Accountability

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“Control Público: rendición de cuentas vertical y control horizontal” Por Rafael Pino Martínez [email protected]

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"Control Público: rendición de cuentas vertical y control horizontal".Presentaciión para el Taller "Ética, Transparencia y Control de la Administración Pública".

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“Control Público: rendición de cuentas vertical y control horizontal”

Por Rafael Pino Martí[email protected]

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Accountability se ha traducido

como…

Término de la literatura en inglés, sin equivalente directo

en los idiomas latinos. Utilizado en Ética del Sector Público,

Gobernabilidad, Gestión pública, entre otros

ResponsabilizaciónRendición de cuentas

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Requerimiento a los organismos públicos o privados

Para que transparenten sus decisiones o actos

Rendición de cuentas

Esto permite «responsabilizar» a los funcionarios por sus actos, premiando o sancionando conductas.

Responsabilización

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Accountability

Deber de la Administración Pública de rendir cuentas ante la sociedad

Derecho de los ciudadanos de controlar la acción de los gobiernos

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Cultura política ciudadanaInterés por el bienestar común y por un buen

manejo de los recursos públicos.

Conocimiento de los mecanismos que permiten

exigir la rendición de cuentas.

Los mecanismos de rendición de cuentas exigen en los ciudadanos, por lo menos:

¿Están presentes en el ciudadano cusqueño?

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Cultura del funcionario

• Si desde la perspectiva del ciudadano se requieren:– Interés por lo público, y– conocimiento de los mecanismos de control.

• De los funcionarios se espera: Transparencia.

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Enfoques de accountability

Vertical

Horizontal

O´Donell, Guillermo. Accountability Horizontal. La institucionalización legal de la desconfianza política. ISONOMIA No. 14 / abril 2001.

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Accountability vertical

Surge del reconocimiento del ciudadano como titular de la soberanía y fin del Poder Público.

En ejercicio de sus derechos fundamentales, individual u organizadamente puede controlar los actos de gobierno.

Su objetivo es transparentar las decisiones y actos gubernamentales, no sólo para controlarlos, sino para influir con su opinión en la agenda pública.

Pueden concluir en acciones o denuncias ante agencias horizontales, o lograr resultados a través de movilizaciones o sanciones simbólicas.

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Accountability horizontal

Surge de la organización del

propio Poder Público, con la

división de poderes y la asignación de competencias de

control

Contempla mecanismos

institucionales para hacer efectivo el derecho de los

ciudadanos a que se supervise y sancione las conductas de los

funcionarios

Incluye:- El Control

parlamentario- Los órganos «Contralores»- Los órganos

jurisdiccionales- Los Ombudsman

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Efectos positivos del accountability

Previene y persigue la corrupción.

Promueve el buen manejo de los recursos públicos.

Genera confianza: los ciudadanos.

Crea condiciones para la gobernabilidad y el desarrollo.

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Transparencia

• Transparencia refiere a la ausencia de obstáculos, de aquello que nos impide ver u observar y que más bien nos permite apreciar algo con total nitidez.

• Para el sector público se convierte en una herramienta ética.

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Secretismo

Manejo de las finanzas y de las decisiones en forma encubierta.

Contenidos autoritarios en las normas.

Tradición centralista.

Concentración del poder.

Autoritarismo.

Transparencia

Fácil acceso a la información.

Oportunidad de la información.

Relevancia de la información.

Los temas importantes no se dejan de lado.

Calidad y confiabilidad.

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Consecuencias del secretismo• Reduce la posibilidad de que los

funcionarios públicos sean acusados de cometer errores.

• Corrupción: El secreto ofrece mayores oportunidades para que intereses privados interfieran en las decisiones públicas en su propio provecho.

• Los medios de comunicación debilitan su capacidad en constituirse en instancias de control y fiscalización frente a los abusos del poder.

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Perjuicios de la cultura del secretismo

• Permite la existencia de poderes secretos y ocultos carentes de todo tipo de control.

• Favorece la corrupción. • Ofrece oportunidades para que los

intereses privados poderosos interfieran en provecho propio en las decisiones públicas.

• Afecta la relación entre los ciudadanos y el Estado.

• Genera desconfianza y el descrédito de las instituciones públicas.

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Beneficios de la transparencia

• Fortalece la relación entre el Estado y la Sociedad. • Asegura una gestión pública eficaz. • Combate la corrupción. • Permite conocer la información relevante, clara y

actualizada. • Promueve la participación responsable y activa de la

sociedad civil. • Promueve el gasto eficiente y eficaz de los recursos

públicos. • Contribuye a la estabilidad política, lo cual promueve la

inversión.

