ACTA NO. 18 SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL MES … · la Comisión de Desarrollo Sustentable, ......

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1 1/16 ACTA NO. 18 SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL MES DE MARZO 8 DE MARZO DE 2013 El C. Presidente Municipal, Lic. Roberto Ugo Ruiz Cortés, expresó: Buenas tardes señoras y señores, Síndicos y Regidores, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 27 fracción III, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León; 41 del Reglamento para el Gobierno Interior del Republicano Ayuntamiento de San Pedro Garza García, se les ha convocado el día de hoy 08 de marzo de 2013 al término de la Primera Sesión Ordinaria del mes de marzo a fin de celebrar la Décimo Octava Sesión Extraordinaria; por lo que, solicito al ciudadano Secretario del Republicano Ayuntamiento pase lista de asistencia, verifique el quórum legal y me asista en la celebración de esta sesión con fundamento en lo que señala el artículo 82 fracción II, incisos a) y b) del Reglamento para el Gobierno Interior del Republicano Ayuntamiento. El C. Secretario del R. Ayuntamiento, Lic. Hernán Salinas Wolberg, expresó: Buenas tardes, de acuerdo a las instrucciones del C. Presidente Municipal procedo a pasar lista de asistencia: Presidente Municipal : Lic. Roberto Ugo Ruiz Cortés Presente Síndicos: Guillermo Montemayor Cantú Presente Juan Juan Castro Lobo Presente Regidores: Priscilla Chapa Valdés Presente Adrián Marcelo Villarreal Rodríguez Presente María Cristina Moreno Gutiérrez Presente María Magdalena Galván García Presente Jesús Horacio González Delgadillo Presente María Loyola Coindreau Farías Presente Jovita Díaz Ibarra Presente Rodrigo Maldonado de Hoyos Presente Alberto Santos Boesch Presente María Concepción Landa García Téllez Ausente con aviso Jorge Salvador González Garza Presente Francisco Javier Flores Maldonado Presente Existe quórum legal señor Presidente. El C. Presidente Municipal, Lic. Roberto Ugo Ruiz Cortés, expresó: Adelante. El C. Secretario del R. Ayuntamiento, Lic. Hernán Salinas Wolberg, expresó: También está presente un servidor Lic. Hernán Salinas Wolberg, Secretario del Republicano Ayuntamiento. Ahora bien, someto a consideración de ustedes el siguiente: ORDEN DEL DÍA: 1. Lista de asistencia y declaración de quórum. 2. Lectura y aprobación del Orden del día. 3. PUNTO ÚNICO: Dictamen de la Comisión de Desarrollo Sustentable relativo al expediente administrativo CCS 22460/2012. 4. Clausura. Continuando con el uso de la palabra el C. Secretario del R. Ayuntamiento, Lic. Hernán Salinas Wolberg, expresó: ¿Algún comentario? Al no haber comentarios les solicito si están de acuerdo con el orden del día, favor de manifestarlo de la forma acostumbrada. Con 14 votos a favor, se aprueba por unanimidad. Continuando con el uso de la palabra el C. Secretario del R. Ayuntamiento, Lic. Hernán Salinas Wolberg, expresó: Continuando con el Orden del Día, pasamos al punto 3,

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ACTA NO. 18 SESIÓN EXTRAORDINARIA

DEL MES DE MARZO 8 DE MARZO DE 2013

El C. Presidente Municipal, Lic. Roberto Ugo Ruiz Cortés, expresó: Buenas tardes señoras y señores, Síndicos y Regidores, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 27 fracción III, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León; 41 del Reglamento para el Gobierno Interior del Republicano Ayuntamiento de San Pedro Garza García, se les ha convocado el día de hoy 08 de marzo de 2013 al término de la Primera Sesión Ordinaria del mes de marzo a fin de celebrar la Décimo Octava Sesión Extraordinaria; por lo que, solicito al ciudadano Secretario del Republicano Ayuntamiento pase lista de asistencia, verifique el quórum legal y me asista en la celebración de esta sesión con fundamento en lo que señala el artículo 82 fracción II, incisos a) y b) del Reglamento para el Gobierno Interior del Republicano Ayuntamiento. El C. Secretario del R. Ayuntamiento, Lic. Hernán Salinas Wolberg, expresó: Buenas tardes, de acuerdo a las instrucciones del C. Presidente Municipal procedo a pasar lista de asistencia: Presidente Municipal: Lic. Roberto Ugo Ruiz Cortés Presente Síndicos: Guillermo Montemayor Cantú Presente Juan Juan Castro Lobo Presente Regidores: Priscilla Chapa Valdés Presente Adrián Marcelo Villarreal Rodríguez Presente María Cristina Moreno Gutiérrez Presente María Magdalena Galván García Presente Jesús Horacio González Delgadillo Presente María Loyola Coindreau Farías Presente Jovita Díaz Ibarra Presente Rodrigo Maldonado de Hoyos Presente Alberto Santos Boesch Presente María Concepción Landa García Téllez Ausente con aviso Jorge Salvador González Garza Presente Francisco Javier Flores Maldonado Presente Existe quórum legal señor Presidente. El C. Presidente Municipal, Lic. Roberto Ugo Ruiz Cortés, expresó: Adelante. El C. Secretario del R. Ayuntamiento, Lic. Hernán Salinas Wolberg, expresó: También está presente un servidor Lic. Hernán Salinas Wolberg, Secretario del Republicano Ayuntamiento. Ahora bien, someto a consideración de ustedes el siguiente:

ORDEN DEL DÍA:

1. Lista de asistencia y declaración de quórum. 2. Lectura y aprobación del Orden del día. 3. PUNTO ÚNICO: Dictamen de la Comisión de Desarrollo Sustentable relativo al

expediente administrativo CCS 22460/2012. 4. Clausura.

Continuando con el uso de la palabra el C. Secretario del R. Ayuntamiento, Lic. Hernán Salinas Wolberg, expresó: ¿Algún comentario? Al no haber comentarios les solicito si están de acuerdo con el orden del día, favor de manifestarlo de la forma acostumbrada. Con 14 votos a favor, se aprueba por unanimidad. Continuando con el uso de la palabra el C. Secretario del R. Ayuntamiento, Lic. Hernán Salinas Wolberg, expresó: Continuando con el Orden del Día, pasamos al punto 3,

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PUNTO ÚNICO: Dictamen de la Comisión de Desarrollo Sustentable relativo al expediente administrativo CCS 22460/2012. Para lo cual, cedo la palabra al Síndico Primero Guillermo Montemayor Cantú, Presidente de la Comisión de Desarrollo Sustentable, quien procederá a la presentación del dictamen. Síndico Primero Guillermo Montemayor Cantú.- Gracias señor Secretario, antes de proceder se solicita la dispensa de la lectura total del siguiente dictamen por haberse circulado con anterioridad y en caso de ser necesario la intervención del personal de la Secretaría de Desarrollo Sustentable para cualquier duda o aclaración. C. Secretario del R. Ayuntamiento, Lic. Hernán Salinas Wolberg, expresó: Gracias, someto a consideración de los presentes la autorización para la dispensa de la lectura del dictamen, así como la intervención del personal administrativo de la Secretaría en caso de ser necesario. Aquéllos que estén a favor, sírvanse a manifestarlo de la forma acostumbrada. Con 14 votos a favor, se aprueba por unanimidad. Por lo que, para la presentación del dictamen cedo la palabra al Síndico Guillermo Montemayor Cantú. Síndico Primero, Guillermo Montemayor Cantú. Gracias señor Secretario. AL REPUBLICANO AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE SAN PEDRO GARZA GARCÍA, NUEVO LEÓN. P R E S E N T E.- A los integrantes de la Comisión de Desarrollo Sustentable del Republicano Ayuntamiento nos fue turnada en fecha ocho (08) de marzo de dos mil trece (2013) la solicitud presentada por la persona moral denominada “HSBC MEXICO S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE GRUPO FINANCIERO HSBC DIVISIÓN FIDUCIARIA, FIDEICOMISO 262773, mediante su representante legal, el día veintidós (22) de noviembre de dos mil doce (2012), la cual solicita la autorización de la MODIFICACIÓN AL PROYECTO, AMPLIACIÓN DE CONSTRUCCIÓN DE 3,188.14 M2, LICENCIA DE USO DE SUELO DE SERVICIOS PARA RESTAURANTE, OFICINAS ADMINISTRATIVAS Y CAFETERÍA, ASÍ COMO LA LICENCIA DE USO DE EDIFICACIÓN PARA RESTAURANTE (637.20 M2), OFICINAS ADMINISTRATIVAS (14,344.16 M2) Y CAFETERÍA (296.31 M2), para el predio ubicado en la Avenida José Clemente Orozco 329, entre las Calles Rufino Tamayo y Jesús Reyes Ferreira, del Fraccionamiento Valle Oriente, en este Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, con expediente catastral 32-011-011, radicada en la entonces Secretaría de Control Urbano bajo el expediente administrativo número CCS 22460/2012, por lo que se presenta el siguiente Dictamen bajo los siguientes antecedentes y consideraciones de orden legal.

ANTECEDENTES:

PRIMERO. Que la solicitante a través de su representante legal, presentó solicitud relativa a la MODIFICACIÓN AL PROYECTO, AMPLIACIÓN DE CONSTRUCCIÓN DE 3,188.14 M2, LICENCIA DE USO DE SUELO DE SERVICIOS PARA RESTAURANTE, OFICINAS ADMINISTRATIVAS Y CAFETERÍA, ASÍ COMO LA LICENCIA DE USO DE EDIFICACIÓN PARA RESTAURANTE (637.20 M2), OFICINAS ADMINISTRATIVAS (14,344.16 M2) Y CAFETERÍA (296.31 M2), para el predio ubicado en la Avenida José Clemente Orozco 329, entre las Calles Rufino Tamayo y Jesús Reyes Ferreira, del Fraccionamiento Valle Oriente, en este Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, con expediente catastral 32-011-011, radicada en la entonces Secretaría de Control Urbano bajo el expediente administrativo número CCS 22460/2012.

