue de desempeño y tres fueron financieras y de cumplimiento.

⎯ Destaca la revisión de desempeño para evaluar las acciones del Fondo de Apoyo

a Proyectos Productivos Agrarios (FAPPA) a cargo de la SRA, en la que se dictaminó que la entidad cumplió con su compromiso de promover la integración productiva de los sujetos agrarios y grupos de campesinos no posesionarios de tierra, aunque se le observó, entre otras 12 irregularidades, la falta de información sobre la cuantificación de la población objetivo y la indefinición sobre la temporalidad del Fondo, mismas que propiciaron 14 acciones (3 recomendaciones y 11 recomendaciones al desempeño) orientadas a establecer sistemas de evaluación al desempeño, fortalecer los mecanismos de fiscalización e implantar mejores prácticas gubernamentales.

⎯ El sector Medio Ambiente y Recursos Naturales, fue objeto de 12 revisiones, 10

a CONAGUA, una a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas y una más a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente. Por tipo de auditoría, se practicaron dos de desempeño, una especial y ocho de regularidad (dos financieras y de cumplimiento y seis de inversión física).

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⎯ En la auditoría de desempeño a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas para evaluar la administración de las áreas naturales protegidas, la instancia fiscalizadora emitió un dictamen negativo, detectando que los objetivos institucionales guardaron congruencia parcialmente con las prioridades nacionales establecidas en el PND 2001-2006; que en particular la CONANP, no estableció indicadores dentro del Sistema de Información denominado SIMEC, por lo que no se pudo medir su impacto. La ASF determinó que se monitoreó parcialmente a las especies en peligro de extinción, amenazadas y sujetas a protección especial; y no contó con un manual de procedimientos para la actualización del programa de manejo para la conservación de las áreas naturales protegidas competencia de la Federación. Respecto al ejercicio de los recursos, se detectó que esta entidad utilizó recursos del ejercicio fiscal 2006 para cubrir el impuesto sobre nómina del año 2005; y no presentó documentación comprobatoria de los intereses generados por los recursos que se reintegraron a la TESOFE, en fecha posterior a la obligada. Esta auditoría ofrece un campo de oportunidad en la cual la ASF puede darle mayor intervención al Órgano Interno de Control, con el objeto de que ésta haga un seguimiento estrecho a la solventación de las irregularidades determinadas por la ASF y se propicie una mejor coordinación en las actividades que administran estos entes públicos. El elevado número de observaciones-irregularidades (41 observaciones y 43 acciones promovidas), así como su relevancia, justifica plenamente el sentido del dictamen emitido.

⎯ En la auditoría a CONAGUA para evaluar los programas de agua potable,

alcantarillado y saneamiento, se constató que no se diseñaron ni instrumentaron los indicadores estratégicos y el sistema de información, para poder evaluar el cumplimiento de los objetivos de los programas sujetos a revisión y garantizar su seguimiento y evaluación de los resultados alcanzados. No incorporó en sistema los registros de las acciones y los recursos federales programados y ejercidos, así como de la población real beneficiada, con la finalidad de facilitar la fiscalización de los recursos y los avances en la ejecución del programa. Este órgano manifestó carecer de elementos para evaluar la contribución de los programas para el logro de los propósitos de la política de agua potable, alcantarillado y saneamiento, ya que señaló que no dispuso de los medios para determinar la eficacia en el cumplimiento de sus objetivos y metas. El dictamen de auditoría es confuso, pues no dice si el ente cumple o no cumple y se limita a señalar que CONAGUA careció de elementos para evaluar la contribución de los programas que instrumentó.

⎯ También se aplicó una auditoría a la inversión física de CONAGUA respecto de los subsidios y transferencias vinculados con el Programa de agua potable, alcantarillado y saneamiento en zonas urbanas, plantas potabilizadoras en el estado de Tabasco, en la cual se emitió un dictamen negativo por irregularidades

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entre las que destacan que el Ayuntamiento Constitucional de Centro Tabasco omitió reintegrar a la TESOFE 9.3 millones de pesos no devengados al cierre del ejercicio 2006; y aplicó recursos por 19.4 millones de pesos, en lugar de los 28.8 millones de pesos transferidos para la construcción de la planta potabilizadora “El Carrizal” y de las líneas de conducción, lo que ha causado un perjuicio por 99.5 millones de pesos, al no beneficiar con el servicio de agua potable a una población de 410 mil 400 habitantes.

Por tratarse de una entidad federal crítica en cuanto a los problemas de infraestructura urbana que han derivado en situaciones dramáticas para su población (en particular a la de más escasos recursos), tales como escasez en la dotación del agua potable e inundaciones, entre otros, el cumplimiento de la responsabilidad de las entidades públicas que deben realizar tales tareas de dotación de infraestructura urbana es vital. Por ello, los resultados que muestra esta revisión son alarmantes y exigen de una acción de fiscalización contundente y escrupulosa. Será preciso dar seguimiento especial a la solventación de las observaciones emitidas en esta revisión, y verificar que se apliquen las sanciones que correspondan ante la evidente falta de vigilancia y control sobre el proyecto coordinado por el ente auditado.

⎯ Por lo que hace al sector Ciencia y Tecnología, destacan la revisión practicada al Instituto Nacional de Astrofísica, Óptica y Electrónica para comprobar diversos aspectos de la obra del proyecto Gran Telescopio Milimétrico en el Estado de Puebla, por amplio número de irregularidades determinadas que tuvieron que ver con problemas de planeación que repercutieron en el costo de la obra; tiempos de demora en obra; indebida adjudicación directa de obra; pagos indebidos, improcedentes y en exceso; inaplicación de sanciones por incumplimiento de trabajos; carencia de estudios técnicos de obra; documentación parcial; problemas de diseño; entre otros. De tales anomalías, se presume un daño patrimonial de 142.7 millones de pesos. La ASF emitió 105 observaciones que generaron 144 acciones (105 recomendaciones, 8 promociones de intervención de la instancia de control, 5 solicitudes de aclaración-recuperación, 17 pliegos de observaciones y 9 promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria). El dictamen de la ASF señala que el ente no cumplió con las disposiciones normativas aplicables, lo que llama la atención al ser una de las magnas obras científicas que se están publicitando, pero que tiene fuertes irregularidades.

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4. RESULTADOS DE AUDITORÍAS RELEVANTES

En esta sección se revisan los resultados de 77 auditorías seleccionadas de un total de 200 revisiones practicadas en los sectores vinculados con funciones de Desarrollo Económico, el equivalente al 38.5% del total. Las auditorías revisadas corresponden a 31 de los 42 entes revisados por la ASF. Las revisiones seleccionadas en este grupo funcional son las siguientes:

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De la muestra seleccionada, destaca la revisión de la totalidad de las 22 auditorías de desempeño efectuadas a funciones de Desarrollo Económico. De igual forma, se incluyen 33 revisiones financieras y de cumplimiento, la mayor parte de ellas corresponden a Petróleos Mexicanos, SAGARPA, ASERCA y PEMEX Exploración y Producción, además de 12 revisiones de inversión física distribuidas en LFC, ASA, SCT, CAPUFE, PEMEX Exploración y Producción, CFE, CNA e Instituto Nacional de Astrofísica Óptica y Electrónica. Se presentan también los resultados de 8 auditorías especiales en FEESA, SCT, Secretaría de Economía, PEMEX, CFE, LFC y PROFEPA; una auditoría de seguimiento en PEMEX Refinación y una más de situación excepcional en CAPUFE. Cabe mencionar que dichas revisiones fueron seleccionadas conforme a criterios técnicos, entre los que se encuentran: tipo de auditoría, número de observaciones y acciones promovidas, cuantificación monetaria de las observaciones, sentido del dictamen emitido por la ASF, puntos de acuerdo de la Comisión de Vigilancia, así como temas de interés camaral, entre otros.

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SECTOR AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN

4.1 AUDITORÍA 06-0-08100-07-062. SAGARPA: “EVALUACIÓN DEL PROGRAMA DE FOMENTO AGRÍCOLA”.

⎯ Objetivo. Fiscalizar la gestión financiera para comprobar los resultados del

Programa de Fomento Agrícola en términos de la eficacia con que se cumplió el objetivo de impulsar la producción, productividad y competitividad agrícola, a fin de elevar el ingreso de los productores y alcanzar la seguridad alimentaria; la eficiencia en la gestión operativa; la economía en la aplicación de los recursos presupuestarios; la calidad en la entrega de los subsidios; la competencia de los actores, y la satisfacción del ciudadano usuario.

⎯ Características de la revisión. Se practicó una auditoría de desempeño, en

virtud de que la agricultura es básica para el desarrollo del país, ya que proporciona alimentos, empleo y divisas; aporta el 3.5% del PIB y es base del sustento directo del 25.4% de la población nacional. Esta revisión forma parte de un conjunto de auditorías orientadas a evaluar el fomento a la producción agrícola. La muestra auditada ascendió a 1 mil 827.8 millones de pesos, que corresponde al 100% de los recursos ejercidos en 2006 mediante el Programa de Fomento Agrícola. Se revisó la Subsecretaría de Agricultura, la Oficialía Mayor, la Coordinación General Jurídica y las direcciones generales de Vinculación y Desarrollo Tecnológico, y de Fomento a la Agricultura de la SAGARPA.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. Esta revisión se orientó a la evaluación

de la eficacia del objetivo estratégico del Programa de Fomento Agrícola, y se efectuó en dos vertientes: en la primera la ASF intentó verificar si el programa contó con objetivos, metas e indicadores, y si se identificó la población objetivo. En la segunda vertiente se evaluó el impulso de la producción, productividad y competitividad agrícola, el incremento del ingreso de los productores, y la seguridad alimentaria. La ASF, respecto a la primera vertiente, determinó que en el PEF y en la Cuenta Pública de 2006 no se incluyeron objetivos, metas e indicadores de resultados, asimismo en las Reglas de Operación del Programa de Fomento Agrícola se incluyeron objetivos, pero no se consideraron indicadores de resultados para medir el cumplimiento del objetivo estratégico. En relación a los resultados de 2006 vinculados a la producción, productividad, competitividad agrícola; el incremento en el ingreso a los productores, la seguridad alimentaria, los procesos para la entrega de los subsidios y la aplicación de los criterios de equidad, oportunidad, transparencia, y satisfacción de los usuarios, entre otros. La ASF determinó que la SAGARPA no cuenta con indicadores que permitan evaluar el cumplimiento de los objetivos estratégicos del programa; no tiene definida la fecha de terminación del mismo; no dispone de información sobre la estratificación de los productores beneficiados; no tiene

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establecidos tiempos para la entrega de los subsidios, y no tiene establecidas metas para cada uno de los componentes apoyados por el programa, por lo que no contó con la información consolidada que permitiera evaluar la eficiencia de la gestión operativa. Por este conjunto de razones, el órgano fiscalizador se abstuvo de emitir una opinión. Con indicadores supletorios, la ASF determinó los siguientes resultados generales: la producción agrícola de México se incrementó a una tasa media anual de crecimiento del 3.3%, y la productividad al 3.2% durante el periodo 1996-2006; los forrajes y cultivos representaron 72.8% de la producción total; durante el periodo 2000-2003, los subsidios promedio agrícolas de México en relación al PIB fueron superiores en 0.5 puntos porcentuales a los de Estados Unidos y Canadá, sin embargo, la participación del PIB agropecuario en el PIB nacional disminuyó en el periodo 2000-2006 en 0.3 puntos porcentuales, representando al cierre de 2006, 3.5%. Se comprobó que de las 136 mil 318 solicitudes ingresadas para apoyos durante el periodo 2002-2006, se pagaron 58.5%, y quedó pendiente de pago 41.5%. Los apoyos otorgados para tecnificar la superficie rural durante el periodo 1996-2006 representaron únicamente 18.4% de la superficie media anual sembrada.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 19 observaciones que

generaron 19 acciones, de las cuales 17 son recomendaciones y 2 recomendaciones al desempeño.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación se abstuvo de

emitir una opinión, ya que la SAGARPA no contó con metas e indicadores de resultados para medir el cumplimiento del objetivo estratégico del programa de impulsar la producción, productividad y competitividad agrícola, a fin de elevar el ingreso de los productores y alcanzar la seguridad alimentaria; tampoco contó con información consolidada de las metas de los componentes apoyados por el programa que permitieran evaluar la eficiencia en la gestión operativa.

⎯ Impacto de la fiscalización. Las 19 acciones emitidas por la ASF se orientaron

principalmente a propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación; alentar la implantación y utilización de sistemas de medición del desempeño y fortalecer los mecanismos de operación y control. Asimismo, con estas acciones se impulsó el fortalecimiento de los mecanismos de fiscalización en la gestión pública, y la fiscalización de alto impacto dos de los diez lineamientos de la Visión Estratégica de la ASF.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente

auditado.

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4.2 AUDITORÍA 06-0-08100-07-118. SAGARPA: “EVALUACIÓN DEL PROGRAMA DE FOMENTO GANADERO”.

⎯ Objetivo. Fiscalizar la gestión financiera para comprobar los resultados del

Programa de Fomento Ganadero en términos de la eficacia con que se cumplió el objetivo de apoyar la capitalización de los productores pecuarios; la eficiencia en el otorgamiento de subsidios; la economía en la aplicación de los recursos presupuestarios; la calidad en la entrega de los apoyos otorgados a los productores pecuarios; la competencia de los actores, y la percepción de los productores pecuarios beneficiados.

⎯ Características de la revisión. Se practicó una auditoría de desempeño,

seleccionada en virtud de que las acciones del Programa de Fomento Ganadero (PFG), a cargo de la SAGARPA son consideradas en la norma constitucional de interés público, ya que su fomento contribuye a mejorar las condiciones de vida de la población rural. En el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 se estableció como prioridad promover un crecimiento con calidad mediante el desarrollo agropecuario. La muestra auditada fue de 802.7 millones de pesos, que equivalió a 100% del universo seleccionado, que corresponde al presupuesto ejercido por el ente fiscalizado en el PFG. Se revisaron las coordinaciones generales de Ganadería (CGG) y de Delegaciones (CGD) de la SAGARPA.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. La ASF concluyó que SAGARPA cumplió

en lo general con las disposiciones normativas aplicables en el otorgamiento de subsidios del Programa. En lo específico, el órgano de fiscalización determinó que SAGARPA elaboró 15 indicadores, de los cuales 8 miden la eficacia de la gestión operativa y 7 son de evaluación. De éstos únicamente 3 son útiles para evaluar la eficacia en el apoyo a la capitalización de los productores pecuarios, y 12 miden la eficiencia de la gestión operativa. SAGARPA no lleva el seguimiento de los resultados de 7 indicadores de los 15 establecidos en las Reglas de Operación. En relación a la población objetivo del Programa (productores de bajos ingresos de zonas marginadas), la ASF determinó que SAGARPA no cuenta con una base de datos confiables para identificar la población objetivo. Con la base disponible se determinó que para 2006, 56.3% del subsidio fue para productores de bajos ingresos, en contraste con 53.5% promedio del periodo 2002-2006. SAGARPA no cuenta tampoco con un paradigma (benchmark) para medir los esfuerzos para la capitalización de los productores por la forma en que se asigna el subsidio, y no programó metas en 2006 para la capitalización de productores pecuarios. En relación a la transparencia, la revisión determinó que 9 estados no reportaron al Sistema de Información de la Alianza para el campo de SAGARPA, la información sobre su operación. Asimismo, sólo 7 estados reportaron a través de Internet los resultados del Programa de Fomento Ganadero.

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Respecto a la cobertura del programa, se corroboró para 2006, que sólo atendió 13.6% del total de solicitudes. En la construcción y rehabilitación de infraestructura, adquisición y modernización de equipo, mejoramiento genético, y asistencia técnica, la eficiencia del programa fue mayor al 100% durante 2006 y durante la mayor parte del sexenio. En un comparativo internacional, el porcentaje de subsidios al productor pecuario en México fue de 17% respecto del total del sector para el periodo 2002-2004, que se compara desfavorablemente con el 30% de los países de la OCDE. La ASF determinó que SAGARPA no realiza seguimientos para evaluar la calidad del servicio en el otorgamiento de subsidios. Es importante señalar que el subsidio de este programa se realiza mediante dos modalidades: Ejecución Federalizada y Ejecución Nacional. El primero se ejecuta directamente por SAGARPA, y el segundo por asociación ganadera. La ASF sólo revisó la primera modalidad.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 12 observaciones que generaron 12 acciones, de las cuales 2 son recomendaciones y 10 recomendaciones al desempeño.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que

SAGARPA cumplió con las disposiciones normativas aplicables al otorgamiento de subsidios para apoyar la capitalización de los productores pecuarios, de las operaciones examinadas, excepto por los resultados con observación, entre los que destacan la falta de cuantificación de la población objetivo y la indeterminación de la temporalidad del programa.

⎯ Impacto de la fiscalización. Las 12 acciones emitidas por la ASF estuvieron

orientadas principalmente a alentar la implantación y utilización de sistemas de medición del desempeño; fortalecer los mecanismos de operación en términos de eficacia, eficiencia y economía; fomentar el óptimo aprovechamiento y aumentar la calidad de los bienes y la prestación de los servicios y fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. La dependencia explicó que se han

realizado acciones de coordinación para que las entidades federativas reporten los resultados del Programa de Fomento Ganadero en el Sistema de Información del Sector Rural; sin embargo, no se ha logrado que eso se realice.

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4.3 AUDITORÍA 06-0-08100-02-415. SAGARPA: “EGRESOS PRESUPUESTALES DE LA PARTIDA 4101 “SUBSIDIOS A LA PRODUCCIÓN (PROGRAMA DEL FONDO PARA ATENDER A LA POBLACIÓN AFECTADA POR CONTINGENCIAS CLIMATOLÓGICAS)”.

⎯ Objetivo. Verificar que el presupuesto asignado a la partida 4101 “Subsidios a la

Producción”, Programa del Fondo para Atender a la Población Afectada por Contingencias Climatológicas, se ejerció y registró conforme a los montos aprobados y a las disposiciones legales y normativas aplicables.

⎯ Características de la revisión. Se realizó una revisión financiera y de cumplimiento, que fue seleccionada con el objeto de revisar el programa de los apoyos a productores de bajos ingresos afectados por fenómenos climatológicos extremos, a fin de atender los efectos negativos y reintegrar a las unidades productivas a su actividad, por lo que es importante comprobar que los beneficiarios cumplieron con los requisitos de elegibilidad para ser sujetos del apoyo y que éste se otorgó de conformidad con los montos autorizados en las correspondientes Reglas de Operación. La muestra auditada fue de 254.4 millones de pesos, que representó 64.9% del total reportado como ejercido por el ente fiscalizado. Se revisaron las direcciones generales de Estudios para el Desarrollo Rural (DGEDR), adscrita a la Subsecretaría de Desarrollo Rural; de Eficiencia Financiera y Rendición de Cuentas (DGEFRC), adscrita a la Oficialía Mayor, y a la Delegación Estatal en Zacatecas, todas ellas pertenecientes a la SAGARPA, así como a la Secretaría de Desarrollo Agropecuario perteneciente al Gobierno del Estado de Zacatecas.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. Se comprobó que se otorgaron 906

apoyos a productores que no forman parte de la población objetivo del programa relacionado con la contingencia climatológica provocada por la sequía atípica por 5.7 millones de pesos. Adicionalmente, el ente fiscalizado proporcionó a 4 productores 40.0 miles de pesos de forma improcedente, ya que no formaban parte de la población objetivo del programa de contingencia climatológica por helada atípica. También se identificaron 18 casos por un importe total de 71.3 miles de pesos en los que el nombre del productor apoyado no corresponde con el autorizado en el citado patrón y hubo 7 casos por un importe de 19.6 miles de pesos en los que el nombre del productor apoyado no corresponde con el de la persona que cobró el apoyo. Cabe mencionar que la SAGARPA no proporcionó la documentación justificativa y comprobatoria relacionada con los productos financieros por 32.0 miles de pesos correspondientes a recursos no utilizados y que permanecieron 57 días naturales en el gobierno de Querétaro.

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⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 7 observaciones que generaron 9 acciones que correspondieron a 6 recomendaciones, 1 solicitud de aclaración-recuperación y 2 pliegos de observaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que la SAGARPA cumplió, en las operaciones revisadas, con las disposiciones normativas al ejercicio y seguimiento de los recursos destinados a la ejecución del Programa del Fondo para Atender a la Población Rural Atender a la Población Rural Afectada por Contingencias Climatológicas.

⎯ Impacto de la fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la ASF

emitió 9 acciones, orientadas principalmente a promover la elaboración, actualización o simplificación de la normativa; recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal y fortalecer los mecanismos de operación y control. Se determinó una cuantificación monetaria de las observaciones de 5.9 millones de pesos.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente

auditado.

4.4 AUDITORÍA 06-0-08100-02-440. SAGARPA: “EGRESOS PRESUPUESTALES DE LA PARTIDA 4101 “SUBSIDIOS A LA PRODUCCIÓN (SUBPROGRAMA DE DESARROLLO DE CAPACIDADES EN EL MEDIO RURAL)”.

⎯ Objetivo. Verificar que el presupuesto asignado a la partida 4101 “Subsidios a la

Producción”, en el Subprograma de Desarrollo de Capacidades en el Medio Rural, se ejerció y registró conforme a los montos aprobados y las disposiciones legales y normativas aplicables; asimismo, verificar el cumplimiento de objetivos y metas relacionadas con este subprograma.

⎯ Características de la revisión. Se realizó una revisión financiera y de

cumplimiento, que fue seleccionada con el objeto de comprobar que los recursos utilizados en el Subprograma de Desarrollo de Capacidades en el Medio Rural se ejercieron y registraron conforme a la normativa aplicable y si el ente fiscalizado cumplió con los objetivos y metas de dicho Subprograma. La muestra auditada fue de 308.0 millones de pesos, que representó 87.6% del total reportado como ejercido por el ente fiscalizado. Se revisaron las direcciones generales de Servicios Profesionales para el Desarrollo Rural (DGSPDR) y de Eficiencia Financiera y Rendición de Cuentas (DGEFRC); las delegaciones estatales de la SAGARPA en el Estado de Guerrero (DEG) e Hidalgo (DEH); así como las Secretarías de Desarrollo Rural del Gobierno del Estado de Guerrero (SDRGEG) e Hidalgo (SDRGEH), y las Unidades Técnicas Operativas Estatales del Estado

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de Guerrero (UTOEG) y del Estado de Hidalgo, (UTOEH), todas éstas dependientes de los Gobiernos Estatales correspondientes.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. Se comprobó que la dependencia

fiscalizada no proporcionó el soporte documental que acredita el ejercicio de 4.2 millones de pesos por los estados de Colima Michoacán, Oaxaca, Sonora, Tlaxcala y Zacatecas. Derivado de esta observación, el Estado de Tlaxcala realizó el reintegro a la Tesorería de la Federación de los recursos no ejercidos por 227.8 miles de pesos.

Adicionalmente, la ASF detectó un importe de 2.7 millones de pesos correspondientes a recursos que no contaban con la relación de beneficiarios que acreditare su justificación y comprobación. De igual forma, el órgano de fiscalización superior detectó que los recursos operados por el SDRGEG por un importe de 710.4 miles de pesos, no tenían respaldo documental que acreditara su ejercicio. De igual forma es importante destacar que las entidades federativas de Campeche, Chiapas, Tabasco, Veracruz y Yucatán destinaron menos del 50% a productores de bajos ingresos para su correspondiente distribución a sus municipios participantes adscritos.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 10 observaciones que

generaron 14 acciones que correspondieron a 11 recomendaciones y 3 solicitudes de aclaración-recuperación.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que la SAGARPA cumplió, en las

operaciones examinadas, con las disposiciones normativas aplicables a la asignación, distribución y pago de los apoyos que son otorgados por medio del Subprograma de Desarrollo de Capacidades en el Medio Rural, excepto por los resultados con observación señalados.

⎯ Impacto de la fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la ASF

emitió 14 acciones, orientadas principalmente a propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación, promover la elaboración, actualización o simplificación de la normativa; recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal y fortalecer los mecanismos de operación y control. Se determinó una cuantificación monetaria de las observaciones de 7.7 millones de pesos.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente

auditado.

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4.5 AUDITORÍA 06-0-08100-02-417. SAGARPA: “EGRESOS PRESUPUESTALES DE LA PARTIDA 4101 “SUBSIDIOS A LA PRODUCCIÓN” (SUBPROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE EMPRESAS Y ORGANIZACIÓN RURAL)”.

⎯ Objetivo. Verificar que el presupuesto asignado a la partida 4101 “Subsidios a la

Producción”, Subprograma de Fortalecimiento de Empresas y Organización Rural, se ejerció y registró conforme a los montos aprobados y las disposiciones legales y normativas aplicables; asimismo, verificar el cumplimiento de objetivos y metas relacionadas con este subprograma.

⎯ Características de la revisión. Se realizó una revisión financiera y de cumplimiento que fue seleccionada con el objeto de comprobar que los recursos utilizados en el Subprograma de Fortalecimiento de Empresas y Organización Rural se ejercieron y registraron conforme a la normativa aplicable y si el ente fiscalizado cumplió con los objetivos y metas de dicho Subprograma. La muestra auditada fue de 147.3 millones de pesos, que representó 40.4% del total reportado como ejercido por el ente fiscalizado. Se revisaron las direcciones generales de Programas Regionales y Organización Rural (DGPROR), de Eficiencia Financiera y Rendición de Cuentas (DGEFRC), Delegación Estatal de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación en Puebla; todas ellas adscritas a la SAGARPA, así como la Unidad Técnica Operativa Estatal en el Estado de Puebla (UTOE).

⎯ Resultados relevantes de la revisión. Se comprobó que los recursos

asignados a los estados de Oaxaca, Veracruz, Chiapas, Estado de México y Tlaxcala por un importe de 124.8 millones de pesos del Subprograma de Fortalecimiento de Empresas y Organización Rural (PROFEMOR), se comprobaron por medio de los documentos de aplicación del gasto ante la SHCP; sin embargo, entre la fecha de aplicación de dichos documentos y la fecha de emisión del recibo de dichos recursos por las autoridades estatales, se presentó un desfase de 3 a 274 días naturales. Adicionalmente, el ente fiscalizado no proporcionó la documentación justificativa y comprobatoria de la aplicación de 352.4 miles de pesos pendientes de comprobar del Subprograma antes señalado. El ente fiscalizado no proporcionó la documentación justificativa y comprobatoria que acreditare el pago de 9 contratos de coordinadores municipales por 231.7 miles de pesos y el pago de nóminas de 3 coordinadores distritales por 46.5 miles de pesos. En ese orden de ideas, el ente fiscalizado no aclaró ni proporcionó la documentación comprobatoria de la erogación efectuada por SERFICAM, S. C. (Institución financiera rural en el Estado de Puebla) por 277.7 miles de pesos para equipamiento, adaptación de oficinas, adquisición de activos, costos de operación, asistencia técnica y capacitación, y promoción de grupos de estudios y tampoco comprobó la erogación del pago de sueldos y

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honorarios por un monto de 480.3 miles de pesos. Se constató además que dicha institución financiera rural pagó erogaciones de nómina por 724.5 miles de pesos los cuales no estaban autorizados en los convenios de concertación de la fecha en que fueron ejercidos. Dicha institución también ejerció gastos por concepto de pago de impuestos, viáticos, asistencia técnica, adquisiciones de mobiliario y equipo de oficina y pago de servicios de luz, teléfono y agua por un importe de 293.5 miles de pesos, sin tener la debida autorización para la comprobación del mismo. Adicionalmente SERFICAM, S.C. no proporcionó la documentación comprobatoria de 1.4 millones de pesos al Gobierno de Tlaxcala. Adicionalmente, el ente fiscalizado no proporcionó documentación e información que aclare o justifique recursos por 3.0 millones de pesos otorgados a SERFICAM, S.A. de C.V. del Fondo Alianza para el Campo Poblano para el componente de Fortalecimiento y Ampliación de Instituciones Financieras Rurales del Subprograma de Fortalecimiento de Empresas y Organización Rural, toda vez que dicho instituto ya había recibido recursos por el mismo concepto por parte del estado de Tlaxcala.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 20 observaciones que generaron 25 acciones que correspondieron a 15 recomendaciones, 7 solicitudes de aclaración-recuperación, 2 promociones del ejercicio de la facultad de comprobación fiscal y 1 pliego de observaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que en términos generales, y respecto de la muestra señalada, la SAGARPA cumplió con las disposiciones normativas aplicables al ejercicio y seguimiento de los recursos que son destinados al Subprograma de Fortalecimiento de Empresas y Organización Rural.

⎯ Impacto de la fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la ASF

emitió 25 acciones, orientadas principalmente a promover la correcta presentación de las declaraciones, solicitudes o avisos fiscales; promover la elaboración, actualización o simplificación de la normativa; desalentar la evasión fiscal; recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal y fortalecer los mecanismos de operación y control. Se determinó una cuantificación monetaria de las observaciones de 131.6 millones de pesos.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente auditado.

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4.6 AUDITORÍA 06-0-08100-02-958. SAGARPA: “EGRESOS PRESUPUESTALES DE LA PARTIDA 4101 “SUBSIDIOS A LA PRODUCCIÓN” (SUBPROGRAMA DE INVESTIGACIÓN Y TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA)”.

⎯ Objetivo. Verificar que el presupuesto asignado a la partida 4101 “Subsidios a la

Producción”, Subprograma de Investigación y Transferencia de Tecnología, se ejerció y registró conforme a los montos aprobados y las disposiciones legales y normativas aplicables.

⎯ Características de la revisión. Se realizó una revisión financiera y de cumplimiento, que fue seleccionada con el objeto de comprobar que los recursos asignados al Subprograma de Investigación y Transferencia de Tecnología se ejercieron y registraron conforme al monto autorizado y la normativa aplicable. La muestra auditada fue de 197.3 millones de pesos, que representó 41.9% del total reportado como ejercido por el ente fiscalizado. Se revisaron las direcciones generales de Eficiencia Financiera y Rendición de Cuentas (DGEFRC), de Vinculación y Desarrollo Tecnológico (DGVDT), dependientes de la SAGARPA; así como la Fundación PRODUCE Chiapas, A.C.; la Coordinadora Nacional de las Fundaciones Produce, A.C. (COFUPRO) y el Centro de Investigación y de Estudios Avanzados (CINVESTAV), Unidad Irapuato.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. Se comprobó que el CINVESTAV Unidad

Irapuato adquirió equipos para la ejecución del Proyecto Ejecutivo ZEA2006 que excedían del monto autorizado establecido en Anexo Técnico suscrito con la SAGARPA por 11.8 millones de pesos. También se constató que la Fundación PRODUCE Chiapas, A.C. no entregó a los encargados de los proyectos los recursos por un importe de 616.3 miles de pesos para el apoyo de gastos de administración y equipo del proyecto o evento de transferencia tecnológica autorizado, los cuales fueron utilizados por la propia fundación para financiar sus actividades.

Se observó además que las 32 Fundaciones Produce establecidas en las 31 entidades federativas y el Distrito Federal le aportaron a la COFUPRO un total de 11.5 millones de pesos; sin embargo, dichas fundaciones no suscribieron los convenios correspondientes con la COFUPRO y tampoco se acreditó el beneficio obtenido por cada una de las Fundaciones PRODUCE en 2006 a cambio de la aportación de dichos. Se determinó también que 20 Fundaciones Produce transfirieron a la COFUPRO 24.5 millones de pesos con la finalidad de que se instrumentaran y apoyaran los proyectos de investigación de impacto regional donde COFUPRO aportó 15.0 millones de pesos al Fondo Sectorial de Investigación en Materias Agrícola-Pecuaria, Acuacultura, Agrobioteconología y Recursos Filogenéticos para apoyar

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al CONACYT en 37 proyectos; sin embargo, COFUPRO no presentó evidencia documental de la ejecución de los mismos. Se identificaron 9.5 millones de pesos que no fueron devengados al 31 de diciembre de 2006 y que de enero a agosto de 2007 la COFUPRO los mantuvo ociosos y posteriormente los utilizó para la creación de un fideicomiso privado para la administración y pago de los apoyos en relación con los programas relacionados con la investigación, validación, desarrollo tecnológico, transferencia de tecnología e innovación para contribuir al desarrollo del Sector Agropecuario, Forestal y Pesquero; no obstante, al no haberse devengado al 31 de diciembre de 2006, tuvieron que haber sido reintegrados a la Tesorería de la Federación dentro de 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio. Se detectó que hubo recursos por 28.3 millones de pesos en poder de 17 Fundaciones Produce destinados a financiar proyectos de investigación de impacto regional, los cuales al término del ejercicio de 2006 no habían sido destinados para el apoyo de dichos proyectos, en virtud de lo cual tendrían que haber sido reintegrados a la Tesorería de la Federación.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 14 observaciones que

generaron 19 acciones que correspondieron a 12 recomendaciones, 2 solicitudes de aclaración-recuperación, 4 pliegos de observaciones y 1 promoción de responsabilidad administrativa sancionatoria.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que en términos generales, y respecto de la muestra auditada, la SAGARPA no cumplió con las disposiciones normativas aplicables al ejercicio y seguimiento de los recursos que son destinados para la ejecución del Subprograma de Investigación y Transferencia de Tecnología donde destaca los resultados antes señalados.

⎯ Impacto de la fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la ASF

emitió 19 acciones, orientadas principalmente a promover la sanción de servidores públicos infractores; propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y legislación; asegurar la confiabilidad de los registros presupuestarios y contables; promover la elaboración, actualización o simplificación de la normativa; recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal y fortalecer los mecanismos de operación y control. Se determinó una cuantificación monetaria de las observaciones de 77.0 millones de pesos.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente auditado.

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4.7 AUDITORÍA 06-0-08F00-07-063. ASERCA: “EVALUACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYOS DIRECTOS AL CAMPO”.

⎯ Objetivo. Fiscalizar la gestión financiera para comprobar la eficacia del

Programa de Apoyos Directos al Campo en el cumplimiento de los objetivos de mejorar el nivel de ingresos de los productores rurales e incrementar la capacidad de capitalización de sus unidades de producción; la eficiencia en la operación del programa; la economía en el ejercicio de los recursos; la calidad en la entrega de los subsidios; la competencia de los actores, y la percepción del ciudadano-usuario.

⎯ Características de la revisión. Se practicó una revisión al desempeño,

seleccionada en virtud de que el Programa de Apoyos Directos al Campo (PROCAMPO) es el principal programa de subsidios a los productores agrícolas y en 2006 absorbió el 30.8% del presupuesto ejercido en el Ramo 8 Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y porque desde su inicio, en 1994, ha beneficiado anualmente a un promedio de 2.7 millones de productores que cultivan 13.4 millones de hectáreas, es decir, el 62% de la superficie sembrada nacional. La muestra auditada fue de 15 mil 024.5 millones de pesos, que equivalió a 100% del universo seleccionado. Se revisó la Coordinación General de Apoyos; la Dirección General de Administración y Finanzas; y la Dirección Regional de ASERCA en Mérida, Yucatán.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. La ASF determinó que ASERCA cumplió

con las disposiciones normativas aplicables en el otorgamiento de subsidios del Programa, excepto porque los indicadores construidos por ASERCA no permiten evaluar la eficacia del programa para mejorar el nivel de ingresos de los productores rurales y la capitalización de sus unidades de producción. Sin embargo, con indicadores supletorios la ASF determinó que ASERCA cumplió con esos objetivos.

La ASF corroboró que la entidad tiene identificada su población objetivo, y que la cobertura del programa fue de 91.1%, atendiendo 2.6 millones de productores rurales en 2006 (para el periodo 2001-2006, la cobertura fue de 96.3%). ASERCA cumplió con el objetivo de mejorar el nivel de ingreso de los productores rurales, establecido en el Decreto que regula al PROCAMPO, al incrementar en 12.8% en términos reales el subsidio preferente que se otorga al 77.5% de los productores rurales en el periodo 2001-2006. ASERCA asignó 15.9% del subsidio en 2006 a la capitalización del campo. En lo relativo a eficiencia en la operación del Programa de acuerdo a varios indicadores utilizados por el órgano de fiscalización, ASERCA logró por vez primera en el sexenio rebasar la meta del 100%. Sin embargo, las superficies y productores apoyados por el programa en regiones de marginación y de gran marginación, observaron una declinación alarmante desde 2003.

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En el periodo 2003 a 2006 se apoyaron 514 mil 445 proyectos productivos mediante el programa Procampo Capitalizado, con los cuales se cubrió una superficie de 4.6 millones de hectáreas, en beneficio de 871 mil 739 productores, que representan 31.0% de la población objetivo del programa. Los recursos ejercidos en el periodo ascendieron a 5 mil 162.3 millones de pesos. En un comparativo internacional de los subsidios entregados en México respecto de los socios comerciales en el TLC, los resultados revelan que Estados Unidos es el país que más apoyos otorga, seguido de México y Canadá. La ASF determinó que para el periodo 2001-2006, promedió un presupuesto ejercido del 94.1% respecto al presupuesto autorizado. La ASF consideró satisfactorio el nivel de transparencia y la difusión del programa. En términos de la percepción de los beneficiarios, la ASF consideró elevado el grado de satisfacción del programa.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 3 observaciones que

generaron 3 acciones, de las cuales 2 son recomendaciones y 1 recomendación al desempeño.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que

Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la entrega de los subsidios a los productores rurales, excepto por los resultados con observación mencionados.

⎯ Impacto de la fiscalización. Las 3 acciones emitidas por la ASF se orientaron

principalmente a alentar la implantación y utilización de sistemas de medición del desempeño; promover la elaboración, actualización o simplificación de la normativa y fortalecer los mecanismos de operación y control. Asimismo, con estas acciones la ASF promueve la implantación de mejores prácticas gubernamentales, el establecimiento de sistemas de evaluación al desempeño, y la identificación de las oportunidades de mejora.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente

auditado.

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4.8 AUDITORÍA 06-0-08F00-02-426. ASERCA: “EGRESOS PRESUPUESTALES DE LA PARTIDA 4101 "SUBSIDIOS A LA PRODUCCIÓN" (PROGRAMA P02 LEY DE CAPITALIZACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYOS DIRECTOS AL CAMPO)”.

⎯ Objetivo. Verificar que el presupuesto asignado en 2006, en la partida 4101

"Subsidios a la Producción" (Programa P02 Ley de Capitalización del Programa de Apoyos Directos al Campo), se ejerció y registró conforme a los montos aprobados y a las disposiciones legales y normativas aplicables, así como verificar el cumplimiento de objetivos y metas.

⎯ Características de la revisión. Se practicó una revisión financiera y de

cumplimiento, que se seleccionó en virtud de que por medio de él se permite el acceso anticipado a los recursos futuros a que tienen derecho los beneficiarios de PROCAMPO, mediante la contratación de un crédito en el cual los apoyos representan la fuente del pago del mismo, hasta por el resto de la vigencia del PROCAMPO. La muestra auditada ascendió a 2 mil 716.4 millones de pesos, equivalentes al 100% del universo seleccionado. Las áreas revisadas fueron la Coordinación General de Apoyos (CGA); las direcciones generales de Medios de Pago (DGMP); de Sistemas de Información para la Operación de Apoyos Directos (DGSIOAD), y de Administración y Finanzas (DGAF); la Dirección Regional Istmo (DRI), dependientes de ASERCA; así como la Dirección General de Eficiencia Financiera y Rendición de Cuentas (DGEFRC), los Distritos de Desarrollo Rural Villaflores (DDR 1) y Comitán (DDR 3) y los Centros de Atención al Desarrollo Rural (CADER) Tuxtla, Villaflores, San Gregorio, Trinitaria, Chicomuselo, Ocozocoautla y Cintalapa; localizados en el Estado de Chiapas; todos dependientes de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA).

⎯ Resultados relevantes de la revisión. Se constató que ASERCA opera con un

Manual de Organización y Manual de Procedimientos que no se encuentran autorizados en incumplimiento de la normativa. Mediante oficios de afectación presupuestaria autorizadas por la SHCP, se incrementó el presupuesto del programa en 326% respecto al presupuesto original totalizando un monto de 2 mil 716.4 millones de pesos. Los recursos del programa corresponden al pago de los apoyos e intereses (en su caso) de los ciclos Otoño Invierno 2005-2006 y Primavera Verano 2006. La ASF detectó que en las reglas de operación del programa no se prevé la obligación de reintegrar a la TESOFE los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquéllos que al cierre del ejercicio no estén devengados. Con el análisis de la base de datos, se determinó que en 27 casos (13 detectados por la ASF y 14 por ASERCA) se pagaron intereses a pesar de que esos predios tenían una superficie apoyada mayor a 5 hectáreas. ASERCA procedió a recuperar el capital pagado, situación que procedió excepto para 5 casos en los que no ha

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ocurrido la devolución; se determinó que en 78 casos de beneficiarios del programa que cubrieron intereses por 371.1 miles de pesos, la cantidad pagada significó que los intereses erogados representaron entre 115.0% y hasta 739.0% del importe del pago anual aplicado, lo que implica tasas de interés significativamente mayores que las establecidas por FIRA. Se constató que un importe de 462.4 millones de pesos reportado como ejercido en la Cuenta Pública 2006, corresponde a “Pagos Pendientes” de ciclos agrícolas anteriores al Otoño-Invierno 2005-2006 y Primavera-Verano 2006, los cuales debieron cubrirse con recursos de los ejercicios 2003, 2004 y 2005. Se detectaron 24 casos en los que se otorgaron apoyos por 58.9 miles de pesos, en los que el productor informó que no cuenta con comprobantes de los activos adquiridos para el proyecto productivo aprobado, y en otros tres casos que representaron apoyos por 7.8 miles de pesos, el productor declaró no haber aplicado el importe del programa al proyecto autorizado o bien que ya no cuenta con él. Se detectó que en uno de los proyectos productivos al que se otorgó un apoyo por 144.4 miles de pesos, el propietario del predio se benefició con el programa y después lo vendió, no obstante de que el procedimiento operativo y el contrato de cesión de derechos prohíben tal situación.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 11 observaciones que

generaron 11 acciones, las cuales corresponden a 7 recomendaciones y 4 solicitudes de aclaración-recuperación.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que Apoyos y Servicios a la

Comercialización Agropecuaria cumplió, en las operaciones examinadas, con las disposiciones normativas aplicables al ejercicio y seguimiento de los recursos que son destinados para la ejecución del Programa P02 Ley de capitalización del Programa de Apoyos Directos al Campo.

⎯ Impacto de la fiscalización. Las 11 acciones emitidas por la ASF se orientaron

principalmente a alentar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación; promover la elaboración, actualización o simplificación de la normativa; recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal y fortalecer los mecanismos de operación y control. Asimismo, con estas acciones la ASF promueve la implantación de mejores prácticas gubernamentales, y la eficiencia y eficacia de la acción pública. Se determinó una cuantificación monetaria de las observaciones de 734.0 miles de pesos.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente

auditado.

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4.9 AUDITORÍA 06-0-08F00-02-423. ASERCA: “EGRESOS PRESUPUESTALES DE LA PARTIDA 4101 "SUBSIDIOS A LA PRODUCCIÓN" (SUBPROGRAMA C37 APOYOS DIRECTOS AL INGRESO OBJETIVO)”.

⎯ Objetivo. Verificar que el presupuesto asignado en la partida 4101 "Subsidios a

la Producción" (Subprograma C37 Apoyos Directos al Ingreso Objetivo), se ejerció y registró conforme a los montos aprobados y a las disposiciones legales y normativas aplicables.

⎯ Características de la revisión. Se practicó una revisión financiera y de

cumplimiento en atención a que a través del subprograma en comento se otorgan subsidios orientados a brindar certidumbre económica a los productores agrícolas y a mejorar su competitividad en el mercado, favoreciendo con ello, un mayor beneficio económico, el impulso a la diversificación productiva, la integración de cadenas agroalimentarias y el desarrollo regional. La muestra auditada ascendió a 4 mil 490.5 millones de pesos, equivalentes al 100% del universo seleccionado. Las áreas revisadas fueron la Coordinación General de Comercialización (CGC); las direcciones generales de Administración y Finanzas (DGAF), de Medios de Pago (DGMP), y la Dirección Regional Noreste de ASERCA ubicada en Tamaulipas (DRNA), todas ellas dependientes de ASERCA, así como la Dirección General de Eficiencia Financiera y Rendición de Cuentas (DGEFRC) de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA).

⎯ Resultados relevantes de la revisión. Se constató que ASERCA opera con un

Manual de Organización y un Manual de Procedimientos, que no se encuentran autorizados. En el presupuesto ejercido por ASERCA se determinó una diferencia de 60.3 millones de pesos entre las cantidades reportadas en Cuenta Pública 2006, y la del estado de situación presupuestal del ente, esta diferencia no es atribuible a un error de omisión, sino a una falta de comprobación de gastos. De la integración y movimientos bancarios, la ASF determinó que ASERCA manejó en una sola cuenta bancaria recursos de 2 programas distintos, implicando pérdida de control, y disminución en la confiabilidad de las cifras. Se identificaron deficiencias en el control y el registro de los recursos por parte de las diferentes áreas de ASERCA, involucradas en la operación del Subprograma C37 Apoyos Directos al Ingreso Objetivo. Se determinó que en 22 solicitudes de pago, el volumen apoyado fue superior al volumen comercializado, por lo que se generó un pago en demasía por 680.8 miles de pesos, correspondiente a 2 mil 445 toneladas de productos. Al respecto, ASERCA proporcionó documentación que acredita la recuperación durante 2006 de recursos por 582.1 miles de pesos, y sólo está pendiente que ASERCA reintegre las cargas financieras por 1.4 miles de pesos; por una situación similar (en esta ocasión con la intervención de la ASF), ASERCA recuperó otros 42.5

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miles de pesos, correspondiente a 6 solicitudes quedando pendiente una recuperación de 56.2 miles de pesos (imputables a 13 solicitudes); ASERCA realizó extemporáneamente la concentración a la TESOFE de los recursos derivados de las cancelaciones del ejercicio 2006, los cuales al 30 de septiembre de 2007 generaron cargas financieras por 200.1 miles de pesos. Se identificaron 354 operaciones por 15.0 millones de pesos en las cuales el trámite de la solicitud de pago y la emisión de pago de los apoyos rebasaron los 20 y 30 días hábiles que se tienen como plazo máximo para que el productor reciba su apoyo; con el análisis a una muestra de 87 expedientes que contienen la documentación que soporta la emisión de apoyos complementarios al Ingreso Objetivo y al Ingreso del Productor en Agricultura por Contrato en el Estado de Tamaulipas del ejercicio 2006, se identificaron debilidades en el control interno; en la entrega de los recursos a los productores por 245.9 millones de pesos de los CADER´s de Díaz Ordaz, Río Bravo, Brecha/Río Bravo y Valle Hermoso, se detectó una diferencia respecto a la documentación comprobatoria de 1 millón de pesos. Asimismo, en la revisión de las nóminas se detectaron diversas irregularidades (71 casos), por un monto agregado de 5.8 millones de pesos por ausencia de firmas, la existencia de firmas no coincidentes, y falta de documentación entre otras.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 14 observaciones que

generaron 18 acciones, de las cuales fueron 14 recomendaciones, 3 solicitudes de aclaración-recuperación y 1 pliego de observaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que ASERCA cumplió, en las

operaciones examinadas, con las disposiciones normativas aplicables al ejercicio y seguimiento de los recursos que son destinados para la ejecución del Subprograma C37 Apoyos Directos al Ingreso Objetivo.

⎯ Impacto de la fiscalización. Las 18 acciones emitidas por la ASF se orientaron

principalmente a propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación; asegurar la confiabilidad de los registros presupuestarios y contables; promover la elaboración, actualización o simplificación de la normativa; recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal y fortalecer los mecanismos de operación y control. Asimismo, con estas acciones la ASF promueve la implantación de mejores prácticas gubernamentales, arraigar la cultura de la rendición de cuentas, y la eficiencia y eficacia de la acción pública. Se determinó un impacto monetario por 124.4 millones de pesos. La ASF determinó recuperaciones operadas por 3.5 millones de pesos, y una recuperación probable por 121.0 millones de pesos.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente auditado.

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4.10 AUDITORÍA 06-0-08F00-02-418. ASERCA: “EGRESOS PRESUPUESTALES DE LA PARTIDA 4101 "SUBSIDIOS A LA PRODUCCIÓN" (SUBPROGRAMA C38 COBERTURAS)”.

⎯ Objetivo. Verificar que el presupuesto asignado en la partida 4101 "Subsidios a

la Producción" (Subprograma C38 Coberturas), se ejerció y registró conforme a los montos aprobados y a las disposiciones legales y normativas aplicables.

⎯ Características de la revisión. Esta auditoría financiera y de cumplimiento se

seleccionó en virtud de que con el subprograma de coberturas se otorgan subsidios a productores agropecuarios nacionales con producción comercializable de Maíz, Trigo, Arroz, Sorgo, Soya, Cártamo, Algodón, Café, Naranja, Cacao, Productos Pecuarios (Bovino y Porcino); así como a los compradores de dichos productos cuando lleven a cabo agricultura por contrato, orientados a proteger su ingreso esperado, mediante la utilización de coberturas de precios operadas con instrumentos del mercado de futuros, para que mediante esquemas financieros se apoye la comercialización óptima de productos agropecuarios y se disminuya el riesgo frente a fluctuaciones adversas en los precios internacionales de dichos productos. La muestra auditada ascendió a 909.6 millones de pesos, que corresponden al 100% del universo seleccionado. Las áreas revisadas fueron la Coordinación General de Comercialización (CGC); las direcciones generales de Administración y Finanzas (DGAF), y de Operaciones Financieras (DGOF), y la Dirección Regional Noreste de ASERCA, ubicada en Tamaulipas (DRNA), todas dependientes de ASERCA, así como la Dirección General de Eficiencia Financiera y Rendición de Cuentas (DGEFRC) de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA).

