ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12....

196
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL QUINCE, EN PRIMERA CONVOCATORIA. En LEGANÉS, a DOCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL QUINCE. Presididos por el Alcalde-Presidente, DON SANTIAGO LLORENTE GUTIÉRREZ, se reúnen en Salón de Plenos, los Sres. Concejales: DOÑA MARIA ÁNGELES MICÓ VAQUERIZO, DON PEDRO ATIENZA MARTÍN, DOÑA MARÍA ELENA AYLLÓN LÓPEZ, DON LUIS MARTÍN DE LA SIERRA MARTÍN DE LA SIERRA, DOÑA VIRGINIA JIMÉNEZ CALERO, DON FRANCISCO JOSÉ MUÑOZ MURILLO, DOÑA ROCIO CRUZ JIMÉNEZ, DON ADRIÁN SÁNCHEZ CASTILLO, DOÑA MARÍA DE LAS MERCEDES CONDÉS OBÓN, DON FRANCISCO JAVIER BLANCO FERNÁNDEZ, DOÑA EVA MARTÍNEZ BORREGA, DON CARLOS JOSÉ DELGADO PULIDO, DON RICARDO LÓPEZ SERRANO, DOÑA VIRGINIA BENITO SERRANO, DON ANTONIO RAFAEL ALMAGRO CRUZ, DOÑA MARIA MERCEDES NERIA CASTELLANO, DON CARLOS GUSTAVO ARANZANA CARPINTERO, DON MIGUEL ÁNGEL RECUENCO CHECA, DOÑA BEATRIZ ALONSO ÁLVAREZ, DON ALEJANDRO MARTÍN ILLARREGUI (Se incorpora a las 12:14 h.), DOÑA MARÍA VERONICA MORO SANJUÁN, DON JOSÉ JAVIER DE DIEGO CARMONA, DON ÁNGEL JOSÉ JUÁREZ ORTIZ, DON JORGE JAVIER PÉREZ HERNÁNDEZ, DON JOSÉ MANUEL EGEA CÁCERES, DON ARSENIO RUBÉN BEJARANO FERRERAS, asistidos D. PEDRO BOCOS REDONDO, como Secretario del Pleno, y presente la Interventora DOÑA TERESA PASCUAL GALLEGO, al objeto de celebrar la sesión Ordinaria por el Pleno, en primera convocatoria, para la cual, habían sido previamente convocados con arreglo al Orden del Día.

Transcript of ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12....

Page 1: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL

AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE NOVIEMBRE DE DOS

MIL QUINCE, EN PRIMERA CONVOCATORIA.

En LEGANÉS, a DOCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL QUINCE.

Presididos por el Alcalde-Presidente, DON SANTIAGO LLORENTE

GUTIÉRREZ, se reúnen en Salón de Plenos, los Sres. Concejales: DOÑA

MARIA ÁNGELES MICÓ VAQUERIZO, DON PEDRO ATIENZA

MARTÍN, DOÑA MARÍA ELENA AYLLÓN LÓPEZ, DON LUIS MARTÍN

DE LA SIERRA MARTÍN DE LA SIERRA, DOÑA VIRGINIA JIMÉNEZ

CALERO, DON FRANCISCO JOSÉ MUÑOZ MURILLO, DOÑA ROCIO

CRUZ JIMÉNEZ, DON ADRIÁN SÁNCHEZ CASTILLO, DOÑA MARÍA

DE LAS MERCEDES CONDÉS OBÓN, DON FRANCISCO JAVIER

BLANCO FERNÁNDEZ, DOÑA EVA MARTÍNEZ BORREGA, DON

CARLOS JOSÉ DELGADO PULIDO, DON RICARDO LÓPEZ SERRANO,

DOÑA VIRGINIA BENITO SERRANO, DON ANTONIO RAFAEL

ALMAGRO CRUZ, DOÑA MARIA MERCEDES NERIA CASTELLANO,

DON CARLOS GUSTAVO ARANZANA CARPINTERO, DON MIGUEL

ÁNGEL RECUENCO CHECA, DOÑA BEATRIZ ALONSO ÁLVAREZ,

DON ALEJANDRO MARTÍN ILLARREGUI (Se incorpora a las 12:14 h.),

DOÑA MARÍA VERONICA MORO SANJUÁN, DON JOSÉ JAVIER DE

DIEGO CARMONA, DON ÁNGEL JOSÉ JUÁREZ ORTIZ, DON JORGE

JAVIER PÉREZ HERNÁNDEZ, DON JOSÉ MANUEL EGEA CÁCERES,

DON ARSENIO RUBÉN BEJARANO FERRERAS, asistidos D. PEDRO

BOCOS REDONDO, como Secretario del Pleno, y presente la Interventora

DOÑA TERESA PASCUAL GALLEGO, al objeto de celebrar la sesión

Ordinaria por el Pleno, en primera convocatoria, para la cual, habían sido

previamente convocados con arreglo al Orden del Día.

Page 2: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 2 -

Por el Alcalde-Presidente se declaró abierta la sesión, siendo las doce

horas.

1.- APROBACIÓN DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES

CELEBRADAS LOS DÍAS 15 DE OCTUBRE DE 2015, SESIÓN

ORDINARIA Y 3 DE NOVIEMBRE DE 2015 SESIÓN

EXTRAORDINARIA.

Los Señores reunidos, en votación ordinaria y por unanimidad,

acordaron: Aprobar las actas de las sesiones correspondientes a los días:

� 15 DE OCTUBRE DE 2015, SESIÓN ORDINARIA.

� 3 DE NOVIEMBRE DE 2015, SESIÓN EXTRAORDINARIA

De conformidad con lo acordado en Junta de Portavoces se trata en

primer lugar la parte referida a control de los órganos de gobierno.

II

PARTE DE CONTROL DE LOS DEMÁS ÓRGANOS DE LA

CORPORACIÓN

31.- DAR CUENTA DE DECRETOS DE LA ALCALDÍA-

PRESIDENCIA DE FECHA:

1.- 9 DE OCTUBRE DE 2015, DECRETO DE

MODIFICACIÓN DE DIRECCIONES GENERALES.

2.- 26 DE OCTUBRE DE 2015, DECRETOS DE

DELEGACIÓN DE PRESIDENCIA DE COMISIONES

PLENARIAS.

Page 3: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 3 -

3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE

SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA

INTERVENTORA GENERAL.

Se dio cuenta de los decretos dictados por la Alcaldía; quedando la

Corporación enterada según relación detallada en el punto del orden del día.

32.- LISTADO DE DECRETOS ACORDADOS DESDE EL DIA 9 DE

OCTUBRE DE 2015 HASTA EL 5 DE NOVIEMBRE DE 2015

Se dio cuenta del Listado de decretos acordados desde el día 9 de

octubre de 2015 hasta el 5 de noviembre de 2015, quedando la Corporación

enterada.

Al no estar presente el miembro el grupo popular que iba a defender la

Comparecencia se trató el punto 4º.

34.- INTERPELACIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO

MUNICIPAL POPULAR SOBRE CONSTRUCCIÓN DE

EDIFICIO PARA PERSONAS MAYORES POR PARTE DE

EMSULE EN PARCELA DOTACIONAL EN CAMPO DE

TIRO.

“En la pasada Corporación la Empresa Municipal del Suelo,

(Emsule), inicio a instancias del Partido Popular la tramitación de un edificio

destinado a personas mayores en una parcela dotacional del Campo de Tiro,

dirigido a paliar, tanto las necesidades de este sector de vecinos, como la

Page 4: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 4 -

situación de inviabilidad de los contratos de permuta de vivienda antigua de

este colectivo por vivienda nueva, firmados por el anterior gobierno socialista.

Solicitamos se nos den las explicaciones correspondientes respecto

del estado de este proyecto y sobre lo que el Equipo de Gobierno piensa hacer

a este respecto”

Intervino el Señor Recuenco Checa para justificar la Interpelación.

En este momento se incorpora al Pleno el Sr. Martin Illarregui.

Intervino el Señor Alcalde para contestar a la referida interpelación.

A continuación intervinieron los señores Recuenco Checa y Llorente

Gutiérrez.

Constan dichas manifestaciones en el video que se anexa al acta

33.- COMPARECENCIA A SOLICITUD DEL GRUPO MUNICIPAL

POPULAR AL ALCALDE-PRESIDENTE SOBRE SEGURIDAD

EN EL MUNICIPIO.

“El Grupo Municipal Popular, en virtud de lo tipificado en el art. 105

del ROM, presenta para su sustanciación en el Pleno la solicitud de

comparecencia del Alcalde Presidente para dar cuenta de las actuaciones

llevadas a cabo, presentes y futuras en materia de Seguridad Ciudadana. En

concreto, solicitamos que, entre otras cuestiones, se nos informe de manera

detallada sobre:

Page 5: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 5 -

- Estructura de mandos de la Policía Municipal

- Plan de Seguridad municipal

- Operatividad de las distintas unidades de Policía Municipal”

El Señor Martín Illarregui justificó el motivo de la comparecencia y

pidió excusas por haberse retrasado. Agradeció el que se tratase el punto en

este momento.

A continuación intervinieron los señores Llorente Gutiérrez, Blanco

Fernández y Delgado Pulido.

Tomó de nuevo la palabra el Señor Martín Illarregui y cerró la

interpelación el Sr. Alcalde

Todas las intervenciones se reflejan en el video que se anexa al acta.

35.- INTERPELACIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO

MUNICIPAL UNIÓN POR LEGANÉS-ULEG AL ALCALDE

DE LEGANES SOBRE COMO PIENSA AFRONTAR EL PAGO

DE LAS SENTENCIAS CONDENATORIAS CONTRA EL

AYUNTAMIENTO.

“En virtud de lo recogido en el Reglamento Orgánico Municipal,

concretamente en su artículo 104, Interpelaciones, D. Carlos Delgado Pulido,

portavoz del Grupo Municipal de Unión por Leganés - ULEG, en el

Ayuntamiento de Leganés, presenta a la Secretaría General del Pleno para la

próxima sesión plenaria del día 12 de noviembre la siguiente iniciativa:

Page 6: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 6 -

En los últimos meses hemos asistido a reiteradas y cuantiosas

sentencias judiciales firmes condenatorias contra este ayuntamiento. En estos

momentos en los que al ayuntamiento le cuesta mantener un nivel de ingresos

adecuado sin incrementar la presión fiscal este grupo municipal,

INTERPELA

Al Sr. Alcalde-Presidente para que explique los mecanismos, plazos,

estructuración etc. para el pago de las condenas que el consistorio ha sufrido

por numerosas sentencias judiciales”.

Defendió la interpelación el Sr. Delgado Pulido.

Contestó a la referida interpelación el Sr. Atienza Martín

A continuación intervinieron los señores nuevamente los Señores

Delgado Pulido y Atienza Martín.

Las intervenciones constan en el video que se anexa al acta

36.- INTERPELACIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO

MUNICIPAL UNIÓN POR LEGANÉS-ULEG AL ALCALDE

DE LEGANES SOBRE EL DEFICIENTE MANTENIMIENTO

EN LA CIUDAD COMO: ALUMBRADO, RED DE

SANEAMIENTO, ASFALTADO, SEMÁFOROS, (...), ETC.

“El mantenimiento de la ciudad siempre ha sido un aspecto que ha

causado honda preocupación en los vecinos y de la que nos hemos hecho eco

en ULEG. En los últimos tiempos la ciudad ha sufrido una degradación en el

mantenimiento que ha repercutido no solo en la imagen de la ciudad, sino en

el servicio que se presta al administrado. Los propios gobiernos de

Page 7: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 7 -

"izquierdas" que han gobernado Leganés han sido los responsables de

fomentar la externalización de los servicios de mantenimiento de la ciudad,

algo que sin duda ha causado un aumentado en el gasto de esta partida pero

que a tenor de las múltiples quejas que pleno tras pleno se vienen presentando

no parece que el mantenimiento sea más eficaz. Por todo lo anterior se,

INTERPELA

Al Sr. Alcalde-Presidente para que explique la política, las líneas

maestras, medios materiales y humanos que la Delegación de Sostenibilidad y

de Servicios a la Ciudad tiene para enfrentarse a las competencias asignadas

de mantenimiento y conservación de la ciudad tanto en vía pública, edificios,

zonas verdes y en el apartado de control de las empresas adjudicatarias”.

Defendió la interpelación el Señor Aranzana Carpintero.

Intervino el Señor Alcalde para contestar a la referida interpelación.

Intervinieron nuevamente los Señores Aranzana Carpintero y Llorente

Gutiérrez.

Las intervenciones constan en el video que se anexa al acta

37.- INTERPELACIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO

MUNICIPAL LEGANEMOS SOBRE ACTUACIONES

ENCAMINADAS AL ABONO DE LA PAGA EXTRA QUE SE

DEBE A LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS

MUNICIPALES

“Con fecha 14 de julio de 2012, fue publicado en el BOE el Real

Page 8: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 8 -

Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, el cual dejaba sin paga Extraordinaria de

Diciembre del año 2012 a todos los empleados públicos. Dicha norma entró en

vigor al día siguiente, 15 de julio.

El real decreto ley que eliminó la paga extra tuvo carácter

retroactivo, y por lo tanto es parcialmente ilegal, toda vez que el real decreto

ley se publicó en el BOE el 14 de julio (entró en vigor al día siguiente), cuando

el devengo (el derecho a cobrar la paga) ya se había producido.

La ley que eliminaba la paga entró en vigor 48 días después de que se

hubiera generado esa retribución al personal público: "a partir del 1 de junio

se empieza a acumular dinero para la extra de Navidad". Por ese motivo, los

empleados y empleadas públicos de toda España llenaron los juzgados de

recursos contra la decisión de Hacienda.

En el BOE del pasado 12 de septiembre aparece publicado el último

Real Decreto-ley sobre medidas para estimular la economía, se trata del Real

Decreto-ley 10/2015, de 11 de septiembre, por el que se conceden créditos

extraordinarios y suplementos de crédito en el presupuesto del Estado y se

adoptan otras medidas en materia de empleo público y de estímulo a la

economía. Este RD-Ley regula la recuperación de una nueva parte de la paga

extra dejada de percibir en el sector público en diciembre de 2012 y los días

de permisos por asuntos propios. Y Como elementos más destacados del

artículo 1 del Real Decreto-ley 10/2015 señalaremos que el mismo impone a

las distintas Administraciones Públicas el abono de una retribución

extraordinaria equivalente a 48 días o al 26,23 % de la paga extra dejada de

percibir en el mes de diciembre de 2012.

Dicho abono debe realizarse dentro del ejercicio 2015 y por una sola

vez, si bien en aplicación de lo dispuesto en el apartado 3 del citado artículo 1,

las administraciones autonómica y local deben acordar de forma expresa

dicha devolución, ya que para el caso del personal del sector público estatal se

Page 9: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 9 -

ha incluido un apartado específico que determina expresamente dicha

devolución.

El decreto también recoge la reposición de días adicionales. De esta

forma, los funcionarios públicos tendrán:

• Seis días al año por asuntos particulares.

• Las administraciones podrán establecer hasta dos días adicionales de

permiso por asuntos particulares al cumplir el sexto trienio,

incrementándose, como máximo, en un día adicional por cada trienio

cumplido a partir del octavo.

• Asimismo, cada administración pública podrá establecer hasta un

máximo de cuatro días adicionales de vacaciones en función del tiempo

de servicios prestados por los funcionarios públicos.

Desde que el Gobierno del PP tomó esta nefasta e ilegal decisión,

numerosos dirigentes del PSOE, se han manifestado en contra de la misma y a

favor de su devolución, así se puede ver en la misma página web del PSOE en

la que se han publicado numerosas manifestaciones de miembros destacados

de este partido.

Queremos que el alcalde nos explique porque no se ha hecho ya la

regulación de las nóminas de los funcionarios del Ayuntamiento, así como el

abono de la segunda cuarta parte de la paga extra de 2012 y los retrasos de

las nóminas de los últimos diez meses. Igualmente queremos que nos aclare

como va a contemplar en los presupuestos de 2016 el abono y los plazos para

ello del resto de la paga extra adeudada a los trabajadores y trabajadoras”.

Justificó la interpelación el Señor Muñoz Murillo.

Intervino el Señor Alcalde para contestar a la referida interpelación.

Page 10: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 10 -

Intervinieron nuevamente los Señores Muñoz Murillo y Llorente

Gutiérrez.

Las intervenciones constan en el video que se anexa al acta

8.- RUEGOS Y PREGUNTAS

RUEGOS EN MATERIA ALCALDÍA

Por el Grupo Municipal Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía, se

efectuaron los siguientes RUEGOS:

1.- "Sustitución de rejillas de alcantarilla en la Calle Oviedo"

Ante la queja de algunos vecinos de la zona visitando la mencionada

calle, se detecta a la altura del número 38, rejilla de alcantarilla con

aberturas muy amplias que pueden suponer un riesgo para los

viandantes, y personas con movilidad reducida, ya que se puede encajar

las ruedas de carritos de bebe o sillas de ruedas, así como las muletas y

bastones.

Por lo anteriormente expuesto, el Grupo Municipal Ciudadanos-Partido

de la Ciudadanía, de conformidad con lo dispuesto en el art. 103 del

Reglamento Orgánico Municipal: RUEGA

Revisión de las arquetas instaladas en el municipio y la sustitución de las

que puedan conllevar dicho riesgo.

2.- "Medida disuasorias de velocidad en la Calle Valladolid"

Visitando la mencionada calle, ante la queja de varios vecinos del Barrio

Page 11: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 11 -

Vereda de los Estudiantes, se detecta que no existen medidas disuasorias

de velocidad. Los vecinos nos hacen partícipes de su preocupación ante

la velocidad que alcanzan los vehículos, y ponen en nuestro

conocimiento que se celebran carreras de coches en dicha vía.

Por lo anteriormente expuesto, el Grupo Municipal Ciudadanos-Partido

de la Ciudadanía, de conformidad con lo dispuesto en el art. 103 del

Reglamento Orgánico Municipal: RUEGA

Revisión por parte de los responsables de la idoneidad de instalar

medidas disuasorias de velocidad en la mencionada vía del Municipio.

Por el Grupo Municipal Popular, se efectuaron los siguientes

RUEGOS:

1.- “Los contenedores soterrados de la calle Madrid llevan bastante tiempo

clausurados.

Ruego procedan a ponerlo en funcionamiento a la mayor brevedad

posible”.

2.- "La alcantarilla perimetral del parking en la plaza de Los Poetas se

encuentra en mal estado.

Ruego procedan a su arreglo”

3.- "En la calle Lope de Vega cada vez que llueve se inunda la calzada por

encontrarse las alcantarillas obstruidas.

Rogamos procedan a la limpieza del alcantarillado de ésta calle”

4.- A la altura del número 13 de la C/ Cádiz, en el barrio de Vereda de los

Estudiantes, hay una farola que lleva mucho tiempo fundida.

Page 12: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 12 -

Se ruega que se reponga cuanto antes dado que se genera cierta

inseguridad en la zona.

5.- En la calle María Guerrero a la altura del número 30-33, en Leganés

Norte, se han visto ratas en los últimos meses.

Rogamos tomen las medidas necesarias de sanidad y medio ambiente.

6.- Se instalen barandillas en las rampas ubicadas en las siguientes

direcciones:

Juan Carlos I, 72 posterior (justo detrás de la frutería, clínica dental y

droguería que dan a la avenida Juan Carlos I) da a la Avda Francia 26.

Avda Juan Carlos I 67 posterior (detrás de Telepizza)

Se adjuntan fotos.

7.- En la C/ La Moraña esquina C/ La Sagra el giro para vehículos pesados

se hace casi imposible dificultando en tráfico en numerosas ocasiones y

provocando algunos atascos.

Rogamos se gire visita a la zona y se tomen las medidas oportunas para

solucionarlo.

Por el Grupo Municipal Unión por Leganés-ULEG, se efectuaron los

siguientes RUEGOS:

1.- " Mejora de medidas de seguridad en el pozo de la C/ Aragón"

Frente a la puerta del CEIP Miguel Hernández y Pequeño Príncipe

existe un pozo muy profundo del que desapareció la puerta que lo

mantenía inaccesible a los pequeños que pasan a diario por esa calle. La

única solución que se la ha dado una vez dado aviso al ayuntamiento fue

Page 13: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 13 -

la de rodearlo de alambre. Los padres de los alumnos de esos centros

solicitan una solución más apropiada puesto que ya se ha arrancado

parte de dicha alambrada.

Por lo anteriormente expuesto, el G.M. Unión por Leganés — ULEG

RUEGA

Que se coloquen los elementos de seguridad necesarios para garantizar

que no exista ningún peligro para los pequeños o vecinos de la zona.

2.- "Solicitud de informe de Intervención"

Tras el pleno del pasado 15 de octubre se nos indicó que la Interventora

de este ayuntamiento nos haría llegar el informe en el que según el Señor

Alcalde, se indicaba el "fraccionamiento" de contrato de las casetas

para Policía Local de Leganés Norte y La Fortuna. En el anterior pleno

del día 3 del corriente se volvió a recordar. A día de hoy, trascurrido

casi un mes, seguimos esperando recibir el mencionado informe.

Por todo lo anterior el G.M. Unión por Leganés — ULEG RUEGA

Que se nos facilite el informe sin más dilaciones ni excusas para que no

ocurra igual que con el expediente de Virginia Moreno, Directora de

Informática del Ayuntamiento de Leganés que tras excusas nunca se nos

facilitó.

3.- “Casetas de Policía Local en Leganés Norte y La Fortuna”

Tras consultar el expediente para la construcción de 2 casetas para la

Policía Municipal en los barrios de Leganés Norte y La Fortuna hemos

observado que en el acuerdo de Junta de Gobierno se establecía un

periodo de 1 mes, desde el inicio de la obra, para su finalización. Como

ya viene siendo habitual, al contrario de lo manifestado por el Alcalde,

el Pliego Técnico de este Contrato Menor, firmado por la Concejal y el

Page 14: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 14 -

Arquitecto Técnico de la delegación, Sí establece en su cláusula XV) una

penalización por retrasos en su ejecución y recepción de un 10% sobre

el precio de ejecución. Como figura en el expediente el acta de comienzo

de la obra es de fecha 26 de Noviembre de 2014 y su recepción se

produjo el 30 de junio de 2015. Por otro lado, en el proyecto visado por

el Colegio de Arquitectos de Madrid se contemplaba la construcción de

una pérgola metálica de 14 rn2 sobre 2 pilares con cubierta de chapa,

para el estacionamiento de un vehículo, de la que no existe rastro.

Por todo lo anterior, el G.M. Unión por Leganés — ULEG RUEGA

- Que el Ayuntamiento de Leganés ejecute la Cláusula XV, de

penalizaciones, por el retraso en la recepción de la obra.

- Que obligue a la empresa constructora a la ejecución completa, según

proyecto, e instale las 2 pérgolas que faltan en ambas casetas.

- Que se elabore un informe para depurar responsabilidades, en el caso

de que las hubiera.

4.- “Cubos de basura y recogida de cartones de comercios en calle Madrid”

A nuestro grupo municipal nos llegan quejas vecinales por el estado en

el que se encuentran los cubos de basura de la calle Madrid que están

inservibles.

Asimismo, comerciantes de dicha calle nos trasladan su malestar porque

no se les recoge la basura industrial de la misma forma que antes y les

provoca que tengan que llevar ellos mismos los cartones y demás basura

industrial a bastante distancia por no dejarla amontonada en las puertas

de sus negocios.

Por lo anteriormente expuesto, el G.M. Unión por Leganés — ULEG

RUEGA

Page 15: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 15 -

Que se revise el problema de los cubos de basura de la calle Madrid y se

proceda a mejorar la recogida de basura industrial para ocasionarles

menos trastornos a los comerciantes de dicha calle.

5.- “Bache peligroso en la carretera M-407 a la altura de Leganés”

En la carretera M-407, en la zona de calzada situada sentido Polvoranca

hacia Leganés hay algún que otro bache bastante peligroso.

Por lo anteriormente expuesto, el G.M. Unión por Leganés — ULEG

RUEGA

Que desde el Ayuntamiento de Leganés se dé traslado a la

administración competente para que se arregle este tramo lo antes

posible por motivos de seguridad.

6.- "Barandillas de acceso al Campo Municipal de Butarque"

Vecinos de Leganés nos han hecho llegar la necesidad de instalar

barandillas para personas con movilidad reducida en los accesos que

van al Campo Municipal de Butarque.

Por lo anteriormente expuesto, el G.M. Unión por Leganés — ULEG

RUEGA

Que por motivos de mejora de accesibilidad y adaptación de las

infraestructuras municipales a personas con movilidad reducida se

instalen estas barandillas lo antes posible.

7.- "Parque infantil deteriorado entre las calles San Pablo y Santo Ángel"

Dado que no se ha resuelto la incidencia denunciada volvemos a reiterar

este ruego del mes de septiembre.

El parque infantil situado entre las calles San Pablo y Santo Ángel

presenta algunos problemas de mantenimiento. A destacar, el suelo está

Page 16: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 16 -

agrietado y levantado y puede afectar a la estructura de los columpios

que usan los niños para jugar.

Por lo anteriormente expuesto, el G.M. Unión por Leganés — ULEG

RUEGA

Que por motivos de seguridad se proceda al arreglo y

acondicionamiento de este parque lo antes posible.

8.- “Semáforos adaptados a personas sordas”

La Asociación de Personas Sordas de Leganés nos traslada la

deficiencia que tiene nuestro municipio respecto a otros en relación a la

adaptación de los semáforos del municipio a personas sordas.

Por lo anteriormente expuesto, el G.M. Unión por Leganés — ULEG

RUEGA

Que por motivos de seguridad se proceda a estudiar la adaptación

paulatina de los semáforos de nuestro municipio para personas sordas.

9.- “Setos mal cuidados encalle Mallorca”

Vecinos de la calle Mallorca, en el barrio de San Nicasio, nos trasladan

sus quejas ante la falta de mantenimiento y cuidado que presentan los

setos situados en esta calle, frente a la gasolinera de la avenida de

Mendicuchía Carriche.

Por lo anteriormente expuesto, el G.M. Unión por Leganés — ULEG

RUEGA

Que se proceda a adecentar y a hacer un mantenimiento adecuado a

estos setos lo antes posible.

10.- "Fuentes ornamentales sin funcionar en calle Rioja, núm. 102 al 140"

Page 17: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 17 -

A nuestro grupo municipal nos llegan las quejas de vecinos del barrio de

Zarzaquemada en la que nos indican que las fuentes ornamentales

situadas entre los números 102 al 140 de la calle Rioja llevan meses y

meses sin funcionar.

Por lo anteriormente expuesto, el G.M. Unión por Leganés — ULEG

RUEGA

Que se procedan a poner en marcha lo antes posible estas fuentes.

11.- “Parque sin mantenimiento frente a la calle Polonia nº 6”

Frente al nº 6 de la calle Polonia existe un parque/plaza que es zona de

paso para los usuarios de Cercanías de Zarzaquemada y que se

encuentra en un completo estado de abandono y falta de mantenimiento.

Adjuntamos fotos.

Por lo anteriormente expuesto, el G.M. Unión por Leganés — ULEG

RUEGA

Que por parte del Ayuntamiento y de la delegación correspondiente se

proceda a adecentar esta zona lo antes posible.

Por el Grupo Municipal LEGANEMOS, se efectuaron lo siguientes

RUEGOS:

1.- "Evitar el uso de plaguicidas en espacios públicos."

El uso de herbicidas, la fumigación de parques y jardines, centros

escolares, centros sanitarios y otros espacios públicos cerrados que

supusiese la exposición innecesaria de la población a contaminantes

hormonales. Optando por métodos no tóxicos en la lucha contra las

plagas y de control de malas hierbas.

Page 18: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 18 -

Por todo ello, el Grupo Municipal LEGANEMOS, de conformidad con lo

dispuesto en el artículo 103 del Reglamento Orgánico Municipal:

RUEGA

Eliminar la utilización de pesticidas en instalaciones municipales o en

espacios públicos a cargo de los ayuntamientos, tales como parques y

jardines, promoviendo prácticas sin riesgos en el control de plagas.

2.- "Aprobación partida extraordinaria de ayuda al Pueblo Saharaui"

Nuestro municipio tiene una larga trayectoria de solidaridad con el

Pueblo Saharaui, incluyendo un hermanamiento con la ciudad de La

Güera desde el año 2001.

Las lluvias torrenciales caídas en octubre en los campos de refugiados

del Sáhara Occidental han afectado a más de 90.000 personas, 25.000

de las cuales han perdido sus hogares y se han quedado sin alimentos,

según denuncia la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados

(ACNUR).

El Ministerio de Salud Pública Saharaui advirtió este domingo sobre los

riesgos sanitarios y enfermedades derivadas de las inundaciones que

afectaron a los campamentos de refugiados saharauis durante las

últimas dos semanas.

Por todo ello, el Grupo Municipal LEGANEMOS, de conformidad con lo

dispuesto en el artículo 103 del Reglamento Orgánico Municipal:

RUEGA

Que se habilite una partida de emergencia, tramitando la intervención

con carácter de urgencia Que se reúna la mesa de hermanamiento a la

mayor brevedad para abordar la situación, necesidades y posibles

actuaciones.

Page 19: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 19 -

3.- "Aumentar número de contenedores para reciclaje de pilas"

Las pilas son uno de los residuos domésticos más peligroso por su

contenido en mercurio y cadmio. El problema se presenta cuando las

pilas se han agotado. Existen en el mercado una variedad de pilas que se

utilizan para distintos casos, entre las que se pueden distinguir tres

grupos: zinc-carbón, alcalinas y botón.

Es necesario realizar una recogida selectiva de las pilas que se gastan,

depositándolas en el contenedor específico, que se puede encontrar en el

propio comercio donde se compran, para su recogida y tratamiento

posterior. También se pueden depositar en los contenedores específicos

para éstas que se encuentran situados en las calles de las ciudades.

Los vecinos y vecinas de Leganés nos demandan que estos contenedores

situados en las calles son escasos al igual que no en todas las

dependencias municipales existen contenedores para su recogida.

Por todo ello, el Grupo Municipal LEGANEMOS, de conformidad con lo

dispuesto en el artículo 103 del Reglamento Orgánico Municipal

RUEGA:

Facilitar a los vecinos y vecinas de Leganés el acceso a la red de

recogida selectiva de pilas incrementando el número de contenedores

tanto en la vía pública como en los recintos municipales.

4.- “Instalación y conservación de fuentes públicas en Leganés”

Según la OMS, el agua es esencial para la vida y todas las personas

deben disponer de un suministro satisfactorio (suficiente, inocuo y

accesible). La mejora del acceso al agua potable puede proporcionar

beneficios tangibles para la salud. Debe realizarse el máximo esfuerzo

por parte de los organismos municipales para que este servicio público

Page 20: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 20 -

sea cubierto.

A menudo, y especialmente en la temporada estival, se hace presente la

necesidad de hidratación y la posibilidad de refrescarse en los espacios

públicos y zonas verdes por cuestiones básicas de salud y comodidad,

especialmente en los sectores de población más sensibles a esta

necesidad como son los niños, las embarazadas, deportistas y la tercera

edad como las autoridades sanitarias recomiendan. Esos sectores de

población, son además los grandes usuarios de los parques y jardines.

Actualmente, la red de fuentes de agua potable presentes en los espacios

públicos de nuestra ciudad no presenta el estado óptimo de conservación

ni mantenimiento, ni señalización, lo que indudablemente influye en el

uso que pueden hacer de este servicio los ciudadanos y ciudadanas.

Sería deseable extremar el control sanitario y en algunos casos la

regeneración del entorno donde están situadas, para garantizar el buen

funcionamiento de este servicio público esencial en nuestra ciudad.

Por todo ello, el Grupo Municipal LEGANEMOS, de conformidad con lo

dispuesto en el artículo 103 del Reglamento Orgánico Municipal.

RUEGA:

Desarrollar un catálogo municipal de todas las fuentes públicas de agua

potable disponibles en Leganés, caso de que este no exista o se encuentre

obsoleto y se publique para conocimiento de los ciudadanos y

ciudadanas de Leganés.

Recuperar todas las fuentes de agua potable disponibles como

patrimonio y servicio público de interés colectivo integrando aquellas

que no lo estén en las tareas de mantenimiento urbano e, instalación de

nuevas fuentes en aquellos lugares donde no se localiza ninguna.

Proporcionar el correcto mantenimiento y limpieza de todas las fuentes

Page 21: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 21 -

5

de agua potable instaladas, especialmente en los meses de mayor

temperatura para facilitar su uso por los ciudadanos y ciudadanas.

Realizar las inspecciones y los análisis necesarios para garantizar que

toda la red de surtidores y fuentes públicas de Leganés cumplen con la

normativa vigente en términos de salubridad y potabilidad del agua que

suministran.

5.- “Instalación de urinarios públicos en las plazas de Leganés”

Los mayores de Leganés exigen que se instalen urinarios públicos en

distintas localizaciones del municipio debidamente señalizados, de

acceso libre y gratuito. Es una demanda que decide al envejecimiento de

nuestra población cada día aumenta más y que provoca que algunos de

nuestros vecinos y vecinas incluso dejen de salir a caminar debido a que

no existe ningún lugar en el que poder orinar si lo necesitan. De esta

manera se aumentarían los servicios para los ciudadanos y se evitaría la

degradante imagen de determinadas zonas donde se reproducen

conductas incívicas y, con ellas, malos olores.

Por todo ello, el Grupo Municipal LEGANEMOS, de conformidad con lo

dispuesto en el artículo 103 del Reglamento Orgánico Municipal:

RUEGA

Instalación de urinarios públicos en distintas plazas de Leganés para

satisfacer la demanda de nuestros mayores y resto de vecinos y vecinas

que puedan hacer uso de las instalaciones.

6.- “Instalación de reductores de velocidad en la calle Rey Pastor, Polígono

Industrial Mª Señora de Butarque”

La calle Rey Pastor, en el Polígono Industrial Mª Señora de Butarque,

carece de medidas reductoras de la velocidad del tráfico rodado, en la

Page 22: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 22 -

zona comprendida entre la salida a la carretera de Leganés a Getafe y el

semáforo instalado recientemente a la altura del n° 11 de la calle.

Esta situación provoca situaciones evidentes de peligro para la

seguridad vial y afecta de forma negativa a la movilidad producida por

la actividad de los trabajadores y trabajadoras de las empresas de la

zona, siendo especialmente significativa en los casos de VALORIZA

(contrata de limpieza viaria y RSU del Ayuntamiento), MAHOU y

Comafe-FerrCash-FerrOkey.

Por todo ello, el Grupo Municipal LEGANEMOS, de conformidad con lo

dispuesto en el artículo 103 del Reglamento Orgánico Municipal:

RUEGA

La instalación de reductores de velocidad, como mínimo cuatro, en los

puntos situados a la altura de los números 2, 4 y 8-10 de la calle Rey

Pastor.

RUEGOS EN MATERIA PARTICIPACIÓN CIUDADANA,

MAYORES, SALUD Y CONSUMO Y JMD LA FORTUNA

Por el Grupo Municipal Popular, se efectuaron los siguientes

RUEGOS:

1.- En base a las acreditaciones de calidad obtenidas en los últimos años

desde el laboratorio municipal.

De conformidad con el artículo 103 del Reglamento Orgánico Municipal

el Grupo Municipal Popular presenta al pleno los siguientes ruegos:

Rogamos al equipo de gobierno que mantenga la auditoría de calidad en

Page 23: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 23 -

el laboratorio municipal.

Rogamos al equipo de gobierno que tome las medidas necesarias para

garantizar las certificaciones de todas las técnicas actuales

Rogamos al equipo de gobierno que garantice el mantenimiento del

equipamiento actual del laboratorio en tiempo y forma.

2.- Ante toda la complejidad derivada de la valoración de dependencia, así

como del resto de atención individual que se desarrolla en los centros de

atención primaria de asuntos sociales,

De conformidad con el artículo 103 del Reglamento Orgánico Municipal

el Grupo Municipal Popular presenta al pleno el siguiente ruego:

Rogamos al equipo de gobierno que tome las medidas necesarias para

atender a los ciudadanos en tiempo y forma adecuados y con la correcta

planificación de todos los programas de prevención.

Por el Grupo Municipal LEGANEMOS, se efectuaron lo siguientes

RUEGOS:

1.- “Cumplimiento convenio CAID y contratación del personal que éste

marca”

Nuestro municipio cuenta con un Centro de Atención Integral a la

Drogodependencia desde 1995, con un convenio suscrito con la

Comunidad de Madrid. En dicho convenio de colaboración, cada vez que

se renueva, se explicita la plantilla que debe prestar este servicio en un

anexo.

El propio convenio establece la relación laboral de dicha plantilla, la

obligatoriedad de las sustituciones por bajas u otros motivos, así como

Page 24: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 24 -

que este personal estará destinado en exclusividad a las acciones fijadas

en el Programa de Atención en Drogodependencias.

