Acusacion Penal
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MINISTERIO PUBLICO DE NICARAGUA
EXP POLICIAL: 3960-98EXP FISCAL: 09KDEXP JUDICIAL:
SEÑOR(A) JUEZ DEL JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO PENAL DE AUDIENCIAS DE MANAGUA
Quien suscribe, KAREN DE LA CONCEPCION MAYORGA RODRIGUEZ, mayor de edad, abogada, soltera, de este domicilio, actuo en calidad de Fiscal Auxiliar del Ministerio Público de Managua, lo que demuestro conforme credencial 00777, fundamento en las disposiciones de los artículos 51, 77 y 268 del Código Procesal Penal y los artículos 4 y 10 incisos 1 y 4 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, procedo a formular; ACUSACION Y SOLICITUD DE APERTURA A JUICIO en contra de: DOMINO FRANCISCO PERALTA GARCIA, por ser autor del delito de PARRICIDIO en contra de SEBASTIAN JOSE PERALTA GARCIA
DATOS DEL ACUSADODOMINGO FRANCISCO PERALTA GARCIA, de cuarenta y tres años de edad, soltero, comerciante con domicilio en carretera norte, de la Shell Waspan, una al sur, media abajo, media al sur, con cédula de identidad Nicaragüense número cero, cero, uno, guion, cero, dos, uno, uno, siete, dos, guion, cero, tres, dos, dos, K (001-021172-0322K) el cual actualmente se encuentra DETENIDO.
DATOS DEL OFENDIDOLisbeth Margarita Peralta Moncada, de treinta y tres años de edad, casada, con domicilio en Villa Pacto Andino, de los semáforos del Ivan dos cuadras al lago, media al sur, con cédula de identidad Nicaragüense número cero, cero, uno, guion, dos, dos, cero, siete, ocho, dos, guion, dos, cuatro, tres, uno J (001-220782-2431J) quien es HERMANA del ahora occiso.
DATOS DE LA VICTIMASEBASTIAN JOSE PERALTA GARCIA, de treinta y nueve años de edad, soltero, comerciante con domicilio en carretera norte, de la Shell Waspan, una al sur, media abajo, media al sur, con cédula de identidad Nicaragüense número cero, cero, uno, guion, dos, uno, cero, seis, siete, seis, guion, cero, cero, dos, tres, M (001-200776-0023M)
RELACION DE HECHOEl día veinticuatro de diciembre del año dos mil catorce, a las once y veinte minutos de la noche, el ACUSADO Domingo Francisco Peralta estaba celebrando la víspera navideña con sus familiares y algunos vecinos, a las dos y trece minutos de la madrugada se aparece al domicilio del ACUSADO, su hermano la VICTIMA Sebastián José Peralta García a lo que inmediatamente el ACUSADO Domingo Francisco Peralta García reacciona de manera violenta, empuja y golpea en el rosto a la VICTIMA Sebastián José Peralta García y le dice ‘’que su descaro no tiene límites, como es posible que se apareciera en su casa en mera navidad, después de haberse acostado con su ex mujer’’ La VICTIMA Sebastián José Peralta García, le dice ‘’que por ser víspera navideña quería hacer las paces con su hermano y que estaba cansado de estar cambiando de casa por culpa de las amenazas suya y que hicieran las pases, el ACUSADO Domingo Francisco Peralta García, le dice que no, que jamás olvidara lo que el hizo y es mejor que se vaya antes de que lo mate a golpes, la VICTIMA Sebastián José Peralta García la dijo que esperaba que cámbiese de opinión y que cuando quisiera hacer las paces que lo buscara en la casa que estaba alquilando en residencial VALENCIA.
El día veinte de Febrero del dos mil quince, a las una y dos minutos de la tarde el guarda de la residencial Valencia JULIO JONATHAN AGUILERA ZEAS le pide identificación al ACUSADO Domingo Francisco Peralta García, para que este puede ingresar a la residencial, requisito previo que realizan los guarda de seguridad para el ingreso a terceros, el ACUSADO Domingo Francisco Peralta García reporta que va a visitar a su hermano, por lo que el guarda JULIO JONATHAN AGUILERA ZEAS llena el formulario de entrada y lo deja ingresar a la residencial.
