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519 SEGUNDA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2013 - TOMO I - Diario de los Debates 6. a SESIÓN (MATINAL) 10-4-2014 - Diario de los Debates 6.ª SESIÓN (Matinal) JUEVES 10 DE ABRIL DE 2014 PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES FREDY ROLANDO OTÁROLA PEÑARANDA Y JOSÉ LEÓN LUNA GÁLVEZ SUMARIO Se pasa lista.— Se abre la sesión.— Se suscitan intervenciones sobre diversos temas fuera de agenda.— Se aprueba el texto sustitutorio contenido en el dictamen de la Comisión de Defen- sa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas, en virtud del cual se propone la Resolución Legislativa que autoriza el ingreso de personal militar extran- jero al territorio de la República, de acuerdo con el Programa de Actividades Operacionales de las Fuerzas Armadas del Perú con Fuerzas Armadas Extranjeras correspondiente al mes de abril de 2014.— Se sanciona el proyecto de resolución legisla- tiva contenido en el dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, en virtud del cual se aprueba el “Acuerdo Sede entre la República del Perú y el Fondo Internacional de Desa- rrollo Agrícola (FIDA) con respecto al Establecimiento de su Oficina en el Perú”.— Se aprueba en segunda votación el texto sustitutorio contenido en el dictamen de la Comisión de Tra- bajo y Seguridad Social, en virtud del cual se propone la Ley del ejercicio profesional del nutricionista.— Se aprueba en primera votación el texto sustitutorio contenido en el dictamen por unanimidad de la Comisión Agraria, en virtud del cual se propone la Ley que modifica el Decreto Legislativo 1059, Ley General de Sanidad Agraria; y a continuación se acuerda exo- nerarlo de segunda votación.— Se aprueban las siguientes mociones de saludo: a los economistas del Perú, al conmemo- rarse el Día del Economista; a los arqueólogos del Perú, al conmemorarse el Día del Arqueólogo Peruano; y al distrito de Yanque, provincia de Caylloma, departamento de Arequipa, con motivo de celebrarse el centésimo cuadragésimo octavo aniversario de su creación política.— Previo debate, y a pedido

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6.a SeSión (matinaL) 10-4-2014 - Diario de los Debates

6.ª SESIÓN (Matinal)

JUEVES 10 DE ABRIL DE 2014

PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES FREDY ROLANDO OTÁROLA PEÑARANDA

Y

JOSÉ LEÓN LUNA GÁLVEZ

SUMARIOSe pasa lista.— Se abre la sesión.— Se suscitan intervenciones sobre diversos temas fuera de agenda.— Se aprueba el texto sustitutorio contenido en el dictamen de la Comisión de Defen-sa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas, en virtud del cual se propone la Resolución Legislativa que autoriza el ingreso de personal militar extran-jero al territorio de la República, de acuerdo con el Programa de Actividades Operacionales de las Fuerzas Armadas del Perú con Fuerzas Armadas Extranjeras correspondiente al mes de abril de 2014.— Se sanciona el proyecto de resolución legisla-tiva contenido en el dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, en virtud del cual se aprueba el “Acuerdo Sede entre la República del Perú y el Fondo Internacional de Desa-rrollo Agrícola (FIDA) con respecto al Establecimiento de su Oficina en el Perú”.— Se aprueba en segunda votación el texto sustitutorio contenido en el dictamen de la Comisión de Tra-bajo y Seguridad Social, en virtud del cual se propone la Ley del ejercicio profesional del nutricionista.— Se aprueba en primera votación el texto sustitutorio contenido en el dictamen por unanimidad de la Comisión Agraria, en virtud del cual se propone la Ley que modifica el Decreto Legislativo 1059, Ley General de Sanidad Agraria; y a continuación se acuerda exo-nerarlo de segunda votación.— Se aprueban las siguientes mociones de saludo: a los economistas del Perú, al conmemo-rarse el Día del Economista; a los arqueólogos del Perú, al conmemorarse el Día del Arqueólogo Peruano; y al distrito de Yanque, provincia de Caylloma, departamento de Arequipa, con motivo de celebrarse el centésimo cuadragésimo octavo aniversario de su creación política.— Previo debate, y a pedido

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Segundo.— Transcribir la presente moción a la señora Diana Álvarez Calderón Gallo, ministra de Cultura; y al señor Rómulo Pari Flores, deca­no del Colegio Profesional de Arqueólogos del Pe­rú; y, por su intermedio, hacerla extensiva a to­dos los profesionales arqueólogos de nuestro país.

Lima, 9 de abril de 2014.”

“El Congreso de la República;

Acuerda:

Primero.— Saludar al distrito de Yanque, pro­vincia de Caylloma, departamento de Arequipa, con motivo de celebrarse el 10 de abril de 2014 el centésimo cuadragésimo octavo aniversario de su creación política.

Segundo.— Transcribir la presente moción al señor Ramón Nonato Cayllahua Cayllahua, al­calde de la Municipalidad Distrital de Yanque; y, por su intermedio, hacerla extensiva a las auto­ridades civiles y políticas, y en especial a la po­blación del referido distrito.

Lima, 4 de abril de 2014.”

Previo debate, y a pedido del presidente de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazóni-cos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología, ingresa a un cuarto intermedio el texto sustitutorio contenido en el dictamen en mayoría de la referida Comisión, en virtud del cual se propone la Ley de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— El siguiente proyecto.

El RELATOR da lectura:

Dictamen de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología, recaído en los Proyectos de Ley 786/2011­CR, 1755/2012­CR y 2629/2013­CR, en virtud del cual se propone la Ley de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos.*

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Se va a iniciar la sus­tentación del dictamen en mayoría de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología, recaído en los Proyectos de Ley 786, 1755 y 2629, por el que se propone la Ley de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos.

Tiene el uso de la palabra el congresista Valqui Matos, presidente de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología, hasta por diez minutos.

El señor VALQUI MATOS (GPFP).— Gracias, Presidente.

Voy a utilizar el ecran. Por favor, solicito su autorización.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Por favor, proceda, congresista Valqui.

El señor VALQUI MATOS (GPFP).— Señor Presidente, colegas congresistas: El dictamen que paso a sustentar en esta oportunidad es de suma importancia porque va a servir como instrumento a presentar en el evento sobre Cambio Climático que se realizará en el país, del 1 al 12 de diciembre del presente año, y que contará con la presencia de más de 1 500 expertos de todo el mundo.

Las iniciativas legislativas que motivan el presente dictamen son de la autoría de los congresistas Yrupailla, Gamarra y de mi persona.

Hemos recibido opiniones del Ministerio del Ambiente, del Ministerio de Agricultura y Riego y de todas las instituciones públicas y privadas, conforme se aprecia en el dictamen, con impor­tantes sugerencias que han sido incorporadas en el texto sustitutorio que será materia de debate.

Como marco normativo nacional, se ha tenido en cuenta la Constitución Política del Perú, la Ley orgánica para el aprovechamiento sosteni­ble de los recursos naturales, la Ley General del Ambiente, la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, los decretos legislativos 1013 y 1085, el Decreto Supremo 012­2009­MINAM, entre otras normas.

Como marco normativo internacional, hemos con­siderado el Convenio sobre la Diversidad Biológica, la Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo, los Objetivos del Milenio formulados por la Organización de las Naciones Unidas y los tratados y declaraciones internacionales suscritos por el Estado peruano en materia ambiental.

La Evaluación de los Ecosistemas del Milenio (EEM) establece que la vida y el bienestar de las personas dependen de los ecosistemas de la Tierra, como el marino, los bosques y las mon­tañas, y de los servicios que estos generan, como

* El texto del documento obra en los archivos del Congreso de la República.

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los alimentos, agua, madera, vegetación, suelo, belleza paisajística, entre otros.

Según la EEM, en los últimos 50 años los seres humanos han transformado los ecosistemas más rápido que en ningún otro periodo de la historia humana, esto en gran medida para resolver las demandas crecientes de alimentos, agua, madera, fibra, combustible, entre otros.

La EEM ha identificado tres problemas principa­les relacionados con la gestión de los ecosistemas en el mundo, los cuales están causando perjuicios importantes a las personas; estos problemas son:

—La degradación de los servicios ecosistémicos.

—Las transformaciones que se han hecho en los ecosistemas están ocasionando cambios acele­rados, abruptos y potencialmente irreversibles.

—La degradación de los servicios de los ecosis­temas está contribuyendo al aumento de las diferencias entre los grupos de personas.

Por otro lado, la EEM ha concluido en lo siguiente:

—Si no se abordan estos problemas se disminui­rán considerablemente los beneficios que las ge­neraciones venideras obtengan de los ecosistemas.

—La degradación de los servicios de los eco­sistemas podría empeorar durante la primera mitad del presente siglo y ser un obstáculo para la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio.