SEGUNDO. La promovente adjuntó a su solicitud la siguiente documentación:

1. Copia de escritura pública número 11,767-once mil setecientos sesenta y siete, de fecha 12-doce de Febrero del año 2010-dos mil diez, pasada ante la fe del Lic. Víctor Manuel Martínez Morales, Notario Público Suplente en Funciones Adscrito a la Notaría Pública número 108-ciento ocho, de la que es Titular el señor Licenciado Víctor Manuel Martínez Treviño, con ejercicio en el Primer Distrito Registral del Estado, compareciendo ante él de una parte la Sociedad denominada TORRE JCO, S.A DE C.V., representada en este acto por el señor Ingeniero Emilio Fautsch Muguira en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario A; la sociedad denominada Naves Industriales Nadiex, S.A. de C.V representada en este acto por los señores Javier Delgado Navarro y Rubén González Montemayor, en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario B; el señor Jorge Alejandro Villarreal Barrera en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario C; el señor Gerardo Villarreal Barrera en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario D; la señora María Cristina Villarreal Barrera en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario E; el señor José Gerardo Elizondo González en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario F; el señor Oscar Elizondo González en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario G; el señor Francisco Javier Elizondo González en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario H; el señor Juan Manuel Elizondo González en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario I; el señor Sergio Guzmán Barrera en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario J; el señor Javier Guadalupe Guzmán Barrera en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario K; el señor Roberto Guzmán Barrera en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario L; el señor Rogelio Cueva Barrera en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario M; el señor Rolando Cueva Barrera en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario N; la señora María Guadalupe Rodríguez Guajardo en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario O; y la sociedad denominada Fomento Moral y Educativo, A.C., representada en este acto por señor Germán Hernández Jiménez en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario P; a todos los Fideicomitentes se les identificará indistintamente como los Fideicomitentes o Fideicomitentes-Fideicomisario o individualmente por su nombre propio a razón social según sea el caso; con la comparecencia de las señoras María Cecilia Garza Dávila; Nora Ortiz Garza; Blanca Idalia López de la Garza; Alicia Celedón García; Sulamit Villarreal Budnik y; Linda Mireya Hinojosa García; por otra parte

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comparece el señor Emilio Fautsch Muguira en su carácter de Depositario para los fines que más adelante se señalan; por último comparece HSBC MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO HSBC, DIVISIÓN FIDUCIARIA, como FIDUCIARIO, (en lo sucesivo EL FIDUCIARIO) representado en este acto por su Delegado Fiduciario C.P MARIA DE LA LUZ LIMON ACOSTA, ocurriendo a celebrar un CONTRATO DE FIDEICOMISO IRREVOCABLE DE ADMINISTRACIÓN PARA DESARROLLO INMOBILIARIO, en la cual se transmite a la fiduciaria el inmueble identificado con la fracción número 1 del plano de subdivisión, lote 11, manzana 11 del Fraccionamiento Valle Oriente, con una superficie de 3,685.189 metros cuadrados, identificado con el número de expediente catastral 32-011-011, el cual pasa a formar parte del patrimonio del fideicomiso número 262773; lo anterior quedando inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo el número 1260, Volumen 110, Libro 51, Sección Propiedad, Unidad Garza García, en fecha 23-veintitres de Julio del año 2010-dos mil diez.

2. Copia de escritura pública número 11,904-once mil novecientos cuatro, de fecha 04-cuatro de Mayo del año 2010-dos mil diez, pasada ante la fe del Lic. Víctor Manuel Martínez Morales, Notario Público Suplente en Funciones Adscrito a la Notaría Pública Número 108-ciento ocho, de la cual es Titular el señor Licenciado Víctor Manuel Martínez Treviño, con ejercicio en el Primer Distrito Registral del Estado, compareciendo ante él de una parte la Sociedad denominada TORRE JCO, S.A DE C.V., representada en este acto por el señor Ingeniero Emilio Fautsch Muguira en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario A; la sociedad denominada Naves Industriales Nadiex, S.A. de C.V representada en este acto por los señores Javier Delgado Navarro y Rubén González Montemayor, en su carácter de Fideicomitente y fideicomisario B; el señor Jorge Alejandro Villarreal Barrera en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario C; el señor Gerardo Villarreal Barrera en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario D; la señora María Cristina Villarreal Barrera en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario E; el señor José Gerardo Elizondo González en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario F; el señor Oscar Elizondo González en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario G; el señor Francisco Javier Elizondo González en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario H; el señor Juan Manuel Elizondo González en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario I; el señor Sergio Guzmán Barrera en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario J; el señor Javier Guadalupe Guzmán Barrera en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario K; el señor Roberto Guzmán Barrera en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario L; el señor Rogelio Cueva Barrera en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario M; el señor Rolando Cueva Barrera en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario N; la señora María Guadalupe Rodríguez Guajardo en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario O; y la sociedad denominada Fomento Moral y Educativo, A.C., representada en este acto por señor Germán Hernández Jiménez en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario P; a todos los Fideicomitentes se les identificará indistintamente como los Fideicomitentes o Fideicomitentes-Fideicomisario o individualmente por su nombre propio a razón social según sea el caso; HSBC MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO HSBC, DIVISIÓN FIDUCIARIA, como FIDUCIARIO, (en lo sucesivo EL FIDUCIARIO) representado en este acto por su Delegado Fiduciario MARIA DE LA LUZ LIMON ACOSTA, con la comparecencia de los señores Agustín Faudoa Valle y Diego de Lope Friedeberg, quienes se integrarán como Fideicomitente y Fideicomisario Q y Fideicomitente y Fideicomisario R, respectivamente donde ocurrieron a celebrar un CONVENIO MODIFICATORIO Y REEXPRESIÓN TOTAL AL CONTRATO DE FIDEICOMISO IRREVOCABLE DE ADMINISTRACIÓN PARA DESARROLLO INMOBILIARIO NÚMERO F/262773, lo anterior quedando inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo el número 143, Volumen 47, Libro 6, Sección IV Res. y Conv. D., Unidad Garza García, en fecha 19-diecinueve de Agosto del año 2010-dos mil diez.

3. Copia de escritura pública número 295,870-doscientos noventa y cinco mil ochocientos setenta, de fecha 31-treinta y uno de agosto del año 2006, pasada ante la fe del Licenciado Tomás Lozano Molina, Notario número 10-diez del Distrito Federal, en la cual hace constar LA DESIGNACIÓN DE DELEGADOS FIDUCIARIOS Y EL OTORGAMIENTO DE PODERES DE “HSBC MEXICO”, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUTO DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO HSBC, misma en la cual se designa como Delegado fiduciario a la señora María de la Luz Limón Acosta, entre otros, misma en la cual se transcribe en la página 21 del referido documento, inciso U), la escritura número 287,881-doscientos ochenta y siete mil, ochocientos ochenta y uno, de fecha 16-dieciséis de diciembre del año 2003-dos mil tres, pasada ante el Notario número 10 del Distrito Federal, en la cual hace constar el cambio de denominación de BANCO INTERNACIONAL, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BITAL, Institución financiera Filial, por la de HSBC MEXICO S.A., Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero HSBC, lo anterior quedando inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio bajo el Folio Mercantil Electrónico número 64,053.

4. Certificado de Libertad de Gravamen a favor de HSBC MEXICO S.A., Institución de Banca Múltiple Grupo

Financiero HSBC División Fiduciaria, de fecha 05-cinco de enero del año 2012-dos mil doce, para el predio marcado con el número 11 de la manzana 11, catastralmente 01 del Fraccionamiento Valle Oriente, con superficie de 3,685.189 metros cuadrados, respectivamente, los cuales no registran en su margen constancia vigente alguna de que estén gravados con HIPOTECA, EMBARGO, FIANZA, FIDEICOMISO, ni de algún otro modo.

5. Dictamen HSBC TORRE HELICON/ CV-038-2013, de la Coordinación de Vialidad Secretaría de este

municipio, de fecha 14-catorce de Febrero del año 2013-dos mil trece, lo anterior firmado por el MC. Ing. Gabriel Ponce Elizondo, Coordinador de Vialidad.

6. Copia de escritura pública número 56,705-cincuenta y seis mil setecientos cinco, del Libro número 886-ochocientos ochenta y seis, México, Distrito Federal, de fecha 8-ocho de diciembre del año 2010-dos mil diez, pasada ante la fe del Lic. Luis Alberto Sánchez Tapia, Notario Titular de la Notaría Treinta y cuatro del Distrito Federal, haciendo constar EL PODER GENERAL PARA PELITOS Y COBRANZAS DE ASMINISTRACIÓN LIMITADO EN CUANTO A SU OBJETO, que otorga “HSBC MÉXICO,” SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO HSBC, DIVISIÓN FIDUCIARIA, a favor de los señores Emilio Fautsch Muguira, Ricardo Faursch Garza, Javier Guadalupe Guzmán Barrera, Alejandro Carlos Sosa Garza, Juan Antonio Vaquera Adame, Daniela Cobos Schuett y Roberto Barquera Ugarte, lo anterior firmado y notariado por el Licenciado Luis Alberto Sanchez Tapia de la Notaría número 94 Distrito Federal México.

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7. Copia de recibo número 0076-0069354 del Pago de Impuesto Predial expedido por la Dirección de Ingresos de la Secretaría de Finanzas y Tesorería Municipal, de fecha 30-treinta de enero del año 2012-dos mil doce, referente al predio identificado con el expediente catastral número 32-011-011, el cual se encuentra registrado a nombre de HSBC MEXICO SA, y refleja un área de 3,685.18 metros cuadrados y 37,699.00 metros cuadrados de construcción, en el cual consta que se encuentra al corriente del pago del impuesto predial.

8. Presenta copia simple de los siguientes antecedentes urbanísticos:

a) Oficio JAMM/JSEDUE/898/2009 de fecha 25-veinticinco de agosto del año 2009-dos mil nueve, por medio

del cual a Autorizó la Licencia de Uso de Suelo para Oficinas Corporativas, en el predio ubicado en la Avenida José Clemente Orozco sin número, en Valle Oriente, de este municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, el cual está identificado con el expediente catastral número 32-011-011 y cuenta con una superficie de 3,685.189 metros cuadrados, lo anterior dentro del expediente administrativo CCSIM-17630/2008.

b) Licencia de Construcción de Oficinas Corporativas de 37,698.71 metros cuadrados, en un predio de 3,685.189 metros cuadrados de superficie, con expediente catastral 32-011-011, dentro del expediente administrativo CCSIM 17630 2008, en fecha 25-veinticinco de Agosto del año 2009-dos mil nueve.

c) Permiso de Derribo de fecha 14-catorce de abril del año 2009-dos mil nueve, expedido por la Dirección de Ecología, con Número de Permiso 6142/09 bajo el Expediente CCSIM-17630-2008, del predio ubicado en José Clemente Orozco S/N, de la colonia Valle Oriente, con expediente catastral 32-011-011.

d) Asignación de Número Oficial, de fecha 29-veintinueve de Octubre del año 2009-dos mil nueve, expedido por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, Dirección Urbana de San Pedro Garza García Nuevo León, en donde se le informa al C. TORRE JCO S.A. C.V. que el número oficial para el predio ubicado en la calle Avenida José Clemente Orozco en la Colonia Valle Oriente de este municipio es el siguiente 329-trescientos veintinueve y nueve de la Av. José Clemente Orozco, lo anterior firmado por el Ing. Javier Alejandro Maiz Martínez, Ciudadano Secretario de Desarrollo Urbano y Ecología.

9. Estudio de Impacto Vial ubicado en el Sector Valle Oriente en el municipio de San Pedro Garza García, de fecha 27-veintisiete de Marzo del año 2012-dos mil doce, firmado por el Ingeniero Fernando Salas Martínez, especialista en Vialidad, así como, presenta el Visto bueno, otorgado por la Coordinación General de Vialidad de la Secretaría. de Seguridad Municipal, de fecha 24-veinticuatro de octubre del año 2012-dos mil doce con número CGV-DV-256.

10. Visto bueno de Secretaría de Seguridad Municipal Coordinación General de Vialidad de este municipio, de fecha 24-veinticuatro de Octubre del año 2012-dos mil doce, con Dictamen Vial: CGV-DV-256.

11. Visto bueno de Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de éste municipio, de fecha de 13-

trece de Julio del año 2012-dos mil doce, con número de oficio EAMT/SMADS/510/2012.

12. Visto bueno de la Dirección de Protección Civil de Nuevo León, en fecha 25-veinticinco de Septiembre del año 2012-dos mil doce, bajo el número de oficio D.P.C.-S.A.E.- 579-2012.

