Acta Pleno Septiembre 2015

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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE ORKOIEN LLEVADA A CABO EL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DE 2015. A las 09:30 horas del día 17 de septiembre de 2015, se reúnen en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de Orkoien las siguientes personas: Alcalde: Don Carlos Arróniz Loyola Concejales: - Doña Ainara Izurzu Ormazabal (EHBILDU) - Doña Blanca Esther Ojer Mira (EHBILDU) - Don Breixo Pequeño Fervenza (EHBILDU) - Doña Julia Moratinos Olorón (UIO) - Don Jesús María UnzuéOzcoidi (UIO) - Doña Juana María Nieto Rayo (UIO) - Don Miguel Ángel Ruiz Langarica (UPN) - Don Miguel Guerrero Pérez (UPN) - Doña Erika Pérez Soria (PSN) Secretario: Don Ramón Contreras López Una vez comprobado que existe el quórum necesario, el Alcalde abre la sesión según el siguiente: ORDEN DEL DÍA 1.- LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR LLEVADA A CABO EL DÍA 16 DE JULIO DE 2015. 2.- SOLICITUD DE AMPLIACIÓN PLAZO FINALIZACIÓN OBRAS REURBANIZACIÓN PLAZA Y FRONTÓN. 3.- CONVOCATORIA PROVISIÓN DOS PLAZAS DE EMPLEADOS SERVICIOS MULTIPLES. 4.- ALEGACIÓN APROBACIÓN PRECIOS PÚBLICOS ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES Y ACUERDO QUE PROCEDA. 5.- APROBACIÓN DEFINITIVA CONVENIO URBANÍSTICO KYB 6.- SOLICITUD CONTRATO RELEVO CONSERJERÍA CENTRO CÍVICO 7.- APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN PARCELA 1564-1 PROMOVIDA POR ICM. 8.- APROBACIÓN CONSTITUCIÓN SERVIDUMBRE DE PASO COLECTOR SANEAMIENTO KYB. 9.- PROPUESTA FESTIVIDAD LOCAL 2015. 10.- APROBACIÓN INICIAL MODIFICACIÓN PLANTILLA ORGÁNICA PUESTO ARQUITECTO TÉCNICO. II.- PARTE DE CONTROL A. DAR CUENTA DE RESOLUCIONES DE LA ALCALDÍA B. DAR CUENTA DE DISPOSICIONES OFICIALES Y CORRESPONDENCIA C. MOCIONES D. PREGUNTAS E. RUEGOS

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acta del pleno de septiembre del Ayuntamiento de Orkoien (Nafarroa)

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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE ORKOIEN LLEVADA A CABO EL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DE 2015.

A las 09:30 horas del día 17 de septiembre de 2015, se reúnen en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de Orkoien las siguientes personas:

Alcalde: Don Carlos Arróniz Loyola

Concejales:

- Doña Ainara Izurzu Ormazabal (EHBILDU) - Doña Blanca Esther Ojer Mira (EHBILDU) - Don Breixo Pequeño Fervenza (EHBILDU) - Doña Julia Moratinos Olorón (UIO) - Don Jesús María UnzuéOzcoidi (UIO) - Doña Juana María Nieto Rayo (UIO) - Don Miguel Ángel Ruiz Langarica (UPN) - Don Miguel Guerrero Pérez (UPN) - Doña Erika Pérez Soria (PSN)

Secretario: Don Ramón Contreras López Una vez comprobado que existe el quórum necesario, el Alcalde abre la sesión según el siguiente: ORDEN DEL DÍA 1.- LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR LLEVADA A CABO EL DÍA 16 DE JULIO DE 2015. 2.- SOLICITUD DE AMPLIACIÓN PLAZO FINALIZACIÓN OBRAS REURBANIZACIÓN PLAZA Y FRONTÓN. 3.- CONVOCATORIA PROVISIÓN DOS PLAZAS DE EMPLEADOS SERVICIOS MULTIPLES. 4.- ALEGACIÓN APROBACIÓN PRECIOS PÚBLICOS ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES Y ACUERDO QUE PROCEDA. 5.- APROBACIÓN DEFINITIVA CONVENIO URBANÍSTICO KYB 6.- SOLICITUD CONTRATO RELEVO CONSERJERÍA CENTRO CÍVICO 7.- APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN PARCELA 1564-1 PROMOVIDA POR ICM. 8.- APROBACIÓN CONSTITUCIÓN SERVIDUMBRE DE PASO COLECTOR SANEAMIENTO KYB. 9.- PROPUESTA FESTIVIDAD LOCAL 2015. 10.- APROBACIÓN INICIAL MODIFICACIÓN PLANTILLA ORGÁNICA PUESTO ARQUITECTO TÉCNICO. II.- PARTE DE CONTROL

