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NIIF 9 Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) CONTENIDO: Instructor: Hernán Fernández Ramírez NIIF 9 Instrumentos Financieros -Vigente (tentativamente) a partir del 1 de enero del 2018- Mes de la Contaduría Pública, Mayo 2014

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NIIF 9

Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF)

CONTENIDO:

Instructor: Hernán Fernández Ramírez

NIIF 9 Instrumentos Financieros

-Vigente (tentativamente) a partir del 1 de enero del 2018-

Mes de la Contaduría Pública, Mayo 2014

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JUSTIFICACION

Numerosos usuarios de los estados financieros y otros interesados señalaron al IASB que los requerimientos de la NIC 39 eran difíciles de comprender, aplicar e interpretar, y lo instaron a desarrollar una nueva norma para los instrumentos financieros que se basara en principios fundados y fuera menos compleja.

El IASB tiene previsto completar la Norma de forma que pueda ser aplicada (tentativamente) en su totalidad a partir del 1 de enero del 2018 ¿?.

Si bien, el IASB ha modificado la NIC 39 varias veces para aclarar requerimientos, añadir guías y eliminar incongruencias internas, esta labor no ha sido suficiente para atender la inconformidad por parte de los usuarios, por lo que desde hace algunos años se inició un proceso para sustituirla.

Por la complejidad y amplitud de los instrumentos financieros, la labor se dividió en tres fases: Clasificación y medición, Deterioro de valor y Contabilidad de coberturas. De ello, se emitió inicialmente la NIIF 9 Instrumentos financieros, que incluyó la primera fase terminada, aunque su texto se sigue modificando.

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HISTORIA

2005 El IASB y el FASB (EE.UU), comenzaron a trabajar hacia el objetivo a largo plazo de mejorar y simplificar la información sobre instrumentos financieros.

Marzo, 2008 Producto de lo anterior, se publica el Documento de Discusión: “Reducción de la Complejidad de la Información sobre Instrumentos Financieros”.

Noviembre, 2008

Se obtiene apoyo al documento, por lo que el IASB agregó este proyecto a su agenda activa. El FASB también lo hizo en diciembre 2008.

Abril, 2009

Como reacción a la crisis financiera, siguiendo conclusiones de líderes del G20 y recomendaciones de los organismos internacionales como el Consejo de Estabilidad Financiera, el IASB anunció un calendario acelerado para sustituir a la NIC 39.

Julio, 2009 Como resultado el IASB publicó el Proyecto de Norma: “Instrumentos Financieros: Clasificación y Medición”.

Noviembre, 2009

El IASB publicó el primer capítulo de la NIIF 9 Instrumentos Financieros.

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TRANSICION A LA NIIF 9

•Clasificación y medición de activos (noviembre 2009)

•Clasificación y medición de pasivos (octubre 2010)

•Baja en cuentas (octubre 2010)

•Vigencia al 1 de enero del 2015, antes 2013 (diciembre 2011)

•Se emitió borrador propuesta de modificaciones (noviembre 2012)

•Se concluyó deliberaciones sobre las modificaciones limitadas a los requisitos de clasificación y medición (febrero 2014)

• Se decidió tentativamente fecha de vigencia para el 1 de enero del 2018 (febrero 2014)

•Se procederá a redacción y votación de requisitos finales de las modificaciones limitadas (actual)

• Resumen: Se simplifican las categorías de instrumentos financieros y se mejora su contabilización.

Fase 1: Clasificación y Medición

•Se publicó “Solicitud de Información” para recabar observaciones sobre viabilidad del enfoque del flujo de efectivo esperado para el deterioro (junio 2009)

•Se emitió borrador para discusión pública (noviembre 2009)

•Se emitió documento para comentarios del público (enero 2011)

•Se emitió una propuesta revisada –modelo de aprovisionamiento con visión de futuro- (marzo 2013)

•Se procederá a redacción y votación de requisitos finales para deterioro (actual)

• Resumen: Se pasará del enfoque: pérdidas incurridas a pérdidas esperadas, donde se reconocerán las pérdidas de forma más oportuna.

