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Acuerdo Final 24.08.2016 Página 171 de 297 6. Implementación, verificación y refrendación El Gobierno Nacional y las FARC-EP, adoptan el siguiente acuerdo de creación de la “Comisión de Implementación, Seguimiento y Verificación del Acuerdo Final de Paz y de Resolución de Diferencias (CSVR)”, dando cumplimiento a lo establecido en el Acuerdo General de 26 de agosto de 2012. 6.1 Mecanismos de implementación y verificación a. Al día siguiente de la firma del Acuerdo Final se creará la “Comisión de Implementación, Seguimiento y Verificación del Acuerdo Final de Paz y de Resolución de Diferencias”, integrada por tres representantes del Gobierno Nacional y tres representantes de las FARC EP o del partido político que surja de su tránsito a la vida legal. La duración de la Comisión podrá ser hasta de 10 años, acordándose un primer periodo de funcionamiento hasta enero de 2019, fecha a partir de la cual los integrantes de la Comisión decidirán sobre su prorroga. Estará integrada por representantes de alto nivel del Gobierno designados por el Presidente y por plenipotenciarios de las FARC-EP en la Mesa Conversaciones de La Habana. b. Objetivos de la Comisión. Resolución de diferencias; seguimiento a los componentes del Acuerdo y verificar su cumplimiento; impulso y seguimiento a la implementación legislativa de los acuerdos; informes de seguimiento a la implementación; recibir insumos de instancias encargadas de implementación. c. La implementación de los acuerdos alcanzados en el proceso de paz deberá efectuarse de buena fe, atendiendo a la reciprocidad en el cumplimiento de las obligaciones aceptadas por las partes, promoviendo la integración de las poblaciones, comunidades, territorios y regiones en el país, en particular de las más afectadas por el conflicto y las que han vivido en condiciones de pobreza y marginalidad. La implementación contemplará medidas y mecanismos que permitan que la participación ciudadana incida efectivamente en las decisiones de las autoridades públicas correspondientes y promuevan el diálogo entre los diferentes sectores de la sociedad, la construcción de confianza y la inclusión social. Contará con acompañamiento técnico, información y metodologías para asegurar la eficacia de la participación en la definición de prioridades y en la formulación de proyectos. Será el resultado de una labor que implica el concurso y compromiso de todos y todas: las distintas instituciones del Estado, las autoridades territoriales, los agentes, organizaciones y movimientos sociales, las comunidades, los partidos políticos incluyendo el movimiento político que surja del tránsito de las FARC-EP a la actividad política legal, los excombatientes de las FARC-EP y los ciudadanos/as en general. No obstante lo anterior, el Gobierno Nacional será el responsable de la correcta implementación de los acuerdos alcanzados en el proceso de conversaciones de Paz. 6.1.1 Plan Marco de Implementación de los Acuerdos Tras la firma del Acuerdo Final y con el fin de garantizar la implementación de todo lo acordado - políticas, normas, planes, programas- y facilitar su seguimiento y verificación, la Comisión de Implementación,

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6.Implementación,verificaciónyrefrendaciónEl Gobierno Nacional y las FARC-EP, adoptan el siguiente acuerdo de creación de la “Comisión deImplementación, Seguimiento y Verificación del Acuerdo Final de Paz y de Resolución de Diferencias(CSVR)”,dandocumplimientoaloestablecidoenelAcuerdoGeneralde26deagostode2012.6.1Mecanismosdeimplementaciónyverificación

a. Al día siguiente de la firma del Acuerdo Final se creará la “Comisión de Implementación,SeguimientoyVerificacióndelAcuerdoFinaldePazydeResolucióndeDiferencias”, integradaportresrepresentantesdelGobiernoNacionalytresrepresentantesdelasFARCEPodelpartidopolíticoquesurjadesutránsitoalavidalegal.LaduracióndelaComisiónpodráserhastade10años,acordándoseunprimerperiododefuncionamientohastaenerode2019,fechaapartirdelacuallosintegrantesdelaComisióndecidiránsobresuprorroga.

EstaráintegradaporrepresentantesdealtoniveldelGobiernodesignadosporelPresidenteyporplenipotenciariosdelasFARC-EPenlaMesaConversacionesdeLaHabana.

b. ObjetivosdelaComisión.Resolucióndediferencias;seguimientoaloscomponentesdelAcuerdo

y verificar su cumplimiento; impulso y seguimiento a la implementación legislativa de losacuerdos;informesdeseguimientoalaimplementación;recibirinsumosdeinstanciasencargadasdeimplementación.

c. Laimplementacióndelosacuerdosalcanzadosenelprocesodepazdeberáefectuarsedebuena

fe,atendiendoalareciprocidadenelcumplimientodelasobligacionesaceptadasporlaspartes,promoviendolaintegracióndelaspoblaciones,comunidades,territoriosyregionesenelpaís,enparticulardelasmásafectadasporelconflictoylasquehanvividoencondicionesdepobrezaymarginalidad.

La implementación contemplarámedidas ymecanismos que permitan que la participación ciudadanaincida efectivamente en las decisiones de las autoridades públicas correspondientes y promuevan eldiálogoentrelosdiferentessectoresdelasociedad,laconstruccióndeconfianzaylainclusiónsocial.

Contará con acompañamiento técnico, información y metodologías para asegurar la eficacia de laparticipaciónenladefinicióndeprioridadesyenlaformulacióndeproyectos.

Será el resultado de una labor que implica el concurso y compromiso de todos y todas: las distintasinstitucionesdelEstado,lasautoridadesterritoriales,losagentes,organizacionesymovimientossociales,las comunidades, lospartidospolíticos incluyendoelmovimientopolíticoquesurjadel tránsitode lasFARC-EPalaactividadpolíticalegal,losexcombatientesdelasFARC-EPylosciudadanos/asengeneral.Noobstanteloanterior,elGobiernoNacionalseráelresponsabledelacorrectaimplementacióndelosacuerdosalcanzadosenelprocesodeconversacionesdePaz.

6.1.1PlanMarcodeImplementacióndelosAcuerdosTraslafirmadelAcuerdoFinalyconelfindegarantizarlaimplementacióndetodoloacordado-políticas,normas, planes, programas- y facilitar su seguimiento y verificación, la Comisión de Implementación,

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SeguimientoyVerificacióndelAcuerdoFinaldePaz ydeResolucióndeDiferencias (CSVR)discutirá yaprobará, dentro de los cuatro (4) meses siguientes a su constitución, un Plan Marco para laImplementación de los Acuerdos sobre la base del borrador que será presentado por el GobiernoNacional.ElPlanMarcocontendráel conjuntodepropósitosyobjetivos,metasyprioridadese indicadores, lasrecomendacionesdepolítica ymedidasnecesariaspara la implementaciónde todos los acuerdos, asícomosupriorizaciónysecuencia-cronograma-einstitucionesresponsables.

ElPlanMarcocontemplarádemaneraprioritarialasnecesidadesprácticasyestratégicasdelasmujeres,identificandolasmúltiplesdiscriminacionesquedebenseratendidasparalaejecucióndelosacuerdos.Ademásrespectoalaimplementacióndelosacuerdos,impulsarápolíticaspúblicas,programasyreformasque tengan en cuenta las particularidades de las mujeres, incluyendo indicadores de impacto quepermitanidentificarelavancedelaimplementaciónconenfoquedegéneroyétnico.

ElPlanMarcotendráunavigenciadediez(10)añosyunaprimerafasedeimplementaciónprioritariaqueseextenderáhastael20demayode2019;serárevisadoanualmenteporlaComisióndeImplementación,SeguimientoyVerificacióndelAcuerdoFinaldePazydeResolucióndeDiferencias(CSVR)conelfindehacerlosajustesalosquehayalugar.Alamayorbrevedadyparapermitireliniciodelaimplementación,setramitaráyaprobaráenelConsejoNacionaldelaPolíticaEconómicaySocialunDocumentoCONPESsobreelPlanMarcodeImplementación,enlostérminosaprobadosporlaComisióndeImplementación,SeguimientoyVerificacióndelAcuerdoFinal de Paz y de Resolución de Diferencias (CSVR), el cual será contentivo además de los recursosindicativosnecesariosparasufinanciación,asícomodesusfuentes.ConbaseenloestablecidoenelPlanMarco,enadelanteyporlossiguientesdosperíodospresidencialestras laterminacióndelactual,comopartedelaelaboracióndelPlanNacionaldeDesarrollosedeberáincluiruncapítulocorrespondientealPlanCuatrienaldeImplementacióndelosAcuerdos.Paraelloatravésdelprocedimientolegislativoespecialparalapazprevistoenelactolegislativo01de2016 se tramitarán las reformas constitucionales o legales necesarias para que el Plan Plurianual deInversionesseaincorporadoalPlanNacionaldeDesarrollodelarespectivavigencia.EnelmismosentidoseharánlosajustesnecesariosalPlanNacionaldeDesarrolloVigente.ConelfindegarantizarlaimplementacióndelasprimerasmedidasapartirdelaentradaenvigordelAcuerdoFinal,elGobiernoNacionalelaboraráunlistadodemedidasdeimplementacióntemprana(D+1hastaD+180)quepresentaráalaComisióndeImplementación,SeguimientoyVerificacióndelAcuerdoFinaldePazydeResolucióndeDiferencias(CSVR),dentrodelos15díassiguientesalafirmadelAcuerdoFinal.6.1.2.MedidasparaincorporarlaimplementacióndelosacuerdosconrecursosterritorialesConelfindecontribuiragarantizarlaimplementacióndelosacuerdosyarticularlosesfuerzosentrelosdistintosnivelesdeGobierno:

• Se tramitarán las reformas normativas necesarias con el fin de que los planes de desarrollodepartamentales y municipales incorporen medidas para garantizar la implementación de los

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acuerdos, incluyendo en los territorios priorizados los planes de acción para la transformaciónregionaldelosPDET.

• SepromoveránmecanismosymedidasparaqueconrecursosdelSistemaGeneraldeParticipacionesy el Sistema General de Regalías se contribuya a financiar la implementación de los acuerdos,incluyendolosterritoriospriorizadoslosplanesdeacciónparalatransformaciónregionaldelosPDET.

• Losplanesdedesarrollodepartamentalesymunicipales serán insumospara la formulaciónde losplanescuatrienalesylosplanesplurianualesquehacenpartedelPlanMarcodeimplementación.Delamismamanera, se adoptaránmedidasparapromoverque losplanesdedesarrollo territorialesincorporenaquelloselementosqueasegurenlaconsistenciaconelPlanMarcodeImplementación.Enaquelloscasosenquelasestrategiasterritorialesinvolucrendosomásdepartamentos,comoeselcasodelPDET,sedeberánajustarlosplanesrespectivosparaasegurarlaconcurrenciadeesfuerzosyrecursosenlaszonaspriorizadas.

6.1.3.Otrasmedidasparacontribuiragarantizarlaimplementacióndelosacuerdos• Se promoverá la participación del sector empresarial en la implementación de los acuerdos para

contribuiragarantizarlaproductividad,elaccesoamercadosyengenerallasostenibilidaddelosproyectoscontemplados,entreotros,enlaReformaRuralIntegral,elProgramaNacionalIntegraldeSustitucióndeCultivosyenlosplanesdereincorporaciónalavidacivil.

• ElGobiernoNacionalylaComisióndeImplementación,SeguimientoyVerificacióndelAcuerdoFinaldePazydeResolucióndeDiferencias(CSVR)estimularánlarecepcióndefondosprocedentesdelacooperacióninternacional.

• Los recursos económicos aportados por la cooperación internacional, organismos multilaterales,sectorprivadoparalaimplementaciónseagregaranalosfondosdispuestosporelgobiernoparaesosfines.

• Enelmarcode ladiscusiónsobre lasmedidasdereincorporaciónsedeterminarán lasmedidasdecontribuciónalareparaciónmaterialdelasvíctimas,incluidalacontribucióndelasFARC-EP.

• En la implementaciónde todo loacordado segarantizaráel interés superiorde losniños,niñas yadolescentesasícomosusderechosysuprevalenciasobrelosderechosdelosdemás.

6.1.4.Promocióndelaparticipacióndeorganizacionessocialesycomunitariasenlaejecución

ReconociendolascapacidadesdiferenciadasdelasregionesyconelobjetodepromoverlaparticipacióndelascomunidadesenlaejecucióndeproyectosenelmarcodelaimplementacióndelosAcuerdos,elGobiernoNacionalpondráenmarchalasreformasnecesariasconelfindeposibilitarlacontrataciónconlasorganizacionessocialesycomunitarias,coneldebidoacompañamientotécnico,especialmenteenlaszonasquehansidoprioridadesparaponerenmarchalosPDET.6.1.5.SistemaIntegradodeInformaciónymedidasparalatransparenciaparalaImplementaciónConel findecontribuira la trasparencia, facilitarel seguimientoyverificacióndelPlanMarcopara laimplementaciónyde losrecursos invertidos,enparticularelseguimientoporpartede laComisióndeImplementación, Seguimiento y Verificación del Acuerdo Final de Paz y de Resolución de Diferencias

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(CSVR), así como hacer los ajustes correspondientes para el cumplimiento de las metas el GobiernoNacional se compromete a la creación de un Sistema Integrado de Información y a garantizar latransparencia en la implementación del Acuerdo Final, previniendo cualquier forma de corrupción ydandogarantíasalaciudadaníasobrelaejecucióndelosrecursos.

ElGobiernoNacionalpondráenmarchalassiguientesmedidas:

• Mapasinteractivosdeseguimiento:sehabilitaráunportalwebquecontengamapasdeseguimientocontodalainformaciónsobrelaimplementacióndelosproyectos:suscostos,suestadodeavance,su localización geográfica, entre otros, de manera que cualquier ciudadana o ciudadano puedaconstatareldestinode los recursosy retroalimentarelSistemaencasodeque la informaciónnocorrespondaalestadodeimplementacióndelosproyectos.

• Mecanismosderendiciónperiódicadecuentas:sepondránenmarchadiferentesmecanismosderendición de cuentas incluyendo audiencias públicas, en los diferentes niveles y por parte de lasentidadesdelnivelnacionalyterritorial.Enparticularsepromoveráladifusiónenformamasivadeinformaciónatravésde losmedios localesdecomunicación, incluyendoemisorascomunitarias, ladistribucióndeboletinesylaexposiciónderesultadosenlugarespúblicos.

• Veedurías ciudadanas y observatorios de transparencia: en concordancia con lo acordado en elpunto2.2.5seestableceráunplandeapoyoalacreaciónypromocióndeveeduríasyobservatoriosdetransparenciaenespecialenlaszonasdondeseimplementenlosPDET.

• Herramientas de las nuevas tecnologías de información: asociadas al Sistema Integrado deInformación,comoporejemploatravésdelatelefoníamóvil,paragarantizarquecualquierciudadanoo ciudadana pueda acceder a la información pública, y que permita y promuevamecanismos decolaboraciónydedenuncia.

• Matricesderiesgosdecorrupción,asícomoestrategiasdemitigación,concientizaciónyprevencióndemalasprácticas,clientelismoycorrupción.

• Mecanismoespecialparaladenunciaciudadana:enelmarcodeloacordadoenelpunto2.2.5.secrearáunmecanismoespecialparalaatención,trámiteyseguimientodedenunciasyalertasdelosciudadanos/asy lasorganizacionesymovimientosporposibleshechosdecorrupciónrelacionadosconlaimplementacióndeesteAcuerdo.

• Fortalecimiento de los mecanismos de control interno: se brindará asistencia técnica a lasautoridadesterritorialesparaelfortalecimientodelosmecanismosdecontrolinternoparalosefectosdelaimplementacióndeloacordado.

• Acompañamientoespecialde losórganosde control: Se solicitaráun control y acompañamientoespecialdelosórganosdecontrolalaejecucióndelosrecursosparaimplementacióndelosplanesyproyectoscontempladosenlosacuerdosenlosterritorios.

6.1.6.FuncionesdelaComisióndeImplementación,SeguimientoyVerificacióndelAcuerdoFinaldePazydeResolucióndeDiferencias(CSVR)

LaCSVRtendrálassiguientesfunciones:

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• Resolvercualquierdiferenciaosituaciónimprevistaquepuedasurgirenlainterpretacióndelosacuerdosquenopueda ser resueltapormecanismosacordadosenelpuntocorrespondiente,cuando loshaya.Lospaísesgarantespodráncontribuira facilitar lasoluciónde lasdiferenciascuandoasíserequiera.

• ServirdeespacioparaelmanejodecualquiersituaciónodiferenciaquesepuedapresentartraslafirmadelAcuerdoFinal,quenoimpliquealMecanismodeMonitoreoyVerificacióndeNacionesUnidas.

• Hacer seguimiento a todos los componentes del Acuerdo Final y verificar su cumplimiento,respetando lo establecido respecto a acompañamiento internacional y sin perjuicio de lasfuncionesdelMM&V.Enparticular,laCSVRdeberá:

o HacerseguimientoyverificarelcumplimientodeloscompromisosestablecidosenlalíneadetiempodelAcuerdoFinal.

o Constatarqueelcontenidodetodoslosproyectosdedecreto,leyoactolegislativoqueseannecesariosparaimplementarelAcuerdoFinal,correspondaaloacordado,antesdequeseanexpedidosopresentados,segúnseaelcaso,porPresidentedelaRepública.Paraestos efectos se tendrá en cuenta el listado indicativo y no exhaustivo de proyectosincluidocomoanexodelpresenteacuerdo.

o Proponerborradoresdenormasquedebanseracordadaspara la implementacióndelAcuerdoFinal.

o Organizar un sistema de comisiones temáticas y territoriales para el ejercicio de susfunciones,quepermitalaparticiónciudadana.

o Producir informes periódicos que evidencien demanera diferencial los avances de laimplementación.Demaneraocasional,podrágenerarreportestemáticos,especializadosoterritorialesrelacionadosconloscomponentesdelosacuerdos.

• LaCSVRpodrárecibirinsumosdelasdistintasinstanciasencargadasdelaimplementacióndelosacuerdos así como de organizaciones, universidades, centros de investigación, observatoriostantonacionalescomoterritoriales.

• CualquiermandatoofunciónqueparasucumplimientoordinariooprioritariosedelegueenlaCVSRenelAcuerdoFinal.

6.1.7.Composición

LaCSVRestarácompuestaportresdelegados/asdelGobiernoNacional,tresdelegadosdelasFARC-EPenprocesodereincorporacióna lavidacivil,ycontaráelacompañamientoduranteelceseal fuegoydehostilidadesbilateralydefinitivoy ladejacióndearmas(D+180)deundelegado/adecadaunode lospaísesgarantes,CubayNoruega,asícomodeundelegadodecadaunodelospaísesacompañantes,ChileyVenezuela.LaCSVRcontaráconunasecretariatécnicaconformadadecomúnacuerdoentreelGobiernoNacionalylasFARC-EPparaproducirlosinformesperiódicosycumplircualquierotratareaqueserequiera.AlasreunionesdelacomisiónpodránserinvitadoslosvocerosyvocerasdelasFARC-EPenelCongreso.6.1.7.1.CSVRAmpliadaConelfindeasegurarlaparticipacióndelasociedadcivilenelseguimientoyverificacióndelosacuerdos,

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laCSVRrealizarádemaneraperiódicasesionesampliadasalasquepodráinvitaralConsejoNacionalparalaReconciliaciónylaConvivenciayacualquierrepresentacióndelasociedadcivilqueseacuerde.LaCSVRpresentaráalConsejoyaotrosrepresentantesdelasociedadcivil losavancesenla implementaciónyrecibirátodalainformaciónquequieranaportarle.6.1.7.2.UbicaciónyTemporalidadLaCSVRpodrásesionarinicialmenteenLaHabana.SusedeseráBogotá.LaCSVRsesionarádeformaregularconelpresenteformatohastatantotermineelCesealFuegoydeHostilidadesBilateralyDefinitivo(D+180).Despuésseguiráoperandoporelperiodoestablecidoenesteacuerdo.6.1.8.IniciodelaimplementacióndelAcuerdoFinalConformea loestablecidoenelAcuerdode11demayode2016,elAcuerdoFinalseráfirmadocomoAcuerdoEspecialdelartículo3comúndelasConvencionesdeGinebraydepositadotrassufirmaanteelConsejo Federal Suizo en Berna. A continuación, por el Presidente de la República se efectuará unadeclaraciónunilateraldelEstadoantelasNacionesUnidascomunicandodichoAcuerdoFinalysolicitandola incorporacióndelmismoa undocumentodel Consejo de Seguridadde lasNacionesUnidas en lostérminosestablecidosenelAcuerdodefecha11demayode2016.6.1.9.PrioridadesparalaimplementaciónnormativaConformealosacuerdosalcanzadoshastalafechaenlaMesadeConversaciones,yenespeciallosdelosdías 11 mayo y 19 de agosto de 2016, el Gobierno Nacional garantizará el siguiente calendario deimplementaciónlegislativa:De forma prioritaria y urgente se tramitarán los siguientes proyectos normativos conforme alprocedimientoestablecidoenelActolegislativo1de2016:

a. Ley de amnistía y Acto legislativo de incorporación de la Jurisdicción Especial para la PAZ, laConstituciónPolítica,segúnacuerdosde11demayoy19deagostode2016.

b. LeydeaprobacióndelAcuerdoFinal,segúnacuerdode11demayode2016.

c. Lastresnormasanterioressetramitaránsimultáneamente.

d. ActolegislativodeincorporacióndelAcuerdoFinalalaConstituciónPolítica,segúnacuerdode11

demayode2016.

e. Acto legislativoynormasdeorganizaciónsobre laUnidaddeBúsquedadePersonasdadopordesaparecidasenelcontextoyenrazóndelconflictoarmado.

f. Leysobre laUnidadpara la investigaciónydesmantelamientode lasorganizacionescriminales

entreellaslassucesorasdelparamilitarismo.Incorporaciónalaconstitucióndelaprohibición,delapromoción,organización,financiaciónoempleooficialyoprivadodeestructurasoprácticas

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paramilitares.

g. Leydetratamientopenaldiferenciadoparadelitosrelacionadosconloscultivosdeusosilícito,cuando los condenados o procesados sean campesinos no pertenecientes a organizacionescriminales,leyenlaqueseincluirátratamientopenaldiferenciadoparamujeresensituacióndepobreza,concargasfamiliares,condenadascondelitosrelacionadoscondrogasnoconexoscondelitosviolentosyquenoformenpartedeestructurasdirectivasdeorganizacionescriminales,conformealasrecomendacionesefectuadasporlaOrganizacióndeEstadosAmericanos.

h. SuspensióndeórdenesdecapturadeintegrantesdelasFARC-EPopersonasacusadasdeserloo

decolaborarcondichaorganizacióny suspensiónde losprocedimientosdeextradiciónde losanteriores hasta entrada en vigencia de la ley de amnistía y de la norma constitucional deprohibicióndelaextradiciónestablecidaenelnumeral72delaJurisdicciónEspecialparalaPaz.AdopcióndemedidassobreelestatutojurídicocivildetodoslosintegrantesdelasFARCEPquepermitanlaaplicaciónestrictadeloestablecidoenelnumeral72delaJurisdicciónEspecialparalaPaz.

i. Reformaconstitucionalylegalsobregarantíasyparticipaciónparaelnuevopartidoomovimiento

políticoquesurjadeltránsitodelaFARC-EPalavidapolíticalegal,incluyendolamodificacióndela segunda frase del articulo 67 transitorio de la Constitución Política para garantizar laparticipaciónpolítica.

j. Normasymedidasnecesariasparalaimplementaciónyverificacióndelosacuerdos,incluyendo

lorelativoanormasdefinanciación.

k. Normas o reformas constitucionales o legales necesarias para que el Plan Cuatrienal deImplementación,consucorrespondientePlanPlurianualdeInversionesseaincorporadosalPanNacionaldeDesarrollodelarespectivavigencia.

6.1.10. Calendario de implementación normativa durante los primeros 12 meses tras la firma delacuerdofinal,conformealoestablecidoenelactolegislativo1de2016

a. Leyesy/onormasparalaimplementacióndeloacordadoenelmarcodelaReformaRuralIntegralylasustitucióndeloscultivosdeusoilícito.

b. Ley y/o normas de desarrollo sobre participación política: creación de circunscripciones

transitoriasespecialesdepaz,ampliacióndeespaciosdedivulgaciónparapartidosymovimientospolíticosincluyendoamediosdecomunicaciónydifusión.

c. Ley y/o normas del sistema de financiación de los partidos incluyendo el incremento de la

financiacióndeestos,yenespecial,de laorganizaciónomovimientopolíticoquesurjade losacuerdosdepaz.

d. Leyy/onormasdedesarrolloparareformadelaextinciónjudicialdedominio.

e. ReformadelSistemadealertastempranas.

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f. Leyy/onormasdedesarrolloparalareformadelSistemadealertastempranas.

g. Ley y/o normas de desarrollo sobre Sistema Integral de Garantías de seguridad para laorganizaciónpolíticaquesurjadelosacuerdosdepaz.

h. Modificaciones de la Ley 1448 de 2011, de Víctimas y Restitución de Tierras, con base en lo

acordado en el punto 5.1.3.7 del acuerdo de “Víctimas”, teniendo en cuenta el principio deuniversalidad y conformea los estándares internacionales, para ampliar el reconocimientodetodaslaspersonasvíctimasdeinfraccionesalDerechoInternacionalHumanitarioodeviolacionesgravesymanifiestasalasnormasinternacionalesdederechoshumano,ocurridasconocasióndelconflictoarmadointerno.

i. Leyesy/onormasdedesarrollosobreReincorporacióneconómicaysocial.

j. Leyesy/onormasdedesarrollosobregarantíasypromocióndelaparticipacióndelaciudadanía

lasociedadenespecial,delascomunidadesdelascircunscripcionesespecialesdepaz.

k. Leyy/onormasparalaadopcióndemedidasparacombatirlacorrupción.

l. Organización de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la noRepetición.

m. Normasparalacreación,promociónyfortalecimientodelosmecanismosdeControlyveeduríaciudadanasydeobservatoriosdetransparencia.

n. Reformasconstitucionalesy legalesrelativasa laorganizaciónyrégimenelectoralconespecialatenciónsobrelabasedelasrecomendacionesqueformulelaMisiónElectoral.

6.1.11.Implementaciónprioritaria:ParaimplementacióndeloscompromisosadquiridosenelAcuerdoFinalseabordaráprioritariamenteenlaComisióndeImplementación,SeguimientoyVerificacióndelAcuerdoFinaldePazydeResolucióndeDiferencias(CSVR),lossiguientestemas:

a. RespectoalaszonaspriorizadasparalosPDETyplanesdeaccióninmediata:

Definir de acuerdo con los criterios establecidos las zonas en las cuales se implementaráninicialmentelos16ProgramasdeDesarrolloconEnfoqueTerritorial.En la medida en que se avance en la implementación de los PDET en las zonas priorizadas elGobierno,sujetoaladisponibilidadderecursos,podráponerenmarchaotrosPDETenzonasquecumplanloscriteriosestablecidosenelacuerdo.Todoloanteriorsinperjuiciodelcompromisodeimplementarlosplanesnacionalesentodoelterritorionacional.En aquellosmunicipios nopriorizadospor ahorapara la implementaciónde los PDETdonde seestablezcan Zonas Veredales Transitorias para la Normalización y Puntos Transitorios para laNormalización se implementaráunplandeacción inmediataque coordineyejecuteacciones y

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proyectosparareactivarsocialyeconómicamenteesosterritorios.Demaneracoordinadaconlasautoridadeslocales,sepondránenmarchadiferentesmedidasqueincluyenaccioneshumanitariasylaidentificaciónyejecucióndeproyectosquemejorenlascondicionesdevidadelaspoblacionesruralesquehabitanesosmunicipiosyqueseencuentranencondicionesdealtavulnerabilidad.Excepcionalmente, y sujeto a la disponibilidad de recursos, en el marco de la Comisión deSeguimientosepodránproponerotrosmunicipiosocomunidadesconpoblaciónvulnerablequecumplanloscriteriosdelacuerdoparalaimplementacióndeestosplanesdeaccióninmediata.

b. DefinicióndelaInstitucionalidaddelaszonasnopriorizadasc. Delimitacióndelascircunscripcionesespecialesdepazycriteriosparalaadopcióndelasreglas

especialesacordadas.d. Cronogramasdeejecucióndeaccionesdeimplementaciónparalosprimeros12mesestrasla

firmadelAcuerdoFinal.e. Creación del mecanismo de Monitoreo nacional o internacional de las sanciones de la

JurisdicciónEspecialparalaPaz.f. Creación del Sistema autónomo de asesoría y defensa gratuita previsto en el Acuerdo de

JurisdicciónEspecialparalaPazyenlaLeydeAmnistíag. ConvocatoriadeunaConferenciainternacionalparareflexionarsobrelapolíticadeluchacontra

lasdrogas.h. Instalaciónde laMesaTécnicadeSeguridadyProteccióneImplementacióndelProtocolode

SeguridadyProtecciónydelasnormasderegulanlaproteccióndelosintegrantesdelnuevomovimientoopartidopolíticoquesurjadeltránsitodelasFARCEPalavidapolíticalegalydesusfamiliasdeacuerdoconelnivelderiesgo,antesdelafechaderealizacióndelplebiscitoderefrendaciónpopulardelAcuerdoFinal.

i. Elaboración del Protocolo de Seguridad para la Implementación del Esfuerzo Conjunto deSustituciónVoluntariadeCultivosdeUsoIlícitos.

j. ZonaspriorizadasparalosPDETyplanesdeaccióninmediata:

Definir de acuerdo con los criterios establecidos las zonas en las cuales se implementaráninicialmentelos16ProgramasdeDesarrolloconEnfoqueTerritorial.En lamedida enque se avance en la implementaciónde los PDET en las zonas priorizadas elGobierno,sujetoaladisponibilidadderecursos,podráponerenmarchaotrosPDETenzonasquecumplanloscriteriosestablecidosenelacuerdo.Todoloanteriorsinperjuiciodelcompromisodeimplementarlosplanesnacionalesentodoelterritorionacional.

EnaquellosmunicipiosnopriorizadosporahoraparalaimplementacióndelosPDETdondeseestablezcanZonas Veredales Transitorias para la Normalización y Puntos Transitorios para la Normalización seimplementaráunplandeaccióninmediataquecoordineyejecuteaccionesyproyectosparareactivarsocialyeconómicamenteesosterritorios.Demaneracoordinadaconlasautoridadeslocales,sepondránenmarcha diferentesmedidas que incluyen acciones humanitarias y la identificación y ejecución deproyectosquemejorenlascondicionesdevidadelaspoblacionesruralesquehabitanesosmunicipiosyqueseencuentranencondicionesdealtavulnerabilidad.Excepcionalmente,ysujetoaladisponibilidadde recursos, en el marco de la Comisión de Seguimiento se podrán proponer otros municipios ocomunidadesconpoblaciónvulnerablequecumplanloscriteriosdelacuerdoparalaimplementacióndeestosplanesdeaccióninmediata.

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6.1.12.CapítuloÉtnico6.1.12.1.ConsideracionesQue el Gobierno Nacional y las FARC-EP reconocen que los pueblos étnicos han contribuido a laconstruccióndeunapazsostenibleyduradera,alprogreso,aldesarrolloeconómicoysocialdelpaís,yque han sufrido condiciones históricas de injusticia, producto del colonialismo, la esclavización, laexclusiónyelhabersidodesposeídosdesustierras,territoriosyrecursos;queademáshansidoafectadosgravementeporelconflictoarmadointernoysedebenpropiciarlasmáximasgarantíasparaelejerciciopleno de sus derechos humanos y colectivos en el marco de sus propias aspiraciones, intereses ycosmovisiones.Considerandoquelospueblosétnicosdebentenercontroldelosacontecimientosquelesafectanaellosyasustierras,territoriosyrecursosmanteniendosusinstituciones,culturasytradiciones,esfundamentalincorporarlaperspectivaétnicaycultural,paralainterpretacióneimplementacióndelAcuerdoFinalparalaTerminacióndelConflictoylaConstruccióndeunaPazEstableyDuraderaenColombia.6.1.12.2.PrincipiosEnlainterpretacióneimplementacióndetodosloscomponentesdelAcuerdoFinalparalaTerminacióndelConflictoylaConstruccióndeunaPazEstableyDuraderaenColombiaconunenfoqueétnico,incluyenloscontempladosenelordenamientojurídicodelmarcointernacional,constitucional,jurisprudencialylegal,especialmenteelprincipiodenoregresividad,reconocidoenelPactoInternacionaldelosDerechosEconómicos,SocialesyCulturales,asícomolosprincipiosyderechosreconocidosenlaConvenciónsobrelaEliminacióndeTodaslasFormasdeDiscriminacióncontralaMujer-CEDAW,ConvenciónInternacionalsobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial -CERD, Declaración de Acción deDurban,laDeclaracióndelasNacionesUnidassobreDerechosdelosPueblosIndígenas,elConvenio169delaOITsobreDerechosdelosPueblosIndígenasyTribales.En la interpretación e implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y laConstruccióndeunaPazEstableyDuraderaenColombia,conenfoqueétnicosetendráencuentaentreotros los siguientes principios a la libre determinación, la autonomía y el gobierno propio, a laparticipación,laconsultayelconsentimientopreviolibreeinformado;alaidentidadeintegridadsocial,económica y cultural, a los derechos sobre sus tierras, territorios y recursos, que implican elreconocimientodesusprácticasterritorialesancestrales,elderechoalarestituciónyfortalecimientodesu territorialidad, los mecanismos vigentes para la protección y seguridad jurídica de las tierras yterritoriosocupadosoposeídosancestralmentey/otradicionalmente.6.1.12.3.Salvaguardasygarantías SalvaguardassubstancialesparalainterpretacióneimplementacióndelAcuerdoFinaldelConflictodeunaPazEstableyDuraderaenColombia.Serespetaráelcarácterprincipalynosubsidiariodelaconsultaprevialibreeinformadayelderechoalaobjeción cultural comogarantíadeno repetición, siemprequeprocedan.En consecuencia, la fasedeimplementación de los acuerdos, en lo que concierne a los pueblos étnicos, se deberá cumplir

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garantizandoelderechoalaconsultaprevialibreeinformadarespetandolosestándaresconstitucionaleseinternacionales.Seincorporaráunenfoquetrasversalétnico,degénero,mujer,familiaygeneración.Enningúncaso la implementaciónde losacuerdos iráendetrimentode losderechos de lospueblosétnicos.

a. EnmateriadeReformaRuralIntegral

En la implementacióndel puntoRRI se garantizarán la perspectiva étnica y cultural, las condicionesjurídicasvigentesdelapropiedadcolectiva,losmecanismosparalaprotecciónyseguridadjurídicadelastierrasyterritoriosocupadosoposeídosancestralmentey/otradicionalmente.Seobservarántambiénlaintegralidaddelaterritorialidadysusdimensionesculturalesyespirituales,laprotecciónreforzadaalospueblosenriesgodeextinciónysusplanesdesalvaguardas.AccesoatierrasincluyendoelFondodeTierras.Seincluiránalospueblosétnicoscomobeneficiariosde lasdiferentesmedidasacordadasdeaccesoatierrassindetrimentode losderechosadquiridos.Laadjudicacióndeprediosyprocedimientosdeformalizaciónseharácondestinoalaconstitución,creación,saneamiento,ampliación,titulación,demarcación,restituciónyresolucióndeconflictosdeusoytenenciadelastierras.Seentenderáparaelcasodelospueblosétnicosquelafunciónecológicadelapropiedadylas formas propias y ancestrales de relacionamiento con el territorio se anteponen a la noción deinexplotación. En la creación de mecanismos de resolución de conflictos de tenencia y uso y defortalecimiento de la producción alimentaria participarán los pueblos y comunidades étnicas con susorganizacionesrepresentativascuandosetratedeconflictosquecomprometansusderechos.

• LosProgramasdeDesarrolloconEnfoqueTerritorial(PDET),cuyarealizaciónestéproyectadohacerse en territorios de comunidades indígenas y afrocolombianas, deberán contemplar unmecanismoespecialdeconsultaparasuimplementación,conelfindeincorporarlaperspectivaétnicayculturalenelenfoqueterritorial,orientadosalaimplementacióndelosplanesdevida,etnodesarrollo,planesdemanejoambientalyordenamientoterritorialosusequivalentesdelospueblosétnicos.

b. Enmateriadeparticipación.

SegarantizarálaparticipaciónplenayefectivadelosrepresentantesdelasautoridadesétnicasysusorganizacionesrepresentativasenlasdiferentesinstanciasquesecreenelmarcodelaimplementacióndelAcuerdoFinal,enparticularlasconsagradasenelpunto2ylasinstanciasdeplaneaciónparticipativa.SeadoptaránmedidasparagarantizarlainclusióndecandidatosdelospueblosétnicosenlaslistasdelasCircunscripcionesTerritorialesEspecialesdePaz-CTEP,cuandosuCircunscripcióncoincidaconsusterritorios.

