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t" t , ALCALDíA DE SAN JOSÉ DE CÚCUTA .? l' ~}~:J _.~~ se aueue progresar ·1····.··.·.··.···. TI ee <'1 ·V ~ ;'1\ 'Oi.. ! ... PROYECTO ACUERDO POR EL CUAL SE DECRETAN UNAS OBRAS POR EL SISTEMA DE CONTRIBUCION DE VALORIZACION POR BENEFICIO GENERAL EXPOSICION DE MOTIVOS Históricamente, los recursos para financiar la construcción o mejoramiento de vías han venido principalmente del esfuerzo fiscal tanto del estado como de los entes municipales, los pocos recaudos por impuestos, inclusive de las mismas regalías, hace que los municipios necesiten otras herramientas para poder dar solución, a obras que son prioridad, pero por la escases de recursos muchas veces no las pueden ejecutar. Es así que en el Municipio de San José de Cúcuta, después de diez (10) años de haber ejecutado unas obras viales que no se habían visto jamás en la ciudad, como lo fueron el puente del Canal Bogotá, el puente La Gazapa, el deprimido en la redoma Arnulfo Briceño y el puente de la redoma de San Mateo, se hace necesario por el mismo crecimiento vial de la ciudad de Cúcuta, la construcción de unas obras que mejoraran la fluidez vehicular de nuestra capital. De lo anterior se puede extractar que hay unos puntos neurálgicos sobre un eje muy importante de la ciudad como lo es la Diagonal Santander, es por esto que sobre esta vía se han articulado dos proyectos muy importantes como lo son la intercepción el Indio, ubicada sobre la redoma de la terminal de transportes y los cruces de esta vía con las avenidas Cero y Gran Colombia, se trata de dar una solución óptima y eficaz para dar fluidez al tráfico vehicular en estas intercepciones. Igualmente sobre la avenida Demetrio Mendoza o la avenida tercera del barrio San Luis, en el sitio denominado cuatro vientos, acceso a la ciudadela de la Libertad, también se plantea una solución vial, ya que este es otro punto de gran congestión sobre todo en horas pico, allí se debe dar una solución vial a este problema, es por esto que se están planteando las siguientes soluciones. 1. INTERSECCiÓN EL INDIO La intervención en este sitio se debe a que la redoma del Indio o terminal de transportes, sobre toda en horas pico, no es capaz de evacuar el transito que se dirige hacia el occidente de la ciudad, como lo es la ciudadela de Juan Atalaya y los pueblos de la parte occidental de Norte de Santander, igualmente la salida hacia la costa norte colombiana. de allí se deriva en que se debe dar una solución vial a este sector de la ciudad. Se presenta el desarrollo del Estudio de la Intersección del Indio en el Municipio de San José de Cúcuta. Específicamente los aspectos referentes a la definición de las actuales características operativas desde el punto de vista del tráfico vehicular, útiles para la evaluación considerando la construcción de la misma. 1.1. OBJETIVO y ALCANCES N (1) :::: '00 '(1) e, I I Proporcionar los parámetros de tránsito requeridos para la operación de la intersección, considerando su construcción. Evacuar con rapidez el flujo vehicular (cantidad y composición) de la vía objeto del presente estudio. Con los estimativos de tránsito y resultados de capacidad y niveles de servicio, diseñar un proyecto acorde a las necesidades. Identificar las condiciones operacionales del flujo vehicular. Al conocer el Tránsito Promedio Diario (TPD), establecer todos los diseños para poder tener una intersección acorde a las necesidades en este punto Dirección Palacio Municipal: Calle 11 N 5 - 49 PBX: 5784949 Cúcuta - Colombia www.cucuta-nortedesantander.gov.co

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PROYECTO ACUERDO POR EL CUAL SE DECRETAN UNAS OBRAS POR ELSISTEMA DE CONTRIBUCION DE VALORIZACION POR BENEFICIO GENERAL

EXPOSICION DE MOTIVOS

Históricamente, los recursos para financiar la construcción o mejoramiento de vías hanvenido principalmente del esfuerzo fiscal tanto del estado como de los entes municipales,los pocos recaudos por impuestos, inclusive de las mismas regalías, hace que losmunicipios necesiten otras herramientas para poder dar solución, a obras que sonprioridad, pero por la escases de recursos muchas veces no las pueden ejecutar.

Es así que en el Municipio de San José de Cúcuta, después de diez (10) años de haberejecutado unas obras viales que no se habían visto jamás en la ciudad, como lo fueron elpuente del Canal Bogotá, el puente La Gazapa, el deprimido en la redoma Arnulfo Briceñoy el puente de la redoma de San Mateo, se hace necesario por el mismo crecimiento vialde la ciudad de Cúcuta, la construcción de unas obras que mejoraran la fluidez vehicularde nuestra capital.

De lo anterior se puede extractar que hay unos puntos neurálgicos sobre un eje muyimportante de la ciudad como lo es la Diagonal Santander, es por esto que sobre esta víase han articulado dos proyectos muy importantes como lo son la intercepción el Indio,ubicada sobre la redoma de la terminal de transportes y los cruces de esta vía con lasavenidas Cero y Gran Colombia, se trata de dar una solución óptima y eficaz para darfluidez al tráfico vehicular en estas intercepciones.

Igualmente sobre la avenida Demetrio Mendoza o la avenida tercera del barrio San Luis,en el sitio denominado cuatro vientos, acceso a la ciudadela de la Libertad, también seplantea una solución vial, ya que este es otro punto de gran congestión sobre todo enhoras pico, allí se debe dar una solución vial a este problema, es por esto que se estánplanteando las siguientes soluciones.

1. INTERSECCiÓN EL INDIO

La intervención en este sitio se debe a que la redoma del Indio o terminal de transportes,sobre toda en horas pico, no es capaz de evacuar el transito que se dirige hacia eloccidente de la ciudad, como lo es la ciudadela de Juan Atalaya y los pueblos de la parteoccidental de Norte de Santander, igualmente la salida hacia la costa norte colombiana.de allí se deriva en que se debe dar una solución vial a este sector de la ciudad.

Se presenta el desarrollo del Estudio de la Intersección del Indio en el Municipio de SanJosé de Cúcuta. Específicamente los aspectos referentes a la definición de las actualescaracterísticas operativas desde el punto de vista del tráfico vehicular, útiles para laevaluación considerando la construcción de la misma.

1.1. OBJETIVO y ALCANCES

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II

Proporcionar los parámetros de tránsito requeridos para la operación de laintersección, considerando su construcción.Evacuar con rapidez el flujo vehicular (cantidad y composición) de la vía objeto delpresente estudio.Con los estimativos de tránsito y resultados de capacidad y niveles de servicio,diseñar un proyecto acorde a las necesidades.Identificar las condiciones operacionales del flujo vehicular.Al conocer el Tránsito Promedio Diario (TPD), establecer todos los diseños parapoder tener una intersección acorde a las necesidades en este punto

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PROYECCION DE INTERSECCION

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2. INTERSECCION DIAGONAL SANTANDER CON AVENIDAS CERO Y GRANCOLOMBIA.

Este punto presenta también una gran congestión vial, ya que es el paso de los vehículosque se dirigen de oriente a occidente por la Diagonal Santander, y de norte a sur por lasavenidas Cero y Gran Colombia, razón por la cual requiere de una pronta intervención.

El presente documento corresponde al estudio del objeto, con el fin de emitir undiagnóstico integral que permita la consecución de mejoras en la movilidad sobre lasintersecciones viales sobre la Diagonal Santander, entre la Avenida Cero y la AvenidaGran Colombia, ubicadas en el municipio de San José de Cúcuta, las cuales se planteancomo ejes viales estructuradores de la malla vial actual, y que soportarán en un futuro laimplementación del Sistema Integrado de Transporte.