Fase 2: Deterioro de Valor (metodología)

•Se emite borrador con propuesta (diciembre 2010)

•Se completó el proyecto de norma (setiembre 2011)

•Se publicó un borrador con la propuesta de los nuevos requisitos generales de la contabilidad de cobertura (setiembre 2012)

•Se finalizan las deliberaciones sobre los próximos requisitos de la contabilidad de coberturas (mayo 2013)

•Se completa esta fase con la publicación de la NIIF 9 2013 (noviembre 2013)

• Resumen: Se mejora la contabilidad de coberturas (principios), y se obtiene un mayor alineamiento entre la contabilidad y las actividades de gestión de riesgos de las entidades.

Fase 3: Contabilidad de Coberturas

Proyecto:

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Fase 1: Clasificación y

Medición (finalizada pero en proceso de mejoras)

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OBJETIVO

El objetivo es establecer los principios para la información financiera sobre activos y pasivo financieros de forma que presente información útil y relevante para los usuarios de los estados financieros para:

la evaluación de los importes, calendario, e incertidumbre de los flujos de efectivo futuros de la entidad.

Los principios de esta Norma complementan con los requerimientos de:

NIC 32 Instrumentos Financieros: Presentación;

NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición, y

NIIF 7 Instrumentos Financieros: Información a Revelar.

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ALCANCE

Se aplicará por todas las entidades y a todos los instrumentos financieros, excepto a (igual a la NIC 39):

Subsidiarias (NIIF 10 y NIC 27), asociadas o negocios

conjuntos (NIC 28). Si cuando se contabilicen por

NIIF 9 (NIC 39).

Contratos de seguros e instrumentos con componentes de

participación discrecional (NIIF 4).

Instrumentos que clasifiquen como de

patrimonio -instrumentos con opción de venta-

(NIC 1 y NIC 32).

Contratos y obligaciones transacciones con pagos

basados en acciones (NIIF 2).

Los derechos y obligaciones de los

empleadores (NIC 19).

Compromisos de préstamo y derechos por

reembolsos de provisiones (NIC 37).

Contratos a término que darán lugar a

combinaciones de negocias en fecha futura

(NIIF 3).

Los derechos y obligaciones de contratos

de arrendamiento (NIC 17).

Fuera del

alcance

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DEFINICIONES

Derivado

Un instrumento financiero u otro contrato que cumpla las tres características siguientes:

(a) Su valor cambia en respuesta a los cambios en un subyacente (una tasa de interés, el precio de un instrumento financiero, el de una materia prima cotizada, una tasa de cambio, un índice de precios o de tasas de interés, etc.)

(b) No requiere una inversión inicial neta (o sólo obliga a realizar una inversión inferior a la requerida en otros instrumentos).

(c) Se liquidará en una fecha futura.

Fecha de reclasificación el primer día del primer periodo sobre el que se informa que sigue al cambio del modelo de negocio que da lugar a que una entidad reclasifique los activos financieros.

Valor razonable es el precio que se recibiría por vender un activo o que se pagaría por transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes de mercado en la fecha de la medición. (NIIF 13.)

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DEFINICIONES

Pasivos financieros que se contabilicen al valor

razonable con cambios en resultados

Un pasivo financiero que cumpla alguna de las siguientes condiciones:

(a) Cumple la definición de mantenido para negociar.

(b) Desde el momento del reconocimiento inicial, ha sido designado por la entidad para contabilizarlo al valor razonable con cambios en resultados

Mantenido para negociar

Un activo o pasivo financiero que:

(a) se compra o se incurre en él principalmente con el objetivo de venderlo o de volver a comprarlo en un futuro cercano;

(b) en su reconocimiento inicial es parte de una cartera de instrumentos financieros identificados, que se gestionan conjuntamente y para la cual existe evidencia de un patrón real reciente de obtención de beneficios a corto plazo; o

(c) es un derivado (excepto un derivado que sea un contrato de garantía financiera o haya sido designado como un instrumento de cobertura eficaz).

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RECONOCIMIENTO INICIAL

Una entidad reconocerá un activo o un pasivo financiero en su estado de situación financiera cuando, y sólo cuando, se convierta en parte de las cláusulas contractuales del instrumento.

Compra o venta convencional de un activo financiero

Una compra o venta convencional de activos financieros se reconocerá y dará de baja, según corresponda, aplicando la contabilidad de la fecha de contratación o la de la fecha de liquidación:

La fecha de contratación es la fecha en la que una entidad se compromete a comprar o vender un activo.

