ó9~ -2017-ANA/AAA XII.UV 2 · haba, 0.27 ha trigo, 1.51 ha pasto cultivado); obteniendo un volumen...

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, RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nro. ó9~ -2017-ANA/AAA XII.UV Cusco, 2 6 MAY 2017 VISTO: El Expediente Administrati vo 185-2017, con CUT N° 17310-2017 tramitado ante la Administración Local de Agua Sicuan i, deriva de la solicitud con fecha de recepción 03 de febrero de 2017, presentado por el señor Antonio Ccasa Huillca, refiere en calidad de Presidente del Comité de Usuarios Agua Chullo Olleria - Hercca, ubicado en el distrito de Sicuani, provincia Canchis y departamento de Cusco; Solicitando Licencia de Uso de Agua Superficial para Uso Agrario, acogiéndose a la Formalización de Uso de Agua. CONSIDERANDO: Que, según establece el articulo 15° de la Ley Nº 29338, Le y de Recursos Hidricos, la Autoridad Nacional del Agua tiene entre otras funciones la de otorgar, modificar y extinguir, previo estudio técnico, derechos de uso de agua; ~.,~1sr 1"t,-. Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley de ~"" "'< < Recursos Hidricos Ley Nº 29338, establece; "Los usuarios que no cuenten con derechos de uso de F "tagua pero que estén usando el recurso natural de manera pública, pacifica y cont in ua durante cinco ª ~ (5) años o más pueden solicitar a la Autoridad Nacional el otorgamiento de su correspondiente derecho de uso de agua, para lo cual deben acreditar dicho uso de acuerdo con las condiciones j-" establecidas en el Reglamento, siempre que no afecte el derecho de terceros. Caso contrario, deben tramitar su pedido conforme lo establece la Ley y el Reglamento como nuevo derecho de agua "; Que, la Resolución Jefatura! Nº484-2012-ANA - Metodología de Formalización de los Usos de Agua Poblacional y Agrario 1 . Norma que concuerda con la Resolución i~ Jefatura! N°007-2015-ANA - Reglamento de Procedimientos Administrativos para el otorgamiento § tng° anl 't, de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de 5 Flgue V. !;; Agua "- CTORA ' \ 5'.J8 º 1 Que, el procedimiento se instruyó en el marco de la Resolución º'9DAl\~A Jefatura! N°484-2012-ANA; adjuntado el administrado a su solicitud (folio 03) la siguiente documentación: copia DNI del señor Antonio Ccasa Huillca (folio 02), copia Solitud de 1 La sección 4, de la Metodología de Formalización de los Usos de Agua Pobladonal y Agrario, Objetivos Específicos, establece a. Formalizar con carácter masivo y gratuito, en los sectores rurales del país, los usos de agua en bloque de las organizaciones de usuarios reconocidas, coroolidades campesinas y nativas que vengan usando el agua con fines pob/adonales y agrarios, de manera púbica, pacifica y continua por más de cinco anos antes de la entrada en vigencia del Reglamento de Procedimentos Administrativos pa18 el Otorgamento de Derechos de Uso de Agua, instaurado mediante la Resolución Jefatura/ N" 579-2010-ANA (modificada por Resolución Jefatura/ N"OOl-2015-ANA). b. Inscribir los derechos de usos de agua que se otorguen a merito de la presente metodologia en el Registro Adrrinistrativ o de Derechos de Uso de A gua (RADA ). c. Promover el uso ef,cienle y sostenible del agua en el marco del modelo de Gestión Integrada de Recursos Hldricos contemplada en la Ley de Recursos Hídricos. d. Brindar segurí<fad jur/díca a los usuarios de agua poblacional y del sector agrario g arantizando su acceso al uso d el recur so hl drico, en concordancia con el desarrollo productivo e inclusivo. e. A creditar la disponibifdad hldrica para la ejecución de peque/los proyectos de mejoramiento de sistemas de saneamiento y agrlcolas. Igualmente la sección 6.3 Requisitos, en el acápite 6.32 Uso Agrario establece: Los usuarios organizados de agua con fines agrarios, presentarán una solicitud ante la Administración Local de Agua, según Formato Anexo 01 , acompaflada con los documentos siguientes: a. Resolución de reconocimiento de la organización de usuarios. En el caso que el solicitante sea corrunidad campesina o cOITTJnidad nativa, sólo requerirá reconocimiento como tal y acreditar a su actual representante. b. Acreditación de la propiedad o posesión Jegltina de los predios donde se viene utilizando el agua. Es necesario presentar un listado de los asociados y una copia smple del Documento Nacional de Identidad. 8 tistado deberá contener la infonnación siguiente: nombres y a peftidos, número de DNI , nombre del predio, Unidad Catastral; si e xcepcionalmente no Jo posee se usará la denominación ubicación de riego o coordenadas del predio, supeñicie b ajo riego (ha) y flíl'Tla o huena digital . En caso de uso de agua subterránea, adicionalmente se deberá acreditar la titularidad del predio donde se encuentre el pozo. c. Memoria Descriptiva de la obra ejecutada debidamente suscrita p or un ingeniero agrícola, agrónomo o civil, colegiado y habilitado. Es ta d eberá con t ener la justificación de la demanda y un plano con la u bicación de los predi os donde se usa el agua, asl como de una descripción de la infraestru ct ura hidráulica existente, según Formato Anexo 03-B. 2 : Primera Disposición Complementaria Final Manténgase el proceso de formalización de derechos de uso de agua conduddo por la DARH, destinado al otorgarrrento de oficio, con carácter masivo y gratuito, de fcencias de uso de agua en bloque a las organizaciones de usuarios de agua y or ganizaciones que prestan sumnistro de agua poblacional en ámbitos nxales, el que se desarro6ará con la metodología EJJr obada.

