ANEXO 6 (2)

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Anexo 6. Instalaciones Industriales de Gas Natural. 1 de 58 1. Generalidades. 1.1. Alcance. El presente Reglamento contiene las exigencias mínimas a las que se deberán ajustar las instalaciones del sistema de tuberías de Gas Natural, en establecimientos industriales o de otro destino, que se abastezcan desde redes primarias También se aplicará en aquellas instalaciones abastecidas desde el sistema de distribución secundario (redes de media presión), en las que la distribución de Gas Natural dentro del predio del establecimiento, se realice a una presión superior a 18 mbar (18.3 g/cm 2 ). Contiene las exigencias mínimas de seguridad a cumplir para el diseño, construcción y operación satisfactoria de las instalaciones de Gas Natural. Regirá para las instalaciones comprendidas entre la línea municipal o punto de entrega y los equipos de consumo de Gas Natural dentro de los predios del usuario. También son de aplicación, las especificaciones contenidas en “Disposiciones y Normas Mínimas para la Ejecución de Instalaciones Domiciliarias de Gas Natural (Parte II – Capítulo 1) “, cuando el caso no sea tratado específicamente en la presente Norma. 1.2. Definiciones. 1.2.1. Acometida: conjunto de tuberías y accesorios que conforman la derivación del servicio, desde un punto en la red o línea de transporte, hasta la válvula de corte del inmueble. 1.2.2. Aguas abajo: se entiende por “aguas abajo de” o “corriente abajo de” a la expresión que ubica un determinado objeto que se encuentra instalado posterior al de referencia en el sentido de circulación del fluido. 1.2.3. Aguas arriba: se entiende por “aguas arriba de” o “corriente arriba de” a la expresión que ubica a un determinado objeto que se encuentra instalado en forma precedente al de referencia en el sentido de la circulación del fluido. 1.2.4. Alta presión: se considera alta presión a todo suministro que supere los 4 bar. (4.078 kg/cm².). 1.2.5. Gas Natural: mezcla de hidrocarburos con predominio de metano y contenido menores de componentes como etano, propano, butano y otros. 1.2.6. Gabinete: son todos aquellos espacios cubiertos, destinados en forma exclusiva para la instalación de sistemas de regulación y/o medición o artefactos de gas, que por sus dimensiones no permite el normal ingreso de una persona. 1.2.7. Arrestallamas: elemento metálico que se instala con la finalidad de impedir el pasaje de fuego a su través. 1.2.8. Combustión: reacción química de oxidación que libera calor y luz. 1.2.9. Gabinete: son todos aquellos espacios cubiertos, destinados en forma exclusiva para la instalación de sistemas de regulación y/o medición o artefactos de gas, que por sus dimensiones no permite el normal ingreso de una persona. 1.2.10. Autoverificación: sistema que permite verificar en su totalidad el dispositivo de control de llama (sensor, relay, etc.). Tal verificación se deberá realizar como mínimo cada 10 segundos. 1.2.11. Gas Natural: mezcla de hidrocarburos con predominio de metano y contenido menores de componentes como etano, propano, butano y otros. 1.2.12. Baja presión: se considera baja presión a todo suministro que se realice a una presión comprendida entre a 18 mbar. y 28 mbar (18.3 g/cm². y 28 g/cm2). 1.2.13. Cañería de distribución interna: conjunto de tramos de tubería posteriores a la brida o junta dieléctrica de salida del puente de regulación y medición primaria. 1.2.14. Caudal de diseño: es el valor de consumo para el cual la instalación se proyecto. Debe coincidir con el caudal máximo futuro previsto.

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GAS NATURAL

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Anexo 6. Instal aciones Industriales de Gas Natural . 1 de 58 1.Generalidades. 1.1. Alcance. El presente Reglamento contiene las exigencias mnimas a las que se debern ajustar las instalaciones del sistema de tuberas de Gas Natural, en establecimientos industriales o de otro destino, que se abastezcan desde redes primarias Tambin se aplicar en aquellas instalaciones abastecidas desde el sistema de distribucin secundario (redes de media presin),enlasqueladistribucindeGasNaturaldentrodelprediodelestablecimiento,serealiceaunapresin superior a 18 mbar (18.3 g/cm2). Contiene las exigencias mnimas de seguridad a cumplir para el diseo, construccin y operacin satisfactoria de las instalaciones de Gas Natural. Regir para las instalaciones comprendidas entre la lnea municipal o punto de entrega y los equipos de consumo de Gas Natural dentro de los predios del usuario. Tambin son de aplicacin, las especificaciones contenidas en Disposiciones y Normas Mnimas para la Ejecucin de Instalaciones Domiciliarias de Gas Natural (Parte II Captulo 1) , cuando el caso no sea tratado especficamente en la presente Norma. 1.2. Definiciones. 1.2.1. Acometi da: conjunto de tuberas y accesorios que conforman la derivacin del servicio, desde un punto en la red o lnea de transporte, hasta la vlvula de corte del inmueble. 1.2.2. Aguas abaj o: se entiende por aguas abajo de o corriente abajo de a la expresin que ubica un determinado objeto que se encuentra instalado posterior al de referencia en el sentido de circulacin del fluido. 1.2.3. Aguas arri ba: se entiende por aguas arriba de o corriente arriba de a la expresin que ubica a un determinado objeto que se encuentra instalado en forma precedente al de referencia en el sentido de la circulacin del fluido. 1.2.4. Alta presi n: se considera alta presin a todo suministro que supere los 4 bar. (4.078 kg/cm.). 1.2.5. GasNatural: mezcla de hidrocarburos con predominio de metano y contenido menores de componentes como etano, propano, butano y otros. 1.2.6. Gabinete: son todos aquellos espacios cubiertos, destinados en forma exclusiva para la instalacin de sistemas de regulacin y/o medicin o artefactos de gas, que por sus dimensiones no permite el normal ingreso de una persona. 1.2.7. Arrestall amas: elemento metlico que se instala con la finalidad de impedir el pasaje de fuego a su travs. 1.2.8. Combusti n: reaccin qumica de oxidacin que libera calor y luz. 1.2.9. Gabinete: son todos aquellos espacios cubiertos, destinados en forma exclusiva para la instalacin de sistemas de regulacin y/o medicin o artefactos de gas, que por sus dimensiones no permite el normal ingreso de una persona. 1.2.10. Autoverifi cacin: sistema que permite verificar en su totalidad el dispositivo de control de llama (sensor, relay, etc.). Tal verificacin se deber realizar como mnimo cada 10 segundos. 1.2.11. Gas Natural: mezcla de hidrocarburos con predominio de metano y contenido menores de componentes como etano, propano, butano y otros. 1.2.12. Baja presin: se considera baja presin a todo suministro que se realice a una presin comprendida entre a 18 mbar.y28 mbar (18.3 g/cm. y 28 g/cm2). 1.2.13.Caeradedistri buci n i nterna: conjunto de tramos de tubera posteriores a la brida o junta dielctricade salida del puente de regulacin y medicin primaria. 1.2.14. Caudal de di seo: es el valor de consumo para el cual la instalacin se proyecto. Debe coincidir con el caudal mximo futuro previsto. Anexo 6 Inst al aci ones Industrial es de Gas Natural.2 de 58 1.2.15. Concesi onari o u Operador: toda persona individual o colectiva, nacional o extranjera, a la que se le otorga una Concesin administrativa para prestar el servicio pblico de distribucin de Gas Natural por redes. 1.2.16. Dimetro efecti vo: es el promedio de 6 (seis) valores a medir corriente arriba del sistema de medicin. 1.2.17. Dimetro nominal: nmero que agrupa una cierta cantidad de dimetros estndar. 1.2.18.Di metroestndar:dimetrosestablecidoscomousualesenelcomercio,deacuerdoalaspresionesde trabajo. 1.2.19.Di sposi ti vodecontroldel lama:conjuntodeelementosquepermitenverificar lapresenciadellamaenel quemador. 1.2.20.Di spositivodemando:conjuntodeelementosquepermitencontrolarqueelfuncionamientodelequipose realice dentro de un programa preestablecido, segn las condiciones de seguridad exigidas y los parmetros operativos del mismo cuando as se requiera. 1.2.21. Equi pos de cal entami ento i ndustri al : es todo aquel equipo que no posee paredes para formar la cmara de trabajo, o slo parte de ellas. 1.2.22. Equi pos de uso i ntermitente: son aquellos equipos cuyo rgimen de operacin no cumple total o parcialmente con las condiciones establecidas para definir al equipo de uso permanente. 1.2.23.Equiposdeusopermanente:sonaquellosequiposcuyoperododeservicioesininterrumpidodurantela jornada de labor. El tiempo para alcanzar una temperatura mayor que 730 C no debe superar el 15 % del tiempo de funcionamiento total. 1.2.24.Lnea muni ci pal:lnea que deslinda la propiedad privada de la va pblica actual o la lnea sealada por la Municipalidad para las futuras vas pblicas. 1.2.25. Fi ltro: elemento destinado a retener partculas slidas presentes en el gas, construido en fundicin metlica. 1.2.26. Organi smo de Certi fi caci n: entidad acreditada por la Superintendencia de Hidrocarburos para la planificacin, coordinacin,administracin yejecucin integraldelos trabajos relacionadoscon laaprobacinycertificacindela calidad de productos para la industria del gas, garantizando el cumplimiento de las normas que la Superintendencia de Hidrocarburosdecidaaplicar,enparticularenlosaspectostcnicos,deeficiencia,usoracionaldelaenergay conservacin del medio. 1.2.27. Horno: es todo aquel equipo en el que el material se calienta o enfra en una cmara cerrada. 1.2.28. Horno de calentami ento directo: es todo aquel horno en el que el calor se genera en la cmara de trabajo, o en una cmara de combustin en comunicacin con la misma, y los productos de combustin entran en contacto con el material en proceso. 1.2.29.Hornodecalentamientoi ndi recto:estodoaquelhornoenelqueelcalorsegeneraenunacmarade combustin totalmente separada de la de trabajo y los productos de combustin no entran en contacto con el material en proceso. 1.2.30. Gas Natural: mezcla de hidrocarburos con predominio de metano y contenido menores de componentes como etano, propano, butano y otros. 1.2.31. Gabi nete: son todos aquellos espacios cubiertos, destinados en forma exclusiva para la instalacin de sistemas de regulacin y/o medicin o artefactos de gas, que por sus dimensiones no permite el normal ingreso de una persona. 1.2.32. Usuari os: todas las personas naturales o jurdicas que reciben el servicio pblico de Distribucin de Gas Natural por redes. 1.2.33.Moni tor:reguladordepresininstaladoenseriecomodispositivoalternativodeseguridadalavlvula reguladora, calibrado a mayor presin para actuar en caso de avera de la misma. Anexo 6. Instal aciones Industriales de Gas Natural . 3 de 58 1.2.34. Usuari os: todas las personas naturales o jurdicas que reciben el servicio pblico de Distribucin de Gas Natural por redes. 1.2.35.Podercal orfi cosuperi or:eseltotal delascaloras,expresadasenkcal/m3,producidaspor la combustin completa,apresinconstante,deun metrocbicodegasconairelibredevapordeagua;conelgaselairey los productos de combustin a temperatura estndar y con toda el agua formada por la combustin condensada al estado lquido. 1.2.36.Presin:fuerza que se ejerce por unidad de superficie expresada en pascales (Pa) o unidades equivalentes (bar, kg/cm2, milmetros de columna de agua, milmetros de columna de mercurio etc.) o sus mltiplos. 1.2.37.Si stema:conjuntoordenadodecomponentesintegrados,destinadosarealizarunafuncinespecfica (regulacin, medicin, ventilacin, distribucin, etc). 1.2.38.Pil otoconti nuo:esaquelquepermanecefuncionandodurantetodoelperododeserviciodelequipo independientemente de la operacin del quemador principal. 