Por ello, anexo a esta exposición de motivos se presenta un informe que recopila todo elproceso adelantado por el consultor para la recolección de información primaría ysecundaría, así como su análisis y posterior obtención de los parámetros operativos y elplanteamiento de alternativas para mejorar las condiciones de movilidad del sector y suárea de influencia directa.

2.1. ALCANCE

A partir de los objetivos planteados, el alcance se centra en identificar alternativas desolución en torno a la movilidad sobre el corredor de la Diagonal Santander entre AvenidaCero y Avenida Gran Colombia. Efectuado este análisis operacional de este corredor ysus intersecciones desde el punto de vista de movilidad y de seguridad vial, se describenen forma general los parámetros que se siguieron en las diferentes actividades delEstudio de Tránsito, en cuanto a la toma de información de campo, procesamiento dedatos, modelos de simulación y generación de resultados, considerando que para el iniciode tales trabajos se complementó con información existe de la ciudad, brindada por lasautoridades competentes.

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2.2. LOCALlZACIONDEL PROYECTO

El corredor objeto del presente estudio Diagonal Santan?~r.entre Avenida,Cero Y,AvenidaGran Colombia, se localiza en el sector centro del murucipro de Sa~ Jose d.eCu~uta, endonde se emplazan los principales sectores administrativos, comerciales, y flnancler.osdela ciudad, las principales intersecciones presentes sobre el tramo del corredor vial enestudio y que corresponden a la Avenida Cero, y la Avenida Gran Colombia.

3. INTERSECCIONCUATROVIENTOS

Cruce importante sobre la avenida Demetrio Mendoza o avenida tercera del barrio SanLuis, allí se encuentra el acceso a la ciudadela de la Libertad y además es paso obligadopara quien se dirige del centro de la ciudad hacia el barrio San Luis, allí se tuvieron encuenta cuatro opciones viales, para poder determinar la mejor viabilidad.

3.1. OBJETIVOGENERALY ESPECIFICO

Como producto final se obtuvieron cuatro alternativas descritas en el inicio de esteinforme, estas alternativas presentan importantes mejoras para la circulación de vehículosen esta intersección. Tomando como foco la alternativa número tres (Glorieta +Deprimido) después de su respectiva modelación, arrojó que la velocidad de operacióntiene un incremento entre 70% y 80% respecto a la velocidad actual, este aumento develocidad se debe a la existencia del deprimido que permite sustraer los conflictosgenerados entre los vehículos que tienen un desplazamiento sentido sur - norte y losvehículos que entran y salen del sector San Luis. Complementando lo anterior, la glorietaa nivel con tres carriles permitirá realizar un giro desde el oriente (sector San Luis) al sur,evitando el actual sobre recorrido que deben realizar los automotores por calles aledañaspara dirigirse al centro de la ciudad.

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3.2. LOCALlZACIONDEL PROYECTO

El proyecto está localizado en la intercepción de la avenida Demetrio Mendoza o avenidatercera de San Luis, con la el acceso a la ciudadela de la Libertad, en el sitio conocidocomo Cuatro Vientos, a continuación damos a conocer el sitio de la obra.

3.3. SOLUCIONPROPUESTA

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4. AMOBLAMIENTOAVENIDACANAL BOGOTÁ

Esta vía es la única que atraviesa la ciudad de sur a norte, actualmente se encuentra enbuen estado, pero requiere de un ornato y amoblamiento, ya que el canal queanteriormente llevaba aguas servidas, hoy en día transporta es aguas lluvias, aunque esde resaltar que en algunos tramos corre un flujo muy mínimo de aguas servidas, elproyecto consiste en lo siguiente.

Como resumen general podemos obtener que la relación hombre medio ambiente, nos

5. INTERVENCIONDE LA AVENIDAGRANCOLOMBIA

El Municipio de San José de Cúcuta en el sector de la avenida Gran Colombia (Desde laredoma Arnulfo Briceño hasta la avenida cero) desarrollará un proyecto que incorpora eldiseño de andenes, iluminación, siembra de árboles nativos, mobiliario urbano, ciclo-rutas,plazoletas para los peatones locales y visitantes, con el propósito de proyectar unaarmonía con su entorno, mejorado el confort y aspecto visual al transitar por esta víaprincipal de la ciudad.

El proyecto incorpora los componentes viales como, andenes y sardineles con losurbanísticos (bancas, canecas, bolardos, canecas), mediante el uso de amplios andenescon anchos variables, ciclo-rutas, bahías de parqueo, ciclo parqueaderos, árboles nativosde la región e luminarias acordes al proyecto.

Es un proyecto que marca el ornato de la ciudad, volviendo esta zona un lugar atractivo yconfortable tanto para el cucuteño, como para el visitante.

Se tendrá en cuenta el POT, en lo relativo a la integración de las áreas de circulaciónpeatonal y de ciclo-rutas del municipio, con proyectos puntuales sobre las vías, losparques y los equipamientos.

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6. CONSTRUCCiÓNDEANDENES

Hace diez (10) se construyeron en la ciudad de San José de Cúcuta los andenes delcentro, proyecto denominado a cielo abierto, retomando la administración los buenosconceptos que generaron estas obras, por ello, ha decidido nuevamente la actualadministración, ejecutar el proyecto de construcción de andenes en diferentes sectoresde la ciudad.

Para poder definir lo referente a los espacios o áreas denominadas andenes, debemosdefinirlas y establecer cuáles son sus utilidades: Son espacios peatonales destinados a lalibre movilización de los ciudadanos. En su diseño, los andenes deben ser continuos y anivel, sin generar obstáculos con los predios colindantes y tratados con materiales duros yantideslizantes, garantizando el desplazamiento de personas con alguna limitación.respetando los lineamientos de la Cartilla de Andenes del Departamento Administrativo dePlaneación Municipal.

Con base en lo anteriormente expuesto es que se está solicitando se decrete la ejecuciónde esta obra por el sistema de contribución de valorización.

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Lo anterior nos define la continuidad que se le quiere dar al centro de la ciudad, con laconstrucción de los nuevos andenes.

7. PAVIMENTACION DE VIAS URBANAS

El Municipio de San José de Cúcuta, presenta el programa "Pavimentación Com,unidad-Gobierno"; una alternativa diseñada para que con la participación y aprobación de lacomunidad, se puedan desarrollar obras de infraestructura relacionadas ~on lapavimentación de vías, con miras a mejorar las condiciones de vida de sus habitantes,igualmente la calidad y el entorno de sus viviendas, así como el mejoramiento de lamovilidad. La cobertura sería mayor utilizando el mecanismo de la contribución devalorización

Con el programa de pavimentación de vías urbanas, previa concertación con loshabitantes de los diferentes barrios de la ciudad donde se llevarán a cabo estas obras, sebusca la aceptación por parte de los propietarios y habitantes que han realizado susmejoras en los predios beneficiados, sobre la necesidad de cobrar la contribución devalorización para efectos de financiar las mismas.

Es así que en la presente administración en el solo año 2016 se pavimentaron más de400 vías a través del programa referido y se calcula llegar al final del período a más de3.000 calles, siendo favorecidos los barrios de estratos 1 y 2, En la actualidad reposanmás de 1.000 solicitudes en la Secretaria de Infraestructura del Municipio de San José deCúcuta, provenientes de sectores como la ciudadela de Atalaya y la Libertad, así comosectores aledaños al barrio Belén.

PROPUESTA

Con lo anterior, la Administración Municipal consciente de la importancia de contar con~na f~ente de financiación adicional a los recursos propios y recursos de crédito parafinanciar obras de gran importancia para el desarrollo vial de la ciudad, ha considerado laCONTRIBUCION DE VALORIZACION POR BENEFICIO GENERAL, ya que al sumartodas las zonas de influencia de los diferentes proyectos, abarcaría la totalidad del cascourbano de la ciudad, convirtiéndose en el instrumento idóneo para generar e impulsar eldesarrollo que hoy exiqe .Iaciudad, además porque permitiría potencializar la ocupaciónde una mano de obra calificada y no calificada.