⎯ Resultados relevantes de la revisión. Se determinó que durante el ejercicio

2006, ASERCA obtuvo recuperaciones por 160.1 millones de pesos de las liquidaciones de coberturas efectuadas durante el mismo ejercicio, sin embargo de ese importe, 56.8 millones de pesos fueron enterados a la TESOFE hasta seis meses después en relación a su fecha de recuperación. Asimismo, en enero y febrero de 2007 enteró extemporáneamente 20.0 millones de pesos, correspondientes a liquidaciones de junio y agosto de 2006 por operaciones canceladas. La ASF determinó una carga financiera que deberá ser cubierta por ASERCA por 1.3 millones de pesos. Similarmente, la ASF determinó otra carga financiera por reintegros extemporáneos de coberturas por 1.1 millones de pesos de operaciones de cobertura relacionadas con el estado de Sinaloa. Otras irregularidades detectadas en la revisión se relacionaron con la no comprobación de la comercialización del producto objeto de las coberturas de precios, y su liquidación incluso un día después de su colocación; el desconocimiento de los productores a los que supuestamente se realizó la cobertura de su producción; el otorgamiento de apoyos por 104.0 millones de

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pesos a productores que no cumplían con los requisitos exigibles por el programa; la erogación de gastos por ASERCA en coberturas propias sin que tuviera conexión con los productores; y el ejercicio de una alta discrecionalidad al aplicar 714.6 millones de pesos sin establecer porcentajes de recuperación en esquemas emergentes de apoyo en coberturas agrícolas. Asimismo se detectó la aplicación de subsidios por 9.9 millones de pesos en los que se duplicaron 15 productores participantes; la realización de 53 operaciones de coberturas propias, por 95.3 millones de pesos que fueron colocadas por ASERCA sin que fueran reasignadas a participantes del subprograma de coberturas, no se obtuvo autorización para su liquidación, ni existió una justificación analítica para su realización. Se comprobó que de esos 95.3 millones de pesos, con la liquidación de las posiciones, ASERCA recuperó 57.1 millones de pesos, por lo que existió un gasto no recuperado de 38.2 millones de pesos que no representó un apoyo directo a los productores para adquirir el seguro de precios agrícolas del programa destinado a proteger sus ingresos y apoyar la comercialización óptima de sus productos agropecuarios. El Titular de la SAGARPA autorizó el Esquema de Cobertura Emergente para Productores de Café, el cual sería “dirigido a productores nacionales de café”. Para dicho esquema, se erogaron 108.2 millones de pesos con los cuales se colocaron 241 coberturas. Los beneficios derivados de estas coberturas deberían ser transferidos a los participantes respectivos sin recuperación por parte de ASERCA, además de que no se estableció como un requisito el que se comprobara la comercialización del producto por las cantidades cubiertas. Asimismo, se pactaron condiciones favorables de subsidios a los participantes del esquema. El no haber requerido la comprobación de la comercialización del producto, ni pactarse la recuperación de los beneficios de las coberturas para ASERCA, permitió que en el caso de 161 coberturas apoyadas con 74.7 millones de pesos, los participantes solicitaran la liquidación de sus coberturas desde incluso un día después de su colocación, obteniendo beneficios por 95.5 millones de pesos, comprobándose que el esquema de coberturas únicamente lo utilizaron los participantes para obtener de manera indirecta los recursos del subsidio del programa de coberturas, pasando a segundo término el objetivo de contratar el seguro de cobertura, razón por la cual la ASF determinó improcedente el apoyo por 74.7 millones de pesos relacionados con este esquema.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 14 observaciones que

generaron 23 acciones, de las cuales fueron 11 recomendaciones, 7 solicitudes de aclaración-recuperación, 1 promoción del ejercicio de la facultad de comprobación fiscal, 3 pliegos de observaciones y 1 promoción de responsabilidad administrativa sancionatoria.

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⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que ASERCA no cumplió con las disposiciones normativas aplicables a los apoyos otorgados en la ejecución del Subprograma C38 Coberturas, ya que se detectaron diversas irregularidades.

⎯ Impacto de la fiscalización. Las 23 acciones emitidas por la ASF se orientaron

principalmente a promover la sanción de servidores públicos infractores; propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación; promover la elaboración, actualización o simplificación de la normativa; desalentar la evasión fiscal; recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal y fortalecer los mecanismos de operación y control. Se determinó un impacto monetario por 198.9 millones de pesos; la ASF determinó una recuperación operada por 3.4 millones de pesos, y una recuperación probable por 195.6 millones de pesos.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente auditado.

4.11 AUDITORÍA 06-3-08I6L-02-303. FIRCO: “EGRESOS PRESUPUESTALES DE LA PARTIDA 4101 "SUBSIDIOS A LA PRODUCCIÓN" PROGRAMA FONDO DE RIESGO COMPARTIDO PARA EL FOMENTO DE AGRONEGOCIOS”.

⎯ Objetivo. Verificar que el presupuesto asignado en el 2006 en la partida 4101

"Subsidios a la Producción", Programa Fondo de Riesgo Compartido para el Fomento de Agronegocios (FOMAGRO), actividad prioritaria T121, se ejerció y registró conforme a los montos aprobados y a las disposiciones legales y normativas aplicables, así como evaluar el cumplimiento de objetivos y metas del programa.

⎯ Características de la revisión. Se practicó una auditoría financiera y de

cumplimiento, que se seleccionó porque este programa es relevante para el impulso de los agronegocios. La muestra auditada ascendió a 226.4 millones de pesos de la partida 4101 “Subsidios a la Producción”, que representa el 32.6% del total ejercido en el Programa Fondo de Riesgo Compartido para el Fomento de Agronegocios (FOMAGRO). Se revisaron las direcciones ejecutivas de Administración y Finanzas y de Apoyo a los Agronegocios, así como las gerencias estatales de Jalisco, Guanajuato, Sinaloa y Estado de México.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. El presupuesto original autorizado al FIRCO en la Partida 4101 "Subsidios a la Producción", Programa Fondo de Riesgo Compartido para el Fomento de Agronegocios, experimentó una variación negativa (-58.5%) respecto al presupuesto original, totalizando un monto de 737.3 millones de pesos, reducción realizada mediante afectaciones

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presupuestarias autorizadas por la SHCP. Del presupuesto ejercido por FIRCO, 695.3 millones de pesos, el 94.3%, se destinó al FOMAGRO; en la aplicación de recursos que exceden a la cantidad de 5.0 millones de pesos, FIRCO no tiene establecidos los criterios que permitan conocer cuándo un proyecto es de alto impacto regional o social, como lo requiere la normativa, por lo que al asignar a 2 proyectos, recursos superiores a la cantidad citada incumplió con la normativa. Se identificaron 24 agronegocios que recibieron apoyos por 64.5 millones de pesos que no exhibieron las pólizas de seguros, 6 en el Estado de México, 4 en Jalisco, 5 en Sinaloa y 9 en Guanajuato; se detectaron 47 casos de beneficiarios que fueron apoyados con 115.1 millones de pesos, en los que se otorgaron una, dos o tres prórrogas hasta por seis meses cada una, con lo que se excede el ejercicio fiscal al que corresponde el recurso autorizado en el PEF; se detectó falta de seguimiento y verificación de las acciones convenidas por la Coordinación de Agronegocios de la Gerencia del Estado de México, con los beneficiarios respecto a la aplicación de los recursos; por intervención de la ASF, FIRCO reintegró 138.8 miles de pesos por pagos anticipados de honorarios, que contravenían la norma. Se detectó en las gerencias estatales del Estado de México y Sinaloa de FIRCO, falta de supervisión para comprobar que los beneficiarios adquieran los activos y las inversiones convenidos en los apoyos, comprobándose en esas gerencias diversas irregularidades, destacando el otorgamiento de apoyos por 927.0 miles de pesos para la adquisición de una máquina moldeadora, sin que el agronegocio cuente con ella; un beneficiario se negó a exhibir la comprobación del apoyo por 613.4 miles de pesos; a otro agronegocio se le otorgaron 5.0 millones de pesos para llevar a cabo el proyecto denominado “Construcción y Operación de un Rastro Tipo Inspección Federal”, sin que hayan adquirido los bienes, tampoco presentó constancia del crédito que debió contratar el agronegocio, que demuestre la aplicación de la garantía líquida otorgada por el FIRCO, por último se le otorgó una prórroga hasta diciembre de 2008 para la conclusión del rastro, sin la autorización del Director General de FIRCO. Por otro lado, la ASF determinó que FIRCO apoyó 173 proyectos, por un monto de 695.3 millones de pesos, lo que excedió en 144% la meta original.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 10 observaciones que

generaron 14 acciones, de las cuales fueron 8 recomendaciones, 1 solicitud de aclaración-recuperación, 1 pliego de observaciones y 4 promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales, y respecto

de la muestra auditada, FIRCO cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la recepción de las solicitudes, la asignación de apoyos, la formalización de los convenios y el ejercicio de los recursos, de las operaciones examinadas, excepto por las observaciones determinadas.

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⎯ Impacto de la fiscalización. Las 14 acciones emitidas por la ASF se orientaron principalmente a promover la sanción de servidores públicos infractores; propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación; recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal y fortalecer los mecanismos de operación y control. Se determinó un impacto monetario por 13 millones de pesos, de los cuales 2.1 millones de pesos se reportan como recuperación operada, y 11.0 millones de pesos como recuperación probable.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. Respecto de los Convenios de

Concertación en los que no se fundamentó correctamente la autorización de las modificaciones, FIRCO señala que “para atender la observación señalada, existen dos caminos, primero, seguir el procedimiento establecido por la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER), que consiste en requisitar el formato, tramitarse por medio de esa Coordinadora, para que con aprobación previa sea enviado a la COFEMER para sanción y posterior publicación; y segundo, que el FIRCO mediante la SAGARPA realice los trámites correspondientes para la publicación en el Diario Oficial de la Federación …”. Respecto de la falta de documentación que acredite que los Agronegocios no han presentado póliza de seguros, el FIRCO “está realizando un acercamiento con las empresas de seguros a fin de conocer los tipos de coberturas que existen en el mercado en diferentes regiones de nuestro país para con base en ello establecer el mínimo de cobertura que se debe contratar que sea uniforme para todo el territorio nacional. Lo cual se estima estará concluido en un término de tres meses. Una vez hecho lo cual se emitirán los lineamientos correspondientes”.

4.12 AUDITORÍA 06-3-08I6U-06-305. FEESA: “EVALUACIÓN DE LA OPERACIÓN DEL FONDO DE EMPRESAS EXPROPIADAS DEL SECTOR AZUCARERO”.

⎯ Objetivo. Comprobar que la gestión del Fondo de Empresas Expropiadas del

Sector Azucarero para administrar los ingenios, propiedad del Gobierno Federal, se ajustó a la legislación y normativa; así como las acciones realizadas para la devolución de 10 ingenios y la recuperación de los recursos otorgados como apoyos fiscales para su operación. Asimismo, comprobar el pago de indemnizaciones por la expropiación de 9 ingenios, y comprobar las acciones implementadas por el Gobierno Federal para la desincorporación y enajenación de los ingenios azucareros de su propiedad.

⎯ Características de la revisión. Esta auditoría especial se seleccionó por la

importancia social y económica de las actividades de la industria azucarera y del acto de expropiación de los ingenios azucareros; así como para dar continuidad

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a las revisiones practicadas al FEESA en la fiscalización de la Cuenta Pública correspondiente a los ejercicios fiscales de 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005. La muestra auditada ascendió a 1 mil 508.2 millones de pesos significando el 10.5% del universo seleccionado. Las áreas revisadas fueron la Dirección de Administración y Sistemas del FEESA.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. Durante 2006 se asignaron del

presupuesto, recursos por 14 mil 355.2 millones de pesos a 23 fideicomisos relacionados con FEESA. Se detectó un incremento presupuestario de 228%, pasando de un presupuesto original autorizado de 9.5 millones de pesos en 2006 a un presupuesto modificado de 31.1 millones de pesos, incremento realizado mediante autorizaciones presupuestarias de la SHCP. El presupuesto ejercido por FEESA fue de 30.9 millones de pesos. Este incremento sustantivo del presupuesto se debió fundamentalmente a la aplicación de gastos por 21.2 millones de pesos para el pago de la indemnización complementaria al Ingenio La Joya, S.A. de C.V. Sin embargo, al cierre del año FEESA no había efectuado el pago. Al 31 de diciembre de 2006, FEESA tenía en el fondo de indemnizaciones 29.1 millones de pesos. De una revisión a sus estados financieros, la firma responsable entregó dictamen de los fideicomisos privados (FISOS) en el que indica que presentaron razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera de los FISOS al 31 de diciembre de 2006, determinándose una pérdida neta de 546 millones de pesos para 12 fideicomisos y una utilidad neta de 675. 6 millones de pesos para los restantes 11. El Fideicomiso Atencingo registró un gasto mayor por 11.3 millones de pesos respecto de los 566.5 millones de pesos autorizados en los conceptos de materia prima y preliquidaciones, sin proporcionar evidencia que lo justifique, en incumplimiento del contrato constitutivo del FEESA. Se constató que para el ejercicio fiscal de 2006, 13 FISOS generaron una producción de 1 millón 401.7 toneladas de azúcar, de las cuales 778 mil 696.3 toneladas fueron de azúcar estándar y 623 mil 002.2 toneladas de azúcar refinada. Asimismo, los ingenios produjeron 463 mil 067.1 toneladas de miel, y 2 millones 870 mil 784 litros de alcohol. Se constató que en el ejercicio fiscal de 2006, los FISOS de los ingenios La Joya y San Pedro, reflejaron una disminución considerable en su producción de alcohol, respecto del ejercicio fiscal de 2005. Los avalúos para determinar el monto de las indemnizaciones de los activos fijos de los nueve ingenios azucareros expropiados al Grupo CAZE, que pasaron a ser propiedad del Gobierno Federal, arrojaron un monto de 1 mil 187.9 millones de pesos, valuación realizada por INDAABIN ajustándose a la norma.

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Las acciones para la desincorporación de estos 9 ingenios se realizaron en 2007. Otro resultado relevante de la revisión estableció que la entidad fiscalizada no realizó las acciones de recuperación de 579.2 millones de pesos otorgados por el Gobierno Federal como apoyo a los 9 ingenios devueltos a sus propietarios originales en 2006 por resolución judicial.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 3 observaciones que

generaron 3 acciones, de las cuales fueron 3 recomendaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que el FEESA cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la administración de las operaciones examinadas, excepto por los resultados con observación que se presentan en el informe.

⎯ Impacto de la fiscalización. Las 3 acciones emitidas por la ASF se orientaron

principalmente a propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación y asegurar la confiabilidad de los registros presupuestarios y contables. El impacto cuantitativo de la revisión por errores y omisiones en la información financiera fue de 11.3 millones de pesos. Por su parte, la cuantificación monetaria de las observaciones asciende a 579.2 millones de pesos.

. ⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente

auditado. SECTOR COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

4.13 AUDITORÍA 06-0-09100-07-088. SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES. “EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 6000 “OBRAS PÚBLICAS”, RECONSTRUCCIÓN DE TRAMOS DE LA RED DE CARRETERAS FEDERALES”.

⎯ Objetivo. Comprobar el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos por la

dependencia en la reconstrucción de tramos carreteros.

⎯ Características de la Revisión. La ASF realizó una auditoría de desempeño que tuvo como objetivo revisar el Proyecto Reconstrucción de Tramos de la Red de Carreteras Federales por la importancia de la variación registrada de 108.3% entre la meta original de 38.7 Kms. y la alcanzada de 80.6 Kms. Las áreas revisadas fueron la Dirección General de Conservación de Carreteras y los Centros SCT Chiapas, Chihuahua, Guerrero, Michoacán, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa y Veracruz.

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⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF encontró que en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2006 se estableció como meta la reconstrucción de 38.7 Kms. de tramos de la red de carreteras federales, con un monto asignado de 110.8 millones de pesos. En la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2006 se reporta una meta alcanzada de 80.6 Kms. con un monto ejercido total de 262.2 millones de pesos. La variación obedece a que se realizó de manera adicional la reconstrucción de 41.9 Kms. de la red mediante la coordinación de la SCT y los gobiernos locales. La ASF reportó un estudio por medio del cual establece que la red carretera federal a finales del año 2000, tenía una longitud de 333 mil 247.1 Kms, de los cuales 106 mil 185.1 Kms. correspondían a caminos rurales y alimentadores y 60 mil 557.4 a brechas. Entre los principales problemas del sistema de carreteras federales se encuentran las condiciones físicas, las cuales según la ASF son las siguientes: 25% buenas, 35% regulares y 40% malas. Los Centros SCT evaluados respetaron y cumplieron la normatividad para la verificación de las carreteras a su cargo. La entidad fiscalizadora considera que en términos generales se observó la normatividad aplicable al cumplimiento de los objetivos y metas de los Centros SCT. Asimismo se comprobó que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, por conducto de su Dirección General de Conservación de Carreteras, tiene establecido el sistema denominado Simulation Strategies d´ Entreteint Routier (SISTER) para determinar, entre otras acciones, las prioridades de reconstrucción de tramos de la red de carreteras federales libres de peaje a nivel nacional; y que dicho sistema es alimentado con información ingresada por cada uno de los Centros SCT de las 32 entidades federativas.

⎯ Observaciones-acciones Promovidas. No existieron resultados con

observaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, la SCT, por conducto de sus Centros SCT Chiapas, Chihuahua, Guerrero, Michoacán, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa y Veracruz, observaron las disposiciones normativas aplicables al cumplimiento de los objetivos y metas establecidos por la dependencia para la reconstrucción de tramos carreteros de la red de carreteras federales.

⎯ Impacto de la Fiscalización. No se determinaron impactos de la fiscalización.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente auditado.

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4.14 AUDITORÍA 06-0-09100-07-115. SCT. “EVALUACIÓN DE LA CONSERVACIÓN DE CARRETERAS DE LA RED FEDERAL LIBRE DE PEAJE, DE CUOTA, ALIMENTADORAS Y CAMINOS RURALES”.

⎯ Objetivo. Fiscalizar la gestión financiera para comprobar la eficacia en el

cumplimiento del objetivo de la política carretera nacional relativo a conservar en adecuadas condiciones de operación la infraestructura de la Red Federal Libre de Peaje, de Cuota, Alimentadoras y Caminos Rurales; analizar la eficiencia respecto de las acciones de planear, programar, ejecutar y controlar los trabajos de conservación; la economía con que se aplicaron los recursos asignados; la satisfacción del ciudadano usuario, y la competencia de los operadores.

⎯ Características de la Revisión. La ASF realizó una auditoría de desempeño para evaluar el cumplimiento de los objetivos de la política carretera nacional en términos de la atención de las necesidades de conservación y reconstrucción de la red federal libre de peaje, de cuota, alimentadoras y caminos rurales, así como de los puentes; la revisión de los estándares de calidad del estado físico de las carreteras; el nivel de accidentalidad y la atención de puntos de conflicto durante el ejercicio 2006. La revisión tuvo un universo seleccionado de 9 mil 226.8 millones de pesos y una muestra auditada de igual monto. Se revisaron la Dirección General de Conservación de Carreteras (DGCC) de la SCT, las direcciones de Planeación y Evaluación; Supervisión y Control; Administración; Técnica; y la Unidad de Estudios y Proyectos, de Carreteras, así como otras áreas de la SCT. En CAPUFE, las direcciones de Planeación y Desarrollo; Técnica; de Operación; y de Administración y Finanzas.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Respecto de la conservación de las

carreteras libres de peaje, en 2006 se atendió una longitud de 2 mil 572.5 Kms, lo que representó el 41.1% de las necesidades determinadas de 6 mil 256.0 Kms por lo que quedaron sin atención 3 mil 683.5 Kms. En la reconstrucción se alcanzó un índice de cumplimiento de 6.7%, al cubrir 80.7 kms de los 1 mil 213.0 kms con requerimientos de atención y se registró un rezago de 1 mil 132.3 kms.

Por lo que respecta a las carreteras de cuota, la entidad revisora determinó que de una longitud de 3 mil 951.1 kms. con necesidades de conservación, se atendieron únicamente 579.3 kms, el 14.7 % de cumplimiento, por lo que existió un rezago de 3 mil 371.8 kms. En las carreteras alimentadoras, las necesidades de reconstrucción fueron de 17 mil 589.7 kms y se cubrieron 173.5 kms, lo que significó el 1%, y quedó sin atender una longitud de 17 mil 416.2 kms. En los caminos rurales, se determinaron 86 mil 700.0 kms. con necesidades de conservación, y se realizaron trabajos en una longitud de 22 mil 717.8 kms, por lo que se dejaron de atender 63 mil 982.2 kms, es decir, 73.8%. Lo anterior arroja un análisis de grado de calidad de los caminos de México; respecto de las carreteras de libre peaje con una longitud de 45 mil 302.3 kms,

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23.0% se encontraba en buenas condiciones, 53.0% aceptables; y 24.0% se encuentra en condiciones deficientes, lo que reflejó una desviación del estándar de calidad de 24.0%. Con relación a las autopistas de cuota, con una longitud evaluada de 5 mil 960.9 kms, 16.8% está en buenas condiciones físicas; 67.6% en condiciones aceptables; y 15.6 % en condiciones deficientes; con una desviación del estándar de calidad de 83.2%. En las carreteras alimentadoras, de una longitud de 72 mil 180.5 kms, 37.3% se encontraba en buenas condiciones; 38.3% aceptables; y 24.4% estaba en situación física deficiente. Se verificó que la SCT no tiene establecido un estándar de calidad para evaluar esta red. En la red de caminos rurales, de una longitud de 115 mil 700.7 kms. que fueron evaluados, 27.3% se encontraba en buenas condiciones, 46.1%, en estado físico aceptable y 26.6% tenía condiciones deficientes. La dependencia no tiene establecido un estándar para evaluar la calidad de los caminos. De acuerdo a los resultados anteriores, se determinó que no se dio cabal cumplimiento al objetivo establecido de conservar en buenas condiciones la infraestructura carretera nacional. En materia de seguridad en las carreteras libres de peaje y de cuota, la SCT y CAPUFE no dispusieron de un parámetro para evaluar los resultados de accidentalidad. En 2006 se registraron 21 mil 336 accidentes en la red libre de peaje, 2.4% fueron atribuibles al camino. En las autopistas de cuota, se registraron 22 mil 013 accidentes, 2.4% también correspondieron al estado físico de las carreteras. Sobre el objetivo de abatir el sobrecosto de operación vehicular en las carreteras libres de peaje, se registró un sobrecosto de 11 mil 362.0 millones de pesos y cada usuario tuvo que erogar un costo adicional de 12 centavos por vehículo-kilómetro recorrido. En las carreteras de cuota se registró un sobrecosto de 652.1 millones de pesos y cada usuario pagó un costo adicional de 9 centavos por vehículo-kilómetro recorrido

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 17 observaciones que generaron 25 acciones, de las cuales corresponden: 25 a recomendación al desempeño.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, así como Caminos y Puentes Federales de

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Ingresos y Servicios Conexos, cumplieron de manera razonable con el objetivo de conservar la red carretera nacional en condiciones de operación.

⎯ Impacto de la Fiscalización. La ASF promovió 25 acciones, orientadas principalmente a alentar la implantación y utilización de sistemas de medición del desempeño y fortalecer los mecanismos de operación en términos de eficacia, eficiencia y economía.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. Respecto de la atención de necesidades en la red de autopistas de cuota, CAPUFE precisó que el criterio para la determinación de las necesidades de atención para ubicar a las carreteras en un estado físico bueno, es lo exigido por FARAC al Organismo en el Contrato de Prestación de Servicios, en el que se establece una calificación superior a 400 puntos, aplicable al periodo 2001-2006. Con relación a las condiciones del estado físico en la red de autopistas de cuota, CAPUFE señaló que considera conveniente referir que el contrato de prestación de servicios del FARAC y la exigencia de la Dirección General de Desarrollo Carretero de la SCT, obligan a CAPUFE a alcanzar una calificación mínima de 400 puntos con los trabajos de conservación y mantenimiento que se ejecutan. Al respecto, la Dirección General de Desarrollo Carretero de la SCT señaló que la información proporcionada, relativa a las calificaciones del estado físico, considera los límites indicados en las Normas para Calificar el Estado Físico de un Camino de acuerdo a lo siguiente: para caminos tipo “A”, bueno: de 450 a 500; aceptable: mayor de 350 y hasta 450; y deficiente: de 0 hasta 350. Respecto del Valor de las carreteras de la red federal libres de peaje y de cuota la Dirección General de Conservación de Carreteras de la SCT señaló que se considera que la red federal de carreteras libre de peaje no ha registrado pérdidas en su valor económico, por el contrario, se ha incrementado su valor al mejorar su estado físico de 2001 a 2006, si bien tuvo un incremento en la depreciación de 7 mil 753.3 millones de pesos para 2006, debido a la baja inversión en ese año y al incremento del costo de las obras por encima de la inflación promedio.

4.15 AUDITORÍA 06-0-09100-06-721. SCT: “CONCESIÓN OTORGADA A SISTEMAS PROFESIONALES DE COMUNICACIÓN, S.A. DE C.V., AHORA OPERADORA UNEFON, S.A. DE C.V.”

⎯ Objetivo. Comprobar que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes

cumplió en 2006 con las atribuciones que la legislación le confiere, respecto de la concesión otorgada a Sistemas Profesionales de Comunicación, S.A. de C.V., ahora Operadora UNEFON, S.A. de C.V.

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⎯ Características de la Revisión. La ASF practicó una auditoría especial debido a la importancia que representa para el Gobierno Federal la erogación de los recursos pagados a UNEFON, S.A. de C.V., por concepto de devolución de intereses. La revisión tuvo como universo y muestra seleccionada 550.0 millones de pesos. En esta revisión se analizó la información relativa al proceso de licitación para el otorgamiento de concesiones de bandas de frecuencia; las prórrogas otorgadas; el pago de la contraprestación ofrecida; las resoluciones del 6 de abril de 2004 y 20 de abril de 2006 emitidas por el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa en relación con la legalidad del pago de los 550.0 millones de pesos por concepto de devolución de intereses a la empresa. Las áreas revisadas fueron la Subsecretaría de Comunicaciones y la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de la SCT.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Se revisó el acta del fallo emitida por el Pleno de la COFETEL el 18 de mayo de 1998, donde se constató que la empresa Sistemas Profesionales de Comunicación, S.A. de C.V., ahora Operadora UNEFON, S.A. de C.V. resultó ganadora de 18 títulos de concesión que amparan 27 bandas de frecuencias, por haber ofrecido la postura válida más alta al ofrecer 2 mil 620.9 millones de pesos más IVA por dichas concesiones, habiendo pagado, conforme a las bases de la licitación, 602.8 millones de pesos correspondientes al 20.0% de la contraprestación.

En razón de la cercanía del vencimiento de los plazos establecidos para el pago del 80% restante, UNEFON solicitó a la COFETEL una prórroga para cumplir con su obligación. La ASF revisó el acuerdo del Pleno de la COFETEL, de 29 de septiembre de 1998, en donde resolvió otorgar a UNEFON un plazo adicional de hasta 180 días naturales para realizar el pago de 80% de la contraprestación ofrecida al Gobierno Federal, contados a partir del 1 de octubre del mismo año. La ASF determinó que el Pleno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones no contaba con facultades para autorizar dicha prórroga. En la revisión se constató que la COFETEL autorizó indebidamente dicha prórroga pero condicionándola al pago de intereses. Las tasas de dichos intereses fueron sometidas por la COFETEL a la consideración de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dependencia que, sin tener tampoco facultades, señaló que las mismas eran adecuadas y que no encontraba objeción alguna para su aplicación. Incluso, antes del vencimiento de la prórroga concedida para el pago del 80.0% de la contraprestación, UNEFON solicitó directamente a la SCT una segunda prórroga, la cual, nuevamente sin tener facultades, fue autorizada por dicha dependencia, condicionándola también al pago de intereses y cuyo límite de pago se fijó para el 15 de junio de 1999. Debido a que el pago del 80.0% restante de la contraprestación a que tenía derecho el Gobierno Federal no se realizó dentro de los noventa días hábiles siguientes al fallo, estipulados en las bases de la licitación, UNEFON se situó en

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la causal de Descalificación, acción que no fue aplicada por la COFETEL, habiéndose, en su lugar, autorizado indebidamente dos prórrogas para el pago del 80% restante citado. Entre el 27 de mayo y el 15 de junio de 1999, UNEFON pagó 596.4 millones de pesos de intereses y 89.5 millones de pesos de IVA, además de que entre el 9 y el 15 de junio de 1999, UNEFON pagó a la COFETEL 2 mil 096.7 millones de pesos por el 80% restante de la contraprestación y 314.5 millones de pesos de IVA, con lo cual se liquidó en su totalidad el importe de la licitación, quedando UNEFON en la titularidad de las 18 concesiones que amparan las 27 bandas de frecuencia. El 6 de septiembre de 1999, UNEFON solicitó a la SCT que le ordenara a la COFETEL o que la misma dependencia le diera respuesta directamente a su escrito de 29 de septiembre de 1998 en el que solicitaba conocer las razones y fundamentos jurídicos por los que se le exigió el pago de intereses por la contraprestación. Al respecto, la SCT informó a UNEFON, el 14 de septiembre de 1999, que para los intereses y su fundamento de exigibilidad se debería estar a lo establecido en las bases de licitación en las cuales participó UNEFON. Ante ello, el 6 de octubre de 1999, UNEFON interpuso ante la SCT un recurso de revisión en contra de la resolución establecida en el oficio del 14 de septiembre de 1999, el cual fue resuelto por el entonces Subsecretario de Comunicaciones en ausencia del Titular de la SCT, el 31 de enero de 2000, en el sentido de desecharlo por improcedente, pero es notificado a UNEFON el 11 de febrero de 2000, es decir cinco días después del plazo previsto en el artículo 17 de la Ley Federal de Procedimientos Administrativos. El atraso en la notificación propició que un día antes de la notificación, UNEFON promoviera juicio de nulidad en contra de la negativa ficta. Una vez recibida la notificación, UNEFON nuevamente interpuso un juicio de nulidad el 25 de abril del 2000 ante Tribunal Fiscal de la Federación. Agotados diversos recursos de revisión fiscal y juicios de amparo promovidos por las partes, el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa declaró la nulidad de la resolución de la SCT impugnada por UNEFON, en consideración a que la autoridad demandada no señaló precepto legal alguno para el cobro de intereses; de acuerdo a ello, el 1 de agosto de 2006 la SCT emitió resolución en la que reconoció la ilegalidad del cobro de intereses, y el 6 de diciembre de 2006 la SCT cubrió a UNEFON la cantidad de 550 millones de pesos de un total de 596.4 millones de pesos, por concepto de devolución de los intereses cobrados ilegalmente, quedando una deuda de 46.4 millones de pesos. Cabe mencionar que la ASF detectó que no se tuvo evidencia del recibo o finiquito que otorgara la empresa por haber recibido la cantidad citada lo que contraviene el artículo 100 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

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Posteriormente al fallo aludido, el representante legal de UNEFON informó a la SCT que la cantidad devuelta por concepto de intereses por 550.0 millones de pesos, más el adeudo de 46.4 millones de pesos, debía actualizarse por el transcurso del tiempo con motivo de los cambios de precios en el país conforme se plantea en el Código Fiscal de la Federación, por lo que la cantidad actualizada debería ser de 879.9 millones de pesos, de la cual, restando la cantidad ya devuelta, se generaba todavía un faltante por devolver de 329.9 millones de pesos. Adicionalmente, UNEFON indicó que los intereses generados por el monto pagado de manera indebida debían calcularse sumando las tasas previstas para los recargos moratorios durante los meses de la mora por el periodo de cinco años ya transcurridos, por lo que el total de intereses generados durante ese periodo ascendía a 2 mil 727.2 millones de pesos, cantidad que sumada a los 329.9 millones de pesos antes referidos, arrojaba un total por devolver de 3 mil 057.1 millones de pesos. UNEFON solicitó a la SCT prever las partidas correspondientes a efecto de que en el ejercicio fiscal de 2007 estuviera en posibilidad de devolver dicho monto. Ante esta petición, con fecha 9 de febrero de 2007 la SCT a través del Subsecretario de Comunicaciones se negó a reconocer la procedencia de un pago por 3 mil 057.1 millones de pesos ya que según él, derivado del fallo del Tribunal no se desprende dicha previsión, además argumentó que se trata de un asunto completamente concluido. Ante esta negativa, de nueva cuenta UNEFON interpuso el recurso de revisión ante la SCT el día 26 de febrero de 2007, el cual fue nuevamente desechado por improcedente por el Subsecretario de Comunicaciones el 28 de marzo de 2007. Con fecha de 9 de agosto de 2007, UNEFON recurre al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa conociendo del asunto la 6° Sala Regional Metropolitana, la cual admitió la nueva demanda de nulidad presentada por UNEFON en contra de la resolución del 28 de marzo de 2007, para determinar si es procedente el pago de 3 mil 057.1 millones de pesos. La ASF establece la posible responsabilidad de funcionarios adscritos a la SCT, por no haber efectuado en tiempo la devolución del monto instruido por el entonces Tribunal Fiscal de la Federación (actualmente Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa) a UNEFON, lo cual podría implicar un total por devolver de 3 mil 057.1 millones de pesos a UNEFON por parte de la SCT y el consecuente detrimento para las finanzas públicas. Observaciones-acciones Promovidas. Se emitieron 11 observaciones que generaron 11 acciones, de las cuales corresponden: 1 a recomendación, 9 a promoción de intervención de la instancia de control y 1 a promoción de responsabilidad administrativa sancionatoria.

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⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que la SCT no perfeccionó el acto administrativo de devolución de 550.0 millones de pesos por concepto de intereses, por lo que incumplió con las disposiciones normativas aplicables, como se precisa en los resultados con observación. Lo anterior, originó que UNEFON además de recuperar los intereses pagados obtuviera privilegios indebidos, en relación con los demás participantes en la licitación pública, para el uso, aprovechamiento y explotación de las bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico licitadas en 1998, afectando también el interés público del Estado Federal Mexicano. La ASF sólo puede actuar en relación con los acontecimientos correspondientes al año 2006, de conformidad con los principios de anualidad y posterioridad que la rigen, por lo que las presuntas responsabilidades cometidas por servidores públicos desde 1998, señaladas en el informe, deberán ser investigadas y sancionadas por la Secretaría de la Función Pública, quien tiene la responsabilidad de interpretar y hacer cumplir la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, vigente en la época de los hechos, y la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos vigente en la actualidad.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la Auditoría Superior de la Federación emitió 11 acciones orientadas principalmente a promover la sanción de servidores públicos infractores; propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación e investigar y en su caso determinar las responsabilidades administrativas. Asimismo, con estas acciones se impulsa la implementación de mejores prácticas gubernamentales así como la eficiencia y eficacia de la acción pública.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. La entidad fiscalizada comenta que mediante oficio de fecha 26 de julio de 2007, la ASF le notificó el inicio de la revisión cuyo objetivo fue comprobar que la SCT cumplió en 2006 con las atribuciones que la legislación le confiere, respecto de la concesión otorgada a Sistemas Profesionales de Comunicación, S.A. de C.V., ahora Operadora UNEFON, S.A. de C.V. por lo que según el ente auditado la Auditoria debe constreñirse al conocimiento del resultado de la gestión financiera respecto del ejercicio 2006, en particular con relación a los conceptos y partidas correspondientes a los ingresos y egresos o, en su caso, a la exactitud o justificación en los ingresos obtenidos o en los gastos realizados.

La ASF establece como actos ilegales los siguientes: el otorgamiento de plazos adicionales, prórrogas y diferimientos para la realización del pago del 80% restante de la contraprestación; la determinación de tasas de interés y su sometimiento a la consideración de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público del pago de intereses; que UNEFON se situó en la causal de descalificación por incumplimiento en el pago de la contraprestación establecida en la licitación; y la

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carencia de facultades de la SCT y de la COFETEL para establecer el cobro de intereses por la ampliación del plazo otorgado y para determinarlos. La entidad revisada responde que todo lo anterior corresponde a hechos acontecidos entre el 31 de agosto de 1998 y el 29 de marzo de 1999, esta última correspondiendo a la fecha de otorgamiento de la segunda prórroga otorgada por la Secretaría, y por lo que corresponde a los pagos efectuados por la concesionaria mismos que transcurrieron del 27 de mayo al 15 de junio de 1999. Los actos y hechos observados acontecieron en 1999 como última fecha atribuible a conductas de los servidores públicos de la Secretaría y la COFETEL, por lo que la facultad de investigación y sanción conferida a ese Órgano Fiscalizador se encuentra prescrita de conformidad por lo dispuesto en la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos vigente en la época de los hechos. La sentencia emitida tanto en los recursos de revisión fiscal como en el juicio de nulidad determinaron que lo procedente era la aplicación de recargos para los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales de conformidad con el artículo 6 de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1998, aunado a la actualización prevista en el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación. Lo anterior es distinto a lo sostenido por dicho órgano de fiscalización en el sentido de que la Secretaría no contaba con facultades para establecer el cobro de intereses ni para determinarlo, cuando lo resuelto por el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa es que la COFETEL, no fundó su actuación en los preceptos y ordenamientos legales referidos. Resulta imposible determinar la descalificación en el proceso licitatorio, cuando existen actos administrativos posteriores válidos, y que han surtido efectos como lo es el otorgamiento y la explotación de los títulos de concesión por UNEFON, los cuales necesariamente devendrían en nulos por virtud de los efectos de artículo 6° de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Por otra parte, la litis en materia de los juicios resueltos por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa nunca se centró en la nulidad de los títulos de concesión o en la descalificación del licitante, toda vez que el órgano jurisdiccional estimó procedente el cobro de recargos y actualización, es decir, únicamente se apuntó la indebida de fundamentación y motivación exclusivamente, respecto de los recargos. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria no es aplicable por lo que respecta al recibo finiquito solicitado, toda vez que no existe ninguna resolución emitida por autoridad competente que establezca y cuantifique obligación de pago alguno a cargo de la Secretaría en favor de la Concesionaria y que haya causado estado. Por virtud de ello, la existencia de un recibo finiquito es potestad exclusiva del concesionario y no constituye una facultad establecida en ley a cargo de la Secretaría.

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Respecto de las prorrogas concedidas, se establece que las conclusiones de la ASF son contradictorias a la verdad jurídica existente y al cumplimiento de las sentencias emitidas por la autoridad jurisdiccional, en tanto que las citadas cédulas determinan ilegalidad en la facultad de la autoridad COFETEL para otorgar prórrogas, y para determinar el cobro de intereses, estableciendo además dichas cédulas que el no haber declarado la descalificación de dicho licitante constituyó una ilegalidad. En tanto que la realidad jurídica establecida por las sentencias emitidas por el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa es omisa en el estudio de la naturaleza jurídica de la prórroga y en consecuencia no declara su ilegalidad, se limita a estudiar la naturaleza del pago de intereses requerido por COFETEL por virtud de la prórroga y determina que no se encuentran correctamente fundados y motivados por lo que declara la nulidad de la resolución, y sin embargo establece que por virtud de lo dispuesto en la Ley de Ingresos de la Federación correspondiente al ejercicio fiscal del 1998, aplicable en la época de los hechos, previene que por virtud del artículo 6 de la citada ley es factible establecer recargos y actualizaciones, estos últimos con base en artículo 22 del Código Fiscal de la Federación.

4.16 AUDITORÍA 06-0-09100-06-036. SCT: “EVALUACIÓN DEL PROCESO UTILIZADO PARA LA RENOVACIÓN DE LA CONCESIÓN DE LA AUTOPISTA MÉXICO-TOLUCA”.

⎯ Objetivo. Evaluar que el proceso utilizado para la renovación, en marzo de

2006, de la concesión de la autopista México-Toluca, se ajustó a las disposiciones legales y que el concesionario cumplió con las disposiciones establecidas.

⎯ Características de la Revisión. La ASF practicó una auditoría especial, en

donde se revisó la documentación relacionada con las acciones y el proceso que llevó a cabo la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) por conducto de la Dirección General de Desarrollo Carretero, para otorgar la renovación de la concesión de la autopista México-Toluca, desde la solicitud de renovación hasta el otorgamiento de la misma. Se consideró conveniente realizar la auditoría debido a la importancia que tiene la modernización y expansión de la infraestructura carretera como medio de comunicación para generar un mayor desarrollo de las actividades económicas del país y por el beneficio que representa para la población usuaria.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF considera que la SCT no

cumplió con las disposiciones normativas aplicables al proceso mediante el cual se prorrogó la vigencia de la concesión del tramo Constituyentes y Reforma-La Venta de la Carretera México-Toluca, en virtud de haberse detectado que el Manual de Procedimientos de la Dirección General de Desarrollo Carretero de la

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SCT no contempla un procedimiento específico para realizar la modificación de los títulos de concesión, igualmente se constató que el 22 de marzo de 2006 la SCT emitió la quinta modificación al título de concesión del 31 de julio de 1989, otorgado por el Gobierno Federal, a través de la SCT a la empresa “Promotora y Administradora de Carreteras, S.A. de C.V.”, del tramo Constituyentes y Reforma-La Venta de la Carretera México-Toluca, mediante la cual modificó a 20 años 5 meses y 17 días el plazo de vigencia anterior de 23 años 5 meses y 16 días, contados a partir del 31 de diciembre de 1989, establecido en la condición octava de la cuarta modificación del título de concesión del 16 de mayo de 2002; es decir, se redujo el plazo de vigencia en 3 años, por lo que se contravino lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, al autorizar en la quinta modificación al título de concesión del 31 de julio de 1989, la cual prorroga la vigencia a 20 años 5 meses 17 días cuando debió ser por 2 años y 4 meses, que era la vigencia establecida en el título de concesión original.

La ASF determinó así que toda vez que dichas disposiciones no facultan a la autoridad correspondiente a reducir el plazo de las concesiones, el concesionario no se encontraría dentro de la vigencia de la concesión para solicitar la prórroga que se le otorgó en la modificación del 22 de marzo de 2006.

⎯ Acciones Promovidas. Se emitieron 3 observaciones que generaron 4

acciones, de las cuales corresponden: 2 a recomendaciones y 2 a promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto

de las operaciones seleccionadas, la SCT no cumplió con las disposiciones normativas aplicables al proceso mediante el cual se prorrogó la vigencia de la concesión del tramo Constituyentes y Reforma-La Venta de la Carretera México-Toluca, como se precisa en los resultados relevantes de la revisión.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Las 4 acciones emitidas promoverán la sanción de

servidores públicos infractores; el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación, y fortalecer los mecanismos de operación y control así como la implantación de mejores prácticas gubernamentales. y el arraigo de la cultura de rendición de cuentas.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. Menciona el ente auditado que el C.

Subsecretario de Infraestructura instruyó al Encargado del Despacho de la Dirección General de Desarrollo Carretero, para que se apliquen las medidas que aseguren la puntual atención de las recomendaciones y eviten su recurrencia.

Adicionalmente, el encargado del despacho de la Dirección General de Desarrollo Carretero instruyó al Coordinador de Seguimiento Financiero de Programas y Concesiones y a la Directora de Administración, para coordinar las

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acciones y se gestione ante la DGPOP la actualización del Manual de Procedimientos para incluir el procedimiento específico para realizar modificaciones a los títulos de concesión.

4.17 AUDITORÍA 06-0-09100-02-370. SCT: “RECAUDACIÓN DE INGRESOS POR APROVECHAMIENTOS EN LA DESINCORPORACIÓN DEL GRUPO AEROPORTUARIO DEL CENTRO-NORTE”.

⎯ Objetivo. Comprobar que las acciones efectuadas por la Secretaría para

desincorporar a Grupo Aeroportuario del Centro-Norte (GACN) en la Cuenta Pública 2006, se ajustaron a la legislación y normativa aplicables al respecto; así como evaluar y analizar el cumplimiento de objetivos y metas vinculados con estas operaciones.

⎯ Características de la Revisión. La ASF realizó una auditoría financiera y de

cumplimiento, en cuya selección se consideró que en la Cuenta Pública de 2006 se reportaron 12 mil 864.1 millones de pesos por concepto de desincorporaciones, monto superior en 91.5% a lo reportado en 2005. Del total, 2 mil 152.4 millones de pesos corresponden a la venta del 36.0% de la posición accionaria de Grupo Aeroportuario del Centro-Norte (GACN), efectuada el 18 de enero de 2006. Se revisó una muestra de 2 mil 152.4 millones de pesos, que representa 100% del universo seleccionado. La revisión se llevó a cabo en la Unidad de Apoyo al Cambio Estructural (UACE), la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) y la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto, de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento (CID), la Administración del Centro Contable (ACC) de la Administración General de Recaudación del Servicio de Administración Tributaria (SAT), y a Nacional Financiera S.N.C. (NAFIN).

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF encontró que del 100% de la

participación accionaria del Gobierno Federal en el GACN se vendió un primer paquete el 14 de junio de 2000, representativo del 15%, a Operadora Mexicana de Aeropuertos, S. A. de C. V., en 891.1 millones de pesos, que incluye 27.1 millones de pesos por concepto de intereses. El 84% se desincorporó en dos etapas: la primera, por el 36% se enajenó el 18 de enero de 2006 a la Empresa Aeroinvest, S. A. de C. V.; la segunda, el 29 de noviembre de 2006 por el 48%, mediante oferta pública en los mercados nacional e internacional. El 1% restante permanece en poder de ASA. La SCT constituyó en NAFIN el 12 de junio de 2000, el Fideicomiso 5111-3 con la finalidad de que ésta coloque el 85% de las acciones del GACN entre el gran público inversionista y garantizar al Gobierno Federal el pago de las propias acciones fideicomitidas. La ASF observó lo siguiente: a) este procedimiento fue

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para no caer en el supuesto de paraestatalidad del GACN; b) NAFIN actúa como Fideicomitente y Fiduciario; c) el Fideicomisario es el Gobierno Federal por medio de la SCT, pero no firma como tal; d) el Fideicomiso careció de Comité Técnico; e) el fideicomiso no se consideró entidad paraestatal, no tuvo estructura orgánica propia ni contó con personal a su servicio; f) en el contrato se dispuso que el pago del precio de compra de las acciones no podría ser inferior al 50.0% del valor contable de las acciones representativas del capital social. Dicho porcentaje se disminuyó hasta 30.0% mediante un Contrato Modificatorio. La entidad informó que esta disminución se debió a una recomendación emitida por Citigroup Global Market, Inc., y Acciones y Valores Banamex, S.A. de C.V., que fueron los asesores financieros nacional e internacional, respectivamente. Por lo anterior, la ASF determinó que la desincorporación de GACN se llevó a cabo de manera contraria a la Ley Federal de Entidades Paraestatales, ya que se realizó una “venta intermedia” de la SCT a NAFIN, a efecto de colocar al GACN en un régimen de derecho privado y privilegiar con ello al socio estratégico. La ASF advierte que en realidad se trató de una “transferencia de acciones” del Gobierno Federal a NAFIN, para que ésta se encargue de su venta, situación que no encuadra en lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de las Entidades Paraestatales, ni en las operaciones activas y pasivas que NAFIN puede desarrollar como institución de crédito. Se comprobó que el importe reportado por concepto de “Desincorporaciones” del Estado Analítico de Ingresos de la Cuenta Pública 2006, corresponden con los traspasos efectuados por NAFIN a la Tesorería de la Federación. Respecto al cumplimiento del objetivo del Fideicomiso ya mencionado, la ASF determinó que conforme a lo dispuesto en tal instrumento, al no haberse llevado a cabo la venta de al menos 36% del paquete accionario en un plazo de 4 años, NAFIN podría enajenar dicha proporción al socio estratégico (Operadora Mexicana de Aeropuertos, que cambió su razón social a Servicios de Tecnología Aeroportuaria, S. A. de C. V., SETA), previa petición escrita de este. Dicho socio ejerció la opción de compra ante NAFIN, solicitando a su vez ceder el derecho de tal opción así como todos los derechos y obligaciones derivadas, a favor de Aeroinvest, S. A. de C. V., lo cual fue autorizado por la Comisión Federal de Competencia Económica y por acuerdo de la Comisión Intersecretarial de Desincorporación (CID). También tomó nota de este movimiento el Comité de Reestructuración del Sistema Aeroportuario Mexicano. La formalización del Contrato de Opción se realizó el 14 de junio de 2000. Sobre el particular, la ASF observó que, conforme lo estipulado en el Contrato de Participación, se debió requerir y obtener la autorización expresa por escrito del Gobierno Federal, a través de la SHCP, para ceder los derechos de Operadora Mexicana de Aeropuertos en favor de Aeroinvest para adquirir el 36% del paquete accionario que nos ocupa. Se detectó que el precio de venta de cada acción fue de 1.035 pesos al 18 de enero de 2006, fecha en que se formalizó la

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operación de compra-venta. Asimismo, se determinó que el valor contable unitario fue de 3.50 pesos, lo que arroja una diferencia de 2.465 pesos, es decir que el precio de venta representa solamente 29.6% del valor en libros. La operación reportó ingresos al erario por el orden de 2 mil 146.3 millones de pesos, más 6.2 millones de pesos de intereses. Sin embargo, la venta subvalorada del paquete accionario se tradujo en que el erario dejara de percibir 5 mil 111.8 millones de pesos. Por lo que corresponde a la venta del 48% del capital accionario del Gobierno Federal en el GACN, la ASF analizó el documento titulado “Estrategia para llevar a cabo la Oferta Pública en los Mercados de Capitales Nacional e Internacional de hasta el 48.0% de las Acciones Representativas del Capital Social de GACN, propiedad del Gobierno Federal”. Se constató que ésta se realizó por conducto de los agentes colocadores Citigroup y Acciones y Valores Banamex. La realización de la oferta pública fue autorizada por la CNBV, en tanto que la determinación del precio de venta contó con el visto bueno de la Comisión Intersecretarial de Desincorporación y del Comité de Reestructuración del Sistema Aeroportuario Mexicano. El 29 de noviembre de 2006 se realizó el cruce de las acciones en la Bolsa Mexicana de Valores y en el NASDAQ; la liquidación se realizó tres días después del cruce. El importe de la Oferta Pública fue de 2 mil 370.5 millones de pesos y de 213.3 millones de dólares (2 mil 341.8 millones de pesos) en México y Estados Unidos, respectivamente. Las acciones se vendieron en 24.8 pesos cada una, 13.2% por arriba de la oferta pública inicial. El valor contable fue de 21.95 pesos por acción. La ASF observó que los ingresos obtenidos fueron enterados por NAFIN a la TESOFE en dos exhibiciones, una el 31 de enero de 2007 y otra el 10 de mayo de 2007, por un total de 4 mil 691.4 millones de pesos, incluyendo intereses. Asimismo, detectó que el Colocador Nacional (Acciones y Valores Banamex, ACCIVAL) y el Coordinador Global (Citigroup Corporate and Investment Banking), no emitieron una confirmación o documento oficial mediante el cual se le informara a NAFIN sobre los adquirentes, el precio de la colocación, la cantidad de títulos y su valor de colocación en el mercado nacional e internacional. Además, no se registró contablemente en el fideicomiso 5111-3 el producto de la venta de la Oferta Pública efectuada. En cuanto a los pagos realizados a los prestadores de servicios contratados para participar en la colocación y administración del paquete accionario, la ASF determinó que se erogaron 56.5 millones de pesos. A NAFIN se le liquidaron 5.9 millones por asesoría financiera con el producto de la venta de las acciones, así como 2.6 millones de pesos por la administración del fideicomiso 5111-3. Es decir, que como parte de las decisiones tomadas por la SCT, estuvo la de asignar a NAFIN diversos papeles. Además, la SCT permitió mediante el contrato establecido con los colocadores nacional e internacional, que el producto de la

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venta le fuera entregado a NAFIN una vez descontada la comisión de su participación y los gastos que esta le hubiere generado, lo que significó que esas erogaciones no se registraran en el Presupuesto de Egresos, ni en la Cuenta Pública 2006. Al verificar el registro contable, se comprobó que en la balanza de comprobación y en el estado de resultados de la contabilidad del fideicomiso con NAFIN, no se registraron 101.2 millones de pesos, por concepto de honorarios y gastos pagados a prestadores de servicios contratados para participar en el proceso. Finalmente, la ASF observó que el OIC en la SCT no realizó verificación alguna sobre el referido proceso de desincorporación, no obstante que el titular de la Unidad de Apoyo al Cambio Estructural informó al titular del OIC y al del Área de Auditoría de Control y Evaluación y Apoyo al Buen Gobierno, que los procesos que sería conveniente revisar son, entre otros, los abordados en el informe de auditoría que se evalúa.