1.2.39. Pil oto i ntermitente: es aquel que enciende automticamente cada vez que es necesario encender el quemador principal y permanece en operacin mientras el mismo est funcionando. 1.2.40.Pil otointerrumpido:esaquelqueenciendeautomticamentecadavezqueesnecesarioencenderel quemador principal, apagndose una vez finalizado el tiempo de encendido del mismo. 1.2.41. Prebarri do: es la accin de suministrar aire al equipo de combustin a fin de lograr la adecuada ventilacinde la cmara de combustin, pasajes y cajas de humo, etc., antes de habilitar con gas al mismo. 1.2.42.Presindeapertura:defineelvalordepresinalcualseverificaeliniciodeladescargadelavlvulade seguridad de alivio por venteo. 1.2.43. Presin de corte: define el valor de presin al cual acta la vlvula de seguridad de bloqueo por sobre-presin. 1.2.44.Presi ndedi seo:eslapresinmximaquepuedealcanzarlainstalacin,valorconelquedebe dimensionarse la misma y seleccionarse los materiales. 1.2.45.Presin deventeo: define el valor de presin al cual la vlvula de seguridad de alivio por venteo desaloja el caudal requerido por clculo. Dicho valor es igual a la suma de la presin de apertura ms la sobre-presin alcanzada durante la descarga. 1.2.46. Prol ongaci n: tramo de tubera comprendido entre la lnea municipal hasta la vlvula de bloqueo de entrada del puente de regulacin y medicin primario. 1.2.47.Prueba dehermeti cidadoestanquei dad:prueba que demuestra la ausencia de prdidas en un sistema de tuberias, evidencindola por el mantenimiento de la presin durante un determinado perodo de tiempo, una vez que se lo ha aislado de la fuente compresora. 1.2.48. Puente de Regulaci n y Medi ci n Primari a: conjunto de aparato y elementos instalados con el propsito de reducir y regular automticamente la presin del fluido aguas abajo del punto de entrega y medir los volmenes de gas consumidos. Asimismo, asegura que la presin no sobrepase de un valor prefijado ante fallas eventuales. 1.2.50.PuentedeRegulacinSecundarias(subestaci ones):conjuntodeaparatosyelementosinstaladosconel propsito de reducir y regular automticamente la presin del fluido aguas abajo del Puente de Regulacin y Medicin Primaria. Su utilizacin se requiere cuando la presin de trabajo del artefacto difiere de la presin regulada asignada. 1.2.51. Puesta fuera de servi cio: es el bloqueo del pasaje de gas al quemador o conjunto de stos por la accin del sistema de seguridad implementado. Cuando la misma se produzca por condiciones lmite de seguridad, el quemador slo podr ponerse en funcionamiento nuevamente despus de desbloquear manualmente el dispositivo de mando. 1.2.52. Punto de entrega: es el lugar fsico en el predio propiedad del usuario donde la Concesionaria hace entrega del fluido que ingresa al puente de Regulacin y Medicin Primaria (comnmente coincide con la lnea municipal). Anexo 6 Inst al aci ones Industrial es de Gas Natural.4 de 58 1.2.53.Quemadorautomti co:sonaquellosprovistosdedispositivosdecontroldellama,encendido,mandoy regulacin de accin automtica. 1.2.54.Quemadoresmanuales:sonaquellosprovistosdedispositivosdecontroldellamaymandodeaccin automtica, en los cuales el encendido y la regulacin se realiza manualmente. 1.2.55. Quemadores semi automti cos: son aquellos provistos de dispositivos de control de llama, mando y regulacin de accin automtica, en los cuales el encendido se efecta manualmente. 1.2.56. Re-arranque: es el intento de encendido del quemador cumpliendo todas las secuencias de arranque, cuando la llama se extingui estando el quemador en servicio. 1.2.57.Reencendi do:eselintentodeencendidodelquemador, cuandolallamaseextinguiestandoel mismoen servicio. 1.2.58.Regul adordepresin:aparatoquereducelapresindelfluidoquerecibeylamantieneconstante independientemente de los caudales que permite pasar y de la variacin de presin aguas arriba del mismo, dentro de los rangos admisibles. 1.2.59.Sell ohi druli co:conjuntodeelementosprefabricadosquerespondenaunproyectoparticulardestinados a actuar como vlvula de seguridad de alivio por venteo para baja presin. Su cierre se efecta por sello lquido. 1.2.60. Separador: conjunto de elementos prefabricados que responden a un proyecto particular y que es destinada a retener partculas slidas y/o lquidas contenidas en el fluido. 1.2.61. Redes: conjunto de tuberias o ductos interconectados entre si cuya diversa configuracin geomtrica en forma anular, radial, paralela, cruzada o combinada, conforman los sistemas de distribucin destinados al suministro de Gas Natural. 1.2.62. Red Primaria: conjunto de tuberias o ductos de acero u de otro material que conforman la matriz del sistema de distribucin a partir de la estacin de recepcin y despacho, cuya presin de operacin supera los 6,9 bar (100 PSIG) por lo cual tambin se denominan Sistemas de Alta Presin. 1.2.63. Red Secundari a: conjunto de tuberias o ductos de acero, polietileno u de otro material que conforman sistemas reticulares a partir de los puestos de regulacin distrital y operan a una presin entre los 500 mbar (7,25 PSIG) y hasta los 7 bar (100 PSIG) por lo cual tambin se denominan Sistemas de Media Presin. 1.2.64.Sol daduradetubo:seentenderporsoldaduradetuboalaunincircunferencialterminadaentredos secciones de caera o una seccin de tubo con un accesorio (bridas, codos, tes, etc.). 1.2.65. Tapada: es la altura que media entre la parte superior de la caera revestida, una vez asentada perfectamente, y la superficie libre del terreno solado. 1.2.66.Tiempodeespera: perodo comprendido entre la puesta fuera de servicio por seguridad de combustin y el reinicio de la secuencia de encendido. 1.2.67.Tiempodeseguri daddearranque:perodocomprendidoentreelcomienzodelprocesodeencendidodel quemador y la interrupcin de ste si no se produce el mismo. 1.2.68. Tubo radi ante resi stente: conducto calefaccionado por medio de una llama que se desarrolla en su interior, la emisindecaloralacmaradelhornoesfundamentalmenteporradiacin.Lostubosradiantesresistentesson estancosrespectoalacmaradelhornoydebenresistirconseguridadunasobre-presinporelencendidodela mezcla gas-aire. 1.2.69. Vlvula de seguri dad: aparato que intercalado en cualquier punto de la instalacin provoca el bloqueo o venteo de fluido a una presin predeterminada. 1.2.70.Vl vulaautomti cadeci erre(VAC): vlvula que cierra o abre automticamente el paso de gas al quemador principal o quemador piloto, segn la seal que reciba del dispositivo de mando correspondiente. Anexo 6. Instal aciones Industriales de Gas Natural . 5 de 58 1.2.71. Vlvul a automti ca de ci erre con rearme manual: vlvula que cierra automticamente el paso de fluido segn lasealquerecibadelcorrespondientedispositivodemando.Suaperturaseefectamanualmenteypormedios mecnicos (palanca de reposicin). Sern del tipo normal cerrada y de accin directa. 1.2.72. Vl vul a de ali vio por venteo: vlvula de seguridad que acta automticamente liberando a la atmsfera o a un colector de quemado un determinado caudal de gas a fin de evitar que la presin -aguas abajo de sta- no supere un valor prefijado utilizado para su calibracin. 1.2.73.Vlvul as debl oqueo porsobre-presi n: vlvula de seguridad -del tipo normal cerrada y de rearme manual- queinterrumpeautomticamenteelpasodegasasutravs,alalcanzarseelvalorprefijadoutilizadoparasu calibracin. 1.3. Referencias normativas. NFPA N 70 IRAM 3517 API 5l API 5LX API 5LS ASTM A 53 IRAM 2502 ANSI B 16.9 / B 16.28ANSI B 16.11 API 6 D / BS 5351 IRAM 1182 IRAM 1192 IEEE 383/74 IRAM 2183 UNI Anexo 6 Inst al aci ones Industrial es de Gas Natural.6 de 58 2.Diseo del sistema de tuberas de Gas Natural, materiales y componentes. 2.1. Elementos constitutivos de una instalacin industrial. Luego de la acometida (caera que se desarrolla desde la derivacin del principal hasta la vlvula de bloqueo general de entrada al puente de regulacin y medicin primaria) inicia la instalacin industrial. Lamismaestconstituidaporlaprolongacin(caeracomprendidaentrelalneamunicipalhastalavlvulade bloqueodeentradadelpuentederegulacinymedicinprimario),elpuentederegulacinymedicinprimario, caera interna, equipos para consumo de gas, y conductos de evacuacin de productos de la combustin. Enalgunasinstalacionessecuentaconunsegundopuentederegulacin(subestacin)paraloscasosenquela presin de utilizacin en los artefactos difiere de la presin regulada en el puente primario. 2.2. Puente de regulacin y medicin primaria. 2.2.1. Generalidades. 2.2.1.1. Puente de regulacin. Objeto. Elpuentederegulacinymedicintieneporobjetoasegurarunapresindesalida(presinregulada)devalor constante,independientementedelasvariacionesdepresionesdesuministrofijadaporlaConcesionariaydela fluctuacin de caudal requerida por la instalacin, dentro de los rangos previstos de consumo. Asimismo, en funcin de las caractersticas del suministro y de las condiciones particulares requeridas por la instalacin se prevern elementos que garanticen la separacin de slidos y lquidos del fluido; que eviten los riesgos de formacin de hidratos y que aseguren en todo momento que la sobre-presin que se alcance en la instalacin, por fallas en el sistema de regulacin, no supere los valores para los cuales ha sido diseada la misma. 2.2.1.2. Puente de regulacin. Vlvula de bloqueo. Bsicamente,elpuentederegulaciny medicincontar conunavlvula debloqueogeneraldeentradade1/4de vueltayaccionamientomanual,unfiltrooseparadordepolvotiposeco,oseparadordepolvoylquidosegn corresponda,reguladoresdepresinconsuscorrespondientesvlvulasdebloqueo,manmetrosconsus correspondientes vlvulas de bloqueo, vlvulas de seguridad, vlvulas manuales de puesta en marcha, y el sistema de medicin de caudales. 2.2.1.3. Precalentador. En aquellos casos en que la presin, temperatura y/o caractersticas fsico-qumicas del gas lo requieran, se instalar un precalentador de gas o bien un sistema inyector de lquido inhibidor para evitar la formacin de hidratos, y un separador de lquidos que retenga los mismos 2.2.1.4. Odorizacion. Cuando la Concesionaria entregara gas sin odorizar, la instalacin deber contar en forma obligatoria con un sistema de odorizacin que garantice los niveles exigidos por las normalizaciones correspondientes. Dicho equipo se instalar aguas abajo del sistema de medicin. ParaaquellosprocesosindustrialesquenoadmitenlapresenciadeodoranteenelGasNatural,oparaaquellas instalacionesdegrancapacidad,sedeberconsultarcon laoficinatcnicarespectivadelaConcesionariaafinde determinar el criterio a seguir. 2.2.2. Tramo de Regulacin. 2.2.2.1. Filtros. Debe preverse la colocacin de filtros o separadores de polvo tipo seco, aguas arriba de la regulacin con el fin de evitar inconvenientes que se originaran por la presencia de partculas slidas mayores que 80 micrones. Anexo 6. Instal aciones Industriales de Gas Natural . 