ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO ... · día de la convocatoria correspondiente....

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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO CELEBRADA EL DIA 1 DE DICIEMBRE DE 2016. ASISTEN: SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA. Dª Conxa García Ferrer TENIENTES DE ALCALDE: D. Francisco Quiles Teodoro (PSOE) Dª. Inocencia Albert García (PSOE). D. Jaume Sobrevela Forteza (PSOE). D. Joan Vicent Aguado i Medina (PSOE). D. Héctor Manuel Pradas Sòria (PSOE). Dª Belén Bernat Sotelo (PSOE). CONCEJALES: D. Iván Mocholí Calabuig (PSOE). Dª Martha Mónica Olguín Flores (PSOE). D. Salvador Morató Sobrevela (PSOE). Dª Amparo Campos Tronchoni (PSOE). Dª Inmaculada Guaita Vañó (PP). Dª María Amparo Crespo Palacios (PP). D. Miguel Angel Albert Aguado (PP). D. José López López (PP). D. Artur Hernández i Gastaldo (COMPROMIS-C). Dª Nereida Tarazona Belenguer (COMPROMIS-C). D. Juan Manuel Bernal Moreno (CIUDADANOS- C’s). D. Juan Francisco Albert Guerrero (Canviem entre Tots CET). EXCUSAN SU ASISTENCIA: D. Joan Carles Silla Belenguer (PSOE). Dª María Ester Carbonell Chanzá (PSOE). SR. SECRETARIO GENERAL. D. Jorge Fco. Ricart Martí. SRA. INTERVENTORA. Dª Amparo Valdivieso Martínez En la Villa de Picassent, a 1 de diciembre de dos mil dieciséis y, siendo las 19:30 horas, bajo la presidencia de la Sra. Alcaldesa-Presidenta, Dª Conxa García Ferrer, con la asistencia de los Sres. anotados al margen, se reúne en el Salón de Plenos del Ayuntamiento, sito en Pça. de L'Ajuntament, nº 2, el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria, al objeto de tratar los asuntos incluidos en el orden del día de la convocatoria correspondiente. P.2016-11-153.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR DE FECHA 27 DE OCTUBRE DE 2016.

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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO CELEBRADA EL DIA 1 DE DICIEMBRE DE 2016.

ASISTEN:

SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA. Dª Conxa García Ferrer TENIENTES DE ALCALDE: D. Francisco Quiles Teodoro (PSOE) Dª. Inocencia Albert García (PSOE). D. Jaume Sobrevela Forteza (PSOE). D. Joan Vicent Aguado i Medina (PSOE). D. Héctor Manuel Pradas Sòria (PSOE). Dª Belén Bernat Sotelo (PSOE). CONCEJALES: D. Iván Mocholí Calabuig (PSOE). Dª Martha Mónica Olguín Flores (PSOE). D. Salvador Morató Sobrevela (PSOE). Dª Amparo Campos Tronchoni (PSOE). Dª Inmaculada Guaita Vañó (PP). Dª María Amparo Crespo Palacios (PP). D. Miguel Angel Albert Aguado (PP). D. José López López (PP). D. Artur Hernández i Gastaldo (COMPROMIS-C). Dª Nereida Tarazona Belenguer (COMPROMIS-C). D. Juan Manuel Bernal Moreno (CIUDADANOS-C’s). D. Juan Francisco Albert Guerrero (Canviem entre Tots –CET). EXCUSAN SU ASISTENCIA: D. Joan Carles Silla Belenguer (PSOE). Dª María Ester Carbonell Chanzá (PSOE). SR. SECRETARIO GENERAL. D. Jorge Fco. Ricart Martí. SRA. INTERVENTORA. Dª Amparo Valdivieso Martínez

En la Villa de Picassent, a 1 de diciembre de dos

mil dieciséis y, siendo las 19:30 horas, bajo la presidencia de la Sra. Alcaldesa-Presidenta, Dª Conxa García Ferrer, con la asistencia de los Sres. anotados al margen, se reúne en el Salón de Plenos del Ayuntamiento, sito en Pça. de L'Ajuntament, nº 2, el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria, al objeto de tratar los asuntos incluidos en el orden del día de la convocatoria correspondiente.

P.2016-11-153.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR DE FECHA 27 DE

OCTUBRE DE 2016.

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Sometida a consideración el acta de la sesión anterior de fecha 27 de octubre de 2016, es

aprobada por la unanimidad de los presentes. P.2016-11-154.- DACIÓN DE CUENTA DECRETOS DE ALCALDÍA. Se da cuenta de los siguientes decretos de alcaldía:

Nº DECRETO TITULO

2016 / 2229 SOLICITUD DE EXENCION Y ANULACION DE LA LIQUIDACION CORRESPONDIENTE AL INCREMENTO DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA POR EJECUCION HIPOTECARIA

2016 / 2230 RESOLUCIÓN EXPTE. CO2016-035. 2016 / 2231 RECTIFICACION EXPTE DE MODIFICACION DE CREDITOS Nº 42/2016 DE AMPLIACION DE CREDITOS 2016 / 2232 CONTRATACIÓN MONITOR JUVENTUD Y PEONES TRAMOYISTAS CASA DE CULTURA 2016 / 2233 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR D. JAI SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2234 ORDENACIÓN DE PAGO DE AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL EN ESPECIE - CONSUM SEPTIEMBRE 2016 / 2235 RELACION N.º 15/2016 DE ORDENES DE PAGO FACTURAS PROFESIONALES MES DE SEPTIEMBRE DE 2016 2016 / 2236 ANULADO 2016 / 2237 RESOLUCIÓN EXPTE. CO2016-033. 2016 / 2238 CONVALIDACIÓN CONTRATO MENOR SERVICIO CAMPAÑA CONTRA MOSQUITO TIGRE 2016 / 2239 RESOLUCIÓN EXPTE. CO2016-032. 2016 / 2240 ORDEN PRACTICAR LIQUIDACION EJECUCION SUBSIDIARIA LIMPIEZA SECTOR SUZR-5 2016 / 2241 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR JJPP SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2242 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR Dª. CCS SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2243 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR MEAC SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2244 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR CPS SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2245 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR AFG SOBRE IBI URBANA REGUALRIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2246 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR Dª. ABM SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2247 RESOLÚCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR D. MPM SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL.

2016 / 2248 CONCESION LICENCIA DE OBRAS A CEGAS EXPTE 189/2016 2016 / 2249 CONCESIÓN VADO DBJ EN C/ CARLOS ALBORS, 29 2016 / 2250 EXPTE DE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CREDITOS Nº 20/2016 2016 / 2251 CAJA FIJA TESORERIA NUM.18 2016 / 2252 REL. 19/2016 DE AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL EN METALICO 2016 / 2253 SOLICITUD DE DBA BAJA VADO 856 C/ ALBACETE, 10 2016 / 2254 CAJA FIJA TESORERIA NUM.19 2016 / 2255 APROBACION NOMINA OCTUBRE 2016 2016 / 2256 RESOLUCIÓN EXPTE. 315-RM/2016 DE APLAZ./FRACC. 2016 / 2257 REL. 19/2016 DE AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL EN ESPECIE 2016 / 2258 APROBACIÓN HHEE - GRATIFICS - OCTUBRE 2016 2016 / 2259 REMESA DE LIQUIDACIONES "IBIUINS163" 2016 / 2260 RESOLUCIÓN SOLICITUD DE D. MJC PONS BONIFICACIÓN IBI TITULARES FAMILIAS NUMEROSAS 2016 / 2261 RESOLUCIÓN SOLICITUDES DE BONIFICACION IBI TITUL F.N. DE SM L O. B Y SC 2016 / 2262 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR JGA SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2263 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR MLG FRANCO SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2264 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR AOS SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

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Nº DECRETO TITULO

2016 / 2265 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR Mª FACP SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATAST 2016 / 2266 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR EPAO SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2267 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR CFY SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2268 RESOLUCIÓN EXPTE. 319-RM/2016 DE APLAZ./FRACC. 2016 / 2269 RESOLUCIÓN EXPTE. 312-RM/2016 DE APLAZ./FRACC.

2016 / 2270 RECTIFICACION OPERACION PRESUUESTARIA DE AUTORIZACION YDISPOSICION POR ERROR EN EL IMPORTE

2016 / 2271 RECONOCIMEINTO OBLIGACIÓN PAGO A LA TGSS CONTINGENCIA ACCIDENTE ELV 2016 / 2272 RECTIFICACION OPERACIONES APLICADAS AL PROYECTO 2016800COR0001 DROGODEPENDENCIAS 2016 / 2273 APROBACIÓN CONSTITUCIÓN CAJA FIJA POR SUSPENSIÓN ACTUACIÓN CASA CULTURA

2016 / 2274 RECTIFICACIÓN CONTABILIZACIÓN DE OPERACIONES APLICADAS AL PROYECTO 2016800COR0003 SEAFI 2016

2016 / 2275 APROBACIÓN CUENTA JUSTIFICATIVA A FAVOR DE JMBC CERCADOY FIANZA COHETA 2016 / 2276 CONCESION LICENCIA DE OBRAS A EPR, S.L. EXPTE 203/2016 2016 / 2277 RESOLUCIÓN EXPTE. COBRO DUPLICADO A DCN. 2016 / 2278 RESOLUCIÓN COBROS DUPLICADOS A AAF. 2016 / 2279 REL.110/2016 DE RECONOCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN Y ORDENACIÓN DE PAGO DE FACTURAS 2016 / 2280 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR RDG SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2281 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR MGMM SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL.

2016 / 2282 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR YPM SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2283 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR D. DMA SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL.

2016 / 2284 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR ARHH SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2285 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR VVE SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2286 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR STMB SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATSTRAL 2016 / 2287 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR TFA EN REP. HER. J.FA SOBRE IBI U REGULARIZACIÓN CA

2016 / 2288 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR CMF EN REP.PROMOCIONES JUAN MONZO SOBRE IBI URBANA REG. CATASTRAL

2016 / 2289 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR MRC EN REP. MCRM SOBRE IBI-U REG. CATASTRAL 2016 / 2290 BAJA VADO Nº 1033 JRO EN AVDA. ESCULTOR E. GALARZA, 77. 2016 / 2291 CAJA FIJA TESORERIA NUM.20 2016 / 2292 CONCESION LICENCIA DE OBRAS A CEGAS EXPTE 209/2016 2016 / 2293 CONCESION LICENCIA DE OBRAS A MCRS EXPTE 2072016 2016 / 2294 TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA TMS 2016 / 2295 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR CAA SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2296 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR MB EN REP. MPM SOBRE IBIU REG. CATASTRAL 2016 / 2297 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR JPT SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2298 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR GCP SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2299 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR JRV EN REP. CVC SOBRE IBI U REG. CATASTRA 2016 / 2300 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR ASC SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2301 RECTIFICACION CONTABILIZACION DE OPERACIONES PARA APLICAR AL PROYECTO 2016800COR0006 ATENCIÓ A PERSONES AMB DIVERSITAT F

2016 / 2302 EXP 359/16 DEVOLUCIÓN RRSU POR USO DISTINTO A LA TARIFA 2016 / 2303 ANULADO

2016 / 2304 PAGO A JUSTIFICAR DE AS 2016 / 2305 EXP 360/16 DEVOLUCIÓN IVTM POR BAJA DEFINITIVA 2016 / 2306 DEVOLUCION DEL INGRESO DEL TRIBUTO MUNICIPAL IVTM

2016 / 2307 EXP 363/16 BONIFICACIÓN IVTM 25 AÑOS 2016 / 2308 EXP 368/16 EXENCIÓN IVTM POR MINUSVALÍA

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Nº DECRETO TITULO

2016 / 2309 EXP 370/16 ANULACIÓN RRSU POR ERROR EN TITULARIDAD 2016 / 2310 EXP 371/16 DEVOLUCIÓN IVTM 2016 / 2311 EXP 372/16 EXENCIÓN IVTM VEHÍCULO AGRÍCOLA 2016 / 2312 EXP 376/16 DEVOLUCIÓN IVTM 2016 / 2313 EXP 377/16 DEVOLUCIÓN IVTM 2016 / 2314 EXP 391/16 EXENCIÓN IVTM POR MINUSVALÍA 2016 / 2315 EXP 392/16 EXENCIÓN IVTM POR MINUSVALÍA 2016 / 2316 EXP 394/16 ANULACIÓN Y NUEVA LIQUIDACIÓN IIVT 2016 / 2317 REL. 111/2016 DE RECONOCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN Y ORDENACIÓN DE PAGO DE AYUDAS 2016 / 2318 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR ACS SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2319 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR EAG SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2320 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS PO CTP EN REP. FTA SOBRE IBI-U REGU. CATASTRAL 2016 / 2321 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR AGD SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2322 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR PSA EN REP. EAM SOBRE IBI-U REGULAR CATASTRAL 2016 / 2323 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR FRM SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2324 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR CGP SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2325 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR VGR SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2326 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR PAR SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2327 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR PRH SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2328 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR APA SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2329 RENOVACIÓN TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA FCB

2016 / 2330 CONCESION LICENCIA DE OBRAS A JFMH EXPTE 872016 2016 / 2331 ANULACIÓN IMPORTE NO JUSTIFICADO AYUDAS EN ESPECIE - CONSUM - 2016 / 2332 RENOVACIÓN TARJETA DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA Nº 204 ORM 2016 / 2333 CONCESION LICENCIA DE OBRAS A RFDM EXPTE 113/2016 OBRAS 2016 / 2334 CONVOCATORIA Y ORDEN DIA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL 27-10-2016 17:30 H. 2016 / 2335 CONCESION LICENCIA AMBIENTAL. EXP: 5/16 LA MJJJ 2016 / 2336 RESOLUCIÓN EXPTE. 0333-RM/2016 DE APLAZ./FRACC. 2016 / 2337 RESOLUCIÓN EXPTE. 0328-RM/2016 DE APLAZ./FRACC. 2016 / 2338 RESOLUCIÓN EXPTE. 0327-RM/2016 DE APLAZ./FRACC. 2016 / 2339 RESOLUCIÓN EXPTE. 0313-RM/2016 DE APLAZ./FRACC. 2016 / 2340 CONVOCATORIA Y ORDEN DIA PLENO 27-10-2016 2016 / 2341 REL. 112/2016 DE RECONOCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN Y ORDENACIÓN DE PAGO DE FACTURAS 2016 / 2342 AUTORIZACIÓN RESERVA DE ESTACIONAMIENTO AMA 2016 / 2343 SOLICITUD SUBVENCION MANTENIMIENTO CFPA2016 A CONSELLERIA DE EDUCACION 2016 / 2344 RESOLUCIÓN EXPTE. 0323-RM/2016 DE APLAZ./FRACC. 2016 / 2345 ASIGNACION GRUPOS POLÍTICOS MUNICIPALES MES DE OCTUBRE

2016 / 2346 RECTIFICACION OPERACIONES APLICADAS AL PROYECTO 2016800COR0002 CONVENIO SERVICIOS SOCIALES 2016

2016 / 2347 RESOLUCIÓN EXPTE. 0325-RM/2016 DE APLAZ./FRACC. 2016 / 2348 RESOLUCIÓN EXPTE. 0324-RM/2016 DE APLAZ./FRACC. 2016 / 2349 RESOLUCIÓN EXPTE. N.º 0322-RM/2016 DE APLAZ./FRACC.

2016 / 2350 EXP. N.º 16903 RESOL. ALEGA PRESENTADAS POR PDB (ADMINISTRADOR CONCURSAL DE LA MERCANTIL FAST FINISH SL).

2016 / 2351 RESOLUCIÓN EXPTE. COBRO DUPLICADO VSF. 2016 / 2352 EXPEDIENTE DE MODIFICACION DE CREDITOS Nº 54/2016 DE TRANSFERENCIA DE CREDITOS 2016 / 2353 SEGUNDA RESOLUCION PARCIAL CONCESION FASE 2 SUBVENCIÓN XARXA LLIBRES 2016 / 2354 RECTIFICACIÓN DECRETO 0754/2016 DE 11 ABRIL 2016 2016 / 2355 EXPEDIENTE DE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CREDITOS Nº 21/2016

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Nº DECRETO TITULO

2016 / 2356 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR SLB SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2357 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR AAB SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2358 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR SLLN SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2359 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR VSC SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2360 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR TRO SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CASTASTRAL 2016 / 2361 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR SRM SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2362 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR ALE SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTASTRAL

2016 / 2363 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR DCF EN REP. HERED. CLLC SOBRE IBI-U REG 2016 / 2364 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR EMV SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2365 CORRECCION ERROR MATERIAL DECRETO 2255/2016 2016 / 2366 TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA VTF

2016 / 2367 ADHESIÓN PROGRAMA BECAS FORMATIVAS DIPUTACIÓN DE VALENCIA 27 ABRIL 2016 JUNTA DE GOBIERNO

2016 / 2368 LISTA PROV ADMITIDOS-EXCLUIDOS / LUGAR, FECHA, HORA EJERCICIO / DESIGNACION TRIBUNAL PROCESO TECNICOS "ESPAI OBERT"

2016 / 2369 RECTIFICACION ERROR PARTIDA IMPUTACION GTO BECAS 1º FASE PROGRMA MILLORA I OCUPA'T 2016 / 2370 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR JMPN SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2371 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR RJLLCH SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2372 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR FJN ALOS SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL.

2016 / 2373 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR PTC SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2374 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR LEN EN RP. ESTENOGUE, SL SOBRE IBI URBANA REGULAR CATASTRAL

2016 / 2375 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR JBJAB SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2376 REL. 113/2016 DE RECONOCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN Y ORDENACIÓN DE PAGO DE FACTURAS

2016 / 2377 RESOLUCIÓN SOLICITUD PRESENTADA POR IPR EN REP. AFA LUM ESPAÑA, SA DE CAMBIO NOMBRE RECIBO IAE 2016

2016 / 2378 RESOLUCIÓN SOLICITUD PRESENTADA POR JMBA SOBRE ANUL DE RECIBO IBI 2016 Y DEVOL. 2013 A 2015

2016 / 2379 RESOLUCIÓN ESCRITO PRESENTADO POR NIR EN REP DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS ALTURY SCP TURIS

2016 / 2380 DELEGACION FUNCIONES DE ALCALDÍA 31-10 A 4-11-2016 2016 / 2381 REL. 114/2016 DE RECONOCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN Y ORDENAICÓN DE PAGO DE FACTURAS 2016 / 2382 EXPDTE 369/16 BONIFICACIÓN IVTM POR ANTIGÜEDAD 25A 2016 / 2383 EXPDTE 379/16 DEVOLUCIÓN IVTM POR BAJA 2016 / 2384 EXPDTE 380/16 DEVOLUCIÓN IVTM POR BAJA 2016 / 2385 EXPDTE 381/16 DEVOLUCIÓN IVTM POR BAJA 2016 / 2386 EXPDTE 383/16 EXENCIÓN IVTM POR MINUSVALÍA 2016 / 2387 EXPDTE 384/16 DEVOLUCIÓN IVTM POR BAJA 2016 / 2388 EXPDTE 388/16 DEVOLUCIÓN IVTM POR BAJA 2016 / 2389 EXPDTE 396/16 ANULACIÓN LIQUIDACIÓN PLUAVALÍA 2016 / 2390 EXPDTE 397/16 EXENCIÓN IVTM POR MINUSVALÍA 2016 / 2391 EXPDT 400/16 EXEMPCIÓ IVTM PER MINUSVALIDESA 2016 / 2392 EXPDTE 401/16 ANULACIÓN LIQUIDACIÓN PLUSVALÍA 2016 / 2393 DECLARACION DE CADUCIDAD EXPEDIENTE 106/2016 OBRAS 2016 / 2394 APROBACIÓN REMESA DE LIQUIDACIONES "EJSUB1602" 2016 / 2395 APROBACIÓN REMESA DE LIQUIDACIONES "TUSUSU1606" 2016 / 2396 REL. 115/2016 DE RECONOCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN Y ORDENAICÓN DE PAGO DE FACTURAS 2016 / 2397 CONCESIÓN AUTORIZACIÓN VADO ATL EN AVDA. DE L'OM, 7 B IZQ.

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Nº DECRETO TITULO

2016 / 2398 BAJA VADO Nº 317 Y NUEVA PLACA ESM AVDA. DE L'OM, 4 2016 / 2399 NOMBRAMIENTO FUNCIONARIA INTERINA ART. 10.B) RDL 5/2015, TMAE-TRABAJADOR SOCIAL 2016 / 2400 EXPTE DE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL Nº 22/2016

2016 / 2401 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR VNM EN REP. TORRES ESPIC SL, SOBRE IBI URBANA REG. CATASTRAL

2016 / 2402 RESOLUCIÓN EXPTE 370/2016-FTA DE OFICIO SOBRE PROPUESTAS LIQUIDACIÓN IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2403 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR VBC SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2404 APROBACIÓN REMESA DE LIQUIDACIONES "IBIUL1602" 2016 / 2405 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR JFPC EN REP. JLG SOBRE IBI-U REG. CATASTRAL 2016 / 2406 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR SBG SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2407 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR PCHA EN REP. ESO SOBRE IBI-U REG. CATASTRAL 2016 / 2408 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR MAVM SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2409 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR ASA SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2410 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR D. JLGA SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2411 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR REC LLORENS SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2412 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR AGM SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2413 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR HSS REP. COM.REGANTES CANAL JUCAR-TURIA SCTOR X SOBRE IBI REG

2016 / 2414 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR ECG SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2415 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR AVV SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL. 2016 / 2416 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR AAV SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2417 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR MTF CORONAS SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2418 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR MJRL EN REP. JBMF SOBRE IBI-U REG. CATASTRAL 2016 / 2419 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR FMAA SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2420 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR JVLT SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2421 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR VCA SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2422 ANULADO 2016 / 2423 RESOLUCIÓN EXPTE. CO2016-036. 2016 / 2424 RESOLUCIÓN EXPTE. 335-RM/2016 DE APLAZAMIENTO/FRACCIONAMIENTO. 2016 / 2425 ACEPTACIÓN RENUNCIA PLAZA PARKING LA MILAGROSA (MOTOCICLETA) NCN 2016 / 2426 RESOLUCIÓN EXPTE. 0335-RM/2016BIS DE APLAZAMIENTO/FRACCIONAMIENTO. 2016 / 2427 RESOLUCIÓN EXPTE. 0336-RM/2016 DE APLAZAMIENTO/FRACCIONAMIENTO. 2016 / 2428 RESOLUCIÓN EXPTE. COBRO DUPLICADO DE MAOM. 2016 / 2429 RESOLUCIÓN EXPTE. COBRO DUPLICADO A CONS. HOSPITAL GRAL. UNIV. VALENCIA. 2016 / 2430 ANULADO

2016 / 2431 RESOLUCIÓN EXPTE. 317-RM/2016. 2016 / 2432 RESOLUCIÓN EXPTE. N.º 2251. 2016 / 2433 PARALIZACION OBRAS EXPTE DECLARACION RESPONSABLE 200/2016 A AAP 2016 / 2434 PLAZA DE APARCAMIENTO EN EL PARKING DEL MERCADO JGH Nº 67 2016 / 2435 RESOLUCIÓN EXPTE. COBRO DUPLICADO A JRB.

