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SERIE NIF E Normas aplicables a las actividades especializadas de distintos sectores (incluye los boletines E-1 y E-2 emitidos por la CPC del IMCP)

Boletn E-1 Agricultura (Actividades Agropecuarias) Boletn E-2 Ingresos y contribuciones recibidas por entidades con propsitos no lucrativos, as como contribuciones otorgadas por las mismas NIFS 2008-SERIE NIF E Boletn E-1 Agricultura (Actividades Agropecuarias)

Correlaciones LISR 79-II CFF 16-III NIF A-7, B-3, C-4, C-6, C-8, C-9 y C-15 El objetivo de este Boletn es establecer el tratamiento contable de la transformacin de activos biolgicos en la administracin de actividades agropecuarias (actividad agrcola), as como su correspondiente presentacin y revelacin en los estados financieros. Este Boletn tendr vigencia para los estados financieros que cubran periodos contables que comiencen en o despus del 1 de enero del ao 2003. Se recomienda su aplicacin anticipada. Si alguna entidad aplica este Boletn en periodos que comiencen antes del 1 de enero del ao 2003, debe revelarlo. CONTENIDO Prrafos PREMBULO 1-3 OBJETIVO 4 ALCANCE 5-8 DEFINICIN DE TRMINOS 9-13 Definicin de trminos referidos a agricultura 9-11 Definiciones generales 12-13 REGLAS DE VALUACIN 14-46 Reconocimiento inicial de los activos biolgicos y productos agrcolas 30-34 Valuacin posterior de los activos biolgicos 35-36 Incapacidad de determinar el valor razonable en forma confiable, verificable y 37-40 objetiva Subsidios gubernamentales 41-46 REGLAS DE PRESENTACIN Y REVELACIN 47-66 Presentacin 47 Revelacin 48-66 General 48-62 Revelaciones adicionales para activos biolgicos cuando el valor razonable no 63-65 puede ser determinado en forma confiable, verificable y objetiva Subsidios gubernamentales 66 VIGENCIA 67-68 APNDICES Apndice A - Ejemplo ilustrativo Apndice B - Bases para conclusiones Apndice C - Cuadro esquemtico

Mxico, D.F. a 15 de octubre de 2002

A TODA LA MEMBRESA A LOS INTERESADOS EN LA INFORMACIN FINANCIERA.

Acompaamos el Boletn E-1, Agricultura (Actividades Agropecuarias), preparado y aprobado por la Comisin de Principios de Contabilidad (CPC), despus de cumplir con el proceso de auscultacin exigido por los estatutos del Instituto Mexicano de Contadores Pblicos, A.C. (IMCP). Ante la creciente necesidad de emitir reglas particulares para industrias especializadas, se inicia la serie E con el presente documento y considerando la supletoriedad que tendra la entrada en vigor de la NIC-41, Agricultura, a partir del 1 de enero de 2003, la CPC consider oportuno la elaboracin de este Boletn que contempla nuestro entorno econmico. Las Normas Internacionales de Contabilidad han ido incorporando en su normatividad el concepto de valor razonable para la valuacin de ciertos activos y pasivos, lo que nos conduce a incluir este concepto en el presente Boletn, como se ha llevado a cabo en otros boletines ya emitidos. Durante el proceso de auscultacin se manifest una oposicin importante en la utilizacin de valores razonables, porque stos son cambiantes, subjetivos, requieren de especializacin para su determinacin y son poco verificables. La CPC tom en consideracin estos y otros elementos y, como se indica en el Boletn, los valores razonables son utilizables slo cuando la aplicacin de los mismos sea objetiva y verificable. Tambin se consider que la mejor alternativa para reconocer contablemente los activos biolgicos, contina siendo el valor razonable, sobre todo en aquellos activos de larga maduracin o uso, en donde el costo no permite al usuario de los estados financieros interpretar la situacin financiera de estas entidades. Con base en lo anterior, la CPC concluy: Una vez que se tengan elementos de juicio objetivos, los activos biolgicos se valan a su valor razonable menos sus costos de llevarlos al punto de venta. a. El valor razonable debe ser verificable y es por el cual un activo puede ser intercambiado o liquidado por partes interesadas, debidamente informadas y en una transaccin libre y, corresponde al mercado en donde recurrentemente se efectan los intercambios. Se debe tomar en consideracin que un activo biolgico tiene condiciones diferentes que pueden cambiar significativamente su valor. Por ejemplo, los rboles de una huerta pueden tener valores de venta distintos a otros similares por diferencias en sistemas de irrigacin, antigedad de los rboles, etc. Cuando en el reconocimiento inicial de un activo biolgico no se cumplan los conceptos anteriores, este activo se debe valuar a su costo menos su depreciacin y prdidas por deterioro acumuladas. Una vez adoptado el valor razonable, ya no se podr utilizar el concepto de costo. Se consider la necesidad de establecer las reglas para el reconocimiento contable de los subsidios gubernamentales. La informacin financiera que surge de la aplicacin de este Boletn permitir al usuario determinar el monto de los flujos generados por la operacin, as como los resultados derivados de la administracin de los activos biolgicos por parte de las entidades.

b.

c.

d. e.

Este Boletn se apega a los conceptos y reglas consideradas en la Norma Internacional de Contabilidad No. 41, que incluye las mejores prcticas contables para el reconocimiento de la valuacin inicial de los activos biolgicos y se adicionan los conceptos relativos a los ajustes por cambios de precios.

La CPC considera que las disposiciones fundamentales de este Boletn, renen las condiciones necesarias de normas de contabilidad aplicables a las actividades agropecuarias, lo que permitir la elaboracin de mejores estados financieros de las empresas en beneficio de los usuarios de esta informacin.

Atentamente,

C.P.C. FERNANDO J. MORALES GUTIRREZ Vicepresidente de Legislacin

C.P.C. LUIS MOIRN LLOSA Presidente de la Comisin de Principios de Contabilidad

Boletn E-1

AGRICULTURA (ACTIVIDADES AGROPECUARIAS)

La parte normativa de este Boletn que aparece en "negrillas", es decir, los conceptos normativos destacados con letra ms gruesa, debe ser entendida en conjunto con sus explicaciones y guas de aplicacin. PREMBULO

Este Boletn fundamenta el tratamiento contable de los activos biolgicos, en el principio bsico de 1 periodo contable, el cual establece que debe identificarse, la cuantificacin de un cambio en la situacin financiera y el resultado de operacin de la entidad, con la poca a que pertenece. La transformacin de los activos biolgicos debe reconocerse en el periodo contable correspondiente en que se realizan. Considerndose realizados cuando han tenido lugar transformaciones internas que modifican la estructura de recursos o de sus fuentes o cuando han ocurrido eventos econmicos externos a la entidad o derivados de operaciones de sta y cuyo efecto puede cuantificarse razonablemente en trminos monetarios. Cuando se consideren realizados, el valor histrico original cuantifica el reconocimiento con base en la estimacin razonable que se haga del efectivo y sus equivalentes, situacin que se concreta cuando ocurre el evento crtico, constituido por la transformacin del activo biolgico (prrafos 66-68 del Boletn A-11, Definicin de conceptos bsicos integrantes de los estados financieros).

A su vez, el Boletn A-11 define el ingreso como el incremento bruto de activos o disminucin de 2 pasivos experimentados por una entidad, con efecto en la utilidad neta, durante un periodo contable, como resultado de las operaciones que constituyen sus actividades primarias o normales. En adicin, menciona que tal incremento del activo se refiere a los logros de la administracin y el cual se mide en trminos brutos para ser enfrentados con los esfuerzos y sacrificios econmicos (costos) incurridos para obtenerlos. Adicionalmente, la Norma Internacional de Contabilidad 18 establece que la valuacin de los ingresos debe hacerse utilizando el valor razonable de la contrapartida, recibida o por recibir, derivada de los mismos.

Este Boletn mejora la informacin financiera al ser congruente con los objetivos sealados en los 3 prrafos 6 y 7 del Boletn B-3, Estado de resultados, que establecen el medir los resultados de los logros alcanzados y de los esfuerzos desarrollados por un entidad durante el periodo consignado en el mismo estado. As como, evaluar la rentabilidad y desempeo de la empresa, estimar su potencial de crdito, estimar la cantidad, el tiempo y la certidumbre de un flujo de efectivo, medir los riesgos y la capacidad de repartir dividendos.

OBJETIVO

El objetivo de este Boletn es establecer el tratamiento contable de la transformacin de activos 4 biolgicos en la administracin de actividades agropecuarias (actividad agrcola), as como su correspondiente presentacin y revelacin en los estados financieros.

ALCANCE

Las normas de este Boletn aplican a todas las entidades que realizan actividades agrcolas, con 5 relacin a:

a) Activos biolgicos.

b) Productos agrcolas en el momento de la cosecha.

c) Subsidios gubernamentales cubiertos por los prrafos 41 a 46.

Este Boletn no aplica a:

6

a) Terrenos relacionados con la actividad agrcola (vase Boletn C-6, Inmuebles, Maquinaria y Equipo y Circular 55, Propiedades de Inversin).

b) Activos intangibles relacionados con la actividad agrcola (vase Boletn C-8, Activos Intangibles).

Este Boletn aplica al producto agrcola, que es el producto cosechado de los activos biolgicos de la 7 entidad, nicamente en el momento de la cosecha. De ah en adelante el Boletn C-4, Inventarios o cualquier otro Principio de Contabilidad aplicable, es utilizado. Consecuentemente, este Boletn, no trata sobre el proceso del producto agrcola despus de la cosecha; por ejemplo, el proceso de las uvas para convertirlas en vino, que lleva a cabo un productor de vino que cultiv las uvas. No obstante que dicho proceso podra ser una extensin lgica y natural de las actividades agrcolas y de que tenga alguna similitud con una transformacin biolgica, dicho proceso no est incluido dentro de la definicin de actividad agrcola de este Boletn.

La siguiente tabla contiene ejemplos de activos biolgicos, productos agrcolas y productos que son 8 resultado de un proceso despus de la cosecha:

Activos Biolgicos Borregos rboles en una plantacin forestal Plantas Caa de azcar Ganado vacuno Puercos Arbustos Viedos rboles frutales

Productos Agrcolas Lana Troncos Algodn Caa de azcar Leche Puerco en canal Hojas Uvas Fruta

Productos que son resultado de un proceso despus de la cosecha Hilo, tapetes Madera aserrada Ropa, fibra, hilo Azcar, ron Queso, mantequilla, crema Salchichas, jamones, embutidos T, tabaco Vino Fruta procesada

DEFINICIN DE TRMINOS

Definiciones de trminos referidos a agricultura

Los siguientes trminos son usados en este Boletn con los significados que se especifican:

9

Un activo biolgico es un animal o una planta vivos.

