ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

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z een MACIONAL AUTONONA B 4 &, Be oe 8 UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO ESCUELA NACIONAL DE ESTUDIOS PROFESIONALES "“ACATLAN” FACULTAD DE DERECHO INTERPRETACION Y APLICACION DEL ARTICULO 253 FRACCION I DEL CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL T E S J QUE PARA OBTENER aL‘ffroy } Shksod ASESOR Ft TEBIS:'2 LIC. ANTONIO SOLANO SANCHEZ GAVIT' ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1? 1998 CS pERRULES

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z een MACIONAL AUTONONA B 4

&, Be oe 8 UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO

ESCUELA NACIONAL DE ESTUDIOS PROFESIONALES

"“ACATLAN” FACULTAD DE DERECHO

INTERPRETACION Y APLICACION DEL ARTICULO 253 FRACCION I DEL CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL

T E S J

QUE PARA OBTENER aL ‘ffroy }

Shksod

ASESOR Ft TEBIS:'2 LIC. ANTONIO SOLANO SANCHEZ GAVIT' ACATLAN, EDO, DE MEXICO

TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

1998 CS pERRULES

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INTERPRETACION Y APLICACION

DEL ARTICULO 253

FRACCION I

DEL CODIGO PENAL PARA EL

DISTRITO FEDERAL.

ALVARO GONZALEZ OLGUIN

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A MI MADRE: DONA ALTAGRACIA OLGUIN TAPIA,COMO FUENTE

DE DIVINO AMOR.

Fscucho los latidos de tu aima y corazén; a ellos

responde con amor la divina expresién.

; Fuente que encendié cascabeles floridos de mi

profesién !

A MI PADRE: DON TEODORO GONZALEZ TOBON, SOL DE AMOR.

Los divinos cielos destilan amor en mi coraz6n,

sol que encendié la vida de sideral constelacién.

; Oh Dios descendié en las alas de la razén!

A MIS QUERIDOS HIJOS: LULUCITA Y ALVARITO, CON AMOR

DE AMOR.

; Oh vida mia midate collar de diamantes !

En aves de paraiso de los celestiales jardines,

en venerables nubes con alas de celestiales

quexrubines.

AL SENOR LICENCIADO: ANTONIO SOLANO SANCHEZ GAVITO,

DIRECTOR DE TERSIS.

A los sabios y bien entendidos maestros

Universitarios; ; Dios monté en alas de los

celestiales canarios !

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A MIS QUERIDOS HERMANOS: LUCAS, ALVINA, AIDA,

PRANCISQUITA, CESAR, HILDA, BERTHA, ABACUC, HOMERO,

JESUS, ELISA, OSCAR Y BLANQUITA.

Somos los esquistos frutos de los jardines

eternales, el agua limpia y cristalina de sefioriales

manantiales, todos somos el celestial perfume de

egregios tulipanes.

A MI QUERIDO MAESTRO: ANDRES CRUZ MEJIA.

; Dios incliné la gloria y nacié una flor! En el

jardin del cielo con egregio esplendor, luz en que

renaci6 mi vida y mi honor.

A MI QUERIDA TIA LEONOR. A MI TIO AMADOR, CON

RESPETO Y AMOR.

j;Manos generosas y amigas cual la divina

providencia!

; Sangre y cuerpo de Cristo con vital esencia!

El cielo arroj6 dos estrellas con sefiorial

presencia.

A MI ABUELITA: PAULITA CON AMOR.

La mas fragante flor del jardin del cielo, estrella

gue se hizo flor del divino sendero.

; Oh flor de honor era mi sempiterno anhelo!

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A MIS AMIGOS: LIC. MARICARMEN PRIETO LEE. LIC. GILBERTO A. DE LA FUBNTE LEYVAS.

LIC. JAIME MENDIETA VILLAPANA.

LIC. MARINO VILLAR VALVERDE.

LIC. JOSE I. MANUEL VERGARA GARCIA.

LIC. JORGE ROMERO RANGEL.

Srita: SILVIA SUSANO.

Apéstoles de la ciencia sefiorial con amistad

fraternal; hermanos en mi andar vital con visidén

celestial; los esquistos alifios de nuestra Alma

Mater vital.

A MIS CUNADAS: ISABEL, CELE, ROSITA, GUILLE.

Con respeto.

A LOS QUE EN ESTE MOMENTO NO SE PRESENTAN EN MI

MEMORIA Y A QUIENES SIEMPRE TENDRE ALGO QUE

AGRADECER.

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"INTERPRETACION Y APLICACION DEL ARTICULO 253

FRACCION I, DEL CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO

FEDERAL."

INDICE GENERAL

INTRODUCCION. . 0c cece ce eee reece ener ene neene 1

CAPITULO Tr

ASPECTOS GENERALES DE LA ECONOMTA......eeeceeceveces 3

a).- Origenes del mercantilismo.........e cece eee eeee 4

b).- Liberalismo econ6mMico....... cece eevee re cceece 12

c).- Sistemas de organizacién econémica..........-. 15

d).-gQué es la economia?..... ec eee ee ee ee eee ee eeee 19

e).- ~gCémo se fijan los precios? : demanda y

[oy S05: a 20

f).~ Factores de la producci6n.......-.e.eeeeeecees 25

g).- Organizaci6n y localizacion de la industria... 26

CAPITULO It

TEORIA DEL DELITO, ASPECTOS POSITIVOS Y NEGATIVOS.. 33

A).- BL Gelito. sc cc cece een eee eee eens ane ree 52

b).~ Clasificacién de los delitos........eeeeeeeeee 57

c).- La conducta y su ausencia........1ee ee eee ee eee 67

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dj).- Omisién simple, comisién por omisién, omisidén

AMPLOPLA. cee cee ee eee eer erent e renew uses erences 70

e).~ El nexo causal en la omisi6n....... ce cece eee ee 72

f).- La tipicidad y ausencia de tipo......scasceeee 73

g).- Antijuridicidad y ausencia.... ccc cece rec eaee 74

h).~ Causas de justificaciOn....... ccc ecw c en ee eee 75

i).~ Imputabilidad de ininputabilidad.............. TW

4).- Culpabilidad y sus formas.......0.- eee ewww nnne 78

k).- La culpa @ inculpabilidad........ 2c eee ewe ee eee 80

1).- Condicionalidad objetiva y falta de la misma.. 82

m).~- La punibilidad y excusas absolutorias......... 83

CAPITULO IIT

EL ARTICULO 28 CONSTITUCIONAL Y OTROS ASPECTOS

ECONOMICOS....... emer eee eee eee t mw e ene eeeane 85

a).~ El articulo 28 Constitucional...........eeeeee 86

b) .- Bl mMonopolio... cece cece cet erence eee enreenee 91

C).~ Finanzas pUblicas.... cece ee ec eee cee eee 95

d).- Proteccionismo y Libre cambio..........--624- « 98

@).~ La economia politica. .... ee eee ee eee renee enee 101

f).- El estado y la politica econémica............ 103

g).- Sistemas politico-econémicos....... eer 104

h).- Algunos aspectos de la " Ley Federal de

Competencia Econdémica ", reglamentaria del

articulo 28 Constitucional...... 20. . cece ee een eens 105

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i).- El articulo 253 del Cédédigo Penal, para el

Distrito Federal, como regulador del 28 - -

Constitucional. ... eee ecw cee ewer ween eee eeeaeee 111

CAPITULO iv

ESTUDIO DOGMATICO DEL DELITO MENCIONADO EN EL

ARTICULO 253 PRACCION I, DEL CODIGO PENAL

PARA EL DISTRITO FEDERAL... 2... cece e ene tee eee wee 113

A) -— CONCEPTO. .. eee eee e ec eee cece eee eee ees 115

b).- La denominacién " Delitos contra la economia

ptblica "Lo... e eee bene ewe ewer ener en eeeee eeeee 117

c).- Delitos contra el consumo y la riqueza nacionales

a 120

d).- Delitos contra el consumo nacional........... 121

e).~ Medidas de sequridad....... cece eee e sere anane 124

£).- zgQuién es el sujeto activo de éste delito?... 126

g).~- Problemaética que se presenta en la interpreta-

cién y aplicacion, a la luz del delito............ 126

h).- gQué es la canasta bAsica?, tipos y

contenidos..... eee eee eee ee eee ewe eee eeane 132

i).- Criterios para determinar la canasta basica.. 135

4j).- Productos que conforman la canasta basica.... 136

k).- La politica gubernamental...... denen c ew ceee 138

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L).- gA quién corresponde la imposicié6n de

PLECLOS?. eee ec ccc eee ee cette rete ence eee eeeees 139

m).- En relacién con los delitos de economia ptiblica

3A quien corresponde denunciar los hechos ?....... 106

CONCLUSTIONES .. 2.0265 eee ewe eee ease ete ene ew eeenes 156

BIBLIOGRAPIA, 2c ee ec cece mee eee ee new eee enne one seee 164

LEGISLACION CONSULTADA...-- cece cece reece ee rer ence 166

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INTRODUCCION

En atencién a los cambios tan profundos, que

esta sufriendo la economia nacional, y sobre

todo ante la posibilidad de la creacién de

monopolios en nuestro pais, sugiero que és

necesario hacer un andlisis de fondo, del

articulo 253 fraccién I, del Cédigo Penal para el

Distrito Federal; ya que del mismo se desprenden

diversos tipos penales, que se definen como

"Delitos contra el consumo y la riqueza

nacionales". Como puede verse desde el titulo, se

hace indispensable aclarar, que se entiende por

"Consumo Nacional", y que materias o productos

encuadran como riqueza nacional, para que asi no

se quede a expensas de interpretaciones semantica

y los infractores no puedan eludir la aplicacié6n

de las sanciones correspondientes.

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La fracci6én I, se refiere a los actos y

omisiones “relacionados con articulos de consumo

necesario o generalizado"; pero omite decir

cuales son estos articulos y tampoco sefiala que

autoridad administrativa esta facultada para

sefialarlios; o con las materias primas necesarias

para elaborarlos", quedando en la misma

circunstancia de indefinici6én respecto a cuales

son las materias primas, y lo mismo sucede cuando

se refiere a "las materias primas esenciales para

la actividad de la industria nacional".

Entendemos que en virtud de que, el Cédigo

Penal data de 1931, los legisladores de esa época

no podian imaginar los cambios econémicos que se

darian en nuestro pais, y atin cuando han habido

algunas reformas al Cédigo, al parecer atin no se

ha propuesto reformas en este renglén. Y creemos

que se hace necesario que el Congreso de la

Unién, proponga cambios a fin de precisar en

redacci6én los elementos que tipifiquen e]1 delito,

ya que en la forma en que esta redactado,

dificulta su aplicacién, dejandole el Organo

Jurisdiccional, una verdadera problemética, para

adecuar la conducta del sujeto activo del delito,

al tipo penal previsto por el legislador.

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CAPITULO I

ASPECTOS GENERALES DE LA ECONOMIA.

a).- Origenes del mercantilismo.

b).- Liberalismo econdémico.

c).- Sistemas de organizacién econdémica.

d).- gQué es la economia?

e).- ~Cémo se fijan los precios? : demanda y

oferta.

£).- Factores de la produccién.

g).- Organizaci6én y localizacién de la

industria.

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A).- Origenes del mercantilismo.

Empezaremos con la pregunta, jQué es el

mercantilismo?. "Algunos dicen que es una

doctrina, otros una teoria, y otros mds una

escuela; pero se puede afirmar que jamas ha

existido una escuela mercantilista"™. (1)

Se dice que es "La teoria del enriquecimiento

de las naciones, mediante la acumulacién de los

metales preciosos", pero es incompleta; también

se opina que fue una "serie de practicas

econémicas que tuvieron como finalidad conseguir

la unificacién politica y el poderio nacional”.

Lo tnico que tal vez se acepte, es decir que,

el mercantilismo fue una teoria econémica, y al

mismo tiempo una politica econdémica, la cual se

desarrollo en los principales Estados Huropeos,

{Espafia, Inglaterra, Holanda, Francia e Italia),

en los siglos XVI, XVII y XVIII. (2)

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El mercantilismo no fue igual en todas

partes, fue diferente de siglo a siglo y de lugar

a lugar, y no fue totalmente antiliberal, porque

hubo manifestaciones de libertad econdémica, como

en Holanda; sin embargo se pueden = seflalar

caracteristicas generales que son aplicables a

todos ellos, tales como: la preferencia por los

metales preciosos, (ilusién cerisdéhedinoca),

intervenci6én del Estado, (regular y dirigir los

esfuerzos nacionales para conquistar los metales

preciosos, mediante ordenanzas y edictos reales),

la balanza comercial favorable, (adquirir metal

cuando se carece de el y conservarlo cuando se

posee), y La industria y el comercio,

(reglamentar la industria para que produzca

barato).

En el siglo XVI, los problemas monetarios

fueron la técnica del mismo dado el estimulo que

la actividad econémica recibié del oro y plata

Llegados de América a través de Espafia, y la

politica de este prohibié6 la salida de estos

metales, siguiendo el sistema de comprar al

exterior en la misma medida en que se vendia para

conservar un equilibrio monetario.

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ES en esta época en donde aparece la teoria

cuantitativa bajo el supuesto que el circulante

tenia influencia sobre los precios, observdndose

el siguiente fenémeno: la acumulacién de metales

preciosos lleva al alza de precios que significa

disminucién de exportaciones y aumento de

importaciones y en consecuencia una balanza

comercial aesfavorable que sdlo puede ser

compensada con metal. Es asi como esta politica

metalista resulta inoperante y en concreto en

Espafia.

En el siglo XVII, las ensefianzas de la teoria

cuantitativa no encontraron eco y el

mercantilismo encuentra en la produccién nuevo

apoyo, la base de la riqueza es la cantidad de

bienes de consumo existentes; quien mas produzca

sera mas rico.

Pero, ;Cual es la actividad mas productiva y

mas recomendable?, para unos la agricultura y

para otros la industria y el comercio, los que

estan a favor de la primera dicen que tiene

rendimientos crecientes y la segunda decrecientes

y es aqui donde aparece la Ley de los

rendimientos no proporcionales; para el

desarrollo industrial de la época se hacian las

siguientes recomendaciones:

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a).- Abolir el tipo gremial de produccién;

b).- Impulsar la manufactura real.

Se adoptaron otras medidas gue fueron las més

caracteristicas:

a).- Menos derechos a la importacién.

b).~ Primas a la exportacién.

c).- Prohibicién para exportar materia prima

nacionalesy libertad para importarla.

d).- Fomento a la marina mercante nacional.

@).- Desarrollo de las compafiias comerciales,

tales como la *Compafiia de las Indias

Orientales".

Esta politica econoémica, fue impuesta por

Colbert en Francia, e implanté otras medidas

destinadas a mantener precios bajos a efecto de

facilitar las exportaciones; riguroso control de

la calidad del producto asi como salarios, los

mas bajos posibles; se controlaron los cereales

para evitar un aiza en el costo de la vida, se

favorecieron los inventos y el progreso técnico,

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Siglo XVIII, este siglo, se caracteriza por lo

siguiente:

a).- En principio se estudian juntos, los

problemas econémicos y politicos, aunque después

se separan.

b).- Inglaterra pugna por una intervencién

menos intensa en la vida econdémica, inicidndose

asi la economia de mercado.

¢).~ Disminucién de la influencia gremial.

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Estos puntos de vista, fueron adoptados por otros

paises europeos, apareciendo asi un nuevo

caracter en lo econémico y que se resume de ia

siguiente manera:

a).- Disminuci6én en la influencia de los

gremios y manufactureras reales y aumento de la

libre empresa privada por otra parte. El Estado

comenz6 a ser mal visto, debido a la proteccién

que otorgaba a la economia; para equilibrar la

balanza ya no hay necesidad de altos aranceles o

prohibiciones de importacién, se confia mas en

una politica de precios adecuada y en el

movimiento de capitales consecuencia de una

variacio6n en la tasa de interés.

b).~ Los problemas relacionados con el dinero

y el tipo de interés, pasaron a primer plano. La

abundancia de aquel y el bajo tipo de interés

permitieron la expansién de los negocios.

c).- La economia se vuelve mAs analitica, a

efecto de profundizar en el mecanismo econdémico.

(3)

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Las primeras manifestaciones del

mercantilismo, aparecen desde el siglo XV, por el

oro, objetivo basico del comerciante, riquezas en

especie y la constitucién del Estado. Otras

causas que precipitaron los acontecimientos

fueron en su orden, los grandes descubrimientos

geograficos, el Renacimiento y la xreforma

religiosa.

Respecto a los descubrimientos geograficos

(fines del siglo XVI) abren inmensos mercados

para los productos europeos y son inagotables

fuente de materias primas. De esas tierras llega

oro y plata a Europa, abriendo las puertas para

la aintegraci6én de la industria europea. ta

producci6én para un cliente conocido debia

transformarse en produccién para un consumidor

desconocido. Adem4s hacia falta uma concentracién

de capital asi como la presencia de LUCRO como

movil legitimo de toda actividad econémica.

10

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Los recursos técnicos aparecieron muy de

prisa; las ganancias del comercio pronto dieron

una cierta acumutacién de capital, que habria de

permitir nuevas instalaciones y formas de

trabajo. El ahorro obtenido sirvié para tla

ecreacién de nuevos negocios como la manufactura.

Aparecieron aquellas formulas juridicas que

habrdén de regular la concentracién del capital;

las letras de cambio, a efecto de asegurar la

circulacién de los capitales; los prestamos con

interés.

La xveforma religiosa.- Lutero fiel a las

concepciones econémicas del medioevo, hizo una

interpretacién a su manera de la Biblia,

exaltando el esfuerzo individual y creyendo en

lag finanzas, con lo cual hace legitimo el a fin

del lucro ilimitado, implantandose el lucro como

movil de toda actividad econémica haciéndose

patente el espiritu burgués que era el espiritu

del comerciante.

VW

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Los pensadores de esta @época emitieron

teorias sobre el mercantilismo, atin sin llamarlo

de este modo y eéncontramos tedricos que

sobresalieron en Espafia como Juan de Mariana y

Jerénimo de Usteris; en Italia, Juan Botero y

Antonio Serra; en Francia Jean Bodin y Antonine

de Montchr, tiene en cuanto a [Inglaterra y

Holanda que forman un frente comin, son

representados por Thomas Mun y William Petty.

B).- Liberalismo econémico.

Entre los economistas hay algunos, cuya

proteccién exacta respecto al conflicto de las

doctrinas mercantilistas y liberales, es dificil

determinar, tanto, que los historiadores los

clasifican a menudo de modos muy distintos

obligados a inventar para uno u otro subclases

como neomercantilistas, semimercantilistas, etc.

Locke, Patty, Tucker y otros m&4s han sido

considerados, a veces, como precursores de la

escuela liberal, y lo son, efectivamente, en

ciertos aspectos, sobre todo Petty, por la

tenacidad con que afirma la existencia de leyes

naturales econdémicas.

12

Page 23: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Sin embargo, los economistas conservan muchos

de los prejuicios ° de las tradiciones

mercantilistas, para que sea posible, darles ese

calificativo de precursores de un movimiento

nuevo y original de las doctrinas econémicas. (4)

El liberalismo econémico cuya esencia, es la

no intervencién del Estado en la vida econdémica,

nace como doctrina en el siglo XVIII, y se

sintetiza en la famosa formula francesa Laissez~

Faire, Lassez-Passer.

Los precursores que, con sus ideas de

libertad econémica prepararon el camino del

liberalismo sin abandonar sus ideas

mercantilistas fueron muchos. Dentro de los

principales se encuentran TOMAS HOBBES y DAVIS

HUME. De entre las varias ideas que sustentan

estos pensadores; las cuales los colocan como

precursores del liberalismo, debido a las

profundas observaciones que hicieron en el campo

de los fendémenos econémicos, influenciados

fuertemente por la idea de libertad destacan tres

conceptos:

13

Page 24: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

1.- Hl del comercio, haciendo un andlisis del

comercio interior y exterior, la produccién de

mercancias y de los precios, en lo que se llamé

la teoria del equilibrio.