2016 / 2436 AUTORIZACION COMISION SERVICIOS V TS ASISTENCIA CIRCUIT VALENCIA DE TEATRE - TROVAM: CASTELLON 10-11/11/16

2016 / 2437 REL. 116/2016 DE RECONOCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN Y ORDENAICÓN DE PAGO DE FACTURAS 2016 / 2438 REL. Nº 117/2016 DE RECONOCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN Y ORDENACIÓN DE PAGO DE FACTURAS

2016 / 2439 RESOLUCION RECLAMACION PRESENTADA Y APROBACION LISTA DEFINITIVA ADMITIDOS-EXCLUIDOS PROCESO TECNICOS "ESPAI OBERT"

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Nº DECRETO TITULO

2016 / 2440 REL.118/2016 RECONOCIMIENTO DE LA OBLIGACION Y ORDENACION PAGO FCTURAS

2016 / 2441 APROBACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN Y ORDENACIÓN DEL PAGO DE LA LIQUIDACIÓN DE LA TASA DE LA MANCOMUNIDAD I

2016 / 2442 REMESA DE LIQUIDACIONES DE MERCADO EXTERIOR TMEREX0416 2016 / 2443 REMESA LIQUIDACIONES IBI RÚSTICA IBIR0116 2016 / 2444 REMESA LIQUIDACIÓN RRSU TBASUR1R16 2016 / 2445 REMESA LIQUIDACIONES IIVT IIVT05-16 2016 / 2446 CONCESION LICENCIA DE PARCELACION A CT EXPTE. 1/2016 2016 / 2447 RESOLUCIÓN EXPTE. 296-RM/2016. 2016 / 2448 CAJA FIJA TESORERIA NUM.21 2016 / 2449 CAJA FIJA TESORERIA NUMERO 22

2016 / 2450 AUTORIZACION OCUPACION DE VIA PUBLICA CON MESAS Y SILLAS CARAMELO B IBAÑEZ / RAIMON / SEQUIA 2016 T4

2016 / 2451 CONTRATACIÓN EN PRÁCTICAS TÉCNICA DE INTEGRACIÓN SOCIAL, PROGRAMA MUNICIPAL "ESPAI OBERT"

2016 / 2452 CONTRATO MENOR PRIVADO ESPECTÁCULO REQUIEM MOZART EL DÍA 6 DE NOVIEMBRE DE 2016

2016 / 2453 RESOLUCIÓN EXPTE. CO2016-037. 2016 / 2454 RESOLUCIÓN EXPTE. CO2016-039. 2016 / 2455 ANULADO 2016 / 2456 RESOLUCIÓN EXPTE. CO2016-041. 2016 / 2457 RESOLUCIÓN EXPTE. CO2016-038. 2016 / 2458 CONCESIÓN VADO FRANCISCO SANTAIRENE ARQUES EN C/ 9 D'OCTUBRE, 14 IZQ. 2016 / 2459 RECONOCIMIENTO DEVENGO Y ORDEN DE PAGO PARTE PAGA EXTRA DIC16 (SEP16 Y OCT16) ACS 2016 / 2460 INSTRUCCION EXPEDIENTE RESTAURACION LEGALIDAD INFRAC 3 2016/9 A JAS

2016 / 2461 REL. Nº 20/2016 DE APROBACIÓN DE AYUDAS EN METALICO - LUCHA CONTRA EL EMPOBRECIMIENTO ENERGÉTICO

2016 / 2462 REL. Nº 20/2016 DE APROBACIÓN DE AYUDAS EN METÁLICO DE EMERG. SOC. 2016 / 2463 REL. Nº 20/2016 DE APROBACIÓN DE AYUDAS EN ESPECIE DE EMERG.SOC. - CONSUM- 2016 / 2464 CAMBIO DE TITULARIDAD PARADA E9 MIÉRCOLES MERCADO MUNICIPAL DE D. JAPA A Dª MAMP 2016 / 2465 CONCESIÓN VADO ADG EN C/ ATZAVARA, 3

2016 / 2466 ACEPTACIÓN RENUNCIA TRAMOYISTA, VARIACIÓN JORNADA MONITOR EDM 2016/2017 Y CONTRATACIÓN DE 2 OFICIALES SERVICIOS MUNICIPA

2016 / 2467 RESOLUCIÓN ESCRITO PRESENTADO POR MCFH SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2468 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR MRHA SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2469 RESOLUCIÓN ALEGACIONES ESCRITO PRESENTADO POR CLG SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2470 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR JSP SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2471 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR OMR EN REP. PATRIMONIAL MAJOR SL SOBRE IBI-U REG. CATASTRAL

2016 / 2472 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR OLGA GONZALEZ RIBERA EN REP. SAT GONZALEZ-RIBERA N 265CV SOBRE IBI-U REG. CATASTR

2016 / 2473 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR FMS SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2474 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR ICR EN REP. GESTIÓN FUTURA LEVANTINA SL SOBRE IBI-U REG. CAT

2016 / 2475 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR ICR EN REP. PROMOUNI P-1 SA SOBRE IBI-U REG. CATASTRAL

2016 / 2476 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR OGR EN REP. SAINUR GR SL SOBRE IBI U REG. CATASTRAL

2016 / 2477 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR OGR EN REP. SAINUR GR SL SOBRE IBI U- REG. CATASTRAL POL 15-11

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Nº DECRETO TITULO

2016 / 2478 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR PILAR ALBERT ALBERT SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2479 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR VJSA SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2480 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR MAGZ SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2481 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR VRCH SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2482 IMPOSICION MULTA COERCITIVA POR INCUMPLIMIENTO ORDEN DE EJECUCION A TENEDORA DE INVERSIONES Y PARTICIPACIONES

2016 / 2483 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR RML SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2484 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR PAGP SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2485 SOLICITUD SUBVENCIÓN CONTRATACIÓN NUEVOS AGENTES DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL 2016 / 2486 CONCESION ENTREGA A CUENTA NOMINA NOVIEMBRE 2016 A JVHP DE 100 EUROS 2016 / 2487 CONCESION ENTREGA A CUENTA NOMINA NOVIEMBRE A ILR DE 120 EUROS 2016 / 2488 CONCESION ENTREGA A CUENTA NOMINA NOVIEMBRE 2016 < JACM DE 200 EUROS 2016 / 2489 CONCESION ENTREGA A CUENTA NOMINA NOVIEMBRE 2016 A MPH DE 350 EUROS 2016 / 2490 CONCESION ENTREGA A CUENTA NOMINA NOVIEMBRE 2016 A SGJ DE 250 EUROS 2016 / 2491 CONCESION ENTREGA A CUENTA NOMINA NOVIEMBRE 2016 < JBL DE 150 EUROS 2016 / 2492 RESOLUCIÓN EXPTE. COBRO DUPLICADO-COMPENSACIÓN DE SAB. 2016 / 2493 APROBAR SOLICITUDES USUARIOS DE ACUERDO AL INFORME 12/2016 DEL POLIDEPORTIVO 2016 / 2494 AUTORIZAR A LA ENTIDAD SOCIEDAD ARTISTICO MUSICAL EL USO DEL CAMPO DE F-8- 2016 / 2495 APROBAR LA REMESA DE ACTIVIDADES DEL POLIDEPORTIVO. 2016 / 2496 SUSPENDER LA EFICACIA DEL DECRETO 2027/2016

2016 / 2497 RELACIÓN DEFINITIVA DE PERSONAS ADMITIDAS EN EL PROGRAMA MUNICIPAL "MILLORA I OCUPA´T" 2016-2017

2016 / 2498 RELACIÓN DE PERSONAS ADMITIDAS Y EXCLUIDAS EN ELPROGRAMA MUNICIPAL "TALLER DE MANTENIMENTO DE JARDINES ARA PERSONAS CON

2016 / 2499 RESOL. ALEG.PRESENTADAS POR HSS EN RP. CDAD REG. CANAL JUCAR TURIA SECTOR X SOBRE IBIU REG. CATASTRA

2016 / 2500 RESOL ALEG. PRESENT. POR RLM EN REP. COMUNIDAD DE REGANTES CANAL JUCAR-TURIA SECTOR 4 DE IBI U REGUL. C

2016 / 2501 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR CVGG SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2502 AUTORIZACIÓN ASISTENCIA CD DE SERVICIOS MUNICIPALES ENTREGA DE PREMIOS EN SANTANDER DIA 15/11/2016

2016 / 2503 RESOLUCIÓN EXPTE. 0252-RM/2016. 2016 / 2504 CONCESION LICENCIA CAMBIO TITULARIDAD. EXP: 26/16 LA CITRICOS CEMAR, S.L. 2016 / 2505 RESOLUCIÓN EXPTE. 339-RM/2016 DE APLAZAMIENTO/FRACCIONAMIENTO. 2016 / 2506 RESOLUCIÓN EXPTE. 0343-RM/2016 DE APLAZAMIENTO/FRACCIONAMIENTO. 2016 / 2507 RESOLUCIÓN EXPTE. 346-RM/2016 DE APLAZAMIENTO/FRACCIONAMIENTO. 2016 / 2508 RESOLUCIÓN EXPTE. 0340-RM/2016 DE APLAZAMIENTO/FRACCIONAMIENTO. 2016 / 2509 RESOLUCIÓN EXPTE. 345-RM/2016 DE APLAZAMIENTO/FRACCIONAMIENTO. 2016 / 2510 RESOLUCIÓN EXPTE. 311-RM/2016. 2016 / 2511 IMPOSICION MULTA COERCITIVA POR INCUMPLIMIENTO ORDEN DE EJECUCION A BERSHOUSE 2016 / 2512 RESOLUCIÓN EXPTE. 316-RM/2016. 2016 / 2513 CONVOCATORIA Y ORDEN DEL DÍA JGL 11-11-2016

2016 / 2514 RESOLUCIÓN SOLICITUD BONIFICACIÓN ICIO PRESENTADA POR PHT EN REP. COMUNIDAD VECINOS C/ DELS FERROCARRILS

2016 / 2515 APROBACIÓN REMESA DE LIQUIDACIONES "IBIUINS164" 2016 / 2516 CONCESION ENTREGA A CUENTA NOMINA NOVIEMBRE A FBR DE 300 EUROS 2016 / 2517 CONCESION ENTREGA A CUENTA NOMINA NOVIEMBRE A RJM DE 200 EUROS

2016 / 2518 MODIFICACIÓN JORNADA MONITORES FIJOS DISCONTINUOS EDM 2016/2017 Y CONTRATACIÓN PEÓN TRAMOYISTA

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Nº DECRETO TITULO

2016 / 2519 RECTIFICACION OPERACIONES APLICADAS AL PROYECTO 2016800COR0001 DROGODEPENDENCIAS 2016 / 2520 CONCESIÓN LICENCIA APERTURA Y FUNCIONAMIENTO. EXP: 18/15 LA GESTION INTEGRAL CREATIVA

2016 / 2521 RECONOCIMIENTO OBLIGACION Y ORDEN PAGO KILOMETRAJES / DIETAS / ASISTENCIA TRIBUNALES NOMINA NOVIEMBRE 2016

2016 / 2522 RESOLUCIÓN EXPTE. COBRO DUPLICADO A EGN. 2016 / 2523 RESOLUCIÓN EXPTE. COBRO DUPLICADO A LBS. 2016 / 2524 RESOLUCIÓN EXPTE. 356-RM/2016. 2016 / 2525 RESOLUCIÓN EXPTE. 321-RM/2016. 2016 / 2526 RESOLUCIÓN EXPTE. 352-RM/2016 DE APLAZAMIENTO/FRACCIONAMIENTO. 2016 / 2527 REL. 119/2016 DE RECONOCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN Y ORDENACIÓN DE PAGO DE FACTURAS 2016 / 2528 RESOLUCIÓN EXPTE. 354-RM/2016 DE APLAZAMIENTO/FRACCIONAMIENTO. 2016 / 2529 RESOLUCIÓN EXPTE. 355-RM/2016 DE APLAZAMIENTO/FRACCIONAMIENTO. 2016 / 2530 RESOLUCIÓN EXPTE. 349-RM/2016 DE APLAZAMIENTO/FRACCIONAMIENTO. 2016 / 2531 RELACION N.º 16/2016 DE ORDENES DE PAGO FACTURAS PROFESIONALES MES DE OCTUBRE DE 2016

2016 / 2532 RENOVACION TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA MHMS

2016 / 2533 EXPTE MODIFICACION DE CREDITOS Nº 55/2016 DE GENERACION DE CREDITOS 2016 / 2534 CONCESION LICENCIA DE OBRAS A MTAA EXPTE 174/2016 2016 / 2535 APROBACION NOMINA NOVIEMBRE 2016 2016 / 2536 REQUERIMIENTO PARA RETIRADA PLACA DE VADO Nº 486 DEL INMUEBLE DE C/ 9 D'OCTUBRE, 30 2016 / 2537 LEVANTAR LA SUSPENSION DEL PROCEDIMIENTO DE RESTAURACION INFRAC 3 2016/2 A NOMBRE DE LRC 2016 / 2538 APROBACIÓN HHEE - GRATIFICACIONES - NOVIEMBRE 2016 2016 / 2539 REL. 120/2016 DE RECONOCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN Y ORDENACIÓN DE PAGO DE FACTURAS

2016 / 2540 SOLICITUD CGG, RENOVACION TARJETA DE ESTACIONAMIENTO PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA SAG

2016 / 2541 APROBACIÓN REMESA DE LIQUIDACIONES "CREBIN0716" 2016 / 2542 APROBACIÓN REMESA DE LIQUIDACIONES "ALQUIL1611" 2016 / 2543 IMPOSICION MULTA COERCITIVA POR INCUMPLIMIENTO ORDEN DE EJECUCION A HABITAT PICANYA 2016 / 2544 APROBACIÓN REMESA DE LIQUIDACIONES "CCUSPR1016"

2016 / 2545 CONCESIÓN A LA AUTO-ESCUELA, REPRESENTADA POR SNG AUTORIZACIÓN TEMPORAL USO PRIVATIVO DOMINIO PÚBLICO

2016 / 2546 APROBACIÓN REMESA DE LIQUIDACIONES "CANURB0316" 2016 / 2547 APROBACIÓN REMESA DE LIQUIDACIONES "PUBLIC1606" 2016 / 2548 IMPOSICION MULTA COERCITIVA POR INCUMPLIMIENTO ORDEN DE EJECUCION A JC 2016 / 2549 IMPOSICION MULTA COERCITIVA POR INCUMPLIMIENTO ORDEN DE EJECUCION A CCF 2016 / 2550 ANULADO

2016 / 2551 IMPOSICION MULTA COERCITIVA POR INCUMPLIMIENTO ORDEN DE EJECUCION A COMSOL 2016 / 2552 APROBACIÓN REMESA DE LIQUIDACIONES "IMCONS1602" 2016 / 2553 APROBACIÓN REMESA DE LIQUIDACIONES "TUSUTE1605" 2016 / 2554 CONCESION LICENCIA APERTURA Y FUNCIONAMIENTO. EXP: 22/15 LA EXPORTACIONES AGUADO, S.L. 2016 / 2555 AUTORIZACIONES OCUPACION DE VIA PUBLICA CON MESAS Y SILLAS 2016 T4 BEER PA'CREER Y OTROS 2016 / 2556 REL.121/2016 DE RECONOCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN Y ORDENACIÓN DE PAGO DE FACTURAS

2016 / 2557 RESOLUCIÓN EXPTE. 350-RM/2016 DE APLAZAMIENTO/FRACCIONAMIENTO. 2016 / 2558 RESOLUCIÓN EXPTE. 337-RM/2016. 2016 / 2559 IMPOSICION MULTA COERCITIVA POR INCUMPLIMIENTO ORDEN DE EJECUCION ISV GROUP 2016 / 2560 RESOLUCIÓN EXPTE. 342-RM/2016. 2016 / 2561 IMPOSICION MULTA COERCITIVA POR INCUMPLIMIENTO ORDEN DE EJECUCION A EO 2016 / 2562 REMISION EXPEDIENTE RCA PA 380/2016-E CBT 2016 / 2563 RESOLUCIÓN EXPTE. 276-RM/2016. 2016 / 2564 ANULADO

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Nº DECRETO TITULO

2016 / 2565 RESOLUCIÓN EXPTE. 331-RM/2016. 2016 / 2566 IMPOSICION MULTA COERCITIVA POR INCUMPLIMIENTO ORDEN DE EJECUCION A SUELOS Y CUBIERTAS 2016 / 2567 RESOLUCIÓN EXPTE. 351-RM/2016. 2016 / 2568 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR FBO SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2569 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR ECB SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2570 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR JSP SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2571 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR SAA SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2572 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR PTS EN REP. JHA SOBRE IBI-U REG. CATASTRA 2016 / 2573 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR PTS SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2574 IMPOSICION MULTA COERCITIVA POR INCUMPLIMIENTO ORDEN DE EJECUCION A INSTRUMENTOS DE COMPRA

2016 / 2575 CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE AÑO 2017. 2016 / 2576 TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA MOS 2016 / 2577 SUSPENSION PROCEDIMIENTO SANCIONADOR INFRAC 3 2016/3 2016 / 2578 CONCESION LICENCIA DE OBRAS A TB EXPTE 106/2016 2016 / 2579 CANCELACIÓN TARJETA DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA Nº 231 SSS

2016 / 2580 AUTORIZACION CELEBRACION PRUEBA DEPORTIVA IX CICLOCROSS AJUNTAMENT DE PICASSENT: BICICLUB 20/11/2016

2016 / 2581 DESISTIR Y ARCHIVO SOLICITUD INFORME ACTIVIDAD EN P.I. TEAK SOLUTIIONES, SRL 2016 / 2582 INSTRUCCION EXPEDIENTE SANCIONADOR INFRAC 3 2015/2 A AAA 2016 / 2583 RESOLUCIÓN EXPTE. 363-RM/2016 DE APLAZAMIENTO/FRACCIONAMIENTO. 2016 / 2584 RESOLUCIÓN EXPTE. 0364-RM/2016 DE APLAZAMIENTO/FRACCIONAMIENTO. 2016 / 2585 RESOLUCIÓN EXPTE. 353-RM/2016 DE APLAZAMIENTO/FRACCIONAMIENTO.

2016 / 2586 RECTIFICACION DE OPERACIONES PARA APLICAR A PROYECTO 2016800COR0009 ENVEJECIMIENTO ACTIVO Y SALUDABLE

2016 / 2587 RESOLUCIÓN EXPTE. 357-RM/2016COMPENSACIÓN. 2016 / 2588 PARALIZACION OBRAS EXPTE DECLARACION RESPONSABLE 226/2016 A MMM

2016 / 2589 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR FELIX JIMENEZ AÑINO SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2590 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR MDTS EN REP. VTM SOBRE IBI U REG. CAT 2016 / 2591 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR JFSM SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2592 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR RAC EN REP. APARALCA SL SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATAST

2016 / 2593 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR RAC EN REP. APARALCA SL SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATAST

2016 / 2594 ´RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR JLGH SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2595 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR JRDC EN REP. MLCM SOBRE IBIU REG. CATAST 2016 / 2596 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR JVM SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2597 RESOLUCIÓN ALEGACIONES FORMULADAS POR RBV SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2598 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR VJG SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2599 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR MCGL SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL – C

2016 / 2600 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR JRV EN REP. JFRM SOBRE IBIU REG. CATASTRA 2016 / 2601 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR PSA SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2602 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR IGC EN REP. JSLLM SOBRE IBIU REG. CATASTRAL 2016 / 2603 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR JBP SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2604 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR HLL SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2605 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR JGM SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL 2016 / 2606 RESOLUCIÓN EXPTE. 360-RM/2016 DE APLAZAMIENTO/FRACCIONAMIENTO. 2016 / 2607 PARALIZACION OBRAS EXPTE DECLARACION RESPONSABLE 228/2016 A FSA

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Nº DECRETO TITULO

2016 / 2608 RESOLUCIÓN EXPTE. CO2016-042. 2016 / 2609 RESOLUCIÓN EXPTE. CO2016-043. 2016 / 2610 APROBACIÓN REMESA DE LIQUIDACIONES "IAE 3T/16" 2016 / 2611 RESOLUCIÓN EXPTE. CO2016-044. 2016 / 2612 CONCESION AUTORIZACION VERTIDOS AL SISTEMA DE ALCANTARILLADO. EXP: 21/15 LA RESID CONTROL 2016 / 2613 CONCESION LICENCIA DE APERTURA Y FUNCIONAMIENTO. EXP: 21/15 LA RESID CONTROL, S.L.

2016 / 2614 CONTRATACIÓN CONSERJE-SUBALTERNO SUSTITUCIÓN IT EDIFICIO AUMA. PRORROGAS CONSERJE BIBLIOTECA Y MONITORA COMUNICACIÓN.

2016 / 2615 AUTORIZACIÓN CUERPO DE LA PL REALIZACIÓN DE CONTROLES SIN UNIFORMIDAD REGLAMENTARIA EN ESPACIOS PÚBLICOS

2016 / 2616 RESOLUCIÓN EXPTE. 371-RM/2016 DE APLAZAMIENTO/FRACCIONAMIENTO. 2016 / 2617 RESOLUCIÓN EXPTE. 362-RM/2016 DE APLAZAMIENTO/FRACCIONAMIENTO. 2016 / 2618 RESOLUCIÓN EXPTE. 366-RM/2016 DE APLAZAMIENTO/FRACCIONAMIENTO. 2016 / 2619 RESOLUCIÓN EXPTE. 361-RM/2016 DE APLAZAMIENTO/FRACCIONAMIENTO.

2016 / 2620 APROBACION CRITERIOS PROCESO DE SELECCION AUXILIAR ADMINISTR. PARA CUBRIR VACANTE POR IT EN OFICINA TECNICA

2016 / 2621 RESOLUCIÓN EXPTE. 367-RM/2016 DE APLAZAMIENTO/FRACCIONAMIENTO. 2016 / 2622 RESOLUCIÓN EXPTE. 370-RM/2016 DE APLAZAMIENTO/FRACCIONAMIENTO. 2016 / 2623 RESOLUCIÓN EXPTE. 369-RM/2016 DE APLAZAMIENTO/FRACCIONAMIENTO. 2016 / 2624 RESOLUCIÓN EXPTE. 368-RM/2016 DE APLAZAMIENTO/FRACCIONAMIENTO. 2016 / 2625 RESOLUCIÓN EXPTE. 372-RM/2016 DE APLAZAMIENTO/FRACCIONAMIENTO.

2016 / 2626 RESOLUCIÓN EXPEDIENTES SANCIONADORES POR INFRACCIONES DE TRÁFICO. RELACIÓN 9/2016 DE LA MANCOMUNIDAD DE L'HORTA SUD

2016 / 2627 INSTRUCCION EXPEDIENTE RESTAURACION LEGALIDAD INFRAC 3 2016/10 A MOP 2016 / 2628 RESOLUCIÓN EXPTE. 374-RM/2016.

2016 / 2629 RESOLUCIÓN EXPTE. N.º 020-RM/2016-A FRACCIONAMIENTO DE PAGO DE TRANSFORMACIÓN DE MATERIA VEGETAL SL.

2016 / 2630 CONCESION LICENCIA DE OBRAS A VVR EXPTE 180/2015 2016 / 2631 REL.122/2016 DE RECONOCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN Y ORDENACIÓN DE PAGO DE FACTURAS

2016 / 2632 CONCESION LICENCIA DE OBRAS A EMPAVAL EXPTE 189/2016 OBRAS 2016 / 2633 CAMBIO DE TITULARIDAD VADO Nº 213 DE: SSS A: LSA C/ PALLETER, 6 2016 / 2634 IMPOSICION MULTA COERCITIVA POR INCUMPLIMIENTO ORDEN DE EJECUCION A EM 2016 / 2635 IMPOSICION MULTA COERCITIVA POR INCUMPLIMIENTO ORDEN DE EJECUCION A TELMACAR 2016 / 2636 IMPOSICION MULTA COERCITIVA POR INCUMPLIMIENTO ORDEN DE EJECUCION A KOLWARE IBERICA

2016 / 2637 IMPOSICION MULTA COERCITIVA POR INCUMPLIMIENTO ORDEN DE EJECUCION A PROMOCIONES INDUSTRIALES MAFORT

2016 / 2638 MODIFICACIÓN NOMBRAMIENTO AUX. ADMINISTRATIVO TESORERÍA-RECAUDACIÓN-RENTAS Y EXACCIONES, ART. 10.A) DEL RDL 5/2015

2016 / 2639 DECRETO SOLICITUD ALCALDIA SUBVENCION EMCOLD 2016 2016 / 2640 CAMBIO PLAZA DE APARCAMIENTO PARKING LA MILAGROSA Nº 69 PCL POR Nº 15

2016 / 2641 ACEPTACION DELEGACION DE LA DIPUTACION PROVINCIAL PARA CONTRATAR OBRA PCV 2016-2017

2016 / 2642 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR JMM SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL.

2016 / 2643 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR AMCH SOBRE IBI URBANA REGULARIZACIÓN CATASTRAL

2016 / 2644 RESOLUCIÓN ALEGACIONES PRESENTADAS POR RAC EN REP. AGROALCA S.L. SOBRE IBI URBANA REG. CATASTRAL

2016 / 2645 TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA MEAR

2016 / 2646 INSTRUCCION EXPEDIENTE RESTAURACION LEGALIDAD INFRAC 3 2016/11 A ASA

2016 / 2647 RESOLUCIÓN DEVOLUCIÓN INGRESOS INDEBIDOS A D. MFS

Dándose los sres. presentes por enterados.

