Análisis de Observaciones al PDU de Valladolid 2030

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ACTUALIZACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DEL CENTRO DE POBLACION DE VALLADOLID 2030 .H. Ayuntamiento Constitucional de Valladolid 2007-2010 Análisis de Observaciones y Propuestas presentadas por ciudadanos y recibidas por el H. Ayuntamiento durante las Audiencias Públicas realizadas el mes de junio de 2010 Observación/Propuesta Modificación realizada Propone: Fernando Cobá López/Fundación Valladolid “Los problemas que presenta la red actual se relacionan con la falta de continuidad de los ejes de vialidad más importantes, la formación de “cuellos de botella” al reducirse el derecho de vía en algunas calles, los trazos viales de los nuevos conjuntos habitacionales cuyas calles no se comunican con el resto de la red vial mas que por su principal vía de acceso.” Aún cuando este problema se presenta en la mayor parte de las ciudades en crecimiento en México, el documento no señala alternativas para evitarlo. En el apartado 7.4. Desarrollo físico de la estructura urbana, se establece la estrategia para resolver el problema señalado. En materia de vivienda señala: “que hay una concentración de 4.41 personas por vivienda para el 2005 (en 200 fue de 4.61 personas por vivienda), situación que rebasa lo presentado a nivel estatal, que es de 4.17 personas por vivienda. En cuanto a hacinamiento es importante notar que casi el 43% de las viviendas son de un solo cuarto, cifra que es elevada comparada con otras ciudades. Dato que resulta relevante. Sin embargo, no existe propuesta de solución o el establecimiento de programas o líneas de acción correspondientes En el Capítulo 8. Nivel Programático dentro de la Matriz de Programación de Acciones y Corresponsabilidad se establecen las acciones para atender este problema con un Programa de Mejoramiento de Vivienda para atender el inventario existente y un Programa de vivienda progresiva para creación de nueva vivienda para familias de escasos recurso. Referente a áreas de reservas territorial para la construcción de vivienda, la zona de Valladolid y sus alrededores tienen amplios espacios que pueden ser desarrollados pero la limitante principal sin embargo no es conveniente su desarrollo pues la ciudad no presenta condiciones que favorezcan el crecimiento inmobiliarios además que de que su atractivo es precisamente turístico ecológico”. Dicho planteamiento resulta un poco aventurado ya que la mayor parte de las ciudades en crecimiento las requiere. Se modificó la redacción cambiando el sentido del análisis aclarando que aunque el territorio presenta múltiples opciones para desarrollar vivienda esta se propone realizar en los baldíos urbanos y en las áreas colindantes con zonas previamente urbanizadas. “La zona de estudio presenta básicamente tres formas de ocupación del espacio, que se manifiestan en el tipo arquitectónico de las construcciones, por un lado tenemos la parte centro sur constituida por los fraccionamientos nuevos, cuyas tendencias y estilos arquitectónicos no responden a ningún parámetro de las casas tradicionales de la costa, sino copian diseños que han funcionado en otras latitudes o simplemente son modelos que responden a bajos costos y rapidez de construcción, por lo que no importa si Se ha corregido la redacción del párrafo para omitir los temas que no corresponden a las características de Valladolid.

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Análisis de Observaciones y Propuestas presentadas por ciudadanos y recibidas por el H. Ayuntamiento durante las Audiencias Públicas realizadas el mes de junio de 2010

Observación/Propuesta Modificación realizada Propone: Fernando Cobá López/Fundación Valladolid “Los problemas que presenta la red actual se relacionan con la falta de continuidad de los ejes de vialidad más importantes, la formación de “cuellos de botella” al reducirse el derecho de vía en algunas calles, los trazos viales de los nuevos conjuntos habitacionales cuyas calles no se comunican con el resto de la red vial mas que por su principal vía de acceso.” Aún cuando este problema se presenta en la mayor parte de las ciudades en crecimiento en México, el documento no señala alternativas para evitarlo.

En el apartado 7.4. Desarrollo físico de la estructura urbana, se establece la estrategia para resolver el problema señalado.

En materia de vivienda señala: “que hay una concentración de 4.41 personas por vivienda para el 2005 (en 200 fue de 4.61 personas por vivienda), situación que rebasa lo presentado a nivel estatal, que es de 4.17 personas por vivienda. En cuanto a hacinamiento es importante notar que casi el 43% de las viviendas son de un solo cuarto, cifra que es elevada comparada con otras ciudades. Dato que resulta relevante. Sin embargo, no existe propuesta de solución o el establecimiento de programas o líneas de acción correspondientes

En el Capítulo 8. Nivel Programático dentro de la Matriz de Programación de Acciones y Corresponsabilidad se establecen las acciones para atender este problema con un Programa de Mejoramiento de Vivienda para atender el inventario existente y un Programa de vivienda progresiva para creación de nueva vivienda para familias de escasos recurso.

“Referente a áreas de reservas territorial para la construcción de vivienda, la zona de Valladolid y sus alrededores tienen amplios espacios que pueden ser desarrollados pero la limitante principal sin embargo no es conveniente su desarrollo pues la ciudad no presenta condiciones que favorezcan el crecimiento inmobiliarios además que de que su atractivo es precisamente turístico ecológico”. Dicho planteamiento resulta un poco aventurado ya que la mayor parte de las ciudades en crecimiento las requiere.

Se modificó la redacción cambiando el sentido del análisis aclarando que aunque el territorio presenta múltiples opciones para desarrollar vivienda esta se propone realizar en los baldíos urbanos y en las áreas colindantes con zonas previamente urbanizadas.

“La zona de estudio presenta básicamente tres formas de ocupación del espacio, que se manifiestan en el tipo arquitectónico de las construcciones, por un lado tenemos la parte centro sur constituida por los fraccionamientos nuevos, cuyas tendencias y estilos arquitectónicos no responden a ningún parámetro de las casas tradicionales de la costa, sino copian diseños que han funcionado en otras latitudes o simplemente son modelos que responden a bajos costos y rapidez de construcción, por lo que no importa si

Se ha corregido la redacción del párrafo para omitir los temas que no corresponden a las características de Valladolid.

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Observación/Propuesta Modificación realizada existe una orientación, altura o estilo que responda a las características ambientales, climáticas o de espacio que pudiera constituir una identidad propia” Nota: el párrafo corresponde a otra ciudad. “Por otro lado la sección norte de la ciudad seguirá perdiendo la pocas características tradicionales que aun conserva y que le permitieran ser atractivas al visitante. Por su parte el sur aunque no estaría enana dinámica de renovación de vivienda, estaría poco a poco perdiendo su identidad tradicional por los cambios en tecnológicos y de tipos de materiales de construcción, pero sobre todo por que tiene muchas construcciones vernáculas deterioradas que con el paso del tiempo se perderá.” Aún cuando existen diversos enfoques para el análisis de la estructura urbana, en ningún momento hacen mención a lo que entienden por estructura urbana y se limitan a describir lo que esta ocurriendo en una parte de las viviendas de la ciudad, esto es, de un solo componente de la estructura urbana.” ¿Qué pasó con los demás?

Este párrafo corresponde a la síntesis del Diagnóstico. Su redacción se ha aclarado. Sin embargo el análisis completo de la estructura urbana esta incluido en el apartado 4.1.1 Análisis de la estructura urbana actual.

Identifica como área de potencial desarrollo en el turismo, sin justificarlo

En el apartado 3.2.1. Potenciales de desarrollo económico, se analiza la actividad turística justificando su potencial. En el apartado 4.5.5. Turismo se analiza a profundidad el potencial y sus justificantes como posible motor de desarrollo.

