4º AÑO 2020

43
1 INSTITUTO SUPERIOR PARTICULAR INCORPORADO Nº 9045 “ZONA OESTE” SIC: Sistema de Información Contable 4º AÑO 2020

Transcript of 4º AÑO 2020

Page 1: 4º AÑO 2020

1

INSTITUTO SUPERIOR PARTICULAR INCORPORADO Nº 9045

“ZONA OESTE”

SIC: Sistema de Información Contable

4º AÑO

2020

Page 2: 4º AÑO 2020

2

Programa

Unidad Nº 1:

Impuesto al Valor Agregado: Concepto. Características del impuesto. Sujetos. Hecho

Imponible. Base Imponible. Débito y Crédito Fiscal.

Tipos de contribuyentes. Tipos de Comprobantes.

Alícuota general y diferenciales.

Cálculo del IVA y su registración. Posición Mensual. Libro IVA Compras e IVA Ventas.

Intereses Explícitos e Implícitos. Su tratamiento con IVA.

Unidad Nº 2:

Financiación Externa: Deudas: concepto, clasificación. Crédito bancario, hipotecario y

prendario, sus intereses y la aplicación del Impuesto al Valor Agregado.

Unidad Nº 3:

Sociedades: concepto. Sociedades comerciales. Clases.

S.R.L.: disposiciones legales. Apertura de libros.

Sociedades Anónimas: disposiciones legales.

Capital de las Sociedades Anónimas: acciones.

Apertura de libros en las sociedades anónimas.

Unidad Nº 4:

Igualdad Patrimonial Básica y Elementos patrimoniales.

Estados contables básicos. Aplicación de contenidos desarrollados.

Estado de situación patrimonial. Estado de Resultados.

Anexos y notas contables.

Criterios de Evaluación:

La evaluación constituye un instrumento que permite establecer en qué medida ha sido posible

alcanzar los objetivos, así como permitir evaluar la recepción de aquello que se propuso y

planificó comunicar a sus estudiantes. No se realizará en una instancia en particular sino que la

evaluación será continua, una evaluación de proceso. La evaluación se orientará hacia:

- Evaluaciones escritas teórico-prácticas en donde se aplique:

* Formalidad en la registración contable (utilización de la 3º columna, mención de los

comprobantes de respaldo). En caso de ausencia a la evaluación, debidamente justificada, se

reprogramará para la clase siguiente. Caso contrario, corresponderá como calificación un 1.

* Análisis de cuentas: Naturaleza. Significado. Motivos del débito, motivos del crédito. Saldo.

- Trabajo activo y participación en clase de manera individual y grupal en el Taller y con las

herramientas solicitadas (Apunte de la Cátedra, calculadora, elementos para la registración)

- Presentación de los trabajos en tiempo y forma.

- Respeto a las normas de convivencia.

- Disposición y compromiso para la construcción de saberes significativos.

Criterios de Evaluación para Exámenes Finales Diciembre y Febrero. Examen teórico práctico escrito. Si el alumno alcanzara una calificación de 5 puntos, el tribunal examinador solicitará al alumno la resolución de consignas escritas adicionales para ofrecer la posibilidad de lograr la aprobación. En el caso de que el alumno necesite alguna adaptación metodológica, la misma se tendrá en cuenta para la confección del examen final.

Page 3: 4º AÑO 2020

3

Impuesto al Valor Agregado

Valor Agregado: Es un concepto económico que representa el aumento de valor que sufre un

bien al pasar por las distintas etapas del proceso económico.

Su nombre proviene de la metodología de aplicación del tributo, mediante la cual el mismo se va recaudando a través de las distintas etapas por las que atraviesa un producto desde su elaboración hasta su consumo. Podemos imaginar un producto cualquiera que circule desde el fabricante hasta el consumidor final, pasando previamente por el mayorista y el minorista. Sin dudas cada uno de los agentes que intervienen en este circuito le va a “agregar valor” al producto para luego revenderlo. Ese agregado de valor puede consistir en algún tipo de transformación, envasado, agregado de componentes o simplemente intermediación con el lógico margen de ganancia. Cada uno de estos agentes participará en el proceso de liquidación, recaudación y traslación del tributo, como se puede apreciar en el siguiente esquema:

Agente FABRICANTE MAYORISTA MINORISTA CONSUM.FINAL

Operación Compra Vende Compra Vende Compra Vende Compra - Consume

Precio Neto 1000 1200 1200 1500 1500 2000

IVA 21 % 0 252 252 315 315 420 2420

Total 1000 1452 1452 1815 1815 2420

Declaración jurada (DDJJ) mensual de IVA

Cobró IVA en sus ventas

(DF) 252 315 420

Pagó IVA en sus compras

(CF) 0 252 315

Saldo a Pagar a AFIP 252 63 105 SUMA: 420

Page 4: 4º AÑO 2020

4

Ley del Impuesto al Valor Agregado (23.349 y modif.)

El IVA es un impuesto de carácter nacional que grava el consumo, pues en definitiva

grava al consumidor del bien. Este impuesto lo pagamos todos, cada vez que hacemos una

compra o nos prestan algún servicio, al pedir un ticket o una factura, es decir que en el precio

final que pagamos hay incluida una parte que es este impuesto En líneas generales, se aplica

sobre el precio neto de las ventas, las obras, locaciones y prestaciones de servicios más los

gastos que surjan de la operación realizada (transporte, comisiones, seguros, intereses, etc.)

Es un impuesto real porque no tiene en cuenta las condiciones personales de los sujetos

pasivos y coparticipable pues concurren la nación y las provincias. Desde el punto de vista

jurídico-financiero y económico es indirecto.

Objeto u hecho imponible (art. 1):

La ley define al objeto señalando que operaciones están gravadas por el mismo, de la siguiente manera:

a) Venta de cosas muebles situadas o colocadas en el país. b) Obras, locaciones y prestaciones de servicios realizadas en el país. c) Importaciones definitivas de cosas muebles.

Cada uno de estos incisos merece algunas consideraciones:

a) Al gravar la venta de cosas muebles situadas o colocadas en el país permite deducir que la venta de inmuebles no está gravada. Al respecto corresponde aclarar qué se entiende por inmueble. En efecto si se vende un terreno o una propiedad en el mismo estado en que se compró, dicha operación no estará gravada. Pero si se compra un terreno y sobre él se edifica, se está “agregando valor” al terreno, quedando este caso comprendido en el inciso b) (Obras, locaciones….). En este supuesto al vender la propiedad edificada, se estará comercializando por una parte el terreno (inmueble) comprado originalmente y por otra parte la obra que sobre él se realizó. Esta segunda parte estará gravada por el IVA. Asimismo, al referir “colocadas o situadas en el país” se deduce que no están gravadas las exportaciones. Esto obedece a la finalidad de fomentar estas operaciones, no encareciendo el precio de los productos con el gravamen en cuestión. Si no fuera así, los productos exportables tendrían un precio un 21 % superior por el agregado de IVA. Para el importador de otro país el valor final es costo, de manera que dicha situación quitaría competitividad a los productos a exportar. b) En este grupo de actividades la ley hace una enumeración bastante extensa indicando las prestaciones y locaciones de obras y servicios gravadas. Con estos dos grupos de operaciones – a) y b) – se abarca prácticamente el universo de operaciones, es decir ventas y servicios, pudiendo entonces afirmar que estamos frente a un impuesto generalizado. Las operaciones y actividades exentas son la excepción y están explícitamente señaladas por la ley.

Page 5: 4º AÑO 2020

5

c) Con respecto a este tercer grupo de operaciones gravadas, nótese que se refiere al sujeto pasivo como comprador (importador) mientras que los dos incisos anteriores se referían al sujeto pasivo como vendedor o prestador de servicios. En efecto, cuando un sujeto adquiere mercaderías en el exterior, el vendedor de las mismas está sujeto a las normas impositivas de su propio país, de manera que no tiene ninguna relación con el IVA. En consecuencia, la ley obliga al importador argentino, para poder retirar su mercadería de aduana, a pagar el IVA correspondiente sobre el monto de la importación. Con esta medida se logra:

Que la mercadería importada continúe su circuito en la economía formal y no en la clandestina.

Proteger de alguna manera a la industria nacional frente a los precios internacionales, al demandarle al importador un mayor esfuerzo económico.

Anticipar el ingreso del impuesto a las arcas del tesoro, ya que está percibiendo el gravamen antes de que se venda la mercadería en el país.

Sujetos pasivos del impuesto (art. 4):

Están obligados a cumplir con las disposiciones de esta ley quienes:

a) realicen habitualmente venta de cosas muebles, b) realicen en nombre propio, pero por cuenta de terceros, ventas o compras, c) importen definitivamente cosas muebles a su nombre o por cuenta de terceros, d) sean empresas constructoras, en el caso de obras sobre inmueble propio, con ánimo de

lucrar con su ejecución o posterior venta, e) presten servicios gravados, f) sean locadores, en el caso de locaciones gravadas.

Categorías de sujetos que realizan actividades comerciales:

a) Responsable Inscripto: Realizan actividades gravadas por lo que está obligado a inscribirse. Debe discriminar el IVA en los comprobantes que emite.

b) Monotributista: Aquél que no supera ciertos montos de facturación y tiene la opción de adherirse a este régimen simplificado. No discrimina IVA en los comprobantes que emite.

c) Consumidor Final: No emite comprobantes y se ubica en la etapa final de la comercialización. Destinan los bienes y servicios al consumo, no a una actividad posterior.

e) Exento: expresamente excluido por la ley, por la actividad o por su carácter como persona.

Nacimiento del hecho imponible (art 5):

Habitualmente se considera que el hecho imponible se perfecciona, en el caso de las

ventas, en el momento de la entrega del bien, emisión de factura respectiva o acto equivalente,

el que fuera anterior.

Exenciones (art. 7):

Existen ventas, locaciones e importaciones exentas del IVA indicadas en el art. Nº 7 de la

ley. Ejemplos: libros, folletos, sellos de correo, billetes para juegos de sorteos, oro amonedado,

Page 6: 4º AÑO 2020

6

agua natural, leche sin aditivos, servicios educacionales privados, servicios prestados por obras

sociales, el Estado, congregaciones religiosas, etc.

Conceptos no gravados (art 44 DR):

No integran el precio neto gravado los tributos que, teniendo como base imponible la

misma operación gravada, se consignen en la factura por separado y en la medida en que sus

importes coincidan con los ingresos que en tal concepto se efectúen a los respectivos fiscos (Ej.

Impuesto internos, ley de sellos, etc.).

BASE IMPONIBLE: Es el monto sobre el que se aplicará la alícuota del impuesto. Dicho monto es el precio neto de la venta, locación o prestación de servicios, entendiendo por tal al que surja de la factura o documento equivalente

Alícuota (art 28):

La alícuota general del gravamen es el 21 % No obstante existen alícuotas diferenciales: 27 % para determinados servicios tales como suministro de energía eléctrica, gas telefonía y agua. 10,5 % para determinadas actividades como: medicina privada, construcción, comercialización de carnes, frutas, legumbres, harina de trigo, pan, lácteos, compra de bienes de uso, etc.

ALICUOTAS DIFERENCIALES

10,50% Bienes de Uso (Rodados, Equipos de Computación)

Medicina Privada - Construcción - Pan - Lácteos - Carnes (en general productos de la canasta básica)

27% Energía - Gas - Telefonía Fija - Telefonía Celular - Agua

ALICUOTA GENERAL 21% Resto de Bienes y Servicios que no estén alcanzados por

Alícuotas Especiales

Liquidación del impuesto:

El impuesto se liquida mensualmente debiendo presentar la correspondiente DDJJ. En ella se indicarán: a) Débito fiscal del mes que surge de aplicar la alícuota correspondiente sobre:

precio neto de ventas, locaciones y prestaciones de servicios del mes.

devoluciones efectuadas de compras, descuentos y bonificaciones obtenidas de proveedores

desafectación de bienes de la actividad gravada, para uso o consumo personal. b) Crédito fiscal del mes que surge de aplicar la alícuota correspondiente sobre:

precio neto de compras, locaciones y prestaciones de servicios recibidas e importaciones definitivas de bienes.

Page 7: 4º AÑO 2020

7

devoluciones recibidas de ventas, descuentos y bonificaciones otorgadas.

créditos por ventas que se transformen en incobrables.

De la comparación entre ambos valores surgirá un saldo que podrá ser: 1) A pagar: cuando el total del débito fiscal supera al del crédito fiscal. Esto indica que se

facturado y/o cobrado más IVA en las ventas que el que se pagó en las compras. En consecuencia hay excedente de IVA en poder del sujeto pasivo.

