20190924 Manual Cosecha de uva 2019 - Extremadura · Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20...

22
MANUAL DE APOYO AL USUARIO PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DEL TRÁMITE DE DECLARACIONES DE COSECHA DE UVA. CAMPAÑA VITIVINÍCOLA 2019/2020. Versión 01/2019

Transcript of 20190924 Manual Cosecha de uva 2019 - Extremadura · Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20...

Page 1: 20190924 Manual Cosecha de uva 2019 - Extremadura · Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20 Página 4 de 22 - Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula

MANUAL DE APOYO AL USUARIO PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DEL TRÁMITE DE DECLARACIONES DE COSECHA DE UVA. CAMPAÑA VITIVINÍCOLA 2019/2020.

Versión 01/2019

Page 2: 20190924 Manual Cosecha de uva 2019 - Extremadura · Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20 Página 4 de 22 - Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula

Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20

Página 2 de 22

ÍNDICE 1.- FUNDAMENTOS 2.- DEFINICIONES 3.- ALTA DE ADMINISTRADOS 4.- PLAZOS 5.- RECEPCIÓN DE LAS DECLARACIONES 6.-ACCESO DE USUARIOS. PORTAL ARADO 7.- PROCESO PARA CUMPLIMENTAR LA DECLARACION DE COSECHA

Page 3: 20190924 Manual Cosecha de uva 2019 - Extremadura · Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20 Página 4 de 22 - Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula

Manual de Declaración de Cosecha de uva 2019/20

Página 3 de 22

1.- FUNDAMENTOS Se redacta el presente manual a efectos de complementar la ayuda interactiva

disponible en cada una de las páginas generadas por la nueva aplicación destinada para la declaración de cosecha de uva. Esta aplicación debe ser considerada como una herramienta informática que permite obtener en soporte papel los datos declarados, que han de ser comunicados a la Administración.

Las declaraciones del sector vitivinícola están reguladas por:

- Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de

diciembre de 2013 por el que se crea una organización común de mercados de los productos agrarios y por que se derogan los Reglamentos (CEE) nº 922/72, (CEE) nº 234/79, (CE) nº 1307/2001 y (CE) nº 1234/2007.

- Reglamento delegado (UE) 2018/273 DE LA COMISIÓN de 11 de diciembre de 2017 por

el que se completa el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe al régimen de autorizaciones para plantaciones de vid, el registro vitícola, los documentos de acompañamiento, la certificación, el registro de entradas y salidas, las declaraciones obligatorias, las notificaciones y la publicación de la información notificada, y por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a los controles y sanciones pertinentes, por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 555/2008, (CE) n.o 606/2009 y (CE) n.o 607/2009 de la Comisión y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 436/2009 de la Comisión y el Reglamento Delegado (UE) 2015/560 de la Comisión

- Reglamento de ejecución (UE) 2018/274 DE LA COMISIÓN de 11 de diciembre de 2017

por el que se establecen las normas de desarrollo del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al régimen de autorizaciones para plantaciones de vid, la certificación, el registro de entradas y salidas, las declaraciones obligatorias y las notificaciones, y del Reglamento (UE) n.o 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los controles pertinentes, y por el que se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/561 de la Comisión

- Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino.

- Real Decreto 739/2015, de 31 de julio, sobre declaraciones obligatorias en el sector

vitivinícola.

- Real Decreto 313/2016, de 29 de julio, por el que se modifican el Real Decreto 739/2015, de 31 de julio, sobre declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola, y el Real Decreto 740/2015, de 31 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola, y se modifica el Real Decreto 1079/2014, de 19 de diciembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola.

- Real Decreto 536/2019, de 20 de septiembre, por el que se modifica el RD 1338/2018

de 29 deoOctubre.

Page 4: 20190924 Manual Cosecha de uva 2019 - Extremadura · Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20 Página 4 de 22 - Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula

Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20

Página 4 de 22

- Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula el potencial de producción vitícola.

- Decreto 129/2018, de 1 de agosto, por el que se desarrollan las normas que regulan el

potencial de producción vitícola en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

- ORDEN de 21 de noviembre de 2018 por la que se regula la presentación de declaraciones en el sector vitivinícola de Extremadura.

