administrativo clases tema 1 al 3

6
Tema1-3 Administrativo: La administración pública está integrada por el poder ejecutivo. Los demás poderes la integran solo si están en función administrativa. El poder ciudadano no forma parte de la administración Atribuciones del presidente: organiza los organismos de la administración pública. Ojo: La administración pública está integrada por el poder ejecutivo en función administrativa, y regula el resto de los poderes. Ubicación del derecho administrativo en la sistemática venezolana: Se ubica en el Derecho público interno Derecho administrativo y su relación con otras ciencias jurídicas (pregunta de examen) Aquello que atañe a la cosa pública- Ulpiano Una de las partes es el estado. Regula a los particulares. Atiende los interese de los particulares Principio de derecho público: -principio de la superioridad de la administración -derecho privado: igualdad entre las partes - se rige por el principio de la legalidad - en el privado por la libre disposición de los particulares Art 137 C (leer) Concepto del derecho administrativo: Son un conjunto de principios y normas jurídicas de derecho público interno, que regulan principalmente a la administración pública y al resto de los poderes en función administrativa.

description

derecho administrativo andres ramireztema 1 al 3clases presenciales

Transcript of administrativo clases tema 1 al 3

Tema1-3Administrativo:La administracin pblica est integrada por el poder ejecutivo.Los dems poderes la integran solo si estn en funcin administrativa.El poder ciudadano no forma parte de la administracinAtribuciones del presidente: organiza los organismos de la administracin pblica.Ojo: La administracin pblica est integrada por el poder ejecutivo en funcin administrativa, y regula el resto de los poderes.Ubicacin del derecho administrativo en la sistemtica venezolana: Se ubica en el Derecho pblico internoDerecho administrativo y su relacin con otras ciencias jurdicas (pregunta de examen)Aquello que atae a la cosa pblica- UlpianoUna de las partes es el estado. Regula a los particulares. Atiende los interese de los particularesPrincipio de derecho pblico:-principio de la superioridad de la administracin-derecho privado: igualdad entre las partes - se rige por el principio de la legalidad - en el privado por la libre disposicin de los particularesArt 137 C (leer)Concepto del derecho administrativo:Son un conjunto de principios y normas jurdicas de derecho pblico interno, que regulan principalmente a la administracin pblica y al resto de los poderes en funcin administrativa.

Derecho administrativo con otras disciplinas jurdicas:Derecho constitucional: es la norma suprema y fundamento del ordenamiento jurdico art 7 CN, art 136 distribucin de los poderes-El derecho administrativo es propio de la administracin pblica, integrada por el poder ejecutivo-Es subsidiario del derecho constitucional, porque se establecen los principios y el derecho adm los desarrolla, estos principios que rigen al derecho administrativo han sido constitucionalizados.Derecho civil: la institucin de la persona natural y jurdica esta en el derecho civil. El estado adopta figuras para el desempeo de sus funciones. La administracin forma parte del derecho civil, para desarrollar sus funciones. Forman parte de la teora general del derecho ( art 1,4,7 cc)Poder legislativo: deroga una ley por otraPoder judicial: anulaPoder popular: abroga (deroga a travs del pueblo. Art 74 CN)

.. Pregunta de examen:Es posible que se derogue una ley sin que entre en vigencia:Si, es posible, las leyes se derogan solo por otras leyes

Derecho financiero: regula los ingresos y egresos del estado, es una rama del derecho pblico, el derecho administrativo recauda e invierte los impuestos, mas no los crea. Los impuestos son creados nicamente por el poder legislativo. Art 317 principio de legabilidad del sistema tributario. El poder ejecutivo es quien los cobra.

Derecho penal: rama del derecho pblico, se encarga de determinar hechos punibles y sus sanciones, en el derecho administrativo su actuacin da origen a un hecho punible y es regulado por el derecho penal.

Derecho minero: se encarga de la explotacin de mina e hidrocarburos, en el derecho administrativo se otorgan las licencias para la explotacin de los recursos a travs del ministerio.

Derecho municipal: es el derecho encargado de regular el funcionamiento de un municipio, rama del derecho publico. est relacionado con la administracin pblica. Art 168 cn

*************me falta una clase****************

Pregunta de examen:Importancia de la ley en el derecho administrativo (toda la clase es la respuesta)Art 137 cn principio legal regidoPoder legislativo voz del pueblo, la ley es fuente principal del derecho administrativo, nace en la asamblea.En Roma se consideraba la Ley como general, abstracta y de obligatorio cumplimiento, en Francia tambin era general, abstracta de obligatorio cumplimiento pero, creada por el rgano. Esto origina una serie de teoras que hablan de la existencia de la ley.

Teoras de la existencia de la ley: Criterio formal: dictada por el rgano con competencia para ello, siguiendo el procedimiento formal para su formacin (creacin). Tanto para caso individual como general. Criterio material: importa que sea general y de obligatorio cumplimiento, no importa quin lo dicta Criterio eclctico: (unin de los primeros criterios), ley, aquella que dicta el rgano, con competencia, siguiendo el procedimiento, que sea general y de obligatorio cumplimiento.Nota: el criterio eclctico es acogido por la ley estadal y la ley municipalEl criterio de la ley en Venezuela es el formal art 202 cn, art 187 #01, art 204Clasificacin de la ley:Territorialmente:nacionalestadalmunicipal

Art 202-20336-37Art 54 ley orgnica del poder pblico municipal

OrdinariaActo sancionado por la an art 202

Orgnica : autorizada por las 2/3 partes del poder legislativo

Habilitante: sancionadas por la an por 3/5 partes de sus integrantes a fin de establecer directrices, propsitos y MARCOS, de las materias que se delegan al pdte, con rango y valor de la ley, fijan el plazo de su ejercicio

Leyes de marco normativo: sostiene a otras leyes que se sustentan de esta.La habilitante es una ley marco y a la vez una ley orgnica.

Diferencia entre ley ordinaria y orgnica:Art 204 CN-ORGANICAS ORDINARIAS: mbito de competencia

-orgnica: regula los 4 supuestos art 203 CN-ordinaria: regula todo las dems materias menos los 4 supuestos del art 203 CN

N O HAY JERARQUIA CONSTITUCIONAL ENTRE ESTAS DOS LEYES. EXCEPTUANDO EL SUPUESTO 4 ART 203.TIENEN JERARQUIA (LEY MARCO), LAS QUE SE DICTEN QUEDANDO SUBORDINADAS A LA LEY MARCO (LEY HABILITANTE) HABILITANTE > 3/5 PARTES - 99 DIPUTADOS LA APRUEBAN

Donde nace la ley habilitanteNace a travs de segunda la guerra mundial, se necesitaba legislar en materia econmica y financiera, se necesitaba que el parlamento dictara una ley con carcter de rango.

En Venezuela, nace para legislar en materia econmica y financiera, con la constitucin del 47,61,67.Con la constitucin de 1999, se le otorga la facultad para legislar en cualquier materia y se le establece un tiempo.Esta ley es individual, carece de generalidad, es temporal, es orgnica segn el art 203, es un marco normativo.. art 236#8Adems por medio de esta ley se delegan competencias art 223*236#8

Reserva legalSon aquellas materias guardadas, destinadas, que no pueden ser reguladas por un instrumento jurdico distinto a la ley. Solo la regula la ley, fuente para la administracin.Existen dos excepciones Decretos leyes- decretos administrativosArt administrativosArt #2, 49#6- 156#32(este ltimo seala la dobleereserva