6 tesis keiko chisaka conclusiones

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4. Conclusiones y recomendaciones.-

A partir del análisis realizado en la presente investigación, sobre las formas de acceso, tenencia y

propiedad de la tierra en la comunidad de San Isidro, Subcentral Piusilla del Municipio de

Morochata, podemos arribar a las siguientes conclusiones:

4.1.1. La organización productiva de la economía campesina, se basa en la concepción del

territorio como una unidad, en la cual se realizan el conjunto de actividades que permiten la

producción y reproducción del ciclo productivo de la misma, así como la reproducción de

las estrategias de producción y reproducción de las Unidades Familiares de Producción y

Consumo.

A partir de esta concepción del territorio como una unidad, es que se estructura un complejo

orden normativo de origen ancestral que permite el manejo tempo espacial del sistema

productivo que contempla aspectos naturales tales como la ubicación de los espacios

productivos en función de la calidad, cantidad, disponibilidad de la tierra y recursos

naturales y la organización de los procesos productivos en el tiempo.

4.1.2. El sistema normativo de las comunidades campesinas, denominado “usos y costumbres”,

supone la organización y control de los recursos naturales para la producción; la

organización de los recursos sociales para la reproducción de la comunidad y cumple

funciones ideológico-culturales generando sentido de identidad y pertenencia.

Los usos y costumbres, respecto a los recursos naturales, se encuentran basados en la

propiedad colectiva y la tenencia familiar individual, de manera complementaria e

interdependiente.

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4.1.3. En cuanto a formas de acceso a la tierra en la comunidad de San Isidro, podemos identificar

las siguientes: herencia; compra; arriendo de tierras, contratos de trabajo “en compañía” o

“al partido”; y los acuerdos intercomunales de acceso a tierras de manejo colectivo.

La herencia es definida de manera familiar, bajo los siguientes criterios generales: mayor

cantidad al hijo menor, responsable de cuidar a sus padres y menor cantidad a la hija que

accederá a los terrenos de su pareja.

La compra – venta así como el arriendo de tierras son permitidos exclusivamente entre

miembros de la comunidad, supone: la comunicación y registro de la transacción y la

afiliación al Sindicato Agrario, y el cumplimiento de trabajos y otras obligaciones

comunales por parte del nuevo propietario o arrendatario.

Los acuerdos de trabajo “en compañía” o “al partido”, implican que una de las partes aporta

el terreno y la semilla y la otra la fuerza de trabajo, dividiendo la producción en partes

iguales.

4.1.4. Todas estas formas de acceso, se encuentran subordinadas a la concepción del territorio

como unidad productiva; por tanto, existen limitaciones destinadas a evitar la

fragmentación extrema y la transferencia de las parcelas a personas extrañas a la

comunidad. Todo acceso, tenencia y propiedad de las parcelas suponen la transferencia de

ciertos deberes y responsabilidades de cada uno de los titulares con la organización

comunal, por lo que deben ser aprobadas por la comunidad.

4.1.5. Las formas de tenencia de la tierra en la comunidad de San Isidro son: familiar – individual

y colectiva. Cuando las parcelas se encuentran en zonas de manejo colectivo: serranía, wata

tarpuy, temporal, se definen colectivamente los lugares, actividades, tiempo de siembra y

los trabajos comunales, que constituyen acuerdos de cumplimiento obligatorio. as parcelas

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familiares ubicadas en las zonas de riego, se encuentran sujetas a la decisión particular de

cada unidad familiar.

4.1.6. Las formas de propiedad existentes en la Comunidad de San Isidro, son solar campesino,

pequeña propiedad y mediana propiedad, mediante títulos emitidos en 1959. Actualmente la

comunidad está en proceso de tramitación conjunta, con otras centrales campesinas de la

provincia, del título de propiedad como Tierra Comunitaria de Origen TCO.

4.1.7. En cuanto a las formas de manejo comunal de la tierra en la comunidad de San Isidro,

podemos identificar las siguientes: el sistema de aynoqas, que permite el manejo tempo

espacial del territorio como unidad productiva, basado en el manejo vertical de pisos

ecológicos y la rotación de cultivos, con el objetivo de preservar la fertilidad de la tierra.

Otra de las formas es el manejo y mantenimiento de áreas colectivas destinadas al pastoreo

y el manejo de recursos forestales, con especial cuidado en la preservación de las especies

nativas.

4.1.8. A 8 años de la promulgación de la Ley INRA y mas de 50 años de la promulgación de la

Ley de Reforma Agraria, las políticas publicas en materia agraria aplicadas en nuestro país

no han logrado cumplir sus objetivos: no han solucionado el problema de la mala

distribución de la tierra, no existen derechos de propiedad claramente definidos, no se ha

creado un mercado de tierras. Por el contrario la creación de la Superintendencia Agraria ha

generado el surgimiento de conflictos por superposición de derechos de uso entre los

habitantes de las comunidades y los inversionistas privados.

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4.1.9. Los habitantes de la comunidad de San Isidro Piusilla, sobre todo las nuevas generaciones,

pese a practicar formas que les permiten mantener su ciclo productivo, se encuentran

enfrentando un proceso de escasez de tierras, que impiden el acceso a condiciones

necesarias para garantizar su desarrollo como unidad territorial y productiva, así como el

mantenimiento de las formas ancestrales de manejo del territorio.

4.1.10. El crecimiento poblacional de las futuras generaciones se encuentra enfrentado a un nuevo

problema: la extremada parcelación de las tierras las hace insuficientes para garantizar la

reproducción de las unidades familiares de producción y consumo, que por su condición de

poseedores legales son dueños de las tierras que trabajan, sin embargo la imposibilidad de

titularlas en extensiones menores a la pequeña propiedad no permite su desarrollo como

pequeños productores.

4.1.11. Los usos y costumbres de las comunidades se encuentran en la lógica de preservar las

condiciones necesarias para la reproducción de las Unidades Familiares de Producción y

Consumo que componen la comunidad, garantizando el uso de los recursos naturales

existentes en el territorio de manera racional y sostenible.

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4.2. Recomendaciones

4.2.1. La normativa comunal, ejercida por las comunidades campesinas, debe ser rescatada por el

derecho positivo, lo que permitiría achicar la contradicción existente entre la norma formal,

establecida desde el Estado, basada en el paradigma de la tierra como mercancía y los

patrones de conducta reales y efectivos desarrollados por las comunidades, basados en el

paradigma de la tierra como medio de vida.

4.2.2. El gobierno debe formular y aplicar políticas agrarias que incorporen la propiedad

colectiva, y formas alternativas de acceso a los factores productivos no vinculadas a la

propiedad privada, como un medio para mejorar las condiciones de distribución de la tierra

en cuanto a calidad y cantidad, ampliando las oportunidades de acceso, tenencia y

propiedad de los recursos naturales.

4.2.3. El diseño de las políticas públicas debe contar con la participación de los actores sociales:

comunidades campesinas, sector privado y gobierno, para evitar los conflictos emanados de

los intereses antagónicos sobre la gestión de la tierra y los recursos naturales, reconociendo

no sólo en papeles, sino con hechos, el derecho de las comunidades campesinas a participar

en la gestión de la tierra y el territorio.