—El desafío de revertir la degradación de los eco­sistemas y al mismo tiempo satisfacer las mayores demandas de sus servicios puede ser resuelto si se introducen cambios significativos en las políticas, instituciones y prácticas de los países.

¿Cuál es el objetivo de las iniciativas y su relación con las políticas ambientales? Las iniciativas tienen por objeto promover, regular y supervisar los mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos que se deriven de acuerdos voluntarios entre personas naturales y jurídicas o entre ellas, con la finalidad de asegurar la perma­nencia de estos servicios en el tiempo, a través de acciones de conservación, recuperación y manejo sostenible de los ecosistemas.

Esta postura legislativa, señor Presidente y co­legas congresistas, se encuentra alineada con el Acuerdo Nacional y con la Política Nacional del Ambiente.

¿Qué son los servicios ambientales o ecosistémi­cos? La literatura especializada señala que los servicios ambientales son funciones que brindan los ecosistemas, de los cuales se desprenden bene­ficios sociales, económicos y ambientales para la comunidad local, nacional e internacional.

De otra parte, existe la necesidad de valorar económicamente el medio ambiente con el fin de volver evidente y hacer más tangible la impor­tancia del mismo.

¿Cuáles son los mecanismos de retribución de los servicios ecosistémicos? El interés principal se ha centrado en cuatro de ellos por ser estos los más reconocidos, debido a que hay mayor experiencia. Estos son: fijación de carbono, protección de la biodiversidad, provisión de servicios hidrológicos y mantenimiento de la belleza paisajística.

Los mecanismos de retribución por servicios eco­sistémicos son parte de un nuevo enfoque de con­servación que reconoce explícitamente la necesidad de crear un vínculo entre aquellos que coadyuvan a la conservación de los ecosistemas naturales y los usuarios de los servicios que estos generan.

Uno de los principales servicios que nos brindan los ecosistemas es el agua. Hay que tener en cuen­ta y tomar conciencia de que la destrucción de los bosques y ecosistemas naturales, la pérdida de glaciares, el crecimiento poblacional, la migración a las ciudades y la agricultura, están reduciendo las reservas de agua en el mundo.

Tenemos una experiencia exitosa en el Perú. En la región San Martín, en Moyobamba, existe la campaña “Orgullo para la conservación de las microcuencas Rumiyacu y Mishquiyacu”. Los comuneros de estas microcuencas asumen el compromiso de cuidar las cuencas y los bosques aledaños en defensa de los recursos hídricos y su cabal mantenimiento.

Por otro lado, el mecanismo de compensación que opera en Moyobamba es un modelo de gestión, de conservación, donde los usuarios del agua realizan el aporte voluntario mensual de un nuevo sol a través del recibo de agua, dinero que es invertido en la reforestación de las nacientes.

Existe un comité gestor conformado por repre­sentantes de instituciones públicas y privadas, que vigila que los fondos sean invertidos en las microcuencas.

De aprobase esta ley, señor Presidente, se de­sarrollará el artículo 94 de la Ley General del

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Ambiente, por cuanto se define el ámbito de aplicación y competencia, los intervinientes, los elementos y modalidades de los mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos, el registro de inscripción de estos mecanismos, el rol del Estado, del Ministerio del Ambiente y de los go­biernos regionales y locales, entre otros aspectos que resultan de importancia.

La legislación comparada sobre esta materia es relativamente nueva y muy dispersa.

La expresión más avanzada se encuentra en La­tinoamérica y el Caribe, siendo Brasil, Colombia, Costa Rica, Ecuador, México y Panamá los países que cuentan con niveles de experiencia exitosos en esta materia.

Señor Presidente, la Comisión de Pueblos An­dinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología solicita la aprobación de los Proyectos de Ley 786, 1755 y 2629, con el texto sustitutorio que se ha distribuido a todos los colegas presentes, porque, reitero, esta norma será el instrumento que presentemos en el certamen sobre Cambio Climático que se realizará en nuestro país en diciembre próximo.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Concluida la susten­tación, se da inicio al debate.

Tiene el uso de la palabra el congresista Casio Huaire.

El señor HUAIRE CHUQUI-CHAICO (PP).— Muchas gracias, señor Presidente.

Colegas, realmente es necesario que este dictamen sea aprobado, pero hay algunas cosas que antes debemos comentar.

En el siglo xx, Arthur Pigou diseñó una herra­mienta llamada “impuestos pigouvianos”, como un reconocimiento a los beneficios y costos externos que las diversas actividades humanas generan al ambiente.

Asimismo, en 1958 Ronald Coase analiza el costo social con el famoso costo de la transacción cero. ¿Qué significa esto? Que las partes afectadas y beneficiarias se pongan de acuerdo y que los de­rechos de propiedad estén bien definidos.

Es decir, que la propiedad de los bosques, lagos, lagunas y cuencas hidrográficas tienen que estar asignadas correctamente en términos legales, tanto al Estado como al sector privado, y de esta manera el valor económico de los servicios ecosis­témicos serán reconocidos e internacionalizados por los beneficiarios como por los que contribuyen a la generación de estos servicios ecosistémicos.

Como se puede deducir, existe una clara falla del mercado, toda vez que los servicios ecosistémicos caen en la no rivalidad y en la no exclusión de uso por personas.

Por ejemplo, respirar aire puro como consecuencia de contar con un bosque natural, nadie nos puede excluir de su consumo; tampoco existe un precio, por lo que no existe, en otras palabras, rival o competencia, que sí es propio de los bienes y ser­vicios privados. Por eso, donde el catastro rural sea compatible y complementario con el catastro de servicios ambientales es necesario la intervención del Estado. En esto tendrán que intervenir Sernanp y Sunarp, que juegan un papel importante.

Por tal motivo, señor Presidente, sugiero que en el artículo 6, inciso a), se agregue la frase “arti­culación y compatibilidad y complementariedad catastral”. Es decir, el inciso a) quedaría como sigue:

“a) Caracterización de la estructura y función del ecosistema, del servicio ecosistémico, la fuente, la funcionalidad y la condición actual, promoviendo su articulación y compatibilidad y complementa­riedad catastral”.

Es decir, los catastros deben estar bien definidos. En este caso, los catastros, estando definidos, pueden verse mejor…

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Continúe, congresista Huaire.

El señor HUAIRE CHUQUICHAICO (PP).— Concluyo, señor Presidente, señalando que esta ley va a beneficiar a todas las personas del lugar donde se generen estos servicios ecosistémicos y que estamos a favor de su aprobación, sobre todo en estas épocas de amenazantes cambios climatológicos.

Gracias, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Tiene el uso de la pa­labra el congresista Bardález.

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El señor BARDÁLEZ COCHAG-NE (GPFP).— Gracias, señor Presidente.

Por su intermedio, un saludo a toda la Representación Nacional.

Este proyecto es muy importante y, como bien lo ha dicho el presidente de la Comisión, se ha recogido del modelo que se viene realizando en la ciudad de Moyobamba, en la región San Martín.

Se trata de un modelo planificado de acuerdo a los beneficios que brindan los bosques, los bene­ficiarios directos y los beneficiarios indirectos. Lo que debemos hacer es, precisamente, buscar el equilibrio de estos beneficios a través de mecanis­mos. Esos mecanismos han dado como resultado que en la ciudad de Moyobamba tengamos estos servicios ecosistémicos como un pago o retri­bución, más que todo, a los servicios indirectos que tiene el bosque, como con la producción de agua. El agua se recoge y se distribuye entre la población, que es la que paga un nuevo sol. Ese nuevo sol es administrado por un grupo gestor que financia actividades en los bosques, porque en los bosques están asentadas poblaciones que tienen producción de café y otros productos como la apicultura.

Entonces, para que la actividad agrícola que se da en estos bosques no sea extensiva, se busca mejorar la productividad de las hectáreas de café; de esta forma, ese dinero o ese fondo que se recoge tiende, precisamente, a mejorar las competencias y capacidades de los productores.

Este modelo tiene resultados positivos que ya se están viviendo y se están dando; sin embargo, no se cuenta con el marco legal que garanticen los servicios ecosistémicos en la ciudad de Mo­yobamba.

Por lo tanto, saludamos la iniciativa de la Co­misión, especialmente de su presidente Néstor Valqui, de haber solicitado el debate de este proyecto de ley.

Con esta ley, iniciativas y experiencias positivas que vamos teniendo y recogiendo a nivel nacional tendrán un marco legal y podrán ser replicadas en otras ciudades.

Gracias.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Tiene el uso de la pa­labra la congresista Cordero.

La señora CORDERO JON TAY (GPFP).— Gracias, señor Presidente.

Saludo la presentación de esta ini­ciativa de mucha importancia, que servirá para el evento que, sobre

cambio climático, se va a desarrollar posterior­mente.

Pediría, señor Presidente, las modificaciones de los artículos siguientes.