2.- La moneda, segtin estos pensadores el

dinero por si mismo no constituye riqueza, es una

medida de valor que sirve para facilitar los

cambios. Dicen que las reservas en metales

preciosos que un pais guarda sdlo tienen

importancia intrinseca, es decir, que sélo valen

de acuerdo con la cantidad de metal que contiene.

Que el precio de las mercancias es siempre

proporcional a la cantidad de dinero en

circulacién.

3.~ Crédito, esta teoria rechaza la idea de

que, el tipo de interés dependa de la cantidad de

dinero en circulacién, advierten que, en paises

con muchos prestamistas y pocos prestatarios, el

tipo de interés baja, siendo vAdlida también a la

inversa.

14

Page 25: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

C).- Sistemas de organizacién econdémica.

Para Werner Sombart (1863-1941), todo sistema

econémico contiene tres elementos: 1) Motivos

predominantes. 2) Aspectos sociales, juridicos e

institucionales. 3)Técnica.

De acuerdo con estas caracteristicas, la

humanidad ha vivido cinco sistemas econdmicos:

Economia cerrada, artesanal, capitalista,

colectivista y corporativista, siendo los mas

importantes, el tres y cuatro mencionados.

Economia Capitalista, (época: se inicia desde

el siglo XVI, pero su madurez principia hasta el

siglo XVIII, abarcando a la mayor parte de los

paises de la Europa Occidental y a los Estados

Unidos de Norteamérica).

A.~ Motivos: a) Utilizar el dinero para

producir mercancias y asi obtener mas dinero; b)

Obtencién de la mayor ganancia monetaria; c¢)

Espiritu de competencia; y a) Actitud

utilitarista.

18

Page 26: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

B.- Aspectos sociales, juridicos e

institucionales§ a) Propiedad privada de los

medios productivos; b) lbibertad de trabajo y

contratacién; c) Compra~venta de trabajo (porque

se considera mercancia) ; da) Libertad para

producix y comerciar; e) Abstencionalismo estatal

en la economia.

C.- Técnica: a) Altamente desarrollada; b)

Dominio del maquinismo; c¢) Multiplicacién de

necesidades, muchas veces orientadas por los

propios empresarios; d) Descuido de la produccién

de bienes para satisfacer necesidades sociales,

al canalizar capitales para producir bienes

suntuarios, u otros de menos importancia social.

Economia Colectivista (@época: antes de terminar

la primera guerra mundial, con la creacién de

U.R.S.S.}

A).- Motivos: a) Evitar las desigualdades

econémicas y sociales, asi como las fluctuaciones

del mercado; b) Colectivizar la propiedad de los

bienes productivos; c) Conservar la propiedad

privada de los bienes de consumo; d) Buscar la

estabilidad econémica; e) Satisfacer por completo

las necesidades colectivas.

16

Page 27: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

B).- Aspectos sociales, juridicos e

institucionales a) Economia planificada, ya que

el Estado es la entidad que dirige produccién y

distribuci6én; b) Equilibrio entre produccién y

demanda; ¢c) El monto del salario esta de acuerdo

con la capacidad y el trabajo de cada persona; d)

La desocupacién es desconocida; e) Todo mundo

trabaja; £) Politicamente existe dictadura.

C).- Técnica, a) Altamente desarrollada; b)

Inexistencia de la Ley de oferta-demanda en la

formaci6n del precio; c) Realizacién de proyectos

espectaculares como fuente de prestigio; 4d)

Preocupacién por satisfacer necesidades

colectivas.

Economia del bienestar, En los wdltimos

decenios, se ha venido sefialando la existencia de

la economia del bienestar o "welfare economics".

John A. Hobson (1858-1940), fue el primero que

trato de elaborar un sistema econédmico que

tuviera como base la idea de bienestar; todo

sistema o politica econémica y social debia

inspirarse en dicho ideal.

17

Page 28: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Los representantes mas importantes son:

Alfred Marshall (1842-1924), Arthur Cecil Pigou,

de origen ingles. El primero, establece una

relacién muy estrecha entre economia y bienestar.

Pigou, dice que una disminucién del ingreso o

una distribucién ‘no equitativa del mismo

necesariamente tiene un impacto negativo;

descenso del bienestar social. Con esto, el autor

hace descansar el bienestar primordialmente en la

distribucién del ingreso, por lo que puede

decirse que es directamente proporcional al

aumento del ingreso y a su equitativa

distribucion.

Jean Tinbergen, economista del presente

siglo, ve el problema del bienestar desde el

punto de vista de la productividad. Considera que

su aumento trae aparejado un incremento de

viqueza y por lo tanto es potencialmente también

de bienestar. (5)

18

Page 29: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

D).~ gQué es la aconomia?

Hay de ella muchas definiciones, a menudo

Oimos decir, que es la ciencia de los precios.

Esta definiciédn es estrecha. Muchas cosas no

ostentan precio y sin embargo, tienen gran

amportancia econémica. Otras veces se dice que es

la ciencia de los negocios habituales. Esta

definicién es verdadera en un sentido; pero

demasiado amplia. La economia no estudia todo

eso.

La economia, en realidad sélo estudia lo que

sucede cuando las cosas son escasas. La escasez

es la propiedad que le interesa al economista. Es

mucho mas comin entender por economia que es la

ciencia de la riqueza, entendiendo que la riqueza

de una persona es igual al valor nominal, o en

dinero de las cosas que posee, y el valor depende

de la escasez, entonces podemos decir que la

economia es: "La ciencia de la riqueza. Esta

consiste en bienes y servicios lo bastante

escasos para tener un valor en dinero”.

19

Page 30: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

El estudio de la economia, es valioso como

ejercicio de légica y como reflector que ilumina

los acontecimientos de la vida diaria. (6)

E).- 4 Cémo se fijan los precios? : demanda y

oferta.

El precio aparece ligado al concepto de

dinero y se dice que “el precio de cualquier

cosa, es la cantidad de dinero que se paga por

ella, no la que se pide o se ofrece". Su fijacion

depende del gusto del consumidor, de la cantidad

de mercancias en circulacién, del nivel general

de los ingresos, del equilibrio entre produccién

y consumo y del costo de produccion. (7)

Es necesario distinguir entre precio y valor

de las cosas, cuando se habla del valor de un

satisfactor, se identifica con el grado de

aprecio, de utilidad o de cambio que una cosa

tiene y nace de comprarlo con e1 valor de otras

cosas. El precio debe considerarse siempre en

funcién deli dinero, ya que este entre sus

funciones tiene la de ser un satisfactor de

aceptacién general que sirve de medida de valor

de los demas satisfactores.

20

Page 31: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Para que un bien tenga precio, necesita ser

deseado y escaso.

El mercado y la mercancia, mercado en sentido

estricto, es el sitio donde se retinen compradores

y vendedores y en donde pueden ofrecerse y

adquirirse mercancias; en sentido mas amplio se

considera como el conjunto de las demandas y

ofertas, concernientes a las mercancias. Un

mercado perfecto es aquel en el que persiste un

precio uniforme para una mercancia, es decir

conocer el precio a que vende un local equivale a

conocer el precio a que ofrecen los demas

locales, que funcionan en un medio de Libre

competencia. En los mercados imperfectos no se

puede saber de inmediato cual es el precio en

todos los locales destinados a la venta de una

mercancia, ejemplo, venta de libros, automéviles

etc., y ademas objetos de segunda mano, piedras

preciosas.

2

Page 32: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Los bienes que se pueden comprar y sefialar

precio se clasifican en varios grupos; 1) bienes

de consumo; 2) de produccién; 3) de raices; 4)

trabajo humano; 5) préstamo de capital; 6)

titulos de ingreso fijo o variables; 7) derechos

de propiedad; 8) cambios al exterior.

Mencionaremos las mds importantes en nuestro

estudio.

1).~- Bienes de consumo, se esta dispuesto a

pagar dinero por la adquisicién de bienes de

consumo, que nos permiten superar nuestras

diarias necesidades.

2).~ Bienes de produccién, no obstante que no

satisfacen una necesidad, sirven para preparar

satisfactores. Se encuentran representados por

las materias primas y por las herramientas

indispensables para el proceso productivo.

3).~ Trabajo humano, como esfuerzo que

realizan las personas y que se traduce en la

creacién de satisfactores y estos se pueden

obtener, por via directa aplicando el trabajo en

la creacién del satisfactor, por ejemplo, hacer

una barda uno mismo; o bien indirectamente

trabajando uno para obtener dinero y con este

pagar el servicio o satisfactor que se necesita.

22

Page 33: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Fijacioén de precio segtin la demanda, desde el

punto de vista de la demanda, varia debido en

parte a las preferencias psicolégicas del publico

consumidor y el numero de unidades que estén en

el mercado, asi como también a la naturaleza del

satisfactor, su calidad particular y la cantidad

de tiempo que puede permanecer en el mercado.

Dice Scott (8), hacer a un lado tla

importancia que tiene para el comprador un

pescado, y la que tiene para el vendedor

desprenderse del pescado, que es mercancia que si

no se vende, se hecha a perder: "nadie compra

pescado en abstracto con dinero en abstracto. Se

piensa en tanto pescado comprado con tanto

dinero. Una compradora que se encuentra ante el

puesto del mercado, puede decidir ofrecer cinco

pesos por 4 arenques, pero es seguro que no

ofrecer cincuenta pesos por 40 arenques 4 le son

titiles a una ama de casa normal; 40 son sdélo un

estorbo; no los aceptara ni como regalo". Lo que

es verdad para los extremos, también es para lo

que se encuentra entre ellos; podria utilizar 20

arenques si se los regalasen, pero no sé animaria

a pagarlos; podria comprar 10 o 12, pero sdélo en

caso de que su precio bajara lo suficiente.

23

Page 34: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

La curva de demanda "nace del grado de

percusi6én que tiene en el nimero de productos que

se pueden adquirir, el cambio de precio por

unidad"™. (9)

Fijacién del precio segtin ila oferta, el

principal dato que sirve de base para la fijacién

del precio, en la oferta, es el costo. En unos

casos, el precio del mercado influye en el

calculo del costo de produccién y en otros, el

costo de produccién regula el precio del mercado.

Las operaciones denominadas oferta y demanda,

se encuentran estrechamente vinculadas al

concepto de precice, lo que justifica que se le

defina en los siguientes términos: "la demanda de

cualquier cosa, dado el precio, es la cantidad

que se compra a ese precio por unidad de tiempo",

y la oferta significa "la cantidad que se pone a

la venta a un precio determinado por unidades de

tiempo". (10)

24

Page 35: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

F).- Factores de la produccién.

Los factores de la produccién son tres: la

naturaleza, el trabajo y el capital, los teéricos

han venido a agregar, la organizacién, factor de

caracteristicas propias, a la que no todos

consideran como esencial o primario en ta

produccién.

La naturaleza, es el "conjunto de elementos

preexistentes que encuentra el hombre en e1 mundo

que lo rodea y que le son suministrados por el

medio en que vive". A la economia le interesa, de

la naturaleza, avocarse ai estudio del medio

ambiente, materias primas, fuerzas motrices,

traccién de los animales, asi como de los

conceptos tiempo y espacio referidos, atn en

cuanto condicionan nuestra conducta econémica. La

naturaleza acumula una variada serie de problemas

y fenémenos econémicos, entre los que destacan el

de la renta, de la rotacién de los cultivos, de

la propiedad y posesién.

El trabajo, es el esfuerzo que realiza el

hombre para la obtencién de satisfactores y

encierra tres aspectos, el trabajo manual o

corporal, de invencién y de direccién.

25

Page 36: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

El capital, la importancia del capital, esta

en el hecho, de que ninguna riqueza puede ser

producida, sin contar con otra riqueza

preexistente.

Al capital no sdédlo se le debe representar

como dinero en efectivo, sino que puede ser

materia prima, instrumentos ° maquinaria,

anticipos que se proporcionan al trabajador ya

sea en especie o en dinero, y en suma, toda

viqueza capaz de producir nueva riqueza.

G).- Organizacién y localizacién de la industria.

Vistos los factores de la producci6n;

trabajo, naturaleza y capital, se entiende que

cada uno de ellos, aisladamente, no podrian

producir nada sin la intervencién de un elemento,

coordinader que los combine en forma adecuada.

Este factor, es la organizacién.

26

Page 37: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Histoéricamente, cuando el hombre se volvié

sedentario, prevalecié la actividad del productor

autonomo, en la que un sdélo hombre, reunia en si,

los tres factores. El mismo individuo producia

para consumir, y era a la vez organizador de sus

elementos. La intendencia y los complejos

sistemas de la organizacién moderna, han hecho

desaparecer paulatinamente esta situacién. El

sujeto de la organizacién, a estos tres elementos

los ordena, acomoda y calcula, la cantidad de

cada uno de ellos que se ha de requerir para

obtener en cada proceso de produccién el mayor

provecho posible con el menor esfuerzo.

El sujeto que la representa, se conoce como

organizador o empresario y tiene a su cargo,

calcular que es lo que se debe producir, que

costo debe alcanzar por unidad y para que sector

de consumidores se va a producir.

La organizacién juega importante papel en el

equilibrio entre produccién y consumo, Si ia

producci6én es menor a las necesidades y quedan

muchas de ellas sin satisfacer, aparecer el

concepto de escasez. Si se produjese demasiado

con relacién a las necesidades previsibles,

apareceria el fenémeno de la sobreproduccion.

27

Page 38: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Para comprender la compleja organizacion de

las empresas ‘industriales, debemos reconocer

hechos, tales como que las industrias naviera o

sidertrgica, se constituye de manera distinta que

las industrias del algodén o de la plata, lo

factible que unas industrias sean dixrigidas por

un sélo individuo y otras prefieren constituirse

como Sociedad Anénima, Cooperativas, de Capital

Variable o de Responsabilidad Limitada; que

interesa al Estado intervenir en cierto tipo de

empresas, y en otras sdélo asume un control

directo.

El desarrollo histérico de la organizacién,

desde el punto de vista cronolégico, consumismo

primitivo, comunidad autoridad, sociedad feudal,

sociedad comercial, sistema de artesanado urbano,

capitalismo mercantil, industrial financiero y

sociedad socialista.

Desde el punto de vista de las actividades

industriales: l)industria familiar o domestica;

2)trabajo alquilado o a domicilio; 3)el oficio;

4)la manufactura o trabajo a mano 5) la fabrica.

28

Page 39: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

TRUST y CARTEL . Debido a que su formacién

genera el control de cierto producto por una sola

empresa, han sido motivo de constante

preocupacién por parte del Estado. Estas grandes

combinaciones industriales o comerciales, pueden

hacer variar los costos de produccién, la mano de

obra, los salarios y sobre todo, influir en la

fijacién de los precios en el mercado.

El Cartel, aparecido en Alemania, significa

carta contrato; ha sido llamado también sindicato

de produccién o economia comercial. Su nacimiento

se debe a que varios comerciantes, al ver que se

dafiaban entre si por la cerrada competencia se

unieron para evitar el elevado costo de su

propaganda o la inevitable disminucién en sus

precios de mercado.

El Trust, es la uni6én de empresas destinadas

racionalmente a producir ¥y controlar, en

cualquier momento el conveniente equilibrio entre

producecién y consumo a diferencia del Cartel, que

es la reunién de empresas cuya finalidad es

controlar en el mercado el precio de los

productos. (11)

23

Page 40: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

La localizacién de ila industria, depende de

una serie de causas; las mds importantes de ellas

aparte de los azares histéricos son los recursos

naturales, el clima y las facilidades de

transporte. Los centros de poblaci6én atraen

industrias semejantes tienden a concentrarse en

el mismo lugar. Las ventajas especiales que

brindan ciertos lugares, tienden a atraer las

industrias para las cuales aquellias son

decisivas; este es un caso especial de division

de trabajo. (12)

30

Page 41: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

CITAS BIBLIOGRAFICAS

(1) - GOMEZ GRANILLO, Moisés. Breve Historia de

la doctrinas econémicas. edit. Esfinge 1973 pag.

28.

(2) - GOMEZ GRANILLO, Moisés. Op. cit. pag. 29.

(3).- GOMEZ GRANILLO. Moisés. Op. cit. pags. 31 y

sig.

(4).- GONNARD, Ren,. Historia de las doctrinas

econémicas. edit. Aguilar, S. A., 1961 pag. 148.

(5). - GOMERZ GRANILLO, Moisés. Op. cit. pags. 285

y sig.

(6).- H. M., Scott. curso elemental de

economia. 10a edicién edit. Fondo de Cultura

Econoémica 1966 pags. 7 y sig.

31

Page 42: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

(7) .- DOMINGUEZ VARGAS Sergio.- Teoria Econdémica,

edit. Porrtia S.A. 1972 , pag. 65

(8) .~ H.M., Scott, Op. cit. pag. 22

(9) .- H. M., Scott. Op. cit. pag. 24 y sig.

(10).~ DOMINGUEZ VARGAS. Op. cit. pag. 65 y sig.

(11).- DOMINGUEZ VARGAS Sergio. Op. cit. pag. 83

y sig.

(12).- H. M. Scott. Op. cit. Pag. 95

32,

Page 43: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

CAPITULO a

TEORIA DEL DELITO, ASPECTOS POSITIVOS

¥Y NEGATIVOS.

a).- El delito.

b).- Clasificacién de los delitos.

! e).- La conducta y su ausencia.

d).- Omisién simple, comisién por omisién,

omisioén impropia.

@).~ El nexo causal en la omisidén.

£)- La tipicidad y ausencia de tipo.

g).- Antijuridicidad y ausencia.

h).- Causas de justificacién.

i).~ Imputabilidad e ininputabilidad.

j).- Culpabilidad y sus formas.

33

Page 44: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

k).- La culpa e inculpabilidad.

1).- Condicionalidad objetiva y falta de la

misma.

m).- La punibilidad y excusas absolutorias.

Antes de entrar al estudio del delito

analizaremos, que la teoria del mismo comprende

el estudio de sus elementos, su aspecto negativo

y las formas de manifestarse. Por lo que debe

enfocarse hacia estos problemas: existencia del

delito, su inexistencia y aparicién.

La teoria del delito, estudia aquellos

componentes del concepto de delito que son

comunes a todo hecho punible.

EL estudio de los delitos en especial, debe

efectuarse aplicandose la teoria del delito a

cada delito en particular, pues de otra manera,

no seria posible conocer la figura delictiva en

toda su integridad como elemental exigencia

dogmatica.

34

Page 45: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Asi tenemos las esferas que abarca la teoria

del delito son dos:

La primera, a) elementos del delito

existencia, b)aspecto negativo (inexistencia).

La segunda, formas de manifestacién del delito

(aparicién).

La doctrina para conocer la composicién del

delito, ha recurrido principalmente a_dos

concepciones:

a).- La totalizadora o unitaria.

b).- La analitica o atomizadora.

Los unitarios consideran al delito como un

todo orgAdnico; una especie de bloque monolitico,

el cual puede presentar aspectos diversos, pero

no es fraccionable y su realidad no esta en cada

uno de sus componentes sino en todo y en su

intrinseca unidad.

35

Page 46: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

La analitica estudia el delito

desintegrandolo en sus propios elementos, pero

considerandolos en conexién intima al existir una

vinculacién indisoluble entre ellos, en razén de

la unidad del delito, de aqui que esta concepcién

es la aceptada.

Carranca Trujillo y Jimenez Huerta, han

hecho un estudio a este respecto y dice el

primero, los cardcteres constitutivos del delito,

segtin el Cédigo Penal son: tratarse de un acto o

una omisién, en una palabra de una accién de una

conducta humana; y estar sancionados por las

leyes penales; el segundo expone; el articulo

Séptimo del Cédigo Penal de 1931, expresa que el

delito es el acto u omisién que sancionan las

leyes penales; pero el concepto no queda

integrado tnicamente con estas palabras. De ser

asi, seria también innecesario el elemento de la

culpabilidad, pues el mismo no se menciona en

dicho articulo. Sin embargo, en la definicion del

articulo séptimo donde se encuentra dicho

elemento, por ser uno de los conceptuales del

delito. Idénticamente acontece en orden de la

antijuridicidad del acto u omisién que sancionan

las leyes penales.

