Acuerdo 648

19

description

Nuevo Acuerdo para Evaluar con la RIEB

Transcript of Acuerdo 648

Page 1: Acuerdo 648
Page 2: Acuerdo 648
Page 3: Acuerdo 648
Page 4: Acuerdo 648

Contribuirá a la mejora del proceso educativo: La participación activa del alumno en su formación y la constante

comunicación con él sobre sus avances y posibilidades de mejora;

Evaluar con enfoque formativo, a partir de los aprendizajes esperados y las competencias establecidas en el currículo nacional;

Considerar y atender las necesidades específicas de los alumnos y de los contextos en los que se desarrollan:

Fortalecer la retroalimentación entre docentes, alumnos, padres de familia o tutores;

Desarrollar una intervención pedagógica oportuna para garantizar el logro del aprendizaje, de tal forma que la enseñanza se ajuste para mejorar el desempeño del alumno, y

En general, concentrar todos los esfuerzos en mejorar la práctica docente y el desempeño de los alumnos.

Derechos y responsabilidades de todos los que participan en el proceso educativo, así como la definición de procesos claros y eficientes de evaluación, acreditación, promoción y certificación de los estudios de tipo básico cursados en el sistema educativo nacional:

Page 5: Acuerdo 648
Page 6: Acuerdo 648
Page 7: Acuerdo 648

Articulo 5º y 6ºCARTILLA DE EDUCACIÓN BASICA

Page 8: Acuerdo 648
Page 9: Acuerdo 648

La escala oficial de calificaciones que será utilizada para cada uno de los bloques de las asignaturas, será numérica y se

asentará en números enteros del 5 al 10. Dichas calificaciones se vincularán con el nivel de desempeño en el que se

ubica el alumno. Tanto en el nivel B como en el C, el docente definirá la referencia numérica con el número entero que

corresponda de acuerdo con las evidencias del desempeño del alumno.

Page 10: Acuerdo 648

Los promedios de calificaciones que se generen por asignatura, grado escolar, nivel y tipo

educativo, se expresarán con un número entero y un decimal, sin redondear (5.0 a 10.0).

Page 11: Acuerdo 648

ARTICULO 9°• LAS EVALUACIONES ORDINARIAS DEBERÁN

REGISTRARSE DURANTE LOS 200 DÍAS MARCADOS POR EL CALENDARIO ESCOLAR

• LAS EVALUACIONES EXTRAORDINARIAS O DE REGULARIZACION (EN SECUNDARIA) SE APLICAN EN PERIODOS ALTERNOS

• PARA EVITAR SITUACIONES DE AUSENTISMO, SUSPENSION DE CLASES E INACTIVIDAD EN LAS ESCUELAS, SE DEBERAN REALIZAR:– EN PRIMARIA LAS EVALUACIONES DEL BLOQUE 5 SE HARAN

DURANTE LOS ÚLTIMOS 8 DÍAS DEL PERIODO ESCOLAR– EN SECUNDARIA DURANTE LOS ÚLTIMOS 13 DÍAS HÁBILES

• EL RESTO DEL TIEMPO SE LLEVARÁN A CABO ACTIVIDADES DE REFORZAMIENTO.

Page 12: Acuerdo 648
Page 13: Acuerdo 648

ARTICULO 15ºCRITERIOS DE ACREDITACION DE GRADO O NIVEL

EDUCATIVO

Page 14: Acuerdo 648
Page 15: Acuerdo 648
Page 16: Acuerdo 648
Page 17: Acuerdo 648
Page 18: Acuerdo 648
Page 19: Acuerdo 648