7 de 58 2.2.2.2. Valores de regulacin. En todos los casos, las vlvulas reguladoras garantizarn un valor constante de la presin de salida, con una tolerancia comprendidaentre10%devariacinantecualquierfluctuacindecaudaldentrodelascondicionesnormalesde operacin, recomendndose no obstante el uso de vlvulas con controlador proporcional e integral. La utilizacin de vlvulas reguladoras auto operadas con una variacin de la presin de salida superior a la indicada, debe ser expresamente autorizada por la Concesionaria para cada caso. 2.2.2.3. Seleccin de reguladores. Paralaseleccindelosreguladoresdeberntenerseencuentalosvaloresmximosymnimosdelapresinde entrada, la presin regulada deseada y los caudales mximos, mnimos y normales. Es condicin necesaria que el sistema de regulacin suministre el caudal de diseo para las condiciones de presin mnima de entrada a ste. Asimismo, una buena seleccin del regulador deber garantizar que, cuando la presin de entrada sea la mxima, el mismo no trabaje por debajo del 20% de su apertura. Para aquellos casos particulares en que la presin regulada requerida supere la presin mnima de suministro, se podr tomar una presin operativa superior a la mnima de suministro, a efectos de su dimensionado. Para estos casos la Concesionaria no asumirninguna responsabilidad cuando la presin descienda por debajo de la presin adoptada como operativa. No obstante, toda vez que se requiera tomar una presin regulada superior a la mnima de suministro, se deber contar conlaautorizacinexpresadelaConcesionaria,ynotificaralusuariosobrelosinconvenientesquesurgirnenel sistema al disminuir la presin de suministro y alcanzar sta valores por debajo de la mnima adoptada. Como alternativa,enel casodequeserequieraregular avaloressuperioresa lapresin mnimadesuministro,se podr instalar un sistema compresor de gas, tema que ser tratado ms adelante (punto 6.2.). Para la seleccin del regulador de presin, se deber tener en cuenta la variacin en el consumoa fin de poder adoptar el tipo de cuerpo, obturador y controlador que cubra las necesidades requeridas. Enparticularlaseleccindelobturadordebeefectuarsepreviendo-cuandoestoseaposible-quesucierresea hermtico cuando el consumo de fluido es nulo. 2.2.2.4. Regulacin adicional. En general, toda vez que resulte impracticable la interrupcin del suministro de gas, el puente de regulacin y medicin primariasedeberproyectarcontemplandolainstalacindeunsistemaderegulacinadicionalenreservaparael caudal de diseo de la instalacin; y en particular los asilos, hospitales, escuelas y dems establecimientos de este tipo, poseern dicho sistema adicional en forma indefectible. Paraaquellas instalacionesenlascualeselcaudalvarenotablementeesaconsejablepreverunreguladorpara los perodos en que los caudales resulten mnimos. En estos casos, dicha vlvula se instalar en paralelo con el sistema principal, calibrando la misma a una presin regulada superior a ste. 2.2.2.5. Vlvulas de bloqueo Aguasarribayaguasabajodecadareguladorsecolocarnvlvulasdebloqueodeoperacin manualyde1/4de vuelta. Todaslasvlvulasdebloqueosernaptaspararesistirlapresindediseodelostramosenqueseencuentran colocadas.Ademslasvlvulassituadasaguasabajodeunavlvulareguladoradepresin,quenoestuvieran protegidas por vlvulas de seguridad, debern ser aptas para soportar la mxima presin de entrada a dicho regulador. 2.2.2.6. Dispositivos de Seguridad. 2.2.2.6.1. Para proteger a la instalacin en los casos de elevaciones de presin ocasionadas por desperfectos de los reguladores, se deber contar con alguno los dispositivos de seguridad detallados ms abajo. Su seleccin depender de la instalacin particular y ser aprobada por la Concesionaria. a)Presin de entrada a 1200 KW Monitor, vlvula de bloqueo por sobre-presin y vlvula de alivio por venteo (opcional). Monitor incorporado en la vlvula reguladora, vlvula de bloqueo por sobre-presin y vlvula de alivio por venteo (opcional). Monitor con bloqueo incorporado y vlvula de alivio por venteo (opcional). 2.2.2.6.2.Cuandoelcaudala liberarsuperelos10.000 m/hsedeberoptarpreferentementeporel sistema de seguridad de bloqueo por sobre-presin, si el proceso industrial lo admite. Asimismo, cuando la ubicacin del puente de regulacin y medicin se halle en zona densamente poblada, se deber instalar dicho sistema. 2.2.2.6.3. Todos los dispositivos de alivio o limitadores de presin debern: c)Estar constituidos con materiales tales que la operacin del dispositivo no se vea afectada por la corrosin de las partes externas debido a la atmsfera. d)Estardiseadoseinstaladosdemodoquepuedanseroperadosparadeterminarsilavlvulaestlibrede impurezasuobstculosinternosquedificultensufuncionamiento.Losdispositivosdeberntambinestar diseadoseinstaladosdemodoquepuedanserprobadosparadeterminarlapresinalacualoperarny examinados para detectar fugas cuando se encuentran en posicin cerrado. 2.2.2.6.4.Caeraexternadecontrol.Lacaeraexternadecontroldeberestarprotegidadelimpactode objetos, excavaciones u otras causas de dao y deber estar diseada e instalada de modo que un dao en alguna de ellas no inutilice ni el regulador ni el dispositivo de proteccin contra la sobre-presin. 2.2.2.6.5. En todos los casos, los venteos de las vlvulas de seguridad se debern elevar a los cuatro vientos sobre las construcciones existentes La altura mnima de la caera de venteo ser de 2000 mm sobre nivel de piso para instalaciones areas sin cubierta superior, y 500 mm sobre nivel de techo del recinto, si no existen construcciones que impidan que el venteo de las vlvulas de seguridad se realice en un rea segura. Se realizar un corte a 45 en el extremo de la caera de venteo efectundose un orificio de drenaje en la parte inferior de la misma para evacuacin de agua. 2.2.2.6.6. Proteccin contra la baja presin. Se deber instalar un dispositivo de proteccin entre el medidor y el aparato de gas si la operacin del equipo es tal (p. ej. : compresores de gas) que pudiera producir un vaco o una reduccinpeligrosadelapresindelgasenelmedidor.Dichosdispositivosincluyen,peronoestnlimitadosa vlvulas de cierre por baja presin de gas mecnicas, operadas a diafragma o elctricamente. 2.2.2.6.7. En caso de colocarse vlvulas de bloqueo por sobre-presin, la presin de corte de la misma ser a lo sumoun10% menorquela mximadetrabajodelsistemade medicinasignado.Lasvlvulasdebloqueopor sobre-presin sern del tipo normal cerrada y de rearme manual. La lnea de control de la vlvula de seguridad por sobre-presin no llevar ningn elemento de bloqueo que pueda accidentalmenteanularsufuncionamiento.Aguasarribadelsistemademedicinseinstalarunavlvulade seguridad de alivio por venteo para proteger la instalacin de eventuales sobre-presiones ocasionadas por prdidas de la vlvula de bloqueo por sobre-presin. El caudal que evacuar esta vlvula ser como mnimo, el 10 % del caudal de diseo de la instalacin y la presin de apertura estar comprendida entre la presin de corte de la vlvula de seguridad por bloqueo y la mxima de diseo. Cuando se trate de instalaciones que regulen a 19 mbar. (0,020 kg/cm.), la presin mxima de corte ser 34 mbar. (0,035 kg/cm.). Anexo 6. Instal aciones Industriales de Gas Natural . 9 de 58 2.2.2.6.8. De optarse por vlvulas de seguridad de alivio por venteo, se instalar una aguas arriba del sistema de medicin y otra aguas abajo del mismo. Lacapacidaddelaprimeranoserinferioraladelreguladorolosreguladoresqueoperensimultneamente totalmente abiertos, calculando la capacidad del mismo con un valor de la presin de entrada igual a la mxima de suministro y una presin de salida igual a la presin de venteo de esta vlvula de seguridad. Lapresindeaperturaseralosumoigualalamximapresindetrabajoadmisibledelsistemademedicin asignado. Lacapacidaddelavlvulainstaladaaguasabajosercomomnimoigualalcaudalmximoautorizadoysus presiones de apertura y venteo sern siempre inferiores al valor de apertura de la colocada aguas arriba. Para medidores de baja presin, la vlvula de seguridad de alivio por venteo posterior a los mismos preceder a la vlvuladebloqueo manual instaladaalasalidadepuente.Enestos casos,cuando la capacidaddeestavlvula supere al caudal mximo autorizado, deber anteponerseuna placa orificio que se colocar entre bridas a la entrada de sta. El dimensionado del orificio de dicha placa ser efectuado por la Concesionaria. Cuando se trate de instalaciones que regulen a 19 mbar. (0,020 kg/cm.) la presin mxima de venteo ser 39 mbar. (0,040 kg/cm M.). 2.2.2.6.9. Si la regulacin se efectuara en dos etapas y el regulador de la segunda etapa no fuera apto para soportar la mxima presin de suministro, la proteccin del mismo se efectuar con una vlvula de bloqueo por sobre-presin colocada aguas arriba del primer regulador cuya seal de comando sea tomada aguas arriba del segundo regulador. Enestecaso,lacapacidaddelavlvuladeseguridaddealivioporventeocolocadaaguasarribadelequipode medicin,serigualaladelsegundo reguladortotalmenteabiertoconlapresinalaqueaccionalavlvulade bloqueo por sobre-presin. 2.2.2.6.10. En la entrada y salida del puente de regulacin y medicin primariase colocarn juntas dielctricas que tendrn por objeto aislar elctricamente a las instalaciones del Puente del resto de las instalaciones de acero que cuenten con proteccin catdica y/o tambin para evitar un drenaje de corrientes dispersas del terreno. 2.2.2.6.11. Los puentes de regulacin y medicin con presin de entrada superior a 10 bar o caudal de suministro superiora1200KW,deberncontarconsucorrespondientepuestaatierracalculadoseinstaladossegnlas reglamentaciones vigentes. 2.2.2.6.12.Sedebernpreversistemasdeatenuacinderuidosafindequeelnivelsonoromximodelas instalaciones se ajuste a las normativas vigentes. 2.2.2.6.13. A los fines orientativos se adjuntan esquemas tpicos de conexionados de ramas de regulacin: a)Presin de entrada menor o igual a 10 bar y Caudal de suministro menor o igual a 1200 KW. Figura 2.1. Esquema tpi co de conexi onado de Ramas de Regulaci n para presi n de entrada menor a 10 bar o caudalde sumi nistro menor o igual a 1.200 kW. Anexo 6 Inst al aci ones Industrial es de Gas Natural.10 de 58 Figura 2.2. Figura 2.3. Figura 2.4. Figura 2.5. Anexo 6. Instal aciones Industriales de Gas Natural . 11 de 58 b)Presin de entrada mayor a 10 bar o Caudal de suministro mayor a 1200 KW Figura 2.6. Esquema tpi co de conexi onado de Ramas de Regulaci n para presi n de entrada mayor a 10 bar o caudalde sumi nistro mayor a 1.200 kW. Figura 2.7. Figura 2.8. Anexo 6 Inst al aci ones Industrial es de Gas Natural.12 de 58 2.2.3. Tramo de Medicin. 2.2.3.1. Diseo. El sistema de medicin se disear en base al equipo que asigne la Concesionaria. Se facilitarn planos tipo para cada sistema(inferencial,rotativo,deturbina,dediafragma,ultrasnico,etc.),pudindoseproyectarmodificacionesalos mismos, siempre y cuando se mantengan los lineamientos generales trazados en dichos planos. En los medidores volumtricos que operen a presiones superiores a 0,987 bar M. (1 kg/cm M.), se instalarn placas limitadoras de caudal diseadas por la Concesionaria como medida integral de proteccin de los mismos. Laplacalimitadora,queconsisteenunatoberaderadiocortoconorificiocalibrado,secolocaraguasabajodel medidor. De optarse por vlvulas de seguridad de alivio por venteo, se instalar una aguas arriba del sistema de medicin y otra aguas abajo del mismo. 2.2.3.2. By-pass. Todos los sistemas de medicin, salvo aquellos con medidores a diafragma de baja presin, poseern conexin directa deemergencia(by-pass)quecontarcondosvlvulasconextremosbridadosdeaccionamiento manualy1/4de vuelta, ajustndose a lo indicado en el plano tipo respectivo. 2.2.3.3. Sistemas con placa orificio. En sistemas de medicin por placa orificio. Las instalaciones debern adaptarse a la ltima versin de AGA Report N 3. 2.2.3.4. Soportes. Losmedidoresdebernestarsoportadosoconectadosatuberiasrgidasdemodoquenosehallensometidosa tensiones. Anexo 6. Instal aciones Industriales de Gas Natural . 13 de 58 2.2.4. Ubicacin y caractersticas del recinto. 2.2.4.1. Generalidades. El recinto estar ubicado en concordancia con la lnea municipal del establecimiento a nivel de acera, debiendo ste construirseenmampostera(espesormnimo150mm),revocadainteriormenteconcubiertaincombustibley convenientemente ventilado e iluminado. Serexclusivoparaelpuentederegulacinymedicinprimariaydemselementosquetenganrelacinconla instalacin. Su piso tendr una terminacin de cemento alisado y estar sobreelevado del nivel del terreno circundante. Deber poseer dos puertas metlicas, con apertura hacia el exterior, una sobre la va pblica y otra sobre el interior del establecimiento para acceso del usuario. Ambas puertas estarn provistas de cerradura de seguridad. Cualquier excepcin ser estudiada y autorizada por la Concesionaria. Tres copias de las llaves correspondientes a la puerta de acceso desde la va pblica, se entregarn a la Concesionaria. 