A. DAR CUENTA DE RESOLUCIONES DE LA ALCALDÍA B. DAR CUENTA DE DISPOSICIONES OFICIALES Y CORRESPONDENCIA C. MOCIONES D. PREGUNTAS E. RUEGOS

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Previamente a tratar los temas del orden del día, el secretario pone en conocimiento del Pleno la delegación de voto del concejal Don Alfonso Elizalde Marco (EHBildu) en el concejal de la misma formación Don Breixo Pequeño Fervenza, en aplicación del artículo 69.bis del Reglamento Orgánico municipal, por hospitalización que le impide asistir a la sesión.

Seguidamente en el transcurso de la sesión se tratan los temas de la manera

que se describe a continuación:

I.- PARTE RESOLUTIVA

1.- Lectura y aprobación del acta de la sesión del Pleno llevadas a cabo el día 16 de julio de 2015.

Todos los presentes han recibido copia de las actas en su domicilio, y por tanto se da por leída. El Alcalde pregunta si alguien tiene alguna observación que hacer y no habiendo ninguna el acta es aprobada por la unanimidad de los presentes. 2.- Solicitud ampliación plazo de finalización de las obras de reurbanización plaza y frontón.

Dada cuenta del dictamen que presenta la Comisión Informativa por el que propone al Pleno municipal la adopción de acuerdo de ampliación del plazo de finalización de las obras de reurbanización de la plaza Euskalherria y derribo y ejecución de nuevo frontón.

Antecedentes.- PRIMERO.- Con fecha 21 de julio de 2015 la empresa adjudicataria de las obras

de reurbanización de la plaza Euskalherria y derribo y ejecución de nuevo frontón, ha presentado escrito por el que solicita la ampliación del plazo de finalización de las mismas en 62 días naturales a contar desde la fecha prevista en el contrato, 4 de agosto de 2015.

Los motivos justificativos de la solicitud se encuentran en la existencia desde el

inicio de las obras de dos líneas eléctricas de media tensión; una aérea que impedía ejecutar el derribo del frontón y otra soterrada que impedía la ejecución de las zapatas. Una de las líneas fue retirada por IBERDROLA a los 15 días y la soterrada el 29 de abril, por lo que considera el contratista que al tratarse de causas ajenas a su voluntad, se debe conceder un aumento del plazo de ejecución en 62 días naturales, situando la nueva fecha de finalización de las obras en el 6 de octubre de 2015.

SEGUNDO.- Solicitado informe al respecto a la dirección facultativa, con fecha

22 de julio, emite informe en el que se concluye que únicamente procede una ampliación del plazo de 51 días naturales, por lo que la nueva fecha de finalización sería el 24 de septiembre.

TERCERO.- A la vista del expediente incoado en donde constan los citados documentos más informe del secretario municipal.

Esta ComisiónInformativa propone al Pleno Municipal, que decidirá lo que

considere más conveniente, que adopte los acuerdos siguientes: PRIMERO.- Aprobar de conformidad con el informe emitido por la dirección

facultativa, la ampliación del plazo de finalización de las obras de reurbanización de la plaza Euskalherria, derribo y ejecución de nuevo frontón, en 51 días naturales, situando la nueva fecha de finalización el 24 de septiembre, siempre y cuando se

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demuestre que el contratista advirtió de la existencia de causas ajenas a su voluntad en la ejecución de las obras y que supondrían un retraso en las mismas, en el plazo de quince días desde el acaecimiento de las causas que originan el retraso.

Con posterioridad a la celebración de la Comisión informativa, el 16 de

septiembre de 2015, se ha presentado en el Ayuntamiento escrito de la empresa adjudicataria justificativo de la comunicación de la existencia de elementos ajenos a su voluntad que inciden en el plazo de ejecución de las obras, acompañado de copia del Acta de Obra nº 7 de 15 de mayo, así como informe de la dirección facultativa de la obra.