⎯ Observaciones-acciones Promovidas. Se emitieron 7 observaciones que generaron 11 acciones promovidas, de las que 2 son recomendaciones, 1 promoción de intervención de la Instancia de Control, 2 solicitudes de aclaración-recuperación, 1 promoción para el ejercicio de la facultad de comprobación fiscal y 5 promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto

de la muestra fiscalizada, la SCT no cumplió con las disposiciones normativas aplicables al proceso de venta del 85.0% de la acciones de la Empresa Grupo Aeroportuario del Centro Norte S.A. de C.V., como se precisa en los resultados relevantes de la revisión. Agrega además que: “La desincorporación de las acciones del Gobierno Federal en el capital social de GACN a través de un fideicomiso, no se realizó con transparencia ya que incumplió el procedimiento establecido en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y su reglamento”.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Las 11 acciones promovidas se orientan principalmente a sancionar servidores públicos infractores; investigar y en su caso determinar las responsabilidades administrativas; promover la elaboración, actualización o simplificación de la normativa; desalentar la evasión fiscal; recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal y fortalecer los mecanismos de operación y control. El impacto económico determinado fue de 101.2 millones de pesos.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente auditado.

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4.18 AUDITORÍA 06-0-09100-02-368. SCT: “RECAUDACIÓN DE INGRESOS POR APROVECHAMIENTOS EN LA DESINCORPORACIÓN DE GRUPO AEROPORTUARIO DEL PACÍFICO”.

⎯ Objetivo. Comprobar que las acciones efectuadas por la Secretaría de

Comunicaciones y Transportes para desincorporar a Grupo Aeroportuario del Pacífico (GAP) reportadas en la Cuenta Pública 2006, se ajustaron a la legislación y normativa aplicables, así como evaluar y analizar el cumplimiento de objetivos y metas vinculados con estas operaciones.

⎯ Características de la Revisión. La ASF realizó una auditoría financiera y de

cumplimiento que fue seleccionada porque en la Cuenta Pública de 2006 se reportaron 12 mil 864.1 millones de pesos por concepto de desincorporaciones, monto superior en 91.5% a lo reportado en 2005. De dicha cifra, 10 mil 580.7 millones de pesos correspondieron a la venta del 85% del capital social de la empresa Grupo Aeroportuario del Pacífico, S.A. de C.V. (GAP), efectuada el 24 de febrero de 2006. Se auditó una muestra de 10 mil 613.0 millones de pesos, que es el importe total de las operaciones realizadas. Se revisaron las áreas de Unidad de Apoyo al Cambio Estructural (UACE), la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) y la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto, de la SCT; la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento (CID), de la SHCP; la Administración del Centro Contable de la Administración General de Recaudación del Servicio de Administración Tributaria (SAT), NAFIN y el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. (BANOBRAS).

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Se observó que la estrategia para la

venta del 85.0% de las acciones del capital social de Grupo Aeroportuario del Pacífico, S.A. de C.V., así como la constitución del Fideicomiso 5118-4 en Nacional Financiera, S.N.C., al que fueron transferidas las acciones mediante un contrato de compra venta entre el Gobierno Federal, por conducto de la SCT, y NAFIN como fiduciario para promover y llevar a cabo su colocación de las acciones en los mercados de valores nacional e internacional, infringe la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; y los Lineamientos Generales para la Apertura a la Inversión en el Sistema Aeroportuario Mexicano. Se observó que la SCT en sus diferentes instrucciones dadas a NAFIN y al asumir los compromisos señalados en el contrato del Fideicomiso, actuó sin fundamento jurídico válido. El no acatar la normatividad establecida para la desincorporación de empresas de participación estatal mayoritaria, provocó que NAFIN, como institución de crédito, ejerciera las funciones de “comprador” del 85.0% de las acciones de GAP; como Fideicomitente del Fideicomiso al cual el Gobierno Federal aportó las acciones; como Fiduciario y administrador del Fideicomiso 5118-4; como institución responsable de la promoción y venta del

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85.0% de las acciones de GAP en los mercados de valores nacional e internacional y, al mismo tiempo, propietaria de las mismas. Se comprobó que la contratación del agente colocador nacional (Valores de México, S. A. de C. V.) y de su similar a nivel internacional (Suisse First Boston Corporation) se realizó a través del Comité Institucional de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de NAFIN, mediante invitación a cuando menos tres proveedores, previa instrucción y propuesta de la SCT, oyendo la opinión favorable de la SHCP. El propio Comité, mediante el procedimiento de adjudicación directa autorizó la contratación de Cleary, Gottlieb, Oteen & Hamilton como despacho de abogados para fungir como asesor legal extranjero, a un despacho de abogados nacional que sería asesor legal en México, y a Deloitte & Touche y Mancera, Ernst & Young, como auditores contables. El precio mínimo de venta por acción establecido por la SCT inicialmente tenía como límite inferior el 50% del valor contable, rango que se redujo al 30% el 10 de febrero de 2006, cuando se formalizó el segundo convenio modificatorio del contrato de fideicomiso. Sobre esa base, el 24 de febrero de 2006 se llevó a cabo la venta de las acciones de GAP mediante oferta pública inicial. El 30.0% de la oferta se asignó al mercado nacional por medio de los participantes de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV), y el 70.0% restante al mercado internacional por medio del New York Stock Exchange (NYSE). El precio final de colocación por acción fue de 22.03 pesos en el mercado nacional y 21.0 dólares por ADS1 en el mercado internacional, por lo que el importe obtenido por el Gobierno Federal por la venta del 85.0% de las acciones, sin descontar comisiones y gastos fue de 10 mil 503.6 millones de pesos. La ASF afirma que el precio de las acciones estuvo tan subvalorado que todas se vendieron el mismo día en que se colocaron en los mercados de valores nacional e internacional, y no se dio el supuesto que dijeron los promotores de la venta, en el sentido de “que el precio real de la compañía sería determinado por los mercados”, lo que denotó que no se procuraron ni obtuvieron las mejores condiciones para el Estado, ya que al 31 de diciembre de 2005 el valor contable de cada acción era de 42.8 pesos, tomando como base los Estados Financieros dictaminados al 31 de diciembre de 2005. De lo anterior se concluye que las acciones se vendieron a 22.03 pesos (equivalente al 51.4% de su valor contable), por lo que el Erario Federal dejó de percibir 9 mil 905.6 millones de pesos, en el supuesto de que se hubieran vendido al valor contable de 42.8 pesos cada una. Al respecto, la entidad fiscalizadora emitió 3 acciones: una para que el Servicio de Administración

1 ADS: (American Depositary Share), es el título individual emitido bajo un certificado de ADR que se opera en el mercado. En este caso, un ADS es equivalente a 8 acciones, para el que se fijó precio de 18 US dólares, es decir, 24.85 pesos por acción. El ADR representa una cantidad específica de acciones o ADS’s .

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Tributaria audite a NAFIN; una solicitud de aclaración recuperación a la SCT por los 9 mil 905.6 millones arriba consignados; y una promoción de responsabilidad administrativa sancionatoria contra los servidores públicos que durante su gestión autorizaron la venta del paquete accionario del GAP a un precio subvaluado. Del análisis a la documentación soporte de los gastos y su registro contable, se observó que al estipularse en el contrato de fideicomiso 5118-4, que el producto de la venta de las acciones fuera entregado por NAFIN, una vez descontada la comisión de su participación y los gastos que le hubiere generado, tales conceptos no fueron registrados en el Presupuesto de Egresos, ni en la Cuenta Pública correspondiente. Asimismo, de la revisión de las balanzas de comprobación mensuales del propio fideicomiso correspondientes a 2006, se observó que los gastos con cargo al producto de la oferta pública por 200.8 millones de pesos no están registrados en la cuenta número 5108 “Honorarios del fideicomiso”. También se determinó que los agentes colocadores no emitieron una liquidación informando a NAFIN sobre los montos recaudados, el precio de la colocación, la cantidad de títulos y su valor en el mercado nacional e internacional. La SCT y NAFIN tampoco les solicitaron tal documento. La ASF observó que el OIC en la SCT no auditó ni supervisó las operaciones del proceso de desincorporación, no obstante que por oficio, el titular de la Unidad de Apoyo al Cambio Estructural informó al titular del OIC y al del Área de Auditoría de Control y Evaluación y Apoyo al Buen Gobierno, que entre los procesos que sería conveniente revisar, se incluye el que aquí nos ocupa. De igual manera, se determinó una diferencia no aclarada de 85.6 miles de pesos en el entero de derechos por el uso, explotación y aprovechamiento de los bienes concesionados en 2006 al Aeropuerto de Morelia, S. A. de C. V., integrante del GAP. De manera complementaria, en la revisión se verificó que el 25 de agosto de 1999 se formalizó la venta del 15.0% del capital social de GAP, mediante licitación. Se comprobó que el proceso se apegó a los Lineamientos Generales para la Apertura a la Inversión en el Sistema Aeroportuario Mexicano, y que el importe total pagado por el grupo ganador de la licitación fue de 2 mil 515.4 millones de pesos, integrado por 2 mil 453.4 millones de pesos correspondientes al importe consignado en la propuesta económica y por 62.0 millones de pesos de intereses, mismos que fueron enterados a la TESOFE.

⎯ Observaciones-acciones Promovidas. Se emitieron 8 observaciones, que generaron 14 acciones, de las cuales 3 son recomendaciones, 1 promoción de intervención de la Instancia de Control, 1 solicitud de aclaración-recuperación, 2 promociones del ejercicio de la facultad de comprobación fiscal y 7 promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria.

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⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación consideró que, en términos generales y respecto de la muestra fiscalizada, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes no cumplió con las disposiciones normativas, aplicables al registro y presentación en la Cuenta Pública 2006, de los resultados obtenidos en el proceso de desincorporación de la participación accionaria del Gobierno Federal en el capital social de Grupo Aeroportuario del Pacífico (GAP). Concluye que la ejecución de este proceso a través de un fideicomiso, no se realizó con transparencia, ya que incumplió el procedimiento establecido en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y su reglamento.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Las 14 acciones emitidas se orientan principalmente a promover la sanción de servidores públicos infractores; promover la correcta presentación de las declaraciones, solicitudes o avisos fiscales; propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación; asegurar la confiabilidad de los registros presupuestarios y contables; investigar y en su caso determinar las responsabilidades administrativas; desalentar la evasión fiscal; recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal y fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se presentaron comentarios del ente auditado.

4.19 AUDITORÍA 06-0-09100-04-443. SCT. “EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 6000 "OBRAS PÚBLICAS", PROYECTO FERROCARRIL SUBURBANO DE LA ZONA METROPOLITANA DEL VALLE DE MÉXICO, EN EL DISTRITO FEDERAL Y EN EL ESTADO DE MÉXICO”.

⎯ Objetivo. Verificar que el proyecto contó con el estudio de factibilidad técnica,

económica y ambiental; que las obras se planearon, programaron, presupuestaron, licitaron, contrataron y ejecutaron de conformidad con la normatividad vigente; que se aplicaron correctamente los precios unitarios autorizados; y que su funcionamiento y puesta en operación se realizó de acuerdo con lo previsto.

⎯ Características de la Revisión. La ASF realizó una auditoría de inversión física para evaluar el Proyecto Ferrocarril Suburbano de la Zona Metropolitana del Valle de México, en el Distrito Federal y Estado de México por la importancia de su participación en el gasto ejercido el cual fue de 365.1 millones de pesos. La revisión tuvo un universo fiscalizado de 365.1 millones de pesos y contó con una muestra auditada de 305.1 millones de pesos mismos que representan el 83.6% de total del universo seleccionado. Las áreas revisadas fueron las direcciones generales de Transporte Ferroviario y Multimodal y de Carreteras de la SCT y el Centro SCT Estado de México.

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⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. En el aspecto normativo, el proyecto contó con el estudio de factibilidad técnica, económica y ambiental; las obras se programaron, presupuestaron, contrataron, licitaron y ejecutaron de conformidad con la normatividad vigente. Sin embargo, no se cumplieron algunas condicionantes ambientales; uno de los dos accesos a un puente vehicular no se construyó porque no se obtuvieron oportunamente los derechos de propiedad; no se precisaron los trabajos por ejecutar en los términos de referencia de los contratos de servicios; se modificó sustancialmente el proyecto original de un puente vehicular, sin que se licitaran los trabajos conforme al nuevo proyecto; se detectaron algunas omisiones en las propuestas de las empresas ganadoras; se observaron deficiencias de calidad en los seis puentes vehiculares revisados; y no se inició en la fecha prevista el servicio de la primera etapa de 27 kms. que va de Buenavista a Cuautitlán, por atrasos en la conclusión de la infraestructura necesaria. La ASF detectó que la SCT, por conducto la Dirección General de Transporte Ferroviario y Multimodal (DGTFM), contrató empresas de servicios que no presentan informes completos y debidamente requisitados que acrediten el pago de sus estimaciones. Se observó que la estimación núm. 15 con periodo de ejecución del 1o. de junio al 13 de julio de 2006, no cuenta con el soporte del informe del módulo “C” que acredite la ejecución del concepto “Apoyo a la SCT en la coordinación de los trabajos realizados por el concesionario” para la autorización del pago de 872.3 miles de pesos. A pesar de que la entidad fiscalizada trató de subsanar la irregularidad argumentando que la entrega de la información depende de la resolución de un juicio de amparo, la ASF determinó que la observación subsiste. Se observó que la DGTFM realizó pagos en exceso por 427.6 miles de pesos en las estimaciones núms. 10 y 11; y por 391.6 miles de pesos en las estimaciones núms. 13 y 15, con periodos de ejecución del 1o. al 31 de enero, del 1o. al 28 de febrero, del 1o. al 30 de abril y del 1o. al 13 de julio de 2006, debido a que dichas estimaciones no cuentan con el soporte de los informes del módulo “D” que acrediten la ejecución del concepto “Coordinación de los trabajos y estudios necesarios”. Con base en este resultado la ASF formuló un pliego de observaciones ya que como resultado de la revisión se presume un probable daño al patrimonio de la Hacienda Pública Federal por el pago en exceso de 1.6 millones de pesos más los intereses generados desde la fecha de pago hasta la de su devolución, debido a que las estimaciones presentadas no cuentan con el soporte documental que acredite la ejecución de los trabajos. En cuanto al costo de las obras, el IVA y los descuentos contractuales se aplicaron correctamente y los anticipos otorgados se amortizaron en su totalidad; sin embargo, la profundidad de desplante de cuatro pilas en uno de los puentes vehiculares fue menor en 5 m. que la proyectada; en otro puente las dimensiones y el armado de las columnas intermedias resultan insuficientes para las

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solicitaciones de refuerzos; y se efectuaron pagos en exceso por 15.3 millones de pesos por falta de soporte documental, obra pagada no ejecutada, pago de volúmenes mayores de los del proyecto e incorrecta integración de precios unitarios extraordinarios, de los cuales 32.4 miles de pesos corresponden a recuperaciones operadas, con motivo de la intervención de la ASF.

⎯ Observaciones-acciones Promovidas. Se emitieron 39 observaciones que generaron 62 acciones, de las cuales corresponden: 39 a recomendación, 2 a promoción de intervención de la instancia de control, 6 a solicitud de aclaración-recuperación, 8 a pliego de observaciones y 7 a promoción de responsabilidad administrativa sancionatoria.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en

términos generales y respecto de la muestra señalada, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, por conducto de la Dirección General de Carreteras Federales, la Dirección General de Transporte Ferroviario y Multimodal y el Centro SCT Estado de México, cumplió las disposiciones normativas aplicables a la programación, presupuestación, licitación, contratación, ejecución, licitación y pago de las operaciones examinadas, excepto por las observaciones que se precisan en los resultados relevantes de la revisión.

⎯ Impacto de la Fiscalización. La ASF determinó una cuantificación monetaria de

las observaciones por 15.3 millones de pesos de pagos en exceso, de los cuales 32.4 miles de pesos son recuperaciones operadas y 15.3 millones de pesos se consideran como recuperaciones probables. Asimismo, el ente de fiscalización superior de la Federación emitió 62 acciones, orientadas principalmente a promover la sanción de servidores públicos infractores; propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación; investigar y en su caso determinar las responsabilidades administrativas; recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal y fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente

auditado.

4.20 AUDITORÍA 06-0-09100-04-467. SCT: “EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 6000 "OBRAS PÚBLICAS", REVISIÓN NORMATIVA DEL PROCESO DE LICITACIÓN DE CARRETERAS ALIMENTADORAS, EN EL ESTADO DE OAXACA”.

⎯ Objetivo. Comprobar que los contratos adjudicados de carreteras alimentadoras

en el estado de Oaxaca, se licitaron conforme a la legislación aplicable.

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⎯ Características de la Revisión. La ASF practicó una auditoría de inversión física, la cual fue seleccionada para atender la solicitud formulada por la Comisión de Comunicaciones de la Cámara de Diputados, mediante la cual se solicitó que se investigue la asignación de obras públicas que licitó la SCT por conducto del Centro SCT Oaxaca, para la construcción y modernización de carreteras y caminos rurales en dicha entidad federativa. Para llevar a cabo los trabajos de auditoría, se revisaron los 50 contratos de obras públicas para la construcción o modernización de carreteras alimentadoras formalizados por el Centro SCT Oaxaca en el ejercicio presupuestal de 2006. Se revisaron la Dirección General de Carreteras, la Unidad de Infraestructura Carretera para el Desarrollo Regional y el Centro SCT Oaxaca.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF encontró que el ente auditado no justificó los procedimientos de excepción a la licitación pública en tres contratos de obras públicas; no realizó la junta de aclaración de bases en un contrato; no verificó en 28 contratos de obras públicas, los efectos que sobre el medio ambiente pudo causar su ejecución; en seis contratos de obras públicas no presentó la documentación que compruebe que aplicó las penalizaciones por los trabajos que no se ejecutaron y que una vez concluido el plazo de terminación transcurrió un año sin considerar ninguna penalización de acuerdo con los programas de obra autorizados; efectuó pagos en exceso en cuatro contratos por obra pagada y no ejecutada y en consecuencia la omisión de gestión para recuperar 14.2 millones de pesos y ante la TESOFE para recuperar el monto de 12.8 millones de pesos más los intereses generados por el no reintegro de los anticipos no amortizados de las obras consideradas en proceso de rescisión en seis contratos de obras públicas. Asimismo, la Residencia General de Carreteras Alimentadoras no presentó la documentación que compruebe que informó de manera trimestral al Comité de Obras acerca de las inconformidades recibidas, ni del estado de los procedimientos de aplicación de garantías por el no reintegro de los remanentes de los anticipos no amortizados de las obras consideradas en proceso de rescisión por importes de 1.9 millones de pesos, 295.3 miles de pesos, 933.0 miles de pesos, 1.5 millones de pesos 488.5 miles de pesos, 4.2 millones de pesos y 4.1 millones de pesos respectivamente.

⎯ Acciones Promovidas. La ASF emitió 10 observaciones que generaron 16

acciones, de las cuales corresponden: 7 a recomendaciones, 1 a solicitud de aclaración de recuperación, 2 a pliego de observaciones, 4 a promoción de responsabilidad administrativa sancionatoria y 2 a denuncia de hechos.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto

de la muestra señalada, la SCT, por conducto de su Centro SCT Oaxaca, cumplió las disposiciones normativas aplicables a la licitación de los contratos, excepto por los resultados con observación que se precisan en los resultados relevantes de la revisión.

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⎯ Impacto de la Fiscalización. La ASF emitió 16 acciones, orientadas principalmente a promover la sanción de servidores públicos infractores; propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación; promover la sanción por la comisión de delitos; recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal y fortalecer los mecanismos de operación y control, promover la implantación de mejores prácticas gubernamentales. Se determinaron pagos en exceso por un monto de 27.0 millones de pesos debido a la omisión de gestiones para recuperar los sobrecostos que se generaron por obra pagada no ejecutada y ante la TESOFE para recuperar los remanentes de los anticipos no amortizados en los contratos rescindidos.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del ente

auditado.

4.21 AUDITORÍA 06-2-09J3A-07-460. API DE LÁZARO CÁRDENAS:

“EVALUACIÓN DEL PROYECTO CONSTRUCCIÓN DEL PUENTE SOBRE EL BRAZO DERECHO, PUENTE ALBATROS, EN EL PUERTO DE LÁZARO CARDENAS, MICHOACÁN”.

⎯ Objetivo. Evaluar el cumplimento de metas y objetivos del Proyecto

Construcción del Puente Sobre el Brazo Derecho, Puente Albatros, en el Puerto de Lázaro Cárdenas, Michoacán, Actividades Institucionales 008 y 012, Construir y Operar Infraestructura Marítima-Portuaria.

⎯ Características de la Revisión. La ASF practicó una auditoría de desempeño,

toda vez que en el Programa Sectorial de Comunicaciones y Transportes 2001-2006, Actividades Institucionales 008 y 012, Construir y Operar Infraestructura Marítima-Portuaria, se han considerado las mismas metas específicas en 2005 y 2006, relativas a la construcción de nueve obras y la atención de 635 embarcaciones. Se revisó una muestra de 38.9 millones de pesos que representa el 16.3% del universo seleccionado por 238.6 millones de pesos. La revisión se llevó a cabo en la Gerencia de Construcción de la Administración Portuaria Integral de Lázaro Cárdenas, S.A. de C.V.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF constató que las Actividades

Institucionales 008 y 012, Construir y Operar Infraestructura Marítima-Portuaria, relativas a la construcción de 9 obras y la atención de 635 embarcaciones, respectivamente, se cumplieron de manera satisfactoria. Se hace notar que no fue factible la ejecución de seis de las nueve obras programadas, debido a que el financiamiento para ello proviene de recursos propios, y estos fueron insuficientes como consecuencia del paro laboral en la Siderúrgica Lázaro Cárdenas por 141 días y del desfasamiento de la entrada en operación de la nueva Terminal de Contenedores. Esto requirió adecuaciones y la

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reprogramación de dichas obras para ejercicios subsecuentes, otorgando suficiencia presupuestal para la obra de construcción del Puente Albatros, considerada prioritaria. Se atendieron 643 embarcaciones, con lo que se superó en 1.3% la meta programada de 635 embarcaciones. Con la revisión de los contratos relativos a la construcción del “Puente Albatros”, supervisión, control de calidad y rehabilitación de tres plantas de tratamiento, y de asistencia y asesoría del proyecto en sitio, se determinó que no se llevaron a cabo trabajos de supervisión y control de calidad de manera continua, debido a que hubo períodos que no se incluyeron en los contratos respectivos. De los contratos relativos a la supervisión para la construcción del Puente Albatros y al control de calidad del mismo, así como a la rehabilitación de tres plantas de tratamiento, se constató que los contratistas entregaron las fianzas de garantía de manera extemporánea. En los contratos para la supervisión para la construcción del Puente Albatros, el control de calidad de la construcción del mismo y la rehabilitación de tres plantas de tratamiento, la ASF observó que no se indicaron en las cláusulas contractuales las penas convencionales por atraso en la ejecución de los trabajos por causas imputables al contratista; los términos en que el contratista, en su caso, reintegrará las cantidades que hubiere recibido en exceso por la contratación o durante la ejecución de los trabajos; el procedimiento de ajuste de costos; y las causales y procedimiento mediante los cuales la dependencia o entidad podrá dar por rescindido el contrato. Se determinó que no se elaboró el dictamen técnico que justifique la celebración del contrato para la supervisión de la construcción del Puente Albatros, y no se especificó la obligación del contratista de ampliar la garantía en los mismos términos a los establecidos para el contrato original.

⎯ Observaciones-acciones Promovidas. Se emitieron 7 observaciones que

generaron acciones, las cuales corresponden a 7 recomendaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto de la muestra fiscalizada, la Administración Portuaria Integral de Lázaro Cárdenas, S.A. de C.V. cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación, adjudicación, ejecución y cumplimiento de metas y objetivos de las operaciones examinadas, excepto por las observaciones determinadas.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Las 7 acciones promovidas por la ASF pretenden

propiciar el cabal cumplimiento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y de su Reglamento.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se reportaron comentarios.

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4.22 AUDITORÍA 06-2-09J3E-07-112. API DE VERACRUZ: “EVALUACIÓN DE LA OPERACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA MARÍTIMO-PORTUARIA”.

⎯ Objetivo. Evaluar la eficacia en el cumplimiento de los objetivos de la política

marítimo-portuaria, relativos a satisfacer la demanda, incrementar la seguridad, calidad y competitividad de los servicios; así como analizar la eficiencia respecto de las acciones de planear, ejecutar y supervisar la operación de la infraestructura portuaria; la economía en la aplicación de los recursos presupuestarios asignados; la satisfacción del ciudadano usuario, y la competencia de los operadores.

⎯ Características de la Revisión. La ASF realizó una auditoría de desempeño, toda vez que la infraestructura marítimo-portuaria es un elemento indispensable para el movimiento de carga y pasaje en el país. En 2006, a través de esta infraestructura se movilizaron 279.9 millones de toneladas, el 34.3% de la carga total del país. De ese total, las 15 Administraciones Portuarias Integrales Federales (API) participaron con 149.2 millones de toneladas, de las cuales la API de Veracruz manejó 18.6 millones de toneladas que representaron el 12.4%. La movilización de este tonelaje la convierte en el puerto multifuncional más importante de México al movilizar carga general, agrícola, mineral, fluidos, contenerizada, así como petróleo y sus derivados.

La muestra auditada fue de 789.7 millones de pesos, monto que representó el 100.0% de los recursos ejercidos por la API de Veracruz en 2006, destinados a la operación marítimo-portuaria. La revisión se llevó a cabo en las Gerencias de Administración y Finanzas; Planeación; Comercialización; Ingeniería; Operaciones; y Jurídica. También comprendió las Subgerencias de Desarrollo de Mercados; Construcción y Mantenimiento; y Técnica de Proyectos.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. El órgano Fiscalizador determinó que la

API de Veracruz estableció 15 indicadores para evaluar la operación de la infraestructura marítimo-portuaria, que se consideraron para la revisión. Sin embargo, no dispuso de información para medir la seguridad portuaria, la planeación, la supervisión operativa y la ejecución de los programas institucionales, por lo que en este aspecto no se ajustó a lo establecido en el apartado “Objetivo, metas e indicadores” del Manual de Programación y Presupuesto 2006.

Al evaluar la respuesta de la API de Veracruz a la demanda del servicio de carga, la ASF concluyó que la misma fue suficiente tanto en 2006 como en el periodo 2001-2006. Asimismo, que a partir de la concesión otorgada a la API de Veracruz, la carga movilizada se incrementó en 11.7 millones de toneladas de 1994 a 2006. Se verificó que la API de Veracruz no cumplió con lo establecido en el Programa Maestro de Desarrollo Portuario, toda vez que no se tuvieron evidencias documentales que permitieran verificar las acciones desarrolladas

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para cumplir con los objetivos de desarrollar parte de un corredor de cruceros turísticos en la zona del Golfo de México. Se determinó que el total de la capacidad utilizada en la API de Veracruz, por 18.6 millones de toneladas, fue inferior al parámetro de la capacidad teórica de 19.7 millones de toneladas para el año 2006. Asimismo, se observó que la capacidad utilizada en los muelles destinados a la operación de carga general y granel mineral rebasó el parámetro de la capacidad disponible. La entidad fiscalizada no contó con información sistemática sobre las causas que originaron los accidentes e incidentes en el recinto portuario, ni con el parámetro para determinar y evaluar la seguridad del mismo. Se determinó que en 2006 el tiempo real de estadía promedio de embarcaciones de carga en el puerto fue de 76.9 horas / buque, mayor en 10.9 horas / buque al parámetro establecido. Esto se reflejó en el indicador del tiempo de fondeo para atraque de embarcaciones, cuya principal causa ha sido la ocupación del muelle, ya que el número de barcos se ha incrementado consistentemente, al pasar de 397 a 503 entre 2001 y 2006, lo que provoca saturación de los equipos para la descarga. En el comparativo de movimiento de carga internacional, la API de Veracruz registró una variación negativa del 6.7% respecto del promedio, y se ubicó en la posición 15 de los 50 principales puertos evaluados de América Latina, al movilizar 18.6 millones de toneladas, inferior en 85.0 millones de toneladas al Puerto de Tubarao, en Brasil, líder en este indicador con 103.6 millones de toneladas operadas. El comparativo internacional de tarifas por el uso de la infraestructura, atraque y muellaje mostró que la API de Veracruz cobró un precio por estos servicios, inferior en 19.6% al promedio de tarifas de los 20 puertos internacionales evaluados. En cuanto al cumplimiento de los objetivos del Programa Maestro de Desarrollo Portuario, se constató que de los 19 objetivos planteados la API de Veracruz cumplió 11; se atendieron parcialmente 3 con un rango de cumplimiento de entre el 86.0% y 98.0%; y 5 no se pudieron evaluar. Respecto al Programa de Construcción, la entidad no realizó las obras de prolongación del muelle de contenedores. Del seguimiento al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el título de concesión, a cargo de la Dirección General de Puertos (DGP) de la SCT, la ASF concluyó que en el periodo 2001-2006, la API de Veracruz registró un total de 36 violaciones a lo establecido en su Título de Concesión. Se observó que la API de Veracruz, S. A. de C. V. no dispone de un sistema de registro y seguimiento para la atención de las quejas presentadas por los operadores y usuarios de los servicios marítimo-portuarios.

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⎯ Observaciones-acciones Promovidas. Se emitieron 18 observaciones que generaron 18 acciones, las cuales corresponden a recomendaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto de la muestra fiscalizada, la API de Veracruz, S.A. de C.V. cumplió con los objetivos de satisfacer la demanda de movimiento de carga, incrementar la seguridad y competitividad de los servicios, excepto porque no dispuso de parámetros para evaluar la calidad y productividad de los servicios portuarios, y no cumplió con los estándares relativos a reducir el tiempo de fondeo y estadía de las embarcaciones.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Las 18 acciones promovidas se orientan

principalmente a estimular la implantación y utilización de sistemas de medición del desempeño y fortalecer los mecanismos de operación en términos de eficacia, eficiencia y economía.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. La entidad fiscalizada estableció que constantemente se realizan estudios para establecer la Ruta del Golfo para Cruceros de pasajeros. En ellos se consideran los puertos de Dos Bocas y Progreso, para proporcionar a las embarcaciones una ruta rentable y atractiva. La API considera haber cumplido lo establecido en el artículo 41 de la Ley de Puertos, toda vez que mediante el Programa Operativo Anual se aplica lo correspondiente a cada uno de los años establecidos en el Programa Maestro de Desarrollo Portuario 2006 – 2015. Respecto de la publicación de los Estados Financieros, se aclara que no se omiten, pero su publicación solo puede realizarse hasta que son autorizados por el Consejo de Administración. Cumplido este requisito (los del ejercicio 2006) se publicaron el 22 de junio de 2007. Se sugiere realizar el análisis por tipo de embarcaciones y tipo de carga por año, ya que la composición del total de la carga presenta variaciones que es conveniente analizar por separado y dependiendo de su composición. Este parámetro, tomado en forma global, no proporciona elementos de medición.

4.23 AUDITORÍA 06-1-09JZL-07-397. AEROPUERTOS Y SERVICIOS

AUXILIARES (ASA): “EVALUACIÓN DE LAS ACTIVIDADES PRIORITARIAS RELACIONADAS CON EL INDICADOR “PASAJEROS ATENDIDOS”.

⎯ Objetivo. Verificar la eficiencia, eficacia, calidad y seguridad en el cumplimiento

de la meta del indicador de la entidad "Pasajeros Atendidos".

⎯ Características de la Revisión. La ASF practicó una auditoría de desempeño sobre las actividades prioritarias relacionadas con el indicador "Pasajeros Atendidos" y verificar la eficiencia, eficacia, calidad y seguridad en el

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cumplimiento de dichas actividades. El alcance de la auditoría fue la selección de actividades prioritarias con el indicador “pasajeros atendidos” mismo que no se cuantificó en unidades monetarias por el órgano de fiscalización superior. El área revisada fue la Red Aeroportuaria de Aeropuertos y Servicios Auxiliares.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF determinó que en 2006 el ente fiscalizado atendió a 24.7 millones de pasajeros, resultado que es mayor en 1% respecto a la meta programada, y en 2.5% sobre lo alcanzado en 2005. Asimismo, se realizaron 179 mil 615 operaciones aeroportuarias, 12.7% más que las 160 mil planeadas. El procedimiento usado para la determinación de la meta del indicador de pasajeros atendidos, se basa en la concentración de los manifiestos de salidas y llegadas de cada aeronave, los cuales contienen el número de pasajeros por operación. La ASF concluyó que existen deficiencias en la programación del indicador para detectar el universo de pasajeros atendidos y el de operaciones aeroportuarias realizadas. La cifra reportada en la Cuenta Pública Federal no significa que, efectivamente, se alcanzó la meta fijada para el ejercicio de 2006. De igual manera, señala que el indicador que nos ocupa no evalúa el desempeño del ente fiscalizado en función de su misión, además de que no existe relación alguna en la determinación del presupuesto para ejercer en el indicador con la meta a alcanzar, debido a que el ente fiscalizado no presta el servicio directo de pasajeros, ya que esto depende exclusivamente de las líneas aéreas. El ente fiscalizado no optimizó sus recursos, debido a que en el procedimiento para la planeación y cálculo de la meta, no cuenta con un mecanismo de revisión, control y autocorrección, aspectos que no permiten una mejora continua. Se constató que no existe evidencia documental de un sistema de medición y evaluación de la satisfacción del pasajero, previo o existente para el ejercicio fiscal 2006, por lo que no hay un trabajo de tipo estadístico que permita evaluar la estimación de la meta contra el resultado real. Se verificó que el ente fiscalizado presentó información de las metas y cálculo del indicador “Pasajeros Atendidos”, cuya estimación no resultó ser lo más cercana a la realidad, toda vez que no existe evidencia de que el método de proyección para determinar la tendencia haya sido evaluado previamente a su utilización, de tal forma que le permita medir su desempeño y calidad de los servicios que presta, así como establecer comparativos contra el ámbito internacional.

⎯ Observaciones-acciones Promovidas. Se emitieron 6 observaciones que

generaron 9 acciones, de las cuales 8 son recomendaciones al desempeño y 1 promoción de responsabilidad administrativa sancionatoria.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto

del indicador seleccionado, Aeropuertos y Servicios Auxiliares cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la eficiencia, eficacia, calidad y seguridad

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en el cumplimiento de la meta del indicador enunciado, excepto por los resultados con observación.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la ASF

emitió 9 acciones, orientadas principalmente a promover la sanción de servidores públicos infractores y estimular la implantación y utilización de sistemas de medición del desempeño.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente

auditado.

4.24 AUDITORÍA: 06-1-09JZL-04-389. ASA: “EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 6000 "OBRAS PÚBLICAS", PROYECTO CIMENTACIÓN PROFUNDA DE LOS EDIFICIOS: DEDO NORTE. DEDO SUR, EDIFICIO TERMINAL, PATIO HOTEL Y ESTACIONAMIENTO CUBIERTO DE LA NUEVA TERMINAL 2 DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO”.

⎯ Objetivo. Comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron,

presupuestaron, licitaron, contrataron y ejecutaron conforme a la legislación aplicable.

⎯ Características de la Revisión. La ASF practicó una auditoría de inversión

física, la cual se seleccionó por la importancia de su participación dentro del gasto ejercido por 238.6 millones de pesos que representa el 80.0% del monto de 298.0 millones de pesos reportado en la Cuenta Pública de 2006; para atender la solicitud de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, presentada en el comunicado número CVASF/LIX/294/2006 al titular de la Unidad de Evaluación y Control dependiente de esa Comisión, quien a su vez la remitió a la Auditoria Superior de la Federación con el diverso OTUEC/090/2006 del 15 de agosto de 2006. La muestra revisada fue de 68 conceptos de obra que representa el 80.0% del universo de 298.0 millones de pesos. El área revisada fue la Subdirección de Proyectos, Construcción y Conservación de Aeropuertos y Servicios Auxiliares.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF encontró que la entidad omitió verificar que la empresa TGC Geotecnia, S.A. de C.V., encargada de la elaboración de los estudios de mecánica de suelos, realizara 19 sondeos de exploración requeridos en las áreas que ocupan los Edificios Dedo Norte, Dedo Sur, Edificio Terminal y Estacionamiento cubierto, en lugar de los cinco efectuados sólo en los Edificios Terminal, Estacionamiento cubierto y Patio Hotel.

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Se determinó que la entidad fiscalizada no entregó la memoria de cálculo estructural completa debido a que no consideró temas relevantes como son las bases y ejemplos de diseño consistentes en la descripción general, de estructuración; bases de diseño con los parámetros principales del estudio, espectro de sitio y esfuerzos de los materiales; criterios de análisis; diseño estructural con ejemplos de diseño de elementos, tanto de la obtención de la geometría como la determinación de los armados; procedimientos constructivos; vigilancia del comportamiento de las cimentaciones; ingeniería de detalle y apéndice representando en planta para cada edificio, y los elementos mecánicos para diseñar las cimentaciones, en contravención de la normatividad aplicable. La entidad fiscalizada no verificó que se realizaran las nivelaciones de precisión durante la etapa de construcción para evaluar si los movimientos verticales tienden a estabilizarse entre los edificios de diferente tipo de cimentación profunda, ni justificó las separaciones de las juntas constructivas entre los diferentes inmuebles, en contravención del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal. Asimismo, con la revisión se determinó un probable daño o perjuicio al patrimonio de la Hacienda Pública Federal, por un monto de 22.9 millones de pesos, por los conceptos extraordinarios núms. FC-89, FC-90, FC-120 y FC-122, referentes al pago de servicios a la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, por modificación de instalaciones y subestaciones eléctricas, sin contar con la documentación que avale y soporte el pago correspondiente y por pagos por concepto de costos indirectos, financiamiento y utilidad que no debieron aplicarse, en contravención de la normatividad aplicable. Como resultado de la revisión se presume un probable daño al patrimonio de la Hacienda Pública Federal, por un monto de 4.5 millones de pesos por los conceptos extraordinarios núms. FC-281 "Pago único derivado de la existencia de equipo y personal inactivo, generado por la suspensión de los trabajos para cumplir con los estándares de seguridad del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México" y FC-220 "Movimientos internos de acero de refuerzo desde ubicación personal de almacenaje en obra hasta una distancia mayor de 500m ó donde se requiera para su habilitado", sin contar con la justificación técnica que avale fehacientemente su procedencia, en contravención de la normatividad aplicable.

⎯ Acciones Promovidas. La ASF emitió 6 observaciones que generaron

11 acciones, de las cuales corresponden a 6 recomendaciones, 3 a promoción de intervención de la instancia de control y 2 a pliego de observaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que en términos generales y respecto

de la muestra auditada, Aeropuertos y Servicios Auxiliares cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación, licitación, contratación y ejecución, de las operaciones examinadas, excepto por los resultados con observación que se precisan en el apartado correspondiente.

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⎯ Impacto de la Fiscalización. Se determinó un impacto económico de 27.6 millones de pesos, las acciones emitidas están orientadas principalmente a propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación; investigar y en su caso determinar las responsabilidades administrativas y recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se registraron comentarios del ente

auditado.

4.25 AUDITORÍA 06-1-09JZL-04-388. ASA: “EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 6000 "OBRAS PÚBLICAS", PROYECTO INTEGRAL A PRECIO ALZADO Y TIEMPO DETERMINADO DEL SISTEMA DE TRANSPORTE INTERTERMINALES AUTOMATED PEOPLE MOVER, QUE CONECTARÁ A LAS TERMINALES 1 Y 2 DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO”.

⎯ Objetivo. Comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron,

presupuestaron, licitaron, contrataron y ejecutaron conforme a la legislación aplicable.

⎯ Características de la Revisión. La ASF realizó una auditoría de inversión física,

como resultado de la recomendación registrada bajo la letra “A” comunicada por el entonces Presidente de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, mediante oficio número CVASF/LIX/294/2006, al Titular de la Unidad de Evaluación y Control dependiente de esa Comisión, quien a su vez la remitió a la Auditoria Superior de la Federación con el diverso OTUEC/090/2006 del 15 de agosto de 2006, así como en seguimiento del oficio CVASF/LX/178/2007 del 12 de febrero de 2007, suscrito por el Presidente de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación. Se seleccionó una muestra de 226 conceptos de obra por un monto de 621.8 millones de pesos que representan el 100.0% del monto ejercido en 2006, por ser susceptible de verificar y cuantificar tanto en planos como en campo. El área revisada fue la Coordinación de las Unidades de Negocios de Aeropuertos y Servicios Auxiliares.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Se verificó que la entidad no dio cabal cumplimiento a los procedimientos de evaluación y contratación y otorgó el fallo de la licitación pública a la propuesta conjunta presentada por las empresas Ingenieros Civiles Asociados, S.A. de C.V., Doppelmayr Cable Car Gmbh y Co, en incumplimiento de las bases de licitación. De la revisión se encontró que la residencia de obra de la entidad llevó un control deficiente de la bitácora de obra. Se presume un probable daño o perjuicio al

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patrimonio de la Hacienda Pública Federal, por un monto de 31.1 millones de pesos, en virtud de que no debieron pagarse actividades a la empresa con cargo en el contrato de revisión y en otro de precios unitarios, en incumplimiento de las bases de licitación. Por otro lado, la Auditoría determinó que la entidad pagó indebidamente al contratista 4.3 millones de pesos correspondiente al diseño, producción, almacenaje y traslado de vías del Automated People Mover (APM), todo esto debido a que el proyecto desarrollado por la contratista no fue debidamente revisado antes de su aprobación y pago, en contravención de la legislación existente. Se determinó otro probable daño o perjuicio al patrimonio de la Hacienda Pública Federal, por un monto de 6.3 millones de pesos, por exceso en el concepto de ajuste de precios, debido a que al existir el anticipo, la porción correspondiente al suministro de cobre, aluminio y acero no se encontró sujeta la aplicación de los lineamientos normativos aplicables. Se detectaron pagos en exceso por actividad sin soporte documental por un monto de 30.9 millones de pesos. Asimismo, la residencia de supervisión de la entidad autorizó el pago de 2.9 millones de pesos, por medio de la estimación de obra que incluye el concepto con clave C6B02830 “Prueba Funcional Estática”, no obstante que ésta se acompañó de documentación soporte elaborada en un idioma distinto del español, en incumplimiento de la normativa aplicable. Se observaron diferencias en la fechas de entrega de los trabajos de hasta 60 días después a la fecha de terminación pactada, sin existir evidencia documentada de la terminación; no obstante, se levantó el acta de entrega recepción cinco meses después del aviso de terminación de la contratista. Además, se observó que a la fecha de la revisión (diciembre de 2007) no se elaboró el finiquito, donde destacan el saldo del anticipo no amortizado por 8.8 millones de pesos, más el Impuesto al Valor Agregado. De igual forma, se determinaron inconsistencias por casi 30 millones de pesos entre las cifras reportas por el AICM y la fiduciaria en el rubro correspondiente a los recursos provenientes de TUA, toda vez, que según los informes financieros de la fiduciaria, se recibieron aproximadamente 1 mil 411 millones de pesos, en tanto que el AICM, en el apartado estado de resultados de los estados financieros dictaminados del ejercicio 2006, que revela en la partida de Cesión de derechos de cobro de TUA la cantidad de 1 mil 440 millones de pesos, lo anterior en infracción de lo dispuesto en las Normas de Información Financiera vigentes en el ejercicio fiscal de 2006, en lo referente al principio de Devengación Contable y lo previsto en el Boletín A-7.

Con la revisión se determinó que con base en las proyecciones de la entidad, la situación financiera del AICM podría sufrir un deterioro debido a que podría disminuir el monto del remanente que entrega el Fideicomiso T2 a AICM, que se traduciría en menores ingresos que podrían afectar el funcionamiento operativo del aeropuerto aunado a que en las citadas proyecciones no se contempló el

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costo que implica la administración del Fideicomiso T2, incluyendo las garantías obtenidas, que se estima que anualmente ascenderá en 50 millones de pesos. La ASF observó que la información de los estados financieros emitida por la fiduciaria presenta diferencias por 9.3 millones de pesos entre los registros correspondientes a la cuenta de resultados “Ingresos por TUA” y los correspondientes a los informes de recaudación del TUA, debido a que no se efectuaron los registros contables de ajustes o correcciones por concepto de devolución de recursos durante los meses de junio, agosto y octubre de 2006, en infracción de lo que señalan las Normas de Información Financiera 2006, en lo que dispone el Boletín A-7.

Se determinaron deficiencias en la planeación de los recursos que generaron costos adicionales no contemplados en la cuantificación presentada por NAFIN al AICM en razón de que no se incluyó el IVA sobre los gastos erogados en el Fideicomiso T2, ni las retenciones correspondientes al ISR sobre los intereses pagados a extranjeros, lo que ocasionó un incremento del 0.033% del financiamiento, equivalente a 4.4 millones de pesos, que serán pagados durante la vigencia del crédito (2016) de acuerdo con lo estimado por la tasa “all in”. El 26 de agosto de 2005, Nacional Financiera, S.N.C. (NAFIN), en su carácter de fiduciaria y garante, constituyó el Fideicomiso Irrevocable de Administración y Pago Núm. 80460 con el propósito de adquirir, del AICM, el derecho al cobro de la Tarifa de Uso de Aeropuerto (TUA). El fideicomiso se constituyó con carácter privado y se contrató un crédito sindicado de 400 millones de dólares para amortizar en 15 años, a una tasa fija de 5.62% anual, importe que fue incrementado con otro crédito por 108,500 miles de dólares para ser amortizado en 10.5 años, a una tasa fija de 6.17% anual. Los créditos se obtuvieron con tasas preferenciales debido a que se garantizó el pago de los mismos, con los ingresos futuros obtenidos por el cobro del TUA, y se pactó en caso de que no fuesen suficientes para cumplir las obligaciones trimestrales, serían cubiertos en la parte faltante por NAFIN con base en la garantía que se estableció conjuntamente con Banobras, que están contragarantizadas mediante un crédito simple, el cual se pagaría por parte del AICM y se podría reflejar en un incremento de la TUA autorizado por la SHCP. Como resultado del análisis de los antecedentes descritos, se observó que el fideicomiso se constituyó con recursos públicos y se le asignó un carácter privado. Se contrajo una deuda contingente sin las autorizaciones correspondientes en la cual se comprometió de acuerdo con sus proyecciones con el 43.0% del monto total de los ingresos futuros derivados de la TUA, que se incrementarán en función de los compromisos pactados en el financiamiento, que avaló NAFIN. Esto está provocando efectos negativos en la estabilidad financiera del AICM, acentuada con el atraso en la entrada en operación de la Terminal 2, ya que al cumplirse el primer pago por concepto de amortización de la deuda por

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12,127.0 miles de dólares en 2005 con la TUA disponible recaudado por el FISO, la SHCP determinó disminuir el importe de la contraprestación a fin de que el AICM no se viera afectado financieramente.