La fecha de liquidación es la fecha en que un activo se entrega a o por la entidad.

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BAJA EN CUENTAS DE ACTIVOS FINANCIEROS

Una entidad dará de baja en cuentas un activo financiero cuando, y sólo cuando:

(a) expiren los derechos contractuales sobre los flujos de efectivo del activo financiero; o

(b) se transfiera el activo financiero, y la transferencia cumpla con los requisitos para la baja en cuentas.

Transferencia de activos financieros

Una entidad habrá transferido un activo financiero si, y solo si:

(a) ha transferido los derechos contractuales a recibir los flujos de efectivo de un activo financiero; o

(b) retiene los derechos contractuales a recibir los flujos de efectivo del activo, pero asume la obligación contractual de pagarlos a uno o más perceptores

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BAJA EN CUENTAS DE ACTIVOS FINANCIEROS

Cuando una entidad transfiera un activo, evaluará en qué medida retiene los riesgos y las recompensas inherentes a su propiedad. En este caso:

(a) Si transfiere de forma sustancial los riesgos y recompensas del activo, lo dará de baja en cuentas (reconocerá derechos y obligaciones de la transferencia).

(b) Si retiene de forma sustancial los riesgos y recompensas del activo, continuará reconociéndolo.

Transferencia de activos financieros

(c) Si no transfiere ni retiene de forma sustancial todos los riesgos y recompensas del activo, determinará si ha retenido el control sobre el activo. En este caso:

(i) Si no ha retenido el control, dará de baja el activo (reconocerá derechos y obligaciones derivados de la transferencia).

(ii) Si la entidad ha retenido el control, continuará reconociendo el activo en la medida de su implicación continuada en el activo.

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BAJA EN CUENTAS DE ACTIVOS FINANCIEROS

Si una transferencia no produce una baja en cuentas porque la entidad ha retenido sustancialmente todos los riesgos y recompensas inherentes a la propiedad del activo transferido, la entidad continuará reconociendo dicho activo transferido en su integridad, y reconocerá un pasivo financiero por la contraprestación recibida.

Transferencias que no cumplen los requisitos para la baja en cuentas

En periodos posteriores, la entidad reconocerá cualquier ingreso por el activo transferido y cualquier gasto incurrido por el pasivo financiero.

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BAJA EN CUENTAS DE ACTIVOS FINANCIEROS

Si una entidad no transfiere ni retiene sustancialmente todos los riesgos y recompensas inherentes a la propiedad de un activo transferido, y retiene el control sobre éste, continuará reconociendo el activo transferido en la medida de su implicación continuada.

Implicación continuada en activos transferidos

La medida de la implicación continuada de la entidad en el activo transferido es la medida en que está expuesta a cambios de valor del activo transferido.

El activo transferido y el pasivo asociado se medirán sobre una base que refleje los derechos y obligaciones que la entidad haya retenido (y continuará reconociendo los ingresos y gastos asociados).

Ejemplos de implicación continuada: en forma de garantía del activo transferido, de una opción comprada o emitida sobre el activo transferido, de una opción que se liquide en efectivo (o similar) sobre el activo transferido.

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BAJA EN CUENTAS DE ACTIVOS FINANCIEROS

Baja en cuentas de un activo

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BAJA EN CUENTAS DE PASIVOS FINANCIEROS

Una entidad eliminará de su estado de situación financiera un pasivo financiero (o una parte del mismo) cuando, y sólo cuando, se haya extinguido -esto es,:

- cuando la obligación especificada en el contrato haya sido pagada o cancelada, - o haya expirado.

Una permuta entre un prestamista y un prestatario de instrumentos de deuda con condiciones sustancialmente diferentes, se contabilizará como una cancelación del pasivo original, reconociéndose un nuevo pasivo (similar en caso de una modificación sustancial a las condiciones del pasivo).

Permuta de pasivos financieros

Cancelación (ó transferencia) de pasivos financieros

La diferencia entre el importe en libros de un pasivo (o parte del mismo) cancelado o transferido y la contraprestación pagada (incluyendo otros activos transferidos diferente del efectivo o pasivos), se reconocerá en el resultado del periodo.