13. Solicitud en formato oficial referente al trámite en cuestión.

14. Solicitud abierta en relación al trámite en comento.

15. Copia de identificación oficial expedida por el Instituto Federal Electoral a los C.C. MARÍA DE LA LUZ LIMÓN ACOSTA, JOSÉ IGNACIO RINCÓN LÓPEZ, ALEJANDRO CARLOS SOSA GARZA,

16. Escrito de fecha veinticuatro (24) de octubre de dos mil doce (2012), en el cual el Ingeniero José Manuel Rojas Hernández, con número de cédula profesional 805756, manifiesta ser el geólogo responsable del informe de estudio de Mecánica de Suelos, Estudio Geológico y Estudio de Permeabilidad para el proyecto de referencia.

17. Escrito por medio del cual el Arquitecto Miguel Ángel Flores Juárez, manifiesta ser el responsable de la modificación del proyecto en mención, anexa cédula profesional.

18. Fotografías.

19. Planos en formato oficial.

20. Mecánica de suelos. Estudio Geológico.

21. Memoria de cálculo y planos estructurales.

22. Estudio Hidrológico.

TERCERO.- La entonces Secretaría de Control Urbano, a través de su inspector adscrito realizó una

inspección física en fecha diecinueve (19) de julio de dos mil doce (2012) al predio de referencia, transcribiendose a la letra su resultado: “En el sótano 4 hay cajones representados en el plano que físicamente no están así como también hay bodegas que no vienen representadas en los planos, en el Sótano 01 los cajones 15, 16, 17 y 18, 24, 25, 26, 27 y 28 no están y también hay áreas de bodegas que no representan, en el nivel 1 hay bodegas que no están representadas en los planos anexos en sótano 01 los cajones 247, y 248 y de discapacitados se eliminaron para rampas, los pisos 13 se encuentra en remodelación, 20 ocupado y el 30 la mitad y a está ocupado y la otra la están habilitando. El edificio ya está terminado y ya está funcionando en este momento.”

CUARTO. La ahora Secretaría de Desarrollo Sustentable, con fundamento en los artículos 282, 286, 288

y 291 de la Ley de Desarrollo Urbano en el Estado de Nuevo León, emitió un dictamen técnico, mismo que será transcrito en su integridad, en relación al caso que nos convoca, a fin de presentarlo a la Comisión de Desarrollo Sustentable del Republicano Ayuntamiento.

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QUINTO. La Secretaría de Desarrollo Sustentable en términos de lo establecido en los artículos 10,

fracción XIII y último párrafo, 286, 287, 293 y 360 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, turnó en fecha ocho (08) de marzo de dos mil trece (2013) el expediente en mención al Consejo Consultivo Ciudadano, a fin de que emitiera su opinión, misma que fue NEGATIVA de aprobar lo solicitado.

SEXTO. La Secretaría de Desarrollo Sustentable en términos de lo establecido en los artículos 10, fracción XIII y último párrafo, 286, 287, 293 y 360 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, turnó en fecha ocho (08) de marzo de dos mil trece (2013) a esta Comisión de Desarrollo Sustentable del Republicano Ayuntamiento el expediente formado con motivo de la solicitud del promovente, a fin de que emitiera dictamen y quedar en posibilidad de presentarlo a la consideración del pleno del Republicano Ayuntamiento.

Por lo que visto las constancias que obran en el expediente de referencia se tienen las siguientes:

CONSIDERACIONES

PRIMERO. La Comisión de Desarrollo Sustentable del Republicano Ayuntamiento de San Pedro Garza García Nuevo León, es competente para conocer, estudiar, resolver y proponer al Republicano Ayuntamiento el Dictamen correspondiente de conformidad con lo señalado en el artículo 10, fracción XIII en relación con los diversos numerales 286, 287, 288, 293 y 360 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado y artículos 26, 27, 28 fracción XI, 29 fracción XI incisos a), e) y j), 85, 86 y 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Republicano Ayuntamiento de San Pedro Garza García, Nuevo León, artículos 135, 137, 139, 143, 148 y demás del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

SEGUNDO. El Republicano Ayuntamiento de San Pedro Garza García, Nuevo León, es la autoridad

competente para resolver el dictamen presentado por la Comisión de Desarrollo Sustentable, referente a la solicitud presentada de conformidad con los artículos 10, fracción XIII y último párrafo, 286, 287, 288 y 360 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León y artículos 135, 137, 139, 143, 148 y demás del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.

TERCERO. Acto seguido esta Comisión procede a valorar, el día de hoy, las constancias que obran en el expediente administrativo número CCS 22460/2012, en los siguientes términos:

1. La propiedad del inmueble y el interés jurídico que le asiste a la promovente lo acredita con el documento descrito anteriormente en los numerales 1), 2), 3) y 6) referido en el punto Segundo del capítulo denominado Antecedentes del presente dictamen.

2. En términos de lo previsto por los artículos 283, 288 y 294 de la Ley de Desarrollo Urbano en el Estado de Nuevo León y numerales, 138, 140 y 146 del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo para el Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, la solicitante acompaño documentos anteriormente señalados en el punto Segundo del capítulo denominado Resultando del presente dictamen.

3. Con fundamento en lo establecido en el artículo 10 fracción XIII de la Ley de Desarrollo Urbano vigente en el Estado, mismo que a la letra dice: “Son facultades y obligaciones de los Municipios: Otorgar o negar las solicitudes de autorizaciones, permisos o licencias de uso de suelo, uso de edificación, construcción, fraccionamientos, subdivisiones, relotificaciones, parcelaciones y conjuntos urbanos, de acuerdo con los planes o programas de desarrollo urbano parcial, las disposiciones de la presente Ley y demás que resulten aplicables”, se pone a consideración de la Comisión de Desarrollo Sustentable, la presente solicitud, bajo el siguiente dictamen técnico, emitido por la Secretaría de Desarrollo Sustentable:

“DICTAMEN TECNICO I. DATOS GENERALES No. de Expediente CCS 22460 2012 No. Expediente Catastral 32-011-011 Asunto. Modificación al Proyecto, Ampliación de Construcción de 3,188.14 m2, Licencia de Uso

de Suelo de Servicios para Restaurante, Oficinas Administrativas y Cafetería y Licencia de Uso de Edificación para Restaurante (637.20 m2), Oficinas Administrativas (14,344.16 m2) y Cafetería (296.31 m2).

Ubicación. Avenida José Clemente Orozco 329, entre las Calles Rufino Tamayo y Jesús Reyes Ferreira, del Fraccionamiento Valle Oriente, en este Municipio.

Propietario. Titular. Representante Legal:

HSBC MEXICO S.A., Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero HSBC División Fiduciaria, Fideicomiso 262773 HSBC MEXICO S.A., Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero HSBC División Fiduciaria, Fideicomiso 262773 Alejandro Carlos Sosa Garza.

Superficie del Predio. 3,685.189 metros cuadrados Construcción Existente. 37,698.71 metros cuadrados II. ANTECEDENTES

1 Presenta escritura pública número 11,767-once mil setecientos sesenta y siete, de fecha 12-doce de Febrero del año 2010-dos mil diez, pasada ante la fe del Lic. Víctor Manuel Martínez Morales, Notario Público Suplente en Funciones Adscrito a la Notaría Pública número 108-ciento ocho, de la que es Titular el señor Licenciado Víctor Manuel Martínez Treviño, con ejercicio en el Primer Distrito Registral del Estado, compareciendo ante él de una parte la Sociedad denominada TORRE JCO, S.A DE C.V., representada en este acto por el señor Ingeniero Emilio Fautsch Muguira en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario A; la sociedad denominada Naves Industriales Nadiex, S.A. de C.V representada en este acto por los señores Javier Delgado Navarro y Rubén González Montemayor, en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario B; el señor Jorge Alejandro Villarreal Barrera en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario C; el señor Gerardo Villarreal Barrera en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario D; la señora María Cristina Villarreal Barrera en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario E; el señor José Gerardo Elizondo González en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario F; el señor Oscar Elizondo González en su carácter de

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Fideicomitente y Fideicomisario G; el señor Francisco Javier Elizondo González en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario H; el señor Juan Manuel Elizondo González en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario I; el señor Sergio Guzmán Barrera en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario J; el señor Javier Guadalupe Guzmán Barrera en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario K; el señor Roberto Guzmán Barrera en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario L; el señor Rogelio Cueva Barrera en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario M; el señor Rolando Cueva Barrera en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario N; la señora María Guadalupe Rodríguez Guajardo en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario O; y la sociedad denominada Fomento Moral y Educativo, A.C., representada en este acto por señor Germán Hernández Jiménez en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario P; a todos los Fideicomitentes se les identificará indistintamente como los Fideicomitentes o Fideicomitentes-Fideicomisario o individualmente por su nombre propio a razón social según sea el caso; con la comparecencia de las señoras María Cecilia Garza Dávila; Nora Ortiz Garza; Blanca Idalia López de la Garza; Alicia Celedón García; Sulamit Villarreal Budnik y; Linda Mireya Hinojosa García; por otra parte comparece el señor Emilio Fautsch Muguira en su carácter de Depositario para los fines que más adelante se señalan; por último comparece HSBC MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO HSBC, DIVISIÓN FIDUCIARIA, como FIDUCIARIO, (en lo sucesivo EL FIDUCIARIO) representado en este acto por su Delegado Fiduciario C.P MARIA DE LA LUZ LIMON ACOSTA, ocurriendo a celebrar un CONTRATO DE FIDEICOMISO IRREVOCABLE DE ADMINISTRACIÓN PARA DESARROLLO INMOBILIARIO, en la cual se transmite a la fiduciaria el inmueble identificado con la fracción número 1 del plano de subdivisión, lote 11, manzana 11 del Fraccionamiento Valle Oriente, con una superficie de 3,685.189 metros cuadrados, identificado con el número de expediente catastral 32-011-011, el cual pasa a formar parte del patrimonio del fideicomiso número 262773; lo anterior quedando inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo el número 1260, Volumen 110, Libro 51, Sección Propiedad, Unidad Garza García, en fecha 23-veintitres de Julio del año 2010-dos mil diez.