Lo anterior también ha afectado el crecimiento económico del país, ya que, siendo el aeropuerto uno de los detonadores económicos, no se ha admitido que los recursos de la TUA permitan que el AICM sea una entidad financieramente sana, que se modernice y amplíe su capacidad con recursos propios además de que a la fecha se observa que el pago de la cuota por uso de aeropuerto es una de las más altas del mundo, dado que no existe regulación alguna al respecto.

⎯ Observaciones-acciones Promovidas. Se emitieron 50 observaciones que

generaron 74 acciones, de las cuales generaron 50 recomendaciones, 3 promociones de intervención de la instancia de control, 1 solicitud de aclaración-recuperación, 5 pliegos de observaciones y 15 promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto de la muestra antes señalada, ASA cumplió razonablemente con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación, licitación, contratación, ejecución y pago de las operaciones examinadas, excepto por los resultados con observación que se precisan en el apartado correspondiente de este informe.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Se determinó un impacto económico de 78.3 millones de pesos y las acciones emitidas están orientadas principalmente a promover la elaboración, actualización o simplificación de la normativa; recuperar recursos económicos para la Hacienda Pública Federal y fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente

auditado.

4.26 AUDITORÍA 06-1-09J0U-04-287. CAPUFE: “EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 6000 "OBRAS PÚBLICAS", AUTOPISTA CUERNAVACA-ACAPULCO (AUTOPISTA DEL SOL), EN EL ESTADO DE GUERRERO”.

⎯ Objetivo. Comprobar que el proyecto contó con las autorizaciones de las áreas

correspondientes previo a su ejecución; que las obras se licitaron, contrataron y ejecutaron conforme a la legislación aplicable; que se aplicaron correctamente los precios unitarios autorizados; y que su funcionamiento y puesta en operación se realizó de acuerdo con lo previsto.

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⎯ Características de la Revisión. Se seleccionó una auditoría de inversiones físicas para atender la solicitud camaral núm. CVASF/LX/136/06 del 18 de diciembre de 2006, en la que se solicitó una auditoría al Fideicomiso de Apoyo para el Rescate de Autopistas Concesionadas (FARAC), con el fin de transparentar sus manejos financieros y garantizar la reparación, la reducción de costos y el mantenimiento permanente de la Autopista del Sol. Para la revisión se seleccionó una muestra de 357.5 millones de pesos correspondientes a 6 contratos de obras públicas y 4 de servicios relacionados con las mismas, por ser representativa del monto ejercido por 536.6 millones de pesos y por ser susceptibles de verificar y cuantificar tanto en planos como en campo. La revisión se llevó a cabo en Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos/Delegación Regional IV Zona Centro- Sur; la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, la Dirección General de Conservación de Carreteras y el Centro SCT Guerrero.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Se determinó que CAPUFE formalizó

los convenios de conciliación de los contratos de obras públicas núms.148-228/03MF209-6108 y 161-226/03MF209-6108 sin contar con la autorización de los recursos disponibles y suficientes para el pago de los importes de 60.6 y 39.7 millones de pesos estipulados en dichos convenios, ya que los pagos no se realizaron sino hasta noviembre de 2006 con recursos propios de CAPUFE. La entidad revisada y la contratista celebraron dichos contratos ante el argumento de tratarse de casos fortuitos o de fuerza mayor.

La ASF consideró indebida la celebración de dichos convenios, toda vez que, por su tipo, no están previstos en la ley en la materia ni se justifican los casos fortuitos invocados, además de que la forma de pago resultó improcedente. De igual manera, se determinó un probable daño o perjuicio al patrimonio de CAPUFE por 60.6 millones de pesos y 39.7 millones de pesos, respectivamente, montos que se determinaron en el convenio de conciliación del 11 de octubre de 2005, por concepto de gastos no recuperables por mayor permanencia en la obra, debido a que la entidad fiscalizada no cuenta con la documentación que soporte dicho pago. Se determinó con la revisión del contrato de obra pública núm. 4500003420 que CAPUFE y la contratista celebraron el convenio modificatorio núm. 5500002196 el 11 de septiembre de 2006 para diferir en 244 días la ejecución de los trabajos; de ellos, 28 días corresponden a la falta del proyecto topográfico y de información del banco de nivel; y 216 días a que la contratista no pudo disponer de la pavimentadora marca Vöguele que consideró en su propuesta. Sobre el particular, la ASF determinó improcedente la autorización de los 216 días, en virtud de que es responsabilidad de la contratista contar a tiempo con la maquinaria y equipo necesarios para la ejecución de los trabajos, por lo que al haber formalizado la modificación del plazo la entidad infringió la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

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Se determinó un probable daño o perjuicio al patrimonio de CAPUFE por 2.1 millones de pesos, debido a que en la integración del precio unitario de concurso "Recuperación y estabilización del material existente con cemento Pórtland en un espesor de 25 cm por unidad de obra terminada", la contratista consideró dos recuperadoras de pavimento RM-350B con un rendimiento de 60 m3/h cada una; no obstante que, de acuerdo con el periodo de ejecución propuesto y el volumen de concurso por realizar, se determinó que era necesario utilizar e integrar al precio unitario sólo una de ellas. De la inspección física realizada a las obras objeto de los contratos núms. 4500003710 y 4500003420 se observó que en algunos tramos las vialetas y el sello del acotamiento se desprendieron del pavimento, lo cual denota que la residencia de obra y la supervisión externa no realizaron las funciones a su cargo. Con respecto al primer contrato, la entidad fiscalizada efectuó pagos en exceso por un monto de 389.8 miles de pesos, debido a que no se descontaron los volúmenes que ocupan las obras de drenaje en la estructura del pavimento, por lo que la residencia de obra y la supervisión externa no realizaron las funciones a su cargo.

Se determinó un pago en exceso de 85.7 miles de pesos; y uno por 120.0 miles de pesos, por concepto de la integración incorrecta del precio extraordinario, con relación a las capas rompedoras de capilaridad, más lo correspondiente por concepto de ajuste de costos y los intereses generados. De igual forma, se determinó un probable daño o perjuicio al patrimonio de CAPUFE por 265.7 miles de pesos, debido a que el Residente de Obra del Centro SCT Guerrero y la supervisión contratada realizaron un pago en exceso por diferencias entre los volúmenes de obra cuantificados en planos y los pagados; asimismo, se determinó un probable daño o por 944.2 miles de pesos, debido a que el Residente de Obra del Centro SCT Guerrero y la supervisión contratada efectuaron un pago en exceso, en virtud de que no se cumplió el alcance del precio unitario en el concepto núm. 13 "Concreto hidráulico de f'c=250 kg/cm2 en caballetes"; a que en la integración del precio unitario la contratista consideró insumos que no se emplearon en el concepto núm. 14 "Excavación en pilas con equipo de perforación y aditamentos, con un diámetro de 1.5 m y hasta una profundidad de 40 m P.U.O.T."; y a diferencias entre los volúmenes cuantificados en planos y los pagados en estimaciones en el concepto núm. 50 "Zampeado de la parte baja del viaducto con piedra braza".

⎯ Observaciones-acciones Promovidas. Se emitieron 30 observaciones que

generaron 43 acciones, de las cuales corresponden 26 a recomendación, 7 a solicitud de aclaración-recuperación, 5 a pliego de observaciones y 5 a promoción de responsabilidad administrativa sancionatoria.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que el Centro SCT Guerrero cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la licitación, contratación, ejecución

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y pago de las operaciones examinadas, excepto por los resultados con observación que se precisan en los resultados relevantes de la revisión. CAPUFE, por conducto de su Delegación Regional IV Zona Centro-Sur, incumplió las disposiciones normativas aplicables a la licitación, ejecución y control de los contratos y pago de las operaciones examinadas, como se precisa en los resultados con observación, donde destacan los siguientes: se licitaron y contrataron los trabajos con proyectos ejecutivos insuficientes; en tres contratos los trabajos se ejecutaron sin contar con los programas de obra autorizados; dos convenios de conciliación se formalizaron y sustentaron en dictámenes técnicos-jurídicos sin que se recabara y obtuviera la firma del residente de obra, no existe evidencia de que la información y documentación del reclamo fue revisada y evaluada por el residente obra para que emitiera los dictámenes técnicos que fundaran y motivaran la formalización de esos convenios, entre otros.

⎯ Impacto de la Fiscalización. La ASF emitió 43 acciones orientadas

principalmente a promover la sanción de servidores públicos infractores; propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación; recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal y fortalecer los mecanismos de operación y control. Asimismo, se determinó una cuantificación monetaria de las observaciones de 104.6 millones de pesos.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente auditado.

4.27 AUDITORÍA 06-1-09J0U-09-959. CAPUFE: “EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LA AUTOPISTA CUERNAVACA-ACAPULCO (AUTOPISTA DEL SOL), EN LOS ESTADOS DE MORELOS Y GUERRERO”.

⎯ Objetivo. Requerir en la modalidad de "Situación Excepcional" que Caminos y

Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos revise las operaciones de contratación efectuadas con la empresa GUTSA Infraestructura, S.A. de C.V. para el mantenimiento de la Autopista del Sol; y que informe del resultado de sus actuaciones, así como de las sanciones que, en su caso, se hubieran impuesto o a que se hubiesen hecho acreedores los servidores públicos que intervinieron en dichas operaciones.

⎯ Características de la Revisión. Se determinó realizar una auditoría de situación

excepcional, con el objeto de atender la solicitud de la Comisión de Vigilancia de la ASF, en el sentido de que se revisen los contratos de las obras de mantenimiento de la Autopista del Sol que la entidad fiscalizada celebró con la empresa GUTSA Infraestructura, S.A. de C.V., debido a que pudieron haber

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ocasionado daños y perjuicios al Estado en su Hacienda Pública Federal. Así como a los escritos de fechas 28 de junio y 2 de julio de 2007, mediante los cuales Diputados Federales de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión solicitaron a la ASF su intervención conforme a que, entre otros hechos, “…existe un pago en exceso por catorce millones de pesos, además de que se rebasó en más de mil doscientos días el plazo para entregar las obras de mantenimiento adjudicadas a la empresa GUTSA Infraestructura, S.A. de C.V.”; se revisó la Dirección General de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Dentro del plazo de 75 días que se

establece en la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, el 4 de diciembre de 2007 CAPUFE presentó a la ASF el Informe del Resultado de Situaciones Excepcionales acompañado de 17 anexos. La ASF concluye que en el informe presentado por CAPUFE se cumplió parcialmente, ya que la entidad emitió resolución definitiva en la que se dictó sanción de un año de inhabilitación para desempeñar empleos cargos o comisiones en el servicio público a diversos ex servidores públicos, encontrándose en proceso de resolución definitiva diversos juicios promovidos por la contratista derivados de la rescisión de contratos. La ASF informa que servidores públicos de ese organismo descentralizado celebraron convenios de conciliación con la contratista, sin facultades para ello, reconociendo pagos a la empresa GUTSA, en los que se establecía el pago de 60.6 millones de pesos y 39.7 millones de pesos, siendo omisa la entidad revisada respecto del probable pago en exceso por 14 millones de pesos correspondiente al ejercicio fiscal 2007.

Finalmente, la entidad revisada (CAPUFE) fue omisa respecto del informe sobre si en la ejecución de la obra se rebasó en más de 1,200 días el plazo para entregar las obras de mantenimiento.

⎯ Acciones Promovidas. No se promovió acción alguna. ⎯ Dictamen de la ASF. La ASF, en cumplimiento de sus atribuciones, y en

seguimiento del asunto de referencia practicará una auditoría a las operaciones que CAPUFE reporte al respecto en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2007.

⎯ Impacto de la Fiscalización. No se registró impacto alguno. ⎯ Comentarios de la Entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente

auditado.

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4.28 AUDITORÍA 06-0-09D00-07-406. COFETEL: “EVALUACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA ADMINISTRACIÓN, CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LAS CONCESIONES OTORGADAS SOBRE BANDAS DE FRECUENCIAS DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO PARA USOS DETERMINADOS”.

⎯ Objetivo. Evaluar el desempeño en materia de administración, control y

seguimiento de las concesiones otorgadas sobre bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico para usos determinados, en términos de la congruencia de los objetivos establecidos en sus documentos normativos, así como el cumplimiento de los mismos y la eficacia, eficiencia y economía de estas operaciones.

⎯ Características de la Revisión. La ASF realizó una auditoría de desempeño debido a la importancia que implica conocer los procedimientos establecidos para verificar que las concesiones sobre bandas de frecuencia del espectro radioeléctrico para usos determinados son otorgados y administradas conforme a la normatividad vigente. La revisión tuvo un universo seleccionado de 296.2 millones de pesos y contó con una muestra auditada de 265.9 millones de pesos. Las áreas revisadas fueron las unidades de Prospectiva y Regulación (UPR), de Servicios a la Industria (USI), de Supervisión y Verificación (USV), de Sistemas de Radio y Televisión (USRT); las coordinaciones generales de Administración (CGA), y de Organización Tecnologías de la Información (CGOTI); y algunas otras direcciones generales adscritas a la Comisión Federal de Telecomunicaciones (COFETEL).

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Con la revisión de las “Solicitudes de Numeración Geográfica”, se determinó que de acuerdo con el “Avance Físico de Metas 2006” de la COFETEL, la meta programada en el 2006 fue atender 11 mil 847 solicitudes y otorgar igual número de asignaciones de numeración geográfica; sin embargo, sólo se alcanzó el 46.6%, equivalente a 5 mil 524 asignaciones. Al comparar la relación de asignación de numeración geográfica del 2006 de 5 mil 601 asignaciones, contra lo reportado en el “Avance Físico de Metas 2006” de la COFETEL de 5 mil 524, se determinó una diferencia de 77 asignaciones, al respecto se explicó que se originó por el corte anual de cifras, ya que éste se realizó antes de terminar diciembre de 2006. Por otro lado, las asignaciones de numeración geográfica están directamente relacionadas con la expansión de la infraestructura de los concesionarios de los servicios de telefonía local fija y móvil y de sus programas de inversión, así como al crecimiento de la demanda de los usuarios de dichos servicios. La COFETEL no cuenta con mecanismos de control que permitan programar las metas y objetivos alcanzables, relacionados con el fortalecimiento de indicadores de gestión de los Registros de Telecomunicaciones y el fortalecimiento de indicadores de gestión de las constancias de peritos a fin de que sean reportadas

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cifras reales y alcanzables en la Cuenta Pública del año correspondiente. Se constató que la COFETEL tuvo registrados ante la COFEMER 66 trámites y servicios que atendió a través de solicitudes, las cuales no fueron consideradas para la integración del indicador “Índice de Atención de Solicitudes Sustantivas en Materia de Telecomunicaciones”, reportado en el Presupuesto de Egresos de la Federación y la Cuenta Pública 2006, lo que impidió programar las metas y objetivos alcanzables, el fortalecimiento del indicador de gestión "Índice de Atención de Solicitudes Sustantivas en Materia de Telecomunicaciones", a efecto de que se considere en este indicador la totalidad de solicitudes. Para realizar el monitoreo de las frecuencias en México, la SCT adquirió en 1992 la Red Nacional de Radiomonitoreo (RENAR), la cual no ha sido asignada formalmente a la COFETEL. Asimismo, se constató que la RENAR está conformada, en el ámbito nacional, por 53 estaciones fijas; un centro de control; 11 unidades móviles; equipo portátil diverso; ocho camiones de monitoreo especial, así como por un sistema de medición de calidad del servicio de las redes móviles (telefonía celular) que es propiedad de la COFETEL. La entidad fiscalizada informó que la RENAR fue adquirida para realizar mediciones a sistemas con tecnología analógica y no digital, en rangos que resultan limitados. Cabe mencionar que se realizó un diagnóstico en donde se recomendó la adquisición de una nueva red, ya que ésta es obsoleta. Por otro lado, la COFETEL no cuenta con un sistema de indicadores requerido para evaluar su desempeño, no obstante que la ASF en la auditoría de desempeño de la Cuenta Pública 2002, le recomendó diversos indicadores (de tipo estratégico y de gestión) para complementar la evaluación del cumplimiento del programa sujeto de revisión, los cuales a la fecha de la revisión (noviembre de 2006) no han sido instrumentados.

⎯ Observaciones-acciones Promovidas. Se emitieron 26 observaciones que

generaron 31 acciones, de las cuales corresponden: 23 a recomendación y 8 a promoción de intervención de la instancia de control.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto

de la muestra antes señalada, la COFETEL no cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, evaluación y ejecución de su programa de trabajo de las operaciones examinadas, como se precisa en resultados con observación.

⎯ Impacto de la Fiscalización. La ASF emitió 31 acciones, orientadas

principalmente a investigar y en su caso determinar las responsabilidades administrativas y fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente auditado.

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SECTOR ECONOMÍA

4.29 AUDITORÍA 06-0-10100-07-565. SECRETARÍA DE ECONOMÍA: “GESTIÓN FINANCIERA Y DESEMPEÑO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO EMPRESARIAL”.

⎯ Objetivo. Fiscalizar la gestión financiera para comprobar el desempeño del

Programa de Desarrollo Empresarial en el cumplimiento de sus metas y objetivos, comprobar su vinculación con los resultados alcanzados en su operación, así como su ejercicio presupuestal autorizado y reportado en la Cuenta Pública, de conformidad con la normativa aplicable.

⎯ Características de la Revisión. La ASF practicó una revisión de desempeño

que fue seleccionada para analizar la estructura programático-presupuestal del Programa de Desarrollo Empresarial (PDE) y para dar cumplimiento a la solicitud de la Comisión de Vigilancia de la H. Cámara de Diputados del 13 de noviembre de 2007, en el cual solicitó a la ASF llevar a cabo una auditoría al Fondo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fondo PYME). La muestra auditada fue de 6 mil 491.2 millones de pesos, de un universo seleccionado de 6 mil 834.7 millones de pesos. Se revisó la Subsecretaría para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF encontró que de la

comparación de los objetivos y estrategias del PDE 2001-2006, se observó que no existe vinculación directa de dichos objetivos y estrategias con las metas fijadas que se debían cumplir al término del periodo. El PDE que no se publicó en el Diario Oficial de la Federación, define un sistema de evaluación para los programas de apoyo empresarial que lo conforman, sin embargo, la SE no estableció indicadores para la medición y evaluación del cumplimiento de dicho programa.

Adicionalmente, el ente fiscalizado no aclaró el por qué 23 de los organismos intermedios recibió el 86.8% de los recursos destinados al financiamiento de pequeñas y medianas empresas; tampoco informó por qué no se lograron los resultados esperados para fortalecer al Sector Pequeña y Mediana Empresa (PYME) en México a través del PDE, ya que no se presentaron avances significativos en materia de competitividad, acceso al financiamiento, facilidades para abrir una empresa, acceso a la tecnología, capacitación de la fuerza laboral, ni en la reducción de la tasa de mortandad de las PYMES. La ASF encontró además que el PDE no garantizó el desarrollo y consolidación de empresas competitivas; asimismo no se coordinaron acciones ni se evaluaron resultados de los recursos asignados del fondo PYME, ya que su ejecución no contribuyó al cumplimiento del objetivo rector del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 (PND) que es el de "Aumentar y Extender la Competitividad del País".

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Además el ente fiscalizado no aclaró ni proporcionó la documentación justificativa y comprobatoria de 20.0 millones de pesos, por concepto de recursos federales del Fondo PYME no ejercidos, ni reintegrados, otorgados por la SE al organismo intermedio Red Fosin, A. C., ya que se identificó que el organismo intermedio en el año 2006 no sustentó, mediante documentación comprobatoria, el avance de la construcción del "Centro de Convenciones y Exposiciones de Mazatlán". El ente fiscalizado tampoco proporcionó documentación justificativa y comprobatoria por 300.8 millones de pesos por concepto de recursos federales del Fondo PYME no ejercidos, ni reintegrados, otorgados por la SE al organismo intermedio "Sistema de Financiamiento para el Desarrollo del Estado de San Luis Potosí", ya que se identificó que el organismo intermedio en el año 2006, no sustentó en documentación comprobatoria la aplicación de los recursos otorgados al proyecto "Desarrollo del Nuevo Complejo Automotriz (GREENFIELD)", por lo que fue la principal beneficiaria la empresa General Motors de México, S. de R. L. de C. V. Se encontró adicionalmente, que el ente fiscalizado no justificó el pago realizado por encima de la autorización hecha tanto a la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados, como a la Comisión Nacional de Filmaciones México, A. C., en ambos casos duplicó el pago del monto autorizado, no justificando un monto de 448.0 miles de pesos y 500.0 miles de pesos respectivamente.

⎯ Observaciones-acciones Promovidas. Se emitieron 9 observaciones que

generaron 20 acciones que correspondieron a 2 recomendaciones, 5 promociones de intervención de la instancia de control, 3 solicitudes de aclaración-recuperación, 4 recomendaciones al desempeño y 6 promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que en términos generales y respecto de

la muestra auditada, el Programa de Desarrollo Empresarial no contribuyó al cumplimiento del objetivo rector del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006: "Aumentar y Extender la Competitividad del País", ya que México perdió en esta materia, 16 lugares al pasar de la posición número 42 en el 2001 al 58 en el 2006 según el Reporte Global de Competitividad del Foro Económico Mundial y debido a las demás observaciones señaladas anteriormente.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la ASF

emitió 20 acciones de las cuales 6 fueron para contribuir al establecimiento de sistemas de evaluación al desempeño, 3 para arraigar la cultura de la rendición de cuentas, 8 para propiciar la eficiencia y eficacia de la acción pública, 2 para inducir la preservación del patrimonio de la nación y 1 para fortalecer los mecanismos de fiscalización en la gestión pública. La cuantificación monetaria de las observaciones asciende a 321.2 millones de pesos.

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⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente auditado.

4.30 AUDITORÍA 06-0-10100-06-722. SECRETARÍA DE ECONOMÍA (SE): “EVALUACIÓN DEL PROCESO UTILIZADO PARA LA AUTORIZACIÓN DE IMPORTACIÓN DEL CUPO DEL MAÍZ”.

⎯ Objetivo. Comprobar que el proceso utilizado por la Secretaría de Economía

para la importación del cupo de maíz2 se ajustó a las disposiciones legales y normativas. Características de la Revisión. Se realizó una auditoría especial que fue seleccionada por la importancia que representa la importación de maíz para la economía nacional, y para el abasto suficiente y oportuno de ese producto básico a la población y a las empresas establecidas en el país, que lo utilizan como insumo en sus procesos productivos. La muestra auditada comprendió la revisión de la documentación integrada en 112 expedientes del proceso de asignación de cupos de maíz que amparan 8.9 millones de toneladas (t) de maíz de un total de 10.5 millones de toneladas, asignadas mediante dos instrumentos. El primero es un Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos mínimos para importar en el periodo 2004-2007 dentro del arancel-cuota establecido en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, maíz excepto para siembra, originario de los Estados Unidos de América o de Canadá. El segundo es otro Acuerdo por el que se da a conocer la cuota adicional para importar maíz amarillo, excepto para siembra, originario de los Estados Unidos de América en el año 2006. Para la realización de esta auditoría, se revisó la Dirección General de Comercio Exterior de la SE.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. Como resultado de la práctica de esta

auditoría, se encontró que de la revisión del procesos de asignación de los 57 cupos de importación de maíz otorgados al amparo del “Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos mínimos para importar en el periodo 2004-2007 dentro del arancel-cuota establecido en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, maíz excepto para siembra, originario de los Estados Unidos de América o de Canadá”, se comprobó que en todos los casos se encontró el oficio de asignación de cupo de importación con el cual se le dio respuesta a los interesados, en 9 casos se notificó dentro del plazo de 7 días hábiles, en 5 casos el oficio de asignación se notificó hasta con 100 días hábiles de atraso, y en 2 más se notificó hasta con 38 días, siendo que la normativa establece como plazo

C Cupo, en el ámbito de comercio exterior, es el monto de una mercancía que puede ser importada o exportada en condiciones especiales al resto de las importaciones o exportaciones de la misma mercancía que excedan ese límite. El cupo ha sido utilizado en los tratados comerciales internacionales como un mecanismo para preferenciar las corrientes comerciales de mercancías del interés de las partes que celebran el tratado.

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máximo de respuesta, a partir de la fecha de solicitud, 7 días hábiles. En los 41 casos restantes no se encontró evidencia del acuse de recibo del oficio de asignación de cupo de importación. De igual forma, en la revisión del proceso de asignación de los 89 cupos de importación de maíz al amparo del “Acuerdo por el que se da a conocer la cuota adicional para importar maíz amarillo, excepto para siembra, originario de los Estados Unidos de América en el año 2006”, se comprobó que en 4 casos se notificaron los oficios de asignación en el plazo de 7 días hábiles, pero en 74 casos, el oficio de asignación de cupo de importación se notificó hasta con 28 días hábiles de atraso, siendo que el plazo máximo de respuesta a partir de la fecha de solicitud debe ser de 7 días hábiles, según el lineamiento aplicable. Adicionalmente, el órgano de fiscalización superior de la Federación, efectuó un estudio conceptual sobre la evolución de la producción e importaciones del maíz en México, en el que se consideraron los tratados internacionales; la producción oferta-demanda; la importación del maíz a la luz de fuentes oficiales de mediano plazo como el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 y 2007-20012; los Informes Presidenciales; los programas de trabajo e informes de resultados de la SAGARPA y SE, los foros de discusión realizados en el Congreso de la Unión y una evaluación hecha por la FAO. Dicho estudio no derivó en observación alguna por parte de la ASF; sin embargo se destaca lo siguiente: Se menciona que los cupos se establecieron como un mecanismo de transición hacia el libre comercio, con objeto de garantizar el abasto humano y pecuario, que los productores nacionales contarán con un periodo de transición para adaptar sus procesos e incrementar su eficiencia, e impulsar el dinamismo del sector agroindustrial; y, sin embargo, la producción se había mantenido en niveles inferiores a la demanda, por efecto de la apertura comercial y por deficiencias estructurales internas como la falta de acceso al crédito, la limitada infraestructura de riego para elevar los rendimientos, la concentración del mercado en pocas empresas privadas, la escasa investigación científica y los limitados subsidios que otorga el Gobierno Federal, comparado con lo que se otorgan a los productores de otros países europeos y Estados Unidos de Norteamérica. También la ASF menciona a manera de síntesis que lo acontecido con el binomio maíz-tortilla representa una advertencia respecto del riesgo que se enfrenta en materia alimentaria, el haber permitido un rezago acrecentado de la producción interna de cultivos básicos, además de abrir el camino al control de la importación y comercialización de los granos a un reducido número de empresas, en su mayoría transnacionales. Del análisis de las diferentes fuentes, la ASF deduce que ha sido coincidente la apreciación de que con la entrada del TLCAN los productores de maíz de pronto

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se vieron sin subsidios, sin precios de garantía, sin asistencia técnica y enfrentados a competir con una agricultura más eficiente como es la de Estados Unidos de Norteamérica y de Canadá. En resumen, la ASF concluye que entre los problemas fundamentales que presenta el sector agrícola mexicano, incluido el maíz, y que precisan atención inmediata se encuentra la falta de subsidios y apoyos financieros con capital barato; falta de tecnificación y mecanización moderna y eficiente; falta de insumos con semilla mejorada; falta de organización colectiva para la producción; políticas económicas inadecuadas; la importación anual de maíz en los últimos años se ha ido incrementando, la cual procede principalmente de los Estados Unidos de Norteamérica, y se han superado los cupos de importación establecidos en el marco del TLCAN.

⎯ Observaciones-acciones Promovidas. Se emitieron 7 observaciones que generaron 7 acciones que correspondieron a 7 recomendaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que en términos generales, y respecto

de la muestra señalada, la SE cumplió con las disposiciones normativas aplicables al proceso de asignación de cupos de maíz, excepto por los resultados con observación.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la ASF

emitió 7 acciones para promover la elaboración, actualización o simplificación de la normativa y fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente auditado.

4.31 AUDITORÍA 06-0-10B00-07-116. COFEMER: “EVALUACIÓN DEL PROGRAMA DE MEJORA REGULATORIA”.

⎯ Objetivo. Fiscalizar la gestión financiera para comprobar la eficacia, eficiencia y

economía en el cumplimiento de los objetivos del Programa de Mejora Regulatoria en términos de profundizar en el proceso de mejora regulatoria, asegurar la calidad de las regulaciones, fomentar una cultura de mejora regulatoria en los tres órdenes de gobierno, así como propiciar el uso extensivo de mejores prácticas regulatorias; revisar la calidad de los servicios; la competencia de los operadores, y la percepción de los beneficiarios del programa.

⎯ Características de la Revisión. La ASF efectuó una revisión de desempeño

para evaluar la eficiencia, eficacia y economía de los objetivos del Programa de

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Mejora Regulatoria. La muestra auditada fue de 50.9 millones de pesos, que representó el 100% de la COFEMER en sus actividades institucionales 001 “Mejorar el marco regulatorio y reducir la carga administrativa que afecta a las empresas y a los ciudadanos” y 002 “Servicios de apoyo administrativo”; que comprende la revisión de los Programas Bienales de Mejora Regulatoria (PBMR); la actualización del Registro Federal de Trámites y Servicios (RFTS); la evaluación de anteproyectos de disposiciones normativas y la firma de convenios con los estados y municipios. Las áreas revisadas fueron las Coordinaciones Generales de Mejora Regulatoria Sectorial; de Mejora Regulatoria de Servicios y de Asuntos Jurídicos; de Mejora Regulatoria Institucional; de Manifestaciones de Impacto Regulatorio; de Proyectos Especiales; las Coordinaciones de Estados y Municipios, así como la Ejecutiva; y la Dirección de Administración de la COFEMER.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La evaluación hecha por la ASF

evidenció los resultados obtenidos en el cumplimiento de los objetivos del Programa de Mejora Regulatoria, relativos a profundizar en el proceso de mejora regulatoria, que comprende la revisión y diagnóstico del marco regulatorio nacional; la inscripción, modificación y eliminación de los trámites; asegurar la calidad de las regulaciones; fomentar la mejora regulatoria en los tres órdenes de gobierno; y propiciar el uso extensivo de mejores prácticas regulatorias. Conforme a lo anterior, el ente fiscalizado no presentó indicadores que le permitieran medir el cumplimiento de los objetivos estratégicos, la eficiencia operativa, la calidad del servicio y la competencia de los operadores, por lo que en estos casos no se atendió cabalmente lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 y en el Manual de Programación y Presupuesto para el ejercicio fiscal 2006. Adicionalmente, no contó con la información del total de disposiciones legislativas y administrativas que integran el marco regulatorio nacional 2006, lo que limitó evaluar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 69-E, fracción I, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, al no tener plenamente identificado el universal de ordenamientos que deben cumplir los particulares, las empresas y el gobierno. Se determinó que en el periodo de 2003 a 2006, las dependencias y entidades emitieron 556 nuevas disposiciones, se modificaron 334 y eliminaron 31, por lo que el total aumentó en 525 disposiciones. La COFEMER no dispuso de un plan de acción para reordenar y depurar el marco regulatorio nacional. De los 3,244 trámites registrados al 2006, se revisó una muestra de 1,171 para determinar la frecuencia de uso. Se constató que 575 trámites, que representaron el 49.1%, no fueron utilizados; el 41.1% se aplicaron entre una y 1,000 veces; y el 9.8% más de mil veces en promedio mensual.

También se encontró que la entidad fiscalizada no consideró el monto correspondiente a su Servicio Profesional de Carrera, por lo que difieren las

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cifras reportadas en la Cuenta Pública 2006 respecto de sus registros internos, en 518.2 miles de pesos.

En cuanto al objetivo de asegurar la calidad de las regulaciones, se cumplió con lo dispuesto en el Acuerdo de Moratoria Regulatoria, ya que de 2004 a 2006, periodo de la vigencia de este acuerdo, recibió 987 anteproyectos, de los cuales dictaminó favorablemente 881, que representaron el 89.3%, debido a que cumplieron con alguno de los supuestos de excepción establecidos en el citado acuerdo, y rechazó los 106 restantes.

Por lo que corresponde a la calidad del marco regulatorio, de acuerdo con diversos estudios especializados que evalúan las mejores prácticas internacionales, México se ha rezagado en esta materia. En el índice de competitividad del Foro Económico Mundial el país retrocedió 16 posiciones respecto de lo alcanzado en 2001; y en el de opacidad descendió 4 posiciones por lo que no se cumplió con lo establecido en el programa. En relación con el objetivo de fomentar la mejora regulatoria en los tres niveles de gobierno, se impulsó la implantación del Sistema de Apertura Rápida de Empresas (SARE) en 110 municipios del país. Se verificó que la entidad fiscalizada careció de una programación para la instalación de este sistema en los 200 municipios en los que definió como factible su operación. Por último, en cuanto al objetivo de propiciar el uso extensivo de mejores prácticas regulatorias, no se dispuso de un programa de trabajo que permitiera comparar los resultados de estas acciones, respecto de lo previsto en el Programa de Mejora Regulatoria 2001-2006.

⎯ Observaciones-acciones Promovidas. Se emitieron 26 observaciones que

generaron 31 acciones que correspondieron a 6 recomendaciones, 3 promociones de intervención de la instancia de control y 22 recomendaciones al desempeño.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que en términos generales la

COFEMER cumplió razonablemente, de acuerdo con las posibilidades que le dan sus recursos humanos y financieros, con las disposiciones normativas aplicables respecto de asegurar la calidad de las regulaciones, fomentar una cultura de mejora regulatoria en los tres órdenes de gobierno y propiciar el uso extensivo de mejores prácticas regulatorias, al dictaminar los 2,109 anteproyectos de regulaciones remitidos por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; impartir 411 cursos de capacitación en materia de mejora regulatoria, e implantar el Sistema de Apertura Rápida de Empresas en 110 municipios del país, excepto por los resultados relevantes antes señalados.

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⎯ Impacto de la Fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la ASF emitió 31 acciones orientadas principalmente a alentar la implantación y utilización de sistemas de medición del desempeño; investigar y en su caso determinar las responsabilidades administrativas; fortalecer los mecanismos de operación en términos de eficacia, eficiencia y economía y fortalecer los mecanismos de operación y control. El impacto cuantitativo de la revisión por errores y omisiones en la información financiera fue de 518.2 miles de pesos.

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. En relación con la falta de un

diagnóstico sobre el marco regulatorio nacional y de un mecanismo para dar seguimiento a los compromisos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal establecidos en los PBMR, relacionados con la desregulación y simplificación de los trámites, la COFEMER informó que, con el propósito de cumplir los objetivos del Programa de Mejora Regulatoria, ha realizado una priorización en la atención de los temas y sectores específicos con mayor impacto en la competitividad y en la actividad económica del país; ha ejercido sus atribuciones hasta el límite de sus recursos financieros, humanos y materiales; y que requiere de un fortalecimiento de sus facultades para exigir a las dependencias y entidades el cumplimiento de las acciones relacionadas con este programa.

SECTOR TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

4.32 AUDITORÍA 06-0-14100-07-117. STPS: “EVALUACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYO A LA CAPACITACIÓN”.

⎯ Objetivo. Evaluar la eficacia en el cumplimiento del objetivo del programa

relativo a apoyar la capacitación laboral a fin de elevar la productividad de los trabajadores e incrementar la competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas; analizar la eficiencia en la atención de las solicitudes de apoyo de capacitación y en la entrega de los subsidios; la economía en la aplicación de los recursos presupuestarios asignados; la calidad de los cursos impartidos; la satisfacción de los beneficiarios del programa, y la competencia de los servidores públicos que lo operan.

⎯ Características de la revisión. La ASF realizó una auditoría de desempeño debido a que consideró importante evaluar el desempeño del Programa de Apoyo a la Capacitación (PAC) porque el artículo 123 constitucional, apartado A, establece, en materia laboral, que las empresas estarán obligadas a proporcionar a sus trabajadores capacitación para el trabajo. Porque el Programa Nacional de Política Laboral (PNPL) 2001-2006 establece como uno de sus objetivos apoyar los programas de capacitación para los trabajadores, a fin de incrementar su productividad y la competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas y

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porque en 2006 el número de trabajadores que se capacitaron fue inferior en 8.6% respecto de la meta prevista de 290,000 personas. La revisión tuvo un universo seleccionado de 125.5 millones de pesos, que corresponde a la muestra auditada. Las áreas revisadas fueron: la Dirección de Vinculación para la Capacitación y la Coordinación de Planeación, Registro e Información adscritas a la Dirección General de Capacitación; la Dirección General de Programación y Presupuesto; y la Dirección General de Desarrollo Humano.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La entidad fiscalizada aplicó siete indicadores para evaluar la eficacia en el cumplimiento de las metas de trabajadores atendidos, mujeres atendidas, MIPYMES atendidas y cursos impartidos, así como el ejercicio de los recursos presupuestarios por un monto de 125.5 millones de pesos, los cuales fueron considerados para la revisión. La entidad revisada al momento de la revisión no dispuso de indicadores para medir la cobertura del programa, la productividad de los trabajadores, la competitividad de las MIPYMES, la eficiencia en la operación del PAC, la calidad de los cursos de capacitación, así como la percepción del ciudadano usuario y la competencia de los servidores públicos. Asimismo, la entidad revisada no formuló el programa de operación del PAC ni cuenta con una planeación integral en la que se incluya el diagnóstico de necesidades de la capacitación laboral en el país, a fin de identificar oportunidades en ramas, regiones y temas prioritarios que permita focalizar los apoyos otorgados. En general la entidad revisada, no cuenta con indicadores, ni controles que le permitan evaluar los resultados del programa por lo que no es posible medir sus resultados.

⎯ Observaciones-acciones Promovidas. En resumen se emitieron 22 observaciones que generaron 29 acciones, de las cuales corresponden: 2 a Promoción de Intervención de la Instancia de Control y 27 a Recomendación al Desempeño.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) cumplió con el objetivo y las metas del Programa de Apoyo a la Capacitación (PAC) relativos a apoyar con subsidios la capacitación de los trabajadores que laboran en las micro, pequeñas y medianas empresas, excepto por los resultados con observación que se precisan en el informe.

⎯ Impacto de la Fiscalización. Las acciones emitidas están orientadas principalmente a fomentar la implantación y utilización de sistemas de medición del desempeño; investigar y en su caso determinar las responsabilidades

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administrativas; fortalecer los mecanismos de operación en términos de eficacia, eficiencia y economía y fomentar el óptimo aprovechamiento y aumentar la calidad de los bienes y la prestación de los servicios. Con estas acciones se impulsa la implantación de mejores prácticas gubernamentales; el establecimiento de sistemas de evaluación al desempeño y el desarrollo del servicio civil de carrera en el gobierno federal

⎯ Comentarios de la Entidad Fiscalizada. La STPS mencionó que la metodología y las conclusiones de la empresa contratada, respecto a la productividad de los trabajadores, si bien son válidas, técnicamente no tienen la pertinencia suficiente para evaluar un programa de la naturaleza del PAC. Asimismo aclaró que la consultora emitió las conclusiones siguientes: “las empresas del PAC tienen en promedio más empleados que las del Grupo de Control”; y “se aprecian mayores ventas de las empresas del PAC que las del Grupo de Control”.

SECTOR ENERGÍA

4.33 AUDITORÍA 06-1-18TOQ-07-054. COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD: “EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD EN LA GENERACIÓN, TRANSMISIÓN, TRANSFORMACIÓN, CONTROL, DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA”.

⎯ Objetivo. Fiscalizar la gestión financiera para comprobar el desempeño de la

Comisión Federal de Electricidad en términos de la eficacia en el cumplimiento del objetivo estratégico de asegurar el suministro de energía eléctrica; determinar la eficiencia en la operación de sus procesos de generación, transmisión, transformación, control, distribución y comercialización; comprobar la economía en el uso de los recursos, y verificar la calidad del servicio de energía eléctrica orientado a la satisfacción del ciudadano-usuario.

⎯ Características de la revisión. La ASF practicó una auditoría de desempeño a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en sus procesos de generación, transmisión, transformación, control, distribución y comercialización de energía eléctrica, porque en los artículos 27 y 28 constitucionales se establece que dichas actividades son estratégicas, exclusivas del Estado. La muestra auditada fue de 180 mil 992.5 millones de pesos, monto que representó el 100% de los recursos erogados en la generación, transmisión, transformación, control, distribución y comercialización de energía eléctrica, y reportados como ejercidos en el año 2006. La revisión se llevó a cabo en las direcciones de Operación, de Finanzas, de Administración y de Proyectos de Inversión Financiada, así como la Subdirección de Programación.

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⎯ Resultados relevantes de la revisión. Se determinó que la CFE no estableció una meta para evaluar su objetivo de ampliar la infraestructura de generación de energía eléctrica establecido en la Estructura Programática del Presupuesto de Egresos de la Federación 2006. Se precisó que la pérdida de participación de la CFE en la generación de energía se debió a tres causas fundamentales: el incremento en la compra de energía a los Productores Independientes de Energía (PIE); la sobrestimación del crecimiento del consumo nacional de energía en 2.6 puntos porcentuales en promedio anual para el periodo 2001-2006 como consecuencia de una sobrestimación de crecimiento del PIB de 2.1 puntos porcentuales; y la falta de inversión por parte de la entidad en infraestructura de generación de energía eléctrica. La utilización de las plantas de generación termoeléctrica se redujo en 16.6 puntos porcentuales y la de las hidroeléctricas en 1.4 puntos porcentuales, aun cuando éstas se encuentran disponibles para operar. Se determinaron incongruencias entre las metas de instalación y de operación de los equipos y sistemas que utilizan energía renovable. En 2006, el índice de pérdidas técnicas de energía de la CFE no se ajustó al objetivo establecido en la Estrategia Programática del PEF para ese ejercicio fiscal, referente a asegurar el suministro de energía eléctrica con eficiencia, ni al objetivo establecido en el Manual de Organización General de disminuirlas, ya que su valor (8.9%) fue superior en 2.4 puntos porcentuales al óptimo. Asimismo, en 2006 los particulares participaron con 21.7% de la infraestructura de generación de energía eléctrica y la CFE con un 78.3%. Durante el periodo 2001-2006, la participación de los particulares se incrementó en 16.6 puntos porcentuales, en tanto que la de CFE decreció en la misma proporción. La tendencia hacia una participación creciente de los PIE es resultado de la política energética definida en el PND 2001-2006 y el PROSENER 2001-2006 e instrumentada por la CFE, en el sentido de atender las necesidades de energía eléctrica del país mediante la construcción de infraestructura de generación con la participación de capital privado mediante el esquema PIDIREGAS.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. En resumen se emitieron 8 observaciones que generaron 9 acciones, de las cuales 3 son recomendaciones y 6 recomendaciones al desempeño.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que la Comisión Federal de Electricidad

cumplió con su objetivo estratégico, establecido en la Estrategia Programática del Presupuesto de Egresos de la Federación; con la salvedad de los resultados con observación, entre los que destacan: la falta de metas vinculadas al objetivo de ampliar la infraestructura de generación de energía eléctrica; y las pérdidas técnicas de energía eléctrica adicionales en 4,237.3 GWh, debido a que se registró un índice de pérdidas de energía eléctrica superior en 2.4 puntos porcentuales al óptimo.

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⎯ Impacto de la fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la Auditoría Superior de la Federación emitió 9 acciones, orientadas principalmente a asegurar la confiabilidad de los registros presupuestarios y contables; alentar la implantación y utilización de sistemas de medición del desempeño; fortalecer los mecanismos de operación en términos de eficacia, eficiencia y economía y fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. La CFE solicitó reconsiderar la observación referente al resultado 18 del informe referente a las perdidas técnicas de energía, ya que si bien no se redujeron las pérdidas con respecto al año anterior, tampoco se incrementaron, no obstante las limitaciones presupuestales.

4.34 AUDITORÍA 06-1-18TOQ-07-503. COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. “PROYECTO HIDROELÉCTRICO EL CAJÓN, EN EL ESTADO DE NAYARIT”.

⎯ Objetivo. Comprobar el cumplimiento de los objetivos y metas del proyecto. ⎯ Características de la revisión. Se seleccionó una auditoría de desempeño por

la importancia relativa de la acción institucional, ya que está considerado como proyecto prioritario de la Comisión Federal de Electricidad y por la relevancia del flujo de inversión. Se revisó la manifestación de impacto ambiental y sus resolutivos para el PH El Cajón y el camino de acceso. La revisión se llevó a cabo en La Dirección de Proyectos de Inversión Financiada, la Subdirección de Construcción, la Coordinación de Proyectos Hidroeléctricos y la Residencia General de Construcción del Proyecto Hidroeléctrico El Cajón.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. Se comprobó que para los trabajos del

camino de acceso al PH El Cajón se contó con la autorización en materia de impacto ambiental emitida por la entonces Dirección General de Ordenamiento Ecológico e Impacto Ambiental, ahora DGIRA, de la SEMARNAT; asimismo, se obtuvo la autorización para el cambio de uso de terrenos forestales para la construcción del camino de acceso al PH El Cajón, emitida por la SGPA. La entidad fiscalizada entregó oficio con el cual se da permiso a la constructora Internacional de Infraestructura, S.A. de C.V., para que descargue aguas provenientes de los servicios sanitarios en un volumen anual de 43.28 m3/día en el sitio denominado “Campamento para Ingenieros P.H. El Cajón”, ubicado en el municipio de Santa María del Oro, Nayarit; no obstante, no cuenta con los reportes y los oficios trimestrales y semestrales del monitoreo y de los análisis de las descargas de aguas residuales que debió entregar a la CONAGUA. Asimismo, se constató que se formalizaron cinco convenios de colaboración para

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la producción y mantenimiento en sus instalaciones de 79 mil 914 plantas de 13 o más especies nativas destinadas a la ejecución del programa de forestación, reforestación y restauración aplicado en 149.33 hectáreas para cumplir las condicionantes de la resolución en materia de impacto ambiental. Por otro lado, la ASF observó que la mayoría de los taludes del camino de acceso presentan problemas de estabilización, ya que existen derrumbes de rocas de diversos tamaños, sin que la entidad fiscalizada cuente con un estudio referente a las soluciones de estabilización de dichos taludes. La CFE no cuenta con los informes, documentos y oficios que debió entregar al Gobierno de Nayarit para dar cumplimiento a los términos y condicionantes definidos en el resolutivo de abril de 2006.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 4 observaciones que generaron 4 acciones, las cuales son recomendaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en

términos generales, la Comisión Federal de Electricidad cumplió en las operaciones examinadas con las disposiciones normativas aplicables al impacto ambiental del proyecto.

⎯ Impacto de la fiscalización. La ASF emitió 4 acciones orientadas

principalmente a propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación y fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente

auditado.

4.35 AUDITORÍA 06-1-18TOQ-06-208. COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. “EVALUACIÓN DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LOS PASIVOS LABORALES A CARGO DE LA COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD”.

⎯ Objetivo. Evaluar la sostenibilidad de los pasivos laborales a cargo de Comisión

Federal de Electricidad, y verificar que se haya cumplido la normatividad aplicable en el otorgamiento de las jubilaciones.

