-2017-ANA/AAA XII.UV. 2 1 ijQV 2017 · de 2016, presentado por el señor Eulogio Soncco Nina, en...

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RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nro. i 40 -2017-ANA/AAA XII.UV. Cusco, 2 1 ijQV 2017 VISTO : El Expediente Administrativo 1453-2016, con CUT Nº 161844-2016, tramitado ante la Administración Local de Agua La Convención, con fecha de recepción 17 de octubre de 2016, presentado por el señor Eulogio Soncco Nina, en calidad de Pres idente de la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento JASS del Alto Yomentoni Margen Izquierda - Zonal Kiteni, del distrito de Echarati, ubicado en la provincia de La Convención, región Cusco; Solicitando Licencia de Uso de Agua Superficial para Uso Poblacional, acogiéndose a la Formalización de Uso de Agua. CONSIDERANDO: Que, la Resolución Jefatura! Nº484-2012-ANA - Metodología para la Formalización del Uso del Agua Poblacional y Agrario 1 Norma que concuerda con la Resoluc1on F l Jefatura! N 007-20015-ANA - Reglamento de Proced1m1entos Administrativos para el otorgamiento de $ Derechos de Uso de Agua y de Autonzac1ón de E¡ecuc,on de Obras en Fuentes Naturales de Agua· .~ Que, con Memorándum (M) Nº 043-2015-ANA-DARH la D1recc1ón de Adm 1 ntstrac1ón de Recursos Hidncos. remite a las Autoridades Adm1n1s tra t1vas de Agua y las Adm1ntstrac1ones Locales de Agua, prec1s1ones sobre cumpllm1ento de requ1s 1t os para la formahzac1on del uso de agua poblacional. del mimo se extrae ( ) el documento de la referencia b) (Memorándum 543-2015-ANA-OAJ) la Oficma de Asesoría Jund1ca consideró que el reqws,to en cuest 1on debe entenderse cumplido con la presentación del compromiso de inscnpc1on en el Registro de Fuentes e le Agua de Consumo Humano a que hace referencia el numeral 21 3 del articulo 21° de la Resoluc1on v. e/atura/ Nº 007-2015-ANA que es concordante con los pr ocedimientos en matena de recursos hídncos regulados por la autondad de Salud En ese sentido las organ1zac1ones comunales que prestan serv1c10 de summ1slro de agua para consumo humano podrán acceder a la formal,zac,on del ~, uso de agua acompañando, entre otros, el compromiso de mscnpción en el "Registro de la Fuente de 1 La secc,on 4 de la Metodología de Formahzac,on de los Usos de Agua Poblac1onal y Agrano Objetivos Específicos establece a Formalizar con caracter masNo y gratuito, en los sectores rurales del pa ís los usos de agua en bloque de tas organ1zac,ones de usuanos reconoci das comunidades campesmas y na/Jvas que vengan usando et agua con fines poblac,onales y agranos. de manera pubhca pac1 f1ca y continua por mas de cmco años antes de ta entrada en v1genc1a det Reglamento de Proced1m1entos Adm1n1srrar1vos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua mstaurado mediante la Resoluc1on Jefatura/ 579-2010-ANA (modificada por Resolución Jefatura/ N"007-201 5-ANA) b. lnscnb,r los derechos de usos de agua que se otorguen a mérito de la pr esente metodo/og,a en el Registro Admm1s/rat1vo de Derechos de Uso de Agua (RADA) c. Promover el uso eficiente y soste nible del agua en el marco del modelo de Gestión Integrada de Recursos Hidncos contemplada en la Ley de Recursos Hidr,cos d. Bnn dar segur,dad 1urld1ca a los usuanos de agua poblac1onal y del sector agrar,o garant,zando su acceso al uso del recurso hidnco. en concordancia con el desarrollo produc/lvo e inclusivo e Acreditar la d1spomb1/1dad hidnca para la e1ecuc1on de pequeftos proyectos de me1oram1ento de sis/emas de saneamiento y agr,colas Igualmente la sección 6.3 Requis itos en el acap, te 6 3 1 u~o Poblac,onal establece Las orga111zac1ones comunales o mu111c1pal1dades presentaran una sot1c,1ud a11te 1a Adm,n,s•,ac,011 L a de Agua ,eq 1 , ,.,, dt•' · te Formato Anexo 01 acompañada con tos documentos siguientes a Reconoc,m emo de ra Organ,za,,o, .om,ma u OpP1a=o, f$Pt'C a 1zc,;1 em1t,do por la mun,c1pal,dad correspondiente b. Document o que ava1e la apr,rua Clel agua pa,a consvmo humano orJrgaao Po' a Dir.,cco General de Salud Ambiental {DIGESAJ o quien haga sus veces en el amb1to reg,onal La muestra de agua debera ser ;omi'lda ¡1,..spues <IP ~1 mfraesrructura de uatam,ento e\lslente c. Memona Descnprrva de ra obra e¡ec,,raaa que ,ncruye la 111std,ra• cte a de'Tian 1a , .. so (le a~ a debidamente suscNa por un ,ngemero espec1ahsta colegiado y hab,lltado segun Formato A1,e,o r,,• 03 A d en',cacon 4mt ,11rt,1 en as:> corresponda 2 Primera O,spos,c,ón Complementaria Final Manrengase el proceso de lormal1zac:1on de derechos de uso de ag11a co1>duc1do po, ta DARH destinado al otorgam,ento de of1c10. con caracter masivo y grarwto de hce11c1as de uso de agua en bloque a las organ11ac1ones de usuanos de agua y orgamzac1ones que prestan suministro de agua poblac1onal en ámb,l os rwa les el que se desarrollara con la metodotog1a apro/Jada

