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REPÚBLICA DE COLOMBIA PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA 2001

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REPÚBLICA DE COLOMBIA

PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA 2001

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA

Contaduría General de la Nación

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Andrés Pastrana Arango

MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Juan Manuel Santos Calderón

CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN Édgar Fernando Nieto Sánchez

SUBCONTADOR DE CONSOLIDACIÓN E INVESTIGACIÓN Carlos Eduardo Acosta Moyano

SUBCONTADOR DEL NIVEL NACIONAL (E) Eduardo Vidal Díaz

SUBCONTADOR DEL NIVEL TERRITORIAL Otto Arnulfo Bolaños Bolaños

JEFE DE CONTROL INTERNO

Fabio Raúl Trompa Ayala

SECRETARIO GENERAL BG (r) Guillermo León Diettes Pérez

SECRETARIO PRIVADO Federico Giraldo Valencia

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA

Contaduría General de la Nación

CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

SUBCONTADURÍA DE CONSOLIDACIÓN E INVESTIGACIÓN

Coordinador de Consolidación Iván Jesús Castillo Caicedo

Coordinadora de Investigación (E) Martha Cecilia Pinzón Ramírez

SUBCONTADURÍA DEL NIVEL NACIONAL

Coordinadora Empresas Estatales

Dora Alicia Donato Montañez

Coordinador Establecimientos Públicos y Entidades Autónomas Pedro Flaminio Martín Díaz

Coordinadora Administración Central

María Isabel Valenzuela Rojas

SUBCONTADURÍA DEL NIVEL TERRITORIAL

Coordinador Región Pacífico Norte Aníbal Giraldo Abello

Coordinadora Regiones Andina Centro y Sur

María Elena Chaparro de Lizarazo

Coordinador Regiones Pacífico Sur Amazonia y Orinoquia Luis Jaime Valencia Cubillos

Coordinadora Regiones Caribe y Andina Norte

Blanca Cecilia Sánchez de Montealegre

Coordinador de Información y Estadísticas Martha Inés Becerra Hoyos

JEFE UNIDAD DE SISTEMAS Gloria Inés Baquero Rincón

JEFE UNIDAD JURÍDICA

Herly Ketty Carrillo Ortiz

CAPACITACIÓN Y DIVULGACIÓN INSTITUCIONAL Ana Zambrano Lugo

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Contaduría General de la Nación

ACTUALIZACIÓN INTEGRAL DEL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD

PÚBLICA

COMITÉ TÉCNICO

Édgar Fernando Nieto Sánchez Carlos Eduardo Acosta Moyano

Otto Arnulfo Bolaños Bolaños Eduardo Vidal Díaz

Herly Ketty Carrillo Ortiz

EQUIPO BÁSICO DE INVESTIGACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL Carlos Eduardo Acosta Moyano

Martha Cecilia Pinzón Ramírez Iván Jesús Castillo Caicedo

Rocío Pérez Sotelo María Eugenia Benavides Legarda

Omar Eduardo Mancipe Saavedra

María Isabel Valenzuela Rojas

Carlos Alberto Prieto Suárez

Luis Jaime Valencia Cubillos

Aníbal Giraldo Abello

ASESORES EXTERNOS

Germán Espinosa Flórez

Luis Antonio González Santos

APOYO INFORMÀTICO

Gloria Inés Baquero Rincón

APOYO ASISTENCIAL

Milyn Castro Cáceres Arturo Alonso Clavijo Forero

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PRESENTACIÓN

Construir Estado social de derecho, es un reto que exige respuestas complejas en el mundo que vivimos. Respuestas democráticas, institucionales, participativas y, cada vez más, inexorablemente técnicas. Son vectores que condicionan el quehacer de nuestra institución e inspiran el marco conceptual y su instrumental operativo, como podrá observarse en este documento que podríamos calificar de “refundacional”. En momentos como los actuales, signados por conceptos como la globalización e integración, por mencionar dos de los más relevantes, parece que la sentencia del “poder de la información” es una verdad de perogrullo. No obstante, con frecuencia somos testigos de las múltiples acepciones que tal afirmación posee hasta alcanzar versiones abiertamente encontradas. Desde un punto de vista del interés particular, es frecuente encontrar que el “poder de la información” es utilizado para justificar la conformación y manipulación de información privilegiada, conducta que, lamentablemente, en nuestras latitudes aún no es considerada como práctica indebida por ser abiertamente contraria a las fuerzas equilibradoras de los mercados y, en general, de la competencia equitativa. Ahora bien, cuando este tipo de aproximación es retomada en el contexto del interés colectivo y por qué no decirlo, de los entes públicos, adquiere una dimensión que necesariamente lleva a la conformación de compartimientos estanco de información, tras los cuales se reivindica y justifica la proliferación de instituciones que en muchas ocasiones no sólo hacen lo mismo, sino que incrementan la ineficiencia e ineficacia del sector, al menos desde el punto de vista del costo que representa el solicitar muchas veces la misma información, con el agravante de que los mismos datos, originados en el mismo ente, pero con diferente destino, resultan inconsistentes entre sí. La Contaduría General de la Nación (CGN) presenta a continuación la versión completa y actualizada del Plan General de Contabilidad Pública (PGCP), el cual constituye el

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documento básico para la estructuración ordenada, coherente y comprensible de la situación financiera, económica y social y los resultados de las operaciones de los entes públicos del país. En él, se compendian y capitalizan los conocimientos adquiridos durante los cinco años de vigencia de la primera versión del PGCP, dotándolo con la suficiente capacidad explicativa y haciendo de él una herramienta moderna para la gestión financiera integral del sector público. No se trata de encontrarse con la panacea de la información; se trata de concebir la contabilidad en un sentido amplio y práctico, de tal manera que la estructura del sistema contable soporte, por igual, procesos como la descentralización política o la desconcentración administrativa, contemplando diferentes maneras de administrar el Estado y propiciando, a su vez, diversos modelos de gestión pública. Desde la primera versión del PGCP, nos hemos propuesto la tarea misional de ordenar y modernizar los procesos de estructuración y rendición de las cuentas del Estado ante los ciudadanos como fuente primaria del poder público. En este sentido, no sólo estamos ante un documento que sintetiza el instrumental financiero de lo público, sino que con él se abre paso a la administración moderna de los entes públicos dejándolo a tono con los desarrollos más recientes de la gestión gubernamental. Sin lugar a dudas, la administración de las entidades públicas parte del reconocimiento de elementos específicos originados en su particular desempeño en un contexto global que los vincula y señala limites en términos cuantitativos, cualitativos y temporales, siempre con miras a potenciar el bienestar colectivo y mejorar la calidad de vida de los individuos, redefiniendo el papel del Estado en todos los niveles y sectores y facilitando la rendición de cuentas y sus controles. Además de contemplar las limitaciones financieras globales del Estado y los criterios de eficiencia, eficacia y economía que se exigen a las actuaciones de las instituciones públicas, el nuevo PGCP tiene interés tanto para los entes individualmente considerados, a nivel de los gestores públicos y organismos de control, como para la definición de políticas de seguimiento y racionalización del gasto público, de manera que éstas se acompañen y soporten en instrumentos técnicos que hacen viable el análisis y la evaluación, objetiva y permanente, de la calidad de dicho gasto incorporando, dinámicamente, los resultados obtenidos en un ejercicio, en las fases subsiguientes de planeación y presupuestación del siguiente año y así sucesivamente. En este contexto, la experiencia e interacción con los entes públicos y, por supuesto, con los demandantes habituales y esporádicos de información pública, nos ha llevado hacia la concepción del nuevo PGCP, el cual comprende la totalidad de elementos conceptuales y metodológicos que, al interactuar coherentemente, harán mayor claridad en las características y requisitos de la información contable pública a todos los niveles. Igualmente un sistema contable versátil debe admitir diferentes opciones de manejo presupuestal, como pueden ser las modalidades de presupuesto base cero (0), por objeto del gasto, o por programas. Lo fundamental radica en definir una base de datos que recoja integralmente la aludida especificidad de “lo público” desde los planes de gobierno, que

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admita el registro coherente de diferentes opciones de presupuestación y, ante todo, que se retroalimente permanentemente con la incorporación de los resultados obtenidos, sea cual fuere la modalidad de ejecución por la que se haya optado. En suma, lo específico del sector público viene dado por el hecho de que su gestión se efectúa en un contexto dinámico de planeación y presupuestación vinculante y limitativo, que exige igualmente, un permanente seguimiento de sus resultados que le sirven de retroalimentación. No es posible hacer un seguimiento adecuado al presupuesto, a la efectividad de su ejecución, cuando no se dispone de un sistema de información que permita cuantificar y evaluar financieramente su impacto mediante el contraste de la situación antes y después de un determinado gasto. Esto no es más que desarrollar la dimensión de la contabilidad analítica o de análisis financiero, con una mirada práctica y global, en la que el producto de lo público, que consiste ni más ni menos en el bienestar y crecimiento de la sociedad en general, resulta factible de aproximar razonablemente, cuando el Estado se concibe como un agente productor de bienes y servicios colectivos sociales. Es entonces cuando tienen sentido conceptos como el control financiero del sector público en términos de su eficiencia, eficacia y economía. En este orden de ideas, el presente documento dimensiona la información sobre el PGCP de tal forma que, en su connotación social, se advierte el papel fundamental de la información contable pública al permitir la construcción de un sistema multidimensional, con la posibilidad de obtener sistemas de medición alternativos y adicionales a los cuantitativos y monetarios. Como podrá notarse, además de precisiones en los objetivos del PGCP y la contabilidad pública como sistema de información, se considera el análisis del sector público, puntualizando las características y requisitos de dicha información para conseguir resultados acordes con las exigencias de quienes tienen a cargo la gestión, el control y seguimiento de la política macroeconómica del país. Sin perjuicio de lo anterior, cada entidad pública podrá contar con un sistema a su medida, de tal manera que le sea factible no sólo tomar sus decisiones y evaluar sus resultados, sino apreciar la magnitud del impacto que su desempeño puede ocasionarle a las finanzas públicas agregadas y a las cuentas nacionales. Si bien es cierto que la aplicación del PGCP y, por lo mismo, la evaluación de sus resultados será más expedita en la medida que se disponga de una infraestructura mínima de comunicación y procesamiento de información en los entes públicos, también lo es que su concepción hace posible el implantarlo de acuerdo a las posibilidades de cada ente público, sin perjuicio de que, paralelamente, pueda avanzarse hacia el desarrollo de soportes logísticos apropiados.

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Afortunadamente las actuales posibilidades y desarrollos informáticos nos permiten superar con facilidad argumentos en contra de la integración de las bases de datos que anteriormente eran contundentes. En la práctica, se ha visto que para el sector público es perfectamente factible atender la necesidad contemporánea de establecer sistemas administrativos centralizados con estructuras operativas totalmente desconcentradas que alimentan y se retroalimentan de bases de datos únicas y, por supuesto, brindando todas las soluciones intermedias. En su concepción general, el PGCP continúa con el esquema básico de un marco conceptual y un modelo instrumental que constituye el documento básico de consulta para el registro integral de las transacciones de los entes públicos. Para el efecto, el Catálogo General de Cuentas (CGC) como centro del modelo instrumental, se ha concebido de una manera didáctica de tal suerte que sea la guía por excelencia del proceso contable. Como complemento de lo anterior, la aplicación concreta del modelo instrumental se acompaña del Manual de Procedimientos (MP) como documento aparte, que deberá emplearse uniformemente por la totalidad de entes públicos con el fin de garantizar la homogeneidad, en la fuente, de las operaciones registradas. De esta manera puede afirmarse, que la versión actualizada del PGCP constituye un importante y definitivo conjunto de instrumentos para el sector público, en la vía de integrar la contabilidad patrimonial y presupuestal dotándola de herramientas y posibilidades de desarrollos técnicos rigurosos, de tal suerte que posibilite su permanente control financiero, periódico y oportuno y se mejora la calidad de los flujos de información contable y financiera en pro de esquemas que hagan de la gestión pública un proceso gerencial de rendición de cuentas, eficaz y de amplios alcances de contenido social. Finalmente, es de esperar que esta versión del PGCP nos permita alcanzar el objetivo de estructurar una base contable única de datos para los entes oficiales enmarcando no sólo la Contabilidad Pública sino su producto principal, la información, en el ámbito institucional y consolidado para satisfacción de las necesidades de control y gestión y ante todo para permitir el acercamiento del Estado hacia los ciudadanos, a quienes estimamos como verdaderos accionistas, origen y destino de la legitimidad, la gobernabilidad y el accionar social y de servicio que le corresponde cumplir.

ÉDGAR FERNANDO NIETO SÁNCHEZ Contador General de la Nación

Bogotá, noviembre de 2000

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Contaduría General de la Nación Introducción 1

INTRODUCCIÓN 1. LA CONTABILIDAD PÚBLICA ANTES DE LA CONSTITUCIÓN DE 1991 La historia de la contabilidad pública en Colombia señala la era republicana como punto de partida; en 1819 se crea la oficina del Tribunal Superior de Cuentas con la misión de examinar la cuenta de los funcionarios encargados del manejo de los fondos y bienes públicos. Oficina sustituida por la de Contaduría de Hacienda, y ésta a su vez reemplazada por la Dirección General de Hacienda, la cual tenía en cada departamento, Contadurías Seccionales de Hacienda, investidas con facultades de jurisdicción coactiva. En 1832 se estableció la rendición de cuentas anuales sobre las operaciones realizadas por los entes públicos a la oficina de Contaduría General de Hacienda. En 1843 se reglamentó el sistema, y se dispuso para las oficinas subalternas la rendición de cuentas de manejo a la principal, que debía consolidar el movimiento y presentar la cuenta global; posteriormente, se definieron funciones de control fiscal. El primer Código Fiscal, expedido en 1873, dispuso la rendición anual del presupuesto y del tesoro por el Ministerio del Tesoro, con destino a las Cámaras Legislativas para su respectivo estudio y aprobación, tiempo en el cual aparece el concepto de "contabilidad presupuestal". Desde 1873, se advierte la asociación conceptual entre la obligatoriedad constitucional de rendición de cuentas por parte del Ejecutivo al pueblo representado en el Congreso y el llamado régimen presupuestal. Con la Ley 42 de 1923, se crea el Departamento de Contraloría, para ejercer las funciones de control fiscal, y con ello se estableció la sección del Contador en Jefe, para llevar las cuentas generales de la Nación y prescribir los métodos de contabilidad oficial, hecho que

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originó problemas de índole política y administrativa derivado de la coexistencia, en un mismo ente, de las funciones de registro y control de las operaciones financieras del Estado. Sólo en 1968, el presidente Lleras Restrepo propone al Constituyente de la época, una reforma con el propósito de eliminar de las funciones del entonces Contralor General de la República, la de llevar las cuentas generales de la Nación, limitándolo a prescribir los métodos de contabilidad de la administración nacional y sus entidades descentralizadas. La función de llevar las cuentas generales se asignó temporal y provisionalmente a la misma Contraloría, mientras el legislador decidía la entidad encargada de llevarlas en forma definitiva, proceso que no se cristalizó hasta la Reforma Constitucional de 1991. Hasta entrado el año 1995, los procesos de obtención, registro y control de la información financiera generada por los entes públicos, se han venido desarrollando, conceptual y normativamente, con fundamento en el proceso presupuestal y en concordancia con la propuesta constitucional de gestionar el Estado, en un contexto de descentralización política y administrativa con autonomía en la ejecución. El enfoque legalista de registro y control de los actos administrativos en el sector público se orienta entonces, a verificar la aplicación de las normas vigentes en materia del proceso operativo de los presupuestos públicos, así como también a determinar las responsabilidades de los diferentes agentes administradores en procura de alcanzar la mayor eficiencia, eficacia y transparencia de su gestión.

En consecuencia, durante este prolongado período la administración pública, motivada por cumplir con la rendición de cuentas y justificar sus gastos conforme a la normativa existente, adopta el registro presupuestal o sistema de caja, para determinar su estado de tesorería. Sin embargo, no le permitió establecer sistemas de información confiables a la hora de tomar decisiones, o para apreciar objetivamente la gestión financiera, ni el control de los recursos monetarios por autoridades fiscales. En adición, no debe obviarse lo limitado que resulta operativamente el registro presupuestal implementado anteriormente, aspectos como la insuficiente técnica contable empleada y la precaria infraestructura disponible para obtener y registrar la información, requieren atención prioritaria y desarrollo de dispositivos tecnológicos adecuados. 2. LA CREACIÓN DE LA CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y EL

AVANCE DE LA CONTABILIDAD PÚBLICA La Constitución Nacional de 1991 señala como funciones para el Contador General de la Nación las de uniformar, centralizar y consolidar la contabilidad pública, elaborar el balance general y determinar las normas contables que deben regir en el país. Esta funciones referidas a la preparación y presentación de un balance, pretenden además de generar la información básica para la gestión de los entes públicos, asegurar la

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coordinación de la política macroeconómica en un contexto administrativo, definido por la coexistencia de un plan nacional de desarrollo plurianual, con una ejecución presupuestal anual, descentralizada y autónoma; con ello, constituyen un reto que proyecta la profesión contable en un contexto de responsabilidad social. En 1995, el Presidente Ernesto Samper, consciente de lo imperativo que resultaba para el Estado alcanzar la transparencia en la obtención, registro y revelación de la información contable de los hechos y actividades de la administración pública y con ello enfrentar el creciente estado de corrupción política, da vida a la Dirección General de la Contabilidad Pública, designando como primer Contador General de la Nación, al Contador Público Édgar Fernando Nieto Sánchez. En desarrollo del Art. 354 de la Constitución Política, el 23 de julio de 1996 se expide la Ley 298, que crea la Contaduría General de la Nación como Unidad Administrativa Especial adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con personería jurídica, autonomía presupuestal, técnica, administrativa y regímenes especiales en materia de administración de personal, nomenclatura, clasificación, salarios y prestaciones. Dicha Ley fija los requisitos y funciones del Contador General de la Nación, las funciones de la Contaduría General de la Nación -CGN-, estructura orgánica, la obligación de las entidades públicas de reestructurar las áreas financieras y contables, se definen conceptos especiales, y se dictan disposiciones en materia presupuestal y organización interna. 3. EL SENDERO DE LA PLANIFICACIÓN CONTABLE EN EL SECTOR PÚBLICO El sector público como responsable frente a la colectividad por el manejo y control de ciertos recursos, debe asumir retos y renovar sus estructuras comunicativas con el fin de informar a la sociedad sobre el cumplimiento de sus funciones. Los Planes Generales de Contabilidad Pública –PGCP– son una respuesta a estos retos, y para abordarlos, se debe tener en cuenta que su presencia no es ajena a un proceso de normalización contable, que se manifiesta de diferentes formas dependiendo del país en el cual se desarrolla. Los procesos de normalización tienen como objetivo elaborar y emitir normas destinadas a homogeneizar la contabilidad de los entes, lo cual no es ajeno al sector público; por tal razón, es necesario hacer referencia a dichos procesos antes de entrar a reseñar su devenir en los entes públicos colombianos. La normalización contable tiene tres fases identificables: Regulación, Planificación y Armonización. Mientras que la primera hace referencia a la emisión de normas –macrorreglas o principios contables y reglas específicas para el proceder contable–, la segunda tiene que ver con la elaboración de catálogos de cuentas, y la tercera con procesos

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de armonización u homogeneización de criterios, conceptos y normas que pueden darse en el ámbito nacional, regional y mundial1. La regulación y planificación contable tienen como objetivo establecer sistemas contables; la emisión de catálogos –planificación- es consecuencia del alcance del sistema, es decir en primera instancia se determinan los objetivos que persigue éste, y los principios y normas que deben orientar el proceder contable, y finalmente se diseña el modelo instrumental en el cual se establecen las relaciones entre las diferentes variables involucradas en el proceso. Independientemente del camino a seguir en el proceso de normalización, lo cierto es que este no es solamente la emisión de catálogos de cuentas o manuales de procedimientos, sino que abarca la construcción de un marco teórico y metodológico que permite formular sistemas contables a partir de verdaderos Planes Contables, que deben involucrar reglas del actuar, catálogos de cuentas y criterios de estandarización u homogeneización en un contexto de globalización e internacionalización económica. Teniendo como referente el contexto anteriormente señalado, hay que afirmar en primera instancia, que el PGCP para Colombia se inserta dentro de un proceso de normalización contable abordado por diversos países; y en segundo lugar, constituye el documento a través del cual se señala la estrategia teórica, metodológica y procedimental del sistema de información denominado contabilidad pública; en este sentido, el plan tiene como objetivos fundamentales: • Establecer el modelo de contabilidad que rige para el sector público, determinando las

pautas que se deben seguir para la elaboración y comunicación de información contable pública.

• Identificar los criterios que deben orientar los procesos de regulación y planificación

contable en el sector público colombiano. • Armonizar la contabilidad de los entes públicos, permitiendo que estos observen

estándares homogéneos en el proceso de elaboración de la información. El proceso de normalización contable para el sector público en Colombia, se inicia con la expedición de la resolución 4444 del 21 de noviembre de 1995, que estableció el PGCP, el cual se constituía por primera vez en la carta de navegación de la Contabilidad en este sector. Y con esto se puede afirmar que el sector avanzó adecuadamente durante cinco años. Pero como en cualquier otra disciplina científica, la contabilidad y, en este caso, la contabilidad pública, no es conocimiento absoluto y acabado, fue necesario mejorar los

(1) El ámbito del proceso armonizador ha venido estudiándose de acuerdo a la terminología propia de las vertientes anglosajona, francesa, alemana. Así en la terminología anglosajona es frecuente el uso del término “uniform systems”; en Francia la expresión “plan contable o normalisation comtable”, al igual que en Alemania se observa con frecuencia normalización o “Einheitliche Buchform”.

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procesos de elaboración y comunicación de la información, atendiendo los cambios y sinergias suscitadas en las entidades y sus aportes al funcionamiento del modelo inicial. Producto de lo anterior, la CGN ha realizado además de los ajustes normales, dos grandes actualizaciones a dicho plan durante sus cinco años de vigencia. En 1997 con la Resolución 274 del 25 de septiembre, se incorporaron instrucciones acerca de reconocimiento y valuación de activos, depreciación, amortización y agotamiento; proceso de causación, recaudo y consignación de los ingresos de la Nación y conciliación de operaciones recíprocas; reconocimiento, valuación y revelación de operaciones financieras, económicas y sociales; notas a los estados contables; cuentas clase cero y creación de las cuentas de ingresos extrapresupuestarios y disponibilidad inicial, dentro de la cuenta Presupuesto de Ingresos, y aplicación de ajustes por inflación utilizando índices que reflejen la variación del poder adquisitivo de la moneda. El trabajo de la CGN durante los dos años subsiguientes se consolidó con la resolución 040 de marzo de 1999, por medio de la cual se incorporaron nuevas adiciones y modificaciones al marco conceptual y al modelo instrumental, constituyendo el segundo hito normalizador de carácter contable ocurrido en el sector público colombiano. Las circulares sobre valoración de inversiones a precios de mercado; reconocimiento de los recursos naturales y del ambiente; pasivos pensionales; sistemas de información contable Año 2000; estructura del informe de control interno contable; identificación de los bienes inmuebles que poseen las entidades públicas; plazos para la presentación de información a la CGN y tratamiento contable de las reservas probadas de hidrocarburos, entre otras normas que dieron una estructura más precisa y acorde a los distintos tipos de operaciones del sector público. Paralelamente, la Contaduría General de la Nación ha venido realizando estudios conjuntos con entidades como el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Consejo Superior de Política Fiscal –CONFIS-, el Departamento Nacional de Planeación, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística –DANE-, y Organismos Internacionales como el Fondo Monetario Internacional –FMI-, el Banco Mundial, el Banco Interamericano de Desarrollo –BID- y la Comisión de Estadísticas de las Finanzas Públicas, con el objeto de optimizar la base de datos contable que permita a nivel macroeconómico alimentar otros sistemas de información; de igual modo, ha venido adelantando intercambios institucionales con otros sectores y entidades, tendientes a facilitar sus procesos contables para mejorar la confiabilidad, utilidad y oportunidad de la información. Ante esta nueva dimensión y consciente que los cambios en el PGCP deben ser concebidos integralmente, de forma tal que la estrategia teórica, metodológica y procedimental sea consistente, la Contaduría General de la Nación inició una revisión tendiente a armonizar el modelo, desde su concepción filosófica hasta los instrumentos que permiten la operacionalización del mismo. A continuación se resumen los principales cambios que se presentaron en el nuevo trabajo.

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4. EL PLAN DE CONTABILIDAD PÚBLICA PARA EL NUEVO MILENIO El modelo contable público es consecuente con el entorno del cual emerge. De esta manera los cambios en éste inciden necesariamente en el primero; lo cierto es que como se pudo observar, desde las iniciales regulaciones y adopción de pautas de acción, se ha venido reacondicionando la metodización, pues las entidades evolucionan y sus necesidades de información también cambian en el tiempo. De este modo, resulta imperativo adecuar el modelo a las exigencias institucionales de gestión, control, toma de decisiones y rendición de cuentas, para lo cual se precisa contar con el concurso de todos los miembros de la sociedad. Por ende, este producto incorporó un esfuerzo humano y técnico, con el objeto de suplir todo un conjunto de necesidades y abre la posibilidad a la elevación del pensamiento contable a través del desarrollo permanente de nuevas ideas, fórmulas y aportes. Con esta actualización se busca evaluar el entramado teórico vigente, determinando la congruencia interna entre Postulados–Principios–Normas, para determinar la incidencia de los cambios efectuados en el modelo instrumental y en los procedimientos de contabilidad. El primer cambio entonces, se refiere a la utilización de una metodología lógico deductiva en tres fases sucesivas y encadenadas, para la evaluación del sistema de información contable público. Dicho itinerario consiste en: • Descripción de los rasgos del entorno en que va a operar el sistema para definir el sector

público y sus particularidades a través del concepto de ente contable público, la medida de sus transacciones y el horizonte temporal en que debe reportar a las instancias superiores.

• Descripción de las características, requisitos y usuarios del sistema de información

denominado Contabilidad Pública para orientarlo a fines y objetivos. • Derivación de principios y normas técnicas congruentes con las anteriores fases. Este itinerario fortaleció teórica y metodológicamente el modelo contable, lo cual permitió, entre otros aspectos, aclarar las relaciones existentes entre el PGCP y la Contabilidad Pública como sistema de información, precisando que esta es el eje fundamental del plan y que su producto lo constituye la información, elaborada bajo criterios teleológicos. En esta revisión se logró también realizar algunas precisiones en cuanto a los atributos del sistema; así, se distinguen claramente las características de los requisitos de la información, se concluye que la línea que delimita los principios de normas generales es exigua, y se enuncian normas técnicas que se diferencian de los procedimientos contables.

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En cuanto al modelo instrumental, y atendiendo a los requerimientos efectuados por los usuarios de la información, se habilitaron los grupos 56 y 64, en donde se da la posibilidad de contabilizar gastos de inversión social y costos de operación de servicios respectivamente; de igual forma, el grupo 52 relacionado con gastos de operación queda habilitado para diferentes entes y actividades. En cuanto a estados contables, los de naturaleza cuantitativa se reclasifican atendiendo a criterios generales, fiscales y económicos, con el objeto de satisfacer necesidades informativas de usuarios a nivel institucional y como insumo para alimentar a otros sistemas estadísticos. En este aspecto, la inclusión de los conceptos de estados de flujo de efectivo, estado de operaciones efectivas de caja, el estado de ahorro, inversión y financiamiento, el estado de valor agregado, el estado de usos y fuentes de ingresos y el estado de variación patrimonial, los cuales son producto de concertaciones interinstitucionales y vienen a cumplir un papel fundamental para los objetivos del sistema como herramienta de gestión económica y fiscal. Con los anteriores cambios, muy seguramente el PGCP no soluciona todos los interrogantes que se plantearon en el proceso de reflexión previo a su expedición, y tampoco será la panacea que dé respuesta a toda la problemática contable y financiera del sector público colombiano, que es amplio, complejo y heterogéneo; sin embargo, el trabajo realizado fortalece conceptual y metodológicamente el sistema nacional de Contabilidad Pública, permitiendo identificar el hilo conductor que relaciona el marco conceptual y el modelo instrumental.

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ASPECTOS METODOLÓGICOS La contabilidad en el sentido genérico del término se ha caracterizado por recurrir a un proceso sistemático mediante el cual, a partir de entradas –datos y recursos- se obtiene información relativa a los cambios experimentados por las principales variables que determinan y resultan del desempeño de un ente, durante períodos específicos de tiempo. La Contabilidad Pública como una aplicación especializada de la contabilidad, es ante todo, un sistema de información, que procesa datos económicos, sociales, ambientales y financieros de los entes públicos, con el fin de revelar a través de estados contables e informes, la naturaleza y características de sus movimientos o flujos resultantes de cambios en los montos acumulados de obligaciones y derechos que poseen y administran los entes públicos durante un horizonte temporal determinado. La metodología optada en la presente normativa para abordar el diseño del Sistema Nacional de Contabilidad Pública –SNCP-, es deductiva, con lo cual se parte de analizar el entorno en el que opera el sistema para deducir, a partir de sus rasgos fundamentales, los supuestos básicos, principios y reglas que orientan el proceder contable.

MARCO CONCEPTUAL

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En consecuencia, bajo este itinerario lógico deductivo es fundamental comenzar por el análisis del sector público colombiano, toda vez que el sistema de información opera en ese ambiente. 1.1 CARACTERÍSTICAS DEL SECTOR PÚBLICO COLOMBIANO En el sector público existen entes heterogéneos que realizan diferentes actividades durante un horizonte temporal determinado; entre otras, se pueden citar las relacionadas con el diseño de políticas, la ejecución de operaciones de redistribución de renta y el suministro de bienes y servicios, las cuales pueden estar financiadas por tributos, precios o tarifas. Las instituciones que ejecutan funciones de gobierno no persiguen ánimo de lucro, pero existen entidades con funciones de mercado, como las empresas industriales y comerciales del Estado y sociedades de economía mixta, con personería jurídica, autonomía administrativa y capital independiente, en donde los precios se fijan siguiendo el libre juego de la oferta y la demanda. Dentro de la estructura jerárquica y funcional del Estado, expresada en manifestaciones administrativas de diferente índole, se encuentran desde ministerios encargados de la política de salud y educación, hasta entes creados para salvaguardar la soberanía y garantizar la seguridad nacional; por su parte, los que ejecutan funciones de mercado, comprenden desde aquellos que se dedican a actividades financieras y comerciales, en donde los precios se establecen en ambientes competitivos, como otros, en los cuales las tarifas se encuentran reguladas y subsidiadas. Otra de las características del entorno en el que opera el sistema contable público, está relacionada con la dimensión de sus instituciones; así se puede encontrar que en el nivel nacional existen entes que manejan recursos significativos, y en el ámbito territorial instituciones que apenas alcanzan a subsistir, y por esto, no menos importantes dadas las funciones y responsabilidades asignadas. Las características del entorno en el que opera el sistema de contabilidad pública, inciden en el concepto de ente contable, en la valuación de las transacciones objeto de contabilización, y el horizonte temporal en el que deben ser reportados. El ente contable público, se define en función de la unidad básica, entendiendo por ésta la mínima instancia establecida por el sistema, para efectos del proceso de consolidación contable. De esta forma, los entes contables públicos, pueden admitir el criterio de consolidados o consolidadores; el primero, corresponde al ente individualmente considerado y el segundo, al que consolida información contable de otras unidades. En ambos casos la información reportada a la Contaduría General de la Nación –CGN-, es objeto del proceso de consolidación. Bajo esta concepción, no todo ente sujeto al PGCP es ente contable, pero todo ente contable está sujeto a dicha normativa.

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Las operaciones financieras, económicas y sociales de los entes públicos, están determinadas por el entorno, el cual exige su comparabilidad, lo que implica que el sistema debe adoptar una escala de medición apropiada a los fines que persigue; cuando los datos de entrada hacen referencia a medidas cuantitativas, por lo general el entorno los cuantifica en términos monetarios; sin embargo, el sistema podrá estipular de acuerdo con sus principios y normas técnicas contables otros criterios de medida para dar cuenta de hechos cualitativos o que no son susceptibles de ser expresados en términos de unidades monetarias. El contexto también determina la periodicidad de la elaboración de la información; es así que las disposiciones legales le fijan a los entes el término en el cual deben rendir cuenta a las diferentes autoridades competentes; períodos que por lo general cubren un año; sin embargo, normas específicas podrán estipular fechas diferentes de corte. En consecuencia, el ámbito en el que opera el Sistema Nacional de Contabilidad Pública –SNCP–, determina algunos elementos fundamentales en su conformación, como el ente contable público, las operaciones o hechos, la escala de medición o unidad con la cual se cuantifican los mismos y el período en que debe reportar. Elementos mínimos que bajo unas pautas legales determinadas, permiten que el sistema logre información confiable y útil. En la segunda etapa de construcción, y tras haber descrito el entorno, se hará referencia a los atributos del SNCP, que se reseñan en forma de supuestos, objetivos, características y requisitos de la información, y principios de contabilidad pública. 1.2 ATRIBUTOS DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA - SNCP Los supuestos básicos en que descansa el SNCP aparecen en forma de postulados, entendidos como enunciados primarios basados en el entorno y contrastables con el mismo, que se introducen en el razonamiento como punto de partida y que soportan el desarrollo conceptual de los principios, reglas y procedimientos. Los postulados permiten definir la estructura y orientación del SNCP al cumplimiento de objetivos, a fin de minimizar el riesgo de interferencia cuando el administrador actúa como codificador, emisor y transmisor con lo cual, en primera instancia, procura alcanzar niveles aceptables de seguridad en su producto final. La confiabilidad de la información se encuentra en función de la razonabilidad y la neutralidad asociadas. De esta manera, los usuarios confían en la información puesto que revela la “imagen fiel” del ente público sin privilegiar a ningún usuario en particular.

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El postulado de utilidad social pretende que del uso de la información contable pública se generen impactos positivos en la sociedad; con esto, la información aparte de ser confiable, debe generar valor agregado a la colectividad. Es decir la información por sí sola no es productiva, sino en función de la utilidad que de ella pueda derivar la sociedad. Los objetivos de la Contabilidad Pública constituyen los resultados esperados del SNCP, los cuales pueden clasificarse atendiendo los fines que persiguen los usuarios de acuerdo con criterios de gestión, control, cultura, análisis y divulgación. En virtud del contexto socioeconómico en que opera el SNCP y los fines que debe cumplir en su aspecto institucional y consolidado, la información contable pública está orientada a satisfacer las necesidades informativas de sus potenciales usuarios, quienes determinan la relevancia y utilidad de la misma de acuerdo con sus modelos de decisión. Las características de la información constituyen atributos inherentes al producto proveniente del Sistema Nacional de Contabilidad Pública, otorgándole la identidad y especificidad que permite diferenciarla de otra clase de información contable. Al ser producto de una construcción lógica–deductiva de la cual se derivan principios, normas y procedimientos, con énfasis teleológicos en su construcción que se validan empíricamente con el entorno, puede afirmarse que su confiabilidad y utilidad social se fundamenta en una noción de verdad razonable, soportada en la experiencia. En la medida que incluye todos los hechos valorados en términos cualitativos o cuantitativos, se asume con la certeza de que revela la situación de un ente público en un período temporal determinado. De esta manera y para efectos comparativos, los usuarios de la información contable pueden confiar en ella, toda vez que es producto de la aplicación rigurosa y homogénea de principios y normas técnicas. En síntesis la información que produce la Contabilidad Pública es racional, universal, medible y comparable. Las condiciones mínimas que debe reunir la información contable pública, enunciadas en forma de requisitos, tienen como propósito validar el método contable empleado en función de los objetivos que persigue el SNCP; estos requisitos que son fundamentales para conseguir los resultados esperados, exigen el conocimiento de la operación y naturaleza del ente público, para que al seleccionar los datos que van a procesarse, se disponga de una base depurada y clara que permita revelar los hechos, minimizando el riesgo por la interferencia y juicios de valor que están implícitos en el proceso. Si la información contable pública es objetiva, consistente, relevante, verificable y comprensible, esto refleja el hecho de que el proceso de aplicación de principios, normas y procedimientos ha sido coherente.

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De acuerdo con el itinerario lógico-deductivo, la siguiente fase consiste en derivar los principios y reglas contables aplicados, que en congruencia con los postulados, configuran los fundamentos contables vinculados a objetivos específicos. Los principios constituyen pautas básicas que guían el proceso de generación de información en función de los objetivos del SNCP; las reglas aplicadas equivalen a las normas técnicas específicas, las cuales conforman el puente que permite hacer operativa la estrategia teórica, materializando el modelo instrumental a través del Catálogo General de Cuentas –CGC- y los Procedimientos. En consecuencia, los principios hacen referencia, entre otros aspectos, a las técnicas cuantitativas o cualitativas de valuación de los hechos; al momento en el cual se realiza el registro contable; a la forma en que deben revelarse los hechos; a la continuidad del ente público; a la esencia de las transacciones y a la correlación entre ingresos, costos y gastos, todo ello teniendo en cuenta las limitaciones propias que impone el entorno a las organizaciones. Finalmente, el itinerario estipula la construcción de reglas específicas constituidas por normas y procedimientos que son propios del proceso contable y que se elaboran con el objetivo de instrumentalizar la estrategia teórica del sistema. Este proceso incluye las fases de identificación, clasificación, valuación y registro, las cuales atendiendo a normas técnicas, reconocen, revelan e incorporan al sistema de información los hechos económicos de un ente público. Las normas técnicas de contabilidad pública comprenden el conjunto de parámetros y criterios que precisan y delimitan el proceso contable; estos criterios están orientados a reflejar exhaustivamente la creación, transformación, intercambio, transferencia, extinción y, en general, cualquier cambio producido por los hechos económicos, financieros y sociales en un ente público. Los postulados, objetivos, características, requisitos, principios y normas de la contabilidad pública se enuncian en los siguientes términos: 1.2.1 POSTULADOS DE LA CONTABILIDAD PÚBLICA Postulado de confiabilidad Considerando que los usuarios requieren información contable razonable que soporte sus decisiones, el postulado de confiabilidad se enuncia de la siguiente manera: La información contable pública busca revelar con razonabilidad, los hechos financieros, económicos y sociales de los entes públicos, garantizando que ésta no privilegia a usuarios específicos.

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Postulado de utilidad social Considerando que la información contable debe coadyuvar a generar un impacto positivo en la sociedad, el postulado de utilidad social se enuncia de la siguiente forma: La información contable pretende que, mediante su adecuada utilización, se empleen en forma transparente los recursos públicos en procura del beneficio colectivo. 1.2.2 OBJETIVOS DE LA CONTABILIDAD PÚBLICA 1.2.2.1 De gestión A nivel institucional: Permitir a los diferentes responsables, tomar decisiones tendientes a optimizar el manejo de los recursos y lograr un impacto social positivo. A nivel consolidado: Permitir la adopción de políticas para el manejo eficiente del gasto, público, orientado al cumplimiento de los fines y objetivos del Estado.

1.2.2.2 De control A nivel institucional: Facilitar el control interno y externo de la gestión pública, para que los recursos se utilicen en forma transparente, eficiente y eficaz. A nivel consolidado: Facilitar el seguimiento de comportamientos agregados, como entrada principal de otros sistemas estadísticos, con el fin de evaluar el resultado de las políticas macroeconómicas. 1.2.2.3 De cultura ciudadana Conocer, por parte de la sociedad, los resultados de la gestión pública, con el fin de generar conciencia ciudadana y sentido de pertenencia en el manejo de los recursos públicos. 1.2.2.4 De análisis y divulgación Posibilitar el desarrollo de estudios e investigaciones conforme a los requerimientos de los usuarios. 1.2.3 USUARIOS DE LA INFORMACIÓN CONTABLE PÚBLICA

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1.2.3.1 De acuerdo con el objetivo específico de gestión A nivel institucional: Entes que aplican el PGCP, emplean la información contable pública, para retroalimentar los procesos de gestión organizacional. A nivel consolidado: Organismos que compilan o usan estadísticas globales del sector público, entre otros: Contraloría General de la República, Departamento Administrativo Nacional de Estadística, Contaduría General de la Nación, Contraloría General de la República, Municipios, Departamentos, Distritos, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Consejos Nacionales y Regionales de Política Económica, Social y Fiscal, Banco de la República. 1.2.3.2 De acuerdo con el objetivo específico de control Instituciones que ejercen control externo sobre los entes públicos, entre otros: Congreso de la República, Asambleas Departamentales, Concejos Municipales, Cabildos, Procuraduría General de la Nación, Contraloría General de la República, Defensoría del Pueblo, Contralorías y Personerías departamentales, municipales y distritales, Fiscalía General de la Nación, Corte Constitucional , Corte Suprema de Justicia, Consejo de Estado, Consejo Superior de la Judicatura y Tribunales Superiores. 1.2.3.3 De acuerdo con el objetivo específico de cultura ciudadana

Personas naturales o jurídicas, que inadvertidamente pretendan informarse sobre los resultados de la gestión pública, de los entes del orden nacional y territorial del nivel central y descentralizado, y de aquellas otras instituciones que de acuerdo con las normas estén obligados a acogerse al PGCP. 1.2.3.4 De acuerdo con el objetivo específico de análisis y divulgación

Instituciones académicas, grupos de investigación, gremios económicos, investigadores, analistas financieros y económicos, medios de comunicación, y organismos multilaterales como el Fondo Monetario Internacional, el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo. 1.2.4 CARACTERÍSTICAS DE LA INFORMACIÓN CONTABLE PÚBLICA 1.2.4.1 Racional

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Producto de una construcción lógica–deductiva basada en principios, normas y procedimientos, que se derivan teleológicamente y se validan empíricamente con el entorno. 1.2.4.2 Universal Busca incluir la totalidad de los hechos financieros, económicos y sociales de los diferentes entes. 1.2.4.3 Medible Revela los resultados financieros, económicos y sociales, empleando unidades de medida cuantitativas o cualitativas. 1.2.4.4 Comparable Aplican homogéneamente principios, normas y procedimientos que permiten satisfacer las necesidades de confrontación en el tiempo. 1.2.5 REQUISITOS DE LA INFORMACIÓN CONTABLE PÚBLICA

1.2.5.1 Oportuna Debe estar disponible en el momento que sea requerida por el usuario y tener la posibilidad de influir en la toma de decisiones. 1.2.5.2 Objetiva Debe elaborarse a partir de hechos existentes, con base en un conocimiento preciso, seguro, profundo y claro de lo que acontece en un ente público. 1.2.5.3 Consistente Debe existir correlación entre los fines que persigue el sistema y lo que revela la información contable pública, guardando además correspondencia entre normas y procedimientos, y de ambos entre sí.

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1.2.5.4 Relevante Debe ser útil a los usuarios en procura de que se cumplan objetivos sociales. 1.2.5.5 Verificable Debe ser susceptible de comprobaciones y conciliaciones exhaustivas o aleatorias, internas o externas, que acrediten y confirmen su procedencia y magnitud, observando siempre la aplicación estricta de las normas existentes para el registro de los hechos o actividades públicas. 1.2.5.6 Comprensible Debe permitir a los usuarios, considerada por si sola, formarse un juicio sobre su contenido. 1.2.6 PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD PÚBLICA 1.2.6.1 Reconocimiento Los hechos financieros, económicos y sociales se reconocerán en función de los eventos y transacciones que los generan, empleando técnicas cuantitativas o cualitativas. Por regla general, los hechos susceptibles de ser cuantificados monetariamente se valuarán al costo histórico, sin detrimento de criterios técnicos alternativos que se requieran en operaciones especiales, los cuales podrán ser objeto de actualización. Para hechos no susceptibles de ser cuantificados monetariamente, se empleará lo estipulado por normas técnicas específicas. 1.2.6.2 Causación Los hechos financieros, económicos y sociales deben registrarse en el momento en que sucedan, independientemente del instante en que se produzca la corriente de efectivo que se deriva de éstos. El registro se efectuará cuando surjan los derechos y obligaciones o cuando la transacción u operación originada por el hecho incida en los resultados del período. 1.2.6.3 Registro

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Los hechos deben contabilizarse mediante procedimientos técnicos adecuados a la organización de la entidad, observando las etapas del proceso contable relativas a la identificación y clasificación, con sujeción a las técnicas de valuación que permitan el debido reconocimiento, garantizando la confiabilidad y utilidad social de la información. 1.2.6.4 Revelación Los estados contables deben contener la discriminación básica y adicional que sea necesaria para una adecuada interpretación cuantitativa y cualitativa de los hechos; permitir a los usuarios construir indicadores de seguimiento y evaluación de acuerdo con sus necesidades, e informar sobre el grado de avance de planes, programas y proyectos del ente público. 1.2.6.5 Gestión continuada Se presume que la actividad del ente público se extiende por tiempo indefinido; por tanto la aplicación de esta norma no está encaminada a determinar su valor de liquidación. La presunción de continuidad tiene como propósito establecer el valor que refleje la capacidad del ente para continuar en funcionamiento; si por circunstancias exógenas o endógenas se producen situaciones de fusión, liquidación, escisión o transformación de un ente público, se observarán las normas y procedimientos aplicables para tal efecto. 1.2.6.6 Esencia sobre forma La esencia financiera económica y social de los hechos debe primar sobre el requisito de forma o instrumental, al momento del reconocimiento de los eventos y transacciones que los generan, respecto de los cuales se presume la debida observación de las realidades jurídicas y presupuestales que rigen al ente público. 1.2.6.7 Prudencia En relación con los ingresos, deben contabilizarse únicamente los realizados durante el período contable y no los potenciales o sometidos a condición alguna. Igualmente y con referencia a los gastos deben contabilizarse no sólo los realizados, sino también aquellos potenciales, desde cuando se tenga conocimiento, es decir, aquellos que supongan riesgos previsibles o pérdidas eventuales, cuyo origen se determine en el período actual o en períodos anteriores. Cuando existan diferentes posibilidades para reconocer y revelar de manera confiable y verificable un hecho, éstas se informarán en notas a los estados contables, donde se justificará la opción escogida y cuantificarán los procedimientos alternativos, con el posible impacto económico, financiero y social en los mismos, de haber optado por uno de éstos y no por la opción elegida.

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1.2.6.8 No compensación En ningún caso deben compensarse las partidas de activos y pasivos del balance, ni las de gastos e ingresos que integran el estado de actividad, ni los gastos e ingresos correspondientes a la programación y ejecución presupuestal. 1.2.6.9 Asociación de ingresos, costos y gastos Los flujos monetarios que representen ingresos, costos y gastos deben estar adecuadamente asociados en el período contable. Cuando por circunstancias especiales deban registrarse partidas de períodos anteriores que influyan en los resultados, se revelará en notas a los estados contables, la información relativa a la cuantía y origen de los mismos. 1.2.6.10 Hechos posteriores al cierre Las informaciones conocidas con posterioridad a la fecha de cierre y antes de la emisión de los estados contables, que por su importancia suministren evidencia adicional sobre condiciones existentes antes de dicha fecha, deben registrarse en el mismo período. 1.2.6.11 Período contable Corresponde al tiempo máximo que regularmente el ente público debe medir los resultados de sus operaciones financieras, económicas y sociales, de ejecución presupuestal, y el cumplimiento de las metas de su programación de actividades, efectuando los ajustes y el cierre. Normalmente, el período contable va del 1º de enero al 31 de diciembre, al final del cual, se debe realizar el proceso de cierre. No obstante, se podrán solicitar estados contables intermedios e informes complementarios, de acuerdo con las necesidades o requerimientos de autoridades competentes, sin que esto signifique necesariamente la ejecución de un cierre. Adicionalmente, podrán solicitarse estados contables e informes complementarios públicos por períodos superiores a un año, para revelar el estado de avance de los planes de desarrollo. 1.2.7 NORMAS TÉCNICAS DE CONTABILIDAD PÚBLICA 1.2.7.1 Norma técnica relativa al reconocimiento y revelación de los hechos económicos, financieros y sociales

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En desarrollo de los principios de reconocimiento y revelación, la presente norma técnica precisa los criterios que deben tenerse en cuenta al preparar y presentar información financiera, económica, social y ambiental, de acuerdo con lo establecido en el Plan General de Contabilidad Pública. Para el registro y comparación en el tiempo, la información reportada por el sistema contable debe considerar mediciones apropiadas a las características y circunstancias que dan origen a las diferentes transacciones y operaciones del ente público. El registro adecuado determina la confiabilidad y la utilidad social que, como pautas orientadoras del sistema, permiten que a través de los estados contables se reconozcan y revelen los resultados del ente contable en un horizonte temporal determinado. En síntesis, la cuantificación de los hechos financieros, económicos y sociales, debe hacerse utilizando como unidad de medida el peso, moneda nacional de curso forzoso y poder liberatorio. Para efectos de valuación se aplicará, como regla general, el costo histórico entendido como se describe a continuación: Costo histórico Está constituido por el precio de adquisición o importe original, adicionado con todos los costos y gastos en que ha incurrido el ente para la prestación de servicios, en la formación y colocación de los bienes en condiciones de utilización o enajenación. Además, harán parte del costo histórico las adiciones y mejoras objeto de capitalización efectuadas a los bienes, conforme a normas técnicas aplicables a cada caso. En operaciones en que el precio se ha pactado entre agentes, el valor será el convenido; cuando no exista ninguno de los anteriores, se podrá estimar empleando métodos de valuación alternativos. La cifra resultante de las anteriores situaciones constituirá el costo histórico por el cual se registrará la transacción en contabilidad. Dicho valor será objeto de actualización, usando para ello criterios técnicos acordes a cada circunstancia, entre otros: Costo reexpresado Está constituido por el costo histórico actualizado a valor corriente, mediante el reconocimiento de cambios de valor, ocasionados por la exposición a fenómenos económicos exógenos, como la inflación o la devaluación. Son aceptados como factores de corrección el Porcentaje de Ajuste del Año Gravable -PAAG-, la Tasa Representativa de Mercado-TRM-, los índices específicos, o cualquiera otra modalidad convenida como pacto de ajuste.

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Cuando se contraigan obligaciones o se adquieran bienes o servicios en moneda extranjera, el valor de la transacción debe reexpresarse en moneda nacional, según las normas y procedimientos aplicables a cada evento. Precio de mercado Es el valor que resulta de la interacción de las fuerzas de oferta y demanda en el mercado. Valor presente Corresponde al valor que resulta de descontar la totalidad de los flujos futuros generados por un activo o pasivo, empleando para el efecto una tasa de descuento. Costo de reposición Representa el precio que deberá pagarse para adquirir un activo similar al que se tiene, o el costo actual estimado de reemplazo de los bienes en condiciones semejantes a los existentes. Valor de realización Representa el importe en efectivo o su equivalente en el cual se espera sea convertido un activo o liquidado un pasivo, en condiciones normales. 1.2.7.1.1 Normas técnicas relativas a los activos Estas normas están orientadas a definir criterios para el reconocimiento y revelación de los hechos relacionados con los bienes y derechos ciertos del ente público, derivados del desarrollo de su función administrativa o cometido estatal. Estos bienes y derechos se originan en la ley, en los negocios jurídicos y en los actos o hechos que los generan. Desde el punto de vista económico, nacen como consecuencia de operaciones que suponen el incremento de los pasivos, el patrimonio o realización de ingresos. Inversiones Recursos aplicados en la creación y fortalecimiento de los entes públicos, así como en la adquisición de títulos valores, destinados al cumplimiento de políticas sociales, económicas y financieras del Estado. Las inversiones deben reconocerse por su costo histórico y actualizarse atendiendo la intención de

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realización, la disponibilidad de información en el mercado y, tratándose de inversiones patrimoniales, el grado de control que se tenga sobre el ente emisor, mediante la aplicación de metodologías que aproximen su realidad económica, tales como: La cotización en bolsa, el valor presente neto para la determinación del precio de mercado o la rentabilidad interna del título, el método de participación patrimonial y el método del costo. Las inversiones deben revelarse teniendo en cuenta la modalidad del título y los rendimientos que genere. Igualmente, la finalidad con la cual se realizan, es decir, administrar la liquidez, adquirir el control del ente emisor y por razones de política. Rentas por cobrar Ingresos tributarios, anticipos y retenciones pendientes de recaudo, exigidos sin contraprestación directa que recaen sobre la renta o la riqueza, en función de la capacidad económica del sujeto pasivo o gravando la producción, actividad y consumo. Las rentas por cobrar deben reconocerse por el valor determinado en las declaraciones tributarias, las liquidaciones oficiales en firme y demás actos administrativos que liquiden obligaciones a cargo de los contribuyentes, responsables y agentes de retención, y actualizarse de acuerdo con los factores de ajuste previstos legalmente. Deben causarse cuando surjan los derechos que los originan, con base en las liquidaciones de impuestos, retenciones y anticipos. Las liquidaciones oficiales deben registrarse como derechos contingentes en las cuentas de orden, hasta tanto queden en firme. Las rentas por cobrar deben provisionarse como resultado del grado de incobrabilidad originado en factores tales como antigüedad e incumplimiento. Para determinar el valor de la provisión el ente público debe realizar una evaluación técnica del riesgo de insolvencia del contribuyente, al menos una vez al final del período contable. Las rentas por cobrar deben revelarse según su antigüedad en: vigencia actual, vigencia anterior y difícil recaudo y , según la naturaleza del impuesto. Las rentas de vigencia actual incluyen los impuestos liquidados y declarados por el contribuyente o autoridad competente, correspondientes a gravámenes reconocidos durante el ejercicio contable en curso, sin perjuicio de la vigencia a la cual corresponde la liquidación. Así mismo, incluyen las retenciones y anticipos liquidados en el mismo período. Los saldos de las rentas por cobrar de vigencia actual, se reclasificarán a la vigencia anterior, al inicio de período contable. Las rentas de difícil recaudo incluyen los impuestos, retenciones y anticipos, liquidados y

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declarados por el contribuyente o autoridad competente, reclasificados de la vigencia actual o anterior al inicio del período contable o en el momento en que la entidad detecte circunstancias que permitan prever el alto riesgo de irrecuperabilidad. Las provisiones deben presentarse como un menor valor de las rentas por cobrar, debiendo revelarse en notas a los estados contables los métodos y criterios empleados para su estimación. Son métodos y criterios aceptados para establecer el valor de la provisión: el individual y el general. El método individual se basa en el análisis de la antigüedad y revisión de las condiciones de cada una de las rentas por cobrar. Tomando como base la experiencia y las condiciones económicas actuales, el ente público hará la estimación de los porcentajes y valores que considere no tienen probabilidad de recuperarse, teniendo en cuenta que a mayor tiempo vencido, es mayor esta probabilidad. Con base en estos valores calculados se hará el ajuste correspondiente a la provisión. El método general o alternativo se basa en la estimación de un porcentaje sobre el total de las rentas por cobrar que se consideran incobrables, independientemente de la situación particular de cada una de ellas. Este método toma en cuenta el comportamiento o experiencia y establece rangos en las rentas por edades de vencimiento. El ente público determinará el porcentaje a aplicar como provisión en cada uno de los rangos definidos, sin exceder del valor de la renta por cobrar. Deudores Comprenden los derechos de cobro originados en el desarrollo de las actividades financieras, económicas y sociales del ente público, que se producen como resultado de la venta de bienes o servicios, así como los conceptos conexos a la liquidación de rentas por cobrar, como los intereses moratorios, sanciones y multas por extemporaneidad y demás derechos originados en desarrollo del cometido estatal, por operaciones diferentes a los ingresos tributarios. Estos derechos deben ser reconocidos por su importe original, siempre y cuando exista el derecho cierto de cobro, el cual es susceptible de actualización de conformidad con las disposiciones legales vigentes o con los términos contractuales pactados. Como resultado del grado de incobrabilidad originado en factores tales como antigüedad e incumplimiento, debe provisionarse el valor de los derechos que se estimen incobrables y ajustarse permanentemente de acuerdo con su evolución.

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El cálculo de la provisión debe corresponder a una evaluación técnica, que permita determinar la contingencia de pérdida o riesgo por la eventual insolvencia del prestatario y deberá efectuarse por lo menos al cierre del período contable. Los deudores deben revelarse de acuerdo con su origen en: Derechos originados de actividades comerciales, de financiación, de seguridad social, por destinación específica y transferencias; adicionalmente teniendo en cuenta el riesgo de insolvencia del prestatario en deudores de difícil recaudo. El valor de las provisiones constituidas se presenta como un menor valor de los deudores, debiendo revelarse en notas a los estados contables, los métodos y criterios utilizados para su estimación. Son métodos y criterios aceptados para establecer el valor de la provisión, el individual y el general, de conformidad con lo definido para el caso de las rentas por cobrar.

Inventarios Comprenden los bienes corporales adquiridos a cualquier título o producidos en desarrollo de la actividad fundamental del ente público o actividades conexas a la misma, con la intención de ser comercializados, transformados o consumidos en la producción de bienes o prestación de servicios o para suministrarlos en forma gratuita a la comunidad. No constituyen inventarios los bienes destinados a formar parte de la infraestructura propia del ente público para desarrollar su cometido estatal (Propiedades, planta y equipo) o para uso, goce y disfrute de la comunidad (Bienes de beneficio y uso público), ni los elementos para su mantenimiento y construcción . La comercialización comprende el proceso de intermediación entre los centros de producción y los destinos de consumo, a través de diferentes operaciones de compraventa mayoristas o minoristas, actividad en la cual los bienes no son objeto de transformación por parte de quien los comercializa.

La producción de bienes se considera como el proceso de creación de valor, que realizan ciertas unidades económicas, en el cual a partir de la combinación de insumos, mano de obra e infraestructura, se elaboran o fabrican nuevos bienes que se destinan al consumo final o comercialización. La prestación de servicios comprende las actividades que tienen por objeto satisfacer necesidades colectivas, en las cuales se consideran como inventarios los materiales que sean consumidos directamente en la prestación de los mismos.

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Los inventarios deben reconocerse por el costo histórico y se llevarán por el sistema de inventario permanente, empleando el método de valuación que mejor refleje el valor de mercado de los mismos. Para efectos de valuación y determinación de los costos pueden aplicarse los métodos de Primeras en entrar primeras en salir –PEPS-, costo promedio o cualquier otro de reconocido valor técnico, de acuerdo con la naturaleza de los bienes, procesos productivos y procedimientos internos. No se considera método de reconocido valor técnico el UEPS. Deberán reconocerse provisiones por las contingencias originadas en disminuciones físicas o monetarias, tales como merma, deterioro u obsolescencia, las cuales se calcularán mediante la aplicación de criterios técnicos que permitan determinar su razonabilidad, de acuerdo con la naturaleza del inventario y condiciones que hayan afectado los mismos. Deben revelarse de acuerdo con su estado de elaboración, en productos terminados, en proceso e insumos y de acuerdo con su disponibilidad, en inventarios en tránsito y en poder de terceros. Las provisiones constituidas deben revelarse por separado como un menor valor de los inventarios. Así mismo, el método de valuación utilizado debe ser indicado en las notas a los estados contables. Propiedades, planta y equipo Comprende los bienes tangibles adquiridos, construidos, o que se encuentran en tránsito, en construcción, en mantenimiento, o en montaje y que se utilizan para atender necesidades sociales, mediante la producción de bienes, la prestación de servicios, o para la utilización en la administración o usufructo del ente público, y por tanto no estar destinados para la venta en desarrollo de actividades comerciales, siempre que su vida útil probable, en condiciones normales, exceda de un año, entendiendo éste, como el tiempo o los factores necesarios para estimar la operatividad del bien. Deben reconocerse por su costo histórico el cual se actualizará al costo reexpresado. Alternativamente, se consideran como métodos de actualización el costo de reposición y el valor de realización. Para establecer el costo de reposición pueden emplearse avalúos o precios de referencia, en tanto que el valor de realización se aplicará cuando se tenga la intención de enajenarlos, debiendo realizar para el efecto los respectivos avalúos técnicos. De esta manera, es factible que en un momento determinado concurran sobre un mismo bien, como métodos de actualización, al costo reexpresado con las otras formas anotadas. El valor de los bienes recibidos en permuta o donación, corresponderá al convenido entre las partes o en forma alternativa, al estimado mediante avalúo técnico.

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El valor de las adiciones y mejoras que aumenten la vida útil del bien, amplíen su capacidad, la eficiencia operativa, mejoren la calidad de los productos y servicios, o permitan una reducción significativa de los costos de operación, constituyen un mayor valor del bien, el cual afectará el cálculo futuro de la depreciación; en caso contrario, se reconocerá como gasto o costo, según corresponda. Por regla general la depreciación debe reconocerse mediante la distribución racional y sistemática del costo de los bienes, durante su vida útil estimada, con el fin de asociar la contribución de estos activos a la generación de productos o servicios del ente público. No obstante, aquellos activos considerados de menor cuantía, podrán depreciarse totalmente en el período en el cual fueron formados o adquiridos. La determinación de la depreciación debe efectuarse mediante criterios de reconocido valor técnico, aplicando aquel que mejor refleje el equilibrio entre los beneficios recibidos, la vida útil y la distribución del costo del activo correspondiente. Son depreciables aquellos bienes que pierden su capacidad normal de operación durante su vida útil, tales como edificaciones; plantas, ductos y túneles; redes, líneas y cables; maquinaria y equipo; equipo médico y científico; muebles, enseres y equipo de oficina; equipos de comunicación y computación; equipo de transporte, tracción y elevación; equipo de comedor, cocina, despensa y hotelería. Se consideran como no depreciables los terrenos. Por su parte, no son objeto de depreciación las construcciones en curso, la maquinaria y equipo en montaje, los bienes en tránsito y las propiedades, planta y equipo no explotadas, en mantenimiento, mientras permanezcan en esta situación. El valor de los semovientes se amortizará durante el lapso que se considere como ciclo productivo, de acuerdo con métodos de reconocido valor técnico. El valor de la inversión efectuada para construcción o adecuación de las vías de comunicación y acceso internas, se amortizará durante el lapso estimado de acuerdo con estudios de reconocido valor técnico, teniendo en cuenta la capacidad de prestar servicios o generar beneficios. Deben reconocerse provisiones de conformidad con las normas contables vigentes, cuando éstas sean procedentes como resultado de la pérdida por demérito u obsolescencia presentada por hechos extraordinarios o fortuitos; así mismo, por efectos de la pérdida de valor económico para aquellos bienes que se encuentran ubicados en zonas de alto riesgo, o por el deterioro que sufren las propiedades, requieren condiciones ambientales específicas para su funcionamiento o conservación. Las valorizaciones y desvalorizaciones se reconocerán como resultado del análisis comparativo, entre el valor determinado producto de las actualizaciones realizadas y el valor en libros del respectivo bien.

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Las propiedades, planta y equipo deben revelarse de acuerdo con su naturaleza y capacidad de desplazamiento, en muebles, inmuebles, plantaciones y de locomoción propia. Los bienes muebles se revelarán de acuerdo con su función, destinación y su estado normal de funcionamiento o de situaciones especiales para ser involucrados en procesos operativos o administrativos. En los bienes inmuebles se revelará, por separado, el valor que corresponda a terrenos. Los bienes clasificados como de locomoción propia, corresponden a los semovientes y deben revelarse en forma separada. Las depreciaciones y amortizaciones acumuladas, así como las provisiones cuando sean procedentes, constituyen un menor valor de las propiedades, planta y equipo, y deberán reflejarse en forma separada. Por su parte cuando haya lugar a la constitución de valorizaciones deberán reflejarse igualmente de manera separada. Bienes de beneficio y uso público e históricos y culturales Comprende los bienes destinados para el uso y goce de todos los habitantes del territorio nacional, que son de dominio del ente público y pueden o no, ser administrados por éste. Están orientados a generar bienestar social o a exaltar los valores culturales y preservar el origen de los pueblos y su evolución. Estos bienes deben reconocerse por el costo histórico y actualizarse al costo reexpresado, de acuerdo con las normas vigentes aplicables al ente público. Podrán ser objeto de avalúos técnicos cuando circunstancias especiales lo ameriten. El costo de los bienes de beneficio y uso público e históricos y culturales recibidos en donación o en cumplimiento de cláusulas contractuales, corresponderá al valor convenido entre las partes, o en forma alternativa, al estimado mediante avalúo técnico. Cuando se trate de incorporar el valor de un bien a la contabilidad del ente público, debe hacerse por un valor estimado, afectando directamente el patrimonio. El valor de las erogaciones que aumenten la vida y calidad del bien, en cuanto al servicio público que se espera deba prestar, constituyen un mayor valor del bien. De lo contrario, se reconocerán como un gasto. Los bienes de beneficio y uso público en servicio que sean administrados por el ente público serán objeto de amortización afectando directamente el patrimonio, durante el lapso estimado en que estarán en capacidad de prestar servicios o generar beneficios a la comunidad, de acuerdo con estudios de reconocido valor técnico, los cuales deberán contemplar la estimación de valores residuales, según sea el caso.