Propone, sin justificar una zona de desarrollo industrial no contaminante para atender el mercado de Cancún

En el apartado 2.1. Delimitación de la zona de estudio se analiza la localización estratégica de Valladolid para generar insumos para un amplio mercado regional. En el apartado 3.2 Perfil económico se señala la estadística relacionada con las actividades secundarias de la localidad.

Propone: Ing. Raúl González Alonso/ Asociación de Ingenieros Peritos de Proyectos y Obras de Yucatán A.C./Fundación Valladolid El letrero de los planos debería indicar de manera explícita si corresponde a “Estrategias” o “Diagnóstico”. Actualmente sólo se puede identificar por la inicial “D” o “E” que antecede al número. No se puede olvidar que dicha información será utilizada por el ciudadano común que desconoce de mucha de la simbología empleada.

Se corrigieron los planos indicando si son de Diagnóstico o de Estrategia

No hay uniformidad en los planos para la simbología de colores para cada uso o destino.

Se revisaron y homogenizaron las gamas de colores de la simbología en todos los

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Observación/Propuesta Modificación realizada planos.

No hay plano de CARTA SÍNTESIS, por lo que es conveniente, si es que no obligatoria, su inclusión.

La carta síntesis incorpora el plano de Zonificación u una síntesis de los apartados de diagnóstico y Estrategia. Esta deberá elaborarse para la publicación del PDU en el Periódico Oficial y en los diarios de circulación estatal

No hay planos correspondientes a cada tipo de Estrategia. Ejemplo: no existe un plano sobre las estrategias de vialidad a seguir, mismas que se encuentran planteadas en el documento respectivo, como es el caso del “numeral 7.4.2. Estructura vial”, en lo que corresponde a las vialidades primarias, colectoras y secundarias, que recomienda que exista una cada 1,600 m, 800 m y 400 m, respectivamente.

Se elaboró un plano de Estrategia de Vialidad con especificaciones constructivas para las nuevas vías propuestas.

En el caso del “Plano de Densidad”, el cual suponemos que es de Diagnóstico, le asigna el mismo parámetro de viviendas por hectárea -21 a 60- para dos tipos diferentes –densidad media y densidad baja- y no coincide la nomenclatura de zonas y los parámetros de densidades del documento de los niveles de antecedentes, normativo y estratégico.

Se modificó el plano correspondiente

En el “Plano de Propuesta de Equipamiento”, que podría corresponder a Estrategias, no incluye la definición del símbolo “G” y menciona una aeropista con la letra “E” que no fue posible ubicarla gráficamente. Asimismo, propone la ubicación del centro de convenciones –letra O- en el centro urbano, lo cual agravaría la problemática existente ya diagnosticada para las vialidades actuales, misma que se vería incrementada ante la falta de capacidad para absorber el tránsito vehicular que se generaría

Se modificó el plano correspondiente. La propuesta de localización de la aeropista propuesta no se incluye en el plano correspondiente porque se considera necesario que se ubique de acuerdo a los estudios técnicos de aeronáutica. La propuesta de creación de un Centro de Convenciones se plantea de manera esquemática en algún lugar del centro histórico aprovechando una de sus casonas coloniales que ofrezca las mejores características para este uso.

Págs. 34 y 35.- Ley de Fraccionamientos del Estado de Yucatán. Se transcriben artículos cuyo contenido no corresponden a la citada ley

Se ha corregido el texto del apartado correspondiente a la Ley de Fraccionamientos del Estado de Yucatán

En diversas partes utilizan nombres de leyes estatales que no corresponden a la realidad. Ejemplo: Ley de Protección al Ambiente del Estado de Yucatán, llamándola “Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección del Ambiente del Estado de Yucatán”.

Se han revisado y corregido en su caso los nombres y denominaciones de los ordenamientos legales relevantes que se mencionan en el documento.

Pág. 94.- Definen parámetros de densidades alta, media y baja. Para alta establece 100 o más, para media de 21 a 60 y baja de de 1 a 20 viv/ha. Lo anterior deja un vacío correspondiente al rango de

La propuesta de densidades habitacionales señala que se permitirán cuatro tipos: Alta (hasta 67 viv/ha), Media (hasta 50 viv/ha) y Baja (hasta 20 viv/ha)

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Observación/Propuesta Modificación realizada 61 a 100 y Muy Baja (hasta 12 viv/ha).

Se señala normativamente que en la actualidad existen zonas en la ciudad que ya tienen desarrollos habitacionales con una densidad Muy Alta (hasta 100 viv/ha) y lotes de 60 m2 (fuera de norma de la Ley de Fraccionamientos), estas se zonifican, pero se señala que no se permitirá la construcción de nuevos desarrollos habitacionales con estas características. Por lo tanto la densidad permitida para nuevos desarrollos habitacionales es de hasta 67 viv/ha y no quedan huecos normativos entre las categorías.

Pág. 148.- Requerimientos de Suelo.- “Con el fin de determinar cuanta superficie será necesaria incorporar al suelo urbano, cada requerimiento de vivienda estará condicionado a una densidad de vivienda por hectárea; de tal forma que para vivienda popular se estableció una densidad de 67 viviendas por hectárea; para vivienda media de 50 viviendas por hectárea; y para residencial o rural de máximo viviendas por hectárea.” Estos parámetros no corresponden a los usados en el plano de usos del suelo propuestos

Se modificó el plano correspondiente de acuerdo a lo señalado.

“3. Cualquier obra, acción de urbanización y /o edificación que por sus características, dimensiones, incidencia en el medio ambiente, rural o construido requerirá de ESTUDIOS PREVIOS DE IMPACTO URBANO Y AMBIENTAL para su integración a la ciudad. Son de gran importancia los centros comerciales, central de abasto, central camionera, parque industrial, terminales de transporte urbano, conjuntos habitacionales y otros usos especiales que por su importancia e incidencia dentro de la Ciudad de Valladolid, requerirán de un mayor análisis.”. Por un lado, deja a la interpretación subjetiva del funcionario público y de la autoridad la clasificación de las obras referidas, ya que no hay parámetros numéricos de comparación, como sería la superficie construida, el número de usuarios, la altura del edificio, Etc., para hacer exigible la presentación e Estudios de Impacto Urbano. Primero dicen que cualquier obra y luego lo acotan a ciertas actividades. Por otra parte, en el caso de los Estudios de Impacto Ambiental, la Ley de Protección al Ambiente del Estado de Yucatán y la Ley General de Equilibrio Ecológico y

Se modificó el texto del documento de acuerdo a lo señalado en la observación.

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Observación/Propuesta Modificación realizada Protección al Ambiente, definen cuáles son los usos y actividades que requieren la evaluación de impacto ambiental y la competencia de cada nivel de gobierno. No es conveniente incluir en el PDU un listado que no es exhaustivo y cause confusión entre los administradores del programa –la autoridad municipal- y los usuarios –habitantes de Valladolid- “6. Todo proyecto de edificación deberá contar con área de estacionamiento al interior o colindante al predio (del mismo propietario) que no genere conflictos con el tránsito vehicular y peatonal; deberá prever y evitar problemas y congestionamientos viales, sean temporales o permanentes. Los usos comerciales e industriales deberán contar con áreas de carga y descarga al interior del predio.” No se incluyen los usos y destinos correspondientes a “servicios, equipamiento e infraestructura”. No es conveniente particularizar determinados usos, destinos o actividades, so pena de omitir algunos. Es mejor hacer la referencia generalizada hacia todos aquellos que requieran de maniobras de carga y descarga, que deberán contar con los espacios necesarios para ello

Se modificó el texto de acuerdo a lo señalado en la observación.