El Departamento Adminis~rati~?del Área de Planeación Municipal, quien es la encargadade los procesos de vaforización, coloca a disposición del Honorable Concejo Municipal,

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las condiciones técnicas requeridas para el desarrollo de los procesos y tiempos deejecución, y especialmente por las implicaciones socio-políticas que generan.

Igualmente, mediante Acuerdo Municipal No. 0025 del 6 de Mayo de 2000, el HonorableConcejo estableció el ESTATUTO DE VALORIZACION que contl~ne los tlem~os, formas ymodos para la ejecución de este proceso con la transparencia y la celeridad que delmismo se genera.

Recordemos que la Contribución de Valorización constituye en Colombia un avanzado yeficaz sistema financiero de derecho público para la construcción de obras deinfraestructura urbana y rural que, además de ser de interés general, producen beneficiosespecíficos sobre determinadas áreas territoriales, con incremento de valor a la propiedadinmobiliaria.

Este instrumento financiero, tiene una larga tradición en nuestro país, su normatividadtiene como punto de partida, la expedición de la ley 25 de 1921, que estableció elimpuesto directo de valorización, para la financiación de obras de interés públicoorientadas a la limpieza y canalización de ríos, construcción de diques con el propósito deevitar inundaciones, desecaciones de lagos, pantanos y cuyo destino especifica estabadirigido a sufragar los gastos que demande estas obras, es decir inicia la contribucióncomo una fuente de financiación de destinación específica.

Con la ley 113 de 1937, se amplió la cobertura del impuesto de valorización para lafinanciación de obras de pavimentación de calles, ya realizadas por el municipio confondos propios o con auxilios de la nación o departamento.

El Decreto Legislativo 1604 de 1966, gracias a las bondades de la Ley 48 de 1.968, en suartículo 10 establece que el impuesto de valorización, establecido por el artículo 30 de laLey 25 de 1921 es una "contribución sobre las propiedades raíces que se beneficien conla ejecución de obras de interés público local", se hace extensivo a todas las obras deinterés público que ejecuten la Nación, los Departamentos, el Distrito Especial de Bogotá,los Municipios o cualquiera otra entidad de Derecho Público y que beneficien a lapropiedad inmueble, y en adelante se denominará exclusivamente Contribución deValorización.

Respecto a la Contribución por Valorización en el municipio de San José de Cúcuta, estainicia hacia la década de los años setenta, aunque anteriormente a través del DecretoLegislativo 1604 de 1966, la nación y los departamentos comenzaron a aplicar lacontribución de valorización por toda clase de obras de interés público con cuya ejecuciónse beneficiaban los predios afectados por las mismas.

En la década de los años setenta, se inicia la Contribución de Valorización en la ciudad deSan José de Cúcuta, aplicada a obras de pavimentación de calles, a través de la Oficinade Valorización. Posteriormente, hacia la década de los años noventa desaparece laOficina de Valorización y se crea el Instituto de Desarrollo Urbano de Cúcuta, (IDUC), elcual queda con las funciones de valorización y ejecuta obras de pavimentación de vías,construcción de puentes y obras de ornato, como la construcción de separadores. Alliquidarse el IDUC en el año 2000, el desarrollo de las obras de valorización queda acargo de la secretaria de Planeación del Municipio, hoy, Departamento Administrativo delÁrea de Planeación Municipal.

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El conjunto de obras que se pretenden desarrollar en nuestra ciudad, generan unoscostos financieros que la Entidad Territorial, con los recursos que posee, no podríafinanciar, motivo por el cual acude a la utilización de un instrumento financiero quecoadyuve en el apalancamiento económico para su ejecución, previa revisión delcumplimiento de los mínimos elementos requeridos para su establecimiento, como.capacidad económica de los contribuyentes, beneficio recibido y costos, que son tenidosen cuenta en el estudio de prefactibilidad y cuyos resultados nos indican la viabilidad delos proyectos que se ejecuten bajo la modalidad de Contribución de Valorización.

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1. CAPACIDAD DE PAGO

Este elemento es un parámetro guía en la estimación del.monto a distribuir, toda vez queseñala cuanto del ingreso pueden dedicar los propietarios o poseedores al pago de lacontribución sin que se vea afectado su nivel de vida.

La capacidad de pago en valorización está definido como .Ia estimación económica encuanto a la capacidad real de un propietario para contribuir a una obra sin lesionar elpresupuesto familiar.

En otras palabras, es la afectación al remanente de ingreso familiar mensual, una vezsatisfechas las necesidades básicas.

Para determinar la capacidad de pago se parte de unos supuestos:

Las obras de interés público generan beneficios y estos son captados ydistribuidos por los distintos propietarios de manera diferente.

La capacidad de pago no guarda relación con el beneficio, pues ella estárelacionada con la cantidad de dinero que un propietario pueda aportar en unaunidad de tiempo, sin afectar los límites de sus consumos básicos o laproductividad de sus actividades.

De acuerdo con el estudio de prefactibilidad que soporta el presente proyecto.

encontramos que:

1.1. CAPACIDAD DE PAGO EN LOS PREDIOS DE USO HABITACIONAL

Para el cálculo de la capacidad de pago de los predios de Uso Habitacional, se ha tomadoparte del componente otros gastos, para cubrir los pagos por concepto de Contribuciónpor Valorización a los proyectos que se ejecuten en la ciudad de San José de Cúcuta,este componente no se enmarca dentro de ninguno de los grupos de gastoscontemplados en este análisis, pues es una obligación adicional y esporádica en losgastos, y de este rubro se apropia el 20% para asumir el pago de la contribución devalorización

CAPACIDAD DE PAGO DE LOS CONTRIBUYENTES EN QUINCE (15) AÑOS USORESIDENCIAL

-ESTRATO PREDIOS CAPAC.PAGOTOTALAÑO CAPA.DE PAGOTO

1 47.175 $3.969.350.079,00 $59.542 85.427 $14.374.137.813,00 $215.613 33.784 $9.475.394.669,00 $142.134 15.324 $6.017.088.772,00 $90.25-_._-- --_ .. ----,-~-_ ...•.._------

5 3.304 $2.038.679.516,00 $30.58----~ ..__ .-

6 459 $489.195.577,00 $7.33._------- f--------~~-- -- --TOTAL 185.473 $36.363.846.426,00 $545.45-. .__ " ------~------._--

TAL15 AÑOS

Fuente: lnformación PredlallGAC, Calculas Consultoría

0.251.185,002.067.195,000.920.035,006.331.580,000.192-140,0_0~

;:~;!1:~~6j

De la. tabla anterior se deduce que la capacidad de pago en el Uso Residencialestratlflc~do es de $ 545.457.696.390,00 para el año 2.016, cifra que nos permite calcularla capacidad ~otalde pago para los 15 años, que es el tiempo máximo de plazo dado paraque un contnbuyente asuma la obligación impuesta, resultando una capacidad total depago del Sector Residencial para asumir el proyecto de DOSCIENTOS TREINTA YCINCO MIL MILLONES DE PESOS ($ 235.000.000.000) pesos.

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1.2. CAPACIDAD DE PAGO EN LOS PREDIOS DE USO COMERCIAL Y DEMÁSUSOS.

El cálculo de la capacidad de pago para predios de Uso Comercial, Institucional,Educativo, Lote, y Otros Usos se apoya en datos obtenidos del Reporte de Ventas Netasde la Cámara de Comercio de establecimientos inscritos en Cúcuta, sobre la utilidad netaregistrada durante el año 2.015 en las diferentes actividades económicas

Como se mencionó líneas arriba en el capítulo relacionado con usos de la tierra, los 17tipos de Uso distintos al habitacional en los que se clasifican los predios en la ciudad deCúcuta, según el reporte catastral, se agruparon en cinco tipos de uso, con el fin defacilitar el procesamiento de los cálculos y reducir el posible error a raíz de la dispersión ydesorganización de los datos.