36

Page 47: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

El cardcter antijuridico de dicho acto u

omisién esta también aincito en la férmula

sintética de la Ley, por ser igualmente un

elemento conceptual de la infraccién. Cuando la

accién u omisién enjuiciada no sea en el caso

conecreto antijuridica, bien por disposicién

expresa de la Ley, por especiales consideraciones

que impiden que el acto puede ser valorado,

contrario al derecho, no es posible hablar de la

existencia de un delito, pues falta uno de los

elementos integradores de su contenido

conceptual. Las formas de expresién de la Ley no

agotan la idea conceptual del delito.

El Dr. Celestino Porte Petit, se pregunta

zCuales son los elementos del delito que se

obtienen dogmaticamente?.

A primera vista, se diria que el concepto de

delito corresponde a una concepcién biatémica de

acuerdo con el articulo Séptimo del Cédigo Penal:

"Delito es el acto u omisién que sancionan las

leyes penales" o sea que el delito es una

conducta punible.

37

Page 48: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Relacionando este precepto con el propio

ordenamiento, se descubre gue una conducta o

hecho, tipicidad, antijuridicidad, imputabilidad,

culpabilidad, a veces alguna condicion objetiva

de punibilidad.

La conducta o hecho se obtiene del articulo

Séptimo del Cédigo, Penal y del nucleo

correspondiente de cada tipo penal. La tipicidad,

es la adecuacién al tipo respectivo o sea que tan

pronto se realiza una conducta o un hecho, y

adem4s si llena algtin otro u otros elementos

tipicos exigidos, hay tipicidad; antijuridicidad

en cuanto que habiendo tipicidad no este el

sujeto amparado por una causa de exclusién, de

las que recoge el articulo 15, en sus diversas

fracciones. Habr&Aé imputabilidad, al no concurrir

la "“excepci6én regla" contenida en la fracci6én VII

del citado articulo 15. Habra culpabilidad

cuando exista reprochabilidad y por Ultimo, la

punibilidad la desprendemos del articulo Séptimo

del Cédigo Penal y del precepto correspondiente

de la parte especial, que sefilale aquella.

38

Page 49: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Concepcién dogmética del delito en su _aspecto

negativo:

a).- Ausencia de conducta, si el articulo

Séptimo del Cédigo Penal hace referencia al "acto

u omisién" como necesarios para que el delito

exista, es indudable que interpretandolo "a

contrario sensu" no habra delito, cuando faite

la conducta, por ausencia de voluntad.

El Cédigo Penal acertadamente en el articulo

15 fraccién I determina, que es circunstancia de

exclusién del delito, cuando el hecho se realice

sin la intervencién de la voluntad del agente.

b).~ Ausencia de tipicidad, es necesaria para

la existencia del delito que haya tipicidad,

consiguientemente, estaremos frente al aspecto

negativo de esta relacién conceptual, cuando no

haya adecuacién a alguno de los tipos descritos

por la Ley.

@).- Causas de exclusién en consideracién al

fundamento de las mismas, podemos decir las

siguientes: Previstas en el art. 15 del Cédigo

Penal vigente.

39

Page 50: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

El delito se excluye cuando:

I.- "El hecho se realice sin intervencién de

la voluntad de la gente;

II.- Falte alguno de los elementos del tipo

penal del delito de que se trate;

IIt.- Se acttie con el consentimiento del

titular del bien juridico afectado, siempre que

se llenen los siguientes requisitos:

a) Que el bien juridico sea disponible;

b) Que el titular del bien tenga la capacidad

juridica para disponer libremente del mismo;

c) Que el consentimiento sea expreso o tacito

y sin que medie algin vicio; o bien, que el hecho

se realice en circunstancias tales que permitan

fundadamente presumir que, de haberse consultado

al titular, este hubiese otorgado el mismo;

Iv.- Se repela una agresién real, actual o

inminente, y sin derecho, en proteccién de bienes

juridicos propios o ajenos, siempre que exista

40

Page 51: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

necesidad de la defensa y racionalidad de los

medios empleados y no medie provocacién dolosa

suficiente e inmediata por parte del agredido o

de la persona a quien se defiende.

Se presume como defensa legitima, salvo

prueba en contrario, el hecho de causar dafio a

quien por cualquier medio trate de penetrar, sin

derecho, al hogar de la gente, al de su familia,

a sus dependencias, o a los de cualquier persona

gue tenga la obligacién de defender, el sitio

donde se encuentren bienes propios o ajenos

respecto de lo que exista la misma obligacién; o

bien, lo encuentre en alguno de aquellos lugares

en circunstancias tales que rebelen la

probabilidad de una agresién.

vV.- Se obre por la necesidad de salvaguardar

un bien juridico propio o ajene, de un peligro

real, actual ° inminente, no ocasionado

dolosamente por el agente, lesionando otro bien

de menor o igual valor que el salvaguardado,

siempre que el peligro no sea evitable por otros

medios y el agente no tuviere el deber juridico

de afrontarlo.

at

Page 52: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

VI.- La accién o la omisién se realice en

cumplimiento de un deber juridico o en ejercicio

de un derecho, siempre que exista necesidad

racional del medio empleado para cumplir el deber

o ejercer el derecho y que este tiltimo se realice

con el solo propésite de perjudicar a otro.

VII.- Al momento de realizar el hecho tipico,

el agente no tenga la capacidad de comprender el

caracter ilicito de aquél o de conducirse de

acuerdo con esa comprensién, en virtud de padecer

trastorno mental ° desarrollo intelectual

retardado, a no ser que el agente hubiere

proyectado su trastorno mental doloso Q

culposamente, en cuyo caso responder por el

resultado tipico siempre y cuando lo haya

previsto o le fuere previsible.

Cuando la capacidad a que se refiere el

parrafo anterior sdlo se encuentre

considerablemente disminuida, se estar a lo

dispuesto en el art. 69 bis de este Cddigo.

A2

Page 53: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

VIII.- Se realice la accién o la omisién bajo

un error invencible;

a) Sobre alguno de los elementos esenciales

que integran el tipo penal; o

b) Respecto de la licitud de la conducta, ya

sea porque el sujeto desconozca la existencia de

la Ley o el alcance de la misma, o porque crea

que est justificada su conducta.

Si los errores a que se refieren los incisos

anteriores son vencibles, se estar a lo

dispuesto por el art. 66 de este Cédigo;

IX.- Atentas las circunstancias que concurren

en la realizacién de wna conducta ilicita, no sea

racionalmente exige a la gente una conducta

diversa a la que realizé, en virtud de no haberse

podido determinar a actuar conforme a derecho; o

43

Page 54: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

X.- El resultado tipico se produce por caso

fortuito.”

a@).- La inimputabilidad, el Céddigo Penal

prevé la “inimputabilidad", es decir "incapacidad

de culpabilidad" en la fraccién VII del articulo

15 del ordenamiento penal.

e).- Inculpabilidad, el Cédigo Penal, en el

articulo 15 fraccién VIII establece que "es

circunstancia excluyente de responsabilidad

realizar la acci6én wu omisi6én bajo un error

invencible respecto de alguno de los elementos

esenciales que integran la descripcién legal, o

que por el mismo error estime el sujeto activo

que es licita su conducta”.

f).- Ausencia de condiciones objetivas de

punibilidad.- este aspecto negativo se obtendra

a contrario sensu, de aquellos casos en que la

Ley penal, exija alguna condicién objetiva de

punibilidad.

44

Page 55: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

g).- Excusas absolutorias, como excusas

absolutorias han sefialado algunos escritores, las

contendidas en los articulos 138 y 375 del Cédigo

Penal.

Presupuesto del Delito, afirma Crispini,

puede darsele el nombre de presupuestos, a las

circunstancias constitutivas antecedentes, es

decir, toda circunstancia, antecedente

indispensable, para que el delito exista.

Los presupuestos del delito, han sido

divididos en generales y especiales. La doctrina

ensefia, que los primeros son aquellos comtines al

delito en general y los segundos, aquellos

propios de cada delito en particular.

Como presupuestos del delito generales se

sefialan:

a).- La norma penal, comprendidos el precepto

y la sancidén.

b).- El sujeto activo y pasivo.

AS

Page 56: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

c).~ La imputabilidad.

d).- Bl bien tutelado.

e).~ El instrumento del delito.

Otros autores, consideran un mayor numero de

presupuestos generales del delito.

Como el delito esta formado por varios

elementos, los llamados presupuestos generales

del delito, serén en su caso, presupuestos de

cada uno de dichos elementos. Asi el sujeto

activo, lo ser&é del elemento objetivo: conducta

o hecho; el tipo norma penal, de la tipicidad; el

mismo tipo, de la antijuridicidad; la

imputabilidad, de la culpabilidad; y de la

punibilidad, considerandola como consecuencia del

delito, seraén sus presupuestos, los elementos del

delito.

46

Page 57: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

La ausencia de un presupuesto general, gQué

consecuencias acarrea?.

La ausencia de la norma penal, de la

imputabilidad, o de cualquier otro presupuesto

general, originan segtn el caso, la ausencia de

tipo o la inexistencia del delito, dandose

diverso aspecto negativo del mismo. Cuando falta

la norma penal, se daraé una ausencia de tipo;

cuando falte la calidad de el sujeto activo o

pasivo exigidos por el tipo o el bien tutelado,

habra una atipicidad y cuando falte la

imputabilidad, se originard una inimputabilidad.

El creador de la doctrina de los presupuestos

es Manzini, este autor dice, que los presupuestos

del delito, son aquellos elementos juridicos

anteriores a la ejecucién del hecho, positivos o

negativos, a la existencia o inexistencia de los

cuales estA4 condicionada la existencia del titulo

delictivo de que se trata. Para el maestro

Celestino Porte Petit Candaudap, define los

presupuestos del delito, especiales, como

aquellos requisitos juridicos previos a la

realizacién de la conducta o hechos descritos por

el tipo, y de cuya existencia depende el titulo o

denominacién del delito respectivo.

47

Page 58: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Los reguisitos del presupuesto del delito,

especiales, son:

a).- Un requisito juridico.

b).- Previo a la realizacién de la conducta o

del hecho, y

@).- Necesario para la existencia del titulo

o denominacién del delito respectivo.

Como presupuestos del delito, especiales, se

invocan entre otros, la relacién de parentesco

exigida en el articulo 323.

Asi como la calidad de servidor ptblico, en

el peculado (art. 223).

Generalmente los autores, hacen alusién a la

falta de los presupuestos del delito, especiales

diciendo que la consecuencia de la ausencia de un

presupuesto especial del delito, no es tla

inexistencia de este sino la traslacién del tipo

delictivo, y para nosotros se presentara la

existencia de otro delito.

48

Page 59: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Con relacién a los presupuestos de la

conducta o hecho indica Antolisei, que deberia

designarse con una expresién mas exacta y

precisamente con la locucién "presupuestos de la

conducta", porque aquellos elementos si son

independientes del comportamiento del sujeto

activo, no son extrafios al hecho previsto por la

Ley como delito.

La expresién aconsejable si se adoptara esa

corriente es: presupuestos de la conducta o

hecho, en raz6n de que el tipo puede describir

una u otra, en sus respectivos casos.

Presupuestos del hecho, dice Manzini, son

aquellos elementos juridices ° materiales

anteriores a la ejecucién del hecho cuya

existencia es exigida para que el hecho previsto

por la norma constituya delito.

Se considera como presupuestos de la conducta

o del hecho aquellos requisitos juridicos o

materiales previos y necesarios para que pueda

realizarse la conducta o hecho tipicos.

9

Page 60: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Consecuentemente, los reguisitos del

presupuesto de la conducta_o del hecho son:

a).- Un requisito juridico o material.

b).~ Previo a la realizacién de la conducta o

hecho.

c).- Necesario para que pueda realizarse la

conducta o hecho, descritos por el tipo.

La falta de un presupuesto, implica

inevitablemente ia imposibilidad de la

realizacién de la conducta o del hecho, descritos

por el tipo.

Como ejemplo del presupuesto juridico,

tenemos el articulo 279 del Cdédigo Penal, que

para que se de la bigamia, si existe el

antecedente (matrimonio anterior no disuelto) si

podraé realizarse el delito.

Como ejemplo de presupuestos material, el

previsto en el articulo 329 del Cédigo Penal, en

el que si no hay embarazo, no hay posibilidad de

la realizacién del hecho configurado como aborto.

50

Page 61: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Para quienes admitan los presupuestos del

delito especiales y presupuestos de la conducta o

del hecho especiales, encontramos:

a).- Que ambos presupuestos estan

constituidos

por requisitos anteriores o antecedentes.

b).- Que en los presupuestos del delito,

los requisitos son de naturaleza juridica, y en

los presupuestos de la conducta o hecho

de cardcter juridico o material.

c).~ Que la ausencia de los presupuestos

del delito especiales, dan por resultado la

traslacién del tipo, y la ausencia de los

presupuestos de ia conducta o hecho,

imposibilidad de la realizacién de la conducta o

hecho, descritos por el tipo, y por tanto del

delito.

Para el maestro Celestino Porte Petit, los

presupuestos deben denominarse, presupuestos del

delito, porque ya sea que falte un presupuesto de

carActer juridico o material, lo que en realidad

sucede, es que no se da el delito, sino otro, o

bien, no se origina delito alguno. (1)

51

Page 62: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

A).- El Delite.

La palabra delito deriva del verbo latino

delinquiere, que significa abandonar, apartarse

del buen camino, alejarse del sendero seflalado

por la Ley.

No ha sido posible dar una definicién del

delito con validez universal, ya que este esta

4ntimamente ligado a la manera de ser de cada

pueblo y a las necesidades de cada época, los

hechos que unas veces han tenido ese caracter, lo

han perdido en funcién de situaciones diversas, y

al contrario, acciones no delictuosas, han sido

exigidas en delitos. Es posible caracterizar al

delito juridicamente, por medio de formulas

generales determinantes de sus atributos.

Para varios autores, la verdadera nocién

formal del delito la suministra la Ley positiva

mediante la amenaza de una pena para la ejecucién

o la omisién de ciertos actos, pues formalmente

hablando, expresan, el delito se caracteriza por

su sancién penal.

52

Page 63: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Para Edmundo Mezguer, el delito es una accion

punible; esto es, el conjunto de los presupuestos

de la pena.

El articulo Séptimo del Ccédigo Penal

establece: "Delito es el acto u omisi6n que

sancionan las leyes penales" no siempre puede

hablarse de la pena como medio eficaz de

caracterizacién del delito.

Mezguer elabora una definicién juridico-

sustancial, y dice que el delito es la accién

tipicamente antijuridica y culpable.

Para Cuello Calon, es la accién humana

antijuridica, tipica, culpable y punible.

Jimenez de Astia, es el acto tipicamente

antijuridico, culpable sometido “a veces a

condiciones objetivas de penalidad, imputable a

un hombre y sometido a una sancién penal; al

igual que el aleman Ernesto Beling, pero sin

hacer referencia a la imputabilidad.

53

Page 64: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Para Castellanos Tena, los elementos del

delito gon: conducta, ia tipicidad,

antijuridicidad y la culpabilidad.

La imputabilidad, es un presupuesto de la

culpabilidad.

La punibilidad, merecimiento de una pena, no

adguiere el xrango de elemento esencial del

delito, porque la pena se merece en virtud de la

naturaleza del comportamiento. No es lo mismo la

punibilidad que la pena, aquella es ingrediente

de la norma en razé6n de la calidad de la

conducta, amerita la imposicién de la pena; esta

en cambio, es el castigo legalmente impuesto por

el Estado al delincuente, para garantizar el

orden juridico; es la reaccién del poder ptiblico

frente al delito. Una actividad u omisién humana

es sancionada cuando se le califica como delito,

pero no es delictuosa porque se le sancione

penalmente.

Celestino Porte Petit, le niega a la

punibilidad, el rango de elemento del delito, ya

que la Ley exige una condicidén objetiva de

punibilidad, su ausencia suspende la posibilidad

de punicién, lo cual sirve para confirmar que la

punibilidad no es elemento sino consecuencia del

dlicito penal.

54

Page 65: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Para Pavén Vasconcelos, si se acepta, que la

norma se integra mediante el precepto y la

sancién, la punibilidad es el elemento o

condicién esencial del delito; de otra manera, la

norma sin sanci6én deja de ser coercitiva y se

transforma en precepto declarativo sin eficacia

alguna.

Para Fernando Castellanos Tena, desde el

punto de vista formal y de acuerdo a nuestro

sistema positivo, generalmente una conducta es

delictuosa cuando esta es sancionada por las

leyes penales; por otra parte el propio

ordenamiento establece delitos no punibles,

tratandose de las llamadas excusas absolutorias,

en las cuales la calificacién delictuosa

permanece y la pena no se aplica; por ende la

punibilidad es una consecuencia mas o menos

ordinaria del delito, pero no un elemento

esencial del mismo.

Condiciones objetivas de punibilidad, tampoco

constituyen elementos esenciales del delito; sdélo

por excepcién son exigidos por el legislador como

condiciones para la imposicién de la pena.

35

Page 66: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Para Fernando Castellanos, los elementos

esenciales del delito son: conducta, tipicidad,

antijuridicidad y culpabilidad, aunque esta

altima requiere de la imputabilidad como

presupuesto necesario.

El delito en el derecho positivo mexicano,

est definido en el articulo séptimo del Cédigo

Penal para el Distrito Federal, en su primer

parrafo: "Delito es el acto u omisién que

sancionan las leyes penales", al estar sancionado

un acto con una pena no conviene a lo definido,

ya que hay delitos que gozan de una excusa

absolutoria y no por esto pierden su cardécter

delictuoso, las infracciones administrativas,

disciplinarias o faltas, las cuales se hayan

sancionadas por la ley con una pena, sin ser

delito. Decir que el delito es el acto u omisié6n

que sancionan las leyes penales, sugiere de

inmediato la cuestién de saber porque lo

sancionan o cual es la naturaleza de este acto

para merecer los castigos 0 las sanciones

penales.

36

Page 67: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

B) Clasificacién de los delitos.

1.- En funcién de su gravedad.

2.- Segin la forma de la conducta del agente.

3.~ Por el resultado.

4.~ Por el dafio que causan.

5.- Por su duracién.

6.~ Por el elemento interno o culpabilidad.

7.~ Simples y complejos.

8.- Unisubsistentes y plurisubsistentes.

9.- Unisubjetivos y plurisubjetivos.

410.~- Por la forma de su persecucion.

41.- Comunes, federales, oficiales, militares

y politicos.

$7

Page 68: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

1.~ En funcion de su gravedad, se han hecho

diversas clasificaciones, crimenes, delitos y

faltas, en México carecen de importancia estas

distinciones, porque los Cédigos Penales sdélo se

ocupan de los delitos en general.

2.- Segtin la forma de la conducta del agente,

pueden ser de accién y de omisién; los de accién

se cometen mediante un comportamiento positivo;

en ellos viola una ley prohibitiva. En los

delitos de omisién el objeto prohibido es una

abstencién del agente, consistente en la no

ejecucién de algo ordenado por la Ley, es decir,

violan una ley dispositiva.

Los delitos de omisién, sueles dividirse en

delitos de simple omisi6én y de comisi6n por

omisién, también llamados delitos de omisién

impropia.

Los de simple omisién, o de omision

propiamente dichos, consisten en la falta de una

actividad juridicamente ordenada, con

independencia del resultado material que

produzcan; es decir se sancionan por la omisidén

misma: tal es el caso previsto en el articulo 400

fraccién IV del Cédigo Penal, que impone a todos

la obligacién positiva de auxiliar a las

58

Page 69: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

autoridades para la averiguacién de los delitos y

para la persecucién de los delincuentes.

Los de comisi6n por omisidén, o impropios

delitos de omisién, son aquellos en que el agente

decide no actuar y por esa inaccién se produce el

resultado material, por ejemplo, la madre que,

con el deliberado propésito de dar muerte a su

hijo recién nacido, no lo amamanta, produciéndose

el resultado letal. ha madre no ejecuta acto

alguno, antes bien, deja de realizar lo debido.