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Los bienes de beneficio y uso público deben revelarse atendiendo su naturaleza, destinación y situación en: construcción, en servicio y entregados en administración. Las amortizaciones que proceden deben revelarse por separado, como un menor valor de los mismos. Recursos naturales y del ambiente Los recursos naturales y del ambiente son bienes tangibles e intangibles, que por sus propiedades, especie, género o clase, se encuentran en la naturaleza y el ambiente sin que hayan sido objeto de transformación. Comprende los recursos existentes, los formados, más todas aquellas inversiones adelantadas y orientadas a conservar o explotar los recursos naturales y del ambiente, así como el costo de ejecutar cualquier actividad conexa con la conservación de los mismos. Los recursos naturales existentes deben reconocerse por el valor establecido mediante procedimientos técnicos que consideren aspectos exógenos y endógenos, tales como degradación, tectónicos, deterioro o autodestrucción natural. Así mismo, serán objeto de actualización conforme a las normas vigentes aplicables. Por su parte, las inversiones en recursos naturales y del ambiente se reconocerán por el costo histórico y se actualizarán mediante la aplicación de métodos de reconocido valor técnico. Para efecto de revelación los recursos naturales y del ambiente así como las inversiones efectuadas en ellos, se clasifican como renovables y no renovables, dependiendo de sus características y a su vez, atendiendo las actividades adelantadas por los entes públicos, en conservación y explotación. Los recursos renovables son susceptibles de ser restablecidos por otros de las mismas características y naturaleza y pueden sufrir degradación ambiental. Los recursos no renovables son aquellos no susceptibles de ser reproducidos o reemplazados. Los recursos naturales sufren un proceso de agotamiento en la medida en que se explotan, el cual debe reflejarse por separado como un menor valor de los mismos. Las inversiones en recursos naturales renovables y no renovables en explotación, serán objeto de amortización, teniendo como base el período estimado para recuperar la inversión, de acuerdo con procedimientos técnicos. Las amortizaciones constituidas deben revelarse por separado como un menor valor de las inversiones. Otros activos

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Comprenden los derechos y bienes tangibles e intangibles que son complementarios para el cumplimiento del cometido estatal o están asociados a su administración y mantenimiento, en función de situaciones tales como posesión, titularidad, tránsito o modalidad especial de adquisición. Para efectos del reconocimiento debe tenerse en cuenta la clasificación del bien o derecho. Los activos diferidos deben reconocerse por su costo histórico y por regla general no son susceptibles de actualización, excepto aquellos que de manera específica así se determine. Los bienes de arte y cultura y los intangibles, se reconocen por su costo histórico y son susceptibles de actualización. Las responsabilidades serán reconocidas por el costo de reposición el cual se actualizará de acuerdo con las normas que le sean aplicables al respectivo activo, con el fin de garantizar el mantenimiento del patrimonio público. Los activos tales como los bienes recibidos en dación de pago y los adquiridos de instituciones inscritas, se reconocerán por el valor convenido, el cual es susceptible de actualización, de conformidad con los términos contractuales y las normas contables que le sean aplicables al ente público. Para los activos que son producto de las reclasificaciones contables, el reconocimiento se hará por el valor registrado en las cuentas de origen y están sometidos a los procesos de actualización que aplican a las mismas. Para efectos de revelación, los otros activos se clasifican atendiendo la clase de bien y su condición, en los siguientes conceptos: Bienes y derechos en proceso de titularización, bienes recibidos en dación de pago, activos adquiridos de instituciones inscritas, bienes adquiridos en leasing financiero, bienes de arte y cultura e intangibles. Igualmente, se clasifica como inversión social diferida la contribución a la formación de un activo social. Atendiendo su correlación con el funcionamiento del ente público en cargos diferidos, obras y mejoras en propiedad ajena, gastos pagados por anticipado. En relación con la modalidad del encargo en bienes entregados a terceros, así mismo, para las responsabilidades considera la instancia del proceso en que se encuentran. Los cargos diferidos se amortizarán durante los períodos en los cuales se espera percibir los beneficios de los costos y gastos incurridos, de acuerdo con los estudios de factibilidad para su recuperación, los períodos estimados de consumo de los bienes o servicios, o la vigencia de los respectivos contratos, según corresponda. El impuesto diferido se amortizará durante los períodos en los cuales se reviertan las diferencias temporales que lo originaron. Por su parte, el cargo por corrección monetaria diferida se amortizará en la misma proporción en que se asignen los costos que la causaron.

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Las obras y mejoras en propiedad ajena se amortizarán durante el período de duración del contrato que ampare el uso de la propiedad, sólo cuando el costo de las obras y mejoras efectuadas no sean reembolsables. La amortización de la inversión social diferida se realizará durante los períodos en los cuales se espera percibir beneficios. Los bienes entregados a terceros se amortizarán durante el período que corresponda a la explotación del bien entregado, de acuerdo con la duración del amparo legal o contractual. En todo caso, el período de amortización no podrá ser superior a los años de vida útil estimados para el bien que se trate. El valor de los intangibles adquiridos o desarrollados se amortizará durante el lapso que corresponda a la recuperación de la inversión en que se incurrió, el período en que se obtendrán beneficios esperados por efectos de su explotación o la duración del amparo legal o contractual. 1.2.7.1.2 Normas técnicas relativas a los pasivos Las normas técnicas de pasivos están orientadas a definir criterios para el reconocimiento y revelación de los hechos relacionados con las obligaciones ciertas o estimadas, contraidas por el ente público y derivadas del desarrollo de su función administrativa o cometido estatal. Estas obligaciones se originan en la ley, en los negocios jurídicos y demás actos o hechos que las generan. Desde el punto de vista económico, se originan como consecuencia de operaciones que suponen un incremento de activos o generación de costos y gastos. Las obligaciones ciertas a diferencia de las estimadas, se caracterizan porque su determinación se obtiene de forma objetiva y exacta, tanto en lo relativo al plazo para su cancelación o aplicación, fijado por las partes o las normas legales, como en la cuantía del valor a restituir. Operaciones de crédito público Las operaciones de crédito público –OCP- corrresponden a aquellos actos o contratos que tienen por objeto dotar a la entidad estatal de recursos, bienes o servicios, con plazo para su pago, los cuales deben cumplir con normas específicas que regulen cada clase de operación. Las operaciones de crédito público deben reconocerse por el valor desembolsado, tratándose de contratos de empréstito; por el valor del bien o servicio recibido, para los créditos de proveedores y por el valor nominal de los títulos colocados. Las operaciones de crédito público pactadas en dólares de los Estados Unidos de Norte América deben convertirse a la tasa de cambio, certificada por la autoridad competente en la

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fecha del desembolso y reexpresarse periódicamente de conformidad con la normatividad vigente, al igual que las obligaciones con pacto especial de ajuste. Por su parte, las obligaciones pactadas en moneda extranjera diferente a dólares de los Estados Unidos de Norte América, serán convertidas previamente a esta última denominación a la tasa de cambio de compra y periódicamente ajustarse a la tasa de cambio de venta que rija entre las dos monedas, reconociendo en los resultados del período, el mayor o menor valor causado por efecto del reajuste. Las operaciones de crédito público deben revelarse atendiendo los criterios de origen, plazos pactados, clase de entidad y operación que provee el financiamiento. De acuerdo con su origen las operaciones de crédito público, se clasifican en internas y externas. Se consideran operaciones de crédito público internas las que de conformidad con la reglamentación vigente se celebren exclusivamente entre residentes del territorio colombiano y pagaderas en moneda nacional. Igualmente, constituye deuda pública interna, la emisión de títulos de deuda pública que tienen como propósito reclasificar otra clase de obligación, como sentencias, conciliaciones, cruces de cuentas, siempre que las normas legales lo permitan. Por su parte, las operaciones de crédito público externas, corresponden a aquellas que se celebren con no residentes y pagaderas en divisas. Atendiendo los plazos pactados se clasifican en corto y largo plazo. Son obligaciones de corto plazo, las adquiridas con plazo para su pago igual o inferior a un año y de largo plazo, las adquiridas con plazo para su pago superior a un año. Para cada uno de ellos deben revelarse en forma separada, los valores a amortizar en la respectiva vigencia. De acuerdo con la clase de entidad que provee el financiamiento se clasifican en Banco Central para el gobierno nacional; también se adquieren con el sistema financiero, proveedores, gobiernos, banca multilateral, entes públicos y otras entidades. Atendiendo al tipo de operación que genera el financiamiento, en contratos empréstitos, colocación de bonos y títulos, y crédito de proveedores. Se entiende por contratos de empréstito aquellos que tienen por objeto proveer a la entidad estatal contratante de recursos en moneda nacional o extranjera, distinguiendo los que se celebran entre entes públicos, los cuales se clasifican en el concepto de préstamos gubernamentales, e identificando la clase de préstamo por acuerdos de pago, créditos presupuestarios, de tesorería y transitorios. Entre los títulos de deuda pública están los bonos y demás valores de contenido crediticio, emitidos por las entidades estatales. Los créditos de proveedores comprenden aquellos mediante los cuales se contrata la adquisición de bienes o servicios. Los intereses y comisiones causados deben revelarse en cuentas separadas de la obligación de la cual se derivan, así como los descuentos y primas en la colocación de títulos de deuda pública, que corresponden al menor o mayor valor recibido con relación al valor nominal de los mismos,

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los cuales se amortizarán durante el tiempo de redención de los títulos. Las operaciones de crédito público mediante las cuales la entidad actúa como deudor solidario o garante de obligaciones de pago, por sus características de ser contingencias, se registran dentro de las cuentas de orden acreedoras, y por tanto no se consideran como parte integrante de los pasivos de la entidad, hasta que la contingencia se considere probable, situación en la cual debe clasificarse como un pasivo contingente o se convierta en una obligación real, originando su clasificación como deuda asumida y acuerdos de pago según corresponda. Obligaciones financieras Corresponde a las obligaciones contraidas por los entes públicos con instituciones financieras, que dada su modalidad y términos de financiación, solo requieren ajustarse a las condiciones normales exigidas por los prestatarios y por tanto no requieren de las formalidades propias de las operaciones de crédito público. Las obligaciones financieras deben reconocerse por el valor desembolsado o asumido, o por el valor presente de los cánones futuros y opción de compra pactados, tratándose de operaciones de "leasing". Estas obligaciones deben actualizarse periódicamente de acuerdo con la modalidad de ajuste pactado y observando las disposiciones vigentes, reconociendo en los resultados del período, el mayor o menor valor causado por efecto del ajuste. Se revelan en función de la modalidad de la obligación adquirida en administración de liquidez, créditos obtenidos, obligaciones asumidas por el Fondo Nacional de Garantías en su condición de garante ante instituciones financieras y fondos adquiridos con compromisos de recompra, identificando la obligación principal del costo financiero originado por la misma. Cuentas por pagar Comprende obligaciones del ente público adquiridas con personas naturales o jurídicas, diferentes a las entidades financieras, en desarrollo de sus operaciones. Las cuentas por pagar deben reconocerse por el valor total adeudado, que se define como la cantidad a pagar en el momento de adquirir la obligación y los gastos financieros a su vencimiento. Se causarán en el momento en que se reciba el bien o servicio, o se formalicen los documentos que generan las obligaciónes correspondiente de conformidad con las condiciones contractuales. Cuando no exista prestación a cargo de un tercero, la causación debe estar condicionada al nacimiento de la obligación en virtud de la ley o acto administrativo.

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Estas obligaciones deben actualizarse periódicamente de acuerdo con la modalidad de ajuste pactado y observando las disposiciones vigentes, reconociendo en los resultados del período, el mayor o menor valor causado por efectos del ajuste. Se revelan en función de los hechos que originan la obligación, tales como: Adquisición de bienes y servicios, transferencias, impuestos, depósitos, avances y anticipos. Adicionalmente, se clasifican atendiendo la operación propia de algunos entes, entre otros: Aportes a afiliados, subsidios asignados, seguros y reaseguros, premios por pagar, administración del sistema de seguridad social y fondo de solidaridad y garantía en salud. Obligaciones laborales y de seguridad social integral Comprende las obligaciones generadas en la relación laboral en virtud de normas legales, convencionales o pactos colectivos, así como aquellas derivadas de la afiliación al sistema de seguridad social integral. Deben reconocerse por el valor de la obligación real. Por lo menos al final del período contable debe registrarse en este grupo el resultado de la consolidación de prestaciones. Las obligaciones laborales deben revelarse atendiendo la naturaleza salarial o prestacional de la misma. Por su parte, las de seguridad social se clasifican atendiendo las prestaciones generales de los regímenes generales establecidos por el correspondiente sistema. Otros bonos y títulos emitidos Comprende la emisión de bonos y títulos que por sus características especiales no se consideran operaciones de crédito público, dado que la intención de los mismos no es obtener recursos, sino la sustitución y el reconocimiento de obligaciones. Deben reconocerse por su valor nominal y redimirse de acuerdo con las normas vigentes, o cuando son utilizados como instrumento de pago. Se revelan identificando la modalidad de la obligación que los generan en bonos pensionales, títulos de devolución de impuestos, certificados de reembolso tributario, entre otros. Los costos financieros deben clasificarse en cuentas separadas de la obligación que los origina. Pasivos estimados Corresponde a las obligaciones a cargo del ente público generadas en circunstancias ciertas, cuyo valor depende de un hecho futuro; estas obligaciones deben ser justificables, cuantificables y confiables.

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Deben reconocerse por el valor que se estime, empleando criterios técnicos de conformidad con las disposiciones legales vigentes, constituyéndose en provisiones. Deben revelarse atendiendo el concepto que los origine. Cuando la circunstancia que determinó la estimación se materialice, deben reclasificarse como un pasivo real o extinguir la provisión. Otros pasivos Corresponde a las obligaciones originadas en la actuación por cuenta de terceros, recaudos susceptibles de convertirse en ingresos a través del tiempo y obligaciones que adquiere el ente público en su calidad de garante. Igualmente, aquellas originadas en la reclasificación como consecuencia del proceso de depuración de saldos. Se reconocen por el valor recibido, producto de las garantías, de conformidad con los actos correspondientes, los cuales son susceptibles de actualización. Los pasivos diferidos se amortizarán durante los períodos en los cuales se produzca la contraprestación de bienes y servicios, cuando se reviertan las diferencias temporales que los originaron, o cuando se asignen los costos. Deben revelarse en función de la titularidad de los recursos, la probabilidad de constituir ingresos y del cumplimiento de garantías. 1.2.7.1.3 Normas técnicas relativas al patrimonio público El patrimonio público comprende el valor de los recursos públicos representados en bienes y derechos, deducidas sus obligaciones necesarias para cumplir los fines estipulados en la Constitución y la Ley. Las normas técnicas del patrimonio público están orientadas a definir criterios para el reconocimiento y revelación de los recursos básicos para la constitución y desarrollo, así como otros factores que inciden en el comportamiento patrimonial, representado en las diferentes modalidades de superávit, de los entes que conforman el sector público. Los recursos básicos están conformados por los aportes iniciales y sus incrementos directos, o como consecuencia de capitalizaciones originadas en las disposiciones legales que le sean aplicables y por las determinaciones de instancias superiores competentes. Los factores que inciden en el comportamiento patrimonial cuando generan variaciones positivas constituyen un superávit, el cual dependiendo de su origen, puede ser pagado, operacional, de valuación, donado e incorporado. Cuando las variaciones generan resultados negativos se

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constituyen en déficit. Superávit pagado. Comprende el valor en exceso originado en la venta de acciones o cuotas partes de interés social, frente al valor nominal. Superávit operacional. Se origina como consecuencia del reconocimiento de ingresos, costos y gastos en un período contable, más los resultados de períodos anteriores que están disponibles. También incluye aquellas partidas pendientes de las formalidades necesarias para ser capitalizadas y las constituidas con fines específicos, en cumplimiento de normas legales y estatutarias. Superávit de valuación. Se deriva de los procesos de valoraciones técnicas tendientes a la actualización de los activos, pasivos y patrimonio. Superávit donado. Comprende los bienes y derechos recibidos de terceros sin contraprestación económica, que tienen como característica su permanencia relativa y que no corresponden a un reconocimiento del gasto por extinción del bien. Las donaciones en dinero, por norma general, se registran como superávit por donación, excepto aquellas que tengan como destino la financiación de gastos de funcionamiento, las cuales se registrarán como ingreso. Superávit incorporado. Se origina en el reconocimiento de activos y pasivos como resultado del proceso de legalización, valoración, medición, asunción, o por cualquier otro método especial y que debe ser incluido en las cuentas correspondientes. Así mismo, incluye el reconocimiento de intangibles formados. Para efectos de revelación, el superávit pagado está conformado por la prima en colocación de acciones, cuotas o partes de interés social; el superávit operacional, por el resultado del ejercicio, resultado de ejercicios anteriores, dividendos y participaciones decretados y las reservas; el superávit de valuación, por las valorizaciones, el originado en la aplicación del método de participación patrimonial, la revalorización del patrimonio y el ajuste por inflación; el superávit incorporado incluye el patrimonio incorporado y los intangibles formados y el superávit donado comprende las donaciones en dinero, especie y derechos. El reconocimiento del patrimonio público debe ser consistente con el de las demás cuentas de balance y resultados que lo originan. EL patrimonio público se revelará dependiendo del sector al que corresponda la entidad, central o descentralizado, en Hacienda pública o Patrimonio institucional, respectivamente. Hacienda pública

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Comprende los aportes otorgados para la creación y desarrollo de los entes públicos del sector central del orden nacional, departamental, distrital, municipal y demás entidades territoriales y, las variaciones patrimoniales, originadas por la operación, los procesos de actualización y las decisiones de terceros a favor del Estado. El capital fiscal. Representa los aportes del Estado, para la creación y desarrollo del ente público, así como la acumulación de los traslados de otras cuentas patrimoniales, como es el caso de los resultados del ejercicio, el patrimonio público incorporado y el deterioro por la utilización de bienes de beneficio y uso público. Patrimonio institucional Comprende los aportes otorgados por el sector público y privado, para la creación y desarrollo de los entes públicos descentralizados; igualmente incluye los recursos públicos que están destinados a fomentar el desarrollo de un sector específico y las variaciones patrimoniales originadas por la operación, los procesos de actualización y las decisiones de terceros a favor del Estado. Capital social. Está conformado por los aportes sociales de conformidad con normas legales que rigen la creación de entes públicos de naturaleza limitada y asimiladas. Capital autorizado y pagado. Comprende los aportes otorgados a los entes públicos que tienen la naturaleza de sociedades anónimas y asimiladas, de conformidad con las normas que rigen su creación. Capital fiscal. Corresponde a los aportes otorgados para la creación y desarrollo de los establecimientos públicos, y también la acumulación de los traslados de otras cuentas patrimoniales, como es el caso de los resultados del ejercicio, el patrimonio público incorporado y el deterioro por la utilización de bienes de beneficio y uso público. Capital parafiscal . Corresponde a los aportes otorgados para el fomento y desarrollo de un sector específico. 1.2.7.1.4 Normas técnicas relativas a las cuentas de actividad financiera, económica y social Las normas técnicas de actividad financiera, económica y social están orientadas a definir criterios uniformes para el reconocimiento y revelación de los hechos relacionados con los ingresos, gastos y costos del ente público. Las cuentas de actividad financiera, económica y social, comprenden los ingresos, gastos y costos y reflejan el resultado de la gestión en cumplimiento del cometido estatal del ente público.

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Ingresos Expresión monetaria de los flujos percibidos por el ente público en el período contable, que refleja la obtención de recursos originados en desarrollo de la actividad financiera, económica y social, básica o complementaria, susceptibles de incrementar el patrimonio público. El reconocimiento de los ingresos debe hacerse en cumplimiento del principio de la causación, con base en el acto administrativo que los impone, las declaraciones tributarias, las normas legales o en desarrollo de actividades de comercialización y prestación de servicios. Para el caso de las ingresos tributarios, el reconocimiento de las liquidaciones oficiales se registrará una vez éstas hayan quedado en firme. El reconocimiento de los intereses de mora que estén sometidos a situaciones inciertas deben ser registrados atendiendo el principio de prudencia. El reconocimiento de los ingresos por venta de bienes se realizará cuando se haya transferido su titularidad, y esté determinada en forma razonable la correspondiente contraprestación. Por su parte, los ingresos por prestación de servicios se reconocerán cuando surja el derecho de cobro, como consecuencia de la realización de la liquidación y su cuantificación, imputándose al ejercicio en el cual se realiza o presta el servicio. Las devoluciones y descuentos deben registrarse como un menor valor del ingreso, independiente de la vigencia en la cual se haya causado. Las transferencias y operaciones interinstitucionales deben reconocerse cuando surja el derecho cierto de cobro, es decir, cuando se conoce que el ente cedente ha dictado el acto de reconocimiento de su correlativa obligación. Se registra por el importe establecido en el correspondiente acto de reconocimiento. En el caso de traspasos de bienes, por el valor convenido o estimado que determina su valor de realización. Los ingresos se revelan atendiendo el origen de los mismos, como el poder impositivo del Estado, el desarrollo de operaciones de comercialización, las relaciones con otros entes de la administración pública y la ocurrencia de eventos complementarios a la actividad principal. Se clasifican en ingresos fiscales, venta de bienes y servicios, transferencias, de pensiones, operaciones interinstitucionales y otros ingresos Los ingresos fiscales corresponden a los ingresos tributarios, no tributarios, aportes y cotizaciones, rentas parafiscales, ingresos por fondos especiales y sus correspondientes devoluciones y descuentos.

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El reconocimiento se efectuará en forma general, cuando surjan los derechos de cobro que los mismos originan, es decir, cuando se realice el acto administrativo que los cuantifique, o se reciban las declaraciones tributarias privadas, o las liquidaciones oficiales queden en firme. Los ingresos tributarios están conformados por las diferentes clases de impuestos nacionales, departamentales, distritales y municipales y las sobretasas. Los ingresos no tributarios comprenden las tasas, multas, intereses, sanciones, contribuciones especiales, cuotas de valorización, regalías, peajes, valorizaciones, inscripciones, pliegos de licitaciones, formularios y especies valoradas, concesiones, estampillas, patentes, publicaciones, explotación de canteras, pesas y medidas y arrendamientos y alquileres, entre otros. Las rentas parafiscales son gravámenes establecidos por la ley, que afectan un determinado y único grupo social y económico y se utilizan para beneficio propio del sector. Los fondos especiales corresponden a recursos definidos en la ley para la prestación de un servicio público específico por parte de un ente público especializado y que son clasificados presupuestalmente en forma independiente, aunque no tengan personería jurídica. Estos ingresos deben ser reconocidos de conformidad con la norma que los establece. Los ingresos de estos fondos especiales están definidos en cada una de las dispocisiones que los crean, donde se contemplan las diferentes fuentes de recursos que los componen, los cuales deben ser reconocidos de conformidad con la norma, siempre como un ingreso propiamente del fondo. Los ingresos por venta de bienes y servicios corresponden a los recursos generados en la actividad de comercialización y prestación de servicios, tales como la venta de productos explotados, construidos, mercancías, servicios educativos, de administración del régimen de seguridad social en salud, servicios públicos domiciliarios, tránsito y transporte, comunicaciones, telecomunicaciones, suerte y azar, hoteleros y de promoción turística, financieros, de documentación e identificación, informáticos, operaciones de los fondos de garantías. Se incluyen las devoluciones, rebajas y descuentos correspondientes. Comprenden los recursos originados en traslados sin contraprestación directa efectuados entre los diversos niveles y sectores de la administración pública, bien sea para el financiamiento del cometido estatal del ente público, el cumplimiento de proyectos o convenios especiales, o como producto de los procesos de descentralización administrativa, por ejemplo, transferencias corrientes y de capital del gobierno general o de las empresas, la participación de los ingresos corrientes y el situado fiscal. Las operaciones interinstitucionales comprenden los aportes y traspasos con o sin situación de fondos, recibidos de la administración central para el desarrollo del cometido estatal de los entes públicos del mismo nivel. Incluyen las operaciones cuyo reconocimiento corresponde al ente

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encargado de la administración de los recursos y el pago o cancelación de los mismos lo efectúa otro ente público, así como el valor de los bienes recibidos como transferencia de otros entes públicos, por operaciones que no tienen el carácter de donación y los conceptos de obligaciones recibidas y transferidas. En el caso de los sistemas integrados, los registros contables de las operaciones recíprocas deben adaptarse a su operatividad, sin detrimento de cumplir con los procedimientos establecidos por la Contaduría General de la Nación. Los recursos de los fondos de las entidades administradoras de pensiones comprenden las cotizaciones, recuperaciones de cartera, devoluciones de aportes de la administradora, reintegros de pensionados, convalidación pensional, reconocimiento de semanas, conmutación pensional, cuotas partes de bonos pensionales y de pensiones. Los otros ingresos comprenden conceptos de recursos percibidos por el ente público que no provienen de su actividad básica, pero que constituyen una fuente de recursos, como pueden ser los derivados de inversiones, el ajuste por diferencia en cambio de las cuentas de activo y pasivo. Se incluyen en esta clasificación los ingresos extraordinarios que, entre otros, contemplan los honorarios y comisiones, arrendamientos, recuperaciones, publicidad, donaciones, reintegros de vigencias anteriores, bienes declarados a favor de la Nación, cuotas de partes de pensiones y bonos pensionales, utilidad en venta de terrenos, propiedades, planta y equipo e intangibles, excedentes financieros, indemnizaciones y bienes recibidos para proyectos especiales. Así mismo incluye los ajustes de ejercicios anteriores clasificados por clase de ingreso y los ajustes por inflación por corrección monetaria de las cuentas activas y pasivas no monetarias, contemplando sus correspondientes cuentas valuativas. Gastos Corresponden a los importes monetarios no recuperables en que incurren los entes públicos en el período contable, necesarios para la obtención de los bienes y servicios requeridos en el normal desarrollo de las actividades básicas y complementarias adelantadas en cumplimiento de la gestión social, operacional y administrativa, susceptibles de reducir el patrimonio público. Los gastos de administración corresponden a la porción de aquellos que razonablemente deben atribuirse a actividades como dirección, planeación y apoyo logístico de los entes públicos. Los gastos de operación corresponden a la porción de aquellos que razonablemente se atribuyen a las actividades básicas a través de las cuales se desarrolla el cometido estatal, siempre que no estén contemplados en las cuentas de costos de producción y ventas, por tratarse de la prestación servicios colectivos. Los gastos estimados corresponden a los valores determinados racionalmente, tendientes a cubrir las previsiones de hechos futuros ciertos derivados de las contingencias de pérdida, u ocurrencia

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de eventos que pueden afectar el patrimonio público en cuantía indeterminada, así como del valor aproximado relativo al desgaste o pérdida de capacidad operacional de los bienes por el uso, consumo o extinción de los mismos. El gasto social incluye el importe de la ejecución de recursos destinados a cubrir las necesidades insatisfechas de la población en los sectores básicos de salud, educación, vivienda, agua potable y saneamiento básico, o en procura del bienestar general y mejoramiento de la calidad de vida de la población, contemplados presupuestalmente como proyectos de inversión o gastos de funcionamiento, en cumplimiento de lo dispuesto en normas legales. Los gastos de inversión social incluyen los importes de la ejecución de los proyectos de inversión, tendientes a la consecución de metas del cometido estatal en cumplimiento del Plan de inversiones de los respectivos Planes de desarrollo, que no son susceptibles de registrarse como activos. Las transferencias representan los recursos trasladados sin contraprestación directa, efectuados entre los diversos niveles y sectores de la administración pública, o de éstos hacia el sector privado, bien sea para el financiamiento del cometido estatal de las entidades, el cumplimiento de proyectos o convenios especiales, o como producto de los procesos de descentralización administrativa. Las operaciones interinstitucionales comprenden los aportes y traspasos con o sin situación de fondos, girados por la administración central para el desarrollo del cometido estatal de los entes públicos del mismo nivel. Incluyen además, las operaciones cuyo reconocimiento corresponde al ente encargado de la administración de los recursos y cuyo pago o cancelación lo efectúa otra entidad pública, así como el valor de los bienes transferidos a otros organismos públicos, originados en operaciones que no tienen el carácter de donación. Los otros gastos corresponden a importes de conceptos complementarios en que incurre el ente público que no están considerados en forma específica en las anteriores clasificaciones. Hacen parte de este grupo los gastos extraordinarios, cuyas partidas en ocasiones provienen de actividades que no corresponden al cometido estatal del ente, pero que igualmente generan un impacto negativo en el patrimonio institucional. Los gastos deben reconocerse racionalmente sobre la base del costo de los bienes y servicios adquiridos, o los importes estimados cuando se trata de la aplicación de criterios o métodos técnicos que permiten aproximar la cuantificación de algún hecho o evento que no implica en sí mismo una transacción con terceros. Se registran en la medida que ocurran los hechos financieros, económicos y sociales en forma tal que queden contemplados sistemáticamente en el período contable correspondiente, independiente del flujo de recursos monetarios o financieros. Para el registro de las provisiones deben tenerse en cuenta factores como la cobrabilidad, el menor valor de los activos con relación al precio de mercado o valor de realización, la

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obsolescencia, la estimación de contingencias que sea justificable, confiable y cuantificable, para atender obligaciones a cargo del ente público ante la probable ocurrencia de eventos. Los gastos se revelan en relación con las funciones internas que se desempeñan, la ocurrencia de eventos o hechos no transaccionales, o las relaciones con otros niveles o sectores de la administración pública y se clasifican teniendo en cuenta su naturaleza en: administrativos, operativos, gastos estimados, gasto social, gasto de inversión social, transferencias, operaciones interinstitucionales y otros gastos. Costo de ventas y operación El costo de ventas comprende el valor de las erogaciones y cargos asociados con la adquisición o producción de bienes y la prestación de servicios, vendidos durante el período contable. Por su parte, el costo de operación lo constituyen los valores reconocidos como resultado del desarrollo directo de la operación básica del ente público, en la administración de la seguridad social, el desarrollo de las actividades financiera y aseguradora y la explotación de los juegos de suerte y azar, operaciones que por sus características y naturaleza no son objeto de acumulación en los costos de producción. El costo de ventas se reconoce por el costo histórico de los inventarios, tratándose de bienes comercializados y por los costos de producción acumulados, en el caso de los bienes producidos y los servicios prestados. Así mismo, los costos de operación se reconocen por el costo histórico. El costo de ventas se revelará identificando la clase de bien o servicio vendido. En el caso de los bienes, adicionalmente se tendrá en cuenta si se trata de una actividad productiva o de comercialización. Por su parte, los costos de operación se revelarán atendiendo los conceptos asociados a cada una de las actividades identificadas.

Costos de producción

Comprenden las erogaciones y cargos asociados clara y directamente con la producción de bienes o la prestación de servicios de los cuales el ente público obtiene sus ingresos, en desarrollo de su función administrativa o cometido estatal. Incluye igualmente el costo de producción de los bienes y servicios individualizables producidos por el ente público, para suministrarlos a la comunidad en forma gratuita o a precios económicamente no significativos, así como los bienes producidos para el uso o consumo interno. Un servicio individualizable es aquel susceptible de suministrarse a cada individuo de manera particular, y su utilización reduce la disponibilidad de prestación para los demás individuos.

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Los servicios colectivos que presta el gobierno a la comunidad, como la administración pública, la defensa, la seguridad, la justicia, serán objeto de costeo en la medida que la entidad pública esté en capacidad de implementar sistemas de costos. En este sentido, los registros se efectuarán en las correspondientes cuentas de gastos de operación. El proceso productivo comprende el conjunto de actividades realizadas bajo el control y responsabilidad del ente público, en las cuales se utilizan insumos y otros factores de producción, para obtener bienes y prestar servicios. Los diferentes conceptos que conforman el costo de producción deben reconocerse por el costo histórico. Para la determinación y registro deben implementarse sistemas de acumulación que se ajusten a la naturaleza de la producción, bien sea por órdenes específicas o procesos, empleando metodologías reconocidas técnicamente que puedan satisfacer las necesidades de información del ente público como: costeo global, directo o marginal, o costeo basado en actividades. Así mismo, el sistema de costos puede funcionar sobre una base histórica o predeterminada, ya sea ésta estimada o estándar, siempre que el ente público esté en capacidad de calcular, de manera técnica, los costos de producción, con anterioridad a su ocurrencia. Los costos de producción se revelan en el correspondiente informe complementario, identificando los bienes y servicios producidos en desarrollo de las actividades económicas, los insumos y demás factores necesarios en la producción. El detalle de los tipos de insumos y los diferentes factores de producción que atiendan las necesidades específicas de cada ente público, deben implementarse a nivel de auxiliar. El costo de producción de los bienes que tienen como destino la venta o el suministro gratuito, debe trasladarse al inventario de productos terminados en la medida que se obtenga el producto concluido, previa la distribución de los costos indirectos. Lo anterior, teniendo en cuenta que la producción y el intercambio de bienes son actividades que se presentan en forma separada. Los costos indirectos son todos aquellos conceptos en que incurre el ente público, necesarios para la producción, pero que no se identifican con el producto; por lo tanto, no pueden asignarse directamente a la producción, razón por la cual deben utilizarse mecanismos de distribución adecuados. Tratándose de la fabricación de bienes para el uso o consumo interno, el costo del producto, una vez terminada la producción, debe trasladarse a las propiedades, planta y equipo o cargos diferidos, atendiendo las características establecidas en las normas técnicas respectivas. Por su parte, el costo de los bienes que se encuentran en proceso de producción actualizará temporalmente el inventario de productos en proceso, para efectos de revelación de la información contable a una fecha determinada.

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En el caso de servicios, la producción y el intercambio se dan en forma simultánea; por tanto, una vez acumulados los costos de producción, se trasladan al costo de ventas, si el servicio prestado es vendido a un precio económicamente significativo, es decir, si en un alto porcentaje el costo es recuperable. Si por el contrario, el servicio prestado es suministrado a la comunidad gratuitamente o a un precio económicamente no significativo, el costo de producción se traslada al gasto. El traslado del costo de producción de los servicios al costo de ventas o al gasto, debe efectuarse previa distribución de los costos indirectos, como mínimo al finalizar el mes. Los costos de producción se acumulan durante el período contable, razón por la cual la actualización en los inventarios, en propiedades, planta y equipo o cargos diferidos en el caso de los bienes, o al costo de vent as o gasto en el caso de los servicios, debe efectuarse a través de una subcuenta de naturaleza crédito denominada “Traslado de costos”. El ente público debe establecer centros de costos que satisfagan sus necesidades de información y control particulares, considerando la homogeneidad de las operaciones realizadas, la posibilidad de atribuir de manera clara e independiente recursos físicos, tecnológicos y humanos y la viabilidad de asignar responsabilidad en los procesos de decisión y de resultados. En notas a los estados contables debe revelarse el sistema de costos utilizado, la metodología de costeo empleada, la base sobre la cual funciona el sistema de costos y la distribución de los costos indirectos. 1.2.7.1.5 Normas técnicas relativas a las cuentas de orden Representan la estimación de hechos o circunstancias que pueden llegar a afectar la situación financiera del ente público, así como el valor de los bienes, derechos y obligaciones que requieren ser controlados por el ente público. Incluye igualmente, el valor originado en las diferencias presentadas entre la información contable y la utilizada para propósitos tributarios. Los hechos que puedan llegar a afectar la situación financiera del ente público deben reconocerse por el valor estimado, determinado mediante criterios técnicos, el cual es susceptible de actualizarse periódicamente. Por su parte, el reconocimiento de los bienes, derechos y obligaciones registrados para control administrativo, debe efectuarse por el valor en libros y actualizarse de acuerdo con las normas específicas aplicables a cada concepto. El reconocimiento de las diferencias entre la información contable y tributaria, debe efectuarse por el valor resultante de su comparación. Las cuentas de orden se revelan atendiendo su naturaleza en deudoras y acreedoras. Así mismo, teniendo en cuenta la posibilidad de ocurrencia de hechos que puedan llegar a afectar la situación financiera del ente público y la necesidad de contar con información detallada sobre aspectos administrativos, transacciones con terceros, así como la necesaria para conciliar la información contable y tributaria, en contingentes, de control y fiscales.

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Las cuentas de orden contingentes registran hechos, condiciones o circunstancias existentes, que implican incertidumbre en relación con un posible derecho u obligación, por parte del ente público. Estas contingencias pueden ser eventuales o remotas, dependiendo de la probabilidad de su ocurrencia, determinada con base en la información disponible. Las deudoras contingentes se revelan de acuerdo con los posibles bienes y derechos provenientes de garantías, pretensiones y reconocimientos económicos. Por su parte, las acreedoras contingentes se revelan teniendo en cuenta las posibles obligaciones provenientes de garantías, demandas y compromisos contractuales. Las cuentas de orden de control comprenden las operaciones que el ente público realiza con terceros, que por su naturaleza no afectan su situación financiera. Igualmente incluyen aquellas que permiten ejercer control sobre actividades administrativas, bienes, derechos y obligaciones. Para efectos de revelación en las cuentas deudoras y acreedoras de control se clasifican los bienes, propios o de terceros, los derechos y los compromisos que exigen seguimiento y control. Las deudoras y acreedoras fiscales registran las diferencias originadas entre el valor de las cuentas de naturaleza activa y pasiva, del balance y el estado de actividad financiera, económica y social, frente al valor de las cuentas de la misma naturaleza, utilizadas para la elaboración de las declaraciones tributarias. Para efectos de revelación debe tenerse en cuenta el origen de la diferencia generada. 1.2.7.1.6 Normas técnicas relativas a las cuentas de planeación y presupuesto Las normas técnicas de planeación y presupuesto están orientadas a definir criterios para armonizar, integrar y conciliar los hechos que enmarcan la actividad de los entes públicos, registrados desde la perspectiva financiera, económica y social, con la ejecución de los planes de desarrollo y el presupuesto, constituyendo una herramienta de apoyo a los procesos de seguimiento, control, evaluación de la gestión de los entes públicos y toma de decisiones. Este sistema de cuentas se origina en las leyes y demás normas legales mediante las cuales se expiden los respectivos planes de desarrollo y los correspondientes presupuestos de ingresos y gastos. Cuentas de planeación Las cuentas de planeación representan los valores aprobados y ejecutados de los diferentes programas, subprogramas y proyectos de inversión pública, del plan plurianual de inversiones contenido en los planes de desarrollo de las entidades nacionales y territoriales, que se ejecutan a través del presupuesto de gastos de inversión de cada ente a cargo de los proyectos.

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El reconocimiento de las cuentas de planeación debe realizarse de conformidad con los valores establecidos en las diferentes etapas de los procesos que definen la acción y materialización de los planes de desarrollo y sus respectivos planes de inversión. Estas cuentas deben revelarse en sus diferentes estados de aprobación y ejecución y se clasificarán de acuerdo con las actividades generales realizadas en cada sector objeto de la acción económica y social del Estado, enmarcando los diferentes programas, subprogramas y proyectos de inversión pública. Así mismo, para efectos de revelación, deben estructurarse a nivel de auxiliar las fuentes de financiamiento o de recursos con los cuales se realizan o ejecutan tales actividades. Si en el transcurso de una vigencia fiscal se presenta el cambio a un nuevo plan de desarrollo, esta situación debe revelarse en notas a los estados contables. El registro de la totalidad del plan plurianual aprobado al inicio de la vigencia del respectivo plan de desarrollo, debe efectuarse por la administración central del nivel territorial y en la Nación por el Departamento Nacional de Planeación –DNP-, con base en las cifras aprobadas. Los demás entes registrarán como plan plurianual aprobado los presupuestos anuales de inversión al inicio de cada vigencia fiscal, los cuales serán objeto de acumulación hasta completar el período de duración del respectivo plan de desarrollo. Cuando en los presupuestos de inversión anuales se incluyan modificaciones que aumenten o disminuyan las partidas y recursos aprobados en el plan plurianual, éstas deben incorporarse a las cifras registradas inicialmente en el plan de inversiones, por parte de las entidades de la administración central del nivel territorial y el Departamento Nacional de Planeación – DNP-, basados en las disposiciones legales que le sean aplicables. Se exceptúan de registrar las cuentas de planeación, las sociedades de economía mixta que no tengan el régimen de empresas industriales y comerciales del estado y las entidades financieras. El registro del plan plurianual ejecutado en cada ente corresponde a la ejecución realizada a través de los presupuestos de inversión de las respectivas vigencias fiscales del plan de desarrollo. El plan plurianual ejecutado se relaciona con las cuentas de presupuesto, en el momento de la obligación presupuestal de los gastos de inversión. La ejecución del plan de inversiones debe controlarse y registrarse periódicamente, de acuerdo con los recursos técnicos con que cuente la entidad, sin perjuicio de que en las fechas de reporte la información esté actualizada. El proceso de cierre de las cuentas de planeación debe realizarse al terminar la vigencia del plan de desarrollo de la Nación o de la entidad territorial respectiva.

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Cuentas de presupuesto

Comprende un sistema de cuentas que constituyen la expresión contable de las diferentes etapas del proceso presupuestal en sus componentes de ingresos y gastos, desde la aprobación hasta la ejecución, facilitando el seguimiento y control de cada una de sus etapas y así permitiendo conocer en cualquier momento el resultado de la ejecución. Las cuentas de presupuesto deben reconocerse por los valores establecidos en las diferentes etapas del proceso presupuestal, respaldado en documentos legales, como son las leyes, ordenanzas, acuerdos, actos administrativos y documentos internos y externos, exigidos en el proceso. Los registros en estas cuentas deben realizarse de conformidad con las normas presupuestales que les sean aplicables por parte de la administración central y los entes descentralizados de cualquier nivel. De este manejo se excluyen las sociedades de economía mixta que no tengan el régimen de empresas industriales y comerciales del Estado y las entidades financieras. Deben revelarse según corresponda, en presupuestos de ingresos y gastos y, en sus diferentes estados de aprobación y ejecución. El registro de las cuentas de presupuesto debe realizarse y controlarse periódicamente, de acuerdo con los recursos técnicos con que cuente la entidad, sin perjuicio de que en las fechas de cierre mensual esta información esté actualizada. Presupuesto de ingresos Presupuestalmente se considera como ingreso toda transacción que implica la generación de un medio de financiamiento o fuente de fondos. El presupuesto de ingresos comprende las etapas de aprobación y ejecución. Igualmente, incluye aquellos conceptos que por efectos de la ejecución requieren que se realicen las correspondientes modificaciones al presupuesto. Se ejecuta con los recaudos, los cuales pueden ser en efectivo, papeles y otras cancelaciones, o con los reconocimientos siempre y cuando las normas presupuestales aplicables a la entidad así lo contemplen. La ejecución del presupuesto de ingresos incluye operaciones con y sin situación de fondos. Los recaudos en efectivo incluyen la ejecución presupuestal y los recaudos en exceso de los valores aprobados o por conceptos no incluidos en el presupuesto, que requieren de las respectivas modificaciones al presupuesto.

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El reconocimiento contable de las cuentas del presupuesto de ingresos debe realizarse por los valores que afectan los diferentes conceptos asignados en los rubros presupuestales y numerales rentísticos, de conformidad con lo establecido en las normas mediante las cuales se expiden y reglamentan los presupuestos de los entes públicos. El valor de los recursos adicionados al presupuesto deben incorporarse a las cuentas de ingresos aprobadas. El registro de las cuentas de presupuesto de ingresos debe efectuarlo la entidad que genera o administra la correspondiente renta o recurso, independiente del ente que lo recaude. El presupuesto de ingresos se revelará atendiendo las diferentes etapas y conceptos, clasificadas en aprobado, por ejecutar, ejecutado (recaudos en efectivo, ejecución en papeles y otros, y reconocimientos) y no aforado. Igualmente identificando, entre otros, las diferentes clases de impuestos, los ingresos no tributarios, ventas de bienes y servicios, transferencias y los recursos del crédito. Así mismo, incluye la disponibilidad inicial de las empresas industriales y comerciales del estado y sociedades de economía mixta no financieras con el régimen de aquellas. El proceso de cierre de las cuentas de presupuesto de ingresos debe realizarse al finalizar la vigencia fiscal correspondiente. Los valores registrados en la cuenta de reconocimientos y que quedaron pendientes de recaudo deberán controlarse en cuentas separadas, en la siguiente vigencia.

Presupuesto de gastos

Presupuestalmente se considera como gasto toda transacción que implica su aplicación financiera o uso de fondos. El presupuesto de gastos se reconocerá por el valor en que se afecten las apropiaciones contempladas en los presupuestos aprobados, de conformidad con lo establecido en las normas mediante las cuales se expiden y reglamentan los presupuestos de los entes públicos. El valor del presupuesto de gastos debe reconocerse en las diferentes etapas del proceso presupuestal, con base en los diferentes documentos internos y externos que correspondan, atendiendo los requisitos legales y teniendo en cuenta que se trata de operaciones con o sin situación de fondos que se encuentren contenidas en las apropiaciones.

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Las cuentas del presupuesto de gastos se revelarán atendiendo los criterios de la vigencia a la cual se relaciona la apropiación, en actual, anterior y futuras, identificando los diferentes conceptos de gastos de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión. Igualmente, incluye la disponibilidad final de las empresas industriales y comerciales del estado y sociedades de economía mixta no financieras con el régimen de aquéllas, así como las vigencias expiradas para los diferentes conceptos del gasto, de conformidad con la normatividad vigente. El presupuesto de gastos de la vigencia contempla sus diferentes momentos o etapas como son la aprobación, expedición de certificados de disponibilidad, el registro presupuestal o gastos comprometidos, la constitución de la obligación y el pago con o sin flujo de efectivo. De igual manera, las reservas presupuestales contemplan los momentos de constitución, obligación y pago. Para las cuentas por pagar se consideran las etapas de constitución, pendientes de cancelar y canceladas. Las vigencias futuras corresponden a las autorizaciones otorgadas a la administración por el órgano competente, de acuerdo con la normatividad vigente, para comprometer apropiaciones de vigencias fiscales posteriores a la vigencia en que fueron aprobadas. Las cuentas del presupuesto de gastos deben cerrarse al finalizar la vigencia fiscal. Los saldos de las cuentas de gastos comprometidos y de las obligaciones contraidas son la base para la constitución de las reservas presupuestales y las cuentas por pagar de la vigencia siguiente. 1.2.7.2 Normas técnicas relativas a los libros de contabilidad Los entes públicos deberán llevar libros de contabilidad para el registro de sus operaciones, los cuales formarán parte integral de la contabilidad pública y podrán ser diligenciados ya sea en forma manual o sistematizada. Objetivos La información contenida en los libros y documentos que forman parte integral de la contabilidad pública persigue los siguientes objetivos: a) Permitir el conocimiento y la verificación de los hechos financieros, económicos y sociales, realizados por el ente público. b) Conocer, ordenar y controlar las operaciones que lleve a cabo el ente público en desarrollo de su función administrativa o cometido estatal. c) Elaborar los estados contables e informes complementarios con base en el registro de las operaciones financieras, económicas y sociales.

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d) Permitir el ejercicio de las funciones constitucionales y legales que le competen a los órganos de control, inspección y vigilancia. e) Permitir total comprensión y verificación de los hechos financieros, económicos y sociales registrados por los entes públicos. f) Controlar y conocer el movimiento de los inventarios de los bienes, ya sea por unidades o grupos homogéneos. g) Dejar constancia de las decisiones adoptadas por los órganos de dirección, administración y control. Libros de contabilidad Para el registro de sus operaciones financieras, económicas y sociales, los entes públicos llevarán los siguientes libros de contabilidad: Libros principales Son libros principales el Libro Diario y el Libro Mayor Libro Diario contiene, en los débitos y créditos de las cuentas, el registro detallado cronológico y preciso de las operaciones realizadas, trasladado de los comprobantes de contabilidad. Libro Mayor contiene los saldos de las cuentas del mes anterior, las sumas de los movimientos débitos y créditos de cada una de las cuentas del respectivo mes, tomadas del Libro Diario y el saldo final del mismo mes. No obstante lo establecido, los entes públicos que estén efectuando los registros contables en los libros principales, a nivel de subcuentas, podrán continuar con dicho sistema. Libros auxiliares Estos libros contienen el detalle de los registros contables necesarios para el control de las operaciones, elaborados con base en los comprobantes de contabilidad o en los documentos soporte. Dichos registros corresponden al nivel auxiliar del Catálogo General de Cuentas. Los libros auxiliares contendrán una hoja control para resumir a nivel de subcuentas los registros efectuados en cada uno de los conceptos que los integran. Registro de los libros principales Los libros principales deben registrarse mediante la elaboración de un acta de apertura que

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suscribirá el representante legal del ente público, la cual debe quedar inserta en el primer folio de los libros o en el primero que se encuentre hábil. Este requisito es indispensable para iniciar válidamente el proceso de contabilización de las operaciones. Cuando se trate de entes públicos que desarrollen su función administrativa o cometido estatal a través de seccionales, regionales, distritos, etc., el acta de apertura será suscrita por quien haga las veces de representante legal en la respectiva seccional, regional, distrito, etcetera. Cuando los entes públicos hayan registrado los libros principales en la Cámara de Comercio, dicho acto tendrá plena validez, para todos los efectos. En el registro de los libros principales se indicará, por lo menos, el nombre del ente público, nombre del libro, fecha de registro y número de folios con numeración sucesiva y continua. Sólo podrá registrarse un nuevo libro cuando al anterior le queden pocos folios por usar o deba ser sustituido por causa de fuerza mayor, que calificará el representante legal o quien haga sus veces. Formalidades de los libros de contabilidad Los libros de contabilidad deben llevarse en idioma español, diligenciarse y conservarse de forma que garanticen la autenticidad e integridad de la información contable pública. Contendrán el registro actualizado de los hechos o actividades que por su naturaleza afecten la situación financiera, económica y social del ente público, convirtiéndose en la fuente de información básica para la elaboración de los estados contables e informes complementarios. El registro contable de las operaciones se efectuará, con sus débitos y créditos, en el orden cronológico en que se presenten, en forma individual o por resúmenes mensuales. Los libros auxiliares permiten el conocimiento de las transacciones individuales. Para el registro de las operaciones, el ente público puede organizar los libros principales con hojas removibles o tarjetas. Cuando se registren las operaciones a través del procesamiento electrónico de datos, deben grabarse copias de respaldo en medios magnéticos y archivarlas de manera que garanticen su conservación. Aquellos que hayan iniciado el registro contable de sus operaciones en libros de contabilidad, procederán al registro de los libros principales. Documentos soporte Comprenden las relaciones o escritos que respaldan los registros contables de las operaciones que realice el ente público. Deben adjuntarse a los comprobantes de contabilidad, archivarse y conservarse en la forma en que se hayan expedido. Pueden ser de origen interno o externo. Son documentos soporte de origen interno aquellos que contienen operaciones que no afectan directamente a terceros, tales como, provisiones, reservas, amortizaciones, depreciaciones, asientos de cierre. Son de origen externo aquellos que contienen operaciones que involucran a un

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tercero, tales como, comprobantes de pago, recibos de caja, facturas, contratos o actos administrativos que generen el registro de una operación. Comprobantes de contabilidad Documentos en los cuales se resumen las operaciones financieras, económicas y sociales del ente público y sirven de fuente para registrar los movimientos en el libro correspondiente. Deben elaborarse en idioma español con base en los documentos soporte, indicando la fecha, origen, descripción y cuantía de las operaciones y numerarse en forma consecutiva; su codificación se hará de acuerdo con el Catálogo General de Cuentas. Estos comprobantes pueden elaborarse por medios manual, mecánico o electrónico y conservarse de manera que sea posible su verificación posterior. Los entes públicos elaborarán, entre otros, los siguientes comprobantes: Comprobante de Ingreso. En él se resumen las operaciones relacionadas con la recepción de efectivo o documento que lo represente. Comprobante de Egreso. En él se resumen las operaciones relacionadas con el pago o desembolso de efectivo o documento que lo represente. Comprobante General. En él se resumen las operaciones relacionadas con movimientos globales o de integración, tales como ajustes, correcciones y otras operaciones en las que no intervenga el efectivo o el documento que lo represente. Podrán agrupar o resumir varias operaciones realizadas por las diversas áreas del ente público. Forma de llevar los libros En los libros de contabilidad debe anotarse el número y la fecha de los comprobantes de contabilidad que sirven de respaldo. En ellos no está permitido alterar el orden o la fecha de los registros contables a que se refieren las operaciones, dejar espacios en blanco, borrar, tachar mutilar, arrancar las hojas o cambiar el orden de las mismas, hacer interlineaciones, raspaduras o correcciones sobre los mismos registros. Los errores de transcripción deben corregirse mediante una anotación al pie de la página respectiva, o por cualquier otro mecanismo que permita evidenciar su corrección. La anulación de un folio debe hacerse sobre el mismo, indicando la causa, la fecha de la anulación y el nombre y firma del funcionario responsable. Exhibición de libros y documentos

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Los libros de contabilidad, comprobantes de contabilidad y documentos soporte, forman parte integral de la contabilidad pública y deben estar a disposición de la Contaduría General de la Nación y demás autoridades, para el ejercicio de las funciones constitucionales o legales de control, inspección y vigilancia. Conservación, custodia y tenencia de los libros, comprobantes y soportes El ente público está obligado a conservar los libros de contabilidad, comprobantes de contabilidad y documentos soporte, para la justificación y comprobación de las operaciones que han sido objeto de registro. Para su conservación y con el fin de prescindir del documento en papel, podrán reproducirse a través de microfilmes o microfichas. La responsabilidad del manejo, organización y conservación de los documentos relativos a los archivos oficiales corresponde a los servidores públicos; por tal razón el representante legal o quien haga sus veces, designará mediante acto administrativo el funcionario responsable de la custodia y tenencia de los libros, los comprobantes de contabilidad y los respectivos documentos soporte. Según lo preceptuado en el reglamento expedido por el Archivo General de la Nación, los documentos de archivos oficiales son potencialmente parte del patrimonio documental de la Nación; por lo tanto, aquellos que hacen parte de la contabilidad pública deberán conservarse de acuerdo con la reglamentación que sobre el tema se expida. Pérdida, extravío o destrucción de los libros de contabilidad El representante legal, quien haga sus veces o el servidor público responsable de la custodia y tenencia, denunciarán ante las autoridades competentes la pérdida, extravío o destrucción de los libros de contabilidad, e informarán dicha circunstancia a la Contaduría General de la Nación. Deberá ordenarse, de inmediato, la reconstrucción de la información, en un período que no podrá exceder de tres meses. Para ello se tomará como base los comprobantes de contabilidad, documentos soporte, estados financieros, informes de terceros, copias grabadas en medios magnéticos, microfilmes, microfichas y demás instrumentos que se considere pertinentes. Libros de contabilidad en entidades y organismos que manejan su contabilidad en forma independiente , separada o integrada Cuando una entidad pública maneje su contabilidad en forma indepeniente con la de sus corporaciones públicas, organismos de control (Contralorías, Personerías), colegios, hospitales, entre otros, deberá llevar en forma independiente sus libros de contabilidad. Igualmente, cada uno de estos entes u organismos llevarán su contabilidad y libros en forma independiente. Tratándose de entidades que manejen por separado las contabilidades de sus diferentes negocios

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o unidades contables, tales como, seccionales, regionales, corporaciones públicas, organismos de control, colegios, hospitales, los libros deberán llevarse en forma separada en cada una de estas unidades. Cuando la contabilidades de las unidades o negocios de un ente público están integrados, los libros principales de contabilidad deberán llevarse en forma integrada y son únicos; caso contrario a los libros auxiliares, los cuales se llevarán por separado. 1.2.7.3 Normas técnicas relativas a los estados contables y económicos e informes complementarios de los entes públicos Son producto del proceso contable y, en cumplimiento de fines financieros, económicos y sociales, revelan la situación, actividad y flujos del ente o entes públicos a una fecha y período, respectivamente, clasificados por sectores, regiones o niveles y responden al interés y necesidad de los usuarios, enmarcados en los postulados, principios, objetivos, características, requisitos y normas técnicas. Estos pueden ser de naturaleza cualitativa o cuantitativa y poseen la capacidad de satisfacer necesidades comunes de los usuarios. El contenido de los estados contables del ente público, debe ser consistente con los postulados de confiabilidad y utilidad social, para atender propósitos de cultura ciudadana, gestión, control y análisis. Deben prepararse y presentarse en forma comparativa con los del período inmediatamente anterior, siempre que tengan una duración equivalente, de acuerdo con las normas que para el efecto se expidan. Elementos constitutivos de los estados contables Están relacionados directamente con la medición de la posición financiera, económica y social del ente público en las diferentes dimensiones contables, tales como la patrimonial, de gestión, presupuestaria y de planeación y se identifican como activo, pasivo, patrimonio, ingresos, gastos, costos, cuentas de orden y, cuentas de planeación y presupuesto. Estados contables Constituyen las salidas por excelencia que son generadas de los sistemas de información contable, las cuales presentan conceptualmente y en forma organizada las principales características de estructura y dinámica de los activos y pasivos que corresponden a variables básicas de la gestión

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financiera. En este sentido, pueden ser de naturaleza cuantitativa o cualitativa y atender necesidades individuales de información de tipo administrativo, como requerimientos agregados o de orden macroeconómico o de cuentas nacionales. Estados de naturaleza cualitativa Comprende aquellos que permiten conocer el grado de cumplimiento de las funciones propias de los entes públicos, en el corto, mediano y largo plazo, utilizando diferentes instrumentos de medición y que deben ser genarados al interior de cada uno de los entes públicos en desarrollo de políticas sobre información institucional . Estado de objetivos Producto del proceso contable que proporciona información sobre los fines, objetivos y metas estratégicas a corto, mediano y largo plazo que orientan la estructura y funcionamiento del ente público. Revela su misión general, las principales políticas a desarrollar en relación con el cumplimiento de los objetivos y la información cuantificada relativa a las metas estratégicas de las diferentes áreas funcionales que la integran, así como la información relevante de carácter social y ecológico. Cuadro de mandos o tablero de control Conjunto de indicadores generados por los estados contables, los cuales a través del análisis de sus variaciones, proporcionan información sobre el grado de avance de los objetivos y metas trazadas por el ente público, así como de cumplimiento de la función administrativa o cometido estatal. Estados de naturaleza cuantitativa Comprende aquellos estados que permiten conocer a una fecha determinada, la situación financiera, económica y social de los entes públicos, así como los resultados de las actividades realizadas por éstos, identificando el déficit o superávit fiscal generado y permitiendo determinar el origen de las variaciones en el patrimonio, al igual que los fondos originados y la forma como fueron aplicados en el desarrollo de las funciones propias de su naturaleza. Adicionalmente, permiten conocer la transacciones realizadas por los entes públicos y la forma como afectan la economía, en términos de la metodología utilizada para la generación de las cuentas nacionales.

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Estados básicos Comprende aquellos que preparan los entes públicos al cierre de un período, en desarrollo de políticas sobre información institucional, con el fin de proporcionar la relacionada con la situación financiera, económica y social del ente público, los resultados y la generación de flujos de fondos. Balance general. Presenta en forma clasificada, resumida y consistente, la situación financiera, económica y social de un ente público, expresada en unidades monetarias, a una fecha determinada y revela la totalidad de sus bienes, derechos, obligaciones y la situación del patrimonio. En su elaboración los elementos de activo y pasivo deben clasificarse en corriente y no corriente. Estado de actividad financiera, económica y social. Señala la actividad financiera, económica y social del ente público y revela el flujo de recursos percibidos y consumidos en cumplimiento de su función administrativa o cometido estatal, expresado en términos monetarios, durante un período determinado. Estado de cambios en el patrimonio. Presenta en forma detallada y clasificada las variaciones que se generan, de un ejercicio contable a otro, en las cuentas del Patrimonio. Estado de flujos de efectivo. Revela los fondos provistos y utilizados por los entes públicos en desarrollo de actividades operativas, de inversión y financiación. Permite evaluar a partir del origen y aplicación del efectivo en un período, la capacidad del ente público para generar flujos futuros de fondos, determinando sus necesidades de financiamiento interno y externo, para cumplir con sus obligaciones. Estados fiscales Comprende aquellos que revelan las situaciones de déficit o superávit fiscal de un ente público identificando los flujos de caja generados y las fuentes de financiamiento utilizadas por éste, para el desarrollo de sus funciones. Estado de operaciones efectivas de caja. Presenta la situación de déficit o superávit fiscal del ente público, como el resultado neto de la totalidad de ingresos y pagos efectivos de caja clasificados en dos secciones básicas a saber: Una reservada para los ingresos corrientes y de capital y los gastos corrientes y de inversión y otra para aquellas operaciones de caja asociadas a los flujos correspondientes a las diversas fuentes de financiamiento interno y externo, cuyos saldos parciales son conciliables entre sí.

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Estado de ahorro, inversión y financiamiento. Presenta los flujos de caja derivados de los registros contables mediante la deducción técnica y rigurosa de la causación, clasificados en dos secciones básicas correspondientes a los saldos netos de las operaciones de generación interna de recursos de los entes públicos, aplicación neta de flujos de caja a las actividades de inversión e infraestructura, y en la segunda sección las operaciones netas correspondientes al financiamiento interno y externo, cuyos saldos parciales son conciliables entre sí. Estados de cuentas económicas Constituyen un conjunto integrado de cuentas que permiten determinar y clasificar las transacciones realizadas por todos y cada uno de los entes públicos para evaluar su aporte a la producción o valor agregado del sector, las características de su participación en los procesos de distribución y redistribución del ingreso, destacando el origen y la asignación del valor agregado y la revelación de los resultados económicos patrimoniales de su actuación, en términos de la estructura integral de activos y pasivos. Este grupo de cuentas responde a criterios internacionales de clasificación, en términos de cuentas nacionales, de tal forma que sus resultados son comparables con los obtenidos por entidades del mismo tipo. Estado de producción o valor agregado: Contiene los elementos relativos a los procesos productivos de bienes y servicios de mercado y no mercado, necesarios para la obtención del valor agregado creado por el ente público, en desarrollo de su actividad. En él se presentan desagregadas las transacciones que conforman la producción, a la cual se deducen los gastos en bienes y servicios consumidos durante el proceso. Se elabora a partir de la interpretación económica de los registros contables en términos de los conceptos de cuentas nacionales. Estado de fuentes y usos del ingreso: Corresponde al grupo de cuentas que contiene los factores que explican el origen, distribución, redistribución y utilización del valor agregado generado por el ente público entre los agentes económicos con los que interactúa, describiendo y clasificando las diferentes transacciones efectuadas en desarrollo de su cometido estatal. De su análisis se infiere que de la diferencia entre los ingresos y los gastos corrientes se obtiene el ahorro o autofinanciamiento, saldo que representa los recursos con los cuales el ente público adquiere activos financieros, activos no financieros o la cesión que hace de ellos a otras unidades que los requieren para financiar su actividad. Se elabora a partir de la interpretación económica de los registros contables del ente público en términos de los conceptos uniformes de cuentas nacionales.

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Estado de variación patrimonial Permite identificar y evaluar los cambios observados en la estructura del activo financiero, activo no financiero y pasivo como consecuencia del ahorro que finalmente produce el ente público en desarrollo de su actividad o cometido estatal. Para el efecto, en una primera etapa, permite identificar las operaciones correspondientes a la adquisición de activos no financieros y transferencias de capital; en segunda instancia las transacciones efectuadas por el ente público en activos financieros y pasivos y finalmente, las variaciones patrimoniales en que incurre por razones diferentes a una transacción, tales como la aparición espontánea de obligaciones o derechos, o la destrucción de activos como consecuencia de desastres naturales. Se elaboran identificando los valores iniciales de activo financiero, activo no financiero y pasivos, incrementándolos con las variaciones que en ellos se producen como consecuencia de las diferentes transacciones económicas efectuadas por el ente público y otros resultados contables diferentes a las transacciones. Esto es posible en virtud de la interpretación económica de los registros contables en términos de los conceptos de cuentas nacionales para la totalidad de activos y pasivos. Notas a los estados contables Corresponden a las explicaciones que complementan los estados contables y forman parte integral de los mismos. Tienen por objeto revelar la información adicional necesaria, de los hechos financieros, económicos y sociales relevantes, la desagregación de valores contables en términos de precios y cantidades, así como aspectos de difícil representación o medición cuantitativa, que han afectado o puedan afectar la situación del ente público. Las notas a los estados contables son de carácter general y de carácter específico. Notas de carácter general. Hacen referencia a las características, políticas, prácticas contables del ente público, así como a los aspectos que afectan o pueden afectar la información contable, de modo que permiten revelar una visión global del ente público y del proceso contable, tales como: • Naturaleza jurídica, función social, actividades que desarrolla o cometido estatal. • Políticas y prácticas contables. • Efectos y cambios significativos en la información contable. • Proceso y resultados de la consolidación de la información contable. • Limitaciones y deficiencias generales de tipo operativo o administrativo que inciden en el

normal desarrollo del proceso contable y afectan la consistencia y razonabilidad de las cifras.

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Notas de carácter específico. Tienen relación con las particularidades sobre el manejo de la información contable estructurada de acuerdo con el Catálogo General de Cuentas, que por su importancia deben revelarse, de manera que permitan obtener elementos sobre el tratamiento contable y los saldos de las clases, grupos y cuentas, en los siguientes aspectos: • Relativas a la consistencia y razonabilidad de las cifras. Esta nota deberá prepararse cuando

existan limitaciones o deficiencias que afecten la consistencia y razonabilidad de las cifras consignadas en la información contable, tales como bienes, derechos y obligaciones no reconocidos o no incorporados; hechos sucedidos con posterioridad a la fecha de cierre del período contable que pueden tener efectos futuros importantes o saldos pendientes de depurar, conciliar o ajustar.

• Relativas a la valuación. En esta nota se describen las bases particulares de medición

adoptadas por la entidad para la cuantificación de las operaciones que afectan la información contable.

• Relativas a recursos restringidos. Deben revelarse los recursos líquidos, bienes, derechos y

obligaciones, así como los ingresos, costos y gastos que en virtud de disposiciones legales tienen destinación específica, los cuales fueron incorporados en la información contable.

• Relativas a situaciones particulares de las clases, grupos, cuentas y subcuentas. Relaciona la

información adicional que permita efectuar un mejor análisis de las cifras consignadas en los Estados contables, atendiendo a los principales rubros que conforman los activos, pasivos, patrimonio, ingresos, costos, gastos, cuentas de orden y, cuentas de planeación y presupuesto del ente público.

