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ADQUISICIÓN DE SULFATO DE ALUMINIO PARA POTABILIZACIÓN DE AGUA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 39030/2017 Contenido a) Pliego de Condiciones Particulares (Documento 1) b) Planilla de Cotización (Anexo 1) c) Declaración Jurada Artículo 11°, Inciso b) del Decreto 1600/02– Declaración Jurada Inhabilidades para Contratación (Anexo 2): A y B d) Estructura del Precio (Referencias para el cálculo de variaciones Anexo 3 y Planillas de estructura del precio Anexo 3A) e) Pliego de Especificaciones Técnicas (Documento 2) f) Condiciones Generales de la Orden de Compra (Documento 3) g) Presentación de Ofertas: hasta el 21/03/2017 a las 12.00hs. en la Gerencia de Compras, Tucumán 752 – Piso 14 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires h) Fecha de Apertura: El día 21/03/2017 a las 15.00 hs. en nuestras oficinas, sitas en Tucumán 752 – Piso 14 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Febrero 2017

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ADQUISICIÓN DE SULFATO DE ALUMINIO PARA

POTABILIZACIÓN DE AGUA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 39030/2017

Contenido

a) Pliego de Condiciones Particulares (Documento 1) b) Planilla de Cotización (Anexo 1) c) Declaración Jurada Artículo 11°, Inciso b) del Decreto 1600/02– Declaración

Jurada Inhabilidades para Contratación (Anexo 2): A y B d) Estructura del Precio (Referencias para el cálculo de variaciones Anexo 3 y

Planillas de estructura del precio Anexo 3A) e) Pliego de Especificaciones Técnicas (Documento 2) f) Condiciones Generales de la Orden de Compra (Documento 3) g) Presentación de Ofertas: hasta el 21/03/2017 a las 12.00hs. en la Gerencia

de Compras, Tucumán 752 – Piso 14 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires h) Fecha de Apertura: El día 21/03/2017 a las 15.00 hs. en nuestras oficinas,

sitas en Tucumán 752 – Piso 14 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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TEXTO DEL AVISO A SER PUBLICADO

AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. Licitación Pública Nacional N°: 39030/2017 Objeto: Adquisición de SULFATO DE ALUMINIO PARA POTABILIZACIÓN DE AGUA. Monto Estimado: USD 25.500.000 Periodo de Contratación: 31 meses Consulta y Retiro de Pliegos: disponible en forma gratuita en la página web www.aysa.com.ar. Aclaraciones al Pliego: vía web, podrán ser solicitadas hasta 10 días corridos antes de la fecha de presentación de las ofertas. Presentación de Ofertas: hasta el 21/03/17 a las 12:00 hs. en la Gerencia de Compras, Tucumán 752, piso 14°, C.A.B.A. Fecha de Apertura Económica: el día 21/03/17 a las 15:00 hs. en la Gerencia de Compras, Tucumán 752, piso 14°, C.A.B.A. Fecha de Publicación: 22.02.17 y 23.02.17

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PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

1. OBJETO

Adquisición de Sulfato de Aluminio para potabilización de agua, al 7,6 % óxidos útiles totales.

2. PLIEGO DE CONDICIONES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA

Los documentos de la presente licitación pública son: Pliego de Condiciones Particulares como Documento 1 (con sus Anexos 1, 2 y 3); Especificaciones Técnicas como Documento 2, Condiciones Generales de Compra como Documento 3 y la Ley N° 25.551 de “Compre Trabajo Argentino”, su Decreto Reglamentario N° 1600, la Resolución N° 57 “Tramitación y Emisión de los Certificados de Verificación” más la Resolución 287 “Aclaratoria sobre la participación de las UTE en proceso de selección de índole nacional”) y podrán ser obtenidos de manera gratuita únicamente en la página Web de www.aysa.com.ar .

3. FORMA DE DESCARGA DEL PLIEGO

A continuación se detalla la forma de descarga del pliego: Página WEB: www.aysa.com.ar Para acceder a los pliegos, deben ingresar a "Licitaciones”. Luego de ingresado, seleccionar “Bienes, Servicios y Obras de Mejora y Mantenimiento”. MUY IMPORTANTE: EN NINGÚN CASO SE DEBE INFORMAR A AYSA QUE SE HA BAJADO EL PLIEGO

4. CONSULTAS Y ACLARACIONES

Los interesados podrán solicitar por escrito a AySA S.A., cualquier aclaración o consulta que sea necesaria para la preparación de su oferta, con una antelación de diez (10) días de la fecha fijada para la apertura de la licitación. Dichas aclaraciones o consultas se realizarán únicamente mediante la página web de AySA S.A. - en el lugar previsto para cada licitación. Las respuestas a estas consultas y/o aclaraciones serán publicadas en la página web de AySA S.A. www.aysa.com.ar hasta 5 días antes de la fecha establecida para la apertura de la licitación.

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Será Responsabilidad del Oferente la consulta periódica en la página web para poder verificar la existencia de Comunicaciones (Aclaraciones con o sin consulta al pliego, prórrogas de la fecha de presentación y apertura de ofertas dispuestas, etc.) que pudieran emitirse durante el proceso licitatorio.

5. PLAZOS Todos los plazos del presente pliego se establecen en días corridos.

6. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA Las ofertas deberán ser entregadas en la Gerencia de Compras de AySA

S.A., calle Tucumán 752, piso 14°, de Capital Federal, hasta el día y hora que figura en los medios publicados, en sobre cerrado, con indicación del oferente y del número de la Licitación Pública. Deberán estar foliadas y firmadas por representante legal o apoderado en todas y en cada una de sus hojas.

7. CONTENIDO DE LA OFERTA

La oferta deberá contener la siguiente información:

a) Pliego completo y aclaraciones al mismo que hubieren sido adicionadas. b) Planilla de Cotización - Anexo 1, debidamente confeccionada, firmada y

sellada, conforme modelo adjunto al presente Pliego.

c) Estructura del Precio - Anexo 3, y documentación soporte.

d) Declaración jurada debidamente firmada, sellada y completa manifestando que no se encuentra alcanzado y/o encuadrado en ninguna de las inhabilidades para contratar con Agua y Saneamientos Argentinos S.A. detalladas en la cláusula 21 de las Condiciones Generales de Compra (Anexo 2:B) y declaración jurada Artículo 11, inciso b) del Decreto 1600/02 (Anexo 2:A).

e) Denominación del oferente, razón social, apoderado, domicilio, teléfono,

fax y correo electrónico. f) Documentación autenticada que acredite la personería y/o representación

del firmante o firmantes de la oferta.

g) Nómina de las firmas, empresas y organizaciones públicas o privadas, radicadas en el país a las cuales haya o esté brindando prestaciones en los últimos 3 (tres) años, en volúmenes similares a los solicitados. En

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dicha nómina deberá consignarse la Razón Social, características y volumen anual del producto entregado, domicilio, teléfono y contacto.

h) Dirección del Establecimiento productor, detalle de la capacidad total de

producción instalada y capacidad no contratada.

i) Certificado Fiscal para contratar extendido por la A.F.I.P.

j) Garantía de Oferta de acuerdo a lo establecido en la cláusula 8 del presente documento.

k) Si el oferente no se encontrare inscripto en el Registro de Proveedores o

no hubiere actualizado la información en los últimos 6 meses, deberá adjuntar a su oferta la siguiente documentación:

- copias certificadas del contrato social, estatuto y última acta de

distribución de cargos; - balance de los últimos 3 períodos –auditado por Contador Público-;

- listado de maquinarias y equipos; (de corresponder) - C.U.I.T. – Formulario de Inscripción en A.F.I.P.; - condiciones especiales ante IVA y Ganancias;

- fotocopia del Formulario de Inscripción frente al Impuesto Ingresos

Brutos o Convenio Multilateral; - fotocopia del Formulario de Inscripción frente al Ente Previsional

pertinente (si correspondiere); - un mínimo de dos referencias comerciales y bancarias;

8. GARANTÍAS

Garantía de Oferta: cada oferta deberá ser garantizada por una suma igual al 1% (uno por ciento) del mayor importe cotizado en el Anexo 1 – Planilla de Cotización, a través de alguno de los medios que se indican a continuación:

• Dinero en efectivo que será depositado en el banco y cuenta

detallado: Banco Comafi Cta. Cte. 58 – 1 CBU 2990000000000005810002

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Beneficiario: Agua Y Saneamientos Argentinos S.A. CUIT 30-70956507-5

En caso de optar por esta alternativa el oferente deberá dirigirse al sector Tesorería de AySA S.A., sito en Tucumán 752, piso 13, de Lunes a Viernes de 10:00 a 12:00 hs. con el fin de solicitar el recibo correspondiente que certifique la acreditación del depósito realizado. Dicho recibo se deberá adjuntar al contenido de la oferta.

• Fianza Bancaria

• Póliza de Seguro de Caución (con firma certificada por ante

Escribano Público)

Los documentos citados deberán ser emitidos por instituciones de reconocida solvencia, a criterio exclusivo de AySA S.A. y presentados en original.

La garantía será devuelta a todos los proponentes que no resultaren adjudicatarios de la presente convocatoria.

Garantía de Fiel Cumplimiento: será del 5 % (cinco por ciento) del

monto contractual anual y de acuerdo a lo establecido en el punto 18 del Pliego de Condiciones Generales de la Orden de Compra.

9. MANTENIMIENTO DE OFERTAS

Los oferentes estarán obligados a mantener sus propuestas durante el plazo de 150 días contados a partir de la fecha de su presentación. El plazo de mantenimiento de las propuestas quedará prorrogado de pleno derecho hasta el momento de la adjudicación, a menos que los oferentes se retracten por escrito, en cualquier oportunidad, después del vencimiento de dicho plazo.

10. IMPUGNACIONES

Los oferentes podrán efectuar impugnaciones por escrito al proceso licitatorio dentro del quinto día de conocido el motivo que fundamenta la misma, previo depósito en cuenta bancaria de AySA S.A., de un importe equivalente al uno por ciento (1%) del monto ofertado y nunca inferior a cinco mil pesos ($ 5.000). Dicho importe será devuelto en caso de resolverse favorablemente la impugnación y no generará interés alguno a favor del oferente.

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Las impugnaciones deberán presentarse en la mesa de entradas de AySA S.A. en Tucumán 752 de lunes a viernes en el horario de 9:00 hs. a 13:00 hs. y de 14:00 hs. a 17:00 hs.

11. FORMA DE COTIZAR

El Oferente deberá expresar claramente la moneda de cotización y no incluir el IVA en los precios que cotice. Los Oferentes podrán cotizar todos o algunos de los rangos consignados en el Anexo 1 – Planilla de Cotización. Junto con la Planilla de Cotización el Oferente deberá presentar la estructura del precio siguiendo indefectiblemente el modelo indicado en el Anexo 3 y toda la documentación de soporte, que servirá de base en caso de pedido de análisis para la revisión de precios. Dicha estructura permanecerán fijas durante el transcurso del contrato.

12. TIPO DE CAMBIO A los efectos de realizar la comparación de ofertas en moneda extranjera, AySA S.A. considerará el tipo de cambio Vendedor (cotización Divisa) del Banco Nación al cierre del día de la fecha de apertura económica.

13. ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES El oferente deberá contar con planta de producción de uso propio la que podrá ser verificada en cualquier momento por AySA S.A. Por otra parte se deberá indicar indefectiblemente en la oferta: ubicación de la misma, capacidad de producción total instalada, características principales, proceso de elaboración y capacidad no contratada a la fecha de apertura. El oferente deberá haber sido proveedor en los últimos 3 años, en instituciones privadas o públicas radicadas en el país, de sulfato de aluminio en volúmenes similares al cotizado. No serán aceptadas ofertas de personas físicas o jurídicas que se encuentren comprendidas en alguna de las situaciones indicadas en el punto 21 del Pliego de Condiciones Generales de la Orden de Compra, a cuyos efectos deberán presentar la declaración jurada incluida en el presente Pliego.

14. EVALUACIÓN DE OFERTAS

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AySA S.A. procederá al análisis y evaluación de todas las ofertas presentadas, para lo cual tendrá en cuenta los documentos que integran la Licitación Pública pudiendo solicitar de los oferentes todas las aclaraciones que considerare necesarias, así como los documentos omitidos con la propuesta y que a su criterio exclusivo puedan ser agregados. Dadas las características de la adquisición que se tramita, en caso de que presente propuesta un oferente que nunca haya provisto sulfato de aluminio a AySA S.A., y en forma previa a la evaluación económica de la oferta, un equipo técnico designado a tal efecto inspeccionará la planta y el proceso de producción. En caso que dicha inspección desapruebe alguno de ellos, la oferta será invalidada. Si fuera superada la instancia de la inspección, AySA S.A. solicitará al oferente muestra del producto para ser analizado en sus laboratorios. De resultar satisfactorios dichos ensayos, habilitarán una prueba en planta. La entrega del producto para ensayos en laboratorio y planta correrán por cuenta del Oferente. Luego de cumplidas satisfactoriamente las tres instancias, se procederá al análisis económico de la oferta. En caso de que por razones operativas, durante el lapso del proceso de homologación técnica, AySA S.A. se viere en la obligación de adjudicar la presente licitación, se compromete a proseguir con todos los ensayos/pruebas para la obtención definitiva de la aprobación o rechazo técnico del producto con la finalidad de ser contemplado en futuras Licitaciones y Ordenes de Compra.

15. ADJUDICACIÓN

AySA S.A. adjudicará la licitación respecto de la oferta que resultare la más conveniente estratégica y económicamente, pudiendo adjudicar a más de un proveedor las cantidades licitadas. Por otro lado AySA S.A., podrá rechazar todas las ofertas sin incurrir por ello en responsabilidad alguna respecto del o de los oferentes afectados y sin obligación de informar las razones de la decisión adoptada.

16. PLAZO, LUGAR Y FORMA DE ENTREGA

El plazo de la contratación será de 31 meses, contados a partir del mes de Junio 2017. La cantidad estimada para dicho período es de 139.400 tn AySA S.A. podrá, de acuerdo a las necesidades operativas y estratégicas de las Plantas Potabilizadoras, revisar anualmente la cantidad estimada.

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De común acuerdo entre las partes se podrá prorrogar el período contractual por 12 meses más, para lo cual con 150 días de anticipación, AySA S.A. notificará de forma fehaciente al proveedor, debiendo éste responder dentro de un plazo de 5 días. El material deberá ser entregado conforme a la planificación semanal que AySA S.A. realice, en función de sus necesidades operativas. AySA S.A., a su sola opción, podrá aumentar o disminuir hasta un 20 % la cantidad contratada, sin que ello genere ningún derecho a favor del Proveedor, fuera del estricto reembolso que le correspondiere por las cantidades entregadas en exceso por sobre las establecidas en la Orden de Compra. El producto deberá ser entregado en el Establecimiento Gral. San Martín, Pampa 452, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Excepcionalmente AySA S.A. podrá solicitar la entrega del producto en el Establecimiento General Belgrano, Av. Caseros 269, Bernal, Provincia de Buenos Aires y/o en la Planta Juan Manuel de Rosas, Ruta 26 Nº 2692 y Brasil, Partido de Tigre, Provincia de Buenos Aires.

17. FACTURACIÓN Y PAGO

Condiciones de Facturación Las facturas serán presentadas dentro de los 2 días hábiles de vencida cada quincena calendario y comprenderán las cantidades entregadas y certificadas dentro del citado período. Conjuntamente con la factura, el Proveedor deberá presentar la nota de crédito correspondiente a las penalidades del mes anterior, si las hubiere, caso contrario la factura no será pagada. Forma de Pago

Los pagos de las facturas debidamente aprobadas se realizarán mediante la emisión de cheque a los 10 días por parte de AySA S.A. o del Banco que ésta designe. No corresponderá la emisión y aceptación de la factura de crédito. En caso de pactarse en moneda extranjera, el pago se efectuará en pesos considerando para el cálculo (referencia) el valor, de la divisa de la cotización, tipo vendedor Banco Nación Argentina vigente día anterior a la fecha de las ordenes de emisión de los cheques diferidos. De producirse variaciones menores o iguales al 3% (en más o en menos), en la cotización de dicha divisa, vendedor Banco Nación, del día anterior a la fecha de vencimiento del cheque, con respecto a las cotizaciones de referencia utilizadas, se darán por cumplidas las obligaciones de pago. En

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caso que dichas variaciones superen el 3% (en más o en menos), las partes asumirán la diferencia de cambio correspondiente de la siguiente manera: en más a cargo de AySA S.A.; en menos a cargo del Proveedor, calculando el coeficiente de variación como el cociente entre la cotización del día anterior a la fecha de vencimiento del cheque y la de referencia. De corresponder, a la fecha del vencimiento del cheque, el Proveedor deberá presentar según corresponda Nota de Débito o de Crédito como consecuencia del ajuste resultante, con vencimiento 48 hs. Toda la operatoria se realizará a través de Banco/s a designar por AySA S.A. - Requisitos de entrega de cheques tanto en Bancos como en Tesorería de AySA S.A. (todos los cheques se emitirán con cláusula “No a la Orden” y cruzados): a) Personas físicas: El titular podrá retirar el cheque con: recibo, documento original y con una fotocopia del mismo, si el retiro lo realiza una persona que no es el titular, deberá realizarlo con recibo y autorización por escrito firmada por el titular con certificación de firma, puede ser por (policía, banco o escribano). La persona estará autorizada hasta que el proveedor no revoque por escrito el poder otorgado. b) Personas Jurídicas: Será obligatoria la presentación del poder, emitido por escribano público, y documento de identidad del autorizado, en ambos casos se deberá entregar fotocopias de dichos documentos, en todos los casos los poderes serán presentados por única vez.

18. SOLICITUD DE ENTREGA

La cantidad de Sulfato de Aluminio a entregar en cada Planta será requerida mediante el envío de un cronograma semanal de entregas, indicando fechas y cantidades a entregar. Dicho cronograma será enviado al proveedor con al menos 3 (tres) días corridos de anticipación y será confeccionado tomando en cuenta la cantidad adjudicada, los consumos estimados y la capacidad de recepción de cada Planta, con el objeto de mantener un nivel de stock constante día a día. En tal sentido, el incumplimiento de las cantidades semanales de entrega será penalizado, por entenderse que se le ha ocasionado a AySA S.A. un perjuicio, produciendo variaciones en el stock, que pudieran llevar a valores por debajo de los niveles críticos. Cuando razones de índole operativa así lo requieran, AySA S.A. podrá: variar el destino de una entrega programada que se encuentre en tránsito, gestionar solicitudes de entrega de emergencia con menos de 24 hs de antelación, suspender las entregas y/o solicitar la entrega de producto en un destino diferente de los indicados en la Orden de Compra, sin que ello genere derecho alguno a favor del Proveedor a percibir ulteriores compensaciones y/o resarcimientos y/o retribuciones e/o indemnizaciones, fuera del estricto reembolso que pudiera corresponder por el suministro

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entregado, conforme a los precios pactados en la Orden de Compra que se encontrare vigente al momento de su recepción.

19. CONDICIONES DE TRANSPORTE Y ENTREGA Los transportes utilizados para la entrega del producto serán del tipo Cisterna de aproximadamente 28-30 t de capacidad, revestidas interiormente con material químicamente resistente a la corrosión (por ejemplo: policloruro de vinilo reforzado con fibra de vidrio, plástico, ebonita e incluso acero inoxidable) y no podrán ser utilizados para el trasporte de otro tipo de productos, sin que previamente se haya efectuado un exhaustivo proceso lavado del mismo, de forma tal que se asegure la ausencia de otro tipo de sustancias que pudiera contaminar y/o modificar la composición original del Sulfato de Aluminio. En tal sentido AySA S.A. podrá investigar, en cualquier momento y todas las veces que lo considere necesario, la presencia de otro tipo de contaminantes, diferentes de los establecidos en el Documento 2 - Especificaciones Técnicas, con la finalidad de verificar el cumplimiento de lo establecido precedentemente. Las válvulas de descarga de los vehículos utilizados para el transporte deberán poseer un diámetro mínimo de 100 mm., y deberán contar con tapas de cierre hermético debidamente precintadas. Cada transporte estará equipado además, con cañería de descarga flexible, de igual diámetro que las válvulas y de longitud adecuada a las instalaciones existentes en AySA S.A. Tanto el Trasporte como el Conductor deberán contar con todas las habilitaciones requeridas por la legislación vigente, para el tipo de carga que transportan, y contarán con toda la documentación original, que acredite dichas habilitaciones y la vigencia de las mismas. Antes de obtener la autorización de ingreso a las Plantas, el transportista deberá exhibir obligatoriamente, todas las licencias, habilitaciones y comprobantes de pago de Seguros, exigidas por la legislación vigente y/o por AySA S.A., como así también la Hoja de Datos de Seguridad del producto y los elementos de seguridad y protección personal recomendados para el control de los riesgos asociados. Adicionalmente, cada entrega deberá ser acompañada por:

- El correspondiente Remito extendido en la forma indicada en las

Condiciones Generales de Compra, punto 4: Entrega del suministro, en el cual deberá constar además la siguiente información: N° de remito, Lugar de Destino, Fecha de Despacho en Origen, cantidad neta transportada y unidades de medida, Identificación de la Empresa Transportista (razón Social y N°de CUIT), identificación del conductor (Nombre Apellido y N° de CUIL) y del transporte, incluido acoplado si lo hubiere.

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- Ticket de Pesada, con la siguiente información (ver nota):

• Peso bruto, neto y tara • Fecha de pesada • Identificación de la balanza • Identificación del operador que efectuó la pesada • Identificación del Conductor de Vehículo • Identificación del Vehículo (tractor y acoplado) • N° de remito correspondiente, o cualquier otro dato que

permita relacionar en forma clara e inequívoca, el ticket con la carga transportada.

Nota: Las balanzas utilizadas para el pesaje de las cantidades de Sulfato de Aluminio entregadas, deberán contar con la certificación del INTI, conforme a lo establecido en el Decreto 788/2003 del SIMELA. A efectos de verificar el cumplimiento de ello, el proveedor pondrá disposición de Agua y Saneamientos Argentinos S.A., los certificados que evidencien el cumplimiento de dicha normativa.