Abierto turno de intervenciones, toma la palabra el Sr. Breixo (EHBildu) para

dejar constancia de que estos últimos informes no han sido puestos a disposición de los concejales, ni formaban parte de la documentación del pleno desde la fecha de su convocatoria, por lo que propone que el tema se deje sobre la mesa para su mejor estudio, una vez que la documentación completa está al acceso de los concejales. En caso de que se someta la propuesta a votación, anuncia el voto en contra de su grupo y advierte de su intención de recurrir el posible acuerdo por incumplimiento de los dispuesto en el artículo 84 del ROF y 56 del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento.

Interviene el Sr. Ruiz (UPN) para decir a su entender no ve causa suficiente para

que el Pleno adopte acuerdo pues ya se dice en el mismo dictamen que se amplía el plazo en 51 días siempre y cuando se demuestre que el contratista advirtió de la existencia de causas ajenas a su voluntad en el plazo de quince días desde el acaecimiento de las mismas. Cosa que se ha hecho con la presentación del acta número 7 y del informe de la dirección de obra que dice que hasta el 9 de julio no se tuvo certeza de la imposibilidad de cumplir el plazo, y que la solicitud de ampliación se hizo el 21 de julio.

En el mismo sentido, el Alcalde manifiesta que el informe técnico dice que se

cumplen con los requisitos para la concesión de ampliación del plazo de la obra. El Sr. Breixo (EHBildu), solicita la opinión del secretario sobre la cuestión

planteada por su grupo sobre el incumplimiento de las condiciones relativas a los documentos que deben servir de base para la adopción de los acuerdos municipales.

En este sentido el secretario manifiesta que tanto el artículo 84 del ROF como el

56 del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento, se refieren a que la totalidad de la documentación de los asuntos incluidos en el orden del día y que sirven de base para la adopción de los acuerdos, debe estar a disposición de los concejales desde el mismo día de la convocatoria. Dado que en el presente supuesto, la convocatoria se mandó el día 14 de septiembre, resulta del todo imposible que los documentos en cuestión que han sido presentados con fecha 16 de septiembre, estuviesen a disposición de los concejales. Por lo que por aplicación del principio de prudencia administrativa, y teniendo en cuenta, además, que el tema es susceptible de ser tratado en otras sesión posterior sin que se ocasione ningún perjuicio a terceros, recomienda que sea aceptada la propuesta de dejarlo sobre la mesa.

Sometida a votación la propuesta de dejar el tema para su mejor estudio, es

aceptada por 10 votos a favor (4 EH Bildu, 4 UIO, 1 UPN y 1 PSN), y 1 abstención (UPN).

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3.- Convocatoria provisión dos plazas de empleados servicios múltiples. Dada cuenta del dictamen que presenta la Comisión Informativa por el que

propone al Pleno municipal la adopción de acuerdo de aprobación de los condicionados para la provisión de dos plazas de empleados de servicios múltiples, una con perfil lingüístico de euskera.

Antecedentes.-

El Ayuntamiento de Orkoien ha procedido a la provisión de dos puestos de trabajo de conserje de los colegios públicos de la localidad, uno por jubilación del titular y otro por nueva creación del centro. Esas plazas se han cubierto por procedimiento restringido entre el propio personal municipal, resultado que la provisión se ha efectuado entre el personal de servicios múltiples, creando dos vacantes entre las cuatro plazas de empleados de servicios múltiples existentes en la plantilla. Siendo necesario para el buen funcionamiento y cumplimiento de los servicios de mantenimiento municipales el cubrir las dos vacantes creadas, una con perfil lingüístico asignado preceptivo nivel B1 de euskera y otra con valoración del euskera, como mérito. A la vista de todo ello y teniendo en cuenta que no se trata de la creación de puestos nuevos en la plantilla orgánica, sino de cubrir las vacantes dejadas en las plazas de empleados de servicios múltiples por el pase de dos de los titulares a ocupar de forma definitiva dos plazas de conserjes en los colegios públicos. Vista la propuesta de condicionado de las convocatorias que constan en documentos anexos. Visto el escrito de la representación sindical.

El Sr. Breixo propone que en la valoración de méritos, se incluya junto con la valoración del título de FPII el título de Grado Medio.