En los delitos de simple omisién, hay una

violacién juridica y un resultado puramente

formal, mientras que en los de comisién por

omisioén, adem4s de la violacién juridica, se

produce un resultado material. En los primeros se

viola una ley dispositiva; en los segundos se

infringen una disposicién y una prohibitiva.

3.- Por el resultado, se clasifican en

formales o de simple actividad o de accién y

materiales o de resultado. Los primeros son

aquelios en los que se agota el tipo penal, en el

movimiento corporal o en la omisién del agente,

no sgiendo necesario para su integracién que se

produzca un resultado externo, ejemplo, el falso

testimonio, portacién de arma prohibida y una

posesién ilicita de enervantes.

59

Page 70: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Los materiales, son aquellos en los cuales,

para su integracién, se requiere la produccién de

un resultado objetivo o material, ( homicidio,

robo, etc.).

4.~ Por el dafio que causan, de lesién y de

peligro. Los primeros, consumados causan dafo

directo y efectivo en intereses juridicamente

protegidos por la norma violada, como el

homicidio, ¢1 fraude, etc.; los segundos no

causan dafio directo o tales intereses, pero los

ponen en peligro, como el abandono de personas o

la omisi6én de auxilio. El peligro es la situacién

en que se colocan los bienes juridicos, de la

cual deriva la posibilidad de causar un daflo.

5.7 Por su duracién, se dividen en

instant4neos, con efectos continuados y

permanentes.

Nuestra Ley penal, en su articulo séptimo

sélo alude a tres especies de delitos en funcién

de su. duracién: instant4neo, permanente °

continto y continuado.

Instantaéneo, la accién que lo consuma se

perfecciona en un s6lo momento, ejemplo:

homicidio y robo. La fraccién I del articulo

séptimo, lo define en: "“instantdneo, cuando la

consumacién se agota en el mismo momento en que

60

Page 71: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

se han realizado todos sus elementos

constitutivos".

Instantaéneo con efectos permanentes, es aquel

cuya conducta destruye el bien juridico tutelado,

en forma instant4nea, en un s6lo momento, pero

permanecen las consecuencias nocivas del mismo,

ejemplo, homicidic, lesiones.

Continuado, en este delito se dan varias

acciones y una sola lesién juridica, es

continuado en la conciencia y descontinuo en la

ejecucién, ejemplo, robo. En el articulo, séptimo

fraccién III, del Cédigo Penal, se expresa:

"Continuado cuando con unidad de propdésito

delictivo y pluralidad de conductas se viola el

mismo precepto legal".

Permanente, puede concebirse la accién como

prolongada en el tiempo; hay continuidad en la

conciencia y en la ejecucién, ejemplo, delitos

privativos de la libertad como el plagio, el robo

de infante. Actualmente la Ley después de

identificar al permanente con 61 continto,

menciona que existe cuando la consumacién se

prolonga en el tiempo (art. 7o fraccién II).

61

Page 72: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

6. ~ Por el elemento interno o culpabilidad,

se clasifican en dolosos y culposos, el articulo

80 del Cédigo Penal los clasifican en esos dos.

Es doloso, cuando se dirige la voluntad

consciente a la realizacién del hecho tipico y

antijuridico, como en el robo, en donde el sujeto

decide apoderarse y se apodera, sin derecho, del

bien mueble ajeno. En la culpa no se requiere el

resultado penalmente tipificado, mAs surge por el

obrar sin las cautelas y precauciones exigidas

por el Estado para asegurar la vida en comtn.

7. ~- Delitos simples y complejos, en funcidén

de su estructura o composicién: los simples son

aquellos en los cuales la figura juridica es

unica, como el homicidio. Los complejos son

aquellos en los cuales la figura juridica consta

de una unificacién de dos infracciones, cuya

funcién da nacimiento a una figura delictiva

nueva, superior en gravedad a las que la componen

tomadas aisladamente.

62

Page 73: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

No confundirlo con el concurso de delitos. En

el delito complejo ia misma Ley en un tipo crea

el compuesto como delito nico, pero en el tipo

intervienen dos o m&s delitos que pueden figurar

por separado; en cambio, en el concurso, las

infracciones no existen como una sola sino

separadamente pero es un mismo sujeto quien los

ejecuta. El delito de robo reviste las dos

formas, simple y complejo, articulo 381 bis del

Cédigo Penal.

8 Delito unisubsistentes y plurisubsistentes,

por el nimero de actos integrantes de la accién

tipica; los primeros se forman por un sdlo acto,

mientras los segundos constan de varios actos,

ejemplo el homicidio, del segundo ejercicio

ilegal de la medicina y el contemplado por la

fraccién II del articulo 403 del Cédigo Penal:

"Se impondraén... aquines voten mas de una vez en

una misma eleccién".

63

Page 74: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

9. - Delitos unisubjetivos y plurisubjetivos,

se atiende a la unidad o pluralidad de sujetos

que intervienen para ejecutar el hecho descrito

en el tipo. El peculado, es unisubjetivo, por ser

suficiente, para colmar el tipo, la actuacién de

un sélo sujeto que tenga el caracter de encargado

de un servicio piblico y sélo el concurre con 5uU

conducta a conformar la descripcién de la Ley,

mAs es posible su realizacién por dos o mas;

también son unisubjetivos el homicidio, robo, la

violacién etc. E1 aduiterio, la asociacién

delictuosa, en donde se exige tipicamente el

concurso de tres o mas individuos, son ejemplos

de los llamados delitos plurisubjetivos.

10.- Por la forma de su persecucioén, como una

reminiscencia del periodo de la venganza privada,

existe en las legislaciones un grupo de delitos

que sdlo pueden perseguirse sii asi lo manifiesta

el ofendido o sus legitimos representantes.

Estos delitos son llamados privados o de

querella necesaria cuya persecucién Unicamente es

posible si se llena el requisito previo de la

querella de la parte ofendida; m&s una vez

formulada la querella, la autoridad esta obligada

a perseguir.

64

Page 75: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Los delitos perseguibles previa denuncia

(perseguibles de oficio), son todos aquellos en

los que la autoridad esta obligada a actuar, por

mandato legal, persiguiendo y castigando a los

responsables, con independencia de la voluntad de

los ofendidos, consecuentemente, en los delitos

perseguibles por denuncia no surte efecto alguno

el perdén del ofendido, a la inversa de los de

querella necesaria. Entre estos, estupro, rapto,

el abuso de confianza y otros delitos

patrimoniales.

11.- Delitos comunes, federales, oficiales,

militares y politicos, eS en funcién de la

materia:

Los delitos comunes constituyen la regla

general: son aquellos que se formulan en leyes

dictadas por las legislaturas locales: las

federales se establecen en leyes expedidas por el

Congreso de la Union.

Los oficiales, son los que cometen los

empleados ° funcionarios piblicos, en el

ejercicio de sus funciones.

65

Page 76: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Los del orden militar afectan la disciplina

del ejercicio, la Constitucién Federal, en su

articulo 13, prohibe a los tribunales militares

extender su jurisdiccién sobre personas ajenas ali

Instituto Armado.

Los politicos, generalmente se incluyen todos

los hechos que ilesionan la organizaci6én del

Estado en si misma en sus érganos °

vepresentantes. El articulo 144 reformado del

Cédigo Penal Vigente, considera delitos de

caracter politicos los de rebelién, sedicidon,

motin y el de conspiracioén para cometerlos. Para

el profesor Fernando Martinez Incéin lo que

caracteriza al delito politico en el dolo

especifico, o sea el propésito, por parte del

agente, de alterar la estructura o las funciones

fundamentales del Estado.

12.~- Clasificacioén legal, la que establece

nuestro Cédigo Penal.

66

Page 77: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

C).- La conducta y su ausencia.

consideraciones sobre su denominacion: el

delito es ante todo una conducta humana; se han

expresado diversas denominaciones para este

elemento del delito, por ejemplo: para Luis

Jimenez de Asta, emplea la palabra "acto" en

términos generales abarca el aspecto positivo

"accién" y del negativo “omision". Para Fernando

Castellanos, “conducta"™ donde se incluye tanto el

hacer positivo como el negativo.

Porte Petit, se refiere a conducta y hecho, y

dice que no es la conducta (si el tipo legal

describe simplemente una acci6én o una omisién), y

otras, hecho, cuando la Ley requiere ademas de la

acci6én o de la omisién) la produccion de un

resultado material, unido por un nexo causal. Si

el delito es de mera actividad o inactividad,

debe hablarse de conducta: de hecho, cuando el

delito es de resultado material, segin la

hipétesis tipica; este se compone de una

conducta, un resultado y un nexo causal. La sola

conducta agota el elemento objetivo del delito

cuando por si misma lleva el tipo, como sucede en

tos lLlamados delitos de mera actividad (o en los

de simple omisién), carentes de un resultado,

67

Page 78: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

segin ila descripcién del tipo, precisa una

mutacién en el mundo exterior, es decir, un

resultado material. Para el maestro Fernando

Castellanos, no existe inconveniente en aceptar

el empleo de ambos términos conducta y hecho.

Unicamente existe el nexo causal en los ilicitos

de resultado material; los de simple actividad o

inactividad comportan sélo resultado juridico.

La conducta, es el comportamiento humano

voluntario positivo o negativo, encaminado a un

propésito. Desde luego sélo la conducta humana

tiene relevancia para el Derecho Penal.

Lag personas morales no son sujetos activos

del delito por carecer de voluntad propia,

independientemente de la de sus miembros, razon

por la cual faltaria el elemento conducta, bAsico

para la existencia del delito: es sujeto pasivo

pero no activo del deliteo.

El sujeto pasivo del delito es el titular del

derecho violado y juridicamente protegido por la

norma. El ofendido es la persona que resiente el

dafio causado por la infraccién penal.

68

Page 79: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

La ausencia de conducta, como se ha visto, si

falta alguno de los elementos del delito ,este no

se integrar; en consecuencia, si la conducta

astA ausente, evidentemente no habraé delito a

pesar de las apariencias. Es pues la ausencia de

conducta uno de los aspectos impeditivos de la

formaci6n de la figura delictiva, por ser la

actuaci6én humana, positiva o negativa, la base

indispensable del delito como de todo problema

juridico.

Con referencia al texto original de la

fraccion I del articulo 15 del Cédigo Penal, no

es indispensable la inclusién en la Ley de todas

las formas de exclusién del delito por ausencia

de conducta, pues cualquier causa capaz de

eliminar ese elemento basico del delito,

impediria la integracién de este, con

independencia de lo que dijera o no el legislador

expresamente en el capitulo de las causas de

exclusién del delito. (2)

69

Page 80: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

D).- Omisién simple, comisién por omision

omisién impropia.

La omisi6én es una de las formas de la

conducta. El delito de omisién presenta dos

clases:

a).~ Propio delito de omisién, y

b).- Delito de omisién impropia o sea, el

delito de comisi6n por omisi6én.

La omisioén simple consiste en el no hacer,

voluntario o involuntario, violando una norma

preceptiva y produciendo un resultado tipico,

dando lugar a “un tipo de mandamiento" o

"imposici6n”.

Los elementos de la omisién son:

a).- Voluntad o culpa.

b).- Inactividad o no hacer.

c).- Deber juridico de obrar, y

a).- Resultado tipico.

70

Page 81: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

a).- Voluntad o culpa, es la omisié6n que

consiste en querer no realizar la accién esperada

y exigida, es decir, es querer la inactividad, o

realizarla culpadamente. En tal virtud, en la

omision, existe al igual que en la accién, un

elemento psicolégico: querer la inactividad o

llievaria a cabo en forma culposa.

b).- Inactividad o no hacer. Estriba en una

abstencién o inactividad voluntaria o culposa,

violando una norma preceptiva, imperativa; no se

hace lo que debe hacerse.

c).- Deber juridico de obrar, se dice que no

debe ser incluido el deber juridico de obrar,

como elemento constitutivo de la omisién. El

deber juridico de obrar, consistente en una

accién esperada y exigida en los delitos de

omisién simple, debe estar contenida en una norma

penal, estar tipificada, pues de otra manera su

no realizacién, el no cumplimiento del deber,

seria irrelevante penalmente.

ad).- Resultado tipico, en la omisioén simple

es Unicamente tipico, al existir un mutamiento en

el orden juridico y no material, ya que se

consuma el delito, al no cumplirse con el deber

juridico ordenado por la norma penal.

7

Page 82: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Comisién por omisién, existe un delito de

resultado material por omisién, cuando se produce

un resultado tipico y material por un hacer

voluntario o no voluntario, violando una norma

preceptiva y una prohibida.

Los elementos del delito de comisién por

omisién, son; los que ya se mencionaron en el

inciso d).

B).~ El nexo causal en la omisién.

En el siglo XIX, dice V. Liszt, comienza la

controversia sobre la causalidad en la omisidon,

una de las mas infructuosas que ha sostenido la

ciencia penal pues unos niegan la relacién causal

y otros la aceptan, y en términos generales se

acepta la teoria que sostiene que la relacién

causal debe hallarse en la omisién misma, lo que

significa, que el sujeto esta obligado a realizar

una conducta (acci6n), o sea que la accion

esperada es adem4s exigida, y si de llevarse a

cabo tal accién, el resultado no se produce,

indudablemente existe un nexo causal entre la

omisién y el resultado acaecido. (4)

72

Page 83: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

F).~- La tipicidad y ausencia de tipo.

La tipicidad en el encuadramiento de una

conducta con la descripcién hecha por la Ley; la

coincidencia del comportamiento con el descrito

por el legislador. Es la adecuaci6n o acufiacién

de un hecho a la hipétesis legislativa. Para

Celestino Porte Petit la tipicidad es la

adecuacién de la conducta al tipo, que se resume

en la formula nullum crimen sine tipo.

El tipo es, para muchos, la descripcién de

una conducta desprovista de valoracién; Javier

Alba Mufioz lo considera como descripcién legal de

la conducta y del resultado y, por ende, accién y

resultado quedan comprendidos en el.

Cuando no se integran todos los elementos

descritos en el tipo legal, se presenta el

aspecto negativo del delito llamado atipicidad.

La atipicidad es la ausencia de adecuacién de la

conducta al tipo. Si la conducta no es tipica,

jamas podra ser delictuosa.

73

Page 84: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

G).~- Antijuridicidad y ausencia.

La antijuricidad es un concepto negativo, un

anti, légicamente dificultad para dar sobre ella

una idea positiva; sin embargo, cominmente se

acepta como antijuridico lo contrario a derecho.

Para Javier Alba Mufioz: "El contenido ultimo de

la antijuridica que interesa al jus-penalista,

es, lisa y lianamente, la contradiccién objetiva

de los valores estatales... en el nucleo de la

antijuridicidad, como en el niicleo mismo de todo

fenémeno penal, existe el poder punitivo del

Estado valorando el proceso material de la

realizacién prohibida implicitamente ". Para el

autor citado, actua antijuridicamente quien

contradice un mandato del poder.

Para Cuello Calén, la antijuridicidad

presupone un juicio, una estimacidén de la

oposicién existente entre el hecho realizado y

una norma juridico-penal. Tal juicio es de

caracter objetivo, por sélo recaer sobre la

accién ejecutada.

74

Page 85: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

La antijuridicidad radica en la violacién del

valor o bien protegido a que se contrae el tipo

penal respectivo. Como expresa Reinhart Maurach,

los mandatos y prohibiciones de la Ley penal

rodean, protegiendo y salvaguardando, el bien

juridico.

En la ausencia de la antijuridicidad, puede

ocurrir que la conducta tipica esta en la

aparente oposicién al derecho y sin embargo no

sea antijuridica por mediar alguna causa de

exclusién del delito.

H).- Causas de justificacién

(de exclusién del delito).

Son aquellas condiciones que tienen el poder

de excluir la antijuridicidad de una conducta

tipica, aspecto negativo del delito; a la

presencia de algunas de ellas falta uno de los

elementos esenciales del delito, la antijuridi

cidad.

75

Page 86: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

A ,estas exclusiones, se les agrupa al lado de

otras causas que anulan el delito, causas de

inincriminacion. Nuestro actual Cédigo Penal

utiliza la denominacién de "Causas de exclusién

del delito".

La anterior expresién fue utilizada por Radtl

Cerranca y Trujillo y citado por Fernando

Castellanos Tena y comprende todos los aspectos

negativos del delito, se sustituye la palabra

circunstancias por causas.

Las causas que excluyen la incriminacién son:

ausencia de conducta, atipicidad, causas de

justificacion, causas de inimputabilidad e

inculpabilidad.

En las causas de justificaci6én no hay delito,

en las de inimputabilidad no hay delincuente y en

las excusas absolutorias no hay pena.

Las causas de justificacién recae sobre la

acci6én realizada, son objetivas, se refieren al

hecho no al sujeto; atafien a la realizacion

externa. (5)

16

Page 87: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Dogmaticamente llegamos a la conclusién que

como causas de justificacién contamos con las

expresadas en las fracciones III, IV, V y Vili

del articulo 15 del Cédigo Penal. (6)

I).- Imputabilidad e inimputabilidad.

La imputabilidad, para ser culpable un sujeto

precisa que antes sea imputable; sien la

culpabilidad intervienen el conocimiento y la

voluntad, se requiere la posibilidad de ejercer

esas facultades. Para que el individuo conozca la

ilicitud de su acto y quiera realizarlo, debe

tener capacidad de entender y de querer de

determinarse en funcién de aquello que conoce;

luego la aptitud (intelectual y volitiva)

constituye el presupuesto necesario para la

culpabilidad. Por eso a la imputabilidad se le

debe considerar como el soporte o cimiento de la

culpabilidad y no como un elemento del delito,

segtin pretenden algunos especialistas.

77

Page 88: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

La imputabilidad es indispensable para la

formacion de ia figura delictiva; la

inimputabilidad constituye el aspecto negativo de

la imputabilidad. Y sus causas son todas aquellas

capaces de anular o neutralizar, ya sea el

desarrollo o la salud de la mente en cuyo caso el

sujeto carece de actitud psicolégica para la

delictuosidad.

J).~ Culpabilidad y sus formas.

Una conducta ser delictuosa no sdlo cuando

sea tipica y antijuridica, sino ademas culpable.

Se considera culpable la conducta -Cuello Cal6én-,

cuando a causa de las relaciones psiquicas

existentes entre ella y su autor, debe serle

juridicamente reprochada. Jiménez de Asta, dice

que al llegar a ila culpabilidad, donde el

interprete ha de extremar la finura de sus armas

para que quede lo mas _ cefiido posible, en el

proceso de subsuncién, el juicio de reproche por

el acto concreto que el sujeto perpetré. Puede

definirse la culpabilidad como el conjunto de

presupuestos que fundamentan la reprochabilidad

78

Page 89: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

personal de la conducta antijuridica. Para Porte

Petit la define como el nexo intelectual y

emocional que liga al sujeto con el resultado de

acto, posicién sélo valida para la culpabilidad a

titulo doloso, pero no comprende los delitos

culposos en los cuales, por su naturaleza misma,

no es posible querer el resultado; se

caracterizan por la produccién de un suceso no

deseado por el agente ni directa, indirecta,

indeterminada o eventualmente, pero acaecido por

la omisién de las cautelas o precauciones

exigidas por el Estado.

La culpabilidad reviste dos formas: dolo y

culpa, segin el agente dirija su voluntad

consciente a la ejecucién del hecho tipificado en

la Ley como delito, o cause igual resultado por

medio de su negligencia o imprudencia. Se puede

delinquir mediante una determinada intencidn

delictuosa (dolo), ° por descuidar las

precauciones indispensables por el Estado para la

vida gregaria (culpa).

sth TESIS NO nee

si DE LA BidilOTECR

79

Page 90: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

K).- La culpa e inculpabilidad.

Como segunda forma de la culpabilidad, existe

culpa cuando se obra sin intencién y sin

diligencia debida, causando un resultado dafioso,

previsible y penado por ia Ley (Cuello Calén).

Actua culpadamente quien infringe un deber de

cuidado que personalmente le incumbe y cuyo

resultado puede prever (Edmundo Mezger).