“Todo desarrollo urbano, industrial, comercial, turístico, habitacional unifamiliar o plurifamiliar en fraccionamiento deberá prever las superficies necesarias para el equipamiento público de los habitantes de acuerdo a las indicaciones de este Programa, del Ayuntamiento y demás disposiciones aplicables, además será obligatorio incluir proyectos de paisaje, urbanización, forestación y tratamiento de espacios abiertos. Toda área de donación se situará de manera accesible al público y con acceso vial. Ninguna donación estará situada en derechos de vía de infraestructura, servidumbres públicas, zonas de protección o no aptas al desarrollo urbano.” Se percibe un exceso en este requerimiento, ya que esto implicaría la imposición de superficies para donación a la autoridad en cada uno de los tipos de desarrollo descritos. La legislación estatal actual, sólo prevé esta situación cuando se crean fraccionamientos habitacionales o industriales.

Se modificó el texto de acuerdo a lo señalado en la observación.

“8.- Todo uso comercial, turístico, habitacional e industrial deberá contar con sistemas de tratamiento y reuso de aguas residuales y pluviales.” No se incluye otros usos que también

Se modificó el texto de acuerdo a lo señalado en la observación.

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Observación/Propuesta Modificación realizada deben cumplir parte del requerimiento establecido. No es conveniente particularizar determinados usos o actividades. Es mejor hacer la referencia generalizada para todos aquellos que requieran de de cumplirlo según lo indique la legislación del caso (LPAY, LGEEPA, LAN, Normas Oficiales, Etc.). “11. Todo tipo de uso que no se especifique en la carta urbana y/o en la Matriz de Compatibilidad de Usos y Destinos de Suelo deberá apegarse a la Normatividad vigente y a las especificaciones que considere la autoridad competente.” Esta disposición deja a los particulares expuestos a la subjetividad de la autoridad, ya que lo deja abierto totalmente a su consideración y no determina parámetros específicos.

Se modificó el texto de acuerdo a lo señalado en la observación.

• “12. Para la autorización de acciones de urbanización, obras de urbanización y/o edificación, obras en régimen en condominio se deberán cumplir las siguientes condiciones:

• Contar con la red de drenaje necesaria para la capacidad del tipo de uso en caso de no contar con la red deberá apegarse al proyecto definido por el Sistema Operador para la construcción de la planta de tratamiento de agua residual.” La redacción es un tanto ambigua. Es o no requisito contar con la red? No se vislumbra cómo se podrá definir un proyecto de PTAR, si no se cuenta con una red de alcantarillado que conduzca las aguas hacia la planta aludida. Tal vez a lo que se quiso referir es a la construcción de los sistemas de tratamiento y no de las plantas de tratamiento.

Se modificó el texto de acuerdo a lo señalado en la observación.

“13. Para la autorización de acciones de expansión o renovación urbana, será indispensable que se encuentre prevista en el Programa de Desarrollo Urbano y conforme a las etapas de crecimiento. Toda acción de urbanización y edificación para renovación o modificación, se requerirá de la conformidad expresa de los propietarios y ocupantes de los inmuebles en la zona de influencia con el procedimiento que determine la autoridad correspondiente.” Se percibe difícil, cuando no imposible, de cumplir esta condicionante. Cuando las acciones a realizar sean para beneficio común o estén permitidas de acuerdo con la normativa vigente, y algún (os) propietario (s) que se sientan afectados no den su consentimiento, la autoridad tendrá los elementos y procedimientos jurídicos para su ejecución.

Se modificó el texto de acuerdo a lo señalado en la observación.

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Observación/Propuesta Modificación realizada “ÁREA DE CONSERVACIÓN.- Sus características de fisonomía y valores naturales y culturales forman parte del legado natural, histórico o artístico y que requieren de la aplicación de condicionantes para asegurar su conservación y mantenimiento. Las áreas se clasifican en: sitios arqueológicos y preservación ecológica de amortiguamiento en áreas de monumentos arqueológicos, áreas de protección ambiental o ecológica que incluye espacios en buen estado de conservación y que brindan un beneficio ambiental a la comunidad (1) como la ¿franja costera? (2) y aquellas zonas dedicadas a actividades ecoturísticas (área de cenotes y selva); áreas agrícolas tradicionales y que son parte del paisaje natural, núcleos, hitos o símbolos.” Notas: (1) por el tipo zonas a las que se alude, más bien encajarían en el rubro de Áreas de Preservación Ecológica. (2) el Municipio de Valladolid no tiene franja costera.

Se modificó el texto de acuerdo a lo señalado en la observación.

“ÁREA DE PRESERVACIÓN ECOLÓGICA.- Se consideran todas aquellas zonas que por sus elementos ambientales constituyen un patrimonio natural que por su importancia, escasez o valor mantiene valores ambientales, ciclos ecológicos e hidrológicos de importancia para la región y que deberán preservarse con la finalidad de evitar la desertificación y deterioro ambiental. En ellas no es factible el desarrollo urbano y solo se permitirán actividades de educación ambiental, investigación científica o el ecoturismo de observación de bajo impacto, se deberán adoptar medidas, modalidades y limitaciones que determinen planes de manejo y el Programa de Ordenamiento Ecológico Municipal. Estas áreas se constituyen por: ¿zona de playa? (1), cauces de ríos subterráneos, cuerpos de agua subterráneos y superficiales, zonas con vegetación endémica, rara o en peligro de extinción, zonas de recarga acuífera, zonas de alto riesgo que sean declaradas o que presenten riesgos de deslaves, inundación, explosión o contaminación que evite futuros daños materiales o humanos, no se permitirá el desarrollo de estos casos (2).” Notas: (1) Valladolid no tiene zona de playa; (2) ¿A qué casos se refiere? Hay un problema de redacción para entender el sentido de lo que se requiere normar.

Se modificó el texto de acuerdo a lo señalado en la observación.

• “La superficie que integra el polígono del centro de población de Valladolid es de

La definición del límite del centro de población es una atribución del Gobierno

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Observación/Propuesta Modificación realizada 5,864.09 ha, las cuales integran en ámbito espacial que rodea a la localidad, con sus elementos más importantes como zona urbana, industrial, áreas naturales y de producción rural, están delimitadas de la siguiente manera: (ver plano E-01 Centro de población).

Al poniente, norte y oriente, el límite de la poligonal está definido por el trazo de la vialidad regional del Periférico. El Sur de la poligonal está delimitado por el trazo de unas líneas de alta tensión que atraviesan la zona de oriente a poniente, y en su intersección con el camino a Kanxoc (extremo suroriente) sigue una línea hacía el norte, respetando en los posible el límite de parcelas hasta su intersección con el periférico y la carretera libre a Cancún en el extremo suroriente.” Preguntas: ¿Proviene de un decreto gubernamental esta definición de límites? Porque no se menciona. ¿Corresponde esta descripción a la considerada en el PDU vigente?

Municipal que le otorga la Ley de Asentamientos Humanos de Yucatán. El medio para establecer dicho límite es precisamente el PDU del Centro de Población. Este tendrá carácter de Ley una vez que cumpla su proceso de vigencia legal. Se hizo la aclaración pertinente en el texto correspondiente del documento.

Utilizan de manera indiscriminada el término “USOS” para referirse indistintamente a USOS y a DESTINOS, cuando por definición de la LAHEY no son sinónimos. De acuerdo a la LAHEY: “ARTÍCULO 3.- Para los fines de esta Ley, se entiende por: DESTINOS.- Los fines públicos a los que se prevean dedicar determinadas áreas o predios de los centros de población. USOS.- Los fines privados a que podrán dedicarse determinadas zonas o predios de un centro de población.”

En la práctica profesional del urbanismo se utiliza de manera genérica la frase usos del suelo para referirse a los aprovechamientos públicos (destinos) y privados (usos) en un centro de población. Cuando se requiere señalar con precisión el tipo de aprovechamiento se utilizan los términos de ley.