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RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nro. i 40 -2017-ANA/AAA XII.UV.

Cusco, 2 1 ijQV 2017

VISTO:

El Expediente Administrativo Nº 1453-2016, con CUT Nº 161844-2016, tramitado ante la Administración Local de Agua La Convención, con fecha de recepción 17 de octubre de 2016, presentado por el señor Eulogio Soncco Nina, en calidad de Presidente de la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento JASS del Alto Yomentoni Margen Izquierda -Zonal Kiteni , del distrito de Echarati , ubicado en la provincia de La Convención, región Cusco; Solicitando Licencia de Uso de Agua Superficial para Uso Poblacional, acogiéndose a la Formalización de Uso de Agua.

CONSIDERANDO:

Que, la Resolución Jefatura! Nº484-2012-ANA - Metodología para la ~ Formalización del Uso del Agua Poblacional y Agrario1 Norma que concuerda con la Resoluc1on

F l Jefatura! N 007-20015-ANA - Reglamento de Proced1m1entos Administrativos para el otorgamiento de $ Derechos de Uso de Agua y de Autonzac1ón de E¡ecuc,on de Obras en Fuentes Naturales de Agua·

.~ Que, con Memorándum (M) Nº 043-2015-ANA-DARH la D1recc1ón de Adm1ntstrac1ón de Recursos Hidncos. remite a las Autoridades Adm1n1strat1vas de Agua y las Adm1ntstrac1ones Locales de Agua, prec1s1ones sobre cumpllm1ento de requ1s1tos para la formahzac1on del uso de agua poblacional. del mimo se extrae ( ) el documento de la referencia b) (Memorándum Nº 543-2015-ANA-OAJ) la Oficma de Asesoría Jund1ca consideró que el reqws,to en cuest1on debe entenderse cumplido con la presentación del compromiso de inscnpc1on en el Registro de Fuentes ele Agua de Consumo Humano a que hace referencia el numeral 21 3 del articulo 21° de la Resoluc1on

v. e/atura/ Nº 007-2015-ANA que es concordante con los procedimientos en matena de recursos hídncos regulados por la autondad de Salud En ese sentido las organ1zac1ones comunales que

~ prestan serv1c10 de summ1slro de agua para consumo humano podrán acceder a la formal,zac,on del ~, uso de agua acompañando, entre otros, el compromiso de mscnpción en el "Registro de la Fuente de