Un grupo de activos biolgicos es un conjunto de animales o plantas vivos similares.

Producto agrcola es el producto cosechado de un activo biolgico de una entidad.

Actividad agrcola es la administracin que hace una entidad de la transformacin biolgica de los activos biolgicos para su venta en productos agrcolas o en activos biolgicos adicionales.

Transformacin biolgica comprende el proceso de crecimiento, degeneracin, produccin y procreacin que causan cambios cualitativos o cuantitativos en un activo biolgico.

Cosecha es la separacin o desprendimiento de un producto, de un activo biolgico, o el cese del proceso de vida de un activo biolgico.

La actividad agrcola incluye un amplio rango de actividades, por ejemplo, la cra de ganado, la 10 silvicultura, la cosecha o corte anual o continuo de un sembrado, el cultivo de huertas y plantaciones, la floricultura y la acuicultura (incluyendo el cultivo de peces). Ciertas caractersticas comunes existen dentro de esta diversidad: a) Capacidad de cambio. Los animales y plantas vivos son capaces de una transformacin biolgica. b) Administracin del cambio. La administracin facilita la transformacin biolgica mejorando o cuando menos estabilizando las condiciones necesarias para que el proceso se lleve a cabo (por ejemplo, niveles de nutrientes, humedad, temperatura, fertilidad y luz). Dicha administracin distingue la actividad agrcola de otra actividad. Por ejemplo, la cosecha de recursos no administrados (tales como pesca y deforestacin) no es una actividad agrcola. c) Medicin del cambio. El cambio en calidad (por ejemplo, mrito gentico, densidad, madurez, capa de grasa, contenido protenico y resistencia de fibra) o en cantidad (por ejemplo, progenie, peso, metros cbicos, extensin o dimetro de fibra y nmero de botones en las plantas) resultante de la transformacin biolgica es medido y monitoreado como una funcin rutinaria de la administracin.

La transformacin biolgica da origen a los siguientes tipos de resultados: 11 a) Cambios en el activo a travs de (i) crecimiento (un aumento en cantidad o una mejora en calidad de un animal o planta); (ii) degeneracin (disminucin en cantidad o deterioro en calidad de un animal o planta; o (iii) procreacin (nacimiento de animales o plantas vivos adicionales). b) Produccin de productos agrcolas tales como ltex, hojas de t, madera y leche.

Definiciones generales

Los siguientes trminos son usados en este Boletn con los significados que se especifican:

12

Un mercado activo es un mercado en donde todas las condiciones siguientes existen:

a) Los artculos comercializados dentro del mercado son homogneos. b) Los compradores y vendedores interesados se pueden encontrar en cualquier momento. c) Los precios estn disponibles al pblico.

Valor en libros es el importe en que un activo est reconocido en el balance general.

Valor razonable es el importe por el cual puede ser intercambiado un activo o liquidado un pasivo entre partes interesadas y debidamente informadas, en una transaccin libre de mercado.

Costos de punto de venta son aquellos que se incurren en el momento y en el lugar de venta. Los costos de punto de venta incluyen las comisiones a corredores y distribuidores.

Subsidios Gubernamentales son apoyos econmicos otorgados a una entidad especficamente por su actividad agrcola.

El valor razonable de un activo es verificable y est basado en su localizacin y condiciones actuales. 13 Como resultado, por ejemplo, el valor razonable del ganado en una granja es el precio de ese ganado en el mercado relevante y conocido, menos los costos de transporte y otros costos para llevar al ganado a ese mercado.

REGLAS DE VALUACIN

Una entidad debe reconocer un activo biolgico o un producto agrcola cuando, y slo cuando:

14

a) La entidad controle el activo como resultado de eventos pasados. b) Es probable que los beneficios econmicos futuros asociados con el activo fluyan a la entidad. c) El valor razonable o el costo del activo se puedan determinar en forma confiable, verificable y objetiva.

En la actividad de agricultura, el control puede ser evidenciado por ejemplo, por la propiedad legal del 15 ganado, a travs del herrado o marcado del ganado de alguna otra manera al momento de su adquisicin, nacimiento o destete. Los beneficios econmicos futuros son normalmente evaluados a travs de la medicin de los atributos fsicos significativos.

Los activos biolgicos deben ser valuados en su reconocimiento inicial y a la fecha de cada 16 balance general a su valor razonable menos los costos estimados de punto de venta, excepto por el caso descrito en el prrafo 37 cuando el valor razonable no pueda ser determinado en forma

confiable, verificable y objetiva.

El producto agrcola cosechado de los activos biolgicos de una entidad debe ser valuado a su 17 valor razonable menos los costos estimados de punto de venta en el momento de la cosecha. Esta valuacin constituye el costo inicial cuando se utilice el Boletn C-4, Inventarios, u otro Principio de Contabilidad aplicable.

Los costos de punto de venta incluyen las comisiones a corredores y distribuidores, comisiones a 18 agencias reguladoras y mercados de productos de consumo, as como impuestos y derechos de transferencia. Los costos de punto de venta excluyen el transporte y otros costos necesarios para poner el activo en el mercado, dado que ya se encuentran excluidos del valor razonable (vase prrafo 13).

La determinacin del valor razonable de un activo biolgico o producto agrcola puede facilitarse 19 agrupando los activos biolgicos o productos agrcolas de acuerdo a sus caractersticas significativas; por ejemplo por edad o calidad, as como, cuando sea aplicable, la perspectiva del momento en que se llevar el producto al mercado. Una entidad selecciona las caractersticas aplicables de acuerdo a las usadas en el mercado como base para determinar precios.

Las entidades frecuentemente celebran contratos para vender activos biolgicos o productos agrcolas 20 en una fecha futura. Los precios contratados no son necesariamente relevantes para determinar el valor razonable, ya que el valor razonable refleja el mercado actual en el cual un vendedor y un comprador interesados celebraran una transaccin. Como resultado, el valor razonable de un activo biolgico o producto agrcola slo se ajusta por la existencia de un contrato, cuando el valor implcito en el mismo sea menor y no pueda renegociarse. En algunos casos, un contrato para la venta de un activo biolgico o producto agrcola puede ser un contrato oneroso, tal como se define en el Boletn C-9, Pasivos, provisiones, activos y pasivos contingentes. El Boletn C-9 aplica a los contratos onerosos.

Si existe un mercado activo para los activos biolgicos o productos agrcolas, el precio de cotizacin 21 de este mercado, es la base apropiada para determinar el valor razonable de dicho activo. Si una entidad tiene acceso a diferentes mercados activos, la entidad usa el ms relevante y al que normalmente recurre, considerando, en su caso, las fluctuaciones que se estime tendrn hasta el momento en que se acceder al mercado. Por ejemplo, si una entidad tiene acceso a dos mercados activos, usar los precios existentes en el mercado que espera utilizar.

Si no existe un mercado activo, una entidad debe usar uno o ms de los siguientes mtodos, para 22 determinar el valor razonable:

a) El precio de la transaccin ms reciente, siempre y cuando, no haya existido un cambio significativo en las circunstancias econmicas entre la fecha de la transaccin y la del balance general, ni se esperen cambios importantes de la fecha del balance general hasta el momento en que se acceder al mercado. b) Precios de mercado de activos similares con ajustes para reflejar las diferencias.

c) Referencias del sector, tales como el valor de un huerto expresado por bandeja o cesta de exportacin, gruesa o hectrea y, el valor del ganado expresado por kilogramo de carne.

En algunos casos, las fuentes de informacin listadas en el prrafo 22 podran sugerir diferentes 23 conclusiones del valor razonable de un activo biolgico o producto agrcola. Una entidad considera las razones de estas diferencias, para obtener la estimacin ms confiable, verificable y objetiva del valor razonable dentro de un rango relativamente estrecho.

En algunas circunstancias, los precios determinados por el mercado o los valores listados en el 24 prrafo 22 podran no estar disponibles para la condicin actual de un activo biolgico. En estas circunstancias, para determinar el valor razonable, una entidad debe usar el valor presente de los flujos netos de efectivo que se esperan del activo, descontados a una tasa apropiada de inters determinada en el mercado actual.

El objetivo del clculo del valor presente del flujo de efectivo neto esperado, es el determinar el valor 25 razonable de un activo biolgico o producto agrcola en su actual localidad y condicin. Una entidad considera esto al determinar una tasa de descuento apropiada a ser usada para estimar el flujo neto de efectivo esperado. La condicin actual de un activo biolgico excluye cualquier incremento en valor resultante de una transformacin biolgica adicional y actividades futuras de la entidad, como aquellas relativas al mejoramiento de la transformacin biolgica futura, cosecha y venta.

Una entidad no debe incluir en la determinacin del flujo neto de efectivo esperado, el costo del 26 financiamiento del activo o el costo del restablecimiento de los activos biolgicos despus de la cosecha (por ejemplo, el costo de replantar rboles en una plantacin forestal despus de la cosecha).

Para acordar el precio en una transaccin libre, los compradores y vendedores interesados y 27 debidamente informados, consideran la posibilidad de variaciones en los flujos de efectivo. Se considera que el valor razonable refleja la posibilidad de estas variaciones. De esta manera, una entidad incorpora las expectativas sobre posibles variaciones en los flujos de efectivo ya sea en el flujo de efectivo esperado o en la tasa de descuento, o en una combinacin de los dos. Para determinar la tasa de descuento, una entidad utiliza supuestos consistentes con aquellos usados en estimar el flujo de efectivo esperado, para evitar el efecto de supuestos considerados dos veces o ignorados.

El costo podra en ocasiones aproximarse al valor razonable, particularmente cuando:

28

a) Poca transformacin biolgica ha existido desde los costos incurridos iniciales (por ejemplo, semillas de rboles frutales plantadas inmediatamente antes de la fecha del balance general). b) El impacto de la transformacin biolgica sobre el precio, no se espera sea material (por ejemplo, el crecimiento inicial de una plantacin de pinos con un ciclo de produccin de 30 aos).