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c. EnmateriadeGarantíasdeSeguridaddelpunto3.4Para el diseño e implementación del Programa de Seguridad y Protección para las comunidades yorganizaciones en los territorios se incorporará perspectiva étnica y cultural. Se garantizará elfortalecimientodelossistemasdeseguridadpropiosdelospueblosétnicos,reconocidosanivelnacionaleinternacionalcomolaGuardiaindígenaylaGuardiacimarrona.

d. Enmateriadesolucióndelproblemadedrogasilícitas.• Se garantizará la participación efectiva y consulta de las comunidades y organizaciones

representativasdelospueblosétnicoseneldiseñoyejecucióndelPNIS,incluyendolosplanesdeatención inmediata respectode los Territorios de los pueblos étnicos. En cualquier caso, el PNISrespetaráyprotegerálosusosyconsumosculturalesdeplantastradicionalescatalogadascomodeuso ilícito. En ningún caso se impondrán unilateralmente políticas de uso sobre el territorio y losrecursosnaturalespresentesenello.

• Enlapriorizacióndelosterritoriosseatenderáalasrealidadesdelosterritoriosdepueblosétnicos,se tendránencuenta los territoriosafectadosporcultivosdeuso ilícitode lospueblosétnicosenriesgodeexterminiofísicoyculturaloenriesgodeextinción,asícomolosterritoriosdelospueblosétnicosensituacióndeconfinamientoodesplazamiento.

• El Programa de Desminado y Limpieza de las áreas del territorio nacional se desarrollará enconcertaciónconlospueblosétnicosysusorganizacionesrepresentativas.SeatenderádemaneraprioritarialoscasosdelpuebloEMBERAubicadoenelmunicipiodePuertoLibertadorenCórdobaeItuango en Antioquia, los del Pueblo JIW ubicado en el municipio de San José del Guaviare enGuaviare, el pueblo Nukak departamento del Guaviare, en losmunicipios deMapiripán y PuertoConcordia enelMeta, así comoenelmunicipiode Tumaco ríoChagüí y el del PuebloAwáeneldepartamentodeNariño.TambiénloscasosdelosConsejosComunitariosAltoMirayFronterayríoChagüíyelmunicipiodeBuenosAires,veredaLaAlsaciaeneldepartamentodelCauca.

• Comoungestodevoluntaddepaz,reparaciónyhumanidad,elGobiernoNacional,lasFARC-EPylasorganizacionesrepresentativasdelospueblosétnicossecomprometenadesarrollarunprogramadeasentamiento, retorno, devolución y restitución de los territorios del pueblo indígena Nukak, elpuebloEmberaKatíodelAlto San Jorge resguardoCañaveral, así comodel territoriodelConsejoComunitarioAltoMirayfronterayCurvaradóyJiguamiandó.

e. Enmateriade víctimasdel conflicto: “Sistema Integral deVerdad, Justicia,ReparaciónyNo

Repetición”• EldiseñoyejecucióndelSistemaIntegraldeVerdad,Justicia,ReparaciónyNoRepeticiónrespetará

el ejercicio de las funciones jurisdiccionales de las autoridades tradicionales dentro de su ámbitoterritorialdeconformidadconlosestándaresnacionaleseinternacionalesvigentes.

• En el diseño de los diferentes mecanismos judiciales y extrajudiciales acordados respecto a lospueblosétnicosseincorporarálaperspectivaétnicaycultural.Serespetaráygarantizaráelderechoalaparticipaciónyconsultaenladefinicióndeestosmecanismos,cuandocorresponda.

• EnelmarcodelaimplementacióndelaJurisdicciónEspecialparalaPazsecrearánmecanismosparalaarticulaciónycoordinaciónconlaJurisdicciónEspecialIndígenasegúnelmandatodelartículo246delaConstituciónycuandocorresponda,conlasautoridadesancestralesafrocolombianas.

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• SeconcertaráconlasorganizacionesrepresentativasdelospueblosétnicosunprogramaespecialdearmonizaciónparalareincorporacióndelosdesvinculadospertenecientesadichosPueblos,queoptenpor regresar a sus comunidades,paragarantizarel restablecimientode la armoníaterritorial.Seconcertaráunaestrategiapedagógicaycomunicativadedifusióndelosprincipiosdenodiscriminaciónracialyétnicadelasmujeres,jóvenesyniñasdesvinculadasdelconflicto.

f. EnmateriadeImplementaciónyVerificación

• Se crearáuna Instancia Especial deAltonivel conPueblosÉtnicosparael seguimiento de la

implementacióndelosacuerdos,queseacordaráentreelGobiernoNacional,lasFARC-EPylasorganizacionesrepresentativasdelosPueblosÉtnicos.Lainstanciatendrálasfuncionesdeactuarcomo consultora, representante e interlocutora de primer orden de la Comisión deImplementación, Seguimiento y Verificación del Acuerdo Final de Paz y de Resolución deDiferencias (CSVR). Lo anterior sin detrimento de las funciones y atribuciones que tenganinstanciasdegobiernopropioydeparticipaciónqueyaexisten.

• Las fuentes de financiación para la implementación de los acuerdos no involucrarán aquellosacuerdosenmateriapresupuestalqueya sehayan realizadoentreelGobiernoNacional y losPueblos Indígenasyafrocolombianos, consignadosenelPlanNacionaldeDesarrollovigenteydemáspolíticasconsultadasyconcertadas.

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6.2.ComponenteinternacionaldeverificacióndelaComisióndeImplementación,SeguimientoyVerificacióndelAcuerdoFinaldePazydeResolucióndeDiferencias(CSVR)

Elpunto6delAcuerdoGeneralparaelfindelconflicto,quetratasobrelaimplementación,verificaciónyrefrendación,señalaquealafirmadelacuerdofinal,sedainicioalaimplementacióndetodoslospuntosacordados.Sobreestabase,elGobiernoylasFARC-EP,acuerdanlacreacióndeunmecanismodeverificacióndelosacuerdos que tendrá un componente internacional, que a su vez, es parte del mecanismo deimplementación de los acuerdos y tendrá como propósito comprobar el estado y avances de laimplementación de los mismos, identificar retrasos o deficiencias, brindar oportunidades demejoramientocontinuo,asícomocontribuirafortalecersuimplementación.Enestemecanismolaverificaciónconsistiráenelanálisisdelainformaciónrecolectadaduranteelprocesodemonitoreo,conelfindeconstatarelcumplimientoonodelosacuerdos.Establecerácuálessonlosavancesenlaimplementación,cuálessonlostemasendesarrolloycuálessonlospuntosdediscusiónycontroversia, para que producto de esa caracterización y elementos de juicio, soportada en laconstatacióndedatosyhechos,seevalúeelcumplimientodeloacordadoylasmedidasdesoluciónquetengancomofinúltimo,sudebidaimplementación.

6.2.1.Criteriosorientadoresdelmecanismodeverificación

ElGobiernoNacionalylasFARC-EP,acuerdanlossiguientescriteriosqueregiránlosprocedimientosdeverificación:

• Verificación: será rigurosa en la comprobación del estado de la implementación y puntos dediscusiónycontroversia.

• Objetividad: todo informe o pronunciamiento que rinda elmecanismode verificación, estará

rigurosamentesoportadoendatosyhechos.• Correspondencia: el esfuerzo de verificación que adelante el mecanismo corresponderá

exactamentealasmateriasycontenidosdequetrataelacuerdoqueponefinalconflictoyquefueronpactadosenlamesadediálogo,tomandoencuentacriteriosdebilateralidad.

• Enfoquediferencialydegénero:severificaráelimpactodiferencialydegéneroencadaunodelosacuerdos.

• Enfoque intersectorial e integral: el proceso de verificación se apoyará en la informaciónsuministradaporelcomponenteinternacionaldeacompañamiento,elcomponentetécnicoylaque suministren los representantes delGobiernoNacional y las FARC-EP, y los voceros de lasorganizacionessociales.

• Accesoalainformación:pararealizarlalabordeverificación,elmecanismodeverificacióntendrá

acceso a la información requerida en materia de implementación de los acuerdos, que seencuentre en las agencias, entidades del estado y mecanismos técnicos de recolección de

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información.Lainformacióndecarácterconfidencialserátratadadeacuerdoconlanormatividadvigente.

• Transparencia:elcomponenteinternacionalsolicitaráalGobiernoNacionalyalasagenciasquerealizan el acompañamiento internacional, para efectos del proceso de verificación, informessobrelosavancesdelaimplementacióndelosacuerdos,enloquecorrespondealadestinacióneinversióndelosrecursospúblicosparalaimplementacióndelosmismos.Asímismoyaefectosde cumplir con sus tareas de verificación, el componente internacional podrá igualmentecoordinarconlosórganosdecontroldelEstado.

• Territorialidad: los mecanismos de verificación y monitoreo tendrán especial énfasis en la

aplicaciónregional,departamentalymunicipaldelosacuerdos.6.2.2.Composicióndelmecanismodeverificaciónyfunciones

Elmecanismodeverificaciónestarácompuestoporlassiguientesinstancias:

• Notables:serándos(2)personasderepresentatividadinternacional,elegidas,unaporpartedelGobiernoNacionalyotraporpartedelasFARC-EP,quetendránlassiguientesfunciones:

a. Realizarán los pronunciamientos públicos, en relación con los avances que se registren en laimplementacióndelosacuerdosypuntosdediscusiónycontroversia,todoelloencoordinacióncon laComisiónde Implementación,SeguimientoyVerificacióndelAcuerdoFinaldePazydeResolucióndeDiferencias,enadelantelaCSVR.

b. En relación con los puntos de discusión y controversia que adviertan dificultad en laimplementación de los acuerdos, los notables, en coordinación con los representantes de lospaíses que hacen parte del componente internacional de verificación, presentaránrecomendacionesdesolución.

• Componenteinternacionaldeverificación:elcomponenteinternacionaldeverificaciónquehacepartedelaCSVR,estaráintegradoporunrepresentantedecadaunodelospaíses:Cuba,Noruega,Venezuela y Chile, que como garantes y acompañantes han estado presentes a lo largo delprocesodediálogoparaponerfinalconflicto.Suparticipaciónsedesarrollarásinperjuiciodelastareasdeacompañamientoquecumplanparalaimplementacióndelosacuerdos.

Elcomponentefuncionaráconlossiguientescriterios:

a. SeajustaráalosprotocolosestablecidosporlaCSVRparalaverificacióndelaimplementaciónde

losacuerdos.Elprotocoloseconstruiráconlospaísesqueintegranelcomponenteinternacional.

b. CoordinaráconlaCSVRlosprocesosdeverificación.

c. Comprobaráelcumplimientodelosprotocolosdeimplementaciónyverificación.

d. Podráconsultarainstitutosconcapacidadenelterrenouotrasinstitucionesyorganizacionesdelasociedadcivilquepuedanaportaralaverificacióndelaimplementacióndelosacuerdos.

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e. Coordinará sus actividades con los criterios de funcionamiento y alcance que la CSVR le haya

asignadoalInstitutoKrocdeEstudiosInternacionalesdePazdelaUniversidaddeNotreDame,EE.UU.

f. RendirásusobservacionesdecumplimientoalaCSVRdurantelosprimeros18mesesyposteriora ello, se realizarán semestralmente, basándose en los informes del Instituto Kroc. LasobservacionesdecumplimientoserántransmitidasalaCSVRyalosnotables.• Componente técnico:El Instituto Kroc, con sujeción a los criterios y líneas de acción que

definalacomisióndeseguimiento,desarrollaráentreotras,lassiguientesactividades:

a. Diseñarálametodologíaparaidentificarlosavancesdelosacuerdos.

b. Aportarálasbuenasprácticasyexperienciasparaunseguimientoefectivoalaimplementacióndelosacuerdos.

c. Brindaráelsoportetécnicodeseguimiento,verificaciónyacompañamientoalaimplementacióndelosacuerdos.

d. Construiráconrigormetodológicounmodelodeevaluaciónyseguimientoquepermitamedirelcumplimientodelosacuerdos,losuficientementeprecisoyquepermitaentiemporeal,latomadedecisionesylosajustes,todoelloenelmarcodeunalógicademejoramientocontinuodelascapacidadesdeejecuciónenlaconstruccióndelapaz.

e. Suesfuerzodetrabajotécnicopodrásercomplementadoconlasbuenasprácticasyexperienciasde otras instituciones e institutos que sean convenidos por el componente internacional deverificaciónyaprobadosporlaCSVR.

f. Losinformes,matricesyproductosgeneradosporelInstitutoKroc,tendráncomodestinatarioelComponente Internacional de Verificación y la CSVR, de conformidad con los criterios deconfidencialidadqueallíseestablezcan.

g. Lasactividadesdeacompañamientointernacionalylosinformesdeloscomponentestemáticos,serántenidosencuentacomouninsumoparaasegurarelseguimientoobjetivoalcumplimientodelaimplementacióndelosacuerdos.

6.2.3.MisiónpolíticadeverificacióndelasNacionesUnidasElGobiernoNacionalylasFARC-EPsolicitaránalasNacionesUnidasatravésdelaAsambleaGeneral,unaMisiónPolítica conelmandatodeverificar la reincorporaciónde las FARC-EPy la implementacióndemedidasdeprotección y seguridadpersonal y colectiva.Dichamisión iniciará sus actividadesuna vezconcluyaelmandatodelamisióndeverificacióndecesealfuegoydehostilidadesbilateralydefinitivo.Reconociendolaimportanciadecontarconunmecanismointernacionaldeverificaciónqueasegurelaimplementación de lo pactado en materia de reincorporación y garantías de seguridad, el GobiernoNacionalylasFARC-EPconsideranqueelsistemadeverificaciónquesepongaenmarchadebeasegurarsufuncionamientoporunperíododetres(3)años,renovablessifueranecesario.

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ElGobiernoNacionalenviaráunacomunicaciónalSecretarioGeneraldelasNacionesUnidas,solicitandoelapoyorequeridoparalosfinesdeesteacuerdo.

Loscontenidosdelostextosaverificardelosacuerdossonlossiguientes:

Acuerdo3.2.ReincorporacióndelasFARC-EPa lavidacivil -en loeconómico, losocialy lopolítico-deacuerdoconsusintereses.LoscontenidosdelAcuerdoquedeberánserverificadosespecialmenteson:

a. Reincorporaciónpolíticab. GarantíasparaelnuevopartidoomovimientopolíticoquesurjadeltránsitodelasFARC-EPala

vidapolítica.c. Reincorporacióneconómicaysocial

Acuerdo 3.4. Garantías de seguridad y lucha contra las organizaciones criminales responsables dehomicidiosymasacresoqueatentancontradefensores/asdederechoshumanos,movimientossocialesomovimientospolíticos, incluyendo las organizaciones criminales quehayan sidodenominadas comosucesorasdelparamilitarismoy sus redesdeapoyo, y lapersecuciónde las conductas criminalesqueamenacenlaimplementacióndelosacuerdosylaconstruccióndelapaz.LoscontenidosdelAcuerdoquedeberánserverificadosespecialmenteson:

a. Medidasdeprotección,seguridadpersonalycolectivab. SistemaIntegraldeSeguridadparaelEjerciciodelaPolítica,enespecialparalosintegrantesde

lasFARC-EPysusfamilias.c. LosProgramasIntegralesdeSeguridadyProtecciónparalascomunidadesyorganizacionesenlos

territorios.d. La Misión deberá ser de carácter político y estar compuesta por personal desarmado y con

experienciasenDerechosHumanos.

6.2.4.CalidadesdelverificadorElverificador,entendidoparaefectosdeesteacuerdo,comotodoparticipantequeintegreelmecanismo,deberácomprometerseconlaconfidencialidaddetodoelprocesodelaimplementacióndelosacuerdos,estará fuera de la controversia y opinión pública respetando los criterios y orientaciones que para elprocesodecomunicacióndetermineelmecanismo,yentodocaso,propenderáporencontrarsolucionesque puedan contribuir al mejoramiento continuo en la implementación de los acuerdos para laconstruccióndelapaz.

ElGobiernodelaRepúblicadeColombiarenovaráelactualmandatodelAltoComisionadodelasNacionesUnidasparalosDerechosHumanos(ONUderechoshumanos)porunperiodode3añosquepodráserrenovable. Así mismo, solicitará que dentro del informe que anualmente presenta su oficina sobreColombia,incluyauncapítuloespecialenrelaciónconlaimplementacióndelosacuerdosenmateriadederechoshumanos.

6.2.5.Temporalidaddelcomponenteinternacionaldeverificación

La CSVR previa evaluación de la conveniencia y necesidades de verificación, recomendará al señorPresidentedelaRepúblicalafinalizacióndesufuncionamiento.

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6.3.Componentedeacompañamientointernacional

Elacompañamientointernacionalincluidoenelpunto6delAcuerdoGeneralparaelFindelConflicto,quetratasobrelaimplementación,verificaciónyrefrendación,seentiendecomoelapoyoenexperiencias,recursos, monitoreo y buenas prácticas, para contribuir a la implementación de los acuerdos y laconstruccióndelapaz.El acompañamiento internacional es un esfuerzode contribuciónpara fortalecer las garantías para elcumplimientodelosacuerdos.DeberárespetarelordenconstitucionalylegaldeColombia,elrespetoporlasoberaníainterna,yeldeberdegarantizarlosderechoshumanosdelosciudadanos.Setratadeapoyaryrespaldarlosesfuerzosconjuntosparalograrconéxitolaimplementacióndelosacuerdos.Elacompañamientointernacionalenlostérminoscomosedefineenesteacuerdo,tendráconexiónconlaComisióndeImplementación,SeguimientoyVerificacióndelAcuerdoFinaldePazydeResolucióndeDiferencias(CSVR),enadelantelaCSVR.ElGobiernoNacionalylasFARC-EPacuerdanlossiguientescriteriosparaconcretarelacompañamientointernacional:6.3.1.CriteriosgeneralesSobrelabasedelosprincipiosinternacionalesdeigualdadsoberana,arreglodecontroversiaspormediospacíficos, mantenimiento de la paz, respeto a la jurisdicción interna de los Estados y respeto por elDerechoInternacionaldelosDerechosHumanos,elacompañamientointernacionalseenmarcaráenlossiguientescriteriosgenerales:• Soberanía:elacompañamientointernacionaldeberácomprendersecomoelapoyoalosesfuerzosde

Colombiaparalograrconcabaléxito,laimplementacióndelosacuerdosylaconstruccióndelapaz,respetando y acogiendo en todo caso, el principio de soberanía frente a sus decisiones en laimplementacióndelosacuerdos.ElacompañamientointernacionaligualmentecontribuiráaquelosdeberesyresponsabilidadesdelEstadodefinidosenelacuerdofinalgaranticenlosderechosdelosciudadanos.

• Imparcialidad: se fundaráenel respetoy laconfianzapor la institucionalidad,elcontenidode losacuerdos, y los valores democráticos, como garantía para que la implementación de losmismos,contribuyaalaconstruccióndelapaz.

• Ofertadeexperiencia,capacidadtécnicayrecursos:elapoyodelacompañamiento internacional,radica en la disposición de compartir buenas prácticas, transferir conocimiento, experiencias yrecursos,paraasegurareléxitodelaimplementacióndelosacuerdosylaconstruccióndelapaz.

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6.3.2.Acompañamientointernacional

LasFARC-EPyelGobiernoNacionalhanacordadoquesesolicitaráelacompañamientointernacionaldelossiguientespaísesyentidadesinternacionales,alaimplementacióndelosacuerdos,encadaunodelospuntosdelacuerdogeneralparaelfindelconflicto:

AcuerdoInstanciadeacompañamiento

internacional

1.HaciaunNuevoCampoColombiano:ReformaRuralIntegral

- UniónEuropea- FAO- VíaCampesina

2. Participación política: apertura democrática paraconstruirlapaz

- Unasur,Suizayel InstitutoHolandéspara la DemocraciaMultipartidaria -NIMD.

3.2Reincorporación - Unióneuropea- UNESCO- PNUD- OCLAE (Organización ContinentalLatinoamericana y Caribeña deEstudiantes)

3.3 El Gobierno Nacional coordinará la revisión de lasituación de las personas privadas de la libertad,procesadas o condenadas, por pertenecer o colaborarconlasFARC-EP.

- OficinadelAltoComisionadodeNacionesUnidasparalosDerechosHumanos.

3.4Luchadesmantelamientodeorganizaciones - UNODCyEstadosUnidos

3.4Unidadespecialdeinvestigación - EstadosUnidos- UniónEuropea

3.2Garantíasdeseguridadypersonal - EstadosUnidos- OficinadelAltoComisionadodelasNacionesUnidasparalosDerechosHumanos.

4.SoluciónalproblemadelasDrogasIlícitas - UNODC- ComisiónGlobaldeDrogas

5.Víctimas

DerechosHumanosdelasvíctimas

- Oficina del Alto Comisionado de lasNaciones Unidas para los DerechosHumanos.

- CICR- ICTJ- Podrán ser invitadas por la CSVR,otras instituciones que realizanacompañamientointernacional.

Unidaddebúsquedadedesaparecidos - Suecia- CICR

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EnfoquedeGénero - ONUMujeres.- RepresentantedelSecretarioGeneralparaviolenciasexualenelconflicto.

- Federación DemocráticaInternacionaldeMujeres.

A efectos de garantizar la mayor eficacia del componente de acompañamiento internacional a laimplementacióndelosacuerdos,sedeterminanlassiguienteslíneasdeacción:

• LasactividadesdeacompañamientointernacionalatenderánloscriteriosyrequerimientosqueestablezcalaCSVR.

• Para el cumplimiento de las actividades específicas de acompañamiento primará la

especializacióntemáticaylaplenaarticulacióndelosacompañantesmedianteelestablecimientodeunainstanciadeintegraciónqueatenderáloscriteriosdelaCSVR.

• CadacomponentetemáticoelaboraráinformesperiódicosqueseráncompartidosalaCSVR,todo

ellosinperjuiciodelosinformesquelasdistintasorganizacionesoentidades,rindanasusórganoscorrespondientes.

Los informesproducidospor los componentes temáticosdeacompañamientoalimentarándemanerasistemáticaalInstitutoKrocdeEstudiosInternacionalesdePazdelaUniversidaddeNotreDame,EE.UU.,queelGobiernoNacionalylasFARC-EPhanacordadocomounodeloscomponentesdeapoyotécnicoparadesarrollarelmodelodeevaluaciónyseguimientodelaCSVR.Elpresenteacuerdoinvitaalospaíses,institucionesyorganizacionesquehacenpartedelcomponenteinternacionaldeacompañamientoa contribuir con la financiaciónde losaspectos relacionadoscon laimplementacióndelosacuerdos.EneltemadeReincorporación,sesolicitaalaOrganizacióndeEstadosIberoamericanosparalaEducación,laCienciaylaCultura(OEI)apoyarelprocesodereincorporaciónalavidacivil.IgualmentesesolicitaráalGobiernodeAlemaniaqueformepartedelospaísesacompañantesqueapoyaránlostemasreferidosapunto5,enlorelacionadoconlostemasdeVíctimasyJurisdicciónEspecialparalaPaz(JEP).

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6.5.HerramientasdedifusiónycomunicaciónParagenerarconfianzaycredibilidadfrentealAcuerdoFinal,elGobiernoNacionalylasFARC-EPhemosacordado:

CreacióndeunSistemaConjuntodeComunicacionesyPedagogíadelAcuerdoFinalydivulgaciónsobrelosavancesdelaimplementación.

• Campañapedagógica,incluyepiezaspedagógicasparacomunicarloscontenidosdelAcuerdoFinalpor 6meses,a travésde losmedios institucionales (radioy televisión)yunañoadicionalparadifusión y pedagogía del inicio de la implementación del Acuerdo Final. La Comisión deSeguimiento,VerificaciónyResolucióndeDiferencias -CSVR-coordinarádemaneraexpedita, laactivaciónde31emisorasenFMparaque funcionenbajo lamodalidadde interéspúblicoparaapoyarlapedagogíadelosacuerdos.UnavezfinaliceelprocesodedejacióndearmasyentreenfuncionamientoECOMÚN,las31emisorasseránadministradasporéstacooperativa.

• Herramientas de comunicación: A partir de la experiencia de la página de la Mesa deConversaciones,sediseñaráconjuntamenteunaestrategiadedifusiónconnuevasherramientasatravésdelasredessocialesparamantenerinformadosalasaudienciassobrelapedagogíadelosacuerdosylafasedeimplementación.

ElGobiernoNacionalylasFARC-EP,designaránaunapersonaparaquehagaparteestesistema.Todoloanterior, sin perjuicio de otras actividades que con ese propósito realicen cada uno por separado. ElfinanciamientodelSistemaseráasumidoporGobiernoNacionalyentraráen funcionamientounavezhayainiciadolaCSVR.

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6.6Acuerdosobre“Refrendación”

ElGobiernodeColombiaylasFARC-EP,parazanjarlasdiferenciassurgidashastalafechasobreeltemaaludido, en desarrollo de la Agenda del Acuerdo General para la Terminación del Conflicto, hemosconvenidoacogercomofórmuladeconvergencialadecisiónqueprofieralaCorteConstitucionalsobrelosalcancesdelProyectodeLeyEstatutariaNo.156Cámarade2015,94de2015Senado,enelespírituhastaahoraanunciadoyenesamedidaaceptamoselmecanismodeparticipaciónpopularquelaCorteindiqueyenlostérminosqueestealtotribunalseñale.

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PROTOCOLOSYANEXOS

ProtocoloyAnexodelcapítulodeINTRODUCCIÓNdelAcuerdodeCesealFuegoydeHostilidadesBilateralyDefinitivo(CFHBD)yDejacióndelasArmas(DA).

ElpresenteProtocolodelCapítulodeIntroduccióndelAcuerdodeCesealFuegodeHostilidadesBilateralyDefinitivo (CFHBD)ydeDejaciónde lasArmas (DA),está integradopor las fasesdeplaneamientoyejecución, que permite: el despliegue del Mecanismo de Monitoreo y Verificación (MM&V) a nivelnacional,regionalylocalparaquepuedarealizarsulabor;laadaptacióndelosdispositivosenelterreno;elfuncionamientodelas23ZonasVeredalesTransitoriasdeNormalización(ZVTN)y8PuntosTransitoriosdeNormalización(PTN)quesehandefinidodecomúnacuerdo;yelprocedimientotécnicodedejacióndelasarmas;conformealAcuerdodeCFHBDyDA.

1. PlaneamientoPorplaneamientoseentiendeelconjuntodelasactividadespreviasalafirmadelAcuerdoFinalquedainicioalCFHBDyDAeldíaDalahoraH.

1.1Suministrodeinformaciónparaelplaneamiento

DuranteestafasesedebecapacitarycertificaralosintegrantesqueelGobiernoNacionalylasFARC-EPdesignenparaconformarelMM&V,loscualesdebencontarconuntiempoparaacoplarseprevioasu despliegue. Con este propósito, el GobiernoNacional y las FARC-EP entregarán al ComponenteInternacionaldelMM&V(CI-MM&V)elnombredesusintegrantesacapacitareldíaD-35.

LainformaciónnecesariaparagarantizareldesplazamientoylaparticipacióndelosintegrantesdelasFARC-EP en la capacitación, acople y posterior despliegue delMM&V será entregada al CI-MM&VquienrealizarálascoordinacionesqueserequieranconelGobiernoNacional.

EldíaD-30iniciaeldesplieguedealgunasinstanciasregionalesdelMM&V.

EldiaD-25iniciacapacitacióndelpersonaldelMM&V.

EldiaD-20elGobiernoNacionalylasFARC-EPentregaránalCI-MM&Vlainformacióndelasunidadesyestructurascomprometidasenlaadaptacióndelosdispositivosenelterreno,lasZVTNylosPTN.

EldíaD-15:

a. ElGobiernoNacionalylasFARC-EPsuministraránlainformacióndelascoordenadasdelasZVTNyPTNalMM&V.

b. ElGobiernoNacional,lasFARC-EPyelCI-MM&VefectuaránelacoplamientodelosequiposlocalesdeMM&V.

c. El Gobierno Nacional efectuará el acoplamiento de los equipos de protección con el MM&V.

EldíaD-12,elGobiernoNacionalylasFARC-EPentregaránlaapreciacióndesituacióndelasZVTNyPTNalMM&V.

EldíaD-8desplieguedelasinstanciaslocalesdelMM&VparalaadecuacióndelasSedesLocales.

EldíaD-7seinstalaránlasSedesLocalesdelMM&V.

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EldíaD-6seefectuaráeldesplieguedelaInstanciaNacionaldelMM&V.

EldíaD-5seefectuarálaverificacióndeldesplieguedelMM&Vgarantizandoquetodaslascondicionesadministrativas,técnicas,logísticasydeinfraestructuraseencuentrenenóptimascondiciones.

ElGobiernoNacionalgarantizaquelainformaciónquerecojaseráutilizadaexclusivamenteparafinesrelacionadosconelprocesodeCFHBDyDA.

2. EjecuciónPorejecuciónseentiendeelconjuntodeactividadesque llevaránacaboelGobiernoNacional, lasFARC-EPyelMM&VapartirdelafirmadelAcuerdoFinalquedainicioalCFHBDyDAeldíaDalahoraH.

2.1Anuncioeinicio

EldíaDelGobiernoNacionalylasFARC-EPanunciaránalpaíseliniciodelCFHBDyDAhaciendousodetodoslosmediosdecomunicación,locualimplica:

a. Terminardemaneradefinitiva lasaccionesofensivasentre la FuerzaPúblicay lasFARC-EP, lashostilidadesycualquierconductaquenodebaserejecutadadeacuerdoconelanexodelasReglasqueRigenelCFHBDyDAenelpresenteAcuerdo.

b. QueentranenvigencialasReglasqueRigenelCFHBDyDA.

c. QuelafasedepreparaciónhaculminadoysedainicioalfuncionamientodelMecanismoTripartitodeMonitoreoyVerificación(MM&V)queestáintegradoporelGobiernoNacional,lasFARC-EPyun Componente Internacional conformado por unamisión política no armada de lasNacionesUnidas.

d. Queinicialarestriccióndelosvuelosmilitaresa5.000piesdevuelosobrelasZVTN,losPTNylasZonasdeSeguridad(ZS).

e. QuetantolaFuerzaPúblicacomolasFARC-EPadecuarántransitoriamentesusdispositivosenelterrenoparaviabilizarlapuestaenmarchade23ZVTNy8PTN,ylaverificacióndelAcuerdodeCFHBDyDA.

f. Quese iniciaelprocesodedejaciónde lasarmas, talcomoestáestablecido enelAcuerdodeCFHBDyDA,medianteelcuallaOrganizacióndeNacionesUnidas(ONU)recibirálatotalidaddelarmamentodelasFARC-EPparadestinarloalaconstruccióndemonumentos.

2.2SuministrodeinformaciónenlaejecucióndelCFHBDyDA

EldíaD+1:

a. Undelegado(a)delGobiernoNacionalyuno(a)delasFARC-EPentregaránlascoordenadasdelaubicacióndelasunidadesdelaFuerzaPúblicaydelasFARC-EPalCI-MM&V,paraqueseadopten

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lasmedidasnecesariasparaposibilitarlosdesplazamientosdelasestructurasdelasFARC-EPalasZVTNyPTNdemanerasegurabajoelmonitoreoyverificacióndelMM&V.

b. La FuerzaPública reorganizael dispositivode las tropaspara facilitar el desplazamientode lasestructurasde lasFARC-EPadichasZonasyPuntosparaelcumplimientodelAcuerdosobreelCFHBDyDA.

EldíaD+5:

a. ElGobiernoNacionalylasFARC-EPsuministraránlainformaciónqueelCI-MM&Vrequieraparagarantizarelmonitoreoyverificacióndelprocesodedesplazamientodelasdistintasmisiones,comisionesyUnidadesTácticasdeCombate(UTC),incluidaslasmiliciasdelosfrentesdelasFARC-EP hacia las ZVTN y PTN previamente acordadas, siguiendo las rutas de desplazamientoestablecidasdecomúnacuerdoentreelGobiernoNacionalylasFARC-EP.

b. SeiniciaeldesplazamientoalasZVTNyPTNdelasunidadesdelasFARC-EPyeltransportedelarmamento individual.Esteprocedimiento finaliza,amás tardareldíaD+30 y contaráconelmonitoreoyverificacióndelMM&V.

c. LasFARC-EPsuministraráalCI-MM&VlainformaciónqueelCI-MM&Vconsideranecesaria,para

el transporte, registro, identificación, monitoreo y verificación de la tenencia, recolección,almacenamiento,extracciónydisposiciónfinaldelasarmas.

d. LasFARC-EPentregarán,alainstancialocaldelMM&Vellistadoconlascantidadesynecesidadesespecíficas requeridas para la logística de cada ZVTN y PTN, con el fin que adelante losprocedimientosdeadquisiciónyabastecimientodemaneraoportuna.

e. UnavezubicadaslasFARC-EPenlasZVTNylosPTN,elCI-MM&Vconcretaráellugardeinstalacióndeloscontenedoresparalaseguridaddelarmamento.

El día D+7 se inicia, con monitoreo y verificación del MM&V el transporte de las armas deacompañamiento, del armamento de las milicias, las granadas y municiones, por parte de losintegrantesdelasFARC-EPhacialasZVTNyPTN,bajolaobservanciadelprotocolodeseguridadparaeltransportedelarmamento.EsteprocedimientofinalizaeldíaD+30.

El armamento de acompañamiento, granadas y municiones, que ingresa a los campamentos,incluyendolasarmasdelasmilicias,permaneceenarmerillostemporalesbajolaresponsabilidaddelasFARC-EPhastaeldíaD+60cuandoseránalmacenadosenloscontenedoresdispuestosparaestefin.

EldíaD+8,lasFARC-EPentregaránlainformaciónalCI-MM&Vconlacantidaddesusintegrantes.

El día D+10 las FARC-EP entregará al CI-MM&V las coordenadas de los depósitos (caletas) delarmamento inestable entendido como todo aquel cuyo exterior este deteriorado: con rajaduras,abolladuras,hundimientosyoxidación,asícomoelqueposeamaterialexplosivoexudadoycualquierotrosignoquepermitadeterminarquesutransportepuedaresultarpeligroso,tambiénlasarmasyexplosivos de fabricación artesanal e insumos para su fabricación, para iniciar su proceso de

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destruccióndeacuerdoalascoordinacionesentreelCI-MM&VylasFARC-EPbajoelcumplimientodelosprotocolosdeseguridaddefinidosparaestefinloscualessecoordinaránconelGobiernoNacional.ElCI-MM&Vverificarálaejecucióndeesteprocedimiento.

Larecolecciónyalmacenamientoencontenedoresdelarmamentoindividualquepermaneceenpoderde los (as) integrantesde las FARC-EPdentrode los campamentos en las ZVTNy PTN, sehacedemanerasecuencialyentresfasesasí:1Fase:D+90,el30%;2Fase:D+120,el30%;y3Fase:D+150,40%restante,segúnlahojaderuta(cronogramadeeventos)acordadaporelGobiernoNacionalylasFARC-EPqueguíaelprocesodelFindelConflictoluegodelafirmadelAcuerdoFinal.

RecibidoelarmamentoeldíaD+150,amástardareldíaD+180finalizaelprocesodeextraccióndelasarmasporpartedeNacionesUnidas,conformealosprocedimientosacordadosparaestamateriaycertifica el cumplimiento de este proceso procediendo a comunicarlo al Gobierno Nacional y a laopiniónpública.

EldíaD+180sedaporterminadoelfuncionamientodeestasZonasyelCesealFuegoydeHostilidadesBilateralyDefinitivo.

ElMM&Vcertificaycomunicacadaunadelasfasesdelprocedimientodedejacióndearmasantesdescrito.

TodalainformaciónmencionadaenelpresenteprotocoloseentregaráporescritoalMM&VoalCI-MM&Vsegúncorrespondayenloscasosqueameriteesteresponderádeigualforma.

2.3Difusiónycomunicación

AlcanzadoelAcuerdoFinal,elGobiernoNacional y lasFARC-EP respectivamente,garantizaránquetodaslasunidadesdelaFuerzaPúblicacomprometidasenelCFHBDyDAasícomolasestructurasdelasFARC-EPseaninformadasdelinicioydesarrollodeesteproceso.Paraestefin,seemplearántodoslosmediosnecesariosparahacerefectivaestacomunicación.ElMM&Vverificarálaejecucióndeesteprocedimiento.

3. CronogramaDeacuerdoa loestablecidoenelAnexoF“CronogramadelpuntodelCesealFuegoyHostilidadesBilateralyDefinitivoyDejacióndelasArmas”.

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ProtocolocapítulodeREGLASQUERIGENELCESEALFUEGOYDEHOSTILIDADESBILATERALYDEFINITIVO(CFHBD)YDEJACIÓNDELASARMAS(DA).

REGLAS QUE RIGEN EL CESE AL FUEGO Y DE HOSTILIDADES BILATERAL Y DEFINITIVO (CFHBD) YDEJACIÓNDELASARMAS(DA).• Lasconductasquesedescribenaquísonelnúcleoprincipaldelaactividadquetendráelmecanismo

demonitoreoyverificación(MM&V).• SonreglasquebuscanevitarsituacionesqueponganenriesgoelcumplimientodelacuerdodeCFHBD

yDA.• SonconductasqueNOdebenserrealizadas,yquebuscanquelapoblacióncivilnoseaafectadaen

susderechos.ElGobiernoNacionalylasFARC-EPsecomprometenaNOrealizarenvirtuddelpresenteacuerdolassiguientesacciones:1. Entrarencontactoarmado.2. ImpediruobstaculizarlalabordelMM&V.3. OcultarinformaciónquesearelevanteparaelfuncionamientodelMM&Vylaimplementacióndel

acuerdodelCFHBDyDA.4. Desplegar unidades armadas y personal no autorizado en las Zonas Veredales Transitorias de

Normalización(ZVTN)-PuntosTransitoriosdeNormalización(PTN)yZonasdeSeguridad(ZS),bajolascondicionesdefinidasenelAcuerdodelCFHBDyDA.

