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TRIGESIMOQUINTA REUNIÓN DEL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES, EN FORMA AMPLIADA CON LOS REPRESENTANTES ANTE LA COMISION DE LA COMUNIDAD ANDINA ACTA 3 de mayo de 2012 Cartagena de Indias - Colombia 30 de julio de 2012 Videoconferencia

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TRIGESIMOQUINTA REUNIÓN DEL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES, EN FORMA

AMPLIADA CON LOS REPRESENTANTES ANTE LA COMISION DE LA COMUNIDAD ANDINA

ACTA

3 de mayo de 2012Cartagena de Indias - Colombia

30 de julio de 2012Videoconferencia

TRIGESIMOQUINTA REUNIÓN DEL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES EN FORMA AMPLIADA CON REPRESENTANTES

ANTE LA COMISIÓN DE LA COMUNIDAD ANDINA

ACTA

I

La Trigésimoquinta Reunión del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores en forma ampliada con los Representantes ante la Comisión de la Comunidad Andina, se llevó a cabo en dos sesiones, la primera de ellas en la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, el día 3 de mayo de 2012 y la segunda, bajo la modalidad de videoconferencia el 30 de julio de 2012.

II

A la sesión del 3 de mayo de 2012 asistieron los siguientes representantes:

BOLIVIA Embajador David Choquehuanca CéspedesMinistro de Relaciones Exteriores

Embajador Pablo Guzmán LaugierViceministro de Comercio Exterior e Integración Ministerio de Relaciones Exteriores

COLOMBIA

Señora María Ángela Holguín CuéllarMinistra de Relaciones Exteriores

Señor Sergio Díaz-Granados Ministro de Comercio, Industria y Turismo

ECUADOR

Economista Ricardo Patiño ArocaMinistro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración

Señor Jorge AcostaSubsecretario Negociaciones Comerciales InternacionalesMinisterio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración

PERÚ

Señor Fortunato Rafael Roncagliolo OrbegosoMinistro de Relaciones Exteriores

Señor Eduardo BrandesDirector Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales InternacionalesMinisterio de Comercio Exterior y Turismo

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A la sesión del 30 de julio de 2012 asistieron los siguientes representantes:

BOLIVIA Embajador David Choquehuanca CéspedesMinistro de Relaciones Exteriores

Embajador Pablo Guzmán LaugierViceministro de Comercio Exterior e Integración Ministerio de Relaciones Exteriores

COLOMBIA

Señora María Ángela Holguín CuéllarMinistra de Relaciones Exteriores

Señor Gabriel Duque Mildenberg Viceministro de Comercio ExteriorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo

ECUADOR

Economista Ricardo Patiño ArocaMinistro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración

Señor Francisco Rivadeneira SarzosaViceministro de Comercio Exterior e Integración Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración

PERÚ

Señor Fortunato Rafael Roncagliolo OrbegosoMinistro de Relaciones Exteriores

SeñorJosé Luis Silva MartinotMinistro de Comercio Exterior y Turismo

La Presidencia de la Reunión del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores en forma ampliada con Representantes ante la Comisión de la Comunidad Andina, fue ejercida por la señora María Ángela Holguín Cuéllar, Ministra de Relaciones Exteriores de Colombia.

Asimismo estuvieron presentes el Secretario General de la Comunidad Andina a.i., señor Adalid Contreras Baspineiro, el señor Santiago Cembrano, Director General, y el señor Genaro Baldeón, Director General (e). En la segunda sesión se incorporó la Directora General, señora Ana María Tenenbaum de Reátegui.

La secretaría de la reunión estuvo a cargo de la señora Sandra Catalina Charris Rebellón, Secretaria del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores (e).

La lista de asistentes a la XXXV reunión del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores en forma ampliada con los representantes ante la Comisión de la Comunidad Andina figura como Anexo II de la presente Acta.