2.- DEFINICIONES

Se entiende por :

- Explotación: El conjunto de parcelas de viñedo administradas por una persona física ó jurídica ó agrupación de personas físicas o jurídicas, con independencia de la forma jurídica de la agrupación o de sus miembros, y que se encuentran en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

- Titular del viñedo: Es la persona física o jurídica, ó agrupación de personas físicas o jurídicas con independencia de la forma jurídica de la agrupación o de sus miembros, que tiene los derechos de plantación o replantación sobre el cultivo, bien como consecuencia de un derecho de propiedad, o bien porque tenga atribuido un derecho de disposición sobre el cultivo.

- Cosechero/a: Es la persona física o jurídica, o agrupación de personas físicas o jurídicas con independencia de la forma jurídica de la agrupación o de sus miembros, titular o no de una explotación inscrita en el Registro Vitícola Comunitario, que obtiene el producto anual de la parcela de viñedo bien por ser el titular de la misma o por tener atribuido un derecho sobre la misma.

- Productor/a Elaborador/a: Cualquier persona física o jurídica, o agrupación de tales personas, que hayan producido mosto o vino de su propiedad, directamente o a través de terceros, a partir de uva fresca, de mosto de uva, de mosto de uva parcialmente fermentado o de vino nuevo en proceso de fermentación. Un productor que también realice la actividad de almacenista será considerado exclusivamente productor, sin perjuicio de tener que declarar la parte de vino o mosto que corresponda a su actividad como almacenista.

- Cedente: Titular del Registro Vitícola de Extremadura, independientemente de su régimen de tenencia, que mediante un pacto, convenio oral o escrito entre partes, traspasa parte o la totalidad de la superficie perteneciente a su explotación de viña, y por consiguiente su producción asociada, a un tercero denominado cesionario.

- Plantación legal/regular: Parcelas plantadas de vid con la autorización de la administración.

- Plantación ilegal: Parcelas plantadas de vid sin la autorización de la administración.

- Campaña vitivinícola: La comprendida entre el 1 de Agosto del año en curso y el 31 de Julio del año siguiente.

- Hectólitro: Medida de capacidad equivalente a 100 litros.

- Quintal métrico: Unidad de medida del sistema métrico decimal, equivalente a 100 kg.

Page 5: 20190924 Manual Cosecha de uva 2019 - Extremadura · Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20 Página 4 de 22 - Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula

Manual de Declaración de Cosecha de uva 2019/20

Página 5 de 22

3. ALTA DE ADMINISTRADOS

Aquellos titulares obligados a la realización de este trámite y que no figuren en la relación de Administrados de la herramienta Arado, deberán solicitar su alta cumplimentando el formulario habilitado a tal efecto en la página web de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural Población y Territorio.

4. PLAZOS

Fecha fin: hasta el 10 de diciembre de cada año. 5. RECEPCIÓN DE LAS DECLARACIONES

Significamos que para que las declaraciones tengan validez, deberán ser firmadas y

presentadas teniendo en cuenta lo establecido en los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Atendiendo a lo indicado en el párrafo anterior, los declarantes además de registrar

las declaraciones como en campañas anteriores, tendrán la posibilidad de firmar y registrar la declaración “Telemáticamente”. De igual forma, las entidades colaboradoras y funcionarios habilitados, podrán firmar y registrar las declaraciones de los cosecheros que así se lo manifiesten, firmando para ello la correspondiente “Autorización / Consentimiento para asistencia en el uso de medios electrónicos”.

Es aconsejable revisar previamente la declaración, por si se detectara alguna deficiencia que se pudiera subsanar antes de presentarla. Se comprobará que los datos personales están cumplimentados y aparece la firma del declarante o representante legal.

Las declaraciones presentadas a trámite de forma colectiva lo han de ser por

persona concreta e identificada, como documentación aneja a un escrito debidamente firmado por dicha persona y en el que conste relación de los expedientes. Se registrará este escrito con la exacta correspondencia entre la relación y las declaraciones adjuntadas.