Los activos biolgicos frecuentemente estn adheridos al terreno (por ejemplo, los rboles en una 29 plantacin forestal). Podra no existir un mercado separado para activos biolgicos que estn adheridos al terreno, pero podra existir un mercado por el activo combinado, o sea, por el activo biolgico, el terreno en bruto y las mejoras al terreno, como un paquete. Una entidad puede usar informacin relativa al activo combinado para determinar el valor razonable de su activo biolgico. Por ejemplo, el valor razonable del terreno en bruto ms las mejoras al terreno podra ser deducido del valor razonable del activo combinado para obtener el valor razonable del activo biolgico.

Reconocimiento inicial de los activos biolgicos y productos agrcolas

Las compras de activos biolgicos deben reconocerse directamente como tales a su valor 30 razonable menos sus costos estimados de punto de venta y cualquier diferencia contra el costo de adquisicin debe registrarse en resultados.

Una utilidad o prdida generada en el reconocimiento inicial de un activo biolgico a su valor 31 razonable, menos los costos estimados de punto de venta, deben ser incluidas en la utilidad o prdida neta del periodo en el cual se generan.

Una utilidad podra generarse en el reconocimiento inicial de un activo biolgico, por ejemplo, 32 cuando nace un becerro cuyo valor razonable, menos costos estimados de punto de venta, es de $100, el efecto neto en resultados alojado en la cuenta de "cambios en el valor razonable de activos biolgicos" ser de $100. Una prdida podra generarse en el reconocimiento inicial de un activo biolgico, debido a que los costos estimados de punto de venta se deducen del valor razonable de un activo biolgico.

Una utilidad o prdida generada en el reconocimiento inicial de un producto agrcola al valor 33 razonable menos los costos estimados de punto de venta, debe ser incluida en la utilidad o prdida neta del periodo en la cual se genera.

Los traspasos de activos biolgicos a productos agrcolas en el momento de la cosecha deben ser 34 registrados a su valor razonable menos costos estimados de punto de venta.

Valuacin posterior de los activos biolgicos

Una utilidad o prdida derivada de un cambio en el valor razonable menos los costos estimados 35 de punto de venta de un activo biolgico, debe ser incluida en la utilidad o prdida neta del periodo en el cual se genera. Este cambio en el valor razonable menos los costos estimados de punto de venta se debe tanto a un cambio en precios como a un cambio en unidades, o la combinacin de ambos. Cuando existan efectos de inflacin, la utilidad o prdida mencionadas debe reconocerse neta de los efectos inflacionarios. En otras palabras esta utilidad o prdida es determinada por la comparacin de los valores razonables de los activos biolgicos en pesos de un mismo poder adquisitivo.

La diferencia de las valuaciones posteriores a valor razonable menos costos estimados de punto de 36 venta comparada con los valores previos del activo biolgico, ajustados en su caso por la inflacin, se registra en resultados. Por ejemplo en el caso del prrafo 32 el activo biolgico con un reconocimiento previo de $100, y un nuevo valor razonable menos sus costos estimados de punto de venta de $108 y una inflacin del periodo de 10%, el efecto neto de la variacin en el valor razonable menos costos de punto de venta en resultados ser de -$2.

Incapacidad de determinar el valor razonable en forma confiable, verificable y objetiva

Hay una presuncin de que el valor razonable para un activo biolgico puede ser determinado 37 en forma confiable, verificable y objetiva; sin embargo, esta presuncin puede ser refutada nicamente en el reconocimiento inicial de un activo biolgico, para el cual, los precios o valores determinados por el mercado no estn disponibles y las estimaciones alternativas del valor razonable no son confiables y objetivas claramente. En tal caso, ese activo biolgico debe ser valuado a su costo menos su depreciacin y prdidas por deterioro acumuladas (demrito). Una vez que el valor razonable de tal activo biolgico llega a ser determinado (en cualquier momento del proceso) en forma confiable, verificable y objetivamente, una entidad debe valuarlo a su valor razonable menos los costos estimados de punto de venta, a partir de ese momento.

La presuncin del prrafo anterior puede ser refutada slo en el reconocimiento inicial. Una entidad 38 que previamente ha valuado sus activos biolgicos a su valor razonable menos los costos estimados de punto de venta, contina valuando el activo biolgico a su valor razonable menos los costos estimados de punto de venta hasta su disposicin.

En todos los casos una entidad vala el producto agrcola en el momento de su cosecha a su valor 39 razonable menos los costos estimados de punto de venta. Este Boletn, refleja el punto de vista de que el valor razonable del producto agrcola en el momento de la cosecha, puede ser determinado en forma confiable, verificable y objetiva.

En la determinacin del costo y de la depreciacin y prdidas por deterioro acumuladas, una entidad 40 considera los Boletines C-4, Inventarios, C-6, Inmuebles, maquinaria y equipo y, C-15, Deterioro en el valor de los activos de larga duracin y su disposicin.

Subsidios gubernamentales

Un subsidio gubernamental incondicional relativo a un activo biolgico valuado a su valor 41 razonable menos los costos estimados de punto de venta debe ser reconocido como ingreso nicamente cuando el subsidio gubernamental se convierte en exigible.

Si un subsidio gubernamental relativo a un activo biolgico valuado a su valor razonable, menos 42 los costos estimados de punto de venta, es condicional, incluido el caso donde el subsidio gubernamental requiera a una entidad que no desarrolle una actividad agrcola especfica, una entidad debe reconocer el subsidio gubernamental como ingreso nicamente cuando las condiciones para recibir el subsidio gubernamental se cumplan y ste sea exigible.

Los trminos y condiciones de los subsidios gubernamentales varan. Por ejemplo, un subsidio 43 gubernamental podra requerir a una entidad que cultive en una locacin particular por cinco aos y podra requerir que la entidad regrese todo el subsidio gubernamental si cultiva por menos de cinco aos. En este caso, el subsidio gubernamental slo es reconocido como ingreso hasta que hayan pasado los cinco aos y ste se convierta en exigible. Sin embargo, si el subsidio gubernamental permite que parte del subsidio sea ganado basndose en el tiempo transcurrido, la entidad reconoce el subsidio gubernamental como ingreso con base en ese tiempo.

Si un subsidio gubernamental se refiere a un activo biolgico valuado a su costo menos 44 depreciacin y prdidas por deterioro acumuladas (vase prrafo 37) la NIC-20, Contabilizacin de las subvenciones del Gobierno e informacin a revelar sobre ayudas gubernamentales, se debe aplicar en forma supletoria de acuerdo a lo establecido por la Circular 49, Normas internacionales de contabilidad de aplicacin supletoria de carcter obligatorio.

Esta Norma, requiere un tratamiento diferente de la NIC-20, si un subsidio gubernamental se refiere a 45 un activo biolgico valuado a su valor razonable menos los costos estimados de punto de venta o a un subsidio gubernamental que requiera a una entidad no participar en una actividad agrcola especfica.

Si el subsidio gubernamental se otorga para una inversin no condicionada a largo plazo, el 46 mismo se debe registrar como una cuenta complementaria de activo, el cual se amortizar en la misma medida que dicha inversin. Si el subsidio est condicionado a un periodo determinado, ste ser la base para el clculo de la amortizacin.

REGLAS DE PRESENTACIN Y REVELACIN

Presentacin

Una entidad debe presentar por separado el valor en libros de sus activos biolgicos en el 47 cuerpo de su balance general, en el activo circulante o no circulante, dependiendo de su disponibilidad y del ciclo del negocio. La integracin de los activos biolgicos puede presentarse en el balance general o en nota por separado.

Revelacin

General

Una entidad debe revelar la ganancia o prdida acumulada generada durante el periodo 48 corriente por el reconocimiento inicial de activos biolgicos y productos agrcolas y adems, por separado, el cambio en el valor razonable menos los costos de punto de venta de los activos biolgicos.

Una entidad debe proporcionar una descripcin de cada grupo de activos biolgicos.

49

La revelacin requerida por el prrafo anterior podra tomar la forma de una descripcin narrativa o 50 cuantificada.

Se recomienda que una entidad provea una descripcin cuantificada de cada grupo de activos 51 biolgicos, distinguiendo entre activos biolgicos consumibles o regenerables o entre activos biolgicos maduros o inmaduros, como sea apropiado. Por ejemplo, una entidad podra revelar el valor en libros de activos biolgicos consumibles o regenerables por grupos, posteriormente podra dividir estos valores, en activos maduros o inmaduros. Estas distinciones proporcionan informacin que podra ser til al evaluar cundo se darn los flujos de efectivo futuros. Una entidad revela la base para hacer cualquiera de estas distinciones.

Los activos biolgicos consumibles son aquellos que deben ser cosechados como producto agrcola o 52 vendidos como activos biolgicos. Ejemplos de activos biolgicos consumibles son el ganado destinado a la produccin de carne, el ganado mantenido para venta, cultivo de peces, cultivos como el maz y el trigo y, rboles en crecimiento para la obtencin de madera. Los activos biolgicos regenerables son aquellos distintos a los activos biolgicos consumibles; por ejemplo, ganado para la produccin de leche, viedos, rboles frutales y rboles que puedan ser podados para la obtencin de madera mientras que el rbol subsiste. Los activos biolgicos regenerables no son un producto agrcola.

Los activos biolgicos maduros son aquellos que han llegado a especificaciones de cosecha (para 53 activos biolgicos consumibles) o son capaces de ser cosechados regularmente (para activos biolgicos regenerables).

Una entidad debe revelar:

54

1) La naturaleza de sus actividades relacionadas con cada grupo de activos biolgicos. 2) La medicin o estimacin no financieras de las cantidades fsicas de:

a) Cada grupo de los activos biolgicos de la entidad al final del periodo. b) El rendimiento de producto agrcola durante el periodo.

Una entidad debe revelar los mtodos y supuestos significativos aplicados para determinar el 55 valor razonable de cada grupo de producto agrcola en el momento de la cosecha y cada grupo de activos biolgicos.

Una entidad debe revelar el valor razonable menos los costos estimados de punto de venta de los 56 productos agrcolas cosechados durante el periodo, determinado en el momento de la cosecha.

Una entidad debe revelar:

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a) La existencia y valor en libros de activos biolgicos cuya propiedad est restringida, y el valor en libros de los activos biolgicos dados en garanta de pasivos. b) El monto de compromisos para el desarrollo o adquisicin de activos biolgicos. c) Las estrategias de administracin del riesgo financiero relativas a la actividad agrcola. d) Las coberturas de seguros.