En el artículo 1, objeto de la ley, se debe agregar la palabra “voluntarios”, para que quede claro que estos acuerdos se llevan a cabo a partir del con­senso al cual lleguen las partes y que de ninguna manera condiciona a alguien a una obligación que no está de acuerdo asumir.

En el artículo 13, rol de los gobiernos regionales y locales, se debe agregar la palabra “participa­tivos”, teniendo en cuenta que el presupuesto participativo es una parte de todo el presupuesto que manejan los gobiernos regionales y locales y que, además, solo puede ser gastado a través del SNIP [Sistema Nacional de Inversión Pública]. Usar el término “presupuesto participativo” estaría limitando el uso de los recursos públicos y sus formas de gasto, lo cual no es favorable al mecanismo de retribución.

En la segunda disposición complementaria final se debe retirar la palabra “privadas”, debido a que fue un error material entre el título y el contenido del artículo.

En la sexta disposición complementaria final se debe agregar “ni el otorgamiento de títulos habili­tantes, los cuales son regulados”, ya que producto de las mesas de trabajo con los representantes de las organizaciones indígenas se recibió el pedido de explicitar que la ley no otorgue títulos habili­tantes, pues podría mal interpretarse.

Muchas gracias, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Tiene el uso de la pa­labra el congresista Bedoya.

El señor BEDOYA DE VIVANCO (PPC-APP).— Muchas gracias, señor Presidente.

Tengo algunas preocupaciones y su­gerencias que formular al presidente de la Comisión.

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Los proyectos originales fueron remitidos para opinión de diversas entidades, las que así lo hicieron. Pero, desgraciadamente, cuando se ha elaborado el texto sustitutorio aparentemente no han sido recogidas.

Así, del análisis efectuado se aprecia que, pese a las recomendaciones de entidades competentes, el proyecto ha persistido en mantener algunos errores de definiciones de términos que ya fueron señalados por el Ministerio del Ambiente en su informe alcanzado a la Comisión, en el sentido de que debería tenderse a utilizar los términos adecuados, como son “servicios ambientales” por “servicios ecosistémicos” y “compensación” por “retribución”.

Asimismo, el Osinfor, que es el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre, destaca la distinción de conceptos y se­ñala en su informe que se recomienda determinar si nuestra legislación va a tratar de igual manera a los servicios ambientales y a los servicios ecosis­témicos, considerando la definición planteada en la Ley 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre.

También tenemos que el Ministerio de Energía y Minas declara que el proyecto no es legalmente viable. Señala que en la Ley General del Ambiente ya se establece qué son los servicios ambientales y se precisa que el Estado establece mecanismos para valorizar, retribuir y mantener la provisión de dichos servicios ambientales, procurando lograr la conservación de los ecosistemas, la di­versidad biológica y los demás recursos naturales.

El Ministerio de Economía y Finanzas pide, en el informe que remite, mayor precisión y trans­parencia de la norma, ya que el proyecto de ley pretende ser una ley especial sobre mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos y debería contener una clasificación transparente y prede­cible de los servicios ambientales o ecosistémicos, como los llama el proyecto de ley, que estarán bajo el marco de esta ley.

Por esas razones, creemos que es menester que este texto regrese al seno de la Comisión, para que, atendiendo a las observaciones de los diversos organismos públicos y ministerios del Gobierno Central, se pueda pulir su redacción, pues se confunden términos y conceptos.

Obviamente, si la norma se aprueba en estos términos, señor Presidente, y existiendo las observaciones de todos estos entes públicos y ministerios, la autógrafa de ley, por muy buena intención que haya, igual será observada.

El presidente de la Comisión me pide una inte­rrupción, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Después le iba a dar el uso de la palabra al congresista Valqui; pero, bueno, puede hacer uso de la interrupción ahora.

El señor VALQUI MATOS (GPFP).— Gracias, colega Javier Bedoya.

Para precisar que la única opinión negativa recibida ha sido la del Ministerio de Energía y Minas; las

demás, de los otros ministerios e instituciones, como la del Gobierno Regional de Junín, etcétera, son favorables a esta iniciativa de ley.

Además, debo comentar que, sobre el particular, hemos realizado mesas de trabajo en el Con­greso de la República como en las diferentes instituciones.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Continúe, congresista Bedoya.

El señor BEDOYA DE VIVANCO (PPC-APP).— La congresista Luciana León me pide una segunda interrupción, señor.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Puede interrumpir la congresista León.

La señora LEÓN ROMERO (GPCP).— Gracias, señor Presi­dente.

Para sumarme a lo manifestado, de manera muy acertada, por el congresista Javier Bedoya.

Hay que tener en cuenta que con este proyecto de ley estaríamos contraviniendo el artículo 79 de la Constitución del Estado, que establece que nosotros, como Poder Legislativo, no podemos aprobar tributos con fines predeterminados, salvo por solicitud del Poder Ejecutivo, cosa que aquí no se está señalando y con lo que, obviamente, este proyecto de ley, que puede ser muy bien in­tencionado, sería observado por ir en contra de la Constitución.

Gracias, congresista Bedoya.

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El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Culmine, congresista Bedoya.

El señor BEDOYA DE VIVANCO (PPC-APP).— Culmino, señor, expresando que las opiniones que he vertido, y que mis asesores me han acercado, no tienen otro propósito que mejorar la redacción para que el proyecto no vaya a ser observado por el Ejecutivo.

Yo creo que el presidente y los integrantes de la Comisión dictaminadora debieran evaluar estas consideraciones y ver si las acogen o no.

Gracias, señor.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Tiene el uso de la pa­labra la congresista Condori.

La señora CONDORI JAHUIRA (NGP).— Gracias, señor Presi­dente.

Es saludable todo proyecto que vaya orientado a preservar nuestra naturaleza y nuestro ecosistema; sin

embargo, también tengo algunas observaciones que hacer a la iniciativa en debate.

Conforme se define a los servicios ecosistémicos, como aquellos beneficios económicos, sociales y ambientales, directos e indirectos, que las per­sonas obtienen del buen funcionamiento de los ecosistemas, tales como la regulación hídrica en cuencas, el mantenimiento de la biodiversidad, el secuestro de carbono, la belleza paisajística, la formación de suelos, la provisión de recursos genéticos, entre otros, he podido observar, en el artículo 13, por ejemplo, que involucra a los gobiernos regionales y locales, y mi preocupación gira en torno a los gobiernos locales, muchos de los cuales no tienen la especialización, lo que significa que tendrían que generar las áreas respectivas para poder apoyar esta retribución por servicios ecosistémicos.

Por otro lado, respecto a la segunda disposición complementaria final, sobre autorización a en­tidades públicas y privadas a recaudar recursos económicos, pregunto ¿cómo fiscalizamos a una entidad privada? o ¿a quién estamos beneficiando?

Además, bajo estas observaciones, y para poder hacer la retribución respectiva, ¿cómo determina­

mos la titularidad de los servicios ecosistémicos? No vaya a ser que con el tiempo este aporte vo­luntario signifique un derecho y las comunidades o los que se sientan dueños de esa titularidad puedan hacer de ello un reclamo.

Y respecto de la valoración, ¿quién determina el valor?

Son observaciones que con el mejor ánimo hago para que este proyecto no sea observado; más bien, si cabe la posibilidad de subsanar estas observaciones, considero que saldría un proyecto muchísimo mejor.

Muchas gracias, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Habiendo concluido el rol de oradores…

Perdón, tiene el uso de la palabra la congresista Verónika Mendoza.

La señora MENDOZA FRISCH (AP-FA).— Gracias, señor Presi­dente.

Había solicitado la palabra hace un momento ya.

En efecto, como lo han señalado varios congre­sistas, este año nuestro país acoge la Confe­rencia de las Partes para el Cambio Climático (COP20).

Sin embargo, más que por el hecho de tener los ojos del mundo puestos en nuestro país sobre el tema, creo que es necesario que se apruebe una norma en estos términos, considerando que nues­tro país tiene una enorme diversidad de ecosiste­mas y que, además, es sumamente vulnerable al cambio climático, tanto así que en los últimos 35 años hemos perdido el 12% del volumen de agua y el 22% del volumen de nuestros glaciares. Los cambios de clima afectan la predictibilidad de algunos sectores productivos, como el agrícola, por ejemplo, que está sometido a sequías o a lluvias demasiado intensas que afectan la economía de nuestro país, todo esto agravado por el tema de la deforestación, promovida por la tala ilegal, la minería ilegal, la contaminación, en fin, una serie de problemas que inciden en el cambio climático y el calentamiento global.

Por eso, señor Presidente, es necesario establecer mecanismos para proteger y conservar nuestros ecosistemas a través de un manejo sostenible.

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Esta norma justamente está estableciendo un mecanismo que contribuya a ello, aun cuando, por supuesto, no es suficiente y este debate tiene que servirnos para poner sobre la mesa la necesidad de implementar ya políticas de ordenamiento territorial, evaluaciones ambientales estratégicas y tantos otros programas que puedan contribuir con este objetivo de preservar los ecosistemas.