• “Habitacional Para el uso Habitacional se determinaron cinco densidades: HMH (Habitacional Multifamiliar Horizontal) correspondiente a 100 viviendas por hectárea, permite lotes de 60 m2… HVU1 (Habitacional Vivienda Unifamiliar Densidad Alta), corresponde a 67 viviendas por hectárea, se propone como la máxima densidad de viviendas permitida para los fraccionamientos nuevos, dicha densidad permitirá tener lotes netos de 90 m2 HVU2 (Habitacional Vivienda Unifamiliar Densidad Media), corresponde a 50 viviendas por hectárea , se considera una densidad media, con lotes con lotes mínimos de 120 m2, se considera adecuada para la zona urbana actual.” Se están utilizando

Se modificó el texto de acuerdo a lo señalado en la observación.

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Observación/Propuesta Modificación realizada parámetros de densidades y superficies mínimas aceptadas para lotes habitacionales, que contravienen la Ley de Fraccionamientos Estatal (LFEY), lo cual provocaría nulidad del PDU. La LFEY no acepta densidades de vivienda superiores a 73 (300 hab/ha entre 4.1 hab/viv, en Fracc. Popular y social) combinando vivienda unifamiliar con multifamiliar 50%--50% como máximo, ni lotes con superficies por debajo de 126.00 m2 (7.00x18.00 m, lotes Fracc. Popular y Social con frente a andador) “HVA (Habitacional Vivienda Aislada, Densidad Muy Baja), corresponde a lotes de más de 500 metros, básicamente se trataría de las zonas rurales, las orillas o de recién incorporación a la zona urbana, permite una densidad de hasta 12 viviendas por hectárea. También corresponde a zonas de tipo residencial campestre. Cada tipo de vivienda cuenta con un porcentaje de área libre y coeficiente de utilización distinto, que le permite de tener 2 o tres niveles, cada uno se definirá en la Tabla de Mezcla de usos y compatibilidades”. ¿Cuál es esta Tabla?

Se modificó el texto de acuerdo a lo señalado en la observación. El texto se refiere a la Matriz de Compatibilidad de Usos y Destinos, anexo al Documento principal.

“Convenio de Coordinación Estado-Municipio El proceso de planeación implica la fijación de objetivos, el desarrollo de políticas y el establecimiento de procedimientos, programas y presupuestos para lograr un desarrollo equilibrado, ¿Para el efecto del establecimiento de la zonificación del uso del suelo en el Centro de Población de Valladolid la legislación propone el establecimiento de un Convenio de Coordinación entre el Ejecutivo, a través de la SEDUMA y el titular del Gobierno Municipal de Valladolid.?” No está clara la necesidad de dicho convenio. Dichos convenios son necesarios cuando la autoridad municipal no tiene la capacidad técnica-administrativa para operarlos ¿quién será el administrador del PDU de Valladolid? ¿El Municipio o el Gobierno del Estado a través de la SEDUMA?

Se modificó el texto de acuerdo a lo señalado en la observación. El convenio con el Gobierno del Estado propondría corresponsabilizar a la SEDUMA para apoyar el cumplimiento de lo previsto en el Programa tanto con acciones normativas como con recursos financieros.

“Se propone reintegrar el Consejo Ciudadano de Desarrollo Urbano Municipal convocando a los representantes de las diversas instancias de la sociedad para que de manera ampliamente representativa y democrática integren un Consejo Consultivo de tipo honorífico que coadyuve con las autoridades municipales para evaluar las acciones a realizar, y proponer y recomendar cursos de acción que favorezcan de manera

Se modificó el texto de acuerdo a lo señalado en la observación.

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Observación/Propuesta Modificación realizada general el ordenamiento urbano de la localidad.” Se recomienda emplear el nombre que le asigna la LAHEY: Consejo Municipal de Desarrollo Urbano. “Estos organismos están previstos en la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Yucatán como organismos consultivos de participación ciudadana de carácter permanente que tendrá como objeto vigilar la correcta aplicación de los Programas de Desarrollo Urbano que correspondan, así como las demás resoluciones que de acuerdo con la Ley lo ameriten. El Plan Estatal de Desarrollo 2005-2011 dentro de las estrategias planteadas en materia de participación ciudadana en la planeación urbana ha establecido la reinstalación de la Comisión Consultiva de Desarrollo Urbano y Vivienda del Estado, ampliando la presencia del sector ciudadano y conformar un órgano colegiado y profesional de resolución en la toma de decisiones en el nivel estatal.” “Este se instalará mediante Acuerdos de Cabildo y estarán integrados por los representantes sectoriales de los tres niveles de gobierno en funciones así como por los representantes de los diversos grupos sociales legalmente constituidos que integren la comunidad. Su operación es importante para abrir un foro de discusión y construcción de consensos en materia de ordenamiento urbano en la localidad de Valladolid, y también para la evaluación y seguimiento de las acciones previstas en el PDU para llevar a cabo la estrategia de desarrollo para el Centro de Población de Valladolid.” Notas: • El encabezado y el segundo párrafo hacen

referencia a un organismo municipal que se instalará por acuerdo de cabildo y en el primer párrafo se alude a un ente estatal que toma decisiones del mismo nivel. Esto representa una incongruencia.

• Se solicita aclarar si el mencionado comité corresponde al “Consejo Municipal de Desarrollo Urbano” (CMDU), o se trata de otro organismo.

• Si no se tratara del mismo se hacen los comentarios siguientes: a) Se estaría duplicando, ya que le

correspondería al CMDU las funciones que se le atribuyen al mencionado “Comité

Se modificó el texto de acuerdo a lo señalado en la observación. La referencia correcta es al Consejo Municipal de Desarrollo Urbano, denominación que hace la Ley de Asentamientos Humanos de Yucatán.

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Observación/Propuesta Modificación realizada Municipal de Desarrollo Urbano y Vivienda”.

• Si se tratara del mismo se hacen los comentarios siguientes: a) No es conveniente llamarle de diferente

manera al mismo organismo en sus distintas apariciones en este documento.

b) Los integrantes deben ser de origen ciudadano y no de dependencias gubernamentales de los tres distintos niveles de gobierno. Salvo el presidente y el secretario que son el Presidente Municipal y el Director de Desarrollo Urbano Municipal. Siendo su función de consulta, mas no de autoridad.

Publicación de aviso de terminación en el diario oficial del estado y en dos periódicos diarios. a) El numeral I del artículo 44 de la Ley de

Asentamientos Humanos del Estado de Yucatán establece que: “Dará aviso público de su terminación mediante tres publicaciones en el Diario Oficial del Gobierno del Estado y en dos de los periódicos de circulación diaria en la Entidad…”.

b) A la fecha 24 de mayo del año en curso se habían publicado tres avisos de terminación de la integración del proyecto de actualización del programa referido en el Diario Oficial del Estado: 22 de abril, 21 y 24 de mayo.

En relación a la publicación en los dos periódicos de circulación diaria en la Entidad, apreciaremos nos den información sobre el nombre de los mismos y en qué fechas se hicieron del conocimiento público los tres avisos requeridos.

Los avisos fueron publicados en los medios señalados y en los momentos señalados por la Ley de Asentamientos Humanos del estado de Yucatán. La información de dichas publicaciones puede solicitarse directamente ante la Dirección general de Obras Públicas y Desarrollo Urbano del Municipio de Valladolid.