Una entidad debe presentar una conciliacin de los cambios en el valor en libros de los activos 58 biolgicos entre el inicio y el final del periodo actual. Informacin comparativa no es requerida. La conciliacin en pesos de un mismo poder adquisitivo debe incluir:

a) La ganancia o prdida generada por cambios en el valor razonable menos costos estimados de punto de venta tanto atribuibles a cambios en precios como en unidades. b) Incrementos por compras. c) Disminuciones por ventas.

d) Disminuciones por cosecha. e) Incrementos como resultado de combinaciones de negocios. f) Otros cambios.

El valor razonable menos los costos estimados de punto de venta de un activo biolgico pueden 59 cambiar debido tanto a cambios fsicos como a cambios de precios en el mercado. Una revelacin separada de los cambios fsicos y en precios es til para evaluar el desempeo del periodo corriente y expectativas a futuro, particularmente, cuando el ciclo de produccin es mayor a un ao. En estos casos, se recomienda a la entidad revelar, por grupo o de otra manera, el monto del cambio en el valor razonable menos los costos estimados de punto de venta incluido en la utilidad o prdida neta ocasionados por cambios fsicos y aquellos ocasionados por cambios de precios. Esta informacin generalmente es menos til cuando el ciclo de produccin es menor a un ao (por ejemplo, la engorda de pollos o los cultivos de cereales).

La transformacin biolgica resulta en varias formas de cambio fsico: crecimiento, degeneracin, 60 produccin y procreacin, cada una de las cuales es observable y medible. Cada uno de esos cambios fsicos tiene una relacin directa con los beneficios econmicos futuros. Un cambio en el valor razonable de un activo biolgico debido a la cosecha es tambin un cambio fsico.

La actividad agrcola est a menudo expuesta al clima, enfermedades y otros riesgos naturales. Si un 61 evento ocurre, que debido a su tamao, naturaleza, o incidencia es relevante para entender el desempeo de la entidad en el periodo, la naturaleza y el monto de los rubros relacionados de ingreso y gasto se revela de acuerdo con el Boletn A-7, Comparabilidad. Algunos ejemplos son; la presencia de una epidemia, inundaciones, sequas, heladas o nevadas severas y plagas de insectos.

Debido a que en un esquema de valor razonable reviste vital importancia el conocer el flujo de 62 efectivo, una entidad debe revelar como parte de las notas a los estados financieros los conceptos que integran el flujo de efectivo cuantificados en pesos nominales.

Revelaciones adicionales para activos biolgicos cuando el valor razonable no puede ser determinado en forma confiable, verificable y objetivamente

Si una entidad vala sus activos biolgicos al costo, menos depreciacin y prdida por deterioro 63 acumuladas (vase prrafo 37) al final del periodo, la entidad debe revelar:

a) Una descripcin de los activos biolgicos. b) Una explicacin del porqu el valor razonable no puede ser determinado de manera confiable, verificable y objetiva. c) Si es posible, el rango de las estimaciones dentro de las que el valor razonable es ms probable que se encuentre.

d) El mtodo de depreciacin utilizado. e) Las vidas tiles o las tasas de depreciacin utilizadas. f) El valor en libros bruto y la depreciacin acumulada (adicionada con las prdidas por deterioro acumuladas) al principio y al final del periodo.

Si durante el ejercicio corriente, una entidad vala sus activos biolgicos al costo menos 64 depreciacin y prdida por deterioro acumuladas (vase prrafo 37) debe revelar cualquier ganancia o prdida reconocida en la disposicin de tales activos biolgicos, y la conciliacin requerida por el prrafo 58, debe revelar los importes relativos a tales activos biolgicos por separado. En adicin, la conciliacin debe incluir los siguientes importes incorporados en las ganancias o prdidas netas relativas a esos activos biolgicos:

a) Las prdidas por deterioro. b) Reversiones a las prdidas por deterioro. c) La depreciacin.

Si el valor razonable de los activos biolgicos previamente valuados al costo, menos 65 depreciacin y prdida acumuladas se puede llegar a determinar en forma confiable, verificable y objetiva, durante el periodo corriente, una entidad debe revelar:

a) Una descripcin de los activos biolgicos. b) Una explicacin del porqu el valor razonable ha llegado a ser determinado en forma confiable, verificable y objetiva. c) El efecto del cambio.

Subsidios gubernamentales

Una entidad debe revelar lo siguiente, relativo a la actividad agrcola cubierta por este Boletn:

66

a) La naturaleza y extensin de los subsidios gubernamentales reconocidos en los estados financieros. b) Condiciones no satisfechas y otras contingencias relativas a los subsidios gubernamentales. c) La expectativa de decrementos significativos en el nivel de subsidios gubernamentales.

VIGENCIA

Este Boletn tendr vigencia para los estados financieros que cubran periodos contables que 67 comiencen en o despus del 1 de enero del ao 2003. Se recomienda su aplicacin anticipada. Si alguna entidad aplica este Boletn en periodos que comiencen antes del 1 de enero del ao 2003, debe revelarlo.

Este Boletn no establece disposicin transitoria alguna. La adopcin de este Boletn debe ser 68 reconocida tomando en cuenta el Boletn A-7, Comparabilidad.

APNDICE A Ejemplo ilustrativo

Estos Apndices no forman parte integrante de la norma contenida en este Boletn, son ilustrativos acerca de la aplicacin de la misma, con la finalidad de ayudar a clarificar su significado, en cualquier caso las exigencias de la norma prevalecen sobre las soluciones dadas en los ejemplos.

La actividad de las industrias agropecuarias se evala como sigue:

Notas a los Estados Financieros

Miles de pesos de poder adquisitivo del 31 de diciembre de 20X1, excepto donde se indique que son pesos nominales

1. Actividad de la Compaa

Grupo Lechero, S.A. de C.V.("la Compaa") tiene su principal actividad en la produccin de leche para abastecer a varios clientes. Al 31 de diciembre de 20X1, la Compaa tiene 419 cabezas de ganado vacuno para la produccin de leche (activo maduro) y 137 becerras que se dedicarn a la produccin de leche en el futuro (activos inmaduros).

La Compaa produjo 157,584 litros de leche con un valor razonable menos costos estimados de punto de venta de 518,240 (que es determinado en la fecha de ordea) en el ao que termin el 31 de diciembre de 20X1.

2. Polticas contables

El ganado vacuno es valuado al valor razonable menos los costos estimados de punto de venta. El valor razonable del ganado vacuno es determinado sobre la base del precio de mercado de ganado similar en edad, raza y caractersticas genticas.

La leche es inicialmente valuada al valor razonable menos los costos estimados de punto de venta en el momento de su ordea. El valor razonable de la leche es determinado basndose en el precio de mercado que se tiene en la regin.

3. Activos Biolgicos

Conciliacin de importes de ganado vacuno

4. Estrategias de la administracin del riesgo financiero

La Compaa est expuesta a riesgos financieros generados por cambios en el precio de la leche. La Compaa no prev que el precio de la leche disminuya significativamente en el futuro predecible y por lo tanto no ha entrado en ninguna contrato de derivados financieros u otro contrato que administre el riesgo por la baja del precio de la leche.

La Compaa revisa frecuentemente los precios de la leche para evaluar la necesidad de tener un activo financiero que administre el riesgo.

5. Flujo de efectivo

El flujo de efectivo expresado en miles de pesos nominales durante el ao que termin el 31 de diciembre de 20X1 fue como sigue:

APNDICE B - Bases para conclusiones

Introduccin

Este Apndice fue preparado originalmente por el Grupo de Trabajo del IASC sin haberse A1 aprobado por el Comit del IASC y se han incorporado comentarios para considerar las condiciones del entorno Mexicano por la Comisin de Principios de Contabilidad (CPC). Este Apndice resume las conclusiones y acuerdos de la CPC para los siguientes temas:

a) Inicio y propuesta de un Boletn de Agricultura basado en la Norma Internacional de Contabilidad sobre agricultura (NIC 41).

b) Aceptacin o rechazo sobre ciertos puntos de vista alternativos. c) Reconocimiento de la Norma en el entorno Mexicano.

Los miembros del Comit de IASC y de la CPC en lo individual otorgan mayor peso a algunos factores que a otros.

El Boletn E-1 Agricultura (actividades agropecuarias), fue emitido por la CPC en calidad de A2 documento para auscultacin en separata normativa de mayo de 2002, con fecha lmite para recibir comentarios al 31 de agosto de 2002. La CPC agreg dicho proyecto a su agenda en 2001. La CPC sujet los comentarios recibidos durante el periodo de auscultacin, para emitir el presente Boletn y alcanzar las siguientes conclusiones.

El Boletn deja sin efecto la aplicacin supletoria de la NIC 41, Agricultura, de acuerdo a lo A3 establecido en el Boletn A-8 Comparabilidad.

La CPC recibi varias cartas de comentarios durante el periodo de auscultacin. Durante 2001 A4 y 2002, la CPC ha sostenido una serie de debates en foros de discusin, respecto a una diversidad de temas representativos recogidos en las cartas de comentarios del Boletn propuesto y sobre asuntos surgidos en las mesas de debate, observando un nmero ilimitado de posiciones a favor y en contra. La CPC empez sus deliberaciones de dichos temas en el cuarto trimestre de 2001.

Consideraciones de la CPC

En virtud de la publicacin oficial de la NIC 41, Agricultura, as como de la importancia de esta A5 actividad, a principios de 2001, la CPC decidi estudiar la norma para adaptarla al contexto mexicano en lugar de utilizarla nicamente por supletoriedad.

El primer aspecto que se tuvo que estudiar fue el relativo al modelo de valor razonable que se A6 introduce en la NIC 41 como columna vertebral de su contenido. En nuestros principios contables bsicos el modelo de valor razonable no est tcitamente contemplado y la mayora de nuestros Boletines y Circulares estn enfocados a la contabilidad basada en el modelo tradicional del costo histrico.

Las consideraciones que se hacen en este Apndice en relacin con el modelo de valor razonable A7 aplicado especficamente a la actividad agrcola y que fueron motivo de un anlisis profundo y de varios aos por parte del IASC, son lo suficientemente slidas para soportar que el valor razonable es la mejor alternativa para valuar los activos biolgicos y los productos agrcolas al momento de la cosecha, todo dentro del campo de la actividad agrcola.

Los distintos cuestionamientos que se presentan en este Apndice sobre el modelo de valor razonable A8 fueron analizados por la CPC y las conclusiones finales coincidieron con las del Consejo del IASC, mismos que se detallan en este Apndice.

