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AYUNTAMIENTO DE GAUTEGIZ - ARTEAGA GAUTEGIZ - ARTEAGAKO UDALA 1 ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN ORDINARIA DE PLENO CELEBRADA CON FECHA 21 DE JULIO DE 2017 ALCALDE D. Juan Felix Naberan Ozamiz (EAJ-PNV) CONCEJALES PRESENTES D. Julián Maria Uriarte Lamikiz (EAJ-PNV) D. Edorta Ibarra Basabe (EAJ-PNV) Dª Edurne Murga Santisteban (EAJ-PNV) D. Carlos Mendiola Ugalde (EAJ-PNV) Dª. Aitziber Ribas Bilbao (BILDU) Dª. Jasone Basterretxea Oyarzabal (BILDU) SECRETARIA: Dª Amaia Abanzabalegui Aranguren El viernes, veintiuno de julio de dos mil diecisiete, en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial, siendo las diecisiete horas y quince minutos, se reúne el Pleno del Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga, en sesión ordinaria y en primera convocatoria, previa convocatoria realizada al efecto. Todos los concejales miembros del pleno acudieron a la sesión. Sin embargo, D. Edorta Ibarra Basabe y D. Carlos Mendiola Ugalde llegaron en el análisis y aprobación del punto cinco del presente orden del día. Dicha sesión se realiza bajo la presidencia del Sr. Alcalde y con la asistencia de la secretaria- interventora que suscribe esta acta. Abierta la sesión por la Presidencia, se pasa a tratar los asuntos incluidos en el ORDEN DEL DÍA: Primero.- Aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión de fecha de 26 de mayo de 2017. Por la Secretaria da cuenta del borrador del acta de la sesión anterior de fecha de

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ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN ORDINARIA DE PLENO CELEBRADA CON FECHA 21 DE JULIO DE 2017 ALCALDE D. Juan Felix Naberan Ozamiz (EAJ-PNV) CONCEJALES PRESENTES D. Julián Maria Uriarte Lamikiz (EAJ-PNV) D. Edorta Ibarra Basabe (EAJ-PNV) Dª Edurne Murga Santisteban (EAJ-PNV) D. Carlos Mendiola Ugalde (EAJ-PNV) Dª. Aitziber Ribas Bilbao (BILDU) Dª. Jasone Basterretxea Oyarzabal (BILDU) SECRETARIA: Dª Amaia Abanzabalegui Aranguren El viernes, veintiuno de julio de dos mil diecisiete, en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial, siendo las diecisiete horas y quince minutos, se reúne el Pleno del Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga, en sesión ordinaria y en primera convocatoria, previa convocatoria realizada al efecto. Todos los concejales miembros del pleno acudieron a la sesión. Sin embargo, D. Edorta Ibarra Basabe y D. Carlos Mendiola Ugalde llegaron en el análisis y aprobación del punto cinco del presente orden del día. Dicha sesión se realiza bajo la presidencia del Sr. Alcalde y con la asistencia de la secretaria- interventora que suscribe esta acta. Abierta la sesión por la Presidencia, se pasa a tratar los asuntos incluidos en el ORDEN DEL DÍA: Primero.- Aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión de fecha de 26 de mayo de 2017. Por la Secretaria da cuenta del borrador del acta de la sesión anterior de fecha de

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26 de mayo de 2017 que es aprobada por unanimidad. Segundo.- Aprobación, si procede, de la Cuenta General del Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga correspondiente al ejercicio 2016. Vista la Cuenta General del ejercicio 2016, junto con toda su documentación anexa a la misma, según la legislación vigente. Visto el informe favorable de la Comisión Especial de Cuentas emitido en fecha 12 de mayo de 2017. Visto que la misma se expuso al público para que pudieran presentarse reclamaciones, reparos u observaciones, y que no se ha presentado alguna, según consta en el certificado de Secretaría de fecha 15 de junio de 2017. Considerando lo dispuesto en la Norma Foral 10/2003, de 2 de diciembre, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia. Y en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. El Pleno de la Corporación por unanimidad de los miembros asistentes al acto, ACUERDA: Primero.- Aprobar la Cuenta General del ejercicio 2016. Segundo.- Rendir la Cuenta General así aprobada y toda la documentación que la integra a la fiscalización del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, tal como establece el artículo 63 de la Norma Foral 10/2003, de 2 de diciembre. Tercero.- Estudio y aprobación, si procede, del plan económico financiero. Visto que el “informe de intervención de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de la propuesta de aprobar la modificación del presupuesto 2017 (crédito adicional)” elaborada el 22 de mayo de 2017 y puesta en conocimiento

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por la Secretaria Interventora a esta Corporación en el pleno en sesión extraordinaria de 26 de mayo de 2017 de que el presupuesto de 2017 no cumplía con la regla de gasto recogida en la Norma Foral 5/2013, de 12 de junio, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de las Entidades Locales de Bizkaia y la necesidad de formular un plan económico-financiero que garantice los objetivos de estabilidad y sostenibilidad presupuestaria en el ejercicio 2017-2018. Vista la propuesta de plan económico financiero elaborada por la Secretaria Interventora y remitida por correo electrónico el 11 de julio de 2017. Visto el dictamen favorable emitido por la Comisión Informativa de 14 de julio de 2017. El Pleno de la Corporación por unanimidad de los miembros asistentes al acto, ACUERDA: PRIMERO.- Aprobar el plan económico financiero de Gautegiz Arteaga 2017-2018 con el siguiente texto: “PLAN ECONÓMICO FINANCIERO DE GAUTEGIZ ARTEAGA 2017 - 2018 1.- Normativa La Norma Foral 5/2013, de 12 de junio, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de las entidades locales de Bizkaia. La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. El Real decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su aplicación a las entidades locales. 2.- Relación de Entidades dependientes. El ayuntamiento de Gautegiz-Arteaga no tiene ningún Organismo Autónomo, ni

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ninguna Entidad pública empresarial ni ninguna Sociedad mercantil que dependa de él. 3.- Informe de evaluación del incumplimiento de la regla de gasto El informe de Intervención relativo al presupuesto aprobado para el ejercicio 2017 ponía de manifiesto el incumplimiento del objetivo de la regla de gasto, en los términos establecidos por la Norma Foral 5/2013, de 12 de junio de 2013. El artículo 6 de la citada Norma Foral establece que en caso de que una entidad local elabore, apruebe o ejecute sus presupuestos incumpliendo los objetivos de estabilidad presupuestaria, de deuda pública o de regla de gato, se deberá formular un plan económico-financiero que garantice el cumplimiento de los objetivos citados o de la regla de gasto en el ejercicio en que se ha producido el incumplimiento o en el siguiente. 4.- Información para el cálculo de la estabilidad presupuestaria y de la Regla de Gasto y Previsiones en base a las medidas recogidas en el punto 5 A. Estabilidad Presupuestaria Capítulo PI (2017) Capítulo CI (2017) 1 123.726,95 1 195.000,00 2 20.000,00 2 321.215,74 3 70.943,53 3 1.520,00 4 631.244,69 4 159.300,51 5 5.107,00 5 3.000,00 6 6 166.986,88 7 7 INGRESOS NO FINANCIEROS 851.022,17 GASTOS NO FINANCIEROS 847.023,13 AJUSTES SEC 172.941,19 CAPACIDAD DE FINANCIACIÓN 2017 176.940,23 B. Regla de gasto Liquidación 2016 Presupuesto 2017 Presupuesto 2018 Suma de capítulos 1 a 7 de gastos (excluidos gastos financieros) 648.972,00 845.553,13 730.000,00