Las declaraciones originales con la documentación aportada por los

solicitantes, en su caso , una vez registradas y revisadas, se remitirán a; Servicio de Ayudas y Regulación de Mercados

Sección Técnica V Ctra. de San Vicente, s/n

06007 Badajoz

Page 6: 20190924 Manual Cosecha de uva 2019 - Extremadura · Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20 Página 4 de 22 - Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula

Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20

Página 6 de 22

6. ACCESO DE USUARIOS PORTAL ARADO:

El acceso a los formularios normalizados y consecuentemente a los datos gestionados por la aplicación, que posibilitan la realización de la declaración, se realizará accediendo al correspondiente trámite en el enlace (https://arado.juntaex.es/aradoi/inicio.aspx) de la plataforma ARADO, mediante un identificador personal y clave principal o mediante clave delegada que se facilite a un funcionario habilitado o a una entidad colaboradora o sujeto de derecho privado, acreditada por la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.

7.-PROCESO PARA CUMPLIMENTAR LA DECLARACIÓN DE COSECHA

Tras las consideraciones precedentes y una vez seleccionada la opción de efectuar el

trámite correspondiente a la declaración de cosecha de uva se inicia el proceso normalizado, con una serie de pantallas que pueden variar según referencias internas del sistema, ya que existe una vinculación total con el Registro Vitícola de Extremadura, que condiciona y determina las distintas fases de captación y validación de datos.

El citado trámite consta de los siguientes Anexos:

• (Formulario Principal). Formulario Inicial.

• (ANEXO II-A). Declaración de cosecha de uva.

• (ANEXO II-B). Recintos SIG-PAC asociados a la producción.

• (ANEXO IV). Declaración de destino de las producciones de plantaciones ilegales.

• (ANEXO V). Documento acreditativo de declaración de cosecha de uva con

producción nula.

• (ANEXO VI). Documento acreditativo del autoconsumo.

• (ANEXO VII). Documento acreditativo de la cesión de la totalidad de la superficie en

producción.

• (ANEXO VIII). Documento acreditativo del destino de la TOTALIDAD de su producción

de uva, al consumo como uva de mesa, a la pasificación ó la transformación directa

en zumos de uva.

• (ANEXO IX). Documento acreditativo de explotación inferior a 1000 m2 que no

comercializa la cosecha o entrega la totalidad de la cosecha a una bodega

cooperativa o a una agrupación de la que es socio o miembro.

7.1. PANTALLA “DECLARACIONES REALIZADAS”.

Page 7: 20190924 Manual Cosecha de uva 2019 - Extremadura · Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20 Página 4 de 22 - Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula

Manual de Declaración de Cosecha de uva 2019/20

Página 7 de 22

Es la primera pantalla que nos aparece para comenzar con el trámite. Consignaremos “Nueva declaración” para iniciar el proceso declarativo. Si se tiene una declaración terminada, se dará la posibilidad de rescatar los datos de la última declaración terminada.

7.2. PANTALLA “DATOS DEL TITULAR”. En esta pantalla aparecerán los datos del viticultor, siendo requisito indispensable, el consignar al menos un número de teléfono de contacto. En el caso de cualquier tipo de sociedad habrá que consignar los datos del representante legal autorizado para firmar la declaración.

7.3. PANTALLA “AUTORIZACIONES”.

Page 8: 20190924 Manual Cosecha de uva 2019 - Extremadura · Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20 Página 4 de 22 - Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula

Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20

Página 8 de 22

En esta pantalla aparecen las autorizas que se tienen que realizar para cumplir con lo establecido con la legislación vigente. Para el normal desarrollo de la declaración, vendrán consignadas por defecto, no teniendo que modificarlas salvo que no se esté de acuerdo con lo consignado.

7.4. PANTALLA “RECINTOS EXPLOTACIÓN”. La explotación parte de cero, teniendo que incorporar los recintos Sigpac vinculados a cada una de las parcelas/recintos seleccionables de su registro vitícola.

La superficie admisible de un recinto, será la máxima que podrá ser vinculada a dicho recinto.

