ADMINISTRACIÓN CENTRAL

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PROVINCIA DE CASTELLÓN DE LA PLANA AÑO CLXXVIII Edición y gestión: Excma. Diputación Provincial (Se publica los martes, jueves y sábados) SÁBADO, 27 DE MARZO DE 2010 - NÚMERO 37 SUMARIO DISPONIBLE EN INTERNET www.dipcas.es Depósito Legal: CS - 1 - 1958 ADMINISTRACIÓN CENTRAL Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino ___________ 2 Ministerio de Fomento _________________________________________ 3 Ministerio de Trabajo e Inmigración _____________________________ 3 Ministerio de Economia y Hacienda _____________________________ 5 ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda ______ 5 Conselleria de Sanidad __________________________________________ 10 Conselleria de Infraestructuras y Transporte _______________________ 11 Conselleria de de Industria, Comercio e Innovación ________________ 12 ADMINISTRACIÓN LOCAL Ayuntamientos _________________________________________________ 12 Alcalà de Xivert, Almassora, Almenara, Alfondeguilla, Alquerías del Niño Perdido, Altura, Ayódar, Barracas, Benicarló, Benicàssim, Betxí, Borriol, Burriana, Cabanes, Castellón de la Plana, Higueras, Moncofa, Montán, Morella, Onda, Oropesa del Mar, Palanques, Pavías, Sacañet, la Salzadella, Segorbe,Tales,Todolella, Torreblanca,Traiguera, la Vall d’Uixó, Vila-real, Vinaròs, Viver Diputación Provincial ___________________________________________ 64 Contratación, Consorcio Provincial de Bomberos ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA _______________________________________ 65 Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, Juzgados de Primera Instancia e Instrucción (Nules, Vila-real, Vinaròs), Juzgados de lo Social (Castellón de la Plana)

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PROVINCIA DE CASTELLÓN DE LA PLANA

AÑO CLXXVIII Edición y gestión: Excma. Diputación Provincial

(Se publica los martes, jueves y sábados) SÁBADO, 27 DE MARZO DE 2010 - NÚMERO 37

SUMARIO

DISPONIBLE EN INTERNETwww.dipcas.esDepósito Legal: CS - 1 - 1958

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino ___________ 2

Ministerio de Fomento _________________________________________ 3

Ministerio de Trabajo e Inmigración _____________________________ 3

Ministerio de Economia y Hacienda _____________________________ 5

ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda ______ 5

Conselleria de Sanidad __________________________________________ 10

Conselleria de Infraestructuras y Transporte _______________________ 11

Conselleria de de Industria, Comercio e Innovación ________________ 12

ADMINISTRACIÓN LOCAL

Ayuntamientos _________________________________________________ 12

Alcalà de Xivert, Almassora, Almenara, Alfondeguilla, Alquerías

del Niño Perdido, Altura, Ayódar, Barracas, Benicarló, Benicàssim,

Betxí, Borriol, Burriana, Cabanes, Castellón de la Plana, Higueras,

Moncofa, Montán, Morella, Onda, Oropesa del Mar, Palanques,

Pavías, Sacañet, la Salzadella, Segorbe, Tales, Todolella,

Torreblanca, Traiguera, la Vall d’Uixó, Vila-real, Vinaròs, Viver

Diputación Provincial ___________________________________________ 64

Contratación, Consorcio Provincial de Bomberos

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA _______________________________________ 65

Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, Juzgados de Primera

Instancia e Instrucción (Nules, Vila-real, Vinaròs), Juzgados

de lo Social (Castellón de la Plana)

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA2 Núm. 37.—27 de marzo de 2010

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y MEDIO RURAL Y MARINO

DIRECCIÓN GENERAL DE SOSTENIBILIDAD DE LA COSTA Y DEL MAR

SERVICIO PROVINCIAL DE COSTAS

Providencia de incoación, información pública y notifi caión acto de apeo.

DESLINDE DE LOS BIENES DE DOMINIO PÚBLICO MARÍTI-MO-TERRESTRE

TRAMO: PRAT DE CABANES-TORREBLANCA (HITOS M-28 DEL DESLINDE APROBADO POR O.M. 25/05/1.993 AL M-33 DEL DESLINDE APROBADO O.M. 15/04/2.005), TT.MM. DE CABANES Y TORREBLANCA (CASTELLÓN).

(REF: DES01/09/12/0002)

La Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, por resolución del 26 de febrero de 2.010 ha autorizado la incoación del expediente de deslinde del dominio público marítimo-terres-tre del tramo de costa de referencia, todo ello de acuerdo con lo que dispone el art. 12.5 de la Ley 22/1988, de 28 de Julio, de Costas, por lo que hasta la resolución del expediente de deslinde señalado queda suspendido el otorgamiento de concesiones y autorizaciones en el dominio público marítimo terrestre y en su zona de servidumbre de protección, delimitado provisionalmen-te en los planos adjuntos.

En consecuencia, se anuncia, para su general conocimien-to, la providencia de incoación del expediente de deslinde referenciado, comunicándose que los planos defi nitorios de la línea provisional del deslinde y de su zona de servidumbre de protección se encuentran, para su examen, en las ofi cinas de este Servicio Provincial, sitas en la calle Escultor Viciano, nº 2, de Castellón, así como en los Ayuntamientos correspondientes, a disposición de cualquier interesado que desee comparecer en el expediente, examinar los planos y formular las alegaciones que considere oportunas, durante el plazo de un (1) mes, a partir del siguiente día al de la publicación de este anuncio en el Boletín Ofi cial de la Provincia.

Asimismo, este Servicio Provincial de Costas va a proceder a mostrar sobre el terreno la delimitación provisional del domi-nio público marítimo-terrestre, mediante su apeo, a los titulares de las fi ncas colindantes e interesados.

En consecuencia, y de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 12.2 y 22.3, respectivamente, de la Ley y Reglamento citados, así como a lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a efectos de notifi cación a los titulares de las fi ncas colindantes cuando éstos sean desconocidos o ausentes o se ignore su domicilio, así como a todas aquellas personas que acrediten debidamente su condición de interesados, que el Acto de Apeo del deslinde de referencia tendrán lugar el día 20 de mayo de 2.010, a las 10:30 horas, en el Centro de Información del Parque Natural del Prat de Cabanes-Torreblanca, sito en la Ribera de Cabanes (junto al Instituto de Acuicultura de Torre de la Sal), a efectos de que en ese acto aporten, por sí mismos o por persona debidamente acreditada, sus títulos de propiedad, manifi esten su conformi-dad o disconformidad con dicha delimitación, disponiendo en este último caso, de un plazo de quince (15) días, a partir de ese momento, para presentar las alegaciones que estimen pertinen-tes y proponer motivadamente una delimitación alternativa. Castellón, 17 de marzo de 2.010.

El Jefe del Servicio Provincial, fi rmado: Ignacio Gil Pérez.TITULARES EXPTE. DES01/09/12/0002 (TT.MM. de Cabanes

y Torreblanca)NOMBRE Y APELLIDOSAYUNTAMIENTO DE CABANESCONFEDERACIÓN HIDROGRAFICA DEL JUCAR MOPAYUNTAMIENTO DE TORREBLANCADOMENECH QUERAL ROSADOMENECH DOMENECH FRANCISCODOMENECH DOMENECH JOAQUINANSPER TORREBLANCA SLGUARDIOLA QUERAL JULIO (HEREDEROS DE)GARCIA FABREGAT VICENTAADHARA EUROPEA SLARO PASTOR MANUELARO PASTOR VICENTEARO PASTOR MIGUEL ANGELTRAVER PERSIVA FRANCISCO (HEREDEROS DE)LEUBA CENTELLES RAFAEL (HEREDEROS DE)PERSIVA ANDREU JOSEFASALVADOR ALBERT ROSASALVADOR ALBERT MANUELMELIA PONS FRANCISCABRUNO MELIA CARMEN (HEREDEROS DE)MELIA PONS JOSE (HEREDEROS DE)

VINUESA FABREGAT ELVIRASALVADOR MARIN FRANCISCOFABREGAT PABLO JUAN JOAQUINFABREGAT GARCIA FRANCISCO (HEREDEROS DE)TORREBLANCA GOLF SLUFABREGAT GARCIA EMILIOIZQUIERDO DOLS MIGUELAGUT SOLDEVILA JOSEFABREGAT LLORENS CARMENANSUATEGUI CASANOVA ROSA (HEREDEROS DE)ANSUATEGUI CASANOVA CONSUELOLLEONART FABREGAT MONSERRATCLIMENT BARBERA CARMENSANAHUJA PALANQUES JAIMESOSPEDRA BUYE MONTSERRATSOSPEDRA BUYE JOAQUIN (HEREDEROS DE)SOSPEDRA BUYE ANTONIOSOSPEDRA ROCA MONTSERRATSOSPEDRA ROCA NURIASOSPEDRA ROCA JORGESOSPEDRA ROCA FRANCISCO JAVIERFABREGAT MUNDO FRANCISCOIGOA MORENO RAFAEL (HEREDEROS DE)SANMARTIN BAGUENA CONSUELO (HEREDEROS DE)MONTEAGUDO COGOLLOS EMILIOAGUT BETORET TERESAAGUT BETORET BARTOLOMECLIMENT ARQUIMBAU ENRIQUEFABREGAT MOLNER FRANCISCOFABREGAT BETORET JUAN JOSEFABREGAT MOLNER DANIELBELTRAN MELIA TOMASMORENO VISERTA ANTONIOESPINOSA NAVARRO PEDRO (HEREDEROS DE)CARCEL SOS JOSE ANTONIOSOS FABREGAT JOSE (HEREDEROS DE)CARCEL SOS ROSA ANASALVADOR CORTES JOSEGIL PRADES MARIABRUÑO DOMENECH M TERESAFONTE ALCINA DANIELHERRERA JUAN JOSE (HEREDEROS DE)BETORET JUAN ROSAMAÑES DOMENECH VICENTEVILAPLANA MOLNER SECUNDINOSEGARRA JUAN MARIA FRANCISCA (HEREDEROS DE)MIGUEL GINER AGUTBENJAMIN GINER AGUTLADRON RIOS LUIS JULIOAGUT FOLCH MARIA CARMEN C-3323-U

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CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR

Anuncio de información pública de concesión de aguas mixtas

Se somete al trámite de Información Pública la siguiente solicitud de concesión de aguas, presentada en esta Confedera-ción Hidrográfi ca del Júcar:

EXPEDIENTE: 2003CR0010PETICIONARIO: VIVEROS ORERO S.A.T.M. DONDE RADICAN LAS OBRAS: SEGORBE (CASTE-

LLÓN)UNIDAD HIDROGEOLÓGICA: 8.20 - MEDIO PALANCIA.CLASE DE APROVECHAMIENTO: RIEGOS CONSOLIDADOS

Y USO DOMÉSTICO.DESTINO DEL AGUA:

Captación Tipo Uso Sist. Riego Tipo Cultivo Cantidad1,2,3,4, y 5 Doméstico 8 trabajadores 300 días trabajados Riego Localizado Frutales, cítricos, olivos y viña 37,28 has

NECESIDADES HÍDRICAS TOTALES:Volumen Máximo Anual: 213.408 m3/año.Caudal Máximo Instantáneo: 35,5 litros/seg.CARACTERÍSTICAS:Aprovechamiento de aguas subterráneas y superficiales,

mediante tomas de las siguientes características:- Captación nº 1: - sin datos- Captación nº 2: - sin datos- Captación nº 3: 290 metros de profundidad, y 220 milíme-

tros de diámetro inicial de perforación.- Captación nº 4: - sin datos- Captación nº 5: - sin datosSu situación queda determinada por las coordenadas

(U.T.M.) de acuerdo con el proyecto correspondiente incorpora-do al expediente:

- Captación nº 1: X = 717097; Y = 4408596, dentro del paraje LAGUNA DE LA ROSA, en el T.M. de SEGORBE, en la Provincia de CASTELLÓN, Polg. 56; Parc. 31.

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANANúm. 37.—27 de marzo de 2010 3

- Captación nº 2: X = 714648; Y = 4407872, dentro del paraje MASIA DE LA HOYA, en el T.M. de SEGORBE, en la Provincia de CASTELLÓN, Polg. 43; Parc. 195.

- Captación nº 3: X = 715436; Y = 4408306, dentro del paraje MASIA DE LA HOYA, en el T.M. de SEGORBE, en la Provincia de CASTELLÓN, Polg. 54; Parc. 153.

- Captación nº 4: X = 715192; Y = 4408025, dentro del paraje MASIA DE LA HOYA, en el T.M. de SEGORBE, en la Provincia de CASTELLÓN, Polg. 43; Parc. 9004.

- Captación nº 4: X = 715414; Y = 4408220, dentro del paraje MASIA DE LA HOYA, en el T.M. de SEGORBE, en la Provincia de CASTELLÓN, Polg. 55; Parc. 175.

Las instalaciones consisten en grupos electrobombas sumergibles de las siguientes características:

- Captación nº 1: 60 c.v. de potencia, situado a una profundi-dad de 2 metros.

- Captación nº 2: sin datos- Captación nº 3: 35 c.v. de potencia, situado a una profundi-

dad de 140 metros. - Captación nº 4: sin datos- Captación nº 5: sin datosDe conformidad con lo establecido en el Texto Refundido

de la Ley de Aguas (R. D. Legislativo 1/2001 de 20 de Julio) y en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico de 11 de Abril de 1986, se abre información pública sobre dicha petición por un plazo de UN MES, contado desde la publicación de este anuncio en el Boletín Ofi cial de la Provincia.Durante dicho plazo podrá ser examinada en esta Confederación Hidrográfi ca del Júcar (Avda. Blasco Ibáñez, nº 48 de Valencia), la documentación aportada al expediente, así como formular las reclamaciones que se estimen pertinentes. Los escritos de reclamación podrán presentarse en el Registro de la Confederación Hidrográfi ca, o por cualquier otro medio admitido por las disposiciones vigentes.

Valencia, 22 de Febrero de 2010.- EL SECRETARIO GENE-RAL, Carlos Fernández Gonzalo. C-2604

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Información pública de concesión aguas

Se somete al trámite de Información Pública la siguiente solicitud de concesión de aguas:

EXPEDIENTE: 1973CP0040.PETICIONARIO: GRAVAS Y DERIVADOS SERVOL, S.A. con

CIF: A12016135.T.M. DONDE RADICAN LAS OBRAS: Vinaròs (Castellón).UNIDAD HIDROGEOLÓGICA: 08.10_PLANA DE VINAROZ-

PEÑÍSCOLA.CLASE DE APROVECHAMIENTO: INDUSTRIAL.DESTINO DEL AGUA: INDUSTRIAL. Fabricación de hormi-

gón. Producción: 30.000 m3/añoNECESIDADES HÍDRICAS TOTALES:Volumen Máximo Anual: 6.600 m3/año.Caudal Máximo Instantáneo: 14 litros/seg.CARACTERÍSTICAS: Aprovechamiento de aguas subterráneas, mediante un

sondeo de 95 metros de profundidad, y 400 milímetros de diámetro inicial de perforación.

Su situación queda determinada por las coordenadas (U.T.M.): X = 284.032; Y = 4.485.673, dentro del paraje DOS VILARS, en el T.M. de VINARÓS, en la Provincia de CASTELLÓN, Polg. 60; Parc. 69, de acuerdo con el proyecto correspondiente incorporado al expediente.

Las instalaciones consisten en un grupo electrobomba sumergible de 60 c.v. de potencia, situado a una profundidad de 90 metros.

De acuerdo con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Aguas (R. D. Legislativo 1/2001) y en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (R.D. 849/1986), se inicia el trámite de información pública del proyecto presentado, por un plazo de UN MES a contar desde la publicación del presente anuncio.

Durante dicho plazo se admitirán otras peticiones que tengan el mismo objeto que la que se anuncia o que sean incompatibles con ella. A las instancias se acompañarán los documentos técnicos preceptivos debidamente precintados, no admitiéndose otras peticiones en competencia transcurrido el plazo fi jado. Los documentos podrán presentarse en el Registro de la Confederación Hidrográfi ca del Júcar (Avda. Blasco Ibáñez, nº 48 de Valencia), o por cualquier otro medio admitido por las disposiciones vigentes. Asimismo y de conformidad con lo establecido en el artº. 105 del citado Reglamento se denegará la tramitación posterior de toda petición presentada que suponga una utilización de caudal superior al doble de la que fi gura en la petición inicial, sin perjuicio de que el peticionario que pretenda solicitar un caudal superior al límite fi jado, pueda acogerse a la tramitación indicada en el apartado 3 de dicho artículo.

En el mismo plazo mencionado podrá examinarse el proyec-to aportado por el peticionario en esta Confederación Hidrográ-fica, así como presentar las reclamaciones que se estimen procedentes en los Registros referidos en el apartado anterior.

El Acto de Desprecintado de los documentos técnicos presentados, al que podrán asistir los interesados, se realizará a las 12 h. del séptimo día laborable, contado desde la termina-ción del plazo de un mes antes citado, levantándose al fi nal del mismo el Acta correspondiente.

Valencia, 22 de febrero de 2010.- EL SECRETARIO GENERAL, Carlos Fernández Gonzalo. C-2603

MINISTERIO DE FOMENTO

DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS

UNIDAD DE CARRETERAS EN CASTELLÓN

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285 de 27-11-92), se hace pública la notifi cación de la iniciación de los expedientes por daños a la carretera que se indican, instruidos por la Unidad de Carreteras de Castellón, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notifi cación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Carreteras de Castellón, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que a su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren opor-tunas, dentro del plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Ofi cial de la Provincia.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del dere-cho para formular y/o aportar o proponer pruebas, se dictarán las oportunas Resoluciones.

EXPTE. TITULAR IDENTIFICACIÓN LOCALIDAD FECHA ACCTE. CUANTÍA06/10 MARKO JOVANOVIC X3516807S Vinaròs 14/01/10 1.530,11 Euros

Castellón, 04 de marzo de 2010.- EL INGENIERO JEFE DEL ÁREA DE CONSERVACIÓN Y EXPLOTACIÓN, José Ignacio Suárez Sánchez. C-3089

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

D. LUIS VILLANUEVA HERRERA, Subdirector Provincial de Recaudación Ejecutiva de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Castellón, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la imposibilidad por ausencia o ignorado paradero, procede a la notifi cación del Acuerdo de iniciación del expediente a los posibles responsables en el procedimiento de derivación de responsabilidad solidaria así como de los Trámites de Audiencia de los expedientes de responsabilidad subsidiaria y “Mortis Causa”, según lo dispuesto en los artículos 12 a 16 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad social, aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (B.O.E. de 25 de junio) y art. 651 del Código Civil para estos últimos, para que en el plazo de quince días siguientes a la notifi cación del presente edicto puedan presentar ante esta Dirección Provincial cuantas alegaciones, justifi cantes y docu-mentación estimen de su interés, que serán tenidos en cuenta a la hora de redactar la correspondiente propuesta de resolución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 84 de la mencionada Ley 30/1992.

Asimismo se advierte que el importe de la deuda se verá incrementado con las costas del procedimiento recaudatorio ejecutivo que se pudieran causar.

Deudor Principal Importe Posible responsable LocalidadTipo de responsabilidad Nº Expediente

PROMOTORA SOCONE, S.L. 19.632,33 MANUEL RODRIGUEZ ANDRES BENICARLOSOLIDARIA ADMINISTRADOR SOCDAD. 12/01/0115/09

EMPORIO CASA, S.L. 10.474,91 SERGIO PIREDDU BENICASIMSOLIDARIA ADMINISTRADOR SOCDAD. 12/01/0014/10

CONSTRUCCIONES SLIMANI, S.L. 9.563,59 BENKHEDA SLIMANI CASTELLONSOLIDARIA ADMINISTRADOR SOCDAD. 12/01/0080/09

COLORCRUZ, S.L. 79.328,46 ANTONIO CRUZ COLODRERO CASTELLONSOLIDARIA ADMINISTRADOR SOCDAD 12/01/0010/10

GIMENO GALLEN HNOS, S.L. 10.560,69 OSCAR ENRIQUE GIMENO GALLEN CASTELLONSOLIDARIA ADMINISTRADOR SOCDAD. 12/04/0018/10

PROMODOCA, S.L. 109.468,05 MIHAI MACIUCEANU CASTELLONSOLIDARIA ADMINISTRADOR SOCDAD. 12/01/0015/10

CARLES ALTAVA ANSUATEGUI 203,87 CARMEN ALTAVA ANSUATEGUI CASTELLON MORTIS CAUSA 08/021

BRIGIDA BERIDIONA TORIBIO 6.384,31 ONDA-CORT, S.L. ONDA SOLIDARIA INCUM. EMBARGO SALARIO 12/03/0041/10

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA4 Núm. 37.—27 de marzo de 2010

ANTONIO ARBOLEDAS RODRIGUEZ 556,95 PEDRO ARBOLEDAS TUDELA VINAROZ MORTIS CAUSA 09/017

ANTONIO ARBOLEDAS RODRIGUEZ 556,95 ANGELES RODRIGUEZ AGUILERA VINAROZMORTIS CAUSA 09/017

EL SUBDIRECTOR PROVINCIAL, DE RECAUDACIÓN EJECU-TIVA, Fdo.: Luís Villanueva Herrera. C-3113

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D. VICENTE VALLS CASANOVA, Director de la Administra-ción de la Seguridad Social nº 12/04 de Castellón, por la presente hago saber: Que a los trabajadores que a continuación se rela-cionan les han sido tramitados los asuntos correspondientes a los distintos regímenes de la Seguridad Social que se indican.

Que ante la imposibilidad de su notificación, a pesar de haber sido intentada , se les advierte, que si no compareciesen ante esta Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social, para hacerles entrega de los documentos pertinentes, en el plazo de 10 días contados a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Ofi cial de la Provincia, se entenderá cumplido el trámite de comunicación que proceda, según el caso, de acuerdo con lo previsto en el Art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas y Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. de 27-11-92).

Contra la presente Resolución podrá interponer recurso de alzada ante el Director de la Administración de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notifi -cación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artícu-los 114 y 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 27).

NAF ó C.C.C. Apellidos y nombre Régimen Asunto120039413159 ANASTASIO OJEDA RODRÍGUEZ R.E.A MODIFICACIÓN CENSO120044702184 LUIS ESTEPA PÉREZ R.E.A MODIFICACIÓN CENSO441004465990 NOUREDDIN EL YAZID R.E.A ALTA CENSO441004465990 NOUREDDIN EL YAZID R.E.A ANULACIÓN ALTA CENSO121005583137 ALBERTO SERRANO NOVA R.E.A MODIFICACIÓN CENSO161009245932 NICOLETA LAPADATU R.E.A ALTA CENSO121009278534 RUBÉN OJEDA MANZANEDA R.E.A MODIFICACIÓN CENSO121011708079 CARLOS OJEDA SERRANO R.E.A MODIFICACIÓN CENSO121013567752 MARCOS GARCÍA GIL R.E.A MODIFICACIÓN CENSO121014686181 MADDAOUI HAMZA R.E.A ALTA CENSO121014957377 IOAN BORDIANU R.E.A BAJA CENSO121015712866 DANIEL OJEDA SERRANO R.E.A MODIFICACIÓN CENSO121017758960 MUSTAPHA NASSIRI R.E.A ALTA CENSO121018392793 CONSTANTIN CLAU PASCA R.E.A MODIFICACIÓN CENSO021018656174 REMUS VARGA R.E.A ALTA CENSO021018657285 FLORICA VARGA R.E.A ALTA CENSO1210118855969 ABDELHAKIM BERRICHI R.E.A BAJA CENSO121018874258 MIRON PASCA R.E.A MODIFICACIÓN CENSO121019090789 RAMONA ELENA PASCA R.E.A MODIFICACIÓN CENSO211019268271 HABIB KAIBOU R.E.A MODIFICACIÓN CENSO121019549319 AHMED LABHIOUI R.E.A. MODIFICACIÓN CENSO121019886795 VASILE VALENTIN NICA R.E.A. MODIFICACIÓN CENSO121020538012 RADOSLAW KORBA R.E.A. BAJA CENSO121020538416 ROBERT KACPRZAK R.E.A. BAJA CENSO121020539426 WOJCIECH ARTUR ROGALA R.E.A. BAJA CENSO121020778185 ABDELLAH GHAFFAR R.E.A. MODIFICACIÓN CENSO121020924493 HASSAN BOUBKAR R.E.A. MODIFICACIÓN CENSO211021035388 ABDERRAHMAN EL OUAFI R.E.A. ALTA CENSO041021371637 GHEORGHE EURGEN VOICA R.E.A. ALTA CENSO121021763646 MIMOUN FERHANE R.E.A. MODIFICACIÓN CENSO121021938751 CONSTANTIN NEDELIA R.E.A. BAJA CENSO121022802960 TATIANA TIRINTICA R.E.A. BAJA CENSO121022803263 CODRUT ROMEO TIRINTICA R.E.A. BAJA CENSO121024170862 ROMULUS MARIAN PRIOTEASA R.E.A. BAJA CENSO121024174502 SORIN BANCIU R.E.A. ALTA CENSO121024477929 IOANA CLARA MAR BONCZ R.E.A. BAJA CENSO121024681326 LAURENTIU EUSEB AGAPIE R.E.A. MODIFICACIÓN CENSO121024729927 MICUSOR FLORENT GLEZNEA R.E.A. ANULACIÓN ALTA CENSO121025674261 CONSTANTIN ROBU R.E.A. MODIFICACIÓN CENSO121025678103 FLORIN VARGA R.E.A. MODIFICACIÓN CENSO121025678507 OTTO ADRIAN BALOG R.E.A. MODIFICACIÓN CENSO121025678608 ERZSBET HAMZA R.E.A. MODIFICACIÓN CENSO121025689116 FLORINA ALINA GHIT R.E.A. MODIFICACIÓN CENSO121025690025 AUREL FLORIN MACAI R.E.A. MODIFICACIÓN CENSO211031565649 SAGHIR OUTMAN R.E.A. MODIFICACIÓN CENSO031042302435 MOHAMMED ZAWAK R.E.A. MODIFICACIÓN CENSO461058969753 ARTUR SARGSYAN R.E.A. ELIMINACIÓN ALTA CENSO461059309354 NIXON VIRGIL STROE R.E.A. BAJA CENSO411061249842 ISMAEL SEVILLA HERNÁDEZ R.E.A. ALTA CENSO031065036104 ABDELHADI ZAIDAR R.E.A. ALTA CENSO461099230110 REMUS ALEXANDRU HENDRE R.E.A. BAJA CENSO081211659402 DAVINDER SINGH GREWAL R.E.A. MODIFICACIÓN CENSO081227737756 MOHAMED NAJI R.E.A. BAJA CENSO120041381855 ALCIBIADES RODRÍGUEZ FDEZ. R.E.T.A. BAJA120045247913 ESPERANZA PÉREZ PORCAR R.E.T.A. BAJA12107350848 SUC.CARMEN SAFONT ALBALAT HOGAR TRÁMITE AUDIENCIA12107568591 LAONE GOETTENS HOGAR ALTA120035800113 VICENTE ORGANERO LUCAS R.E.T.A. PETICIÓN DOCUMENTACIÓN

120040516030 VICENTE LLORENS IZQUIERDO R.E.T.A. BAJA120046268635 Mª CARMEN GARCÍA RUIZ R.E.T.A. ALTA120046720996 ALFONSO SÁNCHEZ GALLARDO R.E.T.A. DENEGACIÓN CBIO. MUTUA121006230007 SANDRA GOZALBO RUIZ R.E.T.A. ALTA121019073716 LOUBNA BERRABHA R.E.T.A. TRÁMITE DE AUDIENCIA461092726864 ALEXANDRU MARIU MOCANU R.E.T.A. BAJA12007036270 V.ROS,S.L. GRAL. DEPURACIÓN DOMICILIO12105194115 JOSE MªROMERO MUÑOZ,S.L. GRAL. REANUDACIÓN ACTIVIDAD12106965979 RUMES SDAD.COOP.VALENCIANA R.E.A. PETICIÓN DOCUMENTACIÓN

EL DIRECTOR DE LA ADMINISTRACION, Fdo Vicente Valls Casanova. C-3095

* * *

El Jefe de la Unidad componente de la Tesorería General de la Seguridad Social, de acuerdo con lo dispuesto en el artí-culo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E.27/11/92) a los sujetos compren-didos en la relación que se acompaña, epigrafíados de acuerdo con el Régimen de la Seguridad Social en el que se encuentran inscritos, ante la imposibilidad por ausencia o ignorado para-dero, se le hace saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 32.5 c) del Reglamento General de Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social, aprobado por R.D. 2.064/1995, de 22 de diciembre (B.O.E. del 25/01/96), se ha procedido a determinar la liquidación defi nitiva de las cotizaciones correspondientes al ejercicio 2005, en las dos modalidades previstas en el apartado del mismo artículo, por RETRIBUCIONES y por BASES COTIZADAS.

En el supuesto de que opte por la primera, deberá comuni-carlo a ésta Dirección Provincial hasta el último día hábil del mes siguiente al de la notifi cación de esta resolución, a fi n de que se le emita el correspondiente boletín de cotización, si el resultado de la regularización fuera a ingresar. Asimismo, se le informa de que dentro de dicho plazo podrá solicitar el fraccionamiento del pago, hasta un plazo máximo de 6 meses.

En el supuesto de que el resultado fuera a devolver, deberá facilitarnos, a la mayor brevedad posible, los datos bancarios necesarios para proceder a su ingreso.

Si no acepta expresamente, en el plazo indicado, la regu-larización por “retribuciones”, se entenderá que opta por la de “bases cotizadas”.

Dichas liquidaciones se han efectuado teniendo en cuenta las retribuciones y bases de cotización declaradas en los TC-2/19, periodos de desempleo y/o I.T./Maternidad.

Contra la presente resolución y dentro un mes a partir del día siguiente a su recepción, podrá interponerse recurso de alza-da ante esta Dirección Provincial o Administración de la Seguri-dad Social correspondiente. Transcurridos tres meses desde su interposición si no ha sido resuelto, podrá entenderse desesti-mado de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 del Reglamen-to General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por R.D. 1415/2004 de 11 de junio (B.O.E. de 25/6/2004).

NAF NOMBRE Y APELLIDOS RES.REG.BASES RES.REG.RETRI. LOCALIDAD28/1177353503 ALBA OLALLA LOBO 0,00 0,00 BENICARLO

C-3102

* * *

DIRECCION PROVINCIAL - U.R.E. 03

DESTINATARIO: AIT HAMMOU MOHAMEDDIRECCION: CL CERAMISTA ABAD, 18-2LOCALIDAD: 12200 ONDA PROVINCIA: CASTELLONCEDULA DE NOTIFICACION DE CIRCUNSTANCIAS QUE

AFECTAN AL EXPEDIENTE EJECUTIVO EN CURSO (TVA 801)En el expediente administrativo de apremio que se instruye

en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia, por débitos contraídos para con la Seguridad Social, con fecha 27 01 2010 se ha dictado el acto cuya copia literal se acompaña.

Y para que sirva de NOTIFICACION EN FORMA y demás efectos pertinentes al destinatario, en su condición de INTERE-SADO expido la presente CEDULA DE NOTIFICACION.

OTRAS OBSERVACIONES, en su caso:SE ADJUNTA TVA 504: DIL. AMPLIACION EMBARGO BIENES

INMUEBLESNUMERO DOCUMENTO: 12 03 504 10 000853806 Contra el acto notifi cado, que no agota la vía administrati-

va, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir del día siguiente de su recep-ción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1.994 de 20 de junio (B.O.E. del 29), signi-fi cándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANANúm. 37.—27 de marzo de 2010 5

Social, en relación con el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (B.O.E. del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992.

ONDA, a 27 de ENERO de 2010.- EL RECAUDADOR EJECUTI-VO, Alejandro Buendía Heredia.

DILIGENCIA DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES (TVA 504)

DILIGENCIA: De las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor de referencia, con D.N.I/N.I.F./C.I.F. número 0X1331181X y con domicilio en CL CERAMISTA ABAD 18-2-5 resulta lo siguiene:

Que para responder de los débitos de dicho deudor, debi-damente notifi cados, se practicó embargo de las fi ncas que se detallan en RELACION adjunta, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de VILA REAL DOS, garantizando la suma total de 2747,87 euros, que incluyen el principal, el recar-go de apremio, los intereses y las costas del procedimiento, con las letras que se indican:LIBRO TOMO FOLIO FINCA NUM. ANOTACION LETRA466 996 85 13178 C

IMPORTE DEUDA:PRINCIPAL RECARGO INTERESES COSTAS COSTAS E INTERESES TOTAL DEVENGADAS PRESUPUESTADOS 13097,91 2812,40 1034,53 66,24 1800,00 18811,08

Por lo que SE ACUERDA ampliar el embargo sobre las fi ncas indicadas en la suma de 18811,08 euros, con lo que la responsa-bilidad total sobre las mismas asciende a la cantidad de 21558,95 euros, y expedir el mandamiento de ampliación de embargo al Registro de la Propiedad.

ONDA, a 27 de ENERO de 2010.- EL RECAUDADOR EJECUTI-VO, Alejandro Buendía Heredia.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS(SOBRE LAS QUE SE AMPLIA EL EMBARGO)DEUDOR: AIT HAMMOU MOHAMED FINCA NUMERO: 01DATOS FINCA URBANADESCRIPCION FINCA: VIVIENDA EN ONDA TIPO VIA: CL NOMBRE VIA: CERAMISTA ABAD Nª VIA:

18 BIS-Nº VIA: ESCALERA: PISO: 3 PUERTA: COD-POST: 12200 COD-MUNI: 12084 .

DATOS REGISTRONº REG: 12018; Nº TOMO: 996; Nº LIBRO: 466; Nº FOLIO: 85;

Nº FINCA: 13178; LETRA : CONDA, a 27 de ENERO de 2.010.- EL RECAUDADOR EJECU-

TIVO, Alejandro Buendía Heredia. C-2868

* * *

INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN PROVINCIAL

Por la presente se notifi ca a D. KHALID MERIOUCH DRADY, con último domicilio conocido en Castellón, calle San Francisco, 29-1º,

RESOLUCIÓN EXPEDIENTE DETERMINACIÓN DE CONTIN-GENCIA

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común, según la nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 14 de enero, se pone en conocimiento del trabaja-dor D. KHALID MERIOUCH DRADY, con último domicilio cono-cido en Castellón, C/ San Francisco, 29-1º, que por la presente publicación se le notifica la RESOLUCIÓN del expediente sobre determinación de contingencia de su proceso de inca-pacidad temporal que se inició el 04/08/2009, disponiendo de un plazo de treinta días para comparecer ante las dependen-cias de esta Dirección Provincial, sitas en la Plaza Juez Borrull nº 14 de Castellón, a efectos de conocer el contenido íntegro de la citada resolución.

EL DIRECTOR PROVINCIAL, P.D. LA SUBD.PROV.DE INF.ADMTVA, INFOCOT Y SUBSIDIOS: Carmen Sanz Mormeneo.

C-3041

* * *

Por la presente se notifica a Dª ALEXANDRA RAMONA TACHE, con último domicilio conocido en Oropesa del Mar, calle Cabanes, 11-1º-A Ex. 1.

RESOLUCIÓN EXPEDIENTE DE REVISIÓNEn cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 14 de enero, se notifi ca a Dª ALEXANDRA RAMONA TACHE, cuyo último domicilio conocido es calle Cabanes, 11-1º-A Ex. 1 de OROPESA DEL MAR, que esta Dirección Provincial ha emitido Resolución del expediente de revisión de ofi cio de actos declara-tivos de derechos en perjuicio de benefi ciarios, correspondiente a su prestación de Maternidad de fecha 30/09/2009 al 19/01/2010.

Asimismo, se le informa que, en el plazo no superior a 30 días, contados a partir de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, podrá comparecer ante las dependencias de esta Dirección Provincial, sitas en la Plaza Juez Borrull nº 14 de Castellón, a efectos de conocer el contenido ínte-gro del expediente citado.

EL DIRECTOR PROVINCIAL, Manuel Cerdá Ferrer. C-3042

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

DELEGACIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

SECRETARÍA GENERAL - PATRIMONIO

Resolución de la Delegación de Economía y Hacienda de Castellón por la que se modifica el anuncio de la subasta de fi ncas rústicas y urbanas integrantes del patrimonio del estado con número 24.238 y otras.

Subasta de fi ncas rústicas y urbana del día 8 de abril de 2010 (anunciada en el BOE nº 42 de fecha 17 de febrero de 2010): Por imposibilidad de constitución de la Mesa de la Delegación de Economía y Hacienda de Castellón, se modifi ca la fecha prevista para la misma, siendo la nueva fecha el día 15 de abril a las 10 horas.

Castellón de la Plana, 18 de marzo de 2010.- Delegada de Economía y Hacienda de Castellón, Gloria Lodeiros de Álvaro.

C-3251-U

ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERIA DE MEDIO AMBIENTE,AGUA, URBANISMO Y VIVIENDA

DIRECCIÓN TERRITORIAL

Sanciones

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modifi cado por Ley 4/1999 de 13 de enero, se hace públi-ca la notifi cación de la RESOLUCIÓN de los expedientes sancio-nadores que se indican, instruidos por la Dirección Territorial de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de Castellón, contra los denunciados que a continuación se relacio-nan, por infracción a la Ley de PESCA FLUVIAL de 20 de febrero de 1942, en cuanto que, habiéndose intentado la notifi cación en sus últimos domicilios, ésta no se ha podido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones y Recursos de la Dirección Territorial de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, ante la cual les asiste el derecho de interponer Recurso de Alzada ante la Direc-tora General de Gestión del Medio Natural de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda en el plazo de un mes a partir del siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Ofi cial de la Provincia.

Nº EXPTE.: PESCAF/CS/09/262SANCIONADO: FLORIAN LINCANLOCALIDAD: CASTELLÓNFECHA DENUNCIA: 11/10/2009 PRECEPTO INFRINGIDO: LEY DE PESCA FLUVIALARTÍCULO: 113-1IMPORTE SANCIÓN: 300 EurosCastellón, 15 de març de 2010.- EL SECRETARIO TERRITO-

RIAL, Carlos Castillo Enrich. C-3263-U

* * *

SERVICIO TERRITORIAL DE URBANISMO

ASUNTO: ACUERDO CTUN.REF.: 2006/0466La Comisión Territorial de Urbanismo de Castellón, en

sesión de 27 de enero de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:“VISTO el expediente relativo a la modifi cación nº2 del Plan

General de Castellfort, y de conformidad con lo siguientes,ANTECEDENTESPRIMERO.- El Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el

28 de julio de 2006 acordó aprobar inicialmente el proyecto de Modifi cación nº 2 del Plan General en la creación de un nuevo sector de suelo urbanizable industrial junto a la CV-124, proce-diendo a su exposición pública mediante edictos insertados en

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA6 Núm. 37.—27 de marzo de 2010

el D.O.G.V. nº 5.360 de 4 de octubre de 2006 y en el periódico Mediterráneo de 26 de septiembre de 2006, sin que en el citado período se produjera alegación alguna. Con posterioridad, el ayuntamiento pleno aprobó provisionalmente el documento en fecha 6 de noviembre de 2006, teniendo entrada en este Servicio Territorial de Urbanismo de Castellón en fecha 28 de diciembre de 2006, la documentación completa, a los efectos de la obten-ción de su aprobación defi nitiva.

SEGUNDO.- La documentación aportada consiste en memoria informativa y justifi cativa, fi cha urbanística del sector y normas urbanísticas, planos de información y planos de orde-nación relativos al ámbito afectado por la Modifi cación, así como Estudio de Impacto Ambiental y Documento de síntesis y Estudio de Integración Paisajística, así como Anexo de patrimonio.

TERCERO.- El objeto de la Modifi cación nº 2 del Plan Gene-ral de Castellfort es la creación de un nuevo sector de suelo urbanizable industrial junto al casco de la población y al otro lado de la CV-124, al sureste del suelo urbano en un ámbito que ahora tiene la clasifi cación de suelo no urbanizable común, al objeto de poder albergar en el, tras su desarrollo, la construcción de pequeños talleres y almacenes industriales, actividades con creciente demanda por la población local.

Su delimitación se confi gura con el límite de la carretera CV-124 y la alineación que ofrecen las parcelas de propiedad municipal que constituyen la báscula y el depósito de agua pota-ble municipales, con una forma regular que llega hasta el límite con una edifi caciones de carácter rural preexistentes denomina-das pajeras, con una superfi cie total de 8.126 m_.

En la memoria se señala que la modificación pretende ampararse en lo que señala la Disposición Adicional Sexta de la Ley 10/2004, de 9 de diciembre, del Suelo No urbanizable (en adelante LSNU) relativa a la implantación de reducidos polígo-nos industriales destinados a almacenes, talleres y pequeñas industrias en el planeamiento general en pequeños munici-pios con escasa demanda de suelo industrial, justificándose el cumplimiento de todos los requisitos que dicha disposición exige.

Como quiera que desde la modifi cación se plantea la orde-nación pormenorizada del sector, estableciéndose por ello los viales y suelos dotacionales propios de la misma, se puede evaluar el porcentaje de cesión de suelo público en relación con la edifi cabilidad prevista en el sector que arroja, con la nueva documentación aportada, los siguientes datos:

Sup uso industrial privado 2.920,12 m2 35,94%Sup uso dotacional 5.205,88 m2 64,06%Zona verde 929,83 m2 11,45% Calzada+Aceras+Aparcamientos 3.898,57m2 47,97%Infraestructuras-Servicio Urbano(báscula+depósito municipal) 377,48 m2 4,64%Sup Total del sector 8.126,00 m2 100 %Ap Tipo 0,72 m2t/m2s

CUARTO.- Se han emitido los siguientes informes:1.- En fecha 2 de enero de 2007 y mediante escrito de

período consultivo según lo previsto en el artículo 84 de la ley 16/2005, de 30 de diciembre, se requirió al ayuntamiento con el objeto de que completara la documentación aportada relativa al estudio de impacto ambiental, así como que informara sobre la compatibilidad del proyecto con la normativa de protección de patrimonio cultural y sobre la disponibilidad de recursos hídricos. El ayuntamiento, en fecha 7 de marzo de 2007 remite documentación relativa a este requerimiento.

2.- En fecha 30 de marzo de 2007, la Secretaria Autonómica de Territorio y Medio Ambiente dictó Declaración de Impacto estimando aceptable a los solos efectos ambientales desde el punto de vista ambiental y sin perjuicio de las autorizaciones sectoriales que le sean de aplicación, el Proyecto de Modifi ca-ción Puntual nº 2 del Plan General de Castellfort, siempre y cuan-do se ajuste a los siguientes condicionantes:

“Se supedita la ejecución del citado proyecto al cumpli-miento de los condicionantes que se desarrollan a continuación :

1. En cumplimiento del artículo 11 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano, deberá obtenerse informe favorable de la Dirección General de Política Lingüís-tica y Patrimonio Cultural Valenciano; dando cumplimiento a las determinaciones que en su caso contenga el citado Informe preceptivo y vinculante; en caso que dicho Informe resultara desfavorable, así deberá entenderse la presente Declaración.

2. Deberá presentarse Estudio Acústico, y obtenerse, previa-mente a la aprobación defi nitiva del Proyecto, el correspondien-te informe favorable sobre el mismo, en cumplimiento de la Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat Valenciana de Protec-ción contra la Contaminación Acústica.

3. Todas aquellas actividades industriales que se instalen en el Polígono Industrial y estén recogidas en los Anexos del Regla-mento por el cual se desarrolla la Ley 2/89 de Impacto Ambiental, estarán sometidas al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, y deberán obtener la preceptiva Declaración de Impacto Ambiental positiva como condición indispensable para la obtención de las correspondientes licencias de obras y de actividad. Asimismo, el Ayuntamiento velará por la legalidad de todas las actividades instaladas en su término municipal, comprobándose que las actividades disponen de las autorizacio-nes pertinentes y se cumplen las condiciones impuestas, en su

caso, en la Declaración de Impacto Ambiental correspondiente.4. Respecto a las aguas residuales de las industrias que se

instalen en el polígono industrial, se incluirá en la normativa urbanística la necesidad de comprobar, con carácter previo a la licencia de actividad, la compatibilidad las aguas residuales que generen con la EDAR de destino prevista en el proyecto. En caso de no resultar compatibles, las citadas industrias deberán contar con un adecuado sistema previo de tratamiento de aguas residuales individual. No obstante, en cualquier caso, deberá comprobarse la previsión y/o la existencia de arquetas de regis-tro de libre acceso desde el exterior para la toma de muestras y control de los parámetros de vertido de todas las industrias que se instalen en el Sector.

5. Previamente a la aprobación definitiva del Proyecto, deberá obtenerse Informe favorable de la Confederación Hidro-gráfi ca del Ebro, o de entidad colaboradora autorizada (en el que se justifi que adecuadamente el origen de los mismos), relativo a la disponibilidad de recursos hídricos en cantidad y calidad sufi -ciente para la previsión de los consumos que se desprenden del desarrollo de la actuación planteada; tal y como se recoge en el artículo 19.2 de la Ley 4/2004, de 30 de junio, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje

6. Previamente a la ejecución del Sector será necesario acre-ditar, ante el órgano con competencia sustantiva, el saneamiento y depuración de las aguas residuales generadas; acreditándose la viabilidad del sistema de saneamiento y depuración de la EDAR a la que se pretenda conectar los colectores de aguas resi-duales; garantizándose con ello, el óptimo funcionamiento de las instalaciones en el momento de inicio de la ocupación del polígono.

Paralelamente, deberá obtenerse Informe favorable de la Confederación Hidrográfi ca correspondiente, con competencia sobre los barrancos Mas de Guardiola y Mas del Río (sobre los que desemboca actualmente la red de alcantarillado municipal), previamente a la ejecución del Sector, adecuándose a lo que establezca respecto a los procedimientos de concesión y auto-rización pertinentes en materia de vertidos de aguas residuales, en el caso que no se encuentre en funcionamiento la depuradora pública municipal propuesta, en el momento de ocupación del polígono.

7. El Ayuntamiento exigirá a las empresas, tras la realización de las obras, los correspondientes certifi cados de recepción de residuos sólidos inertes por parte de vertederos o empresas autorizadas para la gestión de este tipo de residuos.

8. Se deberá defi nir el área donde quedará aparcada tempo-ralmente la maquinaría de obra indicando, en su caso, el lugar donde se llevarán cabo las labores de limpieza y mantenimiento de la misma. Dichos trabajos deberán realizarse sobre una solera impermeable, terminada con una pendiente dirigida hacia una cuneta o canalón para la recogida y vertido de las posibles fugas y derrames a una cubeta impermeable. Asimismo, se recuerda que los cambios de aceite, fi ltros y cualquier otro residuo de mantenimiento de maquinaria y vehículos deberán ser debi-damente gestionados por taller o gestor de Residuos Tóxicos y Peligrosos debidamente autorizado.

9. El material necesario para realizar las explanaciones o rellenos del Sector deberá provenir de cantera o zona de présta-mo autorizada, debiéndose disponer de certifi cado en el que se especifi que el origen de los materiales, se justifi que el volumen necesario y la capacidad de la zona de préstamo para atender la demanda generada. Debiendo disponer de las autorizaciones sectoriales preceptivas.

10. La tierra vegetal extraída durante la fase de movimien-to de tierras, y que sea susceptible de aprovechamiento, se mantendrá en condiciones agrícolas adecuadas y se destinará al relleno de las zonas verdes previstas en la actuación, o en su defecto a otras áreas del municipio donde sea susceptible su utilización.

11. Los aspectos concernientes a las medidas preventivas y correctoras derivadas del cumplimiento de las ordenanzas municipales, de la legislación sectorial de aplicación vigente, las medidas establecidas en este condicionado, las establecidas en el Estudio de Impacto Ambiental y las labores de vigilancia a incluir en el Programa de Vigilancia Ambiental, se incorporarán al preceptivo Proyecto de urbanización y se valorarán y provee-rán presupuestariamente los gastos derivados de su cumpli-miento.”

3.- El 22 de diciembre de 2009 se ha emitido informe favora-ble por parte de la Ofi cina del Plan de Carreteras de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte.

4.- En fecha 22 de octubre de 2009 se emite informe favora-ble por parte de la Confederación Hidrográfi ca del Ebro.

5.- En fecha 12 de noviembre de 2009, la Directora General de Patrimonio Cultural Valenciano da traslado del informe favo-rable emitido en relación con las afecciones sobre el patrimonio.

6.- En fecha 13 de marzo de 2009 se solicita informe en relación con el Estudio de Paisaje elaborado respecto a la Modi-fi cación nº 2 del Plan General de Castellfort, que se ha emitido en fecha 16 de diciembre de 2009 con carácter favorable condi-cionado a la entrega de los resultados del Plan de Participación Pública y a la revisión de las Medidas de Integración en el sentido expresado en el punto 5 de este informe. En concreto el punto 5 de este informe señala que:

“El Estudio propone medidas de integración defi nidas en las Normas Urbanísticas de la Modifi cación del PGOU, en refe-

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rencia a las condiciones de volumen y forma de los edifi cios, que se consideran adecuadas, aunque se considera desde este Servicio que se podría estudiar el añadir otras en referencia a las dimensiones y disposición en planta de las edifi caciones para garantizar que mantengan una escala e implantación similares a las de las edifi caciones existentes en esta zona del municipio.

Por otra parte, dado que el emplazamiento elegido se sitúa en un acceso principal del núcleo urbano, se debería ubicar y diseñar los aparcamientos de forma que queden integrados en la zona verde con la plantación de la vegetación prevista en el estudio, integrando arbolado de un porte adecuado y valorando el uso de pavimentos permeables.”

FUNDAMENTOS DE DERECHOPRIMERO.- La tramitación ha sido correcta en cumplimiento

de lo dispuesto en el artículo 83 y siguientes de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, Urbanística Valenciana, en adelante L.U.V.

SEGUNDO.- La documentación está completa en cumpli-miento de lo dispuesto en el artículo 64 en relación con el 73, 94 y concordantes de la L.U.V.

TERCERO.- La modifi cación que nos ocupa implica la crea-ción de un nuevo sector de suelo urbanizable industrial con orde-nación pormenorizada de modo que se produce un cambio en la clasifi cación del suelo de no urbanizable común a urbanizable de uso industrial, con ordenación pormenorizada. Ello comporta la necesidad de elaboración de los documentos complementarios necesarios para posibilitar su aprobación, como son un Estudio de Paisaje y un Estudio de Impacto Ambiental sobre el que se ha emitido Declaración de Impacto que aun no observando objecio-nes sustanciales a lo pretendido, si requieren la consideración de determinados condicionantes con carácter previo a la ejecución de esta actuación.

CUARTO.- La Disposición Adicional Sexta de la Ley 10/2004, de 9 de diciembre, del Suelo No urbanizable (en adelante LSNU), señala que “Con el objeto de fomentar la implantación de redu-cidos polígonos industriales destinados a almacenes, talleres y pequeñas industrias, el planeamiento general de los munici-pios con menos de 2.000 habitantes y con escasa demanda de suelo industrial podrá crear excepcionalmente un único sector de suelo urbanizable industrial con ordenación pormenorizada, en el que podrán, previa justifi cación motivada, minorarse los estándares dotacionales establecidos con carácter general por la legislación urbanística para esta clase de suelo, pudiendo proceder, previa reparcelación de los terrenos, a la urbanización simultáneamente a la implantación de las actividades mencio-nadas. En todo caso, se exigirá la adecuada conexión con el sistema viario y un tratamiento sufi ciente del abastecimiento, saneamiento y depuración de aguas, y suministro de energía eléctrica.”

En el caso que nos ocupa se cumplen todos y cada uno de los requisitos establecidos en esta disposición adicional sexta, por cuanto:

- Que se trate de un municipio con población inferior a 2000 habitantes.

Castellfort, según la memoria presentada, tiene una pobla-ción de 220 habitantes, con lo que el requisito citado se cumple.

- Que no tenga suelo con califi cación ordinaria industrial. En el planeamiento general vigente no existe suelo clasifi ca-

do o califi cado con el uso específi co industrial.- Que se destine específi camente a almacenes, talleres y

pequeñas industrias. En el artículo 5 de las normas urbanísticas de la modifi ca-

ción queda claramente establecida la citada limitación de usos.- Que sea escasa la demanda de suelo industrial. Este extremo queda acreditado, ya que en la modifi cación

del planeamiento sólo se prevén 8.126 m_ de suelo urbanizable industrial.

- Que se establezca una ordenación pormenorizada, en la que se podrá, previa justifi cación motivada, minorar los estánda-res dotacionales establecidos con carácter general por la legisla-ción urbanística para esta clase de suelo.

El Decreto 67/2006, de 19 de mayo, que aprueba el Regla-mento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística (en adelante ROGTU) fi ja, en su artículo 210, los estándares dota-cionales exigibles en las actuaciones de uso dominante indus-trial. De acuerdo con el citado precepto, se establece el deber de destinar a zonas verdes públicas una superficie superior al 10% de la superficie computable del sector, la obligación de establecer una reserva mínima de plazas de aparcamiento público, que será de 1 plaza para turismo por cada 200 metros cuadrados, o fracción, de edifi cabilidad industrial y de 1 plaza para vehículos pesados por cada 1.500 m_t, o fracción, de edifi -cabilidad industrial y la obligación de establecer una reserva mínima de plazas de aparcamiento en parcela privada, que será de 1 plaza cada 100 metros cuadrados, o fracción, de edifi cabi-lidad industrial.

La ordenación pormenorizada queda fi jada tanto a través de las ordenanzas que regularán el régimen urbanístico de este minipolígono, como en la confi guración del viario y los suelos dotacionales que se establecen en la modifi cación, en la que un 35,94 % de suelo se destina a parcelas con aprovechamiento lucrativo, un 64,06 % de suelo se destina a dotaciones públicas de las cuales el 11,45 % se destina a zona verde, siendo el aprove-chamiento tipo total del sector de 0,72 m_t/m_s, por lo que se da cumplimiento a los citados preceptos legales.

QUINTO.- La Comisión Territorial de Urbanismo, a propuesta del Director General de Urbanismo, es el órgano competente para resolver sobre la aprobación defi nitiva del planeamiento general -y de sus modifi caciones- de municipios de menos de 50.000 habitantes, de conformidad con lo dispuesto en el artícu-lo 39 por remisión del artículo 55.1, de la Ley Reguladora de la Actividad Urbanística, en relación con el artículo 10.a) del Regla-mento de los Órganos Territoriales y Urbanísticos de la Generali-tat, aprobado por Decreto 162/2007, de 21 de septiembre.

En virtud de todo lo que antecede, la Comisión Territorial de Urbanismo de Castellón ACUERDA:

APROBAR DEFINITIVAMENTE la modifi cación nº 2 del Plan General de Castellfort, en la creación de un nuevo sector de suelo urbanizable industrial junto al casco de la población, debiendo tomar en consideración en desarrollo del proyecto los condicio-nantes establecidos en la Declaración de Impacto Ambiental, y las conclusiones del plan de participación pública en su desarrollo y lo señalado en el punto quinto del informe de paisaje.

Contra el instrumento de planeamiento aprobado podrá inter-ponerse recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Supe-rior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en el plazo de DOS MESES a contar desde el día siguiente de su publicación, de confor-midad con lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que se puedan ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime oportuno.”

Castellón, 22 de marzo de 2010.EL SECRETARIO DE LA COMISIÓN TERRITORIAL DE URBA-

NISMO, Fernando Renau Faubell.3. - NORMAS URBANÍSTICAS.ORDENANZAS PARTICULARES PARA PEQUEÑO POLÍ-

GONO INDUSTRIAL DESTINADO A ALMACENES, TALLERES Y PEQUEÑAS INDUSTRIAS, DE ACUERDO CON LA DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA DE LA LEY 10/2004, DE 9 DE DICIEMBRE, DEL SUELO NO URBANIZABLE.

CAPÍTULO 1. DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERALArtículo 1.1. Defi nición y objetivosEl objeto de estas ordenanzas es la creación de un sector

de suelo urbanizable industrial con ordenación pormenorizada en un suelo clasifi cado como no urbanizable común en el Plan General de Ordenación Urbana de Castellfort, que permita la construcción de un pequeño polígono industrial destinado a almacenes, talleres y pequeñas industrias.

Artículo 1.2. Ámbito de aplicaciónEl ámbito de aplicación de estas ordenanzas abarca la tota-

lidad del perímetro de suelo no urbanizable común destinado a la construcción de talleres y almacenes industriales, en aplica-ción de lo previsto en la Disposición Adicional Sexta de la Ley 10/2004, de 9 de diciembre, del Suelo No Urbanizable, en refe-rencia a los polígonos industriales en pequeños municipios con escasa demanda de suelo industrial.

Artículo 1.3. Vigencia y efectosLas presentes ordenanzas entrarán en vigor a partir de los

quince días siguientes a la fecha de la publicación en el Boletín Ofi cial de la Provincia del acuerdo de su aprobación defi nitiva por el órgano autonómico competente. Su vigencia será indefi -nida en tanto no se apruebe defi nitivamente una revisión de las mismas, sin perjuicio de eventuales modifi caciones puntuales o de la suspensión total o parcial de su vigencia.

Estas ordenanzas, así como los Planes y Proyectos que las desarrollen, una vez publicado el acuerdo de su aprobación defi -nitiva, serán públicos, obligatorios y ejecutivos.

Artículo 1.4. Afecciones. Normativa complementariaEn todo lo regulado por estas ordenanzas, se aplicará la

normativa vigente, tanto de carácter básico como sectorial.Artículo 1.5. Contenido documentalLa presente modificación del Plan General consta de los

siguientes documentos:1.- Memoria Informativa.2.- Memoria Justifi cativa y de Ordenación.3.- Normas Urbanísticas.4.- Planos de Información y de Ordenación.Artículo 1.6. Normas de interpretaciónEn cuanto a las normas de interpretación, se estará a lo

dispuesto en el artículo 1.8 del PGOU vigente.CAPÍTULO 2. NORMAS GENERALES DE USOArtículo 2.1. Usos- Uso principal: almacenes y talleres industriales y/o artesanales.- Usos complementarios: almacenes agrícolas.- Usos compatibles: infraestructura-servicio urbano.- Usos prohibidos: todos los demás.CAPÍTULO 3. NORMAS GENERALES DE EDIFICACIÓNArtículo 3.1. Condiciones de la parcelaLas parcelas edifi cables cumplirán las siguientes condiciones:1. La superfi cie mínima de parcela edifi cable será de 200

metros cuadrados.2. La superfi cie máxima de parcela edifi cable será de 450

metros cuadrados.3. El frente mínimo de parcela será de 6 metros.4. El frente máximo de parcela será de 14 metros.5. La forma de la parcela será tal que pueda inscribirse en

ella un rectángulo de 6x14 metros, con al menos uno de sus lados coincidente con la alineación exterior, y con lindes latera-les que no formen un ángulo inferior a 60 grados sexagesimales con la alineación exterior.

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Artículo 3.2. Parámetros de emplazamiento1. La edifi cación se alineará a vial en todo el frente de parcela.

En las parcelas de esquina, la edifi cación se alineará a las dos calles.2. La edifi cación será adosada.3. La ocupación máxima de la parcela podrá ser del 100%,

siempre que se justifi quen las plazas de aparcamiento requeri-das en el interior de la edifi cación, así como su accesibilidad.

Artículo 3.3. Condiciones de volumen y forma de los edifi cios.3.3.1. Altura.1. La altura máxima de la edificación (dimensión vertical

medida desde la rasante ofi cial de la acera hasta la línea defi nida por la intersección del plano de cubierta con el paramento verti-cal exterior, medida en el punto medio de la fachada) será de 8 metros. Se admitirán, no obstante, por encima de dicha altura aquellos elementos (chimeneas, silos, depósitos,…) indispen-sables para el funcionamiento de la industria que por sus justi-fi cados requerimientos funcionales necesiten superar la altura citada. El volumen de estos elementos por encima de la altura no computará a los efectos de la edifi cabilidad máxima admitida.

2. El número máximo de plantas, incluida la planta baja, será de 2.

3.3.2. Coefi ciente de edifi cabilidad.Se establece un coefi ciente de edifi cabilidad neta de 2 m2t/m2s.3.3.3. Cubiertas.- Las cubiertas serán inclinadas, preferiblemente de teja

árabe rojiza no brillante, para evitar acabados artifi ciales impro-pios de la arquitectura autóctona. Se justifi cará adecuadamente la solución adoptada en los aleros, que se ejecutarán preferente-mente al modo tradicional.

- Se permite la apertura de huecos de ventilación e ilumina-ción enrasados con el faldón de cubierta, siempre y cuando los acristalamientos no produzcan brillos u otros efectos.

Artículo 3.4. Condiciones estéticas.3.4.1. Composición de fachadas.- En la composición de las fachadas, predominará el macizo

sobre el hueco.- Se prohíbe la formación de cuerpos volados cerrados, así

como la formación de terrazas y miradores.- Se permite la formación de balcones siempre y cuando se

construyan según los métodos tradicionales, evitando geome-trías ajenas a la arquitectura autóctona.

- Se disimularán los registros de las instalaciones y los armarios de contadores en fachada garantizando, no obstante, su accesibilidad. En cuanto a los tendidos, deberán empotrarse siempre.

- Los rótulos y/o carteles de los diferentes establecimientos no podrán ser luminosos y se colocarán a nivel de planta baja, sin poder superar su altura.

3.4.2. Acabados.- Los paramentos de fachada a la vía pública (o visibles

desde ésta) y medianerías al descubierto deberántratarse con calidad resultante de obra terminada. Se

realizarán con revestimiento de revoco o enfoscado y pintado, empleando colores tradicionales. Queda totalmente prohibido cualquier otro tipo de acabado, así como el empleo de colores estridentes en cualquier elemento de la fachada.

- Todas las carpinterías exteriores serán preferentemente de madera oscura. Éstas se retrasarán, en todos los casos, del plano de fachada, dejando visto, como mínimo 20 cm del espesor del muro.

- Los elementos de cerrajería, si los hubiere, serán prefe-rentemente metálicos, tipo forja, con barrotes verticales lisos de cuadrillo y barandillas de pletina delgada y estrecha sin pasama-nos, pintados en negro, acabado mate, y sin adornos, con sepa-raciones que oscilarán entre los 12 y los 25 cm

- Las construcciones auxiliares e instalaciones complemen-tarias de las industrias deberán ofrecer, asimismo, un nivel de acabado digno y que no desmerezca la estética del conjunto.

Artículo 3.5. Espacios libres.Los espacios libres de edifi cación deberán tratarse en su

conjunto de tal manera que las áreas que no queden pavimen-tadas se completen con elementos de jardinería y mobiliario urbano.

Artículo 3.6. Reserva de aparcamiento.3.6.1. Aparcamiento público.Se efectuará una reserva de aparcamiento público de una

plaza por cada 200 metros cuadrados de edifi cación, los cuales cumplirán las siguientes condiciones:

- Las plazas de aparcamiento tendrán una superfi cie rectan-gular mínima de 2,50 por 5,00 metros.

- La superfi cie de aparcamiento mínima por plaza, incluyen-do la parte proporcional de accesos, no será nunca inferior a 20 metros cuadrados.

- Del total de plazas de aparcamiento previstas se reservará un 2 por ciento, como mínimo, para usuarios minusválidos. Estas plazas tendrán una superfi cie rectangular mínima de 3,50 por 5,00 metros.

3.6.2. Aparcamiento privado.Se efectuará una reserva mínima de plazas de aparcamiento

en parcela privada, que será de 1 plaza cada 100 metros cuadra-dos, o fracción, de edifi cabilidad industrial.

- Las plazas que se reserven en el interior de la construcción se contendrán en local expresamente destinado para garaje, que cumplirá tanto las ordenanzas generales como la normativa de protección contra incendios en vigor.

Artículo 3.7. Condiciones de seguridad.Se estará a lo dispuesto en la normativa de protección

contra incendios en vigor que resulte de aplicación.Artículo 3.8. Condiciones higiénicas.- En general, las instalaciones industriales han de cumplir

las disposiciones vigentes sobre la materia en relación a la acti-vidad que desarrollan, así como lo que establezcan las presentes ordenanzas.

- Toda instalación se someterá a las determinaciones establecidas por el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas (Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre) y cumplirán lo establecido en la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales y en sus disposiciones de desarrollo.

- Todos los residuos producidos por la industria que no puedan ser recogidos por el Servicio Municipal de Basuras, deberán ser llevados directamente al vertedero por cuenta del titular.

- Las aguas residuales procedentes de las industrias cumpli-rán las condiciones de los Vertidos de Aguas Residuales expresa-dos en el correspondiente apartado de las presentes ordenanzas.

3.8.1. Residuos gaseosos.- La cantidad máxima de polvo contenida en los gases o

humos emanados por las industrias no excederá de 1,5 gramos por m3.

- El peso total de polvo emanado por una misma unidad industrial deberá ser inferior a 50 gramos por hora.

- Quedan totalmente prohibidas las emanaciones de polvo o gases nocivos.

3.8.2. Aguas residuales.- Los materiales contenidos en las aguas residuales no exce-

derán en peso a 15 miligramos por litro. La demanda bioquímica de oxígeno, en miligramos por litro, será inferior a 4 miligramos de oxígeno disuelto absorbido en cinco días a 20 grados centígrados.

- El nitrógeno expresado en N y N1-14 no será superior a 10 y 15 miligramos por litro respectivamente.

- El efl uente no contendrá sustancias capaces de provocar la muerte de los peces.

- El efl uente deberá estar desprovisto de todos los produc-tos susceptibles de perjudicar las tuberías de la red.

- El efl uente deberá tener un pH comprendido entre 5,5 y 11.- El efluente no tendrá en ningún caso una temperatura

superior a 40 grados, quedando obligadas las industrias a reali-zar los procesos de refrigeración necesarios para no sobrepasar dicho límite.

- Quedan prohibidos los vertidos de compuestos cíclicos hidroxilados y sus derivados halógenos.

- En todo caso y en relación con los vertidos industriales, se tendrán que cumplir las limitaciones establecidas por la legisla-ción de aguas para la autorización de vertidos al dominio público hidráulico.

3.8.3. Ruidos.La emisión de ruidos no sobrepasará los 55 decibelios,

medidos en el eje de las calles contiguas a la parcela industrial que se considere.

Artículo 3.9. Normas de urbanización.Será de aplicación a todo el ámbito del presente y de obliga-

toria observancia lo dispuesto en el plan general de ordenación urbana en cuanto a las normas de urbanización.

3.9.1. Distribución de agua. Red de riego.- El servicio de abastecimiento de agua preverá una dota-

ción mínima de 0,2 m3/puesto de trabajo y día para zonas indus-triales, con una presión mínima de 5 atmósferas en el punto más desfavorable de la red y cumplirá las especifi caciones técnicas de las normas tecnológicas de la edifi cación NTE o normativa posterior que las sustituya.

- Para cualquier actuación urbanística será necesario demostrar documentalmente la disponibilidad de caudal sufi -ciente para la red general de abastecimiento, tanto municipal como particular. Asimismo, se preverá la presión suficiente para el normal abastecimiento y el funcionamiento de la red de hidrantes.

3.9.2. Energía eléctrica.3.9.2.1. Dotación mínima de energía eléctrica.- La dotación mínima de energía eléctrica para uso domés-

tico será de 0,6 kW/habitante, que se distribuirá mediante red subterránea.

- Los centros de transformación y los tendidos aéreos de alta tensión que abastezcan al municipio de Castellfort cumpli-rán las condiciones de seguridad (afecciones a la edifi cación, arbolado y cultivos) vigentes y se someterán a las limitaciones paisajísticas y estéticas que se determinen específi camente.

- De acuerdo con Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el vigente Reglamento de Líneas Eléc-tricas de Alta Tensión, la distancia mínima de los cables será la siguiente:

- Para los bosques, huertos, árboles, masas de arbolado y cualquier tipo de plantación elevada:

1,5 + U/150 metros (con un mínimo de 2 m)- Para edifi cios y construcciones:3,3 + U/100 metros (con un mínimo de 5 m)3.9.2.2. Distancia mínima de nuevas construcciones a tendi-

dos aéreos.Cuando los tendidos sean aéreos, no se podrá construir a

menos de 5 metros del conductor, sin perjuicio de los efectos

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del derecho de propiedad, salvaguardadas las servidumbres reglamentarias.

3.9.2.3. Líneas de distribución subterráneas.La línea de distribución del alumbrado público será subte-

rránea y las correspondientes a usos domésticos podrán ser aéreas o subterráneas. Siempre que se disponga de redes subterráneas será preciso salvaguardar el aspecto estético de las instalaciones de transformación, cuidando de su tendido y demás elementos accesorios.

3.9.3. Nivel mínimo de iluminación.El nivel mínimo de iluminación de las vías se fi ja de acuerdo

con la importancia del tráfi co. A este efecto la iluminación reque-rida para el alumbrado público será:

- En vías principales: 10 lux- En vías secundarias: 5 lux- En el medio rural se establece lo previsto en el Plan Nacio-

nal de Electrifi cación requerida al efecto.3.9.4. Red de saneamiento.La red de saneamiento tomará como caudal la dotación de

agua y el determinado por la recogida de pluviales. La disposi-ción será de red subterránea, a más de 1 m de profundidad y siempre por debajo de la red de abastecimiento de agua, canali-zándose hacia los colectores generales.

3.9.4.1. Saneamiento en ámbito rural.En el ámbito rural, donde no sea posible la conexión a la

red general, la evacuación requerirá depuración previa por fosa séptica e informe técnico que avale las condiciones no contami-nantes del vertido.

3.9.4.2. Contenido máximo de aguas residuales de origen industrial.

Los materiales en suspensión en las aguas residuales de zonas industriales no excederán en peso de 30 mg/l, la demanda bioquímica de oxígeno en miligramos por litro será inferior a 40 mg de oxígeno disuelto absorbido en 5 días a 18ºC. El nitrógeno, expresado en N y en NH4 no será superior a 10 o 15 miligramos por litro, respectivamente.

3.9.4.3. Grado de acidez de los efl uentes.El pH del efl uente estará comprendido entre 5,5 y 8,5, y en

caso de que la neutralización se haga por medio de cal, podrá estar comprendido entre 5,5 y 9,5.

3.9.4.4. Refrigeración de aguas industriales.Las industrias efectuarán procesos de refrigeración para

que la temperatura del afl uente no supere los 30ºC.3.9.5. Tratamiento de residuos sólidos:- Debido a la entidad del municipio de Castellfort, es reco-

mendable el mantenimiento mancomundado comarcal de este servicio.

- En todo caso deberán situarse los vertidos de residuos sólidos a más de 2 km de los núcleos urbanos, en zonas ocultas y no afectadas en vientos dominantes en dirección a los mismos.

3.9.6. Red telefónica.Las redes de telefonía deberán canalizarse subterráneamen-

te en el casco urbano y los dispositivos que requieran en super-fi cie deberán respetar las condiciones estéticas de los edifi cios.

3.9.7. Pavimentaciones.Las pavimentaciones se llevarán a cabo según las especifi -

caciones del proyecto redactado por técnico competente.3.9.7.1. Materiales de pavimentación.Los materiales se ajustarán al carácter de la vía con especial

atención al volumen y tonelaje del tráfi co rodado.3.9.7.2. Acabado de superfi cies.El acabado de superficies en los sistemas viarios será el

asfáltico.3.9.7.3. Obligatoriedad de pavimentación de aceras.A requerimiento del Ayuntamiento, los vecinos ejecutarán

las aceras, respetando los anchos de viales que se indiquen por los técnicos municipales que señalarán las características cons-tructivas en función de la capacidad portante del terreno y de las canalizaciones existentes bajo acera.

3.9.7.4. Pavimentación.En vías sin limitación de tonelaje se procederá a la exca-

vación de caja con compactación de fondo al 95 por ciento del ensayo proctor modifi cado: base de zahorras de cantera de 30 cm de espesor compactadas al 95 por ciento del E.P.M. doble capa de hormigón asfáltico (H.A.) sobre riego de imprimación.

3.9.7.5. Aceras.Será obligatoria la colocación de bordillos y rigolas de

hormigón prefabricado.3.9.8. Condiciones de la red de saneamiento.- Conexiones al alcantarillado.- Obligatoria arqueta sifónica de cierre hidráulico.- Profundidades menores, es obligatorio embeber el tubo en

hormigón de resistencia característica igual o superior a 150 kg/cm2.- Se prohíben las canalizaciones por encima de redes de

abastecimiento de aguas.- Diámetros mínimos interiores: 0,30 m pendiente mínima 3

por ciento.3.9.9. Condiciones de la red de aguas potables.- Se prohíben las canalizaciones por debajo de las redes de

saneamiento. Profundidad mínima sin refuerzo del hormigón 20 cm en aceras y 30 cm en calzadas (arista superior).

- En profundidades menores es obligatorio el refuerzo del hormigón de resistencia característica 150 kg/cm2 de 15 cm de espesor mínimo en toda la zanja.

3.9.10. Condiciones de la red de energía eléctrica.

En edifi cios de nueva planta se instalará en la acera una farola de los tipos usuales, de acuerdo a las distancias y a lo especifi cado por los planos. Respecto a su altura e instalación se estará a lo dispuesto en las normas tecnológicas y normativa específi ca vigente. Tanto para la energía eléctrica como para la red de telefonía serán obligatorias las canalizaciones subterrá-neas.

Artículo 3.10. Condiciones de urbanización.Para que una parcela pueda ser edificada deberá tener

necesariamente pavimentada la calzada y aceras y disponer de abastecimiento de agua, evacuación de aguas y suministro de energía eléctrica y alumbrado público o que se asegure la ejecu-ción de dichas obras de urbanización de forma simultánea a las de edifi cación.

Artículo 3.11. Canon de aprovechamiento urbanístico.Junto con la preceptiva licencia se exigirá la liquidación del

canon de aprovechamiento urbanístico establecido conforme a los dispuesto en el artículo 34 de la Ley 10/2004, de 9 de diciem-bre, de Suelo no Urbanizable.

HA URBANÍSTICA4. - FICHA URBANÍSTICA.POLÍGONO INDUSTRIAL “CASTELLFORT”

POLÍGONO INDUSTRIAL “CASTELLFORT”Zona de ordenación urbanística Industrial (con ordenación

pormenorizada)Superfi cie total 8126 m2Superfi cie uso industrial privado 2920,12 m2Superfi cie dotacional 5205,88 m2Sistema de ordenación Edifi cación adosadaUSOS PORMENORIZADOSUso principal Almacenes y talleres industriales y/o artesa-

nalesUsos complementarios Almacenes agrícolasUsos compatibles Infraestructura-servicio urbano.Usos prohibidos Todos los demásPARÁMETROS URBANÍSTICOSPARCELAParcela mínima 200 m2Frente mínimo de parcela 6 mFrente máximo de parcela 14 mRectángulo inscrito mínimo 6x14 mPOSICIÓN DE LA EDIFICACIÓNDistancia mínima al linde frontal 0,00 mDistancia mínima al linde posterior 0,00 ó 3,00 mDistancia al resto de lindes 0,00 mINTENSIDADCoefi ciente de edifi cabilidad neta 2,00 m2/m2Coefi ciente de ocupación 1,00 m2/m2VOLUMEN Y FORMAAltura máxima total 8,00 mNúmero máximo de plantas II (PB + 1PP)OTRAS CONDICIONESDotación de aparcamientos públicos Una plaza por cada 200

m2 construidos, o fracciónComo mínimo, el 2%, se reservará para usuarios minus-

válidos.Reserva de aparcamiento privado Una plaza por cada 100

m2 construidos, o fracción. C-3223-U

Depósito

Báscula

Pajeras

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA10 Núm. 37.—27 de marzo de 2010

CONSELLERIA DE SANIDAD

DIRECCIÓN TERRITORIAL

Castelló de la PlanaFecha: 27 de enero de 2010N/R. D.T.S./S.S.R./CG/vuExpte. Núm. 574/2009RESOLUCIONDel expediente reseñado al margen, de conformidad con el

art. 24.4 del R.D. 1398/93 de 4 de agosto (BOE 9-8-93), instruido a ALEXANDER HARMSEN por INCUMPLIMIENTO DE LA REGLA-MENTACION TECNICO SANITARIA DE COMERCIO MINORISTA DE ALIMENTACIÓN.

HECHOS IMPUTADOS: En inspección practicada el día 01/09/2009, por inspectores

afectos a la Dirección Territorial de Sanidad, personados en el comercio minorista de fruta y verdura que ALEXANDER HARM-SEN tiene en explotación en la C/ San Francisco, 129 bis, de la localidad de Vinaròs, se comprobó como consta en el acta nº 7546, cuya copia se acompaña, que:

ÚNICO: No acredita formación en manipulación de alimen-tos a nombre de la manipuladora Emria Ludominova Laleva. Se le concedió un plazo de 15 días para acreditarlo sin que, transcu-rrido el mismo, lo haya hecho.

Formulado el acuerdo de iniciación de conformidad con el art. 13 del R.D. 1398/93, se realizaron, en síntesis, las siguientes ALEGACIONES: NINGUNA

CONSIDERANDO que los hechos anteriormente indicados son constitutivos de infracciones de lo establecido en:

Por el hecho ÚNICO: el artículo 7 del Real Decreto 202/2000, de 11 de febrero (BOE, 25/02/2000) en relación con el art. 82.b de la Ley 4/2005, de 17 de junio, de la Generalitat (DOGV, 23/06/05).