⎯ Características de la revisión. La ASF practicó una auditoría especial que

forma parte de un análisis integral que se lleva a cabo a las distintas obligaciones de deuda directa, contingente y garantizada de los tres órdenes de gobierno, con el fin de verificar que sean sostenibles, y que los compromisos financieros y presupuestarios, se cubrieron en tiempo y forma, conforme a la normativa que regula tales obligaciones. La muestra auditada fue de 8 mil 285.1 millones de

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pesos, monto que corresponde al 100% del gasto de pensiones ejercido por la CFE. La revisión se llevó a cabo en la Subdirección de Control Financiero y Subgerencia de Personal.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. De la revisión se derivó que durante

2006 la CFE destinó al pago de jubilaciones 8 mil 285.1 millones de pesos, cifra mayor en 552.0 millones de pesos respecto a lo originalmente presupuestado, esta variación según la entidad fiscalizada se debió al pago no contemplado del anticipo a cuenta de la prima de antigüedad del personal jubilado que optó por continuar laborando y al incremento en el costo promedio del personal que se jubiló en 2006. También se encontró que el pago de jubilaciones en el año de análisis, no significó una carga presupuestaria para la entidad, ya que sólo representó el 4.3% de su gasto programable; sin embargo, debe tenerse en cuenta que en los últimos seis años este concepto registró un incremento medio anual de 20.7%, nivel superior al que presentaron los ingresos en ese lapso. De igual forma, la ASF menciona que de 2000 a 2006 la CFE ha erogado más recursos en el renglón de servicios personales y pensiones (164,843.9 millones de pesos) que en el de gasto de capital (135,660.6 millones de pesos), en donde el comportamiento de este último se sustentó en el crecimiento de los PIDIREGAS que han aumentado a una tasa media anual de 49.6%, mientras que el gasto en obra pública y bienes muebles e inmuebles presentó una tasa media de crecimiento anual negativa de 18.2% y 15.8%, respectivamente. La ASF considera que la entidad fiscalizada contó en 2006 con una situación presupuestaria sana, puesto que sus gastos son cubiertos con los ingresos de la entidad, lo que le permitió obtener un superávit. No obstante, menciona que se debe de poner atención a la tendencia creciente en el gasto de pensiones, pues de acuerdo con proyecciones elaboradas por la propia entidad, se espera una tasa media anual de crecimiento de dicho gasto en los siguientes seis años de 19.1% (sin considerar los efectos de posibles incrementos salariales o de prestaciones), al estimarse que en ese periodo se jubilarán cerca de 14 mil 500 trabajadores. De acuerdo con las valuaciones actuariales de CFE al 31 de diciembre de 2006, se consideran obligaciones por beneficios proyectados por un monto de 231 mil 874.2 millones de pesos, equivalentes a 2.5% del PIB, de los cuales 200 mil 025.8 millones de pesos corresponden a pensiones por jubilación y los restantes 31 mil 848.4 millones de pesos a otros beneficios, como las primas por antigüedad e indemnizaciones y compensaciones. Los pasivos laborales que se registran en los estados financieros corresponden a las obligaciones por beneficios actuales que se informan en las valuaciones actuariales (216 mil 100.8 millones de pesos), después de descontarles 7 mil 369.9 millones de pesos, que se refieren a los activos del plan, los cuales se refieren a inversiones en valores de renta fija, que están asignados para financiar provisionalmente el pasivo laboral.

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La revisión de la base de datos que proporcionó la entidad sobre los jubilados reveló que no existe un área encargada de consolidar la información que generan los distintos Sistemas Integrales de Recursos Humanos (SIRH) de cada área foránea, razón por la cual la información actual muestra inconsistencias y ausencias de datos en algunos campos. Con objeto de verificar que en 2006 se cumplió con lo establecido en el Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) en materia de pensiones y jubilaciones, se comprobó que del total de la muestra solicitada (240 expedientes de jubilados) sólo 103 correspondieron a 2006; los restantes fueron expedientes de años distintos. La entidad informó que no ha actualizado sus registros.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. En resumen se emitieron 3

observaciones que generaron 3 acciones, las cuales fueron recomendaciones. ⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en

términos generales y respecto de la muestra auditada, la Comisión Federal de Electricidad cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la determinación y seguimiento de las operaciones examinadas.

⎯ Impacto de la fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la Auditoría Superior de la Federación emitió 3 acciones, orientadas principalmente a asegurar la confiabilidad de los registros presupuestarios y contables y fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. En 2006, CFE destinó al pago de jubilaciones 8 mil 285.1 millones de pesos, cifra mayor en 552.0 millones de pesos respecto al presupuesto original, derivado de la revisión salarial con el SUTERM. De dicha revisión, el personal con derecho a jubilación podía solicitar un anticipo a cuenta de su prima legal de antigüedad si optaran por continuar laborando, lo que ocasionó que el personal que no ha ejercido su derecho a jubilación habiendo cumplido con su antigüedad en ejercicios anteriores, solicitara su anticipo de prima legal de antigüedad, lo que impactó al alza el ejercicio de 2006. Además, el costo promedio del personal que se jubiló en 2006 fue superior al promedio de 2005, ya que en el PEF 2006 el Capítulo de Pensiones y Jubilaciones partió con incremento salarial del 4.0%, siendo que al final del ejercicio se autorizó un incremento salarial de 5.99%.

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4.36 AUDITORÍA 06-1-18TOQ-02-422. COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. “EVALUACIÓN DE LA RENTABILIDAD DE LOS PROYECTOS PIDIREGAS DE INVERSIÓN CONDICIONADA “CENTRALES GENERADORAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA” DE CICLO COMBINADO”.

⎯ Objetivo. Evaluar la rentabilidad que obtiene de las centrales de ciclo combinado

PIDIREGAS de inversión condicionada, y la metodología que aplica para determinar los ingresos atribuidos a esos proyectos. Comprobar que sus operaciones se hayan apegado a la normatividad aplicable y verificar el registro contable de los montos reales de ingresos y egresos y su reporte en la Cuenta Pública.

⎯ Características de la revisión. La ASF realizó una auditoría financiera y de cumplimiento toda vez que conforme a la información presentada en la Cuenta Pública 2006, las 20 Centrales Generadoras de Energía Eléctrica de Ciclo Combinado, Proyectos de Infraestructura Productiva de Largo Plazo de Inversión Condicionada en su conjunto, generaron para la Subdirección de Generación de la CFE un ingreso de 61 mil 359.0 millones de pesos y un flujo neto de 19 mil 054.4 millones de pesos. La muestra auditada fue de 19 mil 054.4 millones de pesos, monto que representó el 100% del universo seleccionado. La revisión se llevó a cabo en las subdirecciones de Control Financiero; de Generación; de Energéticos y Seguridad, y de Contratación de Proyectos de Inversión Financiada, todas ellas de la Comisión Federal de Electricidad.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. De las cinco centrales PIDIREGAS de

Inversión Condicionada seleccionadas como muestra (CC Río Bravo II, CC Mérida III, CC Monterrey III, CC Tuxpan II y CC Valladolid III), cuyos ingresos ascendieron a 15 mil 060.4 millones de pesos, conforme a la relación de los ingresos, se solicitaron los registros contables, y la CFE proporcionó una Pantalla del SAP R3 con los registros de los ingresos mensuales de los 23 PIDIREGAS de Inversión Condicionada que maneja, dentro de los cuales se encuentran dos gasoductos y una Terminal de carbón, por un total de 62 mil 595.9 millones de pesos, monto que coincide con el reportado en la Cuenta Pública; sin embargo, no es identificable el correspondiente a las 20 centrales de ciclo combinado objeto de esta revisión, y por consiguiente el de las 5 seleccionadas como muestra. Se determinó que el crecimiento de la capacidad de generación de energía eléctrica que han mostrado los Productores Independientes de Energía, denominados Productores Externos de Energía (PEE), PIDIREGAS de Inversión Condicionada, hace dependiente a la CFE de dicha capacidad para el suministro de la electricidad a los usuarios. De 2000 a 2006, la participación de los PEE en la capacidad total de generación del país pasó del 1.4% al 21.7%, al crecer anualmente en promedio 66.7%, mientras que la de CFE disminuyó de 98.6% a 78.3%, creciendo anualmente en promedio la capacidad de generación de esta última en sólo 1.2%.

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Los activos de los PIDIREGAS de Inversión Condicionada son construidos, operados y se mantienen en propiedad de los inversionistas privados, y al término del contrato celebrado entre la CFE y el PEE que se trate, la central seguirá siendo propiedad de dicho inversionista. La vigencia de cada contrato es de 25 años a partir de la fecha de inicio de la operación comercial, por lo que a partir de 2025 a 2031, los PIDIREGAS en operación en 2006 finiquitarán sus compromisos con la CFE. Es por eso que la CFE depende de la capacidad y la generación de energía eléctrica de los PEE, lo cual es autorizado por la Cámara de Diputados al aprobar recursos para los proyectos PIDIREGAS de Inversión Condicionada en los PEF de ejercicios anteriores.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. En resumen se emitieron 4 observaciones que generaron 4 acciones las cuales corresponden a 4 recomendaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto

de la muestra antes señalada, la CFE cumplió con las disposiciones normativas aplicables a que las centrales de ciclo combinado proyectos PIDIREGAS de Inversión Condicionada sean rentables, así como el registro contable de los ingresos y egresos y su presentación en la Cuenta Pública.

⎯ Impacto de la fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la ASF

emitió 4 acciones, orientadas principalmente a asegurar la confiabilidad de los registros presupuestarios y contables e impulsar reformas a la legislación.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios por el ente auditado.

4.37 AUDITORÍA 06-1-18TOQ-02-419. COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. “EVALUACIÓN DE LA RENTABILIDAD DE LOS PROYECTOS PIDIREGAS DE INVERSIÓN DIRECTA “CENTRALES GENERADORAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA” DE CICLO COMBINADO”.

⎯ Objetivo. Evaluar la rentabilidad que obtiene de las centrales de ciclo combinado

PIDIREGAS de inversión directa y la metodología que aplica para determinar los ingresos atribuidos a esos proyectos. Comprobar que sus operaciones se hayan apegado a la normatividad aplicable y verificar el registro contable de los montos reales de ingresos y egresos y su reporte en la Cuenta Pública.

⎯ Características de la revisión. La ASF realizó una auditoría financiera y de cumplimiento toda vez que en la Cuenta Pública 2006, se reportó que las centrales de Ciclo Combinado (CC) Chihuahua, CC El Sauz conversión de Turbogas (TG) a CC, CC Monterrey II, Central Termoeléctrica (CT) Samalayuca

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II, CC Rosarito III (Unidades 8 y 9) y CC Hermosillo conversión de TG a CC generaron en su conjunto, un ingreso de 17 mil 535.2 millones de pesos y un flujo neto de 5 mil 665.6 millones de pesos. La muestra auditada fue de los 5 mil 665.6 millones de pesos, monto que representó el 100% del universo seleccionado. La revisión se llevó a cabo en las Subdirecciones de Generación; de Control Financiero; de Energéticos y Seguridad, y de Contratación de Proyectos de Inversión Financiada, todas ellas de la CFE.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. El flujo neto presentado en la Cuenta

Pública, correspondiente a las seis Centrales Generadoras de Energía Eléctrica de Ciclo Combinado, Proyectos de Infraestructura Productiva de Largo Plazo (PIDIREGAS) de Inversión Directa, fue de 5 mil 665.6 millones de pesos. La generación de energía eléctrica alcanzada, en los casos de las centrales CC Chihuahua, CC Rosarito III, CT Samalayuca II, CC Hermosillo conversión de TG a CC, superó la meta en 83.9%, 4.7%, 59.9% y 113.7%, respectivamente, mientras que las centrales CC Monterrey II y CC El Sauz conversión de TG a CC quedaron por debajo en un 1.7% y 8.0%, respectivamente.

Sin embargo, es procedente hacer notar que en lo concerniente a las centrales CC El Sauz conversión de TG a CC y CC Hermosillo conversión de TG a CC, la generación alcanzada es incongruente con la capacidad de generación de cada una de esas dos centrales al estimarse para el caso de la primera un factor de planta utilizado de 1.96 y de 1.69 para la segunda; es decir, se habrían utilizado capacidades instaladas de generación del 196% y 169%, respectivamente; lo anterior no permitió constatar que esos proyectos generan el suficiente flujo de recursos para el pago de las obligaciones de los mismos. Asimismo, se determinó que la CFE no reportó la fecha real de la vigencia de los contratos correspondientes a las Centrales Generadoras de Energía Eléctrica de Ciclo Combinado, Proyectos de Infraestructura Productiva de Largo Plazo de Inversión Directa CC El Sauz conversión de TG a CC y CC Hermosillo conversión de TG a CC. De igual manera, no registró en la contabilidad de forma individual los ingresos, así como los gastos de operación de cada una de las Centrales Generadoras de Energía Eléctrica de Ciclo Combinado, Proyectos de Infraestructura Productiva de Largo Plazo de Inversión Directa. Debido a que tanto la generación de energía eléctrica programada como la alcanzada dependen principalmente de la capacidad de generación de cada una de las centrales PIDIREGAS de Inversión Directa, de las órdenes de despacho que efectúa el Centro Nacional de Control de Energía (CENACE) y en menor medida de las condiciones ambientales, para la determinación de la meta programada, en el caso de la CC El Sauz conversión de TG a CC se concluye también que la meta programada incluye las unidades no PIDIREGAS, en infracción del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y del Reglamento de la Ley Federal de Entidades Paraestatales.

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⎯ Observaciones-acciones promovidas. En resumen se emitieron 4 observaciones que generaron 4 acciones, las cuales corresponden a 4 recomendaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en

términos generales y respecto de la muestra auditada, la Comisión Federal de Electricidad cumplió con las disposiciones normativas aplicables a que las centrales de ciclo combinado PIDIREGAS de inversión directa sean rentables, así como el registro contable de los ingresos y egresos y su presentación en Cuenta Pública.

⎯ Impacto de la fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la ASF emitió 4 acciones, orientadas principalmente a asegurar la confiabilidad de los registros presupuestarios y contables y fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente auditado.

4.38 AUDITORÍA 06-1-18TOQ-04-502. COMISIÓN FEDERAL DE

ELECTRICIDAD. “PROYECTO HIDROELÉCTRICO LA PAROTA, EN EL ESTADO DE GUERRERO”.

⎯ Objetivo. Determinar el cumplimiento de la normatividad aplicable en cuanto a la

planeación, programación, presupuestación y licitación de los contratos adjudicados.

⎯ Características de la revisión. La ASF realizó una auditoría de Inversiones Físicas, derivada de una solicitud de la Comisión de Vigilancia para analizar y revisar el Proyecto Hidroeléctrico La Parota, en el estado de Guerrero durante los años 2004, 2005 y 2006. Se seleccionaron 43 contratos de inversiones físicas para llevar a cabo los trabajos de auditoría normativa a la contratación realizada por la CFE en los ejercicios de 2005 y 2006, en virtud de que el desarrollo del proyecto se encuentra suspendido y está pendiente la adjudicación del contrato principal para la construcción de la hidroeléctrica. La revisión se llevó a cabo en la Dirección de Proyectos de Inversión Financiada, Subdirección de Construcción, Coordinación de Proyectos Hidroeléctricos y Residencia General de Construcción del Proyecto Hidroeléctrico La Parota.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. La revisión efectuada por la ASF solamente presenta 3 resultados, de los cuales el órgano fiscalizador comprueba que en términos generales, las obras y servicios objeto de los contratos revisados se planearon, programaron, presupuestaron y adjudicaron de

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conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios, excepto porque se observó que el contrato 051035 se adjudicó a la empresa D´Mar Construcciones, S.A. de C.V., no obstante que presentaba los mismos errores por los cuales la entidad fiscalizada la descalificó en licitaciones anteriores del mismo proyecto, lo que contravino el apartado 8 de las bases de licitación del citado contrato.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitió 1 observación que generó 1

acción, dirigida a promover la intervención de la instancia de control.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que en términos generales y respecto de los alcances auditados, la Comisión CFE cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la licitación y contratación.

⎯ Impacto de la fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la ASF emitió 1 acción, orientada principalmente a investigar y en su caso determinar las responsabilidades administrativas.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente auditado.

4.39 AUDITORÍA 06-2-18TQA-02-271. COMPAÑÍA MEXICANA DE EXPLORACIONES S.A. DE C.V. (COMESA): “EVALUAR LA GESTIÓN Y DESEMPEÑO DEL PROGRAMA DE HIDROCARBUROS, PRESTAR SERVICIOS DE EXPLORACIÓN Y CONTRATACIÓN DE “SERVICIOS GENERALES”.

⎯ Objetivo. Verificar el desempeño de la Actividad Institucional 576 “Prestar

Servicios de Exploración para Incrementar las Reservas de Hidrocarburos”, respecto al cumplimiento de las metas indicadas en el programa de hidrocarburos, así como la adecuada implementación de procedimientos para la citada actividad, desde la programación presupuestal, adquisición de los servicios, hasta la recepción y pago; así como para la comprobación y justificación del gasto ejercido.

⎯ Características de la Revisión. La ASF practicó una revisión financiera y de

cumplimiento y fue seleccionada debido a que se tienen antecedentes de procedimientos inadecuados relacionados con el pago, administración, seguimiento presupuestal de los contratos de servicios de exploración y explotación del subsuelo, y falta de documentación justificativa del gasto, relacionados con la actividad institucional 576. Las erogaciones por concepto de servicios generales reportadas en este programa representaron 74.9% del presupuesto modificado autorizado del gasto corriente. Se revisó una muestra 403.9 millones de pesos, que representó 32.4% del total reportado como

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presupuesto ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales” de la Actividad Institucional 576, por 1 mil 246.3 millones de pesos. Se revisaron las gerencias de Administración y Finanzas, de Negocios de Exploración y el Departamento Jurídico, adscritas en la Dirección General de COMESA.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF determinó que los manuales de

procedimientos de COMESA están desactualizados, conforme a la estructura orgánica autorizada por la SHCP; asimismo, no contó con las políticas que regulan el seguimiento, medición y cumplimiento de los indicadores de resultados; la entidad cumplió parcialmente con sus metas de capacidad instalada en tres brigadas sismológicas de 3 dimensiones, originadas por adecuación de volúmenes de obra; COMESA no reportó la totalidad de las actividades de puntos de tiro, que son trabajos de perforaciones de punto fuerte en la Cuenta Pública 2006. El presupuesto original del capítulo 3000 “Servicios Generales” por 2 mil 833.3 millones de pesos presentó una reducción de 1 mil 526.0 millones de pesos, ejerciéndose sólo 1 mil 246.3 millones de pesos; la entidad no contó con un programa anual de trabajo por unidad responsable que permitiera evaluar el Plan Institucional de Negocios 2002-2010; no incluyó objetivos, metas e indicadores al Objetivo “Ser un Sector Líder en la Protección del Medio Ambiente”, tampoco incluyó el objetivo “Sistema Administrativo con Calidad e Innovación”, los cuales fueron sustituidos por otros de mejora regulatoria, transparencia y eficiencia de la Ley Ambiental. La ASF determinó que con la revisión de 26 contratos por 403.9 millones de pesos para la adquisición de los servicios relacionados con el programa de hidrocarburos, se constató que fueron autorizados correctamente. COMESA no proporcionó documentación que justifique y compruebe el ejercicio de 11.1 millones de pesos por concepto de laudos y finiquitos pagados; la entidad no ha logrado la recuperación de 3.2 millones de dólares correspondientes a 45 siniestros de equipo electrónico de campo y durante 2006 no realizó acciones con la aseguradora, haciéndolo hasta septiembre de 2007.

⎯ Acciones Promovidas. La ASF emitió 7 observaciones que generaron 7 acciones, que correspondieron a 4 recomendaciones, 1 a promoción de intervención de la instancia de control, 1 a solicitud de aclaración-recuperación y 1 a recomendación al desempeño.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto

de la muestra auditada, COMESA cumplió con los ordenamientos jurídicos, principios de contabilidad y las disposiciones aplicables al desempeño de la Actividad Institucional 576, al cumplimiento de las metas indicadas en el programa de hidrocarburos, la adecuada implementación de procedimientos para la citada actividad, desde la programación presupuestal, adquisición de los servicios, la recepción, pago, comprobación y justificación del gasto.

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⎯ Impacto de la Fiscalización. La ASF emitió 7 acciones, orientadas principalmente a propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación; investigar y en su caso determinar las responsabilidades administrativas; fortalecer los mecanismos de operación en términos de eficacia, eficiencia y economía; promover la elaboración, actualización o simplificación de la normativa y recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal. Asimismo, determinó falta de documentación justificativa y comprobatoria por 11.1 millones de pesos correspondientes a laudos y finiquitos pagados, que implican recuperaciones probables.

⎯ Comentarios de la Entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente

auditado.

4.40 AUDITORÍA 06-1-18T10-06-197. LUZ Y FUERZA DEL CENTRO (LFC). “EVALUACIÓN DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LOS PASIVOS LABORALES A CARGO DE LUZ Y FUERZA DEL CENTRO”.

⎯ Objetivo. Evaluar la sostenibilidad de los pasivos laborales a cargo de Luz y

Fuerza del Centro, y verificar que se haya cumplido la normatividad aplicable en el otorgamiento de las jubilaciones.

⎯ Características de la revisión. La ASF practicó una auditoría especial que fue

seleccionada como parte del análisis integral que se lleva a cabo a las distintas obligaciones de deuda directa, contingente y garantizada de los tres órdenes de gobierno, con el fin de verificar que sean sostenibles y que cubrieron en tiempo y forma los compromisos financieros y presupuestarios. El universo y la muestra auditada corresponden al gasto de jubilaciones ejercido en 2006 por 8 mil 853.4 millones de pesos. La revisión se practicó en las Subdirección Recursos Humanos, Subdirección de Finanzas, la Gerencia de Contabilidad, la Subgerencia de Nóminas, la Subgerencia de Personal, y la Coordinación de Remuneraciones y Prestaciones al Personal de Confianza.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. La ASF informó que de la revisión de la

información presupuestaria de 2000 a 2006 se observó que el pago por jubilaciones a este último año ascendió a 8 mil 853.4 millones de pesos, lo que significó un incremento medio anual de 17.3% en los últimos seis años, dicho monto a su vez representó el 27.3% del gasto programable y el 98.2% del pago de servicios personales, mientras que en 2000 la participación fue de 23.4% y 67.6%, en ese orden; y si esa cifra se relaciona con el gasto en obra pública de la entidad, el contraste llega al extremo, ya que en 2006 el pago por jubilaciones fue superior en 83.1% a dicho gasto, en tanto que en 2000 sólo estaba por arriba 11.3%, lo que indica que la entidad se ha visto forzada a compactar las inversiones en infraestructura, a fin de contar con recursos para cubrir las jubilaciones.

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Esto último, en parte se debe a que los trabajadores en activo de LyFC no están obligados a efectuar aportación alguna al fondo de jubilaciones, por lo que el pago de la nómina respectiva queda a cargo por completo de la entidad, y si además se considera que ésta se solventa con las transferencias federales, dados sus escasos ingresos, ello implica que el gasto programable y, por ende, las jubilaciones y los servicios personales de los que aquellas derivan, deben pagarse con recursos de los contribuyentes. Solamente en 2006, el total del gasto ejercido por LyFC en los rubros de jubilaciones y sueldos y salarios, representó el 8.9% de la retención del Impuesto Sobre la Renta, es decir, casi una décima parte de lo que se obtiene por concepto del ISR de los trabajadores se destina al pago de las obligaciones laborales de LyFC. En cuanto a los ingresos propios de la entidad, la ASF detectó que éstos han tenido un comportamiento divergente; ya que de 2000 a 2003 se duplicaron, para luego descender aceleradamente de 2004 hasta 2006 a un nivel inferior al del año 2000, lo que en gran medida se debió a la caída en la venta de bienes y servicios en 2005 y 2006, situación que a su vez se explica por los pagos realizados a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) por concepto de compra de energía, que superaron los ingresos provenientes de la venta del servicio. Estos gastos excesivos y la incapacidad para generar ingresos ha provocado que la entidad dependa totalmente de las transferencias del Gobierno Federal, las cuales en 2006 ascendieron a 33 mil 530.7 millones de pesos. En la revisión de los estados financieros, se detectó que al 31 de diciembre de 2006, el saldo de los pasivos laborales de la entidad ascendió a 79 mil 558.6 millones de pesos (0.9% del PIB), es decir, en los últimos seis años registró una tasa de crecimiento media anual de 17.2%, que superó en 7.7 puntos porcentuales al de sus activos fijos (plantas, instalaciones y equipo), lo que significa que de mantenerse esta tendencia, hacia 2008, estas obligaciones rebasarán el valor de dichos activos. Las valuaciones actuariales de LyFC al 31 de diciembre de 2006, registran un total de pasivos laborales por 188 mil 586.7 millones de pesos, equivalente al 2.1% del Producto Interno Bruto de México. De este monto, 164 mil 043.0 millones de pesos correspondieron a jubilaciones y los restantes 24 mil 543.7 millones de pesos a otros beneficios como la compensación por antigüedad, seguro sindical, servicio médico y remuneración al término de la relación laboral. La ASF señala que la información presupuestaria y financiera de la entidad revela que el sistema de jubilaciones es financieramente insostenible, en razón del acelerado crecimiento de las erogaciones anuales asociadas a los cada vez mayores pasivos laborales. También menciona que es insostenible la operación de la entidad con recursos propios, ya que depende por entero de las transferencias fiscales que le otorga

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el Gobierno Federal, por tanto, ambos aspectos representan un riesgo inmediato y creciente para las finanzas públicas, ya que ni siquiera en el corto plazo estas obligaciones podrán ser cubiertas por la entidad a partir de sus ingresos. Dado el acelerado crecimiento de los costos laborales y de los operativos, es prácticamente nula la posibilidad de que en el mediano y largo plazo esta situación se pueda corregir y, por tanto, se tendrán que financiar estos incrementos mediante subsidios del Gobierno Federal.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitió 1 observación que generó 1

acción, que corresponde a 1 recomendación.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que en términos generales, y respecto de la muestra señalada, LFC cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la determinación y seguimiento de las operaciones examinadas, excepto por la observación formulada.

⎯ Impacto de la fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la

Auditoría Superior de la Federación emitió 1 acción orientada a fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios por el

ente auditado.

4.41 AUDITORÍA 06-1-18T1O-04-442. LUZ Y FUERZA DEL CENTRO (LFC): “EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 6000 “OBRAS PÚBLICAS”, PROYECTO DESARROLLAR Y CONSTRUIR SISTEMAS DE DISTRIBUCIÓN EN EL DISTRITO FEDERAL”.

⎯ Objetivo. Comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron,

presupuestaron, adjudicaron, contrataron y ejecutaron conforme a la normatividad aplicable.

⎯ Características de la revisión. La ASF realizó una revisión de inversión física que fue seleccionada al considerar que el Proyecto “Desarrollar y Construir Sistemas de Distribución en el Distrito Federal” representó una importante participación en el gasto ejercido por 840.8 millones de pesos, el 17.0% del presupuesto total asignado en el ejercicio 2006 a LyFC para proyectos de inversión de obra pública. Como muestra de auditoría se consideró un monto de 95.3 millones de pesos, cifra que representó el 11.3% del gasto ejercido en 2006 de 840.8 millones de pesos. Las áreas revisadas fueron las Subdirecciones de Distribución y Comercialización, y de Finanzas; y Gerencias de Contabilidad, de Construcción y de Compras.

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⎯ Resultados relevantes de la revisión. LyFC reportó en la Cuenta Pública de 2006 un importe ejercido de 840.8 millones de pesos cifra mayor en 320.9 millones de pesos a la autorizada en el presupuesto aprobado para dicho proyecto por 519.9 millones de pesos.

Asimismo, la entidad auditada omitió tramitar las licencias o manifestaciones de construcción de trabajos por administración directa y no acreditó documentalmente haber realizado la evaluación Costo-Beneficio y los análisis de preinversión del proyecto “Desarrollar y Construir Sistemas de Distribución en el Distrito Federal”. Se determinó que LyFC presentó una evaluación incorrecta de las propuestas de licitación y no presentó documentación comprobatoria por 61.1 millones de pesos.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 6 observaciones que

generaron 10 acciones, 6 recomendaciones de carácter preventivo, 2 promociones de intervención de órgano interno de control, y 2 solicitudes de aclaración-recuperación.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que en términos generales, y respecto

de la muestra señalada, LyFC no cumplió con los ordenamientos jurídicos y las disposiciones aplicables a la planeación, programación, presupuestación, adjudicación, contratación y ejecución de las operaciones examinadas.

⎯ Impacto de la fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la

Auditoría Superior de la Federación emitió 10 acciones, orientadas principalmente a promover el cumplimiento de la normativa y la legislación; investigar y en su caso determinar las responsabilidades administrativas y recuperar recursos económicos para la Hacienda Pública Federal.

La cuantificación monetaria de las observaciones asciende a 61.1 millones de pesos, monto que no necesariamente implica recuperaciones o daños a la Hacienda Pública Federal y estarán sujetas a las aclaraciones que se efectúen, en los plazos establecidos para tal fin.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente

auditado.

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4.42 AUDITORÍA 06-1-18T1O-04-465. LUZ Y FUERZA DEL CENTRO. “EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 6000 “OBRAS PÚBLICAS”, PROYECTO DESARROLLAR Y CONSTRUIR SISTEMAS DE DISTRIBUCIÓN EN EL ESTADO DE MÉXICO”.

⎯ Objetivo. Comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron,

presupuestaron, adjudicaron, contrataron y ejecutaron conforme a la normatividad aplicable.

⎯ Características de la revisión. La ASF realizó una auditoría de inversión física

que fue seleccionada al considerarse que el Proyecto “Desarrollar y Construir Sistemas de Distribución en el Estado de México” representó una importante participación en el gasto ejercido por 847.5 millones de pesos, que representó el 17.1% del presupuesto total de 4 mil 945.0 millones de pesos asignado en el ejercicio 2006 a LyFC para proyectos de inversión de obra pública. Como muestra de auditoría se consideró un monto de 89.5 millones de pesos, cifra que representó el 10.6% del gasto ejercido en 2006 de 847.5 millones de pesos. Las áreas revisadas fueron las Gerencias de Construcción, Contabilidad, Finanzas, Obras de Distribución, y Planeación.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. Se determinó una diferencia por 288.7

millones de pesos entre el presupuesto aprobado para dicho proyecto que fue por 558.8 millones de pesos y el ejercido que ascendió a 847.5 millones de pesos. LyFC no acreditó documentalmente haber realizado los estudios de preinversión que se requerían para definir técnica, económica, ecológica y social de los trabajos; el dictamen favorable sobre el análisis respectivo; y el análisis de costo beneficio. Asimismo, la entidad auditada no presentó documentación comprobatoria por 82.3 millones de pesos, relacionada con el importe reportado como ejercido en la Cuenta Pública 2006, integrado por las órdenes de construcción y retiro (OCR) 8634T “Construcción de Alimentador Aérea EST-24Y de la Subestación Estadio” por 27.7 millones de pesos; 6002Z “Reemplazo de Fusibles de Potencia 23-140” por 28.9 millones de pesos; y 89300 “Electrificación de Colonias Proletarias en el Municipio de Ecatepec” por 25.7 millones de pesos.

En el acta de entrega-recepción de la Orden de Construcción y Retiro 8634T “Construcción de Alimentador Aérea EST-24Y de la Subestación Estadio”, presenta, entre otras, las anomalías siguientes: el área responsable de la operación no firmó la recepción de los trabajos ejecutados, no se indicó el importe de los trabajos ejecutados, el período de ejecución, los certificados de calidad y funcionamiento de los bienes instalados.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 5 observaciones que generaron 8 acciones, de las cuales corresponden: 5 a recomendaciones, 2 a promociones de intervención de la instancia de control y 1 solicitud de aclaración-recuperación.

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⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que en términos generales, y respecto de la muestra señalada, LyFC no cumplió con los ordenamientos jurídicos y las disposiciones aplicables a la planeación, programación, presupuestación, adjudicación, contratación y ejecución de las operaciones examinadas.

⎯ Impacto de la fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la

Auditoría Superior de la Federación emitió 8 acciones, orientadas principalmente a promover el cumplimiento de la normativa y la legislación; investigar y en su caso determinar las responsabilidades administrativas y recuperar recursos económicos para la Hacienda Pública Federal.

La cuantificación monetaria de las observaciones asciende a 82.3 millones de pesos, monto que no necesariamente implica recuperaciones o daños a la Hacienda Pública Federal y estarán sujetas a las aclaraciones que se efectúen, en los plazos establecidos para tal fin.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente auditado.

4.43 AUDITORÍA 06-1-18T1O-04-445. LUZ Y FUERZA DEL CENTRO. “EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 6000 “OBRAS PÚBLICAS”, PROYECTO REHABILITAR Y MODERNIZAR LAS INSTALACIONES EN EL DISTRITO FEDERAL”.

⎯ Objetivo. Comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron,

presupuestaron, adjudicaron, contrataron y ejecutaron conforme a la normatividad aplicable.

⎯ Características de la revisión. La ASF realizó una auditoría de inversión física que fue seleccionada al considerarse que el Proyecto “Rehabilitar y Modernizar las Instalaciones en el Distrito Federal” registró un gasto ejercido por 312.0 millones de pesos, que representó el 6.3% del presupuesto total asignado en el ejercicio 2006 a LyFC (4 mil 945.0 millones de pesos) para proyectos de inversión de obra pública. Como muestra de auditoría se consideró un monto de 99.6 millones de pesos, cifra que representó el 31.9% del gasto ejercido en 2006. Las áreas revisadas fueron las Subdirecciones de Obras y de Finanzas y Gerencias de Contabilidad, de Obras y de Presupuesto.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. Se observó que LyFC omitió las licencias

o manifestaciones de construcción de los trabajos por administración directa relacionados con el proyecto sujeto a revisión; asimismo, no acreditó haber realizado la evaluación costo-beneficio y los análisis de preinversión correspondientes para definir la factibilidad técnica, económica, ecológica y

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social de los trabajos, así como el dictamen el dictamen favorable sobre dicha factibilidad. Con relación a las órdenes de Construcción o Retiro relativas al proyecto auditado, se observó que los trabajos correspondientes se ejecutaron sin contar con los estudios y proyectos, especificaciones de construcción, normas de calidad y programas de ejecución.

Se determinó que en el proyecto auditado se incluyeron obras que no corresponden al Distrito Federal. La entidad auditada no presentó documentación comprobatoria por 63.4 millones de pesos referente a las Órdenes de Construcción o Retiro (OCR) 6050G, “Equipo y Herramienta” por un monto de 52.2 millones de pesos; 60819 “Trabajos de la Subdirección de Fábricas y Talleres” por 10.8 millones de pesos; y 61871 “Diversos” por 340.6 miles de pesos.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 9 observaciones que

generaron 13 acciones, de las cuales 9 fueron recomendaciones de carácter preventivo, 3 promociones de intervención de órgano interno de control y 1 solicitud de aclaración-recuperación.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que en términos generales, y respecto

de la muestra señalada, LyFC no cumplió con los ordenamientos jurídicos y las disposiciones aplicables a la planeación, programación, presupuestación, adjudicación, contratación y ejecución de las operaciones examinadas.

⎯ Impacto de la fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la

Auditoría Superior de la Federación emitió 13 acciones, orientadas principalmente a promover el cumplimiento de la normativa y la legislación; investigar y en su caso determinar las responsabilidades administrativas y recuperar recursos económicos para la Hacienda Pública Federal. La cuantificación monetaria de las observaciones asciende a 63.4 millones de pesos, monto que no necesariamente implica recuperaciones o daños a la Hacienda Pública Federal y estarán sujetas a las aclaraciones que se efectúen, en los plazos establecidos para tal fin.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente

auditado.

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4.44 AUDITORÍA: 06-1-18T4I-06-211. PEMEX: “EVALUACIÓN DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LOS PASIVOS LABORALES A CARGO DE PETRÓLEOS MEXICANOS”.

⎯ Objetivo. Evaluar la sostenibilidad de los pasivos laborales a cargo de Petróleos

Mexicanos, y verificar que se haya cumplido la normativa aplicable en el otorgamiento de las jubilaciones.

⎯ Características de la Revisión. La ASF practicó una revisión especial que

forma parte de un análisis integral de las distintas obligaciones de deuda directa, contingente y garantizada de los tres órdenes de gobierno, con el fin de verificar que sean sostenibles, y que los compromisos financieros y presupuestarios se cubrieron en tiempo y forma, conforme a la normativa que regula tales obligaciones. El universo seleccionado ascendió a 17 mil 524.3 millones de pesos, que correspondió al gasto en pensiones ejercido en 2006 por PEMEX, reportado en la Cuenta Pública. La muestra auditada fue de 2 mil 902.2 millones de pesos. Se revisaron la Gerencia de Contabilidad y Gerencia de Control Presupuestal, pertenecientes a la Dirección Corporativa de Finanzas.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF encontró que en el periodo

2000-2006 el organismo generó los recursos suficientes para hacer frente a las obligaciones al retiro que marca el Contrato Colectivo de Trabajo. No obstante, estima que en el mediano plazo la sostenibilidad tenderá a debilitarse, debido a que en cada ejercicio fiscal se erogan crecientes recursos propios para cubrir dichas obligaciones, ya que los trabajadores no están obligados a aportar cuota alguna. Así, en el periodo, las obligaciones laborales del organismo se incrementaron en más del triple, atribuible tanto al crecimiento del número de jubilados como a las crecientes prestaciones que otorga la paraestatal a su personal activo y por extensión a los jubilados.

El incremento de este pasivo representa un riesgo si se tiene presente que por la disminución de las reservas de petróleo crudo, los ingresos por venta tenderán a reducirse, lo que implicaría que en los próximos diez años la entidad comience a presentar dificultades para enfrentar dichas obligaciones. A 2006, los pasivos laborales ascendieron a 287 mil 053.5 millones de pesos (3.1% del PIB), y mostraron una tasa media anual de crecimiento en los últimos seis años de 20.7%, superior en 15 puntos porcentuales al incremento que registraron los activos fijos. De mantenerse esa tendencia, implicaría que en tres años más los pasivos superarían el valor de dichos activos. La ASF, determinó que para ese mismo año, el renglón de reservas laborales se convirtió en el más cuantioso, representando 33.5% del activo y 62.3% del pasivo, y que las valuaciones actuariales de PEMEX registraron al 31 de diciembre un total de obligaciones proyectadas por 453 mil 838.0 millones de pesos, cantidad equivalente a 5% del PIB.

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La ASF corroboró que el mayor gasto por 2 mil 902.2 millones de pesos ejercido en el rubro de pensiones respecto del programado, se debió a una ampliación presupuestaria para cubrir el incremento del salario base de la cotización, así como de recursos adicionales destinados al Fondo Laboral para hacer frente a los pagos de las primas de antigüedad y pensiones de 65 mil jubilados y 11 mil pensionados postmortem, principalmente en PEMEX Corporativo. Se verificó que la base de datos de los jubilados y pensionados no está integrada, actualizada, ni conciliada de tal manera que no es confiable ni transparente. Realizando una evaluación comparativa con los recursos destinados a los proyectos estratégicos de PEMEX, la ASF enfatiza que el peso de los incrementos marginales en las prestaciones del personal activo y jubilado que implica la revisión del Contrato Colectivo de Trabajo 2005-2007 provoca una importante demanda de recursos que, al no verse acompañados de mayores niveles de productividad laboral, limitaron crecientemente su uso productivo y el desarrollo de la infraestructura de PEMEX.

⎯ Acciones Promovidas. La ASF emitió 2 observaciones que generaron 2

acciones, que correspondieron a 2 recomendaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, PEMEX cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la determinación y seguimiento de las operaciones examinadas.

⎯ Impacto de la Fiscalización. La ASF no determinó ningún impacto en la

fiscalización.

⎯ Comentarios de la Entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente auditado.

4.45 AUDITORÍA: 06-1-18T4I-02-545. PEMEX: “APROVECHAMIENTOS SOBRE RENDIMIENTOS EXCEDENTES”.

⎯ Objetivo. Verificar que los aprovechamientos sobre rendimientos excedentes

(ARE) fueron determinados y enterados a la SHCP, de conformidad con el procedimiento establecido en la Ley de Ingresos de la Federación 2006, registrados en la contabilidad y presentados en la Cuenta Pública conforme a las disposiciones aplicables, y comprobar su transferencia por la SHCP a las Entidades Federativas de conformidad con el PEF para el mismo ejercicio.

⎯ Características de la Revisión. La ASF practicó una revisión financiera y de

cumplimiento, que fue seleccionada debido a que en la Cuenta Pública 2006, se reportaron 6 mil 514.6 millones de pesos de ARE de PEMEX y subsidiarias, rubro

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para el cual no se estimó recaudación. Dicho monto correspondió a la muestra auditada. Se revisaron la Subdirección de Distribución y Comercialización, las gerencias de Sistemas de Gestión y Administración, de Recursos Financieros y de Recursos de Inversión y Subgerencia Fiscal, de PEMEX Exploración y Producción (PEP); las gerencias Fiscal, de Tesorería, de Control Presupuestal, de Presupuestación y de Contabilidad, de PEMEX, y las unidades de Política y Control Presupuestario y de Coordinación con Entidades Federativas de la SHCP.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF determinó que PEP para

efectos del cálculo del ARE, consideró una base acumulada de barriles de petróleo crudo mexicano de 654.3 millones de pesos, equivalentes a 379 mil 084.3 millones de pesos; un precio promedio acumulado que estuvo entre 49.66 y 55.01 dólares, al cual descontó el precio de 36.50 dólares, obteniendo un rendimiento excedente acumulado de 118 mil 743.8 millones de pesos; constató que al aplicar la tasa de 6.5% al rendimiento excedente, PEP obtuvo el monto de ARE a enterar por 7 mil 718.4 millones de pesos, los cuales comprobó que fueron pagados, registrados en la contabilidad y estados financieros, 6 mil 463.3 millones de pesos de los primeros tres trimestres y 1 mil 255.0 millones de pesos del cuarto trimestre pagados en enero de 2007.

La ASF determinó que la SHCP depositó al FIES 7 mil 343.9 millones de pesos y 539.2 millones de pesos a entidades federativas a través del PAFEF, es decir, 164.7 millones de pesos en exceso contraviniendo lo dispuesto en el PEF. Se detectó que en los depósitos de la SHCP al FIES se incumplieron las fechas acoradas de entrega, ya que se entregaron antes de que PEP pagara los aprovechamientos; se observó que la SHCP celebró convenios con las entidades federativas para asegurarles el monto de los recursos convenidos y la mecánica de ajuste cuando se registraran cantidades en exceso o inferiores en los anticipos; en consecuencia, el exceso reportado por 164.7 millones de pesos fue descontado de las participaciones a los estados.

⎯ Acciones Promovidas. La ASF emitió 1 observación que generó 1 acción,

orientada principalmente a promover la sanción de servidores públicos infractores.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto

de la muestra antes señalada, PEMEX cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la determinación, pago, registro y presentación en la Cuenta Pública 2006 de las operaciones examinadas por concepto de ARE.

⎯ Impacto de la Fiscalización. La ASF no determinó ningún impacto en la

fiscalización.

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⎯ Comentarios de la Entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente auditado.

4.46 AUDITORÍA 06-1-18T4I-02-049. PEMEX: “RECAUDACIÓN DE INGRESOS POR RENDIMIENTOS PETROLEROS”.

⎯ Objetivo. Verificar que PEMEX y sus organismos subsidiarios determinaron el

Impuesto a los Rendimientos Petroleros, de conformidad con el nuevo régimen fiscal de PEMEX, efectuaron los pagos provisionales por el primer semestre de 2006, los registraron en la contabilidad, los presentaron en el Informe de Avance de Gestión Financiera (IAGF) de 2006 y los enteraron a la TESOFE; todo ello ajustándose a la normativa aplicable.

⎯ Características de la revisión. La ASF realizó una revisión financiera y de

cumplimiento que fue seleccionada debido a la modificación del régimen fiscal de PEMEX en 2006. La muestra auditada fue por 3 mil 324.2 millones de pesos que correspondieron a la captación del Impuesto a los Rendimientos Petroleros (IRP), reportada por PEMEX Corporativo en el Estado Analítico de Ingresos del IAGF. Las áreas revisadas fueron la Gerencia Fiscal de la Dirección Corporativa de Finanzas, y la Gerencia de Contabilidad de PEMEX Gas y Petroquímica Básica.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. La ASF comprobó que PEMEX

Corporativo realizó transferencias diarias y semanales por 2 mil 409.3 millones de pesos de anticipos a cuenta del IRP anual y presentó dos declaraciones complementarias al ejercicio 2005, por 3 mil 779.5 millones de pesos y 2 mil 864.6 millones de pesos; asimismo, corroboró que los 3 mil 324.2 millones de pesos del IRP reportados por PEMEX Corporativo en la Balanza de Comprobación coincidieron con los montos registrados en el Estado Analítico de Ingresos del IAGF, elaborado por el SAT. Se comprobó que la SHCP asignó a PEMEX transferencias por 4 mil 838.5 millones de pesos, de los cuales se enteraron a la TESOFE 2 mil 409.3 millones de pesos al 30 de junio del 2006. Con fundamento en lo dispuesto por la Ley de Ingresos de la Federación de 2006, la SHCP instruyó a PEMEX Corporativo para que suspendiera los pagos anticipados a cuenta del impuesto a partir de julio de 2006, en consecuencia, la entidad fiscalizada presentó un subejercicio de 2 mil 429.2 millones de pesos en su presupuesto anual asignado para el pago del IRP. La ASF también comprobó que los procedimientos administrativos de PEMEX Refinación y PEMEX Petroquímica no estuvieron actualizados conforme al nuevo régimen fiscal para el ejercicio 2006; sólo PEMEX Gas y Petroquímica Básica mostraron sus procedimientos administrativos actualizados a marzo de 2006,

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pero no estaban autorizados. Asimismo, la ASF observó que ninguno de los procedimientos proporcionados incluyó el proceso para el control, registro y pago de los anticipos a cuenta del IRP conforme al nuevo régimen fiscal para el ejercicio 2006. La ASF revisó la integración de los importes consignados en los estados de cuenta y comprobó que los depósitos bancarios se realizaron conforme a los montos mensuales señalados por la SHCP; asimismo, PEMEX Corporativo cumplió en tiempo al efectuar los depósitos diarios y semanales. Como resultado del análisis del registro contable de los anticipos de referencia, se detectaron inconsistencias en sus registros de enero a abril del 2006.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. La ASF emitió 2 observaciones que generaron 2 acciones, las cuales corresponden a 2 recomendaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF consideró que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, PEMEX Corporativo cumplió con las disposiciones normativas aplicables al cobro, registro, información, entero y presentación de la Recaudación de Ingresos por los Rendimientos Petroleros, en el Informe de Avance de Gestión Financiera 2006.

⎯ Impacto de la fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la Auditoría Superior de la Federación emitió 2 acciones, orientadas principalmente a asegurar la confiabilidad de los registros presupuestarios y contables y promover la elaboración, actualización o simplificación de la normativa.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. La Dirección Corporativa de Finanzas de PEMEX manifestó que, a fin de solventar las recomendaciones formuladas por la ASF, han sido instruidos los organismos subsidiarios para realizar la modificación a los Manuales de Procedimientos Administrativos en lo correspondiente al cálculo, control, registro y entero del Impuesto a los Rendimientos Petroleros. Además indicó que la Gerencia Fiscal instruyó a PEMEX Refinación y PEMEX Petroquímica para que el registro contable de los anticipos diarios y semanales a cuenta del IRP que lleguen a establecer a sus organismos, se realice oportunamente de conformidad con los Principios Básicos de Contabilidad Gubernamental de Consistencia y Base de Registro.

4.47 AUDITORÍA: 06-1-18T4I-02-376. PEMEX: “RECAUDACIÓN DE INGRESOS POR RENDIMIENTOS PETROLEROS (RÉGIMEN FISCAL)”.

⎯ Objetivo. Verificar que PEMEX y sus organismos subsidiarios, determinaron el

Impuesto a los Rendimientos Petroleros (IRP), de conformidad con el nuevo régimen fiscal de PEMEX, asimismo, que se haya efectuado, registrado,

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informado y presentado en la contabilidad y en la Cuenta Pública 2006, y enterado en tiempo y forma a la TESOFE, de acuerdo con la normativa aplicable.

⎯ Características de la Revisión. La ASF practicó una revisión financiera y de

cumplimiento la cual fue seleccionada debido a que en el Informe de Avance de Gestión Financiera 2006 se determinaron deficiencias de control, inconsistencias en los registros contables y falta de actualización, conforme al nuevo régimen fiscal, en los procedimientos administrativos para el cálculo, registro e información del IRP. La revisión se realizó a 2 mil 409.3 millones de pesos de IRP reportados por PEMEX Corporativo en la Cuenta Pública de 2006. Las áreas revisadas fueron la Gerencia Fiscal de la Dirección Corporativa de Finanzas de PEMEX Corporativo, y la Gerencia de Contabilidad de PEMEX Gas y Petroquímica Básica.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF encontró que en el ejercicio

fiscal 2006 fue registrado en el SAT un importe de 2 mil 409.3 millones de pesos por concepto del IRP, con una diferencia menor respecto de los pagos realizados por PEMEX, debido a una falta de conciliación de cifras entre ambas dependencias; PEMEX Corporativo y PEMEX Gas y Petroquímica Básica fueron los organismos que generaron rendimientos en 2006 y realizaron el cálculo y el entero del IRP.

Por otra parte, no se incluyeron los ingresos por las ventas y deducciones estimadas de PEMEX Corporativo en el Programa Operativo Anual de la SHCP los cuales son la base que utiliza esta Secretaría para determinar el monto de los anticipos diarios y semanales del IPR que debió pagar PEMEX; así también encontró que ninguno de los procedimientos administrativos para el cálculo y el entero del IRP está actualizado para designar al organismo que realizará el registro contable y entero, así como el acreditamiento de dichos anticipos conforme a la declaración anual. PEMEX Gas y Petroquímica Básica y PEMEX Corporativo no registraron mensualmente la provisión del IRP, de acuerdo con lo establecido en sus instructivos internos, situación que se dio al final del año debido, según explicación del organismo, ya que fue cuando se conoció la totalidad de los ingresos y deducciones del ejercicio.

⎯ Acciones Promovidas. La ASF emitió 3 observaciones que generaron 4 acciones, que correspondieron a 4 recomendaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto

de la muestra antes señalada, PEMEX Corporativo cumplió con las disposiciones normativas aplicables para la determinación del IRP, de conformidad con el nuevo régimen fiscal de PEMEX, con su registro, información y presentación en la contabilidad y con la Cuenta Pública de 2006, y enteró en tiempo y forma a la TESOFE.