Sin más intervenciones, por unanimidad de los presentes, SE ACUERDA: Primero.- Aprobar la convocatoria para cubrir las vacantes de dos puestos de

trabajo en la plantilla orgánica de este Ayuntamiento creados por el pase de los titulares a desempeñar dos puestos de conserjes de los colegios públicos, uno por nueva creación y otro por jubilación del titular.

Segundo.- Aprobar los condicionados de las convocatorias por concurso

oposición, una de las plazas con perfil lingüístico en euskera, y que constan en documento anexo.

Tercero.- Proceder a la provisión de las plazas por el procedimiento

establecido. 4.- Alegación aprobación precios públicos actividades deportivas y culturales y

acuerdo que proceda. Dada cuenta del dictamen que presenta la Comisión Informativa por el que

propone al Pleno municipal la adopción de acuerdo de desestimación de la alegación presentada y aprobación definitiva de los precios públicos tal y como fueron aprobados inicialmente.

Antecedentes.- Con fecha 22 de abril de 2015, la técnica municipal de Cultura y Deporte,

presenta propuesta de precios públicos de las actividades deportivas y culturales para el curso 2015-2016, en el sentido de que las mismas se mantengan en las mismas tarifas que el año anterior.

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Con fecha 14 de mayo de 2015, el Pleno de la Corporación adopta acuerdo

de aprobación inicial de la propuesta presentada por el Servicio de Cultura y Deporte y somete a trámite de exposición pública por plazo de treinta días hábiles al objeto de que las personas interesadas puedan examinar el expediente y formular reclamaciones, reparos u observaciones.

El anuncio de exposición pública fue publicado en el Boletín Oficial de Navarra

número 116 de fecha 17 de junio de 2015. Con fecha 16 de julio de 2015, la técnica municipal de Cultura y Deporte que

cubre el periodo de excedencia especial de la titular, presenta escrito por el que, dentro del periodo de exposición pública, se modifique el apartado donde se dice:

“Cursos infantiles: -Grupos de iniciación: mínimo 15 participantes máximo 24 participantes -Grupos intermedios y avanzados: mínimo 12 participantes máximo 18

participantes” Siendo sustituido por lo siguiente: “Cursos Infantiles y Juveniles: -Grupos nivel de iniciación: mínimo 12 participantes máximo 15 participantes -Grupos niveles intermedios y avanzados: mínimo 12 participantes máximo 18

participantes” La alegación ha sido informada por los servicios jurídicos municipales con las

siguientes consideraciones: La propuesta aprobada ha sido presentada por la técnica municipal de cultura

y deporte siendo el mismo servicio (aunque no haya sido la titular) quien presenta una alegación. Lo que sitúa la misma fuera de lo que normalmente se entiende por trámite de exposición pública, para situarse en otro nivel, el de corrección de la propuesta presentada por el propio servicio. Segunda, según lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se consideran interesados en el procedimiento administrativo:

a) Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos

individuales o colectivos. b) Los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan

resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte. c) Aquéllos cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos, puedan resultar

afectados por la resolución y se personen en el procedimiento en tanto no haya recaído resolución definitiva.

Resultando evidente que la técnica municipal de cultura y deporte no puede ser tenida por interesada en sentido estricto. El hecho de ser la técnica municipal no la

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transforma sin más en parte interesada en el sentido del artículo 84 y el citado 31 de la LRJ-PAC.

La modificación presentada, reduce el número mínimo y máximo de

participantes en los cursos infantiles y juveniles. Como la propuesta no se acompaña de memoria económica, se desconoce si la misma repercute en un aumento del gasto para el Ayuntamiento. En este sentido recordar que la propuesta inicial no suponía ninguna variación respecto a los precios públicos del curso anterior, por lo que el Ayuntamiento lo pudo aprobar a pesar del informe de la Intervención municipal que consta en el expediente. Evidentemente, si la modificación presentada supone un incremento del coste para las arcas municipales, resultaría obligado el desestimarla solo por esta única razón.

Por lo que propone desestimar la alegación presentada. A la vista de todoello, por unanimidad de los presentes, SE ACUERDA: Desestimar la alegación presentada por la técnica municipal de cultura y

deporte por las razones explicitadas en los apartados anteriores, procediendo a la aprobación definitiva de los precios públicos tal y como fueron aprobados inicialmente por el Pleno, procediendo a su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

5.- Aprobación definitiva Convenio Urbanístico con KYB. Dada cuenta del dictamen que presenta la Comisión Informativa por el que

propone al Pleno municipal la adopción de acuerdo de aprobación definitiva del convenio de gestión urbanística con KYB.