Transcript of ó9~ -2017-ANA/AAA XII.UV 2 · haba, 0.27 ha trigo, 1.51 ha pasto cultivado); obteniendo un volumen...

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RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nro. ó9~ -2017-ANA/AAA XII.UV

Cusco, 2 6 MAY 2017 VISTO:

El Expediente Administrativo Nº 185-2017, con CUT N° 17310-2017 tramitado ante la Administración Local de Agua Sicuani, deriva de la solicitud con fecha de recepción 03 de febrero de 2017, presentado por el señor Antonio Ccasa Huillca, refiere en calidad de Presidente del Comité de Usuarios Agua Chullo Olleria - Hercca, ubicado en el distrito de Sicuani , provincia Canchis y departamento de Cusco; Solicitando Licencia de Uso de Agua Superficial para Uso Agrario, acogiéndose a la Formalización de Uso de Agua.

CONSIDERANDO:

Que, según establece el articulo 15° de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hidricos, la Autoridad Nacional del Agua tiene entre otras funciones la de otorgar, modificar y extinguir, previo estudio técnico, derechos de uso de agua;

~.,~1sr 1"t,-. Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley de ~"" "'< < Recursos Hidricos Ley Nº 29338, establece; "Los usuarios que no cuenten con derechos de uso de

F "tagua pero que estén usando el recurso natural de manera pública, pacifica y continua durante cinco ª ~(5) años o más pueden solicitar a la Autoridad Nacional el otorgamiento de su correspondiente

derecho de uso de agua, para lo cual deben acreditar dicho uso de acuerdo con las condiciones j-" establecidas en el Reglamento, siempre que no afecte el derecho de terceros. Caso contrario, deben

tramitar su pedido conforme lo establece la Ley y el Reglamento como nuevo derecho de agua";

Que, la Resolución Jefatura! Nº484-2012-ANA - Metodología de ~~ Formalización de los Usos de Agua Poblacional y Agrario1

. Norma que concuerda con la Resolución i~ ~ Jefatura! N°007-2015-ANA - Reglamento de Procedimientos Administrativos para el otorgamiento

§ tng° anl 't, de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de 5 Flgue V. !;; Agua2· "- CTORA ~ ' \ 5'.J8º 1 ~~ Que, el procedimiento se instruyó en el marco de la Resolución