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AJUSTES A LOS EMPLEOS NO FINANCIEROS SEGÚN SEC (-) Enajenación terrenos y otras inversiones (+/-) Inversiones por cuenta de la Corporación (+/-) Ejecución de avales (+) Aportaciones de capital (+/-) Asunción y cancelación de deudas (+/-) Gastos realizados pendientes de aplicar al ppto (+/-) Pagos a socios en el marco de Asociaciones Público-Privadas (+/-) Adquisiciones con pago aplazado (+/-) Arrendamiento Financiero (+) Préstamos (-) Facturas ejercicios anteriores satisfechas con préstamo extraordinario de pago a proveedores (+/-) Inejecución -55.900,03 Inversiones realizadas por la corporación local por cuenta de otra Administración Pública Gastos Financiados con Remanente de Tesorería -44.721,88 A. Empleos no financieros en términos SEC 648.972,00 744.931,22 730.000,00 B. Pagos por transferencias a entidades de la Corporación Local C. Gasto Financiado con fondos finalistas procedentes de otras AAPP 58.292,46 28.435,69 D. Gasto Financiado con fondos de la gestión urbanística E. GASTO COMPUTABLE DEL EJERCICIO A-B-C-D 590.679,54 716.425,53 Tasa de crecimiento del PIB 2,10% 2,30% Incrementos/Disminuciones de recaudación Límite de la Regla de Gasto 603.083,81 732.903,32 En los cuadros anteriores se constata que en el presupuesto del ejercicio 2017 el ayuntamiento de Gautegiz-Arteaga presenta capacidad de financiación, pero incumple la regla de gasto, regulada en el artículo 3 de la Norma Foral 5/2013, de 12 de junio. Es decir, la variación interanual de los empleos no financieros definidos en términos del Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales, excluidos los intereses de la deuda y la parte del gasto financiado con fondos finalistas procedentes de la Unión Europea o de otras Administraciones Públicas o de la gestión urbanística son superiores para el ejercicio 2017 al 2,1%. Todo ello, de acuerdo con los límites fijados por la

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Diputación Foral de Bizkaia, con fecha 7 de marzo de 2017, en el ejercicio de las competencias fijadas por la Disposición Adicional Tercera de la citada Norma Foral 5/2013, de 12 de junio. Sin embargo, en el presupuesto correspondiente al ejercicio 2018 esta situación se corregirá, dándose cumplimiento a la regla de gasto, de acuerdo con establecido en el citado artículo 6 de la Norma Foral 5/2013, de 12 de junio. 5.- Memoria explicativa de las medidas a adoptar para alcanzar el cumplimiento de la regla de gasto en el ejercicio 2018 Capítulo 1. De Personal. Se mantendrá en los mismos importes que el ejercicio 2017. Capítulo 2. Corrientes y de Servicios. Tampoco se producirá variación con respecto al ejercicio 2017. Capítulo 6. Inversiones Reales. Disminuirá el capítulo de inversiones en el ejercicio 2018, con objeto de conseguir cumplir con el objetivo marcado por la regla del Gasto. Medidas a adoptar: Las indicadas en el punto 5. Así mismo, si a lo largo de la ejecución del presupuesto 2018 se observara alguna desviación que pudiese llevar al incumplimiento del objetivo de la Regla del Gasto, se adoptarán medidas encaminadas a su corrección (acuerdo de no disponibilidad, subidas de tipos y tasas. 6.- Conclusión: Primero.- La aprobación del presupuesto correspondiente al ejercicio 2017 no cumple con la regla de gasto ya que la variación interanual de los empleos no financieros definidos en términos del Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales, excluidos los intereses de la deuda y la parte del gasto financiado con fondos finalistas procedentes de la Unión Europea o de otras Administraciones Públicas o de la gestión urbanísticas son superiores para el ejercicio 2017 al 2,1%,de acuerdo con lo aprobado por la Diputación Foral de Bizkaia, con fecha 7 de marzo de 2017, en el ejercicio de las competencias fijadas por la Disposición Adicional Tercera de la citada Norma Foral 5/2013, de 12 de junio. Sin embargo, esta situación se corregirá en el presupuesto 2017, tal y como se ve en la previsión recogida en el cuadro del punto 4.

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Segundo. - El porcentaje de capital vivo de operaciones de deuda a largo plazo esperado sobre ingresos no financieros consolidados a 31.12.2017 del ayuntamiento de Gautegiz-Arteaga es de 7,16%, inferior al objetivo de deuda establecido por la Diputación Foral de Bizkaia para el ejercicio 2016 en el 60%. Tercero. - El porcentaje de capital vivo de operaciones de deuda a largo plazo sobre ingresos corrientes consolidados a 31.12.2016 del ayuntamiento de Gautegiz-Arteaga es de 13,31%. Por lo tanto, no habrá de destinar el superávit obtenido en la liquidación 2016 a amortizar deuda a lo largo del ejercicio 2017. Cuarto. - Dado que el ayuntamiento de Gautegiz-Arteaga cumple con el objetivo de deuda, y que el Remanente para Gastos Generales resultante de la Liquidación del ejercicio 2016, asciende a 409.469,66 euros, se podrá utilizar para la financiación de gastos en el ejercicio 2017 siempre que no se comprometa la sostenibilidad financiera y siempre que previamente se hubiera cumplido lo establecido en el artículo 6.5 de la Norma Foral 5/2013 de 12 de junio. En estos casos, el Plan económico Financiero se sustituirá por un informe del órgano que ejerza las funciones de intervención y que se elevará al Pleno para su conocimiento. 7.- Tramitación El presente Plan Económico-Financiero ha sido aprobado por el Pleno del ayuntamiento de Gautegiz-Arteaga, en la sesión ordinaria de 21 de julio de 2017, para su posterior remisión al órgano de tutela financiera de la Diputación Foral de Bizkaia. De la aprobación de este Plan se dará cuenta en el Boletín Oficial de Bizkaia. El contenido de los puntos 4 y 6 del presente Plan será objeto de publicación por la Diputación Foral de Bizkaia, de acuerdo con lo establecido por el artículo 23.5 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.” SEGUNDO.- Remitir el presente acuerdo al órgano tutelar financiero de la Diputación Foral de Bizkaia. TERCERO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Bizkaia de acuerdo con el artículo 23.4 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Asimismo, darle publicidad en la página web del Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga.

