Álvaro d'Ors - Coloquio Sobre El No Estatismo Del Imperio Romano

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  • de

    D. lvaro d 6 0 r s y discusin de cada punto por separado

  • En estos coloquios se respira algo muy tpico de los estudios clsicos, una especie de humanitas que es complacencia en la discusin o en las diferencias de opinin y, en el fondo, irona para saber entevder a los dems, todo lo cual es producto pri- mario de la educacin humanstica y uno de los motivos por los que creo que hay que defender a rajatabla el estudio de las Humanidades en nuestra juventud. Ese conjunto de cosas tiene ciertamente algo que ver con aquella democracia ateniense a que nos referamos anteayer y en cuyo fundamento religioso, aparte del hecho material del traslado de los templos de Zeus y Atenea fuera del recinto del rey, est el culto de las Gracias, X ~ ~ L T E S , y de Afrodita.

    La democracia, naturalmente, es optimista. Supone siempre una sonrisa y la esperanza de que con la sonrisa se pueden con- seguir las cosas: es extraordinario el paso que constituye este cambio del rostro, cuando del gesto adusto y agonal de las fami- lias aristocrticas orgullosas se evoluciona hacia la sonrisa o el gesto risueo que los ciudadanos tenan que adoptar entre s, incluso en sus mismas luchas polticas. Este culto de la xptq, que podemos traducir por humanitas y que, en cierto modo, re- sulta un barrunto de la caridad cristiana, es conquista que debe- mos de modo especial a la democracia ateniense. Considero inte- resante este culto de las Gracias y creo que muchas veces hay que preferir, como ha hecho inteligentemente el Sr. Tovar (Some Passages of Euripides' "'Hecuba" at the Light of the New Tex- tual Criticism, en Gr. Rom. Byz. St. 11 1959, 131-135) en un verso de Eurpides (Hc. 853), la ~ ( p ~ c a la 6 ~ q . Esta X & P L ~

  • me parece rasgo caracterstico de nuestro mundo de las nidades, a diferencia de lo que quiz ocurra en otras ciencias, en las que contradicciones y opiniones son frecuentemente ms intolerantes. Pero, por otra parte, en los dos coloquios anteriores, que me han ensefiado mucho, he observado, sin embargo, una cierta dispersin en el dilogo que casi era ausencia de dilogo propiamente dicho, y por esa razn yo propongo hoy el ensayo de un cierto mtodo de discusin, modalidad que puede ser inte- resante para otros coloquios semejantes: un orden dialctico, pero, eso s, sin que el dilogo deje de ser una conversacin en que dos o ms personas hablan sin someterse a una instancia superior -un juez, un pblico, un pueblo soberano, en fin, un tercero en dis- cordia-- que tenga que dar la razn a uno o a otro, esto es, con posibilidad de no llegar a conclusiones sin que por ello ocu- rra nada. Esto no puede suceder en lo judicial ni en lo poltico, pero s en una reunin de humanistas. Ahora bien, el dilogo su- pone siempre un Scrates que lleve la voz cantante, una especie de moderador: esto quisiera yo ser aqui, quedando nuestro pre- sidente como poder superior que no me tolere el exceso en mis facultades. LeerC, pues, mi ponencia punto por punto; despus de cada uno de stos, ofrecer una especie de breves conclusiones que pueden ser base de discusin; y luego ustedes tendrn la palabra para sus objeciones o preguntas.

    La ponencia se compone de doce puntos: un primero de in- troduccin, el ltimo de colofn y diez centrales repartidos en tres captulos, cada uno de los cuales constituye un cotejo. Ante todo se comparan el mundo griego clsico, la 7ch~c y la res publica romana ; luego se compara la Faoih~cx, el concepto de monar- qua helenstica, con el principado romano; y termina esta triple estructura con otro cotejo final en que el imperium Nomanum se contrapone a los nuevos regna germnicos que surgen en Occi- dente. Como se ve, esto abarca una dimensin cronolgica enor- me, lo cual hace ms necesario, para evitar desorden y confusin, que el dilogo quede encauzado.

    Esta contraposicin entre el mundo griego y el romano tendr importancia tambin desde el punto de vista de la ideologa mo- derna, pues, por mucho que queramos emplear esa x(pq, esa

  • humanitas, en atenuar cortsmente nuestras divergencias, siempre saldr a la superficie el trasfondo que es la autenticidad de la persona con su ideologa y con su manera peculiar de contemplar lo antiguo a travs de su personal espejo y con sus personales matices.

    Paso, pues, al punto primero.

    Una exposicin de teora poltica romana resulta de suyo muy difcil, ya que, en la misma medida en que procura- mos captar lo realmente '6momno", en esa misma medida debemos prescindir de la teora, siempre influida por mo- delos exticos. Por eso no creo que esta ponencia haya de ceirse al pensamiento poltico de unos cuantos escritores, como pueden ser un Cicern, un Tcito o los Scriptores Nistoriae Augustae, sino que debe pretender mejor la indi- vidualizacin de algunos rasgos peculiares del genio pol- tico de los romanos como comunidad histrica. De ese genio peculiar los mismos escritores romanos no son siempre in- trpretes autbnticos, ni completos. Con este propsito, hemos tomado tres momentos de comparacin: el de la res publica frente a la nhrc; griega; el del principado frente a la pcto~hslct helenstica, y finalmente, el del regnum germnico en relacin con el imperium Romanum. Los tres cotejos, aunque aparentemente arbitrarios, se enlazan desde un pun- to de vista que viene a constituir el tema central de nuestra ponencia, a saber, el de subrayar la inexistencia de una rea- lidad poltica similar al Estado en el mundo romano. Esto explica que nos hayamos abstenido de hacer referencia al imperio bizantino, cuya idea, aunque derivada de Roma, enlaza mejor con la tradicin heleno-oriental.

    Este punto, como se ve, contiene dos conclusiones. La pri- mera es que resulta muy difcil hablar de teora poltica romana, y ello porque los romanos fueron esencialmente prcticos de la poltica y del gobierno, pero, o no teorizaron, o 1s hicieron con unas limitaciones que no reflejan la verdadera importancia cul- tural de la experiencia romana.

  • 112 COLOQUIOS SOBRE TEORA POLTICA

    Yo creo que la teora poltica, como deca bien el Sr. Garca Calvo (pgs. 35-36), supone una proyeccin hacia el futuro, una reforma que sea fruto del fracaso o la decepcin ante la previa experiencia. Entonces es cuando el hombre se pone a reflexionar y elabora una verdadera teora: del mismo modo que la fisiologa es posterior a la patologa, porque a nadie se le ocurre saber cmo es su corazn mientras no le duele, as tampoco suele teorizarse en poltica mientras no surja el fracaso que invite a la reflexin. Ayer se dijo que as suceda con Platn y con sus meditaciones ante los fracasos de la ciudad, y tambin ante sus fracasos per- sonales, pues yo no creo que deba rechazarse de plano lo biogr- fico en la interpretacin de la teora poltica platnica.

    En lo jurdico, por el contrario, no ocurre as, sino que el auge de la jurisprudencia corresponde a los momentos de auge poltico de un pueblo, lo cual se debe quiz a que los problemas y pleitos entre particulares se producen con mayor intensidad cuando reina la prosperidad econmica o cuando el intenso mo- vimiento poltico produce dificultades. En Espafia el siglo XVI es "de oro" no slo para la poltica, sino tambin para la juris- prudencia, mientras que el. xvrr, sobre todo en su segunda mitad, transcurre bajo el signo del fracaso, y es entonces cuando apa- recen los tericos de la poltica, como Saavedra Fajardo, a quie- nes impulsa a reflexionar la amargura de una experiencia poco satisfactoria.

    La segunda conclusin que se desprende es mi concepto de Estado. No toda forma de gobierno, es decir, no toda organiza- cin que rija a la sociedad civil y evite el caos puede ser consi- derada como un Estado. Realmente, yo no hago ms que recoger una lnea de pensamiento que viene de Max Scheler y especial- mente de Carl Schmitt, segn los cuales el Estado nace en el si- glo xvx: ni los judos ni los faraones ni Roma conocieron un verdadero Estado. Pero como de todo esto volveremos a hablar al tratar de cierto paralelismo que s existe entre el Estado mo- derno y la ~ h t q griega, podriamos discutir ahora sobre si he hecho bien o mal en enfocar esta ponencia desde el punto de vista de la experiencia romana y no basndome en la meditacin terica de los escritores romanos sobre su misma vida poltica.

  • Me parece discutible ese concepto de Estado. Efectivamente, hay toda una corriente poltica moderna que hace nacer el con- cepto de Estado a partir de Maquiavelo y Jean Bodin, desde el siglo XVI; a m me parece que lo que surge entonces es el Estado moderno, pero ello no quiere decir que antes no hayan existido organizaciones o entidades polticas que puedan llevar el nombre de Estado. A la vida civil de la .rrh~q griega no le falta nada esencial respecto al Estado moderno; y la propia res publica romana reuna todos los valores polticos que un Estado moder- no realiza: ejrcito permanente, leyes, constitucin, derechos in- dividuales ms o menos limitados, etc. Nos encontramos, es cierto, con la esclavitud, pero aqu interviene un principio tico-social del mundo antiguo que no invalida en nada el edificio poltico romano.

    Existen, en efecto, tambin quienes creen que el concepto de Estado es equivalente al de comunidad con gobierno, lo que lleva consigo el poder hablar de los Estados judo, hitita, veneciano y tantos otros. Como sta es una simple cuestin terminolgica, bastar con que quienes opinan como el Sr. Fuenteseca, esto es, los que creen que la palabra ""Estado" no debe restringirse a los siglos xvx y siguientes, entiendan "Estado moderno" donde yo digo "Estado".

    Pero esto va a producir confusiones: creo que muchos prefe- riramos que quedara zanjada tcnicamente esa diferencia entre el concepto de Estado corno lo define el Sr. Fuenteseca y lo que propone el ponente.

  • No soy yo quien lo define, sino que la idea predominante, aunque lo contrario opinen autores todava recientes como Carl Schmitt, es que el trmino '6Estado"' es aplicable desde la Anti- gedad hasta nuestros das. Lo que ocurre es que se dice que en Maquiavelo aparece "lo Stato" con un contenido tcnico que antes no exista en el lenguaje poltico ; y, por otra parte, los defen- sores de esa tesis aaden que Jean Bodin sostuvo, en La rep- blica, el criterio de que el Estado moderno tiene una caracters- tica especial que no tenan el mundo antiguo ni el medieval: la soberana, trmino con el que Bodin creo que se refiere a la independencia del Estado frente a otros y a su autonoma como poder interno soberano. Las situaciones polticas anteriores al xvr, como Grecia y Roma, seran eso, situaciones polticas sui generis, pero no Estados.