Esta iniciativa resulta sumamente importante puesto que busca, como se ha dicho, regular los mecanismos de retribución por servicios ecosis­témicos. De esta forma, quienes se beneficien de los servicios de un determinado ecosistema, por ejemplo, la producción de agua que nace en una cabecera de cuenca o en un bosque, podrán retribuir e incentivar a quienes estén cuidando ese ecosistema. Eso está claramente definido en el dictamen. Más allá de otra literatura que pueda parecer que contradice las definiciones, creo que el dictamen es lo suficientemente claro respecto a la definición de servicio ecosistémico.

También es importante precisar que no se está pretendiendo crear ningún tipo de tributo, simple­mente se está estableciendo un marco regulatorio que permita habilitar a algunas entidades, llámese gobiernos regionales, gobiernos locales, empresas prestadoras de saneamiento, etcétera, a que pue­dan promover la constitución de estos mecanismos cuya base es un acuerdo voluntario, de forma tal que no se está creando un tributo, sino que se está permitiendo el establecimiento de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos.

Me pide una interrupción el congresista Beingo­lea; con su venia, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Puede interrumpir el congresista Beingolea.

El señor BEINGOLEA DELGA-DO (PPC-APP).— Gracias, señor Presidente.

Solo para hacer una precisión. Es correcto lo que dice la congresista Mendoza en el sentido de que el

proyecto de ley define bien, aparentemente, lo que es el servicio ecosistémico. Ese no es el problema.

El problema es que hay otras normas; por ejemplo, la Ley General del Ambiente, que bajo los mismos términos habla de servicios ambientales. Y es por eso que hay opiniones, como la del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (Osinfor), que lo que nos dice es

que, como legisladores, definamos de qué estamos hablando. Esta definición corresponde a servicios ambientales, a servicios ecosistémicos, va a ser igual, no va a ser igual. Debiera, por lo menos, aclararse en la exposición de motivos si es que no se quiere entrar a la parte normativa. Pero se trata de aclarar conceptos, porque no puede haber leyes distintas que aparentemente traten sobre lo mismo con nombres diferentes.

Ese es el apunte que se está haciendo desde el Ejecutivo y que nos parece perfectamente admi­sible. Pasa simplemente no por la explicación del término, sino por determinar si esto quiere decir lo mismo que la ley anterior y, por tanto, se deroga en ese extremo, o decir simple y llanamente que se debe entender lo mismo, o cuál es la diferencia entre un concepto y otro.

Básicamente por allí apunta la observación.

Gracias, congresista.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Continúe, congresista Mendoza.

La señora MENDOZA FRISCH (AP-FA).— Gracias, Presidente.

En efecto, creo que es una pregunta que muy bien podría ser absuelta por el presidente de la Comisión, sobre la compatibilidad con otras

terminologías; pero creo que en la medida que esté claramente definido en el dictamen no quedará espacio para mayores dudas.

Presidente, nosotros consideramos que es im­portante que se apruebe esta norma para que se puedan regular y replicar algunas experiencias existentes que han sido exitosas, como el caso de Moyobamba y esta retribución por el servicio de producción de agua en determinadas comunidades de la región San Martín.

Sin embargo, también hay algunos riesgos que creo que la norma debería contribuir a regular y a prever.

Es conocido que, por ejemplo, acogiéndose al mecanismo Red de Pago de Bonos de Carbono, ha habido casos de empresas y personas que, abusivamente, han hecho firmar a comunidades campesinas y pueblos indígenas contratos con los que se vulneraban sus derechos al territorio y al uso de recursos naturales, estableciendo, por ejemplo, el uso de su territorio por cien años,

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haciéndoles firmar un contrato en inglés, que las comunidades ni siquiera entendían…

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Continúe, congresista Mendoza.

La señora MENDOZA FRISCH (AP-FA).— Por eso, Presidente, creo que es importante que se establezca claramente en la norma, en el Capítulo IV, sobre funciones del Ministerio del Ambiente, en el registro que se pretende crear de mecanismos de retribución por servicios eco­sistémicos, alguna estructura básica de cuáles son las condiciones que tienen que cubrir esos mecanismos para no convalidar ni legitimar este tipo de prácticas nefastas que también, lamenta­blemente, se han estado dando.

Por otro lado, nos parece pertinente la observación del congresista Casio Huaire en el sentido de que se incluya dentro de los requisitos del diseño del servicio ecosistémico del mecanismo de retribu­ción, la evaluación previa del tema del catastro, la titularidad de los terrenos, sobre todo cuando se trate de territorios de pueblos indígenas.

Y tiene que quedar claramente establecido que no se podrá implementar ese tipo de mecanismos en territorios de pueblos indígenas si no ha ha­bido previamente un proceso de consulta previa alrededor del uso del territorio y los recursos naturales de estos pueblos.

Presidente, creo que es pertinente y es…

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Culmine, congresista Mendoza.

La señora MENDOZA FRISCH (AP-FA).— Para concluir, Presidente.

Decía que es pertinente que se incluya en el Capí­tulo IV, en el artículo 12, sobre los mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos, algunos candados, aunque fueran generales, que luego, por supuesto, tendrán que ser precisados en el respectivo reglamento de la ley.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Tiene el uso de la pa­labra el congresista Condori.

El señor CONDORI CUSI (NGP).— Señor Presidente, me pide una interrupción el colega Hugo Carrillo.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Puede interrumpir el congresista Carrillo.

El señor CARRILLO CAVERO (NGP).— Presidente, solo para solicitar al señor presidente de la Comisión la acumulación del Proyecto de Ley 920/2011­CR, que propone la Ley de reconocimiento de los derechos ambientales de las

comunidades campesinas de Huaytará y Castro­virreyna por el uso de los recursos hídricos de su territorio.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Continúe, congresista Condori.

El señor CONDORI CUSI (NGP).— Señor Presidente, el proyecto de ley en debate es muy positivo, en el sentido de que debe­mos apoyar el desarrollo sostenible, el desarrollo sustentable y el desa­rrollo amigable con la naturaleza.

Sin embargo, hay la necesidad de precisar, con mayor claridad y contundencia, los conceptos. No es lo mismo “servicios ambientales” que “servicios ecosistémicos”.

Los servicios ambientales por lo general son pro­porcionados por la naturaleza de forma gratuita, por lo que si alguien pretende aprovecharse de esos servicios gratuitos que da la naturaleza creo que sería incorrecto. Lo que corresponde más bien es alcanzar mecanismos para dar incentivos a los que conservan de forma prístina la naturaleza y promueven el desarrollo sostenible, y desincen­tivos a quienes hacen producción de forma de economía en escala.

Tal vez aplicar ya con mayor intensidad —quizás no en esta norma porque no estamos facultados para aplicar tributos e impuestos—, pero sí apli­car algunas normas y ser mucho más efectivos en aquello que dice: “El que contamina, paga”.

Entonces, debemos identificar con claridad a quien contamina. Quien depreda tiene que pagar y ese pago tiene que ir a alguien que ha sido perjudicado; pero no solamente debe pagar por el daño, sino también deberá pagar por los daños colaterales. Entonces, aquí se requiere una valoración apropiada del recurso natural, del recurso ambiental.

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Existen técnicas apropiadas y con bastante certi­dumbre de cómo se valoran los servicios ambien­tales; entonces, no es problema de valoración o no valoración, el asunto está en determinar al ente encargado de valorar, porque de poder sí se puede aproximar una valoración económica.

Entonces, esas serían las sugerencias, no sé si la presidencia de la Comisión las toma a bien, porque si se va a entender como que Economía y Finanzas está observando la norma porque se trataría de un nuevo impuesto, etcétera, podría ser objeto de observación, lo cual, a mi entender, sería tal vez el principal obstáculo de la ley.

En términos generales, normas como esta son muy positivas por cuanto posibilitan un mejor desarrollo sostenible.

Gracias, Presidente.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Habiendo concluido la rueda de oradores, tiene el uso de la palabra el congresista…

Previamente, tiene la palabra el congresista Bedoya.

El señor BEDOYA DE VIVANCO (PPC-APP).— Gracias, señor Pre­sidente. Treinta segundos nomás.

Como en mi intervención central expresé la sugerencia de que este proyecto vuelva a comisiones para

que se pula la redacción y se haga claro deslinde de la terminología —cosa que en su informe el Ministerio de Economía y Finanzas también plantea—, y como percibí del presidente de la Comisión que no coincide con este planteamiento, quiero formalizarlo; en consecuencia, solicito se consulte, como cuestión previa, la vuelta a comi­siones de este proyecto de ley.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Tiene el uso de la pa­labra el congresista Abugattás.

El señor ABUGATTÁS MAJLUF (NGP).— Muchas gracias.

