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MAESTRIA EN MANEJO INTEGRADO DE LAS ZONAS COSTERAS CURSO DE DERECHO COSTERO GUIAS DE CLASE BASES NORMATIVAS SOBRE EL DESARROLLO SOSTENIBLE Emilio Biasco 1

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MAESTRIA EN MANEJO INTEGRADO DE LAS ZONAS COSTERAS

CURSO DE DERECHO COSTERO – GUIAS DE CLASE

BASES NORMATIVAS SOBRE EL DESARROLLO SOSTENIBLE

Emilio Biasco1

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ESQUEMAS SOBRE EL DESARROLLO SUSTENTABLE, SOSTENIBLE Y SOSTENIDO

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NORMAS CONSTITUCIONALES SOBRE EL DESARROLLO

A) REFERENCIAS DIRECTAS

1º) ORIENTACION DEL COMERCIO EXTERIOR - Artículo 50.-

El Estado orientará el comercio exterior de la República protegiendo las actividades productivas, cuyo destino

sea la exportación o que reemplacen bienes de importación.

La ley promoverá las inversiones destinadas a este fin, y encauzará preferentemente con este destino el ahorro

público.

Toda organización comercial o industrial trustificada estará bajo el contralor del Estado.

2º) POLITICAS DE DESCENTRALIZACION

El Estado impulsará políticas de descentralización, de modo de promover el desarrollo regional y el

bienestar general.

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3°) DESARROLLO DE ACTIVIDADES ECONOMICAS

Artículo 53.- El trabajo está bajo la protección especial de la ley.

Todo habitante de la República, sin perjuicio de su libertad, tiene el deber de aplicar sus energías intelectuales o

corporales en forma que redunde en beneficio de la colectividad, la que procurará ofrecer, con preferencia a los

ciudadanos, la posibilidad de ganar su sustento mediante el desarrollo de una actividad económica.

4°) DESARROLLO DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y DE LA ENSEÑANZA

TÉCNICA.

Artículo 70.- Son obligatorias la enseñanza primaria y la enseñanza media, agraria o industrial.

El Estado propenderá al desarrollo de la investigación científica y de la enseñanza técnica.

La ley proveerá lo necesario para la efectividad de estas disposiciones.

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5°) PLANES Y PROGRAMAS DE DESARROLLO Y

PLANIFICACIÓN DE LAS POLÍTICAS DE DESCENTRALIZACIÓN

OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO - Artículo 230

Habrá una Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) que dependerá directamente de la Presidencia de la

República; y estará dirigida por una Comisión integrada con representantes de los Ministros vinculados al

desarrollo y por un Director designado por el Presidente de la República, que la presidirá.

FUNCIONES DE LA OPP

La Oficina de Planeamiento y Presupuesto asistirá al Poder Ejecutivo en la formulación de los planes y

programas de desarrollo, así como en la planificación de las políticas de descentralización que serán

ejecutadas:

A) Por el Poder Ejecutivo, los Entes Autónomos y los Servicios Descentralizados, respecto de sus

correspondientes cometidos.

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B) Por los Gobiernos Departamentales respecto de los cometidos que les asignen la Constitución y la ley.

COMISION SECTORIAL DEPARTAMENTAL

A estos efectos se formará una Comisión Sectorial que estará exclusivamente integrada por delegados del

Congreso de Intendentes y de los Ministerios competentes, la que propondrá planes de descentralización que,

previa aprobación por el Poder Ejecutivo, se aplicarán por los organismos que corresponda.

Sin perjuicio de ello, la ley podrá establecer el número de los integrantes, los cometidos y atribuciones de esta

Comisión, así como reglamentar su funcionamiento.

ATRIBUCIONES LEGALES Y REGLAMENTARIAS DE LA OPP

La Oficina de Planeamiento y Presupuesto tendrá además los cometidos que por otras disposiciones se le

asignen expresamente así como los que la ley determine.