Se establecen cantidades finalistas para el personal que debe prestar

dichos servicios, a abonar por parte de la Comunidad de Madrid a

nuestro Ayuntamiento. Sin embargo, se da la circunstancia de que

numerosos años no se cubre la contratación, de manera que dejan de

recibirse las cantidades correspondientes de la Comunidad de Madrid

(este año 80.000€), perdiendo calidad y capacidad dicho servicio,

perjudicando a la población usuaria y conllevando una sobrecarga de

trabajo para el personal realmente existente, algo ya de por sí

perjudicial y gravoso para el interés general, pero más aún cuando se da

la circunstancia de que cumplir con la plantilla programada no

supondría coste a las arcas municipales.

Por todo ello, el Grupo Municipal LEGANEMOS, de conformidad con lo

dispuesto en el artículo 103 del Reglamento Orgánico Municipal:

RUEGA

Que se proceda a contratar al personal estipulado para dicho servicio a

la mayor brevedad, de manera que el año 2016 no se repita esta

situación, así como el cumplimiento del convenio en cuanto a que dicho

personal está destinado en exclusividad a las funciones que determina el

convenio suscrito. Así mismo, que nuestro Ayuntamiento se implique

activamente en la mejora de dicho servicio y su permanencia.

2.- “Elaboración de una mapa sociológico para detectar las necesidades de

salud en Leganés”

El municipio de Leganés en los últimos 20 años ha modificado de forma

evidente su mapa de población. El grado de envejecimiento ha pasado de

un 7,90% en 1996 a un 18,81% en 2014. El grado de dependencia de un

0,30% a un 0,51% en los mismos años.

Page 25: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 25 -

Esto nos hace suponer que las necesidades, sobretodo sanitarias, han de

adaptarse a las necesidades de una población con un índice elevado de

envejecimiento respecto a la Comunidad de Madrid, por ejemplo que es

de un 16.32%. Para poder dar soporte y cobertura a dicha población

necesitamos elaborar un mapa que detecte esas necesidades y que sean

cubiertas de manera eficiente por todos los organismos incluido el

municipal.

Pero nuestro municipio tiene además deber de conocer cuales son las

necesidades de otros sectores de riesgo como mujeres, menores de edad,

embarazadas, familias monoparentales, migrantes, personas en riesgo de

exclusión social, personas con enfermedades raras, personas LGTBIQ,

víctimas de maltrato y otros colectivos discriminados.

Por todo ello, el Grupo Municipal LEGANEMOS, de conformidad con lo

dispuesto en el artículo 103 del Reglamento Orgánico Municipal:

RUEGA

Elaborar un mapa sociológico para detectar las necesidades de salud,

principalmente de los sectores de mayor riesgo en nuestro municipio

para poder adoptar las medidas necesarias para paliar dichas

deficiencias.

RUEGOS EN MATERIA EDUCACIÓN Y SERVICIOS SOCIALES

Por el Grupo Municipal Unión por Leganés-ULEG, se efectuó el

siguiente RUEGO:

1.- “Solicitud de información de la Teleasistencia”

La Teleasistencia es un servicio que cada vez demandan más las

Page 26: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 26 -

personas de más de 65 años.

Por todo lo anterior el G.M. Unión por Leganés — ULEG RUEGA

Nos faciliten los datos del número de usuarios y equipos del servicio de

teleasistencia en nuestro municipio asignado este por los Servicios

Sociales municipales y por la propia Comunidad de Madrid a través de

la Ley de la Dependencia. Asimismo, el tipo de financiación de este

servicio de los aparatos correspondientes al ayuntamiento.

Se formuló un ruego oral por el Señor Aranzana Carpintero sobre el

informe que se aportado por la Intervención Municipal sobre contratos

menores. Pidió el número de expediente.

La Señora Interventora manifestó que el informe se refería a varios

expedientes indicando que se les facilitaría la información.

La contestación de los Ruegos constan en el video que se anexa al

acta.

PREGUNTAS EN MATERIA ALCALDÍA

De conformidad con el artículo 103 del Reglamento Orgánico

Municipal el Grupo Municipal Popular presenta al pleno la siguiente

PREGUNTA:

1.- En la calle María Guerrero a la altura del número 30-33, en Leganés

Norte, se han visto ratas en los últimos meses.

Page 27: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 27 -

¿Desde cuándo no se hace limpieza en el alcantarillado de la zona?

De conformidad con el artículo 103.2 del Reglamento Orgánico

Municipal, El Grupo Municipal Unión por Leganés-ULEG presenta las

siguientes PREGUNTAS para que sean respondidas de forma oral:

1.- Después de reiterados escritos presentados por el empleado D. Juan

Gómez Labrado ¿no se podría buscar una solución por parte del

Ayuntamiento de Leganés para no judicializar el tema?

2.- Alguno de los coches de la flota de la Policía Local no están en muy

buen estado y los más nuevos no cuentan con mampara para detenidos.

Por lo anteriormente expuesto, el G.M. Unión por Leganés — ULEG

realiza las siguientes PREGUNTAS:

¿Tienen previsto ampliar la flota de vehículos?

Si es así ¿cuándo tienen previsto su llegada? ¿Contarán con los sistemas

de seguridad necesarios?

3.- En el debate del punto 11º del pasado pleno celebrado el 15 de octubre

el Sr. Llorente afirmó que: "la Intervención había detectado el

fraccionamiento de contrato..." del expediente para la construcción de

las casetas para Policía en los barrios de Leganés Norte y La Fortuna.

La Interventora no recordaba exactamente ese documento pero se

comprometió a facilitar el mismo.

Por todo lo anteriormente expuesto, el Grupo Municipal Unión por

Leganés -ULEG realiza las siguiente PREGUNTA:

¿Cuándo se nos va a facilitar el documento de Intervención

anteriormente referido?

Page 28: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 28 -

Por el Grupo Municipal LEGANEMOS se presenta la siguiente

PREGUNTA:

1.- “Medidas en el túnel del Paseo Colón"

Dicho ruego, que pedía que se tomen las medidas necesarias incluyendo

cambio de medidas, señalización o incluso cambio de itinerarios, fue

asumido por el equipo de gobierno.

Habiendo transcurrido dos meses el Grupo Municipal LEGANEMOS, de

conformidad con lo establecido en el artículo 103 del Reglamento

Orgánico Municipal, formula las siguientes preguntas para que sean

respondidas de forma oral:

¿Qué avances se han hecho en esta materia?

¿Cuándo van a implementarse medidas inmediatas como la

señalización?

¿Qué otras medidas se han considerado?

¿Se ha contemplado el cambio de itinerarios con la empresa?

PREGUNTAS EN MATERIA PARTICIPACIÓN CIUDADANA,

MAYORES Y CONSUMO Y JMD LA FORTUNA

De conformidad con el artículo 103.2 del Reglamento Orgánico

Municipal, El Grupo Municipal Unión por Leganés-ULEG presenta la

siguiente PREGUNTA para que sea respondida de forma oral:

1.- Para este curso, se han producido cambios en los grupos de rondallas de

los centros de mayores del Ayuntamiento de Leganés. ¿Cuál ha sido el

Page 29: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 29 -

criterio para otorgar las plazas al acceso a estos grupos? ¿Cómo está la

situación a día de hoy de los grupos de rondallas de los centros de

mayores de Leganés? ¿Hay instrumentistas suficientes? ¿Nos pueden

detallar cuántas personas forman cada rondalla?¿Le van a dar alguna

solución a las personas que antes estaban dentro de los grupos de

rondallas y que ahora se han quedado fuera, sin plaza, y que han

mostrado su deseo de seguir participando en estos grupos?

PREGUNTAS EN MATERIA HACIENDA, PATRIMONIO,

CONTRATACIÓN Y JMD ZARZAQUEMADA

De conformidad con el artículo 103.2 del Reglamento Orgánico

Municipal, El Grupo Municipal Unión por Leganés-ULEG presenta las

siguientes PREGUNTAS para que sean respondidas de forma oral:

1.- Desafortunadamente el Sr. Alcalde cada vez que rebate un dato lo hace

con grandes inexactitudes, queremos creer que siempre de forma

involuntaria. Por eso, en el último pleno del 3 de noviembre afirmó que:

"el Ayuntamiento de Leganés recibe de UNESPA mucho menos de

525.000 €, concretamente no llega a la décima parte". En el pleno de

hoy se han incluido en el orden del día las modificaciones

presupuestarias nº. 14/2015 y nº. 15/2015.

Por todo lo anteriormente expuesto, este grupo municipal presenta las

siguientes PREGUNTAS

¿Podría el Concejal Delegado de Hacienda indicarnos de donde viene el

crédito para la modificación de Créditos nº.13/2015, aprobada por Junta

de Gobierno el 23 de octubre, 10 días antes del anterior pleno, en la que

se consignan 556.327,06 € para Maquinaria, Vehículos y Edificios para

el SERVICIO DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS de Leganés?

Page 30: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 30 -

¿A qué ejercicio corresponden estos nuevos ingresos, según el punto 3

del INFORME de Intervención para la modificación presupuestaria

n9.13/2015?

2.- Según el presupuesto de 2014 que el Ayuntamiento de Getafe publica en

su web, el importe que este abona a la Comunidad de Madrid por el

servicio de Extinción de Incendios con 68 bomberos en el parque de esa

localidad, es de

Aplicación Presupuestaria

GP SP SUBC Denominación Importe

135 01 225.01Tributos de las Comunidades Autónomas.

Servicio de Extinción de Incendios 3.598.350,00 €

Por todo lo anteriormente expuesto, el Grupo Municipal Unión por

Leganés -ULEG realiza las siguiente PREGUNTA:

¿Cuáles son los "gastos comprometidos" totales del Servicio de

Extinción de Incendios de LEGANÉS, con casi 85 bomberos según la

liquidación del presupuesto 2014, partidas 15 1350_____?

Por el Grupo Municipal LEGANEMOS se presentan las siguientes

PREGUNTAS:

1.- “Liquidación de ingreso patrimonial por ocupación de dominio público”

El pasado 24 de agosto de 2015, el concejal-delegado de Hacienda

emitió decreto de liquidación de ingreso patrimonial por ocupación de

zona de dominio público en la C/ Maestro n° 12 sobre el sujeto pasivo

MOTORAUTO LEGANÉS S.A. correspondiente a los ejercicios 2012,

2013, 2014 y 2015.

Page 31: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 31 -

Esta ocupación del dominio público municipal es considerada como de

carácter irregular en los informes técnicos redactados sobre la cuestión.

A pesar de acordarse en sesión plenaria en 1996 el inicio de expediente

de desahucio a MOTORAUTO S.A., el desahucio no se efectuó, y el

Consistorio continuó girando canon por ocupación de zona de dominio

público hasta 2007. Sin embargo, a partir de 2008 no se giraron más

cánones desconociéndose los motivos al respecto.

El Grupo Municipal LEGANEMOS, de conformidad con lo establecido

en el artículo 103 del Reglamento Orgánico Municipal, formula la

siguiente pregunta para que sea respondida de forma oral:

¿Por qué no se giraron cánones en los ejercicios 2008, 2009, 2010 y

2011? ¿Ha perdido el Ayuntamiento de Leganés ingresos patrimoniales?

¿Por qué se han emitido decretos de liquidación de ingreso patrimonial

solo para los ejercicios 2012, 2013, 2014 y 2015? ¿Admite el suelo

ocupado los usos a los que se está destinando el terreno? ¿Va a

regularizar el Ayuntamiento esta situación? ¿En que términos

concretos?

2.- "Incorporación del Ayuntamiento de Leganés al Procedimiento de

Regularización Catastral 2013-2016 del Ministerio de Hacienda"

El Grupo Municipal LEGANEMOS, de conformidad con lo establecido

en el artículo 103 del Reglamento Orgánico Municipal, formula la

siguiente pregunta para que sea respondida de forma oral:

¿Se encuentra el Ayuntamiento de Leganés incorporado al

Procedimiento de Regularización Catastral 2013-2016 del Ministerio de

Hacienda? En caso afirmativo, ¿Qué resultados concretos ha ofrecido la

aplicación del procedimiento? En caso negativo, ¿Por qué no se ha

formalizado dicha incorporación? ¿Cuándo va a incorporarse el

Ayuntamiento a dicho proceso?.

Page 32: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 32 -

PREGUNTAS EN MATERIA CULTURA, FESTEJOS Y JMD SAN

NICASIO

El Grupo Municipal Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía presenta,

conforme al Art. 103 del Reglamento orgánico Municipal, formula la siguiente

PREGUNTA para su respuesta oral:

1.- Sobre la "Macrofiesta" programada para el día 1 de Enero de 2016.

¿Qué empresa de seguridad cubre el evento?

¿Con cuantos efectivos contará?, medios humanos y técnicos.

¿Han presentado el proyecto de seguridad a éste consistorio?. Nos lo

pueden facilitar a los grupos municipales?

Por el Grupo Municipal POPULAR se presenta la siguiente

PREGUNTA:

1.- "En diversos medios de comunicación se recoge la noticia de que el

Ayuntamiento aportará entre 12.000 y 18.000 euros para que el montaje

de la ópera Carmen pueda desembarcar en Leganés.

¿Cuál es la cantidad de dinero que se va a destinar al evento?

¿En qué concepto?

¿Cuál es la empresa beneficiaria de la aportación?

De conformidad con el artículo 103.2 del Reglamento Orgánico

Municipal, El Grupo Municipal Unión por Leganés-ULEG presenta las

siguientes PREGUNTAS para que sean respondidas de forma oral:

Page 33: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 33 -

1.- ¿Cuántas plazas se ofrecen actualmente para este curso en los talleres

de solfeo de los centros de mayores del Ayuntamiento de Leganés?

¿Cuántos grupos hay? ¿Están cubiertas todas las plazas o sobra alguna?

PREGUNTAS EN MATERIA EDUCACIÓN Y SERVICIOS

SOCIALES

El Grupo Municipal Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía presenta,

conforme al Art. 103 del Reglamento orgánico Municipal, formula la siguiente

PREGUNTA para su respuesta oral:

1.- En el pleno del 15 de octubre se aprobó la creación del Plan Municipal

de Inclusión y Accesibilidad para la Discapacidad (PMIAD), nos

gustaría saber para cuando tienen previsto iniciarlo y si han fijado

presupuesto para él mismo.

De conformidad con el artículo 103.2 del Reglamento Orgánico

Municipal, El Grupo Municipal Unión por Leganés-ULEG presenta las

siguientes PREGUNTAS para que sean respondidas de forma oral:

1.- ¿Qué han hecho para dar cumplimiento a la moción aprobada por

unanimidad que presentamos desde el Grupo Municipal de Unión por

Leganés en el mes septiembre de 2015 para que exista un intérprete del

lenguaje de signos con carácter permanente en el Ayuntamiento de

Leganés?

La contestación a las preguntas constan en el video que se anexa al

acta.

Page 34: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 34 -

El Señor Alcalde propone que se traten algunos puntos antes del

receso.

8.- CREACIÓN Y MODIFICACIÓN DE LOS CONSEJOS

SECTORIALES.

Intervino la Señora Martínez Borrega para pedir la votación de los

apartados del punto por separado.

De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el

dictamen de la Comisión Plenaria de Régimen Jurídico y Hacienda, se sometió

a votación puntos por punto el acuerdo que se llevaba a aprobar, siendo el

resultado el siguiente:

PUNTO PRIMERO.

Los Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad,

acordaron: Incluir el Foro de la Discapacidad como un Consejo Sectorial

denominándose CONSEJO SECTORIAL DE DISCAPACIDAD, siendo su

composición, respecto de los grupos políticos, la misma que la aprobada en

sesión ordinaria del Pleno del Ayuntamiento de Leganés el 10 de septiembre de

2015 para el resto de los Consejos Sectoriales.

PUNTO SEGUNDO.

Los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con los

votos a favor de los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal Socialista, los

seis Sres. Concejales del Grupo Municipal Unión por Leganés-ULEG, los seis

Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular, los dos Sres. Concejales del

Grupo Municipal Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía y el Sr. Concejal del

Page 35: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 35 -

Grupo Municipal de Izquierda Unida Comunidad de Madrid-Los Verdes; y las

abstenciones de los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal Leganemos,

acordaron: Cambiar la denominación del Consejo Sectorial del Movimiento

Ciudadano por CONSEJO SECTORIAL DE PARTICIPACIÓN

CIUDADANA-ASOCIACIONES DE VECINOS (AA VV).

PUNTO TERCERO.

Los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con los

votos a favor de los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal Socialista, los

seis Sres. Concejales del Grupo Municipal Unión por Leganés-ULEG, los seis

Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular, los dos Sres. Concejales del

Grupo Municipal Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía y el Sr. Concejal del

Grupo Municipal de Izquierda Unida Comunidad de Madrid-Los Verdes; y las

abstenciones de los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal Leganemos,

acordaron: Cambiar la denominación del Consejo Sectorial de Educación por

CONSEJO MUNICIPAL DE EDUCACIÓN.

PUNTO CUARTO:

Los Señores reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con los

votos a favor de los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal Socialista, , los

seis Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular, los dos Sres. Concejales

del Grupo Municipal Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía y el Sr. Concejal

del Grupo Municipal de Izquierda Unida Comunidad de Madrid-Los Verdes;

las abstenciones de los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal Unión por

Leganés-ULEG y los votos en contra de los seis Sres. Concejales del Grupo

Municipal Leganemos, acordaron: Eliminar el Consejo Sectorial de Empleo.

Page 36: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 36 -

9.- INSCRIPCIÓN Y VARIACIONES DE ASOCIACIONES EN EL

REGISTRO MUNICIPAL DE ENTIDADES CIUDADANAS.

De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el

dictamen de la Comisión Plenaria de Asuntos Sociales y Participación

Ciudadana, los señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad,

acordaron:

PRIMERO: Proceder a la INSCRIPCIÓN en el Registro Municipal de

Asociaciones, creado a efectos del Reglamento de Participación

Ciudadana del Municipio de Leganés, a las siguientes:

ASOCIACIÓN CULTURAL LA CAJA DE CARTÓN

C.I.F. G87390324

Dña. Ingueri Lépore

Avda. Derechos Humanos, nº 17-3º A

28914,- Leganés (Madrid)

ASOCIACIÓN SOCIOCULTURAL AL

ALBORDAJEJEJE

C.I.F. G87391223

D. F. Guillermo Cano Martínez

Avda de Alemania. Nº 39 Local Bajo 2

28916,- Leganés (Madrid)

CLUB DEPORTIVO ELEMENTAL ZONA DE META

C.I.F. G87381307

D. Jaime Martínez Juez

C/ Priorato, nº 47-4º D

28916,- Leganés (Madrid)

Page 37: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 37 -

SEGUNDO: Proceder al CAMBIO DE JUNTA DIRECTIVA en el Registro

Municipal de Asociaciones de la siguiente asociación. Según

documentación que aporta esta:

CASA DE ANDALUCÍA EN LEGANES

C.I.F. G78020468

D. Antonio Manuel Ramírez Balsera

C/ Adolfo Marsillach, nº 7 (Parque de la Chopera)

28914, Leganés (Madrid)

ASOCIACIÓN SALUD Y ALTERNATIVA DE VIDA

C.I.F. G79399663

Dña. Olga Real Najarro

C/ Isabel la Católica s/n

28911, Leganés (Madrid)

TERCERO: Proceder a la modificación de los estatutos adaptados de

conformidad con la L.O. 1/2002 de 22 de marzo. Modificados

en el año 2005.

AMPA COLEGIO PUBLICO GINER DE LOS RÍOS

C.I.F. G79391637

Dña. Virginia Corro Pastor

C/ Elvas, s/n

28917, Leganés (Madrid)

CUARTO: Proceder a la declaración de UTILIDAD PÚBLICA a las

Asociaciones que anteriormente se han señalado”

Page 38: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 38 -

10.- DECLARACIÓN INSTITUCIONAL DE LA RED DE

INFANCIA Y ADOLESCENCIA.

Este año celebramos el XXVI aniversario de la Convención de los

Derechos del Niño y la Niña aprobada por la Asamblea General de las

Naciones Unidas. Es ésta la proclamación más completa de los derechos de la

infancia que se haya elaborado en la Historia, y es la primera en conceder a

estos derechos relevancia en materia de derecho internacional. Uno de sus

puntos fuertes es que su fundamento moral se basa en las necesidades

universales reconocidas para todos los niños, cuya satisfacción es necesario

garantizar independientemente de las diferencias individuales y culturales que

puedan existir.

El camino recorrido durante este tiempo nos ha llevado a ir

transformando el modo en que se considera y se trata a la infancia en todo el

mundo: la infancia ha pasado de ser meramente sujeto de protección a ser

también sujeto de pleno derecho. En el tempo actual es común el

reconocimiento de la infancia y la adolescencia como grupo social con derecho

a desempeñar un papel activo y protagonista en todos los ámbitos relacionados

con su vida. Hemos comprendido que si niños y niñas ejercen sus derechos

desde la responsabilidad, no sólo se benefician ellos mismos sino que están

contribuyendo al desarrollo y bienestar de su comunidad.

El ámbito local es el espacio por excelencia donde se manifiestan los

conflictos sociales y, por tanto, donde se esperan y exigen las soluciones. Esto

nos permite también ser un marco privilegiado para la promoción y la defensa

de los derechos de la infancia por ser el gobierno y la administración más

cercana a la ciudadanía, y porque podemos ofrecer medidas realistas,

integradas, coordinadas y cercanas. Por ello los gobiernos locales hemos de ser

especialmente sensibles y seguir trabajando para garantizar la promoción y

Page 39: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 39 -

protección de todos los derechos de los niños y niñas y asumir como una de

nuestras responsabilidades garantizar el bienestar infantil y el desarrollo de su

potencial. Sin duda éste sería el mejor indicador de una buena gobernabilidad

pues no hay mejor medida para ayudar a la infancia que los presupuestos y las

políticas públicas.

Nuestras actuaciones de gobierno hacia la infancia han de partir de un

análisis y un conocimiento de la realidad de cada municipio. Y un canal

excepcional para llegar a ese conocimiento de cada una de nuestras realidades

es la voz de los niños: la participación infantil.

Incorporar los intereses y opiniones de la infancia en asuntos

municipales y crear oportunidades reales y eficaces para que los menores

tengan influencia en su mundo, en su municipio debe ser nuestra hoja de ruta.

Porque una democracia inclusiva se basa en el establecimiento de las

relaciones entre grupos e individuos en condiciones de igualdad.

En términos económicos y sociales, las políticas y las inversiones más

productivas son aquellas que empoderan a las personas para aprovechar al

máximo sus capacidades, sus recursos y sus oportunidades. Es decir, no

podremos lograr un desarrollo social y económico sostenible sin la plena

participación de todas las personas que forman nuestra comunidad, incluidos

los niños.

Cada nueva generación es una oportunidad para toda la humanidad. Si

garantizamos el desarrollo integral de los menores, si les protegemos de todo

tipo de daño y explotación, si les permitimos y facilitamos participar de la toma

de decisiones directamente, estaremos ayudando a construir esa sociedad más

justa que todos queremos y de la que ellos y ellas son merecedores.

Page 40: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 40 -

De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el

dictamen de la Comisión Plenaria de Asuntos Sociales y Participación

Ciudadana, los Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad,

acordaron: El Ayuntamiento de Leganés en Pleno, como municipio firmante

del convenio de la Red de Infancia y Adolescencia, ratifica públicamente su

compromiso con los derechos recogidos en la Convención y con el impulso y

participación en todas aquellas iniciativas de esta índole que se propongan en

aras de desarrollar y consolidar políticas favorecedoras hacia la infancia y la

adolescencia.

2.- APROBACIÓN INICIAL DE LA ORDENANZA MUNICIPAL

DE TRANSPARENCIA Y GOBIERNO ABIERTO DEL

AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS.

Intervino el Sr. Martín Illarregui por el Grupo Municipal Popular para

anunciar la abstención

En nombre del Grupo Municipal Unión por Leganés-ULEG interviene

el Sr. Delgado Pulido para decir que su grupo votará en contra si bien en el

trámite de alegaciones pueden cambiar el sentido del voto si son aceptadas

algunas de sus propuestas.

Por el Grupo Municipal Leganemos intervino la Sra. Martínez

Borrega, la cual anuncia la abstención de su grupo.

En nombre del Grupo Municipal Socialista intervino el Sr. Atienza

Martín el cual explicó el contenido de la ordenanza.

Page 41: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 41 -

Todas las intervenciones se reflejan en el video que se anexa al acta.

De conformidad con el Proyecto aprobado por la Junta de Gobierno

Local y el dictamen de la Comisión Plenaria de Régimen Jurídico y Hacienda,

y con lo establecido en el articulo 49 Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de

las Bases del Régimen Local, los Señores reunidos, en votación ordinaria y por

mayoría, con los votos a favor de los seis Sres. Concejales del Grupo

Municipal Socialista, los dos Sres. Concejales del Grupo Municipal

Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía y el Sr. Concejal del Grupo Municipal

de Izquierda Unida Comunidad de Madrid-Los Verdes; las abstenciones de los

seis Sres. Concejales del Grupo Municipal Leganemos y los seis Sres.

Concejales del Grupo Municipal Popular; y los votos en contra los seis Sres.

Concejales del Grupo Municipal Unión por Leganés-ULEG, acordaron:

PRIMERO: Aprobar inicialmente la ORDENANZA DE

TRANSPARENCIA Y GOBIERNO ABIERTO, que quedará

redactada como a continuación se detalla:

PROYECTO DE ORDENANZA DE TRANSPARENCIA Y

GOBIERNO ABIERTO.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Tras casi cuatro décadas de democracia en nuestro país, la sociedad

española se ha ido formando progresivamente en este camino a través de la

defensa de la libertad y de la igualdad. En un primer momento, los ciudadanos

necesitaban poder conocer e identificar sus propios derechos, después vino la

exigencia de poder ejercitar los derechos ciudadanos y actualmente nos

encontramos en una etapa en la que la ciudadanía además está demandando

una mayor participación en los asuntos públicos.

Page 42: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 42 -

La Constitución Española tiene incorporados a su texto la

transparencia y su consecuencia práctica como principios fundamentales

propios de los Estados modernos y lo hace en forma de derechos, algunos de

ellos fundamentales y, por tanto, de la máxima importancia y protección. Así,

el artículo 20.1.d) hace referencia a “A comunicar o recibir libremente

información veraz por cualquier medio de difusión”, el artículo 23.1 “(…) a

participar en los asuntos públicos directamente” y el artículo 105.b) a “El

acceso de los ciudadanos a los archivos y registros administrativos, salvo en lo

que afecte a la seguridad y defensa del Estado, la averiguación de los delitos y

la intimidad de las personas”.

A lo largo de los últimos años se ha venido mejorando

normativamente el ejercicio práctico de estos derechos a través de una serie de

disposiciones aisladas en el ámbito que corresponde a las Entidades Locales y

así tenemos el artículo 37 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, el artículo 6.2 y la disposición final tercera de la Ley 11/2007, de 22

de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y los

nuevos artículos 70bis.3 y 25.2.ñ) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora

de las Bases del Régimen Local.

En estos 37 años de Ayuntamientos democráticos, la ciudadanía ha

venido siendo cada vez más consciente del papel que quiere ocupar en las

decisiones públicas. Es por ello, que los Ayuntamientos, como administración

más cercana al ciudadano, para poder desplegar toda su actividad al servicio

de la ciudadanía, tienen que ofrecer la información pública en su máxima

plenitud y de una manera fácilmente accesible.

Mucha es la información pública que hoy en día ya es de acceso

público. A lo largo de estos años, el Ayuntamiento de Leganés ha ido poniendo

a disposición de sus vecinos y vecinas la información más relevante con el

imprescindible apoyo de las nuevas tecnologías. No obstante, según los datos

Page 43: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 43 -

del Índice de Transparencia de los Ayuntamientos que realiza la organización

Transparencia Internacional correspondientes al año 2014, nuestro

Ayuntamiento ocupaba el puesto número 100 de los 110 Ayuntamientos

evaluados y se encontraba en el último puesto de los Ayuntamientos

madrileños analizados.

Así pues, con esta Ordenanza Municipal de Gobierno Abierto y

Transparencia este Ayuntamiento pretende hacer más democrático y más

abierto el actuar cotidiano de la Administración Local y mejorar

definitivamente la efectividad en el ejercicio de este derecho básico en el

ámbito municipal.

En consecuencia, el Ayuntamiento de Leganés de conformidad con la

Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información

Pública y Buen Gobierno, adopta la presente Ordenanza Municipal de

Gobierno Abierto y Transparencia, cumpliendo su compromiso con el

principio de transparencia y su real efectividad en el ámbito municipal,

Ordenanza en la que se establece que el carácter público de la información

municipal sea la norma y no la excepción, sin perjuicio de las propias

limitaciones establecidas en la legislación aplicable.

En cuanto a la estructura de la presente Ordenanza, ésta se divide en

7 Capítulos. Así, el Capítulo I regula las Disposiciones Generales, acotando el

objeto de la misma, así como su ámbito de aplicación, las obligaciones de

transparencia, reutilización y acceso a la información, los derechos y

obligaciones de las personas, los medios de acceso a la información, la unidad

responsable de la información pública y los principios generales que ilustran

esta norma.

En el Capítulo II se regula la Información Pública, con referencia

específica y precisa a los requisitos generales de la información, la gestión de

la información pública, los límites al derecho de acceso, así como la

transparencia y la protección de los datos personales.

Page 44: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 44 -

El Capítulo III establece la Publicidad Activa de la Información,

regulando su Sección 1ª el régimen general de la misma, con expresa

referencia al objetivo y finalidad de la publicidad activa, el lugar de

publicación, el órgano competente y la forma de publicación, los plazos de

publicación y actualización. Mientras que en la Sección 2ª se establecen las

Obligaciones Específicas de la información sometida a publicidad activa y que

se refieren a la Institución, su organización, planificación y personal; los altos

cargos y personas que ejercen la máxima responsabilidad de las entidades; los

asuntos de relevancia jurídica y patrimonial; la contratación, los convenios y

las subvenciones; la información económica, financiera y presupuestaria; los

servicios y los procedimientos; y, finalmente, el medio ambiente y el

urbanismo.

Por su parte, el Capítulo IV sobre el Derecho de Acceso la

Información Pública, la Sección 1ª establece su Régimen Jurídico en cuanto a

la titularidad del derecho y sus limitaciones. La Sección 2ª regula el

Procedimiento en lo que respecta a la competencia, la solicitud y el registro de

solicitudes de acceso, la inadmisión, tramitación y resolución, la notificación y

publicidad de la misma y la materialización del acceso.

En el Capítulo V se establece toda la regulación de la Reutilización de

la Información, incluyendo los objetivos de la misma, el régimen aplicable a

documentos reutilizables sujetos a derechos de propiedad intelectual y

derechos exclusivos, los criterios generales, las condiciones de reutilización,

las exacciones, las modalidades de reutilización, la publicación de la

información reutilizable y el procedimiento de tramitación de solicitudes de

reutilización.

El Capítulo VI regula en la Sección 1ª las Reclamaciones y en el

Régimen Sancionador en la Sección 2ª estableciendo las infracciones, las

sanciones, el régimen jurídico, el órgano competente y el régimen

disciplinario.

Page 45: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 45 -

Finalmente, en el Capítulo VII se hace referencia la necesaria

Evaluación y Seguimiento del desarrollo, implementación y ejecución del

contenido de la presente Ordenanza, estableciendo el órgano responsable, las

actividades de formación, sensibilización y difusión, las responsabilidades en

el desempeño de las tareas de desarrollo, evaluación y seguimiento y el Plan y

la Memoria Anual.

Se añade una Disposición Adicional Única referida al régimen

cualificado de acceso a la información por parte de los Concejales/as, así

como una Disposición Transitoria Única relativa a las medidas y los plazos de

ejecución de la presente Ordenanza y en la Disposición Final Única el plazo

de entrada en vigor de la misma.

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Objeto y régimen jurídico.

1. La presente Ordenanza tiene por objeto la aplicación y desarrollo de la

Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la

información pública y buen gobierno y de la Ley 37/2007, de 16 de

noviembre, sobre reutilización de la información del sector público, a

través del establecimiento de unas normas que regulen la transparencia

de la actividad del Ayuntamiento de Leganés, así como del ejercicio del

derecho de reutilización y acceso a la información pública,

estableciendo los medios necesarios para ello, que serán

preferentemente electrónicos.

2. El derecho de las personas a acceder a la información pública y a su

reutilización se ejercitará en los términos previstos en la Ley 19/2013, de

9 de diciembre, en la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, en la normativa

Page 46: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 46 -

autonómica dictada en desarrollo de ambas leyes cuando en su ámbito

de aplicación se encuentren las entidades locales y en esta Ordenanza.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

1. Las disposiciones de esta Ordenanza serán de aplicación a las siguientes

entidades locales:

a) El Ayuntamiento de Leganés.

b) Los organismos autónomos, las entidades públicas empresariales y

las entidades de derecho público con personalidad jurídica propia,

vinculadas o dependientes del Ayuntamiento de Leganés.

c) Las sociedades mercantiles en cuyo capital social la participación,

directa o indirecta, de las entidades previstas en este artículo sea

superior al 50 por 100.

d) Las fundaciones de iniciativa pública local o de participación

mayoritaria del Ayuntamiento de Leganés, ya sea en su dotación

fundacional o en sus órganos de gobierno.

e) Las asociaciones constituidas por el Ayuntamiento de Leganés,

organismos y demás entidades previstas en este artículo.

2. Cualquier persona física o jurídica que preste servicios públicos o ejerza

potestades administrativas de titularidad local, en todo lo referido a la

prestación de los mencionados servicios o en el ejercicio de potestades

administrativas, deberán proporcionar a la entidad local

correspondiente la información que sea precisa para cumplir con las

obligaciones previstas en la presente Ordenanza.

3. Cualquier entidad o empresa concesionaria de servicios públicos de

titularidad municipal, en todo lo referido a la prestación de los

mencionados servicios o en el ejercicio de potestades administrativas

Page 47: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 47 -

delegadas, deberá proporcionar al Ayuntamiento la información que le

sea precisa para cumplir con las obligaciones previstas en la presente

Ordenanza.

4. En la documentación que establezca las condiciones contractuales de las

licitaciones públicas en las que esta obligación resulte aplicable se la

hará constar expresamente y se especificará la forma en que dicha

información deberá ser puesta a disposición del Ayuntamiento.

5. Las entidades perceptoras de subvenciones del Ayuntamiento de Leganés

estarán obligadas a facilitar al mismo la información precisa para

cumplir con lo dispuesto en esta Ordenanza. Esta obligación se incluirá

expresamente en las oportunas convocatorias de subvenciones,

indicando la forma y plazos en que deberá satisfacerse y las sanciones

asociadas a su incumplimiento.

6. También se incluyen en el ámbito de aplicación de esta Ordenanza a los

partidos políticos, organizaciones sindicales y empresariales privadas

que perciban ayudas o subvenciones a cargo de los presupuestos

municipales para la financiación de sus actividades y funcionamiento

ordinario.

7. Los adjudicatarios de contratos estarán sujetos a igual obligación en los

términos que se establezcan en los respectivos contratos y se especificará

la forma en que dicha información deberá ser puesta a disposición de la

entidad local.

Artículo 3. Obligaciones de transparencia, reutilización y acceso a la

información.

1. Para el cumplimiento de las obligaciones de transparencia, acceso a la

información y reutilización y en los términos previstos en esta

Page 48: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 48 -

Ordenanza, las entidades mencionadas en el artículo 2.1 deben:

a) Elaborar, mantener actualizada y difundir, preferentemente por

medios electrónicos, a través de sus páginas web o sedes

electrónicas, la información cuya divulgación se considere de

mayor relevancia para garantizar la transparencia de su actividad

relacionada con el funcionamiento y control de la actuación

política, permitir la reutilización de la información y facilitar el

acceso a la misma.

b) Elaborar, mantener actualizado y difundir un catálogo de

información pública que obre en su poder, con indicaciones claras

de dónde puede encontrarse dicha información y ofrecer también

dicho catálogo en formatos electrónicos abiertos, legibles por las

máquinas que permitan su redistribución, reutilización y

aprovechamiento.

c) Establecer y mantener medios de consulta adecuados a la

información solicitada.

d) Adoptar las medidas de gestión de la información que hagan fácil

su localización y divulgación, así como su accesibilidad,

interoperabilidad y calidad.

e) Publicar la información de una manera clara, estructurada y

entendible para las personas.

f) Publicar y difundir la información relativa al contenido del

derecho de acceso a la información, al procedimiento para su

ejercicio y al órgano competente para resolver.

g) Publicar y difundir la información relativa a los términos de la

reutilización de la información de forma clara y precisa para los

ciudadanos.

Page 49: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 49 -

h) Difundir los derechos que reconoce esta Ordenanza a las

personas, asesorar a las mismas para su correcto ejercicio y

asistirles en la búsqueda de información.

i) Facilitar la información solicitada en los plazos máximos y en la

forma y formato elegido de acuerdo con lo establecido en la

presente Ordenanza.

2. Las obligaciones contenidas en esta Ordenanza se entienden sin

perjuicio de la aplicación de otras disposiciones específicas que prevean

un régimen más amplio en materia de publicidad.

Artículo 4. Derechos y obligaciones de las personas.