2.2.4.2. Ventilacin del recinto. La ventilacin del recinto se realizar mediante rejillas dispuestas en las paredes del mismo. No menos del 5 % de la superficie lateral del mismo estar cubierta por dichas rejillas convenientemente distribuidas para asegurar una normal circulacin del aire. El 80 % de la ventilacin ser realizado por la parte superior y el 20 % restante por la parte inferior. Esta ltima ser ubicada en una zona segura con el fin de evitar que un escape de gas a su travs, pueda afectar la seguridad de las personas y/o bienes, debiendo asimismo contemplar que las rejillas de ventilacin dificulten la salida de gas al exterior y no impidan el ingreso de aire. 2.2.4.3. Sistema anti-explosivo. La instalacin de la iluminacin ser del tipo anti-explosivo, apta para clase 1, divisin 1, segn norma NFPA N 70, y asegurar un nivel lumnico uniforme no inferior a 150 lux. Los materiales a emplear respondern a las normas UL o IRAM. Secolocarndos(2)interruptores,unojuntoacadapuertadeacceso,enelinteriordelrecintoconllavesde combinacin que permitan el encendido o apagado total en forma independiente. La puerta de acceso al recinto deber garantizar una abertura mnima de 1100 mm x 2000 mm, ser de apertura hacia elexterior yposeercerraduradeseguridad.Elusuariopodrpreversuaccesodesdeelestablecimiento alrecinto mediante una puerta de menor dimensin. En la puerta de acceso para personal de la Concesionaria y para el usuario se colocar un cartel con la leyenda PROHIBIDO FUMAR. Sedebercolocarun(1)extinguidordefuegodepolvosecobasepotsicade10kgdecapacidad,construidoe instalado segn las disposiciones vigentes. Secolocaruncarteldeoperacionesfijadoenunpuntoqueaseguresufcillectura,enconcordanciaconla identificacin de vlvulas (ver Figura 1). El techo del local se construir de material incombustible y tendr una altura mnima de 2700 mm. 2.2.4.4. Caractersticas adicionales. Cuando la superficie necesaria para instalar el puente de regulacin y medicin primaria supere los 60 m, se podrn variar las condiciones requeridas para el piso y las paredes laterales, ajustndolas a las siguientes caractersticas: a)Piso de cemento alisado en las sendas de circulacin, pudiendo el resto ser de piedra grantica partida (espesor mnimo 150 mm). b)Lapareddelalneamunicipalymedianerasdebernserdemampostera,pudindosedejarelcontrafrente cercadoconalambredetejidoromboidal(altura mnima=1800 mm).Comoalternativa, lalongitud delapared sobre la lnea municipal se extender hacia ambos lados tantos metros como surja de rebatir los laterales sobre dicha lnea, debiendo completarse el recinto con alambre de tejido romboidal (altura mnima =1800 mm). El resto de las caractersticas que debe reunir el recinto no vara. Anexo 6 Inst al aci ones Industrial es de Gas Natural.14 de 58 2.2.4.5. Distancias mnimas de seguridad. Las distancias mnimas de seguridad a tener en cuenta en el proyecto son las siguientes: Tabla 2.1. DesdeHastaDistancia (m) Puentederegulacinymedicinprimaria(sin cabina) Calentador15 Idem, con cabinaCalentador6 Puente de regulacin y medicin primaria Tanquedechoquehasta2mytanque depsito 3 Puente de regulacin y medicin primariaTanque de combustible lquido7,5 Puentederegulacinymedicinprimariay/o tuberas * * Lneas de alta tensin areas5 Puentederegulacinymedicinprimariay/o tuberas * * Lneas de alta tensin subterrneas0,5 Puentederegulacinymedicinprimariay/o tuberas Puesta a tierra de lneas de alta tensin 0,5 c/10 KV CalentadorTanque de combustible lquido15 Calentador Tanquedechoquehasta2mytanque depsito 15 Subestacionestransformadorasdeenerga elctrica Puente de regulacin y medicin primaria10 * * Para tuberas de dimetro mayor que 152 mm 6) d.n. se duplicarn las distancias. La Concesionaria estudiar los casos particulares con distancias menores que la sealada. 2.2.4.6. Riesgo ssmico. Lascabinasquealojarnalpuentederegulacinprimaria,queseinstalenenzonasconsideradascomoderiesgo ssmico debern construirse segn lo establece la respectiva norma nacional en vigencia, y su proyecto ser avalado por un profesional del rea correspondiente. 2.2.5. Puentes de Regulacin y Medicin Subterrneos. 2.2.5.1. Generalidades. Laspresentessoncondicionesgeneralesquesedebentomarencuentaenproyectosdepuentesderegulaciny medicin primario cuando se proyecten bajo el nivel de superficie. Teniendo en cuenta que la disposicin de la cabina enterrada es la menos aconsejable, deber optarse -siempre que sea posible- por su instalacin en superficie. Cada caso ser analizado y autorizado en forma particular por la Concesionaria. 2.2.5.1.1. Ubicacin. El recinto deber ubicarse en correspondencia con la lnea municipal del establecimiento. En aquellos casosenquelacabinanopuedeubicarsesobredicho lmitesedeberasegurarelaccesodirectoa la mismamedianteunasendapeatonalde1,5mdeancho.Asimismo,laprolongacinseinstalardebidamente amojonada por debajo de dicha senda. La zona del puente deber quedar libre de toda edificacin y las construcciones cercanas no debern impedir una eficiente ventilacin. 2.2.5.1.2. Recinto. El acceso al recinto se realizar por una puerta de 1,2 m de ancho mnimo, la cual deber estar contrapesadaafindefacilitar suaperturaycierre.Debercontaradems,conunacerraduradeseguridady su cierre deber ser hermtico. Anexo 6. Instal aciones Industriales de Gas Natural . 15 de 58 La escalera de acceso deber tener un ancho mnimo de 1,2 m, contar con baranda de proteccin y su pendiente ser tal que la pedada sea de 0,26 m y la alzada de 0,19 m. El piso del recinto deber tener una pendiente del 1 % hacia la cmara de drenaje, para posibilitar la extraccin de lquidos. En caso que la eliminacin de lquidos no se realice en forma continua, se deber prever un sistema de extraccin manual o automtico. El rea de ventilacin libre mnima deber cubrir el 5 % de la superficie de las paredes, siendo natural y cruzada (una inferior y otra superior). Lospanelesdeventilacincontarnconarrestallamas,ysedeberpreverlacanalizacindelquidoshaciala cmara de drenaje. La instalacin deber contar con iluminacin artificial del tipo anti-explosivo. Nivel lumnico mnimo 150 lux. El clculo y proyecto del recinto deber ser avalado por un profesional con atribuciones acordes a las caractersticas de la obra. Se deber prever que el mismo sea totalmente impermeable. Su altura no podr ser inferior a 2,7 m. Segn el sistema de medicin que la Concesionaria asigne, la instalacin deber contar con un montacargas con una capacidad til de 1.500 Kg. El que podr accionarse en forma manual o por medio de motor elctrico blindado, a prueba de explosin. Podr requerirse tambin en este caso segn el diseo del puente un guinche que permita el desplazamiento en una o ms direcciones. 2.2.5.1.3. Sistema de seguridad por sobre-presin. Los sistemas de seguridad por sobre-presin podrn ser los mismos que los especificados para puentes de regulacin y medicin areas. De utilizarse la seguridad por alivio por venteo, este podr instalarse siempre que las condiciones de seguridad lo permitan, llevando los venteos a los cuatro vientos sobre las construcciones existentes. En todos los casos, prximo al recinto y fuera de ste se deber instalar una vlvula de bloqueo de cierre rpido y accionamiento manual que interrumpa el suministro de fluido a toda la instalacin interna. Dicho elemento ser ubicado en un lugar de fcil acceso dentro de una cmara o nicho. 2.3. Puente de regulacin secundario. Se especificarn las caractersticas y requisitos de seguridad a cumplir por los puentes de regulacin secundarios. 2.3.1. Puente de regulacin secundario. Cuando la presin de utilizacin en los artefactos difiere de la presin regulada de distribucin ser necesario instalar un puente de regulacin secundario. 2.3.1.1. Ubicacin. Los puentes de regulacin secundarios debern ubicarse en lugares accesibles y sern adecuadamente protegidas. En los casos de difcil acceso, se instalar en lugar conveniente una vlvula de cierre rpido y accionamiento manual que bloquee totalmente el puente de regulacin secundario. 2.3.1.2. Elementos constitutivos. Dichos puentes contarn con los siguientes elementos aptos para soportar la presin de diseo: vlvula de bloqueo de cierrerpidoyaccionamientomanual,reguladoresdepresin,manmetroconsuscorrespondientesvlvulasde bloqueo, vlvulas de venteo manual aguas abajo del regulador y vlvula de venteo manual anterior a la regulacin para purga de tuberas en aquellos casos en que, por su distancia desde el puente reguladora principal lo hagan necesario. Los reguladores sern instalados entre elementos que posibiliten su remocin. 2.3.1.3. Venteos. Los venteos de los reguladores debern elevarse a los cuatro vientos en una zona segura. Anexo 6 Inst al aci ones Industrial es de Gas Natural.16 de 58 2.3.1.4. By-pass No se admitirn by-pass de regulacin manual en puentes de regulacin secundarias. 2.3.1.5. Regulacin. Cuando las instalaciones ubicadas aguas abajo de las subestaciones no soporten la presin mxima de alimentacin a stas, se instalarn vlvulas de seguridad de corte o de alivio por sobre-presin, admitindose vlvulas reguladoras de presin con sistema de seguridad incorporado. La caracterstica de los venteos se ajustar a lo indicado en el punto correspondiente a puente de regulacin y medicin primario. 2.4. Tuberas. 2.4.1. Recorrido. El tramo de tubera comprendido entre la lnea municipal y el puente de regulacin y medicin primaria (prolongacin), deber instalarse corriendo por un conducto cmara asentado sobre un lecho permeable, con tapa removible. A partir del puente de regulacin y medicin primaria la caera se instalar en forma area, o en canales ad-hoc, permitindose que este tramo sea enterrado cuando el mismo no atraviese lugares de trabajo, o en las proximidades de los artefactos que alimenta. Cuando las tuberas vayan enterradas podrn descansar sobre el terreno si la consistencia del mismo as lo permite; en caso contrario debern apoyarse sobre un lecho de ladrillos comunes asentados en todo su recorrido o, en su defecto, sobre pilares; la tapada mnima ser de 600 mm. Debe preverse siempre una capa previa de arena o tierra entre la caera y los apoyos. 2.4.2. Proteccin catdica. Cuandolacaeraseinstalebajotierra,sereforzarconproteccincatdica,segnloindicadoenelpunto correspondiente. En todos los casos la caera enterrada deber quedar aislada de la que se instale en forma area por medio de juntas o coplas dielctricas. Dichoselementossedebernubicarenlugaresaccesiblesparasufcilcontroleinstaladosinmediatamenteaguas debajo de las vlvulas de bloqueo de las subestaciones de presin y/o artefactos. 2.4.3. Tuberas areas. Lastuberasareasdebenquedaraisladasdetodocontactoajenoaalainstalacindegasens,quedando terminantemente prohibido suspenderlas o apoyarlas en tuberas de conduccin de agua vapor, de servicios elctricos, etc. Toda caera area deber tener suficientes anclajes o soportes para: a)Prevenir esfuerzos indebidos en los equipos conectados a las mismas. b)Resistir los esfuerzos causados por cambios de direccin de la caera. c)Prevenir o amortiguar vibraciones excesivas. d)Proteger sus juntas de las fuerzas mximas resultantes de la presin interna y cualquier fuerza adicional causada por contraccin o expansin trmica, o por el peso de la caera y su contenido. 2.4.4. Cruces de caminos internos. Anexo 6. Instal aciones Industriales de Gas Natural . 