Sus elementos los constituye, un actuar

voluntario (positivo o negativo); en segundo

termino que esa conducta voluntaria se realice

sin las cautelas o precauciones exigidas por el

Estado; y texrcero, los resultados del acto han de

ser previsibles y evitables y tipificarse

penalmente; por tltimo, precisa una relacién de

causalidad entre el hacer o no hacer iniciales y

el resultado no querido.

30

Page 91: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

La inculpabilidad es la ausencia de

culpabilidad, esta definicién, expresa con razon

Jiménez de Azta, es teutologica. El penalista

hispano, consecuentemente con su concepcién

normativa de la culpabilidad consiste en la

absolucién del sujeto en el juicio de reproche.

Lo cierto es que la inculpabilidad opera al

hallarse ausentes los elementos esenciales de la

culpabilidad: conocimiento y voluntad.

Toda causa eliminatoria de alguno o de ambos,

debe ser considerada como causa de

inculpabilidad, y se mencionan en las causas de

exclusién del delito del articulo 15 del Cédigo

Penal.

81

Page 92: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

L).~ Condicionalidad objetiva y falta

de la misma.

Las condiciones objetivas de penalidad no son

elementos esenciales del delito. Si las contiene

la descripcién legal, se tratar de caracteres o

partes integrantes del tipo; si falta él,

entonces constituiran meros requisitos

ocasionales y, por ende, accesorios, fortuitos.

Basta la existencia de un sélo delito sin estas

condiciones, para demostrar que no son elementos

de su esencia. Muy raros delitos tienen penalidad

condicional. Frecuentemente se les confunde con

los requisitos de procedibilidad, como la

querella de parte en los llamados delitos

privados; o bien, con el desafuero previo en

determinados casos. Para Guillermo Colin Sanchez,

dice: "Quienes hablan de condiciones objetivas de

punibilidad lo hacen desde el punto de vista

general del Derecho Penal y ios que aluden a

cuestiones prejudiciales enfocan el problema

desde el punto de vista procesal".

82

Page 93: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Respecto a la falta de ausencia, en funcién

de las causas de exclusién del delito no es

posible la aplicacién de la pena; constituyen el

factor negativo de la punibilidad. Son aquellas

causas que dejando subsistentes el cardcter

delictivo de la conducta o hecho, impiden la

aplicacién de la pena.

M).- La punibilidad y excusas absolutorias

(causas de exclusién del delito).

La punibilidad consiste en el merecimiento de

una pena en funcién de la realizacién de cierta

conducta. Un comportamiento es punible cuando se

hace acreedor a la pena; tal merecimiento acarrea

la conminacién legal de aplicaci6én de esa

sancién, por lo que respecta a las causas de

exclusion del delito, estas son mencionadas por

el articulo 15 de nuestro Cédigo Penal. (7)

83

Page 94: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

CITAS BIBLIOGRAFICAS

1).- PORTE PETIT, Celestino. Apuntamientos de

la parte general de Derecho Penal. Ed. Porrta

S.A., 1991 pag. 195 sigs.

(2).- CASTELLANOS TENA, Fernando. Lineamientos

elementales de Derecho Penal Ed. Porrua S, A.

1992. pag. 125 y sigs.

(3).~ PORTH PETIT, Celestine. Op. cit. pag. 243 y

244,

(4).- PORTE PETIT, Celestino. Op. cit. pag. 277.

(5).- CASTELLANOS TENA, Fernando. Op. cit. pag.

183 y sigs.

(6).- PORTE PETIT, Celestino. Op. cit. pag. 389.

(7).~- CASTELLANOS TENA, Fernando. Op. cit. pag.

257 y sigs.

84

Page 95: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

CAPITULO iit

EL ARTICULO 28 CONSTITUCIONAL Y OTROS

ASPECTOS ECONOMICOS.

El articulo 28 Constitucional. 1 a).

b).- El monopolio.

e).- Finanzas ptiblicas.

d).- Proteccionismo y libre cambio.

e).- La economia politica.

£).~- El Estado y la politica econémica.

g).~ Sistemas politico-econémicos.

h).- Algunos aspectos de la "Ley Federal de

competencia econdémica", reglamentaria del

articulo 28 Constitucional.

i).- El articulo 253 del Cédigo Penal para el

Distrito, federal, como regulador del 28

constitucional

85

Page 96: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

A).- Bl articulo 28 Constitucional.

De acuerdo con la Constitucién Politica de

jos Estados Unidos Mexicanos, este preceptoa

establece; "En los Estados Unidos Mexicanos

gquedan prohibidos los monopolios, las practicas

monopolicas, los estancos y las exenciones de

impuestos en los términos y condiciones que fijan

las leyes. El mismo tratamiento se dar a las

prohibiciones a titulo de proteccién a Ila

industria”.

En consecuencia, la Ley castigar

severamente, y las autoridades perseguiraén con

eficacia, toda concentraci6én o acaparamiento en

una o pocas manos de articulos de consumo

necesario y que tenga por objeto obtener el alza

de los precios; todo acuerdo procedimiento o

combinacién de los productores, | industriales,

comerciantes o empresarios de servicio, que de

cualquier manera hagan, para evitar la libre

concurrencia o la competencia entre si y obligar

a los consumidores a pagar precios exagerados y

en general todo lo que constituya una ventaja

exclusiva indebida a favor de una o varias

personas determinadas y con perjuicio del ptiblico

en general o de alguna clase social.

86

Page 97: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Las leyes fijaran bases para que se sefialen

precios mdximos a los articulos materias o

productos que se consideren necesarios para la

economia nacional o el consumo popular, asi como

para imponer modalidades a la organizacién de la

distribucién de esos articulos, materias 0

productos, a fin de evitar que intermediaciones

imnecesarias o excesivas provoquen insuficiencia

en el abasto asi como el alza de precios. La Ley

proteger a los consumidores y propiciar su

organizacién para el mejor cuidado de sus

intereses.

No constituiraén monopolios las funciones que

el estado ejerza de manera exclusiva en las areas

extratégicas a las que se refiere este precepto:

acufiacién de moneda, correos, telégrafos,

radiotelegrafia y la comunicacién via satélite,

emision de billetes por medio de un solo banco,

organismo decentralisado del gobierno federal,

petroleo y los demds hidrocaburos; petrogimicas

basicas; minerales radioactivos y generacion de

energia nuclear; ferrocarriles y las actividades

que expresamente sefiales las leyes que expida el

Congreso de la Unién.

87

Page 98: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

El Estado contara con los organismos y

empresas que requiera para el eficaz manejo de

las Areas estratégicas a su cargo y en las

actividades de cardcter prioritario donde, de

acuerdo con las leyes, participe por si o con los

sectores social y privado.

No constituyen monopolios las asociaciones de

trabajadores formadas para proteger sus propios

intereses y las asociaciones o sociedades

cooperativas de productores para que, en defensa

de sus intereses o del interés general, vendan

directamente en los mercados extranjeros los

productos nacionales o industriales que sean la

principal fuente de riqueza de la regién en que

se produzca o que no sean articulos de primera

necesidad, siempre que dichas asociaciones estén

bajo vigilancia o amparo del Gobierno Federal o

de los Estados, y previa autorizacién que al

efecto se obtenga de las Legislaturas respectivas

en cada caso. Las mismas legislaturas, por sioa

propuesta del Ejecutivo podrén derogar, cuando

asi lo exijan las necesidades ptblicas, las

autorizaciones concedidas para la formacién de

las asociaciones de que se trata.

88

Page 99: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Tampoco constituyen monopolios los

privilegios que por determinado tiempo se

concedan a los autores y artistas para la

produccién de sus obras y los que para el uso

exclusivo de sus inventos, se otorguen a los

inventores y perfeccionares de alguna mejora.

El Estado, sujetdndose a las leyes, podra en

casos de interés general, concesionar la

prestacién de servicios piiblicos ° la

explotacién, uso y aprovechamiento de bienes de

dominio de la Federacién, salvo las excepciones

que las mismas provengan. Las leyes fijaran las

modalidades y condiciones que aseguren la

eficacia de la prestacién de los servicios y la

utilizacién social de los bienes, y evitaran

fenémenos de concentracién que contrarien el

interés publico.

La sujecién a regimenes de servicio publico

se apegar a lo dispuesto por la Constitucién y

sélo podré llevarse a cabo mediante Ley.

Se podran otorgar subsidios a actividades

prioritarias, cuando sean generales, de caracter

temporal yno afecten sustancialmente las

finanzas de la Nacién. El Estado vigilar su

aplicacién y evaluar los resultados de esta. (1)

89

Page 100: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Como se podrd observar, el precepto legal

antes citado, no pretende definir lo que son los

monopolios, aunque histéricamente se han

equiparado y exceptuado de tal concepto a

actividades de diversa indole. Por ello la

redaccién vigente prefiere utilizar el término de

practicas monopolicas que el de monopolio.

Excelente definicién de "“privilegio* es la

establecida en este numeral al decir que se trata

de "una ventaja exclusiva e indebida, a favor de

una o varias personas determinadas y con

perjuicio del ptblico en general, o de alguna

clase social”.

La Constitucion protege la libertad de

trabajo en cualquier actividad licita del hombre,

mas la prohibe cuando con su ejercicio se atenta

contra la situacién econémica de las mayorias y

en beneficio exclusivo de unos cuantos, para

evitar asi una explotacién indebida en perjuicio

de la sociedad. (2)

90

Page 101: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

B).~ Bl monopolio.

Este término proviene de las raices monos

(ano sélo) y polein (vendedor, el que ofrece):

una sola oferta. Su significado viene a aclarar

cual es el sentido econémico de su connotacion.

Para diversos autores contempordneos el monopolio

no existe, y prefieren llamarle competencia

imperfecta, considerando que la perfecta es lo

contrario al monopolio.

En la perfecta, no se hace perceptible ningun

cambio en el sistema de precios, cuando un sdélo

vendedor ofrece una mercancia, esta en su Animo

elevarlos ostensiblemente, aunque en nuestro

tiempo parece insdlito que un s6lo oferente

controle la venta de alimentos.

En cuanto al monopolio, no debe olvidarse que

también en el principio de relatividad que

acontece en todo lo econémico; asi el monopolista

tiene la posibilidad de mercancia que guste pero

no puede al mismo tiempo, vender la cantidad que

quiera al precio que guste. Conjuntar ambos

supuestos seria suponer que el monopolista se

encuentra siempre en posibilidad de obtener una

ganancia exagerada y abierta en la mercancia que

controla.

91

Page 102: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Formacién del monopolio, nace al _darse las

siguientes circunstancias:

1.- Por la propiedad o control que detente

una persona o un grupo minimo de personas. de la

casi totalidad de cierto tipo de productos en un

mercado. La explotacién y aprovechamiento del

Niquel en los Estados Unidos, es un ejemplo que

puede servir de base para percibir la creacién de

un monopolio.

2.- La posesién de un privilegio legal

exclusivo como en los casos en que se estima que

una persona es titular de privilegios reconocidos

como derecho. Los preceptos relativos a Propiedad

Industrial, siguen el principio juridico de que,

el primero en tiempo es primero en derecho.

3.- En ciertos tipos de industrias los

sistemas técnicos de produccién representan un

elevado costo de vida, se requiere maquinaria

especial, técnicos para instalaciones, sistemas

especiales de inversién. Todo ello determina que

otras empresas ya no pueden, iniciar operaciones

en una industria similar, porque la competencia

les seria desfavorable.

92

Page 103: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Como se ha referido, no se acepta que pueda

darse en la practica un monopolio perfecto, sino

acaso una competencia imperfecta, por tal motivo

existe atin la tendencia de colocar frente a este,

figuras tales como el monopolio parcial,

bilateral, dtiopolio, oligopolio, cuando una

determinada mercancia o servicios, se producen

por dos empresas solamente, las cuales se hacen

competencia entre si etc. Oligopolio, cuando son

varias empresas, pero en nimero limitado. Cuando

se enfrentan dos monopolistas que buscan obtener

el maximo beneficio intercambiando sus propias

mercancias ° servicios, tenemos monopolio

bilateral. Competencia monopélica, cuando una

industria formada por un gran nimero de empresas,

ninguna de las cuales tiene evidente superioridad

sobre las demds, produce un grupo de articulos

afines, caso muy frecuente en la practica, cada

empresa produce una determinada variedad de

cierto articulo y respecto a ella goza de un

monopolio, especialmente si la produccién de tal

variedad, se encuentra en competencia con otras

variedades del mismo articulo, de ahi la hibrida

expresién: "“competencia monopélica." (3)

93

Page 104: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

La concentracién de la produccién conduce

directamente a la formacién de monopolios. A las

grandes empresas, poseedoras de cuantiosos

capitales, les resulta dificil imponer las unas a

las otras en la lucha de la competencia. Por ser

pocas empresas y resultar muy cara en ila

actualidad la lucha de competencia, surge la

posibilidad y la necesidad de que se pongan de

acuerdo al objeto de repartirse los mercados de

venta y las fuentes de materias primas,

establecer tnicos precios etc.

Las agrupaciones monopolisticas surgen ante

todo en las ramas de la industria pesada. Se

registra una rapida concentracién de la

produccién y posteriormente penetran también en

las demAs ramas.

El CARTEL, es la agrupacién de capitalistas

cuyos componentes concuerdan en el reparto de los

mercados y de los precios de venta y determinan

la cantidad de mercancias que han de producirse.

El TRUST, es el monopolio en el que se

aglutina la propiedad de todas las empresas

convirtiéndose ios anteriores propietarios en

accionistas, que perciben las ganancias en

proporcién al nimero de acciones que poseen.

94

Page 105: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Bl CONSORCIO, es la agrupacién de los trust,

o empresas mAs importantes de distintas ramas de

la industria bancos, casas comerciales, compafiias

de transportes y de seguros, sobre la base de

supeditacién financiera comin a un grupo

determinado de grandes capitalistas. (4)

C).- Finanzas piblicas.

El Estado influyente en la distribucién, el

estudio de los salarios, el interés, la renta y

las utilidades no explica la magnitud de los

ingresos de las personas que los ganan; porque

durante y después del proceso productivo, el

Estado esta interviniendo de continio para

modificar la forma en que se distribuye la

riqueza. Se ha Jllegado a sugerir que los

economistas debian reconocer una categoria nueva

de ingresos, distinta de los salarios, el

interés, las rentas y las utilidades, a saber "el

ingreso derivado de los derechos civiles", los

bienes y servicios que el Estado entrega a sus

ciudadanos por el s6lo hecho de serlo, por

ejemplo servicios médicos, ensefianza etc.; para

95

Page 106: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

esto debemos tomar en cuenta lo que hace el

Estado en el sentido de sacar dinero de unos para

darselos a otros, por medio de cobrar impuestos

ya sean federales, estatales o municipales. (5)

Es importante la intervencién del Estado

porque algunas mercancias y servicios que son muy

necesarios para toda la comunidad, pero cuyo

abastecimiento corresponde a nadie en particular.

El Bstado es responsable de sus ciudadanos y

asi, tiene que colectar fondos para mantener a

los que no pueden sostenerse por si mismos y

proveer de aquellas mercancias y servicios que

por razén de su cardcter no puede proporcionar la

iniciativa privada, completarla en aquellos

puntos en que est& menos a la altura de las

exigencias sociales y proveer de un minimo de

subsistencias, a sus ciudadanos que no pueden

encontrar lugar en el sistema econdémico.

El ingreso del Estado por medio de impuestos

centrales y locales, esta funcién la desempefia

consiguiendo dinero, por conducto de los

impuestos establecidos en el gobierno central

“directos" sobre los ingresos e "“indirectos"

sobre las mercancias bien sea en forma de

impuestos locales proporcionales al valor de los

edificios y la tierra.

96

Page 107: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Los elementos de un buen impuesto, seran

mejor en proporcién a su rendimiento cuando menos

cueste cobrarlo.

El impuesto sobre la renta es relativamente

barato de cobrar por lo general, esta observacién

significa que un impuesto fuerte es mucho mejor

que un numero de impuestos pequefios, pues existe

un gran ahorro en el costo de su cobro.

El Estado establece impuestos para pagar los

servicios que no pueden desempefiarse con fines de

lucro y a fin de obtener aquellos de sus

ciudadanos que pueden hacerlos por si mismos. Los

impuestos deben ser baratos de cobrar, deben

poner los menos obstaéculos posibles a ila

produccién y ser equitativos para ricos y pobres.

(6)

oT

Page 108: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

D).- Proteccionismo y libre cambio.

La cuestién del proteccionismo frente al

libre cambio ha sido un cambio de batalla de los

economistas contra los politicos. Desde mediados

del siglo XIX Gran Bretafia siguié con el consejo

de los economistas y abri6 las puertas al

mercado; pero no hubo ningtin otro pais que lo

imitara y en 1931 el gobierno inglés adopt6 una

nueva politica y establecié una barrera aduanal

bastante alta. La controversia persiste y

proporciona un ejercicio magnifico para poner a

prueba los conocimientos econémicos una vez

salvados sus elementos politicos. (7)

La balanza comercial, es un mecanismo que se

calcula por el movimiento que se produce en las

transacciones habidas, en el renglén de

mercancias y servicios y que pueden ser

consideradas como salidas o entradas de divisas

se mide por el grado de exportaciones e

importaciones que realiza un pais; de ello

resulta que aquel que tiene un renglén de

exportaciones mas grande que el de importaciones,

puede ofrecer mds productos al extranjero y ganar

con ello m4s dinero del que tiene que pagar por

adquirirlos del extranjero, tendraé una balanza

98

Page 109: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

favorable los que observan una importacién mayor

que su exportacién tendran una balanza

desfavorable.

En el proteccionismo se establece un control

directo y general del Estado hacia toda la

actividad econémica y el libre cambio es el

sistema que apoya a la idea de una mayor libertad

productiva: libre concurrencia, no

intervencionismo, libertad de comercio exterior.

En nuestra politica de comercio exterior

existen diversas circunstancias que han impedido

la realizacié6n de las metas como las siguientes:

1.- Diversificacién geografica de nuestras

exportaciones, y que consiste en procurar que

nuestros productos de exportacién se coloquen en

un mayor ntimero de mercados del exterior, para

evitar que se cuente con un sélo mercado que ha

sido hasta ahora el de Estados Unidos.

2.- Diversificacién geograéafica de nuestras

importaciones, se refiere a la importacién de

contar con diversos proveedores del exterior y no

depender solamente de uno sélo.

99

Page 110: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

3.- Diversificacién de productos destinados a

la exportacién, no recomendable que un pais

promueva una exagerada especializacién en sus

actividades econémicas ya que resulta

incongruente con el desarrollo del mercado

internacional, debe dedicarse a la produccién de

un mayor ntmero de articulos que puedan ser

destinados a la exportacién. Resulta depender en

menor escala de productos primarios tradicionales

y hacer crecer las ventas al exterior de nuevos

productos.

4.- Sustitucién paulatina en las

exportaciones, en este propésito se establece la

necesidad de ir disminuyendo el ntmero de

exportaciones de materias primas por el de

axrticules semielaborados o totalmente laborados,

y la meta fundamental que se persigue es

aprovechar al maximo la mano de obra de

trabajadores mexicanos ¥ propiciar la

industrializacién en diversas ramas de materiales

que hasta ahora no se habia transformado en

nuestro pais.

100

Page 111: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

5.- Selectividad de las exportaciones, y que

consisten en evitar la importacioén de mercancias

que en nada favorecen a nuestro desarrollo.

Resulta desalentador hacer notar que el primer

lugar, tanto en volumen como en valor, lo ocupa

la importacién de vehiculos para uso particular.

Lo ideal seria importar un nimero creciente de

maquinaria, equipo, implementos y servicios

técnicos, adecuados que sirven de estimulo a una

mas acelerada industrializacién. (8)

B).- La economia politica.

Reviste gran importancia debido a que, tanto

en su desarrollo histérico como en su contenido,

se encuentra estrechamente el estudio de las

Ciencias Sociales de que se auxilia el hombre

para explicar los fenémenos que se provocan al

coincidir can sus semejantes.

Para Bucher las fases de la evolucién de la

economia politica son; la economia domestica,

ciudadana, social, territorial y colectiva.