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P.2016-11-155.- RATIFICACIÓN DECRETOS DE ALCALDÍA. Sometida a ratificación el decreto de alcaldía nº 2664/2016, el Pleno acuerda, por unanimidad: Ratificar el decreto de alcaldía nº 2664/2016, del tenor siguiente: Visto el emplazamiento efectuado por el JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

NÚM. 4 DE VALENCIA, para la comparecencia en el recurso contencioso-administrativo P.A. 127/2016 interpuesto por ASA, contra acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 15-2-2016 que no admite a trámite reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por Dª CSC por daños por inundación en bajo ubicado en C/ Santa Teresa, 16, a consecuencia de conexión a la acometida de la red general de saneamiento (expte. 390/2014)”.

Atendido que el Ayuntamiento de Picassent suscribió con la empresa AXA SEGUROS GENERALES

S.A. un contrato de responsabilidad civil, en la que se incluía la defensa procesal en los procedimientos jurídicos.

Vistas las comunicaciones efectuadas por la compañía aseguradora, indicando los abogados y

procuradores que actuarán en dicho procedimiento. Y de conformidad con las facultades que me confiere el art. 21.1 de la Ley 7/85 de 2 de abril

DISPONGO: Designar a los siguientes abogados y procuradores, para la representación y defensa de los

intereses de este Ayuntamiento en el recurso contencioso-administrativo nº P.A. 127/2016 interpuesto por ASA, contra acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 15-2-2016 que no admite a trámite reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por Dª CSC por daños por inundación en bajo ubicado en C/ Santa Teresa, 16, a consecuencia de conexión a la acometida de la red general de saneamiento (expte. 390/2014)”:

PROCURADORES: Dª Mª Luisa Fos Fos. Dª Margarita Sanchis Mendoza Dª Natalia del Moral Aznar. ABOGADOS: D. Francisco Faubel Cubells. Dª Cristina Faubel Martínez-Baguena. Someter el presente decreto a la oportuna ratificación por el Ayuntamiento Pleno. P.2016-11-156.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE URBANISMO, MEDIO

AMBIENTE, FORMACIÓN Y EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA, AGRICULTURA, EDUCACIÓN E IGUALDAD DE FECHA 29 DE NOVIEMBRE DE 2016. APROBACIÓN DE LAS ESTRATEGIAS DE DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE E INTEGRADO (EDUSI).

Vista la estrategia “Europa 2020”, con la que a partir del año 2010 se trata de lograr un crecimiento

inteligente, a través de inversiones más eficaces en educación, investigación e innovación sostenible, gracias al impulso decidido a una economía baja en carbono, e integrador, que ponga el acento en la

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creación de empleo y la reducción de la pobreza, para lo que dicha Estrategia se centra en cinco ambiciosos objetivos en las áreas de empleo, innovación, educación, reducción de la pobreza y cambio climático/energía.

Atendido que en el período de programación 2014-2020 los fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE) han previsto apoyar el desarrollo de Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado en ciudades y áreas urbanas funcionales, dentro del marco definido en el Acuerdo de Asociación de España 2014-2020, aprobado por la Comisión Europea con fecha 30 de octubre del 2014.

Atendido igualmente que la Administración General del Estado a través de la Dirección General de Fondos Comunitarios del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, ha programado un Eje Urbano dentro del Programa Operativo de Crecimiento Sostenible (POCS) 2014-2020, dedicado en su totalidad a financiar líneas de actuación de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado, dirigido a municipios o agrupaciones de municipios que constituyan un área funcional urbana, con una población de más de 20.000 habitantes.

Atendido que tal como señala el documento “Desarrollo Urbano Sostenible Integrado” sobre el enfoque integrado “el significado de este principio es doble: implica que los recursos deben concentrarse de forma integrada para atender áreas con retos urbanos específicos y que, al mismo tiempo, los proyectos de desarrollo urbano con fondos del FEDER deben estar integrados en los objetivos más amplios de los programas”

Teniendo en cuenta que en desarrollo de todo lo anterior el Ayuntamiento de Picassent, en el horizonte del nuevo periodo de programación europeo 2014-2020, ha elaborado y desarrollado la Estrategia de Desarrollo Urbano Sostenible, una estrategia integrada de ciudad de carácter flexible totalmente adaptada a la realidad territorial y a la estructura institucional y de gobernanza de Picassent.

Atendido que el Ayuntamiento impulsa esta estrategia necesaria para impulsar las nuevas Actuaciones de Desarrollo Urbano Sostenible Integrado en este nuevo horizonte 2014-2020.

Así, el municipio de Picassent se concibe como una ciudad inteligente, sostenible e integradora, generadora de oportunidades y empleo, en la que prime una mayor calidad de vida. En definitiva, una ciudad generadora de riqueza, próspera y habitable para sus ciudadanos y en un sentido más amplio para sus visitantes.

Esta estrategia determinará la vocación de ciudad inteligente, sostenible e integradora de Picassent articulando a los agentes y entidades de ámbito municipal, que permitirá abordar los retos que plantea la Estrategia Europa 2020 y sus documentos de desarrollo (Reglamentos FEDER, FSE,...)

La estrategia de Picassent se ha estructurado en 5 ejes estratégicos. El resultado es una estrategia única de desarrollo urbano de la ciudad. Así, tales ejes son los siguientes:

EJE 1: Ciudad para invertir

1. Potenciar Picassent como enclave estratégico dentro del territorio más próximo y en relación con el marco de desarrollo comarcal, provincial y estatal. Para ello, es necesario la coordinación de una estrategia de consenso entre las acciones propias a desarrollar a nivel local y las acciones de desarrollo que han de llevar a término las diferentes administraciones de competencia autonómica, estatal... La planificación de las diferentes acciones e infraestructuras que contemple esta estrategia debe partir del respeto a los valores naturales y paisajísticos del entorno y ha de estar basada y

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propiciar el desarrollo económico de los diferentes sectores productivos: agrícola, industrial y comercial.

2. Potenciar y diversificar la economía mediante la formación y el desarrollo de acciones para el empleo, como el fomento del emprendedurismo como línea para generar autoempleo, políticas para favorecer la inversión empresarial, talleres de formación y cualificación profesional...

EJE 2: Ciudad Inteligente

3. Mejorar e implementar las herramientas TIC necesarias para favorecer la eficiencia y gestión de

los servicios, la accesibilidad de la ciudadanía a los procesos de la administración, la mejora en los procesos de participación ciudadana y su ampliación en la toma de decisiones, conseguir una administración pública más cercana y transparente.

4. Romper la “brecha digital” existente entre la ciudadanía, teniendo en cuenta a los grupos de

población con especiales dificultades para acceder a los entornos digitales como las personas mayores, mujeres, jóvenes en riesgo de exclusión social, para que puedan formar parte de la ciudadanía que disfruta de todas las ventajas de la Sociedad de la Información y el Conocimiento.

EJE 3: Ciudad Sostenible

5. Mejora de la movilidad urbana sostenible, transformando el municipio en un espacio amigable

para la ciudadanía y sustituyendo la excesiva presencia y dependencia de los vehículos privados, por un transporte más sostenible. Mejora de la seguridad de las conexiones viarias urbanas-rurales del municipio, las conexiones con las áreas industriales propias, así como con el resto de la comarca de L’ Horta Sud (en especial con Torrent) y la ciudad de Valencia.

6. Apuesta por una mejora en la eficiencia energética y aumento de la energía renovable tanto en

la red de alumbrado público, como en los edificios e infraestructuras públicas y en las viviendas con el fin de avanzar hacia un modelo de ciudad más sostenible.

EJE 4: Ciudad Verde

7. La transformación del Barranco mediante la integración y rehabilitación de las zonas verdes

envolventes y del propio cauce, un espacio degradado en la actualidad, con el fin de poner a disposición de la ciudadanía más de 30.000 metros lineales de un espacio natural de alto valor medioambiental, que a su vez generaría un gran espacio de convivencia y turístico.

8. Puesta en valor de las zonas verdes urbanas degradadas, así como de los parajes naturales al

objeto, no solo, de potenciar la calidad ambiental y paisajística con la eliminación de las barreras arquitectónicas, sino también, de revalorizar un espacio de interés que facilite la cohesión social.

9. Potenciar el turismo basado en el ejercicio físico y en actividades en la naturaleza. Desarrollar

el potencial ciclo-turista de la “Serra de Picassent”, definiendo senderos y rutas basándose en el respeto a la naturaleza y la cohesión social.

EJE 5: Ciudad integrada que convive en la diversidad.

10. Integración de las zonas urbanas más aisladas con el casco urbano mediante la actuación en la

mejora de la conectividad viaria, los servicios e infraestructuras municipales minimizando en la medida de lo posible los problemas de accesibilidad por el efecto barrera que generan elementos como los barrancos, el canal Júcar-Turia o la línea FGV.

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11. Promover la convivencia y la participación comunitaria con el fin de mejorar las condiciones de vida de las mayores y otros colectivos vulnerables.

12. Generar oportunidades económicas, sociales y culturales para el desarrollo integral de los

jóvenes.

13. Mejora de los servicios sociales enfocados a distintos grupos de población con riesgo de exclusión social para atajar los problemas de desempleo, exclusión social y pobreza, así como las problemáticas que provoca el envejecimiento de la población, la delincuencia y la falta de viviendas sociales para los colectivos desfavorecidos.

Todas estas líneas estratégicas tienen como resultado una ciudad con mayor calidad de vida, una

ciudad sostenible, creadora de empleo y por tanto una ciudad generadora de riqueza. Unos resultados que serán la marca de la ciudad, la marca “Picassent”. Un sello de ciudad obtenido con el trabajo conjunto y consensuado de los distintos actores locales que permite la identificación de oportunidades de desarrollo, la puesta en marcha de proyectos innovadores, la optimización y gestión de los recursos existentes, la promoción de sus ciudadanos, así como la participación y cooperación de los distintos actores del municipio, tanto públicos como privados.

Esta Estrategia es además una estrategia participativa que tiene como objetivos:

1. Informar y hacer partícipe a la ciudadanía y agentes socioeconómicos, que actúan en la ciudad de manera amplia, sobre la propuesta de la Estrategia integrada de desarrollo urbano sostenible para el futuro de Picassent.

2. Enriquecer y mejorar las cuestiones analizadas y las actuaciones propuestas en base a las

aportaciones de la ciudadanía y los agentes socioeconómicos del municipio como resultado del proceso de participación.

3. Detectar la percepción y visión de la población y los agentes socioeconómicos sobre la situación

actual y futura de la ciudad.

4. Proponer una priorización de actuaciones atendiendo tanto al análisis realizado como a los resultados de la participación ciudadana.

5. Generar un documento de consenso y mejorado gracias a la Participación ciudadana.

Una estrategia para y por la ciudadanía que ha permitido, con los agentes locales y la participación

pública, identificar los retos de la ciudad de Picassent, definir sus ejes estratégicos y objetivos, y concretar finalmente las actuaciones a implementar con esta Estrategia.

Sobre la base de todo lo anterior, y vista la Orden HAP/1610/2016, de 6 de octubre (BOE núm. 243, de fecha 7/10/2016), por la que se aprueban las bases y la segunda convocatoria para la selección de estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado que serán cofinanciadas mediante el programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2014-2020.

Considerando que la Estrategia de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado de Picassent cumple

con los requisitos generales y contenido especificados en el Anexo II de la Orden HAP/2127/2015, de 10 de noviembre, e incluye los elementos recogidos en su apartado Octavo, así como que cumple los requisitos exigidos por su apartado Noveno respecto de los gastos elegibles.

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Considerando que la estrategia elaborada supone la ejecución de un presupuesto de actuación de DIEZ MILLONES DE EUROS (10.000.000 €), de los cuales el Ayuntamiento habrá de aportar el 50%, es decir, CINCO MILLONES DE EUROS (5.000.000 €).

Considerando el contenido del Anexo II de la indicada Orden HAP 2127/2015, de 10 de noviembre,

así como el artículo 7 del Reglamento FEDER y el documento de “Orientaciones para la definición de una estrategia integrada de desarrollo urbano sostenible en el período 2014-2020”.

Visto el informe de Intervención nº 227/2016, de 25 de noviembre. Vista la propuesta de la Alcaldía de fecha 25 de noviembre de 2016 y teniendo en cuenta que el

plazo para solicitar las correspondientes ayudas finalizará el próximo día 15 de diciembre de 2016. Toma la palabra la Concejala Dª Inocencia Albert García, quien dice lo siguiente: “En els últims mesos l’Ajuntament de Picassent junt a representants veïnals, veïns i veïnes de

Picassent, els representants del Consell de la Infància i els joves estudiants de L’IES L’Om han estat portant a terme un treball per determinar quins són els reptes que tenim com a poble en els propers anys i cap a on volem caminar.

Esta oportunitat de treball ha estat motivada per la necessitat de participar en la segona

convocatòria que el Ministeri d’Hisenda i Administracions Públiques ha convocat per presentar l’ EDUSI i que està cofinanciada pel Programa Operatiu FEDER de creixement sostenible 2014/2020 i que per a la Comunitat Valenciana seran 35 milions d’euros.

Per participar en esta convocatòria i redactar l’EDUSI hi havia que treballar QUATRE eixos temàtics

dos d’ells de compliment obligatori i dos elegibles. L’EDUSI que hui portem al PLE treballa sobre els quatre eixos temàtics ja que considerem que en

tots ells Picassent te reptes que alcançar. L’estratègia avarca un temps de deu anys i aporta una visió global del nostre poble amb les seues

fortaleses i debilitats, amb aquelles coses que deuríem millorar des de l’àmbit municipal i també aquelles que altres administracions deuen tenir en conte per que Picassent millore en competitivitat industrial, en comunicacions etc

ECONOMIA BAIXA EN CARBONO

Millorar la mobilitat urbana sostenible.

Millora l’eficiència energètica dels edificis i serveis públics municipals. INCLUSSIÓ SOCIAL I LLUITA CONTRA LA POBREA

Compra i rehabilitació de vivendes en àrees urbanes desafavorides.

Creació habilitació o millora d’espais destinats al desenvolupament d’activitats per col·lectius vulnerables i grups desafavorits.

Rehabilitació del teixit productiu i comercial.

Programes de formació e inserció laboral de col·lectius en risc d’exclusió social.

Regeneració Social de col·lectius vulnerables. MILLORAR L’ÚS I QUALITAT DE LES TICS

Modernització de l’administració electrònica a través de noves tecnologies.

Serveis urbans intel·ligents pel desenvolupament de la Smart City.

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CONSERVAR I PROTEGIR EL MEDI AMBIENT I PROMOURE L’EFICIÈNCIA DELS RECURSOS.

Rehabilitació i posada en valor del patrimoni històric, arquitectònic, cultural i natural al casc urbà-

Rehabilitació de sol urbà de titularitat pública i posada en valor del patrimoni natural

Millora de la qualitat atmosfèrica i acústica urbana. Però a més a més hem considerat que la nostra estratègia de municipi no podia abarcar sols

els aspectes que pogueren ser objecte de cofinançament per part d’Europa i a més a més que l’estratègia debia anar en l’àmbit temporal fins a deu anys.

Finalment hem valorat que pel periode que resta de vigència dels fondos estructurals europeus

necessitem 10 milions d’euros dels quals cinc és la quantitat que li sol·licitem a EUROPA.” La Concejala Dª Inmaculada Guaita Vañó anuncia que el Grupo Popular votará a favor aunque

observa que el largo plazo contemplado en el documento EDUSI (10 años) supone un encorsetamiento a la actuación de futuros equipos de gobierno, que no podrán realizar las inversiones que en ese momento estimen adecuadas. Por otro lado, la Concejala también señala que hubiera sido deseable que las propuestas efectuadas por el Grupo Popular se hubieran incluido en el documento, aunque es consciente de que tal vez algunas no eran elegibles.

La Sra. Albert García dice que hay propuestas del Grupo Popular que sí se han recogido en la

EDUSI. Indica que la estrategia es para 10 años puesto que va 5 años más allá (2027) respecto del periodo durante el que los fondos se subvencionan. Añade que durante todo este tiempo se podrán seguir haciendo aportaciones, y que se trata de un documento flexible que supone una visión estratégica a largo plazo.

Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Medio Ambiente, Formación y Empleo,

Promoción Económica, Agricultura, Educación e Igualdad de fecha 29 de noviembre de 2016, el Pleno acuerda, por unanimidad:

Primero- Aprobar el documento de “Estrategia de Desarrollo Urbano Sostenible Integrada de

Picassent 2017-2027” redactado para definir una estrategia integrada de ciudad de carácter flexible totalmente adaptada a la realidad territorial y a la estructura institucional y de gobernanza de Picassent.

Segundo- Solicitar de la Administración General del Estado, a través de la Dirección General de

Fondos Comunitarios del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, al amparo de la Orden HAP/1610/2016, de 6 de octubre, por la que se aprueba la segunda convocatoria para la selección de Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado, que serán cofinanciadas mediante el Programa Operativo FEDER de Crecimiento Sostenible 2014-2020, dedicado a financiar líneas de actuación de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado, una subvención económica por importe de CINCO MILLONES (5.000.000 €) DE EUROS, destinada a financiar las operaciones previstas en el documento aprobado en el apartado anterior.

Tercero.- Asumir el compromiso de tramitar ante las autoridades competentes los certificados del cumplimiento de los requisitos medioambientales requeridos para la ejecución de las operaciones previstas en la Estrategia DUSI.

Cuarto.- De igual modo, formalizar las correspondientes declaraciones responsables exigidas en el

apartado Quinto de la Orden HAP/1610/2016, de 6 de octubre, reguladora de la convocatoria de subvención. Quinto.- Facultar de manera expresa a la Alcaldía-Presidencia para formalizar cuantos documentos

sean necesarios para solicitar la subvención de que se trata”

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P.2016-11-157.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE URBANISMO, MEDIO AMBIENTE, FORMACIÓN Y EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA, AGRICULTURA, EDUCACIÓN E IGUALDAD DE FECHA 29 DE NOVIEMBRE DE 2016. APROBACIÓN INICIAL PLA D’IGUALTAT INTERN DE L’AJUNTAMENT DE PICASSENT.

Vista la propuesta de Plan de Igualdad para la plantilla del Ayuntamiento de Picassent elevada a la

Mesa Negociadora por la Comisión de Igualdad. Incorporado de conformidad el trámite de negociación conforme a lo establecido en el art. 45.2 de la

Ley 3/2007 y Disposición Adicional Octava del RDL 5/2015. Visto el informe del TAG n.º 132/2016, de fecha 24/10/2016. Toma la palabra la Concejala de Igualdad Dª Belén Bernat Sotelo, que dice lo siguiente: “L’Ajuntament de Picassent, en compliment de la llei Orgànica 3/2007, de 22 de març, per la igualtat

efectiva entre homes i dones i manifestant explícitament la seua voluntat d'incorporar els principis igualitaris en la cultura laboral i d'organització del consistori ha encomanat la tasca de desenvolupar un Pla d'Igualtat per al conjunt d'empleats i empleades d'esta administració local.

Aquest document és el reflex material d'esta voluntat. Té dos parts diferenciades: en la primera part

es detallen les dades analitzades amb un informe diagnòstic des d'una perspectiva múltiple que ens ajuda a visibilitzar la realitat laboral de l'ajuntament en perspectiva de gènere.

Per a resumir les mesures que s'han debatut per part de la comissió i s'han adoptat en aquest pla,

aquestes són, sense en entrar en massa detall les següents: En l'àrea d'accés a l'ocupació: - Beneficiar el sexe infrarepresentat en els processos d'accés a l'ocupàció. - Valorar i puntuar els criteris igualitaris de les empreses subcontratades per a determinats serveis

externalitzats. - Incloure temari sobre igualtat als processos selectius. - Puntuar com a formació complementària la formació específica en igualtat i gènere. - Potenciar l'existència de tribunals paritaris en els processos selectius. En l'àrea de retribucions i classificació professional: - Sistematitzar de manera detallada i per sexe la informació relativa a retribucions. En l'àrea de promoció i formació: - Vetlar pel compliment i l'aplicació de les mesures proposades en el pla d'igualtat per als processos

de promoció interna. - Potenciar la formació en línia o semipresencial realitzada en temps de treball. - Sensibilitzar a través de la formació la plantilla en gènere i igualtat. En l'àrea de comunicació i llenguatge no sexista: - Formar de manera descendent en llenguatge inclusiu i no sexista. - Informar sobre drets laborals i de conciliació a la plantilla. En l'àrea de salut laboral: - Elaborar un protocol de prevenció de l'assetjament sexual o per raó de sexe. - Informar de manera específica sobre drets laborals durant l'embaràs i el període de lactància. - Estudiar l'accidentalitat laboral predominantment masculina. En l'àrea de conciliaciò, on es troben les mesures amb més impacte per part de la plantilla: - Ajudes econòmiques per a l'assistència de fills i filles del personal de l'ajuntament a escoletes

infantils.

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- Flexibilitat en els horaris d'entrada-eixida al treball. - Estudi de les necessitats i possibitats reals de flexibilitat horària dins del conjunt de l'ajuntament. - Estudi i possible projecte pilot sobre teletreball. - Ampliació del permís de paternitat. Actualment, per llei als pares li corresponen 15 dies per

naixement de fills i/o filles. Amb aquesta mesura, des de l'ajuntament s'augmenta altres 15 dies. Per lo tant, per als pares de la plantilla de l'ajuntament, li corresponen 30 dies per permís de paternitat.

En l'àrea de representació sindical: - Afavorir la paritat en la representació sindical.” El Concejal del Grupo CET manifiesta que votará a favor, aunque dice que sería conveniente que los

supervisores de actividades destinados al público juvenil no realizaran afirmaciones que puedan ser sexistas u homófobas, como recientemente ha ocurrido en una de estas actividades.

La concejala Dª Belén Bernat Sotelo contesta que una de las directrices del Plan es formar a los

monitores o supervisores, controlando el tono y tipo de expresiones que puedan emplear para evitar situaciones como la descrita.

También la concejala Dª Inmaculada Guaita Vañó dice que el Grupo Popular votará a favor, aunque

le hubiera gustado estar presente en la Comisión de Igualdad. La Sra. Bernat Sotelo contesta diciendo que lo habitual en estos casos es que la composición de la

comisión tenga un carácter predominantemente técnico, aunque es obligada la presencia de los Concejales de Igualdad y Personal. No es normal que estén representados los grupos políticos, y así se dijo por el contratista que ha elaborado el Plan, sin que conozca ningún Ayuntamiento que haya incorporado a la Comisión de Igualdad a todos los grupos políticos municipales.

La Concejala Dª Amparo Crespo Palacios suscribe las palabras de la Sra. Guaita Vañó y manifiesta

que su grupo se siente excluido de todo este proceso. Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Medio Ambiente, Formación y Empleo,

Promoción Económica, Agricultura, Educación e Igualdad de fecha 29 de noviembre de 2016, el Pleno acuerda, por unanimidad:

PRIMERO: Aprobar inicialmente el Plan de Igualdad Interno del Ayuntamiento de Picassent de

acuerdo con el documento que figura en el expediente. SEGUNDO: Exponer al público el presente acuerdo durante el plazo de 15 días, durante los cuales

los interesados podrán presentar reclamaciones. Transcurrido dicho plazo sin presentar reclamación alguna se entenderá aprobado definitivamente el Plan de Igualdad Interno del Ayuntamiento de Picassent.

P.2016-11-158.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE URBANISMO, MEDIO

AMBIENTE, FORMACIÓN Y EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA, AGRICULTURA, EDUCACIÓN E IGUALDAD DE FECHA 29 DE NOVIEMBRE DE 2016. MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA SOBRE LA “ELIMINACIÓ DE LA VIOLÈNCIA CONTRA LES DONES”.

Es dada cuenta de la moción institucional sobre la “eliminación de la violencia contra les dones”, que

transcrita dice así: En 2016, fins el mes de setembre han estat assassinades a l’Estat Espanyol 43 dones i 2 menors, i

hi ha 9 assassinats de dones més en investigació segons dades de la Coordinadora Feminista de València i malauradament aquesta xifra haurà quedat desfasada quan debatrem aquesta moció.

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El 17 de desembre de 1999, a través de la resolució 54/134, l'Assemblea General de l'ONU va declarar el 25 de novembre com el Dia Internacional de l'Eliminació de la Violència contra les Dones. Una data que ha de servir, per a la reflexió per part de tota la societat, però també per a la renovació dels esforços per part de totes les institucions polítiques i socials, per lluitar contra aquesta xacra.