III

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AGENDA

Al iniciarse la reunión, la Presidenta Pro Témpore, señora María Ángela Holguín Cuéllar, presentó sus saludos a los representantes de los Países Miembros, de la Secretaría General y demás asistentes y puso a consideración la agenda, la cual se aprobó con los siguientes puntos:

1. Reingeniería del Sistema Andino de Integración

2. Secretario General de la Comunidad Andina

3. Varios

IV

DECLARACIONES Y DECISIONES ADOPTADAS

En el transcurso de la reunión se adoptaron las siguientes Decisiones, cuyos textos constan en el Anexo I de la presente Acta:

Decisión 773: Reingeniería del Sistema Andino de Integración

Decisión 774: Política Andina de Lucha contra la Minería Ilegal

V

ACUERDOS Y CONSTANCIAS

Durante la Sesión que tuvo lugar el 3 de mayo en la ciudad de Cartagena de Indias, los Representantes acordaron encomendar el estudio de la reingeniería del Sistema Andino de Integración a la Comisión Económica para América Latina - CEPAL y a la Fundación Getulio Vargas y asimismo determinaron que los costos de dicho estudio serán asumidos por los Países Miembros, fijando los montos correspondientes a cada uno de ellos.

Asimismo, recomendaron que los trabajos y proyectos en curso de la Comunidad Andina que adelantan la Secretaría General y los Países Miembros se continúen desarrollando y coincidieron en que no sería conveniente impulsar nuevas propuestas normativas comunitarias hasta conocer los resultados del estudio sobre la reingeniería.

La sesión del 30 de julio de 2012, se inició con la aprobación de la siguiente agenda:

1. Reingeniería y Proyecto de Decisión presentado por Colombia;

2. Análisis de la Propuesta 296 de la Secretaría General sobre la Política Andina de Lucha contra la Minería Ilegal, que cuenta con el consenso de los expertos gubernamentales;

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3. Traspaso de la Presidencia Pro Tempore de Colombia a Ecuador.

Una vez considerados los puntos de la agenda se llegó a los siguientes acuerdos:

1.- Reingeniería del Sistema Andino de Integración:

La Presidenta de la reunión, señora María Ángela Holguín, recordó que durante la sesión del 3 de mayo se informó sobre el estado de la reingeniería y en especial se abordó el asunto de los costos de la consultoría que se le va a encomendar a la CEPAL y a la Fundación Getulio Vargas; en dicha oportunidad se acordaron los montos con los cuales cada uno de los Países Miembros contribuirán al pago de dicho estudio. La Ministra de Relaciones Exteriores de Colombia, señaló que con base en esos acuerdos se preparó una propuesta de Decisión la cual fue objeto de análisis en la sesión del 30 de julio.

Los Países Miembros, sobre la base de la propuesta de Colombia y los aportes de Bolivia, analizaron el texto y por consenso adoptaron la Decisión 773, que figura como Anexo I de la presente acta.

Teniendo en cuenta que la Decisión 773 crea un Comité Coordinador de la Reingeniería del Sistema Andino de Integración, el Canciller David Choquehuanca y la Canciller María Ángela Holguín designaron, respectivamente, al Viceministro de Comercio e Integración señor Pablo Guzmán y a la señora Claudia Zambrano, para formar parte de dicho Comité. Los demás Países Miembros se comprometieron a enviar el nombre de los representantes en el curso de los próximos 5 días.

Los Ministros de Relaciones Exteriores y los representantes titulares ante la Comisión, estuvieron de acuerdo en que la función del Comité Coordinador será la de facilitar y hacer seguimiento al trabajo que realizarán la CEPAL y la Fundación Getulio Vargas y contarán con el apoyo de la Secretaría General.

Asimismo reiteraron su compromiso de proceder al pago de sus respectivas contribuciones a la brevedad posible y en todo caso en el término de los próximos 30 días.

2. Política Andina de Lucha contra la Minería Ilegal:

Los Países Miembros coincidieron en la importancia de hacer frente común a los retos de la minería ilegal, con miras a proteger la salud, el medio ambiente y la seguridad de los ciudadanos de la subregión y recordaron que la Propuesta de Decisión es el resultado de los trabajos realizados por expertos que se reunieron en distintas oportunidades para analizar la política y las medidas a adoptar en la Comunidad Andina en este campo.

Después de analizar la Propuesta 296, y de las consultas internas, la delegación del Perú sugirió la inclusión de la palabra: “ilegal” al final del segundo párrafo del artículo 7, lo cual fue aceptado por los demás Países Miembros. El texto final de dicho inciso es:

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“Así mismo, en el ámbito de las investigaciones que se lleven a cabo, y previo requerimiento debidamente justificado, los Países Miembros intercambiarán información sobre personas naturales o jurídicas que comercialicen, importen o exporten minerales, maquinaria, equipos, insumos e hidrocarburos utilizados en la minería ilegal”.