101

Page 112: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Para el economista e1 mévil inicial de la

conducta del hombre sera, la satisfaccién de

necesidad, sefialandose un proceso que consta de

tres momentos:

a).- La presencia de la necesidad.

b).- Se registra el trabajo que el individuo

debe realizar para satisfacerlo.

e).- La satisfaccion final que llega una vez

que ha sido superada la necesidad.

La economia como ciencia, descansa en leyes

econémicas, que nos dan a conocer los principios

y las circunstancias, las causas y los efectos

que acontecen en la conducta del hombre. A través

de las leyes de ese tipo habra de capturarse

porque el proceso econémico se inicia con la

produccién de satisfactores; sigue la circulacién

de los mismos, por medio de créditos y del

cambio, les sigue la distribucién de la parte que

corresponde desprender a cada uno de los factores

que aportaron su esfuerzo al proceso productivo,

y termina con el consumo de los satisfactores

producidos. (9)

102

Page 113: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

F).~ El Estado y la politica econémica.

ba intervencién del Estado en la produccién,

es importante si se considera que en este

renglén, cobra su mas cabal expresién el hecho de

que en lo politico y econdémico son circunstancias

que sé complementen. Son das papeles que debe el

Estado asumir en materia econémica: como

legislador cumpliendo uno de sus preeminentes

funciones de 6rgano soberano y como empresario y

contratista.

a).- Como legislador puede ejercer gran

influencia y control en el aspecto econémico por

los siguientes conductos: por via de estimulo, de

reglamentacién, de proteccién.

b).- Como empresario y contratista; de

caracter fiscal, social, politico, estatizacién,

economia del mercado, planificada.

Como acontece en el desenvolvimiento del

pensamiento econdémico, existen dualidad de

posturas al considerar, si debe el Estado

aplicarse a la tarea de empresario o si debe

permanecer séleo como érgano supremo de control y

vigilancia.

103

Page 114: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Un punto de vista frecuentemente ha sido

afirmar una serie de datos estadisticos, que el

Estado ha demostrado ser un pésimo administrador,

o bien que representa en la realidad el papel de

un subempresario. En realidad debemos considerar

que para la realizacién del progreso nacional se

requiere una adecuada coordinacién entre la

iniciativa privada y el Estado.

G).- Sistemas politico-econdmico.

Existen dos grandes grupos ideoldégicos, en

uno de ellos estAn comprendidos los paises

socialistas que incluyen a la antes Union

Soviética y algunos otros estados europeos y

asidticos considerados como satélites de la

primera, Todos conservan un comin denominador una

marcada orientacién socialista tanto en lo

econémico como en lo politico. En el otro estan

los paises que integran el bloque occidental; y

no existe unificacién declarada de criterios y de

sistemas, y encontramos dictaduras, diversas

manifestaciones de socialismo, laborismo,

democracia y algunas monarquias. Y asi tenemos el

nacional-socialismo, el fascismo, el comunismo

marxista y el socialismo. (10)

104

Page 115: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

En el devenir histérico de los tiempos y en

la hermosura de la libertad con natural del

hombre en la tierra, la Unién de Repttblicas

Socialistas desaparecieron para renacer la

democracia; y se forma la Unién de Reptiblicas

Democraticas que son el esplendor moderno de los

Continentes Europeo y Asiatico. Renaciendo

también el libre comercio y la libertad de

prensa.

Atin existe el comunismo chino sistema

politico-econémico que es la unién de mil

trescientos millones de almas.

H).- Algunos aspectos de la "Ley Federal de

Competencia Econémica", reglamentaria

del Articulo 28 Constitucional.

La politica econdémica adoptada por la

administracién, refleja un progreso natural e

irreversible en nuestro quehacer econdémico. Los

cambios han alterado de una manera fundamental la

aplicaci6n de las leyes en materia de

organizacioén de la industria y del comercio.

105

Page 116: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

La apertura comercial al exterior y la

competencia en la industria y el comercio

interior, esta wtltima resultado en parte de la

revisién del marco regulatorio y en da

desincoorporacién de empresas estatales no

estratégicas, han aumentado el papel de los

mercados en la asignacién de recursos y reduce la

importancia de los instrumentos de politica

basados en los controles directos a los precios y

a la produccién, en el Ambito internacional se

observan cambios similares.

Actualmente se acepta la conveniencia de

comerciar con el exterior en una forma més libre

que en el pasado. Se otorga importancia a un

desarrollo industrial eficiente y a la promocion

de las exportaciones; pero, aprovechando nuestra

experiencia y la de otros paises, se reconoce que

las ganancias en eficiencia econdmica deben

reflejarse en mejores productos a menores

precios.

106

Page 117: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Los objetivos centrales de esta Ley Federal

de Competencia Econémica, radica en promover la

eficiencia econdmica y evitar las practicas

monopélicas. Proteger el proceso competitivo y la

libre concurrencia de los particulares en las

actividades econémicas. Es precisamente el

proceso constante y permanente en el que las

empresas compiten, entre si lo que trae como

resultado menores costos, mejores y nuevos

productos, mayores servicios para los

consumidores y menores precios, en suma una mayor

eficiencia. Se precisan con claridad, cuales

manifestaciones econémicas no constituyen

monopolios, tales como las asociaciones °

sociedades corporativas que vendan directamente

sus productos en el extranjero, asi como Las

asociaciones de trabajadores constituidas

conforme a la Legislacién aplicable.

Se busca aprovechar los efectos de la

apertura comercial y al mismo tiempo. Evitar que

las prActicas anticompetitivas originadas en el

extranjero tengan un efecto adverso sobre el

mercado nacional. En este sentido, se reforzarian

las disposiciones relacionadas con el comercio

exterior.

107

Page 118: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

En el texto se define las practicas

monopélicas absolutas, entre las que se incluyen

los contratos, convenios, arreglos °

combinaciones entre agentes econémicos,

competidores entre si cuyo objeto sea: fijar,

elevar o manipular los precios de venta o compra

de bienes o servicios; obligar a no producir,

procesar, distribuir, ° comercializar sino

solamente una cantidad restringida o limitada de

pienes o la prestacién de un numero volumen o

frecuencia restringidos de servicios; dividir,

distribuir, asignar ° imponer porciones °

segmentos de un mercado; o el establecimiento,

concertacién o coordinacién de posturas o la

abstencion en las limitaciones, concursos,

subastas o almonedas publicas.

Los actos consistentes en practicas

monopélicas absolutas, se prevé sean nulos de

pleno Derecho y los agentes econdémicos que

incurran en ellos se hagan acreedores a las

sanciones establecidas en el propio ordenamiento.

En cuanto a las practicas monopdlicas

relativas, se definen como actos, contratos,

convenios o combinaciones cuyo objeto o efecto

108

Page 119: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

sea o pueda ser desplazado indebidamente a otros

agentes del mercado, impedirles substancialmente

su acceso o establecer ventajas exclusivas en

favor de una o varias personas, Para mayor

seguridad juridica de los particulares se sefialan

de manera especifica los supuestos en que se esté

en presencia de una practica monopélica relativa.

Se tiene proyectado actuar enérgicamente y

sin excepciones contra las practicas absolutas,

pues es poco probable que estAs reporten ventajas

en eficiencia y siempre tiene un impacto directo

y negativo sobre el consumidor y la economia en

general. En cambio en el caso de las practicas

relativas pueden tener a la vez tantos efectos

procompetitivos, como anticompetitivos, por lo

que se proponen algunos criterios adicionales

para evaluar su caracter monopélico.

Las practicas monopdélicas absolutas

representan una conducta que se debe castigar,

pues se da entre competidores, sin que exista

integracién productiva o distributiva que permita

que ia Ley emita un mensaje claro acerca de la

ilegalidad de este tipo de practicas y las

castigue severamente. En este sentido, se subraya

gu cardécter eminentemente disuasivo. (11)

109

Page 120: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Como ya se dijo esta Ley es reglamentaria del

articulo 28 Constitucional en materia de

competencia econémica, monopolios y libre

concurrencia; es de observancia de la actividad

econémica. Tiene por objeto proteger el proceso

de competencia y libre concurrencia, mediante la

prevencién y eliminacién de monopolios, practicas

monopdélicas y demas restricciones al

funcionamiento eficiente de los mercados de

bienes y servicios.

Est4n sujetos a lo dispuesto por esta Ley

todos los agentes econémicos, sea que se trate de

personas fisicas o morales, dependencias 0

entidades de la administracién ptblica federal,

estatal o municipal, asociaciones, agrupaciones

de profesionistas, fideicomisos o cualquier otra

forma de participacioén en la actividad econémica.

La imposicién de precios maximos a los

productos y servicios que sean necesarios para la

economia nacional o el consumo popular, esta a

cargo exclusivamente del Ejecutivo Federal por

conducto de la Secretaria de Comercio y Fomento

Industrial y dependientes de esta la Procuraduria

Federal del Consumidor.

110

Page 121: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

I).- EL articulo 253 del Cédigo Penal, para

el Distrito Federal, como regulador del 28

Constitucional.

En este numeral del Cédigo Penal, el 253 en

su. fraccién primera todos los incisos son

sustanciales para el andlisis juridico del

mandato constitucional nGmero 28 en sus parrafos

segundo y tercero; que protegen al ptiblico en

general y especialmente a las clases mas

necesitadas de nuestro pueblo; y se le llama

regulador porque establece una sancién privativa

de libertad para quiénes no cumplan con lo

ordenado por nuestra Carta Magna, que sefiala pena

privativa de libertad de tres a diez afios de

prisién y con doscientos a mil dias muita.

Conteniendo en ios incisos e) y 9g) penas

privilegiadas que estudiaremos infine en el

capitulo Cuarto; asi como todas las modalidades

contenidas en los incisos de la a) a la i) de la

fraccién I del art. 253 del Cédigo Penal para el

Distrito Federal.

Vil

Page 122: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

CITAS BIBLIOGRAFICAS

1).- Constitucién Politica de los Estados

Unidos Mexicanos. 101 Edicién. Ed. Porrtia. 1994.

(2).- RABASA, Emilio oO. Y CABALLERO,

Gloria. Mexicano Esta es tu Constitucion. pag.

89, 90

(3).- DOMINGUEZ VARGAS, Sergio. Op. cit. pag. 87

y sig.

(4).- H. M., Scott. Op. cit. pag. 129.

(5).- H. M., Scott. Op. cit. pag. 129 y sig-

(6).- H. M., Scott. Opa. cita. pag. 158 y sig.

(7) .- H. M., Soco. Opa. cita. pag. 158 y sig.

(8).~ DOMINGUEZ VARGAS, Serio. Teoria Econémica

Editorial Porra, México 1992. pag. 137 y sig.

(9) .- DOMINGUEZ VARGAS, Sergio. Op. cita. pag. 21

y sig.

({10).- DOMINGUEZ VARGAS, Serio. Opa. cita. pag.

284 y sig.

(11).- Iniciativa del Ejecutivo. C.marra

de Diputados. Noviembre 26 de 1992. Pags. la 4.

12

Page 123: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

CAPITULO Iv

ESTUDIO DOGMATICO DEL DELITO MENCIONADO EN EL

ARTICULO 253 FRACCION I, DEL CODIGO PENAL

PARA EL DISTRITO FEDERAL.

a).~- Concepto.

b).- La denominacién " Delitos contra la

" economia ptitblica ".

a).- Delitos contra el consumo y la riqueza

naciénales.

@).- Delitos contra el consumo nacional.

e).- Medidas de seguridad.

f).- zQuien es el sujeto activo de ,este

delito ?.

g).- Problemaética que se presenta en la

interpretacioén y aplicacion, a la luz del delito.

113

Page 124: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

h). gQue, es la canasta bdsica?, tipos y

contenidos

i).~ Criterios para determinar la canasta

basica.

j).- Productos que conforman la canasta

basica.

k).- La politica gubernamental.

1).- 2°A quien corresponde la imposicién de

precios?

m).~ En relacién con los delitos de economia

piblica. ~A quién corresponde denunciar los

hechos?.

114

Page 125: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

A) .~ Concepto.

Antes de mencionar el concepto, diremos como

antecedentes que, el mAs antiguo vestigio de lo

que el Cédigo Penal Vigente denomina en el titulo

Décimo Cuarto del libro II “Delitos contra la

economia ptiblica", se encuentra en el Ccédigo

Penal de 1929, cuyo titulo Décimo Segundo del

libro III llevo ia siguiente rtbrica: "De Los

delitos econémico-sociales”. El Cédigo de 1931 ha

experimentado desde su promulgacién diversas

reformas. La del 29 de diciembre de 1984, se han

derogado los articulos 257, 258 y 259 relativos a

los juegos prohibidos los que, estaban ya

abrogados por la Ley Federal de Juegos Sorteos

del 30 de diciembre de 1947.

Los delitos de esta naturaleza entroncan en

el articulo 28 Constitucional, en cuanto estatuye

que: “... La Ley castigar severamente y las

autoridades perseguirdn con eficiencia toda

concentracién o acaparamiento en una o pocas

manos de articulos de consumo necesario y que

tenga por objeto obtener el alza de los precios;

todo acuerdo, procedimiento o combinacién de los

productores, industriales, comerciantes °

V5

Page 126: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

empresarios de servicios que de cualquier manera

hagan, para evitar la libre concurrencia o la

competencia entre si y obligar a los consumidores

ha pagar precios exagerados y, en general, todo

lo que constituye una ventaja exclusiva indebida

a favor de una o varias personas determinadas y

con perjuicio del piblico en general o de alguna

clase social. Las leyes fijardn bases para que

sefialen precios m4ximos a los articulos materias

o productos que se consideren necesarios para la

economia nacional o el consumo popular, asi como

para imponer modalidades a la organizacién de la

distribuci6én de esos articulos, materias o

productos, a fin de evitar que intermediaciones

innecesarias o excesivas provoquen insuficiencia

en el abasto, asi como el alza de precios. La Ley

proteger a ios consumidores y propiciar su

organizacién para el mejor cuidado de sus

intereses".

En cuanto a su concepto lo establece el

Cédigo Penal en su art. 253 "Son actos wu

omisiones que afectan gravemente al consumo

nacional y se sancionar n con prisién de tres a

diez afios y con doscientos a mil dias multa”.

En su fraccién primera que es el quid de nuestro

estudio que a la letra dice:

116

Page 127: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Fraccién I los relacionados con articulos de

consumo necesario o generalizado o con las

materias primas necesarias para elaborarlos, asi

como con las materias primas esenciales para la

actividad de la industria nacional, que consisten

en:

a).- El acaparamiento, ocultacién °

injustificada negativa para su venta con el

objeto de obtener una alza en los precios o

afectar el abasto a los consumidores... etc. (1)

En el inciso M) del presente capitulo se hara el

estudio dogmatico del numeral antes citado.

B).- La denominacién "Delitos contra la

economia publica".

Bl titulo pone de manifiesto el bien juridico

tutelado. "La economia publica, es el conjunto de

las relaciones humanas que tiene por objeto la

satisfaccién de las necesidades materiales. Estas

se satisfacen mediante la riqueza, la cual tiene

un ciclo que se desenvuelve a través de cuatro

momentos: produccién, circulacién, distribucién y

117

Page 128: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

consumo. La economia publica comprende, por

tanto, el dinamismo de la riqueza en cuanto se

produce, circula, se reparte y se consume con la

mayor ventaja para los individuos y la sociedad.”

(2)

Su tutela penal responde a la tendencia

general que se encuentra en legislaciones penales

ms vrecientes y en los proyectos de reforma,

debido a la gran importancia social y politica

que la actividad industrial y comercial ha

asumido en el Estado moderno y sobre todo a la

prevalencia siempre mayor reconocida a los

intereses ptiblicos y colectivos sobre aquellos

privados o particulares. Ciertamente sefiala Righi

en México, que los delitos econdémicos "Lesionan

auténticos bienes juridicos, que naturalmente no

son individuos sino colectivos".

No obstante la tendencia de las legislaciones

y proyectos encaminados a reprimix personalmente

las conductas lesivas de la economia publica, en

esta materia una de las que ms escollos

encuentra en la realidad, no por las creencias

sustentadas antes en torno a la dificultad de

concretar el bien juridico en ella tutelado, pues

118

Page 129: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

en la actualidad de consumo se acepta y no sé

discute que la colectividad es portadora de

intereses juridicos de matiz econémico que

fundamentan su estructura y desarrollo sino por

las dificultades prActicas que surgen de la

insoslayable necesidad de crear con frecuencia

tipos penales superlativamente abiertos o én

‘planco para su punicién, lo cual dificulta en

alto grado que la tutela penal de los intereses

econémicos entre en juego en legislaciones ~come

la nuestra- enchidas de un claro y profundo

relieve constitucional. Por otra parte, no es

posible desconocer que si bien los logros

legislativos alcanzados en materia econémico~-

penal mediante tipos abiertos o en blanco son

bien visibles, dificultades de toda indole se

oponen a la efectiva realidad de la represién de

la delincuencia econémica, entre las que

prevalecen la propia estructura y los oscilantes

margenes del actual sistema econémico. Pruébalo

hasta la saciedad el hecho, de que no obstante

las muchas creaciones tipicas surgidas en éstos

Gltimos afios mediante sendas reformas y adiciones

al titulo del Cédigo Penal relativo a los delitos

contra la economia publica y a los escandalosos

hechos abusivos que por donde quiera proliferan

119

Page 130: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

en mayor escala cada dia, la justicia penal es

inttil ante la realidad.

Ningin problema juridico existe en torno al

capitulo primero del titulo dado su elocuente

nombre: "Delitos contra el consumo y la riqueza

nacionales."

C).- Delitos contra el consumo y la riqueza

nacionales.

EL capitulo I del titulo relativo a los

"Delitos contra la economia ptblica" lleva el

rubro "“Delitos contra el consumo y la riqueza

nacionales" y se compone de dos preceptos

destinados: el 253 a los delitos contra el

consumo y el 254 a los que afecten a la riqueza.

El primero es muy confuso, pues aunque sélo se

integra de cinco fracciones, la primera contiene

nueve incisos listados con las letras de la aj) a

ja i) que encierran diversas manifestaciones

facticas de realizacién de los actos u omisiones

gue, de acuerdo al parrafo primero. "“... afectan

gravemente al consumo nacional."

120

Page 131: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

D).~ Delitos contra el consumo nacional.

Bl parrafo primero del articulo 253 establece

que "Los actos u omisiones que afectan gravemente

al consumo nacional... los siguientes: I) los

relacionados con articulos de consumo necesario o

generalizado o con las materias primas necesarias

para elaborarlos, asi como las materias primas

esenciales para la actividad de la industria

nacional que consistan...", en alguno de los

actos u omisiones que se listan en sus incisos a)

ah).

Bl pdrrafo primero crea una categoria

juridica de aspecto econémico penal, con la frase

"Son actos u omisiones que afectan gravemente el

consumo nacional...". Esta categoria juridica que

desenvuelve en sus cinco fracciones, es la base

que fundamentan la creacién y existencia de esta

clase de delitos. De esta forma la Ley deciara la

existencia de una conceptual categoria no

definida claramente con anterioridad. Es la

propia Ley Penal quien deslinda y traza los

elementos constitutivos de la misma, a través de

las miltiples tipificaciones contenidas en el

articulo 253.

12

Page 132: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

El parrafo primero de este articulo, mediante

su necesaria ensambladura con su fraccién I,

expresa que “son actos u omisiones que afectan

gravemente al consumo nacional: ... fraccién I

Los relacionados con articulos de consumo

necesario o generalizado o con las materias

primas necesarias para elaborarlos, asi como las

materias primas esenciales para la actividad de

la industria nacional...” que consisten en alguna

de lias conductas enumeradas y descritas en sus

incisos de la a) a la h). De esta manera se

perfila la materia propia de los delitos contra

el consumo nacional; materia que se forja también

con los preceptos contenidos en las demas

fracciones del articulo 253.