Todo ello en relación al art. 35.A.1 de la Ley 14/86, de 25 de abril (BOE 29-4-86), y el art. 82 de la ley 4/2005, de 17 de junio, de la Generalitat, de Salud Pública de la Comunidad Valenciana (DOGV 23-06-2005).

Estas infracciones contienen circunstancias y elementos de juicio sufi cientes para califi car las faltas como leves, de acuerdo con lo establecido en el art. 35.A de la Ley 14/86, y el art. 82 de la ley 4/2005.

CONSIDERANDO que no ha quedado desvirtuada la anterior califi cación y consecuente apreciación de responsabilidad por cuanto que NO SE FORMULARON ALEGACIONES DENTRO DE PLAZO.

HABIDA cuenta de los hechos y circunstancias concurrentes en el expediente y de conformidad con lo establecido en la Ley 4/2005, de 17 de junio, y en base a la competencia que establece el art. 9 del Decreto 44/92 de 16 de marzo (DOGV 27-03-92) según la redacción dada por el Decreto 57/2005 de 11 de marzo (DOGV 15-03-05).

RESUELVOImponer a ALEXANDER HARMSEN las siguientes sanciones:ÚNICA: CIENTO OCHENTA EUROS (180 euros) por incumplir

el artículo 7 del Real Decreto 202/2000, de 11 de febrero (BOE, 25/02/2000) en relación con el art. 82.b de la Ley 4/2005, de 17 de junio, de la Generalitat (DOGV, 23/06/05).

Esta resolución no apura la vía administrativa y contra la misma, podrá interponerse Recurso de Alzada ante el Ilmo. Director General de Salud Pública, en el plazo de un mes, conta-do a partir del día siguiente de la notifi cación, de conformidad con lo establecido en los arts. 114 y 115 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común. (BOE 27-11-92).

Transcurrido el plazo para interponer el recurso indicado en la Resolución, sin haberlo interpuesto, la sanción impuesta será fi rme a todos los efectos y ejecutiva, en cuyo caso el importe de dicha sanción deberá hacer efectivo en la forma indicada en la hoja adjunta.

LA DIRECTORA TERRITORIAL DE LA CONSELLERIA DE SANITAT, ELVIRA BOSCH REIG. C-3150

* * *

Expediente Núm.: HIGI/07TC10/83 DTC/SR/CGM/VUMFecha: 24 de febrero de 2010Cítese el expediente y referencia al contestarACUERDO DE INICIACIÓNEn uso de las facultades que, como Director Territorial de

Sanidad, me confi ere las siguientes NORMAS COMPETENCIA-LES para INCOAR expedientes sancionadores en materia de HIGIENE ALIMENTARIA:

Artículos, 2º.3 y 9º del Decreto 44/1992, de 16 de marzo, del Gobierno Valenciano, por el que se determinan el procedimiento, las sanciones y la competencia sancionadora en relación con las infracciones sanitarias y de higiene alimentaria (DOGV nº 1753 de 27.3.1992), modifi cados por los Artículos 1 y 4 del Decreto 57/2005, de 11 de marzo, del Consell de la Generalitat, (DOGV nº 4966 de 15 de marzo).

ACUERDOINCOAR procedimiento sancionador, Expediente Núm.

HIGI/07TC10/83 a El Barquero de Cantillana, S.C. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Reglamento del Procedi-

miento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, Real Decre-to 1398/1993, de 4 de agosto (B.O.E. núm. 189, de 9 de agosto), como presunto responsable de las infracciones sanitarias en materia de Higiene Alimentaria, en base a los siguientes hechos:

A) HECHOSEn inspección practicada en virtud de acta levantada por

inspectores afectos al Centre de Salut Pública de Benicarló los días 13/11/2009 y personados en el establecimiento comedor colectivo “El Foro de Benicarló” que tiene en explotación comer-cial en Plaza del Mercado,4,bajo dcha. de la localidad de Benicar-ló, se comprobó como consta en Acta 07867, 07868, 07869 que:

HECHO PRIMERO: El suelo de la cocina se observa con grasa y restos de alimentos; al igual que la zona debajo del frega-dero con acúmulo de agua y manchas negras.

En la escalera de acceso al sótano, el suelo se ve con grasa y restos de alimentos, en concreto migas.

En la zona sótano, el suelo está con restos de alimentos, en concreto, migas.

Encima de una mesa de madera del sótano, se encuentra un jamonero con jamón, migas y restos de alimentos.

El suelo en zona de sótano, en concreto en donde están los arcones congeladores se observa con restos de alimentos.

HECHO SEGUNDO: En la zona de sótano, se almacenan elementos ajenos a la actividad, en concreto ropa

HECHO TERCERO: En zona cocina /barra, se almacenan escoba y cubo fregona con ollas.

HECHO CUARTO: no acredita la aplicación de programa de vigilancia y control de plagas, observándose la presencia de insectos reptantes.

HECHO QUINTO: no poseen termómetro para vigilancia de temperaturas en frigorífi co cocina, en congelador cocina y arcones-congelador en zona sótano

B) CALIFICACIÓN Y TIPIFICACIÓNCalificación: Los hechos constitutivos de las presuntas

infracciones que se le imputan en este procedimiento contiene circunstancias y elementos de justicia sufi cientes para califi car las infracciones como LEVES, de acuerdo con lo establecido en:

1.- NORMA GENERAL1.1.- Artículo 34 y 35.A) de la Ley General de Sanidad 14/1986

de 25 de abril, (B.O.E. Núm. 102 de 29 de abril),1.2.- Artículo 58.1 y 2 de la Ley 3/2003, de 6 de febrero, de la

Generalitat, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad Valencia-na. (D.O.G.V. Núm. 4.440 de 14 de febrero) y

1.3.- Artículos 81 y 82 de la Ley 4/2005, de 17 de junio, de la Generalitat, de Salud Pública de la Comunidad Valenciana (D.O.G.V. Núm.5034 de 23 de junio).

Tipificación: Infringiendo con ello lo preceptuado en las siguientes normas:

2.- NORMA ESPECÍFICAHECHO PRIMERO: punto 1 Capítulo I del Anexo II del Regla-

mento (CE) Nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios (Diario Ofi cial de la Unión Europea L. 226, de 25 de junio de 2004).

HECHO SEGUNDO: punto 9 Capt I del Anexo II del Regla-mento (CE) Nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios (Diario Ofi cial de la Unión Europea L. 226, de 25 de junio de 2004).

HECHO TERCERO: punto 2 c) capt I del Anexo II del Regla-mento (CE) Nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios (Diario Ofi cial de la Unión Europea L. 226, de 25 de junio de 2004).

HECHO CUARTO: Art. 3.3 del Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas prepara-das (BOE núm.11, de 12.01.2001).

HECHO QUINTO: Art.3.5 del Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas prepara-das (BOE núm.11, de 12.01.2001).

C) GRADUACIÓN Y CUANTÍA DE LAS SANCIONES:Dichas infracciones pueden dar lugar, por razón de la mate-

ria, a la imposición de una sanción de hasta 3000 Euros cada una, de acuerdo con lo dispuesto en:

- El artículo 36.1.A) de la Ley 14/86 de 25 de abril, General de Sanidad (B.O.E. Núm. 102 de 29 de abril), y

- El artículo 59.1 y 2.a) de la Ley 3/2003, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad Valenciana. (D.O.G.V Núm. 4.440 de 14 de febrero), graduándo-se las sanciones de multa en Grado mínimo hasta 600 euros, Grado medio desde 600,01 a 1800 euros y Grado máximo desde 1800,01 a 3000 euros, y

- Los artículos 85.1.a) y 86 de la Ley 4/2005, de 17 de junio, de la Generalitat, de Salud Pública de la Comunidad Valenciana (D.O.G.V. Núm.5034 de 23 de junio).

Se le comunica que, para este expediente sancionador, la sanción a que asciende el mismo, podrá ser de un total de 1.860,00 Euros correspondiendo a cada infracción el siguiente desglose de las cuantías:

HECHO PRIMERO: 600,00 Euros.HECHO SEGUNDO: 180,00 Euros.HECHO TERCERO: 180,00 Euros.HECHO CUARTO: 600,00 Euros.

Page 11: ADMINISTRACIÓN CENTRAL

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANANúm. 37.—27 de marzo de 2010 11

HECHO QUINTO: 300,00 Euros. Sin perjuicio de lo que resulte de la instrucción e igualmente

sin el de la posibilidad de reconocer voluntariamente su respon-sabilidad, con los efectos previstos en el artículo 8 del citado Reglamento.

D) NOMBRAMIENTO DE INSTRUCTOR, SECRETARIO Y RÉGIMEN DE RECUSACIÓN:

Para la tramitación del presente expediente se nombre Instructor/a a Clara Gomez Mateu y secretario/a a Vicent Usó Mezquita ambos, personal funcionario adscritos a esta Dirección Territorial de la Conselleria de Sanidad.

Estos nombramientos podrán recusarse por los motivos establecidos en el artículo 28.2 y conforme al régimen de recusa-ción regulado en el artículo 29, ambos artículos de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

E) COMPETENCIA PARA LA RESOLUCIÓN:La competencia para resolver e imponer sanciones en este

procedimiento, corresponde a esta Dirección Territorial, por razón de la materia y de la cuantía, de conformidad con lo esta-blecido en la siguiente norma:

- Artículo 9º a) del citado Decreto 44/1992, de 16 de marzo, del Gobierno Valenciano (DOGV nº 1753 de 27.3.1992), modifi -cado por el Artículo 4 del Decreto 57/2005, de 11 de marzo, del Consell de la Generalitat, (DOGV nº 4966 de 15 de marzo)

F) RESPONSABILIDAD Y NORMAS DE PROCEDIMIENTO:Siendo el expedientado presunto responsable de las

mismas en concepto de autor, se le informa que este expediente se tramitará por el procedimiento simplifi cado regulado en los artículos 23 y 24 (excepto el último apartado del punto 4 - plazo para resolver -) del Reglamento del Procedimiento para el Ejer-cicio de la Potestad Sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/1993 de 4 de agosto (B.O.E. núm. 189, de 9 de agosto) de conformidad con lo establecido en

1. Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-vo Común (B.O.E. núm. 285 de 27 de noviembre), modifi cada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. Núm. 12 de 14 de enero) y en especial el TÍTULO IX “De la Potestad Sancionadora”.

2. Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora aprobada por R. D. 1398/1993, de 4 de agosto (BOE núm. 189 de 9 de agosto).

3. Ley 3/2003, de 6 de febrero de la Generalitat, de Orde-nación Sanitaria de la Comunidad Valenciana (DOGV 4440 de 14.02.2003).

4. Ley 4/2005, de 17 de junio, de la Generalitat, de Salud Públi-ca de la Comunidad Valenciana (DOGV núm. 5034 de 23 de junio).

5. Decreto 44/1992, de 16 de marzo, del Gobierno Valencia-no, por el que se determinan el procedimiento, las sanciones y la competencia sancionadora en relación con las infracciones sanitarias y de higiene alimentaria (DOGV nº 1753 de 27.3.1992) modifi cado por el Decreto 57/2005, de 11 de marzo, del Consell de la Generalitat, (DOGV nº 4966 de 15 de marzo).

G) ALEGACIONES, AUDIENCIA Y SUS PLAZOS:Se le comunica que tiene un plazo de DIEZ DIAS HÁBILES, a

contar a partir del día siguiente a la comunicación y notifi cación del presente acuerdo de iniciación, para formular alegaciones, aportar documentos y proponer los medios de prueba que esti-me pertinentes en su defensa.

Asimismo, se le pone de manifiesto el procedimiento, pudiendo comprobar toda la documentación obrante en el expe-diente y obtener copias de las mismas, a cuyo objeto la tiene a su disposición en la Sección de Sanciones y Recursos de esta Dirección Territorial.

Las alegaciones que formule deberán ir fi rmadas por Vd. o por persona legalmente autorizada, (se ha de adjuntar la docu-mentación acreditativa que demuestre la capacidad y represen-tatividad del fi rmante).

H) EFECTOS DE LA NO PRESENTACIÓN DE ALEGACIONES Y DEL RECONOCIMIENTO DE RESPONSABILIDAD:

Se le advierte, que de no efectuar alegaciones sobre el conte-nido de la iniciación del procedimiento en el plazo señalado, el Acuerdo de Iniciación de este procedimiento sancionador podrá ser considerado como Propuesta de Resolución, procediéndose a dictar Resolución con la imposición de las sanciones señaladas en este Acuerdo de Iniciación de Procedimiento sancionador.

Iniciado el procedimiento, si el interesado reconoce su responsabilidad se podrá resolver el mismo con la imposición de la sanción que proceda.

I) PLAZO MAXIMO PARA RESOLVER Y EFECTOS DEL SILEN-CIO ADMINISTRATIVO:

Igualmente se le informa que este procedimiento sanciona-dor debe resolverse en el plazo máximo de seis meses desde la fecha en que se inició, de conformidad con lo establecido en el Artículo 90.3 de la Ley 4/2005, de 17 de junio, de la Generalitat, de Salud Pública de la Comunidad Valenciana (D.O.G.V. Núm.5034 de 23 de junio), sin perjuicio de la posibilidad de suspensión en los casos y por el tiempo previsto en la normativa aplicable.

El vencimiento del plazo máximo sin que se haya dictado resolución expresa producirá la caducidad del expediente.

Lo que se le comunica para su conocimiento, y efectosLA DIRECTORA TERRITORIAL DE SANIDAD, Elvira Bosch

ReigRecibí la notifi cación: EL/LA INSTRUCTOR/A, Clara Gomez

Mateu. C-3149

CONSELLERIA DE INFRAESTRUCTURAS Y TRANSPORTE

Asunto: Instalación Eléctrica //Instalación Solar Fotovoltaica.Autorización Administrativa.- ATREGI/2009/132/12.Visto el expediente iniciado en este Servicio Territorial a

solicitud del peticionario y relativo a la instalación eléctrica abajo citada.

Presentado anteproyecto fi rmado por técnico competente y visado por el Colegio Ofi cial correspondiente.

Efectuados los trámites establecidos en el Decreto 88/2005, de 29 de abril, DOGV de 05.05.2005, por el que se establecen los procedimientos de autorización de instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica que son competen-cia de la Generalitat Valenciana.

Este Servicio Territorial de Energía resuelve:ÚnicoOtorgar al peticionario autorización administrativa de la

instalación eléctrica que se indica:Expediente :ATREGI/2009/132/12Situación: ctra de Castellón a San Juan de Moro, km. 7,5,

término municipal de San Juan de Moro (Castellón).Tipo y fi nalidad de la instalación: instalación solar fotovol-

taica sobre cubierta para generación de energía eléctrica de una potencia nominal de 2000 kw.

Peticionario: Azulejos y Pavimentos, S.A. Partida Viñals. 12110 Alcora (Castellón)

Características principales: instalación solar fotovoltaica sobre cubierta de una potencia nominal de 2000 kw compuesta por 4 inversores de 500 kw de potencia nominal y sus placas fotovoltaicas.

Presupuesto: 3.230.289,78 euros.La presente autorización se otorga sin perjuicio de las conce-

siones, licencias y permisos, tanto públicos como privados, que sea necesario obtener por parte del solicitante de la instalación para efectuar la misma, de acuerdo con otras disposiciones que sean aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no pone fi n a la vía administra-tiva, cabe recurso de alzada ante la Dirección General de Energía (c/ Colón 1, 46004 Valencia), en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notifi cación de la presente, de conformidad con lo dispuesto en los artícu-los 114 y 115 de la Ley 4/1999 de 13 de enero, de modifi cación de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Castellón, 26 de febrero de 2010.- El jefe del Servicio Territo-rial de Energía, Esteban Santamaría Coria. C-2772

* * *

Asunto: Instalación eléctrica // Instalación Solar Fotovoltaica. Autorización Administrativa.- ATREGI/2009/131/12.Visto el expediente iniciado en este Servicio Territorial a

solicitud del peticionario y relativo a la instalación eléctrica abajo citada.

Presentado anteproyecto fi rmado por técnico competente y visado por el Colegio Ofi cial correspondiente.

Efectuados los trámites establecidos en el Decreto 88/2005, de 29 de abril, DOGV de 05.05.2005, por el que se establecen los procedimientos de autorización de instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica que son competen-cia de la Generalitat Valenciana.

Este Servicio Territorial de Energía resuelve:ÚnicoOtorgar al peticionario autorización administrativa de la

instalación eléctrica que se indica:Expediente :ATREGI/2009/131/12Situación: ctra de Castellón a San Juan de Moro, km. 12,

término municipal de San Juan de Moro (Castellón).Tipo y fi nalidad de la instalación: instalación solar fotovol-

taica sobre cubierta para generación de energía eléctrica de una potencia nominal de 1500 kw.

Peticionario: Niumo, S.A. Ctra de Castellón a San Juan de Moro, km. 12. 12310 San Juan de Moro (Castellón).

Características principales: instalación solar fotovoltaica sobre cubierta de una potencia nominal de 1500 kw compuesta por 3 inversores de 500 kw de potencia nominal y sus placas fotovoltaicas.

Presupuesto: 2496325,99 euros.La presente autorización se otorga sin perjuicio de las conce-

siones, licencias y permisos, tanto públicos como privados, que sea necesario obtener por parte del solicitante de la instalación para efectuar la misma, de acuerdo con otras disposiciones que sean aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no pone fi n a la vía administra-tiva, cabe recurso de alzada ante la Dirección General de Energía (c/ Colón 1, 46004 Valencia), en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notifi cación de la presente, de conformidad con lo dispuesto en los artícu-los 114 y 115 de la Ley 4/1999 de 13 de Enero, de modifi cación

Page 12: ADMINISTRACIÓN CENTRAL

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA12 Núm. 37.—27 de marzo de 2010

de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Castellón, 26 de febrero de 2010.- El jefe del Servicio Territo-rial de Energía, Esteban Santamaría Coria. C-2773

* * *

Asunto: Instalación Eléctrica // Instalación Solar Fotovoltaica. Autorización Administrativa.- ATREGI/2009/130/12.Visto el expediente iniciado en este Servicio Territorial a

solicitud del peticionario y relativo a la instalación eléctrica abajo citada.

Presentado anteproyecto fi rmado por técnico competente y visado por el Colegio Ofi cial correspondiente.

Efectuados los trámites establecidos en el Decreto 88/2005, de 29 de abril, DOGV de 05.05.2005, por el que se establecen los procedimientos de autorización de instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica que son competen-cia de la Generalitat Valenciana.

Este Servicio Territorial de Energía resuelve:ÚnicoOtorgar al peticionario autorización administrativa de la

instalación eléctrica que se indica:Expediente: ATREGI/2009/130/12.Situación: ctra de Castellón a San Juan de Moro, km. 4,

término municipal de San Juan de Moro (Castellón).Tipo y fi nalidad de la instalación: instalación solar fotovol-

taica sobre cubierta para generación de energía eléctrica de una potencia nominal de 1000 kw.

Peticionario: Tecnigres, S.A. Ctra de Castellón a San Juan de Moro, km. 4. 12310 San Juan de Moro (Castellón).

Características principales: Instalación solar fotovoltaica sobre cubierta de una potencia nominal de 1000 kw compuesta por 2 inversores de 500 kw de potencia nominal y sus placas fotovoltaicas.

Presupuesto: 1489784,30 euros.La presente autorización se otorga sin perjuicio de las conce-

siones, licencias y permisos, tanto públicos como privados, que sea necesario obtener por parte del solicitante de la instalación para efectuar la misma, de acuerdo con otras disposiciones que sean aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no pone fi n a la vía administra-tiva, cabe recurso de alzada ante la Dirección General de Energía (c/ Colón 1, 46004 Valencia), en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notifi cación de la presente, de conformidad con lo dispuesto en los artícu-los 114 y 115 de la Ley 4/1999 de 13 de enero, de modifi cación de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Castellón, 26 de febrero de 2010.- El jefe del Servicio Territo-rial de Energía, Esteban Santamaría Coria. C-2774

* * *

Asunto: Instalación Eléctrica // Instalación Solar Fotovoltaica.Autorización Administrativa.- ATREGI/2009/110/12.Visto el expediente iniciado en este Servicio Territorial a

solicitud del peticionario y relativo a la instalación eléctrica abajo citada.

Presentado anteproyecto fi rmado por técnico competente y visado por el Colegio Ofi cial correspondiente.

Efectuados los trámites establecidos en el Decreto 88/2005, de 29 de abril, DOGV de 05.05.2005, por el que se establecen los procedimientos de autorización de instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica que son competen-cia de la Generalitat Valenciana.

Este Servicio Territorial de Energía resuelve:ÚnicoOtorgar al peticionario autorización administrativa de la

instalación eléctrica que se indica:Expediente: ATREGI/2009/110/12.

Situación: ctra de Castellón a San Juan de Moro, km. 7,5, término municipal de San Juan de Moro (Castellón).

Tipo y fi nalidad de la instalación: instalación solar fotovol-taica sobre cubierta para generación de energía eléctrica de una potencia nominal de 2000 kw.

Peticionario: Azulejos y Pavimentos, S.A. Partida Viñals 12110 Alcora (Castellón).

Características principales: instalación solar fotovoltaica sobre cubierta de una potencia nominal de 2000 kw compuesta por 4 inversores de 500 kw de potencia nominal y sus placas fotovoltaicas.

Presupuesto: 3212875,09 euros.La presente autorización se otorga sin perjuicio de las conce-

siones, licencias y permisos, tanto públicos como privados, que sea necesario obtener por parte del solicitante de la instalación para efectuar la misma, de acuerdo con otras disposiciones que sean aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no pone fi n a la vía administra-tiva, cabe recurso de alzada ante la Dirección General de Energía (c/ Colón 1, 46004 Valencia), en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notifi cación de la presente, de conformidad con lo dispuesto en los artícu-los 114 y 115 de la Ley 4/1999 de 13 de enero, de modifi cación de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Castellón, 26 de febrero de 2010.- El jefe del Servicio Territo-rial de Energía, Esteban Santamaría Coria. C-2775

CONSELLERIA DE INDUSTRIA, COMERCIO E INNOVACIÓN

SERVICIO TERRITORIAL DE COMERCIO

Notifi cación resolución sancionadora: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notifi cación de la RESOLUCIÓN del expediente sancionador que se indica, instruido por este Servicio Territorial, en cuanto que habiéndose intentado la notifi cación en sus últimos domicilios, ésta no se ha podido practicar.

INTERESADO: PERMODARI, S.L.ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Valentín Galarza, 19 bajo

(12400-SEGORBE (Castellón))EXPEDIENTE: 55/09FASE: RESOLUCIÓN SANCIONADORA DE FECHA 22.01.2010IMPORTE SANCIÓN: 1.800 €

Para conocer el contenido íntegro del acto, deberán compa-recer en el Servicio Territorial de Comercio de Castellón, Avda. Hermanos Bou, 47-1º -Unidad de Sanciones y Recursos-, en el plazo de 15 días hábiles, desde la publicación de este Edicto.

Esta Resolución no agota la vía administrativa, y contra la misma podrá interponer Recurso de Alzada ante el Secretario Autonómico de Industria, Comercio e Innovación en el plazo de un mes contados a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Ofi cial de la Procinvia, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/92 de 26.11.92). Transcurrido dicho plazo sin haber interpuesto recurso o, caso de interponerlo, una vez sea notifi cada la resolución del mismo, la presente resolución será firme e inmediatamente ejecutiva y el importe de la sanción deberá hacerlo efectivo haciendo uso de los impresos que obran en el Servicio Territorial, en cualquiera de las entidades y dentro de los plazos que en ellos se indiquen.

Castellón, 22 de enero de 2010.— El jefe del Servicio Territorial de Comercio, Vicente Bonet Rodríguez. C-3054

ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

ALCALÀ DE XIVERT

Anuncio aprobación precio público “escola de pascua”

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebra-da el día 22 de marzo de 2010, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

PRIMERO.- Aprobar la fijación del precio público que se detalla a continuación, en relación a la actividad de “I Escola de Pascua”:

Precio Inscripción:A) Un participante 15 EurosB) Dos hermanos participantes 25 EurosC) Tres o más hermanos participantes 30 EurosSEGUNDO.- Establecer que los Precios Públicos deberán

abonarse, con carácter de depósito previo, en el momento de solicitar la matriculación en la actividad.

Realizada la solicitud de matrícula, los interesados deberán presentar la misma con la carta de pago a la Técnico de Servicios Sociales o monitores de la Escuela de Verano contratados por parte del Ayuntamiento.

Las solicitudes de matrícula únicamente se tramitarán si van acompañadas del documento justificativo de haber realizado previamente el ingreso efectivo del Precio Público correspondiente.

Page 13: ADMINISTRACIÓN CENTRAL

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANANúm. 37.—27 de marzo de 2010 13

Las bajas que se produzcan una vez que iniciada la actividad no producirán devolución del Precio Público ingresado, salvo que la no utilización del servicio municipal se produzca por causas no imputables al obligado al pago.

TERCERO.- Que se proceda a la publicación del presente acuerdo en el Boletín Ofi cial de la Provincia, entrando en vigor el citado precio público una vez publicado el mismo.

CUARTO.- Contra el presente acto administrativo dictado en vía de gestión de ingresos de Derecho público podrá interponer-se Recurso de Reposición ante el mismo órgano que lo dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notifi -cación expresa del mismo, según dispone el artículo 14 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro que estime procedente. En todo caso, la interposición del recurso no suspenderá la ejecución del acto impugnado.

Lo que se hace público a efectos de su conocimiento y apli-cación.

Alcalá de Xivert a 24 de marzo de 2010.- El Alcalde, Francisco Juan Mars. C-3296-U

* * *

Anuncio aprobación precio público “escola d’estiu”

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de marzo de 2010, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

PRIMERO.- Aprobar la fi jación del precio público que se detalla en relación a la actividad de “Escola D’Estiu”:

CONCEPTO PRECIO PUBLICOACTIVIDAD ESCOLA D’ESTIU DEL 1 AL 31 DE JULIOL (DE

10 A 13)1 niño 51 Euros2 hermanos 91 Euros3 hermanos 127 EurosACTIVIDAD ESCOLA D’ESTIU DEL 1 A 31 DE JULIOL-HORARI

ESPECIAL (DE 8 A 14 HORAS)1 niño 61 Euros2 hermanos 107 Euros3 hermanos 147 EurosACTIVIDAD ESCOLA D’ESTIU DEL 1 DE JULIOL AL 14 DE

AGOST (DE 10 A 13)1 niño 76 Euros2 hermanos 132 Euros3 hermanos 183 EurosACTIVIDAD ESCOLA D’ESTIU DEL 1 DE JULIOL-AL 14 DE

AGOST HORARI ESPECIAL (DE 8 A 14 HORAS)1 niño 91 Euros2 hermanos 152 Euros3 hermanos 213 EurosACTIVIDAD ESCOLA D’ESTIU DEL 1 AL 31 DE JULIOL (DE

10 A 13)1 niño 51 Euros2 hermanos 91 Euros3 hermanos 127 EurosACTIVIDAD ESCOLA D’ESTIU DEL 1 A 31 DE JULIOL-HORARI

ESPECIAL (DE 8 A 14 HORAS)1 niño 61 Euros2 hermanos 107 Euros3 hermanos 147 EurosACTIVIDAD ESCOLA D’ESTIU DEL 1 DE JULIOL AL 14 DE

AGOST (DE 10 A 13)1 niño 76 Euros2 hermanos 132 Euros3 hermanos 183 EurosACTIVIDAD ESCOLA D’ESTIU DEL 1 DE JULIOL-AL 14 DE

AGOST HORARI ESPECIAL (DE 8 A 14 HORAS)1 niño 91 Euros2 hermanos 152 Euros3 hermanos 213 EurosSEGUNDO.- Establecer que los Precios Públicos deberán

abonarse, con carácter de déposito previo, en el momento de solicitar la matriculación en la actividad.

Realizada la solicitud de matrícula, los interesados deberán presentar la misma con la carta de pago a la Técnico de Servicios Sociales o monitores de la Escuela de Verano contratados por parte del Ayuntamiento.

Las solicitudes de matrícula únicamente se tramitarán si van acompañadas del documento justifi cativo de haber realizado previamente el ingreso efectivo del Precio Público correspon-diente.

Las bajas que se produzcan una vez que iniciada la actividad no producirán devolución del Precio Público ingresado, salvo que la no utilización del servicio municipal se produzca por causas no imputables al obligado al pago.

TERCERO.- Que se proceda a la publicación del presente acuerdo en el Boletín Ofi cial de la Provincia, entrando en vigor el citado precio público una vez publicado el mismo.

CUARTO.- Contra el presente acto administrativo dictado en vía de gestión de ingresos de Derecho público podrá interponer-se Recurso de Reposición ante el mismo órgano que lo dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notifi -cación expresa del mismo, según dispone el artículo 14 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro que estime procedente. En todo

caso, la interposición del recurso no suspenderá la ejecución del acto impugnado.

Lo que se hace público a efectos de su conocimiento y apli-cación.

Alcalá de Xivert a 24 de marzo de 2010.- El Alcalde, Francisco Juan Mars. C-3297-U

* * *

Notifi cación del acuerdo de junta de gobierno local de fecha 14 de diciembre de 2009 por el que se aprueba la cuenta de liqui-dacion defi nitiva de la unidad de ejecucion nº: 8 de sub/p del

municipio de Alcala de Xivert.

Intentada sin éxito la notifi cación a D. Ramon Lloret Vallterra y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la publi-cación de la citada notifi cacion en el Boletín Ofi cial de la Provin-cia, cuyo texto íntegro es el siguiente:

“En fecha 14 de diciembre de 2009, la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcalà de Xivert adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

APROBACION CUENTA DE LIQUIDACIÓN DEFINITIVA DE LA UNIDAD DE EJECUCION Nº 8 DE SUB/P

Resultando que el Ayuntamiento Pleno, en sesión de fecha de 12 de abril de 2002, acordó aprobar el Programa de Actuación Integrada de la Unidad de Ejecución P-8 de suelo urbanizable pormenorizado del PGOU que se concretaba en la Proposición Jurídica- Económica presentada por la Agrupación de Interés Urbanístico P-8 y por la alternativa técnica presentada por la mercantil Desarrollos y Proyectos Urbanísticos Alcocebre Garmolí S.L. comprensiva de Memoria y Anteproyecto de Urba-nización.

Resultando que en el referido acuerdo se aprobó el Proyec-to de Urbanización presentado por la Agrupación de Interés Urbanístico P-8 en desarrollo del anteproyecto formulado por la mercantil Desarrollos y Proyectos Urbanísticos Alcocebre Garmolí así como su ejecución y adjudicación a la Agrupación de Interés Urbanístico P-8 designándola como urbanizador, de acuerdo con la alternativa técnica y proposición jurídica econó-mica escogida.

Resultando que la Comisión de Gobierno de este Ayunta-miento en sesión celebrada el 11 de abril de 2003, adoptó, entre otros, acuerdo de APROBACIÓN DEFINITIVA del Proyecto de Reparcelación para el desarrollo de la Unidad de Ejecución nº8 de SUB/P, delimitada por el PGOU de Alcalà de Xivert, así como la cuenta de liquidación provisional de las cuotas de urbaniza-ción correspondientes y que se detallan a continuación:

Cuenta de % ParticipaciónLiquidación Costes(1) Diferenciapor parcelas Propietario Total Costes (2) adjudicación Coste diferencia Bienes ajenos al suelo SALDO (m2 EDC) Adjudicación (3) Ramón Lloret Vallterra 20,51 % 57.203,35euros + 321,58 m2 EDC 48.4063,41euros -2.273,35euros 103.333,41euros6 Ramón Lloret Vallterra 10,99% 30.644,45 euros +172,27 m2 EDC 25.929,65euros -1.320,69 euros 55.253,81euros

[…..]La carga urbanística total asciende a 311.113,78 euros (I.V.A.

incluido).(1) Porcentaje según parcelas adjudicadas.(2) Incluye costes de urbanización, gestión e indemnizacio-

nes por bienes ajenos al suelo.(3) Para calcular el valor de las diferencias de adjudicación

se aplicará el valor de ponencia que es 29.715.- ptas/m2 EDC urbanizado (178,59 euros/m2 EDC urbanizado) y que debe apli-carse como 25.044,- ptas/m2 EDC (150,52euros/m2 EDC), antes de urbanizar.

Resultando que según certifi ca el Urbanizador, en escrito presentado en este Ayuntamiento, de fecha de 24 de julio de 2009, “los propietarios de las parcelas adjudicadas después de la reparcelación números 1,2,3,4,5,6,7 y 8 han sufragado la totali-dad de las cuotas de urbanización correspondientes a las cargas urbanísticas”

Resultando que de conformidad con el artículo 79 de la Ley Reguladora de la Actividad Urbanística se aprueba por la Junta de Gobierno Local, de 21 de septiembre de 2005, el Acta de Recepción Defi nitiva de las obras de urbanización de la U.E. P-8 de SUB/P del PGOU de Alcalà de Xivert.

Resultando que el Ayuntamiento de Alcalà de Xivert, a través de acuerdo de Junta de Gobierno Local, de fecha de 21 de agosto de 2009, estableció someter a información pública, con carácter previo a su aprobación, la Cuenta de Liquidación Defi -nitiva de la Reparcelación de los terrenos comprendidos dentro de la U.E. P-8 con la relación de los obligados al pago de estas Cuotas de Urbanización y con indicación de la situación de cada fi nca, propietario de la parcela y cuantifi cación de la cuota total defi nitiva.

Resultando que a tal efecto este Ayuntamiento publicó un anuncio de la información pública de la Cuenta de Liquidación Defi nitiva de la U.E P-8 en el Diario Ofi cial de la Generalitat Valen-ciana (número 6098 de 9 de septiembre de 2009), en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en un periódico de la provincia para su difusión corriente en la localidad (Mediterráneo 11 de septiem-bre), conforme a lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley Regula-

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dora de la Actividad Urbanística, otorgando un plazo de 20 días hábiles para que los interesados pudiesen efectuar las alegacio-nes y presentar los documentos que estimase pertinentes.

Resultando que así mismo se estableció en el expresado acuerdo notifi car el mismo a D. Ignacio Sierra, en su condición de administrador único de la “Agrupación de Interés Urbanístico de la U.E. P-8 y a los sujetos pasivos de las Cuotas de Urbani-zación así como D. Sergio Vera Landete, Director del Banco Guipuzcoano no habiéndose producido ninguna reclamación al acuerdo de referencia según certifi cado de la Secretaría Acctal. Municipal de 8 de octubre de 2009 y habiéndose comunicado en escrito, de fecha de 24 de julio de 2009, por el representante de la referida Urbanizadora que se encuentra abonadas la totalidad de las Cuotas de Urbanización de las parcelas resultantes de la reparcelación.

Resultando que la previsión inicial de cargas de urbani-zación contenida en la Cuenta de Liquidación del Proyecto de Reparcelación es asumida a riesgo y ventura por el Urbanizador, quien la ha repercutido en la propiedad de los solares resultan-tes a través de la liquidación de las Cuotas de Urbanización, sien-do en consecuencia y al no haber concurrido motivos tasados de modifi cación de la liquidación provisional establecidos en los artículos 67.3 y 71.4 “in fi ne” de la Ley 6/1994, la liquidación defi -nitiva del Proyecto de Reparcelación coincidente con la previsión inicial de cargas de urbanización.

Resultando que el Proyecto de Reparcelación y el Progra-ma de Actuación Integrada, tanto en su contenido como en su tramitación, se ajustaron a la normativa contenida en la Ley 6/1994, Reguladora de la Actividad Urbanística, al Reglamento de Gestión Urbanística en sus artículos vigentes, así como al resto de legislación urbanística de aplicación.

Resultando que el artículo 67 de la Ley 6/1994 establece que son cargas de urbanización el coste de las obras, proyectos e indemnizaciones, así como las inversiones necesarias para cubrir los objetivos imprescindibles del Programa regulados en el artículo 30.1 de la misma Ley.

Resultando que el artículo 72.2 de la mencionada Ley regu-ladora de la Actividad Urbanística establece que el importe total de las cuotas devengadas por cuenta de cada parcela se deter-minara repartiendo entre otras las resultantes de la Actuación, en directa proporción a su aprovechamiento objetivo, las cargas totales del Programa o Unidad de Ejecución.

Resultando que el artículo 72 en su apartado c) determina que una vez aprobado el Proyecto de Reparcelación, las parcelas sujetas al pago de Cuotas de Urbanización se afectarán a éste, como carga real a hacer constar en el Registro de la Propiedad, por importe cautelar estipulado en su Cuenta de Liquidación Provisional, dando lugar el impago de las cuotas a la ejecución forzosa de su liquidación a través de la Administración actuante y en benefi cio del Urbanizador, mediante apremio sobre la fi nca afectada. La demora en el pago devengará, a favor del Urbani-zador, el interés legal del dinero, incurriendo en mora la cuota impagada al mes de la notifi cación de la resolución que autorice su cobro inmediato, sin perjuicio de la nueva redacción dada al artículo 10 de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, por el artículo 18 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, que dispuso que en la exacción de los ingresos de Derecho Público se exigirán los recargos e intereses de demora en los mismos casos, formas y cuantía que en la exacción de los tributos del Estado.

Resultando que el artículo 127 del Reglamento de Gestión Urbanística dispone que los saldos de la cuenta de liquidación del proyecto se entenderán provisionales y a buena cuenta, hasta que se apruebe la liquidación defi nitiva de la reparcelación y que los errores y omisiones que se adviertan, así como las rectifi caciones que se estimen pertinentes, se tendrán en cuenta en la liquidación defi nitiva, pero no suspenderán la exigibilidad de los saldos provisionales aprobados con el proyecto.

Resultando que el artículo 129 de la referida norma dispone que la liquidación defi nitiva de la Cuenta de Urbanización se redactará por la Administración actuante y será notifi cada, publi-cada, tramitada y aprobada en la misma forma que el Proyecto de Reparcelación (artículos 101 y siguientes del Reglamento).

Visto los considerados precedentes y los informes del Departamento de Intervención Municipal, la Junta de Gobierno Local acuerda:

PRIMERO.- Establecer el importe total de las cargas de urbanización de la Unidad de Ejecución P-8 de SUB/P, delimitada por el PGOU de Alcalà de Xivert”, concluida ya su ejecución, en 311.113,78 euros (con I.VA. incluido) como consecuencia de los siguientes gastos comunicados al Ayuntamiento por parte del Urbanizador que a continuación se desglosan y que se integran en los conceptos establecidos en el artículo 67 de la Ley 6/1994:Cuenta de % ParticipaciónLiquidación Costes(1) Diferenciapor parcelas Propietario Total Costes (2) adjudicación Coste diferencia Bienes ajenos al suelo SALDO (m2 EDC) Adjudicación (3) 5 Ramón Lloret Vallterra 20,51 % 57.203,35euros + 321,58 m2 EDC 48.4063,41euros -2.273,35euros 103.333,41euros6 Ramón Lloret Vallterra 10,99% 30.644,45 euros +172,27 m2 EDC 25.929,65euros -1.320,69 euros 55.253,81euros

La carga urbanística total asciende a 311.113,78 euros (I.V.A. incluido).

(2) Incluye costes de urbanización, gestión e indemnizacio-nes por bienes ajenos al suelo.

SEGUNDO.- Aprobar defi nitivamente la cuenta de Liquida-ción Defi nitiva de la Unidad de Ejecución nº8 de SUB/P con la

relación de obligados al pago de estas Cuotas de Urbanización y con indicación de la situación de cada fi nca, propietario de la parcela, proporción de valor de la fi nca adjudicada y cuantifi ca-ción de la cuota total defi nitiva.

TERCERO.- […..]CUARTO.- Comunicar este acuerdo al Registro de la Propie-

dad de San Mateo al objeto de que se cancelen las notas de afección real que en la actualidad gravan las fi ncas resultantes de la Reparcelación de los terrenos comprendidos dentro de la U.E. P-8. (Fincas registrales nº 35854, 35857, 35858, 36906, 36907, 36908, 36909, 38047 hasta 38160).

De lo que doy traslado para su conocimiento y efectos, haciendo constar que contra la presente resolución que pone fi n a la vía administrativa podrá interponer:

a) Recurso de Reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notifi cación (art. 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Regu-ladora de las Haciendas Locales). El plazo para la resolución de dicho recurso será de un mes.

b) Contra la denegación expresa o tácita del Recurso de Reposición podrá interponerse Recurso Contencioso-Adminis-trativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Castellón, (Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Juris-dicción Contencioso-Administrativa), en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notifi cación de la resolu-ción expresa. En caso de que no se produjera resolución expresa el plazo será de seis meses, a partir del día siguiente a aquel en que expire el plazo que la Administración tenía para resolver.”

Alcalà de Xivert a 11 de marzo de 2010.- El Alcalde, Francisco Juan Mars. C-2922

* * *

Advertido error material en la publicación de fecha 26 de noviembre de 2009 (BOP nº143) y al amparo de lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/92, en relación a la aprobación provi-sional de la modifi cación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la prestación del servicio de gestión de residuos, se procede a su corrección:

Donde dice:Artículo 9.2.- Las Tasas reguladas en esta Ordenanza se liqui-

darán conforme a las siguientes Tarifas:EPIGRAFE 11.- LOCALES DESTINADOS A PARKINGS Y

TRASTEROS COMUNITARIOS CONCEPTO IMPORTEGarajes Comunitarios con una superfi cie de hasta 150m2 124Garajes Comunitarios con una superfi ciesuperior a 1560m2 225Debería decir:Artículo 9.2.- Las Tasas reguladas en esta Ordenanza se liqui-

darán conforme a las siguientes Tarifas:EPIGRAFE 11.- LOCALES DESTINADOS A PARKINGS Y

TRASTEROS COMUNITARIOS CONCEPTO IMPORTEGarajes Comunitarios con una superfi cie de hasta 150m2 124Garajes Comunitarios con una superfi ciesuperior a 150m2 225En Alcalà de Xivert, a 4 de marzo de 2010.- El Alcalde, Fran-

cisco Juan Mars. C-2923

ALMASSORA

No habiendo sido posible efectuar la notificación del ACUERDO a los propietarios que después se relacionarán por haber resultado infructuosa la misma, a continuación se transcri-be, para que sirva de notifi cación a los mismos, según dispone el art. 59.4 de la Ley 30/1992, en su redacción dada por la Ley 4/1999.

“Exp. Ordenes de Ejecución 00242/2009-RBOEJVisto el informe de la Arquitecta Técnica de fecha 26 de

noviembre corriente, en el que comunica a esta Alcaldía el estado de dos solares que se encuentran sin vallados y en condi-ciones de de peligro por la acumulación de materiales de cons-trucción en la Avda. Mediterranea Nº 221 y 226, propiedad de PROYECTOS Y DESARROLLOS INMOBILIARIOS DE CASTELLON SL, siendo las condiciones de vallado las que marca la Ordenan-za AO-8 que transcrita literalmente indica:

…Será obligatorio el vallado de las parcelas en todos sus lados donde los límites de la edifi cación no coincidan con los de la parcela.

El vallado de las fachadas de las parcelas se realizará con materiales de calidad no inferior a los empleados en la fachada del edifi cio.

Se realizará en estás condiciones:1.- Cuerpo de obra ciego de 80 a 120 cms2.- Elementos diáfanos de cerrajería o carpintería hasta un

total entre 200 y 240 cms….Visto el art. 206 de la Ley Urbanística Valenciana, Ley

16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, así como el art. 498 del Decreto 67/2006, de 19 de mayo, del Consell,

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANANúm. 37.—27 de marzo de 2010 15

por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística, que atribuyen a los propietarios de terrenos, edifi caciones e instalaciones el deber de conservación del patrimonio inmobiliario y del paisaje urbano y natural.

Considerando que los art. 206 y 112 de la Ley Urbanística Valenciana, y el art. 499 del ROGTU, habilitan al Ayuntamiento para dictar las órdenes de ejecución precisas para obligar a los propietarios de bienes inmuebles a cumplir los deberes urbanís-ticos.

Considerando el art. 501 del ROGTU en el que se dispone que las órdenes de ejecución deben dictarse previa audiencia a los propietarios afectados.

Por todo lo anterior, y al amparo del art. 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas y del procedimiento Administrativo Común, se le concede un plazo de audiencia de diez días, a contar desde el día siguiente al de la recepción del presente escrito, para que pueda formular las alegaciones que considere adecuadas para la defensa de sus derechos en relación con el expediente “orden de ejecución, número 000242/2009-URBOEJ”, indicándole que de no presentar alegaciones o pruebas que le eximan de responsabili-dad administrativa, se dictará la pertinente orden de ejecución a fi n de que se realicen los trabajos y obras tendentes a vallar dichas parcelas.

Almazora, a 27 de noviembre de 2009.-El Alcalde-Presidente.-Vicente Casanova Claramonte.

PROYECTOS Y DESARROLLOS INMOBILIARIOS DE CASTE-LLON SL

AV CORAZON DE JESUS, 11412600 VALL D’UIXO (LA)”Almazora, a 10 de marzo de 2010.—El Alcalde, Vicente Casa-

nova Claramonte. C-2917

* * *

No habiendo sido posible efectuar la notificación del ACUERDO a los propietarios que después se relacionarán por haber resultado infructuosa la misma, a continuación se transcri-be, para que sirva de notifi cación a los mismos, según dispone el art. 59.4 de la Ley 30/1992, en su redacción dada por la Ley 4/1999.

“Exp. Ordenes de Ejecución 000003/2010-URBOEJVisto el informe del Inspector Municipal de fecha 17/02/2010,

en el que comunica a esta Alcaldía el estado del inmueble situa-do en CL CONSTITUCION ESPAÑOLA, 29 SUELO, con referencia catastral 0866508 YK5206N 0001 H B; 086653YK5206N 0001 ZB, situado en C/ JUAN DE AUSTRIA,103; 0866506YK5206N 0001 ZB,situado en C/ JUAN DE AUSTRIA, 105 SUELO de Almazora, propiedad de PROMOCIONES INMOBILIARIAS EMILIO DOME-NECH E HIJOS, S.L., en el que indica que el inmueble se encuen-tra sin la salubridad pública exigible y las aceras obstaculizadas por vallas y hierbas.

Considerando que el art. 206 de la Ley Urbanística Valencia-na establece que los propietarios de terrenos, construcciones y edifi cios deberán mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro, realizando los trabajos y obras precisas para conservar y rehabilitar en ellos las condi-ciones imprescindibles de habitabilidad o uso efectivo que permitiría obtener la licencia administrativa de ocupación para el destino que le sea propio. Por tanto, se le indica que en un plazo de 15 días a partir de la fecha de notifi cación, sea limpiado adecuadamente.

Asimismo se le indica como propietario del terreno, que dispone de un plazo de audiencia de diez días, a contar desde el día siguiente al de la recepción del traslado del presente escrito, para que pueda formular las alegaciones que considere adecuadas para la defensa de sus derechos, en relación con el expediente “Ordenes de Ejecución 000003/2010-URBOEJ“, indi-cándole que en caso de seguir el inmueble en el mismo estado de insalubridad, se seguirá el expediente con la orden de ejecu-ción y actuaciones que correspondan con arreglo a lo estableci-do legalmente.

Almazora, a 18 de febrero de 2010.-El Alcalde.-Vicente Casa-nova Claramonte.

PROMOCIONES INMOBILIARIAS EMILIO DOMENECH E HIJOS, S.L.

AV CASALDUCH, 3612005 CASTELLON DE LA PLANA”Almazora, a 10 de marzo de 2010.—El Alcalde, Vicente Casa-

nova Claramonte. C-2918

* * *

No habiendo sido posible efectuar la notificación del ACUERDO a los propietarios que después se relacionarán por haber resultado infructuosa la misma, a continuación se transcri-be, para que sirva de notifi cación a los mismos, según dispone el art. 59.4 de la Ley 30/1992, en su redacción dada por la Ley 4/1999.

“Exp. Ordenes de Ejecución 000001/2010-URBOEJVisto el informe de la Arquitecta Técnica Interina de fecha 10

de enero del corriente, en el que comunica a esta Alcaldía que la obra en construcción , sita en C/San Cayetano,6, propiedad de BERNERAY Y CORPORACION SL., se encuentra paralizada y abandonada,

Para evitar riesgos de daños a terceros, se deberían adoptar todas las medidas posibles de seguridad y salud, como son:

a) La ubicación de un vallado permanente, hasta una altura mínima de 2 m., situada en la línea de fachada, de forma que no se obstaculice el paso por la vía pública y que se evite el acceso a la obra a terceros, retirando las vallas metálicas existentes.

b) La retirada del cuadro eléctrico y cables provisionales ubicados para la realización de la obra.

c) Los cerramientos de los edifi cios colindantes recayentes a la obra, deben quedar protegidos y estables.

d) Los elementos de encofrado que tengan riesgo de desprendimiento o rotura, deberán retirarse de la obra.

e) El pavimento y bordillo de las aceras que se encuentre en mal estado, deberá restituirse conforme a su estado original.

f) Los desperfectos causados en instalaciones públicas y en instalaciones privadas, deberán repararse en su estado original.

Visto el art. 206 de la Ley Urbanística Valenciana, Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, así como el art. 498 del Decreto 67/2006, de 19 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística, que atribuyen a los propietarios de terrenos, edifi caciones e instalaciones el deber de conservación del patrimonio inmobiliario y del paisaje urbano y natural.

Considerando que los art. 206 y 112 de la Ley Urbanística Valen-ciana, y el art. 499 del ROGTU, habilitan al Ayuntamiento para dictar las órdenes de ejecución precisas para obligar a los propietarios de bienes inmuebles a cumplir los deberes urbanísticos.

Considerando el art. 501 del ROGTU en el que se dispone que las órdenes de ejecución deben dictarse previa audiencia a los propietarios afectados.

Por todo lo anterior, y al amparo del art. 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas y del procedimiento Administrativo Común, se le concede un plazo de audiencia de diez días, a contar desde el día siguiente al de la recepción del presente escrito, para que pueda formular las alegaciones que considere adecuadas para la defensa de sus derechos en relación con el expediente “orden de ejecución, número 000001/2010-URBOEJ”, indicándole que de no presentar alegaciones o pruebas que le eximan de responsabili-dad administrativa, se dictará la pertinente orden de ejecución a fi n de que se realicen los trabajos y obras tendentes a restituir la vía pública a su estado original.

Almazora, a 11 de febrero de 2010.-El Alcalde-Presidente.-Vicente Casanova Claramonte

BERNERAY Y CORPORACION SLPZ DE LA PAZ, 12 0412001 CASTELLON DE LA PLANA”Almazora, a 10 de marzo de 2010.—El Alcalde, Vicente Casa-

nova Claramonte. C-2919

* * *

No habiendo sido posible efectuar la notificación de la incoación de expediente de restauración de la legalidad urbanís-tica al propietario que después se relacionará por haber resulta-do infructuosa la misma, a continuación se transcribe, para que sirva de notifi cación al mismo, según dispone el art. 59.4 de la Ley 30/1992, en su redacción dada por la Ley 4/1999.

“La Alcaldía con fecha 4 de febrero del corriente, ha dictado el siguiente Decreto:

“Almazora, a 4 de febrero de 2010D. VICENTE CASANOVA CLARAMONTE, ALCALDE DEL

AYUNTAMIENTO DE ALMAZORA.En virtud de las atribuciones conferidas, por el art. 224.1 de

la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana, en concordancia con la Ley de Bases del Régimen Local RESUELVO:

Visto el informe emitido en fecha 1 de febrero de 2010 por el Inspector de obras municipal, en el que señala que en el Cami L’Om Blach, 28 adosado nº 18, de este municipio, clasificado por el PGOU como Suelo Urbano Playa, se han llevando a cabo obras consistentes en la construcción en la zona retranqueo de una cubierta de madera con una superfi cie aproximada de 18 m2, siendo el propietario del inmueble D. Santiago Piñana Roig, con D.N.I. 45.631.819-A y domicilio en el Cami L’Om Blanch, 28, adosado 18.

Visto el informe emitido en fecha 2 de febrero de 2010 en el que se señala que tras comprobar los archivos municipales las obras que se han ejecutado en Cami L’Om Blach, 28 adosado nº 18, de este municipio carecen de la correspondiente licencia de obras.

Teniendo en cuenta que las actuaciones que contravengan la ordenación urbanística darán lugar a la adopción de medidas dirigidas a la restauración del orden jurídico infringido y de la realidad física alterada o transformada como consecuencia de la actuación ilegal, tal como dispone el art. 219 de la Ley Urbanísti-ca Valenciana (en adelante LUV).

Teniendo en cuenta que el órgano competente debe incoar el procedimiento de protección de legalidad urbanística si tiene conocimiento de cualquier acción u omisión que presuntamente se realice sin observar la normativa urbanística, o vulnerándola, de conformidad con el art. 524 del Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística (en adelante ROGTU).

Teniendo en cuenta el art. 224.1 y 3 de la LUV en el que determina que siempre que no hubieren trascurrido más de

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cuatro años desde la total terminación de las obras o usos del suelo realizados sin licencia u orden de ejecución o sin ajustarse a las condiciones señaladas en la misma, el Alcalde requerirá al propietario para que, en el plazo de dos meses, solicite la opor-tuna autorización urbanística o ajuste las obras a las condiciones de la licencia otorgada. El referido plazo de prescripción empe-zará a contar desde la total terminación de las obras o desde que cesen los usos del suelo de que se trate. Si el interesado no solicitara la licencia o autorización urbanística en el plazo de dos meses, o sí la misma fuese denegada por ser su otorgamiento contrario a las prescripciones de la normativa urbanística se procederá conforme a lo dispuesto en la LUV hasta la restaura-ción de la legalidad urbanística, cuyas medidas se contemplan el los arts. 225.1 y 225.2.

Teniendo en cuenta lo dispuesto en el art. 238.4 de la L.U.V. y el art. 538.1. del ROGTU, la prescripción de las infracciones se interrumpe cuando se tenga conocimiento por el interesado de la incoación del correspondiente expediente sancionador o de la iniciación del expediente de protección de la legalidad urba-nística.

DECRETO:PRIMERO.- Incoar a D. Santiago Piñana Roig, con D.N.I.

45.631.819-A y domicilio en el Cami L’Om Blanch, 28, adosado 18, expediente de restauración de la legalidad urbanística por la realización sin previa licencia ni orden de ejecución de las obras consistentes en la construcción de una cubierta de madera con una superfi cie aproximada de 18 m2, en la zona retranqueo del inmueble sito el Cami L’Om Blanch, 28, adosado 18, clasifi cado por el PGOU como Suelo Urbano Playa.

SEGUNDO.- Requerir a D. Santiago Piñana Roig, para que en el plazo de dos meses, a contar desde la recepción de la notifi ca-ción del presente Decreto, solicite la oportuna licencia o autoriza-ción urbanística que corresponda.

TERCERO.- Advertir a D. Santiago Piñana Roig, de que en caso de que no solicite la licencia o ésta fuera denegada por ser su otorgamiento contrario a las prescripciones de la normativa urbanística, el Ayuntamiento acordará las medidas de restaura-ción de la legalidad que correspondan.

CUARTO.-Comunicar al interesado que de conformidad con lo dispuesto en el art. 238.4 de la LUV y 538.1. del ROGTU, la iniciación del expediente de restauración de la legalidad urbanís-tica, interrumpe el plazo de prescripción de las eventuales infrac-ciones urbanísticas que se hubieran podido cometer.

QUINTO.- Trasladar este Decreto a D. Santiago Piñana Roig, con indicación de que contra el presente acto administrativo que es defi nitivo en vía administrativa, podrán interponer potesta-tivamente recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto. El plazo de interposición será de un mes contado a partir del día siguiente que reciba la notifi cación de este Acuer-do. Asimismo podrá interponer directamente, sin necesidad de utilizar recurso de reposición, recurso contencioso-admi-nistrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Castellón, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de la notifi cación del presente acuer-do, según establecen los artículos 109 y 116 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del proce-dimiento Administrativo Común y el art. 8 y 46 de la Ley 29/1998, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime procedente.”. Almazora, a 4 de febre-ro 2010. El Secretario General,

D. SANTIAGO PIÑANA ROIGCAMI L’OM BLANCH, 28, ADOSADO 1812550.- ALMAZORA. ”Almazora, a 15 de marzo de 2010.- El Alcalde, Vicente Casa-

nova Claramonte. C-2965

ALMENARA

El pleno del Ayuntamiento de Almenara en sesión extraordi-naria urgente celebrada el 16 de febrero de 2010, adoptó acuerdo sobre la aprobación del expediente de reparcelación del Sector 1 de las NNSS de Almenara.

Se hace pública la relación de interesados en el expediente de reparcelación del Sector 1 de las NNSS de Almenara, a los efectos de lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/1992 de Régi-men Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común:ADELA FAET MELCHOR C/. De Dalt, 11 ALMENARA CASTELLONALFAR XIV, S.L. C/. Daniel Balaciart, 6 VALENCIA VALENCIABANCAIXA Plaza La Font ALMENARA CASTELLONBANCO SABADELL Av. Corazón de Jesús, núm. 24 LA VALL D’UIXÓ CASTELLONBAUTISTA TORRES ROYO Av. País Valencià, 70 ALMENARA CASTELLONCAJA RURAL DEL MEDITERRÁNEO RURALCAJA, S. COOP. DE CRÉDITO Puerta del sol, Núm. 6 CASTELLON CASTELLONESTANISLAO VICENTE CASANOVA ESTRADA C/. En Mig, 14 ALMENARA CASTELLONESTUDIOS TECNOLOGICOS Y CONSTRUCCIONES, S.L. C/. Valencia, núm. 34 ALMENARA CASTELLONEUSEBIO Y PASCUAL QUILEZ C/. Cisterna, 45 ALMENARA CASTELLONFRANCISCA LAPUERTA AUNES C/. Major, 18 ALMENARA CASTELLONFRANCISCO TORRES ROYO C/. Salamanca, 54 VALENCIA VALENCIAGERMAN SANCHO Y CIA C/. Molins, 67 ALMENARA CASTELLONIBERDROLA Av. Hermanos Bou, núm. 239 CASTELLÓN CASTELLONISABEL SACHEZ RUBIO C/. Valencia, núm. 34 ALMENARA CASTELLONJAVIER CASANOVA BELTRÁN C/. En Mig, 14 ALMENARA CASTELLONJOAQUIN FUENTES AYMERICH C/. Del Mig, 32 ALMENARA CASTELLON

JOAQUIN LLUSAR GOMIS C/. Major, 84 ALMENARA CASTELLONJOSE MARIA FORNER SANCHEZ C/. Valencia, núm. 34 ALMENARA CASTELLONJOSE MARIA FUENTES AYMERICH C/. Del Mig, 10-1 ALMENARA CASTELLONJOSE TORRES CORELL C/. De Dalt, Núm. 16 ALMENARA CASTELLONMARIA PILAR RODRIGUEZ MORAGA C/. Valencia, núm. 34 ALMENARA CASTELLONMARIA RENTERO SANCHEZ C/. Valencia, núm. 34 ALMENARA CASTELLONMODESTO FORNER CASANOVA C/. Valencia, núm. 34 ALMENARA CASTELLONNATALIA VERDECHO CORELL C/. Valencia, núm. 34 ALMENARA CASTELLONPROGASNAL C/. Ciudad de Melilla, 11 bajo VALENCIA VALENCIAROSA AUNES FORNER C/. Major, 18 ALMENARA CASTELLONROSA BELTRÁN FAET C/. De Dalt, 11 ALMENARA CASTELLONTORRES HERMANOS polig. Agricola 2 ALMENARA CASTELLONTRANS FOR, S.L. C/. Valencia, s/nº ALMENARA CASTELLONVICENTE FERRER FAET C/. Major, 6-B-1 ALMENARA CASTELLONVICENTE FORNER CASANOVA C/. Valencia, núm. 34 ALMENARA CASTELLON

Participándoles, que contra la resolución del acuerdo de Pleno de fecha 16 de febrero de 2010 por el que se aprueba el expediente de reparcelación del sector 1 de las NNSS de Almenara, que pone fi n a la vía administrativa se podrá inter-poner, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo hubiera dictado en el plazo de un mes desde su publicación; o bien, ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Castellón o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, según sea competente uno u otro órgano al amparo de lo dispuesto en los arts. 8 y 10 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en el plazo de dos meses desde su publicación. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá inter-poner recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuel-to expresamente o se haya producido la desestimación presunta de dicho recurso de reposición.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el art. 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Almenara, a veinticuatro de marzo de dos mil diez.- El Alcal-de, Vicente Gil Olmedo. C-3293-U

* * *

Se hace público que por decreto de la Alcaldía nº 72 de fecha 09-03-10 se dictó la siguiente resolución:

EXPEDIENTE.- BAJA DE OFICIO EN EL PADRON MUNICIPAL POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA.

Realizadas las gestiones necesarias para la actualización y revisión del Padrón Municipal de Habitantes de este Municipio, con audiencia a los interesados, de conformidad con los artícu-los 60 y siguientes del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, y en continuación a tales trámites, siguiendo los establecidos en el artículo 72 del citado Reglamento, se inicia expediente para dar de baja de ofi cio en el Padrón Municipal de Habitantes a las personas que a continua-ción se relacionan:

ANDREI MARIAN CIPRIANCATALINA IFTIMESCUCRISTINA MINODORA BUBGHIUALBERTO RODRIGO CALDERON LUNAFLORIN SERBANION NAGIRDUDUMITRU POPA RADUGHEORGHE CEAUSUVASILE NAGIRDUFLORIN CONSTANTIN GAFITASTELLAN TUDOSANOLGA NATALIA CAZACUPETRE IONIONEL IACOBOLGUTA IACOBGIANI IACOBNICU IACOBNECULAI AFRASINEIGHIZELA PANAITION TUDORGEDIMINAS PETRAUSKASNADIA BAIABDERRAHIM GHAZIKATHUCHA TORRES DOS SANTOSERIK KOSTLER JANKAIRMGARD MARIANNE KOSTLERFERDINAND EDUARD PET. VAN VENNANTON WERNER STUDERLo que se hace público para general conocimiento y al

objeto de que las personas interesadas, en el plazo de diez días, a contar desde la publicación del presente edicto en el “Boletín Ofi cial” de la provincia, puedan presentar aquellas alegaciones que estimen oportunas, de no estar de acuerdo con la tramita-ción de la baja iniciada, pudiendo presentar aquellos documen-tos y justifi caciones que estime pertinentes a sus intereses.

Almenara, 9 de marzo de 2010.— El Alcalde, Vicente Gil Olmedo. C-2938

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANANúm. 37.—27 de marzo de 2010 17

ALFONDEGUILLA

Anuncio de aprobación defi nitiva

Aprobado defi nitivamente el Presupuesto General del Ayun-tamiento para el 2010, al no haberse presentado reclamaciones en el período de exposición pública, y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

ESTADO DE GASTOSA) GASTOS POR OPERACIONES CORRIENTESCAPÍTULO I: Gastos de Personal: 189.467,40CAPÍTULO II: Gastos en Bienes Corrientes y Servicios: 89.400CAPÍTULO III: Gastos Financieros: 128.000CAPÍTULO IV: Transferencias Corrientes: 16.600

B) GASTOS POR OPERACIONES DE CAPITALCAPÍTULO VI: Inversiones Reales: 513.000CAPÍTULO IX: Pasivos Financieros: 390.000 TOTAL: 1.326.467,40

ESTADO DE INGRESOSA) INGRESOS POR OPERACIONES CORRIENTESCAPÍTULO I: Impuestos Directos: 173.500CAPÍTULO II: Impuestos Indirectos: 21.000CAPÍTULO III: Tasas y otros Ingresos: 126.600CAPÍTULO IV: Transferencias Corrientes: 275.891,09

B) INGRESOS POR OPERACIONES DE CAPITALCAPÍTULO VI. Enajenación de Inversiones Reales: 300.000CAPÍTULO VII: Transferencias de Capital: 429.476,31 TOTAL: 1.326.467,40

PLANTILLA DE PERSONAL: FUNCIONARIOS: 1 plaza de Secretario-interventor y 1 alguacilLABORAL FIJO: 1 plaza de auxiliar administrativo y 1 plaza

de limpiadoraPLAZA TEMPORAL: 1 plaza de monitor deportivo, 1 plaza de

peón, 1 plaza de psicóloga, 1 plaza de asistencia a domicilio y 1 plaza de monitor deportivo extraescolar.

PLAZA EVENTUAL: 1 secretaria del alcalde y 1 de asesor jurídico y contable.

TOTAL PLANTILLA: 11 plazas.

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

En Alfondeguilla, a 16 de marzo de 2010.— El Alcalde, Fdo.: Salvador Ventura Berenguer. C-3146

ALQUERÍAS DEL NIÑO PERDIDO

El Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 18 de febrero de 2.010, aprobó inicialmente el Reglamento de Protoco-lo y Ceremonial del Ayuntamiento de Alquerías del Niño Perdido.

Por la presente se pone de manifi esto al público el acuerdo con el expediente que lo motiva, por un plazo de treinta días, al objeto de que por cuantos interesados puedan existir se deduz-can las alegaciones, reclamaciones o sugerencias que se estime oportunas, pudiendo consultar el expediente en la Secretaría Municipal en horario habitual de ofi cinas.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

Alquerías del Niño Perdido a 3 de marzo de 2.010.—La Alcaldesa, Consuelo Sanz Molés. C-3005

* * *

El Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 18 de febrero de 2.010, aprobó inicialmente la modifi cación del Regla-mento de Honores y Distinciones del Ayuntamiento de Alquerías del Niño Perdido, consistente en añadir al articulo 15 del Capitulo IV denominado OTRAS DISTINCIONES, lo siguiente:

“En el Ayuntamiento de la localidad de Alquerías del Niño Perdido existirá un Libro de Oro, que deberá ser debidamente foliado, en el que plasmarán su fi rma aquéllas personalidades que visiten el municipio o la Casa Consistorial, así como las que hayan recibido alguna distinción honorífi ca municipal.

El Libro de Oro quedará depositado para su custodia y cuidado en las dependencias del Servicio de Protocolo de este Ayuntamiento, cuyo personal velarán por su estado, conserva-ción y uso adecuado.

El Ilmo. Ayuntamiento de Alquerías del Niño Perdido a propuesta del Ilmo. Sr. Alcalde podrá conceder Mención Honorí-fi ca Especial, a aquellos vecinos que, por sus cualidades, mere-

cimientos o aptitudes, relacionados con el acontecer diario de Alquerías o con especiales circunstancias de su propia vida, se hagan acreedores de las mismas.

La Mención se hará pública en Sesión Plenaria, en el momento de su apertura, con exposición de motivos por el propio Alcalde, apareciendo en el acta de la Sesión y dándose traslado de la misma al interesado o a sus familiares más directos.”

Por la presente se pone de manifi esto al público el acuerdo con el expediente que lo motiva, por un plazo de treinta días, al objeto de que por cuantos interesados puedan existir se deduzcan las alegaciones, reclamaciones o sugerencias que se estime oportu-nas, pudiendo consultar el expediente en la Secretaría Municipal en horario habitual de ofi cinas. En el caso de que no se presenten se entenderá defi nitivamente adoptado el acuerdo inicial.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

Alquerías del Niño Perdido a 3 de marzo de 2.010.—La Alcaldesa, Consuelo Sanz Molés. C-3006

* * *

Intentada notifi cación nº 249 de Registro de Salida relativa a la vecina de Alquerías del Niño Perdido Dª MARIAN ANDRONA-CHE, con domicilio en C/ Les Corts nº 2-1º-1ª ha sido devuelta por no hallarse en su domicilio la interesada, por lo que de conformi-dad con lo dispuesto el art. 59 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede al anuncio de la expresada notifi cación cuyo texto íntegro es el siguiente:

CONSUELO SANZ MOLES, Alcaldesa-Presidenta del Ayun-tamiento de Alquerías del Niño Perdido, Castellón.

Visto el informe emitido por la Policía Local de fecha 28-12-2009, en el que se hace constar que Dª MARIAN ANDRONACHE, pasaporte rumano nº 12478546 y fecha de nacimiento 27-09-1.978 que fi gura en el padrón municipal de habitantes como resi-dente en este municipio en C/ Les Corts nº 2-1º-1ª, no reside ya en Alquerías del Niño Perdido...

Visto lo dispuesto en el art. 72 del Real Decreto 2612/1996 de 20 de diciembre por el que se modifi ca el Reglamento de Pobla-ción y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986 de 11 de julio en el que se manifi es-ta que “Los Ayuntamientos darán de baja de ofi cio, por inscrip-ción indebida, a quienes fi guren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el art. 54 de este Reglamento...”

Considerando que la citada persona no cumple los requi-sitos establecidos en el art. 54 del mencionado Real Decreto 2612/1996 de 20 de diciembre, ya que no residen ya en este municipio...

Por la presente vengo a ordenar:1º.- Que se dé audiencia a la interesada por plazo de diez

días mediante notifi cación personal o en su defecto anuncio en el Boletín Ofi cial de la Provincia y Edicto en el Tablón de anuncios de este Ayuntamiento a fi n de que pueda alegar lo que a su dere-cho considere oportuno.

2º.- En el caso de que la interesada no manifestase su conformidad con la baja de oficio en el padrón municipal de habitantes, remítase el expediente instruido al Consejo de Empa-dronamiento a fi n de que informe al respecto.

Lo que traslado a usted haciendole saber que en el plazo de diez días podrá alegar lo que a su derecho considere oportuno.

Alquerías del Niño Perdido a 26 de enero de 2.010.—El Secretario, (fi rma ilegible). C-3007

* * *

Intentada notificación nº 444 de Registro de Salida rela-tiva al vecino de Alquerías del Niño Perdido Dª ALINA ELENA MEAUNA, con domicilio en C/ Mayor nº 62-2º ha sido devuelta por no hallarse en su domicilio el expresado interesado, por lo que de conformidad con lo dispuesto el art. 59 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede al anuncio de la expresada notifi cación cuyo texto íntegro es el siguiente:

CONSUELO SANZ MOLES, Alcaldesa-Presidenta del Ayun-tamiento de Alquerías del Niño Perdido, Castellón.

Visto el informe emitido por la Policía Local de fecha 11-02-2.010, en el que se hace constar que Dª ALINA ELENA MEAUNA, N.I.E. X-09113208-X y fecha de nacimiento 23-06-1.985 que fi gura en el padrón municipal de habitantes como residente en este municipio en C/ Mayor nº 62-2º, no reside ya en Alquerías del Niño Perdido...

Visto lo dispuesto en el art. 72 del Real Decreto 2612/1996 de 20 de diciembre por el que se modifi ca el Reglamento de Pobla-ción y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986 de 11 de julio en el que se manifi es-ta que “Los Ayuntamientos darán de baja de ofi cio, por inscrip-ción indebida, a quienes fi guren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el art. 54 de este Reglamento...”

Considerando que la citada persona no cumple los requi-sitos establecidos en el art. 54 del mencionado Real Decreto 2612/1996 de 20 de diciembre, ya que no residen ya en este municipio...

Por la presente vengo a ordenar:

Page 18: ADMINISTRACIÓN CENTRAL

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA18 Núm. 37.—27 de marzo de 2010

1º.- Que se dé audiencia a la interesada por plazo de diez días mediante notifi cación personal o en su defecto anuncio en el Boletín Ofi cial de la Provincia y Edicto en el Tablón de anuncios de este Ayuntamiento a fi n de que pueda alegar lo que a su dere-cho considere oportuno.

2º.- En el caso de que la interesada no manifestase su conformidad con la baja de oficio en el padrón municipal de habitantes, remítase el expediente instruido al Consejo de Empa-dronamiento a fi n de que informe al respecto.

Lo que traslado a usted haciendole saber que en el plazo de diez días podrá alegar lo que a su derecho considere oportuno.

Alquerías del Niño Perdido a 4 de marzo de 2.010.—El Secretario, (fi rma ilegible). C-3092

* * *

Intentada notifi cación nº 443 de Registro de Salida relativa al vecino de Alquerías del Niño Perdido Dª MARIA FRUNZA, con domicilio en C/ Pizarro nº 4-1º ha sido devuelta por no hallarse en su domicilio el expresado interesado, por lo que de conformidad con lo dispuesto el art. 59 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común, se procede al anuncio de la expresada notifi cación cuyo texto íntegro es el siguiente:

CONSUELO SANZ MOLES, Alcaldesa-Presidenta del Ayun-tamiento de Alquerías del Niño Perdido, Castellón.

Visto el informe emitido por la Policía Local de fecha 11-02-2.010, en el que se hace constar que Dª MARIA FRUNZA, pasa-porte rumano nº 09673146 y fecha de nacimiento 02-01-1.976 que fi gura en el padrón municipal de habitantes como residente en este municipio en C/ Pizarro nº 4-1º, no reside ya en Alquerías del Niño Perdido...

Visto lo dispuesto en el art. 72 del Real Decreto 2612/1996 de 20 de diciembre por el que se modifi ca el Reglamento de Pobla-ción y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986 de 11 de julio en el que se manifi es-ta que “Los Ayuntamientos darán de baja de ofi cio, por inscrip-ción indebida, a quienes fi guren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el art. 54 de este Reglamento...”

Considerando que la citada persona no cumple los requi-sitos establecidos en el art. 54 del mencionado Real Decreto 2612/1996 de 20 de diciembre, ya que no residen ya en este municipio...

Por la presente vengo a ordenar:1º.- Que se dé audiencia a la interesada por plazo de diez

días mediante notifi cación personal o en su defecto anuncio en el Boletín Ofi cial de la Provincia y Edicto en el Tablón de anuncios de este Ayuntamiento a fi n de que pueda alegar lo que a su dere-cho considere oportuno.

2º.- En el caso de que la interesada no manifestase su conformidad con la baja de oficio en el padrón municipal de habitantes, remítase el expediente instruido al Consejo de Empa-dronamiento a fi n de que informe al respecto.

Lo que traslado a usted haciendole saber que en el plazo de diez días podrá alegar lo que a su derecho considere oportuno.

Alquerías del Niño Perdido a 4 de marzo de 2.010.—El Secre-tario, (fi rma ilegible). C-3093

ALTURA

Exposición al público de la aprobación de padrones fi scales

Por Decreto de Alcaldía de fecha 17 de marzo de 2010, 56/2010 se ha aprobado el padrón del IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA RUSTICA, ejercicio 2010.

De conformidad con lo preceptuado en el Art. 77 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Loca-les , en relación con el Art. 102 de la Ley General Tributaria y lo estipulado en las ordenanzas fi scales vigentes en el municipio, tales padrones quedan expuestos al público por plazo de 15 días, contados a partir de la publicación del presente edicto en el B.O.P de la provincia, en el Servicio Municipal de Gestión Tributaria, a efectos de que los interesados puedan examinarlos y formular las reclamaciones que estimen oportunas.

El periodo de cobro voluntario será el comprendido entre los días 1de abril a 31 de mayo de 2010. Transcurrido dicho plazo las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo de apremio, intereses de demora y en su caso las costas producidas.

Recursos: contra la deuda tributaria individualizada, el inte-resado podrá interponer recurso de reposición ante el órgano que dictó la Resolución en el plazo de un mes, a contar desde el último día del plazo de exposición pública, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Hacien-das Locales, y contra la resolución expresa del recurso de reposi-ción, recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valencia que por turno de repar-to le corresponda, dentro del plazo de 2 meses, contados desde la notifi cación (arts. 113.1 de la Ley 7/85 y 46 de la Ley 29/88, reguladora de la jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Transcurrido un mes de la interposición del recurso sin que haya recaído resolución expresa del mismo, se entenderá deses-timado y se podrá interponer recurso Contencioso-Administrati-vo en el plazo de seis meses (art. 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso- Administrativa).

Altura, 17 de marzo de 2010.—El Alcalde, Rafael Rubio Sellés. C-3104

* * *

Exposición al público de la aprobación de padrones fi scales

Por Decreto de Alcaldía de fecha 17 de marzo de 2010, 55/2009 se ha aprobado el padrón del IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA, ejercicio 2010.

De conformidad con lo preceptuado en el art. 77 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Loca-les , en relación con el art. 102 de la Ley General Tributaria y lo estipulado en las ordenanzas fi scales vigentes en el municipio, tales padrones quedan expuestos al público por plazo de 15 días, contados a partir de la publicación del presente edicto en el B.O.P de la provincia, en el Servicio Municipal de Gestión Tributaria, a efectos de que los interesados puedan examinarlos y formular las reclamaciones que estimen oportunas.

El periodo de cobro voluntario será el comprendido entre los días 1de abril a 31 de mayo de 2010. Transcurrido dicho plazo las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo de apremio, intereses de demora y en su caso las costas producidas.

Recursos: contra la deuda tributaria individualizada, el inte-resado podrá interponer recurso de reposición ante el órgano que dictó la Resolución en el plazo de un mes, a contar desde el último día del plazo de exposición pública, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Hacien-das Locales, y contra la resolución expresa del recurso de reposi-ción, recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valencia que por turno de repar-to le corresponda, dentro del plazo de 2 meses, contados desde la notifi cación (arts. 113.1 de la Ley 7/85 y 46 de la Ley 29/88, reguladora de la jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Transcurrido un mes de la interposición del recurso sin que haya recaído resolución expresa del mismo, se entenderá deses-timado y se podrá interponer recurso Contencioso-Administrati-vo en el plazo de seis meses (art. 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso- Administrativa).

