Aguas negras(1)

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Aguas Negras: Son las aguas residuales que están contaminadas con heces u orina. Aguas Servidas: Son las aguas cloacales de cualquier clase proveniente de una edificación conteniendo o no material fecal u orina pero sin contener Agua de lluvia. Cloacas de la edificación: Son los colectores de desagüe de aguas servidas, de aguas negras o de aguas de lluvia, instalados generalmente por debajo de la planta baja de una edificación y que recibe las descargas de los correspondientes bajantes y los ramales y conductos de desagüe de las piezas sanitarias ubicadas en la planta baja. Cloaca: Conducto destinado al desagüe de aguas servidas, de aguas negra y/o de aguas de lluvia provenientes de una edificación . Bajante: Es una tubería vertical que recibe aguas negras, aguas servidas o aguas de lluvia de tuberías de desagüe de los pisos superiores de una edificación y las conduce a las correspondientes cloacas de las misma. Artículo 329. Los conductos y ramales de desagüe así como también las cloacas de aguas servidas de la edificación, se proyectarán de manera tal que la velocidad del flujo dentro de ellos no sea menor de 0,60 metros por segundo. Artículo 330 Las pendientes mínimas de los tramos de los conductos y ramales de desagüe, así como también los de las cloacas de aguas servidas de la edificación, será constante en cada tramo y en ningún caso menor del 1%. Cuando el diámetro de los conductos y ramales de desagüe sea igual o menor de 7,62 cm. (3"), la pendiente mínima de éstos será del 2%. Artículo 335

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Aguas Negras: Son las aguas residuales que están contaminadas con heces u orina.Aguas Servidas: Son las aguas cloacales de cualquier clase proveniente de una edificación conteniendo o no material fecal u orina pero sin contener Agua de lluvia.Cloacas de la edificación: Son los colectores de desagüe de aguas servidas, de aguas negras o de aguas de lluvia, instalados generalmente por debajo de la planta baja de una edificación y que recibe las descargas de los correspondientes bajantes y los ramales y conductos de desagüe de las piezas sanitarias ubicadas en la planta baja. Cloaca: Conducto destinado al desagüe de aguas servidas, de aguas negra y/o de aguas de lluvia provenientes de una edificación .Bajante: Es una tubería vertical que recibe aguas negras, aguas servidas o aguas de lluvia de tuberías de desagüe de los pisos superiores de una edificación y las conduce a las correspondientes cloacas de las misma. Artículo 329.Los conductos y ramales de desagüe así como también las cloacas de aguas servidas de la edificación, se proyectarán de manera tal que la velocidad del flujo dentro de ellos no sea menor de 0,60 metros por segundo.Artículo 330Las pendientes mínimas de los tramos de los conductos y ramales de desagüe, así como también los de las cloacas de aguas servidas de la edificación, será constante en cada tramo y en ningún caso menor del 1%. Cuando el diámetro de los conductos y ramales de desagüe sea igual o menor de 7,62 cm. (3"), la pendiente mínima de éstos será del 2%.Artículo 335Los diámetros de los conductos y ramales de desagüe y de los bajantes de aguas servidas, deberán cumplir con los siguientes requisitos:a.- El diámetro de un conducto o de un ramal de desagüe no podrá ser menor que el de cualquiera de los orificios de descarga de las piezas que por el desaguan.b.- El diámetro mínimo de un conducto, de un ramal de desagüe o de un bajante que reciba la descarga de un excusado, será de 10 cm. (4").c.- El diámetro de un bajante no podrá ser menor que el de cualquiera de los conductos por ramales de desagüe de los que en él descargan.d.- Los diámetros de los conductos y ramales de desagüe y de los bajantes de aguas servidas, se determinarán de acuerdo con la Tabla