A. NÚMERO DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y SU CALENDARIO.-

a) El numeral I del artículo 44 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Yucatán define que: “Dicho aviso contendrá el calendario de audiencias públicas a celebrarse dentro de los tres meses siguientes a la fecha de la última publicación”. Si se menciona “audiencias” necesariamente se trata de más de una.

b) El numeral II del propio artículo 44 menciona que “A partir de la fecha de la primera publicación del aviso público de terminación del proyecto y hasta la fecha fijada para la última audiencia en el

La Ley no especifica un número exacto de audiencias públicas a convocar. La autoridad competente para definir el número de audiencias públicas es el Ayuntamiento. En este caso la autoridad competente definió que se convocaría una sola Audiencia Pública, tomando en consideración el proceso de talleres de participación ciudadana que se llevó a cabo para la elaboración del proyecto del PDU del Centro de Población de Valladolid. Aún así, a solicitud de los ciudadanos asistente a dicha Audiencia Pública, se

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Observación/Propuesta Modificación realizada calendario referido…,” lo cual nos remite a la conclusión de más de una audiencia.

c) El artículo 45 de la Ley de referencia refrenda el término “audiencias” al establecer: “Conforme la autoridad competente fuere recibiendo los planteamientos de los interesados en la (sic) audiencias mencionadas, incluirá los que estime procedentes en el programa respectivo o sus modificaciones…”

d) Las publicaciones del Diario Oficial del Gobierno del Estado de fecha 22 de abril, 21 y 24 de mayo, indican sólo una fecha de audiencia pública -25 de mayo- y no contienen un calendario de audiencias.

Dado que el término “audiencias” implica al menos dos y que es evidente que en las publicaciones se omite el calendario de las referidas “audiencias”, los avisos no cubren los requisitos del citado artículo.

llevó a cabo una segunda Audiencia Pública donde se recibieron nuevas observaciones al Programa. Por lo tanto se consideran cumplidos los requisitos de Ley.

Propone: Ing. Humberto Sauri Duch/Fundación Valladolid La primera observación hace referencia a la temporalidad del Programa, ya que tiene una visión de 20 años; sin embargo, a pesar de ello no contiene una visión integral de su crecimiento, su sectorización por usos y destinos, enmarcando todo en un modelo de desarrollo económico. En el modelo de desarrollo propuesto no existe una definición clara de áreas en las cuales pueda asentarse un proyecto de desarrollo industrial, resultado de la política de promoción económica, atrayente de inversiones, tanto locales como foráneas, especialmente por la ubicación estratégica de Valladolid, respecto al mayor mercado turístico del país y de su futuro aeropuerto.

El Modelo de desarrollo propuesto en el Programa establece la reactivación del polígono de desarrollo industrial para ubicar industria ligera no contaminante. Además contempla el proyecto estratégico del Gobierno del estado para localizar en la zona de Valladolid un Centro de Distribución Logística con capacidades de instalación de actividades industriales.

Además de que en el Programa no existen áreas de crecimiento o proyecto industrial, tampoco contiene una definición clara de áreas de desarrollo económico, que sean las impulsoras o detonadoras de un verdadero desarrollo urbano integral; mucho se dice que Valladolid tiene vocación de turismo cultural, ecológico y de aventura, de ser el centro de desarrollo académico y científico del oriente, con impacto en la región norponiente de Quintana Roo, polo de servicios médicos de segundo nivel, etc., pero ninguno de estos temas se considera en un verdadero reordenamiento del uso del suelo, tanto en el Valladolid actual, como en el que se

El Programa establece una política de consolidación urbana que evite la expansión desmedida de la mancha urbana. Para ello establece como áreas de crecimiento urbano los predios baldíos dentro de la zona urbanizada y reservas territoriales para los crecimientos a mediano y largo plazo en polígonos colindantes con la zona urbana de Valladolid. Las premisas del Modelo de Desarrollo que establece el Programa para Valladolid fueron desarrolladas por los ciudadanos participantes en los Talleres

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Observación/Propuesta Modificación realizada construirá en estos 20 años. de Planeación Estratégica organizados

por el H. Ayuntamiento Al documento, si bien trata de acogerse a la receta de la Guía Metodológica de la SEDESOL, para el desarrollo de planes o programas de desarrollo urbano, le falta un verdadero método de desarrollo, que parta de una visión integral del futuro que se desea para la ciudad; pareciera que cada capítulo fue desarrollado por un equipo diferente; en el caso de la temática ambiental, el contenido de los diferentes capítulos permite suponer que fueron escritos por personas con poco conocimiento de los aspectos ambientales, incluso con poco conocimiento del medio ambiente del municipio y de los problemas de contaminación y degradación ambiental a los que se enfrenta su entorno.

El Programa cumple con lo previsto en la Ley de Asentamientos Humanos de Yucatán. Es el primer documento de su tipo en el que se invita con éxito a los ciudadanos a participar en un proceso de planeación estratégica para el desarrollo urbano de un centro de población en Yucatán. El equipo que realizó el trabajo de integración fue de carácter multidisciplinarlo, lo que no quiere decir que no hubo coordinación y esfuerzos de integración en los productos finales.

Un elemento que llama la atención es el contenido de la página 169, en donde se propone la creación de recorridos turísticos al interior de la mina (¿estaremos en Zacatecas?) la transformación de la actual pista en zona de actividades deportivas y la integración de las exhaciendas mineras para conformarlas como un paisaje turístico; por cierto, también propone impulsar el turismo de aventura aprovechando la topografía de Valladolid.

Se modificó el texto de acuerdo a lo señalado en la observación.

La propuesta del PDU no plantea una visión de su operación urbana y su conectividad; un PDU con una visión a20 años debe necesariamente proponer una infraestructura vial primaria, que sea la que aloje la infraestructura primaria, que sustente el desarrollo urbano, definiendo las temporalidades de ocupación de la nueva ciudad; la política de definir vialidades comerciales, la libertad de ubicar escuelas y hospitales sin restricciones, las formas de clasificar las vialidades y su dosificación y características, son algunos de los elementos que hacen de este programa un instrumento incompleto y sin una clara visión de futuro. Lo cierto es que un programa de desarrollo urbano debe ser un instrumento que establezca las directrices del desarrollo urbano, tanto de la ciudad nueva por construir, como de la ya existente y sus necesarios procesos de mejora continua. Lo cierto es que al trabajar con una visión de 20 años es necesario diseñar un nuevo programa de desarrollo urbano, no una actualización del

En el apartado 7.2.1. Visión de Valladolid 2030, se define la visión de la ciudad a largo plazo, la cual surgió de un proceso de reflexión con los ciudadanos participantes en los Talleres de Planeación Estratégica convocados por el H. Ayuntamiento. El Programa plantea en el apartado 7.4.2. Estructura Vial, una estrategia para desarrollar la red vial en todos sus componentes. El Programa plantea en el apartado 6.4.2. Dosificación de Equipamiento Urbano los criterios para atender los déficit de equipamiento urbano de Valladolid en el corto, mediano y largo plazos. El Programa establece las directrices para la ciudad de Valladolid en el Capítulo 7 Nivel Estratégico. Los profesionales del urbanismo sabemos que la planeación urbana es un proceso continuo de aproximaciones sucesivas a las soluciones de los

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Observación/Propuesta Modificación realizada existente, ni una simple expansión horizontal de la ciudad actual: es necesario construir un diagnóstico real de la ciudad actual y sus tendencias, especialmente las negativas, las cuales deben mitigarse o corregirse; hay que conocer con detalle la situación actual y los procesos y tendencias de desarrollo.

problemas cambiantes y dinámicos de las ciudades. Partir de hacer un nuevo programa sin evaluar el anterior y reconocer éxitos y fracasos de lo planteado previamente es estar condenados a repetir los mismos errores sin el beneficio de la experiencia previa. Por ello, en todo el país y en los países desarrollados, se lleva a cabo la práctica de actualizar los instrumentos de planeación urbana

El documento debe proponer que en todo proyecto de uso del suelo, sean éstos fraccionamientos, plazas comerciales, complejos de oficinas, espacios de recreo, etc., debe haber un estudio previo de la vegetación existente de cada predio o área a ser utilizada, con el propósito de definir las políticas de manejo de la cubierta vegetal, es decir, 1. Que áreas son viables de ser deforestadas, 2. Qué áreas se debe respetar, 3. Qué condiciones de compensación se debe

cumplir, es decir, cuanto se debe reforestar, donde y con que especies vegetales.