    Creo que mi criterio queda claro. A m me parece que el abuso del concepto de Estado se debe a que la historia ha sido escrita en la Edad Moderna. Es lo mismo que se ve en el libro de Bockenforde (Die deutsche verfassungsgeschichtliche Forschung i m 19. Jahrhundert, Berln, 1961), que aclara cmo los tratadistas alemanes del siglo xrx, al aplicar al mundo germnico anterior sus propios conceptos sobre divisin de poderes, diferencia entre sociedad y Estado, etc., han llegado a una confusin no enten- diendo, por ejemplo, cmo en aquel mundo la libertad consiste en ser sbdito del rey, lo cual es totalmente incomprensible para un historiador de la poca prusiana. Y lo mismo ha ocurrido con la historia de Roma. Mommsen es un gran historiador, pero tam- bin un hijo del Estado liberal prusiano que ve toda la realidad poltica como divisin de poderes, escala de categoras adminis- trativas, etc., y as su libro es fundamental, pero uno percibe que el autor est mirando lo romano con lentes del x ~ x y extrapolando

  • la concepcin contingente del Estado moderno en la realidad antigua.

    Volviendo a la distincin terminolgica que antes sugera, yo entiendo -quiz en esto haya algo de nominalismo- que cuando en la Historia no aparece un trmino, probablemente ello ocurre porque el concepto mismo no existe todava: es muy significativo, pues, el hecho de que la palabra ""Sato" aparezca en Maquiavelo precisamente un poco antes que la teora del Estado propiamente dicha. Parece, por otra parte, puesto que nadie objeta nada, que tiene inters mi planteamiento de la ponencia como una visin de la experiencia romana ms que como una exposicin de teo- ras de escritores polticos que realmente en Roma no existen.

    Voy a leer ahora el segundo punto, que introduce el primer captulo, sobre n h ~ s y "res publica".

    Es un hecho notorio que, as como el Derecho privado romano ha servido de modelo ejemplar para la tradicin cultural europea y aun universal, el pensamiento poltico de Roma, en cambio, resulta extrao y sin sentido para la teora poltica moderna, que gira en torno al "'Estado9'; la cual tiene mucho ms que aprovechar del pensamiento griego. Dbese esto a que aquella teora griega tom por centro necesario la ciudad, como un territorio acotado fuera del cual la vida humana no puede alcanzar su plenitud, conforme al principio, formulado por Aristteles, de que el hombre es un ser vivo esencialmente "poltico", es decir, urbano. Porque cuando queremos dar a ese principio un alcance ms universal hemos de traducir "poltico" por "so- ciable", pero en la mentalidad de un griego no cabe ms tipo social propiamente tal que la n h ~ c , pues la confede- racin no es ms que una superestructura que presupone la organizacin en ciudades. La contraposicin con los brba- ros persas estriba precisamente en que stos no estn cons- tituidos en ciudades. As tambin el mundo moderno esta- bleci la contraposicin entre los pueblos civilizados, orga- nizados en Estados, y los no civilizados, que adoptaban otras formas sociales. ste es el punto de vista discriminatorio

  • 116 cOLOQUIOS SOBRE TEORA POL~TXCA

    que domin el ius publicum Europaeum de los ltimos si- glos, pero que ha perdido su funcin principal desde que se ha erigido otro criterio de tipo econmico, como es el for- mulado en la doctrina Truman de enero de 1949, que ha sido acogido en la Mater et Magistra de mayo de 1961, en virtud del cual los pueblos se dividen en '6desarrollados" y "subdesarrollados".

    Frente a la concepcin social de territorio acotado, ex- traa tambin a la tradicin Ctnico-religiosa del pueblo ju- do, Roma nos ofrece una concepcin poltica esencialmente personalista, fundada no en el coto urbano, sino en la co- munidad del nomen, del nomen Romanum. Lo que da la unidad a la cizritns es la comunidad del nomen, es decir, de los tria nomina que ostenta todo ciudadano pber. El mismo territorium depende de una concepcin no urbana, pues designa las tierras que se entregan a los colonos, pero que estn fuera de la ciudad, prope oppidum, como dice Varrn (L. L. V 21). Es interesante, a este respecto, el observar cmo un escoliasta tardo abandona este concepto genuina- mente romano del territorium como lugar fuera de la ciudad para incluirlo intra fines ciuitatis, y precisamente como m- bito del poder del magistrado (Itp. Dig. L 16, 239, 8); esta idea tarda no es romana.

    La contraposicin entre ~ h q y ciuitas permite esta ob- servacin muy significativa: en tanto los nohi.rcxr presupo- nen una nh~q , la ciuitas romana presupone unos ciues. La prioridad de lo personal sobre lo territorial aparece en esta derivacin con toda claridad. La palabra n h ~ a , relacionada con nohbq y con nhqeoq , parece tener su mejor correspon- dencia en un trmino perdido en latn, pero que nos con- servan el osco touto y el umbro totam, que se refieren igual- mente a una concentracin humana en un territorio deter- minado. Ciuis, en cambio, se relaciona con la raz de pala- bras germnicas que indican un vnculo familiar.

    La discusin sobre este apartado podra centrarse en las si- guientes conclusiones.

  • Ante todo, la idea de que el mundo griego prehelenstico no supera la xhlq como nica forma posible de agrupacin social. Yo entiendo esto en funcin del concepto martimo de los griegos: la 7chq es una nave limitada por el mar, esto es, fuera de la cual no hay salvacin, y de ah todas las metforas del gober- nante como timonel, de los oleajes y naufragios polticos, etc. Esta idea de que la salvacin est en un lugar acotado y rodeado por algo en que la vida no es posible, se encuentra, creo yo, en la raz del pensamiento griego: veamos ahora si es cierto que ellos no conceban otro tipo de comunidad.

    En segundo lugar podemos discutir sobre si es verdad que en una poca avanzada de la evolucin romana lo que da unidad a la ciuitas no es el territorio, sino la comunidad del nomen: los ciudadanos, repartidos por el mundo, llevan el sello de la ciuda- dana en los tria rzomina.

    Y por ltimo, queda el aspecto ctimolgico en que los ln- gistas tendran que decirme si estoy equivocado al afirmar que en Grecia lo anterior y primario es la ciudad frente al ciudadano, mientras que en Roma sucede 10 contrario.

    Tal vez la ponencia peque de esquematisrno: mi opinin es que el problema de la ciudad griega resulta ms complejo. En esto hay, si no me equivoco, dos cuestiones: la de si, por basarse la ciudad griega en un principio esencialmente territorial, el ciuda- dano o 7cohlqq es secundario respecto a la 7ch~q y la de si los helenos llegaron o no a superar el concepto de la nh~q como centro de toda su vida civil. En todo caso, los orgenes de la ciudad griega, no territoriales, sino tribales, son absolutamente comparables a los de la romana. 1 tica, por ejemplo, y lo mismo ocurre con otras comarcas, tiene muchos nombres de demos que son gentilicios en -L&x a partir de un onomAstico, es decir, que representan la perduracin del establecimiento de una tribu o comunidad, basada en la sangre, que se ha fijado en un lugar despus de recorrer quiz otros territorios. Esto hace que

  • las ciudades griegas estn llenas de rasgos gentilicios, y precisa- mente la democracia 10 que hace es ir eliminando estos rasgos y estableciendo principios territoriales hasta que las tribus quedan reducidas a meros restos arcaizantes de carcter relligioso sin que las nuevas asociaciones tribales, instrumento poltico, conserven de las antiguas ms que el nombre. Ell paralelismo con respecto a Roma -evolucin hacia lo territorial a partir de un origen no territorial- ha sido visto hace tiempo por Fustel de Coulanges y otros.

    En cuanto a la superacin del principio de la r h ~ q , eviden- temente Roma ha llegado ms lejos, pero tambin aqu hay para- lelismo, especialmente en el orden terico, en el que Grecia ha superado ya la ciudad con las ideas de ciertos sofistas y la ten- dencia hacia el cosmopolitismo, la igualdad de los hombres, la no diferencia entre griegos y brbaros, etc. Platn y Aristteles, es cierto, reaccionan con anacrnica aoranza y vuelven a basarse en la ~ h t q ; pero luego tenemos el Estado helenstico, que no llega al principio tan romano de la ciudadana igualadora, que-

    ndose en algo as como una alianza de r h s ~ q bajo una auto- ridad central, pero apunta una clara evolucin en ese sentido.

    En otro aspecto me gustara sealar ciertos hechos importan- tes, como ]la presencia del principio no territorial dentro del Es- tado democrtico y en epoca clsica, por ejemplo, las cleruquias, en las que el titular del ~ATipoq es ateniense aunque resida muy lejos de la metrpoli. De todos modos, por este camino de la integracin democrtica de la sociedad march ms de prisa Grecia, as como Roma alcanz una etapa mucho ms avanzada en cuanto a superar hacia afuera los lmites de la nhlq ; pero ambos avances, mayores o menores, se realizan, creo yo, en forma paralela.

    Ahora bien, con estos orgenes parecidos se lleg a una di- vergencia, lo cual indica geomtricamente que estas paralelas no lo eran de modo absoluto. Las ciudades griegas superan los ele-

  • mentos gentilicios y tribales con direccin a la xh~.q territorial, y Roma, en cambio, empieza en la n6h~q territorial y acaba en un Imperio. Esto es un poco csquemtico, ciertamente, porque a ello me ha obligado la breve extensin que toda ponencia debe tener, pero corresponde a las lneas principales de la realidad histrica.

    Sr. Gil

    Insistiendo en lo dicho por el r. Rodrguez Adrados, creo que est muy claro el carcter no territorial de la x6h1.q griega en un principio; es ms, yo creo que es mera contingencia geogrfica, no razones jurdicas, lo que ha acotado a las comunidades en pequeos territorios. En plena poca clsica, aun despus de la reorganizacin tribal de Atenas, en esta y otras ciudades coexis- tan las nuevas tribus territoriales con las antiguas gentilicias y al ciudadano le era indispensable estar encuadrado no slo en una tribu, sino tambin en una fratria: recuerden ustedes la fiesta jnica de las Apaturias y la drica de las Apelas, con 1% presen- tacin a los cofrades de las esposas recin casadas y los hijos varones, etc., lo cual indica que para ser ~ o h r q c es fundamental el concepto gentilicio de sangre comn.

    En cuanto a la etimologa de xh~q , yo no creo que deba po- nerse en relacin con d.qOoq ni con xohq, sino con el lit. pilis, ai. puri-, etc., que nos llevan a la primitiva significacin de "alc- zar, ciudadela". Tucidides (11 15, 6) dice que los atenienses llaman m5h1.q en Atenas a lo que es propiamente la acrpolis, es decir, 7~h1.q no es un conjunto de aohirai, sino una colina o lugar es- carpado en que ocasionalmente se renen las primitivas tribus o clanes para defenderse de 10s peligros.

    Esta etimologa lo que hace es confirmar la evolucin hacia el concepto territorial, porque el alcBzar no es otra cosa que un coto,

  • En el Zndogermanisches etymologisches Worterbuch de Pokor- ny se relaciona precisamente ~ 6 h ~ q con nohi5q y nhjOoq.

    As es, pero casi resulta ms ilustrativa esta etimologa adu- cida por el Sr. Gil, pues marca una evolucin hacia lo territorial.

    ara m la divergencia est en que Roma, repito, nace como urbs, acotada por Rmulo con el arado, y termina convirti6ndose en un Imperio de ciudadanos romanos.