Els assassinats conformen la màxima representació de les formes de violència masclista que

continuen sotmetent les dones en tots els àmbits de la seua vida, i que representen una greu i sistemàtica vulneració dels drets humans de dones i xiquetes, més de la meitat de la població. Aquestes violències tenen el seu origen i nucli en la pervivència d’un sistema social heteropatriarcal, present a totes les estructures de la societat, que no considera la igualtat un autèntic dret de les dones. L’expressa a les lleis escrites mentre que a la vida real manté rols i responsabilitats diferenciats, resta credibilitat i autoritat a les dones, cosifica el seu cos i consolida pautes culturals que transmeten i reprodueixen estereotips que posen l’accent en les responsabilitats i culpabilitats de les dones, que sobrevalora el que és considerat masculí i devalua i invisibilitza el que és considerat femení. Presenta com a normal que és la seua responsabilitat cuidar dels altres, que el seu treball és de menys qualitat, que moltes agressions es deuen al comportament d’elles i que les institucions, la societats o la seua parella tenen dret de decidir per elles. No es tracta de sexe fort i sexe dèbil, i és tot això el que fa vulnerables les dones.

És per tot això que malgrat les reiterades declaracions en contra d’aquesta violència, els assassinats

que se’n deriven no disminueixen, així com tampoc les xifres de les agressions que tenen consideració de delicte penal. És necessari que les institucions públiques manifesten el seu rebuig a la violència cap a les dones i que les seues declaracions es facen realitat cada dia amb la coherència de les accions.

Segons l’Agència de Drets Fonamentals de la Unió Europea, a l’Estat Espanyol més d’una de cada

cinc dones majors de 15 anys (22%) ha patit violència física o sexual per part de la seua parella i menys d’una cinquena part ho ha denunciat. La violència masclista és la primera causa de mort prematura entre les dones, el masclisme mata i ha de ser una qüestió política de primer ordre.

És especialment preocupant el grau de presència de la violència contra les dones entre joves i

adolescents, que mantenen perfils de submissió i zels, i ens indica que no estem anant per on cal en educació i prevenció. Cal denunciar la LOMQE (Llei Orgànica de Millora de la Qualitat de l’Ensenyament) que elimina els valors coeducadors.

És també especialment preocupant la situació internacional que obliga a migracions i desplaçaments

per motius econòmics i per persecucions i conflictes bèl·lics, deixant en aquests processos les xiquetes i dones en situacions gravíssimes d’exposició a patir violències.

És per tot això que,

ACORDS 1.- Aquest Ajuntament dedica un sentit i dolorós record a la memòria de totes les dones

assassinades per violència de gènere, al temps que expressa el seu rebuig a totes les manifestacions d'aquesta violència, redobla el seu compromís amb les víctimes i declara la tolerància zero amb els maltractadors.

2.- Aquest Ajuntament declara la seua voluntat de fer de la prevenció contra les violències masclistes

i la desigualtat una política prioritària i transversal, que impregne totes les polítiques desenvolupades a través de les seues regidories.

3.- És per això que es compromet a dissenyar estratègies d’actuació i elaborar els pressupostos

municipals amb perspectiva de gènere, i això pel que fa a la violència contra les dones vol dir,

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a.- Conèixer la realitat local respecte dels maltractaments, per detectar on cal actuar i on cal previndre.

b.- Elaborar un pla de formació del funcionariat, la totalitat de treballadors i treballadores municipals per tal que siguen sensibles i tinguen estratègies per treballar les polítiques de gènere i contra la violència.

c.- Introduir entre les prioritats municipals la protecció i assistència a les dones que pateixen violència de gènere.

d.- Desenvolupar estratègies de prevenció i accions contra la violència de gènere des dels àmbits educatiu, cultural, festiu, laboral, d’incentivació de l’associacionisme de les dones, sanitari, d’assistència social, dins les competències municipals i tenir-ho com a criteri transversal en qualsevol activitat municipal.

4.- Així mateix, es compromet a facilitar, a través dels mitjans públics dels quals disposa, tot tipus de

campanyes dirigides a la prevenció, orientació i conscienciació de les desigualtats entre dones i homes i de la violència masclista.

5.- En tant que entitat subvencionadora, aquest Ajuntament es compromet a no subvencionar

actes en les quals l'entitat organitzadora utilitze com a reclam publicitari el cos de les dones de forma sexista. 6.- Dissenyar d’un pla d’acció específic per a la prevenció i eradicació de la violència de gènere

en la adolescència, amb els valors de la coeducació, la cooperació i el respecte a la diversitat afectivo-sexual, i que ha de constar d’objectius, accions i calendari, amb la voluntat d’involucrar i dinamitzar amplis sectors socials i ha de ser convenientment dotat als pressupostos municipals.

7.- Així mateix volem fer arribar a les diverses administracions de la Generalitat i de l’Estat la nostra

preocupació per l’abandonament d’actuacions públiques per protegir les víctimes de la violència de gènere i demanar que consideren la violència de gènere un tema d’Estat, d’entre els problemes més greus i urgents a resoldre. Que assignen els recursos pressupostaris adients perquè la lluita siga efectiva i que aquests no poden ser disminuïts per cap motiu, ja que amb la situació de crisi que pateix la nostra societat la vulnerabilitat de les dones augmenta i es fan més necessaris encara.

8.- Exigir els Governs que apliquen i desenvolupen la Llei Integral de Mesures de Protecció Contra

la Violència de Gènere (BOE 1/2004) i la Llei Integral contra la violència sobre la Dona (DGV 7/2012), que siguen dotades convenientment així com avaluades, que es publiquen dades, les actuacions i les conclusions.

9.- Demanar al Govern de l’Estat que es desenvolupe i implemente el Conveni d'Istanbul i el

compliment de les recomanacions de la CEDAW. Que es reformen les lleis perquè estiguin reflectides totes les formes de violència contra les

dones. 10.- Que s’eliminen les traves a les dones migrants en situació irregular per accedir a les mesures

d'atenció integral i protecció efectiva contra la violència de gènere i que es faça efectiva la possibilitat de rebre asil o refugi polític per motius de persecució per violència masclista, opció sexual i d'identitat de gènere.

11.- Reivindicar les competències municipals en matèria d’igualtat, prevenció i ajuda contra la

violència de gènere i oposar-se a la pretensió del Govern de l’Estat de buidar d’atribucions els ajuntaments, a més d’exigir-ne el finançament necessari.

12. Aquest Ajuntament s'adhereix a la Declaració de 2017 com a 'Any contra la Violència de Gènere',

impulsada per la Comissió de la Condició Jurídica i Social de la Dona -CSW61- pertanyent a ONWOMEN, i amb això el compromís de desenrotllar una política municipal activa, integral, participativa i coordinada en favor de la igualtat i contra la violència cap a les dones, posant especial atenció en la violència que pateixen

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les dones jóvens i adolescents, a més d'augmentar les partides destinades a igualtat i a lluitar contra la violència de gènere.

13.- Comunicar l´acord plenari al Govern Central, al Consell de la Comunitat Valenciana, a la

Diputació Provincial i a la Federació Valenciana de Municipis i Províncies. Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Medio Ambiente, Formación y Empleo,

Promoción Económica, Agricultura, Educación e Igualdad de fecha 29 de noviembre de 2016, el Pleno acuerda, por unanimidad, aprobar la referida moción, en sus términos.

P.2016-11-159.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE URBANISMO, MEDIO

AMBIENTE, FORMACIÓN Y EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA, AGRICULTURA, EDUCACIÓN E IGUALDAD DE FECHA 29 DE NOVIEMBRE DE 2016. CREACIÓN ÓRGANO AMBIENTAL Y TERRITORIAL MUNICIPAL.

Visto el informe elaborado por el Secretaría nº 97/2016, de fecha 23 de noviembre de 2016, en el

que literalmente consta: “Visto el expediente de referencia, y de conformidad con lo ordenado por la Concejalía de Urbanismo, el que suscribe emite el siguiente INFORME en base a los siguientes

ANTECEDENTES: A la entrada en vigor de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, el órgano ambiental y territorial conforme a lo dispuesto en el artículo 48.c) y según se dispone en el Decreto 230/2015, de 4 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento del órgano ambiental de la Generalitat a los efectos de evaluación ambiental estratégica de planes y programas, era la Comisión de Evaluación Ambiental. Éste órgano ambiental se mantiene hasta la entrada en vigor de la Ley 10/2015, de 29 de diciembre, de medidas fiscales de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat, publicada en el DOGV 7689 de 31/12/2015, que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2016, estableciendo en su art. 115 la modificación del apartado c) del art. 48 de la ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, (LOTUP), en el que se precisan los supuestos en los que el órgano ambiental y territorial será el ayuntamiento del término municipal del ámbito del planeamiento objeto de la evaluación ambiental.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS Primera.- La Evaluación Ambiental Estratégica es el instrumento de prevención, establecido en la Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del consejo de 27 de Junio, para la integración de los aspectos ambientales en la toma de decisiones de planes y programas públicos. Su transposición al Ordenamiento Jurídico Español se materializa en la Ley estatal 21/2013, de 9 de diciembre de Evaluación Ambiental, recogiéndose en la normativa autonómica en la Ley 5/2014 (LOTUP) que reúne en un único texto el régimen jurídico de la evaluación de planes, programas y proyectos, lo que facilita la aplicación de ambas regulaciones, sí como la integración de la Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana, aprobada por Decreto 1/2011 de 13 de enero, del Consell (DOCV nº 6441, de 19/01/2011) y Decreto 166/2011, de 4 de noviembre de 2011 por el que se modifica el anterior Decreto (DOCV nº 6645, de 07/11/2011).

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El Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, establece en el art. 22 que los instrumentos de ordenación territorial y urbanística están sometidos a evaluación ambiental de conformidad con lo previsto en la legislación de evaluación ambiental. La evaluación ambiental y territorial estratégica de los planes y programas persigue Integrar los criterios y condicionantes ambientales, junto a los funcionales y territoriales, a lo largo de todo el proceso de elaboración del plan o programa, desde el inicio de los trabajos preparatorios hasta su aprobación. Tiene por objetivo asegurar la efectiva participación del público, y de las instituciones y organismos afectados por el plan o programa, en su elaboración, así como la transparencia en la toma de decisiones de planificación. Además de lo anterior persigue conseguir un elevado nivel de protección del medio ambiente y promover el desarrollo sostenible, en sus dimensiones económica, social y ambiental. La Ley 5/2014, LOTUP, creó el órgano ambiental y territorial, cuyas funciones se asignan a la Consellería con competencias en territorio y medio ambiente, el cual actúa como órgano de coordinación global. El órgano ambiental y territorial es el órgano autonómico, dependiente de la Consellería competente en materia de ordenación del territorio y medio ambiente que realiza el análisis técnico de los expedientes de evaluación ambiental y territorial, formula las declaraciones ambientales y territoriales estratégicas, y en colaboración con el órgano promotor y sustantivo, vela por la integración de los aspectos ambientales, junto a los territoriales y funcionales, en la elaboración del plan o del programa. El órgano ambiental y territorial conforme a lo dispuesto en el Decreto 230/2015, de 4 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento del órgano ambiental de la Generalitat a los efectos de evaluación ambiental estratégica de planes y programas, es la Comisión de Evaluación Ambiental. El título III del libro I de la ley 5/2014, regula el procedimiento de aprobación de todos los planes que requieran de una evaluación ambiental y territorial estratégica. En este sentido, el órgano ambiental y territorial emitirá el informe ambiental y territorial estratégico correspondiente determinando si la evaluación ambiental y territorial de un plan o de un programa debe ser de carácter simplificada u ordinaria, en función del grado de significación de los efectos ambientales y territoriales de los mismos. La ley 5/2014, preveía que la emisión de este previo informe ambiental y territorial podía ser delegado en los ayuntamientos, a fin de agilizar el procedimiento de tramitación de determinados instrumentos de planeamiento que afecten únicamente a la ordenación pormenorizada. La ley 10/2015, de 29 de diciembre, de medidas fiscales de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat (DOCV nº 7689 de 31/12/2015) entró en vigor el pasado 1 de enero de 2016, estableciendo en su art. 115 la modificación del apartado c) del art. 48 de la ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, (LOTUP), en el que se regulan los supuestos en los que el órgano ambiental y territorial será el ayuntamiento del término municipal del ámbito del planeamiento objeto de la evaluación ambiental, trasladando la competencia al ayuntamiento en los supuestos siguientes: 1. Ordenación pormenorizada del suelo urbano. Este supuesto incluye los planes urbanísticos municipales (planes de ordenación pormenorizada, planes de reforma interior, planes especiales, estudios de detalle o sus modificaciones) que afecten única y exclusivamente a la ordenación pormenorizada del suelo urbano definida en la LOTUP.

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Si un plan de los citados, o su modificación afectan a la ordenación estructural, en todo o en parte, o a una clase de suelo que no sea urbano, no está incluido en este supuesto. 2. Ordenación pormenorizada del suelo urbanizable en planes evaluados ambientalmente. Este supuesto incluye planes urbanísticos municipales (planes de ordenación pormenorizada, planes parciales, planes de reforma interior, planes especiales, estudios de detalle o sus modificaciones) que afecten única y exclusivamente a ordenación del suelo urbanizable definida en la LOTUP, siempre y cuando el plan que es objeto de desarrollo y modificación haya sido evaluado ambientalmente. Se entiende por evaluado ambientalmente tanto los planes que tengan declaración de impacto ambiental con arreglo a la Ley 2/1989, de 3 de marzo, de la Generalitat, de Impacto Ambiental, como los que cuenten con evaluación ambiental estratégica. Si un plan de los citados, o sus modificaciones, afectan a la ordenación estructural, en todo o en parte, o a una clase de suelo que no sea urbanizable, en todo o en parte, no es de aplicación este supuesto. 3. Ordenación estructural de suelo urbano urbanizado sin modificación del uso dominante. Este supuesto incluye modificaciones de planes generales y de desarrollos incluidos los modificativos, que afectan a la ordenación estructural, sin perjuicio de que también puedan afectar a la ordenación pormenorizada, siempre que concurran los siguientes requisitos:

A) Que se trate de suelo urbano, por lo que quedan excluidos las modificaciones que afecten a la ordenación estructural en suelo urbanizable o no urbanizable. A estos efectos se entiende por suelo urbano, además del suelo clasificado como tal por el plan, aquellos suelos urbanizables que en ejecución del planeamiento hayan sido efectivamente urbanizados.

B) Que se trate de suelo urbanizado, es decir, que cuente con los servicios urbanísticos efectivamente implantados. Dichos servicios son los que se exigen a las actuaciones integradas en el art. 110.b LOTUP, aunque también puede considerarse el art. 21.3 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, Texto Refundido de la Ley de Suelo y rehabilitación urbana. C) Que no comporte un cambio del uso dominante de la zona establecida en la ordenación estructural, en función de lo establecido en el art.27 LOTUP. Finalmente cabe decir que los programas de actuación, por si mismos, no están sometidos a evaluación ambiental estratégica y territorial de planes en la medida que no son planes, pero si el programa va acompañado de un plan, entonces se aplican las reglas anteriores respecto del instrumento de planeamiento que acompaña al programa. Segunda: La competencia en materia de evaluación ambiental y territorial estratégica no está asignada a ningún órgano específico por la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. No obstante, dado que la aprobación de los planes urbanísticos corresponde al Pleno, resulta conveniente que la evaluación ambiental se realice por otro órgano municipal. En este sentido, en el procedimiento de evaluación ambiental el Pleno es el órgano sustantivo a que se refiere el art. 48. b) LOTUP. A la vista de lo anterior, puede ostentar la condición de órgano ambiental y territorial municipal:

O bien el Alcalde, en cuanto tiene competencia residual (art.21.1.5 LRBRL), la cual puede ser delegada en la Junta de Gobierno Local o en un Teniente de Alcalde. (Art.23.2.b y 4 LRBRL).

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O bien un órgano complementario, que será el órgano ambiental y territorial municipal, al igual que ocurre en la Generalitat Valenciana, que ha creado la Comisión de Evaluación Ambiental (art. 20.3 LRBRL) El órgano ambiental (Alcalde u órgano complementario) adoptará los acuerdos o resoluciones que procedan de acuerdo con el procedimiento de evaluación ambiental establecido en la LOTUP, pero a los efectos de instruir y tramitar el procedimiento de evaluación ambiental y territorial los expedientes se asignarán al departamento o técnico que corresponda del Ayuntamiento. Tercera.- El Ayuntamiento es competente en la materia en virtud de la potestad encomendada por la nueva redacción dada al art. 48 de la ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, (LOTUP) por la Ley 10/2015, de 29 de diciembre, así como por lo establecido en el art1 25.2 de la ley 7/1985, en su redacción dada por el número ocho del artículo primero de la Ley 27/2013, 27 diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local. Se ha elaborado un proyecto de Reglamento de la Comisión de Evaluación Ambiental Estratégica, que regula su composición y funcionamiento a los efectos de realizar la evaluación ambiental estratégica de los planes y programas, se ajusta a las determinaciones legales y su contenido no supone infracción del Ordenamiento Jurídico. Es competente para la aprobación del presente Reglamento el Pleno municipal al amparo de los artículos 22.2 d) y 49 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, con el quórum de mayoría simple de acuerdo con el artículo 47.1 de la misma disposición legal, informándose favorablemente la adecuación del miso al ordenamiento jurídico vigente. El procedimiento para la tramitación del Reglamento requiere la aprobación inicial por el Pleno, una vez adoptada se someterá el expediente a información pública y audiencia a los interesados por el plazo mínimo de treinta días naturales para la presentación de reclamaciones y sugerencias, resolución de todas las reclamaciones y sugerencias presentadas dentro de plazo y aprobación definitiva por el Pleno. En caso de que no se presenten ninguna reclamación o sugerencia se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional. Si bien el art.133 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece un trámite de participación pública de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de los reglamentos, el apartado 4 de dicho artículo determina que “Podrá prescindirse de los trámites de consulta, audiencia e información públicas previstos en este artículo en el caso de normas presupuestarias u organizativas de la Administración General del Estado, la Administración autonómica, la Administración local o de las organizaciones dependientes o vinculadas a éstas, o cuando concurran razones graves de interés público que lo justifiquen. Cuando la propuesta normativa no tenga un impacto significativo en la actividad económica, no imponga obligaciones relevantes a los destinatarios o regule aspectos parciales de una materia, podrá omitirse la consulta pública regulada en el apartado primero. Si la normativa reguladora del ejercicio de la iniciativa legislativa o de la potestad reglamentaria por una Administración prevé la tramitación urgente de estos procedimientos, la eventual excepción del trámite por esta circunstancia se ajustará a lo previsto en aquella.” En el presente caso el reglamento tiene por objeto la regulación de un órgano complementario municipal; se trata de una norma permanente organizativa, por lo que entendemos que no es necesaria la celebración de los trámites de consulta, audiencia e información pública prevista en el citado artículo.

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El Reglamento entrará en vigor, de conformidad con lo establecido en el artículo 70.2 Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local una vez se publique el acuerdo y haya transcurrido el plazo establecido en el artículo 65.2 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local. “

Vista la propuesta de la Concejala Delegada de Urbanismo de fecha 24 de noviembre de 2016. La Sra. Guaita Vañó dice que el Grupo Popular se abstendrá, pues considera que en la Comisión o

bien no debería haber ningún cargo político, o bien que todos los Grupos del Consistorio estuvieran representados.

Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Medio Ambiente, Formación y Empleo,

Promoción Económica, Agricultura, Educación e Igualdad de fecha 29 de noviembre de 2016, el Pleno acuerda por mayoría de 14 votos a favor (PSPV-PSOE, C y CET), ninguno en contra y 5 abstenciones (PP y C’s):

PRIMERO: Determinar que el Órgano Ambiental y Territorial del municipio de Picassent, por

atribución de competencias de la Alcaldía, es la Comisión de Evaluación Ambiental Estratégica de Planes y Programas del Ayuntamiento de Picassent, órgano colegiado de carácter técnico.

SEGUNDO: Acordar la constitución de la Comisión de Evaluación Ambiental Estratégica de Planes

y Programas del Ayuntamiento de Picassent con la composición y designaciones que figuran en su Reglamento que se incorpora como Anexo a la presente propuesta. Dicha Comisión se constituye como órgano colegiado que realizará el análisis técnico previo de los planes y programas, y la formulación de los correspondientes informes ambientales estratégicos de planes y programas sometidos a evaluación ambiental estratégica simplificada, así como la emisión del dictamen ambiental al que se refiere el art. 58 de la Ley 6/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades.

TERCERO: Aprobar inicialmente el Reglamento de la Comisión de Evaluación Ambiental

Estratégica, que se incorpora como Anexo a la presente propuesta y que regula su composición y funcionamiento todo ello a los efectos de realizar la evaluación ambiental estratégica de los planes y programas

CUARTO: Someter el expediente a información pública y audiencia a los interesados, por el plazo

de treinta días hábiles para la presentación de reclamaciones y sugerencias contra el reglamento, mediante publicación de edicto en el boletín oficial de la provincia y en el tablón de edictos municipal.

QUINTO: Resueltas las reclamaciones y sugerencias que se presenten dentro del citado plazo,

se someterá el expediente a aprobación definitiva por el pleno municipal. En caso de que no se presente ninguna reclamación o sugerencia se entenderá definitivamente adoptado el presente acuerdo quedando facultado expresamente el Alcalde-Presidente para su publicación y ejecución.

SEXTO: Una vez aprobado de forma definitiva, remítase copia del texto definitivo a las

Administraciones del Estado y la Comunidad Autónoma, así como al Servicio Territorial de Urbanismo de Valencia.

SÉPTIMO: Transcurrido el plazo de quince días hábiles desde la recepción por parte de dichas

Administraciones sin que haya sido formulado requerimiento alguno, publíquese el texto íntegro del Reglamento en el BOP de Valencia para su entrada en vigor.

OCTAVO: Facultar a la Sra. Alcaldesa-Presidenta para cuantas actuaciones sean necesarias para la

ejecución del expediente.

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P.2016-11-160.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE URBANISMO, MEDIO

AMBIENTE, FORMACIÓN Y EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA, AGRICULTURA, EDUCACIÓN E IGUALDAD DE FECHA 29 DE NOVIEMBRE DE 2016. MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL COMPROMÍS DE PICASSENT PER A “REBUTJAR EL SEGON BY-PASS AL TERME DE PICASSENT”.

Es dada cuenta de la moción presentada por el Grupo Municipal Compromís para “Rebutjar el segon

by pass al terme de Picassent”, que transcrita dice así: “Al poble de Picassent ens enfrontem a un nou repte que pot canviar la nostra fisonomia, física i

cultural, com a poble. Una nova cicatriu, una cicatriu gran i devastadora pot canviar per complet el paisatge del terme, la vida de centenars de persones, la flora i la fauna del territori i la cultura del nostre poble.

Ara vora dos anys que fou aprovada favorablement la Declaració d’Impacte Ambiental de la

circumval·lació exterior de València, que partirà el terme de Picassent en dos meitats, BOE nº 44 (20-02-2015). El que és conegut com a segon bypass.

Aquest vial forma part del Pla d’Infraestructures, Transport i Vivenda (PITVI) 2012-2024, per la qual

cosa els propers anys veurem créixer aquesta mena de serp, que a la ziga-zaga cavalcarà llomes, tossals, barrancs i camins. Tenim el terme municipal més gran de l’Horta Sud i un del més grans de la província de València. És necessari un segon bypass? Volem que ens destrossen el nostre terme?.

L’impacte visual serà brutal, amb l’alteració de l’escorrentia superficial i l’augment de riscos de

represament i inundació. No cal dir-ho, flora i fauna també hi seran afectats. Les molèsties per a la població són evidents, aquests tipus d’infraestructures generen un pòsit de contaminació ambiental continuat, el soroll provocat per la maquinària i el trànsit continu de vehicles, afectaran urbanitzacions i edificacions properes. El volum de terres sobrants, quasi quatre milions de metres cúbics, hi han de ser dipositats a tres abocadors propers a la zona d’actuació.

Cal remarcar ací que el traçat passa a menys de dos kilòmetres de la Sima de l’Àguila, espai

pertanyent a la Xarxa Natura 2000, Lloc d’Importància Comunitària LIC ES5234005, cova d’interès per constituir refugi per a diferents espècies de ratpenats. Quant al patrimoni cultural, es faran sondejos de comprovació, delimitació i valoratius a la zona de l’Alteró de Mompoi.

ACORDS 1) Traslladar al Ministeri de Foment del Govern d’Espanya el rebuig de l’Ajuntament de

Picassent a la construcció d’aquesta infraestructura. 2) Fer una campanya ampla i potent, per donar a conèixer a tota la ciutadania de Picassent

quines seran les conseqüències d’aquesta infraestructura. 3) Instar al Govern d’Espanya a cercar altres solucions ferroviàries i la seua aposta

inequívoca pel corredor mediterrani com a solució definitiva per a la connexió de passatges i mercaderia de l’arc mediterrani amb Europa.