Informes complementarios o específicos Revelan una situación particular de los flujos asociados con las operaciones y actividades desarrolladas por el ente público con un objetivo especial, para su uso y el de los demás usuarios de la información. Deben prepararse y presentarse en forma comparativa con el período inmediatamente anterior. Entre ellos están: Informe de rentas por cobrar. Revela los ingresos tributarios pendientes de recaudo y las provisiones y castigos por pérdidas generadas, con indicación de sus variaciones. Informe de deudores por cobrar. Revela los ingresos no tributarios, aportes y cotizaciones, rentas parafiscales, fondos especiales y venta de bienes y servicios, pendientes de recaudo y las provisiones y castigos por pérdidas generadas, con indicación de sus variaciones. Informe de inversión económica y social. Revela el valor de los recursos empleados en la

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adquisición o construcción de propiedades, planta y equipo, bienes de uso público y otras inversiones, como resultado del desarrollo de la actividad económica y social del ente público, durante un período determinado, con indicación de las variaciones por amortizaciones, depreciaciones, provisiones, valorizaciones, ajuste por inflación y costos capitalizados. Informe de inversión financiera. Revela el valor de los recursos aplicados en títulos valores y demás documentos financieros, clasificados de acuerdo con la naturaleza de la inversión, entidad emisora, modalidad de rentabilidad y forma de valoración, durante un período determinado, con indicación de las variaciones presentadas. Informe sobre la inversión para conservación ambiental. Revela el valor de los recursos aplicados en operaciones, bienes y servicios, con el propósito de preservar, mantener, mitigar y recuperar el medio ambiente, con indicación de las variaciones por valorizaciones. Informe sobre capital humano. Proporciona información sobre la inversión, desarrollo y composición del capital humano que integra cada ente público. Este informe debe abarcar tanto datos de tipo cualitativo como cuantitativo, que giren en torno a mediciones de eficiencia y productividad del trabajo. Informe de operaciones de crédito público. Presenta las obligaciones, amortizaciones de capital, refinanciaciones, intereses y demás costos asociados con el servicio de la deuda y préstamos gubernamentales del ente público, contraidas con la Nación, los entes y organismos nacionales e internacionales y terceros en general, en moneda nacional o extranjera, clasificadas por plazos, durante un período determinado, con indicación de sus variaciones. Informe sobre transferencias aplicadas. Revela la suma de las transferencias recibidas y causadas por el ente público y su destinación específica, en un período dado, de conformidad con las normas constitucionales y legales vigentes. Informe de ejecución del plan de inversiones públicas. Revela las erogaciones y cargos realizados por el ente público, en desarrollo de proyectos, programas y subprogramas, el monto global de la inversión, su grado de avance cuantitativo y cualitativo, y el cumplimiento de metas financieras, en concordancia con los valores presupuestados y los planes operativos de inversión, durante un período determinado. Informe de tesoro. Revela la situación de liquidez del ente público, representada por las disponibilidades de efectivo y los derechos de cobro ciertos, frente a las obligaciones de exigibilidad inmediata. Informe de la hacienda. Revela los bienes y derechos, de poca liquidez y limitada negociabilidad, frente a las obligaciones que son exigibles a mediano y largo plazo, con el

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propósito de establecer la situación del patrimonio público. Son bienes y derechos de limitada negociabilidad los empleados en el desarrollo de la actividad financiera, económica y social del ente público. Informe de ejecución presupuestal. Revela los ingresos efectivamente recaudados y los reconocimientos, así como los gastos incurridos o causados por el ente público, frente a los respectivos montos presupuestados, durante la vigencia fiscal. Informe de costos de producción. Revela las erogaciones y cargos asociados con el proceso de producción de bienes y servicios, incurridos por el ente público, en desarrollo de su cometido estatal, durante un período determinado. Informes previsionales. Proporcionan información proyectada de las diferentes categorías contables que integran tanto los estados como los informes complementarios de los entes públicos. Estados contables e informes complementarios consolidados y agregados Revelan la situación, actividad y flujo de recursos de un grupo de entes públicos que conforman centros de consolidación, como si se tratara de un solo ente contable, a una fecha o período determinado. Así mismo surgen de la agregación de la información contable de un grupo de entes públicos. Estos consolidados o agregados pueden estructurarse a nivel sectorial, local y regional y permiten determinar magnitudes de oferta y demanda de bienes y servicios, empleos y remuneraciones, ingresos, gasto público, ahorro, inversión, endeudamiento, situación presupuestal y fiscal y, en general, información de importancia significativa para la definición, análisis y control de decisiones de política macroeconómica. Estados contables e informes complementarios institucionales. Muestran la situación, actividad y los flujos de recursos financieros, económicos, sociales, ambientales y presupuestales de los entes públicos, agrupados de acuerdo con la estructura organizativa del sector público y reflejan las instituciones y áreas responsables del manejo de recursos. Estados contables e informes complementarios sectoriales. Muestran la situación, actividad y los flujos de recursos financieros, económicos, sociales, ambientales y presupuestales de los entes públicos que realizan operaciones conexas o similares, en relación con su función administrativa o su cometido estatal. Estados contables e informes complementarios regionales. Muestran la situación, actividad y los flujos de recursos financieros, económicos, sociales, ambientales y presupuestales de los entes públicos territoriales que conforman una región, departamento, provincia, entre otros.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1

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Estados contables e informes complementarios territoriales. Muestran la situación, actividad y los flujos de recursos financieros, económicos, sociales, ambientales y presupuestales de los entes públicos que conforman el nivel territorial. Estados contables e informes complementarios de la Nación. Muestran la situación, actividad y los flujos de recursos financieros, económicos, sociales, ambientales y presupuestales de los entes públicos que conforman el nivel nacional. Estados contables e informes complementarios del sector público. Son aquellos que muestran la situación, actividad y los flujos de recursos financieros, económicos, sociales, ambientales y presupuestales del sector público, en su conjunto.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 1

MODELO

INSTRUMENTAL

Comprende el Manual de procedimientos y el Catálogo General de Cuentas. El primero pretende garantizar la razonabilidad de las cifras consignadas en los estados contables y el catálogo contiene una clasificación flexible, la dinámica utilizada y pormenorizada de las cuentas, el manual de procedimientos

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 3

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

Los procedimientos generales expedidos por la Contaduría General de la Nación, en desarrollo del mandato contenido en el artículo 354 de la Constitución Nacional y los literales b) y c) del artículo 3º y s) del artículo 4º, de la Ley 298 de 1996, son de obligatoria aplicación por parte de los entes públicos, los cuales tienen el propósito de garantizar la razonabilidad y consistencia de las cifras consignadas en los estados contables e informes complementarios, mediante acciones de validación y registro adecuado de las operaciones que permitan su confrontación con los flujos reales y físicos de los bienes, derechos y obligaciones que se reconocen en el proceso contable y revelan la situación patrimonial. Estos procedimientos se clasifican así: 1. PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LOS PRINCIPIOS 1.1 Instrucciones para el debido reconocimiento y revelación de las

operaciones financieras, económicas y sociales 1.1.1 Objetivos

1.1.1.1 General Impartir las instrucciones generales de conformidad con el Marco Conceptual del Plan General de Contabilidad Pública - PGCP, para que la información contable pueda reflejar, en forma razonable y ajustada a la realidad económica, la totalidad de las operaciones, y como producto del proceso contable, deben quedar evidenciadas en documentos y libros de contabilidad, constituyéndose así en una herramienta para el análisis y control por parte de los distintos usuarios. Definir aspectos que deben aplicarse y tenerse en cuenta durante el proceso y en la preparación de la información contable, para que la misma cumpla con las características señaladas en el PGCP. 1.1.1.2 Específicos • Identificar las partidas inconsistentes que afectan los estados contables institucionales,

con el objeto de revelar la magnitud y origen de los problemas, y generar el espacio que conlleve a que se adelanten las acciones pertinentes y la expedición de los actos administrativos que se requieran para que las áreas contables procedan a efectuar los ajustes que en cada caso procedan.

• Definir lineamientos generales que contribuyan a la depuración de saldos antiguos, y

permitan la incorporación de operaciones ciertas y verificables frente a la existencia de bienes, derechos y obligaciones.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 4

1.1.2 Ámbito de aplicación La norma técnica relativa a instrucciones para el debido reconocimiento, valuación y revelación de las operaciones financieras, económicas y sociales, deberá ser aplicada por los entes públicos de los niveles nacional y territorial, sujetos al Plan General de Contabilidad Pública – PGCP, de conformidad con el Art. 2º de la Resolución 400 de 1º de diciembre de 2000 1.1.3 Aspectos conceptuales 1.1.3.1 Reconocimiento de la totalidad de las operaciones La totalidad de las operaciones realizadas por el ente público mediante las cuales se adquieren derechos, bienes y obligaciones ciertas, que representan los activos, pasivos y el patrimonio de la Nación, así como los ingresos, costos y gastos ordinarios y extraordinarios, presupuestados o no, deben identificarse, registrarse, valuarse y revelarse en la información contable en las cuentas de balance y actividad; así mismo, las operaciones que representan compromisos y derechos contingentes y las que requieren determinado control en las respectivas cuentas de orden, independientemente de su origen y de su relación con el proceso presupuestal. Cuando por cualquier circunstancia externa o interna, no se tenga la evidencia documentaria que garantice la veracidad de algunas operaciones que deben ser objeto de incorporación, como el caso de los bienes muebles o inmuebles o la existencia de derechos y obligaciones, de los cuales se tengan indicios sobre su propiedad o posibilidad de afectación de la situación patrimonial del ente público, y por ende la de la Nación, deberán registrarse en Cuentas de Orden, hasta tanto se disponga de los documentos que la acrediten. Adicionalmente, las operaciones relacionadas con la planeación, así como los ingresos y gastos presupuestados y ejecutados, deben reconocerse en las cuentas de planeación y presupuesto, en concordancia con las normas respectivas y las dinámicas establecidas. 1.1.3.2 Evidencia de las operaciones El marco conceptual del PGCP establece los principios y las normas técnicas de contabilidad pública que deben aplicarse en desarrollo del proceso contable, en particular las relacionadas con el registro, que contempla la identificación y clasificación de los hechos económicos, mediante los documentos soporte de los registros en comprobantes y libros de contabilidad. En concordancia con lo expuesto anteriormente, la totalidad de las operaciones realizadas por el ente público deben estar respaldadas con relaciones, escritos, contratos, documentos de origen interno o externo, entre otros, los cuales constituyen la base para efectuar los comprobantes y los registros contables.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 5

En consecuencia, no se realizará ningún registro contable sin el correspondiente documento que lo soporte, dando alcance a esta información en los libros principales y auxiliares, de manera que las operaciones reveladas en la información contable puedan hacerse verificables y evaluables. 1.1.3.3 Realidad económica de las operaciones La realidad económica de las operaciones reconocidas, valoradas y reveladas en la información contable debe garantizarse mediante la aplicación estricta, rigurosa y verificable de los siguientes procedimientos: i) conciliación y confrontación con las existencias y obligaciones reales, ii) depuración de saldos antiguos. 1.1.3.3.1 Conciliación y confrontación con las existencias y obligaciones reales La información contable debe acreditar los bienes, derechos y obligaciones ciertas del ente público y como tal debe ser consistente y coherente con las existencias físicas y financieras de recursos y obligaciones, de manera que ampare su procedencia y origen, y pueda ser objeto de comprobaciones exhaustivas o aleatorias, internas o externas. En desarrollo de este cometido, los entes públicos deben practicar periódicamente un inventario físico de los bienes de la entidad, así como una evaluación documental de los derechos y obligaciones adquiridos por el ente, incluyendo aquellos recibidos u otorgados en custodia, comodato o préstamo, para confrontarlos con los saldos que arrojen las respectivas cuentas del Catálogo General de Cuentas del Plan General de Contabilidad Pública - PGCP. Las diferencias que resulten en estos procedimientos conciliatorios deben corregirse, reclasificarse o ajustarse, dejando la evidencia documentaria sobre el origen y efecto de las mismas, sin perjuicio de las acciones legales, disciplinarias, administrativas o fiscales que puedan desprenderse. 1.1.3.3.2 Depuración de saldos antiguos Es indispensable que las entidades adelanten procesos de depuración de los diferentes rubros contables del Catálogo General de Cuentas que presenten saldos no razonables e inconsistentes y que afecten la situación financiera y los resultados de la actividad, como consecuencia, entre otras, de las siguientes situaciones: • Saldos pendientes de conciliar. • Valores pendientes de recaudo o pago con elevada antigüedad. • Acreedores y Deudores no identificados. • Diferencias entre las existencias físicas de bienes y derechos y los saldos contables. • Inexistencia de comprobantes de contabilidad, o de sus documentos soporte. • Omisión en liquidación de contratos. Para la depuración de los saldos de elevada antigüedad, deberán tenerse en cuenta, como mínimo, los siguientes aspectos:

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• Adelantar una exploración exhaustiva de archivos de los documentos soportes, tanto

internos como externos, que reflejen la realidad de la operación económica. Si los registros carecen de la documentación que los respalde, deben aplicarse procedimientos administrativos tendientes a su aclaración, utilizando mecanismos alternos de comprobación, tales como circularizaciones y requerimientos a los entes o terceros, directa o indirectamente involucrados, o de orden legal y fiscal, mediante los cuales pueda establecerse la existencia o no de los mismos, informando sobre tales procedimientos al organismo de control correspondiente. Para el caso de los bienes o derechos, cuando se considere probable la pérdida o disminución de los activos del ente, debe constituirse una provisión.

• Desarrollar procedimientos especiales para garantizar la evaluación, documentación y

así mismo determinar las correcciones, reclasificaciones y ajustes correspondientes, sin perjuicio del seguimiento permanente que debe adelantar la Oficina de Control Interno.

• Cuando existan operaciones o hechos que afectan la realidad económica de la entidad,

que no se hayan registrado por falta de los comprobantes de contabilidad o documentos soporte, deberán adelantarse las gestiones pertinentes para elaborarlos en el caso de los primeros, o reproducirlos, si se originan en la misma entidad, u obtener copias de los documentos faltantes, cuando son de origen externo, en los segundos.

• Adelantar los procesos de liquidación de contratos, a efectos de determinar los derechos

y obligaciones finales frente a los terceros con quienes se han celebrado. 1.1.4 Aplicación contable Para efectos del debido reconocimiento y revelación, alternamente a los procedimientos administrativos pertinentes, los entes públicos deberán seguir las siguientes instrucciones contables, de carácter general: 1.1.4.1 Saldos originados con posterioridad a la aplicación del Plan General de

Contabilidad Pública Para los saldos activos o pasivos originados en operaciones realizadas con posterioridad al 1 de enero de 1996, deberá aplicarse el siguiente tratamiento: 1.1.4.1.1 Habilitación de registros a nivel auxiliar Deberán habilitarse en la contabilidad, códigos a nivel auxiliar de las cuentas activas y pasivas, según se requiera, a partir del séptimo dígito del Catálogo General de Cuentas del Plan General de Contabilidad Pública, con el propósito de identificar y controlar las operaciones pendientes de depuración, separándolas de las demás operaciones corrientes. Ejemplo: aplicando el Catálogo general de cuentas vigente en 2001:

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Cuando se trate de una cuenta Activa:

14 DEUDORES 1406 VENTA DE BIENES. 140606 Bienes Comercializados.

140606XX Saldos por depurar. Cuando se trate de una cuenta Pasiva:

24 CUENTAS POR PAGAR 2401 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS NACIONALES 240101 Bienes y Servicios.

240101XX Saldos por depurar. La condición general es que los registros correspondientes a estas operaciones deberán estar depurados a más tardar durante el siguiente año de haber constituido el registro de saldos por depurar en el respectivo auxiliar. 1.1.4.2 Saldos originados con anterioridad a la aplicación del Plan General de

Contabilidad Pública Los saldos activos o pasivos originados en operaciones realizadas con anterioridad al 1 de enero de 1996 se consideran de elevada antigüedad y por lo tanto deberán sujetarse a las siguientes condiciones: 1.1.4.2.1 Reclasificación de saldos activos con elevada antigüedad Estos saldos deberán reclasificarse a la Cuenta 1996 - Bienes y derechos en investigación administrativa, en las subcuentas que permitan identificar la clase de recurso objeto de la investigación, habilitando a nivel auxiliar el detalle de cada uno de los bienes y derechos en proceso de depuración. Ejemplo: aplicando el Catálogo general de cuentas vigente en 2001:

19 OTROS ACTIVOS 1996 BIENES Y DERECHOS EN INVESTIGACIÓN

ADMINISTRATIVA. 199601 Bancos y Corporaciones. 199601XX Nota Crédito de fecha xx. 199601XX Nota Débito de fecha xx. 199602 Inversiones 199602XX Auxiliares correspondientes 199603 Deudores 199603XX Auxiliares correspondientes 199604 Propiedades, Planta y Equipo.

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199604XX Auxiliares correspondientes 199690 Otros bienes y derechos en investigación administrativa. 199690XX Auxiliares correspondientes.

1.1.4.2.2 Reclasificación de saldos pasivos con elevada antigüedad Los registros que se deriven de saldos de operaciones pasivas con elevada antigüedad, no identificados como pasivos ciertos y que pueden constituir obligaciones en el futuro, deberán reclasificarse a la cuenta de otros pasivos 2996 - Obligaciones en investigación administrativa, con las subcuentas que permitan identificar la clase de obligación objeto de investigación, habilitando a nivel auxiliar el detalle de cada una de ellas.

Ejemplo: aplicando el Catálogo general de cuentas vigente en 2001:

29 OTROS PASIVOS 2996 OBLIGACIONES EN INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA. 299601 Cuentas por pagar. 299601XX Operación Nro. xxx con el Proveedor xx. 299602 Financieras. 299602XX Auxiliares correspondientes. 299603 Laborales. 299603XX Auxiliares correspondientes. 299604 Títulos emitidos. 299604XX Auxiliares correspondientes. 299690 Otras obligaciones. 299690XX Auxiliares correspondientes.

1.1.4.3 Constitución de provisiones Los bienes y derechos susceptibles de provisionarse, que presenten saldos pendientes de aclaración, tales como deudores, inventarios, inversiones y propiedades, entre otros, deberán registrar una provisión equivalente al riesgo probable o contingencia de pérdida para el ente público, la cual deberá ajustarse permanentemente de acuerdo con los avances que se registren en el proceso de depuración. Ejemplo: aplicando el Catálogo general de cuentas vigente en 2001: Códigos Cuentas Débitos Créditos

5304 PROVISIÓN PARA DEUDORES 530409 Préstamos concedidos XXX 1480 PROVISIÓN PARA DEUDORES (CR) 148003 Préstamos concedidos XXX En todo caso, las operaciones que presentan saldos con elevada antigüedad, reclasificadas a la cuenta de bienes y derechos en investigación administrativa, deberán provisionarse en su

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totalidad y ajustarse en forma permanente de acuerdo con la dinámica del proceso de depuración de cifras. Ejemplo: aplicando el Catálogo general de cuentas vigente en 2001:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 5309 PROVISIÓN PARA RESPONSABILIDADES 530901 Responsabilidades Fiscales XXX 1955 PROVISIÓN PARA RESPONSABILIDADES (CR) 195502 Responsabilidades Fiscales XXX 1.1.4.4 Castigo de activos Si como resultado de la investigación adelantada, la administración estima conveniente el castigo de los saldos por depurar de bienes y derechos, por cuanto corresponden a registros de origen contable, más que a existencia físicas y financieras ciertas, como debe demostrarse en los estudios y análisis adelantados que fundamentan los actos administrativos, podrá castigarse el saldo del activo y sus cuentas complementarias, afectando a su vez, las provisiones constituidas. Ahora, dado que ésta es una instrucción de carácter contable, que no implica, ni mucho menos, la extinción de la responsabilidad fiscal, disciplinaria, administrativa o penal que pueda derivarse de los hechos en comentario, toda vez que sólo pretende decantar la calidad, consistencia y veracidad de la información contable revelada, deberá registrarse simultáneamente en las Cuentas de Orden el valor de los ajustes por castigos de bienes y derechos, con el fin de preservar la información que soporte las posibles acciones fiscales, legales, así como de control que deben observarse. Ejemplo: aplicando el Catálogo general de cuentas vigente en 2001, el castigo del Activo afectará la cuenta correspondiente.

Códigos Cuentas Débitos Créditos

1480 PROVISIÓN PARA DEUDORES (CR) 148003 Prestamos concedidos XXX 1406 VENTA DE BIENES 140606 Bienes comercializados XXX Simultáneamente, con este registro, debe afectarse la cuenta 8316- Bienes y derechos en investigación administrativa, dentro del Grupo de Cuentas de orden y de control, haciendo los registros en las subcuentas específicas, que permitan identificar la clase de derecho, bien o recurso objeto del castigo, habilitando y preservando a nivel auxiliar el detalle de cada una de ellos, para los efectos legales y fiscales que puedan desprenderse.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 10

Registro en cuentas de orden:

Códigos Cuentas Débitos Créditos

83 DEUDORAS DE CONTROL 8316 BIENES Y DERECHOS EN

INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA

831601 Bancos y Corporaciones XXX 831601XX Auxiliar correspondiente 831602 Inversiones 831602XX Auxiliares correspondientes 831603 Deudores 831603XX Auxiliares correspondientes 831604 Propiedades, Planta y Equipo 831604XX Auxiliares correspondientes 831690 Otros bienes y derechos en investigación

administrativa

831690XX Auxiliares correspondientes 8915 DEUDORAS DE CONTROL POR

CONTRA (CR)

891507 Bienes y derechos en investigación administrativa

XXX

1.1.4.5 Recuperación de pasivos Los saldos pendientes de depurar que correspondan a obligaciones, y por ende derechos de terceros, no podrán desconocerse, atendiendo los principios y normas sobre el pago y redención de las obligaciones que contempla la Ley, en tanto se concluya que corresponden a pasivos ciertos. En consecuencia, deberán mantenerse hasta que se extingan tales obligaciones en todo o en parte con el pago efectivo o con la prescripción extintiva. En este último caso, los recursos pueden entrar a formar parte de los ingresos de la Nación, bajo el concepto de recuperaciones. Las operaciones pasivas que no correspondan a obligaciones ciertas, sino a saldos de ingresos recibidos por anticipado pendientes de depuración y afectación del ingreso, podrán tratarse como recuperaciones, al igual que aquellos pasivos que corresponden a saldos de origen contable, determinados con base en el proceso de depuración y sustentados en los actos administrativos pertinentes. Para efectos de control, deberán registrarse en Cuentas de Orden. Ejemplo: aplicando el Catálogo general de cuentas vigente en 2001.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 11

Códigos Cuentas Débitos Créditos

2915 CRÉDITOS DIFERIDOS 291503 Ingresos Diferidos XXX 4810 INGRESOS EXTRAORDINARIOS 481008 Recuperaciones XXX

Las obligaciones que se cancelen a título de recuperaciones, como resultado de la aplicación de este numeral, deberán registrarse en las cuentas de orden en la siguiente forma: Códigos Cuentas Débitos Créditos

9390 OTRAS CUENTAS ACREEDORAS DE CONTROL

939090 Otras cuentas acreedoras de control XXX 9915 ACREEDORAS DE CONTROL POR

CONTRA

991590 Otras cuentas acreedoras de control XXX Es necesario precisar que cualesquiera de los procedimientos anotados debe ampararse en actos administrativos debidamente motivados, los cuales deben explicar en forma detallada, el origen de la decisión, los documentos técnicos que demuestren el estudio adelantado y los resultados de la investigación efectuada, teniendo claro que son de origen y efecto contable y no pretenden sustituir el ejercicio de las acciones legales o fiscales que puedan desprenderse por la irresponsabilidad u omisión de funciones de los servidores públicos, como resultado de las operaciones que afecten el patrimonio de la Nación. 1.1.4.6 Partidas de Dudoso Reconocimiento Cuando existan bienes y derechos respecto de los cuales se tienen indicios de pertenecer a la Entidad, pero se tienen dudas para su pleno reconocimiento, deben efectuarse los respectivos registros en las cuentas de orden que se señalan en el castigo de activos del presente procedimiento. Para las obligaciones que se encuentren en circunstancias similares, se efectuará el reconocimiento mediante el siguiente registro: Códigos Cuentas Débitos Créditos

9190 OTRAS RESPONSBILIDADES CONTINGENTES

919090 Otras responsabilidades contingentes XXX 9905 RESPONSABILIDADES CONTINGENTES

POR CONTRA

990590 Otras responsabilidades contingentes XXX

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 12

Una vez se adelanten las investigaciones pertinentes y se tramiten los documentos que acrediten la propiedad de los bienes, o se obtengan las evidencias suficientes para el reconocimiento de las obligaciones, deberán reversarse los registros a nivel de las cuentas de orden, y proceder a su registro en las cuentas de activo o de pasivo según corresponda a su naturaleza y características, contra la cuenta de Patrimonio público incorporado. En notas a los estados contables deberá revelarse el detalle de las partidas que dan lugar a las inconsistencias detectadas, incluyendo las que se registren a nivel de las cuentas de orden, indicando su naturaleza, cuantía y causas que las originan. Los procedimientos anteriormente enunciados deben aplicarse permanentemente durante el período contable, pero en todo caso su cumplimiento es imperativo al efectuar el cierre contable de fin de ejercicio, lo cual implica un mayor análisis de la información que debe remitirse a la Contaduría General de la Nación. 1.2 Procedimiento para el cálculo y debido reconocimiento de la

actualización sobre la base del costo reexpresado. 1.2.1 Objetivo 1.2.1.1 General Reflejar el efecto de las variaciones del poder adquisitivo de la moneda mediante ajustes apropiados para que las distintas partidas contables se expresen en moneda de igual poder adquisitivo. 1.2.1.2 Específicos • Contribuir a la determinación y presentación de información que garantice niveles

adecuados de confiabilidad y se constituya en una herramienta apropiada para la toma de decisiones.

• Propender porque se registre contablemente, mediante un proceso gradual, el efecto

inflacionario en los estados contables de los entes públicos, con el fin de contribuir a la determinación y presentación de información objetiva y comparable.

1.2.2 Ámbito de aplicación El procedimiento de costo reexpresado deberá ser observado por los entes públicos de los niveles nacional y territorial, sujetos al ámbito de aplicación del Plan General de Contabilidad Pública - PGCP, de conformidad con el Art. 2º de la Resolución 400 de 1º de diciembre de 2000.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 13

1.2.3 Aspectos conceptuales La actualización al costos reexpresado debe considerar la aplicación de factores de corrección de carácter general como el PAAG o específicos, como la Tasa representativa del mercado TRM, Pacto de ajuste, Unidad de Valor Real -UVR o cualquier otra modalidad admitida formalmente. Para efectos de aplicar la metodología de costo reexpresado debe tenerse en cuenta si las partidas son monetarias o no monetarias. 1.2.3.1 Partidas monetarias Son aquellas cuyo valor nominal no varía por la pérdida de poder adquisitivo de la moneda y representan una cantidad fija en moneda corriente. Corresponde a los activos y pasivos que indican disponibilidades líquidas y exigibilidades inmediatas, expresados en sumas fijas en moneda de curso legal, como es el caso de los saldos en caja, importes por cobrar o pagar en moneda nacional y los pasivos a cancelar mediante una suma fija de dinero. 1.2.3.2 Partidas no monetarias Son aquellas que manteniendo su valor económico, adquieren un mayor valor nominal por efecto de la pérdida de poder adquisitivo de la moneda. Estas partidas deben ser ajustadas para reconocer el efecto de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda, entre la fecha de la información contable y la fecha en que fueron adquiridos los activos y asumidos los pasivos. Igualmente, tienen este carácter aquellos activos y pasivos con una forma particular de ajuste, como los representados en moneda extranjera o pacto de reajuste. 1.2.3.3 Sistemas de ajuste Los entes públicos deberán ajustar los elementos que conforman su información contable, aplicando el sistema de ajustes parciales por inflación, exceptuándose las empresas industriales y comerciales del estado, las sociedades de economía mixta y demás entes públicos, de los niveles nacional y territorial, que en virtud de las normas fiscales deben aplicar el sistema de Ajustes Integrales por Inflación. Tanto en el sistema de ajustes parciales como integrales por inflación se ajusta el costo histórico de los activos y pasivos no monetarios, el patrimonio y las cuentas de orden no monetarias, de los entes públicos. No obstante, en el primer sistema la contrapartida es una cuenta de naturaleza patrimonial, mientras que en el sistema de ajustes integrales por inflación la contrapartida es la cuenta Corrección Monetaria, del estado de actividad. En el sistema de ajustes integrales es factible diferir el ajuste correspondiente a las inversiones de capital en período improductivo, así como la parte del patrimonio que financie dicha inversión.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 14

1.2.4 Aplicación contable 1.2.4.1 Definición de la base para la aplicación de los ajustes por inflación La base para la aplicación de los ajustes por inflación son los saldos registrados en el último día del mes anterior. Los valores que constituyan operaciones económicas o financieras del respectivo mes, son objeto de ajuste hasta el mes siguiente. Los ajustes por inflación deben aplicarse de manera individual a cada elemento que conforma los bienes físicos de la entidad. 1.2.4.2 Determinación de las partidas objeto de reexpresión • Las partidas no monetarias son objeto de la aplicación de las normas sobre ajustes por

inflación. • Los cargos diferidos no serán objeto de reexpresión por concepto de ajustes por

inflación, con excepción de los gastos de organización y puesta en marcha, estudios y proyectos, gastos de exploración, gastos de desarrollo y gastos de asociación.

1.2.4.3 Identificación del factor de ajuste aplicable Los factores de ajuste pueden constituirse como índices específicos o general, dependiendo de la clase de operación realizada y su aplicación está definida de la siguiente manera: 1.2.4.3.1 Índices específicos 1.2.4.3.1.1 Tasa representativa del mercado Los derechos y obligaciones representadas en moneda extranjera se reexpresan en moneda legal, mediante la aplicación de la Tasa representativa del mercado vigente a la fecha de cierre y certificada por la Superintendencia Bancaria, convertida previamente a dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (si está expresada en moneda distinta al dólar de los Estados Unidos). Para el efecto, se utiliza la tasa de cambio que rija entre las dos monedas, informada por el Banco de la República, empleando la de compra para el desembolso y la de venta para efectos de reexpresión y pago. La Superintendencia Bancaria publica mensualmente la tasa de cambio aplicable para la reexpresión de cifras en moneda extranjera. 1.2.4.3.1.2 Pacto de ajuste Cuando una operación tenga pactado un factor específico de ajuste definido entre las partes, la reexpresión de ese derecho u obligación se realiza con base en el ajuste pactado.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 15

1.2.4.3.1.3 Unidad de Valor Real “UVR” Los derechos u obligaciones pactados en UVR, se reexpresan mediante la aplicación de la cotización de dicha unidad, a la fecha de cierre mensual. El Banco de la República informa mensualmente la cotización de la UVR para el último día del mes y para cada uno de los días del mes siguiente. Así mismo informa su variación mensual y diaria. 1.2.4.3.2 Índice general 1.2.4.3.2.1 Porcentaje de Ajuste Año Gravable “PAAG” Cuando una partida no monetaria no tenga un factor de ajuste específico (Moneda Extranjera, UVR o Pacto de Ajuste), debe utilizarse para su reexpresión el PAAG. El PAAG es un índice determinado por el Departamento Nacional de Estadística -DANE- en forma anual, mensual o acumulado mensual. El índice mensual corresponde a la variación porcentual del Índice de Precios al Consumidor “IPC”, para ingresos medios registrado durante el mes inmediatamente anterior a aquel objeto de ajuste. Es decir, se calcula con un desfase de un mes y se desestiman sus fracciones. El índice que se utiliza para la aplicación de los ajustes por inflación es el mensual, teniendo en cuenta que las normas relativas al costo reexpresado indican que la determinación y registro debe efectuarse mensualmente. El PAAG es informado por el DANE en los primeros días de cada mes. Adicionalmente, la Superintendencia Bancaria lo publica en forma mensual. 1.2.4.4 Determinación y registro de los ajustes por inflación 1.2.4.4.1 Derechos u obligaciones representados en moneda extranjera La diferencia entre el valor en libros de los activos o pasivos en moneda extranjera y su valor reexpresado en la fecha de cierre, representa el ajuste que debe registrarse como un mayor o menor valor del activo o pasivo y como contrapartida, un ingreso o gasto financiero. En el ejemplo que se muestra a continuación, el número de divisas entre una fecha y otra es el mismo; cuando se presente variación, el procedimiento se aplica sobre la base de las divisas objeto de reexpresión a la fecha de cierre. 1.2.4.4.1.1 Datos generales Derecho u obligación en dólares americanos US$100 Tasa representativa del mercado en noviembre 30 /99 $1.299.62 Tasa representativa del mercado en diciembre 31/99 $1.287.12

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1.2.4.4.1.2 Determinación del ajuste El valor en libros del derecho u obligación en moneda extranjera a noviembre 30 de 1999 es de $129.962. Se calcula multiplicando los dólares por la tasa representativa del mercado del respectivo mes, así: US$100 x $1.299.62 = $129.962 Teniendo en cuenta que la tasa representativa del mercado a diciembre 31 es de $1.287.12, la reexpresión del derecho u obligación a esa fecha es la siguiente: US$100 x $1.287.12 = $128.712 La diferencia entre el valor de los activos o pasivos reexpresados en moneda extranjera a la fecha de cierre y su costo reexpresado registrado en libros, se determina así: $128.712 – $129.962 = - $1.250 1.2.4.4.1.3 Registro contable

Los registros indicados a continuación, aplican para los sistemas de ajustes parciales e integrales. Si se trata de un derecho (activo) en moneda extranjera: La disminución del derecho ocasionada por la disminución de la tasa representativa del mercado con respecto al mes anterior, genera para la entidad una disminución en el activo y, por ende, un gasto financiero. Supongamos que el activo corresponde a un depósito en un banco del exterior, el registro en el grupo Otros gastos, sería:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 5803 AJUSTE POR DIFERENCIA EN

CAMBIO

580301 Efectivo $1.250 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 1110xx Subcuenta respectiva $1.250 Si el comportamiento de la tasa hubiera sido positivo, se habría generado un aumento en el activo y, por ende, un ingreso financiero que se registraría en la subcuenta 480601 Ajustes por diferencia en cambio - Efectivo. Si se trata de una obligación (pasivo) en moneda extranjera:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 17

La reducción de la tasa representativa del mercado produce una disminución de la obligación y con ello, un ingreso financiero. Supongamos que se trata de una obligación con un banco del exterior por el mismo valor, el registro sería:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 2221 DEUDA PÚBLICA EXTERNA DE

LARGO PLAZO

222101 Banca Comercial $1.250 4806 AJUSTE POR DIFERENCIA EN

CAMBIO

480630 Deuda pública externa de largo plazo -sistema financiero externo

$1.250

Si el comportamiento de la tasa representativa del mercado hubiese sido en sentido contrario, se genera un incremento en la obligación y, por ende, un gasto financiero que se registraría en la subcuenta 580330 – Ajustes por diferencia en cambio - Deuda pública externa de largo plazo - Sistema financiero externo. Es importante aclarar que si mediante un pasivo se está financiando un activo que no se encuentra en condiciones de utilización o venta y el ajuste por diferencia en cambio produce un incremento de dicho pasivo, esta diferencia se registra como un mayor valor del activo financiado y no como un gasto financiero, como se indica más adelante en el procedimiento para el ajuste de los activos financiados. 1.2.4.4.2 Derechos u obligaciones sobre los cuales se haya pactado un ajuste Los activos sobre los cuales se haya pactado algún ajuste de valor como por ejemplo la cotización de la UVR a una fecha determinada, la DTF, o salarios mínimos, deben reexpresarse de acuerdo con lo pactado. La diferencia del activo así reexpresado y su valor en libros representa el ajuste que debe registrarse como un mayor o menor valor del activo y como un ingreso o gasto financiero, según corresponda. Así mismo, los pasivos con pacto de ajuste deben reexpresarse con base en el porcentaje que se haya convenido, registrando el ajuste como mayor valor del pasivo y como contrapartida un gasto, salvo cuando deba activarse. El ejemplo que se describe a continuación, corresponde a la venta de energía entre dos electrificadoras, las cuales han pactado una actualización del valor del derecho y obligación respectivas, en función del precio mensual del kilovatio. 1.2.4.4.2.1 Datos generales Número de kilovatios vendidos 2.000 Precio del kilovatio en noviembre /99 $ 90.00 Incremento mensual pactado del 1.5% $ 1.35 Precio del kilovatio en diciembre/99 $ 91.35

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1.2.4.4.2.2 Determinación del ajuste El valor en libros del derecho u obligación, a noviembre 30 de 1999, es de $180.000, el cual se calcula multiplicando el número de kilovatios por el precio de venta del respectivo mes, así: 2.000 x $90 = $180.000 Teniendo en cuenta el incremento en el precio del kilovatio de $1.35, el valor del derecho u obligación en el mes de diciembre/99 es de $182.700, calculado así: 2.000 x $91.35 = $182.700 La diferencia entre el valor de los activos o pasivos reexpresados en el último día del mes y su costo reexpresado registrado en libros, representa el valor que debe ser registrado como un ingreso o gasto financiero, según corresponda. $182.700 – $180.000 = $2.700 1.2.4.4.2.3 Registro contable Entidad que vende el servicio de energía

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1408 SERVICIOS PÚBLICOS 140801 Servicio de energía $2.700 4805 FINANCIEROS 480590 Otros ingresos financieros $2.700 Entidad que compra el servicio de energía

Códigos Cuentas Débitos Créditos 5805 FINANCIEROS 580590 Otros gastos financieros $2.700 2401 ADQUISICIÓN DE BIENES Y

SERVICIOS NACIONALES

240101 Bienes y servicios $2.700 1.2.4.4.3 Partidas no monetarias que no tienen un factor específico de ajuste- Índice

general PAAG A continuación se presentan algunos casos prácticos para la determinación y registro de los ajustes por inflación, mediante la utilización del índice general PAAG y relacionados con activos financiados, patrimonio, ajuste diferido y cuentas de orden.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 19

1.2.4.4.3.1 Activo financiado Cuando se adquiere o construye un activo financiado y dicho activo no se encuentra en condiciones de utilización o venta, los gastos financieros causados (intereses, corrección monetaria, ajustes por diferencia en cambio, etc.) se capitalizan, es decir, forman parte del costo del activo hasta cuando inicie su etapa productiva. Durante este tiempo, tanto los gastos financieros como el costo del bien capitalizado, no son objeto de ajustes por inflación. A continuación se presenta un ejemplo en el que hay capitalización de intereses. Los datos del bien y de la financiación son los siguientes: Datos generales Fecha adquisición: Septiembre 1º de 1999 Valor: $200.000 Financiación: 100% Tasa de interés: 2% cada mes Abono a capital: $50.000 en noviembre 1º de 1999 Condiciones de utilización: Diciembre 1º de 1999 Determinación del ajuste por inflación de un activo financiado

Sep-1999 Oct-1999 Nov-1999 Dic-1999 Ene-2000 Paag aplicable 1,10% 1,17% 0,87% 0,75% 0,65% Costo $200.000 $204.000 $208.000 $211.435 $213.021 Capitaliz. Int. 4.000 (1) 4.000 3.000 (5) 0 0 Aj. por Inflac. 0 0 435 (4) 1.586 (8) 1.385(10) Costo ajustado 204.000 (2) 208.000 (3) 211.435 (6) 213.021 (9) 214.405 Gasto intereses 0 0 0 3.000 (7) 3.000 Valor deuda 200.000 200.000 150.000 150.000 150.000 % financiado 100% 100% 75% 75% 75% (1) En el primer mes (septiembre), el activo no se encuentra en condiciones de utilización o venta y se está causando un interés sobre el total del capital, así:

Valor del capital financiado $200.000 Tasa de interés mensual 2% Valor interés mensual $ 4.000 (2) El interés de $4.000 se capitaliza y no hay lugar a la aplicación de los ajustes por inflación. El costo ajustado es de $204.000.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 20

(3) En el segundo mes (octubre), la situación es la misma que en el mes anterior y el procedimiento es el mismo. El interés se capitaliza aumentando el costo ajustado del mes anterior, es decir, el nuevo costo ajustado es de $208.000 (4) En el tercer mes (noviembre) teniendo en cuenta que el activo aún no se encuentra en condiciones de utilización o venta y que se presenta un abono a capital de $50.000, el saldo de la deuda queda en $150.000. Los ajustes por inflación se aplican sobre el costo del activo que no se encuentra financiado, es decir: $50.000 x 0.87% = $435 (5) El monto de los intereses es de $3.000 por cuanto la base para la determinación disminuye: $150.000 x 2% = $3.000 (6) El costo ajustado al finalizar el mes (noviembre) es de $211.435, el cual se conforma así:

El costo ajustado acumulado al inicio del mes $208.000 + El ajuste por inflación sobre el costo no financiado 435 + Los intereses capitalizados sobre el saldo de la deuda 3.000 (7) En el cuarto mes (diciembre) el bien se encuentra en condiciones de utilización o venta, por ende, se suspende la capitalización de intereses y la causación de los mismos se registra como un gasto financiero. (8) El ajuste por inflación se aplica sobre el costo ajustado al inicio del mes, así: $211.435 x 0.75% = $1.586 (9) El costo ajustado al finalizar el mes (diciembre) es de $213.021, conformado así:

Costo ajustado acumulado al inicio del mes $211.435 + Ajuste por inflación 1.586 Como se observa, a partir del momento en que el bien se encuentra en condiciones de utilización o venta y se suspende la capitalización de intereses, se aplican los ajustes por inflación al costo ajustado, independientemente de que el monto con el cual se financió el activo, haya sido cancelado. (10) A partir del quinto mes (enero) el procedimiento de ajuste es el mismo indicado para el cuarto mes. La base para la aplicación del ajuste es el costo ajustado en el último día del mes anterior.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 21

Registro contable de la capitalización del interés Suponiendo que el activo financiado corresponde a un equipo de comunicación y que la financiación fue efectuada por un banco nacional, el registro de la capitalización del interés para los dos primeros meses (septiembre y octubre), independiente del sistema de ajustes que utilice la entidad pública, es el siguiente: Códigos Cuentas Débitos Créditos

1670 EQUIPOS DE COMUNICACIÓN Y COMPUTACIÓN

167001 Equipo de comunicación $4.000 2263 INTERESES DEUDA PÚBLICA INTERNA DE

LARGO PLAZO

226302 Banca comercial $4.000 Para el tercer mes, el monto del asiento es por $3.000 debido a que la base de financiación para el cálculo del interés disminuyó de $200.000 a $150.000. Registro contable del ajuste por inflación a la parte del costo no financiada El registro del ajuste por inflación sobre la parte del costo no financiada en el tercer mes (noviembre), depende del sistema de ajustes que utilice la entidad, como se describe a continuación: Sistema de ajustes integrales Códigos Cuentas Débitos Créditos

1670 EQUIPOS DE COMUNICACIÓN Y COMPUTACIÓN

167099 Ajustes por inflación $435 4905 CORRECCIÓN MONETARIA 490509 Propiedades, planta y equipo $435 Sistema de ajustes parciales Códigos Cuentas Débitos Créditos

1670 EQUIPOS DE COMUNICACIÓN Y COMPUTACIÓN

167099 Ajustes por inflación $435 3135 ó 3250

AJUSTES POR INFLACIÓN

313506 ó 325006

Propiedades, planta y equipo

$435

Registro contable de la causación de los intereses como gasto financiero

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 22

Cuando el activo se encuentra en condiciones de utilización o venta (noviembre) se suspende la capitalización de los intereses y la causación de los mismos se registra como un gasto financiero.

Códigos Cuentas Débitos Créditos 5801 INTERESES 580119 Deuda pública interna de largo plazo –

Sector financiero

$3.000

2263 INTERESES DEUDA PÚBLICA INTERNA DE LARGO PLAZO

226302 Banca comercial $3.000 Registro contable del ajuste por inflación sobre el costo ajustado Cuando el bien se encuentra en condiciones de utilización o venta y se suspende la capitalización de los gastos financieros, el ajuste por inflación que se calcula sobre el costo ajustado del bien, al inicio del mes (diciembre), se registra dependiendo del sistema de ajustes utilizado. Sistema de ajustes integrales Códigos Cuentas Débitos Créditos

1670 EQUIPOS DE COMUNICACIÓN Y COMPUTACIÓN

167099 Ajustes por inflación $1.586 4905 CORRECCIÓN MONETARIA 490509 Propiedades, planta y equipo $1.586 Sistema de ajustes parciales Códigos Cuentas Débitos Créditos

1670 EQUIPOS DE COMUNICACIÓN Y COMPUTACIÓN

167099 Ajustes por inflación $1.586 3135 ó 3250

AJUSTES POR INFLACIÓN

313506 ó 325006

Propiedades, planta y equipo

$1.586

El registro descrito se aplica para el mes de enero, pero por valor de $1.385 1.2.4.4.3.2 Patrimonio Los saldos iniciales de cada mes de las cuentas del patrimonio con excepción del resultado del ejercicio, el superávit por valorización, la revalorización del patrimonio y los ajustes por inflación (sistema parcial), se incrementan con el resultado de aplicarles el PAAG

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 23

mensual, utilizando para su registro la cuenta de Revalorización, dependiendo del sistema de ajustes que aplique la entidad. Determinación de los ajustes por inflación al patrimonio Para efectos del cálculo, los saldos de las cuentas del patrimonio objeto de ajuste, se incrementan con el saldo de revalorización que les corresponda, independientemente de que en el momento del registro se mantengan los históricos de cada cuenta y se acumulen los ajustes por inflación en la cuenta Revalorización del patrimonio. Entes que registran el patrimonio en el grupo 31- Hacienda pública Dentro de este grupo se encuentran las entidades del sector central de los niveles nacional y territorial tales como: Ministerios, organismos de control, municipios, departamentos, etc.

Cuentas Saldos a nov.30/99 ($)

Revalorización a nov.30/99 ($)

Base para el cálculo de los ajustes ($)

Capital fiscal 35.000 15.000 50.000 Superávit por donación 5.000 1.000 6.000 Patrimonio público incorporado 6.500 1.500 8.000 Una vez establecida para cada cuenta la base del cálculo de los ajustes por inflación, se aplica el PAAG correspondiente:

Concepto Base para el cálculo de los ajustes al patrimonio ($)

Revalorización del patrimonio ($)

PAAG aplicable en diciembre 31/99

0,75%

Capital fiscal $ 50.000 $ 375 Superávit por donación 6.000 45 Patrimonio público incorporado 8.000 60 $ 480 Entes que registran el patrimonio en el grupo 32- Patrimonio institucional y aplica el sistema de ajustes parciales, tales como los Establecimientos públicos, Empresas Sociales del Estado.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 24

Cuentas Saldos a nov.30/99

$ Revalorización a

Nov. 30/99 Base para el cálculo

de los ajustes ($) Capital fiscal 36.000 10.000 46.000 Resultados de ejercicios anteriores

4.500

1.500

6.000

Superávit por donaciones

2.600

1.400

4.000

Patrimonio público incorporado

1.500

500

2.000

Una vez establecida para cada cuenta la base del cálculo de los ajustes por inflación, se aplica el PAAG correspondiente:

Concepto Bas e para el cálculo de los ajustes al patrimonio ($)

Revalorización del patrimonio ($)

PAAG aplicable en diciembre 31/99 0,75% Capital fiscal 46.000 345Resultados de ejercicios anteriores 6.000 45Superávit por donaciones 4.000 30Patrimonio público incorporado 2.000 15 $ 435 Entes que registran el patrimonio en el grupo 32- Patrimonio institucional y aplica el sistema de ajustes integrales, tales como las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta.

Cuentas Saldos a nov.30/99 ($)

Revalorización a nov.30/99 ($)

Base para el cálculo de los ajustes ($)

Capital Autorizado y pagado 36.000 10.000 46.000 Prima en colocación de acciones cuotas o partes de interés

2.800

1.200

4.000

Reservas 6.000 2.000 8.000 Dividendos y participaciones decretados

1.500

500

2.000

Resultados de ejercicios anteriores 300

100

400

Superávit por donaciones 1.050 150 1.200 Patrimonio institucional incorporado

1.400

200

1.600

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 25

Una vez establecida para cada cuenta la base del cálculo de los ajustes por inflación, se aplica el PAAG correspondiente:

Concepto Base para el cálculo de los ajustes al patrimonio

Revalorización del patrimonio

PAAG aplicable en diciembre 31/99 0,75% Capital autorizado y pagado

$ 46.000

$ 345

Prima en colocación de acciones cuotas o partes de interés 4.000

30

Reservas 8.000 60 Dividendos y participaciones decretados 2.000 15 Resultados de ejercicios anteriores 400 3 Superávit por donaciones 1.200 9 Patrimonio institucional incorporado 1.600 12 $ 474 Registro Contable A continuación se presenta el registro de los ajustes por inflación al patrimonio, para cada uno de los sistemas de ajustes, con base en la determinación previa. Sistema de ajustes parciales Códigos Cuentas Débitos Créditos

3135 AJUSTES POR INFLACIÓN 313509 Patrimonio (Db) $ 480 3130 REVALORIZACIÓN HACIENDA PÚBLICA 313001 Capital fiscal $ 375 313002 Superávit por donación 45 313003 Patrimonio público incorporado 60 Códigos Cuentas Débitos Créditos

3250 AJUSTES POR INFLACIÓN 325009 Patrimonio (Db) $ 435 3245 REVALORIZACIÓN DEL PATRIMONIO 324501 Capital $ 345 324504 Donaciones 30 324505 Utilidad o pérdida de ejercicios anteriores 45 324507 Patrimonio institucional incorporado 15 Sistema de ajustes integrales

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 26

Códigos Cuentas Débitos Créditos

4905 CORRECCIÓN MONETARIA 490512 Patrimonio (Db) $ 474 3245 REVALORIZACIÓN DEL PATRIMONIO 324501 Capital $ 345 324502 Reservas 60 324503 Prima en colocación de acciones cuotas o partes

de interés

30 324504 Donaciones 9 324505 Utilidad o pérdida de ejercicios anteriores 3 324506 Dividendos y participaciones decretados 15 324507 Patrimonio institucional incorporado 12 1.2.4.4.3.3 Ajuste diferido (Aplica para el Sistema de ajuste integral) Las inversiones de capital en período improductivo susceptibles de generar un ingreso futuro, tales como construcciones en curso, empresas en período improductivo, programas de ensanche, gastos preoperativos, se ajustan teniendo en cuenta las normas generales de los ajustes de los activos; no obstante, la contrapartida del ajuste debe llevarse como un ingreso diferido a la cuenta “Crédito por corrección monetaria diferida” y debe ser reconocido en resultados, en la proporción en que se asigne el costo de tales activos (depreciación, amortización). Durante el tiempo que se mantenga diferido el ajuste por inflación, la parte proporcional del ajuste sobre el patrimonio correspondiente a dichos activos tendrá similar tratamiento, registrando el respectivo valor en la cuenta “Cargo por corrección monetaria diferida”. Una vez que se inicie la etapa productiva, los ajustes se causarán contra la cuenta de Corrección monetaria del período y los valores registrados en las cuentas diferidas se amortizarán. Datos Generales $ Saldos a noviembre 30/99 Construcción en curso 300.000 Total Activos 1.200.000 Capital 200.000 Reservas 80.000 Prima en colocación de acciones 60.000 Donaciones 40.000 Utilidades Ejercicios Anteriores 100.000 PAAG aplicable en diciembre/99 0.75%

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 27

Determinación del Ajuste por inflación Inversión de capital (Construcción en curso) Para determinar el ajuste por inflación del costo del activo improductivo, se multiplica el valor de la inversión de capital por el PAAG del respectivo mes (diciembre): $300.000 x 0.75% = $2.250 Patrimonio

Concepto Saldos a nov. 30/99 *

Revalorización del patrimonio

PAAG Aplicable en diciembre 31/99 0,75% $ $Capital autorizado y pagado 200.000 1.500Prima en colocación de acciones 60.000 450Reservas 80.000 600Resultados de ejercicios anteriores 100.000 750Superávit por donaciones 40.000 300 $ 3.600

* Incluye la revalorización del patrimonio correspondiente a cada cuenta. El ajuste por inflación de la parte del patrimonio que está financiando la inversión de capital se determina de la siguiente manera: Proporción del patrimonio a diferir = Construcción en curso / Total de activos

= $300.000 / $1.200.000 = 0.25

Ajuste al patrimonio a diferir = Ajuste al patrimonio x Proporción del patrimonio a diferir

= $ 3.600 x 0.25

= $900 Registro Contable Ajuste del activo

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 28

Códigos Cuentas Débitos Créditos

1615 CONSTRUCCIONES EN CURSO 161599 Ajustes por inflación $2.250 2915 CRÉDITOS DIFERIDOS 291501 Crédito por corrección monetaria diferida $2.250 Ajuste al patrimonio Teniendo en cuenta que la proporción del ajuste al patrimonio que va a diferirse corresponde al 25%, el resultado de la aplicación de este porcentaje al total del ajuste del patrimonio, se registra en la subcuenta 191089 - Cargo por corrección monetaria diferida y como contrapartida la subcuenta 324508 - Activos en período improductivo. Las restantes subcuentas del patrimonio se ajustan tan solo en un 75% del ajuste que en condiciones normales les correspondería y como contrapartida, la cuenta de Corrección monetaria subcuenta 490512 – Patrimonio: Códigos Cuentas Débitos Créditos

4905 CORRECCIÓN MONETARIA 490512 Patrimonio (Db) $2.700 1910 CARGOS DIFERIDOS 191089 Cargo por corrección monetaria diferida 900 3245 REVALORIZACIÓN DEL PATRIMONIO 324501 Capital $1.125.0 324502 Reservas 450.0 324503 Prima en colocación de acciones 337.5 324504 Donaciones 225.0 324505 Utilidad o pérdida de ejercicios anteriores 562.5 324508 Activos en período improductivo 900.0 Amortización del crédito por corrección monetaria diferida Una vez que se inicie la etapa productiva, los valores registrados en la subcuenta 291501 - Crédito por corrección monetaria diferida se amortizarán en la misma proporción en que se amorticen las inversiones de capital afectando la corrección monetaria del período, mediante el siguiente registro: Códigos Cuentas Débitos Créditos

2915 CRÉDITOS DIFERIDOS 291501 Crédito por corrección monetaria diferida XXX 4905 CORRECCIÓN MONETARIA 490509 Propiedades, planta y equipo XXX Este registro se hace hasta agotar el diferido.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 29

Amortización cargo por corrección monetaria diferida Una vez que se inicie la etapa productiva, los valores registrados en la subcuenta 191089 - Cargo por corrección monetaria diferida se amortizarán en la misma proporción en que se amorticen las inversiones de capital afectando la corrección monetaria del período, mediante el siguiente registro: Códigos Cuentas Débitos Créditos

4905 CORRECCIÓN MONETARIA 490512 Patrimonio (Db) XXX 1910 CARGOS DIFERIDOS 191089 Cargo por corrección monetaria diferida XXX Este registro se hace hasta agotar el diferido. 1.2.4.4.3.4 Cuentas de orden Determinación del ajuste Las cuentas de orden no monetarias acumuladas al inicio del mes se ajustan por el PAAG del respectivo mes, siempre y cuando no tengan una forma particular de ajuste. Para el efecto, se tienen en cuenta las normas generales de ajuste de los activos. Registro contable Cuenta de orden deudora Si se trata de un bien entregado en garantía, el registro sería el siguiente: Códigos Cuentas Débitos Créditos

8110 BIENES ENTREGADOS EN GARANTÍA

811099 Ajustes por inflación XXX 8905 DERECHOS CONTINGENTES POR

CONTRA

890503 Bienes entregados en garantía XXX Cuenta de orden acreedora Si se trata de un bien recibido en garantía, el registro será:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 30

Códigos Cuentas Débitos Créditos

9905 RESPONSABILIDADES CONTINGENTES POR CONTRA

990502 Bienes recibidos en garantía XXX 9110 BIENES RECIBIDOS EN GARANTÍA 911099 Ajustes por inflación XXX Periodicidad de los ajustes Los procedimientos relacionados con el reconocimiento de los ajustes por inflación se efectuarán en forma mensual. En consecuencia, a los saldos iniciales de los activos, pasivos, patrimonio, cuentas de orden de cada mes, dependiendo del sistema de ajuste, se les aplicará el factor de ajuste mensual que corresponda.

2 PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LAS NORMAS TÉCNICAS DE CONTABILIDAD PÚBLICA

2.1 Instrucciones para el reconocimiento y revelación de las inversiones

2.1.1 Objetivos 2.1.1.1 General 2.1.1.2 Específicos 2.1.2 Ambito de aplicación 2.1.3 Aspectos conceptuales 2.1.3.1 Revelación 2.1.3.2 Reconocimiento 2.1.3.2.1 Actualización de las Inversiones Negociables 2.1.3.2.2 Actualización de las Inversiones no Negociables 2.1.3.2.2.1 Inversiones con fines de política 2.1.3.2.2.2 Inversiones patrimoniales 2.1.4 Aplicación de metodologías de actualización 2.1.4.1 Valoración a precios de mercado 2.1.4.1.1 Cálculo de Indicadores 2.1.4.1.1.1 Entidades del Nivel Nacional 2.1.4.1.1.2 Entidades del Nivel Territorial 2.1.4.1.2 Procedimiento Metodológico 2.1.4.1.2.1 Valoración a Precios de Mercado de Inversiones de Renta Fija 2.1.4.1.2.2 Valoración a Precios de Mercado de Inversiones de Renta Variable 2.1.4.1.3 Aplicación Contable 2.1.4.1.4 Conceptualización Básica para Efectos de Valoración a Precios de

Mercado 2.1.4.1.5 Casos Prácticos 2.1.4.1.5.1 Títulos de renta fija a tasa fija

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 31

2.1.4.1.5.2 Inversiones de renta fija a tasa variable 2.1.4.2 Actualización a partir de descuentos de flujos futuros con base en la

tasa interna de retorno (TIR) 2.1.4.2.1 Procedimiento Metodológico 2.1.4.2.2 Tratamiento Contable 2.1.4.2.3 Casos Prácticos 2.1.4.2.3.1 Títulos de renta fija a tasa fija sin amortización periódica de intereses 2.1.4.2.3.2 Títulos de renta fija a tasa fija con amortización periódica de intereses 2.1.4.2.3.3 Títulos de renta fija a tasa variable sin amortización periódica de

intereses 2.1.4.2.3.4 Títulos de renta fija a tasa variable con amortización periódica de

intereses 2.1.4.3 Actualización por el método de participación patrimonial 2.1.4.3.1 Registro de la inversión 2.1.4.3.2 Actualización de la inversión por el componente de resultados 2.1.4.3.3 Actualización de la inversión por el componente de partidas

patrimoniales distintas de los resultados 2.1.4.3.4 Tratamiento de los dividendos recibidos en efectivo 2.1.4.3.5 Ajuste al valor intrínseco 2.1.4.3.6 Tratamiento cuando se presenta pérdida en la controlada 2.1.4.3.7 Actualización de la inversión por el componente de partidas

patrimoniales distintas de los resultados 2.1.4.3.8 Tratamiento de los dividendos recibidos en efectivo 2.1.4.3.9 Ajuste al valor intrínseco 2.1.4.4 Actualización por el método del costo 2.1.4.4.1 Inversiones que no conceden el control clasificadas como de baja o

mínima bursatilidad o sin ninguna cotización 2.1.4.4.1.1 Registro de la adquisición 2.1.4.4.1.2 Aplicación del ajuste por inflación 2.1.4.4.1.3 Ajuste al valor intrínseco 2.1.4.4.1.4 Constitución de la valorización 2.1.4.4.1.5 Disminución de la valorización 2.1.4.4.1.6 Constitución de la provisión 2.1.4.4.1.7 Distribución de utilidades 2.1.4.4.2 Inversiones permanentes 2.1.4.4.2.1 Constitución de valorizaciones 2.1.4.4.2.2 Constitución de desvalorizaciones 2.1.5 Periodicidad de la actualización y registro 2.2 Instrucciones relativas al reconocimiento y revelación de las

propiedades, planta y equipo 2.2.1 Objetivos 2.2.1.1 General 2.2.1.2 Específicos 2.2.2 Ámbito de aplicación 2.2.3 Aspectos conceptuales 2.2.3.1 Propiedades, planta y equipo

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 32

2.2.3.2 Evidencia documentaria 2.2.3.3 Valor en libros 2.2.3.4 Vida útil 2.2.3.5 Reparaciones o mantenimiento 2.2.3.6 Propiedades, planta y equipo no explotados 2.2.3.7 Baja de bienes 2.2.4 Aplicación contable 2.2.4.1 Reconocimiento 2.2.4.2 Actualización 2.2.4.3 Depreciación 2.2.4.3.1 Activos no sujetos a depreciación 2.2.4.3.2 Ajustes a la alícuota de depreciación 2.2.4.3.3 Años de vida útil de activos depreciables 2.2.4.3.4 Modificación a los años de vida útil 2.2.4.3.5 Métodos de depreciación 2.2.4.3.6 Posibilidad de utilizar un método de depreciación diferente 2.2.4.3.7 Depreciación de bienes usados 2.2.4.3.8 Depreciación de bienes recibidos por donación 2.2.4.3.9 Depreciación activos de menor cuantía 2.2.4.3.10 Activos de cuantía menor a medio (0.5) Salario mínimo legal mensual

vigente 2.2.4.3.11 Suspensión de la depreciación 2.2.4.4 Amortización 2.2.4.4.1 Método de amortización 2.2.4.5 Provisión 2.2.4.6 Baja de bienes 2.2.4.6.1 Pérdida del activo 2.2.4.6.2 Por siniestro 2.2.4.6.3 Bienes inservibles 2.2.4.7 Revelación 2.2.4.8 Ejemplos 2.2.4.8.1 Ajustes por inflación 2.2.4.8.1.1 Indice general 2.2.4.8.1.2 Datos generales 2.2.4.8.1.3 Enajenación de un activo 2.2.4.8.1.4 Registro contable 2.2.4.8.2 Valorización y desvalorización 2.2.4.8.3 Provisión 2.2.4.8.4 Responsabilidades 2.3. Instrucciones relativas al reconocimiento de los recursos

naturales y del ambiente 2.3.1 Objetivos 2.3.1.1 General 2.3.1.2 Específicos 2.3.2 Ámbito de aplicación 2.3.3 Aspectos conceptuales

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 33

2.3.3.1 Inversión ambiental 2.3.3.2 Inversión en recursos naturales y del ambiente 2.3.3.3 Gasto en recursos naturales y del ambiente 2.3.3.4 Actividades relacionadas con los recursos naturales y del ambiente 2.3.3.5 Amortización 2.3.3.6 Agotamiento de recursos naturales 2.3.3.7 Recursos naturales renovables en conservación 2.3.3.8 Inversiones en recursos naturales renovables en conservación 2.3.3.9 Recursos naturales renovables en explotación 2.3.3.10 Recursos naturales no renovables en explotación 2.3.3.11 Inversiones en recursos naturales renovables y no renovables en

explotación 2.3.4 Aplicación contable 2.4 Instrucciones para el manejo contable y cierre de la cuenta

principal y subalterna 2.4.1 Objetivos 2.4.1.1 General 2.4.1.2

Específicos

2.4.2 Ámbito de aplicación 2.4.3 Aspectos conceptuales 2.4.3.1 Principal y subalterna 2.4.3.2 Saldos conciliados 2.4.3.3 Saldos sin conciliar 2.4.4 Aplicación contable 2.4.4.1. Registros en el manejo general de la cuenta principal y subalterna 2.4.4.2 Cierre de la cuenta principal y subalterna al finalizar el período

contable 2.4.4.2.1 Valores objeto de cierre 2.4.4.2.2 Manejo de los saldos sin conciliar 2.4.4.2.3 Procedimiento contable de cierre 2.5. Instrucciones para el reconocimiento y registro de los pasivos

pensionales 2.5.1 Objetivos 2.5.1.1 Generales 2.5.1.2 Específicos 2.5.2

Ámbito de aplicación

2.5.3 Aspectos conceptuales 2.5.3.1 Cálculo actuarial 2.5.3.1.1 Concepto 2.5.3.1.2 Periodicidad 2.5.3.1.3 Metodología de cálculo 2.5.3.1.4 Composición 2.5.3.1.5 Amortización del cálculo actuarial

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 34

2.5.3.1.5.1 Plazos de amortización 2.5.3.1.5.2 Procedimiento de amortización 2.5.3.2 Aplicación del catálogo general de cuentas 2.5.3.2.1 Fondos o Cuentas creados para el Sistema General de Pensiones 2.5.3.2.2 Patrimonios autónomos y riesgos de las Entidades Administradoras

públicas del Régimen de Prima Media 2.5.3.3 Sistema general de pensiones 2.5.3.3.1 Fondo de solidaridad pensional 2.5.3.3.2 Fondo de pensiones publicas del nivel nacional 2.5.3.3.3 Fondo para pagar el pasivo pensional de las universidades oficiales y de

las instituciones oficiales de educación superior de naturaleza territorial 2.5.3.3.4 Fondo nacional del pasivo prestacional del sector salud 2.5.3.3.5 Regímenes de excepción 2.5.3.3.6 Regímenes del sistema general de pensiones 2.5.3.3.7 Régimen solidario de prima media con prestación definida 2.5.3.3.8 Entidades administradoras 2.5.3.3.9 Régimen de ahorro individual con solidaridad 2.5.3.4 Sistema general de pensiones en los niveles departamental, municipal y

distrital 2.5.3.4.1 Cajas, fondos o entidades de previsión social del nivel territorial

declaradas solventes 2.5.3.4.2 Cajas, fondos o entidades de previsión social del nivel territorial

declaradas insolventes 2.5.3.4.3 Fondos de pensiones territoriales 2.5.3.4.4 Funciones de los fondos de pensiones territoriales 2.5.3.4.5 Recursos de los fondos departamentales, distritales y municipales de

pensiones públicas (Artículo 5º, del Decreto 1296, del 22 de junio de 1994).

2.5.3.4.6 Procedimiento para la sustitución pensional por parte de los Fondos de pensiones Territoriales (Artículo 6º, del Decreto 1293 de 1994).

2.5.3.4.7 Corte de cuentas (Artículo 7º, del Decreto 1296 de 1994) 2.5.3.4.8 Entrega de archivos (Artículo 8º,. del Decreto 1296 de 1994) 2.5.3.4.9 Traslado de reservas (Artículo 9º, del Decreto 1296 de 1994) 2.5.3.5 Cuotas partes de pensiones 2.5.3.6 Títulos pensionales 2.5.3.7 Traslado entre regímenes. bonos pensionales 2.5.3.7.1 Bonos pensionales 2.5.3.7.2 Características 2.5.3.7.3 Clases de bonos pensionales 2.5.3.7.4 Tipos de bonos pensionales 2.5.3.7.5 Emisor y contribuyentes 2.5.3.7.6 Cuotas partes de bonos pensionales 2.5.3.7.7 Entidades administradoras 2.5.3.7.8 Liquidación provisional de bonos pensionales 2.5.3.7.9 Reliquidación provisional 2.5.3.7.10 Emisión o expedición del bono 2.5.3.7.11 Variación en el valor del bono

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 35

2.5.3.7.12 Bonos en firme 2.5.3.7.13 Redención del bono pensional 2.5.3.8 Garantías estatales 2.5.3.8.1 De pensión mínima de vejez 2.5.3.8.2 Garantía estatal en el régimen de prima media con prestación definida 2.5.3.9 Inversión de las reservas del instituto de seguros sociales (decreto.1888

del 3 de agosto de 1994) 2.5.3.10 Reservas de las cajas, fondos o entidades de previsión social existentes

en los sectores publico o privado, respecto de sus afiliados y mientras subsistan

2.5.4 Aplicación contable 2.5.4.1 Amortización del cálculo actuarial 2.5.4.2 Tratamiento contable 2.5.4.2.1 Calculo actuarial 2.5.4.2.2 Amortización del cálculo actuarial 2.5.4.2.3 Emisión de los bonos pensionales 2.5.4.2.4 Redención de bonos pensionales 2.5.4.2.5 Pago de pensiones 2.5.4.2.6 Cuotas partes de pensiones 2.5.4.2.7 Garantía estatal en el régimen de prima media 2.5.4.2.8 Intereses de mora sobre cuotas partes de bonos pensionales 2.5.4.2.9 Intereses generados por los bonos pensionales 2.5.5 Revelación 2.5.6 Código del patrimonio autónomo de pensiones 2.6 Instructivo para la supresión de obligaciones y derechos

recíprocos entre entidades del orden nacional por concepto de cuotas partes pensio nales, de conformidad con las normas expedidas por la Contaduría General de la Nación y el Decreto 1404 del Ministerio de Hacienda y Crédito público, aplicables a las entidades públicas del nivel nacional que deban pagar cuotas partes en virtud de la Ley 33 de 1985 y demás disposiciones aplicables.