Altura, 18 de marzo de 2010.—El Alcalde, Rafael Rubio Sellés. C-3105

* * *

Este Ayuntamiento Pleno en Sesión extraordinaria celebra-da el día 3 de marzo de 2010 ha adoptado el acuerdo provisional de establecimiento de las siguientes Ordenanzas:

1.- Establecer la ordenanza municipal reguladora del regla-mento del registro electrónico del Ayuntamiento de Altura.

2.- Establecer la ordenanza municipal reguladora del regla-mento de alcantarillado y aguas residuales de Altura.

Lo que se publica y expone al público por plazo de treinta días, dentro de los cuales, los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportu-nas, considerándose defi nitivamente aprobada la modifi cación que se expresa, sin necesidad de nuevo acuerdo, si no se presen-tan reclamaciones. El texto integro de la modifi cación relacio-nada, se encuentra en el tablón de anuncios municipal y en la Secretaria General del Ayuntamiento.

Altura, 16 de marzo de 2010.—El Alcalde, Rafael Rubio Sellés. C-3106

AYÓDAR

Notifi cación de resolución de expediente sancionador número 138/2009.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4, 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común, habiendo resultado infructuosas las gestiones que se han realizado para efectuar la notifi cación de la resolu-ción referente a la incoación del procedimiento sancionador, del expediente administrativo número 147/2009, iniciado a don Juan Manuel Granell Beltrán, cuyo último domicilio conocido es Calle San José, nº 5, 12.224 - Ayódar (Catellón), se hace público el contenido de la misma:

- “Notifi cación Registro de Salida nº 248: El órgano instruc-tor D. Antonio Nebot Gisbert, Teniente de Alcalde, el día tres de septiembre de 2.009, realizó la siguiente propuesta de resolución:

“Don Antonio Nebot Gisbert, Teniente de Alcalde e Instruc-tor del expediente sancionador de la infracción de la Ordenanza municipal sobre buenas prácticas en espacios públicos del muni-cipio de Ayódar, nombrado por Resolución de Alcaldía de fecha de 2 de julio de 2.009, relativa a los siguientes hechos: vertido de cenizas en la vía pública en la Calle San José nº 5.

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANANúm. 37.—27 de marzo de 2010 19

De conformidad con el artículo 18 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que aprueba el Reglamento para el Procedimiento del Ejercicio de la Potestad Sanciona-dora, y una vez instruido el procedimiento, realizo la siguiente PROPUESTA DE RESOLUCIÓN:

PRIMERO. Con relación a los hechos enunciados anterior-mente, se consideran probados y así se declaran los siguientes: vertido de cenizas a la vía pública desde la tubería de la vivienda sita en a Calle San José nº 5 del municipio de Ayódar la mañana del martes treinta de junio de 2.009.

Se declara responsable por su participación en los hechos a D. Juan Manuel Granell Beltrán.

SEGUNDO. Declarar que los hechos arriba expuestos son constitutivos de infracción administrativa, consistente en acción que desluzca, ensucie, produzca daños o sea susceptible de producirlos en lugares de uso o servicio público, tipifi cada en el artículo 10 de la Ordenanza municipal sobre buenas prácticas en espacios públicos del municipio de Ayódar que dice textual-mente: “Está prohibida, y en su caso será sancionada adminis-trativamente, toda acción que desluzca, ensucie, produzca daños o sea susceptibles de producirlos en lugares de uso o servicio público, independientemente de la reclamación de los perjuicios causados, y de la competencia de la jurisdicción penal, si fuera el caso.”

Dicha infracción se califi ca como leve, de acuerdo con lo previsto en el artículo 19 de la Ordenanza, según el cual, en su apartado 3 “Se consideran infracciones leves: B) Las conductas expresamente defi nidas en el artículo 10 de la presente Orde-nanza.”

TERCERO. Proponer la cuantía de la sanción siguiente:- La cuantía de 100 euros, a. D. José Vicente Granell Beltrán.CUARTO. Sin perjuicio de las sanciones impuestas, el infrac-

tor deberá reponer la situación alterada al estado previo al obje-to de la infracción administrativa; teniendo en cuenta que, en caso contrario, habrá lugar a la ejecución subsidiaria del artículo 98 de la Ley 30/1992, a costa del obligado.

QUINTO. Notifi car a los interesados, indicándoles la puesta de manifi esto del procedimiento.

SEXTO. Remitir esta propuesta de resolución inmediata-mente al Alcalde para su resolución, junto con todos los docu-mentos, alegaciones e informaciones que obren en el mismo.

Lo que se notifica a los efectos del artículo 19 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el Procedimiento del Ejercicio de la Potestad Sancionadora, para que en el plazo de quince días formulen las alegaciones, presenten los documentos e informaciones que estimen pertinentes ante el instructor del procedimiento.

Ayódar a 11 de marzo de 2010.- El Alcalde, Ramón Balaguer Mellado. C-2972

* * *

Notifi cación de resolución de expediente sancionador número 147/2009.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4, 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común, habiendo resultado infructuosas las gestiones que se han realizado para efectuar la notifi cación de la resolu-ción referente a la incoación del procedimiento sancionador, del expediente administrativo número 147/2009, iniciado a don Joaquín Moliner Fausto, cuyo último domicilio conocido es Calle Virgen del Carmen, 60 B, 3º, 12.520 - Nules (Castellón), se hace público el contenido de la misma:

“Notifi cación Registro de Salida nº 349: Vista la presunta infracción de la Ordenanza sobre buenas prácticas en espacios públicos del municipio de Ayódar, relativo a la destrucción de hornacina en la zona de acampada en la que se encuentran los servicios de agua y luz que abastecen a la parcela.

Visto el informe técnico sobre la concurrencia de circuns-tancias que justifi can la iniciación del expediente sancionador de infracción de la Ordenanza municipal referenciada, y de confor-midad con el artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Regu-ladora de las Bases del Régimen Local, RESUELVO:

PRIMERO. Incoar expediente sancionador de infracción de la Ordenanza sobre Buenas Prácticas en espacios públicos del municipio de Ayódar por la realización de los siguientes hechos: destrucción de hornacina en la zona de acampada, en la que se encuentran los servicios de agua y luz que abastecen a la parcela.

De los referidos hechos se presume como persona respon-sable a D. Joaquín Moliner Fausto.

Estos hechos podrían ser califi cados como infracción leve, de conformidad con los artículos 18.1 C) y 19.3 A) de la Ordenan-za sobre buenas prácticas en espacios públicos del municipio de Ayódar pudiéndoles corresponder una sanción de 100 euros.

SEGUNDO. Nombrar como órgano instructor del procedi-miento sancionador al Teniente de Alcalde, D. Antonio Nebot Gisbert, siendo Secretario del mismo, el del Ayuntamiento; asimismo, se estará a lo establecido sobre abstención y recusa-ción en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

TERCERO. En virtud del artículo 10 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento

del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, y el artículo 21.1.n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, el órgano competente para la resolución del expediente es el Alcalde.

CUARTO. Este Acuerdo se comunicará al instructor con traslado de cuantas actuaciones existan al respecto, asimismo se notifi cará a los interesados, entendiendo en todo caso por tal al inculpado, para que en el plazo de quince días aporte cuantas alega-ciones, documentos o informaciones estimen convenientes.

De conformidad con el artículo 13.2 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedi-miento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, se le notifi ca la resolución y que dispondrá de un plazo de quince días para efec-tuar las alegaciones y presentar documentos e informes que estime pertinentes y, en su caso, proponer pruebas.

En el supuesto de no efectuar alegaciones sobre el conte-nido de la iniciación del procedimiento, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución.

Ayódar a 11 de marzo de 2010.- El Alcalde, Ramón Balaguer Mellado. C-2973

BARRACAS

Aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno el Regla-mento para la Concesión de Honores y Distinciones del Ayun-tamiento de Barracas, se expone al público durante treinta días hábiles, a efectos de que los interesados puedan examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno de la Corporación.

En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no se presentaran reclamaciones, el Reglamento se entenderá defi nitivamente aprobado, procediendo a su publicación íntegra.

En Barracas, a 17 de marzo de 2010.—EL ALCALDE-PRESI-DENTE, Antonio Salvador Corell. C-3028

BENICARLÓ Por decreto del teniente alcalde del Área de Economía y

Hacienda de fecha 23 de marzo de 2010 ha sido aprobado el padrón fi scal correspondiente al ejercicio 2010 del IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA.

Por ello, de conformidad con lo establecido en los artículos 16 y 17 de la Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección de los Tributos y otros ingresos de derecho público locales, se expone al público el citado padrón, durante el plazo de UN MES, a contar del siguiente día a la publicación de este anuncio en el B.O.P. de Castellón.

Contra el presente acto puede interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al recibo de la presente notifi cación delante de la Alcaldía de este Ayuntamiento. Así mismo, puede interponerse recurso contencionso administrativo delante del Juzgado de lo Contencioso Administrativo con sede en Caste-llón, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al recibo de la notifi cación, de acuerdo con lo que regula el artículo 8 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Conten-cioso Administrativa.

COBRANZA: Del 1 de mayo al 30 de junio de 2010 (ambos inclusive).LUGAR DE PAGO:El ingreso podrá efectuarse, por parte de los contribuyentes,

en el plazo establecido y en las entidades fi nancieras adheridas al convenio de Recaudación del Ayuntamiento de Benicarló.

Transcurridos los plazos señalados como periodos de pago voluntarios, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

Examen del expediente 16/10-GT en el Ayuntamiento, Departamento de Gestión Tributaria, de lunes a viernes, de 9 a 14 horas.

El teniente alcalde del Área de Economía y Hacienda, Pedro J. García Bautista.— Benicarló, 23 de marzo de 2010. C-3265-U

* * *

Acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local de 22 de marzo de 2010, por el que se anuncia la licitación para contratar, mediante procedimiento abierto y trámite urgente, las obras de construcción de una sala multiusos deportiva, ampliación del anexo Pabellón de Benicarló, proyecto fi nanciado con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local creado por Real Decreto Ley 13/2009, de 26 de octubre.

ANUNCIO DE LICITACIÓN1.- Entidad adjudicadora:a) Organismo: Ayuntamiento de Benicarlób) Dependencia que tramita el expediente: Negociado de

Contratación Administrativa.c) Número de expediente: 8/20102.- Objecto del contrato:a) Descripción del objeto: ejecución de las obras de cons-

trucción de una sal multiusos deportiva, ampliación anexo Pabe-llón de Benicarló

b) Lugar de ejecución: Benicarló

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA20 Núm. 37.—27 de marzo de 2010

c) Plazo de ejecución: El plazo máximo será de cuatro meses (16 semanas) a contar desde la realización del acta de comproba-ción de replanteo y autorización del comienzo y concluir antes del día 31 de diciembre de 2010.

3.- Tramitación y procedimiento de adjudicación:a) Tramitación: Urgenteb) Procedimiento: Abierto4.- Presupuesto base de licitación:El tipo de licitación se establece en: 240.296,56 euros, IVA

(16%) excluido, que puede ser mejorado a la baja.5.- Garantía provisional: 3% del importe de licitación, IVA

excluido, es decir, 7.208,89 euros.6.- Obtención de documentación y información:a) Entidad: Ayuntamiento de Benicarlób) Domicilio: Paseo Ferreres Bretó, 10c) Localidad y código postal: Benicarló, 12580d) Teléfono: 964 470 050e) Telefax: 964 475 908f) Perfi l del contratante: www.ajuntamentdebenicarlo.orgg) Fecha límite de obtención de documentos y información:

la misma que de presentación de ofertas.7.- Requisitos específi cos del contratista: Solvencia econó-

mica y fi nanciera y solvencia técnica y profesional. (Ver pliego)8.- Presentación de ofertas o de las solicitudes de participa-

ción:a) Fecha límite de presentación: el día en que se cumplan

13 días naturales contados desde el siguiente al de la fecha de publicación del anuncio en el Boletín Ofi cial de la Provincia y hasta las 14 hores (si el último día de presentación de proposi-ciones fuese sábado o festivo, se trasladará al primer día hábil siguiente).

b) Documentación a presentar: Ver pliego de cláusulas administrativas particulares.

c) Lugar de presentación: Negociado de Contratación Admi-nistrativa.

1º.- Entidad: Ayuntamiento de Benicarló2º.- Domicilio: Paseo Ferreres Bretó, 103º.- Localidad y código postal: Benicarló, 12580d) Plazo durante el que el licitador estará obligado a mante-

ner su oferta: dos meses a contar desde la apertura de las propo-siciones.

e) Admisión de variantes: ver pliego de cláusulas adminis-trativas particulares.

9.- Apertura de las ofertas:a) Entidad : Ayuntamiento de Benicarló.b) Domicilio: Paseo Ferreres Bretó, 10c) Localidad: Benicarlód) Fecha: El siguiente día hábil al que fi nalice el plazo para

presentar ofertas de licitación, sin contar sábado o festivo.e) Hora: 09:00 horas10.- Otras informaciones: Las proposiciones deben ajustarse

al modelo incluido en el pliego de cláusulas administrativas. Criterios de valoración de las ofertas:

FOMENTO DEL EMPLEO Se valorará el volumen de mano obra a emplear adscrito

a la ejecución del contrato, con distinción entre personal ya contratado y personal a contratar y que se encuentre en situa-ción legal de desempleo.

Sólo se computarán los trabajadores directos (se excluye personal directivo y técnico, auxiliar, administrativo o similar).

Se indicará los contratos a tiempo parcial que el licitador estima realizar. Deberá indicar la jornada parcial a emplear, a los efectos de la introducción de la fracción en la fórmula de cálculo. A estos efectos, se considera 8h por jornada completa.

PFEi = 30 x Vi/VmVi = 2,00 x T1i x Di + 1,50 x T2i x Di + 1,00 x T3i x DiPFEi.- Puntuación fomento de empleo oferta i.Vi .- Volumen mano de obra contratada a que se comprome-

te la oferta i.Vm.- Volumen de mano de obra mayor de todas las ofertas.T1i.- Trabajadores contratados en situación de legal desem-

pleo, de larga duración, adscritos a la obra.T2i.- Trabajadores contratados en situación legal de desem-

pleo adscritos a la obra.T3i.- Trabajadores ya contratados adscritos a la obra.Di.- Tiempo de alta en SS de cada trabajador durante la

ejecución de la obra en días de contrato. Se considerarán las fracciones de jornada que se especifi quen.

Las ofertas presentadas deberán basarse en el estudio real de la obra y en las adecuadas necesidades de la misma. Por lo tanto, serán descartadas aquellas ofertas que se consideren desproporcionadas. Tendrán esta consideración las ofertas que establezcan un número trabajadores-día (T x D) superior al 30% superior a la media del conjunto de las empresas admitidas a concurso. Máximo 30 puntos

MEJORAS Se valorarán aquellas mejoras relacionadas con el objeto del contrato, sin coste adicional para el Ayuntamiento, según el siguiente detalle (la mejora podrá abarcar la totalidad de la instalación o parte de ella) La valoración se establecerá por el Ayuntamiento, en función de las mejoras aceptadas y su coste estimado, en su caso, por los SSTT municipales.

- Porcentaje sobre el presupuesto de licitación (excluido IVA) que, sin superar el 10%, aportaría el licitador a su cargo para incremento de mediciones o imprevistos, según precios auxilia-res y unitarios de adjudicación. (7p)

- Modifi cación pavimento y rodapié de la sala por parquet deportivo sobre rastreles, tipo Stockholmo 10 o similar, de 12,6mm, con una altura total de construcción de 66,6mm. El pavimento deberá cumplir la norma DIN V 18032-2. (5p)

- Sustitución de la puerta de acceso posterior del pabellón para adecuación de salida de emergencia y adecuación accesibi-lidad en la misma (2p)

- Mejora del sistema de ventilación de la sala de squash (1p)Se adjuntará memoria con medición y valoración de cada

una de las mejoras. Máximo 15 puntosOFERTA ECONÓMICA Se valorará la mejor oferta económica.POEi = 10 x Bi / Bm POEi.- Puntuación oferta económica oferta i.Bi.- Baja porcentual, sobre el tipo, de la oferta i.Bm.- Baja porcentual, sobre el tipo, de la mejor oferta

económica.Las ofertas económicas que superen el 15% de baja se esti-

marán desproporcionadas y no serán consideradas. Máximo 10 puntos

PLAZO DE EJECUCIÓN.- Se valorará la máxima reducción de plazo sobre el tiempo de ejecución estimado (120 días). Para ello, los licitadores presentarán su oferta en días equivalentes, estableciendo 30 días por mes.

PPEi = 5 x RPi / RPmPPEi.- Puntuación plazo de ejecución oferta i.RPi.- Reducción de plazo de la oferta i, en días equivalentes.RPm.- Reducción de plazo mayor de todas las ofertas, en

días equivalentes.Las reducciones de plazo superiores al 35% del tiempo esti-

mado se considerarán desproporcionadas y no serán tenidas en cuenta.

El plazo estimado deberá ser coherente con los días estima-dos para los contratos de fomento de empleo. Máximo 5 puntos

11.- Gastos de los anuncios: A cargo del contratista adjudica-tario. Importe máximo 300 euros.

Benicarló, 23 de marzo de 2010.- El teniente alcalde delegado del área de Contratación, Marcos Marzal Roca (D.A. 19/06/2007).

C-3304-U* * *

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1.992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habiéndose intentado la notifi cación a:

- Ebano Peñíscola, S.L.y no pudiéndose practicar la misma, se remite al Boletín

Ofi cial de la Provincia al objeto de su publicaciónExpte. PAII/323 Programa de Actuación Integrada U.E. 18 del

PGOU de BenicarlóEl Pleno del Ayuntamiento de Benicarló, en sesión celebrada

con carácter extraordinario en fecha 22 de diciembre de 2009, ha acordado:

«PUNT 9º.- DICTAMEN A LA PROPUESTA DE APROBACIÓN Y ADJUDICACIÓN DEL PROGRAMA DE ACTUACIÓN INTEGRA-DA DE LA U.E. 18 DEL PLAN GENERAL.- Se somete a consi-deración de la corporación, la aprobación y adjudicación del Programa de Actuación Integrada de la UE 18 del Plan General.

Exposición de hechosI.- Mediante acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Beni-

carló, de fecha 29 de mayo de 2008, se inició el procedimiento de concurso para la aprobación y adjudicación del programa de actuación integrada de la unidad de ejecución número 18 del PGOU de Benicarló, para su gestión indirecta, y se aprobaron las bases particulares que habían de regir la convocatoria.

II.- En fecha 22 de enero de 2009 (registro de entrada número 959), dentro del plazo previsto al efecto en las bases particulares de la programación, la mercantil MECANO DEL MEDITERRÁNEO, S.L., CIF: B-97.608.855, con domicilio a efec-tos de notifi caciones en la Avenida Marqués de Sotelo número 1-10ª (46002) Valencia, presenta los sobres 1 y 2, que integran su propuesta.

III.- Transcurrido el plazo para presentar proposiciones, la Mesa de Contratación prevista en las bases generales para la adjudicación, desarrollo y ejecución de programas de actua-ción integrada mediante gestión indirecta en el municipio de Benicarló, se constituye en fecha 6 de marzo de 2009, a efectos de proceder a la apertura del sobre 1 “documentación adminis-trativa”, que integra la propuesta de la mercantil MECANO DEL MEDITERRÁNEO, S.L., única participante en el procedimiento de concurso referido. Examinado el contenido del sobre, la Mesa de Contratación comprueba que se ajusta a lo exigido en las bases generales y particulares que regulan la presente convocatoria, y emiten la correspondiente propuesta de resolución.

IV.- En fecha 18 de marzo de 2009, se dictó un Decreto de la Tenencia de Alcaldía de Urbanismo, por el que se resolvía:

1. Declarar que la mercantil MECANO DEL MEDITERRÁNEO, S.L., con CIF B-97608855, reúne los requisitos de personalidad, capacidad y solvencia, exigidos en las bases generales para la adjudicación, desarrollo y ejecución de programas de actua-ción integrada mediante gestión indirecta, en el municipio de Benicarló, así como, en las bases particulares que regulan la convocatoria del procedimiento de concurso para la aprobación y adjudicación del programa de actuación integrada de la unidad de ejecución núm. 18 del PGOU de Benicarló.

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANANúm. 37.—27 de marzo de 2010 21

2. Proceder a la apertura del SOBRE 2 ante el Secretario de la Corporación, que contiene la Alternativa Técnica que integra la propuesta presentada por MECANO DEL MEDITERRÁNEO, S.L., y recabar los informes técnicos municipales previos sobre la misma y, en su caso, los instrumentos de planeamiento que la acompañen, a los que se refi ere el artículo 136.3 de la Ley Urba-nística Valenciana, que deberán emitirse en el plazo máximo de tres meses.

3. Requerir a la mercantil MECANO DEL MEDITERRÁNEO, S.L. para que aporte en el plazo máximo de 20 días, a contar desde el día siguiente a la recepción de esta resolución, informe sobre las alegaciones presentadas a la Alternativa Técnica que integra su propuesta durante el trámite de exposición pública de la misma, en su caso.”

V.- En fecha 18 de mayo de 2009, se dictó un Decreto de la Tenencia de Alcaldía de Urbanismo, por el que se resolvía:

“1.-Determinar que la propuesta de Alternativa Técnica del Programa de actuación integrada para el desarrollo de la Unidad de Ejecución núm. 18 del PGOU de Benicarló, presentada por la mercantil MECANO DEL MEDITERRRANEO, S.L., con CIF B-97608855, ha obtenido la siguiente puntuación, de acuerdo con lo previsto en la base XVII de las particulares que regulan la convocatoria:

DOCUMENTO DE PLANEAMENTO.-Calidad técnica de la ordenación urbanística propuesta.

25,00 puntosResolución de la integración urbanística en el entorno. 5,00

puntosMejor estructuración de dotaciones públicas y espacios

libres. 10,00 puntosTOTAL 40,00 puntosPara poder optar a la adjudicación del Programa será nece-

sario que se alcance una puntuación en la baremación de los documentos de ordenación superior al 75% (37,50p) del máximo, habiéndose obtenido una puntuación de 40,00p.

Se ha reducido la puntuación derivada de la calidad técnica de la ordenación, pues la misma no aporta ningún beneficio especial a la ordenación pública. Mantiene los criterios del Plan sin aportar la posibilidad, una vez se procedía a redactar el docu-mento no necesario, de proteger y preservar de su destrucción las edifi caciones existentes en el ámbito.

DOCUMENTO DE EJECUCIÓN Y DEMÁS ALTERNATIVA TÉCNICA.-

En relación a la Alternativa Técnica.- Conexión adecuada de la obras de urbanización en su entorno

30,00 puntosCalidad técnica de las soluciones constructivas. 0,00 puntosCalidad y número de viviendas protegidas que se compro-

meta a ejecutar 0,00 puntosInversiones en programas de restauración paisajística o de

imagen urbana 0,00 puntosAcortamiento de plazo global. 0,00 puntosCompromiso de ejecución simultánea. 2,50 puntosCompromisos adicionales asumidos por el urbanizador.

0,00 puntosMedidas de control de calidad y medio ambiental que éste

dispuesto a asumir el urbanizador por encima de las mínimas exigibles. 2,50 puntos

TOTAL 35,00 puntosEn relación con la baremación de la Alternativa Técnica, se

ha obtenido una puntuación de 75,00 puntos.2. Fijar el próximo día 28 de mayo de 2009, a las 13.00 horas,

en el Salón noble del Ayuntamiento de Benicarló, para proceder en acto público, ante el secretario de la Corporación, a la apertu-ra del sobre cerrado que contiene la Proposición Jurídico-Econó-mica de la propuesta presentada por la mercantil MECANO DEL MEDITERRRANEO, S.L.

3. Publicar esta resolución en el tablón de edictos y en la página web del Ayuntamiento de Benicarló, a los efectos opor-tunos.

4. Notifi car esta resolución a la interesada, indicándole que el dispositivo primero de la misma, que pone fi n a la vía admi-nistrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano que lo dicta en el plazo de un mes (artículos 52 de la Ley /1985 de Bases del Régimen Local y 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común); o bien directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha jurisdicción, en el plazo de dos meses (artículos 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). Los citados plazos se computarán desde el día siguiente al de la notifi cación. Todo ello sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que estimen procedente.”

VI.- En fecha 28 de mayo de 2009 la Mesa de Contratación acordó:

“(...) El secretario de la Corporación, D. Carlos Bravo Sánchez, procede en acto público a la apertura de la plica cerrada que contiene la proposición jurídico-económica que integra la propuesta de la mercantil MECANO DEL MEDITERRÁNEO, S.L., con CIF B-97608855, única participante en el procedimiento de concurso para la aprobación y adjudicación del programa de actuación integrada de la U.E 18 del PGOU de Benicarló.

Examinado el contenido de la plica, se acuerda por unani-midad, que se emitan los informes técnicos y jurídicos corres-

pondientes, a efectos de su valoración por esta Mesa de Contratación en una sesión posterior, en el plazo máximo de un mes, de acuerdo con lo previsto en el art. 317.3 del Decreto 67/2006, de 12 de mayo, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se aprueba el reglamento de ordenación y gestión territorial y urbanística (...). (...)”.

VII.- En fecha 16 de noviembre de 2009, los Arquitectos Municipales, Sra. Mora Martínez y Sr. Pérez Lores han emitido informe técnico, del siguiente tenor:

“Los técnicos municipales que suscriben, en relación con el asunto de referencia, INFORMAN:

Una vez analizada la proposición jurídico-económica presentada por la empresa aspirante a urbanizador del programa que se gestiona y comprobadas ciertas carencias en la misma, con fecha 3 de julio de 2009 se solicitó a la empresa Mecano del Mediterráneo, SL la subsanación de la documentación previa-mente a su baremación. El 29 de septiembre de 2009 tuvo entra-da en el registro municipal la documentación solicitada.

A continuación se informa sobre los aspectos modifi cados de acuerdo al requerimiento municipal:

1.- Según la documentación presentada, se ha subsanado el apartado 1b “magnitudes urbanísticas relevantes”. La superfi cie mínima de terreno aportado para resultar adjudicatario de parce-la resultante es de 52,20 m2.

2.- Sobre el apartado 1.D “precio del suelo bruto a efecto de canje” se aporta un estudio de justifi cación del valor obtenido de dicho suelo, realizado de acuerdo a la legislación sobre valora-ciones del suelo.

3.- Sobre el apartado 1.G.2. “indemnizaciones” se alega que tanto el palacete como los muros perimetrales deben ser indem-nizados a fi n de cumplir con su compromiso, en caso de resultar adjudicatario del programa, de edifi car simultáneamente a la ejecución de las obras de urbanización. Estos técnicos municipa-les entendemos que se trata de un compromiso adquirido libre-mente por Mecano del Mediterráneo SL, y que por tanto es esta empresa la que debe asumir los costes que dicho compromiso comporte. En el anterior informe de solicitud de subsanación de documentación, ya se menciona que los bienes que no sean incompatibles con la actuación y, por tanto, que sea posible conservar por subrogación real, no son indemnizables, de acuer-do al artículo 173.2 de la LUV.

4.- Respecto al apartado 2 “Propiedades afectas al cumpli-miento del programa.” quedan aclaradas las fi ncas registrales propiedad de Mecano del Mediterráneo y sus respectivas super-fi cies, de las cuales ya existía copia simple en la documentación aportada inicialmente en la Propuesta Jurídico Económica. Así mismo declara ser propietario, de acuerdo a medición topográ-fi ca, de un 65,32% de la superfi cie del ámbito, disponible para quedar afecta al cumplimiento del Programa, en caso de ser adjudicatario.

5.- Sobre el apartado 3 “hoja resumen de datos económi-cos” se presenta un presupuesto más detallado de los gastos previstos en proyectos, tramitaciones y dirección de obra. Consultados los honorarios de referencia del Colegio Territo-rial de Arquitectos de Castellón (CTAC) y comparados con los propuestos por Mecano del Mediterráneo, SL, éstos suponen un incremento de más del 280 % sobre los del CTAC. (Según justifi -cación del propio Colegio, los baremos de referencia se calculan en base a estadísticas y referencias de mercado de los precios medios de estos servicios profesionales.)

6.- Referente al tema de la Gestión de Residuos, se presenta el Estudio de Gestión de Residuos solicitado como Anejo nº 20 del Proyecto de Urbanización.

7.- Las Bases Particulares del Programa establecen la condi-ción de urbanizar la calle Tarragona en toda su anchura. Mecano del Mediterráneo, SL se compromete a elaborar y presentar a trámite una propuesta de Actuación Aislada de un ámbito que incluya el último tramo de la calle Tarragona, en la confl uencia con la calle de Sant Francesc, de manera que se obtenga y urba-nice el vial en toda su anchura.

Subsanados los anteriores puntos, procede realizar la bare-mación de la Propuesta Jurídico-económica, de acuerdo a los siguientes criterios, establecidos en las Bases Particulares del Programa:

Menor importe respecto de precios IVE expresado en euros/m2 25 puntos

Coefi ciente de canje. 20 puntosMayor porcentaje de terrenos propios o de asociados que

quedarán afectos en en Registro de la Propiedad al cumplimien-to al cumplimiento de obligaciones especiales de edificación. 4 0 puntos

Compromisos fi nancieros para la ejecución de obligaciones complementarias 15 puntos

Por lo tanto, para realizar la baremación se deberá tomar los datos referentes a:

1.- Menor importe respecto de precios IVE expresado en euros/m2:

El presupuesto presentado por la empresa Mecano del Mediterráneo, SL para la ejecución material de las obras de urba-nización en el ámbito del Programa, asciende a la cantidad de 874.719,54 euros. Siendo la superfi cie del ámbito de 7.410,11 m2, resulta un precio de repercusión de 118,04 euros/m2s.

Para llevar a cabo la comparación con precios del Instituto Valenciano de la Edifi cación, IVE, se han seleccionado aquellas partidas de presupuesto presentado (realizado con una base de

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA22 Núm. 37.—27 de marzo de 2010

precios diferente de la del IVE), que suponen más del 1% sobre el presupuesto total de la obra, representando el conjunto de estas partidas comparadas un total del 37,74%.

Como resultado de este estudio, los precios de la Propuesta se sitúan por debajo de los del IVE, que supondrían una repercu-sión de 132,23 euros/m2s. Resultaría una baja del 10,73%.

Habiéndose, en la actualidad, obtenido bajas respecto de los cuadros del IVE próximas al 40% en expedientes de obra similares, consideraremos ésta a la que le corresponderían los 25 puntos máximos obtenibles. Por lo tanto, al porcentaje de reducción de precios sobre los del IVE presentado por la empre-sa aspirante, el 10,73%, le corresponden 6,71 puntos.

2.- Coefi ciente de canje.Para el cálculo del coefi ciente de canje, se han considerado

las siguientes cargas de urbanización, analizadas en los siguien-tes puntos:

2.1.-Sobre el proyecto de urbanización y su presupuesto.De acuerdo con el punto anterior sobre los precios aplica-

dos para el cálculo del presupuesto de ejecución material de las obras, éstos se consideran aceptables, pues se sitúan por debajo de los de referencia del IVE, del 2007-2008.

El PEM o presupuesto de ejecución material de la obra asciende a la cantidad de 874.719,54 euros.

2.2.-Sobre el coste de los proyectos.En este apartado de la Propuesta Jurídico Económica se ha

calculado que los honorarios de los proyectos y la tramitación e inscripción en el Registro de dichos proyectos, ascienden a la cantidad total de 306.771,12euros, iva incluido. Consultados los honorarios de referencia que establece el Colegio Territorial de Arquitectos de Castellón y el Colegio Ofi cial de Peritos e Inge-nieros Técnicos Industriales, los aquí aplicados se consideran desproporcionados y no habituales en el mercado libre.

2.3.-Sobre los gastos de gestión.La propuesta jurídico económica aplica un porcentaje del

6% de gastos de gestión sobre la suma del presupuesto de obra y honorarios de proyectos, resultando la cantidad de 78.322,45 euros. El porcentaje de aplicación no se encuentra regulado en la legislación urbanística.

2.4.-Sobre el benefi cio del urbanizador.El urbanizador propone un porcentaje del 7% de benefi cio,

inferior al 10% como máximo permitido por la LUV, en su artículo 127.2.d, suponiendo la cantidad de 91.376,19 euros.

En defi nitiva, de acuerdo a la Propuesta presentada, la suma de todas estas cargas repercutibles sobre los propietarios nos da como resultado la cantidad de 1.475,072,75 euros. Tenien-do en cuenta que el precio del suelo de origen calculado en la Propuesta Jurídico Económica es de 617,50euros/m2 y aplicadas las fórmulas previstas en el artículo 306 del Reglamento de Orde-nación y Gestión Territorial y Urbanística, resulta un coefi ciente de canje de 0,24.

Como se ha explicado en los puntos anteriores, se conside-ran aceptables los precios del presupuesto ejecución material y los porcentajes aplicados de gastos de gestión y benefi cio del urbanizador. Sin embargo, sobre los honorarios de proyectos, tramitaciones y direcciones de obra, los técnicos que suscriben los consideramos excesivos y por tanto, en nuestra opinión no se puede avalar desde el Ayuntamiento el importe defi nitivo de las cargas de urbanización, y por tanto, el coefi ciente de canje.

De acuerdo con lo anterior, se valora con cero puntos: 0,00 puntos.

3.- Mayor porcentaje de terrenos propios o de asociados que quedarán afectos en el Registro de la Propiedad al cumpli-miento de obligaciones especiales de edifi cación.

Manifiesta que dispone en propiedad del 65,32% de la superfi cie total del ámbito, comprometiéndose a que queden afectos a la ejecución del Programa en caso de resultar adjudi-catario.

Sobre el máximo de 40 puntos, el 65,32% supone una puntuación de 26,13 puntos.

4.- Compromisos fi nancieros para la ejecución de obligacio-nes complementarias.

No existe compromiso financiero de las obligaciones complementarias adquiridas, consistentes en simultanear las obras de urbanización con las de edifi cación, fi nalizando éstas como máximo 2 años después de la recepción de las obras de urbanización.

Se puntúa con 0,00 puntos.El total de la puntuación obtenida queda reflejada en el

siguiente cuadro:CONCEPTO PUNTUACIÓN MÁXIMA PUNTUACIÓN OBTENIDAMenor importe respecto de precios IVE expresado en euros/m2 25 puntos 6,71 puntosCoefi ciente de canje. 20 puntos 0,00 puntosMayor porcentaje de terrenos propios o de asociados que quedarán afectos en en Registro de la Propiedad al cumplimiento al cumplimiento de obligaciones especiales de edifi cación. 40 puntos 26,13 puntosCompromisos fi nancieros para la ejecución de obligaciones complem.. 15 puntos 0,00 puntosTOTAL PUNTUACIÓN OBTENIDA 100 puntos 32,84 puntos

Realizada la anterior baremación, el aspirante a obtener la condición de urbanizador alcanza una puntuación de 32,84 puntos, sobre los 100,00 posibles. Por lo tanto, la puntuación total es de 107,84 puntos, sobre los 250,00 posibles. Tal puntuación no es comparable con otras proposiciones al ser la única presentada, y las bases de programación no establecer umbrales mínimos.

Vistas las condiciones en que se ha presentado la propo-sición, como ya se ha analizado anteriormente, ésta debería

ser modificada en relación con las cargas derivadas de los honorarios, pues, en nuestra opinión, existen excesos de valor sobre lo que se estiman adecuados de acuerdo con los baremos orientativos establecidos por los colegios ofi ciales. Por lo tanto, la Corporación deberá estimar tal circunstancia, proponiéndo-se dejar el concurso desierto si considera un exceso de cargas injustifi cable. En caso contrario, SE PROPONDRÍA LA ADJUDI-CACIÓN DE LA CONDICIÓN DE URBANIZADOR A MECANO DEL MEDITERRÁNEO,S.L., que debería realizarse bajo las siguientes condiciones, análogas y/o complementarias de las estableci-das en el informe de la Alternativa Técnica, resultando, en caso contrario, inadecuada, en nuestra opinión, la adjudicación:

En relación con la ALTERNATIVA TECNICA.- Se adjunta el informe emitido con ocasión de su baremación:Respecto del Plan de Reforma Interior:- Deberá presentarse un documento refundido y visado, una

vez aprobado el Plan. Deberá adjuntarse la documentación defi -nitiva del PRI en soporte informático (cartografía en DWG)

- Deberá incorporarse como normativa del Plan de Reforma la no compatibilidad del uso residencial en planta baja, a los efectos de dar cumplimiento a la reserva del 15% de la edifi cabi-lidad como usos terciarios/comerciales.

- El documento de gestión urbanística deberá determinar la cesión del 5% del aprovechamiento para Patrimonio Municipal de Suelo.

Respecto del Proyecto de Urbanización:- Previamente al análisis técnico pormenorizado de la

implantación de los servicios, se adjunta el presente análisis para completar el proyecto.

- En relación con la isla de contenedores enterrados presen-tada, deberá determinar con la polícia municipal el sentido de la calle Tarragona, pues dichos contenedores deben quedar a la derecha del vehículo de recogida en el sentido de la marcha. En el caso de que no se cambie dicho sentido respecto al sugerido en el proyecto, deberá ejecutar la urbanización de forma simé-trica respecto del eje de la calle Tarragona para que los aparca-mientos y, consiguientemente, los contenedores queden a la derecha del sentido de la marcha.

- Deberán aportar los convenios e informes de las compa-ñias de suministro de servicios que garanticen que el diseño de las redes se adecúa a los criterios de las mismas.(Base XII)

- Deberán adjuntar informe EPSAR sobre conexión red de alcantarillado municipal.

- Deberá adjuntar, en el caso de no constar en la Proposición Jurídico Económica, los documentos relativos a los cuadros de precios que fi guran como preceptivos en la Ley de Contratos del Sector Público. Así mismo deberá aportar el estudio de Gestión de Residuos.

En relación con la PROPOSICIÓN JURÍDICO-ECONÓMICA.-- En relación con la estimación de honorarios establecidos

en la propuesta, en opinión de estos técnicos municipales, como ya se ha comentado, éstos no se ajustan a los baremos colegiales orientativos, suponiendo un incremento aproximado sobre éstos del 280%. Teniendo en cuenta que los honorarios profesionales están liberalizados en la actualidad, no se podría imponer una cuantía desde la Administración. Sin embargo, sí es obligación de la Administración velar para que no se produzcan abusos sobre los costes a repercutir sobre la propiedad afecta al pago de la urbanización. Consecuentemente, en nuestra opinión, si la Corporación considera oportuna la adjudicación del Progra-ma a la proponente Mecano del Mediterráneo, S.L. podría optar por condicionar que la carga de honorarios a repercutir sobre la propiedad no debería suponer una cuantía superior a los hono-rarios establecidos en los baremos orientativos establecidos por los colegios profesionales, en las fechas en que se aprueben los diferentes proyectos, debiendo asumir el urbanizador los hono-rarios que pacte con los técnicos redactores a partir de dicha cuantía.

- En coherencia con lo anterior, en caso de condicionar el ajuste de honorarios, se produce una modifi cación de cargas que altera el coefi ciente de canje, por lo que no se podría avalar tal coefi ciente desde la Administración. No obstante, la proposi-ción establece una retribución en METÁLICO, por lo que no se considera que afecte a la oferta.

- La obra urbanizadora asciende a una cuantía de 1.040.916,25, más iva, siendo el plazo de ejecución del programa el establecido en la Alternativa Técnica y los gastos generales y benefi cio del urbanizador, un 6% y un 7% respectivamente. La cuantía total del programa asciende a 1.475.072, más IVA. Sin embargo, dicha cuantía se establece de modo provisional, pues en la Memoria y Cuenta de Liquidación Provisional previa a girar las cuotas deberán modifi carse las cuantías de honorarios reper-cutibles sobre la propiedad en función de los establecidos como orientativos en los baremos de los colegios ofi ciales, debiendo justifi carse documentalmente los otros gastos a profesionales (notaría, registro, etc.) que se produzcan.

- En relación con las indemnizaciones a prever en la ejecu-ción de la obra urbanizadora, no se podrá considerar la casa existente en parcela privada como indemnizable, aún a pesar del compromiso de edifi car simultáneamente a la ejecución de las obras de urbanización, ya que se trata de un compromiso adquirido libremente por Mecano del Mediterráneo SL, y que por tanto es esta empresa la que debe asumir los costes que dicho compromiso comporte. Los bienes que no sean incompati-bles con la actuación y, por tanto, que sea posible conservar por

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subrogación real, no son indemnizables, de acuerdo al artículo 173.2 de la LUV.

- En relación con la ejecución completa del vial, se debe incluir el compromiso de Mecano del Mediterráneo, S.L. a elabo-rar y presentar a trámite una propuesta de Actuación Aislada de un ámbito que incluya el último tramo de la calle Tarragona, en la confl uencia con la calle de Sant Francesc, de manera que se obtenga y urbanice el vial en toda su anchura.

En relación con el Proyecto de Urbanización, se adjunta informe técnico sobre los servicios previstos en el mismo. Debe-rá presentarse, en caso de adjudicación, texto refundido con la introducción de las condiciones fi jadas en dichos informes:

INFORME TÉCNICO INGENIERÍA.-Revisado el proyecto de urbanización de la Unidad de Ejecu-

ción número 18 del Plan General de Benicarló, redactado por el arquitecto Juan Cano y promovido por Mecano del Mediterrá-neo, se han detectado determinadas cuestiones que se indican a continuación y que deberán ser modifi cadas, además de otras que deberán tenerse en cuenta durante la ejecución y para la recepción de las obras, las cuales se incluyen en el presente informe.

GENERAL- Antes del comienzo de las obras se deberá presentar el

proyecto de urbanización visado.- Según la LUV, el acta de comprobación del replanteo de

la obra de urbanización deberá estar fi rmada por un técnico del ayuntamiento.

- Todos los materiales empleados estarán homologados convenientemente y presentarán la resistencia adecuada al uso al que van a ser destinados.

- Deberá incluirse un plan de gestión de residuos que dé cumplimiento al Real Decreto 105/2008, del Ministerio de la Presidencia, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.

- Se desmotarán todas las lineas aéreas existentes, no debién-dose instalar en la unidad de actuación ni fuera de ella poste alguno sin autorización de los servicios técnicos de urbanismo.

- Durante la ejecución de las obras de urbanización se noti-fi cará a los servicios técnicos del ayuntamiento el desarrollo de las mismas para que de este modo se pueda efectuar un segui-miento de las mismas incluso con visitas a obra.

- Para la comprobación de la adecuada ejecución de los colectores y acometidas de saneamiento y drenaje se deberá realizar un paso con cámara que informe sobre pendientes y estado de las tuberías, entregándose al ayuntamiento antes de la recepción de las obras un informe sobre los resultados de esa comprobación.

- Será requisito necesario para la recepción de las obras y para la aprobación de la certifi cación fi nal, la presentación de los planos fi nales de obra y el acta de recepción de las instalaciones que no sean públicas por parte de las compañías suministradoras.

FIRMES Y PAVIMENTOS- Se ejecutará el ancho total de la vía y en toda su longitud

(desde el Ps. Febrer Soriano hasta la C/ San Francisco).- El pavimento de 40x40 proyectado será tipo “Benicarló”

sin biselar, de grano pétreo y en tonos oscuros, similar al coloca-do en otras nuevas obras de urbanización de la población.

- Ya que la isla de contenedores enterrados debe estar en la parte derecha del sentido de la circulación del vial, deberá cambiarse la zona de aparcamiento realizándose de forma simé-trica a la planteada.

- Los bordillos a instalar serán de doble capa de desgaste (bicapa).

- De acuerdo con el Plan General de Benicarló se diseñarán chafl anes en las edifi caciones existentes en la confl uencia de viales con los parámetros determinados en las normas del plan.

SANEAMIENTO Y DRENAJE- Se aumentará la pendiente de los colectores en los casos

en que se haya diseñado menor del 0,5 %, aumentándose hasta el 0,5 % como mínimo para evitar sedimentaciones y facilitar su ejecución.

- Será necesario incluir una tubería de agua residual más, diseñándose una por cada parte de la vía con el trazado que discurra por la acera.

- En la red de aguas pluviales será necesario incluir acome-tidas para todos los edifi cios, ya que en la parte este de la C/ Tarragona se detecta la falta de éstas, debiendo quedar todas las parcelas incluidas en el ámbito con su propia acometida, tanto de aguas pluviales como de aguas residuales.

- La partida U07C0101 de 8 unidades, no se entiende ya que solo hay una conexión a la bóveda y ya se incluye después.

- Existe una contradicción entre el plano 5.2 hoja 1 de 3 y el 5.2 hoja 3 de 3 puesto que un plano se indica que el diámetro es de 400 y en otros y en el presupuesto que los diámetros son de 600 y de 500.

- Los imbornales además de ser sifónicos deberán se de sifón extraíble.

AGUA POTABLE- La ubicación de la red de agua potable será lo más próxima

a la fachada posible, dejándose la red de gas y telefonía más próxima al centro del vial.

TELECOMUNICACIONES- La ubicación de la instalación permitirá la ejecución de los

otros servicios sin superponer ninguno, retirándola a la zona de aparcamiento y calzada si es necesario.

- En el presupuesto se incluyen dos pedestales de telefonía que no se indican en planos, por lo que se advierte que su ubica-ción deberá estar aprobada por los técnicos municipales.

MOBILIARIO URBANO- Para la recepción de la obra será necesario presentar en

este ayuntamiento el certifi cado emitido por FSC (Consejo de Administración Forestal) en el que se indique la procedencia de la madera y asegurar de este modo que procede de talas legales.

- La fuente a instalar no será la propuesta en el proyecto de urbanización sino una fuente con dos cazoletas a distinta altura, adaptada a minusválidos y para niños.

SEÑALIZACIÓN VIAL- Los postes de las señales verticales serán de aluminio y no

de galvanizado como se propone.- En el Ps. Febrer Soriano falta una señal que indique prohi-

bido girar a la izquierda en la C/ Tarragona.DISTRIBUCUCIÓN ELÉCTRICA EN MT y BTSe aporta en la Memoria del Proyecto de Urbanización

Informe de la compañía suministradora de energía eléctrica IBERDROLA SAU, en el que se indican las condiciones de las infraestructuras eléctricas a instalar. Aportar cuando se tenga suscrito, el convenio que formaliza el informe.

ALUMBRADO PUBLICOPuesta a Tierra:Todas las instalaciones, sea cual sea el material de las

columnas o báculos dispondrán de ésta instalación.La puesta a tierra de los soportes se realizará por conexión

a una red de tierra común para todas las líneas que partan del mismo cuadro de medida, mando y protección que correrá a cargo de un electrodo compuesto por un cable unipolar aisla-do, de tensión asignada 450/750V, con recubrimiento de color amarillo-verde, y sección mínima de 16 mm2 de cu que discu-rrirá por el interior del tubo acompañando al o los circuitos a lo largo de todo el trazado del alumbrado público. A este cable se le conectarán piquetas de 1,5m de cu en posición vertical 14mm de diámetro como mínimo. Se clavará una piqueta por cada 3 soportes de luminaria como mínimo.

El enlace del electrodo de puesta a tierra con cada soporte de luminaria se realizará mediante cable unipolar aislado, de tensión asignada 450/750V, con recubrimiento de color amarillo-verde, y sección mínima de 16 mm2 de cu en el interior de la arqueta correspondiente.

Circuitos, tubos Cuadro de Mando y Proyección:En el caso de tener únicamente un circuito eléctrico, por

cada zanja discurrirán como mínimo dos tubos de 100 mm quedando uno de ellos de reserva. Es decir:

nº de circuitos = nnº de tubos por zanja = n+1No se realizarán empalmes en las arquetas. Las 3 fases+el

neutro del circuito subirán hasta la caja registro de conexiones del punto de luz donde esta ubicada la caja de fusibles, Se conec-tará a dicha caja la fase que le corresponda.

La unión desde la caja de fusibles al equipo de la lumina-ria se realizará con manguera de las siguientes características: M3x2,5mm2 Cu 0,6/1kV RV-K (F+N+TT) como mínimo.

El circuito de mando para el control del doble nivel se realizará con manguera de las siguientes características: M2x2,5mm2 Cu 0,6/1kV RV-K (F+N) como mínimo.

Cada circuito tendrá una protección para contactos indirec-tos que correrá a cargo de un diferencial tetrapolar de 300mA de sensibilidad superinmunizado. La protección contra sobrecargas y cortocircuitos correrá a cargo de un interruptor magnetotér-mico tetrapolar de intensidad acorde con la carga que depende de él, por circuito. Se instalará igualmente un contactor tripolar clase AC-3 de TEE de Schneider Electric, para la apertura y cierre automatizada, por circuito. Igualmente y por circuito se instala-rán tres interruptores unipolares uno por cada fase para labores de seguridad en el mantenimiento. La aparamenta a utilizar en el cuadro de mando y protección será de Schneider Electric.

La instalación se realizará con tendido subterráneo en todo su trazado con conductores unipolares de cobre con aislamien-to 0,6/1kV bajo tubo (sección mínima 6mm2) en sistema de de distribución trifásico con neutro. Se instalará un circuito por tubo de acuerdo con la ITC-BT-09 del vigente REBT. El o los circuitos del alumbrado serán distribuidos desde un cuadro de medida, mando y protección normalizado de acuerdo con el REBT en el que se instalará igualmente un reloj astronómico crepuscular.

Arquetas:Todos los puntos de alumbrado público deberán tener su

arqueta normalizada, junto a él, para permitir el paso del o de los circuitos eléctricos y conexión desde la misma al punto de luz.

INFORME TÉCNICO MEDIO AMBIENTE.-Revisado el proyecto de urbanización de la UA-18, se indi-

can a continuación diversos aspectos a tener en cuanta antes de la ejecución de las obras de urbanización:

JARDINERÍA.Alineaciones.Vista la disposición de los ejemplares de arbolado de alinea-

ción en la calle Tarragona, no puede aceptarse, vista la distancia de las viviendas o sus proyecciones de voladizos (<1m desde el tronco), siendo además, la especie propuesta totalmente inade-cuada.

Por tanto, y aunque se observará una diferenciación de especies en el mismo vial, deberá incorporarse especies de porte muy contenido como puede ser el caso de Fortunella margarita,

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Cercis siliquastrum, Prunus pisardii o Ficus nitida por este orden de prelación.

Con la especie propuesta por el proyectista (Washingtonia robusta) se evidencia la existencia de molestias futuras a los vecinos y transeúntes, así como afecciones al pavimento y servi-cios soterrados por agresiones del sistema radicular.

Los alcorques deberán ir previstos de un sistema de pavi-mento drenante decorativo en lugar de suelo descubierto con protector de tronco fabricado en piezas metálicas, el color del inerte se consensuará con los servicio técnicos municipales, en consonancia con la tonalidad del pavimento de la plaza.

Todos los ejemplares de especies leñosas deberá contar con un tutor de madera tratada de 60mm de diámetro y 1800mm de altura, unido fi rmemente al ejemplar/patrón mediante elemento de fi jación elástico regulable y con un ancho mínimo de 30mm. Deberán eliminarse todas las fi jaciones puestas en vivero.

No se utilizaran ejemplares que no cumplan las Directrices Comunitarias y sus normas de desarrollo en materia fi tosanitaria.

Las plantas que se utilicen deberán encontrarse en perfecto estado sanitario, sin golpes, roces ni magulladuras que puedan resultar afectados. Todo ejemplar que presente cualquier daño en transporte y manipulación no será recepcionado, debiendo el contratista sustituirlo a su costa, incluida la realización de nuevo del pavimento fi ltrante.

Su tamaño y sistema radicular deberá ser el adecuado para un desarrollo óptimo del vegetal, sin desequilibrios fi siológicos que provoquen enfermedades en el mismo.

La parte aérea del árbol presentará un desarrollo de la cruz adecuado y defi nido, en forma preferentemente redondeada. No se aceptarán ejemplares en desarrollo.

Preferentemente, las plantaciones deberán realizarse en el momento del año más favorable; y/o en su defecto, el material vegetal deberá presentar las características de preparación en función del estado vegetativo en que se encuentre. Se aceptará el trasplante durante los meses de noviembre a marzo.

Los cuidados post-plantación deberán ser los adecuados al condicionante anterior.

El contratista/promotor se hará cargo de cuantos riegos y cuidados necesarios hasta la fi rma del acta de recepción.

Serán de aplicación obligatoria las directrices establecidas por las Normas Técnicas de Jardinería y Paisajismo (NTJ).

Todo el material vegetal quedará sometido a un plazo de garantía de éxito de arraigo a un plazo mínimo de un año, desde la fi rma del acta de recepción.

Ejemplares vegetales existentes.Se observa que en la zona de actuación ya se dispone de un

patrimonio vegetal existente, por lo que el técnico que suscribe entiende que se debería valorar:

1. El aprovechamiento mediante la reordenación de la edifi -cación, para la redistribución interna, con el objetivo de intentar aprovechar el patrimonio vegetal existente, reubicando la zona destinada a zona ajardinada (calle Tarragona).

2. La realización de un estudio específi co, visto la presencia de ejemplares vegetales que potencialmente puedan gozar de la protección genérica según el artículo 4 de la 4/2006, de 19 de mayo, de patrimonio arbóreo monumental.

3. Se observa la presencia de elementos patrimoniales urba-nísticos que pueden resultar de interés desde un punto de vista cultural y paisajístico, como es el caso de una pérgola o un aljibe. Debería realizarse un estudio específi co por los departamentos implicados.

En cualquier caso, y de acuerdo al artículo 5.1 de la Orde-nanza Municipal de Parques y Zonas Ajardinadas, referente a lo dispuesto en su artículo 3 “Las alteraciones de los elementos y su soporte natural, inherente a todo proceso urbanizador, no hace incompatible que las nuevas zonas verdes manten-gan aquellos elementos naturales como la vegetación original existente, cursos de agua o zonas húmedas, confi guraciones topográfi cas ecológicas de la zona, que servirán de soporte a los nuevos usos, pudiendo convertirse, en casos específi cos, en condicionantes principales de diseño.”

El técnico que suscribe entiende que este es uno de los casos en que el material vegetal existente, así como los elemen-tos urbanísticos (pérgola, aljibe y otros valorizables) deben ser condicionantes de diseño, reordenando el sector.

No obstante, en caso de imposibilidad manifi esta, justifi ca-da fehacientemente para adaptar la organización y ordenación de la edifi cación, todos los elementos vegetales, siempre que no se encuentren bajo protección genérica, deberán ser respetados, prevaleciendo el transplante y aprovechamiento de los ejempla-res existentes a la introducción de nuevos elementos vegetales.

La gestión de las nuevas zonas urbanizables de nueva crea-ción, incluso reurbanizaciones, se han basado en la incorpora-ción de nuevos ejemplares jóvenes, de especies de uso común en jardinería, por lo que el municipio se ha ido desprendiendo de ejemplares de valor ornamental y monumental, al sustituir los ejemplares existentes en estado avanzado estado de desarrollo vegetativo.

En este caso, cabría plantear la modificación de la zona ajardinada a la zona entorno donde está actualmente instala la pérgola original, permitiendo su aprovechamiento en lugar de instalar una nueva de acero.

Red de riego y serviciosLas redes y elementos de servicios (arquetas, pozos, líneas

eléctricas, telefónicas, de saneamiento, distribución de agua,

gas, etc.) y sus elementos que hayan de atravesar las zonas verdes deberán hacerlo de forma subterránea, debidamente canalizadas y señalizadas, por zonas de tránsito y paseo.

No se podrá invadir el volumen del alcorque con pasos de otros servicios, excepto el lateral o anillo del riego localizado, tal como se observa en los perfi les transversales del proyecto.

Las redes municipales de riego serán de uso único y exclusi-vo para el baldeo y riego de los espacios ajardinados. En ningún caso podrán usarse para otro fi n.

Deberá existir un solo punto de conexión a la red general de abastecimiento municipal, que en este caso será en la zona de conexión con la red de agua potable del Passeig Febrer Soriano, no aceptándose el punto propuesto anexo a la zona de contene-dores (en este caso dos, uno por alineación).

Deberá eliminarse los cruces por la calzada de la red de riego.

El ayuntamiento establecerá una fi anza o aval con la fi nali-dad de responder a las mermas ocasionadas por las defectos en origen o en su plantación del material vegetal aportado.

No se permite el uso de los microtubos en el riego localiza-do, por lo que se deberán instalar anillos circulares de lateral con emisores autocompensantes insertados en lateral, tampoco se aceptan pinchados, con caudales de 4-8l/h. Los emisores no se han incluido en las mediciones del presupuesto.

Las lineas de laterales y emisores irán situadas por debajo de la capa de pavimento drenante sin contacto con la resina.

ALCORQUESEn las alineaciones de especies de arbolado en aceras los

alcorques se finalizarán con enrrasamiento con la cota de la acera.

El tal caso se preverá la incorporación de pavimento drenan-te para relleno de alcorques, realizado con una base compuesta de capa de grava 6/20 de 40mm de espesor y mortero compues-to de áridos triturados, de color natural o tintado, de granulome-tría (4-7mm ó 7-10mm) tratado, limpio y seco, ligado con resina de tipo epoxi o similar en 40mm de espesor, con capacidad de fl exotracción de 23kp/cn2, capacidad de compresión 40kp/cm2 y una capacidad drenante de 800/m2/min, incorporando protec-tores contráctil con elastómeros EPDM y SBR para absorber el crecimiento del tronco.

En todo caso se preverá un volumen para el sistema radicu-lar de los ejemplares de alineación de 1m3, con la aportación de materia orgánica además de un fertilizante de liberación lenta.

El anillo de riego localizado con los emisores se situará por debajo de la capa de aglomerado evitando la colmatación de los emisores por la resina.

Se deberá prever un anillo de crecimiento de la base del tronco adecuado a la especie.

TIERRAS DE CULTIVOLas tierras en las que se prevé destinar a zonas ajardinadas

con aportación o mantenimiento de especies vegetales deberán cumplir:

En cualquier caso han de estar exentas de cualquier conta-minante químico y presencia de residuos, reuniendo los míni-mos siguientes.

Textura:Arena: 50-80% Limo: 30% Arcilla: 20%Granulometria:Fracciones superiores a 2 mm inferiores al 15% y exentos de

partículas de diámetro superior a 25 mm.Composición química: Nitrógeno: 15%. Fósforo: 14 mg g/kgPotasio: 150 m kg/ kgCarbonatos totales: <10%Materia orgánica oxidable: 3% Relación C/N: 10Conductivitat eléctrica: 2 mmho/cm pH: entre 6-7,8Humedad: 20-25%Como mínimo se dotará de un volumen mínimo por alcor-

que de 1m3 de suelo, sin revestimiento con hormigón en los laterales y/o fondo.

En ningún caso se aceptará el relleno con residuos pétreos, como se propone en el apartado de gestión de residuos, siendo con tierras vegetales de acuerdo a las características anterior-mente descritas.

CONTENEDORES SOTERRADOS.El modelo de contenedores soterrados propuesto no debe

ser aceptado, ya que los servicios públicos municipales adscri-tos al servicio de recogida de residuos no dispone de vehículos recolectores dotados con el equipamiento necesario para la elevación y descarga, por lo que se trata de un modelo no válido.

En su caso, los contenedores soterrados deben ser de las siguientes características:

La isla destinada al soterrado será de cinco contenedores, cuatro de carga lateral de 4.000 litros y uno de carga por pluma de 3.000 litros.

Los contenedores de carga lateral estarán compuestos de una plataforma elevadora accionada por cilindro/s hidráulico/s. Dicha plataforma, en el movimiento de ascensión, eleva los contenedores a nivel de la acera. El fl uido hidráulico será sumi-nistrado por una central hidráulica también objeto del presente

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suministro. El accionamiento del módulo se realizará mediante el control remoto ya instalado en los camiones de recogida del municipio de Benicarló. Sobre la tapa del sistema se sitúa el buzón de vertido, fabricado íntegramente en acero y en color gris oxidón. La boca de admisión del buzón estará fabricada en acero inoxidable y dispondrá de sistema de cierre automá-tico, estará diseñada para impedir la introducción, accidental o intencionada, de elementos con volumen superior a 80 litros. Además deberá de disponer de algún mecanismo que permita su bloqueo manual y un sistema que evite el ruido de apertura y cierre de la misma. La tapa del módulo vendrá preparada con un corrugado soldado para colocar sobre ella pavimento de acaba-do, que tendrá un espesor, entre material de agarre y baldosa, de 60 mm.. La tapa del equipo deberá ser regulable para no crear escalones en la acera donde se ubique, además deberá soportar sin problemas el paso de vehículos por su superfi cie. Todo el módulo deberá de entregarse soldado, exigiéndose que las soldaduras sean conforme a la norma ISO 4063. El tiempo máximo de subida/bajada del módulo será de 12 segundos. El módulo deberá incorporar sistema de rampas de desaceleración hidráulicas para evitar el desgaste de la estructura y minimizar la sonoridad del equipo. Dichas rampas provocan que cuando la tapa del equipo llega al fi nal de su recorrido disminuya su veloci-dad. Incorporará un sistema de señalización óptico y acústico de seguridad para evitar accidentes durante los ciclos de apertura y cierre del equipamiento. Durante el horario nocturno la señal acústica se desconecta automáticamente.

Se deberá presentar certificado expedido por organismo competente conforme al cumplimiento del mismo frente a la normativa vigente sobre Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas y en la Comunicación. Los contenedores de 4.000 litros están incluidos. Incluye módulo prefabricado de hormigón con espesor mínimo de 150 mm.. Incluye transporte a obra.

El contenedor de 3000 litros de carga por pluma y vacia-do mediante doble compuerta inferior, estará compuesto de una tapa abatible accionada por cilindro/s hidráulico/s. Dicha plataforma, en el movimiento de apertura, permite el acceso al contenedor descrito. El fl uido hidráulico será suministrado por el camión de recogida previa conexión a un enchufe rápido que deberá estar situado en el marco del módulo. Sobre la tapa del sistema se sitúa el buzón de vertido, fabricado íntegramente en acero y pintado en color gris oxidón. La boca de admisión del buzón estará fabricada en acero inoxidable y dispondrá de sistema de cierre automático, estará diseñada para impedir la introducción, accidental o intencionada, de elementos con volumen superior a 80 litros. Además deberá de disponer de algún mecanismo que permita su bloqueo manual y un sistema que evite el ruido de apertura y cierre de la misma. La tapa del módulo vendrá preparada con un corrugado soldado para colo-car sobre ella pavimento de acabado, que tendrá un espesor, entre material de agarre y baldosa, de 60 mm. La tapa del equipo deberá ser regulable para no crear escalones en la acera donde se ubique, además deberá soportar sin problemas el paso de vehículos por su superfi cie. El tiempo máximo de subida/bajada del módulo será de 12 segundos. Se deberá presentar certifi cado expedido por organismo competente conforme al cumplimiento del mísmo frente a la normativa vigente sobre Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas y en la Comunicación. El contenedor será de plástico de 3.000 litros y estará incluido. Incluye módulo prefabricado de hormigón con espesor mínimo de 150 mm.. Incluye transporte a obra.

Las fracciones a soterrar serán: RSU (2), Papel, Envases y Vidrio (Pluma).

Adaptación camión.Adaptación a realizar en los camiones actuales de recogida

para el suministro de fl uido hidráulico para los módulos de carga trasera y de carga por pluma.

Mando control remoto.Mando emisor colocado fi jo en el camión con funciones de

maniobra del equipo y funciones estadísticas de recogida de datos en ruta. Será digital e indicará al operario en todo momen-to la fase de funcionamiento en que se encuentre el módulo. Este mando se alimentará de las baterías del camión, evitando de este modo el problema de las pilas. Memorización de rutas para simplifi car el uso del mando. Deberá de acreditar el uso de códigos propios de comunicaciones que hagan el sistema total-mente inviolable a falsas maniobras y a aperturas por personal no autorizado. Todos los equipos están preparados para admitir comunicaciones y servicios en tiempo real, en aplicaciones presentes y futuras.

Central Hidráulica.Los módulos de carga lateral utilizan fluido hidráulico

para los movimientos de apertura de tapa, izado de plataforma y cierre de tapa, el fl uido hidráulico es suministrado por una central hidráulica colocada al lado de cada equipo: Para ello se soterrará en una arqueta independiente un Sistema Electro Hidráulico de Control compuesto por un conjunto de compo-nentes combinados entre sí para conseguir el control y accio-namiento de los equipos. Para su funcionamiento se precisará acometida eléctrica a pié de obra de 380 v. 7,5Kw. Trifásica.

Dicho sistema incluirá:l Armario de Potencia y Maniobra: Construido en poliéster

de doble aislamiento, con cuadro eléctrico compuesto por los elementos de protección, potencia y maniobra.

l Armario de Control: Construido en poliéster de doble aislamiento, incorpora un paquete con las tarjetas de emisión y recepción de datos. Cada equipo dispondrá de su propia Tarjeta de Control.

l Central Hidráulica: Componente para el suministro del fl ui-do hidráulico necesario para el funcionamiento de los equipos. Compuesta por depósito de 25 litros, motor eléctrico y bloque de electro-válvulas. Los conectores de dichas electro-válvulas se centralizan en una caja de conexiones y, desde la misma caja, parte la manguera multifi lar que establece la interconexión con el cuadro eléctrico.

l Cableado eléctrico y mangueras hidráulicas para ínter-conexionado del sistema electro-hidráulico con los equipos.

l Tapa de arqueta, marco y sistema de apertura, mediante cilindros de gas, de la citada tapa.

El sistema electro hidráulico estará preparado para poder-se accionar a través de un generador o a través de una bomba hidráulica externa, en el caso de fallo del suministro eléctrico para evitar dejar los contenedores llenos sin recoger.

Toda la instalación que puede estar en contacto con el público, como buzones, tapas, tambores, torretas, etc.…, está realizada en baja tensión por seguridad, de forma que el usuario no podrá nunca sufrir ninguna descarga accidental. El sistema incluirá tapa preparada para colocar en su superfi cie el pavimen-to de acabado (60 mm.).

Módulos prefabricados.Módulo compuesto por piezas a ensamblar en obra. Se

deberá de adjuntar en el momento de presentar las proposicio-nes, memoria técnica de los módulos prefabricados y ensayos realizados sobre los mismos por entidades acreditadoras de la calidad e idoneidad de los mismos. Las características mínimas de los mismos son las siguientes:

- Serán de hormigón armado y vibrado, fabricación panela-ble, en los que cada una de las paredes y suelo es un panel inde-pendiente, dotado de las adecuadas uniones metálicas.

- Los elementos de manipulación son de acero tipo DEHA y cumplirán con los coefi cientes de seguridad exigidos en normas.

- Resistencia del hormigón: fck ≥ 40N/mm2.- Cemento: Cumplirá la norma UNE- 80-301-95 de Alta Resis-

tencia Inicial: CEM I 52,5 R. Con una resistencia a la compresión mínima a los dos días de 30N/mm2 y a los 28 días 52,5N/mm2 (Se deberá presentar pruebas de laboratorio).

- Áridos: Al menos el 90% del árido será de tamaño inferior a 12 mm.

- Armaduras: Barras corrugadas de alta adherencia B 500S según UNE 36068 y mallas electro soldadas corrugadas de B 500T de acuerdo UNE 36092. Las características mecánicas, que son objeto de garantía, serán las siguientes: Resistencia a tracción Rm: 550 N/mm2, Límite elástico: Re: 500 N/mm2, Alar-gamiento de Rotura A5 (min.): 12%

- Instrucción de hormigón Estructural EHE.- Cumplirán la Norma une 80-301-95 Especificaciones y

Características de los Cementos.Las islas de contenedores soterrados deberán situarse SIEM-

PRE en el lado derecho de acuerdo al sentido de circulación. El modelo y fabricante deberá contar con la aprobación previa

de la empresa concesionaria del servicio de recogida, que asumirá, tras la recepción de la urbanización, el mantenimiento y conserva-ción del mismo, de acuerdo a las condiciones establecidas en el contrato fi rmado entre el ayuntamiento de Benicarló y la empresa concesionaria.

Visto el plano de señalización y el de propuesta de ubicación, la isla no puede ir situada en la zona propuesta, por lo que deberá ser reubicada a un punto que permita la carga por el lado derecho del vehículo de acuerdo al sentido de circulación.

La isla de soterrados deberá ir provista de pilonas que impidan el acceso de los vehículos a la plataforma con altura no superior a 30 centímetros, situados en las esquinas más 50cm y alineados con el eje del buzón. También deberá protegerse el vaso de la bomba hidráulica. Además deberá señalizarse todo el frente de la isla con pintura amarilla continua de color normalizado.

No podrá existir ningún elemento que difi culte u obstaculice el vaciado de los contenedores (mobiliario, farolas, señales, etc..).

Imbornales y sumideros.Los imbornales a instalar serán del tipo realizados en fundi-

ción dúctil en un solo cuerpo con sifón extraíble cumpliendo las prescripciones de la norma EN-124 (Fundición Benito Dúctil modelo Delta ref. SF570D4 FD-400 Resistencia 400KN o similar).

Mobiliario urbano con madera.Todo el mobiliario que se incorpore deberá contar con la certi-

fi cación de producción en origen por el FCS, en el que se aportará demás de los identifi cativos incorporados al mobiliario de todos aquellos documentos que certifi quen la cadena de custodia.”

Fundamentos de derechoPrimero.- Resulta de aplicación a este expediente lo dispues-

to en los artículos 299 del Decreto 67/2006, de 12 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territo-rial y Urbanística, en relación con el 136 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana.

Segundo.- En mérito de lo expuesto, de conformidad con las disposiciones citadas y demás normativa de aplicación, procede elevar al Pleno del Ayuntamiento, como órgano competente, la resolución del citado expediente, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 22.2.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA26 Núm. 37.—27 de marzo de 2010

La corporación, de conformidad con la propuesta de la Mesa de Contratación y el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo y Medio Ambiente, por unanimidad de los miem-bros asistentes, acuerda:

Primero.- Aprobar el PLAN DE REFORMA INTERIOR, con los siguientes condicionantes:

- Deberá presentarse un documento refundido y visado, una vez aprobado el Plan. Deberá adjuntarse la documentación defi -nitiva del PRI en soporte informático (cartografía en DWG)

- Deberá incorporarse como normativa del Plan de Reforma la no compatibilidad del uso residencial en planta baja, a los efectos de dar cumplimiento a la reserva del 15% de la edifi cabi-lidad como usos terciarios/comerciales.

- El documento de gestión urbanística deberá determinar la cesión del 5% del aprovechamiento para Patrimonio Municipal de Suelo.

Segundo.- Aprobar el PROYECTO DE URBANIZACIÓN, con los condicionantes siguientes además de los establecidos en el anexo-informe de los servicios de ingeniería municipales, que obra en el expediente.

- En relación con la isla de contenedores enterrados presen-tada, deberá determinar con la policía municipal el sentido de la calle Tarragona, pues dichos contenedores deben quedar a la derecha del vehículo de recogida en el sentido de la marcha. En el caso de que no se cambie dicho sentido respecto al sugerido en el proyecto, deberá ejecutar la urbanización de forma simé-trica respecto del eje de la calle Tarragona para que los aparca-mientos y, consiguientemente, los contenedores queden a la derecha del sentido de la marcha.

- Deberán aportar los convenios e informes de las compa-ñías de suministro de servicios que garanticen que el diseño de las redes se adecúa a los criterios de las mismas.(Base XII)

- Deberán adjuntar informe EPSAR sobre conexión red de alcantarillado municipal.

- Deberá adjuntar, en el caso de no constar en la Proposición Jurídico Económica, los documentos relativos a los cuadros de precios que fi guran como preceptivos en la Ley de Contratos del Sector Público. Así mismo deberá aportar el estudio de Gestión de Residuos.

- Deberá presentarse, texto refundido con la introducción de las siguientes condiciones:

GENERAL- Antes del comienzo de las obras se deberá presentar el

proyecto de urbanización visado.- Según la LUV, el acta de comprobación del replanteo de

la obra de urbanización deberá estar fi rmada por un técnico del ayuntamiento.

- Todos los materiales empleados estarán homologados convenientemente y presentarán la resistencia adecuada al uso al que van a ser destinados.

- Deberá incluirse un plan de gestión de residuos que dé cumplimiento al Real Decreto 105/2008, del Ministerio de la Presidencia, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.

- Se desmotarán todas las lineas aéreas existentes, no debiéndose instalar en la unidad de actuación ni fuera de ella poste alguno sin autorización de los servicios técnicos de urba-nismo.

- Durante la ejecución de las obras de urbanización se noti-fi cará a los servicios técnicos del ayuntamiento el desarrollo de las mismas para que de este modo se pueda efectuar un segui-miento de las mismas incluso con visitas a obra.

- Para la comprobación de la adecuada ejecución de los colectores y acometidas de saneamiento y drenaje se deberá realizar un paso con cámara que informe sobre pendientes y estado de las tuberías, entregándose al ayuntamiento antes de la recepción de las obras un informe sobre los resultados de esa comprobación.

- Será requisito necesario para la recepción de las obras y para la aprobación de la certifi cación fi nal, la presentación de los planos fi nales de obra y el acta de recepción de las instalaciones que no sean públicas por parte de las compañías suministradoras.

FIRMES Y PAVIMENTOS- Se ejecutará el ancho total de la vía y en toda su longitud

(desde el Ps. Febrer Soriano hasta la C/ San Francisco).- El pavimento de 40x40 proyectado será tipo “Benicarló”

sin biselar, de grano pétreo y en tonos oscuros, similar al coloca-do en otras nuevas obras de urbanización de la población.

- Ya que la isla de contenedores enterrados debe estar en la parte derecha del sentido de la circulación del vial, deberá cambiarse la zona de aparcamiento realizándose de forma simé-trica a la planteada.

- Los bordillos a instalar serán de doble capa de desgaste (bicapa).

- De acuerdo con el Plan General de Benicarló se diseñarán chafl anes en las edifi caciones existentes en la confl uencia de viales con los parámetros determinados en las normas del plan.

SANEAMIENTO Y DRENAJE- Se aumentará la pendiente de los colectores en los casos

en que se haya diseñado menor del 0,5 %, aumentándose hasta el 0,5 % como mínimo para evitar sedimentaciones y facilitar su ejecución.

- Será necesario incluir una tubería de agua residual más, diseñándose una por cada parte de la vía con el trazado que discurra por la acera.

- En la red de aguas pluviales será necesario incluir acome-tidas para todos los edifi cios, ya que en la parte este de la C/ Tarragona se detecta la falta de éstas, debiendo quedar todas las parcelas incluidas en el ámbito con su propia acometida, tanto de aguas pluviales como de aguas residuales.

- La partida U07C0101 de 8 unidades, no se entiende ya que solo hay una conexión a la bóveda y ya se incluye después.

- Existe una contradicción entre el plano 5.2 hoja 1 de 3 y el 5.2 hoja 3 de 3 puesto que un plano se indica que el diámetro es de 400 y en otros y en el presupuesto que los diámetros son de 600 y de 500.

- Los imbornales además de ser sifónicos deberán se de sifón extraíble.

AGUA POTABLE- La ubicación de la red de agua potable será lo más próxima

a la fachada posible, dejándose la red de gas y telefonía más próxima al centro del vial.

TELECOMUNICACIONES- La ubicación de la instalación permitirá la ejecución de los

otros servicios sin superponer ninguno, retirándola a la zona de aparcamiento y calzada si es necesario.

- En el presupuesto se incluyen dos pedestales de telefonía que no se indican en planos, por lo que se advierte que su ubica-ción deberá estar aprobada por los técnicos municipales.

MOBILIARIO URBANO- Para la recepción de la obra será necesario presentar en

este ayuntamiento el certifi cado emitido por FSC (Consejo de Administración Forestal) en el que se indique la procedencia de la madera y asegurar de este modo que procede de talas legales.

- La fuente a instalar no será la propuesta en el proyecto de urbanización sino una fuente con dos cazoletas a distinta altura, adaptada a minusválidos y para niños.

SEÑALIZACIÓN VIAL- Los postes de las señales verticales serán de aluminio y no

de galvanizado como se propone.- En el Ps. Febrer Soriano falta una señal que indique prohi-

bido girar a la izquierda en la C/ Tarragona.DISTRIBUCUCIÓN ELÉCTRICA EN MT y BTSe aporta en la Memoria del Proyecto de Urbanización

Informe de la compañía suministradora de energía eléctrica IBERDROLA SAU, en el que se indican las condiciones de las infraestructuras eléctricas a instalar. Aportar cuando se tenga suscrito, el convenio que formaliza el informe.

ALUMBRADO PUBLICOPuesta a Tierra:Todas las instalaciones, sea cual sea el material de las

columnas o báculos dispondrán de ésta instalación.La puesta a tierra de los soportes se realizará por conexión

a una red de tierra común para todas las líneas que partan del mismo cuadro de medida, mando y protección que correrá a cargo de un electrodo compuesto por un cable unipolar aisla-do, de tensión asignada 450/750V, con recubrimiento de color amarillo-verde, y sección mínima de 16 mm2 de cu que discu-rrirá por el interior del tubo acompañando al o los circuitos a lo largo de todo el trazado del alumbrado público. A este cable se le conectarán piquetas de 1,5m de cu en posición vertical 14mm de diámetro como mínimo. Se clavará una piqueta por cada 3 soportes de luminaria como mínimo.