De esa manera, quedó aprobada la Decisión 774, que figura en el Anexo I de la presente acta, la cual entró en vigencia con su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena Nro. 2103 del 10 de octubre de 2012.

3. Traspaso de la Presidencia Pro Tempore:

Los delegados de los Países Miembros a la XXXV Reunión del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores ampliada con los representantes titulares ante la Comisión de la Comunidad Andina analizaron, con el apoyo de la Secretaría General, los periodos de las Presidencias Pro Tempore en la Comunidad Andina.

Con base en lo anterior, decidieron proceder al traspaso de la Presidencia Pro Tempore de la República de Colombia a la República del Ecuador.

La Canciller Colombia al hacer entrega de la Presidencia Pro Témpore al Ecuador, expresó su reconocimiento por el apoyo brindado durante el año y recordó que todos los logros y avances fueron consultados y aprobados por los demás Países. Asimismo expresó su apoyo decidido a la Presidencia Pro Tempore del Ecuador, para garantizar que en el futuro próximo se cuente con una Comunidad Andina como la merecen los ciudadanos de la subregión.

El Ministro de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, señor David Choquehuanca Céspedes, reconoció todos los esfuerzos realizados por Colombia, particularmente por la Canciller de dicho país y recordó que desde hace un tiempo se venían realizando reuniones y jornadas de reflexión en todos los países sobre cómo adecuar la Comunidad Andina a los tiempos actuales, pero fue con la Presidencia Pro Tempore de Colombia que se concretó y se tomaron decisiones para llevar adelante la reingeniería y por eso agradeció muy especialmente a la Ministra María Ángela Holguín Cuéllar por la labor al frente del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores.

El Ministro de Relaciones Exteriores del Perú, señor Rafael Rongagliolo, agradeció a la Canciller de Colombia por los esfuerzos realizados durante la Presidencia Pro Tempore para impulsar el proceso de integración andino y, en especial, la reingeniería, y manifestó su convicción sobre las potencialidades de la Comunidad Andina y las posibilidades para la convergencia regional con otros procesos de integración, con miras al fortalecimiento de América del Sur y de América Latina. Asimismo, expresó su apoyo y respaldo decidido a la Presidencia Pro Tempore del Ecuador.

Por su parte, el Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración del Ecuador, señor Ricardo Patiño Aroca, al asumir formalmente la Presidencia Pro Témpore de la Comunidad Andina, agradeció a los delegados y en particular a la Ministra de Relaciones Exteriores de Colombia por la inmensa preocupación para que la reingeniería tenga cuerpo y se comprometió a continuar con eficacia estos trabajos, para llevar adelante el importante trabajo de redefinición de la CAN que permita

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aprovechar sus fortalezas y encaminarla para que sea más útil a los ciudadanos andinos.

Los Delegados en la XXXV Reunión, igualmente manifestaron la importancia de que se mantenga una estrecha coordinación entre la Secretaría General y la Presidencia Pro Tempore y consideraron pertinente que el señor Adalid Contreras continúe como Secretario General a.i. de la Comunidad Andina.

V

En virtud de lo cual, los señores Representantes de los Países Miembros suscriben la presente Acta,

Por el Estado Purinacional de Bolivia,

David Choquehuanca Céspedes Pablo Guzmán Laugier

Por la República de Colombia,

María Ángela Holguín Cuéllar Sergio Díaz-Granados Guida

Por la República del Ecuador,

Ricardo Patiño Aroca Francisco Rivadeneira Sarzosa

Por la República del Perú,

Fortunato Rafael Roncagliolo Orbegoso José Luis Silva Martinot

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TRIGESIMOQUINTA REUNIÓN DEL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES EN FORMA AMPLIADA CON LOS REPRESENTANTES TITULARES ANTE LA COMISIÓN3 DE MAYO DE 2012Cartagena de Indias, Colombia30 DE JULIO DE 2012Videoconferencia