1.3. CAPACIDAD DE PAGO USO COMERCIAL

Tomando como base los Usos Comercial, Industrial, Recreacional y de Salubridad, secalculó una utilidad neta mensual por establecimiento de $1.373.915.

USOS CONSOLIDADOS COMPOSICIONUTILIDAD NETA UTILIDAD POR UTILIDAD POR MES POR

CANTIDADTOTAL ESTABLECIMIENTO ESTABLECIMIENTO

COMERCIAL

COMERCIALINDUSTRIAL

RECREACIONAL25.543 s ~21.126.942981 s ][,A86.981 $ 1.373, ()1~)

SALUBRIDAD ..

Composición Uso Comercial en la zona de citación

Fuente: lnforrnación Predial IGAC, Calculos Consultoria

Para calcular la capacidad de pago mensual, apropiamos el 0,5% del valor promedio de lautilidad por mes por establecimiento, como aporte mensual para el pago de laContribución por Valorización del Uso Comercial a los predios de este tipo incluidos en labase de datos catastral.

En cuanto al número de predios de uso comercial, se promedia sobre 22.950, a los cualesse les hará el cálculo por el tiempo de cobro de quince (15) años.

M' . ·d d 15 años---'---

DE PAGO TOTAL15 AÑOS

axirna capaci a de pago para uso comercial en

ACTIVIDAD PREDIOS CAPAC. PAGO CAPA.TOTAL AÑO-_f- ~.----------_._--------~-_ ---- ._-----

COMERCIAL 22.950 $1.576.567.511,00 $2• ,. •__ L.____~_. __ 3.648.512.665

Fuente: Información Predial IGAC, Cálculos Consultoría-

1.4. CAPACIDAD DE PAGO USO INSTITUCIONAL

Tomando como base los Usos Institucional, Religioso y Cultural se calculó una utilidadneta mensual por establecimiento de $7.781.479.

I ._-

usos CONSOLIDADOS COMPOSICION CANTIDAD UTILIDAD NETATOTAL UTILIDAD POR UTILIDAD PORMES PORESTABLECIMIENTO ESTABLECIMIENTO

INSTITUCIONALINSTITUCIONAL RELIGIOSO 179 $ 16714,616.890 $ 93.311 748 $ 778: 1/"

CULTURAL'.

Composición Uso Institucional en la zona de citación

Fuente. Información Predial IGAC, Calculos Consultoría

P~~acalcular la capacidad de pago mensual apropiamos el 0,5% del valor promedio de lautilidad por mes por establecimiento, como aporte mensual para el pago de la

II

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1ALCALDíA DE SAN JOSÉ DE CÚCUTA,

Isepued8progresar

Contribución por Valorización del Uso Institucional a los predios de este tipo incluidos enla base de datos catastral.

Máxima capacida e pago para uso ms I u -

CAPAC. PAGO CAPA. DACTIVIDAD PREDIOS TOTAL AÑO 1

-

INSTITUCIONAL 586 $227.997.335 $3.4

dd n cional en 15 añosE PAGO TOTAL5 AÑOS19.960.025

Fuente: Información Predial IGAC, Cálculos Consultoria

1.5. CAPACIDAD DE PAGO USO EDUCATIVO

Tomando como base el uso Educativo se calculó una utilidad neta mensual porestablecimiento de $335.139.

UTILIDAD NETA UTILIDAD POR UTILIDAD POR MES POR

usosCONSOLIDADOS COMPOSICION CANTIDAD TOTAL ESTABLECIMIENTO ESTABLECIMIENTO

EDUCATIVO EDUCATIVO 290 s 1.166.283729 s 4.0)1.668 s 330 139

..

Composición Uso Educativo en la zona de citación

Fuente: lnformación Predial IGAC, Calculos Consultoría

Para calcular la capacidad de pago mensual apropiamos el 0,5% del valor promedio de lautilidad por mes por establecimiento, como aporte mensual para el pago de la contribuciónpor valorización del Uso Educativo a los predios de este tipo incluidos en la base de datoscatastral.

.._---_.-._- ... - _- ---- -_.~----- -- _.- "._-_ .. ---

ACTIVIDAD PREDIOS CAPAC. PAGO CAPA. DE PAGO TOTAL II

TOTAL AÑO 15 AÑOSIEDUCATIVO 526 $8.814.156 $132.212.340..

Máxima capacidad de pago para uso educativo en 15 años

Fuente. lnformación Predial IGAC, Calculos Consultoria

1.6. CAPACIDAD DE PAGO USO LOTE

Tomando.como base los ~sos Lot~ No Urbanizable, Lote Urbanizado No Edificado, y LoteNo Urbanizado, se calculo una utilidad neta mensual por establecimiento de $277.415.

Composición Uso Lotes en la zona de itCI acion

usosCONSOLIDADOS COMPOSICION CANTIDAD UTILIDAD NETA UTILIDAD POR UTILIDAD POR MES PORTOTAL ESTABLECIMIENTO ESTABLECIMIENTO

NO URBANIZABlELOTE URBANIZADO NO EDIFICADO 12.324 S 41.026.319.660 s

NO URBANIZADO3.378.978 s 2/1.41',

Fuente: Información Predial IGAC, Calculos Consultoría

Para calcular la capacidad de pago I .utilidad por mes por establecimiento .corno s apropiamos el 0,5% del valor promedio de lapor valorización del Uso Lote a lo~ pred~ap~rte mtensualpara. el pago de la contribucióncatastral. lOS e es e tipo mcluidos en la base de datos

e pago para uso lote por 15 añosACTIVIDAD PREDIOS CAPAC. PAGO CAPA. DE

TOTAL AÑO 15LOTE 12324 ----

$170.942.999 $2.56Fuente: Informació

Capacidad d

PAGO TOTALAÑOS4 144.985

n PredlallGAC, Calculos Consultoría

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, AL~LDíA DE SAN JOSÉ DE CÚCUTAse puedeprogresar

1.7. CAPACIDADDEPAGOOTROSUSOS

Tomando como base los Usos Agropecuario, Agrícola, Forestal, Pecuario y de ServiciosEspeciales se calculó una utilidad neta mensual por establecimiento de $283.014.

Composición Otros Usos en la zona de citaciónUTILIDAD NETA UTILIDAD POR UTILIDAD POR MES POR

USOS CONSOLIDADOS COMPOSICION CANTIDAD TOTAL ESTABLECIMIENTO ESTABLECIMIENTO

AGRICOLA

AGROPECUARIO155 s 526.406.656 $ 3.396172 $ 283.014OTROS USOS FORESTAL

PECUARIO

SERVICIOS ESPECIALES ..Fuente: lntorrnación Predial IGAC, Calculas Consultarla

Para calcular la capacidad de pago mensual apropiamos el 0,5% del valor promedio de lautilidad por mes por establecimiento como aporte mensual para el pago de la contribuciónpor valorización del Uso Otros Usos a los predios de este tipo incluidos en la base dedatos catastral.

Máxima capacidad e pago para uso o ros usos en anos

PREDIOS CAPAC.PAGO CAPA. DE PAGO TOTALACTIVIDAD TOTAL AÑO 15 AÑOS-- l--. ~_.- . ---, ..

OTROS 94 $1.130.167 $16.952.505USOS ..

d t 15 -

Fuente: lnforrnación Predial IGAC, Calculos Consultoria

La información anterior, corresponde a la aplicación de la fórmula:

Ingreso disponible = Total de Ingresos - Total de Egresos.

Para el cálculo de la capacidad de pago de los predios de Uso Residencial, se hatomado parte del componente otros gastos, para cubrir los pagos por concepto deContribución por Valorización de las obras que se van a ejecutar para mejorar lamovilidad y las obras de ornato y comunidad gobierno que se van a desarrollar enel Municipio de San José de Cúcuta, la cual no se enmarca dentro de ninguno de losgrupos de gastos contemplados en este análisis, pues es una obligación adicional yesporádica en los "otros gastos", y de este rubro se apropia el 20%para asumir elpago de la contribución de valorización.