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⎯ Impacto de la Fiscalización. La ASF no determinó impacto en la fiscalización.

⎯ Comentarios de la Entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente auditado.

4.48 AUDITORÍA: 06-1-18T4I-02-979. PEMEX. “EVALUACIÓN DE LA DEUDA PIDIREGAS”.

⎯ Objetivo. Comprobar que los PIDIREGAS, aprobados por la Cámara de

Diputados, se contrataron y ejecutaron en apego al marco normativo que los regula; asimismo, evaluar su rentabilidad y verificar que los financiamientos obtenidos, se ejercieron, aplicaron a los proyectos, se amortizaron, registraron en la contabilidad, presentaron en la Cuenta Pública y en los estados financieros, de conformidad con la normativa.

⎯ Características de la Revisión. La ASF practicó una revisión financiera y de

cumplimiento que fue seleccionada debido a que PEMEX constituyó en 1998 un vehículo financiero denominado Master Trust para obtener financiamientos de los PIDIREGAS. En los Estados Financieros de PEMEX de 2006, preparados de acuerdo con los Principios Básicos de Contabilidad Gubernamental (PBCG) para su presentación en la Cuenta Pública, se reportó que el saldo del pasivo del Master Trust ascendió a 439 mil 630.6 millones de pesos y que el fideicomiso F/163 obtuvo un saldo de 137 mil 802.2 millones de pesos. Por otra parte, en los Estados Financieros Consolidados de PEMEX de 2006, preparados de acuerdo con los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA), para efectos de la U.S. Securities and Exchange Commission (SEC), la entidad fiscalizada reportó deuda a largo plazo por 505 mil 474.5 millones de pesos. Se revisó un monto por 541 mil 798.1 millones de pesos, que representó 84.1% del total por 644 mil 534.6 millones de pesos, que correspondieron a los recursos destinados para el pago de los PIDIREGAS de la deuda a largo plazo del Master Trust, F-163 y Pemex Finance, Ltd.; así como a los recursos del ARE, Aprovechamiento para Obras de Infraestructura (AOI) y del costo de cierre del proyecto “PEP Ku-Maloob-Zaap”. Se revisó la Dirección Corporativa de Finanzas de PEMEX.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF comprobó que los Proyectos

de Infraestructura Productiva de Largo Plazo, PIDIREGAS, tuvieron un monto aprobado de 1 billón 752 mil 119.3 millones de pesos en el PEF 2006 y si se adicionan 425 mil 090.1 millones de pesos del costo financiero estimado a 2030, el saldo sumaría 2 billones 177 mil 209.8 millones de pesos. Destaca que esta deuda representa un alto riesgo de pago para el organismo, debido a que de la deuda por amortizar entre 2007 y 2030, ascendió a 1 billón

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461 mil 900.5 millones de pesos; en un lapso de 9 años (2007 al 2015) se espera pagar 1 billón 026 mil 963.8 millones de pesos, lo que representa el 70.2% de la deuda, y los restantes 434 mil 936.8 millones de pesos, 29.8%, se estima pagar en un lapso de 14 años comprendido del 2016 al 2030, ello debido a que de acuerdo con los pronósticos realizados en 2005 de reservas probadas, éstas se agotarían para el año 2016 y PEMEX no tendría recursos para cubrir la deuda remanente. La ASF determinó que PEMEX no reveló como deuda en la Cuenta Pública y en los estados financieros consolidados de PEMEX con sus organismos subsidiarios, preparados bajo los PBCG, los saldos al 2006 de la deuda a largo plazo reportados en los estados financieros de las fuentes de fondeo de los proyectos PIDIREGAS, los cuales ascendieron a 500 mil 056.6 millones de pesos, 92.3% de la muestra auditada, sin embargo, sí se reportaron como deuda para los mercados de valores de EUA y de México, en los estados financieros consolidados de PEMEX, formulados bajo las Normas de Información Financiera. Los recursos se destinaron a proyectos que no se ajustaron a los lineamientos definidos de los PIDIREGAS, ni ejecutados como fueron autorizados. Asimismo, se indica que los proyectos no cumplen con las reglas establecidas: deben ser financiados por entes privados y no por entidades de la propia empresa (fideicomisos PEMEX Master Trust, F/163 y PEMEX Finance Ltd.) y fuentes del gobierno federal; deben estar concluidos; y generar ingresos suficientes para autofinanciarse. La ASF, constató también que deben sujetarse a la normativa de la Ley General de Deuda Pública y Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y no a la Ley de Obras y Servicios Públicos y la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. La ASF señala que no es posible evaluar la productividad y rentabilidad de los 38 proyectos de inversión directa de PEMEX debido a que la paraestatal los fracciona en obras y contratos, provocando un descontrol en el costo de los mismos, ya que existen contratos cuyo monto original se incrementa con ampliaciones.

⎯ Acciones Promovidas. La ASF emitió 1 observación que generó 5 acciones,

que correspondieron a 5 recomendaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto de la muestra antes señalada, PEMEX no cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la contratación, ejecución y desarrollo de los proyectos PIDIREGAS, con motivo de las observaciones determinadas.

⎯ Impacto de la Fiscalización. La ASF determinó errores y omisiones de la

información financiera por 500 mil 056.6 millones de pesos. PEMEX no reveló en la Cuenta Pública 2006 y en sus estados financieros con organismos subsidiarios

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deuda de los fideicomisos Master Trust y F/163, así como de PEMEX Finance Ltd., por 392 mil 273.7 millones de pesos, 91 mil 135 millones de pesos y 16 mil 647.9 millones de pesos, respectivamente, recursos utilizados para obras en construcción de proyectos PIDIREGAS,

⎯ Comentarios de la Entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente

auditado.

4.49 AUDITORÍA: 06-1-18T4I-02-348. PEMEX. “OPERACIÓN DEL FONDO LABORAL DE PEMEX”.

⎯ Objetivo. Verificar que las operaciones de ingresos y egresos del Fondo Laboral

PEMEX se realizaron de conformidad con la normativa, evaluar las políticas de inversión de sus recursos disponibles y constatar el registro de sus operaciones en la contabilidad y su reflejo en la Cuenta Pública.

⎯ Características de la Revisión. La ASF practicó una revisión financiera y de

cumplimiento que fue seleccionada debido a que la SHCP informó que en este año el Fondo Laboral PEMEX (FOLAPE) obtuvo ingresos por 17 mil 228.5 millones de pesos y registró gastos por 16 mil 666.5 millones de pesos por el pago de primas de antigüedad y pensiones. Del total de ingresos reportados en la Cuenta Pública 2006, se revisaron 3 mil 914.0 millones de pesos, 22.7%. Asimismo, se revisaron gastos por 3 mil 628.5 millones de pesos, 21.4% del total reportado por el pago de pensiones. La revisión se efectuó en las gerencias Corporativa de Administración de Recursos Humanos y Corporativa de Normatividad y Política Laboral, adscritas a la Dirección Corporativa de Administración. Las gerencias de Control Presupuestal y de Tesorería del Corporativo, de la Dirección Corporativa de Finanzas, todas ellas de PEMEX.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF comprobó que el importe de los

recursos recibidos por el fondo para cubrir los pagos de las pensiones y jubilaciones en 2006 ascendió a 18 mil 487.5 millones de pesos, integrado por 811.3 millones de pesos de saldo a diciembre de 2005 y 17 mil 676.2 millones de pesos de ingresos de 2006; determinó un importe de 17 mil 228.4 millones de pesos por aportaciones al FOLAPE, provenientes principalmente del Corporativo (22.7%), Refinación (32.9%) y PEP (32.5%), quienes concentraron el mayor número de pensionados y jubilados.

Se precisó que cada organismo subsidiario y el Corporativo de PEMEX llevan registros contables independientes de las aportaciones, y el Corporativo es responsable de la integración, conciliación y consolidación de la información contable, presupuestal y financiera que se presenta en la Cuenta Pública; se comprobó que los recursos se invirtieron en instrumentos de deuda

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gubernamental, mediante reportos a corto plazo, fondos de inversión e instrumentos a vencimiento de deuda privada. La ASF determinó que las tasas promedio pagadas fueron de 7.3% y 8%, respectivamente, con lo cual se garantizó la rentabilidad mínima, tomando como referencia la tasa de Cetes a 28 días, que se ubicó en 7.2%; no se cumplió, a excepción del mes de septiembre, con el principio de diversificación de la inversión, el cual señala que no podrán mantener activos pertenecientes a un mismo emisor por más del 10.0% del portafolio total. La ASF determinó que el monto de los recursos erogados fue de 16 mil 936.4 millones de pesos y 266.0 millones de pesos no ejercidos se integraron al patrimonio del fondo. En la auditoría se determinó que las aportaciones al fondo son equivalentes al pago de la nómina de jubilaciones y pensiones y prácticamente no se crea una reserva para asumir obligaciones contractuales futuras, lo cual se considera que constituye un riesgo en cuanto a que las aportaciones subsecuentes no aumenten en la proporción en que crece el número de jubilados y pensionados. Por lo que se refiere a las reservas para obligaciones laborales, la ASF comprobó que en el balance consolidado de PEMEX se observó una provisión de 390 mil 890.2 millones de pesos a diciembre de 2005 y de 454 mil 577.6 millones de pesos a diciembre de 2006; verificó que en el procedimiento post mortem el manual no se encuentra actualizado, lo cual constituye un riesgo inherente; observó que no existen mecanismos de control y seguimiento sobre la validación de supervivencia de jubilados y pensionados al no comprobarse en 2006 la supervivencia de los 609 jubilados y 40 beneficiarios de pensionados post mortem, por lo que el padrón no es confiable.

⎯ Acciones Promovidas. La ASF emitió 4 observaciones que generaron 6

acciones, que correspondieron a 4 recomendaciones y 2 a promoción de responsabilidad administrativa sancionatoria.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto

de la muestra auditada, PEMEX cumplió con las disposiciones normativas aplicables al registro y presentación en la Cuenta Pública 2006 de las aportaciones realizadas al Fondo Laboral PEMEX de las operaciones examinadas.

⎯ Impacto de la Fiscalización. La ASF no determinó ningún impacto en

fiscalización.

⎯ Comentarios de la Entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente auditado.

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4.50 AUDITORÍA: 06-1-18T4I-02-573. PEMEX. “OPERACIÓN A TRAVÉS DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS”.

⎯ Objetivo. Comprobar la razonabilidad de las operaciones financieras llevadas a

cabo a través de la empresa RepCon Lux, S.A., por la emisión de bonos en el extranjero intercambiables por acciones propiedad de PEMEX en la empresa Repsol YPF, S.A. Asimismo, verificar que dichas operaciones se hayan registrado contablemente y presentado en los estados financieros consolidados de la paraestatal y revelado en la Cuenta Pública de conformidad con la normativa aplicable.

⎯ Características de la Revisión. La ASF practicó una revisión financiera y de

cumplimiento que fue seleccionada debido a que en diciembre de 2003, PEMEX decidió contratar un swap de activos sobre 58.7 millones de acciones de la empresa española Repsol YPF, S.A., por medio de RepCon Lux, S.A., un vehículo financiero del organismo. Dicho vehículo emitió en enero de 2004 un bono por 1 mil 373.7 millones de dólares, equivalentes a 15 mil 474.9 millones de pesos, a una tasa del 4.5% anual, garantizado por PEMEX, con vencimiento en enero de 2011, el cual es intercambiable por las acciones de Repsol YPF, S.A., o su equivalente en efectivo. A diciembre de 2006, el valor de mercado de las acciones de Repsol YPF, S.A., fue de 34.58 dólares por acción, por lo que la participación accionaria involucrada en esta operación tenía un valor de 2 mil 029.2 millones de dólares, equivalentes a 22 mil 068.0 millones de pesos. La muestra auditada fue por 15 mil 474.9 millones de pesos que correspondió al total del valor nocional del bono intercambiable por acciones de Repsol YPF y que fueron reportados en la nota nueve de los Estados Financieros Consolidados de PEMEX, al 31 de diciembre de 2004 y 2003. El área revisada fue la Gerencia de Financiamientos y Análisis de Mercado de PEMEX.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF determinó que la operación

autorizada por la SHCP, en diciembre de 2003, para que PEMEX otorgara su garantía solidaria a RepCon Lux, S.A., para la emisión de un bono intercambiable por acciones de la empresa Repsol YPF, S.A., por 1 mil 373.7 millones de dólares, no es una operación de deuda pública como originalmente se estableció a través de los ordenamientos legales en la materia.

PEMEX informó que esos recursos serían destinados a diversos fines corporativos, pero, en contravención de las disposiciones, sólo solicitó una ampliación líquida por 526.8 millones de dólares, para atender necesidades de su gasto programable, reportado en la Cuenta Pública 2004, el resto fue destinado a pagar comisiones por la colocación del bono y para finiquitar swaps de activos contratados en 1994. La ASF comprobó que el director general de PEMEX no sometió a la consideración del Consejo de Administración la evaluación del riesgo de esta

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operación ni el impacto de los compromisos adquiridos, y que no existe normativa que regule este tipo de obligaciones en las entidades paraestatales; que PEMEX no proporcionó ningún estudio previo relativo a la evaluación de alternativas de financiamiento, que le permitió elegir como mejor opción la creación del vehículo financiero RepCon Lux, S.A., por lo que no evaluó alternativas de financiamiento, no consideró en sus expectativas el precio del petróleo con tendencia al alza, el precio de la plusvalía asignada a los tenedores del bono, no realizó la viabilidad y razonabilidad del instrumento de deuda como fuente de financiamiento, ni su costo beneficio, así como el comportamiento de las acciones de Repsol YPF, S.A. La ASF también comprobó que PEMEX no tiene definida una estrategia donde se revisen alternativas para reducir el costo financiero de la operación que vence en enero de 2011, y que derivado de sus análisis serían las siguientes: considerando un precio de la acción de 30.43 dólares, cancelar el bono y recuperar las acciones le hubiera implicado un costo por 1 mil 785.9 millones de dólares a febrero de 2008 y de 2 mil 009.6 millones de dólares, si decide llevarlo al vencimiento, incluidos en ambas alternativas el valor del bono por 1 mil 373.7 millones de dólares. Si PEMEX decide cancelar el bono y recuperar las acciones tendría que cubrir la plusvalía cedida a los tenedores del bono por 7 mil 095.6 millones de pesos, a esa misma fecha; comprobó asimismo que PEMEX no cuenta con una estrategia de coberturas para hacer frente a su deuda. Los efectos de esta operación no se están reportando por PEMEX en la Cuenta Pública de 2006 y sí, en cambio, aparecen registrados en los estados financieros que el organismo informa a la Securities Exchange Commission.

⎯ Acciones Promovidas. La ASF emitió 6 observaciones que generaron 9 acciones, que correspondieron a 4 recomendaciones, 4 a promoción de intervención de la instancia de control y 1 a solicitud de aclaración-recuperación.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto

de la muestra antes señalada, PEMEX cumplió con las disposiciones normativas aplicables al registro contable y a la presentación en los Estados Financieros Consolidados de PEMEX de las operaciones examinadas, excepto por los resultados con observación.

⎯ Impacto de la Fiscalización. No existe normativa que regule las operaciones

efectuadas con instrumentos financieros por las entidades paraestatales y que garantice que se pactaron en las mejores condiciones para el país y no se revela en la Cuenta Pública el total de la deuda (compromisos asumidos) por dichas entidades. Asimismo, esta operación lleva implícito que PEMEX, en caso que decida cancelar el bono y recuperar las acciones, debe cubrir la plusvalía de las acciones cedida a los tenedores del bono, misma que se estimó para febrero de

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2008, en 7 mil 095.6 millones de pesos, considerando que el precio de la acción fuera de 34.5 dólares.

⎯ Comentarios de la Entidad fiscalizada. De acuerdo con datos observados del

WTI, no se puede señalar que entre 2000 y 2003 que éstos tuvieran una tendencia al alza y la curva de futuros a 3 años indicaba una caída, por lo que no es posible inferir que los precios alcanzarían los niveles actuales; la tendencia en el precio del crudo no era representativa del precio de la acción de Repsol, ya que la correlación en los últimos siete años era prácticamente nula.

Con respecto al precio de la acción, diversos análisis muestran que no hay coincidencia en la perspectiva actual de hacia dónde se espera que se dirijan los precios; el objetivo de la operación no era obtener financiamiento sino contar con recursos adicionales para enfrentar las necesidades operativas y de inversión de PEMEX y la venta o monetización de las acciones era la única opción viable y se decidió mantener los derechos sobre éstas con los consiguientes beneficios; ni PEMEX ni RepCon Lux enfrentan riesgos asociados al precio de la acción, ya que cualquier incremento a pagar en el bono se ve compensado con el incremento en la posición accionaria; en caso de ejercicio o de expiración, únicamente se decide si se paga con un activo circulante o un activo semi-líquido. PEMEX ha privilegiado el cumplimiento de sus obligaciones, independientemente de que cuente con estrategias de cobertura; si un tenedor de bonos ejerce su posición de convertir el bono en acciones, cualquier costo se ve compensado por el incremento que RepCon reconoce en sus activos; RepCon no es una entidad que esté bajo control presupuestal y la información financiera se preparó conforme a las Normas Gubernamentales, por lo que implica que no se considere en la consolidación de la Cuenta Pública.

4.51 AUDITORÍA: 06-1-18T4L-07-090. PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. “EVALUACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE EXPLORACIÓN DE HIDROCARBUROS”.

⎯ Objetivo. Fiscalizar la gestión financiera para comprobar la eficacia con que se

cumplió la estrategia de incrementar el ritmo de incorporación de reservas de crudo y gas; la eficiencia en la ejecución de las acciones de exploración de hidrocarburos; la economía en la aplicación de los recursos; y la competencia de los actores que participan en las actividades de exploración.

⎯ Características de la revisión. El órgano fiscalizador practicó una auditoría de

desempeño a las actividades de exploración de hidrocarburos de Pemex Exploración y Producción por tener un carácter estratégico para el desarrollo

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económico del país y ser determinantes con los objetivos establecidos en el PND 2001-2006, así como con el objetivo del Programa Sectorial de Energía (PROSENER) 2001-2006 de asegurar el abasto suficiente de energía y la estrategia de incrementar las reservas totales de hidrocarburos. En el periodo 2001-2006, las reservas totales de hidrocarburos mostraron una tendencia decreciente, al pasar de 52 mil 951.1 a 45,376.3 millones de barriles de petróleo crudo equivalente. A los ritmos actuales de producción, las reservas probadas de hidrocarburos sólo alcanzarían para 9.3 años. La muestra auditada relacionada con las actividades de exploración y producción ascendió a 11 mil 786.5 millones de pesos. La revisión compara los resultados de 2006, en relación con los obtenidos en 2001-2005. La revisión se efectuó en las subdirecciones de Coordinación Técnica de Exploración; de Planeación y Evaluación; de la Unidad de Perforación y Mantenimiento de Pozos; de Nuevos Modelos de Ejecución; de Recursos Humanos Competitividad e Innovación; de Administración y Finanzas; de la Región Norte; de la Región Sur; de la Región Marina Suroeste.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. La ASF determinó que Pemex no

cumplió con el objetivo estratégico establecido en el Programa Sectorial de Energía 2001-2006, de incrementar las reservas de hidrocarburos (petróleo crudo y gas seco).

Durante el periodo 2001-2006, las reservas totales de hidrocarburos observaron una declinación constante a una tasa promedio anual negativa de 3.0%, la cantidad de reservas de PEMEX pasó de 52 mil 951 millones de barriles de petróleo crudo equivalente en 2001, a un monto de 45 mil 376 millones de barriles en 2006. Una reducción más significativa registraron las reservas probadas de hidrocarburos, cuya tasa promedio anual de variación en el periodo considerado fue de -12.8%. La declinación de las reservas de estos dos componentes fue sustancialmente mayor en la primera parte del sexenio que en la segunda parte, cuando se observó un incrementó en la inversión. La vida media de las reservas totales de petróleo crudo se redujo durante el sexenio anterior en 6.6 años (de 33.5 a 26.9 años), y la del gas seco en 12.9 años (de 44.8 a 31.9 años). De mantenerse las tendencias 2001-2006, para el cierre del sexenio actual, la vida medía de las reservas de petróleo crudo será de 3.8 años y las de gas seco de 2.9 años. Para el 2006, el índice de reposición de las reservas totales de hidrocarburos, que mide el porcentaje de barriles restituidos por barril extraído, fue de 59.7%, coeficiente que se compara desfavorablemente con la meta establecida en el Plan de Negocios 2002-2010 de 75%, y con los índices de reposición de las empresas más relevantes del mundo que superan el 100%. No obstante el alza de precios del petróleo, los recursos de inversión ejercidos en actividades de exploración y reposición de reservas se rezagaron. Para el

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periodo 2002-2006, ascendieron a 71 mil 842.1 millones de pesos, 81% de la meta establecida; de esa inversión 94% se realizó a través de PIDIREGAS. En términos más generales, la meta establecida de inversión promedio anual en actividades de exploración y producción de Pemex fue de 20 mil 557.0 millones de pesos a valores constantes (2006), objetivo que no se cumplió en virtud de que el promedio anual de inversión autorizada para la paraestatal en esas actividades fue de 15 mil 934.0 millones de pesos, 22.5% menos que lo requerido. En actividades relevantes para la exploración y producción, PEMEX registró baja eficiencia en el cumplimiento de objetivos y metas. La cobertura geográfica de los estudios de sísmica bidimensional, para el 2006 abarcó 2 mil 172 kilómetros, cifra inferior en 77% respecto al promedio 2001-2005. En los estudios de sísmica tridimensional, aunque cumplió con la meta anual en 538.7%, la cobertura geográfica fue de 2 mil 742 kilómetros 84% menor que el promedio 2001-2006, la generación de localizaciones exploratorias (determinación de la ubicación donde se pretende perforar un pozo exploratorio) alcanzada en 2006 fue de 128 localizaciones, 74.4% de la meta establecida, y 34% menor que la realizada en el periodo 2001-2005.

La caída en las reservas petroleras se explica también por el bajo índice de éxito de los pozos exploratorios terminados, que para el año 2006, fue de 40.6%, resultado inferior en 5% al promedio que registró en 2001-2006 y 0.4% menor al índice de éxito de las principales empresas mundiales, a pesar de que los costos por descubrimiento y desarrollo por barril de reserva desarrollada (para los distintos conceptos) de Pemex se comparan favorablemente con los de las empresas internacionales más importantes. Durante 2006, para las actividades de exploración Pemex ejerció un presupuesto de 11 mil 786.5 millones de pesos, superior en 13.7% a lo presupuestado. En ese año, se incrementó el índice de reposición de reservas y fue el más alto del sexenio. Asimismo, durante 2006, Pemex Exploración y Producción realizó erogaciones por 41 mil 908.1 millones de pesos por concepto de pagos de 8 proyectos de inversión Pidiregas, cumpliendo con las obligaciones contraídas. En el análisis legal de cinco contratos examinados por la ASF, se determinó que no es posible precisar si los particulares contratados por la paraestatal están realizando actividades que corresponden exclusivamente a la Nación.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 6 observaciones que

generaron 6 acciones, de las cuales corresponden: 2 a Recomendación y 4 a Recomendación al Desempeño.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en

términos generales y respecto de la muestra revisada, las acciones realizadas

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por el organismo en materia de exploración fueron insuficientes para cumplir con la estrategia de incrementar las reservas de hidrocarburos del país establecida en el Programa Sectorial de Energía 2001-2006, ya que durante ese periodo las reservas de petróleo crudo disminuyeron en 3.6%, al pasar de 38 mil 286.1 en 2001 a 31 mil 908.8 millones de barriles en 2006; y las de gas seco decrecieron en 1.3%, al pasar de 50 mil 648.2 en 2001 a 47 mil 367.9 millones de pies cúbicos en 2006.

⎯ Impactos de la fiscalización. No se determinó impacto monetario. La ASF

emitió 6 acciones, orientadas principalmente a propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación; alentar la implantación y utilización de sistemas de medición del desempeño; fortalecer los mecanismos de operación en términos de eficacia, eficiencia y economía y fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. Respecto de la observación del bajo

éxito de los pozos exploratorios perforados, relacionados con la falta de definición de valores estándares de exploración que sirvan como criterios para la aprobación o rechazo de las localizaciones exploratorias, la entidad fiscalizada señaló que es complejo establecer un valor estándar en dichos conceptos, y que tienen oportunidades localizadas en áreas poco conocidas, con alto grado de incertidumbre, por lo mismo, las probabilidades de éxito son bajas, pero que requieren elevados volúmenes de recursos financieros.

De la misma manera puede suceder que existan altas probabilidades de éxito, pero en lugares con bajas volumetrías. Asimismo, no todas las oportunidades de alta probabilidad serán exitosas, ni todas las de baja probabilidad serán no exitosas, por la incertidumbre asociada a cada oportunidad.

4.52 AUDITORÍA: 06-1-18T4L-07-447. PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. “PROYECTO PEP CANTARELL. CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA ORIENTADA A LA PRODUCCIÓN DE CRUDO PESADO, EN LA REGIÓN MARINA NORESTE”.

⎯ Objetivo. Comprobar el cumplimiento de los objetivos y metas del proyecto.

Asimismo, verificar que las inversiones físicas se planearon, programaron, presupuestaron, licitaron, contrataron y ejecutaron conforme a la legislación aplicable.

⎯ Características de la revisión. La ASF practicó una auditoría de desempeño al

Proyecto Cantarell a cargo de Pemex Producción y Exploración para verificar el cumplimiento de los objetivos y metas del proyecto. Se seleccionó en razón de la importancia de su aportación a la producción nacional de crudo y porque

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actualmente se encuentra en declinación. La muestra auditada implicó recursos por 160.9 millones de pesos. Se realizó esta auditoría al contrato de obra pública núm. PEP-O-IE-347/04, que es uno de los de mayor monto ejercido dentro del proyecto seleccionado que la entidad reportó en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2006. El área revisada fue la Subdirección de Ingeniería y Desarrollo de Obras Estratégicas (SIDOE) de Pemex Exploración y Producción.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. Este proyecto estratégico para el país,

está orientado a incrementar la producción y reservas de hidrocarburos de PEMEX. Forma parte del proyecto Cantarell Integral, y para cuyo financiamiento a partir de 1997 se basó en el esquema PIDIREGAS. El costo del proyecto para un estimado de 15 años, asciende a 18 mil 205.9 millones de dólares (valores constantes de 1998 y metas ajustadas). El yacimiento Cantarell aporta el 42.3% de la producción nacional. Por este conjunto de razones, las conclusiones de la revisión son altamente relevantes.

La ASF determinó que para el ejercicio 2006, se cumplieron de manera aproximada las metas de producción establecidas en el proyecto original; no obstante ello, la declinación de Cantarell a partir de 2004, indica que Pemex Exploración y Producción a pesar de los recursos invertidos (vía PIDIREGAS) durante 1995-2006, sólo restituyó el 17.2% del petróleo extraído. Además, con el agotamiento emergieron diversos problemas, que implicarán nueva infraestructura y costos adicionales no incluidos en el proyecto original.

A pesar de la existencia de una tendencia alcista en los precios del petróleo, y de los bajos índices de restitución de reservas, Pemex no varió la cuota de extracción de hidrocarburos de Cantarell o asignó mayores recursos de inversión a la exploración para frenar la caída de las reservas probadas y posibles. Por lo tanto, PEP no cumplió con el principió rector número 7 del Programa Sectorial de Energía 2001-2007, que indica que se deberán invertir eficazmente los recursos derivados de la exportación de los energéticos.

La obra amparada por el contrato núm. PEP-Q-IE347/04 relativa al proyecto Cantarell Integral, se lícito conforme a la normativa aplicable. Sin embargo, los convenios de ampliación del plazo no se formalizaron dentro de los 30 días siguientes a la emisión de los dictámenes de resolución respectivos en contravención de la normativa aplicable. La entidad fiscalizada realizó erogaciones relativas al proyecto que no se ajustaron al esquema de pagos PIDIREGAS que señalan que el proyecto deberá pagarse con los ingresos que el propio proyecto genere. Utilizó recursos provenientes de su vehículo financiero “PEMEX Project Funding Master Trust” en contravención a la normativa aplicable.

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⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 4 observaciones que generaron 4 acciones, de las cuales corresponden: 2 a recomendación, 1 a promoción de intervención de la instancia de control y 1 a recomendación al desempeño.

⎯ Dictamen de la ASF. El órgano de fiscalización consideró que, en términos

generales y respecto de la muestra revisada, Pemex Exploración y Producción observó razonablemente las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación, licitación, contratación, ejecución y pago de las operaciones examinadas y que a la fecha de la revisión había cumplido los objetivos y metas del proyecto, excepto por lo que corresponde a la restitución de reservas probadas, ya que sólo se ha restablecido el 17.2% del volumen extraído a nivel nacional.

⎯ Impactos de la fiscalización. No se determinó impacto monetario. Las acciones

emitidas por la ASF se orientaron principalmente a investigar y en su caso determinar las responsabilidades administrativas; fomentar el óptimo aprovechamiento y aumentar la calidad de los bienes y la prestación de los servicios y fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente

auditado.

4.53 AUDITORÍA: 06-1-18T4L-07-464. PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. “PROYECTO PEP INTEGRAL KU-MALOOB-ZAAP- PIDIREGAS. CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA ORIENTADA A LA PRODUCCIÓN DE CRUDO LIGERO, EN LA REGIÓN MARINA NORESTE”.

⎯ Objetivo. Comprobar el cumplimiento de los objetivos y metas del proyecto.

Asimismo, verificar que las inversiones físicas se planearon, programaron, presupuestaron, licitaron, contrataron y ejecutaron conforme a la legislación aplicable.

⎯ Características de la revisión. La ASF realizó una revisión de desempeño en la

cual se seleccionó el Proyecto PEP Integral Ku-Maloob-Zaap-Pidiregas, por la importancia relativa en la acción institucional, ya que está considerado como proyecto prioritario de Pemex Exploración y Producción (PEP), y por la relevancia del flujo de inversión. La muestra auditada importó la cantidad de 1 mil 015.9 millones de pesos, el 80.6% del universo seleccionado, que correspondió a 16 conceptos de 36 que integraron la ejecución del contrato de obra pública núm. 410835810. El área revisada fue la Subdirección de Ingeniería y Desarrollo de Obras Estratégicas (SIDOE) de Pemex Exploración y Producción.

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⎯ Resultados relevantes de la revisión. El Proyecto Integral Ku-Maloob-Zaap, está integrado por cinco campos productores de aceite descubiertos entre 1979 y 1994: Maloob, Ku, Zaap, Bacab, y Lum. El proyecto original fue autorizado para ser financiado con el esquema PIDIREGAS en 2002, con un costo original de 4 mil 183.3 millones de dólares, con el objetivo de extraer aceite pesado mediante la perforación de pozos y construcción de infraestructura. El proyecto modificado fue autorizado en 2005, con un costo aprobado de 8 mil 173.1 millones de dólares. La meta de producción establecía una producción acumulada anual de 579.1 millones de barriles de producción de petróleo crudo equivalente (para el 2009 se contempló alcanzar un monto anual máximo de producción diaria de 756 miles de barriles diarios de petróleo crudo equivalente). Para el 2006, la producción acumulada de aceite y gas fue de 637.3 millones de barriles de petróleo crudo equivalente, cantidad superior a la meta establecida en el proyecto. Sin embargo, frente a ello se observa una declinación de las reservas probadas de PEMEX, cuya tasa de restitución para el periodo 1995-2006 fue de 17.2%. A pesar de la tendencia favorable de los precios del Barril, Pemex Exploración y Producción (PEP), no instrumentó una política activa de inversión para revertir la declinación en la tasa de restitución de reservas, o en su defecto variar la cuota de extracción, para evitar la reducción acelerada de las reservas probadas. Por lo anterior, Pemex Exporación y Producción no cumplió con el principió rector número 7 del Programa Sectorial de Energía 2001-2007, que indica que se deberán invertir eficazmente los recursos derivados de la exportación de los energéticos. Tampoco cumplió con la línea de acción estratégica de dicho programa de mantener los niveles de reservas de hidrocarburos. La ASF determinó que en lo relativo a la planeación, programación, presupuestación, licitación, adjudicación y contratación, PEP se ajustó a la normativa aplicable, excepto en los siguientes puntos: omitió iniciar la bitácora con una nota especial que contuviera los datos básicos que evidenciaran un seguimiento estricto del proyecto; en la entrega física de la obra objeto del contrato al Activo Integral Ku-Maloob-Zaap mediante el acta de entrega recepción fechada el 11 de septiembre de 2006 no se encontró evidencia de la entrega de los planos correspondientes a la construcción final, las normas y especificaciones que fueron aplicadas en su ejecución, así como los manuales e instructivos de operación y mantenimiento y los certificados de garantía de calidad; estos documentos fueron entregados hasta noviembre de 2006, contraviniendo la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con los mismos. De igual forma, en la notificación que PEP recibió del contratista sobre la terminación total de la obra, no se incluyó la relación de estimaciones y gastos aprobados; en el acta de entrega-recepción, PEP no especificó el periodo de

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ejecución de los trabajos, y el plazo en que realmente se ejecutaron; en el finiquito de ampliaciones por concepto de precios unitarios extraordinarios que implicó incrementos de 13.7% y 10.5% de los importes contratados en moneda nacional y moneda extranjera (dólares) respectivamente, PEP no regularizó en los convenios las modificaciones efectuadas al monto y al plazo; y, la entidad fiscalizada no aplicó las penalizaciones de acuerdo a la normativa aplicable. La ASF solicitó al ente la documentación justificativa y comprobatoria de 831.6 miles de pesos por concepto de penas convencionales de la obra pendiente de ejecutar. En la construcción de la Infraestructura asociada al proyecto auditado, no se cumplió con las disposiciones ambientales en el manejo de los desechos sólidos. Asimismo, la entidad fiscalizada realizó erogaciones relativas al proyecto que no se ajustaron al esquema de pagos PIDIREGAS que señalan que el proyecto deberá pagarse con los ingresos que el propio proyecto genere. Utilizó recursos provenientes de su vehículo financiero “PEMEX Project Funding Master Trust” en contravención a la normativa aplicable.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 9 observaciones que

generaron 10 acciones, de las cuales corresponden: 7 a recomendación, 1 a promoción de intervención de la instancia de control, 1 a solicitud de aclaración-recuperación y 1 a recomendación al desempeño.

⎯ Dictamen de la ASF. El órgano de fiscalización consideró que, en términos

generales y respecto de la muestra revisada, Pemex Exploración y Producción observó razonablemente las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación, licitación, y contratación de las operaciones examinadas y que a la fecha de la revisión había cumplido los objetivos y metas del proyecto, excepto por lo observado, especialmente en lo que corresponde a la restitución de reservas probadas, ya que sólo se ha restablecido el 17.2% del volumen extraído a nivel nacional.

⎯ Impactos de la fiscalización. Se determinó un Impacto Económico por las

observaciones de 831.6 miles de pesos, hecho que no implica una recuperación de recursos por esa cantidad en virtud de que ello dependerá de las aclaraciones que realice el ente fiscalizado. Asimismo, las acciones instrumentadas, se orientaron principalmente a investigar y en su caso determinar las responsabilidades administrativas; fortalecer los mecanismos de operación en términos de eficacia, eficiencia y economía; recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal y fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente

auditado.

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4.54 AUDITORÍA: 06-1-18T4L-02-420. PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. “COSTOS Y GASTOS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE CRUDO Y GAS NATURAL ASOCIADO Y NO ASOCIADO”.

⎯ Objetivo. Verificar la razonabilidad de los costos y gastos de exploración y

explotación de Petróleo Crudo y Gas Natural Asociado y no asociado; que se determinaron, registraron, reportaron en la contabilidad, presentaron en la Cuenta Pública 2006 y dedujeron del valor de los volúmenes de producción de petróleo crudo y gas natural asociado y no asociado extraídos, de conformidad con la normativa, asimismo, evaluar el cumplimiento de objetivos y metas.

⎯ Características de la revisión. La ASF realizó una auditoría financiera y de

cumplimiento para evaluar la deducción realizada por Pemex Producción y Exploración de los costos y gastos "efectivamente pagados" por 62 mil 251.0 millones de pesos de la base fiscal para el cálculo del pago del Derecho Ordinario sobre Hidrocarburos (DOSH), reportados en los Estados Financieros Dictaminados al 31 de diciembre de 2006, del organismo subsidiario. La muestra auditada importó la cantidad de 36 mil 184.4 millones de pesos, 58% del universo seleccionado por concepto de costos y gastos “efectivamente pagados”, como deducción de la base fiscal del cálculo para el pago de Derechos Ordinario sobre Hidrocarburos de 2006. Las áreas revisadas fueron: la Gerencia de Estrategias de Comercialización de Hidrocarburos de la Subdirección de Operaciones y Comercialización; las Gerencias de Administración y Finanzas de la Subdirección Región Marina Noreste, Región Marina Suroeste, Región Sur, Región Norte, de la Coordinación de Servicios Marinos, Recursos Materiales. Asimismo, la Administración Patrimonial y de Servicios y Control de Gestión de la Subdirección de Administración y Finanzas; Gerencia de Coordinación de Operación de la Subdirección de Recursos Humanos, Competitividad e Innovación; la Gerencia de Contratos de la Subdirección de Ingeniería y Desarrollo de Obras Estratégicas.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. La ASF determinó que la entidad fiscalizada no cumplió con la normativa aplicable en la determinación, cálculo y comprobación de costos y gastos en rubros relacionados con la exploración y explotación de petróleo crudo y gas natural. En la integración del rubro servicios médicos del personal activo de PEP se detectó un importe facturado de más por 185.2 millones de pesos.

La entidad fiscalizada pagó 1 mil 284.0 millones de pesos por los servicios médicos del personal jubilado y post-mortem cuyos servicios no forman parte de los otorgados al personal operativo de las áreas de exploración y transporte, previstas por la Ley para su deducción; PEP no comprobó gastos por servicios médicos por 3 mil 405.0 millones de pesos, y gastos por servicios de telecomunicaciones de las áreas operativas, por 518.0 millones de pesos; se

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identificaron 79 facturas por 216.2 millones de pesos de la empresa Cotemar S.A. de C.V., en las que no fue posible identificar la descripción de los servicios facturados ni el lugar y el tiempo en que se desarrollaron, ni las cantidades que debieron haberse incluido en la estimación para comprobar los importes que se pagaron. En la factura expedida por la Compañía Mexicana de Exploraciones (CME) por 22.4 millones de pesos expedida extemporáneamente a su fecha de vencimiento, no fue posible deducir la base para el pago de los Derechos sobre Hidrocarburos, por lo que la ASF recomendó al SAT que practique una auditoría a CME; PEP adjudicó mediante licitación pública internacional un contrato de servicios a la empresa Compañía de Servicios de Compresión de Campeche, S.A. de C.V., sin que conste que haya participado en la licitación, además se le pagaron 18 facturas por 659.3 millones de pesos en el ejercicio 2006, contraviniendo los artículos 18 y 19, de la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas. En la licitación pública internacional relacionada con el contrato de servicios No. 411003807 obtenido por la empresa Oceanografía S.A. de C.V. que se celebró en 2003, para proporcionar los servicios de preparación, acondicionamiento, recuperación y transporte de fluidos de perforación, durante la perforación, reparación y terminación de pozos, PEP limitó la participación de proveedores de otros países, en incumplimiento del capítulo X Compras del Sector Público del TLC. En la partida de costos y gastos financiados por los fideicomisos Pemex Proyect Funding Master Trust y F/163, que totalizan 26 mil 956.9 millones de pesos, incluyó gastos que no representan pagos realizados para proyectos generadores de ingresos incumpliendo con la norma; en el cálculo de las deducciones de gas natural del ejercicio fiscal 2006, PEP no separó del monto deducido de gas natural, las compras que no están efectivamente pagadas, generándose un excedente de deducción por 1 mil 612.9 millones de pesos; no se proporcionó el registro contable de la descapitalización y la integración de las cantidades de los pozos no exitosos Lobina 101 y Salmón 1 en infracción de la Ley Federal de Derechos. Asimismo, PEP incurrió en un sobreejercicio presupuestal en el rubro de gastos corrientes por 31 mil 622.5 millones de pesos.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 13 observaciones que

generaron 15 acciones, de las cuales corresponden: 2 a recomendación, 2 a promoción de Intervención de la Instancia de control, 7 a solicitud de aclaración-recuperación, 1 a promoción del ejercicio de la facultad de comprobación fiscal y 3 a promoción de responsabilidad administrativa sancionatoria.

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⎯ Dictamen de la ASF. El órgano de fiscalización consideró que, en términos generales y respecto de la muestra revisada, Pemex Exploración y Producción no cumplió con las disposiciones normativas aplicables para la determinación y cálculo de costos y gastos de conformidad con los principios de contabilidad y normas de información financiera, así como tampoco en los registros contables, ni con los criterios de deducción para el cálculo de los derechos de hidrocarburos establecidos en la norma.

⎯ Impactos de la fiscalización. Se determinó un impacto económico por las

observaciones de 875.5 millones de pesos, hecho que no implica una recuperación de recursos por esa cantidad en virtud de que ello dependerá de las aclaraciones que realice el ente fiscalizado. Asimismo, las acciones instrumentadas, se orientaron principalmente a promover la sanción de servidores públicos infractores; promover la correcta presentación de las declaraciones, solicitudes o avisos fiscales; investigar y en su caso determinar las responsabilidades administrativas; recuperar recursos económicos para la hacienda.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente

auditado.

4.55 AUDITORÍA 06-1-18T4L-02-052. PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. “EVALUACIÓN DE LOS DERECHOS A LOS HIDROCARBUROS”.

⎯ Objetivo. Comprobar que los anticipos a cuenta se determinaron conforme al

Nuevo Régimen Fiscal de Petróleos Mexicanos que entró en vigor a partir de 2006, y que la información reportada en las bases de datos generadas para el registro de los costos y gastos de la exploración y explotación por cada campo de extracción de Petróleo Crudo y Gas Natural no asociado, así como los tipos específicos de petróleo obtenidos por la paraestatal y sus organismos subsidiarios, considerados para el cálculo de los Derechos a los Hidrocarburos, se integraron de acuerdo con la normativa aplicable.

⎯ Características de la revisión. La ASF practicó una revisión financiera y de

cumplimiento y fue seleccionada debido a que se modificó la Ley de Ingresos de la Federación y se incorporó a la Ley Federal de Derechos el Capítulo XII "Hidrocarburos", que modificó el régimen fiscal sustentado en ingresos y deducciones que gravaban las operaciones efectuadas por PEMEX y sus Organismos Subsidiarios, el cual se sustituyó por el valor anual del Petróleo Crudo y Gas Natural extraídos en lugar de los ingresos y por nuevas deducciones, por lo que se requiere verificar que en las bases de datos de estos conceptos se incorporó información suficiente. El importe de 296 mil 392.1 millones de pesos del universo seleccionado correspondió a la recaudación neta

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de los Derechos sobre Hidrocarburos y los 282 mil 039.8 millones de pesos de la muestra auditada, a la recaudación neta del Derecho Ordinario sobre Hidrocarburos, reportados en el Estado Analítico del Informe de Avance de Gestión Financiera enero-junio 2006. Las áreas revisadas fueron la Subdirección de Administración y Finanzas (SAF), la Gerencia de Recursos Financieros (GRF), la Subdirección de la Coordinación Técnica de Exploración, la Subdirección de Distribución y Comercialización de PEMEX Exploración y Producción y la Administración del Centro Contable (ACC) de la Administración General de Recaudación (AGR) del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

⎯ Resultados relevantes de la revisión. Se reportaron 307 mil 031.6 millones de

pesos por la totalidad de los diferentes derechos recaudados, que incluyeron 282 mil 039.8 millones de pesos de los Derechos Ordinario sobre Hidrocarburos, el 91.9% del total. En base a las reformas a la Ley Federal de Derechos, al comparar la recaudación neta de los Derechos sobre Hidrocarburos reportada en el Estado Analítico de Ingresos de enero a junio de 2006, que resultó al aplicar el nuevo régimen fiscal de PEMEX, con la recaudación neta de los derechos vigentes en el mismo periodo de 2005 (régimen anterior), se determinó un incremento en el entero de los derechos en el primer semestre de 2006 respecto al mismo período de 2005, por 78 mil 977.9 millones de pesos. Por otra parte, los montos de los anticipos diarios y semanales previstos en la Ley de Ingresos de la Federación, totalizaron 585.6 millones de pesos y 4 mil 110.4 millones de pesos, respectivamente, y fueron modificados mediante la instrucción de la SHCP a PEP a través de diversos oficios, con fundamento en el artículo 7o., fracción VIII, párrafo tercero, de la propia Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2006, el cual establece que “La Secretaría de Hacienda y Crédito Público queda facultada para variar el monto de los pagos diarios y semanales, establecidos en este artículo, cuando existan modificaciones en los ingresos de Petróleos Mexicanos o de sus organismos subsidiarios...” como lo determinó el Congreso de la Unión, con el fin de dotar a PEMEX de mayores recursos para realizar las inversiones necesarias tendientes a una explotación racional y eficiente de los hidrocarburos. Se observó que del pozo JUSPI-101, se reportó la “terminación de perforación” el 10 de septiembre de 2005 ya que fue taponado por accidente mecánico durante la perforación y el COYOLCALI-1, el 23 de enero de 2006 por “improductivo Seco”; sin embargo, en ambos casos se reportaron inversiones en exploración efectuadas en fechas posteriores a las de su terminación de perforación, en infracción de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. No se acreditó la existencia de los registros de los costos y gastos de la exploración y explotación por cada campo de extracción de petróleo crudo y gas natural no asociado, así como de los tipos específicos de petróleo, tal y como lo

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señalan el Decreto por el que se reforman diversas disposiciones del capítulo XII, titulo segundo, de la Ley Federal de Derechos, vigente a partir del 1o. de enero de 2006, y 16, fracción X, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. La ASF emitió 8 observaciones que generaron 9 acciones, las cuales constituyen 6 recomendaciones, 1 solicitud de aclaración-recuperación y 2 promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales, PEMEX

Exploración y Producción cumplió razonablemente con las disposiciones normativas aplicables al cumplimiento en tiempo y forma de las disposiciones aplicables al Nuevo Régimen Fiscal de Petróleos Mexicanos, excepto por los resultados con observación que se precisan en el informe.

⎯ Impacto de la fiscalización. El impacto económico ascendió a 36.3 millones de

pesos. Este importe representa el monto de las operaciones observadas, las cuales no necesariamente implican recuperaciones o daños a la hacienda pública federal.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. El ente fiscalizado comentó que

durante el tiempo transcurrido desde la notificación sobre la revisión para incluirse en el Informe de Avance de Gestión Financiera, hasta su integración al Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública, PEMEX Exploración y Producción presentó información para la atención de las acciones emitidas, según se muestra en el correspondiente apartado de seguimiento de observaciones-acciones que se integra por entidad fiscalizada en el citado Informe del Resultado.

4.56 AUDITORÍA: 06-1-18T4L-02-416. PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. “EVALUACIÓN DE LOS DERECHOS A LOS HIDROCARBUROS (RÉGIMEN FISCAL)”.

⎯ Objetivo. Verificar que los Derechos a los Hidrocarburos se calcularon,

enteraron, registraron, reportaron en la contabilidad y presentaron en la Cuenta Pública 2006 de conformidad con la normativa y que de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Federal de Derechos, se integró la información de las bases de datos generadas para el registro de los costos y gastos de exploración y explotación por cada campo de extracción de Petróleo Crudo y Gas Natural asociado y no asociado, así como los tipos específicos de petróleo obtenido por la paraestatal y sus organismos subsidiarios, considerados para el cálculo de los Derechos a los Hidrocarburos.

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⎯ Características de la Revisión. Se decidió realizar una auditoría financiera y de cumplimiento para evaluar la correcta observancia de las disposiciones del Régimen Fiscal de PEMEX, conforme a lo dispuesto en la Ley Federal de Derechos, la cual establece que la Auditoría Superior de la Federación deberá presentar un informe especial en el que emitirá sus observaciones y recomendaciones sobre la aplicación del régimen contenido en la Ley Federal de Derechos vigente a partir de enero de 2006.

Se determinó revisar el importe por 472 mil 403.4 millones de pesos correspondiente a los pagos realizados por concepto del Derecho Ordinario sobre Hidrocarburos, que representan el 90.7% de los 521 mil 117.0 millones de pesos reportados como recaudación neta de los Derechos a los Hidrocarburos en el Estado Analítico de Ingresos de la Cuenta Pública de 2006 seleccionado como universo. Las áreas revisadas fueron: Subdirección de Administración y Finanzas (SAF); Gerencia de Recursos Financieros (GRF); Subdirección de la Coordinación Técnica de Exploración; gerencias de Transporte y Distribución de Hidrocarburos de las regiones Norte, Sur, Marina Noreste y Marina Suroeste de la Subdirección de Distribución y Comercialización de PEMEX Exploración y Producción, y la Administración del Centro Contable (ACC) de la Administración General de Recaudación (AGR) del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

⎯ Resultados relevantes de la revisión. En el Estado Analítico de Ingresos de la

Cuenta Pública de 2006, se reportaron 521 mil 117.0 millones de pesos de todos los derechos recaudados, monto superior en 51 mil 911.8 millones de pesos, el 11.1% de la recaudación obtenida en el 2005 (Régimen Fiscal anterior). De este total, 472 mil 403.4 millones de pesos correspondió a los Derechos Ordinarios sobre Hidrocarburos, que significó el 90.7% del total. En la cuenta “Pagos Provisionales” se registraron 472 mil 403.4 millones de pesos del Derecho Ordinario sobre Hidrocarburos, y se comprobó que el monto reportado en los Resúmenes de Ingresos Ley, las Pólizas Auxiliares Globales Diarias y las Relaciones de Operaciones de 2006 coincide con el observado en el Estado Analítico de Ingresos de la Cuenta Pública de 2006.