º'9DAl\~A Jefatura! N°484-2012-ANA; adjuntado el administrado a su solicitud (folio 03) la siguiente documentación: copia DNI del señor Antonio Ccasa Huillca (folio 02), copia Solitud de

1 La sección 4, de la Metodología de Formalización de los Usos de Agua Pobladonal y Agrario, Objetivos Específicos, establece a. Formalizar con carácter masivo y gratuito, en los sectores rurales del país, los usos de agua en bloque de las organizaciones de usuarios reconocidas, coroolidades campesinas y nativas que vengan usando el agua con fines pob/adonales y agrarios, de manera púbica, pacifica y continua por más de cinco anos antes de la entrada en vigencia del Reglamento de Procedimentos Administrativos pa18 el Otorgamento de Derechos de Uso de Agua, instaurado mediante la Resolución Jefatura/ N" 579-2010-ANA (modificada por Resolución Jefatura/ N"OOl-2015-ANA). b. Inscribir los derechos de usos de agua que se otorguen a merito de la presente metodologia en el Registro Adrrinistrativo de Derechos de Uso de Agua (RADA). c. Promover el uso ef,cienle y sostenible del agua en el marco del modelo de Gestión Integrada de Recursos Hldricos contemplada en la Ley de Recursos Hídricos. d. Brindar segurí<fad jur/díca a los usuarios de agua poblacional y del sector agrario garantizando su acceso al uso del recurso hldrico, en concordancia con el desarrollo productivo e inclusivo. e. Acreditar la disponibifdad hldrica para la ejecución de peque/los proyectos de mejoramiento de sistemas de saneamiento y agrlcolas. Igualmente la sección 6.3 Requisitos, en el acápite 6.32 Uso Agrario establece: Los usuarios organizados de agua con fines agrarios, presentarán una solicitud ante la Administración Local de Agua, según Formato Anexo Nº 01, acompaflada con los documentos siguientes: a. Resolución de reconocimiento de la organización de usuarios. En el caso que el solicitante sea corrunidad campesina o cOITTJnidad nativa, sólo requerirá reconocimiento como tal y acreditar a su actual representante. b. Acreditación de la propiedad o posesión Jegltina de los predios donde se viene utilizando el agua. Es necesario presentar un listado de los asociados y una copia smple del Documento Nacional de Identidad. 8 tistado deberá contener la infonnación siguiente: nombres y apeftidos, número de DNI, nombre del predio, Unidad Catastral; si excepcionalmente no Jo posee se usará la denominación ubicación de riego o coordenadas del predio, supeñicie bajo riego (ha) y flíl'Tla o huena digital. En caso de uso de agua subterránea, adicionalmente se deberá acreditar la titularidad del predio donde se encuentre el pozo. c. Memoria Descriptiva de la obra ejecutada debidamente suscrita por un ingeniero agrícola, agrónomo o civil, colegiado y habilitado. Esta deberá contener la justificación de la demanda y un plano con la ubicación de los predios donde se usa el agua, asl como de una descripción de la infraestructura hidráulica existente, según Formato Anexo Nº 03-B. 2: Primera Disposición Complementaria Final Manténgase el proceso de formalización de derechos de uso de agua conduddo por la DARH, destinado al otorgarrrento de oficio, con carácter masivo y gratuito, de fcencias de uso de agua en bloque a las organizaciones de usuarios de agua y organizaciones que prestan sumnistro de agua poblacional en ámbitos nxales, el que se desarro6ará con la metodología EJJrobada.