5. Adelantaraccionesqueimpidanlaprotecciónoasistenciahumanitaria.6. Utilizarlenguajedifamatorioporcualquiermedio.7. Ejecutaractosdeviolenciaocualquieramenazaquepongaenriesgolavidaeintegridadpersonal

contralapoblacióncivil,especialmenteaquellosporrazóndegénero.8. Realizaraccionesqueatentencontralaintegridadfísicaomoraldelacontraparte.9. Realizaraccionesquevayanencontradelaintegridadyseguridadfísicadelpersonalqueconforma

elMM&V.

10. InterferirenlalabordelCI-MM&Vfrentealosprocedimientostécnicosderegistro,identificación,monitoreoyverificacióndelatenencia,recolección,almacenamiento,extracciónydisposiciónfinaldelarmamentodelasFARC-EP.

11. UsarlasRutasdeDesplazamiento,laadecuacióndelosdispositivosenelterreno,lasZVTN,losPTN

ylasZonasdeSeguridadparafinesopropósitosdiferentesalosacordadosenelmarcodelCFHBDyDA.

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12. TransgredirlosacuerdosyprotocolosrelacionadosconelingresoysalidadelasZVTNylosPTN.13. Hacer presencia temporal ó permanente en las zonas de seguridad delimitadas previamente de

comúnacuerdo.14. TransgredirloscompromisosadquiridosenelAcuerdosobreCFHBDyDA.15. Afectarlosderechosylibertadesdelapoblacióncivil.16. LaFuerzaPúblicamantendráelcumplimientodelaLeyyenespecialdelasentencia–T-455de2014-

delaCorteConstitucionalsobrelaincorporacióndeintegrantesasusfilas;yporsupartelasFARC-EPnoincorporaránuevoshombresymujeresensusfilas(guerrillasymilicias).

El Gobierno Nacional se compromete a NO realizar en virtud del presente acuerdo las siguientesacciones:1. Tenertratodiscriminatorioconelpersonalobjetodeesteacuerdo.2. Diseñar,planearyejecutarvuelosmilitares,pordebajode5.000piesdelosnivelesdevuelo.3. Diseñar,planear yejecutaroperacionesdeacciónofensiva contra los integrantesde las FARC-EP

(guerrilla–milicias)queseencuentrenencumplimientodelacuerdodeCFHBDyDA.4. ControlarelsuministrodealimentosymedicamentosdestinadosalasáreasdefinidasenlasZVTNy

losPTN.5. AfectarodañarlasinstalacionesadecuadasenlasZVTNyPTN.6. IngresaralasZVTN,PTNyalasfranjasdeseguridadsininformarocoordinarconelMM&V.7. HacerpropagandahostilencontradelasFARC-EP.8. ObstaculizareldesplazamientodelosintegrantesdelasFARC-EPhacialasZVTNylosPTN.9. ObstaculizarlaatenciónmédicaalosintegrantesdelasFARC-EP.

LasFARC-EPsecomprometenaNOrealizarenvirtuddelpresenteacuerdolassiguientesacciones:1. Hacerpresenciaarmadayuniformadaencualquierlugardiferentealoscampamentos.2. SalirdelasZVTNodelosPTNsincumplirlosprocedimientosacordadosenmateriadeseguridadpara

losdesplazamientos.3. Adquirir,fabricar,portarotransportararmasmunicionesyexplosivosnoautorizadosenelacuerdo

delCFHBDyDA.

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4. Interferirenelnormaldesarrollodelasfuncionesdelasautoridadesciviles,militaresydepolicía.5. Cometer actos de destrucción o de daño material, de las obras e instalaciones, infraestructura,

instalacionesgubernamentalesydelaFuerzaPública.6. Realizaractividadesilícitasparalafinanciacióndelaorganización.7. Incrementarsucapacidaddecombate.8. Comercializaropreparardepósitosclandestinosdearmasypertrechos.9. Modificarsinjustificaciónlacantidadyrelacióndepersonasyarmasautorizadasparapermanecer

enlosCampamentos.

10. Incumplir el procedimiento técnico acordado de registro y almacenamiento de las armascorrespondientealosylasintegrantesdelasFARC-EPquesalenalcumplimientodelastareasdelprocesodepazydelosylasintegrantesdeestaorganizaciónasignadosalMM&V.

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ProtocolodelcapítuloDESPLIEGUEDELMECANISMODEMONITOREOYVERIFICACIÓNdelAcuerdodeCesealFuegoydeHostilidadesBilateralyDefinitivo(CFHBD)yDejacióndelasArmas(DA).

ALISTAMIENTO Y DESPLIEGUE DEL MECANISMO DE MONITOREO Y VERIFICACIÓN (MM&V), DELACUERDODELCFHBDYDA.ElGobiernoNacionaly lasFARC-EP,hanacordadoesteprotocoloqueconsignaelcronogramaparaelalistamientoyeldesplieguedelMM&VdelCFHBDylaDA.Contemplalaadecuacióndelasinstalaciones,lacapacitacióndelpersonal,elacoplamientode losequiposen las tres instancias yeldesplieguedelMM&V.ElsiguientecronogramaidentificalasprincipalesactividadesquesedebenllevaracaboconelobjetivodedesplegarelMM&Venlasáreasysedescorrespondientes,afindequecumplanconlasfuncionesestablecidasenelmandato.

• Cronograma

Día Secuenciadeactividades

D-56 Definicióndelassedesregionalynacional.

D-35 Suministro del listado del personal del Gobierno Nacional y FARC-EP acapacitar.

D-30 Iniciodesplieguedealgunasinstanciasregionalesdelmecanismo(ONU).

D-25 IniciocapacitaciónpersonaldelMM&V.

D-20 ElGobiernoNacionalylasFARC-EPentregaránalCI-MM&Vlainformacióndelasunidadesyestructurascomprometidasenlaadaptacióndelosdispositivosenelterreno,lasZVTNylosPTN.

D-15 Suministrodeinformación-coordenadasdelasZVTNypuntos(campamentos)al MM&V verificadas durante las visitas y entregadas por la Mesa deConversaciones.

D-12 EntregaapreciacióndesituaciónporpartedelGobiernoyFARC-EPalMM&VdelaZVTNypuntos-campamentos-

D-9 Finalizacióncursomonitoreoyverificación.

D-8 DesplieguedelasinstanciaslocalesMM&VparalaadecuacióndelasSedes.

D-7 InstalacióndelasSedesLocalesyregionalesdelMM&V.

D-7 Iniciodelacoplamientodelosequiposlocalesyregionales.

D-6 Instalacióndelasedenacional.

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D FirmadelacuerdofinaleiniciodefuncionesdelMM&V.

D+3 Pedagogíaalascomunidadessobrelaverificaciónymonitoreo.

D+5 SegundosuministrodeinformaciónalMM&V.

Funcionamientodelosequiposenelterreno.

• La instancia local está compuesta por 35 personas, de las cuales 15 son del componenteinternacional,10sonintegrantesdelGobiernoNacionaly10delasFARC-EP.Estosgruposestánubicados en cada una de las Zonas Veredales Transitorias de Normalización (ZVTN) y PuntosTransitoriosdeNormalización(PTN).

• Estas35personas,sedistribuyenencomisionespararealizarlasfuncionesdemonitoreodescritasenlosdiferentesprotocolosdelAcuerdodeCFHBDyDA.Encadasedesemantieneunacomisiónencargadadelacoordinacióndelasactividadesdelmonitoreolocal.

• Las23ZVTNylos8PTNestánubicadosen30municipiosy15departamentoscomosigue:Fonseca(Guajira), La Paz (Cesar), Tibú (Norte Santander), Remedios (Antioquia), Ituango (Antioquia),Dabeiba (Antioquia), Vigía del Fuerte (Antioquia), Rio Sucio (Chocó), Tierra Alta (Córdoba),Planadas (Tolima),VillaRica (Tolima),BuenosAires (Cauca),Caldono (Cauca),Corinto (Cauca),Policarpa(Nariño),Tumaco(Nariño),PuertoAsís(Putumayo),CartagenadelChairá(Caquetá),LaMontañita (Caquetá), San Vicente del Caguán (Caqueta), Arauquita (Arauca), Tame (Arauca),Mesetas (Meta), Vista Hermosa (Meta), La Macarena (Meta), Mapiripán (Meta), Cumaribo(Vichada), San José del Guaviare 1 (Guaviare), San José del Guaviare 2, Calamar y El Retorno(Guaviare).

• En el nivel regional se tienen 2 equipos de verificación en cada una de las siguientes sedes:Valledupar, Bucaramanga, Medellín, Quibdó, Popayán, Florencia, Villavicencio y San José delGuaviare.

• EnelnivelnacionalfuncionaunsoloequipoquetienesusedeubicadaenBogotá.Las fechas, tiempos y cantidadde equipos y personas incluidas en este protocolo tienen fines deplaneaciónypueden sufrir cambiosde comúnacuerdoentreelGobiernoNacional, las FARC-EPyNacionesUnidas.

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Protocolo del capítulo Monitoreo y Verificación: FLUJO DE LA INFORMACIÓN DEL MM&V delAcuerdodeCesealFuegoydeHostilidadesBilateralyDefinitivo(CFHBD)yDejacióndelasArmas(DA).FLUJODELAINFORMACIÓNDELMECANISMODEMONITOREOYVERIFICACIÓN-MM&V.ElGobiernoNacionalylasFARC-EPhanacordadolosprocedimientosdecómofluyelainformaciónalinteriordelmecanismo,cómosegeneranydifundenlosreportesylosinformespúblicos.ReportesSe entiende por reporte el documento de carácter interno, construido por las personas de lasinstanciaslocal,regionalonacionalypresentadoporelComponenteInternacionalquienlideraenlasrespectivasinstancias;enelreporteseconsignanloshechosquesepresentenenterrenoyqueseande manejo del MM&V. Se incluye el hecho, la información recolectada al respecto, el análisis,informacióndesagregadapordiversidaddegéneroylarecomendacióndemanejofrentealmismo.Losreportesfluyenhacialasiguienteinstanciajerárquica.Losreportesreflejanlospuntosdevistadelosdistintoscomponentesqueintegrancadainstancia.InformeSe entiende por informe el documento de carácter público, emanado de la instancia nacional,elaborado por las personas del componente internacional y con la debida consulta a las y losdelegadosdelGobiernoNacionalydelasFARC-EP,quecontieneeldetalledelavancedelprocesodemonitoreoy verificación;estedocumento tomacomo insumos los consolidadosmensualesde loseventosdocumentadosencadaunade las instancias localesy regionales,asícomo lasprincipalesnovedadesobservadasporelMM&Vyreflejaelanálisisdelainformaciónrecolectadaconenfoquediferencialydegénero.FlujodelainformaciónygeneracióndereportesenlainstancialocalLa instancia localemitereportesdirigidosa la instanciadeverificaciónregional.La informaciónesrecolectada por los monitores, evaluada y analizada por los tres componentes del MM&V de lainstancialocal.Elcomponenteinternacionalconsolidalainformaciónygeneraelreporte.Lainstancialocalanalizaydeterminasieleventoesdesucompetencia,osiseescalaalaverificaciónregional.Entodocaso,lainstancialocaldelMM&Vreportaalainstanciaregionaltodalainformaciónrecolectada.FlujodelainformaciónygeneracióndereportesenlainstanciadeverificaciónregionalLainstanciaregionalemitereportesdirigidosalainstanciadeverificaciónnacional.Unavezqueelreporte de la instancia local llega a la instancia de verificación regional, ésta lo analiza. Si lainformación contenida en el reporte no es suficiente, la instancia de verificación regional solicitaampliacióna la instancia local; o, de ser requerido, envíauna comisiónal terrenopara recolectarnuevoselementosquepermitantenerlainformaciónnecesaria.

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Unavez lasy los integrantesde la instancia regionalhayanrealizadoelanálisisyevaluaciónde lainformación,elcomponenteinternacionalconsolidaelreporteyloenvíaalainstancianacional.Flujodeinformaciónygeneracióndereporteseinformes,enlainstanciadeverificaciónnacionalLainstanciadeverificaciónnacionalelaboradostiposdedocumentos:reporteseinformes.

a. Los reportes, de carácter interno, son enviados a los representantes del GobiernoNacionalydelasFARC-EP.

Una vez queel reportede la verificación regional llega a la instancia nacional, ésta loanalizayevalúa.Silainformacióncontenidaenelreportenoessuficiente,puedesolicitarinsumosdeentes competentes, ampliacióna la instancia regionalo,de sernecesario,envíaunacomisiónalterrenoparaprecisarlainformaciónpertinente.Cuandosetengaclaridad sobreel hecho yprevio análisis de los integrantesde la instancianacional, elcomponente internacional que la preside consolida el reporte y emite lasrecomendacionespertinentesalGobiernoNacional,alasFARC-EP,alasNacionesUnidasydemásentidadescomprometidasenelprocesodeimplementacióndelCFHBDyDA.

b. Losinformes,decarácterpúblico,sondifundidosalaopiniónnacionaleinternacionala

travésdeloscanalesestablecidosporelGobiernoNacionalylasFARC-EP.Losinformesse emiten cada 30 días, o antes, según criterio de la instancia nacional. Solamente lainstancianacionalhacedeclaracionespúblicas.

Lasinstanciasnacional,regionalylocalmantienencomunicaciónfluidaypermanente,ygarantizan el flujo oportuno de la información interna entre lasmismas, para lo cualcuentanconlosmediostécnicos,administrativosyoperacionalessuficientes.

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ProtocolodelcapítulodeMonitoreoyVerificación:COMUNICACIONESESTRATÉGICASdelAcuerdodeCesealFuegoydeHostilidadesBilateralyDefinitivo(CFHBD)yDejacióndelasArmas(DA).

COMUNICACIONESESTRATÉGICASMECANISMODEMONITOREOYVERIFICACIÓN(MM&V)

EsteprotocoloconsignaunprocedimientouniformesobrecómooptimizarlasaccionesyproductosdecomunicaciónfrutodelasactividadesdelMM&V.Eldocumentoorientaesfuerzoshacialasprincipalesaudiencias o públicos de interés: la población civil nacional e internacional, las y los integrantes delGobiernoNacionalydelasFARC-EP.

Objetivo

RealizarladifusióndelasactividadesdelMM&V,asícomolorelativoalascontingenciasquesepuedanpresentarenlaimplementacióndelAcuerdodeCFHBDyDA,buscandomantenerinformadaalaopiniónpúblicanacionaleinternacionaldelamaneramásampliaytransparenteposible.

Responsablesdelascomunicacionesestratégicas

Instancianacional:Paraelmanejodelascomunicacionesestratégicas,elMM&VcuentaconunequipoydesignaunaounvocerodelComponenteInternacional(CI-MM&V)quepuedeserrotatorio,yquieneslapersonaautorizadaparahacerdeclaracionespúblicasoficialesanombredelmecanismo.

Todaslasinstancias(nacional,regionalylocal):Tienenunafuncióndedifusiónysocializacióndematerialdidáctico,asícomodeinterlocuciónconlasdiferentesaudiencias.SonlacaravisibledelMM&Vantelascomunidades y tienen comunicación permanente con los encargados de las oficinas de prensa ycomunicaciones estratégicas de las diferentes entidades del Estado, de las FARC-EP; y con lasorganizacionessocialesquetenganarticulaciónconelMM&V.

Productoscomunicacionales

• Los productos comunicacionales a cargo delMM&V son de tres tipos: el primero se refiere a ladifusiónadecuadadelosinformespúblicosmensuales(30días),producidosporlainstancianacional.Es labor de la vocera o del vocero la difusión de dichos informes hacia todas las instancias delmecanismoyhacialaopiniónpública.

• ElsegundoproductoesdecarácterdidácticoytienecomopropósitofacilitarelentendimientodelosobjetivosdelMM&V,susfuncionesysumetodologíadetrabajo.EsdiseñadoporlainstancianacionaldelMM&Vysudifusiónlarealizanlastresinstancias,segúnlodispuestoporlainstancianacional.

• El tercer producto surge del manejo de contingencias y eventos o situaciones que ameriten unpronunciamientodelMM&V,paralocualsecontemplaqueeslainstancianacionalatravésdelavoceraovoceroquienrealizalacomunicacióndelmismoalaopiniónpública.

• Estos productos contarán con la adecuada incorporación del enfoque de género, tanto en lainformaciónquecontengancomoensudifusión.

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Difusión,periodicidadyduracióndeltrabajodecomunicacionesestratégicas

Parafacilitarladifusióndelosmensajes,lainstancianacionaldelMM&Vdefineloscanalesqueconsideremásadecuados.

• Ladifusióndelosinformesmensuales(cada30días)serealizaentodaslasinstanciasapartirdeldíadesupublicaciónysesostienedurantelosprimeros15díasposterioresasupublicación.

• Los productos con enfoque didáctico, son de circulación permanente durante el tiempo defuncionamientodelMM&V.

• LospronunciamientosalaopiniónpúblicaproductodecontingenciasrelativasalfuncionamientodelMM&V,serealizandeacuerdoalcriteriodelainstancianacional.

El tiempo de funcionamiento de las labores de comunicación estratégica es el mismo que dure elfuncionamientodelMM&V.

LainstancianacionalatravésdesuvoceraovoceroesquienhacelasdeclaracionespúblicasoficialesanombredelMM&V.LaspersonasintegrantesdelMM&Venlasinstanciaslocalyregionalpuedenhacerdeclaracionespúblicassolamentebajolaautorizacióndelainstancianacional.

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ProtocolodelcapítulodeMonitoreoyVerificación:OBSERVACIÓNYREGISTROdelMM&VdelAcuerdodeCesealFuegoydeHostilidadesBilateralyDefinitivo(CFHBD)yDejacióndelasArmas

(DA).OBSERVACIÓNYREGISTRODELMECANISMODEMONITOREOYVERIFICACIÓN(MM&V)Objetivosdelmonitoreo LainformacióntieneunpapeldeterminantedentrodelMM&V,laformacomoseobtiene,seacopiayseprocesaesfundamentalparaelbuendesempeñodelMecanismo.Unainformaciónmalobtenida,consesgosoquegenerebajaconfianzanotiene lacalidadrequeridaparaunefectivoprocesodevalidación.Las tareasprincipalesdelmonitoreo son laobservación,búsqueda, acopioy sistematizaciónde lainformaciónrelacionadaconhechosqueconstituyanunaviolacióndelAcuerdodeCFHBDyDA,oquerepresenten una amenaza para el correcto cumplimiento delmismo. Losmonitores documentanhechos por iniciativa propia o tras recibir una solicitud o denuncia de un hecho que se presumeviolatoriooamenazaalAcuerdodeCFHBDyDA.LasfuentesdelMonitoreoLasfuentespuedenser:

• Fuentesdirectasoprimarias:quepuedenserconversacióndirectaoreporteoficialdeFuerzas

Militares, Policía, FARC-EP, autoridad local, personero, Defensoría, Iglesias, líderes y liderezassociales, población civil, organizaciones sociales y demujeres, comités de derechos humanoslocales,ONGs,Juntasdeaccióncomunal.

• Fuentes secundarias: documentos de entidades públicas y privadas, denuncias publicadas de

organizaciones sociales y organizaciones no gubernamentales, prensa, estudios, análisisacadémicos,reportajes,documentalesperiodísticos,noticias.

Enloscasosderecepcióndeinformacióndefuentesdirectas,setienenlassiguientesconsideraciones:• Lasconsultasconpersonasdelapoblación,autoridadesyfuncionariasyfuncionariospúblicosson

voluntarias, su comparecencia ante las o los monitores no debe considerarse un actoadministrativo ni judicial. En ningún momento, el monitor puede exigir la presencia de losciudadanosyciudadanasoautoridadeslocales.

• En los casos en que haya integrantes de la Fuerza Pública o de la FARC-EP que no deseensuministrarinformaciónalasmonitorasomonitores,éstosreportandichanovedad.

• Para todos los casos se tiene reserva de la identidad de la fuente y sólo se levanta ante

autorizaciónexpresadelconsultado,paralocuallainstancianacionaldefineelprocedimiento.

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TareaspermanentesdelasylosmonitoresLa observación es una tarea permanente de las y losmonitores. Ante una acción que constituyapresuntaviolaciónalAcuerdodeCFHBDyDA,seactivaelprocesoderegistro,análisisyelaboracióndereportes.Lasylosmonitoreselaboranunabitácoradecampodiariaquecontiene:

• Elregistrodefechas,datosclaves,númeroyestadodeavancedelasconsultasconlasfuentes

directasysecundarias.• Observaciones en terreno para posteriores verificaciones, conforme a lo dispuesto en los

diferentesprotocolosdeMM&V,incluyendo:lasReglasquerigenelCFHBDyDA,lasmedidasdeseguridad,dispositivosenelterrenoytemaslogísticos.

• Dificultadesdeadaptaciónculturaloregional.• Conceptodelmonitorsobreloobservadoeneldía.Lainstancialocalseencargadelassiguienteslaboresdesoporteadministrativoyoperacional:

• Suplementostécnicos,logísticosytecnológicosparaeldesarrollodelaslaboresdemonitoreo.• Supervisaeldiligenciamientodelasplanillasderegistrodelasylosmonitores.• Coordinalasreunionesdiariasdeevaluaciónyplaneacióndeltrabajodelasylosmonitores.• Recopilayemitealertastempranas.• Paraelreciboyanálisisdeinformaciónrelativaaviolenciaporrazóndegénerooidentidadsexual

diversa –y en particular para los casos de violencia sexual– se cuenta entre el personal conmonitorescapacitadosparaatenderestoscasos.

TareasdelasylosmonitoresanteactosquepresumeninfraccionesalAcuerdodeCFHBDyDAAntelarevisióndeunhechoquesugiereunaviolaciónalAcuerdodeCFHBDyDA,sepresumequesepuedenpresentardatosdediferentesfuentesyversiones,paralocualsereúnenlospuntosencomúnydivergenciasdedichainformación.AnteunpresuntoincidenteoviolaciónalAcuerdo,lasinstanciaslocalesdemonitoreo:• Registran los hechos de acuerdo a los procedimientos definidos por la instancia nacional del

MM&V.• Realizanlasconsultasyaveriguacionescorrespondientesenterreno.• Contrastanfuentesyversiones.

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• Analizanlainformaciónrecopiladasobreloshechos.Como parte de sus funciones, las y los monitores diligencian un formato para el registro de lainformación(VerFichaderegistro,acontinuación).Fichaderegistro:DatosdescriptivosfichaCódigoficha Sedelocal Nombre delmonitor

Fuente1 Fuente2 Fuente3 Valoracióninformación

Códigofuente Tipo defuente

Sexo Testigo Descripción ycircunstanciasdeloshechos

Presuntosactoresinvolucrados

Fechaaproximadadelevento

Horaaproximadadelevento

Calificaciónpreliminar deloshechos

Manejo de lainformación

CONCEPTODELMONITORSOBREELEVENTO:

DefinicionesdelaFichaderegistroFILAS

• Datos descriptivos de la ficha: código ficha (identificador único de la ficha); sede local (lugargeográficocorrespondientealasede);nombredelasylosmonitores.

• Código fuente: número único de identificación de la fuente; Tipo de fuente (fuentes directas osecundarias);Sexo;Testigo(seregistrasilafuentefuetestigopresencialono).

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• Descripciónycircunstanciasdeloshechos:correspondealatranscripción,lomásfielposibleysininterpretacionesdelmonitor,deloshechostalcualsonexpresadosporlafuente.Sedebeprocurarincluirlaspreguntasbásicasdelainformación:¿quién?¿quéhizooquépasó?,¿aquién?(presuntosafectados),¿conqué?,¿cuándo?y¿cómo?Enmuypocoscasosselograresponderlapreguntasobreel¿porqué?(elementoquerespondeaordeninterno,intencionalymotivosdequienejecutaunaacción). En todo caso, si en la narración de la fuente es posible identificar este elemento, debeanotarse. De esta información se extraen los siguientes datos para mejor tabulación: presuntosactoresinvolucrados,fechayhoradelhecho.

• Calificación preliminar de los hechos: es la valoración del monitor sobre si la conducta o actoobservadocorrespondeaunpresuntoincidenteoviolaciónalAcuerdo.Setabulaconopcionescomo:información que predominantemente sugiere comisión de un contrario a las Reglas que Rigen elCFHBDyDA; informaciónque supone indicios peronoes confirmativa; informaciónque requieremayorrevisiónycontraste;informaciónbásicasinmayorsignificancia;informaciónquedenotanosetratadeviolaciónalCFHBDperorequieresegundavaloración;informaciónquedemaneraclaranoesunactodeviolaciónalCFHBD.

• Manejodelainformación:correspondealadecisiónotrámitequeseledaalafuente:nosetieneencuenta,seincluyeenelreporte,sedebecontrastarconotrafuente.

• Concepto delmonitor: es una ampliación de la información registrada sobre el hecho objeto deanálisis.COLUMNA:

• Seincluyencuantascolumnasserequieransegúnelnúmerodefuentesconsultadas.• Casillavaloración:consisteenlavaloracióndelacalidaddelainformaciónqueincluyecuáncompleta

yconfiablees.Puedeestartabuladacomo:Informacióncompletayconfiable;informaciónincompletayconfiable;informaciónpococonfiable;informaciónsincontraste,fuentenueva(primeravezqueseentablacontactoconella);fuenteanónima(sedesconocequiénsuministrólainformación).Pasosaseguireinstrucciones:

• En lasconsultaspreferiblementedebenestarrepresentados lostrescomponentesdelMM&V.

Sin embargo, las y los interlocutores con el mecanismo pueden solicitar entrevistarse concualquiercomponentedeésteporseparado.

• Debeprocurarse tenerunmínimodedos fuentesde información.Unavezestéconsignada la

informaciónenelFichaderegistro,lainstancialocaldelMM&Vrealizaunavaloracióninicialsobreelhecho.

• Si la anterior valoración no es concluyente, o difiriere de un miembro del equipo a otro, el

componente internacional de la instancia local solicita una nueva fuente alterna que permitatenermásherramientasdeanálisis.

• Lasylosmonitorestomannotasdurantelaconversaciónconlafuentedirectatratandodeserlomás fiel a la respuesta e interpretación que está dando el consultado. No deben hacersegrabaciones.Sedebeevitarincorporarlasconcepciones,interpretacionesyteoríaspropias.

• Enloscasosenquesolosedispongadeunafuente(porejemplountestigovisual),lainstancia

localrealizaunarevisiónenterrenomásexhaustivaybuscafuentesadicionalesdeinformación.

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Si no se encuentran fuentes adicionales, se registra como “información sin contraste” en lacolumnadevaloracióndelafuente.

• UnavezterminadalaconsultasetranscribelainformaciónrecopiladaenlaFichaderegistro.• Las Fichasde registrodebenestar completamentediligenciadas, contener la informaciónmás

concretayclaraposibleycondensarlainformaciónrecopiladamásrelevante.AnálisisdelainformaciónUnavezrecopiladalainformaciónserealizauncontrastedelosdatosclavessuministrados.Setieneen cuenta que la información generalmente es incompleta e imperfecta, no todas las fuentes deinformaciónreportanlamismaversióndeunmismohecho.Estogeneradiferenciasdepercepcióneinterpretación de un mismo hecho por lo que el análisis de la información registrada debe serminucioso.Laslaboresdelasylosmonitoresenelanálisisdelainformaciónson:• AnalizarlosdatosrecogidoseneltrabajodecampotomandocomoreferencialasReglasquerigen

elCFHBDydemásprotocolosdelAcuerdodelCFHBDyDA.• Asegurar que la información sea lo más completa posible, teniendo adecuadas habilidades

comunicativasyprocurarsemúltiplesfuentesdeinformación;• Buscarquelainformaciónseapertinente,quelasversionesdeloshechosseanlomásceñidasa

la experiencia de cada persona evitando realizar preguntas sesgadas, condicionantes otendenciosas.

Unanálisisdedatosimplica:reduccióndedatosainformaciónclave;disposiciónytransformacióndedatosparaqueseancomparablesysistematizables.Obtenciónyrevisióndeconclusiones.UnavezterminadoesteprocesoydeterminadosielhechoobjetodeanálisisesunincidenteounaviolaciónalAcuerdodelCFHBDyDA,seprocedealaelaboracióndelreporte,endondesecomunicaalainstanciadeverificaciónregionalloshechosquefueronanalizadosylasconclusionesalasquellególainstancialocal(VerProtocoloFlujodelainformación).

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ProtocolodelcapítulodeMonitoreoyVerificación:COORDINACIÓNDELMM&VdelAcuerdodeCese

alFuegoydeHostilidadesBilateralyDefinitivo(CFHBD)yDejacióndelasArmas(DA).

Coordinación del Mecanismo de Monitoreo y Verificación (MM&V) por parte del ComponenteInternacional

ElComunicadoConjuntoNo.65del19deenerode2016establecequeelcomponenteinternacionaldelMM&V"seráquienpresidaycoordineelmecanismoatodoslosniveles,solucionecontroversias,hagarecomendacionesypresentereportes".Asuvez,laresolucióndelConsejodeSeguridad2261(2016)del25deenerode2016crealaMisióndeNacionesUnidas“comocomponenteinternacionalycoordinadoradelMecanismoTripartita”.

Estacoordinacióndelcomponenteinternacionalsellevaacaboenunmarcodondelostrescomponentesdel MM&V tienen su cadena de mando independiente. El componente gubernamental reporta alGobiernoNacional;elcomponentedelasFARC-EP,asuSecretariado;yelcomponenteinternacional,alSecretarioGeneraldelaONUporintermediodelJefedelaMisióndelasNacionesUnidasenColombia,yporúltimoalConsejodeSeguridaddelaONU.

ElGrupodeConducciónNacionaldelMM&VestácompuestoporunJefeyunadjuntodecadaunodeloscomponentes.ÉsteGrupodeconducciónesresponsabledelagestióncolectivadelMecanismo,bajolacoordinacióndelcomponenteinternacional.Lasfuncionesdesolucióndecontroversias,deformulaciónderecomendacionesydeverificacióninternacionaldelcumplimientodeloscompromisosenelAcuerdodeCFHBDyDA,quedanacargodelcomponenteinternacional.

Enesemarco, laautoridady lasobligacionesde lacoordinacióndelcomponente internacionalanivellocal,regionalynacionalincluyenlosiguiente:

Reunionesytomadedecisiones

A solicitud de los componentes nacionales (Gobierno Nacional y FARC-EP), o por iniciativa propia, elcomponenteinternacionalrealizalaconvocatoriadelasreunionestripartitas.

Paraelbuendesarrollodelasreuniones,lacoordinaciónpreparalaagendaenconsultaconlosdemáscomponentesylasometeasuaprobación.

Lacoordinaciónmoderalasdiscusiones.

Lacoordinacióndelcomponenteinternacionalredactalosborradoresdeconclusionesydecisionesdelareunión, los somete a la aprobación formal del Grupo de Conducción (tripartita) y posteriormentetransmitelasconclusionesaprobadasalosinteresados.

La coordinacióndel componente internacional tiene la responsabilidadde redactar lasminutasde lasreunionesy lassometeaaprobacióndelGrupodeConducción.Copiasde lasminutassedistribuyenacadacomponente.

Preparacióndeinformesyreportes

LacoordinacióndelcomponenteinternacionalpreparalosborradoresdereportessobrelasactividadesdelMM&Vanivellocal,regionalynacional;integraloscomentariosyobservacionesdelosmiembrosdelosequiposlocales,regionalesynacional,respectivamente;sometelosinformesalaaprobacióndeloscomponentesenlosGruposdeConduccióndelainstanciarespectiva;ylostransmiteasusdestinatarios.

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Las discrepancias entre los componentes que no se resuelven se someten al nivel superior para susolución.

Planeamientooperacional

LacoordinacióndelcomponenteinternacionalformulapropuestasparaelplaneamientooperacionaldeldesplieguedelosequiposMM&VylassometeaconsideracióndelosdemáscomponentesdelMecanismoen elGrupo de Conducción. Seguidamente, lleva a cabo las consultas del caso para hacer los ajustesnecesarios,sometelapropuestadelplandeactividadesalaaprobacióndelosdemáscomponentesdelGrupodeConducciónydespuésdeaprobadacomunicaelplanalosinteresadosparasuejecución.

ElcomponenteinternacionalencadainstanciacoordinayverificaelcumplimientodelprocedimientodeseguridadestablecidosparalassalidasdelasylosintegrantesdelasFARC-EPrelacionadasconelprocesodepaz,anivelnacionalyregional,quehacereferenciaalAcuerdodeCFHBDyDA.

ElcomponenteinternacionalcuentaconlosrecursosnecesariosparallevaracabodemaneraeficientesufuncióndecoordinacióndelMM&V.

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ProtocolodelcapítulodeMonitoreoyVerificación:CÓDIGODECONDUCTAPARALASYLOSINTEGRANTESDELMM&VdelAcuerdodeCesealFuegoydeHostilidadesBilateralyDefinitivo

(CFHBD)yDejacióndelasArmas(DA).

CÓDIGODECONDUCTAPARALASYLOSINTEGRANTESDELMM&VDURANTEELCESEALFUEGOYDEHOSTILIDADESBILATERALYDEFINITIVOYDEJACIÓNDELASARMAS(CFHBD-DA).

ElMecanismodeMonitoreo y Verificación (MM&V) está integrado por representantes del GobiernoNacional,delasFARC-EPydelaOrganizacióndelasNacionesUnidas(ONU),incluyendoobservadoresinternacionales,enparticulardelaComunidaddeEstadosLatinoamericanosydelCaribe.(CELAC).

ParaelGobiernoNacional,paralasFARC-EP,yparalapoblacióncolombiana,elMM&VesunagarantíadecumplimientodeloscompromisosadquiridosenelAcuerdodeCFHBDyDA.

LacomposicióntripartitadelMM&VfacilitalasolucióndecontroversiaseincidentesquepuedansurgirenlaimplementacióndelAcuerdodeCFHBDyDA;ymediantelacooperaciónybuenacomunicaciónentrelasylosintegrantesdelMecanismosefortalecelaconfianzaentrelaONU,GobiernoNacionalylasFARC-EPparalaconsolidacióndelprocesodepaz.

Teniendoencuentaestasresponsabilidades,loscódigosdeconductaquecadapartedelcomponentedelMM&Vaplicaasusintegrantes,debenllenarlasexpectativasquelapoblacióncolombianaylacomunidadinternacionalalberganacercadenuestrasaccionesynuestrocomportamiento.

Decomúnacuerdoseestableceelsiguientecódigodeconductapara lasy los integrantesde los trescomponentesdelMM&Vasí:

Entodomomento:

• Nuestrocomportamientoseráprofesionalydisciplinado;

• NosempeñaremosporcomprenderycumplirelmandatodelMM&Vysusprotocolos;

• Actuaremosconobjetividad,integridadytacto;

• RespetaremosalosylasdemásintegrantesdelMM&V,seacualfueresucategoría,rango,origenétnicoonacional,géneroocredo;

• Apoyaremosyfomentaremosrelacionesdeconfianzaentrenuestroscompañerosycompañeras;

• Cuidaremosdenuestraaparienciapersonalybuenapresentación;

• AdministraremosdebidamentelosbienesypresupuestoquesenosasignecomomiembrosdelMM&V;

• Respetaremoslasleyes,costumbresyusanzas,laculturaylareligióndelapoblacióndelasáreasdondetrabajamos;

• Nos relacionaremoscon lapoblación, yenparticular convíctimasypoblaciónafectadaporelconflicto,conelmáximorespeto,cortesíayconsideración;

• Respetaremoslaigualdaddegénero,dentroyfueradelMM&V;

• Denunciaremoscualquieractooamenazadeexplotación,violenciayabusosexual;

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• Enelcumplimientodenuestrasfunciones,cuidaremosdenodañaralmedioambiente;

• Seremossolidariosconlosdemásmiembrosdelequipodetrabajoyconlapoblacióncivil.

Enningúncaso:

• DesprestigiaremoselMM&Vporactospersonalesreprochables,elincumplimientodenuestrosdeberesoelabusodenuestracondicióndeintegrantesdelmecanismotripartito;

• Consumiremosbebidasalcohólicasenexceso,niconsumiremosdrogas;

• Dañaremos intencionalmente los bienes ni equipos recibidos para el desempeño de nuestraslaboresnilosusaremosdemaneraindebida;

• Efectuaremos comunicaciones a organismos externos, incluidas declaraciones de prensa, sinautorizaciónprevia;

• Difundiremos ni utilizaremos indebidamente la información obtenida en el cumplimiento denuestrasfunciones;

• Actuaremosdemaneraprepotenteodescortés;

• Participaremosenactividadesilegales,corruptasoimpropias;

• Utilizaremosnuestrocargoparaobtenerventajaspersonales;

• Cometeremos actos de violencia de género, incluida la explotación o abuso sexuales, nimantendremos relaciones sexuales conmenores de 18 años, ni ofreceremos dinero, empleo,bienesoserviciosacambioderelacionessexuales.

• Dañaremosnitomaremosintencionalmentebienesdelapoblacióncivil.

Somosconscientesdequelainobservanciadeestasdirectricespodrásignificarque:

• Sepongaenpeligroelcumplimientodenuestramisión;

• SepierdalacondicióndeintegrantedelMM&V;y

• Seapliquenmedidasadministrativas,disciplinariasopenales.