En el ámbito de lo establecido en esta Ordenanza, las personas tienen

los siguientes derechos:

a) A acceder a la información sujeta a obligaciones de publicidad de

acuerdo con lo establecido en esta Ordenanza.

b) A ser informadas si los documentos que contienen la información

solicitada o de los que puede derivar dicha información, obran o

no en poder del órgano o entidad, en cuyo caso, éstos darán cuenta

del destino dado a dichos documentos.

c) A ser asistidas en su búsqueda de información.

d) A recibir el asesoramiento adecuado y en términos comprensibles

para el ejercicio del derecho de acceso.

e) A recibir la información solicitada dentro de los plazos y en la

forma o formato elegido de acuerdo con lo establecido en esta

Ordenanza.

Page 50: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 50 -

f) A conocer las razones en que se fundamenta la denegación del

acceso a la información solicitada y, en su caso, en una forma o

formato distinto al elegido.

g) A obtener la información solicitada de forma gratuita, sin perjuicio

del abono, en su caso, de las exacciones que correspondan por la

expedición de copias o transposición a formatos diferentes del

original, conforme a la legislación en materia de Haciendas

Locales.

2. Cualquier persona, física o jurídica, pública o privada, podrá ejercer los

derechos contemplados en esta Ordenanza, sin que quepa exigir para

ello requisitos tales como la posesión de una nacionalidad, ciudadanía,

vecindad o residencia determinada.

3. Las entidades previstas en el artículo 2.1. de esta Ordenanza no serán en

ningún caso responsables del uso que cualquier persona realice de la

información pública.

4. Las personas que accedan a la información pública de acuerdo con lo

dispuesto en esta Ordenanza están sujetas a las siguientes obligaciones:

a) Realizar el acceso a la información de forma que no se vea

afectada la eficacia del funcionamiento de los servicios públicos,

concretándose lo más precisamente posible la petición.

b) Ejercer el derecho de acceso conforme a los principios de buena fe

e interdicción del abuso de derecho.

c) Cumplir las condiciones que se hayan señalado en la resolución

que conceda el acceso directo a las fuentes de información y el

acceso a la dependencia pública o archivo donde la información

esté depositada.

d) Respetar las obligaciones establecidas en la normativa básica para

la reutilización de la información obtenida.

Page 51: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 51 -

e) Abonar las tasas establecidas para la obtención de copias y la

transposición de la información a un formato diferente al original,

conforme a la legislación en materia de Haciendas Locales.

Artículo 5. Medios de acceso a la información.

1. Las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de esta Ordenanza

están obligadas a habilitar diferentes medios para facilitar la

información pública, de modo que resulte garantizado el acceso a todas

las personas, con independencia de su formación, recursos,

circunstancias personales o condición o situación social.

2. A estos efectos, la Entidad Local ofrecerá acceso a la información

pública a través de algunos de los siguientes medios:

a) El Servicio de Atención al Ciudadano, en todas las oficinas y

edificios municipales con atención directa al público, y a través del

servicio de información telefónica 010.

b) La página web municipal o sede electrónica (www.leganes.org) y

el Portal de la Transparencia

(www.leganes.portaldetransparencia.gob.es).

c) El Archivo Municipal, como servicio encargado de la custodia,

conservación y puesta a disposición de los documentos generados

y recibidos por el Ayuntamiento en el ejercicio de sus funciones.

d) Otras dependencias, departamentos o medios electrónicos de la

entidad local habilitados en su caso al efecto.

3. Además, se creará un Archivo Electrónico Único, que dependerá del

Archivo Municipal, de los documentos electrónicos que correspondan a

procedimientos finalizados, que mantendrá la constancia de documentos

y actuaciones, facilitando el cumplimiento de lo dispuesto en la presente

Ordenanza.

Page 52: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 52 -

Artículo 6. Unidad responsable de la información pública.

La Secretaría del Pleno del Ayuntamiento de Leganés será la

responsable de información pública, con la asistencia de las áreas, servicios o

unidades determinadas al efecto, y tendrá las siguientes funciones:

a) La coordinación en materia de información para el cumplimiento de las

obligaciones establecida en esta Ordenanza, recabando la información

necesaria de los órganos competentes del departamento, organismo o

entidad.

b) La tramitación de las solicitudes de acceso a la información, y, en su

caso, de las reclamaciones que se interpongan de conformidad con lo

previsto en el artículo 41.

c) El asesoramiento a las personas para el ejercicio del derecho de acceso

y la asistencia a aquéllas en la búsqueda de la información, sin perjuicio

de las funciones que tengan atribuidas otras unidades administrativas.

d) La inscripción, en su caso, en el Registro de solicitudes de acceso.

e) Crear y mantener actualizado un catálogo de información pública que

obre en poder de la entidad local, con indicaciones claras de dónde

puede encontrarse dicha información.

f) La elaboración de los informes en materia de transparencia

administrativa, reutilización y derecho de acceso a la información

pública.

g) La difusión de la información pública creando y manteniendo

actualizados los enlaces con direcciones electrónicas a través de las

cuales pueda accederse a ella.

h) La adopción de las medidas oportunas para asegurar la paulatina

difusión de la información pública y su puesta a disposición de los

Page 53: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 53 -

ciudadanos, de la manera más amplia y sistemática posible.

i) La adopción de las medidas necesarias para garantizar que la

información pública se haga disponible en bases de datos electrónicas a

través de redes públicas electrónicas.

j) Las demás que le atribuya el ordenamiento jurídico y todas las que sean

necesarias para asegurar la aplicación de las disposiciones de esta

Ordenanza.

Artículo 7. Principios generales.

1. Publicidad de la información pública: Se presume el carácter público de

la información obrante en el Ayuntamiento de Leganés, pudiendo

denegarse el acceso a la misma únicamente en los supuestos

expresamente previstos por las leyes y por la presente Ordenanza.

2. Publicidad activa: El Ayuntamiento de Leganés publicará por iniciativa

propia aquella información que sea relevante para garantizar la

transparencia de su actividad así como la que pueda ser de mayor

utilidad socio-económica, permitiendo el control de su actuación y el

ejercicio de los derechos políticos de las personas.

3. Reutilización de la información: Salvo causa justificada que lo impida,

la información pública podrá ser reutilizada en los términos previstos en

la Ley 37/2007, de 16 de noviembre y en la presente Ordenanza.

4. Información abierta: La información estará libre de licencias y

disponible, tan pronto como se pueda, para cualquier persona y para el

más amplio rango de propósitos. Debe ser completa, proceder de la

fuente original con el máximo nivel de detalle posible, estar en formatos

sobre los que ninguna entidad tenga control exclusivo y razonablemente

estructurada para permitir el procesado automático, y facilitar su

Page 54: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 54 -

explotación directa, sin necesidad de transformaciones previas.

5. Acceso a la información: El Ayuntamiento de Leganés garantiza el

acceso de las personas a la información pública en los términos

establecidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre y en la presente

Ordenanza.

6. Acceso inmediato y por medios electrónicos: El Ayuntamiento de

Leganés establecerá los medios para que el acceso a la información

pública pueda ser a través de medios electrónicos, sin necesidad de

previa solicitud y de forma inmediata. También se procurará que la

publicación y puesta a disposición se realice incluyendo además

formatos electrónicos reutilizables siempre que sea posible, todo ello sin

perjuicio del derecho que asiste a las personas a elegir el canal a través

del cual se comunica con el Ayuntamiento.

7. Calidad de la información: La información pública que se facilite a las

personas debe ser veraz, fehaciente y actualizada. En toda publicación y

puesta a disposición se indicará la unidad responsable de la información

y la fecha de la última actualización. Asimismo, los responsables de la

publicación adaptarán la información a publicar, dotándola de una

estructura, presentación y redacción que facilite su completa compresión

por cualquier persona.

8. Compromiso de servicio: La provisión de información pública deberá

ser en todo momento eficaz, rápida y de calidad, debiendo los empleados

públicos locales ayudar a las personas cuando éstas lo soliciten y

manteniéndose un canal de comunicación específico entre el

Ayuntamiento de Leganés y los destinatarios de la información.

Page 55: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 55 -

CAPÍTULO II

INFORMACIÓN PÚBLICA

Artículo 8. Información pública.

Se entiende por información pública, conforme a lo establecido en el

artículo 13 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, los contenidos o documentos,

cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de alguno de los

sujetos incluidos en artículo 2.1 de la presente Ordenanza y que hayan sido

elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.

Artículo 9. Requisitos generales de la información.

Son requisitos generales de la información pública regulada en esta

Ordenanza:

a) La gestión de la información, y especialmente de aquélla que se

encuentre en formato electrónico, se hará de forma que cada dato o

documento sea único, compartido, accesible, estructurado, descrito, con

información sobre las limitaciones de uso y, en su caso, ubicado

geográficamente.

b) Cada documento o conjunto de datos se publicará o pondrá a

disposición utilizando formatos comunes, abiertos, de uso libre y

gratuito para las personas y, adicionalmente, en otros formatos de uso

generalizado.

c) Los vocabularios, esquemas y metadatos utilizados para describir y

estructurar la información pública se publicarán en la página web de la

entidad para que las personas puedan utilizarlos en sus búsquedas e

interpretar correctamente la información.

d) Los conjuntos de datos numéricos se publicarán o pondrán a disposición

Page 56: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 56 -

de forma que no se incluirán restricciones que impidan o dificulten la

explotación de su contenido.

e) Las personas con discapacidad accederán a la información y su

reutilización a través de medios y formatos adecuados y comprensibles,

conforme al principio de accesibilidad universal y diseño para todos.

Artículo 10. Gestión de la información pública.

1. La gestión de la información, y especialmente de aquella que se

encuentre en formato electrónico, se hará de forma que cada dato o

documento sea:

o Único: Se evitará la duplicidad de los datos y documentos, salvo en lo

necesario para la realización de copias de seguridad de los mismos.

o Compartido: La información deberá estar disponible para el conjunto

de la organización y para la ciudadanía, debiendo desarrollarse los

mecanismos necesarios para el acceso universal a la misma y para la

integración de las distintas aplicaciones informáticas utilizadas por el

Ayuntamiento.

o Accesible: Se utilizarán las técnicas precisas para facilitar la

accesibilidad de la información, entre ellas, la utilización de

direcciones web persistentes y amigables.

o Abierto: Se utilizarán formatos estándar, de uso libre y abiertos, para

la gestión y puesta a disposición, siempre que sea posible, y en todo

caso para la publicación. Los formatos deberán, además, ser

apropiados para permitir el acceso de la ciudadanía y la reutilización

de la información.

o Georreferenciado: Siempre que su naturaleza lo permita, se indicará la

Page 57: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 57 -

posición geográfica a la que esté asociado el dato o documento, de

forma que sea posible su localización sobre una representación

cartográfica y la explotación de su carácter espacial.

o Descrito: Los datos y documentos deberán estar asociados a

descriptores semánticos, los cuales aportarán conocimiento sobre el

significado de aquéllos y su contexto. Los esquemas de representación

de la información y vocabularios de los que se tomen los descriptores,

deberán ser estándares y abiertos. En caso de no existir ninguno que

sea adecuado y que reúna estas características, cabrá recurrir a los

esquemas y vocabularios consensuados con o por otras

Administraciones públicas. También deberán utilizarse estándares

abiertos para asociar la información a los descriptores semánticos.

o Íntegro y auténtico: Los datos y documentos deberán estar firmados

con una firma electrónica avanzada, evitando así cualquier cambio

ulterior de los datos firmados, y garantizando el poder determinar

posteriormente que la entidad emisora de dicho documento es la

entidad local.

o Con información sobre las limitaciones a la publicidad: Los

documentos y conjuntos de datos deberán incorporar información

sobre la aplicabilidad a los mismos de las limitaciones a la publicidad,

de forma que sea posible permitir o denegar automáticamente el acceso

a su contenido. Las plantillas de los documentos tendrán definidos

valores por defecto para esta información y los empleados municipales

cuidarán de que esté siempre cumplimentada con los valores

apropiados.

o Estructurado: Siempre que sea posible, se utilizarán formatos

estructurados que faciliten el tratamiento automatizado de la

información. En particular, se etiquetarán los datos identificativos

para permitir la disociación automatizada de los mismos.

Page 58: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 58 -

2. Se estará a lo dispuesto en el Esquema Nacional de Interoperabilidad y

sus normas técnicas de desarrollo en aquellos aspectos que resulte de

aplicación y, en particular, para la selección de los formatos a utilizar y

para los intercambios de información con otras organizaciones.

Artículo 11. Límites al derecho de acceso.

1. La información pública regulada en esta Ordenanza podrá ser limitada

en los supuestos recogidos en el artículo 14.1 de la Ley 19/2013, de 9 de

diciembre, esto es, cuando acceder a la información suponga un

perjuicio para:

a) La seguridad nacional.

b) La defensa.

c) Las relaciones exteriores.

d) La seguridad pública.

e) La prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales,

administrativos o disciplinarios.

f) La igualdad de las partes en los procesos judiciales y la tutela

judicial efectiva.

g) Las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control.

h) Los intereses económicos y comerciales.

i) La política económica y monetaria.

j) El secreto profesional y la propiedad intelectual e industrial.

k) La garantía de la confidencialidad o el secreto requerido en

procesos de toma de decisión.

l) La protección del medio ambiente.

2. Además, esta información podrá ser limitada en relación al ejercicio

Page 59: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 59 -

delegado de otras competencias estatales y autonómicas, según prevea la

norma de delegación o, en su caso, respecto a cualquier información que

el Ayuntamiento de Leganés posea y que pudiera afectar a competencias

propias o exclusivas de otra Administración, cuyo derecho de acceso esté

igualmente limitado por las Leyes. La aplicación de las limitaciones sólo

podrá mantenerse mientras subsistan las condiciones que dieran lugar a

las mismas.

3. La aplicación de los límites será justificada y proporcionada a su objeto

y finalidad de protección y atenderá a las circunstancias del caso

concreto, especialmente a la concurrencia de un interés público o

privado superior que justifique el acceso.

4. En todo caso, la información se elaborará y presentará de tal forma que

los límites referidos no sean obstáculo para su publicación y acceso.

5. No cabrá publicación de aquella información respecto de la cual, por

razón de su contenido, procediera la inadmisión o denegación de las

solicitudes de acceso.

6. Sólo se admitirá una única solicitud al año y siempre que se considere

procedente, en el caso de solicitudes manifiestamente repetitivas o que

tengan un carácter abusivo no justificado con la finalidad de

transparencia de esta ordenanza.

Artículo 12. Transparencia y Protección de datos personales.

1. Toda utilización de la información pública a través de los distintos

mecanismos previstos en esta Ordenanza se realizará con total respeto a

los derechos derivados de la protección de datos de carácter personal,

en los términos regulados en la legislación específica sobre dicha

materia y en los artículos 5.3 y 15 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre.

Page 60: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 60 -

2. La protección de los datos de carácter personal no supondrá un límite

para la publicidad activa y el acceso a la información pública cuando el

titular del dato haya fallecido, salvo que concurran otros derechos.

Igualmente no se aplicará este límite cuando los titulares de los datos los

hubieran hecho manifiestamente públicos previamente o fuera posible la

disociación de los datos de carácter personal sin que resulte información

engañosa o distorsionada y sin que sea posible la identificación de las

personas afectadas.

3. Se consideran datos meramente identificativos relacionados con la

organización, funcionamiento o actividad pública de los órganos, los

datos de las personas físicas que presente sus servicios en tales órganos,

consistentes únicamente en su nombre y apellidos, las funciones o

puestos desempeñados, así como la dirección postal o electrónica,

teléfono y número de fax profesionales.

4. Las resoluciones dictadas por este Ayuntamiento y en aplicación de esta

Ordenanza, serán objeto de publicación, previa disociación de los datos

de carácter personal que contuvieran y una vez hayan sido notificadas a

los interesados.

5. Cuando la información contuviera datos especialmente protegidos, la

publicidad sólo se llevará a cabo previa disociación de los mismos.

6. Si la información solicitada contuviera datos especialmente protegidos a

los que se refiere el apartado 2 del artículo 7 de la Ley Orgánica

15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter

Personal, el acceso únicamente se podrá autorizar en caso de que se

contase con el consentimiento expreso y por escrito del afectado, a

menos que dicho afectado hubiese hecho manifiestamente públicos los

datos con anterioridad a que se solicitase el acceso. Si la información

incluyese datos especialmente protegidos a los que se refiere el apartado

Page 61: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 61 -

3 del artículo 7 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, o datos

relativos a la comisión de infracciones penales o administrativas que no

conllevasen la amonestación pública al infractor, el acceso sólo se podrá

autorizar en caso de que se cuente con el consentimiento expreso del

afectado o si aquél estuviera amparado por una norma con rango de

Ley.

7. Con carácter general, y salvo que en el caso concreto prevalezca la

protección de datos personales u otros derechos constitucionalmente

protegidos sobre el interés público en la divulgación que lo impida, se

concederá el acceso a información que contenga datos meramente

identificativos relacionados con la organización, funcionamiento o

actividad pública del órgano.

8. Cuando la información solicitada no contuviera datos especialmente

protegidos, el órgano al que se dirija la solicitud concederá el acceso

previa ponderación suficientemente razonada del interés público en la

divulgación de la información y los derechos de los afectados.

9. No será aplicable lo establecido en los apartados anteriores si el acceso

se efectúa previa disociación de los datos de carácter personal de modo

que se impida la identificación de las personas afectadas.

10. La normativa de protección de datos personales será de aplicación al

tratamiento posterior de los obtenidos a través del ejercicio del derecho

de acceso.

11. Acceso parcial. En los casos en que la aplicación de alguno de los

límites previstos en el artículo 11 de esta ordenanza, no afecte a la

totalidad de la información, se concederá el acceso parcial previa

omisión de la información afectada por el límite salvo que de ello resulte

una información distorsionada o que carezca de sentido. En este caso,

deberá indicarse al solicitante que parte de la información ha sido

Page 62: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 62 -

omitida. En el caso de que el acceso parcial se realice sobre un

documento cuya fuente sea electrónica, en el documento resultante

deberá indicarse el código de identificación o de validación del

documento original o fuente.

CAPÍTULO III

PUBLICIDAD ACTIVA DE INFORMACIÓN

SECCIÓN 1ª. RÉGIMEN GENERAL

Artículo 13. Objetivo y finalidad de la publicidad activa.

1. Los sujetos enumerados en el artículo 2.1 publicarán, a iniciativa propia

y de manera gratuita, la información pública cuyo conocimiento sea

relevante para garantizar la transparencia de su actividad y la

reutilización de la información y, en todo caso, la información cuyo

contenido se detalla en los artículos 17 a 23. Dicha información tiene

carácter de mínimo y obligatorio, sin perjuicio de la aplicación de otras

disposiciones específicas que prevean un régimen más amplio en materia

de publicidad, o de la posibilidad de ampliar su contenido a voluntad de

los sujetos obligados.

Para el cumplimiento de dicha obligación la entidad local podrá

requerir la información que sea precisa de las personas físicas y

jurídicas, a que se refieren los apartados 2 a 7 del artículo 2 de la

presente Ordenanza.

2. También serán objeto de publicidad activa aquella información cuyo

acceso se solicite con mayor frecuencia, y las resoluciones que

denieguen o limiten el acceso a la información una vez hayan sido

notificadas a las personas interesadas, previa disociación de los datos de

Page 63: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 63 -

carácter personal que contuvieran.

Artículo 14. Lugar de la publicación.

1. La información de todas las entidades locales incluidas en el artículo 2.1

de la presente Ordenanza se publicará en el Portal de la Transparencia

del Ayuntamiento de Leganés, al que se podrá acceder desde la página

web institucional de cada una de ellas.

2. El Portal de la Transparencia del Ayuntamiento de Leganés contendrá,

asimismo, los enlaces a las respectivas páginas web o sedes electrónicas

de los entes dependientes de la entidad local y el resto de sujetos y

entidades vinculadas a la misma con obligaciones de publicidad activa

impuestas por la normativa que les sea de aplicación.

3. El Ayuntamiento de Leganés podrá adoptar otras medidas

complementarias y de colaboración con el resto de administraciones

públicas para el cumplimiento de sus obligaciones de publicidad activa,

incluyendo la utilización de portales de transparencia y de datos abiertos

de otras entidades.

Artículo 15. Órgano competente y forma de publicación.

1. Las entidades locales contenidas en apartado 2 del artículo 1 de la

presente Ordenanza identificarán y darán publicidad a la información

relativa a los órganos competentes responsables de la publicación activa

regulada en este Capítulo.

2. La información se publicará de manera clara y estructurada, y fácil de

entender, utilizando un lenguaje accesible.

3. Se incluirá el catálogo completo de información objeto de publicidad

Page 64: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 64 -

activa, indicando el órgano o servicio del que procede la información, la

frecuencia de su actualización, la última fecha de actualización, los

términos de su reutilización y, en su caso, la información semántica

necesaria para su interpretación.

Artículo 16. Plazos de publicación y actualización.

1. Deberá proporcionarse información actualizada, atendiendo a las

peculiaridades propias de la información de que se trate.

2. La información pública se mantendrá publicada durante los siguientes

plazos.

a) La información mencionada en los artículos 17, 18, 19 y 22,

mientras mantenga su vigencia.

b) La información mencionada en el artículo 20, mientras persistan

las obligaciones derivadas de los mismos y, al menos, dos años

después de que éstas cesen.

c) La información mencionada en el artículo 21, durante cinco años a

contar desde el momento en que fue generada.

d) La información mencionada en el artículo 23, mientras mantenga

su vigencia y, al menos, cinco años después de que cese la misma.

3. La información publicada deberá ser objeto de actualización en el plazo

más breve posible y, en todo caso, respetando la frecuencia de

actualización anunciada, de acuerdo con las características de la

información, las posibilidades técnicas y los medios disponibles.

4. En todo caso, se adoptarán las medidas oportunas para garantizar que

en el mismo lugar en que se publica la información pública se mantenga

la información que deja de ser actual.

Page 65: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 65 -

5. El Ayuntamiento publicará en su sede aquellos documentos obrantes en

los expedientes administrativos ya terminados que tengan notoria

relevancia pública o que establezcan criterios de actuación para el

Ayuntamiento.

SECCIÓN 2ª. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS

Artículo 17. Información sobre la institución, su organización,

planificación y personal.

1. Las entidades enumeradas en el artículo 2.1, con el alcance previsto en

la Ley 19/2013, de 9 de diciembre y en la Ley 7/85, de 2 de abril,

publicarán información relativa a:

a) Las competencias y funciones que ejercen, tanto propias como

atribuidas por delegación.

b) La normativa que les sea de aplicación.

c) Identificación de los entes dependientes, participados y a los que

pertenezca el Ayuntamiento de Leganés, incluyendo enlaces a sus

páginas web corporativas.

d) Organigrama descriptivo de la estructura organizativa:

identificación de los distintos órganos decisorios, consultivos, de

participación o de gestión, especificando su sede, composición y

competencias.

e) Identificación de los responsables de los distintos órganos

señalados en el párrafo d), especificando su perfil y trayectoria

profesional.

f) Estructura administrativa departamental de la entidad, con

identificación de los máximos responsables departamentales.

Page 66: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 66 -

g) Las convocatorias y actas del Pleno, las Comisiones de Pleno, la

Junta de Gobierno Local de conformidad con el artículo 135 del

Reglamento Orgánico Municipal, la Mesa y Comisión de

Contratación, las Juntas Municipales de Distrito, los Consejos

Sectoriales, los Consejos de Administración de las Empresas

Públicas, Consorcios, Juntas de Compensación y demás órganos

colegiados en los que participe la entidad local.

h) Los Decretos de Alcaldía y de los Concejales-Delegados.

i) Las resoluciones de autorización o reconocimiento de la

compatibilidad que afecten a los empleados públicos.

j) Los planes y mapas estratégicos, así como otros documentos de

planificación, especificando sus objetivos concretos, actividades,

medios y tiempo previsto para su consecución.

k) Los programas anuales y plurianuales, especificando sus objetivos

concretos, actividades, medios y tiempo previsto para su

consecución.

l) Número de puestos de trabajo reservados a personal eventual.

m) Relaciones de puestos de trabajo, catálogos u otros instrumentos

de planificación de personal.

n) La oferta de empleo público u otros instrumentos similares de

gestión de la provisión de necesidades de personal.

ñ) Los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo.

o) La identificación de las personas que forman parte de los órganos

de representación del personal.

p) Las asignaciones económicas que se realicen a los Grupos

Municipales.

q) Las resoluciones de los Órganos Directivos.

Page 67: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 67 -

2. La información referida al apartado j) se ha de publicar, en todo caso,

en la sede electrónica.

Artículo 18. Información sobre altos cargos y personas que ejercen

la máxima responsabilidad de las entidades.

En relación con las personas incluidas en el ámbito de aplicación del

artículo 75 y 75 bis y la disposición adicional decimoquinta de la Ley 7/1985,

de 2 de abril, se publicará, como mínimo, la siguiente información:

a) Los currriculum vitae.

b) Las retribuciones percibidas anualmente.

c) Las indemnizaciones percibidas, en su caso, con ocasión del abandono

del cargo.

d) Las resoluciones que establezcan compatibilidades o, en su caso,

incompatibilidades con el ejercicio de otra actividad.

e) Las resoluciones que autoricen el ejercicio de actividad privada con

motivo del cese de los mismos.

f) Las declaraciones anuales de bienes y actividades en los términos

previsto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, de conformidad con lo

establecido en los artículos 31, 32 y 33 del Reglamento Orgánico

Municipal del Ayuntamiento de Leganés, así como las declaraciones de

intereses. En todo caso, se omitirán los datos relativos a la localización

concreta de los bienes inmuebles y se garantizará la privacidad y

seguridad de los titulares.

Page 68: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 68 -

Artículo 19. Información de relevancia jurídica y patrimonial.

Las entidades enumeradas en el artículo 2.1. a) y b) publicarán

información relativa a:

a) El texto completo de las Ordenanzas, Reglamentos y otras disposiciones

del Ayuntamiento de Leganés.

b) Los proyectos de Ordenanzas, Reglamentos y otras disposiciones de

carácter normativo cuya iniciativa les corresponda, incluyendo las

memorias e informes que conformen los expedientes de elaboración de

dichas normas. Cuando sea preceptiva la solicitud de dictámenes, la

publicación se producirá una vez que estos hayan sido solicitados a los

órganos consultivos correspondientes sin que ello suponga,

necesariamente, la apertura de un trámite de audiencia pública.

c) Las directrices, instrucciones, acuerdos, circulares o respuestas a

consultas planteadas por los particulares u otros órganos en la medida

en que supongan una interpretación del Derecho o tengan efectos

jurídicos.

d) Los documentos que, conforme a la legislación vigente, deban ser

sometidos a un periodo de información pública durante su tramitación.

e) Relación de bienes inmuebles que sean de su propiedad o sobre los que

ostenten algún derecho real.

f) El Inventario Municipal de Bienes.

Artículo 20. Información sobre contratación, convenios y

subvenciones.

Las entidades enumeradas en el artículo 2.1 publicarán información

relativa a:

Page 69: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 69 -

a) Todos los procesos, documentos, pliegos y +contratos formalizados por

la Entidad Local, con indicación del objeto, el importe de la licitación y

de adjudicación, duración, con expresión de las prórrogas, el

procedimiento utilizado para su celebración, los instrumentos a través de

los que, en su caso, se ha publicitado, el número de licitadores

participantes en el procedimiento y la identidad del adjudicatario, así

como las modificaciones del contrato. La publicación de la información

relativa a los contratos menores se realizará, al menos, trimestralmente.

b) Las modificaciones y las decisiones de desistimiento y renuncia de los

contratos señalados en apartado a).

c) El perfil del contratante.

d) Datos estadísticos sobre el porcentaje en volumen presupuestario de

contratos adjudicados a través de cada uno de los procedimientos

previstos en la legislación de contratos del sector público.

e) La relación de los convenios urbanísticos suscritos, con mención de las

partes firmantes, su objeto, duración, modificaciones realizadas,

obligados a la realización de las prestaciones y, en su caso, las

obligaciones económicas convenidas.

f) Las encomiendas de gestión que se firmen, con indicación de su objeto,

presupuesto, duración, obligaciones económicas y las subcontrataciones

que se realicen con mención de los adjudicatarios, procedimiento

seguido para la adjudicación e importe de la misma.

g) Los procesos de concesión de las subvenciones y ayudas públicas

concedidas, con indicación de su importe, objetivo o finalidad y

beneficiarios.

Page 70: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 70 -

Artículo 21. Información económica, financiera y presupuestaria.

1. Las entidades enumeradas en el artículo 2.1 publicarán información

relativa a:

a) Los presupuestos anuales, con descripción de las principales

partidas presupuestarias e información actualizada al menos

trimestralmente sobres su estado de ejecución.

b) Las modificaciones presupuestarias realizadas.

c) Información sobre el cumplimiento de los objetivos de estabilidad

presupuestaria y sostenibilidad financiera.

d) La liquidación del presupuesto.

e) Las cuentas anuales que deban rendirse y los informes de auditoría

de cuentas y de fiscalización por parte de los órganos de control

externo que sobre dichas cuentas se emitan.

f) Masa salarial del personal laboral del sector público local, en los

términos regulados en el artículo 103 bis de la Ley 7/1985, de 2 de

abril.

2. La información referida en el apartado f) se publicará, en todo caso, en

el Portal de Transparencia del Ayuntamiento, ubicado en la página web

municipal (www.leganes.org) y se incorporará automáticamente a la

sede electrónica una vez esté en funcionamiento.

Artículo 22. Información sobre servicios y procedimientos.

Las entidades enumeradas en el artículo 2.1 publicarán información

relativa a:

a) El catálogo general de los servicios que presta, con información

adecuada sobre el contenido de los mismos, ubicación y disponibilidad,

Page 71: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 71 -

así como el procedimiento para presentar quejas sobre el

funcionamiento de los mismos. Además se hará público el coste de la

prestación de dichos servicios.

b) Sedes de los servicios y equipamientos de la entidad, dirección, horarios

de atención al público y enlaces a sus páginas web corporativas, en su

caso, y direcciones de correo electrónico o canales de prestación de

servicios.

c) Las Cartas de Servicios y otros documentos de compromisos de niveles

de calidad estandarizados con los ciudadanos así como los documentos

que reflejen su grado de cumplimiento a través de indicadores de medida

y valoración.

d) El catálogo de los procedimientos administrativos de su competencia,

con indicación del objeto, formas de iniciación, documentación a

aportar, trámites, normativa aplicable, plazos de resolución y sentido del

silencio administrativo, así como, en su caso, las instancias y

formularios que tengan asociados, especificado los que son realizables

vía electrónica.

e) Los procesos de adjudicación de las campañas de publicidad

institucional.

Artículo 23. Información medioambiental y urbanística.

El Ayuntamiento de Leganés publicará información relativa a:

a) Los textos normativos aplicables en materia de medioambiente.

b) Las políticas, programas y planes del Ayuntamiento de Leganés relativos

al medioambiente, así como los informes de seguimiento de los mismos.

c) Los datos relativos a la calidad de los recursos naturales y del

Page 72: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 72 -

medioambiente urbano, incluyendo la calidad del aire y del agua,

información sobre niveles polínicos y contaminación acústica.

d) La relación actualizada de las actividades sometidas a licencias por

estar clasificadas legalmente como molestas, insalubres, nocivas o

peligrosas.

e) Los estudios de impacto ambiental, paisajísticos y evaluaciones del

riesgo relativos a elemento medioambientales.

f) Los títulos habilitantes otorgados a terceros que puedan tener un efecto

significativo sobre el medio ambiente y los acuerdos adoptados en

materia medio ambiental.

g) Las normas, el planeamiento municipal, los proyectos de ejecución del

mismo y los procesos de reclasificación e informes técnicos y jurídicos

que los justifican.

h) El texto completo y la planimetría de los instrumentos de planeamiento

urbanístico y sus modificaciones, así como los convenios urbanísticos.

i) El estado del desarrollo de los instrumentos de planeamiento

urbanístico, incluyendo las fechas de aprobación e inicio de obras de

urbanización.

j) Los actos adoptados en materia de reclasificación y recalificación de

terrenos e inmuebles y las enajenaciones de inmuebles pertenecientes al

patrimonio municipal.

k) Los costes sociales, ambientales y el coste y el beneficio económico

generado en los procesos de reclasificación/recalificación de suelo.

l) Las licencias de obras mayores y las de actividad, tanto otorgadas como

denegadas, así como las sanciones y las medidas de restablecimiento de

la legalidad impuestas en materia de disciplina urbanística.

Page 73: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 73 -

m) La titularidad del suelo y la identificación y ubicación de los solares, así

como las variaciones en la propiedad del suelo en los últimos cinco

años, junto con los trámites de planeamiento.

CAPÍTULO IV

DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

SECCIÓN 1ª. RÉGIMEN JURÍDICO

Artículo 24. Titularidad del derecho.

1. Cualquier persona de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.2 es

titular del derecho regulado en el artículo 105 b) de la Constitución

Española, de conformidad con el régimen jurídico establecido en la Ley

19/2013, de 9 de diciembre y el desarrollo reglamentario que tenga

carácter de normativa básica.

2. La capacidad de obrar para ejercitar este derecho, incluso cuando se

trate de menores de edad, se regirá por lo dispuesto en la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre.

Artículo 25. Limitaciones.

1. Sólo se denegará el acceso a la información pública afectada por alguno

de los límites enumerados en los artículos 11 y 12, cuando, previa

resolución motivada y proporcionada, quede acreditado el perjuicio

para aquellas materias y no exista un interés público o privado superior

que justifique el acceso.

2. Si del resultado de dicha ponderación, procediera la denegación del

Page 74: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 74 -

acceso, se analizará previamente la posibilidad de conceder el acceso

parcial previa omisión de la información afectada por el límite de que se

trate, salvo que de ello resulte una información distorsionada o que

carezca de sentido. Cuando se conceda el acceso parcial, deberá

garantizarse la reserva de la información afectada por las limitaciones y

la advertencia y constancia de esa reserva.

SECCIÓN 2ª. PROCEDIMIENTO.

Artículo 26. Competencia.

1. El Ayuntamiento de Leganés identificará y dará publicidad suficiente a

la información relativa al órgano competente para resolver las

solicitudes de acceso a la información pública.

2. Los órganos que reciban las solicitudes de acceso se inhibirán de

tramitarlas cuando, aun tratándose de información pública que posean,

haya sido elaborada o generada en su integridad o parte principal por

otro. Asimismo, se inhibirán cuando no posean la información solicitada,

pero conozcan qué órgano competente para resolver, la posea.

3. En los casos mencionados en el párrafo anterior, se remitirá la solicitud

al órgano que se estime competente y se notificará tal circunstancia al

solicitante.

4. En los supuestos en los que la información pública solicitada deba

requerirse a personas físicas o jurídicas recogidas en los apartados 2 a 7

del artículo 2 que presten servicios públicos o ejerzan potestades

administrativas, la resolución sobre el acceso será dictada por la

Administración, organismos o entidad al que se encuentren vinculadas.

Page 75: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 75 -

Artículo 27. Solicitud y Registro de solicitudes de acceso.

1. Cualquier persona o entidad podrá solicitar al Ayuntamiento el acceso a

la información pública, de forma gratuita y sin necesidad de alegar

ningún motivo ni de indicar la finalidad del acceso. La solicitud deberá

contener una descripción de la información solicitada que sea suficiente

para determinar el conjunto de datos o de documentos a los que se

refiere, no siendo precisa su identificación específica, la de su ubicación

ni la del órgano o servicio responsable. La solicitud contendrá además

la identidad del solicitante, una dirección a efectos de notificaciones.

2. El órgano competente en materia de acceso a la información pública

examinará la solicitud y si encontrara en la misma algún defecto que

impidiera su tramitación o precisara de alguna aclaración sobre la

misma, requerirá al solicitante para que, en plazo de diez días, realice la

subsanación o aclaración correspondiente, ayudándole a concretar su

petición en caso de que fuera necesario. El período transcurrido en este

trámite no computará a los efectos del plazo máximo de resolución.

3. El órgano competente para resolver las solicitudes de acceso a la

información pública no requerirá a los solicitantes más datos sobre su

identidad que los imprescindibles para poder resolver y notificar

aquéllas. Asimismo, prestará el apoyo y asesoramiento necesario al

solicitante para la identificación de la información pública solicitada.

4. No será necesario motivar la solicitud de acceso a la información

pública. No obstante, el interés o motivación expresada por el interesado

podrá ser tenida en cuenta para ponderar, en su caso, el interés público

en la divulgación de la información y los derechos de los afectados cuyos

datos aparezcan en la información solicitada, de acuerdo con lo

establecido en el artículo 12.

5. La presentación de la solicitud no estará sujeta a plazo.

Page 76: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 76 -

6. Se comunicará al solicitante el plazo máximo establecido para la

resolución y notificación del procedimiento, así como del efecto que

pueda producir el silencio administrativo, en los términos previstos en la

normativa sobre procedimiento administrativo.

