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EL MARCO LEGAL DEL DISEÑO CURRICULAR EN COLOMBIA Ángela Liliana Lizarazo Pérez Licenciatura en preescolar Teorías y diseños curriculares

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EL MARCO LEGAL DEL DISEÑO CURRICULAR EN COLOMBIA

Ángela Liliana Lizarazo PérezLicenciatura en preescolarTeorías y diseños curriculares

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EL MARCO LEGAL DEL DISEÑO CURRICULAR EN COLOMBIA

• Ley General de Educación, Ley 115 de 1994

• Decreto 1860 de 1994

• Resolución 2343 de 1996

• Decreto 1290 de 2009

• Lineamientos curriculares de las diferentes áreas

• Estándares básicos de competencias en diferentes áreas

Las normas colombianas que definen, regulan y dan pautas para el diseñodel currículo en los diferentes establecimientos educativos del país sondirectamente las siguientes:

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LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, LEY 115 DE 1994

Concepto de currículo. Currículo es elconjunto de criterios, planes deestudio, programas, metodologías, yprocesos que contribuyen a la formaciónintegral y a la construcción de la identidadcultural nacional, regional y local, incluyendotambién los recursos humanos, académicos yfísicos para poner en práctica las políticas yllevar a cabo el proyecto educativoinstitucional.

ARTICULO 76.

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ARTICULO 79.

Plan de estudios. El plan de estudios es elesquema estructurado de las áreasobligatorias y fundamentales y de áreasoptativas con sus respectivasasignaturas, que forman parte delcurrículo de los establecimientoseducativos.

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ARTÍCULO 23.

AREAS OBLIGATORIAS Y FUNDAMENTALES. Para el logro de los objetivos de laeducación básica se establecen áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento yde la formación que necesariamente se tendrán que ofrecer de acuerdo con elcurrículo y el Proyecto Educativo Institucional.

Los grupos de áreas obligatorias y fundamentales que comprenderán un mínimo del80% del plan de estudios, son los siguientes:

1. Ciencias naturales y educación ambiental.

2. Ciencias sociales, historia, geografía, constitución política y democrática.

3. Educación artística.

4. Educación ética y en valores humanos.

5. Educación física, recreación y deportes.

6. Educación religiosa.

7. Humanidades, lengua castellana e idiomas extranjeros.

8. Matemáticas.

9. Tecnología e informática.”

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ARTÍCULO 14. ENSEÑANZA OBLIGATORIA. En todos los establecimientos oficiales o privados que ofrezcaneducación formal es obligatorio en los niveles de la educación preescolar, básica y media cumplircon:

a) El estudio, la comprensión y la práctica de la Constitución y la instrucción cívica, deconformidad con el artículo 41 de la Constitución Política.

b) El aprovechamiento del tiempo libre, el fomento de las diversas culturas, la práctica de laeducación física, la recreación y el deporte formativo, par a lo cual el Gobierno promoverá yestimulará su difusión y desarrollo.

c) La enseñanza de la protección del ambiente, la ecología y la preservación de los recursosnaturales, de conformidad con lo establecido en el artículo 67 de la constitución Política.

d) La educación para la justicia, la paz, la democracia, la solidaridad, la confraternidad, elcooperativismo y, en general, la formación en los valores humanos.

e) La educación sexual, impartida en cada caso de acuerdo con las necesidades psíquicas, físicasy afectivas de los educandos según su edad.

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Los fines de la educación son proporcionar ahombres y mujeres un mínimo de habilidadesque necesitan y que les asegure unacapacitación laboral que les permita abastecersus necesidades; despertar interés y gusto porel conocimiento; hacerlos capaces de criticar;ponerlos en contacto con las realizacionesculturales y morales de la humanidad yenseñarles a apreciarlas.

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OBJETIVOS COMUNES DE TODOS LOS NIVELES EDUCATIVOS (ART 13).

Es objetivo primordial de todos y cada uno delos niveles educativos el desarrollo integral delos educandos mediante accionesestructuradas encaminada a formar sereshumanos integrales para la sociedad.

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Cada nivel educativo esta reglamentado y tienen:

• Objetivos específicos y generales de la educación (art 16)

• Objetivos específicos de la educación básica en el ciclo de primaria (art21).

• Objetivos específicos de la educación básica en el ciclo de primaria (art21). (los cinco (5) primeros grados de la educación básica que constituyenel ciclo de primaria)

• Objetivos específicos de la educación básica en el ciclo desecundaria (art 22) los cuatro (4) grados subsiguientes de la educaciónbásica que constituyen el ciclo de secundaria.

• Objetivos específicos de la educación media académica (art 30)

• Objetivos específicos de la educación media técnica (art 31)

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Decreto 1860 del 3 agosto de 1994:

• “ARTICULO 33º.

CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DEL CURRÍCULO. La elaboración del currículo es el productode un conjunto de actividades organizadas y conducentes a la definición y actualización de loscriterios, planes de estudio, programas, metodologías y procesos que contribuyan a la formaciónintegral y a la identidad cultural nacional en los establecimientos educativos.

