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QUE SON LAS AFP? Las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías son instituciones s financieras privadas de carácter previsional encargadas de administrar y gestionar eficientemente los fondos y planes de pensiones. Estas son vigiladas por la superintendencia financiera de Colombia, deben disponer de capacidad humana y técnica especializada para cumplir adecuadamente con la administración apropiada de los recursos de sus afiliados

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QUE SON LAS AFP?Las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantas son instituciones s financieras privadas de carcter previsional encargadas de administrar y gestionar eficientemente los fondos y planes de pensiones.Estas son vigiladas por la superintendencia financiera de Colombia, deben disponer de capacidad humana y tcnica especializada para cumplir adecuadamente con la administracin apropiada de los recursos de sus afiliados

1COMO NACEN?El Sistema de Seguridad social Integral vigente en Colombia, fue instituido por la Ley 100 de 1993 y rene de manera coordinada un conjunto de entidades, normas y procedimientos a los cuales podrn tener acceso las personas y la comunidad con el fin principal de garantizar una calidad de vida que este acorde con la dignidad humana, haciendo parte del Sistema de Proteccin Social junto con polticas, normas y procedimientos de proteccin laboral y asistencia social. La Ley 50 de 1990 por la cual se moderniza el cdigo sustantivo del trabajo, que reglamentan las relaciones individuales entre el trabajador y el empleador buscando justicia y equilibrio entre ambas partes.

2SISTEMA GENERAL DE PENSIONESEl Sistema General de Pensiones tiene como objetivo garantizar a la poblacin, el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, invalidez o muerte, mediante el reconocimiento de una pensin y prestaciones determinadas en la Ley.

Tambin busca la ampliacin progresiva de cobertura a los segmentos de poblacin no cubiertos con el Sistema. Est compuesto por el Rgimen Solidario de Prima Media con Prestacin Definida y el Rgimen de Ahorro Individual con Solidaridad.

3REGIMEN DE PRIMA MEDIAEs aquel mediante el cual los afiliados o sus beneficiarios obtienen una pensin de vejez, de invalidez o de sobrevivientes, o una indemnizacin, previamente definidas. Son aplicables a este Rgimen, las disposiciones vigentes para los Seguros de Invalidez, Vejez y Muerte a cargo del Instituto de Seguros Sociales.

4REGIMEN DE AHORRO INDIVIDUALEs aquel mediante el cual los afiliados, tendrn derecho a una pensin de vejez, a la edad que escojan, siempre y cuando el capital acumulado en su cuenta de ahorro individual les permita obtener una pensin mensual, superior al 110% del salario mnimo legal mensual vigente a la fecha de expedicin de esta Ley, reajustado anualmente segn la variacin porcentual del ndice de Precios al Consumidor certificado por el DANE. Para el clculo de dicho monto se tendr en cuenta el valor del bono pensional, cuando a ste hubiere lugar.

5REGIMEN EXCEPTUADOEs aquel mediante el cual los trabajadores para su pensin tienen normas especiales de liquidacin y clculo de las mismas, diferentes a las normas del Sistema General de Pensiones. De acuerdo con la Ley 100 pertenecen a ste rgimen entre otros los miembros de las fuerzas militares y de la polica nacional, los afiliados al Fondo de Prestaciones Sociales del magisterio, el personal regido por el Decreto Ley 1214 de 1990, con excepcin de aquellos que se vincularon a partir de la vigencia de la ley 100, y los miembros no remunerados de las corporaciones pblicas.

6REQUISITOS PARA PENSIONARSEA partir del 1. de enero del ao 2014 la edad se incrementar a cincuenta y siete (57) aos para la mujer, y sesenta y dos (62) aos para el hombre.Haber cotizado un mnimo de mil (1000) semanas en cualquier tiempo.A partir del 1. de enero del ao 2005, el nmero de semanas se incrementar en 50 y a partir del 1. de enero de 2006 se incrementar en 25 cada ao hasta llegar a 1.300 semanas en el ao 2015.Es de anotar que los requisitos mencionados no son optativos o alternativos, lo que indica que se deben reunir los dos para acceder a la Pensin de Vejez, sin olvidar que para el ao 2012 se exige desde el 1 de enero hasta el 31 de Diciembre un mnimo de 1.225 semanas cotizadas.http://www.mintrabajo.gov.co/

7PROBLEMAS DEL SISTEMA DE PENSIONLa desigualdad se ve reflejada en que solo 1 de cada 10 colombianos llega a pensionarse por falta de opciones y mecanismos de inclusin al sistema. En el RPM a mayor pensin, mayor subsidio. Adems los trabajadores que estn en igualdad de condiciones reciben mayor pensin en el RPM que en el RAIS. En Colombia hay 22 millones de trabajadores, de los cuales 7.7 millones cotizan o ahorran activamente en el Sistema General de Pensiones, que tiene dos regmenes: Rgimen de Prima Media (RPM) y Rgimen de Ahorro Individual Solidario (RAIS); y de los que en la situacin actual slo se van a pensionar 2.000.000. Es decir que el 90% se quedan por el camino.

8LEGISLACIONLEY 797 DE 2003 (Enero 29) Por la cual se reforman algunas disposiciones del sistema general de pensiones previsto en la Ley 100 de 1993 y se adoptan disposiciones sobre los Regmenes Pensionales exceptuados y especiales. El Congreso de Colombia DECRETA: Artculo 1. El artculo 11 de la Ley 100 de 1993 quedar as: Artculo 11. Campo de aplicacin. El Sistema General de Pensiones consagrado en la presente ley, se aplicar a todos los habitantes del territorio nacional, conservando y respetando, adicionalmente todos los derechos, garantas, prerrogativas, servicios y beneficios adquiridos y establecidos conforme a disposiciones normativas anteriores, pactos, acuerdos o convenciones colectivas de trabajo para quienes a la fecha de vigencia de esta ley hayan cumplido los requisitos para acceder a una Pensin o se encuentren pensionados por jubilacin, vejez, invalidez, sustitucin o sobrevivientes de los sectores pblico, oficial, semioficial en todos los rdenes del rgimen de Prima Media y del sector privado en general. 9BIBLIOGRAFIAhttp://www.mintrabajo.gov.co/pensiones http://www.cefa.edu.co/ley100/FUENTES%20DE%20FINANCIACION.html http://es.wikipedia.org/wiki/Seguridad_social_de_Colombia http://www.minsalud.gov.co/pension/Paginas/descripcionSistemaGeneralPensiones.aspx

Gracias

Javier Henao Arredondo10