2 Presenta escritura pública número 11,904-once mil novecientos cuatro, de fecha 04-cuatro de Mayo del año 2010-dos mil diez, pasada ante la fe del Lic. Víctor Manuel Martínez Morales, Notario Público Suplente en Funciones Adscrito a la Notaría Pública Número 108-ciento ocho, de la cual es Titular el señor Licenciado Víctor Manuel Martínez Treviño, con ejercicio en el Primer Distrito Registral del Estado, compareciendo ante él de una parte la Sociedad denominada TORRE JCO, S.A DE C.V., representada en este acto por el señor Ingeniero Emilio Fautsch Muguira en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario A; la sociedad denominada Naves Industriales Nadiex, S.A. de C.V representada en este acto por los señores Javier Delgado Navarro y Rubén González Montemayor, en su carácter de Fideicomitente y fideicomisario B; el señor Jorge Alejandro Villarreal Barrera en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario C; el señor Gerardo Villarreal Barrera en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario D; la señora María Cristina Villarreal Barrera en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario E; el señor José Gerardo Elizondo González en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario F; el señor Oscar Elizondo González en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario G; el señor Francisco Javier Elizondo González en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario H; el señor Juan Manuel Elizondo González en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario I; el señor Sergio Guzmán Barrera en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario J; el señor Javier Guadalupe Guzmán Barrera en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario K; el señor Roberto Guzmán Barrera en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario L; el señor Rogelio Cueva Barrera en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario M; el señor Rolando Cueva Barrera en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario N; la señora María Guadalupe Rodríguez Guajardo en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario O; y la sociedad denominada Fomento Moral y Educativo, A.C., representada en este acto por señor Germán Hernández Jiménez en su carácter de Fideicomitente y Fideicomisario P; a todos los Fideicomitentes se les identificará indistintamente como los Fideicomitentes o Fideicomitentes-Fideicomisario o individualmente por su nombre propio a razón social según sea el caso; HSBC MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO HSBC, DIVISIÓN FIDUCIARIA, como FIDUCIARIO, (en lo sucesivo EL FIDUCIARIO) representado en este acto por su Delegado Fiduciario MARIA DE LA LUZ LIMON ACOSTA, con la comparecencia de los señores Agustín Faudoa Valle y Diego de Lope Friedeberg, quienes se integrarán como Fideicomitente y Fideicomisario Q y Fideicomitente y Fideicomisario R, respectivamente donde ocurrieron a celebrar un CONVENIO MODIFICATORIO Y REEXPRESIÓN TOTAL AL CONTRATO DE FIDEICOMISO IRREVOCABLE DE ADMINISTRACIÓN PARA DESARROLLO INMOBILIARIO NÚMERO F/262773, lo anterior quedando inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo el número 143, Volumen 47, Libro 6, Sección IV Res. y Conv. D., Unidad Garza García, en fecha 19-diecinueve de Agosto del año 2010-dos mil diez.

3 Presenta escritura pública número 295,870-doscientos noventa y cinco mil ochocientos setenta, de fecha 31-treinta y uno de agosto del año 2006, pasada ante la fe del Licenciado Tomás Lozano Molina, Notario número 10-diez del Distrito Federal, en la cual hace constar LA DESIGNACIÓN DE DELEGADOS FIDUCIARIOS Y EL OTORGAMIENTO DE PODERES DE “HSBC MEXICO”, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUTO DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO HSBC, misma en la cual se designa como Delegado fiduciario a la señora María de la Luz Limón Acosta, entre otros, misma en la cual se transcribe en la página 21 del referido documento, inciso U), la escritura número 287,881-doscientos ochenta y siete mil, ochocientos ochenta y uno, de fecha 16-dieciséis de diciembre del año 2003-dos mil tres, pasada ante el Notario número 10 del Distrito Federal, en la cual hace constar el cambio de denominación de BANCO INTERNACIONAL, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BITAL, Institución financiera Filial, por la de HSBC MEXICO S.A., Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero HSBC, lo anterior quedando inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio bajo el Folio Mercantil Electrónico número 64,053.

4 Presenta Certificado de Libertad de Gravamen a favor de HSBC MEXICO S.A., Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero HSBC División Fiduciaria, de fecha 05-cinco de enero del año 2012-dos mil doce, para el predio marcado con el número 11 de la manzana 11, catastralmente 01 del Fraccionamiento Valle Oriente, con superficie de 3,685.189 metros cuadrados, respectivamente, los cuales no registran en su margen constancia vigente alguna de que estén gravados con HIPOTECA, EMBARGO, FIANZA, FIDEICOMISO, ni de algún otro modo.

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5 Presenta Dictamen HSBC TORRE HELICON/ CV-038-2013, de la Coordinación de Vialidad Secretaría de este municipio, de fecha 14-catorce de Febrero del año 2013-dos mil trece, lo anterior firmado por el MC. Ing. Gabriel Ponce Elizondo, Coordinador de Vialidad.

6 Presenta Instrumento número 56,705-cincuenta y seis mil setecientos cinco, del Libro número 886-

ochocientos ochenta y seis, México, Distrito Federal, de fecha 8-ocho de diciembre del año 2010-dos mil diez, pasada ante la fe del Lic. Luis Alberto Sánchez Tapia, Notario Titular de la Notaría Treinta y cuatro del Distrito Federal, haciendo constar EL PODER GENERAL PARA PELITOS Y COBRANZAS DE ASMINISTRACIÓN LIMITADO EN CUANTO A SU OBJETO, que otorga “HSBC MÉXICO,” SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO HSBC, DIVISIÓN FIDUCIARIA, a favor de los señores Emilio Fautsch Muguira, Ricardo Faursch Garza, Javier Guadalupe Guzmán Barrera, Alejandro Carlos Sosa Garza, Juan Antonio Vaquera Adame, Daniela Cobos Schuett y Roberto Barquera Ugarte, lo anterior firmado y notariado por el Licenciado Luis Alberto Sanchez Tapia de la Notaría número 94 Distrito Federal México.

7 Presenta recibo número 0076-0069354 del Pago de Impuesto Predial expedido por la Dirección de

Ingresos de la Secretaría de Finanzas y Tesorería Municipal, de fecha 30-treinta de enero del año 2012-dos mil doce, referente al predio identificado con el expediente catastral número 32-011-011, el cual se encuentra registrado a nombre de HSBC MEXICO SA, y refleja un área de 3,685.18 metros cuadrados y 37,699.00 metros cuadrados de construcción, en el cual consta que se encuentra al corriente del pago del impuesto predial.

8 Presenta copia simple de los siguientes antecedentes urbanísticos:

A) Oficio JAMM/JSEDUE/898/2009 de fecha 25-veinticinco de agosto del año 2009-dos mil nueve, por medio del cual a Autorizó la Licencia de Uso de Suelo para Oficinas Corporativas, en el predio ubicado en la Avenida José Clemente Orozco sin número, en Valle Oriente, de este municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, el cual está identificado con el expediente catastral número 32-011-011 y cuenta con una superficie de 3,685.189 metros cuadrados, lo anterior dentro del expediente administrativo CCSIM-17630/2008.

B) Licencia de Construcción de Oficinas Corporativas de 37,698.71 metros cuadrados, en un predio de 3,685.189 metros cuadrados de superficie, con expediente catastral 32-011-011, dentro del expediente administrativo CCSIM 17630 2008, en fecha 25-veinticinco de Agosto del año 2009-dos mil nueve.

C) Permiso de Derribo de fecha 14-catorce de abril del año 2009-dos mil nueve, expedido por la Dirección de Ecología, con Número de Permiso 6142/09 bajo el Expediente CCSIM-17630-2008, del predio ubicado en José Clemente Orozco S/N, de la colonia Valle Oriente, con expediente catastral 32-011-011.

D) Asignación de Número Oficial, de fecha 29-veintinueve de Octubre del año 2009-dos mil nueve, expedido por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, Dirección Urbana de San Pedro Garza García Nuevo León, en donde se le informa al C. TORRE JCO S.A. C.V. que el número oficial para el predio ubicado en la calle Avenida José Clemente Orozco en la Colonia Valle Oriente de este municipio es el siguiente 329-trescientos veintinueve y nueve de la Av. José Clemente Orozco, lo anterior firmado por el Ing. Javier Alejandro Maiz Martínez, Ciudadano Secretario de Desarrollo Urbano y Ecología.

9 Presenta Estudio de Impacto Vial ubicado en el Sector Valle Oriente en el municipio de San Pedro

Garza García, de fecha 27-veintisiete de Marzo del año 2012-dos mil doce, firmado por el Ingeniero Fernando Salas Martínez, especialista en Vialidad, así como, presenta el Visto bueno, otorgado por la Coordinación General de Vialidad de la Secretaría. de Seguridad Municipal, de fecha 24-veinticuatro de octubre del año 2012-dos mil doce con número CGV-DV-256.

10 Presenta Visto bueno de Secretaría de Seguridad Municipal Coordinación General de Vialidad de

este municipio, de fecha 24-veinticuatro de Octubre del año 2012-dos mil doce, con Dictamen Vial: CGV-DV-256.

11 Presenta el Visto bueno de Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de éste

municipio, de fecha de 13-trece de Julio del año 2012-dos mil doce, con número de oficio EAMT/SMADS/510/2012.

12 Presenta visto bueno de la Dirección de Protección Civil de Nuevo León, en fecha 25-veinticinco de

Septiembre del año 2012-dos mil doce, bajo el número de oficio D.P.C.-S.A.E.- 579-2012.

13 Que en fecha 10-diez de Julio del año 2012-dos mil doce, mediante el número de oficio AMDG/SECU/911/2012, se realizó requerimiento a la persona moral HSBC S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE GRUPO FINANCIERO HSBC DIVISIÓN FUDUCIARIA, para que presentará a esta Autoridad, la documentación siguiente:

Presentar Programa especifico y Plan de contingencia en materia de protección civil con la autorización de Protección Civil Municipal o Estatal, lo anterior de conformidad con lo dispuesto por el artículo 146 Fracción XVI, del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, N. L. El cual fue notificado el día 20-veinte de Julio del año 2012-dos mil doce, entendiéndose la diligencia con el C. José Martín Segura Ramírez, quien se ostento en su carácter de apoderado del interesado, cumpliendo con lo solicitado en fecha 25-veinticinco octubre del año 2012-dos mil doce.

III. INSPECCIÓN FÍSICA

Avance de obra efectuado por el Arq. José Arturo González Rodríguez. Observaciones: En el sótano 4 hay cajones representados en el plano que físicamente no están así como también hay bodegas que no vienen representadas en los planos, en el Sótano 01 los cajones 15, 16, 17 y 18, 24, 25, 26, 27 y 28 no están y también hay áreas de bodegas que no representan, en el nivel 1 hay bodegas que no están representadas en los planos anexos en sótano 01 los cajones 247, y 248 y de discapacitados se eliminaron para rampas, los pisos 13 se encuentra en remodelación, 20 ocupado y el 30 la mitad y a está ocupado y la otra la están habilitando. El edificio ya

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está terminado y ya está funcionando en este momento. Se envía a Jurídico para inspección. Se anexan fotografías en el Sistema. 19/07/2012 09:08:14 a.m.

Avance de obra efectuado por el Arq. José Arturo González Rodríguez. Se regresa toda vez que la

situación del predio está en las mismas condiciones que en la inspección pasada. 31/01/2013 11:26:57 a.m. Avance de obra efectuado, en fecha 16-dieciseis de Febrero del año 2013-dos mil trece, por el Arq. José

Arturo González Rodríguez. Observaciones: En planta sótano 04 entre los Ejes 7 y 8 y entre I y J y 1 y 3 y C y D existen bodegas que no están señaladas al igual que hay cajones representados en el plano y físicamente no están los cuales son 22, 45, 54. En planta sótano 03 entre los Ejes 1 y 3 y C y D también hay una bodega que no está señalada en plano anexo y con esto se eliminó el cajón 128. En planta sótano 02 se eliminaron los cajones 82, 83, 195, 196, 207 y 208 así como entre los Ejes 7 y 8 y J e I hay una bodega que no está señalada en los planos anexos. En planta sótano 01 se construyó una bodega entre los Ejes H y F y 1 y 2 que no está representada en los planos anexos y entre los Ejes 7 y 8 y C y F esa área de cerro y se techó así como también se eliminaron los cajones 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27 y 28 y esa área se dejó con jardín. También a lado oriente los cajones 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, 14 se eliminaron o no se habilitaron al igual que los cajones con número 243, 248, 249 y 250 estos últimos se eliminaron para dejar los accesos y salidas por la calle José Clemente Orozco. En planta Plaza Nivel 01 no se habilitaron los cajones 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43 y en la ubicación de los cajones 39, 40, 41, 42 y 43 se abrió para dejar un acceso y salida para reincorporarse a la Ave. Lázaro Cárdenas. En la planta estacionamiento nivel 10 los cajones 782 y 783 se eliminaron y en el área de equipos existen áreas techadas con material prefabricado que no están señaladas en planos anexos. La construcción del edificio ya está terminada y algunos niveles ya están habilitados y ya están funcionando. Se anexan fotografías en el Sistema. 19/02/2013 09:00:00 a.m.