1 La secc,on 4 de la Metodología de Formahzac,on de los Usos de Agua Poblac1onal y Agrano Objetivos Específicos establece a Formalizar con caracter masNo y gratui to, en los sectores rurales del país los usos de agua en bloque de tas organ1zac,ones de usuanos reconocidas comunidades campesmas y na/Jvas que vengan usando et agua con fines poblac,onales y agranos. de manera pubhca pac1f1ca y continua por mas de cmco años antes de ta entrada en v1genc1a det Reglamento de Proced1m1entos Adm1n1srrar1vos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua mstaurado mediante la Resoluc1on Jefatura/ N° 579-2010-ANA (modificada por Resolución Jefatura/ N"007-201 5-ANA) b. lnscnb,r los derechos de usos de agua que se otorguen a mérito de la presente metodo/og,a en el Registro Admm1s/rat1vo de Derechos de Uso de Agua (RADA) c. Promover el uso eficiente y sostenible del agua en el marco del modelo de Gestión Integrada de Recursos Hidncos contemplada en la Ley de Recursos Hidr,cos d. Bnndar segur,dad 1urld1ca a los usuanos de agua poblac1onal y del sector agrar,o garant,zando su acceso al uso del recurso hidnco. en concordancia con el desarrollo produc/lvo e inclusivo e Acreditar la d1spomb1/1dad hidnca para la e1ecuc1on de pequeftos proyectos de me1oram1ento de sis/emas de saneamiento y agr,colas Igualmente la sección 6.3 Requisitos en el acap, te 6 3 1 u~o Poblac,onal establece Las orga111zac1ones comunales o mu111c1pal1dades presentaran una sot1c,1ud a11te 1a Adm,n,s•,ac,011 L a de Agua ,eq 1 , ,.,, dt•' · te Formato Anexo N° 01 acompañada con tos documentos siguientes a Reconoc,m emo de ra Organ,za,,o, .om,ma u OpP1a=o, f$Pt'C a 1zc,;1 em1t,do por la mun,c1pal,dad correspondiente b. Documento que ava1e la apr,rua Clel agua pa,a consvmo humano orJrgaao Po' a Dir.,cco General de Salud Ambiental {DIGESAJ o quien haga sus veces en el amb1to reg,onal La muestra de agua debera ser ;omi'lda ¡1,..spues <IP ~1 mfraesrructura de uatam,ento e\lslente c. Memona Descnprrva de ra obra e¡ec,,raaa que ,ncruye la 111std,ra• cte a de'Tian 1a , .. so (le a~ a debidamente suscNa por un ,ngemero espec1ahsta colegiado y hab,lltado segun Formato A1,e,o r,,• 03 A d en',cacon 4mt ,11rt,1 en as:> corresponda 2 Primera O,spos,c,ón Complementaria Final Manrengase el proceso de lormal1zac:1on de derechos de uso de ag11a co1>duc1do po, ta DARH destinado al otorgam,ento de of1c10. con caracter masivo y grarwto de hce11c1as de uso de agua en bloque a las organ11ac1ones de usuanos de agua y orgamzac1ones que prestan suministro de agua poblac1onal en ámb,los rwa les el que se desarrollara con la metodotog1a apro/Jada

Agua de Consumo Humano". la constancia de 111scnpc1ón será presentada en un plazo de tremta (30) días en caso de mcumpltm1ento se declarará la ext111c1on del derecho previo proced1m1ento sancionador

Que, el procedimiento se instruyó en el marco de la Resolución Jefatura! Nº484-2012-ANA y la Resolución Jefatura! N°007-2015-ANA; y considerando el Principio de lnformalrsmo previsto en el Decreto Legislativo Nº 1272 que modifica la Ley del Procedimiento

dm1nistrat1vo General Ley Nº 27444, establece "Las normas de procedimiento deben ser interpretadas en forma favorable a la admisión y decisión final de las pretensiones de los admmistrados. de modo que sus derechos e intereses no sean afectados por la exigencia de aspectos formales que puedan ser subsanados dentro del procedimiento, siempre que dicha excusa no afecte derechos de terceros o el mterés público ", siendo asi; revisado el expediente administrativo y la documentación presentada por el administrado, que corre a (fojas 01 al 57), se observa que cumple con los requisitos establecidos por la R.J. N°484-2012-ANA: por cons1gu1ente, debe proceder la Formalización de Uso de Agua sol1c1tada;

Que, se efectuó la verificación técn ica de campo, en fecha 26-07-2017 (fojas 46 y 47), con participación del admin istrado y personal de la ALA La Convención, constatándose la existencia de las fuentes hidricas. Manantial Justina, ubicado en las coordenadas UTM WGS 84 Zona 18S, 709444 E, 8609220 N y altitud 1357 msnm, con un caudal de 0.379 1/s; Manantial Esperanza, ubicado en las coordenadas UTM WGS 84 Zona 18S, 709564 E, 8610105 N y altitud 1356 msnm. con un caudal de O 244 1/s: Manantial Tres Estrellas, ubicado en las coordenadas UTM WGS 84 Zona 18S, 709183 E, 8609380 N y altitud 1376 msnm, con un caudal de 0.176 1/s; asimismo se verificó la existencia de tres captaciones directas de tipo permanente de material de concreto:

Que, con Informe Técnico Nº 039-2017-ANA-AAA.CZ-~ ~ ALA.CV AT/SDHB (fo¡as 51 al 55) elaborado por el Profesional en Recursos Hidricos y suscrito por el