El enlace del electrodo de puesta a tierra con cada soporte de luminaria se realizará mediante cable unipolar aislado, de tensión asignada 450/750V, con recubrimiento de color amarillo-verde, y sección mínima de 16 mm2 de cu en el interior de la arqueta correspondiente.

Circuitos, tubos Cuadro de Mando y Proyección:En el caso de tener únicamente un circuito eléctrico, por

cada zanja discurrirán como mínimo dos tubos de 100 mm quedando uno de ellos de reserva. Es decir:

nº de circuitos = nnº de tubos por zanja = n+1No se realizarán empalmes en las arquetas. Las 3 fases+el

neutro del circuito subirán hasta la caja registro de conexiones del punto de luz donde esta ubicada la caja de fusibles, Se conec-tará a dicha caja la fase que le corresponda.

La unión desde la caja de fusibles al equipo de la lumina-ria se realizará con manguera de las siguientes características: M3x2,5mm2 Cu 0,6/1kV RV-K (F+N+TT) como mínimo.

El circuito de mando para el control del doble nivel se realizará con manguera de las siguientes características: M2x2,5mm2 Cu 0,6/1kV RV-K (F+N) como mínimo.

Cada circuito tendrá una protección para contactos indirec-tos que correrá a cargo de un diferencial tetrapolar de 300mA de sensibilidad superinmunizado. La protección contra sobrecargas y cortocircuitos correrá a cargo de un interruptor magnetotér-mico tetrapolar de intensidad acorde con la carga que depende de él, por circuito. Se instalará igualmente un contactor tripolar clase AC-3 de TEE de Schneider Electric, para la apertura y cierre automatizada, por circuito. Igualmente y por circuito se instala-rán tres interruptores unipolares uno por cada fase para labores de seguridad en el mantenimiento. La aparamenta a utilizar en el cuadro de mando y protección será de Schneider Electric.

La instalación se realizará con tendido subterráneo en todo su trazado con conductores unipolares de cobre con aislamien-to 0,6/1kV bajo tubo (sección mínima 6mm2) en sistema de de distribución trifásico con neutro. Se instalará un circuito por tubo de acuerdo con la ITC-BT-09 del vigente REBT. El o los circuitos

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANANúm. 37.—27 de marzo de 2010 27

del alumbrado serán distribuidos desde un cuadro de medida, mando y protección normalizado de acuerdo con el REBT en el que se instalará igualmente un reloj astronómico crepuscular.

Arquetas:Todos los puntos de alumbrado público deberán tener su

arqueta normalizada, junto a él, para permitir el paso del o de los circuitos eléctricos y conexión desde la misma al punto de luz.

JARDINERÍA.Alineaciones.Vista la disposición de los ejemplares de arbolado de alinea-

ción en la calle Tarragona, no puede aceptarse, vista la distancia de las viviendas o sus proyecciones de voladizos (<1m desde el tronco), siendo además, la especie propuesta totalmente inade-cuada.

Por tanto, y aunque se observará una diferenciación de especies en el mismo vial, deberá incorporarse especies de porte muy contenido como puede ser el caso de Fortunella margarita, Cercis siliquastrum, Prunus pisardii o Ficus nitida por este orden de prelación.

Con la especie propuesta por el proyectista (Washingtonia robusta) se evidencia la existencia de molestias futuras a los vecinos y transeúntes, así como afecciones al pavimento y servi-cios soterrados por agresiones del sistema radicular.

Los alcorques deberán ir previstos de un sistema de pavi-mento drenante decorativo en lugar de suelo descubierto con protector de tronco fabricado en piezas metálicas, el color del inerte se consensuará con los servicio técnicos municipales, en consonancia con la tonalidad del pavimento de la plaza.

Todos los ejemplares de especies leñosas deberá contar con un tutor de madera tratada de 60mm de diámetro y 1800mm de altura, unido fi rmemente al ejemplar/patrón mediante elemento de fi jación elástico regulable y con un ancho mínimo de 30mm. Deberán eliminarse todas las fi jaciones puestas en vivero.

No se utilizaran ejemplares que no cumplan las Directrices Comunitarias y sus normas de desarrollo en materia fi tosanitaria.

Las plantas que se utilicen deberán encontrarse en perfecto estado sanitario, sin golpes, roces ni magulladuras que puedan resultar afectados. Todo ejemplar que presente cualquier daño en transporte y manipulación no será recepcionado, debiendo el contratista sustituirlo a su costa, incluida la realización de nuevo del pavimento fi ltrante.

Su tamaño y sistema radicular deberá ser el adecuado para un desarrollo óptimo del vegetal, sin desequilibrios fi siológicos que provoquen enfermedades en el mismo.

La parte aérea del árbol presentará un desarrollo de la cruz adecuado y defi nido, en forma preferentemente redondeada. No se aceptarán ejemplares en desarrollo.

Preferentemente, las plantaciones deberán realizarse en el momento del año más favorable; y/o en su defecto, el material vegetal deberá presentar las características de preparación en función del estado vegetativo en que se encuentre. Se aceptará el trasplante durante los meses de noviembre a marzo.

Los cuidados post-plantación deberán ser los adecuados al condicionante anterior.

El contratista/promotor se hará cargo de cuantos riegos y cuidados necesarios hasta la fi rma del acta de recepción.

Serán de aplicación obligatoria las directrices establecidas por las Normas Técnicas de Jardinería y Paisajismo (NTJ).

Todo el material vegetal quedará sometido a un plazo de garantía de éxito de arraigo a un plazo mínimo de un año, desde la fi rma del acta de recepción.

Ejemplares vegetales existentes.Se observa que en la zona de actuación ya se dispone de un

patrimonio vegetal existente, por lo que el técnico que suscribe entiende que se debería valorar:

1. El aprovechamiento mediante la reordenación de la edifi -cación, para la redistribución interna, con el objetivo de intentar aprovechar el patrimonio vegetal existente, reubicando la zona destinada a zona ajardinada (calle Tarragona).

2. La realización de un estudio específi co, visto la presencia de ejemplares vegetales que potencialmente puedan gozar de la protección genérica según el artículo 4 de la 4/2006, de 19 de mayo, de patrimonio arbóreo monumental.

3. Se observa la presencia de elementos patrimoniales urba-nísticos que pueden resultar de interés desde un punto de vista cultural y paisajístico, como es el caso de una pérgola o un aljibe. Debería realizarse un estudio específi co por los departamentos implicados.

En cualquier caso, y de acuerdo al artículo 5.1 de la Orde-nanza Municipal de Parques y Zonas Ajardinadas, referente a lo dispuesto en su artículo 3 “Las alteraciones de los elementos y su soporte natural, inherente a todo proceso urbanizador, no hace incompatible que las nuevas zonas verdes manten-gan aquellos elementos naturales como la vegetación original existente, cursos de agua o zonas húmedas, confi guraciones topográfi cas ecológicas de la zona, que servirán de soporte a los nuevos usos, pudiendo convertirse, en casos específi cos, en condicionantes principales de diseño.”

El técnico que suscribe entiende que este es uno de los casos en que el material vegetal existente, así como los elemen-tos urbanísticos (pérgola, aljibe y otros valorizables) deben ser condicionantes de diseño, reordenando el sector.

No obstante, en caso de imposibilidad manifi esta, justifi ca-da fehacientemente para adaptar la organización y ordenación de la edifi cación, todos los elementos vegetales, siempre que no

se encuentren bajo protección genérica, deberán ser respetados, prevaleciendo el trasplante y aprovechamiento de los ejempla-res existentes a la introducción de nuevos elementos vegetales.

La gestión de las nuevas zonas urbanizables de nueva crea-ción, incluso reurbanizaciones, se han basado en la incorpora-ción de nuevos ejemplares jóvenes, de especies de uso común en jardinería, por lo que el municipio se ha ido desprendiendo de ejemplares de valor ornamental y monumental, al sustituir los ejemplares existentes en estado avanzado estado de desarrollo vegetativo.

En este caso, cabría plantear la modificación de la zona ajardinada a la zona entorno donde está actualmente instala la pérgola original, permitiendo su aprovechamiento en lugar de instalar una nueva de acero.

Red de riego y serviciosLas redes y elementos de servicios (arquetas, pozos, líneas

eléctricas, telefónicas, de saneamiento, distribución de agua, gas, etc.) y sus elementos que hayan de atravesar las zonas verdes deberán hacerlo de forma subterránea, debidamente canalizadas y señalizadas, por zonas de tránsito y paseo.

No se podrá invadir el volumen del alcorque con pasos de otros servicios, excepto el lateral o anillo del riego localizado, tal como se observa en los perfi les transversales del proyecto.

Las redes municipales de riego serán de uso único y exclusi-vo para el baldeo y riego de los espacios ajardinados. En ningún caso podrán usarse para otro fi n.

Deberá existir un solo punto de conexión a la red general de abastecimiento municipal, que en este caso será en la zona de conexión con la red de agua potable del Passeig Febrer Soriano, no aceptándose el punto propuesto anexo a la zona de contene-dores (en este caso dos, uno por alineación).

Deberá eliminarse los cruces por la calzada de la red de riego.

El ayuntamiento establecerá una fi anza o aval con la fi nali-dad de responder a las mermas ocasionadas por las defectos en origen o en su plantación del material vegetal aportado.

No se permite el uso de los microtubos en el riego localiza-do, por lo que se deberán instalar anillos circulares de lateral con emisores autocompensantes insertados en lateral, tampoco se aceptan pinchados, con caudales de 4-8l/h. Los emisores no se han incluido en las mediciones del presupuesto.

Las lineas de laterales y emisores irán situadas por debajo de la capa de pavimento drenante sin contacto con la resina.

ALCORQUESEn las alineaciones de especies de arbolado en aceras los

alcorques se fi nalizarán con enrrasamiento con la cota de la acera.El tal caso se preverá la incorporación de pavimento drenan-

te para relleno de alcorques, realizado con una base compuesta de capa de grava 6/20 de 40mm de espesor y mortero compues-to de áridos triturados, de color natural o tintado, de granulome-tría (4-7mm ó 7-10mm) tratado, limpio y seco, ligado con resina de tipo epoxi o similar en 40mm de espesor, con capacidad de fl exotracción de 23kp/cn2, capacidad de compresión 40kp/cm2 y una capacidad drenante de 800/m2/min, incorporando protec-tores contráctil con elastómeros EPDM y SBR para absorber el crecimiento del tronco.

En todo caso se preverá un volumen para el sistema radicu-lar de los ejemplares de alineación de 1m3, con la aportación de materia orgánica además de un fertilizante de liberación lenta.

El anillo de riego localizado con los emisores se situará por debajo de la capa de aglomerado evitando la colmatación de los emisores por la resina.

Se deberá prever un anillo de crecimiento de la base del tronco adecuado a la especie.

TIERRAS DE CULTIVOLas tierras en las que se prevé destinar a zonas ajardinadas

con aportación o mantenimiento de especies vegetales deberán cumplir:

En cualquier caso han de estar exentas de cualquier conta-minante químico y presencia de residuos, reuniendo los míni-mos siguientes.

Textura:Arena: 50-80% Limo: 30% Arcilla: 20%Granulometria:Fracciones superiores a 2 mm inferiores al 15% y exentos de

partículas de diámetro superior a 25 mm.Composición química: Nitrógeno: 15%. Fósforo: 14 mg g/kgPotasio: 150 m kg/ kgCarbonatos totales: <10%Materia orgánica oxidable: 3% Relación C/N: 10Conductivitat eléctrica: 2 mmho/cm pH: entre 6-7,8Humedad: 20-25%Como mínimo se dotará de un volumen mínimo por alcor-

que de 1m3 de suelo, sin revestimiento con hormigón en los laterales y/o fondo.

En ningún caso se aceptará el relleno con residuos pétreos, como se propone en el apartado de gestión de residuos, siendo con tierras vegetales de acuerdo a las características anterior-mente descritas.

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA28 Núm. 37.—27 de marzo de 2010

CONTENEDORES SOTERRADOS.El modelo de contenedores soterrados propuesto no debe

ser aceptado, ya que los servicios públicos municipales adscri-tos al servicio de recogida de residuos no dispone de vehículos recolectores dotados con el equipamiento necesario para la elevación y descarga, por lo que se trata de un modelo no válido.

En su caso, los contenedores soterrados deben ser de las siguientes características:

La isla destinada al soterrado será de cinco contenedores, cuatro de carga lateral de 4.000 litros y uno de carga por pluma de 3.000 litros.

Los contenedores de carga lateral estarán compuestos de una plataforma elevadora accionada por cilindro/s hidráulico/s. Dicha plataforma, en el movimiento de ascensión, eleva los contenedores a nivel de la acera. El fl uido hidráulico será sumi-nistrado por una central hidráulica también objeto del presente suministro. El accionamiento del módulo se realizará mediante el control remoto ya instalado en los camiones de recogida del municipio de Benicarló. Sobre la tapa del sistema se sitúa el buzón de vertido, fabricado íntegramente en acero y en color gris oxidón. La boca de admisión del buzón estará fabricada en acero inoxidable y dispondrá de sistema de cierre automá-tico, estará diseñada para impedir la introducción, accidental o intencionada, de elementos con volumen superior a 80 litros. Además deberá de disponer de algún mecanismo que permita su bloqueo manual y un sistema que evite el ruido de apertura y cierre de la misma. La tapa del módulo vendrá preparada con un corrugado soldado para colocar sobre ella pavimento de acaba-do, que tendrá un espesor, entre material de agarre y baldosa, de 60 mm.. La tapa del equipo deberá ser regulable para no crear escalones en la acera donde se ubique, además deberá soportar sin problemas el paso de vehículos por su superfi cie. Todo el módulo deberá de entregarse soldado, exigiéndose que las soldaduras sean conforme a la norma ISO 4063. El tiempo máximo de subida/bajada del módulo será de 12 segundos. El módulo deberá incorporar sistema de rampas de desaceleración hidráulicas para evitar el desgaste de la estructura y minimizar la sonoridad del equipo. Dichas rampas provocan que cuando la tapa del equipo llega al fi nal de su recorrido disminuya su veloci-dad. Incorporará un sistema de señalización óptico y acústico de seguridad para evitar accidentes durante los ciclos de apertura y cierre del equipamiento. Durante el horario nocturno la señal acústica se desconecta automáticamente.

Se deberá presentar certificado expedido por organismo competente conforme al cumplimiento del mismo frente a la normativa vigente sobre Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas y en la Comunicación. Los contenedores de 4.000 litros están incluidos. Incluye módulo prefabricado de hormigón con espesor mínimo de 150 mm.. Incluye transporte a obra.

El contenedor de 3000 litros de carga por pluma y vacia-do mediante doble compuerta inferior, estará compuesto de una tapa abatible accionada por cilindro/s hidráulico/s. Dicha plataforma, en el movimiento de apertura, permite el acceso al contenedor descrito. El fl uido hidráulico será suministrado por el camión de recogida previa conexión a un enchufe rápido que deberá estar situado en el marco del módulo. Sobre la tapa del sistema se sitúa el buzón de vertido, fabricado íntegramente en acero y pintado en color gris oxidón. La boca de admisión del buzón estará fabricada en acero inoxidable y dispondrá de sistema de cierre automático, estará diseñada para impedir la introducción, accidental o intencionada, de elementos con volumen superior a 80 litros. Además deberá de disponer de algún mecanismo que permita su bloqueo manual y un sistema que evite el ruido de apertura y cierre de la misma. La tapa del módulo vendrá preparada con un corrugado soldado para colo-car sobre ella pavimento de acabado, que tendrá un espesor, entre material de agarre y baldosa, de 60 mm. La tapa del equipo deberá ser regulable para no crear escalones en la acera donde se ubique, además deberá soportar sin problemas el paso de vehículos por su superfi cie. El tiempo máximo de subida/bajada del módulo será de 12 segundos. Se deberá presentar certifi cado expedido por organismo competente conforme al cumplimiento del mísmo frente a la normativa vigente sobre Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas y en la Comunicación. El contenedor será de plástico de 3.000 litros y estará incluido. Incluye módulo prefabricado de hormigón con espesor mínimo de 150 mm.. Incluye transporte a obra.

Las fracciones a soterrar serán: RSU (2), Papel, Envases y Vidrio (Pluma).

Adaptación camión.Adaptación a realizar en los camiones actuales de recogida

para el suministro de fl uido hidráulico para los módulos de carga trasera y de carga por pluma.

Mando control remoto.Mando emisor colocado fi jo en el camión con funciones de

maniobra del equipo y funciones estadísticas de recogida de datos en ruta. Será digital e indicará al operario en todo momen-to la fase de funcionamiento en que se encuentre el módulo. Este mando se alimentará de las baterías del camión, evitando de este modo el problema de las pilas. Memorización de rutas para simplifi car el uso del mando. Deberá de acreditar el uso de códigos propios de comunicaciones que hagan el sistema total-mente inviolable a falsas maniobras y a aperturas por personal no autorizado. Todos los equipos están preparados para admitir

comunicaciones y servicios en tiempo real, en aplicaciones presentes y futuras.

Central Hidráulica.Los módulos de carga lateral utilizan fluido hidráulico

para los movimientos de apertura de tapa, izado de plataforma y cierre de tapa, el fl uido hidráulico es suministrado por una central hidráulica colocada al lado de cada equipo: Para ello se soterrará en una arqueta independiente un Sistema Electro Hidráulico de Control compuesto por un conjunto de compo-nentes combinados entre sí para conseguir el control y accio-namiento de los equipos. Para su funcionamiento se precisará acometida eléctrica a pié de obra de 380 v. 7,5Kw. Trifásica.

Dicho sistema incluirá:- Armario de Potencia y Maniobra: Construido en poliéster

de doble aislamiento, con cuadro eléctrico compuesto por los elementos de protección, potencia y maniobra.

- Armario de Control: Construido en poliéster de doble aislamiento, incorpora un paquete con las tarjetas de emisión y recepción de datos. Cada equipo dispondrá de su propia Tarjeta de Control.

- Central Hidráulica: Componente para el suministro del fl ui-do hidráulico necesario para el funcionamiento de los equipos. Compuesta por depósito de 25 litros, motor eléctrico y bloque de electro-válvulas. Los conectores de dichas electro-válvulas se centralizan en una caja de conexiones y, desde la misma caja, parte la manguera multifi lar que establece la interconexión con el cuadro eléctrico.

- Cableado eléctrico y mangueras hidráulicas para ínter-conexionado del sistema electro-hidráulico con los equipos.

- Tapa de arqueta, marco y sistema de apertura, mediante cilindros de gas, de la citada tapa.

El sistema electro hidráulico estará preparado para poder-se accionar a través de un generador o a través de una bomba hidráulica externa, en el caso de fallo del suministro eléctrico para evitar dejar los contenedores llenos sin recoger.

Toda la instalación que puede estar en contacto con el público, como buzones, tapas, tambores, torretas, etc.…, está realizada en baja tensión por seguridad, de forma que el usuario no podrá nunca sufrir ninguna descarga accidental. El sistema incluirá tapa preparada para colocar en su superfi cie el pavimen-to de acabado (60 mm.).

Módulos prefabricados.Módulo compuesto por piezas a ensamblar en obra. Se

deberá de adjuntar en el momento de presentar las proposicio-nes, memoria técnica de los módulos prefabricados y ensayos realizados sobre los mismos por entidades acreditadoras de la calidad e idoneidad de los mismos. Las características mínimas de los mismos son las siguientes:

- Serán de hormigón armado y vibrado, fabricación panela-ble, en los que cada una de las paredes y suelo es un panel inde-pendiente, dotado de las adecuadas uniones metálicas.

- Los elementos de manipulación son de acero tipo DEHA y cumplirán con los coefi cientes de seguridad exigidos en normas.

- Resistencia del hormigón: fck ≥ 40N/mm2.- Cemento: Cumplirá la norma UNE- 80-301-95 de Alta Resis-

tencia Inicial: CEM I 52,5 R. Con una resistencia a la compresión mínima a los dos días de 30N/mm2 y a los 28 días 52,5N/mm2 (Se deberá presentar pruebas de laboratorio).

- Áridos: Al menos el 90% del árido será de tamaño inferior a 12 mm.

- Armaduras: Barras corrugadas de alta adherencia B 500S según UNE 36068 y mallas electro soldadas corrugadas de B 500T de acuerdo UNE 36092. Las características mecánicas, que son objeto de garantía, serán las siguientes: Resistencia a tracción Rm: 550 N/mm2, Límite elástico: Re: 500 N/mm2, Alar-gamiento de Rotura A5 (min.): 12%

- Instrucción de hormigón Estructural EHE.- Cumplirán la Norma une 80-301-95 Especificaciones y

Características de los Cementos.Las islas de contenedores soterrados deberán situarse SIEM-

PRE en el lado derecho de acuerdo al sentido de circulación. El modelo y fabricante deberá contar con la aprobación

previa de la empresa concesionaria del servicio de recogida, que asumirá, tras la recepción de la urbanización, el mantenimiento y conservación del mismo, de acuerdo a las condiciones estableci-das en el contrato fi rmado entre el ayuntamiento de Benicarló y la empresa concesionaria.

Visto el plano de señalización y el de propuesta de ubica-ción, la isla no puede ir situada en la zona propuesta, por lo que deberá ser reubicada a un punto que permita la carga por el lado derecho del vehículo de acuerdo al sentido de circulación.

La isla de soterrados deberá ir provista de pilonas que impidan el acceso de los vehículos a la plataforma con altura no superior a 30 centímetros, situados en las esquinas más 50cm y alineados con el eje del buzón. También deberá protegerse el vaso de la bomba hidráulica. Además deberá señalizarse todo el frente de la isla con pintura amarilla continua de color normalizado.

No podrá existir ningún elemento que difi culte u obstaculice el vaciado de los contenedores (mobiliario, farolas, señales, etc..).

Imbornales y sumideros.Los imbornales a instalar serán del tipo realizados en fundi-

ción dúctil en un solo cuerpo con sifón extraíble cumpliendo las prescripciones de la norma EN-124 (Fundición Benito Dúctil modelo Delta ref. SF570D4 FD-400 Resistencia 400KN o similar).

Mobiliario urbano con madera.

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANANúm. 37.—27 de marzo de 2010 29

Todo el mobiliario que se incorpore deberá contar con la certifi cación de producción en origen por el FCS, en el que se aportará demás de los identifi cativos incorporados al mobilia-rio de todos aquellos documentos que certifi quen la cadena de custodia.

Tercero.- Elegir la Alternativa Técnica del concursante proponente, la mercantil MECANO DEL MEDITERRÁNEO, S.L., CIF: B-97.608.855, con domicilio a efectos de notifi caciones en la Avenida Marqués de Sotelo número 1-10ª (46002) Valencia y adjudicarle la condición de urbanizador, por ajustarse la propo-sición técnica a las bases publicadas y aprobadas por este Ayun-tamiento y ajustarse a los intereses municipales, en relación al diseño del Programa de Actuación Integrada de la Unidad de Ejecución número 18 del P.G.O.U. de Benicarló (expediente PAII/323 de urbanismo) y de ejecución de la obra urbanizadora del sector, bajo las condiciones, análogas y/o complementarias de las establecidas en el informe técnico de valoración de la Alternativa Técnica.

Y además, en concreto, en relación con la proposición jurídico-económica:

- En relación con la estimación de honorarios la carga de honorarios a repercutir sobre la propiedad no debe suponer una cuantía superior a los honorarios establecidos en los baremos orientativos establecidos por los colegios profesionales, en las fechas en que se aprueben los diferentes proyectos, debiendo asumir el urbanizador los honorarios que pacte con los técnicos redactores a partir de dicha cuantía.

- En coherencia con lo anterior, en caso de condicionar el ajuste de honorarios, se produce una modifi cación de cargas que altera el coefi ciente de canje, por lo que no se podría avalar tal coefi ciente desde la Administración. No obstante, la propo-sición establece una retribución en metálico, por lo que no se considera que afecte a la oferta.

- La obra urbanizadora asciende a una cuantía de 1.040.916’25, más IVA, siendo el plazo de ejecución del programa el establecido en la Alternativa Técnica y los gastos generales y benefi cio del urbanizador, un 6% y un 7% respectivamente. La cuantía total del programa asciende a 1.475.072, más IVA. Sin embargo, dicha cuantía se establece de modo provisional, pues en la Memoria y Cuenta de Liquidación Provisional previa a girar las cuotas deberán modifi carse las cuantías de honorarios reper-cutibles sobre la propiedad en función de los establecidos como orientativos en los baremos de los colegios ofi ciales, debiendo justifi carse documentalmente los otros gastos a profesionales (notaría, registro, etc.) que se produzcan.

- En relación con las indemnizaciones a prever en la ejecu-ción de la obra urbanizadora, no se podrá considerar la casa existente en parcela privada como indemnizable, aún a pesar del compromiso de edifi car simultáneamente a la ejecución de las obras de urbanización, ya que se trata de un compromiso adquirido libremente por Mecano del Mediterráneo SL, y que por tanto es esta empresa la que debe asumir los costes que dicho compromiso comporte. Los bienes que no sean incompati-bles con la actuación y, por tanto, que sea posible conservar por subrogación real, no son indemnizables, de acuerdo al artículo 173.2 de la LUV.

- En relación con la ejecución completa del vial, se debe comprometer la mercantil Mecano del Mediterráneo, S.L. a elaborar y presentar a trámite una propuesta de Actuación Aisla-da de un ámbito que incluya el último tramo de la calle Tarrago-na, en la confl uencia con la calle de Sant Francesc, de manera que se obtenga y urbanice el vial en toda su anchura.

Cuarto.- Dar traslado del presente acuerdo a la Consellería competente en Urbanismo y ordenar su publicación en el Boletín Ofi cial de la Provincia de Castellón, a efectos de su entrada en vigor (artículo 104 LUV).

Quinto.- Ordenar la inserción de un anuncio dando cuenta de la adopción del presente acuerdo en el tablón de anuncios del ayuntamiento, en el «Diario Ofi cial de la Unión Europea» y en el el «Diario Ofi cial de la Comunidad Valenciana».

Sexto.- Requerir a la mercantil MECANO DEL MEDITE-RRÁNEO, S.L. para que, con anterioridad a la formalización del contrato, acredite la constitución de la garantía defi nitiva, en la forma y cuantía que se establecen en las bases reguladoras del programa, de acuerdo con lo previsto en el artículo 138 de la LUV.

Séptimo.- Notifi car el presente acuerdo a los interesados, indicándoles que contra este acto, que pone fi n a la vía admi-nistrativa, pueden interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano que lo dicta en el plazo de un mes (artículos 52 de la Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local y 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común) o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de esta jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en el plazo de dos meses (artículos 10, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administra-tiva). Los citados plazos se computarán desde el día siguiente al de la notifi cación. Todo ello sin perjuicio de que puedan interpo-ner cualquier otro recurso que estimen procedente».

Tte. Alcalde delegado del Área de Urbanismo, Antonio Cuenca Caballero.

Benicarló, 8 de marzo de 2010. C-2909

* * *

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1.992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habiéndose intentado la notifi cación a:

- Natalia Iraola de la Horra y no pudiéndose practicar la misma, se remite al Boletín

Ofi cial de la Provincia al objeto de su publicaciónExpte. PAII/403 Urbanización del vial situado entre la calle

Valencia y la calle Peñíscola. “En fecha 2 de febrero de 2010, el Teniente de Alcalde dele-

gado del área de Urbanismo del Ayuntamiento de Benicarló, Sr. Antonio Cuenca Caballero, ha dictado la siguiente resolución:

“Relación de hechosI. El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 27 de

noviembre de 2003, acordó aprobar el Programa de Actuación Integrada para el desarrollo de la Unidad de Ejecución en suelo urbano comprendida entre la calle Peñíscola y la avenida de Valencia, del PGOU de Benicarló, adjudicando la condición de agente urbanizador a la mercantil Actividades Turísticas Papalu, S.L., para su gestión indirecta.

II. Mediante Decretos de Alcaldía, de 11 de octubre de 2007, se aprueban el proyecto de urbanización y el proyecto de repar-celación del Programa de Actuación Integrada para el desarrollo de la Unidad de Ejecución en suelo urbano comprendida entre la calle Peñíscola y la avenida de Valencia (BOP de Castellón de fecha 27 de octubre de 2007).

III. Mediante acuerdo del Pleno de fecha 27 de marzo de 2008, se autorizó la cesión de la condición de agente urbani-zador, a favor de la mercantil Cabila Varese, S.R.L.U., con NIF B-12684940.

IV. Mediante Decreto de Alcaldía de 29 de octubre de 2009, se resolvió aprobar la Memoria y cuenta detallada de cuotas de urbanización provisionales, del Programa de Actuación Integra-da para el desarrollo de la Unidad de Ejecución en suelo urbano comprendida entre la calle Peñíscola y la avenida de Valencia, del PGOU de Benicarló, presentada en fecha 24 de julio de 2009 (registro de entrada núm. 12.523), requiriendo al urbanizador para que aporte la cuenta detallada corregida, para su incorpora-ción al expediente.

V. Mediante Decreto del Teniente de Alcalde delegado del área de Urbanismo, de fecha 2 de noviembre de 2009, se auto-rizó al agente urbanizador, el cobro de la cuota de urbanización núm. 1 por importe total de 23.047,40 euros (IVA incluído), prevista en la Memoria y cuenta detallada.

VI. En fecha 29 de octubre de 2009 (registro de entrada núm. 17.455), D. Claudio Cassissa, en representación de la mercantil Cabila Varese, S.R.L.U. presenta certifi cación de obra ejecutada de fecha 1 de octubre de 2009, y solicita autorización para el cobro de la cuota núm. 2, prevista en el calendario que recoge la Memoria y cuenta detallada. Complementa dicha solicitud con documentación aportada en fecha 28 de enero de 2010 (registro de entrada núm. 1.380).

VII. En fecha 1 de febrero de 2010, el arquitecto municipal, Sr. Luis Pérez Lores, informa:

“Se ha presentado ante el Ayuntamiento la solicitud de cobro de la segunda cuota del Programa de Actuación Integra-da para el desarrollo del vial nº 13 de la Partida Solaes, entre la calle Peñíscola y la avenida València, cuyo urbanizador es Cabila Varese S.R.L.U.

La primera cuota está compuesta por los conceptos: “obra”, “gastos generales”, “benefi cio urbanizador” y “honorarios”

Se ha presentado justifi cación de la obra ejecutada (P.E.M.- 104.273,17euros), la cual ha sido comprobada por los servicios técnicos municipales.

Se ha procedido a la comprobación de las cantidades esta-blecidas para el cobro de los honorarios mencionados. Estos se encuentran acordes con los baremos de honorarios establecidos por los colegios profesionales para este tipo de trabajos y no superan las cantidades aprobadas en la proposición jurídico-económica que fi gura en el convenio de gestión y ejecución de obra.

Por tanto, SE INFORMA FAVORABLEMENTE el cobro de la segunda cuota prevista en el Cuadro de Liquidación Provisional aprobado por cuantía de 35.443,90euros, iva incluido, por haber justifi cado gastos realizados por cuantía superior a la que se pretende cobrar.

Con objeto de completar el expediente, el urbanizador deberá aportar los proyectos técnicos (Proyecto de Urbaniza-ción, Estudio de Seguridad y Salud y Proyecto de Reparcelación) visados por el correspondiente colegio profesional y aportar las facturas originales, para su cotejo, de los honorarios técnicos y otros gastos.”

Fundamentos de derechoI. De acuerdo con lo previsto al art. 181.1 de la Ley 16/2005,

de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana (LUV), la Adminis-tración actuante ha de aprobar las cuotas de urbanización y su imposición, sobre la base de una memoria y una cuenta detalla-da y justifi cada, que se debe someter a una audiencia previa de los afectados, o tramitarse con el proyecto de reparcelación.

II. De acuerdo con el art. 163.2 de la LUV: “El urbanizador, para percibir de los propietarios el pago de sus retribuciones, ha de presentar ante la administración actuante la acreditación de los gastos generales soportados hasta el momento y, las corres-pondientes certifi caciones parciales de ejecución de obra. Sin perjuicio de ello, el urbanizador puede adelantar al ayuntamien-

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to propuestas de las cuentas de liquidación provisionales, pero el ayuntamiento no podrá aprobar su imposición hasta tanto no se verifi que la ejecución de la urbanización correspondiente. El ayuntamiento debe aprobar las cuotas de urbanización en el plazo de un mes desde la presentación por el urbanizador de la certifi cación parcial de obra correspondiente. Transcurrido el plazo sin la aprobación, ésta se considerará aprobada por silen-cio administrativo. Por su parte, los propietarios deberán proce-der al pago de las mismas en el plazo de un mes desde que se les notifi quen. El retraso en el cumplimiento de estos dos plazos generará intereses de demora a favor del urbanizador.”

III. De conformidad con el art. 21.1.r) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, en relación con el Decreto de Alcaldía de 19 de junio de 2007, de delegación de competencias en materia de Urbanismo.

En virtud de lo anteriorRESUELVO,Primero.- Autorizar al agente urbanizador del Programa de

Actuación Integrada para el desarrollo de la la Unidad de Ejecu-ción en suelo urbano comprendida entre la calle Peñíscola y la avenida de Valencia del PGOU de Benicarló, el cobro de la cuota de urbanización núm. 2 por importe total de 35.443,90 euros (IVA incluído), prevista en la Memoria y cuenta detallada de cuotas de urbanización aprobada mediante Decreto de la Alcaldía, de fecha 29 de octubre de 2009, y justifi cada mediante documentación presentada en fechas 29 de octubre de 2009 (registro de entrada núm. 17.455) y 28 de enero de 2010 (registro de entrada núm. 1.380), y de acuerdo con lo informado por el arquitecto munici-pal en fecha 1 de febrero de 2010.

Segundo.-Notifi car esta resolución al agente urbanizador, indicándole que deberá aportar, con objeto de completar el expediente, los proyectos técnicos (Proyecto de Urbanización, Estudio de Seguridad y Salud y Proyecto de Reparcelación) visados por el correspondiente colegio profesional, y las factu-ras originales de los honorarios técnicos y otros gastos, para su cotejo.

Tercero.- Notificar esta resolución a las personas intere-sadas, indicándoles que, contra este acto, que pone fi n a la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de repo-sición ante la Alcaldía en el plazo de un mes desde el día siguien-te a su notifi cación o publicación, si ésta es posterior (artículos 52 de la Ley /1985 de Bases del Régimen Local y 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). O bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzga-do de los Contencioso-Administrativo de Castellón en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su notifi cación o publicación, si ésta es posterior (artículos 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). No obstante, las personas interesadas pueden interponer cual-quier recurso que estimen pertinente.”

Tte. Alcalde delegado del Ára de Urbanismo, Antonio Cuen-ca Caballero

Benicarló, 8 de marzo de 2010. C-2908

BENICÀSSIM

Intentada sin éxito notifi cación del Decreto 100211D357 a 2002 EUROCARTEL, SL en cumplimiento con lo dispuesto en el art 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, se procede a la publicación de la citada resolución en el Boletín Ofi cial de la Provincia de Castellón y en el Tablón de Anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Cabanes, siendo su texto íntegro el siguiente:

“Participo a Vd. que por el Sr. Alcalde-Presidente, en fecha 11 de febrero de 2010, se ha dictado resolución que copiada lite-ralmente dice:

“DECRETO DE LA ALCALDÍA Nº 100211D357D. FRANCESC COLOMER I SANCHEZ , ALCALDE-PRESIDEN-

TE DEL AYUNTAMIENTO DE BENICASSIM (Castellón). EJECUCIÓN SUBSIDIARIA DEL ACUERDO DE JUNTA DE

GOBIERNO LOCAL DE FECHA 17 DE ABRIL DE 2009 EN EL QUE SE ORDENA “EL DESMONTAJE DE LA ESTRUCTURA Y LOS PANELES DE LOS CARTELES PUBLICITARIOS EXISTENTES (7 CARTELES), INCLUSO TRANSPORTE A ALMACÉN MUNICIPAL Y ACOPIO” INSTALADOS SIN LA PERTINENTE LICENCIA, A 2002 EUROCARTEL, SL COMO EMPRESA PUBLICITARIA Y A P4, SL COMO PROPIETARIO DEL SOLAR SITO EN POLÍGONO 7, Nº 84 DE BENICASIM.

Visto el expediente de Disciplina Urbanística nº 2008/99, relativo a la ejecución de obras sin licencia consistentes en insta-lación de 7 vallas publicitarias en el inmueble sito en Polígono, 7 parcela 84 de Benicàssim.

Resultando que en fecha 17 de abril de 2009 se acuerda por la Junta de Gobierno Local ordenar a 2002 Eurocartel, SL como empresa publicitaria y a P4, SL como propietario del solar sito en Polígono 7, parcela nº 84 “el desmontaje de la estructura y los paneles de los carteles publicitarios existentes (7 carteles), inclu-so transporte a almacén municipal y acopio”.

Resultando que en dicho acuerdo se otorgaba un plazo de 2 meses para realizar las actuaciones precitadas, apercibiendo a las mercantiles de referencia que, transcurrido dicho plazo sin haber procedido a lo requerido, se ordenaría a su costa la ejecu-ción subsidiaria.

Resultando que en fecha 04 de mayo de 2009, NRE 6310, D. Vicente Casals Mezquita como representante legal de la mercantil 2002 Eurocartel, SL presenta escrito en el que, entre otros aspectos, solicita licencia de obras para la legalización de la instalación de los 7 carteles publicitarios objeto del presente expediente de disciplina urbanística.

Resultando que se da traslado a esta sección de disciplina urbanística del Decreto nº 3550 de fecha 18 de diciembre de 2009 por el que se desiste de la solicitud de la licencia de obras a la mercantil 2002 Eurocartel, SL (expte. LO 2009/116) para la legalización de los 7 carteles publicitarios objeto del presente expediente.

Considerando que no se ha procedido a la restauración del inmueble afectado al estado anterior de la situación ilegal de las obras de referencia.

Considerando que por el Sr. Aparejador Municipal se ha procedido a valorar la realización de las obras de restauración de la legalidad precitadas en 3.000 euros (IVA incluido), según consta en informe de fecha 01 de febrero de 2010.

Considerando que el incumplimiento de lo ordenado por el Ayuntamiento mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 17 de abril de 2009 faculta a esta Administración a la ejecución subsidiaria de lo ordenado a costa del obligado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Teniendo en cuenta la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana; artículo 98 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; y examinadas las atribuciones que confi ere a la Alcaldía el art. 21 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modifi cado por la Ley 57/2003, de 16 de diciem-bre, de Medidas de Modernización del Gobierno Local, esta Alcaldía viene en RESOLVER:

PRIMERO.- Proceder a la ejecución subsidiaria de las obras de “desmontaje de la estructura y los paneles de los carteles publicitarios existentes (7 carteles), incluso transporte a almacén municipal”, instalados en el inmueble sito en Polígono nº 7, parce-la 84 de Benicàssim, corriendo los gastos a cargo de P4, SL como propietario y a la mercantil 2002 Eurocartel, SL como empresa publicitaria.

-El presupuesto estimado de las obras de referencia ascien-de a la cantidad de 3.000 euros (IVA incluido), según informe emitido en fecha 01/02/10.

SEGUNDO.- Fijar el día 29 de marzo de 2010, a las 11:00 horas, como fecha para la ejecución subsidiaria de las menciona-das obras de restauración de la legalidad.

TERCERO.- Requerir al Aparejador Municipal D. Vicente Aparici España, para que proceda a ordenar, inspeccionar y supervisar las mencionadas tareas.

CUARTO.- Notifi car la presente resolución a los interesados, a la Policía Local, al Aparejador Municipal, a Tesorería Municipal, al Servicio de Gestión Tributaria y al Jefe de servicio de la Briga-da de Obras Municipal.

QUINTO.- Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer:

a) Recurso de reposición con carácter potestativo. Plazo: UN MES a contar desde el día siguiente a aquel en que reciba esta notifi cación. Si en el mes de vencimiento no hubiera día equi-valente se entenderá que el plazo expira el último día del mes. Órgano ante el que se interpone: ante el mismo que ha dictado el acto administrativo.

b) Recurso Contencioso-Administrativo directamente: Plazo: DOS MESES contados desde el día siguiente a la recepción de esta notifi cación. Órgano: ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Castellón, salvo lo dispuesto en el art. 14.1 de la Ley 29/98 de 13 de Julio de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

No obstante podrá interponer cualquier otro recurso que considere oportuno.

Lo que dispongo en Benicàssim en la fecha arriba indicada, ante mí, el Secretario General de la Corporación, que doy fe.” Lo que traslado a Vd. a los efectos oportunos. En Benicàssim, a 11 de febrero de 2010.EL SECRETARIO GENERAL,Fdo.: Maximiliano Calle Rivero”. En Benicàssim, a 17 de marzo de 2010. El Teniente Alcalde (Por Decreto Delegación nº 2836/2009), Ramón Álvarez Fabregat. C-3280-U

* * *

Por Decreto de la Alcaldía nº 603, de 8 de marzo de 2010, se ha resuelto aprobar defi nitivamente el Proyecto de Reparcela-ción Modifi cado de las Unidades de Ejecución nº 16, 17 y 18 de Benicàssim”, el cual en su parte dispositiva dice:

“PRIMERO.- Resolver las alegaciones presentadas sobre el último trámite de audiencia de conformidad con lo expuesto con anterioridad, entendiendo que aquellos propietarios que no han presentado alegaciones en este trámite, pero sí en los anteriores, muestran su conformidad con este último Proyecto de Repar-celación, en el cual se estiman o desestiman sus alegaciones anteriores, si las hubiere.

SEGUNDO.- Aprobar el Proyecto de Reparcelación Forzosa Modifi cado de las Unidades de Ejecución nº 16, 17 y 18 del suelo

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urbano de Benicàssim, promovido por “Calviga, S.A.”; Agente Urbanizador del indicado Programa.

TERCERO.- Publicar el presente acuerdo de aprobación defi -nitiva en el B.O.P., Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, y notifi cación individual a todos los propietarios afectados.

CUARTO.- Remitir el Proyecto al Registro de la Propiedad número 3, a los efectos de su inscripción una vez fi rme en vía administrativa, el Texto Refundido del Proyecto de Reparcela-ción que se presente en coherencia con las últimas alegaciones presentadas.

QUINTO.- Contra esta Resolución que pone fi n a la vía admi-nistrativa podrá interponer:

a) Recurso de reposición con carácter potestativo. Plazo: UN MES a contar desde el día siguiente a aquel en que reciba esta notifi cación. Si en el mes de vencimiento no hubiera día equi-valente se entenderá que el plazo expira el último día del mes. Órgano ante el que se interpone: ante el mismo que ha dictado el acto administrativo.

b) Recurso Contencioso-Administrativo directamente: Plazo: DOS MESES contados desde el día siguiente a la recepción de esta notifi cación. Órgano: ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Castellón, salvo lo dispuesto en el art. 14.1 de la Ley 29/98 de 13 de Julio de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

No obstante podrá interponer cualquier otro recurso que considere oportuno.”

Lo que se publica para general conocimiento, pudiendo consultarse en el Departamento de Urbanismo del Ayuntamien-to de Benicasim.

Benicasim, a 11 de marzo de 2010.- EL TENIENTE DE ALCAL-DE (por delegación según Decreto 2836/2009), Ramón Álvarez Fabregat. C-3043

* * *

En sesión Ordinaria celebrada por el Ayuntamiento de Beni-casim en fecha 28 de Enero de 2010 se aprobó la ““ORDENANZA REGULADORA DE TARJETAS PROVISIONALES DE ESTACIONA-MIENTO PARA VEHICULOS QUE TRANSPORTAN PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA DEL MUNICIPIO DE BENICASIM (CASTELLON)” y habiéndose publicado información publica sin reclamaciones, se hace publica dicha Ordenanza siendo su texto integro el siguiente:

“ORDENANZA REGULADORA DE TARJETAS PROVISIONA-LES DE ESTACIONAMIENTO PARA VEHÍCULOS QUE TRANSPOR-TAN PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA DEL MUNICIPIO DE BENICÀSSIM.

ARTÍCULO 1.- Objeto.-El objeto de la presente Ordenanza es la regulación

temporal de la tarjeta de estacionamiento para vehículos que transportan personas con movilidad reducida del municipio de Benicasim, hasta que obtengan el correspondiente certifi cado de minusvalía.

ARTÍCULO 2.- Requisitos.-Los requisitos que se deberán cumplir para poder obtener

la tarjeta de estacionamiento para vehículos que transportan personas con movilidad reducida son los siguientes:

1. Estar empadronado/a en el Municipio de Benicàssim.2. Tener una edad superior a 3 años3. Encontrarse en espera de conseguir el certificado de

minusvalía ofi cial y presentar una presumible falta de movilidad.

ARTÍCULO 3.- Ámbito territorial.-El ámbito territorial de aplicación de la tarjeta provisional

de estacionamiento para vehículos que trasportan personas con movilidad reducida, comprenderá el término municipal de Benicàssim.

ARTÍCULO 4.- Utilización.-La tarjeta provisional de estacionamiento para vehículos

que transportan personas con movilidad reducida es un docu-mento personal e intransferible identifi cativo de las personas a las que se les ha concedido (Anexo I).

La tarjeta provisional de estacionamiento para vehículos que transportan personas con movilidad reducida se exhibirá siempre en en el parabrisa delantero, de acuerdo con el art. 3.2 apartado 2ª de la Orden de 11 de enero del 2001, de la Consellería de Bienestar Social, por la que se regula la tarjeta de estaciona-miento para vehículos que transportan personas con movilidad reducida, y se establecen las condiciones para su concesión.

ARTÍCULO 5.- Lugar y plazo de presentación de solicitudes.-Las solicitudes para la obtención de la tarjeta provisional de

estacionamiento para vehículos que transportan personas con movilidad reducida se presentarán en los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Benicàssim.

El plazo para presentar las solicitudes será durante todo el año.

ARTÍCULO 6.- Tramitación.-1. IniciaciónLas personas interesadas o sus representantes presentarán

la solicitud y documentación que se relaciona en el siguiente

punto, en los Servicios Sociales municipales, los cuales procede-rán al registro de la solicitud.

Si examinada la solicitud y documentación presentada ésta resultara incompleta o defectuosa, se requerirá al/a la solicitante para que en el plazo de 10 días aporte la documentación necesa-ria o subsane los defectos observados, advirtiéndole que de no hacerlo así se dará por desistida su petición, archivándose sin más trámite, tal como dispone el art.71.1 de la Ley 30/92 de 26 Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del procedimiento Administrativo Común.

2. La documentación a presentar será la siguiente:-Solicitud debidamente cumplimentada.-Fotocopia del DNI del/de la solicitante o tarjeta de residen-

cia en caso de extranjeros/as.-Volante de empadronamiento (se pedirá de ofi cio por parte

de los Servicios Sociales).-2 Fotografías tamaño carnet.-Documentación que justifi que el encontrarse en espera de

conseguir el certifi cado de minusvalía ofi cial.-Informe médico donde conste que la persona presenta

grave movilidad reducida, que le impide la utilización del trans-porte público.

3. ResoluciónUna vez comprobado por parte de los Servicios Sociales

Municipales el cumplimiento de todos los requisitos se emitirá la correspondiente propuesta por parte de la Concejalía delegada de Servicios Sociales. La resolución, debidamente motivada, corresponderá a la Alcaldía por medio de Decreto.

El plazo máximo para resolver y notifi car sobre las solicitu-des de la tarjeta provisional de estacionamiento para vehículos que transportan personas con movilidad reducida reguladas en la presente Ordenanza, será de tres meses a partir de la fecha de solicitud.

En los casos en que deba requerirse al/a la interesado/a la subsanación de defi ciencias y/o aportación de documentos, el plazo determinado en el apartado anterior se entenderá suspendido durante el transcurso del tiempo que medie entre la notifi cación del requerimiento y su efectivo cumplimiento por el/la benefi ciario/a o, en su defecto, por el transcurso del plazo concedido. Excepcionalmente, podrá acordarse la ampliación de dichos plazos en los supuestos contemplados en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-vo Común, modifi cada por la Ley 4/1999.

En todos los casos, transcurrido el plazo máximo sin haber-se notifi cado resolución expresa, deberá entenderse desestima-da la solicitud formulada por el/la interesado/a.

La resolución se notifi cará al/a la interesado/a en el plazo de 10 días desde la resolución y contra la misma podrá interponerse recurso de reposición.

La recogida de la tarjeta provisional de estacionamiento para vehículos que transportan personas con movilidad redu-cida, lo hará personalmente el/la interesado/a en el Departa-mento de Servicios Sociales. En su defecto, podrá hacerlo una persona previamente autorizada para ello y por el/la deman-dante.

Para todo aquello no contemplado en esta Ordenanza a efectos de la tramitación del procedimiento habrá que ajustarse a lo establecido en la Ley 30/1992 de 26 Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común.

ARTÍCULO 7. - Causas de denegación y extinción.-1. Serán causas de denegación de la tarjeta provisional de

estacionamiento para vehículos que transportan personas con movilidad reducida:

a) No reunir los requisitos exigidos en la presente Ordenanza.b) Falsedad u ocultación en los datos facilitados para la

obtención de la tarjeta.2.La extinción de la validez de la tarjeta de estacionamiento

para vehículos que transportan personas con movilidad reduci-da se producirá por:

1. Fallecimiento del/de la benefi ciario/a. 2. Renuncia del/de la benefi ciario/a.3. Desaparición de los requisitos exigidos para la concesión

de la tarjeta.4. Falsedad u ocultación de los datos tenidos en cuenta para

la obtención del carnet.5. Uso indebido de la tarjeta.6. Recibir el Certifi cado de minusvalía ofi cial emitido por la

Dirección Territorial de Servicios Sociales.7. Que haya transcurrido un año desde su concesión.8. Por derogación de la presente Ordenanza.9. Cualquier otra causa de carácter legal que impida el

disfrute de los benefi cios de la tarjeta.

ARTÍCULO 8.- Duración y causas de renovación.-La tarjeta provisional de estacionamiento para vehículos

que transportan personas con movilidad reducida tendrá una duración inferior o igual a un año, para las personas que se encuentren en espera de obtener la califi cación de minusvalía, sin que sea necesaria su renovación excepto en los supuestos de deterioro, extravío, pérdida, robo, etc., en cuyo caso se facilitará un duplicado del mismo.

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ARTÍCULO 9.- Devolución de la tarjeta.-Una vez caducada la tarjeta provisional de estacionamiento

para vehículos que transportan personas con movilidad reduci-da, deberán proceder a su devolución en una plazo no superior a 10 días.

La no devolución en plazo será sancionada con 20 € (año 2010), procediendo a la subida de esta cuantía de acuerdo con el IPC anual.

ARTÍCULO 10.- Responsabilidades.- Incurrirán en responsabilidad quienes hicieran uso indebido

de la tarjeta provisional de estacionamiento para vehículos que transportan personas con movilidad reducida . El Ayuntamiento procederá a incoar el pertinente expediente sancionador que corresponda en vía administrativa. Con independencia de ello, cuando el portador de la mencioanda tarjeta no sea el/la titular del mismo, le será retirado éste de inmediato.

DISPOSICIÓN TRANSITORIALa tarjeta provisional de estacionamiento para vehículos

que transportan personas con movilidad reducida, tramita-das con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ordenanza quedan automáticamente convalidadas siempre y cuando los/las benefi ciarios/as reúnan los requisitos exigidos en la presente Ordenanza.

DISPOSICIÓN ADICIONALEn lo no previsto expresamente en esta Ordenanza se esta-

rá a lo Dispuesto en la Ordenanza General Reguladora de los Precios Públicos, en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 y demás normas que resulten de aplicación.

DISPOSICIÓN FINALLa presente Ordenanza entrará en vigor al dia siguiente de

su publicación en Boletín Ofi cial de la Provincia permaneciendo en vigor en tanto no se acuerde su modifi cación o derogación”.

ANEXO I

Recursos: Contra esta disposición general podrá interpo-nerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supe-rior de Justicia de la Comunidad Valenciana, dentro del plazo de DOS MESES contados desde el día siguiente al de la publicación de esta disposición, según establece el art. 10 y 46 de la Ley 29/98 Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante podrá ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime procedente.

Benicasim, a 22 de Marzo de 2010.— EL ALCALDE, Fdo.: Francesc Colomer i Sánchez. C-3245-U

BETXÍ

El Pleno del Ayuntamiento, reunido en sesión ordinaria celebrada el día 24 de febrero de 2010, acordó aprobar defi niti-vamente la relación de propietarios, bienes y derechos afectados por el proyecto de expropiación forzosa por tasación conjunta en el PAI Cartonajes La Plana, y declarar la necesidad de ocupación de los terrenos incluidos en la relación de bienes y derechos afectados por la expropiación para la correcta ejecución y urba-nización de la red primaria defi nida por la vía pecuaria Colada de los Caminos de Onda y Nules.

Relación defi nitiva de propietarios, bienes y derechos afec-tados por el proyecto de expropiación en el PAI Cartonajes La Plana:POLÍGONO-PARCELA NATURALEZA TITULAR BIENES AFECTADOS14-226 URBANO EULALIA FRANCH ALCALA 34,09 M2 De Terreno 16 Ml de Muro Contención Mampostería14-214 URBANO PILAR ALCALA TORRES 290,44 M2 De Terreno.14-213 URBANO JUAN ALCALA GRIFO 176,51 M2 De Terreno 15 Naranjos. 1 Almendro 50% Balsa de Riego de 3,5x3m.14-212 URBANO JOSE ALCALA GRIFO 57,17 M2 De Terreno 50% Balsa de Riego de 3,5x3m. 37,5 Ml de Muro Contención Mampostería

Contra el acuerdo del Pleno, que pone fi n a la vía adminis-trativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que reciba la notificación. También podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Castellón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en que reciba la notifi cación. Todo ello según disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; y los artí-culos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, el intere-sado podrá ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime procedente.

Betxí, a 15 de marzo de 2010.- EL ALCALDE-PRESIDENTE, Manuel Blasco Balaguer. C-3057

* * *

El Alcalde-Presidente, por decreto de fecha 12 de marzo de 2010, ha resuelto lo siguiente:

“Resultando que en fecha 8 de octubre de 2008 se suscri-bió entre el Ayuntamiento de Betxí y la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, Convenio por el que se articula la colaboración entre ambas administraciones para la elaboración concertada del Programa Municipal de carácter plurianual destinado a cubrir las necesidades de Viviendas suje-tas a algún régimen de Protección Pública.

Resultando que en fecha 26 de febrero de 2010, registro 623 se recibe en el Ayuntamiento el Programa Plurianual de Vivienda Protegida, redactado por el Instituto Valenciano de Vivienda, S.A., con el fin de ordenar su sometimiento a información pública y se solicite Informe a la Dirección General de Vivienda y Proyectos Urbanos de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda.

Considerando la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, Urbanísti-ca Valenciana, y el Decreto-Ley 1/2008, de 27 de junio del Consell.

Considerando lo dispuesto en el art.2 de la Orden 1 de julio de 2008, de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda por el cual la competencia para ordenar el someti-miento a información pública de los programas plurianuales es del Alcalde.

Conforme con todo lo anterior, RESUELVO:PRIMERO.-Someter a información pública por plazo de

15 días el Programa Plurianual de Vivienda Protegida a contar desde el siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Ofi cial de la Provincia, al objeto de que cualquier interesado pueda examinar el programa y formular las alegaciones que estime pertinentes.

SEGUNDO.-Anunciar la referida información pública en el Boletín Ofi cial de la Provincia, en el tablón de edictos y en la página web del Ayuntamiento.

TERCERO.-Transcurrido dicho plazo y resueltas las alegaciones, solicítese el informe preceptivo a la Dirección General de Vivienda y Proyectos Urbanos con traslado de todas las actuaciones para su posterior aprobación por el Pleno Municipal.”

Betxí, a 12 de marzo de 2010.—EL ALCALDE-PRESIDENTE, Manuel Blasco Balaguer. C-3025

BORRIOL

Por Decreto de la alcaldía de fecha 8 de marzo de 2010 ha sido aprobado el PADRÓN-FACTURACIÓN DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE, correspon-diente al 4º trimestre de 2.009.

Todo ello queda expuesto al público en el Servicio de Gestión Económica de este Ayuntamiento, durante el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación del edicto correspondiente en el Boletín Ofi cial de la Provincia. A los efectos señalados en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Reguladora de las Haciendas Locales y de notifi cación a los respectivos sujetos pasivos, conforme al artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre Ley General Tributaria.

El período voluntario de cobranza de la deuda tributaria comenzará el día 9 de marzo al 9 de mayo de 2010.

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANANúm. 37.—27 de marzo de 2010 33

En relación con los contribuyentes que tengan los recibos domiciliados en entidades de crédito, el día de cargo de tales recibos será el día 6 de abril de 2010.

Transcurrido el plazo de ingreso voluntario, según establece el artículo 24.2 D) del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y deven-garán el recargo de apremio, intereses de demora, y en su caso, las costas que se produzcan.

Borriol, a 8 de marzo de 2010.- El alcalde, Adelino Santamaría. C-2982

BURRIANA

D. JOSE RAMON CALPE SAERA, Alcalde Presidente del Magnífi co Ayuntamiento de Burriana, HACE SABER:

Que teniendo que procederse a la notificación nº 1798 de Registro de Salida, dirigida a interesado desconocido y de conformidad con lo dispuesto en el art. 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede al anuncio de la expresada notifi cación, cuyo texto íntegro es el siguiente:

“Comunico a Vd. que esta Alcaldía Presidencia, en la fecha que se expresa, ha adoptado la siguiente Resolución:

DECRETO.- En Burriana, a diecisiete de febrero de dos mil diez.

Revisadas las actuaciones obrantes en el expediente tramitado por este Ayuntamiento en orden a la declaración de abandono del perro con nº. de Identificación en el RIVIA 978000001390265.

Visto que en fecha 13 de octubre de 2009 Dª. ISABEL BERNAL MESA ha comunicado a este Ayuntamiento que en su día recogió un perro que encontró abandonado en la vía pública con nº. de Identifi cación en el RIVIA 978000001390265 y que toda vez que actualmente no puede hacerse cargo del mismo solicita al Ayuntamiento que tramite un expediente de abandono al obje-to de entregar el mismo a la empresa Servican, adjudicataria del contrato para la prestación del “Servicio de recogida de anima-les de compañía en Burriana y su término municipal, manteni-miento temporal y eliminación por eutanasia”.

Visto que consultados los datos y antecedentes obrantes en el Registro Informático Valenciano de Identifi cación Animal (RIVIA) resulta que dicho animal no figura registrado en el mismo.

Resultando que de conformidad con lo dispuesto en el art. 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-vo Común, se procedió al anuncio de un Edicto en el BOP nº. 8 de 19 de enero de 2010 por el que se requería al propietario del animal de referencia su personación en este Ayuntamiento en plazo de diez días con la advertencia que en el supuesto de no comparecer se entendería que el animal de su propiedad ha sido abandonado iniciándose por el Ayuntamiento, en ese supuesto, expediente de abandono.

Visto que hasta el día de la fecha el propietario del perro con nº. de Identifi cación en el RIVIA 978000001390265 no se ha personado en este Ayuntamiento.

Considerando que el art. 17 de la Ley 4/1994, de 8 de julio, de la Generalitat Valenciana, sobre protección de los Animales de Compañía, dispone que transcurrido el plazo de 10 días sin que el propietario hubiera comparecido, se entenderá que el animal ha sido abandonado pudiendo ser adoptado por otras personas y, en última instancia, le será practicada la muerte por procedi-mientos eutanásicos.

Considerando, a la vista de lo anteriormente expuesto, que procede declarar al perro con nº. de Identifi cación en el RIVIA 978000001390265, en situación legal de abandono y, en conse-cuencia, comunicar tal extremo a Dª. ISABEL BERNAL MESA a los efectos pertinentes.

Por todo lo anterior, esta Alcaldía Presidencia, vista la propuesta formulada por la Jefe de Sección de Actividades y en uso de las atribuciones que legalmente tiene conferidas

R E S U E L V EPrimero.- Declarar en situación legal de abandono al perro

con nº. de Identifi cación en el RIVIA 978000001390265 y notifi car personalmente a Dª. ISABEL BERNAL MESA dicho extremo a los efectos pertinentes.

Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Ofi cial de esta Provincia, en el Tablón de Edictos de este Ayunta-miento, de conformidad con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.- Notifi car la presente Resolución a los interesados en el procedimiento signifi cándoles que contra el presente acto, que es defi nitivo en la vía administrativa, podrán interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante esta Alcaldía Presidencia o, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos a partir del día siguiente al de recibo de esta noti-fi cación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de esta jurisdicción de la Ciudad de Castellón de la Plana, de confor-midad con lo dispuesto en el art. 116.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en los arts. 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Lo que traslado a Ud. para su conocimiento y demás efectos pertinentes.

La Secretaria,/ Iluminada Blay Fornas/ Burriana, 18 de febre-ro de 2010”.

Lo que se hace público para conocimiento del propietario del perro con nº. de Identifi cación en el RIVIA 978000001390265, a los efectos oportunos.

Burriana, 26 de febrero de 2010.—El Alcalde, Jose R. Calpe Saera. C-2913

* * *

D. Jose Ramon Calpe Saera Alcalde-Presidente del Magnífi -co Ayuntamiento de Burriana, en fecha 4 de marzo de 2010, hace saber:

Que intentada la notifi cación nº 11488 de Registro de salida dirigida a la mercantil ESQUEMES VIA VERDA, S.L con domicilio social situado en c/ San Esteban, nº 2 de Sant Cugat del Vallés (Barcelona ) y habiendo sido devuelta por el Agente Notifi cador por encontrarse ausente el interesado y no hallarse persona laguna que se haga cargo de la misma, de conformidad con lo dispuesto en el art. 59 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común, se procede al anuncio de la expresada notifi cación, cuyo texto íntegro es el siguiente:

Comunico a Usted que la Alcaldía Presidencia, en la fecha que se expresa , ha adoptado la siguiente resolución:

Decreto.- Burriana, 16 de diciembre de 2009 Visto el informe emitido por el arquitecto técnico munici-

pal de fecha 7 de diciembre de 2009, en el que se señala que el inmueble situado en c/ Bruselas, 7 esquina c/ Tellin y Helsinki del Sector Novenes de Calatrava, se encuentra en defi cientes condi-ciones de seguridad, salubridad y ornato público.

Visto el artículo 3.16 letra d) del vigente PGOU establece que los inmuebles deberán ser mantenidos limpios de vegetación y restos de inmundicias, vallados con cerramiento permanente de 2,00 metros de altura, en las zonas de califi cación CHP y EDC y de las mismas características que el defi nitivo en el resto de zonas de califi cación. Estos vallados deberán tener adecuada presencia, consistencia y resistencia, cercando la alineación ofi cial. Deberá propiciarse el adecuado tratamiento de la superfi -cie del solar para evitar el riesgo de accidentes.

Por todo ello, procede solicitar al denunciado:-La limpieza inmediata del inmueble y posterior traslado de

restos a vertedero (3.156,38,38 M2).Vallado de la parte del solar que linda con via pública.

(56+66,16+46,57 = 168,73 ml)Se admite vallado provisional a base de piquetas y tela

metálica a 1,50 m. FIJO.Se le concede un plazo IMPRORROGABLE de 10 días para

llevar a cabo los trabajos tanto de limpieza y vallado, comuni-cándole que en caso de no llevarlos a cabo el propietario, aqué-llos serán ejecutados subsidiariamente por el Ayuntamiento, y posteriormente requerido el pago del importe de los mismos al denunciado. Se valora la ejecución de los mismos en CATORCE MIL TRESCIENTOS EUROS.

Considerando que los artículos 3.15 y 3.16 del vigente P.G.O.U., en relación con el art. 206 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana (en adelante LUV) y artículo 498 del ROGTU y art. 9 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio el que se aprueba el texto refundido de la ley del Suelo , establecen la obligación de los propietarios de terrenos, cons-trucciones y edifi cios de mantenerlos en las debidas condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro.

Teniendo en cuenta que el art. 212.1 de la LUV, y art. 499 del ROGTU así como las Normas Urbanísticas el Plan General de Ordenación Urbana de Burriana, en su art. 1.23 del P.G.O.U., disponen que el Ayuntamiento deberá dictar las oportunas órde-nes de ejecución de obras de reparación, conservación y reha-bilitación de edifi cios deteriorados o en condiciones defi cientes para su utilización efectiva.

Considerando asimismo que el incumplimiento injustifi cado de la orden de ejecución facultará a este Ayuntamiento bien para ejecutar subsidiariamente la obligación, a costa del denunciado, bien para imponer multas coercitivas, tal y como prevé el artícu-lo 212.3 LUV y el art. 502 del ROGTU.

Considerando que los arts. 1 y 5 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales prevén la intervención administrativa en la actividad de los administrados en estos supuestos, debiendo cumplir los principios determinados por la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, principalmente en lo que se refi ere a la audiencia al inte-resado y a los medios de ejecución forzosa.

Por todo ello, de conformidad con el informe jurídico propuesta emitido por la Jefa de Sección II , y en virtud de las atribuciones que legalmente tiene conferidas, esta Alcaldía Presidencia

R E S U E L V E Primero.- Incoar expediente a ESQUEMES VIA VERDA, S.L.,

con cif nº B-64.025.067 en orden a la ejecución de los trabajos necesarios para restablecer las debidas condiciones de seguri-dad, salubridad, ornato público y decoro del inmueble sito en c/Bruselas, nº 7 esquina c/ Tellin y Helsinki del Sector Novenes de Calatrava. Burriana.

Segundo.- Conceder al interesado plazo de diez días de audiencia, contados a partir del siguiente al del recibo de la

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presente notifi cación, para que alegue lo que estime pertinente en defensa de sus derechos de conformidad con lo dispuesto en el art. 84.2 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.- Advertir al interesado que si no presentan alega-ciones, o si las mismas fueran desestimadas, procedería la adop-ción de nuevo acuerdo ordenando la ejecución de los trabajos necesarios para el mantenimiento del conjunto del inmueble, para restablecer las debidas condiciones de seguridad, salu-bridad y ornato público y aprobando la liquidación fi scal, por importe de 120 euros según lo dispuesto en el nuevo art. 8 de la Ordenanza fi scal reguladora de las tasas por prestación de servi-cios urbanísticos (B.O.P. 07.11.2003).

Cuarto.- Notificar la presente Resolución al interesado, signifi cándole que contra la misma, como acto de trámite que no pone fi n a la vía administrativa, no cabe recurso alguno. Sin perjuicio de que pueda interponer el que estime pertinente.

Lo que se hace público para conocimiento del interesado, a los efectos oportunos.

Burriana, 4 de marzo de 2010 .—El Alcalde, Jose Ramon Calpe Saera. C-2927

* * *

D. Juan Granell Ferré Alcalde -Acctal del Magnífi co Ayunta-miento de Burriana, en fecha 25 de febrero de 2010, hace saber:

Que intentada la notifi cación nº 6884 de Registro de salida dirigida a D. Jose Luis Cadenas Ballester, con domicilio en c/ Antonio Colomer, 2 en Rocafort (Valencia) y habiendo sido devuelta por el Agente Notifi cador por encontrarse ausente el interesado y no hallarse persona laguna que se haga cargo de la misma, de conformidad con lo dispuesto en el art. 59 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede al anuncio de la expresada notifi cación, cuyo texto íntegro es el siguiente:

Comunico a Ud que la Alcaldía Presidencia, en la fecha que se expresa, ha adoptado la siguiente resolución:

Decreto.- Burriana, 20 de julio de 2009 Vistas las actuaciones que obran en el expediente incoado

a D. Jose Luis Cadenas Ballester, en relación con las defi cien-tes condiciones de seguridad, salubridad y ornato público del inmueble sito en c/ San Lucas 7, con referencia catastral nº 1883742YK5118S0001FG.

Visto que mediante Decreto de Alcaldía de fecha 5 de mayo de 2009 se incoó expediente tendente a la ejecución de los traba-jos de limpieza y posterior traslado de restos a vertedero, así como al vallado del mismo.

Visto el informe emitido por el arquitecto técnico municipal de fecha 30 de junio de 2009, en el que se señala que no se ha procedido a la limpieza completa del inmueble ni retirado los restos, ni se ha ejecutado el vallado del mismo.

Vista la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por presta-ción de servicios urbanísticos, en su artículo 7 que establece el periodo de devengo, que se entiende producido desde la fecha en que se inicien de ofi cio las actuaciones administrativas de prestación de servicios sujetos a la tasa.

Considerando que los artículos 3.15 y 3.16 del vigente P.G.O.U., en relación con el art. 206 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana (en adelante LUV) y el art. 498 del ROGTU y art. 9 de la Ley 8/2008, de 20 de junio del Suelo, establecen la obligación de los propietarios de terrenos, cons-trucciones y edifi cios de mantenerlos en las debidas condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro.

Teniendo en cuenta que el Art. 212.1 de la LUV, y el Art. 499 del ROGTU así como las Normas Urbanísticas el Plan General de Ordenación Urbana de Burriana, en su art. 1.23 del P.G.O.U., disponen que el Ayuntamiento deberá dictar las oportunas órde-nes de ejecución de obras de reparación, conservación y reha-bilitación de edifi cios deteriorados o en condiciones defi cientes para su utilización efectiva.

Considerando asimismo que el incumplimiento injustifi cado de la orden de ejecución facultará a este Ayuntamiento bien para ejecutar subsidiariamente la obligación, a costa del denunciado, bien para imponer multas coercitivas, tal y como prevé el artícu-lo 212.3 LUV y el Art. 502 del ROGTU.

Considerando que los arts. 1 y 5 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales prevén la intervención administrativa en la actividad de los administrados en estos supuestos, debiendo cumplir los principios determinados por la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, principalmente en lo que se refi ere a la audiencia al inte-resado y a los medios de ejecución forzosa.

Visto el artículo 8 de la citada Ordenanza, el cual esta-blece el importe de 120,00 euros, por el dictado de orden de ejecución por incumplimiento del deber de conservación de inmueble o por restauración de elementos de la vía pública alterados como consecuencia de actuaciones realizadas por los obligados.

Visto el informe jurídico propuesta emitido por la Jefa de Sección VI, y considerando de aplicación la normativa anterior-mente citada, en virtud de las atribuciones que legalmente tiene conferidas, esta Alcaldía Presidencia

R E S U E L V E

Primero. Ordenar a D. Jose Luis Cadenas Ballester, con cif nº 19.348.304-Z que proceda a realizar los trabajos consistentes en la limpieza y posterior traslado de restos a vertedero, así como al vallado del mismo, al menos en su parte lindante con vía pública, concediéndole un plazo de 15 días, contados a partir del día siguiente al de notifi cación de la presente, a fi n de evitar los posibles perjuicios derivados del estado en que se halla el inmueble en cuestión.

Segundo. Advertir al interesado que el incumplimiento de lo ordenado en el dispositivo anterior dará lugar a la ejecución subsidiaria de los referidos trabajos a su costa, de conformidad con lo dispuesto en el art. 98 de la precitada Ley 30/92, de 26 de noviembre, estando valorados provisionalmente dichos traba-jos en la cantidad de 1.300 euros, según informe emitido por el arquitecto técnico municipal de fecha 29 de abril pasado.

Tercero. Aprobar la liquidación fi scal en concepto de tasa por prestación de servicios urbanísticos por importe de 120 euros., según lo dispuesto en la nueva redacción del artículo 8 de la Ordenanza fi scal reguladora de las tasas por prestación de servicios urbanísticos (B.O.P. 27.12.2003).

Cuarto.- Indicar al interesado que el importe expresado deberá hacerse efectivo en Tesorería Municipal, por cualquier medio previsto en derecho, desde la fecha de la notificación hasta el día 5 del mes siguiente, si la notifi cación se recibe entre los días 1 y 15 de cada mes; y hasta el día 20 del mes siguiente si se recibe entre los días 16 y último de cada mes. Transcurridos los plazos citados sin haber verifi cado el ingreso, se procederá al procedimiento de apremio con el recargo del 20%.

Quinto. Notifi car el presente acuerdo a D. Jose Luis Cadens Ballester, signifi cándole que contra el mismo, como acto que pone fi n a la vía administrativa, podrá interponer en el plazo de un mes computado desde el día siguiente a la notifi cación de la presente, recurso potestativo de reposición ante esta Alcaldía Presidencia o, en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente día al de recibo de esta notifi cación, recurso conten-cioso-administrativo ante el Juzgado de dicha jurisdicción de Castellón, de conformidad con lo dispuesto en el art. 116.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, y el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio. Sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro que estime pertinente.

Contra el dispositivo TERCERO dictado en vía de gestión de ingresos de derecho público podrá interponer recurso de repo-sición ante el mismo órgano que lo dicta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notifi cación, según dispone el art. 14 de la Ley de Haciendas Locales, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro que estime procedente. En todo caso, la interposición de recursos no suspenderá la ejecución del acto impugnado.”

Lo que se hace público para conocimiento del interesado, a los efectos oportunos.

Burriana, 25 de febrero de 2010.— El Alcalde Acctal, (Decreto delegación 24.02.2010) D. Juan Granell Ferré. C-2928

* * *

D. Jose Ramon Calpe Saera Alcalde-Presidente del Magnífi -co Ayuntamiento de Burriana, en fecha 4 de marzo de 2010, hace saber:

Que intentada la notifi cación nº 6918 de Registro de salida dirigida a la mercantil Promcastalia s.l, con domicilio social sito en c/ Laurea Miró, 153-1-1 de Esplugues de Llobregat y habien-do sido devuelta por el Agente Notificador por encontrarse ausente el interesado y no hallarse persona laguna que se haga cargo de la misma, de conformidad con lo dispuesto en el art. 59 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede al anuncio de la expresada notificación, cuyo texto íntegro es el siguiente:

Comunico a Usted que la Alcaldía Presidencia, en la fecha que se expresa , ha adoptado la siguiente resolución:

Decreto.- Burriana, 21 de julio de 2009 Vistas las actuaciones que obran en el expediente incoado

a Promcastalia s.l, en relación con las defi cientes condiciones de seguridad, salubridad y ornato público del inmueble sito en c/ La Marina (antigua fábrica La Joya).

Visto que mediante Decreto de Alcaldía de fecha 30 de enero de 2009 se incoó expediente tendente a la ejecución de los traba-jos de limpieza, revisión y afi anzamiento de cualquier elemento estructural o no, así como el vallado del inmueble.

Visto el informe emitido por el arquitecto técnico municipal de fecha 16 de julio de 2009, en el que se señala que procede ordenar la limpieza general del exterior del edifi cio, hasta la línea de fachada ofi cial, así como la retirada de cualquier elemento que pudiera ser causa de accidente por desprendimiento fortuito o derrumbe. Y el vallado de la zona, al menos en su línde a vía pública.

Vista la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por presta-ción de servicios urbanísticos, en su artículo 7 que establece el periodo de devengo, que se entiende producido desde la fecha en que se inicien de ofi cio las actuaciones administrativas de prestación de servicios sujetos a la tasa.

Considerando que los artículos 3.15 y 3.16 del vigente P.G.O.U., en relación con el art. 206 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana (en adelante LUV) y el art. 498 del ROGTU y art. 9 de la Ley 8/2008, de 20 de junio del Suelo,

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establecen la obligación de los propietarios de terrenos, cons-trucciones y edifi cios de mantenerlos en las debidas condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro.

Teniendo en cuenta que el Art. 212.1 de la LUV, y el Art. 499 del ROGTU así como las Normas Urbanísticas el Plan General de Ordenación Urbana de Burriana, en su art. 1.23 del P.G.O.U., disponen que el Ayuntamiento deberá dictar las oportunas órde-nes de ejecución de obras de reparación, conservación y reha-bilitación de edifi cios deteriorados o en condiciones defi cientes para su utilización efectiva.

Considerando asimismo que el incumplimiento injustifi cado de la orden de ejecución facultará a este Ayuntamiento bien para ejecutar subsidiariamente la obligación, a costa del denunciado, bien para imponer multas coercitivas, tal y como prevé el artícu-lo 212.3 LUV y el Art. 502 del ROGTU.

Considerando que los arts. 1 y 5 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales prevén la intervención administrativa en la actividad de los administrados en estos supuestos, debiendo cumplir los principios determinados por la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, principalmente en lo que se refi ere a la audiencia al inte-resado y a los medios de ejecución forzosa.

Visto el artículo 8 de la citada Ordenanza, el cual establece el importe de 120,00 euros, por el dictado de orden de ejecución por incumplimiento del deber de conservación de inmueble o por restauración de elementos de la vía pública alterados como consecuencia de actuaciones realizadas por los obligados.

Visto el informe jurídico propuesta emitido por la Jefa de Sección VI, y considerando de aplicación la normativa anterior-mente citada, en virtud de las atribuciones que legalmente tiene conferidas, esta Alcaldía Presidencia

R E S U E L V EPrimero. Ordenar a la mercantil Promcastalia, s.l, con cif nº

B-64.003.957 que proceda a realizar los trabajos consistentes en la limpieza general de exterior del edifi cio, hasta línea de fachada ofi cial, así como retirada de cualquier elemento que pudiera ser causa de accidente por desprendimiento fortuito o derrumbe, y el vallado de la zona, al menos en su líne a vía pública, conce-diéndole un plazo de 1 MES, contados a partir del día siguiente al de notificación de la presente, a fin de evitar los posibles perjuicios derivados del estado en que se halla el inmueble en cuestión.