- Protocolo de Análisis del producto, en el que deberán constar los

parámetros detallados en la Tabla de Requisitos del Pliego de Especificaciones Técnicas adjuntas como Documento 2.

Salvo casos de fuerza mayor, el material será transportado en viaje directo desde la planta de producción del Proveedor hasta los destinos indicados por AySA S.A., sin escalas. Una vez dentro del establecimiento, el Transportista estará obligado a respetar las indicaciones proporcionadas por el personal de AySA S.A., en lo referente a seguridad, preservación de la carga, tránsito, maniobras permitidas y permanencia dentro de las Plantas. La inobservancia de dichas indicaciones será motivo suficiente para el rechazo total de la entrega o para la interrupción de la descarga.

20. CALIDAD DEL PRODUCTO ENTREGADO A efectos de determinar la calidad de producto entregado AySA S.A. tomará en cuenta los ensayos de calidad que realice en sus laboratorios, con la finalidad de determinar el cumplimiento de Requisitos establecidos en el Pliego de Especificaciones Técnicas. En tal sentido queda establecido que, bajo ningún concepto AySA S.A. estará obligado a tomar en cuenta los resultados informados por el Proveedor en el Protocolo de Análisis que acompañe cada entrega efectuada.

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Cuando el proveedor así lo solicite, las discrepancias que pudieran surgir entre los resultados de Control Calidad efectuado por él y los informados por AySA S.A, serán dirimidas conforme a lo establecido en la cláusula “Notificación de Parámetros No Conformes” del Pliego de Especificaciones Técnicas.

21. RECHAZOS

Será causal del rechazo total o parcial de la entrega, cuando se verifiquen algunas de las siguientes situaciones:

- Si de los resultados del Control de Calidad Preventivo, se obtienen 1 o

más parámetros que no cumplen con los valores especificados. - A partir de que se hayan detectado parámetros con valores fuera de los

límites especificados y/o la presencia de otro tipo de contaminantes que pudieran ser nocivos para la salud.

- Si los vehículos utilizados para el transporte del producto, no cumplen con los requisitos especificados en la cláusula CONDICIONES DE TRANSPORTE y ENTREGA.

- Si se verificara la falta total o parcial de la documentación exigida por la legislación vigente para Transporte de Cargas y/o cualquier otra legislación aplicable.

- Si la documentación, antes mencionada, se encontrara vencida. - Si se observara deterioro evidente del producto, por su mala conservación

durante el transporte. - Si la ausencia de los elementos de seguridad y/o protección personal,

implicaran un riesgo potencial durante las operaciones de descarga del producto

- Si no se cumplieran las indicaciones del personal de AySA S.A. para la circulación y/o permanencia dentro de los establecimientos

Las cantidades que por cualquier causa resultaran rechazadas, deberán ser compensadas por el Proveedor, con una nueva entrega dentro de la misma semana y en el plazo más corto posible, previo consentimiento de AySA. Tales circunstancias no darán derecho alguno al Proveedor a percibir ulteriores compensaciones y/o resarcimientos y/o retribuciones e/o indemnizaciones.

22. RECEPCIÓN

La recepción del producto se llevará cabo de Lunes a Sábado en el horario de 07:00 hs a 15:00 hs. Salvo expresa indicación en contrario, fuera del rango horario establecido, no se admitirá el ingreso a Planta.

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Sin perjuicio de lo establecido anteriormente, AySA S.A. podrá extender la recepción a días inhábiles y/o ampliar el horario de entrega, cuando razones de índole operativa así lo requieran. A los efectos del pago del producto, AySA S.A. tomará en cuenta el pesaje que para cada entrega arroje la báscula del Establecimiento. En caso de que esta báscula se encontrara fuera de funcionamiento, AySA S.A. tomará como válido el valor informado por el Proveedor en el ticket de pesada. La descarga del producto estará a cargo del Proveedor.

23. RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR

En caso de producirse deterioros evidentes en las instalaciones de AySA S.A. como consecuencia de la utilización del Sulfato de Aluminio entregado por el Proveedor, éste será responsable de los daños ocasionados y deberá reparar los elementos afectados. La responsabilidad del Proveedor se limitará a los costos reales necesarios para reparar los equipos y solamente en el caso en que se pudiere demostrar fehacientemente que los mencionados deterioros se produjeron como consecuencia del uso del Sulfato de Aluminio provisto por el mismo.

24. PENALIDADES

24.1 Penalidades por No Entrega de Sulfato de Aluminio En caso de que el proveedor incumpliera, sin causa justificada, con la cantidad semanal de producto solicitado por AySA S.A., se penalizará con el importe equivalente a 1 t por cada 28 t no entregadas. A los efectos del cálculo de las penalidades que pudieran corresponder, se tomará en cuenta el precio por tonelada establecido en la Orden de Compra que se encontrare vigente al momento de producirse el incumplimiento, y se admitirá una tolerancia de hasta un 10% de diferencia entre las cantidades solicitadas y las recibidas, que no se encuentren debidamente justificadas. En tal sentido se entenderá por “Causa Justificada” todos aquellos eventos ocurridos en las instalaciones del Proveedor, a bienes de su propiedad, o de terceros que prestan servicios para él, y que por sus características impidan el abastecimiento de las cantidades previstas y/o en los plazos estipulados. En tal caso, dentro de las 24hs. de ocurrido el evento, el Proveedor deberá notificar a AySA S.A. enviando un informe escrito, vía mail, detallando las características del evento y el plazo estimado para la resolución del mismo. No serán consideradas como justificación de incumplimiento, todas aquellas notificaciones que se hayan cursado luego del plazo antes indicado, por entenderse que se le ha quitado a AySA S.A. la posibilidad de sustituir con

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otro coagulante las partidas no entregadas. En este caso será de aplicación la penalidad indicada precedentemente. 24.2 Penalidades por calidad 24.2.1 Por Contenido de óxido de aluminio: Cuando el contenido de Oxido de Aluminio promedio ponderado del mes en cuestión sea menor que límite especificado menos la tolerancia del método de ensayo, es decir <7.0 g%g-0.3 g%g (*) se aplicará la siguiente fórmula: M=0.15*Fm*[(OALe-T)-OAPp] Donde: Fm: facturación mensual OALe: óxido de aluminio límite especificado OAPp: óxido de aluminio promedio ponderado. Se compone por el resultante de multiplicar el contenido de OA obtenido del análisis de cada muestra compensada semanal por el factor de ponderación que representa la cantidad de producto recibido en dicha semana, sobre la cantidad total de producto recibido en el mes en cuestión. T: tolerancia 24.2.2 Por Contenido de óxidos útiles totales (OUT): Cuando el contenido de Óxidos Útiles Totales promedio ponderado del mes en cuestión sea menor que límite especificado menos la tolerancia del método de ensayo, es decir <7.6 g%g-0.3 g%g (*) se aplicará la siguiente fórmula: M=0.15*Fm*[(OUTLe-T)-OUTPp] Donde: Fm: facturación mensual OUTe: óxidos útiles totales límite especificado OUTPp: óxidos útiles totales promedio ponderado. Se compone por el resultante de multiplicar el contenido de OUT obtenido del análisis de cada muestra compensada semanal por el factor de ponderación que representa la cantidad de producto recibido en dicha semana, sobre la cantidad total de producto recibido en el mes en cuestión. T: tolerancia 24.2.3 Por Contenido de Residuo Insoluble: Cuando el contenido de Residuo Insoluble promedio ponderado del mes en cuestión sea mayor que límite especificado más la tolerancia del método de ensayo, es decir >1.0 g%g + 0.2 g%g (*) se aplicará la siguiente fórmula:

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M = 0,05 * Fm [(RIPp+T) – RILe] donde: Fm: facturación mensual RILe: residuo insoluble límite especificado RIPp: residuo insoluble promedio ponderado. Se compone por el resultante de multiplicar el contenido de Residuo Insoluble obtenido del análisis de cada muestra compensada semanal por el factor de ponderación que representa la cantidad de producto recibido en dicha semana, sobre la cantidad total de producto recibido en el mes en cuestión. T: tolerancia (*) Nota: A los efectos de la aplicación de las fórmulas antes mencionadas AySA S.A. tomará en cuenta el valor de tolerancia mínima admisible, establecida en sus métodos de ensayo, las cuales se establece en los siguientes valores: Óxidos útiles +/- 0,30 g%g Óxido de Aluminio +/- 0,30 g%g Residuo insoluble +/- 0,20 g%g 24.2.4 Por Acidez libre: Cuando el contenido de Acidez Libre promedio ponderado del mes en cuestión sea mayor que límite el especificado, es decir >0.3 g%g se aplicará la siguiente fórmula: M = 0,21 * Fm (AcPp – AcLe) donde: Fm: facturación mensual AcLe: acidez libre límite especificado. AcPp: acidez libre promedio ponderado del mes en cuestión. Se compone por el resultante de multiplicar el contenido de Acidez Libre obtenido del análisis de cada muestra compensada semanal por el factor de ponderación que representa la cantidad de producto recibido en dicha semana, sobre la cantidad total de producto recibido en el mes en cuestión. 24.2.5 Por Contenido de Metales: Cuando el contenido de los Metales analizados en la muestra compensada semanal sea mayor que los límites especificados para cada uno de ellos en la Tabla de Requisitos del Pliego de Especificaciones Técnicas, se aplicarán las siguientes fórmulas: a) Para Cromo:

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M=Fs*1*(CrCs-CrLe) donde: Fs = Valor de las toneladas semanales entregadas, representadas por la muestra compensada, y calculadas en base a los precios contractuales vigentes a ese momento. CrLe = Cromo límite especificado (máx. 0,02 g%g Al2O3) CrCs = Concentración de cromo presente en la muestra compensada semanal. b) Para Arsénico: M=Fs*1*(AsCs-AsLe) donde: Fs = Valor de las toneladas semanales entregadas, representadas por la muestra compensada, y calculadas en base a los precios contractuales vigentes a ese momento. AsLe = Arsénico límite especificado (máx. 0,05 g%g Al2O3) AsCs = Concentración de arsénico presente en la muestra compensada semanal c) Para Mercurio: M=Fs*100*(HgCs-HgLe) donde: Fs = Valor de las toneladas semanales entregadas, representadas por la muestra compensada, y calculadas en base a los precios contractuales vigentes a ese momento. HgLe = Mercurio límite especificado (máx. 0,0006 g%g Al2O3) HgCs = Concentración de mercurio presente en la muestra compensada semanal d) Para Cadmio: M=Fs*10*(CdCs-CdLe) donde: Fs = Valor de las toneladas semanales entregadas, representadas por la muestra compensada, y calculadas en base a los precios contractuales vigentes a ese momento. CdLe = Cadmio límite especificado (máx. 0,004 g%g Al2O3) CdCs = Concentración de Cadmio presente en la muestra compensada semanal e) Para Plomo: M=Fs*1*(PbCs-PbLe) donde:

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Fs = Valor de las toneladas semanales entregadas, representadas por la muestra compensada, y calculadas en base a los precios contractuales vigentes a ese momento. PbLe = Plomo límite especificado (máx. 0,02 g%g Al2O3) PbCs = Concentración de plomo presente en la muestra compensada semanal f) Para antimonio: M=Fs*10*(SbCs-SbLe) donde: Fs = Valor de las toneladas semanales entregadas, representadas por la muestra compensada, y calculadas en base a los precios contractuales vigentes a ese momento. SbLe = Antimonio límite especificado (máx. 0,001 g%g Al2O3) SbCs = Concentración de antimonio presente en la muestra compensada semanal g) Para Selenio: M=Fs*10*(SeCs-SeLe) donde: Fs = Valor de las toneladas semanales entregadas, representadas por la muestra compensada, y calculadas en base a los precios contractuales vigentes a ese momento. SeLe = Selenio límite especificado (máx. 0,001g%g Al2O3) SeCs = Concentración de selenio presente en la muestra compensada semanal h) Para Níquel: M=Fs*1*(NiCs-NiLe) donde: Fs = Valor de las toneladas semanales entregadas, representadas por la muestra compensada, y calculadas en base a los precios contractuales vigentes a ese momento. NiLe = Níquel límite especificado (máx. 0,01 g%g Al2O3) NiCs = Concentración de níquel presente en la muestra compensada semanal 24.3 Excepciones No serán alcanzadas por las Penalidades previstas en el punto 24.1 del presente documento, aquellas entregas que se encuadren en las siguientes situaciones:

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- Cuando surja la necesidad de solicitarle al proveedor, una cantidad de entregas que supere en más de un 20% el porcentaje original adjudicado.