17 de 58 Los cruces de caminos internos se instalarn con una tapada mnima de un (1) metro. Enaquelloscasosqueresultenecesarioinstalarlacaeradeconduccindentrodeuntubocamisa(altascargas transportables, terreno poco resistente, grandes dimetros de caera, cruces de vas, etc.) se efectuar segn el plano tipo de la Concesionaria. Los tramos de caera enterrada no debern absorber los esfuerzos provenientes de materiales en depsitos, paso de vehculos o maquinarias, etc. 2.4.5. Alimentacin colectiva. Cuando la tubera alimente varios locales o naves de fbrica, se colocar en la parte exterior de cada una de stas, vlvulas de bloqueo de cierre rpido y accionamiento manual en los ramales de alimentacin, dentro de un gabinete vidriado y en lugar accesible. Se seguir idntico criterio cuando se trate de independizar sectores varios de una misma nave o local. 2.4.6. Dimetro de las vlvulas de bloqueo. El dimetro de las vlvulas de bloqueo ser igual al dimetro de clculo de los tramos donde aquellas se instalaren. 2.4.7. Presiones. Dentro de los locales de trabajo la presin de distribucin mxima ser de 4 bar.Valores mayores al sealado sern autorizados expresamente por la Concesionaria, y slo en aquellos casos en que los equipos de combustin requieran una presin que supere la misma. Se deber asimismo ubicar las tuberas de distribucin preferentemente en el exterior de las naves o edificios. Si dicha caeraensurecorridodebieraatravesarotrasdependenciasdefbrica(oficinas,vestuarios,comedordepersonal, etc.), se deber prever su encamisado si la presin de distribucin supera 0,197 bar M. (0,200 kg/cm). Este tubo camisa tendr ventilacin al exterior en ambos extremos. 2.4.8. Retenciones. Deberntomarselosrecaudosnecesariosafindeevitarquetantoelairecomoeloxgenoqueseutilizaen quemadores de premezcla pasen a la tubera de gas; para lo cual se debern colocar las correspondientes vlvulas de retencin mecnicas o hidrulica de acuerdo a las normas que para cada caso fijar la Concesionaria. 2.4.12. Red de distribucin dentro de edificios. a)Generalidades. Comonormageneralladistribucindegasdentrodelosedificiosdestinadosaoficinas,hospitales,escuelas, asilos,hoteles,viviendasenfbricas,yotrotipodeconstruccionessimilares,sedeberrealizaraunapresin mxima de 19 mbar. (0,020 kg/cm). b)Se admitir realizar la distribucin de gas dentro de los edificios a una presin superior a 19 mbar. (0,020 kg/cm.) Sloenaquelloscasosenlosque,porlamagnituddelosconsumosoladistanciaalosequipos,resulten dimetros superiores a 153 mm (6) d.n. o bien que los artefactos trabajen a una presin superior a sta. c)La presin de distribucin mxima admitida dentro de estos edificios no podr superar el valor de 1,48 bar. (1,5 kg/cm.) y la presin mxima debido a eventuales sobre-presiones no podr sobrepasar los 2,26 bar.(2,3 kg/cm.). d)El proyectista deber prever que las tuberas se instalen en zonas abiertas o por conductos tcnicos. e)Cuando las tuberas atraviesen locales cerrados o se instalen en conductos tcnicos y la presin de distribucin supere 0,197 bar. (0,200 kg/cm.) se debern colocar dentro de tubos camisa. Los tubos camisa, sern de acero y su espesor se ajustar a lo indicado en las normas relevantes. Anexo 6 Inst al aci ones Industrial es de Gas Natural.18 de 58 Ambos extremos de la caera ventilarn a zonas abiertas que permitan ante una eventual avera en la caera de conduccin, evacuar el fluido al exterior del edificio en un rea segura. En lo que respecta a sus vinculaciones a las estructuras portantes, y su proteccin anticorrosiva, se ajustarn a lo indicado en los Captulos correspondientes. Lostramosqueseinstalenenconductosverticalesdebernposeersoportesadecuadosdiseadosparaevitar esfuerzos adicionales sobre las tuberas y las uniones. f)En todos los casos, cuando la presin de distribucin supere 19 mbar (0,020 kg/cm.), la unin entre tuberas se efectuar soldada, al igual que los tubos camisa. g)Se deber presentar un plano de detalle de las tuberas que se instalen dentro de conductos tcnicos indicando los anclajesosoportes, tuberasdetransportedeotros fluidos,conductoreselctricos,dimensionesdelconducto y dems caractersticas del mismo. 2.5. Dimensionado de las instalaciones. 2.5.1. Generalidades. 2.5.1.1. Diseo. Toda la instalacin deber estar dimensionada para conducir el caudal requerido por los equipos y las ampliaciones futuras previstas, teniendo en cuenta las limitaciones en la prdida de carga y velocidad indicadas ms adelante. Loselementoscomponentesdelainstalacincomprendidosentreelpuntodeentregaenellmitemunicipalylas vlvulasreguladorasdepresin,debernseraptosparasoportarlapresinmximadesuministroquefijala Concesionaria. Los elementos de la instalacin a partir de los reguladores se disearn considerando la presin mxima a que puedan estar sometidos teniendo en cuenta el valor de las sobrepresiones que puedan ocurrir ante defectos de funcionamiento de las respectivas vlvulas de regulacin, y la accin de los sistemas de proteccin previstos (vlvulas de seguridad por alivio o por bloqueo). 2.5.2. Condiciones bsicas para el dimensionado. a)El tramo de la caera comprendida entre la vlvula de bloqueo de servicio de la Concesionaria y la entrada a los reguladores primarios, se calcular con una cada de presin mxima no superior al 10%de la presin mnima de suministro. b)Los tramos de la red interna comprendidos entre dos etapas de regulacin se calcularn con una cada mxima del 20 % de la presin regulada al comienzo de esos tramos. c)Los tramos de caera que alimentan directamente artefactos de consumo, sern calculados de tal manera que la cada de presin entre el regulador que los abastece y los artefactos no exceda el 10 % de la presin regulada. d)Lascadasdepresinadmisiblesanteriormentemencionadasnocomprendenlasprdidaslocalizadasenel medidor y en las placas de restriccin del odorizador, inyector de metanol, limitadora de caudal de medidor, etc., las cuales se deben adicionar a las primeras. e)La prdida de carga mnima a considerar en medidores volumtricos que trabajen a presiones superiores a 0,148 bar (0,150 kg/cm) y hasta 0,98 bar (1 kg/cm), es del 3 % del valor de la presin regulada. f)En el caso de medidores que operen en baja presin, la prdida de carga mnima a considerar es de 1,1 mbar (1,2 g/cm). g)Cuandosetratedesistemasdemedicininferencial,lacadadepresinproducidaendichoselemento(entre vlvulas de bloqueo excluidas stas), se considerar de 0,246 bar (0,250 kg/cm), salvo indicacin en contrario. h)Cuandoelsistemademedicinasignadocontemplelainstalacindeunaplacalimitadoradecaudal,se considerar que sta produce una cada de presin del 12 % del valor de la presin de aguas arriba de la misma. Anexo 6. Instal aciones Industriales de Gas Natural . 19 de 58 En total, se puede considerar, para este tipo de instalaciones, que el sistema de medicin ocasiona una cada de presin del 15 % de la presin aguas arriba de la vlvula de bloqueo anterior al medidor. i )Aquellos tramos de caera con presiones de trabajo iguales o inferiores a 0,034 bar (0,035 kg/cm), no debern tener una cada de presin superior aguas abajo del medidor a los 0,98 mbar M. (1,0 g/cm). Se calcularn como tuberasabajapresinutilizandolaTabla2.1.,basadaenlafrmuladelDr.Poole.Dichaformulapodrser empleada tambin para el clculo de las tuberas por tramos. Anexo 6 Inst al aci ones Industrial es de Gas Natural.20 de 58 Tabla 2.1. Tabl a para cl culo de caeras baja presin. Caudal en litros de gas por hora, para caeras de diferentes dimetros y longitudes (gas natural) Densidad 0,65 Para cada de presin h=10 mm (columna de agua) Longitud de caera en metros Dimetros de la caera en milmetros 9,5 (3/8) 13 (1/2 ) 1 (3/4) 25 (1) 32 (1 1/4) 38 (1 1/2) 51 (2) 63 (2 1/2) 76 (3) 101 (4) 21.7453.5809.89520.26035.69555.835114.615198.330312.851624.217 31.4252.9258.06516.54028.90045.58593.580161.915255.411524.304 41.2352.5356.98514.32525.08039.48081.050140.219221.186454.046 51.1052.2656.25012.81022.68535.31072.490125.419197.840406.125 61.0052.0705.70511.69520.43532.23066.165114.511180.634370.802 79301.9155.28010.83518.92029.84561.265106.025167.250343.325 88701.7904.94010.13017.69527.91057.29599.165156.425321.108 98201.6904.6559.55016.68526.32054.02593.479147.457302.698 107801.6004.4209.06015.82524.96551.24588.689139.903287.189 1271014604.0358.27014.45022.79046.79080.957127.705282.151 146601.3553.7357.65513.37521.10043.31574.963118.249242.740 166151.2653.4957.16012.51019.59540.51570.109110.593227.024 185801.1953.2906.75011.79518.60538.19066.110104.283214.071 205501.1303.1256.40511.19017.65536.24062.70998.919203.062 225251.0802.9806.10510.67016.83034.55059.79494.322190.784 245001.0352.8505.84510.21516.11033.06057.24490.298185.363 264809902.7405.6209.81515.48531.78554.99186.690178.092 284659602.6405.4159.46014.92030.63053.00283.608174.449 304509252.5505.2309.13514.10029.58051.20280.768165.800 324358952.4705.0658.85013.95529.07549.58278.312160.553 344208702.3954.9108.58013.53527.78548.09475.865155.735 364108452.3304.7758.34013.15527.00546.73973.728151.349 384008202.2654.6508.12012.80526.29545.49671.767147.322 403908002.2104.5257.91012.48025.61544.34469.951143.594 423807802.1554.4207.72012.18025.00543.27768.267140.138 443707652.1054.3207.54511.90024.43042.27966.692136.905 463607452.0604.2207.37511.63523.88541.34965.227133.897 483557302.0154.1357.22511.39523.39540.47863.852131.075 503507151.9754.0357.07511.16522.92039.66062.560128.424 553306851.8853.8606.75010.84521.85037.81559.650122.403 603156551.8053.6956.46010.19020.92036.20557.109117.233 653056301.7303.5506.2109.69520.10534.78454.870112.638 702956051.6703.4205.9809.43019.36033.52152.876108.545 752855851.6153.3105.7809.11518.71532.38351.081104.860 802755651.5653.2005.5958.83018.12031.35449.459101.531 852655501.5153.1055.4258.55517.56530.41947.98498.502 902605351.4703.0155.2708.31517.07029.56346.63495.729 952505201.4352.9405.1358.10016.63028.77445.38993.175 1002455051.4002.8655.0057.89516.20528.04344.23790.800 1102354851.3302.7304.7707.53015.46026.73842.17886.583 1202254601.2752.6154.5707.21014.80025.60040.38482.900 1302154451.2252.5154.3906.93014.22524.89638.80079.649 1402054301.1802.4204.2306.67013.69523.70137.38776.749 1502004151.1402.3404.0906.45013.34022.89836.12074.158 1601954001.1052.2653.9556.24012.81522.17034.97271.791 1701903901.0702.1953.8356.05012.42521.50933.92969.649 1801853801.0452.1353.7305.89012.08520.90232.97267.687 1901753701.0152.0703.6255.73011.76520.34432.09265.879 2001703609902.0253.5405.58011.46019.83031.23064.217 j )Las instalaciones con caudales hasta 370 m n/h se disearn para una presin de 0,158 bar (0,160 kg/cm), salvo aquelloscasosqueporlandoledelosprocesosserequieraquelosquemadoresfuncionenapresiones superiores, o resultaren dimetros de caera interna mayores que 152 mm (6) d.n. Anexo 6. Instal aciones Industriales de Gas Natural . 21 de 58 k)En todos los puntos de la instalacin la velocidad de circulacin del gas deber ser siempre inferior a 40 m/s. l )Para el dimensionado de tuberas, se admitir cualquier frmula de clculo, los datos obtenidos debern responder por lo menos, a las exigencias bsicas de las siguientes frmulas: Frmul a de Dr. Pool e: l s 2h DQ5 =(sugerida para baja presin) Donde: Q:Caudal en mn/h. D:Dimetro en cm. h:Prdida de carga en mm de columna de H2O. s:Densidad del gas. l:Longituddelacaeraenmm,incrementadaconlalongitudequivalentedelosaccesoriosquela componen. Frmul a de Renouard simpli fi cada: P2A - P2B =48.600 x s x L x Q 1,82x D -4,82 (para media y alta presin) Donde: Q:Caudal en mn/h. D:Dimetro en mm. s:Densidad del gas. L:Longituddeltramoenkm,incrementadaconlalongitudequivalentedelosaccesoriosquela componen. PA y PB:Presiones absolutas en ambos extremos del tramo, en kg/cm A Frmul a de velocidad de ci rcul aci n del fl ui do: P DQ 35 , 365V2 = Donde: Q:Caudal en mn/h. P:Presin de clculo en kg/cm A. D:Dimetro en cm. 2.6. Materiales y componentes del sistema de tuberas de gas. 2.6.1. Generalidades. 