2.6.1 Objetivos 2.6.1.1 General 2.6.1.2 Específicos 2.6.2. Ambito de aplicación 2.6.3 Aspectos conceptuales 2.6.3.1 Operación recíproca 2.6.3.2 Cuotas partes de pensiones 2.6.3.3 Información de referencia 2.6.4 Procedimiento para eliminación de operaciones 2.6.4.1 Eliminación de las Obligaciones por cuotas partes de pensiones –

Subcuenta 249004 2.6.4.2 Eliminación de los derechos por cuotas partes de pensiones- Subcuenta

147008

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 36

2.6.4.3 Notas a los estados contables 2.6.4.4 Efecto de la supresión de cuotas partes eliminadas a 30 de septiembre

de 1999 2.6.4.5 Detalle de cuotas partes sobre pensiones causadas con posterioridad al

1º de abril de 1994 2.7 Instrucciones relativas al reconocimiento de las

compensaciones y pago de sentencias y conciliaciones judiciales

2.7.1 Objetivos 2.7.1.2 General 2.7.1.3 Específicos 2.7.2 Ámbito de aplicación 2.7.3 Aspectos conceptuales contables y jurídicos 2.7.4 Aplicación contable 2.7.5 Registros contables en la entidad responsable del pago de la

sentencia o conciliación judicial 2.7.6 Registros contables en la dirección de impuestos y aduanas

nacionales. DIAN 2.7.7 Registro en la dirección general de crédito público o la entidad

que emite los bonos 2.7.8 Aspectos generales 2.8 Instrucciones para el registro contable de las operaciones

recíprocas relacionadas con la causación, recaudo, consignación de los ingresos de la nación; flujo de fondos entre la dirección general del tesoro nacional y los entes públicos; consignación de excedentes financieros y utilidades de los entes descentralizados; cruce de obligaciones, traspaso de bienes, registro de las reservas presupuestales y conciliación de saldos de operaciones recíprocas relacionadas.

2.8.1 Objetivos 2.8.1.1 General 2.8.1.2 Específicos 2.8.2 Ámbito de aplicación 2.8.3 Conceptos básicos 2.8.3.1

Ingresos tributarios

2.8.3.2 Ingresos no tributarios 2.8.3.3 Contribuciones parafiscales 2.8.3.4 Fondos especiales 2.8.3.5

Rendimientos por operaciones financieras

2.8.3.6 Donaciones

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 37

2.8.3.7 Transferencias corrientes 2.8.3.8 Situado fiscal 2.8.3.9 Transferencias de capital 2.8.4 Aplicación contable 2.8.4.1 Causación, recaudo y consignación de los ingresos de los entes públicos 2.8.4.1.1 Ingresos tributarios y no tributarios 2.8.4.1.1.1 En la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN 2.8.4.1.1.2 Consignación en el Banco de la República 2.8.4.1.1.3 Recaudo en las entidades territoriales 2.8.4.1.2 Multas y sanciones 2.8.4.1.3 Rentas o Contribuciones 2.8.4.1.3.1 Registro del Ingreso 2.8.4.1.4 Otras rentas parafiscales 2.8.4.1.4.1 Registro del ingreso 2.8.4.1.5 Fondos especiales 2.8.4.1.5.1 Procedimiento general 2.8.4.1.6 Otros ingresos 2.8.4.1.6.1 Rendimientos de operaciones financieras 2.8.4.2 Flujo de fondos de la dirección del tesoro nacional a los órganos y entes

públicos y de las tesorerías territoriales a las entidades descentralizadas y demás organismos

2.8.4.2.1 Traslado de fondos a los entes públicos para desarrollo de su cometido estatal

2.8.4.2.2 Situación o giro de fondos a los entes públicos para transferencias 2.8.4.2.3 Situación o giro de fondos a entes públicos u organismos para

transferirse a otros entes públicos beneficiarios 2.8.4.2.4 Situación o giro de fondos por transferencias directas a entes públicos

beneficiarios con cargo al presupuesto de otro ente público 2.8.4.2.5 Situación o giro de fondos por transferencias directas a organismos del

exterior con cargo al presupuesto de otro organismo o ente público 2.8.4.3 Reintegro de fondos a la dirección del tesoro nacional por parte de los

entes públicos 2.8.4.3.1 Reintegro de fondos por recursos no utilizados 2.8.4.3.2 Reintegro de fondos recibidos en el mismo periodo 2.8.4.3.3 Reintegro de fondos del período anterior 2.8.4.4 Devolución de fondos recaudados por la dirección del tesoro nacional 2.8.4.4.1 Devolución a través del ente público administrador del ingreso 2.8.4.5 Consignación de excedentes financieros y utilidades de los entes

descentralizados del orden nacional a la dirección del tesoro nacional 2.8.4.5.1 Tratamiento contable de excedentes financieros y utilidades 2.8.4.5.2 Tratamiento contable en la Nación de las utilidades transferidas por el

Banco de la República 2.8.4.6 Compensación y condonación de obligaciones entre entes públicos 2.8.4.6.1 Cruce de obligaciones recíprocas entre entes públicos 2.8.4.6.2 Créditos de la Nación a entes públicos condonados en cumplimiento de

disposiciones o acuerdos 2.8.4.6.3 Traspaso de bienes entre entes públicos

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 39

2. PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LAS NORMAS

TÉCNICAS DE CONTABILIDAD PÚBLICA 2.1 Instrucciones para el reconocimiento y revelación de las inversiones 2.1.1 Objetivos 2.1.1.1 General Dar herramientas que permitan reconocer y revelar, en un contexto moderno, tanto la gestión financiera de los entes públicos, como el papel que desempeñan, desarrollando políticas macroeconómicas a través del respaldo e impulso a sectores económicos y administrativos estratégicos, en cumplimiento de las funciones de Estado, generando información confiable y socialmente útil. 2.1.1.2 Específicos • Definir los criterios para la clasificación de las inversiones. • Definir las metodologías pertinentes de actualización de las inversiones. • Señalar la operatividad de las metodologías de actualización definidas. • Establecer el tratamiento contable para el registro de la actualización de las inversiones. • Sensibilizar a los administradores públicos sobre el impacto que tiene el manejo de los

recursos líquidos. • Incorporar en la información financiera del ente público, el efecto de las decisiones

tomadas, cuando se tiene el control en una entidad subordinada. 2.1.2 Ambito de aplicación La presente norma deberá ser aplicada por los entes públicos sujetos el ámbito de aplicación del PGCP 2.2.3 Aspectos conceptuales 2.1.3.1 Revelación De conformidad con el principio de Revelación previsto en el marco conceptual y con base en la norma técnica, las inversiones pueden ser de renta fija o de renta variable, de acuerdo con el tipo de rendimientos que generen. Las inversiones de renta fija las constituyen aquellas efectuadas en títulos de contenido crediticio, cuya rentabilidad está

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 40

predeterminada. Por su parte, las inversiones de renta variable corresponden a aquellas efectuadas en títulos de participación, los cuales incorporan derechos sobre los resultados obtenidos por la entidad emisora, sin que su rentabilidad se encuentre previamente determinada. Atendiendo la finalidad y discresionalidad al momento de la adquisición, las inversiones se clasifican en: • Administración de liquidez • Fines de política de renta fija • Patrimoniales controlantes y no controlantes Las inversiones de administración de liquidez corresponden a aquellos recursos colocados en títulos valores de renta fija o variable, con el propósito de manejar las disponibilidades de recursos, participando en subasta pública, como mecanismo de adquisición o venta. Las inversiones con fines de política de renta fija están constituidas por los títulos valores de rentabilidad predeterminada, que son adquiridos mediante suscripción convenida o forzosa, por mandato legal. Así mismo, se incluyen aquellas que por iniciativa del ente inversor, se mantienen hasta el vencimiento, cuyo monto deberá revelarse en notas a los estados contables. Son inversiones hasta el vencimiento, aquellas de renta fija que se efectúan con la intención y capacidad de mantenerlas por un tiempo prolongado en el portafolio sin que se afecte la liquidez del ente público, para el normal desarrollo de sus operaciones. Tal decisión debe manifestarse en el momento de su adquisición. Para el efecto debe tenerse en cuenta que las inversiones de renta fija cuya redención, a partir de la fecha de compra, sea igual o superior a un año, deben permanecer en el portafolio hasta su vencimiento y en caso de tener plazo superior a tres, deberán mantenerse como mínimo durante tres años. Las inversiones patrimoniales corresponden a recursos colocados en títulos valores de renta variable, constituidos por cuotas o partes de interés social, acciones o aportes, en entes públicos o privados, los cuales representan derechos de propiedad. Estas inversiones pueden permitirle o no, al ente inversor, controlar o ejercer influencia importante en las decisiones del ente emisor. Igualmente incluye los aportes y participaciones en entidades descentralizadas del gobierno general. Se entiende que existe control cuando puede establecerse que una entidad define u orienta la toma de decisiones en otra, constituyéndose como su entidad principal. Así mismo se concluye que existe control, cuando una entidad posee en otra una participación igual o superior al 50%, en forma directa o indirecta, en el capital social, excluyendo las acciones con dividendo preferencial y sin derecho a voto. Por su parte, se ejerce influencia importante cuando una entidad pública inversora, con

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 41

independencia de su participación en el capital social de la entidad receptora, puede definir las decisiones operativas y financieras de esta última. Dentro de las inversiones patrimoniales no controlantes, además de aquellas clasificadas como de baja o mínima bursatilidad o sin ninguna cotización, comprende las inversiones permanentes, que son aquellas de renta variable que se efectúan con la intención y capacidad de mantenerlas por lo menos durante tres años, sin que se afecte la liquidez del ente público, en el normal desarrollo de sus actividades, independiente del grado de bursatilidad. De otra parte, deben revelarse de manera separada, aquellas inversiones que correspondan a productos derivados, adquiridos con el propósito específico de proveer la cobertura requerida para administrar eficientemente los eventuales riesgos de mercado. Finalmente, deberán revelarse de manera separada, las inversiones realizadas por la Dirección del Tesoro Nacional, con sus recursos propios y con los recursos de los fondos que administra, así como las inversiones de las reservas internacionales efectuadas por el Banco de la República, dada la magnitud de dichos portafolios. Con el fin de generar información que permita evaluar en forma aislada las variaciones en el monto de las inversiones, cuando sean objeto de valorizaciones, desvalorizaciones o provisiones, estos conceptos deberán revelarse en cuentas separadas. Igualmente, cuando se presenten cambios de metodología de valoración, de conformidad con lo definido en este procedimiento, deberá informarse en nota a los estados contables. 2.1.3.2 Reconocimiento Las inversiones deben reconocerse por su costo histórico y actualizarse con base en las metodologías de valuación definidas en el presente procedimiento, las cuales serán excluyentes entre sí. Para efectos de actualización, las inversiones se clasifican en negociables y no negociables, atendiendo la intención de realización y la disponibilidad de información en el mercado. Las inversiones negociables son aquellas que se realizan con la intención de administrar la liquidez y que de acuerdo con la eficiencia del mercado y la calidad de la información disponible, su valor de mercado se ajusta a su realidad económica. Están constituidas por las inversiones de administración de liquidez de renta fija y variable y las inversiones de cobertura, siempre que para estas últimas exista mercado. Por su parte, tendrán el tratamiento de inversiones no negociables aquellas adquiridas mediante suscripción convenida o forzosa, las realizadas con la intención de mantenerlas durante un tiempo prolongado, de conformidad con lo señalado en este procedimiento, las de renta variable de baja o mínima bursatilidad o sin ninguna cotización y las inversiones patrimoniales que conceden el control. Dentro de esta clasificación se encuentran las inversiones con fines de política, las inversiones de cobertura que no se negocien en el

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 42

mercado secundario y las inversiones patrimoniales. 2.1.3.2.1 Actualización de las Inversiones Negociables Por norma general, las inversiones negociables deben valorarse a precios de mercado, aplicando para el efecto la metodología definida en el presente procedimiento, con excepción de aquellas que posean las entidades públicas que no alcancen los indicadores que a continuación se relacionan: • Las entidades públicas del nivel nacional cuya relación de rendimientos por inversiones

financieras se encuentre respecto de sus ingresos por debajo del 3% o que sus inversiones financieras en relación con los activos líquidos estén por debajo del 20%, con base en la información a diciembre 31 del año inmediatamente anterior al cálculo del indicador.

• Las entidades públicas del nivel territorial cuyos ingresos, a 31 de diciembre del año

inmediatamente anterior al cálculo del indicador, sean inferiores al equivalente a 12.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes en el mismo año.

No obstante, las entidades exceptuadas de acuerdo con los indicadores antes mencionados, que se encuentren en condición de valorar sus inversiones a precios de mercado, pueden aplicar dicha metodología, siempre y cuando la apliquen a la totalidad del portafolio. Una vez el ente público comience a aplicar la metodología de valoración a precios de mercado, debe continuar haciéndolo, sin perjuicio que en períodos posteriores no se cumpla con los indicadores mencionados. En la valoración a precios de mercado, las variaciones de valor que se presenten entre el valor calculado y el valor de la inversión registrado contablemente, se reconocen como ingresos o gastos y afectan directamente el valor de la inversión. En consecuencia, estas inversiones no serán objeto de reconocimiento de rendimientos o dividendos por cobrar, ajustes por diferencia en cambio ni de amortización de primas, descuentos y otros conceptos. Los rendimientos recibidos en efectivo reducen el valor de la inversión. Cuando las condiciones financieras del ente emisor presenten variaciones importantes, en particular deterioro de los índices de solvencia, debe reconocerse este hecho, incrementando el margen de descuento asociado al riesgo del emisor. Cualquier cambio que se realice en este sentido debe ser plenamente revelado en notas a los estados contables, indicando las causas del mismo, así como, el efecto producido en el valor de mercado de la inversión. Aquellas entidades exceptuadas de la aplicación de la metodología de valoración a precios de mercado, deberán actualizar las inversiones negociables descontando los flujos futuros de forma exponencial empleando la Tasa Interna de Retorno (TIR), calculada en el momento de la compra, la cual será constante para las inversiones de renta fija a tasa fija. Tratándose de inversiones de renta fija a tasa variable, la TIR se modificará en la misma proporción y con la misma periodicidad con que varíe el indicador pactado en el título.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 43

La diferencia que se presente entre el valor calculado y el valor de la inversión registrado contablemente, se reconoce como ingreso, afectando directamente el valor de la inversión. El pago de rendimientos en efectivo se reconoce como un menor valor de la inversión. El riesgo de incobrabilidad de estas inversiones, como consecuencia de dificultades financieras del emisor, debe reconocerse como una provisión. 2.1.3.2.2 Actualización de las Inversiones no Negociables 2.1.3.2.2.1 Inversiones con fines de política Las inversiones con fines de política se actualizarán empleando la metodología definida para las inversiones negociables de renta fija, exceptuadas de valorar a precios de mercado. 2.1.3.2.2.2 Inversiones patrimoniales Para la actualización de las inversiones patrimoniales debe tenerse en cuenta el grado de control o influencia importante y el grado de bursatilidad. • Inversiones patrimoniales de controlantes Las inversiones patrimoniales que permiten ejercer control o influencia importante en las decisiones financieras y operativas del respectivo ente emisor, independientemente de su grado de bursatilidad, deben valorarse por el método de la participación patrimonial. Este método supone que la entidad controlante tiene el poder de disponer de los resultados de la controlada en el período siguiente y no tiene la intención de enajenar la inversión en el futuro inmediato; por su parte, no existe sobre la entidad controlada, restricción alguna para la distribución de sus resultados. El método de participación patrimonial consiste en actualizar el costo de la inversión, con base en las variaciones patrimoniales de la entidad subordinada o controlada, con posterioridad a su adquisición, en la proporción de la participación del ente inversor. Para la aplicación de este método, deben tenerse en cuenta los siguientes aspectos: • Cálculo del porcentaje de participación • Determinación de las variaciones patrimoniales

- Originadas en resultados - Originadas en las demás partidas patrimoniales

• Ajuste al valor intrínseco • Reconocimiento de los rendimientos • Abandono del método • Cálculo del porcentaje de participación El porcentaje de participación se calcula dividiendo el total del capital suscrito y pagado o capital social, poseído por la entidad controlante en la subordinada, entre el total del capital

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suscrito y pagado o capital social de ésta última, excluyendo en ambos casos, el capital correspondiente a los aportes con dividendo preferencial y sin derecho a voto, lo que equivale a establecer la participación de las acciones ordinarias que posee la controlante sobre el total de acciones ordinarias emitidas por la controlada. • Determinación de las variaciones patrimoniales La entidad controlante debe establecer, trimestralmente, los cambios patrimoniales de la controlada mediante la comparación de los conceptos que conforman el patrimonio de dicha entidad. Para el efecto se adoptará las medidas necesarias que permitan disponer oportunamente de la información, para adelantar los respectivos cálculos y registros de actualización, la cual servirá como soporte contable. El efecto de la aplicación del método de participación debe quedar reconocido totalmente en el valor de las inversiones, al cierre de cada período. Las variaciones patrimoniales deben clasificarse en aquellas originadas en resultados del ejercicio y en las originadas en las demás partidas patrimoniales.

- Originadas en resultados El primer cálculo del método en el año, de la variación de los resultados, corresponde al resultado del lapso transcurrido. Las variaciones patrimoniales originadas en los resultados del ejercicio de la entidad receptora, aumentan o disminuyen el valor registrado de la inversión, con abono o cargo a ingresos o gastos, según sea el caso. Del resultado del ejercicio deberán excluirse las utilidades o pérdidas originadas en operaciones entre la entidad controlante y la controlada, que no hayan sido realizadas por esta última mediante transacciones con terceros. Igualmente, se excluyen las utilidades que correspondan al capital preferente, es decir, los aportes con dividendo garantizado.

- Originadas en las demás partidas patrimoniales Las variaciones originadas en las partidas patrimoniales distintas de los resultados, aumentan o reducen el valor registrado, con abono o cargo al Superávit por el Método de Participación. En el evento en que el Superávit por el Método de Participación, no alcance a absorber la disminución patrimonial acumulada en las partidas patrimoniales distintas a resultados, el exceso deberá reconocerse como pérdida a título de provisión hasta la concurrencia del valor de la inversión, momento en el cual se entiende abandonado el método de participación, acogiendo el método del costo, lo cual implica reclasificar la inversión de la cuenta inversiones patrimoniales método de participación a la cuenta inversiones patrimoniales método del costo, hasta tanto se presenten variaciones patrimoniales positivas, previa recuperación de las pérdidas adicionales registradas con posterioridad al momento en el cual se suspendió el método de participación.

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• Ajuste al valor intrínseco Las inversiones cuyo registro se haya efectuado por el método de participación patrimonial, serán objeto de ajuste al valor intrínseco, de tal manera que si el valor de la inversión fuere inferior al valor intrínseco, la diferencia se registrará como valorización de inversiones, con su correspondiente contrapartida en el superávit por valorizaciones. En caso contrario, tal diferencia deberá registrarse como menor valor de las valorizaciones hasta su concurrencia y a partir de allí, el exceso como una pérdida a título de provisiones. • Reconocimiento de los rendimientos Los dividendos o participaciones recibidos en efectivo, que correspondan a períodos en los cuales se aplicó el método de participación patrimonial, reducen el costo de la inversión hasta el monto en que su costo fue afectado. En caso contrario, si corresponden a períodos en los cuales no se aplicó esta metodología, se reconocen como ingresos en el período en el cual se decretan. Los dividendos o participaciones correspondientes a aportes preferenciales sin derecho a voto, deberán reconocerse afectando los ingresos del período. • Abandono del método Cuando dejen de cumplirse los supuestos para la aplicación del método, éste se abandonará regresando al método del costo, lo cual implica reclasificar la inversión de la cuenta inversiones patrimoniales método de participación a la cuenta inversiones patrimoniales método del costo. En este caso, el valor registrado de la inversión a partir de la fecha de la suspensión, se considera costo y aquellos dividendos y participaciones decretados en efectivo, correspondientes a utilidades previamente reconocidas bajo el método de participación patrimonial, constituyen un menor valor de la inversión. Para efecto de la primera valoración, el valor base contra el cual debe determinarse el incremento o disminución de la inversión por la aplicación del método de participación, es el valor neto del costo ajustado mas los dividendos causados no recaudados menos las provisiones contabilizadas. Inversiones patrimoniales de no controlantes Estas inversiones se actualizan por el método del costo, el cual consiste en comparar periódicamente, el costo de la inversión frente a su valor de realización, entendido como la cotización en bolsa cuando la inversión se clasifique como de alta o media bursatilidad o, el valor intrínseco cuando se clasifiquen cómo de baja, mínima o sin ninguna cotización. Las inversiones patrimoniales que no permiten ejercer control o influencia importante en las decisiones financieras y operativas del respectivo ente emisor, clasificadas como de baja o mínima bursatilidad o que no se coticen en bolsa, deben ajustarse al valor de realización mediante la comparación del costo ajustado y el valor intrínseco.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 46

Cuando el valor intrínseco sea superior al costo ajustado, se constituye una valorización. En caso contrario, deberá disminuirse la valorización constituida hasta agotarla y más allá de ese valor, deberán reconocerse las provisiones a que haya lugar, con cargo a los resultados del ejercicio. Por su parte, para las inversiones permanentes que se cotizan en bolsa, el valor de realización corresponde a la cotización en bolsa y en el caso de inversiones que no se cotizan en bolsa, el valor de realización es el intrínseco. Cuando el valor de realización sea superior al costo, se reconoce una valorización. En caso contrario, deberá disminuirse la valorización constituida hasta agotarla y más allá de ese valor se registrarán desvalorizaciones, sin perjuicio que el saldo neto de las valorizaciones y el superávit, llegue a ser contrario a su naturaleza. En el método del costo, el inversionista reconoce las utilidades por concepto de dividendos y participaciones, en el estado de actividad hasta el monto que percibe como distribuciones de ganancias netas acumuladas de la entidad en la que invierte, originadas con posterioridad a la fecha de adquisición. Ahora bien, si las ganancias distribuidas se generaron con anterioridad a la fecha de adquisición se constituyen en un menor valor de la inversión. Las inversiones patrimoniales en general, serán objeto de provisiones, cuando se presente riesgo de incobrabilidad como consecuencia de dificultades financieras del emisor. Tanto para las inversiones que se constituyan hasta el vencimiento como para las permanentes, el ente público debe soportar mediante acto administrativo el compromiso en el cual manifiesta la intención de mantener en el portafolio, las inversiones de renta fija o de renta variable, durante los plazos mínimos definidos en este procedimiento, conservando copia a disposición de los organismos de control y la Contaduría General de la Nación. 2.1.4 Aplicación de metodologías de actualización 2.1.4.1 Valoración a precios de mercado Esta metodología será utilizada para la actualización de las inversiones de renta fija y renta variable clasificadas en administración de liquidez, de aquellas entidades que una vez aplicados los siguientes indicadores no se exceptúan de valorar a precio de mercado. 2.1.4.1.1 Cálculo de Indicadores Para el cálculo de los indicadores que determinan la obligatoriedad de aplicación de esta metodología, se emplearán las siguientes formulas:

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2.1.4.1.1.1 Entidades del Nivel Nacional � Rendimientos por inversiones financieras Indicador de resultado: Ingresos En donde: Rendimiento por inversiones financieras. Las cuentas de resultados asociadas a inversiones comprende la sumatoria de los saldos de las siguientes subcuentas vigentes en el año 2000: 480501 – Intereses y Descuento Amortizado de Inversiones Financieras; 480517 – Utilidad en Negociación y Venta de Inversiones Financieras de Renta Variable y 480518 – Utilidad en Negociación y Venta de Inversiones Financieras de Renta Fija. Ingresos. Corresponden a la sumatoria de los grupos: 41 – Ingresos Fiscales; 42 – Venta de Bienes; 43 – Venta de Servicios; 44 – Transferencias; 47 – Operaciones Interinstitucionales y 48 – Otros Ingresos. Representación del indicador con base en los números de los Grupos y Subcuentas: Indicador Subcuentas 480501+480517+480518 = Resultado Grupos 41+42+43+44+47+48 Si el resultado de esta relación, es igual o mayor al 3%, la entidad está obligada a valorar sus inversiones a precios de mercado. � Indicador de situación Inversiones administración de liquidez = o de balance: Activos líquidos En donde: Inversiones administración de liquidez. Corresponden a la sumatoria de los saldos de las cuentas: 1201 – Inversiones administración de liquidez – Renta fija y 1202 – Inversiones administración de liquidez – Renta variable. Activos líquidos. Resultan de restar al total de la Clase 1 – Activo, los saldos de los grupos 16 – Propiedades, Planta y Equipo, 17 – Bienes de Beneficio y Uso Público y 18 – Recursos Naturales y del Ambiente.

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Si el resultado de esta relación es igual o superior al 20%, la entidad está obligada a valorar sus inversiones a precios de mercado. Es suficiente que una entidad cumpla con uno de estos dos parámetros, para estar sujeta al ámbito de aplicación. 2.1.4.1.1.2 Entidades del Nivel Territorial Indicador Territorial = Ingresos ≥ Al equivalente de 12.000 salarios mínimos legales. En donde: Ingresos Corresponden a la sumatoria de los grupos: 41 – Ingresos Fiscales; 42 – Venta de Bienes; 43 – Venta de Servicios; 44 – Transferencias; 47 – Operaciones Interinstitucionales y 48 – Otros Ingresos. Esta resultado debe confrontarse con el equivalente a 12.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes para el año 2000, es decir, $3.121.200 miles. Si como resultado de esta comparación el valor de los Ingresos es igual o mayor al valor equivalente de los 12.000 salarios mínimos legales mensuales, la entidad está obligada a valorar sus inversiones a precios de mercado. Nota: Las cuentas y subcuentas necesarias para la determinación de los indicadores deberá actualizarse anualmente, considerando la evolución del Catálogo General de Cuentas. 2.1.4.1.2 Procedimiento Metodológico Para efectos de valoración de las inversiones a precios de mercado de las entidades del sector público, se ha establecido la siguiente metodología, considerando las disposiciones que en esta materia ha expedido la Superintendencia de Valores, no obstante las entidades que han venido valorando bajo la metodología expedida por la Superintendencia Bancaria, pueden continuar aplicando dicho procedimiento. El proceso de valoración de inversiones comprende por los siguientes pasos, que deberán efectuarse tanto en la fecha de adquisición como en la de valoración respectivamente. • Recopilación de información básica • Proyección de los flujos futuros • Determinación de la tasa básica • Cálculo del margen por emisor • Estimación del valor de mercado

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2.1.4.1.2.1 Valoración a Precios de Mercado de Inversiones de Renta Fija Es importante considerar desde el primer momento, que si bien, los títulos de renta fija a tasa fija presentan como variables los días al vencimiento, la tasa básica y por ende la tasa de mercado, siendo constante los flujos futuros, para los títulos de renta fija a tasa variable, en los que su rentabilidad se encuentra atada aun indicador, los flujos varían en los momentos en que se presente cambios en el valor del indicador de referencia del título. Inversiones de renta fija a tasa fija • Recopilación de información básica Tiene como propósito la determinación de las características y condiciones de compra del título, así como los momentos de valoración y redención y está conformada por: - Información básica relacionada con la fecha de adquisición: fecha de adquisición, fecha

de vencimiento del título y el número de días entre la fecha de vencimiento y la fecha de compra. Adicionalmente, debe tenerse en cuenta la tasa facial, la modalidad de aplicación de los intereses y la capitalización de los intereses.

- Información básica relacionada con la fecha de valoración: número de días entre la fecha

de valoración y la fecha de vencimiento. • Proyección de los flujos futuros A partir de las condiciones de cada título deberá proyectarse los flujos pendientes de pago al momento de la adquisición, con el fin de calcular la tasa efectiva de adquisición o tasa interna de retorno (TIR), atendiendo la conceptualización y ejemplos que se mencionan en los ejercicios presentados más adelante. • Determinación de la tasa básica Se establecerá teniendo en cuenta las características del título, si son emitidos en moneda legal y extranjera y los días que le queden para el vencimiento. La tasa básica para los títulos de renta fija en moneda legal, se seleccionará de acuerdo con una de las siguientes alternativas: - Promedio ponderado de los CDT a 90, 180 y 360 días – DTF. - Tasa Básica de la Superintendencia Bancaria – TBS. - Indice de precios al consumidor - IPC - Indicadores de rentabilidad del mercado bursátil, emitidos por las bolsas de valores del

país: Bolsa de Bogotá - IRBB, Bolsa de Medellín - IBOMED y Bolsa de Occidente – IRBO.

- Tasas de rentabilidad promedio de las operaciones del mercado bursátil secundario de Títulos de Participación y de TES.

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- Cualquier otra tasa con reconocimiento legal dentro del mercado financiero Podrá seleccionarse una sola para valorar la totalidad del portafolio o varias, caso en el cual se utilizará una por cada especie de título. En todo caso, una vez seleccionada la tasa básica, para efectuar la valoración de cada título deberá buscarse el rango de plazo disponible en el mercado, que contenga el número de días al vencimiento que le queden al título en referencia. Ejemplos: • Si el indicador seleccionado como tasa básica es el IRBB (Indice de Rentabilidad de la

Bolsa de Bogotá) y al título le quedan 75 días para su vencimiento, deberá utilizarse como valor de la tasa básica el IRBB que corresponda al rango de 61/120 días. Si por el contrario al título le quedan 500 días para su vencimiento, el IRBB que debe emplearse es el de 361/720 días.

• Cuando se emplean indicadores calculados diariamente podrá tomarse, bien sea el valor

diario del indicador o los promedios móviles del mismo para 5 y 10 días. La tasa básica para los títulos en moneda extranjera cuyos rendimientos se determinen en función de una tasa de referencia (Prime Rate, Libor, Treasury Bills, tasa de interés de euromonedas, tasas de interés de depósitos para monedas extranjeras y rendimiento de tesorería de los gobiernos extranjeros), serán las mencionadas tasas correspondientes al día anterior de la valoración; y aquellas cuyos rendimientos se determinen en función de tasas fijas, será la más representativa para títulos similares dentro del mercado donde se negocie la mayor cantidad de los títulos a valorar. Conviene destacar que el valor de la tasa básica debe verificarse en el momento de adquisición y posteriormente cada vez que se adelante una valoración, el primero se utiliza para determinar del margen y los siguientes, para calcular el nuevo valor de la inversión. • Cálculo del margen por emisor Se determina considerando factores de evaluación, tales como, la capacidad financiera de la entidad emisora, la liquidez de la inversión, la existencia de mecanismos de apoyo crediticio, el cumplimiento de los pagos cuando se hacen exigibles, o siempre que exista, la calificación de las Sociedades Calificadores de Valores. En todo caso, para calcular el “margen por emisor” deben considerarse las tasas efectiva de compra o de colocación y las tasas básicas en la fecha de adquisición o de colocación. A través de este procedimiento se pretende cubrir las imperfecciones de los indicadores disponibles e incorporar los riesgos no contemplados e imposibles de separar de la tasa básica. Las tasas efectivas de compra o de colocación (TIR Tasa Interna de Retorno) a la fecha de adquisición, deben calcularse con base en la información relativa al precio o valor de

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adquisición del título, número de días al vencimiento en la fecha de compra o de colocación y la proyección de los flujos futuros asociados al título, con base en las condiciones del mismo. - Modalidades para determinar el “margen por emisor”. Una vez calculada la tasa efectiva y establecida la tasa básica, se procede a determinar el “margen por emisor” existente al momento de compra o de colocación, optando por alguno de los siguientes métodos, los cuales deberán aplicarse en la valoración de todas y cada una las inversiones de renta fija que hagan parte del portafolio y no podrá modificarse durante el período contable: Primera modalidad. El margen resultará de restar a la tasa efectiva de compra del título, el valor de la tasa básica expresada en términos efectivos vigente en la fecha de compra. Segunda modalidad. El margen resultará de restar a la tasa efectiva de colocación inicial del título, la tasa básica correspondiente a esa misma fecha. - Condiciones para determinar el margen por emisor Para determinar dicho margen, es necesario tener en cuenta las siguientes condiciones: a. Los TES, Títulos de Participación y demás títulos emitidos o garantizados por el Banco de la República, no podrán tener márgenes por emisor positivos, cuando se empleen como tasa básica, indicadores diferentes a las tasas de rentabilidad promedio de las operaciones de mercado bursátil secundario de Títulos de Participación y TES. b. Los márgenes de aquellos títulos que correspondan a una misma especie y emisor y cuyo plazo al vencimiento sea similar, no podrán tener entre sí, una diferencia superior a dos puntos. Cuando se presenten diferencias superiores, el margen para dichos títulos deberá igualarse tomando como base aquel más cercano a cero. Se entiende que los plazos son similares, cuando el número de días al vencimiento que le queda a cada título esté dentro de un mismo rango de plazo. Debe tenerse en cuenta que cuando se presenten márgenes positivos y negativos se tomará como referencia el margen positivo más cercano a cero. c. En los casos en que se utilice como tasa básica la rentabilidad promedio de los títulos TES o los Títulos de Participación, el margen por emisor de aquellos títulos diferentes a los emitidos o garantizados por el Banco de la República no podrá ser inferior a cero. Cuando el título es emitido por el Banco de la República, que por ende se está valorando con base en un índice diferente al promedio en mercado bursátil secundario, el margen no podrá ser positivo. Por lo tanto, se tomará un margen de cero (0).

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d. Si para algunos títulos, en el momento de efectuar la conversión del sistema de valoración, al de precios de mercado, no es posible determinar fácilmente el margen por emisor de acuerdo con el método seleccionado, éste deberá tomar el valor de cero. • Estimación del valor de mercado Las Inversiones de Renta Fija a tasa fija se valorarán calculando, de manera exponencial, el valor presente de los flujos futuros pendientes de pago del título a la tasa de mercado. Para estos efectos, se entenderá que la tasa de mercado, es la sumatoria de la tasa básica, vigente para el día de valoración, más el margen por emisor, determinado en la fecha de compra. La Tasa Básica mide la exposición de la inversión al riesgo de mercado, y el Margen por Emisor, que constituye la prima o castigo que se determina en exceso o defecto de la tasa básica, recoge la exposición de la inversión al riesgo de solvencia del emisor. Inversiones de renta fija a tasa variable Se valorarán de acuerdo con los procedimientos establecidos para los títulos de renta fija a tasa fija, con sujeción a las siguientes especificidades. • Proyección de los flujos futuros. Se determinarán utilizando el valor actual de la tasa de referencia implícita en el título, es decir, la tasa de referencia sobre la cual el emisor se comprometió a reconocer los rendimientos del título o si existe, con base en la curva de rendimientos que corresponda a esa tasa. En el caso de la inflación, se estimarán los flujos futuros tomando como base los índices de inflación conocidos para los últimos doce meses (ajustado según la forma y periodicidad de pago de los intereses establecida por el emisor). • Determinación de la tasa básica Para su determinación se seleccionará cualesquiera de las tasas autorizadas, de acuerdo con los días al vencimiento que le queden al título. Para los títulos cuyo rendimiento está expresado en términos de la inflación, debe emplearse como tasa básica ese mismo indicador (convertido al plazo equivalente en que se paguen los intereses). La tasa básica podrá ser la misma sobre la cual el emisor del título se comprometió a pagar los rendimientos, o cualquier otra de las autorizadas. • Valoración a precios de mercado Las Inversiones de Renta Fija a tasa variable se valorarán calculando, de manera exponencial, el valor presente de los flujos futuros pendientes de pago del título a la tasa de mercado. Para estos efectos, se entenderá que la tasa de mercado, es la sumatoria de la tasa

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básica, vigente para el día de valoración, más el margen por emisor, determinado en la fecha de compra. 2.1.4.1.2.2 Valoración a Precios de Mercado de Inversiones de Renta Variable El proceso de valoración para estos títulos estará en función de su cotización en bolsa y de su grado de bursatilidad. Inversiones que se cotizan en Bolsa Estas inversiones se valorarán con base en el índice mensual (IBA – Índice de Bursatilidad Accionaria) que determina el grado de bursatilidad y es informada periódicamente por la Superintendencia de Valores. Acciones de alta bursatilidad Para su valoración deben tomarse todas las cotizaciones de las bolsas en donde se encuentre inscrito el título, calculando el promedio simple de los precios promedio registrados en bolsa durante los cinco (5) días anteriores a la fecha de valoración. Si no se hubieren registrado operaciones en esos días, estas inversiones se valorarán de acuerdo con el procedimiento establecido para las acciones de media bursatilidad. Acciones de media bursatilidad Para su valoración deben tomarse el promedio simple, de los precios promedio de los últimos noventa (90) días de las cotizaciones de las bolsas en donde se encuentre inscrito el título, que corresponde a los promedios ponderados que calculan al final del día, las tres bolsas, los cuales coinciden y son publicados diariamente en los boletines de cada una de ellas, siempre y cuando se hayan registrado negociaciones en por lo menos diez (10) de esos días. Si no cumplen la condición anterior estas inversiones se valorarán de acuerdo con la última cotización registrada en bolsa, sin que exceda de tres veces el valor intrínseco de la acción. Adicionalmente, debe revelarse en notas a los estados contables, el indicador seleccionado para cada especie de títulos, el método escogido para calcular el “margen por emisor”, el período que les queda para ajustarse al sistema de valoración a precios de mercado, cuando se hayan efectuado inversiones en títulos recién inscritos en bolsa, el valor del impacto financiero reconocido en los resultados, producto de la valoración y las razones que lo originaron y el efecto mensual de la valoración, por cada uno de los meses que integran el trimestre. 2.1.4.1.3 Aplicación Contable Las inversiones negociables deben contabilizarse por su costo histórico en el momento de la adquisición, y afectarse con las ganancias o pérdidas generadas por las variaciones en el

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valor de mercado, las cuales se registrarán en cuentas de resultado, modificando directamente el valor de las inversiones. En los registros contables de estas inversiones deben tenerse en cuenta las siguientes reglas: • No es preciso hacer ajustes por inflación, por cuanto en el valor de mercado ya están

implícitos los valores futuros y las tasas de descuento correspondientes, así como en los precios de cotización en bolsa. En el caso de las inversiones de renta variable, tampoco se hace preciso el registro de provisiones por pérdida de valor, y el superávit por valorización originado por el aumento en el valor de mercado.

• Las inversiones de renta fija no serán objeto de causación de rendimientos por ningún concepto, incluso los derivados de la reexpresión de los títulos en moneda extranjera, siempre que el valor de mercado los reconozca, con el fin de evitar un doble registro a resultados.

• Los dividendos o utilidades que se repartan en especie, originados en inversiones de renta variable, incluidos los derivados de la capitalización o revalorización del patrimonio, no se registrarán como ingreso, es decir, no afectarán el valor de la inversión.

• El valor de los dividendos o utilidades repartidos en efectivo se descontará del valor de

la inversión de renta variable.

Para el registro de las actualizaciones de valor de las inversiones negociables deberá considerarse lo siguiente: Se presenta utilidad cuando el valor resultante de aplicar la metodología de valoración es superior al último valor contabilizado, debiendo efectuarse los siguientes registros:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1 ACTIVO 12 INVERSIONES 1201 Inversiones Administración Liquidez – Renta

Fija

1202 Inversiones Administración Liquidez – Renta Variable

1206 Inversiones – Operaciones de cobertura 1209 Inversiones Renta Fija – DTN 1211 Inversiones Renta Fija – Fondos Administrados

– DTN

ó 1212 Inversiones de las Reservas Internacionales XXX 4 INGRESOS 48 OTROS INGRESOS 4805 Financieros 4805XX Utilidad por Valoración a Precios de Mercado de Inversiones de Renta Fija o Variable XXX

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Se presenta Pérdida cuando el valor resultante de aplicar la metodología de valoración es inferior al último valor contabilizado, debiendo efectuarse los siguientes registros: Códigos Cuentas Débitos Créditos 5 GASTOS 58 OTROS GASTOS 5805 Financieros 5805XX Pérdida por Valoración a Precios de Mercado de las Inversiones de Renta Fija o Variable XXX 1 ACTIVO 12 INVERSIONES 1201 Inversiones Administración Liquidez - Renta

Fija

1202 Inversiones Administración Liquidez - Renta Variable

I206 Inversiones – Operaciones de cobertura 1209 Inversiones Renta Fija - DTN 1211 Inversiones Renta Fija – Fondos Administrados

– DTN

ó 1212 Inversiones de las Reservas Internacionales XXX El recaudo de los intereses, dividendos y demás rendimientos debe reconocerse como un menor valor de las inversiones y efectuarse los siguientes registros. Códigos Cuentas Débitos Créditos 1 ACTIVO 11 EFECTIVO XXX 1 ACTIVO 12 INVERSIONES 1201 Inversiones Administración Liquidez - Renta

Fija

1202 Inversiones Administración Liquidez - Renta Variable

1206 Inversiones – Operaciones de cobertura 1209 Inversiones Renta Fija – DTN 1211 Inversiones Renta Fija – Fondos Administrados

– DTN XXX

ó 1212 Inversiones de las Reservas Internacionales

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2.1.4.1.4 Conceptualización Básica para Efectos de Valoración a Precios de Mercado Consideramos necesario conocer elementos financieros básicos que permitan el análisis, aprovechamiento y evaluación de las diferentes alternativas de inversión, teniendo en cuenta los criterios y principios básicos de rentabilidad, liquidez y riesgo, mediante el suministro de ayudas conceptuales. • Precio de mercado Es el valor que resulta de la interacción de las fuerzas de oferta y demanda en el mercado. Para las inversiones de renta fija está dado por el valor presente de los flujos futuros asociados al título y descontados a una tasa de mercado, determinada de acuerdo con los lineamientos establecidos en el presente procedimiento. • Interés simple Es aquel en el cual al final de cada período se pagan los intereses causados y no se hacen abonos a capital, es decir, cuando el capital que genera los intereses permanece constante durante todo el período del préstamo. Ejemplo: Un inversionista que coloca $100 durante un año, a una tasa de interés simple de 3% mensual. ¿Qué retribución obtiene en el año? F = P (1 + ni) En donde: F= Valor futuro de la inversión inicial, después de n períodos, generando un i durante

cada uno de ellos. P= Valor de la inversión inicial. n= Número de períodos durante los cuales se causa el interés. i= Tasa de interés. Entonces: F= 100 [12+(100x0.03)] F= 100 (1.36) F= $136 • Interés compuesto Es aquel en el cual al final de cada período se agregan o capitalizan los intereses causados durante el mismo período al capital que lo generó, para formar un nuevo capital, que igualmente generará intereses.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 57

Ejemplo: Un inversionista que coloca $100 durante un año, a una tasa de interés simple de 3% mensual capitalizable mensualmente. ¿Qué retribución obtiene en el año? F = P (1 + i) n En donde: F= Valor futuro de la inversión inicial, después de n períodos, generando un i durante

cada uno de ellos i capitalizando. P= Valor de la inversión inicial. n= Número de períodos durante los cuales se causa y capitaliza el interés durante un

año. i= Tasa de interés. Entonces:

F= 100 [1+0.03]12 F= 100 (1.42576) F= $ 142.576 • Interés nominal e interés efectivo Como se observa de los ejemplos anteriores, cuando se habla de interés compuesto, la tasa de interés mensual no es equivalente a la que resulta de dividir la anual por 12. Así, una rentabilidad anual compuesta del 36% no es equivalente a una tasa mensual del 3% (36/12). En este aspecto radica la diferencia entre interés nominal y el efectivo. El interés nominal es aquel en el cual la tasa de interés anunciada se expresa casi siempre como una tasa referida a una base anual (explícita o tácita), pero inmediatamente seguida del período real de aplicación y la modalidad de pago, ya sea anticipado o vencido. Ejemplo: 30% anual trimestre anticipado, o el 36% trimestre vencido. En el interés efectivo de especifica la tasa de interés que realmente se aplica por período y el período de aplicación. Se expresa como interés pagadero en forma vencida. Ejemplo: 46.85% efectiva anual, 3% efectiva mensual. Se emplea para determinar la verdadera rentabilidad ofrecida por una tasa nominal. Al calcular el interés efectivo deben tenerse en cuenta los siguientes aspectos: − El valor de los intereses − La periodicidad con que se causan los intereses. − El momento del período en que se causan los intereses: al comienzo del período

(anticipados) o al final (vencidos). − El tiempo que durará la inversión.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 58

− El precio al cual se compra el respectivo título. − El precio de redención o venta. Para calcular el interés efectivo en términos anuales se utiliza la siguiente fórmula: i efectivo = (1 + i periódico)n - 1 (1) En donde: n= Número de períodos durante los cuales va a causarse el interés i= Tasa de interés nominal correspondiente a cada uno de esos períodos Si se desea expresar el interés efectivo anual como porcentaje, debe multiplicarse este resultado por cien (100). • Formas de pago de los intereses El interés puede pagarse al vencimiento o por anticipado. Cuando se habla de interés nominal, generalmente se especifica su forma de pago en el año. La relación entre los intereses nominales, es decir, los no efectivos, correspondientes a anualidades y sus frecuencias de pago, están dadas por la siguiente expresión: i nominal anual i periódico vencido = (2) n Ejemplo: ¿Cuál es el interés nominal anual (no efectivo) de una inversión que ofrece el 3% de interés, pagado por meses vencidos? En este caso se hace necesario despejar la fórmula de la siguiente manera: i nominal = i periódico x n = 0.03 x 12 = 0.36 Expresado en porcentaje, el rendimiento nominal de la inversión es del 36% anual mes vencido. Ejemplo: ¿Cuál es el rendimiento efectivo anual de una inversión que ofrece un interés nominal del 36%, pagadero cada mes vencido, pero que el interesado procede a reinvertirlo? Utilizando las fórmulas (1) y (2), y teniendo en cuenta que la frecuencia n de un período semestral en un año es 2, se tiene:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 59

i nominal anual 0.36 i periódico = = = 0.03 n 12 Entonces: i efectivo = (1 + i )n - 1 = ( 1 + 0.03)12 - 1 = 0.42576 (42.576%) Para determinar a qué tasa de interés vencida (i periódico vencido) equivalen unos intereses pagados por anticipado (i nominal anticipado) debe tenerse en cuenta que los mismos pueden reinvertirse, y éstos a su vez, también generarán intereses pagaderos por anticipado. Para este procedimiento se utiliza la siguiente fórmula: i nominal anticipado n i periódico vencido = (3) i nominal anticipado 1- n Ejemplo: ¿Cuál es el interés efectivo anual de una inversión que ofrece un interés nominal del 28%, pagado anticipadamente cada semestre? Primero debe calcularse el interés periódico, correspondiente a cada semestre vencido, empleando la fórmula (3): 0.28 2 i semestral = = 0.1628 (16.28%) 0.28 1- 2 Ahora sí se procede a calcular el interés efectivo anual (fórmula 1): i efectivo = (1 + i )n - 1 = ( 1 + 0.1628)2 - 1 = 0.3521 (35.21%)

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 60

Ejemplo: ¿Cuál es el interés efectivo anual de una inversión que ofrece un interés nominal del 28%, pagado anticipadamente cada trimestre? 0.28 4 Entonces: i trimestral = = 0.0753 0.28 1 - 4 Ahora para hallar el interés efectivo: i efectivo = (1 + 0.0753) - 1 = 0.3370 (33.70%) Ejemplo: Un inversionista está indeciso entre invertir en un título que le ofrece un interés del 25.5% nominal anual, pagado trimestre por anticipado, o en otro que renta un 27.5% nominal anual, pagado por semestres vencidos. Si decidiera reinvertir en las mismas condiciones, al vencimiento de la inversión, ¿cuál alternativa produciría una mayor rentabilidad al cabo de un año? Para determinar cuál alternativa genera un rendimiento mayor al cabo de un año, se debe calcular el interés efectivo anual correspondiente a ambos títulos. El rendimiento nominal, en términos de trimestres vencidos, para el título que paga el 25.5%, trimestre anticipado, se calcula así: i nominal anticipado n i periódico vencido = i nominal anticipado 1 - n 0.255 4 Entonces: i (trimestral) = = 0.06809 (6.81%) 0.255 1 - 4

4

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 61

El rendimiento efectivo anual es: i efectivo = ( 1 + 0.06809)4 - 1 = 0.3015 (30.15%) Mientras que el rendimiento periódico para la segunda alternativa es: i nominal anual i semestral = n 0.275 i semestral = = 0.1375 (13.75%) 2 Por lo tanto, i efectivo = ( 1 + 0.1375)2 - 1 = 0.2939 (29.39%) El inversionista deberá invertir en el título que le ofrece intereses del 25.5% anual, pagados trimestralmente y por anticipado, pues reinvertidos convenientemente le generan un mayor rendimiento al finalizar el año. • Valor futuro Conocida la tasa de interés periódica y el valor de la inversión inicial, es posible determinar un valor futuro, empleando las siguientes fórmulas: a. En el supuesto que los intereses se reinvierten (interés compuesto) F = P (1 + i ) n En donde: F= Valor futuro o flujo futuro P= Valor de la inversión inicial i= Tasa de interés periódica n= Número de períodos Ejemplo: Si hoy se invierten $1.000 a un interés del 32%, anual vencido. ¿Cuánto se obtendrá al cabo de cinco años? 0 1 2 3 4 5 (años) $1.000

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 62

Aplicando la fórmula, F = $1.000 (1 + 0.32)5 = $4.007 b. En el supuesto que los intereses no se reinvierten (interés simple) F = P + (n P i) Ejemplo: Determinan cuál es el valor equivalente futuro dentro de dos años de $20.000 que se invierten hoy a un interés del 2.5% mensual vencido? F= P (1+i)n n corresponde al número de períodos mensuales que hay en dos años n = 12 (2) = 24 Por lo tanto: F= $20.000 (1 + 0.025)24 = $36.175 Si los intereses no se reinvierten, la suma acumulada al final de los dos años se obtiene aplicando la fórmula: F=P + (nP i) F=20.000 + (24X20.000X0.025) = 32.000 Los resultados obtenidos de $36.175 y $32.000 registran la diferencia que existe entre el interés simple y el interés compuesto. • Valor presente neto (VPN) En las inversiones financieras se presentan una serie de ingresos en diferentes momentos, y los inversionistas desean conocer cuánto pueden ganar o perder. Por lo tanto, para poder estimar un ingreso neto se tiene que calcular el valor presente de los diferentes flujos, dada una tasa de interés o costo de oportunidad del dinero. La fórmula utilizada para su cálculo es: F0 F1 F2 F3 F4 Fn VPN= - + + + + +

(1+i)0 (1+i)1 (1+i)2 (1+i)3 (1+i)4 (1+i)n En donde: F= Flujos futuros i= Tasa de descuento

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 63

Ejemplo: Si la tasa de interés anual es de 36%, ¿Cuál es el VPN del proyecto representado por los siguientes flujos?

$50.000 $30.000 $90.000 0 1 2 3 4(años) $100.000 $15.000 Entonces: $100.000 $50.000 $30.000 $90.000 $15.000 VPN= - + + + - (1+0.36)0 (1+0.36)1 (1+0.36)2 (1+0.36)3 (1+0.36)4

VPN (36%)= -$15.621 • Indicadores autorizados como tasas básicas A continuación se relacionan algunas de las tasas básicas más utilizadas en el mercado financiero, no obstante, debido al dinamismo de este mercado y de la normatividad que le es aplicable, éstas pueden ser sustituidas por otras o variar, en cuanto a su nombre, metodología de calculo y responsable de elaborarla. - Promedio ponderado de los CDTs (DTF) Es un indicador que recoge el promedio semanal de la tasa de captación de los certificados de depósito a término (CDTs) a 90 días, de los bancos, corporaciones financieras, de ahorro y vivienda y compañías de financiamiento comercial. Es calculado por el Banco de la República con base en la encuesta diaria de la superintendencia bancaria. Los rangos de plazo para la DTF son: a 90, a 180 y 360 días. La de 90 días es trimestre anticipado, las demás equivalen al plazo correspondiente y se publican en términos (tasas) efectivos y nominales. Esta tasa tiene una vigencia de lunes a domingo y cambian semanalmente. - Tasa Básica de la Superintendencia Bancaria (TBS) Es la tasa promedio de captación a través de Certificados de Depósito a Término (CDT) y Certificado de Depósito de Ahorro a Término (CDAT) de las entidades financieras, calculada diariamente por la Superintendencia Bancaria para diferentes plazos. Se calcula para los bancos, corporaciones financieras, corporaciones de ahorro y vivienda y compañías de financiamiento comercial, en los siguientes plazos: entre 2 y 14 días; entre 15

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 64

y 29 días; a un mes; a dos meses; a tres meses; a seis meses; a un año y, superiores a un año. Se calcula diariamente Móvil 10 para cada uno de los plazos. - Indice de precios al consumidor (IPC) El índice de precios al consumidor – IPC, es el producto resultante de una investigación estadística y estratégica, que mide la variación porcentual promedio de los precios al por menor, de un conjunto de bienes y servicios de consumo final que demandan los consumidores en Colombia y es elaborado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas – DANE. - Indicadores de Rentabilidad de la Bolsa de Bogotá (IRBB), de la Bolsa de Medellín

(IRBM) y de la Bolsa de Occidente (IRBO). Son los indicadores de rentabilidad de las bolsas de Bogotá, Medellín y Occidente, respectivamente. Corresponden al promedio de la rentabilidad de las transacciones en instrumentos de renta fija y variable en el mercado primario y en el secundario, realizadas en cada una de las citadas bolsas. El IRBB, base con el cual se trabaja de acuerdo con la norma de la Superintendencia de Valores, se presenta para los siguientes rangos de plazos: 0/60, 61/120, 121/180, 181/360, 361/720, 721/1.080 y mayor a 1.080 días. Para cada uno de estos plazos se calculan cuatro indicadores: el IRBB Hoy (del día), el IRBB Ayer (del día anterior), IRBB Móvil 5 e IRBB Móvil 10. Estos dos últimos corresponden a la rentabilidad promedio de las últimas 5 y 10 ruedas, respectivamente. • Indicadores de las bolsas del país. - Indicador de Bursatilidad de la Bolsa de Bogotá (IBB), Indicador de Bursatilidad de la

Bolsa de Medellín (IBOMED) e Indicador de Bursatilidad de la Bolsa de Occidente (IBO).

Se definen como los indicadores bursátiles del mercado ordinario de las bolsas de Bogotá, Medellín y Occidente, respectivamente. Reflejan las fluctuaciones que por efectos de oferta y demanda o por factores externos del mercado, sufren los precios de las acciones. Son los instrumentos más representativos, ágiles y oportunos para evaluar la evolución y tendencia del mercado accionario. - Índice de Bursatilidad Accionaria (IBA) Clasifica una acción como de alta, media, baja o mínima bursatilidad. Mide la comerciabilidad de una acción determinada por la frecuencia, número de operaciones y volúmenes negociados mensualmente en el mercado secundario - Precios promedio de las acciones para efectos de valoración.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 65

La Bolsa de Valores de Bogotá publica diariamente un boletín con los precios de las acciones para efectos de valoración, determinado con la metodología de la Superintendencia de Valores. Sólo incluye las acciones inscritas en la Bolsa. 2.1.4.1.5 Casos Prácticos Ejercicio 1: Cálculo del “margen por emisor” utilizando el primer método, para aquellos títulos que correspondan a una misma especie, emisor y cuyo plazo al vencimiento sea similar. Se tiene un portafolio de inversiones con las siguientes características: Para calcular el margen por emisor para todos los títulos, el portafolio se seleccionó teniendo en cuenta el primer método (con base en la fecha de compra) Título 1: CDT (Certificado de Depósito a Término) Tasa de compra: 37.80% Fecha de compra: 2 de diciembre de 1994 Días para vencimiento: 180 Tasa básica seleccionada: IRBB con rango de plazo de 121/180 días, de 38.91%

(tomado del Boletín de la Bolsa de Bogotá) Las tasas básicas utilizadas en los siguientes ejemplos tienen como fuente el Boletín de la Bolsa de Bogotá. El margen por emisor es igual a: 37.80 (-) 38.91 = -1.11% Título 2: CDT Tasa de compra: 35.90% Fecha de compra: 21 de marzo de 1995 Días para vencimiento: 90 Tasa básica seleccionada: IRBB con rango de 61 a 120 días, de 34.84% El margen por emisor es igual a: 35.90 (-) 34.84 = 1.06% Si establecemos como fecha de valoración el 21 de marzo de 1995, al Título 1 le quedarían 71 días al vencimiento y al título 2 le faltarían 90 días. Por lo tanto, los Títulos 1 y 2 se encuentran entre el rango de plazo de 61/120 días. De donde se concluye, que la diferencia entre los dos márgenes es: 1.06 - (-1.11) = 2.17% Ajuste: Se toma el margen positivo que es 1.06 correspondiente al Título 2 y se procede a ajustar el margen negativo del Título 1, para que en su conjunto, no supere los dos puntos.

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Como la diferencia entre los dos márgenes excede en 0.17 puntos, este límite, debe ajustarse el margen negativo del Título 1, de la siguiente forma: -1.11 + 0.17 = -0.94 De tal forma que al sumar los dos márgenes su resultado sea igual a dos puntos: 1.06 - (-0.94) = 2.00 • En los casos en que se utilice como tasa básica de referencia la de rentabilidad promedio

de los títulos TES y los Títulos de Participación, el margen por emisor de aquellos títulos diferentes a los emitidos o garantizados por el Banco de la República, no podrá ser inferior a cero. Sin embargo, cuando el título es emitido por el Banco de la República, que por ende se está valorando con base en un índice diferente al promedio en mercado bursátil secundario, el margen no podrá ser positivo. Por lo tanto, se tomará un margen de cero (0).

Ejercicio 2: Cálculo del “margen por emisor” de Títulos de Participación por los dos métodos: Título: Título de Participación Fecha de expedición: 18 de enero de 1995 Plazo de vencimiento: 90 días Tasa: 33% Fecha de compra: 21 de marzo de 1995 Tasa fecha de compra: 30% Días para vencimiento: 27 días sobre base 360 días 28 días sobre base 365 días Tasa básica seleccionada por la entidad: IRBB Primer método El margen por emisor resultará de restar a la tasa efectiva de compra del título el valor de la tasa básica expresada en términos efectivos, vigente en la fecha de compra. Se determina la tasa básica a la fecha de compra, que para este caso es de 30.99% (promedio móvil 5 del IRBB para el rango entre 0/60 días). Margen por emisor = Tasa de compra (30%) menos 30.99% = -0.99%. Segundo método. El margen por emisor resultará de restar a la tasa efectiva de colocación inicial del título la tasa básica correspondiente a esa misma fecha. Tasa de Colocación (33%) menos la tasa básica a la fecha de colocación 32.16% (promedio móvil 5 del IRBB para el rango entre 61/120 días el 18 de enero de 1995) Margen por emisor = 33 (-) 32.16 = 0.84%

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Sin embargo, por tratarse de un título emitido por el Banco de la República que se valora con base en un índice diferente al promedio en el mercado bursátil secundario de Títulos de Participación, el margen no podrá ser positivo. Por lo tanto, se tomará un margen de cero (0). 2.1.4.1.5.1 Títulos de renta fija a tasa fija Títulos de renta fija a tasa fija con pagos periódicos de intereses Ejercicio 3: Recopilación de la información básica • Condiciones de emisión del título Especie: CDT Corporación Financiera S.A. Valor Nominal: $500.000.000 Fecha de expedición: 1 de abril de 1997 Vencimiento: 1 de abril de 1998 Tasa Facial o nominal 21,05% Modalidad de pago de los intereses: Trimestre Vencido (T.V.) • Información básica del momento de adquisición Fecha de compra: 4 de junio de 1997 Valor de Compra: $517.542.000 Días al vencimiento: 301 Procedimiento para el cálculo del margen: En la fecha de compra Tasa Básica utilizada: DTF según plazo En la fecha de adquisición del título • Proyección de los flujos futuros Se determinan los rendimientos periódicos con base en la siguiente formulación. F = 500.000.000 (0,2105/4) F= $26.312.500, cada trimestre

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$26.312.500 $26.312.500 $26.312.500 $526.312.500 27 días 92 días 92 días 90 días 301 días $517.542.000 Vr. Compra Fecha Flujos Valor Flujos $ Vencimiento VPN a TIR de compra $ Junio 4 de 1997 -517.542.000 - -517.541.999 Julio 1 de 1997 26.312.500 27 25.912.517 Octubre 1 de 1997 26.312.500 119 24.594.714 Enero 1 de 1998 26.312.500 211 23.343.928 Abril 1 de 1998 526.312.500 301 443.690.840 • Determinación de la TIR o Tasa efectiva en la fecha de adquisición Una vez definidos los flujos futuros y los días al vencimiento en la fecha de compra, se procede a determinar la TIR, de la siguiente forma:

$26.312.500 $26.312.500 $26.312.500 $526.312.500 $517.542.000 = -------------------- + -------------------- + ----------------- + ------------------ (1+i)27/365 (1+i)119/365 (1+i)211/365 (1+i)301/365 TIR = 23,0076569% = Tasa efectiva de compra Reemplazando: $517.542.000 = $25.912.517 + $24.594.714 + $23.343.928 + $443.690.840 • Determinación de la tasa básica La tasa básica seleccionada es DTF(plazo 360 días) ya que los días al vencimiento que son 301, quedan incluidos en el rango de plazo. DTF 360 días al 4 de junio de 1997 = 23,66%. • Cálculo del margen por emisor Para calcular este margen deben tenerse en cuenta: la tasa efectiva de compra (TIR) y el valor de la tasa básica, expresada en términos efectivos vigente en la fecha de compra. Entonces:

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Margen por emisor = Tasa efectiva de compra - Tasa básica (fecha de compra) = 23,01 - 23,66 = -0,65% El valor del margen siempre será el mismo, independientemente que la fecha de valoración cambie. En la fecha de valoración • Información básica Fecha de valoración: 31 de agosto de 1997 Días al vencimiento: 213 • Proyección de los flujos futuros Los flujos futuros siguen iguales, lo que cambia son los días al vencimiento, los cuales quedan de la siguiente forma: Octubre 1/97 Enero 1/98 Abril 1/98 $26.312.500 $26.312.500 $526.312.500 F1 F2 F3 31 días 123 días 213 días Fecha de Valoración Agosto 31/97 • Determinación de la tasa básica en la fecha de valoración. La tasa básica es el DTF; Plazo 360 días al 31 de agosto de 1997 = 24,03% • Determinación de la tasa de mercado Ya tenemos los datos necesarios para determinarla: la tasa básica en la fecha de valoración y el margen por emisor determinado en la fecha de adquisición. La tasa de mercado = Tasa básica en la fecha de valoración + Margen por emisor = 24,03(DTF plazo 360 días) + (-0,65) = 23,38%

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 70

• Cálculo del valor presente neto o precio de mercado $26.312.500 $26.312.500 $526.312.500 VPN = -------------------+ -------------------------- + ---------------------- (1+0,2338)31/365 (1+0,2338)123/365 (1+0,2338)213/365 VPN= 515.943.725 Este es el valor por el cual debe quedar registrado contablemente el título al cierre mensual y es el que se compara con el último valor registrado para determinar la utilidad o pérdida por valoración a precios de mercado.