Antecedentes.- La mercantil KYB tramitó en el año 2011 una modificación del planeamiento

que afectaba a las parcelas catastrales 839, 909, 910, 905 y 965, en donde se contemplaba, entre otras cuestiones, un acceso rodado y acometida de infraestructuras a la parcela 909. En el año 2015, KYB ha ejecutado una acometida de saneamiento diferente a la prevista en el planeamiento modificado, por lo que el Ayuntamiento considera conveniente determinar el plazo para la urbanización del acceso previsto en el año 2011. Por lo que se plantea un convenio de gestión urbanística para regular los términos y condiciones del desarrollo. Presentada con fecha 22 de junio de 2015 propuesta de convenio, sometido al trámite de exposición pública, ha sido insertado anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 137 de 16 de julio, sin que en el plazo legalmente establecido haya sido presentada alegación alguna.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Foral 35/2002, de 20

de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Por unanimidad de los presentes, SE ACUERDA: Aprobar el Convenio de gestión urbanística a suscribir entre el Ayuntamiento de

Orkoien y KYB SteeringSpain, S.A. que consta en documento anexo. Autorizando su firma por el Alcalde.----------------------------------------------------------------------------

6.- Solicitud contrato de relevo conserjería Centro Cívico.

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Dada cuenta de dictamen que presenta la Comisión Informativa por el que

propone al Pleno municipal la adopción de acuerdo de aprobación jubilación parcial en contrato de relevo del conserje del Centro Cívico.

Antecedentes.- Vista la solicitud presentada por la interesada. A la vista del informe emitido por

el secretario municipal.Teniendo en cuenta de lo dispuesto en el artículo 12.7 del Estatuto de los Trabajadores, artículo 166 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, Real Decreto 131/2002 y el convenio colectivo del Ayuntamiento. Es factible la solicitud al reunir los requisitos exigidos. Para ello se le reduciría desde el 1 de enero de 2016 y hasta su jubilación, su jornada laboral en un 75%, debiendo contratar a otra persona en un contrato de relevo por ese 75% de jornadaLa persona a contratar, debe estar desempleada e inscrita en la oficina de empleo. Además el puesto de trabajo tiene perfil lingüístico preceptivo (B2).No habiendo ninguna lista para sustituciones, se debería solicitar un listado a la oficina de empleo, con los requisitos de titulación exigida en el puesto de “ordenanza escuela de música”, y nivel de euskera B2. Entre el personal remitido por la oficina de empleo, se debería realizar un prueba objetiva acorde con las características del puesto.

Visto todo ello, por unanimidad de los presentes, SE ACUERDA:

Pronunciarse favorablemente a la rescisión del contrato de trabajo de Montserrat Larrea Ruiz y su sustitución por un contrato a tiempo parcial del 25% de su jornada desde el 1 de enero de 2016 y hasta la jubilación total. Al mismo tiempo deberá elevarse el expediente al INSS al objeto de que autorice contrato de relevo en el mismo puesto de trabajo, al 75% de jornada y hasta que se produzca la jubilación total de la solicitante.----------------------------------------------------------------------------

7.- Aprobación definitiva modificación parcela 1564-1 promovida por ICM. Dada cuenta del dictamen que presenta la Comisión Informativa por el que

propone al Pleno municipal la adopción de acuerdo de aprobación definitiva de la Modificación del Plan Municipal referente a la parcela catastral 1564 del polígono 1 promovida por ICM España, S.L.

Antecedentes.- PRIMERO.- Con fecha 14 de mayo de 2015, el Pleno del Ayuntamiento acordó

la aprobación inicial de la modificación del Plan Municipal referente a la parcela 1564 del polígono 1 del catastro, S-6 ZOP-2 promovida por ICM España, S.l, con una serie de consideraciones que constan en el informe de la arquitecta municipal de fecha 6 de mayo de 2015, además de solicitarse informe a la MCP, que ha emitido INFORME FAVORABLE con fecha 11 de agosto de 2015.