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ProtocolodelcapítulodeMonitoreoyVerificación:SOLUCIÓNDECONTROVERSIASdelAcuerdodeCesealFuegoydeHostilidadesBilateralyDefinitivo(CFHBD)yDejacióndelasArmas(DA).

DIRECTRICESPARASOLUCIONDECONTROVERSIASENELMARCODELACUERDOCFHBDYDAENTREELGOBIERNONACIONALYLASFARC-EP.

A.GESTIÓNDELCESEALFUEGOYDEJACIÓNDELASARMAS

El objetivo principal del Mecanismo de Monitoreo y Verificación (MM&V) es ser una garantía decumplimientodelAcuerdosobreCesealFuegoydeHostilidadesyDejacióndelasArmas,tantoparaelGobiernoNacionalylasFARC-EP,comoparalapoblacióncolombiana.

EnsulabordemonitoreoyverificaciónlosequiposdelMM&Vseencuentranconincidentesdetodotipo,quepuedenserrelevantesoirrelevantesdesdeelpuntodevistadelaverificacióndeloscompromisosadquiridos.ConrelaciónaesosincidentesyalarespuestadelosequiposdelMM&V,esimportantequelos tres componentes tengan criterios comunes. A continuación, se presenta una clasificación de losposibles incidentesqueayudaa losmiembrosdelMM&Vacumplirconsusfuncionesdemonitoreoyverificación.

Incidentesirrelevantes

EnlasZonasVeredalesTransitoriasdeNormalización(ZVTN)yPuntosTransitoriosdeNormalización(PTN)donde el MM&V opera, se pueden producir acontecimientos que no tienen relevancia para elcumplimientoóincumplimientodelosacuerdos,peroquepueden,sinembargo,requerirunarespuestaporpartedeMM&V.

Típicamente, es el caso de accidentes, situaciones de emergencia, de carácter médico u otro, queinvolucranapobladoresenelárea. NoestándentrodelmandatodelMM&V. Sinembargo, lasy losintegrantes del MM&V tienen una obligación humanitaria de ayudar, dentro de sus capacidades, aresolveresoscasos.

Incidentesrelevantes

I.Incumplimientosquenoconstituyenviolaciones:

LosincidentesrelevantessonaquellosqueconstituyenunincumplimientodecompromisosadquiridosenelAcuerdo.Sinembargo,todoslosincumplimientosnorepresentannecesariamenteunaviolaciónconscienteydeliberadadelAcuerdo.

Alrespecto,losequiposdelMM&Vpuedenenfrentartrestiposdesituación:

a. Incumplimientos como consecuencia de problemas técnicos u otros problemasindependientesdelavoluntaddelGobiernoNacionalylasFARC-EP.

• Ejemplo: No cumplir en la fecha límite un desplazamiento por problema logístico;encontrarseenunaZonarestringidapordesorientación;errorhumanoenelregistrodearmas,etc.

b. Incumplimientoscomoconsecuenciadeunacomunicacióninadecuadaentremandosy subordinados. En particular, al principio del proceso de cese al fuego, puedenpresentarsesituacionesdonde,apesardelosesfuerzosquecadapartedeberealizarpara labuenacomprensiónpor todas sus fuerzasde susobligacionesenvirtuddel

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Acuerdo y de sus protocolos, subordinados incurren en incumplimientos nodeliberadosdelAcuerdo.

c. Tambiénaliniciodelprocesosepuedenproducirincumplimientosdebidosaquelaspartesmantienen interpretaciones distintas de ciertos compromisos, las cuales nofueronpercibidasydirimidasenlaMesadeconversacionesperosemanifiestanenlapráctica.Enesoscasostampocoestamoshablandodeviolacionesdeliberadasdeloscompromisos.

II.Incumplimientosqueconstituyenviolaciones

Sonviolacionestodoslosincumplimientosconscientesydeliberadosdepartedequieneslascometen.

Setienecomoreferenciaparadeterminarcuándolasconsecuenciassonmayores,lamuertedeunaovariaspersonasoelempleodearmascontraunadelaspartes.

Asuvez,lasviolacionessepuedenclasificarendoscategorías:

a. Violacionesleves,porser:

• Individuales;• cometidasporsubordinadosporiniciativapropia;• Excepcionales;• conconsecuenciasmenores;

b. Violacionesgravessonaquellasquetienenunaovariasdelassiguientescaracterísticas:

• Colectivas;• Cometidasporpersonasenposicióndemando;• Repetidasosistemáticas;• Conconsecuenciasmayores.

III.RespuestasdelMM&V:

El MM&V está obligado a responder sin demora a todos los incumplimientos, involuntarios odeliberados,levesograves,deacuerdoconsunaturaleza.Surespuestaesdedosformas:

a. Enprioridad, tomar,cadavezqueseaposible, lasmedidaspaliativaspuntualesnecesariasparaelcumplimientodelcompromisoqueresultóincumplido,yaseaporrazonestécnicas,faltadecomunicación,pordivergenciadeinterpretación,porviolaciónleveoporviolacióngrave.

b. Tomaropromovermedidascorrectivasdemáslargoplazodirigidasaremediarlascausasdelincumplimiento.Enparticular:

• Frenteaincumplimientosdebidosaproblemastécnicosologísticos,elMM&Vdebehacerporsímismo,orecomendaralaspartes,losarreglosnecesariosparaevitarlarepeticióndeestosproblemastécnicos.

• Frenteaincumplimientosdebidosafaltadecomunicaciónentremandosysubordinados,elMM&V debe sugerirle a los mandos respectivos, o incluso emprender por sí mismo, unesfuerzo de información y comunicación sobre los Acuerdos y sus protocolos con las y losintegrantesdelasfuerzasenlaszonasdondeestádesplegado.

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• Frente a incumplimientos debidos a diferencias de interpretación, el MM&V debe,directamente o a través de otras instancias con participación de las partes, dirimir esasdiferenciasdeinterpretación,amenudoatravésdelapromocióndelestudiodelosacuerdosydelaadopcióndenuevosreglamentos.EsparticularmenteurgenteparaelMM&Vanivelnacionalresolverlasdiferenciasqueresultendeambigüedadeseneltextodelosacuerdosyprotocolosodeotrascausasquepuedansurgir.

B.SOLUCIÓNDECONTROVERSIAS

De acuerdo con el Comunicado Conjunto # 65 la habana del 19 de enero de 2016, la resolución decontroversias es una de las responsabilidades del componente internacional del MM&V. Uno de losprincipalesméritosdelcaráctertripartitodelMM&VeslaposibilidadquetantolosrepresentantesdelGobierno como de las FARC-EP puedan analizar y evaluar los incidentes conjuntamente con elcomponente internacional, en contacto directo con los hechos y las circunstancias en las cuales seproducen.

Por otra parte, puede resultar difícil para los miembros del componente internacional del MM&V,representandolasdospartes,valorarloshechosdelamismamanera,independientementedequienesesténinvolucradosyaquienestoshechosimpactan.

Porello,esimportanteque,desdelafasedemonitoreoenelterreno,yenparticularcuandoseproduzcaundesacuerdoentrelosobservadoresdelaspartes,elobservadorinternacionalseenfoque,másalládeladescripcióndelincidente,sobreunaseriedepreguntasclavesrelativasalascircunstanciasyalcancesdelincidente:

a. ¿EselincidenterelevanteparaelcumplimientodelAcuerdoydesusprotocolos,ydeserasícualessonloscompromisosafectados?

b. Encasodequeelincidenterepresenteunincumplimiento,¿lascircunstanciasindicanquefueunincumplimientodeliberado?¿oinvoluntario?

c. Encasodequeelincumplimientofueinvoluntario,¿aquécircunstanciassedebe?,y¿quémedidassepuedentomarparaqueestascircunstanciasnoserepitan?

d. Encasodequeelincumplimientohayasidodeliberado,¿quécaráctertieneestaviolación(individual o colectiva, cometido por subordinados sin orden o por mandos, carácterexcepcional o sistemático, con alcancesmayoresomenorespara el cumplimientodelAcuerdo)?

Apartirdeesasaclaraciones,elobservadorinternacionalpodrádeterminarelgradodeconsensoentrelaspartesconrespectoalincidente.Enlamayoríadeloscasos,habráconsensoenelsenodelequipolocaldelMM&V.Cuandosubsistendiferencias,estasserelacionansobretodoconlavaloracióndelagravedaddelaviolación.Paradirimirestasdiferenciasdevaloración,losequiposlocalesremitensuinformealainstancia regional. De mantener las diferencias en la instancia regional, esta remite el informe a lainstancianacionalquienresuelvedemaneradefinitiva.

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ProtocolodelcapítulodeMonitoreoyVerificación:MANDATODELMM&VdelAcuerdodeCeseal

FuegoydeHostilidadesBilateralyDefinitivo(CFHBD)yDejacióndelasArmas(DA).

MANDATODELMECANISMODEMONITOREOYVERIFICACIÓN(MM&V).PARAELACUERDODECFHBDYMANDATODELCOMPONENTEINTERNACIONALDELMM&V(CI-MM&V)PARALADEJACIÓNDELASARMAS,ENTREELGOBIERNONACIONALYLASFARC-EPElGobierno colombiano y las FARC-EP acuerdan constituir elMecanismodeMonitoreo yVerificación(MM&V) para el Cese al fuego y hostilidades bilateral y definitivo (CFHBD), y proponer funciones alComponenteInternacionaldelMM&VparalaverificacióndelaDejacióndelasarmas,enmarcadosenel“AcuerdoGeneralparalaterminacióndelconflictoylaconstruccióndeunapazestableyduradera”del26deagostode2012yenfuncióndeloestablecidoenelAcuerdodelCesealfuegoyhostilidadesbilateralydefinitivoyDejacióndelasarmas.SuinstalaciónseefectúadeacuerdoalascondicionesdefinidasporelGobiernoNacionalylasFARC-EP.ElseguimientoalMM&VesacordadoentreelGobiernoNacionalylasFARC-EP.Propósitoyalcance.HacerseguimientoalcumplimientodelAcuerdodeCeseal fuegoyhostilidadesbilateralydefinitivoydejacióndelasarmasyresolverlosdistintosfactoresquepuedanponerenriesgoelCFHBDyDA;dirigirrecomendacionesalGobiernoNacionalyalasFARC-EPanteposiblesviolacionesoincidentesrelacionadosconelmencionadoAcuerdo.RespectoalaDejacióndelasArmas,elComponenteInternacionaldelMM&V(CI-MM&V)laverificaenlostérminosyconlasdebidasgarantíasestablecidasenlosprotocolosdelAcuerdo.ElMM&V identifica y analiza demanera imparcial hechos que presuman incumplimiento, amenaza oviolacióndeloscompromisosestablecidosporelGobiernoNacionalylasFARC-EPsobrelasReglasquerigenelCFHBD,losDispositivosenelTerrenoylasmedidasdeseguridad;teniendocomobaseelAcuerdodelCFHBDyDA,susanexosyprotocolos;asícomoinformaralGobiernoNacionalyalasFARC-EPsobreelresultadodesuslabores.Lasfuncionesdemonitoreoyverificaciónserealizanentodas las instanciasdelMM&V.Las instanciasregionalesynacionalpondránénfasisenlaverificaciónylainstancialocalenelmonitoreo.ElMM&ViniciasuslaboresunavezsehayallegadoalafirmadelAcuerdofinalyfuncionaporunperiodode12mesesquepuedenserprorrogadosapeticióndelGobiernoNacionalylasFARC-EP.ElMM&Vnoportaarmasygozadeplenasgarantíasdeseguridaddeacuerdoa losestablecidoen losrespectivosprotocolos.Principiosypautasgenerales.El MM&V actúa bajo los principios de respeto, de la imparcialidad en sus procedimientos yrecomendaciones;asícomobajoelprincipiodetransparenciaenelcumplimientodesusfuncionesyel

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denodiscriminaciónporrazonesdegénero.ElGobiernoNacionalylasFARC-EPsecomprometenacooperarconelMM&V,paraasegurarlalibertaddemovimientodelasylosintegrantesdelMM&VasícomoproveeryfacilitarelaccesoaloslugaressegúnlopactadoenelAcuerdodeCFHBDyDA,paraeldesarrolloseguroyeficientedesusresponsabilidades.ComposicióndelMM&V.El mecanismo está integrado por hombres y mujeres del Gobierno Nacional, de las FARC-EP y delComponenteInternacional(CI-MM&V).Elcomponenteinternacional(CI-MM&V)esunamisiónpolíticadelaONU,integradaporobservadoresnoarmadosdepaísesmiembrosprincipalmentedelaCELAC.Presideentodas las instanciasdelMM&Vyestá encargado de dirimir controversias, presentar recomendaciones y generar reportes, según elpresente mandato que le ha sido otorgado con el objetivo de garantizar y brindar imparcialidad ytransparenciaalAcuerdodeCFHBDyDA.ElMM&Vconstadeunainstanciadelordennacional;ochoinstanciasregionales;yunasinstanciaslocalesdemonitoreodesplegadasen cadaunade las ZonasVeredalesTransitoriadeNormalización (ZVTN)yPuntosTransitoriosdeNormalización(PTN)acordadasporelGobiernoNacionalylasFARC-EP.La InstanciaNacionalcuentaconungrupodeconducciónconformadapordosdelegadasodelegadosinternacionales,dosdelGobiernoNacionalydosdelasFARC-EP.LasdelegadasodelegadosdelGobiernoNacionalsonunrepresentantecivilyunrepresentantedelaFuerzaPública.LosdelegadosinternacionalesseráncomunicadosalaspartesporelRepresentanteEspecialdelSecretarioGeneralparaColombia.Elnúmerode integrantesde la instancianacional esdeterminadode acuerdoa las necesidadesde tipoadministrativo,logísticoyoperacional.SusedeeslaciudaddeBogotásinperjuiciodequepuedasesionarenotraciudad.LasinstanciasregionalesdelMM&Vcuentanconungrupodeconduccióncompuestopordosdelegadasodelegados internacionales,dosdelGobiernoNacionalydosde lasFARC-EP,cadauna.Elnúmerodeintegrantesdelainstanciaregionalesdeterminadodeacuerdoalasnecesidadesdetipoadministrativo,logísticoyoperacional.Lasinstanciasregionalestienensedeenlassiguientesochociudades:Valledupar,Bucaramanga,Medellín,Quibdó,Florencia,Villavicencio,PopayánySanJosédelGuaviare.LasinstanciaslocalesdelMM&Vcuentanconungrupodeconduccióncompuestopordosdelegadasodelegadosinternacionales,dosdelGobiernoNacionalydosdelasFARC-EP;elnúmerodeintegrantesdela instancia local es determinado de acuerdo a las necesidades de tipo administrativo, logístico yoperacional; así comode las características del área, númerode personas amonitorear, topografía yfactoresderiesgoencadaunadelasZVTNylosPTN.LasinstanciaslocalestienensedeencercaníaalasZonasVeredalesTransitoriasdeNormalización(ZVTN)yPuntosdeTransitodeNormalización(PTN).LareglamentacióninternadelMM&VesacordadaporsuinstanciaNacionalunaveziniciesusfunciones.Cada componente del MM&V puede hacer los cambios de personal cuando las circunstancias así orequieran.

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El MM&V tiene articulación con las comunidades, organizaciones sociales, políticas y con lainstitucionalidad del Estado, en lo local, regional y nacional; las cuales pueden contribuir en su laboraportando información, ayudando en la difusión de sus informes a la opinión pública y presentandopropuestasysugerencias.FuncionesdelaInstanciaNacional.a. Asegurareldesplieguedelasylosmonitoresyverificadoresenlostiemposyáreasestablecidosen

elAcuerdodeCFHBDyDA.b. Coordinarelmecanismoen loNacional,ysupervisar lasactividadesde las instancias regionalesy

localesparaasegurarelbuenfuncionamientointernodelMM&Ventodaslasinstancias.c. AnalizaryverificarloshechosquepresumenelincumplimientoalAcuerdodelCFHBDyDAconsus

protocolosyanexoscorrespondientes.ElCI-MM&Vde la instancianacionalverificaelprocesodeDejacióndelasArmas.

d. DirimirloscasosenlosqueexisteundesacuerdoentreloscomponentesdelMM&V,paraproferir

lasrecomendacionescorrespondientes,funciónquequedaencabezadelComponenteInternacional.e. Verificarlaveracidaddelosinformesrecibidosdelasinstanciasregionales;delascomunidades,de

lasautoridadescivilesydeotrasfuentesdeinformaciónanivelnacionalyregional,relacionadosconpresuntasviolacionesoamenazascontraelAcuerdodeCFHBDyDA.

f. Orientaralainstanciaregionaldeverificaciónsobretareasdeverificacióndehechosqueconstituyan

presuntas violaciones o amenazas al Acuerdo de CFHBD y DA, así como las recomendacionesacordadasenlainstancianacional.

g. MantenerinformadaalGobiernoNacionalylasFARC-EPyrecibirrecomendacionesemanadaspor

éstemismo,relacionadasconsumisióndemonitoreoyverificación.h. Apoyarlasactividades,funcionesydiseñosdenuevosprotocolosyanexosquepuedansercreados

porelGobiernoNacionalylasFARC-EP,enelmarcodesuslaboresdemonitoreoyverificación.Asímismogeneranuevosprotocolosyanexosqueconsiderenecesariosparaelcumplimientodesusfunciones.

i. Realizar lastareasdecomunicaciónestratégicahacia lapoblaciónanivelnacionalyorientara las

instanciasregionalesylocalesenlosaspectosqueseannecesarios,garantizandoelposicionamientodelmecanismoysutransparencia.

j. RealizarlarecepcióndeinformaciónpertinentealAcuerdodeCFHBDyDAqueleseasuministrada

por el Gobierno Nacional, las FARC-EP y otras fuentes, garantizando su adecuada protección yarchivo.

k. CumplircualquierotrodeberqueleseaasignadoenelAcuerdoFinal,porelGobiernoNacionalylas

FARC-EP,teniendoencuentaelmandatodelCI-MM&V.

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l. LainstancianacionalpresentauninformeconsolidadosobresusactividadesalGobiernoNacional,a

lasFARC-EPyalaopiniónpúblicacada30días.FuncionesdelaInstanciaRegional.a. Tienelafuncióndeanalizar,evaluaryverificarlaveracidaddeloshechosconsignadosenlosreportes

recibidosdelasinstanciaslocales,enloscualessedescribenlascircunstancias,causasycontextodelos hechos objeto de su examen, dirimir diferencias y emitir las recomendaciones que considerenecesariasparaserimplementadasporlasinstanciaslocales.

b. Encasodequeeleventosuperelascompetenciasdelainstanciaregional,éstaenvíaelreporteala

instanciadeverificaciónnacional.c. Lainstanciadeverificaciónregionalrealizareportesinternosdeacuerdoasolicituddelainstancia

nacional,losreportesincluyenloshechosobjetodeanálisisquehayarecibido,asícomolosproductosysugerenciasqueconsidere.

d. La instancia regionalpuederealizaruorientarel trabajodecampoocasionalcuando,debidoa la

complejidaddeltema,lainstancialocalrequieraelapoyodelosverificadoresregionales.e. Realizar las tareas de difusión y comunicación, de acuerdo a lo establecido en el protocolo de

comunicacionesestratégicas,garantizandoelposicionamientodelmecanismo,su legitimidadysutransparencia.

f. Orientara las instancias localessobretareasdeverificacióndehechosqueconstituyanpresuntas

violacionesoamenazasalacuerdodeCFHBDyDA,asícomolasrecomendacionesacordadasenlainstancianacional.

FuncionesdelaInstancialocaldemonitoreo.

a. Observar, recolectar, registrar y analizar la información en terreno sobre el cumplimiento del

GobiernoNacionalylasFARC-EPdeloestablecidoenelAcuerdodeCFHBDyDA,enconcordanciaconsucompetencia.

b. ObservaryconfirmarlosmovimientosenelterrenodelaFuerzaPúblicaydelasFARC-EP,enfunción

delaadecuacióndelosdispositivosenelterreno,asícomolosdesplazamientosalasZVTNylosPTNdelasestructurasdelasFARC-EPsegúnloestipuladoenelAcuerdodeCFHBDyDA.

c. RealizarlascoordinacionesconlasencargadasoencargadosdelfuncionamientodelasZVTNylos

PTNydesuseguridadparaelbuendesarrollodelasfuncionesdelmecanismo.d. GeneraralertasalainstanciaregionalsobretemasquepuedenponerenriesgoelAcuerdodelCFHBD

yDAenlasZVTNylosPTNcorrespondientes.e. ElComponenteInternacionaldelMM&V(CI-MM&V)realizaelmonitoreoycontroldelatenenciade

lasarmasdelasylosintegrantesdelasFARC-EP.

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f. Realizar las tareasde comunicaciónestratégicahacia lapoblación local en losaspectosque sean

necesarios,deacuerdoaloestablecidoenelprotocolodecomunicacionesestratégicas.g. Redireccionara laspersonasquepresentenquejasquenoseandecompetenciadelMM&Va las

autoridadescorrespondientes.h. Acatarlasinstruccionesyrecomendacionesrecibidasdelasinstanciasregionalynacional.Todas las instanciasdelMM&VtendránunaresponsabilidaddecoordinaciónlogísticaconelGobiernoNacionalparaasegurarsuabastecimientoymantenimiento.

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ProtocoloyAnexosdelcapítulodeDISPOSITIVOSENELTERRENOYZONASdelAcuerdodeCesealFuegoydeHostilidadesBilateralyDefinitivo(CFHBD)y

DejacióndelasArmas(DA).FuncionamientodelasZonasVeredalesTransitoriasdeNormalización(ZVTN)yPuntosTransitoriosdeNormalización(PTN)yadecuacióndedispositivosenelterrenodelaFuerzaPública.Elpresenteprotocoloestablece loscriteriospara laadecuaciónde losdispositivosenel terrenode laFuerzaPúblicayelfuncionamientodelas23ZonasVeredalesTransitoriasdeNormalización(ZVTN)ydelos8Campamentos(PuntosTransitoriosdeNormalización-PTN)delasFARC-EPduranteelCesealFuegodeHostilidadesBilateralyDefinitivo (CFHBD)y laDejaciónde lasArmas(DA)conformealAcuerdodeCFHBDyDA.LosPTNtendránuncampamento,unazonadeseguridad–de500metrosa1km-,unarecepción;yunasede local del MM&V por fuera de la zona de seguridad. Su extensión se definirá de acuerdo a lascaracterísticastopográficasdelterreno,cantidaddeaguaeintegrantesdelasFARC-EPaubicarseenesepunto.Para efectos del presente protocolo, se adoptará la denominación de PTN para los 8 CampamentosestablecidosenelacuerdodeCFHBDyDA,conelfindediferenciarlodelconceptodecampamentoqueseincluyedentrodelasZVTN.Las ZVTN son zonas territoriales, temporales, transitorias, definidas, delimitadas y previamenteconcertadas,cuyoslímitescorrespondenalosdelaveredadondeseubican–pudiendoserampliadosoreducidos por mutuo acuerdo dependiendo de la vereda donde se ubican-, tienen una extensiónrazonablequepermiteelmonitoreoylaverificaciónporpartedelMM&V,ycuentanconunazonadeseguridadde1kmdeanchoasualrededorparalasZVTN.Estoscriteriosparasudefiniciónserefierena:

• Temporales:eldíaD+180sedaporterminadoelfuncionamientodeestasZonasyelCesealFuego

ydeHostilidadesBilateralyDefinitivo.• Transitorias:elobjetivode lasZVTNyPTNesgarantizarelcumplimientodelCFHBDyDAysu

verificabilidad,iniciarelprocesodepreparaciónparalaReincorporacióndelasestructurasdelasFARC-EPenloeconómico,lopolíticoylosocialdeacuerdoconsusintereses,ysutránsitoalalegalidad,asícomopermitireliniciodelaimplementacióndelosacuerdos.

• Definidas:segúncriteriosacordadosyobjetivosespecíficosentrelosqueseencuentran,facilitarlalogísticaypermitirelmonitoreoylaverificaciónporpartedelMM&V.

• Previamente concertadas: son escogidas de común acuerdo entre el GobiernoNacional y lasFARC-EP,buscandoquereúnanlascondicionesnecesariasparaelcumplimientodelosobjetivosparaloscualessoncreadas.

Los PTN se han establecido con base en losmismos criterios y propósitos que las ZVTN. Los PTN sediferenciandelasZVTNporsumenordimensión–queimplicaquesóloalberga1campamento-yporestarenzonasquefacilitanlaubicacióndeestructurasdelasFARC-EPqueestánmásdispersasenelterritorio.CadaZVTNtendráunnúmerodecampamentosdeacuerdoa lacantidadde integrantesaubicary lascondicionesdelterreno,contaráconunsololugarparaelalmacenamientodesusarmasencontenedores,

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unaRecepción, una Sede Local delMM&Vubicada en lo posible en un caserío cercano, y la logísticanecesaria–conformealprotocolodelogística-paraelcumplimientodelacuerdodeCFHBDyDA.FuncionamientodelasZVTNyPTN EnlasZVTNyPTNsegarantizalaplenavigenciadelEstadoSocialdeDerechoparalocualsemantieneelnormalfuncionamientodelasautoridadescivilessinlimitaciones.LasZVTNylosPTNnoseránutilizadospararealizarmanifestacionesdecarácterpolítico.Sepodránrealizarreunióndepedagogíadelproceso.Deigualforma,segarantizaelnormaldesenvolvimientodelaactividadeconómica,políticaysocialdelasregiones, en la vida de las comunidades, en el ejercicio de sus derechos; así como en los de lasorganizacionescomunales,socialesypolíticasquetenganpresenciaenlosterritorios,yenparticularenlasZVTNylosPTN.Con este fin, los y las residentes en estas zonas tendrán derecho a su libre locomoción sin ningunarestricción,conexcepciónde loscampamentosde lasFARC-EP;yexclusivamenteestaránsujetosa losderechosydeberesqueconsagraelordenamientojurídicocolombiano.CadaZVTNyPTNcuentaconunáreaderecepciónparaatenderlaspersonasquelleguenalasmismas.LasFARC-EPdentrodelasZVTNy losPTNsehacenresponsablesdesusefectivos, incluyendolasy losmilicianos,ydelcumplimientodelasReglasqueRigenelCFHBDyDA,ydelocontempladoenloscapítulos,protocolosyanexosqueintegranelAcuerdosobreelCFHBDyDA.Porsuparte,elGobiernoNacionalsehaceresponsableporelcumplimientodelasReglasqueRigenelCFHBDyDA;delocontempladoenloscapítulos,protocolosyanexosqueintegranelAcuerdodeCFHBDyDAporpartedelaFuerzaPúblicaylasylosfuncionarioscivilescomprometidosentareasrelacionadasconelAcuerdodeCFHBDyDA.ConelfindeiniciarlapreparaciónparalaReincorporacióndelasFARC-EPalavidacivilenloeconómico,losocialylopolítico,deacuerdoconsusintereses,ysutránsitoalalegalidad,lasinstitucionesdelEstadollevarán a cabo los procedimientos pertinentes en las ZVTN y PTN conforme a lo acordado entre elGobiernoNacionalylasFARC-EP.EldispositivoenelterrenodelaFuerzaPúblicadondeseencuentranlasZVTNylosPTN,seadaptarádemaneradiferencialencadaárea,deacuerdoconlascondicionesenelterrenoyelambienteoperacional.EsaadaptaciónespecíficaeneláreaseincluyeenelanexoYdelpresenteacuerdo.CualquiervariaciónalanexoYdeberáserjustificadaeinformadapreviamentealMM&V.EldispositivoenelterrenoparalasZVTNylosPTNacargodelaFuerzaPública,contempladoenelAnexo“Y”, será monitoreado y verificado por el MM&V y mantendrá las coordinaciones necesarias con elmecanismoatravésdelaSedeLocaldelMM&V.EldíaD+180sedaporterminadoelfuncionamientodeestaszonasyelCesealFuegoydeHostilidadesBilateralyDefinitivosegúnlahojaderuta(cronogramadeeventos)acordadaporelGobiernoNacionalylasFARC-EPqueguiaelprocesodefindelconflictoluegodelafirmadelAcuerdoFinal.

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ProtocoloyAnexosdelcapítulodeDispositivosenelTerrenoyZonas-RUTASDEDESPLAZAMIENTO–RD-YCOORDINACIÓNDEMOVIMIENTOSENELTERRENOdelAcuerdodeCesealFuegoyde

HostilidadesBilateralyDefinitivo(CFHBD)yDejacióndelasArmas(DA).RutasdeDesplazamiento–RD-yCoordinacióndeMovimientosenelTerreno.LasRutasdeDesplazamiento(RD)soncorredoresdemovilidadcreadosydelimitadosgeográficamentedemaneratemporalparafacilitar,demanerasegura,ágilyverificable,eltránsitodelasestructurasdelasFARC-EP–misiones,comisiones,UnidadesTácticasdeCombate(UTC)ymilicias-hacialasZVTNylosPTN.LasRDestaránhabilitadasapartirdeldíaD+5.ElprocesodedesplazamientoparalaubicacióndetodaslasestructurasdelasFARC-EPalasZVTNyPTN,seharáentreeldíaD+5yeldíaD+30.DentrodeesteperiodocadaestructuradelasFARC-EPsemovilizaráalaszonas,eneltiempoprudencialquerequiera,deacuerdoconladistancia,topografíaylosmediosempleadosparasutransporte.UnavezubicadacadaestructuraenlaZVTNoPTNseinformaráalMM&VparaprocederalreacomodamientodelosdispositivosdelaFuerzaPúblicaydeshabilitarlasRD.SegúnelacuerdosobreCFHBDyDAentreelGobiernoNacionalylasFARC-EP,porcadaZVTNyPTN,eldíaD+1undelegado (a) delGobiernoNacional y unode las FARC-EPentregan las coordenadasde laubicacióndelasunidadesdelaFuerzaPúblicaydelasFARC-EPalCI-MM&V,paraqueadoptenlasmedidasnecesariasparaposibilitarlaadecuacióndelosdispositivosdelaFuerzaPúblicaylosdesplazamientosdelasestructurasdelasFARC-EPalasZVTNyPTNdemanerasegurabajoelmonitoreoyverificacióndelMM&V”. Ver Anexo sobre “Delimitación Geográfica de las Rutas de Desplazamiento”, donde seespecifican, entre otras, las características distintivas de cada RD, así: 1. Punto de inicio con suscoordenadas; 2. Descripción de la ruta; 3. Medios de transporte; 4. Tiempos aproximados dedesplazamiento;5.PuntosdereferenciaparaelMM&Vy;6.Puntofinal(ZVTNoPTN).Losdesplazamientosdedichasestructurasseharánentresmanerasdiferentessegúnlascapacidadesymediosdisponiblesparadichofin,así:1.Acampotraviesa,trochasocaminos;2.Porcarreterasóejesviales terrestres (vehículos);3.A travésdeejes fluviales (embarcaciones fluviales). LosmediosparaeltransporteserándefinidosdemutuoacuerdoentreelGobiernoNacionalylasFARC-EP.Los desplazamientos de las FARC-EP y la habilitación de las rutas de la Fuerza Pública se haránmanteniendocoordinaciónpermanenteconelMM&V,quienmonitorearáyverificaráqueserealicendemanera segura, ágil y cumpliendo las Reglas que Rigen el CFHBD y DA. La labor del MM&V serápermanenteycontaráconpuntosdereferenciasobrelasRDdesdeel iniciodeldesplazamientodelasestructurasdelasFARC-EPhastasuingresoalasZVTNylosPTN.LaFuerzaPública,encoordinaciónconelMM&V,adecuarásudispositivoparagarantizarlaseguridadyevitarqueocurranincidentesdurantelosdesplazamientosdelasFARC-EPalasZVTNyPTN.GeneralidadesparaeldiseñodelasRD,así:a. Establecerpuntosdereferenciaparaeldesplazamientosobrelatopografíafacilitandolalabordel

MM&V.

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b. LarutadebeestardescritaenelformatodelanexoXX“RutasdeDesplazamiento”.

c. LasRDserándecaráctersecreto.Seusaránmapasycoordenadasparadelimitarsobreelterrenosusdimensiones.EstosdebenserdeconocimientodelMM&VyNOpodránserdadosaconocera laopinión pública, mediando compromiso de confidencialidad entre los intervinientes en elprocedimiento.

d. El Gobierno Nacional proporciona un sistema de comunicación adecuado que permita lacoordinaciónentrelaFuerzaPúblicayelMM&V;yentrelasFARC-EPyelMM&V,garantizandoloscanalesynivelesdecomunicaciónseparadosporinstitucionesyconjuntosparacoordinación.EstascoordinacionesseharándesdelaSedeLocaldelMM&V.

e. AmástardareldíaD+30latotalidaddelasestructurasdelasFARC-EPdeberánhaberllegadoalasrespectivasZVTNylosPTN,siempreycuandosehayanhabilitadolasRDdemaneraoportuna.

f. LosmediosdetransporteaserutilizadosparalosdesplazamientosdelasFARC-EPdeterminaránlostiemposdeduracióndelprocedimiento.

g. Las rutas de desplazamiento, susmedios y tiempos, serán definidas en común acuerdo entre elGobiernoNacionalylasFARC-EP.

h. Losdesplazamientossedaránaniveldefrentesyentodosloscasoshabráunpuntodeiniciodel

desplazamientoconunfinalenlaszonasopuntosdefinidosparaestefin.VeranexoXX.

i. ElsitiodepartidaylasRDparalasFARC-EP,estarándeterminadasporlaubicacióndecadaunidadconrespectoalaZVTNyPTNalcualdebendirigirse,apartirdelaentradaenvigordelAcuerdodeCFHBDyDA.

LosmediosdetransportequeseannecesariosparaeldesplazamientodelasestructurasalasrespectivasZVTNyPTNestaránacargodelasFARC-EPencoordinaciónconelMM&V.

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Anexo“Y”

EsteanexocontendráinformacióndelosdispositivosenterrenodelaFuerzaPúblicadondeseencuentranlasZVTNylosPTN.Sedefiniráunavezesténtotalmentedelimitadasestaszonas.

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Anexo“XX”

“DelimitaciónGeográficadelasRutasdeDesplazamiento”

INICIO DEPTO M/PIO C/MENTO VEREDA COORD SITIOSDEPARTIDA

MEDIODETRASPORTE DESCRIPCIONDELARUTA PUNTOSDE

REFERENCIA

DIAD Cesar LaPaz SanJosédeOriente xxxxxx CañoFrio

1.DESPLAZAMIENTO

TERRESTRE2.DESPLAZAMIENTO

VEHICULAR

1.DESPLAZAMIENTOTERRESTREDesdeelsitioxxxJurisdiccióndel

municipiodelaPazhastaelcorregimientoloslaureles,jurisdicción

municipiodeLaPaz2.DESPLAZAMIENTOVEHICULARdesdeelsitiolaYdelcorregimientolaurelesdelmunicipiodelaPazhasta

laVeredaCañoFrio.

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ProtocolodelcapítulodeSeguridadparaLASyLOSINTEGRANTESDELMECANISMODEMONITOREOYVERIFICACION(MM&V)delAcuerdodeCesealFuegoydeHostilidadesBilateraly

Definitivo(CFHBD)yDejacióndelasArmas(DA)

SEGURIDADPARALASYLOSINTEGRANTESDELMECANISMODEMONITOREOYVERIFICACIÓN(MM&V)DURANTEELCFHBDYDA.

ElprotocolocontienelasmedidasestablecidasdemaneraconjuntaentreelGobiernoNacionalylasFARC-EP,paragarantizarlaseguridaddelaspersonasqueintegranlosequiposdelMM&VduranteelCFHBDyDA.

1. Laseguridaddelasy losintegrantesdelMM&VseprestaporpartedelasinstitucionesdelEstado

definidas para este fin, realizando las coordinaciones que sean pertinentes con las FARC-EP y elresponsabledeseguridaddelComponenteInternacionaldelMM&V(CI-MM&V).

2. LasmedidasenmateriadeseguridadparalasylosintegrantesdelMM&Vseimplementandeacuerdo

conlasnecesidadeslogísticas,administrativasyderecursos,encoordinaciónconlasylosdelegadosdelCI-MM&VylasFARC-EP,designadosparaestefin.

3. LosesquemasdeproteccióndelMM&V,seadoptanconformea lascaracterísticasdelterreno, las

condicionessocioeconómicasylaidentificacióndeposiblesamenazasencadazonaenparticular,deacuerdoalaapreciacióndesituaciónqueparacadacasoseelaboraylainformaciónqueparaelefectosuministrenelGobiernoNacional,lasFARC-EPyelCI-MM&V.

4. LasinstitucionesdeseguridaddelEstado,realizanlosanálisisdesituaciónporcontextoencadauna

de las zonas comprometidas para el CFHBD y DA y adoptan las medidas de protección yautoproteccióndelasylosintegrantesdelosequiposdeMM&V,conformealascaracterísticasdesusfunciones.EspecialmentedeberánasegurarquelosdesplazamientosdelMM&Vserealicenporrutasseguras,sinminas antipersonal (MAP), artefactos explosivos improvisados (AEI) ymuniciones sin explotar(MUSE)orestosexplosivosdeguerra(REG).Paraesteefecto,setomanencuentalasobservacionesquehaganlasFARC-EP,yserealizantodaslascoordinacionesqueseanpertinentes.