    Vuelvo a la etimologa para recordar que nhtq (que, con su doblete mhtc , tiene paralelo exacto en nh~poc, y nrh~poc , ) significa originariamente, como se acaba de decir, "ciudadela", es decir, que en esta palabra predomina el concepto de lo territorial, y todo eso de los yvq, etc. son supervivencias que quedan eli- minadas definitivamente con Clstenes.

    En cuanto a intentos de superar el concepto de n h ~ q , no creo que interesen mucho las anfictionas, cuya base es tribal, pero s el imperio siracusano de hacia el 500.

    or lo dems, me parece claro que nohiqc, es secundario con respecto a n h ~ q y que ciuitas viene de ciuis, claramente vincu- lado con lo territorial en sus relaciones con palabras indoeuropeas como gt. haims "aldea, territorio", etc.

    Sin embargo, el Dictionnaire &ymologique de la langue la- tine de Ernout y Meillet cita paralelos como aaa. hiwo "'marido", apr. seimirzs "familia", etc.

  • Quien ha especulado ltimamente sobre toda esta familia es Palmer en sus teoras sobre las tablillas catastrales micnicas (Achaeans and Zndo-Europeans, Oxford, 1955, 7).

    Me parece bien que se alegue como distintivo de la ciuifas el sistema trinominal de los romanos, que es invencin nica del pueblo itlico entre los indoeuropeos, pero siempre que no se olvide que los primeros romanos, como Rmulo y Remo, no tenan ms que nomina; y, ya en poca clsica, de ciertos perso- najes, como de arco Antonio, no conocemos ms que dos nombres.

    Sr. D90rs

    Lo cual confirma mi teora de la lnea ascendente por la que se llega a Marco Tulio Gicern a partir de Rmulo, en cuya poca no haba ciuitas, porque la ciuitas es la res publica, es decir, la repblica.

    La nica ambigedad etimolgica est en que el ponente, re- lacionando n6h~q con 1~ohi5q y ~ h q e o ~ , busca la relacin semn- tica en el sentido de "muchedumbre, conjunto de ciudadanos". Efectivamente, como deca el r. Fernndez-Galiano, los diccio- narios como el de Pokorny relacionan dichas palabras, pero es porque la raz *pez tiene muy documentado el sentido de "verter" o "fluir", aplicado, por ejemplo, al amontonar tierra para cons- truir un muro, con lo cual en T ~ A L C , corno en los vocablos baltico

  • 122 COLOQUIOS SOBRE TEORA POLTICA

    e indio que antes se mencionaban, predomina la idea de "muro que domina un recinto", de "ciudadela9', con apoyo as a la tesis del ponente. Dir de paso que en la raz del osco touto y el apr. tauta tambin impera el concepto territorial.

    Pero, en fin, ms importante es insistir en lo dicho antes por el Sr. Rodrguez Adrados, en el hecho de que los sofistas en la poca clsica de Atenas, y los cnicos poco despus, superen el campo de la xhtq tradicional en anticipo de lo que es en los primeros un cosinopolitismo ilnstrado, una "Aufklarung", y en los segundos otro cosmopolitismo nacido de rebelda o reac- cin contra el ,orden social que se har en los estoicos autntico sistema terico. Tambin estas filosofas polticas, que se adelan- tan con mucho al terreno de la praxis, deben ser aqu conside- radas.

    recisamente yo me refera a Roma al hab1a.r de que en mi ponencia iba a atender ms bien a la prctica poltica: en el mundo griego, lneas tericas como esta del cosmopolitismo son muy importantes.

    En cuanto a los tria nonzina, de los que algo ha dicho el Sr. Dolc, subrayemos que su vigencia obligatoria no empieza hasta despus de la poca republicana, a partir de Augusto: hay un trabajo interesante de Syme sobre este tema (Imperator Caesar: A Study in Nomenclature, en istoria VI1 1958, 172- 188).

    Como arquelogo anotar el hecho de que desde el mismo neoltico la ciudad se crea siempre alrededor de una acrpolis, es decir, de un altozano, no por capricho, sino por necesidad de un lugar defendible al que los pobladores pudieran retirarse, incluso con ganados y cosechas, en caso de agresin.

  • Esta confirmacin arqueolgica de la etimologa, sobre hechos que luego veremos repetirse en la primitiva historia de Roma, me interesa mucho.

    En cuanto a los tria nomina, una cosa es la imposicin legal y otra el uso normal: en la poca republicana vemos cmo apa- recen testimonios epigrficos de personajes sin nomen, pero esto no quiere decir que no tuvieran todos el nomen del padre y el praenomen impuesto a la llegada de la pubertad.

    Tal vez haya indicio de concepcin territorial de la T A L ~ en el hecho (Herd. VI 43-115) de que, a pesar de que los persas, como consecuencia de su expedicin de castigo en la primera guerra Mdica, se llevaron a todos los eretrienses al interior de Asia, la ciudad de retria subsisti sin ciudadanos.

    Ea etimologa de xh~q "fortaleza", que es la verdadera, no invalida lo dicho antes sobre el paralelismo de los hechos roma- nos y los griegos: en uno y otro caso tenemos una serie de tribus que, en un momento dado de la historia, se fijan en torno a una fortaleza, despus de lo cual existe ya un principio territorial, pero con restos, en Grecia como en Roma, de una vieja concep- cin no territorial.

    r. d'Qrs considera la oposicin de griegos y brbaros, de atenienses y persas, como relacionada con el hecho de que unos tengan T A L C en sentido territorial y otros no. Yo estoy en des- acuerdo con esto: en Esquilo y en Herdoto se oponen los que gozan de libertad poltica a los que estn bajo un rgimen de tirana con doble vertiente: el poder absoluto del rey en el inte-

  • rior y la subyugacin de pueblos extranjeros en el exterior. Frente a esto, cualquier pueblo griego, incluso los espartanos, resulta ser un rgimen ms o menos democrtico.

    En cuanto al prope oppidum de que ha hablado el ponente, pudiera querer decir "cerca de la fortaleza", pero sin dejar de referirse a lugares situados dentro de la ciudad.

    No, yo creo que queda claro que el territorium est fuera de la ciudad.

    ero aqu se habla de oppidum, no de urbs.

    Es que oppidum es la palabra general, mientras que urbs se aplica a la ciudad de Roma por antonomasia.

    Con permiso de ustedes doy lectura al punto tercero.

    Sin embargo, esta eminencia del aspecto personal, deter- minado por el nomen familiar, no puede considerarse como histricamente originaria. Aunque se quiere ver a veces el origen de la ciudad romana en una nica estirpe, parece lo ms probable que la ciudad que en un momento posterior empieza a llamarse Roma surgi en el siglo VIII con el fin estratgico de dominar el paso del Tber prximo a la isla Tiberina en un momento en que la organizacin de ciudades

  • prolifera por la Italia centro-meridional; y que aquella ciu- dad surgi como una ms, como resultado de un sinecismo de estirpes muy distintas. La misma leyenda de la fundacin de Roma refleja una concepcin territorial. La ciudad fue ritualmente acotada. El mismo trmino pagus, como circuns- cripcin territorial de un poblado, del uicus (palabra para- lela al griego OLKOS), presupone un pangere limites, una fijacin de mojones de deslinde clavados en el suelo, y a este rito se refiere la lustratio pagi.

    El mismo crecimiento progresivo de las tribus de Roma demuestra un punto de partida muy similar al de las ciu- dades griegas. En el siglo vr a. J . C., los reyes etruscos divi- dieron el recinto urbano en cuatro tribus urbanas, designa- das por topnimos --Suburana, Palatiiza, Esquilitza y Colli- na-; luego fueron creadas nuevas tribus rsticas, tambin territoriales -Lemonia, Pulpinia, Pollia, Camilia y Volti- nin-, pero, a principios de la segunda mitad del siglo v a. J. C., se abandon este sistema de agregacin de cotos territoriales: se pas a la orilla derecha del Tber, que has- ta entonces haba sealado la frontera con Etruria, y, a partir de la Rornilia, todas las nuevas tribus, hasta comple- tar las treinta y cinco, aparecen dcsignadas por nombres gentilicios y no territoriales. Este importante cambio, que determina una nueva concepcin personalista, no parece ser el resultado de ningn acontecimiento poltico especial, sino ms probablemente del mismo hecho de haberse pasado a la otra orilla del ro: el rebasar la antigua frontera pudo ser la causa del abandono de una antigua concepcin terri- torialista y urbana. Lo que constituye el rasgo peculiar del Imperio romano habra dependido de ese acontecimiento geopoltico del siglo v.

    Lo primero que hay que advertir es que la observacin sobre el crecimiento progresivo de las tribus de Roma procede de un artculo de Alfoldi (Ager Romanus antiquus, en Nerrnes XC 1962, 187-213).

  • En este punto podra dar lugar a discusin algn problema como el del origen de Roma por sinecismo de varias tribus con el objetivo geopoltico de la defensa del vado: la cuestin de la fecha es ms difcil, pues hoy se tiende a rebajar mucho la cro- nologa. Hay tambin una circunstancia complementaria, y es que las tribus propiamente urbanas, en que estaban incluidos los po- bres, tenan menor categora social, mientras que los patricios figuraban en las tribus rsticas o exteriores. Pero, en fin, el pro- blema capital es el de si un hecho un poco casual, como la ne- cesidad de pasar el Tber, puede haber determinado un cambio tan importante en el sesgo poltico y espiritual de los romanos.

    Tal vez se impuso, de acuerdo con la tesis de Fuste1 de Gou- langes, la creacin de la ciudad a partir de una asamblea de ciu- dadanos o confederacin de tribus, aunque luego se volviera al principio tribal del nombre gentilicio una vez superada esta etapa provisional.

    Pero entonces hara falta encontrar un acontecimiento que haya determinado un cambio tan contrario al paralelo griego, un even- tual regreso a esas concepciones tribales antiguas. Por mi parte --prescindamos del problema dc si la diferencia de patricios y plebeyos tiene origen racial- no creo que se trate de un regreso a concepciones tnicas, sino del predominio de la vinculacin familiar por encima de la vinculacin urbana. Es posible que este cambio no tenga que ver con el paso del ro, pero, si es as, nos quedamos a oscuras sobre las determinantes de tan importante transformacin.

  • Considero muy sugerentes y apropiadas las coincidencias que el Sr. d'Ors descubre en el origen de la ciuitas latina y de la nhlq griega; pero me parece demasiado circunslancial ese des- plazamiento al otro lado del Tber por parte de las tribus patri- cias como explicacin del nuevo sesgo imperialista que ahora va a tomar la ciuitas latina. Yo creo ms bien que aqu es donde se quiebra ese paralelismo griego y latino. La diferencia est, a mi modo de ver, en que la x h ~ q griega es ante todo la consti- tucionalizacin de una convivencia, y la ciuitas latina, por el con- trario, la legitimacin de una prerrogativa de casta y de pueblo. Y esto se muestra tanto en la estructura interna como en la pro- yeccin exterior de ambos pueblos. Mientras la democracia fue un ideal y una realidad en Grecia, en Roma predomin cons- tantemente la lucha por el poder y la influencia entre las clases sociales, llegndose rara vez a una genuina y duradera concordia ordinum. Y esto mismo sucedi en la poltica exterior. Grecia aparece prcticamente compartimentada despus de la invasin drica; y las pocas guerras que surgieron entre los diversos pue- blos fueron, sencillamente, guerras de mala vecindad. El imperio ateniense no tiene nada de comn con el Imperio latino. El nico que se le parece es el de Alejandro, que era un macedonio hele- nizado y que estaba a la cabeza de un pueblo muy parecido al romano. En cambio, el pueblo romano fue belicoso y conquis- tador desde el principio al fin, y su historia es la historia de su expansin territorial y los conflktos para componer su con- cepto y exigencias de la ciuitus con el Imperio. Y as las luchas por la ciuitas Romana son un conflicto constante tpicamente ro- mano, cosa que es inconcebible en Grecia.