Títulos de renta fija a tasa fija con pagos periódicos de intereses Ejercicio 4: • Recopilación de la información básica La información básica tanto en la fecha de emisión como de adquisición será la misma del ejercicio anterior. La única diferencia es que la tasa básica seleccionada para este caso es el IRBB Móvil 10. En la fecha de adquisición del título • Proyección de los flujos futuros

$26.312.500 $26.312.500 $26.312.500 $526.312.500 27 días 92 días 92 días 90 días

301 días

$517.542.000 Vr. Compra

Fecha Flujos Valor Flujos $ Vencimiento VPN a TIR de compra $ Junio 4 de 1997 Julio 1 de 1997 Octubre 1 de 1997 Enero 1 de 1998 Abril 1 de 1998

-517.542.000 26.312.500 26.312.500 26.312.500

526.312.500

- 27 119 211 301

-517.541.999 25.912.517 24.594.714 23.343.928

443.690.840 • Determinación de la TIR o Tasa efectiva en la fecha de adquisición Una vez definidos los flujos futuros y los días al vencimiento en la fecha de compra, se procede a determinar la TIR, de la siguiente forma:

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$26.312.500 $26.312.500 $26.312.500 $526.312.500 $517.542.000 = ----------------- + ---------------- + ----------------- + ------------------ (1+i)27/365 (1+i)119/365 (1+i)211/365 (1+i)301/365 TIR = 23,0076569% = Tasa efectiva de compra Reemplazando:

$517.542.000 = $25.912.517 + $24.594.714 + $23.343.928 + $443.690.840 • Determinación de la tasa básica La tasa básica seleccionada es el IRBB Móvil 10-Plazo 181/360 (dado que contiene el número de días al vencimiento que son 301) en el momento de la compra junio 4 de 1997) = 23,81%. • Cálculo del margen por emisor Para calcular este margen deben tenerse en cuenta: la tasa efectiva de compra y el valor de la tasa básica, expresada en términos efectivos vigente en la fecha de compra. Margen por emisor = Tasa efectiva de compra - Tasa básica (fecha de compra) = 23,01 - 23,81 = -0,802343% En la fecha de valoración • Información básica Fecha de valoración: 31 de agosto de 1997 Días al vencimiento: 213 • Proyección de los flujos futuros Los flujos futuros siguen iguales, lo que cambia son los días al vencimiento, que quedan de la siguiente forma:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 72

Octubre 1/97 Enero 1/98 Abril 1/98 $26.312.500 $26.312.500 $526.312.500

F1 F2 F3 31 días 123 días 213 días Fecha de Valoración Agosto 31/97 • Determinación de la tasa básica en la fecha de valoración La tasa básica en la fecha de valoración es el IRBB Móvil 10 Plazo 181/360 del 31 de agosto de 1997 (como agosto 31 fue domingo se toma el día hábil inmediatamente anterior, es decir, el 29 de agosto de 1997), que es de 23,26% • Determinación de la tasa de mercado Ya contamos con los datos necesarios para calcularla: La tasa de mercado = Tasa básica en la fecha de valoración + Margen por emisor = IRBB Móvil 10 181-360 + (-0,802343) = 23,26 + (-0,802343) = 22,457657% • Cálculo del valor presente neto o precio de mercado

$26.312.500 $26.312.500 $526.312.500 VPN = ------------------- + --------------------- + --------------------- (1+0,2246)31/365 (1+0,2246)123/365 (1+0,2246)213/365 VPN= $518.060.045 Este es el valor por el cual debe quedar registrado contablemente el título al cierre mensual y es el que se compara con el último valor registrado para determinar la utilidad o pérdida por valoración a precios de mercado. Títulos de renta fija a tasa fija sin pagos periódicos de intereses (Título al descuento) Ejercicio 5: • Recopilación de la información básica

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 73

Condiciones de emisión del título Especie: Título de participación Valor Nominal: $300.000.000 Fecha de expedición: 6 de enero de 1995 Vencimiento: 6 de julio de 1995 Información básica del momento de adquisición Fecha de compra: 24 de marzo de 1995 Valor de Compra: $276.714.000 Tasa de compra: 33% Días al vencimiento 104 En la fecha de adquisición del título • Proyección de los flujos futuros En este caso sólo tendríamos un flujo futuro al vencimiento, que es de $300.000.000. $ 300.000.000 julio 6/95 104 días $ 276.714.000 Fecha de compra Marzo 24/95 • Determinación de la TIR o tasa efectiva en la fecha de adquisición $300.000.000 $276.714.000 = ------------------------- (1 + i) 104/365 TIR= 32,786167% • Determinación de la tasa básica en la fecha de adquisición La tasa básica seleccionada es el IRBB para el plazo correspondiente, es decir, el IRBB correspondiente a la fecha de adquisición (24 de marzo), que es 33.76%.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 74

• Cálculo del margen por emisor Para calcular este margen deben tenerse en cuenta: la tasa efectiva de compra y el valor de la tasa básica, expresada en términos efectivos vigente en la fecha de compra. La tasa básica en la fecha de compra es el IRBB del 24 de marzo que es 33.76% y la tasa efectiva de compra es del 32.78%. Entonces: Margen por emisor = 32.78 (-) 33.76 = -0.98% En la fecha de valoración • Información básica Fecha de valoración: 27 de marzo de 1995 Días al vencimiento: 97 • Determinación de la tasa básica en la fecha de valoración IRBB del 27 de marzo que es de 33.66%. Determinación de la tasa de mercado Tasa de mercado = Tasa básica en la fecha de valoración + Margen por emisor en la fecha de compra = 33.66% + (-.98) = 32.68% • Cálculo del valor presente neto o precio de mercado. $300.000.000 VP = (1 + 0.3268)97/365

= $278.282.106

Este es el valor por el cual debe quedar registrado contablemente el título al cierre mensual y es el que se compara con el último valor registrado para determinar la utilidad o pérdida por valoración a precios de mercado.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 75

Título de renta fija a tasa fija sin pagos periódicos de intereses - Título al descuento Ejercicio 6: • Recopilación de información básica Condiciones de emisión del título Especie: Aceptación bancaria o financiera Valor nominal: $550.000.000 Fecha de emisión: Octubre 1 de 1996 Fecha de vencimiento: Octubre 1 de 1997 Información básica en la fecha de adquisición Fecha de compra. Mayo 8 de 1997 Valor de compra: $505.439.000 Días al vencimiento: 146 Tasa básica seleccionada: IRBB Móvil 10 En la fecha de adquisición • Proyección de los flujos futuros En este caso sólo tendríamos un flujo futuro al vencimiento, que es de $550.000.000.

Fecha Flujos Valor Flujos $ Vencimiento Mayo 8 de 1997 Octubre 1 de 1997

505.439.000 550.000.000

146

$550.000.000 Octubre 1/97 146 días $ 505.439.000 Fecha de compra Mayo 8/97 • Determinación de la TIR o tasa efectiva en la fecha de adquisición.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 76

$550.000.000 $505.439.000 = ------------------------- (1 + i) 146/365 TIR (Tasa efectiva de compra) = 23,519308 • Determinación de la tasa básica La tasa básica en la fecha de compra es el IRBB Móvil 10, Plazo 121/180 días (contiene los días al vencimiento que son 146) = 24,16% • Cálculo del margen por emisor Margen = TIR - Tasa básica = 23,519308 - 24,16 = -0,640692 En la fecha de valoración • Recopilación de información básica Fecha de valoración: 31 de agosto de 1997 Días al vencimiento: 31 • Proyección de los flujos futuros El flujo futuro sigue siendo el mismo, sólo cambian los días al vencimiento y la tasa básica. $550.000.000 Octubre 1/97 31días Fecha de valoración Agosto 31/97 • Determinación de la tasa básica en la fecha de valoración La tasa básica es el IRBB Móvil 10, plazo 0/60 días del 31 de agosto/97= 22.54% • Determinación de la tasa de mercado

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 77

La tasa de mercado = Tasa básica en la fecha de valoración + Margen = IRBB Móvil 10 (0-60) + (-0,640692) = 22,54 + (-0,640692) = 21,899308 % Ajustar la tasa de mercado para un título al que le quedan menos de 60 días para su vencimiento, es opcional, “Tampoco será obligatorio ajustar a la tasa de mercado aquellos títulos de renta fija a los que lo queden sesenta (60) días o menos para su vencimiento. En este caso se podrá mantener, para efectos de la valoración diaria posterior, la tasa de mercado de la fecha en que le quedaban sesenta y un (61) días al vencimiento. Si el título se adquiere cuando le resten sesenta (60) días o menos para el vencimiento se podrá tomar como tasa de mercado la de adquisición” • Cálculo del valor presente neto o precio de mercado $550.000.000 VPN = ---------------------------- (1+0,21899308)31/365 = $540.827.136,45 Este es el valor por el cual debe quedar registrado contablemente el título al cierre mensual y es el que se compara con el último valor registrado para determinar la utilidad o pérdida por valoración a precios de mercado. 2.1.4.1.5.2 Inversiones de renta fija a tasa variable Ejercicio 7: TES Clase B, a tasa variable, emitidos por el Gobierno Nacional Los títulos TES a tasa variable, tendrán una tasa de interés liquidada por años calendario vencidos, con base en el IPC- año completo certificado por el DANE, vigente para el mes anterior al de pago de los intereses, y una tasa real aprobada en la subasta para colocación primaria del respectivo título. El procedimiento es el siguiente: • Cálculo de los rendimientos anuales Debe emplearse la siguiente fórmula: Rendimiento Anual = Capital [(1 + IPC anual) x (1 + PCA) - 1] En donde: Capital = Valor nominal del título

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IPC anual = Inflación del año completo certificada por el DANE para el mes anterior a la fecha de pago de los intereses.

PCA= Porcentaje contractual aprobado, es decir, el componente de rendimiento real

que se reconoce por contrato. • Determinación de los flujos de pagos Se determinará el flujo completo de pagos del título, empleando el IPC conocido en el momento de la valoración (IPC año completo publicado por el DANE para el mes inmediatamente anterior al de la fecha de valoración) y se empleará el mismo valor del IPC para estimar todos los flujos futuros del título. • Conversión de los flujos a valor presente Los flujos se convierten a valor presente empleando como tasa de descuento el valor resultante de sumar la tasa básica y el margen por emisor. • Determinación de la tasa básica Estos títulos tendrán como tasa básica su tasa efectiva promedio de negociación en las bolsas de valores, la cual puede estar representada en: - El promedio móvil de los últimos diez (10) días en los cuales se hayan efectuado negociaciones, o - Como mínimo el promedio móvil de los últimos cinco (5) días, siempre y cuando estas negociaciones se hayan efectuado al menos dentro de los últimos treinta (30) días hábiles, o en su defecto, dentro de los últimos noventa (90) días calendario. Las tasas efectivas promedio de negociación de los TES Clase B, a tasa variable, divulgadas por las bolsas deberán expresarse como el IPC año completo del mes anterior, más una tasa real de negociación (trn), utilizando la siguiente formulación: tb = [{(1 + IPC Anual) x (1 + trn)} - 1] 100 En donde: IPC corresponde a la Inflación del año completo certificada por el DANE para el mes anterior a la fecha de valoración y trn es el porcentaje real de rentabilidad promedio de las últimas 10 cotizaciones en bolsa, para títulos con plazos remanentes similares al del título valorado. Ejercicio 8: • Recopilación de información básica

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 79

Condiciones de emisión del título Especie: Bono Ordinario Valor nominal: $200.000.000 Fecha de emisión: Julio 1 de 1997 Fecha de vencimiento: Julio 1 de 1998 Tasa facial o nominal: DTF + 2 (Trimestre anticipado-T.A.) Modalidad de pago de los intereses: Semestre Vencido El título devengará un rendimiento del DTF + 2 sobre el valor, en la modalidad indicada. El rendimiento se liquida al DTF nominal anual vigente, el día en el cual se inicia el período de los intereses, adicionado en los puntos mencionados. Información básica del momento de adquisición Fecha de compra: Agosto 29 de 1997 Valor de compra: $206.068.151,14 Días al vencimiento: 306 Tasa básica seleccionada: IRBB Móvil 10 En la fecha de adquisición del título • Proyección de los flujos futuros Enero 1 de 1998 Julio 1 de 1998 $24.361.327 $224.171.342 125 días 181 días Fecha de compra Agosto 29/97 Fecha de emisión Julio 1 de 1997 Primer flujo futuro En este caso, para hallar el primer flujo futuro y dadas las condiciones de emisión, se toma como referencia la tasa nominal vigente en la fecha de emisión del título(para este caso

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 80

junio 1º de 1997), es decir, la DTF 90 días, que es igual a 20.34% Trimestre Anticipado -T.A.-, al cual adicionamos 2 puntos para 22.34%. Esta tasa es necesario convertirla primero a tasa efectiva 25.845013%, y luego a semestre vencido que es la modalidad de intereses y es igual a 24.361327% semestre vencido -S.V-. Ahora sí: F1 = Valor nominal (0.24361327/2) = $200.000.000 (0.24361327/2) = $24.361.327 Segundo Flujo futuro Dado que las condiciones del título son inciertas, para determinarlo tomamos como base el valor de la tasa de referencia (DTF) a la fecha de compra del título, es decir, al 29 de agosto, la cual tiene un valor de 20.18% T.A., más los dos puntos adicionales, para 22.18% T.A.. Igual que en el procedimiento anterior es preciso convertirla a una tasa efectiva que es 25.631976%, y después a la modalidad semestre vencido que es 24.171342%. Ahora sí: F2 = $200.000.000 (0.24171342/2) = $24.171.342 = $224.171.342 (sumado con el capital que se reintegra en el último flujo). • Determinación de la TIR o tasa efectiva en la fecha de adquisición. $24.361.327 $224.171.342 $206.068.151,14 = ----------------------- + ------------------- (1 + i)125/365 (1 + i) 181/365 TIR o tasa efectiva de compra = $23,813214 nominal anual diaria vencida, y es necesario convertir a la efectiva que es igual a 26,877833%. • Determinación de la tasa básica La tasa básica es el IRBB Móvil 10 para el rango 181/360 días, toda vez que al 29 de agosto de 1997 al título le quedan 306 días al vencimiento, la cual corresponde al 23,26% • Cálculo del margen por emisor Margen = TIR o tasa efectiva de compra - Tasa básica = 26,877 - 23,26 = 3,617 En la fecha de valoración

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 81

• Información Básica Fecha de valoración: Septiembre 30 de 1997 Días al vencimiento: 274 • Proyección de los flujos futuros Es necesario recalcular el segundo flujo futuro F2 tomando como base la DTF 90 días T.A. vigente a la fecha de valoración que es el 30 de septiembre de 1997: 20,07, la cual adicionada en los dos puntos que paga el título según las condiciones de emisión, debe convertirse primero a tasa efectiva 25.48574774% y posteriormente a semestre vencido 24,040866%. Entonces el F2 = $200.000.000 (0.24040866/2)

= $24.040.866

= $224.040.866 (interés más capital) Enero 1 de 1998 Julio 1 de 1998 $24.361.327 $224.040.866 93 días 181 días Fecha de valoración Septiembre 30/97 Fecha de compra 274 días Agosto 29/97 Fecha de emisión Julio 1 de 1997 • Determinación de la tasa básica en la fecha de valoración. La tasa básica es el IRBB Móvil 10 plazo 181/360 del 30 de septiembre de 1997, que es 24,10%. • Determinación de la tasa de mercado Tasa de mercado = Tasa básica en la fecha de valoración + Margen por emisor en la fecha de compra = 24.10 + 3,6178 = 27.7178%

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 82

• Cálculo del valor presente neto o precio de mercado

$24.361.327 $224.040.866 VP = ------------------------- + ----------------------- (1+0.2771)93/365 (1+0.2771)274/365 VP = $22.889.095,48 + $186.451.470 VP = $209.340.565,48 Este es el valor por el cual debe quedar registrado contablemente el título al cierre mensual y es el que se compara con el último valor registrado para determinar la utilidad o pérdida por valoración a precios de mercado.

Título TES Clase B, indexado al IPC Ejercicio 9: • Recopilación de información básica Condiciones de emisión del título Valor nominal: $100.000.000 Fecha de emisión: Febrero 12 de 1996 Fecha de vencimiento: Febrero 12 del 2001 Componente de rendimiento: 6.50% que es el PCA IPC año completo a febrero 28 de 1997: 19.58% Modalidad de pago de intereses: Año vencido Información básica del momento de adquisición Fecha de compra: Marzo 31 de 1997 Precio de compra: $118.000.000 Días al vencimiento: 1.414 días Tasa básica seleccionada: IRTESV Móvil 10 En la fecha de adquisición • Proyección de los flujos futuros De acuerdo con la metodología de valoración de los TES Clase B indexados al IPC, el cálculo de los rendimientos anuales se obtiene mediante la aplicación de la siguiente fórmula:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 83

Rendimiento Anual = Capital [(1 + IPC anual) x (1 + PCA) - 1] En donde: Capital = Valor nominal del título IPC anual = Inflación del año completo certificada por el DANE para el mes anterior a la

fecha de pago de los intereses. PCA= Porcentaje contractual aprobado, es decir, el componente de rendimiento real

que se reconoce por contrato. RA= Rendimiento anual Para hallar los flujos futuros: RA = $100.000.000 [(1 + 0.1958) x (1 + 0.065) - 1] = $27.352.700

Fecha Flujo Valor Flujo $

Vencimiento

Febrero12 de 1998 Febrero 12 de 1999 Febrero 12 del 2000 Febrero 12 del 2001

27.352.700 27.352.700 27.352.700

127.352.700

318 683

1.048 1.414

Feb.12/98 Feb.12/99 Feb.12/00 Feb.12/01 $27.352.700 $27.352.700 $27.352.700 $127.352.700 318 días 365 días 365 días 366 días 1.414 días Fecha de compra Marzo 31/97 • Determinación de la TIR o tasa efectiva de compra $27.352.700 $27.352.700 $27.352.700 $127.352.700 $118.000.000= ---------------- + ------------------- + ---------------- + ------------------ (1 + i)318/365 (1 + i)683/365 (1 + i) 1048/365 (1 + i)1414/365 TIR=19.363069% nominal anual, hace equivalentes los ingresos con el pago efectuado en el momento de la compra.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 84

Se debe convertir a su tasa efectiva anual TIR efectiva anual = 21.358588% • Determinación de la tasa básica La tasa básica es el IRTESV Móvil 10 plazo 1081/1800 días (contiene los días al vencimiento que son 1414) al 31 de marzo de 1997, que es 26,56%. • Cálculo del margen por emisor Estos títulos tienen margen cero (0), ya que son expedidos por el gobierno nacional, cuyo riesgo de solvencia es cero. En la fecha de valoración • Información básica Fecha de valoración: Agosto 31 de 1997 Días al vencimiento: 1261 días • Proyección de los flujos futuros de fondos El IPC año completo cambia a la fecha de valoración, que en este caso corresponde al IPC año completo a julio 31 de 1997 que es de 17.88%, y con base en él se recalculan los flujos futuros, de la siguiente forma. Rendimiento Anual = Capital [(1 + IPC anual) x (1 + PCA) - 1] RA = $100.000.000 [(1 + 0.1788) x (1 + 0.065) - 1] = $25.542.200

Fecha Flujo Valor Flujo $

Vencimiento

Febrero12 de 1998 Febrero 12 de 1999 Febrero 12 del 2000 Febrero 12 del 2001

25.542.200 25.542.200 25.542.200

125.542.200

165 530 895

1.261 Feb.12/98 Feb.12/99 Feb.12/00 Feb.12/01 $25.542.200 $25.542.200 $25.542.200 $125.542.200 165 días 365 días 365 días 366 días 1.261 días Fecha de valoración

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 85

Agosto 31/97 • Determinación de la tasa básica en la fecha de valoración La tasa básica es el IRTESV Móvil 10 Plazo 1081/1800 días (contiene el número de días al vencimiento que son 1261) al 31 de agosto de 1997 que es 24.52%. • Determinación de la tasa de mercado Tasa de mercado = Tasa básica en la fecha de valoración + margen en la fecha de compra = 24.52 + 0 = 24.52% • Cálculo del valor presente neto o precio de mercado

$25.542.200 $25.542.200 $25.542.200 $125.542.200 VP = ------------------ + ------------------- + ---------------- + ----------------- (1 + i)165/365 (1 + y)530/365 (1 + i)895/365 (1 + i)1261/365 VP = $115.478.292 Este es el valor por el cual debe quedar registrado contablemente el título al cierre mensual y es el que se compara con el último valor registrado para determinar la utilidad o pérdida por valoración a precios de mercado. 2.1.4.2 Actualización a partir de descuentos de flujos futuros con base en la tasa

interna de retorno (TIR) Esta metodología será utilizada para la actualización de las inversiones de renta fija clasificadas en fines de política y las de administración de liquidez, de aquellas entidades que una vez aplicados los indicadores contemplados en este procedimiento se excluyen de valorar a precio de mercado. 2.1.4.2.1 Procedimiento Metodológico El proceso de actualización por esta metodología comprende los siguientes pasos: • Recopilación de información básica • Proyección de los flujos futuros en el momento de la adquisición • Cálculo de la tasa interna de retorno TIR a la fecha de compra • Proyección de los flujos futuros en el momento de la actualización • Actualización del precio de la inversión • Recopilación de información básica.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 86

Tiene como propósito la determinación de las características y condiciones de compra del título y esta conformado por: las fechas de emisión, adquisición, pago de intereses y redención; tasa de interés (fija o variable), modalidad de aplicación (período vencido o anticipado); período de capitalización (Interés simple o interés compuesto). • Proyección de los flujos futuros en el momento de la adquisición De acuerdo con las condiciones de plazo, tasa pactada y modalidad de pago de los intereses se proyectarán los flujos futuros del título. Cuando de trata de un título de renta fija a tasa fija, el valor de los flujos futuros no cambia durante la maduración del mismo y por consiguiente la TIR será la misma en cualquier momento de la vida del título. Cuando es un título de renta fija a tasa variable su rentabilidad está atada a un indicador, razón por la cual, si existen liquidaciones o pagos intermedios de rentabilidad, el valor de los intereses puede variar entre un flujo y otro, de allí la necesidad de actualizar el valor de la inversión a la TIR ajustada, en el momento en que según las cláusulas contractuales del título, se produzca el cambio del período de aplicación de los intereses. • Cálculo de la tasa interna de retorno TIR La TIR se establece teniendo en cuenta los flujos futuros de la inversión y se define como aquella tasa de interés que hace que el valor presente de los ingresos sea igual al valor presente de los egresos, o lo que es igual, que la diferencia entre valor presente de los ingresos y el valor presente de los egresos de la inversión sea igual a cero. La fórmula a utilizar para el cálculo de la TIR es la misma que se emplea para obtener el valor presente neto VPN: F0 F1 F2 F3 F4 Fn VPN= - + + + + +

(1+i)0 (1+i)1 (1+i)2 (1+i)3 (1+i)4 (1+i)n En donde: VPN : Valor Presente Neto F0 : Corresponde al flujo inicial F1-2-3-4-n : Corresponde a los flujos futuros respectivos i : Es el valor de la tasa de interés a calcular * * La tasa de interés que se toma es la efectiva y el período debe corresponder al mismo de

los flujos, es decir, si el período de los flujos es diario, la tasa deber ser la efectiva diaria, si los flujos son mensuales, la tasa igualmente debe ser mensual.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 87

La TIR, puede obtenerse mediante la utilización de una calculadora financiera o un programa de computador; si no se cuenta con estos instrumentos, debe despejarse empleando el método del tanteo, o de ensayo y error, probando varios valores de i, hasta obtener un VPN igual a Cero. • Proyección de los flujos futuros en el momento de la actualización De acuerdo con las condiciones de plazo, tasa pactada y modalidad de pago de los intereses del título, se proyectarán los flujos futuros que queda pendientes de pago en el momento de la actualización. • Actualización de la inversión. Para actualizar el valor de la inversión, mediante la fórmula de VPN se procede a calcularlo, empleando como tasa de interés la obtenida como TIR en el momento de la compra o la TIR ajustada al indicador vigente para título, cuando se trate de una inversión de renta fija a tasa variable que aplica intereses durante la maduración de la misma. 2.1.4.2.2 Tratamiento Contable La actualización de las inversiones a partir de descuentos de flujos futuros con base en la TIR, incrementa el valor de la inversión, con abono a los ingresos. En los registros contables de estas inversiones deben tenerse en cuenta las siguientes reglas: • No serán objeto de reconocimiento de rendimientos por ningún concepto, siempre que el

valor presente neto los incorpore. • El valor de los intereses pagados se descontará del valor de la inversión. El registro de las actualizaciones de las inversiones negociables se efectuará así: La variación presentada en el valor de inversión por efecto de la actualización. Códigos Cuentas Débitos Créditos 1 ACTIVO 12 INVERSIONES 1201 Inversiones Administración Liquidez – Renta Fija 1203 Inversiones con Fines de Política – Renta Fija ó 1206 Inversiones – Operaciones de cobertura XXX 4 INGRESOS 48 OTROS INGRESOS 4805 Financieros 4805XX Rendimiento inversiones actualizadas con base en

la TIR XXX

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 88

El recaudo de los intereses debe registrarse como un menor valor de las inversiones. Códigos Cuentas Débitos Créditos 1 ACTIVO 11 EFECTIVO XXX 1 ACTIVO 12 INVERSIONES 1201 Inversiones Administración Liquidez - Renta

Fija

1203 Inversiones con Fines de Política – Renta Fija Ó 1206 Inversiones – Operaciones de cobertura XXX 2.1.4.2.3 Casos Prácticos Ejercicio 1: Hallar la TIR de la siguiente inversión: $50.000 $60.000 $70.000 1 2 3(años)

$ 100.000 $50.000 $60.000 $70.000 VPN(TIR) = -$100.000 + + + (1+i)1 (1+i)2 (1+i)3

TIR = 33.875% 2.1.4.2.3.1 Títulos de renta fija a tasa fija sin amortización periódica de intereses Ejercicio 2: Hallar la TIR y actualizar al 1 de agosto la siguiente inversión: • Recopilación de información básica. Especie: CDT Valor Nominal: $1.000.000 Fecha de expedición: 1 de junio de 1999 Vencimiento: 1 de diciembre de 1999 Tasa nominal: 28% anual

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 89

Modalidad de pago de los intereses: Semestre Vencido (S.V.) Fecha de adquisición: 1 de junio de 1999 Precio de adquisición: $1.000.000

• Proyección de los flujos futuros en el momento de la adquisición.

1. 140.000 dic. 1 de 99 180 días 1.000.000 junio1 del 99 • Calculo de la tasa interna de retorno TIR $1.140.000 VPN(TIR) = - $1000.000 +

(1+i)180/360

VPN (29,96 anual) = -$1.000.000 + 1.000.000 TIR anual = 29,96% Es lo mismo que: $1.140.000 VPN(TIR) = - $1000.000 +

(1+i)180

VPN ( 0,07282 diaria) = -$1.000.000 + 1.000.000 TIR diaria = 0,07282% 360 TIR anual = (1+0,0007282) - 1 = 0,2996 = 29,96% anual • Proyección de los flujos futuros en el momento de la actualización. 1. 140.000 dic. 1 de 99 120 días agosto1 del 99

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 90

• Actualización del precio de la inversión. $1.140.000 $1.140.000 VPN(TIR) = =

(1+i)120/360 (1+0,2996)120/360

VPN (29,96 anual) = $1.044.643,93 Es lo mismo que: $1.140.000 $1.140.000 VPN(TIR) = =

(1+i)120 (1+0,0007282)120

VPN (0,7282 diario) = $1.044.643,9 2.1.4.2.3.2 Títulos de renta fija a tasa fija con amortización periódica de intereses Ejercicio 3: Hallar la TIR y actualizar la siguiente inversión: • Recopilación de información básica. Especie: CDT Valor Nominal: $500.000 Fecha de expedición: 1 de abril de 1997 Vencimiento: 1 de abril de 1998 Tasa nominal: 24% anual Modalidad de pago de los intereses: Trimestre Vencido (T.V.) Fecha de adquisición: 1 de junio de 1997 Precio de adquisición: $519.000 • Proyección de los flujos futuros en el momento de la adquisición. 30.000 30.000 30.000 530.000 1 julio 1 octubre 1 enero 1 abril 300 días 519.000 1 de junio

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 91

• Calculo de la tasa interna de retorno TIR $30.000 $30.000 $30.000 530.000 VPN(TIR) = - $519.000 + + + + (1+i)30/360 (1+i)120/360 (1+i)210/360 (1+i)300/360

VPN (26,5084) = -$519.000 + 29.417,88 + 27.738,41 + 26.154,82 + 435.688.90 TIR = 26,5084% = 0,065337% diaria • Proyección de los flujos futuros en el momento de la actualización. Para el 30 de junio los flujos futuros serán: 30.000 30.000 30.000 530.000 1 91 181 271 1 julio 1 octubre 1 enero 1 abril 30 de junio Para el 30 de septiembre los flujos futuros serán: 30.000 30.000 530.000 1 91 181 1 julio 1 octubre 1 enero 1 abril 30 de septiembre • Actualización del precio de la inversión. El 30 de junio de 1997, el valor de la inversión será: $30.000 $30.000 $30.000 $530.000 VPN = + + + (1+0.265)1/360 (1+0.265)91/360 (1+0.265)181/360 (1+0.265)271/360

VPN = 29.980,41 + 28.268,83 + 26.654.96 + 444.020,24 VPN = 528.924,44

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 92

El 30 de septiembre de 1997, el valor de la inversión será: $30.000 $30.000 $530.000 VPN = + +

(1+0,00065337)1 (1+0,00065337)91 (1+0,00065337)181

VPN = 29.980,41 + 28.268,84 + 470.904,66 VPN = 529.153.91 2.1.4.2.3.3. Títulos de renta fija a tasa variable sin amortización periódica de intereses Ejercicio 4: Hallar la TIR y actualizar al 31 de diciembre de 1.999 la siguiente inversión: • Recopilación de información básica. Especie: CDT Valor Nominal: $1.000.000 Fecha de expedición: 4 de noviembre de 1.999 Vencimiento: 4 de febrero de 2.000 Tasa nominal: DTF+2 anual Modalidad de pago de los intereses: Trimestre Vencido (T.V.) Fecha de adquisición: 4 de noviembre de 1.999 Precio de adquisición: $1.000.000 • Proyección de los flujos futuros en el momento de la adquisición. Si la DTF vigente para noviembre 4 de 1.999 fuera de 17,89%, que equivale a una tasa nominal anual del 16.80 % T.V., como el título reconoce un interés del DTF+2 entonces: Tasa nominal anual del título = 16.80 + 2 = 18.80 T.V. La tasa trimestral = 18.80 / 4 = 4.7% Es decir, con la redención del título, el emisor reconoce intereses por $ 47.000, en estas condiciones el flujo será el siguiente: 1. 047.000 feb. 4 del 00 90 días 1.000.000 nov. 4 del 99

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 93

• Calculo de la tasa interna de retorno TIR $1.047.000 VPN(TIR trimestral) = - $1000.000 +

(1+i) 1

VPN (4,7% trimestral) = -$1.000.000 + 1.000.000 TIR trimestral = 4.7% La TIR de un título con un solo flujo, adquirido en mercado primario es la misma tasa efectiva que reconoce. Es lo mismo que: $1.047.000 VPN(TIR) = - $1000.000 + (1+i)90

VPN ( 0,051045 diaria) = - $1.000.000 + 1.000.000 TIR diaria = 0,051045% 360 TIR anual = (1+0,00051045) - 1 = 0,2017 = 20,1673% anual • Proyección de los flujos futuros en el momento de la actualización. 1. 047.000 feb. 4 del 00 34 días dic. 31 del 99 • Actualización del precio de la inversión. $1.047.000 $1.047.000 VPN(TIR Diario) = =

(1+i)34 (1+0,00051045)34

VPN (0,051045 diario) = $1.028.990,33 Es lo mismo que:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 94

$1.047.000 $1.047.000 VPN(TIR anual) = =

(1+i)34/360 (1+0, 201673)34/360

VPN (20,1673 anual) = $1.028.990,37 2.1.4.2.3.4 Títulos de renta fija a tasa variable con amortización periódica de intereses Ejercicio 5: Hallar la TIR y actualizar la siguiente inversión a diciembre 31 de 1.999 y a marzo 30 de 2.000: • Recopilación de información básica. Especie: CDT Valor Nominal: $800.000 Fecha de expedición: 20 de octubre de 1.999 Vencimiento: 20 de abril de 2.000 Tasa nominal: DTF +1.5 Modalidad de pago de los intereses: Trimestre Vencido (T.V.) Fecha de adquisición: 20 de octubre de 1.999 Precio de adquisición: $800.000 • Proyección de los flujos futuros en el momento de la adquisición. Si la DTF vigente para octubre 4 de 1.999 fuera de 35,9312%, que equivale a una tasa nominal anual del 31,90656 % T.V., como el título reconoce un interés del DTF+1,5 entonces: Tasa nominal anual del título = 31,90656 + 1,5 = 33,40656 T.V. La tasa trimestral = 33,40656 / 4 = 8,6016% 4 Y la tasa efectiva anual = (1 + 0,086016) - 1 = 0,391 = 39,10% Es decir, con la redención del título, el emisor reconoce intereses por $ 68.812,8 en estas condiciones el flujo será el siguiente: 68.812.8 868.812.8 180 días 800.000 oct. 20 del 99

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 95

• Calculo de la tasa interna de retorno TIR $68.812.8 $868.812.8 VPN(TIR diaria) = - $800.000 + + (1+i)90 (1+i)180

VPN (0,09172) = - $800.000 + 63362,97 + 736.645,92 TIR diaria = 0,09172 % = 39,1024% anual • Proyección de los flujos futuros en el momento de la actualización. Para el 31 de diciembre los flujos futuros serán: 68.812.8 868.812.8 20 días 110 días Ene. 20 del 00 abr. 20 del 00 dic. 31 del 99 Para el 30 de marzo, como el índice que determina la tasa de interés varió, es necesario recalcular la TIR del título. Como el 20 de enero del 2.000, el título pago intereses y empezó a aplicarlos con un DTF del 10,58%, la nueva TIR será: $823.368.8 VPN(TIR diaria) = - $800.000 + (1+i)90 TIR (diaria) = 0,0319967%

Por consiguiente, el flujo futuro será: 823.368,8 20 días abr. 20 del 00 mar. 30 del 00 • Actualización del precio de la inversión. El 31 de diciembre de 1999, el valor de la inversión será:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 96

$68.812.8 $868.812.8 VPN = +

(1+0,0009172)20 (1+0,0009172)110

VPN = 67.562,57 + 785.469,73 = 853.032,30 El 30 de marzo de 2000, el valor de la inversión será:

823.368,8 VPN = = 818.117,44

(1+0,000319967)20

2.1.4.3 Actualización por el método de participación patrimonial La aplicación de este método implica conocer las variaciones patrimoniales registradas por la entidad controlada, entre un período y otro, en la proporción de la participación del ente inversor. Las variaciones patrimoniales deben clasificarse en resultados del ejercicio y otras partidas patrimoniales. Suponiendo que el primero de enero de 2001 una entidad pública adquiere el 80% de las acciones suscritas y pagadas (80.000 acciones) de una sociedad de economía mixta del nivel nacional, por valor de $680.000. 2.1.4.3.1 Registro de la inversión Códigos Cuentas Débitos Créditos 1208 INVERSIONES PATRIMONIALES –

MÉTODO DE PARTICIPACIÓN

120802 En sociedades de economía mixta del nivel nacional

$680.000

1110 BANCOS Y CORPORACIONES 111005 Cuenta corriente bancaria $680.000 El patrimonio del ente emisor a diciembre 31 de 2001 y 2000, se conforma de la siguiente manera:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 97

Patrimonio Institucional Saldo a

Diciembre 31/01 Saldo a

Diciembre 31/00

VARIACIÓN

Capital Autorizado y pagado $ 850.000 $850.000 $ 0 Prima en colocación de acciones cuotas o partes de interés

20.000 20.000 0

Reservas 320.000 280.000 40.000 Dividendos y participaciones decretados

0 0 0

Resultados de ejercicios anteriores 93.000 40.000 53.000 Superávit por donaciones 35.000 15.000 20.000 Superávit por valorizaciones 45.000 35.000 10.000 Utilidad del ejercicio 80.000 93.000 $1.443.000 $1.333.000 La utilidad del año 2000, por valor de $93.000 se distribuyó de la siguiente manera: Reservas $40.000 Resultados de ejercicios anteriores 53.000 2.1.4.3.2 Actualización de la inversión por el componente de resultados De la utilidad del ejercicio $80.000 deben excluirse las utilidades o pérdidas originadas por operaciones entre la entidad controlante y la controlada, que aún no hayan sido realizadas por esta última, mediante transacciones con terceros. Suponiendo una operación de comercialización en la cual la entidad controlante vende inventarios por $40.000 a la entidad controlada, con una utilidad del 20% sobre el costo. De estos inventarios, el 50% permanece en la entidad controlada a diciembre 31 de 2001. La depuración de la utilidad se efectúa de la siguiente manera: - Entidad controlante: Ventas $40.000 Costo de ventas 33.333 Utilidad 6.667 - Entidad controlada Inventario final $20.000 Costo para la entidad controlante 16.667 Utilidad no realizada 3.333

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 98

- Depuración de la utilidad Utilidad del ejercicio controlada $80.000 Menos: utilidad no realizada 3.333 Utilidad depurada $76.667 - Utilidad que ha de ser incorporada en la entidad controlante Utilidad depurada $76.667 Porcentaje de participación 80% Valor de actualización de la inversión $61.334 - Registro contable Códigos Cuentas Débitos Créditos 1208 INVERSIONES PATRIMONIALES –

MÉTODO DE PARTICIPACIÓN

120802 En sociedades de economía mixta del nivel nacional

$61.334

4807 UTILIDAD POR EL MÉTODO DE PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL

480702 En sociedades de economía mixta del nivel nacional

$61.334

2.1.4.3.3 Actualización de la inversión por el componente de partidas patrimoniales

distintas de los resultados Variación en las demás partidas patrimoniales Patrimonio final $1.443.000 Menos: patrimonio inicial 1.333.000 Menos: utilidad del ejercicio 80.000 Variación otras partidas patrimoniales $ 30.000 Porcentaje de participación 80% $ 24.000 - Registro contable Códigos Cuentas Débitos Créditos 1208 INVERSIONES PATRIMONIALES – MÉTODO

DE PARTICIPACIÓN

120802 En sociedades de economía mixta del nivel nacional $24.000 3243 SUPERÁVIT POR EL MÉTODO DE

PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL

324302 En sociedades de economía mixta del nivel nacional $24.000

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 99

2.1.4.3.4 Tratamiento de los dividendos recibidos en efectivo Cuando los dividendos recibidos en efectivo corresponden a períodos en los cuales no se aplicó el método de participación patrimonial, deben reconocerse como ingresos del período en el cual se decretan. Bajo el supuesto que de los dividendos distribuidos le corresponde a la entidad controlante la suma de $8.000. - Registro contable Códigos Cuentas Débitos Créditos 1470 OTROS DEUDORES 147043 Dividendos y participaciones por cobrar $8.000 4805 FINANCIEROS 480527 Dividendos $8.000 2.1.3.3.5 Ajuste al valor intrínseco La entidad controlante, a diciembre 31 de 2001, presenta en la cuenta de Inversiones, la siguiente situación: Costo de la inversión $680.000 Más: ingreso método de participación 61.334 Más: variación otras partidas patrimoniales 24.000 $765.334 Por su parte, el valor intrínseco de la entidad controlada, es el siguiente: Total del patrimonio/ Número de acciones en circulación = Valor intrínseco $1.443.000 / 100.000 = $14.43 Teniendo en cuenta que la entidad controlante posee el 80% de las acciones del ente emisor, el valor intrínseco se calcula de manera proporcional: 80.000 acciones * $14.43 = $1.154.400 Comparación Valor intrínseco – valor de la inversión

$1.154.400 - 765.334 = $389.066

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 100

- Registro contable Códigos Cuentas Débitos Créditos 1999 VALORIZACIONES 199909 Inversiones en sociedades de economía mixta

del nivel nacional $389.066

3240 SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN 324009 Inversiones en sociedades de economía mixta

del nivel nacional $389.066

2.1.4.3.6 Tratamiento cuando se presenta pérdida en la controlada El patrimonio del ente emisor a diciembre 31 de 2002 y 2001, se conforma de la siguiente manera:

Patrimonio Institucional Saldo a Diciembre 31/02

Saldo a Diciembre 31/01

VARIACIÓN

Capital Autorizado y pagado $ 850.000 $850.000 $ 0 Prima en colocación de acciones cuotas o partes de interés

20.000 20.000 0

Reservas 360.000 320.000 40.000 Dividendos y participaciones decretados

Resultados de ejercicios anteriores 100.000 93.000 7.000 Superávit por donaciones 40.000 35.000 5.000 Superávit por valorizaciones 60.000 45.000 15.000 Resultado del ejercicio (80.000) 80.000 $1.350.000 $1.443.000 La utilidad del año 2001, por valor de $80.000 se distribuyó de la siguiente manera: Reservas $40.000 Resultados de ejercicios anteriores 40.000 De las operaciones realizadas entre la entidad controlante y la controlada, no quedaron utilidades ni pérdidas pendientes de realizar. - Pérdida que ha de ser incorporada en la entidad controlante Pérdida del ejercicio de la controlada $80.000 Porcentaje de participación 80% Valor de actualización de la inversión $64.000

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 101

- Registro contable Códigos Cuentas Débitos Créditos 5806 PÉRDIDA POR EL MÉTODO DE LA

PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL

580602 En sociedades de economía mixta del nivel nacional

$64.000

1208 INVERSIONES PATRIMONIALES – MÉTODO DE PARTICIPACIÓN

120802 En sociedades de economía mixta del nivel nacional

$64.000

2.1.4.3.7 Actualización de la inversión por el componente de partidas patrimoniales

distintas de los resultados Variación en las demás partidas patrimoniales Patrimonio final $1.350.000 Menos: patrimonio inicial 1.443.000 Más: pérdida del ejercicio 80.000 Más: dividendos pagados en efectivo 33.000 Variación otras partidas patrimoniales $ 20.000 Porcentaje de participación 80%

$ 16.000 - Registro contable Códigos Cuentas Débitos Créditos 1208 INVERSIONES PATRIMONIALES –

MÉTODO DE PARTICIPACIÓN

120802 En sociedades de economía mixta del nivel nacional

$16.000

3243 SUPERÁVIT POR EL MÉTODO DE PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL

324302 En sociedades de economía mixta del nivel nacional

$16.000

2.1.4.3.8 Tratamiento de los dividendos recibidos en efectivo En el años 2002 se decretaron dividendos en efectivo por valor de $33.000 Los dividendos decretados en efectivo correspondientes a períodos en los cuales se aplicó el método de participación patrimonial, constituyen un menor valor de la inversión.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 102

Teniendo en cuenta que el porcentaje de participación de la controlante es del 80%, le corresponde por concepto de dividendos la suma de $26.400 - Registro contable Códigos Cuentas Débitos Créditos 1470 OTROS DEUDORES 147043 Dividendos y participaciones por cobrar $26.400 1208 INVERSIONES PATRIMONIALES –

MÉTODO DE PARTICIPACIÓN

120802 En sociedades de economía mixta del nivel nacional

$26.400

2.1.4.3.9 Ajuste al valor intrínseco La entidad controlante, a diciembre 31 de 2002, presenta en la cuenta de Inversiones, la siguiente situación: Costo de la inversión $765.334 Menos: pérdida método de participación 64.000 Más: variación otras partidas patrimoniales 16.000 Menos: dividendos recibidos en efectivo 26.400 $690.934 Por su parte, el valor intrínseco de la controlada a diciembre 31/02, es el siguiente: Total del patrimonio/ Número de acciones en circulación = Valor intrínseco $1.350.000 / 100.000 = $13.5 Teniendo en cuenta que la entidad controlante posee el 80% de las acciones del ente emisor, el valor intrínseco se calcula de manera proporcional: 80.000 acciones * $13.5 = $1.080.000 Comparación Valor intrínseco – valor de la inversión

$1.080.000 – 690.934 = $389.066 Ahora bien, teniendo en cuenta que se tiene constituida una valorización por valor de $389.066, no hay lugar a efectuar ningún tipo de ajuste.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 103

2.1.4.4 Actualización por el método del costo 2.1.4.4.1 Inversiones que no conceden el control clasificadas como de baja o mínima

bursatilidad o sin ninguna cotización 2.1.4.4.1.1 Registro de la adquisición Las inversiones patrimoniales que no permiten ejercer control o influencia importante en las decisiones financieras y operativas del respectivo ente emisor y que se clasifican como de baja o mínima bursatilidad, deben registrarse por su costo histórico, el cual se conforma por el valor de compra más las comisiones, honorarios, impuestos y demás conceptos generados exclusivamente en su adquisición. Suponiendo que la inversión se efectúa en una Empresa industrial y comercial del Estado del nivel nacional, su registro es el siguiente: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1207 INVERSIONES PATRIMONIALES –

MÉTODO DEL COSTO

120701 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel nacional

$100.000

1110 BANCOS Y CORPORACIONES 111005 Cuenta corriente bancaria $100.000 2.1.4.4.1.2 Aplicación del ajuste por inflación Suponiendo que la entidad aplica el sistema de ajustes integrales Códigos Cuentas Débitos Créditos 1207 INVERSIONES PATRIMONIALES –

MÉTODO DEL COSTO

120799 Ajustes por inflación $8.000 4905 CORRECCIÓNMONETARIA 490507 Inversiones $8.000 2.1.4.4.1.3 Ajuste al valor intrínseco Pueden presentarse las siguientes situaciones: - Valor intrínseco superior al costo ajustado de la inversión Cuando el valor intrínseco es superior al costo ajustado de la inversión, se constituye una valorización. Si el valor intrínseco de la inversión es $110.000, la valorización se registra de la siguiente manera:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 104

2.1.4.4.1.4 Constitución de la valorización Códigos Cuentas Débitos Créditos 1999 VALORIZACIONES 199908 Inversiones en empresas industriales y

comerciales del estado del nivel nacional $2.000

3240 SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN 324008 Inversiones en empresas industriales y

comerciales del estado del nivel nacional $2.000

- Valor intrínseco inferior al costo ajustado de la inversión Cuando el valor intrínseco es inferior al costo ajustado de la inversión, en primera instancia se disminuye la valorización hasta agotarla y más allá de ese valor, se constituyen provisiones. Teniendo en cuenta que la inversión tiene un costo de $100.000, un ajustes por inflación de $8.000 y una valorización constituida por $2.000 y suponiendo que el valor intrínseco es de $95.000, debe darse el siguiente tratamiento: 2.1.4.4.1.5 Disminución de la valorización Códigos Cuentas Débitos Créditos 3240 SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN 324008 Inversiones en empresas industriales y

comerciales del estado del nivel nacional $2.000

1999 VALORIZACIONES 199908 Inversiones en empresas industriales y

comerciales del estado del nivel nacional $2.000

2.1.4.4.1.6 Constitución de la provisión Códigos Cuentas Débitos Créditos 5302 PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE

INVERSIONES

530203 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel nacional

$13.000

1280 PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE INVERSIONES (CR)

128003 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel nacional

$13.000

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 105

2.1.4.4.1.7 Distribución de utilidades La distribución de utilidades por parte del ente emisor, se constituye en un ingreso para el ente inversor, siempre y cuando se hayan generado con posterioridad a la fecha de adquisición. Suponiendo que de las utilidades distribuidas, le corresponde un monto de $2.500. Códigos Cuentas Débitos Créditos 1470 OTROS DEUDORES 147043 Dividendos y participaciones por cobrar $2.500 4805 FINANCIEROS 480527 Dividendos $2.500 2.1.4.4.2 Inversiones permanentes Las inversiones patrimoniales que no conceden el control y que se realizan con la intención y capacidad de mantenerlas en el portafolio por lo menos durante tres años sin que se afecte la liquidez del ente inversor, independientemente del grado e bursatilidad, deben ajustarse al valor de realización. Si se trata de inversiones que se cotizan en bolsa, el valor de realización es la cotización en bolsa y tratándose de inversiones que no se coticen en bolsa, el valor de realización es el intrínseco. 2.1.4.4.2.1 Constitución de valorizaciones Cuando el valor de realización es superior al valor de la inversión, se constituye una valorización. Si el costo de la inversión es de $100.000 y el valor de realización es de $110.000, la valorización se registra de la siguiente manera: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1999 VALORIZACIONES 199908 Inversiones en empresas industriales y

comerciales del estado del nivel nacional $10.000

3240 SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN 324008 Inversiones en empresas industriales y

comerciales del estado del nivel nacional $10.000

2.1.4.4.2.2. Constitución de desvalorizaciones Cuando el valor de realización es inferior al valor de la inversión, en primera instancia se disminuye la valorización hasta agotarla y más allá de ese valor, se constituyen desvalorizaciones, sin perjuicio que el saldo neto de las valorizaciones y el superávit, llegue a ser contrario a su naturaleza. Suponiendo que el valor intrínseco es de $85.000, debe darse el siguiente tratamiento: • Registro contable

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 106

Códigos Cuentas Débitos Créditos 3240 SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN 324008 Inversiones en empresas industriales y

comerciales del estado del nivel nacional $15.000

1999 VALORIZACIONES 199908 Inversiones en empresas industriales y

comerciales del estado del nivel nacional $15.000

2.1.5 Periodicidad de la actualización y registro Las entidades obligadas a valorar sus inversiones a precios de mercado, así como aquellas que actualicen sus inversiones mediante la determinación del valor presente neto con base en la TIR a la fecha de compra deberán hacerlo por lo menos una vez al mes y registrar sus resultados al cierre mensual. Aquellas entidades que se encuentran bajo la inspección y vigilancia de las Superintendencias Bancaria o de Valores, seguirán sujetas a la periodicidad establecida por ellas, tanto para la valoración como para el registro. Las inversiones patrimoniales que se valoren por el método del costo, deben actualizarse mensualmente, cuando se coticen en bolsa. En caso contrario, cuando se disponga de la información sobre el valor intrínseco, que como mínimo debe ser una vez al año. Las inversiones patrimoniales que se valoren por el método de participación, deben actualizarse cuando se disponga de la información, como mínimo trimestralmente. 2.2 Instrucciones relativas al reconocimiento y revelación de las

propiedades, planta y equipo 2.2.1 Objetivos

2.2.1.1 General Impartir instrucciones para el reconocimiento y revelación de las propiedades, planta y equipo, determinados mediante la aplicación de conceptos tales como depreciación, amortización, provisión, valorizaciones y desvalorizaciones que conduzcan a la obtención de cifras que permitan conocer la realidad financiera y económica de la entidad.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 107

2.2.1.2 Específicos • Definir los registros contables para las diferentes operaciones que involucren el concepto

de Propiedades, planta y equipo. • Fijar los parámetros que permitan la estimación de la vida útil. • Definir la metodología para el cálculo de la depreciación y amortización, para su

reconocimiento en forma sistemática y uniforme. • Determinar y reconocer el costo o gasto por los conceptos de depreciación, amortización

y provisión, así como definir sus registros contables. • Definir los procedimientos de actualización de las propiedades, planta y equipo, así

como su registro contable. 2.2.2. Ámbito de aplicación La presente norma debe ser aplicada por todos los entes públicos de los niveles nacional y territorial, de conformidad con el artículo 2º. de la Resolución 400 del 1º. de diciembre de 2000. 2.2.3 Aspectos conceptuales 2.2.3.1 Propiedades, planta y equipo Corresponde a los bienes tangibles que cumplen las siguientes características: • De propiedad del ente público. • Adquiridos a cualquier título, para usarlos en la prestación de servicios o en la

producción de bienes, usufructuarlos o utilizarlos en la administración del ente público, así como aquellos que por circunstancias especiales no están siendo explotados.

• No están destinados para la venta en desarrollo de actividades comerciales. • Su vida útil probable estimada en condiciones normales de funcionamiento excede de

un año. 2.2.3.2 Evidencia documentaria La propiedad o dominio de los bienes inmuebles se determina mediante escritura pública debidamente protocolizada, en tanto que la de los muebles a través de tarjetas de propiedad, facturas, actas, resoluciones o actos administrativos. 2.2.3.3 Valor en libros Corresponde al valor neto resultante de conjugar el costo histórico, ajustes por inflación, depreciación, amortización, provisiones, valorizaciones y desvalorizaciones aplicables a cada clase de bien, según sea el caso.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 108

2.2.3.4 Vida útil Corresponde al lapso durante el cual se espera que un activo pueda ser usado por un ente público en la prestación de servicios o en la producción de bienes, no obstante considerar características o circunstancias tales como, especificaciones de fábrica, deterioro por uso, acción de factores naturales u obsolescencia por avance tecnológico, entre otros conceptos. También se considera vida útil el número de unidades de producción u otras similares que el ente público espera obtener del activo. La vida útil puede ser modificada cuando circunstancias especiales, cambien la capacidad de producción o de servicios de las propiedades, planta y equipo. 2.2.3.5 Reparaciones o mantenimiento Erogaciones en las cuales incurre el ente público con el fin recuperar y conservar la capacidad normal de producción y utilización de las Propiedades planta y equipo, se registran afectando las cuentas de gastos o costos de producción, según corresponda. 2.2.3.6 Propiedades, planta y equipo no explotados Corresponde a los bienes muebles e inmuebles que no han sido objeto de uso o explotación, así como aquellos que debido a características o circunstancias especiales diferentes al mantenimiento, no están siendo utilizados por el ente público. En esta cuenta no se incluyen los conceptos de bienes inservibles y bienes muebles en bodega. 2.2.3.7 Baja de bienes Corresponde al proceso soportado legalmente con un acto administrativo, mediante el cual se retiran de las Propiedades planta y equipo, los bienes que han sido objeto de destrucción total o parcial por siniestro, pérdida o inservibilidad, el cual se utiliza como soporte contable para efectuar los respectivos registros. 2.2.4 Aplicación contable 2.2.4.1 Reconocimiento § Las Propiedades, planta y equipo deben reconocerse por su costo histórico y

actualizarse mediante la aplicación de ajustes por inflación, utilizando índices generales o específicos, para lo cual se tomarán los saldos iniciales ajustados que se tengan en cada mes, así como el de la depreciación acumulada y se incrementará con el resultado que se obtenga de multiplicarlos por el factor de ajuste mensual que corresponda, de conformidad con las normas técnicas y procedimentales relativas al costo reexpresado.

§ Los activos recibidos en cambio, permuta, donación, dación de pago u otra modalidad,

serán reconocidos por parte del ente público que los recibe, por el valor convenido o, a falta de éste, por un valor determinado mediante avalúo técnico. El ente público que transfiere el bien lo retirará por el valor en libros.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 109

2.2.4.2 Actualización • El resultado de la actualización mediante la aplicación de índices generales o

específicos, se registrará con cargo a la subcuenta "Ajustes por inflación" en el activo correspondiente, y abono a la cuenta 4905 - Corrección monetaria para el sistema de ajustes integrales o en el patrimonio, en las Cuentas 3135- Ajustes por inflación (Hacienda pública) o 3250- Ajustes por inflación (Patrimonio institucional), dependiendo del grupo patrimonial que utilice la entidad.

§ Para efectos del tratamiento contable de los ajustes correspondientes a activos

financiados así como para las inversiones de capital en período improductivo susceptibles de generar un ingreso futuro, deben aplicarse las normas técnicas y procedimentales relativas al costo reexpresado.

En forma complementaria podrán aplicarse como métodos de actualización el costo de reposición y el valor de realización, determinado mediante avalúos. • Para efectos contables, los avalúos deberán considerar, entre otros, criterios de

ubicación, estado, capacidad productiva, situación de mercado y grado de negociabilidad de los bienes, siempre que se pondere la relación costo – beneficio, procurando evitar erogaciones significativas, por tanto podrán realizarse con personal de la entidad o con el apoyo de entidades oficiales especializadas.

• Cuando se trate de la valuación de bienes con el propósito de enajenarlos o permutarlos,

la entidad deberá establecer el valor de realización mediante un avalúo técnico practicado por autoridad o institución competente, con estricta sujeción a las disposiciones legales vigentes.

• El costo de reposición se establece mediante avalúos o precios de referencia. Para

efecto de estos últimos, podrán tomarse como base, los publicados por organismos oficiales o especializados tales como: el Ministerio de Transporte para los vehículos, el Ministerio de Agricultura para los semovientes o el valor asegurado de los activos.

• En la actualización de las Propiedades, planta y equipo mediante avalúo, si el valor

resultante es mayor al valor contabilizado en libros, se origina una valorización la cual se registra con cargo a la cuenta 1999- Valorizaciones y abono a la cuenta "Superávit por valorización" del grupo de Hacienda Pública o Patrimonio Institucional.

Si por el contrario, como producto de la actualización, el valor resultante es menor al valor contabilizado en libros, según sea el caso sin perjuicio que el saldo llegue a ser contrario a su naturaleza, se origina una desvalorización, la cual se registra acreditando la cuenta 1999- Valorizaciones y debitando la cuenta Superávit por valorización del grupo de Hacienda Pública o Patrimonio institucional según sea el caso, sin perjuicio que el saldo de las cuentas llegue a ser contrario a su naturaleza.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 110

• Las entidades suspenderán transitoriamente los ajustes por inflación cuando el costo ajustado de los bienes alcance el costo de reposición, mientras subsista tal situación. Por su parte, las entidades sometidas al régimen del Estatuto Tributario se acogerán a lo establecido en dicha normatividad para estos efectos.

Las propiedades, planta y equipo serán objeto de depreciación, amortización y provisión. 2.2.4.3 Depreciación La depreciación se calculará sobre el 100% del valor del activo reexpresado para cada bien individual y de ello se llevará un registro permanente en Kárdex, así como un cuadro de depreciación que formará parte integral de la información contable. El registro contable de la depreciación corresponderá a un cargo en la cuenta del gasto con abono en la cuenta del activo, Depreciación acumulada, de acuerdo con las subcuentas definidas en la misma. Sin embargo, en algunas circunstancias, según la naturaleza de la actividad del ente público podrá debitarse a costos de producción cuando los beneficios económicos esperados de un activo sean absorbidos para producir otro activo o prestar un servicio. 2.2.4.3.1 Activos no sujetos a depreciación. Corresponde a los bienes que no obstante ser adquiridos con la finalidad de ser utilizados por el ente público, por determinadas circunstancias aún no han sido puestos al servicio, al igual que aquellos que se encuentran en mantenimiento o no son objeto de uso o explotación para el desarrollo del cometido estatal. 2.2.4.3.2 Ajustes a la alícuota de depreciación La vida útil estimada de un activo depreciable puede ser diferente a su vida física, por lo cual deberá revisarse periódicamente. Cuando se compruebe que la vida útil de un activo es diferente a la estimada inicialmente, debe modificarse la alícuota de depreciación de tal manera que se ajuste a la vida útil real con base en cálculos de reconocido valor técnico. Bajo esta circunstancia, el saldo por depreciar se distribuirá entre los años que resten de la nueva vida útil estimada. 2.2.4.3.3 Años de vida útil de activos depreciables En todos los casos, la vida útil de un activo depreciable debe definirse por parte del ente público, en relación con el servicio esperado del activo. En circunstancias normales pueden considerarse como vida útil para los activos depreciables, cuando se utilizan los métodos de depreciación de Línea recta, Suma de los dígitos de los años o Saldos decrecientes, las siguientes:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 111

ACTIVOS DEPRECIABLES AÑOS DE VIDA UTIL Edificaciones 50 Embalses, represas y canales-Obras civiles 50 Embalses, represas y canales-Obras control 25 Equipo y accesorios de generación, transmisión, distribución, producción, conducción, tratamiento, etc. 25 Torres, postes y accesorios 25 Redes, líneas y cables aéreos y sus accesorios 25 Redes, líneas y cables subterráneos y sus accesorios 25 Plantas y ductos 15 Maquinaria y equipo 15 Barcos, trenes, aviones y maquinaria 15 Equipo médico y científico 10 Muebles, enseres y equipo de oficina 10 Equipo de comunicación y accesorios 10 Equipo de transporte, tracción y elevación 10 Equipo de comedor, cocina, despensa y hotelería 10 Equipo de computación y accesorios 5 2.2.4.3.4 Modificación a los años de vida útil En circunstancias tales como acción de factores naturales, deterioro por uso, obsolescencia, avance tecnológico o especificaciones de fábrica, podrá fijarse una vida útil diferente y revelar tal situación en las Notas a los Estados Contables. 2.2.4.3.5 Métodos de depreciación La depreciación debe determinarse sistemáticamente mediante la aplicación de métodos de reconocido valor técnico, teniendo en cuenta, en todos los casos, aplicar el que mejor refleje el necesario equilibrio entre los beneficios recibidos, la vida útil y la distribución del costo del activo correspondiente. El método de depreciación adoptado debe revisarse periódicamente con el fin de ajustarlo a los cambios significativos que llegaren a presentarse en el patrón esperado de beneficios económicos. Debe cambiarse cuando circunstancias especiales lo ameriten, de acuerdo con los servicios recibidos del activo, caso en el cual el efecto de dicho cambio debe cuantificarse y revelarse en las notas a los estados contables, indicando las razones que lo justificaron. El método adoptado para cada activo debe aplicarse en forma consistente durante el período, independiente de consideraciones fiscales o de rentabilidad, con el fin de proporcionar comparabilidad en los resultados de las operaciones. Son considerados métodos de reconocido valor técnico los siguientes: Línea recta, Número de unidades de producción u Horas de trabajo, Suma de los dígitos de los años y Saldos decrecientes.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 112

Línea recta Por este método se determina una alícuota periódica constante para registrarla como gasto durante la vida útil del activo. Se aplica cuando el activo es utilizado de manera regular y uniforme en cada período y su cálculo resulta de la siguiente formulación: Costo del activo reexpresado Alícuota periódica = ----------------------------------------------- Vida útil estimada del activo Número de unidades de producción u horas de trabajo. Se basa en la capacidad de producción estimada del activo, representada en una alícuota de costo por unidad producida o por hora de trabajo. Se utiliza cuando pueden estimarse razonablemente las unidades de producción u horas de trabajo y en esta misma forma la producción real del activo. Costo del activo reexpresado Tasa unitaria estimada = -------------------------------------------------------------- Unidades de producción u horas de trabajo estimadas Suma de los dígitos de los años. Se considera como un método de depreciación acelerada y se caracteriza por representar mayor depreciación en los primeros años y menor en los últimos años de vida útil del activo. Para su cálculo se asigna a cada uno de los años de vida útil del activo su dígito correspondiente en forma secuencial, y se determina su suma. El valor a aplicar por concepto de depreciación en cada año se obtiene de dividir el dígito del año entre el valor de la sumatoria de los dígitos de los años y multiplicar el resultado por el costo del activo. Saldos decrecientes. El método de saldos decrecientes más utilizado es el conocido como “Método doble decreciente”, por el cual la depreciación del primer año equivale al doble de la que se calcularía por el método de línea recta. En cada uno de los años siguientes se aplica el mismo procedimiento, tomando como base el saldo del valor en libros existente a la fecha del cálculo. Este método tiene la característica de dejar un valor residual al finalizar el lapso de depreciación programado. Si el activo sigue utilizándose después, puede continuarse con su depreciación hasta que, incluso, el saldo en libros quede en cero. La aplicación de este método es más apropiada en aquellos casos en que la capacidad de producción del activo es mayor al principio de su vida útil y va declinando hacia el final de ésta, o cuando los costos de mantenimiento y reparaciones van aumentando con el tiempo.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 113

2.2.4.3.6 Posibilidad de utilizar un método de depreciación diferente Previa autorización del Contador General de la Nación, el ente público podrá utilizar un método de depreciación diferente a los anteriores, para lo cual deberá presentar una solicitud motivada indicando las características del método que pretende utilizar. 2.2.4.3.7 Depreciación de bienes usados La depreciación de los bienes usados se determinará a partir del momento en que se adquieren y utilizan dichos bienes, tomando como base la vida útil restante, de acuerdo con las condiciones naturales y capacidad de producción o de servicio de los mismos. 2.2.4.3.8 Depreciación de bienes recibidos por donación La depreciación de estos bienes se hará con base en el valor por el cual se reciben o, el determinado mediante avalúo técnico. 2.2.4.3.9 Depreciación activos de menor cuantía Los activos depreciables adquiridos a partir del 1º de enero de 1999, cuyo valor total de adquisición sea igual o inferior a $620.000 podrán depreciarse totalmente, para efectos contables, en el mismo año en que se adquieran, sin considerar la vida útil de los mismos. Este valor se modificará anualmente, de acuerdo con el decreto que expida el Gobierno Nacional, relacionado con los reajustes a los valores absolutos expresados en moneda nacional referente a esta clase de bienes. Igualmente podrán depreciarse con estos criterios los saldos que figuren en el balance de los activos adquiridos en años anteriores. 2.2.4.3.10 Activos de cuantía menor a medio (0.5) Salario mínimo legal mensual

vigente Los bienes adquiridos por un valor inferior o igual a medio (0.5) salario mínimo legal mensual vigente, podrán llevarse directamente al gasto, sin detrimento de adoptar las medidas necesarias para garantizar la gestión del control administrativo y fiscal que deba tenerse sobre ellos, o, al activo como una propiedad, planta y equipo si la entidad así lo determina. Igual procedimiento puede adoptarse en relación con los bienes adquiridos con anterioridad a la entrada en vigencia de esta norma. 2.2.4.3.11 Suspensión de la depreciación Cuando un activo sea retirado temporalmente del servicio por situaciones tales como mantenimiento, o porque se encuentran contabilizados en la cuenta Propiedades, planta y equipo no explotados, debe suspenderse la depreciación hasta cuando empiece a usarse nuevamente.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 114

2.2.4.4 Amortización La base para el cálculo de la amortización es el costo reexpresado del activo amortizable. En el caso de las vías de comunicación internas, el valor del terreno debe ser excluido cuando forma parte del bien amortizable. El gasto por amortización debe reconocerse a partir de la fecha en que se inicia el ciclo productivo del bien o a partir de la fecha en que el ente público inicia su usufructo. 2.2.4.4.1 Método de amortización. El método de amortización aplicable en cada caso debe estar de acuerdo con la naturaleza del activo amortizable, se tienen entre otros: Línea recta, Unidades de producción u Horas de trabajo, aplicándose a cada activo amortizable el que mejor consulte el principio de asociación entre el costo o gasto por amortización y los servicios o beneficios recibidos del activo. Para el registro de la amortización se realizará un cargo a las subcuentas de la cuenta de gasto 5340- Amortización de propiedades, planta y equipo o las del grupo 7- Costos de producción correspondientes, con abono a la cuenta de activo 1686- Amortización acumulada (CR). 2.2.4.5 Provisión Deben registrarse provisiones para reconocer la pérdida por demérito u obsolescencia presentada por hechos extraordinarios o fortuitos; asimismo, para aquellos bienes que se encuentran ubicados en zonas de alto riesgo, o que requieren condiciones ambientales especiales para su funcionamiento. Las provisiones de las propiedades, planta y equipo se registrarán como un débito en las cuentas de gasto o costo con abono a la cuenta de activo 1695-Provisión para protección de propiedades, planta y equipo (CR). En el evento en que un bien provisionado sea objeto de pérdida por un hecho extraordinario se afectará la provisión hasta el monto contabilizado y la diferencia se llevará a la cuenta de gasto 581033- Pérdida en baja de propiedades, planta y equipo. 2.2.4.6 Baja de bienes Las propiedades, planta y equipo que hayan sido dados de baja, deben retirarse contablemente afectando el costo histórico, los ajustes por inflación, los registros de depreciación o amortización acumulada, así como las valorizaciones, desvalorizaciones y provisiones que afecten al activo correspondiente. Adicionalmente, se elaborarán los registros contables, dependiendo entre otras, de las siguientes situaciones:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 115

2.2.4.6.1 Pérdida del activo Cuando la pérdida del activo se constituye en responsabilidad, se afectará la cuenta 1950- Responsabilidades, por el valor de reposición del bien. La diferencia entre el valor de reposición y el valor en libros del activo retirado, se constituye como un crédito diferido en la subcuenta 291509- Ingreso en la constitución de responsabilidades. 2.2.4.6.2 Por siniestro Si el origen del retiro del activo corresponde a causas extraordinarias o fortuitas, la entidad asumirá el valor de la pérdida que no cubran los seguros que amparen el activo de que se trate, afectando la subcuenta de gastos extraordinarios, 581006- Pérdidas en siniestros. Simultáneamente, deberá registrarse en las cuentas de orden de control, el valor de las pérdidas reales como evidencia de las acciones legales y fiscales que deben adelantarse. 2.2.4.6.3 Bienes inservibles Los activos totalmente depreciados o amortizados, que sean retirados del servicio, por considerarse inservibles, se registrarán en la cuenta de orden deudora, 8315- Activos totalmente depreciados, agotados o amortizados, hasta tanto se defina su destinación final. Igualmente, aquellos activos que no se encuentren en condiciones de uso y no están totalmente depreciados o amortizados, afectarán la cuenta de gastos extraordinarios 581033- Pérdida en baja de propiedades, planta y equipo, por el valor residual, afectando adicionalmente la cuenta 8315- Activos totalmente depreciados, agotados o amortizados. 2.2.4.7 Revelación Deben revelarse en notas a los estados contables, situaciones que permitan conocer entre otros, los siguientes aspectos: • Valor total y por clases, de las propiedades planta y equipo. • Monto de las adquisiciones durante el período. • Monto de los bienes vendidos durante el período y efecto en los resultados. • Metodología aplicada para la determinación de las depreciaciones o amortizaciones • Vida útil o tasa aplicada. • Valor total de la depreciación o amortización asignada al período. • Metodologías aplicadas para la actualización de los bienes y efecto generado. • Pignoraciones y otras restricciones de orden legal sobre bienes del Estado. • Justificación de la existencia de bienes no explotados. • Naturaleza de la contingencia o del hecho ocurrido. • Circunstancias de incertidumbre que puedan afectar los resultados futuros del ente

público.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 116

2.2.4.8 Ejemplos 2.2.4.8.1 Ajustes por inflación 2.2.4.8.1.1 Indice general El valor del activo ajustado al inicio del mes se incrementa con el resultado que se obtenga de multiplicar dicho costo, por el factor de ajuste mensual correspondiente. Para los activos depreciables o amortizables, el ajuste por inflación se aplica y registra teniendo en cuenta de una parte el costo del activo y de otra la depreciación o amortización acumulada. 2.2.4.8.1.2 Datos generales Una entidad pública realiza la actualización de su equipo de comunicación mediante la aplicación de ajustes por inflación, en su contabilidad se registran los siguientes saldos: Costo de adquisición: $10.000 Vida útil o tiempo de recuperación de la inversión: 10 años Método de depreciación o amortización: línea recta Fecha de adquisición: octubre 1 de 2000

Concepto Oct-00 Nov-00 Dic-00 Ene-01 PAAG aplicable 1,17% 0,87% 0,75% 0,65% Costo de adquisición

$10.000

Costo anterior 0 $10.000 $10.087.00 $10.162,65 Ajuste inflación 0 (1) $ 87 (2) $ 75,65 (4) $ 66,06 (5) Costo ajustado 0 $10.087 (3) $10.162,65 $10.228,71 (1) En el mes en que se adquiere el bien (octubre) no se registra el ajuste por inflación, debido a que la base para su aplicación son los activos poseídos en el último día del mes anterior. (2) A partir del segundo mes (noviembre) se comienza a aplicar el ajuste por inflación, el cual se determina de la siguiente manera: Se toma el costo registrado en el último día del mes anterior y se multiplica por el PAAG mensual del respectivo mes. $10.000 x 0.87% = $87 El valor determinado de $87, es el ajuste por el cual debe registrarse en el mes de noviembre.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 117

(3) El costo ajustado es entonces: la suma del costo anterior más el ajuste: $10.000 + $87 = $10.087 (4) Para el tercer mes (diciembre), el ajuste por inflación se aplica sobre el costo ajustado registrado al último día del mes anterior, así: $10.087 x 0.75% = $75.65 (5) Para los meses siguientes, el procedimiento es el mismo, aplicando el PAAG del respectivo mes. Registro contable El registro contable de los ajustes por inflación se efectúa de acuerdo con el sistema de ajustes que corresponda aplicar a cada entidad. Suponiendo que el activo que se ha ajustado corresponde a un equipo de comunicación, el registro del ajuste en el mes de enero de 2001, sería el siguiente: Sistema de ajustes integrales

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1670 EQUIPOS DE COMUNICACIÓN Y

COMPUTACIÓN

167099 Ajustes por inflación 66.06 4905 CORRECCIÓN MONETARIA 490509 Propiedades, planta y equipo 66.06 Sistema de ajustes parciales:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1670 EQUIPOS DE COMUNICACIÓN Y

COMPUTACIÓN

167099 Ajustes por inflación 66.06 3135 AJUSTES POR INFLACIÓN 313506 ó 3250 325006

Propiedades Planta y Equipo AJUSTES POR INFLACIÓN Propiedades Planta y Equipo

66.06

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 118

Determinación del ajuste por inflación de la depreciación o amortización acumulada. El valor registrado en el último día del mes anterior de la depreciación o amortización acumulada, se incrementa con el resultado que se obtenga de multiplicarlos por el factor de ajuste mensual que corresponda. El gasto por depreciación o amortización mensual, deberá determinarse sobre el valor del bien ajustado por inflación, con excepción del primer mes, en el cual el bien no es objeto de ajuste.