De conformidad con Carranc y Trujillo: "Son

productos de primera necesidad y de consumo

necesario, entre otros: a) para la alimentacié6n:

las carnes de animales bovino, porcino y caprino,

aves de corral, viseras alimenticias y de

aplicacién medicinal, huevos, leche y sus

derivados, manteca de cerdo, aceite y grasas

comestibles, pescado fresco o salado, verduras,

legumbres, frutas, papas, cebollas raices

comestibles, cereales, harina de cereales y de

122

Page 133: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

legumbres, harinas compuestas para alimentacién

infantil, pan, fideos y pastas alimenticias,

azucar, sal, dulces, café,, téé, etc.; b) para el

vestido: el calzado, ropa interior de algodén y

sus mezclas, de lana o de fibras sintéticas,

trajes confeccionados, telas de algodén y sus

compuestos, piezas sueltas de vestir y de abrigo,

interiores y exteriores de algodén y sus mezclas,

de la lana, o de fibras sintéticas mantas de lana

co algodén, sombreros de palma, etc.: c) para la

vivienda: los articulos destinados a la

construccién como arena, cal, cemento, varilla de

hierro, tabique, yeso, mosaicos, chapas y

cerraduras, madera para piso, marcos, puertas,

ventanas de hierro, vidrios planos para las

mismas, articulos para drenaje y para servicio de

mesa y de cocina, jab6én y desinfectantes,

insecticida, pinturas, barnices, aceites,

combustibles, etc.; d) para el alumbrado:

petréleo, velas, fdésforos, bombillas eléctricas

etc.”

123

Page 134: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

E) .- Medidas de seguridad.

El articulo 253 hace uso en estos delitos

contra el consumo nacional de la medida de

seguridad que establece; "En cualquiera de los

casos sefialados en las fracciones anteriores el

Juez podra ordenar, ademas, la suspensién hasta

por un afio o la disolucioén de la empresa de la

que el delincuente sea miembro o representante,

si concurren las circunstancias mencionadas en el

articulo II de este Cédigo." Si se tiene presente

que los delitos de esta naturaleza son

frecuentemente cometidos a través de las personas

morales mencionadas, resulta justificada la

medida penal establecida. Y el ultimo parrafo del

articulo establece que "Lo dispuesto en este

articulo se aplica sin perjuicio de las medidas

o sanciones administrativas que establezcan las

leyes correspondientes".

En la reforma de 1979 se ha incrustado en el

articulo 253 un largo pdrrafo de naturaleza

extrapenal que, de generalizarse tal forma de

legislar harian de un Codigo Penal un reglamento

administrativo o un Cédigo de Procedimientos con

notorio menoscabo de la propia naturaleza de

aquél y una torpe mezcolanza de normas juridicas

de especies diversas de inaceptable ingestién.

124

Page 135: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

"Rn los casos de los incisos a), f£) y h), de

la fraccién I y de la IV de este articulo, la

autoridad que tenga conocimiento de los hechos

proceder de inmediato a depositar los articulos

de consumo generalizado, las materias primas para

elaborarlos o las materias primas esenciales para

la actividad industrial nacional. El depdésito se

efectia en un almacén general de depdésito que

sea organizacién nacional auxiliar de crédito y

los bienes ser n gen,ricamente designados en los

términos del articulo 281 de la Ley General de

Titulos y Operaciones de Crédito, cuando se trate

de bienes y cuya especial naturaleza no permita

el depésito genérico, se constituirad el

especifico, sefialando asimismo, el plazo °

condiciones en que habra de procederse a su

venta o destruccién conforme a lo que establece

el articulo 282, de la misma Ley. El certificado

de depésito que se expida tendra el cardcter de

no negociable y ser remitido al Ministerio

Pablico o, en su caso, al Juez que conozca del

proceso para los efectos que proceda. El depésito

de los indicados articulos, materias primas y

mercancias corresponden hacerlo a las Autoridades

Administrativas que en primer término tuvieren

conocimiento de ios hechos o a los funcionarios

125

Page 136: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

del Ministerio Publico que inmediatamente

intervinieren en la averiguacién."

F). gQuién es el sujeto activo de este delito?

Podemos mencionar a los comerciantes,

productores, industriales, transportistas,

empresarios, prestadores de servicios,

distribuidores, etc., y en general todos aquellos

que se encuentran relacionados con el consumo

nacional, de articulos de consumo necesario o

generalizado y con las materias primas necesarias

para elaborarlos, asi como las materias primas

esenciales para la actividad de la industria

nacional.

G).- Problemética que se presenta en la

interpretacién y aplicacion, a la

luz del delito.

Fl inciso a) tipifica "El acaparamiento,

ocultacién o injustificada negativa para su

venta, con el objeto de obtener un alza en los

precios o afectar el abasto a los consumidores".

Se trata de evitar y sancionar las maquinaciones

para alterar el precio de los articulos de

126

Page 137: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

primera necesidad y las materias para elaborar lo

que ocasiona perjuicios a la economia ptiblica ya

que estos procedimientos obstaculizan o impiden

la circulacion, reparto y consumo de los

articulos ms indispensables para los individuos

que integran la comunidad y se produce un grave

trastorno a la economia piblica; y en primer

lugar a las clases ms necesitadas porque les

priva de adquirir aquello que constituye la

elemental base de su sostén. Un elemento

subjetivo de antijuridicidad claramente expuesto

en la descripcién, es necesaria para la

integracién de estas conductas fcticas, ya que el

acaparamiento, ocultacién o negativa de venta, a

de tener "... el objeto de evitar un alza en los

precios o afectar el abasto de los consumidores”.

El inciso en cuestién, por cuanto se relaciona

con la negativa de venta, hace menci6én a wun

elemento normativo de antijuridicidad, pues exige

que tal negativa tiene que ser "injustificada”.

Esta expresién obliga al Juez a examinar

especialmente si existié6 en el sujeto activo

alguna justificacién para su negativa. Cuando asi

fuere también estaria ausente el elemento

subjetivo de obtener un alza en los precios o

afectar el abasto de ios consumidores. Este

127

Page 138: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

" delito se integra también cuando versa sobre "...

materias primas esenciales para la actividad de

la industria nacional" pues con tal proceder se

afecta asimismo la economia pttblica.

Bl acaparamiento, ocultacién o injustificada

negativa de venta puede hacerse individualmente o

en forma asociativa por distribuidores °

comerciantes. Cuando en forma conjunta tres oms

distribuideres o comerciantes tomen participacién

en la realizacién de estos hechos, son también,

aplicables las sanciones fijadas por el articulo

164, esto es, las correspondientes al diverso

delito de asociacién delictuosa.

En el inciso b) de esta fraccién I

describese ~siempre en relacién con los articulos

de consumo necesario o generalizado, las materias

primas necesarias para elaborarlos y las materias

primas esenciales para la actividad de la

industria nacional- "Todo acto o procedimiento

que evite o dificulte, o se proponga evitar o

dificultar la libre concurrencia en la produccién

o el comercic." Se funda este precepto en el

parrafo primero del articulo 28 Constitucional,

que dice: "En los Estados Unidos Mexicanos quedan

128

Page 139: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

prohibidos los monopolios, las practicas

monopolicas, los estancos y las excepciones de

impuestos en los términos y condiciones que fijan

las leyes. El mismo tratamiento se dar a las

prohibiciones a titulo de proteccién de la

industria." La extraordinaria apertura de la

descripcién alcanza incluso a aquellos actos o

procedimientos que se propongan evitar °

dificultar la libre concurrencia, esto es, los de

simple tentativa representan en la practica el

mayor obstdculo para la aplicacién de esta

destruccién tipica, ya que poderosos intereses

econémicos y transnacionales aludidos con una

administracién corrupta, frustran las buenas

intenciones de la Ley plasmadas en tipos penales.

Los problemas econémicos no se resuelven con

preceptos penales sino con limpias medidas de

administracién y buen gobierno.

El inciso c) de la fraccién I del articulo

253 tipifica -siempre en relacién a los articulos

de consumo necesario o generalizado, las materias

primas necesarias para elaborarlos y las materias

primas esenciales para la actividad de la

industria nacional- "ha limitacién de ia

produccién o el manejo que se haga de la misma,

129

Page 140: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

con el propésito de mantener las mercancias en

injusto precio." Contémplase este delito desde el

punto de vista, de la produccién o el manejo que

se haga de la misma. La Ley de la oferta y de la

demanda produce como efecto que la limitacién de

la produccién y cualquier otro manipuleo de la

misma se refleja en los precios de las

mercancias, no s6élo para mantenerlos sino también

para producir su alza. El inciso en estudio,

contempla Gnicamente el caso de mantenimiento del

precio injusto de las mercancias y no se ocupa

del de ocasionar un alza en los ya injustos

precios, por considerar, seguramente, que dichas

maniobras quedan inmersas en el inciso c¢).

Elementos subjetivos del injusto y elementos

normativos entran también en juego en ila

configuraci6én del comportamiento factico, pues la

descripcién exige que el mismo se realice "...

con el propésito de mantener las mercancias en

injusto precio”.

La problematica que se presenta en la

interpretacién y aplicacién, a la luz de este

delito, es porque no se define a que, le llaman

consumo nacional, y que materias o productos

encuadran como riqueza nacional, para que asi no

130

Page 141: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

se quede a expensas de interpretaciones

semanticas y los infractores no puedan eludir la

aplicacién de las sanciones correspondientes.

La fraccién I de nuestro precepto a estudio,

se refiere a los actos u omisiones relacionados

con articulos de consumo necesario °

generalizado; pero omite decir cuales son éstos

articulos y tampoco sefiala que autoridad

administrativa esta facultada para sefialarlos y

como se ve mas adelante son diversas; o con las

materias primas necesarias para elaborarlos,

quedando en la misma circunstancia de

identificaci6én respecto a cuales son las materias

primas, y lo mismo sucede cuando se refiere a

"las materias primas esenciales para la actividad

de la industria nacional".

Entendemos que en virtud de que, el Céddigo

Penal data de 1931, los legisladores de esa ,poca

no podian imaginar los cambios econémicos que se

darian en nuestro pais, y atin cuando han habido

algunas reformas al Cédigo, al parecer atin no se

han propuesto reformas en el renglén, y se hace

necesario que el Congreso de la Unidén, proponga

cambios a fin de precisar en redaccién los

31

Page 142: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

elementos que tipifican el delito, ya que en la

forma que esta redactado, dificulta su

aplicacién, dejandole al Organo Jurisdiccional,

una verdadera problematica, para adecuar la

conducta del sujeto activo del delito, al tipo

penal previsto por el legislador.

H).-g Qué es la canasta basica?,

tipos y contenidos.

Es el conjunto de bienes y servicios

indispensables para que los trabajadores y sus

familias puedan llevar una vida digna, la

encontramos por primera vez en la Constitucién de

1917 al término de la Revolucién Mexicana, y que

para esas fechas resulté ser una de las mas

avanzadas del mundo, sobre todo por sus

disposiciones en materia agraria, educativa, y

por su régimen reconocidamente protector de los

intereses de los trabajadores y en la fraccién VI

del articulo 123 Constitucional de aquel entonces

se establece que: "Los salarios minimos generales

deberaén ser suficientes para satisfacer las

necesidades manuales de un jefe de familia en el

oxden material, social y cultural, y para proveer

a la educaci6n obligatoria del pais."

132

Page 143: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

No es sino hasta afios recientes siendo el

tema de la canasta basica cobra gran fuerza, a

partir de 1976, fecha en que el salario minimo

real comienza a caer. Al mismo tiempo comienza a

multiplicarse las versiones o proyectos de varias

instituciones y organismos, tanto del gobierno y

el sector empresarial como del movimiento obrero

organizado, respecto a lo que deberia contener la

canasta basica de consumo popular.

La cuesti6én de la canasta basica siempre ha

estado ligada a la cuestidn del salario minimo.

La razén es sencilla, pero también de gran

importancia. Sélo conociendo el aumento

vegistrado en los precios de los productos de la

canasta bAasica, puede saberse cuanto debe

aumentar el salario minimo.

En relacién con los tipos y contenidos de la

canasta basica, debemos distinguir entre lo que

es y lo que deberia de ser; es decir, entre lo

que el pueblo realmente consume y lo que debiera

consumir, y asi tenemos;

133

Page 144: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

1.~ Canastas reales, son elaboradas a partir

de encuestas sobre lo que la gente de determinado

lugar y estrato social consume realmente en su

vida cotidiana. Su funcién o propésito general es

contar con la informacién que sirva para conocer

cuanto ha aumentado o disminuido la capacidad

adquisitiva del salario, que se esta consumiendo

y en su caso qué, se ha dejado de consumir, por

lo tanto se trata de canastas de cardcter

informativo.

2.- Canastas recomendables, son eélaboradas

con base en la informacién proporcionada por

instituciones autorizadas respecto a las

condiciones necesarias (materiales, sociales,

culturales), para que la poblacién tenga un

consumo adecuado. Su funcién ya no es ila de

informar que se esta consumiendo, sino proponer

que se debe consumir, a efecto de alcanzar un

determinado nivel de bienestar social.

3.- De consumo amplio o integral, si no hay

acuerdo en torno a los alimentos que debe

consumir el pueblo mexicano a fin de gozar una

dieta razonable nutritiva, mas dificil es

encontrar dicho acuerdo con relaci6én al conjunto

de servicios y productos con que deba contener

todo mexicano a efecto de llevar una vida digna.

134

Page 145: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

I) .- Criterios para determinar la canasta basica.

Como ya se ha mencionado anteriormente,

diversas dependencias forman su propia canasta

bAsica, con diversos criterios, y a través de

investigaciones y estudios, realizados por las

mismas y el m&s socorrido es el del salario

minimo, respecto de su capacidad adquisitiva, por

ejemplo las canastas recomendables que se dividen

en las que s6lo cubren vivienda, educacién,

salud, vestido, recreacién y servicios basicos

integrales. Las alimenticias, se derivan de la

canasta maxima o razonable y en otro extremo una

minima o superbdsica, por lo que es necesario que

las dependencias gubernamentales unifiquen

criterios para evitar asi ambigiiedades, lo que

podemos decir es que la canasta basica se

determina por una diversidad de factores

econdémicos, sociales, culturales. Esta

condicionada en su estructura, por los niveles de

ingreso, la edad, la educacién nutricional,

incluso la regiédn. En su integracién influye

condicionamientos tan diversos como salario, los

patrones alimentarios y en suma, todos aquellos

factores que convergen en una sociedad con

determinado grado de desarrollo econémico social.

135

Page 146: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

J).~ Productos que conforman la canasta basica.

De conformidad con el Banco de México estos

son los productos, que desde luego afio con aflo

son variables: harina de maiz, masa de maiz,

tortilla de maiz, harina de trigo, galletas

Saladas, galletas marias fo) de animalitos,

galletas dulces populares, pan blanco de caja,

pan blanco (bolillo, telera), pasta para sopas,

arroz, hojuelas de avena, bistek o pulpa de res,

retazo con hueso, carne molida de res, higado de

res, jamén cocido, sardina en lata, atun en lata,

leche pasteurizada, leche en polvo, leche en

polvo para nifios, leche evaporada, leche

condensada, huevo, aceite vegetal, manteca

vegetal, margarina, frijol, puré, de tomate,

chile envasado, azticar blanca, aztcar morena,

café, tostado, café, soluble, chocolate en polvo,

sal concentrado de polvo, gelatinas en polivo,

refrescos embotellados.

Considera tres tipos de canasta: A, By C.

I.- La canasta "A", considera un minimo de

productos basicos, excluye 14 de los 80 productos

de la canasta y no agrega ninguno ms. Se limita

por ejemplo, a una lista de attn de 198 gr. a la

136

Page 147: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

semana; 167 gr. de carne, 1.6 huevos, la tercera

parte de un litro de leche, una rebanada de

jamén, y un bolillo y medio, diarios.

Canasta que seguramente no contienen los

nutrientes necesarios para el buen desarrollo

humano, indispensable para el trabajo y el

estudio. No incluye la renta y el agua, las

frutas, verduras y legumbres, la ropa, los

uniformes escolares y las mochilas y muchos

gastos cotidianos mas.

Con esta limitada cantidad de productos el

costo ascendié al N:$838.21 por familia al mes lo

cual equivale a 1.96 veces el salario minimo

bruto.

II.- Bl costo de la canasta "“B" incluye

respecto a la anterior, s6lo productos y

servicios tan indispensables; como la renta, el

agua, un consumo elemental de frutas, verduras y

legumbres y un pequefio gasto de ropa, atin asi el

costo de esta canasta se eleva hasta N.$1,278.80

que representan 3 salarios minimos.

137

Page 148: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

IIZT.- El costo de la canasta "C", por tiltimo,

incluye junto a los gastos anteriores algunos

productos y servicios de consumo generalizado y

cotidiano entre la poblacién trabajadora y sus

familias, ninguno de estos productos y servicios

representan un gasto suntuario y al contrario se

siguen incluyendo muchas de las necesidades y de

los gastos tradicionales de los mexicanos, como

las vacaciones, el menaje de la casa, etc. Esta

canasta tiene wun costo de N.$1,700.93 que

equivale a 4 salarios minimos. (3)

K).- La Politica gubernamental.

El Programa Nacional de Alimentos (PRONAL) y

el Sistema Nacional para el Abasto, articulan las

medidas mAs importantes para la produccién de

alimentos basicos y su transformacién

comercializacién y consumo. Alcanzar la Soberania

alimentaria, reducir la excesiva intermediacién

en los alimentos, modernizar la infraestructura

de acopio y almacenamiento para disminuir

despilfarros, son los objetivos generales que se

persiguen.

138

Page 149: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

En la fase de produccién el plan previa

revisién de los precios de garantia al productor,

asi como de los insentivos y apoyos sobre todo a

los alimentos prioritarios.

El sistema CONASUPO (MINSA, LICONSA, DICONSA

e IMPECSA) tendraén un plan clave. Se sugiere que

este illegue a comercializar el 41% de los

productos bdsicos adem4s de regular la produccién

de granos bAsicos. (4)

Los programas anteriores funcionaron en su

momento con el Licenciado José, Lépez Portillo y

Pachucho, atendiendo realmente a las necesidades

populares y que actualmente han desaparecido,

gquedando por ejemplo LICONSA, dejando a dicha

clase popular en desamparo en este rubro.

‘L).~ “A quién corresponde la imposicién

De precios?.

De acuerdo con el articulo Séptimo de la Ley

Federal de Competencia Econémica establece: Para

la imposicién de precios maéximos a los productos

y servicios que sean necesarios para la economia

nacional o el consumo popular, estar a lo

siguiente:

139

Page 150: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

I.- Corresponde en exclusiva al Ejecutivo

Federal determinar mediante decreto cuales bienes

y servicios podran sujetarse a precios maximos; y

II.- Ga Secretaria, sin perjuicio de las

atribuciones que corresponde a otras

dependencias, determinar mediante acuerdo

debidamente fundado y motivado, los precios

mAaximos que correspondan a los bienes y servicios

determinados conforme a la fraccién anterior, con

base en criterios que eviten la insuficiencia en

el abasto.

La Secretaria podraé concertar y coordinar

con los productores en esta materia, sin que ello

se entienda violatorio de lo dispuesto por esta

Ley, procurando minimizar los efectos sobre la

competencia y libre concurrencia.

La Procuraduria Federal del Consumidor, bajo

la coordinacién de la Secretaria de Comercio y

Fomento Industrial, ser responsable de la

inspeccién, vigilancia y sancién, respecto de los

precios maximos que se determinen conforme a este

articulo, de acuerdo con lo que dispone la Ley

Federal de Proteccién al Consumidor.

140

Page 151: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

De donde se desprende que la imposicién de

los precios le corresponde al Poder Ejecutivo,

por conducto de la Secretaria de Comercio y

Fomento Industrial, por medio de decretos y

acuerdos.

M).- En relacién con los delitos de economia

piblica, g°A quién corresponde denunciar

los hechos?.

A la Procuraduria Federal del Consumidor, le

corresponde denunciar los hechos, en relacién con

los delitos de economia ptiblica, en término de lo

dispuesto por el articulo 20 y 24 fraccién XVII

de la Ley Federal de Proteccién al Consumidor,

que dicen "La Procuraduria Federal del Consumidor

es un organismo descentralizado de servicio

social con personalidad juridica y patrimonio

propio. Tiene funciones de autoridad

administrativa y esta encargada de promover y

proteger los derechos e intereses del consumidor

y procurar la equidad y seguridad juridica en las

relaciones entre proveedores y consumidores. Su

funcionamiento se regir por lo dispuesto en esta

Ley, los reglamentos de esté y su estatuto”.