Segundo. Advertir a la citada mercantil que el incumpli-miento de lo ordenado en el dispositivo anterior dará lugar a la ejecución subsidiaria de los referidos trabajos a su costa, de conformidad con lo dispuesto en el art. 98 de la precitada Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del procedimiento administrativo común.

Tercero. Aprobar la liquidación fi scal en concepto de tasa por prestación de servicios urbanísticos por importe de 120 euros., según lo dispuesto en la nueva redacción del artículo 8 de la Ordenanza fi scal reguladora de las tasas por prestación de servicios urbanísticos (B.O.P. 27.12.2003).

Cuarto.- Indicar al interesado que el importe expresado deberá hacerse efectivo en Tesorería Municipal, por cualquier medio previsto en derecho, desde la fecha de la notificación hasta el día 5 del mes siguiente, si la notifi cación se recibe entre los días 1 y 15 de cada mes; y hasta el día 20 del mes siguiente si se recibe entre los días 16 y último de cada mes. Transcurridos los plazos citados sin haber verifi cado el ingreso, se procederá al procedimiento de apremio con el recargo del 20%.

Quinto. Notifi car el presente acuerdo a Promcastalia, s.l, signifi cándole que contra el mismo, como acto que pone fi n a la vía administrativa, podrá interponer en el plazo de un mes computado desde el día siguiente a la notifi cación de la presen-te, recurso potestativo de reposición ante esta Alcaldía Presiden-cia o, en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente día al de recibo de esta notifi cación, recurso contencioso-admi-nistrativo ante el Juzgado de dicha jurisdicción de Castellón, de conformidad con lo dispuesto en el art. 116.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, y el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio. Sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro que estime pertinente.

Contra el dispositivo TERCERO dictado en vía de gestión de ingresos de derecho público podrá interponer recurso de repo-sición ante el mismo órgano que lo dicta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notifi cación, según dispone el art. 14 de la Ley de Haciendas Locales, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro que estime procedente. En todo caso, la interposición de recursos no suspenderá la ejecución del acto impugnado.”

Lo acordó la Alcaldía Presidencia, en el lugar y fecha arriba expresados, de lo que como Secretaria certifi co

Lo que se hace público para conocimiento del interesado, a los efectos oportunos.

Burriana, 4 de marzo de 2010.—El Alcalde, Jose Ramon Calpe Saera. C-2929

* * *

En atención al desconocimiento de su domicilio, así como a la imposibilidad de practicar la notificación personal a las personas o entidades que seguidamente se expresan, se pone

en su conocimiento que Dª. CECILIA VILAR FONT ha solicitado licencia ambiental para ejercer una actividad de LUDOTECA en el local sito en AV CAMI D’ONDA, NÚM. 92, de esta Ciudad, del que resultan ser vecinos inmediatos:

CAMPSAEVA VICENT AGRAMUNTJOSE VICENTE USO LLORCALAURA TRAVER PALOPSi se consideran afectados de algún modo por la instalación

y posterior funcionamiento de la actividad de referencia puedan formular por escrito, que presentarán en el Registro General de Entrada de Documentos del Ayuntamiento, las observaciones que tengan por conveniente, durante el plazo de VEINTE DÍAS hábiles, computados a partir del siguiente a la presente publicación.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en los arts. 50.3 de la Ley 2/2006, de 5 de mayo, de la Genera-litat Valenciana, de Prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental, y 55.3 del Decreto 127/2006, de 15 de septiembre, por el que se desarrolla la citada ley, así como en el 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Burriana, 8 de marzo de 2010.—EL ALCALDE, José Ramón Calpe Saera. C-3069

CABANES

Anuncio de notifi cación De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61

de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-vo Común, se hace pública la notifi cación de la incoación de los expedientes incluidos en el expediente 5/10 de bajas de ofi cio del Padrón Municipal de Habitantes referentes a, ANTRANIK ABRAMIAN, JESÚS GABRIEL GURGUNOIU, CRISTINA VALEN-TINA KUN, COSMIN GABRIEL GURGUNOIU, TEODORA ULICI, MARIUS MARIAN MIJA, JOZSEF SASZ, FLORIN CATALIN ULICI, en cuanto que habiéndose intentado la notifi cación en el último domicilio conocido estas no se han podido practicar.

Los expedientes obran en el Departamento de Gestión del Padrón del Ayuntamiento de Cabanes, signifi cándole que en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, podrá presentar por escrito en dicho departamento la comunicación a que hace referencia el articulo 72 y siguientes del Real Decreto 2612/1996 de 20 de diciembre por el que se modifi ca el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986 de 11 de julio.

Cabanes a 15 de marzo de 2010.- EL ALCALDE, Artemio Siurana Gauchía. C-3070

CASTELLÓN DE LA PLANA

Por Decreto de la Alcaldía de este Excmo. Ayuntamiento, se han efectuado los siguientes nombramientos:Nombre CargoAntonio López Álvarez Celador de Campos de DeporteVicente José Vilalta García Celador de Campos de DeporteJosé Manuel García González Celador de Campos de DeporteFernando Gil Rubio Celador de Campos de DeporteJuan Vicente Carque Moya Celador de Campos de DeporteJaime Ciscar Peris Celador de Campos de DeporteEsteban Folgado Cerisuelo Celador de Campos de DeporteDavid Vilar Peris Celador de Campos de Deporte

Castellón de la Plana, a 24 de febrero de 2010.El Quinto Teniente de Alcalde Delegado del Área de Gobier-

no, Juán José Pérez Macián. C-2956

* * *

Rectifi cación del decreto 811/2010 relativo a la creación y aprobación del régimen regulador de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Castellón de la Plana

La Alcaldía de este Ayuntamiento, por decreto de fecha 15 de marzo de 2010, ha dispuesto lo siguiente:

“Por decreto de esta Alcaldía nº 811/2010, de fecha 1 de marzo de 2010, se resolvió la creación y aprobación del régimen regulador de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Castellón de la Plana. Con posterioridad se han detectado, en la parte dispositiva del citado decreto, una serie de errores materiales o de transcripción cuya rectificación resulta necesaria y que consisten en lo siguiente:

En el apartado Tercero, número 1, existe duplicidad en el nombre del “Patronato Municipal de Deportes”, debiendo indi-carse en su lugar “Patronato Municipal de Turismo”. Asimismo falta, en dicho apartado la referencia a la “Fundación Municipal de Fiestas”.

En el número 7, punto 2, del mismo apartado Tercero, es erróneo el número de teléfono que corresponde al distrito Sur.

En el apartado Cuarto, número 2, donde dice Carpeta del Ciudadano debe decir carpeta Ciudadana.

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA36 Núm. 37.—27 de marzo de 2010

Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común y, en uso de las atribuciones que me confi ere el artículo 124. 4 m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local RESUELVO:

Primero.- Rectifi car los errores materiales advertidos en el Decreto nº 811/2010, de fecha 1 de marzo, relativo a la creación y aprobación del régimen regulador de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Castellón de la Plana y, en consecuencia, susti-tuir la redacción de los apartados Tercero (puntos 1 y 7) y Cuarto (punto 2), por la que se cita a continuación:

“Tercero.- Características de la Sede Electrónica del Ayun-tamiento

1.- El ámbito de aplicación de la Sede Electrónica del Ayun-tamiento de Castellón de la Plana es la Administración Municipal y de los organismos públicos vinculados o dependientes de la misma (los organismos autónomos Patronato Municipal de Deportes, Patronato Municipal de Turismo, Fundación Municipal de Fiestas y la empresa municipal Gestora Urbana Municipal S.A. - GUMSA).

7.- Los canales de acceso o medios para la prestación de los servicios disponibles en la sede son:

2.- Canal Presencial: los servicios que se ofrecen a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento estarán también a dispo-sición de los ciudadanos en las Ofi cinas de Atención Integrada a los ciudadanos en los distritos de la ciudad:

- Sur, C/ Ricardo Catalá esquina J. Marqués - Teléfono 964 25 27 36”

“Cuarto.- La Relación de servicios disponibles en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Castellón de la Plana son los siguientes:

2.- El acceso a la carpeta electrónica o Carpeta Ciudadana.”Segundo .- Publicar la presente resolución en el Boletín

Ofi cial de la Provincia, así como el texto íntegro del Decreto recti-fi cado, cuya redacción defi nitiva será la siguiente:

“Creación y aprobación del régimen regulador de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Castellón de la Plana.

La Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, creó el concepto de “Sede Electrónica” por la necesidad de defi nir claramente la sede admi-nistrativa electrónica con la que se establecen las relaciones por medios electrónicos de la ciudadanía con las Administraciones Públicas, promoviendo un régimen de identifi cación, autenti-cación, contenido mínimo, protección jurídica, accesibilidad, disponibilidad y responsabilidad.

El artículo 10.1 de la misma Ley defi ne la Sede Electrónica como “aquella dirección electrónica disponible para los ciudada-nos a través de las redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponda a una Administración Pública, órgano o entidad administrativa en el ejercicio de sus competencias”. El apartado 3 del mismo artículo, establece que cada Administración Pública determinará las condiciones e instrumentos de creación de las sedes electrónicas, con sujeción a los principios de publicidad, ofi cialidad, responsabilidad, cali-dad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e inte-roperabilidad. En todo caso, deberá garantizarse la identifi cación del titular de la sede, así como los medios disponibles para la formulación de sugerencias y quejas

El Ayuntamiento de Castellón de la Plana aprobó su Orde-nanza Municipal de la Administración Electrónica por acuerdo del Pleno de fecha 25 de septiembre de 2008 en el ejercicio de su potestad reglamentaria para la aplicación de la Ley 11/2007, de 22 de junio, en el ámbito de la Administración Municipal del municipio de Castellón de la Plana en relación con la Disposición Final Tercera de esta Ley que señalaba un calendario de adapta-ción de las Entidades que integran la Administración Local para el ejercicio por los ciudadanos de los derechos reconocidos en el artículo 6 de esta ley, en los procedimientos y actuaciones de su competencia, a partir del 31 de diciembre de 2009.

Así, el Ayuntamiento de Castellón de la Plana ha venido trabajando estos dos últimos años para cumplir este calendario de implantación de la Administración Electrónica y en los artí-culos 4 y 28 de la Ordenanza encontramos referencias a la sede electrónica del Ayuntamiento de Castellón de la Plana y en su articulado los principios generales y disposiciones que deben regir los servicios electrónicos que preste el Ayuntamiento de Castellón de la Plana a través de su sede electrónica.

No obstante lo anterior, ante la puesta en funcionamiento de la sede electrónica del Ayuntamiento, de los servicios elec-trónicos referidos a información, trámites y procedimientos electrónicos a través del Portal de la Ciudadanía y la Carpeta Ciudadana y la publicación del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, aplicable a la Administración General del Estado y sus organismos públicos vinculados o dependientes pero que establece un marco jurídico que puede servir de referencia a otras Administraciones Públicas como la nuestra, en lo que se refi ere a las sedes electrónicas en aspectos como sus caracterís-ticas, contenido mínimo y servicios, se ha considerado la conve-niencia al amparo de lo dispuesto en la Disposición Final Primera

de la Ordenanza reguladora de la Administración Electrónica del Ayuntamiento de Castellón de la Plana de dictar una resolución de desarrollo del régimen jurídico regulador de la sede electróni-ca de este Ayuntamiento.

Por todo ello, en uso de las atribuciones que me confi ere el artículo 124. 4 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen local y Disposición Final primera de la Ordenanza reguladora de la Administración Electrónica del Ayuntamiento de Castellón de la Plana, HE RESUELTO

Primero.- Creación.Aprobar la creación y el régimen jurídico regulador de la

Sede Electrónica del Ayuntamiento de Castellón de la Plana de acuerdo con las siguientes disposiciones:

Segundo.- ObjetoLa Sede Electrónica del Ayuntamiento de Castellón de la

Plana es la dirección electrónica disponible para los ciudadanos y ciudadanas, a través de las redes de telecomunicaciones, cuya titularidad, gestión y administración corresponde al Excmo. Ayuntamiento de Castellón de la Plana en el ejercicio de sus competencias. A través de la sede los ciudadanos y ciudadanas acceden a la información, los servicios y trámites electrónicos de la Administración del Ayuntamiento de Castellón de la Plana.

Tercero.- Características de la Sede Electrónica del Ayunta-miento

1.- El ámbito de aplicación de la Sede Electrónica del Ayun-tamiento de Castellón de la Plana es la Administración Municipal y de los organismos públicos vinculados o dependientes de la misma (los organismos autónomos Patronato Municipal de Deportes, Patronato Municipal de Turismo, Fundación Municipal de Fiestas y la empresa municipal Gestora Urbana Municipal S.A. - GUMSA).

2.- La dirección electrónica de referencia de la sede es https://www.castello.es.

3.- El acceso a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Castellón de la Plana podrá realizarse también a través de la página web ofi cial del Ayuntamiento de Castellón de la Plana www.castello.es en su sección de Administración Electrónica.

4.- El acceso a sus servicios electrónicos es a través del Portal de la Ciudadanía y también en la dirección electrónica https://portal.castellon.es y https://portal.castello.es.

5.- La Titularidad de la Sede Electrónica corresponde al Excmo. Ayuntamiento de Castellón de la Plana, a través de su legal representante, el Alcalde que asume la responsabilidad de la integridad, veracidad y actualización de la información y los servicios a que pueda accederse a través de la misma.

6.- Gestión y administración de la Sede Electrónica.1. La coordinación general de todos los servicios de la

sede electrónica, la defi nición del diseño y de la estructura de presentación de los contenidos alojados en la Sede Electrónica, corresponderá a la Dirección de Modernización y Calidad de los Servicios Municipales.

2. La gestión tecnológica de la sede electrónica será compe-tencia de la Sección de Innovación y Desarrollo Tecnológico del Ayuntamiento, como órgano competente en la dirección de los sistemas de información y telecomunicaciones municipales, será la responsable de suministrar y gestionar los servicios y medios tecnológicos que conformen la sede electrónica.

3. Serán responsables de la gestión de contenidos y servicios, información y trámites puestos a disposición de la ciudadanía en la Sede Electrónica con carácter superior los Coordinadores de las Áreas de Gobierno o Titulares de Órganos Directivos y Gerentes de los organismos públicos vinculados según los casos y con carácter directo e inmediato los jefes/as de las Secciones administrativas municipales u órganos equivalentes en los organismos públicos municipales vinculados o dependientes de la misma, en el ámbito de sus competencias.

7.- Los canales de acceso o medios para la prestación de los servicios disponibles en la sede son:

1.- Canal electrónico: a través de Internet o de la red pública ciudadana WIFICAS, accediendo a la propia Sede Electrónica del Ayuntamiento de Castellón de la Plana, bien desde un equipo informático del ciudadano o bien desde uno de los puntos de información municipal multimedia.

El Ayuntamiento dispone, para su utilización de forma gratuita por parte de los ciudadanos de diversos puntos de acceso a la red de Internet desde los que poder acceder a la Sede Electrónica del Ayuntamiento mediante Puntos de Información Municipal Multimedia en las distintas ofi cinas de Atención Inte-grada a los ciudadanos de los distritos de la Ciudad Centro, El Grao, Norte, Sur, Este y Oeste y en diversos puntos de la ciudad.

2.- Canal Presencial: los servicios que se ofrecen a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento estarán también a dispo-sición de los ciudadanos en las Ofi cinas de Atención Integrada a los ciudadanos en los distritos de la ciudad:

- Centro, Plaza Mayor, 1 – Teléfono 964 35 52 03- Norte, Plaza del Primer Molí, 1 - Teléfono 964 22 33 50- Sur, C/ Ricardo Catalá esquina J. Marqués - Teléfono 964

25 27 36- Este, Avda. Hermanos Bou, 27 bajo – Teléfono 964 26 00 43- Oeste, Plaza de España, 1 - Teléfono 964 24 47 65- El Grao, Paseo de Buenavista, 28 – Teléfono 964 28 38 40

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3.- Canal Telefónico: se facilitará información sobre los servi-cios ofrecidos por la Sede Electrónica por el Servicio de Infor-mación al Ciudadano 010 Atenti–CS, en el número 010 si llama desde Castellón y en el teléfono 964 22 60 10 si llama desde móvil, otro municipio o provincia.

8.- El mapa de navegación de la Sede ElectrónicaEn la Sede Electrónica se encuentra disponible la infor-

mación necesaria para la correcta utilización de la sede con la estructura de navegación y descarga del software necesario.

9.- La identificación de la Sede Electrónica, se realizará mediante un sistema de fi rma electrónica basada en un dispo-sitivo seguro e implementada mediante un certifi cado digital de sede electrónica. Este certifi cado identifi ca de forma segura el dominio de la sede electrónica (www.castello.es) y está registra-do a nombre del Ayuntamiento de Castellón de la Plana.

10.- La Integridad y confi dencialidad de las comunicacio-nes establecidas entre un ciudadano y la Sede Electrónica del Ayuntamiento quedarán garantizadas mediante la utilización del Protocolo de Capa Conexión Segura (SSL), Haciendo uso del certifi cado digital de sede electrónica.

11.- Las medidas de seguridad exigibles a los accesos a datos de carácter personal a través de las redes de comunicacio-nes se regirán por el Documento Política General de Seguridad en el Tratamiento de los Datos de Carácter Personal del Ayunta-miento de Castellón de la Plana “aprobado por decreto de fecha 8 de septiembre de 2008 y en lo no previsto por el titulo VIII del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, aproba-do por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

12.- Para la identifi cación y autenticación del ejercicio de la competencia en la actuación administrativa automatizada el Ayuntamiento de Castellón de la Plana utilizará el sello electró-nico de Secretaría General Municipal, basado en un certifi cado electrónico de dispositivo seguro que reúne los requisitos esta-blecidos por la legislación de fi rma electrónica.

13.- Los sistemas de identifi cación y autenticación para el acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios de la Sede Electrónica, en función del nivel de seguridad exigido para cada uno de estos servicios se basarán en los sistemas de fi rma electrónica de los siguientes prestadores de servicios de certifi -cación:

1. Firma electrónica reconocida basada en los certifi cados reconocidos de persona físicas incluidas en el Documento Nacional de Identidad Electrónico, e-DNI.

2. Firma electrónica avanzada basada en un certifi cado reco-nocido para ciudadano emitido por la Autoridad de Certifi cación de la Comunidad Valenciana, ACCV.

3. Firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido de persona física emitido por la Autoridad de Certi-fi cación Camerfi rma S.A. (Servicio de Certifi cación Digital de las Cámaras de Comercio).

14.- La Norma de creación del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Castellón de la Plana, accesible desde la Sede Electrónica - Ordenanza Reguladora de la Administración Elec-trónica del Ayuntamiento de Castellón de la Plana de fecha 25 de septiembre de 2008 (B.O.P. de Castellón número 8 de 17 de enero de 2009).

Cuarto.- La Relación de servicios disponibles en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Castellón de la Plana son los siguientes:

1.- El Catálogo de trámites municipales electrónicos actual-mente disponibles a través del Portal de la Ciudadanía.

2.- El acceso a la carpeta electrónica o Carpeta Ciudadana.3.- Los medios disponibles y procedimiento para la formu-

lación de quejas y sugerencias en relación con el contenido, gestión y servicios ofrecidos en la Sede Electrónica dispondrán de un acceso a través de la Unidad de Sugerencias y Reclamacio-nes (URyS) de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclama-ciones del Ayuntamiento.

4.- Las publicaciones del Boletín de Información Municipal.- BIM

5.- La indicación de la fecha y hora ofi cial de la Sede Electró-nica y el calendario de días inhábiles de cada año a los efectos del cómputo de plazos del registro electrónico del Ayuntamiento de Castellón de la Plana.

6.- El Ayuntamiento dispone en todas las ofi cinas de Aten-ción Integrada a los Ciudadanos del servicio de identifi cación y autenticación de los ciudadanos por funcionarios públicos muni-cipales expresamente habilitados para realizar con su propia fi rma electrónica que estén dotados, la identifi cación y autenti-cación de los ciudadanos que no cuenten con fi rma electrónica propia para realizar un trámite por medios electrónicos.

Quinto.- Uso de Lenguas Ofi cialesEl acceso a los servicios y contenidos de la Sede Electró-

nica del Ayuntamiento de Castellón de la Plana está en las dos lenguas ofi ciales de la Comunidad Valenciana.

Sexto.- Integridad, veracidad y actualización de los conteni-dos de Sede Electrónica del Ayuntamiento.

Encomendar la responsabilidad de la gestión de contenidos y servicios puestos a disposición de los ciudadanos referidos la integridad, veracidad y actualización de la información, de los trámites y servicios que se encuentren en la Sede Electró-

nica, con carácter superior a los Coordinadores de las Áreas de Gobierno o Titulares de Órganos Directivos y Gerentes de los organismo públicos vinculados según los casos y con carácter directo e inmediato los jefes/as de las Secciones administrativas municipales u órganos equivalentes en los organismos públicos en el ámbito de sus competencias.

Séptimo.- Publicidad de la Sede Electrónica del Ayunta-miento

Publicar la creación y el régimen regulador de la Sede Elec-trónica del Ayuntamiento de Castellón de la Plana en el Boletín Ofi cial de la Provincia y en la propia Sede Electrónica del Ayunta-miento de Castellón de la Plana, con un enlace a su publicación en el Boletín Ofi cial de la Provincia. Asimismo se publicará en la Intranet del Ayuntamiento.”

Lo que se hace público para general conocimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Castellón de la Plana, 16 de marzo de 2010.— El Alcalde, Fdo.: Alberto Fabra Part. C-3202-U

* * *

NOTIFICACION A PROPIETARIO DESCONOCIDO O CUYO DOMICILIO O PARADERO SE IGNORA, AFECTADO POR EL PROCEDIMIENTO DE TRAMITE DE AUDIENCIA DEL EXPEDIENTE DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL, POR DAÑOS SUFRIDOS EN SU VEHICULO, COMO CONSECUENCIA DE UN GOLPE CON UN MACETERO EN LA C/SALVADOR GUINOT, DE CASTELLON.

Intentada notifi cación a Dª. Naiza Safaryan, y no habiendo sido posible su localización, de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común, modifi cada por Ley 4/1999, se pone en su conoci-miento:

“En relación con la reclamación presentada por usted, en fecha 8 de septiembre de 2009, por los daños sufridos, le signi-fi co que en base a lo dispuesto en el artículo 11 del Real Decreto 429/93, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en Materia de Responsabilidad Patrimonial, se le concede un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la notificación del presente escrito, para que pueda formular alegaciones y presen-tar los documentos y justifi caciones que estime pertinentes.

A tal efecto, se relacionan a continuación los documentos obrantes en el expediente, que se le pone de manifi esto, de los que puede obtener copia en el Negociado de Responsabilidad Patrimonial situado en la C/Mayor, nº 56, entlo, de Castellón:

1.- Informe de la Jefa del Negociado Administrativo del Área de Seguridad, de fecha 28 de octubre de 2009.

2.- Informe del Jefe del Negociado de Parques y Jardines , de fecha 11 de enero de 2010.

3.- Escrito de Vivers Centre Verd Sau, de fecha 3 de febrero de 2009.”

Castellón de la Plana, 16 de marzo de 2010.- EL ALCALDE, Alberto Fabra Part. C-3078

* * *

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1.992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habiéndose intentado las notifi caciones a los interesa-dos en su último domicilio conocido y no pudiéndose practicar las mismas, se remiten al Boletín Ofi cial de la Provincia al objeto de su publicación.

DECRETO BAJA LICENCIA ACTIVIDAD 728/01-ACT.-A D.ª. ESMERALDA AGUT NAVARRO con domicilio en

CALLE PINTOR CASTELL, 15 de CASTELLÓN DE LA PLANA, se le hace saber:

El Ilmo. Sr. Concejal Delegado de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Control Urbanístico, en fecha 5 de enero de 2010, dictó el Decreto del tenor literal siguiente:

“Visto que el 26 de Noviembre de 2001 mediante resolución del Sr. Teniente-Alcalde Delegado de Servicios Públicos conce-dió a Dª ESMERALDA AGUT NAVARRO licencia municipal para ejercer una actividad de PELUQUERÍA Y SALÓN DE BELLEZA en CALLE PINTOR CASTELL, 15, de esta Ciudad.

Visto que el 14 de Diciembre de 2009, se presenta por parte de la peticionaria escrito ante este Excmo. Ayuntamiento (nº registro 81489) en el que solicita la baja de la citada actividad.

Considerando que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 y 91 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, todo interesado puede renunciar a sus derechos cuando no esté prohibido por el Ordenamiento Jurídico pudiendo hacer-se la renuncia por cualquier medio que permita su constancia.

Visto el informe jurídico emitido por la Sra. Jefa del Nego-ciado Administrativo de Actividades, conformado por la Sra. Asesor Jurídico-Jefe de Sección de Control Urbanístico, el Sr. Concejal Delegado, al amparo de lo dispuesto en el Acuerdo

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA38 Núm. 37.—27 de marzo de 2010

adoptado por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada en fecha 6 de julio de 2007, resuelve:

ÚNICO: Dejar sin efecto la licencia municipal para instalar la actividad de PELUQUERÍA Y SALÓN DE BELLEZA en CALLE PINTOR CASTELL, 3 de esta Ciudad”.

Lo que se le notifi ca para su conocimiento, signifi cándole que contra el acto que se notifi ca, que pone fi n a la vía adminis-trativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que lo ha dictado (art. 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificado por Ley 11/1999 y 107, 116 y 117 y concor-dantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modifi cados por Ley 4/1999) o, alterna-tivamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Castellón de la Plana, en el plazo de dos meses (art. 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y en los artículos 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Juris-dicción Contencioso-administrativa). En ambos casos, el plazo se computará desde el día siguiente a aquél en que se practique la presente notifi cación.

Castellón de la Plana, 11 de marzo de 2010.- Asesor Jurídico – Jefe de Sección de Control Urbanístico, Mª José Doménech Antich. C-3074

* * *

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1.992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habiéndose intentado las notifi caciones a los interesa-dos en su último domicilio conocido y no pudiéndose practicar las mismas, se remiten al Boletín Ofi cial de la Provincia al objeto de su publicación.

BAJA POR IMPAGO LICENCIA DE VADO 587. EXPTE. Nº V-84/79

A D.ª FLORINA ALBU con domicilio en C/ PELAYO, 38 3º-B de CASTELLON DE LA PLANA, se le hace saber:

El Concejal-Delegado de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Control Urbanístico del Excmo. Ayuntamiento de Castellón de la Plana, con fecha cuatro de febrero de dos mil diez, decretó lo siguiente:

“Visto el expediente de Comunicación Ambiental nº 000243/2008-ACT presentado por FLORINA ALBU, el 3 de marzo de 2008 para instalar la actividad de COMERCIO AL POR MENOR DE BOLSOS Y BISUTERIA, en CALLE SAN VICENTE, 79 BJ, de este término municipal.

Visto que de conformidad con el artículo 65 de la Ley 2/2006, de 5 de mayo, de Prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental y del artículo 71 del Decreto 127/2006, de 15 de septiembre del Consell, por el que se desarrolla la citada Ley, constan en el expediente certifi cado de compatibilidad de la actividad con el Plan General de 1984 y sus modifi caciones y con el planeamiento expuesto al público, memoria técnica descriptiva de la actividad e informe emitido por el Sr. Ingeniero Técnico Municipal validando la memoria presentada e indicando que la actividad cuya instalación se solicita se considera sujeta al régimen de Comunicación Ambiental al no estar incluida en el Decreto 54/1990, de 26 de marzo, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se aprueba el Nomenclator de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.

Visto el informe jurídico emitido por la Sra. Jefa del Nego-ciado Administrativo de Actividades conformado por la Sra. Asesor Jurídico-Jefe de Sección de Control Urbanístico, el Sr. Concejal Delegado, al amparo de lo dispuesto en el Acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada en fecha 6 de julio de 2007,

Resuelvo:1º.- Validar la memoria técnica presentada por FLORINA

ALBU, para instalar una actividad de COMERCIO AL POR MENOR DE BOLSOS Y BISUTERÍA, en CALLE SAN VICENTE, 79, BJ de este término municipal.

2º.- Condicionar el inicio de la actividad a que el titular apor-te certifi cación técnica acreditativa de que las instalaciones y la actividad proyectadas cumplen todos los requisitos ambientales exigibles y demás requisitos preceptivos, de acuerdo con la normativa aplicable, para el cumplimiento de los objetivos de la Ley 2/2006, de 5 de mayo, de Prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental.

3º.- La presente resolución no exime a los titulares de las actividades cuyas memorias se validan a obtener todas aquellas autorizaciones exigidas por la legislación vigente.”

Lo que se le comunica para su conocimiento, signifi cándole que contra el acto que se notifi ca, que pone fi n a la vía adminis-trativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que lo ha dictado (art. 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificado por Ley 11/1999 y 107, 116 y 117 y concor-dantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modifi cados por Ley 4/1999) o, alterna-tivamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Castellón de la Plana, en el plazo de dos meses (art. 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Regu-

ladora de las Bases de Régimen Local y en los artículos 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdic-ción Contencioso-administrativa). En ambos casos, el plazo se computará desde el día siguiente a aquél en que se practique la presente notifi cación.”

Lo que comunico para su conocimiento y efectos oportunos.Castellón de la Plana, 15 de marzo de 2010.Asesor Jurídico – Jefe de Sección de Control Urbanístico

(P.D. del Vicesecretario-Titular del Órgano de Apoyo de la Junta de Gobierno Local de 16 de enero de 2006), Mª José Doménech Antich. C-3075

* * *

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1.992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habiéndose intentado las notifi caciones a los interesa-dos en su último domicilio conocido y no pudiéndose practicar las mismas, se remiten al Boletín Ofi cial de la Provincia al objeto de su publicación.

BAJA LICENCIA DE VADO 5454 EXPTE. Nº V-84/07A D.ª ROSARIO ALVARO NEBOT con domicilio en CAMINO

SERRADAL, 306 de CASTELLON DE LA PLANA, se le hace saber:El Concejal-Delegado de Sostenibilidad, Medio Ambiente y

Control Urbanístico del Excmo. Ayuntamiento de Castellón de la Plana, con fecha veintinueve de enero de dos mil diez, decretó lo siguiente:

“Considerando que la Ordenanza Municipal reguladora de las licencias de vados por uso común especial del dominio público local y de las autorizaciones por otros aprovechamientos especiales, aprobada en el Pleno el día 23 de junio de 1.999, en su artículo 17 prevé la baja de la licencia de vado a petición del interesado aportando el justifi cante de la tasa del año en curso.

Visto que los titulares de las licencias de vado que a conti-nuación se relacionan, o en su caso sus representantes legales, han solicitado dentro del cuarto trimestre del ejercicio 2009 la baja de las mismas, acompañando la documentación requerida.

Visto el informe jurídico emitido por la Sra. Jefa del Nego-ciado Administrativo de Actividades, conformado por la Sra. Asesor Jurídico-Jefe de Sección de Control Urbanístico.

Por todo ello, esta Concejalía Delegada de Sostenibili-dad, Medio Ambiente y Control Urbanístico de acuerdo con lo dispuesto en el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada en fecha 6 de julio de 2007,

Resuelvo:1º.- Dar de baja con efectos del 31 de diciembre de 2009 las

licencias de vado que se relacionan a continuación:

TITULAR PLACA EMPLAZAMIENTO EXPTE.ROSARIO ALVARO NEBOT 5.454 CAMINO SERRADAL, 306 84/07

2º.- Ordenar al Sr. Jefe del Negociado de Tráfico que se proceda a la retirada de las placas correspondientes.

Lo que se le comunica para su conocimiento, signifi cándole que contra el acto que se notifi ca, que pone fi n a la vía adminis-trativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que lo ha dictado (art. 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificado por Ley 11/1999 y 107, 116 y 117 y concor-dantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modifi cados por Ley 4/1999) o, alterna-tivamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Castellón de la Plana, en el plazo de dos meses (art. 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Regu-ladora de las Bases de Régimen Local y en los artículos 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdic-ción Contencioso-administrativa). En ambos casos, el plazo se computará desde el día siguiente a aquél en que se practique la presente notifi cación.”

Lo que comunico para su conocimiento y efectos oportunosCastellón de la Plana, 17 de marzo de 2010.Asesor Jurídico – Jefe de Sección de Control Urbanístico

(P.D. del Vicesecretario-Titular del Órgano de Apoyo de la Junta de Gobierno Local de 16 de enero de 2006), Mª José Doménech Antich. C-3077

* * *

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1.992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habiéndose intentado las notifi caciones a los interesa-dos en su último domicilio conocido y no pudiéndose practicar las mismas, se remiten al Boletín Ofi cial de la Provincia al objeto de su publicación.

BAJA POR IMPAGO LICENCIA DE VADO 4282. EXPTE. Nº V-66/01

A D.ª JOAQUINA JUAREZ HERRERO con domicilio en CAMI-NO MOTOR SERRADAL, 27 de CASTELLON DE LA PLANA, se le hace saber:

El Concejal-Delegado de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Control Urbanístico del Excmo. Ayuntamiento de Castellón de la Plana, con fecha cuatro de febrero de dos mil diez, decretó lo siguiente:

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANANúm. 37.—27 de marzo de 2010 39

“Mediante Decreto del Sr. Concejal de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Control Urbanístico de fecha 2 de febrero de 2009, se resolvió dar de baja aquellas licencias de vado que no ingresaron la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras correspondientes al año 2009 a fecha 31 de diciembre de 2008, de conformidad con la relación remitida por el Sr. Viceinterven-tor de este Excmo. Ayuntamiento en fecha 16 de enero de 2009, y en cumplimiento del artículo 17.4 de la Ordenanza Municipal reguladora de las licencias de vados por uso común especial del dominio público local y de las autorizaciones por otros aprove-chamientos especiales, que dispone que la falta de pago de la tasa correspondiente dentro del año natural es causa de baja en la licencia o autorización.

Mediante Decreto del Sr. Concejal de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Control Urbanístico de fecha 20 de abril de 2009, se resolvió suspender la efi cacia del citado Decreto de 2 de febrero de 2009, hasta el 11 de noviembre de 2009 en que a través de un nuevo Decreto, se dejó sin efecto dicha suspensión y se ordenó la retirada de las placas de aquellos titulares de vado que habien-do causado baja no habían abonado todavía las tasas de 2008.

Posteriormente, el 27 de enero de dos mil diez, mediante Decreto del Sr. Concejal de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Control Urbanístico, se procede a la rectifi cación del citado Decreto de 11 de noviembre de 2009, al haberse producido un error material al detallar los vados que fi guraban pendientes de ingreso.

Por todo ello, esta Concejalía Delegada de Sostenibili-dad, Medio Ambiente y Control Urbanístico de acuerdo con lo dispuesto en el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada en fecha 6 de julio de 2007,

Resuelvo:UNICO.- Revocar el Decreto de fecha 2 de febrero de 2009,

en el sentido de mantener vigentes las licencias de vado que se relacionan a continuación y no proceder a la retirada de las placas correspondientes:

TITULAR PLACA EMPLAZAMIENTO EXPTE.JOAQUINA JUAREZ HERRERO 4.282 C/ BUDAPEST, 3 (MAS BLAU) V-66/01

Lo que se le comunica para su conocimiento, signifi cándole que contra el acto que se notifi ca, que pone fi n a la vía adminis-trativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que lo ha dictado (art. 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificado por Ley 11/1999 y 107, 116 y 117 y concor-dantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modifi cados por Ley 4/1999) o, alterna-tivamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Castellón de la Plana, en el plazo de dos meses (art. 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Regu-ladora de las Bases de Régimen Local y en los artículos 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdic-ción Contencioso-administrativa). En ambos casos, el plazo se computará desde el día siguiente a aquél en que se practique la presente notifi cación.”

Lo que comunico para su conocimiento y efectos oportunosCastellón de la Plana, 16 de marzo de 2010.Asesor Jurídico – Jefe de Sección de Control Urbanístico

(P.D. del Vicesecretario-Titular del Órgano de Apoyo de la Junta de Gobierno Local de 16 de enero de 2006), Mª José Doménech Antich. C-3076

* * *

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, sobre el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notifi cación de la resolución de los expedientes sancionadores que se indi-can, dictadas por el Teniente de Alcalde, Concejal Delegado de Seguridad Ciudadana, a las personas que a continuación se relacionan, en cuanto que, habiéndose intentado la noti-fi cación en sus ultimos domicilios conocidos, esta no se ha podido practicar.

Contra estas resoluciones, que ponen fi n a la vida admi-nistrativa, se puede interponer recurso de reposición ante le órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente en el Boletín Ofi cial de la Provincia, según lo previsto en los artícu-los 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 14.2 del Texto Refundido de la Ley Regu-ladora de las Haciendas Locales. La interposición del recurso de reposición no suspenderá la ejecución del acto impugnado, a menos que se solicite la suspensión del mismo de acuerdo y con los requisitos establecidos en el articulo 14.2 del Texto Refundido citado.

Las multas podrán ser abonadas en periodo voluntario dentro del plazo de quince días háb iles siguientes a esta publi-cación, con la advertencia de que, de no hacerlo, se iniciará el procedimiento de recaudación en periodo ejecutivo, con la obligación de satisfacer los recargos, intereses y costas a que se refi ere la Ley General Tributaria.

Los correspondientes expedientes obran en el Negocimado de Multas del Ayuntamiento de Castellón.

ARTIC RGC INFRACTOR N I F IMP NUM. EXP.

94 2E ABAD*MONCADA,PAULA A X3771696 42 2009000005360094 2B ABAD*MONCADA,PAULA A X3771696 60 2009000005759118 2 ABEIJON*VILA,PATRICIA 53481318 150 2009000005607494 2E ABOUELKACEM*ZAKARIA,OUNAS X9119172V 42 2009000004842894 2B ACOSTA*ARCILA,YESID X7635457D 60 2009000005223218 2 AGALLOUCH,MUSTAPHA X2956977M 150 2009000005070494 2A AGOST*SEDER,VICENTA ANTONIA 18941761 42 2009000005706294 2B AGUILAR*NUÑEZ,ELENA ROSA 18996810 60 20090000052316132 1 AGUILELLA*CERISUELO,SAMUEL 52949970 30 2009000004898294 1B AGUT*BARREDA,M JESUS 18973982 92 20090000053581132 1 ALBERT*TRAVER,ARTEMIO 18841980 30 2009000004836994 2C ALCARAZ*MARTINEZ,MARIA CARMEN 18897544 42 2009000004885194 2A ALDESCU,MARIAN X3171914F 42 2009000005064094 2C ALEXANDRESCU,ANDREI MARIUS X3533056A 42 2009000004832291 2D ALIAGA*POBLADOR,NURIA 20470970 92 2009000004908829 1 ALMELA*GOMEZ,VICENTE JAVIER 52945469 302 2009000004921494 2E ALONSO*GARCIA,FRANCISCO JESUS 45595600 42 2009000004840194 2C ALONSO*SECO,M TERESA 40426085 42 2009000004899294 2F ALVARADO,HEILERT DEL CARMEN X4002462W 42 2009000005054091 2D ALVES*CARNEIRO,MARLI X1162089 92 20090000048324117 1 AMADOR*GIMENEZ,ABRAHAM 20491016 150 2009000005059294 2A ANDRUNESCU*LAURA,AURELIA X4453633M 50 2009000004791294 2B ANNASIRI,HOSSAIN X4471828F 20 2009000004947694 2B ANNASIRI,HOSSAIN X4471828F 60 2009000004954794 2B ANNASIRI,HOSSAIN X4471828F 60 20090000049654132 1 AQUAD,SOUAD X1216573B 30 2009000004855194 2C ARANDA*ALBA,FRANCISCO JESUS 18971061 42 2009000004856894 2C ARISTIZABAL*ROJAS,NANCY MILENA 20912020 42 2009000004878491 1 ARISTOT*FENOLLAR,MARIA ISABEL 18933743 92 20090000049017132 1 ARITON,EMIL ENACHE X6627379K 30 2009000004916594 2A ARNAU*MIRAVET,JESUS 52793045 50 2009000005067394 2B ARTOLA*VICENTE,FERNANDO 18878719 60 2009000005199994 2E AUTO ESTUDIO, SL B4658568 42 2009000004894494 2C AVALOS*DENIA,FRANCISCO 18902613 42 20090000050627117 2 AVILA*ABELLANAS,ROGER 20460044 150 20090000048637132 1 AVILA*ABELLANAS,ROGER 20460044 30 2009000004863694 2A AZAHAR MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO B1254484 42 2009000004893394 2C AZNAR*RUIZ,MARIA AMPARO 23231393 42 2009000004832594 2C BADENES*BRAULIO,VIRGILIO 18952798 42 2009000004642294 2C BADENES*HERNANDEZ,ALEJANDRO 18994183 42 2009000004899594 2C BADENES*TRILLES,CRISTOBAL LUIS 18935247 42 20090000050631117 1 BADENES*TRILLES,JOSEP M A 18871260 150 2009000004883391 2D BAGANT*SUSO,FERNANDO 20244597 92 20090000048942171 0 BALAGUER*ESCRIG,JOSE VENACIO 18909500 30 2009000004861894 2B BANICA,IONUT X9436781L 60 20090000052352132 1 BARBA*DE SALAS,DANIEL 75816667 30 2009000004861694 2F BARRACHINA*BARTOLL,MARIA ERICA 19011312 42 2009000004837494 2A BAUSA*SALES,SERGIO 18992200 50 2009000004642591 1 BELCHOCINE,OMAR X2022172N 92 2009000004839294 2B BELENGUER*MESEGUER,IRMA 19011870 60 2009000005196694 2C BELTRAN*GALINDO,RENE ABELARDO 18991563 42 20090000048301132 1 BETANCOURT*ARDILA,JUAN DIEGO X3734474X 30 2009000004804694 2D BIENVE NOVENTA Y OCHO SL B1248984 42 2009000004885594 2D BIMBO MARTINEZ COMERCIAL SL B6207106 42 2009000005056794 2B BLANC*ROQUER,ELISENDA 46618998 60 200900000499133 1 BOANTA,OVIDIU ADRIAN X9463192A 302 2009000004894091 1 BONACHERA*LOPEZ,M CORO 18862163 92 2009000004918994 2F BORRAS*ULLDEMOLINS,M FRANCISCA 18888314 42 2009000005375894 2B BOTA*DONA,GEORGIANA X6770307G 60 2009000005065291 2D BOTA*DONA,GEORGIANA X6770307G 92 2009000004716094 2B BOU*OLMOS,M LIDON 20462899 20 2009000004980318 2 BOUZID,AKTOUF X1232359L 150 2009000005063891 2D BRASOVEANU,STEFANIA X6436805W 92 2009000005547794 2E BRATU*LAURA,GEORGIANA X6850770 42 2009000004720091 2B BRETON*BRAVO,BIENVENIDO 30195913 92 2009000005071156 3 BUNEA,MIHAI IONUT X3391138H 200 20090000050703117 1 BUSTAMANTE*FERNANDEZ,JUAN FRANCISCO 20481108 150 2009000004927856 3 BUSTAMANTE*FERNANDEZ,JUAN FRANCISCO 20481108 200 20090000051033132 1 BUZDUGAN,MIHAI X3875622 30 2009000004842194 2E CABEDO*CHABRERA,ROCIO 18982960 42 2009000005437794 2C CABELLO*RICHARTE,ANA VIRGINIA 18972195 42 2009000004859594 2E CABEZA*PELAEZ,MARIA 18902522 42 20090000048468132 1 CAIZA*QUINATAO,LUIS GERMANICO X3653312S 30 2009000004841994 2E CALERO*DIAZ,ILUMINADA 52659229 42 2009000005552194 2B CALVO*GUTIERREZ,JOAQUIN 18395397 20 2009000005197494 2A CAMILARI,MARIUS IULIAN X7419817V 50 2009000005069894 2C CAMILARI,MIHAI X6523457 42 2009000004720194 2A CARASEL,LUIZIANA X4837626J 105 2009000004873494 2C CARBALLO*ALFONSO,JOSE ANTONIO 52154420 42 2009000004812494 2A CARBALLO*CHAVES,JORGE DANIEL 20472634 42 2009000005064594 2C CARCELLER*MONTULL,JOSE 18605268 42 2009000005561294 2C CARDO*CARDOS,ANGEL DAVID 18986937 42 2009000004791594 2C CARO*MERCHANTE,JOSE MANUEL 50827856 42 2009000004833894 2E CARSI*COLOMINA,LUIS JAVIER 24352624 42 2009000005063991 1 CASBAN 2006 SL B1270496 92 20090000048086132 1 CASSANELLI*MARCELO,DANIEL X1197167V 30 20090000048271132 1 CASTILLO,VICTORIA X2551286 30 2009000005585794 2E CASTRO*GALVEZ,CRISTINA 53377220 42 2009000004888394 2B CAÑADA*VILLARROYA,PEDRO JOSE 19001365 60 2009000005658794 2A CEMO CERAMICAS SL B1248448 50 2009000004810194 2E CENTER FISCH, SL B8176518 42 2009000004861394 2C CEREZO*PEREZ,ISABEL 53726003 42 2009000004793694 2A CERVERA*GRIMALDOS,ROBERTO 44514173 50 20090000048100

Page 40: ADMINISTRACIÓN CENTRAL

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA40 Núm. 37.—27 de marzo de 2010

94 2A CERVERA*QUEROL,JAIME 18968709 50 2009000004826994 2A CHAMORRO*AGUILELLA,JUAN MANUEL 20240508 50 2009000004907494 2B CHICA*CABEZUELO,MANUEL 18995685 60 2009000005739294 2A CHIVA*AMELLA,MANUEL 18840414 42 2009000004791494 2B CID*FERNANDEZ,ANA 20242409 60 2009000004993294 2A CIOBANU,ELENA ADELINA X6735751V 50 2009000004926394 2A CLEMENTE*ALFARO,JUANA MARIA DOLORES 5116137 50 2009000004864020 1 COAN*CATALIN,IOAN*LISIN 4542837 302 2009000004807994 2B COJOCARU*LIVIU,ION X4078230 60 2009000004993120 1 COJOCARU,PETRU X3138970E 302 20090000046743117 1 COJOCARU,PETRU X3138970E 150 2009000004848394 2A COLOMER*BELTRAN,FRANCISCA 18893758 50 2009000004897394 2C COMERCIAL NOU COLORS SL B1221066 42 2009000004869894 2C CONSTANTIN,IONUT X7532732W 42 2009000004868794 2A CONTRERAS*MUÑOZ,MARIA DEL MAR 18932408 50 2009000004857794 2G CORREA*ESPITIA,JUAN MANUEL 20923925 50 2009000004854994 2A CORREDOR*GIL,M LLANOS 18927979 50 2009000004852794 2E CORSEU,CORNEL DANIEL X3434610C 42 2009000004917594 2E CORSEU,CORNEL DANIEL X3434610C 42 20090000049190132 1 CORUJO*DOMINGUEZ,YOLANDA 35093329 30 20090000050785132 1 CRACIUNOIU,FLORIN ALIN X9070925R 30 2009000004916220 1 CROSETTI*ZANON,ANDREINA B X4895078B 302 2009000004818494 2C CRUZ*FLOR,CRISTOBAL 19011017 42 2009000005356994 2F CUESTA*ALCANTARA,ENRIQUE 1796573 42 20090000048741132 1 DASCALU,COSTICA X6591024 30 20090000048406132 1 DE HOYOS,DANIELA ROMINA X2822169T 30 2009000004882091 1 DE LOS PINEÑO ROMERO*DE LA,MA EUGENIA 18927305 92 2009000005063094 2E DE LOS PINEÑO ROMERO*DE LA,MA EUGENIA 18927305 42 2009000004833494 1B DEHELEAN,VIRGIL GIGEL X3652412N 92 2009000004877418 2 DELIU,NICU X5706629F 150 2009000005587694 2C DIARVEINDE SL B1270707 42 2009000004745794 2A DIAZ*ABRIL,JOSE 18883276 50 2009000004925794 2A DIAZ*FERNANDEZ,JOSEFA 18954248 50 20090000050626132 1 DIAZ*QUINTERO,JOSE ANTONIO 27316176 30 2009000004851894 2A DIENG,MOUCTAR 2436276R 50 2009000004863356 3 DIEZ*LOPEZ,JOSE M 18904029 200 20090000048446132 1 DINU,RADUTA X3731537V 30 2009000004850294 2F DOLZ*COTANDA,JOAQUIN 18973340 42 2009000005445894 2B DOMENECH*CASTILLO,JOAQU 18910160 20 2009000005637694 2C DOMINGUEZ*ARIAS,MARIA ISABEL 18945538 42 20090000049120132 1 DONCHEV,DRAGOMIR KOLEV X3573471F 30 2009000004839894 2A DOÑATE*GIMENO,MARIA TERESA 18927373 50 2009000004792394 2E DUMITRACHE*ADRIAN,COSMIN X6778783 42 2009000004812894 2C DUMITRACHE,OANA ANDREEA X8195019G 42 20090000049123132 1 DUMITREAN,OVIDIU VASILE X6768838F 30 2009000005066794 2B ECHADI,ABDELKABIR X6420545A 60 2009000004970694 2E EDO*FERRER,FRANCISCO 18880831 42 2009000005550894 2E EDO*SOLSONA,AVELINO 18403056 42 2009000005613794 2C EDO*TENA,MANUEL 18951761 42 20090000046497132 1 EL GONNOUNI*BENYOUNES,ISSMAIL 20915339 30 2009000004800094 2C EL MAAZOUZ,ABDELHADI X8435434T 42 20090000048308117 1 EL MOUMEN,MOLAY EL MAHDI X3148595X 150 2009000004927129 1 EL*FARAZDAQ,SAID X6897162Z 302 2009000004853394 2A ELECTRICIDAD VILA REAL SL B1223787 50 20090000048362132 1 ENACHE,ELENA X7162682E 30 2009000004878394 2E ERROUIHA*NOUR,EDDINE X5026257 42 2009000004860594 2B ERROUIHA*NOUR,EDDINE X5026257 20 2009000005199294 2B ERROUIHA*NOUR,EDDINE X5026257 20 2009000005239394 2G ESCRIVA*NIÑO,CARLOS 35002588 50 2009000004831194 2A ESPALLARGUES*TENA,MRIA DEL PILAR 73976859 50 2009000005567394 2E EXCLUSIVAS SERRET SA A1226168 42 2009000004718194 2E EXCLUSIVAS SERRET SA A1226168 42 20090000047177171 0 FARRE*LLOP,JOSE MANUEL 53381068 30 20090000047183132 1 FENIX CARVISTA,S.L. B12818555 30 2009000005436994 2B FERNANDEZ*CASTELLO,JUAN M 19004172 60 2009000005519394 2B FERNANDEZ*CASTELLO,JUAN M 19004172 20 2009000005650594 2B FERNANDEZ*CASTELLO,JUAN M 19004172 60 2009000005236118 2 FERNANDEZ*FERNANDEZ,JUAN VIRGILIO 7550475 150 2009000005557894 2A FERNANDEZ*HERNANDEZ,ADELA 71958406 50 20090000048914171 0 FERNANDEZ*OSUNA,REINALDO JESUS X0896122L 30 2009000004882294 2E FERRAGUT*CHILLIDA,MARI PAZ 18874228 42 2009000004719594 2A FERRANDO*BERNAD,CRISTIAN 19007816 105 2009000004649494 2E FILIP*DANIEL,IONUT X3740482 42 20090000050729132 1 FINCAS TERELOME O SL B1234148 30 2009000005068994 2E FLOR*SOLER,MARIA YESSICA 19009943 42 2009000004755894 2E FLOREA*SERA,IONUT X6583256N 42 2009000004909494 2A FOLFA,DINU X6900501H 50 2009000004872894 2E FONSECA*ALCARAZ,LAURA 18995240 42 2009000004848094 2A FORES*AVIÑO,ANTONIO 18920376 50 20090000048836132 1 FORES*SABATER,NOELIA 20241860 30 2009000004831594 2G GABALDON*MARTINEZ,M MARGARITA 22536250 50 2009000005443091 1 GALLEGO*HERREROS,JOSE ANGEL 53090159 92 2009000005598318 2 GARCIA*ASENSI,MARIA CELIA 18983273 150 2009000004828994 2C GARCIA*COELLO,DANIEL 50750348 42 2009000005065994 2C GARCIA*FLOR,MARIA ISABEL 52945673 42 2009000004879494 2A GARCIA*GARCIA,MATIAS 51679191 42 2009000004835194 2F GARCIA*LOPEZ,JOSE DIEGO 4936609 42 2009000004845194 2A GARGALLO*GOMEZ,MARIA PAZ 52793864 50 2009000005067894 2C GIMENEZ*GARCIA,ABEL 20474758 42 2009000005434056 3 GIMENEZ*MIQUEL,CARMEN 19002855 200 2009000005373494 2E GINGA*COSTICA,NICU X3387254 42 20090000048490121 5 GIURCA*VASILE,FLORIN X3223086 45 2009000004720594 2E GOLESCU,MARIAN ILIE X6605970W 42 2009000004835094 2A GOMEZ*BELLES,MARIA PILAR 18905446 50 2009000004810594 2E GOMEZ*FERRER,JOSE MANUEL 20463011 42 20090000046476

94 2A GONZALES*VARGAS,DIEGO GUSTAVO X2802149J 50 2009000004896394 2C GONZALEZ*AREVALO,MARIA AGUSTINA 29018338 42 2009000005067594 2A GONZALEZ*MELGARES,MARIFE 77572786 50 2009000004884691 2D GONZALEZ*MIÑO,LUIS MIGUEL 18963788 92 2009000004849320 1 GONZALEZ*PLAZA,ANTONIO JOSE 20463771 302 20090000048191132 1 GONZALEZ*SANCHEZ,JOSE M 18966476 30 2009000005455194 2B GRACIA*MARTIN,JOAQUIN 17217413 60 2009000005225094 2E GRANADO*HERANCE,MARIA DEL PILAR 19005254 42 2009000005366694 2C GRANADOS*GOMEZ,JAIME 18999724 42 2009000004924694 2C GREGORI*SELMA,MIGUEL A 19003623 42 2009000005701594 2C GRIFO*NACHER,MARIA CLARA 19002931 42 20090000050647132 1 GROSU,DORIN X8635165E 30 20090000050668132 1 GUIJARRO*GUIJARRO,JOSE V 18914266 30 2009000004867694 2E HALATIK,LUIZ CARLOS X8482066B 42 2009000004920294 2E HALATIK,LUIZ CARLOS X8482066B 42 20090000048752132 1 HAND*PAINTED*MARBLE,SL B1254831 30 2009000005066094 2A HARROUCHI,ABDELMOULA X1252552H 50 20090000048474132 1 HERRERA*PERLAZA,JOSE LUIS X6161599Z 30 2009000005056220 1 HERRERO*SANCHEZ,JUAN DIEGO 18958275 450 2009000004819494 2B HERVAS*RUIZ,MANUEL 18880101 20 2009000005948894 2B HERVAS*VILAR,JOSE ANTONIO 18967500 60 2009000005380494 2A HORDUNA,MARIUS CRISTIAN X6619609W 42 2009000005065094 2C HUESO*VINAIXA,ROSA MARIA 18916420 42 20090000054585132 1 I T E COMUNICACIONES SL B5078244 30 2009000005067991 2D IANCU,FLORIN NICOLAE X6599851R 92 2009000004784794 2B IBECER SL B1259526 60 20090000051987132 1 IONELA*MARIANA,TRESTIANU X6911586 30 2009000004857694 2B IONUT*GABRIEL,VASILE X5719889 60 2009000005220894 2A IRASTORZA*CASTILLO,LEANDRO ALBERTO 22546986 105 2009000004851094 2E ISACH*HIDALGO,ISMAEL 18988126 42 2009000004843794 2A ISEL AUTOMATICA SL B1248887 50 20090000047179132 1 IVANUS,AUREL X2717127E 30 2009000005364394 2A IZQUIERDO*ARIÑO,ANTONIO JOSE 18933932 50 2009000005070294 2C IZQUIERDO*PEREZ,DANIEL 19075262 42 2009000004844994 2C JIMENEZ*CASTRO,JUAN 18864328 42 20090000048543132 1 JIMENEZ*ESCUDERO,AQUILINO 25436430 30 2009000005454794 2A JIMENEZ*ESCUDERO,MIGUEL ANGEL 18997570 50 2009000004837994 2C LAHMADI,MOHAMMED X4356876D 42 2009000004794394 2C LLANOS*PITARCH,ROSA INMACULADA 73382437 42 2009000004846794 2C LLEO*RUBIO,JOSE A 20463273 42 2009000005448594 2C LLOSCOS*AGUILES,SALVADOR 18974235 42 20090000053752132 1 LLUCH*LLAMBRICH,RUT 20241765 30 2009000004830494 2B LOPEZ*CORTES,JOSE MANUEL 20462132 20 2009000004940894 2B LOPEZ*CORTES,JOSE MANUEL 20462132 60 2009000005239020 1 LOPEZ*GIL,CESAREO 18972622 302 2009000004785894 2A LOPEZ*MEJIAS,ANTONIO MARCELINO 8829065 50 200900000558123 1 LUJAN*BEAS,JOSE ANDRES 20462401 100 2009000004865294 2B LUNGU*SORIN,IOAN X2993801 60 2009000004959894 2E MADALINA ESTILO SL B1264470 42 2009000004880791 1 MAGALIBEL SL B1261189 24 2009000005063274 2 MALAVIA*HERNANDEZ,ALBI 20465282 120 2009000005857794 2E MAMADOU,MBODJI X0582272G 42 200900000585093 1 MANEA,DANIEL GABRIEL X3434624B 100 20090000056123132 1 MARADIN,MARIA X8762136X 30 20090000048717132 1 MARFENI ESTRUCTURAS TUBULARES SL B1272646 30 2009000005071694 2C MARIAN,DANEL X8436550N 42 2009000004856094 2C MARIAN,DANEL X8436550N 42 2009000004850694 2D MARIAN,PANA X3348503 42 2009000004845294 2C MARIN*AURORA,ELENA X7337432H 42 2009000004859494 2F MARIN*SEGARRA,EVA 18991874 42 2009000004828394 2A MARIS,DANIELA NICOLETA X3185577P 50 20090000050656171 0 MARTI*CHALMETA,ADELA M 52796397 30 2009000004876694 2C MARTIN*GALAN,JOSE IGNACIO 20244989 42 2009000004909994 2C MARTIN,ROXANA GABRIELA X8809326G 42 2009000004857194 2C MARTINEZ*ESTELLER,M CARMEN 18984240 42 2009000004870829 1 MARTINEZ*GALLEGO,JONNY ENRIQUE X6819000Y 302 2009000004909394 2E MARTINEZ*MARTINEZ,JUAN ANTONIO 43036728 42 2009000004857894 2A MARTINEZ*PUERTA,IGNACIO ALBERTO 16548301 50 2009000004843594 2A MARTINEZ*SANCHEZ,PEDRO 18924373 50 2009000004821694 2C MAS*QUIÑONES,JUAN FRANCISCO 21505072 42 2009000004886294 2C MAZUERA*LONDOÑO,GUSTAVO X5057019D 42 2009000004904694 2F MICO*ROIG,LORENZO 19832320 42 2009000005459156 3 MIGUEL*FERNANDEZ,FRANCISCO JAVIER 25375838 200 20090000048472143 1 MIHAILA,IONEL X6796595A 150 2009000004885494 2A MIHALACHE,CHEORGHE X5655250 50 20090000048710171 0 MIHALACHE,EUGEN X6904835M 30 2009000004871294 2B MIRA*FERNANDEZ,JUAN ANTONIO 18964412 60 2009000005213394 2B MIRA*FERNANDEZ,JUAN ANTONIO 18964412 20 2009000004989094 2C MIRALLES*IBAÑEZ,VANESA 20467209 42 20090000048345132 1 MIRALLES*MUÑOZ,ISABEL 18925451 30 2009000004849994 2C MIRALLES*VIVES,VICENTE JOSE 21442753 42 2009000005061191 2D MITRACHE,ALIN X8686476C 92 2009000004885294 2F MOLES*MUÑOZ,FRANCISCO 20463244 42 2009000005559094 2B MOLINA*MESEGUER,SERGIO 18965019 60 2009000005836994 2B MOLINA*MESEGUER,SERGIO 18965019 60 2009000005834094 2C MOLINER*MEZQUITA,BLAS 18936678 42 2009000004794294 2B MOLINER*RIBELLES,HUGO 52944408 20 2009000004949994 2A MOLLAR*DOÑATE,M TERESA 18877598 50 2009000005356029 1 MOMEL,MARIUS CATALIN X8378766G 302 2009000004866794 2F MON*TORRES,JAVIER 20473458 42 2009000004861294 2A MONDO MODA SL B1226125 42 2009000004921294 2B MONFORT*VIDAL,JOSE 18850254 20 2009000005196718 2 MONSEL*RIVAS,ARNOKD KLAUS X4611599F 150 2009000004829994 2B MONTESINOS*CONTRERAS,MONICA 18976331 20 2009000004956994 2B MONTESINOS*CONTRERAS,MONICA 18976331 20 20090000049485

Page 41: ADMINISTRACIÓN CENTRAL

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANANúm. 37.—27 de marzo de 2010 41

94 2B MONTESINOS*CONTRERAS,MONICA 18976331 20 2009000004969994 2B MONTESINOS*CONTRERAS,MONICA 18976331 20 2009000004974194 2B MONTESINOS*CONTRERAS,MONICA 18976331 20 20090000049777132 1 MOR*SANAHUJA,MANUEL 18830726 30 2009000004871194 2G MORALEDA*IGLESIAS,JUAN ALFONSO 73393171 50 2009000004854894 2A MORAN*MARMANEU,MARIA ANGELES 18995888 50 2009000005068494 2A MORENO*LOPEZ,M JOSE 18943815 105 2009000004786894 2C MORENO,HERNANDO X3226036X 42 2009000004850594 2A MORGADO*CASERO,PABLO ISRAEL 53537492 50 2009000004890794 2E MORODER*CORTES,CARLOS JOSE 22540022 42 2009000004891694 2C MOSNEAG*IOAN,MARIUS X6492473 42 2009000004864394 2C MOYA*PASCUAL,LAURA 18986598 42 2009000005054791 1 MUNTOI,ELENA GABRIELA X6079199T 92 2009000004917394 2A MURCIANO*SEBASTIA,JOSE VICENTE 22673909 50 2009000005435891 2C MUTI,LUCIAN NICU X9654669M 92 2009000005097194 2B NAGY,CRISTINA X6555514P 20 2009000005212694 2B NAHECSER SA A1235517 60 2009000005226218 2 NAVARRO*FIBLA,JAVIER 18933713 150 2009000004699294 2B NEGULESCU,CORNELIU X3107422F 20 20090000052266132 1 NICHITESCU,STELIAN X5098447Z 30 2009000004889694 2B NISTEA,CAMELIA X8882090L 20 20090000049880132 1 NUSSLI ESPAÑA SA A63893895 30 2009000004841794 2A OCON*CRUZ,MARCOS X4977284 50 2009000004872994 2C OPREA,MARIUS X6511004A 42 2009000004796394 2D ORIOLA*GALLEN,BERTA 22643900 42 20090000054685132 1 ORS*BACAS,SARA 20472447 30 2009000004831294 2C ORTA*FRANCO,JOSE MANUEL 29776264 42 2009000004911794 2B ORTIZ*MARIN,JOSE HUMBERTO X4571978 60 2009000005195694 2E OSMOAQUA CASTELLON SCP G1269960 42 2009000004841494 2A PAINAT,MARIAN EMANUEL X7913364F 50 2009000004829494 2B PANAIT,CONSTANTIN X6227183W 60 20090000051955132 1 PAPP,GHEORGHE X8885343Y 30 2009000004918794 2A PARASCHIV,ADELA ANA X5447353X 50 2009000004880020 1 PARDO*GALLEN,MARIA DEL CARMEN 73395616 302 2009000004818518 2 PARRA*DEHESA,ANTONIO 22509382H 150 2009000005058294 2C PAS-SERVICIOS INTEGRADOS DE PSICOLOGIA A B1237121 42 2009000004895494 2A PASAMONTES*ANTAS,JUAN 78022519 105 2009000004853094 2F PASCU,ELENA X3070566 42 2009000004855394 2F PASCUAL*FORTES,FRANCISCO 37729322 42 2009000005059894 2B PASCUAL*RAMOS,VICENTA CARMEN 18924998 60 20090000049901143 1 PELLICER*TARREGA,M TERESA 18867249 150 20090000048888132 1 PELLICER*TARREGA,M TERESA 18867249 30 2009000004888994 2E PENTELESCU*GHEORGHE,ADRIAN X8900223M 42 2009000005713094 2A PERELLO*LARA,SERGI 41007115 105 2009000004827610 2 PEREZ*ESTEVE,JAVIER 25401913 60 2009000004862491 1 PEREZ*SANCHEZ,MARIA TERESA 18979802 92 20090000047910132 1 PEREZ*SANTOS,RUBEN 11437338 30 20090000056098117 1 PERRET*BENAIM,GILBERT EMILI 18961238 150 2009000005085394 2E PETRE,MARIA MAGDALENA X3905931W 42 2009000004917094 2E PICADO*GONZALEZ,PEDRO ENRIQUE 10790838 42 2009000004885694 2C PINTOS*LLORENS,JOSE VTE. 52793393 42 2009000005550594 2C PINTURAS ZAMORA MARINA, SLU B1276886 42 2009000005445594 2C PIQUER*PALMA,CARMEN 18957659 42 20090000048387132 1 PITIGOI,MIOARA X6705117L 30 20090000049169132 1 PLEITE*BROSETA,JOSE ANTONIO 22651262 30 20090000048356132 1 PLEITE*BROSETA,JOSE ANTONIO 22651262 30 2009000004835520 1 PLOT,OLINER X5250280R 450 2009000004842594 2C POBES*MARTIN,AMADO 44672270 42 20090000048956132 1 PONS*MARTINEZ,JUAN 18988918 30 2009000004834094 1C POPESCU,MARIANA X3961105E 25 2009000004812991 2D PORCAR*GOMEZ,JOAN BAPTISTA 18915927 92 2009000004864694 2C PORCAR*NAVARRO,AMADEO 73391088 42 2009000004640694 2B PORCAR*NAVARRO,AMADEO 73391088 60 2009000004966394 2B PORCAR*NAVARRO,AMADEO 73391088 60 2009000004950194 2C PRADES*BADIA,DANIEL 18840913 42 2009000004855994 2B PRIEGO*BORJA,FRANCISCO JAVIER 18990014 60 20090000049396132 1 PROBOTEANU,MARIUS X8995261F 30 2009000004889794 2A PROMOCIONES ROIG SAFONT SL B1268187 50 200900000505693 1 PROTASIEWICZ,CHRISTIAN ARIEL X7748159B 302 2009000004897294 2A QIN,QIONG X3984462B 50 2009000004811894 2E QUERALT*QUEROL,JOAQUIN 40003032 42 2009000005589694 2B RADU,DANIEL X8889572A 60 2009000005817494 2E RADU,DANIEL X8889572A 42 2009000005456894 2C RADU,MIOARA X4353335X 42 2009000004847594 2E RAMI,MOHAMED X1224090F 42 2009000004917994 2C RAMOS*CATALAN,PATRICIA 18946503 42 20090000057086132 1 RAMOS*FORES,DAVID 20246747 30 2009000004918394 2F RAMOS*GONZALEZ,CONSUELO 37374002 42 2009000004898994 2C RAMOS*GONZALEZ,CONSUELO 37374002 42 2009000004858794 2F RAMOS*MAYA,DOMINGO 20481312 42 2009000005612994 2B RAMOS*PEREZ,LISIS X7131800 20 2009000004978394 2B RAMOS*RUBERT,VERONICA 18959306 20 20090000049855132 1 REMACHA*LOPEZ,SERGIO 19005546 30 2009000004845894 2C RENAU*OTERO,NOEMI 19000485 42 200900000487773 1 REPRESENTACIONES RUBEN VAQUERO SL B1276797 100 2009000004837094 2E RESTREPO*MURILLO,MABEL CRISTINA X3630772 42 2009000004813094 2E REYES*DEL PINO,DIEGO JOSE 20489067 42 2009000005598656 3 RIBES*BARREDA,JAVIER 73391029 200 20090000049209117 1 RIOS*DUQUE,RAFAEL 37362273 150 2009000004891594 2F RIY,MOHAMED X3240831Q 42 200900000488193 1 ROBLES*BARCOS,GREGORIO 53381774 302 2009000004866494 2G RODRIGUEZ*ANDREU,IVAN 20467809 50 2009000004900794 2E RODRIGUEZ*ASENJO,MARIA CARMEN 22498675 42 20090000048892132 1 RODRIGUEZ*BABILONI,SERGIO 20469136 30 2009000005070718 2 RODRIGUEZ*CARRASCO,PEDRO JOSE 150 20090000049268

132 1 RODRIGUEZ*CHACON,MANUEL 44783585 30 2009000004877094 2C RODRIGUEZ*CRESPO,FRANCISCO 31700195 42 20090000054488132 1 RODRIGUEZ*GARAY,VICENTE JOSE 53019004 30 2009000004897994 2A RODRIGUEZ*GARCIA,DIEGO 53098130 50 2009000004718694 2C RODRIGUEZ*GOMEZ,MARIA MONTSERRAT 18968663 42 2009000004881694 2A RODRIGUEZ*MENCHERO,JOSE MARIA 11752677 50 20090000053589117 1 RODRIGUEZ*PEREZ,ANGEL 18896975 150 2009000004902094 2B RODRIGUEZ*RIPOLLES,PABLO HUGO 18976806 60 2009000005786194 2E RODRIGUEZ*TORRES,ALEJANDRO 20912124 42 2009000004914994 2G ROIG*SALVIA,MANUEL 18864027 50 2009000004830918 2 ROJAS*ORTIZ,EDISON YOVANNY X6448051R 150 2009000005069094 2C ROMEO*CASANOVAS,JOSE 18956119 42 2009000004879291 2D ROMERO*OREJUELA,JOSE ALDEMAR X9216270D 92 2009000005599294 2E ROSCA*ANDREEA,IULIANA X6738665 42 2009000005064894 2C RUBERT*GARCIA,MARIO 20471238 42 2009000004887094 2A RUBIO*BERMUDEZ,AGAPITO 18879542 50 2009000004875691 2D RUBIO*LAGUNA,LIDIA N 20473608 92 20090000047455118 1 RUBIO*SALVA,RICARDO 18990737 150 2009000005155520 1 RUEDA*SANTOS,CARLOS 5917673 450 2009000004819694 2E RUIZ*ABAD,DANIEL JESUS 45300999 42 2009000004840294 2E RUIZ*CARRILLO,DAVID 18965790 21 2009000004793294 2C RUIZ*SEGUNDO,JULIO 8695446 42 20090000046460132 1 SABATER*SIMO,JOSEFA 73358778 30 2009000004835494 2B SALES*ROVIRA,EDUARDO 18936942 60 20090000055457132 1 SALVADOR*DELGADO,SANDRA 20469773 30 2009000004718794 2A SALVADOR*MARTINEZ,JOSE LUIS 18954180 50 2009000005071091 1 SALVADOR*VILLALONGA,ARMANDO 20245660 92 20090000048526132 1 SAMANIEGO*VILABRA,MARIA FABIOLA 37372376 30 2009000004790994 2A SAMPEDRO*ZABALIA,JULIAN 14944182 50 2009000004874894 2B SANCHEZ*ARENOS,DOLORES 18866457 60 2009000004999556 3 SANCHEZ*CARAYOL,SANTIAGO 20464805 200 2009000005071594 2C SANCHEZ*MARIN,JOSE MANUEL 20476340 42 2009000005056194 2C SANCHEZ*PEREZ,CARMEN 73346911 42 20090000058787117 1 SANCHEZ*VILCHEZ,MIGUEL ANGEL 20483659 150 2009000004883420 1 SANDOR,CSABA KRISTIAN X4163664C 302 2009000004819294 2C SANGUESA*BEJAR,FERNANDO 18898775 42 20090000048779117 2 SANTIAGO*TORRES,GINES 44987752 150 2009000004899194 2A SARRION*GOMEZ,M JUANA 19005268 42 2009000004698894 2E SAVU*CLAUDIU,DORIN X4623313 42 2009000004833294 2C SCAFARU,ION X3347885M 42 2009000004833994 2C SEGARRA*FABREGAT,JUAN J 18892302 42 2009000004887456 3 SEGARRA*SOLER,MARIA YOLANDA 18941944 200 2009000005609694 2B SEGARRA*TORRES, JUAN JOSE 20465514 60 2009000005732194 2B SEGARRA*TORRES, JUAN JOSE 20465514 60 2009000005772594 2B SEGARRA*TORRES, JUAN JOSE 20465514 60 2009000005774694 2B SEGARRA*TORRES, JUAN JOSE 20465514 60 2009000005771494 2C SEGURA*MONTERO,FRANCISCO JAVIER 19001992 42 2009000005062894 2A SELUSI*NERI,ALBERTO 19009975 50 2009000005054594 2A SERBAN,HOREA SILVESTRU X6435184Z 50 2009000004925694 2A SERRAT*GIL,FAUSTINO 40900215 50 2009000004851794 2C SERVICIOS FUNERARIOS CASTALIA SL B1248113 42 2009000004644394 2B SIERRA*MARTI,JOSE LUIS 20241995 60 2009000005197894 2B SILVESTRE*JUAN,ALBERTO 18989686 60 2009000005230091 2D SILVESTRE*JUAN,MARIA 19010347 92 2009000004845491 2D SIMO*GOMEZ,ROMAN 18983113 92 2009000004745694 2F SOITARIU,SERGIU X6611858 42 2009000004874094 2E SORIA*GARRIDO,JOSUA 73588110 42 2009000004853194 2D SORIA*TORRES,BELEN 18970299 42 20090000048623132 1 STAN,EMILIA CONSTATA X6061177X 30 2009000005067294 2A STANCU,CARMEN X6513726B 50 2009000004920418 2 STANESCU,GABRIEL GEORGE X5569049J 150 2009000004840594 2B STINGACIU,VASILE X8718488Q 60 2009000005194618 2 SUCIU*RAMONA,LOREDAN X4408810 150 2009000004832094 2C SUESCUM*SANCHEZ,VICTORIA MARIA 1072065 42 2009000004839794 2A SYBARYT SL B1222048 50 20090000048869132 1 T Y T AYORA CB E1252919 30 2009000004844094 2E TACHE,DANUT CEZAR X5640182F 42 2009000005071994 2B TALI,LAHOUCINE X3448780E 20 2009000005202294 2E TAREMA SL B1202700 42 2009000005466694 2B TATU,MIRELA X3300277 20 20090000051993132 1 TENA*MONTOYA,BLAS 18954300 30 2009000004882694 2C TEODOR,GHEORGHE 42 2009000004840494 2A TEODORA,FLORIN X7378889Y 105 2009000004861094 2C TEREBLECEA*CONSTANTIN,C X6740799 42 2009000004812694 2C TEREBLECEA*CONSTANTIN,C X6740799 42 2009000004720694 2C TINCA,CONSTANTIN OVIDIU X8506328P 42 2009000004835794 2A TOMAS*BRAULIO,JOSE ANTONIO 19370895 50 2009000004643894 2A TORAN*PERIS,AMELIA F 18957113 50 2009000005449994 2B TORMO*CARRERAS,LUIS JOSE 19505170 60 20090000049861171 0 TORRES*CERVERA,ESTHER 18923097 30 2009000004876894 2C TORRES*GUTIERREZ,JOSE L 18977488 42 2009000004771794 2G TORRES*MARTIN,JOSE 18878029 50 2009000004886094 2C TRINCHETE,CARLOS EDUARDO X0790238G 42 2009000004644094 2C TRIPON,AVRAM X2863035H 42 2009000004891956 3 TURC,SIMONA X6415183 200 2009000004832194 2B TUTECEAN,DIMITRU X5773026 20 2009000004992794 2C URUÑUELA*PALOMO,IRACHE 11434092 42 2009000004878594 2A VARGAS*MORENO,ENCARNACION 18943021 50 2009000004891294 2A VARGAS*MORENO,FELIPE 18850783 42 2009000004893794 2C VASILE,MIHAI X5697855 42 2009000004858094 2E VELASCO*MAESTRE,CARLOS 20475832 42 20090000048438132 1 VIAS CANALES Y PUERTOS SA A1174106 30 2009000004830794 2C VIDAL*LAVEDA,TOMAS DIAGO 20463270 42 2009000004869694 2A VILA REAL,S.L.,GESTION 2000 B12508172 50 2009000004746394 2C VILAR*BADENES,JOSE LUIS 18909973 42 20090000048949

Page 42: ADMINISTRACIÓN CENTRAL

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA42 Núm. 37.—27 de marzo de 2010

94 2C VILLEGAS*ESTEVEZ,ALEXANDER 20493952 42 2009000004805594 2C VILLEGAS*ESTEVEZ,ALEXANDER 20493952 42 2009000004860694 2E VINTILA,FLORIN ROMEO X8539744M 42 2009000004893094 2C VIVAR*GOMEZ,M ELISA 14248255 42 2009000004811294 2C VIVES*CALLEJAS,FRANCISCO 53380324 42 2009000004868894 2G VIÑALS*BELTRAN,OCTAVIO 18755323 50 2009000004718294 2A YESOS CAPITAN JIMENEZ SL B1023882 42 2009000004892018 2 ZAERA*TENA,FIDEL J 18927427 150 2009000004717094 2C ZAIT,NOUREDDINE X3038235G 42 2009000004745894 2C ZAMORANO*MECO,ESTEBAN 772739 42 2009000005590494 2A ZAPATA*RESTREPO,JAVIER MAURICIO X2945016 50 20090000050712117 1 ZAPATERO*CAMPOS,MERCEDES 37293723 150 2009000004926594 2B ZARZOSO*MAS,MANUEL 18982679 60 20090000049585

Castellón de la Plana, a 16 de marzo de 2010.—El Alcalde, Alberto Fabra Part. C-3136

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Anuncio sobre notifi cación del decreto de resolución de los siguientes expedientes sancionadores relacionados:

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 60.2 ambos de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurí-dico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común, se hace pública notifi cación de los DECRETOS DE RESOLUCIÓN de los expedientes sancionadores, instruidos contra los denunciados/as abajo indicados, en cuanto que, habiéndose intentado la notifi cación en los últimos domicilios conocidos, ésta no se ha podido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en el Negociado Administrativo del Área de Seguridad del Ayuntamiento de Castellón de la Plana, sito en la Central de Policía Local, Partida Bovalar, Cuadra Tercera, s/n, los cuales se hallan a su disposición en estas dependencias a fi n de tener conocimiento del contenido íntegro de dichas resoluciones sancionadoras y constancia de tal conocimiento.