- Las entregas No Cumplidas que se encuentren debidamente

justificadas.

- Las entregas No programadas.

- Las entregas Rechazadas 25. LIQUIDACIÓN DE PENALIDADES

Las penalidades establecidas en los puntos 24.1 y 24.2 son acumulativas. El cálculo de las Penalidades que pudieran corresponder, serán efectuados una vez vencido cada mes calendario, y le serán informados al Proveedor y al Departamento de Cuentas Pagar de AySA S.A., dentro de los 30 días posteriores.

26. RESCISIÓN

Sin perjuicio de otras causales previstas, AySA S.A. podrá rescindir la Orden de Compra sin que el Proveedor tenga derecho a percibir ninguna indemnización en los siguientes casos: 1 – Si en un mes, las penalidades aplicadas superan el 10% del valor de las entregas efectuadas en dicho mes. 2 – Si el importe de las penalidades acumuladas por todo concepto supera el 5% del monto total de la Orden de Compra. En ningún caso las penalidades podrán superar el 10% del monto total contratado. La rescisión de la Orden de Compra por incumplimiento del Proveedor será motivo suficiente para que AySA S.A. se reserve el derecho de suspender, en el futuro, toda relación comercial con aquel.

27. STOCK DEL PROVEEDOR

El Proveedor deberá tener, en todo momento un stock de materias primas equivalente a 1 mes de producción de sulfato de aluminio para la bauxita y 7 días de producción para el ácido sulfúrico.

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El Stock de Seguridad podrá ser auditado por personal de AySA S.A., cuando ésta lo creyere conveniente durante el período de vigencia de la Orden de Compra. La falta de cumplimiento parcial o total en el mantenimiento del Stock de Seguridad, podrá dar lugar a la cancelación total o parcial de la Orden de Compra por parte de AySA S.A.

28. CONTROLY SEGUIMIENTO DE OBLIGACIONES CONTRACTUALES Dado que el suministro objeto de la presente contratación resulta indispensable para asegurar la calidad del agua potabilizada, conforme a las regulaciones vigentes en la materia, AySA S.A., se reserva el derecho de efectuar el control y seguimiento de las obligaciones contraídas por el Proveedor, a partir la presentación de la oferta y hasta la extinción de la relación contractual. Para ello dispondrá la realización de los siguientes controles:

- Auditoría de las Instalaciones Productivas y/o Comerciales del Proveedor

- Control y Evaluación de Cumplimiento de Obligaciones Contractuales

- Reclamos por Incumplimientos Específicos - Pedidos de Informes periódicos al Proveedor, sobre Capacidad de

Producción, Logística de Entregas, Cumplimiento de Cronogramas Semanales, Control de la Materia Prima empleada para la fabricación del Sulfato de Aluminio, etc

De cada control efectuado, AySA S.A. emitirá un informe, el cual le será remitido al Proveedor, vía mail, con el resultado de las observaciones y/o verificaciones efectuadas en base a la evidencia obtenida. Cuando corresponda, dichos informes podrán incluir recomendaciones y/o aspectos que el Proveedor deberá corregir o mejorar, para asegurar la continuidad del suministro en los términos establecidos. A partir de la recepción de cada informe y/o reclamo remitido por AySA S.A., el Proveedor deberá efectuar una devolución sobre el tratamiento de cada una de las recomendaciones, correcciones o mejoras solicitadas, en los plazos indicados. Sin perjuicio de ello, queda expresamente establecido que la cantidad y calidad del producto que se recibiere en los establecimientos de AySA S.A. es responsabilidad exclusiva y total del Proveedor.

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28.1 AUDITORÍAS El Proveedor estará obligado a aceptar la presencia de representantes de AySA S.A., cuando ésta lo creyere conveniente, a fin de verificar los procesos producción y control de calidad de producto elaborado, que se realizaren en sus instalaciones y/o en instalaciones de terceros que trabajen ó presten servicios por cuenta de él. A tal efecto, el Proveedor pondrá a disposición de AySA S.A., toda la documentación requerida por ésta, para acreditar su capacidad de cumplir con las obligaciones emergentes de los diferentes documentos que compongan las condiciones de contratación. 28.2 EVALUACIÓN DE CUMPLIMIENTO Queda establecido que AySA S.A. se reserva el derecho de efectuar el seguimiento de las obligaciones contractuales y la evaluación de las mismas, utilizando para ello la metodología que considere más conveniente. 28.3 RECLAMOS En cualquier momento, y a partir de la detección de un incumplimiento específico, AySA S.A. podrá solicitar al Proveedor la implementación de acciones inmediatas, con el objeto de prevenir su reiteración, sin perjuicio de la aplicación de las penalidades y/o sanciones que pudieran corresponder. 28.4 PEDIDOS DE INFORMES Con el objeto de confeccionar y monitorear los cronogramas semanales de entrega, el Proveedor estará obligado a informar diariamente el grado de avance de las partidas de sulfato de aluminio despachadas desde su planta. Adicionalmente AySA S.A., podrá requerirle al Proveedor, el envío de información actualizada, sobre la capacidad real de producción y/o cualquier otro tipo de información relativa al suministro, que le permita prever una interrupción en el abastecimiento de sulfato de aluminio.

29. CONTROL DE OBLIGACIONES LABORALES A efectos de verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales del personal afectado al transporte del suministro, mensualmente el Proveedor deberá presentar la siguiente documentación:

- Bajo declaración jurada de veracidad, un listado del personal que haya trabajado durante el período de tiempo correspondiente al certificado de obra anterior y que contendrá:

nombre y apellido.

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número de C.U.I.L. remuneración abonada Formulario 931 AFIP del mes correspondiente.

- Respecto al mismo personal y por el período indicado anteriormente:

constancia de pago de las remuneraciones (fotocopia del recibo de sueldo firmada por el beneficiario);

Copia firmada de los comprobantes de pago mensuales al sistema de seguridad social, (VEP comprobante de pago-AFIP)

copia del recibo de pago de los seguros requeridos en este pliego (accidentes de trabajo, responsabilidad civil, automotores y de todo riesgo, construcción y montaje);

constancia emitida por la aseguradora del personal amparado por el seguro de accidentes de trabajo durante el período.

Certificado de Libre Deuda de Aportes y de Libre Conflicto Sindical

Queda establecido que la presentación de la documentación antes mencionada, será requisito indispensable para habilitar para el pago de las facturas correspondientes. Conforme a lo establecido en el artículo 136 de la LCT, AySA S.A., estará facultada para retener, de cualquier factura pendiente de pago, importes que el Proveedor adeudara en concepto pagos a los Organismos de Seguridad Social, Aportes Sindicales y/u otro tipo de Contribuciones reguladas por la normativa legal vigente). La falta reiterada de presentación parcial o total de la documentación antes mencionada, podrá ser causal de recisión de la Orden de Compra.

30. PROHIBICIÓN DE SUBCONTRATACIÓN Y CESIÓN

El Proveedor se obliga a cumplir directamente con el suministro. Por lo tanto, no podrá subcontratar y/o confiar y/o ceder el objeto de la Orden de Compra a otros subcontratistas, en todo o en parte, sin previa autorización escrita de AySA S.A. La autorización de AySA S.A. a subcontratar, no significa disminuir y/o anular en forma alguna todas y cada una de las responsabilidades y obligaciones que el Proveedor asume por medio de la Orden de Compra.

31. REVISION DE PRECIOS CONTRACTUALES Los precios de los contratos solo podrán ser motivo de análisis y estudio cuando se produzcan variaciones superiores al 10%, entre la fecha de la Orden de Compra y la fecha de solicitud de adecuación de los precios

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adjudicados y conforme la estructura de precios presentada en la oferta y/o acordada en la adjudicación. En tal caso se habilitará una revisión extraordinaria. Esta situación podrá ocurrir por pedido formal de cualquiera de las partes una sola vez al año y finalizado cada período anual de contratación o de la última revisión del precio. La parte solicitante deberá aportar todos los elementos de prueba necesarios que reflejen la variación de los precios que manifiesta deben ser revisados. Una vez establecida la procedencia de la revisión, las partes constituirán una mesa de estudio de los precios contractuales (sobre la base de la estructura de precios acordada), la que deberá expedirse dentro de los 30 días corridos. De llegar a un acuerdo la modificación de precios tendrá vigencia a partir de la fecha en que se hubiera efectuado el pedido formal. En caso que no haya acuerdo, cualquiera de las partes podrá pedir formalmente la rescisión del contrato, pero deberá, necesariamente cumplir con sus obligaciones por un término mínimo de 150 días corridos, contados desde la fecha de comunicación fehaciente del pedido de rescisión. Para una nueva revisión de los precios contractuales por haberse producido nuevamente una variación de la magnitud antes referida, se aplicarán los valores/índices correspondientes al mes de la última revisión de precios aprobada y los del mes del nuevo período de revisión.

Sin perjuicio de lo precedentemente señalado, si por circunstancias ajenas a cualquiera de las partes, se produjera una alteración significativa del Contrato, se procederá conforme se indica seguidamente: La parte que se considere afectada notificará en forma fehaciente a la otra, estableciendo día y lugar para efectuar una reunión a fin de lograr un acuerdo dentro del plazo de 30 días. Durante el mismo, ambas partes se comprometen a continuar con sus respectivas obligaciones. De no lograrse un acuerdo, se dejará constancia de las posiciones y la decisión de resolver el contrato. En caso de rescindir, las partes se comprometen a continuar con sus obligaciones por un período de 150 días contados a partir de la fecha de la resolución. Cualquiera sea el acuerdo obtenido, ninguna de las partes podrá reclamar a la otra, indemnización alguna como consecuencia de lo acordado.