7. Se creará un Registro de Solicitudes de acceso a la información pública

en el que se inscribirán las solicitudes que se presenten, haciendo

constar los siguientes datos:

a) La fecha de presentación de la solicitud.

b) Los datos de la persona solicitante.

c) La información solicitada.

d) El tiempo en que se atendió la solicitud y, en caso de que la

respuesta se haya realizado fuera de plazo, las razones que

motivaron la demora.

e) El tipo de respuesta que se dio a la solicitud y, en caso de

denegación, los motivos de la misma.

f) Los demás que puedan establecerse en la normativa reguladora de

organización y funcionamiento del registro.

8. El Registro dependerá de la Secretaría del Ayuntamiento como órgano

competente en materia de información pública y se ajustará a las normas

que se aprueben por el titular de dicho órgano en esta materia.

Artículo 28. Inadmisión.

1. Las causas de inadmisión serán las enumeradas en el artículo 18 de la

Ley 19/2013, de 9 de diciembre:

a) Que se refieran a información que esté en curso de elaboración o

de publicación general.

Page 77: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 77 -

b) Referidas a información que tenga carácter auxiliar o de apoyo

como la contenida en notas, borradores, opiniones, resúmenes,

comunicaciones o informes internos o entre órganos o entidades

administrativas.

c) Relativas a información para cuya divulgación sea necesaria una

acción previa de reelaboración.

d) Dirigidas a un órgano en cuyo poder no obre la información

cuando se desconozca el competente.

e) Que sean manifiestamente irrazonables, reiteradas o repetitivas o

tengan un carácter abusivo no justificado con la finalidad de

transparencia de esta Ley.

En cualquier caso, las resoluciones de no admisión a trámite de las

solicitudes serán motivadas.

2. En caso de inadmisión por la causa prevista en la letra e) del apartado

anterior, la resolución que la acuerde deberá indicar el órgano que se

estime pudiera ser el competente para conocer la solicitud.

3. Estas causas de inadmisión serán interpretadas restrictivamente en favor

del principio de máxima accesibilidad de la información pública.

3. En la resolución de inadmisión por tratarse de información en curso de

elaboración o publicación general, se informará del tiempo previsto

para su conclusión.

4. Los informes preceptivos no serán considerados información de carácter

auxiliar o de apoyo, a efectos de inadmitir una solicitud de acceso. No

obstante, esto no impedirá la denegación del acceso si alguno de los

límites establecidos en los artículos 11 y 12, pudiera resultar

perjudicado.

Page 78: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 78 -

Artículo 29. Tramitación.

1. Los trámites de subsanación de la información solicitada, cuando no

haya sido identificada suficientemente, y de audiencia a los titulares de

derechos e intereses debidamente identificados, que puedan resultar

afectados, suspenderán el plazo para dictar resolución, en los términos

establecidos en el artículo 19 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre.

2. De la suspensión prevista en el apartado 1 y su levantamiento, así como

de la ampliación del plazo para resolver, se informará al solicitante para

que pueda tener conocimiento del cómputo del plazo para dictar la

resolución.

Artículo 30. Resolución.

1. La denegación del acceso por aplicación de los límites establecidos en

los artículos 11 y 12 será motivada, sin que sea suficiente la mera

enumeración de los límites del derecho de acceso, siendo preciso

examinar la razonabilidad y proporcionalidad de los derechos que

concurren para determinar cuál es el bien o interés protegido que debe

preservarse.

2. El acceso podrá condicionarse al transcurso de un plazo determinado

cuando la causa de denegación esté vinculada a un interés que afecte

exclusivamente a la entidad local competente.

3. La resolución que deniegue total o parcialmente el acceso solicitado

deberá ser motivada y solo podrá basarse en la existencia de alguna de

las circunstancias previstas en los artículos 11 y 12 de esta Ordenanza.

4. También será motivada la resolución que conceda el acceso habiendo

oposición de tercero, así como la que conceda el acceso parcial o a

través de una modalidad distinta de la solicitada.

Page 79: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 79 -

5. El órgano competente en materia de información pública resolverá la

solicitud en el plazo máximo de veinte días. Podrá prolongarse este

plazo hasta veinte días más por haberse dado traslado a un tercero o por

la elevada complejidad de la solicitud, debiendo comunicarse este hecho

al solicitante de forma razonada en plazo de diez días.

6. Cabrá denegar la puesta a disposición en la forma solicitada cuando

ésta entrañe un coste desproporcionado para el Ayuntamiento, debiendo

facilitarse una alternativa razonable al solicitante.

7. Cuando se solicite, además del acceso, la reutilización de la

información, la resolución deberá indicar expresamente si ésta se

autoriza o deniega y, en el primer supuesto, las condiciones a las que se

someterá la reutilización y, en su caso, la tasa o precio público o privado

exigible conforme a la legislación en materia de Haciendas Locales.

8. La resolución indicará asimismo si la puesta a disposición incluye las

futuras actualizaciones de la información solicitada y, en este caso, el

período durante el cual éstas deberán facilitarse al interesado sin

necesidad de nueva solicitud.

9. El solicitante podrá entender desestimada su solicitud de acceso a la

información o de reutilización de ésta si no se hubiera dictado y

notificado una resolución expresa en los plazos establecidos en esta

Ordenanza.

10. Si la información que se solicita está publicada y no se pide la puesta a

disposición en un formato distinto al de la publicación, en plazo inferior

a cinco días se comunicará al solicitante el lugar concreto de la sede

electrónica donde se encuentra la información, dándose por finalizado el

procedimiento.

Page 80: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 80 -

Artículo 31. Notificación y publicidad de la resolución.

1. La resolución que se dicte en los procedimientos de acceso a la

información pública se notificará a los solicitantes y a los terceros

titulares de derechos e intereses afectados que así lo hayan solicitado.

En la notificación se hará expresa mención a la posibilidad de

interponer contra la resolución la reclamación potestativa a que hace

referencia el artículo 23 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, o recurso

contencioso-administrativo.

2. La resolución que se dicte en aplicación de los límites del artículo 11, se

hará pública, previa disociación de los datos de carácter personal y una

vez se haya notificado a los interesados.

Artículo 32. Materialización del acceso.

1. La información pública se facilitará con la resolución estimatoria del

acceso o, en su caso, en plazo no superior a quince días desde la

notificación. En el caso de que durante el trámite de audiencia hubiera

existido oposición de terceros, el acceso se materializará cuando haya

transcurrido el plazo para interponer recurso contencioso-

administrativo sin que se haya formalizado o haya sido resuelto

confirmando el derecho a acceder a la información.

2. Este efecto suspensivo se producirá, igualmente, durante el plazo de

resolución de la reclamación potestativa previa, dado que cabe contra

ella recurso contencioso-administrativo.

3. En el supuesto de que los datos o documentos solicitados no formen

parte de la información pública del Ayuntamiento, en plazo inferior a

cinco días se remitirá la solicitud a la Administración en cuyo poder

aquéllos se encuentren, y se comunicará este hecho al usuario.

Page 81: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 81 -

4. Cuando puedan verse afectados derechos de terceros, se les dará

traslado de la solicitud para que, en el plazo máximo de quince días,

aleguen lo que a su derecho convenga. El plazo de tramitación se

suspenderá hasta que se reciban las alegaciones o transcurra el plazo

dado, comunicándole este hecho y su causa al solicitante.

5. En el caso de existir oposición a la solicitud por parte de un tercero, la

puesta a disposición no se realizará hasta la expiración del plazo para la

presentación de los recursos a los que aquel tuviera derecho sin que se

hubieran presentado o, si se presentaren, hasta que finalice el

correspondiente procedimiento.

CAPÍTULO V

REUTILIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN.

Artículo 33. Objetivos de la reutilización.

1. La reutilización de la información generada en sus funciones por las

entidades incluidas en el ámbito de aplicación de esta Ordenanza

constata el ejercicio de la transparencia colaborativa por parte del

sector público y tiene como objetivo fundamental la creación de valor

público en la sociedad en el ámbito social, innovador y económico.

2. Las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de la presente

Ordenanza realizarán los esfuerzos necesarios para federar su catálogo

de información pública reutilizable junto los catálogos del resto de

entidades de forma agregada en plataformas comunes, con el único

objetivo de colaborar en la construcción de un único catálogo de

información pública reutilizable, facilitar la actividad del sector

reutilizador de la sociedad e incrementar así el valor social, innovador y

Page 82: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 82 -

económico generado por la transparencia colaborativa del sector

público.

Artículo 34. Régimen aplicable a documentos reutilizables sujetos a

derechos de propiedad intelectual y derechos exclusivos.

1. La reutilización de la información regulada en esta Ordenanza no se

aplica a los documentos sometidos a derechos de propiedad intelectual o

industrial especialmente por parte de terceros. A los efectos de esta

Ordenanza se entiende por derechos de propiedad intelectual los

derechos de autor y derechos afines, incluidas las formas de protección

específicas.

2. La presente Ordenanza tampoco afecta a la existencia de derechos de

propiedad intelectual de los entes incluidos en su ámbito de aplicación.

3. Las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de la presente

Ordenanza ejercerán, en todo caso, sus derechos de autor de una

manera que facilite la reutilización.

Artículo 35. Criterios generales.

1. Se podrá reutilizar la información pública a la que se refieren los

artículos anteriores dentro de los límites establecidos por la normativa

vigente en materia de reutilización de la información del sector público.

2. Con carácter general, toda la información publicada o puesta a

disposición será reutilizable y accesible, sin necesidad de autorización

previa y de forma gratuita, salvo que en ella se haga constar

expresamente lo contario.

3. En particular, la reutilización de la información que tenga la

Page 83: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 83 -

consideración de publicidad activa tanto dentro de esta Ordenanza como

en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, seguirá siempre la modalidad de

reutilización sin sujeción a solicitud previa y/o condiciones específicas y

se ofrecerá en formatos electrónicos legibles por medios telemáticos y en

formato abierto que permitan su redistribución, reutilización y

aprovechamiento, de conformidad con la Ley 11/2007, de 22 de junio, de

acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y la

Norma Técnica de Interoperabilidad sobre reutilización de recursos de

la información, aprobada por la Resolución de 19 de febrero de 2013 de

la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas o norma que la

sustituya.

Artículo 36. Condiciones de reutilización.

1. La reutilización de la información por personas o entidades está

sometida a las siguientes condiciones:

a) El contenido no podrá ser alterado si conlleva la pérdida del

sentido y desnaturalización de la información, de forma que

puedan darse interpretaciones incorrectas sobre su significado.

b) Se deberá citar siempre a la entidad que originariamente ha

publicado la información como fuente y una mención expresa de la

fecha de la última actualización de la información reutilizada.

c) No se dará a entender de ningún modo que la entidad que

originariamente ha publicado la información patrocina, colabora

o apoya el producto, servicio, proyecto o acción en que se

enmarque la reutilización, sin perjuicio de que este patrocinio,

apoyo o colaboración pueda existir con base en una decisión o

acuerdo específico de la citada entidad, en cuyo caso podrá

hacerse constar en los términos que se contengan en el mismo.

Page 84: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 84 -

2. La publicación o puesta a disposición de información pública conlleva la

cesión gratuita y no exclusiva por parte de la entidad que

originariamente publica la información de los derechos de propiedad

intelectual que resulten necesarios para desarrollar la actividad de

reutilización, con carácter universal y por el plazo máximo permitido

por la Ley.

3 En el Portal de la Transparencia en el que se publique información, se

publicarán las condiciones generales para la reutilización.

Artículo 37. Exacciones.

1. Las entidades incluidas en el ámbito de la aplicación de esta Ordenanza

podrán exigir exacciones sobre la reutilización de la información para

permitir cubrir los costes del servicio o actividad incluyendo en dichos

costes los relativos a la recogida, producción, reproducción, puesta a

disposición y difusión.

2. No obstante, cuando sea necesario un derecho exclusivo para la

prestación de un servicio de interés público, la entidad incluida en el

ámbito de aplicación de esta Ordenanza revisará periódicamente y como

máximo cada tres años, la validez del motivo que justificó la concesión

del derecho exclusivo.

3. Respecto de los derechos exclusivos relacionados con la digitalización

de recursos culturales, se estará a la regulación específica en esta

materia.

4. Todos los acuerdos que concedan derechos exclusivos de reutilización

serán transparentes y se pondrán en conocimiento del público.

Page 85: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 85 -

Artículo 38. Modalidades de reutilización de la información.

1. Las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de esta Ordenanza

clasificarán la reutilización de toda la información que obra en su poder

y que sea publicada de acuerdo con alguna de las siguientes

modalidades de reutilización:

a) Modalidad de reutilización sin solicitud previa ni sujeción a

condiciones específicas: Ésta será la modalidad de uso prioritaria

y generalizada en la que la información publicada o puesta a

disposición será reutilizable y accesible, sin necesidad de

autorización previa ni condiciones específicas, respetándose los

criterios generales y las condiciones de reutilización del artículo

36.

b) Modalidad de reutilización sujeta a modos de uso limitados o a

autorización previa: De forma extraordinaria, esta modalidad

recogerá la reutilización de información puesta a disposición con

sujeción a condiciones específicas establecidas en una licencia-

tipo o a una previa autorización, la cual podrá incorporar,

asimismo, condiciones específicas.

2. Las condiciones específicas respetarán los siguientes criterios:

a) Serán claras, justas y transparentes.

b) No deberán restringir las posibilidades de reutilización ni limitar

la competencia.

c) No deberán ser discriminatorias para categorías comparables de

reutilización.

d) Se aplicarán cuando exista causa justificada para ello y previo

acuerdo de la entidad titular de la información.

Page 86: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 86 -

3. En todo caso, se utilizarán el mínimo número posible de modos de uso

limitados para regular los distintos supuestos de reutilización sujetos a

condiciones específicas y éstos siempre estarán disponibles en formato

digital, abierto y procesable electrónicamente. Estos modos de uso

limitados podrán ser elaborados por la propia entidad, aunque serán

preferidas las de uso libre y gratuito que gocen de amplia aceptación

nacional e internacional o aquellas que hayan sido consensuadas con o

por otras Administraciones Públicas. Los modos de uso limitados serán

publicados en el Portal de la Transparencia del Ayuntamiento de

Leganés.

4. Las entidades locales en el ámbito de aplicación de esta Ordenanza

podrán modificar el contenido de las condiciones específicas y modos de

uso limitado ya existentes, así como aplicar condiciones específicas y

modos de uso limitado a conjuntos de datos o documentos que

previamente no las tuvieran. Estas modificaciones se publicarán en el

Portal de la Transparencia del Ayuntamiento de Leganés y obligarán a

los reutilizadores a partir de la fecha de publicación o puesta a

disposición de la primera actualización de los datos o documentos.

Artículo 39. Publicación de la información reutilizable.

1. La publicación activa de información reutilizable incluirá su contenido,

naturaleza, estructura, formato, frecuencia de actualización, modalidad

de reutilización, así como las condiciones aplicables y, en su caso, la

exacción a los que esté sujeta la reutilización que será accesible por

medios electrónicos para que los agentes reutilizadores puedan realizar

la autoliquidación y pago.

2. Las entidades locales incluidas en el ámbito de aplicación de este

Ordenanza facilitarán sus documentos en cualquier formato o lengua en

que existan previamente y, siempre que sea posible y apropiado, en

Page 87: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 87 -

formato legible por medios telemáticos y conjuntamente con sus

metadatos. Tanto el formato como los metadatos, siempre que sea

posible deben cumplir normas formales abiertas, de conformidad con el

anexo de la Norma Técnica de Interoperabilidad de Catálogo de

Estándares establecida por el Real Decreto 4/2010, de 8 de enero.

3. El apartado 2 no supone que las entidades incluidas en el ámbito de

aplicación de esta Ordenanza estén obligadas a crear documentos,

adaptarlos o facilitar extractos de documentos, cuando ello suponga un

esfuerzo desproporcionado que conlleve algo más que una simple

manipulación. No podrá exigirse a las citadas entidades que mantengan

la producción y el almacenamiento de un determinado tipo de documento

con vistas a su reutilización por una entidad del sector público o

privado.

4. Los sistemas de búsqueda de información y documentación publicada

permitirá la indicación de búsqueda de información reutilizable.

Artículo 40. Procedimiento de tramitación de solicitudes de

reutilización.

1. El procedimiento de tramitación será el regulado en los apartados del

artículo 10 de la Ley 37/2007, de 17 de noviembre, que tengan el

carácter de normativa básica.

2. El órgano competente resolverá las solicitudes de reutilización en el

plazo máximo de un mes desde la recepción de la solicitud. Cuando por

el volumen y la complejidad de la información solicitada resulte

imposible cumplir el citado plazo, se podrá ampliar el plazo de

resolución otros quince días. En este caso, deberá informarse al

solicitante de la ampliación del plazo, así como de las razones que lo

justifican.

Page 88: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 88 -

3. En el caso de que se solicite simultáneamente el acceso a la información

regulado en el Capítulo IV y la reutilización de dicha información, se

tramitará conjuntamente por el procedimiento establecido en el Capítulo

IV, aplicándose los plazos máximos de resolución previstos en el artículo

20 de la Ley 19/2013, de 19 de diciembre.

4. Si en el plazo máximo previsto para resolver y notificar no se hubiese

dictado resolución expresa, el solicitante podrá entender desestimada su

solicitud.

CAPÍTULO VI

RECLAMACIONES Y RÉGIMEN SANCIONADOR

SECCIÓN 1ª. RECLAMACIONES

Artículo 41. Reclamaciones.

1. Las personas que consideren que no se encuentra disponible una

información de carácter público que debería estar publicada, de acuerdo

con el principio de publicidad activa que preside esta Ordenanza y lo

dispuesto en los artículo 17 a 23, podrá cursar queja ante la Secretaría

del Pleno del Ayuntamiento de Leganés como órgano competente en

materia de información pública a través del sistema de sugerencias y

reclamaciones municipal. Dicho órgano deberá realizar la comunicación

correspondiente en un plazo máximo de diez días desde que se registró la

reclamación, o en el plazo determinado por los compromisos de calidad

establecidos por el propio sistema de avisos, quejas y sugerencias de ser

éste inferior (en Leganés son 20 días naturales).

Page 89: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 89 -

2. Frente a toda resolución, acto u omisión del órgano competente en

materia de acceso a la información pública, podrá interponerse una

reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, con

carácter potestativo y previo a su impugnación en vía contencioso-

administrativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 de la Ley

19/2013, de 9 de diciembre, y con los plazos y vías de reclamación,

plazos de resolución y términos de notificación que dicho artículo

establece.

3. El Ayuntamiento no será, bajo ningún concepto, responsable del uso que

cualquiera persona o entidad haga de la información publicada o puesta

a disposición de terceros.

SECCIÓN 2ª. RÉGIMEN SANCIONADOR.

Artículo 42. Infracciones.

1. Se considerarán infracciones muy graves:

a) La desnaturalización del sentido de la información cuya

reutilización esté sujeta a modos de uso limitado o autorización

previa.

b) La alteración muy grave del contenido de la información cuya

reutilización esté sujeta a modos de uso limitado o autorización

previa.

2. Se considerarán infracciones graves:

a) La reutilización de documentación sin haber obtenido la

correspondiente autorización en los casos en que ésta sea

requerida.

Page 90: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 90 -

b) La reutilización de la información para una finalidad distinta para

la que se concedió.

c) La alteración grave del contenido de la información cuya

reutilización esté sujeta a modos de uso limitado o autorización

previa.

d) El incumplimiento grave de otras condiciones impuestas en el

correspondiente modo de uso limitado, en la autorización previa o

en la normativa reguladora aplicable.

3. Se consideran infracciones leves:

a) La falta de mención de la fecha de última actualización de la

información.

b) La alteración leve del contenido de la información cuya

reutilización esté sujeta a modos de uso limitado o autorización

previa.

c) La ausencia de cita de la fuente de acuerdo con lo previsto en esta

Ordenanza.

d) El incumplimiento leve de otras condiciones impuestas en el

correspondiente modo de uso limitado, en la autorización previa o

en la normativa reguladora aplicable.

Artículo 43. Sanciones.

1. Por la comisión de las infracciones recogidas en este Capítulo, se

impondrán las siguientes sanciones:

a) Sanción de multa de 2.001 Euros a 3.000 Euros por la comisión de

infracciones muy graves.

b) Sanción de multa de 1.001 Euros a 2.000 Euros por la comisión de

infracciones graves.

Page 91: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 91 -

c) Sanción de multa de hasta 1.000 Euros por la comisión de

infracciones muy leves.

2. Por la comisión de infracciones muy graves y graves recogidas, además

de las sanciones previstas en los párrafos a) y b), se sancionará, en su

caso, con la prohibición de reutilizar documentos sometidos a

autorización o modo de uso limitado durante un período de tiempo de

entre uno y cinco años y con la revocación de la autorización o modo de

uso limitado concedida.

3. Las sanciones se graduarán atendiendo a la naturaleza de la

información reutilizada, al volumen de dicha información, a los

beneficios obtenidos, el grado de intencionalidad, a los daños y

perjuicios causados, en particular los que se refieren a la protección de

datos de carácter personal, a la reincidencia y a cualquier otra

circunstancia que sea relevante para determinar el grado de

antijuridicidad y de culpabilidad presentes en la concreta actuación

infractora.

Artículo 44. Régimen jurídico.

1. La potestad sancionadora se ejercerá, en todo lo no previsto en la

presente Ordenanza, de conformidad con lo dispuesto en el Título IX de

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

2. El régimen sancionador previsto en esta Ordenanza se entiende sin

perjuicio de la responsabilidad civil o penal en que pudiera incurrirse,

que se hará efectiva de acuerdo con las correspondientes disposiciones

legales.

3. Las infracciones cometidas contra lo dispuesto en esta Ordenanza por el

personal al servicio del Ayuntamiento se sujetarán al régimen

disciplinario aplicable.

Page 92: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 92 -

4. El incumplimiento por parte de las entidades recogidas en los apartados

2 a 7 del artículo 2 de sus obligaciones con el Ayuntamiento en lo

relativo a la transparencia y el libre acceso a la información pública

conllevará la imposición de las sanciones recogidas en los pliegos

contractuales, bases de convocatoria o documento en los que se

establezca la relación con el Ayuntamiento.

5. El régimen sancionador previsto en esta Ordenanza se aplicará sin

perjuicio de las responsabilidades civil o penal en que pudiera

incurrirse, las cuales se harán efectivas de acuerdo con las

correspondientes normas legales. En todo caso, el Ayuntamiento deberá

exigir a las personas responsables la compensación del importe

correspondiente a los perjuicios que se le hayan causado.

Artículo 45. Órgano competente.

Será competente para la imposición de las sanciones por infracciones

cometidas contra las disposiciones de la presente Ordenanza el órgano que

resulte de lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril.

Artículo 46. Régimen disciplinario.

El incumplimiento de las disposiciones de esta Ordenanza en el

ámbito de la transparencia y el acceso a la información, por el personal al

servicio de las entidades locales designadas en el artículo 2.1, será sancionado

de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9.3 y 20.6 de la Ley 19/2013,

de 9 de diciembre y en la normativa de carácter disciplinario.

Page 93: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 93 -

CAPÍTULO VII

EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO

Artículo 47. Órgano responsable.

1. Por la Alcaldía-Presidencia, en ejercicio de sus facultades de dirección

de gobierno y de la administración local, se ejercerá o delegará en otros

órganos la competencia para la realización de cuantas actuaciones sean

necesarias para el desarrollo, implementación y ejecución del contenido

de la presente Ordenanza.

2. Asimismo se establecerá el área o servicio responsable de las funciones

derivadas del cumplimiento de la normativa vigente, al que se le

encomendarán los objetivos de desarrollo, evaluación y seguimiento de

la normativa en la materia y la elaboración de circulares y

recomendaciones, así como la coordinación con las áreas organizativas

en la aplicación de sus preceptos.

Artículo 48. Régimen de Gran Población.

Como municipio adscrito al régimen previsto en el Título X de la Ley

7/1985, de 2 de abril, el Ayuntamiento de Leganés ampliará el ámbito objetivo

de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones para los cometidos

relativos a la evaluación y seguimiento en materia de transparencia, acceso a

la información y reutilización.

Artículo 49. Actividades de formación, sensibilización y difusión.

El Ayuntamiento de Leganés realizará cuantas actuaciones resulten

necesarias para garantizar la adecuada difusión y conocimiento de lo

dispuesto en la presente Ordenanza. A tal efecto, diseñará acciones de

Page 94: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 94 -

publicidad a través de sus medios electrónicos y de los órganos de

participación ciudadana existente y articulará acciones formativas específicas

destinadas al personal, así como de comunicación con las entidades incluidas

en el artículo 2.

Artículo 50. Responsabilidades en el desempeño de las tareas de

desarrollo, evaluación y seguimiento.

Las responsabilidades que se deriven del resultado de los procesos de

evaluación y seguimiento se exigirán según lo previsto en el Capítulo VI.

Artículo 51. Plan y Memoria anual.

Los objetivos y actuaciones para el desarrollo y mantenimiento de la

transparencia, acceso a la información y reutilización se concretarán en

planes anuales. El resultado de las labores de evaluación y seguimiento de la

ejecución de los planes y de estas disposiciones será objeto de una memoria

que, anualmente, elaborará la Comisión Especial de Sugerencias y

Reclamaciones del Ayuntamiento de Leganés, para lo que contará con la

colaboración de todos los servicios que estarán obligados a facilitar cuanta

información sea necesaria sobre su área de actuación.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

ÚNICA. Régimen cualificado de acceso a la información. Lo

dispuesto en esta Ordenanza se entiende sin perjuicio del régimen de acceso

cualificado a la información municipal por parte de los concejales, recogido

en el Reglamento Orgánico Municipal.

Page 95: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 95 -

DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA. Medidas de ejecución.

En el plazo de 20 meses desde la entrada en vigor de la presente

Ordenanza, se llevará a cabo la adecuación de las estructuras organizativas

para su ejecución. A tal efecto, el Ayuntamiento de Leganés iniciará el

correspondiente proceso de rediseño interno y de revisión del Reglamento

Orgánico Municipal, así como cuantas disposiciones, circulares o

instrucciones internas pudieran resultar afectadas por la norma, dictando las

instrucciones precisas para su adaptación.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA. Archivo Municipal.

En el plazo de 48 meses desde la entrada en vigor de la presente

Ordenanza, se llevará a cabo por el Archivo Municipal las actuaciones

necesarias para el efectivo funcionamiento del Archivo Electrónico Único

establecido en el apartado 3 del artículo 5 de este texto.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA. Entrada en vigor.

La presente Ordenanza entrará en vigor de acuerdo con lo

establecido en los artículos 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,

Reguladora de las Bases del Régimen Local, transcurrido el plazo de quince

días hábiles desde su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de

Madrid.

SEGUNDO: Someter el expediente al trámite de información pública, para

alegaciones, por el plazo de treinta días, mediante la inserción

del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la

Page 96: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 96 -

Comunidad de Madrid y en el Tablón de anuncios de este

Ayuntamiento.

TERCERO.- Si durante el periodo de información pública no se presentase

ningún tipo de reclamaciones ni sugerencias se entenderán

definitivamente aprobada la ORDENANZA DE

TRANSPARENCIA Y GOBIERNO ABIERTO.

3.- RECONOCIMIENTOS EXTRAJUDICIALES DE CRÉDITOS.

Intervino el Concejal de Hacienda, Sr. Atienza Martín para explicar el

expediente.

En nombre del Grupo Municipal Unión por Leganés-ULEG intervino

el Sr. Delgado Pulido anunciando el voto en contra

Por el Grupo Municipal Leganemos el Señor Sánchez Castillo

también anuncia el voto en contra.

Todas las intervenciones se reflejan en el video que se anexa al acta.

3.1- Nº R/E PLENO 1054//2015.- BN ASOCIADOS, S.A

Vista la propuesta obrante en el expediente, del siguiente tenor literal:

“Visto el Informe Técnico de fecha 21 de septiembre de 2015, del

Arquitecto Jefe de Sección de Arquitectura, D. Juan A. Chávarri Navarro, del

siguiente tenor literal:

Page 97: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 97 -

"INFORME DEL ARQUITECTO JEFE DE LA SECCIÓN DE

ARQUITECTURA

ASUNTO: Abono Factura de honorarios por asesoramiento técnico y

redacción de diversos informes relativos a las Obras de la Biblioteca Central y

Archivo Municipal de Leganés a BN Asociados SA. Mayo 2.011.

De acuerdo con el artículo 172.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28

de noviembre de 1.986, Reglamento de Organización, Funcionamiento y

Régimen Jurídico de la Entidades Locales, se emite el siguiente informe:

Vista la presentación de la factura por la empresa BN Asociados SA.,

de 16.992,00 €, correspondiente a los Informes solicitados por la Intervención

General, la Sección de Contratación y la Delegación de Obras, como

consecuencia de la paralización de las obras de la Biblioteca Central y

Archivo Municipal de Leganés debido al concurso de acreedores en que se

encuentra la adjudicataria Constructora IMAGA, y vistos los trámites que se

han sustanciado:

FECHA TRÁMITE

18/05/2011 Presentación de la Factura Nº 7/11. de BN Asociados SA.

Cantidad: 16.992,00 €.

17/11/2011

Escrito de BN Asociados SA., Nº Registro 58451, dirigido

al Departamento de Intervención, adjuntando documentos

de informes de "justificación de paralización de

certificaciones nº 36, 37 y 38. Liquidación de la obra a

Julio 2011. Justificación de indemnización por daños y

perjuicios y presupuesto estimativo de terminación de la

Biblioteca y Archivo en Leganes Norte. Leganes". Consta

de 72 páginas a "solicitud de Dña Lucía Mora, interventora

del Ayuntamiento de Leganes como resultado de la reunión

Page 98: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 98 -

FECHA TRÁMITE

mantenida en sus oficinas el día 2 de noviembre de 2011".

27/12/2011

Escrito de BN Asociados SA., Nº Registro 64093, dirigido

al Departamento de Intervención, presentando notas

aclaratorias al documento de informes presentado el

17/11/2011. Consta de 39 páginas, incluida la carátula.

22/04/2013

Escrito de BN Asociados SA., Nº Registro 18235, dirigido

al Departamento de Intervención, solicitando el abono de

la Factura y detallando un historial de informes

presentados a partir del concurso de acreedores de la

empresa IMAGA.

20/06/2013 Escrito de BN Asociados SA., dirigido al Servicio de

Contratación, solicitando el abono de la Factura.

27/06/2013

Nueva Presentación de la Factura Nº 7/11. de BN

Asociados SA. Cantidad: 16.992,00 €. Nº Registro de

Facturas 2913/13

18/11/2014

Escrito de la Jefa de Contabilidad y Control

Presupuestario, dirigido a la Delegación de Obras,

Infraestructuras y Mantenimiento, devolviendo la factura

de la empresa BN Asociados SA., "ya que en la misma no

están detallados los trabajos realizados" además adjuntaba

"fotocopias de los contratos firmados con dicha empresa en

los que se especifican el desglose de los trabajos que tenían

adjudicados y a la que la factura tiene que ajustarse", y

apostillaba que "En caso de no estar contemplados, la

factura deberá aprobarse por Reconocimientos de

Créditos".

24/11/2014 Escrito de BN Asociados SA., Nº Registro 50279, dirigido

Page 99: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 99 -

FECHA TRÁMITE

al Departamento de Intervención, solicitando el abono de

la Factura.

7/01/2015

Escrito de BN Asociados SA., Nº Registro 625, dirigido al

Arquitecto D. Juan Antonio Chávarri, solicitando el abono

de la Factura.

19/01/2015

Escrito del Arquitecto D. Juan Antonio Chávarri, con el

tramítese de la Concejal Delegada de Obras,

Infraestructuras y Mantenimiento, dirigido a Contabilidad

y Control Presupuestario, considerando que los honorarios

contemplados en la factura corresponden a labores propias

de la Dirección Facultativa.

27/04/2015

Escrito de BN Asociados SA., Nº Registro 19437, dirigido a

la Concejal Delegada de Obras, Infraestructuras y

Mantenimiento, solicitando el abono de la Factura.

27/04/2015

Escrito de la Concejal Delegada de Obras, Infraestructuras

y Mantenimiento, Nº Registro de Salida 13334, dirigida a

BN Asociados SA., poniendo de manifiesto que le

corresponde la "Aprobación de abono al Pleno Municipal"

y que "Por mi parte, no hay inconveniente ni pega alguna,

en que una vez se emita el informe favorable por el técnico

se tramite lo antes posible la factura".

11/05/2015

Informe de la Jefa de Negociado de Obras, dirigido a la

Concejal Delegada de Obras, Infraestructuras y

Mantenimiento, poniendo de manifiesto que "Esta

administrativo que suscribe se pone en contacto con Dª

Belén Perea Rodríguez, Jefa de Contabilidad, que reitera la

petición de informe donde deberán aparecer detallados los

trabajos realizados por la empresa BN ASOCIADOS S.A., y

Page 100: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 100 -

FECHA TRÁMITE

que han dado consecuencia a la factura presentada.

Indicándome, además, que dicha factura deberá

consignarse al proyecto de Biblioteca Central y Archivo

Municipal de Leganes del presupuesto de Inversiones

2015" .

Teniendo en cuenta las circunstancias especiales acaecidas en la

empresa adjudicataria, con la presentación del concurso de acreedores y el

abandono de las obras, el proceso subsiguiente con la figura del

Administrador Concursal y la necesidad de elaborar los informes necesarios

para determinar el alcance de la nueva situación de la obras, se solicitaron

dichos informes a la empresa adjudicataria de la Dirección de Obras BN

ASOCIADOS S.A., la cual fue presentando el Informe de fecha 4/03/2011,

Informe de fecha 7/03/2011, Informe de fecha 25/03/2011, Informe de fecha

6/04/2011 Informe de fecha 13/04/2011, Informe de fecha 26/04/2011 e

Informe de fecha 9/05/2011.

Teniendo en cuenta que dichos trabajos han surgido como

consecuencia de circunstancias extraordinarias e independientes de la propia

ejecución, y por tanto, no incluidas en los trabajos contratados.

En atención a lo anteriormente expuesto, se presenta la siguiente

factura de la empresa BN ASOCIADOS S.A., CIF nº A-79159802,

correspondiente al asesoramiento técnico y redacción de diversos informes

relativos a las Obras de la Biblioteca Central y Archivo Municipal de Leganés

del mes de Mayo de 2.011, para su aprobación con cargo a la aplicación

presupuestaria 05/3321/622.00, del Presupuesto de 2.015, RC nº

201500045190:

Page 101: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 101 -

Nº Registro Cantidad

2913/13 16.992,00 €

TOTAL 16.992,00 €

SE PROPONE:

PRIMERO: Aprobar un gasto por importe de: DIECISÉIS MIL

NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS EUROS (16.992,00 Euros). Con cargo a la

aplicación presupuestaria 05/3321/622.00, del Presupuesto de 2.015, RC nº

201500045190.

SEGUNDO: Aprobar la factura correspondiente al asesoramiento

técnico y redacción de diversos informes relativos a las Obras de la Biblioteca

Central y Archivo Municipal de Leganés del mes de Mayo de 2.011, de la

empresa BN ASOCIADOS S.A., CIF nº A-79159802, siguiente:

Nº Registro Cantidad

2913/13 16.992,00 €

TOTAL 16.992,00 €

Visto el informe de la Interventora General de fecha 27 de octubre de

2015.

De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el

dictamen de la Comisión Plenaria de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores

reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con los votos a favor de los seis

Sres. Concejales del Grupo Municipal Socialista, los seis Sres. Concejales del

Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo Municipal de Izquierda

Unida Comunidad de Madrid-Los Verdes, las abstenciones de los dos Sres.

Concejales del Grupo Municipal Ciudadanos - Partido de la Ciudadanía; y los

Page 102: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 102 -

votos en contra de los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal Leganemos y

los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal Unión por Leganés-ULEG,

acordaron:

PRIMERO: Aprobar un gasto por importe de: DIECISÉIS MIL

NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS EUROS (16.992,00

Euros). Con cargo a la aplicación presupuestaria

05/3321/622.00, del Presupuesto de 2.015, RC nº

201500045190.

SEGUNDO: Aprobar la factura correspondiente al asesoramiento técnico y

redacción de diversos informes relativos a las Obras de la

Biblioteca Central y Archivo Municipal de Leganés del mes de

Mayo de 2.011, de la empresa BN ASOCIADOS S.A., CIF nº

A-79159802, siguiente:

Nº Registro Cantidad

2913/13 16.992,00 €

TOTAL 16.992,00 €

3.2- Nº R/E PLENO 1056/2015.- D. JAVIER DORCA MERCADER

Vista la propuesta obrante en el expediente, del siguiente tenor literal:

“A la vista del informe de Don Juan María Borreguero Pérez, Jefe de

la Asesoría Jurídica, cuyo tenor literal es el siguiente:

HECHOS:

Page 103: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 103 -

En la Asesoría Jurídica figuran facturas correspondientes a derechos

de cobro frente al Ayuntamiento de Leganés emitidas por DON JAVIER

DORCA MERCADER, N.I.F. una del ejercicio económico 2013 y el resto del

2014.