4) Instar al govern de la Generalitat Valenciana a Demanar al Govern d’Espanya el rebuig del traçat actual d’aquesta infraestructura pel terme de Picassent.”

Interviene la Concejal Dª Inocencia Albert García, quien anuncia que el grupo socialista votará en

contra de la moción, por los siguientes motivos: “Vamos a votar en contra de la moción por coherencia con la acción de gobierno del que usted formó

parte.

Page 28: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO ... · día de la convocatoria correspondiente. P.2016-11-153.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR DE FECHA 27 DE OCTUBRE

En Noviembre de 2005 se inicio el periodo de consultas del primer documento en el que aparecían dibujados 4 corredores distinto y algunos de ellos a su vez con diferentes variantes.

Se informa el documento por parte del Arquitecto y por unanimidad se decide en el Pleno de

Diciembre de 2005 nos oponemos a los corredores que discurren cerca del Pedregal partiendo el término en dos y a los que parten el territorio protegido en dos ( la Serra y Morredondo y decimos que la opción mejor es la de ampliar el actual By-Pass.

En 2006 en el pleno de 23-10, aceptamos por unanimidad la ampliación del grafiado del corredor 4-

V-33 porque posibilita que el impacto sobre el término sea menor. Y el 28 de Mayo de 2009, de nuevo por unanimidad y recogiendo las dos alegaciones presentadas,

una de ellas por el PP se vota por unanimidad aceptar el trazado propuesto siempre que se sitúe una salida a la altura de la actual rotonda “Dels Pintes” y que el trazado definitivo se aleje 400 metros más del Pinar.

En el periodo de exposición al público son numerosas las consultas de la población pero no se

producen alegaciones. No entendemos tampoco como desde 2014 que se produce la aprobación definitiva hasta ahora

nunca se ha producido ningún pronunciamiento al respecto. Por lo anteriormente expuesto votaremos en contra de la moción.”

El sr. Hernàndez i Gastaldo replica diciendo que desde el año 2009 hasta ahora han transcurrido

casi 10 años, que la obra no se está haciendo y que en estos momentos su Grupo estima que no debe realizarse esta obra que no resulta conveniente para los intereses de Picassent, sino que se debería ampliar el actual by-pass.

Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Medio Ambiente, Formación y Empleo,

Promoción Económica, Agricultura, Educación e Igualdad de fecha 29 de noviembre de 2016, el Pleno acuerda por mayoría de 2 votos a favor (C), 6 abstenciones (PP, C’s y CET) y 11 en contra (PSOE), rechazar la referida moción.

P.2016-11-161.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE CULTURA, JUVENTUD,

FIESTAS, BIBLIOTECA Y COMUNICACIÓN, PARTICIPACIÓN CIUDADANA, Y PROMOCIÓN LINGÜÍSTICA, COMERCIO Y MERCADO DE FECHA 21 DE NOVIEMBRE DE 2106. ADAPTACIÓN DE LOS ESTATUTOS DEL CONSORCIO XARXA JOVES.NET A LA LEY DE RACIONALIZACIÓN Y SOSTENIBILIDAD DE LAS ENTIDADES LOCALES.

Se da cuenta del acuerdo adoptado por el Pleno del Consorcio Xarxa Joves. Net en la sesión

celebrada el día 26 de enero de 2016, sobre la modificación de los Estatutos reguladores del Consorcio con el fin de adaptar su contenido a las previsiones de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.

Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Cultura, Juventud, Fiestas, Biblioteca y

Comunicación, Participación Ciudadana y Promoción Lingüística, Comercio y Mercado de fecha 21 de noviembre de 2016, el Pleno acuerda, por unanimidad:

PRIMIERO: Aprobar la modificación de los Estatutos reguladores del Consorcio Xarxa Joves.Net,

con objeto de adaptarlos a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.

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SEGUNDO: Facultar a la Sra. Alcaldesa para la firma de cuantos documentos y realización de cuantas actuaciones sean precisas para la ejecución de este acuerdo.

TERCERO: Comunicar el presente acuerdo al Consorcio Xarxa Joves.Net, para su conocimiento y

efectos. P.2016-11-162.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE CULTURA, JUVENTUD,

FIESTAS, BIBLIOTECA Y COMUNICACIÓN, PARTICIPACIÓN CIUDADANA, Y PROMOCIÓN LINGÜÍSTICA, COMERCIO Y MERCADO DE FECHA 21 DE NOVIEMBRE DE 2106. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE ASOCIACIONES VECINALES.

Dada cuenta de la solicitud presentada por la Asociación “COMUNIDAD ISLÁMICA ATTAWBA DE

PICASSENT”, solicitando la inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales. Vista la documentación presentada. Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Cultura, Juventud, Fiestas, Biblioteca y

Comunicación, Participación Ciudadana y Promoción Lingüística, Comercio y Mercado de fecha 21 de noviembre de 2016, el Ayuntamiento Pleno acuerda por unanimidad:

ÚNICO: Inscribir en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales a la Asociación “COMUNIDAD

ISLÁMICA ATTAWBA DE PICASSENT”, procediéndose por parte del Departamento de Secretaria a su inscripción en el Libro-Registro de Asociaciones, así como a la expedición del oportuno certificado de inscripción.

P.2016-11-163.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE DEPORTES, OBRAS,

CEMENTERIO, SERVICIOS MUNICIPALES Y SEGURIDAD CIUDADANA DE FECHA 21 DE NOVIEMBRE DE 2016. INICIO DE EXPEDIENTE PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS MUNICIPALES MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO.

Examinado el procedimiento para la contratación, mediante procedimiento abierto, tramitación

ordinaria, del servicio de “Limpieza de Edificios Municipales”, con un presupuesto de licitación de 411.554’85 €/anuales, IVA no incluido.

Visto el informe de Secretaría nº 85/2016, de 11 de noviembre. Visto el informe de Intervención nº 214/2016, de 18 de noviembre. Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Deportes, Obras, Cementerio, Servicios Municipales

y Seguridad Ciudadana de fecha 21 de noviembre de 2016. El Pleno acuerda, por mayoría: PRIMERO: Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas

que han de regir la contratación, mediante procedimiento abierto, tramitación ordinaria, del servicio de “Limpieza de Edificios Municipales”.

SEGUNDO: Aprobar el expediente de contratación y disponer la apertura del procedimiento de

contratación, mediante anuncio que se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea, Boletín Oficial del Estado y Perfil de Contratante del Ayuntamiento.

TERCERO: La adjudicación del contrato quedará condicionada a que por la Intervención Municipal

emita, con cargo al Presupuesto General del Ayuntamiento para el ejercicio 2017, certificado de la

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existencia de crédito adecuado y suficiente para cubrir el tipo de licitación, en la parte del gasto imputable a dicho ejercicio.

P.2016-11-164.- INFORME DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE HACIENDA, PERSONAL Y

GOBIERNO ABIERTO DE 29 DE NOVIEMBRE DE 2016. INFORMACIÓN CONTABLE A SUMINISTRAR AL PLENO (BASE DE EJECUCIÓN 50).

Se da cuenta de la siguiente información contable a suministrar al pleno conforme a lo establecido

en la base de ejecución nº 50.

1) INFORMACIÓN CONTABLE A SUMINISTRAR AL PLENO (BASE DE EJECUCIÓN 50).

a. Estados de Ejecución. A 31/10/2016

INGRESOS EJERCICIOS CERRADOS

a.-SALDO INICIAL

DERECHOS b.-RECTIFICACIONES

c.-DCHOS ANULADOS

d.-DCHOS PENDIENTES TOTALES(a+b-c)

e.-RECAUDACIÓN

f.-INSOLVENCIAS Y OTRAS CAUSAS

g.-DCHOS PENDIENTES A 31/12/2015(d-e-f)

% RECAUDACIÓN SOBRE DCHOS NETOS

1.995 7.384,06 7.384,06 0,00 0,00 7.384,06 0,00%

1.996 23.138,53 23.138,53 282,49 0,00 22.856,04 1,22%

1.997 44.309,57 44.309,57 216,67 0,00 44.092,90 0,49%

1.998 51.767,21 51.767,21 264,48 0,00 51.502,73 0,51%

1.999 60.455,43 60.455,43 599,57 0,00 59.855,86 0,99%

2.000 59.971,53 59.971,53 966,46 0,00 59.005,07 1,61%

2.001 84.965,73 84.965,73 977,43 169,79 83.818,51 1,15%

2.002 83.095,97 83.095,97 1.786,36 137,10 81.172,51 2,15%

2.003 92.140,88 92.140,88 1.705,45 429,15 90.006,28 1,85%

2.004 93.010,85 93.010,85 1.638,68 460,95 90.911,22 1,76%

2.005 106.828,09 106.828,09 1.317,15 230,86 105.280,08 1,23%

2.006 142.068,17 142.068,17 3.054,98 435,90 138.577,29 2,15%

2.007 153.893,45 153.893,45 3.124,59 587,72 150.181,14 2,03%

2.008 350.256,31 350.256,31 6.719,15 1.047,65 342.489,51 1,92%

2.009 279.072,28 279.072,28 8.092,03 711,12 270.269,13 2,90%

2.010 689.180,41 689.180,41 13.868,99 32.012,13 643.299,29 2,01%

2.011 540.221,58 540.221,58 31.914,05 395,98 507.911,55 5,91%

2.012 555.283,78 555.283,78 36.130,45 1.133,77 518.019,56 6,51%

2.013 666.013,46 666.013,46 70.923,90 3.560,27 591.529,29 10,65%

2.014 943.571,89 943.571,89 128.174,42 15.786,28 799.611,19 13,58%

2.015 1.475.185,78 1.475.185,78 470.647,26 65.637,62 938.900,90 31,90%

6.501.814,96 6.501.814,96 782.404,56 122.736,29 5.596.674,11 12,03%

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INGRESOS Y GASTOS DOMICILIADOS OCTUBRE/2016

NOMINA DE OCTUBRE/2016.

INGRESOS EJERCICIO CORRIENTE

DESCRIPCIÓN PREVISIONES INICIALES MODIFICACIONES PREVISIONES DEFINITIVAS DRN

% EJECUCIÓN SOBRE

PREVISIONES DEFINITIVAS

1 IMPUESTOS DIRECTOS 7.164.390,81 0,00 7.164.390,81 9.703.067,57 135,43%

2 IMPUESTOS INDIRECTOS 157.765,51 0,00 157.765,51 334.425,69 211,98%

3 TASAS Y OTROS INGR. 2.228.062,90 49.168,11 2.277.231,01 2.182.489,71 95,84%

4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 4.366.156,38 487.902,03 4.854.058,41 4.165.828,81 85,82%

5 INGRESOS PATRIMONIALES 356.544,87 5.490,51 362.035,38 187.334,54 51,74%

Tot. 1a 5 OPERACIONES CORRIENTES 14.272.920,47 542.560,65 14.815.481,12 16.573.146,32 111,86%

6

ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES

- 31.072,13 31.072,13 31.072,13 0,00%

7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

179.868,00 747.251,47 927.119,47 451.088,35 48,65%

8 ACTIUS FINANCIERS

- 1.549.553,09 1.549.553,09 0,00 0,00%

Tot. 6 a8 OPERACIONES DE CAPITAL 179.868,00 2.327.876,69 2.507.744,69 482.160,48 19,23%

TOTAL 14.452.788,47 2.870.437,34 17.323.225,81 17.055.306,80 98,45%

PENDIENTE DE CONTABILIZAR:

INGRESOS Y GASTOS DOMICILIADOS OCTUBRE/2016

NOMINA DE OCTUBRE/2016.

GASTOS EJERCICIOS CERRADOS

a.-SALDO INICIAL OBLIGACIONES/PAGOS

ORDENADOS b.-RECTIFICACIONES

b.-RECTIFICACIONES

b.-RECTIFICACIONES

d.-SALDO PENDIENTE TOTAL(a+b)

d.-SALDO PENDIENTE TOTAL(a+b)

d.-SALDO PENDIENTE TOTAL(a+b)

e.-PAGOS REALIZADOS

g.-OBLIGACIONES/PAGOS ORDENADOS PENDIENTES(d-e)

% PAGOS REALIZADOS SOBRE BRE OBLIG NETAS

EJERCICIO obligaciones pagos ordenados obligaciones pagos ordenados

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2.009 10.556,00 0,00 0,00 0,00 10.556,00 0,00 10.556,00 0,00 10.556,00 0,00%

2.015 1.078.221,40 0,00 0,00 0,00 312.934,89 765.286,51 1.078.221,40 1.071.102,14 7.119,26 99,34%

1.088.777,40 0,00 0,00 0,00 323.490,89 765.286,51 1.088.777,40 1.071.102,14 17.675,26 98,38%

PENDIENTE DE CONTABILIZAR:

INGRESOS Y GASTOS DOMICILIADOS OCTUBRE/2016

NOMINA DE OCTUBRE/2016.

GASTOS EJERCICIO CORRIENTE

CAPÍTULO DESCRIPCIÓN CRÉDITO INICIAL MODIFICACIONES CRÉDITO DEFINITIVO ORN REMANENTES

% EJECUCIÓN

SOBRE PREVISIONES DEFINITIVAS

1 GASTOS DE PERSONAL 8.489.019,13 - 8.780,49 8.480.238,64 5.858.596,89 2.621.641,75 69,09%

2

GASTOS EN BIENES CORR. Y SERVICIOS 4.041.913,15 239.929,02 4.281.842,17 2.769.816,71 1.512.025,46 64,69%

3 GASTOS FINANCIEROS 38.420,12 - 38.420,12 8.550,01 29.870,11 22,25%

4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 893.879,51 236.170,84 1.130.050,35 614.739,71 515.310,64 54,40%

Tot. 1a 4 OPERACIONES CORRIENTES 13.463.231,91 467.319,37 13.930.551,28 9.251.703,32 4.678.847,96 66,41%

6 INVERSIONES REALES 738.299,97 2.403.117,97 3.141.417,94 1.083.098,92 2.058.319,02 34,48%

9 PASIVOS FINANCIEROS (*) 251.256,59 - 251.256,59 188.559,54 62.697,05 75,05%

Tot. 6 a 9 OPERACIONES DE CAPITAL 989.556,56 2.403.117,97 3.392.674,53 1.271.658,46 2.121.016,07 37,48%

TOTAL 14.452.788,47 2.870.437,34 17.323.225,81 10.523.361,78 6.799.864,03 60,75%

PENDIENTE DE CONTABILIZAR:

INGRESOS Y GASTOS DOMICILIADOS OCTUBRE/2016

NOMINA DE OCTUBRE/2016.

b. Relación de facturas desde el dia 1/10/2016 al 31/10/2016

Nº RELACION IMPORTE DECRETO DE APROBACION

FECHA APROBACION

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Nª 17/2016 Reconocimiento Extrajudicial de

Crédito 1.825,76 € 2137/2016 05/10/2016

Nª 19/2016 Reconocimiento Extrajudicial de

Crédito 1.425,45 € 2144/2016 06/10/2016

Nº 105/2016 1.537,24 € 2150/2016 06/10/2016

Nº 106/2016 22.980,65 € 2154/2016 07/10/2016

Nº 107/2016 600,34 € 2175/2016 10/10/2016

Nº 108/2016 7.083,58 € 2197/2016 13/10/2016

Nº 109/2016 598,79 € 2198/2016 13/10/2016

Nª 20/2016 Reconocimiento Extrajudicial de

Crédito 673,89 € 2250/2016 19/10/2016

Nº 110/2016 90.166,81 € 2279/2016 20/10/2016

Nº 111/2016 5.763,49 € 2317/2016 24/10/2016

Nº 112/2016 54,45 € 2341/2016 25/10/2016

Nº 113/2016 6.175,47 € 2376/2016 28/10/2016

Nº 114/2016 4.106,09 € 2381/2016 28/10/2016

c. Expedientes de modificación de créditos.desde el dia 01/10/2016 al 31/10/2016

Nº EXPEDIENTE IMPORTE DECRETO DE APROBACION

FECHA APROBACION

Nº 49/2016Transferencia de créditos 7.589,22 € 2141/2016 05/10/2016

Nº 50/2016 Generación de créditos 8.522,00 € 2216/2016 17/10/2016

Nª 51/2016 Transferencia de créditos 38.607,34 € 2217/2016 17/10/2016

Nº 54/2016 Transferencia de créditos 78.346,29 € 2352/2016 26/10/2016

Total 133.064,85 €

d. Decretos de disponibilidad de créditos desde el dia 01/10/2016 al 31/10/2016

Dándose los sres. presentes por enterados. P.2016-11-165.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE HACIENDA, PERSONAL Y

GOBIERNO ABIERTO DE 29 DE NOVIEMBRE DE 2016. SOLICITUD DE BONIFICACIÓN ICIO A LA CONSELLERIA DE BIENESTAR SOCIAL OBRAS A REALIZAR EN SALA POLIVALENTE EN CENTRO OCUPACIONAL “MARQUES DE DOS AGUAS”.

Vista la solicitud de bonificación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras

presentada por la D. Caros Alberto Precioso Estiguin, en representación de la Generalitat Valenciana-

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Consellería de Bienestar Social, en fecha 22 de Octubre de 2014 (Expte187/2014 obras- Licencia de Obra Mayor) para las obras a realizar en sala polivalente en centro ocupacional “Marqués de Dos Aguas” en Partida del Realón Polígono 15 parcela 288, prevista en el art. 5.2 de la Ordenanza fiscal reguladora de dicho tributo.

De conformidad con la documentación presentada consta que, se dan en este caso las

circunstancias sociales que permiten la declaración de interés municipal de las obras: 1.- El centro de atención especializada para personas dependientes con discapacidad intelectual

“Marques de Dos Aguas es un centro destinado a personas con diversidad funcional que les proporciona ocupación terapéutica, técnicas profesionales para su integración laboral y actividades convivenciales para su integración social.

2.- El verdadero interés municipal, en este caso, es el servicio público que se presta, y atendido que uno de los criterios que se prioriza en la asignación de las plazas es la proximidad del domicilio al centro, no hay duda que los vecinos del municipio que lo necesitan están especialmente beneficiados, como ya está ocurriendo en el centro de día, por la ubicación del centro en su municipio y no en otro distinto, tratándose además de un recurso que va dirigido a un colectivo con especial vulnerabilidad.

Visto el informe de intervención nº 342j/2016 de 26 de octubre. Vista la Propuesta de la Concejala Delegada de Urbanismo de 26 de octubre de 2016. La Sra. Guaita Vañó dice que su grupo apoyará el dictamen, ya que el Partido Popular siempre ha

estado a favor de las bonificaciones cuando se han planteado, en casos similares, aunque la bonificación haya sido inferior al 95%.

Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, Personal y Gobierno Abierto de fecha

29 de noviembre de 2016, el Pleno acuerda por mayoría de 16 votos a favor (PSPV-PSOE, PP y C’s), ninguno en contra y 3 abstenciones (C y CET):

Primero.- Declarar de interés municipal de las obras a realizar en sala polivalente en centro

ocupacional “Marqués de Dos Aguas” en Partida del Realón Polígono 15 parcela 288, por concurrir circunstancias sociales y culturales.

Segundo.- Conceder una bonificación del 95 % de la cuota del Impuesto sobre Construcciones

Instalaciones y Obras, en el exp. 187/2014 para las obras a realizar consistentes en construcción de la sala polivalente en el Centro Ocupacional “Marqués de Dos Aguas” sito en la Partida Realón s/n parcela 288, polígono 15 de Picassent.

P.2016-11-166.- INFORME DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE HACIENDA, PERSONAL Y

GOBIERNO ABIERTO DE 29 DE NOVIEMBRE DE 2016. DACION CUENTA 3º TRIMESTRE 2016 ORDEN HAP/2105/2012, DE 1 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE DESARROLLAN LAS OBLIGACIONES DE SUMINISTRO DE INFORMACIÓN PREVISTAS EN LA LEY ORGANICA 2/2013, DE 27 DE ABRIL, DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y SOSTENIBILIDAD FINANCIERA.

Se da cuenta de la información referida a la evaluación del cumplimiento de los objetivos previstos

en la Ley Orgánica 2/2012, relativo al tercer trimestre de 2016, remitida al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a través de la Oficina Virtual para la coordinación financiera con las Entidades Locales el 26 de octubre de 2016.

F.3.2. Resultado Estabilidad Presupuestaria: La Corporación cumple con el objetivo de estabilidad

presupuestaria. F.3.4. Informe del nivel de deuda viva: 3.073.532,32 €.

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Dándose el Pleno por enterado. P.2016-11-167.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE HACIENDA, PERSONAL Y

GOBIERNO ABIERTO DE 29 DE NOVIEMBRE DE 2016. APROBACIÓN INICIAL DEL PRESUPUESTO MUNICIPAL 2017. BASES DE EJECUCIÓN, MODIFICACIÓN CATÁLOGO DE PUESTOS DE TRABAJO Y PLANTILLA DE PERSONAL AL SERVICIO DE ESTE AYUNTAMIENTO. EVALUACION DEL OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA PRESUPUESTO EJERCICIO 2017.

Visto el expediente tramitado para la aprobación del presupuesto General y Plantilla Presupuestaria

del Ayuntamiento para el año 2017, así como la propuesta de Modificación del Catálogo de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Picassent y su reflejo en la Plantilla Orgánica y Presupuestaria:

1. Presupuesto General y Plantilla Presupuestaria para el año 2017. Es dada cuenta de la Memoria de la Alcaldía sobre el Presupuesto del Ayuntamiento para el año

2017, que transcrita dice así:

La gestió econòmica de l'equip de govern, des que el 2003 els veïns i les veïnes de Picassent ens van donar la seua confiança, ha permés que, tot i la greu i intensa crisi econòmica que patix el país, que els serveis que l'Ajuntament presta als diferents sectors de la població no s’hagen vist minvats, sinó més prompte potenciats o que se n’han posat en marxa de nous. Reconeixem i agraïm que sense l'esforç i el bon comportament, en general, dels contribuents estes accions no podrien dur-se a terme. Per això, la unió d'estos dos factors, ciutadania i bona gestió econòmica i política, han afavorit que el municipi de Picassent tinga un bon nivell de qualitat de vida i amb un futur envejable, i pot afrontar importants reptes en el futur. Però, alhora, som conscients que hi ha col·lectius als quals la crisi econòmica colpeja de manera directa i que necessiten que el seu ajuntament i els seus polítics prenguen mesures que pal·lien la seua deteriorada situació. Per això, l’equip de govern des que va començar la crisi econòmica, allà pel 2008, va posar en marxa plans d'ocupació socials, així com de creació de beques per a joves llicenciats i joves amb discapacitat. També, s'incrementen any rere any les ajudes socials per als col·lectius amb major vulnerabilitat i que gràcies a l'esforç de tots disminuïx el sofriment. També, enguany, s'ha posat en marxa una iniciativa en què han col·laborat tres administracions diferents, autonòmica, provincial i local, que ha suposat la Xarxa de llibres, en què s'ha subvencionat l'adquisició de llibres per a l'ensenyament secundari i que ha tingut una magnífica acollida pels pares i la comunitat educativa i que es mantindrà en els pròxims anys. El superàvit del 2015 ha permés, un any més, que s'hagen dut a terme inversions sostenibles per un valor aproximat d'1 milió d'euros i, alhora, també s'ha pogut dedicar una part a rebaixar l'endeutament a llarg termini. Per al 2016 esperem tindre, de nou, un important superàvit que ens permetrà realitzar noves inversions destinades a millorar la qualitat de vida dels nostres veïns i de les nostres veïnes, com també, de nou rebaixar l'endeutament municipal. Tots som coneixedors que durant el 2017 Picassent tindrà un ingrés important derivat del compliment de la sentència del TSJ sobre indemnització per la potabilitzadora de l'EMSHI i que millorarà de forma important la nostra tresoreria, i que permetrà abordar noves inversions en un futur immediat i rebaixar encara més el endeutament. La Llei d'estabilitat pressupostària limita el creixement dels pressupostos municipals per la regla del sostre de despesa i que afecta tant a ajuntaments que tenen una economia sanejada com als que per la seua mala gestió no la tenen.