SEGUNDO.- Sometido a información pública por medio de anuncios publicados

en el BON número 102, de fecha 28 de mayo de 2015, notificación a interesados, anuncio en prensa y tablón de edictos, no se han presentado alegaciones.

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TERCERO.- A la vista de lo expuesto, se estima que el expediente ha sido correctamente tramitado, conforme a lo establecido en el artículo 74 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre.

A la vista de lo expuesto, por unanimidad de los presentes, SE ACUERDA: PRIMERO.- Aprobar de forma definitiva la Modificación del Plan Municipal

referente a la parcela 1564 del polígono 1 del catastro, S-6 ZOP-2, promovido por ICM España, S.L., con las condiciones que se hicieron constar en la aprobación inicial.-----

SEGUNDO.- Publicar el acuerdo junto con la normativa de la modificación en el BON, y la remisión de un ejemplar del documento al Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.----------------------------------------------

8.- Aprobación constitución servidumbre de paso para colector saneamiento

KYB. Dada cuenta del dictamen que presenta la Comisión Informativa por el que

propone al Pleno municipal la adopción de acuerdo de aprobación constitución servidumbre de paso para colector de saneamiento de KYB.

Vista la solicitud de la empresa KYB de ejecutar un nuevo colector de saneamiento (pluviales y fecales) a través de las parcelas 839, 909, 905, 132 y 965 del polígono 1 de Orkoien.

Visto que por parte de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona se

exige al promotor la constitución de servidumbres de paso en todas las parcelas por las que discurra el colector. Visto que las parcelas municipales afectadas son la 905 y la 965 en un 40%.

Considerando las previsiones contenidas en los artículos 132 y siguientes de la

Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra; artículo 122 y siguientes del Decreto Foral 280/1990, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Navarra.

Por unanimidad de los presentes, SE ACUERDA: Primero.- Considerar justificada la necesidad y conveniencia de la constitución

del derecho de servidumbre de paso en las parcelas 905 y 965 (40%), tal y como consta en el documento de constitución de servidumbre de paso que consta en anexo.---------------------------------------------------------------------------------------------

Segundo.- Formalizar el contrato y cuantos documentos se estimen oportunos.-- 9.- Propuesta festividad local 2016. Dada cuenta de dictamen que presenta la Comisión Informativa por el que

propone al Pleno municipal la adopción de acuerdo de aprobación de propuesta de festividad local año 2016.

Vista la Resolución 210/2015, de 15 de mayo, de la Directora General de

Trabajo y Prevención de Riesgos, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2016, con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra. Y en la que se establece que la fiesta local será fijada a propuesta de los Ayuntamientos respectivos, debiendo presentar sus propuestas antes del 15 de noviembre.

Por unanimidad de los presentes, SE ACUERDA:

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Primero.- Proponer como festividad local año 2016, el 29 de septiembre, jueves,

día de san Miguel, por ser el onomástico de la localidad.----------------------------------- Segundo.- Remitir este acuerdo a la Dirección General de Trabajo.--------------- 10.- Aprobación inicial modificación plantilla orgánica puesto de arquitecto

técnico. Dada cuenta del dictamen que presenta la Comisión Informativa por el que

propone al Pleno municipal la adopción de acuerdo de aprobación inicial modificación de la plantilla orgánica.

Examinada la propuesta de modificación de la plantillaorgánicaen lo que respecta a creación de una plaza de arquitecto técnico.

Resultando que dadas las fechas en las que nos encontramos no procede demorar su modificación hasta la aprobación del próximo presupuesto.

Resultando que el principio de buena administración exige una adaptación continua de la organización a los cambios producidos de forma que la misma reproduzca una imagen fiel de la realidad económica y organizativa subyacente.

Considerando que la propuesta de modificación ha sido objeto de negociación previa con la representación sindical, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 83 del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, Texto Refundido aprobado por Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto.

Considerando que la aprobación de la plantillaorgánicay consecuentemente de sus modificacionescorresponde al Ayuntamiento Pleno, en virtud de lo previsto en el artículo 22.2-i) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local -LRBRL-, en concordancia con los artículos 8.2 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra -LFAL- y 202 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, por la que se Regulan las Haciendas Locales -LFHL-.

Considerando que la propuesta de modificación de la plantillaorgánicadebe seguir los mismos trámites que para la aprobación del Presupuesto municipal, por así exigirlo elartículo 235.2 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra -LFAL-.

