Actividad nro 3 de agrario. bases sustentables.

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA

“UNIVERSIDAD FERMÍN TORO”

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS

ESCUELA DE DERECHO

NÚCLEO ARAURE - PORTUGUESA

DERECHO AGRARIO.

INTEGRANTE:

ASTRID RIVERO.

PROFESORA: ABG. EMILY V. RAMIREZ.

NOVIEMBRE, 2.015.

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BASES DEL DESARROLLO RURAL INTEGRAL Y SUSTENTABLE.

El principal objetivo de la agricultura y el desarrollo rural sostenible es aumentar la

producción de alimentos de manera sostenible y mejorar la seguridad alimentaria.

Esto requerirá la adopción de iniciativas en materia de educación para todos los

ciudadanos y se concienticen e implementar incentivos económicos y en el

desarrollo de nuevas tecnologías apropiadas, para así garantizar suministros

estables de alimentos nutricionalmente adecuados, el acceso de los grupos

vulnerables a esos suministros y la producción para los mercados; el empleo y la

generación de ingresos para aliviar la pobreza; y la ordenación de los recursos

naturales y protección del medio ambiente.

Esto tiene el fin de crear las condiciones idóneas para la agricultura y el desarrollo

rural sostenible es preciso reajustar considerablemente la política agrícola,

ambiental y macroeconómica, a nivel tanto nacional como internacional, en los

países desarrollados y en los países en desarrollo.

Actualmente hablando sobre la Base legal del Desarrollo Rural Integral y

Sustentable en Venezuela de aquí se desprenden los siguientes artículos donde

se establece:

- Art. 305 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: “El

Estado promoverá la agricultura sustentable como base estratégico del desarrollo

rural integral, y en consecuencia garantiza la seguridad alimentaria de la

población....”

- Art. 306 CRBV: “El Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural

integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina

un nivel adecuado de bienestar, así como su incorporación al desarrollo

nacional...”

- Decreto con Fuerza de Ley de Tierras y Desarrollo Agrario: Art. 1 “ El

presente Decreto Ley tiene por objeto establecer las bases del desarrollo rural

integral y sustentable; entendido éste como el medio fundamental para el

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desarrollo humano y crecimiento económico del sector agrario dentro de una justa

distribución de la riqueza y una planificación estratégica, democrática y

participativa, eliminando el latifundio como sistema contrario a la justicia, al interés

general y a la paz social en el campo, asegurando la biodiversidad, la seguridad

agroalimentaria y la vigencia efectiva de los derechos de protección ambiental y

agroalimentario de la presente y futuras generaciones.

La estructura de la referida Ley contiene 281 artículos, 16 dispositivos

transitorios y 3 dispositivos derogatorios todos ellos en 7 títulos y 34 capítulos. Se

dispone la creación de tres instituciones administrativas más figuras o instancias

judiciales. El objetivo aquí es reflexionar sobre el impacto que dicha Ley tendrá

sobre las actividades forestales, especialmente las productivas en el

establecimiento y manejo de plantaciones y él maneo del bosque natural.

Podemos comenzar por señalar lo que no teníamos anteriormente y en lo que se

convirtió actualmente, se señala de la siguiente forma: primero el texto de la Ley,

de segundo una intención de buenos propósitos expuesto en el preámbulo, como

es la justicia social rural y mejorar la productividad, tercero la experiencia no muy

buena de la escasa implementación de leyes, especialmente cuando tocan

intereses, malas costumbres, entre otros aspectos, y cuarto y último la experiencia

de algunos instrumentos jurídicos cuyos resultados reales han sido muy diferentes

a los supuestos resultados deseados (intenciones), como podría ser lo relacionado

con el alquiler de viviendas, y en cierto modo la legislación laboral

En cuanto a estas bases legales que se han tomado en consideración como

instrumentos jurídicos es proteger a todo evento la tierra y todo lo que de ella

derive, así como también la eliminación del latifundio y adjudicación de tierras

ociosas para explotar las mismas y el Estado promueva la seguridad alimentaria

de todos lo ciudadanos.

De este mismo modo, podemos definir el Desarrollo Rural Integral y Sustentable

como todo aquel que va dirigido para que la generación de riqueza atraiga la

inversión pública y privada de la sociedad en los servicios económicos, ecológicos

y culturales propios de un medio que sabe proteger creativamente sus recursos

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naturales, es decir, se asume el desarrollo rural y la agricultura sustentable como

un esfuerzo colectivo en un territorio especifico permitiendo el surgimiento de

actores con capacidades de hacer un manejo económico, social y ambiental del

medio local, utilizando adecuadamente las fuentes de bienestar existentes que

ayudan a mejorar la calidad de vida de los habitantes rurales actuales y futuros.

Finalmente para concluir es importante aportar que el desarrollo sustentable

requiere que las instituciones se articulen en forma tal que sea posible responder a

las demandas de la población y se generen escenarios que amplíen las

oportunidades del medio rural y la participación activa de las comunidades que

busquen la solución de los conflictos como una condición necesaria para la

sustentabilidad del proceso de desarrollo.