En relacin con los dems temas tratados, tales como la necesidad de una norma sobre agricultura, A9 alcance de la misma, valor razonable contra valor en libros, tratamiento de los costos de punto de venta, jerarqua para determinar el valor razonable, imposibilidad de determinar el valor razonable en forma confiable, y otros que se describen ms adelante en este Apndice, la CPC coincidi tambin con las decisiones del Consejo del IASC y se aboc a desarrollar el Boletn sobre agricultura lo ms apegado posible a la NIC 41, ya que no se encontraron situaciones en las que debiera haber divergencias.

Obviamente, la NIC 41 no contempla la situacin particular en que se tenga que reconocer los efectos A10 de la inflacin en la informacin financiera, por lo que la CPC consider necesario incorporar reglas particulares para reconocer estos efectos dentro del esquema de valor razonable.

En el Boletn de la CPC qued establecido que cuando se tengan que reconocer los efectos de la A11 inflacin, los cambios en el valor razonable de los activos biolgicos y productos agrcolas al momento de la cosecha, deben expresarse en pesos constantes del mismo poder adquisitivo y se dan las bases para sustentar esta posicin.

Antecedentes

En 1994, el Consejo del IASC (el "Consejo") decidi desarrollar una Norma Internacional de B1 Contabilidad sobre agricultura y design un Comit de Ejecucin (Steering Committee) para ayudar a definir los temas de discusin y desarrollar posibles soluciones. En 1996, el Comit de Ejecucin public un Borrador de Boletn de Principios Bsicos ("BPB") estableciendo los temas, alternativas y las propuestas del Comit de Ejecucin para resolver los tpicos e invitar al comentario pblico. En respuesta, 42 cartas con comentarios fueron recibidas. El Comit de Ejecucin analiz los comentarios recibidos, y revis algunas de sus recomendaciones y las someti al Consejo.

En julio de 1999, el Consejo aprob el Borrador para Discusin E65, Agricultura, con una fecha B2 lmite para recibir comentarios del 31 de enero de 2000. El Consejo recibi 62 cartas con comentarios sobre el E65. Estas provinieron de varias organizaciones internacionales as como de 28 pases individuales. En abril de 2000, el Grupo de Trabajo del IASC envi un cuestionario a empresas que se encargaban de actividades agrcolas en un intento por determinar la aplicacin prctica de la valuacin a valor razonable propuesta en el E65 y recibieron 20 respuestas de 11 pases. En diciembre de 2000, despus de considerar los comentarios sobre el E65 y las respuestas al cuestionario, el Consejo aprob la NIC 41, Agricultura (la "Norma").

La Necesidad de una Norma Internacional de Contabilidad sobre Agricultura

Un objetivo principal del IASC es el desarrollo de Normas Internacionales de Contabilidad que sean B3 relevantes en los estados financieros de uso general para todos los negocios. Mientras que la mayora de las Normas Internacionales de Contabilidad aplican a empresas en todas las actividades, algunas Normas Internacionales de Contabilidad; por ejemplo, la NIC 30, Revelaciones en los Estados Financieros de Bancos e Instituciones Financieras Similares, y la NIC 40, Propiedades de Inversin, tratan temas que surgen de actividades particulares. El IASC tambin se ha encargado de proyectos de industria especficos sobre seguros e industrias extractivas.

Los diferentes criterios de contabilizacin para actividades agrcolas son debido a que:

B4

a) Antes del desarrollo de la Norma, activos relacionados con actividades agrcolas y cambios en dichos activos fueron excluidos del alcance de las Normas Internacionales de Contabilidad:

i) La NIC 2, Inventarios, exclua "inventarios de productores de ganado, agricultura y productos forestales... de manera tal que son valuados a su valor neto de realizacin de acuerdo con las mejores prcticas establecidas para ciertas industrias"; ii) La NIC 16, Propiedades, Planta y Equipo, no aplicaba para "bosques y recursos naturales renovable similares"; iii) La NIC 18, Ingresos, no trataba ingresos generados por "incrementos naturales en rebaos, y productos agrcolas y forestales"; y iv) La NIC 40, Propiedades de Inversin, no aplicaba a "bosques y recursos naturales renovables similares";

b) Las guas de contabilidad para actividades agrcolas elaboradas por cuerpos normativos nacionales han sido en general, desarrolladas para resolver temas especficos relacionados con una forma de actividad agrcola significativa para ese pas; y c) La naturaleza de la actividad agrcola crea incertidumbre o conflicto durante la aplicacin de modelos de contabilidad tradicional, particularmente debido a que los eventos crticos asociados con la transformacin de activos biolgicos (crecimiento, degeneracin, produccin y procreacin) que alteran la sustancia de los activos biolgicos son difciles de tratar dentro de un modelo contable basado en costo histrico y su realizacin.

La mayora de las organizaciones de negocios involucradas en actividades agrcolas son pequeas, B5 independientes, enfocadas a efectivo e impuestos, operadas como unidades de negocio familiar, a menudo percibidas como que no requieren producir estados financieros para propsitos generales. Algunos creen que debido a esto una Norma Internacional de Contabilidad no tendra una aplicacin muy extensa. Sin embargo, aun empresas pequeas de agricultura buscarn capital y subsidios, particularmente de bancos y agencias gubernamentales, y esos proveedores de capital requerirn de modo creciente estados financieros. Ms an, una tendencia internacional hacia la desregulacin, un incremento en el nmero de compaas listadas internacionalmente y mayores inversiones, han resultado en incrementos en la escala, alcance y comercializacin de la actividad agrcola. Esto ha creado una gran necesidad de estados financieros basados sobre principios de contabilidad slidos y generalmente aceptados. Por las razones arriba mencionadas, en 1994 el Consejo agreg a su agenda un proyecto sobre agricultura.

El BPB especficamente solicit puntos de vista sobre la factibilidad de desarrollar una Norma B6 Internacional de Contabilidad integral sobre agricultura. Algunos comentarios recibidos indicaban que la diversidad de actividades agrcolas dificulta el desarrollo de una Norma Internacional de Contabilidad nica, sobre la contabilizacin de todas las actividades agrcolas. Otros mencionaban que diferentes principios deben aplicarse a las actividades agrcolas con ciclos de produccin cortos y largos. Algunos citaban la necesidad de desarrollar una Norma Internacional de Contabilidad que fuera sencilla y de amplia aplicacin. Comentarios sobre el BPB tambin indicaban que la agricultura es una industria significativa en muchos pases, particularmente en desarrollo y recientemente industrializados. En muchos de dichos pases es la industria ms importante.

Despus de considerar los comentarios sobre el BPB, el Consejo reafirm su conclusin de que una B7 Norma Internacional de Contabilidad es necesaria. El Consejo cree que los principios establecidos en la Norma son de amplia aplicacin y proveen un claro conjunto de principios.

Alcance

La Norma prescribe, entre otras cosas, el tratamiento contable para los activos biolgicos y la B8 valuacin inicial de los productos agrcolas cosechados de activos biolgicos de una empresa al momento de la cosecha. Sin embargo, la Norma no trata el proceso del producto agrcola despus de la cosecha, dado que el Consejo no consider apropiado comprometerse a una revisin parcial de la NIC 2, Inventarios, la cual trata el tratamiento contable para inventarios bajo el sistema de costo histrico. El proceso despus de la cosecha se contabiliza bajo la NIC 2 u otra Norma Internacional de Contabilidad aplicable (por ejemplo, si una empresa cosecha troncos y decide usarlos para construir su propio edificio, la NIC 16, Propiedades, Planta y Equipo, se aplica en la contabilizacin de los troncos).

Algunos pueden pensar que dicho proceso es una actividad agrcola, particularmente si es efectuada B9 por la misma empresa que desarroll el producto agrcola (por ejemplo, el proceso de transformar las uvas en vino por una vitivincola que hizo crecer las uvas). A pesar de que dicho proceso puede ser una extensin lgica y natural de la actividad agrcola, y los eventos que tomaron lugar pueden producir alguna similitud a la transformacin biolgica, dichos procesos no se incluyen dentro de la definicin de actividad agrcola en la Norma.

En particular, el Consejo consider el incluir circunstancias donde hay un largo proceso de B10 aejamiento o de maduracin despus de la cosecha (por ejemplo, para la produccin de vino de uvas y la produccin de queso de leche) en el alcance de la Norma. Aqullos que creen que la Norma debe cubrir dichos procesos argumentan que:

a) Tan largo proceso de aejamiento o maduracin es similar a la transformacin biolgica y fundamental para evaluar el desempeo de una empresa; y

b) Muchas empresas de agricultura estn integradas verticalmente e involucradas, por ejemplo, en la produccin tanto de uvas como de vino.

El Consejo decidi no incluir dichas circunstancias en el alcance de la Norma debido a la B11 preocupacin acerca de las dificultades en su diferenciacin con otros procesos de manufactura (tales como la conversin de materias primas en inventarios para venta como se define en la NIC 2). El Consejo concluy que los requerimientos de la NIC 2 u otra Norma Internacional de Contabilidad seran apropiados para la contabilizacin de dichos procesos.

El Consejo tambin consider el tratar contratos por la venta de un activo biolgico o productos B12 agrcolas y, subsidios gubernamentales relativos a actividades agrcolas, en la Norma. Estos puntos son discutidos ms adelante (vase prrafos B47-54 y B63-73).

Valuacin

Activos Biolgicos

Valor Razonable contra Valor en Libros

El Boletn requiere que las entidades utilicen el mtodo de valor razonable en la determinacin de los B13 activos biolgicos referentes a la actividad agrcola, como fue propuesto en el Borrador de Principios y en el Boletn para Auscultacin E65, excepto en los casos en los que el valor razonable no pueda ser determinado en forma confiable.

Aquellos que apoyan el mtodo del valor razonable, argumentan que los efectos de los cambios que B14 surgen por la transformacin biolgica son reflejados de mejor forma al referirlos a cambios en el valor razonable de los activos biolgicos. Consideran que los cambios en el valor razonable de los activos biolgicos tienen una relacin directa con los cambios en las expectativas de beneficios econmicos futuros para las entidades.