IV. ZONIFICACIÓN

V. DE CONFORMIDAD CON EL REGLAMENTO DE ZONIFICACIÓN Y USOS DEL SUELO DEL MUNICIPIO DE SAN PEDRO GARZA GARCÍA, NUEVO LEÓN, LA EDIFICACIÓN A REALIZAR EN EL LOTE CON

El predio de referencia, de acuerdo al Plan de Desarrollo Urbano Municipal de San Pedro Garza

García, Nuevo León, 2024, Actualización 2010 y su Plano E-2 de Zonificación Secundaria Usos y

Destinos del Suelo Propuestos, por su ubicación, se reconoce en una Zona de Uso Mixto denominado “Valle Oriente Zona I´(Uno Prima)”, en la cual de conformidad con lo dispuesto por

la Matriz de Compatibilidad de Usos y Destinos del Suelo por Zonas Secundarias, Zonas

Primarias, Área Urbana, Zonas Secundarias, Uso Mixto, contenida en el citado Plan, el Uso Servicios (3000), Prestación de servicios a empresas y particulares (3500), la Función Oficinas,

despachos de profesionistas (3501), se considera PERMITIDO; el Uso Servicios (3000), De

alimentos y bebidas (3100), la Función Restaurante (3101), se considera PERMITIDO; y, el Uso Servicios (3000), De alimentos y bebidas (3100), la Función Cafetería (3102), se considera

PERMITIDO.

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EXPEDIENTE CATASTRAL 32-011-011, DEBERÁ SUJETARSE A LOS SIGUIENTES LINEAMIENTOS DE DESARROLLO URBANO. DESGLOSE DE ÁREAS:

Nivel

Metros

cuadrados

autorizados

en CCSIM

17630 2008

Diferencia

Metros

cuadrados

de

Modificación

Áreas

Sótano 4: 2,614.43 m² -10.66 m²

2,603.77 m² Estacionamiento con 63 cajones (32 estándar, 3

p/discapacitados y 28 compactos)

Sótano 3: 2,614.43 m² -10.66 m²

2,603.77 m² Estacionamiento con 80 cajones (39 estándar, 3

p/discapacitados y 38 compactos)

Sótano 2: 2,719.28 m² -210.06 m²

2,509.22 m² Estacionamiento con 101 cajones (50 estándar,

3 p/discapacitados y 48 compactos)

Sótano 1: 2,029.73 m² 107.44 m²

2,139.55 m² Estacionamiento con 78 cajones (57 estándar, 7

p/discapacitados y 14 compactos)

Nivel 1

plaza:

1,672.14 m² 20.65 m²

1,692.79 m² Estacionamiento (1348.75 m²) con 47 cajones

(42 estándar, 4 p/discapacitados y 1 compacto),

Área Común de Lobby (344.04 m²)

Nivel 2: 1,583.86 m² 190.43 m²

1,774.29 m² Estacionamiento (1477.98 m²) con 35 cajones

(32 estándar, 2 p/discapacitados y 1 compacto),

Área Común (Cafetería - 296.31 m²)

Nivel 3: 1,702.73 m² 71.56 m²

1,774.29 m² Estacionamiento con 48 cajones (41 estándar, 1

p/discapacitados y 6 compactos)

Nivel 4: 1,702.73 m² 71.56 m²

1,774.29 m² Estacionamiento con 53 cajones (49 estándar y

4 compactos)

Nivel 5: 1,702.73 m² 71.56 m²

1,774.29 m² Estacionamiento con 53 cajones (49 estándar y

4 compactos)

Nivel 6: 1,702.73 m²

71.56 m²

1,774.29 m² Estacionamiento con 53 cajones (49 estándar y

4 compactos)

Nivel 7: 1,702.73 m² 71.56 m²

1,774.29 m² Estacionamiento con 53 cajones (49 estándar y

4 compactos)

Nivel 8: 1,702.73 m² 71.56 m²

1,774.29 m² Estacionamiento con 53 cajones (49 estándar y

4 compactos)

Nivel 9: 1,708.94 m² 65.35 m²

1,774.29 m² Estacionamiento con 53 cajones (49 estándar y

4 compactos)

Nivel 10: 436.09 m² 70.02 m²

506.11 m² Estacionamiento con 42 cajones (38 estándar, 3

p/discapacitados y 1 compacto)

Nivel 11: 55.81 m² 450.30 m²

506.11 m² Oficinas Corporativas

Nivel 12: 456.24 m² 81.85 m²

538.09 m² Oficinas Corporativas

Nivel 13: 634.59 m² 64.12 m²

698.71 m² Oficinas Corporativas

Nivel 14: 685.18 m² 62.64 m²

747.82 m² Oficinas Corporativas

Nivel 15: 673.42 m² 62.78 m²

736.20 m² Oficinas Corporativas

Nivel 16: 661.66 m² 63.14 m²

724.80 m² Oficinas Corporativas

Nivel 17: 649.90 m² 61.02 m²

710.92 m² Oficinas Corporativas

Nivel 18: 638.14 m² 61.30 m²

699.44 m² Oficinas Corporativas

Nivel 19: 628.62 m² 66.18 m²

694.80 m² Oficinas Corporativas

Nivel 20: 622.14 m² 71.03 m²

693.17 m² Oficinas Corporativas

Nivel 21: 620.46 m² 71.05 m²

691.51 m² Oficinas Corporativas

Nivel 22: 644.02 m² 73.80 m²

717.82 m² Oficinas Corporativas

Nivel 23: 592.58 m² 123.58 m²

716.16 m² Oficinas Corporativas

Nivel 24: 590.90 m² 123.65 m²

714.55 m² Oficinas Corporativas

Nivel 25: 638.98 m² 46.21 m² 685.19 m² Oficinas Corporativas

10

10/16

Nivel 26: 612.06 m² 69.15 m²

681.21 m ² Oficinas Corporativas

Nivel 27: 610.38 m² 69.18 m²

679.56 m² Oficinas Corporativas

Nivel 28: 608.70 m² 69.22 m²

677.92 m² Oficinas Corporativas

Nivel 29: 607.02 m² 69.31 m²

676.33 m² Oficinas Corporativas

Nivel 30: 620.10 m² 56.54 m²

676.64 m² Oficinas Corporativas

Nivel 31: 54.01 m² 583.19 m²

637.20 m² Restaurante

Nivel 32: 196.14 m² -15.94 m²

180.20 m² Oficinas Corporativas

Nivel 33 azotea:

0.0 m² 152.97 m²

152.97 m² Azotea de Oficinas Corporativas

Total: 37,698.71 m² 3,188.14 m² 40,886.85 m² Oficinas (14,344.16 m2), Cafetería

(296.31m2), Restaurante (637.20 m2) y

Estacionamiento (25,609.18 m2) con 812

cajones (625 estándar, 26 p/discapacitados y

161 compactos).

Por lo que considerando lo anterior, los lineamientos de construcción de acuerdo al Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, son los siguientes:

CONCEPTO

NORMATIVIDAD

PROYECTO

CUMPLE

Altura Máxima En los predios o lotes ubicados en el

Polígono Valle Oriente la altura no tendrá límite. Art. 63, segundo párrafo.

136.50 metros (Ver Análisis 1)

SI

Coeficiente de Utilización del Suelo (CUS)

5 veces equivalente a 18,425.945 m2

Art. 65 Párrafo tercero, número 2, letra e, al ubicarse en el Polígono Valle Oriente,

en la zona I´(prima); Sin embargo cuentan con antecedente

con número de oficio JAMM/JSEDUE/898/2009, bajo número de expediente CCSIM-17630/2008, en el cual se le autorizo un CUS de 5.49 veces

6.537 veces equivalente a

24,091.997 m2 (Ver Análisis 3)

NO

Coeficiente de Ocupación del Suelo (COS)

60% equivalente a 2,211.113 m2 Art. 65 Fracc I, letra c, al ubicarse en el

polígono Valle Oriente.

58.06% equivalente a 2,139.55

metros cuadrados (Ver Análisis 2)

SI

Coeficiente de Área de Verde (CAV)

20% equivalente a 737.37 m2 Art. 68 Fracc. III, al encontrase dentro de

la zona I´(prima) del Polígono Valle Oriente.

6.3%, equivalente a

233.041 m2 de superficie de absorción natural, y 13.70% restante se capta con pozos de

absorción de acuerdo al antecedente CCSIM-

17630/2008; (Ver Análisis 4)

SI

Remetimiento Frontal

10 metros de la longitud del frente del lote o predio, al ubicarse en el Polígono Valle

Oriente, en la zona I´(prima). Art. 69 Fracc II

10.76 metros

(Ver Análisis 5)

SI

Remetimiento Posterior

10. metros de la colindancia posterior del lote o predio, al ubicarse en el Polígono

Valle Oriente, en la zona I´(prima); Art. 69 Fracc III

24.03 metros

(ver análisis 6)

SI

Remetimiento Lateral (Oriente)

3 metros de las colindancias laterales del lote o predio, al ubicarse en el Polígono

Valle Oriente, en la zona I´(prima); Art. 69 Fracc IV

4.20 metros En su lado Oriente

(ver análisis 7)

SI

Remetimiento Lateral (Poniente)

3 metros de las colindancias laterales del lote o predio, al ubicarse en el Polígono

Valle Oriente, en la zona I´(prima); Art. 69 Fracc IV

3.60 metros En su lado Poniente

(ver análisis 7)

SI

Cajones de

11

11/16

Estacionamiento 1 cajón por cada 10.00 metros cuadrados de construcción en el caso de cafetería; 1 cajón por cada 10.00 metros cuadrados de

construcción en el caso de restaurante; Art. 77

1 Cajón por cada 33 m2 de construcción en el caso de Oficinas de acuerdo con

antecedente expedido dentro del expediente administrativo número CCSIM-

17630/2008 en el cual se le autorizó Licencias Municipales de Uso de Suelo, Edificación y Construcción (Obra Nueva)

para Oficinas Administrativas, la Matriz de cajones de estacionamiento, del

Reglamento del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Municipal, 1990-2010.

Equivalente a 528 cajones.

812 cajones, sin embargo, realmente tiene 753

cajones

(Ver Análisis 8)

Cajones de Estacionamiento para

Discapacitados

1 cajón por cada 10 cajones o el 3% del

total de cajones, lo que resulte mayor, de la edificación para uso exclusivo de las

personas discapacitadas, lo anterior con fundamento en lo indicado por el Artículos

80 y 83 del citado Reglamento.