    Efectivamente, en Roma hay una gran fuerza de expansidn, una especie de desahogo de las posibilidades vitales de gentes

  • poderosas y prolficas; pero no veo claro que Roma sea un pueblo conquistador y Grecia no, y es posible que entre el impe- rialismo romano y el martimo de Atenas no haya ms que una diferencia de grado.

    A la luz de la arqueologa el origen de la ciuitas no se pre- senta exactamente como la simple fundacin de una ciudad por Rmulo y Remo. Recordemos que son varias las ciudades situa- das en las colinas que rodean el futuro Forum Romanum, valle o vaguada central. El Foro no es otra cosa que la propia ciudad de Roma, nacida sta de un zoco al que acudan a comerciar las tribus de las colinas circundantes, y el pomerium, el. lmite sa- grado de la ciudad, forma una especie de crculo cuyo centro es precisamente el mismo Foro. La aparicin del pomerium podra interpretarse como la creacin de Roma, una especie de confede- racin de los habitantes de las vecinas colinas: obsrvense los nombres de las cuatro tribus mencionadas por el ponente, de entre los que Collina no necesita comentarios, mientras que Esquilina y Palatina aluden a sendos montculos y la Suburana es la tribu de la ciudad, del valle.

    Realmente la prehistoria adquiere cada vez ms importancia en relacin con la arqueologa del Foro romano y podemos esperar siempre nuevos datos esclarecedores.

    No todos los autores estn de acuerdo en que las cuatro tribus urbanas antecedan cronolgicamente, sino que hay quienes supo- nen que las primeras tribus como tales de tipo territorial fueron

  • las rsticas; ahora bien, de lo quc no cabe duda es de que las tres tribus ms antiguas de la ciudad de Roma, las tres tradi- cionales, eran gentilicias o, en todo caso, de tipo personal y luego se pas a cuatro tribus urbanas correspondientes a cuatro distritos. Esto hace difcil fijar el momento de paso de un sistema de tres tribus personales o gentilicias a otro de cuatro tribus ur- banas territoriales a modo de distritos en la ciudad de Roma; pero, en fin, volviendo a lo expuesto por el ponente, hay otra ex- plicacin mejor, a mi entender, que la del paso del Tber, y es que, cuando se hizo necesario dividir el territorio conquistado en tribus para incorporar a nuevos ciudadanos del campo, pareci ms fcil o ms cmodo incorporar estos grupos recin formados a base de denominaciones personales o gentilicias, no territoriales, si bien, en realidad, eran tribus asentadas en un distrito territo- rial y, en este sentido, pese a su denominacin gentilicia, fueron territoriales.

    El primer punto est claro: paso de la existencia de tres tribus gentilicias a una divisin tribal no gentilicia, y en esto, en la adopcin de una estructura poltica territorial, se ve el paralelismo con Grecia; pero sigue, en cambio, oscuro ese otro fenmeno de creacin de las treinta y cinco tribus.

    Yo insistira en los motivos econmicos, no militares, que dan origen a la fundacin de Roma. rescindamos de pormenores como el de que, en realidad, el llamado vado no fue nunca tal, ni enton- ces ni ahora, sino ms bien lugar de paso por medio de un puente; pero debo recordar la existencia de una antiqusima via Salaria cuyo nombre alude a la defensa de las salinas en un cruce de caminos fundamental desde el punto de vista econmico.

  • Todo esto, e igualmente lo dicho por el Sr. Garca y Bellido, no se opone a lo expuesto por m. Cronolgicamente hay un mo- mento importante, que podramos situar a mediados del siglo V, inmediatamente despus de las XII Tablas, pues en ellas todava el Tber es frontera y la venta de un ciudadano debe verificarse trans Tiberim, es decir, en el extranjero, para que un hombre libre no se convierta en esclavo dentro de la ciudad.

    ero siempre se tendi a dominar la orilla izquierda, donde desde muy temprano haba dos foros importantes, el olitorium y el boarium. Los comerciantes extranjeros preferiran quedarse para negociar en la isla del Tber, especialmente los pnicos, que, segn sus costumbres, se asentaban en lugares aislados de defensa ms fcil en caso de necesidad. A Roma le era imprescindible no slo el tener dicha isla, sino tambin el pasar por ella al otro lado, por el que, en definitiva, se extendi el pomerium.

    El punto cuarto dice as:

    En aquel momento, la neta separacin entre patricios y plebeyos --el plebiscito Canuleyo, del 445, quiz fue poste- rior al paso del Tber- determin que la nueva concepcin personalista tuviera un carcter netamente aristocrtico. As, cuando las leyes 1,icinias Sextias del 367 a. J. C. vinieron a formar la verdadera unidad constitucional del populus Romanus, el arraigo de aquel personalismo asentado desde haca casi un siglo impidi una posible estructura de tipo territorial. La nueva res publica qued definitivamente mar- cada por su concepcin personal y aristocrtica. Este ltimo

  • rasgo iba a impedir que Roma llegase nunca a formar una verdadera monarqua o una verdadera democracia.

    La unin de patricios y plebeyos, lograda en el siglo rv a. J. C., produce el populus Romanus. Encontramos en este trmino la misma contraposicin observada anteriormente entre n h ~ q y ciuitas, y es que el concepto de ciuitas surge en el mismo momento que el de res publica. Si comparamos el griego Gijpoq con populus, observamos que 6ijpoq es la divisin territorial y slo derivativamente significa los po- bladores de aquel territorio, en tanto que populus, sea cual fuere su etimologa, indica nicamente el grupo personal, como aparece en la forma no reduplicada de esa palabra que se conserva en mani-pulus. Es interesante, a este res- pecto, la aproximacin que se ha establecido entre populus y pubes como los dos elementos que han confluido para formar cl adjetivo publicus. orque, en efecto, el pueblo a que se refiere la res publica es el conjunto de los ciudadanos pberes, es decir, las personas con nomen Romanum y ca- pacidad viril para la vida privada, comicial y castrense.

    Este apartado ofrece dos cuestiones claramente distintas. En primer lugar, la del aristocratismo romano. Roma, aun superada relativamente la distincin entre patricio:, y plebeyos, sigui te- niendo siempre un rgimen aristocrtico sin llegar nunca a la democracia ni a la monarqua. ste es problema relacionado con mi interpretacin de las tres formas de gobierno en conexin con el sentimiento de la estructura familiar, segn la expongo en mi trabajo Forma de gobierno y legitimidad familiar (Madrid, 1960). En l digo, en sntesis, que la diferencia entre las tres for- mas de gobierno tradicionales no se basa en otra cosa sino en un sentimiento de la estructura social, de modo que un pueblo natu- ralmente democrtico es aquel que se considera constituido por individuos ; el naturalmente monrquico es el gobernado por una familia, porque l tambin atribuye trascendencia poltica a las familias de que se considera compuesto ; y cuando un pueblo est constituido por dos clases, una con familias y otra sin ellas, en-

  • tonces ese pueblo es aristocrtico y en l gobierna una casta sobre otra.

    Este ltimo es el caso de Roma. La plebe romana es esencial- mente urbana, no hay en ella familias con trascendencia poltica. Los organismos en que consiste la ciudad no son familias plebe- yas, sino individuos plebeyos; y el tribunus plebis, a diferencia de lo que veremos luego en relacin con los magistrados del populus romano, tiene una jurisdiccin limitada al pomerium, esto es, territorial.

    En cuanto a GFjpoq, los lingistas tienen la palabra: yo qui- siera nicamene recordar la conjetura ya~Gapoq que formul Oliver para el pasaje de la "'gran retra" (Plut. Lic. 6). Si esto es acertado, aqu el primer trmino del compuesto ya1&6apoq sig- nificara "territorio".

    Respecto a pubes, sera menester ahondar en el problema de si esta palabra y populus han dado origen a publicus. Benveniste ("'Pubes" et "publicus", en Rev. Philol. XXIX 1955, 7-10; cf. Co- laclides, A propos de '6publicus9', en Rev. t. Lat. XXXVII 1959, 114-114) propone esta explicacin: en efecto, los imp- beres y las mujeres no pertenecen al populus, no forman parte de los comicios ni del ejrcito, porque unos y otras carecen de pubertad viril. Aqu hay una diferencia con respecto a Grecia, donde, al menos en algunas regiones, vemos que las mujeres dis- ponan sin intervencin de tutor, y esto es muy distinto de 10 que sucede en Roma, donde hay un rgimen de tutela comn para el impber y la mujer. Esta incapacidad del sexo femenino es tpica de Roma, y no es extrao que, puesto que el pueblo romano se compone slo de pberes, las mujeres sean las nicas que no tienen praenomen ni personalidad ciudadana.

    La expresin mxima del populus Romanus es el comitium centuriatum o maximum, cuya constitucin fue, con la reforma de las asambleas, una gran victoria en el camino de fusin de los elementos del pueblo romano. El comitium centuriatum se rene fuera de la ciudad, en el campo de Marte, lo cual es tambin un dato interesante. Aqu vemos aristocratismo : una organizacin poltica basada en la maiestas del populus, la potestas del impe-

  • rium y de los magistrados y la uuctoritas del Senado, es decir, una constitucin mixta, como la que Platn admiraba en Esparta.

    El ponente parece prejuzgar al indicar que populus es forma reduplicada con respecto al segundo trmino de muni-pulus, lo cual llevara implcito el hecho de que tambin populus estuviera relacionado con el verbo pleo, a cuya raz pertenece el compuesto mencionado. En cuanto a publicus, recuerdo haber ledo el citado artculo de Benveniste y no estaba clara la relacin con pubes: me parece inaceptable el suponer que publicus haya nacido del adverbio publice, que sera una traduccin literal de otro adverbio griego, fip~-,Gv, conexo con ijpq "pubertad" como edad de inter- vencin en las instituciones polticas. En las griegas, qpq es algo muy importante, pero los testimonios latinos que Benveniste apor- ta no se imponen; y yo veo ms clara la equivalencia semntica de publicus no con populus, sino con ciuitas.

    En el aspecto lingstico no me atrevo a hacer afirmaciones rotundas, pero lo que s est claro es que los elementos constitu- tivos del pueblo romano son los hombres que pueden casarse for- mando una familia, votar en los comicios y hacer la guerra, esto es, tres cosas que presuponen la pubertad como hecho fisiolgico.