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INTEGRACION PROVISIONAL DE LA OPP - DTE - X)

En tanto no se dicte la ley prevista en el penúltimo inciso del Art. 230, la Comisión Sectorial estará integrada por

los delegados de los Ministerios competentes y por cinco delegados del Congreso de Intendentes, debiendo instalarse

dentro de los noventa días a partir de la entrada en vigencia de la presente reforma constitucional.

PLANES Y PROGRAMAS DE DESARROLLO ECONÓMICO

Artículo 231.- La ley dictada por mayoría absoluta del total de componentes de cada Cámara, podrá disponer

expropiaciones correspondientes a planes y programas de desarrollo económico, propuestas por el Poder

Ejecutivo, mediante justa indemnización y conforme al Art. 32.

EL DESARROLLO EN LAS JUNTAS LOCALES - Artículo 288

La ley determinará las condiciones para la creación de las Juntas Locales y sus atribuciones, pudiendo, por

mayoría absoluta de votos del total de componentes de cada Cámara y por iniciativa del respectivo Gobierno

Departamental, ampliar las facultades de gestión de aquéllas, en las poblaciones que, sin ser capital de

departamento, cuenten con más de 10.000 habitantes u ofrezcan interés nacional para el desarrollo del turismo.

Podrá también, llenando los mismos requisitos, declarar electivas por el Cuerpo Electoral respectivo las Juntas

Locales Autónomas.

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DESARROLLO DEL INTERIOR DEL PAÍS Art. 298.-

Art. 298 - 2) Destinar al desarrollo del interior del país y a la ejecución de las políticas de

descentralización, una alícuota de los tributos nacionales recaudados fuera del departamento de

Montevideo.

Con su producido se formará un fondo presupuestal, afectado al financiamiento de los programas y

planes a que refiere el inciso quinto del Artículo 230. Dicha alícuota deberá ser propuesta

preceptivamente en el Presupuesto Nacional.

B) REFERENCIAS INDIRECTAS

INTEGRACIÓN SOCIAL Y ECONÓMICA DE LOS ESTADOS LATINOAMERICANOS

Artículo 6º.- En los tratados internacionales que celebre la República propondrá la cláusula de que

todas las diferencias que surjan entre las partes contratantes, serán decididas por el arbitraje u otros

medios pacíficos. La República procurará la integración social y económica de los Estados

Latinoamericanos, especialmente en lo que se refiere a la defensa común de sus productos y

materias primas. Asimismo, propenderá a la efectiva complementación de sus servicios públicos.

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ORIENTACION DEL COMERCIO EXTERIOR POR EL ESTADO

Artículo 50.- El Estado orientará el comercio exterior de la República, protegiendo las

actividades productivas cuyo destino sea la exportación o que reemplacen bienes de importación.

La ley promoverá las inversiones destinadas a este fin, y encauzará preferentemente con este

destino el ahorro público.

CONTRALOR DE LOS COMERCIOS O INDUSTRIAS TRUSTIFICADAS

Toda organización comercial o industrial trustificada estará bajo el contralor del Estado.

PROMOCION DEL DESARROLLO REGIONAL Y EL BIENESTAR GENERAL MEDIANTE EL

IMPULSO DE POLITICAS DE DESCENTRALIZACION

Asimismo, el Estado impulsará políticas de descentralización, de modo de promover el desarrollo

regional y el bienestar general.

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HOMOLOGACION DE TARIFAS DE LAS EMPRESAS

CONCESIONARIAS DE SERVICIOS PUBLICOS

C. Artículo 51.- El Estado o los Gobiernos Departamentales, en su caso, condicionarán a su

homologación, el establecimiento y la vigencia de las tarifas de servicios públicos a cargo de

empresas concesionarias.

PROHIBICION DE LAS CONCESIONES A PERPETUIDAD

Las concesiones a que se refiere este artículo, no podrán darse a perpetuidad en ningún

caso.

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PROHIBICION Y SANCION DE LA USURA

Artículo 52.- Prohíbese la usura. Es de orden público la ley que señale límite máximo al interés

de los préstamos. Esta determinará la pena a aplicarse a los contraventores.