26 cajones

(Ver Análisis 8)

ANALISIS DE LINEAMIENTOS: 1.-Altura: En los predios o lotes ubicados en el Polígono Valle Oriente la altura no tendrá límite, lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 63 segundo párrafo, del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, en su proyecto presenta una altura de 136.50 metros lineales, por lo que CUMPLE. 2.-Coeficiente de Ocupación del Suelo (COS): El coeficiente de ocupación del suelo (COS) máximo es del 60%, para lotes o predios ubicados en el polígono Valle Oriente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65, fracción I, letra c, del Reglamento citado, que equivale a 2,211.113 metros cuadrados, en su proyecto presenta 58.06%, lo que equivale a 2,139.55 metros cuadrados, por lo que CUMPLE. 3.-Coeficiente De Utilización Del Suelo (CUS): El coeficiente de utilización del suelo (CUS) máximo es de 5 veces, al encontrarse el lote ubicado en la zona I´(prima), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65, tercer párrafo, número 2, letra e, del citado Reglamento, lo que equivale a 18,425.945 metros cuadrados; Sin embargo cuentan con antecedente con número de oficio JAMM/JSEDUE/898/2009, bajo número de expediente CCSIM-17630/2008, en el cual se le autorizo un CUS de 5.49 veces, en su proyecto presenta un (CUS) de 6.537 veces, lo que equivalente a 24,091.997 metros cuadrados, por lo que NO CUMPLE, esto de acuerdo a la siguiente tabla:

REGLAMENTO PROYECTO MODIFICADO ACTUAL

5 veces = 18,425.945 m2

Sin embargo cuentan con antecedente con número

de oficio JAMM/JSEDUE/898/2009, bajo número de expediente CCSIM-17630/2008, en el cual se le autorizo un CUS

de 5.49 veces

6.537 veces = 24,091.997 m2

M2 de Oficinas (14,344.16 m2) M2 Cafetería (296.31 m2) M2 Restaurante (637.20 m2) *CUS del Est. (8,814.327 m2)____ 24,091.997 m2

24,091.997 m2 cuantificables para el CUS

* Área total de estacionamiento techado 25,609.18 m2,

-7,980.525 m2 ** 17,628.655 m2

*50% = 8,814.327 m2

** Cajones excedentes: (25,609.18 m2)/ No. Cajones Techados (722) = 35.469 Área de Cajón excedente (35.469) x

Cajones Excedentes (225)= 7,980.525 m2

* Esto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65, tercer párrafo, número 6 del citado Reglamento, el cual establece que “En nuevas edificaciones el área de construcción destinada para estacionamiento, sólo se cuantificará en un 50%; para los efectos del Coeficiente de Uso de Suelo (CUS) el resto de la construcción de la edificación se cuantificará al 100% del Coeficiente de Uso de Suelo (CUS) que le corresponda”. ** Esto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66, segundo párrafo del citado Reglamento, el cual establece que “En todos los casos, los cajones de estacionamiento excedentes que se encuentren cubiertos con losa, no se contabilizarán para efectos del Coeficiente de Utilización del Suelo (CUS). 4.-Coeficiente de área verde (CAV): El coeficiente de área verde (CAV) mínimo es del 20%, al encontrarse el lote o predio en una zona I´(prima) del Polígono Valle Oriente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68, fracción III del citado Reglamento, lo que equivale a 737.37 metros cuadrados, sin embargo presenta antecedente de construcción autorizado bajo el número de expediente administrativo CCSIM 17630 /2008, en el cual el coeficiente de absorción del suelo (CAS) se autorizo con una superficie de absorción natural de 233.041 metros cuadrados lo que equivale al 6.3 % del total del predio, el 13.70% restante se capta con pozos de absorción ), según estudio presentado dentro de este mismo expediente referente a un estudio Hidrológico de pozo de absorción, elaborado por el C. Álvaro Lorenzo Vita Garza, con número de cédula Profesional 1942570, en fecha 28-veintiocho de noviembre del 2008-dos mil ocho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58, establece que “en los predios con uso comercial o de servicio donde las características de absorción del suelo lo permitan podrán utilizarse pozos de absorción o sistemas de infiltración diseñados por un especialista”, en su proyecto presenta 20%, por lo que se justifica CUMPLE. 5.-Remetimiento frontal: El remetimiento mínimo frontal es de 10 metros de la longitud del frente del lote o predio,

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de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69, fracción II del citado Reglamento, en su proyecto presenta 10.76 metros, por lo que CUMPLE. 6.-Remetimiento posterior: El remetimiento mínimo posterior es de 10 metros de la colindancia posterior del lote o predio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69, fracción III, del citado Reglamento, en su proyecto presenta 24.03 metros, por lo que CUMPLE. 7.-Remetimientos laterales: El remetimiento mínimo lateral es de 3 metros de las colindancias laterales del lote o predio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69, fracción IV, del citado Reglamento, en su proyecto presenta 4.20 metros en su lado oriente y 3.60 metros en su lado poniente, por lo que CUMPLE. 8.-Cajones de estacionamiento: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 y la Matriz de Cajones de Estacionamiento Según Usos y Destinos del Suelo, del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, requiere de los siguientes cajones de estacionamiento: Cafetería = 1 cajón por cada 10.00 metros cuadrados de construcción Restaurante = 1 cajón por cada 10.00 metros cuadrados de construcción Ahora bien de acuerdo con antecedente expedido dentro del expediente administrativo número CCSIM-17630/2008 en el cual se le autorizó Licencias Municipales de Uso de Suelo, Edificación y Construcción (Obra Nueva) para Oficinas Administrativas, la Matriz de cajones de estacionamiento, del Reglamento del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Municipal, 1990-2010; La función: Servicios; Genero: Oficinas con Afluencia Publica; Subgénero: Muy Baja (Administrativas o Corporativas) requiere 1 cajón por cada 33 metros cuadrados de construcción; Por lo que requiere de los siguientes cajones de estacionamiento: Oficinas Administrativas o Corporativas = 1 cajón por cada 33.00 metros cuadrados de construcción Por lo que de acuerdo a la modificación presentada del proyecto de construcción autorizado, se hace el siguiente análisis: Oficinas (1 cajón por cada 33 m2 de construcción)………………………………… 14,344.16m2 = 434.67 cajones. Cafetería (1 cajón por cada 10 m2 de construcción)….……………………………. 296.31m2 = 29.63 cajones. Restaurante (1 cajón por cada 10 m2 de construcción) ………………………….. 637.20m2 = 63.72 cajones. Resultando en total 528 cajones de estacionamiento los requeridos por la modificación de proyecto de construcción y en su proyecto presenta 812 cajones, por lo que de acuerdo a los planos presentados se considera que CUMPLE, sin embargo, el Avance de obra efectuado en fecha 16-dieciseis de Febrero del año 2013-dos mil trece, se observó que en planta sótano 04, entre los Ejes 7 y 8 y entre I y J y 1 y 3 y C y D existen bodegas que no están señaladas, al igual que hay cajones representados en el plano y físicamente no están los cuales son 22, 45, 54. En planta sótano 03, entre los Ejes 1 y 3 y C y D también hay una bodega que no está señalada en plano anexo y con esto se eliminó el cajón 128. En planta sótano 02, se eliminaron los cajones 82, 83, 195, 196, 207 y 208, así como, entre los Ejes 7 y 8 y J e I hay una bodega que no está señalada en los planos anexos. En planta sótano 01, se construyó una bodega entre los Ejes H y F y 1 y 2 que no está representada en los planos anexos y entre los Ejes 7 y 8 y C y F esa área de cerro y se techó, así como también, se eliminaron los cajones 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27 y 28 y esa área se dejó con jardín. También a lado oriente los cajones 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, 14 se eliminaron o no se habilitaron al igual que los cajones con número 243, 248, 249 y 250, estos últimos, se eliminaron para dejar los accesos y salidas por la calle José Clemente Orozco. En planta Plaza Nivel 01, no se habilitaron los cajones 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43 y en la ubicación de los cajones 39, 40, 41, 42 y 43 se abrió para dejar un acceso y salida para reincorporarse a la Ave. Lázaro Cárdenas. En la planta estacionamiento nivel 10, los cajones 782 y 783 se eliminaron y en el área de equipos existen áreas techadas con material prefabricado que no están señaladas en planos anexos.

En lo descrito anteriormente: en planta sótano 02, se eliminaron los cajones 82, 83, según la inspección de fecha 16-dieciséis de febrero del año 2013-dos mil trece, el cual de acuerdo al plano identificado como 3 de 12, se entiende que corresponden a los cajones con número 182 y 183; en planta sótano 01, describe que se eliminaron o no se habilito el cajón número 243, de acuerdo a la inspección antes señalada, el cual de acuerdo al plano identificado como 4 de12, se entiende que corresponde al cajón número 245; en planta estacionamiento nivel 10, se describe que se eliminaron los cajones 782 y 783, de acuerdo a la inspección antes señalada, el cual de acuerdo al plano identificado como 6 de 12, se entiende que corresponde al cajón número 762 y 763.

Por lo anterior, cabe aclarar que el edificio ya está terminado y algunos niveles ya están habilitados y ya

están funcionando, por lo tanto se inhabilitaron 59 cajones, de los 812 señalados en el Plano presentado, resultando un total de 753 cajones, por lo que cumple con la norma.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 80 y 83 del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, se deberá asignar cuando menos, por cada 10 cajones, 1 cajón o el 3% del total de cajones, lo que resulte mayor, de la edificación para uso exclusivo de las personas discapacitadas; sin embargo en antecedente expedido dentro del expediente administrativo número CCSIM-17630/2008, se le autorizó que de acuerdo al Artículo 73 del Reglamento del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Municipal, se deberán asignar cuando menos, a partir de un total de diez cajones, un cajón o el tres por ciento (3%) del total de cajones de la edificación respectiva para uso exclusivo de personas discapacitadas; por lo que el proyecto al presentar 812 cajones de estacionamiento en total, se requieren 24-veinticuatro cajones para uso exclusivo de las personas discapacitadas, en su proyecto presenta 26-veintiseis cajones para uso exclusivo de personas discapacitados, por lo que se considera que de acuerdo a los planos presentados CUMPLE, sin embargo, de acuerdo al Avance de obra efectuado en fecha 16-dieciseis de Febrero del año 2013-dos mil trece, se observó que se inhabilitaron 59 cajones, de los 812 señalados en el Plano presentado, resultando un total de 753 cajones, por lo que requieren 23-veintitres cajones para uso exclusivo de personas discapacitadas, y de acuerdo a la inspección antes mencionada, en planta sótano 01, se inhabilitaron los cajones 07, 08, 09, 14, y 245; en planta Plaza nivel 01, se inhabilito el cajón 43, por lo que se inhabilitaron un total de 6 cajones para uso exclusivo de personas discapacitadas, por lo que cuenta con 20 cajones de estacionamiento para uso exclusivo de discapacitado, por lo que no cumple con los artículos 80 y 83 del Reglamento antes citado. Los estacionamientos deben tener espacio para la circulación y las maniobras de estacionamiento de los vehículos,