El día veinte de febrero del dos mil quince a las una y quince minutos de la tarde, la señora PAOLA MARIETTH DUARTE GRIJALVA regaba el jardín de su casa cuando vio pasar al ACUSADO Domingo Francisco Peralta García y lo vio entrar a la casa Q diez donde vivía del ‘’nuevo vecino’’ minutos después escucho que en la casa Q diez provenían ruidos extraños, a lo cual dejo de regar y se acercó un poco a la vivienda y logro escuchar un forcejeo y que se caían
MINISTERIO PUBLICO DE NICARAGUAobjetos dentro de la casa, segundos después escucho a un hombre gritar y ‘’DOMINGO, NO POR FAVOR’’ al escuchar eso la señora PAOLA MARIETTH DUARTE GRIJALVA se asusta y corre para llamar al vecino de la casa de enfrente, al señor DOUGLAS ENRIQUE GARCIA SANCHEZ y le dice que cree que el nuevo vecino se está agarrando con alguien, por lo que ambos proceden a llamar a la policía nacional y a los guardas de la residencial.
El dia veinte de febrero de dos mil quince a las una y veinte y ocho minutos de la tarde, PAOLA MARIETTH DUARTE GRIJALVA, DOUGLAS ENRIQUE GARCIA SANCHEZ, VELKIN DE LOS ANGELES DOMINGUEZ CASTRO Y LESTHER BRENES SALZAR todos vecinos y el señor JULIO JONATHAN AGUILERA ZEAS guarda de la residencial, escuchan dos disparos que provienen de la casa Q 10, dos minutos después llega una patrulla de la POLICIA NACIONAL y se escucha que la puerta trasera de la casa Q10 es abierta, por lo que los policías y vecinos corren hacia el lugar y logran ver a un hombre correr hacia la salida trasera de la residencial, los policías corren detrás del hombre y ordenan a los vecinos que no entren a la propiedad.
El día veinte de febrero del dos mil quince a las una y cuarenta y tres minutos de la tarde EL ACUSADO Domingo Francisco Peralta García fue capturado dentro del mercado IVAN MONTENEGRO en la sección de carnes, ese mismo día a las dos y cinco de la mañana los policías regresan a la residencial y al ingresar en la sala se observa el cuerpo sin vida de la VICTIMA SEBASTIAN JOSE PERTALTA GARCIA, sobre un enorme charco de sangre con dos orificios en el cuerpo, uno en la cabeza y oro en la pierna derecha, a un metro y medio estaba una arma de fuego.
CALIFICACION LEGALLos hechos antes descritos constituyen el delito de: PARRICIDIO que prevé y sanciona el artículo 126 del Código Penal vigente.
ELEMENTOS DE CONVICCIONCon el objetivo de probar los hechos punibles por los que se acusa, procedo a sustentar la presente acusación:
PRUEBAS TESTIFICALES PAOLA MARIETTH DUARTE GRIJALVA, mayor de edad, casada, diseñadora, identificada con cédula de
identidad cero, cero, uno, guion, cero, uno, cero, cuatro, ocho, ocho, guion, cero, cero, tres, nueve K (001-011488-0039K) con domicilio en residencial Valencia, ubicada en el gallo más gallo del Iván Montenegro, cuadra y media al este, mano izquierda, calle Rubén Darío, casa Q 9
DOUGLAS ENRIQUE GARCIA SANCHEZ, mayor de edad, soltero, ingeniero en sistemas, identificado con cédula de identidad cero, cero, uno, guion, dos, dos, cero, uno, nueve, cero, guion, cero, cero, cuatro, uno M (001-220190-0041M) con domicilio en residencial Valencia, ubicada en el gallo más gallo del Iván Montenegro, cuadra y media al este, mano izquierda, calle Rubén Darío, casa Q veinte y uno
VELKIN DE LOS ANGELES DOMINGUEZ CASTRO, mayor de edad, casada, estilista, identificada con cédula de identidad cero, cero, uno, guion, uno, cero, cero, seis, ocho, dos, guion, cuatro, tres, dos, uno L (001-100682-4321L) con domicilio en residencial Valencia, ubicada en el gallo más gallo del Iván Montenegro, cuadra y media al este, mano izquierda, calle Rubén Darío, casa Q once
LESTHER BRENES SALAZAR, mayor de edad, soltero, docente universitario, identificado con cédula de identidad, cero, cero, uno, guion, dos, uno, cero, nueve, ocho, cuatro, guion, tres, cuatro, dos, uno P (001-210984-3421P) con domicilio en residencial Valencia, ubicada en el gallo más gallo del Iván Montenegro, cuadra y media al este, mano izquierda, calle Rubén Darío, casa Q veinte
JULIO JONATHAN AGUILERA ZEAS, mayor de edad, soltero, guarda de seguridad, identificado con cédula de identidad cero, cero, uno, guion, uno, cuatro, cero, dos, siete, dos, guion, seis, ocho, cero, dos, A (001-140272-6802A) con domicilio en barrio Miguel Gutiérrez, de la clínica monseñor Lezcano dos al sur.