PROHIBICION DE PRIVACION DE LA LIBERTAD POR DEUDAS

Nadie podrá ser privado de su libertad por deudas.

CONTROL DE LA CONCESION DE MONOPOLIOS

Artículo 85.- A la Asamblea General compete:

17) Conceder monopolios, requiriéndose para ello dos tercios de votos del total de

componentes de cada Cámara. Para instituirlos en favor del Estado o de los Gobiernos

Departamentales, se requerirá la mayoría absoluta de votos del total de componentes de cada

Cámara

.

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REFERENCIAS LEGALES SOBRE EL DESARROLLO

Las referencias legales más importantes se encuentran en:

1°) La Ley de Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas, N° 17234 de

22.II.2000

2°) La Ley de protección del medio ambiente, Nº 17283 de 28.XI.2000

3°) La Ley que regula el ordenamiento territorial y el desarrollo sostenible, N°18308 de 18.VI.2008 -

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PRINCIPIOS DE RIO SOBRE EL DESARROLLO (1992)

PRINCIPIO 3 - El derecho al desarrollo debe ejercerse en forma tal, que responda equitativamente a las

necesidades de desarrollo y ambientales de las generaciones presentes y futuras.

PRINCIPIO 4 - A fin de alcanzar el desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente deberá constituir

parte integrante del proceso de desarrollo y no podrá considerarse en forma aislada.

PRINCIPIO 8 - Para alcanzar el desarrollo sostenible y una mejor calidad de vida para todas las personas, los

Estados deberían reducir y eliminar las modalidades de producción y consumo insostenibles y fomentar

políticas demográficas apropiadas.

PRINCIPIO 20 - Las mujeres desempeñan un papel fundamental en la ordenación del medio ambiente y en el

desarrollo. Es, por tanto, imprescindible contar con su plena participación para lograr el desarrollo sostenible.

PRINCIPIO 21 - Debería movilizarse la creatividad, los ideales y el valor de los jóvenes del mundo para forjar

una alianza mundial orientada a lograr el desarrollo sostenible y asegurar un mejor futuro para todos.

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Agricultura Demográfica Fomento de la capacidadPequeños Estados Insulares en

Desarrollo

Agua Dulce Derecho Internacional Grupos PrincipalesPlanificación y ordenación de las

tierras

Arreglos institucionales Desarrollo Sostenible del Turismo Indicadores Pobreza

Asentamientos Humanos Desertificación y sequía IndustriaProcesos integrados de adopción de

decisiones

Atmósfera Desechos peligrososInformación para la adopción de

decisiones y la participaciónProductos químicos tóxicos

Biotecnología Desechos radiactivos La educación y la concienciación Residuos sólidos

Bosques Diversidad BiológicaLa reducción y la gestión de los desastres Salud

Cambio climático EnergíaModalidades de consumo y

producciónSaneamiento

CienciaEstrategia nacional de desarrollo

sostenible *Montañas Tecnología

Comercio y medio ambiente Finanzas Océanos y mares Transporte

Cooperación internacional para

crear un entorno propicio

CUADRO ALFABETICO DE TEMAS COMPRENDIDOS EN EL DESARROLLO SOSTENIBLE

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DESARROLLO

SOSTENIBLE

Y

CALIDAD DE

VIDA

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ETAPAS

MAS

IMPORTANTES

DEL

PROCESO

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ANALISIS DE

LA INFORMACION

DIAGNOSTICOS

Y PLANES

DE ACCION

Y DE

SEGUIMIENTO

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LINEAS

ESTRATEGICAS,

PROGRAMAS,

PROYECTOS

Y

ACCIONES

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LINEAS

ESTRATEGICAS

DE UN

PLAN DE ACCION

DE UNA

AGENDA LOCAL

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ORIGEN Y EVOLUCION DEL DESARROLLO SOSTENIBLE

•1968 - Creación del CLUB DE ROMA, que reúne personalidades que ocupan puestos relativamente

importantes en sus respectivos países y que busca la promoción de un crecimiento económico estable y

sostenible de la humanidad. El Club de Roma tiene, entre sus miembros a importantes científicos (algunos

premios Nobel), economistas, políticos, jefes de estado, e incluso asociaciones internacionales.