ANEXO IDECISIONES

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TRIGÉSIMA QUINTA REUNIÓN DEL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES EN FORMA AMPLIADA CON LOS REPRESENTANTES TITULARES ANTE LA COMISIÓN DE LA COMUNIDAD ANDINA3 de mayo de 2012 Cartagena de Indias - Colombia30 de julio de 2012VIDEOCONFERENCIA

DECISION 773

Reingeniería del Sistema Andino de Integración

EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES, REUNIDO EN FORMA AMPLIADA CON LOS REPRESENTANTES TITULARES ANTE LA COMISION DE LA COMUNIDAD ANDINA,

VISTOS: Los artículos 16 b), g) y k); 17; 20 f), y 22 b) e i) del Acuerdo de Cartagena y el artículo 7 del Reglamento del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores contenido en la Decisión 407;

CONSIDERANDO: Que en sus reuniones celebradas en las ciudades de Lima y Bogotá, el 28 de julio y el 8 de noviembre de 2011, respectivamente, el Consejo Presidencial Andino convino en fortalecer y dar un renovado dinamismo al proceso andino de integración, y decidió emprender un proceso de revisión y reingeniería de la estructura institucional y funcionamiento del Sistema Andino de Integración (SAI), con el fin de adecuar la Comunidad Andina (CAN) a los retos del actual contexto internacional;

Que corresponde al Consejo Andino de Ministros de Relaciones dar cumplimiento a las Directrices que le imparte el Consejo Presidencial Andino, adoptar las medidas que aseguren la consecución de los fines y objetivos del Acuerdo de Cartagena, conocer y resolver todos los demás asuntos de interés común, en el ámbito de su competencia, y, en coordinación con la Comisión, formular, ejecutar y evaluar la política general del proceso de integración subregional andino, entre otros temas que ambos órganos consideren tratar de común acuerdo;

Que en la XXXIV Reunión del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores en forma ampliada con los Representantes Titulares ante la Comisión de la Comunidad Andina, que tuvo lugar en Lima el 22 de agosto de 2011, se acordó desarrollar un estudio sobre el estado actual de la Comunidad Andina y contar con una propuesta sobre la reingeniería del SAI;

Que en la videoconferencia de Cancilleres realizada el 5 de marzo de 2012, la Presidencia Pro Témpore de la CAN presentó una propuesta de trabajo conjunta para la reingeniería del SAI, elaborada por la Comisión Económica para América y el Caribe (CEPAL), para evaluar los aspectos temáticos, y la Fundación Getulio Vargas (FGV), para evaluar los aspectos institucionales;

Que en la XXXV Reunión del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores en forma ampliada con los Representantes Titulares ante la Comisión de la Comunidad Andina, realizada el 3 de mayo de 2012 en Cartagena de Indias, se acordó sufragar entre los Países Miembros los costos del trabajo de la propuesta conjunta de la CEPAL/FGV sobre la reingeniería del SAI, ascendentes a US$ 323,000.00 (trescientos veintitrés mil dólares americanos);

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Que resulta conveniente establecer un mecanismo de supervisión y monitoreo de la realización de las mencionadas consultorías, así como de evaluación y propuesta de medidas necesarias para administrar el proceso de transición hacia la nueva institucionalidad propuesta;

DECIDE:

Artículo 1.- Encargar la consultoría para el proceso de reingeniería del Sistema Andino de Integración (SAI) a la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y a la Fundación Getulio Vargas (FGV).

Artículo 2.- Para sufragar los costos de este estudio los Países Miembros realizarán los siguientes aportes, en un plazo no mayor a 30 días contados a partir de la aprobación de la presente Decisión:

- Bolivia: US$ 50,000.00 - Colombia: US$ 111,500.00 - Ecuador: US$ 50,000.00 - Perú: US$ 111,500.00

Artículo 3.- Se establece un Comité Coordinador del Proceso de Reingeniería del Sistema Andino de Integración (SAI) conformado por un representante de cada uno de los Países Miembros, el cual será coordinado por el País que ejerza la Presidencia Pro Témpore de la Comunidad Andina.

El Comité Coordinador estará encargado de apoyar, supervisar y monitorear los trabajos que realizarán la CEPAL/FGV para el proceso de reingeniería del SAI, por un lapso de seis meses contados a partir de la fecha de aprobación de la presente Decisión.