CONCEPTO Oct-00 Nov-00 Dic-00 Ene-01 PAAG aplicable 1,17% 0,87% 0,75% 0,65% Dep. acumulada $83,33 $168,12 (5) $254,07 $340,96 Ajuste por inflación $ 0,00 (2) $ 0,73 (3) $ 1,26 $ 1,65 Gasto mes $83,33 (1) $ 84,06 (4) $ 84,69 $ 85,24 (1) Continuando con los datos del ejemplo anterior, en el primer mes (octubre) se calcula y registra el valor de la depreciación proporcional al número de días en que fue utilizado el bien. Para el ejemplo, que corresponde a un mes completo, el cálculo es el siguiente: Depreciación del mes = (Costo del Bien / No. Años de vida útil / No. Días del Año)

x (No. Días de uso en el mes)

($10.000 / 10 / 360) x (30) = $83.33 (2) Sobre el gasto por depreciación calculado y registrado, no se determina ajuste por inflación, debido a que las operaciones económicas o financieras del respectivo mes, no son objeto de ajuste sino hasta el mes siguiente. (3) En el segundo mes (noviembre), se aplica el PAAG del mes respectivo, a la depreciación acumulada registrada en el último día del mes anterior: $83.33 x 0.87% = $0.73 (4) El gasto por depreciación se calcula con base en el costo ajustado, aplicando el mismo procedimiento que se indicó para el primer mes, así: ($10.087 /10/360) x (30) = $84.06 (5) La depreciación acumulada de $168.12 al finalizar el segundo mes (noviembre) e iniciar el tercer mes (diciembre) se conforma así: - Depreciación acumulada registrada en el último día del mes anterior (oct./00) - El ajuste por inflación registrado durante el respectivo mes (nov./00) - El gasto por depreciación calculado sobre el costo ajustado (nov./00)

$83.33 + $0.73 + $84.06 = $168.12

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 119

El anterior procedimiento aplica para el tercer mes (diciembre) y así para los siguientes. Registro contable – Sistema de ajustes integrales Suponiendo que el activo que se ha ajustado corresponde a un equipo de comunicación, el registro del ajuste a la depreciación es el siguiente.

Códigos Cuentas Débitos Créditos 4905 CORRECCIÓN MONETARIA 490513 Depreciación acumulada (DB) 1.65 1685 DEPRECIACIÓN ACUMULADA 168599 Ajustes por inflación 1.65 Registro contable - Sistema de ajuste parciales

Códigos Cuentas Débitos Créditos 3135 AJUSTES POR INFLACIÓN 313510 ó 3250 325010

Depreciación acumulada (Db) AJUSTES POR INFLACIÓN Depreciación Acumulada (Db)

1.65

1685 DEPRECIACIÓN ACUMULADA 168599 Ajustes por inflación 1.65 Para el registro de la amortización se utilizan las cuentas y subcuentas respectivas, aplicando la misma dinámica anterior. 2.2.4.8.1.3 Enajenación de un activo Cuando se enajena un activo, el valor en libros se cancela incluyendo los ajustes por inflación imputados tanto al costo del activo, como a la depreciación acumulada. Determinación de la utilidad o pérdida en la enajenación de una activo – Sistema de ajustes integrales: La utilidad o pérdida en la enajenación de un activo está dada por la diferencia entre el precio de venta y el valor en libros. Supongamos que el activo depreciable sobre el cual hemos venido trabajando se enajena el 31 de enero de 2001 en $10.500; el valor de la utilidad se obtiene así: Utilidad = Precio de venta – valor en libros del activo (1)

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 120

$612,25=$10.500-$9.887,75 (1) Valor en libros = costo ajustado – Depreciación acumulada ajustada

$9.887.75 = 10.228.71 – 340.96 Si el activo se hubiera vendido cualquier día del mes de enero/2001, el ajuste por inflación se aplica por el mes completo, tanto al costo del activo como a la depreciación acumulada. No obstante, el gasto por depreciación se aplica de manera proporcional, teniendo en cuenta el número de días del mes que fue utilizado el bien. Registro contable En un sistema de ajustes integrales, el registro contable de la enajenación es el siguiente Códigos Cuentas Débitos Créditos

1105 110501 1685 168507 168599 1670 167001 167099 4810 481032

CAJA Caja principal DEPRECIACION ACUMULADA Equipos de Comunicación y computación Ajustes por inflación EQUIPOS DE COMUNICACIÓN Y COMPUTACION Equipo de comunicación Ajuste por inflación EXTRAORDINARIOS Utilidad en venta de Propiedades, planta y equipo

10.500,00

337.32 3.64

10.000,00 228.71

612.25 Sistema de ajustes parciales En este sistema, la utilidad o pérdida en la enajenación de un activo además de considerar la diferencia entre el precio de venta y el valor en libros, toma en cuenta los ajustes al costo y a la depreciación acumulada, registrados en las cuentas 3135 ó 3250 Ajustes por inflación. Lo anterior debido a que el efecto neto del ajuste por inflación (propiedades, planta y equipo menos el correspondiente a la depreciación acumulada), corresponde a una utilidad que se realiza en el momento de la enajenación del activo. Datos generales: Costo de adquisición $10.000.oo Ajuste por inflación del activo 228.71 Depreciación acumulada 337.32 Ajustes por inflación de la depreciación Acumulada 3.64 Precio de venta 10.500.oo

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 121

Costo ajustado – depreciación acumulada ajustada = Valor en libros 10.228.71 - 340.96 = 9.887.75 Precio de venta – Valor en libros = Utilidad en venta de activos 10.500 - 9887.75=612.25 El valor de la utilidad se adiciona con el valor de los ajustes por inflación registrados en el patrimonio, tanto del activo como de la depreciación acumulada, obteniendo la siguiente información: Utilidad en venta de activos $612.25 Más el ajuste por inflación de las propiedades, planta y equipo 228.71 Menos ajustes por inflación de la depreciación acumulada (3.64) Total utilidad en venta de activos 837.32 Registro contable Suponiendo que se trata de un computador, en el sistema de ajustes parciales el registro contable de la enajenación es el siguiente: Códigos Cuentas Débitos Créditos

1105 110501 1685 168507 168599 3135 313506 ó 3250 325006 ó 3135 313510 ó 3250 325010 1670 167001 167099

CAJA Caja principal DEPRECIACION ACUMULADA Equipos de Comunicación y computación Ajustes por inflación AJUSTES POR INFLACIÓN Propiedades, planta y equipo AJUSTES POR INFLACIÓN Propiedades, planta y equipo AJUSTES POR INFLACIÒN Depreciación acumulada (Db) AJUSTES POR INFLACIÒN Depreciación acumulada (Db) EQUIPOS DE COMUNICACIÓN Y COMPUTACION Equipo de comunicación Ajuste por inflación

10.500,00

337.32 3.64

228.71

3.64

10.000,00 228.71

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 122

4810 481032

EXTRAORDINARIOS Utilidad en venta de Propiedades, planta y equipo

837.32 2.2.4.8.2 Valorización y desvalorización • Una entidad pública adquirió un edificio para su uso, en desarrollo de su actividad o

cometido estatal, por un valor de $1.000 millones. • Depreciación acumulada $10 millones • Ajuste por inflación $80 millones • Posteriormente mediante un avalúo técnico realizado por funcionarios de la misma

entidad, se determinó el valor de reposición en $1.200 millones. Costo de adquisición $1.000 Más Ajuste por inflación 80 Menos Depreciación acumulada 8 Menos Ajuste por inflación Depreciación 2 Subtotal 1.070 Valor Avalúo técnico 1.200 Menos Vr. En libros 1.070 Igual Valorización 130 Registro contable Códigos Cuentas Débitos Créditos

1999 199902 3115 311502 ó 3240 324002

VALORIZACIONES Propiedades, Planta y Equipo SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN Propiedades, Planta y Equipo SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN Propiedades, Planta y Equipo

130

130

Bajo el supuesto que un avalúo del edificio fue de $800 millones Costo de adquisición $1.000 Más Ajuste por inflación 80 Menos Depreciación acumulada 8 Menos Ajuste por inflación Deprec. 2 Valor en libros 1.070 Valor Avalúo técnico $ 800

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 123

Menos valor en libros 1.070 Igual Desvalorización ( 270) El registro contable de la desvalorización será el siguiente: Códigos Cuentas Débitos Créditos

3115 311502 ó 3240 324002 1999 199902

SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN Propiedades, Planta y Equipo SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN Propiedades, Planta y Equipo VALORIZACIONES Propiedades, Planta y Equipo

270

270 La entidad mensualmente deberá actualizar este registro, teniendo en cuenta la variación en el valor en libros originada por efecto de la aplicación de la depreciación y de los ajustes por inflación.

Información 1er. Período

2o. Período

3er. Período

Valor del activo 1000 1000 1000 Más Ajuste por inflación 80 100 300 Menos Depreciación acumulada 8 20 30 Menos Ajuste por inflación a la Depreciación acumulada

2 3 4

Subtotal 1070 1077 1266 Valor del avalúo técnico 1200 1200 1200 Diferencia 130 123 -66 Para el segundo período, asumiendo que se tiene registrado una valorización de $130, se compara el valor en libros del activo con el valor del último avalúo realizado, y la diferencia así determinada constituirá un mayor o menor valor de la valorización constituida. Valor en libros – Avalúo técnico = Nuevo saldo de la valorización 1077-1200=123 Ahora bien, la valorización registrada de $130 deberá reducirse en $7 con el fin de llegar al nuevo saldo de la valorización, por lo tanto debe efectuarse el siguiente registro contable. Códigos Cuentas Débitos Créditos

3115 SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 124

311502 ó 3240 324002 1999 199902

Propiedades, Planta y Equipo SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN Propiedades, Planta y Equipo VALORIZACIONES Propiedades, Planta y Equipo

7

7

En el tercer período, Valor en libros – Avalúo técnico = Nuevo saldo de la valorización 1266-1200= - 66 Entonce, la valorización registrada de $123 deberá reducirse en $189 con el fin de llegar a la valorización negativa , por lo tanto debe efectuarse el siguiente registro contable. Códigos Cuentas Débitos Créditos

3115 311502 ó 3240 324002 1999 199902

SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN Propiedades, Planta y Equipo SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN Propiedades, Planta y Equipo VALORIZACIONES Propiedades, Planta y Equipo

189

189 Cuando el valor ajustado sea igual al valor de reposición, en ese momento se suspenderán los ajustes por inflación. El avalúo así realizado servirá para compararse permanentemente frente al valor en libros. Modificaciones que se generan por los ajustes El avalúo así realizado, será objeto de ajustes de acuerdo al comportamiento de los ajustes por inflación, buscando que el valor en libros no sobrepase el valor determinado en el avalúo 2.2.4.8.3 Provisión Un ente público posee en una zona de alto riesgo una maquinaria y equipo, registrada contablemente así: • Costo Histórico $24 millones • Ajuste por inflación $ 2 millones • Depreciación acumulada $ 3 millone s • Ajuste por inflación a la depreciación $ 1 millones

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 125

Valor del activo $24 Más Ajuste por inflación 2 Menos Depreciación acumulada 3 Menos ajustes por inflación a la Depreciación acumulada 1 Subtotal 22

El ente público ha considerado provisionar el activo en un 50% de su valor en libros. 50% de 22 =11

Códigos Cuentas Débitos Créditos

5307 530708 1695 169508

PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO Maquinaria y Equipo PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO (CR) Maquinaria y Equipo

11

11 2.2.4.8.4 Responsabilidades Una entidad pública que aplica ajustes integrales por inflación, muestra en sus registros la siguiente información respecto de un vehículo de su propiedad: Costo histórico $25 millones Ajuste por inflación $ 5 millones Depreciación acumulada $ 3 millones Ajuste por inflación a la depreciación $ 1 millón Valor en libros $26 millones (costo histórico $25 + Ajuste por inflación $5 – depreciación $3 – Ajuste por inflación a la depreciación $1) Este vehículo fue hurtado y se encontraba a cargo de un funcionario de la entidad. • El funcionario informa de la pérdida anexando el respectivo denuncio ante la autoridad

competente. El representante legal mediante acto administrativo autoriza la baja del activo y se inicia la correspondiente investigación.

Registro para constituir la responsabilidad cuando el valor de reposición (26) es igual al valor en libros.

Códigos Cuentas Débitos Créditos

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 126

1685 168508 168599 1950 195003 1675 167502 1675 167599

DEPRECIACIÓN ACUMULADA (CR) Equipo de Transporte, Tracción y Elevación Ajuste por Inflación RESPONSABILIDADES Responsabilidades en proceso internas EQUIPO DE TRANSPORTE, TRACCIÓN Y ELEVACIÓN Terrestre EQUIPO DE TRANSPORTE, TRACCIÓN Y ELEVACIÓN Ajustes por Inflación

3 1

26

25 5

El valor de la provisión se determinará de conformidad con las normas que le apliquen. Constitución de la provisión para responsabilidades.

Códigos Cuentas Débitos Créditos

5309 530902 1955 195503

PROVISION PARA RESPONSABILIDADES Responsabilidades en proceso internas PROVISIÓN PARA RESPONSABILIDADES Responsabilidades en proceso – Internas

XXX

XXX Cuando el valor de reposición es de $ 30 millones, por lo tanto es superior al valor en libros, se tendría:

Códigos Cuentas Débitos Créditos

1685 168508 168599 1950 195003 1675 167502 167599 2915

DEPRECIACIÓN ACUMULADA (CR) Equipo de transporte, tracción y elevación Ajustes por Inflación RESPONSABILIDADES* Responsabilidades en proceso internas EQUIPO DE TRANSPORTE, TRACCIÓN Y ELEVACIÓN Terrestre Ajuste por inflación CRÉDITOS DIFERIDOS**

3 1

30

25 5

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 127

291509 Ingresos en la constitución de responsabilidades 4 * Serán objeto de provisión conforme con las normas establecidas ** Se constituye por la diferencia entre el valor en libros y el valor de reposición Cuando hay fallo definitivo y se determina que existe responsabilidad. Códigos Cuentas Débitos Créditos

2915 291509 4810 481008

CRÉDITOS DIFERIDOS** Ingresos en la constitución de responsabilidades EXTRAORDINARIOS Recuperaciones

4

4

En el supuesto que el valor de reposición del activo en comento sea de $20 millones, es decir, inferior al valor en libros. Códigos Cuentas Débitos Créditos

1685 168508 168599 1950 195003 5810 581033 1675 167502 167599

DEPRECIACIÓN ACUMULADA Equipo de tracción y elevación Ajustes por inflación RESPONSABILIDADES Responsabilidades en proceso - Internas EXTRAORDINARIOS Pérdida en baja de propiedades, planta y equipo EQUIPO DE EQUIPO DE TRANSPORTE, TRACCIÓN Y ELEVACIÓN Terrestre Ajustes por inflación

3 1

20 6

25 5

En una entidad pública que aplica ajustes parciales por inflación, se presenta la misma situación, con un equipo de transporte, registrado contablemente así: § Costo histórico $ 25 millones § Ajuste por inflación $ 5 millones § Depreciación acumulada $ 3 millones § Ajuste por inflación a la Depreciación $ 1 millón

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 128

Registro de la baja del activo suponiendo que el valor de reposición sea de $20 millones Códigos Cuentas Débitos Créditos

1685 168508 168599 1950 195004 3135 313506 5810 581033 1675 167502 167599 3135 313510

DEPRECIACIÓN ACUMULADA (CR) Equipo de transporte, tracción y elevación Ajuste por inflación RESPONSABILIDADES Responsabilidades en proceso-Autoridad competente AJUSTES POR INFLACIÓN Propiedades, Planta y Equipo EXTRAORDINARIOS Pérdida en baja de Propiedades, planta y equipo EQUIPO DE TRANSPORTE, TRACCIÓN Y ELEVACIÓN Terrestre Ajustes por Inflación AJUSTES POR INFLACIÓN Depreciación acumulada (Db)

3 1

20 5 2

25 5 1

2.3. Instrucciones relativas al reconocimiento de los recursos naturales y

del ambiente 2.3.1 Objetivos 2.3.1.1 General Impartir las instrucciones que conduzcan a la adecuada clasificación, registro y revelación contable de los recursos existentes, así como de las inversiones y/o erogaciones aplicadas a las actividades relacionadas con los recursos naturales y del ambiente, para conocer el patrimonio natural y la situación - sui generis- de la gestión ambiental. 2.3.1.2 Específicos § Revelar las erogaciones efectuadas en actividades de conservación, independiente de

aquellas que se ejecutan para actividades de explotación, en forma clara y razonable, para evaluar la gestión de los entes públicos.

§ Diferenciar el tratamiento de los activos existentes, de las erogaciones tendientes a la

formación de activos y las inversiones adelantadas para conservar o explotar los

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 129

recursos naturales y del ambiente, bien sea que se trate de actividades ambientales o éstos tengan una finalidad comercial.

§ Definir los registros contables básicos que deben efectuar los entes públicos que

adelantan actividades relacionadas con los recursos naturales y del medio ambiente. § Determinar el tratamiento contable de las operaciones que se derivan de la ejecución de

un determinado proyecto de inversión ambiental. § Precisar la aplicación de amortizaciones, agotamiento y actualizaciones para los

recursos naturales y del ambiente. • Establecer los criterios para determinar el ente público encargado de registrar la

inversión, cuando ésta se ejecuta a través de convenios. 2.3.2 Ámbito de aplicación La norma técnica relativa al reconocimiento de los recursos naturales y del ambiente, deberá ser aplicada por los entes públicos de los niveles nacional y territorial, sujetos al Plan General de Contabilidad Pública - PGCP, que su actividad principal sea la ejecución de proyectos en recursos naturales y del ambiente, así como de aquellos entes que los desarrollen de manera alterna o complementaria. 2.3.3 Aspectos conceptuales 2.3.3.1 Inversión ambiental Erogaciones efectuadas en recursos naturales y del ambiente, con el fin de preservar, mantener y sostener la biodiversidad. Incluye los conceptos de inversión y gasto en recursos naturales y del ambiente. 2.3.3.2 Inversión en recursos naturales y del ambiente Las erogaciones encaminadas a un proyecto específico, se consideran inversión en recursos naturales y del ambiente. 2.3.3.3 Gasto en recursos naturales y del ambiente Erogaciones que no puedan identificarse, desde un punto de vista técnico, con un proyecto específico en recursos naturales y del ambiente. 2.3.3.4 Actividades relacionadas con los recursos naturales y del ambiente Las actividades relacionadas con los recursos naturales son: la conservación y la explotación. § Actividad de conservación. Es aquella encaminada a preservar, recuperar, prevenir,

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 130

mitigar, restaurar, mantener y mejorar los recursos naturales y del ambiente. § Actividad de explotación. Es aquella encaminada a formar, extraer y utilizar los

recursos naturales y del ambiente, con los cuales se busca obtener una utilidad o beneficio económico, generalmente, a través del mercado.

2.3.3.5 Amortización Reducción sistemática del valor de las inversiones en recursos naturales renovables y no renovables para explotación. § Amortización de inversiones en recursos naturales renovables para explotación. Valor acumulado de la reducción gradual de las inversiones en recursos naturales renovables para explotación, calculada con base en estudios técnicos. El valor de la inversión incurrida en el desarrollo de estos programas, se amortizará durante el lapso estimado en el cual se espera recuperar la inversión. § Amortización de inversiones en recursos naturales no renovables para explotación. Las inversiones en recursos naturales no renovables para explotación tales como, los costos diferidos de organización, preoperativos y puesta en marcha, se amortizarán durante el periodo que resulte estimado en estudios técnicos para recuperar la inversión. Para efectos de amortización, se podrá utilizar, entre otros métodos, el de la tasa unitaria estimada, que consiste en dividir el costo actualizado de las inversiones en recursos naturales renovables y no renovables en explotación, por el número de unidades estimadas pendientes de producir.

Total costo actualizado del activo amortizable Tasa unitaria estimada = Unidades estimadas pendientes de producir

El valor total por amortización del ejercicio se obtiene de multiplicar el número real de unidades producidas por la tasa unitaria estimada.

2.3.3.6 Agotamiento de recursos naturales Valor correspondiente a la disminución gradual de los recursos naturales renovables y no renovables por efecto de su explotación, extracción o producción, como reconocimiento de la pérdida de su capacidad económica y operacional en el transcurso de su vida útil, de acuerdo con la estimación efectuada mediante métodos de reconocido valor técnico. Se considera vida útil de un activo agotable, la capacidad estimada de producción, correspondiente a las unidades que se espera extraer durante la explotación o producción económica.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 131

Para efectos del agotamiento se podrá utilizar, entre otros métodos, el de la Tasa unitaria estimada, que consiste en dividir el costo del activo agotable en el número estimado de unidades pendientes de producir. Total costo del activo agotable Tasa unitaria estimada _______________________________________

Total unidades estimadas pendientes de producir El valor total por agotamiento del ejercicio se obtiene de multiplicar el número real de unidades producidas por la Tasa unitaria estimada. Los métodos utilizados para determinar el agotamiento de los recursos no renovables tendrán como base la estimación técnica del costo de las unidades de producción. Previa autorización del Contador General de la Nación, el ente público podrá utilizar un método de agotamiento diferente, para lo cual deberá presentar una solicitud motivada indicando las características del método que pretende utilizar.

2.3.3.7 Recursos naturales renovables en conservación • Los recursos naturales existentes se incorporan por el valor del avalúo, en la Cuentas

1804– Recursos Naturales Renovables en conservación en la subcuenta correspondiente, contra la Cuentas 3125 - Patrimonio público incorporado, subcuenta 312508- Recursos naturales y del ambiente.

• Se actualizan mediante avalúos técnicos que consideren variación en el volumen del recurso, así como en la calidad del mismo, incorporando las externalidades propias a ellos. El resultado de la actualización puede generar una valorización o una desvalorización

Se presenta una valorización cuando el avalúo es mayor al valor registrado en libros, la cual debe reconocerse en la cuenta de activo 1999- Valorizaciones, subcuenta 199906 - Recursos naturales y del ambiente en conservación, y como contrapartida en la cuenta 3115 - Superávit por valorización, subcuenta 311504 - Recursos naturales y del ambiente en conservación.

Se presenta una desvalorización cuando el avalúo es menor al valor registrado en libros, caso en el cual se disminuye en primer lugar, la valorización del activo, si existiera y se reconocerá la diferencia como un gasto en la cuenta 5810 -Extraordinarios, subcuenta 581027 - Pérdida en recursos naturales renovables en conservación.

2.3.3.8 Inversiones en recursos naturales renovables en conservación • Se contabilizan por el costo histórico y se actualizan mediante avalúos técnicos cuyo

resultado puede dar lugar a:

=

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 132

Valorizaciones: si el avalúo es mayor al valor en libros, debe reconocerse un incremento en la cuenta del activo 1999- Valorizaciones, subcuenta 199907 - Inversiones en recursos naturales y del ambiente en conservación, acreditando a su vez, la cuenta 3115- Superávit por valorización, subcuenta 311507 - Inversiones en recursos naturales y del ambiente en conservación.

Desvalorizaciones: si el avalúo es menor al valor contabilizado en libros, debe afectarse la cuenta de activo valorizaciones, si existiere saldo, hasta por el valor registrado en ella, y si se presenta alguna diferencia se reconocerá como un gasto en la cuenta 5810 -Extraordinarios, subcuenta 581027 - Pérdida en recursos naturales renovables en conservación.

• No son objeto de amortización, teniendo en cuenta que con el transcurso del tiempo adquieren mayor valor y generan beneficio para la comunidad.

2.3.3.9 Recursos naturales renovables en explotación • Se contabilizan por el costo histórico y se actualizan mediante la aplicación de ajustes

por inflación, afectando la Cuenta 1810 - Recursos naturales renovables en explotación, subcuenta 181099 - Ajustes por inflación, contra las Cuentas 4905 – Corrección monetaria y, 3135 y 3250 - Ajustes por inflación, subcuenta Recursos naturales y del ambiente en explotación.

• Son objeto de agotamiento, en la medida en que se produzcan, el cual se cuantifica con

base en las unidades producidas. El agotamiento gradual deberá registrarse en las cuentas de inventario, siempre que se trate de recursos que se produzcan para la comercialización o venta, así sea a precios económicamente no significativos. En los casos en que se suministren gratuitamente deberá registrarse como gasto. En las dos situaciones la contrapartida corresponde a la Cuentas 1815 - Agotamiento acumulado de recursos naturales renovables en explotación, subcuenta correspondiente.

2.3.3.10 Recursos naturales no renovables en explotación. • Se reconocen y actualizan, mediante la aplicación de metodologías de valuación de uso

y aceptación internacional, se registrarán como un mayor valor del activo y como contrapartida la cuenta 3125- Patrimonio público incorporado o 3255- Patrimonio institucional incorporado.

• Cuando no exista metodologías de aceptación internacional se procederá a efectuar

estudios técnicos que consideren aspectos exógenos y endógenos. • Las reservas probadas, desarrolladas, no desarrolladas, probables y remanentes de

recursos naturales no renovables de propiedad del Estado deberán reconocerse y revelarse en el Balance General de la Nación, a través de la Entidad Pública encargada

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 133

de las políticas y/o manejo y administración del recurso, con base en el método de valuación establecido por el Gobierno Nacional, afectando la Cuenta 1820 - Recursos naturales no renovables en explotación, subcuenta correspondiente, contra la Cuenta 3125 - Patrimonio público incorporado, subcuenta 312508 – Recursos naturales y del ambiente.

• En el evento en que sobre las reservas se hayan conferido derechos de explotación, la

entidad pública que administra el recurso, los revelará en Cuentas de orden, debitando la 8317 – Bienes entregados en explotación, subcuenta 831702 - Recursos naturales no renovables en explotación, acreditando la respectiva cuenta deudora por contra y manteniendo el recurso natural registrado dentro de los activos. El valor registrado en la cuenta de orden se acreditará con el valor del agotamiento de la reserva.

• La entidad pública a quien se le haya conferido el derecho de explotación revelará el

mismo valor en las Cuentas de orden acreedoras de control 9317 – Bienes recibidos en explotación. El valor registrado en la cuenta de orden se debitará con el valor del agotamiento de la reserva.

• El valor de las reservas deberá ajustarse para reflejar descubrimientos adicionales y

reconocer las variaciones derivadas de la metodología de valuación aplicable, afectando el patrimonio público incorporado.

• El agotamiento de los recursos naturales no renovables, cuando sean explotados por

quien tiene registrada la reserva, se constituye en un costo de producción, de acuerdo con las características de los procesos productivos.

• Cuando la reserva del recurso natural no renovable sea explotada por un ente

público distinto de aquel que la tiene registrada en su patrimonio, el agotamiento, dependiendo de las condiciones establecidas para la entrega de las reservas, se podrá constituir en inversión.

• Cuando las reservas sean explotadas por particulares, el agotamiento se reconocerá como un gasto por parte del ente público que administra el recurso afectando la Cuenta 5321- Agotamiento, subcuenta correspondiente, contra la Cuenta 1825 - Agotamiento acumulado de recursos naturales no renovables en explotación, subcuenta correspondiente.

• Las erogaciones relacionadas con estudios y proyectos, gastos de desarrollo y

exploración que se causen sobre un activo agotable que finalmente resulte infructuoso, deben reconocerse como gastos, en el ejercicio en que se conozca este hecho. Sin embargo, cuando el ente público se dedica continuamente al desarrollo de proyectos, con la política de que sólo algunos de ellos serán económicamente exitosos, podrán aplicarse a éstos últimos, los costos de desarrollo infructuosos, siempre que estén relacionadas con el proyecto que los recibe y no sobrevalúen los costos del mismo.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 134

• Los gastos de exploración y desarrollo de proyectos exitosos se trasladan como un mayor valor de la inversión en recursos naturales no renovables en explotación.

2.3.3.11 Inversiones en recursos naturales renovables y no renovables en explotación • Se contabilizan por el costo histórico, en cuentas separadas del costo original del

recurso natural. • Las erogaciones incurridas en estudios y proyectos, gastos de desarrollo y de

exploración se contabilizan como inversión en el momento en que se determine que el proyecto es viable. Igual tratamiento se dará a lo correspondiente a la perforación de pozos o acondicionamiento de terrenos y demás conceptos necesarios para la explotación del activo, para lo cual se encuentran habilitadas las Cuentas 1830 – Inversiones en recursos naturales renovables en explotación y 1840 – Inversiones en recursos naturales no renovables en explotación.

• Se actualizan mediante la aplicación de ajustes por inflación, contra las cuentas 4905-

Corrección monetaria o 3135 y 3250 - Ajustes por inflación, subcuenta Recursos naturales y del ambiente en explotación.

• Se amortizan utilizando para el efecto la Tasa estimada y se constituye en costo de

producción. Si dichos costos no prestan un beneficio durante parte o toda la vida del activo, debe reducirse el periodo de amortización al tiempo que se estime razonable de acuerdo con estudios técnicos.

2.3.4 Aplicación contable Para efecto de garantizar el adecuado registro de convenios o contratos, debe especificarse claramente, para cada una de las partes, las condiciones, participación, alcance, traslación de dominio, entrega de los bienes, entre otros, de manera que cada entidad pueda determinar claramente la identificación, clasificación, medición, valuación y revelación a efectuar. Con el fin de unificar los registros contables resultantes de la aplicación de la norma técnica relativa al reconocimiento de los recursos naturales y del ambiente, a continuación se ilustran con ejemplos, algunos casos de transacciones que se generan de acuerdo con la gestión que le compete a cada ente público. PRIMER CASO. REGISTRO Y ACTUALIZACIÓN DE LA INVERSIÓN EN RECURSOS NATURALES Y DEL AMBIENTE EN CONSERVACIÒN. Ejemplo: El ente público, para este caso, una Corporación Autónoma tiene en su presupuesto un proyecto de inversión el cual incorpora la adquisición de un terreno, la compra de maquinaria y la compra de insumos para la conservación del suelo y subsuelo, para lo cual los recursos se reciben a través de la Dirección del Tesoro Nacional.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 135

Los registro a efectuar son los siguientes: En la Dirección del Tesoro Nacional con el giro de los recursos a la CAR. Códigos Cuentas Débitos Créditos

5705 APORTES Y TRASPASO DE FONDOS GIRADOS

570505 Programas de inversión XXX 1106 CUENTA UNICA NACIONAL 1106XX Subcuenta que corresponda XXX Registros en la CAR, con la recepción de los recursos. Códigos Cuentas Débitos Créditos

1110 BANCOS Y CORPORACIONES 111005 Cuenta corriente bancaria XXX 4705 APORTES Y TRANSPASO DE FONDOS

RECIBIDOS

470505 Programas de inversión XXX Registro en la CAR con la ejecución del proyecto de inversión.

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1806 INVERSIONES EN RECURSOS

NATURALES RENOVABLES EN CONSERVACIÓN

180603 Suelo y subsuelo XXX 180603XX Concepto respectivo 2401 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 240102 Proyectos de inversión XXX Registro de la valorización de la inversión por parte de la CAR. Como resultado del avalúo técnico. Códigos Cuentas Débitos Créditos

1999 VALORIZACIONES 199907 Inversiones en recursos naturales y del

ambiente en conservación XXX

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 136

3240 SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN 324007 Inversiones en recursos naturales y del

ambiente en conservación

XXX En caso de presentarse un siniestro que desaparece la inversión. Registro en la CAR de la desvalorización de la inversión. En primera instancia se agota la valorización. Códigos Cuentas Débitos Créditos

3240 SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN 324007 Inversiones en recursos naturales y del

ambiente en conservación

XXX

1999 VALORIZACIONES 199907 Inversiones en recursos naturales y del

ambiente en conservación

XXX Registro cuando una vez agotada la valorización, subsiste una diferencia. Códigos Cuentas Débitos Créditos

5810 EXTRAORDINARIOS 581027 Pérdida en recursos naturales renovables en

conservación

XXX

1806 INVERSIONES EN RECURSOS

NATURALES RENOVABLES EN CONSERVACIÓN

180602 Agua XXX SEGUNDO CASO. CONTABILIZACIÓN DE GASTOS DE ADMINISTRACIÓN O DE OPERACIÓN El ente público ejecutor incurre en erogaciones por materiales y suministros, los cuales no puede asociar a un proyecto de inversión en recursos naturales y del ambiente. El registro correspondiente es: Códigos Cuentas Débitos Créditos

5111 GENERALES 511114 Materiales y suministros XXX ó 5211 GENERALES 521112 Materiales y suministros XXX

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 137

2401 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 240101 Bienes y servicios XXX TERCER CASO. CONSTITUCIÓN Y AMORTIZACIÓN DE LA INVERSIÓN EN RECURSOS NATURALES RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN El ente público invierte en la formación de un vivero con el fin de comercializar recursos naturales renovables. Posteriormente cuando se inicia la etapa de producción se empieza a amortizar la inversión, constituyéndose en un mayor valor del recurso que se está formando. Registro cuando inicia la ejecución del proyecto. Códigos Cuentas Débitos Créditos 1830 INVERSIONES EN RECURSOS

NATURALES RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN

183004 Flora y fauna XXX 2401 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 240102 Proyectos de inversión XXX

Cuando cancela la obligación. Códigos Cuentas Débitos Créditos

2401 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 240102 Proyectos de inversión XXX 1110 BANCO Y CORPORACIONES 111005 Cuenta corriente bancaria XXX Con la amortización periódica de la inversión. Códigos Cuentas Débitos Créditos

1810 RECURSOS NATURALES RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN

181004 Flora y fauna XXX

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 138

1835 AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE INVERSIONES EN RECURSOS NATURALES RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN

183504 Flora y fauna XXX CUARTO CASO. AGOTAMIENTO DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN Un ente público de la Administración Central incorpora contablemente una mina, cuyo objetivo es la explotación para obtener beneficio económico. A medida que adelanta la extracción reconoce su agotamiento. Registro de la incorporación del recurso natural no renovable. Códigos Cuentas Débitos Créditos

1820 RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN

182001 Minas XXX 3125 PATRIMONIO PÚBLICO INCORPORADO 312508 Recursos naturales y del ambiente XXX • Registro del agotamiento, cuando quien tiene registrada la reserva, es quien la extrae. Códigos Cuentas Débitos Créditos

7114 PRODUCTOS DE MINAS Y CANTERAS 711401 Reservas extraídas XXX 1825 AGOTAMIENTO ACUMULADO DE

RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN (CR)

182501 Minas XXX • Registro del agotamiento cuando quien extrae el recurso natural es un tercero. Códigos Cuentas Débitos Créditos

5321 AGOTAMIENTO 532101 Minas XXX

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 139

1825 AGOTAMIENTO ACUMULADO DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN (CR)

182501 Minas XXX QUINTO CASO Un ente público incurre en gastos de estudios y proyectos, gastos de desarrollo y, exploración asociados a un proyecto. Códigos Cuentas Débitos Créditos

1910 CARGOS DIFERIDOS 191008 Estudios y proyectos XXX 191010 Gastos de exploración XXX 191012 Gastos de desarrollo XXX 24 CUENTAS POR PAGAR 24XX Cuenta y subcuenta que corresponda XXX • Si el proyecto es viable, estas erogaciones se constituyen como inversiones en recursos

naturales o sin ser viable pueden asociarse a otros proyectos. Códigos Cuentas Débitos Créditos

1840 INVERSIONES EN RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN

1840XX Subcuenta que corresponda XXX 1910 CARGOS DIFERIDOS 191008 Estudios y proyectos XXX 191010 Gastos de exploración XXX 191012 Gastos de desarrollo XXX • Si el proyecto no resulta exitoso, estas erogaciones se constituyen como gasto. Códigos Cuentas Débitos Créditos 5111 GENERALES 511106 Estudios y proyectos XXX 511107 Gastos de exploración XXX 511109 Gastos de desarrollo XXX

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 140

ó 5211 GENERALES 521106 Estudios y proyectos XXX 521107 Gastos de exploración XXX 521109 Gastos de desarrollo XXX 1910 CARGOS DIFERIDOS 191008 Estudios y proyectos XXX 191010 Gastos de exploración XXX 191012 Gastos de desarrollo XXX 2.4. Instrucciones para el manejo contable y cierre de la cuenta

principal y subalterna 2.4.1 Objetivos 2.4.1.1 General Establecer el procedimiento para el registro de las operaciones entre las diferentes unidades de una entidad y el cierre de la cuenta principal y subalterna, evitando su acumulación indefinidamente. 2.4.1.2 Específicos • Indicar los registros y el manejo contable de la cuenta principal y subalterna durante el

ejercicio. • Permitir el adecuado seguimiento a los registros mediante conciliaciones permanentes. • Establecer los registros de cierre en las diferentes unidades al finalizar el periodo

contable y la revelación de saldos en las notas a las estados contables. 2.4.2 Ámbito de aplicación El procedimiento será utilizado por las entidades del nivel nacional y territorial, para el registro de las operaciones realizadas con sus diferentes unidades, seccionales, regionales o distintas formas de organización interna, que son contabilizadas en la cuenta principal y subalterna. Las diferentes formas de organización de una misma entidad, que manejen la contabilidad en forma separada a través de la cuenta principal y subalterna, llámense seccionales, regionales, organismos sin identidad jurídica, entre otras, para efectos del presente procedimiento, las denominaremos en forma general con el nombre de UNIDAD. 2.4.3 Aspectos conceptuales 2.4.3.1 Principal y subalterna

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 141

Esta cuenta representa y registra las operaciones de traslados de fondos, bienes, derechos, servicios y obligaciones realizadas entre las diferentes unidades de una misma organización o entidad, que ha estructurado la contabilidad con un manejo separado de estos negocios, por existir en cada una de ellas, cierto nivel de autonomía en el manejo administrativo y financiero. 2.4.3.2 Saldos conciliados Corresponden a aquellos valores registrados en las diferentes subcuentas por la unidad que transfiere y que se encuentran debidamente correspondidos por la unidad que recibe, es decir los valores de las respectivas subcuentas recíprocas son iguales. 2.4.3.3 Saldos sin conciliar Corresponden a aquellos valores registrados en las diferentes subcuentas por la unidad que transfiere, que no se encuentran debidamente correspondidos por la unidad que recibe, es decir los valores de las respectivas subcuentas recíprocas no son iguales. 2.4.4 Aplicación contable 2.4.4.1 Registros en el manejo general de la cuenta principal y subalterna. Las subcuentas de la cuenta principal y subalterna se debitarán en las unidades, cuando se trasladan fondos, bienes, derechos y servicios o se reciben obligaciones y se acreditarán en las correspondientes unidades, al recibir el traslado de los fondos, bienes, derechos y servicios, o al trasladar obligaciones. • Registro en la unidad que traslada fondos, bienes, servicios y derechos. Códigos Cuentas Débitos Créditos 1995 PRINCIPAL Y SUBALTERNA 199501 Fondos Transferidos XXX 199502 Bienes Transferidos XXX 199503 Servicios Transferidos XXX 199510 Derechos Transferidos XXX 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 111005 Cuenta Corriente Bancaria XXX 16 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO XXX 16xxxx Cuenta y Subcuenta correspondiente 14 DEUDORES XXX 14xxxx Cuenta y subcuenta correspondiente • Registro en la unidad que recibe los fondos, bienes, derechos y servicios. Códigos Cuentas Débitos Créditos 1110 BANCOS Y CORPORACIONES XXX

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 142

111005 Cuenta Corriente Bancaria 16 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO XXX 16xxxx Cuenta y Subcuenta correspondiente 14 DEUDORES XXX 14xxxx Cuenta y subcuenta correspondiente 1995 PRINCIPAL Y SUBALTERNA 199506 Fondos recibidos XXX 199507 Bienes Recibidos XXX 199508 Servicios Recibidos XXX 199511 Derechos Recibidos XXX NOTA: Cuando se trate del traslado de bienes (Propiedades, Planta y Equipo), la Unidad que hace el traslado, debe descargar de la contabilidad el bien con todas sus cuentas valuativas, es decir, la depreciación acumulada, los ajustes por inflación, las valorizaciones o provisiones, si las hubiere. Por su parte, la Unidad que recibe el bien, debe registrar el costo histórico y en forma separada, la depreciación acumulada, los ajustes por inflación, las valorizaciones y provisiones, según sea el caso, con el fin de preservar en la entidad la historia del bien. • Registro en la unidad que transfiere obligaciones. Códigos Cuentas Débitos Créditos 2 PASIVO 22, 23, 24, 25, 27,29

Grupo, Cuenta o Subcuenta respectiva XXX

1995 PRINCIPAL Y SUBALTERNA 199505 Obligaciones transferidas XXX • Registro en la unidad cuando recibe la obligación. Códigos Cuentas Débitos Créditos 1995 PRINCIPAL Y SUBALTERNA 199505 Obligaciones Recibidas XXX 2 PASIVO 22, 23, 24, 25, 27,29

Grupo, Cuenta o Subcuenta respectiva XXX

• La subcuenta 199504- Fondos y Bienes en tránsito se utilizará en la Unidad que traslada

estos conceptos, cuando las circunstancias de recibo o recepción de los mismos no es inmediata, por lo tanto servirá para indicar que este valor está pendiente de corresponder. Situación que debe ser considerada en el cierre de la cuenta principal y subalterna, para efectos de establecer procedimientos de revisión y análisis.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 143

2.4.4.2 Cierre de la cuenta principal y subalterna al finalizar el período contable Como resultado del proceso de conciliación que vienen realizando las entidades en esta cuenta, se ha previsto un mecanismo para efectuar el cierre de los saldos conciliados en las diferentes unidades, como se explica a continuación. 2.4.4.2.1 Valores objeto de cierre Las Unidades podrán realizar el cierre de las subcuentas cuando los valores o saldos registrados recíprocamente estén debidamente conciliados. Por tanto, no serán objeto de cierre los saldos acumulados en las diferentes Unidades, que no estén plenamente correspondidos. 2.4.4.2.2 Manejo de los saldos sin conciliar Los entes públicos deben establecer los procedimientos que le permitan la revisión y análisis de los registros y las diferencias que se presenten en la conciliación de esta cuenta, a fin de no dejar saldos acumulados permanentes. El estado de conciliación de esta cuenta debe ser informada en notas a los estados contables. 2.4.4.2.3 Procedimiento contable de cierre Las unidades en forma individual mediante notas internas, cancelarán al finalizar el período contable los valores de las subcuentas que estén conciliados, directamente contra la cuenta del Patrimonio 3110 ó 3230 - RESULTADOS DEL EJERCICIO, en la subcuenta PRINCIPAL Y SUBALTERNA, dependiendo si la entidad es de la administración central o descentralizada. • Registro contable para el cierre de la cuenta en la contabilidad de cada Unidad. Códigos Cuentas Débitos Créditos 1995 PRINCIPAL Y SUBALTERNA 199501 Fondos Transferidos XXX 199502 Bienes Transferidos XXX 199503 Servicios Transferidos XXX 199510 Derechos Transferidos XXX 199506 Fondos recibidos XXX 199507 Bienes Recibidos XXX 199508 Servicios Recibidos XXX 199511 Derechos Recibidos XXX 3110 RESULTADOS DEL EJERCICIO XXX XXX 311004 Principal y subalterna Ó 3230 RESULTADOS DEL EJERCICIO 323005 Principal y Subalterna XXX XXX

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 144

En el balance consolidado de la entidad el resultado de esta subcuenta de cierre principal y subalterna debe ser igual a cero (0). En caso contrario, generará errores en el proceso de validación de la información. 2.5. Instrucciones para el reconocimiento y registro de los pasivos

pensionales 2.5.1 Objetivos 2.5.1.1 Generales • Presentar los lineamientos técnicos contables para una correcta clasificación y registro

de los Pasivos pensionales, para aquellas entidades cobijadas en el marco de la Ley 100 de 1993 y para las que administran regímenes especiales.

• Señalar los procesos contables que deben seguirse para el reconocimiento, liquidación,

emisión y redención de los bonos pensionales. • Establecer la estructura contable que deben aplicar los entes públicos para el

reconocimiento de las obligaciones pensionales contraídas. • Facilitar la programación anual de los recursos necesarios, para el cumplimiento de las

obligaciones pensionales, que de dicho reconocimiento se deriven en cada período fiscal.

2.5.1.2 Específicos • Establecer los criterios de registro que deben seguir las entidades para el

reconocimiento de sus pasivos pensionales: pensiones, bonos pensionales y cuotas partes respectivas.

2.5.2 Ámbito de aplicación Todas las entidades, sean empleadoras o administradoras, que tengan a su cargo el reconocimiento y pago de pensiones, así como las emisoras de bonos pensionales están obligadas a calcular y registrar los pasivos pensionales. Las responsables de las cuotas partes las registrarán una vez hayan sido reconocidas. 2.5.3 Aspectos conceptuales 2.5.3.1 Cálculo actuarial 2.5.3.1.1 Concepto

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 145

El pasivo pensional representa el valor presente de todas las mesadas futuras (pensiones, bonos pensionales y cuotas partes) que el ente público deberá hacer a favor de personas que tengan o vayan a adquirir este derecho, de conformidad con normas legales o contractuales. Las obligaciones por concepto de bonos pensionales deberán calcularse en forma separada y formarán parte del cálculo actuarial a cargo del ente público. El pasivo estimado por concepto de bonos y cuotas partes de bonos pensionales, está representado por el monto de las liquidaciones provisionales. Sólo hasta el momento en que se emita el bono dejará de ser un pasivo estimado para convertirse en real. 2.5.3.1.2 Periodicidad El valor debe reconocerse por lo menos al cierre del período contable (anualmente) con base en estudios actuariales, preparados en forma consistente y siguiendo el método señalado por la entidad encargada de ejercer la inspección, vigilancia y control o por la Oficina de Obligaciones Pensionales. 2.5.3.1.3 Metodología de cálculo Para efectos de definir la metodología de cálculo de la reserva actuarial por este concepto, deben tenerse en cuenta las siguientes situaciones: Aquellas entidades públicas que han estimado sus reservas actuariales por concepto de pensiones de jubilación, por un método de reconocido valor técnico, seguirán utilizándolo y tendrán en cuenta los parámetros técnicos establecidos en las normas legales. (Artículo 2º del Decreto Reglamentario Número 2852 de 1994), tales como: • “Tablas de mortalidad de rentistas hombres y mujeres experiencia ISS 1980-1989”

adoptadas por Resolución 0585 de abril 11 de 1994 por la Superintendencia Bancaria, o las disposiciones que la modifiquen o adicionen.

• Inclusión de las mesadas adicionales de junio y diciembre de cada año. • Las tasas de interés técnico serán las dispuestas por la Superintendencia de Sociedades. Para el cálculo actuarial correspondiente a los bonos pensionales, se tendrán en cuenta los parámetros establecidos en los Decretos 1748 de 1995 y 1474 de 1997, o en las normas que los modifiquen o adicionen. Las entidades no incluidas se acogerán, para efectos de estimación de las reservas actuariales de pensiones y bonos pensionales, a lo establecido por la Oficina de Obligaciones Pensionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. (Circular No. 003 del 21 de abril de 1996). 2.5.3.1.4 Composición

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 146

La reserva actuarial está compuesta por las partes correspondientes a pensiones y a bonos pensionales y básicamente contendrá: En cuanto a pensiones: Cálculo actuarial de pensiones actuales, cálculo actuarial de futuras pensiones y cuotas partes de pensiones. En cuanto a bonos pensionales: Liquidación provisional de las cuotas partes de bonos pensionales. 2.5.3.1.5 Amortización del cálculo actuarial 2.5.3.1.5.1 Plazos de amortización Dependerán de las siguientes situaciones: • Las entidades públicas que han venido amortizando de acuerdo con el plazo

establecido en el artículo 1º del Decreto Reglamentario Número 2852 de 1994 (hasta el año 2005), continuarán haciéndolo en el plazo allí previsto, excepto aquellas que cumplan con los requisitos definidos en el Decreto 1517 de 1998, cuyo plazo se extenderá hasta el año 2010.

• Las demás entidades, tendrán a partir del 31 de diciembre de 1994, un plazo máximo

de 30 años, siempre y cuando se amortice por lo menos el pasivo exigible en el período siguiente.

• Para los Fond os de Pensiones Territoriales el plazo de amortización rige a partir del 31

de diciembre de 1996. El porcentaje amortizado de las reservas actuariales deberá incrementarse anualmente, al menos, en 3.33 puntos porcentuales sobre el valor amortizado del año inmediatamente anterior. La amortización anual debe incrementarse en forma racional y sistemática de manera que, en todo caso, a 31 de diciembre del año 2024 se tenga amortizado el 100% del respectivo cálculo. Los aumentos o disminuciones en el cálculo actuarial que se determinen después de estar amortizado el 100%, deben registrarse en los resultados de cada período contable. 2.5.3.1.5.2 Procedimiento de amortización Para efectos de la amortización del cálculo actuarial, debe procederse así: a) El valor amortizado a 31 de diciembre de 1997, se divide entre el valor del cálculo

actuarial a 31 de diciembre de 1997.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 147

b) El porcentaje anterior se resta del 100%, para obtener el porcentaje pendiente por amortizar.

c) El porcentaje pendiente por amortizar obtenido en el literal anterior, deberá amortizarse

en forma racional y sistemática, de tal manera que a 31 de diciembre del año 2024 se tenga amortizado el 100% de la reserva. A partir de esta fecha se mantendrá la amortización en dicho porcentaje.

a) Para el año 1998, el porcentaje acumulado amortizado no puede ser inferior al

porcentaje determinado en el literal a) incrementado como mínimo en 3.33 puntos porcentuales.

2.5.3.2 Aplicación del catálogo general de cuentas 2.5.3.2.1 Fondos o Cuentas creados para el Sistema General de Pensiones Los fondos cuenta o cuentas especiales creados bajo el Sistema General de Pensiones, que se manejen por encargo fiduciario, deberán aplicar de forma integral el Catálogo General de Cuentas del Plan General de Contabilidad Pública y deberán agregarse con la información de la entidad pública a la cual se encuentren adscritos. Las entidades públicas responsables del manejo y control de estos fondos cuenta o cuentas especiales, deberán aplicar para efectos de registro de los recursos que se trasladen al encargo fiduciario, las subcuentas correspondientes a la cuenta 1130, las cuales deberán ajustarse en el proceso de agregación con los fondos respectivos. 2.5.3.2.2 Patrimonios autónomos y riesgos de las Entidades Administradoras públicas

del Régimen de Prima Media Las entidades administradoras del régimen de prima media con prestación definida, que deben manejar en forma separada cada uno de los patrimonios autónomos establecidos, así como los riesgos asumidos en cada uno de ellos, deberán aplicar en su totalidad el Catálogo General de Cuentas del Plan General de Contabilidad Pública. 2.5.3.3 Sistema general de pensiones El nuevo sistema de seguridad social, establecido por la Ley 100 de 1993 y sus disposiciones reglamentarias, constituyen el marco de referencia para el correcto entendimiento del Sistema General de Pensiones. Por esta razón, y con la finalidad de conocer su funcionamiento y aplicación dentro del sector público, se presentan algunos de los conceptos en él contenidos. El Sistema General de Pensiones, tiene por objeto garantizar a la población el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, la invalidez y la muerte, mediante el reconocimiento de las pensiones y prestaciones que se determinan en la Ley 100 de 1993, así como propender por la ampliación progresiva de cobertura a los segmentos de población no cubiertos con un sistema de pensiones. (Artículo 10 de la Ley 100 de 1993).

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 148

2.5.3.3.1 Fondo de solidaridad pensional Es una cuenta especial de la Nación, sin personería jurídica, adscrita al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Su objetivo es subsidiar los aportes al régimen general de pensiones de los trabajadores asalariados o independientes, de los sectores rural y urbano que carezcan de suficientes recursos para efectuar la totalidad del aporte (régimen subsidiado). (Decreto 1127 del 1º de junio de 1994) 2.5.3.3.2 Fondo de pensiones publicas del nivel nacional “Es una cuenta de la Nación, adscrita al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, cuyos recursos se administran mediante encargo fiduciario.” (Artículo 130 de la Ley 100 de 1993). Su objetivo es sustituir a la Caja Nacional de Previsión Social - CAJANAL, en lo relacionado con el pago de las pensiones, incluyendo la pensión gracia para los educadores y, a las demás cajas de previsión insolventes del sector público del orden nacional, que el gobierno determine y para los mismos efectos. (Decreto reglamentario 1132 de 1994). 2.5.3.3.3 Fondo para pagar el pasivo pensional de las universidades oficiales y de las

instituciones oficiales de educación superior de naturaleza territorial “Cada una de las instituciones de educación superior oficiales, de los niveles territorial, departamental, distrital o municipal, constituirá un fondo para el pago del pasivo pensional contraído a la fecha en la cual esta Ley entre en vigencia, hasta por un monto igual al valor de dicho pasivo que no esté constituido en reservas en las Cajas de Previsión o Fondos autorizados, descontando el valor actuarial de las futuras cotizaciones que las instituciones como empleadores y los empleados deban efectuar según lo previsto en la presente Ley, en aquella parte que corresponda a funcionarios, empleados o trabajadores vinculados hasta la fecha de iniciación de la vigencia de la presente Ley. Dicho fondo se manejará como una subcuenta en el presupuesto de cada institución. Será financiado por la Nación, los departamentos, los distritos, que aportarán en la misma proporción en que hayan contribuido al presupuesto de la respectiva universidad o institución de educación superior, teniendo en cuenta el promedio de los cinco (5) últimos presupuestos anuales, anteriores al año de iniciación de la vigencia de la presente Ley. Los aportes constarán en bonos de valor constante de las respectivas entidades que se redimirán a medida que se haga exigible el pago de las obligaciones pensionales de acuerdo con las proyecciones presupuestales y los cálculos actuariales y de conformidad con la reglamentación que para el efecto establezca el Gobierno Nacional. Dentro del año siguiente a la iniciación de la vigencia de la presenta Ley, las universidades y las instituciones de educación superior referidas en este artículo, elaborarán o actualizarán los estudios actuariales con el visto bueno del Ministerio de Hacienda. Este requisito es necesario para la suscripción de los bonos que representen los aportes de la Nación. Esta

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 149

suscripción deberá hacerse dentro de los dos (2) primeros años de la vigencia de la presente Ley.” (Artículo 131 de la Ley 100 de 1993). De acuerdo con lo establecido en el artículo 3º. del Decreto 2337 del 24 de diciembre de 1996, estos fondos “....serán cuentas especiales, sin personería jurídica, de la respectiva Universidad o Institución de Educación Superior, cuyos recursos serán administrados en forma independiente....” El fondo para pago del pasivo pensional que deben constituir cada una de las universidades o Instituciones de Educación Superior, tendrá las siguientes subcuentas independientes: • Subcuent a o fondo del pasivo pensional causado hasta el 23 de diciembre de 1993. • Subcuenta del pasivo pensional causado con posterioridad al 23 de diciembre de 1993. • Subcuenta del pasivo pensional causado por obligaciones pensionales extralegales. • Subcuenta para las cotizaciones.

2.5.3.3.4 Fondo nacional del pasivo prestacional del sector salud Toda la reglamentación inherente a este fondo se encuentra en el Decreto 530 del 8 de marzo de 1994, expedido por el Ministerio de Salud. “... es una cuenta especial de la Nación, sin personería jurídica, con independencia contable y estadística en los términos previstos en el artículo 33 de la ley 60 de 1993. ...tiene por objeto garantizar el pago de la deuda prestacional del sector salud, causada o acumulada a diciembre 31 de 1993 por concepto de cesantías, reservas para pensiones y pensiones de jubilación, cuya obligación se atribuya a la Nación de conformidad con lo dispuesto en los artículos 33 de la Ley 60 de 1993, 242 de la Ley 100 de 1993 y en el Decreto 530 de 1994. El Ministerio de Salud manejará y administrará el Fondo del pasivo y celebrará encargos fiduciarios para la administración y manejo de los recursos vinculados a los contratos administrativos...., de conformidad con las normas legales vigentes La deuda prestacional ….. está constituida por una obligación inmediata y una obligación diferida. 1. La obligación inmediata corresponde al pago de: a. ..... b. Las pensiones incorporadas en nómina o que debidamente causadas estén pendientes de

incorporar en nómina y que correspondan a los derechos por este concepto, adquiridos a 31 de diciembre de 1993, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso 5º, del artículo 242 de la Ley 100 de 1993.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 150

2. La obligación diferida corresponde: a. A las pensiones de jubilación de trabajadores privados y servidores públicos activos que

sean futuros pensionados. b. A las pensiones futuras de actuales pensionados y a los retirados con derechos a

pensión.” 2.5.3.3.5 Regímenes de excepción La Ley 100 de 1993, en su Artículo 279, estableció que el Sistema de Seguridad Social Integral no se aplica a: Miembros de las Fuerzas militares y de la Policía Nacional. Personal civil del Ministerio de Defensa y de la Policía Nacional. Personal afiliado al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio. Servidores públicos de la Empresa Colombiana de Petróleos -ECOPETROL-, y a los

pensionados de la misma. Miembros no remunerados de las corporaciones públicas. Trabajadores de empresas que estén en concordato preventivo y obligatorio, en el

momento en que empezó a regir la Ley 100 de 1993. 2.5.3.3.6 Regímenes del sistema general de pensiones El Sistema General de Pensiones está compuesto por dos regímenes solidarios excluyentes, pero que coexisten: Régimen solidario de prima media con prestación definida y Régimen de ahorro individual con solidaridad (Títulos II y III de la Ley 100 de 1993). 2.5.3.3.7 Régimen solidario de prima media con prestación definida La normatividad contenida en este régimen (Título II de la Ley 100 de 1993), se constituye en el marco de referencia obligado para el desarrollo de la presente normatividad. Concepto “...Es aquel mediante el cual los afiliados o sus beneficiarios obtienen una pensión de vejez, de invalidez o de sobrevivientes, o una indemnización, previamente definida”. (Artículo 31, Ley 100 de 1993). Características • Es un régimen solidario de prestación definida. • Los aportes de los afiliados y sus rendimientos constituyen un fondo común de

naturaleza pública, que garantiza el pago de las prestaciones de quienes tengan la calidad de pensionados en cada vigencia, los respectivos gastos de administración y la constitución de reservas de acuerdo con lo dispuesto en la ley.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 151

• El Estado garantiza el pago de los beneficios a que se hacen acreedores los afiliados. 2.5.3.3.8 Entidades administradoras Este régimen es administrado por: • El Instituto de Seguros Sociales y • Las cajas, fondos o entidades de seguridad social existentes, del sector público (...),

respecto de sus afiliados y mientras dichas entidades subsistan. La calidad de administradora de este régimen tiene connotaciones contables adicionales a aquellas que no lo son. 2.5.3.3.9 Régimen de ahorro individual con solidaridad “Es el conjunto de entidades, normas y procedimientos, mediante los cuales se administran los recursos privados y públicos destinados a pagar las pensiones y prestaciones que deben reconocerse a sus afiliados” (Artículo 59 de la Ley 100 de 1993). 2.5.3.4 Sistema general de pensiones en los niveles departamental, municipal y

distrital Para la implementación del Sistema General de Pensiones en las entidades territoriales, se debió cumplir con el siguiente procedimiento: • Establecer el régimen general de los fondos departamentales, distritales y municipales

de pensiones públicas. (Decreto 1296 del 22 de junio de 1994). • Reglamentar la entrada en vigencia del Sistema General de Pensiones en el nivel

territorial (Decreto 1068 del 23 de junio de 1995) y, • Declarar la solvencia o insolvencia de las cajas, fondos o entidades de previsión social

del sector público del nivel territorial. Como resultado de este último procedimiento, el Sistema General de Pensiones en este nivel está compuesto por dos grupos de entidades: • Cajas, fondos o entidades de previsión social del nivel territorial declaradas solventes. • Cajas, fondos o entidades de previsión social del nivel territorial declaradas insolventes

(fondos de pensiones territoriales). 2.5.3.4.1 Cajas, fondos o entidades de previsión social del nivel territorial declaradas

solventes.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 152

Al ser declaradas solventes, dichas cajas, fondos o entidades, se convierten en administradoras del Régimen de Prima Media, respecto de sus afiliados, a la fecha en que comenzó a regir el Sistema General de Pensiones en el respectivo nivel territorial y mientras ellas subsistan. Lo anterior, sin perjuicio de la libre selección que los afiliados tienen, por lo cual podrán acogerse a cualesquiera de los regímenes pensionales previstos en la Ley 100 de 1993. A partir del 30 de junio de 1995, o en aquella fecha anterior en que entró en vigencia el Sistema General de Pensiones en la respectiva entidad territorial, estas instituciones no podrán recibir nuevos afiliados. Igualmente, deberán administrar los recursos provenientes del recaudo de los aportes al Sistema General de Pensiones de sus actuales afiliados, reconocer y pagar pensiones a su cargo, en los términos establecidos en la Ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios y estarán sometidas al control y vigilancia de la Superintendencia Bancaria. 2.5.3.4.2 Cajas, fondos o entidades de previsión social del nivel territorial declaradas

insolventes Se entenderán declaradas insolventes aquellas sobre las cuales no exista pronunciamiento alguno sobre su solvencia a 1º de julio de 1995, debiendo proceder a la creación del Fondo de Pensiones Territorial, si éste no hubiese sido ya creado. Lo anterior sin perjuicio de la responsabilidad que le corresponda al gobernador o alcalde por el incumplimiento de sus obligaciones. El pago de las pensiones a cargo de las cajas, fondos, entidades de previsión social del sector público del nivel territorial declaradas insolventes y de los entes territoriales, será asumido por el respectivo Fondo de Pensiones Territorial. Para efectos de determinar la cuantía para la liquidación de estas entidades, la fecha de corte de cuentas será, a más tardar, el 31 de diciembre de 1995. La declaratoria de solvencia o insolvencia de las cajas, fondos o entidades de previsión del sector público del nivel territorial, se efectuará mediante acto administrativo expedido por el respectivo gobernador o alcalde, a más tardar el 30 de junio de 1995, de lo cual debió informar a la Superintendencia Bancaria. En el mismo acto administrativo se señalará la fecha para efectuar la liquidación, así como la fecha para la sustitución del pago de pensiones por parte del Fondo de Pensiones Territorial. 2.5.3.4.3 Fondos de pensiones territoriales Son cuentas especiales, sin personería jurídica, adscritas a la respectiva entidad territorial o a una distinta, según la conveniencia, cuyos recursos se administrarán mediante encargo

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 153

fiduciario. Cuando no pueda efectuarse encargo fiduciario, podrán asignarse las funciones para la administración de los recursos del fondo a cualquiera entidad perteneciente al respectivo ente territorial. Estos fondos debieron constituirse a más tardar el 30 de junio de 1995, mediante acto administrativo expedido por el gobernador o alcalde, quienes determinarán el órgano de administración, sus funciones y reglamentos (Artículo 11 Decreto 1068 del 23 de junio de 1995). Corresponde a la asamblea departamental, o al consejo municipal o distrital, según sea el caso, aprobar en el respectivo presupuesto anual, la inclusión de los recursos del fondo correspondientes. Esta autorización deberá realizarse con anterioridad a la fecha en que se determine la sustitución, que debió efectuarse a más tardar el 2 de enero de 1996, por el Fondo de Pensiones Territorial, para el pago de las pensiones a cargo de las cajas o fondos de previsión social declaradas insolventes o de las entidades descentralizadas del orden territorial. 2.5.3.4.4 Funciones de los fondos de pensiones territoriales: Estos órganos desempeñan funciones que deben reflejarse finalmente en su información contable, tales como: • Pagar las pensiones que antes estaban a cargo de las cajas o fondos pensionales públicos

y empresas productoras de metales preciosos insolventes, en los respectivos niveles territoriales.