El 15 de diciembre de 2006 la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público instruyó a PEP que, de acuerdo con las modificaciones de los ingresos reportados por PEMEX durante 2006, no enterara los pagos diarios y semanales que realizaba a cuenta del Derecho Ordinario sobre Hidrocarburos, por lo que el organismo no enteró 7 mil 232.0 millones de pesos y 10.5 millones de pesos de anticipos diarios y semanales, en infracción de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006; cabe aclarar que la SHCP sólo está facultada para variar el monto de los pagos diarios y semanales, establecidos en la ley, cuando existan modificaciones en los ingresos de Petróleos Mexicanos o de sus organismos subsidiarios.

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Al verificar que los volúmenes extraídos de gas natural asociado y no asociado se integraran conforme a la Ley de Derechos, se detectó la existencia de diferencias entre las bases de datos y el balance por tipo de gas natural, con un impacto de 2.0% de la quema de gas y la disminución indebida del empaque, situación que incidió en el cálculo del valor de los volúmenes de gas natural utilizado en la base gravable por 77.0 millones de pesos. Lo anterior generó diferencias en el pago de diversos derechos, sobre todo del Derecho Ordinario sobre Hidrocarburos por 60.5 millones de pesos.

Existió una diferencia en el volumen de gas natural asociado y no asociado, que incidió en la base gravable del cálculo a los Derechos sobre Hidrocarburos. Debido a las diferencias observadas en el volumen de gas natural asociado y no asociado, el 2.0% de la quema de gas y la disminución indebida del empaque incidieron en el cálculo de la deducción máxima por 242.4 millones de pesos utilizada en la base gravable, lo que generó un entero menor en el pago del Derecho Ordinario sobre Hidrocarburos por 190.7 millones de pesos. Se observaron variaciones en el precio promedio ponderado del petróleo crudo comercializado dentro del país, por lo que se determinó una disminución por 9 mil 381.6 millones de pesos de la base fiscal para el pago de los derechos a los hidrocarburos, lo cual incidió en una disminución del pago del Derecho sobre Hidrocarburos para el Fondo de Estabilización (DSHFE), Derecho para el Fondo de Investigación Científica y Tecnológica en Materia de Energía (DEFICTME), Derecho para la Fiscalización Petrolera (DFP) y Derecho Ordinario sobre Hidrocarburos (DOSH), respectivamente, por 938.2 millones de pesos, 4.7 millones de pesos, 281.5 miles de pesos y 6 mil 639.4 millones de pesos. El Estudio de Precios de Transferencia realizado por una consultora contratada por PEP, reveló que el precio de venta de petróleo crudo interorganismos tiene un descuento implícito que no tendría lugar entre partes no relacionadas por 7 mil 270 millones de pesos, cantidad que puede variar en función del indicador de precio que se adopte. En relación con las ventas de gas natural y sus líquidos que realiza PEP a PEMEX Gas y Petroquímica Básica (PGPB), los consultores determinaron un descuento que no tendría lugar entre partes no relacionadas por 17 mil 473 millones de pesos. Con los ajustes que realizó el despacho al considerar las condiciones particulares de México y la situación específica de PGPB, se determinó un impacto económico de 8 mil 219.0 millones de pesos. No fue posible a la ASF verificar las condiciones y situaciones específicas que sustenten la diferencia indicada en el citado Estudio de Precios de Transferencia.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. En resumen se emitieron 6

observaciones que generaron 11 acciones, de las cuales corresponden: 5 a Recomendación, 5 a Solicitud de Aclaración-Recuperación y 1 a Pliego de Observaciones.

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⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, Pemex Exploración y Producción cumplió con las disposiciones normativas aplicables al cálculo, entero y registro de las operaciones examinadas, excepto por los resultados con observación que se precisan en el informe.

⎯ Impacto de la fiscalización. La ASF determinó un monto observado de 282.7

millones de pesos, cantidad que no indica necesariamente una recuperación de recursos. La ASF emitió 6 observaciones que generaron 11 acciones, orientadas principalmente a propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación; recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal y fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente

auditado.

4.57 AUDITORÍA: 06-1-18T4L-02-425. PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. “INVERSIONES EN PROYECTOS DE EXPLORACIÓN DE NUEVOS CAMPOS PETROLEROS EN AGUAS PROFUNDAS DEL GOLFO DE MÉXICO”.

⎯ Objetivo. Verificar la razonabilidad de las erogaciones efectuadas en los

proyectos de exploración de campos petroleros ubicados en la zona denominada “aguas profundas” del Golfo de México, y que ellas se realizaron de conformidad con los programas y los contratos de adquisiciones, asimismo, que se registraron, reportaron en la contabilidad, presentaron en la Cuenta Pública 2006 y se incorporaron en la base de datos para el cálculo de los derechos a los hidrocarburos de conformidad con la normativa.

⎯ Características de la Revisión. La ASF practicó una revisión financiera y de

cumplimiento que fue seleccionada debido a que en la Cuenta Pública de 2006 se reportó en el proyecto PEP Cantarell, un importe de 25 mil 931.6 millones de pesos, que incluyó la inversión en exploración de nuevos campos petroleros en aguas profundas del Golfo de México, realizada en 2006. PEMEX Exploración y Producción (PEP) en el ejercicio de 2006 realizó inversiones por 1 mil 010.2 millones de pesos, para la exploración de nuevos campos petroleros en la zona de aguas profundas (tirantes de agua de más de 500 metros) del Golfo de México. La muestra que se determinó revisar fue de 373.0 millones de pesos que representó el 36.9% del total que correspondió a pagos de 7 contratos revisados. La auditoría se efectuó en la Subdirección de la Unidad de Perforación y Mantenimiento de Pozos; las áreas especializadas de la Coordinación Técnica de Exploración; los Activos de la Región Marina Suroeste y de Exploración Norte; diversas gerencias de la Subdirección de Planeación y Evaluación; y en las subgerencias de la Subdirección de Administración y Finanzas de PEP.

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⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF, determinó que PEMEX Exploración y Producción (PEP) realizó en el ejercicio fiscal de 2006 inversiones del proyecto Cantarell en exploración y explotación por 25 mil 828.2 millones de pesos, que incluyó la inversión en exploración de nuevos campos petroleros en aguas profundas del Golfo de México por 1 mil 010.2 millones de pesos, en tirantes de agua de más de 500 metros.

El objetivo de los proyectos Área Perdido y Golfo de México B es evaluar el potencial de tirantes de agua de 200 a 2,500 metros y 500 a 2,000 metros, en el Golfo de México, y el del Proyecto Golfo de México Sur es investigar la existencia de aceite y gas en tirantes de 500 a 3,500 metros. La ASF determinó que el presupuesto para los 27 proyectos PIDIREGAS de PEP por 11 mil 016.6 millones de dólares, difirió en 66.3 millones de dólares; la entidad informó que se debió a la reasignación de recursos autorizados remanentes del resto de las subsidiarias y que está contenido dentro del techo financiero de PEMEX, no obstante, la ASF observó la existencia de otras reasignaciones que sí fueron formalizadas. La ASF, revisó 7 contratos (por 373.0 millones de pesos) de 27 contratos (por 500.7 millones de pesos) para servicios de arrendamiento de plataformas, conductores marinos y de software, asesoría técnica y desarrollo conceptual de campos, entre otros. El más importante por el monto (268.0 millones de pesos), correspondió al arrendamiento de Plataforma Sumergible “Ocean Worker” de la empresa mexicana Mexdrill Offshore , S de RL de CV, donde se constató que el procedimiento de licitación cumplió con la normativa vigente. Con Mexdrill y Diamond Offshore Drilling (norteamericana), PEP estableció un contrato de arrendamiento financiero multianual para la plataforma Ocean Worker, por 104.3 millones de dólares y con una vigencia de 2003 a 2007. Entre 2004 y 2007, se concluyó la perforación de 4 pozos en aguas profundas y 2 en aguas someras. Dos de los pozos perforados resultaron con producción de gas seco: el Noxal-1 y el Lakach-1, el primero con reservas probadas, probables y posibles (3P) por 420 mmmpc (miles de millones de pies cúbicos) y el segundo por 1,301.8 mmmpc y un valor económico estimado de 6 mil 525 millones de pesos y 18 mil 020.7 millones de pesos, respectivamente. La ASF encontró que PEP realizó un contrato de obra pública con Geoprocesados, S.A. de C.V. con una vigencia de tres años por 13.9 millones de dólares, cuyos pagos fueron realizados con presupuesto de PIDIREGAS, el cual no se comprobó que tuviera las características de estos proyectos. Finalmente, la ASF verificó que PEF sólo cumplió con 53.1% de las metas programadas en cuanto a la exploración de nuevos campos petroleros en aguas profundas y entre 2004 y 2007 sólo se perforaron 5 pozos, de los cuales no se presentaron indicadores para la medición de los proyectos, lo que impidió evaluar el cumplimiento de las metas.

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⎯ Acciones Promovidas. La ASF emitió 5 observaciones que generaron 7 acciones, que correspondieron a 3 recomendaciones, 1 a promoción de la instancia de control, 1 a recomendación al desempeño y 2 a responsabilidad administrativa sancionatoria.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto

de la muestra auditada, PEP cumplió con las disposiciones normativas aplicables al registro de las operaciones relacionadas con las inversiones en exploración de nuevos campos petroleros en aguas profundas, excepto por los incumplimientos mencionados en los resultados.

⎯ Impacto de la Fiscalización. La ASF no determinó ningún impacto en la

fiscalización.

⎯ Comentarios de la Entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente auditado.

4.58 AUDITORÍA 06-1-18T4L-04-955. PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. “PROYECTO PEP INTEGRAL AGUA FRÍA COAPECHACA-TAJÍN-PIDIREGAS. CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA ORIENTADA A LA RECUPERACIÓN DE LAS RESERVAS DE HIDROCARBUROS”.

⎯ Objetivo. Comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron,

presupuestaron, licitaron, contrataron y ejecutaron conforme a la legislación aplicable.

⎯ Características de la revisión. La ASF practicó una revisión a las inversiones

físicas, la cual se seleccionó por la importancia de la participación del proyecto dentro del gasto ejercido por PEMEX Exploración y Producción en 2006. El universo seleccionado fue de 27.0 millones de pesos y la muestra auditada de 22.6 millones de pesos. Se revisaron dos muestras del proyecto, la primera de 33 conceptos de obra por un monto de 11.0 millones de pesos que representó el 90.5% del monto ejercido de 12.2 millones de pesos, y la segunda de 69 conceptos de obra por un monto de 11.6 millones de pesos que representó el 78.2% del monto ejercido de 14.8 millones de pesos que comprendieron la ejecución de las obras, debido a ser representativas del monto ejercido y por ser susceptibles de verificarse y cuantificarse, tanto en planos como en campo con datos proporcionados por la entidad fiscalizada. El área revisada fue la Subdirección Región Norte.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. En los contratos núms. 414105885 y

414104928, la entidad fiscalizada omitió entregar la documentación que compruebe que antes de realizar la obra pública se hubieran elaborado los

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estudios de preinversión para definir la factibilidad técnica, económica y ambiental del proyecto.

En los contratos núms. 414105885 y 414104928, la entidad fiscalizada no proporcionó el estudio de impacto ambiental de la obra, únicamente entregó el resolutivo correspondiente a la manifestación de impacto ambiental del Proyecto Integral del Activo Poza Rica 2001-2016, que emitió la Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental. No se comprobó que antes de publicar la convocatoria para licitar la obra, se contó con el dictamen favorable de un experto sobre el proyecto ejecutivo de la obra y del análisis de factibilidad técnica, económica y ambiental del proyecto. La forma de pago en los contratos núms. 414105885 y 414104928 no se ajustó al esquema PIDIREGAS, debido a que las estimaciones de los trabajos ejecutados se pagaron en forma mensual, en infracción de la Ley General de Deuda Pública, y de la Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Público Federal. La entidad fiscalizada no contó previamente a la ejecución de los trabajos con los estudios, proyectos y especificaciones para la construcción, sustitución o rehabilitación de los ductos necesarios para el proyecto, y para la construcción de laboratorios, lo que ocasionó para el primer caso que en el catálogo original de conceptos se modificaran las cantidades y los montos estipulados de cada concepto, por lo que el total de la obra varió de 72.1 a 14.4 millones de pesos, y del monto contractual se tuvieran que cancelar 65.6 millones de pesos. Para la construcción de laboratorios no se definieron las necesidades del usuario ni del área donde se construirían, lo que ocasionó que se modificaran las cantidades y montos establecidos de cada concepto, por lo que el total de la obra varió de 51.7 a 63.4 millones de pesos. No se encontraron convenios que avalen las modificaciones a las condiciones contractuales que justificaron que la obra se suspendiera parcialmente dos veces, que entre otros perjuicios, ocasionó que se prorrogara su conclusión en 105 días naturales, que se realizaran trabajos adicionales que ejecutó el contratista por 7.9 millones de pesos, y la cancelación de conceptos originales de trabajo por 65.6 millones de pesos, modificaciones que afectaron las condiciones contractuales. Se convocó y contrató obra pública para la construcción de laboratorios del Activo Integral Poza Rica-Altamira, sin que se hubiera incluido el presupuesto correspondiente en el oficio de autorización de inversión financiada núm. 510.-0089 del 15 de febrero de 2002.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. La ASF emitió 21 observaciones que

generaron 27 acciones, de las cuales corresponden 21 a recomendación, 1 a solicitud de aclaración-recuperación, 4 a pliego de observaciones y 1 a promoción de responsabilidad administrativa sancionatoria.

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⎯ Dictamen de la ASF. La ASF consideró que, en términos generales y respecto de la muestra, PEP cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, adjudicación, y ejecución de las operaciones examinadas, excepto por los resultados con observación que se precisan en el apartado correspondiente del informe.

⎯ Impacto de la fiscalización. La cuantificación monetaria de las observaciones

por 822.0 miles de pesos se integra por un pago de 137.3 miles de pesos por falta de soporte documental del destino de retenciones aplicadas, 122.3 miles de pesos, sin que presentara prueba documental que justifique la forma en que el ente determinó los pagos en exceso y los intereses generados; 221.2 miles de pesos por la limpieza fina de obra no procedente en área de laboratorios y limpieza fina de obra en área de litoteca; 58.9 miles de pesos por el pago de flete improcedente, y pago por trabajos de mala calidad de 282.3 miles de pesos de diversos conceptos.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente

auditado.

4.59 AUDITORÍA 06-1-18T4L-04-484. PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. “PROYECTO PEP INTEGRAL CHUC-PIDIREGAS. CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA ORIENTADA A LA PRODUCCIÓN DE CRUDO LIGERO, EN LA REGIÓN MARINA SUROESTE”.

⎯ Objetivo. Comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron,

presupuestaron, licitaron, contrataron y ejecutaron conforme a la legislación aplicable.

⎯ Características de la revisión. La ASF practicó una revisión de inversión física

que se seleccionó en base a la importancia que presenta el proyecto PEP Integral Chuc-PIDIREGAS en la Región Marina Suroeste, por ser un proyecto de infraestructura productiva de largo plazo PIDIREGAS, y por la relevancia del flujo de inversión acumulada por 11 mil 493.9 millones de pesos, registrado en la Cuenta Pública de 2006. Se revisó la totalidad de los conceptos por 282.8 millones de pesos que integraron la ejecución de las obras durante 2006, por ser susceptibles de verificar y cuantificar tanto en planos como en campo. El área revisada la Gerencia de Transporte y Distribución de Hidrocarburos de la Región Marina Suroeste.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. La ASF determinó que registró un atraso

de 23 días en la verificación de la terminación de los trabajos con respecto a lo pactado en el contrato que señala un plazo no mayor a 10 días naturales, en contravención de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las

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Mismas. La entidad determinó la terminación anticipada del contrato el 9 de octubre de 2006. Lo anterior lo motivó en el hecho de que la contratista le informó sobre la imposibilidad de continuar con los trabajos, debido a que el barco que subcontrató para su ejecución, le había notificado que realizaría la reparación de averías y después, sin justificación alguna abandonó el sitio; además, señaló no poder sustituirlo por otro en razón de que en ese momento existía carencia de embarcaciones disponibles. Al respecto, la ASF determinó que la entidad fiscalizada debió rescindir el contrato, conforme a lo estipulado en su anexo “B” Especificaciones Generales. La forma de pago que se estipuló en los contratos 418815858 y 418815882 no se ajustó al esquema PIDIREGAS, debido a que las estimaciones de los trabajos ejecutados se pagaron mensualmente con recursos que la propia entidad capta mediante su vehículo financiero PEMEX Project Founding Master Trust, siendo que la normatividad establece que las entidades sólo podrán realizar pagos una vez que reciban a su satisfacción el bien materia del contrato y éste se encuentre en condiciones de generar los ingresos que permitan cumplir con las obligaciones pactadas y los gastos asociados.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. La ASF emitió 7 observaciones que generaron 9 acciones, de las cuales corresponden: 6 a recomendación, 1 a promoción de intervención de la instancia de control, 1 a solicitud de aclaración-recuperación y 1 a pliego de observaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación consideró que, en términos generales y respecto de la muestra, Pemex Exploración y Producción cumplió con la disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación, licitación y adjudicación de las operaciones examinadas, excepto por los resultados con observación que se precisan en el informe.

⎯ Impacto de la fiscalización. La cuantificación monetaria de las observaciones

ascendió a 26.8 millones de pesos este importe representó el monto de las operaciones observadas, las cuales no necesariamente implican recuperaciones o daños al erario Federal y estarán sujetas a las aclaraciones que se efectúen.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente

fiscalizado.

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4.60 AUDITORÍA 06-1-18T4N-02-273. PEMEX GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA: “MANTENIMIENTO A PLANTAS”.

⎯ Objetivo. Verificar las causas que justifiquen la reprogramación de

mantenimiento a plantas y su impacto en la producción de gas y en el cumplimiento de sus metas y objetivos; comprobar que las erogaciones realizadas para el mantenimiento de plantas se hayan destinado a los fines previstos por la entidad; y que se encuentren debidamente pagadas, justificadas y comprobadas documentalmente, y que en su registro presupuestal se hubiese observado la normativa aplicable.

⎯ Características de la revisión. La ASF practicó una revisión financiera y de cumplimiento en base a la importancia de la meta institucional 226 "Producir Petróleo, Gas, Petrolíferos y Mantener sus Instalaciones" a cargo de PEMEX Gas y Petroquímica Básica (PGPB), porque se tiene el indicio de reprogramaciones de trabajos para el mantenimiento a motocompresores, reactor térmico, equipos e instalaciones eléctricas y al sistema de control distribuido en los Centros Procesadores de Gas (CPG's) principalmente en Ciudad PEMEX y Arenque. Se seleccionó una muestra de 446.1 millones de pesos relacionados con los servicios de Conservación y Mantenimiento Diversos, que representó el 26.4% del total reportado como presupuesto ejercido en el Capítulo 3000 “Servicios Generales” por 1 mil 691.8 millones de pesos de la Actividad Institucional mencionada. Las áreas revisadas fueron las gerencias de Finanzas, de Recursos Materiales, Regional de Administración y Finanzas Zona Sur y Unidad Regional de Administración y Finanzas Zona Norte, dependientes de la Subdirección de Administración y Finanzas de PGPB.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. La ASF encontró que la entidad

fiscalizada no actualizó el Programa de Mantenimiento por Planta de acuerdo con las reprogramaciones y trabajos de mantenimiento, incluidos durante el ejercicio 2006 en las minutas de reuniones del Grupo Operativo de Gas Natural y en los Acuerdos de la Junta de trabajo de revisión del Programa Operativo Trimestral, por lo que dicho programa no mostró los trabajos realmente ejecutados, en incumplimiento de la norma que señala que se deberán llevar a cabo las acciones de los preparativos para el mantenimiento, de acuerdo al programa y plan trazado y que se realizarán periódicamente auditorías internas y externas al programa de actividades de los preparativos de mantenimiento con el propósito de asegurar que se cumplirá en la fecha programada para la intervención en cada planta.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. La ASF emitió 8 observaciones que generaron 9 acciones, de las cuales corresponden: 8 a recomendación y 1 a promoción de responsabilidad administrativa sancionatoria.

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⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación consideró que, en términos generales, y respecto de la muestra señalada, PEMEX Gas y Petroquímica Básica cumplió con las disposiciones normativas aplicables al mantenimiento a plantas, a las causas de las reprogramaciones, al impacto en la producción de gas y en lo tocante al cumplimiento de sus metas y objetivos, así como a la realización de los procesos de adjudicación, recepción y pago de los egresos presupuestales correspondientes.

⎯ Impacto de la fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la ASF emitió 9 acciones, orientadas principalmente a promover la sanción de servidores públicos infractores; propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación; promover la elaboración, actualización o simplificación de la normativa y fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se registraron comentarios.

4.61 AUDITORÍA 06-1-18T4O-02-285. PEMEX PETROQUÍMICA: “MANTENIMIENTO DE PLANTAS”.

⎯ Objetivo. Verificar que las erogaciones realizadas para el mantenimiento de

plantas se hayan destinado a los fines previstos por la entidad; su impacto en la producción de productos petroquímicos y en el cumplimiento de sus metas y objetivos; comprobar que se encuentren debidamente pagadas, justificadas y comprobadas documentalmente, y que en su registro presupuestal se hubiese observado la normativa aplicable.

⎯ Características de la revisión. La ASF realizó una revisión financiera y de

cumplimiento que fue seleccionada para verificar que las erogaciones realizadas para el mantenimiento de 19 plantas de producción de petroquímicos que correspondieron al mantenimiento efectuado con los recursos humanos y materiales de PEMEX Petroquímica, se destinaron en mayor proporción a los complejos de Petroquímicos de Morelos, Cangrejera y Pajaritos. La muestra auditada fue de 878.2 millones de pesos, que representó 75.4% del total erogado por 1 mil 165.5 millones de pesos que correspondieron a las erogaciones para el mantenimiento de las plantas. Las áreas revisadas fueron la Subdirección de de Operaciones, de Planeación, Comercial y de Administración y de Finanzas, que dependen de la Dirección General de PEMEX Petroquímica.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. La ASF determinó que los recursos destinados al mantenimiento en los complejos petroquímicos Cangrejera, Morelos y Pajaritos por 482.7 millones de pesos, los cuales fueron registrados mediante el sistema IMMPOWER, cumplieron con las órdenes de trabajo establecidas y con los procedimientos de asignación correspondientes. La ASF

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encontró que se realizaron operaciones de mantenimiento fuera de la meta establecida en un 39.8% adicional, propiciando que la meta de producción se cumpliera parcialmente (86.2%); por lo que hubo un faltante de 108 mil toneladas, debido a fallas no programadas y a otros factores (incremento precios, falta de mercado para la venta, retraso por paros no programados). Por otra parte, en la revisión de los contratos de conservación y mantenimiento por 395.5 millones de pesos, la ASF incluyó 22 contratos y revisó seis contratos para la adquisición de tubería que sería destinada a la reparación y mantenimiento de hornos de los complejos Cangrejera y Morelos. De los resultados observados la ASF determinó incumplimientos a la normatividad vigente por parte del proveedor y de la entidad fiscalizada. PEMEX Refinación adjudicó un contrato a la empresa SEA para la adquisición de tubería por 393.4 miles de dólares, en donde el representante legal y socio mayoritario de la empresa es, al mismo tiempo, representante legal de la proveedora Ingeniería Mantenimiento y Control S.A. de C. V. La empresa JAMSA en un contrato por 3.3 millones de pesos, no cumplió con los plazos de entrega, no celebró el convenio modificatorio correspondiente, pero finalmente la entidad fiscalizada recuperó la garantía. La entidad fiscalizada adjudicó directamente al proveedor Projects & Industrial Products, LLC, la adquisición de tubería por 262.2 miles de dólares, con un sobreprecio acumulado de 68 mil dólares, el cual debió haber pagado el proveedor por incumplimiento de diversos plazos; al final se le impuso una sanción por 46.2 miles de dólares (502.4 miles de pesos) por no contar con la actualización de la garantía del contrato, sin que a la fecha haya evidencia de recuperación. En la adjudicación otorgada a la empresa EPC, para la adquisición de tubería, por 4.3 millones de pesos, el proveedor no entregó los certificados originales emitidos por el fabricante (KUBOTA); no se tiene certeza de que los bienes recibidos reunieron las especificaciones requeridas; por lo que la entidad recuperó la fianza. Se realizó compra de tubería con la empresa KUBOTA, por dos contratos, uno de 2.5 millones de dólares canadienses y el otro de 2.4 millones de dólares, mediante el procedimiento de invitación restringida, en donde PEMEX Petroquímica no efectuó la adquisición de los bienes de acuerdo con los plazos para el suministro requeridos. En una compra de emergencia, PEMEX Petroquímica adjudicó directamente un contrato al proveedor Projet & Industrial Products, LLC., que había incumplido un contrato anterior; en el dictamen de adjudicación, la entidad fiscalizada no contó con el dictamen técnico de las propuestas, fue emitido posteriormente a la fecha del contrato y la fecha de formalización del contrato fue modificada injustificadamente.

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⎯ Observaciones–acciones promovidas. Se emitieron 6 observaciones que generaron 9 acciones, de las cuales corresponden: a 3 recomendaciones, 2 a promoción de intervención de la instancia de Control, 1 a pliego de observaciones y 3 a promoción de responsabilidad administrativa sancionatoria

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto

de la muestra auditada, PEMEX Petroquímica cumplió con los ordenamientos jurídicos, principios de contabilidad y las disposiciones aplicables al mantenimiento de plantas, su impacto en la producción de petroquímicos y en el cumplimiento de sus metas y objetivos.

⎯ Impacto de la fiscalización. La ASF determinó recuperaciones probables por

502.7 miles de pesos, por incumplimiento del contrato del proveedor Projects & Industrial Products, LLC., para la adquisición de tubería sin ejercer la garantía de cumplimiento.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente

auditado.

4.62 AUDITORÍA: 06-1-18T4M-02-290: PEMEX REFINACIÓN: CONTRATACIÓN PARA LOS TRABAJOS Y SERVICIOS DE RECONFIGURACIÓN DE LA REFINERÍA "GENERAL LÁZARO CÁRDENAS".

⎯ Objetivo. Comprobar que las erogaciones realizadas para las contrataciones de

trabajos y servicios para la reconfiguración de la Refinería "General Lázaro Cárdenas", correspondieron a operaciones autorizadas; que realmente obedecieron a las necesidades de la refinería, que los pagos por los trabajos ejecutados contaron con la documentación comprobatoria y correspondieron con los avances físico financieros y que, en su caso, los atrasos fueron plenamente justificados; y que el registro presupuestal del gasto se efectuó conforme a la normativa aplicable.

⎯ Características de la revisión. La ASF realizó una auditoría financiera y de

cumplimiento, para lo cual se seleccionaron los contratos relativos al desarrollo de ingeniería de detalle de preparación, arranque y marcha del Proyecto de Reconfiguración de la Refinería "General Lázaro Cárdenas" por 8 mil 011.7 millones de pesos, debido a los atrasos reportados en el avance físico respecto de lo programado y fecha de término. La muestra auditada importó la cantidad de 4 mil 372.3 millones de pesos, representando 54.5% del universo seleccionado, monto que correspondió a 2 contratos por inversión financiada para la reconfiguración de la Refinería en comento, y 7 contratos de gastos capitalizables destinados como parte del gasto programable a dicha reconfiguración. Las áreas revisadas fueron: las subdirecciones de Finanzas y

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Administración y de Producción, y la Unidad de Administración y Finanzas de la Refinería “Gral. Lázaro Cárdenas”, de Pemex Refinación, así como las Direcciones Corporativas de Ingeniería y Desarrollo de Proyectos y de Finanzas de Petróleos Mexicanos.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. El monto del proyecto de la

Reconfiguración de la Refinería General Lázaro Cárdenas a enero de 2006, ascendió a 2 mil 411 millones de dólares, equivalente a 27 mil 485.4 millones de pesos. Pemex refinación cuenta con los instrumentos normativos para realizar un control interno apropiado del proyecto; se destinó un importe de 7 mil 826.7 millones de pesos, incluyendo 345.2 millones de pesos por concepto de intereses capitalizables. Adicionalmente, reportó un importe por 530.3 millones de pesos correspondiente a gasto programable. De la muestra revisada, por un monto de 4 mil 234.5 millones de pesos, se adjudicaron 5 contratos por el procedimiento de adjudicación directa; tres fueron para el Instituto Mexicano del Petróleo, uno fue para KBC Advanced Technologies, Inc., y otro para la empresa Cimentaciones Mexicanas S.A. de C.V. Un contrato se adjudico por el procedimiento de invitación de cuando menos tres a la compañía Auditorias de Sistemas y Servicios de Ingeniería, S.A. Los contratos de mayor peso relacionados con el desarrollo de la ingeniería básica, y de detalle, procura de equipo y materiales, construcción y en general de las obras de integración para la reconfiguración de la Refinería se asignó mediante licitación pública. Las actividades de supervisión y coordinación del proyecto Integral y reconfiguración se asignaron por medio de licitaciones públicas a las empresas ICA Fluor Daniel, Mina-Trico, y Consultaría Integral de Ingeniería. En todos los casos, la ASF determinó que los procedimientos se apegaron a la norma, incluyendo los pagos, los registros contables efectuados en 2006, las entregas de avances, y las actas de entrega-recepción física, excepto por lo siguiente: en el caso del contrato celebrado con KBC Advanced Technologies, Pemex Refinación no contó con el acta de entrega-recepción, finiquito y garantías de vicios ocultos en infracción de la normativa aplicable, situación que se corrigió en noviembre de 2007; en los montos de los contratos adjudicados a los contratistas para el periodo del 11 de octubre de 2004 al 11 de febrero de 2005. En relación al proyecto de reconfiguración, el importe determinado superó en 83.5 millones de dólares (972.4 millones de pesos) el monto autorizado en el tomo IV del PEF (2005). En la fecha de adjudicación de los contratos, Pemex Refinación no contaba con la aprobación de la Unidad de Inversiones de la SHCP, en virtud de que se constató que el estudio de factibilidad de un experto concluyó en diciembre de 2005, Pemex no presentó evidencia documental del dictamen favorable de la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento;

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detectó un monto de 18.5 millones de pesos, por inconsistencias en el registro contable de las operaciones relacionadas con retenciones por penalizaciones por atrasos en el cumplimiento del programa de los contratistas.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 3 observaciones que

generaron 3 acciones, de las cuales corresponden: 3 a recomendación.

⎯ Dictamen de la ASF. El órgano de fiscalización consideró que, en términos generales y respecto de la muestra revisada, Pemex Refinación y Pemex Exploración y Producción cumplieron con los ordenamientos jurídicos, principios de contabilidad y las disposiciones aplicables en relación con el proceso de contratación, pagos de los servicios ejecutados, su recepción y registro presupuestal.

⎯ Impactos de la fiscalización. Se determinó un impacto de carácter contable por

las observaciones de 18.5 millones de pesos, hecho que no implica una recuperación de recursos por esa cantidad en virtud de que ello dependerá de las aclaraciones que realice el ente fiscalizado. Las acciones instrumentadas, se orientaron principalmente a asegurar la confiabilidad de los registros presupuestarios y contables y fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente

auditado.

4.63 AUDITORÍA: 06-1-18T4M-02-564. PEMEX REFINACIÓN. “EVALUACIÓN DEL COSTO FINANCIERO DE LA DEUDA INTERNA”.

⎯ Objetivo. Comprobar que el Costo Financiero de la Deuda Interna, se determinó

y pagó de conformidad con los términos y condiciones convenidos; se registró en la contabilidad y se reportó en la Cuenta Pública, de conformidad con la normativa aplicable. Asimismo, evaluar las condiciones bajo las cuales se contrataron los financiamientos que generaron dicho costo.

⎯ Características de la revisión. Se determinó realizar una auditoría financiera y

de cumplimiento, por las discrepancias existentes entre el presupuesto ejercido para cubrir el costo financiero interno de la deuda, que al cierre de 2006, ascendió a 9 mil 823.7 millones de pesos, y el presupuesto autorizado que fue de 6 mil 594.8 millones de pesos. La muestra auditada importó la cantidad de 619.8 millones de pesos, representando 18.6% del universo seleccionado, por 3 mil 330.3 millones de pesos, que se integra por 1 mil 247.7 millones de pesos del costo financiero de deuda tradicional y 2 mil 082.7 millones de pesos de deuda PIDIREGAS. Se revisaron las áreas siguientes: Subdirección de Finanzas y Administración de Pemex Refinación, Gerencia de Financiamientos y Análisis

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de Mercado; y Gerencia de Tesorería, adscritas a la Subdirección de Financiamientos y Tesorería de la Dirección Corporativa de Finanzas de PEMEX.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. El gasto no programable autorizado en el

PEF 2006, por concepto de costo financiero para PEMEX fue de 33 mil 753.4 millones de pesos, que significó el 79.0% del presupuesto total asignado por dicho concepto a las Entidades Sujetas a Control Presupuestario Directo. A su vez, Pemex Corporativo autorizó a Pemex Refinación un monto de 6 mil 594.8 millones de pesos para el pago de su costo financiero.

El total ejercido por la entidad para pagar el costo financiero fue de 9 mil 819.0 millones de pesos, cantidad que excedió el monto autorizado. El mayor presupuesto ejercido por Pemex Refinación fue realizado mediante 9 adecuaciones presupuestarias, que no requirieron autorización de la SHCP en virtud de que la entidad obtuvo un balance financiero superior a lo previsto. La revisión detectó que Pemex Refinación no llevó a cabo conciliaciones contable-presupuestales relacionadas con el costo financiero interno entre los departamentos involucrados; se comprobó que los pagos efectuados por Pemex Refinación durante 2006 por concepto de intereses, comisiones y gastos de la deuda tradicional, así como los relacionados con la Deuda Pidiregas se ajustaron a la normativa aplicable, excepto por lo siguiente: Pemex Refinación no anexó la tabla de amortización del documento comprobatorio de pago denominado “Cedula de Asignación de Deuda Documentada”; Pemex Refinación no observó que Pemex corporativo determinó erróneamente los intereses pagados el 31 de julio del 2006, situación que fue corregida. Asimismo, la ASF determinó que Pemex corporativo seleccionó las alternativas financieras mejores para la contratación de los financiamientos que generaron ese costo financiero auditado.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 3 observaciones que

generaron 3 acciones, de las cuales corresponden: 3 a Recomendación.

⎯ Dictamen de la ASF. El órgano de fiscalización consideró que, en términos generales y respecto de la muestra revisada, Pemex Refinación cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la determinación, pago y registro del costo financiero de la deuda interna en la contabilidad y presentación en la Cuenta Pública 2006, de las operaciones examinadas.

⎯ Impactos de la fiscalización. No se determinó impacto monetario, sino de

carácter contable. Las acciones instrumentadas, se orientaron principalmente a propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación y fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente

auditado.

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4.64 AUDITORÍA 06-1-18T4M-01-096. PEMEX REFINACIÓN: “EVALUACIÓN DE LAS ACCIONES REALIZADAS POR PEMEX REFINACIÓN PARA LA SOLVENTACIÓN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS CON MOTIVO DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 2004”.

⎯ Objetivo. Evaluar las acciones implementadas por PEMEX Refinación (PR) para

la solventación de las acciones números 04-1-18T4I-7-078-07-011 y 04-1-18T4I-7-078-07-019 emitidas por la ASF con motivo de la revisión de la Cuenta Pública 2004.

⎯ Características de la revisión. La ASF practicó una revisión de seguimiento

debido a que se consideró importante evaluar los resultados de las acciones realizadas por el organismo para solventar dos acciones promovidas por la ASF. Las áreas revisadas fueron las subdirecciones de Producción, y de Planeación, Coordinación y Evaluación.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. En 2004 PEMEX Refinación obtuvo un índice de utilización de su capacidad de destilación equivalente3 de 75.6%, valor inferior en 7.5 puntos porcentuales al de las refinerías de la Costa Norteamericana del Golfo de México (CNGM). En esta materia, el organismo no alcanzó el objetivo de ser una empresa de clase mundial establecido en el Programa Sectorial de Energía 2001-2006.

La Auditoría Superior de la Federación recomendó a Pemex Refinación que elaborara programas de conservación y mantenimiento a la infraestructura productiva que permitieran incrementar el índice de utilización de la capacidad de destilación equivalente, a fin de cumplir con el objetivo establecido en el Programa Sectorial de Energía 2001-2006. Para atender la acción promovida por la ASF, el organismo elaboró el Programa de Atención a Mejoras Operativas, que es un programa de inversiones orientado, entre otros aspectos, a incrementar el índice arriba enunciado a fin de disminuir la brecha con el estándar de las refinerías de la CNGM. En 2006, el índice de utilización de la capacidad de destilación del Sistema Nacional de Refinación fue de 76.9%, resultado inferior en 3.9 puntos porcentuales al valor estándar del organismo que es de 80.8%; en 6.2 puntos porcentuales respecto del estándar de las refinerías de la Costa Norteamericana del Golfo de México que es de 83.1%; y en 0.8 puntos porcentuales al valor alcanzado por el organismo en 2004 que fue de 77.7%. Con las brechas en los índices anteriores, se determinó que en 2006 PEMEX Refinación en esta materia, no alcanzó el objetivo de ser una empresa de clase mundial establecido en el PROSENER 2001-2006.

3 Este indicador expresa la medida de utilización global de los activos de una refinería o conjunto de refinerías

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⎯ Observaciones-acciones promovidas La ASF emitió 1 observación que generó 1 acción, correspondiente a una Recomendación al Desempeño.

⎯ Dictámen de la ASF. La ASF consideró que, en términos generales y respecto de la muestra revisada, PEMEX Refinación cumplió con las disposiciones normativas aplicables al proceso de planeación de las operaciones examinadas, excepto por el resultado con observación que se precisó en el informe. Se determinó que Pemex Refinación no logró incrementar el índice de utilización de la capacidad de destilación equivalente respecto del valor estándar obtenido por las refinerías de la Costa Norteamericana del Golfo de México, por lo que en esta materia no alcanzó el objetivo de ser una empresa de clase mundial establecido en el Programa Sectorial de Energía 2001-2006.

⎯ Impacto de la fiscalización. Se logró una Repercusión en el Control, dado que se encontró que PEMEX Refinación no cuenta con un programa en el que se definan metas anuales y acciones a realizar, orientadas a mejorar el índice de utilización de su capacidad instalada de destilación. Como resultado de la revisión practicada, la Auditoría Superior de la Federación emitió 1 acción, orientada principalmente a fortalecer los mecanismos de operación en términos de eficacia, eficiencia y economía.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. El organismo adujo que, si bien es cierto que en 2006 Pemex Refinación registró una brecha de 5.4 puntos porcentuales en el índice de utilización de la capacidad de destilación equivalente respecto a la Costa Norteamericana del Golfo de México, también lo es, que dicho registro no fue mayor debido principalmente a la atención todavía pendiente que se debe dar a diferentes áreas de la organización como lo pudiera ser la mejora en la autonomía de gestión, la reforma estructural, y los recursos presupuestales en cantidad y oportunidad, necesidades que se han hecho ya del conocimiento del Consejo de Administración de Pemex Refinación, en la sesión del 7 de septiembre de 2006 y las cuales se encuentran en proceso de atención. Además, según Pemex Refinación, el índice citado, no debiera de considerarse como meta a cumplir, sino como un parámetro de referencia al cual se debería de tender, en cuanto se subsanen las áreas de oportunidad antes mencionadas.

4.65 AUDITORÍA: 06-2-18T5K-02-281 P.M.I: “COMERCIALIZACIÓN DE PETRÓLEO CRUDO”.

⎯ Objetivo. Comprobar si los ingresos obtenidos durante el ejercicio, registrados

en el Rubro de Ventas de Petróleo Crudo, se recaudaron y registraron conforme a la normativa aplicable y se facturaron de acuerdo a los volúmenes suministrados a los clientes; verificar si las cuentas por cobrar que se generaron por venta de petróleo crudo se recuperaron de acuerdo a las políticas y plazos

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establecidos por la entidad; asimismo, evaluar los objetivos y metas correspondientes a la actividad institucional "Comercializar Hidrocarburos".

⎯ Características de la revisión. Se determinó realizar una revisión financiera y

de cumplimiento, por los ingresos acumulados por concepto de ventas totales que al cierre de 2006 se ubicaron en 387 mil 705.2 millones de pesos, monto superior en 18.6% (60 mil 790.1 millones de pesos) con respecto de los ingresos registrados en el ejercicio 2005 (326 mil 915.1 millones de pesos), como consecuencia principalmente de que el mercado de petróleo crudo presentó una tendencia a la alza durante el primer semestre en 2006.

Otros elementos considerados fueron la información establecida en el Reporte de Observaciones del segundo trimestre de 2006 del Órgano Interno de Control en PMI, en donde se menciona que no se tiene información confiable de los ingresos por venta de petróleo crudo al existir diferencias en los reportes de ventas de productos de clientes (Shell), en comparación con los registros de la balanza de comprobación por 28 millones de dólares; y con antecedentes de que la entidad remitió al área jurídica cartera a cargo de clientes con pocas posibilidades de recuperación por 106.0 miles de dólares. La muestra auditada importó la cantidad de 208 mil 176.1 millones de pesos, que representó el 53.7% de los ingresos de “Comercialización de Petróleo Crudo”. Áreas revisadas: Subdirecciones de Contabilidad y Presupuestos dependientes de la Dirección de Finanzas; Subdirección Comercial de Crudo, de Operaciones y de Reclamos y Control de Pérdidas, adscritas a la Dirección Comercial de Petróleo Crudo de PMI Comercio Internacional, S.A. de C.V.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. La ASF determinó que: durante 2006, las

ventas de petróleo crudo comercializado por PMI importaron 387 mil 705.2 millones de pesos, valor que representó el 96.0% de la meta original. Este incumplimiento se debió a la declinación de la producción realizada por PEP por el declive de Cantarell, ello a pesar de que entre 2005 y 2006, los ingresos fueron mayores en 60 mil 790.1 millones de pesos.

Para efectuar esta comercialización, PMI contó con los instrumentos normativos apropiados; los contratos con las principales empresas compradoras (ExxonMobil Sales and Suplí Corporation, Valero Marketing and Suplí Company, Pecten trading Company (deer Park), Shell Trading (US) Copany y PMI Norteamérica S.A. de C.V. se encuentran debidamente formalizados de conformidad con la normativa existente incluyendo los acuerdos comerciales firmados; Se detectó la existencia de dos tipos de contratos Evergreen (contratos de largo plazo) y contratos de tiempo o número de cargamento; las líneas de crédito de los clientes de la muestra seleccionada (208 mil 176.1 millones de pesos) se otorgaron conforme a las políticas establecidas; se constató que PMI no tiene cartera vencida de esos clientes; los precios de venta de petróleo crudo que PMI

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comercializó con los 5 clientes por 208 mil 176. 1 millones de pesos fueron autorizados por el Consejo de Administración, y se aplicaron de manera correcta como lo establecen los instructivos de cálculo. En la determinación de los precios de venta, se toman como referencia el promedio de precios de los petróleos tipo West Texas Intermediate (WTI), West Texas Sour (WTS), Light Louisiana Sweet (LLS), y Brent Dated (BTD). En base a muestras representativas se corroboraron de manera independiente los cálculos; se comprobó que el volumen de ventas manifestado en la orden de embarque correspondió al registrado para 712 facturas; la entidad realizó las conciliaciones bancarias en forma mensual sobre los recursos manejados y efectuó el registro contable en conformidad con la norma y las políticas y procedimientos establecidos.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. No se generaron.

⎯ Dictamen de la ASF. El órgano de fiscalización consideró que, en términos

generales y respecto de la muestra revisada, PMI Comercio Internacional, S.A. de C.V., cumplió razonablemente con los ordenamientos jurídicos, los principios de contabilidad y las disposiciones aplicables a la recaudación y registro contable de la venta de petróleo crudo; a la facturación a clientes de acuerdo con los volúmenes suministrados de petróleo crudo; a la recuperación de las cuentas por cobrar de acuerdo con los plazos establecidos por la entidad fiscalizada y el cumplimiento de los objetivos y metas correspondientes a la actividad institucional 526 “Comercializar Hidrocarburos”.

⎯ Impactos de la fiscalización. No se determinó impacto monetario.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente

auditado.

4.66 AUDITORÍA: 06-1-18T0O-07-119. INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO (IMP). “EVALUACIÓN DE LAS ACCIONES DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO EN MATERIA PETROLERA”.

⎯ Objetivo. Evaluar la eficacia en el cumplimiento del objetivo del Instituto

Mexicano del Petróleo (IMP) relativo a satisfacer la demanda de investigación y desarrollo tecnológico requeridos por la industria petrolera; analizar la eficiencia de los procesos de la entidad en términos de ejecutar proyectos de investigación y desarrollo tecnológico, prestar servicios técnicos, comercializar sus productos y formar investigadores; la economía en la aplicación de los recursos presupuestarios; la calidad de los procesos; la satisfacción del ciudadano usuario, y la competencia de los servidores públicos de la entidad.

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⎯ Características de la Revisión. La ASF practicó una revisión de desempeño debido a que se determinó revisar las acciones de investigación y desarrollo tecnológico en materia petrolera, a cargo de IMP, porque constituyen actividades prioritarias para apoyar el crecimiento del país, ya que permiten eficientar la exploración, extracción y explotación de los hidrocarburos, así como su transporte y procesamiento; y, porque al término de 2006, el IMP ejerció un presupuesto inferior en 12.0% del aprobado en dicho año. El alcance presupuestal de la revisión abarcó el total de los recursos ejercidos en 2006 por el IMP, con un importe de 3 mil 804.2 millones de pesos. Las áreas revisadas fueron: las direcciones corporativas de Planeación y Desarrollo Institucional; de Finanzas y Administración; así como de Operación; las direcciones de Ingeniería de Proyecto; de Exploración y Producción; de Ingeniería de Proceso; de Seguridad y Medio Ambiente; de Capacitación; así como de Investigación y Postgrado.

⎯ Resultados Relevantes de la Revisión. La ASF determinó que el IMP cuenta

con indicadores para evaluar la ejecución de los proyectos de investigación y desarrollo tecnológico (IDT) y demás programas de su objeto social, pero no cuenta con indicadores para medir la eficacia en la satisfacción de la demanda de los mismos proyectos, por lo que la ASF construyó 10 indicadores para complementar la evaluación.

La ASF recomendó al IMP para que sea reconocido como socio estratégico de PEMEX; que establezcan metas estratégicas para cada uno de los programas de investigación a desarrollar; que se determine en qué medida el instituto ha contribuido a reducir la dependencia tecnológica de PEMEX y ser reconocido como su brazo tecnológico, ya que se observa que el gasto promedio en IDT para petróleo, a través del IMP, es de los más bajos del mundo, en una muestra de empresas estatales donde se encuentra Petróleo Brasiliero y Statoil de Noruega. La ASF señaló que se muestre en qué medida el instituto es líder en la generación, asimilación y aplicación del conocimiento científico y tecnológico para apoyar al sector energético; que se determine en qué medida el instituto realiza servicios y proyectos IDT que generen productos de alto valor para PEMEX, en ingeniería de proyectos y de procesos, así como en exploración y producción, entre otros. La ASF, constató que el IMP reportó un subejercicio de 520.0 millones de pesos entre el presupuesto original de 4 mil 324.2 millones de pesos y el ejercido de 3 mil 804.2 millones de pesos, debido a que no se contrató el personal de honorarios previsto por el retraso en la aprobación de los proyectos IDT. Adicionalmente, se encontró que el IMP estableció en su Programa Estratégico 2006-2010, como objetivo estratégico, lograr la sustentabilidad financiera con resultados financieros netos positivos, no obstante, la valoración de 2006 reportó

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un remanente negativo y en lo relativo al indicador de inversión en IDT éste fue muy inferior al programado.

⎯ Acciones Promovidas. La ASF emitió 13 observaciones que generaron 13 acciones, que correspondieron a 13 recomendaciones al desempeño.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto

de la muestra antes señalada, el Instituto Mexicano del Petróleo cumplió con su objetivo de realizar investigación y desarrollo tecnológico, prestar servicios técnicos, comercializar sus productos, así como formar investigadores, excepto por los resultados con observación que se precisan en el informe.

⎯ Impacto de la Fiscalización. La ASF no reportó ningún impacto.

⎯ Comentarios de la Entidad fiscalizada. Con relación a los requerimientos de

investigación y desarrollo tecnológico de la industria petrolera, la entidad fiscalizada comentó que si bien PEMEX no solicita explícitamente necesidades de investigación, el Instituto cuenta con otros mecanismos para detectar necesidades relacionadas con tecnologías, tales como los grupos de alineación con diferentes subdirecciones de PEMEX. A través del conocimiento de las necesidades del día es que se establece un portafolio de posibles proyectos de investigación.