Los que apoyan el mtodo del valor razonable tambin expresan que las transacciones econmicas B15 que se presentan al afectar la transformacin biolgica, a menudo slo tienen una dbil relacin con la transformacin biolgica en s y, por lo tanto, slo una relacin distante con los beneficios econmicos futuros esperados. Por ejemplo, tendencias de crecimiento en una plantacin forestal directamente afectan las expectativas de beneficios econmicos futuros, pero difieren marcadamente, en tiempos, de las tendencias de los costos incurridos. Ningn ingreso puede ser registrado hasta que se presente la primera cosecha y venta (quiz en 30 aos) en una entidad dedicada a la plantacin forestal, utilizando un mtodo de costos basado en las transacciones histricas registradas. En contraste, el ingreso es estimado y registrado a travs de este periodo, hasta la cosecha inicial, si se utiliza un mtodo de contabilidad que reconozca y determine el crecimiento biolgico utilizando valores razonables.

Es ms, aquellos que apoyan la determinacin del valor razonable exponen diferentes B16 argumentos para concluir que el valor razonable tiene mayor relevancia, confiabilidad, comparabilidad y entendimiento, como medida de los beneficios econmicos esperados de los

activos biolgicos, que el mtodo de costos histricos, incluyendo:

a) Muchos activos biolgicos son negociados en mercados activos con precios de mercado observables. Los mercados especializados para estos activos proporcionan una medida confiable de las expectativas del mercado de los beneficios econmicos futuros. La existencia de tales mercados incrementa significativamente la confiabilidad del valor de mercado como un indicador del valor razonable; b) La determinacin del costo de los activos biolgicos es algunas veces menos confiable que la determinacin del valor razonable, debido a que en productos que se obtienen en conjunto, sus costos pueden crear situaciones en las que la relacin entre los ingresos y gastos no est bien definida, llevando a asignaciones de costos complejas y arbitrarias entre los diferentes productos de la transformacin biolgica. Tales asignaciones pueden ser an ms arbitrarias si los activos biolgicos generan nuevos activos biolgicos que tambin son utilizados en la propia actividad agrcola de la entidad; c) Ciclos de produccin relativamente largos y continuos, con volatilidad tanto en la produccin como en el entorno del mercado, llevan a que el periodo contable a menudo no refleje la totalidad del ciclo. Por lo tanto, las mediciones al final del periodo (opuestas a la fecha de la transaccin) adquieren un mayor significado al mostrar la determinacin del desempeo o posicin financiera del periodo en curso. Mientras menor sea la relevancia de la actual cosecha en relacin con la transformacin biolgica total, es mayor la importancia de las determinaciones al final del periodo de los activos en cambio (crecimiento o degeneracin). En ciclos con alta rotacin y corta duracin relativas y en sistemas con controles agrcolas precisos (por ejemplo, granjas de pollos o produccin de hongos) en los que la mayora de la transformacin biolgica y cosecha se presentan dentro del ao, la relacin entre los costos y los beneficios econmicos futuros se presentan ms estables. Esta aparente estabilidad no altera la relacin entre el precio de mercado actual y los beneficios econmicos futuros, pero hace que la diferencia entre los mtodos de valuacin sea menos importante; y d) Diferentes fuentes para el reemplazo de animales y plantas (produccin propia o adquisicin) provocan registros diferenciados en el mtodo de costos histricos. Activos similares daran lugar a expectativas similares de los beneficios futuros. Una mayor comparabilidad y entendimiento resulta cuando activos similares son estimados y reportados utilizando la misma base.

Aquellos que se oponen a la valuacin de los activos biolgicos a su valor razonable consideran que B17 hay una mayor confiabilidad en el mtodo de costo, porque los costos histricos son el resultado de transacciones entre partes dispuestas y enteradas y, por tanto, otorgan evidencia del valor en los mercados abiertos a una fecha determinada, misma que es independientemente verificable. An ms, piensan que el valor razonable algunas veces no es confiable y que los usuarios de la informacin financiera pueden ser confundidos con la presentacin de nmeros que se muestran como correspondientes a un valor razonable, pero que estn basados en supuestos subjetivos y no verificables. La informacin correspondiente al valor razonable puede ser proporcionada en forma distinta a una sola cifra en los estados financieros. Piensan que la visin de la norma es demasiada amplia. Tambin argumentan que:

a) Los precios del mercado a menudo son voltiles y cclicos y no son adecuados como una base de valuacin;

b) Puede ser costoso requerir una valuacin razonable a cada fecha de balance, especialmente si se necesitan reportes a fechas intermedias;

c) El criterio del costo histrico est muy bien establecido y es de uso comn. El uso de cualquier otra base debera ser acompaado de un cambio en la Estructura de las Normas Internacionales de Contabilidad relativas a la Preparacin y Presentacin de los Estados Financieros (la "Estructura"). Por consistencia con otras Normas Internacionales de Contabilidad y otras actividades, los activos biolgicos deben ser valuados a su costo;

d) La valuacin a travs de los costos proporciona una medicin ms objetiva y consistente;

e) Puede ser que no existan mercados activos para algunos activos biolgicos en diversos pases. En tales casos, el valor razonable no puede ser estimado confiablemente, especialmente durante el periodo de crecimiento, como es el caso de un activo biolgico que tiene un largo periodo de crecimiento (por ejemplo los rboles en una plantacin forestal);

f) Las estimaciones del valor razonable provocan el reconocimiento de utilidades y prdidas no realizadas y contradicen principios en las Normas Internacionales de Contabilidad relativas al reconocimiento de los ingresos; y

g) Los precios de mercado a la fecha de elaboracin del balance pueden no guardar una relacin estrecha con los precios a los que esos activos sern vendidos y, tambin, que muchos activos biolgicos no se mantienen para su venta.

La "Estructura" es neutral respecto de la eleccin en la base de valuacin, identificando que diferentes B18 bases son empleadas en distinto grado y en varias combinaciones, a pesar de que enfatiza que el costo histrico es el ms comnmente utilizado. Las alternativas especficamente identificadas son costo histrico, costo corriente, valor de realizacin y valor presente. Precedentes para la estimacin a valor razonable existen en otras Normas Internacionales de Contabilidad.

El Consejo concluy que la Norma podra requerir el modelo de valor razonable para los B19 activos biolgicos relacionados con la actividad agrcola, en atencin a la naturaleza nica y caractersticas de la actividad agrcola. No obstante, el Consejo tambin concluy que, en algunos casos, el valor razonable no puede ser medido de manera confiable. Algunas respuestas al cuestionario, as como algunos comentaristas al Boletn para Auscultacin E65, expresaron una preocupacin significativa en relacin a la confiabilidad de la estimacin del valor razonable para algunos activos biolgicos, argumentando que:

a) No existen mercados activos para algunos activos biolgicos, en particular para aquellos con largos periodos de crecimiento; b) El valor presente de los flujos de efectivo esperados es frecuentemente una medicin poco confiable del valor razonable debido a la necesidad y el uso de supuestos subjetivos (por ejemplo, el del clima); y c) El valor razonable no puede ser medido de manera confiable antes de la cosecha.

Algunos comentaristas al Boletn para Auscultacin E65 sugirieron que la Norma deba incluir una excepcin de confiabilidad para los casos en los que no exista un mercado activo.

El Consejo decidi que haba la necesidad de incluir una excepcin de confiabilidad para los casos en B20 que los precios determinados por el mercado o los valores no estuvieran disponibles y estimaciones alternativas del valor razonable fueran claramente consideradas de escasa certeza. En esos casos, los activos biolgicos deben ser valuados a su costo menos cualquier depreciacin acumulada y cualquier prdida por deterioro de activos acumulada. Al determinar el costo, la depreciacin acumulada y la prdida por deterioro de activos acumulada, una empresa considera las NIC 2, Inventarios, NIC 16, Propiedades, Planta y Equipo y la NIC 36, Deterioro de Activos.

El Consejo rechaz un tratamiento de punto de referencia para el valor razonable y permitir B21 como tratamiento alternativo el costo histrico, debido a la mayor comparabilidad y entendimiento obtenidos por el enfoque obligatorio del valor razonable en presencia de mercados activos. El Consejo tampoco est conforme con el uso de alternativas en las Normas Internacionales de Contabilidad.

Tratamiento de los Costos de Punto de Venta

La Norma requiere que los activos biolgicos deban ser medidos a su valor razonable menos los B22 costos estimados de punto de venta. Los costos de punto de venta incluyen las comisiones pagadas a los intermediarios, las cuotas pagadas a las agencias reguladoras y bolsas de transacciones de materias primas e impuestos por transferencia y derechos. Los costos de punto de venta excluyen la transportacin y otros costos necesarios para tener acceso a los mercados. El transporte y otros costos son deducidos en la determinacin del valor razonable (esto es, el valor razonable es el precio de mercado menos el transporte y otros costos necesarios para colocar un activo en un mercado).

El Boletn para Auscultacin E65 propuso que los costos de disposicin, previos a la venta, que sern B23 erogados para colocar un activo en el mercado (tales como los costos de transporte) deban ser restados al determinar el valor razonable, si un activo biolgico ser vendido en un mercado activo de otra poblacin. Sin embargo, el Boletn de Auscultacin E65 no especifica el tratamiento para los costos de punto de venta. Algunos comentaristas sugirieron que la Norma debera aclarar el tratamiento para los costos de punto de venta, as como los costos de disposicin previos a la venta.

Algunos argumentan que los costos de punto de venta no deben ser deducidos en el modelo de valor B24 razonable. Ellos expresan que el valor razonable menos los costos estimados de punto de venta podran ser una estimacin sesgada a la consideracin del mercado de los flujos de efectivo futuros, debido a que los costos de punto de venta podran ser reconocidos como un doble gasto, una vez en relacin con la adquisicin inicial de los activos biolgicos y otra vez en relacin con la medicin a valor razonable menos los costos estimados de punto de venta. Esto podra ocurrir an cuando los costos de punto de venta no se erogaran sino hasta un periodo futuro o no fueran pagados en lo absoluto, ya que se puede tratar de un activo biolgico permanente, que no ser vendido.

Por otra parte, algunos consideran que los costos de punto de venta deben ser deducidos en el B25 modelo de valor razonable. Ellos piensan que el costo acumulado de un activo representara los beneficios econmicos que se espera que fluyan del activo. Argumentan que el valor razonable menos los costos estimados de punto de venta pueden representar la estimacin del mercado de los beneficios econmicos que se espera que fluyan a la entidad por los activos mostrados a la fecha del balance. Tambin consideran que un error en la deduccin de los costos de punto de venta podra resultar en un diferimiento de prdidas hasta que se presente la venta.

El Consejo concluy que el valor razonable menos los costos estimados de punto de venta es una B26 valuacin ms relevante de los activos biolgicos, reconociendo que, en particular, un error en la deduccin de los costos de punto de venta puede resultar en que una prdida sea diferida.