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CLASIFICACION DE ACTIVOS FINANCIEROS

Una entidad clasificará los activos financieros según se midan posteriormente a costo amortizado o al valor razonable sobre la base del:

(a) modelo de negocio de la entidad para gestionar los activos financieros y

(b) de las características de los flujos de efectivo contractuales del activo.

MODELO DE NEGOCIO

•El objetivo del modelo de negocio esta determinado por el personal clave de la gerencia.

•No dependerá de las intenciones de la gerencia para un instrumento individual (nivel más alto de agregación).

•Una entidad puede tener más de un modelo de negocio (puede mantener una cartera de inversiones para obtener flujos de efectivo contractuales, y otra que gestiona para realizar cambios al valor razonable).

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CLASIFICACION DE ACTIVOS FINANCIEROS

MODELO DE NEGOCIO

• El modelo de negocio cuyo objetivo es obtener los flujos de efectivo contractuales, se mantiene incluso aunque tengan lugar ventas de activos financieros.

Por ejemplo, la entidad puede vender un activo financiero si:

(a) dicho activo deja de cumplir las condiciones de la política de inversión (por ejemplo, la calificación crediticia del activo desciende por debajo de lo requerido);

(b) en el caso de una aseguradora, si ajusta su cartera de inversión para reflejar un cambio en la duración esperada (el calendario esperado de desembolsos); o

(c) dicha entidad necesita financiar desembolsos de capital.

Sin embargo, si se realiza un número excesivamente infrecuente de ventas, necesitará evaluar si y cómo son coherentes con un objetivo de obtener flujos de efectivo.

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CLASIFICACION DE ACTIVOS FINANCIEROS

MODELO DE NEGOCIO

Ejemplos donde el objetivo puede ser mantener activos financieros para obtener flujos de efectivo contractuales:

Ejemplo 1 Una entidad mantiene inversiones para obtener sus flujos de efectivo contractuales

pero vendería una inversión en circunstancias particulares.

Ejemplo 2 El modelo de negocio es comprar carteras de activos, tales como préstamos. Las

carteras pueden incluir o no activos que hayan sufrido pérdidas crediticias. Si el pago de los préstamos no se realiza a tiempo, la entidad pretende obtener los flujos de efectivo contractuales a través de varias formas (por ejemplo, contactando con el deudor por correo, teléfono u otros medios).

En algunos casos, la entidad realiza permutas financieras de tasas de interés para cambiar la tasa de interés de activos concretos, dentro de una cartera, de una tasa de interés variable a otra fija.

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CLASIFICACION DE ACTIVOS FINANCIEROS

Un activo financiero deberá medirse al costo amortizado si se cumplen las dos condiciones siguientes:

(a) El activo se mantiene dentro de un modelo de negocio cuyo objetivo es mantener los activos para obtener los flujos de efectivo contractuales.

(b) Las condiciones contractuales del activo dan lugar, en fechas especificadas, a flujos de efectivo que son únicamente pagos del principal e intereses sobre el importe del principal pendiente.

A. ACTIVOS MEDIDOS AL COSTO AMORTIZADO

Un activo financiero deberá medirse al valor razonable, a menos que se mida al costo amortizado.

Por ejemplo: mantenidos para negociar, derivados de no cobertura, designados.

B. ACTIVOS MEDIDOS AL VALOR RAZONABLE

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CLASIFICACION DE ACTIVOS FINANCIEROS

MODELO DE NEGOCIO (flujos de efectivo del principal e intereses)

Ejemplos de flujos que son únicamente pagos del principal e intereses:

Ejemplo 1 -Instrumento A- El instrumento A es un bono con una fecha de vencimiento señalada. Los pagos del

principal e intereses sobre el importe del principal pendiente están vinculados a un índice de inflación relacionado con la moneda en la que se emitió el instrumento. El vínculo de inflación no está apalancado y el principal está protegido.

Ejemplo 2 -Instrumento B- El instrumento B es un instrumento de tasa de interés variable con una fecha de

vencimiento señalada que permite al prestatario elegir la tasa de interés de mercado sobre una base de negocio en marcha. Por ejemplo, en cada fecha de revisión de la tasa de interés, el prestatario puede elegir pagar el LIBOR a tres meses por un periodo de tres meses o el LIBOR a un mes para un periodo de un mes.

