Actores de La Educacion

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PROFESOR: JESÙS PASTRANO. REALIZADO POR: ASTUDILLO ROSILDA ASTUDILLO NAVELYN BARRETO YSMELBA BRITO ROSIRIS CABELLO RHOMA SECCIÒN J ACTORES QUE INTERVIENEN EN LA EDUCACION Y SEGURIDAD VIAL

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PROFESOR:

JESÙS PASTRANO.

REALIZADO POR:

ASTUDILLO ROSILDA

ASTUDILLO NAVELYN

BARRETO YSMELBA

BRITO ROSIRIS

CABELLO RHOMA

SECCIÒN J

Cumaná, Octubre 2015.

ACTORES QUE INTERVIENEN EN LA

EDUCACION Y SEGURIDAD VIAL

NTRODUCCION.

Este trabajo, trata sobre la educación y la seguridad vial. En él se

presenta información relativa al tránsito de vehículos y todo el ambiente

circulatorio, además de progreso, rapidez y comodidad de las personas

que manejan los vehículo y los que están en contacto con ellos, genera

problemas, el principal los accidentes de tráfico, siendo el factor humano

el principal causante, una de las líneas de actuación imprescindible es la

adquisición de valores viales en los ciudadanos, algo que constituye un

paso más que el conocimiento de normas y señales de circulación. Se

trata de la educación vial, el mejor camino para la formación de una

conciencia vial.

Los actores de la seguridad son los

conductores, peatón y pasajeros debemos

tener en cuenta los características, deberes y

derechos de cada uno para él en momento

que estemos desarrollando estos roles

podamos realizarlo de la mejor manera. La seguridad vial consiste en la

prevención de accidentes de tránsito o la minimización de sus efectos,

especialmente para la vida y la salud de las personas. En la seguridad vial

intervienen una serie de actores de los cuales depende la integridad de

cada uno de los ciudadanos. La educación vial busca que las distintas

personas como choferes o conductores, peatones o ciudadanos, puedan

mejorar y obtener valores viales, como parte de la educación social.

El conductor.

Es la persona que opera un vehículo para su movilización. Es el eje

central del sistema vial. Se puede identificar y clasificar a los

conductores por el uso que se da al vehículo que conduce. Por ejemplo,

hay conductores de vehículos particulares, públicos, escolares. Entre

otros. Los conductores también pueden clasificarse según el tipo de

licencia de conducir que las autoridades les hayan otorgado. Las licencias

pueden ser de segundo, tercer, cuarto y quinto grado. Los grados

dependen del tipo y uso del vehículo y de la complejidad de su manejo.

Las autoridades expiden licencias especiales a personas con alguna

limitación física, si pueden conducir de manera responsable y segura

ciertos vehículos.

Conductores según el tipo de vehículo

De vehículo particular: Es el conductor de cualquier tipo de

vehículo (carro, camioneta, etc.) destinado al uso personal o

familiar.

ACTORES QUE

INTERVIENEN EN LA

EDUCACION Y

SEGURIDAD VIAL

De transporte periférico .Es el conductor de vehículo que prestan

servicios de transporte en áreas periféricas de las ciudades.

De vehículos por puesto. Es el conductor de una unidad de

servicio de transporte público, en el que cada pasajero paga por su

puesto que ocupa y el trayecto recorrido.

Taxista. Es el conductor de una unidad de transporte público en el

cual el pasajero establece la ruta y paga según los kilómetros o el

tiempo de recorrido.

De colectivo. Es el conductor de minibuses y autobuses con

capacidad de transportar por rutas urbanas o extraurbanas (5 o

más pasajeros).

De vehículo escolar. Es el conductor de autobuses, minibuses,

camionetas que transportan estudiantes hasta y desde una

institución educativa. Estos vehículos deben ser amarillos y contar

con rótulos y advertencias especiales.

De vehículo de seguridad o de emergencia. Es el conductor de

unidades militares, policiales, bomberos o asistenciales, como

patrullas, ambulancias, cisternas….

De transporte de carga. Es quien conduce desde camioneta hasta

camiones de gran capacidad, como cavas, cisternas, remolque,

volteos, gandolas.

