89.corretaje
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NUMERO: _______ ( ), En la ciudad de Guatemala, el ______ de __ del año ________, ANTE
MI: ____________________, Notario, comparecen, por una parte __________________________,
de _________ años de edad, casado, Economista, guatemalteco, de este domicilio, quien es
persona de Mi anterior conocimiento, y quien actúa en su calidad de Gerente General y
Representante legal de la BOLSA DE VALORES NACIONAL, SOCIEDAD ANONIMA, en adelante
llamada también “ La Bolsa”, de conformidad con su nombramiento, extendido en esta ciudad el día
_________ de ____ del año ________, por el Infrascrito Notario. Hago constar que tuve a la vista el
documento descrito, apareciendo el mismo inscrito en el Registro Mercantil General de la
Republica, bajo el numero _______, folio _________ del libro ______ de Auxiliares de Comercio,
también he tenido a la vista la certificación del punto de acta numero ______ correspondiente al
acta que documenta la sesión del consejo de administración de la Bolsa del _____ de ________ del
año en curso, fecha en que se acordó la celebración del presente contrato, y se faculta al infrascrito
Notario para otorgarlo. Por la otra parte la señorita ___________________, de _____ años de
edad, Soltera, de este domicilio, Administradora de empresas, guatemalteca, quien también es
persona de mi conocimiento, y quien actúa como Gerente General y representante legal de Bimbo,
SOCIEDAD ANOMIMA, en adelante llamada también “Bimbo”, y acredita su personaría con el acta
de4 nombramiento autorizada en esta ciudad el cinco de enero de mil novecientos noventa y seis
por el infrascrito Notario, hago constar que tuve a la vista el documento descrito, inscrito en el
Registro Mercantil General de la Republica bajo el numero _______, folio _____, del libro ____ de
Auxiliares de Comercio, también la certificación del punto de Acta numero _______,
correspondiente al acta que documenta la sesión de la Asamblea General de Accionistas de Bimbo,
del día _______ de ______, del presente año, en el cual se acuerda la celebración del presente
contrato, y se faculta al infrascrito Notario para otorgarlo, DOY FE: de conocer al os
comparecientes, que la personería con que actúan es suficiente de conformidad a la ley y a mi juicio
para el otorgamiento del presente instrumento, que me aseguran encontrarse en el libre ejercicio de
sus derechos civiles y que por el presente acto celebran CONTRATO DE CORRETAJE, de
conformidad con las siguientes cláusulas: PRIMERA: Naturaleza de los contratantes y causa
contractual: A) La bolsa según manifiesta su representante legal, es sociedad anónima constituida
de conformidad con las leyes de la república, autorizada para funcionar por autoridades
competentes para funcionar como bolsa de valores incluyendo a sus objetivos el ofrecer al publico,
inversionistas, a los agentes y casa de bolsa, los mecanismos e instrumentos técnicos y materiales
para la oferta publica de Títulos Valores, garantizar la efectividad de las operaciones, que se
realicen en su seno, proporcionando información objetiva y completa al publico inversionista, a los
agentes y casa de bolsa publicando los precios de mercado y ofreciendo los precios de servicio
conducentes a fortalecer el mercado de títulos valores y la liquidez del mercado secundario, de
estos mismos. Para el logro de tales objetivos según declara su representante letal, la bolsa prevé
en su reglamento interno, en adelante llamado también “El Reglamento”, la inscripción de diversos
títulos valores, emitidos por sociedades mercantiles, para su oferta pública y cotización en el
mercado bursátil. B) Bimbo según dice su representante legal, es una sociedad mercantil
constituida de acuerdo a las leyes d la Republica, cuyo objeto principal es la producción y
comercialización de materias primas y productos terminados, para satisfacer primordialmente las
necesidades de la Industria Guatemalteca. Bimbo ha decidido mediante la adopción de las
resoluciones necesarios por sus órganos sociales competentes, ofrecer al público títulos valores a
través del mercado bursátil. SEGUNDA: Inscripción para cotización: declaran los comparecientes en
el ejercicio de sus respectivas personerías, que en virtud de la solicitud presentada por Bimbo, el
consejo de administración de la Bolsa, acordó, mediante resolución contenida en Acta