2.6.1.1. Normas. Los materialesautilizaren lasinstalacionesdebernajustarsea losrequerimientosdenormas argentinas(IRAM)y extranjeras mundialmente reconocidas (ASME; ANSI; ASTM; API; BS; MS; AWS; UL; etc.). Todoslosmaterialesautilizar(bridas,esprragos,tuercas,filtros,vlvulas,etc.),debernllevargrabadoporel fabricante las caractersticas que permiten identificar al elemento (material, presin de trabajo, serie, etc.). Anexo 6 Inst al aci ones Industrial es de Gas Natural.22 de 58 LaConcesionariapodrsolicitar-siloconsideranecesarioquesesometanlosmaterialesaensayosquepermitan garantizar la calidad de los mismos. 2.6.2. Tuberas de acero. 2.6.2.1. Generalidades. La caera utilizada para las instalaciones internas (aguas abajo del puente de regulacin primario o subestaciones),ser la detallada en las normas relevantes. Cuando el tramo de caera comprendido entre el puente de regulacin primario y las subestaciones, opere a presiones inferioreso iguales a7 bar, podrn utilizarse las tuberas indicadas en las especificaciones y normas relevantes. No obstanteloanterior,deberverificarseporclculoqueelespesoradoptadoeneltramo mencionado,verifiqueala presin mxima a la que podr ser sometido durante su vida til. Cuando la presin regulada supere los 7 bar M., deber verificarse el espesor de la caera a utilizar, o se adoptarn los indicados en la Tabla 4. Cuando se utilice sistema de medicin inferencial, la eleccin de la caera responder a lo especificado el punto de Tramos de Medicin. Debetenerseencuentaqueeltramodemedicin,bsicamente,esuninstrumentoyporlotanto,debeser perfectamente desmontable. Por lo tanto, deber contar con bridas en los extremos de igual dimetro al del tubo de medicin. 2.6.3. Tuberas de cobre. Los siguientes requisitos son aplicables a tubos o tubos de cobre cuando se usan para alta presin, por ejemplo lneas de pilotos, conexin de artefactos. a)Cuando No se usarn tubos o tubos de cobre donde la presin exceda los 6,92 bar M (7 kg/cm M.). b)Noseusarntubos o tubosdecobrepara instalacionesdondeelesfuerzodeltuboocargaexternapuedaser excesiva. c)Los tubos o tubos de cobre tendrn un espesor mnimo de pared de 1,6 mm. Para baja presin este mnimo podr reducirse a 0,75 mm. d)Cuando la caera de cobre atraviese muros de mampostera deber pasar embutida en un tubo camisa. e)No se usarn tubos o tubos de cobre para lneas de impulso de vlvulas de control, salvo que stos formen parte integrante de la misma. 2.6.4. Tuberas plsticas. ElusodetuberasplsticasdeberserautorizadoexpresamenteporlaConcesionaria.Noobstantesedetallana continuacin los lineamientos para su aplicacin. a)Su uso se limita exclusivamente a tuberas enterradas. b)Slo se podrn instalar tuberas plsticas en terrenos libres y donde no exista posibilidad de futuras construcciones. c)Se admitir el uso de tuberas plsticas slo en instalaciones donde la presin de diseo de las mismas no supere 4 bar. d)Los materiales a emplear se debern ajustar a las normas vigentes en la Concesionaria al respecto. e)Las tcnicas de instalacin se debern ajustar a las normas vigentes en la Concesionaria y a las indicadas por los fabricantes. f)Las tuberas se debern instalar siempre que sea posible, paralelas a caminos internos del establecimiento. Anexo 6. Instal aciones Industriales de Gas Natural . 23 de 58 g)El recorrido de la caera se deber sealizar por medio de mojones que alerten sobre la profundidad, dimetro y sentido de circulacin. 2.6.5. Accesorios. 2.6.5.1. Accesorios para soldar: Debern cumplir con algunas de las siguientes normas: ANSI B 16.9 y B 16.28 (segn corresponda). El material ser de acero al carbono grado A o B (ASTM A 234). La identificacin de los accesorios se realizar segn norma MSS SP 25. 2.6.5.2. Accesorios para roscar: Los que se instalen en tuberas que operen a ms de 3,95 bar M. (4 kg/cm M.) se ajustar a las normas ANSI B 16.11 El material ser de acero al carbono forjado ASTM A 234, grado B (ASTM A105 o ASTM A 181 grado II). Las conexiones sern rosca Whitworth gas. Podrn utilizarse accesorios con zcalo para soldar (socket weld). La identificacin de los mismos se realizar segn MSS SP 25 o ANSI B 16.11 Para presiones inferiores a 3,95 bar M. (4 kg/cm M.) se podrn utilizar accesorios de fundicin maleable que respondan a la norma IRAM 2548. 2.6.5.3. Bridas: Respondern a la norma ANSI B 16.5 Podrn ser deslizables (slip-on), con cuello para soldar (welding neck) o ciegas. El material ser de acero al carbono forjado, calidad ASTM A 181 grado I o II o ASTM A 105. La identificacin de las mismas se realizar de acuerdo con la norma MSS SP-25. 2.6.5.4. Esprragos y tuercas: El material del esprrago ser de acero ferrtico al cromo molibdeno, designacin ASTM A 193 grado B 7 o designacin IRAM 4140-4142-4145. El material de la tuerca ser de acero ferrtico al carbono, designacin ASTM A 194 grado 2 H o designacin IRAM 1042 104X 1045. Los esprragos sern totalmente roscados con rosca whitworth gas segn norma IRAM 5063 o rosca 8 UN o norma ANSI B 1 cuando corresponda. El largo de los mismos se ajustar a lo indicado por la norma ANSI B 16.5.Las tuercas se ajustarn a lo indicado por la norma ANSI B 18. Las tuercas y los esprragos llevarn grabado el grado del material y el tipo de rosca. 2.6.6. Vlvulas de bloqueo. 2.6.6.1. Vlvulas de bloqueo de operacin manual. Debernserdecierrerpido(1/4devuelta)yllevarngrabadoensucuerpoelnombredelfabricantey/omarca comercial, mxima presin de trabajo y el material con que han sido fabricadas (norma de referencia MSS-SP 25). En el puente de regulacin y medicin primaria, subestaciones y bloqueos de artefactos, se utilizarn exclusivamente vlvulas del tipo esfrica siempre que el dimetro nominal de las mismas no sea superior a 254 mm (10). Cuando se supere dicho dimetro, se podrn utilizar indistintamente vlvulas de tapn lubricado. En las instalaciones de baja presin se podrn utilizar vlvulas de tapn lubricado aprobadas por la Concesionaria. 2.6.6.2. Vlvulas tipo esfrica. Serndecierreporesferanolubricadaconextremosroscados,bridados,ozcaloparasoldar;lasdeextremos roscados se admitirn hasta un dimetro nominal menor o igual a 51 mm (2). Anexo 6 Inst al aci ones Industrial es de Gas Natural.24 de 58 El material del cuerpo ser de acero fundido ASTM A 216 WCB o forjado ASTM A 105 o ASTM A 181 grado I o II. Para presin menor o igual que 3,95 bar M. (4 kg/cm M.) y dimetro menor o igual que 51 mm (2) podr ser de bronce. La esfera ser de acero inoxidable hasta dimetros de 51 mm (2) y podr ser de acero, fundicin maleable o nodular recubiertas con cromo duro (espesor mnimo 18 micrones) para dimetros mayores. Los vstagos sern a prueba de expulsin (el prensa estopa no podr utilizarse como sistema de retencin). El accionamiento de las vlvulas, para dimetros menores o iguales que 152 mm (6) d.n. y serie ANSI 150 y ANSI 300, serapalanca.Paradimetrosmayoresdebernposeermecanismoreductor.Elaccionamientoparaaquellasde dimetros nominales menores o iguales que 102 mm (4) y serie ANSI 600, ser a palanca. Para dimetros mayores poseern mecanismo reductor. Las bridas de las vlvulas se ajustarn a la norma ANSI B 16.5 y las de extremos roscados sern whitworth gas cnica. Las vlvulas de cuerpo partido con unin a bridas tendrn que ajustarse a la norma ANSI B 16.5, admitindose que el espesor de stas no resulte inferior al 80 % del indicado en esta norma. En general, estas vlvulas se ajustarn a lo indicado en la norma API 6D o BS 5351. 2.6.6.3. Vlvulas de tapn lubricado. SerndeacerofundidoASTMA216 WCBodefundicindehierroFG22 (IRAM556)oASTMA126claseB,su accionamiento ser con mecanismo reductor. En general, se ajustarn a las normas API 6D, API 599 y ANSI B 16.10. 2.6.6.4. Vlvulas tipo globo cierre aguja. Sern de acero al carbono ASTM A 105 re-empaquetables bajo presin. La identificacin se realizar segn la norma MSS SP 25. 2.6.7. Vlvulas reguladoras y/o monitoras. La eleccin de estas vlvulas estar avalada por su inclusin en catlogos o certificacin del fabricante donde figure diseo, caractersticas constructivas y de funcionamiento, material de sus elementos, nmero de serie y destinatario. Debern tener inscriptos de manera permanente y legible en una chapa de caractersticas, los siguientes datos: a)Nombre del fabricante y/o marca comercial. b)Presin mxima admisible en bar M. c)Presin regulada en bar M. d)Caudal de m n/h para la presin mnima de entrada. e)Tipo de obturador. 2.6.7.1.Criterios de seleccin. Parala eleccin de las vlvulas reguladoras debe considerarse lo siguiente: a)Caudal mximo, mnimo y normal. b)Clase de gas y su densidad. c)Presin de entrada mxima y mnima. d)Presin de salida o regulada, y el alcance de ajuste que se desea (+- 10%). e)Precisin del control que se necesita. f)Tipo de obturador, asiento duros o blandos. Anexo 6. Instal aciones Industriales de Gas Natural . 25 de 58 g)Caractersticas del flujo. h)Tamao de las conexiones. i )Facilidad de mantenimiento y reparaciones futuras. j )Presin de diseo aguas abajo de la misma. k)Nivel sonoro. 2.6.8. Vlvulas de seguridad. 2.6.8.1. Vlvulas de seguridad por sobre-presin. La eleccin de estas vlvulas estar avalada por su inclusin en catlogos o certificacin del fabricante donde figure diseo, caractersticas constructivas y de funcionamiento, material de sus elementos, nmero de serie y destinatario. 2.6.8.1.1. Vlvulas de seguridad de alivio por venteo.Estas vlvulas de seguridad debern tener inscripto en una chapa de caractersticas de manera que sean permanentemente legibles los siguientes datos: a)Nombre del fabricante y/o marca comercial. b)Presin de apertura en bar M. c)Presin de venteo en bar M. d)Dimetro o seccin de tobera en cm. e)Tamao de las conexiones, en mm y (pulg.). f)Serie de la conexin en entrada y salida. g)Caudal en m n/hora. h)Mes y ao del marcado y ajuste. En baja presin 19 mbar M. (0,020 kg/cm M.) se admitir el uso de sellos hidrulicos cuyo diseo y caractersticas figurarn en el plano del puente de regulacin. 2.6.8.1.2.Vlvulasdeseguridaddebloqueoporsobre-presin.Estasvlvulasdeseguridaddebern tener inscripto en una chapa de caractersticas de manera que sean permanentemente legibles los siguientes datos: a)Nombre del fabricante y/o marca comercial. b)Presin de cierre en bar M. c)Tipo de obturador. d)Tamao de las conexiones en mm (pulg). e)Mes y ao del marcado y ajuste. 2.6.9. Filtros. La eleccin de estos elementos estar avalada por su inclusin en catlogos, o certificacin del fabricante donde figure diseo, caractersticas constructivas y de funcionamiento, material de sus elementos y destinatario. Debern tener grabados en su cuerpo: a)Material Anexo 6 Inst al aci ones Industrial es de Gas Natural.26 de 58 b)Serie o presin de trabajo. c)Fabricante. 2.6.10. Manmetros. Para presiones menores que 19 mbar M. (0,020 kg/cm M.) podrn ser indicadores del tipo a columna de H O (tipo U), instalados dentro de una caja metlica protectora y con escala graduada en milmetros. Rango mnimo: 0- 39 mbar M. (0,04 kg/cm M.) Para su conexionado se utilizarn tubos de cobre y vlvula tipo globo cierre aguja. Parapresionessuperioresaestevalor,sernindicadorescontuboabourdonodiafragmaconescalacircular concntrica. Su fabricacin se ajustar a lo establecido en la norma API A 51 65. Los que se instalen a la intemperie sern hermticos al agua y el polvo. 2.6.11. Juntas. 2.6.11.1.Materiales. El materialparalas juntasdebersercapazderesistir la presin mximayde mantenersuspropiedadesfsicas y qumicas, a cualquier temperatura que pudiera ser sometido razonablemente en servicio. Sern de material resistente a la accin de los gases de petrleo o cualquier constituyente del gas conducido a travs de las tuberas. Cada tipo de material deber responder a la respectiva norma IRAM. Normas de referencia: ANSI B 31.1.2. y ANSI B 16.5. 