32. SEGUROS

1 Generalidades

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El Proveedor deberá contratar y mantener vigentes los seguros indicados en estas Condiciones de Contratación, ateniéndose asimismo a las condiciones establecidas por AySA S.A. en la materia a la fecha de formalización del suministro y a cualquier modificación posterior. Las pólizas de seguros deberán contratarse en compañías aseguradoras legalmente habilitadas en la República Argentina y a satisfacción de AySA S.A. Las pólizas deberán tener una vigencia temporal igual a la duración del suministro, cuando éste no fuera mayor a un año. En caso de suministros de una duración superior al año, las pólizas podrán ser anuales. Previo a la iniciación del suministro, el Proveedor deberá presentar a AySA S.A. Departamento Administración de Riesgos, Tucumán 752, piso 13, Capital Federal, las pólizas y los recibos de pagos en original y copia, indicando si los pagos se realizan en forma total o en cuotas, o en su defecto, certificados de cobertura originales, donde se indique la compañía aseguradora, el riesgo cubierto, vigencia, límites y alcances de la cobertura, como así también las sumas aseguradas. Será obligación del Proveedor notificar a los aseguradores de cualesquiera de los seguros requeridos, cualquier cuestión o suceso para el cual fuese necesaria dicha denuncia, de acuerdo con las cláusulas de las pólizas correspondientes. El Proveedor será responsable por todas las pérdidas, reclamos, demandas, actuaciones judiciales y las costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento por su parte de los requerimientos de este Artículo, ya sea como resultado de la anulación de cualquiera de dichos seguros o por cualquier otro motivo. El régimen de seguros impuesto por AySA S.A. al Proveedor, no limita ninguna responsabilidad, contractual o extracontractual, u obligación de éste hacia terceros o hacia AySA S.A.. En consecuencia el Proveedor se hará cargo de cualquier franquicia o descubierto obligatorio que sus seguros contengan, así como de cualquier suma exigible en exceso de las sumas aseguradas mínimas solicitadas para cada riesgo, o por cualquier riesgo no cubierto por las pólizas solicitadas.

En todos los supuestos, AySA S.A. no será responsable por suma alguna que el Proveedor se viera obligado a pagar a terceros con motivo de su responsabilidad o por incumplimiento del régimen de seguros.

Las pólizas deberán contener las siguientes cláusulas:

a) No podrán ser modificadas o anuladas sin autorización de AySA S.A.

b) La compañía aseguradora deberá comprometerse a notificar a AySA S.A. cualquier omisión de pago y otro hecho de cualquier naturaleza en que

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incurriere el asegurado principal y que resulte causal de suspensión de cobertura, caducidad de derechos, rescisión del contrato o pérdida de vigencia de la póliza en forma total o parcial, con una antelación mínima de quince (15) días respecto de la fecha en que dicha omisión pudiere determinar las consecuencias apuntadas.

Mientras no se cumpla lo indicado precedentemente, no se producirá la suspensión de cobertura, caducidad, rescisión o pérdida de vigencia de la póliza, en forma total o parcial, hasta tanto transcurra el plazo fijado a partir de la fecha de la notificación a AySA S.A.

AySA S.A. se reserva el derecho de recabar información ante las compañías aseguradoras, respecto de las condiciones de contratación de los seguros, así como las vigencias y estados de deuda. El régimen de seguros detallado implica la contratación de seguros por expresa disposición de AySA S.A. y aquellos que son de cumplimiento obligatorio por leyes o decretos. En caso que durante la vigencia del suministro se establezca la obligatoriedad de contratación de algún otro seguro, o modificación de los convenios colectivos de trabajo y otros no indicados a la fecha de formalización del contrato, el Proveedor deberá considerar incorporado ese requisito legal al régimen de seguros de AySA S.A., regularizando su situación dentro de los 30 (treinta) días de exigibilidad legal que originó el nuevo seguro o la modificación.

Si el Proveedor dejase de contratar a su costo y mantener en vigencia los seguros previstos, o cualquier otra cobertura que le pudiere ser exigida, AySA S.A. podrá en tales casos contratar y mantener en vigencia dichos seguros, pagar los premios necesarios para estos fines, deduciendo oportunamente los montos abonados de las sumas devengadas o a devengar a favor del Proveedor, o bien recuperar los mismos como deuda del mismo.

No se admitirá en ningún caso el autoseguro. a. Pólizas a Contratar

El Proveedor y/o su transportista deberá cumplir como mínimo con los diversos tipos de seguros que se detallan a continuación:

a) De AUTOMOTORES: Para los automotores que utilicen este seguro debe cubrir la Responsabilidad Civil hacia terceras personas transportadas y no transportadas y daño a los bienes de terceros, incluyendo la responsabilidad de la carga transportada. La aseguradora deberá indicar en las condiciones particulares de la póliza, que ha tomado conocimiento del carácter de la carga transportada, haciendo mención expresa si ésta se encuentra alcanzada por la cobertura emitida en la póliza específica.

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b) De RESPONSABILIDAD CIVIL COMPRENSIVA (en forma conjunta) a nombre del Proveedor/Transportista y/o AySA S.A., de manera tal que la indemnización resultante sea la misma que si se tratase de pólizas por separado, por cualquier daño, pérdida o lesión que pudiera sobrevenir a cualquier bien, o cualquier otra persona, en la ejecución o a causa de la ejecución del suministro o en el cumplimiento de la Orden de Compra. Las pólizas deberán indicar claramente que AySA S.A. será considerada como tercero en aquellos casos en los que el proveedor ocasionara daños a bienes o al personal de la empresa. El seguro podrá ser contratado en forma anual, o por cada suministro específicamente, no pudiendo la suma asegurada ser inferior a los $ 1.500.000.-

Nota: No será necesario constituir el seguro indicado en 2 b) si el Proveedor/Transportista de la carga presenta la cobertura requerida en 2 a), con la indicación específica de la inclusión de la carga y su naturaleza en el cuerpo de la póliza, con la extensión de la cobertura a los límites establecidos para el riesgo, y cuya suma asegurada no podrá ser inferior al valor indicado en el punto 2 b).

3 Accidentes de trabajo - Ley 24557 - para personal en relación de dependencia, encargado de transporte y descarga de producto.

El Proveedor, previo a la iniciación del suministro, deberá presentar la póliza y/o el comprobante de afiliación correspondiente en alguna de las ART/Cías de Seguro, aceptadas por AySA S.A. a su entera satisfacción, o autorización correspondiente para operar como Cía. autoasegurada; como así también los comprobantes que certifiquen el pago de dicha póliza, caso contrario AySA S.A. no aprobará certificado alguno hasta tanto le diere cumplimiento. Por otra parte adjunto a cada factura, el Proveedor deberá presentar copias certificadas, o en su defecto copias con exhibición de los originales, de los comprobantes de depósitos de los premios correspondientes al mes en curso y el listado de personal amparado.

Asimismo deberán incorporar a la póliza, la siguiente cláusula adicional:

“... ART renuncia en forma expresa a iniciar toda acción de

repetición o de regreso contra AySA S.A., sus funcionarios, empleados y obreros, bien sea con fundamento en el art. 39.5 de la Ley 24.557 o cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dineraria que se vea obligada a otorgar o abonar al personal dependiente o ex dependiente de (empresa proveedor) alcanzados por la cobertura de la póliza de que se trata, por accidentes en ocasión del trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo.

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“... ART se compromete a notificar fehacientemente a AySA S.A., toda omisión de pago y/u otro hecho de cualquier naturaleza en que incurriere el Asegurado principal y que causare: suspensión de cobertura, caducidad de derechos, rescisión o pérdida de vigencia, total o parcial, de la póliza, con una anticipación mínima de 15 días corridos, respecto de la fecha en que pudieren verificarse tales circunstancias.”

“... ART/Accidentes personales

Si el personal del Proveedor/Transportista no se hallara en relación de dependencia, en reemplazo de la cobertura obligatoria según la Ley de Riesgos del Trabajo, éste deberá poseer una cobertura de Accidentes Personales, donde se incluya como beneficiario indistintamente al Proveedor/Transportista y/o a AySA S.A., y como asegurados a las personas físicas que realicen las tareas de conducción, carga y descarga de los vehículos de transporte del insumo solicitado. Las coberturas dentro del Riesgo de Accidentes. Personales debe contemplar la Muerte e Incapacidad Parcial y/o Permanente y Asistencia Médica, con una suma asegurada de $ 230.000.- por persona (este ítem puede ser reemplazado con una certificación fehaciente de poseer cobertura asistencial para emergencias).

a) De Vida Obligatorio - Decreto N° 1567/1974: Previo al inicio del servicio, el Prestador deberá presentar la póliza con la nómina del personal asegurado, como así también constancia de libre deuda emitido por la Aseguradora.

33. DOCUMENTOS CONTRACTUALES Y SU PRELACIÓN

En caso de discrepancia, la documentación contractual deberá ser interpretada en el siguiente orden de prelación:

a) La Orden de Compra.

b) Las aclaraciones y modificaciones al Pliego Licitatorio efectuadas y comunicadas por escrito a los interesados por AySA S.A.

c) El texto de la planilla para Cotización de Precios.

d) El Pliego de Condiciones Particulares y su documentación anexa. e) Las Especificaciones Técnicas f) Condiciones generales de la Orden de Compra g) La Oferta del Proveedor.

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Donde a) tiene la prioridad más alta para la interpretación de los documentos contractuales y g) la más baja.

34. APLICACIÓN DE SANCIONES

Para todo aquel proveedor que no hubiere recibido el Procedimiento específico de Aplicación de Sanciones, deberá solicitarlo, por única vez, al siguiente correo electrónico [email protected], dado que el mismo será de aplicación en la presente contratación.

35. IMPUESTO DE SELLOS

Conforme disponen las Condiciones Generales de la Orden de Compra el Impuesto de Sellos deberá ser afrontado en un 100% por el adjudicatario. El pago de este impuesto será efectuado por AySA S.A. la que descontará el importe correspondiente del primer pago que por cualquier concepto se le realizare al adjudicatario. A tal efecto, el oferente deberá indicar expresamente en su oferta, el domicilio real del depósito de los bienes en la Argentina.

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LEY DE COMPRE TRABAJO ARGENTINO

Anexo 2A - Declaración Jurada

Licitación Pública Nacional N° 39030/2017 Bienes o Servicios: Adquisición de Sulfato de Aluminio para potabilización de agua. Conforme dispone el artículo 11°, inc. B), ap.I) del decreto 1600/02, reglamentario de la ley 25551, DECLARO BAJO JURAMENTO que la oferta que presento cumple con las condiciones requeridas por dichas normas legales para ser considerada oferta nacional.

Firma de Apoderado: ..................................................

Aclaración: ...................................................................

Razón Social de la Empresa: .....................................

Lugar y Fecha: ............................................................

Anexo 2B Página 1 de 1

INHABILIDADES

Anexo 2B - Declaración Jurada

Licitación Pública Nacional N° 39030/2017 Bienes o Servicios: Adquisición de Sulfato de Aluminio para potabilización de agua. A LA EMPRESA AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. El/Los Señor/es:............................................................ En representación de:.................................................. Con domicilio en:.......................................................... DECLARAN BAJO JURAMENTO que la empresa que representan y sus directores no se encuentran alcanzados y/o encuadrados en o por ninguna de las inhabilidades para contratar con AySA detalladas en la cláusula 21 de las Condiciones Generales de la Orden de Compra.-

Lugar y Fecha: .............................................................