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Cuarto.- Estudio y aprobación, si procede, del programa de participación ciudadana del PGOU. Visto el dictamen favorable adoptado por esta Comisión Informativa el 9 de junio de 2017 en relación a los criterios y pasos a seguir en la aprobación del programa de participación ciudadana del PGOU. Vista la propuesta de Programa de Participación Ciudadana presentada con fecha 13 de julio de 2017 y registro de entrada número 1.059 por la empresa Erdu-Hiritek, adjudicataria de la elaboración del PGOU de Gautegiz Arteaga. Visto el dictamen favorable de la Comisión Informativa emitida el 14 de julio de 2017. Considerando el artículo 108 de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo donde se regula que el acuerdo municipal de inicio de la formulación, modificación o revisión de cualquier figura de planeamiento de ordenación estructural deberá estar acompañado de un programa de participación ciudadana en el que, según las características del municipio, se establecerán los objetivos, estrategias y mecanismos suficientes para posibilitar a los ciudadanos y ciudadanas y entidades asociativas el derecho a participar en el proceso de su elaboración. El Pleno de la Corporación por unanimidad de los miembros asistentes al acto, ACUERDA: PRIMERO.- Aprobar y dar visto bueno a la propuesta de Programa de Participación Ciudadana presentada con fecha 13 de julio de 2017 y registro de entrada número 1.059 por la empresa Erdu-Hiritek, adjudicataria de la elaboración del PGOU de Gautegiz Arteaga con el siguiente texto: “PROGRAMA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE GAUTEGIZ ARTEAGA

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CAPITULO I. LA PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE REDACCIÓN DEL PLAN GENERAL APARTADO 1. CONCEPTUALIZACIÓN Toda la construcción legal y normativa de la materia urbanística está orientada a la participación de la ciudadanía, tanto en el caso de su elaboración como de su modificación. La participación puede considerarse como un elemento esencial con la propia existencia de la disciplina: si a la ordenación urbanística se le priva de participación ciudadana, se le priva de legitimación. APARTADO 2. MARCO LEGAL La participación ciudadana en la elaboración del planeamiento urbanístico es ante todo un derecho reconocido desde la legislación urbanística preconstitucional y que han mantenido sistemáticamente todas las legislaciones autonómicas. En todas ellas, se concibe como un derecho de la ciudadanía que ha de ser garantizado a la vez que fomentado por la Administración. En el caso de Euskadi, la Ley 2/2006 de 30 de junio del Suelo y Urbanismo trata la materia a nivel de principio básico de la regulación urbanística (art. 8 Principio de Participación Ciudadana) y como instrumento operativo necesario en la redacción de un Plan urbanístico que afecte la ordenación estructural (art. 108 Programa de Participación Ciudadana en el Plan General) trámite que abordamos en este documento en cumplimiento del precepto indicado: “El acuerdo municipal de inicio de la formulación, modificación, o revisión de cualquier figura de planeamiento de ordenación estructural deberá estar acompañado de un programa de participación ciudadana en el que, según las características del municipio, se establecerán los objetivos, estrategias y mecanismos suficientes para posibilitar a los ciudadanos y ciudadanas y entidades asociativas el derecho a participar en el procedimiento de su elaboración.”

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APARTADO 3. DELIMITACIÓN El planeamiento urbanístico, como todo plan o norma con incidencia en la ordenación del interés de la colectividad y de los privados o particulares, entraña una decisión política que cabalmente requiere intentar el máximo consenso. Por ello, la legislación habla de democratización del planeamiento como vía más adecuada para su sustanciación, evitando que su formulación dependa exclusivamente de la autoridad competente para su aprobación. La participación ciudadana se configura dentro del derecho urbanístico como un principio de la propia actividad urbanística, recayendo en la Administración el deber de su ejercicio a través del establecimiento de los cauces necesarios que la permitan. En este sentido, se concibe como complemento de la democracia representativa y no como alternativa a ésta, permitiendo perfeccionar el sistema de control de los representados sobre sus representantes. No obstante, la democratización del urbanismo tiene también sus límites. Por un lado en la esfera de la ciudadanía, la responsabilidad que debe asumir a la hora de entender los criterios y estrategias que deben prevalecer de cara a la toma de decisiones sobre la ordenación del territorio y su utilización. Por otro, la potestad del Ayuntamiento para compartir con la ciudadanía la capacidad decisoria que ostenta sobre la materia urbanística. En este sentido, la jurisprudencia en sucesivas sentencias, ha delimitado el derecho de participación y su extensión. Efectivamente es muy común interpretar el derecho a la participación de los ciudadanos en la elaboración del planeamiento urbanístico como un derecho fundamental amparado por el artículo 23.1 de la Constitución (CE). Sobre ello, merece la pena recoger unos párrafos de la sentencia 119/1995, de 17 de julio, en la que se dice: “Es cierto que a través del trámite de información pública se dota de cierta legitimidad al Plan de urbanismo (aunque tampoco puede olvidarse que en el caso de autos la legitimación democrática le viene

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dada por haber sido aprobado por un Ayuntamiento elegido democráticamente), pero su finalidad no es realizar un llamamiento al electorado para que ratifique una decisión previamente adoptada, ni para que determine el sentido en el que haya de adoptarse, sino, más bien, instar a quienes tengan interés o lo deseen a expresar sus opiniones para que sirvan de fuente de información de la Administración y puedan favorecer así el acierto y oportunidad de la medida que se vaya a adoptar, así como establecer un cauce para la defensa de los intereses individuales o colectivos de los potencialmente afectados; se trata de un llamamiento a personas o grupos interesados al objeto de que puedan intervenir en el procedimiento de adopción de acuerdos.” En definitiva, la participación ciudadana prevista en la legislación urbanística en todas las formas en que se presente o pueda plantearse, se trata de un instrumento para el control del ejercicio público del poder y no de un contrapoder. La participación tiene como objetivo proporcionar elementos de juicio a la administración, pero la decisión corresponde necesariamente a los órganos competentes que deberán tener siempre en cuenta las alegaciones y sugerencias como una posibilidad más a considerar. CAPITULO II. OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS Mediante la articulación del proceso de participación que se propone se pretende una serie de objetivos, entre los que se hallan: Publicitar el documento urbanístico en sus diferentes fases dado que participación y conocimiento público de la elaboración del Plan están indisolublemente unidos. Facilitar el derecho de la ciudadanía a la información y conocimiento del Plan. Promover y fomentar activamente la participación de los ciudadanos en la elaboración y tramitación del Plan General estableciendo los cauces necesarios