En cuanto a los recursos económicos para abordar el programa de

Servicios Jurídicos del Presupuesto de Gastos de 2014, prorrogado 2015,

existe disponibilidad para atender las facturas que se relacionan, Clave

Orgánica 01, Programa 9120, Económica 22604.

A este respecto se informa que, una vez revisadas dichas facturas, en

todos los casos corresponden a la actividad de asistencia jurídica realizada

por el Sr. Dorca Mercader al amparo de encargos que le fueron formulados

por el Ayuntamiento de Leganés, para la asistencia y defensa jurídica en

procedimientos judiciales, habiendo realizado de conformidad los servicios

correspondientes a los mismos, por lo que procede efectuar el abono de las

mismas.

FACTURAS 2013-2014 LETRADO JAVIER DORCA MERCADER

Nº R / E

FECHA CONCEPTO IMPORTE MINUTA

(IMPORTE +IVA)

PROVISIÓN DE

FONDOS

A ABONAR

5134 25-10-13. Proc. Rec. Suplic. Lab.

T.S.J. Recurso 1710/13.

6.655,00 €. 6.655,00 €.

168 17-1-14. Proc. Ordinario 478/2013

Juzg. Social 35.

726,00 €. 726,00 €.

169 17-1-14. Proc. Abrev. 231/13

Juzg. Const. Admtvo. 23.

363,00 €. 363,00 €.

240 30-1-14. Proc. Abrev. 241/2013

Juzg. Cont. Admtvo. 20.

726,00 €. 726,00 €.

Page 104: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 104 -

Nº R / E

FECHA CONCEPTO IMPORTE MINUTA

(IMPORTE +IVA)

PROVISIÓN DE

FONDOS

A ABONAR

463 6-2-14. Proc. Abrev. 504/2010.

Juzg.Cont. Adtvo. 12.

1.452,00 €. 618,00 €. 834,00 €.

465 6-2-14. Proc. Abrev. 436/2011.

Juzg. Cont. Adtvo. 10

726,00 €. 726,00 €.

466 6-2-14 Proc. Abrev. 722/2010.

Juzg. Cont. Adtvo. 14

1.452,00 €. 1.452,00 €.

660 21-2-14. Proc. Abrev. 365/2012

Juzg. Cont. Admtvo. 31

1.089,00 €. 1.089,00 €.

835 28-2-14. Proc. Orden.1368/2012

Juzg. Social 25.

363,00 €. 363,00 €.

1321 21-3-14. Proc. Ord. Autos 59/13. Juzg. Social 24.

242,00 €. 242,00 €.

1860 23-4-14 Proc. Lab. Autos 157/14

Juzg. Social 9.

363,00 €. 363,00 €.

1861 23-4-14. Proc. Abrev. 196/2013

Juzg. Cont. Adtvo. 18

363,00 €. 363,00 €.

1862 23-4-14 Proc. Abrev. 31/2013

Juz. Cont. Admtvo. 32

363,00 €. 363,00 €.

1863 23-4-14. Proc. Abrev. 659/2010

Juzg. Cont. Adtvo. 26

726,00 €. 726,00 €.

1864 23-4-14. Proc. Abrev. 243/2012.

Juzg. Cont. Adtvo. 18.

363,00 €. 363,00 €.

1865 23-4-14. Proc. Sanc. 757/2012

Juzg. Soc. 20.

726,00 €. 726,00 €.

2620

6-6-14. Proc. Abrev. 418/2012.

Juzg. Cont. Adtvo. 30.

484,00 €. 484,00 €.

Page 105: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 105 -

Nº R / E

FECHA CONCEPTO IMPORTE MINUTA

(IMPORTE +IVA)

PROVISIÓN DE

FONDOS

A ABONAR

3510 11-7-14. Proc. Ord. 1415/2012.

Juzg. Social 32.

605,00 €. 605,00 €.

3511 11-7-14. Proc. Abrev. 241/2013

Jug. Cont. Adtvo. 28.

726,00 €. 726,00 €.

4621 24-9-14. Proc. Ord-Rec. 238/2010.

Juzg. Cont. Adtvo. 10.

P.Ord.Rso. 259/2014.

1.210,00 €. 1.210,00 €.

4622 24-9-14. Proc. Ord. 478/2013.

Juzg. Soc. 35.

605,00 €. 605,00 €.

4623 24-9-14 Proc. Ord. 120/2013.

Juzg. Social 28.

363,00 €. 363,00 €.

4625 24-09-14 Proc. Ord. 175/2013

Juzg. Social 7

121,00 €. 121,00 €.

4936 8-10-14 Proc. Abrev. 511/2012.

Juzg. Cont. Admtvo. 11.

242,00 €. 242,00 €.

5283 30-10-14 Proc. Abrev. 76/2013.

Juzg. Con. Admvo. 8

726,00 €. 726,00 €.

5284 30-10-14 Proc. Despido 1446/13

Juzg. Social 25.

726,00 €. 726,00 €.

5451 7-11-14. Proc. Ord. 14/2013.

Juzg. Social 40.

242,00 €. 242,00 €.

5453 7-11-14. Proc. Ord. 716/2013.

Juzg. Social 18.

242,00 €. 242,00 €.

5454 7-11-14. Proc. Ord. 722/2013.

Juzg. Social 10.

242,00 €. 242,00 €.

5488 7-11-14. Proc. Ord. 720/2013.

Juzg. Social 18.

242,00 €. 242,00 €.

Page 106: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 106 -

Nº R / E

FECHA CONCEPTO IMPORTE MINUTA

(IMPORTE +IVA)

PROVISIÓN DE

FONDOS

A ABONAR

5802 20-11-14. Proc. Abrev. 596/2012.

Juzg. Con. Admtvo. 19.

242,00 €. 242,00 €.

5803 20-11-14. Proc. Desp. 735/2014

Juzg. Social 31.

726,00 €. 726,00 €.

5804 20-11-14 Proc. Desp. 727/2014

Juzg. Social 36.

726,00 €. 726,00 €.

25.168,00 € 618,00 €. 24.550,00 €.

A estos hechos le son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

Le son aplicables lo establecido por la vigente legislación local, las

demás normas del Estado, así como a lo que resuelva la Corporación, previo

informe de la Interventora o Secretario, según proceda.

Base 22 de ejecución del presupuesto, relativa al reconocimiento

extrajudicial de créditos.

Existiendo consignación presupuestaria adecuada y suficiente:

01/9120/22604… RC. 80078…….25.168,00 €.

Vistos los preceptos legales citados y demás normas de aplicación,

SE PROPONE:

PRIMERO: Aprobar el reconocimiento de deuda por importe de

VEINTICINCO MIL CIENTO SESENTA Y OCHO EUROS =25.168,00 €=, con

cargo a la aplicación presupuestaria 01/9120/22604 – RC. 201500080078.

Page 107: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 107 -

SEGUNDO: Aprobar las facturas que se citan a continuación:

Nº R / E

FECHA CONCEPTO IMPORTE MINUTA

(IMPORTE +IVA)

PROVISION DE

FONDOS

A ABONAR

5134 25-10-13. Proc. Rec. Suplic. Lab.

T.S.J. Recurso 1710/13.

6.655,00 €. 6.655,00 €.

168 17-1-14. Proc. Ordinario 478/2013

Juzg. Social 35.

726,00 €. 726,00 €.

169 17-1-14. Proc. Abrev. 231/13

Juzg. Const. Admtvo. 23.

363,00 €. 363,00 €.

240 30-1-14. Proc. Abrev. 241/2013

Juzg. Cont. Admtvo. 20.

726,00 €. 726,00 €.

463 6-2-14. Proc. Abrev. 504/2010.

Juzg.Cont. Adtvo. 12.

1.452,00 €. 618,00 €. 834,00 €.

465 6-2-14. Proc. Abrev. 436/2011.

Juzg. Cont. Adtvo. 10

726,00 €. 726,00 €.

466 6-2-14 Proc. Abrev. 722/2010.

Juzg. Cont. Adtvo. 14

1.452,00 €. 1.452,00 €.

660 21-2-14. Proc. Abrev. 365/2012

Juzg. Cont. Admtvo. 31

1.089,00 €. 1.089,00 €.

835 28-2-14. Proc. Orden.1368/2012

Juzg. Social 25.

363,00 €. 363,00 €.

1321 21-3-14. Proc. Ord. Autos 59/13. Juzg. Social 24.

242,00 €. 242,00 €.

1860 23-4-14 Proc. Lab. Autos 157/14

Juzg. Social 9.

363,00 €. 363,00 €.

1861 23-4-14. Proc. Abrev. 196/2013

Juzg. Cont. Adtvo. 18

363,00 €. 363,00 €.

Page 108: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 108 -

Nº R / E

FECHA CONCEPTO IMPORTE MINUTA

(IMPORTE +IVA)

PROVISION DE

FONDOS

A ABONAR

1862 23-4-14 Proc. Abrev. 31/2013

Juz. Cont. Admtvo. 32

363,00 €. 363,00 €.

1863 23-4-14. Proc. Abrev. 659/2010

Juzg. Cont. Adtvo. 26

726,00 €. 726,00 €.

1864 23-4-14. Proc. Abrev. 243/2012.

Juzg. Cont. Adtvo. 18.

363,00 €. 363,00 €.

1865 23-4-14. Proc. Sanc. 757/2012

Juzg. Soc. 20.

726,00 €. 726,00 €.

2620

6-6-14. Proc. Abrev. 418/2012.

Juzg. Cont. Adtvo. 30.

484,00 €. 484,00 €.

3510 11-7-14. Proc. Ord. 1415/2012.

Juzg. Social 32.

605,00 €. 605,00 €.

3511 11-7-14. Proc. Abrev. 241/2013

Jug. Cont. Adtvo. 28.

726,00 €. 726,00 €.

4621 24-9-14. Proc. Ord-Rec. 238/2010.

Juzg. Cont. Adtvo. 10.

P.Ord.Rso. 259/2014.

1.210,00 €. 1.210,00 €.

4622 24-9-14. Proc. Ord. 478/2013.

Juzg. Soc. 35.

605,00 €. 605,00 €.

4623 24-9-14 Proc. Ord. 120/2013.

Juzg. Social 28.

363,00 €. 363,00 €.

4625 24-09-14 Proc. Ord. 175/2013

Juzg. Social 7

121,00 €. 121,00 €.

4936 8-10-14 Proc. Abrev. 511/2012.

Juzg. Cont. Admtvo. 11.

242,00 €. 242,00 €.

5283 30-10-14 Proc. Abrev. 76/2013.

Juzg. Con. Admvo. 8

726,00 €. 726,00 €.

5284 30-10-14 Proc. Despido 1446/13

Juzg. Social 25.

726,00 €. 726,00 €.

Page 109: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 109 -

Nº R / E

FECHA CONCEPTO IMPORTE MINUTA

(IMPORTE +IVA)

PROVISION DE

FONDOS

A ABONAR

5451 7-11-14. Proc. Ord. 14/2013.

Juzg. Social 40.

242,00 €. 242,00 €.

5453 7-11-14. Proc. Ord. 716/2013.

Juzg. Social 18.

242,00 €. 242,00 €.

5454 7-11-14. Proc. Ord. 722/2013.

Juzg. Social 10.

242,00 €. 242,00 €.

5488 7-11-14. Proc. Ord. 720/2013.

Juzg. Social 18.

242,00 €. 242,00 €.

5802 20-11-14. Proc. Abrev. 596/2012.

Juzg. Con. Admtvo. 19.

242,00 €. 242,00 €.

5803 20-11-14. Proc. Desp. 735/2014

Juzg. Social 31.

726,00 €. 726,00 €.

5804 20-11-14 Proc. Desp. 727/2014

Juzg. Social 36.

726,00 €. 726,00 €.

25.168,00 € 618,00 €. 24.550,00 €.

Visto el informe de la Interventora General de fecha 27 de octubre de

2015.

De conformidad con la propuesta obrante en el expediente y el

dictamen de la Comisión Plenaria de Régimen Jurídico y Hacienda, los Señores

reunidos, en votación ordinaria y por mayoría, con los votos a favor de los seis

Sres. Concejales del Grupo Municipal Socialista, los seis Sres. Concejales del

Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo Municipal de Izquierda

Unida Comunidad de Madrid-Los Verdes, las abstenciones de los dos Sres.

Concejales del Grupo Municipal Ciudadanos - Partido de la Ciudadanía; y los

votos en contra de los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal Leganemos y

los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal Unión por Leganés-ULEG,

acordaron:

Page 110: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 110 -

PRIMERO: Aprobar el reconocimiento de deuda por importe de

VEINTICINCO MIL CIENTO SESENTA Y OCHO EUROS

=25.168,00 €=, con cargo a la aplicación presupuestaria

01/9120/22604 – RC. 201500080078.

SEGUNDO: Aprobar las facturas que se citan a continuación:

Nº R / E

FECHA CONCEPTO IMPORTE MINUTA

(IMPORTE +IVA)

PROVISION DE

FONDOS

A ABONAR

5134 25-10-13. Proc. Rec. Suplic. Lab.

T.S.J. Recurso 1710/13.

6.655,00 €. 6.655,00 €.

168 17-1-14. Proc. Ordinario 478/2013

Juzg. Social 35.

726,00 €. 726,00 €.

169 17-1-14. Proc. Abrev. 231/13

Juzg. Const. Admtvo. 23.

363,00 €. 363,00 €.

240 30-1-14. Proc. Abrev. 241/2013

Juzg. Cont. Admtvo. 20.

726,00 €. 726,00 €.

463 6-2-14. Proc. Abrev. 504/2010.

Juzg.Cont. Adtvo. 12.

1.452,00 €. 618,00 €. 834,00 €.

465 6-2-14. Proc. Abrev. 436/2011.

Juzg. Cont. Adtvo. 10

726,00 €. 726,00 €.

466 6-2-14 Proc. Abrev. 722/2010.

Juzg. Cont. Adtvo. 14

1.452,00 €. 1.452,00 €.

660 21-2-14. Proc. Abrev. 365/2012

Juzg. Cont. Admtvo. 31

1.089,00 €. 1.089,00 €.

835 28-2-14. Proc. Orden.1368/2012

Juzg. Social 25.

363,00 €. 363,00 €.

1321 21-3-14. Proc. Ord. Autos 59/13. Juzg. Social 24.

242,00 €. 242,00 €.

1860 23-4-14 Proc. Lab. Autos 157/14

Juzg. Social 9.

363,00 €. 363,00 €.

Page 111: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 111 -

Nº R / E

FECHA CONCEPTO IMPORTE MINUTA

(IMPORTE +IVA)

PROVISION DE

FONDOS

A ABONAR

1861 23-4-14. Proc. Abrev. 196/2013

Juzg. Cont. Adtvo. 18

363,00 €. 363,00 €.

1862 23-4-14 Proc. Abrev. 31/2013

Juz. Cont. Admtvo. 32

363,00 €. 363,00 €.

1863 23-4-14. Proc. Abrev. 659/2010

Juzg. Cont. Adtvo. 26

726,00 €. 726,00 €.

1864 23-4-14. Proc. Abrev. 243/2012.

Juzg. Cont. Adtvo. 18.

363,00 €. 363,00 €.

1865 23-4-14. Proc. Sanc. 757/2012

Juzg. Soc. 20.

726,00 €. 726,00 €.

2620

6-6-14. Proc. Abrev. 418/2012.

Juzg. Cont. Adtvo. 30.

484,00 €. 484,00 €.

3510 11-7-14. Proc. Ord. 1415/2012.

Juzg. Social 32.

605,00 €. 605,00 €.

3511 11-7-14. Proc. Abrev. 241/2013

Jug. Cont. Adtvo. 28.

726,00 €. 726,00 €.

4621 24-9-14. Proc. Ord-Rec. 238/2010.

Juzg. Cont. Adtvo. 10.

P.Ord.Rso. 259/2014.

1.210,00 €. 1.210,00 €.

4622 24-9-14. Proc. Ord. 478/2013.

Juzg. Soc. 35.

605,00 €. 605,00 €.

4623 24-9-14 Proc. Ord. 120/2013.

Juzg. Social 28.

363,00 €. 363,00 €.

4625 24-09-14 Proc. Ord. 175/2013

Juzg. Social 7

121,00 €. 121,00 €.

4936 8-10-14 Proc. Abrev. 511/2012.

Juzg. Cont. Admtvo. 11.

242,00 €. 242,00 €.

5283 30-10-14 Proc. Abrev. 76/2013.

Juzg. Con. Admvo. 8

726,00 €. 726,00 €.

5284 30-10-14 Proc. Despido 1446/13

Juzg. Social 25.

726,00 €. 726,00 €.

Page 112: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 112 -

Nº R / E

FECHA CONCEPTO IMPORTE MINUTA

(IMPORTE +IVA)

PROVISION DE

FONDOS

A ABONAR

5451 7-11-14. Proc. Ord. 14/2013. Juzg. Social 40.

242,00 €. 242,00 €.

5453 7-11-14. Proc. Ord. 716/2013. Juzg. Social 18.

242,00 €. 242,00 €.

5454 7-11-14. Proc. Ord. 722/2013. Juzg. Social 10.

242,00 €. 242,00 €.

5488 7-11-14. Proc. Ord. 720/2013. Juzg. Social 18.

242,00 €. 242,00 €.

5802 20-11-14. Proc. Abrev. 596/2012. Juzg. Con. Admtvo. 19.

242,00 €. 242,00 €.

5803 20-11-14. Proc. Desp. 735/2014 Juzg. Social 31.

726,00 €. 726,00 €.

5804 20-11-14 Proc. Desp. 727/2014 Juzg. Social 36.

726,00 €. 726,00 €.

25.168,00 € 618,00 €. 24.550,00 €.

4.- INICIACIÓN EXPEDIENTE DE CONCESIÓN DE HONORES

Y DISTINCIONES

En este punto intervinieron los Señores Bejarano Ferreras, Recuenco

Checa, Delgado Pulido y Sánchez Castillo, cuyas intervenciones se reflejan en

el video que se anexa al acta.

Se deja el expediente sobre la mesa para un mejor estudio.

5.- EXPEDIENTE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA Nº

14/2015 POR SUPLEMENTO DE CRÉDITO.

Se deja el expediente sobre la mesa para un mejor estudio.

Page 113: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 113 -

6.- APROBACIÓN MODIFICACIÓN DEL ANEXO DE

INVERSIONES DE LOS PRESUPUESTOS 2012 Y 2014.

Se deja el expediente sobre la mesa para un mejor estudio.

7.- EXPEDIENTE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA Nº

15/2015 POR SUPLEMENTO DE CRÉDITO

Intervino el Sr. Delgado Pulido en representación del Grupo

Municipal Unión por Leganés-ULEG. Pidió dejar el punto sobre la mesa y

pidió informe de Asesoría Jurídica.

Por el Grupo Municipal Leganemos intervino la Sra. Cruz Jiménez

para pedir también que el expediente se dejase sobre la mesa, y sí esto no se

hacía votarían en contra.

Intervino por el Grupo Municipal Popular el Señor Recuenco Checa.

En un segundo turno intervinieron los Señores Atienza Martin,

Delgado Pulido, Recuenco Checa y la Señora Cruz Jiménez.

Todas las intervenciones se reflejan en el video que se anexa al acta

Se sometió a votación la petición de dejar el expediente sobre la mesa,

votaron a favor de la misma los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal

Leganemos y los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal Unión por

Leganés-ULEG, en contra los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal

Socialista, los dos Sres. Concejales del Grupo Municipal Ciudadanos - Partido

Page 114: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 114 -

de la Ciudadanía y el Sr. Concejal del Grupo Municipal de Izquierda Unida

Comunidad de Madrid-Los Verdes; y se abstuvieron los seis Sres. Concejales

del Grupo Municipal Popular, acordando Dejar el expediente sobre la mesa.

11.- MOCIÓN CONJUNTA DE TODOS LOS GRUPOS POLÍTICOS

MUNICIPALES EN APOYO AL PUEBLO SAHARAUI TRAS

LAS INUNDACIONES ACAECIDAS EN LOS ÚLTIMOS DÍAS

Se dio lectura a la siguiente moción:

“El municipio de Leganés está hermanado con La Daira de La Güera,

en los campos de refugiados saharauis, desde el 17 de Agosto de 2001. Dicho

hermanamiento se ha materializado a través de diversos proyectos de

cooperación como por ejemplo la construcción de viviendas o las brigadas

médicas. Además el proyecto “Vacaciones en Paz” ha permitido que cientos

de niños saharauis convivan durante los veranos con familias de nuestro

municipio, creando fuertes lazos entre las dos sociedades.

La población refugiada sigue dependiendo en gran medida de la

asistencia humanitaria externa, con dificultades de acceso a recursos básicos

como alimentos, agua, salud, vivienda y educación.

A las difíciles condiciones en que viven los refugiados saharauis,

debido al exilio al que están obligados por la ocupación militar de Marruecos

en su territorio, tenemos que añadir las terribles inundaciones que hace unas

semanas se produjeron destruyendo casas, edificios comunitarios, como

dispensarios médicos, hospitales y escuelas entre otros. En consecuencia,

dejando a esta población ya de por si vulnerable en la más absoluta

precariedad.

Page 115: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 115 -

Tal y como manifestó el director de ACNUR para Medio Oriente y

Norte de África: “Todo ha quedado destruido, no solo las casas, sino los

lugares de trabajo, las tiendas, las guarderías, los hospitales, las personas

están en medio de la nada en uno de los lugares más inhóspitos del mundo”

La Comunidad Internacional y sus Organizaciones más

representativas la ONU, OUA y el Tribunal Internacional de Justicia de La

Haya, han declarado el Sahara occidental como un territorio sujeto a un

proceso de descolonización y han reconocido el derecho del pueblo saharaui a

decidir su futuro (Resoluciones de la ONU 1514 y 1541 (XV), 2072 (XX), 2229

(XXI), etc.

La crisis de la población refugiada saharaui figura desde hace una

década en la lista de crisis olvidadas que la Oficina de Acción Humanitaria y

Protección Civil de la Comisión Europea ECHO realiza anualmente. En 2014,

esta crisis, ha sido valorada con la máxima puntuación (11 sobre 11), siendo

la única crisis con esta puntuación.

Por todo ello se propone, por unanimidad de todos los grupos

políticos que forman en Ayuntamiento en Pleno, adoptar los siguientes

Acuerdos:

o Dar el apoyo institucional de la ciudad de Leganés al pueblo saharaui,

en especial a La Daira hermanada con Leganés, La Güera en los

campos de refugiados del Sahara en la provincia de Tindouf (Argelia )

.

o Apoyar desde el Ayuntamiento campañas de sensibilización y ayuda al

pueblo saharaui y habilitar dotaciones extraordinarias presupuestarias

o de otra índole para paliar los daños provocados por las

inundaciones.

o Llevar a cabo en La Güera las acciones necesarias que permitan no

Page 116: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 116 -

solo reparar lo destruido en esta última catástrofe, sino también seguir

mejorando la vida de habitantes a través de intervenciones de

cooperación. Para ello se deberá estudiar con técnicos, políticos,

asociaciones saharauis y otras entidades las acciones pertinentes a

llevar a cabo en cada momento.

o Solicitar a organismos públicos y privados los recursos económicos y/o

materiales que puedan paliar las necesidades de las personas que están

viviendo en los campos de refugiados.

o Elevar al gobierno, y en su representación exterior, al ministro de

exteriores a participar en los esfuerzos internacionales por ayudar a

los refugiados saharauis.

o Exigir la aplicación del Plan de Arreglo de la ONU y OUA para el

Sahara Occidental para la celebración inmediata del referéndum

previsto en el mismo.

o Condenar las violaciones de los DDHH en la zona ocupada del Sahara

Occidental.

o El Ayuntamiento de Leganés se compromete a seguir defendiendo la

lucha del pueblo Saharaui en cualquier foro que sea necesario”.

Los Señores reunidos, en votación ordinaria y unanimidad,

acordaron:

PRIMERO: Dar el apoyo institucional de la ciudad de Leganés al pueblo

saharaui, en especial a La Daira hermanada con Leganés, La

Güera en los campos de refugiados del Sahara en la provincia de

Tindouf (Argelia ) .

Page 117: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 117 -

SEGUNDO: Apoyar desde el Ayuntamiento campañas de sensibilización y

ayuda al pueblo saharaui y habilitar dotaciones extraordinarias

presupuestarias o de otra índole para paliar los daños

provocados por las inundaciones.

TERCERO: Llevar a cabo en La Güera las acciones necesarias que permitan

no solo reparar lo destruido en esta última catástrofe, sino

también seguir mejorando la vida de habitantes a través de

intervenciones de cooperación. Para ello se deberá estudiar con

técnicos, políticos, asociaciones saharauis y otras entidades las

acciones pertinentes a llevar a cabo en cada momento.

CUARTO: Solicitar a organismos públicos y privados los recursos

económicos y/o materiales que puedan paliar las necesidades de

las personas que están viviendo en los campos de refugiados.

QUINTO: Elevar al gobierno, y en su representación exterior, al ministro

de exteriores a participar en los esfuerzos internacionales por

ayudar a los refugiados saharauis.

SEXTO: Exigir la aplicación del Plan de Arreglo de la ONU y OUA para

el Sahara Occidental para la celebración inmediata del

referéndum previsto en el mismo.

SÉPTIMO: Condenar las violaciones de los DDHH en la zona ocupada del

Sahara Occidental.

OCTAVO: El Ayuntamiento de Leganés se compromete a seguir

defendiendo la lucha del pueblo Saharaui en cualquier foro que

sea necesario.

Page 118: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 118 -

12.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL

LEGANEMOS SOBRE LA INICIATIVA LEGISLATIVA

POPULAR (ILP) PARA ESTABLECER UNA PRESTACIÓN DE

INGRESOS MÍNIMOS EN EL ÁMBITO PARA DE

PROTECCIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Se dio lectura a la siguiente moción:

“La grave y prolongada crisis económica que venimos sufriendo

desde 2008 ha evidenciado la fragilidad de las bases sobre las que está

asentado nuestro modelo productivo y nuestro Estado de bienestar, así como

la importancia que tienen los instrumentos públicos de protección social para

quienes más sufren las consecuencias de la actual situación.

Casi 13 millones de personas en España se encuentran en riesgo de

pobreza o exclusión. De ellas, 3 millones padecen pobreza severa

(especialmente grave es la tasa de pobreza infantil, 26,7%, 2,1 millones de

niños y niñas). Ha aumentado el número de hogares con todos sus miembros

en paro, el mayor impacto en las mujeres, se ha disparado el desempleo

juvenil, el de mayores de 45 años y el número de parados de larga duración.

Cada vez hay más personas desempleadas sin cobertura (sólo cuentan con

prestación por desempleo 4 de cada 10 parados, según la EPA) pero, además,

los recortes y por tanto, la precariedad, han llegado a las prestaciones por

desempleo, cada vez con menor tasa de cobertura.

Junto al colectivo de personas sin ningún tipo de ingresos se ha

identificado otro igualmente numeroso de personas con ingresos muy bajos.

No se trata de un fenómeno nuevo, pero sí lo es el crecimiento que ha

experimentado en los últimos años. Nos referimos al fenómeno de los

“trabajadores pobres”, quienes tienen empleo precario y con sueldos muy

bajos, que entran y salen del mercado de trabajo, especialmente significativo

Page 119: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 119 -

en el caso de las mujeres, y para quienes las actuales estructuras de protección

social (que no fueron diseñadas para esta realidad) no les garantizan una

renta suficiente.

Hoy el riesgo de pobreza es una realidad asociada a los hogares que

sufren el desempleo y el empleo precario, y resulta imprescindible reforzar los

mecanismos de protección social que se están mostrando insuficientes para

atender las nuevas demandas sociales derivadas de la crisis económica y los

efectos de las políticas económicas de recortes.

Ante esta situación, CCOO y UGT han puesto en marcha una

Iniciativa Legislativa Popular (ILP) con el fin de exigir el establecimiento y

regulación de un nuevo derecho, una prestación de INGRESOS MÍNIMOS, que

garantice la cobertura de las necesidades básicas y esenciales de la

ciudadanía, reforzando así, la intervención pública en este ámbito.

Se trata, en definitiva, de una nueva prestación económica del sistema

de la Seguridad Social dentro del nivel no contributivo, como desarrollo del

principio rector consagrado en el artículo 41 de la Constitución Española

según el cual, los poderes públicos mantendrán un régimen público de

Seguridad Social para todos los ciudadanos y ciudadanas, que garantice la

asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad,

especialmente en caso de desempleo.

Por todo lo expuesto, el Pleno del Ayuntamiento adopta los siguientes

ACUERDOS

• Considerar la lucha contra la pobreza, la exclusión social y la creciente

desigualdad, una prioridad fundamental en el desarrollo de las políticas

municipales, desarrollando medidas tanto desde un enfoque específico

como transversal, en el marco del dialogo con los diferentes agentes

sociales.

Page 120: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 120 -

• Apoyar la ILP sobre Ingresos Mínimos promovida por CCOO y UGT,

que plantea la articulación de un nuevo mecanismo de protección social,

que, regulado como derecho subjetivo, amplíe la acción protectora de la

Seguridad Social. Dicha prestación estará destinada a garantizar unos

ingresos que aseguren unas condiciones básicas para atender las

necesidades más esenciales y vitales de las personas que, con

disponibilidad para trabajar, carecen de empleo y de unos recursos

económicos mínimos para sí y, en su caso, para los familiares a su

cargo.

• Respaldar la propuesta sindical desde el firme convencimiento de que

esta cuestión debe ser una prioridad para las distintas Administraciones

y especialmente, para la Administración del Estado, procurando y

asegurando su implicación en la cobertura y prestación de servicios y

garantías esenciales. Todos los ciudadanos y ciudadanas deben tener

garantizada una adecuada protección social pública y para ello, se

hacen imprescindibles nuevos procesos de adaptación jurídica, política y

social.

• Facilitar a las organizaciones sindicales promotoras de la ILP sobre

Ingresos Mínimos, los cauces para que su iniciativa prospere y se

alcance el objetivo planteado de recoger las firmas necesarias para que

el proyecto sea objeto de tratamiento, debate y consideración en el

Congreso de los Diputados.

Defendió la moción el Sr. Muñoz Murillo.

Por el Grupo Municipal de Izquierda Unida Comunidad de Madrid-

Los Verdes intervino el Señor Bejarano Ferreras el cual anuncia el voto

favorable de su grupo.

Page 121: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 121 -

En nombre del Grupo Municipal Ciudadanos - Partido de la

Ciudadanía intervino el Sr. Pérez Hernández para indicar que votarán a favor.

La Sra. Moro Sanjuán, en nombre del Grupo Municipal Popular dio

que su grupo se abstendría.

El Sr. Delgado Pulido, en nombre y representación del Grupo

Municipal Unión por Leganés-ULEG explicó el voto favorable de su grupo.

Por el Grupo Municipal Socialista el Sr. Llorente Gutiérrez mostró el

apoyo a la moción.

Finalizó el turno de intervenciones el Sr. Muñoz Murillo.

Todas las intervenciones se reflejan en el video que se anexa al acta

Terminada la deliberación, los Señores reunidos, en votación ordinaria

y por mayoría, con los votos a favor de la misma de los seis Sres. Concejales

del Grupo Municipal Socialista, los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal

Leganemos, los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal Unión por Leganés-

ULEG, los dos Sres. Concejales del Grupo Municipal Ciudadanos-Partido de la

Ciudadanía y el Sr. Concejal del Grupo Municipal de Izquierda Unida

Comunidad de Madrid-Los Verdes; y las abstenciones de los seis Sres.

Concejales del Grupo Municipal Popular, acordaron:

PRIMERO.- Considerar la lucha contra la pobreza, la exclusión social y la

creciente desigualdad, una prioridad fundamental en el

desarrollo de las políticas municipales, desarrollando medidas

tanto desde un enfoque específico como transversal, en el marco

del dialogo con los diferentes agentes sociales.

Page 122: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 122 -

SEGUNDO.- Apoyar la ILP sobre Ingresos Mínimos promovida por CCOO y

UGT, que plantea la articulación de un nuevo mecanismo de

protección social, que, regulado como derecho subjetivo, amplíe

la acción protectora de la Seguridad Social. Dicha prestación

estará destinada a garantizar unos ingresos que aseguren unas

condiciones básicas para atender las necesidades más esenciales

y vitales de las personas que, con disponibilidad para trabajar,

carecen de empleo y de unos recursos económicos mínimos para

sí y, en su caso, para los familiares a su cargo.

TERCERO.- Respaldar la propuesta sindical desde el firme convencimiento

de que esta cuestión debe ser una prioridad para las distintas

Administraciones y especialmente, para la Administración del

Estado, procurando y asegurando su implicación en la cobertura

y prestación de servicios y garantías esenciales. Todos los

ciudadanos y ciudadanas deben tener garantizada una adecuada

protección social pública y para ello, se hacen imprescindibles

nuevos procesos de adaptación jurídica, política y social.

CUARTO.- Facilitar a las organizaciones sindicales promotoras de la ILP

sobre Ingresos Mínimos, los cauces para que su iniciativa

prospere y se alcance el objetivo planteado de recoger las firmas

necesarias para que el proyecto sea objeto de tratamiento, debate

y consideración en el Congreso de los Diputados.

13.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL

LEGANEMOS PARA HACER DE LEGANES UNA CIUDAD

CONTRA EL CAMBIO CLIMÁTICO QUE APLIQUE

Page 123: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 123 -

MEDIDAS DE AHORRO ENERGÉTICO.

Se dio lectura a la siguiente moción:

“En el año en que se celebra la Conferencia de las Partes de la

Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático 2015

(«París 2015»), proponemos que Leganés avance hacia un compromiso firme

en la lucha contra el cambio climático.

Se trata de una fecha crucial para que alcancemos un acuerdo

internacional vinculante sobre el clima aplicable a todos los países, con el

objetivo de mantener el calentamiento global por debajo de los 2º C. Debemos

aplicar medidas efectivas para impedir que en un plazo relativamente corto, el

cambio climático cause perjuicios devastadores e irreversibles en los

ecosistemas, la sociedad y la economía.

En el 5º Informe 2015 del Grupo Intergubernamental de Expertos

sobre el Cambio Climático (entidad internacional auspiciada por la ONU),

realizado con la participación de más de 800 expertos de todo el mundo tras

analizar más de 30.000 informes científicos, se advierte:

“No nos queda mucho tiempo antes de que la ventana de la

oportunidad de permanecer en el margen de los 2º C de calentamiento se

cierre. Para tener buenas posibilidades de permanecer por debajo de los 2º C

a costos razonables, deberíamos reducir las emisiones entre un 40% y un 70%

a nivel mundial entre 2010 y 2050, y disminuirlas hasta un nivel nulo o

negativo en 2100. Tenemos la oportunidad, y la elección está en nuestras

manos”.

La cifra de 2º C representa un límite de seguridad que, de ser

superado, conllevaría impactos severos a nuestro ecosistema. El riesgo de

subidas de entre 1º C y 2º C es considerado alto o muy alto por los expertos

Page 124: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 124 -

mencionados, lo que de producirse llevaría a episodios meteorológicos

extremos, disminución en los rendimientos de cultivos y la disponibilidad de

agua, pérdida de biodiversidad, elevación irreversible del nivel del mar, etc.

No podemos esperar mucho más tiempo para tomar medidas que

frenen un modelo de consumo y de desarrollo claramente insostenible. Como

parte de este modelo, el sistema energético actual provoca la emisión de Gases

de Efecto Invernadero (particularmente el dióxido de carbono) generado por

el consumo de combustibles fósiles. Las energías renovables solo representan

actualmente el 5,3% del consumo energético mundial. Se hacen necesarias por

tanto, voluntad política, inversión y tecnología para sustituir

significativamente el uso de los combustibles fósiles por renovables.

La primacía de los combustibles fósiles también es responsable de la

contaminación atmosférica, que causa graves problemas sanitarios, deteriora

el medio natural, perjudica el patrimonio arquitectónico y genera problemas

sociales y económicos cada vez más urgentes. Es muy preocupante el

incremento de la población que carece de un acceso adecuado a la energía y

la falta de transparencia e información de los mercados energéticos.

Los precios de la energía se incrementan debido a la progresiva

disminución de las reservas mundiales y al aumento de la demanda, en un

contexto en el que se supeditan estos condicionantes a garantizar los

multimillonarios beneficios de las grandes empresas que controlan el sector. A

esta situación se une la altísima dependencia energética de España (un 85% de

la energía que consumimos procede de otros países).

Por lo tanto, el sistema energético debe transitar desde un modelo

basado en el consumo desmesurado de combustibles fósiles y energía nuclear,

hacia otro modelo basado en el ahorro, la eficiencia y las energías renovables.

Proceder a reemplazar las fuentes de energía, incentivar el uso de energías

renovables, desarrollar un modelo energético sostenible y socialmente

responsable, garantizar el acceso universal de la población a la energía,

Page 125: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 125 -

acabar con una política de precios injusta y opaca, hacen imperativo que la

sociedad tome el control democrático del sector mediante su nacionalización.

La Administración Local no puede permanecer ajena a la necesidad

de estos cambios. Es la administración más cercana a la ciudadanía, gestiona

un importante patrimonio y tiene un creciente coste energético. Es por ello la

primera que debe jugar un papel ejemplarizante e informativo. Además, goza

de un gran potencial para generar ahorros importantes que pueden destinarse

a usos más adecuados.