2) A favor del contribuyente: en la situación inversa. Es decir que el sujeto pasivo ha “pagado” más IVA en sus compras que el que ha “cobrado” en sus ventas. Dicho saldo a favor podrá ser trasladado al mes siguiente

Nótese que en la liquidación de este impuesto se procede bajo el concepto de lo “devengado”. Es decir que no interesa si la operación ha sido efectivamente cobrada o pagada. El impuesto se devenga a partir de la facturación y/o entrega del bien, lo que ocurra antes, prescindiendo de la fecha de cobro o pago. c) Retenciones, percepciones y otros pagos a cuenta: existen regímenes de retención y de

percepción, por los cuales en determinadas operaciones el sujeto pasivo sufre retenciones en sus cobros y/o percepciones de IVA en sus compras. Estos importes podrán ser descontados en la DDJJ del mes correspondiente.

d) Saldos a favor del mes anterior. Estos saldos podrán ser: 1) saldos técnicos: cuando provienen de CF > DF o 2) saldos de libre disponibilidad cuando provienen de retenciones y/o percepciones. Los saldos técnicos podrán aplicarse solo contra el mismo impuesto (IVA) Los saldos de libre disponibilidad podrán aplicarse contra cualquier otro impuesto.

e) Por último, y del cómputo de los conceptos precedentes surgirá el saldo final de la DDJJ, que podrá ser a favor del Fisco o a favor del contribuyente.

- Si el DÉBITO FISCAL > CRÉDITOS FISCAL SALDO A PAGAR

- Si el DÉBITO FISCAL < CRÉDITOS FISCAL SALDO A FAVOR del contribuyente que

se utilizará en liquidaciones posteriores.

Emisión de comprobantes:

RESPONSABLES INSCRIPTOS

Deben emitir factura “A” si le venden a Un responsable inscripto

Deben emitir factura “B” si le venden a Un monotributista

Un exento

Un consumidor final

MONOTRIBUTISTAS

Deben emitir siempre factura “C”

EXENTOS

Page 8: 4º AÑO 2020

8

En resumen:

Registración:

Factura A (original), por compra de 10 panes a

$50 cada uno +IVA

Factura A (duplicado), por venta de 10 panes a $50

cada uno +IVA

Mercaderías 500

Deudores por

Ventas 605

IVA CF 105 Sergio Agüero 605

a Proveedores 605 a Ventas 500

Oscar Ustari 605 a IVA DF 105

s/factura A original s/factura A duplicado

ND original por error en la factura, total $100+IVA ND duplicado por error en la factura, total $100+IVA

Mercaderías 100

Deudores por

Ventas 121

IVA CF 21 Sergio Agüero 121

a Proveedores 121 a Ventas 100

Oscar Ustari 121 a IVA DF 21

s/ Nota de Débito original s/Nota de Débito duplicado

VENDEDOR COMPRADOR

Emite

FACTURA CONTENIDO EJEMPLO

Responsable

Inscripto

Responsable

Inscripto A

Con IVA

discriminado

Precio neto 1000

IVA 21 % 210

Total 1210

Monotributista

B Con IVA incluido

pero sin

discriminar

Total 1210 Consumidor

Final

Sujeto Exento

Monotributista

Cualquier

sujeto C Sin IVA

Precio fijado por el

vendedor

Page 9: 4º AÑO 2020

9

NC original por devoluciones de mercaderías

defectuosas

NC duplicado por devoluciones de mercaderías

defectuosas

Mercaderías

(60) Deudores por Ventas

((72,60

)

a Proveedores (72,60) Sergio Agüero (72,60)

Oscar Ustari (72,60) IVA CF 12,60

a IVA DF 12,60 a Ventas (60)

s/NC original por devolución

s/NC dupl.por

devolución

Libros de Iva Compras y Ventas

Las resoluciones generales de la AFIP disponen las normas a las que deben ajustarse los

registros a ser llevados por los responsables del impuesto: IVA Compras e IVA Ventas.

Registro de operaciones con IVA

_______________ ___________________

IVA Débito Fiscal

……………………………………………….

a IVA Crédito Fiscal

_______________ ___________________

Mayorización cuentas IVA

IVA Crédito Fiscal IVA Débito Fiscal

Saldo Deudor Saldo Acreedor

Page 10: 4º AÑO 2020

10

Ejercicio 1: Determinar y registrar la posición mensual de IVA en los siguientes meses:

Mes de Enero Débito Fiscal 1.000,-

Crédito Fiscal 400,-

Retenciones 120,-

Mes de Febrero Débito Fiscal 800,-

Crédito Fiscal 1.200,-

Mes de Marzo Débito Fiscal 1.100,-

Crédito Fiscal 900,-

Percepciones de IVA 50.-

Mes de Abril Débito Fiscal 750,-

Crédito Fiscal 550,-

Percepciones 205,-

Mes de Mayo Débito Fiscal 1.300,-

Crédito Fiscal 980,-

Ejercicio 2: Proceder a realizar las registraciones que correspondan de un contribuyente

inscripto y determinar la posición mensual.

Fact. A orig. $ 10.800,- N/C A orig. $ 580,-

Fact. C orig. $ 30100,- N/D A dupl. $ 890,-

Fact. B dupl $ 5.600,- Fact. A por electricidad $ 980,- (alícuota especial)

Fact. A dupl $ 10.700,- N/D B dupl. $ 340.-

Ejercicio 3: Con los datos brindados a continuación determine el monto total de crédito fiscal y

débito fiscal y registre la posición fiscal y su posterior pago si correspondiere:

a) Facturas por compras de mercaderías a RI $ 5000 + IVA b) Fact. por venta de mercaderías a exentos $ 4240 (IVA incluido) c) Fact. original compra art. de limpieza a monotributista $ 900,- d) Fact. por venta de mercaderías a RI $ 5750 + IVA e) Devoluciones de compras a RI $ 500 + IVA f) Devoluciones de ventas de RI $ 300 + IVA

Ejercicio 4: Con los datos brindados a continuación determine el monto total de crédito fiscal y

débito fiscal y registre la posición fiscal y su posterior pago si correspondiere:

a) Facturas por compras de mercaderías a RI $ 8000 + IVA b) Fact. por venta de mercaderías a Consumidor Final $ 9000 (iva incluido) c) Fact. original EPE por gastos de Luz $8200 + iva d) Fact. por venta de mercaderías a RI $ 8750 +iva e) Devoluciones de compras a RI $ 5000 + IVA f) Devoluciones de ventas de RI $ 3000 + IVA

Page 11: 4º AÑO 2020

11

Ejercicio 5:

02-03: Factura Original "A" Nº 9764 por compra de artículos de librería por $250 más IVA. Se abona en efectivo.

04-03: Factura Duplicado "A" Nº 2341 por $500 más IVA. Condición de pago: contado neto, a 30 días se recargará 10 % de interés.

04-03: Minuta contable por el costo de mercaderías vendidas $400.

05-03: Recibo duplicado por la Factura A Nº 2341. Se recibe cheque cargo banco Macro.

15-03: Nota de débito "A" 3245 original por intereses devengados por $100 más IVA originados en una factura por compra de mercaderías en cuenta corriente.

19-03: Nota de Débito duplicado "A" Nº 345 por error en la facturación por $500 más IVA. 21-03: Nota de crédito duplicado "A" por devolución de mercaderías $150 más IVA. 21-03: Minuta por el costo de la mercadería devuelta por $100.

25-03: Recibo de pagaré (original) por documentación de una deuda con el proveedor $850.

26-03: Factura original "A" por la compra de mercaderías por $2500 más IVA. Se abona en efectivo.

26-03: Factura “C” Nº 341 del Transporte "El rutero" por el flete de las mercaderías $350.

31-03: Factura duplicado "A" Nº 2342 por $3000 más IVA. Abonada en efectivo.

31-03: Factura duplicado "B" Nº 4673 consumidor final por $1210. Se cobra en efectivo.

31-03: Minuta contable por Posición mensual del IVA.

30-04: Minuta contable por Posición mensual de IVA: IVA DEBITO FISCAL $800, IVA CRÉDITO FISCAL $1500.

31-05: Minuta contable por Posición mensual de IVA: IVA DÉBITO FISCAL $1750, IVA CRÉDITO FISCAL $ 650.

Ejercicio 6: Completar las registraciones realizadas por la empresa SOLES SRL y determinar la

posición mensual.

1- Fact. “A” compra de mercaderías al contado $ 4000 + IVA.

2- Factura “B” venta de mercaderías al contado $ 6000 (IVA incluido).- Costo $ 2000.-

3- Fac “A” recibida de la EPE por $1500 + IVA (27%) que se abona al contado.

4- Factura N° 0042-00003250 de Supercheria SRL (RI) por la compra de un automóvil para el

reparto de mercaderías. Total: $ 120.000 + IVA (10,5%), pago con ch/ banco Macro.

5- Factura N° 0001-00000321 de CLUB SRL (RI) por 50 unidades a $ 180 c/u + IVA a 30 días

de plazo.

6- Factura N° 0001-00000001 a Bajan SRL (RI) por 30 unidades a $220 c/u+ IVA a 30 días de

plazo.

7- Ticket “C” N° 0001-00000325 del Kiosko “La Sed Verdadera” (monotributista) por la compra en efectivo de bebidas para el personal administrativo por $150.

Page 12: 4º AÑO 2020

12

8- Comprobante de Egreso N° 0001 por pago en un “Rapipago” de la factura Telecom N° 0250-33001220. Detalle Factura: Consumo $500; Impuestos Varios $20. IVA 27%. 9- Comprobante de Egreso N° 0002 por pago por homebanking (Banco Nación) de la factura de Aguas Santafesinas N° 00320-00004152. Total Factura $90.- Iva 27% incluido.

10- Factura “B” N° 0001-00000369 a Virginia Sosa (consumidor final) por 5 unidades a un total

$1512. Pagó en efectivo.

11- Minuta N° 003 por posición mensual del IVA.

Ejercicio 7: La empresa TERMOSTATO SRL se dedica a la reventa de calefones y reviste el

carácter de responsable inscripto en IVA. Se solicita registrar en el Libro Diario (a tres

columnas) las operaciones que se citan a continuación:

1. 10-03-2018 Fact. (original) de Carcarañá SRL por 7 calefones a $ 4.000.- c/u, en cuenta

corriente, IVA 21% $ 5.880.- total $ 33.880.-

2. 10-03-2018 Nota de Débito (original) de Carcarañá S.R.L. por fletes de los calefones de la

factura anterior $ 1.000, más IVA 21% $ 210.- Total $ 1.210.- en cuenta corriente.

3. 20-03-2018 Fact. (duplicado) emitida a Luis Palacios S.A. por 3 calefones a $ 5.000 c/u, IVA

21% $ 3.150.- Total $ 18.150, en cuenta corriente.

4. 20-03-2018 Minuta contable para registrar el costo de la operación anterior.

5. 22-03-2018 Recibo (duplicado) emitido a Luis Palacios S.A. por $ 18.150.- Se recibe

efectivo.

6. 31-03-2018 Minuta contable por la posición del IVA.

Page 13: 4º AÑO 2020

13

LIBRO IVA VENTAS

Fecha Cliente

Importe

Gravado IVA DF IVA DF IVA CF Concepto Total del

Denominación CUIT Cond.IVA por IVA Alícuota Gral

Alícuota

Diferencial

por Dev.o

Desc No Gravado Comprobante

LIBRO IVA COMPRAS

Fecha Proveedor Importe

Gravado

IVA CF IVA CF IVA DF Concepto Total del

Denominación CUIT Cond.IVA

Gravado por

IVA Alícuota Gral

Alícuota

Diferencial

por Dev.o

Desc No Gravado Comprobante

Comprobante (Tipo

y Nro)

Comprobante

Ejercicio: Registra siguientes comprobantes en los libros IVA Ventas o IVA Compras, según corresponda. Deja constancia de los cálculos

efectuados.

8/5 – Nota Crédito (Original) “A” Nº 66124 de Balcarce SA RI (CUIT 30-16164433-6) por devolución de 30 unidades, por encontrarse

defectuosas.

12/5 – Factura (Original) "A'' Nº 3250 de AutoCar SRL RI (CUIT 30-66677788-1) por adquisición de un utilitario p/reparto. Total del comprobante $

130.000. Se abona mediante transferencia bancaria.

14/5- Factura (Duplicado) “A” Nº 2659 a Italia SA RI (CUIT 33-56677651-3) por mercaderías por $15.300 + IVA. Condiciones: a 45 días fecha de

factura.