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para posibilitar los flujos de información entre los particulares, el Ayuntamiento y el equipo redactor del Plan General. Hacer accesible y facilitar la comprensión y entendimiento a la ciudadanía de un documento eminentemente técnico. Canalizar las aspiraciones, inquietudes e interés de la ciudadanía en materia urbanística. Dar la oportunidad a la ciudadanía de intervenir en el proceso de planeamiento dando su opinión y parecer sobre el modelo de ocupación del territorio propuesto por el Plan General, así como del conjunto de propuestas y medidas particulares que afectan a los diferentes ámbitos de ordenación. Con carácter particular, dar cumplimiento al mandato legal sobre necesidad de promover procesos de participación. De igual manera el Programa de Participación Ciudadana tiene como objetivo el dar cumplimiento a los instrumentos y medidas previstas en la legislación vigente para dar publicidad al documento (tramites de exposición pública, sugerencias y alegaciones). Atender mandatos concretos de la legislación vigente como por ejemplo la obligatoriedad de publicitar el documento del Plan urbanístico por medios telemáticos (disposición adicional 9ª.2 TRLS/08 estatal). Los objetivos indicados están vinculados por una estrategia común que no es otra que la de implicar a la mayor parte de la ciudadanía, agentes e instituciones en la redacción del Plan General. Como consecuencia de ello, se pretende conseguir metas concretas como: Involucrar desde las fases iniciales de redacción y gestación del documento a las administraciones territoriales públicas competentes. De igual manera se pretende dar audiencia a otras administraciones públicas cuyas competencias pudieran

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resultar afectadas. Esto redunda siempre una tramitación más fluida y rápida del documento en el momento de su aprobación definitiva. Fomentar la cultura urbanística entre la ciudadanía del municipio de cara a evitar y corregir situaciones de ilegalidad e indisciplina urbanística. Se pretende inocular en la ciudadanía la necesidad de establecer y respetar unas reglas y normas que regulen la utilización del territorio y el derecho a la edificación como sistema para mejorar la convivencia social y la relación de la ciudadanía con su entorno natural. Conseguir un grado alto de consenso no sólo en el ámbito de la ciudadanía sino también a nivel político e institucional; por un lado dentro del propio Ayuntamiento y las diferentes opciones políticas existentes en su pleno; por otro, con los técnicos de la Diputación y Gobierno Vasco dentro de los diferentes departamentos que de una forma u otra están implicados en la redacción del documento en virtud de sus competencias. CAPITULO III. ACTUACIONES PREVISTAS (MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN) APARTADO 1. PLANTEAMIENTO DE LA CUESTIÓN Retomando las ideas expresadas en el capítulo sobre objetivos y estrategias resulta de enorme interés aprovechar este trámite para realizar un proceso de participación amplio que verdaderamente sea eficaz y ayude no sólo a mejorar el contenido del documento sino también a facilitar su trámite y aprobación. Por ello, se propone que el Programa de Participación y sus propuestas se conciban y orienten en función de las personas o instituciones implicadas. Este trámite no tiene como fin primero o exclusivo el obtener información o conocimiento, que también, sino detectar problemáticas y demandas, las opiniones, las actitudes y la visión sobre el futuro de Gautegiz Arteaga que puedan aportar las instituciones, agentes de la ciudadanía particulares y otros entes participantes. Se trata

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de que sea un proceso útil y beneficioso para el fin que se pretende con todo ello, que no es otro que la ordenación urbana y territorial del municipio. Así, se propone tres ámbitos diferentes: Participación institucional Participación técnica Participación ciudadana La primera pretende el concurso de instituciones y asociaciones relevantes en el municipio en especial aquellas con implicaciones e intereses en la materia tratada como por ejemplo y con criterio general, asociaciones para la protección y defensa del medio ambiente, agrupaciones profesionales, grupos políticos y demás agentes sociales. En el caso concreto de Gautegiz Arteaga, por su tamaño y cohesión, no parece en principio necesaria la constitución de un Consejo Asesor de Planeamiento Municipal (art. 109 y 110 de la ley 2/2006 de 30 de junio del Suelo y Urbanismo), aunque legalmente, si se considera oportuno, es posible su creación. También el Ayuntamiento con los diferentes entes que lo componen. La segunda pretende básicamente el concurso de la Diputación y del Gobierno Vasco, también en su caso de la Mancomunidad de Busturialdea y, en el momento oportuno, de los municipios colindantes. También puede darse entrada a empresas gestoras de infraestructuras (Agencia del Agua, Iberdrola, Consorcio de Aguas, etc.). El tercer ámbito atiende al ciudadano del municipio y otras asociaciones cívicas que representan intereses particulares: asociaciones culturales y deportivas, de vecinos, barrios, tercera edad y similares. La propuesta de actuaciones incluye obviamente los momentos de participación legalmente previstos. No obstante, como se verá, además de completarlos con otras propuestas, los recualifica al objeto de conseguir de ellos la máxima utilidad y eficacia.

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También se incluyen en el Programa de Participación las acciones para publicitar el documento. Finalmente el programa propuesto combina las diferentes actuaciones de acuerdo con el momento temporal más adecuado para realizarlas. Las actuaciones que pretenden obtener información y criterios se sitúan al principio del proyecto. Las explicativas, valorativas y de consenso aparecen con la formalización de los documentos por parte del equipo redactor. APARTADO 2. CRONOGRAMA DE ACTUACIONES La tabla adjunta interrelaciona las fases de elaboración del Plan General de Ordenación Urbana con las diferentes actuaciones situando temporalmente el momento de su ejecución.

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APARTADO 3. DESCRIPCIÓN CONCRETA DE LAS ACTUACIONES Se describe a continuación el detalle de las actuaciones previstas: 3.1. SOLICITUD DE INFORMES De cara a conocer de primera mano las materias y cuestiones a tener en cuenta por la Revisión, de acuerdo la legislación vigente, se solicitará de los órganos de la Diputación Foral y Gobierno Vasco y otras administraciones que proceda (administración aérea, etc.), con competencias sobre protección civil, medio ambiente, patrimonio cultural y el medio natural la información sobre riesgos existentes y los condicionantes ambientales, de protección del patrimonio cultural y del medio natural que deban ser respetados por su ordenación. En el caso de la Diputación y Gobierno Vasco, puede ser necesario solicitar informe previo a los departamentos con competencia en las siguientes materias: – Ordenación del Territorio. – Medio Ambiente. – Cultura y Patrimonio. – Obras Públicas y Transporte. – Seguridad y Protección Civil. Más adelante se solicitará también información a los siguientes entes: – Organismos responsables o gestores de los servicios urbanos de abastecimiento, saneamiento, energía eléctrica, telecomunicaciones y gas, administración hidráulica, etc. – Organismos responsables o gestores de infraestructuras de comunicaciones.