correspondiente a su sesión del día ______ de _______ del presente año, proceder a la inscripción
a favor de Bimbo de la siguiente emisión, tipo de la obligación pagare, monto de _______________
mil quetzales ( cupo) numero de obligaciones: varias, valor nominal: múltiplos de mil, series,,L
varias, fecha de emisión: pendiente, plazo; _______ años, intereses: la serie “A” a partir de la fecha
de emisión y en tanto no sean amortizados, los pagares de la serie “A” generaran un interés bruto
anual sobre el valor nominal o en caso de saldo arreglado así: a) el día uno de cada mes anterior a
aquel para el que se fija la tasa de interés, se determina por medio simple que resulte de la tasa de
interés preferencial, que cobre el Banco del Café, Sociedad Anónima, para los prestamos que
otorgue con fondos propio. La tasa a pagar será la que estaba vigente el día veinte del mes
anterior a aquel para el que s calcula la tasa de interés que los citados Bancos establezcan para
sus operaciones activas con sus clientes clasificados por los citados Bancos como sujetos de
Crédito de primer orden, b) a dicho promedio de tasa anual se le restara una tasa fija de cinco
puntos porcentuales anuales, la suma será la tasa de interés bruto anual que Bimbo pagara sobre
el valor nominal, o en su caso, sobre su saldo adeudado, las demás series pendientes se
determinaran al interés previa autorización del consejo de administración de la Bolsa de Valores
Nacional, Sociedad Anónima, C) periodicidad en el pago de los intereses trimestrales, d) respaldo
de los títulos con los activos del Bimbo, e) capital pagado de Bimbo: día ____ de _______ del año
_________, la cantidad de ________________________, Quetzales, g) gestor: global casa de
Bolsa sociedad Anónima, la representante de la bolsa dice que la emisión cuyas características se
describen arriba, les corresponde a los registradores de la entidad el numero ____ y deberá ser
denominado tanto pro la bolsa como por Bimbo, para los efectos de toda información a terceros y
publicación de prospectos. TERCERA: Iniciación de la cotización: empezara a mas tardar el día
________ de_______ del año, siempre que la empresa Bimbo, halla cumplido con la prestación de
la bolsa de toda la documentación que esta le requiera con base a la resolución del Consejo de
Administración de la Bolsa de que antes se hizo referencia. CUARTA. Régimen normativo para la
cotización de la emisión: ambos comparecientes acuerdan que las normas bajo la que se regirá la
cotización de la emisión de valores antes descrita, además de las contenidas en el presente
contrato, son las que aparecen en el reglamento, de la bolsa, así como de las modificaciones que
las mismas sufran por adiciones que a ello en lo sucesivo se le hagan, Las modificaciones como
adiciones que se acuerden por el órgano Social competente, la Bolsa, se aplicara inmediatamente a
su entrada en vigor sin necesidad de posterior consentimiento por parte de Bimbo que desde ya se
tiene por expresamente dado, Bimbo expresamente se compromete a aceptar los normativos o
reglamentos específicos que en el futuro emita la Bolsa por medio de sus órganos sociales, desde
el momento de que estos entran en vigor. Tanto el reglamento como los normativos y reglamentos
específicos a que se refiere la presente cláusula y las demás disposiciones para el mejor
funcionamiento de esto declaran, los otorgantes que se incorporan al presente contrato, con plenos
efectos y vinculantes entre las partes. QUINTA: Resultados de la emisión y exclusividad: Bimbo por
medio de quien la represente se obliga a ofrecer, cotizar y negociar los valores objeto de la
inscripción a que se hizo antes referencia exclusivamente en la Bolsa de Valores Nacional,
Sociedad Anónima, SEXTA. Contraprestaciones Reciproca: Además de las que se derivan de otras
partes del presente contrato, el reglamento y la ley, para cada una de las partes, ambas por medio
de sus personeros convienen expresamente en lo siguiente. a) prestaciones especificas de la bolsa
a favor de Bimbo, la bolsa se obliga ante Bimbo: I) a partir de la fecha en que se inicie la cotización
de la emisión a que se refiere el presente contrato, a publicar los precios en que se negocien los
respectivos valores y las ofertas de compraventa, que se formulen sobre los mismos, como publicar
cualquier otro negocio jurídico de naturaleza bursátil que en relaciona tales valores se lleve a cabo.
