4363031

2
1. Obligación N°5128279999990336 Atentamente,  Elaborado por: JARP  Expediente 4363031 PAZ Y SALVO EL BANCO DE BOGOTA, manifiesta por medio de este documento que DIANA CUBILLOS identi fi cada con dul a de ci udadanía mero 52199510 ha pagado la(s) obli gaci ón(es) que se relaciona(n) a continuación: Se advier te que si alg una(s) de la(s) obligación(e s) citada(s), est á amparada por el Fondo Naci onal de Garantías u otra persona similar, el presen te pa z y salvo no se ex ti ende a las sumas que haya pagado el garante a favor del Banco de Bogota por Cuenta de deudores. La actual iz ac n ante centrales de Ri es go se suje taa lo di spue st o en la Ley 1266 de 2008, los reglamentos de estas y a los términos indicados por la SuperintendenciaFinanciera de Colombia. En ca so de error en la li quidac n de la (s) obli gaci ón(es) , se da ap li caci ón al ar culo 880 del di go de Comercio, de l cu al se daaviso al (l os) de udor (es) por cual quier me di o idóneopara los fines pertinentes. Se expide a solicitud del interesado en Bogota el Lunes, 04 de Marzo de 2013  ____________________ _____________ JUAN PABLO VANEGAS LANCHEROS Jefe Atencion Tarjetas

Transcript of 4363031

  • 1. Obligacin N5128279999990336

    Atentamente,

    Elaborado por: JARP

    Expediente 4363031

    PAZ Y SALVO

    EL BANCO DE BOGOTA, manifiesta por medio de este documento que DIANA CUBILLOS

    identificada con cdula de ciudadana nmero 52199510 ha pagado la(s) obligacin(es) que se

    relaciona(n) a continuacin:

    Se advierte que si alguna(s) de la(s) obligacin(es) citada(s), est amparada por el Fondo

    Nacional de Garantas u otra persona similar, el presente paz y salvo no se extiende a las sumas

    que haya pagado el garante a favor del Banco de Bogota por Cuenta de deudores.

    La actualizacin ante centrales de Riesgo se sujetar a lo dispuesto en la Ley 1266 de 2008, los

    reglamentos de estas y a los trminos indicados por la Superintendencia Financiera de

    Colombia.

    En caso de error en la liquidacin de la(s) obligacin(es), se dar aplicacin al artculo 880 del

    Cdigo de Comercio, del cual se dar aviso al (los) deudor(es) por cualquier medio idneo para

    los fines pertinentes.

    Se expide a solicitud del interesado en Bogota el Lunes, 04 de Marzo de 2013

    _________________________________ JUAN PABLO VANEGAS LANCHEROS Jefe Atencion Tarjetas