Por unanimidad de los presentes, SE ACUERDA:

PRIMERO.- La aprobación inicial de la modificación de la plantillaorgánicaen lo que respecta a la creación de una plaza de arquitecto técnico que está siendo cubierta de forma eventual.--------------------------------------------------------------------

SEGUNDO.- Publicar el acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, por plazo de 15 días hábiles, al objeto de que los interesados puedan examinarlo y presentar las reclamaciones que consideren oportunas, ante el Ayuntamiento Pleno.

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El acuerdo se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se presentan reclamaciones, a cuyo efecto la Alcaldía elevará el acuerdo a definitivo y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

En caso de que se presenten reclamaciones, se elevará al Ayuntamiento Pleno propuesta de estimación o desestimación de las mismas y de aprobación definitiva de la modificación de la plantillaorgánica.------------------------------------------------------

PARTE DE CONTROL.-

A.- Se da cuenta de las siguientes resoluciones de la Alcaldía: las comprendidas entre el 30 de Junio al 10 de septiembre de 2015, números 234/2015 al 311/2015.

B.- Escritos o disposiciones oficiales. Se da cuenta al Pleno de la resolución judicial del Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo número 2 de Pamplona, recaída en el recurso contencioso-administrativo número 260/14, interpuesta contra la resolución número 14/02085 del Tribunal Administrativo de Navarra, de fecha 2 de julio de 2014, dictada en el expediente del recurso de alzada número 14-000730, sobre sanción a URDI por modificar el horario de las instalaciones deportivas, desestimando el recurso interpuesto por la empresa.

Se da cuenta al Pleno del Auto de fecha 8 de julio de 2015, del Tribunal de

Cuentas por la que se declara el archivo de las diligencias preliminares por posible supuesto de responsabilidad contable de alcance, como consecuencia del abono indebido a una trabajadora de una indemnización por despido improcedente. C.- Mociones de los grupos municipales.-

Se presenta una moción por parte de los grupos municipales de PSN, UPN y UIO

para solicitar a los Consejos Escolares de los Centros Educativos Públicos de Orkoien que incluyan el modelo PAI como opción educativa en la localidad.

Sometida la consideración por urgencia de la moción, la unanimidad de las personas presentes aceptan su inclusión en la presente sesión.

La Sra Pérez (PSN) explica que su grupo había presentado una moción en este

sentido y que ha optado por retirarla y sustituirla por otra de confluencia con otros grupos municipales y que mantiene lo esencial de la solicitud de implantación del modelo PAI en Orkoien.

Toma la palabra el Sr. Breixo (EHBildu) para mostrar su malestar porque su grupo

ha sido excluido y marginado en esta propuesta conjunta del resto de grupos. Denuncia que no se tiene en cuenta al grupo que ha obtenido mayor número de votos en las elecciones municipales, lo que no representa una buena práctica democrática. No obstante defiende el voto en contra de la moción presentada por entender que no se trata de plantear la conveniencia del aprendizaje de idiomas, el PAI no es un modelo educativo sino un programa de aprendizaje de idioma, sobre el que existen informes académicos que dicen que resulta perjudicial, de tal manera que en comunidades gobernadas por el Partido Socialista se ha paralizado. Los consejos escolares de Orkoien se han posicionado en contra de implantar este programa en la localidad, por lo que el Ayuntamiento debe respetar su criterio eminentemente

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profesional y apoyar la decisión de los consejos. Critica el contenido partidista de la moción como parte de una campaña general del PSN.

La Sra. Pérez (PSN) afirma que la moción está desprovista de cualquier

contenido partidista. Su única motivación es velar por los intereses de la población de Orkoien. Y constatar que la matrícula en los centros públicos de la localidad está bajando porque la oferta que se hace en el terreno de la enseñanza del inglés es escasa, lo que hace que muchas familias opten por centros escolares de fuera.

El Sr. Ruiz (UPN) está de acuerdo con que el PAI es efectivamente un programa,

pero que quien tiene que decidir sobre su aplicación son los consejos escolares, y el Ayuntamiento lo único que hace es solicitar a los consejos que Orkoien se incluya en la implantación del programa y que éste no se paralice.

