Acta de la reunion de la consejeria de salud del gobierno vasco y kidetza 1

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1 ACTA DE LA REUNION DEL DEPARTAMENTO DE SALUD DEL GOBIERNO VASCO Y KIDETZA La Federación de Euskadi de Madres y Padres divorciados remitió a la Directora del Gabinete del Consejero del Departamento de Salud del Gobierno Vasco una serie de propuestas para la regulación del ejercicio de la patria potestad compartida en el área de salud, en el sector de las personas separadas y divorciadas, así como solicitud de reunión para tratar acerca de las mismas. Se reúnen el 14 de Abril en la sede del departamento una representación de KIDETZA, encabezada por Justo Sáenz y la Directora del Gabinete del Consejero, Dña. Fátima Ansotegi, acompañada de un técnico del departamento. Analizadas las propuestas de KIDETZA, el departamento le confirma los siguientes compromisos: 1ºDUPLICADO DE LA TARJETA SANITARIA. Se va a proceder a remitir instrucción a todos los ambulatorios para que cualquiera de ambos progenitores pueda pedir un duplicado de la tarjeta sanitaria del/la menor y se le remita a su domicilio. El requisito es tener la patria potestad compartida y para ello deberán presentar sentencia de separación/divorcio o convenio regulador que lo especifique. El Departamento de Salud nos informará de la fecha a partir de la cual podremos solicitar los duplicados. 2-INFORMACION ASISTENCIAL. Se aplicarán los mismos protocolos que al resto de ciudadanos/as. Los profesionales del área de salud tienen la obligación de informar a ambos progenitores (en caso de solicitarlo ambos) sobre el estado de salud del menor, salvo aquellos casos que por decisión judicial estén restringidos. En el caso de intervenciones quirúrgicas o tratamientos médicos en los que sea necesario el consentimiento informado de un tutor legal y que haya descuerdo de ambos progenitores, el médico responsable actuará informando a ambos sobre la necesidad de un consenso en atención al mejor interés del menor. Si a pesar de todo no se consigue ese acuerdo, el caso podrá ser consultado a una Comisión de Ética Asistencial, tanto por alguno de los tutores como del médico responsable. 3-ACCESO AL HISTORIAL CLINICO A TRAVES DE LA CARPETA DE SALUD DEL/LA MENOR Es intención del departamento que ambos progenitores puedan acceder al historial médico de sus hijos/as a través de la carpeta de salud situada en la página web de Osakidetza. El requisito imprescindible para ello es tener la patria potestad compartida.
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ACTA DE LA REUNION DEL DEPARTAMENTO DE SALUD DEL GOBIERNO VASCO Y KIDETZA

La Federación de Euskadi de Madres y Padres divorciados remitió a la Directora del Gabinete

del Consejero del Departamento de Salud del Gobierno Vasco una serie de propuestas para la

regulación del ejercicio de la patria potestad compartida en el área de salud, en el sector de las

personas separadas y divorciadas, así como solicitud de reunión para tratar acerca de las

mismas.

Se reúnen el 14 de Abril en la sede del departamento una representación de KIDETZA,

encabezada por Justo Sáenz y la Directora del Gabinete del Consejero, Dña. Fátima Ansotegi,

acompañada de un técnico del departamento.

Analizadas las propuestas de KIDETZA, el departamento le confirma los siguientes

compromisos:

1ºDUPLICADO DE LA TARJETA SANITARIA.

Se va a proceder a remitir instrucción a todos los ambulatorios para que cualquiera de ambos

progenitores pueda pedir un duplicado de la tarjeta sanitaria del/la menor y se le remita a su

domicilio.

El requisito es tener la patria potestad compartida y para ello deberán presentar sentencia de

separación/divorcio o convenio regulador que lo especifique.

El Departamento de Salud nos informará de la fecha a partir de la cual podremos solicitar los

duplicados.

2-INFORMACION ASISTENCIAL.

Se aplicarán los mismos protocolos que al resto de ciudadanos/as. Los profesionales del área

de salud tienen la obligación de informar a ambos progenitores (en caso de solicitarlo ambos)

sobre el estado de salud del menor, salvo aquellos casos que por decisión judicial estén

restringidos.

En el caso de intervenciones quirúrgicas o tratamientos médicos en los que sea necesario el

consentimiento informado de un tutor legal y que haya descuerdo de ambos progenitores, el

médico responsable actuará informando a ambos sobre la necesidad de un consenso en

atención al mejor interés del menor. Si a pesar de todo no se consigue ese acuerdo, el caso

podrá ser consultado a una Comisión de Ética Asistencial, tanto por alguno de los tutores como

del médico responsable.

3-ACCESO AL HISTORIAL CLINICO A TRAVES DE LA CARPETA DE SALUD DEL/LA MENOR

Es intención del departamento que ambos progenitores puedan acceder al historial médico de

sus hijos/as a través de la carpeta de salud situada en la página web de Osakidetza. El requisito

imprescindible para ello es tener la patria potestad compartida.

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Para ello va a dar los siguientes pasos:

• Introducir los datos de los/as menores en dicha carpeta (todavía pendiente para todos

los pacientes en edad pediátrica, sea cual su situación familiar)

• Estudiar la posibilidad con IZENPE de que con una misma tarjeta y claves diferenciadas

ambos progenitores puedan entrar en dicha carpeta.

4-CAMBIO DE CENTRO DE SALUD O DE PROFESIONAL SANITARIO

Los menores solo pueden estar asignados a un centro de salud, un pediatra o médico de

cabecera que se asigna en función del domicilio.

Por tanto los cambios de centro o profesionales se regirá por el criterio de domicilio y las

variaciones se anotaran en la carpeta de salud, siendo accesibles los nuevos datos a ambos

progenitores.

5-VISITAS EN CASO DE HOSPITALIZACION

En los casos de hospitalización, como rige para el resto de la población, Osakidetza garantiza

que cualquiera de los progenitores y sus familias puedan visitar a los/las menores dentro de

los horarios establecidos para las visitas, salvo restricciones judiciales.