El coordinador del Comité Coordinador deberá presentar informes mensuales de los avances del proceso.

La Secretaría General de la Comunidad Andina colaborará con el proceso de reingeniería a fin de que pueda desarrollarse de manera eficaz en los plazos establecidos.

Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los treinta días del mes de julio del año dos mil doce.

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DECISION 774

Política Andina de Lucha contra la Minería Ilegal

EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES, REUNIDO EN FORMA AMPLIADA CON LOS REPRESENTANTES TITULARES ANTE LA COMISION DE LA COMUNIDAD ANDINA,

VISTOS: Los artículos 3, 17, 20 y 54 del Acuerdo de Cartagena, y las Decisiones 458, 501, 587 y 728; la Propuesta 296 de la Secretaría General; y,

CONSIDERANDO: Que para alcanzar los objetivos de desarrollo económico y social y el mejoramiento persistente en el nivel de vida de los habitantes de la Subregión, el Acuerdo de Cartagena prevé la armonización gradual de políticas económicas y sociales, la aproximación de las legislaciones nacionales, y acciones para el aprovechamiento y preservación de los recursos naturales y del medio ambiente;

Que la minería ilegal es un problema de carácter multidimensional que en todos sus aspectos constituye una grave amenaza a la paz, la seguridad, la gobernabilidad, la economía y la estabilidad de los Países Miembros, y atenta contra la aspiración de nuestras sociedades a alcanzar mayores niveles de desarrollo económico, social y ambiental sostenible;

Que la actividad minera ilegalmente desarrollada provoca graves daños, en muchos casos irreversibles, a la salud de la población, al medio ambiente y los recursos naturales, ocasionando, entre otros, la pérdida de la cobertura vegetal y el suelo fértil, la contaminación de recursos hídricos, la alteración de ecosistemas naturales y graves afectaciones a la biodiversidad; y

Que las Zonas de Integración Fronteriza de la Comunidad Andina están siendo especialmente afectadas ambiental y socialmente por las actividades de minería ilegal, en particular las cuencas hidrográficas compartidas,

DECIDE:

Aprobar la Política Andina de Lucha contra la Minería Ilegal

Artículo 1.- Principios

Las acciones y políticas comunitarias que se desarrollen al amparo de la presente Decisión se regirán por los siguientes principios:

Seguridad: La prevención, lucha y control de todos los actos que atenten contra la seguridad de los Países Miembros y de la subregión generados por la minería ilegal, dentro de una concepción democrática y no ofensiva de la seguridad externa y promoviendo las condiciones necesarias para que la población pueda gozar libremente y en igualdad de oportunidades del ejercicio de sus derechos.

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Prevención: La anticipación al desarrollo de amenazas a la seguridad, los recursos naturales y al medio ambiente, a través de mecanismos de alerta y respuesta temprana para el control de la minería ilegal.

Integralidad: La complementariedad y refuerzo mutuo de las políticas y acciones a ser desarrolladas para el control a la minería ilegal, a fin de atender las necesidades del desarrollo económico y social sostenible, la protección al medio ambiente y los recursos naturales, así como el fortalecimiento de la institucionalidad democrática, la promoción y protección de los derechos humanos, y lograr los mejores términos de inserción de los Países Miembros en la economía mundial, a través de actividades mineras lícitas.

Cooperación: La acción coordinada para fortalecer la capacidad y efectividad en la prevención y control de la minería ilegal y sus efectos sobre el medio ambiente y los recursos naturales, trabajando para ello de manera armónica.

Gradualidad: Las prioridades de la agenda comunitaria andina, regional, hemisférica y mundial, se abordarán de manera progresiva, conforme a los intereses comunes.

Artículo 2.- Objetivos

La presente Decisión tiene los siguientes objetivos:

1) Enfrentar de manera integral, cooperativa y coordinada a la minería ilegal y actividades conexas, que atentan contra la seguridad, la economía, los recursos naturales, el medio ambiente y la salud humana;

2) Optimizar el control y vigilancia de la importación, exportación, transporte, procesamiento, comercialización y cualquier otro tipo de transacción, a nivel andino y con terceros países, de minerales y sus productos provenientes de la minería ilegal, así como de maquinarias, equipos, insumos e hidrocarburos que puedan ser utilizados en la misma; y,

3) Desarrollar acciones de cooperación que contribuyan a la formalización minera, fomenten la responsabilidad social y ambiental, y promuevan el uso de métodos y tecnologías eficientes para el aprovechamiento racional de los recursos naturales y la sostenibilidad ambiental, que coadyuven al desarrollo económico y la inclusión social de los habitantes de la Comunidad Andina con asentamiento en las zonas de desarrollo minero, así como socializar sus resultados.