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Picassent es troba entre els municipis primers i té capacitat per créixer en el seu pressupost, sempre que, es gestione amb eficiència i eficàcia. Creiem que no es pot tractar a tots els ajuntaments per igual i, per això, reclamem un canvi legislatiu encaminat a corregir esta situació. La posada en marxa de l'obligatorietat de l'administració electrònica fa que haguem de fer front a este repte amb celeritat i decisió. Per això, cal que incrementem els recursos en l'àrea informàtica amb un llicenciat en esta matèria per a la posada en marxa de tots aquells mecanismes que ens porten a aconseguir una administració moderna i de fàcil accés per als ciutadans i per a les ciutadanes. També creiem que és necessari dotar d'un tècnic d'Administració General l'àrea d'Urbanisme al 50% de la jornada, que millore els recursos existents i, alhora, ajude en els assumptes de planejament. S'amortitzen dos places de monitors de ràdio i comunicació i es creen dos places de funcionari eventual per a les regidories de Govern obert i Cultura i Festes. L'Ajuntament passa de 3 funcionaris eventuals a 5, complint així amb la Llei reguladora de bases de règim local que en el seu article 104 bis diu que els municipis entre 20.000 i 50.000 podran incloure en les seues plantilles, llocs de personal eventual, sempre que no passen de 7. L’equip de govern, any rere any, ha disminuït l'endeutament a llarg termini amb l'objectiu d'arribar al final de legislatura amb el deute a zero. En el pressupost del 2017 només l'1,84% es destina a amortització i pagament d'interessos, sent Picassent un dels municipis de menys endeutament per habitant de la comarca i de l'àrea metropolitana de València, que és de 150 euros. Esta situació del nivell del deute ens permet i ens permetrà destinar més recursos encaminats a millorar les condicions de vida dels nostres veïns i de les nostres veïnes. Per al 2017, per segon any consecutiu, anem a baixar un dels impostos que més afecten les famílies com és l'IBI de naturalesa urbana, tot donant compliment al programa que el nostre partit va presentar a les últimes eleccions municipals. Dèiem que en esta legislatura baixaríem un 10% l’impost, i en eixe camí estem, ja que entre l’any 2016 i el 2017 l’hem baixat en un 5%. Però és que, a més, també l'any passat introduirem les bonificacions per a les famílies nombroses, sent de les més altes del nostre entorn i per al 2017 hem introduït uns canvis que milloraran encara més este col·lectiu. Són molts anys ja que no tots els impostos directes i indirectes estan congelats, així com les taxes i preus públics i en alguns casos han disminuït o introduït bonificacions a col·lectius determinats. Això fa que Picassent siga també un dels municipis amb menor pressió fiscal del nostre entorn. Així que, per al 2017 es presenten uns pressupostos de despeses i ingressos de 14.792.449,50 euros, fet que suposa un increment del 2,3 respecte al 2016. INGRESSOS PER CAPÍTOLS

2017 2016 2017 2016

Cap.1. Impostos directes 7.463.435,92 7.164.390,81 50,45% 49,57%

Cap.2. Impostos indirectes 201.690,07 157.765,51 1,363% 1,09%

Cap.3. Taxes. Preus públics i altres ingressos 2.096.520,58 2.228.062,90 14,17% 15,42%

Cap.4. Transferències corrents 4.654.441,10 4.366.156,38 31,46% 30,21%

Cap.5. Ingressos patrimonials 172.642,89 356.544,87 1,167% 2,47%

Cap.7. Transferències de capital 203.718,94 179.868,00 1,377% 1,24%

TOTAL PRESSUPOST 14.792.449,50 14.452.788,47 100,00% 100,00%

Percentualment, respecte al 2016, presenten unes xifres molt similars i si numèricament hi ha algunes diferències, això és perquè durant el 2016 s'han produït més ingressos que servixen de base per calcular cada capítol i no perquè s'haja produït un increment dels impostos citats. Durant el 2017, principalment, fruit del procés de regularització, es poden produir ingressos que incrementen esta partida, tot estimant-se un percentatge prudent dels ingressos, d’acord amb el càlcul estimat tècnicament.

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En el moment d'elaborar els pressupostos desconeixem quina és la decisió del govern central respecte a dos dades que hi influïxen: el sostre de despesa i la participació en els tributs de l'Estat. S'ha pres com a referència del sostre de despesa el creixement del 2,2 que va ser remés com a projecció pel Ministeri d'Hisenda en el 2015 per als pròxims anys. En el cas que la previsió s'aprovara a l'alça o a la baixa, es farien les modificacions oportunes una vegada en tinguérem coneixement. Igualment passaria per a la participació dels tributs de l'Estat. Anteriorment ens hem referit a la baixada de l'IBI de naturalesa urbana, així com les bonificacions per a les famílies nombroses com a fet més destacable. La resta es mantenen igual com en els últims anys. També haurem de tindre en compte que des de la Generalitat Valenciana i des de la Diputació de València, els pressupostos estan en fase d'aprovació, que es produirà un increment en les transferències als municipis en el transcurs de l'any 2017 i el capítol present es vorà incrementat de manera substancial. DESPESES

2017 2017

Cap.1. Despeses de Personal 8.355.656,54 56,49%

Cap.2. Despeses corrents en béns i serveis 4.478.535,21 30,28%

Cap.3. Despeses financeres 19.770,61 0,13%

Cap.4. Transferències corrents 847.198,93 5,73%

Cap.6. Inversions reals 838.590,14 5,67%

Cap.9. Passius financers 252.698,07 1,71%

TOTAL PRESSUPOST 14.792.449,50 100,00%

Capítol I: Personal Este capítol patix una disminució, aproximadament de 133.000, dos punts percentuals menys, ja que

l'exercici 2016 es va liquidar totalment la devolució del 50% de la paga extraordinària del 2012 i, de moment, no es preveu cap increment en les retribucions del personal de l'Ajuntament, atés que per part del govern central no s'han aprovat, per ara, els increments. En cas que en els pròxims mesos es produïra alguna decisió, es prendrien les mesures corresponents.

Es preveuen les retribucions de les noves places que es creen: Tresoreria d'habilitació nacional, enginyer/a d'Informàtica i TAG, al 50% de jornada, per a l'àrea d'Urbanisme.

Així mateix, s'amortitzen les dos places de monitors de ràdio i comunicació i es creen dos places de funcionaris eventuals per a les àrees de Govern obert i Cultura i Festes.

També s’establix la transformació de llocs temporals en llocs fixos del servei de neteja del Poliesportiu municipal.

A més de totes aquelles partides que any rere any es van consolidant des de l'àrea de Formació i Ocupació adreçades a col·lectius sobre els quals més està impactant la crisi econòmica. Més d'1 milió d'euros, inicialment, més totes aquelles subvencions d'altres administracions dirigides a programes d'Ocupació fan que al llarg de l'any esta administració dedique molts recursos econòmics a estos col·lectius, encara que som conscients que mai en són prou.

Capítol II: Despesa corrent Este capítol presenta un increment respecte al 2016 de 430.000 euros aproximadament; és a dir 2,5

punts percentuals més. L’ increment es deu al fet que es contemplen els increments dels contractes de prestació de serveis

(jardineria, neteja viària, neteja d’edificis, etc.), per import de 47.000 euros. També es preveuen increments de 7.000 euros en correus, 12.000 euros en minutes i costes

judicials, 48.000 euros en festes, 45.000 euros en la modificació del pla general, 15.000 euros en manteniment de l’arbratge, 13.000 euros en material de la Policia local, 60.000 euros en assistències tècniques d’Urbanisme, 25.000 euros en administració electrònica, entre altres.

Capítol III: Despeses financeres

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En l'exercici 2017 es dediquen 19.770 euros per al pagament d'interessos del deute a llarg termini i suposa només el 0,13% del pressupost. Respecte al 2017 hi ha una disminució a la meitat produïda per dos factors: la baixada de l'euríbor i la disminució del capital pendent.

Capítol IV: Transferències corrents Pràcticament es mantenen les mateixes xifres que durant l'any 2017, només experimentant un

lleuger increment la transferència al Consorci de bombers en vora 10.000 euros. Capítol VI: Inversions Per a l'exercici 2017 es destinen, inicialment, prop de 840.000 euros, uns 100.000 euros més que en

2016. Es destaquen les inversions següents: 1. Amb fons propis: - Adquisició de vehicle de Protecció civil ---- 14.000 euros - Per eficiència energètica d’edificis municipals --- 10.000 euros - Adquisició Maquinària per a centre de formació - 12.700 euros. - Adequació Zona verda del polígon industrial núm.1 --- 19.312 euros - Jardí en Canyada de Guaita ---- 20.171 euros. - II Fase col·lector Av. del Nord - 294.564 euros. - Condicionament Plaça de l’Ajuntament - 15.000 euros. - Patrimoni municipal del sòl i expropiació de terrenys - 90.000 euros. - Adquisició de vivendes per al Pla municipal d'habitatge --- 75.000 euros. - Implantació wifi ciutadana-5.000 euros. - Cadira Elevadora per a persones amb mobilitat reduïda ---- 10.000 euros. 2. Amb subvenció del Pla provincial d’obres i serveis de la Diputació de València: -PPOS Rehabilitació c / Ferrer i Canonge - 203.718 euros. Capítol IX: Passius financers Per a l'exercici 2017 està previst amortitzar una quantitat igual que el 2016; és a dir, al voltant de

250.000 euros.

DESPESES PER ÀREES

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Per

àrees, com és lògic, la de Personal és la que té més dotació pressupostària, seguida de la d'Obres i serveis municipals, Urbanisme i Ocupació i Cultura i Festes. Com ja hem citat la Llei d'estabilitat pressupostària i financera impedix a l’equip de govern poder elaborar uns pressupostos més expansius, malgrat les majors possibilitats que té el municipi, això fa que encara que hi ha alguns xicotets avanços, el sostre de despesa ens limita a l'hora de poder destinar més recursos als nostres veïns i a les nostres veïnes. També és cert que gràcies als successius superàvits que s'obtenen de les liquidacions pressupostàries ha sigut possible que es puguen emprendre noves inversions encaminades a millorar la qualitat de vida dels nostres veïns i de les nostres veïnes. Per descomptat que durant el 2017, només coneixem el superàvit del 2016, podrem iniciar nous projectes.

2. Modificación del Catálogo de Puestos de Trabajo y Plantilla para el ejercicio 2017. La Propuesta de Modificación del Catálogo y Plantilla para el ejercicio 2017 se concreta en los

siguientes puntos. a) Creación de un puesto de Técnico Superior de Administración Especial: Ingeniero

Informático, reservado a funcionario.

La creación de este puesto obedece a la necesidad de implantación de la Administración Electrónica derivada de la vigente legislación, lo que requiere un impulso definitivo para alcanzar los objetivos y desarrollo del nuevo modelo de Administración. La complejidad técnica de este proceso determina la

ÀREA 100. PERSONAL 8.389.987,47 56,72%

ÀREA 101. HISENDA, PATRIMONI I CONTRACTACIÓ 937.200,87 6,34%

ÀREA 102. ALCALDIA 12.000,00 0,08%

ÀREA 200. OBRES M., ENLLUMENAT PÚBLIC, NETEJA, RRSU, ZONES VERDES, PARCS INFANTILS, URBANITZACIONS I CEMENTERI 1.764.803,33 11,93%

ÀREA 300. COMERÇ I MERCAT 113.238,41 0,77%

ÀREA 400. IGUALTAT I EDUCACIÓ 252.139,90 1,70%

ÀREA 500. ESPORTS 441.866,27 2,99%

ÀREA 600. CULTURA, FESTES, BIBLIOTECA, PARTICIPACIÓ CIUTADANA, COMUNICACIÓ, JOVENTUT I PROMOCIÓ LINGÜÍSTICA 808.432,10 5,47%

ÀREA 700. URBANISME, MEDI AMBIENT, FORMACIÓ I OCUPACIÓ, I PROMOCIÓ ECONÒMICA 1.086.129,90 7,34%

ÀREA 800. BENESTAR SOCIAL, FAMÍLIA, PERSONES MAJORS, SOLIDARITAT, INTEGRACIÓ I DROGODEPENDÈNCIA 480.441,00 3,25%

ÀREA 900. AGRICULTURA 110.145,25 0,74%

ÀREA 901. SANITAT I INFÀNCIA 14.725,00 0,10%

ÀREA 902. GOVERN OBERT 111.450,00 0,75%

ÀREA 903. SEGURETAT CIUTADANA I PROTECCIÓ CIVIL 269.890,00 1,82%

TOTAL PRESSUPOST 2017 14.792.449,50 100,00%

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conveniencia de crear la mencionada plaza, con el contenido funcional descrito en la ficha incorporada al expediente.

b) Creación de un puesto de trabajo de Técnico de Administración General adscrito a la

Oficina Técnica Municipal, a jornada parcial, reservada a funcionario. La creación de este puesto de trabajo deriva de la conveniencia de dotar a la Oficina Técnica

Municipal de un funcionario que asuma las funciones de informe jurídico de nivel superior y propuesta de resolución en los expedientes de urbanismo, con el objeto de que se efectúe el necesario asesoramiento jurídico urbanístico en todas sus manifestaciones. El contenido funcional del puesto es el descrito en la ficha incorporada al expediente.

c) Transformación de seis puestos de naturaleza temporal en puestos fijos de personal de

limpieza del Polideportivo Municipal (persona encargada y peones de limpieza). Con ello se pretende regularizar la decisión de optar por la gestión directa del servicio de limpieza

del Polideportivo Municipal mediante la transformación de puestos temporales en puestos fijos, dada la permanencia estructural del servicio en la organización municipal.

d) Conformación y comprobación de la valoración de los puestos de trabajo de Secretaría e

Intervención, reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. Se incorpora la adecuación funcional de ambos puestos de trabajo a las nuevas funciones atribuidas

por el legislador a lo largo del periodo desde la aprobación del catálogo en fecha 29 de septiembre de 2000. Las nuevas funciones aparecen detalladas en las fichas incorporadas al expediente, con asignación del complemento específico consignado en el Anexo de Personal del Presupuesto, el cual no sufre alteración alguna en relación al asignado en el Presupuesto del año 2016.

e) Creación de dos puestos de personal eventual. Se crean los siguientes puestos reservados a personal eventual: 1) FUNCIONARIO EVENTUAL ADMINISTRATIVO (33801).

a. Área de Gobierno asignada: Fiestas y participación ciudadana. b. Retribuciones: 27.913,90 €/anuales. c. Requisitos para su desempeño: titulación mínima requerida para grupo C1. d. Dedicación: 100%.

2) FUNCIONARIO EVENTUAL ADMINISTRATIVO (49101)

a. Área de Gobierno asignada: Radio Municipal/Gobierno Abierto. b. Retribuciones: 27.913,90 €/anuales. c. Requisitos para su desempeño: titulación mínima requerida para grupo C1. d. Dedicación: 100%.

Ambos puestos estarán vinculados a una colaboración inmediata con los Concejales de las Áreas respectivas a las que los puestos han sido asignados.

Visto el informe del Técnico de Administración General nº 145/2016, de 11 de noviembre. Visto el informe de intervención nº 226/2016, de fecha 24 de noviembre. Toma la palabra el concejal del Grupo Compromís, quien anuncia el voto en contra, aduciendo lo

siguiente:

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“Compromís com be sap l’equip socialista, votarà en contra dels pressupostos de 2017. I dic “que bé

sap que votarem el contra”, perquè la forma en que es presenten els pressupostos i el seu contingut ens indica que els dóna exactament igual el que fem la resta de l’oposició, i per tant com els dóna exactament igual, fan uns pressupostos que, evidentment, hem de votar en contra. En aquesta legislatura el PSOE està demostrant que està perdent les formes, actua d’una forma dictatorial i sols amb un objectiu que és el de perpetuar-se al govern coste el que coste. L’any passat ja varem votar en contra, criticant el repartiment de comissions, alliberacions, i les quantitats per les assistències. Fou ja un exemple del seu entendre de la política. Enguany, amb la creació de dos nous càrrecs eventuals la sorpresa passa a ser indignació. Indignació perquè suposa un trencament del codi no escrit entre tots els partits que hem entès i que més o menys sempre hem respectat. Ara vostès van a passar a tindre cinc assessors que, com el Sr. Quiles va dir en la comissió, la seua feina es assessorar. Molt bé, no farem demagògia i parlarem que eixos cinc assessors en realitat són quatre, doncs un es un tècnic agrícola que està encobert en una plaça eventual. Però, així i tot, quatre assessors per a portar “en volandas” com diuen en castellà, a la Sra. Alcaldessa, em sembla vergonyós. Per a que ens fem una idea del despropòsit els diríem que si saben quants eventuals té el sr. Ribó, Alcalde de València, en té tres, sols tres. Nosaltres, perdó, vostès, son mes “chulos” i en fiquen a quatre. I dic en fiquen a quatre, perquè encara que en els pressupostos u està adscrit l’àrea de govern obert i l’altre a l’àrea de cultura, tots sabem que eixes persones la funció que fan es la de fer fotos, fer vídeos, bueno, tots sabem de qui estem parlant i sabem que la funció no estarà en govern obert ni en cultura.

Li recorde al sr. Quiles que en l’informe d’intervenció es diu que es deurà motivar l’excepcionalitat de

l’assignació. Esperem que això algú dia aparega, eixa motivació, perquè jo al menys no l’he vist, potser que se m’haja passat, però jo no l’he vista. Aleshores, tindríem altres motius per a analitzar el pressupost, però ens ha indignat el fet que vostès a estes altures es trauen de la màniga dos places d’assessors que entenem que trenca tots aquells acords polítics que de vegades estan damunt la taula o que de vegades estan ahí i que tots hem respectat . Creguem que és un acord que, sincerament, ens avergonyís. I per això anem a votar en contra.”

A continuación interviene el Concejal de Ciudadanos, que dice lo siguiente: Somos conscientes que la elaboración de un presupuesto es un asunto complejo y siempre

controvertido. El presupuesto que nos presentan para el 2017 es una continuación en un 95% del que ya nos presentaron para el 2016, e incluso afirmaría que de los que llevan presentando desde el inicio de su mandato en el año 2003. Se vanaglorian del superávit que año tras año cosechan, incluso en estos últimos ejercicios con números bastante elevados. Esto les permite ir minorando la deuda y acercarse al verdadero objetivo que el equipo de gobierno tiene fijado para el fin de la legislatura, DEUDA 0.

Un buen gestor público no tiene porqué ser aquel que sobre un presupuesto de 14 millones de euros

ha obtenido casi 2 de superávit -un 15%- si para ello ha dejado de atender servicios, infraestructuras, políticas de estímulo comercial e inversiones. Un gestor eficiente es aquel que logra satisfacer los objetivos planteados por su empresa, o en este caso su administración, y a su vez posibilita en la medida de lo posible el logro de los de sus trabajadores y clientes, en este caso los ciudadanos/as de Picassent.

En diversas ocasiones, los diferentes partidos aquí en la oposición representados les hemos

advertido que algunas de las tasas e impuestos podían reducirse todavía más, aliviando la presión fiscal de nuestros vecinos/as, de nuestro tejido comercial, industrial y empresarial pues había margen para ello.

No nos han escuchado y el tiempo nos va dando la razón. No piensen sólo en sus números, piensen también en los de más de 20.000 habitantes. Es también significativo que hayan previsto en estos presupuestos 2 plazas para puestos de libre

designación por parte del equipo de gobierno, de libre confianza, vamos lo que se conoce como “a dedo”,

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sumados a los 3 que los que ya disponen. Uno quedará adscrito al área de cultura y otro al de Gobierno abierto

5 salarios que pagaremos todos los picassentinos/as. Y añadir que esos 2 puestos creados se eliminan de la radio pública municipal. De los 3 empleados

que había se quedará tan sólo 1. Desconocemos los motivos. Dado que se encuentra entre el público cubriendo este acto, si así lo cree oportuno la señora alcaldesa y el propio interesado, podrá ofrecernos más detalles.

Por último, aconsejar al equipo de gobierno la implementación de políticas de inversión, desarrollo,

contratación y consumo donde la austeridad no sea la nota predominante. Está demostrado que la contención del gasto público no es la mejor solución para superar etapas de dificultad. Busquemos entre todos fórmulas de crecimiento donde el cumplimiento de los objetivos municipales vayan ligados a la mejora de la ocupabilidad, flexibilidad fiscal, prestación de servicios, seguridad ciudadana y estímulo económico.

Seguidamente interviene el Concejal D. Juan Francisco Albert Guerrero, y manifiesta lo siguiente: “Un año más estamos ante unos presupuestos continuistas, con leves subidas y bajadas, siendo la

de 430.000 euros del Capítulo II la más señalada y manteniendo el resto de cambio los gastos por debajo de 100.000, lo que para un presupuesto de casi 15 millones de euros, considero que se puede tachar de inmovilista y, por qué no, de poco imaginativo, por lo que, por ello, pocas razones pueden darnos para cambiar el voto que hicimos el año pasado.

En este sentido, ya avisamos de que uno de nuestros caballos de batalla iba a ser la racionalización de los salarios relacionados con la política, siempre que estos fueran altos. El año pasado la partida para los tres concejales liberados era de 123.000 euros, la misma que para este año.

En otro orden el año pasado no les dijimos nada del personal eventual ya que considerábamos que los tres asesores que tenían estaban justificados. Este año, en cambio, han creado dos plazas nuevas y, cuando le pregunté al Sr. Quiles porqué, dijo simplemente que la Ley se lo permitía.

No estamos nada de acuerdo con estos salarios relacionados con la política y por ello no podemos votar a favor.

En otro orden, también querríamos señalarles el tema de las subvenciones. El presupuesto tiene un amplio número de subvenciones nominativas y, según la Ley de subvenciones las subvenciones nominativas deben ser extraordinarias, mientras que las ordinarias deben ser las subvenciones de concurrencia competitiva. Nos gustaría que el equipo de gobierno revisara este caso y pasase algunas subvenciones nominativas a ser de concurrencia competitiva. Muchas gracias.”

La Concejala Dª Inmaculada Guaita Vañó manifiesta lo siguiente: El Partit Popular votará en contra del presupuesto porque este no es nuestro presupuesto. No es nuestro porque no nos han invitado a participar en él y como siempre el detalle del

presupuesto lo tenemos desde el viernes pasado, para dictaminar el martes y votarlo hoy. Este presupuesto sólo nos dice cuanto se va a gastar el Equipo de gobierno en personal y en gasto

corriente, ya que la partida de inversiones, 560.747€ con fondos propios y 203.718€ con fondos de la Diputación sólo supone el 5,16% del presupuesto, mientras que los gastos de personal suponen el 56,49% y los gastos corrientes el 30,28%.

Basándome en la memoria de Alcaldía diré que en las dos únicas cosas con las que coincido es, en primer lugar que hay superávit presupuestario, que todos sabemos que es debido a la gestión urbanística de hace algunos años que ha permitido que el padrón de IBI urbana crezca de manera importante y a la contención del gasto que el Estado impone y que hace que sólo podamos gastar lo que nos dice el Ministerio de Hacienda y que ustedes quieren cambiar porque necesitan gastar más. Y en segundo lugar en que este no es el verdadero presupuesto si no que tendremos que esperar a la liquidación del presupuesto de 2016 para saber si podemos invertir más o menos y en qué nos lo vamos a gastar.

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No estamos de acuerdo y, lo venimos diciendo año tras año, en que desde el 2008 se pusieron en marcha planes de ocupación social. En este presupuesto se destinan 1.199.513,49€ a Planes de Ocupación de trabajadores temporales y otros programas. De ese millón, 823.595,43 € son para contratar personal para la brigada,monitores para el polideportivo y casa de cultura, conserjes para el polideportivo y casa de cultura, tramoyistas para casa de cultura y personal de apoyo en programas de bienestar social y mujer. Este personal viene contratando se desde mucho antes de 2008, incluso mucho antes del 2000. Como siempre intentando contar que el Ayuntamiento comenzó a existir desde que gobierna Conxa García.

Como decía al principio, Poco tiempo nos han dado para estudiarlo y menos aún para presentar propuestas, pero alguna pregunta sí que tenemos.

Nos llama poderosamente la atención que un presupuesto que se dice tan social dedique 1.086.139,90€ al área de urbanismo, medio ambiente, formación y empleo y promoción económica, de los que 40.000 van para becas y 24.000 par el EPA, lo único más “social” que vemos y el resto son contratos externos y gasto corriente.

Como decía se dedica 1 millón casi cien mil para urbanismo mientras que para bienestar social, familia y personas mayores, solidaridad e integración y drogodependencia sólo se dedican 480.000€.