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con las dimensiones que se indican en las Tablas número 1 y 2, del artículo 78, del Reglamento citado, y en su proyecto presenta una maniobra de 6.30 metros, sin embargo presenta antecedente expedido dentro del expediente administrativo número CCSIM 17630 /2008 referente a la autorización de las Licencias Municipales de Uso de Suelo, Edificación y Construcción (Obra Nueva) para Oficinas Administrativas, en el cual se le autorizó tener espacio para la circulación y las maniobras de estacionamiento de los vehículos, con una dimensión de 6.20 metros por lo que se considera que CUMPLE. De conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 78, del Reglamento citado, por cada 4 cajones de estacionamiento podrá haber 1 para vehículos compactos, y considerando que el proyecto tiene en total 812 cajones, puede tener hasta 203 cajones para vehículos compactos, y en su proyecto presenta 161 cajones Compactos, por lo que de acuerdo a los planos presentados se considera que CUMPLE, sin embargo, de acuerdo al Avance de obra efectuado en fecha 16-dieciseis de Febrero del año 2013-dos mil trece, se observó que se inhabilitaron 59 cajones de los 812 señalados en el Plano presentado, resultando un total de 753 cajones, por lo anterior, puede tener hasta 188 cajones para vehículos compactos, y de acuerdo a la inspección antes mencionada en planta sótano 04, se inhabilitaron los cajones 22, 45, 54; en planta sótano 03 se inhabilitó el cajón 128; en planta sótano 02, se inhabilitó el cajón 196; por lo que se inhabilitaron un total de 5 cajones para vehículos compactos, por lo que cuenta con 156 cajones de estacionamiento para vehículos compactos, por lo que Cumple. VI. DICTAMEN. Tomando en consideración que el inmueble con expediente catastral 32-011-011, ubicado frente a la Avenida José Clemente Orozco 329, entre las Calles Rufino Tamayo y Jesús Reyes Ferreira, del Fraccionamiento Valle Oriente, en este municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, de acuerdo al Plan de Desarrollo Urbano Municipal de San Pedro Garza García, Nuevo León, 2024, Actualización 2010 y su Plano E-2 de Zonificación Secundaria Usos y Destinos del Suelo, por su ubicación se reconoce en una Zona de Uso Mixto denominado “Valle Oriente Zona I´(Uno Prima)”, en la cual de conformidad con lo dispuesto por la Matriz de Compatibilidad de Usos y Destinos del Suelo por Zonas Secundarias, Zonas Primarias, Área Urbana, Zonas Secundarias, Uso Mixto, contenida en el citado Plan, el Uso Servicios (3000), Prestación de servicios a empresas y particulares (3500), la Función Oficinas, despachos de profesionistas (3501); el Uso Servicios (3000), De alimentos y bebidas (3100), la Función Restaurante (3101) y Cafetería (3102), citadas en el punto IV. Zonificación, del presente dictamen, se determinan como PERMITIDO, por lo que se dictamina en sentido POSITIVO la expedición a la persona moral denominada HSBC MEXICO S.A., Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero HSBC División Fiduciaria, Fideicomiso 262773, de la Licencia de Uso de Suelo para Servicios, Función o Clasificación para Restaurante (3101) y Cafetería (3102), en el Inmueble con expediente catastral 32-011-011; sin embargo, una vez analizado el proyecto arquitectónico presentado para su autorización, se advierte que este proyecto NO Cumple con el Lineamiento Urbanístico de Coeficiente de Utilización del Suelo (CUS) establecido en el Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, y aplicable en el lote antes citado que es máximo de 5 veces, al encontrarse el lote ubicado en la Zona de Uso Mixto denominado “Valle Oriente Zona I´(Uno Prima), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65, tercer párrafo, número 2, letra e, del citado Reglamento, lo que equivale a 18,425.945 metros cuadrados, así mismo NO Cumple con el Coeficiente de Utilización del Suelo (CUS) de 5.49 veces autorizado mediante la resolución de fecha 25-veinticinco de agosto del año 2009-dos mil nueve, con número de oficio JAMM/JSEDUE/898/2009, dentro del expediente administrativo número CCSIM-17630/2008, dado que el proyecto analizado en esta solicitud presenta un (CUS) de 6.537 veces, lo que equivalente a 24,091.997 metros cuadrados, según se explicó en el punto V, número 3, del presente documento, así mismo, No cumple con la norma de cajones de estacionamiento para uso exclusivo de personas discapacitadas, por los motivos expuestos en el punto V, número 8 antepenúltimo párrafo, del presente dictamen, por lo cual se concluye de que el proyecto y la obra o edificación NO CUMPLE con los citados Lineamientos Urbanísticos; por lo que se Dictamina, NEGATIVA la expedición a la persona moral denominada HSBC MEXICO S.A., Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero HSBC División Fiduciaria, Fideicomiso 262773, de la licencia de Construcción por Modificación al Proyecto y Ampliación de Construcción de 3,188.14 metros cuadrados, así como la Licencia de Uso de Edificación para Restaurante (637.20 m2), Oficinas Administrativas (14,344.16m2) y Cafetería (296.31m2), en el inmueble antes citado.

Rúbrica ____________________________________________________________________

EL C. SECRETARIO DE DESARROLLO SUSTENTABLE DEL MUNICIPIO DE

SAN PEDRO GARZA GARCÍA, NUEVO LEÓN

ING. ENRIQUE GERARDO AVILA HERNÁNDEZ”

CUARTO. La Secretaría de Desarrollo Sustentable en términos de lo establecido en los artículos 10, fracción XIII y último párrafo, 282, 286, 287, 293 y 360 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, turnó en fecha ocho (08) de marzo de dos mil trece (2013) el expediente en mención al Consejo Consultivo Ciudadano, a fin de que emitiera su opinión, siendo en sentido “NEGATIVO” de aprobar lo solicitado.

Así mismo, la Secretaría de Desarrollo Sustentable, en términos de lo establecido en el artículo 282 de la

Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León y en el artículo 138, fracción XIII del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, en fecha ocho (08) de marzo de dos mil trece (2013), turnó a esta Comisión de Desarrollo Sustentable del Republicano Ayuntamiento el expediente formado con motivo de la solicitud, a fin de que quedara en posibilidad de dictaminar.

QUINTO.- Por lo anteriormente expuesto y fundado y una vez que se analizaron por esta Comisión de Desarrollo Sustentable del Republicano Ayuntamiento, las constancias que integran el expediente administrativo número CCS 22460/2012, y tomando en consideración la opinión del Consejo Consultivo Ciudadano, así como el dictamen técnico de la Secretaría de Desarrollo Sustentable, esta Comisión de Desarrollo Sustentable resolvió el día de hoy, que toda vez que el predio objeto de la presente solicitud, el cual se encuentra ubicado en la Avenida José Clemente Orozco 329, entre las Calles Rufino Tamayo y Jesús Reyes Ferreira, del Fraccionamiento Valle Oriente, en este Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, el cual, según el Plan de Desarrollo Urbano Municipal San Pedro Garza García, Nuevo León, 2024 Actualización 2010 y su Plano E-2 Zonificación Secundaria Usos y Destinos del Suelo Propuestos, por su ubicación, se reconoce en una Zona de Uso Mixto denominado “Valle Oriente Zona I´(Uno Prima)”, en la cual de conformidad con lo dispuesto por la Matriz de Compatibilidad de Usos y Destinos del Suelo por Zonas Secundarias, Zonas Primarias, Área Urbana, Zonas Secundarias, Uso Mixto, contenida en el citado Plan, el Uso Servicios (3000), Prestación de servicios a empresas y particulares (3500), la Función Oficinas, despachos de profesionistas (3501), se considera PERMITIDO; el Uso Servicios (3000), De

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alimentos y bebidas (3100), la Función Restaurante (3101), se considera PERMITIDO; y, el Uso Servicios (3000), De alimentos y bebidas (3100), la Función Cafetería (3102), se considera PERMITIDO. Ahora bien, una vez analizado el proyecto arquitectónico presentado para su autorización, se advierte del capítulo V, denominado “DE CONFORMIDAD CON EL REGLAMENTO DE ZONIFICACIÓN Y USOS DEL SUELO DEL MUNICIPIO DE SAN PEDRO GARZA GARCÍA, NUEVO LEÓN, LA EDIFICACIÓN A REALIZAR EN EL LOTE CON EXPEDIENTE CATASTRAL 32-011-011, DEBERÁ SUJETARSE A LOS SIGUIENTES LINEAMIENTOS DE DESARROLLO URBANO.”, en el punto “ANÁLISIS DE LINEAMIENTOS” del dictamen técnico de la Secretaría de Desarrollo Sustentable se desprende lo siguiente:

a) En el caso concreto, la norma establece como un máximo de 5 veces, lo que equivale a 18,425.945 metros cuadrados, al encontrarse el lote ubicado en la Zona de Uso Mixto denominado Valle Oriente Zona I´(PRIMA), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65, tercer párrafo, número 2, letra e, del citado Reglamento, sin embargo cuentan con antecedente con número de oficio JAMM/JSEDUE/898/2009, bajo número de expediente CCSIM 17630/2008, en el cual se le autorizó un CUS de 5.49 veces. Ahora bien, es de concluir que el proyecto presentado NO CUMPLE con el Lineamiento Urbanístico de Coeficiente de Utilización del Suelo (CUS) establecido en el Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, toda vez que el proyecto presenta un CUS de 6.537 veces, lo que equivale a 22,091.997 metros cuadrados.

b) En ese mismo orden de ideas, referente a cajones de estacionamiento para uso exclusivo de personas discapacitadas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 80 y 83 del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, se deberá asignar cuando menos, por cada 10 cajones, 1 cajón o el 3% del total de cajones, lo que resulte mayor, de la edificación para uso exclusivo de las personas discapacitadas; sin embargo en antecedente expedido dentro del expediente administrativo número CCSIM-17630/2008, se le autorizó que de acuerdo al artículo 73 del Reglamento del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Municipal se deberán asignar, a partir de un total de diez cajones, cuando menos un cajón o el tres por ciento (3%) del total de cajones de la edificación respectiva para uso exclusivo de personas discapacitadas; por lo que el proyecto al presentar 812 cajones de estacionamiento en total, se requieren 24-veinticuatro cajones para uso exclusivo de las personas discapacitadas, en su proyecto presenta 26-veintiseis cajones para uso exclusivo de personas discapacitados, por lo que se considera que de acuerdo a los planos presentados CUMPLE, sin embargo, de acuerdo al Avance de obra efectuado en fecha 16-dieciseis de Febrero del año 2013-dos mil trece, se observó que se inhabilitaron 59 cajones, de los 812 señalados en el Plano presentado, resultando un total de 753 cajones, por lo que requieren 23-veintitres cajones para uso exclusivo de personas discapacitadas, y de acuerdo a la inspección antes mencionada, en planta sótano 01, se inhabilitaron los cajones 07, 08, 09, 14, y 245; en planta Plaza nivel 01, se inhabilito el cajón 43, por lo que se inhabilitaron un total de 6 cajones para uso exclusivo de personas discapacitadas, por lo que cuenta con 20 cajones de estacionamiento para uso exclusivo de discapacitado, por lo que no cumple con los artículos 80 y 83 del Reglamento antes citado.