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La corrupción impide nuestro desarrollo

• El Banco Mundial ha identificado a lacorrupción como uno de los mayoresobstáculos para desarrollo social yeconómico de los países.• Los efectos nocivos de la corrupciónson especialmente severos con laspoblaciones vulnerables, al ser afectadasen la provisión de servicios públicos, ypor encontrarse en condiciones menosfavorables para afrontar los costosasociados de la corrupción, sobornos,fraude y la apropiación ilícita deprivilegios económicos.

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MECANISMOS DE CONTROL VERTICAL Y HORIZONTAL EN EL CASO PERUANO

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Reconocimiento constitucional del control vertical

Artículo 2.- Derechos fundamentales de la personaToda persona tiene derecho:5. A solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido. Se exceptúan las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional.17. A participar, en forma individual o asociada, en la vida política, económica, social y cultural de la Nación. Los ciudadanos tienen, conforme a ley, los derechos de elección, de remoción o revocación de autoridades, de iniciativa legislativa y de referéndum.

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Participación ciudadana en asuntos públicos

Artículo 31.- Los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos mediante referéndum; iniciativa legislativa; remoción o revocación de autoridades y demanda de rendición de cuentas. Tienen también el derecho de ser elegidos y de elegir libremente a sus representantes, de acuerdo con las condiciones y procedimientos determinados por ley orgánica.Es derecho y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su jurisdicción. La ley norma y promueve los mecanismos directos e indirectos de su participación.Tienen derecho al voto los ciudadanos en goce de su capacidad civil. Para el ejercicio de este derecho se requiere estar inscrito en el registro correspondiente.El voto es personal, igual, libre, secreto y obligatorio hasta los setenta años. Es facultativo después de esa edad. La ley establece los mecanismos para garantizar la neutralidad estatal durante los procesos electorales y de participación ciudadana.Es nulo y punible todo acto que prohíba o limite al ciudadano el ejercicio de sus derechos.

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Control horizontal en el caso peruano

Artículo 82.- La Contraloría General de la República

La Contraloría General de la República es una entidad descentralizada de Derecho Público que goza de autonomía conforme a su ley orgánica. Es el órgano superior del Sistema Nacional de Control. Supervisa la legalidad de la ejecución del Presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control.

El Contralor General es designado por el Congreso, a propuesta del Poder Ejecutivo, por siete años. Puede ser removido por el Congreso por falta grave.

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Control horizontal en los ámbitos Regional y Local

Artículo 199.- Los gobiernos regionales y locales son fiscalizados por sus propios órganos de fiscalización y por los organismos que tengan tal atribución por mandato constitucional o legal, y están sujetos al control y supervisión de la Contraloría General de la República, la que organiza un sistema de control descentralizado y permanente. Los mencionados gobiernos formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución, anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley.

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Desarrollo legislativo de los mecanismos de Accountability

• Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos (Ley Nº 26300).

• Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley Nº 27806).– Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº

043-2003-PCM.– Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-

PCM.• Ley marco del presupuesto participativo (Ley Nº 28056)

– Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 171-2003-EF

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Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública

• Cualquier persona puede solicitar información pública, así sea menor de edad o extranjero.

• Todos los peruanos podemos solicitar la información que posee el Estado. La ley señala que toda información que posea el Estado se presume pública.

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Obligaciones de la máxima autoridad de la entidad pública

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Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos

• Desarrolla los mecanismos para el ejercicio de los derechos de participación de los ciudadanos: – Iniciativa de reforma constitucional.– Iniciativa en la formación de leyes.– Reféndum.– Iniciativa en la formación de ordenanzas regionales y ordenanzas

municipales.

• Mecanismos de control ciudadano:– Revocatoria de Autoridades.– Remoción de Autoridades.– Demanda de Rendición de Cuentas.

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Demanda de rendición de cuentas

• Artículo 31.- Mediante la Rendición de Cuentas el ciudadano tiene el derecho de interpelar a las autoridades respecto a la ejecución presupuestal y el uso recursos propios. La autoridad está obligada a dar respuesta. […]

• Artículo 32.- El pliego interpelatorio contiene preguntas relacionadas exclusivamente con los temas previstos en el artículo anterior. Cada interrogante es planteada en forma clara, precisa y sobre materia específica.

• Artículo 33.- La autoridad electoral cautela que el pliego interpelatorio contenga términos apropiados y que carezca de frases ofensivas.

• Artículo 34.- Para que se acredite la demanda de rendición de cuentas se requiere que la soliciten cuando menos el diez por ciento (10%) con un máximo de veinticinco mil (25 000) firmas de la población electoral con derecho a voto en la respectiva circunscripción territorial.”

• Artículo 35.- Acreditada la demanda la Autoridad electoral comunica de ello a la autoridad para que responda en forma clara y directa el pliego interpelatorio dentro de los 60 días calendario.

• Artículo 36.- Toda autoridad a la que se haya demandado que rinda cuentas, publica el pliego interpelatorio y su respuesta al mismo.