I '9 Adm1n1strador Local de Agua La Convención, informe que concluye. El administrado ha cumplido con ) e ffllf V. l presentar los requisitos de acuerdo a la R.J . Nº 484-2012-ANA, la memona descriptiva del proyecto de , ~ CTOAA 1J1 aprovechamiento hidrico contiene la información técnica mínima necesaria, corroborado en la \. ~~ verificación técnica de campo de fecha 26-07-2017, de acuerdo al balance hidrico realizado en la

-80 """' fuente hídrica superficial, satisface la demanda de agua requerida y utilizada para el uso poblacional y recomienda, que técnicamente es procedente otorgar la Licencia de uso de agua con fines poblacionales, a favor de la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento JASS del Alto Yomenton, Margen Izquierda - Zonal Kiteni, del distrito de Echarati , ubicado en la provincia de La Convención. región Cusca. Con Oficio Nº 899-201 7-ANA-AAA.CZ-ALA CV (folio 56) la Administración Local de Agua La Convención. remite el expediente adm1n1strativo a la Autoridad Administrativa del Agua XI I Urubamba Vilcanota para la prosecución del trámite;

Que, con Informe Técnico Nº 231-201 7-ANA-AAA-UV/SDARH (folio 57) la Sub Dirección de Administración de Recursos Hidricos de esta Autoridad, precisa en su informe: Por lo tanto, al haberse verificado el cumplimiento de requisitos y según el Acta de verificación técnica de campo sobre la existencia de la infraestructura de saneamiento, la Sub DARH emite CONFORMIDAD para el otorgamiento de licencia de uso de agua con fines poblacionales a favor de la JASS del Alto Yomentorn Margen Izquierda -zonal Kiteni, a fin de otorgar hasta un volumen de 7,665 m3/año, y que una vez otorgada la Licencia de uso de agua en el plazo de (30) días debe presentar la constancia de inscripción en el registro de fuentes aptas para consumo humano emitido por la Autoridad de Salud, que en el plazo de (03) meses, el titular del derecho instale el sistema de medición de caudal en la fuente y reporte los volúmenes de agua utilizados en forma trimestral a la Administración Loca l de Agua La Convención; el titular del derecho de uso de agua queda obligado al

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pago de la retribución económica por el uso del agua, y que el incumplimiento al pago, por el lapso de dos (02) años consecutivos y el cambio de uso, trae consigo la extinción de la Licencia;

Que, de la revisión y evaluación de los actuados del expediente administrativo, así como la información técnica , se colige que, el procedimiento administrativo se ha llevado de manera regular, sin mediar vicio que lo invalide, cumpliendo con los parámetros y requisitos técnicos legales, por lo que resulta amparable la solicitud;

Que, con los vistos de la Unidad de Asesoría Jurídica Informe Legal Nº 394-2017-ANA-AAA.UV-UAJ/MBC, la Sub Dirección de Administración de Recursos Hídricos con

.$ Informe Técnico Nº 231-2017-ANA-AAA-XII -UV/SDARH; y de conformidad con lo establecido por el t0f.~.,,. D.S. N° 06-2010-AG, Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua;

esta Autoridad Administrativa del Agua XII-Urubamba - Vilcanota;

""- RESUELVE: "e ~

F °§ARTÍCULO 1º.- OTORGAR, Licencia de Uso de Agua Superficial para Uso Poblacional en el marco de j la Formalización de Derechos de Uso de Agua, a favor de la Junta Administradora de Servicios de

Saneamiento JASS del Alto Yomentoni Margen Izquierda - Zonal Kiteni , del distrito de Echarati, ubicado en la provincia de La Convención, región Cusco, de acuerdo al siguiente detalle:

Fuente de Agua Ubicación

... ·- Politica Hidrografica Geografica

( \ ~ ~~"\I Figue roa V.

liUIIOU .ECl0RA ~

"' ,$ ·~o "'~" ..

