Abuso de Autoridad
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Abuso de autoridad (art.
376)
Ordenar un acto arbitrario
Cometer un acto arbitrario
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Perjuicio de un tercero
Acto arbitrarios
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VENTAJA
POLITICA
ELECTORAL
VERBO RECTOR: CONDICIONAR
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INCUMPLIMIENTO DE DEBERES
OmiteRehúsa
Retarda
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Omite Rehúsa
Retarda
Sin justificación
Legalidad de requerimiento
Agravante: Auxilio a un particular
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Requerimiento ilegal de la fuerza
publica
Oponerse a la ejecución de disposiciones u ordenes
legalesO a la ejecución de sentencias
El funcionario publico que requiera fuerza publica para:
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Agravante: cuando incita a otros funcionarios
Abandona su cargo
Sin haber cesado
legalmente Produciendo un
daño al servicio
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A persona que no
cumple con los requisitos
legales
Nombramiento ilegal
Quien acepta el
nombramiento
El funcionario publico
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ARTÍCULO 382.- CONCUSIÓN
Descripción Típica
El funcionario o servidor público que, abusando de su cargo, obliga o induce a una persona a dar o prometer indebidamente, para sí o para otro, un bien o un o un beneficio patrimonial, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de ocho años.
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Tipicidad Objetiva
Sujeto activo: funcionario o servidor público.Sujeto pasivo: El estado. Bien Jurídico Protegido: Es el recto y regular
funcionamiento, prestigio y buena repetición administración pública.
Tipicidad Subjetiva Es a título de dolo, pues está en juego un
propósito agregado de beneficio ilícito
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ARTÍCULO 383.- COBRO INDEBIDO
Descripción Típica
El funcionario o servidor público que, abusando de su cargo, exige o hace pagar o entregar contribuciones o emolumento no debidos o en cantidad que excede a la tarifa legal, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años.
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Tipicidad Objetiva
Sujeto activo: funcionario o servidor público.Sujeto pasivo: El estado. Bien Jurídico Protegido: Es el normal y recto
desenvolvimiento de la administración pública.
Tipicidad Subjetiva Es netamente Dolosa.
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ARTÍCULO 384.- COLUSIÓN SIMPLE Y AGRAVADA
Descripción Típica
El funcionario o servidor público que, interviniendo directa o indirectamente, por razón de su cargo, en cualquier etapa de las modalidades de adquisición o contratación pública de bienes, obras o servicios, concesiones o cualquier operación a cargo del Estado concerta con los interesados para defraudar al Estado o entidad u organismo del Estado, según la ley será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de tres seis años.El funcionario o servidor público que, interviniendo directa o indirectamente, por razón de su cargo, en cualquier etapa de las modalidades de adquisición o contratación pública de bienes, obras o servicios, concesiones o cualquier operación a cargo del Estado mediante concertación con los interesados, defraudare patrimonialmente al Estado o entidad u organismo del Estado, según ley, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis ni mayor de quince años.
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Tipicidad Objetiva
Sujeto activo: funcionario o servidor público.Sujeto pasivo: El estado o entidad u
organismo del Estado.Bien Jurídico Protegido: Es el normal y recto
funcionamiento de la administración pública.
Tipicidad Subjetiva Es netamente dolosa.
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ARTÍCULO 385.- PATROCINIO ILEGAL
Descripción Típica
El que, valiéndose de su calidad de funcionario o servidor público, patrocina intereses de particulares ante la administración pública, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos años o con prestación de servicio comunitario de veinte a cuarenta jornadas.
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Tipicidad Objetiva
Sujeto activo: funcionario o servidor público.Sujeto pasivo: El estado. Bien Jurídico Protegido: Es el normal y recto
desenvolvimiento de la administración pública.
Tipicidad Subjetiva Es título de dolo.
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ARTÍCULO 386.- EXTENSIÓN DE PUNIBILIDAD
Descripción Típica
Las disposiciones de los artículos 384 y 385 son aplicables a los peritos, árbitros y contadores particulares, respecto de los cuya tasación, adjudicación o partición intervienen; y, a los tutores, curadores y albaceas, respecto de los pertenecientes a incapaces o testamentarias.
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Tipicidad Objetiva Sujeto activo: Perito, arbitro, contador
particular, tutor, curador o albacea. Sujeto pasivo: Cualquier persona.Bien Jurídico Protegido El patrimonio.
Tipicidad Subjetiva
Dolo.