Nº. Expte. Denunciado/a. Nº de DNI / N.I.E / Tarjeta identi-fi cativa/ Pasaporte. Fecha de la denuncia. Lugar de los hechos. Fecha incoación que se notifi ca. Fecha de la notifi cación de la incoación. Fecha de la resolución que se notifi ca. Precepto Infrin-gido de la Ordenanza Municipal de Convivencia Ciudadana de 25 de septiembre de 2008 de Castellón de la Plana. Sanción de multa que se impone.

456/09. Bogdan Vasile Calin. Pasaporte nº 12706450. 20/5/2009. Plaza Notario Mas. 10/7/2009. 26/11/2009. 19/2/2010. Art. 22. 100 euros.

500/09. Alexandru Bodgan Lazin. Tarjeta identificativa nº AR-314825. 16/3/2009. C/ Maestro Ripollés - C/ Cronista Revest. 10/7/2009. 20/10/2009. 29/1/2010. Art. 20. 150 euros.

529/09. Adriana Craciun. NIE nº X-3182783-C. 5/5/09 y 21/5/09 . Avda. del Mar (parking Carrefour) y en C/ San Juan de Moró (parking Lidl). 13/7/2009. 20/10/2009. 28/1/2010. Art. 23. 300 euros.

581/09. Jefferson García Fonseca. DNI nº 20920477-E. 31/7/2009. Plaza Notario Mas. 3/9/2009. 20/10/2009. 29/1/2010. Art. 22. 100 euros.

614/09. Verónica Asensio Castellano. DNI nº 53225343-P. 2/8/2009. Avda. Ferrandis Salvador. 7/9/2009. 20/10/2009. 29/1/2010. Art. 26. 150 euros.

691/09. Sandra Morato Martínez. DNI nº 20048180-T. 17/6/2009. Paseo Morella, nº 1. 28/9/2009. 26/11/2009. 19/2/2010. Art. 20. 150 euros.

697/09. Bousselham Driouich. NIE nº X-2497638-E. 4/7/2009. C/ Arrufat Alonso. 28/9/2009. 26/11/2009. 19/2/2010. Art. 16. 150 euros.

711/09. Miguel Marza Peñaranda. DNI nº 20910642-P. 16/8/2009. Parque Litoral, s/n. 29/9/2009. 26/11/2009. 19/2/2010. Art. 26. 150 euros.

718/09. Blas Madueño Simarro. DNI nº 53220880-F. 16/8/2009. Avda. Ferrandis Salvador, s/n. 29/9/2009. 26/11/2009. 19/2/2010. Art. 26. 150 euros.

758/09. Ángel Rosario Martín. DNI nº 45797986-H. 30/8/2009. “Sèquia Travessera”. 1/10/2009. 26/11/2009. 19/2/2010. Art. 26. 150 euros.

764/09. Juan Francisco Fernández García. DNI nº 20473975-L. 30/8/2009. Avda. Ferrandis Salvador, s/n. 1/10/2009. 27/10/2009. 29/1/2010. Art. 26. 150 euros.

770/09. Magdalena Dobrila. NIE nº X-6371878-G. 29/8/2009. Avda. Ferrandis Salvador. 1/10/2009. 26/11/2009. 19/2/2010. Art. 26. 150 euros.

774/09. Gheorghe Arsene. NIE nº X-4340230-S. 17/6/2009. Camino de las Villas, nº 38 (Molí La Font). 2/11/2009. 12/11/2009. 3/2/2010. Art. 19. 200 euros.

775/09. George Mihaita Arsene. NIE nº X-5460560-S. 17/6/2009. Camino de las Villas, nº 38 (Molí La Font). 2/11/2009. 12/11/2009. 3/2/2010. Art. 19. 200 euros.

Contra la sanción pecuniaria, que pone fi n a la vía adminis-trativa, se puede interponer recurso de reposición ante el órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de la publicación del presente Decreto de Resolución en el B.O.P., (arts. 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 14.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.)

La interposición del recurso de reposición no suspenderá la ejecución del acto impugnado, a menos que se solicite la suspensión del mismo de acuerdo y con los requisitos estableci-dos en el art. 14.2 del Texto Refundido citado.

Contra el resto de la resolución, que pone fi n a la vía admi-nistrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que lo ha dictado (art. 52 de la Ley 7/85, y art. 107,116 y117 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Común), o, alternativamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Castellón de la Plana, en el plazo de dos meses (art. 52 de la Ley 7/85 y art. 8,45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdic-ción Contencioso-Administrativa). En ambos casos, el plazo se computará desde el día siguiente a aquél en que se lleve a cabo la presente notifi cación.

Los plazos para efectuar el ingreso en voluntaria serán para las sanciones pecuniarias notifi cadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de notifi cación hasta el día 20 del mes posterior o si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Para las sanciones pecuniarias notifi cadas entre los días 16 y último mes, desde la fecha de notifi cación hasta el día 5 del segundo mes posterior, o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

El ingreso se podrá hacer efectivo en cualquiera ofi cina de las siguientes entidades fi nancieras colaboradoras autorizadas por el Ayuntamiento en las cuentas señaladas a continuación:

BANCAJA CTA. 2077-0580-43-3103982703CAJA RURAL CASTELLON SAN ISIDRO CTA. 3114-2299-96-1105374829SANTANDER CENTRAL HISPANO CTA. 0049-6658-61-2416165969B.B.V.A. CTA. 0182-6230-90-0200120314RURAL CAJA CTA. 3082-1007-92-1004133821

O mediante transferencia a cualquiera de las cuentas seña-ladas, debiendo en ambos casos indicarse claramente el número de expediente que fi gura en la notifi cación.

Transcurridos los mencionados plazos para efectuar el ingreso en período voluntario, sin haberlo realizado, se iniciará el procedimiento de recaudación en período ejecutivo, con la obligación de satisfacer los recargos, intereses y costas a que se refiere la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, la Ley General Tributaria.

Lo que se comunica para su conocimiento y a los efectos oportunos.

Castellón de la Plana, a 15 de marzo de 2010.—El Excmo. Sr. Alcalde, A>lberto Fabra Part. C-3137

* * *

NOTIFICACIÓN A DESCONOCIDO (Expte. 10296/2009); DESCONOCIO (Expte. 10883/2010); DESCONOCIDO (Expte. EXT10652/2010); DESCONOCIDO (Expte. EXT11050/2010); DESCONOCIDO (Expte. 10646/2010); DESCONOCIDO (Expte. 10891/2010); DESCONOCIDO (Expte. 10989/2010); DESCO-NOCIDO (Expte. EXT10495/2010); DESCONOCIDO (Expte. EXT10495/2010); DESCONOCIDO (Expte. 10816/2010); DESCO-NOCIDO (Expte. 10781/2010); D. JOAQUIN VICENTE GASCO (Expte. 10899/2009); MERIDIANO SERVICIOS Y MANTENIMIEN-TO SL (Expte. 10749/2009); D. RICARDO PORCAR SALVADOR (Expte. 10790/2009); D. NICOLAE CRACIUN (Expte. 10977/2009); D. CRUZ GALLEN SL (Expte. 10780/2009); D. TRAIAN NIHALCEA (Expte. 11025/2009); D. SANDEL BULANCEA (Expte. 10953/2009); D. ANGEL GIMENEZ GIMENEZ (Expte. 10992/2009); Dª. MARIA BELEN DUAL JIMENEZ (Expte. 10789/2009); D. JAMAL LURIGA (Expte. 10879/2009); D. JOSE MARIA IZQUIERDO INIESTO (Expte. 10988/2009); D. JUAN GIMENEZ GONZALEZ (Expte. 10757/2009); D. CLEITON MAFIOLETTI (Expte. 10808/2009); D. GUSTAVO ADOLFO MURIEL CIFUENTES (Expte. 10951/2009); D. JUAN MANUEL SOLER GARCIA (Expte. 10851/2009); Dª. BOGDAN CHEORCHE IONUT (Expte. 10889/2009); D. STEFAN SAVA (Expte. 10952/2009); DESCONOCIDO (Expte. EXT10460/2010); DESCONOCIDO (Expte. EXT11059/2010); DESCONOCIDO (Expte. EXT10656/2010); DESCONOCIDO (Expte. 10526/2010); DESCONOCIDO (Expte. 10548/2010); DESCONOCIDO (Expte. 10771/2010); DESCONOCIDO (Expte. 10128/2010); DESCONO-CIDO (Expte. 10371/2010); DESCONOCIDO (Expte. 10402/2010); DESCONOCIDO (Expte. 10511/2010); DESCONOCIDO (Expte. 10431/2010); DESCONOCIDO (Expte. 10506/2010); DESCONO-CIDO (Expte. 10979/2010); DESCONOCIDO (Expte. 10653/2010); D. JOSE ANTONIO DAS NEVES FERREIRA (Expte. 10978/2009); DESCONOCIDO (Expte. EXT11218/2010); DESCONOCIDO (Expte. EXT10772/2010); DESCONOCIDO (Expte. EXT11029/2010); TRAVILL CAS SL (Expte. 10821/2009); D. VALENTIN EUGEN SIMIESCU (Expte. 10786/2009); D. ANTONIO BORJA BORJA (Expte. 10853/2009).

Intentada notificación sin efecto, y no habiendo sido posible su práctica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1.992, de 26 noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se pone en su conocimiento que los vehículos marca FORD, modelo MONDEO, matrícula DESCO-NOCIDA, nº bastidor WF0AXXGBBAPU60825 (Exp. 10296/2010); marca AUDI, modelo A 4, matrícula DESCONOCIDA, nº bastidor

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANANúm. 37.—27 de marzo de 2010 43

WAUZZZ8DZTA305352 (Exp. 10883/2010); marca OPEL, mode-lo VECTRA, matrícula ACZ-794, nº bastidor DESCONOCIDO (Exp. EXT10652/2010); marca MITSHUBISHI, modelo ECLIP-SE, matrícula AT-706-FK, nº bastidor 4MBMND32ATE002789 (Exp. EXT11050/2010); marca MERCEDES, modelo MB180, matrícula DESCONOCIDO, nº bastidor VSA63137313080633 (Exp. 10646/2010); marca DERBI, modelo DESCONOCIDO, matrícula DESCONOCIDO, nº bastidor VTHAL1A1A36202088 (Exp. 10891/2010); marca AZEL, modelo DESCONOCIDO, matrícula DESCONOCIDO, nº bastidor LZSTCBPD061904389 (Exp. 10989/2010); marca FORD, modelo MONDEO, matrí-cula BH-7521-BK, nº bastidor WF0NXXGBBNPE25268 (Exp. EXT10495/2010); marca BICICLETA, modelo DESCONOCIDO, matrícula DESCONOCIDO, nº bastidor DESCONOCIDO (Exp. 10816/2010); marca BICICLETA, modelo DESCONOCIDO, matrícula DESCONOCIDO, nº bastidor DESCONOCIDO (Exp. 10781/2010); marca marca RENAULT, modelo CLIO, matrícula B-7329-NW, nº bastidor VF1C5720509412575 (Exp. 10899/2009); marca NISSAN, modelo VANETTE, matrícula CS-0268-S, nº basti-dor VSKBEC220U0943483 (Exp. 10749/2009); marca BMW, mode-lo 318, matrícula CS-0502-AN, nº bastidor WBACA91060KA36356 (Exp. 10790/2009); marca CITROEN, modelo XSARA, matrícula CS-1012-AH, nº bastidor VF7X18A00188A9683 (Exp. 10977/2009); marca VOLSKWAGEN, modelo GOLF, matrícula CS-2105-AC, nº bastidor WVWZZZ1HZPW234355 (Exp. 10780/2009), marca AUDI, modelo A4, matrícula CS-2317-AJ, nº bastidor WAUZZZ8DZ-TA238802 (Exp. 11025/2009); marca PEUGEOT, modelo 205, matrícula CS-2804-V, nº bastidor VSC20CG1223322366 (Exp. 10953/2009); marca OPEL, modelo KADETT, matrícula CS-3079-V, nº bastidor VSX000049K4315896 (Exp. 10992/2009); marca RENAULT, modelo EXPRESS, matrícula CS-3206-Y, nº bastidor VS5F40205M0100160 (Exp. 10789/2009); marca PEUGEOT, mode-lo 205, matrícula CS-5590-M, nº bastidor VSC742A47F5717856 (Exp. 10879/2009); marca NISSAN, modelo TRADE, matrícula CS-5608-U, nº bastidor VSKPF1104KA660858 (Exp. 10988/2009); marca FORD, modelo ESCORT, matrícula CS-5701-W, nº basti-dor VS6AXXWPAAKK35409 (Exp. 10757/2009); marca FORD, modelo ESCORT, matrícula CS-6159-Z, nº bastidor VS6AXXWPA-AMM55643 (Exp. 10808/2009); marca OPEL, modelo KADETT, matrícula CS-6952-S, nº bastidor WOL000033J5200724 (Exp. 10951/2009); marca SUZUKI, modelo GS 550 L, matrí-cula CS-7342-AD, nº bastidor JS1GN72L4F2103333 (Exp. 10851/2009); marca SEAT, modelo IBIZA, matrícula CS-8495-AK, nº bastidor VSSZZZ6KZVR127403 (Exp. 10889/2009); marca HYOSUNG, modelo SF50, matrícula C-8328-BGD, nº bastidor KM4CA14A2Y1200142 (Exp. 10952/2009), marca FORD, modelo MONDEO, matrícula DE-456-WW, nº bastidor WF0FXXGBBFWP63099 (Exp. EXT10460/2010); marca VOLS-KWAGEN, modelo CARAVELLE, matrícula ICN-329, nº bastidor DESCONOCIDO (Exp. EXT11059/2010); marca VOLKSWAGEN, modelo GOLF, matrícula LPU-68-NH, nº bastidor DESCONOCIDO (Exp. EXT10656/2009); marca VOLSKWAGEN, modelo GOLF, matrícula DESCONOCIDO, nº bastidor WVWZZZ1HZNB039260 (Exp. 10526/2010); marca RENAULT, modelo EXPRESS, matrí-cula DESCONOCIDO, nº bastidor VS5F40111407365227 (Exp. 10548/2010); marca OPEL, modelo CALIBRA, matrícula DESCO-NOCIDO, nº bastidor W0L000085M1241116 (Exp. 10771/2010); marca PEUGEOT, modelo DESING, matrícula DESCONO-CIDO, nº bastidor VGAS1B00B00019748 (Exp. 10128/2010); marca marca YAMAHA, modelo DESCONOCIDO, matrícu-la DESCONOCIDO, nº bastidor G5SA091003002818 (Exp. 10371/2010); marca PEUGEOT, modelo DESCONOCIDO, matrícu-la DESCONOCIDO, nº bastidor 3003819 (Exp. 10402/2010); marca DESCONOCIDO, modelo DESCONOCIDO, matrícula DESCO-NOCIDO, nº bastidor ZD4M76100WS009868 (Exp. 10511/2010); marca OPEL, modelo ASTRA, matrícula DESCONOCIDO, nº basti-dor W0L000056S5164702 (Exp. 10431/2010); marca PEUGEOT, modelo DESCONOCIDO, matrícula DESCONOCIDO, nº bastidor VGAS1B00B0010747 (Exp. 10506/2010), marca HONDA, modelo SFX, matrícula DESCONOCIDO, nº bastidor 81141GBMNH00 (Exp. 10979/2010); marca PIAGGIO, modelo VESPINO, matrícu-la DESCONOCIDO, nº bastidor 855C00357 (Exp. 10653/2010); marca OPEL, modelo OMEGA, matrícula V-8328-FF, nº bastidor W0L000026S1128536 (Exp. 10978/2009), marca YAMAHA, modelo HERCULES, matrícula OS-NE-181, nº bastidor 14A-002351 (Exp. EXT11218/2010); marca NISSAN, modelo SERENA, matrícula 09-03-IS, nº bastidor DESCONOCIDO (Exp. EXT10291/2010); marca OPEL, modelo CALIBRA, matrícula 1-JTI-19, nº bastidor DESCONOCIDO (Exp. EXT11029/2010), marca FIAT, modelo DUCATO, matrícula 2536-DHC, nº bastidor ZFA24400007513514 (Exp. 10821/2009); marca MERCEDES, modelo SLK, matrícula 9223-BDS, nº bastidor WDB1704471F035249 (Exp. 10786/2009); marca PEUGEOT, modelo BOXER, matrícula 9235-BMR, nº basti-dor VF3231V5215644098 (Exp. 10853/2009), obran en el Deposito Municipal de Vehículos de este Excmo. Ayuntamiento, signifi cán-dole que deberá proceder a su retirada en el plazo máximo de QUINCE DIAS, contados a partir de la publicación del presente escrito en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domi-cilio conocido de los citados titulares, previo abono de los gastos generados por el mismo (de acuerdo con las tasas vigentes). Asimismo, se le advierte que en caso de no proceder a su retirada el vehículo tendrá el tratamiento como residuo sólido urbano.

Castellón de la Plana, a 19 de febrero de 2010.— EL TENIEN-TE ALCALDE DELEGADO DE SERVICIOS PUBLICOS, (fi rma ilegi-ble). C-2999

HIGUERAS

D. FRANCISCO GIMENO TORREGROSA, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Higueras (Castellón), hago saber:

Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas Juez de paz, titular y sustituto de este Municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.

Que se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas y reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.

Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando el Acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del Partido.

Lo que se publica para general conocimiento.Higueras, a 10 de Marzo de 2.010.—EL ALCALDE, Francisco

Gimeno Torregrosa. C-3004

MONCOFA

D. Enrique Navarro Moliner, Concejal delegado en mate-ria de Urbanismo, en uso de las atribuciones delegadas por el Alcalde-Presidente, en virtud de Resolución de Alcaldía nº 1025/09, de 16 de julio, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y los artículos 43 y siguientes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico, ordena la publicación del siguiente Edicto en relación con el Expediente de ERL 34/08 incoado a PROMOCIONES MAGALIBEL, S.L., todo ello a los efectos de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas y Procedimiento Administrativo Común:

“NOTIFICACION DECRETO Nº 16/10Mediante Decreto nº 16/10, de fecha 11 de enero de 2010, ha

resuelto lo siguiente:“D. Enrique Navarro Moliner, Concejal de urbanismo y

fi estas, en uso de las atribuciones Delegadas por el Sr. Alcalde-Presidente, concretamente de la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros en virtud de Reso-lución de Alcaldía nº 1025/09 de 16 de julio y de conformidad con lo dispuesto en el art. 13.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el art. 21.3 y los art.43 y siguientes del Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre, de Organización, Funcionamiento y régimen jurídico, y atendiendo a los informes de los Servicios Técnicos Municipales DISPONE:

“ANTECEDENTES:1.- Visto el escrito con registro de entrada nº 11290 de 29 de

octubre de 2008 presentado por la Comunidad de Propietarios del Edifi cio Suroeste, situado en calle Benidorm nº 47, con domi-cilio a efectos de notifi caciones en camí la Vall nº 68, Moncofa, en referencia a la realización de una habitación de obra en el ático del edifi cio vivienda 3 A, cuyo propietario es la mercantil Magalibel, s.l.

2.-Visto el decreto de Alcaldía nº 1344 de fecha 10 de noviem-bre de 2008, por el cual se inicia el correspondiente expediente sobre restablecimiento de la legalidad Urbanística a la mercantil Promociones Magalibel, s.l., por la realización de obras sin licencia, en la terraza del ático 3 A del edifi cio situado en calle Benidorm nº 47, contraviniendo la normativa urbanística vigente, por lo cual de acuerdo al articulo 224 de la LEY 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana, se otorga plazo de dos meses para solicitar la oportuna autorización urbanística.

3.-Visto el decreto de Alcaldía nº 737 de fecha 21 de mayo de 2009, por el cual de acuerdo al articulo 84 de la LEY 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y 227 de la LEY 16/2005, de 30 de diciembre, de la Gene-ralitat, Urbanística Valenciana, se inician los tramites pertinentes para dictar la oportuna orden de restauración y se otorga tramite de vista y audiencia por un plazo de 15 días para formular alega-ciones.

4.-Visto el decreto de Alcaldía nº 1479 de fecha 27 de octubre de 2009, por el cual de acuerdo al articulo 225 de la LEY 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana, se ordena a la mercantil Promociones Magalibel, S.L. la retirada de la cubierta y de los cerramientos realizados posteriormente en la terraza del edifi cio, en un plazo no superior a 1 mes.

5.-Trascurrido el plazo otorgado se realiza visita al lugar el día 26 de octubre de 2009, y tras inspección ocular, se comprue-ba que no se han realizado los trabajos solicitados. De ello se levanta Acta de Inspección Urbanística, la cual se adjunta al presente informe.

NORMATIVA TECNICA:1.-De acuerdo al artículo 228.1 de la LEY 16/2005, de 30 de

diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana, “El incum-plimiento de la orden de restauración de la legalidad dará lugar a la adopción de las siguientes medidas:

A) A la imposición por la administración de multas coerciti-vas, hasta lograr le ejecución por el sujeto obligado de las medi-das de restauración…”

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA44 Núm. 37.—27 de marzo de 2010

Las multas coercitivas se podrán imponer por períodos de un mes y en cuantía de 600 a 3.000 euros cada una de ellas, según sean las medidas previstas, con un máximo de diez. Estas multas coercitivas se impondrán con independencia de las que puedan imponerse con ocasión del correspondiente expediente sancionador.

2.-De acuerdo al presupuesto estimado de las intervencio-nes a realizar, el cual se adjunta al presente informe, el importe de las actuaciones asciende a la cantidad de QUINIENTOS SESENTA Y OCHO EUROS CON NUEVE CENTIMOS (569,09 euros)”.

En consecuencia, atendiendo a cuanto antecede RESUELVO:Primero: Imponer a la mercantil Promociones Magalibel,

S.L., multas coercitivas hasta un total de QUINIENTOS SESENTA Y OCHO EUROS CON NUEVE CENTIMOS (569,09 euros).

Segundo: Notifi car el correspondiente decreto al Departa-mento de Recaudación para que se proceda al giro de las multas señalando que una vez se produzca su recaudación lo ponga en conocimiento del Departamento de Urbanismo.

Tercero: Notificar el correspondiente decreto a todos los interesados”.

Lo que se le notifica a los efectos oportunos haciéndole saber que contra la mencionada resolución, por tratarse de un acto de trámite que no decide directa ni indirectamente el fondo del asunto, no determina la imposibilidad de continuar el procedimiento, ni produce indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, no cabrá recurso alguno en virtud de lo establecido en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo mando y fi rmo, en Moncofa a 11 de enero de 2010.El Secretario en funcionesFdo.: Víctor Varea Lacuesta”.Lo que se publica a los efectos oportunos,En Moncofa, a 9 de marzo de 2010.—El Concejal Delegado,

Fdo: D. Enrique Navarro Moliner. C-2876

MONTÁN

D. ANTONIO FORNAS TUZON, Alcalde-Presidente del Ayun-tamiento de Montán (Castellón), hago saber:

Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas Juez de paz, titular y sustituto de este Municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.

Que se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas y reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.

Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando el Acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del Partido.

Lo que se publica para general conocimiento.Montán, a 10 de Marzo de 2.010.—EL ALCALDE, Antonio

Fornas Tuzon. C-3002

MORELLA

Anuncio en el boletín ofi cial de la provincia y en el perfi l de contratante

De conformidad con el Pleno del Ayuntamiento de fecha 11 de marzo de 2010, por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria del procedimiento abierto, tramitación urgente, con varios criterios de adjudicación, para la adjudicación del contrato de obras de “Adecuación y Accesibilidad de edificio para Actividades Culturales, Escuela de Adultos, Biblioteca y Ludoteca” conforme a los siguientes datos:

1. Entidad adjudicadora: Datos generales y datos para la obtención de la información:

a) Organismo: Pleno del Ayuntamientob) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría del

Ayuntamientoc) Obtención de documentación e información:1. Dependencia: Departamento de Obras y Urbanismo2. Domicilio: C/ Segura Barreda nº 283. Localidad y Código Postal. 12300 Morella4. Teléfono: 964 16000345. Telefax: 964 16007626. Correo electrónico: [email protected]. Dirección de internet del Perfil de Contratante: www.

morella.net8. Fecha límite de obtención de documentación e infor-

mación: 3 días antes de fi nalizar el plazo de presentación de la documentación

d) Número de expediente:01/23/20102. Objeto del contrato.a) Tipo: Obrab) Descripción del objeto: Adecuación y Accesibilidad de

Edifi cio para Actividades Culturales, Escuela de Adultos, Biblio-teca y Ludoteca

c) Lugar de ejecución: Edifi cio Bancaixa1. Domicilio: C/ Colomer nº 4-A

2. Localidad y Código Postal: 12300 Morellae) Plazo de ejecución/entrega: TRES MESESf) CPV: 45.213. Tramitación y procedimiento.a) Tramitación: URGENTE según el art. 17 del Real Decreto

Ley 13/2009b) Procedimiento: ABIERTOc) Criterios de Adjudicación: .-Personal empleado y nuevas contrataciones: 10 puntos..-Mejoras: 8 puntos.-Mejoras técnicas al proyecto y de calidad: 4 puntos.-Experiencia en trabajos similares: 2 puntos.-Baja económica: No se quiere baja económica. Se penali-

zará en 2 puntos4. Presupuesto base de licitación. a) Importe Neto 62.645,32 euros. IVA % 10.023,25 Importe

total 72.668,58 euros.5. Garantía exigidas. Provisional 1.879,35 euros. Defi nitiva

(%) 5% del importe de adjudicación.6. Requisitos específi cos del contratista:a) Solvencia económica y fi nanciera, y solvencia técnica y

profesional.7. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación:a) Fecha límite de presentación. El día en que se cumplan

trece días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Ofi cial de la Provincia

b) Lugar de presentación:1. Dependencia. Registro del Ayuntamiento2. Domicilio. C/ Segura Barreda nº 283. Localidad y Código Postal. Morella 123004. Dirección electrónica:[email protected]. Apertura de ofertas:a) Dirección. Ayuntamiento de Morellab) Localidad y Código Postal. Morella 123009. Gastos de Publicidad. A cargo del adjudicatarioEn Morella, a 22 de marzo de 2010.- El Alcalde, (fi rma ilegible).

C-3327-U

* * *

Anuncio en el boletín ofi cial de la provincia y en el perfi l de contratante

De conformidad con el Pleno del Ayuntamiento de fecha 11 de marzo de 2010, por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria del procedimiento abierto, tramitación urgente, con varios criterios de adjudicación, para la adjudicación del contrato de obras de “Nuevo Acceso al Castillo” conforme a los siguientes datos:

1. Entidad adjudicadora: Datos generales y datos para la obtención de la información:

a) Organismo: Pleno del Ayuntamientob) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría del

Ayuntamientoc) Obtención de documentación e información:1. Dependencia: Departamento de Obras y Urbanismo2. Domicilio: C/ Segura Barreda nº 283. Localidad y Código Postal. 12300 Morella4. Teléfono: 964 16000345. Telefax: 964 16007626. Correo electrónico: [email protected]. Dirección de internet del Perfil de Contratante: www.

morella.net8. Fecha límite de obtención de documentación e infor-

mación: 3 días antes de fi nalizar el plazo de presentación de la documentación

d) Número de expediente:01/21/20102. Objeto del contrato.a) Tipo: Obrab) Descripción del objeto: Dotación al castillo de un nuevo

accesoc) Lugar de ejecución: Castillo1. Domicilio: C/ Castillo2. Localidad y Código Postal: 12300 Morellae) Plazo de ejecución/entrega: CUATRO MESESf) CPV 45.213. Tramitación y procedimiento.a) Tramitación: URGENTE según el art. 17 del Real Decreto

Ley 13/2009b) Procedimiento: ABIERTOc) Criterios de Adjudicación: .-Personal empleado y nuevas contrataciones: 10 puntos..-Mejoras: 8 puntos.-Mejoras técnicas al proyecto y de calidad: 4 puntos.-Experiencia en trabajos similares: 2 puntos.-Baja económica: No se quiere baja económica. Se penali-

zará en 2 puntos4. Presupuesto base de licitación. a) Importe Neto 88.569,18 euros. IVA % 14.171,07 Importe

total 102.740,25 euros.5. Garantía exigidas. Provisional 2.657,07 euros. Defi nitiva

(%) 5% del importe de adjudicación.6. Requisitos específi cos del contratista:b) Solvencia económica y fi nanciera, y solvencia técnica y

profesional.

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANANúm. 37.—27 de marzo de 2010 45

7. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación:c) Fecha límite de presentación. El día en que se cumplan

trece días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Ofi cial de la Provincia

d) Lugar de presentación:1. Dependencia. Registro del Ayuntamiento2. Domicilio. C/ Segura Barreda nº 283. Localidad y Código Postal. Morella 123004. Dirección electrónica:[email protected]. Apertura de ofertas:a) Dirección. Ayuntamiento de Morellab) Localidad y Código Postal. Morella 123009. Gastos de Publicidad. A cargo del adjudicatarioEn Morella, a 22 de marzo de 2010.- El Alcalde, (fi rma ilegible).

C-3326-U

* * *

Anuncio en el boletín ofi cial de la provincia y en el perfi l de contratante

De conformidad con el Pleno del Ayuntamiento de fecha 11 de marzo de 2010, por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria del procedimiento abierto, tramitación urgente, con varios criterios de adjudicación, para la adjudicación del contrato de suministro de “Infraestructuras y equipamiento para videoconferencias, retransmisión de actos institucionales y acceso de la ciudadanía a nuevas tecnologías”, conforme a los siguientes datos:

1. Entidad adjudicadora: Datos generales y datos para la obtención de la información:

a) Organismo: Pleno del Ayuntamientob) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría del

Ayuntamientoc) Obtención de documentación e información:1. Dependencia: Departamento de Obras y Urbanismo2. Domicilio: C/ Segura Barreda nº 283. Localidad y Código Postal. 12300 MORELLA4. Teléfono: 964 1600345. Telefax: 964 1607626. Correo electrónico: [email protected]. Dirección de internet del Perfil de Contratante: www.

morella.net8. Fecha límite de obtención de documentación e infor-

mación: 3 días antes de fi nalizar el plazo de presentación de la documentación.

d) Número de expediente: 03/24/20102. Objeto del contrato.a) Tipo: Suministrob) Descripción del objeto: Infraestructura y Equipamiento

para videoconferencias, retransmisión de actos institucionales y acceso de la ciudadanía a nuevas tecnologías

d) Lugar de ejecución:1. Domicilio: C/ Segura Barreda nº 28 y varias calles de la

ciudad2. Localidad y Código Postal: 12300 Morellae) Plazo de ejecución/entrega: DOS MESES Y MEDIOf) CPV: 45.313. Tramitación y procedimiento.a) Tramitación: URGENTE según el art. 17 del Real Decreto

Ley 13/2009b) Procedimiento: ABIERTOd) Criterios de Adjudicación:- Personal desempleado: 10 puntos- Mejoras: 10 puntos- Baja económica: No se quiere baja económica. Se penali-

zará en 2 puntos4. Presupuesto base de licitación. a) Importe Neto 30.172,41 euros. IVA % 4.827,58 Importe

total 35.000 euros.5. Garantía exigidas. Provisional 905,17 euros. Defi nitiva 5%

del presupuesto de adjudicación.6. Requisitos específi cos del contratista:a) Solvencia económica y fi nanciera, y solvencia técnica y

profesional, en su caso.7. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación:e) Fecha límite de presentación. El día en que se cumplan

trece hábiles desde el siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Ofi cial de la Provincia

f) Lugar de presentación:1. Dependencia. Registro del Ayuntamiento2. Domicilio. C/ Segura Barreda nº 283. Localidad y Código Postal. Morella 123004. Dirección electrónica:[email protected]. Apertura de ofertas:a) Dirección. C/ Segura Barreda nº 28b) Localidad y Código Postal. Morella 123009. Gastos de Publicidad. A cargo del adjudicatarioEn Morella a 22 de marzo de 2009.- El Alcalde, (fi rma ilegible).

C-3328-U

ONDA

Expirado el plazo de presentación de instancias se hace pública la lista de admitidos y excluidos al concurso-oposición

libre, para la provisión en propiedad, de seis puestos de auxiliar de administración general, vacante en la Plantilla de funciona-rios de este Ayuntamiento, así como la composición del tribunal califi cador de dicho concurso-oposición.

Admitidos:1 OBIOL PEREZ, ENCARNACION ISABEL2 OCHANDO EJARQUE, ANTONIO3 ORDOÑEZ REYES, CRISTINA4 ORTEGA FUERTES, DELFINA5 ORTEGA MARTINEZ, ELIZABET6 ORTELLS GAS, MARIA LUZ7 ORTELLS LOPEZ, TEOFILO8 ORTI SISTERNES, MARIA SALES9 ORTIZ LOPEZ, ELENA10 PALLARES ESCUDER, MARIA CARMEN11 PALLARES GIMENO, MIGUEL12 PALOMINO CANGAS, SEBASTIAN13 PANS ZURERA, VICENTE FRANCISCO14 PARRA ANAYA, RAQUEL15 PARRA SANCHEZ, ESMERALDA16 PARREÑO TOLEDO, MARIA JESUS17 PASCUAL AGUILAR, VERONICA18 PASCUAL CARRASCO, SILVIA19 PASTOR GARCIA, FRANCISCO JOSE20 PAULO REDONDO, JOSE GUILLERMO21 PEIRO CONTADOR, TERESA MARIA22 PEJO SORITA, GEMMA23 PELAYO BAGUENA, VICENTE24 PEREZ BADENES, FRANCISCO JOSE25 PEREZ BONET, MARIA DEL CARMEN26 PEREZ CATALAN, MARTA27 PEREZ CENTENO, VERONICA28 PEREZ CORTES, MARIA ISABEL29 PEREZ FELIU, MONTSERRAT30 PEREZ GINER, EVA DEL CARMEN31 PEREZ GUARI, LORENZO32 PEREZ MILIAN, REBECA33 PEREZ PARRA, MARIA ELENA34 PERIS BONO, SUSANA35 PERIS GARCIA DE LA GALANA, MARIA GEMA36 PERIS GARCIA, RUBEN37 PERIZ LECHA, CRISTINA38 PESUDO COTS, NOEMI39 PESUDO GIL, IRENE40 PINEDO MONFERRER, BEATRIZ41 PINEÑO ANDRES, IVAN42 PIQUER HUERGA, SARA43 PIQUERAS RAMOS, FELIPE JOSE44 PITARCH SEBASTIA, SILVIA45 PLANELLES MARTIN, JUAN VICENTE46 PLANES GIRONA, MARIA MAGDALENA47 PLANES VITORES, VERONICA48 PONCE GONZALEZ, MARIA JOSE49 PORCAR ALBERT, ELENA50 PORCAR CATALAN, ESTELA51 PORCAR GARI, MARIA52 PORCAR IRANZO, DAVID53 PORCAR RUBIO, TERESA54 PORCAR VICENTE, MAITE55 PRADES SIMON, MARIA VICTORIA56 PRADES SOLER, DIANA57 PUCHOL TOMAS, FERNANDO58 PUCHOL TOMAS, MARIA LIDON59 PUERTAS LOPEZ, NOELIA60 PUIG ZARZA, AMPARO61 QUINTANA AMATE, MARIA DEL CARMEN62 QUIÑONES FERRER, MARIA DE LOS ANGELES63 RABAZA GARCIA, MARIA CARMEN64 RAGA ROMAGUERA, MARIA65 RAMIREZ ARENAS, SUSANA66 RAMIREZ GIMENO, ANA VANESA67 RAMIREZ MAS, DAVINIA68 RAMIREZ MILENA, MARIA CARMEN69 RAMON MARIN, INMACULADA70 RAMOS CENTELLES, ROSA MARIA71 REBOLLAR ARAGO, MARIA TATIANA72 REDON BENAGES, ANA ISABEL73 REDONDO BERNARDO, MARIA TERESA74 REMOLAR SANZ, MONTSERRAT75 REOLID AGRAMUNT, BEATRIZ76 REQUENA CABALLERO, MARIA PILAR77 REVERTER COROMINAS, EUDALD MARIA78 REYES VILLEN, ANGEL JOSE79 RIBERA NAVARRO, EDUARDO80 RIPOLLES ESPINOSA, VICENTE81 RISUEÑO ANDRES, JULIA82 RIUS BALAGUER, MARIA PILAR83 ROBLEDO BARREDA, JUAN MIGUEL84 ROBLES GONZALEZ, MIGUEL ANGEL85 ROBLES SANCHEZ, AROA86 ROCHERA GISBERT, MARTA87 RODENAS HERVAS, MIQUEL88 RODRIGUEZ CABRERA, RAQUEL89 ROMERO RUBIO, ALMUDENA

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA46 Núm. 37.—27 de marzo de 2010

90 ROS LOPEZ, BEGOÑA91 ROS MENOR, MARIA BEGOÑA92 ROS SANCHIS, ESTER93 ROSA HERNANDEZ, ISABEL94 ROVIRA ANDRES, CRISTINA95 ROVIRA SANCHEZ, MONICA96 RUBERT COSTA, JORGE97 RUBERT RUBIO, ELVIRA98 RUBIO GARCIA, BEATRIZ99 RUBIO TORRECILLAS, MERCEDES100 RUIZ GARCIA, ANA CONSOLACION101 RUIZ REMOLAR, DAVID102 SABADO MARTI, MARTA103 SAEZ CIFELLI, MARIA104 SAFONT MARZA, ANA105 SALES BARRES, DIANA106 SALES PALLARES, ELENA107 SALLA GRANELL, MARIA ROSA108 SALVADOR GIL, VANESSA109 SANAHUJA GUAL, FRANCESC XAVIER110 SANCHEZ ALMECIJA, ANGELA111 SANCHEZ ALMECIJA, ASCENSION112 SANCHEZ BALLESTER, ELENA MARIA113 SANCHEZ CARRERAS, CARMEN IDOYA114 SANCHEZ GONZALEZ, LUCIA115 SANCHEZ MOLINA, RUBEN116 SANCHEZ MONFORT, ENCARNACION117 SANCHEZ MORENO, MARIA DEL MAR118 SANCHEZ NAVARRO, AIDA119 SANCHEZ NAVARRO, MARGARITA120 SANCHEZ NAVARRO, MARIA BELEN121 SANCHEZ NAVARRO, MARIA JOSE122 SANCHEZ ROBLES, DESIRE123 SANCHIS IBIZA, MARIA DEL CARMEN124 SANCHIS LARA, RAUL125 SANCHO PALLARES, EVA MARIA126 SANCHO ROSELL, DAVID127 SANMARTIN GOZALBO, AMADEO128 SANSANO ARROYO, CRISTINA129 SANZ LAZARO, DESAMPARADOS130 SANZ TAUS, YOLANDA131 SARRALDE EDO, TERESA LUCIA132 SAURA GARZON, BEATRIZ133 SAZ SANCHEZ, AMPARO134 SEGARRA CAMARENA, CARMEN135 SEGURA CASTRO, LAURA MARIA136 SENENT SOLER, SAUL137 SERNA RISUEÑO, GREGORIO138 SERRA BOU, BLANCA139 SERRA RAMON, MARIA ANGELES140 SERRANO BORT, JOSE PASCUAL141 SERRANO CATRET, CARLA142 SERRANO FABREGAT, ROSA MARIA143 SERRANO PRADES, VERONICA144 SEVILLA VILLAR, ANA ISABEL145 SILVESTRE CHIVA, ROSA MARIA146 SILVESTRE FANECA, MARIA ISABEL147 SILVESTRE SERRANO, ESTER148 SIMO BONAQUE, MARIA EUGENIA149 SOLER CASTELLO, LEIRE150 SOLER PRADES, ILUMINADA151 SOLER SOL, CLARA152 SOLER TOMAS, SILVIA153 SOLER TRISTANTE, SILVIA154 SOLIVA PARADIS, SONIA155 SOLSONA BARALDES, ANA MARIA156 SOLSONA FERNANDEZ, DOLORES157 SORIANO SANCHEZ, LAURA158 SORNI NEBOT, MARIA DE LOS REYES159 SORRIBES SORRIBES, ESTEFANIA160 SOS ALCACER, MARIA JOSE161 SOTO PARDO, OLGA162 SUAREZ RODRIGUEZ, ROSARIO INMACULADA163 TAMAYO ALBA, JENNIFER164 TARRAZON GARGALLO, ROSA ANA165 TARREGA VALLEJO, ANA MARIA166 TAUSTE MARTI, MARIA167 TAUSTE MUÑOZ, NOELIA168 TEJADA LOPEZ, IRENE169 TEJEDO DIAGO, RAQUEL170 TEL MARTI, VICENTE JAVIER171 TEMPRADO NEBOT, ANA BELEN172 TENA APARICI, ROSA MARIA173 TENA SOLSONA, CESAR174 TERUEL CUBELLS, MIGUEL ANGEL175 TERUEL RUIZ, SONIA176 TIMOR CABEDO, LORENA177 TIRADO BODELON, EMILIA178 TOMAS CENTELLES, BELEN179 TOMAS ESTELLER, BETSABE180 TOMAS MARTINEZ, JULIAN181 TOMAS NAVARRO, ROSALIA182 TORCA RIA, RAUL183 TORNER GUSTEMS, INMACULADA184 TORREPEQUEÑA TOMAS, DAVID

185 TORRES SOLDEVILA, SUSANA186 TORTES MARTINEZ, MARIA DEL CARMEN187 TOVAR AULLON, SEBASTIAN188 TRAVER BRUGADA, INMACULADA189 TRAVER FERRER, MARTA190 TRONCHONI ALBERT, MARIA191 TRUJILLO PONS, JOSE192 TUNARU, TAMARA193 UNSAIN MARIN, IGNACIO194 USO PEREZ, CRISTINA195 VACA BONET, RUBEN196 VALERO BELMONTE, CARMEN197 VALLS ESTEBAN, JOSE198 VALLS VALVERDE, CARLOS199 VAZQUEZ SUAREZ, IRIA200 VENTURA PRIETO, VICTORIA201 VENTURA VILAR, LLEDO202 VICENT REYNES, VICENTE DANIEL203 VICIANO FERRANDEZ, NURIA204 VIDAL CRUZ, GEMMA205 VIDAL FERRANDO, MINERVA206 VILANOVA IRANZO, MARIA CARMEN207 VILAR IBAÑEZ, MARIA ANGELS208 VILCHEZ ROMERO, JOSEFA209 VILLALBA BRIA, MARIA JOSE210 VILLALONGA ORTI, MARIA DE LA PAZ211 VILLAR SORRIBES, ANA MARIA212 VILLAR SORRIBES, MARIA DEL CARMEN213 VILLEGAS TOMAS, MARIA PILAR214 VINAGRE CASADO, PATRICIA215 VIÑADO BONET, MARIO CARLOS216 VIVES JIMENEZ, MIGUEL217 VIVES REBOLLAR, TERESA218 VIVO SAIZ, EVA219 YACUBOVICH FRONTERA, ROMINA220 YUSTE CONTRERAS, MARIA ALINA221 ZAFRA ALCON, SORAYA222 ZARZOSO MARIN, RAMON223 AGUILELLA MONZONIS, MARIA CARMEN224 AGUILES PRADES, RAQUEL225 AGULLEIRO CEJUDO, REMEDIOS226 AGULLEIRO TOBIAS, MONICA227 AGUSTI AYMERICH, MARIA DOLORES228 AGUT BELTRAN, ALEXIS229 AGUT COMINS, MARIA ESTELA230 ALBA PERALTA, ANTONIA231 ALBERO LOPEZ, ROSA232 ALBIOL RICO, MARIA TERESA233 ALBIOL ZAMORA, ANDREA234 ALBIOL ZAMORA, TANIA235 ALCALA IBAÑEZ, LIDON236 ALCANTUD MUNERA, RAQUEL237 ALEGRE COLOME, MARIA238 ALEGRE FUERTES, CARLOS239 ALEMAN CALPE, CRISTINA240 ALFONSO LLORENS, REBECA241 ALMENARA ESPLUGUES, AMALIA ESTELA242 ALMENARA SANABRIA, MARIA QUERALT243 ALONSO MARTIN, PATRICIA244 ALVARO SANCHEZ, PEDRO JAVIER245 AMBLAR SALORT, MARIA JESUS246 AMOROS GIL, CLARA247 AMOROS JAIME, GEMMA MARIA248 AMPOSTA BROCH, JESUS249 ANDRES BADIA, JUAN CARLOS250 ANDREU MARTI, FERNANDO251 ANDREU SANCHEZ, MIRIAM252 ANTON MAS, JOSE RAFAEL253 APARICI CATALAN, ANA254 APARISI BREVA, INMACULADA255 APARISI BREVA, SUSANA256 ARANDIGA LINARES, MARIA ESTER257 ARENAS DOLZ, MARIA DEL CARMEN258 ARMENGOL FABREGAT, ANA259 ARNAU CUBERO, LORENA260 ARNAU MARTI, ALEJANDRA261 ARROYO RUIZ, MARIA VICENTA262 ARRUFAT CALATAYUD, MARTA ALEJANDRA263 ARSIS QUERAL, ESTER264 ARTERO JARA, CAROLINA265 ASENSI CARBONELL, MARIA ESTRELLA266 ASENSI GIRBES, AMPARO267 AZNAR DONAT, VANESSA268 BADENAS ALAMA, MARCELINA269 BADENES MARCH, JUDIT270 BADENES MONTOLIU, ANA CELIA271 BADENES SORRIBES, SILVIA272 BADIA SANSANO, LUIS273 BAEZA ROSAGARAY, MARIA274 BALAGUER ALEGRE, MARIA ROSA275 BALAGUER ALEIXANDRE, JORGE276 BALAGUER SAURA, PATRICIA277 BALFAGON CELADES, MARIA JESUS278 BALLESTER MIRAVET, MIRIAM279 BALLESTER MIRAVET, PATRICIA

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANANúm. 37.—27 de marzo de 2010 47

280 BAPTISTA CARDINAL, DEMELZA281 BARBA JIMENEZ, SANDRA282 BARREDA GARCIA, MARIA ANGELES283 BARREDA SANTAMARIA, RAUL284 BARREDA VALERO, VANESSA285 BAUDET TORIBIO, MARIA JESUS286 BELINCHON BARRERA, PATRICIA CECILIA287 BELLES PALAU, LAURA288 BELLES VALLEJO, ESMERALDA289 BELLMUNT ADSUARA, JOSEFINA290 BELLVER GIL, PILAR PRESENTACION291 BELMONTE GALINDO, BEGOÑA292 BELMONTE GALINDO, MARIA JOSE293 BELTRAN FABREGAT, MARIA VICENTA294 BELTRAN OSUNA, ALBERTO295 BELTRAN TALAMANTES, PILAR296 BELTRAN TRIGUEROS, ANTONIO297 BENAVENTE BERNABEU, INES298 BENGOCHEA VERICAT, RAFAEL299 BENITEZ BADENAS, CARMEN MARIA300 BENITEZ LOPEZ, SERGIO301 BENITO FRANCH, MARIA DOLORS302 BERNAT GORRITA, FRANCISCO MANUEL303 BERNAT LIZANDRA, MARIA JESUS304 BETETA MARTINEZ, EVA305 BIENVENIDO FERNANDEZ, MARIA DOLORES306 BLANCO GARCIA, MARIA NIEVES307 BLASCO BROSETA, MARIA LUISA308 BLASCO FERNANDEZ, SANTIAGO309 BLASCO MARTIN, ANA310 BOLUMAR RIUS, SUSANA311 BONET BATALLA, INMACULADA312 BONET BATALLA, ROCIO313 BONET PUIG, TANIA314 BORJA OCHANDO, BLAS JOSE315 BOU GIMENEZ, ANA BELEN316 BRANCHADELL BARTOLL, ESTHER317 BUESO BLAZQUEZ, ROSA MARIA318 CABANES MATA, CARMEN319 CABANES MATA, RAUL320 CABO ALACREU, ROSA MARIA321 CABRERA CARMONA, CONCEPCION322 CACERES GOMEZ, JUAN ALBERTO323 CALLERGUES MEZQUITA, VICENTE MANUEL324 CALPE MIRAVET, ESTHER325 CALVO BARROFET, REMEDIOS326 CAMARASA SANZ, MARIA NIEVES327 CAMPILLO PONS, CRISTINA328 CAMPOS ESTEVE, SUSANA329 CAMPOS MAÑEZ, CESAR JAVIER330 CAMPOS ZURANO, ISABEL331 CANDELA MARCO, MARIA VICENTA332 CANELLES SOL, JOAQUIN333 CANTAVELLA COSTA, GLORIA MARIA334 CANTAVELLA EDO, PATRICIA335 CAÑADA DIAZ, SANDRA336 CARBONELL LOMBARDERO, MARTA337 CARBONERAS CERDA, NURIA338 CARDA JORDA, NEUS339 CARRASCO BONAQUE, MARIA MAR340 CARRASCO PARRA, AINOHA341 CARRATALA GOMEZ, MARIA CONSUELO342 CARRETERO LOPEZ, MARIA DEL CARMEN343 CARRILLO MOLINA, SILVIA344 CARRION CASES, SONIA345 CARRION SANCHEZ, SOFIA MARTA346 CASADO GUZMAN, MARIA JOSE347 CASAL JARQUE, INMACULADA348 CASALTA REDONDO, ISABEL349 CASANOVA FABREGA, SARA350 CASINO SERRA, BEATRIZ351 CASTAÑ PEREZ, LAURA352 CASTILLO ARSIS, LUCIA353 CASTILLO CASTRO, MARIA PILAR354 CASTILLO LOPEZ, JENIFER355 CASTILLO MONTOLIU, JOSE356 CASTILLO SANSANO, SERGIO357 CASTRO BOLAÑOS, LAURA358 CASTRO FORNAS, JOSE ANTONIO359 CATALAN MONTOLIO, SUSANA360 CATALAN SERRANO, MARIA VICTORIA361 CAUSANILLES DOMINGUEZ, CLAUDIO MARIA362 CENTELLES ANDRES, MIGUEL363 CENTELLES CENTELLES, ROSA ANA364 CEREZUELA MAZA, MARIA CELESTE365 CHINCHILLA TRUJILLO, MARIA JOSE366 CHIVA ORTELLS, HECTOR367 CHIVA SILVESTRE, INMACULADA368 CHORDA ROSELL, MARIA AMPARO369 CIFUENTES NEBOT, BENIGNO370 CIUFFOLI, TOMAS371 CIVERA INSA, SILVIA372 CLAUSELL PRADES, VICENTE373 CLIMENT GALINDO, ANA MARIA374 COBACHO CASTILLO, MONICA

375 COLLADO CASINO, MARIA TERESA376 COLLAZOS VALLES, NOELIA377 COLONQUES CANOS, INMACULADA378 COMABASOSA SENDRA, OLGA379 COMPAÑY ROIG, MARIA CONCEPCION380 CONEJOS TENA, LORENA381 CORBALAN GIMENEZ, MARIA TERESA382 CORCOLES ALMELA, SALVADOR383 CORTES GIMENEZ, GLORIA MARIA384 CORTIJOS PEREZ, MARIA DORIA385 CRESPO CORTES, MARIA TERESA386 CUBERTORER SANCHO, INMACULADA387 CUCO RUBIES, PEDRO JUAN388 CUTANDA BELTRAN, BEGOÑA389 DE LA IGLESIA MARTINEZ, VERONICA390 DE PASCUAL CRESPO, MARIA DE LOS ANGELES391 DEL SOL MARTINEZ, MELISA392 DIAGO ESTELLES, INMACULADA393 DIAZ NINOT, RAQUEL394 DIAZ PATIÑO, FRANCISCO RAFAEL395 DIEGO CUECO, NOELIA396 DOMINGUEZ ESCRIG, MARIA TERESA397 DOMINGUEZ JIMENEZ, FRANCISCO JAVIER398 DOÑATE FRANCH, OLGA399 DOÑATE MIGUEL, EMILIO400 EBRO MOLINER, VICTOR401 EDO POLIT, VICTOR MANUEL402 EDO SORRIBES, NOELIA403 ENRIQUE ROIG, JOSE VICENTE404 ERNESTO PORCAR, BEATRIZ405 ESCOBAR COVIZA, VIRGINIA406 ESCORCIA FERRIS, MARIA ANGELES407 ESCORIHUELA LLACER, RAFAEL408 ESCRIBANO SAN CLEMENTE, RAUL409 ESCRIG AHIS, MARIA ENCARNACION410 ESCRIG FANDOS, JOAQUIN JOSE411 ESCURA SOLER, JUAN JOSE412 ESPADA CASTRO, MONICA413 ESPINOSA GALLEN, VANESSA414 ESPINOSA GIMENEZ, ANA MARIA415 ESTALL NAVARRO, ADELINA ROSARIO416 ESTAÑOL ORTIZ, LAURA MARIA417 ESTELLES BELMONTE, ADELA418 ESTEVE MOLES, ROSARIO MARIA419 ESTEVE PRADES, ANTONI420 EXPOSITO ALONSO, DIEGO421 EXPOSITO SANTAMARIA, BEATRIZ BELEN422 FAJARDO ARLANDIS, JOSE ANTONIO423 FALAGAN LLIDO, ANA424 FALAGAN LLIDO, LAURA425 FALCO TENA, JUAN JOSE426 FALOMIR MUÑOZ, SANDRA427 FELIS GOMEZ, ESTHER VICENTA428 FELIS MUSOLES, MARIA DOLORES429 FELIU BONIFASI, ANTONIO JOSE430 FELIU EDO, MARTA431 FENOLLOSA VICENT, TERESA432 FERNANDEZ FRANCO, BELEN ROSA433 FERNANDEZ MORCILLO, ANA MARIA434 FERNANDEZ NAVARRE, MARIA JOSEFA435 FERNANDEZ NAVARRO, ANA CRISTINA436 FERNANDEZ NUÑEZ, JOSE ANTONIO437 FERNANDEZ ROMAN, MARIA CARMEN438 FERRANDIS FRANCH, ESTHER439 FERRANDO SUBERO, VICTOR440 FERRER GUIMERA, SILVIA441 FERRER MUNDINA, VICENTE442 FERRER PONS, EVA MARIA443 FERRI LLOMBART, MONICA444 FERRIS MARESMA, EVA FERNANDA445 FLORENCIA PUIG, ALBA446 FLORES MERLOS, MARAVILLAS447 FONTE PERSIVA, TERESA448 FORES ALBA, SUSANA449 FORTUÑO MIRO, VICENTE LUIS450 FOS ESCRIVA, LUCIA451 FRANCH GARCIA, MARIA DOLORES452 FUENTES USO, YOLANDA453 FUERTES ARAQUE, JULIA454 FUERTES GALLEGO, MARIA DOLORES455 GALAN JORGE, PAULA456 GALBIS MICHAVILA, NURIA457 GALERA GALERA, TANIA458 GALINDO CAÑABATE, SORAYA459 GALINDO PARDOS, SANTIAGO460 GALLEGO MOLINA, SHEILA EUGENIA461 GAMON BOCHONS, MARIA BELEN462 GARCIA ALAMO, FERNANDO JUAN463 GARCIA CALVENTE, MIGUEL ANGEL464 GARCIA CARDA, SANTIAGO FERMIN465 GARCIA COLERA, MARIA DOLORES466 GARCIA DOMENECH, SANDRA467 GARCIA FERNANDEZ, SILVIA468 GARCIA JIMENEZ, GLORIA469 GARCIA LOPEZ, MARIA PILAR

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA48 Núm. 37.—27 de marzo de 2010

470 GARCIA LOZANO, NATALIA471 GARCIA MEMBRILLA, MARIA SONIA472 GARCIA MONSONIS, ALBERTO473 GARCIA MONSONIS, RAMON JOSE474 GARCIA MONTON, AMPARO475 GARCIA NAVARRO, RAUL476 GARCIA OREJAS, MARIA LUISA477 GARCIA PELAEZ, VICTOR478 GARCIA RUIZ, ELENA479 GARCIA SALMERON, ANTONIO480 GARCIA SANCHEZ, SONIA PILAR481 GARCIA SELVA, SUSANA482 GARCIA SORIANO, SILVIA483 GARGALLO PALLARDO, PAU484 GARGALLO SARRIA, GUADALUPE485 GARRIDO BORT, MARIA CELESTE486 GIL CANUT, MARIA JOSE487 GIL ESTEVE, MARIA DOLORES488 GIL FURIO, MARGARITA489 GIL FURIO, MARIA CARMEN490 GIL GIL, BELEN491 GIL NAVARRO MARIA PILAR492 GIL TRILLES, JORGE493 GIMENEZ BELTRAN, RAFAEL494 GIMENEZ HERRERO, LAURA495 GIMENEZ MORENO, MARIA MARGARITA496 GIMENEZ RUBIO, YOLANDA497 GIMENO AGUILELLA, MARIA CARMEN498 GIMENO ANGUAS, ROSA MARIA499 GIMENO MARTINEZ, MARTA500 GIMENO ORTIZ, NOEMI501 GINES LATORRE, VIRGINIA502 GOMEZ CAMPOS, MAXIMO503 GOMEZ GALLARDO, EVA MARIA504 GOMEZ MURRIA, LORENA505 GOMEZ RASCON, SHEILA506 GOMEZ RUIZ, MONICA507 GOMEZ SANCHEZ, TAMARA AURORA508 GOMEZ VILA, RAUL509 GONZALEZ DIAZ, CARMEN510 GONZALEZ MONSONIS, MARTA511 GONZALEZ PARRA, ANDREA512 GONZALEZ VICENT, MARIA CONSUELO513 GONZALEZ YAGÜE, ESTHER514 GORBE ROS, DAVID515 GRACIA RIBES, MARIA TERESA516 GRANADOS REINES, PILAR517 GRANEL BARREDA, MARIA JESUS518 GRANERO JURADO, DAVID519 GREGORI FERNANDEZ, IVANA520 GRESA LOPEZ, BEATRIZ521 GUARINO MIR, MARIA LIDON522 GUERRA VALERO, JULIA523 GUERRERO ARUFE, SANDRA524 GUIDOTTI GALINDO, SONIA525 GUILLAMON CERECEDA, BENJAMIN526 GUINOT OLIVER, ANA BELEN527 GUIRAO LOPEZ, MARIA JOSE528 GUMBAU SIMARRO, PAULA529 GUMBAU VICENT, PATRICIA530 HERNANDEZ CAMPOS, MIGUEL531 HERNANDEZ DEL POZO, LORENA532 HERNANDEZ GUARDIA, MARIA ESTELA533 HERNANDEZ VILLAPLANA, BERTA534 HERRERO LARA, CARINA ROSARIO535 HERRERO VALLS, SILVIA536 HIDALGO LLIDO, GEMA537 HIDALGO ORTEGA, MARIA DEL MAR538 IBAÑEZ BRANCHADELL, RAQUEL539 IBAÑEZ ESCRIHUELA, JOSE JUAN540 IÑIGO URIARTE, MIREN BIOTXA541 IRANZO MONFORTE, MARIA DEL CARMEN542 ISERTE MOR, SUSANA543 ISERTE SORIANO, MARIA AMPARO544 IZQUIERDO GARCIA, VICTOR545 IZQUIERDO ORTELLS, MARIA EUGENIA546 JAEN COLERA, ESTHER547 JIMENEZ GARGALLO, ZORAHIDA548 JOSE GIMENO, CAROLINA549 JOVER GARCIA, ROSARIO ISABEL550 JUAN FONT, CARMEN PILAR551 JUAN RUBIO, PATRICIA552 JUAN SARRION, INMACULADA553 JUAN VERDIA, AMADEO554 JULIA DE LA CIRCUNCISION, JAIME555 JURADO LAFUENTE, MARIA JOSE556 JURADO REQUENA, MARIA557 LAGUIA DONOSO, JOSE DAVID558 LAHOZ CASINOS, ELENA CARMEN559 LAJARA MARBAN, MARIA ANTONIA560 LANGARAN FERNANDEZ, ICIAR561 LARA FERNANDEZ, BEATRIZ562 LERMA GARCIA, MARIA TERESA563 LLAGAS LOPEZ, ESTEFANIA564 LLIDO FUENTES, ANA MARIA

565 LLOP CANDAU, JORGE566 LLOPICO FUENTES, ANTONIO567 LLOPIS MORA, MARIA EUGENIA568 LLOPIS SANCHIS, SUSANA569 LLORENS GARCIA, MARIA570 LLORENS MOLINA, ANTONIO571 LLORENS SANCHO, SILVIA572 LLORENS TORMO, LIDIA573 LLORET NOHALES, ROSA MARIA574 LOPEZ AGUILELLA, SONIA575 LOPEZ BOVEA, ISIDRO576 LOPEZ CASTRO, NOEMI577 LOPEZ DE LA ROSA, JOSE ANTONIO578 LOPEZ GOMEZ, JULIAN579 LOPEZ PASCUAL, ANTONIO580 LOPEZ SERRANO, PILAR581 LORA PUCHE, MARIA FATIMA582 LORENTE SEGLAR, YOLANDA583 LOZAR JUAN, NOELIA584 MACIAN DOMINGUEZ, MARIA585 MACIAN MEZQUITA, EUGENIO MANUEL586 MADRID MENDOZA, MARIA ELENA587 MAENZA MIGUEL, SARA588 MALLASEN MONFORT, SILVIA589 MALLEN AGUILELLA, MARIA MERCEDES590 MANCHON PAU, RAQUEL591 MANSERGAS BETTENCOURT, ENCARNACIÓN FRANCISCA592 MANUEL JUAN, MIGUEL593 MANZANA MONDRAGON, JOSE VICENTE594 MANZANA SANZ, SILVIA595 MARCILLA EDO, SERGIO596 MARCO GARCIA, MARIA ABEL597 MARIN AVALOS, LIDIA598 MARIN BRUÑO, EMILIO599 MARIN PUIG, FRANCISCO VICENTE600 MARRAMA SALVADOR, AMPARO601 MARTI BALLESTER, SILVIA602 MARTI ENRIQUE, ROSA ANA603 MARTI FRANCH, PAULA604 MARTI GALVER, MARIA DEL CARMEN605 MARTI GARCIA, LUIS606 MARTI GUINOT, MARIA JOSE607 MARTI LAPIEDRA, MARIA PILAR608 MARTI MARCH, ESTHER609 MARTI RAMOS, JOSE PASCUAL610 MARTI SIGNES, RAQUEL611 MARTIN ALICEDA, MARIA ESTHER612 MARTIN BELTRAN, LAURA613 MARTIN BIBILONI, MARIA DEL MAR614 MARTIN TERRON, EVA MARIA615 MARTIN TERRON, SONIA616 MARTINEZ BEADE, LORENA617 MARTINEZ CONESA, SARA618 MARTINEZ COSTA, GRACIA DE LA CONCEPCION619 MARTINEZ FUENTES, JAVIER620 MARTINEZ LABRADOR, ERICA621 MARTINEZ MARTINEZ, ANA BELEN622 MARTINEZ MOLINA, LAURA623 MARTINEZ MOLINA, MARTA624 MARTINEZ ROBLES, ANA BELEN625 MARTINEZ ROS, LAURA NURIA626 MARTINEZ SALES, SONIA627 MARTINEZ SERRANO, MARIA LUZ628 MARTINEZ VILLALBA, VERONICA629 MARTINEZ ZARAGOZA, AINA630 MARTORELL APARICI, SONIA631 MARZA BENAGES, MARIA ROSARIO632 MATA GIL, SUSANA633 MATAMOROS MASO, ROSA MARIA634 MAZA GORRIZ, MARIA PILAR635 MECHO PALLARES, MARIA AMPARO636 MEDALL ROIG, TANIA637 MENDEZ GEVA, VANESA638 MENDOZA NEBOT, VICTORIA639 MENEU BARREDA, MANUEL JESUS640 MENEU VENTURA, ELENA641 MINGOT SANCHEZ, FATIMA642 MIRO BALAGUER, MONICA643 MIRO JUAN, EVA644 MIRO PARRA, PABLO645 MOLEDO ROMERO, GEMA646 MOLINA PALANQUES, EVA647 MOLINA PASCUAL, LAURA648 MOLINER SANTISTEVE, EVA649 MOLINERO SANZ, MARIA TERESA650 MOLLA PERNIAS, MIGUEL ANGEL651 MONDRAGON BROCH, MARIA TERESA652 MONGE LOPEZ, OSCAR653 MONJO ORTOLA, RUBEN PAU654 MONRAVAL VIÑES, MARCOS655 MONTAÑES TRILLES, RUT656 MONTES DESCALZO, MARIA AMPARO657 MONTILLA SOTO, AFRICA658 MONTOLIO PALANQUES, VERONICA659 MONTOLIU GARGALLO, IVAN

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANANúm. 37.—27 de marzo de 2010 49

660 MONTON MONTESINOS, JOSE JOAQUIN661 MOR GRANGEL, MARIA JESUS662 MORAL MELERO, MARIA CARMEN663 MORENO CATALAN, JAVIER664 MORENO PEÑA, VANESSA665 MORENO PORE, MARIA ASUNCION666 MOTINS PORCAR, ELENA667 MOUCO ALVAREZ, JUAN CRUZ668 MOYA GARCIA, JOSE CARLOS669 MOYA GOMEZ, VICENTE670 MULET SALOR, ROGER671 MUNDO BACHERO, CARLA672 MUNDO BACHERO, JENIFER673 MUÑOZ GOZALBO, LORENA674 MUÑOZ MATEU, MARIA BEGOÑA675 MUÑOZ MORTE, GEMA DOLORES676 MUÑOZ SANCHEZ, ANA MARIA677 MUÑOZ VALIENTE, ROSA ANA678 MURRIA SALES, MARIA MAGDALENA679 NACHER ALVARO, ANTONI680 NAVARRO BENITEZ, RAQUEL NIEVES681 NAVARRO GANDIA, VERONICA682 NAVARRO MARTINEZ, ADORACIÓN683 NAVARRO MATUTANO, SILVIA684 NAVARRO MOR, INMACULADA685 NAVARRO ROS, FRANCISCO ANTONIO686 NAVARRO SOROLLA, ALBERTO JAVIER687 NAVARRO SOROLLA, MARIA ELENA688 NAVARRO TORRES, MARTA689 NAVARRO VILLAFRANCA, EVA690 NAVAS CAÑETE, MIRIAM691 NEBOT BATALLA, VERONICA692 NEBOT CHIVA, LAURA693 NEBOT CHIVA, MARTA694 NEBOT NAVARRO, RAQUEL695 NEBOT TORRENT, VANESA696 NICOLAU MARTINEZ, MARIA DOLORES697 NOGUERA GONZALEZ, ISABEL698 NOVOA QUESADA, FRANCISCO JAVIER

Excluidos : ALBERO LOPEZ, ROSA.- Presentación instancia fuera de plazo

Composición Tribunal:Presidente: Salvador Alós Aguilella, titular; Carlos Castelló

Grañana, suplente.Vocales: Celia Manzano Domingo, titular; Dolores Manzano Sanchís,

suplente. José Miguel Juárez Gallego, titular; Araceli Flor Guillén,

suplente.Caridad Álvaro Martí, titular; Remedios Santos Artero,

suplente.Secretario: Carlos Forés Furió, titular; Concepción Campos

Herrando, suplente.

Asimismo se hace público que la celebración de los ejer-cicios de la oposición se iniciará el próximo día 27 de abril de 2010, en el cine Mónaco, sito en c/ Cervantes 23, a las 11.00 h de la mañana, del número 1 de la lista de admitidos, (Obiol Pérez Encarnación Isabel), al número 350 (Casino Serra Beatriz); y a las 12.30 h del número 351 (Castañ Pérez Laura) al número 698 (Novoa Quesada Francisco Javier).

Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos legales pertinentes, pudiendo presentar reclamaciones al respecto en el plazo de 10 días hábiles.

El alcalde, Enrique Navarro Andreu.— Onda, 25 de marzo de 2010. C-3332-U

* * *

Habiendose intentado la practica de la Notificación con registro de sálida núm. 1478 de fecha de registro 2 de febrero de 2010, a nombre de Constantin Ratuela, y ante la imposibilidad de efectuarla, a tenor de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la publicación íntegra de la citada notifi cación:

“Asunto. Advertencia de CaducidadVisto que en el expediente 0643/06/9 para la concesión de

una licencia para ejercer la actividad, de establecimiento de bebidas y cafés sin espectáculos en la avenida Cataluña, núm. 24, está pendiente de aportar diversa documentación que a fecha de hoy no ha sido aportada para su correcta tramitación.

Visto que la documentación requerida (aportación de veci-nos colindantes para la exposición pública de la actividad) en el expediente no ha sido presentada, mediante el presente escrito se le advierte, en virtud del artículo 92 de la Ley 30/92, que la paralización del expediente durante un plazo superior a tres meses, por no presentar la documentación requerida producirá la CADUCIDAD del mismo. Dicho plazo empezará a contar desde la recepción del presente escrito.

Al mismo tiempo se le informa que, producida la caducidad, podrá iniciarse expediente sancionador por el ejercicio de la acti-vidad sin la licencia preceptiva.

Asimismo, informarles que pueden dirigirse a este Ayun-tamiento para presentar cuanta documentación o alegaciones estimen pertinentes.

El teniente alcalde-delegado del Área de Urbanismo y Medio Ambiente. Juan Miguel Salvador Perez.

Onda, 27 de enero de 2010.”Lo que se pone en conocimiento de Constantin Ratuela.Onda, 5 de marzo de 2010.—El teniente alcalde delegado del

Área de Urbanismo y Medio Ambiente, Juan Miguel Salvador Perez. C-2859

OROPESA DEL MAR

Resolución de sustitución del alcalde

Don RAFAEL ALBERT ROCA, Alcalde-Presidente del Ayun-tamiento de Oropesa del Mar, ante la necesidad de ausentarse del Municipio durante el día 18 de Marzo de 2.010 y siendo los siguientes:

FUNDAMENTOS DE DERECHOI.-El artículo 47.1 del Real Decreto 2568/1986, establece:

“1.-Corresponde a los Tenientes de Alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al Alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones del Alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo Alcalde”.

En términos análogos se pronuncia el artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.

II.- Esta sustitución de funciones se asume de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47.2 del Real Decreto 2.568/1986, que establece:

“2. En los casos de ausencia, enfermedad o impedimento, las funciones del Alcalde no podrán ser asumidas por el Teniente de Alcalde a quien corresponda sin expresa delegación, que reunirá los requisitos de los números 1 y 2 del artículo 44.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el Alcalde se ausente del término municipal por más de veinticua-tro horas, sin haber conferido la delegación, o cuando por causa imprevista le hubiere resultado imposible otorgarla, le sustituirá, en la totalidad de sus funciones, el Teniente de Alcalde a quien corresponda, dando cuenta al resto de la Corporación.

Igualmente, cuando durante la celebración de una sesión hubiere de abstenerse de intervenir, en relación con algún punto concreto de la misma, el Presidente, conforme a lo prevenido en el artículo 76 de la Ley 7/1985, de 2 de abril (RCL 1985, 799 y 1372), le sustituirá automáticamente en la presidencia de la misma el Teniente de Alcalde a quien corresponda”.

III.-El artículo 44.1 del Real Decreto 2.568/1986 establece: “1. Todas las delegaciones a que se refi ere el articulo anterior serán realizadas mediante Decreto del Alcalde que contendrá el ámbito de los asuntos a que se refi ere la delegación, las facultades que se deleguen, así como las condiciones especifi cas de ejercicio de las mismas, en la medida en que se concreten o aparten del régimen general previsto en este Reglamento.”

IV. Añade el articulo 44.2 del Real Decreto 2.568/1986 , que “2. La delegación de atribuciones del Alcalde surtirá efecto desde el día siguiente al de la fecha del Decreto, salvo que en ella se disponga otra cosa, sin perjuicio de su preceptiva publi-cación en el “Boletín Ofi cial” de la Provincia y en el Municipal si existiere”.

V. El articulo 44.4 del Real Decreto reseñado en el apartado anterior establece: “4. De todas las delegaciones y de sus modi-fi caciones se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que este celebre con posterioridad a las mismas”.

De conformidad con todo lo expuesto, HE RESUELTO:PRIMERO. Designar para que desempeñe las funciones

de Alcalde-Presidente de la Corporación, la señora DÑA. Mª CARMEN TAULE FLORIDO , segundo Teniente de Alcalde, duran-te el día 18 de Marzo de 2010.

No obstante, en el caso de incorporar a la vida municipal el Señor Alcalde-Presidente, D. RAFAEL ALBERT ROCA, este asumi-rá la Alcaldía , quedando en dicho caso avocada la delegación de forma inmediata.

SEGUNDO.- Publicar esta resolución de conformidad con los preceptos señalados anteriormente, sin perjuicio de su inme-diata ejecutividad.

TERCERO.- Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que se celebre.

Lo manda y lo fi rma el Señor Alcalde, ante mí, el Secretario, en Oropesa del Mar, a 17 de Marzo de dos mil diez.

EL ALCALDE, RAFAEL ALBERT ROCA .- EL SECRETARIO, JOSÉ LUIS SILVENTE SANCHEZ. C-3033

* * *

Habiendo intentado notifi car sin éxito, a varios titulares de mercado, ofi cio de fecha 11 de marzo de 2010, mediante el que se le apercibe que dispone de un plazo de 10 días hábiles, para la presentación de la documentación de renovación de puestos de mercado para el año 2010, o para el pago de la tasa de mercado de 2009, y en cumplimiento con los dispuesto en el art. 59.4 y 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurí-

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dico y Procedimiento Administrativo Común, se procede a la publicación de los ofi cios, en el Boletín ofi cial de la Provincia de Castellón, dirigidas a:

PUESTO NOMBRE Y APELLIDOS D.N.I.

14 SERIGNE MBAYE DIONGUE X0588395D49 MOUSSA THIAM X0589591D85 AHMED ZNAGUI X3302202T138 ALFONSO SANTIAGO MUÑOZ 21384178C

Visto que es parte interesada en el Mercado Extraordinario Fijo de los Jueves de Oropesa del Mar, por ser titular de un pues-to en el mismo, y visto que en diciembre de 2010, se le remitió ofi cio solicitando presentara la documentación para renovar, así como el pago de las Tasas de mercado Correspondientes a 2009.

Visto que ha fecha de hoy, no ha presentado la documen-tación para renovar su puesto de mercado 2010, o bien, no ha efectuado el pago de las tasas de Mercado, correspondientes al año 2009.

Se le apercibe de que dispone de un plazo de 10 días hábi-les, desde la recepción de este ofi cio para realizar el acto solici-tado. El hecho de no realizar lo solicitado en el plazo establecido, será motivo de revocación de la licencia, quedando el puesto vacante.

En Oropesa del Mar a 15 de Marzo de 2010.—EL ALCALDE,. Rafael Albert Roca. C-3016

PALANQUES

Resolución de alcaldía

ASUNTO: DELEGACIÓN DE LAS FUNCIONES DE ALCAL-DÍA A DÑA. MARÍA ISABEL GUAL MAMPEL EN EL PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE EL 21 DE MARZO Y EL 01 DE ABRIL DE 2010.

D. JUAN MANUEL MARTÍ ROYO, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Palanques.

Consideradas las potestades atribuidas a mi autoridad por el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 02 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Habiéndome de ausentar del término municipal durante el período comprendido entre el 21 de marzo y el 01 de abril de 2010, ambos inclusive, por medio del presente RESUELVO que Dña. María Isabel Gual Mampel asuma la totalidad de las funciones que corresponden a esta Alcaldía en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 47 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Orga-nización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Publíquese reglamentariamente la presente Resolución, sin perjuicio de su inmediata ejecutividad, a los efectos oportunos en el Boletín Ofi cial de la Provincia de Castellón y en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento.

En Palanques, a 18 de marzo de 2010.—El Alcalde, Juan Manuel Martí Royo. C-3108

PAVÍAS

Dª. MARIA CARMEN VIVES PEREZ, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Pavias (Castellón), hago saber:

Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas Juez de paz, titular y sustituto de este Municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.

Que se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas y reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.

Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando el Acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del Partido.

Lo que se publica para general conocimiento.Pavias, a 10 de Marzo de 2.010.- LA ALCALDESA, Mª Carmen

Vives Perez. C-3003

SACAÑET

De conformidad con lo establecido en el artículo 169, apar-tado 3, del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público el Presupuesto Munici-pal del ejercicio 2010, defi nitivamente aprobado, cuyo resumen por capítulos es el siguiente:

a) ESTADO DE GASTOS EUROS ––––––––––

1.- Gastos de personal 16.200,002.- Gastos en bienes corrientes y servicios 21.800,003.- Intereses 2.100,004.- Transferencias corrientes 15.300,00

6.- Inversiones reales 217.800,009.- Pasivos Financieros 19.000,00

TOTAL PRESUPUESTO GASTOS..... 292.200,00

b) ESTADO DE INGRESOS EUROS ––––––––––

1.- Impuestos directos 16.000,003.- Tasas y otros ingresos 18.000,004.- Transferencias corrientes 33.100,005.- Ingresos patrimoniales 10.600,007.- Transferencias de capital 214.500,00

TOTAL PRESUPUESTO INGRESOS.... 292.200,00

Contra el mismo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Ofi cial de la Provincia.

En Sacañet, a 8 de marzo de 2010.—EL ALCALDE-PRESI-DENTE, Miguel Gámiz Gámiz. C-2835

LA SALZADELLA

Por no haberse presentado reclamaciones durante el perío-do de exposición al público ha devenido defi nitivamente aproba-da la modifi cación del tipo impositivo del Impuesto sobre bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, que queda fi jado en el 0’50 %

Contra este acuerdo podrá interponerse directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Castellón en el plazo de DOS MESES contados a partir de la publicación de este anuncio.

La Salzadella 3 de marzo de 2010.—El Alcalde, Abelardo Ripoll Guasch. C-2893

* * *

El Pleno de este ayuntamiento en sesión celebrada el día 1 de marzo de 2010 ha aprobado el reglamento del Servicio de Suministro de Agua Potable.

Lo que se hace público para que cualquiera que se conside-re interesado pueda presentar, por escrito, las reclamaciones o alegaciones que estime pertinentes durante el plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación del presente el Boletín Ofi cial de la Provincia.

En caso de que no se presentaren se considerará defi nitiva-mente adoptado el acuerdo y se procederá a la publicación del texto íntegro de la ordenanza.

La Salzadella 3 de marzo de 2010.—El Alcalde, Abelardo Ripoll Guasch. C-2894

SEGORBE

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 10 de marzo de 2010, aprobó las siguientes bases:

BASES DE LA CONVOCATORIA POR LAS QUE SE RIGE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ENTIDADES PRIVA-DAS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2010.

Primera.- De la convocatoria.El objeto de la presente convocatoria es la regulación del

procedimiento para la concesión por el Ayuntamiento de Segor-be, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a entidades privadas y públicas para la realización de actividades deportivas, ejecutadas durante el ejercicio 2010, en ejecución de lo dispuesto en las Bases de Subvenciones Deportivas del Ayun-tamiento de Segorbe, aprobada por la Junta de Gobierno del 24 de febrero de 2010.

En lo no expresamente determinado en las presentes bases regirá lo dispuesto en la Ley 38/2003.

Segunda.- Créditos Presupuestarios.La concesión de subvenciones, derivada de las presentes

bases, se imputará a las partidas presupuestarias del ejercicio 2010, con el código 13.3410.4890000

Tercera.- Objeto y fi nalidades.Las ayudas económicas, objeto de la presente convocato-

ria, se destinarán a la realización de actividades deportivas que repercutan directa o indirectamente en el municipio. En ningún caso, el Ayuntamiento pretende financiar con la subvención concedida la totalidad de los gastos ocasionados por el proyecto o actividad desarrollada por las entidades subvencionadas.

La realización del programa de actividades, para el que fuera concedida la subvención, será de exclusiva responsabi-lidad de la entidad; asimismo, estarán a su cargo los medios humanos y materiales que se precisen para su cumplimiento, así como el de las obligaciones fi scales y de seguridad social que de ellas se deriven.

Únicamente serán de objeto de ayuda los gastos de carácter corriente; en ningún caso bienes inventariables.

No será objeto de subvención los gastos indirectos, de gestión y de garantía bancaria.

Cuarta.- Destinatarios o Benefi ciarios.

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Los destinatarios serán las personas o entidades deportivas que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención; esto es que realicen sus actividades, principal-mente, en el municipio de Segorbe, durante el año 2010.

Podrán acceder a la condición de benefi ciario de las subven-ciones: las asociaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas:

a) Asociaciones y demás entidades privadas de carácter deportivo, inscritas en el Registro de Clubes, Federaciones y demás entidades deportivas de la Comunidad Valenciana, con sede local y pertenecientes al Consejo Municipal de Deportes de Segorbe.

b) Entidades públicas o privadas que realicen actividades deportivas, de acuerdo con los fi nes establecidos en sus estatu-tos, quedando supeditada su concurrencia a esta convocatoria a la presentación de documentación acreditativa de tal extremo.

Se consideran supuestos excluidos de la presente convoca-toria:

- La atención de los gastos derivados de la organización de actividades deportivas que persigan ánimo de lucro.

- No podrán tener la condición de benefi ciario las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003 Gene-ral de Subvenciones.

Quinta.- Cuantía de la subvención y criterios de valoración.De conformidad con lo establecido en el reglamento de

Régimen Interno del Consejo Municipal de Deportes, capítulo IV –“De los recursos económicos”- se establecen a continuación los criterios que han de ser tenidos en cuenta para la valoración de las actividades solicitadas:

1.- Rentabilidad deportiva de la actividad, tanto presente como futura, así como su repercusión social y cultural.

2.- Presupuesto de las actividades.3.- Actividades puntuales y eventuales.4.- Repercusiones de distinto carácter (social, deportivo,

promoción de deporte base, etc.) a nivel local, provincial, auto-nómica o nacional.

5.- Número de participantes.6.- Atención a los deportes y actividades de carácter popular.Sexta.- Compatibilidad.La subvención concedida será compatible con la percep-

ción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma fi nalidad, procedentes de cualquier Administración o entes públicos o privados. El importe de la subvención concedi-da por el Ayuntamiento no sobrepasará el 50 % de su total que, junto con otras subvenciones concedidas por otras administra-ciones, ayudas, otros ingresos o recursos, no podrá ser superior al coste de la actividad subvencionada. Este porcentaje se refi ere a los gastos generales, no siendo contabilizados los premios.

Séptima.- Documentación a presentar, plazo y lugar.Cada persona o entidad sólo podrá presentar una solicitud;

cada solicitud podrá abarcar una o más actividades.La solicitud de los interesados habrá de presentarse en el

plazo de 30 días hábiles, contando desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria.

La solicitud habrá de formalizarse ante el Ayuntamiento, y a la que se le acompañará la siguiente documentación:

a) Datos del solicitante: Nombre y apellidos o denominación social, NIF, domicilio, teléfono y fax, correo electrónico. Declara-ción del benefi ciario o representante legal de la entidad, compro-metiéndose a dar la adecuada publicidad a la colaboración del Ayuntamiento.

b) Declaración del peticionario o representante legal de la entidad, en la que se haga constar las subvenciones que se hayan solicitado con el mismo fi n a otras entidades, institucio-nes y organismos públicos o privados, así como una relación de otros posibles ingresos del peticionario; indicando la decla-ración expresa de que comunicará al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas o recursos que obten-gan, tan pronto tenga conocimiento de ellas, y, en todo caso, con anterioridad a la justifi cación de la aplicación de los fondos percibidos.

c) Declaración de no estar incurso el beneficiario en las causas previstas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003 general de Subvenciones.

d) Si la naturaleza de la subvención no es incompatible con ello, una Memoria declarativa de las actividades a realizar que se hayan de fi nanciar con la subvención, su coste y fi nanciación, con el desglose de cada uno de los gastos e ingresos previstos.

En todo caso, el contenido mínimo de la memoria deberá constar: Actuaciones, actividad a subvencionar: Denominación, lugar de realización, fecha de realización, número de participan-tes, explicación del desarrollo de la actividad, objetivos esta-blecidos, medios materiales con que se cuenta para realizar la actividad, otra información que se considere pertinente.

La documentación requerida deberá presentarse en el Registro General del Ayuntamiento.

Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrro-gable de 10 días, indicándole que ni no lo hiciera se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada conforme al art. 42 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común.

Octava.- Del órgano gestor. Instrucción y resolución.La gestión de los expedientes de esta convocatoria se lleva-

rá a cabo por el Concejal-delegado de Deportes.Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Conse-

jo de Dirección del Consejo Municipal de Deportes procederá al estudio de las solicitudes presentadas y al examen de la documentación aportada. Una vez evaluadas las solicitudes, se emitirá informe en el que se concrete el resultado de la evalua-ción efectuada.

Una vez evaluadas las solicitudes, y con la aprobación del Consejo Municipal de Deportes, se elevará propuesta defi nitiva al órgano concedente, que será la Junta de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento.

Para las solicitudes no aceptadas se especifi carán debida-mente las razones de la denegación.

Dicha resolución será emitida y se cursará notifi cación del acuerdo de resolución a las entidades concurrentes a la convo-catoria en un plazo que no excederá de tres meses, contados a partir de la conclusión del plazo establecido para su presenta-ción, salvo que se acredite la imposibilidad por acumulación de tareas, en cuyo caso se dictará resolución procedente acordando la ampliación de aquel.

Recibida notifi cación de la resolución de las subvenciones concedidas, se concede un plazo máximo de 15 días para que estas aporten los documentos solicitados en la cláusula séptima.

Novena.- De la justifi cación de las subvenciones.Debe ser objeto de justifi cación el gasto subvencionable que

se detalle en la resolución de la convocatoria.Los gastos necesariamente deberán referirse a actividades

realizadas en el ejercicio 2010, a excepción de los clubes que empiecen su actividad en septiembre del año anterior, acep-tándose facturas en los tres primeros meses de la temporada, que deberán presentarse antes del 30 de noviembre todas las justifi caciones.

Para la justifi cación del gasto deberá exigirse la rendición de cuenta justifi cativa del gasto realizado, que deberá contener los siguientes documentos:

A) Memoria declarativa de las actividades realizadas que se hayan fi nanciado con la subvención, su coste y fi nanciación, con el desglose de cada uno de los gastos incurridos y los ingresos obtenidos.

En todo caso, deberá indicarse:1.- Actuaciones o actividades realizadas: Denominación,

lugar de realización, fecha de realización, número de partici-pantes, explicación del desarrollo de la actividad, grado de cumplimiento de los objetivos establecidos y justifi cación de las desviaciones que haya habido con respecto de las previsiones, importe total de los gastos contraídos en la actividad.

2.- Actividades no realizadas: Denominación y causas.3.- Entidades que han colaborado en la realización de las

actividades: Nombre de la actividad, especifi car la colaboración.4.- Balance económico general y balance detallado de la/s

actividad/es realizada/s y por cada concepto (tanto de gastos como de ingresos).

5.- Anexos:5.1.- Folletos, carteles, dípticos/trípticos, fotografías, vídeos,

recortes de prensa, cuestionario de evaluación o cualquier otra documentación tendente a refl ejar la veracidad de lo expuesto en la Memoria.

5.2.- Documentación gráfica que justifique la adecuada publicidad de la colaboración del Ayuntamiento.

5.3.- Declaración jurada del benefi ciario acreditativa de que las facturas que se presentan como justifi cantes se han aplicado a la actividad subvencionada.

B) Los justifi cantes de gasto o cualquier otro documento con validez jurídica que permitan acreditar el cumplimiento de objeto de la subvención.

Los justifi cantes de gasto habrán de ser facturas emitidas a nombre de la entidad preceptora de la subvención o demás documentos de valor probatorio, equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa en los términos establecidos reglamentariamente, sin que sean válidos tickets ni otros documentos que no cumplan los requisitos exigi-dos en las normas para la expedición de facturas.

Las facturas para poder ser aceptadas como justifi cantes del gasto realizado, deberán ajustarse a lo establecido en el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación y se modifi ca el Reglamento de Impuesto sobre el Valor Añadido.

En las copias de facturas se indicará su condición de copias. En el caso de entrega de copias, deberán presentarse los origina-les para su adecuado cotejo y compulsa. Además se adjuntará el justifi cante de pago (ya sea mediante recibo, resguardo de ingre-so bancario o transferencia), o bien quedará claro en la factura que ésta ha sido pagada.

En cuanto al resto de documentos acreditativos del gasto (impresos de Hacienda, etc.), deberán ser impresos legales o normalizados y debidamente sellados por el organismo compe-tente.

No se admitirán facturas que hagan referencia a gastos de comidas.

Lo que se hace público para general conocimiento de los interesados.

Segorbe, a 15 de marzo de 2010.- EL ALCALDE, Rafael Calvo Calpe. C-2941

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA52 Núm. 37.—27 de marzo de 2010

TALES

Adjudicación provisional del contrato de obras

De conformidad con el acuerdo de Pleno de fecha 23 de marzo de 2.010, se aprobó la adjudicación provisional del contra-to de obras de PAVIMENTACIÓN CALLE MORERA lo que se publica a los efectos del artículo 135.3 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público:

1. Entidad adjudicadora.a) Organismo: Ayuntamiento de Talesb) Dependencia que tramita el expediente: La Secretaría-

Intervenciónc) Número de expediente: 24/102. Objeto del contrato.a) Descripción del objeto: Contratación de las obras la Pavi-

mentación de la C/ Morera.b) Lugar de ejecución: Talesc) Plazo de ejecución: 3 meses3. Tramitación y procedimiento.a) Tramitación: Urgenteb) Procedimiento: Abiertoc) Forma de adjudicación: oferta económicamente más

ventajosa con varios criterios de adjudicación.4. Presupuesto base de licitación.Importe total: 58.578,60 euros y 9.372,57 euros correspon-

dientes de IVA (TOTAL 67.951,17 euros)5. Adjudicación:a) Fecha: 23 de marzo 2010.b) Contratista: CONSTRUCCIONES JULIO PAULO SLc) Importe total: 58.578,60 euros y 9.372,57 euros correspon-

dientes de IVA (TOTAL 67.951,17 euros)7. Perfi l de contratante donde fi guren las informaciones rela-

tivas a la convocatoria y donde pueden obtenerse los Pliegos: www.tales.es

En Tales, a 24 de marzo de 2010.— El Alcalde, Fdo.: Alfredo José Balaguer Torres. C-3319-U

TODOLELLA

Presupuesto general para el ejercicio de 2.010

De conformidad con el artículo 169.3 del RDL 2/2004 TRLHL, y habida cuenta que la Corporación, en sesión cele-brada el día 28 de enero de 2010, adoptó acuerdo de aproba-ción inicial del Presupuesto General de esta Entidad para 2.010, que ha resulta-do defi nitivo al no haberse presen-tado reclamaciones duran-te el plazo de exposición pública, se hace constar lo si-guiente:

I) RESUMEN DEL REFERENCIADO PRESUPUESTO PARA 2010INGRESOS:

CAPITULO DENOMINACION EUROS A) OPERACIONES CORRIENTES1 Impuestos directos 164.6772 Impuestos indirectos 3.5003 Tasas y otros ingresos 16.2504 Transferencias corrientes 118.0005 Ingresos patrimoniales 2.800 B) OPERACIONES DE CAPITAL6 Enajenación de inversiones reales 07 Transferencias de capital 161.5228 Activos fi nancieros 09 Pasivos fi nancieros 0 TOTAL INGRESOS 466.749

GASTOS:CAPITULO DENOMINACION EUROS A) OPERACIONES CORRIENTES1 Gastos de personal 80.0002 G. Bienes Corrientes y servicios 162.1243 Gastos fi nancieros 3.2004 Transferencias Corrientes 5.912 B) OPERACIONES DE CAPITAL6 Inversiones Reales 215.5137 Transferencias de capital 08 Activos fi nancieros 09 Pasivos fi nancieros 0 TOTAL GASTOS 466.749

II.- PLANTILLA Y RELACION DE PUESTOS DE TRABAJO DE ESTA ENTIDAD APROBADO JUNTO CON EL PRESUPUESTO GENERAL PARA 2.010

a) Plazas de funcionarios: SECRETARÍA- INTERVENCIÓN. Grupo A1 CD: 26 CE: 0(Interinidad)Retribución: 26.600 Eurosb) Personal Laboral duración determinada: Peón servicios múltiples.(2 meses) 1Retribución: 1.500 Eurosc) Personal Laboral duración determinada: Personal de

convenios con otras administraciones :AEDL 1Retribución: 25.900 EurosPeón ofi cios múltiples 3(programa EMCORP)Peón ofi cios múltiples 1(programa EZOINT)

Según lo dispuesto en el artículo 170 Y 171 del RDL 2/2004 TRLHL, se podrá interponer directamente contra el referencia-do Presupuesto General, recurso contencioso-ad-ministra-tivo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publi-cación de este anuncio en el Boletín Ofi cial de la Provin-cia.

Todolella, 8 de marzo de 2010.- EL PRESIDENTE, Alfredo Querol Plana. C-2932

TORREBLANCA

No habiendo sido posible notifi car personalmente a la parte interesada, se procede a su notifi cación en la forma establecida en el artículo 59 de la Ley 30/92, de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante el presente anuncio:

• DECLARACIÓN DEL ESTADO DE ABANDONO DE VEHÍCULOSExaminado el procedimiento instruido (Expediente 35/2009),

de conformidad con lo dispuesto por el art. 71 del texto articula-do de la Ley sobre Tráfi co, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por real Decreto Legislativo 339/1990, de dos de marzo, para la declaración de abandono del vehículo clase turismo, marca RENAULT, modelo LAGUNA, matrícula W99804Z, titular: IONASCU CORNEL, domiciliado en C/ GUTIE-RREZ CANALES, 3, de MADRID, a los efectos de su tratamiento como residuo sólido urbano, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos.

Atendido que de la tramitación de dicho expediente se deduce que han transcurrido más de tres meses desde que dicho vehículo se encuentra estacionado en el CALLEJÓN LORETO, S/N de dicho municipio, con evidentes signos de abandono.

Atendido que de la tramitación de dicho expediente se deduce que existen causas sufi cientes para presumir racional-mente el abandono del vehículo citado, sin que hasta la fecha nadie se haya preocupado por él.

Atendido que ante la imposibilidad de notifi car al interesa-do, se ha efectuado requerimiento al titular del vehículo median-te publicación en el BOP de Castellón, requiriéndole para que en un plazo de quince días procediera a la retirada del mismo y transcurrido el cual, sin que se haya procedido a la misma,

Por todo ello, la Junta de Gobierno aprueba, por unanimi-dad, la adopción del siguiente ACUERDO:

PRIMERO.- Declarar el estado de abandono del vehículo afectado y, consecuentemente aplicar al mismo el tratamiento de residuo sólido urbano, de acuerdo con lo dispuesto con la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos.

SEGUNDO.- Que por empresa especializada en la gestión de este tipo de residuos se proceda a la eliminación del vehículo, de acuerdo con la normativa medioambiental vigente.

TERCERO.- Notificar la presente resolución a todos los interesados en el procedimiento para su conocimiento y a los efectos oportunos.”””

Lo que le notifi co para su conocimiento y efectos consiguien-tes, signifi cando que contra la expresada resolución que pone fi n a la vía administrativa puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en cuya circunscripción se encuentre el vehículo afectado, dentro del plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notifi cación, de conformidad con lo establecido en los arts. 8,45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Alternativamente podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la alcaldía, en el plazo de un mes contado también desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar su notifi cación (arts. 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común), sin que la elección de este recurso administrativo impida interponer posteriormente recurso conten-cioso-administrativo contra el acto que lo resuelva.

Torreblanca, a 18 de marzo de 2010.—EL ALCALDE, Juan Manuel Peraire Persiva. C-3134

TRAIGUERA

Por GRANJA CLIMENT, C.B., se ha solicitado Licencia Ambien-tal para LEGALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD DE EXPLOTACIÓN AVÍCOLA (BROILERS) y ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL, con capacidad de 14.000 plazas, con emplazamiento en el polígono 48, parcela 264 del Término Municipal de esta población.

De acuerdo con el artículo 50.2 de la Ley 2/2006, de 5 de mayo, de Prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental y con el artículo 55.2 del Decreto 127/2006, de 15 de septiembre, del Consejo, por el que se desarrolla la Ley 2/2006, de 5 de mayo, de la Generalidad, de Prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental, se abre el período de información pública por plazo de TREINTA DÍAS desde la inserción de este Anuncio en el Bole-tín Ofi cial de la Provincia, para que las personas físicas o jurídi-cas, asociaciones vecinales y todos aquellos que lo consideren oportuno, formulen las alegaciones convenientes.

El expediente objeto de esta información se encuentra depositado en las dependencias de este Ayuntamiento, y se puede consultar en horario de ofi cina.

Traiguera, 10 de marzo del 2.010.- EL ALCALDE, Carlos Roda Esteller. C-3047

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANANúm. 37.—27 de marzo de 2010 53

LA VALL D’UIXÓ

Intentada la notifi cación sin que haya sido posible practicar-la y conforme a lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a realizar la misma por medio del presente

Destinatario: RIVE IMPEX, S.L. C/ SAN BARTOLOME, 51-2 12520-NULES Contenido: En cumplimiento de lo dispuesto en la legis-

lación vigente, adjunto remito el texto del acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, en la sesión celebrada el día 15/02/2010:

“CADUCIDAD PROCEDIMIENTO LICENCIA AMBIENTAL.-Examinado el expediente que se instruye a instancia de

RIVE IMPEX, S.L., por el que se solicita licencia ambiental para COMERCIO MENOR DE CHARCUTERIA SIN ELABORACION EN EL LOCAL Y AIRE ACONDICIONADO, con emplazamiento en PLAZA ESPAÑA, 48 00.

Resultando que han transcurrido más de tres meses desde la recepción de la notifi cación practicada al peticionario, requi-riéndole la presentación de la siguiente documentación: A fi n de fi jar de forma precisa las características de la actividad, el nuevo técnico deberá redactar nuevo proyecto de actividad refundido, en el que el titular debe ser la mercantil Rive Impex, S.L.

Considerando lo dispuesto en el artículo 92 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda:Primero.- Proceder al archivo de actuaciones por caducidad

del procedimiento.Segundo.- Comunicar al peticionario la necesidad de legali-

zar la actividad, para lo que deberá obtener licencia de apertura de la actividad con las condiciones y características que la legis-lación vigente exige.

Tercero.- Contra el presente acuerdo que pone fi n a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de una mes a contar desde el día siguiente a la notifi cación del mismo o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Castellón, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la noti-fi cación del mismo.”

Lo que pongo en su conocimiento, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que estime oportuno.

La Vall d’ Uixó, 10 de marzo de 2010.- LA ALCALDESA, Isabel Bonig Trigueros. C-2959

* * *

La Alcaldía Presidencia HACE SABER que ha adoptado la siguiente resolución nº 524/10 de 1 de marzo de 2010:

“VISTOS los expedientes seguidos en este Ayuntamiento referentes a la tramitación como residuos sólidos urbanos de los vehículos que a continuación se relacionan, trasladados al Depó-sito Municipal por presentar síntomas racionales de abandono.

VISTA la correcta notifi cación realizada a quienes, conforme datos aportados por la Dirección Provincial de Tráfi co, aparecen como titulares de los citados vehículos, para que en el plazo de 15 días procediesen a la retirada de los mismos, con apercibi-miento de su gestión como residuo sólido urbano en caso de no proceder a la retirada de dichos vehículos.

VISTO el transcurso del referido plazo sin que se haya producido la retirada de los siguientes vehículos, procede su tramitación, por el departamento de Policía Local de la Vall d´Uixó, conforme al apartado anterior.EXPTE. VEHÍCULO MATRÍCULA PROPIETARIO1/09 Piaggio Typhoon C9916BFY Patricia Miro SegarraDG 4/09 Renault Megane 0988DCG Antonio García Llamas6/09 Derbi Variant C8888BRC Manuel Higueras CuerdaDG 8/09 Seat Ibiza CU7766E Razvan Bondoc Nicolae9/09 Suzuki Lido C1366BSX Adrián Novillo GarcíaDG 9/09 Seat Ibiza CS0091AD Manuel Alfonso Morales SuárezDG 10/09 Renault Clio V6068FT Maria Dolores Bellver TudelaDG 11/09 Opel Astra B6595OM Carmen Pérez Carrasco12/09 Daelim Message C3752BCP Carlos Andrés Zapata Guzmán Renault 5 BAD 0417 Habi Bouabdellah

VISTO el art. 71 1, a) y b), del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfi co, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/90, de 2 de marzo, que regula los requisitos necesarios para la consideración como residuo sólido de vehículos abandonados.

VISTA el informe emitido por el Director del Área de Perso-nal, Seguridad Ciudadana y Tráfi co, respecto al asunto que nos ocupa.

VISTO el art. 3 b) de la Ley 10/98, de 21 de abril, de Residuos, que califica como tales los vehículos abandonados, siendo responsabilidad de las corporaciones locales su recogida, trans-porte y eliminación.

En uso de las facultades que me otorga la legislación vigen-te, he resuelto:

Primero.- Autorizar al Departamento de Policía Local de la Vall d´Uixó la gestión de los anteriormente citados vehículos abandonados como residuos sólidos.

Segundo.- Dar traslado de la presente Resolución a los departamentos de Tesorería e Intervención, a los efectos opor-tunos.

Tercero.- Publicar la presente resolución en el “Boletín Ofi cial” de la Provincia de Castellón, a los efectos oportunos.»

Cuarto.- Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativa de la ciudad de Castellón de la Plana, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de publicación de las bases en el tablón de edictos de este Ayuntamiento.

Potestativamente, se puede interponer recurso de reposi-ción ante la Alcaldía Presidencia de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la expresada publicación”

Así lo manda y fi rma la Alcaldesa-Presidenta.En La Vall d’Uixó, a 5 de marzo de 2010.La Alcaldesa-Presidenta, Isabel Bonig Trigueros.- Ante mí, EL

SECRETARIO, José Luis de la Torre Martín. C-2837

* * *

La Alcaldía Presidencia del Excmo. Ayuntamiento de la Vall d’Uixó, HACE SABER que en fecha 04 de marzo de 2010, se ha aprobado la siguiente resolución núm. 568/10 tenor literal es el siguiente:

“VISTA la providencia de la Concejalía delegada de Perso-nal, Seguridad Ciudadana y Tráfi co por la que ordena iniciar los trámites tendentes a la convocatoria de una plaza de Ayudante de Biblioteca, comprendida en la Oferta de Empleo Público del año 2004, por el turno libre, mediante el sistema de oposición.

VISTO lo dispuesto en el Decreto de la Alcaldía, de fecha 29 de marzo de 2005, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio de 2004 (BOE núm. 111, de fecha 10 de mayo de 2005), respectivamente y con el fi n de aten-der las necesidades de personal de esta Administración Pública.

VISTO el informe propuesta emitido al respecto por el Direc-tor del Área de Personal, Seguridad Ciudadana y Tráfi co.

Esta Alcaldía Presidencia, en uso de las atribuciones que le están atribuidas en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, RESUELVE:

Primero.- Convocar proceso selectivo para ingreso en las plazas que se indican en el apartado “Descripción de las Plazas”, de acuerdo con las siguientes:

Bases generalesLas bases generales que regirán la presente convocatoria

son las establecidas por Decreto de la Alcaldía Presidencia núm. 1203/2008, de 5 de junio de 2008, publicadas en el Diario Ofi cial de la Comunitat Valenciana núm. 5857, de 25 de septiembre de 2008 y en el Boletín Ofi cial de la Provincia núm. 81, de 3 de julio de 2008.

Bases específi cas1. Descripción de las plazas1.1.- Se convoca proceso selectivo para cubrir las siguientes

plazas por turno libre, mediante el sistema de oposición.Número de plazas: 1Denominación: Ayudante de Biblioteca.Grupo: CSubgrupo: C1 Escala: Administración EspecialSubescala: Servicios EspecialesCD: 20Régimen jurídico: funcionario El puesto a cubrir serán el siguiente, según la vigente Rela-

ción de Puestos de Trabajo:a) Código de puestos: 7MBA05b) Denominación de los puestos: Ayudante de biblioteca.c) Servicio: Museo, biblioteca y archivo.2. Requisitos de los candidatos2.1. Turno libre. Quienes aspiren a acceder a las plazas por

el turno de promoción libre, deberán poseer en el día de fi nali-zación del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera los requisitos generales de participación que se contienen en la Base Novena de las Bases generales que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso al empleo público en este Ayuntamiento, anteriormente indicadas.

3. Solicitudes3.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud que se esta-blece en el Anexo IV, al que se accederá, con carácter general, a través de la página web http://www.lavallduixo.es, en la Ofi cina de Información al Ciudadano (Pl. del Centre, núm. 1) y en el Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Pl. del Centre, núm. 1). En las instancias para tomar parte en esta convocatoria, los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en estas bases, y que se comprometen a prestar el preceptivo juramento o promesa.

3.2 La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:

Las personas interesadas podrán presentar solicitudes ante el Registro General del Ayuntamiento, Pl. del Centre, núm. 1, 12600- La Vall d’Uixó o en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA54 Núm. 37.—27 de marzo de 2010

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-vo Común.

3.3 Pago de la tasa de derechos de examen.De acuerdo con la Ordenanza reguladora de las tasas por

concurrencia a pruebas selectivas se fi ja un importe de 16’45 euros, en concepto de tasa de derechos de examen.

El pago de la tasa se realizará mediante la correspondien-te autoliquidación a realizar en la Tesorería Municipal (Pl. del Centre, núm. 1). Tef: 610750384.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso, la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

3.4 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Ofi cial del Estado y se dirigirá a la Alcaldía Presidencia.

La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

4. Admisión de los aspirantes.Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los aspirantes

deberán manifestar en sus instancias que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en estas bases, referidas a la fecha de fi nalización del plazo de presentación de instancias, y que hayan abonado la tasa por concurrencia a pruebas selectivas.

Expirado el plazo de presentación de instancias, mediante Resolución de Alcaldía, se aprobarán las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos. Las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos serán publicadas en el BOP de Castellón, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, así como en la página web municipal, concediendo un plazo de 10 días naturales a efectos de subsanación de defectos por los aspirantes excluidos, cuando fueran subsanables. No obstante, los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de ofi cio o a petición de los interesados. No serán subsanables:

- No hacer constar que se reúnen todos y cada uno de los requisitos de capacidad exigidos en estas bases.

- Presentar la solicitud de forma extemporánea, ya sea antes o después del plazo correspondiente.

- La falta de pago de los derechos de examen o el pago parcial de los mismos.

Transcurrido dicho plazo, sin que se formule reclamación, se entenderán defi nitivas dichas listas, resolviéndose por Alcaldía, en su caso, las reclamaciones presentadas.

En la Resolución por la que se aprueben las listas, se deter-minará la composición del tribunal, y el lugar, fecha y hora de la celebración de la prueba de oposición.

5. Tribunal5.1 El Tribunal califi cador de este proceso selectivo es el que

fi gura como Anexo III a esta convocatoria.5.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitu-

ción Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

Corresponderá al Tribunal la consideración, verifi cación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarro-llo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones moti-vadas que estime pertinentes.

El Tribunal podrá valerse de asesores especialistas para todas y cada una de las pruebas de la fase de oposición.

5.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ayuntamiento de La Vall d’Uixó, Pl. del Centre, núm. 1, La Vall d’Uixó, teléfono 964 690 184, dirección de correo electrónico [email protected]. Dirección de Inter-net http://www.lavallduixo.es.

6. Desarrollo del proceso selectivoEl orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéti-

camente por el primero de la letra Z, conforme al resultado del sorteo celebrado el día 15 de abril de 2008, publicado en el DOCV núm. 5755.

Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor debidamente justifi cados y apre-ciados libremente por el Tribunal. La no presentación de un aspi-rante en el momento de ser llamado a cualquiera de las pruebas obligatorias, determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el proceso selectivo, por lo que quedará excluido del mismo.

El Tribunal podrá requerir a los aspirantes, en cualquier momento, para que acrediten su identidad, a cuyo fi n deberán ir provistos del Documento Nacional de Identidad.

Una vez comenzadas las pruebas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de celebración de los restantes ejercicios en el BOP. Estos anuncios deberán hacerse públicos en el Tablón de Anuncios municipal, y en la página web del Ayuntamiento, con 12 horas de antelación del comienzo de los mismos, si se trata del mismo ejercicio, o de 48 horas, si se trata de un nuevo ejercicio.

7. Norma fi nalAl presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley

7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente resolución, que pone fi n a la vía adminis-trativa, podrá interponerse recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su

publicación en el Boletín Ofi cial de la Provincia, ante el Juzga-do de lo Contencioso Administrativo con sede en la ciudad de Castellón de la Plana, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Potestativamente, también se puede interponer recurso de reposición ante la Alcaldía Presidencia, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Ofi cial de la Provincia, de acuerdo con lo que establece el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previs-to en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Segundo.- Ordenar la publicación del texto íntegro de esta convocatoria y Bases específi cas en el Boletín Ofi cial de la Provincia, en el tabón de edictos municipal y en la página web de este Ayuntamiento.

Tercero.-Ordenar la publicación de un extracto de esta convocatoria en el Diario Ofi cial de la Comunidad Valenciana; y en el Boletín Ofi cial del Estado.

Lo que se hace público para cumplimiento de lo dispuesto en las bases que regulan el proceso selectivo.

La Alcaldesa Presidenta, Isabel Bonig Trigueros.La Vall d’Uixó, 12 de marzo de 2010.ANEXO IDescripción del proceso selectivo 1.- El proceso de selección por el turno libre constará de las

siguientes fases:1.1.- Fase de oposición.1.1.1.- Primer ejercicio. De carácter obligatorio y elimina-

torio. Cuestionario. Consistirá en contestar correctamente por escrito, un cuestionario de 50 preguntas, con cuatro respuestas alternativas, una de ellas cierta, en un tiempo máximo de una hora, sobre los temas relacionados en el Anexo II, Materias Comunes. Para la corrección de esta prueba se tendrán en cuen-ta, en todo caso, las respuestas erróneas.

La calificación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, debiendo obtenerse una califi cación de 5 para superar el mismo.

Para la califi cación de este ejercicio se utilizará la siguiente fórmula:

[A-(E/n-1)]X10 NA: preguntes acertadasE: preguntes erróneasn: número de respuestas alternativasN: número total de preguntas válidasb) Segundo ejercicio.– Consistirá en desarrollar por escrito

dos temas elegidos por el/la aspirante, de entre tres selecciona-dos al azar, entre los comprendidos en el Anexo II, Materia Espe-cífi ca, de estas Bases.

En este ejercicio, se valorará el volumen y comprensión de los conocimientos, la claridad de la exposición y la capacidad de expresión.

Este ejercicio, a juicio del Tribunal, podrá ser leído ante el mismo.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas. La califi cación máxima del primer ejercicio será de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para tener acceso al ejercicio siguiente.

c) Tercer ejercicio.– Consistirá en la realización de una prue-ba práctica, determinada por el Tribunal inmediatamente antes de la celebración del ejercicio, relacionada con las funciones propias del puesto y con las materias que fi gura en el Anexo II.

Este ejercicio, a juicio del Tribunal, podrá ser leído ante el mismo.

El tiempo de duración de la prueba será determinado por el Tribunal en función de la difi cultad que presente no pudiendo superar las cuatro horas.

La califi cación máxima del tercer ejercicio será de 10 puntos. Para superar el ejercicio es necesario obtener un mínimo de 5 puntos.

La califi cación fi nal de la fase de oposición vendrá determi-nada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1. Primer ejercicio.2. Tercer ejercicio.ANEXO II1. Materias ComunesTEMA 1. La Constitución española de 1978. Principios bási-

cos. Estructura y contenido esencial. Procedimiento de reforma.TEMA 2. Los derechos y deberes fundamentales. La protec-

ción y suspensión de los derechos y deberes fundamentales. Protección jurisdiccional de los derechos y deberes fundamenta-les de la persona.

TEMA 3. Las Cortes Generales. Composición y funciones. El Gobierno en el sistema constitucional español. El Presidente del Gobierno. La Ley del Gobierno. El control parlamentario del Gobierno.

TEMA 4. El poder judicial. Regulación constitucional de la justicia. La Ley Orgánica del Poder Judicial. La Ley de demarca-ción y planta judicial. El Consejo General del Poder Judicial. La

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANANúm. 37.—27 de marzo de 2010 55

Organización de la Administración de Justicia: órdenes, clases de órganos y sus funciones. El Tribunal Constitucional en la Constitución y en su Ley Orgánica.

TEMA 5. La Administración General del Estado. La Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y su normativa de desarrollo. La estructura departa-mental y los órganos superiores. La organización territorial de la Administración General del Estado.

TEMA 6. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valen-ciana de 2006. Antecedentes. Estructura y contenido esencial. Derechos, deberes y principios rectores. Competencias de la Generalitat Valenciana: tipología.

TEMA 7. La Unión Europea: origen y evolución. Instituciones comunitarias, organización y competencias. El Comité de las Regiones. La Unión Económica y Monetaria. El Ordenamiento Comunitario.

TEMA 8. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. Requisitos: motivación y forma. La invalidez del acto administrativo. Supuestos de nulidad de pleno derecho y anula-bilidad. Ordenación e instrucción. Terminación del procedimien-to. Obligación de resolver. Falta de resolución expresa: régimen del silencio administrativo. Régimen de recursos administrati-vos: clases de recursos administrativos.

TEMA 9. Los contratos del sector público: delimitación. Principios generales de contratación. Las partes en los contratos del sector público. Aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público a los Entes Locales.

TEMA 10. El personal al servicio de las Corporaciones Loca-les: clases y régimen jurídico. Función pública local: clases de funcionarios. Acceso a los empleos públicos locales: principios. Requisitos. Sistemas. Situaciones administrativas de los funcio-narios locales. Derechos y deberes de los empleados públicos locales. Régimen de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

2. Materia específi caTEMA 1. La Biblioteca Municipal: Concepto y funciones.TEMA 2. Gestión de la colección: selección y adquisición.TEMA 3. Tratamiento técnico de los fondos.TEMA 4. El edificio, las instalaciones bibliotecarias y el

mobiliario.TEMA 5. El expurgo.TEMA 6. Las publicaciones periódicas: gestión y tratamiento.TEMA 7. La catalogación.TEMA 8. Las ISBD.TEMA 9. La clasifi cación en la Biblioteca Municipal.TEMA 10. Servicios al usuario en una Red de bibliotecas

públicas municipales.TEMA 11. El servicio de préstamo. Tipología.TEMA 12. La sección de Información y Referencia.TEMA 13. La sección local.TEMA 14. Las nuevas tecnologías de la información y comu-

nicación y su aplicación en las bibliotecas.TEMA 15. Automatización de los servicios bibliotecarios. El

sistema integrado de gestión de bibliotecas Absys.TEMA 16. Extensión bibliotecaria y extensión cultural.TEMA 17. Servicios bibliotecarios para colectivos específi cos.TEMA 18. Dinamización y marketing en la biblioteca pública.TEMA 19. La Biblioteca Multicultural.TEMA 20. La biblioteca municipal y la Comunidad Educati-

va: Redes de colaboración.TEMA 21. La Biblioteca escolar.TEMA 22. La sección infantil/juvenil en la Biblioteca Pública:

Organización y dinamización.TEMA 23. Promoción de la lectura en la Biblioteca Pública.TEMA 24. Dinamización lectora en las primeras edades.TEMA 25. Formación de usuarios.TEMA 26. Cooperación bibliotecaria: catálogos colectivos y

redes de bibliotecas.TEMA 27. Cooperación bibliotecaria: el préstamo interbiblio-

tecario.TEMA 28. La Red Lectora Pública Valenciana.TEMA 29. La Ley 10/2007, de la lectura, del libro y las bibliotecas.TEMA 30. La Red de Bibliotecas Públicas Municipales de la

Vall d’Uixó. Síntesis histórica, fondos y servicios.ANEXO IIITribunal califi cadora) Tribunal titular:Presidente: Un funcionario de carrera de la Administración

Local de la Comunidad Valenciana.Vocales:- Dos funcionarios de carrera del Ayuntamiento de la Vall

d’Uixó.- Un funcionario de carrera de otra Administración Pública.Secretario: El Secretario General de la Corporación.b) Tribunal suplente: Presidente: Un funcionario de carrera de la Administración

Local de la Comunidad Valenciana.Vocales:- Dos funcionarios de carrera del Ayuntamiento de la Vall

d’Uixó.- Un funcionario de carrera de otra Administración Pública.Secretario: Un funcionario en quien delegue el Secretario

General de la Corporación.El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores técnicos especialistas para los ejercicios de la fase de oposición.

ANEXO IVModelo de Solicitud1. DATOS DEL ASPIRANTEApellidos Nombre DNI Teléfono Domicilio Código Postal Localidad 2. DATOS DE LA CONVOCATORIADenominación plaza Subgrupo Titulación exigida Fecha publicación BOP DISCAPACIDAD (indicar adaptaciones y ajustes razonables

de tiempo y medios; es necesario adjuntar dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía):

Que reuniendo todos y cada uno de los requisitos estableci-dos en las Bases reguladoras de la presente convocatoria.

SOLICITO: participar en el correspondiente procedimiento selectivo, por el siguiente turno de acceso:

TURNO LIBRE La Vall d’Uixó, a __ de ______________ de 2010

SRA. ALCALDESA PRESIDENTA DEL EXCMO. AYUNTA-MIENTO DE LA VALL D’UIXÓ (CASTELLÓN). C-2978

VILA-REAL

Contratación

En fecha 20 de marzo de 2010 se publicó anuncio de licita-ción del contrato de suministro de vehículos para el servicio del Ayuntamiento en la modalidad de arrendamiento con opción de compra. Por Resolución de Alcaldía núm. 1245 de 22 de marzo de 2010 se renuncia a la celebración del citado contrato de suminis-tro por razones de interés público debidamente acreditadas en el expediente administrativo (artículo 139.3 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público).

Vila-real, 23 de marzo de 2010.—El alcalde, Juan José Rubert Nebot. C-3330-U-c

* * *

Contractació

En data 20 de març de 2010 es va publicar anunci de licita-ció del contracte de subministrament de vehicles per al servei de l’Ajuntament en la modalitat d’arrendament amb opció de compra. Per Resolució d’Alcaldia núm. 1245 de 22 de març de 2010 es renuncia a la celebració de l’esmentat contracte de subministrament per raons d’interés públic degudament acreditades en l’expedient administratiu (article 139.3 de la Llei 30/2007, de 30 d’octubre, de contractes del sector públic).

Vila-real, 23 de març de 2010.—L’alcalde, Juan José Rubert Nebot. C-3330-U-v

* * *

BASES DEL “VII CONCURS DE MASCLETAES CIUTAT DE VILA-REAL”, A CELEBRAR DURANTE LAS FIESTAS DE SAN PASCUAL 2010.

1ª.- OBJETO.- Constituye el objeto de estas Bases la selección de las

empresas pirotécnicas participantes en el “VII Concurs de Mascletaes Ciutat de Vila-real”, que se celebrara entre los días 18 y 21 ambos incluidos, de mayo de 2010 durante las fi estas patro-nales de Sant Pasqual.

2ª.- SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN EN EL CONCURSO.-Las solicitudes se presentarán en sobre cerrado que podrá

estar lacrado y en el que fi gurará la siguiente leyenda:SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN EL “VII CONCURS DE

MASCLETAES CIUTAT DE VILA-REAL”, A CELEBRAR DURANTE LAS FIESTAS DE SAN PASCUAL 2010.

Las solicitudes se presentarán en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento, a partir del día de aprobación de estas bases y hasta el día 09 de abril, la documentación consistente en una solicitud de participación en el concurso, adjuntando a la misma la documentación que igualmente se señala en la Base 3ª.

MODELO DE SOLICITUD“Don....................., con DNI. .......... vecino de ................, con

domicilio en ............. en representación de la empresa pirotéc-nica ........................................................ (CIF ...................................), hace constar:

1º.- Que solicita su admisión al “VII Concurs de Mascletaes Ciutat de Vila-real”, en las condiciones establecidas en dicho concurso, que conoce y acepta.

2º.- Que señala como precio de la “mascleta” a disparar la cantidad de

TRES MIL EUROS (3.000 euros) -IVA no incluido-

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA56 Núm. 37.—27 de marzo de 2010

3º.- Que adjunta a la presente solicitud la documentación a que se refi ere la Base 3ª, así como los documentos acreditativos de los meritos que ha de ser tenidos en cuenta según los crite-rios establecidos en la Base 4ª.

(Fecha y fi rma del proponente)”3ª.- CARACTERÍSTICAS DEL MATERIAL Y DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA.-Junto a la precedente solicitud las empresas pirotécnicas

interesadas remitirán una Memoria explicativa de los programas que ofrecen, con especifi cación de las partes de cada uno de ellos, debiendo hacer constar cada uno de los requisitos exigi-dos en la Orden del Ministerio de Relaciones con las Cortes de la Secretaría del Gobierno de 20 de Octubre de 1988 (BOE núm. 260 de 29.10.88), por la que se regula la manipulación y uso de productos pirotécnicos en la realización de espectáculos públi-cos de fuegos artifi ciales, modifi cada por Orden de 2 de Marzo de 1989, relativa a los kilogramos de material explosivo, fecha y número de homologación, catalogación y fabricado, tiempo previsto, en segundos, para el disparo y tiempo total de quema de la colección ofrecida, así como el tipo, forma, características de la protección dispuesta, que deberá ser de material degrada-ble, nunca de plástico u otros materiales cortantes, para evitar toda clase de lesiones o daños a las personas y a las propieda-des. Para el espectáculo diseñado, deberán indicar los aspectos que, por el mismo precio, ofrezcan mayor vistosidad, presenta-ción, menor ruido, etc., advirtiéndose a las empresas interesadas que se llevará a cabo un control del material ofrecido.

Los solicitantes deberán tener en cuenta, en lo relativo a las características del material a emplear lo siguiente:

- El peso máximo autorizado de la masa o sustancia regla-mentada será de 70 Kgs., con una variación de + - 5 %, sobre el máximo, según las catalogaciones del pirotécnico.

- No podrán dispararse cañas voladoras.- Los calibres máximos autorizados son:Truenos Aviso 50 mmVolcanes 75 mmCandelas Romana 60 mm Truenos terrestres 40 mm(nº 4)Asimismo por los interesados se presentará la documenta-

ción que, para la manipulación y uso de productos pirotécnicos en la realización de espectáculos públicos de fuegos artifi ciales, exige la orden del 20 de octubre de 1988 del Ministerio de Rela-ciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno del Estado Español, así como la exigida en la orden de 2 de marzo de 1989 por la cual se completa y perfecciona la anterior normativa reguladora. Asimismo se adjuntará declaración jurada, según el modelo contenido en el ANEXO II de estas Bases.

4ª.- SELECCIÓN. CRITERIOS.-A la vista de las solicitudes y documentos presentados, el

Jurado a que se refi ere a base siguiente, califi cará a los aspiran-tes conforme al siguiente baremo:

1) Precio ofertado, hasta 3 puntos.2) Características del espectáculo diseñado, hasta 2,5

puntos.3) Medios materiales a utilizar en el desarrollo del espectá-

culo: hasta 2 puntos.4) Otras mejoras a determinar:, hasta 1 punto.5) Medios humanos, hasta 1 punto.6) Otros aspectos de organización y contenido del progra-

ma, hasta 0,5 puntos.5ª.- COMISIÓN PARA LA SELECCIÓN DE PARTICIPANTES EN

EL CONCURSO.-La Comisión para la selección de los participantes en el

concurso estará formado por miembros de la Junta de Festes de Vila-real.

Una vez califi cados los participantes, por la misma Comi-sión se procederá al sorteo de fechas de ejecución de los espec-táculos a fi n de que los cinco primeros califi cados conforme al baremo de la base anterior ejecuten el disparo de las correspon-dientes “mascletaes”, cuya califi cación servirá para determinar el ganador del concurso. Los demás participantes quedarán exclui-dos de esta segunda fase del concurso.

Las decisiones de esta Comisión y las del Jurado que se regula en la Base 8ª se harán públicas y se notificarán a las empresas seleccionadas.

6ª.- FORMALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS.-Una vez notifi cado el resultado de la selección se formaliza-

rán los correspondientes contratos entre el Ayuntamiento y las cuatro empresas pirotécnicas seleccionadas, debiendo presentar estas con carácter previo y en todo caso antes del día 23 de Abril

de 2010, la siguiente documentación:a) Certifi cado original emitido por la Compañía Aseguradora

de la empresa pirotécnica ajustado al modelo que se adjunta en el ANEXO II, para cubrir los riesgos que pudieran derivarse de su actuación pirotécnica, que, como mínimo, tendrá un capital mínimo asegurado de 300.000 euros, y estar exento de franqui-cias. En el caso de las pirotécnicas con sede fuera del Estado Español, esta póliza tendrá que tener cobertura internacional y estar de acuerdo a la vigente normativa española.

b) Listado K.U.T. (Esquema de los artifi cios a disparar).c) Detalle de situación de los artifi cios.d) Clase y tipo de fuegos, indicando fecha, número de

homologación y catalogación y fabricante de cada uno de los artifi cios a disparar.

e) Descripción artística de la Mascleta para poder ser inclui-

da en la prensa el día del disparo.f) Copia del TC 1 y TC 2 del mes en curso.El objeto de tal contrato será el disparo de las respectivas

“mascletaes” en la fecha determinada conforme a la base ante-rior. El precio del contrato será, como máximo, el de TRES MIL (3000 euros) -IVA no incluido-.

7ª.- CONDICIONES DE LA EJECUCIÓN DE LAS “MASCLE-TAES”.-

1.- Condiciones Generales:El contrato se ejecutará a riesgo y ventura del adjudicatario,

corriendo a su cargo la indemnización de todos los daños que se causen al Ayuntamiento o a terceros en la ejecución del contrato.

Todo el coste de personal y costes sociales, impuestos, cuota fiscal, contribuciones y gastos de cualquier naturaleza derivados de la adjudicación, correrán por cuenta de la empresa adjudicataria, la cual se compromete a cumplir, a su exclusivo cargo, con las obligaciones legales y contractuales derivadas de la selección.

2.- Condiciones particulares: Los fuegos artifi ciales serán quemados en el lugar denomi-

nado “Plaça La Panderola” procurando que las características de dichos fuegos se adapten a las condiciones de la zona, de forma que se garantice plenamente la seguridad de las personas que presencien el espectáculo. Asimismo, las empresas selecciona-das se comprometen a que los fragmentos de las carcasas de los artifi cios, al desintegrarse las mismas, no resulten peligrosos.

Los artificios pirotécnicos estarán constituidos por unas características tales que, al explosionar, no proyecten fragmen-tos que puedan constituir riesgos notorios para las personas o las cosas.

Si, debido a las condiciones meteorológicas, la celebración del espectáculo pirotécnico constituyera un riesgo para las personas o bienes, previa comunicación a los responsables de la Junta de Fiestas, la persona encargada de la empresa pirotécni-ca queda obligada a la suspensión del mismo, cambio de hora o posposición a determinar siempre y cuando no se hay montado el espectáculo.

La empresa se obliga a disponer de los servicios de vigilan-cia y recogida, desde la descarga de las colecciones pirotécnicas y durante su quema, además de responsabilizarse de la recogida de los artefactos sin acabar de consumir, de la retirada de cual-quier producto o resto con posibilidad de defl agrar o explotar, comprometiéndose a dejar toda la zona completamente limpia y libre de cualquier resto de colección pirotécnica, a no realiza trasvases de esta mercancía, ni a manipularla en lugares en los que puedan permanecer o transitar personas ajenas a la empre-sa pirotécnica en cuestión.

Todos los gastos de montaje, acarreos, transporte, material, personal necesario, tanto para la vigilancia de las colecciones en situación de disparo como quema de las mismas, serán de cuenta de la empresa.

Si por cualquier circunstancia, personal dependiente del Ayuntamiento, tomara parte en todas o algunas actividades señaladas en el párrafo anterior y se produjera un accidente que ocasionara daños o lesiones a dicho personal, la responsabilidad total resultante será a cargo de la empresa de la colección que ocasione el accidente y con cargo al seguro de Responsabilidad Civil detallado en las presentes Bases. Dicha responsabilidad se extenderá igualmente al personal del Ayuntamiento o de la Junta de Festes que se encuentre en el recinto por razones de trabajo.

La Junta de Fiestas y el Ayuntamiento no facilitarán loca-les ni se hará cargo de expedición alguna de material que a su nombre se remita, ni responderá de los deterioros o pérdidas que se originen.

La duración de cada espectáculo no será inferior a cinco minutos, debiendo iniciar la quema en la fecha y hora que deter-mine la Junta de Festes y tras la autorización del ofi cial de Policía Local responsable de la seguridad del espectáculo.

La Junta de Festes y el Ayuntamiento de Vila-real se reserva el derecho a suspender el espectáculo, cambiar de hora o pospo-nerlo a otra fecha distinta, cuando, a su juicio, existan motivos de interés o se presuman situaciones de riesgo importante. En tal supuesto, la Junta de Festes se hará cargo de los gastos directos ocasionados por dicha modifi cación.

3.- Personal. El personal que aporte o utilice la empresa para el servicio,

no tendrá relación laboral alguna con la Junta de Fiestas-Ayunta-miento de Vila-real, por entenderse que el mismo depende única y exclusivamente y a todos los efectos de la empresa adjudica-taria, quién tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresario respecto al citado personal, con arreglo a la legislación laboral, sin que en ningún caso derive responsabilidad alguna para la Junta de Festes y el Ayuntamien-to de Vila-real de las obligaciones nacidas entre el adjudicatario y sus empleados.

8ª.- FALLO DEL JURADO.-El Jurado calificador de la segunda fase del concurso

consistente en el disparo de las respectivas “mascletaes” por los cuatro concursantes mejor califi cados conforme a la base 5ª, estará integrado por miembros de la Junta de Festes y personas designadas por la misma que emitirán su fallo dentro de los 48 horas siguientes al de la fecha del disparo de la última de las “mascletaes”. Dicho fallo será inapelable y se basará única y exclusivamente en criterios pirotécnicos, tales como la armonía

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entre los disparos, la rapidez o vistosidad y la destreza en el disparo.

El ganador del concurso según el fallo antes aludido obten-drá los siguientes premios:

- Trofeo donado por La Junta de Fiestas de Vila-real como ganador del Primer Premio del “VII Concurs de Mascletaes Ciutat de Vila-real”.

- Compromiso formal por parte de La Junta de Fiestas de Vila-real de contratar un CASTILLO PIROTÉCNICO por valor de 16.000 euros (iva incluido) a disparar el domingo 12 de septiem-bre durante las fi estas patronales de la Virgen de Gracia que se celebrarán del 3 al 12 de Septiembre de 2010, en las condiciones que oportunamente se señalen y de conformidad con lo señala-do en el Real Decreto Legislativo 2/2000. de 16 de Junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

ANEXO I

“Don _________________________________ con el DNI num________________,en su calidad de ____________________ de la mercantil __________________________,(CIF ________________) domici l iada en ______________________________ cal le ____________________________ realiza la siguiente DECLARACIÓN JURADA:

Declara bajo juramento el cumplimiento estricto de la Ley 30/95 de Prevención de Riesgos Laborales, modifi cada por la Ley 54/2003 de 12 de diciembre, así como el Real Decreto 230/98 de 16 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de explosivos y la Orden de 20 de octubre de 1988 y la de 2 de marzo de 1989.

Así mismo está obligado y se compromete a realizar todas aquellas acciones tendentes a obtener el mayor índice de segu-ridad hacia sus propios trabajadores, los espectadores, viandan-tes y los bienes de las inmediaciones a su espectáculo.

Conoce el PLAN DE EMERGENCIA que se le entrega en este acto, donde se indican los medios de seguridad que le afectan y las distancias de seguridad del mismo.

La empresa Pirotécnica, se compromete específi camente a cumplir las distancias mínimas de seguridad indicadas en dicho PLAN y adaptar su montaje según la colocación de las vallas de protección de los espectadores.

Así mismo se compromete como personal técnico y por la experiencia adquirida en el uso de los productos que utiliza, a comunicar cualquier anomalía que pueda encontrar en dicho PLAN, con la fi nalidad de realizar cuantas modifi caciones sean precisas, tendentes a garantizar la seguridad de las personas, los bienes y el medio ambiente.

Para la comunicación de dichas anomalías se dirigirá al funcionario de Protección Civil, quien coordinará las modifi ca-ciones con los efectivos implicados en cada espectáculo.

No iniciará el espectáculo pirotécnico hasta la autorización por parte del Ofi cial responsable del evento. (Su incumplimien-to, constituye infracción grave según el Art. 294 del R.D. 230/98 en su apartado J).”

Y para que conste, el representante de la empresa Pirotécni-ca fi rma la presente, aceptando cuanto dice.

Vila-real a _____de ______________ de _____.—La empresa Pirotécnica.

(Firma y sello)ANEXO II

”Don _______________________________________con DNI núm. _____________, en calidad de ____________________ de la Compañía Aseguradora o Correduría de ___________________________________________.

CERTIFICA que la Póliza de Seguros de Responsabilidad Civil número ____________, concertada entre ______________________ y __________________________ para atender los riesgos derivados de la celebración de espectáculos pirotécnicos, cubre los riesgos que se puedan derivar del espectáculo pirotécnico a celebrar en Vila-real el día ______ de Mayo de 2010, con un capital mínimo asegurado de 300.506,05 euros.

Y para que así conste, expide la presente en ___________ a _____de ______ de _____.

(Firma y sello) C-3292-U

* * *

Anuncio aprobación Modificación puntual Plan General Municipal de Ordenación Urbana de Vila-real de la manzana 51

El Ayuntamiento Pleno, en sesión de 21 de diciembre de 2009, adoptó el siguiente acuerdo:

“Habida cuenta de la propuesta de convenio urbanístico y Modifi cación Puntual del Plan General Municipal de Ordenación Urbana de Vila-real de la manzana 51, presentada en este Ayun-tamiento por Benjamín Mansergas Juan, en nombre y repre-sentación de las mercantiles ACTIA INICIATIVAS SL y ACTIA HABITAT SL el 24 de julio de 2009, con RE núm. 24390.

Atendido que el objeto del convenio urbanístico es la cesión al Ayuntamiento, por parte de la mercantil ACTIA HABITAT SL, de una zona verde de 1.043 m2 de superfi cie y su posterior urba-nización, en la que se ubica la denominada Alquería del Carmen (edifi cio catalogado por el Plan General vigente), así como la cesión de parte de un vial peatonal y la obligación, por parte del Ayuntamiento, de tramitar el documento de Modifi cación

puntual del Plan General de la manzana 51, que pretende homo-geneizar la confi guración en altura de la manzana con las colin-dantes, reordenando volumétricamente la misma y aumentando la anchura del vial peatonal que une la calle San Pascual con la calle Joan Fuster.

Atendido que en fecha 22 de septiembre de 2009 se emitió informe por el arquitecto municipal de la Oficina de Gestión Urbanística, el 23 de septiembre de 2009 se emitió informe jurí-dico por la consultoría jurídico-urbanística del Ayuntamiento, el Despacho Profesional “FALOMIR ABOGADOS ASOCIADOS SLP”, y en fecha 24 de septiembre de 2009 se emitió informe por los Servicios Jurídicos de este Ayuntamiento.

Atendido que por acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha 28 de septiembre de 2009, se acordó someter a información pública por plazo de un mes, la propuesta de convenio urbanís-tico (ajustada al informe jurídico elaborado por la Consultoría jurídico-urbanística del Ayuntamiento), el documento de Modi-fi cación Puntual de la manzana 51 del Plan General vigente, y el estudio de integración paisajística, del que forma parte el docu-mento del plan de participación pública.

Atendido que en fecha 14 de octubre de 2009 se publicó en el Diario Ofi cial de la Comunitat Valenciana número 6122 el anun-cio de información pública por plazo de un mes de la propuesta de convenio urbanístico, el documento de modifi cación puntual y el estudio de integración paisajística, del que forma parte el Plan de Participación Pública; publicándose asimismo el corres-pondiente anuncio en el periódico Las Provincias de fecha 15 de octubre de 2009.

Atendido que durante el periodo de información pública no se han presentado alegaciones.

Atendido que en fecha 14 de diciembre de 2009 (RE núm. 38978) se ha presentado en este Ayuntamiento el documento resumen de resultados y evaluación de participación pública del estudio de integración paisajística, en el que se indica que fi nalizado el plazo del Plan de Participación Pública no ha habido constancia de presentación alguna en lo respecta a las encuestas de participación que formaban parte del Plan de Participación Pública.

Visto el artículo 91.1 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana, en el que se señala que corresponde al Ayuntamiento aprobar defi nitivamente los Planes y Programas de iniciativa municipal o particular, siempre que no modifi quen la ordenación estructural.

Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa Permanente de Urbanismo.

La Corporación Municipal, por diecinueve votos a favor de los Grupos Popular y Socialista, y dos abstenciones del Grupo BNV, lo que representa la mayoría absoluta legal del total de veintiún miembros que componen la Corporación, acuerda:

Primero.- Aprobar la propuesta de convenio urbanístico formulada por la representación de las mercantiles ACTIA INICIATIVAS SL y ACTIA HABITAT SL (ajustada al informe jurídi-co elaborado por la Consultoría jurídico-urbanística del Ayunta-miento).

Segundo.- Aprobar definitivamente la Modificación Puntual del Plan General Municipal de Ordenación Urbana de Vila-real de la manzana 51, presentada en este Ayuntamiento por Benjamín Mansergas Juan, en nombre y representación de las mercantiles ACTIA INICIATIVAS SL y ACTIA HABITAT SL, el 24 de julio de 2009, con RE 24390, redactada por los arquitectos Jesús Delgado Correa y Manuel Dauffi Loras, fechado en julio de 2009, así como el estudio de integración paisajística de la modificación puntual, redactado por los ingenieros Juan y Ruth Montagud Llera.

Tercero.- Trasladar el presente acuerdo al Servicio Terri-torial de Ordenación del Territorio, de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, así como una copia diligenciada del documento de modifi cación puntual del Plan General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley 16/2005 de 30 de diciembre de la Generalitat, Urbanísti-ca Valenciana, y, cumplido ello, publicar el mismo en el Bole-tín Ofi cial de la provincia de Castellón, así como la normativa urbanística.

Cuarto.- Facultar al alcalde-presidente tan ampliamente como en Derecho proceda, para cuantos actos sean nece-sarios en ejecución del presente acuerdo y para la fi rma de cualquier documento necesario para dar cumplimiento al mismo, así como para proceder a la fi rma del citado convenio urbanístico.

Quinto.- Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, o bien, en el plazo de dos meses recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supe-rior de Justicia de la Comunidad Valenciana, con la advertencia de que este último no se podrá interponer hasta la resolución expresa o la desestimación presunta del de reposición, todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso, en su caso, que estime procedente, en virtud de lo dispuesto en los artículo 58.2, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común, modifi cada por Ley 4/1999, de 13 de enero, y art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa..”

Vila-real, 1 de marzo de 2010.- El alcalde,

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA58 Núm. 37.—27 de marzo de 2010

ANEXO NORMATIVAORDENANZA ESPECÍFICA PARA LA MANZANA 51

ARTÍCULO 1.- ENS-1 TORREHERMOSA. ÁMBITOCorresponde a una manzana situada en la calle Torrehermo-

sa de Vila-real, en el tramo entre las calles san Pascual y Joan Fuster.

ARTÍCULO 2.- ENS-1 TORREHERMOSA. USOS1. El uso global o dominante de esta zona es el Residencial

plurifamiliar (re.2).2. Se consideran usos compatibles los siguientes:a) Almacenes e industrias compatibles con vivienda: al.1 e

in.1 , en situaciones , 1 y 2, con acceso independiente desde vía pública y núcleos de comunicación independientes.

b) Aparcamiento: ap en situaciones 1, 2, 8 y 9.c) Residencial comunitario: re.3, en situaciones 4 y 7, con

accesos independientes en caso de uso mixto del edifi cio.d) Terciario comercial: co1, en situaciones 1, 2, 3 y 7. e) Terciario hotelero: ho.1, en situaciones 4 y 7.f) Terciario ofi cinas: of.1 en situación 10 excepto en la 1 y

of.2, en situaciones 2, 3, 6 y 7.g) Terciario recreativo: rc0, rc1 y rc2, en situaciones 1 y 2, con

acceso independiente desde vía pública y núcleos de comunica-ción independientes.

h) Dotacionales : do.1, do.2, do.3, do.4, do.5, do.6, do.7, do.8, do.10, do.11 y do.16 en situaciones 2, 3, 6 y 7.

3. Se consideran usos prohibidos ó incompatibles todos los demás.

ARTÍCULO 3.- ENS-1.- TORREHERMOSA. CONDICIONES DE PARCELA

1. Las parcelas edifi cables cumplirán las siguientes condi-ciones:

a) Superfi cie mínima de parcela edifi cable: 200 m_.b) Dimensión mínima de lindes frontales: 10 m.c) La forma de la parcela será tal que pueda inscribirse en

ella un rectángulo de 10 x 10 m., uno de cuyos lados coincida con la alineación exterior, y sus lindes laterales no formen un ángulo inferior a 60 grados sexagesimales con la alineación exterior.

2. Parámetros de emplazamiento.La ocupación de la parcela edifi cable será del 100% de la

superfi cie de la parcela. Las fachadas interiores, recayentes a patios de manzana,

podrán retirarse respecto de las alineaciones señaladas por el Plan.

Los patios de manzana resultantes podrán ser edifi cados en planta baja.

ARTÍCULO 4.- ENS-1.- TORREHERMOSA. CONDICIONES DE FORMA DE LOS EDIFICIOS

1. La altura de cornisa máxima es:Nº de plantas Altura de cornisa en metros6 21,00No obstante la manzana tiene una ordenación volumétrica

específi ca, con diferentes alturas según zonas, por lo que hay que ver la ordenanza gráfi ca.

2. Tolerancia de alturas.a) No se admite modifi cación alguna en las alturas de esta

ordenanza.3. Por encima de la altura de cornisa del edifi cio.a) No se autorizan cubiertas inclinadas.4. Se permite la construcción de sótanos y semisótanos

con las determinaciones que se establecen en las Ordenanzas Generales.

5. Planta baja.a) La cara inferior del forjado de techo de la planta baja no

podrá situarse, en ningún caso, a menos de 3,50 m. sobre la cota de referencia, para el supuesto de la existencia de vuelos.

b) La planta baja tendrá una altura libre mínima de 3 m. sin perjuicio de lo dispuesto en el Art.168 de la normativa del plan general.

c) Se permite la construcción de entreplantas con las deter-minaciones que se establecen en las Ordenanzas Generales, en su Art.167 de la normativa del plan general.

6. Construcciones en patio de manzana.En patios de manzana en los que el Plan señale la posibili-

dad de edifi car en planta baja, su techo no podrá sobrepasar la altura correspondiente al forjado de techo de la planta baja del edifi cio.

Por encima del forjado de techo de las plantas bajas en patios de manzana tan sólo se admitirán los siguientes elementos:

a) Los faldones de las cubiertas planas.b) Los elementos de separación, con una altura máxima de

2,00 m. Estos elementos sólo podrán ser macizos hasta los 1,00 cm. de altura a partir del cual tendrán un tratamiento diáfano.

c) Las barandillas de protección.d) Una capa de tierra de hasta 40 cm. de espesor cuando se

previese un tratamiento ajardinado.e) Las chimeneas de ventilación o de evacuación de humos,

calefacción y acondicionamiento de aire con las alturas que en orden a su correcto funcionamiento determinen la reglamen-tación específi ca vigente o en su defecto las normas de buena práctica de la construcción.

7. Cuerpos y elementos salientes.

a) Son los fi jados en la ordenanza gráfi ca que se acompaña, permitiéndose además elementos salientes de tipo decorativo con una longitud máxima de vuelo de 15 cm.

ARTÍCULO 5.- ENS-1. CONDICIONES DE VOLUMENEDIFICABILIDADLa volumetría viene definida y establecida según los

cuadros y esquemas siguientes: SUPERFICIE SUPERFICIE SUPERFICIE CONSTRUIDA ZONA 1 CONSTRUIDA ZONA 2 CONSTRUIDA TOTAL

Planta Baja 575,29 m2t 591,61 m2t 1.166,90 m2tPlanta 1 585,03 m2t 667,52 m2t 1.252,55 m2tPlanta 2 585,03 m2t 667,52 m2t 1.252,55 m2tPlanta 3 325,69 m2t 646,81 m2t 972,50 m2tPlanta 4 475,21 m2t 475,21 m2tPlanta 5 475,21 m2t 475,21 m2t

TOTAL 2.071,04 m2t 3.523,88 m2t 5.594,92 m2t

Fig. 1. Perspectiva del volumen contenedor de las edificaciones.

Fig. 2. Manzana.

Fig. 3.a. Superficie edificable en Planta baja.

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ARTÍCULO 6. NORMAS DE APLICACIÓN DIRECTALas construcciones deben adaptarse al ambiente en que se

sitúen. No se admitirán actuaciones individuales que distorsio-nen las condiciones de los edifi cios o del conjunto en el cual se ubiquen.

Las nuevas edifi caciones deberán armonizar con las cons-trucciones y con los edifi cios de valor etnográfi co o arquitec-tónico que existan en su entorno inmediato. Además, deberán tener todos sus paramentos exteriores y cubiertas terminadas, empleando formas, materiales y colores que favorezcan una mejor integración paisajística, sin que ello suponga la renuncia a lenguaje arquitectónico alguno.

ARTÍCULO 7.- ALCANCE DE LAS NORMAS DE INTEGRA-CIÓN PAISAJÍSTICA

Las presentes normas de integración paisajística se aplica-rán a la unidad de paisaje denominada “Núcleo urbano”.

ARTÍCULO 8. TIPOLOGÍASe respetarán las tipologías edifi catorias del municipio para

la zona ENS-1, de modo que quede defi nido adecuadamente el borde urbano, silueta y accesos desde las principales vías de comunicación.

ARTÍCULO 9.- COMPOSICIÓN DE FACHADASEn fachada se integrarán los volúmenes siguiendo las edifi -

caciones colindantes. Podrán plantearse distintos planos de fachada para absorber las diferentes alturas.

Como materiales de fachada se recomienda el empleo de revocos con colores tradicionalmente usados en la zona. El uso de aplacados puede ser altamente recomendable.

Se permite el uso del hormigón visto, siempre que se trate de soluciones sencillas, sin tratamientos superfi ciales.

Se aconsejan las composiciones no miméticas y la utiliza-ción de materiales en su verdadera expresión huyendo de falsea-mientos de materiales supuestamente integradores.

ARTÍCULO 10. OTRAS CONSIDERACIONESEl resto de parámetros no contemplados en estas normas

de integración paisajística, serán los que el Plan General dispone en sus artículos 176 a 178 “De la estética de los edifi cios”.

ANEXO CONVENIOCONVENIO URBANÍSTICO

En la ciudad de Vila-real, a 1 de marzo de 2010REUNIDOSDe una parte,D. JUAN JOSE RUBERT NEBOT, Alcalde-Presidente del

Ilustrísimo Ayuntamiento de esta ciudad, el que se encuentra asistido en este acto de D. MARTIN ORIHUEL DE LA MATA Secre-tario General de la Corporación, a los solos efectos de autorizar, con las garantías y responsabilidades inherentes, las actas de este convenio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.h), relativo a las funciones de fe pública, del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.

De otra parte,D. BENJAMÍN MANSERGAS JUAN, mayor de edad, casado,

con domicilio en Vila-real c/ Pere Gil nº 2 2º C, con DNI 19009575Y INTERVIENENDON JUAN JOSE RUBERT NEBOT, lo hace en nombre y

representación del ILUSTRÍSIMO AYUNTAMIENTO DE VILA-REAL, de acuerdo con las atribuciones que le confi ere el artículo 21.1 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

D. BENJAMÍN MANSERGAS JUAN, mayor de edad, casa-do, con domicilio en Vila-real c/ Pere Gil nº 2 2º C, con DNI 19009575Y en representación como administrador único de B.C.4. Castellón, S.L., con domicilio en Vila-real, C/ Doctor Font nº 19 3º con CIF B12647046, según escritura de elevación a público de acuerdos sociales, cese y nombramiento de admi-nistrador único, retribución de cargo y modifi cación estatutaria otorgada ante el notario D. Ernesto Tarragón Albella en fecha 22/01/2009 con el número 108 de su protocolo. Actúa a su vez como representante físico de la mercantil B.C.4. Castellón, S.L. como administrador único de la compañía ACTIA INICIATIVAS, S.L.., con domicilio en Castellón, Avda. del Mar nº 48 y CIF B12671194 según escritura de cambio de representante físico de la compañía mercantil B.C.4. Castellón, S.L. como adminis-trador único de la compañía ACTIA INICIATIVAS, S.L., otorga-da ante el notario D. Ernesto Tarragón Albella el dia 02/02/2009 con el número 172 de su protocolo, ACTIA INICIATIVAS, S.L. está inscrita en el registro mercantil de Castellón, al tomo 1259, libro 822, folio 52, hoja CS-23457.

Asegura la plena vigencia y subsistencia de su cargo y de la mercantil que representa, así como su capacidad jurídica.

Ambas partes se reconocen capacidad legal sufi ciente para la celebración del presente CONVENIO URBANÍSTICO, y puestos previamente de acuerdo realizan las siguientes,

MANIFESTACIONESPRIMERA.- Que la mercantil ACTIA INICIATIVAS, S.L., es titu-

lar del pleno dominio de los siguientes inmuebles:

Fig. 3.b. Superficie edificable en Plantas 1 y 2.

Fig. 3.c. Superficie edificable en Planta 3.

Fig. 3.d. Superficie edificable en Plantas 4 y 5.

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UNO.- INMUEBLE SITO EN LA MANZANA Nº 51 DEL P.G.O.U. DE VILA-REAL, CALIFICADOS COMO ENS-1

URBANA.- Sita en Vila-real consistente en porción de suelo destinado a la edifi cación con frentes a las Calles San Pascual y Padre Molina. Ocupa una superfi cie de 657,46 metros cuadrados, según reciente medición. Linda: frente, calle San Pascual; fondo, Calle Padre Molina; derecha entrando, edifi cio de José Catalá Richart; izquierda, calle peatonal que enlaza las dos calles de situación.

Libre de cargas o de gravámenes.Referencia Catastral.- 8152904YK4285S0001OI.Inscripción.- Inscrita en el Registro de la Propiedad número

uno de esta ciudad, al libro 1279, folio 122, fi nca 71.074, inscrip-ción 2ª.

DOS.- INMUEBLE SITO EN LA MANZANA Nº 477 DEL P.G.O.U. DE VILA-REAL, CALIFICADA COMO ZONA VERDE

Solar, antes tierra regadío, plantada de naranjos, que ocupa una superfi cie de 2.214 metros cuadrados (si bien en el título de adquisición consta una superfi cie de 2.170 metros cuadrados), con una casa alquería en el término de Villarreal, partida Camino viejo de Burriana, que linda: por Norte, con herederos de Don Pedro Soriano; Sur, Sedeny; Este, Camino viejo de Burriana; y Oeste, tierra de Doña Amalia Benedito. Esta fi nca es la deno-minada familiarmente, “Alquería del Carmen”. Actualmente la fi nca tiene la califi cación de urbana, y una superfi cie de 1.042,96 metros cuadrados, tras la expropiación efectuada en fecha 31 de julio de 2000, por el Ayuntamiento de Vila-real, efectuada para la construcción del Colegio Público Pío XII.

Libre de cargas o gravámenes.Referencia Catastral.- 7845610YK4274N0001RW.Inscripción.- Inscrita en el Registro de la Propiedad número

uno de Vila-real, al tomo 1.115, libro 719, folio 207, fi nca número 8.162.

Se acompaña como ANEXO I, copia de los títulos públicos de propiedad, por medio del cual se acredita la titularidad de las fi ncas descritas y su estado de cargas, así como notas simples informativas expedidas por el Registro de la Propiedad número uno de esta ciudad.-

SEGUNDA.- Que las intenciones y motivos de las partes para la fi rma del presente convenio son las siguientes:

1.- INTENCIONES1.1.-Intenciones del Ayuntamiento:Obtención de la propiedad de la zona verde (fi nca descrita

en el manifi estan PRIMERO, DOS) de este convenio) y su poste-rior urbanización.

Obtención de la propiedad de la denominada Alquería del Carmen, defi nida como edifi cio catalogado en el vigente PGOU y según el CATALOGO (Patrimonio Histórico-Artístico), edifi cio en terreno declarado como zona verde.

- Ampliación del vial peatonal que mejorará la conexión y el tránsito de la zona entre las calles San Pascual y Joan Fuster.