Considero que no habiendo sido publicado aún el Plan Estratégico Nacional de Cambio Climático, sería un poco apresurado no compatibili­

zar los contenidos de esta norma con los acuerdos adoptados en la COP19 de París y con los que se adoptarán en la COP20 en Lima.

Por lo tanto, estando pronta la publicación del Plan Estratégico Nacional de Cambio Climático, donde se consideran todos estos temas, apoyo que el proyecto vuelva a comisiones y que se pida la información correspondiente al Ministerio del Ambiente.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Ahora sí, tiene el uso de la palabra el presidente de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología, congresista Valqui.

El señor VALQUI MATOS (GPFP).— Gracias, Presidente.

Me solicita una interrupción la congresista Luciana León.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Puede interrumpir la congresista León.

La señora LEÓN ROMERO (GPCP).— Gracias, Presidente.

Solo para indicar que Concertación Parlamentaria se suma al pedido de vuelta a comisiones de este proyecto de ley.

Consideramos que si bien la propuesta es buena, hay algunas cosas que mejorar y agregar como, por ejemplo, en la parte que se refiere a la retribución por servicios ecosistémicos y la mención de los contribuyentes. Es decir, ahí estamos hablando de un impuesto, este impuesto ¿va a ser voluntario, obligatorio? De ser obligatorio, ¿contraviene con el artículo 79 de la Constitución?

En todo caso, sugiero que eso se especifique. Va a ser importante, a la hora de la revisión del texto final, poder mejorar algunas cosas de esta índole.

Muchas gracias, Presidente.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Continúe, congresista Valqui.

El señor VALQUI MATOS (GPFP).— Gracias.

Señor Presidente, para absolver las preguntas de los colegas congresistas.

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Empezaré respondiéndole a la congresista Lucia­na León. Durante la sustentación he explicado que este va a ser un tema voluntario. También la congresista Cordero solicitó lo mismo.

Por otro lado, señalar que este es un proyecto eminentemente técnico; asimismo, decirle al congresista Bedoya que sí se han cambiado los términos de “servicios ambientales” por “servicios ecosistémicos”, de acuerdo a la Evaluación de los Ecosistemas del Milenio (EEM).

Reitero que no se está creando ningún tributo, señor Presidente.

Del mismo modo, recordar que los técnicos de los distintos ministerios, junto con los de todo el Perú, se han sentado en una mesa de trabajo para discutir este tema tan importante.

Señor Presidente, cuando el ministro del Ambiente se presentó ante la Comisión se pronunció sobre este proyecto, que consideró muy fundamental para el país.

Si me permiten, quiero mostrar el video cuando el ministro se manifiesta al respecto.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Proceda, congresista Valqui.

El señor VALQUI MATOS (GPFP).— Señor Presidente, me está solicitando una interrupción el congresista Eduardo Cabrera.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Puede interrumpir el congresista Cabrera.

El señor CABRERA GANOZA (GPFP).— Muchas gracias, señor Presidente; muchas gracias, congre­sista Valqui.

Solamente para que se agregue en el artículo 3, inciso d), sobre contribu­

yentes al servicio ecosistémico, por una razón de equidad, lo siguiente: “[…] técnicamente viables o adicionales a las funciones de los ecosistemas […]”. Entonces, el texto sería: “d) Contribuyen­tes al servicio ecosistémico. Persona natural o jurídica, pública o privada, que mediante acciones técnicamente viables o adicionales a las funciones de los ecosistemas contribuye a la conservación, recuperación y uso sostenible de las fuentes de los servicios ecosistémicos”.

Gracias.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Continúe, congresista Valqui.

El señor VALQUI MATOS (GPFP).— Señor Presidente, por favor, para que ordene y se pase el video del señor ministro cuando estaba hablando a favor de este proyecto de ley.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Procédase con el video.

—Se inicia la proyección del video.

“El señor MINISTRO DEL AMBIENTE, doctor Manuel Pulgar-Vidal Otálora.— […] y vamos, señor presidente, al último punto que considero fundamental y pido a la Comisión su pronta consideración, me refiero a la Ley de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos.

Y aquí vamos, señor presidente, a hacer un poco de historia, un poco de ponerle en con-texto. Los servicios ecosistémicos y su retribu-ción es una práctica que implica incorporar valores de la economía a los ecosistemas, porque, justamente, señor presidente, lo que se entiende que es la causa de degradación de ecosistemas, hábitat o especies, es el poco valor que las personas o las organizaciones que lo degradan le dan al recurso. Es decir, quien tala el árbol para poner una chacra es porque considera que el árbol no tiene

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valor. Quien afecta una cuenca con el fin de establecer alguna medida o alguna obra, es porque considera que dicha cuenca no tiene ningún valor en sí.

En consecuencia, señor presidente, desde hace ya varios años, probablemente estamos hablando más de diez años, se empieza a incorporar los valores de la economía para determinar que hay ciertos servicios que prestan los ecosistemas que determinan un valor. ¿Por qué? Porque el bosque captura carbono, el bosque fija suelo, el bosque man-tiene el ciclo del agua, el bosque mantiene diversidad […] disminuye el nivel de recep-tación de los rayos solares, muchos servicios que requieren ser valorados y que tienen que ser retribuidos, porque si no son retribuidos el valor se quedaría en el papel.

Igual ocurre con las cuencas. Las cuencas proveen servicios, las cuencas regulan, las cuencas generan recreación, paisaje y muchos otros valores que requieren ser retribuidos. Y por eso se crea el sistema que algunos llaman pago por servicios ambien-tales y que otros llaman compensación por servicios ecosistémicos o retribución por servicios ecosistémicos.

Es decir, si reconocemos que hay un servicio que presta el bosque o presta la cuenca o presta otro ecosistema […]”.

—Finaliza la proyección del video.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Continúe, congresista Valqui.

El señor VALQUI MATOS (GPFP).— Señor Presidente, como ustedes han escuchado al ministro del Ambiente, que es el órgano com­petente para evaluar este dictamen, el sector está de acuerdo.

El ministro ha mencionado que se trata de un ins­trumento muy importante, que va a ser mostrado, como ya dije, en el evento de Cambio Climático que se va a realizar del 1 al 12 de diciembre de 2014 en nuestro país y que contará con la parti­cipación de más de 15 000 expertos.

Señor Presidente, planteo un cuarto intermedio.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Conforme a lo solici­

tado por el presidente de la Comisión, se abre el cuarto intermedio.

Se solicita la dispensa del trámite de sanción del Acta para ejecutar lo aprobado hasta el momento.

Los señores congresistas que estén a favor se servirán expresarlo levantando la mano. Los que estén en contra, de la misma manera. Los que se abstengan, igualmente.

—Efectuada la votación, se acuerda trami-tar todos los asuntos tratados hasta este momento sin esperar la aprobación del acta.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Ha sido acordado.

Se suspende la sesión hasta las 16 horas.

—Se suspende la sesión a las 13 horas y 58 minutos.

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14.a SeSión (matinaL) 5-6-2014 - Diario de los Debates

14.ª SESIÓN (Matinal)

JUEVES 5 DE JUNIO DE 2014

PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES LUIS IBERICO NÚÑEZ

Y

FREDY ROLANDO OTÁROLA PEÑARANDA

SUMARIOSe pasa lista.— Se abre la sesión.— Vencido el cuarto interme-dio, se aprueba en primera votación y, acto seguido, se acuer-da exonerar de segunda votación el nuevo texto sustitutorio presentado por la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología, mediante el cual se pro-pone mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos.— Reanudado su debate, queda al voto el texto sustitutorio final presentado por la Comisión de Constitución y Reglamento, por el que se propone prohibir la reelección inmediata de presidentes y vicepresidentes regionales, así como la de los alcaldes.— Son aprobadas mociones de saludo a la distinguida deportista Lin-da Laura Lecca; a todos los campesinos del país; al distrito de Santa Leonor, provincia de Huaura, departamento de Lima; al distrito de Iberia, provincia de Tahuamanu, departamento de Madre de Dios; a la prestigiosa Institución Educativa Pública 1087 General Roque Sáenz Peña; al distrito de Catilluc, provin-cia de San Miguel, departamento de Cajamarca; a la provincia de San Antonio de Putina, departamento de Puno; al distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima; a la Institución Educativa Secundaria Comercial 45 Emilio Romero Padilla, ubicada en la provincia y departamento de Puno; al distrito de Jesús Nazareno, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho; al distrito de Muqui, provincia de Jauja, departa-mento de Junín; a la población afrodescendiente del Perú; al Instituto Superior Tecnológico Público Luciano Castillo Colon-na, de Talara; al distrito de Cabanilla, provincia de Lampa,

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Diario de los Debates - Segunda LegiSLatura Ordinaria de 2013 - tOmO ii

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1604

La Mesa Directiva se complace en saludar a di­rigentes de la sociedad civil y representantes de la comunidad campesina de Uchuraccay, que se encuentran en la galerías del hemiciclo, acompa­ñados por el congresista Walter Acha.