1.8. CAPACIDADTOTALDEPAGOLA ZONADECITACiÓN

Teniendo en cuenta los usos de la zona de citación, se muestra la capacidad de pago decada uso al cabo de un año yen un horizonte de quince (15) años.

apact ad de PagoTotal en la zona de citación

uso CAPACIDAD CAPACIDAD TOTAL CAPACIDADTOTAL AÑO 5AÑOS TOTAL 10 AÑOS

- --_._-_. _._------~--HABITACIONAL $36.363.846426 $181819.232.130 $363 638464 260--_ .._-~_._-~-- .

COMERCIAL $1.576.567.511 $7.882.837.555 $15.765675110--_._._~- ----

INSTITUCIONAL $227.997.335 $1.139.986675 $2.279.973.350EDUCATIVO $8.814.156 $44.070.780 $88.141.560

LOTE $170942.999 $854.714.995 $1 709.429.990OTROS USOS $1.330.167 $6.650.835 $13.301.670

TOTAL $38.349.498.594 $191.747.492.970 $383.494.985.940

C idCAPACIDAD TOTAL

15 AÑOS

$545.457696.390-------------_.,_. -

$23.648 512.665

$3419.960.025

$132.212.340

$2.564.144.985

$19.952.505$575.242.478.910

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, AL~íA DE SAN JOSÉ DE CÚCUTA.1

Ise puedeprogresar

De la tabla anterior se infiere que la capacidad de pago total de los predios según tipos deuso ubicados en la zona de citación es de TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOSCUARENTA y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MILQUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS MICTE ($38.349.498.594) para el año2.016, cifra que nos permite calcular la capacidad total de pago para 5, 10 Y 15 años:

• A 5 años resultó un capacidad de pago de CIENTO NOVENTA Y UN MILSETECIENTOS CUARENTA y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTAY DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA PESOS MICTE ($191.747.492.970).

• Para un horizonte de 10 años resultó una capacidad total de pago de la zona decitación para asumir los proyectos de TRESCIENTOS OCHENTA y TRES MILCUATROSCIENTOS NOVENTA y CUATRO MILLONES NOVECIENTOSOCHENTA y CINCO MIL NOVECIENTOS CUARENTA PESOS MICTE($383.494.985.940).

• Finalmente para el posible periodo de cobro escogido que es de 15 años lacapacidad de pago de la zona de citación es de QUINIENTOS SETENTA YCINCO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOSSETENTA y OCHO NOVECIENTOS DIEZ PESOS M/CTE ($575.242.478.910)

2. EVALUACION ECONÓMICA DEL PROYECTO

2.1. EVALUACiÓN DE LA RELACiÓN CAPACIDAD DE PAGO/COSTO.

Igualmente se hace necesario evaluar la relación Capacidad de pago / Costo paradeterminar la viabilidad del proyecto.

Para el proyecto de construcción de los proyectos pertenecientes al Eje 1 y alintercambiador de Cuatro Vientos se tienen los siguientes cálculos:

2.2. CAPACIDAD DE PAGO (USO RESIDENCIAL + OTROS USOS)

apaci a e ago oa e a ona e la._.

uso CAPACIDAD TOTAL CAPACIDAD TOTAL CAPACIDAD TOTALAÑO 5 AÑOS 10 AÑOS

--_ ...__ .~-_. . -~-~--_._--- --- "HABITACIONAL $36.363.846.426 $181.819.232.130 $363.638.464.260._-----~_----- ---~ --COMERCIAL $1.576.567.511 $7.882.837555 $15.765.675110

.- -_._---~~----

INSTITUCIONAL $227.997.335 $1 139.986.675 $2.279.973.350_ .._- - ---------_- ----_

EDUCATIVO $8.814.156 $44.070.780 ~_$88.141 ~~~_.-

LOTE $170.942.999 $854.714.995 $1.709.429.990- ----

OTROS USOS $1.330.167 $6.650.835 $13.301.670----~---_._---¡-

TOTAL $38.349.498.594 $191.747.492.970 $383.494.985.940---------- --------

e id d d P T t Id I Z d Cit ciónCAPACIDAD TOTAL

15 AÑOS

$545.457.696.390

523648.512.665

$3419 960 025

$132.212.340

$2.564.144.985

$19952505

$575.242.478.910Fuente: Calculas Consultarla

Capacidad de pago total (K) $575.242.478.910

2.3. COSTOS

Costo Total = Costo Total Obras Eje 1 + Costo Total Obras Intercambiador Cuatro Vientos

Costo total de las Obras

COSTOS TOTALES OBRASVALOR TOTAL DEL EJE 1 $ 201 000.000.000

----VALOR TOTAL DEL EJE 2: CUATRO VIENTOS $34.000.000.000

COSTO TOTAL ( C ) $ 235.000.000.000- ----------_ ..- ---------- ------- .-

II

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¡h";1ALCALDíA DE SAN JOSÉ DE CÚCUTA,

Ise puedeprogresar

Fuente: CálculosConsultoría

RELACION KlC= $575.242.478.910/235.000.000.000

RelaciónKlC A 15 años 2,45

- iable recaudar el valor total de lasSi el cobro de la contribución se proyecta a 5 anosb~o e:r~ el tiempo recomendado es a 15obrar a ejecutar; el recaud.o.a 10 años ya es vra e, en la zona de influencia para atenderaños, donde existe una suficiente ?ap~?ldad de pago f la viabilidad económica delel pago de la contribución de valorización, relación que con urnaproyecto.

FUNDAMENTOSCONSTITUCIONALES.

El Numeral4 del Artículo 313 de la Constitución Nacional establece:

"ARTICULO 313. Corresponde a los concejos:

4.·V~t~~·d~·~~~·f~~~·idadcon la Constitución y la ley los tributos y los gastoslocales "

El Numeral 5 del Artículo 315 de la Constitución Nacional dice:

"ARTICULO315. Son atribuciones del alcalde:

5. Presentar oportunamente al Concejo los proyectos de acuerdo sobre planes yprogramas de desarrollo económico y social, obras públicas, presupuesto anual derentas y gastos y los demás que estime convenientes para la buena marcha delmunicipio "

El Artículo 338 de la Constitución Nacional estatuye:

"ARTICULO 338. En tiempo de paz, solamente el Congreso, las asambleasdepartamentales y los concejos distritales y municipales podrán imponercontribuciones fiscales o parafiscales. La ley, las ordenanzas y los acuerdos debenfijar, directamente, los sujetos activos y pasivos, los hechos y las bases gravables, ylas tarifas de los impuestos.

La ley, las ordenanzas y los acuerdos pueden permitir que las autoridades fijen latarifa de las tasas y contribuciones que cobren a los contribuyentes, comorecuperación de los costos de los servicios que les presten o participación en losbeneficios que les proporcionen; pero el sistema y el método para definir talescostos y beneficios, y la forma de hacer su reparto, deben ser fijados por la ley, lasordenanzas o los acuerdos.

Las leyes, ordenanzas o acuerdos que regulen contribuciones en las que la basese~ el res~ltado de hechos ocurridos durante un período determinado, no puedenaplicarse sino a partir del período que comience después de iniciar la vigencia de larespectiva ley, ordenanza o acuerdo".

El Artículo 339 de la Constitución Nacional el cual establece:

II

"M.odificado por. el arto 2, Acto Legislativo 003 de 2011. El nuevo texto del incisoprimero es el siguiente: Habrá un Plan Nacional de Desarrollo conformado por unaparte general y un plan de mversronss de las entidades públicas del orden nacionalEn la parte general se señalarán los propósitos y objetivos nacionales de largo

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· ""~ 'ALCALDíA DE SAN JOSÉ DE CÜCUTA Ise puedeprogresar

plazo, las metas y prioridades de la acción estatal a mediano plazo y las estrategiasy orientaciones generales de la política económica, social y ambiental que seránadoptadas por el Gobierno. El plan de inversiones públicas contendrá lospresupuestos plurianuales de los principales programas y proyectos de inversiónpública nacional y la especificación de los recursos financieros requeridos para suejecución, dentro de un marco que garantice la sostenibilidad fiscal.