Todas las parcelas vitícolas seleccionables, deben ser referenciadas con al menos un

recinto. Una vez vinculada la parcela/recinto vitícola con su recinto Sigpac, en la subpantalla “Inserción de Recintos de Parcelas Vitícolas” nos aparecerá dicha parcela en Estado Vinculada y con superficie restante cero, próxima a cero o positiva, pero nunca podrá ser negativa. También se podrán incorporar a la explotación los recintos procedentes de cesiones a través de la pestaña “Selec. Recintos Recibidos”. Como novedad en la presente campaña, se tendrá la posibilidad de incorporar los recintos Sigpac vinculados a las parcelas/recintos vitícolas de la campaña anterior, siempre que dichos recintos Sigpac y parcelas/recintos vitícolas no hayan sufrido modificación alguna con respecto a la campaña anterior.

Page 9: 20190924 Manual Cosecha de uva 2019 - Extremadura · Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20 Página 4 de 22 - Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula

Manual de Declaración de Cosecha de uva 2019/20

Página 9 de 22

Page 10: 20190924 Manual Cosecha de uva 2019 - Extremadura · Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20 Página 4 de 22 - Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula

Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20

Página 10 de 22

Page 11: 20190924 Manual Cosecha de uva 2019 - Extremadura · Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20 Página 4 de 22 - Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula

Manual de Declaración de Cosecha de uva 2019/20

Página 11 de 22

Con los recintos sigpac vinculados a los del Registro Vitícola y los procedentes de las cesiones recibidas tendremos nuestra explotación inicial.

7.5. PANTALLA “CESIÓN RECINTOS”. Una vez que tenemos los recintos que componen la explotación, en la siguiente pantalla “Cesión Recintos”, tendremos la posibilidad de ceder parcialmente o la totalidad de la explotación a un único cosechero o a varios. Si hemos cedido la totalidad de la explotación, podremos ir directamente a la pantalla “Impresión Formularios” donde una vez validada la declaración y si no tenemos ningún error grave que lo impida, podremos terminarla.

Deberá consignar la superficie a ceder e indicar el NIF del cesionario, pulsando la lupa para seleccionar al cesionario.

Page 12: 20190924 Manual Cosecha de uva 2019 - Extremadura · Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20 Página 4 de 22 - Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula

Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20

Página 12 de 22

7.6. PANTALLA “CUESTIONARIO”.

En esta pantalla se responderá a una serie de preguntas que condicionarán el futuro declarativo de la totalidad de la explotación. La respuesta “NO” vendrá consignada por defecto, debido a que la mayoría de los cosecheros entregan su producción a una bodega. Si por el contrario, el cosechero marca “SI” en alguna de las preguntas, estaremos indicando lo siguiente:

1ª. Su producción anual TOTAL es nula.

2ª. Destina la TOTALIDAD de su producción a consumo privado (máximo 13,5 Qm.).

3ª. Destina la TOTALIDAD de su producción de uva a consumo en estado natural, a pasificación o a transformación directa en zumo de uva.

4ª. Es titular de una explotación legal, con una superficie productiva inferior a 10 áreas (1000m2) y no comercializa parte alguna de su cosecha o entrega la totalidad de su cosecha a una bodega cooperativa o a una agrupación sea socio o miembro. Solo se podrá marcar “SI” a una sola de las cuatro preguntas.

Si marcamos “Si” a cualquiera de las tres primeras preguntas, podremos ir

directamente a la pantalla “Impresión Formularios” a través de “la barra de pantallas” que aparece en la parte superior, donde una vez validada la declaración y si no tenemos algún error grave que lo impida, podremos terminarla, generándose el formulario principal mas:

Un anexo V, en el caso de haber respondido afirmativamente a la 1ª pregunta.

Un anexo VI, en el caso de haber respondido afirmativamente a la 2ª pregunta.

Un anexo VIII, en el caso de haber respondido afirmativamente a la 3ª pregunta. Por el contrario, si marcamos “Si” a la 4ª pregunta, seguiremos con la declaración,

consignando superficie productiva (menor a 10áreas) y producción para después entregarla a un elaborador/bodega. En este caso, una vez pasado el control de validación, se generará el formulario principal y un anexo IX.