El Programa establece como un criterio normativo previsto en la legislación federal y en la de Yucatán la utilización del instrumento Evaluación de Impacto Ambiental que revisa para todos los tipos de proyectos que la ley señala las consideraciones sugeridas en la observación. Ver el apartado 9.6. Instrumentos de Gestión del Desarrollo Urbano.

Al hablar de residuos sólidos se tiene una incongruencia en el destino final de estos residuos, ya que en un capítulo se dice que no existen sitios de disposición final, mientras que en otro se señala que sí existe un equipamiento para ello. En relación con estos residuos sólidos urbanos, es necesario que en las nuevas zonas o espacios de crecimiento de la ciudad y sus servicios, se prevea la dotación de espacios estratégicamente ubicados para la colocación de contenedores, con el propósito de ir mejorando su acopio y recolección y reduciendo los costos de operación. Este tipo de equipamientos se podrá llevar incluso a zonas de la ciudad actual, en las cuales el gobierno local deberá desarrollar la infraestructura y los servicios que permitan mejorar el servicio de manejo y recolección de los residuos sólidos urbanos.

Se modificó el texto de acuerdo a lo señalado en la observación.

Al hablar del manejo de las aguas residuales y pluviales se observa un claro desconocimiento de la realidad local. En el caso del agua potable, el número de fuentes de abastecimiento varía de un capítulo al otro y no se propone una nueva infraestructura que permita, primero hacer eficiente y viable el servicio actual, y después

Se modificó el texto de acuerdo a lo señalado en la observación. El Programa señala que los requerimientos normativos para el diseño y la construcción de la infraestructura sanitaria esta prevista en la Ley de Fraccionamientos de Yucatán y en el

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Observación/Propuesta Modificación realizada atender las demandas del crecimiento futuro. En el documento se debe señalar la necesidad de contar con normas y reglamentos para el diseño, construcción y operación de la infraestructura sanitaria de la ciudad, sea ésta a base de fosas sépticas, redes de drenaje sanitario e infraestructura de tratamiento, o la combinación de ambas.

Reglamento de Construcción del Municipio de Valladolid, a los cuales remite.

En la definición de áreas de reserva en el territorio municipal, es necesario determinar espacios para la disposición final de las aguas residuales tratadas, así como de espacios para equipamiento de saneamiento. En el manejo de la información: agua consumida, basura generada, viviendas con agua potable, las coberturas de los servicios, las viviendas, las tomas domiciliarias, los sistemas existentes y sus características, no existe claridad o hay confusión, ya que no se sabe cuando son datos de la Ciudad de Valladolid o cuando del Municipio del mismo nombre. Hay confusión entre los conceptos de drenaje pluvial y drenaje sanitario.

Se modificó el texto de acuerdo a lo señalado en la observación. El Programa señala la necesidad urgente de iniciar la construcción de una red de captación de aguas residuales para su tratamiento y disposición final. Sin embargo la definición técnica de localización de una Planta de Tratamiento de Aguas Residuales debe obedecer a estudios técnicos a elaborar por parte de las autoridades competentes (Sapam). El Programa señala de manera esquemática la construcción de una planta pero su ubicación no puede ser concluyente.

Llama la atención que se haga referencia a la cercanía a la costa, ya que el municipio está lejos de esta región; sí se habla de esto, pero se dejan a un lado temas nodales, como la educación ambiental; en el nivel estratégico, la educación ambiental es un tema inaplazable, vista como una educación hacia toda la ciudadanía; es necesario convencer a todos, con programas permanentes y transversales.

El Programa señala como una ventaja de localización la cercanía de Valladolid a las costas del Golfo de México y del Caribe Mexicano. No reconocerlo sería faltar a la seriedad del análisis. En el apartado 7.2.4. Estrategias se establecen lineamientos estratégicos ambientales. El Primero de ellos es: 1. Promoción de la educación ambiental y la cultura ecológica

Es indudable que un programa de desarrollo urbano no puede profundizar en todos los temas, pero si es necesario que haga referencia a todos ellos; aunque no es una ley, el PDU si es un instrumento normativo, no un simple catálogo de buenas intenciones.

El Programa cubre de manera sistemática todos los temas previstos en la Ley de Asentamientos Humanos de Yucatán para este tipo de instrumentos de planeación.

¿Cuál es el nivel de calidad de la ciudad a la que los vallisoletanos tienen derecho? ¿Es la calidad de vida de los habitantes del municipio un elemento determinante en el contenido del programa de desarrollo urbano propuesto? No lo parece.

Estos criterios fueron definidos por los propios ciudadanos en los Talleres de Planeación Estratégica convocados para elaborar el Programa

En cuanto a los usuarios del espacio urbano, no se dice nada de los ciclistas; no se propone ninguna infraestructura vial formal para ellos, determinando cuales deben ser sus

Estos criterios están establecidos por el Programa en el apartado 7.4.2. Estructura vial.

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Observación/Propuesta Modificación realizada características, como se deben integrar con la vialidad secundaria y terciaria, como se deben equipar y señalizar. La mencionada falta de cajones de estacionamiento, la mala condición o la ausencia de banquetas, la anarquía en sitos de ascenso y descenso, la proliferación de topes y “pasos peatonales”, la falta de señalética adecuada y oportuna, etc., son algunos de los muchos problemas que demandan una clara e integradora propuesta de acciones; debería desarrollarse un apartado de definición de estos elementos.

Estos criterios están establecidos por el Programa en el apartado 7.4.2. Estructura vial.

Todo programa debe considerar no sólo lo que se debe hacer, cómo se debe hacer y dónde se debe hacer, sino también, y esto tal vez es lo más importante, cuando se debe hacer; la ocupación del espacio debe tener un orden, especialmente en lo referente a la temporalidad: establecer que se puede desarrollar en las zonas de crecimiento definidas, pero especificando claramente el cuando pueden llevarse a cabo; la ciudad debe establecer este orden para no incurrir en costos no programados, tanto de infraestructura, como de equipamiento y servicios públicos.

Estos criterios están señalados en el capítulo 8. Nivel Programático dentro de la Matriz de Programación de Acciones y Corresponsabilidad que se anexa al Programa.

Como resultado de esta revisión, consideramos que es necesario hacer un análisis multidisciplinario; el programa de desarrollo urbano debe ser revisado a conciencia a fin de que contenga una visión consensuada de su futuro, pensando en que ciudad se quiere, tomando en cuenta su área de influencia, tomando en cuenta el medio ambiente, la economía, el componente social, la necesidad de contar con áreas verdes y grandes parques, un equipamiento vial y un sistema de transporte de los ciudadanos, complementado por un incremento en el uso seguro de la bicicleta; para todo ello, el ordenamiento de los usos del suelo es un elemento esencial. Valladolid tiene la oportunidad de definirse espacialmente, con áreas para la educación superior, los servicios de salud, la distribución comercial al corredor turístico de Quintana Roo, etc.

Estos señalamientos están tratados a lo largo del documento tanto en forma de diagnóstico como en la propuesta de Estrategia.

Cuando el documento habla de la comunicación de Valladolid llama la atención que no se mencione su cercanía con el área de Tulum y, consecuentemente, con el futuro aeropuerto de la Riviera Maya, el cual podrá y deberá aprovecharse, atrayendo al sector del turismo interesado en lo que Valladolid y su región les

Entonces si es relevante la cercanía de Valladolid a la costa. El tema se atiende en varios apartados del Programa: en el 2.1., en el 3.1.1., en el 5.3., en el 8.1.4.

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Observación/Propuesta Modificación realizada ofrezcan; y esto demandará equipamiento y servicios. En su infraestructura educativa no aparece la Universidad Modelo.