Por lo anteriormente expuesto y fundado en el primer párrafo de esta Consideración, se dictamina en

sentido POSITIVO la expedición a la persona moral denominada HSBC MEXICO S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE GRUPO FINANCIERO HSBC DIVISIÓN FIDUCIARIA, FIDEICOMISO 262773, de la LICENCIA DE USO DE SUELO PARA SERVICIOS, FUNCIÓN O CLASIFICACIÓN PARA RESTAURANTE (3101) Y CAFETERÍA (3102), en el Inmueble con expediente catastral 32-011-011. Sin embargo, una vez analizado el proyecto arquitectónico presentado para su autorización, como se expuso en párrafos anteriores, se advierte que este proyecto NO Cumple con el Lineamiento Urbanístico de Coeficiente de Utilización del Suelo (CUS) establecido en el Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, pues presenta un (CUS) de 6.537 veces, lo que equivalente a 24,091.997 metros cuadrados; así mismo, NO cumple con la norma de cajones de estacionamiento para uso exclusivo de personas discapacitadas, por los motivos expuestos anteriormente, por lo cual se concluye de que el proyecto y la obra o edificación NO CUMPLE con los citados Lineamientos Urbanísticos. En razón de todo lo anterior, es que se dictamina NEGATIVO la expedición a la persona moral denominada HSBC MEXICO S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE GRUPO FINANCIERO HSBC DIVISIÓN FIDUCIARIA, FIDEICOMISO 262773, de la LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN POR MODIFICACIÓN AL PROYECTO Y AMPLIACIÓN DE CONSTRUCCIÓN DE 3,188.14 METROS CUADRADOS, ASÍ COMO LA LICENCIA DE USO DE EDIFICACIÓN PARA RESTAURANTE (637.20 M2), OFICINAS ADMINISTRATIVAS (14,344.16M2) Y CAFETERÍA (296.31M2), en el inmueble antes citado.

En consecuencia de lo anterior, ante el incumplimiento de los lineamientos anteriores, que derivan en la negativa de la licencia de construcción solicitada, ante la inexistencia de la misma, es procedente dictaminar en sentido NEGATIVO la expedición a la persona moral denominada “HSBC MEXICO” S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE GRUPO FINANCIERO HSBC DIVISIÓN FIDUCIARIA, FIDEICOMISO 262773, de la LICENCIA DE USO DE EDIFICACIÓN PARA RESTAURANTE (637.20 METROS CUADRADOS), OFICINAS ADMINISTRATIVAS (14,344.16 METROS CUADRADOS) Y CAFETERÍA (296.31 METROS CUADRADOS), en el inmueble antes citado, puesto que de conformidad con el artículo 139 del Reglamento de Zonificación y Usos de Suelo de San Pedro Garza García, Nuevo León, la licencia de uso de edificación es el documento expedido por la Secretaría mediante el cual se autoriza el uso de la edificación de conformidad con lo dispuesto en el Plan y este Reglamento o Programas de desarrollo urbano, la cual puede ser para una edificación nueva o una existente, que cuente con su correspondiente licencia de construcción previamente otorgada por la autoridad municipal. Como soporte de lo anterior se transcribe el numeral en mención:

Artículo 139.- La licencia de uso de edificación es el documento expedido por la Secretaría

mediante el cual se autoriza el uso de la edificación con la o las funciones solicitadas, de

conformidad con lo dispuesto en el Plan y este Reglamento o Programas de desarrollo urbano. La

licencia puede ser para una edificación nueva o una existente, que cuente con su

correspondiente licencia de construcción previamente otorgada por la autoridad municipal.

La licencia de uso de edificación será nominativa e intransferible. De lo anteriormente expuesto, se desprende claramente que para que se pueda expedir la

licencia de uso de edificación, es necesario contar con una licencia de construcción previamente otorgada por la Autoridad y ante la negativa de la modificación de proyecto de licencia de construcción, deberá negarse la

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autorización de la licencia de construcción peticionada por la solicitante.

Además de que conforme a lo dispuesto por los artículo 191 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, toda acción urbana que genere la transformación de suelo rural o urbano, los cambios en la utilización de áreas o predios, así como todas las acciones de urbanización, construcción y edificación que se realicen en el Estado, estarán sujetas a las disposiciones la Ley antes citada.

Por otro lado, el artículo 88 de la citada ley establece que los planes o programas de desarrollo urbano, a que se refiere esta Ley tienen como objetivo dar cumplimiento al párrafo tercero del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población en el Estado. Serán de carácter obligatorio para los particulares y para las dependencias y entidades de las administraciones públicas federales, estatales y municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias.

La ejecución de acciones urbanas y obras públicas o privadas deberán sujetarse a lo establecido en esta

Ley y en los planes y programas de desarrollo urbano, sin este requisito no se otorgará autorización, licencia o permiso alguno para efectuarlos. Las que se expidan no obstante esta prohibición, serán nulas de pleno derecho, según lo establece el artículo 89 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León.

A su vez, el artículo 82 de la Ley en cuestión, establece que los programas de desarrollo urbano de

centros de población son los instrumentos que integran el conjunto de disposiciones y normas para ordenar y regular su zonificación, reservas, usos y destinos del suelo y sus compatibilidades, las especificaciones de las densidades de población, construcción y ocupación, que tiendan a mejorar el funcionamiento y organización de sus áreas de conservación, mejoramiento y crecimiento, así como establecer las bases para la programación de acciones, obras y servicios.

Así mismo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 100 del citado ordenamiento legal, en los predios donde el uso de suelo o construcción existente no corresponda al señalado en los planes o programas, el propietario o poseedor solo podrá realizar obras de reparación o mantenimiento. Cualquier ampliación o cambio de uso de suelo deberá ajustarse al plan o programa de desarrollo urbano vigente, y en su caso, a los reglamentos municipales de la materia vigentes.

Una vez aprobado el Plan de Desarrollo Urbano Municipal de San Pedro Garza García, Nuevo León 2024, Actualización 2010, e iniciada su vigencia, toda acción de crecimiento urbano como lo son: fusiones, subdivisiones, relotificaciones, parcelaciones, fraccionamientos o desarrollos en régimen de propiedad en condominio de terrenos, usos de suelo y/o usos de edificaciones, así como toda acción de urbanización, realización de obras y acciones sobre edificaciones que se realicen en los inmuebles ubicados en este municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, se rigen por lo establecido en el Plan de Desarrollo Urbano Municipal de San Pedro Garza García, Nuevo León 2024, Actualización 2010, en su estructura urbana propuesta, en la zonificación, densidades, en la Matriz de Compatibilidad de Usos y Destinos del Suelo por Zonas Secundarias, Zona Primaria, Área Urbana, zonas Secundarias, Zonas Habitacionales Unifamiliares, Zona H-5, estructura de vialidad, en el Plano E-2, y demás disposiciones contenidas en el citado Plan, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 88 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 361 párrafos tercero y cuarto de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, las autorizaciones, licencias y demás actos de autoridad de conformidad con esta Ley no impide ni condiciona el ejercicio de las facultades de verificación a cargo de las autoridades competentes; y las autorizaciones, licencias y demás actos de autoridad emitidos de conformidad con esta Ley, no prejuzgan sobre los derechos de propiedad, gravámenes, servidumbres o cualquier otro derecho de terceros y se dictó conforme a los documentos, informes y datos proporcionados por el solicitante bajo su estricta responsabilidad.

SEXTO.- En virtud, de lo asentado en los resultandos y consideraciones de este dictamen y de acuerdo a

lo establecido en el artículo 10, fracción XIII y último párrafo en relación con los diversos numerales 226 fracción II, 227 fracción II, 228, 281, 286, 287, 288, 290 y 360 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado y numerales 135, 143, 146 y demás relativos del Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo de este municipio, ésta Comisión de Desarrollo Sustentable somete a la consideración del Republicano Ayuntamiento, los siguientes:

ACUERDOS

PRIMERO. Por lo anteriormente expuesto y fundado, y tomando en consideración el dictamen técnico de la Secretaría de Desarrollo Sustentable, por las razones y fundamentos expuestos en las Consideraciones Cuarta y Quinta del presente dictamen se APRUEBA a la persona moral denominada “HSBC MEXICO” S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE GRUPO FINANCIERO HSBC DIVISIÓN FIDUCIARIA, FIDEICOMISO 262773, la expedición de la LICENCIA DE USO DE SUELO PARA SERVICIOS, FUNCIÓN O CLASIFICACIÓN PARA RESTAURANTE (3101) Y CAFETERÍA (3102) condicionada a lo establecido para ello en el presente instrumento; en ese mismo orden de ideas, se NIEGA la expedición de la LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN POR MODIFICACIÓN AL PROYECTO Y AMPLIACIÓN DE CONSTRUCCIÓN DE 3,188.14 METROS CUADRADOS y la LICENCIA DE USO DE EDIFICACIÓN PARA RESTAURANTE (637.20 METROS CUADRADOS), OFICINAS ADMINISTRATIVAS (14,344.16 METROS CUADRADOS) Y CAFETERÍA (296.31 METROS CUADRADOS), para el predio ubicado en la Avenida José Clemente Orozco 329, entre las Calles Rufino Tamayo y Jesús Reyes Ferreira, del Fraccionamiento Valle Oriente, en este Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, con expediente catastral 32-011-011, radicada en la Secretaría de Desarrollo Sustentable bajo el expediente administrativo número CCS 22460/2012.

SEGUNDO:- Girese la instrucciones a la Secretaría de Desarrollo Sustentable, para que proceda al inicio de los procedimientos administrativos necesarios y en caso de proceder, se apliquen las sanciones correspondientes.

TERCERO:- Así mismo, la presente no prejuzga sobre los derechos de propiedad y se elaboró conforme a los documentos, informes y datos proporcionados por el solicitante bajo su estricta responsabilidad.

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CUARTO:- Notifíquese el presente acuerdo por oficio a la Secretaría de Desarrollo Sustentable a fin de notificar a los solicitantes, de conformidad con el artículo 360 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León.

QUINTO:- Gírense las instrucciones al C. Presidente Municipal, al C. Secretario del Republicano Ayuntamiento y al C. Secretario de Desarrollo Sustentable para el exacto cumplimiento del presente acuerdo.

ATENTAMENTE. San Pedro Garza García, Nuevo León, a 08 de marzo de 2013. COMISIÓN DE DESARROLLO SUSTENTABLE DEL REPUBLICANO AYUNTAMIENTO. C. GUILLERMO MONTEMAYOR CANTÚ. PRESIDENTE. A FAVOR DEL DICTAMEN. C. ADRIÁN MARCELO VILLARREAL RODRÍGUEZ. SECRETARIO. A FAVOR DEL DICTAMEN. C. JORGE SALVADOR GONZÁLEZ GARZA. VOCAL. A FAVOR DEL DICTAMEN. C. MARÍA CRISTINA MORENO GUTIÉRREZ. VOCAL. A FAVOR DEL DICTAMEN. C. PRISCILLA CHAPA VALDÉS VOCAL. A FAVOR DEL DICTAMEN.

El C. Secretario del R. Ayuntamiento, Lic. Hernán Salinas Wolberg, expresó: Se somete a consideración de ustedes el dictamen presentado, ¿algún comentario? Al no haber comentarios, se somete a votación el siguiente ACUERDO: Se aprueba el dictamen presentado por la Comisión de Desarrollo Sustentable referente al Expediente Administrativo CCS 22460/2012, en los términos expuestos. Quienes estén a favor, manifestarlo de la forma acostumbrada. Con 14 votos a favor, se aprueba por unanimidad. Continuando con el uso de la palabra el C. Secretario del R. Ayuntamiento, Lic. Hernán Salinas Wolberg, expresó: Por último, en el punto número cuatro del Orden del Día, Clausura de la Sesión y habiendo sido agotados los puntos del Orden del Día para esta Décimo Octava Sesión Extraordinaria y siendo las 17:58-diescisiete horas con cincuenta y ocho minutos me permito declarar clausurados los trabajos de la misma. Gracias.