Artículo 3.- Definiciones

A los fines de la presente Decisión, las expresiones que se indican a continuación tendrán la acepción que para cada una de ellas se señala:

Actividad Minera: Toda actividad relacionada con la prospección, exploración, explotación, acopio, beneficio, concentración, transformación, fundición, refinación, transporte, comercialización de minerales y cierre de minas.

Minería Ilegal: Actividad minera ejercida por persona natural o jurídica, o grupo de personas, sin contar con las autorizaciones y exigencias establecidas en las normas nacionales.

Minería en pequeña escala, artesanal o tradicional: Aquella que por sus características sea calificada como tal de conformidad con las legislaciones nacionales de los Países Miembros.

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Artículo 4.- Medidas de cooperación

Los Países Miembros, conforme a sus normas y mecanismos, adoptarán acciones que comprendan la cooperación para:

1) Combatir el lavado de activos y delitos conexos provenientes de la minería ilegal;

2) Fortalecer mecanismos de control y trazabilidad de maquinaria, hidrocarburos, equipos e insumos, utilizados en la minería, así como del producto final de la misma;

3) Planificar y ejecutar operativos contra la minería ilegal mediante acciones coordinadas en zonas de frontera;

4) Colaborar en la identificación y persecución de quienes participen en aparatos o estructuras organizadas al margen de la ley para realizar minería ilegal y delitos conexos;

5) Restaurar, remediar o rehabilitar ecosistemas transfronterizos afectados por la minería ilegal;

6) Implementar programas, proyectos y acciones para el combate a la minería ilegal y el desarrollo económico social en las Zonas de Integración Fronteriza;

7) Intercambiar experiencias sobre procesos para la formalización o regularización de la minería en pequeña escala, artesanal o tradicional y sobre el combate a la minería ilegal; y,

8) Otros asuntos que puedan ser decididos por el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, la Comisión de la Comunidad Andina, y el Comité Andino contra la Minería Ilegal a que se refiere el artículo 9 de la presente Decisión.

Artículo 5.- Medidas de prevención y control

Los Países Miembros adoptarán las medidas legislativas, administrativas y operativas necesarias para garantizar la prevención y control de la minería ilegal, en particular con el objeto de:

1) Formalizar o regularizar la minería en pequeña escala, artesanal o tradicional;

2) Ejecutar acciones contra la minería ilegal por parte de las autoridades nacionales competentes, de conformidad con su legislación interna, tales como el decomiso o incautación de los bienes, maquinaria y sus partes, equipos e insumos utilizados para el desarrollo de la minería ilegal, así como la neutralización, destrucción, inmovilización, inutilización o demolición de bienes, maquinaria, equipos e insumos, cuando por sus características o situación no resulte viable su decomiso, traslado o, desde el punto de vista económico, su administración;

3) Establecer sanciones suficientemente disuasivas a quienes realicen minería ilegal y actividades ilícitas conexas, y para quienes las apoyen y financien;

4) Controlar y fiscalizar la importación, exportación, transporte, distribución y comercialización de maquinaria, sus partes y accesorios, equipos e insumos químicos e hidrocarburos que puedan ser utilizados en la minería ilegal;

5) Combatir el lavado de activos y delitos conexos producto de la minería ilegal;

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6) Fortalecer e implementar los mecanismos de extinción del derecho de dominio o su equivalente, sobre los instrumentos y productos de las actividades de minería ilegal, lavado de activos y delitos conexos;

7) Implementar el desarrollo de cadenas de suministro responsable de minerales, de conformidad con las buenas prácticas internacionalmente aceptadas.