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reconocimiento de nueva organización de Usuarios de Agua Comité de Usuarios de Agua Olleria­Hercca. de fecha de ingreso 14-04-2016 (folio 03) y según constan en el SGD este solicitud ya cuenta con la RESOLUCION DIRECTORAL 1159-2017-ANA-DGOIH, emitida por la Dirección de Gestión de Operadores de Infraestructura Hidráulica de la sede central, el cual aún no ha sido notificado al administrado ni colgado en la página web institucional, copia Carta Nº 002-2016 de fecha 25-10-2016 (folio 04) el administrado subsana observaciones, Declaración Jurada sobre el uso del agua del recurso hídrico certificada (folio 05), copia Padrón de usuarios (fojas 06 al 09), Certificado de posesión y usufructo de 45 usuarios comuneros (folio 12) emitido por el presidente de la Comunidad Campesina de Hercca, del distrito de Sicuani, provincia de Canchis, departamento de Cusco, copia Resolución Suprema de fecha 11-05-1928 (folio 13) emitido por el Ministerio de Fomento y que reconoce como Comunidad Indígenas de Hercca, copia Memoria Descriptiva del Registro Nacional de Comunidades Campesinas - Hercca, territorio comunal (fojas 14 al 16), copia

~rR4" Registro de Propiedad Inmueble - Comunidad Campesina de Hercca (fojas 17 y 18) emitido por /, Registros Públicos Región lnka. Plano de ubicación (folio 19), copia Certificado de Habilidad ~ ~ . j Profesional (folio 20), Memoria Descriptiva (fojas 21 al 49), Planos (fojas 51 y 52), CD (folio 53), ~

1 ~ copias de DNls (fojas 58 al 96), de oficio se incorpora copia de Resolución Directora! Nº 1159-2017-

·o, ;"f::, ANA-DGOIH, de fecha 10-04-2017 (fojas 112 y 113) que reconoce al Comité de Usuarios Agua cto~ Chullo Ollería - Hercca;

Que, se realizó la verificación técnica de campo, en fecha 07-03-2017 (fojas 97 al 99). con participación del administrado y personal de la ALA Sicuani , donde se identificó la fuente hídrica: Quebrada Chullomayo, captación Chullo, ubicado en las coord inadas UTM WGS-84 Z19S, 258305 E, 8415217 N y altitud 3228 msnm, con un caudal de 16.79 1/s; captación Olleria, ubicado en las coordinadas UTM WGS-84 Z19S, 258305 E, 8415150 N y altitud 3237 msnm, con un caudal de 16.70 1/s; no existiendo ningún derecho otorgado a terceros que perjudique esta solicitud;

Que, con Informe Técnico Nº 013-2017-ANA-AAA-UV/ALA-SICUANI/X.C.C. (fojas 100 al 105) elaborado por el Profesional en Recursos Hídricos de la ALA Sicuani, quien concluye: El administrado ha cumplido con presentar la información y requisitos exigidos por la R.J. Nº 484-2014-ANA, durante el trámite no se han presentado oposiciones; según la verificación técnica de campo la oferta hldrica promedio disponible en la fuente de agua es de 16.75 1/s para el mes de enero para satisfacer la demanda del administrado, siendo tomado en cuenta la demanda hfdrica de los datos de la memoria descriptiva bajo los parámetros considerados por el consultor para un total de 45 usuarios empadronados 3.24 has sistema Olleria y 4.91 has para el sistema Chullo, considerando la cédula de cultivo establecidos en el expediente, considerando que el bloque de riego está formado por la quebrada Chullomayo, por tanto el volumen anual calculado es de 40,466.19 m3/año y 58,131 .61 m3/año, lo cual difiere del cálculo realizado por el consultor. siendo válido el cálculo hecho por el especialista respetando los parámetros consignados en el expediente. Por lo que, procede otorgar viabilidad a la solicitud de Acogimiento a la Formalización de Derecho de Uso de Agua con Fines Agrarios. Con Oficio Nº 269-2017-ANNAAA XII-UV/ALA-SICUANI (folio 109) la Administración Local de Agua Sicuani, remite el expediente administrativo a la Autoridad Administrativa del Agua XII Urubamba Vilcanota para la prosecución del trámite;