• Sustituir a las entidades territoriales, establecimientos públicos, y empresas industriales

y comerciales pertenecientes a la entidad territorial, que tengan a su cargo el pago directo de pensiones, cuando ello se decida.

• Llevar los registros contables y estadísticos necesarios. • Garantizar un estricto control del uso de los recursos. • Velar para que todas las entidades sustituidas en el pago de pensiones cumplan

oportunamente con las transferencias de las sumas correspondientes a cada entidad por concepto de los pasivos pensionales.

• Liquidar y sustituir en los pagos de los bonos pensionales de que trata el Artículo 123

de la Ley 100 de 1993, los cuales estarán a cargo de la respectiva entidad y de las cajas o fondos pensionales públicos y empresas productoras de metales preciosos a los cuales sustituya, cuando el fondo se constituya en los términos del inciso 1o. del artículo 3o. del Decreto 1296 de 1994.

2.5.3.4.5 Recursos de los fondos departamentales, distritales y municipales de

pensiones públicas (Artículo 5º, del Decreto 1296, del 22 de junio de 1994).

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 154

Los fondos departamentales, distritales y municipales de pensiones públicas estarán constituidos por los siguientes recursos: • Las reservas pensionales que tengan las cajas o fondos pensionales públicos y empresas

productoras de metales preciosos insolventes que sean sustituidos por los fondos territoriales, las cuales deberán trasladarse al respectivo fondo antes de la sustitución

• Las sumas presupuestadas para pagos de pensiones por parte de las entidades

territoriales, cajas o fondos pensionales públicos y empresas productoras de metales preciosos insolventes a los cuales sustituyan los respectivos fondos, a partir de la fecha de dicha sustitución.

• Las cuotas partes que les correspondan a las distintas entidades para efectos del pago de

las pensiones ya reconocidas. • Por lo menos el 5% de los recursos adicionales que reciban a partir de 1997, los

departamentos y municipios, de conformidad con lo establecido en el artículo 145 de la Ley 100 de 1993, como transferencias por los recursos provenientes del impuesto de renta y la contribución sobre la producción de las empresas de la industria petrolera en la zona de Cusiana-Capiagua.

• Los patrimonios autónomos que hayan constituido las entidades sustituidas para el pago

de los pasivos pensionales, incluido el constituido para el pago de bonos. • Las demás que le asignen para el efecto los diferentes presupuestos del orden territorial. 2.5.3.4.6 Procedimiento para la sustitución pensional por parte de los Fondos de

pensiones Territoriales (Artículo 6º, del Decreto 1293 de 1994). Los Fondos de Pensiones Territoriales asumirán el pago de pensiones de las cajas o fondos pensionales públicos y empresas productoras de metales precisos insolventes, en los respectivos niveles territoriales, mediante el siguiente procedimiento: • Las autoridades territoriales evaluarán la solvencia de las cajas o fondos pensionales

públicos y empresas productoras de metales preciosos. Establecido que la respectiva entidad no es solvente, determinarán la sustitución del pago de las pensiones por parte de los fondos y la fecha en que ésta se producirá.

• Los entes territoriales definirán el término en que las entidades sustituidas que

actualmente tienen a su cargo pensiones, podrán continuar pagándolas. A partir de la

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 155

fecha fijada en cada caso, que no podrá ser posterior al 30 de junio de 1995, los fondos asumirán el pago de las pensiones reconocidas a cargo de la entidad.

2.5.3.4.7 Corte de cuentas (Artículo 7º, del Decreto 1296 de 1994) Para efectos de determinar las cuantías que las cajas, fondos o entidades de previsión social deben transferir a los respectivos fondos, dichas entidades deberán efectuar un corte de cuentas a la fecha de sustitución que señale la respectiva autoridad territorial. 2.5.3.4.8 Entrega de archivos (Artículo 8º,. del Decreto 1296 de 1994) Las cajas, fondos o entidades de previsión social harán entrega de los archivos magnéticos, documentos y demás información que se requiera, para que el respectivo fondo pueda crear la base de datos necesaria para la elaboración y control de la nómina de pensionados. Dicha entrega se hará a más tardar en la fecha del corte de cuentas. 2.5.3.4.9 Traslado de reservas (Artículo 9º, del Decreto 1296 de 1994) Los Fondos de Pensiones Territoriales, deberán acordar con las cajas, fondos o entidades de previsión sustituidas, así como con las entidades públicas territoriales que tienen a su cargo el pago de pensiones, el monto y la forma en que se trasladarán los recursos y las reservas al fondo correspondiente. 2.5.3.5 Cuotas partes de pensiones La cuota parte de pensión, corresponde al monto con el cual está obligada a participar una entidad en relación con su o sus afiliados, que han sido pensionados por otra entidad, con la finalidad de reconocer el tiempo servido o cotizado a la entidad que reconoce la pensión. 2.5.3.6 Títulos pensionales Corresponde al título representativo del valor de la reserva actuarial, de los afiliados al Sistema General de Pensiones que seleccionaron el régimen de prima media con prestación definida, de acuerdo con los literales c) y d) del artículo 33 de la Ley 100 de 1993 y en el Decreto 1887 de 1994, que debieron trasladar los empleadores o empresas, cajas o fondos del sector privado, al Instituto de Seguros Sociales. Para la cancelación del valor correspondiente a esta reserva actuarial, su valor debe estar representado en un pagaré, denominado título pensional, emitido por la empresa o empleador dentro del mismo plazo; se estableció como tal el 31 de diciembre de 1998 (Artículo 17 del Decreto 1474 de 1997). 2.5.3.7 Traslado entre regímenes. bonos pensionales 2.5.3.7.1 Bonos pensionales

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 156

• “Los bonos pensionales constituyen aportes destinados a contribuir a la conformación del capital necesario para financiar las pensiones de los afiliados al Sistema General de Pensiones”(Artículo 115 de la Ley 100 de 1993 y Artículo 1º, del Decreto 1299 de 1994).

• El bono pensional reconoce el tiempo cotizado en dinero, que sumado a los aportes

mensuales a la Administradora de pensiones y a los rendimientos, constituyen el capital necesario para cubrir la pensión o indemnización de cada afiliado.

• El bono debe recoger todos los tiempos cotizados o servidos a las diferentes entidades,

lo cual implica, que cada entidad deberá reconocer y amortizar la cuota parte que le corresponda.

2.5.3.7.2 Características El bono pensional es un documento o título, que se expresa en pesos, a nombre del afiliado que se traslada a las AFP o al ISS. Este documento solo será endosable a favor de una AFP o a una compañía de seguros, con destino al pago de la pensión del afiliado, o también a terceros en los eventos admitidos en la Ley. Se emitirá con las seguridades necesarias para evitar su adulteración o falsificación, aunque en muchos casos el documento estará desmaterializado, es decir, que no constará de un documento físico sino que será conservado en un archivo informático. Las sociedades administradoras de fondos de pensiones mantendrán en custodia los bonos no desmaterializados hasta cuando se rediman. Los bonos pensionales deben contener información pertinente del afiliado como su nombre, número de identificación, fecha de nacimiento y tiempo total cotizado o trabajado. También debe indicar el nombre y el número del NIT de la entidad que lo emite y la de las entidades que deben aportar cuotas partes del bono. Finalmente, debe indicar la fecha de expedición, su valor, la tasa de interés y su fecha de vencimiento (Artículo 116 de la Ley 100 de 1993 y Artículo 13 del Decreto 1299 de 1994). 2.5.3.7.3 Clases de bonos pensionales Los bonos pensionales serán de tres clases: (Artículo 118 de la Ley 100 de 1993) Bonos pensionales expedidos por la Nación. Bonos pensionales expedidos por las cajas, fondos o entidades del sector público que no sean sustituidas por el Fondo de Pensiones Públicas del nivel nacional y cuya denominación genérica de bono pensional se complementará con el nombre de la caja, fondo o entidad emisora. Bonos pensionales expedidos por empresas privadas o públicas, o por cajas pensionales del sector privado que hayan asumido exclusivamente a su cargo el reconocimiento y pago de

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 157

pensiones y cuya denominación genérica de bono pensional se complementará con el nombre de la entidad emisora. 2.5.3.7.4 Tipos de bonos pensionales Los bonos pensionales pueden ser de tres tipos, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 1º, del Decreto 1748 del 12 de octubre de 1995 y el Decreto 876 del 13 de mayo de 1998. Bonos pensionales Tipo A Designación dada a los bonos regulados por el Decreto Ley 1299 de 1994, que se expiden a aquellas personas que se trasladen al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad. Pueden ser de dos modalidades: Modalidad 1: nombre dado a los bonos tipo A que se expiden a favor de los trabajadores cuya primera vinculación laboral válida se inició después del 30 de junio de 1992. Modalidad 2: nombre dado a los bonos tipo A que se expiden a favor de los trabajadores cuya primera vinculación laboral válida se inició antes del 1º de julio de 1992. Bonos pensionales Tipo B Designación dada a los regulados por el Decreto Ley 1314 de 1994, que se expiden a servidores públicos que se trasladen al ISS, en o después de la fecha de entrada en vigencia del Sistema General de Pensiones. Bonos pensionales Tipo E Designación dada a los bonos que se deben emitir a favor de ECOPETROL. Se encuentran regulados en el Decreto 876 del 13 de mayo de 1998. Tendrán derecho a este tipo de bono las personas que se trasladen o se hayan trasladado a ECOPETROL con posterioridad al 31 de marzo de 1994. Modalidad 1: se calcularán en la misma forma en que se calculan los bonos tipo A de modalidad 1, de acuerdo con el artículo 24 del Decreto 1748 de 1995. Modalidad 2: Se calcularán con los factores actuariales y el valor básico de los tipo B de que tratan los artículos 40 y 41 del Decreto 1748 de 1995. 2.5.3.7.5 Emisor y contribuyentes Bonos Tipo A Estos bonos serán emitidos: (Artículos 14 y 16 del Decreto 1299 de 1994):

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 158

• Por la Nación, cuando la obligación pensional está a cargo del Instituto de los Seguros Sociales, de la Caja Nacional de Previsión Social, o de cualquiera otra caja, fondo o entidad del sector público sustituido por el Fondo de Pensiones Públicas del nivel nacional, y asumirá el pago de cuotas partes a cargo de estas entidades. Se emitirán con relación a los afiliados de las entidades anteriormente citadas que estuviesen vinculados con anterioridad al 1º de abril de 1994.

• Por el Instituto de Seguros Sociales, en relación con sus afiliados que hubiesen

ingresado por primera vez a la fuerza laboral con posterioridad al 31 de marzo de 1994. • Por las cajas, fondos o entidades del sector público que no sean sustituidas por el Fondo

de Pensiones Públicas del nivel nacional. • Por empresas privadas o públicas, o por cajas o fondos de previsión del sector privado

que hayan asumido exclusivamente a su cargo el reconocimiento y pago de pensiones. • Por las cajas, fondos y entidades territoriales que tengan a su cargo el pago y

reconocimiento de pensiones. Oficina de Obligaciones Pensionales (Artículo 24 del Decreto 1299 de 1994) “Corresponderá al Ministerio de Hacienda y Crédito Público el reconocimiento, liquidación, emisión y pago de los bonos pensionales y cuotas partes a cargo de la Nación, y el reconocimiento y liquidación de pensiones causadas que deban ser asumidas por el Fondo de Pensiones Públicas del nivel nacional. Para tal finalidad se crea en la Dirección General del Tesoro Nacional la Oficina de Obligaciones Pensionales que tendrá como función desarrollar las actividades relacionadas con el reconocimiento, liquidación y emisión de bonos pensionales y cuotas partes a cargo de la Nación, y el reconocimiento y liquidación de pensiones causadas que deban ser asumidas por el Fondo de Pensiones Públicas del nivel nacional. El desarrollo de estas funciones y la realización de todos los trámites necesarios, podrá contratarse con entidades públicas o privadas o personas naturales”. “El pago de los bonos pensionales estará a cargo de la Tesorería General de la Nación y el de pensiones a cargo del Fondo de Pensiones Públicas del nivel nacional”. “Parágrafo 3º. Las entidades territoriales emitirán los bonos pensionales a través de la unidad que para el efecto determine su gobierno local. Corresponderá a estas unidades la expedición de los bonos de las entidades del nivel territorial referidas en el artículo 23 del presente decreto que sean sustituidas por los Fondos de Pensiones Públicas correspondientes.” Bonos Tipo B Estos bonos serán emitidos: (Artículo 4º, del Decreto 1314 de 1994):

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 159

• “(...) por la última entidad pagadora de pensiones a la cual haya pertenecido el afiliado o

por la Nación o entidad territorial, cuando la responsabilidad corresponda a una caja, fondo o entidad sector público sustituido por el Fondo de Pensiones Públicas del nivel nacional o territorial respectivamente, antes de su vinculación al Instituto de Seguros Sociales. Las demás entidades públicas pagadoras de pensiones a las cuales haya cotizado o en las cuales haya servido el afiliado antes de su vinculación al Instituto de Seguros Sociales deberán contribuir a la financiación del bono pensional tomando en cuenta los tiempos servidos”.

Bonos Tipo E La última entidad pagadora de pensiones a la cual estuvo afiliada la persona, antes de trasladarse a ECOPETROL, siempre y cuando ésta se haya efectuado con posterioridad al 31 de marzo de 1994. 2.5.3.7.6 Cuotas partes de bonos pensionales Las entidades pagadoras de pensiones a las cuales hubiere estado afiliado o empleado el beneficiario del bono pensional, tendrán la obligación de contribuir a la entidad emisora con la cuota parte correspondiente al valor de redención del mismo. El factor de la cuota parte será igual al tiempo aportado o servido en cada entidad dividido por el tiempo total de cotizaciones y servicios reconocidos para el cálculo del bono. El incumplimiento en el pago de las cuotas partes causará interés moratorio. Si el incumplimiento es por parte de las entidades estatales se pagará el interés moratorio previsto en la Ley 80 de 1993. En los otros casos, se pagará un interés moratorio equivalente al doble del previsto anteriormente, sin exceder el límite establecido en la legislación comercial. 2.5.3.7.7 Entidades administradoras Tienen esta connotación: • El ISS respecto a los bonos tipo B • La Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) a la cual esté afiliado el trabajador,

respecto a los bonos tipo A. 2.5.3.7.8 Liquidación provisional de bonos pensionales De acuerdo con lo establecido en el artículo 52 del Decreto 1748 del 12 de octubre de 1995, “El emisor o la Oficina de Obligaciones Pensionales, si es el caso, producirá una liquidación provisional del bono y la hará conocer de la administradora, a más tardar tres meses después de la fecha en que se reciba la primera solicitud. Esta liquidación se basará en la información certificada individualmente y en la que repose en archivos masivos. Para

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 160

este efecto, se tendrá por certificada la información que la entidad administradora reporte como tal”(...). “La entidad administradora hará conocer al beneficiario la liquidación provisional y la información sobre la cual ésta se basó, a más tardar con el próximo extracto trimestral, si se trata de un bono tipo A, y a más tardar tres meses después de producida la liquidación, si se trata de un bono tipo B”(...). 2.5.3.7.9 Reliquidación provisional A partir de la primera liquidación provisional, la entidad que liquidó el bono, atenderá cualquier solicitud de reliquidación que le sea presentada, con base en hechos nuevos que la administración reporte como certificados. 2.5.3.7.10 Emisión o expedición del bono Si el beneficiario autoriza por escrito la negociación de un bono tipo A o su utilización para adquirir acciones de empresas públicas, con lo cual se está automáticamente declarando conforme con su valor y fecha de redención, el bono se expedirá dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha en que la entidad administradora lo informe al emisor, momento a partir del cual el bono podrá ser negociado También se expedirá bono de cualquier tipo, dentro de los treinta (30) días siguientes a la correspondiente solicitud por parte de la administradora, si se da una de las siguientes circunstancias: • Que el afiliado fallezca o sea declarado inválido. • Que el afiliado presente al ISS, solicitud de pensión de vejez o de indemnización

sustitutiva. • Que se cause la devolución de saldos al beneficiario de un bono tipo A (Administradora

de Fondos de Pensiones). 2.5.3.7.11 Variación en el valor del bono Cuando el valor de un bono emitido aumente, por efecto de una reclamación, se expedirá un bono complementario por la diferencia. Si el valor disminuye, se anulará el bono vigente y se expedirá uno por el nuevo valor (Artículo 56 del Decreto 1748 de 1995). 2.5.3.7.12 Bonos en firme Un bono pensional queda en firme en el momento en que su primer beneficiario autorice su negociación o su utilización para adquirir acciones de empresas públicas, si es el caso.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 161

Si el emisor de un bono llegare a detectar, en cualquier época, inexactitud o falsedad en la información con base en la cual expidió un bono que ya está en firme, adelantará las acciones legales pertinentes contra quienes brindaron dicha información, pero el bono continuará en firme (Artículo 59 del Decreto 1748 de 1995). 2.5.3.7.13 Redención de l bono pensional Bonos Tipo A El bono pensional se redimirá cuando ocurra alguna de las siguientes circunstancias: (Artículo 11 del Decreto 1299/94): • Cuando el afiliado cumpla la edad que se tomó como base para el cálculo del respectivo

bono pensional. • Cuando se cause la pensión de invalidez o de sobrevivencia. • Cuando haya lugar a la devolución de saldos de conformidad con la Ley 100 de 1993. Bonos Tipo B Estos bonos se redimirán cuando el afiliado se pensione en el Instituto de Seguros Sociales por vejez o invalidez o cuando se cause la pensión de supervivencia, y cuando haya lugar a la indemnización sustitutiva. Estos bonos no serán negociables en el mercado secundario. Bonos Tipo E Estos bonos se redimirán cuando se cause la pensión de vejez, invalidez y sobrevivencia, de acuerdo con el régimen legal aplicable. Interés del bono pensional Los tres tipos de bonos, A, B y E, devengarán un interés equivalente al DTF pensional, desde la fecha de su expedición hasta la fecha de su redención. El DTF pensional, se define como la tasa de interés efectiva anual correspondiente al interés compuesto de la inflación anual representada por el IPC, adicionando en los puntos que se señalan a continuación. Para los bonos pensionales que se expiden por razón del traslado al régimen de ahorro individual hasta el 31 de diciembre de 1998, el DTF pensional se calculará adicionando el IPC en cuatro puntos anuales efectivos. Para los demás bonos pensionales se calculará adicionando el IPC en tres puntos porcentuales anuales efectivos.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 162

El DF pensional será calculado y publicado por la Superintendencia Bancaria. Fondos para el pago de cuotas partes y bonos pensionales a cargo de entidades del orden nacional y territorial (Artículo 23 del Decreto 1299 de 1994) “Con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de sus respectivos bonos pensionales y de las cuotas partes que les corresponda, las cajas, fondos o entidades de previsión social del sector público del nivel nacional o territorial y las entidades públicas del orden territorial que tenían a su cargo el reconocimiento y pago de pensiones, que no sean sustituidos por el Fondo de Pensiones Públicas del nivel nacional o por los Fondos de Pensiones Públicas, Departamentales, Municipales o Distritales, deberán constituir patrimonios autónomos o encargos fiduciarios según el caso, de conformidad con la reglamentación que para el efecto determine el Gobierno Nacional. Para la administración de los patrimonios autónomos y encargos fiduciarios previstos en el presente artículo, se aplicará el régimen de inversiones de las reservas para pensiones del Instituto de Seguros Sociales” (...). Fondo de reservas para los bonos pensionales (Artículo 26 del Decreto 1299 de 1994) “Créase en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público un Fondo Cuenta sin personería jurídica, denominado Fondo de reservas para bonos pensionales, adscrito a la Dirección General del Tesoro Nacional, cuya finalidad exclusiva será la administración, conservación y mantenimiento de recursos para el pago de los bonos pensionales y cuotas partes de bono pensional a cargo de la Nación. (...) La administración del Fondo tiene la responsabilidad de liquidar los activos que posea para atender oportunamente los vencimientos de los bonos pensionales y el pago de las cuotas partes de dichos bonos a cargo de la Nación”. Fondos para pago de cuotas partes y bonos pensionales de las empresas del sector público que tienen a su cargo exclusivo las pensiones de sus trabajadores (Artículo 6º, del Decreto 1314 de 1994) “Para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de los bonos pensionales y de las cuotas partes correspondientes, las empresas del sector público que tenían a su cargo el reconocimiento y pago de pensiones, deberán otorgar las mismas garantías establecidas para los demás bonos pensionales, de conformidad con los artículos 19, 20 y 21 del decreto 1299 de 1994”(...). Entidades liquidadas Cuando una entidad del sector público haya sido liquidada, las obligaciones que le hubieren correspondido en cuanto a emitir bonos pensionales o responder por cuotas partes, serán asumidas por la entidad que asumió sus demás obligaciones laborales.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 163

2.5.3.8 Garantías estatales Las garantías establecidas en la Ley 100 de 1993 son las siguientes: 2.5.3.8.1 De pensión mínima de vejez “Los afiliados del Régimen de Ahorro Individual que a los sesenta y dos (62) años de edad si son hombres y cincuenta y siete (57) si son mujeres, no hayan alcanzado a generar la pensión mínima de que trata el artículo 35 de la presente Ley, y hubiesen cotizado por lo menos mil ciento cincuenta semanas (1.150), tendrán derecho a que el Gobierno Nacional, en desarrollo del principio de solidaridad, les complete la parte que haga falta para obtener dicha pensión.” (Artículo 65 de la Ley 100 de 1993). 2.5.3.8.2 Garantía estatal en el régimen de prima media con prestación definida “El Estado responderá por las obligaciones del Instituto de Seguros Sociales para con sus afiliados al régimen de prima media con prestación definida, cuando los ingresos y las reservas de dicha entidad se agotasen, siempre que se hubiesen cobrado las cotizaciones en los términos de esta Ley.” (Artículo 138 de la Ley 100 de 1993). 2.5.3.9 Inversión de las reservas del instituto de seguros sociales (decreto.1888 del 3 de

agosto de 1994) El Instituto de Seguros Sociales, como responsable de la administración del Régimen de Prima Media, para el manejo y administración de los recursos, debe cumplir las siguientes reglas: Las reservas del Instituto de Seguros Sociales se manejarán mediante contratos de fiducia con entidades del sector financiero especializadas en este servicio o en títulos de la Nación. En ambos casos, se buscará obtener la rentabilidad mínima de que trata el artículo 101 de la Ley 100 de 1993. El cumplimiento de la rentabilidad mínima se verificará cada trimestre, de acuerdo con la información que para tal efecto expida la Superintendencia Bancaria. Las reservas del ISS se contabilizarán y administrarán en forma separada, de acuerdo con las clases de riesgos asumidos, pero podrán manejarse bajo un mismo contrato de fiducia. Las entidades contratantes podrán invertir alternativamente, además de los contratos de fiducia, los recursos de las reservas en títulos de deuda pública emitidos por la Nación. Cuando dentro del plazo de un (1) año la rentabilidad promedio de los recursos invertidos en títulos de deuda de la Nación, no mantenga el poder adquisitivo de las reservas, la Nación efectuará la compensación necesaria para cumplir el mandato del artículo 48 de la Constitución Política. Dicha compensación podrá hacerse en dinero o en dichos títulos.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 164

En caso de no garantizarse la rentabilidad mínima, según lo anterior, el ISS deberá trasladar los recursos de las reservas a una cuenta de la Dirección General del Tesoro Nacional. Cuando dentro del plazo de un (1) año, la rentabilidad promedio de los recursos invertidos en la Dirección General del Tesoro Nacional, no mantengan el poder adquisitivo de las reservas, se aplicará lo mencionado en el párrafo anterior. El ISS deberá retirar los recursos de la cuenta de la Dirección General del Tesoro Nacional, para celebrar nuevos contratos de fiducia o para invertir en títulos de deuda de la Nación. En síntesis, debe garantizarse la rentabilidad mínima, dentro de los plazos establecidos, para lo cual se resumen las cuatro opciones previstas anteriormente: • Contratos de fiducia. • Inversión en títulos de deuda pública emitidos por la Nación. • Traslado de los recursos a una cuenta de la Dirección General del Tesoro Nacional. • Celebración de nuevos contratos de fiducia o inversión en títulos de la Nación. 2.5.3.10 Reservas de las cajas, fondos o entidades de previsión social existentes en los

sectores publico o privado, respecto de sus afiliados y mientras subsistan La administración de las reservas de estas entidades se hará mediante contratos de fiducia, garantizando la rentabilidad mínima. Las alternativas de inversión o administración, son iguales a las del ISS, con excepción de la inversión en una cuenta de la Dirección General del Tesoro Nacional. 2.5.4. Aplicación contable 2.5.4.1 Amortización del cálculo actuarial Ejemplo: Procedimiento de amortización 1. Datos básicos:

Cálculo actuarial a 31 de diciembre de 1997 : $100’000.000 Pensiones actuales $70.000.000 Bonos pensionales $30.000.000 Valor amortizado a 31 de diciembre de 1997 : $ 45’000.000 Por pensiones actuales $40.000.000 Por bonos pensionales $ 5.000.000 Valor del cálculo de la reserva actuarial a 31 de diciembre de 1998 : $140’000.000

2. Saldos contables a 31 de diciembre de 1997 :

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 165

2720 Provisión para pensiones $ 40’.000.000 272003 Cálculo actuarial de pensiones actuales $ 70’.000.000 272004 Pensiones actuales por amortizar (Db) ($ 30’.000.000)

2721 Provisión para Bonos pensionales $ 5’.000.000 272101 Liquidación provisional de cuotas partes de bonos

pensionales 30’.000.000 272102 Liquidación provisional de cuotas partes de bonos

pensionales por amortizar (Db) $ (25’.000.000) 3. Cálculo del valor a amortizar en 1998: Valor amortizado al 31 de diciembre de 1997 $45’000.000 a) = = 45% Valor del cálculo de la reserva actuarial al 31 de $100’000.000 diciembre de 1997 b) Porcentaje pendiente de amortizar

100% - 45% = 55% c) Número de años para completar la amortización (2024) = 25 años

55% / 25 años = 2,2 % d) Total amortizado a 31 de diciembre de 1998:

Porcentaje amortizado al 31 de diciembre de 1997 45.0% (+) Porcentaje de amortización anual 3.3% Total 48.3%

e) Aplicación de este porcentaje (48.3%) al nuevo cálculo actuarial a 31 de diciembre de 1998 :

$140’000.000 x 48.3% = $67.620.000 f) Valor pendiente de amortizar: A 31 de diciembre de 1997, ya se habían amortizado

$45’000.000. En 1998 le corresponde amortizar el valor de $22.620.000=($67.620.000 - $45.000.000=).

2.5.4.2 Tratamiento contable 2.5.4.2.1 Calculo actuarial Registro del cálculo actuarial por pensiones actuales, futuras y cuotas partes de pensiones. Códigos Cuentas Débitos Créditos

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 166

27 PASIVOS ESTIMADOS 2720 PROVISIÓN PARA PENSIONES 272004 Pensiones actuales por amortizar (Db) XXX 272006 Futuras pensiones por amortizar (Db) XXX 272008 Cuotas partes de pensiones por amortizar (Db) XXX 27 PASIVOS ESTIMADOS 2720 PROVISIÓN PARA PENSIONES 272003 Cálculo actuarial de pensiones actuales XXX 272005 Cálculo actuarial de futuras pensiones XXX 272007 Cálculo actuarial de cuotas partes de pensiones XXX *Las Administradoras del Sistema de Seguridad Social en Pensiones, utilizarán los códigos 272009 al 272014 Registro del cálculo actuarial por concepto de la liquidación provisional del bono pensional. Corresponde a la liquidación inicial que se realiza a las personas que solicitan su traslado de régimen, ya sea al de Ahorro individual (AFP) o al Régimen de prima media con prestación definida. El monto que registra la entidad emisora del bono como pasivo estimado, es solo el correspondiente a la parte de la liquidación provisional que ella asume. Si existieran otras entidades que deban contribuir al valor del bono, el monto por el cual deben responder se constituirá en un pasivo estimado para cada una de ellas, pero sólo a partir del momento de que certifiquen su cuota parte, de acuerdo con lo estipulado en el Decreto 1474 del 30 de mayo de 1997. No se constituyen como una cuenta por cobrar del emisor del bono a los demás contribuyentes.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 167

Códigos Cuentas Débitos Créditos 27 PASIVOS ESTIMADOS 2721 PROVISIÓN PARA BONOS PENSIONALES 272102 Liquidación provisional de cuotas partes de bonos

pensionales por amortizar (Db)

XXX

27 PASIVOS ESTIMADOS 2721 PROVISIÓN PARA BONOS PENSIONALES 272101 Liquidación provisional de cuotas partes de bonos

pensionales XXX

*Las Administradoras del Sistema de Seguridad Social en Pensiones, utilizarán los códigos 272103 Y 272104 Reliquidaciones provisionales de bonos pensionales Después de efectuada la liquidación provisional inicial, pueden surgir correcciones, que originen un mayor o menor valor del pasivo estimado. Reliquidación por mayor valor Se debe incrementar el importe del pasivo estimado por concepto de la liquidación provisional. Códigos Cuentas Débitos Créditos

27 PASIVOS ESTIMADOS 2721 PROVISIÓN PARA BONOS PENSIONALES 272102 Liquidación provisional de cuotas partes de bonos

pensionales por amortizar (Db)

XXX

27 PASIVOS ESTIMADOS 2721 PROVISIÓN PARA BONOS PENSIONALES 272101 Liquidación provisional de cuotas partes de bonos

pensionales

XXX *Las Administradoras del Sistema de Seguridad Social en Pensiones, utilizarán los códigos 272103 y 272104 Reliquidación por menor valor Se debe ajustar por un menor valor el pasivo estimado.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 168

Códigos Cuentas Débitos Créditos

27 PASIVOS ESTIMADOS 2721 PROVISIÓN PARA BONOS PENSIONALES 272101 Liquidación provisional de cuotas partes de bonos

pensionales

XXX

27 PASIVOS ESTIMADOS 2721 PROVISIÓN PARA BONOS PENSIONALES 272102 Liquidación provisional de cuotas partes de bonos

pensionales por amortizar (Db)

XXX *Las Administradoras del Sistema de Seguridad Social en Pensiones, utilizarán los códigos 272103 Y 272104 2.5.4.2.2 Amortización del cálculo actuarial Se debe registrar la amortización correspondiente a cada uno de los rubros de pasivos pensionales. De pensiones Códigos Cuentas Débitos Créditos 5 GASTOS 5102 CONTRIBUCIONES IMPUTADAS 510209 Amortización cálculo actuarial de pensiones actuales XXX 510210 Amortización cálculo actuarial de futuras pensiones XXX 510211 Amortización cálculo actuarial de cuotas partes de

pensiones

XXX

ó 5203 OPERACIÓN 520309 Amortización cálculo actuarial de pensiones actuales XXX 520310 Amortización cálculo actuarial de futuras pensiones XXX 520311 Amortización cálculo actuarial de cuotas partes de

pensiones

XXX

27 PASIVOS ESTIMADOS 2720 PROVISIÓN PARA PENSIONES 272004 Pensiones actuales por amortizar (Db) XXX 272006 Futuras pensiones por amortizar (Db) XXX 272008 Cuotas partes de pensiones por amortizar (Db) XXX *Las Administradoras del Sistema de Seguridad Social en Pensiones, afectarán las subcuentas correspondientes a las cuentas 6401- Seguridad social en pensiones y 2720- Provisión para pensiones- asegurador. De bonos pensionales

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 169

Códigos Cuentas Débitos Créditos 5

GASTOS

51 5102

ADMINISTRACIÓN CONTRIBUCIONES IMPUTADAS

510212 Amortización de la liquidación provisional de cuotas partes de bonos pensionales

XXX

Ó 52 OPERACIÓN 5203 520312

CONTRIBUCIONES IMPUTADAS Amortización de la liquidación provisional de cuotas partes de bonos pensionales

XXX

27 PASIVOS ESTIMADOS 2721 PROVISIÓN PARA BONOS PENSIONALES 272102 Liquidación provisional de cuotas partes de bonos

pensionales por amortizar (Db)

XXX *Las Administradoras del Sistema de Seguridad Social en Pensiones, afectarán las subcuentas correspondientes a las cuentas 6401- Seguridad social en pensiones y 2721- Provisión para Bonos pensionales- asegurador. 2.5.4.2.3 Emisión de los bonos pensionales Emisión Se realiza cuando se expide un documento o título valor llamado bono pensional con base en la liquidación provisional y sus correcciones. La entidad emisora debe registrar como un pasivo real por emisión de bonos y títulos, únicamente el importe que le corresponde dentro del valor total de emisión del bono. Las cuotas partes de las demás entidades que deben contribuir al pago del bono pensional, no se constituyen una cuenta por cobrar de la entidad emisora, sino para la entidad que lo recibe. Es necesario cancelar el pasivo estimado en la liquidación provisional, así como trasladar la porción pendiente de amortización al pasivo real. El registro contable para este caso será:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 170

Códigos Cuentas Débitos Créditos 27 PASIVOS ESTIMADOS 2721 PROVISIÓN PARA BONOS PENSIONALES 272101 Liquidación provisional de cuotas partes de bonos

pensionales

XXX

26 BONOS Y TÍTULOS EMITIDOS 2625 BONOS PENSIONALES 262502 Cuotas partes de bonos pensionales emitidos por

amortizar (Db)

XXX

26 BONOS Y TÍTULOS EMITIDOS 2625 BONOS PENSIONALES 262501 Cuotas partes de bonos pensionales emitidos XXX 27 PASIVOS ESTIMADOS 2721 PROVISIÓN PARA BONOS PENSIONALES 272102 Liquidación provisional de cuotas partes de bonos

pensionales por amortizar (Db)

XXX *Las Administradoras del Sistema de Seguridad Social en Pensiones, afectarán las subcuentas 272103 -272104 y 262503-262504. Emisión por mayor valor Cuando el bono fue emitido por mayor valor y no ha quedado en firme, debe recogerse para anularlo y emitir uno nuevo. En este caso es preciso reversar el asiento contable anterior y volver a efectuar el mismo registro por el nuevo valor. Emisión por menor valor Cuando el bono fue emitido por un menor valor del que realmente le correspondía al beneficiario debe generarse otro por la diferencia y su registro se efectuará totalmente como un bono emitido independiente. Códigos Cuentas Débitos Créditos 26 BONOS Y TÍTULOS EMITIDOS 2625 BONOS PENSIONALES 262502 Cuotas partes de bonos pensionales emitidos por

amortizar (Db)

XXX

26 BONOS Y TÍTULOS EMITIDOS 2625 BONOS PENSIONALES 262501 Cuotas partes de bonos pensionales emitidos XXX *Las Administradoras del Sistema de Seguridad Social en Pensiones, afectarán las subcuentas 262503-262504.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 171

Ingreso del bono pensional a la entidad administradora a la cual se trasladó el beneficiario del bono. La entidad que recibe el bono pensional emitido deberá constituir una cuenta por cobrar por concepto de cuotas partes de bonos pensionales, a cada uno de los contribuyentes del bono pensional. La entidad receptora del bono puede ser una entidad administradora, una entidad perteneciente a los regímenes de excepción u otra entidad.

Códigos Cuentas Débitos Créditos 14 DEUDORES 1476 CUOTAS PARTES DE BONOS Y TÍTULOS

PENSIONALES

147601 Cuotas partes de bonos pensionales emitidos XXX 45 RECURSOS DE LOS FONDOS DE LAS

ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE PENSIONES

4509 Cuotas partes de bonos pensionales XXX ó 48 OTROS INGRESOS 4810 EXTRAORDINARIOS 481030 Cuotas partes de bonos pensionales XXX 2.5.4.2.4 Redención de bonos pensionales Se presenta cuando se realiza el pago del bono pensional al beneficiario a través de las Administradoras de Fondos de Pensiones o de cualquier otra entidad administradora. Puede ser normal o anticipada si cumple con los requisitos indicados en el Artículo 16 del Decreto 1748 de 1995. Cada una de las entidades contribuyentes al valor del bono deberán efectuar el correspondiente pago. Pueden presentarse dos situaciones a las entidades contribuyentes: Que al momento de efectuar el pago de su cuota parte, no tuviese amortizada la totalidad del pasivo real (bono emitido)

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 172

Códigos Cuentas Débitos Créditos

26 BONOS Y TÍTULOS EMITIDOS 2625 BONOS PENSIONALES 262501 Cuotas partes de bonos pensionales

emitidos

XXX

51 ó 52 DE ADMINISTRACIÓN O DE

OPERACIÓN

5102 ó 5203 CONTRIBUCIONES IMPUTADAS 510213 ó 520313 Amortización de cuotas partes de bonos

pensionales emitidos

XXX

26 BONOS Y TÍTULOS EMITIDOS 2625 BONOS PENSIONALES 262502 Cuotas partes de bonos pensionales

emitidos por amortizar (Db)

XXX 11 EFECTIVO 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 1110xx Subcuenta correspondiente XXX *Las Administradoras del Sistema de Seguridad Social en Pensiones, afectarán las subcuentas 262503-262504 y 6401- Seguridad social en pensiones. Que al momento de efectuar el pago de su cuota parte, ya tuviese amortizado el total de su pasivo real. Códigos Cuentas Débitos Créditos

26 BONOS Y TÍTULOS EMITIDOS 2625 BONOS PENSIONALES 262501 Cuotas partes de bonos pensionales emitidos XXX 11 EFECTIVO 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 1110xx Subcuenta correspondiente XXX Es importante mencionar, que las entidades públicas contribuyentes de cuotas partes de bonos pensionales, deben conformar los "Fondos para el pago de cuotas partes y bonos pensionales", de que trata el Decreto 810 de 1998. Registro de la entidad que recauda las cuotas partes del bono pensional.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 173

Códigos Cuentas Débitos Créditos 11 EFECTIVO 1110XX Subcuenta correspondiente XXX 1130XX Subcuenta correspondiente XXX 14 DEUDORES 1476 CUOTAS PARTES DE BONOS Y TÍTULOS

PENSIONALES

147601 Cuotas partes de bonos pensionales emitidos XXX 2.5.4.2.5 Pago de pensiones Cuando la pensión se hace exigible, deben efectuarse los siguientes registros: Causación de la obligación Códigos Cuentas Débitos Créditos

5 GASTOS 51 ó 52 ADMINISTRACIÓN - OPERACIÓN 5102 ó 5203

CONTRIBUCIONES IMPUTADAS

510206 ó 520306

Pensiones de jubilación

XXX

2 PASIVO 25 OBLIGACIONES LABORALES Y DE SEGURIDAD

SOCIAL

2510 Pensiones por pagar 251001 Pensiones de jubilación patronales XXX

*Las Administradoras del Sistema de Seguridad Social en Pensiones, afectarán las subcuentas de la cuenta 6401 y 2570 Seguridad social en pensiones . Cuando se efectúa el pago de la pensión. Códigos Cuentas Débitos Créditos

2 PASIVO 25 OBLIGACIONES LABORALES Y DE SEGURIDAD

SOCIAL

2510 Pensiones por pagar 251001 Pensiones de jubilación patronales XXX 11 EFECTIVO 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 1110XX Subcuenta correspondiente XXX

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 174

*Las Administradoras del Sistema de Seguridad Social en Pensiones, afectarán las subcuentas de la cuenta 2570- Seguridad social en pensiones. 2.5.4.2.6 Cuotas partes de pensiones Cobro de cuotas partes de pensiones de jubilación Creación de la cuenta por cobrar: Códigos Cuentas Débitos Créditos

14 DEUDORES 1470 Otros deudores 147008 Cuotas partes de pensiones XXX 4 INGRESOS 45 RECURSOS DE LOS FONDOS DE LAS

ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE PENSIONES

4510 Cuotas partes de pensiones XXX Ó 48 OTROS INGRESOS 4810 EXTRAORDINARIOS 481029 Cuotas partes de pensiones XXX Ingreso del dinero de las cuotas partes Códigos Cuentas Débitos Créditos

11 EFECTIVO 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 1110XX Subcuenta correspondiente XXX 14 DEUDORES 1470 Otros deudores 147008 Cuotas partes de pensiones XXX Pago de cuotas partes de pensiones de jubilación Causación

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 175

Códigos Cuentas Débitos Créditos 5 51 5102 510207 ó 5 52 5203 520307

GASTOS DE ADMINISTRACIÓN CONTRIBUCIONES IMPUTADAS Cuotas partes pensiones de jubilación GASTOS DE OPERACIÓN CONTRIBUCIONES IMPUTADAS Cuotas partes pensiones de jubilación

XXX

XXX

2 PASIVO 24 CUENTAS POR PAGAR 2490 OTRAS CUENTAS POR PAGAR 249004 Cuotas partes de pensiones XXX

*Las Administradoras del Sistema de Seguridad Social en Pensiones, afectarán las subcuentas correspondiente a la cuenta 6401- Seguridad social en pensiones. Pago de las cuotas partes Códigos Cuentas Débitos Créditos

2 PASIVO 24 CUENTAS POR PAGAR 2490 OTRAS CUENTAS POR PAGAR 249004 Cuotas partes de pensiones XXX 11 EFECTIVO 1110 BANCOS Y CORPORACIONES XXX 1110XX Subcuenta correspondiente ó 1130 FONDOS PENSIONALES 1130XX Subcuenta correspondiente XXX 2.5.4.2.7 Garantía estatal en el régimen de prima media Este registro lo efectuarán solamente las entidades administradoras del Régimen de Prima Media con Prestación Definida y únicamente bajo las condiciones establecidas en la normatividad expedida para el efecto.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 176

Códigos Cuentas Débitos Créditos 8 CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS 81 DERECHOS CONTINGENTES 8125 GARANTÍA ESTATAL EN EL REGIMEN DE

PRIMA MEDIA CON PRESTACIÓN DEFINIDA.

XXX

8125xx Subcuenta que corresponda 8 CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS 89 DEUDORAS POR CONTRA (CR) 8905 DERECHOS CONTINGENTES POR CONTRA 890501 Garantía estatal en el régimen de prima media con

prestación definida.

XXX 2.5.4.2.8 Intereses de mora sobre cuotas partes de bonos pensionales Cuando el emisor de los bonos envié la información sobre los bonos redimidos para su respectiva cancelación, ésta se tendrá que realizar dentro de los plazos estipulados, de lo contrario generará intereses por mora para cada uno de los contribuyentes del bono pensional. Cuando la entidad es contribuyente de la cuota parte En este caso se incrementa el valor de la cuota parte del bono pensional, así como el importe de la cuota parte pendiente de amortizar. Cuando la entidad es receptora de las cuotas partes En esta situación, la entidad receptora debe incrementar el valor de las cuotas partes de bonos pensionales.

Códigos Cuentas Débitos Créditos 14 DEUDORES 1476 CUOTAS PARTES DE BONOS Y TÍTULOS

PENSIONALES

147601 Cuotas partes de bonos pensionales XXX 45 RECURSOS DE LOS FONDOS DE LAS

ADMINISTRADORAS DE PENSIONES

4504 INTERESES DE MORA 450402 Cuotas partes de bonos pensionales XXX

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 177

2.5.4.2.9 Intereses generados por los bonos pensionales Los intereses que se generan por los bonos, incrementan el valor de la obligación que se tiene con el tercero ya sea como contribuyente o emisor en la misma proporción de la emisión inicial. 2.5.5 Revelación Las entidades públicas administradoras del régimen de prima media, deberán presentar la información financiera y contable correspondiente a los patrimonios autónomos en forma separada, de acuerdo con el Plan General de Contabilidad Pública, y anexar las respectivas notas a los estados contables. Las entidades públicas del nivel territorial, a las cuales se encuentre adscrita la cuenta especial denominada en la ley “Fondo de pensiones territorial”, deberán presentar toda la información financiera y contable correspondiente al fondo, en notas a los estados contables, y enviar por una sola vez, el acta de constitución del fondo. Las entidades públicas que reconocen y pagan pensiones ya sea como administradoras, como empleadoras, o porque en cabeza de ellas están las cuentas o fondos especiales, deberán revelar en notas a los estados contables la información correspondiente a: El monto del cálculo actuarial y de la amortización del mismo, al 31 de diciembre, en forma comparativa con el del año inmediatamente anterior. Metodología técnica Tiempo que resta para la amortización del cálculo actuarial. Las entidades públicas que tengan adscritas fondos cuenta o cuentas especiales creados por la Ley 100 y sus decretos reglamentarios, deberán remitir la información financiera correspondiente a cada uno de ellos. 2.5.6 Códigos del patrimonio autónomo de pensiones Los patrimonios autónomos de pensiones que deben manejar las entidades administradoras del Régimen de prima media con prestación definida, tendrán un código de entidad, con el cual deberán reportar la información trimestral a la Contaduría General de la Nación. Los códigos provisionales que deben emplear estas entidades para sus patrimonios autónomos de pensiones son: 061500000 Patrimonio autónomo de pensiones del Instituto de Seguros Sociales. 061600000 Patrimonio autónomo de pensiones del Fondo de Previsión Social del

Congreso de la República. 061700000 Patrimonio autónomo de pensiones de la Caja Nacional de Previsión Social 061800000 Patrimonio autónomo de pensiones de la Caja de Previsión de

Comunicaciones

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 178

061900000 Patrimonio autónomo de pensiones de la Caja de Previsión Social de la Superintendencia Bancaria.

062000000 Patrimonio autónomo de pensiones de la Caja de Previsión Social de la Universidad del Cauca.

170105000 Entidad Administradora de Pensiones del Departamento de Antioquia 2.6 Instructivo para la supresión de obligaciones y derechos recíprocos

entre entidades del orden nacional por concepto de cuotas partes pensionales, de conformidad con las normas expedidas por la Contaduría General de la Nación y el Decreto 1404 del Ministerio de Hacienda y Crédito público, aplicables a las entidades públicas del nivel nacional que deban pagar cuotas partes en virtud de la Ley 33 de 1985 y demás disposiciones aplicables.

2.6.1 Objetivos 2.6.1.1 General Garantizar que los valores causados con anterioridad al 1º. de abril de 1994 por concepto de cuotas partes pensionales, entre entidades del orden nacional, se eliminen en la información contable a 30 de septiembre de 1999, de conformidad con lo dispuesto en al artículo 4º, literales a) y b) del Decreto 1404 de 1999, de conformidad con un procedimiento homogéneo y consistente contablemente para las entidades públicas del nivel nacional afectadas. 2.6.1.2 Específicos Dar las pautas generales para la eliminación de los derechos por cobrar y las obligaciones por pagar recíprocas, por concepto de cuotas partes sobre pensiones causadas antes del 1º de abril de 1994. Precisar la información que contendrán las notas a la información contable a 30 de septiembre de 1999, definidas en el inciso 4º del artículo 4º del Decreto 1404 de 1999. Garantizar la razonabilidad del pasivo pensional que se obtenga para el consolidado de la Nación a partir de la información contable con corte a 30 de septiembre de 1999. 2.6.2 Ámbito de aplicación Todas las entidades del orden nacional que deban pagar cuotas partes en virtud de la Ley 33 de 1985 y demás disposiciones aplicables y que sean del ámbito de aplicación del Decreto 1404 de 1999 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 179

2.6.3 Aspectos conceptuales 2.6.3.1 Operación recíproca Se denomina así, la transacción financiera que se realice entre diferentes entes públicos por conceptos que pueden estar asociados con activos, pasivos, patrimonio, ingresos, gastos o costos, cualesquiera sea el nivel y sector al que pertenezcan.. (Instrucciones para el correcto diligenciamiento del modelo CGN-96-002 denominado SALDOS DE OPERACIONES RECÍPROCAS). 2.6.3.2 Cuotas partes de pensiones La cuota parte de pensión, corresponde al monto con el cual está obligada a participar una entidad en relación con sus afiliados, que han sido pensionados por otra entidad, con la finalidad de reconocer el tiempo servido y cotizado a la entidad que reconoce la pensión. (Instrucciones para el reconocimiento y registro de los pasivos pensionales). 2.6.3.3 Información de referencia Se considera como tal la presentada a la Contaduría General de la Nación con corte a 31 de diciembre de 1998. 2.6.4 Procedimiento para eliminación de operaciones Para efectos de suprimir las obligaciones recíprocas existentes entre entidades del orden nacional por concepto de cuotas partes por pensiones, causadas con anterioridad al 1º de abril de 1994, de que trata el Decreto 1404/99, dichas entidades procederán así: 2.6.4.1 Eliminación de las Obligaciones por cuotas partes de pensiones - Subcuenta

249004 Con base en la información de referencia, las entidades deben establecer las obligaciones que existían por pagar y a favor de entidades públicas del orden nacional por concepto de cuotas partes sobre pensiones causadas antes del 1º de abril de 1994 para proceder a su eliminación mediante el siguiente registro: Códigos Cuentas Débitos Créditos

2 24 2490 249004 48 4810 481029

PASIVO CUENTAS POR PAGAR OTRAS CUENTAS POR PAGAR Cuotas partes de pensiones OTROS INGRESOS EXTRAORDINARIOS Cuotas partes de pensiones

XXX

XXX

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 180

2.6.4.2 Eliminación de los derechos por cuotas partes de pensiones- Subcuenta 147008 Con base en la información contable de referencia, la entidad debe establecer los derechos que existían por cobrar y a cargo de entidades públicas del orden nacional por concepto de cuotas partes sobre pensiones causadas antes del 1º de abril de 1994 para proceder a su eliminación mediante el siguiente registro: Códigos Cuentas Débitos Créditos

51 5102 510207 o 52 5203 520307 14 1470 147008

ADMINISTRACIÒN CONTRIBUCIONES IMPUTADAS Cuotas partes pensiones de jubilación. DE OPERACIÓN CONTRIBUCIONES IMPUTADAS Cuotas partes pensiones de jubilación DEUDORES OTROS DEUDORES Cuotas partes de pensiones

XXX

XXX

XXX

*Las Administradoras del Sistema de Seguridad Social en Pensiones, afectarán las subcuentas correspondiente a la cuenta 6401- Seguridad social en pensiones. De conformidad con el inciso 5º del precitado artículo 4º del Decreto 1404, en lo sucesivo las entidades públicas del orden nacional no deberán registrar en su contabilidad, obligaciones o derechos por concepto de cuotas partes sobre pensiones causadas con anterioridad al 1º de abril de 1994, a favor o a cargo de otras entidades públicas del orden nacional. En consecuencia, la entidad que reconoció la pensión asumirá la totalidad del pasivo correspondiente. No esta de mas recordar que, a efecto de esta supresión, no es necesario que las obligaciones y derechos estén reconocidos o revelados en la información contable de las dos (2) entidades, acreedora y deudora, del nivel nacional; es suficiente que exista registrado el derecho o la obligación en una de tales entidades públicas. En relación con la Caja Nacional de Previsión Social le corresponderá, a dicha entidad, reconocer las cuotas partes pensionales como Administradora del Régimen de Prima Media, de acuerdo con la Ley 100 de 1993, las cuales serán pagadas a través del Fondo de Pensiones Públicas –FOPEP-, así como efectuar el cobro de las mismas cuando existan a su favor. Para el efecto, se procederá de conformidad con el Artículo 5º del Decreto 1404 y la Norma General de Pensiones expedida por la Contaduría General de la Nación.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 181

2.6.4.3 Notas a los estados contables La información a 30 de septiembre de 1999, deberá estar acompañada de las notas que revelen las situaciones particulares de las subcuentas habilitadas para el registro de las cuotas partes de pensiones. En todo caso, debe considerarse en cada una de ellas, por lo menos la siguiente información: 2.6.4.4 Efecto de la supresión de cuotas partes eliminadas a 30 de septiembre de 1999. • Valor de los derechos recíprocos eliminados. • Valor de las obligaciones recíprocas eliminadas. • Relación de entidades con las cuales tenían constituidos derechos u obligaciones

recíprocas, con indicación expresa de su monto. • Registros contables indicando las subcuentas afectadas en el proceso de eliminación. 2.6.4.5 Detalle de cuotas partes sobre pensiones causadas con posterioridad al 1º de

abril de 1994. • Valor de los derechos causados • Valor de las obligaciones causadas • Relación de entidades con las cuales se tienen constituidos derechos u obligaciones con

indicación expresa de su monto. • Registros contables indicando las subcuentas afectadas. En lo sucesivo esta información debe ser reportada junto con la información trimestral que es remitida periódicamente a la Contaduría General de la Nación. El presente Instructivo será aplicado por las entidades del orden nacional que en virtud de la Ley 33 de 1985 y demás disposiciones aplicables deban pagar cuotas partes pensionales. 2.7 Instrucciones relativas al reconocimiento de las compensaciones y

pago de sentencias y conciliaciones judiciales 2.7.1 Objetivos 2.7.1.2 General Impartir las instrucciones que conduzcan al adecuado reconocimiento, registro y revelación de la extinción de las obligaciones derivadas de las sentencias y conciliaciones judiciales o laudos arbitrales a través de las compensaciones. 2.7.1.3 Específicos • Definir el tratamiento contable para el debido reconocimiento de sentencias y

conciliaciones judiciales de los organismos que constituyen una sección del

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 182

Presupuesto General de la Nación obligados al pago de éstas, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 29 de la Ley 344 de 1996 y el Decreto 2126 de 1997.

. • Definir los registros contables básicos, derivados de la compensación y de los

diferentes mecanismos de pago, que deben efectuar los entes públicos como producto del cumplimiento de las sentencias y conciliaciones judiciales.

2.7.2 Ámbito de aplicación Estas instrucciones serán aplicadas por las Entidades del Nivel Nacional que resulten obligadas a cancelar sumas de dinero como consecuencia de decisiones judiciales expresadas a través de sentencias o como producto de conciliaciones judiciales o laudos arbitrales proferidos por tribunales de arbitramento. 2.7.3 Aspectos conceptuales contables y jurídicos Sentencias Judiciales. Son los pronunciamientos mediante los cuales el juez decide definitivamente las cuestiones de un proceso en una instancia o en un recurso extraordinario o en un incidente que resuelve lo principal, con vista de todo lo alegado y lo probado por los litigantes y absuelve o condena al demandado. Así mismo comprende los laudos arbitrales proferidos por tribunales de arbitramento quienes están investidos de la facultad de administrar justicia. En el contexto del Presupuesto Nacional corresponde a una condena contra la Nación en favor de la parte demandante. Conciliaciones Judiciales. Representan la fórmula de acuerdo entre las partes. El acto de conciliación también se denomina juicio de conciliación, procura la transigencia de las partes, con el objeto de evitar el proceso que una de ellas ha iniciado o pretende entablar. Los efectos en caso de avenirse las partes, son los mismos de una sentencia; y en este sentido puede pedirse judicialmente la ejecución de lo convenido. De la conciliación se extiende acta firmada por el juez y las partes. Operaciones de crédito público. Constituye deuda pública interna, la emisión de títulos de deuda pública que tienen como propósito reclasificar otra clase de obligación, como sentencias, conciliaciones, cruces de cuentas, conforme a las normas legales que lo permitan. Beneficiario de la decisión judicial. Es la persona natural o jurídica que demandó a la Nación en cabeza de una entidad por un perjuicio o daño ocasionado que le da derecho a una indemnización o resarcimiento del perjuicio, a la luz de la ley y que ha obtenido el reconocimiento del mismo por decisión ejecutoriada de un juez, arbitro o de un tribunal que ordena el pago correspondiente con cargo a la Nación.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 183

El Artículo 1° del Decreto 2126 de 1997, por medio del cual se reglamenta el artículo 29 de la Ley 344 de 1996, sobre el cumplimiento de sentencias y conciliaciones, dice lo siguiente: “Las oficinas encargadas en cada organismo de dar cumplimiento a las sentencias y conciliaciones judiciales, de acuerdo con el Artículo 29 de la Ley 344 de 1996, deberán informar sobre la existencia de la providencia o auto que aprueba la conciliación debidamente ejecutoriada, a la Subdirección de Recaudación de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN”. La norma establece que la información será remitida por el obligado al pago de la sentencia o conciliación, en un término máximo de un (1) día, una vez se disponga de la misma y la Administración respectiva dispone de 20 días hábiles a partir de la fecha de recibo de la información para expedir la resolución de compensación cuando existan deudas exigibles. Inspección. De conformidad con el decreto 2126 de 1997, está consistirá en la verificación a nivel nacional de las deudas tributarias, aduaneras o cambiarías a cargo de los beneficiarios de la sentencia o conciliación, realizada por la administración que corresponda. Obligaciones objeto de compensación. Las obligaciones tributarias, aduaneras o cambiarías objeto de compensación, serán aquellas que estén contenidas en liquidaciones privadas, liquidaciones oficiales y demás actos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, que fijen sumas líquidas de dinero a favor del fisco nacional, debidamente ejecutoriadas.(Artículo 3º, Decreto 2126 de 1997). 2.7.4 Aplicación contable Con el fin de unificar los registros contables resultantes de la aplicación de la norma técnica relativa al reconocimiento del cumplimiento de las sentencias y conciliaciones, a continuación se ilustran estos de acuerdo con la gestión que le compete a cada organismo. Para garantizar el adecuado registro de las sentencias, conciliaciones y compensaciones, debe especificarse claramente, para cada una de las partes: • Nombres y apellidos o razón social completos, del beneficiario de la sentencia o

conciliación. • Número de identificación personal, tarjeta de identidad, cédula de ciudadanía o el

número de identificación tributaria si lo tiene disponible, según el caso. • Dirección que se obtenga del respectivo expediente de los beneficiarios de las

providencias o conciliaciones, así como el monto a cargo de la Nación o del órgano que sea una sección del Presupuesto General de la Nación según sea el caso.

• Número y fecha de la providencia ó auto de conciliación y fecha de la ejecutoria de la providencia, datos que se entenderán certificados para todos los efectos.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 184

2.7.5 Registros contables en la entidad responsable del pago de la sentencia o conciliación judicial.

• La Entidad debe constituir la responsabilidad contingente por el valor de las

pretensiones originadas en actos procesales de terceros contra el ente publico, en el momento de conocimiento del acto de notificación de la demanda.

Códigos Cuentas Débitos Créditos 9905 RESPONSABILIDADES

CONTINGENTES POR CONTRA (DB)

990505 Litigios o demandas XXX 9120 LITIGIOS O DEMANDAS 9120xx Subcuenta correspondiente XXX

• Con el fallo desfavorable en primera instancia que se produzcan, se hará el

reconocimiento del pasivo estimado:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 5314 PROVISIÓN PARA CONTINGENCIAS 531401 Litigios o demandas XXX 2710 PROVISIÓN PARA CONTINGENCIAS 271005 Litigios o demandas XXX

Simultáneamente se afectarán las cuentas de orden constituidas inicialmente:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 9120 LITIGIOS O DEMANDAS 9120xx Subcuenta correspondiente XXX 9905 RESPONSABILIDADES

CONTINGENTES POR CONTRA (DB)

990505 Litigios o demandas XXX • Con la conciliación o la sentencia debidamente ejecutoriada se procede al registro del

pasivo real:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 2710 PROVISIÓN PARA

CONTINGENCIAS

271005 Litigios o demandas. XXX 5810 (1) EXTRAORDINARIOS 581032 Intereses sobre sentencias y

conciliaciones. XXX

2460 CRÉDITOS JUDICIALES 2460xx Subcuenta que corresponda XXX

(1) Para el reconocimiento de los intereses que se generen en el proceso.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 185

Cuando existe diferencia en el monto de la provisión para contingencias producto de subestimaciones o sobrestimaciones debe procederse a la contabilización del ajuste por la diferencia afectando las cuentas de actividad, financiera, económica y social.

• Extinción de la obligación mediante la compensación

De conformidad con el artículo 1º del Decreto 2126 de 1997, para el cumplimiento de sentencias y conciliaciones judiciales, las oficinas encargadas en cada organismo de dar cumplimiento a las sentencias y conciliaciones judiciales, deberán informar sobre la existencia de la providencia o auto que aprueba la conciliación debidamente ejecutoriada, a la Subdirección de Recaudación de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN.

Con base en el acto administrativo producido por la DIAN sobre el monto de la compensación, se genera una Operación de enlace entre la DIAN que tiene registrado el derecho por concepto de los impuestos que adeuda el beneficiario de la decisión judicial y la entidad responsable del pago de la sentencia o conciliación judicial a cargo de la Nación.

Códigos Cuentas Débitos Créditos 2460 CRÉDITOS JUDICIALES 246002 Sentencias y conciliaciones. XXX 4722 OPERACIONES DE ENLACE SIN

SITUACIÓN DE FONDOS

4722XX Subcuenta correspondiente XXX • Cuando de conformidad con la inspección realizada no haya lugar a la compensación o

una vez efectuada ésta queden valores pendientes de cancelar al beneficiario de la decisión judicial, el tratamiento contable para efectos del pago en efectivo será el siguiente:

Pago del saldo de la sentencia y conciliación, en efectivo:

Códigos Cuentas Débitos Créditos

2460 CRÉDITOS JUDICIALES 246002 Sentencias y conciliaciones. XXX 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 111005 Cuenta corriente bancaria XXX

Pago mediante la emisión de bonos :

Cuando el Ministerio de hacienda y crédito público, opte por reconocer como deuda pública las sentencias y conciliaciones judiciales en contra de la Nación y de los establecimientos públicos del orden nacional, siempre y cuando cuente con la aceptación del beneficiario, el tratamiento contable es el siguiente:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 186

Códigos Cuentas Débitos Créditos 2460 CRÉDITOS JUDICIALES 246002 Sentencias y conciliaciones XXX 4722 OPERACIONES DE ENLACE SIN

SITUACIÓN DE FONDOS

4722XX Subcuenta correspondiente XXX Reintegro de fondos a la Dirección del Tesoro Nacional - DTN-. Cuando la entidad responsable de pagar el saldo de la sentencia o conciliación judicial, recibió de la Dirección del Tesoro Nacional los recursos correspondientes a la obligación, una vez efectuado dicho pago debe reintegrar los recursos restantes a la DTN, para el efecto tendrá en cuenta el procedimiento contable sobre reintegros expedido por la Contaduría General de la Nación.. 2.7.6 Registros contables en la dirección de impuestos y aduanas nacionales.

DIAN • De conformidad con la Ley 344 de 1996, cuando como consecuencia de una decisión

judicial, la Nación o uno de los órganos que sean una sección del presupuesto general de la Nación resulten obligados a cancelar una suma de dinero, antes de proceder a su pago, solicitará a la autoridad tributaria nacional hacer una inspección al beneficiario de la decisión judicial, y en caso de resultar obligación por pagar a favor del Tesoro Público Nacional, se compensarán las obligaciones debidas con las contenidas en los fallos.

• Con la cuantificación de las obligaciones tributarias exigibles, se procede al reconocimiento y registro, de los intereses y sanciones que se generen:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1401 INGRESOS NO TRIBUTARIOS 1401XX Subcuenta que corresponda XXX 4110 NO TRIBUTARIOS 4110XX Subcuenta que corresponda XXX

• Con el acto administrativo que ordene la compensación:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 5722 OPERACIONES DE ENLACE SIN

SITUACIÓN DE FONDOS

5722XX Subcuenta que corresponda XXX 1305 -1310- 1315

VIGENCIA ACTUAL VIGENCIA ANTERIOR DIFÍCIL RECAUDO

13XXXX Subcuenta que corresponda XXX 1401 INGRESOS NO TRIBUTARIOS 1401XX Subcuenta que corresponda XXX

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 187

2.7.7 Registro en la dirección general de crédito público o la entidad que emite

los bonos Cuando la Nación reconozca como deuda pública las sentencias y conciliaciones judiciales, se origina una operación de enlace entre la Dirección General de Crédito Público y el organismo encargado del pago de la sentencia o conciliación judicial:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 5722 OPERACIONES DE ENLACE SIN

SITUACIÓN DE FONDOS

5722XX Subcuenta que corresponda XXX 2203 DEUDA PÚBLICA INTERNA DE CORTO

PLAZO

2203XX Subcuenta que corresponda 2208 DEUDA PÚBLICA INTERNA DE LARGO

PLAZO

2208XX Subcuenta correspondiente XXX 2.7.8 Aspectos generales Es necesario precisar que los procedimientos anotados deben ampararse en actos administrativos debidamente motivados, los cuales deben explicar en forma detallada, el origen de la operación, los documentos que demuestren el resultado de la verificación efectuada, teniendo clara la responsabilidad por acción u omisión de funciones de los servidores públicos, en las operaciones que afecten el patrimonio de la Nación. 2.8 Instrucciones para el registro contable de las operaciones

recíprocas relacionadas con la causación, recaudo, consignación de los ingresos de la nación; flujo de fondos entre la dirección general del tesoro nacional y los entes públicos; consignación de excedentes financieros y utilidades de los entes descentralizados; cruce de obligaciones, traspaso de bienes, registro de las reservas presupuestales y conciliación de saldos de operaciones recíprocas relacionadas.