Motorizado. Es el conductor de motocicleta de dos ruedas o de

triciclos de motor.

Ciclista. Es el conductor de bicicletas o triciclos de tracción

humana.

Algunas normas de seguridad vial normas de seguridad para el

conductor

Conocer y respetar las normas de circulación que establecen la ley

y el reglamento en cuanto a límites de velocidad, maniobras de

adelantamiento, cruces y preferencias de paso, distancia que se

debe guardar entre vehículo, incorporación a las vías.

Adaptar su comportamiento a las normas y señales de tránsito.

Manifestar cortesía hacia otros conductores, y consideración hacia

los peatones y personas con necesidades especiales.

No conducir a exceso de velocidad ni entorpecer el flujo normal

de transito yendo muy lento.

No conducir si ha consumido licor; drogas o medicinas sedantes, o

se siente cansancio o sueño.

Colocarse el cinturón de seguridad.

El peatón.

Es la persona que transita a pie por las vías y terrenos. Son también

peatones las personas con discapacidad que circulan  en sillas de rueda,

con motor o sin él, y quienes conducen a pie una bicicleta o andan en

patines y patinetas. Los peatones pueden clasificarse según la ubicación

geográfica, así:

Del sector rural. Son los peatones de caseríos, pequeños

pueblos, etc, donde el tránsito  automotor es reducido.

Del sector urbano. Son los peatones que se movilizan en las

calles y avenidas de las ciudades, donde el tránsito automotor

suele ser intenso.

Del sector periférico. Son los peatones de ciertas áreas de las

ciudades, donde la vitalidad es deficiente (calles, estrechas, sin

aceras, etc.)

Normas de seguridad para el peatón

Caminar por las aceras, atentos en las entradas y salidas de

garaje. Si no hay aceras, andar por la parte de la vía que le quede

a su izquierda.

No situarse cerca de vehículos que se estén estacionando, ni

entrar repentinamente a la calzada de entre vehículo estacionados

o con movimientos que sorprendan a los conductores.

No cruzar autopistas.

Buscar y utilizar un lugar seguro para cruzar; paso peatonal,

pasarela, esquina….detenerse antes de bajar de la acera, observar

los semáforos o las indicaciones de los fiscales. No confiarse de

su derecho de paso, pues hay conductores irresponsables. Mirar a

la izquierda, a la derecha y de nuevo a la izquierda .Luego, cruzar

rápido, sin correr.

En todo caso, asegurarse de ver los vehículos que se aproximan y

de ser visto con antelación por los conductores.

Niños y niñas deben tomar la mano de un adulto.

El fiscal de tránsito.

Es aquel cuya función es velar porque todas las personas, tanto

conductores como peatones, cumplan las normas y leyes de tránsito

terrestre dentro de las cuales, se encuentran:

No ingerir bebidas alcohólicas, al conducir.

Respetar los límites de velocidad permitidos.

Mantener el vehículo en perfecto estado de limpieza y

funcionamiento.

Utilizar el cinturón de seguridad.

Ubicar a los niños en el asiento trasero.

Estacionar el vehículo sólo en los sitios permitidos.

No utilizar el celular si se está conduciendo. Si es muy necesario

se debe buscar el sitio más cercano donde se pueda estacionar el

vehículo mientras se habla.

Los peatones.

Los peatones es toda persona la cual transita a pie por lugares y vías

públicas aptas para su circulación, todos tienen prioridad de tránsito en

los sitios asignados en la ciudad para su movilidad. Éstos están en la

obligación de cumplir las normas básicas de tránsito, además de no

invadir o movilizarse inadecuadamente en los lugares establecidos para

otros actores viales. Para los peatones es importante seguir las siguientes

sugerencias:

Todo peatón sin importar su edad o género es el primer

responsable a lo que su seguridad se refiere, es por esa razón

que debe transitar por las aceras asignadas para su correcta

movilidad

La utilización de los espacios asignados para la circulación del

peatón debe hacerse en estado de sobriedad para prevenir

accidentes.

Es obligatorio el uso de los puentes peatonales, estos fueron

diseñados para el tránsito por avenidas y calles consideradas

de alto riesgo para el peatón.