(Aplausos).

Vencido el cuarto intermedio, se aprueba en primera votación y, acto seguido, se acuerda exonerar de segunda votación el nuevo texto sustitutorio presentado por la Comisión de Pueblos Andinos, Amazóni-cos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología, mediante el cual se propone mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Se va a dar lectura a la sumilla del primer punto que veremos.

El RELATOR da lectura:

Nuevo texto sustitutorio presentado por la Co­misión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afro­peruanos, Ambiente y Ecología de los Proyectos de Ley 786/2011­CR, 1755/2012­CR y 2629/2013­CR, mediante el cual se propone mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos.*

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Vencido el cuarto in­termedio, tiene la palabra el congresista César Yrupailla, vicepresidente de la Comisión dicta­minadora, para que informe sobre el texto que se va a votar.

El señor YRUPAILLA MONTES (NGP).— Señor Presidente, saludo a todos los colegas.

Habiendo vencido el cuarto interme­dio, hemos cumplido con presentar un texto final que se ha distribuido a

los señores congresistas, el cual recoge los aportes formulados durante el debate de la sesión del Pleno del 10 de abril por los congresistas Hugo Carrillo, Eduardo Cabrera, Casio Huaire, Veró­nika Mendoza y María Pilar Cordero Jon Tay.

Además, hemos recogido los aportes técnicos formulados por el Ministerio de Economía y el Mi­nisterio del Ambiente a esta importante iniciativa legislativa que pretende regular los mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos.

Como mencionaba en la sesión pasada, esta propuesta sumamente especializada ha sido

trabajada con el apoyo de especialistas de los sectores ministeriales involucrados en la reunión de trabajo. En ella, el ministro del Ambiente, Manuel Pulgar­Vidal, manifestó públicamente su complacencia con su contenido, ya que trata un tema que se tendrá presente como avance sig­nificativo en nuestra legislación ambiental en la próxima reunión mundial sobre cambio climático, la COP 20, que se realizará en Lima en diciembre.

Por ello, solicito que se ponga al voto el texto sustitutorio que se ha distribuido. Debo señalar que se ha acumulado al dictamen el Proyecto de Ley 920­2011, de autoría del congresista Hugo Carrillo, conforme este lo ha solicitado.

En ese sentido, en esta fecha significativa, en que se celebra el Día Mundial del Medio Ambiente, y en este año tan trascendental para nuestro país, Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático, en que será el anfi­trión de la XX Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, solicito el apoyo de todos los representantes nacionales para la aprobación de esta importante norma.

Para ello, con todo respeto, solicito al distinguido congresista Javier Bedoya que se sirva retirar la cuestión previa que planteó en la sesión pasada.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Se va a procesar la cuestión previa planteada por el congresista Ja­vier Bedoya, en el sentido de que los Proyectos de Ley 786, 1755 y 2619 vuelvan a la Comisión dictaminadora.

Previamente, le damos el uso de la palabra al congresista Bedoya.

El señor BEDOYA DE VIVANCO (PPC-APP).— Presidente, he pe­dido intervenir solo a los efectos de retirar mi cuestión previa.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Retirada la cuestión previa y finalizado el debate, se marcará la asis­tencia para proceder a votar.

Puede intervenir, congresista Yrupailla.

El señor YRUPAILLA MONTES (NGP).— Señor Presidente, quiero hacer unas precisiones.

* El texto del documento obra en los archivos del Congreso de la República.

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En el artículo 5, inciso 5.2, donde dice “… las de cambio hacia un manejo…”, se cambia “manejo” por “uso”.

En el artículo 13, en vez de “respetan” se dirá “respetando”.

Gracias.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Hechas las aclara­ciones por parte del presidente de la Comisión dictaminadora, se va a registrar la asistencia para proceder a votar.

—Los señores congresistas registran su asistencia mediante el sistema digital para verificar el quórum.

—Reasume la Presidencia el señor Luis Iberico Núñez.

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Han registrado su asistencia 75 se­ñoras y señores congresistas.

Al voto.

—Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema digital.

—Efectuada la consulta, se aprueba, en pri-mera votación, por 71 votos a favor, ninguno en contra y una abstención, el texto susti-tutorio del proyecto de Ley de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos.

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Ha sido aprobado en primera votación.

Se deja constancia del voto a favor de los con­gresistas López Córdova, Tan de Inafuko, Wong Pujada, Julca Jara, Falconí Picardo y León Rivera; y del cambio de voto de abstención por voto a favor del congresista Belaunde Moreyra.

—El texto aprobado es el siguiente:

“EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY DE MECANISMOS DE RETRIBU-CIÓN POR SERVICIOS ECOSISTÉMI-

COS

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Objeto de la Ley

La presente Ley promueve, regula y supervisa los mecanismos de retribución por servicios ecosis­témicos que se derivan de acuerdos voluntarios que establecen acciones de conservación, recupe­ración y uso sostenible para asegurar la perma­nencia de los ecosistemas.

Artículo 2. Alcance

La presente Ley se aplica a las personas natura­les o jurídicas, públicas o privadas, que promue­van, diseñen e implementen mecanismos de re­tribución por servicios ecosistémicos.

Artículo 3. Definiciones

Para los efectos de la presente Ley, se entien­de por:

a) Ecosistema. Es el sistema natural de organis­mos vivos que interactúan entre sí y con su entor­no físico como una unidad ecológica. Los ecosiste­mas son la fuente de los servicios ecosistémicos.

También es considerado como ecosistema gene­rador de dichos servicios aquel recuperado o es­tablecido por intervención humana, de confor­midad con las disposiciones establecidas en la presente Ley y su reglamento.

b) Servicios ecosistémicos. Son aquellos bene­ficios económicos, sociales y ambientales, directos e indirectos, que las personas obtienen del buen funcionamiento de los ecosistemas, tales como la regulación hídrica en cuencas, el mantenimiento de la biodiversidad, el secuestro de carbono, la be­lleza paisajística, la formación de suelos y la pro­visión de recursos genéticos, entre otros, señala­dos en el reglamento de la presente Ley.

Los servicios ecosistémicos constituyen patrimo­nio de la nación.

c) Mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos. Son los esquemas, herramien­tas, instrumentos e incentivos para generar, ca­nalizar, transferir e invertir recursos económicos, financieros y no financieros, donde se establece un acuerdo entre contribuyentes y retribuyentes al servicio ecosistémico, orientado a la conserva­ción, recuperación y uso sostenible de las fuen­tes de los servicios ecosistémicos.

d) Contribuyente al servicio ecosistémico. Es la persona natural o jurídica, pública o privada, que mediante acciones técnicamente viables contri­

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buye a la conservación, recuperación y uso soste­nible de las fuentes de los servicios ecosistémicos.

Pueden ser reconocidos como contribuyentes al servicio ecosistémico:

i. Los propietarios, poseedores o titulares de otras formas de uso de tierras, respecto de las fuen­tes de los servicios ecosistémicos que se encuen­tran en estas.

ii. Los que cuenten con títulos habilitantes otor­gados por el Estado para el aprovechamiento sos­tenible de los recursos naturales renovables que cumplan con los fines para los cuales les fueron otorgados.

iii. Los titulares de contratos de administración de áreas naturales protegidas y otros mecanis­mos definidos por el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp), respecto de las fuentes de servicios ecosistémi­cos que se encuentran en ellas.

iv. Otros que reconozca el Ministerio del Am­biente.

e) Retribuyente por el servicio ecosisté-mico. Es la persona natural o jurídica, pública o privada, que, obteniendo un beneficio económi­co, social o ambiental, retribuye a los contribu­yentes por el servicio ecosistémico.

CAPÍTULO II

MECANISMOS DE RETRIBUCIÓN POR SERVICIOS ECOSISTÉMICOS

Artículo 4. Finalidad de los mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos

Los mecanismos de retribución por servicios eco­sistémicos tienen la finalidad de asegurar la per­manencia de los beneficios generados por los eco­sistemas.

Artículo 5. Retribución por servicios eco-sistémicos

1.1 Mediante la retribución por servicios eco­sistémicos, los contribuyentes de dicho servicio perciben una retribución condicionada a la rea­lización de acciones de conservación, recupera­ción y uso sostenible de las fuentes de los servi­cios ecosistémicos por parte de los retribuyentes.

1.2 Las acciones a que se refiere el párrafo ante­rior pueden ser las de conservación de espacios

naturales, las de recuperación de algún espacio que ha sufrido problemas de deterioración o de­gradación ambiental y las de cambio hacia un uso sostenible de las fuentes de los servicios ecosis­témicos, entre otras acciones que apruebe la au­toridad ambiental.