Se modificó el texto de acuerdo a lo señalado en la observación.

Es importante señalar que un PDU debe cumplir con las siguientes premisas: 1. Tener y proponer un método de diseño urbano

innovador, 2. Contener planteamientos y consideraciones

realistas, 3. Ser ante todo programático, 4. Partir de una visión consensuada, integral y a

largo plazo, 5. Proponer lo que se tiene que hacer hoy, para

alcanzar lo que se quiere ser mañana.

El Programa cumple con todas las premisas señaladas.

En ningún apartado del documento se menciona el Programa de Ordenamiento Ecológico del Estado de Yucatán, instrumento normativo que debe considerarse en la definición de las áreas de crecimiento de la ciudad y su infraestructura periférica.

El tema se analiza en el apartado 6.1. Condicionantes de Otros niveles de Planeación.

Por último, no hay que perder de vista que el desarrollo implica mejora y no simplemente crecimiento; mucho se habla del crecimiento poblacional de Valladolid, incluso se dice que su tasa de crecimiento es mayor que la media estatal y como justificación se dice que la población sufre de la emigración a lugares que ofrecen mejores expectativas de trabajo, pues la localidad no ha diversificado sus actividades económicas; entonces, ¿Valladolid crece o decrece? Lo cierto es que no se desarrolla, es decir, crece inadecuadamente; en este sentido, el PDU no debe ser un instrumento de validación, sino un ordenamiento que todos deben cumplir, sociedad y autoridades. Es preocupante que la baja densidad de la población, ligeramente superior a los 30 habitantes por hectárea, no es un elemento que incida en la proposición de acciones de mejora en la ocupación del espacio urbano.

El planteamiento demográfico está claramente definido señalando que la estructura poblacional es mayoritariamente joven; que la ciudad sufre de un proceso de emigración; que este fenómeno puede ser revertido con las políticas de desarrollo adecuadas; que es una aspiración de los ciudadanos el no crecer de manera exagerada y desordenada, así como mantener un patrón de baja densidad que incida en la calidad de vida de la población; y se plantean las estrategias para atender estas condicionantes demográficas.

Finalmente, es de vital importancia que una vez que se corrija, concluya y apruebe, el PDU debe ser divulgado amplia y permanentemente, a fin de que todos conozcan su contenido y procuren, como sociedad, velar por su respeto

Esta observación esta prevista en el apartado 9.5.1. Instrumentos de difusión y comunicación social.

Propone: I.C. Enrique de Jesús Ayora Méndez/Fundación Valladolid Se hace una propuesta de vialidades en la que no se indica de que tipo son (primarias, colectoras, etc.). No se determinan anchos de vías ni de

Se modificó el texto y los planos de acuerdo a lo señalado en la observación.

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Observación/Propuesta Modificación realizada banquetas Se menciona que en el plan se proponen ciclopistas, sólo se propone una para el turismo, cuando la bicicleta es un medio tradicional de transporte de los vallisoletanos y puede ser una alternativa para evitar congestionamientos vehiculares y contaminación ambiental

Se modificó el texto y los planos de acuerdo a lo señalado en la observación.

Hay dos propuestas diferentes para el Centro de Convenciones, una en el E-04 y otra en el E-06 ¿Cuál es la buena?

Se modificó el plano de acuerdo a lo señalado en la observación. La propuesta de creación de un Centro de Convenciones se plantea de manera esquemática en algún lugar del centro histórico aprovechando una de sus casonas coloniales que ofrezca las mejores características para este uso. La definición de localización deberá surgir de un acuerdo entre autoridades, prestadores de servicios y propietarios inmobiliarios interesados.

Se propone una planta de tratamiento al norte de la ciudad, ¿Conocen el tipo de suelo que tenemos y saben cuanto costaría hacer el drenaje hasta ese lugar? ¿No hay otras alternativas para el tratamiento de aguas?

El Programa señala la necesidad urgente de iniciar la construcción de una red de captación de aguas residuales para su tratamiento y disposición final. Sin embargo la definición técnica de localización de una Planta de Tratamiento de Aguas Residuales debe obedecer a estudios técnicos a elaborar por parte de las autoridades competentes (Sapam). El Programa señala de manera esquemática la construcción de una planta pero su ubicación no puede ser concluyente. Se plantea la posibilidad de utilizar otro tipo de tecnologías para el tratamiento de aguas residuales.

En el artículo 4.7.1. señala que la ciudad quedará constituida por Centro Urbano (CU), 4 centros de barrio, 10 centros vecinales y equipamiento especial. Sólo localicé el Centro Urbano, 3 centros de barrio y ningún centro vecinal

Se modificó el texto y los planos de acuerdo a lo señalado en la observación.

Se menciona la construcción de una aeropista ¿Se cumple con los requerimientos mínimos de distancia con el más próximo que es el de Chichén Itzá que fue construido para dar servicio a esta zona y que actualmente está subutilizado?

La propuesta de localización de la aeropista propuesta no se incluye en el plano correspondiente porque se considera necesario que se ubique de acuerdo a los estudios técnicos de aeronáutica. Se revisaron los radios de influencia entre puertos aéreos y se cumple de sobra por la distancia que existe entre el Aeropuerto de Kaua y la ciudad de

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Observación/Propuesta Modificación realizada Valladolid.

El tamaño mínimo de lote propuesto (90m2) para la zona de alta densidad, lo considero muy pequeño para lograr una Ciudad Fresca como se indica en otro lado del documento. Además se contrapone a la Ley de Fraccionamientos del Estado de Yucatán.

Se modificó el texto y los planos de acuerdo a lo señalado en la observación.

Propone: Alejandra Rivero Flores/ Consejo Ciudadano de Valladolid, AC. Precisar para efecto que pudiera resultar del análisis en el artículo 4.5.5 Turismo, pag 119 que al texto dice: “Actualmente se recibe en Valladolid un promedio diario de 2500 visitantes (60 autobuses aproximadamente), los cuales llegan en su mayoría del Estado de Quintana Roo, específicamente Cancún y la Riviera Maya, quienes pasan todos los días por esta ciudad con el deseo de conocer principalmente la zona arqueológica de Chichen Itzá, nueva maravilla del mundo, y otras zonas importantes como la de Ek-Balam y Uxmal.”No es preciso, ya que sí son en promedio 60 autobuses los que "pasan" por la periferia de Valladolid hacia Chichén Itzá y lo hacen 3 veces por semana (no diario) y de esos solo entran a la ciudad en promedio unos 20 autobuses, lo que significa que la ciudad no capta ni la mitad de lo que pudiera por su potencial, claro si contara con los servicios suficientes. También entran de 20 a 30 vans diariamente.

Se ha corregido el texto correspondiente con los datos aportados.

Que se proponga dentro de los proyectos estratégicos socioeconómicos la iniciativa de incluir a Valladolid en el programa de Pueblos Mágicos (hasta donde nos hemos enterado la ciudad queda dentro de los nuevos parámetros). Así mismo que se considere la restauración del Ex-telar la Aurora y su reactivación como teatro de la ciudad como otra opción mas cultural ya que en el documento no se hace la sugerencia como recomendación o estrategia propia de la Actualización del PDU

Se modificó el texto de acuerdo a lo señalado en la observación.

Propone: Instituto Tecnológico Superior de Valladolid Propone incorporar los siguientes lineamientos estratégicos: I. Fomentar el emprendurismo en las instituciones de educación medio superior y superior; II. Apoyo para la transformación y comercialización de los productos agroindustriales de la zona oriente, a través de las instituciones de educación superior; III. Internacionalización de instituciones de educación superior, en el marco

Se incorporan las propuestas I y II en el apartado de Lineamientos Estratégicos Socioeconómicos. La propuesta III no entra dentro de las áreas de competencia de este instrumento de planeación territorial.