28/5- Factura (Duplicado) “B” Nº0034 a Maríana Moreno Monotributista (CUIT 27-21392035-3) por 7 unidades de mercadería. Total

factura $ 2.032,80. Condición: ctdo. efectivo.

31/5- Comp. de Egresos Nro 0002 por pago de Factura (Original) "A'' Nº 3250 de Telecom SA RI (CUIT 30-66677788-1), Según detalle: Consumo $

500, Impuesto Varios $ 30, + IVA del 27% .

7/5 – Factura (Original) “A” Nº 66123 de Balcarce SA RI (CUIT 30-16164433-6) por 370 unidades a $ 9,9 c/u + IVA. Condiciones: a 30 días.

(Tipo y Nro)

Page 14: 4º AÑO 2020

14

INTERESES

Por qué se originan los intereses?

Cómo se manifiestan?

Page 15: 4º AÑO 2020

15

Cuentas Utilizadas:

Cuentas Patrimoniales:

Intereses Activos a Devengar:

Cuenta patrimonial regularizadora del Activo. Se acredita en el

momento de registrar el crédito en el cual se encuentra contenido y se debita a medida que

se devengan contra la cuenta “Intereses Activos Devengados” Saldo acreedor, representa

los intereses contenidos en Créditos, aun no devengados

Intereses Pasivos a Devengar

Cuenta patrimonial regularizadora del Pasivo. Se debita en el momento

de registrar el pasivo en el cual se encuentran contenidos y se acredita a medida que se

devengan contra la cuenta “ Intereses Pasivos Devengados” Saldo deudor, representa los

intereses contenidos en pasivos, aun no devengados.

Cuentas de Resultados:

- Intereses Activos Devengados (Ingresos) - Intereses Pasivos Devengados (Egresos)

PRÁCTICA DE INTERESES

1. 01/10/2015 Factura “A” original de Suarez S.R.L. por mercaderías $ 1.000 más IVA.

Condición: 30 días fecha factura. Recargo financiero 2 % mensual incluido en la factura.

30/10/2015 Recibo original por la factura anterior

30/10/2015 Minuta por devengamiento de los intereses

Page 16: 4º AÑO 2020

16

2. 01/10/2015 Factura “C” original de J. Primavera por mercaderías. Precio contado: $6.300. A

30 días fecha factura 2% de interés mensual.

30/10/2015 N.D. Orig. Por los intereses correspondientes.

30/10/2015 Recibo Original de J. Primavera por su factura más los intereses. Pago con

cheque c/Banco Macro.

3. 01/10/2015 Factura “B” original de Otoño por mercaderías $2300. Condición de pago: a 60

días con un interés del 18% anual.

31/10/2015 Cerramos balance y corresponde devengar los intereses de la factura de Otoño.

01/12/2015 Recibo original de Otoño por el pago en efectivo de su factura.

4. 4/10/2015 Factura original “C” de Cielo S.R.L. $ 2000. Condición de pago: 15 días neto.

Contado 5% de descuento.

19/10/2015 Recibo Original de Cielo S.R.L. por el pago en efectivo.

19/10/2015 Minuta por el devengamiento de los intereses.

5. 05/10/2015 Factura “C” original del Sr. Felix Luna $ 3.200. Condición: 2 días 10% de

descuento, 20 días 5% de descuento, a 30 días neto.

06/10/2015 Recibo Original de Felix por el pago contado de su factura.

06/10/2015 N.C. por el descuento

6. 06/10/2015 Factura “B” original de Nieve y Cía por mercaderías $ 7.000 de contado.

Condición de pago: a documentar y los intereses del 12% anual se pagarán por adelantado

en efectivo.

07/10/2015 Recibo de pagaré por la factura de Nieve y Cía. Vencimiento del pagaré 15

días.

07/10/2015 Recibo original por los intereses en efectivo.

A los 15 días se paga el documento a nuestro cargo con cheque c/Bco. Galicia.

Minuta por devengamiento de los intereses.

7. 01/11/2015 Factura “A” Original de Mar S.A. $3000 más IVA. Condición: 30 días fecha

factura. El proveedor acostumbra a recargar los precios un 10%.

01/12/2015 Recibo original de Mar S.A. por el pago del total de su factura en efectivo.

01/12/2015 Minuta contable por el devengamiento de los intereses.

8. 01/12/2015 Factura “A” duplicado a Arco Iris S.A. por venta de mercaderías de acuerdo al

siguiente detalle: Mercaderías $ 30.000. Recargo financiero: $ 600. IVA 21%: $ 6.426.

Condiciones de pago: A 30 días fecha factura.

01/12/2015 Minuta contable por el costo de las mercaderías $ 22.500.

31/12/2015 Recibo duplicado a Arco Iris S.A. por el cobro con cheque c/Bco. Francés de la

factura anterior.

31/12/2015 Minuta contable para registrar el devengamiento de intereses del mes de

diciembre.

9. El 27/08/2013 solicitamos un préstamo comercial en el Banco Patagonia por $ 100.000.- Se cobran gastos administrativos por $ 1.000.- más IVA y se nos acredita en nuestra cta. cte. del banco $ 98.790.- El préstamo es a devolver en 12 cuotas mensuales y consecutivas con una tasa nominal anual del 25,18% y de acuerdo al sistema de amortización francés.

Detalle de Cuotas - Préstamo op. 3237785:

Page 17: 4º AÑO 2020

17

Nro Fecha de vto. Capital Interés IVA s/int TOTAL

1 28/9/2013 7397,77 2139,21 449,23 9986,21

2 28/10/2013 7582,67 1917,06 402,58 9902,31

3 28/11/2013 7715,25 1818,75 381,94 9915,94

4 28/12/2013 7902,37 1600,36 336,08 9838,81

5 28/1/2014 8046,32 1484,65 311,78 9842,75

6 28/2/2014 8218,44 1312,53 275,63 9806,60

7 28/3/2014 8437,95 1026,71 215,61 9680,27

8 28/4/2014 8565,45 956,21 200,80 9722,46

9 28/5/2014 8757,72 748,04 157,09 9662,85

10 28/6/2014 8932,89 585,63 122,98 9641,50

11 28/7/2014 9127,11 381,81 80,18 9589,10

12 28/8/2014 9316,06 199,29 41,85 9557,20

100.000,00

Se solicita registrar la obtención del préstamo y la amortización de las dos primeras cuotas.

Ejercicios combinados INTERESES + IVA

Ejercicio I 01/05- Factura (original) Nº 561 de Marini SA RI por mercaderías por $7300 +IVA. Condiciones de pago: a 30 días de fecha de factura. El proveedor acostumbra recargar los precios un 5 %. 10/05-Factura (duplicado) Nº 245 a Metal Rosario SA RI por mercaderías por $6200 + IVA. Condiciones: a documentar a 40 días, con un interés del 4 % mensual no incluidos en factura. 10/05- ND (duplicado) Nº135 a Metal Rosario SA por error de facturación en $400+ IVA.

10/05- ND (duplicado) Nº 136 a Metal Rosario SA por las condiciones de la factura.

10/05- Recibo de pagaré (duplicado) Nº 056 a Metal Rosario SA por la documentación de la

Factura Nº245 y la ND Nº 135 y Nº 136.

31/05- Recibo (original) Nº 946 de Marini SA por pago de la Factura Nº561 con cheque del

Banco Nación.

31/05- Minuta Nº 13 por devengamiento de intereses de Marini SA.

31/05- Minuta Nº14 por devengamiento de intereses de Metal Rosario SA.

31/05- Minuta N° 15: Posición mensual del IVA.

19/06- Recibo (duplicado) Nº156 por cobro de la deuda de Metal Rosario SA, con cheque del

Banco Macro.

30/06- Minuta Nº 43 por devengamiento de intereses de Metal Rosario SA.

Page 18: 4º AÑO 2020

18

Ejercicio II 6/11- Fact. (duplicado) Nº 380 a Ferrer RI por mercaderías por $13.800+IVA. Condiciones: a 30

días de fecha de factura, interés del 6 % mensual incluido en factura.

14/11- Factura (duplicado) Nº 461 a El Desarrollo SA RI por $8470. + IVA. Condiciones de

pago: a 30 días de fecha de factura. Por pago de contado 5% de descuento.

15/11- Recibo (duplicado) Nº 381 a El Desarrollo SA por cobro de la factura del 14/11 con cheque del Banco Santander Río. 15/11- NC (duplicado) Nº 337 a El Desarrollo SA por el descuento.

30/11-Minuta Nº546 por devengamiento de intereses de Ferrer.

30/11- Minuta N° 547: Posición mensual del IVA.

31/12- Minuta Nº 632 por devengamiento de intereses correspondientes a Ferrer.

Ejercicio III 1/7- Factura (duplicado) Nº 659 a Fenix SA RI por mercaderías por $12.300 + IVA. Condiciones

de pago: contado 10% de descuento, a 10 días 8 % de descuento, a 20 días 5% de descuento.

5/7- Factura (original) Nº 321 de Andes SA RI por mercaderías por 8300 +IVA. Condiciones: a

20 días de fecha de factura, Interés 6% mensual incluido en factura.

12/7- Factura (original) Nº 691 de Oroño SA RI por $6.530+ IVA. Condiciones: a 30 días de

fecha de factura. Por pago de contado 10 % de descuento.

13/7- Recibo (original) Nº 876 de Oroño SA por pago de la factura del 12/7 con cheque del

Banco Macro.

13/7- NC (original) Nº554 de Oroño SA por el descuento.

20/7- Recibo (Duplicado) Nº261 por cobro en efectivo de la deuda de Fenix SA.

20/7- NC (Duplicado) Nº315 por el descuento otorgado a Fenix.

25/7- Recibo (original) Nº 313 de Andes SA por cancelación en efectivo de la deuda total.

31/7 – Minuta Nº56 por devengamiento de intereses correspondientes a Fénix

31/7 – Minuta Nº57 por devengamiento de intereses correspondientes a Andes

31/7 - Minuta N°58: Posición mensual del IVA.

Ejercicio IV “Fanky SRL”, es una empresa responsable inscripta dedicada a la compra-venta de artículos de

librerías. Se solicita:

- Registrar las operaciones en el libro diario de tres columnas con las formalidades que

deben cumplir los libros obligatorios

- Registrar las operaciones correspondientes en los Libros IVA compras e IVA ventas

07/03/18 Factura “A” N° 0002-00052110 de Ludovico SRL: 1.300 cuadernillos a $13.80 c/u +

IVA. El proveedor acostumbra a recargar el precio un 6%. Condiciones a 30 días en cta. cte.

Page 19: 4º AÑO 2020

19

08/03/18 Recibo N° 1250 de Ludovico SRL por la cancelación de la deuda con cheque cargo

Banco ICBC.

08/03/18 Nota de Crédito “A” N° 0002-00001320 de Ludovico SRL por el descuento

correspondiente a la factura.

14/03/18 Factura “A” N° 0001-00001022 a Chippi SRL: 600 cuadernillos a $ 20.20 c/u + IVA.

Condiciones de la factura: Contado 5% de descuento; a 10 días 2% de descuento; a 30 días

neto.

14/03/18 Minuta Nº 23 por el costo de la venta.

14/03/18 Nota Crédito “A” N° 0001-00002345 a Chippi SRL, por error en la facturación anterior.

La cantidad correcta era 580 unidades.

14/03/18 Minuta Nº 24 por el costo.

21/03/18 Factura “B” N° 0001-00002105 a Carlos Garcia (monotributista) por 10 unidades.

Total Factura $ 244,40. Condiciones: Contado.

21/03/18 Minuta Nº 25 por el costo de la venta. 25/03/18 Factura “A” N° 0001-00001023 a Eiti Leda SRL por un total de $ 13.915 por la venta de 500 cuadernillos. Condiciones de la factura: Contado 10% de descuento; 30 días neto. 25/03/18 Minuta Nº 26 por el costo de la venta.

31/03/18 Minuta N° 27 por el devengamiento de intereses.

31/03/18 Minuta N° 28: Posición Mensual del IVA.

Ejercicio V

Registrar los comprobantes de Comfort SRL (responsable inscripto), dedicada a la venta

mayoristas de discos vinílicos, en los Libros Diario. Llevar la ficha de stock por el método CPP.

05/04/19 Factura “A” N° 0002-00004578 de “Ángel Eléctrico SRL” (RI) por 97 discos vinílicos

por $8.300. Condiciones en cuenta corriente a 20 días de fecha factura; interés 6% mensual

incluido en la factura.

07/04/19 Factura “A” N° 0001-00003345 de “Sonoman SRL” (RI) por 270 discos vinílicos a $90

cada uno + IVA. Condiciones: en cuenta corriente a 45 días de fecha de factura, interés 10%

incluido en la factura.