Page 13: 20190924 Manual Cosecha de uva 2019 - Extremadura · Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20 Página 4 de 22 - Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula

Manual de Declaración de Cosecha de uva 2019/20

Página 13 de 22

7.7. PANTALLA “DATOS PRODUCCIÓN”.

En esta pantalla aparecerán todos los recintos que tenemos en la explotación. En estos recintos editaremos la superficie productiva y producción obtenida en ellos. Si no se a obtenido producción (recintos no productivos de la explotación) no se editará la superficie productiva ni producción.

La superficie productiva a editar en cada recinto, será como máximo la superficie

restante, que es la superficie cultivada menos la superficie cedida de ese recinto.

Page 14: 20190924 Manual Cosecha de uva 2019 - Extremadura · Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20 Página 4 de 22 - Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula

Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20

Página 14 de 22

7.8. PANTALLA “OTROS DESTINOS”.

Esta pantalla es para casos poco usuales y se utilizará exclusivamente cuando un cosechero que entrega a un elaborador/bodega, “se quede una cantidad para consumo privado (pitarra) o para consumo en estado natural, pasificación o transformación directa en zumo de uva” siendo 13,5 Qm. la cantidad máxima que puede ser empleada para esta finalidad.

Page 15: 20190924 Manual Cosecha de uva 2019 - Extremadura · Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20 Página 4 de 22 - Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula

Manual de Declaración de Cosecha de uva 2019/20

Página 15 de 22

7.9. PANTALLA “ENTREGAS REGULARES BODEGAS”.

En esta pantalla aparecerá la producción obtenida en la explotación según su aptitud, permitiendo entregar la producción a un único elaborador/bodega o a varios.

En el caso de realizar la entrega a un único elaborador/bodega, únicamente habrá

que indicar a que elaborador (elaborador/bodega) se le ha realizado dicha entrega. En el caso de realizar la entrega a varios elaboradores/bodegas, habrá que indicar el

destino(aptitud), el elaborador (elaborador/bodega) y las cantidades entregadas (tinta y blanca) donde se ha realizado dicha entrega.

Cuando la entrega se realice a un elaborador que elabora en varias bodegas (NIDPB),

éste aparecerá asociado a varios NIDPB y por ello, el cosechero tendrá que asegurarse de realizar dicha entrega al elaborador/bodega concreto.

Para que la entrega haya sido realizada correctamente, la cantidad restante de tinta

y blanca del cuadro resumen de entregas regulares, tienen que ser “cero” (las dos columnas situadas a la derecha de la pantalla).

Page 16: 20190924 Manual Cosecha de uva 2019 - Extremadura · Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20 Página 4 de 22 - Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula

Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20

Página 16 de 22

7.10. PANTALLA “ENTREGAS ILEGALES BODEGAS”.

Esta pantalla es para casos poco usuales y se utilizará exclusivamente cuando un cosechero tenga alguna parcela calificada como ILEGAL en el Registro Vitícola. Por lo tanto este Anexo puede salir junto con los Anexos II-A y II-B, además de con el V, VI, VIII y IX.

Se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:

Las parcelas ilegales no se pueden ceder.

Los cosecheros que tengan una o varias parcelas Ilegales, no podrán aceptar cesiones de parcelas Regulares.

Cuando un cosechero solo tenga parcelas Ilegales y la superficie de estas sea inferior a 1.000m2 (superficie de RV), estará permitido el autoconsumo, por lo que en este caso generará exclusivamente el Anexo VI.

Page 17: 20190924 Manual Cosecha de uva 2019 - Extremadura · Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20 Página 4 de 22 - Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula

Manual de Declaración de Cosecha de uva 2019/20

Página 17 de 22

7.11. PANTALLA “ENTREGA DOCUMENTACIÓN”.

En esta pantalla se podrá adjuntar la documentación relacionada con la declaración de cosecha como autorizaciones al firmante, poder de representación, etc.