Peatones y vehículos están en la obligación de respetar los

semáforos ubicados en la ciudad, estos cumplen una función

vital a lo que movilidad y seguridad se refiere, la inadecuada

atención a esta herramienta podría poner en peligro la

integridad física de todos los actores viales.

La vía.

La vía es la superficie sobre la cual se desplazan los peatones y

excepcionalmente los animales los que propician problemas en la

conducción de los vehículos.

Tipos de vías:

Vía pública: Es de propiedad del estado para el uso público sin

limitaciones sobre el tránsito.

Vía privada: Son de propiedad privada, estando sometidas a

normas dictadas por su propietario, exclusivamente para el tránsito.

Patrullero Escolar.

Es un programa que tiene como finalidad complementar la educación

impartida en el Aula, para que la educación Vial sea integrada a la

personalidad del niño. Es un programa permanente que se desarrolla a

nivel Nacional en las Escuelas Privadas y Públicas, donde participan los

estudiantes de 4º, 5º y 6º grado que cumplen la función de proteger a sus

compañeros en el cruce de avenidas y calles próximas a los institutos

educativos

Normas Básicas del Patrullero Escolar

El patrullero escolar se pone en las esquinas que le corresponde

en posición de descanso. Así espera a los compañeros que en ese

momento salen de la escuela, y les indica que se agrupen

ordenadamente de tras de él.

Debe colocarse siempre sobre la acera, un paso detrás del borde y

donde este el paso de peatones.

Bajará a la calzada únicamente si hay carros estacionados que no

le permitan ver bien.

Solo utilizara el indicador manual PARE para que los conductores

detengan el vehículo. No hará uso de otros implementos como el

pito.

Debe recordar a sus compañeros y compañeras el comportamiento

que deben observar como peatones, mientras no les corresponda

el paso.

En los cruces controlado por un vigilante de tránsito, el patrullero

debe esperar a que el agente de la señal de alto a los conductores,

o sea, tendrá que guiar a los estudiantes de acuerdo con el

vigilante.

En las intersecciones controladas por semáforo, el patrullero debe

esperar a que se encienda la luz roja, para darle alto a los

vehículos y que se encienda la luz verde en la dirección en que

cruzan los estudiantes.

Deberá estar atentos a los vehículos que cruzan y recomendar a

los niños que volteen a ambos lados.

El paso de los peatones y la patrulla escolar.

Paso a los peatones: se mantiene la señal de PARE de frente a los

vehículos y se le da la señal de paso a los peatones, bajando el brazo

izquierdo que se mantenía extendido.

Alto a los peatones: el patrullero de frente a la calzada, extiende el brazo

izquierdo para detener a los niños que se disponen a cruzar la calle y

utiliza el brazo derecho para colocar el PARE en posición vertical, viendo

hacia los alumnos.

CONCLUSIÓN.

Nuestra vida diaria está relacionada en mayor o menor medida al

desplazamiento de un lugar a otro, con el fin de cubrir nuestras

necesidades de alimentación, trabajo, educación, recreación, etc. La vía

pública se convierte en sitio habitual para miles de seres humanos que de

igual forma sienten la necesidad de desplazarse. El hombre ha diseñado

medios para facilitar dichos desplazamientos y en función de nuestra

inteligencia, estos movimientos se hacen de manera ordenada y

convivencia, con el objetivo de disminuir los efectos negativos que

conllevan esta infinidad de procesos. Es necesario conocer y cumplir las

reglamentaciones del tránsito para evitar accidentes.

En este trabajo se pudo observar los distintos actores que se

encuentran día a día en las autopistas, calles, como son los peatones

motociclistas conductores de todo tipo, que deben acatar las distintas

reglas. Podemos empezar nosotros mismos por saber cruzar la calle,

colocarse el cinturón de seguridad etc. Para así evitar los distintos

accidentes de tránsito que ocurren día a día

BIBLIOGRAFIA.

Durand, Julio César. «Sobre los conceptos de “policía”, “poder de policía”

y “actividad de policía”» (en español) (PDF). Comentario al

dictamen de la Procuración del Tesoro de la Nación del 13 de

julio de 2004. Revista de Derecho Administrativo (REDA), N° 51,

Lexis Nexis.