Jerarqua para medir el Valor Razonable

La Norma requiere que, si existe un mercado activo para un activo biolgico, el precio de cotizacin B27 en ese mercado es la base apropiada para determinar el valor razonable de ese activo. Si no existe un mercado activo, la compaa usa precios o valores determinados por el mercado (tales como el precio de mercado para transacciones recientes) cuando stos estn disponibles. Sin embargo, puede ser que en ciertas circunstancias, los valores o precios de mercado determinados no estn disponibles para activos biolgicos en su condicin actual. En estos casos, la Norma indica que una compaa debe usar el valor actual de los flujos de efectivo netos esperados del activo.

El E65 propone que, si existe un mercado activo para activos biolgicos, la empresa deber usar el B28 precio de mercado del mercado activo. Si no existe un mercado activo, el E65 propone que la empresa considere otras bases de valuacin tal como el precio de la transaccin ms reciente para el mismo tipo de activo, benchmarks del sector, y el valor presente de los flujos de efectivos netos esperados. El E65 no establece una jerarqua en los casos en donde no existe un mercado activo, es decir, el E65 no indica cul de las bases es la ms adecuada.

El Consejo consider establecer una jerarqua explcita en los casos en los que no existe un mercado B29 activo. Algunos creen que usar los precios o valores determinados por el mercado, por ejemplo el precio de transaccin de mercado ms reciente, sera siempre preferible al valor actual de flujos de efectivo netos esperados. Por otro lado, algunos creen que los precios o valores determinados por el mercado no seran necesariamente los mejores para el valor actual de flujos de efectivo esperados, especialmente cuando una empresa usa precios de mercado para activos similares con ajustes para reflejar diferencias.

El Consejo concluy que una jerarqua detallada no ofrecera la suficiente flexibilidad para manejar B30 de manera apropiada todas las circunstancias que pudieran surgir y por lo tanto decidi no establecer una jerarqua detallada en los casos en los que no exista un mercado activo. Sin embargo, el Consejo decidi establecer que las empresas usen todos los valores o precios determinados por el mercado disponibles, ya que, de otro modo, existe la posibilidad de que stas opten por usar el valor actual de flujos de efectivo netos esperados del activo, aun cuando los valores o precios determinados por el mercado estn disponibles. De las 20 compaas que contestaron al cuestionario, seis usaron el valor actual de flujos de efectivo netos esperados como base para medir el valor razonable y dos compaas indicaron que no era posible medir sus activos biolgicos de manera confiable, ya que el valor presente de los flujos de efectivo netos esperados no sera confiable (debido a que necesitaran usar el valor presente como base).

Cuando una empresa tiene acceso a diferentes mercados, la Norma indica que la empresa debe usar el B31 que le sea ms relevante. Por ejemplo, si una empresa tiene acceso a dos mercados activos, sta usa el precio que exista en el mercado que se pretende usar. Algunos creen que se debe usar el precio ms ventajoso de los mercados a los que se tenga acceso. La Norma propone que la valuacin ms relevante viene de usar el valor de mercado que se pretende usar.

Frecuencia de la Valuacin a Valor Razonable

Algunos concuerdan en que se debe permitir que la valuacin a valor razonable sea menos frecuente B32 para evitar la excesiva carga para las empresas. El Consejo rechaz este enfoque debido a:

a) La continua naturaleza de la transformacin biolgica b) La falta de relacin directa entre las transacciones financieras y los resultados de la transformacin biolgica; y c) La disponibilidad general de obtener valores razonables a un bajo costo.

Valuacin Independiente

Un importante nmero de comentadores del BPD indicaron que, si el valor presente de flujos de B33 efectivo netos esperados se usa para determinar el valor razonable, sera necesaria una valuacin externa independiente. El Consejo rechaz esta propuesta, ya que cree que las valuaciones externas independientes no son usadas comnmente para ciertas actividades agrcolas y que representara una carga adicional el requerir la valuacin externa independiente. El Consejo cree que cada empresa debe decidir la manera para determinar el valor razonable de manera confiable, incluyendo el grado en que se debe involucrar a valuadores independientes.

Imposibilidad de determinar el Valor Razonable en forma confiable

Como se menciona anteriormente, el Consejo decidi incluir una excepcin de confiabilidad en la B34 Norma en los casos en que el valor razonable no pueda ser medido confiablemente en el reconocimiento inicial. La Norma presume que el valor razonable puede ser determinado confiablemente para un activo biolgico. Sin embargo, esa presuncin puede ser refutada slo en el reconocimiento inicial para un activo biolgico para el cual no existan precios o valores determinados por el mercado y para los cuales estimaciones alternativas del valor razonable no sean confiables. En dicho caso, ese activo biolgico debe ser valuado al costo, menos cualquier depreciacin y prdida por deterioro acumuladas. Una vez que el valor razonable de dicho activo biolgico puede ser medido con un alto grado de confiabilidad, la Norma exige que la empresa vale el activo biolgico a su valor razonable menos los costos estimados de punto de venta.

Algunos creen que si la empresa vena utilizando la excepcin de confiabilidad, no se le debiese B35 permitir cambiar a valor razonable (es decir, una empresa debera continuar usando la base de costo). Se argumenta que puede ser subjetivo el decidir cundo el valor razonable se ha vuelto confiable, e incluso esta subjetividad puede llevar a una aplicacin inconsistente y potencialmente a un abuso. Sin embargo, el Consejo not que en la actividad agrcola, es probable que la valuacin a valor razonable sea ms confiable conforme ocurra la transformacin biolgica, y que la valuacin a valor razonable es preferible a la valuacin al costo en esos casos. Por lo tanto, el Consejo decidi exigir que se haga la valuacin a valor razonable una vez que la determinacin de dicho valor se vuelva confiable.

Si una empresa ha valuado anteriormente un activo biolgico a su valor razonable menos los costos de B36 punto de venta estimados, la Norma requiere que la empresa contine valuando el activo biolgico a su valor razonable menos el costo de punto de venta estimado hasta que se disponga del activo. Algunos argumentan que las estimaciones confiables pueden dejar de estar disponibles. El Consejo cree que es muy poco probable que esto suceda. Por lo tanto, decidi prohibir que las empresas cambien su base de valuacin de valor razonable al costo, ya que, de lo contrario, una empresa podra usar la excepcin de confiabilidad como pretexto para dejar de llevar su contabilidad a valor razonable en caso de que el mercado caiga.

Si una empresa usa la excepcin de confiabilidad, la Norma exige revelaciones adicionales. Las B37 revelaciones adicionales incluyen informacin sobre los activos biolgicos que se tengan al final del periodo, tales como la descripcin de los activos y una explicacin de por qu el valor razonable no puede ser determinado confiablemente. Las revelaciones adicionales tambin incluyen la ganancia o prdida reconocida en el periodo que resulte de disponer de los activos biolgicos valuados al costo menos cualquier prdida por deterioro acumulada, aun cuando dichos activos biolgicos ya no se tengan al final del periodo.

Utilidades y prdidas

La Norma requiere que la utilidad o prdida que resulte del reconocimiento inicial de un activo B38 biolgico y de un cambio en el valor razonable, menos los costos estimados de punto de venta de un activo biolgico, sea incluida en la utilidad o prdida neta del periodo en el que ocurran. Aquellos que apoyan este tratamiento argumentan que la transformacin biolgica es un suceso significativo que debera ser incluido en la utilidad o prdida neta ya que:

a) El suceso es fundamental para el entendimiento del desempeo de una empresa; y

b) Es consistente con la base contable de lo devengado.

Algunos comentadores del BPD y E65 argumentan que los cambios al valor razonable deberan ser B39 incluidos directamente en el capital contable a travs del estado de cambios en el capital contable,

hasta su realizacin, debido a que:

a) Los efectos de la transformacin biolgica no pueden ser valuados confiablemente y, por lo tanto, no deberan ser reportados como ingresos;

b) Los cambios en el valor razonable deberan ser incluidos nicamente en la utilidad o prdida neta cuando el proceso de ingresos haya sido completado;

c) El reconocimiento de utilidades y prdidas no realizadas en la utilidad o prdida neta incrementa la volatilidad de los ingresos;

d) Puede ser que los resultados de la transformacin biolgica nunca se realicen, particularmente debido a los riesgos a los que estn expuestos los activos biolgicos, y

e) Es prematuro requerir el reconocimiento de cambios al valor razonable en la utilidad o prdida neta, hasta que se hayan resuelto temas concernientes al reporte de desempeo.

El Consejo rechaz exigir cambios en el valor razonable para incluirse directamente en el capital B40 contable, ya que es difcil encontrar una base conceptual para reportar cualquier porcin de los cambios en el razonable de activos biolgicos relacionados con actividades agrcolas directamente en el capital contable. No se hace ninguna distincin en el marco conceptual entre el reconocimiento en el balance general y el reconocimiento en el estado de resultados.

Productos agrcolas

La Norma requiere que los productos agrcolas cosechados de los activos biolgicos de una empresa, B41 sean valuados a valor razonable, menos los costos de punto de venta estimados al momento de la cosecha. Dicha valuacin es el costo a la fecha en que se aplic la NIC 2, Inventarios, o cualquier otra Norma Internacional de Contabilidad aplicable.

El Consejo observ que la misma base de valuacin deber ser generalmente aplicada a los productos B42 agrcolas en su reconocimiento inicial y para el activo biolgico del cual es cosechado. Esto debido a que el valor razonable de un activo biolgico registra contablemente la condicin del producto agrcola que ser cosechado del activo biolgico. Sera ilgico valuar el producto agrcola al costo, cuando el activo biolgico est valuado a valor razonable. Por ejemplo, el valor razonable de una oveja con media capa de lana variar del de una oveja similar con la capa completa de lana. Sera inconsistente y distorsionara la informacin del desempeo del periodo en curso si, al trasquilar a las ovejas la lana es valuada al costo cuando el valor razonable de la oveja es disminuido por el valor de la lana.

Como se mencion previamente, algunos activos biolgicos son valuados a su costo, menos cualquier B43 depreciacin acumulada y cualquier prdida ocasionada por deterioro del mismo, si la excepcin de confiabilidad es aplicada. Algunos discuten que la excepcin de confiabilidad debera existir para la valuacin de productos agrcolas. El Comit rechaz este punto de vista porque muchos de los argumentos para la excepcin de confiabilidad no aplican para los productos agrcolas. Por ejemplo, es ms comn que existan mercados para productos agrcolas que para activos biolgicos. El Comit tambin observ que no es generalmente prctico determinar confiablemente el costo del producto agrcola cosechado de activos biolgicos.