Page 18: 20190924 Manual Cosecha de uva 2019 - Extremadura · Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20 Página 4 de 22 - Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula

Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20

Página 18 de 22

7.12. PANTALLA “IMPRESIÓN FORMULARIOS”.

Es la ultima pantalla del proceso declarativo. En esta pantalla se visualiza un listado que incluye la relación de Anexos que conforman la declaración, con la posibilidad de imprimirlos tanto en modo BORRADOR como en FORMATO DEFINITIVO.

Es recomendable Validar la declaración antes de imprimir un BORRADOR y tras revisarla, Terminar e imprimir la DEFINITIVA.

Mediante la Validación de la declaración detectaremos los errores, que podrán ser:

1. Tipo Aviso, donde se indica alguna incoherencia en el proceso declarativo que hay que subsanar “si se estima conveniente”. Permite terminar la declaración.

2. Tipo Grave, donde se indica alguna incoherencia en el proceso declarativo que hay

que subsanar “obligatoriamente”. No permite terminar la declaración.

Una vez subsanados los errores volveremos a Validar la declaración para posteriormente Terminarla.

Page 19: 20190924 Manual Cosecha de uva 2019 - Extremadura · Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20 Página 4 de 22 - Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula

Manual de Declaración de Cosecha de uva 2019/20

Página 19 de 22

Terminar la declaración implica la finalización (TERMINADA) y bloqueo de la declaración. Una vez Terminada no podrá modificarse, por lo que si hubiera que hacer algún cambio, habrá que realizar una nueva.

Una vez Terminada la declaración, se podrá imprimir, firmar y registrar tal y como establece la legislación vigente. 7.13. PANTALLA “REGISTRO TELEMÁTICO”.

Los anexos podrán firmarse y presentarse atendiendo a lo establecido en los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Atendiendo a lo indicado en el párrafo anterior, una vez terminada la declaración, los declarantes tendrán la posibilidad de firmar y registrar la declaración “Telemáticamente”, teniendo en cuenta las siguientes observaciones: Las Sociedades “tienen la obligación” de firmar y registrar telemáticamente la declaración. Cuando una entidad colaboradora, realice la dececlaración a una sociedad, además del modelo de representación/consentimiento, habrá de aportar copia del poder de representación o documento legal donde se indique que el firmante es el representante legal de dicha sociedad .

Necesita instalación de AutoFirma.

Necesita disponer de certificado digital o DNI electrónico.

Page 20: 20190924 Manual Cosecha de uva 2019 - Extremadura · Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20 Página 4 de 22 - Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula

Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20

Página 20 de 22

Asegúrese de firmar y posteriormente registrar telemáticamente la declaración. Cuando se acceda al registro telemático, en listado de posibles firmantes seleccionaremos el certificado con el que se va a firmar la declaración, añadiremos el modelo de representación/consentimiento firmado por ambas partes (en el caso de entidades colaboradoras o funcionarios habilitados), poder de representación (en el caso sociedades, etc) y/o cualquier otra documentación que se desee adjuntar, para posteriormente proceder a firmar los formularios o documentos generados.

Page 21: 20190924 Manual Cosecha de uva 2019 - Extremadura · Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20 Página 4 de 22 - Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula

Manual de Declaración de Cosecha de uva 2019/20

Página 21 de 22

Una vez firmada y registrada telemáticamente la declaración, la aplicación generará

un acuse o comunicación del registro en formato PDF, con el número, fecha y hora de registro y un código de verificación. Este documento servirá para justificar la firma y registro de la declaración.

Recuerde que siempre podrá consultar y obtener una copia de su solicitud presentada electrónicamente desde la aplicación Arado.

Page 22: 20190924 Manual Cosecha de uva 2019 - Extremadura · Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20 Página 4 de 22 - Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula

Manual Declaración de Cosecha de uva 2019/20

Página 22 de 22

Posteriormente si se desea, se podrán imprimir todos los formularios generados, en los

cuales aparecerá el número, fecha y hora de registro.

Para cualquier aclaración sobre el citado trámite se contactará con el Servicio de

Ayudas y Regulación de Mercados de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural Población y Territorio en Badajoz, teléfonos 924011265 / 924011170.