08/04/19 Nota de Crédito “A” N° 0001-00001221 de “Sonoman SRL” por la devolución de 10

unidades por encontrarse fallas en los mismos.

12/04/19 Factura “A” N° 0004-00000465 de “Coral SRL” (RI) por 72 discos vinílicos. Total

$6.530,40 + IVA. Condición: Contado.

13/04/19 Factura “A” N° 0001-00000345 a “Superstar SRL” (RI) por 52 unidades a un total de

$17.800 + IVA. Condiciones: a 30 días fecha de factura. Por pago a los 15 días se realizará un

descuento del 10%.

13/04/19 Minuta por el costo de las mercaderías vendidas.

Page 20: 4º AÑO 2020

20

13/04/19 Recibo N° 9845 de “Coral SRL” por el pago de la factura N° 0465 con cheque Banco

Santa Fe.

20/04/19 Factura “B” N° 0001-00000048 a Cecilia Amenábar (consumidor final) por 10

unidades a un total $2.299.- Condición: Contado efectivo.

20/04/19 Minuta por el costo de las mercaderías vendidas. 25/04/19 Recibo original N° 9632 de Ángel Eléctrico SRL por cancelación en efectivo de

nuestra deuda.

28/04/19 Recibo duplicado N° 0369 a Superstar SRL por el cobro en efectivo de la deuda.

28/04/19 Nota de Crédito “A” N° 0001-00000052 por el descuento otorgado a Superstar SRL.

29/04/19 Factura “A” N° 0001-00000346 a “Planeador SRL” (RI) por 250 unidades $ 32.400 +

IVA. Condiciones a 45 días fecha de factura. Interés del 8% mensual incluido en la factura.

30/04/19 Minuta N° 0031 por devengamiento de intereses.

30/04/19 Minuta N° 0032 por posición mensual del IVA.

15/05/19 Comprobante de egreso N° 125 por pago a la AFIP, saldo DDJJ IVA periodo 04/2019.

DEUDAS: Son aquellas obligaciones ciertas que la empresa debe cancelar en un momento

determinado. Estas obligaciones pueden ser ocasionadas por haber recibido: a) Dinero b)

Bienes c) Servicios

FINANCIACIÓN: Financiar significa destinar recursos o medios necesarios para el desarrollo

de una actividad o una empresa. Estos recursos o medios pueden ser:

a) Propios: son aquellos que la empresa obtiene por el resultado de sus actividades

(“Resultados”) o de sus propietarios (“Aportes de Capital”)

b) Ajenos: son los que la empresa obtiene de terceros constituyendo un aumento del

Pasivo (Deudas), comprometiéndose a su devolución en una fecha posterior. Por la

utilización del dinero ajeno se debe abonar un interés.

CLASIFICACIÓN DE LAS DEUDAS

En función al plazo: - Corrientes: se debe cancelar dentro de los 12 meses a partir de la

fecha de cierre del ejercicio económico. - No Corrientes: excede su vencimiento los 12

meses a partir de la fecha de cierre del ejercicio económico.

Por su naturaleza: - Documentadas: Se deja una constancia escrita, mediante la firma

de un documento (Pagaré) - No documentadas: No se encuentran documentadas con un

pagaré a pesar de existir un compromiso de pago (Proveedores).

En cuanto a la garantía: - Personal: Se basa en la confianza o fe del acreedor hacia el

deudor, el cual pagará la deuda a su vencimiento. – Real: cuando el acreedor se reserva

un derecho especial sobre uno o más bienes de propiedad del deudor, en garantía por el

pago de la deuda. Dicha garantía puede ser: Prendaria: sobre bienes muebles (Acreedores

Prendarios) o Hipotecaria: sobre bienes inmuebles (Acreedores Hipotecarios).

Page 21: 4º AÑO 2020

21

Por su origen: - Comerciales: Originadas por la compra de bienes que constituyen la

actividad de la empresa (Proveedores). – Bancarias: Obligaciones contraídas con

instituciones bancarias por préstamos de dinero (Adelantos en cta. Cte.) – Sociales:

Representan las obligaciones por remuneraciones y cargas sociales (Cargas sociales a

pagar) – Fiscales: Importes adeudados a los organismos oficiales en concepto de

impuestos (Impuestos a Pagar) – Financieras: Obligaciones por préstamos de dinero

efectuados por terceros (Acreedores Financieros) – Otras deudas: Aquellas obligaciones

que no se encuentran ejemplificadas en los casos anteriores (Alquileres cobrados por

adelantado).

CREDITO BANCARIO

Los bancos ofrecen una gama variada de opciones para brindar financiación a sus clientes.

Adelanto en cta. cte.: es la autorización que otorga el banco a sus clientes, titulares de una cta.

cte. para girar en descubierto, es decir, para librar cheques sin tener suficientes fondos, por un

monto y un período determinado. Por esta autorización el Banco nos cobra un interés sobre la

base del importe en descubierto y el tiempo que se utilizó el mismo. Finalizado el plazo

concedido, debemos cubrir el saldo en descubierto de nuestra cta. cte. efectuando el depósito

necesario. Es un crédito a muy corto plazo, que otorga el Banco a sus clientes, para resolver

situaciones transitorias de escasez de dinero.

Ejercicio 1: 01-10 El Banco Galicia nos concede una autorización para girar en descubierto

hasta $ 12.000 durante 30 días a partir de la fecha a una tasa del 45% anual. El saldo de

nuestra cta. cte. en el Banco al 30-09 era de $ 2050.

12-10 Fact. Original nº 48 por compra de una maquinaria $ 8000 más IVA que abonamos con

un cheque del Banco Galicia.

25-10 Recibo Original nº 27 por pago a un proveedor $ 4000 con un cheque de Banco Galicia.

01-11 Boleta de depósito del Banco Galicia por el depósito en efectivo $ 15000 en nuestra cta.

cte. cancelando la deuda con el Banco.

01-11 N.D. bancaria en concepto de intereses del adelanto utilizado más IVA.

Registrar las operaciones y efectuar el mayor de Banco Galicia c/c.

Ejercicio 2: Registra cada una de las siguientes operaciones en el Libro Diario, determina el

valor de los intereses por la utilización del adelanto en cuenta corriente y presenta la planilla del

Banco:

01/02/20 Se obtiene del Banco Nación un adelanto en cta. cte. Por $25.000, la tasa vigente es

del 67% anual. Saldo deudor de la cta. cte. bancaria $2000.

02/02/20 Recibo (O) Cheque Nº 300 para abonar la factura adeudada al proveedor Gómez

$2800.

05/02/20 Recibo (O) Cheque Nº 302 para abonar el seguro del local de la empresa $3500.

12/02/20 Boleta de Deposito nº 45 en el Bco. Macro efectivo por $8000.

18/02/20 Factura Orig. Nº 65 por la compra de un escritorio por $9200 + IVA con Cheque Nº

303.

19/02/20 Factura Orig. Nº34 Cheque Nº 304 por $1210 (IVA incluido) por compra de artículos

de limpieza.

28/02/20 Depósito de dinero en efectivo por $ 10.000.-

28/02/20 Nota de débito bancaria por los intereses + IVA que nos cobra el banco.

28/02/20 Minuta contable por ajuste para exponer el saldo del banco al cierre del ejercicio.

01/03/20 Minuta para reflejar el saldo del banco en la apertura del ejercicio.

Page 22: 4º AÑO 2020

22

CREDITO PRENDARIO

Es el crédito con garantía real cuyo cumplimiento está garantizado con un bien mueble de

propiedad del deudor.

Existen dos clases de prenda: Prenda Común y con Registro

PRENDA COMÚN: en este caso el deudor entrega al acreedor el bien mueble de su

propiedad como garantía de su pago, existe desplazamiento de la cosa prendada. Es

decir que el acreedor es el tenedor del bien prendado y puede retenerla hasta que le

paguen pero no puede usarla ni venderla.

En caso de que el deudor no pague, el acreedor puede hacer rematar el bien mueble y

cobrar con el dinero obtenido su crédito y los gastos de conservación del bien y si existiese

un sobrante debe entregarlo al deudor.

La prenda común suele utilizarse para garantizar algún contrato de alquiler donde el

inquilino entrega como garantía acciones o títulos y cuando desocupa el inmueble esos

valores les son devueltos, también pueden prendarse este tipo de bienes depositándolos en

el banco por ejemplo a la hora de obtener un préstamo personal.

PRENDA CON REGISTRO: las dificultades del desplazamiento de los bienes en la prenda

común fueron subsanados con la creación de este tipo de prenda donde los bienes

prendados quedan en poder del deudor, es decir, que no existe desplazamiento de la

cosa prendada.

El contrato de prenda debe registrarse en el Registro Nacional de Créditos Prendarios que

funciona en cada provincia y este trámite lo realiza el acreedor a través de formularios

oficiales.

CREDITO HIPOTECARIO

Otro tipo de crédito real es el que está garantizado con hipoteca. Esta se constituye sobre

bienes inmuebles, que quedan en poder del deudor, pero afectados a la garantía de un

préstamo.

La constitución de la hipoteca se efectúa por escritura pública. Se trata de una escritura

diferente de la de la compra de inmueble (escritura traslativa de dominio) y la avala un

escribano público. Este profesional hace inscribir la hipoteca en el Registro de la Propiedad del

Inmueble, para asegurar los derechos del acreedor. Además, deja constancia de la existencia

de la hipoteca en el título de propiedad del inmueble que sigue en poder del deudor. Este

mecanismo sirve como protección a potenciales compradores del inmueble, para que conozcan

la existencia de la deuda. La hipoteca se constituye tanto por la compra a crédito de un

inmueble como por la obtención de un préstamo.

La financiación de una compra de un inmueble con garantía hipotecaria es un procedimiento

similar al del crédito prendario. Es decir, se firma un boleto de compraventa, se entrega una

seña al vendedor y también se pagan los gastos del intermediario de la operación.

La cancelación puede realizarse en forma total o en cuotas y de la misma también se deja

constancia en la escritura y se inscribe (como la constitución) en el Registro de la Propiedad.

Sobre un mismo inmueble su propietario puede constituir varias hipotecas, siempre que las

deudas garantizadas no superen el valor de la propiedad.

Page 23: 4º AÑO 2020

23

EJERCICIOS DE CREDITOS PRENDARIOS E HIPOTECARIOS CON IVA

Prenda

1- Registrar en los libros del deudor y del acreedor las siguientes operaciones.

Ambos son responsables inscriptos en IVA. Indicar el comprobante respaldatorio.

06-09 Compra de un auto por $ 160.000 + IVA, según factura nº 7869, abonando $ 103.600 en

efectivo y por el saldo se constituye una prenda sobre el bien adquirido, a 60 días con registro

con intereses adelantados del 24% anual.

06-09 Se pagan en efectivo los intereses (más IVA) según N.D. 965 + y recibo nº 8450.

15-09 Se abonan gastos de patentamiento por $2.000 en efectivo.

30-09 Devengamiento de intereses.

31-10 Devengamiento de intereses.

6-11 Llegado el vencimiento de la prenda, el deudor procede a su levantamiento, abonando

con un cheque cargo Banco Galicia según recibo nº 8513.

6-11 El deudor anula el contrato de prenda, dándose de baja en el Registro Nacional de

Créditos Prendarios, según minuta contable nº 1006.

6-11 Devengamiento de intereses.

2- Registrar en los libros del deudor y del acreedor las siguientes operaciones.

Ambos son responsables inscriptos en IVA.

DEUDOR: Carolina Danvers

(Responsable inscripta en IVA)

ACREEDOR: Marvel SRL

(Responsable inscripta en IVA)

26/01/2019

Factura A (orig.) 4859 de Marvel SRL por una máquina industrial por

valor de $ 13.000.- más IVA abonando de la siguiente forma: 3.730.- como

anticipo y el saldo en 4 cuotas bimestrales con un interés vencido sobre

saldos del 20% anual con garantía prendaria sobre el bien.