Para cultura, fiestas, biblioteca, participación ciudadana y promoción lingüística 808.432,10€ y para agricultura, con el término municipal que tenemos, sólo 110.145,25€, 1000€ menos que él área de gobierno abierto o lo que es lo mismo idéntica cantidad que se gasta el ayuntamiento en informática. Gastan lo mismo en el mantenimiento del Mercado Municipal que en el mantenimiento de caminos.

Hablando de tecnología, la señora Albert se comprometió en este pleno con el grupo municipal popular en la implantación de wifi en el municipio y con sorpresa vemos que sólo se dedican 5.000€ a este menester.

No ha sorprendido que se destinen 85.000€ a la modificación del Plan General cuando nada se nos ha informado. Nos gustaría saber para qué y qué pretenden modificar.

Van a crear una plaza de TAC para la oficina técnica municipal y además presupuestan 68.470€ en el Contrato de Prestación de Servicios para consultoría y asistencia técnica de urbanismo. Si pueden me lo explican.

También nos gustaría saber cuántas vivienda piensan comprar para el plan municipal de viviendas con 75.000€, nosotros pensamos que pocas y las que se compren tendrán que ser rehabilitadas.

Se transforman dos puestos de trabajo temporales de limpieza del polideportivo en fijos. No entendemos la necesidad y pensamos que pueden seguir dando trabajo a gente que lo necesita.

Por el contrario, amortizan dos puestos de monitores de la radio y se crean dos puestos de confianza para las áreas de Cultura y Gobierno Abierto. No creemos que estas áreas necesiten asesores y lo que nos preocupa es que dejen la radio sólo con una persona trabajando. Nosotros creemos que para el buen funcionamiento de la radio municipal necesitan dos o tres personas y en diversas ocasiones hemos apuntado que se buscasen las fórmulas adecuadas para contratar a personas especializadas y que no tengan que dejar su puesto de trabajo cada seis meses.

Poco más tenemos que decir de este presupuesto que creemos es de trámite y esperar a que venga el presupuesto real cuando liquiden el de este año.

Muchas gracias. El Concejal D. Francisco Quiles Teodoro contesta conjuntamente a los diferentes concejales. Así, en

relación con las palabras del sr. Hernàndez i Gastaldo, dice que tan indigno es crear dos plazas de personal eventual para el actual equipo de gobierno como tener un puesto de personal eventual al servicio del Sr. Hernàndez cuando formaba parte del equipo de gobierno.

En relación a la intervención del concejal de Ciudadanos, dice que el Presupuesto quisiera ser más

expansivo, pero legalmente no es posible. Indica que es positivo reducir la deuda del Ayuntamiento a cero, ya que eso permite realizar muchas más actuaciones municipales y ejecutar más inversiones.

En relación a la intervención del Grupo CET, dice que existen reglas legales (techo de gasto) que los

presupuestos deben respetar, y que gracias al superávit se pueden acometer más inversiones. Respecto de

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las subvenciones nominativas, se pregunta cuáles son, puesto que solamente hay 4 en el Presupuesto y existen unas bases reguladoras.

Y en relación a la intervención de la Sra. Guaita Vañó, dice que los grupos municipales han tenido

más de 15 días los “números” y “cifras” del presupuesto. Añade que el equipo de gobierno pretende iniciar el plan de viviendas para atender las demandas sociales de los ciudadanos de Picassent, se ha rebajado el IBI más de un 5%, y se continuará bajando.

En el turno de réplica, el Concejal, D. Artur Hernàndez i Gastaldo, manifiesta que el Grupo

Compromís (entonces Bloc Nacionalista), cuando formó parte del equipo de gobierno, no tenía un personal eventual, sino 3 y se redujo a uno por voluntad del Grupo Compromís, y que en aquel momento era una cosa normal y aceptada. En cualquier caso eses asesor fue cogido por el Grupo Socialista cuando el Bloc dejó el equipo de gobierno. En estos momentos habrá nada menos que 5 asesores.

Critica el sr. Hernàndez que los presupuestos para el año 2017 sean los mismos de años anteriores,

y que prefieren conseguir superávit antes que ser imaginativos. Añade que la participación ciudadana en los presupuestos es nula, y que existen áreas de gobierno que no consumen ni el 1% de los recursos del Presupuesto, llegando al caso que el sueldo asignado al concejal del área es superior al crédito asignado a ésta.

Finalmente dice que el único cambio real del Presupuesto con respecto a los de años anteriores es

la creación de dos asesores, que si lo dice a los vecinos tal vez se indignen. El Concejal D. Juan Manuel Bernal Moreno dice que la deuda cero no puede lograrse a costa de que

se exprima más a los vecinos, y puede que el superávit presupuestario se aproveche para rebajar la carga fiscal (presión) a los contribuyentes de Picassent.

Por su parte, la Concejala Dª Inmaculada Guaita Vañó puntualiza que será la ciudadanía la que

juzgue si realmente ha habido una bajada o no del recibo del IBI. Finalmente el Sr. Quiles contesta a los distintos portavoces. En alusión al Concejal del Grupo

Compromís, dice que no es cierto que hayan áreas de gobierno con recursos asignados inferiores al 1% del Presupuesto, dado que no ha tenido en cuenta el gasto del personal.

Al Concejal Sr. Bernal Moreno contesta que el superávit se detallará en la liquidación presupuestaria

y recuerda que el superávit se repercute a favor de los ciudadanos en forma de inversiones. Por último, el Concejal de Cultura, D. Jaume Sobrevela Forteza interviene para subrayar que el

personal eventual adscrito al área de Cultura y Fiestas también está adscrito al área de comunicación del Ayuntamiento, estando al servicio de todas las áreas de gobierno de la Corporación, por lo que es un puesto de carácter transversal.

Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, Personal y Gobierno Abierto, el Pleno

acuerda, por mayoría de 11 votos a favor (PSP-PSOE) y 8 en contra (PP, C, C’s y CET): PRIMERO.- Aprobar el Presupuesto General para el ejercicio 2017, así como las Bases de ejecución

del mismo, cuyo resumen por capítulos es el siguiente:

PRESUPUESTO DE GASTOS

CAPÍTULO 1.- GASTOS DE PERSONAL 8.355.656,54 €

CAPÍTULO 2.- GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS 4.478.535,21 €

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CAPÍTULO 3.- GASTOS FINANCIEROS 19.770,61 €

CAPÍTULO 4.- TRANSFERENCIAS CORRIENTES 847.198,93 €

CAPÍTULO 6.- INVERSIONES REALES 838.590,14 €

CAPÍTULO 9.- PASIVOS FINANCIEROS 252.698,07 €

TOTAL PRESUPUESTO 2017 14.792.449,50 €

PRESUPUESTO DE INGRESOS

1,- IMPUESTOS DIRECTOS 7.463.435,92 €

2,- IMPUESTOS INDIRECTOS 201.690,07 €

3,- TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS 2.096.520,58 €

4,- TRANSFERENCIAS CORRIENTES 4.654.441,10 €

5,- INGRESOS PATRIMONIALES 172.642,89 €

7,- TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 203.718,94 €

TOTAL PRESUPUESTO 2017 14.792.449,50 €

SEGUNDO.- Aprobar la plantilla de personal del Ayuntamiento, para el ejercicio 2017 que figura en

el expediente, integrando el mismo, y comprensiva de los siguientes apartados: -Puestos de trabajo reservados a funcionarios de carrera. -Puestos de trabajo reservados a personal eventual. -Puestos de trabajo reservados a personal laboral. TERCERO.- Crear los siguientes puestos de trabajo de personal eventual, incorporándolos a la

plantilla de personal de la Corporación: 1) FUNCIONARIO EVENTUAL ADMINISTRATIVO (33801).

a. Área de Gobierno asignada: Fiestas y participación ciudadana. b. Retribuciones: 27.913,90 €/anuales. c. Requisitos para su desempeño: titulación mínima requerida para grupo C1. d. Dedicación: 100%.

2) FUNCIONARIO EVENTUAL ADMINISTRATIVO (49101)

e. Área de Gobierno asignada: Radio Municipal/Gobierno Abierto. f. Retribuciones: 27.913,90 €/anuales. g. Requisitos para su desempeño: titulación mínima requerida para grupo C1. h. Dedicación: 100%.

CUARTO.- Aprobar la modificación del catálogo de puestos de trabajo del Ayuntamiento de

Picassent, en los términos establecidos en el punto 2 de la parte expositiva de este acuerdo. QUINTO.- Exponer al público el presente acuerdo, de conformidad con lo establecido en el Art. 169

del R.D.L 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, durante el plazo de 15 días, durante los cuales los interesados podrán presentar reclamaciones. Transcurrido dicho plazo sin

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presentar reclamación alguna, se entenderá aprobado definitivamente, el Presupuesto y la Plantilla de personal del Ayuntamiento de Picassent.

El presupuesto general definitivamente aprobado será insertado en el BIM y resumido por capítulos

en el BOP junto con la Plantilla. Del Presupuesto General y de la Plantilla se remitirá copia a la Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma.

EVALUACION DEL OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA PRESUPUESTO

EJERCICIO 2016. Se da cuenta del informe de intervención nº 220/2016, de fecha 22 de noviembre de 2016, sobre

evaluación del objetivo de estabilidad presupuestaria, de la regla del gasto y del nivel de la deuda viva del Presupuesto de 2016, que comprende los siguientes resultados:

F.3.2 Informe de evaluación de la Estabilidad presupuestaria: Cumple el objetivo de Estabilidad Presupuestaria.

F.3.3 Informe provisional de cumplimiento de la Regla del Gasto (*):

Si bien del cálculo efectuado inicialmente no cumple el objetivo de regla del gasto, se corrige el

incumplimiento con la medida adoptada en la base de ejecución nº 13.2: No disponibilidad de crédito por importe de 294.564,19 €.

(*) Según datos Liquidación "estimada“ 2016 (Según última comunicación de datos al Ministerio.3trim2016). (*)Según datos estimados cambios normativos que suponen variaciones permanentes de la recaudación IBI. (*)Según tasa de referencia prevista para 2017 en el acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 10 de julio de 2015:

2016 2017 2018

1,8 2,2 2,6

F.3.4 Informe del nivel de deuda viva a 31-12-2017:

Nivel de deuda viva 3.358.391,02 € Nivel de deuda formalizada en relación a los ingresos corrientes : 23,36%

P.2016-11-168.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE HACIENDA, PERSONAL Y

GOBIERNO ABIERTO DE 29 DE NOVIEMBRE DE 2016. APROBACION ORDENANZA REGULADORA DE LA CONCESION DE AYUDAS AL TRANSPORTE PARA RESIDENTES EN EL MUNICIPIO DE PICASSENT

Vista la Ordenanza Reguladora de las bases específicas para la concesión de ayudas al transporte

para residentes en el municipio de Picassent. Visto el informe de Secretaría nº 96/2016, de 23 de noviembre de 2016. Visto el informe de Intervención nº 224/2016, de 24 de noviembre de 2016, en el que se contiene un

reparo al expediente, concretado en:

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-Requisito de empadronamiento para ser beneficiario (base 2.1.a). Vulneración de los principios de igualdad y no discriminación en el otorgamiento de subvenciones.

La Comisión estima que esta delimitación del ámbito subjetivo de las prestaciones no sólo es

legalmente posible, sino que constituye una exigencia derivada de los límites competenciales del municipio, tanto en su ámbito territorial (el término municipal es el territorio en el que el Ayuntamiento ejerce sus competencias), subjetivo (pues según el art. 15 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, LRBRL, los inscritos en el Padrón municipal son los vecinos del Municipio, y éste puede promover cuantas actividades contribuyan a satisfacer las necesidades de los vecinos), como material (El art. 33.3.m de la ley 8/2010, de 23 de junio de la Generalitat, atribuye al municipio competencia propia en materia de transporte de viajeros).

Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, Personal y Gobierno Abierto de fecha 29 de noviembre de 2016, el Pleno acuerda por 15 votos a favor (PSPV-PSOE, C, C’s y CET), ninguno en contra y 4 abstenciones (PP):

PRIMERO: Levantar el reparo contenido en el informe de la Intervención nº 224/2016, de 24 de

noviembre. SEGUNDO: Aprobar inicialmente la Ordenanza Reguladora de las bases específicas para la

concesión de ayudas al transporte para residentes en el municipio de Picassent. TERCERO: Abrir un periodo de información pública y dar audiencia a los interesados por plazo de

treinta días, para que puedan presentarse alegaciones y sugerencias que deberán ser resueltas por la Corporación. De no producirse estas alegaciones, la Ordenanza se considerará aprobada definitivamente.

P.2016-11-169.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE HACIENDA, PERSONAL Y

GOBIERNO ABIERTO DE 29 DE NOVIEMBRE DE 2016. MODIFICACION ORDENANZA REGULARA BASES ESPECIFICAS CONCESION DE PRESTACIONES ECONOMICAS INDIVIDUALIZADAS DE EMERGENCIA SOCIAL EN REGIMEN DE CONCESION DIRECTA

El Ayuntamiento Pleno, en sesión de fecha 23 de marzo de 2016 se aprobó la Ordenanza reguladora

bases específicas para la concesión de prestaciones económicas individualizadas de emergencia social en régimen de concesión directa. Publicándose en el B.O.P. de Valencia nº 107 de 6 de junio de 2016, la aprobación definitiva de la citada Ordenanza.

Vista la propuesta del Concejal Delegado de Bienestar Social de modificación de la Ordenanza

Reguladora, en concreto, lo establecido en el art. 2. Dotación presupuestaria anual, en su apartado 1: “Artículo 2. Dotación presupuestaria anual. 1.-Las concesiones de las ayudas tendrán como límite global la disponibilidad presupuestaria

existente en las siguientes partidas del Presupuesto anual:

Proyecto

ORG PROG ECON NOMBRE PARTIDA

****800COR0002 800 23101 4800000

PROG.EMERGENC.SOCIAL AJUDES INDIV.(PAG. METALIC)

****800COR0002 800 23101 4800100

PROG.EMERGENC.SOCIAL AJUDES INDIV.(PAG. ESPECIE)

(****)Año ejercicio presupuestario.

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Visto que con posterioridad a la fecha de aprobación de la Ordenanza se formaliza contrato de fecha 28 de octubre de 2016, de suministro de alimentos y productos de higiene de primera necesidad a través de vales nominativos de compra que se entregarán a personas beneficiarias de las ayudas de emergencia con cargo a la partida 800.23101.4800200 “Ajudes alimentació”, aprobado por la Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 27-10-2016. Procede, en consecuencia la modificación del citado artículo.

Visto el informe de Secretaría nº 95/2016 de 23 de noviembre. Visto el informe de Intervención nº 225/2016, de 24 de noviembre. Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, Personal y Gobierno Abierto de fecha 29

de noviembre de 2016, el Pleno acuerda por mayoría de 15 votos a favor (PSPV-PSOE, C, C’s y CET), ninguno en contra y 4 abstenciones (PP):

PRIMERO: Aprobar provisionalmente y también definitivamente para el supuesto que durante el

período de exposición pública no se presenten reclamaciones, la modificación de la Ordenanza reguladora bases específicas para la concesión de prestaciones económicas individualizadas de emergencia social en régimen de concesión directa:

El artículo 2.1 queda redactado en la siguiente forma: Artículo 2. Dotación presupuestaria anual.

1.-Las concesiones de las ayudas tendrán como límite global la disponibilidad presupuestaria

existente en las siguientes partidas del Presupuesto anual:

ORG PROG ECON NOMBRE PARTIDA

800 23101 4800000 PROG.EMERGENC.SOCIAL AJUDES INDIV.(PAG. METALIC)

800 23101 4800100 PROG.EMERGENC.SOCIAL AJUDES INDIV.(PAG. ESPECIE)

800 23101 4800200 AJUDES ALIMENTACIO

SEGUNDO: Exponer al público el presente acuerdo durante el plazo de 30 días en el Boletín Oficial

de la Provincia, Tablón de Anuncios y en un diario de difusión provincial, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

P.2016-11-170.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE HACIENDA, PERSONAL Y

GOBIERNO ABIERTO DE 29 DE NOVIEMBRE DE 2016. ORDENANZA REGULADORA BASES ESPECÍFICAS PARA CONCEDER AYUDAS A DEPORTISTAS DESTACADOS NO PROFESIONALES DEL MUNICIPIO DE PICASSENT

Vista la Ordenanza Reguladora de las bases específicas para conceder ayudas a deportistas

destacados no profesionales del municipio de Picassent. Visto el informe de Secretaría nº 94/2016, de 23 de noviembre de 2016. Visto el informe de Intervención nº 223/2016, de 23 de noviembre de 2016, en el que se contiene un

reparo al expediente, concretado en:

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-Requisito de empadronamiento para ser beneficiario de la ayuda (base 6.2.6). Vulneración de los principios de igualdad y no discriminación en el otorgamiento de subvenciones.

El Pleno estima que esta delimitación del ámbito subjetivo de las prestaciones no sólo es legalmente

posible, sino que constituye una exigencia derivada de los límites competenciales del municipio, tanto en su ámbito territorial (el término municipal es el territorio en el que el Ayuntamiento ejerce sus competencias), subjetivo (pues según el art. 15 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, LRBRL, los inscritos en el Padrón municipal son los vecinos del Municipio, y éste puede promover cuantas actividades contribuyan a satisfacer las necesidades de los vecinos), como material (Promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo libre.: art. 25.2.l) LRBRL, y art. 33.3.n Ley 8/2010 de 23 de junio, de la Generalitat, de Régimen Local de la Comunidad Valenciana).

El Concejal del grupo Ciudadanos toma la palabra y manifiesta que: “Este programa es denomina “esportistes destacats no professionals” i l’objectiu és donar

compliment als principis d’igualtat, publicitat, transparència, objectivitat i no discriminació i nosaltres pensem que no es cumplix res de lo que el propi titol ja menciona. Si s’aplica esta ordenança es deixa fora del seu camp d’aplicació a tots els esportistes de clubs esportius. De fet, així està mencionat que com a màxim quatre equip de fins a quatre integrants. Qualsevol jugador de bàsquet, de handbol, de fútbol, que siga un esportista destacat de Picassent, no professional, que no percibisca cap remuneració, no podrà acollirse, perque les bases no estàn fetes per a que puga justificar el seu dret a poder sol·licitar una de eixes bases. El que sol·licitem es que es tinga en compte, que es puga en un futur establir una altra possibilitat per a què eixa gent que ara va quedar fora, que sí que puga tindre dret a sol·licitar eixes ajudes que ara no podrà.”

En suma, el sr. Bernal concluye que la Ordenanza deja fuera a todos los deportistas de Picassent

que pertenezcan a clubes deportivos (jugadores de fútbol, baloncesto, etc…), por lo que solicita que para el futuro se estudie la posibilidad de ampliar estas ayudas a dichos deportistas excluidos.

El Concejal de Deportes, D. Iván Mocholí Calabuig, dice que al elaborarse la Ordenanza se

estudiaron todas las posibilidades, y que es difícil baremar y filtrar los colectivos o destinatarios finales, pues hay muchos deportes y modalidades. Es cierto, reconoce el concejal, que los deportistas de equipos quedan fuera del ámbito de la Ordenanza, pero asegura que viendo el nivel de los deportistas individuales, quienes cumplen los criterios de la Ordenanza son deportistas profesionales. No obstante, se compromete a estudiar la solicitud del Concejal del grupo C’s.

El Sr. Hernàndez i Gastaldo sugiere que pueda incluirse a deportistas pertenecientes a colectivos,

con objeto de evitar discriminaciones. Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, Personal y Gobierno Abierto de 29 de

noviembre de 2016, el Pleno acuerda por 14 votos a favor (PSPV-PSOE, C y CET), 1 en contra (C’s) y 4 abstenciones (PP):

PRIMERO: Levantar el reparo contenido en el informe de la Intervención nº 223/2016, de 23 de

noviembre. SEGUNDO: Aprobar inicialmente la Ordenanza Reguladora de las bases específicas para conceder

ayudas a deportistas destacados no profesionales del municipio de Picassent. TERCERO: Abrir un periodo de información pública y dar audiencia a los interesados por plazo de

treinta días, para que puedan presentarse alegaciones y sugerencias que deberán ser resueltas por la Corporación. De no producirse estas alegaciones, la Ordenanza se considerará aprobada definitivamente.

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P.2016-11-171.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE HACIENDA, PERSONAL Y GOBIERNO ABIERTO DE 29 DE NOVIEMBRE DE 2016. ORDENANZA REGULADORA DE LAS BASES ESPECIFICAS PARA LA CONCESIÓN DE BECAS PARA EL EMPLEO Y FORMACION DE JOVENES TITULADOS, MEDIANTE LA REALIZACION DE PRACTICAS FORMATIVAS NO LABORALES EN EL AYUNTAMIENTO DE PICASSENT PROGRAMA MUNICIPAL DE BECAS PRIMER TREBALL.

Vista la Ordenanza Reguladora de las bases específicas para la concesión de becas para el empleo

y formación de jóvenes titulados, mediante la realización de prácticas formativas no laborales en el Ayuntamiento de Picassent. Programa municipal de becas: “Mi primera experiencia laboral”.

Visto el informe de Secretaría nº 90/2016, de 21 de noviembre de 2016. Visto el informe de Intervención nº 219/2016, de 22 de noviembre de 2016, en el que se contiene un

reparo al expediente, concretado en: -Requisito de empadronamiento para ser beneficiario de la ayuda (base 6.2.6). Vulneración de los

principios de igualdad y no discriminación en el otorgamiento de subvenciones. La Comisión estima que esta delimitación del ámbito subjetivo de las prestaciones no sólo es

legalmente posible, sino que constituye una exigencia derivada de los límites competenciales del municipio, tanto en su ámbito territorial (el término municipal es el territorio en el que el Ayuntamiento ejerce sus competencias), subjetivo (pues según el art. 15 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, LRBRL, los inscritos en el Padrón municipal son los vecinos del Municipio, y éste puede promover cuantas actividades contribuyan a satisfacer las necesidades de los vecinos), como material, dado que el Ayuntamiento de Picassent tiene reconocida la competencia en la materia de empleo.

Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, Personal y Gobierno Abierto de fecha 29 de noviembre de 2016, el Pleno acuerda por mayoría de 15 votos a favor (PSPV-PSOE, C, C’s, CET) ninguno en contra y 4 abstenciones (PP):

PRIMERO: Levantar el reparo contenido en el informe de la Intervención nº 219/2016, de 22 de

noviembre. SEGUNDO: Aprobar inicialmente la Ordenanza Reguladora de las bases específicas para la

concesión de becas para el empleo y formación de jóvenes titulados, mediante la realización de prácticas formativas no laborales en el Ayuntamiento de Picassent. Programa municipal de becas: “Mi primera experiencia laboral”.

TERCERO: Abrir un periodo de información pública y dar audiencia a los interesados por plazo de

treinta días, para que puedan presentarse alegaciones y sugerencias que deberán ser resueltas por la Corporación. De no producirse estas alegaciones, la Ordenanza se considerará aprobada definitivamente.

P.2016-11-172.- COMPARECENCIA DEL CONCEJAL DELEGADO DE CULTURA A PETICIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL COMPROMÍS

De conformidad con lo establecido en el art. 105 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

ROF, el Concejal de Cultura, D. Jaume Sobrevela Forteza, comparece ante el Pleno, a petición del Grupo Municipal de Compromís, para dar explicaciones acerca de las justificaciones de subvenciones presentadas por la Junta Local Fallera.

El Sr. SOBREVELA: Este tema está auditándose por parte de la Intervención Municipal, por lo que

habrá que respetar esto y no ser demasiado explícitos o no destapar información que yo ni siquiera tengo.

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Daré todas las explicaciones que tenga y sepa, no se dude, pero no es el momento para hablar de cosas que no sé. Sí puedo informar brevemente de cómo hemos llegado hasta aquí: en mayo de 2016 la Junta Local Fallera (JLF) todavía no había justificado la subvención del año anterior, lo cual era extraño. En ese mes se aprobó la justificación del año anterior, justificación que no apruebo yo, sino el Departamento de Intervención del Ayuntamiento. La Junta Local Fallera saliente hizo su propia dación de cuentas. Vino el verano y en septiembre la nueva Junta Local Fallera me manifestó que había cosas extrañas, y una cuenta corriente a cero, lo que me sorprende, por lo que les pedí que me facilitaran información sobre los balances económicos, extractos bancarios y la dación de cuentas. Cotejé esa información con los expedientes de justificación de la subvención y observé que no había correlación entre los datos facilitados a las distintas comisiones y los datos facilitados al ayuntamiento, y en ese momento, en un escrito del día 7 de octubre, transmití esto a la Interventora para que procediera a realizar la auditoría correspondiente.