Las entidades territoriales elaborarán y adoptarán de manera concertada entre ellasy el gobierno nacional, planes de desarrollo, con el objeto de asegurar el usoeficiente de sus recursos y el desempeño adecuado de las funciones que les hayansido asignadas por la Constitución y la ley. Los planes de las entidades territorialesestarán conformados por una parte estratégica y un plan de inversiones de medianoy corto plazo".

FUNDAMENTOS LEGALES

Artículo 32 Y71 de la Ley 136 de 1994:

"Artículo 32°.- Atribuciones. Modificado por el arto18, Ley 1551 de 2012. Ademásde las funciones que se le señalan en la Constitución y la Ley, son atribuciones delos concejos las siguientes:

1 .7. Establecer, reformar o eliminar tributos, contribuciones, impuestos y sobretasas,de conformidad con la Ley ".

Artículo 71o - Iniciativa. Los proyectos de acuerdo pueden ser presentados por losconcejales, los alcaldes y en materias relacionadas con sus atribuciones por lospersoneros, los contralores y las Juntas Administradoras Locales. También podránser de iniciativa popular de acuerdo con la Ley Estatutaria correspondiente".

El Artículo 11 del Estatuto de la Contribución de Valorización del Municipio de SanJosé de Cúcuta, Acuerdo W 0025 de 2000, el cual establece como requisito, lapresentación del informe elaborado por un consultor en donde conste que se adelantaronlos estudios técnicos de prefactibilidad que determinan la viabilidad de la ejecución por elsistema de contribución de valorización por beneficio general.

El Decreto Legislativo No. 1604 de 1.966, que estableció como contribución, elimpuesto de Valorización Municipal, creado por el Artículo 3° de la Ley 25 de 1.921, y lahizo extensiva a todas las obras de interés público que ejecuten las entidades territorialeso cualquiera otra entidad de derecho público y que beneficien a la propiedad inmueble; yfacultó expresamente a la entidad que construya la Obra para recuperar directamente suinversión por el sistema de Valorización.

El Decreto Legislativo 1394 de 1970, artículo 6°, el cual dice que la contribución devalorización podrá liquidarse y exigirse antes de la ejecución de la obra, durante suconstrucción o una vez terminada.

CONVENIENCIA.

Para la ejecución de la totalidad de las obras prioritarias requeridas en la ciudad para sudesarrollo armónico, planificado y equilibrado de las Obras viales, de equipamientourbano y de espacio público, se hace necesario que los propietarios beneficiados porestas obras, aporten en su ejecución la plusvalía generada, entendiéndose como el mayor

II

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~ IALCALDÍADE SAN JOSÉ DE CÚCUTA. '1

,

Ise pUluleprogresar

valor adquirido por un predio como consecuencia de una actuación administrativa ycumplir con el PLAN DE DESARROLLO 2016-2019 "SI SE PUEDE PROGRESAR".

Los argumentos que mediante la presente exposición de motivos presenta laAdministración Municipal al Honorable Concejo de San José de Cúcuta, sustentan demanera clara, precisa y concreta no solo las bondades que la realización de estas obrasgenerarían para nuestra ciudad, sino la conveniencia de realizarlas en este momento,pues con la aceptación de las mismas por parte de tan decoroso organismo de elecciónpopular, se estaría responsablemente, planificando y materializando el futuro de nuestraciudad, pero especialmente se estaría previniendo consecuencias nefastas para lamovilidad vial en la ciudad de Cúcuta, de acuerdo a los diagnósticos técnicos (Estudios demovilidad) existentes.

CES MAR ROJAS AYALAALCALDE MUNICIPALSAN JOSE DE CUCUTA.

co~~e Revisó::gp Orlando José Jovese,

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~ IALCALDÍA DE SAN JOSÉ DE CÚCUTAI

Ise puedeprogresar

Proyecto de Acuerdo No( )

OBRO DE OBRAS POR EL SISTEMA DE"POR MEDIO DEL CUAL SE DECRETOAREIZ~~IÓNPOR BENEFICIO GENERAL

LA CONTRIBUCION DE VAL

, E CÚCUTA en uso de las facultades yEl CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JaSE D rti los '313 y 338 de la Constitución. I I feridas en los a ICUatribuciones y en especia, als ~~nNumeral 7 de la Ley 136 de 1.994 y,Política de Colombia, y Articu o ,en mérito de lo anterior,

ACUERDA

, DECRETACION. Decrétese el cobro por el sistema de laARTICULO PRIMER.O. ., b fici general los siguientes proyectos.Contribución de Valorización por ene ICIO ,

OBRAS VIALES

, DOMA TERMINAL DE TRANSPORTECONSTRUCCION INTERSECCCIOIO,NNR~IAGONALSANTANDER CON AVENIDACONSTRUCCION INTERSEC

g~~~i-RUCCION INTERSECCiÓN CUATRO VIENTOS.PAVIMENTACION DE VIAS URBANAS

EQUIPAMIENTO URBANO

AMOBLAMIENTO AVENIDA CANAL BOGOTÁ.

ESPACIO PÚBLICO

REALlNEAMIENTO AVENIDA GRAN COLOMBIA.CONSTRUCCION ANDENES DE LA CIUDAD.

ARTíCULO SEGUNDO. SUJETO ACTIVO. : El Municipio de San José de Cúcuta a trav~sde la ENTIDAD COMPETENTE es el Titular especializado en el cobro de la Contribuciónde Valorización.

ARTICULO TERCERO. SUJETO PASIVO. Corresponde el pago de la Contribución deValorización por una obra ejecutada por este sistema, a quien en el momento en que seejecutoríe la Resolución que distribuye la citada contribución, sea propietario o posea uninmueble beneficiado con la obra con el ánimo de señor o dueño.

ARTICULO CUARTO. BASE GRAVABLE. La base gravable de la Contribución deValorización de que trata este acuerdo, está constituida por el beneficio, o mayor valorque adquieren o han de adquirir los inmuebles con ocasión de la ejecución de una obrapública.

ARTICULO QUINTO. BENEFICIO. Es el mayor valor que adquiere o ha de adquirir undeterminado inmueble en virtud de la ejecución de un proyecto u obra pública.

.ARTICULO SEXTO. MONTO DISTRIBUIBLE. Fíjese hasta en 235 MIL MILLONES DEPESOS a febrero de 2017, el monto distribuible de la contribución de valorizacióncorrespondiente al costo estimado por el Plan de Obras relacionadas en el articuloprimero del presente acuerdo.

ARTICULO S~PTI~O. PLAN DE OBRAS. El plan de obras contempla las denominadasvlale~, d~. eqUipamiento u:bano y espacio público a construir con cargo al sistema decontn?uclon de v~lonzaclon por beneficio general, y se encuentra discriminado en elestudio de prefactlbllidad, entendlendose por construcción de obras de interés público, la

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t ALCALDíA DE SAN JOSÉ DE CÚCUTA,

Ise puedeprogresar

ejecución de obras nuevas, conforme con la normatividad y especificaciones técnicasvigentes.

PARAGRAFO PRIMERO Las modificaciones al plan de obras previsto en el estudio deprefactibilidad anexo, se realizarán siempre que ellas sean concordantes con el Plan deDesarrollo Municipal, Acuerdo W 010 del 14 de Junio de 2016 y/o cuando el estudio defactibilidad de las obras recomiende las modificaciones.

PARAGRAFO SEGUNDO En caso de que el monto a distribuir por el sistema decontribución de valorización por beneficio general, sea insuficiente para financiar las obrasenunciadas, el Alcalde Municipal expedirá por decreto la priorización de las obras que sehan de ejecutar, igualmente, en caso de producirse superávit en el recaudo, el AlcaldeMunicipal mediante decreto incorporará las obras de interés público contempladas en elPlan de Ordenamiento Territorial o en el Plan de Desarrollo que se ejecutarán.