5. Paraelcumplimientodesusfunciones,lasylosintegrantesdelMM&Vportandemaneraobligatoria

losdistintivos,identificacionesyemblemascorrespondientes,segúnsedefinaconelCI-MM&Vyseimplementan las medidas integrales por parte del Estado que sean necesarias para garantizar yfacilitarsumovilidadyactividadenelterritorionacional.

6. LassedesdesignadasparaelcumplimientodelasfuncionesdelosequiposdelMM&V,cuentanconlaseguridadyprotecciónpertinenteporpartedelasorganizacionesdelEstadoasignadasparaestefin;ysetendránencuentalasobservacionesqueenmateriadeseguridadpresentenlasFARC-EP.

7. LosdesplazamientosqueporrazóndesusfuncionesrealiceelMM&V,soninformadosatravésdelosprocedimientosdefinidosparaelefectoycoordinadosconlasylosintegrantesdelaFuerzaPúblicay

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lasFARC-EPenelnivelnacional,regionalylocal,paralocualsecuentaconlosmediosycanalesdecomunicaciónpertinentes.

8. El Gobierno Nacional implementa todas las medidas necesarias para atender las contingencias y

evacuacionesmédicasqueeventualmentesepresentenalasylosintegrantesdelMM&Vdentrodelterritorionacional.

9. El Gobierno Nacional (Fuerza Pública) y las FARC-EP proporcionan información al MM&V sobre

eventuales amenazas que puedan afectar su seguridad. Para este fin se ha implementado unprocedimientodeseguimientoyverificacióndealertastempranas,quepermitelaneutralizacióndeaccionesqueponganenriesgolaintegridadfísicadetodasytodoslosparticipantesenelCFHBDyDA.

10. LasylosintegrantesdelMM&V,soninformadosysecomprometenaseguirlasrecomendaciones

queenmateriadeseguridadyprotección,lesseanrealizadasporlasinstitucionesdeseguridaddelEstadodesignadasparaestamisiónylasquepresentenenestesentidolasFARC-EP.

11. Al interior de las ZVTN y PTN, la seguridad y protección de las y los integrantes delMM&V, escoordinadaentreelGobiernoNacionalylasFARC-EP.

12. En las Zonade Seguridadde las ZVTNy los PTN, elMM&Ves acompañadode seguridadpolicial

cuandolascircunstanciasasílorequieran,decomúnacuerdoentreelGobiernoNacionalylasFARC-EP.

13. Paralaevacuaciónyatenciónmédicadelasmujeres,seobservaránsusnecesidadesespecíficas,así

comolosriesgospropiosdesucondiciónfemenina.

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ProtocolodelcapítulodeSeguridadparaLASYLOSDELEGADOSYSERVIDORESPUBLICOSdelAcuerdodeCesealFuegoydeHostilidadesBilateralyDefinitivo(CFHBD)yDejacióndelasArmas

(DA).

SEGURIDADPARALASYLOSDELEGADOSYSERVIDORESPÚBLICOSDURANTEELCFHBDYDA.

ElpresenteprotocolocontienelasmedidasestablecidasdemaneraconjuntaentreelGobiernoNacionaly las FARC-EP, para garantizar la seguridadde las y los delegadosdelGobiernoNacional y servidorespúblicosduranteelCFHBDyDA.

1. La seguridad de las y los delegados del Gobierno y de los servidores públicos, está bajo la

responsabilidadde las institucionesde seguridaddelEstado, conformea lanormatividadvigenteprevistaparaestaactividad.

2. Laseguridadpara lasy losdelegadosdelGobiernoyservidorespúblicos,estárelacionadacon los

desplazamientos,ingresoypermanenciaenlasZonasVeredalesTransitoriasdeNormalización,ZVTNy losPTNyzonasdeseguridadde lasanteriores,conformeasumisiónpertinentealproceso deCFHBDyDA.

3. ElGobiernoNacionalylasFARC-EPpondránenconocimientodelMM&Vcualquierinformaciónque

indiqueamenazacontralasylosdelegadosdeGobiernoyservidorespúblicoscomprometidosconelprocesodelCFHBDyDA.

4. LasylosdelegadosdelGobiernoyservidorespúblicoscomprometidosenelCFHBDyDA,acatanlas

medidasqueenmateriade seguridadyprotecciónhan sidoestablecidaspor las institucionesdeseguridaddelEstadoasignadasaestamisiónylasrecomendacionesqueenestamateriapresentenlasFARC-EP.

5. Lasautoridadescivilesnoarmadas,lasylosfuncionariospúblicosqueingresenalasZVTNylosPTN

ysuszonasdeseguridad,conformealoacordadoentreelGobiernoNacionalylasFARC-EP,acatanlasmedidasqueenmateriadeseguridadsehanestablecidoenelAcuerdodeCFHBDyDA.

6. Paralaevacuaciónyatenciónmédicadelasmujeres,seobservaránsusnecesidadesespecíficas,así

comolosriesgospropiosdesucondiciónfemenina.

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ProtocolodelcapítulodeSeguridadparaLASYLOSINTEGRANTESDELASFARC-EPdelAcuerdo

deCesealFuegoydeHostilidadesBilateralyDefinitivo(CFHBD)yDejacióndelasArmas(DA).

SEGURIDADPARALASYLOSINTEGRANTESDELASFARC-EPDURANTEELCFHBDYDA.ElprotocolocontienelasmedidasestablecidasdemaneraconjuntaentreelGobiernoNacionalylasFARC-EP,paragarantizarlaseguridaddelasylosintegrantesdelasFARC-EPduranteelCFHBDyDA.

1- Dentrode las ZonasVeredales Transitorias deNormalización (ZVTN) y los Puntos Transitorios deNormalización(PTN),losmandosdelasFARC-EPsonresponsablesdelaseguridadeintegridaddesupersonal.

2- Porfueradeloscampamentoslasy los integrantesdelasFARC-EPtransitanentrajedecivilysin

armamento.3- LasFARC-EPdesignaungrupode60desusintegrantesquepuedenmovilizarseanivelnacionalen

cumplimientodetareasrelacionadasconelAcuerdodePaz.Paraestosdesplazamientos, lasy losintegrantes de las FARC-EP contarán con lasmedidas de seguridad acordadas entre el GobiernoNacionalylasFARC-EPenelAcuerdodeGarantíasdeSeguridadcorrespondientealossubpuntos4y6delpunto3,FindelConflicto.EnlamedidaquelosintegrantesdelasFARC-EPesténcapacitadosycertificadosparaintegrarelcuerpodeseguridadparaestefin,seincorporaránaestamisión.

Así mismo, por cada ZVTN, las FARC-EP, designa un grupo de 10 de sus integrantes que puedemovilizarse a nivel municipal y departamental en cumplimiento de tareas relacionadas con elAcuerdo de Paz, para lo cual se dispone de dos equipos de protección por Zona para losdesplazamientos.LassalidasdelasZVTNylosPTNsehacenconcorresponsabilidaddelosmandosdelasFARC-EP.

4- LasylosintegrantesdelasFARC-EPquesalenarecibiratenciónmédicadeemergenciaotratamiento

médicoespecializadoquenosepuedebrindardentrodelasZVTNolosPTN,cuentanconlosmediosylasmedidasdeprotecciónnecesarias.

5- Para la evacuación y atención médica de las mujeres, se tendrán en cuenta sus necesidadesespecíficas,asícomolosriesgospropiosdesucondiciónfemenina.

6- Lasmedidasdeprotecciónaimplementarparalosdesplazamientos,secoordinanconlosorganismos

deseguridaddelEstadoqueseannecesariosydemanerapreviaserequiereinformacióndetalladadelacantidaddepersonas,fechasdesalidayretorno,rutasdedesplazamientoylugaresespecíficosavisitaraefectosderealizarlascoordinacionespertinentes.

7- LasylosintegrantesdelasFARC-EPcuentanparasusdesplazamientosconlarespectivaacreditación

quelesgarantizasulibretránsito.8- ElGobiernoNacionalproporcionalosmedioshumanos,logísticos,técnicos,decomunicacionesyde

movilidad que sean necesarios para los desplazamientos y que requieran los dispositivos deprotecciónyseguridad.

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9- Lasmedidasdeprotecciónqueseimplementanparalosdesplazamientosdelasylosintegrantesde

lasFARC-EP,seefectúandeacuerdoalnivelderiesgoidentificadoporlosequiposdeseguridadyproteccióndecadaZVTNylosPTN,encoordinaciónconlasFARC-EPyelMM&V.

10- ParalassalidasespecialesdequetrataelAcuerdodeCFHBDyDA,sedisponededosequiposde

protecciónporcadaZVTNylosPTN;paraefectosdegarantizarlasmedidasdeseguridadalasquehacealusiónelreferidoAcuerdo,seestableceunprocedimientoqueescoordinadoporelMM&V,enelquesedeterminaentreotroslossiguientesaspectos:

• Designaciónpor cada ZVTNy los PTNdel responsablede las FARC-EPqueautoriza a las y los

integrantesdeestaorganizaciónquerealizaránlascorrespondientessalidaseimpartealasylosintegrantes de las FARC-EP instrucciones pertinentes en materia de seguridad tal como locontemplaelAcuerdodeCFHBDyDA.

• Coordinacióndeloscronogramasdesalida.• Fechayhoradeliniciodeldesplazamiento.• Evaluacióndelriesgodelapersonaasalir.• Lugares,rutasycronogramadelosdesplazamientos.• Coordinaciónydisposicióndelosmediosdetransporte,logísticosyhumanosdisponiblesparalos

desplazamientos.• Coordinacióninterinstitucional,delaentidadencargadadebrindarlaseguridadyprotecciónde

lasylosintegrantesdelasFARC-EP,conlosdemásorganismosdelEstadoqueresultepertinente.• Duranteestosdesplazamientoshaycomunicaciónpermanenteconlasdiferentesinstanciasdel

MM&V,conformealoslugaresdepermanenciayrutasempleadas.

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ProtocolodelcapítulodeSeguridadparalaPOBLACIÓNCIVILdelAcuerdodeCesealFuegoydeHostilidadesBilateralyDefinitivo(CFHBD)yDejacióndelasArmas(DA).

SEGURIDADPARALAPOBLACIÓNCIVILDURANTEELCFHBDYDA.ElprotocolocontienelasmedidasestablecidasdemaneraconjuntaentreelGobiernoNacionalylasFARC-EP,paragarantizarlaseguridadyconvivenciadelapoblacióncivilenlasZonasVeredalesTransitoriasdeNormalización (ZVTN) y Puntos Transitorios de Normalización (PTN) y sus correspondientes Zonas deSeguridad(ZS)duranteelCFHBDyDA.1. El Gobierno Nacional continúa garantizando las condiciones de convivencia y seguridad de la

poblacióncivil,duranteelCFHBDyDA,fomentandoyafianzandolosmecanismosdeparticipaciónciudadanaycomunitaria.

2. LaseguridaddelapoblacióncivilenlasZVTN,losPTNysuscorrespondientesZS,duranteelCFHBDy

DA, está sustentada en la puesta en práctica demedidas enmateria de Derechos Humanos quepermitan su protección frente a potenciales amenazas que pongan en riesgo la vida, integridadpersonal,libertadescivilesysupatrimonio.

3. ElGobiernoNacionalylasFARC-EP,pondránenconocimientodelMM&Vcualquierinformaciónsobre

amenazasqueponganenriesgolaseguridaddelapoblacióncivilaefectosdeadoptarlasmedidascorrespondientes.

4. ElGobiernoNacionaladelantarátodaslasactividadesdeconfirmaciónyneutralizaciónquesurjandelasalertastempranasquesepresentan,enrelaciónconamenazasqueponganenriesgolapoblacióncivil,realizandolascoordinacionesqueseanpertinentesconlasFARC-EPyelMM&V,paragarantizarelCFHBDyDA.

5. Durante la vigencia de las ZVTN y PTN será suspendido el porte y la tenencia de armas para lapoblacióncivildentrodedichaszonasyenlasZS.

6. LaseguridadparalaspersonasqueingresenalasZVTNylosPTNsesustentaenlossiguientescriterios:

• CadaZVTNyPTNcuentaconunáreaderecepción,paraatenderlaspersonasquelleguenala

misma.• Enloscampamentosnohaynipuedeingresarpoblacióncivilenningúnmomento.• RespectoalaseguridaddelapoblacióncivilseacataloacordadoenlasReglasqueRigenelCFHBD

yDA.

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ProtocolodelcapítulodeSeguridadparalosDESPLAZAMIENTOSdelasFARC-EPdelAcuerdodeCesealFuegoydeHostilidadesBilateralyDefinitivo(CFHBD)yDejacióndelasArmas(DA).

SEGURIDADPARALOSDESPLAZAMIENTOSDELASFARC-EPALASZONASVEREDALESTRANSITORIASDENORMALIZACION(ZVTN)YPUNTOSTRANSITORIOSDENORMALIZACION(PTN)DURANTEELCFHBDYDA.ElprotocolocontienelasmedidasestablecidasdemaneraconjuntaentreelGobiernoNacionalylasFARC-EP,paragarantizarlaseguridaddelosdesplazamientosdelasdistintasmisiones,comisionesyunidadestácticasdecombate(UTC)delosfrentesdelasFARC-EPalasZVTNylosPTN.

1. ParalaseguridaddelosdesplazamientosdelasestructurasdelasFARC-EPalasZVTNyPTNsetendrán

encuentalassiguientesmedidas:acatamientodelasreglasquerigenelcesealfuego;conocimientodelplanparaeldesplazamiento;efectivacoordinaciónycanalessegurosdecomunicación;medidasdeseguridadparalamanipulaciónytransportedelasarmas.

2. El día D+1 un delegado o delegada del Gobierno Nacional y uno de las FARC-EP entregan lascoordenadasdelaubicacióndelasunidadesdelaFuerzaPúblicaydelasFARC-EPalCI-MM&V,paraqueseadoptenlasmedidasnecesariasparaposibilitarlosdesplazamientosdelasestructurasdelasFARC-EPalasZVTNyPTN,demanerasegurabajoelmonitoreoyverificacióndelMM&V.

EstosmovimientospuedenseracompañadosporelMM&VsielGobiernoNacionalylasFARC-EPasílo requieren. En este caso para su seguridad, las y los integrantes del CI-MM&V deberán darcumplimientoalosestándaresmínimosdeseguridaddelsistemadeNacionesUnidas.

3. ElMM&Vrealiza lascoordinacionespertinentesconelGobiernoNacionalparaqueseadoptenlas

medidasdeseguridadnecesariasenlasrutasdedesplazamientodelasylosintegrantesdelasFARC-EP,desdeloslugaresdondehacenpresenciaalasZVTNyPTN.

4. LosdesplazamientosdelasylosintegrantesdelasFARC-EPdesdeloslugaresdondehacenpresenciaalasZVTNyPTN,soncoordinadosymonitoreadosporelMM&V.

5. Paralosdesplazamientosdelasdistintasmisiones,comisionesyunidadestácticasdecombatedelosfrentesdelasFARC-EPalasZVTNyPTN,elGobiernoNacional,cuandoasíserequieraysesoliciteatravésdelMM&V,suministralalogísticaymediosdetransporteparaesteprocedimiento.

6. Paralosdesplazamientosse implementantresfasesacordadasycoordinadasporelMM&VconlaFuerzaPúblicaylasFARC-EP:

1. Planeación:sehacelacoordinación,elalistamientodelosparticipantes,ladisponibilidaddela

información,seestableceuntiempoprudencialparaelrepliegueyrecomposicióndelaFuerzaPúblicaquepermitaeldesplazamientoyseponeenconocimientoelplanaejecutaralosactorescomprometidos.

• Enestafase,loscomandantesdelaFuerzaPúblicadelasregionescomprometidas,certifican

porelmediopertinenteanteelMM&V,quienloverifica,quetodaslasunidadesdesplegadas

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en las áreas implicadas tienen pleno conocimiento sobre la planeación de estosdesplazamientos.

• Paralaplaneacióndelosdesplazamientos,elMM&Vcuentancontodoslosdatosnecesarios

y realiza las coordinaciones pertinentes, que garanticen la seguridad y la ausencia deincidentesdurantelosdesplazamientos.

• Paralosdesplazamientosseimplementaunplandecomunicacionesininterrumpido,integral

ydecoordinaciónentreloscomprometidosenelCFHBDyDA(GobiernoNacional,MM&V,FuerzaPública,lasFARC-EP),garantizandoentodocasolaseguridaddelascomunicacionesaefectos de evitar eventuales filtraciones o alteraciones que pongan en riesgo eldesplazamiento.

2. Ejecución: El día D+1 un delegado o delegada del Gobierno Nacional y uno de las FARC-EPentreganlascoordenadasdelaubicacióndelasunidadesdelaFuerzaPúblicaydelasFARC-EPalCI-MM&V,paraqueseadoptenlasmedidasnecesariasparaposibilitarlosdesplazamientosdelasestructurasdelasFARC-EPalasZVTNyPTNdemanerasegurabajoelmonitoreoyverificacióndelMM&V.

• Estemismodía (D+1) se realizan los ajustes de los dispositivos de la Fuerza Pública, para

permitirlosdesplazamientosporlasrutasdefinidashacialasZVTNyPTN,locualesverificadoporelMM&V.

• EldíaD+5, lasdistintasmisiones, comisionesyunidades tácticasdecombate (UTC)de los

frentesde las FARC-EP,previa confirmaciónporpartedelMM&Vde la adecuaciónde losdispositivosenelterrenodelaFuerzaPública,sedesplazaránhaciaZVTNyPTN,teniendoencuentalasmedidasdeseguridadestablecidasenelpresenteprotocolo.

3. Adaptación:enestafase,unavezfinalizadoslosdesplazamientos, laFuerzaPúblicaadaptalos

dispositivosenelterrenosegúncorresponda,enconcordanciaconloestablecidoenelAcuerdodeCFHBDyDA.

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ProtocolodelcapítulodeSeguridadparalosDISPOSITIVOSENELTERRENOdelAcuerdodeCesealFuegoydeHostilidadesBilateralyDefinitivo(CFHBD)yDejacióndelasArmas(DA).

SEGURIDAD EN LAS ZONAS VEREDALES TRANSITORIAS DE NORMALIZACIÓN (ZVTN) Y LOS PUNTOSTRANSITORIOSDENORMALIZACIÓN(PTN)DURANTEELCFHBDYDA.ElprotocolocontienelasmedidasestablecidasdemaneraconjuntaentreelGobiernoNacionalylasFARC-EP,paragarantizarlaseguridadenlasZonasVeredalesTransitoriasdeNormalización(ZVTN)ylosPuntosTransitoriosdeNormalización(PTN).

1. LaseguridadenlasZVTNy losPTNsesoportaen lossiguientesaspectos:Límitesespecíficos;una

zona de seguridad en su contorno; dispositivos de seguridad; adecuada infraestructura física yaprovisionamiento logístico; seguridad en las comunicaciones; normas de convivencia; atenciónmédicabásica;yunplandeevacuaciónfrenteaemergenciasydesastresnaturales.

2. ElGobiernoNacionalylasFARC-EPdelimitanclaramentelasZVTNylosPTN,estableciendolossitios

dereferenciacomoaccidentesgeográficos,coordenadasymojones.3. DurantelavigenciadelAcuerdodelCFHBDyDAlaseguridadenlasZVTNylosPTN,escoordinada

entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP. Para los dispositivos en el terreno la seguridad secoordinaráentreelGobiernoNacionalyelMM&V.

4. AlrededordelasZVTNylosPTNseimplementaunazonadeseguridaddeunkilómetro(1Km)para

evitarincidentesoaccidentes.EstazonadeseguridadestasupervisadaporelMM&VyenellanohacenpresenciaintegrantesdelaFuerzaPúblicaodelasFARC-EP,conexcepcióndelosequiposdemonitoreo y verificación acompañados de seguridad policial cuando las circunstancias así lorequieran.

5. EncadaZVTNseidentificaunsolocampamentodentrodelcualseestableceunsitioespecíficodonde

sonubicados loscontenedoresparaalmacenarelarmamentoy lamunicióndelasFARC-EP.Estoslugares están plenamente identificados y cuentan con los respectivos controles y medidas deseguridad,bajolasupervisióndelComponenteInternacionaldelMM&V(CI-MM&V).Conestemismofin,enlosPTNseubicaunsolositioenelcampamento.

6. Durante la vigenciade las ZVTNy losPTNes suspendidoel porte y la tenenciadearmaspara la

poblacióncivil.PorfueradeloscampamentoslasylosintegrantesdelasFARC-EPtransitanentrajedecivilysinarmamento.

7. FueradeloscampamentosydentrodelasZVTNylosPTNseubicaunarecepciónparaquelasFARC-

EPatiendalasvisitas.8. LasfuncionariasyfuncionariospúblicosquebrindencapacitaciónalasylosintegrantesdelasFARC-

EPenlasZVTNylosPTNconformealoestablecidoenelAcuerdoCFHBDyDA,portansurespectivaacreditación.

9. Los aspectos relacionados con la seguridad en las ZVTN y los PTN (esquemas de protección,

dispositivosdeseguridad)soncoordinadosconelGrupodeConduccióndelMM&Vlocal.

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10. Lassedeslocalescuentanconlosmediostécnicosnecesariosparagarantizarunaefectivaysegura

comunicaciónconlasdiferentesunidadesdelaFuerzaPública,elMM&VylasFARC–EP.Paraestepropósitoseimplementanmedidasdeseguridadenlascomunicaciones(código,claves,frecuenciasyhorariosdelosprogramas).

11. Enlassedeslocalesseimplementaelprocesodeseguimientodealertastempranas,medianteelcual

se recepciona y difunde información a quien corresponda, con el fin de neutralizar eventualesamenazasquepuedanafectara las y los integrantesde las FARC-EP,delGobiernoNacional,delMM&V,delapoblacióncivily/oelnormalfuncionamientodelasZVTN,losPTNylosdispositivosenelterrenodelaFuerzaPública.

12. ElGobiernoNacional toma lasmedidasnecesariasparaevitarel ingresoa lasZVTNy losPTNde

personasquetenganrequerimientospendientesconlasautoridadesjudiciales.EnningúncasoestasmedidasseránutilizadasparaobstaculizarlallegadadevisitantesalasZVTNyPTN.

13. En caso de presentarse dentro de una ZVTN o PTN algún hecho o circunstancia que requiera la

presencia de la Policía Nacional o cualquier otra autoridad armada del Estado, se hace encoordinaciónconelMM&V,deacuerdoalsiguienteprocedimiento:

• UnavezelMM&VconozcaelhechoinicialascoordinacionesconlosmandosdelasFARCEPen

lazonacorrespondienteyelGobiernoNacional.

• ElMM&Vevalúalasituaciónyadelantaelprocedimientoenloquelecorresponde.

• ElMM&VsolicitaalGobiernoNacionalelapoyodelaautoridadcorrespondiente.

• LaautoridaddesignadaporelGobiernoNacionaltomacontactoconelMM&V.

• ElMM&VrealizalascoordinacionespertinentesconlasFARC-EPparaelingresodelaautoridadalaZVTNoPTN.

• El ingreso y permanencia durante las diligencias de los funcionarios a la ZVTN y los PTN esacompañadoporlosintegrantesdelMM&V.

• Duranteel procedimientoel MM&Vmantienepermanente contacto con losmandosde lasFARC-EPenlaZVTNoPTNrespectivo.

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ProtocolosdeseguridadparalaMANIPULACIÓN,ALMACENAMIENTO,TRANSPORTEYCONTROLARMASduranteelCFHBDyDA

ElprotocolocontienelasmedidasestablecidasdemaneraconjuntaentrelasFARC-EPyelCI-MM&Vparagarantizar la seguridad durante la manipulación, almacenamiento, transporte y control de armas defuego,municionesyexplosivosenelprocesodelCFHBDyDA,loscualesseránmonitoreadosyverificadosporelCI–MM&V.a. Manipulación1. Durante los desplazamientoshacia las ZVTN, PTN y en los campamentos, no sepodrámanipular

ningún tipo de explosivo, munición explosiva, sustancias peligrosas o artefactos explosivosimprovisados.

2. Porseguridad,nosepodrámanipular,portaro tenerarmasde fuego,municionesyexplosivosalinteriordelosdormitorios,comedores,aulas,bañosyáreasderecreacióndeloscampamentos,nienlasrecepcionesimplementadasparacadaunadelasZVTNylosPTN.

3. Para el porte,manipulación ymantenimiento de las armas de fuego se aplicarán las normas deseguridadestablecidaseneldecálogodeseguridadconlasarmasdefuego.

4. LadestruccióndelarmamentoinestableseefectúaporpartedelasFARC-EPencoordinaciónconel

CI-MM&V,teniendoencuentalosestandaresinternacionalesenseguridad.ElCI-MM&Vcertificaycomunicaesteprocedimiento.

5. Sedeberáasegurarquelossitiosdondesevayaarealizarladestruccióndematerialinestable,ysus

rutas de aproximación, se encuentren libres deminas antipersonal (MAP), artefactos explosivosimprovisados(AEI),municionessinexplotar(MUSE)orestosexplosivosdeguerra(REG).

6. Para este procedimiento se garantiza la presencia de una o un paramédico con equipamiento y

medicamentosysedeberátenerprevistolaevacuaciónsanitariaencasodeaccidenteoemergenciamédica,locualdeberásercoordinadoporelMM&V.

7. Las FARC-EP en cada campamento es responsable de hacer cumplir las normas de seguridad demanipulacióndelarmamento.

b. Almacenamiento

1. ElCI-MM&V,establecerálascondicionesnecesariasparaelalmacenamientosegurodelasarmasymunicionesunavezingresenalasZVTNylosPTN,segúnlosestándaresestablecidosenlamateriaporlaONU.

c. Transporte

1. BajoningunacircunstanciaserántransportadoshacialasZVTNylosPTNarmamentoinestable.

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2. EltransportedelasarmasdeacompañamientoylasmunicionesalasZVTNyPTNserealizarábajoloslineamientosdeseguridadestablecidosenlosestándaresinternacionales.

3. El CI-MM&V coordinará con el Gobierno Nacional, la implementación de los dispositivos de

seguridadparaeltransportedelasarmasymunicionesdelasFARC-EPhacialasZVTNylosPTN,cuandoserequiera.

4. Las FARC-EP garantizan que todas las armas relacionadas en el suministro de información

entregadoalCI-MM&VseantransportadasalasZVTNyPTN.5. LaextraccióndelarmamentodelasZVTNylosPTNalosnuevossitiosdealmacenamientopara

sudisposiciónfinal,porpartedelCI-MM&V,serealizabajolosestándaresseguridaddelaONU.d. Control

1. El CI-MM&V realiza los controles pertinentes de monitoreo y verificación de las armas

individuales,de lasarmasen losarmerillosyde lasarmasen los contenedoresconformea loestablecidoenelAcuerdodeCFHBDyDA.

2. Las FARC-EP se comprometen a difundir a todos sus integrantes los protocolos de seguridaddispuestosparalamanipulación,transporte,almacenamientoycontrolparalaseguridaddelasarmasdefuegoymunicionesparasupuestaenpráctica.

3. El CI-MM&Ven coordinación con las FARC-EP selecciona un punto seguro, libre de amenazas

naturalesyartificialesdentrodelasZVTNyPTNparalaubicacióndeloscontenedoresdondesevanaalmacenarlasarmasdelasFARC–EP.

4. El CI-MM&V verifica el cumplimiento de los protocolos de seguridad de la destrucción del

armamentoinestable,realizandolascoordinacionespertinentesparalaseguridaddeláreaconlaFuerzaPública,cuandoseanecesario.

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ProtocoloyAnexosdelcapítulodeLOGÍSTICAdelAcuerdodeCesealFuegoydeHostilidadesBilateralyDefinitivo(CFHBD)yDejacióndelasArmas(DA)

ElpresenteprotocolocontienelosprocedimientosestablecidosdemaneraconjuntaentreelGobiernoNacionalylasFARC-EPparagarantizarlalogísticadelasZonasVeredalesTransitoriasdeNormalización(ZVTN)yCampamentos(PuntosTransitoriosdeNormalizaciónPTN)yelMM&V(Nacional,regionalylocal)duranteelCesealFuegoydeHostilidadesBilateralyDefinitivo(CFHBD)ylaDejacióndeArmas(DA).DefinicióndeLogística:eselconjuntodeelementosdeordenmaterialquesatisfacen lasnecesidadesespecíficasqueserequierenparaelfuncionamientodelasZonasVeredalesTransitoriasdeNormalización(ZVTN)ylosPuntosTransitoriosdeNormalización(PTN)duranteelCFHBDyDA,asícomodelMM&Vquetienequevercon:alojamiento,alimentación,cocinas,depósitodealimentos,comedores,aulas,oficinas,bibliotecas,recepción,baños,enfermeríayodontologíaparaatenciónbásicaensalud,comunicaciones,almacén de intendencia, kit de aseo masculino, kit de aseo femenino y accesorios, kit de ropa eimplementosdeportivos.Sedebetenerencuentaparaelsuministrodelogísticaloselementosdiferenciadosporgénero.Enlogísticasenecesitasatisfacerlassiguientesnecesidades:1. Salud.DuranteelprocesodelCFHBDyDA,secuentaconlaatenciónmédicabásicaqueseanecesaria

deformainmediata.Igualmente,seprestaráatenciónmédicaespecializadaodeemergencia,encuyocaso se podrán realizar los traslados a los centros médicos pertinentes, garantizando la atenciónoportunaylaseguridad.

2. LíneasdeAbastecimiento.Eselconjuntodemediosyprocedimientosparagarantizarlasatisfacción

delasnecesidadesdescritasenladefinicióndelogísticaparaelfuncionamientodelasZVTN,losPTNyelMM&V,poreltiempoquedureelCFHBDyDA,eincluyeelsuministro,transporteydistribucióndeloselementosantesmencionados,todolocualsehaceatravésdepersonasjurídicasynaturales,decarácterparticular.

Para la adquisición, transporte y distribución de los productos alimenticios y medicamentos, elGobiernoNacionalharálaconvocatoriapública,unodecuyostérminosdereferenciadebeserquelosproductosalimenticiosylosmedicamentosseanadquiridospreferentementeenlasregionesdondeesténubicadaslasZVTNyPTN.LasFARC-EPdesignaráundelegadoqueacompañeesteprocesoanivelnacional.

3. Comunicaciones.ParaelCFHBDyDA,elGobiernoNacionalylasFARC-EP,definenlosprocedimientos

para garantizar losmedios necesarios de comunicación (principales y alternos - BandasUHF, VHF,satelital)yestablecenfrecuenciasyhorariosquefacilitenlacoordinaciónentreelGobiernoNacional,lasFARC-EPyelMM&VporeltiempoquedureelCFHBDyDA.

En cada zona habrá un delegado o delegada de las FARC-EP encargado de la parte logística quien seentenderáconelenlace logísticodelnivel localdelMecanismodeMonitoreoyVerificación (MM&V),quienrecibirálalistadelasnecesidadesrequeridasenlasZVTNylosPTN,loscualesseránresponsablesderecibir,verificaryfirmarlasplanillasrespectivas.TodoesteprocedimientologísticoseráverificadoporelMM&V.

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TodaslaslocacionesdelasZVTN,PTNysedesdelMM&Vserándotadosendebidaformaparasuóptimofuncionamientobajocriteriosdeausteridad,transparencia,razonabilidad,eficienciayresponsabilidad.ElGobiernoNacionalylasFARC-EPacordaronunlistadodeartículosparaelsostenimientoquecontienenloselementosdealimentación(anexoA)ymedicamentos(AnexoB)queseránajustadosdeacuerdoalascaracterísticasdecadaregióndondeesténubicadaslasZVTNylosPTN.Parafacilitarelplaneamiento,lasnecesidadeslogísticasdealimentaciónymedicinas,comenzaránasersuplidasapartirdeldíaD+30.

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ProtocoloyAnexosdelcapítulodeDEJACIONDEARMAS(DA)delAcuerdodeCesealFuegoydeHostilidadesBilateralyDefinitivo(CFHBD)yDejacióndelasArmas(DA)

LaDejacióndelasArmasporpartedelasFARC-EPimplicaunprocesoorganizado,trazableyverificableque se desarrolla en dos tiempos, denominados Control de Armamento y Dejación de las Armas. ElprocesodeDejacióndelasArmasiniciaconlafirmadelAcuerdoFinal.

LaDAincluyelossiguientesprocedimientostécnicos:registro,identificación,monitoreoyverificacióndelatenencia,recolección,almacenamiento,extracciónydisposiciónfinal.

• Registro: consiste en el procedimiento técnico por el cual el Componente Internacional delMecanismodeMonitoreoyVerificación(CI-MM&V)consignalacantidadytipodearmasrecibidasalasFARC-EP(procedimientosegúnAnexoA).

• Identificación: corresponde al procedimiento técnico por el cual el CI-MM&V establece lascaracterísticasdelasarmasdelasFARC-EP.Esteprocedimientosehaceúnicamenteconlasarmasindividuales que porten los integrantes de las FARC-EP dentro de los campamentos(procedimientosegúnAnexoA).

• Monitoreoyverificacióndelatenencia:eslaactividadporlacuallosobservadoresdelCI-MM&VdesplegadosdeformapermanenteenloscampamentosdelasFARC-EPconstatanquecadaunodelosintegrantesdelasFARC-EPquepermaneceenuncampamentoportasuarmaindividualconsudotacióndemunición.Estosehaceconbaseenelregistroeidentificaciónpreviamenteefectuado.

• Recolección:esentendidacomoelprocedimientotécnicomedianteelcualelCI-MM&VrecibetodaslasarmasdelasFARC-EP,conformealprocedimientoconsignadoenesteAcuerdo.

• Almacenamiento del armamento: es el procedimiento por el cual el CI-MM&V deposita elarmamento recibidode las FARC-EP,previo registro ymarcadopara controlde inventario, encontenedoresdispuestosatalesefectosdentrodeunodeloscampamentosdecadaZVTN,asícomoen cada unode los PTN. El área de terreno en la cual se ubican los contenedores serárestringida.SóloelCI-MM&V,quienefectúamonitoreoyverificaciónpermanente,puedeingresaradichaárea.

• Extraccióndelarmamento:eselprocedimientotécnicoporelcuallaONUseencargadelasalidafísicadelarmamentodelasZVTNyPTN.LaubicacióndeestearmamentoserádeterminadaentreelGobiernoNacionalylasFARC-EPconlaONU.Estearmamentoserádestinadoalaconstrucciónde3monumentos.

• Disposiciónfinaldelarmamento:EselprocedimientotécnicoporelcuallasarmasdelasFARC-EP seutilizanpara la construcciónde3monumentosa saber:unoen la sedede lasNacionesUnidas,otroenlaRepúblicadeCubayotroenterritoriocolombianoenlugaraserdeterminadopor la organización política surgida de la transformación de las FARC-EP, en acuerdo con elGobiernoNacional.

Procedimiento

ParaefectosdelaDA,aldíadelaentradaenvigordelAcuerdoFinalseledenomina“díaD”.LaDAimplicaunafasedePlaneamientoyotradeEjecución.

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Fasedeplaneamiento

ApartirdeldíaD+5,lasFARC-EPentreganalCI-MM&Vlainformaciónsobrelasarmasquetienenensupoder,afindequeelCI-MM&Vestéencondicionesdepreverlacantidadytipodecontenedoresenlosque se almacenarán las armas. Ello también permitirá planificar adecuadamente el monitoreo yverificaciónsobreeltransporte,asícomoprocederalregistro,identificación,monitoreoyverificacióndelatenencia,recolección,almacenamiento,extracciónydisposiciónfinal.

Estainformaciónincluirá:

• CantidadtotaldearmasportipoqueserántransportadashastalasZVTNyPTN.• Cantidaddearmaspor tipocorrespondientesa integrantesde lasFARC-EPqueseanmiembrosdel

MM&V,ydeaquellosautorizadosasalirdeloscampamentosparacumplirtareasrelacionadasconelprocesodepaz(60entotalanivelnacionaly10porcadaZVTNyhasta8porcadaPTN).

• Cantidaddearmasdeacompañamiento,granadasymunicionesportipo,asícomoelarmamentodemiliciasqueserátransportadoalasZVTNyPTNentreeldíaD+7yeldíaD+30.

• Cantidad y tipo de armamento inestable que se destruirá y geo referenciación de los depósitos(caletas).

• LugaryoportunidadenqueserealizaráladestruccióndelarmamentoinestabledelasFARC-EP.

TodaestainformacióndeberápermitirunplaneamientoaldetalledelMM&Vconlosresponsablesdelaseguridaddeesteparalograrunaactividadeficiente,segurayconelsecretonecesario,deacuerdoalosprotocolos.

Fasedeejecución

EldíaD+5lasunidadesdelasFARC-EPinicianeldesplazamientohacialasZVTNyPTNcorrespondientestransportandoelarmamentoindividualconsudotacióndemunición.

ElMM&Vmonitoreayverificaesteprocedimiento.

UnavezarribadasalasZVTNyPTN,elCI-MM&Vverificaráquenohayaexplosivos,armasoelementosquenodebaningresara laZVTNoPTN,enelcasodedetectarsematerial inestableseprocederáasudestrucciónenloslugarespreviamenteseleccionados.

Se considerará armamento inestable todo aquel cuyo exterior pueda apreciarse deteriorado conrajaduras,abolladuras,hundimientosyoxidación,asícomoelqueposeamaterialexplosivoexudadoycualquierotro signoquepermitadeterminarque su transportepueda resultarpeligroso. También lasarmas,minasyexplosivosdefabricaciónartesanaleinsumosparasufabricación.