Artículo 6. Elementos para el diseño de los mecanismos de retribución

Para el diseño de los mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos, según sea el caso, se tienen en cuenta los siguientes elementos:

a) Caracterización de la estructura y función del ecosistema, del servicio ecosistémico, la fuente, la funcionalidad y la condición actual, promovien­do su articulación, compatibilidad y complemen­tariedad catastral.

b) Identificación y caracterización de los contri­buyentes y retribuyentes por el servicio ecosis­témico.

c) Estimación del valor económico del servicio ecosistémico, los costos necesarios para mante­ner el flujo del servicio ecosistémico, la voluntad de pago u otros que contribuyan a los acuerdos.

d) Establecimiento de acuerdos entre los contri­buyentes y retribuyentes por el servicio ecosis­témico, donde se determinan las actividades de conservación, recuperación y uso sostenible, los beneficios económicos, sociales y ambientales es­perados, las modalidades de retribución y sus es­trategias de financiamiento.

e) Promoción de una plataforma conformada por diferentes actores públicos y privados vinculados al mecanismo de retribución por servicios ecosis­témicos, que monitoreen el cumplimiento de los acuerdos y supervisen la transparencia en la re­tribución bajo la estrategia de financiamiento que se considere adecuada.

f) Diseño de un sistema de monitoreo que per­mita evaluar el progreso de las acciones de con­servación, recuperación y uso sostenible de los ecosistemas implementados por el mecanismo.

Artículo 7. Modalidades de los mecanismos de retribución

1.1 Los mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos pueden adoptar, de común acuer­do entre los contribuyentes y los retribuyentes por el servicio ecosistémico, cualquiera de las si­guientes modalidades:

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a) Financiamiento de acciones específicas, direc­tas e indirectas, para la conservación, recupera­ción y uso sostenible de las fuentes de los servi­cios ecosistémicos.

b) Financiamiento de acciones de desarrollo pro­ductivo e infraestructura básica sostenibles en beneficio directo de la población involucrada en el mecanismo.

c) Otras modalidades acordadas libremente en­tre las partes, dentro de los alcances de la pre­sente Ley.

1.2 La determinación y aplicación de las modali­dades de los mecanismos de retribución por servi­cios ecosistémicos debe tener como fin asegurar la permanencia de los servicios que ofrece, tenien­do en cuenta un enfoque intercultural, atendien­do a la diversidad cultural, geográfica, ecológica y sociopolítica de cada región.

1.3 Las modalidades de los mecanismos de retri­bución por servicios ecosistémicos que decidan adoptar los contribuyentes y los retribuyentes por el servicio ecosistémico son evaluadas y apro­badas por el Ministerio del Ambiente.

Artículo 8. Cumplimiento de obligaciones

La aplicación de los mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos no exonera el cumpli­miento de las obligaciones contenidas en las nor­mas, planes o instrumentos de gestión ambiental, así como las provenientes de sanciones adminis­trativas y penales.

CAPÍTULO III

REGISTRO ÚNICO DE MECANISMOS DE RETRIBUCIÓN POR SERVICIOS

ECOSISTÉMICOS

Artículo 9. Creación y publicidad del Regis-tro Único de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos

1.1 Créase el Registro Único de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos, el cual es gestionado por el Ministerio del Ambiente con la finalidad de validar los mecanismos de retri­bución por servicios ecosistémicos, así como su respectiva regulación y supervisión. Este regis­tro es implementado progresivamente de acuer­do al reglamento de la presente Ley.

1.2 El Registro Único de Mecanismos de Retri­bución por Servicios Ecosistémicos es publicado

en el portal institucional del Ministerio del Am­biente, a través del Sistema Nacional de Infor­mación Ambiental.

1.3 Los acuerdos entre las partes que desarrollen mecanismos de retribución por servicios ecosis­témicos son inscritos en el registro mencionado en el párrafo anterior.

Artículo 10. Lineamientos y procedimien-to para la validación y registro de propues-tas de mecanismos de retribución por ser-vicios ecosistémicos

1.1 Los lineamientos y el procedimiento para la validación y registro de los mecanismos de retri­bución por servicios ecosistémicos son aprobados por el Ministerio del Ambiente, en coordinación con las instancias públicas competentes. En este procedimiento, el sector ambiente garantiza que se respete la territorialidad y derecho a la con­sulta previa de los pueblos indígenas, en lo que sea aplicable.

1.2 Los lineamientos referidos en el párrafo an­terior consideran prioritariamente los instrumen­tos existentes de planificación del territorio y que las modalidades de retribución coincidan con la finalidad de la presente Ley.

CAPÍTULO IV

ROL PROMOTOR DEL ESTADO Y DE LAS ENTIDADES COMPETENTES

Artículo 11. Rol promotor del Estado

En el marco de la presente Ley, es responsabili­dad del Estado promover:

a) La inversión pública y privada en la conserva­ción, recuperación y uso sostenible de las fuentes de los servicios ecosistémicos.

b) El acceso e intercambio de información gene­rada por diversos actores para determinar el es­tado de las fuentes de los servicios ecosistémicos.

c) El desarrollo tecnológico y el fortalecimien­to de capacidades en la conservación, recupera­ción y uso sostenible de las fuentes de los servi­cios ecosistémicos.

Artículo 12. Funciones del Ministerio del Ambiente

En el marco de la presente Ley, son funciones del Ministerio del Ambiente:

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a) Ejercer la rectoría del sector ambiental que comprende los servicios ecosistémicos.

b) Diseñar, regular y promover políticas, normas y procedimientos para el desarrollo, implemen­tación y supervisión de los mecanismos de retri­bución por servicios ecosistémicos, en coordina­ción con otras autoridades.

c) Fomentar el desarrollo e implementación de me­canismos de retribución por servicios ecosistémi­cos en las áreas naturales protegidas, en coordina­ción con el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp).

d) Brindar asistencia técnica en el diseño e im­plementación de los mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos.

e) Fortalecer las capacidades de los gobiernos regionales y locales para la implementación de la presente Ley y sus normas complementarias.

f) Incentivar la inversión en la investigación de la funcionalidad del ecosistema que integre el co­nocimiento científico y tradicional.

g) Promover la conformación de estrategias de fi­nanciamiento que contribuyan con la sostenibili­dad de los mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos.

h) Administrar, regular y supervisar el Registro Único de los Mecanismos de Retribución por Ser­vicios Ecosistémicos.

Artículo 13. Rol de los gobiernos regionales y gobiernos locales

13.1 Los gobiernos regionales y gobiernos lo­cales promueven y facilitan la implementación de mecanismos de retribución por servicios eco­sistémicos, en el marco de lo dispuesto en la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y demás normas complementarias, respetando las competencias de otras entidades públicas.

13.2 Los gobiernos regionales y gobiernos lo­cales pueden considerar dentro de sus presupues­tos el financiamiento de actividades de conserva­ción, recuperación y uso sostenible de las fuentes de los servicios ecosistémicos.

13.3 Los gobiernos regionales y gobiernos lo­cales pueden adicionalmente canalizar recursos económicos de donaciones para el financiamien­to de actividades de conservación, recuperación y

uso sostenible de las fuentes de los servicios eco­sistémicos.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

PRIMERA. Declaración de interés nacional

Declárase de interés nacional la promoción de la inversión pública y privada en la conservación, recuperación y uso sostenible de las fuentes de los servicios ecosistémicos.

SEGUNDA. Autorización a entidades públi-cas a recaudar recursos económicos

Autorízase a las entidades públicas a recaudar re­cursos económicos y a transferirlos a los contribu­yentes al servicio ecosistémico, según los arreglos institucionales para cada caso, con la finalidad de destinarlos a la implementación de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos.

TERCERA. Adecuación a los alcances de la presente Ley

Las entidades públicas que vienen recaudando re­cursos económicos con la finalidad de destinarlos al financiamiento de actividades de conservación, recuperación y uso sostenible de fuentes de servi­cios ecosistémicos tienen que adecuarse a los al­cances de la presente Ley, en un plazo de ciento ochenta días calendario, contados desde la publi­cación de su reglamento.

CUARTA. Referencia en las normas lega-les y administrativas a los servicios am-bientales

Toda referencia que se haga en las normas lega­les y administrativas a los servicios ambientales debe entenderse, cuando corresponda y dentro de los alcances de la presente Ley, a los servicios ecosistémicos.

QUINTA. Financiamiento de la presente Ley

La aplicación de lo establecido en la presente Ley se financia con cargo al presupuesto institucional de las entidades involucradas, según corresponda, sin demandar recursos adicionales al tesoro público.

SEXTA. Límite de la presente Ley

La presente Ley no regula el otorgamiento del aprovechamiento de recursos naturales ni el otor­gamiento de títulos habilitantes, los cuales son regulados por leyes especiales.