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Observación/Propuesta Modificación realizada del espacio común y competencias profesionales. Propone: Alfonso Rivero Flores/ PRESEMTUR, A.C. Propone modificaciones en el análisis de la contaminación por ruido.

Se modificó el texto de acuerdo a lo señalado en la observación.

Propone el uso de parquímetros en las calles donde sea procedente

Se modificó el texto de acuerdo a lo señalado en la observación.

Se habla de la sustentación (sic) y protección a la ecología, pero no dice como, no se habla de áreas verdes, de espacios, de leyes de protección, de parámetros de construcción, etc.

Estos temas se tratan a detalle en los apartados 7.2.4. Estrategias y 7.3. Políticas para la Revitalización.

No creemos que el PDU sea un documento que cuide, regule y conduzca a Valladolid hacia un futuro promisorio y si consideramos que si representa un peligro muy grande para Valladolid y sus habitantes, por lo que consideramos que debería de trabajarse en uno nuevo en el que estuviese presente la consulta ciudadana y gente conocedora y preparada para algo tan delicado como el PDU de Valladolid

Este Programa es el primer documento de su tipo que se elabora a través de la participación de los ciudadanos que atendieron la invitación del Ayuntamiento a participar en un proceso de planeación estratégica para aportar sus opiniones y conocimientos para el desarrollo urbano de un centro de población en Yucatán. El equipo técnico que realizó el trabajo de integración conoce la zona de estudio a detalle y tiene una experiencia reconocida en todo el país por más de 25 años de trabajo en la materia.

Propone: Juan Pablo Correa Ceballos/Consejo Ciudadano Valladolid Yucatán, A.C. Crear una red de direcciones o integrar en las existentes : Un equipo de vigilancia para la aplicación de todos los reglamentos de esta ciudad; Equipo de trabajadores sociales para la instrucción de jefas de manzana y demás voluntarios; Equipo de difusión constante en todos los medios de comunicación especialmente en la radio; Equipo programador de actividades sociales

Estos temas son materia del Bando de Gobierno y Policía del Municipio de Valladolid

Utilizar los parques, unidades deportivas y teatros como centros de difusión para crear conciencia y promover la cultura

La propuesta se incorpora en el apartado 7.2.3. Propuesta de Estructura Urbana, Lineamientos Estratégicos generales

Que se detalle como dirigir y potencializar nuestra economía en la autenticidad de nuestra cultura, realzando la historia colonial y evitando la invasión de franquicias en el primer cuadro del centro histórico que rompen con la armonía y tradición de nuestra entidad.

La propuesta se incorpora en el apartado 7.2.3. Propuesta de Estructura Urbana, donde se define como Lineamiento de estrategia Socioeconómica; 1. Respeto y fomento a los valores de Herencia Patrimonial – Cultural

Garantizar zonas peatonales de circulación para minusválidos y estacionamientos públicos en el centro histórico.

Se modificó el texto de acuerdo a lo señalado en la observación.

Que se integre en el PDU la forma de impulsar la inversión industrial sustentable a través de un experto en la materia.

No es materia del PDU.

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Observación/Propuesta Modificación realizada Contaminación del Aire: hay dos graves problemas, la quema de basura en casa habitación y en la vía pública y el humo del deficiente transporte público

Se modificó el texto de acuerdo a lo señalado en la observación.

Contaminación visual: La ciudad está llena de letreros, lonas y paredes pintadas, así como postes sin uso, banquetas rotas, fachadas abandonadas y obstáculos en continuación. Cuales son las acciones a corto plazo que se están proyectando en el PDU?

Se modificó el texto de acuerdo a lo señalado en la observación. Se propone a corto plazo la aplicación de las regulaciones del Reglamento de Imagen Urbana del Centro Histórico de Valladolid en materia de anuncios publicitarios.

Contaminación acústica: El perifoneo continuo, los comercios, los eventos públicos, las escuelas y los salones de fiestas son un grave problema en el día a día de los ciudadanos y no existe una prohibición o en su defecto regulación de este contaminante.

Se modificó el texto de acuerdo a lo señalado en la observación. Se propone la prohibición de las prácticas de perifoneo en la zona urbana.

No encontramos un plan de señalamientos de los puntos de interés turísticos con los que cuenta esta ciudad o de ubicación para entrar o trasladarse de un punto hacia las salidas principales de la ciudad

El tema se trata en el apartado 4.6.10. Señalética Urbana y Turística

Estacionamiento, actualmente no se tiene una visión clara del ordenamiento que tendrá la ciudad en ese sentido cuando se va de la prohibición sin alternativas sustanciales a la permisividad y desorden total. Que el PDU integre un programa de parquímetros estudiado y analizado aplicable a las calles que logísticamente sean consideradas, con el fin de crear una cultura de que estacionarse tiene un costo.

Se modificó el texto de acuerdo a lo señalado en la observación. El tema se trata en el apartado 7.4.4. Estacionamientos

Falta coherencia en los reporte, algunos falsos, incompletos o extemporáneos como las estadísticas de INEGI 2000 o SAGARPA 2003

Todos los datos consignados son comprobables con las fuentes señaladas. Algunos datos son de diez años atrás porque no se cuenta con información más actualizada en el tema específico

No habla de un programa de inspección municipal en base a los reglamentos ni de sanciones al respecto

Es un tema que no es materia del PDU. Se establece en el Reglamento de Construcción del Municipio de Valladolid

Cuales son los parámetros para la autorización del uso del suelo para negocios como el caso Coppel, ubicado en el primer cuadro del Centro Histórico que requieren obligatoriamente de estacionamiento?

Las normas previstas en la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y las previstas en los Reglamentos de Construcción y de Imagen Urbana del centro Histórico municipales. En materia de uso del suelo el PDU propone que los usos comerciales de menores dimensiones sean compatibles con el centro histórico y los de mayores dimensiones en zonas fuera de la zona

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Observación/Propuesta Modificación realizada de monumentos históricos.

Creemos que es de suma importancia un artículo(sic) que hable de las personas con discapacidades físicas con respecto a estructuras urbanas y como solucionar el problema

Materia competencia del Reglamento de Construcción Municipal

No hay un servicio médico ni en estructura ni en lo profesional que posicione a esta ciudad como destino turístico. Primeros auxilios en el cuadro principal.

Se proponen estrategias para fortalecer el equipamiento de salud de la ciudad.

Falta un plan de reestructuración del Cenote Zací como meta turística del centro histórico

Se incorpora la propuesta en la Matriz de Programación de Acciones y Corresponsabilidad del Capítulo 8. Nivel Programático.

Faltan planos gráficos del desarrollo residencial, comercial, industrial, de servicios y de reservas territoriales.

Todos estos temas se incorporan en el Plano E-05 Zonificación de los Usos del Suelo

Entendemos que la decisión sobre aplicar esta actualización del PDU vigente que propone el Ayuntamiento la autoriza el Estado, si es correcto, solicitamos sea con el conocimiento y en consenso con los distintos sectores de la sociedad de Valladolid principalmente beneficiados, así mismo, solicitamos una segunda audiencia/revisión del PDU a fin de poder analizar concienzuda y ampliamente todo el compendio con el apoyo de expertos ya que el tiempo ha sido muy corto para hacerlo.

El Ayuntamiento es la autoridad competente para autorizar la actualización de PDU. Este Programa es el primer documento de su tipo que se elabora a través de la participación de los ciudadanos que atendieron la invitación del Ayuntamiento a participar en los talleres de planeación estratégica para aportar sus opiniones y conocimientos para el desarrollo urbano del centro de población de Valladolid, Yucatán. Se realizó una segunda Audiencia pública atendiendo a la solicitud de los ciudadanos.