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Al objeto de dar mayor oficialidad a las consultas se propone que éstas sean realizadas por el Ayuntamiento como entidad promotora de los trabajos a instancias del equipo redactor. 3.2. TRABAJO DE CAMPO SUPLEMENTARIO CON COLABORACIÓN LOCAL El conocimiento del medio que disponen entes locales o personal representativo, aconseja la dedicación de una o varias jornadas para la mejor definición y precisión en materias como el estado de la ocupación/utilidad de la edificación, revisión de bienes arquitectónicos y patrimoniales (contemplando la inclusión de otros) y valoración y críticas de tipo paisajístico-estético. Se propone realizar mediante recorridos a pie con colaboradores locales que permitan definir el trabajo de campo descrito durante la jornada o jornadas que se estime necesario. 3.3. ENTREVISTAS PERSONALIZADAS Se trata de un intercambio de análisis y valoración del estado actual del término municipal así como de la visión futura, entre el equipo redactor y determinados agentes locales que por su importancia o repercusión se consideran entes representativos en el término municipal. La lista de agentes a entrevistar puede ser, a modo orientativo y a expensas de elaborar la lista definitiva con la Corporación municipal, la siguiente: – Grupos municipales (entrevista individual). – Empleados del Ayuntamiento (secretario, arquitecto técnico, etc.). – Asociaciones culturales – Asociaciones deportivas

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– Sectores económicos (servicios, agricultura y ganadería, e industria) Las entrevistas y cuestionarios serán preparados por el equipo redactor. De cara a darle la formalidad que merece, será el Ayuntamiento quien convoque las entrevistas y envíe los cuestionarios. El espacio para las entrevistas personalizadas se pondrá a disposición del equipo redactor por parte del Ayuntamiento. 3.4. CUESTIONARIO PREVIO Se propone disponer un cuestionario en la web del Ayuntamiento para ser contestada de forma abierta e interactiva por cualquier ciudadano. El contenido será de fácil acceso y comprensión. El equipo redactor se compromete a la elaboración del contenido del cuestionario previo, así como a la valoración y síntesis de los resultados. Los trabajos informáticos de programación, implementación, mantenimiento, volcado o cualquier otro proceso que sea necesario para la puesta en marcha y desarrollo de esta propuesta se realizarán a cargo y por cuenta del Ayuntamiento. PROPUESTA DE CUESTIONARIO En el cuestionario general se puede comentar los siguientes aspectos relativos al municipio: Aspectos socioeconómicos: – Desarrollo previsible de habitantes y tipo (primera residencia o segunda) – Actividades económicas: nuevas posibilidades e iniciativas. Aspectos derivados de las funciones principales e infraestructuras: – Vivienda y viviendas de protección. – Equipamientos y servicios diversos.

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– Tráfico urbano. Aparcamientos. Transporte público. Aspectos de preservación y mejora del patrimonio heredado: – Medio ambiente. Espacios libres naturales. – Arqueología. – Patrimonio edificado existente. – Acabados urbanos: pavimentación, mobiliario, arbolado, alumbrado. Se fomentará la opinión de acuerdo a lo siguiente: Definición de la problemática presente y previsible. Situación deseable. Acciones posibles a instrumentar para conseguir la situación deseable. No obstante, el interesado y como alternativa puede elaborar un informe personalizado que atiende a estos u otros puntos que valore de interés, pero que considera deben ser conocidos o tenidos en cuenta por el equipo redactor. 3.5. DISPONIBILIDAD EN LA WEB DEL AYUNTAMIENTO DE LOS DOCUMENTOS De cara a facilitar el conocimiento de los trabajos y documentos del Plan se propone su implementación en la página Web del Ayuntamiento con posibilidad de descarga. Concretamente se propone disponer la siguiente documentación: A la finalización de la Fase 1. Trabajos previos: – Memoria informativa – Planos de información A la finalización de la Fase 2. Revisión del Avance:

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– Memoria – Planos – Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA) A la finalización de la Fase 3. Elaboración del documento tramitable para la Aprobación Inicial: – Memoria de ordenación – Planos de ordenación – Normativa general y particular – Catálogo – Ordenanzas (en su caso) – Estudio Económico-Financiero – Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA) A la finalización de la Fase 4. Elaboración del documento tramitable para la Aprobación provisional: – Memoria de ordenación – Planos de ordenación – Normativa general y particular – Catálogo – Ordenanzas (en su caso) – Estudio Económico-Financiero – Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA)

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A la finalización de la Fase 5. Elaboración del documento tramitable para la Aprobación Definitiva: – Memoria de ordenación – Planos de ordenación – Normativa general y particular – Catálogo – Ordenanzas (en su caso) – Estudio Económico-Financiero – Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA) El equipo redactor se compromete a facilitar la documentación en formato pdf, de empleo extendido y fácil manejo. Los trabajos informáticos de programación, implementación, mantenimiento, volcado o cualquier otro proceso que sea necesario para la puesta en marcha y desarrollo de esta propuesta se realizará a cargo y por cuenta del Ayuntamiento. 3.6. REUNIONES DE SEGUIMIENTO CON LAS ADMINISTRACIONES TERRITORIALES Una de las cuestiones transcendentales en la redacción de un Plan de esta naturaleza es el conocimiento temprano del documento por parte de las administraciones territoriales implicadas que además son las competentes para su aprobación definitiva. En la secuencia de trámites establecidos por la Ley no se prevé la intervención de estas administraciones hasta fases muy avanzadas (en algunos casos, la aprobación provisional). Por ello se propone la celebración de reuniones explicativas puntuales y concretas con los técnicos de los departamentos de urbanismo y ordenación del territorio de la Diputación y el Gobierno Vasco.

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En el caso de la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) se propondrá también la celebración de reuniones con los técnicos de los departamentos de Medio Ambiente, coincidiendo si es posible con las anteriores. También se proponen reuniones con otros departamentos (Cultura, Obras Públicas) cuando concurra alguna materia, propuesta o problemática que así lo aconseje. Se realizará un acta de cada una de las sesiones. 3.7. CONFERENCIAS ABIERTAS Se propone la realización de exposiciones públicas coincidiendo con el inicio de cada fase de redacción en sede municipal. El equipo redactor se compromete a elaborar el siguiente material: Carteles temáticos con los elementos más representativos del Plan. Planos de síntesis de las determinaciones del Plan. Una copia completa de los documentos constitutivos del Plan que se aportará por el equipo para ser utilizado en la exposición. Documento digital para proyección en exposición. El Ayuntamiento se encargará de las siguientes cuestiones: Proporcionar y disponer el local para la celebración de las exposiciones y conferencias a realizar, así como los soportes y estructuras que se precisen para la adecuada disposición de los materiales divulgativos. Anuncios y publicaciones de los eventos. Proporcionar ayuda y asistencia logística para la preparación de las exposiciones. 3.8. TALLERES DE EVALUACIÓN