2.6.11.2. Juntas, canutos y arandelas dielctricas. Debern cumplir con las especificaciones del punto 3.4. 2.6.11.3. Juntas elsticas.En aquellos casos en que sea necesario la colocacin de juntas elsticas (coplas tipo Dresser), aguas abajo y/o aguas arribadelmedidor,debernutilizarseelementosaprobadosporlaConcesionariaoensudefecto,presentaruna muestra en el Departamento de Medicin para su ensayo. Anexo 6. Instal aciones Industriales de Gas Natural . 27 de 58 3.Construccin de las instalaciones. 3.1. Generalidades. Las instalaciones se ejecutarn en base al proyecto aprobado por la Concesionaria, siguiendo todos los lineamientos indicados en ste y de acuerdo a las reglas del arte. 3.1.1. Puente de regulacin. El puente de regulacin y medicin primaria se construir por medio de uniones soldadas, admitindose slo el uso de elementosroscados,talescomovlvulasreguladorasdepresin,vlvulasdeseguridad,vlvulasdecontrol,filtros, instrumentos y vlvulas de bloqueo, hasta un dimetro de 51 mm (2) d.n. y presiones de operacin de 24,68 bar M. (25 kg/cm M.). Para presiones superiores, todos los elementos debern ser aptos para soldar o para instalarse entre bridas salvo los reguladores de presin y la instrumentacin. Para puentes de regulacin y medicin de presiones de entrada >10 bar o Q>1200 KW, se debern radiografiar el 100% de las soldaduras. Todos los elementos componentes del puente de regulacin primaria, subestaciones y equipos de combustin, debern quedar ubicados de manera tal que su operacin no presente dificultades ni implique riesgos operativos, debiendo para tal fin instalar, cuando resulte necesario pasarelas, plataformas, conductos portrincheras, etc. 3.1.2. Instalaciones aguas abajo. Las instalaciones ubicadas aguas abajo del puente reguladora primaria (caera de distribucin subestaciones equipos de combustin) se ajustarn en lo que respecta a sus uniones a lo indicado en las Tablas 3.1. y 3.2. Se debern prever elementos de unin suficientes (bridas, uniones dobles) que permitan la remocin de los elementos y/o aparatos que componen la instalacin. Loscambiosdedireccinen lacaera sedebernrealizarpor mediodeaccesoriosnormalizados,nopudiendoen consecuencia efectuarse doblado de caera. Anexo 6 Inst al aci ones Industrial es de Gas Natural.28 de 58 Tabla 3.1. Tipo de uni n para caeras areas. Anexo 6. Instal aciones Industriales de Gas Natural . 29 de 58 Tabla 3.2. Tipo de uni n para caeras enterradas. 3.2. Uniones de tuberas de acero. 3.2.1. Uniones roscadas. Entre tubos y sus accesorios se harn por roscados cnico con filetes bien tallados. No debern utilizarse tuberias que tengan roscas desparejas, con muescas, corrodas, o con cualquier otra clase de avera. Si durante la operacin de cortado o roscado se abriera la soldadura, dicha seccin de la caera no deber utilizarse. Anexo 6 Inst al aci ones Industrial es de Gas Natural.30 de 58 En las uniones roscadas se utilizarn nicamente pastas sellantes permitidas por la Concesionaria, quedando prohibido el uso de camo y/o pintura. Los tapones, instrumentos, medidores y cualquier otro elemento susceptible de ser removido se debern ajustar con cinta de tefln. De la norma ANSI B 2.1. se transcribe la siguiente Tabla: Tabla 3.1. Tamao nominal de la caera Largo aproximado de la parte roscada N aproximado de roscas a cortar mmpulgadasmmpulgadas 193/4193/410 251227/810 321 1/425111 381 1/225111 51225111 632 1/2381 1/212 763381 1/212 1024411 5/8 13 1526441 3/414 203851216 3.2.2. Uniones soldadas. Todo procedimiento de soldadura deber ser calificado bajo alguna de las siguientes normas de acuerdo a la funcin a desempear por la soldadura: a)Seccin IX del Cdigo ASME para calderas y recipientes a presin. b)Seccin e) de la norma API 1104. Las soldaduras sern ejecutadas en forma manual por el procedimiento de arco metlico protegido o por sistema automtico o semiautomtico. La ejecucin de los trabajos deber ser realizada por personal que posea matrcula habitante y sern calificados segn API 1104. Lostrabajosdesoldaduraserealizarnsiguiendoprocedimientosyespecificacionesdesoldaduracalificados segn se detalla en la API 1104. Para la ejecucin de las soldaduras se debern tener en cuenta los siguientes requisitos: 1)Los extremos de los tubos sern biselados. 2)En el caso de que los mismos no estn provistos con bisel de fbrica, el mismo podr efectuarse en obra. 3)Lostubos-antesdesersoldados-deberntenersusbocasperfectamentelimpias(abrillometlico),sin abolladurasnicuerposextraos.Siesnecesario,sepasarnsolventesvoltileslimpiosafindequitar suciedad. El bisel del tubo debe estar libre de xidos, escamas, estras, desgarraduras u otros defectos que puedan afectar a una soldadura adecuada. 4)La boca del tubo debe quedar libre de material asfltico lo menos en 10 cm para evitar que al calentarse el mismo pueda contaminar el material de aporte de la soldadura. 5)Lostubossernpresentadosdemodoqueelespaciadoseauniformeentodalaperiferiayadecuadoal dimetrodeltubodemodotalqueasegureunapenetracincompletaysinquemaduraspasantes.Silos dimetros de los tubos no fuesen iguales, se enfrentarn de modo tal que el escaln sea uniforme en toda la periferia, ajustando el mismo a lo indicado en la norma ANSI B 31.8. Anexo 6. Instal aciones Industriales de Gas Natural . 31 de 58 6)Noseadmitirel martillado deltubo para obtenerlaalineacin adecuadaocondicionesfavorablesparala ejecucin del cordn base. La abertura de raz ser como mnimo de 1,58 mm (1/16) 7)Parapresentarlostubosseutilizarnpresentadoresexterioresointeriores,enfuncindeldimetrodela caera. 8)Para tuberas de hasta 304 mm (12) d.n., se utilizar presentadores interiores o exteriores. 9)Para tuberas mayores de 304 mm (12) d.n., se utilizar presentador interno obligatoriamente. 10)Si los tubos a unir son con costura longitudinal, stas debern estar desplazadas entre s en no menos de 20. 11)En las soldaduras a 90 para las derivaciones, el tubo deber ser presentado de forma que el espaciado sea uniforme, para lo cual el de menor dimetro ser recortado en forma conveniente (boca de pescado). 12)Nosepodrnutilizarelectrodosmojadosohmedos.Losmismosdeberntenerlahumedadptimade fbrica, para lo cual las cajas se mantendrn cerradas y solamente se abrirn de una por vez y a medida que sevayanutilizando.LaConcesionaria tendrderechoarealizarunanlisisdeloselectrodosysometerlos adems a los ensayos prescritos por la AWS. 13)Las soldaduras se harn con tres (3) pasadas como mnimo, cada una de espesor aproximadamente 1/3 del espesordelapared.Lasoldaduradebequedarconunrefuerzodeaproximadamente1,2mmdealturay deber tener adems buena penetracin, ambas en toda la periferia del tubo. 14)Noseejecutarnsoldadurasenlascualeselsoldadordebaadoptarposicionesmuyincmodasoenlas cuales no tenga buen control visual de su trabajo. Cuando se deba trabajar en zanjas, stas debern ser lo suficientemente amplias y adems debern estar limpias y sin agua. 15)Los segmentos de soldadura efectuados debern estar espaciados uniformemente en la periferia del tubo, y tendrn una longitud que sumada, no deber ser inferior que el 50 % de la periferia del tubo antes de quitar el presentador.Hastaquenosehayaejecutadolaprimerapasada,nopodrmoverseelmismoenninguna forma y bajo ningn concepto. 16)La segunda y tercera pasada podr hacerse en cambio por el mtodo de girado de tubo (rolling Method). 17)No debern coincidir los comienzos de dos pasadas consecutivas en una misma soldadura. 18)Lalimpiezaentrecapasdesoldaduradeberhacersedemodoqueseeliminentotalmentelasescamaso escorias de cada pasada. 19)Igual criterio se seguir para la ltima pasada. 20)Sedeberseparardelaobratodotuboenquesedescubrieranlaminaciones,extremosagrietados, abolladuras u otros defectos. 21)Cuando se realice una reparacin de soldadura, el material defectuoso deber ser totalmente eliminado. 22)No debern ejecutarse soldaduras cuando la calidad de las mismas pueda ser perjudicada por las condiciones meteorolgicas predominantes, incluido pero no limitado a la humedad atmosfrica, tormentas de tierra o arena o vientos fuertes. 23)Pueden usarse defensas contra el viento cuando ello sea prctico24)Durantelarealizacindelostrabajos,laConcesionariatendrderechoacortarsoldadurasaefectosde someterlas a ensayos y revisar las mquinas de soldar lo mismo que sus instrumentales, para verificar que dichos elementos estn en perfectas condiciones de funcionamiento. 25)De surgir algn inconveniente que impida el normal funcionamiento de estas mquinas no se permitir realizar ningn trabajo con ellas hasta tanto se subsanen las fallas, o se reemplacen por otras ms adecuadas. 26)Al comienzo de la soldadura de cada tramo de caera, se deber colocar un cepillo de alambre de acero, que sehardeslizaratravsdelamismamedianteunalambreamedidaqueavancelasoldaduradelos empalmes, con el objeto de asegurar laperfecta limpieza del tramo de caera ejecutado. 27)El cepillo debe quedar siempre detrs de la soldadura que se ejecute. 28)Cuandosesuspendanlostrabajosdeberncerrarsecompletamentelosextremosabiertosdelalneacon tapas hermticas para evitar que en la caera penetren elementos extraos. 29)La Concesionaria tendr el derecho de probar todas las soldaduras por los mtodos que estime convenientes. 30)En las instalaciones de alta presin no se admitirn soldaduras de tubos que entre s formen un ngulo distinto a 90. 31)Cuando sea necesario efectuar cortes para empalmar tuberas se utilizar la mquina de corte y biselado de tubos. 32)No est permitido cortar o agujerear la caera con arco elctrico. 3.3. Soportes. 3.3.1. Puentes de regulacin primaria y secundaria. Debern contar con la cantidad de apoyos necesarios de manera que las cargas se distribuyan adecuadamente, y que todos sus elementos queden perfectamente sujetos y sin tensiones a fin de poderefectuar sin riesgo las maniobras normales de operacin. Anexo 6 Inst al aci ones Industrial es de Gas Natural.32 de 58 Debetenerseespecialcuidadoenelestudiodelossoportesdelasvlvulasdeseguridadyenlasujecindesus conductosdeventeo,yaqueenelmomentodeoperarseproducengrandesreaccionessobrelasmismasquese transmiten al resto de la instalacin. En el puente de regulacin y medicin primaria debe asegurarse adems que el medidor no quede sujeto a tensiones; asimismo, se debern colocar placas aislantes de PVC entre la caera y el soporte. 3.3.2. Tuberas. Debern contar con soportes adecuados. No podrn ir colgadas, atadas o fijadas a tubos de conduccin de agua, de vapor u otros, ni a instalaciones elctricas. El espaciado de los soportes de las instalaciones de tuberas no deber ser mayor a lo indicado en la norma ANSI B31.1.1., sugirindose los siguientes valores: Tabla 3.2. (mm) distancia (m) con prueba hidrulica con prueba neumtica 131,82,0 192,02,5 252,12,7 513,04,0 763,74,6 1024,35,2 1525,26,4 2035,87,3 3057,09,1 4078,210,7 5089,111,9 6109,812,8 3.4. Proteccin anticorrosiva de las instalaciones. Tantoparalastuberascomoparalosaccesoriosseutilizarnmaterialesconrevestimientosepoxdicosdefbrica aprobados por el organismo certificador. La Concesionaria podr aprobar la utilizacin de materiales sin revestimiento epoxdico de fbrica. En estos casos, el instaladordeberpintarlasinstalacionesconpinturasepoxdicascuyoprocedimientodeaplicacinseguirlas instrucciones del fabricante. El procedimiento de aplicacin deber estar previamente aprobado por la Concesionaria. LaConcesionariapodrutilizarotrostiposderevestimientos,Ejlaminadosplsticos,cintasdepolietileno,mantas protectoras, mastics, cintas de petrolato, etc. en los casos en que se evaluara que tcnicamente se lograsen mejores niveles de proteccin. Para los casos descriptos en los prrafos anteriores, como as tambin para los casos en que partedel revestimiento quedara daado durante el proceso de instalacin, se seguirn las indicaciones abajo sealadas. 