141

Page 152: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

La Procuraduria tiene las siguientes

atribuciones:

"Denunciar ante el Ministerio Pitblico los

hechos que puedan ser constitutivos de delitos y

que sean de su conocimiento y, ante las

autoridades competentes, los actos que

constituyen violaciones administrativas que

afecten los intereses de los consumidores".

Estudio dogmatico del ilicito previsto en el

art. 253 fraccion I, del Cédigo Penal para el

Distrito Federal.

ARTICULO 253 .- Son actos u omisiones que

afectan gravemente al consumo nacional y se

sancionar n con prisién de tres dias a diez afios

y con doscientos a mil dias multa.

EQuién es el sujeto activo del delito?

La respuesta a esta interrogante podemos

decir que son: los productores, industriales,

transportistas, distribuidores o comerciantes en

general.~ prestadores de servicios.

La fraccién I del numeral 253 del Cédigo Penal

para el Distrito Federal.

142

Page 153: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Los relacionados con los articulos de consumo

necesario o generalizado o con las materias

primas necesarias para elaborarlos, as; como las

materias primas esenciales para la actividad ‘de

la industria nacional, que consistan en:

Penalidades Atenuadas.- (art. 253 fracc. I

inciso e) Seis meses a tres afios de prisidén,

o de cien a quinientos dias multa, si se depone

la conducta ilicita dentro de los dos dias

habiles siguientes al momento que la

autoridad administrativa competente lo

requiera.

Las penalidades atenuadas sefialadas en este

numeral en su inciso e),se impondran a las

personas que se tipifiquen en las

siguientes conductas:

- Cuando la suspensién de la produccién,

procesamiento, distribucién, oferta o venta de

mercancias o la prestacién de servicios que

efecttien con el objeto de obtener un alza en

los precios ° se afecte el abasto de los

consumidores.

143

Page 154: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

-Otra de las penalidades atenuadas del

articulo 253 fraccién I es el inciso g):

- Y podemos decir que es cuando en los casos de

que el Lucero indebido sea inferior al

equivalente a sesenta dias dei salario minimo

vigente en la regién y en el momento en

donde se consuma el delito; sancién: con prision

de dos a seis afios y de sesenta y trescientos

dias multa. Esto en los casos cuando la venta

con inmoderado lucro, por los productores,

distribuidores o comerciantes en general.

Articulo 253 fraccién I :

Delitos contra el consumo y tila riqueza

nacionales.

Penalidades Tipicas.- Dentro del articulo en

estudio que nos ocupa, encontramos que las

penalidades tipicas son las que se encuentran

sefialadas en los incisos a), b), ¢), da), £), h),

i):

144

Page 155: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

a).- EL acaparamiento, ocultacién °

injustificada negativa para su venta, con el

objeto de obtener un alza en los precios o

afectar el abasto de los consumidores;

b).- Todo acto o procedimiento gue evite o

dificulte o se proponga a evitar o dificultar la

libre concurrencia en la produccién o en el

comercio.

c).- La limitacién de la produccién o el

manejo que se haga de la misma, con el objeto de

mantener las mercancias e injusto precio;

d).- Todo acuerdo o combinacién de cualquier

manera que se haga, de productores, industriales,

comerciantes o transportistas para evitar la

competencia entre si y traiga como consecuencia

que los consumidores o usuarios paguen precios

exagerados;

f).- La exportacién, sin permiso de la

autoridad competente cuando este sea necesario de

acuerdo con las disposiciones legales aplicables;

145

Page 156: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

h).- Distraer para usos distintos mercancias

que hayan sido surtidas para un fin determinado,

por una entidad publica o por sus distribuidores,

cuando el precio a que se hubiese entregado la

mercancia sea inferior al que tenga si se destina

a otros usos;

ai).- Impedir ° tratar de impedir la

generacidon, conduccién, transformacién,

distribucién o venta de energia eléctrica del

servicio publico.

La sancién tipica y las sanciones atenuadas

son una aberraci6én juridica, en virtud de que

los articulos de consumo necesario y las materias

primas para elaborarlos, asi como las materias

primas para la industria nacional son acaparadas

por productores, industriales, transportistas,

distribuidores, prestadores de servicios °

comerciantes en general con el objeto de obtener

alzas constantes en los precios y afectar el

abasto de las clases mAs necesitadas de nuestra

patria, lo gue trae como consecuencia que el

pueblo pague precios exagerados por los articulos

de consumo necesario y por las materias primas en

general; por lo que dicha pena privativa de

146

Page 157: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

libertad debe incrementarse acorde a la gravedad

de dicho ilicito que afecta la economia nacional

y la nutricién de las clase mas necesitadas de

nuestro pueblo; ademas dicho ilicito

desgraciadamente no es aplicado a los

hambriadores del pueblo por la corrupcién en

nuestro sistema de justicia y por la elevada

capacidad econdémica de los sujetos activos de

este ilicito. Cabe sefialar que en varios afios de

practica juridica, jam4s he visto un solo

procesado por dicho ilicito.

Clasificacién del delito

a).- Por su conducta, puede ser de accién

también de omisidn.

b).- Causas de ausencia de conducta,

solamente la "vis absoluta". Fuerza fisica,

exterior irreversible.

a).- Por su gravedad, es un delito.

d).- Por el resultado que produce, es formal.

147

Page 158: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

@).- En cuanto a su duracién, es instantaéneo.

£).~ Por el dafio causado, es un delito de

mero péligro.

g).- Por el elemento interno o culpabilidad,

es doloso.

h).- Por su estructura, es simple.

i).- Por el nimero de acto que lo integra,

es unisubsistente.

3).--) =6Por el nmimero de suijetos que

intervienen en la realizacién del delito, puede

ser unisubjetivo como también puede ser

plurisubjetivo.

k).~ Por la forma de su persecucién, es de

oficio.

1).~ En funciédn a la materia, es delito

federal.

148

Page 159: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Clasificacién del tipo.

Por su composicién, anormal ya que se tiene

que hacer una valoraci6n cultural, pues contiene

elementos subjetivos, ademas de los objetivos.

En torno a su ordenacién metodolégica, es

fundamental y basico.

En funcién a su autonomia o independencia, es

auténomo o independiente.

En cuanto a su formulacién, es casuistico.

En cuanto al resultado o conforme al alcance

de la tutela, es de peligro.

Elementos del tipo.

i.- Elementos objetivos, persuasién de la

conducta realizada por medio de la vision.

2. Elementos subjetivos ° normativos,

comprobar el acaparamiento, la ocultacién y la

149

Page 160: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

injustificada negativa para la venta de articulos

de consumo necesario o de las materias primas

para producirlos ocasionando un dafio a tla

economia de nuestro pais.

Sujetos.

Activo, todo aquel individuo ya sea

comerciante industrial o transportista, etc. que

buscando un lucro o enriquecimiento, ocultacidén o

por medio de la negativa de vender articulos de

primera necesidad ° de consumo necesario,

realizando estas conductas con el propésito de

lograr alza en los precios de los mismos con

perjuicio de nuestra economia.

Pasivo, los consumidores que componen nuestra

colectividad 0 sociedad.

Bien juridicamente tutelado, es proteger la

economia nacional en el aspecto de consumo de

mercancias de primera necesidad. Porque la

riqueza nacional es una de las condiciones de la

salud y el bienestar de los integrantes de

nuestra sociedad.

150

Page 161: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Objetivo material, es donde se caracteriza la

accién criminal del sujeto activo del delito. Oo

sea ente juridico sobre quien recae la accidén;

que repercute en nuestra colectividad.

Referencias temporales y espaciales, no hay.

Medios, la ocultacién, acaparamiento y la

negativa de vender articulos de primera necesidad

con el objeto de lograr un lucro indebido.

Elementos subjetivos del injusto, no existe.

Especial antijuridicidad, valoracién cultura

del agente.

Ausencia de tipo, no hay; ya que este delito

se encuentra tipificado en el articulo 253

fraccién I de nuestro Cédigo Penal Vigente.

Tipicidad, adecuacién de la conducta a lo

descrito en el articulo 253 fraccién I de nuestro

Cédigo Penal.

1St

Page 162: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Atipicidad, ausencia de la tipicidad surgir

cuando existiendo la descripcién legal o tipo de

la conducta desarrollada no se adectia a la misma.

Antijuridicidad, formal; cuando la conducta

se tipifique conforme a la primera fracci6n I del

articulo 253 de nuestro Cédigo Penal en vigor.

Material, el poner en peligro la economia y

consumo nacional que afecta a la colectividad,

por realizar la conducta descrita en el tipo.

Causas de justificacién, la obediencia

jerarquica.

Imputabilidad, cuando las conductas descritas

en la primera parte del articulo 253 de nuestro

Cédigo Penal, no se encuentran protegidas por

ninguna de las causas de inimputabilidad.

(facultad de querer y entender).

Causas de inimputabilidad, trastorno mental

transitorio, aqui en el delito a estudio se puede

dar el caso de inconsciencia transitorio de sus

actos y el miedo grave o temor fundado o

irresistible de un inminente y grave en la

persona del contraventor por la necesidad de

salvar su propia persona y sus bienes.

152

Page 163: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

Culpabilidad, siempre ser dolosa nunca

culposa.

Inculpabilidad, cuando se encuentran ausentes

algunos elementos que conforme a la culpabilidad

o sea si falta la voluntad o el conocimiento

{error de hecho esencial e invencible y no

exigibilidad de otra conducta).

Error de hecho o esencial invencible:

a).~ Obediencia jerdrquica, si el inferior

posee poder de inspeccién pero desconoce la

licitud del mandato y ese desconocimiento es

esencial e insuperable.

No exigibilidad de otra conducta, temor

fundado (por amenaza seria).

Punibilidad, articulo 253 del Cédigo Penal en

vigor asf como su fraccién I letras BE y G.

Excusas absolutorias, no hay.

Tentativa, Por ser este delito de accién y de

omisién se admite la tentativa acabada asi como

153

Page 164: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

la inacabada, pues en ambos casos se puede hablar

de un principio de ejecucién.

Participacién, autoria mediata - autoria

inmediata.

1.- Autores materiales.

2.- Autores morales o intelectuales.

3.- Autores de cooperacién.

Concurso de delitos.

En el delito a estudio puede darse tanto en

el concurso ideal o formal asi como el real o

materia.

154

Page 165: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

CITAS BIBLIOGRAFICAS

(1).- JIMENEZ HUERTA. Derecho penal mexicano

Rd. Porrtia 1985 pag. 245.

(2).- DIRITTO PENALE, Maggiore. Vol. II Parte

especial pag. 503.

(3).- El Costo de la Canasta Baésica. Seccién de

Secretaria de econémicos de la andélisis

Social de ila Educacién y Comunicacidén

Julio de 1993. pag 1 y sigs.

c.T.M.

(4).~- Centro de Estudios del Trabajo, A. C. 1985

Salario Minimo Canasta Basica. pags. 1 y sigs.

155

Page 166: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

con C Lb US TON E 8S

156

Page 167: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

CONCLUSIONES

r.- La economia estudia la adecuada

administracién de lo que posee un individto, un

pueblo o una nacién, para incrementar su caudal y

satisfacer sus necesidades intrinsecas.

II.- La fijacion del precio depende del gusto del

consumidor, de la cantidad de las mercancias en

circulacién, del nivel general de los ingresos,

del equilibrio entre produccién y consumo y del

costo de produccién.

TIl.- El delito es un fendmeno social patoldégico,

en donde siempre existir un agresor de la norma

juridica, en nuestro caso oO delito a estudio la

persona ocasiona una perturbacién al orden

vigente en nuestra sociedad afectando a cada

individuo que 1a compone.

Iv.- Es necesario que el Estado lleve acabo lo

reglamentado en el articulo 253 fraccién I del

Cédigo Penal, ya que no se ha dado la debida

importancia a lo estipulado en el mismo, en la

actualidad ya que la economia de nuestra nacién

se refleja en los miembros que la componen al no

poder estos satisfacer sus necesidades mas

indispensables.

187

Page 168: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

v.~ Es importante el estudio de este precepto y

su anélisis para entenderlo de conformidad con

los elementos que lo componen: conducta,

tipicidad, antijuridicidad y la culpabilidad,

desde luego con su aspecto negativo.

VI.- En relacién con la conducta es de accién y

de omisién, ya que asi se menciona en su texto,

todo acto wu omisidn que dafie gravemente el

consumo nacional.

Es de accién porque el sujeto tiene que

yealizar wun acto de voluntad y una actividad

corporal dirigida a la produccién de un hecho

sancionado en el propio precepto, al acaparar y

ocultar articulos de primera necesidad.

Fs de omisién porque en esta conducta niega

para su venta articulos de primera necesidad

realiza una conducta omisiva para no hacer algo

que se debe de hacer, debe vender y no lo hace

para obtener un alza en los precios y por

consiguiente un enriquecimiento.

VII.~ En su aspecto negativo de la conducta

solamente se puede presentar la vis absoluta, que

consiste en el obrar del sujeto activo debido a

158

Page 169: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

una fuerza fisica externa irresistible, que lo

obliga a ello y que dicha fuerza proviene de la

accién humana.

VIII.~ La tipicidad se da, cuando la conducta del

individuo se encuadre con la descripcién hecha en

el articulo 253 fraccién I del Cédigo Penal.

EX.- El aspecto negativo de la tipicidad es la

atipicidad, es decir, no se llenen los elementos

que describe el tipo penal, o sea, no se encuadra

la conducta al tipo.

X.- La antijuridicidad, se dar cuando el sujeto

realice todo lo contrario a lo estipulado en el

articulo 253 fraccién I del Cédigo Penal.

XI.- El aspecto negativo de la antijuridicidad,

se vefiere a las causas que excluyen al delito y

precisamente lo eximen de responsabilidad al

individuo y deja de ser una conducta delictiva.

XEI.- La culpabilidad es dolosa, ya que el

individuo quiere y desea el resultado, y el

sujeto al .ocultar, acaparar y negar la venta

realiza una conducta ilicita y retine dos

159

Page 170: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

elementos que son esenciales, el intelectual y el

de voluntad, porgue siempre va a tener pleno

conocimiento y voluntad del dafio que = est

ocasionando.

XIII.- El aspecto negativo o inculpabilidad se da

cuando no se retinen alguno de los dos elementos

que son el conocimiento y la voluntad.

XIV.- La imputabilidad es la capacidad de querer

y entender en el campo del derecho penal, ya que

el individuo al cometer el delito debe tener

determinado grado de madurez, tanto fisico como

psiquico para que pueda ser plenamente culpable.

XV.~ La ininputabilidad es cuando el sujeto se

encuentre en trastorno mental transitorio o

permanente, también puede darse en el miedo grave

o temor fundado e irresistible.

KVI.- El delito a estudio debe darse con todos

esos elementos, ya que de faltar alguno el delito

no exitiria tipificado y por lo mismo al sujeto

no se le podra sancionar.

160

Page 171: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

XVII.- En est&é ilicito penal la punibilidad

aplicable prevista en el Cddigo Penal es de tres

a diez afios de prisién y con doscientos a mil

dias multa; existen dos sanciones atenuadas en la

fraccién I del numeral 253 del Cédigo Punitivo;

las siguientes:

La prevista en el inciso = é) que es

alternativa.

e) De seis meses a tres afios de prisién, o de

cien a quinientos dias multa;

y la prevista en el inciso g) Que es pena

privativa de libertad;

g) De dos a seis afios y de sesenta a

trescientos dias multa.

Sancién que ofende a los juristas y

jurisconsultos de nuestro pais# y que pone en

peligro la alimentacién de nuestro pueblo,

ademas causa miseria y hambre a nuestros hermanos

indigenas; por lo tanto dicha sancién debe

incrementarse acorde a la realidad en nuestro

pais y de acuerdo a las necesidades actuales de

las clases sociales ms necesitadas, porque el

pueblo también tiene derecho a sobrevivir a la

terrible crisis econémica por la que atraviesa

nuestra patria.

161

Page 172: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

La sanci6én es favorable a los industriales,

comerciantes, productores, empresarios y

hambriadores del pueblo.

Ademas dicho ilicito desgraciadamente no es

aplicado a los hambriadores del pueblo por la

corrupcién en nuestro sistema de nuestra justicia

y por la elevada capacidad econémica de los

sujetos activos de este ilicito. Cabe sefilalar que

en los afios que llebo de practica juridica, jamas

he visto un solo procesado por dicho ilicito.

RVIIT.- Un aspecto en que interviene en la

comisién de dicho ilicito, es la sobrepoblacién y

la crisis que estamos padeciendo, pues hay ms

demanda por los articulos de primera necesidad;

lo que ocasiona que el pueblo los compre al

precio que lo den los sujetos que realizan estas

conductas delictivas. Respecto a las crisis éstas

ocasionan que haya menos productos necesarios

para el consumo, asi también escaseen las

materias primas para obtenerlos.

XIX.- El titulo de "Delitos contra el consumo y

la xiqueza nacionales" se hace indispensable

aclarar, que se entiende por "consumo nacional",

y que materias o productos encuadran como riqueza

nacional, para que asi no se quede a expensas de

162

Page 173: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

interpretaciones semaénticas y los infractores no

pueden eludir la aplicacién de las sanciones

correspondientes.

XX.- Se hace necesario aclarar, cuales son los

articulos de consumo necesario o generalizado y

sefialar que autoridad administrativa esta

facultada para sefialarlos, asi como las materias

primas necesarias para elaborarlos, quedando en

la misma circunstancia de indefinicién respecto a

cuales son las materias primas y lo mismo sucede

cuando se refiere a "las materias primas

esenciales para la actividad de la industria

nacional".

XXI.- Es necesario que el Congreso de la Unién

proponga cambios a fin de precisar en redaccién

los elementos que tipifiquen el delito, toda vez

que la forma en que esta redactado, dificulta su

aplicacién, dejandole al Organo Jurisdiccional,

una verdadera problematica, para adecuar la

conducta del sujeto activo del delito, al tipo

penal previste por el Legislador.

163

Page 174: ACATLAN, EDO, DE MEXICO TESIS CON ae PALLA DE ORIGEN 1?

BIBLIOGRAPFIA

(1).- GOMEZ GRANILLO Moises, Breve Historia de

las Doctrinas Econémicas, 4a.Edicién, Editorial

Esfinge, S.A. 1973.

(2).- GONNARD Rene, Historia de las Doctrinas

Econémicas, 6a. Edicién, Editorial Aguilar,

S.A. Madrid 1961.

(3) .- H. M. Scott. CURSO ELEMENTAL DE

ECONOMIA, 10a. Edicién, Editorial Fondo de Cultura

Econémica, 1966.

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4a. Edicién, Editorial Porrta, S.A. 1972.

(5) .- PORTE PETIT CANDAUDAP Celestino,

APUNTAMIENTOS DE LA PARTE GENERAL DE DERECHO

PENAL. 14a. Edicién, Editorial Porrta, S. A. 1991

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Edicién, Editorial Porrta, S.A. 1974.

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(7).- JIMENEZ HUERTA, DERECHO PENAL MEXICANO,

Editorial Porrta, S.A. 1985.

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Especial.

(9) .- O RABASA Emilio y CABALLERO Gloria,

MEXICANO ESTA ES TU CONSTITUCIPON, Editorial

Porrtia, 1994.

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LEGISLACION CONSULTADA

1.- LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONOMICA

PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL EBL 24 DE DICIEMBRE

DE 1992.

2.- LEY FEDERAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR

PUBLICADA EN EL DIARIOOFICIAL El 24 DE DICTEMBRE

DE 1992.

3.- CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS

MEXICANOS, COMENTADA.

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO. RECTORIA

INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURIDICAS. ME&XICO

1985.

4.- CONSTITUCION POLITICA DE ESTADOS UNIDOS

MEXICANOS.

101%. EDICION EDITORIAL PORRUA S.A. DE 1992.

$.~ CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL.

504 EDICION, EDITORIAL PORRUA S.A. 1992.

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