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Consiste en sesiones temáticas de trabajo para debatir y evaluar las grandes líneas rectoras del Plan. Se crearían foros temáticos de trabajo (vivienda, actividad económica, movilidad, calidad urbana, territorio, medio ambiente, etc.). A partir de cuestionarios temáticos que se entregan al inicio de las sesiones de trabajo, se invita a los participantes a reflexionar y aportar propuestas y alternativas que son valoradas y debatidas en esas mesas de trabajo. Se pretende con ello una participación activa de la ciudadanía. Es una actividad que no debería durar más de dos o tres meses con sesiones de trabajo cada quince días. La experiencia en otros municipios nos lleva a sugerir que los moderadores de estas mesas de trabajo sean los propios miembros del equipo redactor. Esta premisa enriquece enormemente el debate y la conversación haciendo verdaderamente productiva esta actividad. Por ello, se propone que sea el propio equipo reactor quien se encargue de dirigirla y liderarla. 3.9. CONFERENCIA COLOQUIO Se plantea la posibilidad de ofrecer varias conferencias-coloquio abiertas a la ciudadanía. Tienen la intención de acercar a los ciudadanos el papel del Plan General en su municipio, presentar al equipo redactor, fijar cómo y cuál va a ser su participación en la elaboración del documento y presentar el contenido. Suele ser buen momento para su celebración aprovechando la apertura de las exposiciones públicas. El equipo redactor se encargará de preparar las proyecciones de la documentación, paneles u otros. El local y los medios técnicos para la conferencia-coloquio se pondrá a disposición del equipo redactor por parte del Ayuntamiento. 3.10. EXPOSICIÓN DE PANELES DIVULGATIVOS Dirigido a la población en general del término municipal, trata de hacer más comprensible el documento del Plan General Municipal. La intención de estas láminas es acercar el proceso de redacción y tramitación del Plan General a los/as vecinos/as,

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con la intención de que comprendan y asuman como propia la definición del modelo urbano más adecuado para el término municipal. En esas láminas se pueden conocer datos básicos, cuáles son las fases de elaboración del Plan, y lo más importante, cuáles son los momentos decisivos de la PARTICIPACIÓN, en sus diferentes grados según avanza el Plan. 3.11. ATENCIÓN AL CIUDADANO. CITA PREVIA La legislación urbanística obliga a realizar exposiciones públicas del Plan, tanto en el momento del documento de Avance como después de la Aprobación Inicial del documento. En ellos tiene lugar la intervención pública mediante las "sugerencias” (en el Avance) y las "alegaciones" (en la Aprobación Inicial). Esta intervención está abierta a cualquier ciudadano o institución. Coincidiendo con estos trámites se proponen sesiones presenciales de los miembros del equipo redactor; básicamente el arquitecto coordinador del Plan General y el abogado urbanista. Con todo se valorará la conveniencia de que otros componentes del equipo redactor (responsables de la EAE, movilidad, mapa de ruidos) atiendan también consultas. Así, en base a la experiencia acumulada en la redacción de otros Planes Generales, se propone una asistencia presencial del equipo redactor de carácter personalizado. Desde el primer día de la apertura de la exposición pública, los ciudadanos que lo deseen podrán solicitar cita con el equipo redactor. Después, a la vista de las solicitudes enviadas se citará a cada ciudadano de forma particular con fecha y hora concentrando las entrevistas en el periodo de tiempo (días) que sea necesario. En este sentido, se estima que cada entrevista dura de media entre 15 y 20 minutos. Con este planteamiento se prevé iniciar este proceso coincidiendo con el periodo final de la exposición pública. Esta propuesta pretende por un lado personalizar las consultas, sugerencias e informaciones que se soliciten. Por otro lado, se consigue dar un criterio racional al

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proceso de participación evitando aglomeraciones, esperas e incomodidades a los ciudadanos. 3.12. RESUMEN EJECUTIVO Para facilitar el acceso y compresión al documento en especial en los momentos de publicidad y exposiciones públicas se realizará un resumen ejecutivo del Plan (art. 32 del Decreto 105/2008 de 3 de junio de Medidas Urgentes en desarrollo de la Ley 2/2006) de extensión mínima. Su intención es facilitar una resumida pero efectiva, sencilla y rápida comprensión del documento. Por lo tanto, no será un documento extenso y podrá condensarse, incluso, en un folleto divulgativo. Se pretende con ello, sistematizar las ideas y criterios de ordenación desarrollados en el Plan y dar una visión general de todo lo planteado.” SEGUNDO.- Publicar en la página web del Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga el Programa de Participación Ciudadana de Gautegiz Arteaga aprobada en el presente pleno. Quinto.- Aprobación inicial si procede, de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de las tasas por prestación de servicios públicos y realización de actividades administrativas. Visto que es necesario modificar la “ordenanza fiscal reguladora de las tasas por prestación de servicios públicos y realización de actividades administrativas” en relación a incluir determinadas tasas por expedición de fotocopias y retirada y gestión de animales. Visto el dictamen favorable de la Comisión Informativa emitida el 9 de junio de 2017. Visto el certificado de la Secretaria Interventora de fecha 21 de julio de 2017 donde se señala que se ha realizado la exposición pública-participativa de la propuesta de modificación de la ordenanza mencionada desde el 16 de junio de 2017 hasta el 21

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de julio de 2017 en la página web del Ayuntamiento y que no se ha recibido ninguna sugerencia en relación a dicha propuesta de modificación. Considerando el procedimiento de aprobación de las ordenanzas establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local el dictamen favorable de la Comisión informativa de fecha 9 de junio de 2017. El Pleno de la Corporación por unanimidad de los miembros asistentes al acto, ACUERDA: PRIMERO.- Aprobar inicialmente la modificación de la “ordenanza fiscal reguladora de las tasas por prestación de servicios públicos y realización de actividades administrativas” donde se añade al apartado de Epígrafes el siguiente texto: “Epígrafe I) Tasas por expedición de reproducciones de documentos administrativos CONCEPTO CUOTA TRIBUTARIA 1.- Fotocopias en papel y/o reproducciones digitalizadas de 10 en adelante: DIN A4 0,10 € / folio DIN A3 0,19 € / folio 2.- Fotocopias en papel y/o reproducciones digitalizadas de planos: DIN A1 9,04 € / folio DIN A3 2,10 € / folio DIN A4 0,85 € / folio Planos con plotter 16,91 €/m2

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Epígrafe J) Tasas por la prestación del servicio público de recogida de animales CONCEPTO CUOTA TRIBUTARIA 1.- Por recogida de animales abandonados / perdidos en la vía pública 225 € 2.- Por la recogida, traslado e incineración de animales muertos (perros, gatos y asimilados) 365 € /animal 3.- Por día de estancia en centro de recogida 15,50 € / día 5.- Licencia para la tenencia y conducción de perros potencialmente peligrosos (concesión y renovación) 45 € 6.- Por adopción (micro chip, vacunación, cartilla sanitaria actualizada, desparasitación) 80 €” SEGUNDO.- Publicar la presente aprobación inicial en el Boletín Oficial de Bizkaia cumpliendo con las especificaciones establecidas en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local de acuerdo con el dictamen favorable de la Comisión informativa de fecha 9 de junio de 201. Sexto.- Aprobación, si procede, de la moción de Alsasua Vista la declaración institucional presentada por Dª. Aitziber Ribas Bilbao el día 17 de julio de 2017 (RE 1077) en representación al grupo político Bildu en relación al incidente registrado en Alsasua. El Pleno de la Corporación por unanimidad de los miembros asistentes al acto, ACUERDA:

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PRIMERO.- Aprobar y unirse a la declaración institucional señalada con el siguiente texto: “A raíz de los hechos acaecidos en la madrugada del pasado 15 de octubre en un bar de la localidad de Alsasua, en los que resultaron heridos dos guardias civiles y sus parejas, así como las consecuencias derivadas de los mismos, el Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga se reafirma en su compromiso por la paz y la convivencia, así como el desacuerdo con la calificación penal de los hechos investigados como delito de terrorismo, que podrían acarrear penas desproporcionadas a los jóvenes encausados. A lo largo de estos meses han sido numerosas las manifestaciones, concentraciones y actos de diversa índole en los cuales personas, entidades e instituciones de todo tipo y condición han denunciado la flagrante falta de proporcionalidad que estaba presidiendo todo lo acontecido en torno a este caso. Durante este tiempo las principales instituciones de Araba, Bizkaia, Gipuzkoa y Nafarroa, entre ellas el Parlamento de Navarra y el Parlamento Vasco, han considerado que no cabe concluir que los hechos denunciados puedan considerarse susceptibles de ser calificados como acto de terrorismo de acuerdo al artículo 573 del Código Penal y que, en consecuencia, debían ser instruidos y juzgados en Navarra. Recientemente también un total de 74 diputados/as y senadores/as de las Cortes Generales, 52 parlamentarios y parlamentarias del Parlamento Europeo y 83 alcaldes y alcaldesas de Ayuntamientos de Hego Euskal Herria han manifestado su preocupación por este caso. El 4 de julio de 2017 se conoció el escrito de acusación de la Fiscalía, en el que ésta solicita la imposición de una pena de 62 años y 6 meses para una de las personas encausadas, 50 años para seis de ellas y 12 años 6 meses para una octava persona. Una verdadera desproporción que no debiera asumir un Estado de Derecho. Por todo ello el Pleno del Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga aprueba la siguiente DECLARACIÓN INSTITUCIONAL 1.- El Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga manifiesta su más rotunda discrepancia con la petición de penas que recoge el escrito de acusación de la Fiscalía y manifiesta una gran preocupación por el devenir de los acontecimientos, habiendo constatado que este caso ha llegado a un nivel de desproporción y sinrazón inaceptables. 2.- El Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga reitera su firme compromiso con la convivencia, la justicia y el respeto a los derechos humanos de todas las personas como principios propios de un Estado democrático de Derecho y manifiesta que la desproporción que rodea a este caso se enmarca en la dirección contraria a la normalidad y convivencia democrática.

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3.- El Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga reitera su apoyo a la motivación de la Audiencia Provincial de Navarra respecto de la no concurrencia de indicios para que los hechos sean calificados como terrorismo, y por tanto se reafirma en que la competencia para instruir y juzgar los hechos sucedidos en Altsasu el pasado 15 de octubre debiera corresponder a los juzgados de Pamplona. ” SEGUNDO.- Remitir el presente acuerdo a las instituciones correspondientes con el objetivo de hacerlo público. Séptimo.- Información económico-financiera Por la Secretaria se da cuenta del estado de ejecución del presupuesto 2017 y el periodo medio de pago del último trimestre. Se dan por enterados. Octavo.- Dación de cuentas de los Decretos de Alcaldía. Decreto 65/2017.- Orden de pago O201716, nominas. Decreto 66/2017.- Convocatoria de junta en sesión ordinaria de fecha de 6 de junio del año 2017. Decreto 67/2017.- Convocatoria de comisión informativa de fecha de 9 de junio del año 2017. Decreto 68/2017.- Orden de subsanación de la documentación relativa a las “subvenciones a asociaciones municipales socio-culturales y deportivas sin ánimo de lucro de Gautegiz Arteaga 2017”. Decreto 69/2017.- Orden de pago O201717, gastos generales. Decreto 70/2017.- Orden de pago O201718, nominas – subsanación en el error del cálculo de los trienios de Esther Iribar Bastida y Alfredo Zelaia Aberasturi. Decreto 71/2017.- Convocatoria de junta en sesión ordinaria de fecha de 16 de junio del año 2017.

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Decreto 72/2017.- Vacaciones del alcalde del 20 al 28 de junio y delegación de todas las funciones a D. Julian Maria Uriarte Lamikiz. Decreto 73/2017.- Delegación a favor de D. Julian Maria Uriarte Lamikiz de la reunión del día 20 de junio de 2017 a las 19:00 horas convocado por el Consorcio de Aguas de Busturialdea. Decreto 74/2017.- Orden de pago O201719, gastos generales. Decreto 75/2017.- Orden de pago O201720, gastos generales. Decreto 76/2017.- Solicitud de subsanación para acceder al expediente del UA13 dirigida a D. Ignacio Arzanegui. Decreto 77/2017.-Convocatoria de junta en sesión ordinaria de fecha de 3 de julio del año 2017. Decreto 78/2017.- Orden de pago O201721, nominas. Decreto 79/2017.- Orden de pago O201722, dietas. Decreto 80/2017.- Modificación presupuestaria mediante habilitación de crédito 1/2017. Decreto 81/2017.- Modificación presupuestaria mediante habilitación de crédito 2/2017. Decreto 82/2017.- Modificación presupuestaria mediante habilitación de crédito 3/2017. Decreto 83/2017.- Modificación presupuestaria mediante habilitación de crédito 4/2017. Decreto 84/2017.- Modificación presupuestaria mediante habilitación de crédito 5/2017. Decreto 85/2017.- Orden de pago O201723, gastos generales. Decreto 86/2017.- Orden de pago O201724, nóminas paga extra. Decreto 87/2017.-Convocatoria de junta en sesión extraordinaria de fecha de 11 de julio del año 2017. Decreto 88/2017.- Convocatoria de comisión informativa en sesión ordinaria de fecha de 14 de julio del año 2017. Decreto 89/2017.- Modificación presupuestaria mediante habilitación de crédito 6/2017.