1.2.- Intenciones de ACTIA INICIATIVAS, S.L.:- Ceder al Ayuntamiento, con la reserva del aprovechamien-

to que le corresponda, la zona verde correspondiente a la fi nca descrita en el manifi estan PRIMERO, DOS) de este convenio, y proceder a la urbanización de la misma.

- Transmitir al Ayuntamiento la propiedad de la Alquería del Carmen.

- Equiparar la edifi cabilidad de la manzana nº 51 del vigente PGOU con la de las manzanas colindantes.

Obtener el subsuelo de la zona verde LEL-1 y el vial peatonal contiguo, de la manzana 51 del PGOU de Vila-real, para su desti-no a aparcamiento, de manera que se subsane la insufi ciencia de plazas en esta zona de la ciudad.

2.- EXPOSICION DE MOTIVOS:Es motivación para ambas partes, y en especial de la

mercantil ACTIA INICIATIVAS, S.L., en su condición de actual titular de los inmuebles descritos previamente, proceder al correcto desarrollo y ejecución de los actos necesarios para la transmisión al Ayuntamiento de Vila-real, con la reserva de aprovechamiento urbanístico para el transmitente, de la parcela clasificada por el P.G.O.U. de Vila-real como zona verde, que cuenta con una superfi cie de 1.043 metros cuadrados, y sobre la que se encuentra construida la denominada “Alquería del Carmen”, edifi cio catalogado por el planeamiento vigente; por lo que es importante para el municipio de Vila-real, no desperdiciar la oportunidad para la consecución de la parcela y de la alquería catalogada, que tiene gran interés para el municipio.

Si bien la transmisión del suelo, prácticamente en su tota-lidad irá destinada a la transferencia de su aprovechamiento urbanístico al solar de la calle Sant Pasqual para alcanzar el aprovechamiento objetivo que tras la modificación puntual del P.G.O.U. de Vila-real que se recoge en este convenio, no es menos cierto que además, se pretende la transmisión del edifi cio CATALOGADO por el P.G.O.U. de Vila-real, que pasará a ser público y se podrá destinar a cualquier equipamiento que el Ayuntamiento considere conveniente.

Por otra parte, la mercantil ACTIA INICIATIVAS, S.L., es de igual forma y como se ha expuesto anteriormente, titular de la parcela descrita en el MANIFESTAN PRIMERO, UNO) de este convenio, situada en la zona de ENS-1 que se encuentra junto a un estrecho vial peatonal y a una zona verde; en una manzana de suelo urbano de poca altura en comparación con las manzanas colindantes, proponiéndose que mediante una modificación

puntual del Plan General esta manzana aumente su aprove-chamiento objetivo, de modo que se pueda aumentar la altura máxima edifi cable para homogeneizar las alturas de la misma con las de las manzanas colindantes y mejorar la conexión viaria entre las calles San Pascual y Joan Fuster. La manzana objeto de modifi cación es la catastral 81529, situada en la calle San Pascual, en zona clasifi cada como ENS-1.

Se trata de una pequeña modifi cación que pretende resolver un tema puntual de una zona muy concreta, por lo que no mere-ce la pena esperar a una revisión del Plan General para tramitar-la. La modifi cación es de interés general para todo el municipio de Vila-real, ya que se homogeneiza la confi guración en altura de la manzana con las colindantes y se resuelven dos problemas que afectan al casco antiguo de la población; el primero relati-vo a la falta de plazas de aparcamiento en el centro, ya que la propuesta va unida a la construcción de un aparcamiento en el subsuelo tanto de la parcela destinada al edifi cio, como el de la zona verde colindante, por lo que aprovechando que las rampas, escaleras y ascensores que van a construirse en la edifi cación, no es necesario realizar ninguna obra que mengüe la superfi cie de la zona verde para aprovechar su subsuelo. El segundo se refi ere al vial peatonal que une la calle San Pascual con la calle Joan Fuster, que actualmente es muy estrecho y que va a ser ampliado para facilitar la comunicación entre ambos viales, mejorando la conexión viaria.

Para ello, se propone ampliar la anchura del vial peatonal de 3 metros a 4,33 metros, para mejorar la comunicación entre las calle Sant Pasqual y calle Joan Fuster mediante cesión del suelo por parte de ACTIA INICIATIVAS, S.L. La ampliación del vial peatonal a 5 m conforme establece el Art. 131.1.b del R.O.G.T.U. no es compatible con la consolidación y red viaria existentes, por lo que se estaría en la excepcionalidad del punto 2 del citado artículo.

Dicha cesión supone ceder parte de la parcela edifi cable en una cantidad proporcional al incremento de edifi cabilidad sobre el que permite la ordenanza del Plan General, mediante lo cual se cumplirá el equilibrio dotacional que determina la legislación vigente.

De este modo, se propone transferir el aprovechamiento de la parcela dotacional que tiene una edifi cabilidad nula, a la parcela propiedad de ACTIA en la calle Sant Pasqual, de modo que ésta última parcela pueda colmatar el aprovechamiento deri-vado de la modifi cación del Plan.

No cabe duda, además que el Ayuntamiento de Vila-real, debe participar en las plusvalías que genere el incremento de edifi cabilidad que se producirá tal y como se fundamentará en la parte dispositiva de este Convenio.

Naturalmente, y como se estipulará en la parte dispositiva de este documento, dichas modifi caciones de edifi cabilidad en la parcela sita en la calle Sant Pasqual, se realizará mediante una modifi cación puntual del P.G.O.U de Vila-real.

Se acompaña como ANEXO II al presente convenio, propo-sición de modifi cación puntual del P.G.O.U. de Vila-real, relativa a: “Ampliación de vial peatonal y modifi cación de la altura máxi-ma de la manzana situada entre las calles San Pascual y Joan Fuster”, redactada por el Arquitecto Don Jesús Delgado Correa.

TERCERA.- En otro orden de cosas se incluye también en este convenio el inicio por parte del Ayuntamiento de la tramitación administrativa necesaria para la transmisión por permuta u otra forma legal de enajenación que corresponda, del subsuelo de la zona verde y de parte del vial peatonal resultante de la modifi cación puntual del P.G.O.U -ver anexo II- (se adjunta también, unido al presente convenio como ANEXO III, plano en el que se detalla la superfi cie concreta del subsuelo objeto de la enajenación), a los efectos de ampliar el aparcamiento que se proyecta realizar en el proyecto edificatorio de este solar. Concretamente el volumen limitado al espacio comprendido entre dos planos horizontales situados a un metro y a nueve metros por debajo de la rasante de la parcela de dominio públi-co municipal, y todo ello con la tramitación, sujeta a la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y su Reglamento de Desarrollo, y demás normas de carácter local aplicables al efec-to. Para ello hay que tener en cuenta que el aprovechamiento en número de plazas será mucho mayor aprovechando la rampa de garaje a construir en el solar colindante.

La causa de la permuta o enajenación del subsuelo de estos equipamientos públicos, se justifi ca asimismo por la necesaria cesión de pleno dominio y libre de cargas de la parcela califi ca-da como zona verde, donde se ubica la Alquería descrita en la manifestación DOS, y por la insufi ciencia de plazas de aparca-miento en la zona de Calle San Pascual, de modo que se podrían construir 55 plazas de aparcamiento, prácticamente el doble de las que se pueden obtener contando solamente con el subsuelo del solar privado. Lo expuesto justifi ca sobradamente el interés general que puede tener dicha modifi cación puntual del P.G.O.U. y la permuta o enajenación del subsuelo.

La construcción del aparcamiento supondrá la destrucción de parte de la zona verde y de parte del vial peatonal existente, por lo que la mercantil ACTIA INICIATIVAS, S.L., se obligará a reponer siguiendo las directrices municipales y redactando el correspondiente proyecto de urbanización dichos equipamien-tos públicos, garantizando mediante garantía fi nanciera el coste total de dichas obras de reposición de la zona verde y del vial peatonal. En la reposición, ACTIA INICIATIVAS, S.L. se compro-

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mete a urbanizar el vial peatonal y la zona verde colindante de forma que quede un paso con pavimento que garantice el paso de vehículos de emergencias sin menoscabar las condiciones funcionales de dicha zona verde.

CUARTA.- Que la totalidad de lo que se estipula por medio del presente convenio resulta plenamente conveniente al interés general, en este sentido debe señalarse que tal y como más adelante se justifica y concreta, el Ayuntamiento recibirá un valor estimado de 17.846,88 €, correspondiente a la participación del municipio en las plusvalías generadas, cantidad a la que se descontará la diferencia de valoración entre la Alquería del Carmen y el subsuelo de la plaza (ver ANEXO IV) comprometién-dose a la tramitación de la modifi cación puntual del P.G.O.U, así como a la tramitación del expediente administrativo de permuta o transmisión del subsuelo de parte de la zona verde y de parte del vial peatonal ampliado entre las calles Sant Pasqual y Joan Fuster. Además debe tenerse en cuenta que el Ayuntamiento recibirá la zona verde, perfectamente urbanizada.

QUINTA.- Que de conformidad con las manifestaciones que anteceden y al objeto de dar cumplimiento a las actuaciones antes descritas, conjugando adecuadamente los concordantes intereses tanto privados como públicos, los intervinientes, en la representación que ostentan acuerdan suscribir el presente CONVENIO CON FINALIDAD URBANÍSTICA, que se celebra al amparo de lo dispuesto en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre de la Generalitat Valenciana, Urbanística Valenciana, ajustándose plenamente a sus disposi-ciones, y todo ello de conformidad con las siguientes,

ESTIPULACIONESPRIMERA.- CONDICIÓN SUSPENSIVA Y SALVAGUARDA DE

LAS POTESTADES PÚBLICAS MUNICIPALES.-La totalidad de lo estipulado por medio de este convenio se

entiende siempre sin perjuicio de la plenitud del ejercicio por el Ayuntamiento de la potestad de planeamiento que le es propia, y queda sometido a condición suspensiva consistente en el hecho de que el planeamiento vigente en cada momento permita su cumplimiento.

Por otra parte, y para el caso de que no se cumpliera la ante-rior condición, por resultar en algún momento lo dispuesto en el planeamiento contradictorio con lo estipulado, en ningún caso resultará responsabilidad contractual del Ayuntamiento, salvo en el supuesto de que el cambio de criterio que determine la imposibilidad de cumplimiento fuere imputable al Ayuntamiento y no se justifi que sufi cientemente en razones objetivas de interés público.

SEGUNDA.-PERMUTA DE INMUEBLE DE TITULARIDAD MUNICIPAL A FAVOR DE “ACTIA INICIATIVAS, S.L.”, AL OBJETO DE QUE DICHA MERCANTIL QUEDE COMO TITULAR DE LA TOTALIDAD DEL SUBSUELO DE LA ZONA VERDE LEL-1 Y VIAL PEATONAL CONTIGUO, DE LA MANZANA 51 DEL PGMOU DE VILA-REAL.

Dado que el Ayuntamiento es titular del subsuelo de la zona verde LEL-1 y vial peatonal contiguo situados en la manzana 51 del PGMOU de Vila-real, este último ampliado en anchura por medio de la modifi cación de planeamiento asociada a este convenio, es interés de ACTIA INICIATIVAS, S.L, la adquisición , por medio de permuta con el Ayuntamiento u otra forma legal de enajenación que corresponda, del subsuelo de la siguiente fi nca de titularidad municipal:

1º. Espacio de terreno dotacional, que comprende una superfi cie de 546,56 metros cuadrados, con fachadas a las calles Padre Molina y San Pascual de Vila-real. Ocupa una total super-fi cie de 546,56 metros cuadrados (de dichos metros, 132,64 m2 corresponden a calle peatonal; 351,53 m2 a zona verde; 62,39 m2 a otra zona verde). Comprende la totalidad de suelos califi cados por el planeamiento como suelo dotacional público ubicados en el seno de la Unidad de Ejecución nº 25. El conjunto descri-to linda: frente, calle Padre Molina; fondo, San Pascual y José Álvaro Ferrandis; derecha entrando, huerto Basílica San Pascual; izquierda, porción de suelo destinada a la edifi cación.

Referencia Catastral: 8253106YK4285S0001GI.Inscripción: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Vila-

real nº 1, al tomo 1727, libro 1279, folio 129, fi nca 71078.Título: El de cesión unilateral, otorgada en escritura pública

autorizada por el Notario de Vila-real D. José Manuel Sánchez Almela, en fecha 14 de enero de 2003, con el número 67 de su protocolo; aceptada por la Junta de Gobierno Local en su sesión de 26 de enero de 2004.

El Ayuntamiento se obliga a tramitar expediente para la enajenación por permuta u otra forma legal que corresponda, del subsuelo de la fi nca descrita.

La totalidad de gastos notariales, registrales y tributarios que se deriven de las indicadas transmisiones será de cuenta de la mercantil ACTIA INICIATIVAS, S.L.

Para la tramitación de la permuta u otra forma legal de enajenación que proceda, el Ayuntamiento deberá ajustarse al procedimiento establecido en el Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales y demás normativa de aplicación.

Las diferencias de valor que pudieran resultar a favor del Ayuntamiento de Vila-real por la plusvalía generada y en su caso,

por la permuta, será compensada en metálico por la mercantil ACTIA INICIATIVAS, S.L. Se acompañan al presente documento como ANEXO IV, las valoraciones de la Alquería del Carmen, del subsuelo de la plaza y el vial peatonal y de la plusvalía genera-da resultante de la modifi cación del P.G.O.U, realizadas por D. Jesús Delgado Correa, que no obstante se supeditarán a las valo-raciones que al respecto se efectúe por los Técnicos Municipales.

Las obligaciones asumidas en este punto por el Ayunta-miento lo son siempre sin menoscabo tanto de la necesaria adecuación a derecho de las correspondientes solicitudes como de la actividad municipal encaminada a que la producción de los correspondientes actos administrativos se ajusten a derecho, y sin perjuicio de que se depure física y jurídicamente las fi ncas, así como toda posible carga o gravamen en relación con las mismas, o en su caso inexactitud de los datos contenidos en este convenio, con anterioridad a la efectiva transmisión de dichos bienes.

TERCERA. CESIÓN DEL SUELO DOTACIONAL CALIFICADO COMO LEL-1, SISTEMA LOCAL DE ZONA VERDE Y TRANSMI-SIÓN AL AYUNTAMIENTO DEL EDIFICIO CATALOGADO DE LA “ALQUERÍA DEL CARMEN”, SITO EN LA MANZANA 477.-

La mercantil ACTIA INICIATIVAS, S.L., se obliga a la cesión al Ayuntamiento de Vila-real de la totalidad del inmueble descrito en el punto DOS de la antecedente manifestación PRIMERA de este convenio, en su condición de suelo califi cado como zona verde LEL-1, y a la transmisión también al Ayuntamiento, por permuta u otra forma legal de enajenación que corresponda, del edifi cio catalogado y denominado familiarmente como “Alquería del Carmen”.

Al tiempo de la transmisión se otorgará por parte del Ayun-tamiento la reserva y transferencia a favor de ACTIA INICIATI-VAS, S.L. del aprovechamiento urbanístico correspondiente a la zona verde.

CUARTA. CESIÓN DE SUELO DOTACIONAL CALIFICADO COMO VIAL A TENOR DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL P.G.O.U. DE VILA-REAL QUE SE ADJUNTA COMO ANEXO II, CORRESPONDIENTE A UNA FRANJA DE 1,33 METROS POR 45 METROS LINEALES (APROXIMADAMENTE) DEL VIAL PEATO-NAL EXISTENTE ENTRE LA CALLE SANT PASQUAL Y LA CALLE JOAN FUSTER.-

La mercantil ACTIA INICIATIVAS, S.L., se obliga a ceder al Ayuntamiento de Vila-real, de manera gratuita, la superficie que comprende 1,33 metros de ancho por 45 metros de largo (aproximadamente), esto es la franja de terreno destinada a la ampliación del vial peatonal existente entre las calles Sant Pasqual y Joan Fuster; concretamente del inmueble descrito en el punto UNO de la antecedente manifestación PRIMERA de este convenio.

El plazo para otorgar la correspondiente escritura pública, por medio de la cual se llevará a cabo dicha cesión, será el de dos meses desde la aprobación de la modifi cación puntual del P.G.O.U.

Las reservas y transferencias de aprovechamiento urbanísti-co que se origina se llevarán a cabo siguiendo el procedimiento y formalidades dispuestos en el artículo 185 y 186 de la Ley Urbanística Valenciana, así como en el Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio por el que se aprueban las Normas Complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria, sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de actos de naturaleza urbanística.

En consecuencia, las superfi cies totales a ceder o permutar en su caso, por parte de la mercantil ACTIA INICIATIVAS, SL, son:

- La superficie de 1.042,96 metros cuadrados de solar, correspondientes al inmueble descrito en el punto DOS, de la antecedente manifestación PRIMERA de este convenio, destina-da a zona verde, de la cual el cedente se reservará el aprovecha-miento urbanístico que le corresponda.

- La construcción existente en dicho solar (327 metros cuadrados según Catastro), no computando dicho volumen construido a los efectos de reservas de aprovechamiento.

- La superficie de 60 metros cuadrados (1,33 metros de ancho por 45 metros de largo aproximadamente), correspon-dientes al inmueble descrito en el punto UNO, de la antecedente manifestación PRIMERA de este convenio.

Dichas superfi cies darán lugar a las siguientes reservas de aprovechamiento urbanístico, así:

- 1.042,96m2 (medición real) x 1,910m2t/m2 = 1.992,054m2t.Las superfi cies de cesión y cuantías de aprovechamiento

urbanístico reseñadas, se entienden sin perjuicio de las que finalmente puedan resultar una vez que con motivo del otor-gamiento de la correspondiente escritura pública el Ayunta-miento señale las correspondientes alineaciones y se efectúe el pertinente alzamiento topográfi co de las fi ncas cedidas si ello procede, de manera que las superfi cies a cuya cesión o permuta fi nalmente se obliga la mercantil ACTIA INICIATIVAS, S.L., serán las que resulten de la más ajustada medición que en su día se realice una vez comprobadas las alineaciones ofi ciales.

En el momento del otorgamiento de las correspondientes escrituras públicas de cesión o permuta en su caso, y de mane-ra diferenciada a la indicada cesión de suelos dotacionales, se señalará expresamente que junto con el suelo transmitido también se transmite al Ayuntamiento de Vila-real la plena titula-ridad de la totalidad de edifi caciones, obras e instalaciones que

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en la actualidad se ubican en dichos terrenos (caseta de aperos, pozo, bancos de obra, etc…)

La urbanización de las superfi cies dotacionales cedidas, se efectuará en los siguientes plazos:

- En orden a la urbanización de la zona verde, fi nca denomi-nada familiarmente como “Alquería del Carmen”: En el plazo de dos meses desde la aprobación defi nitiva de las modifi caciones puntuales del P.G.O.U. de Vila-real acompañadas al presente convenio, se presentará ante el Ayuntamiento el proyecto de urbanización, y una vez aprobado este proyecto por el Ayunta-miento, se ejecutará la urbanización en el plazo de seis meses.

- En orden a la urbanización de la franja de vial peatonal a ampliar entre las calles Sant Pasqual y Joan Fuster, así como la reposición de la urbanización de parte de la zona verde y parte del vial peatonal, en cuyo subsuelo se construirá un aparcamien-to, una vez permutado o enajenado conforme a la normativa de aplicación, y cuyo proyecto de urbanización conjunto se aportará junto a la solicitud de la licencia de obras, se ejecutará conforme a lo dispuesto en el artículo 182 de la LUV (régimen de edifi ca-ción de los solares). ACTIA INICIATIVAS, S.L. asumirá el coste de urbanización hasta el importe que resulte de la aplicación del módulo de coste de urbanización de zona verde establecido por el P.G.O.U. de Vila-real. El exceso de esa cantidad será asumido por el Ayuntamiento.

QUINTA.- ACTUACIONES A QUE SE OBLIGA EL AYUNTA-MIENTO DE VILA-REAL AL OBJETO DE DAR CUMPLIMIENTO A LOS OBJETIVOS PLANTEADOS EN LA PARTE EXPOSITIVA PARA ESTE CONVENIO.

A).- TRAMITACIÓN DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN GENERAL MUNICIPAL DE ORDENACIÓN URBANA QUE SE ACOMPAÑA EN EL PRESENTE CONVENIO, RELATIVA A LA AMPLIACIÓN DEL VIAL PEATONAL ENTRE LAS CALLES SANT PASQUAL Y JOAN FUSTER Y MODIFICACIÓN DE LA ALTURA MÁXIMA EN UNA MANZANA DE SUELO URBANO

Para la consecución de las actuaciones indicadas el Ayun-tamiento se obliga a tramitar, dentro de sus competencias, la modifi cación puntual del Plan General Municipal de Ordenación Urbana que se acompaña como ANEXO II. La anterior obligación se entiende asumida por el Ayuntamiento siempre sin menosca-bo tanto de la necesaria adecuación a derecho de las correspon-dientes solicitudes como de la actividad municipal encaminada a que la producción de los correspondientes actos administrativos se ajuste a derecho.

La modificación puntual de planeamiento acompañada contempla las medidas compensatorias precisas para mantener la proporción y calidad de las dotaciones públicas previstas.

A los efectos de mayor concreción de las modifi caciones del planeamiento general que se pretenden, de las medidas compensatorias previstas y de cualquier otra cuestión relativa a la presente estipulación, las partes se remiten expresamente al contenido del documento de modifi cación puntual del planea-miento que se acompaña como Anexo II .

La no aprobación de la modificación puntual del Plan General Municipal de Ordenación Urbana que aumente el apro-vechamiento objetivo de la manzana de modo que se pueda aumentar la altura máxima edifi cable, supondrá la imposibilidad del cumplimiento del convenio en su conjunto y por lo tanto su derogación a todos los efectos.

B).-TRAMITACION DEL EXPEDIENTE/S ADMINISTRATIVO/S POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚE LA PERMUTA O ENAJENA-CIÓN DEL SUBSUELO DE ZONAS DOTACIONALES DE DOMINIO PÚBLICO-

El Ayuntamiento procederá a la tramitación del expediente destinado a la permuta, en su caso, u otra forma de enajenación legal que corresponda, del subsuelo de parte de la zona verde LEL-1 y del vial peatonal contiguo, a cambio de la propiedad de la denominada “Alquería del Carmen”, edifi cio de gran interés cultural, clasificado como catalogado por el vigente PGOU. Estos procedimientos se efectuarán de acuerdo con lo previsto por el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales y demás normativa de aplicación.

La no tramitación de los procedimientos para la enajena-ción del subsuelo supondrá el incumplimiento del convenio en su conjunto y por lo tanto su revocación a todos los efectos.

SEXTA.- OTRAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA MERCANTIL ACTIA INICIATIVAS, S.L., POR MOTIVO DEL PRESENTE CONVENIO.-

La mercantil ACTIA INICIATIVAS, S.L., queda obligada frente al Ayuntamiento de Vila-real en los siguientes términos:

- Al pago de la totalidad de los gastos notariales, registrales y tributarios, que puedan generarse por los distintos conceptos que integran este convenio.

- A la cesión gratuita al Ayuntamiento de Vila-real de todas las palmeras existentes en el solar de la C/ San Pascual.

- A la venta preferente de las plazas de aparcamiento sobrantes, después de las adquisiciones por parte de los compradores de las viviendas del edifi cio en proyecto, a vecinos de la zona de ubicación.

- A la transmisión del inmueble protegido y catalogado por el P.G.O.U. de Vila-real, denominado como “Alquería del Carmen”, así como de otros elementos muebles que se encuentran en su interior, tras la tramitación de los oportunos procedimientos legales .

- A mantener en perfecto estado el solar de la C/ San Pascual hasta el momento del inicio de las obras de edifi cación en el mismo.

- A ceder la plaza al Ayuntamiento para uso público en el plazo de 18 meses desde el inicio de las obras de edifi cación y urbanización de la zona verde.

SÉPTIMA.- VALORACIÓN PROVISIONAL DE LAS CONTRA-PRESTACIONES DERIVADAS DEL CONVENIO.-

- El incremento de valor del solar propiedad de la mercantil ACTIA INICIATIVAS, S.L., como consecuencia del incremento de su edifi cabilidad, se valora de manera provisional en 616.710,26.-€, siendo esta valoración de la edifi cabilidad realizada por el arquitecto D. Jesús Delgado Correa.

- De esta forma, la participación del municipio de Vila-real en las plusvalías sería del 5% sobre un total de 616.710,26.-€, resul-tando una valoración de 30.835,51 €.

- Según se desprende de la valoración provisional que se acompaña como ANEXO IV, la valoración de los inmuebles obje-to de permuta u otra forma de enajenación legal, arrojarían, en el supuesto de resultar ACTIA INICIATIVAS, SL adquirente del subsuelo municipal, un saldo a favor de ACTIA INICIATIVAS, S.L, . de 12.988,64.-€. Esta cantidad, si se dedujera de las cantidades a abonar al Ayuntamiento de Vila-real en concepto de plusvalía generada por la actuación, arrojaría un saldo total a favor del Ayuntamiento de 17.846,88.- €.

Los saldos a favor del Ayuntamiento se deberán abonar por la mercantil ACTIA INICIATIVAS, S.L. al Ayuntamiento de Vila-real, en el plazo de quince días desde el requerimiento efectuado por el Ayuntamiento, una vez cumplidas las condiciones estipu-ladas en el presente Convenio.

No obstante, las valoraciones que se adjuntan en el Anexo IV tienen el carácter de provisionales, quedando éstas supe-ditadas a las valoraciones defi nitivas que al respecto y en su momento se realice, por los Servicios Técnicos Municipales.

OCTAVA.- VIGENCIA DEL PRESENTE CONVENIO.-El presente convenio tendrá vigencia hasta el momento del

total cumplimiento por las partes fi rmantes de las obligaciones que para cada una de ellas se derivan del mismo o hasta la imposibilidad de aprobación por cualquier motivo de las tramita-ciones administrativas por parte del Ayuntamiento, momento en que, tras la comunicación, quedará automáticamente revocado.

Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, una vez leído, se fi rma el presente convenio por duplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha en el encabezamiento indicados.

C-2816

* * *

Notifi cación a los interesados sobre tramitación de diferentes expedientes de vehículos abandonados

Intentada notifi cación sin efecto, y no habiendo sido posi-ble su práctica, al no ser localizado el destinatario, a tal objeto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se detalla a continuación relación de vehículos, de los que se presume racionalmente su abandono y/o dificultar el normal funcionamiento de los servicios municipales. Estos vehículos deberán ser retirados por sus titulares en el plazo máximo de QUINCE DÍAS contados a partir de la publicación del presente escrito en el B.O.P. de CASTELLON y en el Tablón de Anuncios de los respectivos Ayuntamientos, en los que estén empadronados, advirtiéndose que en caso contrario, se procederá a su trámite como residuo sólido urbano.TIPO MATRÍCULA MARCA/MODELO TITULAR EXPTE.Turismo CS-5381-AJ Opel Corsa Abdellah Rostom 26/10Motocicleta CS-2005-AB Vespa Sfera Suelma Fernández Botelho 312/09Furgoneta CS-2232- T Nissan Vanette Raúl José Batalla Puchol 243/09Turismo CS-3549-AH Peugeot 306 Vicente Collado Martínez 134/09Turismo CS-8419-AB Volkswagen Golf Silvia Ana Vidal Juan 31/10

Lo que se comunica a los efectos oportunos.Vila-real, 08 de marzo de 2010.- EL ALCALDE, (fi ma ilegible). C-3053

VINARÒS

De conformidad con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/1.992, de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas, se hace pública la siguiente notifi cación, en cuanto que, habiéndose intentado la misma en el último domicilio conocido de los interesados, ésta no se ha podido practicar.

NOTIFICACIÓN A INTERESADOS EN EL EXPTE: OBRA MENOR 143/2008

A MONICA GOMEZ BUENO, con domicilio en la Avd. Pablo Ruiz Picasso 6. Esc 4, 7º G se le hace saber,

“Por la presente pongo en su conocimiento que con fecha de hoy, se ha dictado la siguiente resolución de alcaldía:

“DECRETO DE ALCALDÍAVinaròs, 4 de diciembre de 2009VISTO el registro de entrada nº 2008005056 de fecha 1 de

abril de 2008, presentado por MONICA GOMEZ BUENO, relati-

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANANúm. 37.—27 de marzo de 2010 63

va a la solicitud de licencia de obras menores ubicadas en AV CASTELLON, 5, consistentes en ADECUACIÓN DE LOCAL Y FACHADA.

RESULTANDO que se han satisfecho los correspondientes arbitrios municipales y aportada la documentación necesaria.

CONSIDERANDO lo dispuesto en los arts. 191 y ss. de la Ley 16/2005, de 30 de Diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana y en la normativa del Plan General de Ordenación Urbana vigente.

Visto el informe emitido por la Técnico de la Administración General y por el Arquitecto Técnico Municipal y en uso de las atribuciones del Alcalde previstas en el artículo 21.1.q de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, es por todo ello que

RESUELVOPrimero.- Conceder a MONICA GOMEZ BUENO, la reali-

zación de la siguiente obra menor: ADECUACIÓN DE LOCAL Y FACHADA , en AV CASTELLON, 5 y con las siguientes condi-ciones:

• La vigencia de la licencia es de 2 meses.• No ampara la ocupación de la vía pública.Segundo.- La presente licencia municipal se otorga dejando

a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicios de terceros, salvo que afecten a dominio público o suelos patrimoniales, según el artículo 27.4 de la ley 3/2004, de 30 de junio, de la Gene-ralitat, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edifi cación (LOFCE), del Artículo 12 del Reglamento de Servicios de las corporaciones Locales, aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955, y del artículo 475.2 del Decreto 67/2006, de 19 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión territorial y Urbanística.

Tercero.- Notifi car la presente resolución al interesado.”Lo que pongo en su conocimiento a los efectos oportunos

haciéndole saber que contra el acto notifi cado podrá interponer recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, desde el siguiente día al de la notifi cación del presente acto, ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo (según la distribución de competencia estableci-da en función de la índole del asunto, en los arts. 8 y 10 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencio-sa-Administrativa); o bien, previamente, interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes desde el siguiente al de la notifi cación.

Vinaròs, 4 de diciembre de 2009.—EL SECRETARIO ACCTAL.Jordi Romeu Granados.” C-3039-a

* * *

De conformidad con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/1.992, de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Admi-

nistraciones Públicas, se hace pública la siguiente notifi cación, en cuanto que, habiéndose intentado la misma en el último domicilio conocido de los interesados, ésta no se ha podido practicar.

NOTIFICACIÓN A INTERESADOS EN EL EXPTE: OBRA MENOR 13472 370 01/08/2007

A ANGELA SOTO en representación de LA MERA GESTIO INMOBILIARIA S.L., con domicilio en c/ Puríssima nº 21, se le hace saber,

“Por la presente pongo en su conocimiento que con fecha de hoy, se ha dictado la siguiente resolución de alcaldía:

“DECRETO DE ALCALDÍAVinaròs, 3 de noviembre de 2009Vista la petición de ANGELA SOTO en representación de LA

MERA GESTIÓ INMOBILIARIA S.L., solicitando licencia de obras menores para REALIZACIÓN DE TABIQUERIA Y SUELO, en CL SAN JOSÉ Nº 2.

Resultando que con fecha 21 de septiembre de 2007 se requirió al interesado para la presentación de documentos indis-pensables para la tramitación del expediente solicitado.

Resultando que en el citado requerimiento se efectuó la advertencia prevista en el artículo 71 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Proce-dimiento Administrativo común (LRJAP y PAC), según el cual: “ se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición”.

Habiéndose verifi cado la consumición del plazo, conferido al efecto, conforme lo dispuesto en el citado artículo 71, sin que se haya presentado la documentación requerida.

A la vista de lo anterior y en uso de las facultades que la legislación vigente de aplicación me atribuye

RESUELVOPrimero. Declarar al interesado desistido de su petición

procediéndose al archivo del expediente administrativo. Segundo. Notifi car al interesado la presente resolución.”Lo que pongo en su conocimiento a los efectos oportunos

haciéndole saber que contra el acto notifi cado podrá interponer recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, desde el siguiente día al de la notifi cación del presente acto, ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo (según la distribución de competencia estableci-da en función de la índole del asunto, en los arts. 8 y 10 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencio-sa-Administrativa); o bien, previamente, interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes desde el siguiente al de la notifi cación.

Vinaròs, 3 de diciembre de 2009.—EL SECRETARIO ACCTAL.Jordi Romeu Granados.” C-3039-b

* * *

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. n.º 285 de 27-11-92), modifi cado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se hace pública notifi cación del acuerdo de iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos contra los denunciados que se relacionan a continuación, en cuanto que, habiéndose intentado la notifi cación en sus últimos domicilios conocidos, esta no se ha podido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Sanciones del Ayuntamiento de Vinaròs y en el plazo de diez días hábi-les a partir de su publicación los interesados puedan aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes, y, en su caso, la proposición de practica de la prueba.

Transcurrido el mismo sin haber hecho uso de este hecho, el acuerdo de iniciación que se notifi ca podrá ser considerado propuesta de resolución.

Se suspenderá el plazo máximo legal para la resolución del expediente, en aplicación del artículo 42.5.c) de la Ley 30/1992, de Régi-men Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modifi cado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, hasta la audiencia de la Junta Local de Seguridad.

INTERESADO EXPEDIENTE DNI MULTA F.ACUERDO PRECEPTO INFRINGIDO

FELIPE GARCÍA ESPINOSA SD 03/10 18931869-V 150€ 10/02/2010 Artículo 26.i) de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad CiudadanaGIOVANNI LLOVAT HERRERA SD 07/10 47825211-T 300€ 10/02/2010 Artículo 26.i) de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad CiudadanaJUAN LUÍS BARGUES JIMÉNEZ SD 08/10 20472958-Z 300€ 10/02/2010 Artículo 26.i) de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad CiudadanaDOMINGO CHALER LÓPEZ SD 11/10 73387624-Y 300€ 10/02/2010 Artículo 26.i) de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad CiudadanaABDELMAJID KADRI SD 17/10 X-4488985-Y 300€ 15/02/2010 Artículo 26.i) de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad CiudadanaABDELAZIZ EL MAY SD 19/10 X-2882288-C 300€ 16/02/2010 Artículo 26.i) de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad CiudadanaCRUZ DAVID FALCÓN CALDERÓN SD 35/10 50474892-N 150€ 19/02/2010 Artículo 26.i) de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad CiudadanaJOSÉ ANTONIO ARANDA TERUEL SD 37/10 73392080-T 150€ 19/02/2010 Artículo 26.i) de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad CiudadanaERIKA NOY SEVILLA SD 40/10 73402200-T 150€ 19/02/2010 Artículo 26.i) de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana

Vinaròs, 11 de marzo de 2010.—EL ALCALDE, Jordi Romeu Llorach. C-2905

* * *

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. n.º 285 de 27-11-92), modifi cado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se hace pública notifi cación de la propuesta de resolución de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos contra los denuncia-dos que se relacionan a continuación, en cuanto que, habiéndose intentado la notifi cación en sus últimos domicilios conocidos, esta no se ha podido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Sanciones del Ayuntamiento de Vinaròs y en el plazo de quince días hábiles a partir de su publicación los interesados pueden presentar alegaciones, documentos e informaciones que estimen pertinen-tes, asimismo pueden obtener copia de los documentos obrantes en el expediente, de conformidad con el artículo 19 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

Page 64: ADMINISTRACIÓN CENTRAL

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA64 Núm. 37.—27 de marzo de 2010

Transcurrido el mismo sin haber hecho uso de este hecho, se suspenderá el plazo máximo legal para la resolución del expediente, en aplicación del artículo 42.5.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, modifi cado por Ley 4/1999, de 13 de enero, hasta la audiencia de la Junta Local de Seguridad.

INTERESADO EXPEDIENTE DNI MULTA F.ACUERDO PRECEPTO INFRINGIDO

ISAAC SEVILLA RODRÍGUEZ SD 131/09 73390662-P 300€ 11/02/2010 Artículos 26.h) y 26.i) de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad CiudadanaJOSÉ LUÍS PAJUELO SOJO SD 140/09 73386427-M 150€ 11/02/2010 Artículo 26.i) de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad CiudadanaSERHIY NAKONECHNYY SD 143/09 X-5461876-C 300€ 11/02/2010 Artículo 26.i) de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad CiudadanaAL HOUSSAYN EL GHAOUAL SD 149/09 X-1735927-W 150€ 11/02/2010 Artículo 26.i) de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad CiudadanaANA VIRGINIA JIMÉNEZ ARANJO SD 152/09 --- 150€ 11/02/2010 Artículo 26.i) de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad CiudadanaJOSÉ MORÓN GONZÁLEZ SD 153/09 21935606 150€ 11/02/2010 Artículo 26.i) de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad CiudadanaERIK GARCÍA SD 163/09 X-6018073-P 60€ 11/02/2010 Artículo 26.i) de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad CiudadanaCARLOS MALTAS FONTANET SD 166/09 19001108-A 150€ 11/02/2010 Artículo 26.i) de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad CiudadanaJUAN BAUTISTA SANJUÁN CEJUDO SD 180/09 47628321-J 150€ 11/02/2010 Artículo 26.i) de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad CiudadanaMIGUEL ROMÁN GÓMEZ SD 183/09 38457116 300€ 11/02/2010 Artículo 26.i) de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad CiudadanaJORGE ENRIQUE APARICIO ALCARAZ SD 185/09 47824942-F 300€ 11/02/2010 Artículo 26.I) de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad CiudadanaNIL MARTOS TORREGUITART SD 186/09 47475419-S 150€ 11/02/2010 Artículo 26.i) de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad CiudadanaFERNANDO ANTONIO ROBELLI QUINTO SD 187/09 1203854084 150€ 11/02/2010 Artículo 26.i) de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana

Vinaròs, 11 de marzo de 2010.—EL ALCALDE, Jordi Romeu Llorach. C-2906

VIVER

Procedimiento: Licencia ambiental, de acuerdo con la Ley 2/2006, de 5 de mayo, de Prevención de la Contaminación y Cali-dad Ambiental.

Solicitante: BANCAJA.CAJA AHORROS VALENCIA, CASTE-LLÓN Y ALICANTE

Registro de Entrada: Nº176 DE 16-02-2010Expediente Núm.: 1/2010Actividad: SUCURSAL BANCARIA CON INSTALACIÓN DE

AIRE ACONDICIONADOEmplazamiento: PLAZA MAYOR,Nº3.BAJO.VIVERDe conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la

Ley 2/2006, de 5 de mayo, de Prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental, el procedimiento de referencia se somete a información pública por plazo de 20 días, para que las personas físicas o jurídicas, asociaciones vecinales y cuantos lo conside-ren oportuno, formulen las alegaciones que tengan por conve-nientes.

El expediente se podrá examinar en la Secretaría de este Ayuntamiento, durante las horas de 08.00 a 14.30 .

VIVER, a dieciséis de marzo de dos mil diez. —El Alcalde, Francisco Campos Gallur. C-2997

DIPUTACIÓN PROVINCIAL

CONTRATACIÓN

Adjudicación defi nitiva del contrato de servicio de maquina-ria para arreglos de pistas y caminos.

1. Entidad adjudicadora.a) Organismo: Diputación Provincial de Castellón.b) Dependencia que tramita el expediente: Sección de

Contratación.c) Número de expediente: 5/10 2. Objeto del contrato.a) Tipo de contrato: Serviciob) Descripción del objeto: Servicio de maquinaria con

conductor para arreglos de pistas y caminos.c) Boletín Ofi cial de la Provincia núm. 141 de fecha 21 de

noviembre de 2009. 3. Procedimiento: Abierto. 4. Precio estimado del contrato: 206.896,60 eurosPresupuesto base de licitación: 103.448,27 euros/año más

16.551,72 euros en concepto de IVA. 5. Adjudicación. a) Fecha: 1 de febrero de 2010b) Contratista: GRUPO FRANCO OBRAS Y PROYECTOS S.L.c) Nacionalidad: Españolad) Importe de adjudicación: Por los precios unitarios que

fi guran en su oferta de fecha 3 de diciembre de 2009. Castellón, a 15 de marzo de 2010.—EL SECRETARIO, Manuel

Marín Herrera. C-3301-U

* * *

Adjudicación defi nitiva del contrato de seguro de respon-sabilidad civil para la Diputación Provincial de Castellón y sus organismos Autónomos.

1. Entidad adjudicadora.a) Organismo: Diputación Provincial de Castellón.b) Dependencia que tramita el expediente: Sección de

Contratación.c) Número de expediente: 6/2010 2. Objeto del contrato.a) Descripción del objeto: Seguro de responsabilidad civil

para la Diputación Provincial y sus Organismos Autónomos.

b) Boletín Ofi cial de la Provincia núm. 139 de fecha 17 de noviembre de 2009.

3. Procedimiento: Abierto. 4. Precio estimado del contrato: 1.280.000,00 eurosPresupuesto base de licitación: 320.000,00 euros/año. 5. Adjudicación. a) Fecha: 17 de febrero de 2010b) Contratista: GROUPAMA SEGUROS S.A.c) Nacionalidad: Españolad) Importe de adjudicación: 289.329,87 euros/año. Castellón, a 16 de marzo de 2010.—EL SECRETARIO, Manuel

Marín Herrera. C-3302-U

* * *

Licitación contrato suministro uniformidad y vestuario del personal de la Diputación Provincial.

1. Entidad adjudicadora.a) Organismo: Diputación Provincial de Castellón.b) Dependencia que tramita el expediente: Sección de

Contratación.c) Número de expediente: 60/2010 2. Objeto del contrato.a) Descripción del objeto: Contratación del suministro de

uniformidad y vestuario de la Diputación Provincial.b) Número de unidades a entregar: En el Anexo III al Pliego

de Prescripciones Técnicas se señalan las cantidades totales a suministrar.

c) División por lotes: Nod) Lugar de entrega: En las dependencias donde presta su

servicio el personal a equipar y detalladas en el Anexo III del Pliego.

e) Plazo de entrega: Prendas de verano, antes del día 30 de mayo de 2010; Prendas de invierno, antes del día 30 de octubre de 2010.

3. Procedimiento: Abierto con tramitación ordinaria. 4. Presupuesto base de licitación: 68.314’44 euros mas

10.930’31 euros en concepto de IVA. 5. Garantía provisional: No se exige (en su caso). 6. Obtención de documentación e información: En la pági-

na Web de la Diputación Provincial de Castellón www.dipcas.es (perfi l del contratante) o en la Sección de Contratación de la misma, teléfono 964359598, fax 964359748.

7. Requisitos específi cos del contratista: Ninguno. 8. Presentación de ofertas.a) Fecha límite: El día que se cumplan los quince días natura-

les a contar del siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Ofi cial de la Provincia de Castellón. Caso de que el plazo de presentación fi nalice en sábado, domingo o festivo se trasla-dará el mismo al siguiente día hábil.

b) Documentación a acompañar: Se indica en el pliego de cláusulas administrativas particulares.

c) Lugar de presentación: En la Sección de Contratación de la Diputación Provincial de Castellón situada en Castellón, Plaza de las Aulas nº 7 3º, en horario de ofi cina.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: Por un plazo mínimo de dos meses a contar desde la apertura.

e) Admisión de variantes: No 9. Apertura de las ofertas: En la Diputación Provincial de

Castellón, Plaza de las Aulas 7, de Castellón, en la fecha que se señala en el pliego de cláusulas administrativas particulares.

10. Criterios de valoración de las ofertas para la adjudicación del contrato: Los que se señalan en el pliego de cláusulas admi-nistrativas particulares.

11. Gastos de anuncios: Serán de cuenta del adjudicatario.

Castellón, a 24 de marzo de 2010.—EL SECRETARIO, Manuel Marín Herrera. C-3316-U

Page 65: ADMINISTRACIÓN CENTRAL

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANANúm. 37.—27 de marzo de 2010 65

CONSORCIO PROVINCIAL DE BOMBEROS

Anuncio de licitación

Aprobado por el Órgano correspondiente el expediente de contratación de una pala car-gadora para el Consorcio Provin-cial de Bomberos de Castellón, se somete a licitación pública por procedimiento abierto y con publicidad, siendo el plazo de presentación de ofertas de 15 días naturales a partir del siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Ofi cial del Estado.

Los interesados podrán consultar y descargar los plie-gos de cláusulas administrativas y condiciones técnicas en el Perfil de Contratante de la página Web de la Diputación de Castellón (http://www.dipcas.es/Perfil de contratante/Bomberos) u obtener copias en la Sección de Con-tratación de la Diputación de Castellón, sita en la Plaza las Aulas 7-3º, de Castellón de la Plana.

Castellón a 22 de marzo de 2.010.—El Presidente, por Dele-gación el Diputado, Luís Rubio Catalán.— El Secretario, Manuel Marín Herrera. C-3236

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

CASTELLÓN DE LA PLANA

D. JUAN FRANCISCO CARBALLO MARTINEZ, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRA-TIVO NUM. UNO DE CASTELLÓN.

HAGO SABER: Que en el Procedimiento ART. 8.6 núm. 1 2009 0824, que se sigue en este Juzgado a instancias de la Conselleria de Medio Ambiente sobre Autorización de Entrada en el domicilio sito en Avda. José Ortiz, 167, bl E, bajo, 1ª de Almazora, Castellón, se ha dictado providencia en fecha 03/09/10 en la que se acuerda oír por término de DIEZ DIAS al interesado, D. EUGENIO VARGAS AMAYA.

Y para que sirva de notifi cación en legal forma a D. EUGE-NIO VARGAS AMAYA, y haciéndole saber que la copia de la demanda se encuentra en la Secretaria de este Juzgado a su disposición, expido la presente en Castellón, a veinticuatro de febrero de dos mil diez.

EL SECRETARIO JUDICIAL, Juan Fco. Carballo Martínez. C-3038

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

NULES

D. SERGIO BUSTAMANTE BALEN, Secretario del JUZGA-DO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE NULES

HAGO SABER: Que en este Juzgado se sigue Juicio de Faltas número 000089/2008-ejecutoria 51/08, en relación a una falta de HURTO atribuida entre otros a ALEXANDRU BALTAEJU y ANI DOVLETE , en la que dictó AUTO en fecha 4/03/2010 cuya parte dispositiva dice literalmente como sigue:

Se acuerda declarar extinguida la responsabilidad penal impuesta en la sentencia dictada en la causa a que se refi ere esta ejecutoria contra D. Alexandru Balteaju y Ani Dovlete, por haber transcurrido el plazo por el que se le concedió la remisión condicional.

Esta resolución no es fi rme y frente a ella cabe recurso de reforma que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de TRES días; doy fe.

Lo manda y fi rma D. JACOBO PIN GODOS, Juez del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número 1 del NULES, doy fe.

Y para que sirva de notificación a los referidos que se encuentran en ignorado paradero, expido la presente en Nules a cuatro de marzo de dos mil diez.— EL SECRETARIO JUDICIAL, SERGIO BUSTAMANTE BALEN. 2763

* * *

D. SERGIO BUSTAMANTE BALEN, Secretario del JUZGA-DO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE NULES

HAGO SABER: Que en este Juzgado se sigue Juicio de Faltas número 000075/2008 -Ejecutoria 42/08, en relación a una falta de Maltrato familiar atribuida a ADRIAN GARCIA SELLES, en la que dictó AUTO en fecha 4/03/2010 cuya parte dispositiva dice literal-mente como sigue:

Se acuerda declarar extinguida la responsabilidad penal impuesta en la sentencia dictada en la causa a que se refi ere esta ejecutoria contra D. Adrian Garcia Selles por haber transcurrido el plazo por el que se le concedió la remisión condicional.

Esta resolución no es fi rme y frente a ella cabe recurso de reforma que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de TRES días; doy fe.

Lo manda y fi rma D. JACOBO PIN GODOS, Juez del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número 1 del NULES, doy fe.

Y para que sirva de notifi cación al referido que se encuentra en ignorado paradero, expido la presente en Nules a cuatro de marzo de dos mil diez.— EL SECRETARIO JUDICIAL, SERGIO BUSTAMANTE BALEN. 2764

* * *

D. SERGIO BUSTAMANTE BALEN, Secretario del JUZGA-DO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE NULES

HAGO SABER: Que en este Juzgado se sigue Juicio de Faltas número 000443/2007 -ejecutoria 65/08, en relación a una falta de RESPETO Y CONSIDERACION DEBIDA AGENTES AUTORIDAD atribuida a MOHAMMED AMINE BENMEHJOUB , en la que dictó AUTO en fecha 4/03/2010 cuya parte dispositiva dice literalmente como sigue:

Se acuerda declarar extinguida la responsabilidad penal impuesta en la sentencia dictada en la causa a que se refi ere esta ejecutoria contra D. Mohammed Amine Benmehjoub por haber transcurrido el plazo por el que se le concedió la remisión condicional.

Esta resolución no es fi rme y frente a ella cabe recurso de reforma que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de TRES días; doy fe.

Lo manda y fi rma D. JACOBO PIN GODOS, Juez del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número 1 de NULES, doy fe.

Y para que sirva de notifi cación al referido que se encuentra en ignorado paradero, expido la presente en Nules a cuatro de marzo de dos mil diez.— EL SECRETARIO JUDICIAL, SERGIO BUSTAMANTE BALEN. 2765

* * *

D. SERGIO BUSTAMANTE BALEN, Secretario del JUZGA-DO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE NULES

HAGO SABER: Que en este Juzgado se sigue Juicio de Faltas número 000204/2008 -ejecutoria 63/08, en relación a una falta de HURTO atribuida entre otros a ANTONIE BOGDAN ADRIAN y SAVU MIRCEA FLORIAN , en la que dictó AUTO en fecha 4/03/2010 cuya parte dispositiva dice literalmente como sigue:

Se acuerda declarar extinguida la responsabilidad penal impuesta en la sentencia dictada en la causa a que se refi ere esta ejecutoria contra D. Antonie Bogdan Adrian y Savu Mircea Florian por haber transcurrido el plazo por el que se les concedió la remisión condicional.

Esta resolución no es fi rme y frente a ella cabe recurso de reforma que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de TRES días; doy fe.

Lo manda y fi rma D. JACOBO PIN GODOS, Juez del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número 1 del NULES, doy fe.

Y para que sirva de notificación a los referidos que se encuentran en ignorado paradero, expido la presente en Nules a cuatro de marzo de dos mil diez.— EL SECRETARIO JUDICIAL, SERGIO BUSTAMANTE BALEN. 2766

* * *

D. SERGIO BUSTAMANTE BALEN, Secretario del JUZGA-DO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE NULES

HAGO SABER: Que en este Juzgado se sigue Juicio de Faltas número 000795/2007-ejecutoria 55/08, en relación a una falta de DESOBEDIENCIA FUNCIONARIO atribuida a RUBEN GIME-NO LOPEZ, en la que dicto AUTO en fecha 4/03/2010 cuya parte dispositiva dice literalmente como sigue:

Se acuerda declarar extinguida la responsabilidad penal impuesta en la sentencia dictada en la causa a que se refi ere esta ejecutoria contra D. Ruben Gimeno Lopez, por haber transcurri-do el plazo por el que se le concedió la remisión condicional.

Esta resolución no es fi rme y frente a ella cabe recurso de reforma que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de TRES días; doy fe.

Lo manda y fi rma D. JACOBO PIN GODOS, Juez del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número 1 del NULES, doy fe.

Y para que sirva de notifi cación al referido que se encuentra en ignorado paradero, expido la presente en Nules a cuatro de marzo de dos mil diez.— EL SECRETARIO JUDICIAL, SERGIO BUSTAMANTE BALEN. 2767

* * *

D. SERGIO BUSTAMANTE BALEN, Secretario del JUZGA-DO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE NULES

Page 66: ADMINISTRACIÓN CENTRAL

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA66 Núm. 37.—27 de marzo de 2010

HAGO SABER: Que en este Juzgado se sigue Juicio de Faltas número 000517/2007-ejecutoria 19/09, en relación a una falta de ESTAFA atribuida a MARIAN FLORIN FIERARU , en la que dictó AUTO en fecha 5/03/2010 cuya parte dispositiva dice literalmente como sigue:

Se acuerda declarar extinguida la responsabilidad penal impuesta en la sentencia dictada en la causa a que se refi ere esta ejecutoria contra D. Manan Florin Fieraru por haber transcurrido el plazo por el que se le concedió la remisión condicional.

Esta resolución no es fi rme y frente a ella cabe recurso de reforma que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de TRES días; doy fe.

Lo manda y fi rma D. JACOBO PIN GODOS, Juez del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número 1 del NULES, doy fe.

Y para que sirva de notifi cación al referido que se encuentra en ignorado paradero, expido la presente en Nules a cinco de marzo de dos mil diez.— EL SECRETARIO JUDICIAL, SERGIO BUSTAMANTE BALEN. 2886

* * *

D. SERGIO BUSTAMANTE BALEN, Secretario del JUZGA-DO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE NULES

HAGO SABER: Que en este Juzgado se sigue Juicio de Faltas número 000408/2008-ejecutoria 46/09 en relación a una falta de LESIONES atribuida a SAID AITALLA , en la que dicto AUTO en fecha 4/03/2010 cuya parte dispositiva dice literalmente como sigue:

Se acuerda declarar extinguida la responsabilidad penal impuesta en la sentencia dictada en la causa a que se refi ere esta ejecutoria contra D. Said Aitalla por haber transcurrido el plazo por el que se le concedió la remisión condicional.

Esta resolución no es fi rme y frente a ella cabe recurso de reforma que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de TRES días; doy fe.

Lo manda y fi rma D. JACOBO PIN GODOS, Juez del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número 1 del NULES, doy fe.

Y para que sirva de notifi cación al referido que se encuentra en ignorado paradero, expido la presente en Nules a cuatro de marzo de dos mil diez.— EL SECRETARIO JUDICIAL, SERGIO BUSTAMANTE BALEN. 2887

* * *

D. SERGIO BUSTAMANTE BALEN, Secretario del JUZGA-DO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE NULES

HAGO SABER: Que en este Juzgado se sigue Juicio de Faltas número 000365/2006-ejecutoria 57/08 en relación a una falta de DAÑOS atribuida a PAVEL TUDOREL y DUMITRU DOAGA, en la que dicto AUTO en fecha 4/03/2010 cuya parte dispositiva dice literalmente como sigue:

Se acuerda declarar extinguida la responsabilidad penal impuesta en la sentencia dictada en la causa a que se refi ere esta ejecutoria contra D.Pavel Tudorel y Dumitru Doaga, por haber transcurrido el plazo por el que se le concedió la remisión condicional.

Esta resolución no es fi rme y frente a ella cabe recurso de reforma que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de TRES días; doy fe.

Lo manda y fi rma D. JACOBO PIN GODOS, Juez del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número 1 de NULES, doy fe.

Y para que sirva de notificación a los referidos que se encuentran en ignorado paradero, expido la presente en Nules a cuatro de marzo de dos mil diez.— EL SECRETARIO JUDICIAL, SERGIO BUSTAMANTE BALEN. 2888

* * *

D. MANUEL PALACIOS BENITEZ, Secretario del JUZGA-DO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 4 DE NULES

HAGO SABER: Que debo absolver y absuelvo libremente a Florin Octavian Jonescu de las faltas de lesiones e injurias que se les imputaba, con todos los pronunciamientos a él favorables.

Notifi quese la presente resolución a las partes, previniéndo-les que contra la misma podrán interponer, ante este Juzgado, recurso de apelación en el plazo de cinco días subsiguientes a su notifi cación.

Llévese el original al Libro de Sentencias.Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certifi cación a

las actuaciones para su notifi cación y cumplimiento, lo pronun-cio, mando y fi rmo; Dª. Lourdes Noverques Martínez, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Nules.

EL SECRETARIO JUDICIAL, MANUEL PALACIOS BENITEZ. 2824

VILA-REAL

Dª. Mª. EUGENIA GOZALBO SERER, Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 2 DE VILA-REAL

En Vila-real a 9 de Abril de 2008Vistos por Mª. Eugenia Gozalbo Serer, Juez del Juzgado de

Primera Instancia e Instrucción número 2 de Vila-real y su Parti-

do, los presentes autos de Juicio Verbal de Faltas seguidos ante este Juzgado con el número 19/2008 por presunta falta de lesio-nes imprudentes, habiendo intervenido como partes: de la una, en concepto de denunciante D. José Luis Nogueira Clemente, el cual actúa en nombre propio y como legal representante de su hijo menor José Miguel Nogueira Soto, asistido por el Letrado D. Severino Falco Tolentino y en concepto de denunciados D. Vicen-te Sogues Gil y la aseguradora NACIONAL SUIZA SEGUROS ambos bajo la asistencia Letrada de D. Vicente Balaguer Sancho, vengo a resolver en base a los siguientes

FALLOQue debo absolver y absuelvo a D. Vicente Gil Sogues de la

falta que le venía siendo imputada con toda clase de pronuncia-mientos favorables, con reserva de acciones civiles a los perjudi-cados. y con declaración de ofi cio de las costas causadas en esta instancia.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que deberá interponerse ante este mismo Juzgado en el plazo de cinco días desde que se hubiere practica-do la última notifi cación, en la forma establecida en los artículos 790 y 792 de la Lecrim. y con fi rma de Letrado.

Dedúzcase testimonio. el cual se unirá a los autos, remitién-dose el original al Libro de Sentencias.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y fi rmo.

Y para que sirva de notifícación a Jose Miguel Nogueira Soto y Jose Luis Nogueira Clemente, expido la presente en Vila-Real a doce de febrero de dos mil diez.— La Juez, Mª. EUGENIA GOZALBO SERER. 2602

* * *

SENTENCIA Nº 6/2010En Vila-Real a ocho de enero de dos mil diez.Vistos por MARIA VICTORIA DONAT SARRIO, juez titular del

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 4 DE VILA-REAL los presentes autos de juicio de faltas seguidos bajo el número 000251/2009 en el que aparecen como denun-ciante YOLANDA DE ROSA LOBO, y como denunciado, JOSE ANTONIO BERNAL LIZAMA, de quienes constan en autos sus circunstancias personales, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal.

FALLOQue debo absolver y absuelvo a JOSE ANTONIO BERNAL

LIZAMA de la falta que le venía siendo imputada en el presente procedimiento, declarando de ofi cio las costas procesales.

Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndo-les que contra la misma podrán interponer, ante este Juzgado, recurso de apelación en el plazo de CINCO DIAS siguientes a su notifi cación, el cual deberá ser formalizado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamien-to Criminal.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certifi cación a las actuaciones para su notifi cación y cumplimiento, lo pronun-cio, mando y fi rmo.

PUBLICACION.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Juez que la ha dictado, constituido en audiencia pública en el día de la fecha. Doy fe. 2482

VINARÒS

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1 VINARÒS

Procedimiento: Expediente de dominio.Inmatriculación - 001093/2009 -

Demandante: REMEDIOS REDO MERCE, ROSA MARIA REDO ZARAGOZA y CARMEN ZARAGOZA GASCO

Procurador: JUAN FERRER, AGUSTIN, JUAN FERRER, AGUSTIN y JUAN FERRER, AGUSTIN

Demandado: MINISTERIO FISCAL Procurador:

En el juicio referenciado se ha acordado entregar a la parte demandada la cédula cuyo texto literal es el siguiente:

“CEDULA DE EMPLAZAMIENTOEn virtud de lo dispuesto por el Juzgado de Primera Instan-

cia e Instrucción número UNO de los de Vinaròs y su Partido, en autos de expediente de dominio arriba descritos, para la inmatri-culación de la fi nca descrita, promovidos por REMEDIOS REDO MERCE, ROSA MARIA REDO ZARAGOZA y CARMEN ZARAGO-ZA GASCO, respecto de la fi nca registral que luego se describirá, por la presente, publicada en forma de edictos, se convoca a las personas ignoradas a quienes pueda perjudicar la inscripción interesada por el promotor del expediente, a fi n de que dentro de los diez días siguientes al emplazamiento puedan comparecer ante el Juzgado para alegar lo que a su derecho convenga, bajo apercibimiento de que si nada manifi estan procederá el expe-diente sin su concurso.

Y para que sirva de emplazamiento en forma a las personas antes indicadas, a los fi nes, por el plazo y bajo el apercibimiento antes contemplado, expido la presente en Vinaròs, a 19 de enero de 2010.

La Secretario Judicial

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANANúm. 37.—27 de marzo de 2010 67

Finca objeto del procedimiento:RUSTICA.- Heredad maleza y monte bajo en término de

Peñiscola, Partida Roig. Tiene una superfi cie según medición de 13.958,00 m2. Linderos: Norte, Manuel Monroig Ferrer y Emilio Anglés Cordellat. Sur, Este y Oeste, Tres Teresas, S.L.. CATAS-TRO,. constituye la parcela 158 del poligono 16 (referencia catas-tral 12089A01600580000ZA).”.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de los colindantes D. MANUEOL MONROIG FERRER y EMILIO ANGLES CORDELLAT y aquellos que tengan algún derecho sobre la finca, por providencia de esta misma fecha la Sra. Juez de este Juzgado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el Tablón de Anuncios de este Juzgado y su publicvación en el BOP para llevar a efecto la diligencia de EMPLAZAMIENTO de los mencio-nados.

En VINARÒS a diecinueve de enero de dos mil diez.— LA SECRETARIO JUDICIAL, (fi rma ilegible). 2478

* * *

Asunto: Expediente de dominio. Inmatriculación - 001095/2009

Demandante: MARÍA DEL CARMEN LLORENS BATISTE y JOSEFA LLORENS BATISTE

Demandado: MINISTERIO FISCALEn el juicio referenciado se ha acordado entregar a la parte

demandada la cédula cuyo texto literal es el siguiente:“CEDULA DE EMPLAZAMIENTOEn virtud de lo dispuesto por el Juzgado de Primera Instan-

cia e Instrucción número UNO de los de Vinar`òs y su Partido, en autos de expediente de dominio arriba descritos, para inmatricu-lación de fi nca, promovidos por MARIA DEL CARMEN LLORENS BATISTE y JOSEFA LLORENS BATISTE, respecto de la finca registral que luego se describirá, por la presente, publicada en forma de edictos, se convoca a las personas ignoradas a quienes pueda perjudicar la inscripción interesada por el promotor del expediente, a fi n de que dentro de los diez días siguientes al emplazamiento puedan comparecer ante el Juzgado para alegar lo que a su derecho convenga, bajo apercibimiento de que si nada manifi estan procederá el expediente sin su concurso.

Y para que sirva de emplazamiento en forma a las personas antes indicadas, a los fi nes, por el plazo y bajo el apercibimiento antes contemplado, expido la presente en Vinarós, a 21 de enero de 2010.

La Secretario JudicialFinca objeto del procedimiento:RUSTICA.- Heredad maleza y monte bajo en término de

Peñiscola, Partida Roig. Tiene una superficie de medición de 8.498,25 m2. Linderos: Norte, Sur y Oeste, Tres Teresas, S.L. (titular catastral parcela 170 polígono 16). Este, Joaquin Bayarri Cuartero (titular catastral parcela 167 polígono 16). CATASTRO.- Comprende totalmente la parcela catastral 168 del polígono 16 (referencia catastral 12089A016001680000ZT), que según catas-tro tiene una superfi cie de 4.875,00 m2, y parcialmente la parcela catastral 170 del polígono 16 (referencia catastral 12089A016001 700000ZL).”.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o resi-dencia de posibles interesados, por providencia del día de hoy la señora Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acorda-do la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado, en el BOP y en el Diario Mediterraneo, para llevar a efecto la diligencia de emplazamiento de los posibles intere-sados.

En VINARÒS a veintiuno de enero de dos mil diez.— LA SECRETARIO JUDICIAL, (fi rma ilegible). 2479

* * *

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO CINCO VINARÒS

D. CARLOS AVILA GALAN, Secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de los de Vinaròs y su Partido,

DOY FE Y TESTIMONIO que en autos de Juicio de Faltas - 000350/2009, seguidos contra MOHAMED RACHOUK, se ha dictado la resolución del tenor literal que se transcribe:

SENTENCIA 96/09En Vinaròs, a cinco de noviembre de dos mil nueve.Visto por mí, IGNACIO DE RAMÓN FORS, Juez del Juzgado

de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de Vinaròs, en juicio oral y público, el juicio de faltas nº 350/2009, por una presunta falta de estafa, contra MOHAMED RACHOUK, siendo denunciante MARIA ESMERINDA QUEROL EDO.

FALLOEn atención a lo expuesto condeno a MOHAMED RACHOUK,

como autor de una falta de estafa, a la pena de 45 días de multa a razón de 12 euros diarios, con responsabilidad penal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impa-gadas. Asimismo, deberá indemnizar a doña María Esmerinda Querol Edo con la cantidad de 6’30 euros, y pagar las costas procesales causadas.

Notifíquese esta resolución a las partes advirtiendo de que contra la misma cabe recurso de apelación para ante la Audien-cia Provincial de Castellón, dentro de los cinco días siguientes a su notifi cación.

Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y fi rmo. Y para que sirva de TESTIMONIO bastante, y surta los efec-

tos oportunos, expido el presente en Vinaròs a 25/02/2010.— El Secretario Judicial, CARLOS AVILA GALAN. 2615

JUZGADOS DE LO SOCIAL

CASTELLÓN DE LA PLANA

ANA ISABEL YAGÜE RIBES, SECRETARIO DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM 4 DE LOS DE CASTELLÓN

HAGO SABER: Que en este Juzgado, se siguen autos núm. 000090/2010 a instancias de RIPOLLES LORETO, JOSE RAMON contra BORRAS JULIA PROMOCIONS I CONSTRUCCIONS SL en la que el día 23/03/10 se ha dictado resolución cuya parte dispo-sitiva dice:

Incoese procedimiento de ejecución contra BORRAS JULIA PROMOCIONS I CONSTRUCCIONS SL, registrese y formese expediente que se encabezará con testimonio de la sentencia dictada. Se señala para que tenga lugar la audiencia el próximo día 30 de marzo de 2010 a las 11:00, Sala de vistas nº 19, 1ª planta, advirtiendo a la parte actora que, de no comparecer, se le tendrá por desistido de su solicitud y a la demandada que, de no hacer-lo, se celebrará el acto sin su presencia.

Se hace saber que contra esta resolución cabe RECURSO DE REPOSICIÓN ante este mismo Juzgado, en el plazo de CINCO DÍAS, y en la forma y con los requisitos señalados en el artículo 452 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Asi lo dispone y firma el Ilmo. Sr. Magistrado D.JOSE MANUEL MARCO COS, en comisión de servicios sin relavación de funciones para el refuerzo de los Juzgados de lo Social de esta Ciudad. Doy fe.

Y para que conste y sirva de notifi cación a BORRAS JULIA PROMOCIONS I CONSTRUCCIONS SL que se encuentra en igno-rado paradero, así como para su inserción en el Tablón de anun-cios y publicación en el Boletín Ofi cial de la Provincia, expido el presente en CASTELLÓN, a veinticuatro de marzo de dos mil diez.— EL SECRETARIO, ANA ISABEL YAGÜE RIBES. C-3273-U

* * *

JOSÉ MANUEL SOS SEBASTIÁ, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM 1 DE LOS DE CASTELLON

HAGO SABER: Que en este Juzgado, se siguen autos Proce-dimiento Social Ordinario - 000444/2009 a instancias de OSCAR PALAMERO TARANCON contra TECNOFOC SA, ADMINISTRA-DOR CONCURSAL D. RAMON JUEGA CUESTA Y FOGASA en el que, por medio del presente se cita a TECNOFOC SA, quien se halla en ignorado paradero para que comparezca ante este JUZGADO DE LO SOCIAL, sito en Calle BULEVAR BLASCO IBÁÑEZ,10 al objeto de celebrar acto de conciliación y, en su caso, juicio, el día 13 DE ABRIL DE 2010 a las 11.15 horas, con advertencia de que el juicio no se suspenderá por la incompare-cencia injustifi cada de las partes.

En CASTELLON, a veinticuatro de marzo de dos mil diez.—EL SECRETARIO JUDICIAL, JOSÉ MANUEL SOS SEBASTIÁ.

C-3318-U

* * *

ANA ISABEL YAGÜE RIBES, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM 4 DE LOS DE CASTELLON

HAGO SABER: Que en este Juzgado, se siguen autos Proce-dimiento Social Ordinario - 000192/2010 a instancias de JOSE MANUEL NAVARRO FERRANDO contra TECNOKLIMA SL en el que, por medio del presente se cita a TECNOKLIMA SL, quien se halla en ignorado paradero para que comparezca ante este JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 4, sito en Calle BULEVAR BLASCO IBÁÑEZ,10 al objeto de celebrar acto de conciliación y, en su caso, juicio, el día 27 DE ABRIL DE 2.010 a las 9.30 horas, con advertencia de que el juicio no se suspenderá por la incompare-cencia injustifi cada de las partes.

En CASTELLON, a quince de marzo de dos mil diez.—EL SECRETARIO JUDICIAL, ANA ISABEL YAGÜE RIBES. C-2949

* * *

Dª. MARÍA JOSÉ DELGADO - IRIBARREN PASTOR, SECRE-TARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3 DE CASTELLON

HAGO SABER: Que en este Juzgado, se sigue Ejecución núm.000035/2010 a instancias de RAMON PITARCH TOLENTINO contra CASABLANCA DECORACION EN MADERA SL en la que el día 16/3/10 se ha dictado auto cuya parte dispositiva dice:

“DISPONGO: PARTE DISPOSITIVASe acuerda la remisión de los presentes autos de ejecución

número 000035/2010 al Juzgado de lo Social número 2 de Caste-llón para su acumulación a la ejecución 507/09 del expediente 728/09.

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA68 Núm. 37.—27 de marzo de 2010

Notifíquese a las partes y demás interesados la presente resolución, haciéndose constar que la presente acumulación no altera las preferencias que para el cobro de sus créditos puedan ostentar legalmente los diversos acreedores, así como que contra la misma cabe Recurso de Reposición en el plazo de CINCO DIAS ante este Juzgado de lo Social a tenor de lo dispues-to en el art. 451 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

De conformidad con la D.A. 15ª de la LOPJ, para que sea admitido a trámite el recurso de reposición contra esta reso-lución deberá constituir un depósito de 25 euros, que le será devuelto sólo en el caso de que el recurso sea estimado.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citada canti-dad en el banco BANESTO, en la cuenta correspondiente a este expediente (06960000 64 0035 10) indicando, en el campo „concepto“ el código „30 Social-Reposición“ y la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.

En el caso de realizar el ingreso mediante transferen-cia bancaria, tras completar el Código de Cuenta Corriente (00301846420005001274, 20 dígitos), se indicará en el campo „concepto“ el número de cuenta el código y la fecha que en la forma expuesta en el párrafo anterior.

En ningún caso se admitirá una consignación por impor-te diferente al indicado. En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verifi car un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase.

Están exceptuados de la obligación de constituir el depósito quienes tengan reconocido el derecho a litigar gratuitamente, los trabajadores y los benefi ciarios del régimen público de la Segu-ridad Social, el Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autóno-mas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de los tres anteriores.Lo manda y fi rma el/la Ilmo/Ilma Sr. /Sra. D/Dª. OLGA IQUINO LAFUENTE. Magistrado Juez del Juzgado de lo Social núm. 3 de Castellón, de lo que doy fe.

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo ordenado. Doy fe.”Firmado y rubricado.-Y para que conste y sirva de notifi cación a CASABLANCA

DECORACION EN MADERA SL que se encuentra en ignorado paradero, así como para su publicación en el Boletín Ofi cial de la Provincia, haciéndole saber al mismo que las restantes notifi -caciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados, en la forma legalmente establecida, expido el presente en CASTE-LLON a, dieciséis de marzo de dos mil diez—LA SECRETARIA JUDICIAL, MARÍA JOSÉ DELGADO - IRIBARREN PASTOR. C-3139

* * *

Dª. MARÍA JOSÉ DELGADO - IRIBARREN PASTOR, SECRE-TARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3 DE CASTELLON

HAGO SABER: Que en este Juzgado, se sigue Ejecución núm.000352/2009 a instancias de GYULA CSENTERI contra MAGYAR CONSTRUCCION SL en la que el día 18/3/10 se ha dicta-do auto cuya parte dispositiva dice:

“DISPONGO: Se declara al ejecutado MAGYAR CONSTRUC-CION SL insolvente en el sentido legal con carácter provisional.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garan-tía Salarial, a quienes se hará saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días, y archívense las actuaciones sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen bienes del ejecutado.

De conformidad con la D.A. 15ª de la LOPJ, para que sea admitido a trámite el recurso de reposición contra esta reso-lución deberá constituir un depósito de 25 euros, que le será devuelto sólo en el caso de que el recurso sea estimado.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citada canti-dad en el banco BANESTO, en la cuenta correspondiente a este expediente (06960000 64 035209 ) indicando, en el campo „concepto“ el código „30 Social-Reposición“ y la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.

En el caso de realizar el ingreso mediante transferen-cia bancaria, tras completar el Código de Cuenta Corriente (00301846420005001274, 20 dígitos), se indicará en el campo „concepto“ el número de cuenta el código y la fecha que en la forma expuesta en el párrafo anterior.

En ningún caso se admitirá una consignación por impor-te diferente al indicado. En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verifi car un ingreso por cada

concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase.

Están exceptuados de la obligación de constituir el depósito quienes tengan reconocido el derecho a litigar gratuitamente, los trabajadores y los benefi ciarios del régimen público de la Segu-ridad Social, el Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autóno-mas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de los tres anteriores.

Así por este auto, lo pronuncia, manda y fi rma D./Dª OLGA IQUINO LAFUENTE, Magistrado/a-Juez de lo Social nº 3 de CASTELLON.”Firmado y rubricado.-

Y para que conste y sirva de notifi cación a MAGYAR CONS-TRUCCION SL que se encuentra en ignorado paradero, así como para su publicación en el Boletín Ofi cial de la Provincia, hacién-dole saber al mismo que las restantes notifi caciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados, en la forma legalmente establecida, expido el presente en CASTELLON a, dieciocho de marzo de dos mil diez.—LA SECRETARIA JUDICIAL, MARÍA JOSÉ DELGADO - IRIBARREN PASTOR. C-3144

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Dª. MARÍA JOSÉ DELGADO - IRIBARREN PASTOR, SECRE-TARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3 DE CASTELLON

HAGO SABER: Que en este Juzgado, se sigue Ejecución núm.000064/2010 a instancias de DRISS SBIAT contra WEMMEL INTERNACIONAL 21 SL en la que el día 18/3/10 se ha dictado auto cuya parte dispositiva dice:

“DISPONGO: Se acuerda la ejecución de la resolución dicta-da por este Juzgado de lo Social, por cuantía de 1018,91 euros adeudadas por WEMMEL INTERNACIONAL 21 SL más 203,78 euros presupuestadas provisionalmente para intereses y costas, sin perjuicio de su liquidación y tasación defi nitivas.

Para su efectividad, practíquense las siguientes diligencias: PRIMERO.- Requiérase al deudor para que efectúe mani-

festación acerca de los bienes o derechos de que sea titular con la precisión necesaria. Deberá en su caso indicar las personas que ostenten derechos sobre sus bienes y, si éstos están sujetos a otros procedimientos, concretar los extremos de éste que puedan interesar a la ejecución. En el caso que los bienes estén gravados con cargas reales, deberá asimismo manifestar el importe del crédito garantizado, y en su caso, la parte pendiente de pago.

Adviértase al deudor que, de no atender el requerimiento, podrá imponérsele un apremio pecuniario por cada día de atraso en las condiciones establecidas en el art.239 de la Ley de Proce-dimiento Laboral.

SEGUNDO.- Practíquese diligencia de embargo sobre los bienes o derechos del deudor, en cuantía sufi ciente para cubrir el importe de lo adeudado, siguiéndose el orden establecido en el art. 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y depositándose los bienes embargados conforme a derecho, sirviendo la presente resolución de mandamiento en forma para la comisión judicial que haya de practicar el embargo, la cual queda facultada para entrar en el local de negocio o vivienda particular y para requerir, en su caso, el auxilio de la fuerza pública.

TERCERO.- Sin perjuicio de todo ello, procédase durante la tramitación del presente procedimiento y hasta que se logre la efectividad de la obligación pecuniaria que se ejecuta, a la averiguación de los bienes o derechos del apremiado, de confor-midad con lo previsto en el art. 248 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, a través de las bases de datos accesibles mediante la aplicación del Punto Neutro Judicial, asi como al Servicio de Indices del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles. Se advierte a las parte que contra esta resolución no puede interponerse recurso alguno, sí oponerse a la ejecucion .

Así lo acordó y fi rma D/DÑA. OLGA IQUINO LAFUENTE, Magistrado del Juzgado de lo Social nº Tres de Castellón, de todo lo cual doy fe.”Firmado y rubricado.-

Y para que conste y sirva de notifi cación a WEMMEL INTER-NACIONAL 21 SL que se encuentra en ignorado paradero, así como para su publicación en el Boletín Ofi cial de la Provincia, haciéndole saber al mismo que las restantes notifi caciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados, en la forma legal-mente establecida, expido el presente en CASTELLON a, diecio-cho de marzo de dos mil diez.—LA SECRETARIA JUDICIAL, MARÍA JOSÉ DELGADO - IRIBARREN PASTOR. C-3143