El Sr. HERNÁNDEZ: Usted ha dicho que en el mes de septiembre se enteró del caso; nos consta

que fue a mediados o finales de agosto, tampoco vamos a discutir por eso, pero nos cuesta entender por qué desde finales de agosto-principios de septiembre se tarda casi un mes para informar a la Intervención de las irregularidades, cuando desde mayo se veía que había algún problema. No cuadra el “tempus”.

El Sr. SOBREVELA: La justificación de la subvención del mes de mayo era correcta, y está

aprobada por la Intervención. Nada que decir a este respecto. La reunió con las fallas (tesoreros, presidentes, …) se celebró en la Casa de Cultura el 26 de septiembre. Este día me dieron los papeles, hasta entonces sólo había rumores, no había visto papeles, y no suelo guiarme por la rumorología sino que tengo una manera más rigurosa de trabajar. En el momento en el que observé los papeles, a partir del 27 de septiembre, empleé 6 ó 7 días para cotejar la información y ver que algo no cuadraba. No soy yo quien ha de decidir si es o no irregular, y por eso desde el 27 de septiembre han pasado 8-10 días y doy paso a la Interventora.

El Sr. HERNÀNDEZ: En los Estatutos de la Junta Local Fallera ¿usted figura en el organigrama de la

Junta?. El Sr. SOBREVELA: En ningún lugar. El Sr. HERNÁNDEZ: ¿Quién es el máximo responsable de la Junta Local Fallera?. El Sr. SOBREVELA: El Presidente de la Junta Local Fallera. El Sr. HERNÀNDEZ: A las reuniones que usted acude de la Junta Local Fallera, ¿va acompañado

de algún funcionario o técnico del Ayuntamiento?. El Sr. SOBREVELA: No acudí a una reunión de la Junta Local Fallera, sino que fui convocado a una

reunión de la Junta Local Fallera actual y las 8 comisiones y no había ningún técnico. El Sr. HERNÀNDEZ: ¿Por qué no se llevó a algún técnico del Ayuntamiento para que levantara acta

de la reunión? El Sr. SOBREVELA: Le recuerdo que la Junta Local Fallera es una entidad privada ajena al

Ayuntamiento y con personalidad jurídica propia. Por tanto si yo he podido acceder a determinada información es porque ellos han querido. No sé qué pinta un técnico ahí.

El Sr. HERNÀNDEZ: Yo le recuerdo que se ha reunido con asociaciones del pueblo donde ha

llevado a un funcionario a las reuniones y ha levantado acta.

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El Sr. SOBREVELA: Cuando me ha interesado levantar acta de la reunión, lo he hecho, depende de la temática y del interés que pueda tener para el Ayuntamiento. En este caso lo puede tener o no. No dude que cuando sepamos todo lo que haya, daremos la información y vendrá quien haga falta (Secretario, Interventora, …), pero ese momento no ha llegado.

El sr. HERNÀNDEZ: No deseo que llegue ese momento. Hemos estado viendo el expediente hoy y

el momento creemos que por desgracia llegará. Pero me cuesta entender porqué a unas reuniones se lleva a un funcionario que levanta acta, y en esta de la Junta Local Fallera en que hay un problema económico de una presunta malversación de fondos y de presentación de facturas no del todo correctas, no aparece ningún técnico del Ayuntamiento, va usted solo y no hay constancia de lo que se habla en esa reunión, ni se levanta acta; es una cosa entre usted y la gente de la Junta Local Fallera. Eso tiene más interés tal vez que otras reuniones menos transcendentales, en las que usted sí se lleva a un funcionario, y en cambio a una reunión de una entidad donde se dirime si ha habido una malversación de fondos ¿no hay que levantar acta?.

El Sr. SOBREVELA: En esa reunión no se dirime si hay o no malversación, lo único que hay es una

información de datos, que me los pasan, los veo y me los quedo. No se ha tomado en esa reunión ninguna decisión al respecto. No es lo mismo que otra reunión con una Asociación llamada “La fábrica de la Llum”, sobre propiedad intelectual, en la que el Ayuntamiento tenía derecho a saber si esa Asociación nos iba a dejar hacer el espectáculo “Inquiet” o no. Aquí sí había un interés directo del Ayuntamiento.

El Sr. HERNÀNDEZ: El Ayuntamiento tiene un interés directo a saber qué se hace con su dinero,

que es un dinero de todos. ¿Por qué ha rebajado la subvención a la Junta Local Fallera para el año 2017 en 2.000 €?. El Sr. SOBREVELA: Porque de la información que me dan el 26 de septiembre, a la que no había

tenido acceso, observo que los gastos de la Junta Local Fallera no llegan a 7.000 u 8.000 euros. El Sr. HERNÀNDEZ: ¿Hablamos de 2016? El Sr. SOBREVELA: Hablamos de los balances anteriores: 2014 y 2015. Una de las cosas que se

detectan es que tienen un superávit que no deberían tener. Las justificaciones de las subvenciones de los ejercicios 2013 a 2015 son correctas.

El Sr. HERNÀNDEZ: Entiendo que usted dice que las justificaciones son correctas pero que luego se

da cuenta que no son correctas y por eso intenta rebajar la subvención en 2.000 €- El Sr. SOBREVELA: La justificación no la emito yo, sino el departamento de Intervención, lo que sí

decido yo es el Presupuesto de la Junta Local Fallera y por tanto me doy cuenta que con 8.000 € la Junta Local Fallera tiene suficiente.

El Sr. HERNÀNDEZ: Usted dice que se dirige al Presidente de la Junta Local Fallera que para 2017

sólo les daría 5.000 €, y eso se lo dice en el quiosco de la Ermita. El Sr. SOBREVELA: ¿Ha levantado usted acta de eso?. El Sr. HERNÀNDEZ: No, pero la gente que nos lo ha dicho sí. El Sr. SOBREVELA: Eso es mentira ¿me puede enseñar el acta?. El Sr. HERNÀNDEZ: Yo no digo que se levante acta, no voy levantando actas por los bares del

pueblo.

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El sr. SOBREVELA: No es cierto. El Sr. HERNÀNDEZ: ¿Tampoco es cierto que usted le dijo a la gente de la Junta Local Fallera que

fueran discretos y que no hicieran ninguna mención pública del tema?. El Sr. SOBREVELA: En absoluto. El Sr. HERNÀNDEZ: ¿Y tampoco es cierto que usted les dice que su cargo está en peligro y que

hagan el favor de no hablar de la situación que hay? El Sr. SOBREVELA: Eso me parece indignante. El Sr. HERNÀNDEZ: Continuaremos, gracias. La Concejala Dª INMACULADA GUAITA VAÑÓ: ¿Quién ostenta la Presidencia nata de la Junta

Local Fallera?. El Sr. SOBREVELA: La Presidencia nata es un cargo honorífico, que no de gestión, y lo ostenta la

Sra. Alcaldesa. La Sra. GUAITA VAÑÓ: Ya sé que no es de gestión ¿De qué fondos se nutre la Junta Local

Fallera?. El Sr. SOBREVELA: La Junta Local Fallera es una entidad privada, es una asociación, y el

Ayuntamiento le da una subvención de 10.000 €; no sé si tiene otros ingresos o fuentes de financiación. La Sra. GUAITA VAÑÓ: Usted ha dicho que ha visto los balances y las cuentas bancarias, con

superávit, y por tanto usted sabrá si se nutre solo de los fondos municipales o hay aportaciones de las obras fallas.

El Sr. SOBREVELA: No he visto tanta documentación ni tengo tanta información. La tendré cuando

se auditen las cuentas; desconozco si la Junta Local Fallera tiene patrocinadores, pero la contabilidad es un disparate y es difícil entenderla. Precisamente por eso se deriva el asunto a la Intervención.

La Sra. GUAITA VAÑÓ: ¿A la Intervención sólo se le ha entregado la contabilidad de 2016?. El sr. SOBREVELA: El escrito dirigido a la Interventora dice textualmente así: “Mitjançant el present escrit aquesta regidoria comunica al departament d’Intervenció Municipal, que

he tingut accés a les dades econòmiques i contables de la Junta Local Fallera, podent comprovar que no coincideixen amb les dades que obren en possessió de l’Ajuntament de Picassent.

Per tant es SOL·LICITA la realització a la major brevetat possible, d’una auditoria a la Junta Local

Fallera, referida als darrers quatre anys.” La Sra. GUAITA VAÑÓ: ¿La auditoria es sobre la justificación de la subvención o sobre las cuentas

e la Junta Local Fallera de los últimos 4 años?. La sra. INTERVENTORA: La actuación de la Intervención se referirá sólo a la comprobación de los

fondos municipales percibidos por la Junta Local Fallera durante los últimos cuatro ejercicios, pero no se extiende a otros posibles fondos que no sean municipales.

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La Sra. GUAITA VAÑÓ: Todos sabemos que la Junta Local Fallera sólo se nutre de los fondos del Ayuntamiento; y si el Concejal de Cultura no sabe esto, muy mal por su parte.

El Sr. SOBREVELA: Las Comisiones falleras hacen una aportación a la Junta Local Fallera para por

ejemplo pagar la “mascletà” de San José. La Sra. GUAITA: Todos tenemos que ir a una. Nadie le echa la culpa a usted de nada, porque usted

no la tiene, pero queremos aclarar las cosas y por eso no comprendo que diga que desconoce de qué fondos se nutre la Junta Local Fallera porque yo he sido Concejala de fiestas igual que usted, y sé que lo sabe. Yo no le he preguntado si hay o no malversación de fondos ni quién tiene la culpa, sino de qué fondos se nutre la Junta Local Fallera y usted eso creo que sí lo sabe.

El Sr. SOBREVELA: No puedo afirmar cosas de las que no estoy seguro, pero cuando finalice la

auditoria podremos facilitar todos los datos y contestar todas las preguntas. En estos momentos creo que la Junta Local Fallera no tiene otras fuentes de ingresos más que el Ayuntamiento y esta aportación de las Comisiones, pero puede que aparezca algún ingreso de algún patrocinador o una empresa: eso no lo sé, lo desconozco porque no he tenido acceso a los datos excepto a partir del 26 de septiembre. No me haga afirmar cosas que después se demuestren inexactas. Esperemos a que la Intervención finalice su labor.

La Sra. GUAITA VAÑÓ: Usted ha dicho que la subvención de 2015 estaba bien justificada, al igual

que las anteriores; el problema es que la Junta Local Fallera nueva ve una irregularidad en las cuentas que ella maneja.

El Sr. SOBREVELA: La Junta Local Fallera entrante ve que no hay un céntimo en la cuenta, y ese es

el problema. La Sra. GUAITA VAÑÓ: No sé la Junta Local Fallera anterior cuantos años estuvo, pero si en años

anteriores ha pasado o no ha pasado no lo sabemos, el Presidente era el mismo, habrá que ir con cuidado aunque las subvenciones estén justificadas, a lo mejor se pueden pedir más cosas pero habrá que tener acceso a ver cómo se gastan los fondos que el Ayuntamiento concede a las entidades.

El Sr. SOBREVELA: Eso es lo que he hecho, dar cuenta a la Intervención. El manejo del dinero

público ha de ser exquisito y por eso llegaremos hasta el final. La Sra. GUAITA VAÑÓ: Los rumores estaban muy extendidos por el pueblo; no hubiera costado

nada informar de ello en alguna Comisión Informativa. Eso hubiera sido mejor que el que un Grupo pida la comparecencia, los otros Grupos a lo mejor han sido más prudentes. Tendría que haber tomado la iniciativa para informar de la situación.

El sr. SOBREVELA: Cuando finalice la auditoría se informará con todo detalle de lo que ha pasado.

Pero no es mi estilo dejarme llevar por rumores y alimentar una historia que yo desconozco. No se trata de ocultar nada, sino que creo que lo prudente y lo riguroso es dar los datos que tengan valor y estén contrastados y no soy yo quien los tiene que verificar, sino la Intervención.

La Sra. GUAITA VAÑO: Eso puede dar pie a otros rumores como que el Concejal no dice nada

porque teme por su cargo. Estos otros rumores se pueden atajar antes informando en una Comisión. El Sr. SOBREVELA: No es el momento de informar de cosas que todavía no se conocen. Cuando se

conozca todo se dará toda la información. No ha habido intención alguna de ocultar o negar información, pero no tengo responsabilidad sobre los rumores que circulan por ahí.

El sr. ALBERT GUERRERO: Nuestro Grupo hoy no va a pronunciarse, ya que tras ir al

Ayuntamiento a recoger datos y hacer preguntas sobre lo ocurrido, desde la Intervención se nos ha pedido

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cautela y tiempo para que los funcionarios hagan sus trabajos de fiscalización. Nos hemos comprometido con esa petición y por eso esperaremos para manifestarnos políticamente.

P.2016-11-173.- MOCIONES POR URGENCIA, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 91.4 DEL

ROF. Al amparo de lo dispuesto en el art. 94.1 del ROF, el Concejal del Grupo Socialista, Sr. Quiles

Teodoro, presenta al Pleno una moción por razones de urgencia (aunque ya fue dictaminada en la Comisión Informativa de Hacienda del pasado día 29 de noviembre de 2016), sobre la derogación de la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.

Se aprueba por unanimidad la urgencia de la moción. P.2016-11-173.1.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE HACIENDA, PERSONAL Y

GOBIERNO ABIERTO DE FECHA 29 DE NOVIEMBRE DE 2016. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA SOBRE LA DEROGACIÓN DE LA LEY DE RÉGIMEN LOCAL Y MODIFICACIONES LEGALES RESPECTO AL MÁXIMO DE GASTO Y TASA DE REPOSICIÓN.

Se da lectura a la moción presentada, que transcrita textualmente dice así: “Els ajuntaments constitueixen l’administració que més serveis presten als ciutadans. Malgrat açò

pateixen un infrafinançament endèmic al qual s’ha sumat l'aplicació de Llei 27/2013, de 29 de desembre, de Racionalització i Sostenibilitat de l'Administració local (LRSAL). Així mateix, la Llei Orgànica 2/2012, de 27 d’abril, d’estabilitat pressupostària i sostenibilitat financera, fixa l’obligatorietat de mantindre un dèficit zero i introdueix el Sistema Europeu de Comptes (SEC) que no permet gastar més del que es té. Ambdues lleis afecten a tots els nivells a l’administració local, limitant la seua autonomia.

En aquest moment el rebuig a la LRSAL per part del municipalisme és clamorós i, ja d’origen, va

suposar que els governs autonòmics d'Andalusia, Astúries, Catalunya i Canàries i els parlaments autonòmics d'Extremadura i Navarra interposaren, contra la mateixa, recursos davant el Tribunal Constitucional.

Així mateix, existeixen dues sentències de l'Alt Tribunal que modifiquen substancialment diversos

aspectes de la mateixa contravenint-la, i diversos parlaments autonòmics (Galícia, Castella León, Madrid i la Comunitat Valenciana) han aprovat normes per a protegir-se. A més 3.000 ajuntaments d'Espanya, que representen a 16 milions de ciutadans, s'han unit per a plantejar l'anomenat Conflicte de l'Autonomia Local.

A tot açò se suma l’acord de la Federació Espanyola de Municipis i Províncies (FEMP) demandant la

derogació de la LRSAL així com diverses mesures de caràcter més immediat, adoptades per a pal·liar els efectes de la citada normativa sobre els municipis i els seus ciutadans.

Les modificacions legislatives introduïdes pel Partit Popular i la seua aplicació generen efectes

contraris a la dinamització de l’economia i afecten als serveis que es presten als ciutadans en temes tan sensibles com és la generació d’ocupació, la política social o educativa, tots ells assumptes en els quals els municipis han jugat un paper fonamental.

Actualment, el deute de les administracions locals és el 3,2% del PIB, mentre que l’administració

central acumula el 74,4% i les comunitats autònomes el 24,3%. Són, per tant, les menys endeutades. Així mateix les corporacions municipals han aconseguit reduir el seu deute un 8% entre març de 2015 i març de 2016, segons dades del Banc d'Espanya.

Així les coses, i en defensa dels principis constitucionals d'Autonomia Local i Suficiència Financera,

urgeix permetre que els ajuntaments sanejats econòmicament -més de dos terços del total a Espanya- puguen gastar en allò que consideren l’estalvi que generen, sense afectar a l'objectiu d’estabilitat

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pressupostària. Ja que en aquests moments estos diners, (5.000 milions d’euros en el passat exercici), va a cobrir el dèficit de les comunitats autònomes, el Govern central o la Seguretat Social.

A més, d’igual forma, ha de consensuar-se el sostre de despesa prevista pel Govern amb la FEMP

per a permetre que els recursos municipals puguen emprar-se de forma efectiva en inversions per als seus territoris. La limitació de despesa impedeix als ajuntaments i a les diputacions que puguen gastar els diners que tenen i que obtenen a través dels seus ingressos, la qual cosa està frenant el desenvolupament de pobles i ciutats. Invertir en millors serveis donarà motiu a noves inversions que porten aparellada la creació d’ocupació i la millora de la qualitat de vida dels ciutadans.

Finalment, urgeix també acabar amb la taxa de reposició per a tots aquells ajuntaments que

complisquen els criteris d’estabilitat pressupostària i sostenibilitat financera i que se’ls permeta la cobertura de qualsevol vacant generada en anys anteriors. La mesura només ha aconseguit fins ara deteriorar la cobertura i les prestacions que la societat necessita, generant privatització de serveis o la seua destrucció i temporalitat en l’ocupació. Si es manté la sagnia d’ocupació pública actual s’estarà posant en perill la gestió dels serveis públics i impedint que els municipis aborden els nous serveis que els reclama la ciutadania.

Per tot això, el Grup Municipal Socialista presenta per a la seua consideració i aprovació pel Ple els

següents ACORDS

Esta Corporació es dirigeix al Govern d'Espanya instant-li a:

1. Derogar la Llei 27/2013, de 29 de desembre, de racionalització i sostenibilitat de l'Administració local.

2. Dur a terme una revisió i aplicació de la regla de despesa tenint en compte

criteris de sostenibilitat dels comptes públics.

3. Mentre, modular l'aplicació de la regla de despesa en les corporacions locals

que presenten comptes públics sanejats en el marc d’una anàlisi integral de l’evolució fiscal i financera de cada ajuntament, en el qual es tinga en compte, conjuntament amb altres indicadors d’esforç fiscal (com el nivell de superàvit fiscal), el compliment dels objectius de reducció de deute o el volum del romanent de tresoreria.

4. Consensuar amb la Federació espanyola de Municipis i Províncies (FEMP), el sostre de despesa

prevista per als pressupostos de 2017, permetent un augment de les inversions locals en aquells

ajuntaments que complisquen els criteris d’estabilitat pressupostària i sostenibilitat financera.

5. Establir, en la Llei de Pressupostos de l'Estat per a l’exercici 2017, una taxa de reposició d’efectius

fins al 100% per a aquells ajuntaments que complisquen amb els criteris d’estabilitat pressupostària i

sostenibilitat financera i que es permeta la cobertura de vacants generades en els exercicis anteriors,

sempre que no excedisquen dels límits de creixement del Capítol I previstos en la mateixa.”

Toma la palabra la Concejala Dª Inmaculada Guaita Vañó, para anunciar que su grupo se abstendrá,

porque en estos momentos este asunto se está abordando a nivel del Estado, por lo que conviene esperar. También dice que se abstendrá, tras haberlo consultado con los asesores del Partido, el Concejal

del Grupo Ciudadanos D. Juan Manuel Bernal Moreno.

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El Sr. Quiles dice que en este tema se está o no se está, hay que posicionarse, sin que sea obstáculo el que se esté discutiendo en el Gobierno o en las Cortes. El Ayuntamiento debe respaldar las políticas que son convenientes para la Administración Local, que es la más cercana a los ciudadanos.

La Sra. Guaita Vañó dice que pronunciarse ahora no determinará que tenga su reflejo que los

próximos Presupuestos del Estado. Este asunto concierne a las Cortes Generales, que son las que tienen que posicionarse y decidir finalmente. Por tanto es muy apresurado pronunciarse ahora.

El Sr. Quiles insiste en que en este tema “se está o no se está”, y que ha sido la Federación de

Municipios y Provincias la que ha impulsado esta moción. Seguidamente, el Concejal D. Juan Francisco Albert Guerrero toma la palabra y dice: “Vamos a votar a favor porque creemos en unas administraciones fuertes y de cercanía y el actual

techo de gasto y la Ley de Estabilidad Presupuestaria solo profundizan en el austericidio de los últimos años. Consideramos, además, que en este caso es especialmente injusto ya que la administración local aporta en positivo al Estado, mientras que la Autonomía y la misma Nación está en negativo. Por todo esto vamos a apoyar la moción del grupo socialista.”

Sometida a votación la moción, es aprobada por mayoría de 15 votos a favor (PSPV-PSOE, C y

CET), ninguno en contra y 5 abstenciones (PP y C’s), en sus términos. RUEGOS Y PREGUNTAS

El Concejal del Grupo Compromís, D. Artur Hernàndez i Gastaldo, dice que hace unas cuatro semanas presentó un escrito pidiendo acceso a los expedientes de las bolsas de trabajo de los monitores de radio y todavía no ha podido verlos.

El Sr. Quiles dice que hoy el Técnico de Personal le ha dicho que el Sr. Hernàndez había ido a

verlos o se había interesado por ellos. No ha habido ninguna cortapisa: igual que ha ido hoy a ver el expediente de la Junta Local Fallera también puede ir a ver los expedientes referidos. Si nadie le ha llamado para ver los expedientes, le dirá al Técnico para que facilite los expedientes.

El Concejal D. Juan Francisco Albert Guerrero pregunta qué está planificado (para el próximo año)

repararse en el Pabellón Cubierto del Polideportivo. El Concejal de Deportes, D. Iván Mocholí Calabuig, dice que en el Pabellón hay goteras, y por tanto

se tiene pensado repararlas. El Sr. Albert Guerrero dice que en efecto, esas goteras existen, y pide que se priorice su arreglo. La Sra. Guaita Vañó toma la palabra y pide que se actúe sobre un acopio de leña en la vía pública

que existe en la C/ Estación, y que ha provocado protestas de los vecinos. Al parecer la Policía le ha dicho al responsable del acopio que retire la leña, pero éste se niega, y hay una pasividad por parte del Ayuntamiento, ya que el asunto ha pasado de la Oficina Técnica a de ocupación de la vía pública. La leña continúa ahí y nadie la quita.

También ruega que se tomen medidas en el asunto del asentamiento de caravanas (una de ellas

fija) ocupadas por ciudadanos rumanos en el Camino de Terrabona. Dice que se debe actuar, ya que el Ayuntamiento ha obligado a demoler pequeñas edificaciones a propietarios vecinos de Picassent, y por tanto no debe permitir este asentamiento que puede ser ilegal.

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Finalmente pregunta por una moción de la Asociación Valenciana de Agricultores (AVA), si se ha presentado o no.

El Sr. Concejal de Agricultura dice que la moción no ha llegado al Ayuntamiento. Cuando llegue se estudiará y tratará.

La Concejala Dª Amparo Crespo Palacios se refiere al Presupuesto Municipal en materia agrícola

donde se alude al Congreso Agrícola (jornadas sobre el aguacate) y recuerda que hace un año se estudió, desde el Consejo Agrario Municipal, cómo motivar a los jóvenes parados para fomentar entre ellos el interés por la agricultura en el pueblo. Las tierras se están abandonando y hay que procurar el cambio generacional, por lo que la concejalía de Agricultura se debería implicar más en la formación de los jóvenes. Pregunta si hay algo previsto para 2017.

El Sr. Aguado i Medina dice que es difícil involucrar a la Concejalía en la formación de agricultores,

ya que ello se ha de hacer a nivel estatal o autonómico. El Ayuntamiento facilita la realización de jornadas, charlas, etc..., pero no puede dar una capacitación agraria integral ya que esa función corresponde a las granjas experimentales, cooperativas, etc…

La Sra. Crespo Palacios dice que muchas asociaciones agrícolas estaban interesadas en que se

impartieran jornadas propiciadas y fomentadas por el Ayuntamiento. El Sr. Aguado concluye diciendo que el Ayuntamiento siempre ha fomentado (y respaldará) ese tipo

de formación, pero quien la ha de llevar a cabo no puede ser el Ayuntamiento, sino otras instituciones, que desde luego tendrán el apoyo del Ayuntamiento.

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 21,55 horas, por la Sra. Alcaldesa-

Presidenta se dio por finalizada la sesión, de todo lo cual yo, como Secretario doy fe. LA ALCALDESA EL SECRETARIO