    Como todos sabemos, la forma arcaica de publicus es poplicus, adjetivo que corresponde a populus y sobre el que se habra for- mado publicus por entrecruzamiento procedente de pubes. Ahora bien, yo entiendo que publicus y las palabras relacionadas con ella tienen un sentido ms general que populus, un sentido no mera- mente jurdico. Por otra parte, en los textos jurdicos arcaicos latinos, que no conozco suficientemente, no hallo ninguna signifi-

  • 134 COLOQUIOS SOBRE TEORA POLTXCA

    cacin especial poltica de pubes a diferencia de lo que ocurre en griego con f@q, lo cual hace que me parezca muy dudoso que puhlicus proceda de publice y ste de un adverbio griego f-$3766v.

    El hecho de que el adverbio haya precedido al adjetivo no me parece inverosmil, pues la nocin '6pblicamente", aplicada a verbos como "reunirse", "acordar algo", etc., es muy primaria.

    ero es que el correspondiente griego para esa nocin no sera nada relacionado con q[3q, sino algo as como G ~ p o o l q o xav- 6 r l p ~ I .

    uedo apuntar que en los textos micnicos, coincidentemente con Hornero, da-mo, esto es, Gijpoq, se utiliza territorialmente, con alusin a un territorio comunal. Dc aqu, en una bifurcacin semntica, pueden haber nacido dos sentidos distintos que aparc- cen junto al territorial (t. 6 j ~ o q "aldea"): ccconjunto de los ciu- dadanos", que no ofrece dificultad ninguna, y "sector plebeyo de la poblacin", al que se habra llegado, en un regimen de orga- nizacin clasista, siendo Gjpoq el conjunto de ciudadanos no pro- pietarios (6r lp~o~pyo) que viven de oficios modestos con derecho a participacin en el territorio comunal.

    A m me parece que primitivamente pubes no se aplicara a los miembros de una determinada edad por oposicin con los im-

  • DE LA ANTIGUEDAD CL~SICA l 35

    pberes y las mujeres. Es mucho ms probable que esta palabra designara a los miembros de la poblacin que no han llegado a la vejez y se conservan, por tanto, en edad militar. As tendramos una contraposicin entre pubes y senatus: una designacin de los miembros de los comitia centuriata con el colectivo pubes. Esto facilitara la transformacin de pubes en un equivalente de popu- lus como referido al total de los ciudadanos, de los hombres que forman los comicios.

    Efectivamente, populus con frecuencia tiene carcter militar: recordemos expresiones como populus Romanus Quiritium, que probablemente significa "grupo de ciudadanos armados".

    No me parece que pubes pueda estar en contraposicn con senex y similares. A pubes o puber se opone irnpubes, el menor de catorce aos segn la opinin que prevaleci; y precisamente todo 1s que sabemos de esta categora jurdica de la pubertad lo conocemos desde el punto de vista negativo de las limitaciones del que no ha llegado a ella.

    Yo soy bastante escptico sobre la utilidad de las etimologas en estas cuestiones. Vengan de donde vinieren populus y 6qpsq, el hecho es que son prcticamente lo mismo, as como tambin resulta imposible separar los conceptos de "pueblo9' y "ejrcito9', pues la tropa es un conjunto de ciudadanos: igualmente en griego encontramos OTPC(TS y haq, que se emplean indistintamente para uno y otro concepto. Lo fundamental de este punto est en el aristocratisrno romano como base de la superacin del con-

  • cepto de la ciudad, lo cual es muy interesante, porque vemos que algo que era como una especie de regresin dentro de un movi- miento ascendente paralelo al de los griegos se convierte de pronto en un movimiento que mira al futuro y que supera desde otro punto de vista antiguas estructuras. A mi parecer, lo que hay de nuevo en el hecho romano con respecto al griego es fun- damentalmente la conquista y la colonizacin, que son los fen- menos a que se debe ese nuevo resurgir del principio personalista y familiar representado por la aristocracia, lo cual es natural, pues una conquista y colonizacin llevada a cabo en una escala mucho mayor que la de los griegos trae consigo ese distinguirse de ciertas familias, el refuerzo de una estructura basada en la soli- daridad de clase, etc. : una organizacin mucho ms igualitaria, como la griega, no estara tan capacitada para realizar con xito

    ero la discrepancia es puramente cuantitativa, sin diferencias esenciales: en la Grecia helenstica viene a suceder lo mismo cuando naufraga la democracia y aparecen principios per- sonales ms o menos comparables a los del Imperio romano.

    Yo no relacionara la contraposicin de ofipoq y populus con el hecho militar: para m -y celebro la aclaracin tan interesan- te del Sr. Ruiprez- en el primero de estos tErminos aparece pri- mariamente el concepto de divisin territorial y slo de modo derivado el de pobladores de un territorio, mientras que populus no cncierra idea territorial, sino ms bien personal. En cuanto a que el aristocratismo sea consecuencia de la colonizacin, hist- ricamente no puede ser, porque la expansin colonizadora de Roma se produce cuando est en su apogeo esto a lo que yo llamo el personalismo o la eminencia del nomen Romanum.

    ero la dificultad desaparece si se llama colonizacin, aunque sea de modo un tanto impropio, a la expansin, al paso del Tber.

  • Entonces s: la superacin del pomerium es el franquear la muralla y el liberarse del concepto territorial.

    Ahora entramos en el segundo captulo, titulado Buoth~icc y principado, en que se compara ya el mundo helenstico con el principado romano contemporneo, y, dentro de l, en el punto quinto.

    Esta concepcin personalista fue precisamente la que hizo posible el Imperium Romanurn, forma poltica propia y exclusiva de Roma, netamente diferenciada, no slo de la ~ c h ~ q griega, sino tambin de la contempornea puothslcc helenstica. Ea hazaa de Alejandro sirvi, en la experiencia poltica de los griegos, para superar los lmites de la ~ ~ h ~ q como nica forma poltica, y dio lugar a la creacin de un sistema de equilibrio estratgico entre varias monarquas militares asentadas sobre territorios grandes. En realidad, la estructura ciudadana no qued eliminada, y las antiguas n h ~ ~ q no fueron totalmente integradas en los nuevos terri- torios polticos, sino que permanecieron dentro de ellos como cuerpos extraos, con una celosa autonoma respetada por los mismos reyes, que proclamaban, en cambio, un do- minio patrimonial sobre el resto, sobre la xbpa . De todos modos, la fase histrica de la 7ch~q como nica forma po- ltica queda definitivamente superada, y la nueva forma ha de tener una decisiva influencia para la tcnica poltica del futuro; as como la teora del buen [3ao~hsbq habr de tenerla en la tica poltica.

    La nueva estructura, aun superando la de la antigua ~ h ~ c , segua anclada en la misma idea territorialista. El territorio de las nuevas monarquas era ms extenso, pero la vinculacin territorial de la existencia social continuaba siendo esencialmente la misma. Estos nuevos territorios po- lticos de la poca helenstica constituyen la realidad hist- rica ms prxima al moderno Estado, es decir, la forma poltica territorial que aparece en el siglo xvr como supe-

  • 138 COLOQUIOS SOBRE TEORA POLTICA

    racin de las guerras de religin. Un trmino ste, el de "Estado", que no debe extenderse a formas polticas de otros momentos histricos, por lo que resulta inadmisible hablar, por ejemplo, de "Estado faranico", "Estado visi- gtico", "Estado veneciano", etc. Con todo, una tal exten- sin resulta menos infundada cuando se habla del "Estado- ciudad" de los griegos o de los

  • mente el antecedente del Estado moderno y de las nacionalidades, sino tambin el de algo mucho ms moderno y quiz mucho ms importante ahora para nosotros, que es el intemacionalismo.

    La hazaa de Alejandro tuvo repercusiones culturales inmen- sas y sirvi de paradigma terico, sobre todo para la imitacin de los emperadores romanos, pero como realidad poltica no lleg a cuajar, y adems, a m me gustara ms llamar a su construc- cin monocracia universal que stado universal. Alejandro pro- ceda de un pueblo y una estirpe ecuestre, y por eso era rnonr- quico, porque los pueblos que tienen caballera lo son, mientras que los que utilizan la infantera suelen ser demcratas. Esto tiene su explicacin en el hecho de que el jefe de la caballera es tcticamente necesario que vaya delante, para arrastrar o guiar a los dems, mientras que el general de infantera, si es compe- tente, prefiere, salvo en casos excepcionales de tipo napolenico, dirigir el combate rodeado de la masa del ejrcito. La monarqua lleva consigo evocaciones como el monocratismo, el caudillaje, la preeminencia entre los caballeros.

    En cuanto al internacionalismo de Alejandro, la cosa merece un examen ms minucioso: los sucesores de Alejandro no logra- ron tampoco el ideal de la monarqua universal y con ello se convirtieron nicamente en Alejandros mas pequeos, pero el in- ternacionalismo no naci intencionadamente por parte de ellos, sino como un equilibrio estatal con todas sus secuelas de guerra de doble frente, de ataques del aliado por la retaguardia del vecino, de alianzas o "ententes", es decir, d juego poltico de nuestro mundo moderno.

    Lo que ms llama la atencin en Alejandro no es su idea del principio de las nacionalidades, sino su tendencia a una fusiBn o sincretismo tnico. Esto se repite siglos despus en Caracala, que no se contenta con respetar a cada pueblo en su lugar geogrfico e histcirico, sino que suea con una fusicin en masa de barbaros y romanos, con un completo sincretismo tamb6n religioso y ciiltural,

  • 140 COLOQUIOS SOBRE? TEOR~A POLTICA

    De todos modos no se puede olvidar la repercusin terica que la empresa alejandrina ejerci, por ejemplo, en la filosofa estoica y, desde luego, en la superacin de las distinciones entre griegos y barbaros: desde entonccs un griego es, sencillamente, un hoxn- bre educado en la TEL&E~O( helnica. Esto, repito, es trascendental incluso hoy para nosotros.

    ero este germen de universalismo alejandrino est tan tami- zado a travs de la experiencia romana, que es difcil concebirlo ya como una transmisin directa. Cuando pensamos hoy en la gran empresa de coordinacin de pueblos nos referimos ms bien al Imperio -que, como diremos despus, sobrevive incluso ideal- mente en la Edad Media- que a la proeza, brillante pero efmera, de Alcjandro. No niego, claro est, esa influencia sobre la Filo- sofa a que se refiere nii interlocutor.