Que, con Informe Técnico Nº 082-2017-ANA-AAA-UV/SDARH (fojas 110 y 111) la Sub Dirección de Administración de Recursos Hídricos de esta Autoridad, precisa en su informe: Evaluación técnica del Sub Sistema Olleria. La Sub DARH revisó el análisis emitió por la ALA Sicuani; en el cual la ALA ha considerado que el volumen de asignación es según los datos proporcionados en la memoria descriptiva: 3.24 has (0.66 ha maíz, 0.48 ha papa, 0.32 ha haba, 0.27 ha trigo, 1.51 ha pasto cultivado); obteniendo un volumen anual de 40,456.19 m3/día, con un caudal de oferta calculado por la ALA de 3861502.88 m3/año haciendo el balance de oferta y demanda hldrica, existe caudal para satisfacer la demanda agrícola durante todos los meses del año. Evaluación técnica del Sub Sistema Chullo. La Sub DARH revisó el análisis emitió por la ALA Sicuani; en el cual la ALA ha considerado que el volumen de asignación es según los datos proporcionados en la memoria descriptiva: 4.91 has (0.96 ha maíz, 0.87 ha papa, 0.55 ha haba, 2.08 ha pasto cultivado; la oferta hídrica asumida por la ALA es de 3,821 ,046.69 m3/año y según la

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demanda hídrica es de 58,131 .61 m3/año; haciendo el balance de oferta y demanda hídrica, existe caudal para satisfacer la demanda agrícola durante todos los meses del año. Por lo tanto, según los datos consignados en el expediente y la evaluación técnica por la ALA Sicuani, la Sub DARH emite la CONFORMIDAD para la Licencia de Uso de Agua, presentado por el Sr. Antonio Ccasa Huillca en calidad de Presidente del Comité de Usuarios Agua Chullo Olleria - Hercca;

Que, de la revisión de los actuados del expediente administrativo, asl como la información técnica, se colige que, el procedimiento administrativo se ha llevado de manera regular, sin mediar vicio que lo invalide, cumpliendo con los parámetros y requisitos técnico legales, por lo que resulta amparable su solicitud;

~llttr, Que, la emisión de los certificados nominativos, lo realiza el titular ():' e la licencia de uso de agua, que representa una parte de la asignación de agua que corresponde a ~ P. icho Bloque, para lo cual debe contar con la información mínima de copias de DNI, y del

.Jlocumento que acredita la propiedad o posesión legitima del predio donde se hará uso del agua; ·c,~E tot1-;'" siendo así , una vez notificada la resolución que otorga la licencia de uso de agua agrario; la

organización de usuarios en un plazo no mayor de treinta (30) días deberá remitir a la Administración Local de Agua, los Certificados Nominativos, para su aprobación mediante resolución

sr ~,~ administrativa, a efecto que el ALA remita a su titular de la licencia de uso de agua para que proceda i a entregar a los usuarios integrantes del bloque; ~ e

Que, con vistos de la Unidad de Asesoría Jurídica, mediante Informe gal Nº 210-2017-ANA-AAA.UV-UAJ/MBC, la Sub Dirección de Administración de Recursos

Hídricos mediante Informe Técnico Nº 082-2017-ANA-AAA-UV/SDARH; y de conformidad con lo establecido por el literal d) del artículo 38 del D.S. Nº 06-2010 AG Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua; concordante con el numeral 2.3.4 de la Resolución Jefatura! N° 484-2012-ANA;

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- APROBAR, la Delimitación del Bloque de Riego Ollería Chullo, perteneciente al Comité de Usuarios Agua Chullo Olleria - Hercca, ubicado en el distrito de Sicuani, provincia Canchis y departamento de Cusco, con 45 usuarios, un área bajo riego de 8.15 ha, que son regadas con las aguas provenientes de la Quebrada Chullomayo. El bloque de riego está delimitado por los puntos extremos descritos conforme a lo siguiente:

BLOQUE DE Coordenada• UTJ>,a-'WGS-84Z--t9 Sur

RIEGO Ubicación ESTE(m) NORTE(m)

P1-N 258800 8416400 P2- S 258300 8415600

Ollerle - Chuflo P3-E 258100 8 41 5600 P4-0 258300 8 41 5300

ARTÍCULO 2°.- OTORGAR, Licencia de Uso de Agua Superficial para Uso Agrario, en el marco de la Formalización de Derechos de Uso de Agua, a favor del Comité de Usuarios Agua Chullo Olleria -Hercca, ubicado en el distrito de Sicuani , provincia Canchis y departamento de Cusco, de acuerdo al siguiente detalle:

COORDENDAS UTM DEL PUNTO DE CAUDAL VOLUMEN NOMBRE PROME0/0 ANUAL

UBICACIÓN POLITICA TIPO DE DELA PUNTO D E CAPTACIÓN (WGS 84-ZONA 19 S ur) OTORGADO OTORGADO FUENTE FUENTE DE CAPTACION

AGIUA ESTE ALTITUD

(11&} (m') NORTE (msnm)

Comunidad : Hercca Subsistema

258305 Olleria 8415217 3228 1.70 40,456. 19

Oistrito : Sicuani Quebrada Chullomayo Sub Si•taa

PrO-...noia : Canchi• Chulo 258305 8415150 3237 2.45 58,1 31 .61

Departamento : CU$CO

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ARTÍCULO 3°.- ESTABLECER, que la Licencia de Uso de Agua Superficial para Uso Agrario, a favor del Comité de Usuarios Agua Chullo Olleria - Hercca, ubicado en el distrito de Sicuani, provincia Canchis y departamento de Cusca, se le otorga hasta por un volumen anual del Sub Sistema Olleria de 40,456.19 m3/año, Sub Sistema Chullo de 58,131.61 m3/año; y tendrán la siguiente distribución mensual:

.. VULUMEN DE OTORGAMIENTO Ml:NSUAL ::;. ·~ ~ VOLUMl:N

IJND ·, TOTAL .

Descripcl6n ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC A~L

SUB 1/s 0 .00 0.00 0.00 1.73 1.77 , 55 1.53 1.90 2.20 2.25 2.40 0.02 SISTEMA OLLERIA m' 0.00 0.00 0.00 4,496.33 4,748."6 '4.009.63 4,102.77 5,080.69 5,697.78 6.041.81 6.233.11 45.62 40,456.19

.· ·~

DEMANDA HIDRICA MENSUAL ·, '

,, . •. ._

~ VOLUMEN UND •,, !• . ,,._ .. "MNl ro;,-,~~

,. 1 · Í TOTAL Descrlpcl6n ENE Fl!B , MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC ANUAL

lm'I SUB lis 0.00 0.00 0.00 2.49 2.48 2.13 2.11 2.68 3.21 3.36 3.60 0.00

SISTEMA m' CHULLO 0.00 0.00 0.00 6,462.13 6,654.23 5,523.19 5,651.50 7.181 .20 8,324.40 8,999.30 9,335.66 0.00 58,131.61

RTÍCULO 4º.- INSCRIBIR la licencia de uso de agua, otorgada mediante la presente resolución directora!, en el Registro Administrativo de Derechos de Uso de Agua.

ARTICULO 5º.- PRECISAR que el Comité de Usuarios Agua Chullo Olleria - Hercca, ubicado en el distrito de Sicuani, provincia Canchis y departamento de Cusca, como titular de la licencia de uso de .s,'i'~¡~"k, agua expedirá los Certificados Nominativos, que representa una parte de la asignación de agua que

~ \ le corresponde a cada uno de los integrantes del Bloque, y deberá remitirlos a la Administración [ ~~fue tsva~ ~ Local de Agua Cusca en un plazo de treinta (30) días naturales contados desde la notificación de la '"~· iUeo, ORA ?! presente resolución , para su aprobación.

(o) -~

'" ·.soAitl\"' ARTICULO 6º.- REMITIR copia de la presente resolución directora! a la Sub Dirección de Administración de Recursos Hídricos, Unidad del Sistema Nacional de Información de Recursos Hidricos, y a la Administración Local de Agua Sicuani.

ARTICULO 7°.- ENCARGAR al Administrador Local de Agua Sicuani, la notificación de la presente resolución al administrado en su domicilio legal.

REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE Cc.Arch MBCH/UAJ/mbc.

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