Diversas iniciativas públicas están estimulando que los gobiernos

municipales tomen una actitud activa y decidida en la lucha contra el cambio

climático: ICLEI (Gobiernos Locales por la Sostenibilidad), de la que forman

parte ciudades como París, Lisboa, Varsovia o Amberes; o Mayors in Action

(Alcaldes en Acción), integrada por la Diputación Provincial de Barcelona y

las ciudades de Génova o Zagreb, son ejemplos de ello. Estas iniciativas

alientan a la reducción efectiva del consumo energético y de las emisiones de

GEI, proporcionan distintos tipos de apoyos, formación, apoyo técnico y ayuda

al acceso a la financiación de proyectos.

Por todo ello, el Ayuntamiento Pleno adopta los siguientes

ACUERDOS

I. Compromisos de planificación estratégica:

Un Plan de Acción Municipal (PAM), que tendrá como ejes

vertebradores la sostenibilidad ambiental, social y la lucha por la

implantación de un nuevo modelo energético, que impregne toda la

organización municipal y todas las políticas locales. El Plan estará orientado

a reducir a cero las emisiones de gases de efecto invernadero para 2050,

aplicando medidas de la eficiencia energética, la progresiva sustitución de

Page 126: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 126 -

energías fósiles por renovables y la promoción de un urbanismo centrado en

la accesibilidad y de baja intensidad energética.

Elaborar, a corto plazo, un Plan de Acción de Energía Sostenible

(PAES): diagnosis energética, establecimiento de indicadores y priorización

de acciones de nula o baja inversión con mayor potencial de ahorro

energético, con un enfoque integral que incida más allá de la propia

administración local. En este sentido, es necesario cambiar en la práctica el

modelo de instalación de empresas en el Polígono Leganés Tecnológico

(LEGATEC), para que cumpla la función para la que fue diseñado, tanto en la

vinculación a los sectores de energías renovables y ahorro energético como en

la creación de empleo de calidad para la población de Leganés.

Estos planes se insertarían en un programa más amplio que

culminaría con la declaración de Leganés como Ciudad contra el Cambio

Climático.

II. Compromisos de acciones a desarrollar:

1. Desarrollar campañas de sensibilización, formación y fomento de la

cultura energética en todos los ámbitos de la ciudad (ciudadanía,

comercio, industria, primario) mediante actos públicos, talleres,

jornadas, cursos y congresos.

2. Contratar la energía eléctrica municipal con garantía de origen 100%

renovable, y promocionar las instalaciones autónomas de

autoconsumo.

3. Establecer un equipo de trabajo transversal para la elaboración,

ejecución y seguimiento de los planes estratégicos (PAM y PAES).

4. Facilitar la obtención de forma regular de los datos energéticos y

económicos necesarios para su gestión: indicadores de eficiencia y

eficacia, transformación de coste en inversión, cálculos de

Page 127: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 127 -

amortización, etc.

5. Diseñar e implantar acciones de eficiencia energética en las

instalaciones municipales priorizando cambios de hábitos para

eliminar los derroches en el consumo. Los ahorros conseguidos por el

cambio de hábitos se invertirán, en parte o en su totalidad, en nuevas

medidas de eficiencia energética, priorizando acciones que generen

ahorros a corto plazo. Ejemplo: monitorización de equipamientos

municipales (electricidad, agua y combustibles).

6. Renovar los puntos lumínicos existentes, adaptándolos a la legislación

lumínica y energética vigente e invirtiendo anualmente la cantidad

económica correspondiente al ahorro en consumo energético producto

de la renovación.

7. Implantar programas de eficiencia energética en los centros

educativos, como el proyecto 50/50, probada herramienta de ahorro y

educación ambiental, consistente en devolver el 50% de los ahorros a

la escuela, mediante subvención directa y reinvertir la otra mitad en

nuevas medidas de ahorro, eficiencia y renovables en el mismo centro

educativo, con la participación en la decisión de la Corporación

Municipal.

8. Aplicar medidas de lucha contra la pobreza energética: talleres de

formación en eficiencia energética y facturas a trabajadoras sociales y

familias, difusión y tramitación del bono social, pequeñas inversiones

en mejoras de aislamientos e instalaciones, etc.

9. Diseñar y ejecutar todas las construcciones u obras municipales nuevas

con criterios de consumo de energía casi nulo (eficiencia energética,

inteligencia y uso de energías renovables).

10. Diseñar y ejecutar un plan de movilidad sostenible sobre la base del

Page 128: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 128 -

que se elaboró en el año 2010 (este Plan se guardó en el cajón y no se

ha ejecutado prácticamente nada) contextualizándolo a la situación

actual y añadiendo propuestas concretas para cumplir en el corto,

medio y largo plazo. Un plan que, entre otras cuestiones, contemple

medidas encaminadas a facilitar los desplazamientos a pie en la

ciudad, a potenciar el uso del trasporte público en el municipio

abastecido con electricidad de procedencia renovable y que contemple

el fomento de la bicicleta como alternativa real al transporte privado.

11. Establecer bonificaciones fiscales en las ordenanzas para proyectos de

autoconsumo, rehabilitación energética, construcción sostenible y

vehículos eléctricos.

12. Revisar las ordenanzas municipales para eliminar las trabas

administrativas innecesarias que pudieran dificultar la instalación y

posterior operación de sistemas de auto-abastecimiento energético a

partir de energías renovables.

13. Exigir al Gobierno de España la revisión y modificación de las medidas

que promueven el aumento del consumo energético y los privilegios de

que gozan las grandes empresas energéticas oligopólicas, y que

penalizan el autoconsumo con balance neto”.

Defendió la moción el Sr. Sánchez Castillo.

Se produjeron las intervenciones de los Señores Bejarano Ferreras

(Grupo Municipal de Izquierda Unida Comunidad de Madrid-Los Verdes),

Egea Cáceres (Grupo Municipal Ciudadanos - Partido de la Ciudadanía),

Martín Illarregui (Grupo Municipal Popular), Delgado Pulido (Grupo

Municipal Unión por Leganés-ULEG) y Llorente Gutiérrez (Grupo Municipal

Socialista), las cuales se reflejan en el video que se anexa al acta.

Page 129: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 129 -

Todos anunciaron el voto a favor.

El Señor Sánchez Castillo agradeció el apoyo a todos los grupos.

Terminada la deliberación, los Señores reunidos, en votación ordinaria

y unanimidad, acordaron:

1. Desarrollar campañas de sensibilización, formación y fomento de la

cultura energética en todos los ámbitos de la ciudad (ciudadanía,

comercio, industria, primario) mediante actos públicos, talleres,

jornadas, cursos y congresos.

2. Contratar la energía eléctrica municipal con garantía de origen 100%

renovable, y promocionar las instalaciones autónomas de autoconsumo.

3. Establecer un equipo de trabajo transversal para la elaboración,

ejecución y seguimiento de los planes estratégicos (PAM y PAES).

4. Facilitar la obtención de forma regular de los datos energéticos y

económicos necesarios para su gestión: indicadores de eficiencia y

eficacia, transformación de coste en inversión, cálculos de

amortización, etc.

5. Diseñar e implantar acciones de eficiencia energética en las

instalaciones municipales priorizando cambios de hábitos para eliminar

los derroches en el consumo. Los ahorros conseguidos por el cambio de

hábitos se invertirán, en parte o en su totalidad, en nuevas medidas de

eficiencia energética, priorizando acciones que generen ahorros a corto

plazo. Ejemplo: monitorización de equipamientos municipales

(electricidad, agua y combustibles).

6. Renovar los puntos lumínicos existentes, adaptándolos a la legislación

lumínica y energética vigente e invirtiendo anualmente la cantidad

Page 130: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 130 -

económica correspondiente al ahorro en consumo energético producto

de la renovación.

7. Implantar programas de eficiencia energética en los centros educativos,

como el proyecto 50/50, probada herramienta de ahorro y educación

ambiental, consistente en devolver el 50% de los ahorros a la escuela,

mediante subvención directa y reinvertir la otra mitad en nuevas

medidas de ahorro, eficiencia y renovables en el mismo centro

educativo, con la participación en la decisión de la Corporación

Municipal.

8. Aplicar medidas de lucha contra la pobreza energética: talleres de

formación en eficiencia energética y facturas a trabajadoras sociales y

familias, difusión y tramitación del bono social, pequeñas inversiones

en mejoras de aislamientos e instalaciones, etc.

9. Diseñar y ejecutar todas las construcciones u obras municipales nuevas

con criterios de consumo de energía casi nulo (eficiencia energética,

inteligencia y uso de energías renovables).

10. Diseñar y ejecutar un plan de movilidad sostenible sobre la base del que

se elaboró en el año 2010 (este Plan se guardó en el cajón y no se ha

ejecutado prácticamente nada) contextualizándolo a la situación actual

y añadiendo propuestas concretas para cumplir en el corto, medio y

largo plazo. Un plan que, entre otras cuestiones, contemple medidas

encaminadas a facilitar los desplazamientos a pie en la ciudad, a

potenciar el uso del trasporte público en el municipio abastecido con

electricidad de procedencia renovable y que contemple el fomento de la

bicicleta como alternativa real al transporte privado.

11. Establecer bonificaciones fiscales en las ordenanzas para proyectos de

autoconsumo, rehabilitación energética, construcción sostenible y

vehículos eléctricos.

Page 131: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 131 -

12. Revisar las ordenanzas municipales para eliminar las trabas

administrativas innecesarias que pudieran dificultar la instalación y

posterior operación de sistemas de auto-abastecimiento energético a

partir de energías renovables.

13. Exigir al Gobierno de España la revisión y modificación de las medidas

que promueven el aumento del consumo energético y los privilegios de

que gozan las grandes empresas energéticas oligopólicas, y que

penalizan el autoconsumo con balance neto.

14.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL

CIUDADANOS - PARTIDO DE LA CIUDADANÍA. ASUNTO:

CREACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE UN FONDO DE

AYUDAS ECONÓMICAS PARA EL PAGO DEL IMPUESTO

DE BIENES INMUEBLES (IBI), A PERSONAS Y FAMILIAS

EN SITUACIÓN DE ESPECIAL NECESIDAD.

Se dio lectura a la siguiente moción:

“La crisis económica que viene sufriendo nuestro país en general, y

nuestra ciudad en particular, ha provocado que muchas familias de Leganés

tengan grandes dificultades, incluso la imposibilidad, de hacer frente a

muchos gastos del hogar familiar.

Entre ellos, uno de los tributos municipales que afecta prácticamente

a todos los hogares de Leganés, como es el Impuesto de Bienes Inmuebles

(IBI), más conocido como la Contribución.

Esta situación, que no es exclusiva de nuestra ciudad, ha provocado

ya que muchos ayuntamientos madrileños, similares al nuestro, hayan

Page 132: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 132 -

aprobado ayudas económicas para que estas familias puedan pagar el IBI,

como la mayoría de ellas haría si las circunstancias y otras necesidades más

básicas no se lo impidieran.

Es cierto que el IBI es un tributo que, como su propio nombre indica,

se impone sobre el bien en cuestión, no sobre la renta del titular. Es decir, los

vecinos pagan el IBI en función del valor de su vivienda, no en función de su

renta.

Ello impide que los ayuntamientos puedan aplicar bonificaciones del

IBI según la renta de los contribuyentes obligados a pagar este impuesto, a

diferencia de lo que ocurre con otras circunstancias que sí lo permiten, como

por ejemplo la condición de familia numerosa.

Sin embargo, los ayuntamientos sí pueden aprobar otras medidas, que

actúan a todos los efectos como ayudas en función de la renta para familias

cuyos ingresos o situación económica les impide pagar el IBI. Por ejemplo,

familias en riesgo de exclusión social y trabajadores con bajos ingresos.

Así se viene haciendo ya, sin ir más lejos, en ayuntamientos tan

parecidos al nuestro como el de Getafe, donde el anterior Gobierno del PP

puso en marcha estas ayudas y el actual Gobierno del PSOE las ha mantenido

y mejorado, prueba de que no se trata de una medida partidista, sino de una

buena medida.

Por eso, por tratarse de una medida no solo buena, sino también

necesaria, podemos tomar como referencia las condiciones que han servido de

base para poner en marcha estas ayudas en un municipio tan parecido al

nuestro.

Por todo ello, el Grupo Municipal Ciudadanos (C's) Leganés propone

al Pleno del Ayuntamiento la adopción de los siguientes acuerdos.

Page 133: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 133 -

Primero.- Instar al Gobierno local a incluir en el presupuesto

municipal del próximo año una partida inicial de 100.000 euros para Ayudas

al Pago del IBI a familias que acrediten una renta que les impida hacer frente

a este impuesto sin renunciar a otras necesidades más básicas.

Segundo.- Establecer las siguientes condiciones para aquellas

familias de Leganés que puedan optar a dichas ayudas:

• Que afecte solo a la vivienda habitual, es decir, a la que sirva como

hogar de estas familias.

• Que el titular de la misma, y por tanto obligado a pagar el IBI, esté

empadronado en este Ayuntamiento.

• Que el umbral de renta para optar a estas ayudas sea 2 veces el

IPREM (14.810,28€)

• Que dichas ayudas sean compatibles con las bonificaciones a las que

tengan derecho estas familias por otras circunstancias, que deberán

acreditar igualmente en los términos estipulados por las Ordenanzas

Fiscales de este Ayuntamiento vigentes durante 2016.

Defendió la moción el Sr. Pérez Hernández.

Se produjeron las intervenciones de los Señores Bejarano Ferreras

(Grupo Municipal de Izquierda Unida Comunidad de Madrid-Los Verdes), De

Diego Carmona (Grupo Municipal Popular), Delgado Pulido (Grupo Municipal

Unión por Leganés-ULEG) así como de la Señora Cruz Jiménez (Grupo

Municipal Leganemos) y del Señor Atienza Martín (Grupo Municipal

Socialista), las cuales se reflejan en el video que se anexa al acta.

Page 134: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 134 -

Terminada la deliberación, los Señores reunidos, en votación ordinaria

y por unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Instar al Gobierno local a incluir en el presupuesto municipal del

próximo año una partida inicial de 100.000 euros para Ayudas al

Pago del IBI a familias que acrediten una renta que les impida

hacer frente a este impuesto sin renunciar a otras necesidades

más básicas.

SEGUNDO.- Establecer las siguientes condiciones para aquellas familias de

Leganés que puedan optar a dichas ayudas:

• Que afecte solo a la vivienda habitual, es decir, a la que

sirva como hogar de estas familias.

• Que el titular de la misma, y por tanto obligado a pagar el

IBI, esté empadronado en este Ayuntamiento.

• Que el umbral de renta para optar a estas ayudas sea 2 veces

el IPREM (14.810,28€)

• Que dichas ayudas sean compatibles con las bonificaciones

a las que tengan derecho estas familias por otras

circunstancias, que deberán acreditar igualmente en los

términos estipulados por las Ordenanzas Fiscales de este

Ayuntamiento vigentes durante 2016.

Se trataron conjuntamente los puntos 15º y 21º.

15.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL

SOCIALISTA SOBRE EL PROGRAMA REGIONAL DE

Page 135: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 135 -

INVERSIONES Y SERVICIOS DE MADRID (PRISMA)

Se dio lectura a la siguiente moción:

“Este año finaliza el Programa Regional de Inversiones y Servicios de

Madrid (en adelante PRISMA). Este programa, con un presupuesto de 700

millones de euros, ha estado vigente desde 2008, siendo prorrogado en

diferentes momentos hasta el 31 de diciembre de 2015.

Este programa, consensuado entre la Comunidad de Madrid y la

Federación de Municipios de Madrid, sirve para reequilibrar el territorio, así

como llevar inversiones a la totalidad de los 179 municipios de esta

Comunidad. Además, fuimos los socialistas los que pusimos en marcha un

programa de estas características, siendo conscientes de que esta Comunidad

nunca debía de ejercer las competencias de la extinta Diputación Provincial.

La situación económica por la que atraviesan los ayuntamientos de

esta región necesita de programas con estas características. En estos

momentos no podemos permitir que el dinero pactado entre la Comunidad de

Madrid y los Ayuntamientos, para la ejecución de obras e inversiones en las

ciudades, se pierda.

Por ello, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Leganés

somete a la votación del Pleno los siguientes acuerdos:

PRIMERO.- Instar al Consejo de Gobierno de la Comunidad de

Madrid a la finalización del PRISMA 2008-2011, ampliado hasta 2015.

Los proyectos que estén en ejecución quedarán garantizados hasta su

finalización, a través de las partidas necesarias en los Presupuestos Generales

de la Comunidad de Madrid para 2016. El dinero de los proyectos que no

estén ejecutados se garantizará a través de una partida, creada a tal efecto en

los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2016, y serán

Page 136: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 136 -

los municipios los que decidan el destino final de dichos fondos, pudiendo ser

la financiación de la deuda, para gasto corriente o para la ejecución de la

obra, que será gestionada de principio a fin por el Ayuntamiento.

SEGUNDO.- Instar al Consejo de Gobierno de la Comunidad de

Madrid a la aprobación de un nuevo PRISMA 2016-2020, con no menos de

700 millones de Euros, que se consignarán en los Presupuestos Generales de

la Comunidad de Madrid para 2016. Las condiciones del PRISMA así como la

gestión del mismo, la asignación económica y cualquier otra que sea

competencia de este PRISMA 20162020, se negociará con la Federación de

Municipios de Madrid.

TERCERO.- Del presente acuerdo se dará cuenta a la Presidenta de

la Asamblea de Madrid, a los miembros de la Mesa de la Asamblea, a los

Portavoces de los Grupos Parlamentarios de la Asamblea de Madrid y a la

Presidencia de la Federación de Municipios de Madrid”.

La Moción presentada por el Grupo Municipal Socialista fue

defendida por el Sr. Atienza Martín.

En nombre del Grupo Municipal Ciudadanos - Partido de la

Ciudadanía defendió la moción el Señor Pérez Hernández.

Se produjeron las intervenciones de los Señores Bejarano Ferreras

(Grupo Municipal de Izquierda Unida Comunidad de Madrid-Los Verdes),

Recuenco Checa (Grupo Municipal Popular), Delgado Pulido (Grupo

Municipal Unión por Leganés-ULEG) y Muñoz Murillo (Grupo Municipal

Leganemos).

Cerraron el turno los Señores Atienza Martín y Pérez Hernández.

Page 137: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 137 -

Todas las intervenciones se reflejan en el video que se anexa al acta.

Se sometió a votación en primer lugar la moción presentada por el

Grupo Municipal Socialista.

Terminada la deliberación, los Señores reunidos, en votación ordinaria

y por mayoría, con los votos a favor de los seis Sres. Concejales del Grupo

Municipal Socialista, los dos Sres. Concejales del Grupo Municipal

Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía y el Sr. Concejal del Grupo Municipal de

Izquierda Unida Comunidad de Madrid-Los Verdes; y los votos en contra de

los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal Leganemos, los seis Sres.

Concejales del Grupo Municipal Unión por Leganés-ULEG y los seis Sres.

Concejales del Grupo Municipal Popular, acordaron: Rechazar la moción

anteriormente transcrita.

A continuación se procedió a votar la moción presentada por el Grupo

Municipal Ciudadanos - Partido de la Ciudadanía

21.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL

CIUDADANOS - PARTIDO DE LA CIUDADANÍA. ASUNTO:

INSTAR AL GOBIERNO LOCAL Y REGIONAL PARA LA

ELABORACIÓN DE UN INFORME DETALLADO, SOBRE LA

SITUACIÓN ACTUAL DEL PLAN PRISMA Y FUTURO DEL

MISMO.

Se dio lectura a la siguiente moción:

“El Plan Regional de Inversiones y Servicios de la Comunidad de

Madrid (más conocido por sus siglas, PRISMA) es un importante recurso

Page 138: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 138 -

económico y de inversión para los ayuntamientos de nuestra región, entre ellos

el de Leganés.

Dicho plan preveía para este Ayuntamiento inversiones (después

también financiación) por valor de unos 12 millones de euros entre los años

2008 y 2011. Es decir, esos 12 millones deberían haberse invertido o gastado

en nuestra ciudad hace ya cuatro años.

Podemos entender que la llegada de una crisis tan importante como

la que todavía hoy seguimos sufriendo, que no en vano coincidió con la puesta

en marcha de este PRISMA, haya provocado retrasos en su completa

ejecución. Por eso precisamente se prolongó hasta este año 2015.

Pero no solo llevamos ya cuatro años de retraso, que son demasiados

incluso con la crisis: es que resulta que va a acabar el segundo plazo de

vigencia y seguimos sin ejecutar todo el PRISMA. Ni antes en 2011 ni ahora en

2015 y, lo que es peor, la Comunidad de Madrid no dice cuándo ni cómo va a

invertir lo que falta.

Y todo ello, con el riesgo de que muchos ayuntamientos, como el

nuestro, puedan ver comprometidas esas inversiones que siguen sin iniciarse.

Se trata de una inversión que no solo nos corresponde, sino que necesitamos

para esta ciudad. Y bastante tiempo llevan ya los vecinos esperando que este

PRISMA invierta todo lo que se comprometió a invertir en Leganés.

Además, a este grupo municipal de Ciudadanos le gustaría conocer

los datos reales y oficiales sobre el grado de desarrollo de este plan en nuestra

ciudad, algo que en estos 6 meses que llevamos de legislatura todavía no

hemos conseguido, a pesar de que lo hemos preguntado en varias ocasiones.

Por todo ello, el Grupo Municipal Ciudadanos (C's) Leganés propone

al Pleno del Ayuntamiento la adopción de los siguientes acuerdos

Page 139: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 139 -

Primero.- Instar al Gobierno local a que, a la mayor brevedad

posible, remita a todos los grupos de este Pleno un informe detallando el

importe total del vigente PRISMA de Leganés, así como las inversiones, gastos

corrientes o pagos de deuda ejecutados hasta la fecha, los que estén en

tramitación y los que queden pendientes, todo ello con sus correspondientes

importes.

Segundo.- Instar al Gobierno de la Comunidad de Madrid a incluir en

su presupuesto regional para el próximo año el PRISMA del Ayuntamiento de

Leganés que sigue pendiente.

Tercero.- Instar al Gobierno de la Comunidad de Madrid no solo a

incluir dichas partidas en su presupuesto, sino a ejecutarlas completamente

durante el próximo año, en el que se cumplirá un lustro de retraso sobre el

plazo inicial”

Terminada la deliberación, los Señores reunidos, en votación ordinaria

y por unanimidad, acordaron:

PRIMERO.- Instar al Gobierno local a que, a la mayor brevedad posible,

remita a todos los grupos de este Pleno un informe detallando el

importe total del vigente PRISMA de Leganés, así como las

inversiones, gastos corrientes o pagos de deuda ejecutados hasta

la fecha, los que estén en tramitación y los que queden

pendientes, todo ello con sus correspondientes importes.

SEGUNDO.- Instar al Gobierno de la Comunidad de Madrid a incluir en su

presupuesto regional para el próximo año el PRISMA del

Ayuntamiento de Leganés que sigue pendiente.

Page 140: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 140 -

TERCERO.- Instar al Gobierno de la Comunidad de Madrid no solo a incluir

dichas partidas en su presupuesto, sino a ejecutarlas

completamente durante el próximo año, en el que se cumplirá un

lustro de retraso sobre el plazo inicial.

PARTICIPACIÓN CIUDADANA.

39.- MOCIÓN PRESENTADA POR LA FEDERACIÓN DE AA.VV.

DE LEGANÉS SOBRE PROPUESTA DE LA PLATAFORMA

DE AFECTADOS POR LA HIPOTECA

Se suspendió momentáneamente la sesión entre las 18:45 horas a

19:00 horas al objeto de que por los portavoces de la Federación de AA.VV.

se defendiese la MOCIÓN presentada por el Registro General.

Se dio lectura a la siguiente moción:

“Preámbulo: el crecimiento de las ocupaciones en precario como

consecuencia de los desahucios y las ausencia de alternativa habitacional:

“Desde el estallido de la burbuja inmobiliaria, los desahucios no han

dejado de aumentar: desde 2007 se han iniciado más de 600.000 procesos de

ejecución hipotecaria, que en la inmensa mayoría han terminado con la

pérdida de la vivienda. Una ley hipotecaria anacrónica e injusta y la

inexistencia de un parque de vivienda pública que garantice el derecho a

vivienda, han dejado durante estos años a cientos de miles de familias en la

más absoluta indefensión, con una deuda de por vida en muchos casos, y en la

calle. Una ley de arrendamientos también injusta trae durante la crisis otra

consecuencia desoladora: 400.000 desahucios por no poder pagar el alquiler.

Page 141: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 141 -

El precio de los alquileres sigue estando por encima de las

posibilidades de miles de familias, y más si tenemos en cuenta distintas causas

para no poder acceder a él, como las personas sin papeles, paradas, los

700.000 hogares que según el INE no cuentan con ingreso alguno o las

familias que arrastran deudas impagables como las hipotecarias. Para todas

ellas el acceso al mercado del alquiler es imposible. España es, en definitiva,

un cementerio de la especulación, con 3,5 millones de viviendas vacías, miles

de millones de dinero público para rescatar a la banca y los beneficios

privados de las élites inversoras, y sin soluciones reales para la gente que

cada día se enfrenta el reto de conseguir un techo. Muchas medidas caminan

en dirección contraria, como la venta de vivienda pública a fondos buitre.

Desde la PAH —ciudadanía organizada- luchamos por nuestros

derechos, los Derechos Humanos, y hemos parado en estos años miles de estos

desahucios. Llevamos 6 años exigiendo a la Administración un aumento del

parque público de vivienda como herramienta para garantizar el derecho a

vivienda de la ciudadanía. La vivienda no puede ni debe ser un producto más

de mercado en manos de empresas y bancos, que usan un derecho y necesidad

básica como el de nuestro lugar donde vivir para hacer negocio. La

legislación actual nos deja indefensas, por lo que nos vernos obligadas a

buscar soluciones desesperadas.

Por eso, de manera organizada con la Obra Social de la PAH, la

ciudadanía hemos realojado a más de 2.500 personas recuperando viviendas

de manos de los bancos que han sido rescatados con dinero público. Pero son

muchísimas más las que en soledad optan por la ocupación en precario como

única forma de evitar quedarse literalmente en la calle, familias enteras que se

enfrentan a una situación de desamparo por parte de la justicia y las

administraciones por no poder pagar por algo tan básico como un techo bajo

el que vivir.

Page 142: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 142 -

Como cada septiembre, la Fiscalía ha hecho públicas las cifras sobre

las diligencias abiertas en el último año. En el lenguaje legal a la

recuperación de viviendas le llaman "delito de usurpación". En 2014 el Poder

Judicial abrió 19.336 diligencias por este motivo, un 188,73% más que en

2010, que refleja en la mayoría de casos el drama de personas que se

encuentran sin alternativa habitacional y sin respuesta adecuada por parte de

las administraciones públicas. Familias que no han tenido otra opción que

recuperar viviendas vacías para poder hacer efectivo su derecho a tener un

techo y a las que en lugar de brindar soluciones, se criminaliza y condena a

pasar por un proceso penal, muchas veces con un nuevo desahucio y la injusta

e ilegítima exclusión total por parte de muchas administraciones.

Dada la gran cantidad de población en nuestro municipio con graves

problemas de vivienda y necesidad habitacional, y dada la falta de recursos

públicos para hacer frente a ello, resulta más que urgente movilizar las fuerzas

sociales y políticas para defender, fomentar y garantizar la función social de

la vivienda. Con esta moción, la Federación Local de Asociaciones de Vecinos

de Leganés lleva a esta Corporación municipal la exigencia de la PAH

Leganés del compromiso político de todos los grupos políticos que forman

parte del Pleno, y especialmente del Gobierno Municipal, por escrito, para

hacer que se cumpla y se respete esta moción y las anteriores aprobadas por el

Ayuntamiento Pleno para abordar esta problemática (como la aprobada el 25

de junio de 2014). Pedimos una posición firme a todos los partidos en materia

de vivienda, para defender la autonomía municipal y movilizar todos los

recursos disponibles para satisfacer las necesidades habitacionales de nuestra

población.

Por todo lo anterior, se propone al Pleno del Ayuntamiento, la

aprobación de los siguientes

ACUERDOS

Page 143: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 143 -

1. Emprender medidas urgentes en el municipio en base a las competencias

y recursos municipales, así como todas las alternativas viables que

puedan emprenderse, con el objetivo de garantizar el derecho a la

vivienda de la población, y en especial, hacer frente de manera urgente a

las situaciones de emergencia habitacional que sufren numerosos

vecinos y vecinas en Leganés.

2. Retomar la Comisión Anti-Desahucios, que se reunirá mensualmente de

manera ordinaria, y cuando fuese necesario de manera extraordinaria,

con la participación de todos los grupos políticos y representantes de los

movimientos sociales y asociaciones vecinales, con el fin de trabajar de

manera más ágil, directa y transparente, en la búsqueda de soluciones

reales y rápidas para tod@s 1@s afectad@s en nuestros barrios.

3. En virtud del artículo 47 de la CE, el Ayuntamiento Pleno y el Gobierno

municipal se comprometen a aplicar todas las medidas legales y

herramientas alternativas a su alcance, para —en defensa del interés

general de las vecinas y vecinos- presionar a las entidades bancarias y

sus inmobiliarias que amenazan con desahuciar a personas sin

alternativa habitacional alguna a negociar soluciones.

4. El Ayuntamiento pondrá en marcha todas las medidas y herramientas a

su alcance para paralizar los desahucios en nuestro municipio,

comprometiéndose a que la Policía Municipal no intervendrá en los

Desahucios, estableciendo un protocolo con los juzgados para tener la

información de los procedimientos que llegan al mismo desde el

principio, y con el trabajo a través de la Comisión Anti-Desahucios para

conseguir alternativas y soluciones.

5. Asistencia jurídica básica a las personas afectadas, atención integral

desde Servicios Sociales para la tramitación de todas las ayudas y

prestaciones que existen —sin discriminación por la situación

habitacional en la que se encuentren u otros motivos-. Compromiso de

Page 144: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 144 -

una adecuada atención e información a todas las personas sobre el

catálogo de ayudas y recursos disponibles: no pueden sobrar fondos en

las partidas presupuestarias para determinadas ayudas, como ha

sucedido en los últimos ejercicios, cuando hay mayor demanda y

necesidad por parte de nuestra población. Compromiso de mantener los

servicios sociales y ayudas municipales y mejorar el presupuesto a partir

del próximo ejercicio

6. Elaboración y aprobación de un Plan Municipal de Vivienda en 2016

que:

a. contemple la creación y desarrollo de un registro de viviendas vacías

que están en manos de bancos y cajas intervenidos con dinero

público.

b. tome medidas fiscales y legales para que las viviendas que se

encuentran en situación de permanente desocupación sean puestas

en alquiler, en particular las que acumulan bancos, cajas e

inmobiliarias.

c. facilite garantías a las personas propietarias que tienen algún

inmueble vacío para el cobro de las rentas y reparaciones de

desperfectos para fomentar que pongan esas viviendas en alquiler.

d. impulse políticas de fomento de la cesión de viviendas a la

Administración Local para que sean gestionadas en régimen de

alquiler social.

e. promueva una política de alquiler social a través del EMSULE,

empezando por la tramitación de los pasos necesarios ante la

Comunidad de Madrid y el Ministerio para que las viviendas vacías

en el PP5 que no han sido vendidas, tras varios sorteos, pasen a ser

viviendas protegidas en régimen de alquiler y se pongan a

Page 145: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 145 -

disposición para solventar los casos de emergencia más urgentes y

graves; invirtiendo parte de sus beneficios en el fomento de pisos en

régimen de alquiler sostenible, y ampliando el parque de vivienda

pública de alquiler en las futuras promociones y por cualesquiera

otras herramientas y mecanismos que puedan desarrollarse desde

EMSULE para garantizar la función social de la vivienda y el

derecho a vivienda de nuestra población.

7. Modificar el régimen de Plusvalías, eximiendo a las viviendas

entregadas por Dación en Pago para que no se repercuta a las personas

afectadas que han perdido su casa, repercutiéndolo en su caso a los

bancos, cajas, empresas, etc. que se quedan con la vivienda en cuestión.

8. El Ayuntamiento se compromete a realizar todas las gestiones necesarias

para la recuperación de las viviendas públicas vendidas a fondos buitres

y otras empresas privadas, a luchar contra la privatización de la

vivienda pública y la progresiva disminución del patrimonio municipal y

desaparición de terrenos municipales.

Mediante la aprobación de esta moción, este Ayuntamiento-Pleno y su

Junta de Gobierno Local se comprometen a trabajar por el cumplimiento de

este acuerdo

16.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL

CIUDADANOS - PARTIDO DE LA CIUDADANÍA. ASUNTO:

ESTUDIO DE VIABILIDAD PARA NUEVA UBICACIÓN DE

LA ESCUELA DE MÚSICA Y CONSERVATORIO MANUEL

RODRÍGUEZ SALES.

Se dio lectura a la siguiente moción:

Page 146: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 146 -

“Leganés tiene el privilegio de contar con la magnífica Escuela de

Música Manuel Rodríguez Sales. Se trata de un centro de prestigio no solo a

nivel local, sino también regional e incluso nacional. Prueba de ello es que sus

titulaciones están reconocidas como Conservatorio Profesional.

Además, es la escuela de música más antigua de toda la zona sur de

la Comunidad de Madrid, pues lleva desde los años 70 del siglo pasado

fomentando la cultura entre nuestros vecinos a través de una de sus

expresiones más bellas e importantes, como es la música, que además tiene un

gran componente formativo.

Todo ello avala con creces la trayectoria de este centro, además de

prestigiar a nuestra ciudad como sede del mismo. Y es por todo ello que, desde

el Grupo Municipal de Ciudadanos Leganés, creemos que este Ayuntamiento

debe apoyar a la Escuela Manuel Rodríguez Sales como se merece y como es

nuestra obligación como principal institución de esta ciudad.

Pero ese apoyo no puede limitarse a asistir de vez en cuando a las

actuaciones de esta Escuela. El apoyo que este centro necesita de verdad

consiste en dotarle de los medios necesarios para mantener su nivel de

calidad, del que tan orgullosos podemos sentirnos todos, especialmente sus

profesores y sus cerca de 1.000 alumnos.

La Escuela y Conservatorio de Leganés necesita de forma clamorosa

y urgente unas instalaciones acordes a su actividad, cosa que actualmente no

ocurre, como confirman los propios afectados y como se puede comprobar con

una simple visita.

La propia Ley Orgánica de 1990 que regula las condiciones para el

funcionamiento de estos centros deja claro que "los edificios de las Escuelas

de Música deberán reunir las condiciones higiénicas, acústicas, de

habitabilidad y de seguridad que se exigen en la legislación vigente".

Page 147: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 147 -

La misma ley señala también que estos centros "deberán contar con

las instalaciones adecuadas en superficie y condiciones a las exigencias de las

diferentes materias y al número de alumnos que participen en ellas". Y añade

que "las instalaciones incluirán también un área de administración y

dirección".

Ninguna de estas tres circunstancias, recogidas en los apartados 1, 2

y 4 del Artículo Noveno de esta Ley Orgánica, se cumplen en el caso de la

Escuela de Música de Leganés, ya que su sede se encuentra en el Centro

Cultural Santiago Amón, donde comparte espacio con numerosas y distintas

agrupaciones, asociaciones y sindicatos.

Además, las propias instalaciones son totalmente inadecuadas, pues

este Grupo Municipal ha podido comprobar, in situ y en primera persona, el

calor insoportable en las aulas incluso en primavera, los ruidos constantes en

los pasillos o las molestias entre distintas clases cuyos ensayos entorpecen el

buen desarrollo de otras.

Es evidente que las molestias que sufren de continuo los alumnos y

profesores de esta Escuela y Conservatorio no son el mejor escenario para que

unos y otras lleven a cabo su labor como este centro y esta ciudad se merecen.

Por todo ello, el Grupo Municipal Ciudadanos (C's) Leganés propone

al Pleno del Ayuntamiento la adopción de los siguientes acuerdos.

Primero.- Instar al Gobierno local a que, de forma decidida y

urgente, adopte soluciones reales para resolver la situación de precariedad en

la que se encuentra la Escuela y Conservatorio Manuel Rodríguez Sales,

valorando incluso la posibilidad de trasladar este centro a un nuevo espacio

municipal que reúna las condiciones necesarias para su buen funcionamiento”

Defendió la moción el Señor De Egea Cáceres.

Page 148: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 148 -

Se produjeron las intervenciones de los Señores Bejarano Ferreras

(Grupo Municipal de Izquierda Unida Comunidad de Madrid-Los Verdes),

Delgado Pulido (Grupo Municipal Unión por Leganés-ULEG), Blanco

Fernández (Grupo Municipal Leganemos) y del Señor Martin de la Sierra

(Grupo Municipal Socialista), así como de la Señora Alonso Álvarez (Grupo

Municipal Popular) las cuales se reflejan en el video que se anexa al acta.