Empresa: ......................................................................

Firma: ............................................................................

Aclaración:....................................................................

Nota: Conjuntamente con la cotización el Oferente deberá presentar toda la documentación que acreditelos valores de referencia a dicho momento.

Tipo de Cambio: En caso de adjudicarse en Moneda Extranjera y para evaluar las variaciones de Mano de Obra,Energía y Flete, se considerará el tipo de cambio indicado en el punto 12 al momento de la apertura o tipo de cambiode última revisión - según corresponda - y el tipo de cambio de la fecha de pedido de análisis.

Energía: Facturas de energía

Flete: Indice de Costos de Transporte elaborado por el Departamento de Estudios Tributarios y Costos de la FADEEAC

Otros Gastos: Se ajustará por la variación del Dólar

Mano de Obra: Valor homologado por Convenio Colectivo de Trabajo. Se deberá indicar Convenio y Categoría

Licitación Pública Nacional N° 39030/2017 - ANEXO 3

REFERENCIAS PARA EL CALCULO DE VARIACIONES

Bauxita / Hidróxido de Aluminio / Carbonato de Calcio: Facturas de compra y/o antecedentes registrados en laAdministación Nacional de Aduana, más componente de flete internacional a documentar con los comprobantescorrespondientes, más variaciones arancelarias.

Ácido Sulfúrico: Facturas de compra y/o facturas de venta en caso de ser productor (venta de volúmenesequivalentes al requerido para la fabricación de sulfato para AySA)

Beneficio: Se mantendrá fijo e invariable durante la vigencia del Contrato.

Ítem Incidencia

Bauxita / Hidróxido de Aluminio

Ácido Sulfúrico

Energía

Flete

Mano de Obra

Otros Gastos

Beneficio

TOTAL 100,00%

Licitación Pública Nacional N° 39030/2017 - ANEXO 3 AEstructura del Precio - Sulfato de Aluminio al 7,6% OUT

Licitación Pública Nacional N° 39030/2017 Anexo 1

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Representante Técnico (firma y sello) Representante Comercial

(firma y sello)

Licitación Pública Nacional N° 39030/2017

Anexo 1 - Planilla de Cotización

Objeto: Adquisición de Sultato de Aluminio para potabilización de agua Empresa:

Ítem Código AySA S.A.

Descripción

Rango de Cant. Estimada Anual

(t)

Tipo de Material y/o Servicio (*)

Uni. P.Unit. (*1)

Sub-Total (*1)

1.1 098-001-115 Sulfato de Aluminio al 7,6% de OUT 54.000 a 29.700 t

1.2 098-001-115 Sulfato de Aluminio al 7,6% de OUT 29.699 a 16.200 t

1.3 098-001-115 Sulfato de Aluminio al 7,6% de OUT < 16.199 t

Licitación Pública Nacional N° 39030/2017 Anexo 1

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Representante Técnico (firma y sello) Representante Comercial

(firma y sello)

Nota: (*) Se deberá clasificar con la siguiente codificación: (N) = Nacional ó (I) = No Nacional. (*1) Se deberá indicar la moneda cotizada. Atento a las facultades de AySA S.A. establecidas en la cláusula 15 del Documento 1 por las cuales puede adjudicar a más de un proveedor las cantidades licitadas, los oferentes deberán indicar precios en todos los rangos de cantidades, que resulten de su interés. Los rangos no ofertados no podrán serles adjudicados.

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PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

1. OBJETO: SULFATO DE ALUMINIO

Alcance: Para potabilización de agua

El objeto del presente documento es determinar las características técnicas del Sulfato de Aluminio concentración 7.6 % O.U.T, base bauxita.

2. Referencias Normativas

Ver punto 3.- Descripción – Tabla de Requisitos (Métodos). 3. Descripción

Tabla de Requisitos

Líquido Características Unidad mín. máx. Método de ensayo Oxido de aluminio (Al2O3) g/100g 7,00 IRAM 41159-1:5.2

IRAM 41159-2:3 Óxidos útiles totales (OUT) expresados como (Al2O3)

g/100g

7,6

IRAM 41159-1:3.2/-2:3

Residuo insoluble en ácido sulfúrico g/100g. 1,0 IRAM 41159-1:5.1 Acidez libre expresada como H2SO4 g/100g 0,3 IRAM 41159-1:5.5 Alcalinidad libre expresada como Al2O3 g/100g 0,5 IRAM 41159-1:5.5 Hierro III (férrico) (referido a la solución)

g/100g 1,7 IRAM 41159-1:5.3 IRAM 41159-2:4

Hierro II (ferroso) (referido a la solución) g/100g 0,020 IRAM 41159-1:5.7 Manganeso g/100g 0,021 IRAM 41159-1:5.4 Detergentes por MBAS g/100g 0,0005 SM5540C Temperatura ºC 60 AySA Metales pesados (referidos a Al2O3) Arsénico g/100g 0,05 SM 3111 B / 3114 C * Mercurio g/100g 0,0006 SM 3112 B * Cadmio g/100g 0,004 SM 3111 B * Plomo g/100g 0,02 SM 3111 B * Cromo g/100g 0,02 SM 3111 B * Antimonio g/100g 0,001 SM 3111 B / 3114 C * Selenio g/100g 0,001 SM 3111 B * Níquel g/100g 0,01 SM 3111 B / 3114 C *

*SM: Standard Methods for the Examination of Water and Wastewater 22nd edition.

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Dado que los métodos de ensayo empleados para el control de calidad del producto, se encuentra referenciados a Normas Nacionales e Internacionales de Organismos reconocidos, AySA S.A. se reserva el derecho de variar dichos métodos, en cualquier momento, con la finalidad de adecuarlos a últimas revisiones disponibles de los mismos, o cuando considere que otro método de ensayo sea más adecuado para sus objetivos.

4. Calidad del Producto

El Sulfato de Aluminio debe ser elaborado a partir de materias primas de primera calidad. El ácido sulfúrico a utilizarse como materia prima para la producción de Sulfato de Aluminio será de 98% de pureza y sólo podrá proceder de su obtención a partir de la incineración del azufre de alta pureza, es decir deberá provenir de un proceso de obtención exclusivo, quedando expresamene excluída su producción a partir de ácido sulfúrico recuperado. La calidad del producto a entregar deberá observar todos los parámetros necesarios para que el agua tratada con el mismo cumpla con los requisitos fijados en el Marco Regulatorio aprobado por Ley 26.221 aplicable al servicio que presta AySA S.A. No serán aceptados otros elementos en concentraciones que puedan ser dañinos para la salud y/o perjudiciales para la calidad del agua a tratar. En caso de que se verifique la presencia de uno o varios de estos elementos, el Proveedor deberá adoptar los recaudos necesarios con la finalidad de eliminarlos. De no adoptarse tales recaudos, AySA S.A. podrá disponer la suspensión de la recepción y/o la rescisión de la Orden de Compra, sin derecho a reclamo alguno por parte del Proveedor.

5. Control de Calidad Preventivo Antes y/o durante la descarga, AySA S.A., realizará un Control Preventivo del producto, sobre cada uno de los camiones recibidos. Dicho análisis preventivo, incluirá los siguientes parámetros: Temperatura y Densidad. A su sola opción, y todas las veces que lo considere necesario, AySA S.A., podrá incluir a dicho Control Preventivo, algunos de los otros parámetros detallados en la Tabla de Requisitos. El análisis de los parámetros que no fueron realizados en el Control Preventivo, se llevará a cabo con posterioridad a la descarga. Tal situación no impedirá la aplicación de las Penalidades que pudieran corresponder, por el incumplimiento de límites establecidos en la Tabla de Requisitos de las

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presentes Especificaciones Técnicas. En base a los resultados obtenidos en el Control Preventivo se procederá a: - La habilitación para la descarga - El rechazo total de la carga transportada. - La suspensión de la descarga, y el rechazo parcial del remanente no

descargado. Solo en casos excepcionales, y previo consentimiento explícito de AySA S.A., se podrán aceptar partidas de Sulfato de Aluminio que no cumplan con la totalidad de los requisitos especificados, cuando así lo requieran razones de índole operativa y/o cuando los niveles de stock se encuentren cerca de los valores críticos. En tal sentido queda establecido que, aún cuando AySA S.A. se viere en la obligación de aceptar partidas de Sulfato de Aluminio que no cumplieran con la totalidad de los requisitos especificados, serán de aplicación las penalidades por calidad establecidas en la Orden de Compra. Extracción de muestras: Durante la descarga de cada camión se realizarán 3 tomas de muestras, la primera al principio de la descarga (Nº 1), la segunda a la mitad de la descarga (Nº 2) y la tercera hacia el final de la descarga (Nº 3). En un frasco de un litro, previamente identificado, se colocarán 330 ml de cada una de las muestras Nº 1 a 3, a medida que se vayan extrayendo. Esta muestra se reservará para la preparación de la muestra compensada. En caso que el camión cuente con acoplado, se tomarán muestras del mismo en forma similar. Preparación de la muestra compensada diaria: Con los datos de peso de coagulante líquido descargado por cada camión, el extractor de muestras compondrá una muestra, tomando alícuotas del respectivo frasco luego de homogeneizarlo por agitación, correspondientes a 10 ml por tonelada descargada, o bien, en caso de entregas menores a 100 tn, el volumen necesario para componer un mínimo de un litro. Preparación de la muestra compensada semanal: Con los datos del peso de coagulante descargado por día y la muestra compensada diaria, se compondrá una muestra compensada semanal, a los efectos del cálculo de balance de riqueza y de los promedios mensuales de los parámetros analizados. Las muestras compensadas obtenidas se dividirán en dos porciones iguales que se colocarán en frascos rotulados de cierre hermético, lacrándose o precintándose ambos. Los frascos se identificarán con etiquetas que contendrán los siguientes datos:

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Planta Insumo N º de remito Nº de análisis Fecha de la entrega Cantidad (kg) Proveedor

Un frasco se utilizará para componer la muestra semanal y efectuar los análisis cuando correspondiere y el otro, se reservará como contra muestra, para dirimir cualquier discrepancia en cuanto a los resultados con el Proveedor y el que se conservará por 60 días corridos a partir de la fecha de entrega del producto. En el caso que el Proveedor lo solicite, se le entregará una muestra similar.

6. Notificación de Parámetros No Conformes En caso de que algún parámetro no cumpla con lo establecido en la Orden de Compra, AySA S.A. notificará al Proveedor (vía fax o correo electrónico), el resultado de los análisis realizados. A partir de ese momento el Proveedor contará con un plazo de 72 hs hábiles, para manifestar la aceptación o rechazo de los valores informados, pudiendo además solicitar la repetición de los mismos en presencia de un representante técnico de su firma. En caso de no recibir respuesta del Proveedor, dentro de ese plazo, se lo considerará por notificado, perdiendo además el derecho a solicitar la repetición del análisis. Se deja aclarado que, los gastos originados por las repeticiones que se lleven a cabo, serán afrontados por el Proveedor, cuando se verifique la confirmación de los resultados informados originalmente por AySA S.A..