Factura A (dup) 4859. La máquina figura

en los registros con un valor de origen de

16.700.- y cuenta con amortizaciones

acumuladas por 6.680.-

26/01/2019 Recibo (orig) 644 por el pago en efectivo Recibo (dup) 644

26/01/2019 Minuta 86 por el contrato de prenda Minuta 341 por el contrato

26/03/2019

Nota de débito A (orig) 4860 de Marvel SRL por los intereses

correspondientes al primer bimestreNota de débito A (dup) 4860

26/03/2019 Recibo (orig) 702 por el pago con ch. c/Bco. Río Recibo (dup) 702

26/05/2019

Nota de débito A (orig) 4906 de Marvel SRL por los intereses

correspondientes al segundo bimestreNota de débito A (dup) 4906

26/07/2019

Nota de débito A (orig) 4949 de Marvel SRL por los intereses

correspondientes al tercer bimestreNota de débito A (dup) 4949

26/09/2019

Nota de débito A (orig) 4998 de Marvel SRL por los intereses

correspondientes al cuarto bimestreNota de débito A (dup) 4998

12/10/2019 Minuta 140 por el levantamiento de la prenda Minuta 360 por el levantamiento

Page 24: 4º AÑO 2020

24

Hipoteca

COMPRADOR: Marcos Zedi VENDEDOR: Rubén Gallo

30/04/2019 Boleto de compraventa por un inmueble ubicado en Matienzo 1170 al

precio de 200.000.- abonándose en concepto de seña en efectivo el 20%

de la operación

Boleto de compraventa

20/05/2019 Escritura Pública Traslativa de Dominio nº 106. En este acto se cancela el

20% del valor del inmueble en efectivo y el saldo será abonado en 5 años

con cuotas mensuales con garantía hipotecaria, con intereses vencidos

sobre saldo del 14% anual. Los importes correspondientes son abonados

en este acto en efectivo.

Escritura Pública Traslativa de Dominio

nº 106. El inmueble fue adquirido el

16/2/2006 en 150.000.- correspondiendo

un 10% al valor del terreno. Fecha de

cierre de ejercicio 30/4 de cada año.

20/05/2019 Escritura Pública nº 107 por la constitución de una hipoteca sobre el

inmueble comprado, a favor del acreedor

Escritura Pública nº 107 por la

constitución de una hipoteca

20/05/2019 Factura Contado A (orig) 20009 de Inmobiliaria Marruecos por el pago en

efectivo de la comisión correspondiente al 3% sobre el valor del inmueble

más IVA.

Factura Contado A (orig) 20010 de

Inmobiliaria Marruecos por el pago en

efectivo de la comisión correspondiente

al 3% sobre el valor del inmueble.

20/05/2019 Factura Contado A (orig) 0921 del escribano Carlos Andrés por los

siguientes conceptos: Escritura traslativa de Dominio 8.400.- Escritura de

Hipoteca 2.000.- más IVA.-

Factura Contado A (orig) 930 del

escribano Carlos Andrés por Escritura

Traslativa de Dominio 4.000.- más IVA.

20/06/2019 Nota de débito A (orig) 9901 por los intereses correspondientes a la

cancelación de la 1ª cuota del préstamo

Nota de débito A (dup) 9901

20/06/2019 Recibo (orig) 1023 por cancelación del importe correspondiente a la

fecha

Recibo (dup) 1023

30/06/2019 Minuta 444 por ajuste de los intereses correspondientes a la fecha de

cierre de ejercicio

30/06/2019 Minuta 445 por la amortización del ejercicio

30/06/2019 Indicar cómo se expondrían las cuentas relacionadas con esta operación

en los Estados Contables

20/07/2019 Nota de débito A (orig) 9999 por los intereses correspondientes a la

cancelación de la 2ª cuota del préstamo.

Nota de débito A (dup) 9999

20/07/2019 Recibo (orig) 1032 por cancelación del importe correspondiente a la

fecha

Recibo (dup) 1032

20/06/2024 Recibo (orig) 1401 por cancelación de la última cuota del préstamo con

ch c/Bco. Nación

Recibo (dup) 1401

20/06/2024 Minuta 805 por el levantamiento de la hipoteca.

EJERCICIO Nº 1

Page 25: 4º AÑO 2020

25

SOCIEDADES En el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación (ley 26994), vigente

desde el 1 de agosto de 2015, se hace referencia a dos tipos de "personas":

- Por un lado existe la "persona humana o de existencia real", que no está definida pero se

aclara que tiene existencia desde su concepción (art. 19) y a la que le son permitidos todos los

actos qué no estén expresamente prohibidos por la ley.

- Por otro lado está la "persona jurídica o de existencia ideal" cuya característica principal es

que solamente tiene capacidad para realizar los actos necesarios para el cumplimiento de su

objeto y fines de su creación. El artículo 141 de dicho Código expresa "Son personas jurídicas

todos los entes a los cuales el ordenamiento jurídico les confiere aptitud para adquirir derechos

y contraer obligaciones para el cumplimiento de su objeto y los fines de su creación". Tienen

identidad propia (personería jurídica). Esto significa que existen por sí mismos,

independientemente de los socios que lo componen. Los socios pueden ir cambiando con el

transcurso del tiempo. Ingresar nuevos integrantes, irse otros, pero el ente continúa siendo el

mismo. Los socios no pueden realizar por cuenta propia o ajena actos que signifiquen competir

con la sociedad, salvo consentimiento unánime y expreso de sus consocios.

COMPRADOR: Arturo Puig VENDEDOR: Alicia Buyo

25/03/2018 Boleto de compraventa por un inmueble ubicado en San Martín al 3710 al

precio de 280.000.- abonándose en concepto de seña en efectivo el 20%

de la operación

Boleto de compraventa

25/03/2018 Factura Contado A (orig) 0907 de Inmobiliaria Sur por el pago con ch

c/Banco Nación de la comisión correspondiente al 3% sobre el valor del

inmueble más IVA.

Factura Contado A (orig) 0907 de

Inmobiliaria Sur por el pago en efectivo

de la comisión correspondiente al 3%

sobre el valor del inmueble, más IVA.

10/04/2018 Escritura Pública Traslativa de Dominio nº 88. En este acto se cancela el

30% del valor del inmueble en efectivo y el saldo será abonado en 5

cuotas bimestrales con garantía hipotecaria, con intereses adelantados

sobre saldo del 13% anual (más IVA). Los importes correspondientes son

abonados en este acto en efectivo.

Escritura Pública Traslativa de Dominio

nº 88. El inmueble fue adquirido en

300.000.- correspondiendo un 20% al

valor del terreno. Cuenta con 12 cuotas de

amortización acumulada.

10/04/2018 Escritura Pública nº 89 por la constitución de una hipoteca sobre el

inmueble comprado, a favor de Alicia Buyo.

Escritura Pública nº 89 por la

constitución de la hipoteca

10/04/2018 Factura Contado C (orig) 2015 del escribano Ricardo Amado por los

siguientes conceptos: Escritura traslativa de Dominio 13.200.- Escritura

de Hipoteca 3.600.-

Factura Contado C (orig) 2014 del

escribano Ricardo Amado por Escritura

Traslativa de Dominio 6.800.-

10/06/2018 Recibo (orig) 309 por cancelación del importe correspondiente a la fecha Recibo (dup) 309

10/06/2018 Minuta 67 por el devengamiento de los intereses correspondientes Minuta 004 por el devengamiento de los

intereses correspondientes

¿?¿?¿? Realizar las registraciones que correspondan al vencimiento de la cuarta

cuota

Realizar las registraciones que

correspondan al vto. de la cuarta cuota

10/02/2019 Recibo (orig) 401 por cancelación de la última cuota del préstamo con ch.

c/Bco. Nación.

Recibo (dup) 401

10/02/2019 Minuta 105 por levantamiento de la hipoteca.

EJERCICIO Nº 2

Page 26: 4º AÑO 2020

26

En el artículo 145 se clasifica las personas jurídicas en públicas y privadas. Son personas

jurídicas públicas (art. 146):

a) el Estado nacional, las Provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los municipios, las

entidades autárquicas y las demás organizaciones constituidas en la República a las que el

ordenamiento jurídico atribuya ese carácter;

b) los Estados extranjeros, las organizaciones a las que el derecho internacional público

reconozca personalidad jurídica y toda otra persona jurídica constituida en el extranjero cuyo

carácter público resulte de su derecho aplicable;

c) la Iglesia Católica.

Son personas jurídicas privadas (art. 148):

a) las sociedades;

b) las asociaciones civiles;

c) las simples asociaciones;

d) las fundaciones;

e) las iglesias, confesiones, comunidades o entidades religiosas;

f) las mutuales;

g) las cooperativas;

h) el consorcio de propiedad horizontal;

i) toda otra contemplada en disposiciones de este Código o en otras leyes y cuyo carácter de

tal se establece o resulta de su finalidad y normas de funcionamiento.

Como la persona jurídica tiene una personalidad distinta de la de sus miembros, éstos no

responden por las obligaciones que ella haya asumido, salvo en casos previstos por la ley (art.

143). Esto implica que así como los bienes que pertenecen a la entidad no son de sus

miembros, las actividades que realice para el logro de sus fines solo la comprometen a ella. Es

decir, tienen un patrimonio propio, que se forma inicialmente con el aporte de los fundadores. A

partir de la inscripción y reconocimiento de la personería jurídica del ente, el patrimonio

constituido le pertenece exclusivamente al ente. Ese patrimonio le otorga solvencia y permite

que el ente alcance los fines propuestos.

Según el Código Civil existen 2 Tipos de Personas

Personas Físicas

Personas Publicas

Personas Jurídicas

Personas Privadas

Page 27: 4º AÑO 2020

27

Sociedad. Concepto

Art. 1 - Habrá sociedad si una o más personas en forma organizada conforme a uno de los

tipos previstos en esta ley, se obligan a realizar aportes para aplicarlos a la producción o

intercambio de bienes o servicios, participando de los beneficios y soportando las pérdidas.

La sociedad unipersonal solo se podrá constituir como sociedad anónima. La sociedad

unipersonal no puede constituirse por una sociedad unipersonal.

TEXTO S/LEY 26994 - BO: 8/10/2014 APLICACIÓN: 1/8/2015

En el contrato constitutivo societario de la ley anterior era condición esencial la pluralidad de

socios, debiéndose mantener durante toda la vigencia del contrato social; de lo contrario, era

causal de disolución [art. 94, inc. 8), LSC].

Clasificaciones

Es posible clasificar a las organizaciones desde numerosos puntos de vista, entre las que se

destacan las siguientes:

a) En función a los fines u objetivos perseguidos, se distinguen dos tipos de organizaciones:

CON FINES DE LUCRO Son las llamadas "empresas". Las empresas son

organizaciones cuyo fin es la obtención de un lucro o

una renta, mediante la realización de actividades

económicas (industriales, mercantiles, de prestación

de servicios, etc.), con la consiguiente responsabilidad.

Puede haber empresas unipersonales, sociedades, así

como sociedades unipersonales. Estas dos últimas

son reguladas por la Ley General de Sociedades

(anteriormente denominada Ley de Sociedades

Comerciales).

SIN FINES DE LUCRO Son aquellas que realizan actividades sociales,

humanitarias, artísticas, altruistas, económicas, etc.

con el fin de contribuir al bien común.

Asociaciones, fundaciones: son agrupaciones privadas,

y generalmente voluntarias (partidos políticos,

sindicatos, organizaciones de empresarios o

industriales, asociaciones profesionales, etc.) que

tienen por objeto el bien común. Pueden producir

bienes o servicios en forma gratuita o poco onerosa

(mutuales, fundaciones, clubes, centros de fomento,

etc.

Page 28: 4º AÑO 2020

28

b) Según su forma jurídica:

UNIPERSONAL

El capital necesario para desarrollar las actividades es aportado por una sola persona. Es el único

propietario en el sentido de que no tiene socios, pero pueden participar otras personas, las que serán

empleadas o contratadas, y constituir una verdadera organización . A partir de la reforma de la ley

19550 vigente desde agosto de 2015 se puede constituir Sociedad Anónima Unipersonal.

COLEGIADA O INSTITUCIONALIZADA

SOCIEDAD COLECTIVA

- Los socios contraen responsabilidad subsidiaria, ilimitada y solidaria , por las obligaciones sociales. El pacto en contrario no es oponible a terceros.

- Art 125 a 133 Ley General de Sociedades

Responsabilidad subsidiaria: significa que en primer término le corresponde a

la sociedad cumplir con sus compromisos. Sin embargo, si no puede hacerlo,

les corresponde a los socios, que acuden en su ayuda.

Responsabilidad ilimitada: significa que la responsabilidad de los socios no

t iene l ímites, es decir, arr iesgan lo que han aportado a la sociedad

(participación social) y también sus bienes particulares.

Responsabilidad solidaria: los socios deben ayudarse mutuamente a responder

por las obligaciones sociales. Esto significa que si un socio no puede hacerlo,

otro socio debe pagar por él.

SOCIEDAD DE

RESPONSABILIDAD

LIMITADA

- El capital se divide en cuotas y los socios limitan su responsabilidad a la

integración de las que suscriban o adquieran.