Terminada la deliberación, los Señores reunidos, en votación ordinaria

y por unanimidad, acordaron: Instar al Gobierno local a que, de forma decidida

y urgente, adopte soluciones reales para resolver la situación de precariedad en

la que se encuentra la Escuela y Conservatorio Manuel Rodríguez Sales,

valorando incluso la posibilidad de trasladar este centro a un nuevo espacio

municipal que reúna las condiciones necesarias para su buen funcionamiento.

El Señor Alcalde hace un receso y permite la lectura de la moción

presentada por los vecinos.

17.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL

POPULAR SOBRE DOTACIÓN SANITARIA EN EL

MUNICIPIO DE LEGANES.

Se dio lectura a la siguiente moción:

“El Grupo Municipal Popular trae esta moción al Ayuntamiento

Pleno, para elevar una propuesta que entendemos, necesaria para dotar a una

gran ciudad como Leganés, de los medios más adecuados que garanticen una

atención sanitaria de calidad a los vecinos del municipio.

La distribución de competencias, en materia de sanidad, viene

regulada en nuestro ordenamiento jurídico, estableciéndose de un modo claro

Page 149: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 149 -

y exhaustivo, las potestades normativas, tanto de la Administración Central del

Estado, de las Comunidades Autónomas y de los Ayuntamientos.

Dentro de los principios de organización y funcionamiento, está la

evaluación continua de los componentes de la Red Sanitaria y su difusión,

aplicando criterios objetivos, homogéneos y promoviendo su extensión al

conjunto de los centros sanitarios de la Comunidad de Madrid.

En relación a la Dirección, planificación y programación del Sistema

Sanitario, es vital la dirección estratégica de los recursos sanitarios

atendiendo a las necesidades de salud de la población y la provisión del

Servicio Madrileño de Salud

Atendiendo al desarrollo de nuevos barrios ocurrido en los últimos

años, es obvio que está provocando un aumento de población, hecho que

requiere de una planificación proporcional de recursos, en el caso que

estamos tratando, hablamos de una dotación sanitaria para estos nuevos

vecinos.

Esta circunstancia requiere de un acuerdo que adquiera el máximo

consenso de todos los grupos municipales, que apruebe sin demora, ceder los

espacios necesarios a la Comunidad de Madrid, para que pueda dotar a estos

nuevos barrios de Leganés, de nuevos centros sanitarios.

Por ello, instamos al equipo de Gobierno, a que inicie de forma

inmediata la cesión de los espacios requeridos para la construcción de estos

centros sanitarios a la Comunidad de Madrid, para que doten a nuestra ciudad

de los recursos sanitarios pertinentes”.

Defendió la moción el Señor Recuenco Checa

Se produjeron las intervenciones de los Señores Bejarano Ferreras

(Grupo Municipal de Izquierda Unida Comunidad de Madrid-Los Verdes) y

Page 150: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 150 -

Pérez Hernández (Grupo Municipal Ciudadanos - Partido de la Ciudadanía),

así como de las Señoras Benito Serrano (Grupo Municipal Unión por Leganés-

ULEG), Condés Obón (Grupo Municipal Leganemos) y Micó Vaquerizo

(Grupo Municipal Socialista) las cuales se reflejan en el video que se anexa al

acta.

Cerró el turno de intervenciones el Señor Recuenco Checa.

Terminada la deliberación, los Sres. reunidos, en votación ordinaria y

por mayoría, con los votos a favor de la misma de los seis Sres. Concejales del

Grupo Municipal Socialista, los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal

Leganemos, los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular y los dos

Sres. Concejales del Grupo Municipal Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía; y

las abstenciones de los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal Unión Por

Leganés-ULEG y el Sr. Concejal del Grupo Municipal de Izquierda Unida

Comunidad de Madrid-Los Verdes, acordaron: Instar al equipo de Gobierno, a

que inicie de forma inmediata la cesión de los espacios requeridos para la

construcción de estos centros sanitarios de gestión pública y directa a la

Comunidad de Madrid, para que doten a nuestra ciudad de los recursos

sanitarios pertinentes.

Se trataron conjuntamente los puntos 18º, 20º y 24º.

18.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL

POPULAR SOBRE EL DIA 25 NOVIEMBRE CONTRA LA

VIOLENCIA CONTRA LA MUJER.

Se dio lectura a la siguiente moción:

Page 151: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 151 -

“El Grupo Municipal Popular se quiere sumar a la conmemoración

del Día 25 de Noviembre, Día Internacional para la Eliminación de la

Violencia contra la Mujer, aprobado por la Asamblea General de Naciones

Unidas, en esta fecha, como el resto de días del año, todos debemos reafirmar

nuestro convencimiento y compromiso en la erradicación de esta lacra.

La violencia contra las mujeres es una de las más degradantes

violaciones de los Derechos Humanos y continúa progresando en el ámbito

global, no respeta fronteras ni culturas.

Está presente en tiempos de conflicto y paz, en el hogar, en el trabajo

y en la calle, es una injusticia manifiesta que impide que la sociedad avance en

el camino de la igualdad y el bienestar común que todos deseamos.

Por desgracia, en estos días, tenemos que convivir con numerosos

casos de violencia de género y también con la lacra de la trata de mujeres,

todo esto nos tiene que convencer a todos, que debemos trabajar en la misma

línea para acabar de una vez por todas, con esta barbarie.

Una de las principales actuaciones que se están llevando a cabo y que

es imprescindible, es la concienciación a toda la sociedad, y en especial, a los

más jóvenes, hay que educarlos en valores para que rehuyan y condenen este

tipo de actuaciones y también es importante transmitir apoyo y confianza a las

mujeres que se ven acosadas y decirlas que tienen que denunciarlo.

Desde todas las administraciones se debe prestar la más adecuada

asistencia integra a las víctimas, como objetivo de presente, así como

continuar con toda una serie de actuaciones de prevención y sensibilización

que contribuyan a su erradicación en un futuro para lo cual es necesaria la

participación de toda la sociedad en su conjunto.

Page 152: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 152 -

El Ministerio de Sanidad trabaja desde el año 2013 con la Estrategia

2013-2016 para la erradicación de la violencia contra la mujer, un conjunto

de medidas entre las cuales se encuentran:

El Protocolo entre CCAA para la coordinación de sus redes de

Centros de Acogida para las mujeres víctimas de violencia de género y sus

hijos e hijas.

Propuesta de pautas para la intervención integral e individualizada

de mujeres víctimas violencia de género, sus hijos e hijas y otras personas a su

cargo y el Plan Nacional de Sensibilización y Prevención de la Violencia de

Género

Por todo lo anteriormente expuesto, el Grupo Municipal Popular

propone lo siguiente:

- Instar al gobierno municipal a mantener todos los programas,

actuaciones y medidas destinadas a la prevención y erradicación de la

violencia de género.

- Instar al gobierno municipal a condenar toda manifestación y

acción de violencia machista.

- Instar a los gobiernos central y autonómico a mantener todas las

medidas destinadas a la erradicación de la violencia de género”.

Defendió la moción del Grupo Municipal Popular el Señor Juárez

Ortiz.

Terminada la deliberación, los Señores reunidos, en votación ordinaria

y por mayoría, con los votos a favor de la misma de los seis Sres. Concejales

del Grupo Municipal Unión por Leganés-ULEG, los seis Sres. Concejales del

Page 153: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 153 -

Grupo Municipal Popular y los dos Sres. Concejales del Grupo Municipal

Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía; y los votos en contra de los seis Sres.

Concejales del Grupo Municipal Socialista, los seis Sres. Concejales del Grupo

Municipal Leganemos y el Sr. Concejal del Grupo Municipal de Izquierda

Unida Comunidad de Madrid-Los Verdes, acordaron:

PRIMERO: Instar al gobierno municipal a mantener todos los programas,

actuaciones y medidas destinadas a la prevención y erradicación

de la violencia de género.

SEGUNDO: Instar al gobierno municipal a condenar toda manifestación y

acción de violencia machista.

TERCERO: Instar a los gobiernos central y autonómico a mantener todas las

medidas destinadas a la erradicación de la violencia de género.

20.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL

SOCIALISTA CON MOTIVO DEL DIA INTERNACIONAL

CONTRA LA VIOLENCIA DE GENERO.

Se dio lectura a la siguiente moción:

“EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Alrededor de 800 mujeres han sido asesinadas en España por sus

parejas o ex parejas desde el año 2003, cuando comenzaron a recopilarse

estadísticas oficiales. Una violencia ante la que no queremos permanecer

impasibles porque para el PSOE, la igualdad entre mujeres y hombres es un

principio fundamental.

Page 154: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 154 -

Nuestro compromiso contra la violencia de género es firme. Fue un

gobierno socialista el que aprobó la Ley Orgánica de Medidas de Protección

Integral contra la Violencia de Género que, además de haber supuesto un

revulsivo respecto a la violencia de género en todos sus aspectos, se ha

consolidado como modelo internacional. Una ley reconocida y premiada y que

establece un sólido y completo marco legal para la prevención, protección,

persecución y castigo de la violencia por parte del compañero o ex compañero

sentimental. Una ley que desarrollamos y pusimos en marcha durante nuestros

años de gobierno.

Nuestro compromiso contra la violencia de género es permanente.

Así, el 25 de noviembre de 2014, lo ratificamos declarando a toda la

organización y todas y cada una de sus agrupaciones como "Espacio seguro y

libre de violencia de género". Este verano, en el manifiesto de nuestro Consejo

Político Federal del 13 de julio, la Declaración de Sevilla, nos volvimos a

comprometer anunciando que todos nuestros gobiernos autonómicos

priorizarán la lucha contra la violencia de género con los presupuestos

adecuados, políticas de prevención y recursos suficientes para la protección de

las mujeres víctimas y de sus hijos e hijas.

En el Foro de alcaldes y alcaldesas de Madrid del 23 de junio, los

ayuntamientos socialistas ratificaron el cumplimiento de seis compromisos

adquiridos con la ciudadanía y por ello declararon que es un reto de obligado

cumplimiento erradicar la violencia de género de nuestros municipios. En esas

seis prioridades subrayaron la contundencia de los ayuntamientos socialistas

en las medidas contra la violencia de género y en el desarrollo de una red de

atención, asistencia y protección social que garantice a las mujeres en

situación de violencia su seguridad y derecho a rehacer sus vidas.

Una sociedad decente exige avanzar hacia una sociedad segura y

libre de violencia de género, que garantice una respuesta efectiva a las

mujeres que sufren violencia así como a sus hijos e hijas.

Page 155: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 155 -

Por todas estas razones, un año más, atendemos al llamamiento de

Naciones Unidas de conmemorar el 25 de noviembre como Día Internacional

de la Eliminación de la Violencia contra las mujeres, y ratificamos tanto

nuestro compromiso explícito de rechazo de la violencia de género como a

trabajar hasta conseguir su erradicación. Tenemos la convicción de que la

tolerancia cero a la violencia contra las mujeres debe ser un valor de la

sociedad en su conjunto. Es nuestro compromiso; son nuestros valores.

Este año, ante una cita electoral, queremos denunciar una legislatura

que termina y en la que el gobierno del PP, con sus recortes y retrocesos, ha

malogrado cuatro años de la vida de las mujeres víctimas, de sus hijos e hijas.

Como sociedad nos han hecho perder mucho tiempo. Y en igualdad, todo lo

que no se avanza se retrocede. Además de las modificaciones legales

contrarias a la igualdad, los presupuestos del PP a lo largo de esta legislatura

evidencian la escasa atención prestada por el gobierno popular a la violencia

de género, cuestión que debería estar permanentemente en la agenda política y

señalada como una de las cuestiones de Estado prioritarias.

Así, el programa contra la Violencia de Género baja el 10,92%

respecto a 2009. El gasto para el programa específico en prevención de la

violencia de género para 2016 aumenta el 6% y asciende a 25.2 millones de

euros, lo que queda lejos de los 34,3 millones con los que contaba en 2010. Es

decir, a pesar del aumento que han introducido en unos presupuestos

aprobados en vísperas de las elecciones generales, ni siquiera consiguen

igualar las cifras de hace cuatro años. El presupuesto para igualdad y

violencia para 2016 representa el 0,0103% del total. A ello que hay que añadir

que sólo hay dos millones de euros en los Presupuestos para 2016 destinados a

la atención a las víctimas de trata.

Es tiempo de soluciones. En el PSOE queremos consolidar un gran

Acuerdo contra la violencia de género que ofrecemos a todas las fuerzas

políticas. Una sociedad decente exige avanzar hacia una sociedad segura y

Page 156: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 156 -

libre de violencia de género, que garantice una respuesta efectiva a las

mujeres que sufren violencia, así como a sus hijos e hijas, generando y

ofreciendo los mecanismos necesarios para conseguirlo.

En primer lugar, hay que reponer y dotar suficientemente las partidas

presupuestarias, que se han venido recortando en los últimos años. Esto ha

afectado especialmente los recursos destinados a la prevención y a la

asistencia social de las víctimas de violencia de género, dependientes tanto de

las comunidades autónomas como de los servicios de proximidad de los

ayuntamientos. Recursos que también creemos necesario que aumenten en los

servicios más próximos, por lo que es importante crear un fondo de apoyo a

los ayuntamientos que alcance progresivamente, en un plazo de cuatro años,

los 100 millones de euros. Con ellos proponemos reforzar la red de servicios

públicos, impulsando el papel que desempeñan, y deben seguir desempeñando,

los servicios sociales municipales y los centros de la Mujer.

Además de los presupuestos, uno de los mayores problemas a los que

nos enfrentamos en la lucha contra la violencia de género en estos momentos

está relacionado con la justicia. El número de denuncias es insuficiente. Todos

los estudios nos indican que solo se denuncia aproximadamente el 30% de la

violencia de género, quedando impune un 70%. Tenemos que luchar contra

esa impunidad y conseguir que las víctimas tengan confianza en la justicia,

que estén protegidas y no teman perder a sus hijos e hijas, que no teman salir

ellas denunciadas, que no teman, en definitiva, comenzar un periplo sin salida

ni final.

Por ello, en el Acuerdo que proponemos, subrayamos la necesidad de

poner en marcha en los Juzgados Especializados en Violencia de Género el

Acompañamiento Judicial Personalizado. Con ello podemos hacer accesible a

las mujeres víctimas de violencia de género la información sobre el itinerario y

procedimiento más seguro en su recorrido judicial, desde el momento en el que

ponen la denuncia hasta el final del proceso. Igualmente importante es el

Page 157: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 157 -

establecimiento de protocolos de intervención específicos para la atención

integral a las mujeres que han retirado la denuncia por violencia de género.

Hace falta mucho valor, mucho coraje para salir de la violencia, para

denunciar al maltratador, para hacerle frente; cada denuncia retirada es un

fracaso de la justicia, un éxito del maltratador en su estrategia del miedo, de

la coacción, de la amenaza. La impunidad es gasolina para el motor de la

violencia que hay que eliminar.

Sabemos que la violencia de género es un fenómeno complejo. Por

tanto, quienes se enfrentan a él tienen que estar especializados y haber

recibido una formación completa y rigurosa. Sabemos que existen fallos en la

percepción del riesgo y en los informes psicosociales y que en numerosas

ocasiones se revictimiza a las mujeres. Por ello es necesaria la obligatoriedad

de una formación específica en la materia. Dicha formación deberá ser

impartida, por una institución acreditada y de forma previa a ocupar su

puesto, tanto a los magistrados al frente del órgano jurisdiccional

especializado, como a los abogados, forenses y equipos psicosociales que

intervengan en los juzgados especializados en violencia de género.

La educación es otra de nuestras preocupaciones. Si no rompemos los

ciclos, la violencia de género pasará de generación en generación. Por ello es

materia del Acuerdo tanto el Plan Nacional de Sensibilización y Prevención de

la Violencia de Género como el Plan integral para prevenir, proteger y

reparar el daño a menores víctimas de la misma, así como la incorporación al

currículum en todas las etapas educativas de formación específica en

Igualdad, educación afectivo- sexual y de prevención de dicha violencia.

Por último, tal y como han recomendado tanto la CEDAW como el

Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la

Violencia contra la Mujer y la Violencia Doméstica, estamos convencidos de

que es el momento de ampliar la Ley Integral contra la Violencia de Género,

de manera que estén recogidas en ella todas las manifestaciones de dicha

Page 158: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 158 -

violencia y no exclusivamente las que se producen en relaciones de pareja,

como ocurre actualmente.

Por todo ello, el Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento de

Leganés somete a votación la siguiente MOCIÓN para aprobar los siguientes

ACUERDOS y Exigencias dirigidas al Gobierno de España:

ACUERDOS

Este Ayuntamiento dedica un sentido y doloroso recuerdo a la

memoria de todas las mujeres asesinadas por violencia de género y expresa

sus condolencias a sus familias y amistades. También, a todos los menores, a

los hijos y las hijas de los maltratadores, víctimas a su vez de esta violencia,

víctimas mortales incluso, convertidas en último ejercicio de venganza contra

sus madres.

De igual manera, manifiesta su repulsa a todas las manifestaciones de

dicha violencia, redobla su compromiso con las víctimas y declara la

tolerancia cero con los maltratadores.

Este Ayuntamiento se compromete a no reducir ni recursos, ni

servicios, ni presupuestos para combatir la Violencia de Género así como a:

1. Reclamar que los Ayuntamientos y entes locales recuperen

expresamente las competencias en Igualdad y Violencia de Género, con

la consiguiente dotación presupuestaria suficiente, igual que el resto de

las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus respectivas

competencias, con el objeto de aplicar en su integridad y de forma

eficaz la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral

contra la Violencia de Género.

2. Declararse municipio libre de violencia de género. Para ello, este

municipio garantizará una red de atención social a las mujeres en

situación de violencia y les ayudará a buscar alternativas para

Page 159: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 159 -

recuperar su vida (derechos laborales, políticas de formación, apoyo al

empleo, vivienda, ayudas sociales). En dicha red estarán incluidos los

servicios de protección, información, asesoramiento, acompañamiento

y acogida para mujeres en situación de violencia de género, sus hijos e

hijas.

Este Ayuntamiento exige al Gobierno estatal que:

• Reponga y dote suficientemente las partidas presupuestarias, que se han

venido recortando en los últimos años, especialmente los recursos

destinados a la prevención y a la asistencia social de las víctimas de

violencia de género, dependientes tanto de las comunidades autónomas,

como de los servicios de proximidad de los ayuntamientos.

• Estipule un fondo de apoyo a los ayuntamientos para dar refuerzo a la

red de servicios públicos, impulsando el papel que desempeñan y deben

seguir desempeñando los servicios sociales municipales y centros de la

Mujer para el desarrollo y cumplimiento de la Ley Orgánica 1/2004, de

28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia

de Género y la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del

sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.

• Ponga en marcha, en los Juzgados Especializados en Violencia de

Género, el Acompañamiento Judicial Personalizado a las mujeres

víctimas de violencia de género, para hacer accesible a las mismas la

información sobre el itinerario y procedimiento más seguro en su

recorrido judicial, desde el momento en el que ponen la denuncia hasta

el final del proceso.

• Establezca protocolos de intervención específicos para la atención

integral a las mujeres que han retirado la denuncia por violencia de

género.

Page 160: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 160 -

• Active de forma permanente el Plan Nacional de Sensibilización y

Prevención de la Violencia de Género.

• Incorpore al currículo la formación específica en Igualdad, educación

afectivo- sexual y de prevención de la violencia de género en todas las

etapas educativas.

• Ponga en marcha un Plan Integral para prevenir, proteger y reparar el

daño a menores víctimas de violencia de género.

• Estipule la obligatoriedad de que, tanto los magistrados al frente de

órgano jurisdiccional especializado, como los abogados, forenses y

equipos psicosociales que intervengan en los juzgados especializados de

violencia de género, tengan certificada, previamente a ocupar su puesto,

formación específica en la materia impartida por una institución

acreditada.

• Amplíe las disposiciones preventivas, procesales, punitivas y protectoras

de la ley de 2004 para abarcar, con las adaptaciones necesarias, todas

las formas de violencia contra la mujer, tal como exige la

Recomendación General n° 19 de la CEDAW y el Convenio del Consejo

de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra la Mujer

y la Violencia Doméstica (Convenio de Estambul), que España ha

ratificado.

Por el Grupo Municipal Socialista defendió la moción la Señora

Ayllón López.

A petición del Grupo Municipal Leganemos se incluyen estas

enmiendas a la moción anteriormente transcrita:

Page 161: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 161 -

“2. Declarase municipio libre de violencia de género. Para ello, este

municipio garantizará una red de atención social a las mujeres”

Agregar:

“Y a los colectivos LGTBI”

En este mismo párrafo:

“En dicha red estarán incluidos los servicios de protección,

información, asesoramiento, acompañamiento y acogida para las mujeres”

Agregar:

“y los colectivos LGTBI”

Terminada la deliberación, los Sres. reunidos en votación ordinaria y

por mayoría, con los votos a favor de los seis Sres. Concejales del Grupo

Municipal Socialista, los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal

Leganemos, los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal Unión por Leganés-

ULEG, los dos Sres. Concejales del Grupo Municipal Ciudadanos, y el Sr.

Concejal del Grupo Municipal de Izquierda Unida Comunidad de Madrid-Los

Verdes, y la abstención de los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal

Popular, acordaron:

Este Ayuntamiento dedica un sentido y doloroso recuerdo a la

memoria de todas las mujeres asesinadas por violencia de género y expresa sus

condolencias a sus familias y amistades. También, a todos los menores, a los

hijos y las hijas de los maltratadores, víctimas a su vez de esta violencia,

víctimas mortales incluso, convertidas en último ejercicio de venganza contra

sus madres.

De igual manera, manifiesta su repulsa a todas las manifestaciones de

dicha violencia, redobla su compromiso con las víctimas y declara la tolerancia

cero con los maltratadores.

Page 162: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 162 -

Este Ayuntamiento se compromete a no reducir ni recursos, ni

servicios, ni presupuestos para combatir la Violencia de Género así como a:

1. Reclamar que los Ayuntamientos y entes locales recuperen

expresamente las competencias en Igualdad y Violencia de Género,

con la consiguiente dotación presupuestaria suficiente, igual que el

resto de las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus respectivas

competencias, con el objeto de aplicar en su integridad y de forma

eficaz la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral

contra la Violencia de Género.

2. Declararse municipio libre de violencia de género. Para ello, este

municipio garantizará una red de atención social a las mujeres y a los

colectivos LGTBI en situación de violencia y les ayudará a buscar

alternativas para recuperar su vida (derechos laborales, políticas de

formación, apoyo al empleo, vivienda, ayudas sociales). En dicha red

estarán incluidos los servicios de protección, información,

asesoramiento, acompañamiento y acogida para mujeres y los

colectivos LGTBI en situación de violencia de género, sus hijos e

hijas.

Este Ayuntamiento exige al Gobierno estatal que:

• Reponga y dote suficientemente las partidas presupuestarias, que se han

venido recortando en los últimos años, especialmente los recursos

destinados a la prevención y a la asistencia social de las víctimas de

violencia de género, dependientes tanto de las comunidades autónomas,

como de los servicios de proximidad de los ayuntamientos.

• Estipule un fondo de apoyo a los ayuntamientos para dar refuerzo a la red

de servicios públicos, impulsando el papel que desempeñan y deben

Page 163: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 163 -

seguir desempeñando los servicios sociales municipales y centros de la

Mujer para el desarrollo y cumplimiento de la Ley Orgánica 1/2004, de

28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia

de Género y la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del

sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.

• Ponga en marcha, en los Juzgados Especializados en Violencia de

Género, el Acompañamiento Judicial Personalizado a las mujeres

víctimas de violencia de género, para hacer accesible a las mismas la

información sobre el itinerario y procedimiento más seguro en su

recorrido judicial, desde el momento en el que ponen la denuncia hasta el

final del proceso.

• Establezca protocolos de intervención específicos para la atención

integral a las mujeres que han retirado la denuncia por violencia de

género.

• Active de forma permanente el Plan Nacional de Sensibilización y

Prevención de la Violencia de Género.

• Incorpore al currículo la formación específica en Igualdad, educación

afectivo- sexual y de prevención de la violencia de género en todas las

etapas educativas.

• Ponga en marcha un Plan Integral para prevenir, proteger y reparar el

daño a menores víctimas de violencia de género.

• Estipule la obligatoriedad de que, tanto los magistrados al frente de

órgano jurisdiccional especializado, como los abogados, forenses y

equipos psicosociales que intervengan en los juzgados especializados de

violencia de género, tengan certificada, previamente a ocupar su puesto,

formación específica en la materia impartida por una institución

acreditada.

Page 164: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 164 -

• Amplíe las disposiciones preventivas, procesales, punitivas y protectoras

de la ley de 2004 para abarcar, con las adaptaciones necesarias, todas las

formas de violencia contra la mujer, tal como exige la Recomendación

General n° 19 de la CEDAW y el Convenio del Consejo de Europa sobre

Prevención y Lucha contra la Violencia contra la Mujer y la Violencia

Doméstica (Convenio de Estambul), que España ha ratificado.

24.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL DE

IZQUIERDA UNIDA COMUNIDAD DE MADRID-LOS

VERDES: ASUNTO: 25 DE NOVIEMBRE, DIA

INTERNACIONAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GENERO

Se dio lectura a la siguiente moción:

“Desgraciadamente un año más comprobamos cómo a pesar de que

teóricamente la violencia de género es rechazada desde todos los ámbitos, es

aún una lacra endémica que nos sigue golpeando y así lo hemos podido

comprobar en las marchas del 7N.

Desde que comenzó la crisis, la violencia de género ha ido

aumentando día a día. Y la violencia institucional soterrada que se ejerce

contra las mujeres a través de los recortes presupuestarios, la disminución de

las pocas políticas de prevención que ya existían, junto con la imagen

discriminatoria y cosificada que de las mujeres se sigue ofreciendo, son un

caldo de cultivo que fortalece la desigualdad y la violencia, que son elementos

inseparables.

Luchar contra la Violencia de Género requiere medidas específicas y

especiales que proporcionen a las mujeres elementos de prevención y

Page 165: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 165 -

protección reales, y a la sociedad, conciencia y cultura política para rechazar

todo tipo de violencia, y particularmente, la violencia sexista.

En muchas partes del mundo las mujeres se encuentran en una

situación insostenible de negación de derechos, que las oculta, las empobrece

y que las sitúa en continuo riesgo, incluso institucionalizado, de violencia

extrema, de explotación sexual, de agresiones, violaciones, asesinatos y

ejecuciones.

En nuestro país, la deriva conservadora y patriarcal hacia posiciones

políticas regresivas, de recortes en recursos de protección social y en

programas de igualdad, sigue poniendo de manifiesto más aún, que la lucha

contra la violencia de género, es en definitiva, la lucha por la igualdad entre

mujeres y hombres.

Por todo ello, el Grupo Municipal de Izquierda Unida — Los Verdes

propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción de los siguientes acuerdos:

1. Que frente a la crisis económica, el Ayuntamiento de Leganés centre sus

esfuerzos y recursos económicos, materiales y humanos en consolidar la

igualdad y la no violencia de género.

2. El Ayuntamiento de Leganés se compromete abordar programas

destinados a la prevención, sensibilización y actuación contra la

Violencia de Género, destinando fondos suficientes para acciones

directas y estructurales.

3. Exigir a la Comunidad de Madrid y al Gobierno Estatal la reversión de

todos los recortes que se han producido en políticas de género y el

aumento de las mismas para hacer frente a la lacra que supone el

terrorismo machista.

4. Instar la modificación de la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de

Protección Integral contra la Violencia de Género, para incluir todas las

Page 166: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 166 -

formas de violencia de género.

5. De estos acuerdos se dará traslado al tejido asociativo de Leganés a

través del Consejo Sectorial de Igualdad.

El Señor Bejarano Ferreras defendió la moción del Grupo Municipal

de Izquierda Unida Comunidad de Madrid-Los Verdes.

A petición del Grupo Municipal Leganemos se incluyen estas

enmiendas a la moción anteriormente transcrita:

� En el segundo párrafo:

“Desde que comenzó la crisis, la violencia de género ha ido

aumentando a día de hoy. Y la violencia institucional soterrada que se

ejerce contra las mujeres…”

Agregar:“y contras los colectivos LGTBI”

� En el tercer párrafo, al final agregar “y por orientación sexual”

� En el cuarto párrafo: “En muchas partes del mundo las mujeres”

Agregar “y los colectivos LGTBI…”

ACUERDOS PROPUESTOS AL PLENO

“2. El Ayuntamiento de Leganés se compromete abordar programas

destinados a la prevención, sensibilización y actuación contra la

Violencia de Género”

Agregar: “y por orientación sexual”.

Page 167: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 167 -

Además de los ponentes intervinieron la Señora Martínez Borrega

(Grupo Municipal Leganemos), y los señores Pérez Hernández (Grupo

Municipal Ciudadanos - Partido de la Ciudadanía) y Delgado Pulido (Grupo

Municipal Unión por Leganés-ULEG).

Cerraron los proponentes el turno de intervenciones.

Las manifestaciones se reflejan en el video que se anexa al acta.

Terminada la deliberación, los Señores reunidos, en votación ordinaria

y por mayoría, con los votos a favor de la misma de los seis Sres. Concejales

del Grupo Municipal Socialista, los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal

Leganemos, los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal Unión por Leganés

-ULEG, los dos Sres. Concejales del Grupo Municipal Ciudadanos-Partido de

la Ciudadanía y el Sr. Concejal del Grupo Municipal de Izquierda Unida

Comunidad de Madrid-Los Verdes, y las abstenciones de los seis Sres.

Concejales del Grupo Municipal Popular, acordaron:

PRIMERO: Que frente a la crisis económica, el Ayuntamiento de Leganés

centre sus esfuerzos y recursos económicos, materiales y

humanos en consolidar la igualdad y la no violencia de género.

SEGUNDO: El Ayuntamiento de Leganés se compromete abordar programas

destinados a la prevención, sensibilización y actuación contra la

Violencia de Género y por orientación sexual, destinando fondos

suficientes para acciones directas y estructurales.

TERCERO: Exigir a la Comunidad de Madrid y al Gobierno Estatal la

reversión de todos los recortes que se han producido en políticas

de género y el aumento de las mismas para hacer frente a la

lacra que supone el terrorismo machista.

Page 168: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 168 -

CUARTO: Instar la modificación de la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas

de Protección Integral contra la Violencia de Género, para

incluir todas las formas de violencia de género.

QUINTO: De estos acuerdos se dará traslado al tejido asociativo de

Leganés a través del Consejo Sectorial de Igualdad.

19.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL

POPULAR PARA INSTAR AL EQUIPO DE GOBIERNO A

APROBAR LA NUEVA ORDENANZA MUNICIPAL

REGULADORA DE TENENCIA Y PROTECCIÓN DE

ANIMALES

Se dio lectura a la siguiente moción:

“La convivencia en el ámbito doméstico con animales es un fenómeno

frecuente en el marco de todas las sociedades, tratándose de una arraigada

costumbre en las sociedades humanas.

En los últimos arios, además, podemos percibir un incremento

significativo en el número de animales conviviendo en los hogares. Estamos

asistiendo a un proceso de cambio en la consideración del respeto hacia los

animales y en la sensibilización a favor de un mayor grado de protección y de

bienestar para todos los animales.

La Ordenanza que actualmente esta vigente en el Ayuntamiento de

Leganés tiene fecha de Octubre de 1998 y fue publicada en el boletín Oficial

de la Comunidad de Madrid el 31 de Diciembre de ese mismo año.

Page 169: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 169 -

La actual Ordenanza tiene más de 15 años quedando totalmente

obsoleta. Por ello es necesario y urgente sacar una nueva que cubra las

nuevas necesidades de la población respecto a la protección y cuidado de los

animales.

En el pleno del 28 de noviembre de 2013 el Pleno del Ayuntamiento

aprobó una moción relativa a la redacción de una nueva Ordenanza

reguladora de la Tenencia y protección de animales y el gobierno en ese

momento se puso a trabajar en ello.

Este nuevo texto fue analizado y redactado por los técnicos

competentes en la materia de la Delegación de Medio Ambiente, además de

contar con el visto bueno de la Veterinaria del Ayuntamiento como de los

servicios jurídicos del mismo. También se contó con el asesoramiento de

diferentes asociaciones ligadas a la protección y cuidado de los animales.

Con esta ordenanza se pretende solucionar gran parte de los

problemas que presenta la actual así como cubrir las demandas actuales de la

sociedad y en concreto las de los dueños de los animales. Entre estas mejoras

recoge la creación de zonas delimitadas para que los animales puedan estar

libres sin molestar a los ciudadanos que transitan por las diferentes zonas

públicas

Esta Ordenanza también fija las atenciones mínimas que tiene que

recibir los animales en cuanto a trato, higiene, cuidado, protección y

transporte y establece las normas sobre su estancia en establecimientos

especializados, atención sanitaria, comercialización y venta.

Un avance importante es el papel que desempeña el Centro de

Protección de Animales y las entidades de protección y defensa de los

animales, agentes muy importantes en el fomento de la adopción y sensibilidad

en el trato con los animales. En la pasada legislatura ya se firmo un convenio

Page 170: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 170 -

de Colaboración con una Asociación Canina que sensibiliza y enseña a los

animales normas de comportamiento para que sean adoptados.

Por todo ello, el grupo municipal popular propone al Ayuntamiento-

Pleno el siguiente acuerdo.

1- Iniciar los tramites para la aprobación de la nueva Ordenanza

Municipal Reguladora de la Tenencia y Protección de Animales”

Defendió la moción el Señor Martín Illarregui.

Intervinieron los Señores De Egea Cáceres (Grupo Municipal

Ciudadanos - Partido de la Ciudadanía), López Serrano (Grupo Municipal

Unión por Leganés-ULEG), Atienza Martín (Grupo Municipal Socialista) y la

Señora Martínez Borrega (Grupo Municipal Leganemos)

Cerró el turno el señor Martín Illarregui.

Las intervenciones se reflejan en el video que se anexa al acta.

Terminada la deliberación, los Señores reunidos, en votación ordinaria

y por mayoría, con los votos a favor de la misma de los seis Sres. Concejales

del Grupo Municipal Unión por Leganés-ULEG, los seis Sres. Concejales del

Grupo Municipal Popular y los dos Sres. Concejales del Grupo Municipal

Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía; y los votos en contra de los seis Sres.

Concejales del Grupo Municipal Socialista, los seis Sres. Concejales del Grupo

Municipal Leganemos y el Sr. Concejal del Grupo Municipal de Izquierda

Unida Comunidad de Madrid-Los Verdes, acordaron: Iniciar los tramites para

la aprobación de la nueva Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenencia y

Protección de Animales.

Page 171: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 171 -

22.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL

SOCIALISTA EN APOYO A LOS AFECTADOS POR LAS

INUNDACIONES DEL SAHARA.

Esta moción no se trato, al realizar una moción conjunta de todos los

grupos municipales.

23.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL

LEGANEMOS PARA LA APROBACIÓN DE UN PLAN PARA

LA MEJORA DE LA RED DE BIBLIOTECAS PUBLICAS

MUNICIPALES DE LEGANES

Se dio lectura a la siguiente moción:

“En Leganés existen un total de 5 bibliotecas públicas municipales

con diversas actividades y servicios de préstamos de materiales. También

contamos con la Biblioteca de la Universidad Carlos III en Leganés. Son estas

bibliotecas públicas puntos de encuentro cultural, de ocio y estudio

imprescindibles para toda la ciudadanía de Leganés porque en ellas se

concentran recursos culturales accesibles para todos y todas las vecinas.

Sin embargo los y las usuarias de las bibliotecas públicas de Leganés

venimos observando y sufriendo desde hace años la dejadez por parte de los

distintos Gobiernos Locales en el mantenimiento y mejora de estos espacios.

Existen serias dificultades para encontrar una biblioteca que cumpla

unos criterios mínimos en los que poder desarrollar las distintas actividades

de estudio y/o lectura: véase la climatización e insonorización de la Biblioteca

Municipal Julio Caro Baroja, la limitación de horario (sólo de tarde) de la

Page 172: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 172 -

Biblioteca Santiago Amón y la saturación de la Biblioteca de la UC3M en

período de exámenes y vacaciones porque es la única que abre los fines de

semana en dichos períodos.

A todo ello hay que unir la falta de recursos humanos y materiales

que presentan estas bibliotecas:

- El material, los recursos y el fondo que existe en las distintas

Bibliotecas públicas de Leganés no se ha renovado desde el 2012,

siendo estos recursos, materiales y fondo indispensables para mantener

y dinamizar las bibliotecas.

- Existe una evidente falta de personal para cubrir la apertura de las

salas, tanto las destinadas al estudio y la lectura, como las salas

infantiles.

Entendemos que no es una práctica normal el hecho de que no se

cubran las bajas y las jubilaciones. Como consecuencia de este hecho, hay

días en los que algunas salas tienen que cerrar para cubrirse la apertura de

otras

Para LEGANEMOS las bibliotecas públicas deben convertirse en un

referente cultural y un elemento de dinamización dentro de los barrios, así

como concentrar un amplio abanico de recursos para acercar la cultura a

todos los vecinos y vecinas de Leganés.

