Ana Teijeiro García....de Expertos por Acuerdo del Gobierno español de 5 julio de 2013 que ha...
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Ana Teijeiro García.Máster: Medio ambiente: Dimensiones
humanas y socioeconómicas.
Fiscalidad ambiental .
2014/2015
Para la reforma del sistema tributario se
nombró una comisión de Expertos por
Acuerdo del Gobierno español de 5 julio de 2013 que ha realizado un amplio análisis del sistema.
Preparar un conjunto de propuestas de reforma que podrán jugar un papel relevante en:
El ajuste de la economía.
La mejora del potencial de
crecimiento a medio plazo.
Objetivo
Coadyuvar al proceso de
consolidación fiscal
Mejorar a competitividad
de la economía
Incrementar el ahorro
Aumentar el empleo
IRPF IS
Reforma de la imposición sobre el
patrimonio y sucesiones.
IVA
Reforma de las cotizaciones sociales y la
devaluación fiscal
Lucha contra el fraude fiscal
Imposición descentralizada,
unidad de mercado y neutralidad fiscal
Reforma de los Impuestos Especiales
Reforma de la imposición
medioambiental
Incentivar conductas favorables para el MA.
Obtener una recaudación
adicional
La “reforma fiscal verde” ha tenido lugar en distintos países europeos en la última década del siglo XX, sin embargo, sigue pendiente en España.
Los impuestos medioambientales tienen un reducido peso y una asistemática regulación en España.
La reforma fiscal verde trata, siguiendo la teoría del doble dividendo, de implantar diversos tributos sobre la energía y las actividades contaminantes.
Objetivos puramente
ambientales (↓ emisiones o efectos
nocivos)
Objetivos socioeconómicos
(↑empleo, ↑ eficiencia)
Reformas fiscales verdes
La hipótesis del doble dividendo de la imposición ambiental hace referencia a los
múltiples objetos que pueden ser perseguidos con una reforma fiscal verde.
Una reforma fiscal verde pretende introducir nuevos impuestos ambientales, o el incremento de los ya existentes, dentro de un paquete reformista más ambicioso que incluye a otros impuestos del sistema fiscal.
Utilizar la recaudación generada por el impuesto ambiental para financiar reducciones en otros impuestos distorsionantes, de tal manea que el presupuesto público permanezca inalterado.
Impuestos sobre la
electricidad
Impuestos sobre
hidrocarburos
Impuestos sobre el Carbón
Impuestos sobre residuos
nucleares
Impuestos y tasas sobre transporte
Tributos estatales sobre
el agua
Impuestos sobre los
gases fluorados de EI
Tributos que afectan a la producción de energía eléctrica.
Impuesto sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos
radiactivos resultantes de la generación de energía
nucleoeléctrica.
Impuesto sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos
radiactivos en instalaciones centralizadas
Impuesto sobre
electricidad
Impuesto sobre el valor
de la producción de
energía eléctrica.
Canon de utilización de
aguas continentales
para la producción de
energía eléctrica
Ley 15/2012 de medidas fiscales para la sostenibilidad
energética Objetivo: armonizar el sistema fiscal con un
uso más eficiente y respetuoso con el MA y la sostenibilidad.
Ley 66/1997 de Medidas Fiscales, Administrativas y
del Orden Social Ley 38/1992 de
Impuestos Especiales
Base imponible: Kwh consumidos.
•Incentivación de la eficiencia y el ahorro energético.
•Aproximación de su estructura a la Directiva 2003/96/CE (tipos mínimos en €por Mwh).
•Se adelantaría a lo establecido en el proyecto de Directiva de la UE (en tramitación).
Limpiar las exenciones: deberían ceñirse a valoresmínimos y justificarse en cada caso. Suministros deE. eléctrica en los marcos de:
• Relaciones diplomáticas o consulares.
• Organizaciones internacionales reconocidas en España ydel Tratado de la OTAN y en virtud de acuerdos con paísesterceros.
• Organizaciones que establezcan también la exención delIVA.
• La fabricación de E. eléctrica en instalaciones acogidas alrégimen especial que se destinen al consumo de lostitulares.
• Fabricación, importación o adquisición intracomunitariade E. eléctrica que sea objeto de autoconsumo en lasinstalaciones de producción, transporte y distribución.
Impuesto actual: Carece de contenido ambiental
Base imponible: Precio pagado por consumo ≈ importe de la contraprestación.
Objetivo: Mantener la financiación pública de la minería del carbón.