Seguidamente,elCI-MM&VprocedealregistroyalmacenamientolasarmasindividualesdelosmiembrosdelasFARC-EPasignadosalMM&V,asícomotambiénlasdeaquellosquesaldránencumplimientodeactividades relacionadasconelprocesodepaz.Apartirdeentonces,elCI-MM&V iniciaelmonitoreosobrelatenenciadelasarmasindividualesdelosintegrantesdelasFARC-EPquepermanezcandentrodeloscampamentos.

EntreeldíaD+7aldíaD+30lasFARC-EPtransportanalasZVTNyPTNlasarmasdeacompañamiento,elarmamentodelasmilicias,lasgranadasymuniciones.ElMM&Vmonitoreayverificaesteprocedimiento.

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Estasarmas,granadasymunicionesseránregistradasymarcadasparafinesdecontroldeinventario,ylas que no sean destinadas al porte individual serán acondicionadas en armerillos temporales bajoresponsabilidad de las FARC-EP. El CI-MM&V inicia el monitoreo sobre estas armas, granadas ymuniciones.Se deberá monitorear la totalidad del armamento, granadas y municiones de las FARC-EP que seencuentren dentro del campamento, en forma aleatoria o mediante otro método, siempre encoordinaciónconelcomandantede lasFARC-EPdecadacampamento.La frecuenciadependeráde lacantidaddearmamentoylasituación.EldíaD+60seprocedealalmacenamientodelasarmasdeacompañamiento,lasarmasdemilicias,lasgranadasylasmunicionesqueseencontrabantemporalmenteacondicionadasenarmerillos.

Paralelamente, entre el día D+10 y el día D+60 las FARC- EP realizan la destrucción del armamentoinestable guardado en depósitos (caletas) previamente geo referenciados bajo los parámetrosestablecidos en los protocolos de seguridad. El CI-MM&V verificará la destrucción del armamentoinestableyconfeccionaráunactadondedetallaráfecha,hora,lugar(georeferenciado),cantidadytipodearmamento.AlmismotiempoelCI-MM&Vdeberáverificar lacorrectapreparaciónde laactividad.Esta actividad deberá estar adecuadamente coordinada entre las FARC-EP, CI-MM&V y el GobiernoNacionaldebidoalesfuerzologísticoydeseguridadqueelloimplica.Se deberá asegurar que los desplazamientos del CI-MM&V se realicen por rutas seguras, sin minasantipersonal(MAP),artefactosexplosivosimprovisados(AEI)ymunicionessinexplotar(MUSE)orestosexplosivosdeguerra(REG).ParaesteefectolasFARC-EPsuministranlainformaciónpertinenteyserealizantodaslascoordinacionesconelGobiernoNacionalyelCI-MM&V.Todas las actividades que impliquen el transporte de armas se desarrolla según lo establecido en elprotocolodeseguridadparaeltransportedearmamento.

La recolección y almacenamiento del armamento individual que permanece en poder de los (as)integrantesdelasFARC-EPdentrodeloscampamentosseharádemanerasecuencialyentresfases:

• D+90sealmacenael30%deltotal• D+120sealmacenaotro30%deltotal• D+150sealmacenael40%restante

LospasosanterioresenelprocesodeDejacióndelasArmasporpartedelasFARC-EP,sedarándemanerasecuencial,segúnlahojaderuta(cronogramadeeventos)acordadaporelGobiernoNacionalylasFARC-EPqueguíaelfindelprocesodelFindelConflictoluegodelafirmadelAcuerdoFinal.

Enformasimilaraloestablecidoenelpárrafoanterior,entreeldíaD+150yeldíaD+180lasNacionesUnidas proceden a la extracción de todas las armas almacenadas, previamente inhabilitadas para suutilizacióncomoarmasdeguerrayaladestruccióndelasgranadasymuniciones.Esta actividad deberá estar adecuadamente coordinada entre las FARC-EP, CI-MM&V y el GobiernoNacionaldebidoalesfuerzologísticoydeseguridadqueelloimplica.

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FinalizadaestaactividadelCI-MM&VcomunicaalMM&V.EldíaD+180sedaporfinalizadoelfuncionamientodeestasZVTNylosPTNysedaporcumplidoelCesealFuegoydeHostilidadesBilateralyDefinitivo,segúnlahojaderuta(cronogramadeeventos)acordadaporelGobiernoNacionalylasFARC-EPqueguíaelfindelprocesodelFindelConflictoluegodelafirmadelAcuerdoFinal.

Finalizadoelprocesodeextracciónde lasarmas,conformea losprocedimientosacordados,NacionesUnidascertificaelcumplimientodeesteproceso,procediendoacomunicarloalGobiernoNacionalyalaopiniónpública.

ElCI-MM&VinformaráalMM&VlafinalizacióndecadaetapadelprocedimientodeDejacióndelasArmas,conbaseenlodescritoenelAcuerdodeCesealFuegoBilateralyDefinitivoyDejacióndelasArmas.Lainformación deberá detallar las actividades realizadas de acuerdo a la información suministradapreviamenteporlasFARC-EPalCI-MM&V.DeestamaneraelMM&Vcertificacadaunadelasfasesdelprocedimientoycomunicaalaopiniónpública.

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AcuerdoFinal24.08.2016

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ANEXOAPROCEDIMIENTODEREGISTRO,IDENTIFICACIÓN,MARCADOYALMACENAMIENTODELASARMAS

Elregistro,identificaciónymarcadodelasarmaslorealizaráelCI-MM&Vdelasiguientemanera:ARMASINDIVIDUALES• Paracadaarmasellenaunformularioqueincluyelossiguientesdatos:

o Tipodearma(ametralladora,fusil,pistola,hechiza,etc).o Calibre(.50,7.62mm,etc.)o Modelo(M16A1,AK-47,etc.)o Nombredequienlaporta.

• El observador u observadora del CI-MM&V comprueba los datos del formulario del arma con la

inspecciónoculardelamisma.ElObservadoruobservadoradebeconstatarquelainformaciónenelformularioincluyalosiguiente:

o Tipodearma.o Calibre.o Modelo.o Nombredelcombatientequeportaelarma.

• Luegoseprocedeaasignarleunnúmeroidentificatoriobajolaformadeuncódigodebarras,código

alfanuméricoocódigoQR.Seadhiereunaetiquetaconel códigoalarmayotraetiqueta igualalformulario.LasarmaspertenecientesaintegrantesdelasFARC-EPmiembrosdelMM&Vyaaquellosautorizadosasalirdeloscampamentosparacumpliractividadesrelacionadasconelprocesodepaz(60entotalanivelnacional,ademásde10porcadaZVTNyhasta8porcadaPTN)seránalmacenadasencontenedoresatalesefectos.Paraellosedeberácoordinarcuandoydondeseharáentregadeesearmamento.

• Lasarmasindividualesdelosdemáscombatientesseránportadasporellasyellos,siendoobjetode

monitoreoyverificaciónporpartedelCI-MM&V.

• Posteriormentelasyloscombatientesprocedenalregistropersonal,dandosunombredecombate.Enlabasededatosseingresasunombrejuntoalcódigodelarma.

• Se archivan los formularios demanera segura y confidencial. El CI-MM&V será el custodio de lainformaciónreferentealaDA.

ARMASDEACOMPAÑAMIENTO,DEMILICIAS,GRANADASYMUNICIONESElCI-MM&Vseráelencargadodeverificarelcumplimientodeésteprotocolo.ConestefincoordinaráconelresponsabledelasFARC-EPencadacampamento.

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• El CI-MM&Vprocederá al registro e identificacióndedichas armas, granadas ymuniciones, con lafinalidaddelcontroldeinventario,cotejandola informacióndelosformularios.Aestasarmasseleasignaráunnúmeroidentificatoriobajolaformadeuncódigodebarras,códigoalfanuméricoocódigoQR.

• Cumplida la inspecciónseprocedealacondicionamientoenarmerillos temporalesde lasarmasde

acompañamiento,laspertenecientesamilicias,ylasgranadasymuniciones.• Se archivan los formularios de manera segura y confidencial. El CI-MM&V será el custodio de la

informaciónreferentealaDA.• EldíaD+60seprocedealalmacenamientoencontenedoresdelasarmasdeacompañamiento,lasde

lasmilicias,granadasymunicionesquehastaelmomentoseencontrabanenarmerillostemporales.ALMACENAMIENTODELASARMASYMUNICIONESElalmacenamientodelasarmasymunicionessellevaráacaboencontenedoresacondicionadosatalesefectos.Eláreadesignadaparasuubicacióndeberáadecuarsedelasiguientemanera:• TendráunsistemadeseguridadperimetralacordadoentreelCI-MM&VylasFARC-EP.• Sedispondrádeseñalesqueindiquenelaccesorestringidoadichaárea.• Loscontenedoresoconstruccionestemporarias,estaránpintadosdeblanco,conellogodeNaciones

Unidasydispondrándeestanteríasparaelalmacenamientoordenadoportipodearmasyasífacilitarelcontroldeinventario.

• Loscontenedoresseránaseguradosmedianteunsistemadedoblecierrecuyasllavesestarán,unaen

poderdelCI-MM&V,ylaotraenpoderdelcomandantedelasFARC-EPdelaZVTNoPTNrespectivo.• Se instalaráunarreglode lucesperimetrales, lasqueseencenderánautomáticamenteenhorasde

oscuridad,eiluminarántantoloscontenedorescomosuáreacercana.• Sistemadealarmaqueanuncielaaperturadelcontenedor,conconexiónalainstalacióndelCI-MM&V

yalresponsabledelasFARC-EPendichocampamento.Estesistemaseactivarácadavezqueseabrauncontenedor, siempreycuandoel sistemanosehayaapagadopara inspeccionesdecontroldeinventario.

• LasylosobservadoresdelCI-MM&Vnomanipularánmaterialnimunicionesexplosivas,sololoharán

encasosexcepcionales.

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ACUERDO11DEMAYODE2016

LaHabana,Mayo11de2016

I.- El Gobierno Nacional y las FARC-EP, acuerdan que el Gobierno Nacional

introducirá,antesdel18demayode2016,elsiguientetextoenlatramitacióndel

ActoLegislativonº04/2015Senado,150/2015Cámara:

“Artículoxxx:LaConstituciónPolíticatendráunnuevoartículotransitorio,elcualquedaráasí:

ArtículoTransitorio:Endesarrollodelderechoalapaz,elAcuerdoFinalparalaterminacióndel

conflictoylaconstruccióndeunapazestableyduraderaconstituyeunAcuerdoEspecialenlos

términosdelartículo3comúnalosConveniosdeGinebrade1949.Conelfindeofrecergarantías

decumplimientodelAcuerdoFinal,unavezéstehayasidofirmadoyentradoenvigor,elanterior

ingresaráenestrictosentidoalbloquedeconstitucionalidadparasertenidoencuentaduranteel

periodo de implementación del mismo como parámetro de interpretación y referente de

desarrolloyvalidezdelasNormasylasLeyesdeImplementaciónydesarrollodelAcuerdoFinal.

ElprocedimientolegislativoespecialparalaaprobacióndelAcuerdoFinalparalaterminacióndel

conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, incluirá un “procedimiento de ley

aprobatoriadelAcuerdoEspecial”conlassiguientescriteriosprocedimentalesespeciales:envío

alCongresoparasuincorporaciónalderechointernopormediodeunaley;tramitacióncomoley

ordinaria: radicación del proyecto ante la secretaria del Senado y publicación, debate en

comisionesconstitucionalesconjuntasdelSenadoyCámara,votación,debateenplenariodel

senado;ydebateenplenariodelaCámara.Eltransitodelproyectoentreunayotracámaraserá

de8días, lasvotacionesseránúnicamentedeaprobaciónoimprobacióndetodoeltexto,por

mayoría calificada; control de constitucionalidad de la ley aprobatoria del Acuerdo Especial;

sanciónpresidencialypublicaciónendiariooficial;elGobiernoseobligaráapresentarestaley

aprobatoria inmediatamenteseafirmadoyaprobadoelAcuerdoFinalparalaterminacióndel

conflictoy laconstruccióndeunapazestableyduradera,yentradoenvigorelpresenteActo

Legislativo.

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AcuerdoFinal24.08.2016

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Elprocedimientolegislativodeaprobacióndeleyesoactoslegislativosparalaimplementacióno

desarrollodelAcuerdoFinal,seráelProcedimientolegislativoespecialparalapazestablecidoen

elartículotransitorioxxxxcontempladoenelartículoprimerodeesteActoLegislativo,yestará

en vigencia para la aprobación de normas de implementación y desarrollo del Acuerdo Final

duranteeltiempoestablecidoenelartículoxxxx

El control constitucional relacionado con la aprobación de La ley aprobatoria del Acuerdo

Especial,seráúnicoyautomático.

El control constitucional relacionadocon la implementacióndelAcuerdoFinalmedianteLeyes

ordinariasoleyesestatutarias,seráúnicoyautomático.

II.-ElGobiernoNacionalylasFARC-EP,acuerdanqueelGobiernoNacional,antes

del18demayode2016,añadiráenelparágrafoj)delartículo1delPROYECTO

DEACTOLEGISLATIVONÚMERO04DE2015SENADO,157DE2015

CÁMARA,lapalabra“único”enelsiguientepárrafo:

“j) Los proyectos de Acto Legislativo tramitados mediante el Procedimiento Legislativo

EspecialparalaPaztendráncontrolautomáticodeconstitucionalidad(….)”

quedandoasídichotexto:

“j) Los proyectos de Acto Legislativo tramitados mediante el Procedimiento Legislativo

EspecialparalaPaztendráncontrolautomáticoyúnicodeconstitucionalidad(….)”

III.-ElGobiernoNacionalylasFARCEP,acuerdanqueelGobiernoNacional,antes

del18demayode2016,retirarádelatramitacióndelActoLegislativonº04/2015

Senado,150/2015Cámaralaproposiciónaditiva“artículotransitorio.Jurisdicción

Especialparalapaz”

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AcuerdoFinal24.08.2016

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IV.- Una vez aprobado en el Congreso el Acuerdo Final firmado como Acuerdo

Especial del artículo 3 común de las Convenciones de Ginebra, el Gobierno

Nacional, mediante el procedimiento legislativo especial para la paz, impulsará

inmediatamenteunActo Legislativoenel que se incorporará íntegramentea la

ConstituciónPolíticaelAcuerdoFinalenunartículotransitorio,enelquetendrá

queconstarexpresamenteelAcuerdodelaJurisdicciónEspecialparalaPazde15

dediciembrede2015.Dichoartículotransitorioentraráenvigorunavezentreen

vigorelAcuerdoFinal.

V.- El Gobierno Nacional y las FARC-EP, acuerdan que el Acuerdo Final para la

terminacióndelconflictoylaconstruccióndeunapazestableyduraderafirmado

comoAcuerdoEspecialen lostérminosdelartículo3comúna losConveniosde

Ginebra de 1949, se depositará, inmediatamente tras su firma, ante el Consejo

Federal SuizoenBernao anteel organismoque lo sustituyaenel futuro como

depositariodelasConvencionesdeGinebra.

VI.- Igualmente, el Gobierno Nacional y las FARC-EP acuerdan que una vez

aprobadoelAcuerdoFinalpara laterminacióndelconflictoy laconstrucciónde

unapazestableyduradera,seefectuaráunadeclaraciónpresidencialconforma

dedeclaraciónunilateraldelEstadocolombianoanteelSecretarioGeneraldelas

Naciones Unidas, citando la resolución del Consejo de Seguridad de Naciones

Unidas del 25 de enero de 2016, pidiendo al Secretario General que se dé la

bienvenidaalAcuerdoFinalylorelacioneconlaResolución2261delConsejode

Seguridad del 25 de enero, generando una documento oficial del Consejo de

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AcuerdoFinal24.08.2016

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Seguridad,yanexandoadichaResolución2261eltextocompletodelAcuerdoFinal

paralaterminacióndelconflictoylaconstruccióndeunapazestableyduradera.

DelegacióndelGobiernoNacional DelegacióndePazdelasFARC-EP

HumbertodelaCalle IvánMárquez.

PorelGobiernodelReinodeNoruegaPorelGobiernodelaRepúblicadeCuba

MonaFrøystadRodolfoBenítez

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ACUERDOESPECIAL,19DEAGOSTODE2016

LaHabana,Agosto19de2016

ElGobiernoNacionalylasFARCEP,adoptanelsiguienteAcuerdoEspecialenlos

términos del artículo 3 común a los Convenios de Ginebra de 1949, que se

depositará,inmediatamentetrassufirma,anteelConsejoFederalSuizoenBerna

I. LeydeAmnistías,indultosytratamientospenalesespeciales.

LaspartesacuerdanqueelGobiernoNacionalpresentaráanteelCongresodela

República lapropuestadeproyectode leydeamnistías, indultosy tratamientos

penalesespeciales,cuyoscontenidosseadjuntanaesteAcuerdo.

Dichoproyecto consta de cuatro títulos.Unprimer título relativo a su objeto y

principios, aplicables a todos sus destinatarios y cuyo texto se encuentra en el

AnexoIaesteAcuerdo.

Unsegundotítulorelativoa lasamnistías, indultosyotrostratamientospenales

especiales,cuyotextotambiénseencuentraenelAnexoIaesteAcuerdo.

Untercertítulorelativoalostratamientospenalesespecialesdiferenciadospara

agentesdelEstado,cuyotextoseadjuntaaesteAcuerdocomoAnexoII

Y un cuarto título relativo a disposiciones finales, aplicables a todos sus

destinatarios,cuyotextotambiénseencuentraenelAnexoIaesteAcuerdo.

Los cuatro títulos antes indicados constituirán un mismo proyecto de ley

inescindible.

Elproyectodeleydeamnistías,indultosytratamientospenalesespecialesantes

indicado, se presentará ante el Congreso de la Republica al día siguiente de la

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AcuerdoFinal24.08.2016

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entradaenvigenciadel“ActoLegislativo01de7dejuliode2016,pormediodel

cual se establecen instrumentos jurídicos para facilitar y asegurar la

implementaciónyeldesarrollonormativodelAcuerdoFinalparalaterminacióndel

conflictoylaconstruccióndeunapazestableyduradera”.

Elmencionadoproyectodeleysetramitarásiguiendoelprocedimientolegislativo

especialparalapazestablecidoendichoActoLegislativo.

II. SecretariaEjecutivadelaJurisdicciónEspecialparalaPaz

Ambaspartessecomprometenaadoptar lasmedidasnecesariasparaponeren

funcionamiento a la mayor brevedad la Secretaria Ejecutiva de la Jurisdicción

EspecialparalaPaz,conelfindequeelSecretarioEjecutivorecibaoportunamente

las comunicaciones de los destinatarios del proyecto de Leymencionado en el

puntoIdeesteacuerdo,enloscualesestosmanifiestensusometimientoypuesta

a disposición de la Jurisdicción Especial para la Paz así como las actas de

compromisoprevistasenelacuerdodedejacióndearmas,entreotrasfunciones

queacuerdenlaspartes.

III. ActoLegislativodecreacióndelaJurisdicciónEspecialparalaPaz.

LaspartesacuerdanqueelGobiernoNacionalpresentaráanteelCongresodela

Repúblicaunproyectodeacto legislativode creaciónde la JurisdicciónEspecial

paralaPaz.

ElactolegislativodecreacióndelaJurisdicciónEspecialparalaPaz,sepresentará

anteelCongresodelaRepublicaaldíasiguientedelaentradaenvigenciadel“Acto

Legislativo01de7dejuliode2016,pormediodelcualseestableceninstrumentos

jurídicosparafacilitaryasegurarlaimplementaciónyeldesarrollonormativodel

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AcuerdoFinal24.08.2016

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AcuerdoFinalparalaterminacióndelconflictoylaconstruccióndeunapazestable

yduradera”.

DichoProyectotendrálossiguientescontenidos:

1º.-LaintroduccióndeunartículotransitorioalaConstituciónPolíticamedianteelcualsecrearálaJurisdicciónEspecialparalaPaz.

2º.-Dichoartículotransitoriocontendrálasnormasconstitucionalessobre:

a) LaJurisdicciónEspecialparalaPazesunajurisdicciónespecialqueejercefuncionesjudicialesdemaneraautónomaypreferentesobrelosasuntosdesucompetencia,enespecialrespectoaconductasconsideradasgravesinfraccionesalDerechoInternacionalHumanitarioogravesviolacionesdelosDerechosHumanos.Seaplicaráúnicamenteaconductascometidasconanterioridadasuentradaenvigor.

b) LanormaqueestablezcaqueelTribunalparalaPazeslamáximainstanciayelórganodecierredelaJurisdicciónespecialparalaPaz

c) LacreacióndecadaunodelosórganosdelaJurisdicciónEspecialparalaPaz,asícomoelnúmerodeintegrantesdecadaunodeellos:

(i)Saladereconocimientodeverdad,deresponsabilidadydedeterminacióndeloshechosyconductas,

(ii)SaladeAmnistíaoindulto,

(iii)Saladedefinicióndesituacionesjurídicas,

(iv)TribunalparalaPaz,

(v)UnidaddeInvestigaciónyacusación.

3º.-ElreconocimientodelafacultaddelosmagistradosymagistradasintegrantesdelaJEPparaadoptarelreglamentodedichajurisdicción.

4º.-LosmagistradosyfiscalesdelaJurisdicciónespecialparalaPazseránnacionalescolombianossinperjuiciodequeunnúmerominoritariodemagistradosseanextranjeros.

Losmagistradosyfiscalesnotendránqueserjuecesdecarrera,ynoselesaplicaráningunalimitacióndeedad.

5º.-LagarantíadelDerechoaladefensaydeldebidoproceso,asícomolalibertaddeescogerabogadoacreditadoparaelejerciciodelaprofesiónencualquierpaís.

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6º.-RégimenespecialdelaaccióndetutelarespectodeprovidenciasyresolucionesdelaJurisdicciónEspecialparalaPaz.

7º.-Régimendelaextradición,mediantelaincorporaciónalaConstituciónPolíticadeltextoestablecidoenelnumeral72delacuerdodeJurisdicciónEspecialparalaPazde15dic2015,salvolamención“(…)EnelAcuerdofinaldepaz(..)”,existenteensuúltimopárrafo.

8º.-Participaciónenpolíticadeconformidadconloestablecidoenelnumeral36delacuerdodeJurisdicciónEspecialparalaPazde15dic2015.

9º.-Régimenespecialderesolucióndeconflictosdejurisdicciónycompetencias.

10º.-LaentradaenfuncionamientodelaJurisdicciónespecialparalaPazapartirdelaaprobacióndeesteActoLegislativosinnecesidaddeningunanormadedesarrollo,sinperjuiciodeloqueestablezcaelreglamentodedichajurisdicción.

Ademásdelasanterioresnormasconstitucionales,laspartespodránincluirotrasenelmencionadoActoLegislativo,talescomoeltratamientoquesedaráalassentenciasimpuestaspreviamenteporlajusticiaordinariarespectoalaspersonasyconductascompetenciadelaJurisdicciónEspecialparalaPaz.

LaComisióndeSeguimientoqueseconstituyaporlaspartesparalaimplementacióndelAcuerdoFinalelaboraráuntextoconlapropuestadeActoLegislativo,textoqueseincorporaráaesteAcuerdoEspecialcomoanexoIII,traslafirmadelacuerdofinal.ElGobiernoNacionalsecomprometeanotramitarningunasolicituddeextradiciónqueafectealaspersonascontempladasenelnumeral72delacuerdodelaJEP,hastalaentradaenvigordelActoLegislativodecreacióndelaJurisdicciónEspecialparalaPaz.

LaspartesacordaranotroartículotransitorioqueincorporaráalaConstituciónPolíticalaliteralidaddelAcuerdo sobre las víctimas del conflicto: “Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación, y NoRepetición, incluyendo la JurisdicciónEspecialpara laPazyelcompromisosobrederechoshumanos”,alcanzadoel15dediciembrede2015.LoacordadoenestepárrafomodificaloestablecidoenelpuntoIVdelacuerdoalcanzadoentrelaspartesenfecha12demayode2016exclusivamenteenloreferidoalaincorporación del Acuerdo sobre las víctimas del conflicto: “Sistema Integral de Verdad, Justicia,Reparación, y No Repetición, incluyendo la Jurisdicción Especial para la Paz y el compromiso sobrederechoshumanos”alaConstituciónPolítica

IV.- Este Acuerdo Especial tendrá vigencia desde el momento de su firma,quedando sin efecto si las partes concluyeran las actuales conversaciones sinalcanzarunAcuerdoFinaldePaz.

V.-DeesteAcuerdoEspecialsefirmancincoejemplaresoriginaleseidénticos,unoparacadaunadelaspartes,unoparacadapaísgaranteyunoparaserremitidoal

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ConsejoFederalSuizoparasudepósito,elcualnodeberáserdeaccesopúblicohastalafirmadelAcuerdoFinaldePaz.

HumbertodelaCalle IvánMárquez

PorlaDelegacióndelGobiernoNacional PorlaDelegacióndePazdelasFARCEP

IdunAarakTvedtIvánMora

PorNoruegacomopaísgarante PorCubacomopaísgarante.

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ANEXOI

LEYDEAMNISTÍA,INDULTOYTRATAMIENTOSPENALESESPECIALES.

TITULOI

OBJETOYPRINCIPIOS

CAPITULOI

OBJETOYÁMBITODEAPLICACION

Artículo1.Objeto.Lapresenteleytieneporobjetoregularlasamnistíaseindultosporlosdelitos

políticosylosdelitosconexosconéstos,asícomoadoptartratamientospenalesespeciales

diferenciados,enespecialparaAgentesdelEstadoquehayansidocondenados,procesadososeñalados

decometerconductaspuniblesporcausa,conocasiónoenrelacióndirectaoindirectaconelconflicto

armado.

Artículo2.Ámbitodeaplicación.Lapresente leyaplicarádeformadiferenciadae inescindibleatodos

quienes, habiendo participado de manera directa o indirecta en el conflicto armado, hayan sido

condenados,procesadososeñaladosdecometerconductaspuniblesporcausa,conocasiónoenrelación

directaoindirectaconelconflictoarmadocometidasconanterioridadalaentradaenvigordelacuerdo

final. También cobijará conductas amnistiables estrechamente vinculadas al proceso de dejación de

armas.

Además se aplicará a las conductas cometidas en elmarco de disturbios públicos o el ejercicio de la

protestasocialenlostérminosqueenestaleyseindica.

Encuantoalosmiembrosdeungrupoarmadoenrebeliónsoloseaplicaráalosintegrantesdelgrupoque

hayafirmadounacuerdodepazconelgobierno,enlostérminosqueenestaleyseindica.

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Artículo3.Alcance.Seaplicarálatotalidaddelosprincipioscontenidosenelacuerdodecreacióndela

JurisdicciónEspecialparalaPazenelmarcodelfindelconflicto,respectodelaamnistía,elindultoyotros

mecanismos penales especiales diferenciados de extinción de responsabilidades y sanciones penales

principalesyaccesorias.Delmismomodo,seaplicaránrespectodetodaslassancionesadministrativas,

disciplinarias, fiscaleso renunciadel Estadoal ejerciciode la acciónpenal. Losprincipiosdeberán ser

aplicadosdemaneraoportuna.

CAPITULOII

PRINCIPIOSAPLICABLES

Artículo4.Derechoa lapaz. Lapazesunderechoyundeberdeobligatoriocumplimiento.Lapazes

condiciónesencialdetododerechoyesdeberirrenunciabledeloscolombianosalcanzarlaypreservarla.

Artículo 5. Integralidad. Las amnistías e indultos, y los tratamientos penales especiales, incluidos los

diferenciadosparaagentesdelEstado,sonmedidasdelSistemaIntegraldeVerdad,Justicia,Reparación

yNoRepetición,cuyosfinesesencialessonfacilitarlaterminacióndelconflictoarmadointerno,contribuir

al logrode lapazestableyduraderacongarantíasdenorepetición,adoptardecisionesqueotorguen

plena seguridad jurídica para todos y satisfacer los derechos de las víctimas. Por ello, los distintos

componentesymedidasdelSistemaIntegralestáninterconectadosatravésdemecanismos,garantías,

requisitosparaaccederymantenerlostratamientosespecialesdejusticiaenlaJurisdicciónEspecialpara

laPaz.

SeaplicarálatotalidaddelosprincipioscontenidosenelacuerdodecreacióndelaJurisdicciónEspecial

para la Paz respecto de la amnistía, el indulto y otros mecanismos especiales de extinción de

responsabilidadesysancionespenalesprincipalesyaccesorias.Loanteriorseaplicarádelmismomodo

respecto de todas las sanciones administrativas o renuncia del Estado a la persecución penal. Los

principiosdeberánseraplicadosdemaneraoportuna.

Artículo 6. Prevalencia. Las amnistías, indultos y los tratamientos penales tales como la extinción de

responsabilidades y sancionespenales y administrativas o renuncia del Estado a la persecuciónpenal

establecidosenelacuerdodeJurisdicciónEspecialparalaPaz,incluidoslosdiferenciadosparaagentes

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del Estado, prevalecerán sobre las actuaciones de cualquier jurisdicción o procedimiento, en especial

sobreactuacionespenales,disciplinarias,administrativas,fiscalesodecualquierotrotipo,porconductas

ocurridasenelmarcodelconflictointerno,porcausa,conocasiónoenrelacióndirectaoindirectaaeste.

Laamnistíaseráunmecanismodeextincióndelaacciónpenal,disciplinaria,administrativayfiscal,cuya

finalidadesotorgarseguridadjurídicaalosintegrantesdelasFARC-EPoapersonasacusadasdeserlo,

traslafirmadelAcuerdoFinaldePazconelGobiernoNacionalylafinalizacióndelashostilidades.

En loque respectaa la sancióndisciplinariaoadministrativa, laamnistía tendrá tambiénel efectode

anularoextinguirlaresponsabilidadolasancióndisciplinariaoadministrativaimpuestaporconductas

relacionadasdirectaoindirectamenteconelconflictoarmado.

Artículo7.Reconocimientodeldelitopolítico.Comoconsecuenciadelreconocimientodeldelitopolítico

ydeconformidadconelDerechoInternacionalHumanitario,alafinalizacióndelashostilidadeselEstado

colombianootorgarálaamnistíamásampliaposible.

Envirtudde lanaturalezaydesarrollode losdelitospolíticosysusconexos,paratodos losefectosde

aplicacióneinterpretacióndeestaley,seotorgarántratamientosdiferenciadosaldelitocomún.Serán

consideradosdelitospolíticosaquellosenloscualeselsujetopasivodelaconductailícitaeselEstadoy

surégimenconstitucionalvigente,cuandoseanejecutadossinánimodelucropersonal.

También serán amnistiables los delitos conexos con el delito político que describan conductas

relacionadas específicamente con el desarrollo de la rebelión y cometidos con ocasión del conflicto

armado,asícomolasconductasdirigidasafacilitar,apoyar,financiaruocultareldesarrollodelarebelión.

Seránconsideradosdelitosconexosaldelitopolítico,aquelloscalificadoscomocomunescuandocumplan

losrequisitosanterioresynosetratedeconductas ilícitascometidasconánimode lucropersonal,en

beneficiopropioodeuntercero.

Artículo8.Tratamientopenalespecial,simétrico,simultáneo,equilibradoyequitativo.Losagentesdel

estadonorecibiránamnistíaniindulto.Losagentesdelestadoquehubierencometidodelitosconocasión,

por causa, o en relación directa o indirecta con el conflicto armado antes de la entrada en vigor del

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Acuerdo Final de Paz, recibirán un tratamiento penal especial diferenciado, simétrico, equitativo,

equilibradoysimultaneodeconformidadconestaLey.

Artículo9.Deberdeinvestigar,esclarecer,perseguirysancionar.Loprevistoenestaleynoseoponeal

deberdelEstadocolombianodeinvestigar,esclarecer,perseguirysancionarlasgravesviolacionesalos

derechos humanos y las graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario, conforme a lo

establecidoenelacuerdodeJurisdicciónEspecialparalaPaz.

Artículo10.Favorabilidad.Enlainterpretaciónyaplicacióndelapresenteleysegarantizarálaaplicación

delprincipiodefavorabilidadparasusdestinatarios.

Artículo11.Debidoprocesoygarantíasprocesales.Entodaslasactuacionesjudicialesyadministrativas

quesederivendelapresenteLey,serespetaránlosprincipiosygarantíasprocesalesdeldebidoproceso

ydelderechoaladefensa.

Artículo12.SeguridadJurídica.Lasdecisionesyresolucionesadoptadasenaplicacióndelapresenteley

tienenefectodecosajuzgadamaterialcomopresupuestodelaseguridadjurídica.Seráninmutablescomo

elementonecesarioparalograrlapazestableyduradera.ÉstassólopodránserrevisadasporelTribunal

paralaPaz.

Artículo13.Contribuciónalasatisfaccióndelosderechosdelasvíctimas.Laconcesióndeamnistíaso

indultosodecualquiertratamientoespecial,simétrico,simultáneo,equilibradoyequitativonoeximedel

deberdecontribuirindividualocolectivamentealesclarecimientodelaverdadodelcumplimientodelas

obligacionesdereparaciónqueseanimpuestasporlaJurisdicciónEspecialparalaPaz.

Si durante los cincoaños siguientes a la concesiónde la amnistía, indultoode cualquier tratamiento

especial,simétrico,simultáneo,equilibradoyequitativo,serehusarandemanerareiteradaeinjustificada

acumplirlosrequerimientosdelTribunalparalaPazdeparticiparenlosprogramasdecontribuciónala

reparacióndelasvíctimas,oacudirantelaComisióndeEsclarecimientodelaVerdaddelaConvivenciay

NoRepetición,oante laUnidaddeBúsquedadelasPersonasDadasporDesaparecidascuandoexista

obligacióndecomparecerante lasanteriores,perderánelderechoaquese lesapliquenlassanciones

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propiasdelaJurisdicciónEspecialparalaPaz,olasequivalentesprevistasencualquiertratamientodelos

definidos como especial, simultáneo, equilibrado y equitativo, en el evento de que llegaran a ser

declaradosresponsablesporalgunasdelasconductasqueselesatribuyanalinteriordelamisma.

TITULOII

AMNISTIAS,INDULTOSYOTROSTRATAMIENTOSPENALESESPECIALES

CAPITULOI

AMNISTÍASDEIURE

Artículo 14. Amnistía de iure. Se concede amnistía por los delitos políticos de

“rebelión”,“sedición”,“asonada”,“conspiración”y“seducción,usurpaciónyretenciónilegaldemando"y

losdelitosquesonconexosconestosdeconformidadconestaley,aquieneshayanincurridoenellos.

Articulo 15.- Para los efectos de esta ley son conexos con los delitos políticos los siguientes:

apoderamiento de aeronaves, naves o medios de transporte colectivo cuando no hay concurso con

secuestro; constreñimiento para delinquir; violación de habitación ajena; violación ilícita de

comunicaciones;ofrecimiento, ventao comprade instrumentoaptopara interceptar la comunicación

privada entre personas; violación ilícita de comunicaciones o correspondencia de carácter oficial;

utilizaciónilícitaderedesdecomunicaciones;violacióndelalibertaddetrabajo;injuria;calumnia;injuria

y calumnia indirectas; daño en bien ajeno; falsedad personal; falsedad material de particular en

documentopúblico;obtencióndedocumentopúblicofalso;conciertoparadelinquir;utilizaciónilegalde

uniformeseinsignias;amenazas;instigaciónadelinquir;incendios;perturbaciónenserviciodetransporte

públicocolectivouoficial;tenenciayfabricacióndesustanciasuobjetospeligrosos;fabricación,porteo

tenenciadearmasde fuego,accesorios,partesomuniciones; fabricación,porteo tenenciadearmas,

municionesdeuso restringido, deusoprivativode las fuerzas armadasoexplosivos; perturbaciónde

certamen democrático; constreñimiento al sufragante; fraude al sufragante; fraude en inscripción de

cédulas; corrupción al sufragante; voto fraudulento; contrato sin cumplimientode requisitos legales;

violenciacontraservidorpúblico;fuga;yespionaje.

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El anterior listado de delitos será también tenido en cuenta por la Sala de Amnistía e Indulto de la

JurisdicciónEspecialparalaPaz,sinperjuiciodequeéstaSalatambiénconsidereconexosconeldelito

político otras conductas en aplicación de los criterios establecidos en esta Ley. Las conductas que en

ningúncasoseránobjetodeamnistíaoindultosonlasmencionadasenelartículo22deestaley.

En la aplicación de la amnistía que trata la presente ley se incluirá toda circunstancia de agravación

punitivaodispositivoamplificadordelostipospenales.

Artículo16.Ámbitodeaplicaciónpersonal. Laamnistíaqueseconcedeporministeriodeesta leyde

conformidadcon losartículosanteriores, seaplicaráapartirdeldíadeentradaenvigorde lamisma,

siempreycuandolosdelitoshubieransidocometidosantesdelaentradaenvigordelAcuerdoFinalde

Paz.

Seaplicaráalassiguientespersonas,tantonacionalescolombianascomoextranjeras,queseanohayan

sidoautoresopartícipesde losdelitosengradode tentativao consumación, siempreque seden los

siguientesrequisitos:

1. Quelaprovidenciajudicialcondene,proceseoinvestigueporpertenenciaocolaboraciónconlas

FARC-EP.