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Decreto 90/2017.- Delegación en favor de Don Carlos Mendiola Ugalde concejal del Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga, la facultad para autorizar el matrimonio de Don Asier Carvajal Fernandez y Doña Maite Urtiaga Uriondo. Decreto 91/2017.- Autorización del matrimonio civil entre Don Asier Carvajal Fernandez y Doña Maite Urtiaga Uriondo Decreto 92/2017.- Delegación en favor de Don Edorta Ibarra Basabe concejal del Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga, la facultad para autorizar el matrimonio de Don Jon Zelaia Jaio y Doña Maria de las Mercedes Jerez Lujambio. Decreto 93/2017.- Autorización del matrimonio civil entre Don Jon Zelaia Jaio y Doña Mercedes Jerez Lujambio. Decreto 94/2017.-Convocatoria de junta en sesión extraordinaria de fecha de 19 de julio del año 2017. Decreto 95/2017.- Delegación en favor de Don Julian Maria Uriarte Lamiquiz concejal delegado del Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga, la facultad para autorizar el matrimonio de don Mikel Aldekogarai Aretxabala y doña Monica Del Valle Barrio. Decreto 96/2017.- Autorización del matrimonio civil entre D. Mikel Aldekogarai Aretxabalaga y D.ª Monica Del Valle Barrio. Decreto 97/2017.- Solicitud de material al Ayuntamiento de Gernika-Lumo con motivo de las fiestas locales. Decreto 98/2017.- Convocatoria de pleno en sesión ordinaria de fecha de 21 de julio del año 2017. Se dan por enterados. Noveno.- Dación de cuenta de acuerdos de la Junta de Gobierno Local. 34/2017.- Adjudicación, si procede, de compra de fotografías de Gautegiz Arteaga datadas entre 1959 y 2006. 35/2017.- Conceder, si procede, licencia a Mr Chevalier Richard para instalar “Il Circo di Napoli” entre los días 20 y 21 de mayo de 2017.

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36/2017.- Adjudicación del contrato menor de la “organización y gestión del evento del 4 de junio – presentación del libro de la Memoria Histórica” a favor de Nueva Europa, S.L. por importe de 525,15 euros. 37/2017.- Concesión de la licencia de primera ocupación a favor de D. Juan Ignacio Aldamizgogeaskoa de la Rica. 38/2017.- Adjudicación del suministro de un marcador electrónico para el Frontón a favor de la empresa tecno-electrónica por importe de 1.498,95 euros. 39/2017.- Adjudicación de los servicios de una ambulancia para “Busturialdeko Dantzari Txikien Eguna” a favor de la entidad Cruz Roja por importe de 215,62 euros. 40/2017.- Concesión de la licencia para el proyecto de la ejecución para la reforma local de cambio de uso a vivienda a Alfonso Aberasturi Olabarriaga sito en Herriko Enparantza, 4 – lonja de Gautegiz Arteaga (Bizkaia). 41/2017.- Aprobar la devolución de las fianzas presentadas por Dña. Mª Cruz Berrojaetxebarria Etxabe en la licencia de obra de la vivienda ubicada en Zelaieta kalea 12 – UA15 Solar P2 de Gautegiz Arteaga (Bizkaia). 42/2017.- .- Facultar a la Alcaldía para la suscripción y proceder a los trámites oportunos para la realización de un Convenio de Colaboración con la Asociación "ESCUELA DE FORMACIÓN DE ANIMADORES SOCIOCULTURALES ESCUELA DE GASTETXOS", para que los cursos de personal de tiempo libre puedan impartirse en las aulas de la Kultur Etxea de Gautegiz-Arteaga dentro de los cursos escolares 2017-18, 18-19 y 19-20. 43/2017.- Conceder autorización a Dª Leire Astelarra Urberuaga para el uso del Salón Principal del Kultur Etxe para bailar Zumba. 44/2017.- Asistencia para la presentación por parte del Ayuntamiento en las subvenciones convocadas por otras Administraciones vigentes actualmente. 45/2017.- Acuerdo de aplazar la adjudicación de las ofertas relativas a control de plagas. 46/2017.- Adjudicación a “Durangoko Herri Maite Akordeoi Taldea” de concierto de acordeón en la Iglesia de Andra Mari de Gautegiz. 47/2017.- Acuerdo para que la asociación “Centre d’Esplai L´Eixam” pueda utilizar el Frontón los días 7 y 8 de agosto. 48/2017.- Asistencia para la presentación por parte del Ayuntamiento en las

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subvenciones convocadas por otras Administraciones vigentes actualmente. 49/2017.- Adjudicación de la “compra de un servidor” a favor de la empresa Sysbat Informática por importe de 1.436,87 euros (IVA incluido). 50/2017.- Acuerdo de solicitud de más ofertas en relación al expediente de contratación directa de “rehabilitación de las paredes exteriores de las escuelas municipales de Montorre Eskola de Gautegiz Arteaga”. 51/2017.- Adjudicación del contrato menor “instalación de alumbrado eléctrico en la zona exterior de las escuelas municipales” a favor de la empresa Argi-Ola por importe de 1.212,49 euros (IVA incluido). 52/2017.- Concesión de licencia para el proyecto de la ejecución para la reforma – rehabilitación del caserio Portu-Bengoetxea a D. José Antonio González Casas. 53/2017.- Concesión de licencia de primera ocupación a la vivienda sita en Ikusalai, 4 a favor de Dª Arantza Urkiaga y D. John Iñaki Naberan Etxeandia. 54/2017.- Regularización de la situación de los expedientes relativos al Caserío Goizko sito en Muniategui 5 de Gautegiz Arteaga. 55/2017.- Aprobación del expediente de contratación para la prestación de servicios de Kultur Etxea, negulekus, paskualekus, udalekus y cursos culturales-deportivos del Ayuntamiento de Gautegiz Arteaga por procedimiento negociado sin publicidad y el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas que regirán el contrato. 56/2017.- Asistencia para la presentación por parte del Ayuntamiento en las subvenciones convocadas por otras Administraciones vigentes actualmente. 57/2017.- Adjudicación del espectáculo “Funes Van” a favor de The Funes Group para el 3 de septiembre de 2017. 58/2017.- Adjucación de señalización de stop de la carretera general con el camino hacia el Castillo de Gautegiz Arteaga a favor de Ceprenor, S.A. por importe de 321,26 euros. Se dan por enterados.

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AYUNTAMIENTO DE GAUTEGIZ - ARTEAGA GAUTEGIZ - ARTEAGAKO UDALA

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Décimo.-´Ruegos y preguntas - Dª. Jasone Basterretxea Oyarzabal pregunta sobre la situación de las licencias existentes en Zelaieta 1 en vistas de que recientemente se ha inaugurado los apartamentos vacacionales. En dicho sentido, la Secretaria Interventora comunica que se informará al respecto, dado que dicho asunto lo ha dirigido el arquitecto asesor municipal. - Jurdana Uriarte Lejarraga realiza una presentación de su trabajo fin de Máster “Master universitario en formación de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional” titulado “Plan de mejora de la gestión y prestación de servicios públicos del Ayuntamiento de Gautegiz” con el objetivo de que pueda ser implantado en el Ayuntamiento. --------------------------------------- ***** CIERRE DEL ACTA No habiendo más asuntos que tratar, el Sr. Alcalde, tras agradecer la asistencia a los presentes, da por concluida la sesión, siendo las diecinueve horas del día arriba indicado, levantándose seguidamente la presente acta, que queda pendiente de aprobación hasta la próxima sesión que se celebre, todo lo cual como Secretaria de la Corporación, CERTIFICO. VºBº EL ALCALDE, LA SECRETARIA, Fdo: Juan Felix Naberan Ozamiz Fdo: Amaia Abanzabalegui Aranguren