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SÉPTIMA. Consulta previa

Las normas complementarias a la presente Ley que impliquen afectación directa a los derechos colectivos de los pueblos indígenas deben cum­plir con el procedimiento de consulta previa es­tablecido en la Ley 29785, Ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u origi­narios, reconocido en el Convenio 169 de la Or­ganización Internacional del Trabajo (OIT), y su reglamento, el Decreto Supremo 001­2012­MC.

OCTAVA. Reglamentación de la Ley

El Poder Ejecutivo reglamenta la presente Ley en un plazo de ciento veinte días calendario, con­tados a partir de su vigencia.

Comuníquese, etc.”

“Primera votación del nuevo texto susti-tutorio del Proyecto de Ley 786 y otros

Señores congresistas que votaron a favor: Acha Romaní, Acuña Peralta, Aguinaga Recuen­co, Alcorta Suero, Andrade Carmona, Angulo Álvarez, Anicama Ñañez, Apaza Condori, Apaza Ordóñez, Bardález Cochagne, Bedoya de Vivanco, Benítez Rivas, Canches Guzmán, Cárdenas Ce­rrón, Carrillo Cavero, Ccama Layme, Chehade Moya, Coari Mamani, Condori Cusi, Crisólogo Espejo, Cuculiza Torre, De la Torre Dueñas, Del­gado Zegarra, Elías Ávalos, Gagó Pérez, Grandez Saldaña, Guevara Amasifuen, Gutiérrez Cóndor, Huaire Chuquichaico, Huayama Neira, Hurtado Zamudio, Inga Vásquez, Isla Rojas, Kobashigawa Kobashigawa, Lay Sun, Lescano Ancieta, Lewis Del Alcázar, Llatas Altamirano, Medina Ortíz, Melgar Valdez, Molina Martínez, Mora Zevallos, Mulder Bedoya, Nayap Kinin, Oseda Soto, Pari Choquecota, Pariona Galindo, Pérez Tello de Rodríguez, Ramírez Gamarra, Reátegui Flores, Rimarachín Cabrera, Rivas Teixeira, Rodríguez Zavaleta, Romero Rodríguez, Ruiz Loayza, Sal­gado Rubianes, Sarmiento Betancourt, Schaefer Cuculiza, Simon Munaro, Spadaro Philipps, Tejada Galindo, Teves Quispe, Tubino Arias Schreiber, Urquizo Maggia, Vacchelli Corbetto, Valencia Quiroz, Valle Ramírez, Velásquez Quesquén, Yrupailla Montes, Zamudio Briceño y Zeballos Salinas.

Señor congresista que se abstuvo: Belaunde Moreyra.”

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Tiene la palabra el congresista Yru­pailla.

El señor YRUPAILLA MONTES (NGP).— Señor Presidente, solicito para la iniciativa aprobada la exone­ración de segunda votación.

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Atendiendo a su solicitud, se va a votar, con la misma asistencia, la exoneración de segunda votación.

—Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema digital.

—Efectuada la votación, se acuerda, por 73 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, exonerar de segunda votación el texto sustitutorio del proyecto de Ley de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos.

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Ha sido acordada.

Se deja constancia del voto a favor de los congre­sistas Becerril Rodríguez, López Córdova, Wong Pujada, Núñez de Acuña, Julca Jara, Dammert Ego Aguirre y Uribe Medina.

“Votación de la exoneración de segunda votación del nuevo texto sustitutorio del

Proyecto de Ley 786 y otros

Señores congresistas que votaron a favor: Acha Romaní, Acuña Peralta, Aguinaga Recuenco, Alcorta Suero, Andrade Carmona, Angulo Álvarez, Anicama Ñañez, Apaza Condori, Apaza Ordóñez, Bardález Cochagne, Bedoya de Vivanco, Benítez Rivas, Canches Guzmán, Cárdenas Cerrón, Carri­llo Cavero, Ccama Layme, Chehade Moya, Coari Mamani, Condori Cusi, Crisólogo Espejo, Cuculiza Torre, De la Torre Dueñas, Delgado Zegarra, Elías Ávalos, Falconí Picardo, Gagó Pérez, Grandez Saldaña, Guevara Amasifuen, Gutiérrez Cóndor, Huaire Chuquichaico, Huayama Neira, Hurtado Zamudio, Inga Vásquez, Isla Rojas, Kobashigawa Kobashigawa, Lay Sun, León Rivera, Lescano Ancieta, Lewis Del Alcázar, Llatas Altamirano, Medina Ortíz, Melgar Valdez, Molina Martínez, Mora Zevallos, Mulder Bedoya, Nayap Kinin, Oseda Soto, Pari Choquecota, Pariona Galindo, Pérez Tello de Rodríguez, Ramírez Gamarra, Reátegui Flores, Rimarachín Cabrera, Rivas Teixeira, Rodríguez Zavaleta, Romero Rodríguez, Ruiz Loayza, Salgado Rubianes, Sarmiento Betan­court, Schaefer Cuculiza, Simon Munaro, Spadaro Philipps, Tejada Galindo, Teves Quispe, Tubino

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Arias Schreiber, Urquizo Maggia, Vacchelli Cor­betto, Valencia Quiroz, Valle Ramírez, Velásquez Quesquén, Yrupailla Montes, Zamudio Briceño y Zeballos Salinas.”

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Ha pedido la palabra el vicepresidente de la Comisión dictaminadora.

El señor YRUPAILLA MONTES (NGP).— Señor Presidente, agra­dezco a los colegas por el apoyo a esta propuesta de ley, ya que está dando vueltas desde hace diez años en el Congreso. En esta opor­tunidad hemos consensuado, hace

seis meses, con todos los sectores. El resultado es importante porque este tema se va a ver en la COP 20, en la cual el Perú será anfitrión y a la que asistirán más de dos mil especialistas de cambio climático de todo el mundo.

Muchas gracias, señor Presidente.

Reanudado su debate, queda al voto el texto sustitutorio final presentado por la Comisión de Constitución y Reglamento, por el que se propone prohibir la reelección inmediata de presidentes y vicepresidentes

regionales, así como la de los alcaldes

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Se va a dar lectura a la sumilla del siguiente punto.

El RELATOR da lectura:

Dictamen en mayoría de la Comisión de Consti­tución y Reglamento, con un texto sustitutorio de los Proyectos de Ley 292/2011­CR, 1426/2012­CR, 2566, 3318 y 3404/2013­CR mediante el cual se propone la reforma de los artículos 191 y 194 de la Constitución Política del Perú, con la finalidad de prohibir la reelección inmediata de presidentes y vicepresidentes regionales, así como la de los alcaldes.*

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Continúa el debate del dictamen mencionado.

Señores congresistas, tengo en mis manos la lista de quienes estaban anotados el día de ayer, así como también de los que ya intervinieron. Vamos a continuar con la lista de ayer. Hay 14 congresistas pendientes, a los que se sumarán los que vayan solicitando la palabra hoy. Quienes no

podrán inscribirse en esta oportunidad son los que ya intervinieron ayer. Si se abre una segunda ronda, lo podrán hacer.

Le vamos a dar la palabra al presidente de la Co­misión de Constitución y Reglamento, congresista Omar Chehade.

El señor CHEHADE MOYA (NGP).— Señor Presidente, es importante este debate que ha ge­nerado apasionamientos, pero creo que forma parte de la reforma cons­titucional fundamental para tratar de cambiar, reformar y fortalecer la institucionalidad en el país.

Antes de continuar con el debate, debo solamente señalar tres puntos importantes.

El primero es que, para que no exista confusión, hay una disposición transitoria en el proyecto en la que se señala que la reforma, de aprobarse, no comenzará a regir a partir del presente año, es decir, para los comicios electorales del 5 de octubre del 2014, sino a partir del año 2018.

El segundo es que uno de los argumentos im­portantes es que, por coherencia constitucional, si el Presidente de la República no puede reele­girse de manera inmediata, tampoco lo pueden hacer los presidentes de región y los alcaldes provinciales.

El tercero es que, más allá de los enquistamientos o las corruptelas que puedan originar las reelec­ciones indefinidas o inmediatas, el presidente regional o el alcalde en funciones que está en una lid electoral corre en evidente ventaja con relación a los demás candidatos. Porque, más allá de los controles, que muchas veces no funcionan, es poco probable que no pueda utilizar, como ya se ha hecho, los recursos del Estado o el aparato del Estado para ser reelegidos.

Hemos recogido hasta el momento las sugerencias de los congresistas Rogelio Canches, Jorge Rima­rachín, Martha Chávez, José Urquizo, Manuel Dammert, Yehude Simon, Santiago Gastañadui, Luz Salgado, Javier Velásquez, Rolando Reátegui, entre otros congresistas que han intervenido, para tratar de mejorar la fórmula.

Se ha propuesto —la congresista Luz Salgado, por ejemplo— que haya votaciones separadas. Eso se está evaluando. Es decir, que se vote primero la modificación del artículo 191 de la Carta Fun­

* El texto del documento obra en los archivos del Congreso de la República.

rperalta
Resaltado