ACUERDOS

El Pleno de este Ayuntamiento acuerda poner en marcha un Plan

para la mejora de la Red Pública de Bibliotecas Municipales de Leganés con

los siguientes objetivos:

- Puesta en marcha de un estudio de los fondos disponibles en las

bibliotecas municipales para su renovación y mejora. Estos fondos

Page 173: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 173 -

serán los necesarios para satisfacer la demanda de formación, ocio e

información de los ciudadanos y ciudadanas de Leganés.

- Estudiar las mejores fórmulas para dotar de personal a las bibliotecas

municipales y evitar el cierre de salas e incrementar el horario de

apertura de las mismas en períodos de especial ocupación, como las

épocas de exámenes o períodos de oposiciones

- Estudiar la ampliación de los horarios de las bibliotecas de forma que

se cubran las necesidades ciudadanas.

- Promover campañas de difusión de las bibliotecas municipales, de sus

fondos y programas para beneficio de toda la población.

- Abrir un diálogo con la Universidad Carlos III para revisar los

distintos convenios sobre las instalaciones para ampliar las salas que

pueden ser destinadas al estudio en período de exámenes.

- Abrir una red de contacto con la ciudadanía para solucionar las

deficiencias en las infraestructuras de lectura y búsqueda de la

información.

- Garantizar la creación de una sección documental de historia,

tradición, autores locales y regionales.

- Promoción del acceso libre, seguro, gratuito y universal a la

información y se ampliará el acceso a internet (WIFI) en los centros

públicos.

- Apoyar y estimular la creación literaria a través de concursos y

encuentros con autores.

- Promover actos e iniciativas que tengan como objetivo promover y

visualizar la literatura juvenil.

Page 174: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 174 -

- Implementación de las tecnologías y nuevos avances en las bibliotecas

para mayor efectividad en las búsquedas informativas, mejora de

participación del ciudadano y difusión de la programación y servicios

bibliotecarios.

- Establecer la participación transversal en las bibliotecas de forma que

la ciudadanía pueda pedir los recursos que necesite y pueda aportar

material e ideas para mejorar la calidad de nuestros centros”.

Defendió la moción la Señora Martínez Borrega.

Intervinieron los Señores Bejarano Ferreras (Grupo Municipal de

Izquierda Unida Comunidad de Madrid-Los Verdes), De Egea Cáceres (Grupo

Municipal Ciudadanos - Partido de la Ciudadanía) y Martín de la Sierra (Grupo

Municipal Socialista) así como las Señoras Alonso Álvarez (Grupo Municipal

Popular) y Neria Castellano (Grupo Municipal Unión por Leganés-ULEG).

Cerró el turno la Señora Martínez Borrega.

Las intervenciones se reflejan en el video que se anexa al acta.

Terminada la deliberación, los Señores reunidos, en votación ordinaria

y por mayoría, con los votos a favor de la misma de los seis Sres. Concejales

del Grupo Municipal Socialista, los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal

Leganemos, los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal Unión por Leganés-

ULEG, los dos Sres. Concejales del Grupo Municipal Ciudadanos-Partido de la

Ciudadanía y el Sr. Concejal del Grupo Municipal de Izquierda Unida

Comunidad de Madrid-Los Verdes, y las abstenciones de los seis Sres.

Concejales del Grupo Municipal Popular, acordaron:

Page 175: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 175 -

El Pleno de este Ayuntamiento acuerda poner en marcha un Plan para

la mejora de la Red Pública de Bibliotecas Municipales de Leganés con los

siguientes objetivos:

- Puesta en marcha de un estudio de los fondos disponibles en las

bibliotecas municipales para su renovación y mejora. Estos fondos

serán los necesarios para satisfacer la demanda de formación, ocio e

información de los ciudadanos y ciudadanas de Leganés.

- Estudiar las mejores fórmulas para dotar de personal a las bibliotecas

municipales y evitar el cierre de salas e incrementar el horario de

apertura de las mismas en períodos de especial ocupación, como las

épocas de exámenes o períodos de oposiciones

- Estudiar la ampliación de los horarios de las bibliotecas de forma que se

cubran las necesidades ciudadanas.

- Promover campañas de difusión de las bibliotecas municipales, de sus

fondos y programas para beneficio de toda la población.

- Abrir un diálogo con la Universidad Carlos III para revisar los distintos

convenios sobre las instalaciones para ampliar las salas que pueden ser

destinadas al estudio en período de exámenes.

- Abrir una red de contacto con la ciudadanía para solucionar las

deficiencias en las infraestructuras de lectura y búsqueda de la

información.

- Garantizar la creación de una sección documental de historia, tradición,

autores locales y regionales.

- Promoción del acceso libre, seguro, gratuito y universal a la

información y se ampliará el acceso a internet (WIFI) en los centros

públicos.

Page 176: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 176 -

- Apoyar y estimular la creación literaria a través de concursos y

encuentros con autores.

- Promover actos e iniciativas que tengan como objetivo promover y

visualizar la literatura juvenil.

- Implementación de las tecnologías y nuevos avances en las bibliotecas

para mayor efectividad en las búsquedas informativas, mejora de

participación del ciudadano y difusión de la programación y servicios

bibliotecarios.

- Establecer la participación transversal en las bibliotecas de forma que la

ciudadanía pueda pedir los recursos que necesite y pueda aportar

material e ideas para mejorar la calidad de nuestros centros

25.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL DE

IZQUIERDA UNIDA COMUNIDAD DE MADRID-LOS

VERDES. ASUNTO SOLICITAR LA DEROGACIÓN DEL

REAL DECRETO 900/2015 DE AUTOCONSUMO

ELÉCTRICO.

Se dio lectura a la siguiente moción:

“El autoconsumo eléctrico es un derecho cívico y un instrumento

clave a la hora de crear un nuevo modelo energético sostenible que nos

permita hacer frente a la realidad del cambio climático. El autoconsumo

contribuye a reducir la dependencia energética del exterior (que en el caso del

Estado español es del 86%) y genera energía eléctrica de forma

descentralizada y respetuosa con el medio ambiente. Por otro lado, incrementa

la eficiencia energética, mejora la competitividad de las empresas, crea

Page 177: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 177 -

empleo y fomenta la economía local; además, es una herramienta que, en

manos de la Administración Pública, puede paliar la pobreza energética, que

según las cifras afecta a más de 4 millones de españoles. Mucho más cuando,

a día de hoy, no requiere de ninguna subvención pública para desarrollarse en

nuestro país.

Por estas razones y por la necesidad de democratizar la energía, tal y

como recoge la propuesta de Unión Energética de la Comisión Europea,

cualquier normativa reguladora del autoconsumo debería tener como

principal objetivo favorecerlo y, por lo tanto, inspirarse en las mejores

prácticas disponibles.

Desde la Administración Municipal no debemos ni podemos

permanecer ajenos a este cambio. Las administraciones públicas territoriales

son las más cercanas a la ciudadanía, y por ello las primeras que deben

desempeñar un papel ejemplarizante e informativo. Existe un gran potencial de

generar ahorros importantes, que pueden destinarse a fines sociales,

especialmente a la impulsión de medidas contra la pobreza energética, una

pobreza que ahora que entramos en las estaciones frías del año supone que el

9% de los hogares españoles no pueden mantener una temperatura de confort.

Por tanto, debemos utilizar todos los recursos a nuestra disposición para

garantizar, dentro del marco de nuestras competencias, una transición

ordenada hacia un modelo energético limpio y sostenible.

Por todo ello, consideramos imperiosamente necesario que se

produzca la derogación del Real Decreto 900/2015 de 9 de octubre, por el que

se establece la regulación de las condiciones administrativas, técnicas y

económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con

autoconsumo y de producción con autoconsumo para que sea modificado

íntegramente, considerando las mejores prácticas disponibles y abriendo un

proceso participativo de redacción, con la máxima urgencia, de una normativa

realmente favorable al desarrollo del autoconsumo que permita a la sociedad

Page 178: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 178 -

en su conjunto disfrutar de sus beneficios económicos, ambientales y sociales,

teniendo en cuenta las consideraciones de los diferentes agentes afectados por

esta normativa.

Por todo ello, el Grupo Municipal de Izquierda Unida — Los Verdes

propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción de los siguientes acuerdos:

1. Mostrar el rechazo del Ayuntamiento de Leganés al Real Decreto

900/2015 de autoconsumo e instar al Gobierno de España a la

derogación del mismo.

2. Que la legislación relativa al autoconsumo se realice en los términos

expuestos en la exposición de motivos.

3. Comunicar este acuerdo a todos los grupos parlamentarios del

Congreso de los Diputados”

Defendió la moción el Señor Bejarano Ferreras

Intervinieron los Señores Pérez Hernández (Grupo Municipal

Ciudadanos - Partido de la Ciudadanía), Martín Illarregui (Grupo Municipal

Popular), Delgado Pulido (Grupo Municipal Unión por Leganés-ULEG),

Sánchez Castillo (Grupo Municipal Leganemos) y Atienza Martín (Grupo

Municipal Socialista).

Cerró el turno el Señor Bejarano Ferreras

Las intervenciones se reflejan en el video que se anexa al acta.

Terminada la deliberación, los Señores reunidos, en votación ordinaria

y por mayoría, con los votos a favor de la misma de los seis Sres. Concejales

del Grupo Municipal Socialista, los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal

Leganemos, los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal Unión por Leganés-

Page 179: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 179 -

ULEG, los dos Sres. Concejales del Grupo Municipal Ciudadanos-Partido de la

Ciudadanía y el Sr. Concejal del Grupo Municipal de Izquierda Unida

Comunidad de Madrid-Los Verdes; y los votos en contra de los seis Sres.

Concejales del Grupo Municipal Popular, acordaron:

PRIMERO: Mostrar el rechazo del Ayuntamiento de Leganés al Real

Decreto 900/2015 de autoconsumo e instar al Gobierno de

España a la derogación del mismo.

SEGUNDO: Que la legislación relativa al autoconsumo se realice en los

términos expuestos en la exposición de motivos.

TERCERO: Comunicar este acuerdo a todos los grupos parlamentarios del

Congreso de los Diputados.

26.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL DE

IZQUIERDA UNIDA COMUNIDAD DE MADRID-LOS

VERDES, ASUNTO: RECHAZO A LOS PRESUPUESTOS DE

LA COMUNIDAD DE MADRID EN MATERIA EDUCATIVA

PARA EL AÑO 2016

Se dio lectura a la siguiente moción:

Una vez más, el Partido Popular demuestra su nula apuesta por la

Escuela Pública y, a pesar de los intentos de maquillar los Presupuestos

Autonómicos para el ejercicio 2016 con incrementos en programas que ya han

demostrado su escaso éxito pedagógico como la educación bilingüe tal y como

la plantean los populares, el proyecto presupuestario que ha presentado el

Page 180: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 180 -

Ejecutivo de Cifuentes esconde reducciones importantes en Primaria,

Secundaria y Formación Profesional. La Educación Infantil, Primaria y

Especial contarán con 8 millones de euros menos que el pasado año, un

recorte centrado sobre todo en menos gasto para personal. Sin embargo, el

importe destinado a los centros específicos de Educación Infantil de

titularidad de la Comunidad de Madrid, pero gestionados a través de

empresas privadas se mantiene en la misma cifra que el pasado año:

14.850.000 euros.

Los números hablan por sí mismos y nos repiten el mismo drama que

lleva sufriendo la Educación Pública en nuestra Comunidad. Y es que, una vez

más, los Presupuestos demuestran dónde están los intereses del Partido

Popular y no son otros que asegurar los beneficios de las empresas privadas

en lugar de aumentar las partidas de la educación pública.

Debemos de recordar que el recorte, nuevamente en el apartado de

personal, incide en una situación que se arrastra desde años atrás donde la

nefasta gestión del PP ha supuesto la destrucción de más de 2.000 puestos de

profesor desde 2011.

Si nos fijamos ahora en la Educación Secundaria, se dedican 14

millones menos, mientras que la Formación Profesional pierden también

medio millón de euros. Sin duda, un ataque más a la Educación Pública.

Llama poderosamente la atención que desde el Partido Popular se

empeñen en vendernos las bondades de actuaciones como la FP Dual, un

despropósito total, y que mientras se dediquen a recortar en sus presupuestos.

La partida destinada a la construcción y ampliación de centros no

universitarios también sufre un recorte de 15 millones de euros.

Resulta paradójico que en las reuniones que se han mantenido por

parte de la Consejería de Educación con el Ayuntamiento de Leganés se hayan

Page 181: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 181 -

comprometido a estudiar la realización de los equipamientos educativos

necesarios en nuestra ciudad y, además, hacerlo en una sola fase, y mientras,

en sus Presupuestos contemplan recortes de nada menos que 15 millones.

Pero ahí no se paran los recortes que pretende imponer el PP, la

partida destinada a la compra de equipos informáticos, mobiliario o cocinas

para los colegios se reduce a la mitad. Lo que sin duda incidirá en una peor

calidad de la enseñanza pública.

Desde IUCM también consideramos que en una situación como la

actual con un aumento de las familias con dificultades económicas resulta del

todo insuficiente la congelación en las partida destinadas al transporte y los

comedores escolares (19 y 5 millones de euros, respectivamente).

Por todo ello, el Grupo Municipal de Izquierda Unida — Los Verdes

propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción de los siguientes acuerdos:

1. Mostrar el rechazo del Ayuntamiento de Leganés a los Presupuestos de

la Comunidad de Madrid en materia educativa.

2. Exigir al Ejecutivo de la Comunidad de Madrid el incremento de las

partidas presupuestarias en materia educativa en todos sus apartados.

3. Comunicar este acuerdo a la Mesa de la Asamblea de Madrid

Defendió la moción el Señor Bejarano Ferreras

Intervinieron los Señores De Egea Cáceres (Grupo Municipal

Ciudadanos - Partido de la Ciudadanía), Aranzana Carpintero (Grupo

Municipal Unión por Leganés-ULEG), Blanco Fernández (Grupo Municipal

Leganemos) así como las señoras Moro Sanjuán (Grupo Municipal Popular) y

Jiménez Calero (Grupo Municipal Socialista).

Page 182: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 182 -

Finalizó el turno el Señor Bejarano Ferreras

Las intervenciones se reflejan en el video que se anexa al acta.

Terminada la deliberación, los Señores reunidos, en votación ordinaria

y por mayoría, con los votos a favor de la misma de los seis Sres. Concejales

del Grupo Municipal Socialista, los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal

Leganemos, los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal Unión por Leganés-

ULEG, los dos Sres. Concejales del Grupo Municipal Ciudadanos-Partido de la

Ciudadanía y el Sr. Concejal del Grupo Municipal de Izquierda Unida

Comunidad de Madrid-Los Verdes, y los votos en contra de los seis Sres.

Concejales del Grupo Municipal Popular, acordaron:

PRIMERO: Mostrar el rechazo del Ayuntamiento de Leganés a los

Presupuestos de la Comunidad de Madrid en materia educativa.

SEGUNDO: Exigir al Ejecutivo de la Comunidad de Madrid el incremento de

las partidas presupuestarias en materia educativa en todos sus

apartados.

TERCERO: Comunicar este acuerdo a la Mesa de la Asamblea de Madrid.

27.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL

UNIÓN POR LEGANÉS-ULEG PARA QUE EL

AYUNTAMIENTO CON OCASIÓN DEL XXVI ANIVERSARIO

DE LA CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO

REDOBLE SUS ESFUERZO EN ESTA MATERIA Y SE

COMPROMETA A UN CALENDARIO DE TRABAJO CON

Page 183: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 183 -

LAS ASOCIACIONES DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA

DEL MUNICIPIO Y CON LA PLATAFORMA CIUDADANA

DEL DEFENSOR DEL MENOR DE LEGANES.

Se dio lectura a la siguiente moción:

“El día 20 de Noviembre es el Aniversario de la Convención de los

Derechos del Niño que es el tratado internacional de las Naciones Unidas, el

primero de carácter vinculante que reúne en un único texto sus derechos

civiles, políticos sociales, económicos y culturales.

Los niños son seres humanos que requieren de una protección

especial puesto que todavía no han alcanzado su madurez física y mental y

tienen que desarrollarse en medios seguros y participar activamente en la

sociedad.

Debemos considerar que la Convención es un documento vivo que

reconoce a los niños y niñas como sujetos de derecho y que convierte a las

personas adultas en sujetos de responsabilidades por lo tanto nosotros como

representantes de nuestra localidad debemos garantizar la aplicación de sus

artículos.

Han de ser objeto de constante supervisión por nuestra parte el

garantizar que en una ciudad como la nuestra donde casi 35.000 habitantes

son menores de edad tengan unos servicios públicos de calidad tanto en

educación, en sanidad o bienestar social.

Desde Unión por Leganés — ULEG creemos que ha surgido la

necesidad de abordar aspectos de creciente preocupación. Debemos proteger

los derechos de menores con diversidad funcional, el derecho a no ser objetos

de ninguna forma de violencia, el derecho a una vivienda digna, el derecho al

juego; a ser escuchados.

Page 184: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 184 -

Es por eso que instamos a colaborar con todas las asociaciones de

Infancia y Adolescencia de Leganés de una manera activa así como a tener en

cuenta los informes realizados por la Plataforma Ciudadana del Defensor del

Menor que tan buen trabajo lleva realizando desde hace años en esta ciudad.

Las administraciones locales tenemos la obligación de llegar donde estas

asociaciones y organizaciones nos llevan reclamando desde hace tiempo que

lleguemos.

Con la aprobación de esta moción daremos un paso más en el

cumplimiento de los artículos de dicha Convención y hacer más efectivos que

en la misma se incluyen.

Por lo anteriormente expuesto se propone al pleno la adopción del

siguiente

ACUERDO:

Que el Ayuntamiento con ocasión del XXVI Aniversario de la

Convención de los Derechos del Niño redoble sus esfuerzos en esta materia y

se comprometa a un calendario de trabajo con las asociaciones de Infancia y

Adolescencia del municipio y con la Plataforma Ciudadana del Defensor del

Menor de Leganés”.

Defendió la moción la Señora Neria Castellano.

Intervinieron los Señores Bejarano Ferreras (Grupo Municipal de

Izquierda Unida Comunidad de Madrid-Los Verdes), De Egea Cáceres (Grupo

Municipal Ciudadanos - Partido de la Ciudadanía), Juárez Ortiz (Grupo

Municipal Popular), Blanco Fernández (Grupo Municipal Leganemos), así

como la Señora Jiménez Calero (Grupo Municipal Socialista)

Finalizó el turno la Señora Neria Castellano.

Page 185: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 185 -

Las intervenciones se reflejan en el video que se anexa al acta.

A continuación se sometió a votación la moción, los Señores reunidos,

en votación ordinaria y por unanimidad, acordaron: Que el Ayuntamiento con

ocasión del XXVI Aniversario de la Convención de los Derechos del Niño

redoble sus esfuerzos en esta materia y se comprometa a un calendario de

trabajo con las asociaciones de Infancia y Adolescencia del municipio y con la

Plataforma Ciudadana del Defensor del Menor de Leganés.

28.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL

UNIÓN POR LEGANÉS-ULEG PARA LA REHABILITACIÓN

DEL POLÍGONO INDUSTRIAL PRADO OVERA Y DAR

SOLUCIÓN A SU ACTUAL SITUACIÓN.

Se dio lectura a la siguiente moción:

“El polígono industrial de "Prado Overa" es uno de los más antiguos

de Leganés. Su ubicación, junto a la carretera de Toledo, a menos de un

kilómetro de las primeras viviendas de la ciudad de Madrid, de centros

comerciales como Parquesur o Plaza Nueva o del futuro parque industrial

"Leganés Tecnológico" lo convierten en un lugar estratégico y privilegiado

para la implantación y desarrollo industrial y empresarial. Sin embargo, al

contrario, su potencial se ve mermado desde hace décadas por su compleja

situación jurídica.

Aunque cuenta con importantes empresas como Zabala, Lúzete,

Santana Motor, Renault Trucks, Fraimon Luz, Merkamueble..., hoy "Prado

Overa" es la zona industrial más abandonada y deteriorada de nuestro

municipio, el propio Ayuntamiento de Leganés ha sido responsable de esta

Page 186: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 186 -

situación que se ha alargado durante demasiados años: aún no ha sido

recepcionado por la administración local, existen conflictos sobre titularidad,

los proindivisos de las parcelas, expedientes jurídicos no resueltos. Su

mantenimiento y conservación ha sido muy deficiente: vías mal asfaltadas y

deficientemente señalizadas, parcelas donde se acumulan toneladas de

escombros y basura, incluso corre el riesgo de convertirse en un gran almacén

de residuos peligrosos, accesos en mal estado... Sirva como ejemplo, la partida

presupuestaria que se incluyó en los presupuestos municipales del ario 2012

(aprobado por todos los grupos políticos en pleno) que incluía la reparación

del firme del camino que tiene su acceso en el barrio de Leganés Norte,

atraviesa el PERI-8 hasta la entrada del polígono y que jamás se puso en

marcha... Simplemente es vergonzante la imagen actual para una gran ciudad

como Leganés en pleno siglo XXI.

Este polígono industrial debería convertirse en una de las prioridades

de todos los grupos políticos municipales de la legislatura 2015-2019 y una

autoexigencia la solución definitiva a todos los problemas que generan su

actual inseguridad jurídica para transformarlo en una oportunidad (atracción

de empresas y emprendedores, creación de empleo, etc.) para Leganés y sus

ciudadanos.

Por lo anteriormente expuesto, presentamos al pleno ordinario del

mes de noviembre la siguiente iniciativa:

MOCIÓN

- Poner en marcha todos los trámites destinados a dar solución y

regularizar la situación del polígono industrial de Prado Overa

- Crear una mesa de trabajo con representantes de la Junta de

Compensación y las empresas e industrias ubicadas en Prado Overa.

Page 187: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 187 -

- Establecer un calendario, planificando actuaciones concretas y

reservando partidas presupuestarias específicas destinadas a la rehabilitación

y mejora de la deteriorada imagen de esta zona industrial, incluyendo

iniciativas como un plan de asfaltado para las calles y el acceso del PERI-8,

retirada de basuras y escombros de parcelas y caminos anexos, etc.

De la presente moción se dará traslado a la Junta de Compensación

del polígono industrial Prado Overa”.

Defendió la moción el Señor López Serrano

Intervinieron los Señores Bejarano Ferreras (Grupo Municipal de

Izquierda Unida Comunidad de Madrid-Los Verdes), Pérez Hernández (Grupo

Municipal Ciudadanos - Partido de la Ciudadanía), Recuenco Checa (Grupo

Municipal Popular) y Muñoz Murillo (Grupo Municipal Leganemos)

Cerró el turno el Señor López Serrano.

Las manifestaciones se reflejan en el video que se anexa al acta.

Terminada la deliberación, los Señores reunidos, en votación ordinaria

y por unanimidad, acordaron:

PRIMERO: Poner en marcha todos los trámites destinados a dar solución y

regularizar la situación del polígono industrial de Prado Overa

SEGUNDO: Crear una mesa de trabajo con representantes de la Junta de

Compensación y las empresas e industrias ubicadas en Prado

Overa.

Page 188: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 188 -

TERCERO- Establecer un calendario, planificando actuaciones concretas y

reservando partidas presupuestarias específicas destinadas a la

rehabilitación y mejora de la deteriorada imagen de esta zona

industrial, incluyendo iniciativas como un plan de asfaltado para

las calles y el acceso del PERI-8, retirada de basuras y

escombros de parcelas y caminos anexos, etc.

De la presente moción se dará traslado a la Junta de

Compensación del polígono industrial Prado Overa.

29.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL

UNIÓN POR LEGANÉS-ULEG PARA INSTAR AL GOBIERNO

DE LEGANES A QUE RESPETE EL MANDATO

DEMOCRÁTICO DE QUE LOS PRESUPUESTOS ESTÉN

SOMETIDOS A LA VOLUNTAD DE LA CÁMARA DE

REPRESENTACIÓN DE LOS VECINOS (EL PLENO) Y NO SE

USEN MÉTODOS DE DUDOSA CONSTITUCIONALIDAD

PARA APROBARLOS A PUERTA CERRADA VÍA JUNTA DE

GOBIERNO.

Se dio lectura a la siguiente moción:

“Es una anomalía democrática y un atentado a los mismos principios

del parlamentarismo y a sus orígenes históricos que la principal norma

jurídico/económica de una administración pública: los presupuestos, pueda

salir adelante con la oposición del órgano que precisamente representa la

voluntad popular, ya sea la asamblea nacional, autonómica o, en este caso,

Page 189: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 189 -

municipal. No sucede en ningún país que se precie de ser una democracia

moderna.

En la ley existen fórmulas para dar solución a un hipotético bloqueo

de la cámara de representación de los ciudadanos a los proyectos

presupuestarios del gobierno de turno: la prórroga de los presupuestos o el

vincular los mismos a una cuestión de confianza. Ambos mecanismos encarnan

una lógica plausible como facilitar la gobernabilidad, no paralizar la

actividad de la institución y el dar la oportunidad a que se conforme otra

mayoría política que sea capaz de sacar unos presupuestos, y si no hay esa

alternativa salga adelante la propuesta del grupo político gobernante que se

encuentra en minoría.

Esta lógica fue destruida por el gobierno de la Nación con la Ley

27/2013, de 27 de diciembre de racionalización y sostenibilidad de la

Administración Local, en ella y sólo para los Ayuntamientos se incluyó una

disposición adicional por la que se permite que los presupuestos puedan

aprobarse por Junta de Gobierno precisamente cuando sean rechazados por el

Pleno. Este atentado contra los principios democráticos, contra la autonomía

local y contra el sentido común encontró el frontal rechazo del Consejo de

Estado (el supremo órgano consultivo del Gobierno de España por imperativo

de la CE) que consideró que era contraria a la Carta Magna. De hecho, tales

preceptos están recurridos ante el Tribunal Constitucional tanto por los

grupos en el Congreso de los Diputados (incluido el PSOE e TU), como por

diferentes ayuntamientos (más de 3.000, entre ellos Leganés) y fuerzas

políticas que fueron precisamente coordinadas en esta cuestión por el PSOE.

El propio PSOE de Leganés (también TU hoy en el gobierno local)

descalificó muy duramente y tachó de presupuestos ilegítimos y de hacer las

cosas de espaldas al pueblo y a puerta cerrada cuando en la pasada

legislatura el PP sacó adelante la norma presupuestaria acogiéndose a la

excepcionalidad permitida por esa legislación ad hoc aprobada a finales de

Page 190: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 190 -

2013. Fue tal la crítica y la oposición que tanto el PSOE, como ULEG e IU

llevamos a los tribunales tal actuación pendiente de sentencia.

Resulta paradójico, incoherente, inmoral y, sobre todo, cínico,

inaceptable y reprobable desde todo punto de vista que el mismo partido que

impugna los presupuestos aprobados por Junta de Gobierno, el mismo partido

que lidera el proceso judicial ante el TC para tumbar tal mecanismo legal que

viola esos principios democráticos y de la autonomía local, contemple y haya

anunciado públicamente en boca del alcalde Santiago Llorente su voluntad de

aprobar por tal mecanismo los presupuestos de la ciudad.

Nos parece inconcebible, un atentado a la soberanía popular el que

pueda darse la circunstancia de que sólo la voluntad de 7 ediles de 27, es

decir, la cuarta parte del Pleno, pueda imponer a la ciudad y a los

representantes políticos que representan el 75% restante, su modelo

económico y social. Esto es causa más que suficiente para que tal gobierno

quede automáticamente deslegitimado y el resto de fuerzas políticas

autorizadas a trabajar en un ejecutivo alternativo.

En aras a prevenir tal clima de inestabilidad, de incertidumbre

política que en nada beneficiaría al correcto devenir de nuestro municipio y

para despejar toda duda al respecto, desde el grupo político Unión por

Leganés-ULEG presentamos para su aprobación al Pleno el siguiente

ACUERDO

1.- Instar al alcalde y al gobierno de Leganés a respetar la voluntad

que del Pleno se emane ante el proyecto presupuestario y se comprometan a

no hacer uso del instrumento de dudosa constitucionalidad que permite

aprobar los presupuestos por Junta de Gobierno.

2.- Si el gobierno de la ciudad, en estos momentos y oficialmente

conformado por PSOE e IUCM, vulnera el principio democrático y no da

Page 191: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 191 -

cumplimiento a esta moción (si es finalmente aprobada por el Pleno), los

grupos políticos que conforman este Pleno estarán legitimados a articular el

mecanismo jurídico/político/social más adecuado para asegurar su

efectividad, incluso para trabajar de inmediato en una fórmula democrática

que cristalice en un Ejecutivo alternativo que sí respete la representación

política surgida de las urnas.

Del presente acuerdo y del contenido íntegro de la moción se daría

conocimiento oficial a la Federación Española de Municipios y Provincias, al

Consejo de Estado y a los diferentes grupos parlamentarios en el Congreso de

los Diputados y el Senado”

Defendió la moción el Señor Delgado Pulido

En este momento, y siendo las veinticuatro horas del día de hoy, y no

habiendo debatido ni resuelto todos los asuntos incluidos en el orden del día, el

Sr. Alcalde-Presidente decidió continuar la sesión.

Se hace constar este extremo en el acta.

Intervinieron los Señores Bejarano Ferreras (Grupo Municipal de

Izquierda Unida Comunidad de Madrid-Los Verdes), Pérez Hernández (Grupo

Municipal Ciudadanos - Partido de la Ciudadanía), Recuenco Checa (Grupo

Municipal Popular), Muñoz Murillo (Grupo Municipal Leganemos) y Atienza

Martín (Grupo Municipal Socialista).

El Señor Recuenco Checa dijo que si se suprimía la parte expositiva y

se mantenía la dispositiva, votarían a favor, lo cual fue aceptado por el Señor

Delgado Pulido.

Page 192: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 192 -

Terminada la deliberación, los Señores reunidos, en votación ordinaria

y por mayoría, con los votos a favor de la misma de los seis Sres. Concejales

del Grupo Municipal Leganemos, los seis Sres. Concejales del Grupo

Municipal Unión por Leganés-ULEG y los seis Sres. Concejales del Grupo

Municipal Popular, y los votos en contra de los seis Sres. Concejales del Grupo

Municipal Socialista, los dos Sres. Concejales del Grupo Municipal

Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía y el Sr. Concejal del Grupo Municipal de

Izquierda Unida Comunidad de Madrid-Los Verdes, acordaron:

PRIMERO: Instar al alcalde y al gobierno de Leganés a respetar la voluntad

que del Pleno se emane ante el proyecto presupuestario y se

comprometan a no hacer uso del instrumento de dudosa

constitucionalidad que permite aprobar los presupuestos por

Junta de Gobierno.

SEGUNDO: Si el gobierno de la ciudad, en estos momentos y oficialmente

conformado por PSOE e IUCM, vulnera el principio

democrático y no da cumplimiento a esta moción (si es

finalmente aprobada por el Pleno), los grupos políticos que

conforman este Pleno estarán legitimados a articular el

mecanismo jurídico/político/social más adecuado para asegurar

su efectividad, incluso para trabajar de inmediato en una

fórmula democrática que cristalice en un Ejecutivo alternativo

que sí respete la representación política surgida de las urnas.

TERCERO: Del presente acuerdo y del contenido íntegro de la moción se

daría conocimiento oficial a la Federación Española de

Municipios y Provincias, al Consejo de Estado y a los diferentes

grupos parlamentarios en el Congreso de los Diputados y el

Senado.

Page 193: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 193 -

30.- URGENCIAS.

30.1- DECLARACIÓN DE URGENCIAS.

Intervinieron los Señores de Diego Carmona (Grupo Municipal

Popular) y Delgado Pulido (Grupo Municipal Unión por Leganés-ULEG)

protestando porque la entrega del expediente se les había pasado momentos

antes del Pleno.

El Sr. Sánchez Castillo también protesto por la falta de tiempo para

analizar el expediente, peor añadió que votaría a favor porque no perjudicaran

a los empleados municipales.

Constan sus intervenciones en video acta.

Previa especial Declaración de Urgencia, adoptada por mayoría, con

los votos a favor de los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal Socialista ,

los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal Leganemos y el Sr. Concejal del

Grupo Municipal de Izquierda Unida Comunidad de Madrid-Los Verdes, las

abstenciones de los dos Sres. Concejales del Grupo Municipal Ciudadanos-

Partido de la Ciudadanía ; y los votos en contra de los seis Sres. Concejales del

Grupo Municipal Unión por Leganés-ULEG y los seis Sres. Concejales del

Grupo Municipal Popular, la Corporación adopto el acuerdo que a

continuación se trascribe:

30.2- EXPEDIENTE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA

Nº 16/2015 POR SUPLEMENTO DE CRÉDITO

El Sr. Atienza Martin explica el expediente.

Page 194: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 194 -

El Sr. de Diego Carmona preguntó a la Interventora si en su opinión el

expediente era correcto, a lo cual responde afirmativamente.

Intervino nuevamente el Sr. Sánchez Castillo y el Sr. Atienza Martin,

constando sus intervenciones en el video acta.

Terminada la deliberación, los Señores reunidos, en votación ordinaria

y por mayoría, con los votos a favor los seis Sres. Concejales del Grupo

Municipal Socialista, los seis Sres. Concejales del Grupo Municipal

Leganemos, los dos Sres. Concejales del Grupo Municipal Ciudadanos -

Partido de la Ciudadanía y el Sr. Concejal del Grupo Municipal de Izquierda

Unida Comunidad de Madrid-Los Verdes; y las abstenciones de los seis Sres.

Concejales del Grupo Municipal Unión por Leganés-ULEG y los seis Sres.

Concejales del Grupo Municipal Popular; acordaron:

PRIMERO.- Aprobar el expediente de Modificación de Créditos nº 16 del

ejercicio de 2.015, con arreglo al siguiente resumen:

- SUPLEMENTO DE CRÉDITO

O P E DESCRIPCIÓN IMPORTE

04 9200 13000 A.G. Recursos Humanos. Retrib. Básicas personal laboral fijo

138.000,00

07 3230 13101 Casa Niños. Otro personal laboral temporal 71.000,00

12 1621 13101 Tratamiento residuos. Otro personal laboral temporal

44.000,00

15 1320 16000 Policía Local. Seguridad Social personal 110.000,00

18 9250 13101 Atención al ciudadano. SAC. Otro personal laboral temporal

170.000,0

23 1511 13101 Obras públicas. Otro personal laboral temporal

108.000,00

TOTAL 641.000,00

Page 195: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 195 -

� FINANCIACIÓN:

- BAJAS APLICACIONES DE GASTOS

O P E DESCRIPCIÓN IMPORTE

28 4910 22199 Comunicación Ciudadanos. Otros suministros

5.000,00

28 4910 22602 Comunicación Ciudadanos. Publicidad 20.000,00

28 4910 22699 Comunicación Ciudadanos. Otros gastos diversos

3.000,00

10 9240 22706 Particip. Ciudadana. Estudios y trabajos técnicos

20.000,00

8 2310 22199 Centro A. Drogodepend. Otros suministros 5.000,00

8 2310 22706 Centro A. Drogodepend.. Est.y trabajos técnicos

5.000,00

8 3112 22199 Laboratorio. Otros suministros 10.000,00

8 3112 22706 Laboratorio. Estudios y trabajos técnicos 10.000,00

8 3114 22609 Prevención y promoción. Actv. culturales y dep.

5.000,00

8 3114 22706 Prevención y promoción. Estudios y trabajos técn.

2.000,00

3 3111 22606 Inspección consumo. Reuniones,.confer.y cursos

5.000,00

3 3111 22706 Inspección consumo. Estud.y trab.técnico 20.000,00

7 3231 22799 Educación infantil. Otros trabj.realiz. o/empr.

150.000,00

2 9310 22708 Administración financiera. Servicio recaudación

300.000,00

11 1500 20400 A.G. Urbanismo. Alquiler vehículos 6.000,00

11 1500 21300 A.G. Urbanismo. Arreglo maquinaria 1.000,00

11 1500 22001 A.G. Urbanismo. Prensa, revistas,publicaciones

2.000,00

11 1500 22199 A.G. Urbanismo. Otros suministros 2.000,00

11 1500 22706 A.G. Urbanismo. Estudios y trabajos técnicos

70.000,00

TOTAL 641.000,00

Page 196: ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA DOCE DE ... · 2015. 12. 11. · 3.- 2 DE NOVIEMBRE DE 2015, DECRETO DE SUSTITUCIÓN POR AUSENCIA DE LA INTERVENTORA

- 196 -

SEGUNDO.- Someter el expediente a información pública por plazo de 15

días, de conformidad con lo establecido en la vigente Ley

Reguladora de las Haciendas Locales y si durante el mencionado

plazo no se presentasen ningún tipo de reclamaciones ni de

alegaciones, entender el expediente aprobado con carácter

definitivo.

Y no habiendo más asuntos que tratar, el Alcalde - Presidente levantó

la sesión, siendo las cero horas y veinticinco minutos del día TRECE DE

DICIEMBRE DE 2015, de todo lo que yo, como Secretario del Pleno doy fe.