    Desde el punto de vista prctico, desde luego, recibimos esta idea ms directamente a travs del Imperio romano, pero los pro- pios romanos ilustrados, un Cicern por ejemplo, no hacen otra cosa que traducir fundamentalmente la impresin que la empresa de Alejandro ha causado en los estoicos.

    odemos pasar al punto sexto.

    ropia de Roma resulta, en cambio, la idea de imperium como forma soberana de poder personal. El imperium no es un poder territorial circunscrito a una ciudad; por el

  • contrario, es un poder que queda inhibido dentro de la ciudad -el imperium domi- por una serie de interferencias constitucionales y miramientos de todo orden, en tanto que se manifiesta en toda su plenitud fuera de la ciudad, donde aparece como verdadero poder militar que es: el imperium militiae. El recinto mural de la ciudad, el ponzeriunz, cons- tituye, s, una regin auspicial, como un templum ampliado, pero no es el recinto del imperium. Como la misma ciuitas, el imperium desborda los lmites del territorio urbano. Esta expansividad de la ciudadana personal y del imperio per- sonal hizo posible que la estructura poltica se proyectara en proporciones muy superiores a las de los reinos helensticos, hasta el punto de que tales reinos quedasen incorporados como provincias del Imperio romano. Prouincia, otra idea que refleja tambin la concepcin personalista romana, pues significa propiamente una atribucin de competencia perso- nal, y slo secundariarnentc la delimitacin territorial de la competencia de los magistrados prorrogados para el gobier- no fuera de Italia. U as con todas las estructuras menores que comprende la provincia: municipiurn en sentido terri- torial es secundario respecto al sentido personal de conjunto de personas que participan en las cargas comunes, los mu- nicipes; colonia como ciudad, secundario respecto a los co- loni; conuentus como divisin judicial, secundario respecto al sentido personal e reunin con ocasin de la visita del gobernador ; etc.

    A este punto habra que aadir la consideracin de otro voca- blo interesante: limes, que propiamente no es frontera, lmite del Imperio romano, sino trinchera, lugar en que los soldados se co- locan, lnea funcional y no territorial. El limes es un frente osci- lante, que retrocede o avanza, pero que no supone una barrera para la expansin ilimitada del Imperio.

  • En cuanto a la razn de que el imperium goce de vigencia fuera de la ciudad y, en cambio, la tenga limitada dentro de ella, yo entiendo que los reyes antiguos, los reges Latini, reciban el imperium conferido directamente por el ejrcito, para casos de guerra, y ello en virtud de la lex curiata de imperio: era, pues lgico que este imperio se ejerciera en el exterior, no domi, como un verdadero imperium rnilitiae. Tambin entre los antiguos pue- blos germanos vemos que el imperium es conferido al rey ni- camente en caso de guerra, lo cual parece que habra que pensar tambin de los primitivos reyes romanos. Es ms, una de las razones de la expulsin de los reyes pudo consistir precisamente en que abusaron de esta potestad y pretendieron ejercerla indebi- damente en la ciudad.

    Esto de la lex curiata de imperio constituye otro problema di- fcil y oscuro; sin embargo, me parece que esta ley confera un poder no extraordinario ni excepcional en virtud de un estado de guerra, sino ordinario. Ms an, yo dira que, por el contrario, lo que s es extraordinario es la forma cn que se ejerce en la ciudad e3 poder militar, con inhibiciones, cuando surge, en mo- mentos de emergencia, el senatus consultum ultimwm o la nece- sidad de un dictador, ocasin en que la tradicin ms democr- tica exige que el Senado autorice a los magistrados a salirse de ciertos lmites morales. El Senado no tiene imperium, sino nica- mente auctoritas, y lo anico que hace en el senatus consultum ultimum es autorizar al magistrado, en los momentos de peligro, a comportarse dentro de la ciudad como si estuviera en el campo de batalla, matando o confiscando si es preciso, etc. Esto s que es extraordinario, el dar plenitud a este poder dentro de la ciudad.

  • Recuerdo, en torno a este tema, un artculo de Entwicklung des Imperiums des riimischen Oberbeamten, en Zeitschr. Suv.-Stift. Rechtsg. Romanist. Abteil. LXIV 1944, 57 ss.) cuyo autor, como resultado de una serie de observaciones sobre el poder de los magistrados, sostiene que el imperium es un poder militar que viene desde fuera de la ciudad y que sorprendente- mente va introducindose poco a poco en ella. En un principio el general victorioso tena que detenerse a las puertas de Roma, pues el imperium terminaba all, y para entrar en la ciudad era precisa una autorizacin senatorial. Parece que la distincin entre el imperium rnilitiae y el imperium domi es un concepto tardo: al ir teniendo cada vez ms atribuciones y ms entrada en la ciu- dad el poder militar, que con ello iba tambin sofocando cada vez ms la vida poltica libre, lleg un momento en que no hubo ms remedio que distinguir entre el tradicional poder mililr y el nuevo imperium domi.

    sta distincin pudo surgir en par como una garanta, como una defensa de la ciudad contra el p er de los magistri militum que haban sucedido a los reyes. Las inhibiciones de la potestad militar dentro de la ciudad son como conquistas del pueblo que impide as que el general se comporte con sus conciudadanos como con sus compaeros de armas y con el enemigo. Pero esto no altera mucho lo dicho sobre la unidad del imperium. Ms impor- tante es que, a mi modo de ver, no es cierto que los praetores, los antiguos magistrados, carecieran de imperium en un principio y hubieran ido poco a poco usurpando este poder dentro de la ciudad. Yo creo que la realidad histrica es la contraria, y que no hay que partir de unos praetores con potestad militar y sin poder dentro de la ciudad, sino al revs, de unos jefes militares cuyo poder est indiferenciado en un principio, pero que van

  • viendo este poder progresivamente diferenciado e inhibido dentro de la ciudad en virtud de conquistas democrticas.

    Sin embargo, yo insisto en lo que antes se ha dicho sobre la lex curiata de imperio.

    Yo tambin he apuntado que me parece un problema difcil, pues esa ley, que se dice dictada por el pueblo, es situada por la tradicin en una poca en que entiendo yo que el pueblo no tena todava funciones legislativas: recordemos que para redac- tar las leyes de las XII Tablas hubo que recurrir a un decern- virato dictatorial. Tal vez esta tradicin sea anacrnica, con ex- trapolacin natural de realidades histricas posteriores, como cuando Din Casio, en el discurso de ecenas del libro LII, opera sobre hechos que estn sucediendo en su propia poca.

    Yo sugerira aqu el paralelo de Esparta, donde ocurre algo por el estilo: el rey, dentro de la ciudad, est muy cohibido por una reglamentacin estricta frente a los magistrados a los que en sentido muy amplio podramos llamar republicanos, mientras que fuera de los lmites de Esparta obra sin ser responsable ante nadie, con plena libertad e independencia. La constitucin espar- tana es muy antigua y refleja muchos rasgos indoeuropeos y tri- bales; y sacando a colacin otros hechos germnicos, etc., llega- ramos a la conclusin de que, en estas estructuras gentilicias bas- tante consolidadas, los poderes del rey estn muy limitados dentro de la ciudad. Si ello es tambin cierto con relacin a Roma, esto nos llevara a lo que apunta el Sr. Fuenteseca: el irnperium den-

  • m LA ANTIGUEDAD CLSICA

    tro de la ciudad sera una reversin desde el exterior, un reg a estructuras ms antiguas por la fuerza de las circunstancias porque el prestigio logrado con la conquista y los xitos exteriores repercute en la poltica interior, de lo cual hay muchos paralelos en todas las pocas.

    IHay una diferencia, sin embargo, respecto a Esparta, y es que en esta ciudad se trata ms bien de la evacuacin del poder de un rey, como cuando en Roma la antigua potestad monrquica queda reducida a una funcin religiosa en el rex sacrificulus. Pero aqu no se trata de esto, sino que la novedad est en la creacin de una magistratura nueva, los praetores con imperium, que toman el lugar del rey. Este poder de los praetores no es conferido ex- clusivamente para la guerra, sino para todo fin, pues estos fun- cionarios terminan convirtindose en la mxima magistratura de la ciudad. No dudo de que los pretores tengan funcin militar ni de que sta sea importante, pero lo que me parece difcil his- tricamente es que el imperium domi sea simplemente una intro- misin del imperium militiae dentro de la ciudad y no una limi- tacin o progreso democrtico de un poder que en un principio era homogneo dentro y fuera de la ciudad.

    El punto sptimo, que viene ahora, es importante, porque se opone a la idea vulgar que no ve ms que perfecciones en lo romano.

    Frecuentemente se alaba a los romanos como grandes "administradores". Pero el mismo concepto de "administra- cin" es estatal, y as el elogio puede resultar equvoco. En efecto, la administracin perfecta parece postular una con- centracin racional y compacta de todas las funciones p- blicas en territorio determinado. Para ello se pueden encon- trar tiles modelos en el sistema helenstico; el genio ro- mano, en cambio, tiende a la idea de un gran espacio, te- ricamente ilimitado, en el que se distribuyen ncleos de

  • orden discontinuo y aun deliberadamente heterogneos, es decir, a una estructura vertebrada, pero abierta. El genio genuinamente romano se manifiesta en el arte de distribuir los intervalos ms que en el de concentrar masas compactas: en definitiva, el arte de ordenar la libertad. Esto aparece claramente en el mismo orden militar: frente a la compacta falange de los griegos, los romanos, tcticos menos geniales, presentan, sin embargo, la estructura ms suelta de los ma- npulo~ legionarios.

    Afiadir, como pormenores curiosos, por ejemplo, que los ro- manos supieron llevar un registro de la propiedad donde haba tradicin histrica en tal sentido, como en Egipto, pcro carecan de tan importante instrumento en Italia, lo cual haca muy im- perfecto el sistema fiscal y tributario ; que la organizacin de las provincias era muy defectuosa; que la de los municipios era desastrosa, por lo que la vida municipal funcion solamente mientras las cosas marchaban bien, pero se hundi al sobrevenir pocas de miseria, etc. Los romanos no tenan vocacin de orga- nizadores.

    Y paso, sin ms, al punto octavo.

    ese a estas divergencias entre el imperium romano y los reinos helensticos, la teora de la f3aathda tuvo un notable influjo en la confeccin del priiicipado, del que pue- de considerarse como precursor doctrinal al mismo Cicern, en quien pesaba, sin embargo, la tradicin romana que abo- minaba del rex y del regnum. Porque la libertas era con- cebida por la tradicin tico-poltica de los romanos como una nota esencial de la res publica o ciuitas, a la vez que

    mana no era concebible sin ciudadana y sin o esa libertas no consista en las facultades

    positivas que el ciuis poda tener dentro de la ciudad, sino simplemente en el hecho de ser persona no sometida a un dueo, siendo 'as que el rex, en la tradicin republicana, se haba hecho sinnimo del dominus. Tambin en el orden internacional se extenda el concepto de libertad a los pue-

  • blos que no tenan reyes, ciuitates liberae, en tanto que, all donde los haba, el pueblo romano se deba entender personalmente con ellos y prescindir de la comunidad do- minada.

    Este sentido negativo de la libertas romana permiti que, pese a la nueva realidad del poder del princeps, se pu- diera considerar subsistente la antigua libertas: precisamente porque el princeps no pretenda ser un dominus, sino como el pater patriae restaurador de la prisca forma rei publicae.

    Aqu tenemos el meollo mismo del principado. Lo que puede suscitar ms objeciones es el concepto negativo de libertas, pues nadie discutir que en Roma se odiaba al regnum y que esta idea y la de libertas eran incompatibles. Tambin parecer6 discu- tible esa ficcin de que la libertas siga bajo el principado por ser el princeps un pater y no un dominus: mientras Csar, muy ins- pirado en la paoth~cc griega, querra haber sido un buen paoi- A d q , Octavio, ms enraizado en la tradicin romana, se pre- senta como un pater patriae del que los ciudadanos son los hijos o como un tutor de quienes, como hijos sin pater propio, son libres, no esclavos.