2. IntegrantesdelasFARC-EPtraslaentradaenvigenciadelAcuerdoFinaldePazconelGobierno

Nacional,deconformidadconloslistadosentregadosporrepresentantesdesignadospordicha

organizaciónexpresamenteparaesefin,listadosqueseránverificadosconformealoestablecido

enelAcuerdoFinaldePaz.Loanterioraplicaaunquelaprovidenciajudicialnocondene,procese

oinvestigueporpertenenciaalasFARC-EP.

3. QuelasentenciacondenatoriaindiquelapertenenciadelcondenadoalasFARC-EP,aunquenose

condeneporundelitopolítico,siemprequeeldelitoporelquehayaresultadocondenadocumpla

losrequisitosdeconexidadestablecidosenestaley.

4. Quienesseanohayansidoinvestigados,procesadosocondenadospordelitospolíticosyconexos,

cuandosepuedadeducirde las investigacionesjudiciales,fiscalesydisciplinarias,providencias

judiciales o por otras evidencias que fueron investigados o procesados por su presunta

pertenenciaocolaboraciónalasFARC-EP.Enestesupuestoelinteresado,apartirdeldíasiguiente

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delaentradaenvigordeestaley,solicitaráalFiscaloJuezdeEjecucióndePenascompetente,la

aplicaciónde lamismaaportandoodesignando lasprovidenciasoevidenciasqueacrediten lo

anterior.

Artículo17.Dejacióndearmas.Respectodelaspersonasalasqueserefierenlosnumerales1y2del

artículo anterior, que se encuentren en proceso de dejación de armas y permanezcan en las Zonas

Veredales Transitorias de Normalización o en los campamentos acordados, la amnistía se aplicará

individualmente demanera progresiva a cada una de ellas cuando el destinatario haya efectuado la

dejacióndearmasdeconformidadconelcronogramaylacorrespondientecertificaciónacordadospara

tal efecto. La amnistía se les concederá también por las conductas estrechamente vinculadas al

cumplimientodelprocesodedejacióndearmas.

RespectodelosintegrantesdelasFARC-EPqueporestarencarceladosnoseencuentranenposesiónde

armas,laamnistíaseaplicaráindividualmenteacadaunodeelloscuandoeldestinatariohayasuscritoun

actadecompromisocomprometiéndoseanovolverautilizararmasparaatacaralrégimenconstitucional

ylegalvigente.

Dichaactadecompromisosecorresponderáconeltextodefinidoparaelprocesodedejacióndearmas.

Artículo18.Procedimientoparalaimplementacióndelaamnistíadeiure.

1. Respecto de aquellos integrantes de las FARC-EP que permanezcan en las Zonas Veredales

TransitoriasdeNormalizaciónoen los campamentos acordadosenel procesodedejaciónde

armasynotenganniprocesosencursonicondenas,elPresidentedelaRepúblicaexpediráun

actoadministrativodandoaplicaciónalaamnistíadeiure,almomentodeefectuarlasalidade

los campamentospara su reincorporacióna la vida civil. Los listadosquecontengan losdatos

personales de los amnistiados deberán ser tratados conforme a lo establecido en la Ley de

proteccióndedatos,nopudiendodivulgarsepúblicamente.

2. Respectodequienesexistaunprocesoencursoporlosdelitosmencionadosenlosartículos14y

15delapresenteLey,laFiscalíaGeneraldelaNaciónsolicitaráinmediatamentelapreclusiónante

elJuezdeConocimientocompetente.

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3. Respectodequienesyaexistaunacondenaporlosdelitosmencionadosenlosartículos14y15

delapresenteLey,elJuezdeEjecucióndePenascompetenteprocederáaaplicarlaamnistía.

Enrelaciónalosnumerales2y3anteriores,laFiscalíaGeneraldelaNaciónylaSalaAdministrativadel

ConsejoSuperiordelaJudicatura,deberáncoordinarconlosresponsablesdelprocedimientodedejación

de armas la expedición de las providencias o resoluciones necesarias para no demorar los plazos

establecidosparaconcluirdichoprocesodedejacióndearmas.

Entodocasolaamnistíadeberáseraplicadaenuntérminonomayoralosdiezdíascontadosapartirde

laentradaenvigenciadeestaley,siemprequeeldestinatariohayaconcluidoelprocesodedejaciónde

lasarmasconformealodispuestoenelartículo17deestaleyyhayasuscritolacorrespondienteactade

compromiso.

Encasodequeloindicadoenlosartículos16y17parágrafosegundodeestaley,noocurraenelplazode

cuarentaycincodíasdesdelaentradaenvigenciadelapresenteley,eldestinatariodelaamnistíapodrá

solicitarla ante la SaladeAmnistía e Indultode la JurisdicciónEspecial para laPaz, sinperjuiciode la

utilizacióndeotrosrecursosovíaslegalesalosquetuvieraderecho.

Losfuncionariosjudicialesoautoridadesencuyosdespachossetramitenprocesospenales,disciplinarios,

fiscalesuotrosporlosdelitospolíticosoconexosdequetrataestanorma,deberándaraplicaciónala

amnistíaalamayorbrevedad,sopenadeincurrirenfaltadisciplinaria.

Artículo19.Eficaciadelaamnistía:Respectoalosdelitoscometidosconanterioridadalavigenciadel

AcuerdoFinaldePaz,sidespuésdeaplicadalaamnistíasellegaraapresentarunanoticiacriminalporlos

delitosdequetratan losartículos14y15de lapresente ley,respectode laspersonasdequetratael

artículo16,eloperadorjudicialseabstendrádeiniciarelrespectivoproceso.Lomismoharásilanoticia

criminalserefierealasconductasamnistiadasestrechamentevinculadasalprocesodedejacióndearmas.

Si,apesardeloanterior,algúnoperadorjudicialiniciaraunprocesoencontravenciónaloestablecidoen

elincisoanterior,lapersonapodráinvocarsucondicióndeamnistiadosegúnlaley,comocausalobjetiva

deextincióndelaacciónpenal.

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CAPÍTULOIII

AMNISTÍASOINDULTOSOTORGADOSPORLASALADEAMNISTÍAOINDULTO

Artículo20.SaladeAmnistíaoIndulto.Entodosloscasosquenoseanobjetodeunaamnistíadeiure,la

decisióndeconcederamnistíasoindultosdependerádelaSaladeAmnistíaeIndultodelaJurisdicción

EspecialparalaPaz.Enaplicacióndelprincipiodefavorabilidadreguladoenestaleyydeloestablecido

enelartículo6.5delProtocoloAdicionalIIdelasConvencionesdeGinebrade1949,laSalaaplicarála

amnistíaoelindultoconformealoestablecidoenestaleyyenelAcuerdodecreacióndelaJurisdicción

EspecialparalaPaz.

Entodocaso lasolicituddeamnistíadeberáserresueltaenuntérminonomayora lostres(3)meses

desdequehayasidosolicitadaalaSala,siemprequeeldestinatariohayaconcluidoelprocesodedejación

delasarmasconformealodispuestoenelartículo17.

Artículo21.Ámbitodeaplicaciónpersonal.LaamnistíaqueseconcedeporlaSaladeAmnistíaeIndulto,

seaplicaráapartirdeldíadeentradaenvigordeesta ley,siempreycuandolosdelitoshubieransido

cometidos antes de la entrada en vigor del Acuerdo Final de Paz, así como respecto a las conductas

amnistiablesestrechamentevinculadasalprocesodedejacióndearmas.

Seaplicaráalassiguientespersonas,tantonacionalescolombianascomoextranjerasque,engradode

tentativa o consumación, sean autores o partícipes de los delitos conexos al político conforme a lo

establecidoenelartículosiguienterespectoacriteriosdeconexidad,siemprequesedenlossiguientes

requisitos:

1.-Quelaprovidenciajudicialcondene,proceseoinvestigueporpertenenciaocolaboracióncon

lasFARC-EP.

2.-IntegrantesdelasFARC-EPtraslaentradaenvigenciadelAcuerdoFinaldePazconelGobierno

Nacional,deconformidadconloslistadosentregadosporrepresentantesdesignadospordicha

organizaciónexpresamenteparaesefin,listadosqueseránverificadosconformealoestablecido

enelAcuerdoFinaldePaz.Loanterioraplicaaunquelaprovidenciajudicialnocondene,procese

oinvestigueporpertenenciaalasFARC-EP.

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3.-QuelasentenciacondenatoriaindiquelapertenenciadelcondenadoalasFARC-EP,aunqueno

secondeneporundelitopolítico, siemprequeeldelitoporelquehayaresultadocondenado

cumplalosrequisitosdeconexidadestablecidosenestaley.

4.-Quienes sean o hayan sido investigados, procesados o condenados por delitos políticos y

conexos, cuando se pueda deducir de las investigaciones judiciales, fiscales y disciplinarias,

providencias judiciales o por otras evidencias que fueron investigados o procesados por su

presuntapertenenciaocolaboraciónalasFARC-EP.Enestesupuestoelinteresado,apartirdel

díasiguientedelaentradaenvigordeestaley,solicitaráalFiscaloJuezdeEjecucióndePenas

competente,laaplicacióndelamismaaportandoodesignandolasprovidenciasoevidenciasque

acreditenloanterior.

Artículo22.Criteriosdeconexidad.LaSaladeAmnistíaeIndultoconcederálasamnistíasporlosdelitos

políticos o conexos. Se entienden conexos con el delito político los delitos que reúnan los siguientes

criterios:

a. Aquellosdelitosrelacionadosespecíficamenteconeldesarrollodelarebelióncometidosconocasión

del conflicto armado, como las muertes en combate compatibles con el Derecho Internacional

Humanitarioylaaprehensióndecombatientesefectuadaenoperacionesmilitares;

b. AquellosdelitosenloscualeselsujetopasivodelaconductaeselEstadoysurégimenconstitucional

vigente;

c. Aquellasconductasdirigidasafacilitar,apoyar,financiaruocultareldesarrollodelarebelión.

Parágrafo:Enningúncasoseránobjetodeamnistíaoindultoúnicamentelosdelitosquecorrespondana

lasconductassiguientes:

a. Losdelitosdelesahumanidad,elgenocidio,losgravescrímenesdeguerra,latomaderehenesuotra

privacióngravede la libertad, la tortura, lasejecucionesextrajudiciales, ladesaparición forzada,el

accesocarnalviolentoyotrasformasdeviolenciasexual,lasustraccióndemenores,eldesplazamiento

forzado,ademásdelreclutamientodemenores,deconformidadconloestablecidoenelEstatutode

Roma. En el evento de que alguna sentencia penal hubiere utilizado los términos “ferocidad”,

“barbarie” u otro equivalente, no se podrá conceder amnistía e indulto exclusivamente por las

conductasdelictivasquecorrespondanalasaquíenunciadascomonoamnistiables.

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b. Los delitos comunes que carecende relación con la rebelión, es decir aquellos quenohayan sido

cometidosenelcontextoyenrazóndelarebeliónduranteelconflictoarmadoocuyamotivaciónhaya

sidoobtenerbeneficiopersonal,propioodeuntercero.

Loestablecidoenesteartículonoobstaparaqueseconsiderendelitosconexosconlosdelitospolíticos

aquellasconductasquehayansidocalificadasdemaneraautónomacomodelitoscomunes,siemprey

cuandoestassehubierancometidoenfuncióndeldelitopolíticoydelarebelión.

Se entenderá por “grave crimen de guerra” toda infracción del Derecho Internacional Humanitario

cometidadeformasistemáticaocomopartedeunplanopolítica.

Artículo23.-CuandorecibatrasladodelaSaladeDefinicióndeSituacionesJurídicas,laSaladeAmnistía

eIndultootorgaráelindultoquealcancelaextincióndelassancionesimpuestas,porlossiguientesdelitos

uotros,cometidosenelmarcodedisturbiospúblicosoelejerciciodelaprotestasocial,siempreycuando

seanconexosconeldelitopolíticoconformealoscriteriosestablecidosenelart22:lesionespersonales

con incapacidadmenora30días;dañoenbienajeno;perturbaciónenserviciodetransportepúblico,

colectivouoficial;obstrucciónavíaspúblicasqueafecteelordenpúblico;disparodearmade fuego;

empleoolanzamientodesustanciasuobjetospeligrosos;yviolenciacontraservidorpúblico;perturbación

deactosoficiales;yasonadadelCódigoPenalcolombiano.Artículo24.Procedimientoyefectos.Elotorgamientodelasamnistíasoindultosalosqueserefiereel

presenteCapítuloseconcederánconfundamentoenellistadoorecomendacionesquerecibirá,parasu

análisis ydecisión, la SaladeAmnistía e Indultoporpartede la SaladeReconocimientodeVerdad y

ResponsabilidadyDeterminacióndeHechosyConductas.

La Sala otorgará amnistía o indulto en casos de personas condenadas o investigadas por delitos

amnistiablesoindultablestantoalavistadelasrecomendacionesdelaSaladeReconocimientodeVerdad

yResponsabilidadyDeterminacióndeHechosyConductas,comodeoficiooapeticióndeparte.

LaSaladeAmnistíae Indultoanalizarácadacasodeconformidadcon losprincipiosestablecidosenel

Acuerdo de Jurisdicción Especial para la Paz y en esta ley, así como de acuerdo con los criterios de

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valoraciónestablecidosenelartículo22deestaley,ydecidirásobrelaprocedenciaonodetalesamnistías

oindultos.

Unavezproferidalaresoluciónqueotorguelaamnistíaoelindulto,seráremitidaalaautoridadjudicial

queestéconociendodelacausapenal,paraquedécumplimientoalodecididoporlaSaladeAmnistíae

Indultoymaterialicelosefectosdeextincióndelaacciónpenal,delaresponsabilidadpenalydelasanción

penalsegúncorresponda.

Unavezenfirme,ladecisióndeconcesióndelasamnistíasoindultosharátránsitoacosajuzgadaysólo

podráserrevisadaporelTribunalparalaPaz.

Deconsiderarsequenoprocedeotorgarlaamnistíaoindulto, laSaladeAmnistíaeIndultoremitiráel

casoaladeReconocimientodeVerdadyResponsabilidadyDeterminacióndeHechosyConductasoala

SaladeDefinicióndeSituacionesJurídicas,paraqueconbaseenladeterminaciónyaadoptadatomela

decisióncorrespondientedeacuerdoconsuscompetencias.

Artículo 25. Presentación de listados. Serán representantes legitimados para presentar ante las

autoridades, incluidas las judiciales, o ante la Jurisdicción Especial de Paz, los listados de personas

integrantes de la organización rebelde que haya suscrito el Acuerdo Final de Paz, los representantes

designados por las FARC-EP expresamente para ese fin, listados que serán verificados conforme a lo

establecidoenelAcuerdoFinaldePaz.Taleslistadospodránpresentarsehastaquesehayaterminadode

examinarporlaSaladeAmnistíaeIndultodelaJurisdicciónEspecialparalaPazlasituaciónlegaldetodos

losintegrantesdelasFARC-EP.

Artículo26.Ampliacióndeinformación.LaSaladeAmnistíaeIndulto,cuandoloestimenecesario,podrá

ampliarlainformaciónmediantelarealizacióndeentrevistas,solicituddedocumentos,ycualquierotro

medioqueestimeconveniente.

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CAPITULOIV

COMPETENCIAYFUNCIONAMIENTODELASALADEDEFINICIÓNDESITUACIONESJURÍDICAS

Artículo27.SaladeDefinicióndeSituacionesJurídicas.LaSaladeDefinicióndeSituacionesJurídicasde

laJurisdicciónEspecialparalaPaztendrálassiguientesfunciones:

1.-DefinirlasituaciónjurídicadetodosquieneshayanaccedidoalaJurisdicciónEspecialparala

Paz,enrelaciónadossupuestos:personasquenoseránobjetodeamnistíao indultoniserán

incluidas en la resolución de conclusiones, y personas a las que no habrá de exigírseles

responsabilidadesanteelTribunal,porsermerecedorasdeamnistíaoindulto.

2.-Definir el tratamiento que se dará a las sentencias impuestas previamente por la justicia

respecto a las personas objeto de la Jurisdicción Especial para la Paz, incluida la extinción de

responsabilidadesporentendersecumplidalasanción.

3.-Conelfindequeseadministreprontaycumplidajusticia,determinarlosposiblesmecanismos

procesalesdeselecciónypriorizaciónparaquienesnoreconozcanverdadyresponsabilidad.En

laadopcióndesusdeterminacionesestaSalavalorará lasdecisionesadoptadaspor laSalade

Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad y Determinación de Hechos y Conductas de la

Jurisdicción Especial de Paz, respecto de la concentración de sus funciones en los casosmás

representativos conforme a las competencias de dicha Sala de Reconocimiento de Verdad y

ResponsabilidadyDeterminacióndeHechosyConductas.

4.-Paraelejerciciodesusfunciones,efectuarlacalificacióndelarelacióndelaconductaconel

conflictoarmado.

5.-Adoptar las demás resoluciones necesarias para definir la situación jurídica de quienes no

fueronamnistiadosniindultados,nihansidoobjetoderesolucióndeconclusiones.

6.-Apeticióndelinvestigado,definirlasituaciónjurídicadelaspersonasque,sinpertenecerauna

organizaciónrebelde,tenganunainvestigaciónencursoporconductasqueseandecompetencia

de la Jurisdicción Especial para la Paz. La Sala decidirá si es procedente remitirlo a la Sala de

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Amnistía e Indulto, si es procedente remitirlo a la Sala de Reconocimiento de Verdad y

ResponsabilidadyDeterminacióndeHechosyConductas,osiparadefinirlasituaciónjurídicaes

procedente renunciar al ejercicio de la acción penal o disciplinaria, o aplicar cualquier otro

mecanismojurídicosegúnelcaso.Laresoluciónquedefina lasituaciónjurídicaharátránsitoa

cosajuzgada.

7.-Paraasegurarelfuncionamientoeficiente,eficazycéleredelaJurisdicciónEspecialparalaPaz,

laSalatendrálasmásampliasfacultadesparaorganizarsustareas,integrarcomisionesdetrabajo,

fijarprioridades,acumularcasossemejantesydefinirlasecuenciaenquelosabordará,asícomo

adoptarcriteriosdeselecciónydescongestión.Alejercerestas facultades tendráencuenta la

necesidad de evitar que las conductas graves y representativas queden impunes, así como

prevenirlacongestióndelTribunal.

8.-Definirlasituaciónjurídicadequienesnohayantenidounaparticipacióndeterminanteenlos

casosmásgravesyrepresentativos,enparticularrespectodelasconductasalasqueserefiereel

artículo22deestaLey.

9.-Recibir la información procedente de organizaciones sociales, sindicales y de derechos

humanosyprocesosquehacenpartedelaCumbreAgraria,ÉtnicayPopular,cuandosetratede

lossiguientesdelitos,cometidosenelmarcodedisturbiospúblicosoelejerciciodelaprotesta

social: asonada, obstrucción de vías públicas, lanzamiento de sustancias peligrosas, violencia

contra servidorpúblico, perturbacióndel serviciode transportepúblico, dañosenbien ajeno,

lesionespersonalesydemásdelitosocasionadosenelmarcodelaleydeseguridadciudadanao

en ejercicio de la protesta social. En estos casos, la Sala aplicarámecanismos de cesación de

procedimientoconmirasa laextinciónde laaccióny la responsabilidadopodráremitirdicha

informaciónalaSaladeAmnistíaeIndultoparalodesucompetencia.

10.- Decidir sobre la renuncia a la persecución penal respecto a personas que, habiendo

participado directa o indirectamente en el conflicto armado siendo menores de edad en el

momento de realizarse la conducta ilícita competencia de la Jurisdicción Especial para la Paz,

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resulten responsables de delitos no amnistiables, de conformidad con lo establecido en los

principiosadoptadosporlaOrganizacióndelasNacionesUnidasenestamateria.

Artículo28.Ámbitodecompetenciapersonal.Sinperjuiciodeloqueseestableceparalosagentesdel

EstadoenelTituloIIIdeestaleyydeloprevistoenelAcuerdodeJurisdicciónEspecialparalaPaz,laSala

deDefinicióndeSituacionesJurídicasconocerádeloscasosobjetodesucompetencia,respectodelas

siguientespersonasnacionalescolombianosoextranjeros,bienseaquesuresponsabilidadseaatítulode

autoríaoparticipación,consumaciónotentativa:

1. IntegrantesdelasFARC-EPtraslaentradaenvigenciadelAcuerdoFinaldePazconelGobierno

Nacional,deconformidadconloslistadosentregadosporrepresentantesdesignadospordicha

organizaciónexpresamenteparaesefin,listadosqueseránverificadosconformealoestablecido

enelAcuerdoFinaldePaz.

2. Personasque,porconductasdesplegadasencontextosrelacionadosconelejerciciodelderecho

alaprotestaodisturbiosinternos,hayansidoperseguidaspenalmente,entreotros,porlosdelitos

contempladosen losartículos112(lesionespersonalescon incapacidadmenora30días),265

(dañoenbienajeno),353 (perturbaciónen serviciode transportepúblico, colectivouoficial),

353A(obstrucciónavíaspúblicasqueafecteelordenpúblico),356A(disparodearmadefuego),

359 (empleoo lanzamientode sustanciasuobjetospeligrosos),429 (violencia contra servidor

público),430(perturbacióndeactosoficiales)y469(asonada)delCódigoPenalcolombiano.

3. Personas que estén procesadas o que hayan sido condenadas por delitos políticos o conexos

vinculadosa lapertenenciaocolaboracióncon lasFARC-EP,sinquesereconozcanpartede la

anteriororganización.Enestesupuesto lapersonaaportará lasprovidencias judicialesuotros

documentos de los que se pueda inferir que el procesamiento o la condena obedeció a una

presuntavinculacióncondichaorganización.

Loanteriornoobstaparaque laSaladeDefinicióndeSituacionesJurídicasejerzasucompetencia

respectoalaspersonasindicadasenelparágrafo63delAcuerdodeJurisdicciónEspecialparalaPaz,

enlostérminosprevistosendichoacuerdo.

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Artículo29.CriteriosdevaloracióndelaSaladeDefinicióndeSituacionesJurídicas.Podránserobjeto

delasresolucionesmencionadasenestecapítulolaspersonasaquienesselesatribuyanlosdelitosque

hayansidocometidosenelcontextoyenrazóndelconflictoarmado,siemprequenoconstituyan:

1. Casosdeparticipacióndeterminanteenlosdenominadoscrímenes:crímenesdelesahumanidad,

genocidio, graves crímenes de guerra, tomade rehenes u otra privación grave de la libertad,

tortura,ejecucionesextrajudiciales,desapariciónforzada,accesocarnalviolentoyotrasformas

de violencia sexual, sustracción de menores, desplazamiento forzado, o reclutamiento de

menores conforme a lo establecido en el Estatuto de Roma, sin perjuicio de la facultad

contempladaenelnumeral2delartículo27deestaLey.

2. Delitoscomunesquenohayansidocometidosenelcontextoyenrelaciónconelconflictoarmado

ocuyamotivaciónhayasidoobtenerbeneficiopersonal,propioodeuntercero.

Artículo 30. Resoluciones proferidas por la Sala deDefinición de Situaciones Jurídicas.Teniendo en

cuentalaetapaprocesaldelaactuaciónantecualquierjurisdicciónqueafectealcompareciente,laSala

deDefinicióndeSituacionesJurídicaspodráadoptarlassiguientesresoluciones,entreotrasqueseande

sucompetencia:

1. Renunciaalapersecuciónpenal

2. Cesacióndeprocedimiento

3. Suspensióndelaejecucióndelapena

4. Extinciónderesponsabilidadporcumplimientodelasanción

5. Lasdemásresolucionesnecesariasparadefinirlasituaciónjurídica

Artículo 31. Procedimiento y efectos. Las resoluciones a las que se refiere el presente capítulo se

otorgarán con base en la remisión de casos por parte de la Sala de Reconocimiento de Verdad y

ResponsabilidadyDeterminacióndeHechosyConductas.LaSaladeDefinicióndeSituacionesJurídicas

analizará cada caso de conformidad con los criterios de valoración del artículo 29, y decidirá lo

procedente.

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Unavezenfirme,laresoluciónadoptada,harátránsitoacosajuzgadaysólopodráserrevisadaporla

JurisdicciónEspecialparalaPaz.

Deconsiderarsequeresultaimprocedenteadoptaralgunadelasresolucionesindicadasenelartículo30

deestaLey,laSaladeDefinicióndeSituacionesJurídicasremitiráelcasoalaSaladeReconocimientode

VerdadyResponsabilidadyDeterminacióndeHechosyConductas,paraqueconbaseenladeterminación

yaadoptadatomeladecisióncorrespondientedeacuerdoconsucompetencia.

Artículo32.Contribuciónalasatisfaccióndelosderechosdelasvíctimas.Laadopcióndealgunadelas

resoluciones indicadas en el artículo 30 de esta Ley no exime del deber de contribuir individual o

colectivamentealesclarecimientodelaverdadodelcumplimientodelasobligacionesdereparaciónque

seanimpuestasencumplimientodeloestablecidoenelSistemaIntegraldeVerdadJusticiaReparacióny

Norepetición.

Siduranteloscincoañossiguientesalaadopcióndealgunadelasresolucionesindicadasenelartículo30

deestaLey,serehusarandemanerareiteradaeinjustificadalosrequerimientosdelTribunalparalaPaz

para participar en los programas de contribución a la reparación de las víctimas, o a acudir ante la

Comisión de Esclarecimiento de la Verdad de la Convivencia y No Repetición, o ante la Unidad de

BúsquedadelasPersonasDadasporDesaparecidasdeexistirlaobligacióndeacudirocomparecerante

lasanteriores,perderánelderechoaqueselesapliquenlassancionespropiasdelaJurisdicciónEspecial

paralaPaz,eneleventodequellegaranaserdeclaradosresponsablesporalgunasdelasconductasque

selesatribuyanalinteriordelamisma.

CAPÍTULOV

RÉGIMENDELIBERTADES

Artículo33.Libertadporefectodelaaplicacióndelaamnistíaodelarenunciaalapersecuciónpenal.

LaconcesióndelaamnistíaydelarenunciaalapersecuciónpenaldequetratalapresenteLey,tendrá

comoefectolapuestaenlibertadinmediataydefinitivadeaquellosqueestandoprivadosdelalibertad

hayansidobeneficiadosporlasanterioresmedidas.

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Artículo34.Libertadcondicionada.Alaentradaenvigordeestaley,laspersonasalasqueserefierenlos

artículos 14, 15, 16, 21 y 28 de esta ley que se encuentren privadas de la libertad, incluidos los que

hubierensidocondenadospor losdelitoscontempladosen losartículos22y23,quedaránen libertad

condicionadasiemprequehayansuscritoelactadecompromisodequetrataelartículosiguiente.

Artículo 35. Acta formal de compromiso. El Acta de Compromiso que suscribirán las personas

beneficiadasconlaslibertadesprevistasenesteCapítulo,contendráelcompromisodesometimientoy

puesta a disposiciónde la Jurisdicción Especial para la Paz, la obligaciónde informar todo cambiode

residenciaalaJurisdicciónEspecialparalaPazynosalirdelpaíssinpreviaautorizacióndelaJurisdicción

EspecialparalaPaz.

ElActadeCompromisodeberásersuscritoanteelSecretarioEjecutivodelaJurisdicciónEspecialparala

Paz.

Parágrafo.Ademásdeloscompromisosseñaladosenesteartículoquienesesténprivadasdesulibertad

pordelitosnoamnistiables,unavezpuestosenlibertadenaplicacióndeloindicadoenelartículo34,por

decisióndelaJurisdicciónEspecialparalaPazpodránsermonitoreadosatravésdesistemasdevigilancia

electrónicaodecualquierotro,hastaelmomentoenquelaJurisdicciónEspecialparalaPazresuelvasu

situaciónjurídicadeformadefinitiva.

Artículo 36. Procedimiento. Respecto de los rebeldes que pertenezcan a organizaciones que hayan

suscritounacuerdofinaldepaz,asícomoaquellaspersonasqueseencuentrenprivadasdelalibertad

con fundamento en una medida de aseguramiento por delitos políticos o conexos conforme a lo

establecidoenestaley,elfiscalcompetentesolicitaráalamayorbrevedadanteunJuezconfuncionesde

ControldeGarantías la libertadcondicionada,quiendeberáverificarelcumplimientode losrequisitos

establecidosenlosartículos34y35deestaleyyautorizardichalibertadcondicionada.

RespectodelosrebeldesquepertenezcanalasorganizacionesquehayansuscritounAcuerdoFinalde

Paz, así como aquellas personas que se encuentren privadas de la libertad con fundamento en una

condenapordelitospolíticosoconexosconformea loestablecidoenesta ley,el JuezdeEjecuciónde

Penas y Medidas de Seguridad a cuya disposición esté la persona sentenciada, deberá verificar el

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cumplimientodelosrequisitosestablecidosenlosartículos34y35deestaleyyautorizardichalibertad

condicionada.

Enelcasodequelapersonahubieresidoacusadaocondenadapordelitosnoamnistiablesocurridosen

elmarcodelconflictoarmadoyconocasióndeeste,seaplicaráloestablecidoenlospárrafosanteriores

respectoalaexcarcelaciónyalsometimientoalaJurisdicciónEspecialparalaPazhastaqueporestase

impongan,ensucaso,lassancionescorrespondientes,quedandoadisposicióndeestajurisdicciónenlos

mismoslugaresdondeseconcreteelprocesodereincorporaciónalavidacivilqueseacuerdeparalos

demás integrantes de las FARC-EP o en otros domicilios que puedan proponer los excarcelados, sin

perjuiciodeloestablecidoenelparágrafodelartículo35.

También serán excarceladas a lamayor brevedad las personas que estén privadas de la libertad por

conductasdesplegadasencontextosrelacionadosconelejerciciodelderechoalaprotestaodisturbios

internosporlosdelitoscontempladosenlosartículos112(lesionespersonalesconincapacidadmenora

30días);265(dañoenbienajeno);353(perturbaciónenserviciodetransportepúblico,colectivouoficial);

353A (obstrucciónavíaspúblicasqueafecteelordenpúblico);356A (disparodearmade fuego);359

(empleoolanzamientodesustanciasuobjetospeligrosos);429(violenciacontraservidorpúblico);430

(perturbación de actos oficiales) y 469 (asonada) del Código Penal colombiano, que manifiesten su

voluntaddequedarsometidasalaJurisdicciónEspecialparalaPazycomparecerantelaSaladeDefinición

deSituaciones Jurídicasparasolicitar laaplicacióndemecanismosdecesacióndeprocedimientoscon

miras a la extinción de la responsabilidad. En estos casos será competente para decidir su puesta en

libertad:

a) Respectoaaquellaspersonasqueseencuentrenprivadasde libertadcon fundamentoenuna

medidadeaseguramiento,elFiscalcompetentesolicitaráanteunJuezconfuncionesdeControl

deGarantías la libertadcondicionada,quiendeberáverificarelcumplimientode losrequisitos

establecidosenlosartículos34y35deestaleyyautorizardichalibertadcondicionada.

b) Respectodeaquellaspersonasqueseencuentrenprivadasdelalibertadconfundamentoenuna

condena,elJuezdeEjecucióndePenasyMedidasdeSeguridadacuyadisposiciónestélapersona

sentenciadadeberáverificarelcumplimientodelosrequisitosestablecidosenlosartículos34y

35deestaleyyautorizardichalibertadcondicionada.

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Artículo 37.- Todo lo previsto en esta Ley será de aplicación para las personas, conductas, delitos y

situacionesenellaprevista,cualquieraquesealajurisdicciónantelacualhayansidocondenados,estén

siendoinvestigadosoprocesados.

Reconociendo la soberaníadeotrosEstadosen losasuntospropiosde sus competenciaspenales y la

autonomíadedecidirsobreelparticular,elGobiernoNacional informaráa lasautoridadesextranjeras

competentes sobre la aprobación de esta ley de amnistía, adjuntando copia de la misma para que

conozcan plenamente sus alcances respecto a las personas que se encontraran encarceladas o

investigadasocumpliendocondenasfueradeColombiaporhechosoconductasalasquealcancenlos

contenidosdeestaley.

Artículo38.-PrescribiráalañodelaentradaenfuncionamientodelaJurisdicciónEspecialparalaPazel

plazodepresentacióndeacusacionesoinformesrespectodelaspersonascontempladasenestaleypor

cualquierhechooconductasusceptibledesercobijadaporamnistíaoindulto,siemprequehubieresido

cometido:

a)ConanterioridadalaentradaenvigordelAcuerdoFinaldePaz,o

b)Hastaelmomentode finalizacióndelprocesodedejacióndearmas, cuandose tratedeconductas

estrechamentevinculadasalcumplimientodedichoproceso.

Articulo39.-UnavezhayaentradoenfuncionamientolaJurisdicciónEspecialparalaPaz,corresponderá

alaSaladeAmnistíaeIndultoresolverlassolicitudesdepuestaenlibertaddecualquierpersonaalaque

lealcancenlosefectosdelaamnistíaoindulto.Laresoluciónemitidaserádeobligatoriocumplimiento

deformainmediataporlasautoridadescompetentesparaejecutarlapuestaenlibertadycontralamisma

nocabrárecursoalguno.

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CAPÍTULOVI

EFECTOSDELAAMNISTIA

Artículo 40. Efectos de la amnistía. La amnistía extingue la acción y la sanción penal principal y las

accesorias,laaccióndeindemnizacióndeperjuiciosderivadadelaconductapunible,ylaresponsabilidad

derivadadelaacciónderepeticióncuandoelamnistiadohayacumplidofuncionespúblicas.Loanterior,

sin perjuicio del deber del Estado de satisfacer el derecho de las víctimas a la reparación integral en

concordanciaconlaLey1448de2011.Todoellosinperjuiciodelasobligacionesdereparaciónquesean

impuestasencumplimientodeloestablecidoenelSistemaIntegraldeVerdadJusticiaReparaciónyNo

repetición.

Entodocaso, lodispuestoenesteartículonotendráefectossobre laaccióndeextincióndedominio,

ejercida por el Estado de conformidad con las normas vigentes, sobre bienes muebles o inmuebles

apropiadosdemanerailícita.Encasodequeelbieninmuebleafectadoporlaextincióndedominiosea

propiedaddelpadre,madre,hermanoohermanaocónyugedelamnistiadoysehubieredestinadode

forma prolongada y habitual desde su adquisición a su vivienda familiar, la carga de la prueba de la

adquisiciónilícitacorresponderáalEstado.

Eneleventodequeyasehubieraextinguidoeldominiosobredichoinmuebleantesde laentradaen

vigordeesta ley y ladecisióndeextincióndedominiohubiere calificadoel bien comoadquirido con

recursosprovenientesdeactividadesdelasFARC-EP,yelantiguopropietariodeclarebajogravedadde

juramentoqueelbienloobtuvoconrecursoslícitos,estepodrásolicitarlarevisióndelasentenciaenla

que se decretó la extinción de dominio, ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Distrito judicial

competentesegúnellugardondeestéubicadoelinmuebleoantelaSaladeCasaciónPenaldelaCorte

SupremadeJusticiasegúnelcaso.Silasentenciaderevisiónnohasidoproferidaeneltérminodeunaño,

deberáseradoptadaendosmesesconprelaciónacualquierotroasunto.Lasolicitudderevisiónpodrá

instarseeneltérminodedosañosdesdelaentradaenvigordeestaley.Todasolicitudderevisióndeberá

sersuscritaporunplenipotenciarioquehubierefirmadoelAcuerdoFinaldePaz.

Parágrafo.-SiporloshechosoconductasobjetodelasamnistíasoindultosprevistosenestaLeyhubiera

investigacionesdisciplinariasofiscalesencursoosancionesimpuestascomoresultadodelasmismas,las

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amnistíaso indultosprevistasenesta ley lascobijarán;elfuncionariocompetentedeberáadoptara la

mayorbrevedad ladecisiónqueextinga tanto la acción como la sanción, a travésde losmecanismos

jurídicoscorrespondientes.Encasodequeestoúltimonoocurraenunplazodetres(3)mesescontados

apartirdelaentradaenvigenciadelapresenteley,elinteresadopodrásolicitarlaextincióndelaacción

o sanciónante la SaladeAmnistíae Indultode la JurisdicciónEspecialpara laPaz, sinperjuiciode la

utilizacióndeotrosrecursosovíaslegalesqueconsidere.

Artículo41.Efectosdelarenunciaalapersecuciónpenal.Larenunciaalapersecuciónpenalextinguela

acción y la sanciónpenal, así como la acciónde indemnizacióndeperjuicios derivadade la conducta

punibleylaresponsabilidadderivadadelaacciónderepetición.Loanterior,sinperjuiciodeldeberdel

EstadodesatisfacerelderechodelasvíctimasalareparaciónintegralenconcordanciaconlaLey1448

de2011.Todoellosinperjuiciodelasobligacionesdereparaciónqueseanimpuestasencumplimiento

deloestablecidoenelSistemaIntegraldeVerdadJusticiaReparaciónyNorepetición.

Si por los hechos o conductas objeto de la renuncia a la persecución penal hubiera investigaciones

disciplinariaso fiscalesencursoo sanciones impuestascomoresultadode lasmismas, la renuncia las

cobijará;elfuncionariocompetentedeberáadoptaralamayorbrevedadladecisiónqueextingatantola

accióncomolasanción,atravésdelosmecanismosjurídicoscorrespondientes.Encasodequeestoúltimo

noocurraenunplazodetresmesescontadosapartirdelaentradaenvigenciadelapresenteley,el

interesadopodrásolicitar laextinciónde laacciónosanciónante laSaladeDefinicióndeSituaciones

JurídicasdelaJurisdicciónEspecialparalaPaz,sinperjuiciodelautilizacióndeotrosrecursosovíaslegales

queconsidere.