•1972 - El Club de Roma publica el informe LOS LÍMITES DEL CRECIMIENTO, preparado a petición suya

por un equipo de investigadores de Instituto Tecnológico de Massachusetts. En este informe se presentan los

resultados de las simulaciones por ordenador de la evolución de la población humana sobre la base de la

explotación de los recursos naturales, con proyecciones hasta el año 2100.

Demuestra que debido a la búsqueda del crecimiento económico durante el siglo XXI se produce una drástica

reducción de la población a causa de la contaminación, la pérdida de tierras cultivables y la escasez de

recursos energéticos.

16 de junio de 1972 - Conferencia sobre Medio Humano de las Naciones Unidas (Estocolmo). Es la primera

Cumbre de la Tierra. Se manifiesta por primera vez a nivel mundial la preocupación por la problemática

ambiental global.

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1980 - La Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) publicó un informe titulado

ESTRATEGIA MUNDIAL PARA LA CONSERVACIÓN DE LA NATURALEZA Y DE LOS RECURSOS

NATURALES, donde se identifican los principales elementos en la destrucción del hábitat: pobreza, presión

poblacional, inequidad social y términos de intercambio del comercio.

1981 - INFORME GLOBAL 2000 realizado por el Consejo de Calidad Medioambiental de Estados Unidos.

Concluye que la biodiversidad es un factor crítico para el adecuado funcionamiento del planeta, que se

debilita por la extinción de especies.23

1982 - CARTA MUNDIAL DE LA ONU PARA LA NATURALEZA. Adopta el principio de respeto a toda forma

de vida y llama a un entendimiento entre la dependencia humana de los recursos naturales y el control de su

explotación.

1982 - Creación del INSTITUTO DE RECURSOS MUNDIALES (WRI)24 en EE. UU. con el objetivo de

encauzar a la sociedad humana hacia formas de vida que protejan el medio ambiente de la Tierra y su

capacidad de satisfacer las necesidades y aspiraciones de las generaciones presentes y futuras.

1984 - Primera reunión de la COMISIÓN MUNDIAL SOBRE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO, creada

por la Asamblea General de la ONU en 1983, para establecer una agenda global para el cambio.

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1987 - INFORME BRUNDTLAND Nuestro Futuro Común, elaborado por la Comisión Mundial sobre Medio

Ambiente y Desarrollo - Formaliza por primera vez el concepto de desarrollo sostenible.4 , 5

Del 3 al 14 de junio de 1992 - Se celebra la CONFERENCIA DE LA ONU SOBRE MEDIO AMBIENTE Y

DESARROLLO (Segunda "Cumbre de la Tierra")25 en Río de Janeiro, donde nace la Agenda 21, se aprueban

el Convenio sobre el Cambio Climático, el Convenio sobre la Diversidad Biológica (Declaración de Río)26 y la

Declaración de Principios Relativos a los Bosques.

Se empieza a dar amplia publicidad del término desarrollo sostenible al público en general.

Se modifica la definición original del Informe Brundtland, centrada en la preservación del medio ambiente y el

consumo prudente de los recursos naturales no renovables, hacia la idea de "tres pilares" que deben

conciliarse en una perspectiva de desarrollo sostenible: el progreso económico, la justicia social y la

preservación del medio ambiente.

1993 - V PROGRAMA DE ACCIÓN EN MATERIA DE MEDIO AMBIENTE DE LA UNIÓN EUROPEA: Hacia

un desarrollo sostenible. Presentación de la nueva estrategia comunitaria en materia de medio ambiente y de

las acciones que deben emprenderse para lograr un desarrollo sostenible, correspondientes al período 1992-

2000.