El currículo se elabora para:

• Orientar el que hacer académico

• Ser concebido de manera flexible para permitir su innovación y adaptación a lascaracterísticas propias del medio cultural donde se aplica.

• Cada establecimiento educativo mantendrá actividades de desarrollo curricular quecomprendan la investigación.

• Las instituciones de educación formal gozan de autonomía, en cuanto a contenidos, métodosde enseñanza, organización de actividades formativas, culturales y deportivas, creación deopciones para elección de los alumnos e introducción de adecuaciones según condicionesregionales o locales.

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ARTICULO 38º. PLAN DE ESTUDIOS

El plan de estudios debe relacionar las diferentes áreas con las asignaturas y con losproyectos pedagógicos y contener al menos los siguientes aspectos:

1. La identificación de los contenidos, temas y problemas de cada asignatura yproyecto pedagógico.

2. La distribución del tiempo y las secuencias del proceso educativo, señalando elperíodo lectivo y el grado en que se ejecutarán las diferentes actividades.

3. La metodología aplicable a cada una de las asignaturas y proyectospedagógicos, señalando el uso del material didáctico, de textosescolares, laboratorios, ayudas audiovisuales, la informática educativa ocualquier otro medio o técnica que oriente o soporte la acción pedagógica.

4. Los logros para cada grado, o conjunto de grados, según los indicadoresdefinidos en el proyecto educativo institucional.

5. Los criterios de evaluación y administración del plan.

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Decreto 1290 de abril 17 de 2009

• Propósitos de la evaluación institucional de los estudiantes.

Son propósitos de la evaluación de los estudiantes en el ámbito institucional.

• Definición del sistema institucional de evaluación de los estudiantes. El sistemade evaluación institucional de los estudiantes que hace parte del proyectoeducativo institucional debe contener.

• Promoción escolar. Cada establecimiento educativo determinará los criterios depromoción escolar de acuerdo con el sistema institucional de evaluación de losestudiantes. Así mismo, el establecimiento educativo definirá el porcentaje deasistencia que incida en la promoción del estudiante.

• Registro escolar. El registro escolar es el documento donde reposa el historialacadémico de cada estudiante en el establecimiento educativo y del cual seextrae la información necesaria para la emisión de las constancias dedesempeño.

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• Constancias de desempeño. La constancia es el documento por elcual el establecimiento educativo certifica el desempeño de cadaestudiante durante un año escolar, conteniendo como mínimo losresultados de los informes periódicos con su equivalencia a laescala nacional de valoración. Este documento puede ser solicitadopor el padre de familia en cualquier momento, debido a que es unode los medios para facilitar la movilidad de los estudiantes de unestablecimiento a otro, siendo por ello necesario que en losmismos, conste la información detallada de la valoración de losestudiantes.

• Desempeños esperados: Son los comportamientos observables quedemuestran que los alumnos han desarrollado las competencias . Eldesempeño Está determinado por una manifestación externa queevidencia el nivel de aprendizaje del conocimiento y el desarrollo delas habilidades y de los valores del alumno.

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• Evidencias: Son un conjunto de elementos tangibles que permiten demostrar que se ha logrado cubrir de manera satisfactoria un requerimiento o un criterio específico de desempeño, una competencia o el resultado de un aprendizaje. Las evidencias pueden ser de tres tipos:

• Evidencias de desempeño: Son las que se demuestran en el hacer.

• Evidencias de producto. Son los productos finalizados que el estudiante realiza y presenta.

• Evidencia de conocimiento. Son pruebas escritas y orales sobre temas relacionados con las competencias específicas.

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• Graduación. Los estudiantes que culminen laeducación media obtendrán el título deBachiller Académico o Técnico, cuando hayancumplido con todos los requisitos depromoción adoptados por el establecimientoeducativo en su proyecto educativoinstitucional, de acuerdo con la ley y lasnormas reglamentarias.

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El Ministerio de Educación Nacional hapresentado una serie de documentos yguías relacionadas con competencias encada una de las áreas, la Serie de Guía No.21, Articulación de la Educación con elMundo Productivo, es clara al afirmar queno se trata del desarrollo de contenidossino de competencias en los siguientestérminos:

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• Las competencias laborales comprendentodos aquellos conocimientos, habilidadesy actitudes, que son necesarios para que losjóvenes se desempeñen con eficienciacomo seres productivos.”

Las competencias básicas le permiten al estudiantecomunicarse, pensar en forma lógica, utilizar lasciencias para conocer e interpretar el mundo. Sedesarrollan en los niveles de educación básicaprimaria, básica secundaria, media académica y mediatécnica.

Las competencias ciudadanas habilitan a losjóvenes para la convivencia, la participacióndemocrática y la solidaridad. Se desarrollan en laeducación básica primaria, básicasecundaria, media académica y media técnica.

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