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42 en función del número de unidades de descarga que ellos reciban. Dichos valores son los señalados en la Tabla 40 para cada pieza sanitaria.Artículo 358Los empalmes entre conductos y ramales de desagüe y cloacas de aguas servidas se harán a un ángulo no mayor de 45º en la dirección del flujo y utilizando las correspondientes piezas de conexión. Cuando las cloacas de aguas servidas sean enterradas, podrán emplearse tranquillas para los empalmes.Artículo 360Se prohíbe la utilización de las piezas de conexión que se señalan a continuación, para los empalmes y/o cambios de dirección en los sistemas de desagüe de aguas servidas y de lluvia de las edificaciones:a.- Los codos de más de 45º, excepto lo previsto en el artículo anterior.b.- Las Tees rectas, a 90º, en cualquier conducción, excepto en tubería de ventilación.c.- Las Tees sanitarias, sencillas y/o dobles, en empalmes y/o cambios de dirección horizontal a horizontal a 90º. Estas piezas podrán utilizarse solamente para cambios de dirección dehorizontal a vertical.d.- Las Yees dobles a 45º, de empalmes y/o cambios de dirección de horizontal a horizontal, a menos que sean dotadas de tapón de limpieza ubicado directamente aguas arriba del empalme respectivo.Estas piezas podrán utilizarse en cambios de dirección de horizontal a vertical, instalándose precedidas de codos de 45º.e.- Las piezas de conexión dotadas de campana ubicada en la dirección opuesta al flujo.f.- Los codos provistos con conexión lateral o posterior, cuando ésta última es horizontal.g.- Cualquier otra pieza de conexión que a juicio de la Autoridad Sanitaria Competente, pueda ocasionar obstrucciones del flujo, el libre escurrimiento de las aguas, y/o reducciones de la velocidad del flujo.Artículo 363Se permitirá la instalación en un mismo conducto vertical de los bajantes de aguas servidas y de las tuberías del sistema de

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abastecimiento de agua siempre que exista una separación mínima de 20 centímetros entre ellas.Artículo 365Las cloacas de aguas servidas de la edificación se instalarán a la mayor distancia horizontal posible de los estanques de almacenamiento de agua y de las tuberías del sistema de abastecimiento de agua de la edificación.Esta distancia horizontal en ningún caso será menor de un (1) metro, cuando las tuberías sean paralelas. La cresta de la cloaca de aguas servidas se instalará a no menos de 20 centímetrospor debajo de la parte inferior de la tubería de agua.Cuando la cloaca de la edificación cruce alguna tubería del sistema de abastecimiento de agua,la distancia vertical entre la parte inferior de la tubería de agua y la cresta de la cloaca no serámenor de 10 cm.Artículo 372Las cloacas de la edificación sujetas al impacto del tránsito de vehículos, deberán estar protegidas con base y riñón de concreto, envoltura de concreto u otro refuerzo adecuado, de acuerdo a las cargas que vayan a estar sometidas.Artículo 373Cuando las cloacas de la edificación fueren colocadas sobre terreno de relleno, se deberán usar tubos de hierro fundido colocados sobre base bien compactada. No obstante, se permitirá usar otros materiales aprobados, cuando los tubos sean colocados sobre una base de concretoArtículo 376La acometida de la cloaca de la edificación, a la cloaca pública o matriz, deberá hacerse por medio del cachimbo de empotramiento previsto para tal fin. Si éste no existe, se procederá a su construcción cumpliendo los siguientes requisitos:a.- El empotramiento será individual, no permitiéndose efectuar dos empotramientos en el mismo sitio del colector público, aún cuando sea en lados opuestos del colector.b.- El empotramiento se hará con yees a 45º en la dirección y sentido de la corriente, cuando el diámetro del colector público o matriz sea menor de 45 cm.; en caso de ser mayor, podrá hacerse a un ángulo de 90º.c.- La perforación hecha en el colector público deberá ser del diámetro lo absolutamente necesario para recibir la conexión del empotramiento.

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d.- El tubo empotrado no deberá sobresalir dentro del colector público en el cual se empotra.e.- Se evitará que caigan dentro del colector público morteros, escombros, tierra o cualquier otro material que pueda obstruirlo.f.- La junta se hará con mortero de cemento de excelente calidad de no menos de 8 cm. de espesor y en forma completamente estanca.g.- El diámetro mínimo del empotramiento será de 15 cm. (6").En caso de viviendas unifamiliares o en casos especiales, previa consulta con la Autoridad Sanitaria Competente, podrán permitirse diámetros de 10 centímetros.h.- La pendiente del ramal de empotramiento estará comprendida entre el 1% y el 10%.i.- El empotramiento se hará en forma tal que la cresta del tubo de empotramiento quede 0,20 metros más abajo que la parte inferior de la tubería de agua potable.Artículo 384Las tuberías de ventilación conectadas a un tramo horizontal del sistema de desagüe arrancarán por encima del plano horizontal que pasa por el eje del conducto de desagüe y se instalarán verticalmente o en un ángulo no mayor de 45º con respecto a la vertical y hasta una altura no menor de 15 cms. por encima del nivel de desbordamiento de la pieza más alta que ventila, antes que extenderse horizontalmente.Artículo 419Se colocarán bocas de limpieza en todos los sitios indicados a continuación:a.- Al comienzo de cada ramal de desagüe o cloaca de la edificación.b.- Cada 15,00 metros en ramales de desagüe de diámetro igual o menor de 10 centímetros.(4").c.- Cada 30,00 metros en los bajantes y en los ramales de desagüe de diámetros mayor de 10centímetros (4").Artículo 455Se prohíbe que las aguas de escurrimiento provenientes de los techos o cubiertas de las edificaciones, desagüen directamente desde tales niveles a las calles y/o predios vecinos.Artículo 456Las aguas de escurrimiento indicadas en los artículos anteriores, deberán disponerse por empotramiento a los colectores públicos para aguas de lluvia o aquéllos del sistema unitario, cuando existan.

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Artículo 457Cuando las cloacas públicas hayan sido diseñadas para recibir aguas servidas únicamente, no se permitirá descargar a ellas, aguas de lluvia, las que en este caso deberán ir a la calle o al jardín, utilizando un colector independiente de la cloaca de la edificación.

Tanque Séptico: Un tanque séptico es aquella fosa que recibe y trata las aguas servidas que provienen de una vivienda o edificación.Artículo 499Los tanques sépticos de forma rectangular se diseñarán de manera que su largo sea de 2 a 3 veces el ancho. Cualquiera que sea la forma del tanque, se recomienda que la altura útil desde el nivel del fondo hasta la superficie del líquido no sea menor de 1,20 metros, ni mayor de 1,60 metros.Artículo 500La capacidad útil (volumen del líquido) de un tanque séptico se determinará de acuerdo con lassiguientes cifras.a.- Para viviendas: se calculará el número de personas a razón de dos ocupantes por dormitorio de 8,50 m² o más y un ocupante por dormitorio de menos de 6,50 m². Con el total de personas se determinará el volumen útil de acuerdo con las Tablas 48 y 49.b.- Para oficinas: 0,07 m³ por cada 10 m² de área útil del local.c.- Para industrias: 0,10 m³ por obrero o empleado y por turno de trabajo de 8 horas. Las aguas residuales industriales se considerarán separadamente.d.- Para escuelas (externados): 0,06 m³ por alumno.e.- Para residencias estudiantiles y similares: 0,30 m³, por persona.Nota: Estas cifras incluyen el espacio necesario para almacenamiento de lodos y materiales flotantes.f.- Para cualquier otra edificación no especificada, la capacidad útil del tanque séptico será igual en volumen, a la dotación de agua requerida, según el uso a que está destinada de acuerdo con lo establecido en el Capítulo VII de estas normas, incrementadas en un 50%.Letrina: Se trata simplemente de un hoyo en el terreno cubierto con una plancha de cemento o madera en la que se ha practicado un agujero sobre el que eventualmente se puede colocar un W.C.Artículo 532

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El hoyo de la letrina se hará de sección cuadrada de 0,90 metros de lado o circular de igual diámetro, por 3,00 metros de profundidad. Cuando el terreno sea deleznable el hoyo se protegerá con paredes de bloques de concreto, ladrillos bien cocidos hubo otro material adecuado, colocados con juntas abiertas.