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CLASIFICACION DE ACTIVOS FINANCIEROS

MODELO DE NEGOCIO (flujos de efectivo del principal e intereses)

Ejemplos de flujos que NO son pagos del principal e intereses:

Ejemplo 1 -Instrumento E- El instrumento E es un bono convertible en instrumentos de patrimonio del emisor.

Ejemplo 2 -Instrumento F- El instrumento F es un préstamo que paga una tasa de interés variable inversa (es

decir la tasa de interés tiene una relación inversa con las tasas de interés del mercado).

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CLASIFICACION DE ACTIVOS FINANCIEROS

Una entidad puede, en el reconocimiento inicial, designar un activo de forma irrevocable como medido al valor razonable con cambios en resultados si con ello elimina o reduce significativamente una incoherencia de medición o reconocimiento (asimetría contable) que surgiría en otro caso de la medición de los activos o pasivos o del reconocimiento de las ganancias y pérdidas de los mismos sobre bases diferentes.

OPCION DE DESIGNAR UN ACTIVO AL VALOR RAZONABLE CON CAMBIOS EN RESULTADOS

Ejemplo:

Un activo se hubiera clasificado como medido posteriormente al valor razonable y un pasivo -que la entidad considere relacionado- se hubiese medido posteriormente al costo amortizado (sin reconocer los cambios en el valor razonable).

En estas circunstancias, una entidad puede concluir que sus estados financieros podrían suministrar una información más relevante si tanto el activo como el pasivo se midiesen como al valor razonable con cambios en resultados.

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Al valor razonable

con cambios en resultados

Inversiones mantenidas

hasta el vencimiento

Préstamos y partidas por cobrar

Activos financieros disponibles

para la venta

CLASIFICACION DE ACTIVOS FINANCIEROS

ANTES (NIC 39):

Al costo amortizado

Al valor razonable

AHORA (NIIF 9)*:

*Actualmente en revisión la evaluación del modelo de negocios (alcance y guías), y una posible categoría adicional: “Al valor razonable con cambios en Otro Resultado Integral”, para instrumentos de deuda.

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CLASIFICACION DE PASIVOS FINANCIEROS

Una entidad clasificará todos los pasivos como medidos posteriormente al costo amortizado utilizando el método de interés efectivo, excepto por:

(a) Los pasivos financieros que se contabilicen al valor razonable con cambios en resultados (incluye los mantenidos para negociar, derivados de no cobertura, designados).

(b) Los pasivos financieros que surjan por una transferencia de activos financieros que no cumpla con los requisitos para su baja en cuentas o que se contabilicen utilizando el enfoque de la implicación continuada.

(c) Los contratos de garantía financiera

(d) Compromisos de concesión de un préstamo a una tasa de interés inferior a la de mercado.

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CLASIFICACION DE PASIVOS FINANCIEROS

Una entidad puede, en el reconocimiento inicial, designar de forma irrevocable un pasivo como medido a valor razonable con cambios en resultados cuando lo permita esta norma, o cuando hacerlo así dé lugar a información más relevante, porque:

OPCION DE DESIGNAR UN PASIVO AL VALOR RAZONABLE CON CAMBIOS EN RESULTADOS

(a) con ello se elimine o reduzca significativamente alguna incoherencia en la medición o en el reconocimiento (“asimetría contable”), ó

(b) un grupo de pasivos o de activos y pasivos, se gestione y su rendimiento se evalúe según la base del valor razonable, de acuerdo con una estrategia de inversión o de gestión del riesgo documentada, y se proporcione internamente información sobre ese grupo, sobre la base del personal clave de la gerencia de la entidad.

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Medidos al costo

amortizado

Al valor razonable

con cambios en resultados

Medidos de acuerdo

con la NIC 37

NIIF 9 = NIC 39

CLASIFICACION DE PASIVOS FINANCIEROS

La mayor parte de los requisitos para los pasivos financieros de la NIC 39 se trasladaron sin cambios a la NIIF 9.

Sin embargo, se modificó la opción del valor razonable de los pasivos financieros para abordar el tema del riesgo de crédito propio: el cambio del valor razonable que corresponde al riesgo de crédito se registra en Otro Resultado Integral.