Artículo42.Efectosdelacesacióndeprocedimientoylasuspensióncondicionaldelaejecucióndela

pena.Lacesacióndeprocedimiento, lasuspensiónde laejecuciónde lapenaydemásresolucioneso

decisiones necesarias para definir la situación jurídica no extinguen la acción de indemnización de

perjuicios.SeextinguirálaanteriorolaaccionpenalcuandoasíseacuerdedeformaexpresaporlaSala

de Defincion de Situaciones Juridicas, la cual también deberá pronunciarse sobre la extinción de la

responsabilidaddisciplinariayfiscal.

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TITULOIII

TRATAMIENTOSPENALESESPECIALESDIFERENCIADOSPARAAGENTESDELESTADO

AquíseincorporaráliteralmentelaredaccióndelTítuloIIIdeestaLeycontenidaenelAnexoIIdel

AcuerdoEspecialdefecha19deagostode2016.

TITULOIVDISPOSICIONESFINALES

SISTEMADEDEFENSA

Artículo58.Sistemadedefensajurídicagratuita.ElEstadoofreceráunsistemadeasesoríaydefensa

gratuitaparalosbeneficiariosdeestaleyquealeguencarecerderecursossuficientesparaunadefensa

idónea,respectoalostrámitesyactuacionesprevistasenella,sistemaqueseráintegradoporabogados

defensoresdebidamentecualificados.Adecisióndelinteresadosepodráacudiralossistemasdedefensa

judicial ya existentes en Colombia, a abogadosmiembros de la fuerza pública, empleados civiles del

ministeriodedefensa,alosserviciosjurídicosdelasorganizacionesdederechoshumanosquebrindan

asistenciaapersonasacusadasocondenadasporhechosoconductasrelacionadasconelconflictooalos

serviciosjurídicosdelasorganizacionesdederechoshumanosquehayanbrindadolaasistenciajurídica

albeneficiariodurantesuprocesopenalosucondena.ElEstadoestablecerálosnecesariosconveniosde

financiaciónconlasorganizacionesdederechoshumanosdesignadasporlosbeneficiariosconelfinde

quetodoslosdestinatariosdeestaleydisfrutendeunsistemadedefensaconlamismaidoneidad.

VIGENCIA

Artículo59.Lapresenteleyentraráenvigenciaeldíasiguienteasupublicaciónyderogatodasaquellas

disposiciones que le sean contrarías. Las amnistías, indultos y otros tratamientos penales especiales

concedidosconposterioridada la firmadelAcuerdoFinaldePazconservaránplenamentesusefectos

jurídicosunavezhayaentradoenvigenciaestaley,sinperjuiciodeloprevistoenlamisma.

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ANEXOII

TÍTULOTERCERO

TRATAMIENTOSPENALESESPECIALESDIFERENCIADOSPARAAGENTESDELESTADO

CAPÍTULOI

COMPETENCIAYFUNCIONAMIENTODELASALADEDEFINICIÓNDESITUACIONESJURÍDICASArtículo43. SaladeDefinicióndeSituaciones Jurídicas. La SaladeDefiniciónde SituacionesJurídicas también tendrá la función de conceder a los Agentes del Estado la renuncia a lapersecuciónpenal,comounodelosmecanismosdetratamientopenalespecialdiferenciado,deacuerdoconloestablecidoenlapresenteLey.LascompetenciasdelaSaladeDefinicióndeSituacionesJurídicasprevistasenelTítuloIIdeestaley también se aplicarán en lo pertinente a los Agentes del Estado para hacer efectivo loestablecidoenelpresenteTítulo.

CAPÌTULOII

MECANISMOSDETRATAMIENTOESPECIALDIFERENCIADOPARAAGENTESDELESTADO

Artículo44.MecanismosdetratamientoespecialdiferenciadoparaAgentesdelEstado:LaSaladeDefinicióndeSituaciones Jurídicasde la JurisdicciónEspecialpara laPaz,enaplicacióndelprincipio de favorabilidad regulado en esta ley, aplicará cualquiera de los mecanismos deresolucióndefinitivadelasituaciónjurídicaalosagentesdelEstado,entreelloslarenunciaalapersecución penal, a quienes hayan sido condenados, procesados o señalados de cometerconductas punibles por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflictoarmado,deconformidadconloscriteriosestablecidosenelsiguienteartículo.Artículo45.De la renunciaa lapersecuciónpenal.La renunciaa lapersecuciónpenalesunmecanismo de tratamiento penal especial diferenciado para Agentes del Estado propio delsistemaintegralmedianteelcualseextinguelaacciónpenal,laresponsabilidadpenalylasanciónpenal,necesarioparalaconstruccióndeconfianzayfacilitarlaterminacióndelconflictoarmadointerno, debiendo ser aplicadodemanera preferente en el sistemapenal colombiano, comocontribuciónallogrodelapazestableyduradera.Estemecanismonoprocedecuandosetratede:

1. Delitos de lesa humanidad, el genocidio, los graves crímenes de guerra, la toma derehenesuotraprivacióngravedelalibertad,latortura,lasejecucionesextrajudiciales,ladesaparición forzada, el acceso carnal violento y otras formas de violencia sexual, la

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sustracción de menores, el desplazamiento forzado, además del reclutamiento demenoresconformealoestablecidoenelEstatutodeRoma.

2. Delitosquenofueroncometidosporcausa,conocasiónoenrelacióndirectaoindirectaconelconflictoarmado.

3. Delitoscontrael servicio, ladisciplina, los interesesde laFuerzaPública,elhonory laseguridaddelaFuerzaPública,contempladosenelCódigoPenalMilitar.

Artículo46.Procedimientopara laaplicaciónde larenunciaa lapersecuciónpenalpara losAgentesdelEstado.LaSaladeDefinicióndeSituacionesJurídicas,apeticióndelinteresadoodeoficio,resolverálasituaciónjurídicadelAgentedelEstadoconlaaplicaciónonodelarenunciaalapersecuciónpenal.ElAgentedelEstadoquesolicitelaaplicacióndeestemecanismodeberáacompañarsusolicitudde informes, providencias judiciales, disciplinarias, administrativas, fiscales o actosadministrativosquedencuentadesusituaciónjurídicaypermitanestablecerquesuconductafuecometidaporcausa,conocasiónoenrelacióndirectaoindirectaconelconflictoarmado.Cuando el procedimiento se inicie de oficio, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicasrecaudaráloselementosdejuicioqueconsiderenecesariosparadeterminarquelaconductafuecometidaporcausa,conocasiónoenrelacióndirectaoindirectaconelconflictoarmado.Determinadoloanterior,lasalaordenarálarenunciaalapersecuciónpenalsiemprequenosetratedeconductasconstitutivasdedelitosdelesahumanidad,elgenocidio,losgravescrímenesdeguerra,latomaderehenesuotraprivacióngravedelalibertad,latortura,lasejecucionesextrajudiciales, la desaparición forzada, el acceso carnal violento y otras formas de violenciasexual, la sustracción demenores, el desplazamiento forzado, además del reclutamiento demenoresconformealoestablecidoenelEstatutodeRoma,nidedelitoscontraelservicio, ladisciplina, los intereses de la Fuerza Pública, el honor y la seguridad de la Fuerza Pública,contempladosenelCódigoPenalMilitar.Unavezproferidalaresoluciónqueotorguelarenunciaalapersecuciónpenal,seráremitidaalaautoridadjudicialqueestéconociendodelacausapenal,paraquedécumplimientoalodecididoporlaSaladeDefinicióndeSituacionesJurídicasymaterialicelosefectosdeextincióndelaacciónpenal,delaresponsabilidadpenalydelasanciónpenalsegúncorresponda. Artículo47.Otrosefectosdelarenunciaalapersecuciónpenal.Larenunciaalapersecuciónpenaltambiéngeneralossiguientesefectos:

1. Impidequeseiniciennuevosprocesosporestasconductas.

2. HacetránsitoacosajuzgadamaterialysólopodráserrevisadaporelTribunalparalaPaz.

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3. Eliminalosantecedentespenalesdelasbasesdedatos.

4. Anula o extingue la responsabilidad o la sanción disciplinaria, fiscal o administrativa

derivadadelaconductapenal.

5. Impideelejerciciode laacciónde repeticiónydel llamamientoengarantíacontra losAgentes del Estado, sin perjuicio del deber del Estado de satisfacer el derecho de lasvíctimasalareparaciónintegral.

6. Opera hacia futuro y no tiene efectos retroactivos laborales, disciplinarios,administrativosofiscales.

Artículo48.RecursoscontralasresolucionesdelaSaladeDefinicióndeSituacionesJurídicas:Las resoluciones adoptadas por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas podrán serrecurridasenreposiciónantelamismaSala,yenapelaciónantelaSeccióndeApelacionesdelTribunalparalaPazúnicamenteasolicituddeldestinatariodelaresolución.

CAPITULOIIIREGÍMENDELIBERTADES

Artículo49.Libertadtransitoriacondicionadayanticipada.Lalibertadtransitoriacondicionadayanticipadaesunbeneficiopropiodelsistemaintegralexpresióndeltratamientopenalespecialdiferenciado,necesarioparalaconstruccióndeconfianzayfacilitarlaterminacióndelconflictoarmadointerno,debiendoseraplicadodemanerapreferenteenelsistemapenalcolombiano,comocontribuciónallogrodelapazestableyduradera.Este beneficio se aplicará a los Agentes del Estad, que almomento de entrar en vigencia lapresenteley,esténdetenidosocondenadosquemanifiestenoaceptensusometimientoalaSaladeDefinicióndeSituacionesJurídicasdelaJurisdicciónEspecialparalaPaz,conelfindeacogersealmecanismodelarenunciaalapersecuciónpenal.Dichamanifestaciónoaceptaciónde sometimiento seharáanteel SecretarioEjecutivode laJurisdicciónEspecialparalaPaz,encasodequenohayaentradoenfuncionamientolaSaladeDefinicióndeSituacionesJurídicas.Elotorgamientodelalibertadtransitoria,condicionalyanticipadaesunbeneficioquenoimplicaladefinicióndelasituaciónjurídicadefinitivaenelmarcodelaJurisdicciónEspecialparalaPaz.SolopodráreingresaralaFuerzaPúblicaquienhayasidoabsueltoderesponsabilidaddemaneradefinitiva.

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Artículo 50. De los beneficiarios de la libertad transitoria condicionada y anticipada. Seentenderán sujetosbeneficiariosde la libertad transitoria condicionada y anticipadaaquellosAgentesdelEstadoquecumplanlossiguientesrequisitos:

1. Queesténcondenadosoprocesadosporhabercometidoconductaspuniblesporcausa,conocasión,oenrelacióndirectaoindirectaconelconflictoarmadointerno.

2. Quenosetratededelitosdelesahumanidad,elgenocidio,losgravescrímenesdeguerra,la toma de rehenes u otra privación grave de la libertad, la tortura, las ejecucionesextrajudiciales, la desaparición forzada, el acceso carnal violento y otras formas deviolencia sexual, la sustracción de menores, el desplazamiento forzado, además delreclutamientodemenoresconformealoestablecidoenelEstatutodeRoma,salvoqueelbeneficiariohayaestadoprivadodelalibertaduntiempoigualosuperioracinco(5)años,conformealoestablecidoparalassancionesalternativasenlaJurisdicciónEspecialparalaPaz.

3. Quesoliciteoacepte libreyvoluntariamente la intencióndeacogersealsistemade la

JurisdicciónEspecialparalaPaz.

4. Quesecomprometa,unavezentreafuncionarelSistemaIntegraldeVerdad,Justicia,ReparaciónyNoRepetición,acontribuiralaverdad,alanorepetición,alareparacióninmaterial de las víctimas, así como atender los requerimientos de los órganos delsistema.

Parágrafo 1.Para efectos de los numerales anteriores el interesado suscribiráun acta dondeconste su compromiso de sometimiento a la Jurisdicción Especial para la Paz, asícomo laobligacióndeinformartodocambioderesidencia,nosalirdelpaíssinpreviaautorizacióndelamismayquedaradisposicióndelaJurisdicciónEspecialparaLaPaz.Endichaactadeberádejarseconstanciaexpresade laautoridad judicialqueconoce lacausapenal,delestadodelproceso,deldelitoydelradicadodelaactuación.Parágrafo2.EncasoqueelbeneficiadosearequeridoporelSistemaIntegraldeVerdad,Justicia,Reparación y No Repetición y no haga presentación o incumpla alguna de las obligacionescontraídas en el compromiso, se le revocará la libertad. No habrá lugar a la revocatoria porcircunstanciasdiferentesalasaquíseñaladas. Artículo51.Procedimientoparalalibertadtransitoriacondicionadayanticipada.ElSecretarioEjecutivodelaJurisdicciónEspecialparalaPazcomunicaráalfuncionarioqueestéconociendolacausapenalsobreelcumplimientodelosrequisitosporpartedelbeneficiado,paraqueprocedaaotorgarlalibertadtransitoriacondicionadayanticipadaaqueserefiereelartículoanterior,quiendemanerainmediataadoptarálaacciónodecisióntendienteamaterializarlamisma.

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ElincumplimientodeloaquídispuestoconstituyefaltadisciplinariaArtículo52.Supervisión.Losdirectoresdelosestablecimientospenitenciariosycarcelariosdedondesaldráelpersonalbeneficiadodelalibertadtransitoriacondicionadayanticipada,ejercerásupervisión sobre éste hasta que la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas determine laaplicacióndelmecanismoalarenunciaalapersecuciónpenal,utilizandotantolosmecanismosordinarioscomolosdispuestosenlajurisdicciónespecialparaLaPaz.Artículo 53. Libertad definitiva e incondicional. La autoridad judicial ordinaria que estéconociendodelacausapenalcumplirálaordendelibertadinmediata,incondicionalydefinitivadel beneficiado con la renuncia a la persecución penal proferida por Sala de Definición deSituacionesJurídicas

CAPÍTULOIVPRIVACIÓNDELALIBERTADENUNIDADMILITAROPOLICIALPARAAGENTESDELESTADOEN

ELMARCODELAJURISDICCIÓNESPECIALPARALAPAZ

Artículo54.Privacióndela libertadenUnidadMilitaroPolicialparaAgentesdelEstado.LaprivacióndelalibertadenUnidadMilitaroPolicialparaAgentesdelEstadoenelmarcodelaJurisdicción Especial para la Paz es un beneficio expresión del tratamiento penal especialdiferenciadopropiodelsistemaintegral,necesarioparalaconstruccióndeconfianzayfacilitarlaterminacióndel conflictoarmado interno,debiendo seraplicadodemanerapreferenteenelsistemapenalcolombiano,comocontribuciónallogrodelapazestableyduradera.EstebeneficioseaplicaráalosAgentesdelEstadodetenidosocondenadosquemanifiestenoaceptensusometimientoalaJurisdicciónEspecialparalaPaz.Dichamanifestaciónoaceptaciónde sometimiento seharáanteel SecretarioEjecutivode laJurisdicciónEspecialparalaPaz,encasoquenohayanentradoenfuncionamientolosórganosdelaJurisdicción.SolopodráreingresaralaFuerzaPúblicaquienhayasidoabsueltoderesponsabilidaddemaneradefinitiva.Artículo55.DelosbeneficiariosdelaPrivacióndelalibertadenUnidadMilitaroPolicialparaAgentesdelEstado.LosAgentesdelEstadoquealmomentodeentrarenvigencialapresente

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ley llevenprivadosde la libertadmenosdecinco(5)años,conformea loestablecidopara lassancionesalternativasenlaJurisdicciónEspecialparalaPazcontinuaránprivadosdelalibertadenUnidadMilitaroPolicial,siemprequecumplanlossiguientesrequisitosconcurrentes:

1. Queesténcondenadosoprocesadosporhabercometidoconductaspuniblesporcausa,conocasión,oenrelacióndirectaoindirectaconelconflictoarmadointerno.

2. Quesetratededelitosdelesahumanidad,elgenocidio,losgravescrímenesdeguerra,latoma de rehenes u otra privación grave de la libertad, la tortura, las ejecucionesextrajudiciales, la desaparición forzada, el acceso carnal violento y otras formas deviolencia sexual, la sustracción de menores, el desplazamiento forzado, además delreclutamientodemenoresconformealoestablecidoenelEstatutodeRoma.

3. Quesoliciteoacepte libreyvoluntariamente la intencióndeacogersealsistemade laJurisdicciónEspecialparalaPaz.

4. Quesecomprometa,unavezentreafuncionarelSistemaIntegraldeVerdad,Justicia,ReparaciónyNoRepetición,acontribuiralaverdad,alanorepetición,alareparacióninmaterial de las víctimas, así como atender los requerimientos de los órganos delsistema.

Artículo56.Procedimientopara laPrivaciónde la libertadenUnidadMilitaroPolicialparaAgentesdelEstado.ElSecretarioEjecutivodelaJurisdicciónEspecialparalaPazcomunicaráalfuncionarioqueestéconociendolacausapenalsobreelcumplimientodelosrequisitosporpartedelbeneficiado,paraqueprocedaaotorgarlasustitucióndelaprivacióndelalibertadintramuralporlaPrivacióndela libertadenUnidadMilitaroPolicialaqueserefiereelartículoanterior,quiendemanerainmediataadoptarálaacciónodecisióntendienteamaterializarlamisma.Parágrafo. En caso que el beneficiado incumpla alguna de las obligaciones contraídas en elcompromisoodesatiendasucondicióndeprivadodelalibertad,selerevocaráelbeneficiodelaprivaciónde la libertadenUnidadMilitar.Nohabrá lugar a la revocatoriapor circunstanciasdiferentesalasaquíseñaladas.Artículo57.Supervisión.ElComandantedelaUnidadMilitaroPolicialdondevayanacontinuarprivados de la libertad los Agentes del Estado, ejercerá control, vigilancia y verificación delpersonalbeneficiadodelaprivacióndelalibertadenUnidadMilitaroPolicial,utilizandotantolosmecanismosordinarioscomolosdispuestosenlaJurisdicciónEspecialparaLaPaz.

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ACUERDOESPECIALDEEJECUCIÓNPARASELECCIONARALSECRETARIOEJECUTIVODELA

JURISDICCIÓNESPECIALPARALAPAZYASEGURARSUOPORTUNAPUESTAENFUNCIONAMIENTOLaHabana,RepúblicadeCuba,Agosto19de2016EntreelGobiernodeColombiaylasFARC-EPhemoscelebradoelpresenteAcuerdoEspecial de Ejecución para seleccionar al Secretario Ejecutivo de la JurisdicciónEspecialparalaPazyasegurarsuoportunapuestaenfuncionamiento:

1. De conformidad con el numeral 68 del Acuerdo sobre Jurisdicción Especial

para la Paz, de 15 de diciembre de 2015, las delegaciones del GobiernoNacional y de las FARC-EP en laMesa de Conversaciones han definido, demutuo acuerdo, confiar alas Naciones Unidas la designación del SecretarioEjecutivode laJurisdicciónEspecialpara laPaz(JEP).ElSecretarioEjecutivodeberáreunirlosrequisitosprevistosendichoAcuerdoyserdenacionalidadcolombiana.Podráserhombreomujer,depreferenciaconexperienciaenlaadministración de justicia. El secretario ejecutivo seleccionado seráconfirmadoporelcomitédeselecciónde losmagistradosde la JurisdicciónEspecialpara laPaz.Ladecisióndenoconfirmarlodeberáservotadapor lamayoría calificada que se establezca en el acuerdo de creación de dichocomité.

2. LadesignacióndelSecretarioEjecutivosehará,alamayorbrevedadposible,porelresponsabledelMecanismodeMonitoreoyVerificación(MMV)delaOrganización de Naciones Unidas, que es el mecanismo independienteacordadoporlaspartes.

3. Hasta tanto sea creado dentro de la estructura del Estado el cargo de

Secretario Ejecutivo de la Jurisdicción Especial para la Paz, así como laSecretaría Ejecutiva de dicha jurisdicción, el Secretario Ejecutivo actuarátransitoriamentecomofuncionariodelaOrganizacióndeNacionesUnidas.

4. ElGobiernoNacionalsecomprometeaproporcionarlealSecretarioEjecutivolacolaboraciónqueesterequieraparacumplirsusfuncionestransitorias.Alafecha del nombramiento del Secretario Ejecutivo, el Gobierno Nacional

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determinará el funcionario de alto nivel que servirá de enlace para elcumplimientodeestecompromiso.

5. Deconformidadconelnumeral16delmencionadoAcuerdosobreJurisdicciónEspecialparalaPaz,elGobiernosecomprometeaasegurarlacreacióndelaSecretaríaEjecutiva,yaadelantarlaconsecuciónderecursoseconómicosquegaranticen laoportunayeficazpuestaenmarchade laJurisdicciónEspecialparalaPaz,conformealanormativaqueregulelaimplementacióndeesta.

6. ElSecretarioEjecutivodesignadosegúnloprevistoenelpuntoprimerodeesteacuerdo,asumirádemaneratransitorialassiguientesresponsabilidades:“(a)Coordinar con el Ministro de Justicia el plan de creación y puesta enfuncionamientodelaJurisdicciónEspecialparalaPazasícomoelcronogramaprevistoparaqueestapuedaentrarenfuncionamientodemaneraoportuna,así como expresarle al Ministro de Justicia a la mayor brevedad lasrecomendaciones pertinentes; (b) impulsar la adopción de las decisiones ymedidasnecesariasparaasegurarquelaSaladeAmnistíaeIndultoylaSaladeDefinicióndeSituacionesJurídicaspuedancumplirsusfuncionesdesdeeldíamismodesucreación; (c)promover lasdecisionesy lasmedidasnecesariasparaquetodoslosórganosdelaJurisdicciónEspecialparalaPaz,asícomolosmagistrados y fiscales de la misma, puedan entrar a funcionar de maneraoportuna,en instalaciones idóneas, con los soportes técnicos, informáticos,administrativos y personales que estos requerirán; (d) adelantar lacoordinaciónnecesariaconlosórganosquesegúnelacuerdodecreacióndelaJurisdicciónEspecialparalaPazdeberánpresentarleinformesalaSaladeReconocimientodeVerdadyResponsabilidadyDeterminacióndelosHechosy Conductas de tal forma que estos puedan presentar tales informes demaneraoportuna;y(e)adelantarlasdemásaccionesnecesariasconelfindetenerlacapacidadinstitucionaladecuadaparaquelaJurisdicciónEspecialparala Paz pueda cumplir eficientemente sus responsabilidades según loestablecidoenelacuerdodecreacióndedichajurisdicción,enespecialparagarantizarlainfraestructura,lacontratacióndelpersonal,lapuestaenmarchadesistemasde informaciónydegestióndeprocesos judicialesy losdemásrecursos tecnológicos, así como los recursos suficientes para elfuncionamientodetodoslosórganosdeestajurisdiccióntantoenlaciudad

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donde se ubicará como en los lugares a los cuales deban desplazarse losmagistradosyfiscalesencumplimentodesusfunciones.

7. El Secretario Ejecutivo también asumirá las siguientes responsabilidadesrelacionadasconelcumplimientodelosacuerdossobredejacióndearmasdelas FARC-EP y concesión de amnistías, indultos y tratamientos especiales,incluidos los diferenciados para los Agentes del Estado: (a) Recibir lasmanifestacionesdesometimientoa la JurisdicciónEspecialpara laPazydepuestaadisposicióndelamisma;(b)prepararuninforme,condestinoalaSaladeAmnistíaeIndulto,laSaladeDefinicióndeSituacionesJurídicasylaSaladeReconocimientodeVerdadyResponsabilidadyDeterminacióndelosHechosy Conductas de la Jurisdicción Especial para la Paz, con el nombre y laidentificaciónprecisade cadaunade las personasquehanmanifestado susometimiento a dicha jurisdicción en la cual conste la información básicapertinente, comopor ejemplo, la Sala a la cual solicita acceder, la peticiónformulada,loselementosrelevantesparacalificarsilaconductamencionadatienerelaciónconelconflictoarmado,ydeexistirunexpediente,cuálessuubicaciónydondeseencuentraadisposicióndelosórganosdelaJEPeneleventodequedeseenconsultarlo;(c)recibir,originalocopiasegúnelcaso,delas actas de compromiso suscritas en cumplimiento de los acuerdos sobredejación de armas, aplicación de la Ley 418 de 1997 y las demás normasvigentesoqueseexpidanenelfuturosobreamnistías,indultosytratamientospenalesespeciales,enparticularlosdiferenciadosparaAgentesdelEstado,eincluirensuinformealosórganosdelaJEPlainformaciónpertinentesobredichasactasdecompromisoparafacilitareloportunoiniciodelasactividadesdecadaórganodelaJEP.Eneleventodequeelsolicitantehayafirmadounactadecompromiso,indicarelnúmeroderadicacióndelamismaparasuágilconsulta;(d)RecibirdepartedelaMisióndeMonitoreoyVerificación(MMV)informaciónsobredejaciónefectivadearmase incluirlaenel informea losórganosdelaJEPodelEstadoenloqueseapertinente,enespecialrespectodelosquesolicitanamnistíaseindultos;(e)EnsuinformealosórganosdelasJEP, el Secretario Ejecutivo agrupará los casos de conformidad con losparámetrosestablecidosenelAcuerdosobreJurisdicciónEspecialparalaPaz,de15dediciembrede2015,sinperjuiciodequeluegoloscomplementeconbaseenloscriteriosqueadoptenlasSalas.

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8. El Secretario Ejecutivo de la Jurisdicción Especial para la Paz cumplirá lasresponsabilidadesmencionadasenelpunto7deesteacuerdo,contrastandola identificación de las personas que efectúen las manifestaciones desometimientoylassolicitudesrecibidasconbaseenlasreglasacordadaenlaMesadeConversaciones,así:(a)RespectodelosintegrantesdelasFARC-EPconbaseenloslistadosentregadosyverificadosporelprocedimientodefinidoen laMesa de Conversaciones; (b) Respecto de losmiembros activos o enretirodelaFuerzaPública,conbaseenloslistadosqueelaboreparaelefectoelMinisteriodeDefensaNacional; (c)Respectode lasdemáspersonas,conbaseenlaprovidenciajudicialpertinente.

9. El Secretario Ejecutivo presentará ante las autoridades judiciales lainformaciónpertinentesobreelsometimientodeunapersonaalaJEPeneleventodequecursenprocesosjudicialesensucontra.

10. Para el cumplimiento de sus responsabilidades, el Secretario Ejecutivoorganizará y pondrá en funcionamiento provisionalmente la SecretaríaEjecutivadelaJurisdicciónEspecialparalaPazdetalformaqueseencuentrelista para operar de manera definitiva una vez sea creada mediante losprocedimientos establecidos en el ordenamiento jurídico colombiano. Conestefin,avanzaráenlaconsecucióndelasededelaSecretaría,laorganizaciónde su infraestructura, la contratación de personal, el alistamiento logístico,técnicoeinformático,asícomoenlaconsecuciónderecursossuficientesparafinanciarsufuncionamientoyeldetodalaJurisdicciónEspecialparalaPaz.

11. Esteacuerdotendrávigenciadesdeelmomentodesu firma,quedandosinefectosi laspartesconcluyeran lasactualesconversacionessinalcanzarunAcuerdoFinaldePaz.

12. DeesteAcuerdoEspecial se firmancincoejemplaresoriginalese idénticos,unoparacadaunadelaspartes,unoparacadapaísgaranteyunoparaser

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remitidoalConsejoFederalSuizoparasudepósito,elcualnodeberáserdeaccesopúblicohastalafirmadelAcuerdoFinaldePaz.

HumbertodelaCalle IvánMárquez

DelegacióndelGobiernoNacional DelegacióndePazdelasFARCEP

IdunAarakTvedtIvánMora

GaranteNoruega GaranteCuba

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ACUERDOPARAFACILITARLAEJECUCIONDELCRONOGRAMADELPROCESODEDEJACIONDEARMASALCANZADOMEDIANTEACUERDODE23DEJUNIODE2016

LaHabana,RepúblicadeCuba,Agosto20de2016.

ElGobiernoNacionalylasFARC-EP,adoptanelsiguienteacuerdoparafacilitarlaejecucióndelcronogramadelprocesodedejacióndearmasalcanzadoel23dejuniode2016:

1. RespectoalosintegrantesdelasFARC-EPquevayanaparticiparenelprocesodedejacióndearmas,seaplicarálasuspensióndelaejecucióndeórdenesdecapturaconformealoestablecidoenelartículo8delaLey418de1997modificadaporelartículo1delaLey1779de2016.LasuspensiónseproducirádesdeeliniciodeldesplazamientoalasZonasVeredalesTransitoriasdeNormalización(ZVTN),suspensiónquesemantendrádurantedichodesplazamientoyhastalaculminacióndelprocesodedejacióndearmasohastaqueelGobiernolodetermineencasodequeseincumplieraloestablecidoenelacuerdodedejacióndearmas.

2. Adicionalmente,seaplicaráloestablecidoenelanteriornumeralrespectoalosmiembros

de lasFARC-EPpor fuerade lasZonasVeredalesTransitoriasdeNormalización (ZVTN)paraadelantaractividadespropiasdelprocesodepaz.

3. La aplicación de las dosmedidas anteriores se hará conforme a lo establecido en el

parágrafotercerodelartículo88delaLey418de1997modificadaporelartículo1delaLey1779de2016.

4. LaspersonasprivadasdelalibertadporperteneceralasFARCEP,quetengancondenas

oprocesospordelitos indultablessegúnlasnormasenvigora lafechadel iniciode ladejación de armas, serán objeto del indulto previsto en la Ley 418 de 1997 y susposterioresreformas,exclusivamenteparalasconductasquelasleyespermitenindultar.El indultoseotorgaráconefectosdesdeelmomentoenelquese inicieelprocesodedejacióndearmas.

5. LaspersonasprivadasdelalibertadporperteneceralasFARCEP,quetengancondenas

oprocesospordelitosquelasleyesenvigorenelmomentodeliniciodeladejacióndearmasnopermitanindultar,enaplicacióndeloestablecidoenelCódigoPenitenciarioyCarcelario(ley65de1993)ylasnormasqueloreglamentan,serántrasladadasalasZonasVeredalesTransitoriasdeNormalización(ZVTN),unavezquelosmiembrosdelasFARCEPenprocesodedejacióndearmassehayanconcentradoenellasencumplimientodelacuerdode23dejuniode2016.

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Las personas trasladas permanecerán en dichas Zonas Veredales Transitorias deNormalización (ZVTN) en situación de privación de la libertad en las condicionesestablecidas en el numeral 7 del artículo 2 del Decreto 4151 de 2011 y normasconcordantes.

Estas personas se ubicarán en espacios diferenciados de los campamentos donde seubiquen losmiembrosde lasFARCEPenprocesodedejacióndearmas,nopudiendoingresarenloscitadoscampamentos.

EltrasladoseefectuaráunavezqueelDirectordelINPECrecibalacertificaciónexpedidaporlaMisióndeMonitoreoyVerificaciónaprobadaporresolución2261delConsejodeSeguridad de Naciones Unidas, haciendo constar que se encuentran debidamentehabilitadaslasinstalacionesnecesariasparalaubicacióndelostraslados.

El INPEC podrá ingresar en las Zonas Veredales Transitorias de Normalización (ZVTN)cualquier momento a efectos de verificar el cumplimiento del régimen de traslado,vigilanciaycustodia.CuandoelINPECdecidaverificardondeseencuentraeltrasladadoinformaráalMecanismodeMonitoreoyVerificación,paraquecoordinesu ingresodeacuerdoconlosprotocolosacordadosporelGobiernoNacionalylasFARC-EP.

Antes de efectuarse el traslado, la persona privada de libertad suscribirá un acta decompromiso obligándose a respetar el régimen de traslado, vigilancia y custodia deconformidadconloestablecidoenesteacuerdo,asícomoobligándoseasometersealaJurisdicciónEspecialparalaPazcuandoestaentreenfuncionamiento.

Lapersonatrasladadaquedaráadisposiciónde la justiciaen los términosde las leyesvigentesyencumplimientodelaDirectivaolasinstruccionesqueparaesteefectoexpidaelFiscalGeneraldelaNación.

6. LaspersonasalasqueselesaplicaloestablecidoenesteAcuerdoseránlosmiembrosdelasFARC-EPsegúnel listadoentregadoalGobiernoNacionalpor lapersonadesignadaexpresamente por la anterior organización para ese fin, y verificado por el GobiernoNacional según loestablecidoenel “AcuerdoFinal”, así como laspersonas calificadascomointegrantesocolaboradoresdelasFARC-EPenunaprovidenciajudicialproferidaconanterioridadaliniciodelaejecucióndeesteAcuerdoyquenosereconozcancomotales

7. Paralosefectosprevistosenlosnumerales1,2y3,unapersonadesignadaporlasFARC-EPentregaráalGobiernoNacionalunlistadoindicandoexpresamentelaspersonasalasqueselesaplicaademáselnumeral2,paraqueseaverificadoporelGobiernoNacionalsegúnloestablecidoenelAcuerdoFinalyluegoentregadoalMecanismodeMonitoreo

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y Verificación (MM&V) establecido en el Acuerdo de cese al fuego y de hostilidadesbilateralydefinitivoydejacióndelasarmasentreelGobiernoNacionalylasFARC-EP.

8. Para los efectos previstos en los numerales 4 y 5, un delegado de las FARC-EPexpresamente designado para ello entregará formalmente y por escrito al GobiernoNacional, a la mayor brevedad, dos listados, uno con los y las integrantes de laorganizaciónqueseencuentranprivadosdelalibertadporcualquierdelitoyotroconlaspersonas que se encuentran privados de la libertad por haber sido condenados oprocesadosporpertenenciaocolaboraciónconlasFARCEPyquenosereconozcancomotales.LoslistadosseránverificadosporelGobiernoNacional,segúnloestablecidoenelAcuerdoFinal, enelplazomásbreveposible conel findecumplir loacordadoen lostiemposestablecidossiemprequeloslistadoshayansidoentregadosenformaoportuna.Elprimer listadoalquese refiereestenumeralharápartedel listado finalyúnicodeintegrantesdelasFARCEPcobijadosporelAcuerdoFinal.AefectosdelaaplicacióndeesteAcuerdo,lasFARC-EPpodráhacerentregasdelistadosparcialeshastaelmomentodeentradaenvigordelaleydeamnistía.

9. A efectos de elaborar los listadosmencionados en este acuerdo, de forma inmediata

comenzaranaefectuarse lasvisitasde losabogadosdesignadospor lasFARC-EPa loslugares donde se encuentren privados de libertad los prisioneros de las FARC-EP oacusadosdeserlo,pararecolectar,apartirde loscolectivosexistentes, losnombresydemásdatospersonalesydeprocedimientospenalesdetodaslaspersonasprivadasdelibertadporpertenecerocolaborarconlasFARC-EP.LaMesadeConversacionessolicitaráalaoficinadelAltoComisionadoparalaPazlaentregadelainformaciónqueobreensupodersobrelaspersonasprivadasdelalibertad,imputadas,acusadasocondenadasconocasión a su pertenencia a las FARC-EP o acusados de pertenecer a esta sin que sereconozcancomotales.ElGobiernoNacionalaportaráalaMesadeConversacioneslainformaciónqueobreensupoder,enpoderdelaFiscalíaodelConsejoSuperiordelaJudicatura, sobre personas procesadas y condenas por conductas relacionadas con supertenenciaalasFARC-EPoacusadasdecolaboraroperteneceraestasinserlo.

10. El Gobierno expedirá los decretos reglamentarios y otras normas administrativascorrespondientes para que se lleve a cabo el traslado y se cumplan las normas devigilanciaycustodiaestablecidasenesteacuerdo.

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11. Esteacuerdotendrávalidezdesdeelmomentodesu firmayquedarásinefectosi laspartesconcluyeranlasactualesconversacionessinalcanzarunAcuerdoFinaldePaz.

HumbertodelaCalle IvánMárquez

DelegacióndelGobiernoNacional DelegacióndePazdelasFARCEP

GaranteNoruega GaranteCuba

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Firmadoalos24díasdelmesdeagostode2016enLaHabana,Cuba.PorelGobiernoNacionalHumbertodelaCalle SergioJaramilloJefedelEquipoNegociadorAltoComisionadoparalaPazJorgeEnriqueMora ÓscarNaranjoNegociadorPlenipotenciarioNegociadorPlenipotenciarioFrankPearl GonzaloRestrepoNegociadorPlenipotenciarioNegociadorPlenipotenciarioMaríaÁngelaHolguínRoyBarrerasNegociadoraPlenipotenciariaNegociadorPlenipotenciario

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PorlasFARC-EPIvánMárquez PabloCatatumboJefedelEquipoNegociador MiembroRepresentantePastorÁlape JoaquínGómezMiembroRepresentante MiembroRepresentanteRicardoTéllez JesúsSantrichMiembroRepresentante MiembroRepresentanteVictoriaSandino LucasCarvajalMiembroRepresentante MiembroRepresentantePorlospaísesgarantesRodolfoBenítez DagHalvorNylanderDelegadodelGobiernodeCuba DelegadodelReinodeNoruega