MINISTERIO PUBLICO DE NICARAGUA
MARIO EMILIO PEÑA NIETO, mayor de edad, oficial de policía,, con domicilio laboral en el Distrito VII de Managua, con su testimonio de conformidad al artículo 247 del Código de Procesal Penal se incorporaran los actos de investigación que efectuó en el informe policial del presente caso:
Entrevista a la testigo PAOLA MARIETTH DUARTE GRIJALVA en la presente causa formalizada el día veinte de febrero del año dos mil quince a las dos y dos de la tarde, con la que se acreditara en la presente causa que tal entrevista vincula al acusado con los hechos denunciados.
Entrevista a la testigo DOUGLAS ENRIQUE GARCIA SANCHEZ en la presente causa formalizada el día veinte de febrero del año dos mil quince a las dos y quince de la tarde, con la que se acreditara en la presente causa que tal entrevista vincula al acusado con los hechos denunciados.
Entrevista a la testigo VELKIN DE LOS ANGELES DOMINGUEZ CASTRO en la presente causa formalizada el día veinte de febrero del año dos mil quince a las dos y quince de la tarde, con la que se acreditara en la presente causa que tal entrevista vincula al acusado con los hechos denunciados.
Entrevista a la testigo JULIO JONATHAN AGUILERA ZEAS en la presente causa formalizada el día veinte de febrero del año dos mil quince a las dos y quince de la tarde, con la que se acreditara en la presente causa que tal entrevista vincula al acusado con los hechos denunciados.
ROBERTO MARGARITO ARTOLA VACA, mayor de edad, oficial de policía,, con domicilio laboral en el Distrito VII de Managua, con su testimonio de conformidad al artículo 247 del Código de Procesal Penal se incorporaran los actos de investigación que efectuó en el informe policial del presente caso:
ACTA DE RECONOCIMIENTO DE PERSONAS realizada el veinte de febrero del dos mil quince a las dos y cuarenta y cinco de la tarde, en la que comparece la testigo PAOLA MARIETHH DUARTE GRIJALVA y reconoce al ACUSADO DOMINGO FRANCISCO PERALTA GARCIA, como la persona que ingreso a la casa de habitación de la VICTIMA SEBASTIA JOSE PERALTA GARCIA.
ACTA DE RECONOCIMIENTO DE PERSONAS realizada el veinte de febrero del dos mil quince a las dos y cuarenta y cincuenta y nueve de la tarde, en la que comparece la testigo DOUGLAS ENRIQUE GARCIA SANCHEZ y reconoce al ACUSADO DOMINGO FRANCISCO PERALTA GARCIA, como la persona que salió huyendo por la parte trasera de la casa de habitación de la VICTIMA SEBASTIA JOSE PERALTA GARCIA.
ACTA DE DETENCION del ACUSADO DOMINGO FRANCISCO PERALTA GARCIA con fecha de veinte de febrero del dos mil quince a las cuatro y dos minutos de la tarde con la que se acredita la legalidad de la detención.
DENUNCIA No 20-2015-30 con fecha del veinte de febrero del dos mil quince a las seis y media de la noche en el Distrito uno de Managua , en la que se denunció al acusado DOMINGO FRANCISCO PERALTA GARCIA en calidad de actor del delito de PARRICIDIO en contra la VICTIMA SEBASTIAN JOSE PERALTA GARCIA
MINISTERIO PUBLICO DE NICARAGUA
PRUEBAS PERICIALES1. Peritaje del Médico Forense Hernaldo Rodríguez Escobar, mayor de edad, con domicilio laboral en el
Instituto de Medicina Legal, quien en fecha veinte de febrero examino el cuerpo de la Victima Sebastián José Peralta García del cual hizo constar en el dictamen legal No 1212-345 el cual será incorporado de conformidad el artículo 166 del Código Procesal Penal en donde se detalla lo siguiente:
a) Posee lesiones consistentes en un trauma craneoencefálicob) Dos excoriaciones tipo chiflón, en cara del hueso cubitoc) Orificio de entrada y salida en la pierna derecha, fracturando el fémur en tres partesd) Orificio de entrada en el hueso craneal frontal, penetrando la masa encefálica (Cerebro)e) Bala incrustada en la masa encefálica
2. Informe fotográfico elaborado por el Médico Forense Leonardo Ermilio Pérez López, mayor de edad, con domicilio laboral en el Instituto de Medicina Legal en cual fue atendida la Victima Sebastián José Peralta García el cual realizo las fotos tablas ilustrativa de los hechos, consistentes en 8 fotografías, colores, el cual demuestra en el estado que se encontró el cuerpo del ahora occiso.