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RECLASIFICACION

Cuando, y solo cuando, una entidad cambie su modelo de negocio para la gestión de los activos financieros, reclasificará todos los activos afectados.

(a) Un derivado que fuera anteriormente designado como un instrumento de cobertura eficaz, en la cobertura de flujo de efectivo o una cobertura de inversión neta que hayan dejado de cumplir los requisitos para ser consideradas como tal.

Una entidad no reclasificará pasivo financiero alguno.

Los siguientes cambios -en las circunstancias- no son reclasificaciones:

(b) Un derivado que haya pasado a ser un instrumento de cobertura designado y eficaz en una cobertura de flujo de efectivo o una cobertura de inversión neta.

(c) Cambios en la medición de acuerdo con la Sección 6.7 (Contabilidad de las exposiciones crediticias designadas al valor razonable con cambios en resultados).

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MEDICION INICIAL

Al reconocer inicialmente un activo o un pasivo financiero, se medirá al:

Valor razonable

Costos de transacción

Medición inicial de

un activo ó pasivo

Excepto los activos y pasivos contabilizados al valor razonable con cambios en resultados, a los cuales no se agregará los costos de transacción.

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MEDICION POSTERIOR DE ACTIVOS FINANCIEROS

Una entidad aplicará los requerimientos de deterioro de valor contenidos en la NIC 39, a los activos financieros medidos al costo amortizado.

•Por su valor razonable. Activos Financieros

(incluye designados y derivados)

•Al costo amortizado utilizando el método de la tasa de interés efectiva.

Excepto por:

Modelo de negocio cuyo objetivo es obtener los flujos de

efectivo (principal e intereses)

•Contabilidad de Coberturas (NIIF 9 ó NIC 39).

-Activos financieros que se designen como partidas

cubiertas

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•Contraprestación recibida (costo amortizado o valor razonable según proceda), o se contabilizan bajo enfoque de implicación continuada.

MEDICION POSTERIOR DE PASIVOS FINANCIEROS

•Al costo amortizado utilizando el método de la tasa de interés efectiva.

Pasivos Financieros

•Por su valor razonable.

Excepto por:

-Pasivos al valor razonable con cambios en resultados

(incluye designados y derivados)

-Pasivos que surjan por una transferencia

(no cumplen requisitos para baja en cuentas, o por implicación continuada)

•Se contabilizan según la NIC 37 Provisiones, Pasivos y Activos Contingentes (aplicables condiciones)

-Contratos de garantía financiera y compromisos de concesión de un

préstamo a una tasa de interés inferior a la de mercado

•Contabilidad de Coberturas (NIIF 9 ó NIC 39). -Pasivos que se designen como

partidas cubiertas

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MEDICION DEL COSTO AMORTIZADO

-Sin uso-

Pendiente de finalizar. Forma parte de proyecto de enmiendas limitadas a la NIIF 9: Clasificación y Medición, y de la Fase 2: Deterioro de Valor (metodología).

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RECLASIFICACION DE ACTIVOS FINANCIEROS

Si una entidad reclasifica los activos, aplicará dicha reclasificación prospectivamente desde la fecha de reclasificación.

La entidad no reexpresará las ganancias, pérdidas o intereses previamente reconocidos.

Si una entidad reclasifica un activo de forma que se mida al valor razonable, su valor razonable se medirá en la fecha de la reclasificación.

Cualquier ganancia o pérdida que surja, por diferencias entre el importe en libros previo y el valor razonable, se reconocerá en el resultado del periodo.

Si una entidad reclasifica un activo de forma que se mida al costo amortizado, su valor razonable en la fecha de la reclasificación pasará a ser su nuevo importe en libros.

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GANANCIAS O PERDIDAS

A. Activos y pasivos al valor razonable

Actualizaciones a valor de mercado

Resultado del periodo

CLASIFICACION MOVIMIENTO SE REGISTRA EN:

Intereses se registran en resultado del periodo (excepto que aplique NIC 23).

Partidas en una relación de cobertura: según contabilidad de coberturas .