Código: R-CIQ-IQ-003

Versión: 02

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Formulario para recepción de vehículos de

transporte de sulfato de aluminio

ESTABLECIMIENTO:

PATENTE TRACTOR

PATENTE ACOPLADO

Tractor Acoplado

Protocolo análisis SI NO Compañía:

Hoja de Datos de Seguridad SI NO Póliza Nº

Ticket Pesada Proveedor SI NO Vigencia hasta:

Lugar de Destino SI NO

Fecha de Despacho SI NO Compañía:

Producto Transportado SI NO Póliza Nº :

Cantidad Transportada (Tn) SI NO Vigencia hasta:

Identificacón Conductor SI NO

Ident. Empresa Transportista SI NO

Patente Tractor SI NO

Patente Semi ó Acoplado SI NO

Expedido por :

Licencia Nº :

Categoría :

Casco SI NO Fecha Vencimiento:

Protección Facial SI NO

Ropa de Trabajo SI NO

Guantes de PVC SI NO Tractor Acoplado

Calzado de Seguridad SI NO Expedido por :

Matafuego SI NO Serie y N°

Botiquín de 1° Auxilios SI NO Fecha Vencimiento:

Válvulas desc 100 mm SI NO

Tapas/válvulas SI NO Tarjeta electrónica N°:

Precinto tapas/válvulas SI NO Dominio:

Titular:

Material Absorbente SI NO Fecha de emisión:

Pala SI NO

Bolsas SI NO

Botas SI NO Tarjeta electrónica N°:

Mameluco Laminado SI NO Dominio:

Razón Social

Observaciones: Fecha de emisión

N° Cedula:

Lugar en que se expide:

Firma y aclaración Jefe de Planta

R.U.T.A. (Vehículo transporte de carga)

R.U.T.A. (Empresa Transportista)

Firma y aclaración

Responsable de Recepción

(*) Para el caso de Conductores propietarios del transporte.

LICENCIAS Y HABILITACIONES

Información Contenida en el Remito SEGUROS DE RIESGO DE TRABAJO (A.R.T.) ó

SEGUROS DE ACCIDENTES PERSONALES (*)

FECHA: / /

NOMBRE PROVEEDOR

LICENCIA NACIONAL HABILITANTE

(Conductor Profesional)

ELEMENTOS DE SEGURIDAD Y PROTECCION

PERSONAL

N° REMITO

SEGUROS

(tachar lo que no corresponda)

Cedula de identificación del Automotor (VERDE)

Firma y aclaración Conductor

REVISIÓN TECNICA OBLIGATORIA (R.T.O.)

CONDICIONES DE DESCARGA

KIT DE DERRAMES (EMERGENCIA)

NOMBRE DEL CONDUCTOR

NOMBRE EMPRESA TRANSPORTISTA

DOCUMENTACION AYSA

SEGURO OBLIGATORIO RESPONSABILIDAD CIVIL

El presente documento se extiende en 2 ejemplares de un mismo tenor, uno para el Proveedor y otro para AySA S.A.

Agua y Saneamientos Argentinos S.A. CONDICIONES GENERALES DE LA ORDEN DE COMPRA

1 Precio: El precio de la Orden de Compra es fijo e invariable. 2 Plazos: Los plazos indicados en la Orden de Compra y en las presentes Condiciones, se contarán en días corridos, salvo especificación en contrario dispuesta por las partes o por la normativa legal, conforme lo determinado por los arts. 28 y 29 del Código Civil. 3 Entrada en vigencia de la Orden de Compra: La orden de compra se considerará en vigencia a partir de la notificación fehaciente al proveedor que resulte adjudicatario, salvo que se requiera la presentación de la Garantía de Fiel Cumplimiento, en cuyo caso se regirá por lo establecido en el Artículo 18 de las presentes condiciones.. Las reservas que el Proveedor pudiera oponer a la Orden de Compra, deberán ser interpuestas dentro de las 24 horas de haber recepcionado la misma, en cuyo caso se suspenderá su entrada en vigencia. La aceptación por parte del Proveedor implica su renuncia a cualquier condición general y/o particular de venta del mismo y, consecuentemente, dichas condiciones no podrán ser invocadas como de aplicación en la Orden de Compra. Cualquier variante, aun cuando hubiere sido pactada verbalmente, será nula hasta que no haya sido instrumentada mediante la correspondiente revisión de Orden de Compra. Agua y Saneamientos Argentinos S.A. se reserva el derecho de anular la Orden de Compra y hacer efectiva la Garantía de Mantenimiento de la Oferta en caso que el proveedor no cumpliere con los plazos y condiciones establecidos que le fueran notificados para dar entrada en vigencia de la correspondiente Orden de Compra. 4 Cumplimiento del suministro: Salvo disposición en contrario, el cumplimiento y/o la entrega del suministro se efectuará libre de todo gasto para Agua y Saneamientos Argentinos S.A., en los lugares establecidos en la Orden de Compra, estando la descarga incluida en el precio. El Proveedor estará obligado a presentar conjuntamente con la entrega del material un Remito por cuadruplicado en el que consten taxativamente: N° de Orden de Compra, nombre y N° de Registro del Proveedor, N° de ítem y descripción de la mercadería, cantidad, fecha de despacho y número de precintos –si correspondiere-. Dos copias de dicho Remito le serán reintegradas al Proveedor debidamente firmadas y selladas como constancia de entrega del suministro, en condición "a revisar". El Remito deberá consignar el domicilio legal y social del Proveedor y sus condiciones de inscripción ante la A.F.I.P. Salvo disposición en contrario, la recepción provisional sólo será acordada mediante el correspondiente Informe de Recepción. El Proveedor no entregará mayor cantidad del suministro objeto de la Orden de Compra que la por ésta autorizada, salvo indicación en contrario por parte de Agua y Saneamientos Argentinos S.A., instrumentada con la correspondiente revisión de Orden de Compra. Para aquellos ítems cuyas unidades de medida difieran del N° (kg, m, l, etc.) se admitirá una tolerancia de ± 10% sobre las cantidades ordenadas. Idéntico criterio se adoptará cuando se tratare de impresos. En tales casos, el precio definitivo de la Orden de Compra será calculado por unidad de medida, sobre la base de las cantidades realmente entregadas por el Proveedor. Agua y Saneamientos Argentinos S.A. rechazará total o parcialmente los materiales, elementos, equipos o servicios provistos que no se ajustaren a las exigencias previstas o que excedieren la cantidad autorizada en la Orden de Compra. En tal caso el Proveedor estará obligado a retirar lo rechazado por su cuenta y cargo, dentro de los 5 días de notificado; caso contrario Agua y Saneamientos Argentinos S.A. podrá efectuar su devolución, corriendo por cuenta del Proveedor los gastos que resultaren de embalaje, transporte y/u otros que las devoluciones ocasionaren, o considerar lo entregado como rezago, sin responsabilidad de su parte, y disponer lo que considerare procedente. La recepción total o parcial tendrá carácter provisional hasta tanto se haya cumplido el plazo de garantía fijado en la Orden de Compra. 5 Condiciones de facturación: El 100% de cada entrega correspondiente a la Orden de Compra deberá ser facturado por el Proveedor dentro de las 48 hs. hábiles de efectuada la recepción provisional de los materiales, equipos, elementos, bienes (remito/os firmado/os), o de la fecha de aprobación del certificado de obra provisoria y/o servicio. Asimismo la fecha de presentación de la factura ante Agua y Saneamientos Argentinos S.A. no deberá superar los 5 (cinco) días hábiles de la fecha de emisión de la misma, en caso contrario será rechazada solicitándose su reemisión. 6 Facturación: La facturación que correspondiere a la Orden de Compra deberá atenerse estrictamente a las siguientes condiciones: a) la o las facturas deberán presentarse, salvo indicación en contrario, en el Departamento Cuentas a Pagar, Tucumán 752 - Pta. Baja, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los días y horario indicados en la Orden de Compra, a nombre de: Agua y Saneamientos Argentinos S.A. - C.U.I.T.: 30-70956507-5 b) las facturas deberán contener taxativamente las siguientes indicaciones: - número y fecha de la Orden de Compra y número de Registro de Proveedor; - N°s de Remitos amparados por las facturas, certificados; - cantidad, descripción, precios unitarios y total de cada ítem e importe total bruto; - tipo, porcentaje e importe de los eventuales descuentos y/o bonificaciones; - impuestos internos, importe y porcentaje del I.V.A., cuando correspondieren, e importe total neto; - Condición de pago y leyenda indicando que la operación se cancelará mediante la entrega, por parte de Agua y Saneamientos Argentinos S.A. o Banco que ésta designe de cheque de pago diferido y adjuntar la siguiente documentación, debidamente aprobada por Agua y Saneamientos Argentinos S.A., que permita verificar el origen y la procedencia de la factura presentada: - Acta de Inspección relativa al Suministro y/o parte del mismo que se factura. - Certificado de Avance del Suministro del período facturado. - Remito donde conste fehacientemente la recepción del suministro facturado. - Domicilio legal y social del Proveedor. - Condiciones de inscripción ante el A.F.I.P. c) La o las facturas deberán presentarse dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores a la recepción de la mercadería, prestación del servicio (remito firmado), o de la fecha de aprobación del certificado de obra definitivo. Se considerarán como no recibidas por parte de Agua y Saneamientos Argentinos S.A., a todos los efectos de la Orden de Compra, todas aquellas facturas que no cumplimentaren cualesquiera de los puntos anteriormente citados y consecuentemente no se dará curso a su pago hasta que sean presentadas observando la totalidad de dichos puntos. 7 Cesiones, Prendas, Fideicomisos: Agua y Saneamientos Argentinos S.A. no admitirá la operatoria de constitución de fideicomisos, prendas, cesión de créditos, derechos o facturas por parte de sus Proveedores a favor de terceros, bajo ningún concepto y circunstancia; salvo autorización expresa en contrario. En el eventual supuesto de violación de esta disposición el Proveedor se obliga a mantener indemne a Agua y Saneamientos Argentinos S.A. de cualquier reclamo de terceros, respondiendo por los eventuales daños y perjuicios que se ocasionaren a Agua y Saneamientos Argentinos S.A. 8 Requisitos para los pagos: Salvo excepción acordada entre las partes, los pagos de las facturas debidamente aprobadas se realizarán mediante la emisión de cheque de pago diferido, por parte de AySA o del Banco que ésta designe. No corresponderá la emisión y aceptación de la factura de crédito. En caso de pactarse en moneda extranjera, el pago se efectuará en pesos considerando para el cálculo (referencia) el valor Dólar Estadounidense tipo vendedor Banco Nación Argentina vigente día anterior a la fecha de las ordenes de emisión de los cheques diferidos. De producirse variaciones menores o iguales al 3% (en más o en menos), en la cotización del Dólar Vendedor Banco Nación del día anterior a la fecha de vencimiento del cheque, con respecto a las cotizaciones de referencia utilizadas, se darán por cumplidas las obligaciones de pago. En caso que dichas variaciones superen el 3% (en más o en menos), las partes asumirán la diferencia de cambio correspondiente de la siguiente manera: en más a cargo de Agua y Saneamientos Argentinos S.A.; en menos a cargo del Proveedor, calculando el coeficiente de variación como el cociente entre la cotización del día anterior a la fecha de vencimiento del cheque y la de referencia. De corresponder, a la fecha del vencimiento del cheque, el Proveedor deberá presentar según corresponda Nota de Débito o de Crédito como consecuencia del ajuste resultante, con vencimiento 48 hs. Toda la operatoria se realizará a través de Banco/s a designar por Agua y Saneamientos Argentinos S.A. - Requisitos de entrega de cheques tanto en Bancos como en Tesorería de Agua y Saneamientos Argentinos S.A. (todos los cheques se emitirán con cláusula “No a la Orden” y cruzados): a) Personas físicas: El titular podrá retirar el cheque con: recibo, documento original y con una fotocopia del mismo, si el retiro lo realiza una persona que no es el titular, deberá realizarlo con recibo y autorización por escrito firmada por el titular con certificación de firma, puede ser por (policía, banco o escribano). La persona estará autorizada hasta que el proveedor no revoque por escrito el poder otorgado. b) Personas Jurídicas: Será obligatoria la presentación del poder, emitido por escribano público, y documento de identidad del autorizado, en ambos casos se deberá entregar fotocopias de dichos documentos, en todos los casos los poderes serán presentados por única vez. 9 Pagos anticipados: En aquellos casos en que la Orden de Compra previere anticipos, éstos deberán ser afianzados por el Proveedor mediante seguro de caución (con firmas certificadas ante Escribano Público y Colegio de Escribanos) o fianza bancaria por los montos recibidos. Esta