    Acerca de esta ficcin, inaugurada con Augusto, en que los emperadores sostienen no ser reyes, quiero llamar la atencin sobre ese texto de an Agustn (pg. 162) en que dice que con Octavio cesa la libertas y comienza un regale arbitrium. Claro que sta era tambin la opinin del mundo no oficial, de la oposicin republicana como la vemos en Tcito, e igualmente, de modo especial, de los griegos, que con frecuencia emplean el trmino ~ u o t h ~ b q aplicado al emperador, dejando ver as su opinin (categricamente expresada en Din Casio LIII 17, 1-2 y LIII 18, 2) de que no existe ya la libertad, sino una verdadera monarqua.

  • Quisiera hacer una pregunta situada tal vez en el plano no- minalista a que el ponente se refiri antes: Qu palabra em- pleaban los ciudadanos para referirse a esa privacin de libertad que indudablemente saban que exista?

    Lo que ocurre es que los testimonios conservados aparecen en boca de senadores, que no especulan sobre la libertad del pueblo, sino sobre la del Senado. Cuando Plinio, en su Panegrico de Trajano, habla constantemente de libertas, habla en serio, por- que a l no le interesan la forma polltica misma ni la situacin poltica de los ciudadanos, que ms o menos estn como siempre, es decir, no influyendo casi nada en un gobierno republicano que en Roma no fue nunca democrtico, sino plutocrtico o, ms exactamente, timocrtico. Pero a Plinio lo que le importa y lo que considera como libertas es la dignitas del Senado, el hecho de que el emperador cubra las apariencias y se dirija al Senado y parezca que consulta y respeta sus opiniones.

    Eso equivale a negar la existencia de ese sentimiento de ca- rencia a que antes me refera.

    Lo que hay es que Tcito, en su caracterstica irona, est jugando siempre con dos conceptos contrapuestos, con una ver- dadera apora: el sentimiento de que la repblica es irrecupera- ble y, al mismo tiempo, la nostalgia de la libertad republicana.

  • Tcito tambin es un senatorial, es decir, tampoco, creo yo, se refiere a la libertad democrtica, sino a la dignitas del Senado nada ms.

    Yo quisiera advertir al Sr. Ruiz de Elvira que, cuando en griego se quiere buscar la exacta traduccin de la palabra "em- perador", en las inscripciones oficiales se usa ( X ~ ~ T O K P & T O P , no pc to~h~c; esto sin perjuicio de que historiadores como los que l cita empleen el otro trmino.

    Pero ellos, como se ve, consideraban el rgimen como mo- nrquico, e historiadores del tipo de Drumann (Geschichte Roms in seinem Ubergung von der republikanischen zur monarchischen Verfussung, Konigsberg, 1834-1844) hablan siempre de transicin del rgimen republicano a la monarqua.

    Yo no soy partidario de la palabra "monarqua", sino de "principado" y, a partir de Diocleciano, de dominad^^^.

    Efectivamente, en las inscripciones de entonces se lee abierta- mente dorninus.

    Es que hay que distinguir entre esa doble ficcin, la idea de la libertas y del pater patriae para los partidarios del Imperio frente

  • a la equivalencia de la libertas con la dignitas para la oposicin senatorial, y la realidad, que entiendo que es, como la vean los griegos, la de una verdadera monarqua.

    Esta visin griega responde al hecho bien comprobado de que desde fuera todo aparece como ms simple, y hoy vemos calificar de dictaduras o de democracias, por falta de datos di- rectos, a regmenes que nada tienen de lo uno o de lo otro. A los propios romanos las costumbres de pueblos remotos, como los germnicos, les parecan todas iguales. Adems, nosotros estamos pensando siempre con base en las estructuras sociales modernas, pero, desde el punto de vista de la evolucin poltica romana, el ciudadano no notara nunca grandes novedades, pues l no poda apreciar ms que la presin del gobierno, los abusos de los go- bernadores, etc. or ejemplo, estos abusos eran tal vez mayores en la poca del principado, de la Pax Augusta, que en la republi- cana, si se tienen en cuenta las estadsticas sobre las acusaciones de pecuniis repetundis, cuyo nmero parece que aumenta enton- ces. Claro est que tambin cabe otra interpretacin: que el que haya ms procesos es seal de que se haca ms justicia. Pero, en fin, el caso es que el ciudadano estara poco ms o menos igual, sin otros altibajos que los derivados de la mayor o menor presin fiscal. Recuerdo -y perdonen esta alusin familiar- que mi padre, en el ltimo acto del Guillermo T d l y con gran acierto a mi entender, introduce al recaudador de impuestos que, despus de la libertad recuperada, vuelve a su funcin como para indicar

    e las cosas, en el aspecto econmico, van a seguir como antes. es bien, eso era 10 que preocupaba al sufrido ciudadano ro-

    mano, y no la dignitas del

    or eso el pueblo romano, al que no le importaba gran cosa lo que haba ocurrido con el enado, sigui siendo entusiasta de

  • Nern incluso despus de su muerte. En la poca de los "con- torniati", en el siglo IV, se siguen acuando monedas de Nern.

    Volviendo a la teora, esta posibilidad de convivencia de la libertas y la auctoritas que preconizan los emperadores, desde Augusto en sus Res gestae, y de que incluso se hace eco Tcito en algn momento cuando dice que libertad y autoridad se han hecho compatibles bajo Trajano, es un reflejo, a mi ver, del criterio expuesto por Pericles en la oracin fnebre de Tucdides (11 37, l), donde habla de igualdad, libertad, etc., pero tambin de &$+KY, que es la palabra griega equivalente a la auctoritas latina y designa aquella cualidad excepcional que tienen ciertos ciudadanos en virtud de la que se les conceden ciertos poderes mediatizados por la comunidad mediante un sistema previamente establecido. Este concepto ha dado lugar, como es sabido, a dis- cusiones sobre si Pericles era un autntico demcrata o el repre- sentante de una monarqua encubierta, como dice el propio Tuc- dides (11 65, 9). No es ste el momento adecuado para reavivar tal discusin, pero lo que s est claro es que hay en la prctica una notabilsima diferencia entre el uso ateniense y el romano a este respecto, y es que a Pericles podan destituirle cada ao sus conciudadanos si se les antojaba, como hicieron una vez, aunque luego tuvieran que volverle a llamar, y multarle como en efecto hicieron, mientras que con ]los emperadores romanos esto era imposible. Por ello yo realmente no encuentro gran consis- tencia en esta doctrina aplicada al Imperio romano.

    Teora en realidad no haba: Cicern fue el nico que esboz algo en su ltima fase, despus de tanteos vacilantes en que habl sucesivamente del gobierno del pueblo, de la concordia de los ordines, del predominio de los boni o aristcratas, etc., pero de-

  • bemos reconocer que la teora del principado no existe. Por otra parte, yo entiendo que auctoritas no tiene traduccin griega, por- que es un concepto esencialmente romano: mientras Oti5,Lopx se refiere ms bien a la dignitas, a los merecimientos, a la calidad de la persona que recaba el poder, la auctoritas es todo lo contrario. No debe confundirse "potestad" con "autoridad". Es ya en m un tpico decir que la esencia de la aucoritas est en la renuncia de aquel que, pudiendo tener poder, no 10 quiere tener. El gran truco de Augusto, su doble juego, consisti en renunciar al Impe- rio, teniendo as la auctoritas, pero rellenndola de hecho con potestades que le proporcionaban un poder real.

    Luego es un truco, que es lo que yo vena a decir con palabras menos radicales.

    Un poder monrquico, pero con ficcin de libertas.

    Monrquico, no : monocrtico ; hay que distinguir semntica- mente los nombres en -arqua de los en -cracia.

    Monrquico no poda ser, porque ya el concepto de princi- pado indica una colaboracin.

    Todos estamos de acuerdo en que aquello era una ficcin; pero lo ms interesante es que los romanos toleraban esta ficcin

  • porque Augusto en ella no se proclamaba dominus, sino pater o princeps, palabra esta ltima de tradicin republicana que se re- montaba al princeps iuuentutis.

    Sin embargo, los griegos conocan la modalidad del princi- pado bastante mejor de lo que podra suponerse. Esto he podido estudiarlo en mi libro Censura en el mundo antiguo (Madrid, 1961) con referencia a dos momentos en que se permiti una libertad de palabra un poco mayor. Vespasiano tena inters, por contraste con Nern, en aparecer como relativamente liberal, y en su poca se hizo en Roma una propaganda antiimperial bas- tante intensa, no ya en las altas esferas senatoriales, influidas por el estoicismo, sino en la calle, hasta el punto de que hubo que reprimir tales tendencias con varias ejecuciones. Esta propaganda, en que se empleaban concretamente las palabras Z h ~ u O ~ p i a y .rrccpprpla, tpicas de la democracia ateniense, corra a cargo prin- cipalmente de los cnicos. Algo parecido vuelve a repetirse en los tiempos de Antonino Po con aquel filsofo o conferenciante c- nico, un tipo estrafalario, roteo, que iba invitando a los griegos a sublevarse contra Roma y a establecer, frente a aquella libertad sui generis, sistemas verdaderamente democrticos en que se practicaran la ~ ~ c c p p y ~ l c c y la t h ~ u e ~ p i a .

    or otra parte, el pueblo gozaba de cierta libertad en sus desahogos verbales de los circos y anfiteatros, donde ni la propia presencia del emperador les cohiba en ocasiones.

    S, stas son expansiones como las del arnaval, pero que no afectan al concepto de libertad en sentido moderno.

  • stoy de acuerdo con el Sr. d'Ors en que BF$i+a no corres- ponde realmente a auctoritas, sino ms bien a dignitas. Quiz ms que un error de los traductores griegos de Augusto ha con- tribuido a desorientar a algunos la trascendencia que a la pre- sunta equivalencia &Sopa-auctoritas atribuyc el artculo de I-Xein- ze, "Auctoritas", en Herrnes E X 1925, 343-366.

    Las traducciones del griego al latn hay que revisarlas todas, porque suelen estar influidas por circunstancias polticas determi- nadas. Recordemos el caso de Eex, que no traduce bien vpoq: la nica palabra que poda servir como equivalencia de vpoq era lex; pero la lex es siempre una declaracin positiva, y el vpoq no. Lex es 10 que pronuncia el magistrado en la asamblea y el populus aprueba, mientras que vpoq no reviste ese carcter. En mi edicin del De legibus (Madrid, 1957) he subrayado el hecho de que Cicern se vea obligado a aclarar su traduccin de vpoi por leges.

    Tambin el vpoq se aplica a lo que acuerda la asamblea.

    Pero vpoq puede significar "costumbre".

    Hay &ypciqo~ v p o ~ , pero tambin v p o ~ que aprueba la asamblea.

  • En la Roma del siglo xv d. J. C. aparece igualmente lex non scripta.

    De lo que no cabe duda es de que, como en el caso de ci.~,lopa y auctoritns, hay por lo menos una parcela de contenido semntico que coincide.

