5.1 organizacion politicca las instituciones en la baja edad media el reino de castilla y corona de...

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El reino de Aragón más que un reino unificado fue una confederación de reinos, Aragón, Valencia y Mallorca, y el Principado de Cataluña que poseían distintas instituciones y leyes.

A menudo se caracteriza la monarquía aragonesa como una monarquia pactista, en la que el poder del monarca era débil y el rey debía de pactar con los estamentos privilegiados y respetar las leyes de cada reino a la hora de tomar una decisión.

Al frente de cada reino había un lugarteniente del Rey que actuaba como su delegado.

Otras instituciones eran el Consejo Real y la Audiencia.

En el siglo XIII nacieron las Cortes en los reinos de Cataluña, Aragón y valencia. Fueron organismos independientes en cada reino y fueron adquiriendo un creciente poder.

Las Cortes eran asambleas estamentales donde se reunían representantes de los dos estamentos privilegiados y del patriciado urbano (alta burguesía de las ciudades). Dominadas por la nobleza y el clero, controlaron el poder del monarca y velaron por los intereses feudales del clero y la nobleza limitando el poder del monarca.

Las Cortes catalanas crearon una institución, la Diputación del General de Cataluña oGeneralitat, que se convirtió de hecho en una especie de gobierno del Principado. En Valencia y Aragón se crearon posteriormente Diputaciones del Reino, instituciones similares a la catalana.

En Aragón existió la institución del justicia de aragon, cargo asignado a un miembro de la nobleza que velaba por el mantenimiento de los privilegios estamentales frente al poder del rey.

La Administración territorial se organizó en merindades o veguerías. El órgano de poder en las ciudades fue el municipio que a fines de la Edad Media quedó bajo el control de las oligarquías locales (Concell de Cent de Barcelona)

Los reinos peninsulares presentaban una estructura política similar basada en tres instituciones: Monarquía, Cortes y Municipios, aun que cada reino tenía sus peculiaridades. Los reinos se consideraban patrimonio de la monarquía, que podía unirlos o dividirlos según su interés, ejercía el poder supremo (dictaba leyes, impartía justicia, acuñaba moneda, convocaba al ejercito…) , organiza la corte con el Consejo Real (asesores), La Curia (justicia), La Chancillería (administración) y La Tesorería (finanzas). El monarca castellano tiene mas poder autoritario. Llevando a cabo un proceso de centralización con el Código de las Siete Partidas (Alfonso X) establecido definitivamente con el Ordenamiento de Alcalá ( Alfonso XI). La estructura de la Corona de Aragón es mas feudal por lo que se impulsó el pactismo, donde se respetaba las leyes, instituciones y costumbres, fijados en el código (Fueros, Furs, Usatger), de cada territorio. Las Cortes nacen en León, estaban formadas por tres brazos (nobleza , clero y pueblo). En Castilla tenían un carácter consultivo y para afrontar subsidios (financiación), en Aragón gozaran de una cierta función legislativa, y en Navarra suponía una limitación al poder real. La Corona de Aragón es una confederación de reinos: Aragón, Valencia, Mallorca y el principado de Catalunya. Los monarcas son débiles por que tienen que hacer concesiones a la nobleza y a las Cortes Generales, “monarquía pactista” y su base jurídica la encontramos en los Privilegios Generales de 1283. estas Cortes Generales se reunían una vez al año, poseen poder legislativo y son estamentales representando a los privilegiados y al patriciado urbano. Cada territorio tenia sus fueros (privilegios), su capital, sus cortes, que nacen en el siglo XIII. Al frente de cada territorio estaba un lugarteniente del rey (Virrey) que actuaba como su delegado. En lo referente a las instituciones, existía el Consejo Real (asesoramiento), La audiencia (justicia) y El Justicia Mayor (judicial), velaba por los privilegios estamentales frente al poder del rey, Las Cortes (administración) con las Juntas Permanentes: La Diputación o Generalitat, se convierten en una especie de gobierno. El rey tenia dificultades para cobrar impuestos, ya que chocaba con los intereses de las Cortes de cada reino. La administración territorial se organizó en Merindades o veguerías.