El Sr. Breixo (EHBildu) hace uso de la palabra para solicitar datos reales sobre el

número de alumnado que no se matricula en Orkoien por la no aplicación del PAI. Afirma que lo que el Consejero de Educación ha dicho es que hay que revisar el programa y dotarlo de recursos. También se hace esta pregunta ¿Quiénes son los responsables de las carencias de medios de las que adolece el PAI y que han sido denunciados por el conjunto de la comunidad educativa? Y se responde: UPN y PSN.

El Sr. Unzué (UIO) interviene para decir que la moción se dirige a los consejos

escolares para que sean estos quienes decidan, pero que tengan en cuenta los intereses de las familias, no únicamente los suyos propios.

El Sr. Breixo (EHBildu) vuelve a hacer uso de la palabra para decir que cuando

se quiere se dice que hay que tener en cuenta a los vecinos. Que fue la propia presidenta de UPN la que en Madrid dijo que el PAI era el mejor instrumento contra el avance del euskera.

Finalizadas las intervenciones y sometida votación la moción, por 7 votos a

favor (4 UIO, 2 UPN y 1 PSN) y 4 votos en contra (EHBildu), SE APRUEBA LA SEGUIENTE MOCIÓN:

Exposición de motivos.- Como así lo avalan numerosos estudios, el conocimiento, aprendizaje y

utilización del inglés es considerado hoy en día elemento fundamental indispensable en las relaciones laborales, culturales y como medio de comunicación personal en el mundo. Según los datos del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra la demanda del PAI es creciente dentro de la red educativa de Navarra tanto pública como concertada. El Ayuntamiento de Orkoien considera fundamental que los padres y madres de nuestros alumnos y alumnas puedan decidir en qué modelo matricular a sus hijos e hijas teniendo el modelo PAI como una de las opciones a elegir. De esa manera facilitaremos el acceso a un modelo lingüístico que consideramos de gran utilidad para el desarrollo personal de nuestros niños y niñas y evitaremos el traslado de alumnos y alumnas a otros centros educativos donde si se imparte dicho modelo. Es de total interés para este Ayuntamiento que el Gobierno de Navarra dote en la medida de lo posible de la más amplia cobertura educativa a nuestro pueblo y ofrezca a nuestros vecinos y vecinas la mayor oferta de modelos educativos. Por todo lo expuesto SE ACUERDA:

Page 12: Acta Pleno Septiembre 2015

1.- Solicitar a los Consejos Escolares de los centros educativos de Orkoien que

insten al Departamento de Educación del Gobierno de Navarra la implantación del modelo PAI como opción de matrícula para nuestros alumnos y alumnas.

2.- Instar al Gobierno de Navarra que mantenga su apuesta por el modelo PAI no procediendo, por tanto, a ejecutar la anunciada moratoria en su extensión, instando a una revisión para su mejora y dotando al modelo de recursos suficientes tanto para su desarrollo presente como futuro.

3.- Remitir el acuerdo a los Consejos Escolares de los centros educativos de

Orkoien, al Consejo Escolar de Navarra, a las Apymas y a las respectivas Direcciones de nuestros Centros educativos, al Departamento de Educación del Gobierno de Navarra y al Parlamento de Navarra. D.- Preguntas.- El Sr. Breixo (EHBildu), pregunta por el tema de los Centros de Atención a la Mujer. En Sr. Alcalde le contesta que se remitió con fecha 28 de julio la solicitud de este Ayuntamiento para que las vecinas de Orkoien fueran atendidas todas ellas en el Centro de Bustintxuri sin que hasta ahora se haya recibido contestación alguna. Pregunta el Sr. Breixo (EHBildu) por la pista de Patbol del complejo deportivo Mendikur, que ha desaparecido de las mismas. La Sra. Pérez (PSN) pregunta sobre la propaganda que se ha puesto con la firma del Ayuntamiento de Orkoien y otros, para incentivar el aprendizaje de adultos del euskera y que a su juicio tiene un contenido machista.

E.- Ruegos.- El Sr. Unzué informa sobe el programa de fiestas San Miguel.

Y no habiendo más asuntos que tratar, el Sr. Alcalde levanta la sesión, cuando

son las 11,00 horas, habiendo asistido los miembros de la Corporación que constan en el encabezamiento, con la ausencia por enfermedad del Sr. Elizalde, extendiéndose esta Acta que firman el Alcalde y el Secretario.

El Alcalde El Secretario