- El número de socios no excederá de 50,

- Las cuotas sociales tendrán igual valor y serán libremente transmisibles,

salvo disposición contraria en el contrato.

- El capital debe suscribirse íntegramente en el acto de constitución de la

sociedad.

- Los aportes en efectivo deben integrarse en un 25% como mínimo y

completarse en el plazo de 2 años.

- Los aportes en especie deben integrarse totalmente.

Art. 146 a 152 Ley General de Sociedades

SOCIEDAD ANÓNIMA

- El capital está representado por acciones de igual valor y los socios

limitan su responsabilidad a la integración de las acciones suscriptas.

Puede existir un solo socio, lo que da lugar a una Sociedad Anónima

Unipersonal (S.A.U.)

- Pueden existir distintas clases de acciones, que otorgan derechos diferentes.

- El capital debe suscribirse en su totalidad al momento de la celebración del

contrato constitutivo pero la integración en dinero efectivo debe ser no

inferior al 25 % y los aportes no dinerarios deben integrarse totalmente.

En el caso de las SAU el capital debe ser integrado totalmente.

- Art 163 a 307 Ley General de Sociedades

SOCIEDAD ANÓNIMA CON PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA

Se trata de las sociedades anónimas en las cuales el Estado (Nacional,

Provincial o Municipal) o los organismos estatales legalmente

autorizados son propietarios de acciones que representan por lo menos

el 51% del capital social y son suficientes para prevalecer en las asambleas

ordinarias y extraordinarias. Art. 308 a 314 Ley General de Sociedades

Page 29: 4º AÑO 2020

29

PROCESOS DE INSCRIPCIÓN Y REGULARIZACIÓN DE SOCIEDADES

Las sociedades comerciales se constituyen mediante una serie de pasos:

a. Redacción y firma de un Contrato Social.

b. Inscripción del contrato en el Registro Público.

c. Publicación de la constitución de la sociedad en el Boletín Oficial.

a. El contrato social es el instrumento que regula el funcionamiento de la sociedad y las relaciones

de la misma con los terceros y con los propios socios. Se puede formalizar por instrumento

público (con la intervención de un escribano público) o por instrumento privado, realizado por

los socios (sin intervención del escribano, pero con las firmas certificadas). El contrato como

mínimo debe contener las siguientes cláusulas (contenidas en el art. 11 de la Ley).

1. Datos personales de los socios: apellido y nombre, nacionalidad, documento de

identidad, cuit/cuil, edad, domicilio, estado civil y profesión.

2. Razón social o denominación y domicilio de la sociedad.

3. Objeto social: actividad que desarrollará.

4. Capital Social: monto expresado en moneda argentina, aporte de cada socio, forma

y plazos de dichos aportes.

5. Plazo de duración de la sociedad: debe ser determinado.

6. Administración y representación de la sociedad: quienes serán los socios gerentes.

7. Distribución de los resultados: participación de cada socio, tanto en ganancias

como en las pérdidas.

8. Fiscalización: se indicará si la sociedad contará con algún órgano de control, o el

mismo quedará a cargo de todos los socios.

9. Reuniones de los socios: periodicidad.

10. Disolución y liquidación: formas de realizarla.

DEMAS TIPOS SOCIETARIOS

REGULADOS POR LA LEY DE

MENOS APLICACIÓN EN LA

PRÁCTICA

Sociedad en Comandita Simple; Sociedad en Comandita por Acciones;

Sociedad de Capital e Industria.

SOCIEDAD NO

CONSTITUIDA BAJO

FORMAS ANTERIORES

Están formadas por dos o más personas que se reúnen de común acuerdo,

y se obligan a realizar aportes para desarrollar alguna actividad comercial.

Se suelen concretar de palabra, ya que generalmente no se real iza

contrato constitutivo. Las utilidades y/o las pérdidas son distribuidas a

cada socio, los que responden ante terceros en forma personal e ilimitada.

Art. 21 a 26 Ley General de Sociedades

OTRAS (sin fines de lucro)

Asociaciones civiles

Fundaciones

Mutuales

Cooperativas

Otras organizaciones de la sociedad civil

Page 30: 4º AÑO 2020

30

Además de las anteriores que son obligatorias, los socios pueden incluir aquellas cláusulas que

consideren convenientes, a fin de dejar lo más claramente posible establecidas las normas que regulen

las relaciones de la sociedad con los socios, con los terceros y de los socios entre sí.

b. Inscripción en el Registro Público: Es el trámite que le otorga personería jurídica a una sociedad,

y mediante el cual adquiere su identidad y existencia propia además de capacidad jurídica

completa para el desarrollo de su actividad.

Si por cualquier motivo el trámite de inscripción se ve interrumpido, o no se inicia, la sociedad,

serán consideradas sociedades irregulares, y sometidas al ordenamiento legal particular

referidas a las mismas.

c. Publicidad de la constitución: La ley exige que algunas sociedades publiquen por un día su

constitución en el diario de publicaciones legales (boletín oficial). Esta publicación consiste en

un extracto del contrato social, con un resumen de las cláusulas del mismo. Tiene por objeto

que los terceros conozcan la existencia de la nueva sociedad y sus características. La publicación

es obligatoria para SRL, SA y SCA.

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Principales Características.

(Cap. II. Art. 146 en adelante, Ley Gral. De Sociedades nº 19550)

En esta sociedad el capital se divide en cuotas y los socios limitan su responsabilidad a

las cuotas que haya suscripto.

El número de socios no puede superar los 50.

Todas las cuotas sociales tendrán igual valor, el que será de pesos diez ($ 10) o sus

múltiplos.

La denominación social puede incluir el nombre de uno o más socios y debe contener la

indicación "sociedad de responsabilidad limitada", su abreviatura o la sigla S.R.L. Su

omisión hará responsable ilimitada y solidariamente al gerente por los actos que celebre en

esas condiciones.

En el acto de constitución de la sociedad, el capital debe suscribirse íntegramente. Los

aportes de dinero deben integrarse en un 25% como mínimo al constituirse la sociedad y

completarse en un plazo máximo de 2 años. Los aportes en especies deben integrarse

totalmente al suscribir las cuotas.

Las cuotas son transmisibles, pero el contrato social puede contener cláusulas que

requieran la conformidad mayoritaria o unánime de los socios.

La administración y representación de la sociedad corresponde a uno o más gerentes,

socios o no, designados por tiempo determinado o indeterminado en el contrato constitutivo

o posteriormente.

Los gerentes tienen los mismos derechos, obligaciones y prohibiciones que los directores

de una sociedad anónima. No pueden participar, por cuenta propia o ajena, en actos que

importen competir con la sociedad, salvo autorización expresa y unánime de los socios.

Puede establecerse un órgano de fiscalización, sindicatura o consejo de vigilancia, que será

obligatorio cuando la sociedad alcance un capital superior a los $2.100.000; en estos casos

los socios deberán tratar los estados contables en Asambleas convocadas dentro de los 4

meses a partir de la fecha de cierre de balance.

Cada cuota social solo da derecho a un voto.

Se las llama también “intermedias” porque reúne características de las sociedades de

personas y de las de capital. Con las primeras comparte la importancia de las cualidades

personales de los socios que la integran y la libertad en cuanto a la forma de determinación

Page 31: 4º AÑO 2020

31

de las mayorías necesarias para los acuerdos sociales, a la transmisibilidad de las cuotas,

a los acuerdos que se establecen en materia de administración, etc. Con las sociedades de

capital comparte, la limitación de la responsabilidad de los socios al capital aportado (razón

por la cual la ley es más rigurosa en cuanto a los mínimos a aportar), el plazo para hacerlo,

la valuación, etc. Porque los terceros sólo tendrán como garantía ese aporte no pudiendo

recurrir al patrimonio personal de los socios.

Reserva legal: Las sociedades de responsabilidad limitada y las sociedades por acciones,

deben efectuar una reserva no menor del cinco por ciento (5 %) de las ganancias realizadas y

líquidas que arroje el estado de resultados del ejercicio, hasta alcanzar el veinte por ciento (20

%) del capital social.

Cuando esta reserva quede disminuida por cualquier razón, no pueden distribuirse ganancias

hasta su reintegro.

Otras reservas.

En cualquier tipo de sociedad podrán constituirse otras reservas que las legales, siempre que

las mismas sean razonables y respondan a una prudente administración. En las sociedades

por acciones la decisión para la constitución de estas reservas se adoptará conforme al artículo

244 última parte. Cuando su monto exceda del capital y de las reservas legales: en las

sociedades de responsabilidad limitada, requiere la mayoría necesaria para la modificación del

contrato.

Ganancias: pérdidas anteriores.

Las ganancias no pueden distribuirse hasta tanto no se cubran las pérdidas de ejercicios

anteriores.

Cuando los administradores, directores o síndicos sean remunerados con un porcentaje de

ganancias, la asamblea podrá disponer en cada caso su pago aun cuando no se cubran

pérdidas anteriores.

Análisis de Cuentas

Reserva Legal: es una cuenta de patrimonio neto. Se debita al utilizarla para absorber perdidas

y se acredita al constituirla o aumentarla al final de cada ejercicio. Su saldo es acreedor y

representa los resultados destinados a la reserva legal.

Socio XX (Cuotas Suscriptas): es una cuenta patrimonial del activo, rubro Otros Créditos. Se

debita al realizarse el compromiso de aporte para la constitución de la sociedad y se acredita

cuando el socio integra los bienes para cumplir con el aporte acordado. Su saldo es deudor y

representa el compromiso de aporte de los socios pendientes de integración.

Socio XX cuenta particular: es una cuenta “ambivalente”. Se utiliza cuando el socio le debe a la

sociedad o cuando la sociedad le debe al socio. Según el saldo puede ser patrimonial de activo

o de pasivo. Si por el saldo es patrimonial de activo pertenece al rubro Otros créditos. Si por el

saldo es patrimonial de pasivo el rubro es Otras deudas. Se debita: para registrar los importes

que el socio retira de la sociedad y cuando se distribuyen resultados anuales negativos

(pérdida del ejercicio). Se acredita: para registrar los importes que la sociedad le debe al socio

cuando el socio hace algún aporte a la sociedad “siempre que no sea de Capital” y cuando la

sociedad distribuye utilidades. Saldos posibles: si el saldo es deudor representa el importe que

el socio le debe a la sociedad, y es una cuenta de activo. Si el saldo es acreedor representa el

importe que la sociedad le debe al socio y en este caso de una cuenta de pasivo.

Page 32: 4º AÑO 2020

32

EJERCICIO Nº 1

Se constituye una SRL entre el Sr. Juarez y el Sr. Mendez por partes iguales, con un capital de

1000 cuotas de $100 c/u bajo el nombre La Guitarra SRL. Los aportes se realizaron en efectivo

por el 25% y el resto cada uno aportó mercaderías.

Se solicita: registrar la suscripción, la integración, el depósito legal y la distribución de la

ganancia del primer ejercicio que ascendió a $18.000.

EJERCICIO Nº 2

Se constituye una SRL entre el Sr. Garcia y el Sr. Perez con un capital de 1000 cuotas de $300

c/u bajo el nombre La Casa de Papel SRL. Garcia suscribe un 40% del capital y Perez el resto.

La integración se realiza: Garcia totalmente en efectivo y Perez aporta $ 100.000 en efectivo y

el resto con un Camión valuado en $80.000

Se solicita: registrar la suscripción, la integración, el depósito legal y la distribución de la

ganancias del primer ejercicio que ascendió a $1.500.000.

EJERCICIO Nº 3

Se constituye una S.R.L. entre A, B y C con un capital de $1.000.000.- que se comprometen a

aportar el 50%, el 30% y el 20% respectivamente. La integración se realiza por parte de A y B,

en efectivo y, C lo hace con mercaderías valuadas en 200.000.-.

Se solicita registrar: 1) La suscripción del capital e integración correspondiente, 2) El depósito

legal, 3) Siendo el 3er. Ejercicio de la sociedad que obtuvo un resultado negativo de 40.000.-, y

conociendo el saldo de las siguientes cuentas: Reserva Legal 195.000.- registre la distribución

correspondiente.

4) El 4to ejercicio arrojó un resultado positivo de 500.000.- Registre la distribución

correspondiente.

EJERCICIO Nº 4

Se constituye una SRL entre los socios X, Y y Z quienes se comprometen a aportar e integrar

el capital por $30.000 de la sociedad de la siguiente manera:

X aportara una máquina valuada en $16.000 sobre la que se adeudan $6000 y dicha deuda

está documentada haciéndose cargo la sociedad.

Y aportara instalaciones valuadas en $4000 y dinero en efectivo por $6000.

Z aportara efectivo por $3000 y una moto valuada en $ 7000.

Se solicita:

a) Que registre el compromiso de aporte de los socios, su integración y el depósito legal.

b) Distribuya los resultados obtenidos en los sucesivos ejercicios comerciales según el

siguiente detalle:

1er ejercicio: ganancia $30.000

2do ejercicio: ganancia $25.000

Page 33: 4º AÑO 2020

33

3er ejercicio: $1800

EJERCICIO Nº 5

Se constituye una sociedad entre los Sres. Elías y Barrionuevo “Melinex SRL”, que tendrá por

objeto la fabricación de productos alimenticios rebozados, quienes se comprometen a aportar e

integrar el capital de la sociedad de la siguiente manera:

Elías: a) con un camión valuado en $400.000 que adquirió hace 3 años en $470.000 sobre el

que tiene una deuda de $100.000, que queda a su cargo.

b) cuentas corrientes de clientes de su negocio anterior por $600.000.

Barrionuevo: a) bienes para revender $500.000

b) documentos que endosa a favor de la sociedad $300.000

c) efectivo $200.000

Se solicita:

a. Registre el compromiso de aporte de los socios y su integración

b. Registre la distribución de utilidades dadas las siguientes situaciones:

I. Finalizado el 1er. ejercicio comercial el mismo arroja una utilidad de $5000.-

II. Finalizado el 2do. ejercicio comercial el mismo arroja un quebranto $3000.-

III. Finalizado el 3er. Ejercicio comercial el mismo arroja una utilidad de $2.800.-

EJERCICIO Nº 6

Se ha constituido una SRL, con un capital que ha sido dividido en 10.000 cuotas de 100$ cada

una, que los socios integran de la siguiente forma.

Magali Romero: 5.000 cuotas totalmente en efectivo.

Agostina Pérez: 5.000 cuotas transfiriendo a la sociedad los bienes y deudas que integran el

patrimonio de su negocio según surge del siguiente inventario:

Mercaderías: $ 150.000

Muebles y útiles: $ 160.000

Rodados: $ 60.000

Documentos a cobrar: $ 50.000

Cuentas por cobrar: $ 60.000

Maquinarias: $ 40.000

Obligaciones a pagar: $ 20.000.-

Se solicita contabilizar:

a. El compromiso de integración.

Page 34: 4º AÑO 2020

34

b. La integración teniendo en cuenta que los aportes en efectivo han sido depositados en

cuenta especial en el Nuevo Banco de Santa Fe.

c. La cobranza de documentos por $40.000.- en efectivo

d. El débito al socio Agostina Pérez del importe de un documento aportado por haber

resultado incobrable a $10.000.

e. La cobranza de las cuentas corrientes pendientes.

f. El recibo al socio Pérez por la reposición del pagaré.

g. La distribución de la utilidad del primer ejercicio que asciende a $300.000 según los

términos del contrato.

h. El retiro del socio González de $1.000 en efectivo.

i. El pago de las cuentas particulares de los socios.

SOCIEDADES ANONIMAS (breve resumen de la Ley General de Sociedades)

Caracterización. ARTICULO 163. — El capital se representa por acciones y los socios limitan su responsabilidad a la integración de las acciones suscriptas. La relación social se establece por la posesión de acciones que otorga derechos patrimoniales (al dividendo y al resultado de la liquidación final) y políticos (derecho de votar, de elegir y ser elegido, de participar en las asambleas, de formar la voluntad social, de impugnar esos acuerdos, de integrar los diversos órganos societarios, etc.) Denominación. ARTICULO 164. — La denominación social puede incluir el nombre de una o más personas de existencia visible y debe contener la expresión ‘sociedad anónima’, su abreviatura o la sigla S.A. En caso de sociedad anónima unipersonal deberá contener la expresión ‘sociedad anónima unipersonal’, su abreviatura o la sigla S.A.U. Omisión: sanción. La omisión de esta mención hará responsables ilimitada y solidariamente a los representantes de la sociedad juntamente con ésta, por los actos que celebren en esas condiciones. Constitución y forma. ARTICULO 165. — La sociedad se constituye por instrumento público y por acto único o por suscripción pública. Constitución por acto único. Requisitos. ARTICULO 166. — Si se constituye por acto único, el instrumento de constitución contendrá los requisitos del artículo 11 (comunes a todas las sociedades) y los siguientes: Capital. 1º) Respecto del capital social: la naturaleza, clases, modalidades de emisión y demás características de las acciones, y en su caso, su régimen de aumento; Suscripción e integración del capital. 2) La suscripción del capital, el monto y la forma de integración y, si corresponde, el plazo para el pago del saldo adeudado, el que no puede exceder de dos (2) años. Elección de directores y síndicos. 3) La elección de los integrantes de los órganos de administración y de fiscalización, fijándose el término de duración en los cargos. Todos los firmantes del contrato constitutivo se consideran fundadores. Trámite administrativo (art 167) El contrato constitutivo será presentado a la autoridad de contralor para verificar el cumplimiento de los requisitos legales y fiscales. Luego de ello se ordenará la inscripción en el Registro correspondiente. Si el estatuto previese un reglamento, éste se inscribirá con idénticos requisitos.

Page 35: 4º AÑO 2020

35

Si no hubiere mandatarios especiales designados para realizar los trámites integrantes de la constitución de la sociedad, se entiende que los representantes estatutarios se encuentran autorizados para realizarlos. CAPITAL

Suscripción total. Capital mínimo.

ARTICULO 186. — El capital debe suscribirse totalmente al tiempo de la celebración del

contrato constitutivo. No podrá ser inferior a PESOS CIEN MIL ($ 100.000). Este monto podrá

ser actualizado por el Poder Ejecutivo, cada vez que lo estime necesario.

Integración mínima en efectivo.

ARTICULO 187. — La integración en dinero efectivo no podrá ser menor al VEINTICINCO POR

CIENTO (25%) de la suscripción, su cumplimiento será validado una vez que haya sido

depositado en un banco oficial, se presente ante la autoridad de contralor el certificado y ésta lo

apruebe. En la Sociedad Anónima Unipersonal el capital social deberá estar totalmente

integrado.

Aportes no dinerarios.

Los aportes no dinerarios deben integrarse totalmente al firmar el contrato y solo pueden

consistir en obligaciones de dar. Debe presentarse ante la autoridad de contralor un inventario

suscripto por contador público o abogado y firmado por los socios fundadores.

ACCIONES

Son una parte del capital. Esa parte otorga el derecho de socio en la sociedad anónima. Las

acciones serán siempre de igual valor nominal y existen diversas clases con derechos

diferentes.

Diferentes clases

Las acciones pueden ser clasificadas:

a) Según el título que las representa:

- Al portador, se transfieren por la simple entrega del título.

- Nominativas, se extienden a nombre de una determinada persona. Estas, a su vez, pueden

ser endosables y no endosables.

b) Según los derechos que acuerde:

- Ordinarias: son partes simples del capital dividido de la Sociedad Anónima y participan

proporcionalmente de las utilidades (cobran dividendo proporcional a la tenencia de capital).

- Privilegiadas: son las que otorgan a sus titulares algún tipo de privilegio:

Privilegio político: tienen mayor peso en las decisiones que se tomen en las asambleas (voto

múltiple).

Privilegio patrimonial: - Privilegiadas propiamente dichas: en caso de disolución y liquidación de

la sociedad, el accionista percibirá el importe total de sus acciones ante que los accionistas que

poseen acciones ordinarias:

- Preferidas: gozan de privilegio sobre las demás acciones respecto del

cobro de dividendos. A su vez, pueden ser participantes o no participantes, lo que significa que

además de su dividendo preferencial cobrarán una participación del dividendo que les

corresponda a las acciones ordinarias. Esta participación puede ser: plena o limitada.

Las preferencias patrimoniales son Incompatibles con las preferencias políticas.

No pueden emitirse acciones de voto privilegiado después que la sociedad haya sido

autorizada a hacer oferta pública de sus acciones.

c) Según los votos que otorgan: Cada acción ordinaria da derecho a un voto, pero el estatuto

puede crear clases de acciones que representen hasta cinco (5) votos por acción.

Las acciones preferidas pueden carecer de voto, sin perjuicio de sus derechos a asistir a las

asambleas con voz.

Page 36: 4º AÑO 2020

36

d) Por la forma de integración:

- En efectivo, que es la forma más común de integrar el capital de una sociedad anónima.

- En especies, consiste en obligaciones de dar, es habitual cuando se transforma un negocio

individual o sociedad de personas en sociedad anónima.

e) Por el plazo de integración:

- En efectivo, se debe integrar por lo menos un 25 % al momento de la firma del contrato y el

resto en un plazo que no exceda de los dos (2) años desde la fecha de suscripción del

contrato.

- En especie, se debe integrar todo al momento de la suscripción del contrato.

f) Las acciones reconocen diferentes valores: van adquiriendo un mayor o menor valor de

acuerdo con los resultados que obtiene la Sociedad Anónima. La asignación de ese valor

paralelo al valor nominal y que se denomina Valor Real, le otorga al accionista una medida

del Patrimonio Neto que posee la sociedad y su participación proporcional en él.

g) Por la cotización:

- Cotizables: cotizan su valor en un Mercado de Valores.

- No cotizables: no cotizan en un Mercado de Valores.

SUSCRIPCIÓN

Es el acto por el cual el futuro accionista se compromete a adquirir un número determinado de

acciones. Su formalización se produce mediante la firma del contrato de suscripción.

Análisis de cuentas – Gastos de Constitución: Cuenta patrimonial del activo, rubro: Activos

Intangibles. Se debita por los todos los gastos (honorarios, sellados, etc.) efectuados para la

constitución de la sociedad. Se acredita al amortizarse totalmente gasto por cumplirse el

período asignado (2 a 5 años). El saldo representa el total de los gastos incurridos para la

constitución de la sociedad.

Ejercicios

1) Se constituye una S.A. con un capital de $ 400.000.=, dividido en acciones de V.M. $ 100.=

c/u., que se integrará totalmente en efectivo al momento de la firma del contrato.

Registrar: 1- Firma del contrato

2- Integración de los mínimos exigidos por la ley.

3- Depósito Legal.

4- Pago en efectivo, según recibo N* 234 de gastos de emisión de acciones y

honorarios profesionales por $ 60.000.=

5- Reintegro del depósito legal y apertura de una cuenta corriente en el Banco

Nación.

2) Se constituye una Sociedad Anónima con un capital dividido en 20.000 acciones de valor

nominal $ 100.=, que se integrará 25% en efvo. y el resto con el inventario de la empresa de

Juan López, que presenta el siguiente estado: Mercaderías 1/2 del aporte, Rodados por el

resto.

SE SOLICITA:

Page 37: 4º AÑO 2020

37

1- Constituya la S.A., cumpliendo todos los requisitos legales. Los gastos de constitución

ascendieron a $ 150.000.= y se pagaron en efvo.

3) Se constituye en la fecha una S.A. con un capital formado por 1000 acciones de V.N. $ 100

cada una. La integración se realizará totalmente en efectivo. Se solicita:

1) Registrar la suscripción del capital

2) Registrar la integración del mínimo exigido legalmente.

3) Realizar el depósito exigido por la ley de sociedades.

4) Los socios completan la totalidad de su aporte.

PATRIMONIO

El patrimonio es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones pertenecientes a una empresa

expresados todos los elementos en unidades monetarias (Pesos).

El patrimonio constituye los medios económicos y financieros a través de los cuáles éstas

pueden cumplir con sus fines.

-Entre los bienes, podemos citar edificios, maquinaria, muebles, rodados, dinero en efectivo, mercaderías.

-Entre los derechos se incluyen los créditos contra terceros que la empresa tenga a su favor.

-Entre las obligaciones a que ha de hacer frente la empresa, podemos señalar las deudas con proveedores, con los trabajadores, las deudas por préstamos otorgados por bancos a la empresa, etc.

ELEMENTOS PATRIMONIALES. 1.- Los bienes y Derechos se denominan ACTIVO. 2.- Las obligaciones y deudas se denominan PASIVO. ECUACIÓN O IGUALDAD PATRIMONIAL ESTATICA Se determina en un momento determinado. ACTIVO - PASIVO = PATRIMONIO NETO ECUACIÓN O IGUALDAD PATRIMONIAL DINÁMICA Cuando se inician las actividades de una empresa se determina la ecuación patrimonial estática, y en ese momento inicial el Patrimonio Neto es igual al capital. Cuando la empresa está en marcha comienzan a producirse resultados positivos y resultados negativos y esto se expresa en la Ecuación Patrimonial Dinámica. ACTIVO – PASIVO = Capital + Resultados Positivos - Resultados Negativos

Page 38: 4º AÑO 2020

38

Despejando los términos negativos obtenemos: ACTIVO + Resultados Negativos = PASIVO + CAPITAL + Resultados Positivos

La Contabilidad es un sistema de información, es decir clasifica y procesa ciertos datos, de

manera que la información elaborada a partir de estos permita tomar decisiones adecuadas

que pueden ser controladas posteriormente, para verificar que lo realizado coincida con lo que

se planificó.

Los Estados contables constituyen el reflejo de la situación económica, patrimonial y financiera

de una organización y de ahí radica la importancia para quienes pueden tener acceso a ellos,

ya que contienen información útil para la toma de decisiones.

Los ESTADOS CONTABLES BÁSICOS son:

1) Estado de situación patrimonial: denominado también Balance General, brinda

información referida a la composición de los activos y pasivos a la fecha de cierre del

período, permitiendo evaluar la capacidad del ente para cancelar obligaciones a su

vencimiento.

Este estado se divide en ACTIVO; PASIVO y PATRIMONIO NETO. Además el activo y el

pasivo se clasifica en corriente y no corriente.

ACTIVO CORRIENTE: es aquel activo cuya realización (se convierte en dinero o

equivalente) o consumo se producirá dentro de los 12 meses contados a partir de la fecha

de cierre del ejercicio.

PASIVO CORRIENTE: un pasivo es corriente cuando se estima que su vencimiento se

producirá dentro de los 12 meses siguientes a la fecha de cierre del ejercicio.

Los activos y pasivos no comprendidos en los párrafos anteriores son considerados NO

CORRIENTES.

Las cuentas se agrupan en RUBROS, que son títulos que reúnen un conjunto de cuentas

que comparten ciertas características.

En el activo los rubros se ordenan de acuerdo a su grado decreciente de liquidez. Los

principales rubros son:

Caja y Banco: representado por aquellos activos que poseen poder cancelatorio

legal ilimitado y con características similares de liquidez: ejemplo: CAJA, BANCO

CTA CTE

Inversiones temporarias: colocaciones de dinero efectuados con el ánimo de

obtener una renta, que sean de fácil realización: ejemplos DEPÓSITOS EN PLAZO

FIJO, ACCIONES CON COTIZACIÓN.

Créditos: son aquellos derechos que la empresa posee contra terceros para

percibir sumas de dinero y otros bienes o servicios.

Pueden ser:

- Créditos por ventas: ejemplos: DEUDORES POR VENTAS, DOC. A COBRAR,

DS. MOROSOS, ETC.

- Otros créditos: ejemplos: ALQUILERES PAGADOS POR ADELANTADOS, DS.

VARIOS, etc.

Page 39: 4º AÑO 2020

39

Bienes de cambio: son aquellos bienes que la empresa destina para la venta, o los

que se encuentran en proceso de producción, así como los anticipos a proveedores

por los pagos de esos bienes. Ejemplos: MERCADERÍAS, MATERIAS PRIMAS,

ANTICIPO A PROVEEDORES, etc.

Bienes de uso: son aquellos bienes tangibles que se utilizan en la actividad

principal de la empresa. Ejemplos: RODADOS, INMUEBLES, INSTALACIONES,

AMORITZACIONES ACUMULADAS, etc.

En el pasivo los rubros se ordenan de acuerdo al grado decreciente de exigibilidad. Los

principales rubros:

Deudas: se exponen allí las deudas ciertas:

Comerciales: originadas en compra de mercaderías: PROVEEDORES;

OBLIGACIONES A PAGAR; etc.

Préstamos: deudas financieras: ejemplo: PRÉSTAMOS BANCARIOS

Remuneraciones y cargas sociales: deudas que posee una empresa con el personal

por Sueldos y con el Estado por Leyes sociales.

Cargas fiscales: deudas con el fisco, Ejemplos: IVA A PAGAR, IMPUESTO

INMOBILIARIO A PAGAR, etc.

Anticipos de clientes: cobranzas realizadas por anticipado a cuenta de futura entrega

de mercadería.

Previsiones: representan importes estimados para hacer frente a situaciones

contingentes que probablemente originen obligaciones para el ente. Ejemplos:

PREVISIÓN PARA JUICIOS PENDIENTES.

2) Estado de Resultados: brinda detalles de las causas que dieron origen al resultado del

ejercicio a través de la desagregación de los resultados positivos y negativos. Los

resultados podrán dividirse a su vez en: - Ordinarios, que son aquellos frecuentes,

relacionados o no con la actividad principal de la empresa; y - Extraordinarios son

aquellos atípicos y excepcionales, generados por factores ajenos a las decisiones del

ente.

3) Estado de Evolución de Patrimonio neto: informa la composición del Patrimonio Neto

y las causas de los cambios producidos durante el ejercicio económico. Integrado por

los Aportes de los Propietarios y Resultados acumulados.

4) Estado de Flujo de Efectivo: este estado informa la variación en la suma del efectivo y

los equivalentes de efectivo.

Page 40: 4º AÑO 2020

40

Modelos de Estado de Situación Patrimonial y de Estado de Resultados según R.T. 9

ESTADO DE SITUACIÓN PATRIMONIAL AL …../…../……

ACTIVO

$ PASIVO

$

Activo corriente Pasivo corriente

Caja y bancos (Nota ...)

Deudas:

Inversiones temporarias (Nota ...) Comerciales (Nota ...)

Créditos por ventas (Nota ...) Préstamos (Nota ...)

Otros créditos (Nota ...)

Remuneraciones y cargas soc. (Nota ...)

Bienes de cambio (Nota ...) Cargas fiscales (Nota ...)

Otros activos (Nota ...)

Anticipos de clientes (Nota ...)

Total del activo corriente Dividendos a pagar (Nota ...)

Otras deudas (Nota ...)

Activo no corriente Total deudas

Créditos por ventas (Nota ...) Previsiones (Nota ...)

Otros créditos (Nota ...)

Total del pasivo corriente

Bienes de cambio (Nota ...) Pasivo no corriente

Bienes de uso (Nota ...)

Deudas (Igual detalle que el Pasivo Cte.)

Participac. en sociedades (Nota ...) Total deudas

Otras inversiones (Nota ...) Previsiones (Nota ...)

Activos intangibles (Nota ...) Total del pasivo no corriente

Otros activos (Nota ...)

TOTAL DEL PASIVO

Total del activo no corriente PATRIMONIO NETO (según estado respectivo)

TOTAL DEL ACTIVO TOTAL DEL PASIVO Y PATRIMONIO NETO

ESTADO DE RESULTADOS AL …./…./…..

$

Ventas netas de bienes (o servicios)

Costo de los bienes vendidos (o servicios prestados) (Anexo ...)

Ganancia (Pérdida) bruta

Gastos de comercialización

(Anexo ...)

Gastos de administración

(Anexo ...)

Otros gastos (Anexo ...)

Resultados de inversiones en entes relacionados (Nota ...)

Resultados financieros y por tenencia: -Generados por activos (Nota ...) - Generados por pasivos (Nota ...)

Otros ingresos y egresos (Nota ...) Resultados de operaciones extraordinarias (Nota ...)

GANANCIA (PERDIDA) DEL EJERCICIO

Page 41: 4º AÑO 2020

41

Además, la información complementaria (notas y anexos) forma parte de los estados

básicos, siendo necesaria para la adecuada comprensión de la situación patrimonial y de los

resultados de la organización ya que amplía la información contenida en los estados contables

básicos. Son ejemplos: el cuadro de Gastos, El Anexo de Bienes de Uso, las Notas a los

estados contables.

Ejemplo:

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES

Nota 1: Caja y Bancos

Caja

6.550,00

Bco. Nación cta.cte

25.518,61

TOTAL 32.068,61

BIENES DE USO Y ACTIVOS INTANGIBLES ANEXO I

RUBROS SALDOS AL INICIO DEL EJERCICIO

AUMENTOS DISMINUCIONES SALDOS AL CIERRE DEL EJERCICIO

Muebles y Utiles 21.201,80 4.049,01 0,00 25.250,81

Software 3.250,00 0,00 0,00 3.250,00

Intalaciones 0,00 10.578,51 0,00 10.578,51

Totales 24.451,80 14.627,52 0,00 39.079,32

DEPRECIACIONES VALOR

RESIDUAL NETO RUBROS

Acumuladas al comienzo del

ejercicio Bajas

Del Ejercicio Acumuladas al cierre del ejercicio % Importe

Muebles y Utiles 4.240,36 0,00 10,00 2.525,08 6.765,44 18.485,37

Software 650,00 0,00 10,00 325,00 975,00 2.275,00

Instalaciones 1.057,85 0,00 10,00 1.057,85 2.115,70 8.462,81

Totales 5.948,21 0,00 3.907,93 9.856,14 29.223,18

Las notas y anexos que se acompañan forman parte integrante de este estado.

PRACTICA

EJERCICIO I

Exponga los rubros Bienes de Cambio, Bienes de Uso, Deudas Comerciales y Caja y Bancos con las siguientes cuentas:

Caja $ 45.000; Rodados $ 250.000; Amort Acum Rodados $ 25.000; Mercaderías $ 80000;

Muebles y Útiles $ 56.000; Amort Acum Muebles y Utiles $ 11200; Proveedores $ 58.000;

Bco.Galicia cta.cte $ 9.000; Fondo Fijo $ 3500; Instalaciones $ 60.000; Intereses Pasivos a

Devengar $ 8.000; Mercaderías con Valor de Rezago $ 8.000; Amort Acum Instalaciones $

6000.

Page 42: 4º AÑO 2020

42

EJERCICIO II

Teniendo en cuenta que la empresa se encuentra a fecha de cierre de ejercicio, indicar en qué Estado

Contable se ubica cada cuenta, rubro y clasificación (corriente/no cte o resultado

ordinario/extraordinario).

CUENTA ESTADO CONTABLE RUBRO CLASIFICACIÓN

Caja

Mercaderías remitidas en consignación

Proveedores

Quebranto por siniestros

Capital

Inmuebles

Deudores morosos

Amort. Acum Inmuebles

Prev. Créditos incobrables

Gastos de administración

Préstamos bancarios

Alq. Pagados por adelantados

IVA Saldo a pagar

Sueldos a pagar

Intereses act a devengar

EJERCICIO III

Se le solicita: a) Registre la situación patrimonial al inicio del segundo ejercicio económico de la

empresa Arroyo Seco S.A. en base a los siguientes datos: Efectivo 5.000, Depósito en Banco

Bisel cta. cte. 15.000, Facturas a cobrar por ventas 24.000, Bienes para revender 34.000,

Inmuebles 50.000, Facturas a pagar por compra de mercaderías 12.000, Pagarés firmados a

favor de 3ros. 8.000, Capital 105.000, Resultados no asignados 3.000.

b) Registre todas las operaciones que se indican a continuación:

1- De las facturas por cobrar por ventas se cobran 10.000 recibiendo ch/c/Bco. Nación.

2- Se venden la mitad de las mercaderías en existencia a 24.000 más IVA recibiendo, en el

mismo acto, un pagaré por el total.

3- Anote el costo de la venta anterior.

4- Se abonan 5.000 de las facturas a pagar por compra de mercaderías con un ch/ de la cta.

cte. del Bco. Bisel.

5- Posición mensual del IVA

c) Confeccione el balance de sumas y saldos, el estado de situación patrimonial y estado de

resultados y detalle la composición final del patrimonio neto.

Page 43: 4º AÑO 2020

43

EJERCICIO IV

Realizar el Estado de Situación Patrimonial CON SUS RESPECTIVAS NOTAS y el Estado de Resultados de Mercurio S.R.L. al 30/11/2017 a partir del siguiente balance de saldos.

Banco Nación cta cte 18800 Proveedores 1900 Caja 1800 Gastos de administración 2300 Mercaderías 8000 Rodados 5000 Ventas 80000 Amort. Acum rodados 500 Deudores por ventas 1400 Intereses activos devengados 1500 Reserva legal 3000 Intereses pasivos devengados 2550 Documentos a cobrar 2600 Obligaciones a pagar 4100 Inmuebles 16000 Gastos de comercialización 2700 Amort. Acum inmuebles 1280 Costo de las mercaderías vendidas 57030 Resultados no asignados 900 Capital 25000

Datos: Los deudores por ventas vencen promedio de 60 días. La composición de documentos

a cobrar es: $1200 a cobrar en junio 2017 y $1400 a cobrar en marzo 2018. Los proveedores

vencen a los 90 días. Las obligaciones a pagar se producirán en 15-06-2017 y 15-05-2017.