Tipo Nombre Departamento Provincia Distrito Cuenca Unidad Hidrografica Datum Zona Proyeccion UTM

Este(m) Norte(m)

Manantial Santa Jusüna Cusco La Comencion Echaraü Urubamba \Alcanota UH. 49949 WGS84 18Sur 709444 8610220

Manantial Esperanza Cusco La Comencion Echarati Urubamba \Alcanota UH 49949 WGS84 18 Sur 709564 8610105

Mananbal Tres Estrellas Cusco La Com.encion Echarab Urubamba \Alcanota UH: 49949 WGS84 18 Sur 709183 8609380

ARTÍCULO 2º.- ESTABLECER, la Licencia de Uso de Agua Superficial para Uso Poblac1onal en el marco de la Formalización de Derechos de Uso de Agua , a favor de la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento JASS del Alto Yomentoni Margen Izquierda - Zonal Kiteni, del distrito de Echarati, ubicado en la provincia de La Convención, región Cusco, se le se Je otorga el recurso hídrico hasta por un volumen anual de 7,665 m3/año, con una distribución mensual según el sigu iente detalle:

Fuente de Agua Und. Caudal y Volumen Mensual Otorgado Volumen Anual

Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Die (m3)

Santa Jusbna lis 012 O 12 012 012 O 12 012 012 0 12 O 12 O 12 012 0.12

m' 31113 281 02 3111 3 "30110 311 .13 30110 31113 311 13 30110 311 13 301 10 31 113 3,663.35

Esperanza lis 0.07 0.07 O 07 007 007 0.07 007 0.07 O 07 0.07 007 O 07

m' 200.31 180 92 200.31 193.85 200.31 193.85 200.3 1 200.31 193.85 200.31 193 85 200 31 2,358.46

Tres Estrellas lis 0.05 0.05 0.05 005 0.05 005 005 0.05 0.05 0.05 005 0.05 m' 139.56 126.05 139.56 135.06 139.56 135.06 139.56 139.56 135.06 139.56 135 06 139 56 1,643.19

Total 1/s 0.2431 0.2431 0.2431 0.2431 0.2431 0.2431 0.2431 0.2431 0.2431 0.2431 0.2431 0.2431 m' 651.00 588.00 651 .00 630.00 651 .00 630.00 651 .00 651.00 630.00 651 .00 630.00 651.00 7,665.00

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ARTÍCULO 3º.- INSCRIBIR, la Licencia de Uso de Agua. otorgada mediante la presente Resolución en el Registro Administrativo de Derechos de Uso de Agua.

ARTÍCULO 4º.- REMITIR, copia de la correspondiente resolución a la Unidad del Sistema Nacional de Información de Recursos Hídricos de esta Autoridad, y a la Administración Local del Agua La Convención.

ARTÍCULO 5°.- DISPONER, que en cumplimiento el numeral 21 .3 del Art. 21º de la Resolución Jefatural N°00?-2015-ANA. "Disposiciones Aplicables a todo Procedimiento de Licencia de Uso de Agua", que establece: Para uso poblacional, el admin istrado debe presentar el Compromiso de Inscripción en el "Registro de las Fuentes de Agua de Consumo Humano" a cargo de la autoridad de Salud. La constancia de inscripción será presentada en un plazo de treinta (30) días; en caso de incumplimiento se declarará la extinción del derecho. previo procedimiento sancionador; la admin istrada deberá cumplir con presentar la referida Constancia en el plazo establecido por norma. computado a partir de la notificación de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6º.- PRECISAR, que la Licencia de Uso de Agua, establece también obligaciones a ser cumplidas por los titulares de los derechos de uso de agua, contenidas en el Art. 57º de la Ley 29338 y su Reg lamento D.S. Nº 001 -2010-AG, modificado por D.S. Nº 0023-2014-MINAGRI, debiendo entre otros utilizar el agua con la mayor eficiencia técnica y económica, en la cantidad, lugar y para el uso otorgado, garantizando el mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales, y evitando su contaminación ; debiendo cumplir oportunamente con el pago de la retribución económica por el uso del agua y las tarifas, cuando corresponda; permitir las inspecciones que realice o disponga la Autoridad Nacional, en cumplimiento de sus funciones; Igualmente respetarán los caudales ecológicos establecidos por la Autoridad y los volúmenes de libre disponibilidad establecidos en la evaluación técnica.

ARTÍCULO 7°.- DISPONER, la superv1s1on del uso del agua, que periódicamente y bajo responsabilidad realizará la Administración Local del Agua La Convención verificando entre otros el uso del agua en la cantidad, lugar y para el tipo otorgado, garantizando el mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales, de lo cual efectuará Informes documentados, adjuntando evidencias fotográficas, debiendo ejercer las facultades otorgadas por norma en caso de encontrar incumplimiento a la Ley y el Reglamento de los Recursos Hidricos.

ARTÍCULO 8º.- NOTIFICAR la resolución al administrado, en su domicilio legal.

REGÍSTRESE y COMUNÍQUESE. MPBCHIUAJ/mbc Ce Arch

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