ARTICULO OCTAVO. ZONA DE CITACION. Determínese como zona de citación de lasobras contempladas en el artículo primero de este acuerdo, los predios localizados dentrode los siguientes límites:

Parágrafo 1: Los vértices enunciados en la descripción de los linderos del perímetrourbano del presente artículo, están georeferenciados según el siguiente sistema deproyección cartesiana, adoptado en el Plan de Ordenamiento Territorial aprobado por elAcuerdo 089 de 2011:

Sistema de Proyección Cartesiana:Proyección:Meridiano Central:Latitud de Origen:Falso Este:Falso Norte:Sistema de Coordenadas Geográficas:Coordenadas Planas

SIRGASTransversa de Mercator-71,077507924,596200421000000,00001000000,0000GCS_SIRGASOrigen Bogotá Este

Parágrafo 2. La poligonal que conforma el perímetro urbano del Municipio de San Joséde Cúcuta, está determinada en el siguiente cuadro de coordenadas planas.

VERTICE COORDENADA X COORDENADA Y VERTICE COORDENADA XP-1 842.536,69 1.371.147,42 9 843.676,362 842.627,71 1.371.399,28 10 843.835,273 842.718,40 1.371419,96

.._- r----- -------11 843.905,55

P-4 842.805,49-_-_0. __0.. - -

- 8439314~1.371427,92 12

5 842.780,59 1.371.254,65 P-13 843.975,156 842.735,00 1.371.287,08 14 843992,27P-7 842.610,51 1.371.099,58 15 _ ~844.0'!_8,Sl28 843.631,11

----'--- _ .._----'-.'---.