El análisis de los proyectos de IDT en ejecución en el periodo, corrobora que se está cumpliendo el objeto por el cual fue creado el IMP. En cuanto a las diferencias en el número de servicios técnicos, es debido a modificaciones, agrupaciones, cancelaciones y diferimiento de los proyectos, que están sujetas a disponibilidad presupuestal de PEMEX. Otro indicador de importancia para el IMP es la facturación que para el caso de Exploración y Producción es el de mayor negocio del Instituto y uno de los de mayor incremento en el periodo 2001-2006.

SECTOR TURISMO

4.67 AUDITORÍA 06-0-21100-07-100. SECRETARÍA DE TURISMO. “EVALUACIÓN DE LAS ACCIONES DE DESARROLLO TURÍSTICO EN LOS ESTADOS Y MUNICIPIOS”.

⎯ Objetivo. Evaluar la eficacia con que se cumplieron los objetivos y metas de

desarrollar integralmente los destinos y regiones turísticos del país, en un marco sustentable y competitivo; la eficiencia con que se realizaron las acciones de diseñar los programas de desarrollo turístico regional, así como la concertación y supervisión de los convenios de reasignación de recursos; la economía en la

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aplicación de presupuesto asignado; la calidad en la prestación de los servicios; la satisfacción de los beneficiarios, y el comportamiento de los operadores.

⎯ Características de la revisión. La ASF realizó una revisión de desempeño que

fue seleccionada porque en el Programa Nacional de Turismo (PNT) 2001-2006, se estableció que esta actividad económica constituye una de las más importantes del mundo. En México genera cerca del 8% del PIB nacional y representa la tercera fuente de captación de divisas con 12.2 millones de dólares; sólo después del petróleo, con 34.7 millones de dólares; y las remesas, con 23.0 millones de dólares. La muestra auditada fue de 218.4 millones de pesos, que representó el 100% del total reportado como ejercido por el ente fiscalizado. Las áreas revisadas fueron: tres coordinaciones adscritas a la Dirección General de Programas Regionales, la Coordinación de los Programas México Norte y Mundo Maya; la Coordinación del Programa Ciudades Coloniales; y la Coordinación de los Programas de Centros de Playa y en el Corazón de México.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. Se comprobó que la SECTUR no cuenta

con indicadores estratégicos y de gestión que le permitan evaluar los aspectos relativos al desarrollo turístico integral, la calidad en el servicio, la competencia de los operadores y la satisfacción del ciudadano-usuario, en contravención a lo señalado en el artículo 24, fracción I, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

También se detectó que el ente fiscalizado no cuenta con indicadores ni parámetros para evaluar la sustentabilidad de cada una de las regiones y destinos turísticos apoyados con los Convenios de Coordinación y Reasignación de Recursos 2006 con objeto de apoyar el desarrollo turístico municipal, estatal y regional. Se constató además que la entidad fiscalizada no dispuso de la información solicitada, y se observó que ninguna entidad federativa remitió en la fecha prevista los cierres del ejercicio presupuestario de 2006, por un monto de 188.7 millones de pesos. Se observó además que en las entidades federativas de Durango, Guanajuato, Michoacán, San Luis Potosí, Veracruz y Zacatecas se celebraron los convenios de coordinación y reasignación de recursos sin que se hubieren realizado los cierres presupuestarios de los recursos reasignados en ejercicios fiscales anteriores, en infracción de los Criterios de Operación para los Convenios de Coordinación y Reasignación de Recursos con las Entidades Federativas para el Ejercicio Fiscal 2006.

Es importante adicionar que la SECTUR no instrumentó las acciones necesarias, con objeto de dar seguimiento al avance físico-financiero de los Convenios de Coordinación y Reasignación de Recursos 2006 que firma con las entidades federativas para el desarrollo turístico de los estados y municipios. Es importante agregar que el ente fiscalizado no tiene un Plan Maestro que contenga el diagnóstico y la prospectiva de desarrollo turístico municipal, estatal y regional,

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que le permita evaluar en qué medida se cumple con el objetivo de apoyar el desarrollo turístico del país.

Adicionalmente, no tiene un catálogo de destinos turísticos susceptibles de ser apoyados con recursos federales a través de los Convenios de Coordinación y Reasignación, en cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2007-2012.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 18 observaciones que

generaron 22 acciones que correspondieron a 2 promociones de intervención de la instancia de control y 20 recomendaciones al desempeño.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que en términos generales, la SECTUR cumplió con las disposiciones normativas aplicables respecto de apoyar el desarrollo turístico en los estados y municipios, diseñar programas regionales y concertar los convenios de coordinación y reasignación de recursos, excepto por las observaciones señaladas en el apartado de resultados.

⎯ Impacto de la fiscalización. La ASF emitió 22 acciones, orientadas

principalmente a alentar la implantación y utilización de sistemas de medición del desempeño; investigar y en su caso determinar las responsabilidades administrativas y fortalecer los mecanismos de operación en términos de eficacia, eficiencia y economía.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. Respecto del resultado de Planeación

Estratégica del Desarrollo Turístico Regional, la SECTUR precisó que considera al Programa Nacional de Turismo 2001-2006, como un instrumento de planeación que da rumbo a los objetivos, estrategias y acciones del sector, y que tiene una vigencia de seis años.

En relación con el resultado de Desarrollo Integral de los Destinos Turísticos, la entidad fiscalizada aclaró que si la SECTUR determinara los destinos susceptibles de recibir recursos federales, limitaría su función de apoyar las iniciativas locales, las cuales están validadas como prioritarias para el desarrollo turístico regional.

En cuanto al resultado de Apoyar Proyectos, la SECTUR señaló que recibe de las entidades federativas los requerimientos para llevar a cabo diversas acciones que alienten el desarrollo turístico de las localidades y que se coordina con los gobiernos de los estados a fin de determinar conjuntamente aquellos proyectos que se consideran más viables por su impacto en la actividad turística.

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4.68 AUDITORÍA 06-3-21W3N-02-359. FONATUR. “INGRESOS Y EGRESOS DE PROYECTOS TURÍSTICOS”.

⎯ Objetivo. Verificar que los ingresos captados por la venta de bienes, se

determinaron de conformidad con sus políticas y que los recursos presupuestarios que aplicó en el desarrollo de proyectos turísticos fueron de conformidad con la normativa y se reflejaron en la Cuenta Pública; asimismo, evaluar el impacto de sus metas y su vinculación con los indicadores del Programa Nacional de Turismo.

⎯ Características de la revisión. Se realizó una revisión financiera y de cumplimiento la cual fue seleccionada debido a que el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR) estimó obtener ingresos propios por 1 mil 554.3 millones de pesos y obtuvo ingresos por 2 mil 312.9 millones de pesos. La muestra auditada fue de 1 mil 185.4 millones de pesos, que representaron el 51.3% del total de ingresos por operación reportados como ejercidos por el ente fiscalizado y se revisaron egresos por 330.2 millones de pesos que representaron el 21.6% del total de egresos reportados como ejercidos por la SECTUR. Se revisaron las direcciones de Administración e Inversiones Turísticas, la Dirección Adjunta de Comercialización y la Dirección General Adjunta de Desarrollo todas ellas adscritas al FONATUR.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. Se comprobó que el FONATUR enajenó

seis lotes en el Centro Integralmente Planeado de Litibú, Nayarit a precio inferior del valor mínimo establecido por su política de comercialización, uno a Servicios Financieros del Yucatán, S.A. de C.V. y cinco a Inmobiliaria Fadesamex, S.A. de C.V. por un total de 450.3 millones de pesos, dejando de percibir 35.4 millones de pesos.

En el mismo sentido, el ente fiscalizado enajenó 18 lotes a precio inferior del valor mínimo establecido por un total de 49.6 millones de pesos, dejando de percibir un monto de 4.0 millones de pesos. Adicionalmente, el ente fiscalizado declaró que cumplió al 100% en la meta presupuestaria en la construcción de 5 escalas náuticas del Proyecto de Inversión de Escalera Náutica del Mar de Cortés, sin embargo de acuerdo con la evidencia documental, sólo concluyó 4.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 4 observaciones que generaron 4 acciones que correspondieron a 1 recomendación, 2 pliegos de observaciones y 1 promoción de responsabilidad administrativa sancionatoria.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que en términos generales, y respecto de la muestra señalada, el FONATUR cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la enajenación de bienes inmuebles y aplicación de recursos en obra pública de las operaciones examinadas, excepto porque en la venta de doce

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terrenos en los Centros Integralmente Planeados, efectúo operaciones por debajo de los establecido en sus Políticas de Comercialización.

⎯ Impacto de la fiscalización. La ASF emitió 4 acciones, orientadas

principalmente a promover la sanción de servidores públicos infractores; propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación y recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal. La cuantificación monetaria de las observaciones asciende a 39.3 millones de pesos, monto que no necesariamente implica recuperaciones o daños a la Hacienda Pública Federal y estarán sujetas a las aclaraciones que se efectúen, en los plazos establecidos para tal fin.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente auditado.

SECTOR REFORMA AGRARIA

4.69 AUDITORÍA 06-0-15100-07-065. SECRETARÍA DE LA REFORMA AGRARIA. “EVALUACIÓN DEL FONDO DE APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS AGRARIOS”.

⎯ Objetivo. Fiscalizar la gestión financiera para comprobar los resultados del

Fondo de Apoyo a Proyectos Productivos Agrarios (FAPPA), en términos de la eficacia con que se cumplió el objetivo de promover la integración productiva de los sujetos agrarios y grupos de campesinos que no sean posesionarios, ni titulares o usufructuarios de tierra social o privada, y que habiten en núcleos agrarios; la eficiencia en el otorgamiento de los subsidios; la economía en la aplicación de los recursos presupuestarios; la calidad en la entrega de los subsidios; la competencia de los actores, y la percepción de los beneficiarios.

⎯ Características de la revisión. La ASF realizó una revisión de desempeño que

fue seleccionada para evaluar las acciones del FAPPA a cargo de la SRA, debido a que el artículo 27 constitucional se establece que la producción agropecuaria es de interés público, ya que contribuye a crear nuevas y mejores posibilidades de ingreso y bienestar de los sujetos agrarios. La muestra auditada fue de 291.4 millones de pesos, que representó el 100% del total reportado como ejercido por el ente fiscalizado. Las áreas revisadas fueron: las direcciones generales de Coordinación (DGC) y de Administración (DGA) de la SRA.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. La ASF determinó una diferencia de 51

proyectos entre el número de proyectos apoyados por el FAPPA reportado en sus registros internos (624) y el número de proyectos manifestados en la Cuenta

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Pública (675), lo que contraviene lo estipulado en el artículo 90 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. También se detectó que el ente fiscalizado reportó una diferencia por 2.4 millones de pesos del presupuesto ejercido entre sus registros internos (289.0 millones de pesos) y lo señalado en la Cuenta Pública de 2006 (291.4 millones de pesos) en contravención a lo señalado en el artículo 242 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

La Secretaría de la Reforma Agraria no identificó a la población objetivo del FAPPA, por lo que la ASF recomendó elaborar los estudios necesarios para cuantificar a la población objetivo del Fondo de Apoyo a Proyectos Productivos Agrarios, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa y municipio. Con la revisión de los registros internos de la SRA sobre el total de sujetos agrarios beneficiarios que en 2006 se apoyaron por medio del FAPPA, se determinó que fueron 9 mil 711 y no los 10 mil 420 reportados en la Cuenta Pública de ese año, cantidad que difiere en 709. Por la diferencia en el número de beneficiarios, la SRA no observó lo establecido en el artículo 90 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. En el periodo de 2000 a 2006 la tendencia en la integración productiva de los habitantes del medio rural que no contaron con títulos de propiedad social o privada, se redujo en promedio anual a una tasa de 8.8%, al pasar de una cobertura nacional de 16 mil 873 beneficiarios en el año 2000 a 9 mil 711 en 2006.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 14 observaciones que generaron 14 acciones que correspondieron a 3 recomendaciones y 11 recomendaciones al desempeño.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que en términos generales, y respecto

de la muestra auditada, la SRA cumplió con las disposiciones normativas aplicables a promover la integración productiva de los sujetos agrarios y grupos de campesinos no posesionarios de tierra excepto por la falta de de información sobre la cuantificación de la población objetivo y la indefinición sobre la temporalidad del FAPPA.

⎯ Impacto de la fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la ASF

emitió 14 acciones de las cuales 4 fueron para contribuir al establecimiento de sistemas de evaluación al desempeño, 6 para fortalecer los mecanismos de fiscalización en la gestión pública y el resto para promover la implantación de mejores prácticas gubernamentales, arraigar la cultura de la rendición de cuentas, identificar oportunidades de mejora y propiciar la eficiencia y eficacia de la acción pública. El impacto de las observaciones por errores y omisiones de la información financiera fue de 2.3 millones de pesos.

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⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente auditado.

4.70 AUDITORÍA 06-0-15100-02-482. SECRETARÍA DE LA REFORMA AGRARIA. “EGRESOS PRESUPUESTALES DE LA PARTIDA 4101 “SUBSIDIOS A LA PRODUCCIÓN”- FONDO DE APOYO A PROYECTOS PRODUCTIVOS AGRARIOS”.

⎯ Objetivo. Verificar que el presupuesto gestionado por la Secretaría de la

Reforma Agraria durante el ejercicio 2006 en la Partida 4101 "Subsidios a la Producción" Fondo de Apoyo a Proyectos Productivos Agrarios (FAPPA), se ejerció y registró conforme a los montos aprobados y de acuerdo a las disposiciones legales y normativas aplicables.

⎯ Características de la revisión. La ASF realizó una revisión financiera y de

cumplimiento que fue seleccionada para verificar que los recursos otorgados al FAPPA se ejercieron y reportaron conforme a la normativa aplicable. La muestra auditada fue de 284.9 millones de pesos, que representó 97.8% del total reportado como ejercido por el ente fiscalizado. Las áreas revisadas fueron las direcciones generales de Coordinación dependiente de la Subsecretaría de Política Sectorial y de Administración dependiente de la Oficialía Mayor de la SRA.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. Se comprobó que el importe ejercido de

291.4 millones de pesos referente al FAPPA coincidió con las cifras reportadas en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2006 y en el Estado del Ejercicio del Presupuesto y los auxiliares presupuestarios de la Dirección General Adjunta de Contabilidad y Presupuesto del ente fiscalizado. No obstante, se encontró que el 59.6% de los expedientes revisados por la ASF, por un importe de 36.1 millones de pesos, carecía de documentación justificativa y comprobatoria de la correcta aplicación de los recursos del FAPPA, en contravención a las reglas de operación del fondo y al Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Adicionalmente se encontró que en los gastos por concepto de capacitación y los gastos de operación, hubo una diferencia de 930.2 miles de pesos y 948.8 miles de pesos respectivamente entre lo reportado por la Dirección General de Coordinación y el importe pagado en las Cuentas por Liquidar Certificadas, en contravención al reglamento antes mencionado. La entidad fiscalizada no entregó la comprobación correspondiente del pago de la supervisión al seguimiento de los proyectos productivos del FAPPA por 1.1 millones de pesos. Cabe mencionar que la ASF detectó que en dos casos se

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otorgaron recursos del FAPPA por 24.9 miles de pesos y 30.0 miles de pesos, en contravención a las reglas de operación del mismo, ya que dichos beneficiarios eran posesionarios de tierras.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 14 observaciones que generaron 17 acciones que correspondieron a 10 recomendaciones, 2 promociones de intervención de la instancia de control, y 5 solicitudes de aclaración-recuperación.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que en términos generales, y respecto de la muestra señalada, la SRA cumplió con las disposiciones normativas aplicables en cuanto al ejercicio y registro de los recursos del Programa del FAPPA excepto por la falta de documentación justificativa y comprobatoria por 3.0 millones de pesos por concepto de capacitación, gastos de operación y de supervisión, así como tampoco proporcionó los informes de aplicación de recursos 36.1 millones de pesos del FAPPA y otorgó apoyo a dos beneficiarios por 54.9 miles de pesos en contravención a las reglas de operación del citado fondo.

⎯ Impacto de la fiscalización. La ASF emitió 11 acciones para promover la

implantación de mejores prácticas gubernamentales, 5 acciones para arraigar la cultura de la rendición de cuentas y 1 acción para propiciar la eficiencia y eficacia de la acción pública. La cuantificación monetaria de las observaciones asciende a 39.1 millones de pesos, monto que no necesariamente implica recuperaciones o daños a la Hacienda Pública Federal y estarán sujetas a las aclaraciones que se efectúen, en los plazos establecidos para tal fin.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente

auditado. SECTOR MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

4.71 AUDITORÍA 06-0-16F00-07-235. COMISIÓN NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS: “EVALUACIÓN DE LA ADMINISTRACION DE LAS ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS”.

⎯ Objetivo. Evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas referentes a

conservar, preservar, proteger y restaurar las áreas naturales protegidas, a fin de lograr su uso y aprovechamiento sustentable; verificar los procesos implementados para llevar a cabo su administración, y constatar la aplicación de los recursos presupuestarios en estas acciones.

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⎯ Características de la revisión. Se practicó una auditoría de desempeño seleccionada debido a que las actividades que realiza este ente se vinculan con las prioridades nacionales definidas en el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 de proteger y conservar los ecosistemas representativos del país y su diversidad biológica, mediante el establecimiento de provisiones y reservas de tierras, agua y bosques, a fin de que toda persona tenga acceso a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar. Para la ejecución de esta auditoría, la Mesa Directiva de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación comunicó al Auditor Superior, mediante oficio No. CVASF/LX/1012/2007 de fecha 12 de septiembre de 2007, que estimó conveniente contratar los servicios de un despacho externo independiente constituido como persona moral, conformándose para la contratación del despacho un grupo de trabajo integrado por representantes de la Secretaría Técnica de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, la Auditoría Superior de la Federación y la Unidad de Evaluación y Control, quienes conforme a las actas respectivas y de acuerdo con la recomendación mencionada, determinaron las acciones conducentes. La muestra auditada fue de 90.8 millones de pesos, que representó 15.5% del total del universo seleccionado, que fue de 600.3 millones de pesos. La revisión se realizó en diversos entes que participaron en este programa analizando diversos rubros, las cuales fueron la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP), la Secretaría de Marina (SEMAR) y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA).

⎯ Resultados relevantes de la revisión. En relación con la congruencia de los

objetivos institucionales con las prioridades nacionales, se verificó que los que propusieron tanto por la CONANP como por la PROFEPA fueron congruentes; sin embargo, en el caso de la SEMAR, se observó que de los siete objetivos establecidos en el Programa Institucional de Desarrollo 2001-2006, ninguno está alineado con el objetivo del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, y tampoco responden a evaluar las acciones en materia de vigilancia de las áreas naturales protegidas marinas, a fin de asegurar su uso y aprovechamiento sustentable.

La PROFEPA disminuyó el número de visitas de inspección, no estableció una actividad institucional para planear las acciones que se realizan en materia de áreas naturales protegidas, a efecto de evaluar los resultados, aplicó multas a los infractores de la normativa ambiental en áreas naturales protegidas y no dispuso de la información del importe de las multas cobradas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ni de la integración de los fondos que con estos recursos se conformarían para desarrollar programas vinculados con la inspección y vigilancia.

Por su parte, la CONANP no estableció indicadores dentro del Sistema de Información, Monitoreo y Evaluación para la Conservación (SIMEC) en 13 de las 45 actividades previstas por lo que no se pudo medir su impacto. En lo que se

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refiere al monitoreo de especies, de las 77 identificadas por la CONANP como en peligro de extinción, amenazadas, sujetas a protección especial y sin clasificación, la entidad fiscalizada logró monitorear el 40.3% (31 especies), y no realizó el monitoreo del 100.0% (6) de las clasificadas como probablemente extintas, el 80.6% (24) de las especies en peligro de extinción, el 60.0% (6) de las clasificadas como amenazadas, y 31.3% (5) de las catalogadas como sujetas a protección especial; adicionalmente se detectó que no tiene un manual de procedimientos para la actualización del programa de manejo para la conservación de las áreas naturales protegidas competencia de la Federación.

Respecto al ejercicio de los recursos, se detectó que la CONANP utilizó recursos del ejercicio fiscal 2006 para cubrir el impuesto sobre nómina del año 2005, el 97.4% fue autorizado por la SHCP, y la diferencia, 78.1 miles de pesos, se ejerció sin la autorización correspondiente. Por otra parte, no presentó documentación comprobatoria de los intereses generados por los recursos que se reintegraron a la Tesorería de la Federación, en fecha posterior a la obligada.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 41 observaciones que

generaron 43 acciones, de las cuales corresponden: 20 a recomendación, 21 a recomendación al desempeño, 1 a solicitud de aclaración-recuperación y 1 a pliego de observaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto

de la muestra antes señalada, la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y la Secretaría de Marina no cumplieron con las disposiciones normativas aplicables a las operaciones examinadas, como se precisa en los resultados con observación que se presentan en el apartado correspondiente de este informe.

⎯ Impacto de la fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la ASF

emitió 43 acciones, orientadas principalmente a propiciar el cabal cumplimiento de la normativa aplicable; asegurar la confiabilidad de los registros presupuestarios y contables; alentar la implantación y utilización de sistemas de medición del desempeño; fortalecer los mecanismos de operación en términos de eficacia, eficiencia y economía; promover la elaboración, actualización o simplificación de la normativa y, recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal y fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. La CONANP indicó que en relación con

la velocidad de transformación de los ecosistemas “el complejo Sian Ka’an, cuya velocidad de cambio es la recuperación, está relacionado con el tipo de tenencia de la tierra, el 99% de la superficie del ANP corresponde a Terrenos Nacionales en donde no existe asentamientos humanos, ni tampoco ningún tipo de actividades productivas y la recuperación de la zona fue debido a la recuperación de zonas afectadas por incendios forestales. Esta sería el ANP modelo o bien

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Reserva de la Biosfera el Vizcaíno que está constituido por zonas desérticas en donde el cambio de uso de suelo es mínimo…, el programa de tasa de cambio está enfocado a ANP con ecosistemas terrestres tomando en cuenta la información disponible y que apenas se están desarrollando las herramientas a nivel internacional para desarrollar estudios similares en ecosistemas marinos.”

En cuanto al Consejo Nacional de Áreas Naturales Protegidas, indicó que “en la última reunión del Consejo Nacional de Áreas Naturales Protegidas, celebrada el 13 de diciembre de 2007, se acordó someter a revisión el Reglamento del Consejo citado en sesión extraordinaria la cual se llevará al cabo el 31 de enero de 2008.”

Por lo que corresponde al monitoreo de especies prioritarias, indicó que la cobertura del monitoreo está en función de diferentes criterios operativo-financieros y que “- Teniendo en cuenta que los criterios técnico-metodológicos (Línea base y confiabilidad estadística de los datos) son fundamentales para incrementar el número de especies y en consecuencia áreas naturales protegidas al indicador de monitoreo, es en este sentido que se realiza una revisión de si se cuenta con la(s) línea(s) base de alguna(s) especie(s), y si se cuenta con los recursos financieros necesarios para el monitoreo. De tal forma que se puedan cumplir tanto los criterios operativo financieros y técnico-metodológicos.

Una vez que una especie se incorpora al monitoreo, es a largo plazo, en virtud de que el monitoreo es una actividad continua y constante en el tiempo, por ello la meta es acumulada y el factor de recursos financieros para la contratación de personal, capacitación y compra de material y equipo, se convierte en una limitante, ya que es necesario aumentar el número de áreas, sin dejar de hacer el monitoreo en aquellas que iniciaron desde años anteriores. Por estas razones, para este periodo sexenal que inicia, la CONANP programó alcanzar una meta acumulada de 40 especies, la cual se cumplirá en 2012.”

4.72 AUDITORÍA 06-0-16B00-07-082. CONAGUA. “EVALUACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO QUE INSTRUMENTAN LA POLÍTICA PÚBLICA”.

⎯ Objetivo. Evaluar el desempeño de la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA)

en los programas instrumentados para la política de agua potable, alcantarillado y saneamiento, en términos de: la congruencia de los objetivos de los programas con las prioridades nacionales y sectoriales de mediano y corto plazos; la eficacia en el cumplimiento de sus objetivos y metas; la eficiencia en la operación; la economía de los recursos; la calidad de agua potable suministrada; la percepción de los beneficiarios; y la competencia de los actores.

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⎯ Características de la revisión. Se realizó una revisión de desempeño. La muestra auditada fue de 5 mil 984.7 millones de pesos, que representó el 100% del total reportado como ejercido por el ente fiscalizado. Se revisaron las áreas de Gerencia de Programas Federales de Agua Potable y Alcantarillado, la Gerencia de Potabilización y Tratamiento ambas adscritas a la Subdirección General de Agua Potable, Drenaje y Saneamiento; la Coordinación General de Atención Institucional, Comunicación y Cultura del Agua y el Organismo de Cuenca Aguas del Valle de México.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. La CONAGUA no diseñó ni instrumentó

los indicadores estratégicos y el sistema de información que los alimenta, para poder evaluar el cumplimiento de los objetivos de los cinco programas de agua potable, alcantarillado y saneamiento denominados: Agua Urbana, Agua Rural, Agua Limpia, Cultura del Agua y Agua en Bloque y con ello se garantice su seguimiento y se evalúen los resultados alcanzados. No incluyó en el sistema computarizado denominado “Sistema de Información sobre Indicadores Básicos del Agua (SISBA)” los registros de las acciones y los recursos federales y de la contraparte programados y ejercidos, por componente y servicio, así como la población real beneficiada por tipo de servicio, mediante el programa Agua Urbana, con la finalidad de facilitar la fiscalización de los recursos, los avances en la ejecución del programa y medir la eficiencia de la operación.

La ASF encontró que la SEMARNAT reportó en la Cuenta Pública de 2006 un ejercicio presupuestal de 5 mil 984.7 millones de pesos, monto superior en 291.1 millones de pesos a lo notificado por los operadores de los cinco programas antes citados incumpliendo con lo estipulado en el Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Adicionalmente, reintegró en forma extemporánea a la TESOFE los recursos que no fueron devengados en 2006 reportándolos como presupuesto ejercido por un monto de 75.5 millones de pesos. Este importe generó productos financieros por 1.0 millones de pesos los cuales la CONAGUA no proporcionó la documentación comprobatoria sobre su origen y reintegro a la TESOFE. Se encontró además que el ente fiscalizado registró un importe de 6.2 millones de pesos en el programa de agua rural, donde indebidamente se registraron como gasto de capital siendo de gasto corriente, incumpliendo con el reglamento antes señalado. Por otro lado, la ASF encontró una diferencia de 238.2 millones de pesos entre los registros de los operadores de los programas antes citados y los registros contables de cada uno de los mismos, en contravención al ordenamiento citado.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 31 observaciones que generaron 32 acciones que correspondieron a 6 recomendaciones, 2 solicitudes de aclaración-recuperación, 23 recomendaciones al desempeño y 1 promoción de responsabilidad administrativa sancionatoria.

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⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que en términos generales, y respecto de la muestra señalada, la CONAGUA careció de elementos para evaluar la contribución de los cinco programas que instrumentó para el logro de los propósitos de la política de agua potable, alcantarillado y saneamiento, ya que no dispuso de los medios para determinar la eficacia en el cumplimiento de sus objetivos y metas como se precisa en los resultados con observación.

⎯ Impacto de la fiscalización. La ASF emitió 32 acciones orientadas

principalmente a promover la sanción de servidores públicos infractores; alentar la implantación y utilización de sistemas de medición del desempeño; fortalecer los mecanismos de operación en términos de eficacia, eficiencia y economía; promover la elaboración, actualización o simplificación de la normativa; recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal y fortalecer los mecanismos de operación y control. El impacto de las observaciones por errores y omisiones de la información financiera fue de 372.7 millones de pesos.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente

auditado.

4.73 AUDITORÍA 06-0-16B00-02-427. CONAGUA. “EGRESOS PRESUPUESTALES DE LA PARTIDA 4328 TRANSFERENCIAS PARA APORTACIONES A FIDEICOMISOS Y MANDATOS”.

⎯ Objetivo. Verificar que el presupuesto gestionado por la Comisión Nacional del

Agua (CONAGUA), en la Partida 4328 "Transferencias para Aportaciones a Fideicomisos y Mandatos", se ejerció y registró conforme a los montos aprobados y de acuerdo con las disposiciones legales y normativas aplicables.

⎯ Características de la revisión. La ASF realizó una auditoría financiera y de

cumplimiento seleccionada debido de a que en la Cuenta Pública 2006, se reportó un ejercicio de 4,679.0 millones de pesos por concepto de transferencias para aportaciones a fideicomisos y mandatos; sin embargo, en las notas a los Estados Financieros Dictaminados al 31 de diciembre de 2006 se señalan únicamente aportaciones al Fideicomiso Huites por 281.2 millones de pesos y al Fideicomiso 1928 Saneamiento del Valle de México por 1 mil 278.5 millones de pesos; además, mediante el "Formato de Solicitud para la Renovación de la Clave del Registro Presupuestario o Actualización de Expediente", la Comisión Nacional del Agua informó que el Fideicomiso Huites ya cumplió las metas de construcción y actualmente se encarga del pago de los compromisos financieros de ejercicios anteriores. La muestra auditada se determinó al 100% del universo seleccionado que contempló la totalidad presupuestada de las transferencias por aportaciones a fideicomisos y mandatos y los recursos efectivamente entregados a los Fideicomisos Huites y al 1928 Saneamiento del Valle de México. Las áreas

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revisadas fueron las siguientes: la Gerencia de Recursos Financieros (GRF) adscrita a la Subdirección General de Administración (SGA); la Gerencia de Fortalecimiento de Organismos Operadores (GFOO) y la Coordinación General de los Proyectos Abastecimiento de Agua Potable y Saneamiento del Valle de México (CGPAAPSVM), adscritas a la Subdirección General de Agua Potable, Drenaje y Saneamiento (SGAPDS).

⎯ Resultados relevantes de la revisión. De la revisión realizada se constató que

no se encuentran actualizados ni registrados los manuales de organización y procedimientos, y que no se cuenta tampoco con la autorización correspondiente del Manual de Procedimientos Administrativos, que data de noviembre de 2004. Se identificaron diferencias compensadas en ampliaciones y reducciones por 5 mil 152.6 millones de pesos que se debieron a que la SEMARNAT realizó movimientos de reserva y liberación de recursos por 6 mil 968.2 millones de pesos, mientras que la CONAGUA únicamente registró dichos movimientos por 1 mil 815.6 millones de pesos.

Se reporta un presupuesto ejercido por 4 mil 679.0 millones de pesos, que corresponden a las aportaciones efectuadas por la CONAGUA al Fideicomiso 1902 Fondo de Inversión en Infraestructura (FINFRA). Al respecto, la Gerencia de Recursos Financieros de la entidad fiscalizada informó que la aportación para el FINFRA no se incluyó en las notas a los estados financieros porque la CONAGUA no cuenta con clave de registro por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ya que no es un fideicomiso coordinado por el órgano desconcentrado. Los recursos aportados por la CONAGUA por 4 mil 679.0 millones de pesos, fueron superiores en 87.7 millones de pesos respecto de lo autorizado por el Comité Técnico del Fideicomiso del FINFRA. Por último, se constató que se registraron 281.2 millones de pesos al fideicomiso Huites, incorrectamente en la partida 6103 “Obras de Construcción de Ingeniería Civil”, ya que se debieron registrar en la partida 4328 “Transferencias para aportaciones a fideicomisos y mandatos”.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 6 observaciones que generaron 7 acciones, las cuales corresponde 5 a recomendaciones y 2 a promoción de responsabilidad administrativa sancionatoria.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto

de la muestra auditada, la Comisión Nacional del Agua cumplió con las disposiciones normativas aplicables en cuanto al ejercicio y registro de los recursos aportados a fideicomisos, excepto por las observaciones determinadas.

⎯ Impacto de la fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la ASF

emitió 7 acciones, orientadas principalmente a promover la sanción de servidores

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públicos infractores; propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación; asegurar la confiabilidad de los registros presupuestarios y contables y promover la elaboración, actualización o simplificación de la normativa.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente

auditado.

4.74 AUDITORÍA 06-0-16B00-04-540. CONAGUA. “EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 4000 "SUBSIDIOS Y TRANSFERENCIAS", PROGRAMA DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO EN ZONAS URBANAS, PLANTAS POTABILIZADORAS EN EL ESTADO DE TABASCO”.

⎯ Objetivo. Comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron,

presupuestaron, licitaron, contrataron y ejecutaron conforme a la legislación aplicable.

⎯ Características de la revisión. La ASF realizó una auditoría de inversión física

para atender uno de los puntos del acuerdo que la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de realizar una auditoría de los recursos federales asignados al Gobierno del estado de Tabasco, por medio de la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), destinados a la construcción de plantas potabilizadoras. El universo seleccionado fue de 28.8 millones de pesos y la muestra auditada estuvo determinada por los conceptos que integraron la ejecución de seis contratos de obra pública por un monto de 18.2 millones de pesos, que representó el 63.4 % del universo. El área revisada fue la Dirección Local Tabasco de la CONAGUA y el H. Ayuntamiento Constitucional de Centro del estado de Tabasco.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. Se constató que el H. Ayuntamiento

Constitucional de Centro del estado de Tabasco omitió reintegrar a la Tesorería de la Federación 9.3 millones de pesos por concepto de recursos no devengados al cierre del ejercicio de 2006 y 946.5 miles de pesos por concepto de indemnización al erario federal; de las estimaciones de obra pagadas al contratista por 1.85 millones de pesos, existe un saldo del anticipo pendiente de amortizar de 175.2 miles de pesos.

El H. Ayuntamiento Constitucional de Centro del estado de Tabasco aplicó recursos por 19.4 millones de pesos, en lugar de los 28.8 millones de pesos transferidos por la CONAGUA para la construcción de la planta potabilizadora “El Carrizal” y de las líneas de conducción, lo que ha causado un perjuicio por 99.5 millones de pesos, al no beneficiar con el servicio de agua potable a una población de 410 mil 400 habitantes, datos que fueron contemplados para su

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análisis en el estudio de factibilidad técnica-económica elaborado por la CONAGUA en septiembre de 2005. Por su parte la Comisión Nacional del Agua no comprobó documentalmente el seguimiento del programa ni verificó que los recursos se destinaran al cumplimiento del objeto del acuerdo de coordinación del 4 de mayo de 2006, de lo cual tendría que informar a la SHCP.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 9 observaciones que generaron 11 acciones, de las cuales 8 corresponden a recomendaciones, 2 a pliegos de observaciones y 1 a promoción de responsabilidad administrativa sancionatoria.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto

de la muestra auditada, la Comisión Nacional del Agua y el H. Ayuntamiento Constitucional de Centro del estado de Tabasco no cumplieron con las disposiciones normativas aplicables a la ejecución y supervisión de las operaciones examinadas, como se precisa en los resultados con observación que se presentan en el informe.

⎯ Impacto de la fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la ASF

emitió 11 acciones orientadas principalmente a promover la sanción de servidores públicos infractores, propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación y recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. No se reportaron comentarios del ente

auditado.

4.75 AUDITORÍA 06-0-16E00-06-047. PROFEPA: “EVALUACIÓN DEL PROCEDIMIENTO UTILIZADO EN LOS OPERATIVOS PARA DETENER LA TALA ILEGAL”.

⎯ Objetivo. Evaluar que en los operativos para detener la tala ilegal, en el primer

semestre de 2006, la PROFEPA se ajustó a las disposiciones aplicables, y que éstos se realizaron de conformidad con los Programas Alternativos Sustentables.

⎯ Características de la revisión. Se realizó una auditoría especial debido a la

relevancia económica, social y ambiental de las acciones que realiza la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), a través de la Dirección General de Inspección Forestal, respecto de los operativos para detener la tala ilegal, por lo que se consideró conveniente revisar el procedimiento utilizado en los operativos para detener la tala ilegal en el periodo de enero a junio de 2006. Comprendió la revisión de la documentación

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relacionada con el proceso utilizado en 53 operativos forestales que representan el 59.6%, de un universo de 89, realizados del 1 de enero al 30 de junio de 2006, desde el inicio de la gestión administrativa por parte de la Dirección General de Inspección Forestal hasta la entrega-recepción de los bienes que, en su caso, se aseguraron.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. De la revisión realizada se constató que

en el proceso para realizar los operativos forestales, las instrucciones de trabajo son ejecutadas directamente por las delegaciones estatales en coordinación con los cuerpos de seguridad pública y con personal de la PROFEPA. Sin embargo, las actividades administrativas de apoyo de dichas delegaciones para los operativos no están normadas en el manual respectivo.

Los datos capturados por las delegaciones sobre los operativos realizados y que se registran en el Sistema Institucional de Información (SIIP) de la PROFEPA, no concuerdan con los operativos forestales realizados en el primer semestre de 2006, ya que algunos aseguramientos no fueron identificados contra su operativo correspondiente, por lo que no fue posible determinar el número de aseguramientos por operativo ni la modalidad de estos últimos.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 2 observaciones que generaron 2 acciones, las cuales constituyen 2 recomendaciones.

⎯ Dictamen de la ASF. La ASF considera que, en términos generales y respecto

de la muestra auditada, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente cumplió razonablemente con las disposiciones normativas aplicables al procedimiento utilizado para detener la tala ilegal en las operaciones examinadas, excepto por los resultados con observación que se precisan en el apartado correspondiente de este informe.

⎯ Impacto de la fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, la ASF

emitió 2 acciones, orientadas principalmente a promover la elaboración, actualización o simplificación de la normativa y fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. La PROFEPA mediante oficios comentó

que derivado de esta revisión se realizaron acciones como la modificación del Manual correspondiente a la Dirección General de Inspección Forestal alineado al actual Reglamento Interior de la SEMARNAT y que se integró la Instrucción de Trabajo sobre operativos especiales forestales, dicho documento fue enviado a la Dirección General de Administración para su revisión y validación y puesta en marcha. Adicionalmente menciona que solicitó a la Dirección General Adjunta de Estadística e Informática, realice en forma inmediata los ajustes necesarios al Sistema Institucional de Información de la PROFEPA en el apartado de la materia forestal, para que en sus ventanas se pueda identificar por operativo

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forestal el aseguramiento de bienes a fin de obtener dicha información por cada delegación a nivel nacional.

SECTOR CIENCIA Y TECNOLOGÍA

4.76 AUDITORÍA 06-1-3890X-02-310. CONACYT: FIDEICOMISO “FONDO INSTITUCIONAL PARA EL FOMENTO DE LA CIENCIA, EL FOMENTO DE LA TECNOLOGÍA Y EL FOMENTO, DESARROLLO Y CONSOLIDACIÓN DE CIENTÍFICOS Y TECNÓLOGOS”.

⎯ Objetivo. Verificar que el presupuesto destinado al Fideicomiso "Fondo

Institucional para el Fomento de la Ciencia, el Fomento de la Tecnología y el Fomento, Desarrollo y Consolidación de Científicos y Tecnólogos" se ejerció y registró conforme a los montos aprobados y de acuerdo a las disposiciones legales y normativas aplicables. Asimismo, evaluar si la extinción de los fideicomisos que realizó la entidad en 2006 se apegó a la normativa aplicable.

⎯ Características de la revisión. La ASF realizó una auditoría financiera y de cumplimiento debido a la importancia que representan los programas en los que participa el "Fondo Institucional para el Fomento de la Ciencia, el Fomento de la Tecnología y el Fomento, Desarrollo y Consolidación de Científicos y Tecnólogos" que administra el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT) en cuanto a formar recursos humanos calificados, incentivar a los investigadores y la investigación científica; por el incremento en el saldo reportado en diciembre de 2006, en relación al año anterior que representó el 251.3% y debido a las irregularidades en el manejo presupuestario detectado por su Órgano Interno de Control que emitió seis observaciones de las cuales cinco resultaron relevantes. La muestra auditada fue de 1 mil 654.6 millones de pesos que representa el 100% del universo seleccionado, Las áreas revisadas fueron: las direcciones de Administración de Fondos y de Administración Presupuestal y Financiera, dependientes de la Dirección Adjunta de Administración y Finanzas; la Dirección de Investigación Científica Básica de la Dirección Adjunta de Desarrollo Científico y Académica; la Dirección de Negocios de Innovación, adscrita a la Dirección Adjunta de Desarrollo Tecnológico y Negocios de Innovación, y la Dirección de Coordinación de Programación y Presupuesto de los Centros Públicos CONACYT, de la Dirección Adjunta de Grupos y Centros de Investigación.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. El Manual de Organización del CONACYT y el Manual Específico de la Dirección Administrativa de Fondo no están actualizados, ya que en el apartado de Funciones de la Dirección Administrativa de Fondos se señala a NAFIN, Sociedad Nacional de Crédito como fiduciario de cada uno de los fondos, no obstante que a partir del 1 de

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agosto de 2005 se sustituyó a NAFIN por HSBC México, S.A., Institución de Banca Múltiple.

Se autorizaron recursos por un monto de 298.3 millones de pesos para 41 Proyectos Estratégicos relativos al Fortalecimiento de la Infraestructura Tecnológica de los Centros de Investigación Coordinados por el CONACYT 2006 sin cumplir con lo estipulado por el Comité Técnico y de Administración del FOINS de que, dentro del grupo evaluador de estos proyectos participarían investigadores del Registro CONACYT y Evaluadores Acreditados; se dio intervención al OIC. El Comité de Administración del Fondo Institucional para el Fomento de la Ciencia, el Fomento de la Tecnología y el Fomento, Desarrollo y Consolidación de Científicos y Tecnólogos (FOINS) autorizó la entrega de recursos sin cumplir con la normativa respectiva, se dio intervención al OIC; respecto a la aplicación de los apoyos otorgados por CONACYT, se detectaron irregularidades que presumen un daño patrimonial de 254.3 miles de pesos, adicionalmente, del análisis de sus estados financieros dictaminados se identificó que no refleja en “cuentas de orden” los montos de los fideicomisos a los que aporta recursos por un monto de 4 mil 594.3 millones de pesos.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. Se emitieron 8 observaciones que generaron 9 acciones, de las cuales 6 son recomendaciones, 1 pliego de observaciones y 2 promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología no cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la autorización de los proyectos; con la comprobación de las erogaciones y por no reflejar en los estados financieros, en cuentas de orden, los recursos que se manejan en los fondos; en virtud de que en los procesos revisados se observó un monto por 4 mil 892.6 millones de pesos, que representa un 295.7% de la muestra auditada, a causa de las observaciones que se precisan en el apartado correspondiente del informe.

⎯ Impacto de la fiscalización. Como resultado de la revisión practicada, las acciones emitidas por la Auditoría Superior de la Federación están orientadas principalmente a promover la sanción de servidores públicos infractores, propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación; promover la elaboración, actualización o simplificación de la normativa; recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal y fortalecer los mecanismos de operación y control.

⎯ Comentarios de la entidad fiscalizada. Respecto de los proyectos que no se

evaluaron de conformidad con las Reglas de Operación del FOINS, señaló que

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los proyectos presentados se relacionaron con el "fortalecimiento de infraestructura física para los Centros Públicos de Investigación, y que varios académicos consultados manifestaron su escaso conocimiento como evaluadores sobre el tema. En consecuencia y con base en lo establecido en la convocatoria respecto de situaciones no previstas, se determinó integrar una comisión de evaluación con la participación del director adjunto, los directores de área y subdirectores. Respecto a los errores en los registros de los pagos efectuados durante 2006 con recursos del FOINS, la Dirección Administrativa de Fondos informó que para subsanar la irregularidad, se agregó una aclaración de dichos pagos. Por último informó que respecto de los recibos que señalan otro proyecto, “se solicitó aclaración a los sujetos de apoyo", los cuales señalaron que por error se envió otro número de proyecto en los recibos.

4.77 AUDITORÍA 06-1-3890X-02-371. INSTITUTO NACIONAL DE ASTROFÍSICA, ÓPTICA Y ELECTRÓNICA. “EGRESOS PRESUPUESTALES DEL CAPÍTULO 6000 "OBRAS PÚBLICAS", PROYECTO GRAN TELESCOPIO MILIMÉTRICO, EN EL ESTADO DE PUEBLA”.

⎯ Objetivo. Comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron,

presupuestaron, licitaron, contrataron y ejecutaron conforme a la legislación aplicable.

⎯ Características de la revisión. La ASF realizó una auditoría a inversiones físicas debido a la importancia que representan los recursos destinados a este rubro. La muestra seleccionada asciende a 203.3 millones de pesos, que representa el 100% del universo seleccionado. El área revisada fue la Coordinación General del Proyecto del Gran Telescopio Milimétrico.

⎯ Resultados relevantes de la revisión. La ASF considera que la planeación del Proyecto motivo de la revisión no fue la adecuada, en virtud de que no se consideraron las alternativas de solución más idóneas para el desarrollo del proyecto, lo que repercutió en el costo de la obra. No se alcanzaron los objetivos y metas planeados, la puesta en operación de la obra se programó para 2006 y a enero de 2008 todavía se efectúan trabajos de adecuaciones por deficiencias en el proyecto científico. Se formalizaron indebidamente 30 contratos, adjudicándolos directamente mediante dictámenes técnicos que no están fundados ni motivados y no cuentan con los elementos que ofertaran las mejores condiciones al Estado; se autorizó el pago de las estimaciones con plazos mayores a los veinte días naturales

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establecidos; en tres contratos se efectuaron pagos indebidos de 33.4 millones de pesos, debido a que las estimaciones carecen de los soportes documentales que acrediten el control de calidad de los trabajos ejecutados; se pagaron 598.5 miles de pesos por la adquisición de láminas de aluminio para cubrir hojas de triplay simulando paneles definitivos; se pagaron de manera improcedente 583.7 miles de pesos en virtud de que en los convenios celebrados en 2004, se incluyó la verificación total de las soldaduras de la estructura; se realizó un pago por 2.6 millones de pesos en la estimación núm. 7, de trabajos de colocación de paneles provisionales de los anillos 4 y 5, los cuales no estaban dentro del alcance del contrato, ni en el proyecto de diseño se contemplaba otro tipo de paneles más que los definitivos de níquel. La entidad auditada no aplicó la sanción por incumplimiento al programa de trabajo por 1.2 millones de pesos; pagó en exceso 12.9 millones de pesos debido a que se duplicaron los alcances de los contratos en el concepto de pruebas de prototipo de paneles; pagó en forma indebida 135.4 millones de pesos, ya que no se realizó una planeación adecuada para el desarrollo de los trabajos del diseño conceptual, preliminar y crítico de los paneles, lo que originó trabajos no concluidos, pagos de diseños duplicados, trabajos de mala calidad y que no se tengan concluidos los trabajos. El ente auditado pagó en forma improcedente una Grúa Torre Auto ajustable por 1.7 millones de pesos y 838.4 miles de pesos por concepto de alquiler de una grúa, de un contrato de 2004, siendo que el contrato formalizado corresponde a trabajos por ejecutar en 2006. Se efectuó un pago indebido en trabajos realizados en 2005 por 1.9 millones de pesos, por aplicación de protección anticorrosiva en los perfiles que constituyen la estructura de los elementos denominados alidada, contrapesos, antena y cuarto de recepción, dado que no se cuenta con los controles de calidad que prueben el espesor y la adherencia del recubrimiento y acabado aplicado, notas de bitácora y fotografías. Adicionalmente, en el ejercicio 2005 y anteriores, no se realizó un estudio conceptual profundo de las posibilidades existentes para la estructura del Gran Telescopio Milimétrico. En todo el proceso constructivo del proyecto no se conservó en forma ordenada y sistemática la documentación; faltó realizar un diseño conceptual más detallado de los paneles que garantice su buena operación; no se hicieron efectivas las garantías de cumplimiento y que a la fecha ha generado costos por el proceso jurídico de 4.8 millones de pesos. Se detectaron irregularidades que presumen un daño patrimonial de 142.7 millones de pesos, que están integrados por 111.6 millones de pesos, por pagos improcedentes por carecer de soporte documental que acredite la ejecución de los trabajos o en exceso, 1.5 millones de pesos por penalizaciones y sanciones al incumplimiento en las fechas programadas, 20.7 millones de pesos por la falta

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de documentación de las erogaciones del gasto y 8.9 millones de pesos por otros rubros.

⎯ Observaciones-acciones promovidas. En resumen se emitieron 105 observaciones que generaron 144 acciones: 105 recomendaciones, 8 promociones de intervención de la instancia de control, 5 solicitudes de aclaración-recuperación, 17 pliegos de observaciones y 9 promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria.

⎯ Dictamen de la ASF. La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales y respecto de la muestra antes señalada, el Instituto Nacional de Astrofísica Óptica y Electrónica no cumplió con las disposiciones normativas aplicables a la planeación, programación, presupuestación, licitación, contratación y ejecución de las operaciones examinadas, como se precisa en los resultados con observación.

⎯ Impacto de la fiscalización. Las acciones emitidas por la Auditoría Superior de la Federación están orientadas principalmente a promover la sanción de servidores públicos infractores; propiciar el cabal cumplimiento de la normativa y la legislación; investigar y en su caso determinar las responsabilidades administrativas; promover la elaboración, actualización o simplificación de la normativa y recuperar recursos económicos para la hacienda pública federal.

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ANEXO 1

RESUMEN DE AUDITORÍAS PRACTICADAS POR LA

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SEGÚN SECTOR, ENTE AUDITADO Y TIPO DE REVISIÓN

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ANEXO 2

RESUMEN DE OBSERVACIONES-ACCIONES PROMOVIDAS POR LA

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SEGÚN SECTOR, ENTE AUDITADO Y TIPO DE ACCIÓN

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