Excepto por:

Instrumentos de patrimonio (elección)

Pasivo designado (riesgo de crédito)

Actualizaciones a valor de mercado

Otro resultado integral

B. Activos y pasivos al costo amortizado

-Cuando se dé de baja

-Cuando se deteriore

-Se reclasifique

-A través del proceso de amortización

Resultado del periodo

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Fase 2: Deterioro de Valor

(metodología) (continúa en proceso de elaboración)

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DETERIORO DE VALOR E INCOBRABILIDAD DE ACTIVOS MEDIDOS AL COSTO AMORTIZADO

La fase del proyecto de Deterioro de Valor (metodología), aún no esta finalizada. Las entidades que apliquen anticipadamente esta norma, deberán también aplicar los requerimientos simplificados aplicables al deterioro que se han incluido en la NIC 39 (Red Book), para esas entidades.

Al respecto, como resultado de la simplificación de las alternativas de clasificación de los activos financieros, los diversos métodos de deterioro de la NIC 39 se redujeron a un único método aplicable a los activos medidos al costo amortizado (no contiene cambios), así:

-En proceso-

Al costo amortizado

Diferencia entre valor en libros y valor presente de flujos futuros, descontados a tasa original del

crédito (excluyendo pérdidas no incurridas)

Resultado del periodo

(bien sea deduciendo la partida de activo o mediante

cuenta correctora)

CATEGORIA CALCULO SE REGISTRA EN:

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DETERIORO DE VALOR

PROPUESTA (En proceso)

NUEVAS DEFINICIONES

Pérdidas crediticias esperadas a 12 meses

Las pérdidas crediticias esperadas que resultan de esos incumplimientos en el instrumento financiero que son posibles dentro de los 12 meses después del final del período sobre el que se informa.

Tasa de interés efectiva

ajustada de crédito A diferencia de la tasa de interés efectiva, esta si considerará en su cálculo, los flujos futuros esperados de las “pérdidas crediticias esperadas”.

Pérdidas crediticias esperadas

La medida ponderada de pérdidas crediticias con las respectivas probabilidades de incumplimiento como peso, por ejemplo, pérdidas crediticias de ¢100 × probabilidad de que un incumplimiento ocurra 5% + ¢0 × probabilidad de que ningún incumplimiento ocurra 95% es equivalente a pérdidas crediticias esperadas de of ¢5.

Pérdidas crediticias esperadas durante el tiempo de vida

Las pérdidas crediticias esperadas que resultan de todos los eventos de incumplimiento posibles durante la vida de un instrumento financiero.

Grados de calificación de riesgo crediticio

Calificación del riesgo crediticio basada en la probabilidad de que un incumpliendo ocurra en el instrumento financiero.

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DETERIORO DE VALOR

PROPUESTA (En proceso)

Fase 1: No se han deteriorado significativamente en calidad de crédito desde su reconocimiento inicial o que tiene bajo riesgo de crédito al final del período sobre el que se informa.

Pérdidas crediticias a 12 meses

Calculados sobre el importe bruto en libros del activo

FASE SE RECONOCEN INGRESOS x INTERESES

Fase 2: Se han deteriorado de manera significativa en calidad de crédito desde su reconocimiento inicial (a menos que tengan bajo riesgo de crédito al final del período) pero que no presenten evidencia objetiva de un evento de pérdida de crédito.

Pérdidas crediticias esperadas durante el tiempo de vida

Calculados sobre el importe bruto en libros del activo

Fase 3: Activos financieros que tengan evidencia objetiva de deterioro al final del período sobre el que se informa.

Pérdidas crediticias esperadas durante el tiempo de vida

Calculados sobre el importe neto en libros (es decir, reducidos para pérdidas

crediticias esperadas)

Excepción: Enfoque simplificado para cuentas por cobrar y arrendamientos por cobrar: aplica pérdidas crediticias esperadas

durante el tiempo de vida (opciones separadas de política contable cuando constituyen transacciones de financiación –NIC 18-).

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Fase 3: Contabilidad de

Coberturas (finalizada recientemente)

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CONTABILIDAD DE COBERTURAS

(a) El IASB revisó íntegramente los requerimientos de la contabilidad de coberturas de la NIC 39 y los sustituyó por los requerimientos de la NIIF 9.

En noviembre de 2013 el IASB añadió a la NIIF 9 los requerimientos relacionados con la contabilidad de coberturas:

(b) Los requerimientos de la NIIF 9 alinean la contabilidad de coberturas de forma más estrecha con la gestión de riesgos, dando lugar a información más útil para los usuarios de los estados financieros. Los requerimientos también establecen un enfoque más basado en principios (menos reglas) y aborda incongruencias y debilidades del modelo de la NIC 39.