    Puede ser, pero el darles a ambas palabras una equivalencia total ha tenido consecuencias tan graves, incluso para el mundo moderno, como el hecho de que la teora de Santo Toms de que la ley no puede ser injusta provenga esencialmente de esa traduc- cin de vpoq por lex debida a Cicern.

    Yo quisiera hacer notar al ponente varias cosas. B1 nos dijo antes (pgs. 131-132) que, frente a los pueblos en que el papel central lo desempean los individuos o las familias, y que son respectivamente democrticos o monrquicos, los pueblos donde tiene una gran importancia la diferencia de clases, como el ro- mano, son aristocrticos. or otra parte, el r. d'0rs se esfuerza en hallar oposiciones entre el principado y la pctotAdcc. bien, yo le preguntara cmo se concilia con esta teora y con esta oposicin el ditarismo de la sangre o de la adopcin que ya aparece en las geslae 1 10-12, donde Augusto se presenta como un vengador o justiciero de los que haban asesinado a su pater, y que se manifiesta en la endogamia de los Julioclaudios tan paralela a la de los Diadocos.

  • Esta observacin es importante, porque me obliga a precisar ms mi pensamiento. Yo no veo tanto hereditarismo en e1 prin- cipado de Augusto. El hacerse ste hijo adoptivo de Csar es el clsico aprovechamiento o monopolio de un cadver para evitar que un rival se anticipe. Pero Augusto nunca dice ser prncipe por el hecho de ser hijo, porque esto, demasiado parecido a la pa
  • Ahora entremos ya en el tercer captulo, Imperio y "regnum", y, dentro de l, en el punto noveno.

    En este tercer apartado no hacemos ya un cotejo con el mundo greco-helenstico, sino que consideramos el pro- blema de la continuidad con los reinos germnicos asenla- dos en las provincias occidentales del Imperio romano. Ea necesidad de limitarnos a fenmenos histricos generales obliga a prescindir de diferencias entre los distintos reinos.

    El asentamiento de los pueblos germnicos en el Occi- dente romano presenta un fenmeno histrico en cierto mo- do simtrico, pero en sentido inverso, al de la absorcin de los reinos helensticos en las provincias orientales. As como all los reinos fueron convertidos en provincias, ahora las provincias occidentales sc van a convertir en reinos. Pero esta simetra de un proceso histrico inverso tiene como principal inters el de presentar una analoga real en la comparacin de una coexistencia de poderes dentro de un mismo territorio: el del rey y el del gobernador romano. Ea relacin, por ejemplo, de un Herodes con un Pilatos viene a repetirse en este nuevo momento, por ejemplo, en la que se da entre un Teodorico, el rey visigodo, y un Magno de Narbona, el prefecto del prelorio de las Galias; slo que Pilatos encarnaba un poder creciente, que, aparte de destruir el templo de Jerusaln, iba a acabar con la monarqua he- lenstica, en tanto que Magno representa un poder fene- ciente, que va a dejar el puesto a reyes independientes, como Eurico. Esta conexin explica lo que parece esencial en el tema de la continuidad: que los nuevos reyes no son los sucesores de los emperadores de Roma, sino de los gober- nadores provinciales. En las Galias, concretamente, movi- mientos secesionistas se venan observando desde el siglo 11 d. J. C., y puede hablarse de un como nacionalismo glico, que ve en el nuevo poder de los reyes germnicos el instru-

  • mento providencial para constituir la anhelada autonoma. Esta expectativa se hizo realidad. Los guerreros federados acabaron por conseguir aquello que sus mismos consortes romanos deseaban. La prefectura provincial se hizo reino, y el gobierno del prefecto fue sustituido por el reino del jefe militar.

    Este nexo es muy importante para lo que va a seguir despus. En la ltima fase del Imperio romano se da una coexistencia de poderes que siempre se haba producido y que parece oponerse al concepto estatal moderno, con su concentracin y homogenei- dad polticas. En el mismo territorio conviven dos poderes, y esto deja huella incluso en la poca posterior al 476; porque nosotros decimos que deja de existir el Imperio romano, pero ellos, los hombres de entonces, no tenan la suficiente perspectiva histrica para apreciar una circunstancia tan concreta. As los reyes ger- mnicos representan una continuidad al sentirse an como go- bernadores romanos. El llamado Cdigo de Eurico es, segn algunas fuentes coetneas, un edictum, esto es, una proclamacin de un gobernador romano ms. La eliminacin de algunas falsas lecturas despus de la revisin del palinsesto ha dado mucha luz a este respecto. Las leyes en aquel momento son romanas, no visigodas, y el sistema tributario, aunque el documento evite la palabra "fisco", romano tambin. Y nuestro amigo Mallon (Palographie romaine, adrid, 1952, 120) ha hecho una obser- vacin interesante, la de que la escritura de los reyes visigodos no era continuacin paleogrfica de la de la cancillera imperial, cuyos apices caelestes no pueden ni se atreven a imitar, sino que contina la tradicin de los gobernadores provinciales, de cuya funcin se sienten herederos los nuevos reyes.

    Dar lectura ahora al punto dcimo.

    La cafda del Imperio romano de Occidente haba hecho posible esta sucesin, pero los nuevos reyes no rompieron idealmente con la unidad ideal del Imperio, ya que su posicin era la de los antiguos gobiernos provinciales. Pudo subsistir as la imagen ideal de un emperador por encima

  • de los distintos reinos, que resisti latente, apoyada tam- bin en la existencia real de la continuidad imperial bizaai- tina, hasta producirse una efectiva renouatio irmperii de cuo abiertamente germnico.

    Esto dio al Occidente una estructura poltica particular : la de un poder mediatizado. La eminencia de un poder im- perial, aunque latente, a veces puramente simblico, man- tena el poder de los nuevos reyes en un plano de ideal subordinacin, es decir, de no soberana. Fue la revolucin renacentista la que, al romper con la estructura jerarqui- zada del Medioevo, sent las bases ticas para la instaura- cin de reinos propiamente soberanos, es decir, de "Esta- dos", y la unidad del Imperio fue entonces definitivamente apartada como un mito inservible. La tendencia de algunos reyes, ya antes de ese momento, a convertirse en empera- dores de sus propios territorios qued plenamente consuma- da. El nacimiento del Estado supuso as la defuncin del Imperio. Fue esto como un desquite histrico de Grecia: una restauracin de aquella poltica de equilibrio estratgico entre reinos independientes que caracteriz al mundo hele- nstico. Fue tambin una reconquista de la idea territoria- lista que haba mantenido la tradicin helnica, pues el nuevo Estado obedeca a la misma ley de concentracin te- rritorial compacta que haba producido en su da la nhlc griega.

    En este punto queda desbrozado el camino y se vuelve otra vez sobre la idea de la conexin del mundo griego helenstico y los Estados modernos; y hay tambin, en parte, una explica- cin o prolongacin de lo antes dicho sobre la continuidad de los reyes germnicos respecto al esquema de un Imperio romano idealmente subsistente.

    En San Isidoro, e incluso en textos anteriores a l como en San Leandro, se advierte una declarada hostilidad hacia e1 ro-

  • mano, que, viniendo de Oriente, ha devastado la patria (para Leandro, naturalmente, la ciudad) como enemigo. cin encuentra el Sr. d'Ors a este hecho?

    Viene determinado por una contingencia histrica, que es la presencia en la Espaa oriental del bizantino. En la poca de keovigildo surge un movimiento de independencia: hasta enton- ces, los visigodos todava ponan leyendas ilegibles, para no de- mostrar demasiada subordinacin, en monedas con las que se imitaba el tipo corriente imperial, pero keovigildo es el primero que acua moneda propia. Tenemos, pues, una especie de nacio- nalismo godo cuando esto todava es desconocido en el resto de Europa. Yo encajara este fenmeno entre aquellos que yo con- sidero como muestras de una especie de prematuracin de Es- paa: es curioso que, muchas veces, procesos que ms tarde han de consumarse en Europa y convertirse en situaciones generales, aparecen en Espaa demasiado pronto y se frustran por su misma precocidad. As esta especie de nacionalismo hostil al Imperio, como lo ser ms tarde la poltica imperial de Alfonso X ; como tambin ocurre con la Reconquista anterior a las Cruzadas; co- mo igualmente, en mi opinin, la era hispnica, surgida con carcter criptocristiano en los momentos de persecucin de Dio- cleciano, representa una prematuracin de la ordenacin de Dio- nisio el Exiguo en el siglo VI. En este ltimo ejemplo se ve claro que la tentativa fracas, por demasiado temprana, hasta el punto de que los propios espaoles se olvidaron de ella.

    Dice el ponente que en el IZenacimiento se arrumb como un mito inservible la idea y el concepto del Imperio. Para mi este maravilloso mito del imperator romano, que tantos entusiasmos suscit, llega hasta Napolen. An en el siglo XVIII hay inscrip-

  • ciones italianas donde, para conmemorar visitas de emperadores austracos, se habla en trminos solemnes del imperalor Roma- norum. Eilo acaba, como todos sabemos, cuando Napolen arre- bata al rey de Austria el ttulo de emperador.

    Efectivamente, los tratadistas de Derecho poltico de la poca austraca citan fuentes latinas y se consideran dentro de la tradi- cin romana. En cuanto al Imperio napolenico y a sus elemen- tos que pudiramos llamar pompeyanos, todo es pura decoracin. Aqu tenemos algo parecido a lo que antes (pg. 122) vimos en relacin con ideas de los sofistas, o como en otro lugar (pg. 139) con respecto al imperio de Alejandro. on algo as como co- rrientes ocultas, pero latentes, que fiuyen en forma residual y tardan mucho en extinguirse. Esta ilusin imperial pudo haberse mantenido incluso hasta hoy si no hubiera sido por la primera guerra europea.

    Realmente me parece muy acertada esta idea de que las insti- tuciones puedan continuar, en forma ms o menos latente, cuando una catstrofe material, como la cada del Imperio romano, no se ha producido acompaada de una correspondiente conmocin ideolgica.

    Leo ahora el punto undcimo, ltimo del tercer captulo.

    Regnum quiere decir el poder del rex, y tambin el territorio que el rex domina. La contraposicin de los regna germnicos con el imperium Romanum enlaza con la anti- gua identificacin de libertas y res publica Romana, que atribua la forma del regnum a los pueblos menos civiliza-

  • 162 COLOQUIOS SOBRE TEOR~A POLTICA

    dos. Sin embargo, la antigua repugnancia romana hacia el gobierno de reyes se halla ahora debilitada por un poderoso influjo que ha hecho posible el hablar del regnum Romanum como uno ms. El pensamiento cristiano haba sabido ver el carcter revolucionario del principado de Augusto ; como dice San Agustn, la libertas haba terminado entonces y ha- ba dado paso a un regale arbitrium. La poltica de Cons- tantino, obsesionada por el reconocimiento de la ueritas, parta ya de ese hecho irreversible y habia apartado decidi- damente toda apariencia de ficticia supervivencia de la anti- gua libertad republicana. ero, por otro lado, el Cristianis- mo impone una visin mas universal de la tud de Ia cual los trminos res publica, imperium, regnurn pueden emplearse indistintamente pa cualqeiier realidad poltica similar. D este modo, la sea ad concreta del Im- perio romano qu 6 relativizada cu o no converti