Con referencia a la valuacin despus de la cosecha, algunos argumentan que los productos agrcolas B44 deberan ser valuados a su valor razonable tanto al momento de la cosecha como a la fecha de cada balance hasta el momento de que sean vendidos, consumidos o de alguna forma desechados. Este enfoque asegurara que todo el producto agrcola de tipo similar sea valuado de igual manera sin importar la fecha de cosecha, aumentando la comparabilidad y consistencia.

El Comit concluy que el valor razonable menos los costos estimados de punto de venta al momento B45 de la cosecha, debe ser el costo a la fecha de aplicar la NIC 2 o cualquier otra NIC aplicable, ya que esto es consistente con el modelo de costo histrico aplicado al proceso manufacturero en general y a otros tipos de inventarios.

Para llegar a la conclusin anterior, el Consejo observ que las empresas involucradas en la actividad B46 agrcola algunas veces compran productos agrcolas para revender, y otras empresas se involucran en la transformacin del producto agrcola comprado en productos consumibles. Si los productos agrcolas fueran valuados a su valor razonable despus de la cosecha, para conservar la consistencia en las cifras se sugerira revaluar los inventarios comprados. Este tratamiento sera inconsistente con la NIC 2. El Consejo no consider apropiado realizar una revisin parcial de la NIC 2.

Contratos de Venta

Las empresas a menudo realizan contratos para vender a una fecha futura sus activos biolgicos o B47 productos agrcolas. La Norma indica que los precios contratados no son necesariamente relevantes para determinar el valor razonable, y que el valor razonable de un activo biolgico o producto agrcola no se ajusta debido a la existencia de un contrato.

La E65 no propuso cmo registrar un contrato para la venta de un activo biolgico o producto B48 agrcola. Algunos comentadores sugieren darles el tratamiento de ventas contratadas, ya que tales ventas contratadas son comunes en ciertas actividades agrcolas. Otros comentadores sealaron que ciertos contratos de ventas no estn contemplados en la NIC 39, Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Valuacin, y que ninguna otra NIC los contempla.

Algunos argumentan que los precios contratados deberan ser usados en la valuacin de los activos B49

biolgicos relacionados cuando una compaa espera liquidar el contrato por entrega y cree que esto podra resultar en la cantidad ms importante del costo del activo biolgico. Otros argumentan que los precios contratados no son necesariamente relevantes en la valuacin de los activos biolgicos a su valor razonable, ya que el valor razonable refleja el valor actual de mercado al que un comprador y un vendedor dispuestos realizaran una transaccin.

El Consejo concluy que los precios contratados no deben ser usados en la valuacin de activos B50 biolgicos relacionados, porque estos precios no necesariamente reflejan el valor actual de mercado y por lo tanto no representan el valor razonable de los activos. El Consejo deseaba mantener un enfoque consistente para la valuacin de los activos. En su lugar el Consejo consider si sera necesario que los contratos de venta fueran valuados a valor razonable. Es lgico valuar los contratos de venta a valor razonable en la medida que los activos biolgicos relativos son tambin valuados a valor razonable.

De cualquier forma, el Consejo observ que para lograr simetra entre la valuacin de un activo B51 biolgico y un contrato de ventas relacionado, la Norma tendra que restringir cuidadosamente qu contratos podran ser valuados a valor razonable. Una compaa puede celebrar un contrato para vender producto agrcola a ser cosechado de los activos biolgicos de la misma. El Consejo concluy que no sera apropiado requerir valuacin a valor razonable para un contrato de venta de producto agrcola que todava no existe (por ejemplo, leche a ser ordeada de una vaca), ya que ningn activo relacionado ha sido reconocido o valuado a valor razonable y reconocerlo estara fuera del alcance del proyecto de agricultura.

Por consiguiente, el Consejo consider restringir la valuacin de los contratos de venta a valor B52 razonable, a aquellos referentes a activos biolgicos y productos agrcolas existentes. De cualquier forma, el Consejo observ que es difcil diferenciar entre producto agrcola existente de producto agrcola que no existe. Por ejemplo:

a) Si una empresa realiza un contrato para vender trigo totalmente crecido en una fecha futura y a la fecha del balance general tiene trigo medianamente crecido, parecera que el trigo a ser entregado de acuerdo al contrato todava no existe a la fecha del balance general, pero b) Por otra parte, si una empresa realiza un contrato para vender ganado maduro a una fecha futura y tiene ganado maduro a la fecha del balance general, podra argumentar que el ganado existe a la fecha del balance general en la forma en que ser vendido.

El Consejo tambin observ que la Norma debera requerir a una empresa dejar de valuar los B53 contratos de venta a valor razonable una vez que los productos agrcolas a ser vendidos sean cosechados de los activos biolgicos de la compaa, puesto que el registro contable para los productos agrcolas no est tratado en la Norma, excepto por la valuacin inicial, y la NIC 2, Inventarios, o cualquier otra NIC es aplicable despus de la cosecha. Sera ilgico continuar valuando a valor razonable cuando los productos agrcolas son valuados a costo histrico. El Consejo observ que sera incongruente requerir a una empresa que vale un contrato a valor razonable una vez que el activo existe y que deje de hacerlo en una fecha posterior.

El Consejo concluy que ninguna solucin es aceptable sin antes realizar una revisin completa de la B54 contabilidad para contratos de "commodities" que no estn contemplados en la NIC 39. Por las dificultades mencionadas anteriormente, el Consejo concluy que la Norma no deber tratar con la

valuacin de contratos de venta que no estn contemplados en la NIC 39. En vez de eso, el Consejo decidi incluir una observacin referente a que esos contratos de venta pueden ser contratos onerosos bajo la NIC 37, Provisiones, Activos Contingentes y Pasivos Contingentes.

Terrenos relacionados con la actividad agrcola

La Norma no establece ningn nuevo principio para los terrenos relacionados con la actividad B55 agrcola. Preferentemente, una compaa deber seguir la NIC 16, Propiedades, Planta y Equipo, o la NIC 40, Propiedades de Inversin, dependiendo cul es la ms apropiada en las circunstancias. La NIC 16 requiere que los terrenos sean valuados a su costo menos cualquier prdida por deterioro, o a su valor revaluado. La NIC 40 requiere que los terrenos que son propiedades de inversin sean valuados a su valor razonable o a su costo menos cualquier prdida por deterioro.

Algunos argumentan que los terrenos adheridos a activos biolgicos relacionados con la actividad B56 agrcola deberan tambin ser valuados a su valor razonable. Ellos alegan que el valor razonable del terreno resulta consistente con el valor razonable de los activos biolgicos. Tambin argumentan que algunas veces es difcil determinar el valor razonable de tales activos biolgicos de manera independiente del terreno ya que comnmente existen mercados activos para estos activos combinados (terrenos y activos biolgicos; por ejemplo, rboles en una plantacin).

El Consejo rechaz este enfoque, principalmente porque al requerir una valuacin del terreno B57 relacionado con la actividad agrcola mediante el valor razonable, sera inconsistente con la NIC 16.

Activos Intangibles

La Norma no establece ningn nuevo principio para activos intangibles relacionados con la actividad B58 agrcola. En su lugar una empresa deber seguir la NIC 38, Activos Intangibles. La NIC 38 requiere que un activo intangible, despus de su reconocimiento inicial, sea valuado a su costo menos cualquier amortizacin y prdida por deterioro acumuladas, o a su valor revaluado.

La E65 recomienda a las empresas utilizar la alternativa de revaluacin de la NIC 38, para activos B59 intangibles relacionados con la actividad agrcola, para mejorar la consistencia con la valuacin de los activos biolgicos a travs del valor razonable. Algunos comentadores de la E65 no estn de acuerdo con que exista una recomendacin, argumentando que un trato nico para activos intangibles relacionados con la actividad agrcola no est garantizado.

El Consejo no incluy la recomendacin del E65 en la Norma. El Consejo concluy que la NIC 38 B60 debe ser aplicada a los activos intangibles relacionados con la actividad agrcola, as como a los activos intangibles relacionados a otras actividades.

Erogaciones posteriores

Esta norma no prescribe en forma explcita como contabilizar las erogaciones posteriores relativas a B61 activos biolgicos. El E65 propuso que los costos de produccin y cosecha de activos biolgicos deben ser cargados a gastos cuando se incurran y que los costos que incrementen el nmero de unidades de activo biolgico posedo o controlado por la empresa deben ser sumados al valor en libros del activo.

Algunos piensan que no hay necesidad de capitalizar erogaciones posteriores en un modelo de valor B62 razonable y que las erogaciones posteriores deben ser reconocidas como gastos. Otros tambin opinan que en ocasiones sera difcil diferenciar qu costos deben ser reconocidos como gastos y cules capitalizados; por ejemplo, en el caso de los honorarios veterinarios pagados por el nacimiento de una cra. El Consejo decidi no prescribir en forma explcita la contabilizacin de las erogaciones posteriores relativas a activos biolgicos en la Norma, ya que piensa que hacerlo no es necesario en un enfoque de valuacin a valor razonable.

Subsidios del gobierno

Esta Norma requiere que los subsidios incondicionales del gobierno relativos a activos biolgicos B63 valuados a su valor razonable menos costos estimados de punto de venta deban de ser reconocidos como ingresos cuando, y slo cuando, el subsidio del gobierno se convierta en cobrable. Si un subsidio gubernamental es condicional incluyendo el caso cuando un subsidio gubernamental requiere a una empresa no dedicarse a una actividad agrcola en especfico, la empresa debe reconocer el subsidio gubernamental como un ingreso cuando, y slo cuando, las condiciones impuestas por el subsidio gubernamental han sido satisfechas.

Esta Norma requiere en las circunstancias arriba descritas, de un tratamiento diferente al de la NIC 20 B64 Contabilizacin de las Subvenciones del Gobierno e Informacin a Revelar Sobre Ayudas Gubernamentales. La NIC 20 se debe aplicar slo a subsidios gubernamentales relativos a activos biolgicos valuados al costo menos cualquier depreciacin o prdida por deterioro acumuladas.

La NIC 20 requiere que los subsidios gubernamentales no sean reconocidos hasta que se tenga una B65 seguridad razonable de que:

a) La empresa cumplir con las condiciones impu