El anticipo será descontado - en igual porcentaje que el otorgado – sobre el importe de cada factura y/o certificación que presente el Proveedor, hasta cubrir el total del mismo. La Garantía por anticipo será reintegrada contra pago de la última factura de la correspondiente Orden de Compra, en el mismo lugar y horarios de la presentación de la misma. 10 Tratamiento Fiscal: Todos los impuestos, tributos, gravámenes, derechos, tasas, sellados y contribuciones que graven la presente Orden de Compra y/o su objeto y/o su cumplimiento y que se generen hasta el momento de la recepción definitiva por Agua y Saneamientos Argentinos S.A., estarán a cargo del Proveedor. Impuesto al valor agregado: El precio de la Orden de Compra no incluye el I.V.A., el que deberá ser facturado a la alícuota a la que esté gravada la operación, debiendo consignarse el número de CUIT de Agua y Saneamientos Argentinos S.A. y su condición de Responsable Inscripto en este impuesto, en un todo de acuerdo con las normas de emisión de comprobantes establecidas por la Resolución General 1415 de la AFIP y sus Anexos, resoluciones complementarias y modificatorias, o las que la Autoridad de Aplicación dictare en su reemplazo. Si el Proveedor se encontrara adherido al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes o revistiera la calidad de No Responsable o Exento, frente al IVA no podrá facturar suma alguna en concepto de impuesto al valor agregado. 11 Controles y pruebas: La aceptación de la Orden de Compra por parte del Proveedor, importará la autorización irrevocable para que Agua y Saneamientos Argentinos S.A. efectúe, durante la ejecución del suministro, las inspecciones que considerare necesarias en sus instalaciones o en las de sus Proveedores y/o subcontratistas, para verificar materiales y/o procesos relativos al suministro. También queda comprendida en esta autorización la de realizar todos los controles y pruebas necesarios para verificar la calidad, cantidad y precio de lo adquirido. Las prestaciones del personal del Proveedor, la provisión del instrumental, aparatos, energía, etc. y de todo lo necesario para su realización serán por su cuenta y cargo. 12 Vicios: El Proveedor responderá plenamente por los vicios ocultos que se verificaren en los materiales, elementos y equipos entregados y deberá subsanarlos, por su exclusiva cuenta y cargo, y a entera satisfacción de Agua y Saneamientos Argentinos S.A., en el plazo que ésta indicare. Asimismo será responsable por todos los daños y perjuicios que Agua y Saneamientos Argentinos S.A. sufriere como consecuencia del vicio oculto verificado. En los casos que corresponda, responderá por los vicios previstos en los artículos 1646 y 1647 bis del Código Civil. 13 Licencias y patentes: Cuando para el cumplimiento de la prestación a su cargo el Proveedor hiciere uso de marcas, patentes, licencias o propiedad intelectual de terceros se obliga a tomar por su cuenta y cargo todas las autorizaciones que ello implicare. El Proveedor responderá por todos los gastos, daños y perjuicios, indemnizaciones, costas, etc., que resultaren para Agua y Saneamientos Argentinos S.A. como consecuencia de reclamos y acciones de terceros respecto de la violación de marcas, patentes, licencias o propiedad intelectual de terceros originadas por la ejecución de la Orden de Compra. 14 Cesión: El Proveedor no podrá subcontratar y/o confiar a terceros y/o ceder el objeto de la Orden de Compra, ya sea total o parcialmente, salvo que mediare autorización previa y expresa de Agua y Saneamientos Argentinos S.A., la que podrá ser requerida cuando se tratare de suministros y/o trabajos de carácter especial que no se incluyan en la gama de producción o actividad habitual del Proveedor. El incumplimiento por parte del Proveedor producirá la inmediata rescisión del contrato por su exclusiva culpa. 15 Incumplimientos - Penalidades: Vencidos los plazos previstos para el cumplimiento de las obligaciones a cargo del Proveedor sin que las mismas fueren cumplidas a satisfacción de Agua y Saneamientos Argentinos S.A., ésta -a su sola opción- podrá: a) rescindir en forma total o parcial (por la parte no cumplida) la Orden de Compra sin derecho a indemnización por parte del proveedor b) aplicar una penalidad (multa) diaria del 0,33% del monto correspondiente a la parte no cumplida. El hecho que Agua y Saneamientos Argentinos S.A. opte por imponer la multa no implica renuncia a su derecho de dar por rescindida la Orden de Compra, por lo cual de continuar el incumplimiento y/o que se produzcan futuros incumplimientos por parte del Proveedor, Agua y Saneamientos Argentinos S.A. podrá optar por rescindir la Orden de Compra. En cualquier caso que Agua y Saneamientos Argentinos S.A. haga uso de la opción de rescisión -sea en forma total o parcialesta será ejercida de pleno derecho sin obligación por parte de Agua y Saneamientos Argentinos S.A. de interpelación y/o intimación alguna, con la sola obligación de notificar a El Proveedor de tal decisión. En caso de rescisión el Proveedor perderá la garantía de fiel cumplimiento (en el caso que se hubiere constituido) en proporción a la parte rescindida, sin perjuicio de la aplicación de las penalidades que se le hubieren aplicado y/o que eventualmente estableciere la Orden de Compra. El total de las multas acumuladas, bajo cualquier concepto, no podrá superar el 15% del monto total de la Orden de Compra. 16 Caso fortuito o de fuerza mayor: Las partes no responderán, recíprocamente, por cualquier incumplimiento causado por caso fortuito o fuerza mayor. No se considerarán tales a la falta de materiales, de mano de obra y/o eventuales defectos ocultos en el material suministrado. La parte que invocare dichas causas como justificativas del incumplimiento deberá hacerlo dentro de los tres días de conocido el hecho, acreditando la razón invocada; con las limitaciones que prevee el art. 513 del Código Civil. 17 Compensación de créditos: Agua y Saneamientos Argentinos S.A. queda facultada a compensar créditos a cobrar por el Proveedor, con sumas que por cualquier concepto éste le adeudare en virtud de la Orden de Compra o de otros contratos existentes. 18 Garantía de fiel cumplimiento: En los casos que le fuera requerido por AySA, el Proveedor deberá constituir una garantía de fiel cumplimiento, equivalente al 5 % del monto de la Orden de Compra, mediante un seguro de caución (con firma certificada por ante Escribano Público y Colegio de Escribanos), a entera satisfacción de Agua y Saneamientos Argentinos S.A., como condición previa e inexcusable para la entrada en vigencia de la Orden de Compra. Esta garantía será restituida cuando se hubiere producido la recepción definitiva del suministro y se hubieren verificado el cumplimiento a satisfacción de Agua y Saneamientos Argentinos S.A. de todas las obligaciones contractuales asumidas por el Proveedor, y/o la cancelación de los montos que por daños y perjuicios, penalidades y/o cualquier otro concepto le hubieren sido impuestos al proveedor, y/o Agua y Saneamientos Argentinos S.A. por las obligaciones asumidas por la presente. La presentación de la Garantía de Fiel Cumplimiento se deberá efectuar dentro de los 10 (Diez) días de recibida la notificación de la adjudicación. 19 Continuidad: De producirse por cualquier causa la extinción de la prestación de los servicios de agua y desagües cloacales a cargo de Agua y Saneamientos Argentinos S.A., la Orden de Compra, de encontrarse vigente, deberá ser proseguida, en idénticas condiciones contractuales, por quien asuma legalmente la prestación de tales servicios, en caso de optar estos últimos por la continuidad de la Orden de Compra. 20 Legislación, solución de divergencias y jurisdicción: Se deja establecido que todo lo relacionado con la aplicación, ejecución e interpretación de la Orden de Compra, se regirá por legislación, doctrina y jurisprudencia argentina. En relación a las cuestiones, diferencias y/o controversias que se susciten las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Capital Federal de la República Argentina, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que en razón de las personas o las cosas pudieren corresponderle. 21 Inhabilidades para contratar con Agua y Saneamientos Argentinos S.A.: No podrán ser Oferentes o Proveedores de Agua y Saneamientos Argentinos S.A. las personas físicas o jurídicas que encuadren en una o más de las siguientes situaciones o circunstancias: a) Hayan registrado incumplimientos anteriores, se encuentren en mora o proceso de rescisión de contratos u órdenes de compra por su culpa o hayan sido suspendidos o dados de baja en el registro de Agua y Saneamientos Argentinos S.A. b) Sean deudores fiscales de la Nación, o provisionales de la Nación, o de la Pcia. de Buenos Aires o del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, o de los servicios de Agua y Saneamientos Argentinos S.A. c) Se encuentren inhibidos, en estado de cesación de pagos, con pedido de quiebra en trámite, quiebra decretada o en concurso preventivo de acreedores en trámite. d) No hubieren asumido su responsabilidad frente a reclamos judiciales o extrajudiciales en los que AySA hubiera sido condenada o requerida con motivos o en ocasión de cualquier obligación contractual mantenida con ella. e) Se encontraren en juicio o arbitraje como demandante frente a Agua y Saneamientos Argentinos S.A. o existiere sentencia o laudo definitivo rechazado parcial o totalmente la acción. f) Sean demandantes del Estado Nacional ante Tribunales u organismos nacionales o internacionales, o integrar el grupo económico que se encuentre en esta situación. g) Se encuentren las personas físicas o jurídicas, inhabilitadas civil, comercial o penalmente. h) Se encuentren las personas físicas o jurídicas alcanzados por una condena penal vigente, basada en autoridad de Cosa Juzgada.

(DIRECTORIO 08/10/2015)