Actividad 2

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TEMA : “LEY DE INSTITUTOS Y ESCUELAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR Y LA CARRERA PUBLICA DE SUS DOCENTES”. EXPOSITOR : T1. Ima. Jorge OCHOA Ticona. PROGRAMA DE CAPACITACIÓN COMPLEMENTARIA PARA DOCENTES 2016 MÓDULO I – ACTIVIDAD 2.1 3/03/22 10:08:42 a .m. T1. IMA. JORGE OCHOA TICONA CIP. 04890309 1

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T1. IMA. JORGE OCHOA TICONA CIP. 04890309 1

TEMA: “LEY DE INSTITUTOS Y ESCUELAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR Y LA CARRERA PUBLICA DE SUS DOCENTES”.

EXPOSITOR: T1. Ima. Jorge OCHOA Ticona.

PROGRAMA DE CAPACITACIÓN COMPLEMENTARIA PARA DOCENTES

2016

MÓDULO I – ACTIVIDAD 2.1

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• Regular la creación, licenciamiento, gestión y la supervisión de las IES y EES, públicos y privados, así como el desarrollo de la carrera publica del docente que las integra.

• Son comprendidos los Institutos y Escuelas de Educación Superior Públicos y Privados, nacionales o extranjeros que forman parte de la etapa de Educación Superior.

• Formar personas en los campos de las ciencia, tecnología y arte,

• Contribuir al desarrollo del país y al incremento de la productividad y competitividad.

• Brindar una oferta formativa de calidad• Promover el emprendimiento, la innovación,

investigación aplicada, educación permanente y el equilibrio entre la oferta y demanda laboral. .

• EL MINEDU es el ente rector de las políticas nacionales de la Educación Superior, asegurando una calidad en la enseñanza nacional.

• Son instituciones educativas de la segunda etapa del sistema educativo nacional, dedicándose a la formación de personas en los campos tecnológicos, ciencias y arte, en desarrollo de una formación aplicada,

CAPITULO I OBJETIVO, AMBITO, FINALIDAD, RECTORIA Y DEFINICIÓN

FINALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR

• Brindan formación especializada científica e investigativa.

• Deben desarrollar investigación aplicada y proyectos de innovación.

• Su ámbito de estudio y actuación es especifico

• de carácter técnico, garantizando una calidad del conocimiento teórico e practico.

• Ofrecen el grado de bachiller, equivalente al bachiller universitario y titulo de profesional.

• Brindan formación de carácter técnico

• Ofrecen el grado de bachiller técnico y títulos de técnicos y profesional técnico..

AMBITO DE APLICACIÓNOBJETIVO DE LA LEY

RECTORIA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN

DEFINICION DE IES Y EES

CARACTERISTICAS DE LAS EES

CARACTERISTICAS DE LAS IES

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CAPITULO II PRINCIPIOS DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR Y AUTONOMIA DE LOS IES Y EES

PRINCIPIOS DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR

Calidad Educativa

Pertinencia

Flexibilidad

Inclusión Social

Transparencia

Equidad

Merito

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CAPITULO III RÉGIMEN ACADÉMICO DE LOS INSTITUTOS Y ESCUELAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR

LINEAMIENTOS GENERALES

• Programación Curricular• Planificación de Clases• Didácticas para el aprendizaje

MODALIDADES DEL SERVICIO EDUCATIVO Y

ENFOQUE DE LA FORMACIÓN

•Presencial•Semipresencial

ADMISIÓN A LOS PROGRAMAS DE

ESTUDIOS•Las IES y EES definen el número de vacantes de acuerdo a su capacidad operativa.

GRADOS•Grado de Bachiller, Técnico•Grado de Bachiller

TITULOS OTORGADOS POR LAS IES Y EES

•Titulo Técnico•Titulo Profesional Técnico•Titulo Profesional

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CAPITULO III RÉGIMEN ACADÉMICO DE LOS INSTITUTOS Y ESCUELAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR

REQUIISITOS DE ACCESO A LA

EDUCACIÓN SUPERIOR IES Y EES

• Haber culminado la educación básica

CERTIFICACIÓN MODULAR OTORGADO

POR LAS IES Y EES

• Los programas de estudios pueden diseñarse de acuerdo a módulos, que permita obtener un certificado.

CERTIFICADOS DE ESTUDIOS TÉCNICOS Y DE AUXILIAR TÉCNICO

• Brindan los certificados de estudios de técnicos y de auxiliar técnico a nombre propio.

CERTIFICADO TECNICO OFRECISO POR CETPRO

• Ofrece certificado técnico con opción a obtener el titulo técnico a nombre de la nación

INVESTIGACIÓN APLICADA E INNOVACIÓN

•Las EES deben desarrollar investigación aplicada en innovación a través de trabajos coordinados, las IES también pueden hacerlo.

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CAPITULO VII ORGANISMOS DE GESTIÓN DE INSTITUTOS Y ESCUELAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR PÚBLICOS

Art. 42.- CREACIÓN• Crease el Organismo de Gestión de Institutos y Escuelas de Educación Superior –

EDUCATEL. • Cuenta con autonomía funcional, económica, presupuestal y administrativa

Art. 43.- FINALIDAD • Planificar y gestionar de manera eficaz y eficiente la provisión de la educación superior en los IES y EES públicos con calidad.

Art. 44.- FUNCIONES

• Planificar la provisión de la Educación Superior• Proveer el servicio de educación superior publica a través de las IES y EES• Crear IES y EES públicos.• Optimizar la oferta formativa pública.• Evaluar, proponer y ejecutar, procesos de fusión• Aprobar el numero de vacantes para cada programa de estudios de las IES y EES• Seleccionar y designar a los directores generales de las IES y EES mediante

concurso.• Planificar y asignar las plazas docentes y administrativas de las IES y EES.• Aprobar lineamientos para la elaboración de los estatutos de las IES y EES.• Desarrollar programas de capacitación y promover la actualización técnica de los

docentes de las IES y EES.• Solicitar al ministerio de educación el licenciamiento de los IES y EES públicos.• Suscribir e implementar convenios con instituciones publicas y privadas.• Administrar de manera oportuna y eficiente los recursos para el optimo

funcionamiento de las IES y EES públicos.• Otros que establezcan el reglamento de la presente ley.

Art. 45.- ESTRUCTURA ORGANICA• Alta Dirección: Consejo Directivo, Jefatura y Secretaria General.• Órganos de Administración interna.• Órganos de Línea.• Órganos Desconcentrados.

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CAPITULO VII ORGANISMOS DE GESTIÓN DE INSTITUTOS Y ESCUELAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR PÚBLICOS

Art. 46.- CONSEJO DIRECTIVO • Es el máximo órgano del EDUCATEL, encargado de aprobar las políticas y gestión de la institución.

Art. 47.- CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL EDUCATEL

• El Jefe del EDUCATEL, como representante del MINEDU.• Un Representante de la Presidencia del Consejo de Ministros• Un Representante del Ministerio de Economía y Finanzas.• Un Representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo• Un Representante del Ministerio de la Producción.

Art. 48.- REGIMEN DE DIETAS DEL CONSEJO DIRECTIVO • Percibirán a excepción del Jefe, dietas por las sesiones en las que participan

(máximo 4 dietas por mes).

Art. 49.- FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO

• Aprobar los planes, lineamientos y demás documentos requeridos.• Aprobar los documentos de gestión cuando se requiera.• Aprobar las creaciones de las IES y EES públicos.• Aprobar el Plan de fusión, escisión o cierre de las IES y EES públicos• Emitir resoluciones en el ámbito de su competencia.• Otras funciones que se establezcan en su reglamento de Organización y Funciones.

Art. 50.- CAUSALES DE VACANCIA • Las causales de vacancia como miembro del consejo directivo se establecen en los artículos 49 y 55 de la ley 30057, Ley del Servicio Civil.

Art. 51.- JEFATURA • Esta a cargo del Jefe del EDUCATEL, siendo la máxima autoridad ejecutiva y titular del Pliego Presupuestal.

Art. 52.- REQUISITOS• Ser peruano de nacimiento• Tener estudios concluidos Posgrado• Acreditar no menos de 10 años de experiencia profesional y académica• No tener inhabilitación vigente para contratar con el estado.

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CAPITULO VII ORGANISMOS DE GESTIÓN DE INSTITUTOS Y ESCUELAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR PÚBLICOS

Art. 53.- FUNCIONES

• Representar al EDUCATEL• Convocar y Presidir las sesiones del consejo directivo• Proponer al consejo directivo los planes, lineamientos y demás documentos.• Proponer al consejo directivo los documentos de gestión que sea el caso.• Aprobar el presupuesto institucional• Solicitar al MINEDU, la autorización para la fusión, escisión o cierre de las IES y EES• Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del consejo directivo por medio de resoluciones

jefaturales correspondientes.• Designar a los directivos del EDUCATEL• Designar a los directivos generales de los IES y EES públicos.• Expedir resoluciones en lo que corresponda a su competencia.• Formalizar el ingreso a la carrera publica de los docentes de las IES y EES• Otras funciones que se establezca en el reglamento.

Art. 54.- REGIMEN DEL PERSONAL DEL EDUCATEC

• Están sujetos al régimen de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil y sus normas reglamentarias, con excepción de los docentes de las IES y EES públicos.

Art. 55.- RECURSOS DEL EDUCATEL• Los montos que se le asigne en la ley del Presupuesto del Sector Publico.• Los ingresos que recaude en el marco del ejercicio de sus funciones.• Los provenientes de donaciones y de la cooperación técnica internacional.• Los demás recursos que le sean asignados por ley.

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CAPITULO VIII DE LOS ORGANOS DESCONCENTRADOS DEL EDUCATEL

El EDUCATEC, Cuenta Con Órganos Desconcentrados cuya finalidad principal es administrar, apoyar y monitorear el

funcionamiento de las IES y EES públicos de un determinado territorio.

Son creados por resolución del consejo directivo del EDUCATEL.

Se considera los criterios de cercanía territorial, proporcionalidad de la matricula y numero de IES y EES.

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Muchas gracias, por su atención.