II) a prever a sus agentes y casa de bolsa y al público inversor y por medio de aquellos de la
información que en su poder exista en relación a Bimbo, que no halla sido recibida por la bolsa
expresamente con carácter confidencial. III) poner a su disposición de sus agentes y casa de bolsa
los servicios necesarios para la negociación de los valores respectivos que se lleve a cabo como lo
prevé el reglamento de la Bolsa. IV) poner a disposición de Bimbo información que este a su
alcance sobre la cotización y negociación de los valores de la emisión siempre que ello no implique
a la bolsa la afección de derechos a terceros. V) velar porque las normas de funcionamiento del
cobro se apliquen adecuadamente para que la negociación de los valores se realice normalmente.
b) prestaciones especificas de Bimbo a favor de la bolsa: I) remitir sin declaración a la bolsa los
informes que la ultima requiera con base en el reglamento normativo o en el reglamento especifico
aplicable. II) cumplir puntualmente las cuotas a cargo correspondiente, a la cotización de los
valores antes descritos, al que anualmente se fijan. Bimbo y la bolsa por el presente acto
convienen que, tanto para el segundo como el periodo anual siguiente durante las cuales se coticen
los valores de Bimbo en la bolsa las cuotas a cargo a que se refiere este contrato, a pagar por
primera o segunda vez serán aquellos que con carácter general se acuerden por el consejo de
Administración de la Bolsa, el pago de la cuota a cargo deberá ser sin necesidad de cobro o
requerimiento alguno en las oficinas principales de la bolsa en las fechas pactadas. Abstenerse de
publicar en relacion de la emisión de los valores a que se refiere el presente contrato, cualquier
información que no sea comunicada a la Bolsa y aprobado por la Gerencia de la misma. En tanto
que la entidad este inscrita para cotizar en la bolsa, la emisión a que se refiere el presente contrato
a permitir y facilitar la practica de cualquier revisión y auditoria a las que se refiere el reglamento de
la bolsa directamente a la Bolsa, un día antes de empezar la cotización de los valores respectivos,
y a comunicar a la bolsa cualquier información de importancia substancial para que el proceso de
cotización de los valore respectivos se desarrolle con base a la información veraz y actualizada.
SEPTIMA: condiciones resolutorias explicitas: Además de las pactadas en otras partes del
presente contrato, y las que se deriven del régimen informativo al mismo incorporado, se convienen
las siguientes condiciones: a) de carácter General: las partes de común acuerdo pactan el
incumplimiento de cualquiera de ellas en lo concerniente a las obligaciones respectivamente les
corresponde, sin necesidad de declaratoria judicial previa y proceda si es el caso, a deducir las
responsabilidades legales correspondientes, b) de Carácter especifico: la falta de pago puntual por
parte de Bimbo, de las cuotas o cargos pactados, dará lugar a que la Bolsa de por terminado el
presente contrato y proceda al cobro de lo debido por la Vía Ejecutiva, con base en el testimonio de
la presente escritura publica, así como el cobro de los daños y perjuicios derivados del
incumplimiento en el pago, que se fije desde ya en una semana equivalente al de la tasa de interés
anual máxima que para operaciones activas cobre el Banco del Café, sociedad anónima, por todo el
tiempo que transcurra desde que se debió hacer el pago respectivo, hasta la efectiva cancelación
de la suma adeudada. OCTAVA<: Resolución de controversias: las partes acuerdan que excepto
para lo que se refiere al cobro por la vía ejecutiva de las cuotas o cargas correspondientes a Bimbo,
las controversias que surjan del presente contrato se someterán a arbitraje de Derecho. El tribunal
arbitral se integrara por tres árbitros que reúnan las calidades exigidas por la ley y el laudo que se
dicte es inapelable, la parte que considera surgida una controversia en relación al presente
contrato, lo hará saber a la otra parte, por escrito de modo que se proceda en un plazo no mayor de
quince días , a la formalización del compromiso., La negativa de formalizar el compromiso dará
lugar a que la parte que lo solicite acuda los tribunales competentes a pedir formalización judicial y
a reclamar los daños y perjuicios erogados. El arbitraje se realizara en la Ciudad de Guatemala, y
por consiguiente las partes expresamente renuncian a cualquier otro fuero que pudiera
corresponderles. NOVENA: los comparecientes en el ejercicio de la personería que
respectivamente ostentan manifiestan su conformidad total con el presente contrato. Yo el
Infrascrito Notario DOY FE: De todo lo expuesto, de haber tenido a la vista toda la documentación
relacionada en el presente instrumento, de que leo íntegramente lo escrito a los otorgantes, quienes
enterados de su contenido, objeto, validez, y demás efectos legales, así como de la obligación que
tienen de registrar el primer testimonio de esta escritura en el registro respectivo, la aceptan,
ratifican y firman, juntamente con el Notario que la autoriza, DOY FE: