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1 Pliego de Condiciones Particulares para la contratación de una empresa para la realización del Análisis de Riesgo Técnico de la Construcción del Módulo Internacional de la Terminal Pesquera Capurro en la bahía de Montevideo.

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Pliego de Condiciones Particulares para la contratación de una empresa para

la realización del Análisis de Riesgo Técnico de la Construcción del Módulo

Internacional de la Terminal Pesquera Capurro en la bahía de Montevideo.

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ÍNDICE

SECCION I. MARCO GENERAL ............................................................................ 5

Artículo 1º Objeto.........................................................................................................5

Artículo 2º Características de la contratación ................................................................5

Artículo 3º Marco jurídico. Jurisdicción........................................................................6

Artículo 4º Cumplimiento de la normativa vigente .......................................................7

Artículo 5º Acceso a dependencias del puerto...............................................................7

Artículo 6º Conflicto de intereses..................................................................................8

SECCION II. CONDICIONES DEL SERVICIO ..................................................... 10

Artículo 7º Alcances del Servicio................................................................................10

Artículo 8º Asistencia a reuniones...............................................................................10

Artículo 9º Formato de las comunicaciones e informes del Analista ...........................10

Artículo 10º Metodología..............................................................................................11

Artículo 11º Integración mínima equipo técnico ...........................................................12

Artículo 12º Informes y plazos......................................................................................13

Artículo 13º De los antecedentes y fuentes de información...........................................14

Artículo 14º Pago del servicio.......................................................................................14

Artículo 15º Supervisión del Analista ...........................................................................14

Artículo 16º Oficina en ANP ........................................................................................14

Artículo 17º Tributos y demás costos............................................................................15

Artículo 18º Propiedad intelectual y derechos de autor .................................................15

SECCION III. ETAPAS Y CONDICIONES PARTICULARES DEL SERVICIO DE ANÁLISIS DE RIESGO TÉCNICO .................................................. 16

Artículo 19º Acceso a las Inspecciones por el Analista .................................................17

Artículo 20º Estudios y ensayos adicionales indicados por el Analista..........................17

Artículo 21º Nacionalidad y País de Residencia del Analista y su Equipo Técnico.......18

Artículo 22º El Analista de Riesgo Técnico y la “Dirección de Obra” ..........................18

Artículo 23º Equipo Técnico Complementario del Analista..........................................19

Artículo 24º Apoyo académico y base de datos de experiencias mundiales anteriores ..19

SECCION IV. PROCESO LICITATORIO................................................................ 20

Artículo 25º Adquisición, valor del pliego y domicilio .................................................20

Artículo 26º Aclaraciones a los documentos de la licitación .........................................20

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Artículo 27º Modificación de los documentos de la licitación.......................................20

Artículo 28º Plazo de mantenimiento de oferta .............................................................22

Artículo 29º Garantía por pedido de prórroga ...............................................................22

Artículo 30º Garantía de mantenimiento de oferta ........................................................22

Artículo 31º Presentación de las ofertas ........................................................................23

Artículo 32º Condiciones generales de la oferta............................................................23

32º.1 Idioma ................................................................................................. 23

32º.2 Formato y firma de la oferta................................................................. 24

32º.3 Costo de la oferta ................................................................................. 24

32º.4 Aceptación de las condiciones de estas Bases....................................... 24

Artículo 33º Contenido de la oferta...............................................................................24

33º.1 Comprobantes...................................................................................... 24

33º.2 Del oferente ......................................................................................... 25

Artículo 34º Antecedentes del oferente .........................................................................26

Artículo 35º Personal Técnico y Representante Técnico ...............................................26

35º.1 Antecedentes y experiencia del personal comprometido....................... 27

Artículo 36º Propuesta Técnica.....................................................................................28

Enfoque metodológico y Plan de Trabajo ....................................................................... 28

Artículo 37º Propuesta económica ................................................................................28

Artículo 38º De la apertura............................................................................................28

38º.1 Recepción y apertura............................................................................ 28

38º.2 Estudio de las ofertas ........................................................................... 29

38º.3 Solicitud de aclaración ......................................................................... 30

38º.4 Discrepancias....................................................................................... 30

Artículo 39º Evaluación de las Ofertas..........................................................................30

Artículo 40º Criterio de Adjudicación. Reserva de Derecho..........................................31

Artículo 41º Notificación ..............................................................................................31

SECCION V. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO ............................................. 32

Artículo 42º Garantía ....................................................................................................32

Artículo 43º Contrato....................................................................................................32

Artículo 44º Documentos contractuales ........................................................................33

Artículo 45º Cesión del Contrato ..................................................................................33

Artículo 46º Responsabilidad del Analista en Riesgo Técnico y Confidencialidad .......34

SECCION VI. FINAL DE LA CONTRATACIÓN, SANCIONES ............................ 35

Artículo 47º Extinción de la Contratación.....................................................................35

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Artículo 48º Rescisión por incumplimiento...................................................................35

Artículo 49º Liquidación del contrato por rescisión ......................................................35

Artículo 50º Mora .........................................................................................................36

Artículo 51º Multas por atraso ......................................................................................36

Artículo 52º Multas por incumplimiento.......................................................................36

ANEXOS I MODELOS DE PRESENTACIÓN .................................................. 37

A Carta presentación.................................................................................37

B Formulario de identificación del oferente ............................................38

C Declaración jurada referente al personal ............................................39

D Modelo de fianza o aval bancario ........................................................40

E Modelo de propuesta económica.........................................................41

ANEXOS II PLANOS............................................................................................ 42

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SECCION I. MARCO GENERAL

Artículo 1º Objeto El objeto del presente llamado a licitación abreviada es la contratación de una empresa para la evaluación técnica de riesgo de la construcción del “Modulo Internacional de la Terminal Pesquera Capurro en la Bahía de Montevideo, Uruguay”.

Artículo 2º Características de la contratación

La empresa deberá contar con reconocida trayectoria y experiencia nacional y/o internacional en la prestación de servicios de análisis de riesgos técnicos en el diseño y ejecución de obras marítimas de ingeniería, de la naturaleza y magnitud de la obra en cuestión. El servicio que procura ANP es de alta especialización y de alta eficiencia para los fines de verificar la estabilidad, durabilidad y servicio de las obras a construir durante el periodo de su vida útil. El alcance de estos servicios se ajustará a las especificaciones que se dirán y cubrirá exclusivamente las obras civiles marítimas proyectadas y a ejecutar por el Consorcio adjudicatario (en adelante, el Contratista). El proyecto objeto de este llamado incluye la evaluación de riesgo en el diseño y la ejecución de las obras descritas a continuación:

a. Construcción de tres muelles con una longitud total aproximada de 666 metros, con sus correspondientes obras de abrigo, atraque y defensa para embarcaciones pesqueras, con capacidad simultánea para amarre y servicio de un mínimo de 50 buques.

b. Relleno de una retro área de 3,3 hectáreas.

c. Construcción de dos (2) muelles de descarga con sus correspondientes obras de atraque y defensa para embarcaciones pesqueras con una longitud total de 310 metros.

d. Construcción de las obras adicionales de pavimentación, desagües, canalizaciones, y servicios, así como también todas las obras accesorias.

e. Construcción de las obras de distribución de energía (incluyendo, en su caso, subestaciones de transformación si fueran necesarias) así como el puesto de conexión de agua potable, que posibiliten la medición de los consumos registrados por actividad.

f. Dragado de apertura a -5 metros del PRH de una dársena de 650.000 metros cúbicos.

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g. La disposición final del material dragado contra la rambla Capurro – Bella Vista, en un área de hasta 20 hectáreas usando la tecnología de geocontenedores con floculantes, en acuerdo con la Intendencia de Montevideo.

h. El recubrimiento de los geocontenedores con hasta 60.000 metros cúbicos de polvo de piedra o pedregullo lavado.

i. La protección con enrocado de hasta 1.000 metros lineales del relleno costero.

Las actividades referidas anteriormente como d), e) y f) quedan fuera del alcance de los servicios de análisis de riesgo técnico, salvo aquellas que impliquen la ejecución de una obra civil que afecte a la seguridad de las estructuras marítimas. Aspectos inherentes a una normal “Dirección de Obra” como la medición de obra y avances, aprobación de pagos, control de cronogramas, etc. no están comprendidas en el “Análisis de Riesgo Técnico” y serán encarados por ANP por otros medios. La ANP dispone de una evaluación técnica inicial de los riesgos técnicos, que se entregará al adjudicatario. El servicio a contratar cubrirá la revisión de los planos de construcción, revisión del proyecto ejecutivo de los Geocontenedores y de todos aquellos documentos relevantes para el diseño y ejecución producidos en el contexto del proyecto y en particular los que se produzcan de ahora en adelante como consecuencia inevitable de ajustes ante dificultades habituales que puedan surgir en el proceso de construcción. Asimismo, la empresa que brindará el servicio de análisis de riesgos técnicos (en adelante, el Analista) llevará a cabo el seguimiento de la ejecución de las obras. El mismo deberá organizarse mediante inspecciones a las distintas zonas de obra, incluyendo en particular: las instalaciones terrestres de obrador del Contratista donde se lleven a cabo tareas de prefabricación, de acopio y preparación de materiales, los talleres de fabricación y canteras de extracción de materiales que, siendo externos, al obrador no disten del mismo más de 50 Km. Los servicios a proveer se centran en la evaluación técnica de las obras civiles (muelles, enrocado de protección, rellenos, etc.), en particular en lo que se refiere a su estabilidad y durabilidad en su estado final, incluyendo aquellas fases temporales que puedan tener influencia en la obra final o permanente. El objetivo principal es reducir el riesgo de defectos.

Artículo 3º Marco jurídico. Jurisdicción Este llamado estará regido por las Leyes y Normas vigentes, en particular por la ley 17.957, ley Nº 18.083 y sus decretos reglamentarios, el Decreto Nº 150/012 - TOCAF 2012, Adaptación del Decreto Nº 500/991 de fecha 1/12/991 aprobado por Resolución de Directorio Nº 589/3.478 de fecha 26.11.08, "Pliego Único de Bases y

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Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales" (Parte III), "Pliego de Bases y Condiciones Particulares para Contratación de Suministros y Servicios no Personales de la Administración Nacional de Puertos" (Parte II) en los artículos aplicables y el presente Pliego de Condiciones Particulares. Para todas las cuestiones relativas al cumplimiento o interpretación del contrato será aplicable la legislación y jurisdicción de la República Oriental del Uruguay.

Artículo 4º Cumplimiento de la normativa vigente El contratista deberá cumplir con todas las normas legales y reglamentarias dictadas o a dictarse en materia portuaria, laboral, fiscal, aduanera, de seguridad en el trabajo, preservación del medio ambiente, sanidad, de seguridad social y de policía.

Artículo 5º Acceso a dependencias del puerto Los técnicos y personas autorizadas debidamente por los representantes de las empresas interesadas que hayan adquirido pliego, deberán gestionar ante la División Recursos Materiales y Servicios –Unidad Licitaciones de la ANP, tercer piso, Oficina 305 (Tel. 1901 2329 Fax: 1901 2841) con por lo menos diez (10) días hábiles de anticipación al vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas, las autorizaciones pertinentes a efectos de tener acceso a las dependencias para realizar las visitas al lugar de prestación del servicio. La referida Unidad elevará la solicitud al Departamento Proyectos y Obras de la ANP (Tel. 1901 2530 al 33) quien fijará la fecha de su realización, que será comunicada a todos los compradores del pliego.

En ocasión de efectuarse la visita, el funcionario de ANP asignado a la misma no estará autorizado a evacuar consultas de cualquier naturaleza que puedan plantear los oferentes, las que deberán seguir el procedimiento establecido en el Artículo 26º

El proponente se obliga a considerar todas las dificultades técnicas inherentes a la implantación y realización del objeto de la presente licitación, en forma previa a la presentación de la oferta. Cuando el adjudicatario deba realizar trabajos dentro de los recintos portuarios, quedará sujeto a los reglamentos vigentes y a lo que dispongan en cada caso las autoridades, con las que deberá coordinar las autorizaciones de ingreso pertinentes.

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Artículo 6º Conflicto de intereses El Analista debe cumplir su función profesional con absoluta independencia, objetividad e imparcialidad otorgando en todo momento máxima importancia al fin último de la calidad técnica del proyecto, diseño y ejecución de la obra motivo de análisis. Como forma de garantizar su independencia e imparcialidad el Analista no podrá desarrollar habitualmente tareas como consultor proyectista de obras ni como consultor o estar vinculado a ninguna empresa contratista de obras. La independencia e imparcialidad se impondrá también tanto al Jefe del Análisis como a los responsables de las disciplinas técnicas que se vinculen al proyecto, de forma que el servicio sea prestado por personas que no se dedican a otras actividades en el sector de la construcción que no sea análisis de riesgo técnico, no podrán desarrollar habitualmente tareas como proyectista de obras civiles ni como consultor o estar vinculados a ninguna empresa contratista de obras. Se adjuntará declaración jurada de estas personas. Sin que ello constituya limitación alguna a la Cláusula anterior, no se contratará a Empresas o cualquiera de sus afiliadas, bajo ninguna de las circunstancias que se indican a continuación por considerarse que tienen conflicto de interés:

- Una firma, su matriz o sus filiales contratadas por el Contratante para suministrar bienes, o construir obras o prestar servicios (fuera de servicios de análisis de riesgo técnico) para un proyecto, estarán descalificadas para prestar servicios de análisis de riesgo técnico relacionados con esos bienes, construcción de obras o servicios. Recíprocamente, una firma, su matriz o sus filiales contratadas para prestar servicios de análisis de riesgo para una obra, quedarán descalificadas para posteriormente suministrar bienes, obras de construcción u otros servicios (fuera de servicios de análisis de riesgo técnico) resultantes de, o directamente relacionados con los servicios de análisis de riesgo técnico prestados. Para los fines de este párrafo, se denominan servicios, aparte de los servicios de análisis de riesgo, aquellos servicios que conducen a un producto físico tangible, por ejemplo encuestas, perforaciones exploratorias, fotografía aérea e imágenes vía satélite.

- Un Analista (incluyendo su personal y subconsultores), su matriz o cualquiera

de sus afiliados no podrá ser contratado para realizar trabajos que por su naturaleza estén en conflicto con otros trabajos que el Analista ejecute para el mismo u otro Contratante. Por ejemplo, un Consultor que ha sido contratado para preparar un diseño de ingeniería para un proyecto de infraestructura no podrá comprometerse a preparar una evaluación ambiental independiente para el mismo proyecto, y un Consultor que esté asesorando a un Contratante sobre la privatización de bienes públicos, no podrá comprar, ni asesorar compradores sobre la compra de tales bienes. Igualmente, un Consultor

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contratado para preparar los Términos de Referencia de un trabajo, no podrá ser contratado para dicho trabajo.

- No se le podrá adjudicar el contrato de Análisis de Riesgo Técnico

(incluyendo sus empleados y subcontratista) a una empresa que tenga un negocio o relación familiar con un miembro del personal del Contratante que esté directa o indirectamente involucrado en: (1) la preparación de los Términos de Referencia del trabajo; (2i) el proceso de selección para dicho trabajo; o (3) la supervisión del Contrato. No se podrá adjudicar el Contrato a menos que el conflicto originado por esta relación haya sido resuelto a través del proceso de selección y ejecución del Contrato de una manera aceptable a la ANP.

Toda empresa de Análisis de Riesgo Técnico que presente oferta en el presente llamado tiene la obligación de revelar cualquier situación actual o potencial de conflicto que pudiera afectar su independencia e imparcialidad, o que pudiera percibirse que tuviera este efecto. El no revelar dichas situaciones puede conducir a la descalificación del Oferente o a la terminación de su contrato en su caso.

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SECCION II. CONDICIONES DEL SERVICIO

Artículo 7º Alcances del Servicio El alcance del servicio de análisis de riesgo técnico a realizar se detalla en la Sección III de las presentes bases. Es de resaltar que la contratación del Analista adjudicatario, la ANP la realizará en el entendido que el mismo es experto en la prestación de servicios de análisis de riesgos técnicos en el diseño y ejecución de obras marítimas de ingeniería de la naturaleza y magnitud de la obra en cuestión, por lo que lo especificado a continuación en estos términos de referencia, no releva al Analista que como experto que es en estas actividades, prevea en su oferta todos los trabajos y recursos necesarios para la ejecución correcta e integral de un análisis de riesgo técnico como el del caso en cuestión, estén o no explicitados en estos términos de referencia.

Artículo 8º Asistencia a reuniones El Analista participará de todas las reuniones que la Dirección de Obra de la ANP convoque. Será obligación del Analista redactar las actas de dichas reuniones. Se realizarán reuniones de coordinación con la presencia del Jefe del Análisis y/o uno de los responsables de disciplina en las siguientes oportunidades:

• Videoconferencia como método regular de contacto cada vez que resulte necesario.

• Presenciales en Montevideo en oportunidad de las visitas de inspección de obra y cuando la Dirección de Obra de la ANP considere necesario.

• Presenciales en Madrid-España (sede del proyectista de la obra) toda vez que resulten necesarias

Para atender a los representantes de ANP que quieran supervisar y controlar la evolución de la actividad del análisis de riesgo técnico, las oficinas centrales del Analista permanecerán abiertas durante todo el periodo de esta contratación.

Artículo 9º Formato de las comunicaciones e informes del Analista Todas las comunicaciones, informes, cálculos, modelos estructurales, planes y detalles técnicos generados por el Analista, serán entregados a la ANP en: i) dos versiones soporte físico, es decir en forma escrita y ii) una versión en soporte digital tanto en el formato original (posible de editar) como en formato PDF.

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Artículo 10º Metodología El Analista deberá presentar, la propuesta de una metodología a seguir en el servicio de análisis de riesgo técnico a realizar, a aplicar si resultara adjudicatario. La propuesta deberá ser clara y completa, mostrando la forma en que se propone gestionar los trabajos para lograr los objetivos. Deberá precisar la forma en que se organizará el equipo del análisis, la distribución de tareas entre sus miembros, y como se desarrollará el trabajo en las distintas fases del proyecto con el objeto de gestionar los riesgos de construcción previstos, así como los medios (apoyo informático, etc.) que se dispondrán para este objetivo. La propuesta incluirá la forma, frecuencia de entrega y contenido típico de los documentos a generar por el Analista, como ser las opiniones técnicas brindadas en las etapas de los ajustes puntuales de diseño, informe del análisis de riesgo del proyecto ejecutivo de los Geocontenedores, reportes semanales relativos a las visitas de inspección, informes mensuales, informe inicial y final. La metodología propuesta deberá también detallar las herramientas, equipos, modelos y programas disponibles para el desarrollo del trabajo. Sin perjuicio de que cada oferente podrá proponer la metodología que entienda conveniente o ajustada al caso planteado, deberá tenerse especial consideración en: . Verificar que el proyecto ejecutivo de los geocontenedores y ajustes de diseño se adhieren a las normas técnicas internacionalmente aceptadas para el caso y a normas de buena práctica, asumiendo riesgos normales en la industria de la construcción. . Verificar con técnicos y software independientes del proyectista la coincidencia de valores que garanticen la estabilidad, durabilidad y condiciones de servicio adecuadas. Para ello mantendrá una comunicación continua, fluida y proactiva con los encargados de cálculos y proyecto del Contratista y ANP.

. Para el caso que el Analista debiera realizar observaciones que impliquen ajustes o recálculo del diseño, lo hará fundado en la aplicación de normas internacionalmente aceptadas, que someterá a consideración. Las observaciones pueden también basarse en la experiencia nacional y/o internacional comprobada de casos similares. La metodología propuesta por el Analista, no releva al mismo del cumplimiento de todo lo establecido en los presentes términos de referencia, en caso de que resulte adjudicatario.

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Artículo 11º Integración mínima equipo técnico La integración del equipo técnico que estará trabajando para realizar el Análisis de Riesgo Técnico en cuestión, deberá constar como mínimo con un grupo de ingenieros que domine la lengua española, especialistas en obras marítimas según el siguiente detalle:

1. Un (1) Coordinador del Análisis, Ingeniero Civil, que domine la lengua española y experto en la gerencia de Análisis de Riesgo Técnico de proyectos de obras civiles marítimas y portuarios de importe similar (mostrada mediante al menos 3 referencias), con al menos 10 años de experiencia probada en este campo. Dicho profesional será el jefe del Análisis y responsable del gerenciamiento de los trabajos. Dedicación de tiempo parcial, con disponibilidad de actuación permanente, con responsabilidad en la conducta, ética y trabajo profesional del personal del Analista y en el mantenimiento de una permanente coordinación con la contraparte de ANP y los demás intervinientes en el proceso de diseño, cálculo y ejecución de la obra. Dedicación prevista: a especificar en la propuesta de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente Pliego. La ANP verificará que la dedicación propuesta de cada profesional sea compatible con el requerimiento del proyecto. 2. Dos (2) ingenieros civiles responsables de las disciplinas correspondientes, con al menos 5 años de sólida experiencia profesional probada en los campos sobre los que le corresponderá actuar y en análisis de riesgo. Dedicación prevista: a especificar en la propuesta de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente Pliego. La ANP verificará que la dedicación propuesta de cada profesional sea compatible con el requerimiento del proyecto. 3. Un (1) ingeniero civil “Inspector en Obra” con experiencia no menor a 3 años en control de calidad de la ejecución de obras de ingeniería civil, marítimas y portuarias. El Analista deberá presentar, con su propuesta, un compromiso por escrito firmado por cada profesional dando su conformidad de participación en el trabajo durante el tiempo que el Analista deba hacerlo en virtud de los requerimientos de este Pliego. El Jefe del Análisis y los ingenieros civiles responsable de disciplina así como todo otro especialista que se proponga participar podrán ser de nacionalidad extranjera y por tanto poseer titulación extranjera. El ingeniero que ocupe la posición de “Inspector en Obra” deberá contar con título profesional de la UDELAR o de las Universidades Privadas habilitadas por el MEC, o en su defecto con la reválida correspondiente.

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Artículo 12º Informes y plazos El plazo del contrato será de 30 meses desde su firma. . Este plazo podrá reducirse si la ANP considera que se ha concluido el análisis de riesgo o podrá será prorrogado en lo necesario, mediante ampliación de contrato, si por alguna razón la Administración considera necesaria la continuidad del servicio. Una vez firmado el contrato, el Analista deberá dar comienzo a los trabajos en un plazo máximo de 10 días calendario y dicha fecha será documentada por escrito por la Dirección de Obra designada por ANP, como Acta de Día de Comienzo. La preparación y entrega de los informes del estudio, serán de acuerdo con la siguiente tabla:

Informes Plazos y/o frecuencia

Informe inicial: Observaciones al

Informe Inicial de Análisis de Riesgo

entregado por ANP.

30 días a partir de la firma del Acta de día

de Comienzo y entrega de Informe Inicial

de Análisis de Riesgo.

Informes ajuste de diseño 15 días desde la fecha de recepción de los

documentos

Informe Proyecto Ejecutivo de los

Geocontenedores

30 días desde la fecha de recepción de la

documentación

Informes de obra Informe semanal.

Informes mensuales

Informe mensual, a entregar hasta el 5to

día hábil del mes siguiente.

Total 30 informes

Informe final 30 días posteriores a la finalización de la

obra.

El plazo para aprobar o rechazar los informes por parte de la ANP será de veinte (20) días calendario, salvo para el informe final que será de treinta (30) días calendario. Estos plazos se prorrogarán en la medida que se requiera información aclaratoria o complementaria, en la misma proporción que se demore la respuesta por parte del Analista, el cual deberá informar dentro de los 10 días de recibida la solicitud de aclaración o información complementaria. Los atrasos en la presentación de los informes o en la entrega de información aclaratoria o complementaria no justificarán ni autorizarán la prórroga del plazo

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contractual, y ameritarán aplicación de multas de acuerdo a los artículos 51° y 52°. Cada una de las etapas requerirá el cumplimiento y/o entrega a la Dirección de Obra designada por ANP del informe en formato impreso y en base informática, según lo indicado en el Artículo 8º. Los documentos en formato físico serán firmados por la persona responsable de su redacción. Todos los documentos que elabore el Analista, deberán tener un adecuado y claro desarrollo, de manera que la interpretación y análisis de los mismos pueda ser realizada en forma eficiente y eficaz por parte de la Dirección de Obra de la ANP. Por tal motivo, el Analista deberá prestar especial cuidado en la redacción y armado de los documentos.

Artículo 13º De los antecedentes y fuentes de información Al Analista se le suministrará oportunamente el proyecto ejecutivo aprobado por la ANP junto con el Informe Inicial de análisis de riesgo técnico realizado.

Artículo 14º Pago del servicio El pago al analista se realizará, por etapas, de la siguiente manera: 1. La firma del contrato habilita desde el punto de vista formal un pago del 5% del

precio total. 2. A la aprobación del informe inicial un pago de 5% del precio total 3. Un total de 85% se pagará con la aprobación de los informes mensuales y la

verificación por parte de la Dirección de Obra de la entrega de los Informes de Obra correspondientes, en 30 (treinta) cuotas iguales.

4. A la aprobación del informe final un pago de 5% del precio total La solicitud de pago se realizará ante la Dirección de Obra de la ANP, la que de no mediar objeciones, conformará la factura y se abonará la misma en un plazo no mayor a los treinta días hábiles contados desde la conformación de la factura.

Artículo 15º Supervisión del Analista ANP designará al/los funcionarios que tendrá/n a su cargo el control del cumplimiento del objeto de la presente licitación, aprobar los informes que presente y las facturas de pago.

Artículo 16º Oficina en ANP A los efectos de preservar al máximo la independencia en la actuación del Analista, ANP no brindará al adjudicatario, ninguna oficina, local o facilidad dentro del recinto portuario de Montevideo ni en ningún local donde funcionen dependencias de la

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Administración.

Artículo 17º Tributos y demás costos Será de cuenta y cargo del Analista el pago de todos los tributos que graven la prestación del servicio objeto de la presente licitación. Serán de cargo del Analista todos los otros costos asociados a las prestaciones necesarias para el cumplimiento de las condiciones contractuales.

Artículo 18º Propiedad intelectual y derechos de autor Todos los informes y las comunicaciones mantenidas en ocasión de la prestación del servicio que realice el Analista, serán propiedad exclusiva de ANP, pudiendo disponer libremente su uso, sin que ello pudiera dar lugar a reclamación alguna por parte del Analista. No obstante lo anterior, el Analista será responsable por todos y cada uno de los antecedentes, cálculos, conclusiones y, en general, de todas las materias que forman parte del trabajo contratado. En caso de disolución de la adjudicataria, las personas que actuaron como representante legal y como coordinador del análisis, asumirán esta responsabilidad que se entenderá en su más amplia acepción.

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SECCION III. ETAPAS Y CONDICIONES PARTICULARES DEL SERVICIO DE

ANÁLISIS DE RIESGO TÉCNICO Etapa 1 Consiste en la revisión del Informe Inicial de Análisis de Riesgo proporcionado por ANP, generando un informe técnico inicial con las observaciones y recomendaciones pertinentes. Etapa 2 1) Consiste en la revisión de los documentos de ajustes de proyecto (cálculos, planos, especificaciones, programa de ensayos, etc) y emisión de Informes con las correspondientes opiniones técnicas. Estos informes se enviarán a la Dirección de Obra de ANP, si esta lo considera necesario, se informará al Contratista, el cual será responsable de informar estas opiniones a subcontratistas, proyectistas, diseñadores, etc., y en general a toda entidad interviniente que deba tomar conocimiento de las mismas para tomar, si fuera del caso, medidas correctivas. 2) Revisión y análisis del Proyecto Ejecutivo de los geocontenedores (memorias de cálculos, planos de construcción, etc.), y emisión de un Informe de análisis de riesgo técnico incluyendo la clasificación de los riesgos identificados, según su naturaleza y la fase en la cual se puede esperar su aparición, indicando las medidas que pueden adoptarse para su mitigación. 3) Inspección de las actividades relacionadas con la obra, no solo en el obrador principal, sino también en talleres, canteras, zonas de montaje/ensamblaje, etc, así como producción de los informes correspondientes. En la etapa de ejecución de obra el Analista presentará un informe semanal, el cual reseñará la situación observada en obra con una apreciación de los avances alcanzados y hallazgos y observaciones en relación a los mismos, sobre cada tipo de actividad y trabajo en ejecución. Estos informes estarán interrelacionados de modo de dejar constancia de todas las observaciones formuladas y correcciones señaladas como necesarias. Estas constancias se levantarán cuando las correcciones se hayan cumplido satisfactoriamente. Siendo documentos de presentación periódica serán enviados a la Dirección de Obra de ANP por correo electrónico hasta 3er día hábil de la semana posterior a la inspección y en formato físico dentro de los 2 días hábiles siguientes al envío.

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4) Informes Mensuales Los informes mensuales deberán contener el análisis de riesgo actualizado a la fecha de entrega, incluyendo identificación, descripción, impacto y posibles mitigaciones de los riesgos acompañado por un mapa de calor. Etapa 3 Consiste en la preparación y entrega de toda la documentación a que dé lugar el Informe Final de inspección técnica al término del contrato. El informe final contendrá el último análisis de riesgo acompañado del informe de obra actualizado a la fecha, detallando riesgos remanentes y sus consecuencias en el caso que no se hubiesen efectuado o planificado las medidas de mitigación correspondientes.

Artículo 19º Acceso a las Inspecciones por el Analista La ANP tomara las medidas necesarias para: - Informar desde la firma del contrato con el Analista a proyectistas, contratistas y en general a todos los participantes en el proceso de la construcción, de la existencia del presente contrato, y de las consecuencias que derivan del mismo. - Asegurar que toda la documentación técnica necesaria para la prestación de estos servicios sea suministrada. - Garantizar el acceso a todos los lugares de la obra con el objeto de prestar los servicios. Esto incluye, por ejemplo, el acceso marítimo a sectores de la obra no alcanzables desde tierra, para lo cual se facilitarán los medios náuticos al Analista.

Artículo 20º Estudios y ensayos adicionales indicados por el Analista

El Analista deberá confirmar si la calidad de los materiales y productos usados en el proceso de construcción es la adecuada para el proyecto en cuestión. Del mismo modo confirmará si los suelos de fundación son los adecuados para garantizar la estabilidad y durabilidad de las estructuras. Por otro lado, es el Contratista el responsable de demostrar estos hechos, para que el Analista esté en disposición de confirmar algo. Los efectos de corrientes, viento, oleaje y cualquier otra variable que incida sobre las estructuras debe estar estudiada por el Contratista a un nivel de rigurosidad que el Analista pueda asegurar su suficiencia para los fines de su análisis.

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Durante el proceso de ajustes puntuales de diseño y hasta su aprobación definitiva, el Analista deberá notificar a la Dirección de Obra de ANP los ensayos y estudios adicionales que considere necesarios. En su comunicación fundamentará esta necesidad en la aplicación de normas técnicas internacionalmente reconocidas, en sus propios cálculos que someterá a discusión entre todas las partes involucradas y en la experiencia nacional y/o internacional de casos similares. En todos los casos prevalecerá el criterio de minimizar los riesgos para garantizar la estabilidad, durabilidad y servicio de las estructuras durante la vida útil que se hubiera establecido. Queda entendido que el Analista es un ingeniero altamente especializado con un claro conocimiento de los costos involucrados en la ejecución de la obra, los ensayos y los estudios necesarios. Por lo tanto, aunque no le corresponda emitir opinión alguna en materia económica, tendrá presente las posibles consecuencias económicas de sus observaciones lo que le obligará a ser particularmente riguroso a la hora de fundamentar sus observaciones que acarreen cargos adicionales para las otras partes involucradas en el proceso. El costo de estos ensayos y/o estudios adicionales no será de cargo del Analista, siendo ello objeto de acuerdo entre ANP y el Contratista, sin la participación del Analista.

Artículo 21º Nacionalidad y País de Residencia del Analista y su Equipo Técnico

La empresa Analista podrá ser uruguaya o extranjera, con sede en el Uruguay o no y lo mismo ocurre para cualquiera de sus miembros. Solamente el Inspector de Obra deberá ser residente permanente en el Uruguay durante el periodo de vigencia del contrato mientras que los otros miembros del equipo realizarán visitas periódicas.

Artículo 22º El Analista de Riesgo Técnico y la “Dirección de Obra” Se trata de dos figuras diferentes y complementarias en el proceso de la obra. La “Dirección de Obra” asume el rol de defensor de los intereses de ANP en el contrato que mantiene con todos los involucrados en la obra. El “Analista de Riesgo Técnico” asume el rol de defensa de la estabilidad, durabilidad y servicio de las obras que se están construyendo. Se debe pues, “a la obra y sus resultados,” más que a cualquier otra cosa. El “Analista de Riesgo Técnico” no debe ser pues defensor de ninguna de las partes sino indirectamente de todas, defendiendo ante todo al proyecto y asegurando sus resultados desde un punto de vista del estado actual del conocimiento de la

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ingeniería aplicada. Las otras cuestiones involucradas en el proyecto no técnicas ni de ingeniería como las comerciales, ambientales, económicas, políticas, de planificación, etc. están fuera de los cometidos del Analista, no debe involucrarse en ellas y ANP las resolverá con los procedimientos que estime pertinentes.

Artículo 23º Equipo Técnico Complementario del Analista Además del equipo mínimo indicado anteriormente, el Analista deberá contar con técnicos permanentes en su sede que puedan apoyar a aquellos toda vez que se requieran verificaciones adicionales, estudios y visitas particulares de detalle. En particular se requerirá la disponibilidad permanente de especialistas en geotecnia, ingeniería marítima, diques de abrigo, muelles, hidrodinámica, estructuras, hormigón, acero, pinturas de protección y equipamiento portuario asociado a los muelles.

Artículo 24º Apoyo académico y base de datos de experiencias mundiales anteriores

Es deseable que el Analista posea, además de un equipo técnico permanente y multidisciplinario en las áreas vinculadas a las obras a analizar, la posibilidad de consulta a Instituciones, Académicos e Investigadores en los temas atípicos que pudieran surgir durante el desarrollo del diseño y la construcción. Del mismo modo, su experiencia en el análisis de riesgo técnico de obras anteriores y la información de la que posean registros de casos excepcionales en los que hubieran participado serán elementos importantes para definir sus posibilidades de respuesta y de justificación de sus observaciones en situaciones excepcionales. Deberá dejarse constancia de estas posibilidades, en caso de disponerlas, en la presentación de sus antecedentes.

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SECCION IV. PROCESO LICITATORIO

Artículo 25º Adquisición, valor del pliego y domicilio Las firmas interesadas podrán adquirir un juego completo del pliego de la presente licitación en la Unidad Licitaciones de la ANP, tercer piso, oficina 305 del Edificio Sede de la ANP en el horario comprendido entre las 09:00 a 17:00 horas previo pago en la Unidad Tesorería de la suma de $10.000 más IVA (Pesos uruguayos diez mil más IVA). Cada oferente deberá constituir un domicilio en el Departamento de Montevideo a los efectos de la licitación y actos posteriores de la misma, debiendo comunicarlo formalmente a la ANP en el momento de retirar este pliego.

Artículo 26º Aclaraciones a los documentos de la licitación En caso de que los adquirentes de los recaudos correspondientes, soliciten aclaraciones referentes al pliego que regirá el llamado, deberá dirigirlas por escrito a la Unidad Licitaciones, sita en Rambla 25 de Agosto de 1825 Nº 160, o por intermedio del fax 19012841, o por correo electrónico [email protected], con una antelación mínima de 10 días hábiles antes de la apertura de las ofertas, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 1.2 de la Parte II, dentro del horario comprendido de 9 a 17 horas, de lunes a viernes. Vencido dicho plazo no se dará trámite a ninguna solicitud de aclaraciones. La ANP dará respuesta por escrito a las solicitudes que reciba hasta 5 (cinco) días hábiles antes de la fecha fijada para la apertura. Se enviará copia escrita de las respuestas por carta o fax (incluida una explicación de la consulta pero sin identificar su origen) a todos quienes hayan adquirido los documentos de la licitación.

Artículo 27º Modificación de los documentos de la licitación La simple constancia de recepción o envío de las notas emitidas por fax, constituirá plena prueba de la notificación. La Administración podrá, hasta 5 (cinco) días antes de que venza el plazo de presentación de ofertas, modificar los documentos de la licitación mediante enmiendas, ya sea por iniciativa propia o en atención a aclaraciones solicitadas por los eventuales oferentes en un todo de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 1.3 de la Parte II. Estas comunicaciones serán canalizadas únicamente a través de la Unidad

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Licitaciones de la ANP. La simple constancia de recepción o envío de las notas emitidas por fax, constituirá plena prueba de la notificación.

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Artículo 28º Plazo de mantenimiento de oferta

Los oferentes establecerán un plazo de mantenimiento de la oferta en todos sus términos, que no podrá ser inferior a ciento veinte (120) días calendario, contados a partir del inmediato siguiente al de la apertura de las ofertas. De no establecerse expresamente, se entenderá que el oferente se compromete a mantener su oferta durante el plazo mínimo exigido. Dicho plazo se considerará tácitamente prorrogado mientras el oferente no solicite por escrito el retiro de la oferta y la devolución de la garantía de mantenimiento.

Artículo 29º Garantía por pedido de prórroga El /los interesados que hubiera/n adquirido el pliego podrá/n solicitar la prórroga de la fecha de apertura, por escrito dirigido a la ANP el que será presentado por lo menos diez días hábiles antes de la fecha fijada para la apertura, indicando los fundamentos que motiva la referida petición. Dicha nota deberá estar acompañada de la copia del recibo de compra del pliego más el recibo expedido por la Unidad Tesorería que acredite haber efectuado un depósito de garantía por la suma de U$S 3.000 (tres mil dólares estadounidenses), en efectivo o valores públicos que garantice la presentación de la oferta. La constitución de esta garantía será incrementada en igual monto original por cada prórroga solicitada, siendo discrecional de la ANP acceder a dicho petitorio. Dicha garantía será ejecutada por ANP si el peticionante no formula oferta de acuerdo a lo requisitos establecidos en el Artículo 38º.

La garantía será devuelta una vez que Unidad Licitaciones compruebe el

cumplimiento de los requisitos exigidos en el Artículo 38º, de acuerdo al acta de

apertura y al levantamiento de las observaciones si las hubiera.

Artículo 30º Garantía de mantenimiento de oferta Los oferentes deberán garantizar el mantenimiento de su oferta mediante depósito en efectivo, valores públicos, fianza o aval bancario o póliza de seguro de fianza por un monto de U$S 5.000 (dólares estadounidenses cinco mil). Se aceptará la garantía exclusivamente en dólares estadounidenses. Esta garantía deberá estar vigente hasta que se deposite la correspondiente al cumplimiento de la contratación, aun cuando hubiera vencido el plazo de

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mantenimiento, salvo que el oferente desista de su oferta. Ninguna de las formas de garantías podrá tener limitaciones de responsabilidad. El procedimiento de constitución de garantía será el establecido en el numeral 3 de la Parte II. La garantía de mantenimiento de oferta podrá ser ejecutada de acuerdo a lo establecido en el numeral 11.1 de la Parte III. Se procederá a su devolución de acuerdo a lo establecido en el numeral 17 de la Parte III. Si hubiere vencido el plazo de mantenimiento de oferta y la ANP no hubiera adoptado aún resolución respecto de la aceptación o rechazo de las ofertas igualmente se devolverá la correspondiente garantía a aquellos oferentes que lo soliciten, en cuyo caso estará desistiendo de su oferta.

Artículo 31º Presentación de las ofertas Las ofertas serán recibidas por ANP en el lugar, día y hora establecidos en la carátula de este Pliego. La ANP podrá, prorrogarla, en cuyo caso comunicará la nueva fecha y hora utilizando los mismos mecanismos detallados en el artículo anterior a todos los adquirentes del pliego.

Cada oferente puede presentar sólo una oferta de conformidad con lo establecido en este pliego. Ningún oferente podrá participar directa o indirectamente en la oferta de otro. De comprobarse estos hechos las ofertas involucradas serán rechazadas.

Artículo 32º Condiciones generales de la oferta

32º.1 Idioma La oferta y toda la correspondencia y documentos relativos a ella deberán redactarse en idioma español. Cualquier material impreso que refiera a información específica de la oferta podrá estar en otro idioma a condición de que vaya acompañado de una traducción en español firmada por el oferente, la cual prevalecerá a los efectos de la interpretación de la oferta. Los folletos u otro material preimpreso de información general de la empresa podrán presentarse en idioma inglés.

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32º.2 Formato y firma de la oferta Cada oferente podrá presentar una sola oferta de conformidad con lo establecido en este pliego. Se presentarán 5 (cinco) ejemplares, identificando claramente, 1 (un) "original”, y 4 (cuatro) "copias", escrito en formato A4. El material preimpreso podrá presentarse en su formato original. En caso de discrepancia, el texto del original prevalecerá sobre el de las copias. El original y todas las copias de la oferta serán escritos en tinta indeleble y firmados por el oferente o por una o más personas debidamente autorizadas para obligarlo. La oferta no deberá contener textos entre líneas, raspaduras ni tachaduras, salvo cuando fuere necesario para corregir errores del oferente, en cuyo caso las correcciones deberán salvarse con la firma del oferente o una de las personas debidamente autorizadas para obligarlas. Todas las páginas de la oferta, excepto las que contengan material preimpreso no modificado, llevarán las iniciales de la persona o personas que firmen la oferta. Sus hojas deberán estar numeradas correlativamente.

32º.3 Costo de la oferta El oferente sufragará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de sus ofertas, no siendo la ANP responsable en caso alguno de dichos costos, cualquiera sea el resultado de la licitación.

32º.4 Aceptación de las condiciones de estas Bases La mera presentación de la oferta significará la aceptación por parte del oferente de la totalidad de los términos, cautelas, plazos y condiciones de la licitación.

Artículo 33º Contenido de la oferta

La oferta deberá contener los siguientes elementos:

33º.1 Comprobantes

Los comprobantes originales o en testimonio por exhibición que se enumera a continuación, deben presentarse fuera del sobre de la oferta respectiva que integran y dentro del mismo se agregará una fotocopia por cada ejemplar de la oferta: Recibo expedido por la Unidad Tesorería de haber depositado la garantía de mantenimiento de oferta, el que deberá contener el nombre del oferente y el número

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y objeto de esta licitación.

33º.2 Del oferente

1. Carta de presentación de la oferta con el nombre, domicilio, fax y teléfono del oferente en la ciudad de Montevideo, a los efectos de la licitación y actos posteriores a la misma. 2. El oferente deberá designar a la persona que lo representará a quien en caso de ser adjudicatario, otorgará poder especial, con facultades para actuar, obligarse y asumir responsabilidades, durante todo el procedimiento de contratación hasta que terminen todas las obligaciones contractuales derivadas de las presentes bases, autorizándolo para tratar con el encargado del contrato los problemas que puedan suscitarse durante la vigencia del contrato.

3. Compromiso suscrito por todos los técnicos propuestos de trabajar con el Analista en caso de que éste sea adjudicatario. 4. Antecedentes del oferente, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 34º. 5 .Propuesta técnica de acuerdo con lo expuesto en el Artículo 36º 6 .La propuesta de acuerdo al modelo previsto en el Anexo I - E - Modelo de propuesta económica.

. En caso de intención de constituir un Consorcio, para la etapa de presentación de

propuestas será suficiente declarar la intención de constituir el Consorcio, en cuyo

caso las empresas responderán solidaria e ilimitadamente por la totalidad de las

obligaciones contraídas con la ANP, debiendo presentar además:

1. Identificación de las empresas que conformarán el Consorcio

2. Porcentaje de participación de cada integrante.

3. Compromiso de no modificar los términos del documento de asociación hasta la

finalización del objeto de la licitación, en caso de adjudicarse el contrato..

Este documento deberá estar formulado de acuerdo y conformidad a las disposiciones legales vigentes en la República Oriental del Uruguay, cualquiera sea la nacionalidad de las empresas. La responsabilidad legal es solidaria e indivisible.

De ser adjudicatario, para la etapa contractual deberá constituir el Consorcio en cumplimiento de los artículos 501, 502, 503 y 17 de la Ley 16.060 de 4/9/1989 (Suscripción del Contrato, inscripción del mismo en el Registro Público de Comercio y publicación de un extracto en el Diario Oficial).

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Artículo 34º Antecedentes del oferente

El oferente deberá presentar un listado en el cual acredite experiencia en servicios de similar naturaleza al licitado, realizados en los últimos 10 (diez) años, especificando en cada uno de ellos el nombre y demás datos del técnico que actuó en representación de la entidad comitente, acompañada de la debida constancia de los responsables de los servicios, con indicación expresa de que el mismo fue prestado en forma satisfactoria. El detalle debe contemplar los siguientes campos: año, contratante, descripción del proyecto, resultados como adjudicatario y monto de la inversión asociada. La empresa deberá acreditar experiencia en los últimos 10 años en al menos: - 3 proyectos de obras de muelles. - 2 proyectos de obras de diques de abrigo o estructuras de protección en talud. La experiencia debe estar referida al Análisis de Riesgo Técnico de estas obras. En el caso de consorcios, el conjunto de empresas que lo integran deberán tener al menos la experiencia citada precedentemente. Dichos antecedentes deberán detallarse claramente en un cuadro específico.

Artículo 35º Personal Técnico y Representante Técnico El oferente deberá proponer personal profesional con la experiencia y antecedentes suficientes que avalen su idoneidad técnica y su capacidad para los trabajos solicitados de acuerdo a lo establecido en este Pliego. Los funcionarios o los colaboradores de la ANP por vía de contratos de arrendamiento de servicios u obra, no podrán formar parte de la plantilla de personal del oferente, ni contratar con la ANP de acuerdo con lo previsto por el Artículo 46º del Tocaf 2012. El adjudicatario deberá hacer intervenir en los trabajos al personal comprometido en su propuesta. En caso de que alguna de esas personas deba ser reemplazada, el adjudicatario deberá justificar su reemplazo y nominar y calificar al reemplazante ante la ANP. El rechazo por parte de la ANP del reemplazante propuesto, obligará al Analista al reemplazo de la persona propuesta, por otra de méritos similares a los de la incluida en la propuesta inicial aceptada. El Analista será responsable del pago de todos los honorarios, dietas, viáticos, sueldos, beneficios laborales y en general de toda remuneración de cualquier naturaleza que corresponda abonar a los profesionales, técnicos, empleados o a

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cualquier miembro o integrante de su personal que participe o colabore de cualquier forma en los trabajos encomendados. El Analista deberá contratar a su cargo y mantener vigente durante el contrato, los seguros que correspondan para cubrir todos los riesgos de su personal, pudiendo la ANP en cualquier momento, verificar que estén vigentes. Asimismo el Analista deberá contratar a su cargo y mantener vigente durante el contrato, los seguros que cubran su eventual responsabilidad frente a terceros ante cualquier eventualidad no prevista. El oferente deberá designar un Ingeniero Civil como Representante Legal y Técnico que asumirá la totalidad de la representación del Analista ante ANP tanto en las etapas de presentación de la oferta como en la eventual etapa posterior de ejecución del contrato. En particular, este Representante tratará con la Dirección de Obra de la ANP los problemas que puedan suscitarse desde la aprobación del trabajo de Análisis de Riesgo Técnico hasta seis meses posteriores a la culminación del mismo. El oferente deberá presentar los antecedentes del personal asignado y horas comprometidas al proyecto, deberá tener en cuenta los siguientes elementos:

35º.1 Antecedentes y experiencia del personal comprometido El equipo técnico propuesto por el Oferente deberá cumplir los antecedentes solicitados en el Artículo 11º. Se presentarán los Curriculum Vitae del personal propuesto por el Analista, indicando nombre, apellido, perfil profesional, nacionalidad, resumen de antecedentes y trabajos realizados, tareas a las que será asignado en el proyecto y toda otra información que facilite la evaluación de las ofertas por la ANP. Cada uno de estos antecedentes deberá ser suficientemente documentado a exclusivo criterio de ANP. El Oferente propondrá un organigrama integrado por los profesionales que participarán en el Análisis de riesgo técnico.

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Artículo 36º Propuesta Técnica

Enfoque metodológico y Plan de Trabajo El oferente deberá presentar un enfoque metodológico que contendrá los siguientes elementos: 1. Una propuesta de trabajo que contenga la Metodología (según lo indicado en el Artículo 10º), con un detalle sucinto del alcance del trabajo objeto de las presentes Bases -con carácter enunciativo y no limitativo- y de la descripción del enfoque. 2. Un Plan de Trabajo con la programación de actividades, incluyendo el detalle de duración de las diferentes tareas, relación de dependencia entre las mismas y la asignación de personal y otros recursos. El plan deberá ajustarse a la programación que ANP ha impuesto a las tareas de diseño y construcción del Contratista o a la propuesta que el mismo hubiera presentado y ANP aceptara en la adjudicación.

Artículo 37º Propuesta económica La Propuesta Económica deberá ser presentada de acuerdo a formulario (ver ANEXOS I MODELOS DE PRESENTACIÓN cotizándose el precio más el IVA en dólares estadounidenses. El precio más el IVA será por todos los conceptos que implique y abarque la ejecución de la totalidad de los trabajos a realizar por el Analista. El oferente deberá cotizar un precio global por el servicio de análisis de riesgo técnico a brindar, incluyendo en dicho precio todos los costos asociados a los trabajos a realizar e informes a presentar según lo indicado en el presente pliego. La Propuesta Económica incluirá un cuadro que contenga el desglose de todas las tareas propuestas por el oferente o por lo menos todas las exigidas en la Sección III, compatible a su vez con el cronograma exigido en el Artículo 36º. La ANP no aceptará fórmula alguna de ajuste.

Artículo 38º De la apertura

38º.1 Recepción y apertura

Los funcionarios designados al efecto por la Administración, se reunirán en el lugar, día y hora fijados para el acto de apertura de sobres cerrados que contengan ofertas en presencia de los funcionarios actuantes que la ANP designe y de los representantes de los oferentes que deseen asistir. Se procederá a la apertura de los sobres y se enunciará los nombres de los oferentes, así como de los demás

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pormenores que estime convenientes y dejará constancia de su estado de inscripción en el RUPE. De todo lo actuado se labrará acta con las observaciones que formulen los oferentes, que deberá ser firmada por los funcionarios actuantes y por los representantes de los oferentes que deseen hacerlo.

Previamente a la apertura se verificará la correcta presentación de los comprobantes exigidos en el Artículo 33º.

Abierto el acto, no podrá introducirse modificación alguna en las ofertas, pudiendo los representantes de los oferentes formular las manifestaciones, aclaraciones o salvedades que deseen, previa presentación al funcionario actuante, de carta poder con firma certificada notarialmente o primera copia de escritura de mandato, en ambos casos con facultades suficientes. Estos documentos pueden presentarse en testimonio por exhibición.

En dicho acto se controlará si las ofertas contienen defectos o carencias formales, si han adjuntado la documentación exigida en el presente, así como la constitución o no de garantía de mantenimiento de oferta.

Si algún representante ha formulado observaciones deberá firmar el acta obligatoriamente. En el caso de haberse observado defectos formales en la presentación de la documentación requerida por el Pliego, los oferentes tendrán un plazo de 48 (cuarenta y ocho) horas para subsanarlos. En el caso de empresas extranjeras sin sucursal en el Uruguay el plazo anterior se considerará cumplido si en él se ha subsanado el defecto mediante el envío de documentación vía fax y/o despacho desde la sede extranjera mediante correo expreso. Los demás oferentes podrán comprobar que estos defectos han sido subsanados.

38º.2 Estudio de las ofertas

Luego del acto de apertura de las ofertas, la Comisión Asesora de Adjudicaciones analizará en primer lugar el cumplimiento de la totalidad de los requisitos formales exigidos en el pliego. Si se observaren defectos formales en la documentación presentada, cuyo análisis no correspondería ser efectuado en el acto de apertura, o que fue controlado en dicha instancia pero el defecto no fue advertido, se notificará a los oferentes de los mismos y podrán subsanarlos dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al acto de notificación. Los demás oferentes podrán comprobar que esos defectos han sido subsanados.

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Luego de esta instancia no se brindará a los oferentes ni a persona alguna que no esté vinculada con el proceso de estudio y evaluación, ninguna información concerniente a dicho proceso, hasta que se otorgue oportunamente vista a los oferentes del informe de la Comisión Asesora de Adjudicaciones. Si la ANP determina que la oferta no se ajusta en lo esencial a los documentos de la licitación, la rechazará y el defecto no podrá ser subsanado con posterioridad por el oferente.

38º.3 Solicitud de aclaración

Durante el proceso de análisis de las ofertas, la comisión asesora de adjudicaciones podrá solicitar a los oferentes aclaraciones e información adicional a la presentada en la oferta a los efectos de la evaluación de las mismas. Tales aclaraciones pasarán a formar parte de ella y en ningún caso se admitirá que se modifique la oferta original en sus elementos sustanciales, básicamente los precios ofertados. La Administración podrá aceptar nueva información aportada por los oferentes en respuesta a su solicitud, en la medida que se trate de información o documentación preexistente a la fecha de apertura de ofertas, o no modifique los términos de las respectivas propuestas. En todo caso prevalecerá la interpretación de este pliego por parte de la ANP sobre la que puedan hacer los oferentes durante el proceso. .

38º.4 Discrepancias Cuando exista discrepancia entre la cantidad escrita en números y en letras, valdrá la escrita en letras. Toda cláusula imprecisa, ambigua y contradictoria, se interpretará en el sentido más favorable para la ANP.

Artículo 39º Evaluación de las Ofertas A los efectos de la adjudicación, la Comisión Asesora de Adjudicaciones analizará las ofertas presentadas en función de los siguientes criterios:

1. Verificación de comprobantes – Artículo 33º.1 SI/NO

2. Verificación de Antecedentes –Artículo 34º. SI/NO

3. Verificación de la Propuesta Técnica –Artículo 36º SI/NO

4. Verificación de la Propuesta Económica. –Artículo 37º SI/NO

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Solo las ofertas que sean valoradas "SI" en todos los conceptos evaluados se considerarán aptas para su adjudicación. Las ofertas que no cumplan con todos los requisitos estipulados en el presente, serán descartadas sin más trámite. Aquellas que cumplan con todos los requisitos serán calificadas técnicamente como aceptables.

Artículo 40º Criterio de Adjudicación. Reserva de Derecho La ANP se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, si entiende que las mismas son claramente inconvenientes para la Administración, o por cualquier otra causa al amparo de resolución fundada que así lo establezca. Ningún oferente podrá participar directa o indirectamente en la oferta de otro. De comprobarse estos hechos las ofertas involucradas serán rechazadas. El hecho de figurar suspendido en el Registro de Proveedores de ANP, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada por la incumplidora.

La adjudicación recaerá en la oferta que habiendo cumplido con lo estipulado en el

Artículo 39º, oferte el menor precio.

Artículo 41º Notificación El acto administrativo que disponga la adjudicación o el rechazo de las ofertas, será notificado personalmente a todos los oferentes.

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SECCION V. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

Artículo 42º Garantía

El adjudicatario deberá garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato que se celebre mediante la constitución de una garantía en dólares estadounidenses, equivalente al 5% del monto total de la oferta. Esta garantía se constituirá una vez que Unidad Licitaciones comunique dicho monto mediante nota enviada por fax o correo electrónico en un plazo de 10 (diez) días hábiles contados a partir de la comunicación. El depósito se efectuará en cualquiera de las modalidades y siguiendo los procedimientos indicados para la garantía de mantenimiento de oferta, numeral 3 de la Parte II. Si el oferente que resulte adjudicatario, no depositara la garantía de fiel cumplimiento de contrato dentro del término establecido, perderá la garantía de mantenimiento de oferta, quedando la ANP en libertad de aceptar otra propuesta o disponer la realización de un nuevo llamado a licitación (Artículo 64º del TOCAF). La garantía de fiel cumplimiento del contrato, será devuelta al adjudicatario una vez finalizado el período contractual y sus correspondientes prórrogas. Si las garantías se emitieran con fecha determinada de vencimiento, previa a la finalización de las obligaciones contractuales, el adjudicatario deberá proceder a su renovación o sustitución con una antelación mínima de 30 (treinta) días previos a su vencimiento. El incumplimiento de la precitada obligación dará lugar a la ejecución de la garantía vigente.

Artículo 43º Contrato

Una vez adjudicada la contratación y luego de verificada la presentación del comprobante que acredite la compra de las bases a la fecha de apertura de los recibos correspondientes a los depósitos de la garantía solicitada en el Artículo 42º, la ANP a través de la División Notarial notificará al adjudicatario, el día y la hora para suscribir el contrato respectivo dentro de los 10 (diez) días hábiles contados a partir de la constitución de la garantía a que se refiere el artículo antes mencionado. La no concurrencia, será motivo suficiente para que se le considere incurso en mora y pierda la garantía depositada, caducando todos sus derechos. En caso de no suscribir el contrato, la ANP podrá proponer la adjudicación a favor del oferente que siguiera en el orden correlativo que haya resultado del estudio

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previo o disponer la realización de un nuevo llamado a licitación.

Si éste no mantuviera su oferta, seguirá el mismo procedimiento con los restantes

oferentes o declarará frustrada la licitación.

Artículo 44º Documentos contractuales Serán documentos contractuales y normativos, todos los documentos de esta licitación contenidos en el expediente administrativo licitatorio, entre los que se destacan:

a) El Pliego de Condiciones con las aclaraciones y respuestas a las consultas, si las hubiere.

b) La oferta y propuesta aceptada. c) La Resolución de Adjudicación y el contrato. d) Las comunicaciones escritas de la ANP.

Artículo 45º Cesión del Contrato

De acuerdo a lo establecido en el Artículo 75º del TOCAF/012, celebrado el contrato o encontrándose en ejecución, solo podrá aceptarse su cesión a otra firma a solicitud fundada del adjudicatario y siempre que la ANP lo consienta en forma escrita previa demostración de que el nuevo adjudicatario reúne o da las mismas seguridades de cumplimiento, registrándose el hecho en el Registro Único de Proveedores del Estado. Autorizada la misma y otorgado el documento de cesión, el cesionario deberá depositar la garantía de cumplimiento de contrato así como la requerida de acuerdo a lo que establezca la ANP en consideración al plazo que reste para la finalización del contrato; como requisitos previos e indispensables para solicitar la aprobación por ANP del referido acuerdo de voluntades. La garantía de cumplimiento de contrato sustituirá la que tuviese depositada el cedente, que se devolverá según se indica en el párrafo siguiente. Otorgado el documento de cesión de contrato y aprobado el mismo por la ANP, cedente y cesionario quedarán obligados en forma solidaria frente a la ANP por las obligaciones y responsabilidades surgidas por hechos anteriores a la cesión. A tales efectos, la ANP mantendrá en su poder, la garantía de cumplimiento de contrato del anterior contratista (cedente) por un período de 6 (seis) meses, contados a partir del acto administrativo de ANP que apruebe la cesión de contrato, vencido el cual se devolverá. De las obligaciones y responsabilidades surgidas por hechos posteriores a la cesión, solo será responsable el nuevo contratista.

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La transmisión no comportará modificación alguna de los plazos o condiciones contractuales.

Artículo 46º Responsabilidad del Analista en Riesgo Técnico y Confidencialidad

El Analista como experto que es en trabajos de la naturaleza en cuestión, se responsabiliza integralmente de actuar con la pericia necesaria y suficiente que permita a la ANP alcanzar todos los objetivos del cometido asignado y que no se originen para la Administración perjuicios de ninguna índole que pudieran ser evitados por un accionar correcto y eficaz de éste. El Analista siempre en el marco de lo estipulado por las leyes nacionales, deberá en todo momento actuar y proceder de la manera prevista en estos recaudos y en el contrato de forma que ANP no se vea perjudicada ni enfrentada a situaciones que le puedan traer perjuicios. Toda la información escrita o informática obtenida o manejada por el Analista, sin importar la forma en que se obtuvo, que surja de la actividad objeto de este contrato, se considerará confidencial. A dichos efectos el Analista deberá garantizar el secreto de esta información y su no utilización en beneficio propio o de terceros así como su no publicación ni difusión por cualquier medio, salvo que sea específicamente autorizado por el Directorio de ANP. Los oferentes aceptan, por la sola presentación a este procedimiento de contratación, la responsabilidad en que pudieren incurrir por este punto, por sí o por sus dependientes. Será obligación del Analista llevar un registro completo e integral de toda la información y documentación que la misma genere, estudie, gestione o administre relacionada con el trabajo contratado, las que estarán en todo momento a disposición de la Dirección de Obra de la ANP y una vez finalizado el contrato, serán entregadas a la misma.

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SECCION VI. FINAL DE LA CONTRATACIÓN, SANCIONES

Artículo 47º Extinción de la Contratación La contratación se extinguirá por alguna de las causas siguientes:

1) El cumplimiento del objeto señalado. 2) Por rescisión por incumplimiento del contratista. 3) Liquidación judicial o disolución de la persona jurídica Adjudicataria. 4) Mutuo acuerdo entre la ANP y el contratista.

Artículo 48º Rescisión por incumplimiento El contrato podrá ser rescindido por incumplimiento del adjudicatario en los siguientes supuestos, sin que implique una enumeración taxativa:

a) Si se produce un atraso, debidamente constatado, en la entrega de los informes.

b) Si el adjudicatario incumple alguna de las cláusulas contractuales. c) Si el adjudicatario modifica nominativamente el personal que propuso en su

oferta sin autorización previa dada por escrito por ANP d) Por cesión o transmisión de la licitación, sin haberse obtenido la autorización

previa y por escrito de ANP. e) Si el adjudicatario por sí o a través de alguno de sus empleados,

aprovechando el libre acceso a la zona portuaria se involucra en la comisión de actividades ilícitas contrarias a la legislación aduanera y/o tributaria.

f) Por la realización de actividades dentro de alguno de los recintos portuarios a los que se refiere el objeto de esta licitación sin el consentimiento escrito de la ANP, así como por su ocupación o uso contrarios a los términos del contrato.

g) Si el adjudicatario cae en estado de disolución societaria. El incumplimiento de las obligaciones impuestas en la contratación, determinará la rescisión de la misma. Esta podrá ser adoptada unilateralmente por la ANP, sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización alguna. Producida la rescisión, la ANP se reserva el derecho de disponer la ejecución de los servicios por parte de un tercero a cargo de la parte incumplidora, si correspondiere, sin perjuicio de la acción por daños y perjuicios a que hubiere lugar.

Artículo 49º Liquidación del contrato por rescisión La rescisión del contrato, derivada del incumplimiento del contratista comporta en calidad de multa la ejecución inmediata, a favor de la ANP del 100% (cien por ciento) de la garantía de cumplimiento del contrato.

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Sin embargo, la ejecución de esta garantía no impedirá que la ANP recupere el valor total de los daños y perjuicios que hubiese sufrido como consecuencia del incumplimiento por parte del contratista. Seguidamente se liquidarán todas las obligaciones pendientes del contratista, derivadas del contrato. En la liquidación se incluirán, entre otros, los importes de todos los créditos que tuviese la ANP contra el contratista relacionado directa e indirectamente con el objeto de la licitación. Practicada la liquidación y una vez notificado el contratista del monto de la misma, deberá satisfacer su importe en el plazo de tres (3) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la notificación. Transcurrido dicho plazo la ANP podrá hacer efectivo su crédito por la vía judicial.

Artículo 50º Mora La mora se operará de pleno derecho para el Analista por no cumplir con las obligaciones a su cargo o por hacer algo contrario a lo estipulado o por no hacer algo a lo que se esté obligado, luego que haya sido intimado por telegrama colacionado, con plazo de tres (3) días.

Artículo 51º Multas por atraso En caso de incumplimiento del plazo en la entrega de los informes solicitados en las bases, la ANP podrá aplicar una multa de U$S150 (ciento cincuenta dólares estadounidenses) por cada día de atraso.

Artículo 52º Multas por incumplimiento Por cada ocasión en que el Analista sea notificado de un incumplimiento a sus obligaciones incurrirá en una multa equivalente a U$S 1.000-. (Mil dólares norteamericanos) que serán descontados del próximo pago a efectuar por ANP o de la garantía de cumplimiento de contrato en su caso. Ello sin perjuicio de la mora mencionada en el Artículo 50º .

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ANEXOS I MODELOS DE PRESENTACIÓN

A Carta presentación

……… de ……… de 2……

Sr. Presidente de la

Administración Nacional de Puertos

Presente:

De mi consideración:

En mérito a la Convocatoria a presentar al llamado a Licitación ....... Nº .......... la(s)

firma(s) consultora(s) que represento tiene(n) el agrado de presentar a su

consideración la presente Oferta para la “CONTRATACIÓN DE UN EMPRESA

PARA LA REALIZACIÓN DEL ANÁLISIS DE RIESGO TÉCNICO DE LA

CONSTRUCCIÓN DEL MÓDULO INTERNACIONAL DE LA TERMINAL

PESQUERA CAPURRO EN LA BAHÍA DE MONTEVIDEO”

El oferente declara conocer y aceptar todos los plazos y condiciones del presente

llamado, y que para todas las cuestiones relativas a este contrato se someterá a la

legislación y a la jurisdicción de los Tribunales de la República Oriental del Uruguay

con exclusión de todo otro procedimiento.

Atentamente:

------------------------------------------------------------------------

FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

Aclaración _____________________________________________________

Domicilio _______________________________________

Teléfono _______________________________

NOMBRE y SELLO DE LA EMPRESA (CONSORCIO) PROPONENTE

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B Formulario de identificación del oferente

LIC. ABREVIADA Nº…….

RAZÓN SOCIAL

DE LA EMPRESA

NOMBRE COMERCIAL

DE LA EMPRESA

RUC. Sólo para

Empresas

Que deben

Inscribirse

DOMICILIO A LOS EFECTOS DE LA PRESENTE LICITACIÓN

Calle: …………………………………………………………….…Nº……

Localidad: ………………………………………………………………….

Código Postal: ……………………………………………………………...

País: …………………………………………………………………………

Teléfono: ……………………………………………………………………

Fax: …………………………………………………………………………

Declaro estar en condiciones legales de contratar con el Estado

FIRMA/S: …………………………………………………………………..

Aclaración de firmas: ………………………………………………………

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C Declaración jurada referente al personal

El Representante legal del oferente declara bajo juramento que la(s) firma(s)

Consultora(s) que presenta(n) esta propuesta no tienen ningún personal directivo o

socio o profesional que sea funcionario permanente, contratado o temporal de la

Administración Nacional de Puertos, a la fecha fijada para la presentación de esta

propuesta, y hasta la finalización del contrato.

En la nómina del personal nacional asignado al proyecto, tampoco se incluye ningún

directivo, socio, profesional o ayudantes dependientes, que sea funcionario

permanente, contratado, o temporal de la Administración Nacional de Puertos.

Además, asume el compromiso formal de no modificar ni cambiar la nómina del

personal propuesto en los formularios anteriores hasta el final de la contratación en

caso de ser adjudicatario.

En caso de comprobarse que se está vulnerando esta restricción, sin la debida

autorización, se acepta que será causal suficiente para que la presente propuesta

resulte descalificada, o se disponga la rescisión del contrato –en su caso-.

____________________________________

Nombre y Firma del Representante Legal

____________________________________

Nombre y Sello del oferente

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D Modelo de fianza o aval bancario

Montevideo, ……… de …………….. de 2…….-

Señores

Administración Nacional de Puertos

De nuestra mayor consideración:

Por el presente documento, (1) …......................, se constituye fiador solidario por la

suma de US$ ...(…................. dólares estadounidenses), amparando las

obligaciones de (2) ….................. por concepto de (3) ….................... en la Licitación

(4) …....................., para (5) …..............., renunciando al beneficio de excusión.

La presente garantía tendrá vigencia hasta el día ….............. El fiador se

compromete a entregar a la Administración Nacional de Puertos el importe

garantizado sin necesidad de ningún trámite judicial, siendo suficiente la intimación

de entrega.

Dicho pago se efectuará en Rambla 25 de Agosto de 1825 número 160 de esta

ciudad.

El fiador constituye domicilio especial a todos los efectos que de lugar este

documento en la calle …...................... Nro. ….... de esta ciudad.

Se solicita al Escribano …...................... que certifique las firmas de este documento.

Saluda a ustedes atentamente,

------------------------------------------------------------------------------------------------------

(1) Razón social del fiador.

(2) Nombre (persona Física) o Razón Social (persona jurídica) del oferente.

(3) Opciones: Mantenimiento de Oferta; Cumplimiento de Contrato.

(4) Licitación Abreviada N° …..

(5) Objeto de la licitación

___________________________________________________________________

_

La certificación notarial deberá ser hecha en papel notarial con sello, signo y firma

del Escribano interviniente y con los timbres correspondientes según el Arancel

Notarial y estar ligada al documento de fianza. En caso de tratarse de personas

jurídicas, el Escribano actuante deberá efectuar un control completo de la misma

(lugar y fecha de constitución, objeto, plazo, representación de los firmantes,

vigencia en los cargos, aprobación de los Estatutos, inscripción en el Registro de

Comercio, publicaciones). Si los firmantes actúan en calidad de apoderados, el

Escribano deberá certificar que el poder está vigente y que los firmantes tienen

facultades bastantes para el acto realizado.

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E Modelo de propuesta económica

N.N. (o bien, para el caso que comparezca representando a un tercero: N.N., en

representación de Z.Z., según poder o carta poder debidamente legalizados que

adjunto), constituyendo domicilio a todos los efectos legales en la calle .....................,

Nº ....., de la ciudad de ............, en conocimiento de las condiciones que rigen el

presente llamado, para la “CONTRATACIÓN DE UNA EMPRESA PARA LA

REALIZACIÓN DEL ANÁLISIS DE RIESGO TÉCNICO DE LA CONSTRUCCIÓN

DEL MÓDULO INTERNACIONAL DE LA TERMINAL PESQUERA CAPURRO EN LA

BAHÍA DE MONTEVIDEO” por el precio de .........(en números y letras).

El representante técnico será el señor ............... declara además que en todas las

cuestiones relativas a este contrato de consultoría se someterá a la legislación y a la

jurisdicción de los Tribunales de la República Oriental del Uruguay, con exclusión de

todo otro procedimiento.

Se adjunta la documentación exigida por el Artículo 32º del Pliego de Condiciones

Particulares.

En Montevideo, a los ........ días del mes de ....................... de 2……..

Firma del proponente

Nombre ...................

Domicilio .................

Teléfono ...................

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ANEXOS II PLANOS

Los planos se encuentran anexos a la Actuación No. 1 del expediente.