3.4.1. Tuberas areas. Anexo 6. Instal aciones Industriales de Gas Natural . 33 de 58 3.4.1.1. Preparacin de superficies. Lassuperficiesmetlicassedebernpreparardesengrasndolasadecuadamenteutilizandoparatalesefectos solventes del tipo aguarrs o bencina. Se pintar con pinturas epoxdicas cuyo procedimiento de aplicacin seguir las instrucciones del fabricante. El procedimiento de aplicacin deber estar previamente aprobado por la Concesionaria 3.4.1.2. Tuberas y accesorios existentes. Enestoscasos,cuandonoseaposiblerecurriralsopleteadoconabrasivos,seemplearntcnicasdecepillado enrgico o lijado a fondo equivalente al estado final que se conseguir empleando elementos mecnicos. Este grado de limpieza responder a la norma SIS 05 59 00 ST 3. 3.4.1.3. Colores. Responder al siguiente esquema: a)tuberas de conduccin, bridas, vlvulas en general amarillo. b)tuberas de venteo: amarillo con franjas naranja. c)Perfil de bridas con junta dielctrica: rojo. d)Soportes de tuberas: verde. e)Precalentadores de gas: aluminio silicona. f)Palancas y volantes de vlvulas: negro. g)Instrumentos y lneas de impulso: negro. h)Tramos de medicin inferencial: gris. i )Dems elementos para tratamiento de gas: blanco. 3.4.1.4. Repintado. Enloscasosderepintado,seprocederaeliminar toda lapintura suelta,rebajando losbordesgruesosquehayan quedado, de modo que la superficie repintada tenga una apariencia lisa. La pintura vieja que quedare en la superficie deber tener suficiente adherencia para que no pueda levantarse al introducir una hoja de esptula sin filo debajo de ella. Si se advierte en algunas zonas la presencia de xido, se proceder a su remocin y de parte de la pintura que lo bordea hasta unos 5 mm de distancia del borde, continundose con el esquema de pintura adoptado. Cuando la pintura vieja ofrece dudas en cuanto a su adherencia, se deber remover. 3.4.2. Proteccin Tuberas Enterradas. Todas las tuberas en contacto con un medio electroltico (enterradas o sumergidas) debern contar con un mtodo de proteccin anticorrosivo externa con los siguientes elementos a)Un revestimiento aislante o cobertura protectora, segn los requisitos indicados en las normas relevantes. b)Unsistemadeproteccincatdicaquebrindarproteccindeacuerdoaloscriteriosestablecidosenelpunto 3.4.1.8 de la presente Norma. Lossistemasdeproteccincatdicaaceptadossontantoporcorrienteimpresaopornodosgalvnicos(de sacrificio). Las caractersticas del revestimiento respondern a las exigencias del servicio, y su seleccin se har en funcin de la agresividad del medio y las condiciones operativas a las cuales se ver sometido. Todo recubrimiento de proteccin exterior deber: Anexo 6 Inst al aci ones Industrial es de Gas Natural.34 de 58 c)Aplicarsesobreunasuperficiepreviamenteacondicionadadeacuerdoaloindicadoenlanormativa correspondiente. Tener una adecuada adhesin a la superficie metlica, a fin de evitar la migracin de humedad bajo la pelcula. Tener una ductibilidad adecuada para resistir agrietamientos. Tener resistencia mecnica suficiente para evitar daos debidos al manipuleo y a las tensiones provocadas por el terreno. Tener propiedades compatibles con la proteccin catdica. d)Los revestimientos externos deltipo aislante elctrico debern tener baja absorcin de humedad y alta resistencia elctrica. e)Los revestimientos debern ser inspeccionados antes de bajarlos a la zanja, debindose efectuar la reparacin de toda falla detectada. Para ello se utilizar un detector de fallas de cobertura. f)Paratodareparacinounindetramossoldadosseutilizarunrevestimientodeidnticascaractersticaso superiores al empleado en el conducto principal. g)Toda cobertura aislante exterior, una vez instalado y enterrado el conducto, deber ser sometida a una prueba de aislacinelctricaafindeverificarlaintegridaddelamisma.Posteriormentesedeberdeterminarenforma cuantitativa la disminucin de su capacidad especfica de aislacin a travs de la ejecucin sistemtica de ensayos para el clculo de resistencia de cobertura segn lo normalizado al respecto. La caera interna de distribucin que se instale enterrada o empotrada en contrapisos en contacto con terreno natural, y cuya presin de trabajo sea mayor que 19 mbar.(0,020 kg/cm M.), deber contar con proteccin catdica adems de la que corresponde segn lo indicado en punto 3.4.1.5. LoscriteriosdeproteccincatdicaestablecidosenelpresenteReglamentoparaestructurasdeacerosonlos siguientes: a)Un potencial negativo (catdico) de por lo menos 850 mV, con la proteccin catdica aplicada. Este potencial est referido a un electrodo de Cu/SO4 Cu saturado. las cadas de tensin distintas de las producidas en la interfase estructura-electrolito, deben ser determinadas para la interpretacin vlida de este criterio. Nota: Dichas cadas de tensin sern determinadas por alguno de los siguientes mtodos: 1)Por medicin o clculo. 2)Por revisin del comportamiento histrico del sistema de proteccin catdica. 3)Por evaluacin de las caractersticas fsicas y elctricas de la caera y su entorno. 4)Por determinacin de evidencias fsicas de corrosin. b)Unpotencialnegativodepolarizacindeporlomenos850mVconrespectoaunelectrododereferenciade CU/SO4 CU saturado. La medicin de este potencial se har sin la aplicacin de la corriente de proteccin (para el caso de existir el aporte de ms de una fuente, se debern interrumpir las mismas simultneamente y en forma peridica). c)Un mnimo de 100 mV de polarizacin catdica entre la superficie de la estructura y un electrodo de referencia estableencontactoconelelectrolito.Laformacinodecaimientodelapolarizacinpuedesermedidopara satisfacer este criterio. Todos los sistemas de proteccin catdica empleados debern proporcionar un nivel de proteccin acorde a los criterios indicadosenelpunto3.4.1.8.Elniveldelaproteccincatdicadeberestablecerseenvaloresquenodaenel revestimiento protector utilizado ni la estructura del tubo. Siseincluyenmaterialesanfterosenunacaeraenterradaosumergida,compuestadeunmetaldediferente potencial andico, deber ser aislado elctricamente del resto de la caera y protegido catdicamente o proteger la totalidad caera a un potencial que satisfaga los requerimientos de proteccin de dichos materiales anfteros. Eltramodecaeracomprendidoentrelavlvuladeservicioyelpuentederegulaciny medicinprimariadeber contar con proteccin catdica. Se instalar una caja de medicin permanente sobre el muro del recinto (en el exterior) con el objeto de poder leer el potencial del tramo mencionado. Anexo 6. Instal aciones Industriales de Gas Natural . 35 de 58 Toda caera deber tener puntos fijos de conexionado elctrico a la tubera, para la medicin y registro del potencial de proteccin estructura-medio. 3.4.2.1. Controles. La Concesionaria podr requerir peridicamente al usuario que se efecten los relevamientos de potencial respectivos, los cuales se debern realizar como mnimo en forma semestral. 3.4.2.2. Aislamiento de otras estructuras. Toda caera enterrada o sumergida deber ser aislada elctricamente de toda otra estructura metlica, a menos que la caera y la otra estructura estn interconectadas elctricamente y protegidas catdicamente como una sola unidad; para tal fin se emplearn los elementos normalizados al respecto. Las tuberas debern ser aisladas elctricamente de las camisas metlicas "casing", que son parte constituyentes del sistema enterrado pero protegidas independientemente. Tambin debern aislarse los puntos donde la caera pasa de enterrada a area debiendo colocarse un dispositivo descargador de sobre-tensiones conectado a tierra Losdispositivosdeaislacinpuedenconsistirenconjuntosdebridasaislantes,unionesoacoples,ounionesde aislacin soldadas. Todos estos dispositivos debern estar diseados para la temperatura, presin y tensin dielctrica que corresponda. Sedebercuidarespecialmentequeloselementosdielctricossemantengansecos,limpiosylibresdepinturas conductoras de la corriente elctrica. Las juntas, tubos y arandelas aislantes debern responder a las especificaciones y planos tipo vigentes. 3.4.2.3. Procedimiento de conexionado. Las conexiones elctricas de los conductores del sistema de proteccin catdica al tubo deben hacerse de la siguiente forma: Paraconductoreselctricosconectadosdirectamentesobreeltubodeaceroporelprocesodesoldadura aluminotermia, utilizando xido de cobre y polvo de aluminio. El tamao de la carga de la soldadura aluminotrmica deber limitarse a un cartucho de 15 gramos. Para conductores elctricos conectados directamente sobre el tubo de fundicin o hierro dctil por proceso de soldadura aluminotrmica utilizando xido de cobre y polvo de aluminio. El tamao de la carga de la soldadura aluminotrmica debe limitarse a un cartucho de 32 gramos. Anexo 6 Inst al aci ones Industrial es de Gas Natural.36 de 58 4.Pruebas y purgado del sistema de tuberas de gas. 4.1. Generalidades. a)Una vez finalizado el montaje de la instalacin deber ser probada para verificar su hermeticidad y resistencia. b)Se efectuar una prueba de resistencia con agua o aires de acuerdo a la presin de trabajo de las secciones de la instalacin y una prueba de hermeticidad final. c)Al efectuarse la prueba hidrulica se retirarn de la instalacin todos aquellos elementos que pudieran ser daados por el agua (reguladores, vlvulas de seguridad, medidores, etc.) reemplazndolos por carreteles. d)Los ensayos realizados a la instalacin tendrn una validez mxima de 1 (un) ao. En caso de que no se verificara la habilitacin con gas de la misma en dicho lapso, las pruebas debern repetirse. e)LaConcesionariaestudiarloscasosparticularesenloscualesunapruebahidrulicaresulteimpracticableo inconveniente, autorizando de ser necesario, un procedimiento equivalente. 4.2. Prueba de resistencia. Los ensayos de resistencia debern realizarse en instalaciones que trabajen a ms de 4,935 bar.(5 kg/cm) con agua, parapresiones menoressepodrrealizarcon aireogas inerte.Siun componenteoequipoeselnicotema ser reemplazadooagregadoaunainstalacinindustrial,noserequerirpruebaderesistenciasielfabricantedel componente o equipo certifica que el mismo fue probado por lo menos a la presin requerida para la instalacin a la cual ser agregado. Para unidades fabricadas en obra o secciones cortas de caera en las cuales un ensayo despus de instalado resulta impracticable deber realizarse un ensayo de resistencia previo a su colocacin. Para secciones de la instalacin que operan a 4,935 bar (5 kg/cm) o ms, la presin de prueba deber ser 1,5 veces la mxima presin admisible de operacin, manteniendo la presin durante 6 horas como mnimo. Finalizadaslaspruebasderesistenciaelinstaladorprocederapurgarylimpiarcuidadosamentelainstalacin, restituyendo todos aquellos equipos que por motivo de la prueba se hubieran retirado. Las secciones de caera que operan a menos de 4,935 bar M. (5 kg/cm M.) pero mayor que 2,96 bar. (3 kg/cm.), debern ser probadas a 1,5 veces la mxima presin admisible de operacin por un lapso no menor de 4 horas. Las secciones de la instalacin que operen a una presin menor que 2,96 bar.(3 kg/cm.) pero mayor que 98 mbar (0,1 kg/cm.) debern ser probadas a 1,5 veces la mxima presin admisible de operacin durante un lapso no menor de dos (2) horas. Esta presin no podr ser inferior a 1,97 ba. (2 kg/cm.). Toda seccin de caera que trabaje a menos de 98 mbar (0,1 kg/cm) deber ser probada de acuerdo a lo establecido en las Disposiciones y Normas Mnimas para la Ejecucin de Instalaciones Domiciliarias de Gas. 4.3. Prueba de hermeticidad. Se efectuar una prueba de hermeticidad con aire a fin de localizar y eliminar toda prdida de la instalacin. Toda sol