(c) El IASB no abordó la contabilización específica de carteras abiertas o macro coberturas como parte de los requerimientos generales de la contabilidad de coberturas de la NIIF 9. El IASB está considerando propuestas para esta contabilización como parte de su agenda activa con el objetivo de emitir un Documento de Discusión (comentarios hasta el 17 de octubre 2014).

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CONTABILIDAD DE COBERTURAS

Consideraciones al Alcance

Las entidades pueden elegir entre aplicar la NIIF 9 o seguir usando la NIC 39 para contabilizar coberturas (mientras se finaliza el proyecto de macro coberturas). Así se tendrá la posibilidad de no cambiar la contabilidad dos veces en corto tiempo.

Las entidades deberán cumplir los requerimientos de divulgación de la NIIF 7, ya sea utilizando la contabilidad de coberturas de la NIC 39 o NIIF 9.

Es aplicable a toda la contabilidad de coberturas, excepto a las coberturas al valor razonable de carteras de riesgo por intereses (comúnmente conocidas como “coberturas macro de valor razonable”). Para estos casos todavía debe aplicarse la NIC 39.

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NIIF 9

CONTABILIDAD DE COBERTURAS

Principales Cambios

Cambios con respecto a la efectividad de las coberturas: se elimina el requisito de la prueba a la efectividad (rango del 80% al 125%). Casi no se requieren evaluaciones cuantitativas, y podría ser suficiente una evaluación cualitativa (se alinean con la gestión del riesgo a través de un principio de "relación económica”)

Más partidas pueden designarse como partidas cubiertas: Por ejemplo ahora se pueden cubrir partidas no financieras de riesgos específicos si se logran aislar y medir (antes para estas partidas sólo era posible -a nivel específico- cubrir el riesgo en moneda extranjera).

Se mantienen las tres clases de relaciones de cobertura: coberturas del valor razonable, coberturas de flujos de efectivo y coberturas de una inversión neta en un negocio en el extranjero.

Se permite designar grupos de partidas como partida cubierta: incluyendo un grupo de partidas que constituye una posición neta (con algunas condiciones).

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NIIF 9

INTERPRETACIONES Y PYMES

Las siguientes Interpretaciones se refieren a la NIIF 9:

• SIC-27 Evaluación de la Esencia de las Transacciones que Adoptan la Forma Legal de un Arrendamiento • CINIIF 2 Aportaciones de Socios de Entidades Cooperativas e Instrumentos Similares • CINIIF 5 Derechos por la Participación en Fondos para el Retiro del Servicio, la Restauración y la Rehabilitación Medioambiental • CINIIF 10 Información Financiera Intermedia y Deterioro del Valor • CINIIF 12 Acuerdos de Concesión de Servicios • CINIIF 19 Cancelación de Pasivos Financieros con Instrumentos de Patrimonio

Las siguientes secciones de la NIIF para PYMES se refieren a temas

abordados en esta norma:

Si bien el alcance de la NIIF 9 todavía no ha sido considerado en la NIIF para PYMES, es aplicable lo referente a las siguientes secciones: 11 Instrumentos Financieros Básicos 12 Otros Temas relacionados con los Instrumentos Financieros

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NIIF 9

VIGENCIA

La NIIF 9 rige a partir del 1 de enero de 2018. Se permite su aplicación anticipada.

La fecha de vigencia de la modificación más reciente es 1 de enero de 2014.

Si una entidad aplica esta NIIF en sus estados financieros para un periodo que comience con anterioridad al 1 de enero de 2018, revelará este hecho.

Una entidad aplicará esta NIIF retroactivamente, de acuerdo con la NIC 8, con algunas excepciones específicas.

Esta NIIF deroga la CINIIF 9 Nueva Evaluación de Derivados implícitos. Su alcance fue añadido a la NIIF 9.

Esta NIIF deroga la NIIF 9 emitida en 2009. Sin embargo, para periodos anuales que comiencen antes del 1 de enero de 2018, una entidad puede elegir aplicar la NIIF 9 emitida en 2009 en lugar de aplicar esta NIIF.

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NIIF 9

Muchas Gracias