Artículo 6.- Procedimientos de decomiso y/o incautación, destrucción e inutilización de bienes, maquinaria, equipos e insumos utilizados en la minería ilegal

Los Países Miembros se encuentran facultados para decomisar e incautar, inmovilizar, destruir, demoler, inutilizar y neutralizar, los bienes, maquinaria, equipos e insumos utilizados en la minería ilegal, para lo cual los Gobiernos reglamentarán la oportunidad y el procedimiento respectivo, a fin de hacer efectivas estas medidas.

Artículo 7.- Intercambio de información

Los Países Miembros facilitarán, al amparo de los mecanismos de cooperación establecidos, el intercambio de información oportuna destinada a identificar a quienes, dentro de su territorio, estén siendo investigados o hayan sido condenados o sancionados por actividades de minería ilegal y delitos conexos.

Así mismo, en el ámbito de las investigaciones que se lleven a cabo, y previo requerimiento debidamente justificado, los Países Miembros intercambiarán información sobre personas naturales o jurídicas que comercialicen, importen o exporten minerales, maquinaria, equipos, insumos e hidrocarburos utilizados en la minería ilegal. La Secretaría General, mediante Resolución y previa opinión favorable del Comité Andino contra la Minería Ilegal, establecerá los protocolos de intercambio de información, en consonancia con los mecanismos de cooperación existentes.

Artículo 8.- Cooperación aduanera

Agréguese a continuación del literal h) del artículo 6 de la Decisión 728 sobre Asistencia Mutua y Cooperación entre las Administraciones Aduaneras de los Países Miembros de la Comunidad Andina, el siguiente:

“Tráfico de mercancías relacionadas con la minería ilegal”.

Artículo 9. – Comité Andino contra la Minería Ilegal

Se crea el Comité Andino contra la Minería Ilegal, en el cual tendrán asiento representantes de las autoridades nacionales competentes en la materia, con el fin de coordinar la implementación de las disposiciones establecidas en la presente Decisión.

Los Países Miembros acreditarán a los delegados del Comité Andino contra la Minería Ilegal ante la Secretaría General de la Comunidad Andina, a través de su Ministerio de Relaciones Exteriores.

El Comité Andino contra la Minería Ilegal aprobará su Reglamento durante la primera reunión que se llevará a cabo en un plazo no mayor a los 30 días siguientes a la aprobación de la presente Decisión.

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La Secretaría General de la Comunidad Andina desempeñará las funciones de Secretaría Técnica del Comité Andino contra la Minería Ilegal.

Artículo 10.- La presente Decisión entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.

Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los treinta días del mes de julio del año dos mil doce.

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TRIGESIMOQUINTA REUNIÓN DEL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES EN FORMA AMPLIADA CON LOS REPRESENTANTES TITULARES ANTE LA COMISIÓN3 DE MAYO DE 2012Cartagena de Indias, Colombia30 DE JULIO DE 2012Videoconferencia

Anexo IILista de Participantes

Sesión del 3 de mayo de 2012- Cartagena de Indias, Colombia

ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

D. David Choquehuanca CéspedesMinistro de Relaciones Exteriores

Emb. Pablo Guzmán LaugierViceministro de Comercio Exterior e Integración

Dr. Clarems Endara VeraDirector General de Integración y Cooperación Económica

Emb. Mario CarvajalEmbajador de Bolivia en Colombia

REPUBLICA DE COLOMBIA

Dra. María Ángela Holguín CuéllarMinistra de Relaciones Exteriores

Dr. Sergio Díaz - Granados GuidaMinistro de Comercio, Industria y Turismo

Dra. Mónica Lanzetta MutisViceministra de Relaciones Exteriores

Emb. Carlos Arturo Morales LópezDirector de AméricaMinisterio de Relaciones Exteriores

Dr. Juan Carlos Sarmiento UmbarilaDirector de Integración EconómicaMinisterio de Comercio, Industria y Turismo

Dra. Camila Polo FlórezCoordinadora del Grupo Interno de Mecanismos de Concertación RegionalMinisterio de Relaciones Exteriores

Dra. Claudia Liliana Zambrano NaranjoCoordinadora del Grupo América Latina y El CaribeMinisterio de Relaciones Exteriores

Dra. Lina Saavedra PardoAsesora de Dirección de Integración Económica

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Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

Dr. Eduardo Campo VergaraAsesor del Despacho del MinistroMinisterio de Comercio, Industria y Turismo