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27 de mayo de 1994 - CARTA DE AALBORG - Primera Conferencia de Ciudades Europeas Sostenibles.

Aalborg (Dinamarca).

8 de octubre de 1996 - Segunda Conferencia de Ciudades Europeas Sostenibles. El PLAN DE ACTUACIÓN

DE LISBOA: de la Carta a la acción

11 de diciembre de 1997 - Se aprueba el PROTOCOLO DE KIOTO de la Convención Marco de las Naciones

Unidas sobre el Cambio Climático, el cual entra en vigor en 2005.

29 de Junio de 2000 - Lanzamiento de la CARTA DE LA TIERRA.

2000 - Tercera Conferencia de Ciudades Europeas Sostenibles. La DECLARACIÓN DE HANNOVER DE

LOS LÍDERES MUNICIPALES EN EL UMBRAL DEL SIGLO XXI

2001 - VI Programa de Acción en Materia de Medio Ambiente de la Unión Europea. Medio ambiente 2010:

el futuro en nuestras manos. Definir las prioridades y objetivos de la política medioambiental de la Comunidad

hasta y después de 2010 y detallar las medidas a adoptar para contribuir a la aplicación de la estrategia de la

Unión Europea en materia de desarrollo sostenible.

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Del 26 de agosto al 4 de septiembre de 2002 - Conferencia Mundial sobre Desarrollo Sostenible ("Río+10",

Cumbre de Johannesburgo), donde se reafirmó el desarrollo sostenible como el elemento central de la

Agenda Internacional y se dio un nuevo ímpetu a la acción global para la lucha contra la pobreza y la

protección del medio ambiente.

Se reunieron más de un centenar de jefes de Estado, varias decenas de miles de representantes de

gobiernos, organizaciones no gubernamentales e importantes empresas para ratificar un tratado de adoptar

una posición relativa a la conservación de los recursos naturales y la biodiversidad.

Febrero de 2004. La séptima reunión ministerial de la Conferencia sobre la Diversidad Biológica concluyó

con la Declaración de Kuala Lumpur, que ha creado descontento entre las naciones pobres y que no satisface

por completo a las ricas. La Declaración de Kuala Lumpur deja gran insatisfacción entre los países. Según

algunas delegaciones, el texto final no establece un compromiso claro por parte de los estados

industrializados para financiar los planes de conservación de la biodiversidad.

8 de mayo de 2004 - Ciudades y Gobiernos Locales Unidos aprueba una Agenda 21 de la cultura que

relaciona los principios del desarrollo sostenible de la Agenda 21 con las políticas culturales.

2004 - Conferencia Aalborg + 10 - Inspiración para el futuro. Llamamiento a todos los gobiernos locales y

regionales europeos para que se unan en la firma de los Compromisos de Aalborg y para que formen parte de

la Campaña Europea de Ciudades y Pueblos Sostenibles.

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2005 - Entrada en vigor del Protocolo de Kioto sobre la reducción de las emisiones de gases de efecto

invernadero.

11 de enero de 2006 - Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre una

Estrategia temática para el medio ambiente urbano.

Es una de las siete estrategias del Sexto Programa de Acción en materia de Medio Ambiente de la Unión

Europea, elaborada con el objetivo de contribuir a una mejor calidad de vida mediante un enfoque integrado

centrado en las zonas urbanas y de hacer posible un alto nivel de calidad de vida y bienestar social para los

ciudadanos proporcionando un medio ambiente en el que los niveles de contaminación no tengan efectos

perjudiciales sobre la salud humana y el medio ambiente y fomentando un desarrollo urbano sostenible.34

2007 - Cumbre de Bali que busca redefinir el Protocolo de Kioto y adecuarlo a las nuevas necesidades

respecto al cambio climático.

Con la intervención de Ministros de Medio Ambiente de la mayoría de los países del mundo; pero EEUU y

China (principales emisores y contaminantes del planeta) se niegan a suscribir los compromisos.