1.370418,38 16 844138,31

COORDENADA Y1.370.369,511.370.150,52.~----- .. ---- i

---~Iº_()88,26 I1.370 076,57.[1.370.070,241

__ 1.370.076,86__ 1~3701º~,671

1.370.260,55

~~~~~----------,--------------------_.~.---~---COORDENADA Y VERTICE COORDENADA X I COORDENADA Y !

1.370435,05 74 844.256,47 ¡ 1.369.30742-¡1-:;-;:;;--+__ ~~~~ -,-1:.:?.3~70-!..'4~3~~2~,4fr__7_7~ _ r-- 844.260,251- - 1 369296:28/

1.370.519,84 76 844.288,06+_ - 1369310.19!1.370.535,73 77 844.307,77 1 369.303,23

1--;:;-;:;--+ --=-~~~+_-----I-1.:.:?3~70~.5?!-71,47 78 __ 844.~_()§,45r __1 369291,64r----;:;-;:;~_t_--...::::__:~~~--- 1 370.644,27 79 t-- _ 844.29~,-0~II - __1,269.266,13

1.370.751,50 80 844.306,61 i - 1.369~23599

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ARTICULO NOVENO. Autorícese al señor Alcalde para declarar de utilidad pública ointerés social y enajenar de conformidad con la ley 388 de 1997 y demás normas que lacomplementen, los predios o terrenos que resulten afectados dentro del plan de obras delpresente acuerdo.

ARTICULO DECIMO. Autorícese al Alcalde del Municipio de San José de Cúcuta, paraque con fundamento en la capacidad de pago del municipio, teniendo en cuenta el ingresode la contribución de valorización por beneficio general estimado del proyecto, gestioneante las entidades financieras un empréstito por hasta el valor de DOSCIENTOSTREINTA Y CINCO MIL MILLONES DE PESOS ($235.000.000.000).

ARTICULO ONCE. Autorícese al Alcalde del Municipio de San José de Cúcuta, pararealizar las modificaciones necesarias, dentro de la vigencia del presente acuerdo, comotambién la contratación de las obras previstas en el Plan de Obras de conformidad con laLey 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios.

ARTICULO DOCE. COMPOSICION DE LA JUNTA. De conformidad con el AcuerdoMunicipal W 0008 del 26 de Abril de 2006, Artículo Segundo, el cual le adiciona al artículo15 del Acuerdo Municipal No 0025 de 2000 el siguiente parágrafo.

PARAGRAFO 3: "Cuando se trate de proyectos a ejecutarse por el sistema devalorización por beneficio general, la Junta de Representantes deberá quedar conformadapor:

• El presidente de la Cámara de Comercio de Cúcuta o quien este delegue.• Un representante del sector transportador que será designado por el señor Alcalde

de terna que se presenta a consideración del gremio.• El presidente de la Liga del Consumidor.• El presidente de la Sociedad Nortesantandereana de Ingenieros o quien este

delegue.• Un miembro designado por la Junta de Valorización que no podrá ser funcionario

público.

ARTICULO TRECE. Ordénese iniciar los estudios de factibilidad de los proyectos aejecutar y diseños definitivos de las obras que lo integran.

ARTICULO CATORCE. La presente autorización se concede hasta el 28 de febrero de2018 y rige a partir de la sanción y publicación del presente Acuerdo y deroga todas lasdisposiciones que le sean contrarias.

Dado en San José de Cúcuta, a los

Publíquese y cúmplase

PRESIDENTENELSON OV ALLES

PRIMER VICEPRESIDENTEGUILLERMO LEÓN

SEGUNDO VICEPRESIDENTECARLOS CAMERO

SECRETARIASANDRA ROA

II

Dirección Palacio Municipal: Calle 11 N 5 - 49 PBX: 5784949 Cúcuta - Colombiawww.cucuta-nortedesantander.gov.co

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Doctor:CESAR OMAR ROJAS AYALAAlcalde de San José de CúcutaE.S.D.

Remitente: EMERSON MENESES GONZALEZ

Destinatario: : CESAR OMAR ROJAS AYALA

Asunto: proyecto de acuerdo por el cual se de?ret~.n unasobras por el sistema de contribucion de valortzac íon porbenefcio GeneralFecha: 2017·01·30 08:39:00 Folios: 3 Anexos:

ASUNTO: CONCEPTO JURIDICO PROYECTO DE ACUERDO "POR ELCUAL SE DECRETAN UNAS OBRAS POR EL SISTEMA DECONTRIBUCiÓN DE VALORIZACiÓN POR BENEFICIOGENERAL".

1,'P tiCordial saludo:

En atención al proyecto de acuerdo de la referencia, me permito presentar conceptojurídico en los siguientes términos:

NORMAS APLICABLES

De Orden Constitucional:

El Numeral 4 del Artículo 313 de la Constitución Nacional establece:

"ARTICULO 313. Corresponde a los concejos:

(... ) 4. Votar de conformidad con la Constitución y la ley los tributos y los gastoslocales (... )"

El Numeral 5 del Artículo 315 de la Constitución Nacional dice:

"ARTICULO 315. Son atribuciones del alcalde:( ...)

5. Presentar oportunamente al Concejo los proyectos de acuerdo sobre planes yprogramas de desarrollo económico y social, obras públicas, presupuesto anual derentas y gastos y los demás que estime convenientes para la buena marcha delmunicipio (... )"

El Artículo 338 de la Constitución Nacional estatuye:

"ARTICULO 338. En tiempo de paz, solamente el Congreso, las asambleasdepartamentales y los concejos distritales y municipales podrán imponercontribuciones fiscales o parafiscales. La ley, las ordenanzas y los acuerdos debenfijar, directamente, los sujetos activos y pasivos, los hechos y las bases gravables, ylas tarifas de los impuestos.

La ley, las ordenanzas y los acuerdos pueden permitir que las autoridades fijen latarifa de las tasas y contribuciones que cobren a los contribuyentes, comorecuperación de los costos de los servicios que les presten o participación en los

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beneficios que les proporcionen; pero el sistema y el método para definir talescostos y beneficios, y la forma de hacer su reparto, deben ser fijados por la ley, lasordenanzas o los acuerdos.

Las leyes, ordenanzas o acuerdos que regulen contribuciones en las que la basesea el resultado de hechos ocurridos durante un período determinado, no puedenaplicarse sino a partir del período que comience después de iniciar la vigencia de larespectiva ley, ordenanza o acuerdo".

El Artículo 339 de la Constitución Nacional el cual establece:

(Modificado por el artículo 2° del Acto Legislativo 003 de 2011) El nuevo texto delinciso primero es el siguiente: Habrá un Plan Nacional de Desarrollo conformadopor una parte general y un plan de inversiones de las entidades públicas del ordennacional. En la parte general se señalarán los propósitos y objetivos nacionales delargo plazo, las metas y prioridades de la acción estatal a mediano plazo y lasestrategias y orientaciones generales de la política económica, social y ambientalque serán adoptadas por el Gobierno. El plan de inversiones públicas contendrá lospresupuestos plurianuales de los principales programas y proyectos de inversiónpública nacional y la especificación de los recursos financieros requeridos para suejecución, dentro de un marco que garantice la sostenibilidad fiscal.

Las entidades territoriales elaborarán y adoptarán de manera concertada entre ellasy el gobierno nacional, planes de desarrollo, con el objeto de asegurar el usoeficiente de sus recursos y el desempeño adecuado de las funciones que les hayansido asignadas por la Constitución y la ley. Los planes de las entidades territorialesestarán conformados por una parte estratégica y un plan de inversiones de medianoy corto plazo".

De orden legal:

Artículo 32 Y 71 de la Ley 136 de 1994:

"Artículo 32°.- Atribuciones. Modificado por el arto 18, Ley 1551 de 2012. Ademásde las funciones que se le señalan en la Constitución y la Ley, son atribuciones delos concejos las siguientes:

( ... )

7. Establecer, reformar o eliminar tributos, contribuciones, impuestos y sobretasas,de conformidad con la Ley ",

Artículo 71°.- Iniciativa. Los proyectos de acuerdo pueden ser presentados por losconcejales, los alcaldes y en materias relacionadas con sus atribuciones por lospersoneros, los contralores y las Juntas Administradoras Locales. También podránser de iniciativa popular de acuerdo con la Ley Estatutaria correspondiente".

El Artículo 11 del Estatuto de la Contribución de Valorización del Municipio de SanJosé de Cúcuta, Acuerdo W 0025 de 2000, el cual establece como requisito, lapresentación del informe elaborado por un consultor en donde conste que se adelantaron

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los .estudi~s técnicos de prefactibilidad que determinan la viabilidad de la ejecución por elsistema de contribución de valorización por beneficio general.

El Decreto Legislativo No. 1604 de 1.966, que estableció como contribución, elimpuesto de Valorización Municipal, creado por el Artículo 3° de la Ley 25 de 1.921, Y lahizo extensiva a todas las obras de interés público que ejecuten las entidades territorialeso cualquiera otra entidad de derecho público y que beneficien a la propiedad inmueble; yfacultó expresamente a la entidad que construya la Obra para recuperar directamente suinversión por el sistema de Valorización.

El Decreto Legislativo 1394 de 1970, artículo 6°, el cual dice que la contribución devalorización podrá liquidarse y exigirse antes de la ejecución de la obra, durante sucónstrucción o una vez terminada.

En razón a que el proyecto de acuerdo pretende que se decreten unas obras por elsistema de contribución de valorización por beneficio general, se considera que esnecesaria la presentación al Honorable Concejo de San José de Cúcuta. De otra parte seobserva que el proyecto de acuerdo cumple con la exigencia de los artículos 71 y 72 de laLey 136 de 1994 en la medida que cuenta con lo siguiente:

a. Exposición de motivos suscrita por el Señor Alcalde, el cual contiene sus alcancesy las razones que lo sustentan.

b. Igualmente es coherente con la finalidad propuesta por el Ejecutivo.c. Se refiere a una misma materia.

El presente concepto se emite con sujeción al artículo 28 del código Procedimiento y de locontencioso administrativo, y no involucra aspectos técnicos ni financieros relacionadoscon la materia en estudio.

Atentamente,

"Lz_ .cENESESGONlAJZsesora Jurídica

[Dirección Palacio Municipal: Calle 11 N 5-49 PBX: 5 833939 Cúcufa -Colornhiowww.cucufo-norfedesanfonder.gov.com

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CORRESPONDENCIA

LA SUSCRITA SECRETARIA GENERAL

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QUE, en CONSEJO DE GOBIERNO, de fecha 19 de Enero de 2017, se presentóy aprobó el siguiente Proyecto de Acuerdo:

"POR EL CUAL SE DECRETAN UNAS OBRAS POR EL SISTEMA DE CONTRIBUCION yVALORIZACION POR BENEFICIO GENERAL"

Se expide en San José de Cúcuta, a los 20 días del mes de enero de 2017.

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Mercedes Garcia

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LA SUSCRITA SECRETARIA GENERAL

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HA: Junio 2011

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CORRESPONDENCIASubproceso

QUE, en CONSEJO SUPERIOR MUNICIPAL DE POLlTICA FISCAL - COMFIS,de fecha 19 de Enero de 2017, se presentó y aprobó el siguiente Proyecto deAcuerdo:

"POR EL CUAL SE DECRETAN UNAS OBRAS POR EL SISTEMA DE CONTRIBUCION yVALORIZACION POR BENEFICIO GENERAL"

Se expide en San José de Cúcuta, a los 20 días del mes de enero de 2017.

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Mercedes Garcia

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GESTION ESTRATEGICAGESTION DE DIRECCIONAMIENTO GESTiÓN DE PLANEACIIÓN

ESTRATEGICOMacro Proceso: Proceso: Subproceso:

303.50

Fecha: San José de Cúcuta 18 de enero de 2017

o ETOQue; La Secretaria de Hacienda solicito concepto de viabilidad técnica del

Proyecto de Acuerdo: "POR EL CUAL SE DECRETAN UNAS OBRASPOR EL SISTEMA DE CONTRIBUCION DE VALORIZACION PORBENEFICIO GENERAL"

Que; Revisado el proyecto de Acuerdo y sus anexos y el Plan de DesarrolloMunicipal "Si se puede Progresar" 2016-2019, Acuerdo 010 del 14 de juniode 2016 se encontró que el Proyecto de Acuerdo está ajustado a lanormatividad vigente

Que; es viable técnicamente el trámite del Proyecto de Acuerdo citado, y debeser sometido a Consejo de Gobierno

~aTREMOSubdirectora Administrativa ÁreaGestión Desarrollo Socioeconómico

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CERTIFICADO DE VIABILIDADTECNICA

SISTEMA DE GESTiÓN DE LA CALIDAD y SISTEMADE CONTROL INTERNO

Fecha: Junio de 2011

Versión: 1

Alcaldia Municipal deSan José de Cúcuta

GESTION DE DIRECCIONAMIENTOESTRATEGICO

GESTiÓN DE PLANEACIIÓNGESTION ESTRATEGICASubproceso:Proceso:Macro Proceso:

303.50

Fecha: San José de Cúcuta 18 de enero de 2017

o ETOQue; La Secretaria de Hacienda solicito concepto de viabilidad técnica del

Proyecto de Acuerdo: "POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDENAUTORIZACIONES AL SEÑOR ALCALDE DE SAN JOSE DE CUCUTAPARA CONTRATAR UN EMPRESTITO CON DESTINO A FINANCIARLOS PROYECTOS ESTRATEGICOS DEL PLAN DE DESARROLLO"

Que; Revisado el proyecto de Acuerdo y sus anexos y el Plan de DesarrolloMunicipal "Si se puede Progresar" 2016-2019, Acuerdo 010 del 14 de juniode 2016 se encontró que el Proyecto de Acuerdo está ajustado a lanormatividad vigente

Que; es viable técnicamente el trámite del Proyecto de Acuerdo citado, y debeser sometido a Consejo de Gobierno

~e~MQ·Subdirectora Administrativa ÁreaGestión Desarrollo Socioeconómico

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