REPÚBLICA DEL ECUADOR

Sr. Ricardo Patiño ArocaMinistro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración

Sr. Jorge AcostaSubsecretario Negociaciones Comerciales InternacionalesMinisterio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración

Sr. José María BorjaSubsecretario de América Latina y el CaribeMinisterio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración

Emb. Raúl VallejoEmbajador del Ecuador en Colombia

Sr. Carlos AbadDirector de Integración RegionalMinisterio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración

Sr. Oscar IzquierdoEncargo de asuntos de la Comunidad AndinaMinisterio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración

REPÚBLICA DEL PERÚ

Sr. Fortunato Rafael Roncagliolo OrbegosoMinistro de Relaciones Exteriores

Sr Eduardo BrandesDirector Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales InternacionalesMinisterio de Comercio Exterior y Turismo

Emb. Juan Fernando Javier Rojas SamanezDirector General para Asuntos EconómicosMinisterio de Relaciones Exteriores

Emb. Gustavo Felipe José Lembcke HoyleEmbajador del Perú en Colombia

PS Javier Pella PlengeFuncionario del Gabinete del Despacho MinisterialMinisterio de Relaciones Exteriores

Secretaría General de la Comunidad Andina

Dr. Adalid Contreras BaspineiroSecretario General de la Comunidad Andina (a.i.)

Dr. Santiago Cembrano Cabrejas

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Director General

Dr. Genaro Baldeón HerreraDirector General (e)

Dra. Sandra Catalina Charris RebellónSecretaria del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores (e)

Sesión del 30 de julio de 2012 – Videoconferencia

ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

D. David Choquehuanca CéspedesMinistro de Relaciones Exteriores

Emb. Pablo Guzmán LaugierViceministro de Comercio Exterior e Integración

Dr. Clarems Endara VeraDirector General de Integración y Cooperación Económica

REPUBLICA DE COLOMBIA

Dra. María Ángela Holguín CuéllarMinistra de Relaciones Exteriores

Dr. Gabriel Duque Viceministro de Comercio ExteriorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo

Dra. Mónica Lanzetta MutisViceministra de Relaciones Exteriores

Emb. Carlos Arturo Morales LópezDirector de AméricaMinisterio de Relaciones Exteriores

Dr. Juan Carlos Sarmiento UmbarilaDirector de Integración EconómicaMinisterio de Comercio, Industria y Turismo

Dra. Camila Polo FlórezCoordinadora del Grupo Interno de Mecanismos de Concertación RegionalMinisterio de Relaciones Exteriores

Dra. Claudia Liliana Zambrano NaranjoCoordinadora del Grupo América Latina y El CaribeMinisterio de Relaciones Exteriores

REPÚBLICA DEL ECUADOR

Sr. Ricardo Patiño ArocaMinistro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración

Sr. Marco Albuja

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Viceministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración

Sr. Francisco Rivadeneira SarzosaViceministro de Comercio Exterior e Integración Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración

Sr. Jorge AcostaSubsecretario Negociaciones Comerciales InternacionalesMinisterio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración

Sr. Carlos AbadDirector de Integración RegionalMinisterio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración

Sr. Oscar IzquierdoEncargo de asuntos de la Comunidad AndinaMinisterio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración

REPÚBLICA DEL PERÚ

Sr. Fortunato Rafael Roncagliolo OrbegosoMinistro de Relaciones Exteriores

Sr. José Luis Silva MartinotMinistro de Comercio Exterior y Turismo

Emb. Juan Fernando Javier Rojas SamanezDirector General para Asuntos EconómicosMinisterio de Relaciones Exteriores

Sr. Eduardo Brandes SalazarDirector Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales InternacionalesMinisterio de Comercio Exterior y Turismo

Secretaría General de la Comunidad Andina

Dr. Adalid Contreras BaspineiroSecretario General de la Comunidad Andina (a.i.)

Dra. Ana María Tenenbaum de ReáteguiDirectora General

Dr. Santiago Cembrano CabrejasDirector General

Dr. Genaro Baldeón HerreraDirector General (e)

Dra. Fátima TocheSecretaria de la Comisión de la Comunidad Andina (e)

Dra. Sandra Catalina Charris RebellónSecretaria del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores (e)