3. Perito del área de balística de Criminalística Martha Lux Castro Luqués mayor de edad, con domicilio laboral en el Laboratorio de Criminalistica, quien en fecha veinte y uno de febrero del año dos mil quince realizo el siguiente informe de balística:
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA:
i. Solicito a usted se sirva designar perito en la materia de BALÍSTICA a efecto de que se realice confronta de
bala que se recabo del arma de fuego encontrada en el lugar de hechos, la cual fue substraída del cuerpo sin
vida del hoy occiso SEBASTIAN JOSE PERTALTA GARCIA.
ii. Realice la confronta del casquillo recolectado del lugar del hecho con el que fue percutido en el laboratorio
para verificar que ambos presenten las mismas características.
iii. La tercera confronta la realice a el arma para verificar que el rayado del cañón es el mismo que muestra el
proyectil (bala).
MÉTODO APLICADO:
Deductiva, inductivo y analítico
DESCRIPCIÓN:
Recibí con la formalidad y formato de la cadena de custodia el siguiente material:
i. Un arma de fuego la cual se encuentra clasificada en arma corta, la cual al ser analizada minuciosamente se
encontró su número de serie 349203h y el calibre 9mm
ii. Por consiguiente una bala encamisada de tipo FCC que se encuentra sin alteraciones en la base del cuerpo
y la cabeza de la misma, cuenta con un diámetro de base de nueve milímetros por quince de cuerpo, la cual
tiene seis estrías con inclinación ala derecha.
iii. Al igual que un casquillo con características FFC, 9 mm, P 05 con un diámetro de la base del casquillo de 1
cm y de longitud, 2 cm.
LA RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DE TODAS LAS OPERACIONES PRACTICADAS Y SU RESULTADO.
Para la elaboración del presente documento se utilizó un proceso inductivo-deductivo, El método analítico, analógico
y sintético con el arma en cuestión se realizó un disparo de prueba, recuperando el proyectil (bala), el cual se
confronto con la bala problema encontrada en el cuerpo de la víctima, con la ayuda de un microscopio
MINISTERIO PUBLICO DE NICARAGUAestereoscópico de comparación formal, observando similitud de características en las marcas impresas dejadas en la
bala por el rayado del cañón que mantienen un inclinación asía la derecha.
CONCLUSIONES:
Con lo antes mencionado y con el previo análisis se indica que los elementos balísticos, corresponden a el arma de
fuego GLOCK 9mm pertenece a un arma corta, su empresa fabricante es; SCHWELZERISCHE INDUSTRIE
GESELLSSCHATH, de suiza calibre nueve por diecinueve milímetros y fueron participes en la acción mecánica
conocida como disparo y las balas corresponden a que fueron disparadas por una misma arma de fuego, con lo que
se determina que el hoy occiso fue lesionado por dicha arma.
En la cual al tener los resultados de la confronta; del arma de fuego, el proyectil (bala), en la cual nos da un resultado
que el rayado del arma es dextronsum ya que va hacia la derecha al igual que, se encuentra presente en el proyectil
(bala), y el casquillo que se levantó en el lugar de los hechos presenta las mismas características que el que fue
percutido para su confronta.
SOLICITUD DE TRÁMITE1. De conformidad con los artículos 4, 10 y 18 de la ley Orgánica del Ministerio Público y los artículos 51, 77 y
268 del código Procesal Penal, solicito se proceda al examen de la acusación formulada, aceptarla y ordenas apertura a juicio por los hechos imputados.
2. Conforme a lo establecido en el título V del código Procesal Penal procedo a solicitar la siguiente medida cautelar:
Solicito a vuestra autoridad LA PRISION PREVENTIVA del ACUSADO DOMINGO FRANCISCO PERALTA GARCIA, en virtud lo que nos establece los artículos 167 numeral 1 literal K, articulo 173 numeral 1, 2 y 3 del código Procesal Penal, tomando en consideración el principio de proporcionalidad que establece.
Este escrito es presentado con sus copias de ley
Para notificaciones señalo las oficinas del Ministerio Público ubicado por el sector del centro comercial metrocentro, carretera a Masaya
Managua veinte y dos de abril del año dos mil quince.
______________________________________Lic. Karen de la con Concepción Mayorga Rodríguez
Fiscal Auxiliar de ManaguaCredencial numero 00777