Propuesta 88: Contenido ambiental
Supresión del Impuesto sobre el Valor de la Producción de la E. eléctrica, Compensándose su recaudación (1270.1 millones de €) a través de un incremento del impuesto sobre la Electricidad, que en la cuantía de ese incremento no estaría
cedido a las CCAA Modificación de la cesión del 100% de la recaudación líquida a las CCAA.
Base imponible: Importe total que corresponda percibir al contribuyente por la producción e
incorporación al sistema eléctrico de E. eléctrica (barras de central) por cada
instalación. NO tiene en cuenta que la fuente de producción sea mas o menos
contaminante y recae sobre el consumidor final de la E.
Objetivo: Contribuir a financiar el déficit tarifario.
Impuesto actual: Carece de contenido ambiental
Propuesta 89: Contenido ambiental
Impuesto actual: Carece de contenido ambiental
Justificación:
• Racionalidad técnica: Art. 112 del TRLA El canon de utilización del DPH se aplicasolo a la ocupación, utilización yaprovechamiento del DPH (Art 2:apartados b y c) Utilización de loscauces de corrientes naturales, continuaso discontinuas y de los lechos de los lagosy lagunas y los de los embalsessuperficiales en cauces públicos.
Queda fuera de la definición el uso de lasaguas continentales (apartado a).
• Carácter ambiental: Exposición demotivos La calidad de las aguascontinentales españolas hace necesariasu protección a fin de salvaguardar unrecurso natural necesario para lasociedad. Reforzar políticas deprotección Necesarios recursos quedeben de aportarse por quienes obtienenun beneficio por su utilización privativa uaprovechamiento para la producción deE Parece que la recaudación irádestinada a la protección del DPH. Art 112bis 8 2% ingreso del organismo decuenca, 98% ingreso del Tesoro Público.
Mecanismo decuantificación: NOguarda relación con eldaño causado al DPH.
Base imponible: Se determinapor el organismo de cuenca yes el valor económico de la E.hidroeléctrica producida(barras de central) mediantela utilización yaprovechamiento del DPH. Aunque se vinculeformalmente a la concesióndel DPH sus elementos decuantificación delatan que setrata de un impuesto sobre lacifra de negocios de lascentrales hidroeléctricas y queademás se acumula alImpuesto sobre el Valor de laProducción de la EnergíaEléctrica, enfocado a reducirel déficit tarifario.
Propuesta 90:
Integrar el canon por utilización de las aguas continentales para la producción de la energía eléctrica en el Impuesto sobre la
Electricidad.
Justificación:
•Si se considera que la producción de E por centrales hidroeléctricas debe someterse a una tasa por utilización del DPH debería ser el genérico canon previsto en el art. 112 de la Ley de Aguas.
•El importe de las sumas recaudadas debería corresponder íntegramente al Organismo de Cuenca.
Base imponible: valor de la utilización o del beneficio obtenido con la misma.dado que la base imponible es el valor
económico de la explotación no se justifica un tipo de gravamen superior al
fijado para la tasa por ocupación del DPH.
Más coherente
Anteproyecto de modificación del IRPF y del IRNR
Anteproyecto de la LIS
Anteproyecto de modificación del IVA, el IGIC y los Impuestos Especiales (Ley 38/1992 de
Impuestos especiales y la Ley 16/2013 por la que se establecen
determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias
y financieras )
General Tributaria Anteproyecto de modificación de la LGT (Ley
General Tributaria)
Nuevo Impuesto Especial
sobre la Electricidad
Configuración: impuesto que grava el suministro de E. eléctrica para consumo o
su consumo por los productores de aquella electricidad generada por ellos
mismos.
Objetivos:
•Reducción de los costes administrativos para los distintos actores del mercado eléctrico y para la Administración.
•Impulsar aquellas actividades industriales cuya electricidad consumida represente más del 50 % del coste de un producto (- 85 % base imponible).
Antiguo Impuesto Especial
sobre la Electricidad
Configuración: sobre la fabricación (Precio
pagado por consumo)
Ajuste de la economía
Descenso del déficit
tarifario
Protección del medio ambiente.Impuesto
sobre la electricidad
Impuesto sobre el valor de la
producción de la energía eléctrica
Canon por utilización de aguas continentales para la producción de E.
eléctrica.
Impuesto sobre la
electricidad
Base imponible:Kwh consumidos.
Limitación de las exenciones.
Modificación de la cesión del 100% de
la recaudación líquida a las CCAA.
Gra
cia
s p
or
su
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