2.8.1 Objetivos 2.8.1.1 General Establecer criterios generales en los registros contables del proceso de reconocimiento, causación y recaudo de los ingresos de la Nación, de las entidades territoriales y demás entidades del sector público.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 188

2.8.1.2 Específicos • Indicar los registros contables que deben tener como criterios generales las entidades

públicas en el manejo de sus ingresos. • Establecer mediante los registros contables el manejo de las cuentas de transferencias,

aportes y traspasos y operaciones de enlace. • Indicar los registros en los procesos de cruce de cuentas, condonación de derechos y

obligaciones y en los traspasos de bienes entre entes públicos.

2.8.2 Ámbito de aplicación El presente instructivo será aplicado por las entidades del nivel nacional en las operaciones con la Dirección de Tesoro Nacional, por las entidades territoriales y demás entidades en el manejo de sus ingresos.

2.8.3 Conceptos básicos

2.8.3.1 Ingresos tributarios Son ingresos sin contraprestación, fijados en virtud de norma legal, provenientes de impuestos directos o indirectos. Los primeros recaen sobre la renta o la riqueza de las personas, naturales o jurídicas, consultando la capacidad de pago de éstas. Los segundos gravan la producción y el consumo y no consultan la capacidad de pago del contribuyente.

2.8.3.2 Ingresos no tributarios Se incluyen los ingresos que aunque son obligatorios dependen de las decisiones o actuaciones de los contribuyentes o provienen de la prestación de servicios del Estado.

2.8.3.3 Contribuciones parafiscales Son gravámenes establecidos con carácter obligatorio por la ley, que afectan a un determinado y único grupo social o económico y se utilizan para beneficio del propio sector. El manejo, administración y ejecución de estos recursos se hará exclusivamente en la forma dispuesta en la ley que los crea y se destinarán solo al objeto previstos en ella.

2.8.3.4 Fondos especiales Son ingresos creados y definidos en la ley para la prestación de un servicio público específico, así como los pertenecientes a fondos sin personería jurídica creados por el legislador.

2.8.3.5 Rendimientos por operaciones financieras Ingresos obtenidos por la colocación de recursos en el mercado de capitales o en títulos valores y se clasifican en intereses y corrección monetaria.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 189

2.8.3.6 Donaciones Son ingresos sin contraprestación pero con la destinación que establezca el donante, recibidos de otros gobiernos o de instituciones públicas o privadas de carácter nacional o internacional.

2.8.3.7 Transferencias corrientes Son recursos que transfieren los órganos a entidades nacionales o internacionales, públicas o privadas, con fundamento en un mandato legal. De igual forma, involucra las apropiaciones destinadas a la previsión y seguridad social, cuando el órgano asume directamente la atención de la misma.

2.8.3.8 Situado fiscal Es el porcentaje de los ingresos corrientes de la Nación que es cedido a los departamentos, distritos y municipios, para la atención de los servicios públicos de educación y salud de la población.

2.8.3.9 Transferencias de capital Son aportes a órganos y entidades para gastos de capital, capitalización del ente receptor y la participación de los municipios en los ingresos corrientes de la Nación.

2.8.4 Aplicación contable 2.8.4.1 Causación, recaudo y consignación de los ingresos de los entes públicos 2.8.4.1.1 Ingresos tributarios y no tributarios Los ingresos tributarios de los entes públicos se reconocerán por los valores determinados con base en las declaraciones tributarias o declaraciones oficiales liquidadas en firme, por parte de la entidad u organismo que en términos de las disposiciones legales le corresponda administrarlos, así: en el nivel nacional le corresponde a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN - y en el nivel territorial a la respectiva entidad, de acuerdo con su estructura y organización. El registro contable del reconocimiento del ingreso tributario y no tributario será:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 190

Códigos Cuentas Débitos Créditos 13 RENTAS POR COBRAR 1305 VIGENCIA ACTUAL Subcuenta respectiva XXX 41 INGRESOS FISCALES 4105 TRIBUTARIOS Subcuenta respectiva XXX 4110 NO TRIBUTARIOS Subcuenta respectiva XXX Nota: Cuando la entidad recibe las declaraciones tributarias a título de anticipo de impuestos, el registro contable de estos anticipos será: Códigos Cuentas Débitos Créditos 13 RENTAS POR COBRAR 1305 VIGENCIA ACTUAL Subcuenta respectiva XXX 29 OTROS PASIVOS 2917 ANTICIPO DE IMPUESTOS Subcuenta respectiva XXX El recaudo de los ingresos de los entes públicos puede realizarse por varias vías, dependiendo de la organización que se tenga; la existencia de convenios con la Red Bancaria, o directamente en la tesorería del ente o en las cuentas de la Dirección del Tesoro Nacional. Los registros contables se ajustarán a la forma como está organizado el proceso, en los diferentes niveles y entes contables. En el nivel nacional, administración central, por norma general los ingresos son recaudados en la Dirección del Tesoro Nacional, y la administración de los mismos está en cabeza de cada uno de los entes que la conforman. 2.8.4.1.1.1 En la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN Con la información y los documentos soportes del recaudo efectuado por las entidades financieras autorizadas, la DIAN efectuará el siguiente registro contable: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1120 FONDOS EN TRÁNSITO 112010 Red Bancaria XXX 13 RENTAS POR COBRAR 1305 VIGENCIA ACTUAL 1310 VIGENCIA ANTERIOR 1315 DIFÍCIL RECAUDO Subcuentas respectivas XXX

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 191

2.8.4.1.1.2 Consignación en el Banco de la República Con la consignación de los dineros recaudados por las entidades financieras en el Banco de la República, a favor de la Dirección del Tesoro Nacional, dentro del término establecido en los respectivos convenios, deben hacerse los siguientes registros contables con base en el reporte del recaudo preparado por el Banco de la República. • Registro en la Dirección del Tesoro Nacional – Ministerio de Hacienda Códigos Cuentas Débitos Créditos 1106 CUENTA ÚNICA NACIONAL 1106XX Subcuenta correspondiente XXX 4720 OPERACIONES DE ENLACE CON

SITUACIÓN DE FONDOS

472080 Recaudos DTN por clasificar XXX • Registro en la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN Códigos Cuentas Débitos Créditos 5720 OPERACIONES DE ENLACE CON

SITUACIÓN DE FONDOS

572080 Recaudos DTN por clasificar XXX 1120 FONDOS EN TRÁNSITO 112010 Red Bancaria XXX 2.8.4.1.1.3 Recaudo en las entidades territoriales Como se anotó anteriormente, el recaudo de los ingresos tributarios en las entidades territoriales se hace con base en la forma como está organizado el proceso. En la mayoría de los municipios se realiza a través de la Red Bancaria, en la cual el contribuyente consigna directamente en las cuentas corrientes del respectivo ente público. En este caso, el registro contable será: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 111005 Cuenta Corriente Bancaria XXX 13 RENTAS POR COBRAR 1305 VIGENCIA ACTUAL 1310 VIGENCIA ANTERIOR 1315 DIFICIL RECAUDO Subcuentas respectivas XXX Si la organización del proceso indica que primero la Red Bancaria recauda los recursos y posteriormente los consigna a las cuentas corrientes del ente público, los registros contables en este evento serían:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 192

• Con el recaudo de los recursos en la Red Bancaria: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1120 FONDOS EN TRÁNSITO 112010 Red Bancaria XXX 13 RENTAS POR COBRAR 1305 VIGENCIA ACTUAL 1310 VIGENCIA ANTERIOR 1315 DIFÍCIL RECAUDO Subcuentas respectivas XXX • Con la consignación de la Red Bancaria en las cuentas del ente público: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 111005 Cuentas Corrientes Bancarias XXX 1120 FONDOS EN TRANSITO 112010 Red Bancaria XXX • Cuando los recursos son recaudados directamente en las Tesorerías de los entes

públicos el registro contable será: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1105 CAJA 110501 Caja Principal XXX 13 RENTAS POR COBRAR 1305 VIGENCIA ACTUAL 1310 VIGENCIA ANTERIOR 1315 DIFÍCIL RECAUDO Subcuentas respectivas XXX 2.8.4.2 Multas y sanciones Corresponden a ingresos no tributarios originados en los infr actores de las disposiciones legales, tanto en los niveles nacional como territorial, los cuales dependiendo de las normas que los regulan deben reintegrarse o consignarse en la Dirección del Tesoro Nacional, o administrarse directamente en los entes autorizados para ello. El registro como derecho cierto de cobro dentro de los activos del ente público se hará cuando el acto administrativo que la impuso esté en firme, o se haya agotado la vía gubernativa; en caso contrario, deben tratarse como derechos contingentes incorporados en las Cuentas de Orden. • Registro como derecho cierto en la entidad que la impone:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 193

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1401 CUENTAS POR COBRAR 140102 Multas XXX 140104 Sanciones XXX 41 INGRESOS FISCALES 4110 NO TRIBUTARIOS 411002 Multas XXX 411004 Sanciones XXX

• Registro como derecho contingente:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 8120 LITIGIOS Y DEMANDAS XXX 8120XX Subcuenta correspondiente 8905 DERECHOS CONTINGENTES POR

CONTRA XXX

890506 Litigios y demandas

• Con la constancia de la liquidación y consignación que presente el ente o agente sancionado, la entidad pública que la impuso debe hacer el siguiente registro, si la consignación se hizo en otro ente público:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 5720 OPERACIONES DE ENLACE CON

SITUACIÓN DE FONDOS

572002 Ingresos no Tributarios XXX 1401 INGRESOS NO TRIBUTARIOS 140102 Multas XXX 140104 Sanciones XXX

• Con la consignación, la Dirección del Tesoro Nacional hará el siguiente registro:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1106 CUENTA UNICA NACIONAL XXX 1110XX Subcuenta correspondiente 4720 OPERACIONES DE ENLACE CON

SITUACIÓN DE FONDOS

472080 Recaudos DTN por clasificar XXX • En el caso que la entidad recaudadora sea la misma que impuso la multa o sanción:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 111005 Cuenta corriente bancaria XXX 1401 INGRESOS NO TRIBUTARIOS 140102 Multas XXX 140104 Sanciones XXX

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 194

No obstante lo anterior, los registros del recaudo están sometidos a la organización que se tenga del proceso en cada ente público y los convenios con la Red Bancaria. 2.8.4.1.3 Rentas o Contribuciones A nivel nacional está el caso del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, cuyos ingresos provienen entre otros, de aportes de los afiliados, aportes del presupuesto nacional y rendimientos que generan los recursos colocados en fiducia. La Contabilidad del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, como Fondo Cuenta del Ministerio de Educación Nacional por la magnitud de los recursos, por la destinación específica de los mismos y por sus características, independiente que sea manejada a través de una entidad fiduciaria, debe para efectos de reportar la información contable a la CGN homologar al Catálogo de Cuentas del Plan General de Contabilidad Pública, identificando dentro de esta información los ingresos recaudados en el periodo (tanto del presupuesto nacional como de los afiliados, los rendimientos de las inversiones, entre otros) y los correspondientes gastos. Por tanto los registros contables serán: 2.8.4.1.3.1 Registro del Ingreso • Con la causación del derecho a cobrar, tanto de los afiliados como del presupuesto

nacional: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1403 RENTAS PARAFISCALES 1403XX Subcuenta respectiva XXX 1413 TRANSFERENCIAS POR COBRAR 141303 Transferencias corrientes al gobierno general XXX 4115 RENTAS PARAFISCALES 4115XX Subcuenta respectiva XXX 4403 DEL GOBIERNO GENERAL 440301 Nacional Administración Central XXX • Con el valor de los aportes de los afiliados consignados en la entidad fiduciaria, el

registro contable en el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, será: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1425 DEPÓSITOS ENTREGADOS 142504 En administración XXX 1403 RENTAS PARAFISCALES 1403XX Subcuenta respectiva XXX

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 195

• Con el valor de los recursos del presupuesto nacional girados por la Dirección del Tesoro Nacional al encargo fiduciario, el registro en el Fondo Nacional de Prestaciones, será:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1425 DEPÓSITOS ENTREGADOS 142504 En administración XXX 1413 TRANSFERENCIAS POR COBRAR 141303 Transferencias corrientes al gobierno general XXX • Teniendo en cuenta que con el giro de la Dirección Nacional del Tesoro se está

ejecutando el presupuesto del Ministerio de Educación Nacional en el concepto de Transferencias, éste Ministerio hará el siguiente registro:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 5403 CORRIENTES AL GOBIERNO GENERAL 540301 Nacional- Admón. Central XXX 4705 APORTES Y TRASPASO DE FONDOS

RECIBIDOS

470506 Transferencias corrientes XXX • Registro en el Fondo Nacional de Prestaciones con el valor de los rendimientos e

intereses de las inversiones del encargo fiduciario: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1425 DEPÓSITOS ENTREGADOS 142504 En administración XXX 4115 RENTAS PARAFISCALES 411525 Fondo de Prestaciones – Rendimiento

inversiones XXX

411526 Fondo de Prestaciones - Intereses XXX 2.8.4.1.4 Otras rentas parafiscales La causación y recaudo de Otras rentas parafiscales, tales como las que administra el ICBF y el SENA, se regirán con el mismo procedimiento general descrito, así: 2.8.4.1.4.1 Registro del Ingreso. • Con la causación del derecho a cobrar:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 196

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1402 APORTES Y COTIZACIONES 140201 SENA XXX 140202 ICBF XXX 4114 APORTES Y COTIZACIONES 411401 SENA XXX 411402 ICBF XXX • Con el valor de los aportes de los afiliados consignados en la respectiva entidad, el

registro contable será: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 111005 Cuenta corriente Bancaria XXX 1402 APORTES Y COTIZACIONES 140201 SENA XXX 140202 ICBF XXX 2.8.4.1.5 Fondos especiales Son los ingresos definidos en la ley para la prestación de un servicio público específico, por parte de un ente público y que están clasificados presupuestalmente en forma independiente, así como los pertenecientes a fondos sin personería jurídica, creados por la ley. 2.8.4.1.5.1 Procedimiento general • Causación del Ingreso El ente público administrador del fondo especial deberá causar el valor de las contribuciones, cuotas o aportes, así como los diferentes ingresos que conforman el fondo, de la siguiente manera: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1404 FONDOS ESPECIALES 1404XX Subcuenta respectiva XXX 4120 INGRESOS POR FONDOS ESPECIALES 4120XX Subcuenta respectiva XXX En el caso de los entes que forman parte del SIIF estos ingresos deben ser incorporados a través de cada uno de los rubros conceptos definidos en el sistema.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 197

• Recaudo El registro contable de los recaudos varía, dependiendo si se efectúa directamente por parte del ente que administra el fondo especial, o por cuenta de la Dirección del Tesoro Nacional: • Recaudo directamente por el ente administrador del fondo especial Recursos con situación de fondos el registro contable en este evento será: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1125 FONDOS ESPECIALES 112504 Cuenta Corriente Bancaria XXX 1404 FONDOS ESPECIALES 1404XX Subcuenta respectiva XXX Cuando de acuerdo con las normas vigentes el ente administrador o gestor deba consignar estos recursos en la Dirección del Tesoro Nacional o Tesorería Central, el registro a efectuar será: Códigos Cuentas Débitos Créditos 5720 OPERACIONES DE ENLACE CON

SITUACIÓN DE FONDOS

572080 Recaudos DTN por clasificar XXX 1125 FONDOS ESPECIALES 112504 Cuenta Corriente Bancaria XXX • Registro en la Dirección del Tesoro Nacional, con el valor consignado del ente

administrador del fondo especial: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1106 CUENTA ÚNICA NACIONAL 1106XX Subcuenta respectiva XXX 4720 OPERACIONES DE ENLACE CON

SITUACIÓN DE FONDOS

472080 Recaudos DTN por clasificar XXX • Recaudo del ingreso por la Dirección del Tesoro Nacional En el caso que los recursos sean recaudados directamente por la Dirección del Tesoro Nacional, y no por el administrador del fondo especial, los registros contables serán: • Registro en la Dirección del Tesoro Nacional con el valor del recaudo:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 198

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1106 CUENTA ÚNICA NACIONAL 1106XX Subcuenta respectiva XXX 4720 OPERACIONES DE ENLACE CON

SITUACIÓN DE FONDOS

472080 Recaudos DTN por clasificar XXX • Registro en el Ente administrador del Fondo Especial, con el reporte de la consignación

remitida o informada por la Dirección del Tesoro Nacional, o por el consignatario: Códigos Cuentas Débitos Créditos 5720 OPERACIONES DE ENLACE CON

SITUACIÓN DE FONDOS

572080 Recaudos DTN por clasificar XXX 1404 FONDOS ESPECIALES 1404XX Subcuenta respectiva XXX • Cuando la Dirección Nacional de Tesoro gira o sitúa los recursos a través del PAC de

cada entidad u organismo, los registros contables a realizar son: • En la Dirección del Tesoro Nacional Códigos Cuentas Débitos Créditos 5705 APORTES Y TRASPASO DE FONDOS

GIRADOS

5705XX Subcuenta respectiva XXX 1106 CUENTA ÚNICA NACIONAL 1106XX Subcuenta respectiva XXX • En la entidad u organismo que recibe los recursos a través del PAC Códigos Cuentas Débitos Créditos 1125 FONDOS ESPECIALES 112504 Cuenta Corriente Bancaria XXX 4705 APORTES Y TRASPASO DE FONDOS

RECIBIDOS

4705XX Subcuenta respectiva XXX

• Manejo contable de fondos especiales como fondos cuentas Los Fondos Cuenta, aunque deben tratarse como contabilidades separadas, en coherencia con los actos jurídicos de su creación, no deben manejarse como contabilidades independientes de la de los entes administradores o gestores a los cuales están adscritos, si se advierte que no constituyen entes contables.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 199

En consecuencia, su información contable debe producirse de un código auxiliar posterior al sexto dígito del Catálogo General de Cuentas del PGCP, que vienen aplicando estos últimos para el registro y la clasificación de sus operaciones contables.

El registro de la causación y recaudo de los ingresos provenientes de los Fondos Cuenta, se efectuará aplicando el procedimiento general descrito anteriormente. No obstante, cuando por disposición legal los ingresos provenientes de algunas participaciones o compensaciones sean considerados de propiedad del respectivo Fondo Cuenta deben ser reconocidos por este, aún cuando ingresen temporalmente a la Dirección del Tesoro Nacional y se tratarán contablemente en esta Dirección como un pasivo.

Con el propósito de facilitar la información para el cálculo de las disponibilidades y expedir los certificados correspondientes y el resultado de la vigencia que contempla el estatuto presupuestal por parte del CGN, los saldos de las cuentas de estos fondos deben ser reflejados en la cuenta 1125 al cierre del ejercicio contable independiente de los procesos automáticos implementados para sistemas integrados.

2.8.4.1.6 Otros ingresos

2.8.4.1.6.1 Rendimientos de operaciones financieras

Los rendimientos financieros, incluidos los negocios fiduciarios, se registrarán así:

• Causación o ingreso efectivo de los rendimientos por parte del ente público Cuando el ente público o fondo especial cause o reciba ingresos por rendimientos financieros de las inversiones o cuentas por cobrar, deberá efectuar los siguientes registros:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 1125 FONDOS ESPECIALES 1201 INVERSIONES – ADMÓN. LIQUIDEZ – RTA

FIJA

1202 INVERSIONES – ADMÓN. LIQUIDEZ – R. V. 1203 INVERSIONES FINES POLÍTICA – RTA FIJA 1206 INVERSIONES OPERACIONES COBERTURA 1209 INVERSIONES RENTA FIJA – DTN 1211 INVERSIONES RENTA FIJA FONDOS DTN 1212 INVERSIONES RESERVAS

INTERNACIONALES

1470 OTROS DEUDORES 1425 DEPÓSITOS ENTREGADOS Subcuentas respectivas XXX 4350 SERVICIOS FINANCIEROS 4353 OPERACIONES DE BANCA CENTRAL 4805 FINANCIEROS Subcuentas respectivas XXX

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 200

• Consignación en la Dirección del Tesoro Nacional Si las normas establecen que los rendimientos financieros deben consignarse en la Dirección del Tesoro Nacional, el ente o el fondo especial, registrará: Códigos Cuentas Débitos Créditos 5720 OPERACIONES DE ENLACE CON

SITUACIÓN DE FONDOS

572080 Recaudos DTN por clasificar XXX 1110 BANCOS Y CORPORACIONES ó 1125 FONDOS ESPECIALES Subcuentas respectivas XXX • Registro en la Dirección del Tesoro Nacional, al recibir los rendimientos financieros: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1106 CUENTA ÚNICA NACIONAL 1106xx Subcuenta respectiva XXX 4720 OPERACIONES DE ENLACE CON

SITUACIÓN DE FONDOS

472080 Recaudos DTN por clasificar XXX • Enajenación de Activos Causación. El valor de la enajenación de los activos la contabilizará el ente público que detenta la propiedad de los mismos, independiente de que el producto de la misma sea consignado y recaudado por la Dirección del Tesoro Nacional, o por otro ente. En consecuencia, el ente público que tiene contabilizado el activo, registrará la causación de la venta así: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1470 OTROS DEUDORES 1470XX Subcuenta respectiva XXX 1685 DEPRECIACION ACUMULADA Subcuenta Respectiva XXX 16 PROPIEDADES , PLANTA Y EQUIPO 16XXX Cuenta y Subcuentas respectivas XXX 12 INVERSIONES 12XXX Cuentas y Subcuentas respectivas XXX 4810 INGRESOS EXTRAORDINARIOS 4810XX Utilidad en venta (activo correspondiente) XXX 5810 GASTOS EXTRAORDINARIOS 5810XX Pérdida en venta (activo correspondiente) XXX

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 201

Nota: Adicional a este registro deben cancelarse las cuentas que representaron para el activo procesos o sistemas de valuación. • Recaudo y consignación en la Dirección del Tesoro Nacional • Registro en la Dirección del Tesoro Nacional, con el valor de la consignación de los

recursos originados en la enajenación de los activos: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1106 CUENTA ÚNICA NACIONAL 1106xx Subcuenta respectiva XXX 4720 OPERACIONES DE ENLACE CON

SITUACIÓN DE FONDOS

472080 Recaudos DTN por clasificar XXX • Registro en el ente público, con el informe de los valores consignados en la Dirección

del Tesoro Nacional: Códigos Cuentas Débitos Créditos 5720 OPERACIONES DE ENLACE CON

SITUACIÓN DE FONDOS

572080 Recaudos DTN por clasificar XXX 1470 OTROS DEUDORES 1470XX Subcuenta respectiva XXX • Ingresos por Venta de pliegos, fotocopias, publicaciones, certificados y otros

conceptos Causación y Recaudo • Registro en el ente público, con la venta respectiva: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1105 CAJA 110501 Caja General XXX 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 111005 Cuenta Corriente Bancaria XXX 4810 OTROS INGRESOS EXTRAORDINARIOS 4810XX Subcuenta respectiva XXX • Si al ente público le corresponde transferir dicho valor a la Dirección del Tesoro

Nacional, registrará con la transferencia:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 202

Códigos Cuentas Débitos Créditos 5720 OPERACIONES DE ENLACE CON

SITUACIÓN DE FONDOS

572080 Recaudos DTN por clasificar XXX 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 111005 Cuenta Corriente Bancaria XXX • En caso que los recursos sean recaudados directamente por la Dirección del Tesoro

Nacional sin que ingresen previamente al ente público, éste debe hacer el reconocimiento del ingreso correspondiente, así:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1470 OTROS DEUDORES 1470XX Subcuenta respectiva XXX 4810 EXTRAORDINARIOS 4810XX Subcuenta respectiva XXX • Con el recaudo se registrará

Códigos Cuentas Débitos Créditos 5720 OPERACIONES DE ENLACE CON

SITUACIÓN DE FONDOS

572080 Recaudos DTN por clasificar XXX 1470 OTROS DEUDORES 1470XX Subcuenta respectiva XXX • Registro en la Dirección del Tesoro Nacional, con los valores consignados por el ente

público o directamente por los terceros involucrados en las operaciones de venta: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1106 CUENTA ÚNICA NACIONAL 1106XX Subcuenta respectiva XXX 4720 OPERACIONES DE ENLACE CON

SITUACIÓN DE FONDOS

472080 Recaudos DTN por clasificar XXX Nota: Al finalizar la vigencia fiscal, la DTN reclasificará los saldos netos de los recaudos por clasificar no tramitados por las diferentes entidades que conforman el SIIF a la cuenta 290580 Recaudos DTN por clasificar, los cuales serán trasladados nuevamente en la vigencia fiscal siguiente la cuenta 472080 Recaudos DTN por clasificar.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 203

2.8.4.2 Flujo de fondos de la dirección del tesoro nacional a los órganos y entes públicos y de las tesorerías territoriales a las entidades descentralizadas y demás organismos

2.8.4.2.1 Traslado de fondos a los entes públicos para desarrollo de su cometido estatal En cualquier operación de traspaso de fondos entre entes públicos de un mismo nivel, la causación del derecho para el ente que recibe los recursos y la respectiva obligación para el que los gira, solo procede cuando los entes involucrados estén de acuerdo en realizar la respectiva causación recíprocamente, en la misma fecha o dentro del mismo mes. Esto significa que no deben reconocerse derechos y obligaciones en operaciones de traspasos de fondos en forma independiente, cuando se trate de entes de un mismo nivel. La norma general para este caso establece que los traspasos de fondos entre entes de un mismo nivel se registrarán con el giro real de los recursos. En el nivel nacional, los órganos y entidades que reciban recursos del Presupuesto General de la Nación para el cumplimiento de sus funciones, deberán registrar los recursos girados y recibidos de acuerdo con el Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC), utilizando las cuentas de Aportes y Traspaso de Fondos, establecidas en el Catálogo General de Cuentas del PGCP. Los registros contables por el traslado de los recursos del Presupuesto General de la Nación, son: • Registro en la Dirección del Tesoro Nacional – Ministerio de Hacienda, quien gira los

recursos: Códigos Cuentas Débitos Créditos 5705 APORTES Y TRASPASO DE FONDOS

GIRADOS

5705XX Subcuenta respectiva XXX 1106 CUENTA ÚNICA NACIONAL 110601 Cajero XXX • Registro en el Organismo o Ente Público que recibe los recursos: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 111005 Cuenta Corriente Bancaria XXX ó 1125 FONDOS ESPECIALES 4705 APORTES Y TRASPASO DE FONDOS

RECIBIDOS

4705XX Subcuenta respectiva XXX

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 204

2.8.4.2.2 Situación o giro de fondos a los entes públicos para transferencias Las transferencias se refieren a los desembolsos efectuados por la Dirección del Tesoro Nacional, en virtud de las disposiciones legales, a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, originadas en contratos o convenios con el sector privado, situado fiscal, transferencias al exterior, transferencias de previsión y seguridad social, participación de los municipios en los ingresos corrientes de la Nación, y otros conceptos, como pueden ser los destinados a fondos cuentas especiales en desarrollo de su cometido estatal o por disposiciones legales. El registro contable de las transferencias se hará teniendo en cuenta las siguientes situaciones que pueden presentarse en la ejecución: 2.8.4.2.3 Situación o giro de fondos a entes públicos u organismos para transferirse a

otros entes públicos beneficiarios Con base en el Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC), tanto los entes públicos que reciben los recursos que deben transferirse a otros entes públicos beneficiarios, como la Dirección del Tesoro Nacional, deben registrar los desembolsos efectuados, así: • Registro en la Dirección del Tesoro Nacional: Códigos Cuentas Débitos Créditos 5705 APORTES Y TRASPASO DE FONDOS

GIRADOS

570506 Transferencias corrientes XXX 570507 Transferencias de capital XXX 1106 CUENTA ÚNICA NACIONAL 110601 Cajero XXX • Registro en el ente público que recibe los recursos, para transferirlos a otro ente público

beneficiario: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 111005 Cuenta Corriente Bancaria XXX 4705 APORTES Y TRASPASO DE FONDOS

RECIBIDOS

470506 Transferencias corrientes XXX 470507 Transferencias de capital XXX Cuando el ente público transfiere estos recursos al ente público beneficiario, el registro contable a realizar dependerá del tipo y objeto de la transferencia y de la entidad a la cual se le realiza. En forma general se registrará:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 205

Códigos Cuentas Débitos Créditos 5403 CORRIENTES AL GOBIERNO GENERAL 5403XX Subcuenta respectiva XXX 5404 CORRIENTES A LAS EMPRESAS 5404XX Subcuenta respectiva XXX 5411 DE CAPITAL AL GOBIERNO GENERAL 5411XX Subcuenta respectiva XXX 5412 DE CAPITAL A LAS EMPRESAS 5412XX Subcuenta respectiva XXX 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 111005 Cuenta Corriente Bancaria XXX • Registro en el ente público beneficiario que recibe la transferencia, para el desarrollo de

su cometido estatal: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 111005 Cuenta Corriente Bancaria XXX 4403 CORRIENTES DEL GOBIERNO GENERAL 4403XX Subcuenta respectiva XXX 4404 CORRIENTES DE LAS EMPRESAS 4404XX Subcuenta respectiva XXX 4411 DE CAPITAL DEL GOBIERNO GENERAL 4411XX Subcuenta respectiva XXX 4412 DE CAPITAL DE LAS EMPRESAS 4412XX Subcuenta respectiva XXX 2.8.4.2.4 Situación o giro de fondos por transferencias directas a entes públicos

beneficiarios con cargo al presupuesto de otro ente público. Esta situación se presenta con el fin de agilizar el proceso relacionado con el traspaso de Fondos de la Dirección del Tesoro Nacional a los entes públicos y ocurre cuando ésta gira directamente al beneficiario, el valor que presupuestalmente aparece en el concepto de transferencias de un ministerio o establecimiento público. • Registros en la Dirección del Tesoro Nacional cuando gira al ente público beneficiario: Códigos Cuentas Débitos Créditos 5705 APORTES Y TRASPASO DE FONDOS

GIRADOS

570506 Transferencias corrientes XXX 570507 Transferencias de capital XXX 1106 CUENTA ÚNICA NACIONAL 110601 Cajero XXX

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 206

• Registro en el ente público al cual se le afecta el presupuesto, es decir el que autoriza a la Dirección del Tesoro Nacional para que efectúe la situación de fondos directamente al ente público beneficiario. En consecuencia, por tratarse de una operación en la cual se está ejecutando el presupuesto de un ente público, así no reciba directamente los recursos, éste debe reconocer el hecho, efectuando los registros contables, con base en la información reportada por la Dirección del Tesoro Nacional sobre el pago al beneficiario y la autorización de giro correspondiente.

Ejemplo. Se citan los siguientes casos, en los cuales se advierte la situación descrita: Caso 1. El Ministerio de Salud autoriza a la Dirección del Tesoro Nacional, el giro del situado fiscal a los departamentos, distritos o municipios, de acuerdo con la distribución aprobada. El Ministerio tiene dentro de su presupuesto la partida correspondiente al situado fiscal. El registro que efectuará el Ministerio de Salud con el giro correspondiente será: Códigos Cuentas Débitos Créditos 5407 SITUADO FISCAL 540708 Al sector salud departamental XXX 540709 Al sector salud distrital XXX 540710 Al sector salud municipal XXX 4705 APORTES Y TRASPASO DE FONDOS

RECIBIDOS

470506 Transferencias corrientes XXX Caso 2. El Ministerio de Salud autoriza a la Dirección del Tesoro Nacional el giro del situado fiscal correspondiente a los aportes de previsión social, a los fondos de pensiones y de cesantías, en los cuales se encuentran afiliados los empleados de los correspondientes Hospitales. El Ministerio tiene dentro de su presupuesto la partida correspondiente al situado fiscal. El registro que efectuará con el giro correspondiente será: Códigos Cuentas Débitos Créditos 5407 SITUADO FISCAL 540708 Al sector salud departamental XXX 540709 Al sector salud distrital XXX 540710 Al sector salud municipal XXX 4705 APORTES Y TRASPASO DE FONDOS

RECIBIDOS

470506 Transferencias corrientes XXX

Caso 3. El Ministerio de Educación autoriza a la Dirección del Tesoro Nacional, el giro del situado fiscal a los departamentos, distritos o municipios, de acuerdo con la distribución aprobada. El Ministerio tiene dentro de su presupuesto la partida correspondiente al situado fiscal. El registro que efectuará con el giro correspondiente será:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 207

Códigos Cuentas Débitos Créditos 5407 SITUADO FISCAL 540705 Al sector educación departamental XXX 540706 Al sector educación distrital XXX 54077 Al sector educación municipal XXX 4705 APORTES Y TRASPASO DE FONDOS

RECIBIDOS

470506 Transferencias corrientes XXX Caso 4. El Ministerio de Hacienda autoriza a la Dirección del Tesoro Nacional los giros efectuados directamente a los municipios por concepto de la participación en los ingresos corrientes de la Nación. El Ministerio tiene dentro de su presupuesto la partida correspondiente a la participación de los municipios en los ingresos corrientes de la Nación. El registro a efectuar el Ministerio con el giro será:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 5419 PARTICIPACIÓN EN LOS INGRESOS CTES

NACIÓN

541901 Municipios XXX 541990 Otros entes territoriales XXX 4705 APORTES Y TRASPASO DE FONDOS

RECIBIDOS

470507 Transferencias de capital XXX

• Registro en el ente público beneficiario que recibe la transferencia, para el desarrollo de su cometido estatal.

• Los registros contables en los casos 1 y 3 serán: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 111005 Cuenta Corriente Bancaria XXX 4407 SITUADO FISCAL 4407xx Subcuenta correspondiente XXX El registro contable en la entidad territorial, para el caso 2, es decir cuando se giran los recursos del situado fiscal de salud directamente a los entes administradores de las pensiones y cesantías, dependerá de la forma como la entidad territorial tenga organizada la situación con los respectivos hospitales. Es decir, puede tratarse contablemente como una transferencia, o como una compra de servicios de salud. Por tanto el registro contable será:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 208

Códigos Cuentas Débitos Créditos 54 TRANSFERENCIAS 5404 CORRIENTES A LAS EMPRESAS 5404XX Subcuenta respectiva ó XXX 55 GASTO SOCIAL 5502 SALUD 550206 Asignación de bienes y servicios XXX 4407 SITUADO FISCAL 4407XX Subcuenta correspondiente XXX El registro contable en la entidad territorial para el caso 4 será: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 111005 Cuenta Corriente Bancaria XXX 4419 POR PARTICIPACIÓN EN LOS INGRESOS

CTES NACIÓN

441901 Municipios XXX 441990 Otros entes territoriales XXX NOTA: Es importante anotar que en los registros anteriores sí procede la causación de las transferencias por tratarse de entes públicos de niveles distintos, es decir, del nivel nacional para los Ministerios y del nivel territorial para los Departamentos, Distritos y Municipios. Por tanto, los Ministerios pueden perfectamente causar en su momento la obligación de la transferencia utilizando la cuenta 2403-Transferencias y las entidades territoriales, el derecho a recibir la transferencia utilizando la cuenta 1413-Transferencias por cobrar. 2.8.4.2.5 Situación o giro de fondos por transferencias directas a organismos del

exterior con cargo al presupuesto de otro organismo o ente público. Este caso se presenta cuando un ente público dentro de su presupuesto tiene apropiadas partidas que debe transferir a organismos internacionales financieros o no financieros, que no hacen parte del sector público colombiano, en cumplimiento de disposiciones legales. Se cita por ejemplo el Ministerio de Hacienda que debe transferir recursos al Banco Interamericano Desarrollo en cumplimiento de la ley 102 de 1959, o al Banco de Desarrollo del Caribe, de acuerdo con la Ley 55 de 1973. • Registro en la Dirección del Tesoro Nacional :

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 209

Códigos Cuentas Débitos Créditos 5705 APORTES Y TRASPASO DE FONDOS

GIRADOS

570506 Transferencias corrientes XXX 1106 BANCOS Y CORPORACIONES 110601 Cajero XXX El registro en el ente público al cual se le afecta el presupuesto, debe efectuarse de acuerdo con la operación que se pretende representar. Es decir, que para el caso de una contribución a organismos del exterior se tendría: Códigos Cuentas Débitos Créditos 5417 TRANSFERENCIAS GIRADAS AL

EXTERIOR

541702 A Organismos internacionales XXX 4705 APORTES Y TRASPASO DE FONDOS

RECIBIDOS

470506 Transferencias corrientes XXX Si se tratara de giros al exterior para la adquisición de inversiones de organismos del exterior, la entidad que esté ejecutando su presupuesto registrará: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1203 INVERSIONES FINES POLÍTICA – RENTA

FIJA

120326 Bonos y títulos emitidos entidades del exterior XXX 1207 INVERSIONES PATRIMONIALES 120725 Aportes en organismos internacionales XXX 4705 APORTES Y TRASPASO DE FONDOS

RECIBIDOS

470507 Transferencias de capital XXX 2.8.4.3 Reintegro de fondos a la dirección del tesoro nacional por parte de los entes

públicos Teniendo en cuenta que los entes públicos deben reintegrar a la Dirección del Tesoro Nacional los dineros sobrantes o no utilizados que fueron recibidos de la Nación, deben aplicarse las siguientes reglas de registro contable para cada uno de los casos que se citan a continuación:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 210

2.8.4.3.1 Reintegro de fondos por recursos no utilizados En este caso pueden presentarse dos situaciones: que el reintegro se efectúe dentro del

mismo período en el cual se recibieron los recursos o, que corresponda a recursos recibidos en el período anterior.

2.8.4.3.2 Reintegro de fondos recibidos en el mismo periodo. En este caso tanto la Dirección del Tesoro Nacional como el ente público harán el registro contable, reversando la contabilización con la cual se giró y recibió respectivamente los recursos, así: • Registro contable del ente publico que hace el reintegro. Códigos Cuentas Débitos Créditos 4705 APORTES Y TRASPASO DE FONDOS

RECIBIDOS

4705XX Subcuenta respectiva XXX 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 111005 Cuenta Corriente Bancaria XXX • Registro contable en la Dirección del Tesoro Nacional, por el valor de los fondos

reintegrados. Códigos Cuentas Débitos Créditos 1106 CUENTA ÚNICA NACIONAL 1106XX Subcuenta respectiva XXX 5705 APORTES Y TRASPASO DE FONDOS

GIRADOS

5705XX Subcuenta respectiva XXX 2.8.4.3.3 Reintegro de fondos del período anterior Por tratarse de operaciones realizadas entre entes de un mismo nivel, no deben registrarse derechos u obligaciones derivadas del traspaso de estos recursos a la Dirección del Tesoro Nacional, en forma independiente, toda vez que al momento de elaborar los estados contables definitivos se establece el excedente o déficit por estos conceptos, los cuales en atención a las normas legales deben aforarse en el presupuesto de la siguiente vigencia. • Registros en el Ente Público que transfiere. El ente público cuando transfiere los fondos

a la Dirección del Tesoro Nacional:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 211

Códigos Cuentas Débitos Créditos 5720 OPERACIONES DE ENLACE CON

SITUACIÓN DE FONDOS

572080 Recaudos DTN por clasificar XXX 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 111005 Cuenta Corriente Bancaria XXX • Registros en la Dirección del Tesoro Nacional. El registro a efectuarse en la Dirección

del Tesoro Nacional con la consignación, será: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1106 CUENTA ÚNICA NACIONAL 1106XX Subcuenta respectiva XXX 4720 OPERACIONES DE ENLACE CON

SITUACIÓN DE FONDOS

472080 Recaudos DTN por clasificar XXX 2.8.4.4 Devolución de fondos recaudados por la dirección del tesoro nacional La devolución de fondos por la Dirección del Tesoro Nacional de los recursos provenientes de recaudos de ingresos corrientes, contribuciones, u otros conceptos, a beneficiarios por pagos en exceso, consignaciones que no corresponden o decisiones de orden judicial, se tratarán teniendo en cuenta las siguientes situaciones: 2.8.4.4.1 Devolución a través del ente público administrador del ingreso La devolución de los recursos recaudados en la Dirección del Tesoro Nacional que se realiza a través del ente público administrador del ingreso, se registrará así: • En la Dirección del Tesoro Nacional, con el registro de la devolución : Códigos Cuentas Débitos Créditos 5705 APORTES Y TRASPASO DE FONDOS

GIRADOS

5705XX Subcuenta respectiva XXX 1106 CUENTA ÚNICA NACIONAL 1106XX Cuenta Corriente Bancaria XXX • En el Ente Público que administra los recursos y solicita la devolución a la Dirección del

Tesoro Nacional.

Se cita el caso de una devolución de impuestos, en la cual el ente público (DIAN), una vez conocida la solicitud u orden de devolución, y previo el cumplimiento de los requisitos establecidos, causa la correspondiente obligación, así:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 212

Códigos Cuentas Débitos Créditos 41 INGRESOS FISCALES 4195 DEVOLUCIONES Y DESCUENTOS 4195XX Subcuenta respectiva XXX 2425 ACREEDORES 242512 Saldos a favor de contribuyentes XXX Cuando el ente público recibe de la Dirección del Tesoro, los recursos para la devolución: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 111005 Cuenta Corriente Bancaria XXX 4705 APORTES Y TRASPASO DE FONDOS

RECIBIDOS

4705XX Subcuenta Respectiva XXX El registro de la devolución que efectúa el ente público, al beneficiario o contribuyente, será así: Códigos Cuentas Débitos Créditos 2425 ACREEDORES 242512 Saldos a favor de contribuyentes XXX 1110 BANCOS y CORPORACIONES 111005 Cuenta Corriente Bancaria XXX 2.8.4.5 Consignación de excedentes financieros y utilidades de los entes

descentralizados del orden nacional a la dirección del tesoro nacional 2.8.4.5.1 Tratamiento contable de excedentes financieros y utilidades Los excedentes financieros de los Establecimientos Públicos, de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado no societarias y las utilidades de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado societarias y de las Sociedades de Economía Mixta, del orden nacional, o territorial que se consignen a la Dirección del Tesoro Nacional, o tesorería respectiva, en cumplimiento de disposiciones legales, constituyen un ingreso para la Nación o la entidad territorial que debe reconocerse en la entidad u organismo de la administración central que tiene incorporada la respectiva inversión. • Registro de la causación de los excedentes por parte de la entidad u organismo de la

Administración Central, una vez establecidos por el CONPES o quien haga sus veces:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 213

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1470 OTROS DEUDORES 147032 Excedentes Financieros Estapúblicos XXX 147033 Excedentes Financieros Empresas XXX 147034 Excedentes Financieros otros Entes XXX 4805 OTROS INGRESOS FINANCIEROS 480526 Participaciones XXX 480527 Dividendos XXX 4810 OTROS INGRESOS EXTRAORDINARIOS 481034 Excedentes Financieros de empresas XXX 481035 Excedentes Financieros de estapúblicos XXX 481037 Excedentes Financieros de otros entes públicos XXX • Registro en la Dirección del Tesoro Nacional, con la consignación de Excedentes

Financieros o utilidades. Códigos Cuentas Débitos Créditos 1106 CUENTA ÚNICA NACIONAL XXX 1106XX Subcuenta respectiva 4720 OPERACIONES DE ENLACE CON

SITUACIÓN DE FONDOS

472080 Recaudos DTN por clasificar XXX • Registros en el ente descentralizado que realiza la consignación.

De acuerdo con la cuantía determinada por el CONPES, el ente debe constituir la obligación respectiva que deberá consignar a la Dirección del Tesoro Nacional, así:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 32 PATRIMONIO INSTITUCIONAL 3220 DIVIDENDOS Y PARTICIPACIONES

DECRETADOS

3220XX Subcuenta respectiva XXX 3225 UTILIDAD O PERDIDA DE EJERCICIOS

ANTERIORES

322501 Utilidad Acumulada XXX 3230 RESULTADOS DEL EJERCICIO 323001 Utilidad del Ejercicio XXX 2425 ACREEDORES 242503 Dividendos y Participaciones XXX 242543 Excedentes Financieros de estapúblicos XXX 242544 Excedentes Financieros de empresas XXX 242545 Excedentes Financieros de otros entes públicos XXX

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 214

Con la consignación de los excedentes y utilidades a la Dirección del Tesoro Nacional, el registro será: Códigos Cuentas Débitos Créditos 2425 ACREEDORES 242503 Dividendos y Participaciones XXX 242543 Excedentes Financieros de estapúblicos XXX 242544 Excedentes Financieros de empresas XXX 242545 Excedentes Financieros de otros entes públicos XXX 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 111005 Cuenta Corriente Bancaria XXX • Registro en la entidad u organismo de la Administración Central cuando son

consignados los excedentes en la Dirección del Tesoro Nacional: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1470 OTROS DEUDORES 147032 Excedentes Financieros estapúblicos XXX 147033 Excedentes Financieros empresas XXX 147034 Excedentes Financieros otros entes públicos XXX 5720 OPERACIONES DE ENLACE CON

SITUACIÓN DE FONDOS

572080 Recaudos DTN por clasificar XXX NOTA: Si una entidad pública del sector descentralizado debe transferir a la administración central excedentes financieros, por encima de los valores registrados en el patrimonio como utilidades acumuladas, utilidades del ejercicio y reservas, deberá afectar el mayor valor de los excedentes o utilidades en la cuenta 3224-Excedentes financieros distribuidos en exceso sobre utilidades (DB). 2.8.4.5.2 Tratamiento contable en la Nación de las utilidades transferidas por el Banco

de la República Las utilidades del Banco de la República que se transfieren a la Nación en cumplimiento de normas legales, deben reconocerse como ingreso de ésta y el tratamiento contable es similar al de los excedentes financieros. • Registro de la causación de las utilidades por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito

Público, una vez establecida la obligación de transferirlas: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1470 OTROS DEUDORES 147042 Al Banco Central por regulación económica XXX 4810 OTROS INGRESOS EXTRAORDINARIOS 481036 Utilidades por operaciones de regulación

económica XXX

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 215

• Registro en la Dirección del Tesoro Nacional, con la consignación de las utilidades Códigos Cuentas Débitos Créditos 1106 CUENTA ÚNICA NACIONAL 1106XX Subcuenta respectiva XXX 4720 OPERACIONES DE ENLACE CON

SITUACIÓN DE FONDOS

472080 Recaudos DTN por clasificar XXX • Registro en el Ministerio de Hacienda con la consignación de los excedentes en la

Dirección del Tesoro Nacional: Códigos Cuentas Débitos Créditos 5720 OPERACIONES DE ENLACE CON

SITUACIÓN DE FONDOS

572080 Recaudos DTN por clasificar XXX 1470 OTROS DEUDORES 147042 Al Banco Central por Regulación económica XXX 2.8.4.6 Compensación y condonación de obligaciones entre entes públicos Esta situación se presenta cuando para efectos de proveer el saneamiento económico y financiero de todo orden, se autoriza a la Nación y sus entidades descentralizadas para efectuar cruces de cuentas entre sí o con entidades territoriales y sus descentralizadas, sobre las obligaciones que tengan recíprocamente. Para estos efectos se requiere previo acuerdo entre las partes. Estas compensaciones deben estar reflejadas presupuestalmente, para poder efectuar los registros contables. Igualmente se presenta el caso de las condonaciones de préstamos y obligaciones, previo el cumplimiento de acuerdos recíprocos, autorizados por las normas legales. En la compensación o cruce de cuentas, pueden presentarse varios casos, entre los cuales se destacan los siguientes: 2.8.4.6.1 Cruce de obligaciones recíprocas entre entes públicos Como ilustración, tomamos el caso de una entidad de la Nación que adeuda al Distrito algún concepto de impuestos. El Distrito adeuda a su vez a la Nación por un crédito otorgado una suma determinada. Realizados los cruces de cuentas, previo acuerdo de las partes; los registros contables serán: • Registros en la entidad de la Nación al cancelar la obligación con el cruce de cuentas:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 216

Códigos Cuentas Débitos Créditos 2440 IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS

POR PAGAR

2440XX Subcuenta respectiva XXX 4722 OPERACIONES DE ENLACE SIN

SITUACIÓN FONDOS

472201 Cruce de cuentas XXX • Registros en la Dirección del Crédito Público, para cancelar el valor del crédito otorgado

al Distrito: Códigos Cuentas Débitos Créditos 5722 OPERACIONES ENLACE SIN SITUACIÓN

FONDOS

572201 Cruce de cuentas XXX 1416 PRESTAMOS GUBERNAMENTALES

OTORGADOS

1416XX Subcuenta respectiva XXX • Registro en el Distrito con el cruce de cuentas: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1305 RENTAS POR COBRAR 1305XX Subcuenta respectiva XXX 2246 PRESTAMOS GUBERNAMENTALES DE

LARGO PLAZO

224609 Créditos presupuestarios del gobierno general nacional

XXX

2.8.4.6.2 Créditos de la Nación a entes públicos condonados en cumplimiento de

disposiciones o acuerdos En cumplimiento de disposiciones, la Nación puede otorgar créditos a las entidades territoriales los cuales pueden ser condonados. Los registros contables en este evento serán: • Registro en la Dirección de Crédito Público, con la constitución del crédito otorgado. Códigos Cuentas Débitos Créditos 1416 PRESTAMOS GUBERNAMENTALES

OTORGADOS

141624 Créditos del Presupuesto del Gobierno General Municipal

XXX

4720 OPERACIONES DE ENLACE CON SITUACIÓN DE FONDOS

472008 Créditos otorgados por la Nación XXX

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 217

• Registro en la Dirección del Tesoro Nacional, con el desembolso del crédito otorgado: Códigos Cuentas Débitos Créditos 5720 OPERACIONES DE ENLACE CON

SITUACIÓN DE FONDOS

572008 Créditos otorgados por la Nación XXX 1106 CUENTA ÚNICA NACIONAL 1106XX Subcuenta correspondiente XXX • Registro en el Municipio al recibir el valor del crédito otorgado: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 111005 Cuenta corriente bancaria XXX 2246 PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALES DE

LARGO PLAZO

224609 Créditos presupuestarios del gobierno general nacional

XXX

Cuando previo el cumplimiento de los acuerdos, se determina hacer efectiva la CONDONACIÓN, los registros contables correspondientes son: • Registros en la Dirección de Crédito Público, u organismo que tenga registrado el

préstamo otorgado, para cancelarlo: Códigos Cuentas Débitos Créditos 5810 GASTOS EXTRAORDINARIOS 581037 Derechos condonados XXX 1416 PRESTAMOS GUBERNAMENTALES

OTORGADOS

141624 Créditos presupuestarios del gobierno general municipal

XXX

• Registros en el Municipio, al registrar la condonación del crédito: Códigos Cuentas Débitos Créditos 2246 PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALES DE

LARGO PLAZO

224609 Créditos presupuestarios del gobierno general XXX 4810 INGRESOS EXTRAORDINARIOS 481044 Obligaciones Condonadas XXX

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 218

2.8.4.6.3 Traspaso de bienes entre entes públicos El traspaso de bienes entre entes públicos u organismos sin ninguna contraprestación y en cumplimiento de disposiciones legales, mediante el cual se transfiere el dominio y la propiedad de los mismos, se registrará como una operación interinstitucional. Se toma para efectos de ilustración el traspaso de un Equipo de Transporte de un ente público a otro. Los registros contables serán: • En el ente que transfiere el Equipo de Transporte: Códigos Cuentas Débitos Créditos 5725 OPERACIONES DE TRASPASO DE BIENES 572501 Bienes transferidos XXX 1675 EQUIPO DE TRANSPORTE, TRACCION Y

ELEVACION

167502 Terrestres XXX 167599 Ajustes por inflación XXX 1685 DEPRECIACIÓN ACUMULADA 168508 Equipo de transporte, tracción y elevación XXX 168599 Ajuste por inflación XXX 3135 AJUSTES POR INFLACIÓN 313506 Propiedades, planta y equipo XXX 313510 Depreciación acumulada XXX Nota: Si el bien transferido tenía registrado otros conceptos de valuación, tales como valorizaciones o provisiones, deben igualmente cancelarse estos valores. • Registro en el ente público que recibe el Equipo de Transporte: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1675 EQUIPO DE TRANSPORTE, TRACCION Y

ELEVACION XXX

167502 Terrestres 4725 OPERACIONES DE TRASPASO DE BIENES XXX 472501 Bienes recibidos En el marco de las disposiciones legales de rigor aplicables, lo expuesto permite colegir que el tratamiento contable aplicando las cuentas y subcuentas correspondientes a las donaciones de bienes y derechos se utilizará únicamente en las operaciones que realicen los entes públicos con terceros. 3 PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA

PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN Y ESTADOS CONTABLES

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 219

3.1 Aspectos generales 3.1.1 Formatos, estados contables e informes 3.1.1.1 Formatos 3.1.1.2 Estados contables 3.1.1.3 Informes 3.1. 2 Responsables de la información 3.1.3 Plazos para la presentación de la información 3.1.3.1 Formatos CGN-96-001, CGN-96-002 y CGN-98-003 3.1.3.2 Estados contables 3.1.3.3 Notas a los estados contables 3.1.3.4 Evaluación del sistema de control interno contable y dictamen del

revisor fiscal 3.1.3.5 Relación de bienes inmuebles 3.1.4 Diligenciamiento y presentación de la información 3.1.4.1 Medio magnético 3.1.4.2 Formatos impresos 3.1.4.3 Transmisión vía Internet 3.1.5 Validación 3.1.5.1 Validación de estructura 3.1.5.1.1 Validación de existencia de cuentas 3.1.5.2 Validación aritmética 3.1.6 Acopio de la información de organismos sin identidad jurídica en el

nivel territorial 3.1.7 Remisión de información a los entes de control fiscal 3.1.8 Cumplimiento de obligaciones 3.2 Diligenciamiento de formatos 3.2.1 Formato CGN-96-001 denominado CATÁLOGO DE CUENTAS 3.2.1.1 Diligenciamiento de la información 3.2.1.2 Aclaraciones sobre saldos reportados 3.2.1.3 Causales de devolución de la información 3.2.1.4 Estructura del formato 3.2.1.5 Entidad y fecha 3.2.1.8 Requisitos formales 3.2.2 Diligenciamiento del formato CGN-96-002 denominado saldos de

operaciones recíprocas 3.2.2.1 Objetivo del formato de saldos de operaciones recíprocas 3.2.2.2 Manejo de auxiliares 3.2.2.3 Conceptos básicos 3.2.2.3.1 Operación recíproca 3.2.2.3.2 Información sobre saldos de operaciones recíprocas 3.2.2.4 Procedimientos generales para identificar y presentar la información

sobre saldos de operaciones recíprocas 3.2.2.4.1 Formas de presentación 3.2.2.4.1.1 Medio magnético 3.2.2.4.2 Validación de la información

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 220

3.2.2.4.2.1 Validación de estructura 3.2.2.4.2.2 Validación de existencia de Cuentas, Códigos y operaciones recíprocas 3.2.2.4.2.3 Validación de consistencia 3.2.2.5 Operaciones recíprocas 3.2.2.6 Procedimientos para presentar información 3.2.2.6.1 Codificador institucional 3.2.2.6.2 Identificación de utilidades no realizadas 3.2.2.6.3 Identificación de operaciones recíprocas en diferidos y amortizables 3.2.2.6.4 Mensajes de error en la validación del formato CGN-96-002 3.2.3 Instrucciones para el correcto diligenciamiento del modelo CGN-

98-003 denominado “Información sobre participación patrimonial 3.2.3.1 Diligenciamiento del modelo CGN 98-003 denominado

"INFORMACION SOBRE PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL" 3.2.3 Envío y actualización de la información solicitada 3.3 Diligenciamiento de Estados contables 3.3.1 Objetivos 3.3.1.1 General 3.3.1.2 Específicos 3.3.1.3 Ámbito de aplicación 3.3.1.4 Estructuración de los estados contables 3.3.1.4.1 Balance general 3.3.1.4.2 Estado de actividad financiera, económica y social 3.3.1.4.3 Estado de cambios en el patrimonio 3.3.1.5 Formalidades 3.4 Diligenciamiento del estado de flujos de efectivo 3.4.1 Objetivos 3.4.1.1 General 3.4.1.2 Específicos 3.4.2 Ámbito de aplicación 3.4.3 Aspectos conceptuales 3.4.3.1 Estado de flujos de efectivo 3.4.3.2 Efectivo 3.4.3.3 Partidas equivalentes a efectivo 3.4.3.4 Actividades de operación 3.4.3.5 Actividades de inversión 3.4.3.6 Actividades de financiación 3.4.3.7 Estructuración del estado contable 3.4.3.8 Originados en las actividades de operación 3.4.3.9 Aplicados en actividades de operación 3.4.3.10 Originados en las actividades de inversión 3.4.3.11 Aplicados en actividades de inversión 3.4.3.12 Originados en las actividades de financiación 3.4.3.13 Aplicados en actividades de financiación 3.4.4 Fases para estructuración del estado de flujos de efectivo 3.4.1 Clasificación

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 221

3.4.2 Depuración de flujos de efectivo 3.4.3 Formalidades logísticas 3.4.4 Periodicidad 3.4.5 Publicación 3.4.6 Forma de presentación 3.4.7 Diligenciamiento del formato 3.5 Elaboración y presentación de las notas a los estados

contables 3.5.1 Objetivos 3.5.1.1 General 3.5.1.2 Específicos 3.5.2 Ámbito de aplicación 3.5.3 Aspectos conceptuales 3.5.3.1 Notas de carácter general 3.5.3.2 Naturaleza jurídica, función social, actividades que desarrolla o

cometido estatal 3.5.3.3 Políticas y prácticas contables 3.5.3.4 Efectos y cambios significativos en la información contable 3.5.3.5 Proceso y resultados de la consolidación de la información contable 3.5.3.6 Limitaciones y deficiencias de tipo operativo o administrativo que

inciden en el normal desarrollo del proceso contable y/o afectan la consistencia y razonabilidad de las cifras

3.5.3.7 Notas de carácter específico 3.5.3.7.1 Relativas a la consistencia y razonabilidad de las cifras 3.5.3.7.2 Relativas a valuación 3.5.7.7.3 Relativas a recursos restringidos 3.5.7.7.4 Situaciones particulares de las clases, grupos, cuentas y subcuentas 3.5.4 Forma de presentación 3.5.5 Aplicación 3.5.5.1 Notas de carácter general 3.5.5.1.1 Naturaleza jurídica, función social, actividades que desarrolla o

cometido estatal 3.5.5.1.2 Políticas y prácticas contables 3.5.5.1.3 Efectos y cambios significativos en la información contable 3.5.5.1.4 Proceso y resultados de consolidación de la información contable 3.5.5.1.5 Limitaciones y deficiencias de tipo operativo o administrativo que

inciden en el normal desarrollo del proceso contable y/o afectan la consistencia y razonabilidad de las cifras

3.5.5.2 Notas de carácter específico 3.5.5.2.1 Relativas a la consistencia y razonabilidad de las cifras 3.5.5.2.2 Relativas a valuación 3.5.5.2.3 Relativas a recursos restringidos 3.5.5.2.4 Situaciones particulares de las clases, grupos, cuentas y subcuentas 3.6 Diligenciamiento del informe sobre Control Interno y el

sistema de contabilidad pública

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 222

3.6.1 Informe ejecutivo anual 3.6.1.1 Introducción 3.6.1.2 Conclusiones 3.6.1.3 Observaciones 3.6.1.4 Recomendaciones 3.6.1.5 Anexos 3.6.1.6 Firma 3.6.2 Informe sobre el control interno contable y su evaluación 3.6.2.1 Objetivos 3.6.2.1.1 General 3.6.2.1.2 Específicos 3.6.2.2 Ámbito de aplicación 3.6.2.3 Marco conceptual del sistema de control interno contable 3.6.2.3.1 Definición 3.6.2.3.2 Objetivo 3.6.2.3.3 Elementos 3.6.2.3.3.1 Ambiente de control interno contable 3.6.2.3.3.2 Operacionalización de los procesos administrativos 3.6.2.3.3.3 Sistema de información y documentación 3.6.2.3.3.4 Retroalimentación y mejoramiento continuo 3.6.2.4 Contenido del informe 3.6.2.4.1 Introducción 3.6.2.4.2 Información relativa a la entidad examinada 3.6.2.4.2.1 Antecedentes y base legal 3.6.2.4.3 Información relativa al examen 3.6.2.4.3.1 Motivo del examen 3.6.2.4.3.2 Naturaleza y objetivos 3.6.2.4.3.3 Alcance 3.6.2.4.4 Conclusiones 3.6.2.4.4.1 General 3.6.2.4.4.2 Específicas 3.6.2.4.5 Observaciones 3.6.2.4.6 Recomendaciones 3.6.2.4.7 Anexos 3.6.2.4.8 Firma y remisión 3.7 Diligenciamiento del formato denominado "Relación de

bienes inmuebles 3.7.1 Relación de bienes inmuebles 3.7.1.1 Objetivos 3.7.1.1.1 Objetivos generales 3.7.1.1.2 Objetivos específicos 3.7.1.2 Ambito de aplicación 3.7.1.3 Aspectos conceptuales 3.7.1.4 Aplicación 3.7.1.4.1 Relación y valor de los bienes inmuebles 3.7.1.4.2 Evaluación de la oficina de control interno

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 223

3.7.1.4.3 Procedimientos generales para el diligenciamiento del formato, en archivo ASCII, denominado "relación de bienes inmuebles

3.8.1.4.4 Información general 3.8.1.4.5 Información específica 3.7.1.4.6 Información básica 3.7.1.4.7 Actualización y envío de la información solicitada 3.7.1.5 Ejemplos 3.8.1.6 Instrucciones para generar el archivo ASCII empleando Excel 3.8 Suministro de información cuando se producen cambios de

gobernadores, alcaldes, gerentes y demás representantes legales de entidades y corporaciones públicas del orden territorial

3.8.1 Objetivos 3.8.2 Instrucciones 3.9 Procedimiento para la entrega de la información financiera,

económica y social, de los bienes, derechos y obligaciones de los entes públicos, por parte de los representantes legales salientes a los elegidos o nombrados

3.9.1 Objetivos 3.9.1.1 General 3.9.1.2 Específicos 3.9.3 Aspectos conceptuales 3.9.3.1 Entrega de información y documentos 3.9.3.1.1 Estados contables y formatos 3.9.3.1.2 Libros de contabilidad principales y auxiliares, comprobantes y

documentos soporte 3.9.3.2 Archivo documental 3.9.3.3 Verificación de los recursos; propiedades, planta y equipo; Inversiones;

Obligaciones y Operaciones de crédito público 3.9.3.4 Cálculo actuarial de pensiones y Obligaciones laborales 3.9.3.5 Estructura del área financiera 3.9.3.6 Información Financiera e informe de Control Interno 3.9.3.7 Informe a la CGN sobre el empalme contable 3.9.3.8 Acta de entrega 3.10. Procedimiento para la estructuración, elaboración y

presentación del informe sobre el movimiento de las cuentas por pagar

3.10.1 Objetivos 3.10.1.1 General 3.10.1.2 Específicos 3.10.2 Ámbito de aplicación 3.10.3 Fases para la estructuración del informe 3.10.3.1 Formalidades logísticas 3.10.3.2 Periodicidad

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 224

3.10.3.3 Forma de presentación 3.10.3.4 Diligenciamiento del formato

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 225

3. PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA PRESENTACIÓN DE

INFORMACIÓN Y ESTADOS CONTABLES 3.1 Aspectos generales Información que los entes públicos deben presentar a la Contaduría General de la Nación: 3.1.1 Formatos, estados contables e informes

3.1.1.1 Formatos • CGN-96-001 CATÁLOGO DE CUENTAS • CGN-96-002 INFORMACIÓN SOBRE SALDOS DE OPERACIONES

RECÍPROCAS • CGN-98-003 INFORMACIÓN SOBRE PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL 3.1.1.2 Estados contables • Balance General • Estado de actividad financiera, económica y social • Estado de cambios en el patrimonio • Estado de flujos de efectivo • Notas a los estados contables

• De carácter general • De carácter específico

3.1.1. 3 Informes • Evaluación del sistema de control interno contable • Dictamen del revisor fiscal • Relación de bienes inmuebles 3.1. 2 Responsables de la información Serán responsables ante la Contaduría General de la Nación por el cumplimiento de las normas, procedimientos y obligaciones de información, los siguientes funcionarios: En el nivel Nacional Sector Central, los Jefes de los órganos Legislativo y Judicial, de la Organización Electoral, de los órganos creados por la Constitución y la ley y del Ministerio Público; los Ministros y Directores de Departamentos Administrativos; el Contralor General de la República; el Gerente del Banco de la República; los Jefes de Áreas Financieras y los Contadores y/o Jefes de Contabilidad.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 226

En el nivel Descentralizado Nacional, serán responsables los Directores de Institutos Descentralizados, Gerentes y Representantes Legales; Jefes de Áreas Financieras; Contadores y/o Jefes de Contabilidad y Revisores Fiscales. En el Nivel descentralizado Territorialmente y por Servicios, serán responsables ante la Contaduría General de la Nación, los Gobernadores y Alcaldes; Secretarios de Hacienda, Gerentes, Directores y/o Representantes legales; Jefes de áreas financieras a cuyo cargo se encuentren las oficinas o centros contables; los Contadores y/o Jefes de Contabilidad y Revisores Fiscales cuando exista este cargo. Las obligaciones señaladas en cuanto a la firma y presentación de los estados e informes contables por parte de los representantes legales de las entidades y organismos públicos, serán indelegable y se tendrá por no presentada la información cuando no esté suscrita por el respectivo titular. 3.1.3 Plazos para la presentación de la información De conformidad con lo establecido en las resoluciones 373 del 20 de diciembre de 1999 y 150 de del 30 de junio de 2000, los entes públicos presentarán la información financiera, económica y social de períodos intermedios y de fin de período contable ante la Contaduría General de la Nación en las siguientes fechas: 3.1.3.1. Formatos CGN-96-001, CGN-96-002 y CGN-98-003 INFORMACIÓN A: FECHA DE PRESENTACIÓN: 31 DE MARZO 30 DE ABRIL 30 DE JUNIO 31 DE JULIO 30 DE SEPTIEMBRE 31 DE OCTUBRE 31 DE DICIEMBRE 15 DE FEBRERO DEL AÑO SIGUIENTE AL TÉRMINO DEL PERÍODO CONTABLE Para las entidades relacionadas a continuación, el período de reporte de la información contenida en el formato CGN-96-001 será mensual. 1. EMPRESA COLOMBIANA DE PETRÓLEOS -ECOPETROL 2. EMPRESA NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES -TELECOM 3. INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES -ISS 4. INTERCONEXIÓN ELÉCTRICA S. A. -ISA 5. ISAGEN S.A. 6. CORPORACIÓN ELÉCTRICA DE LA COSTA ATLÁNTICA S.A. -CORELCA 7. CARBONES DE COLOMBIA S. A. -CARBOCOL- 8. FONDO NACIONAL DEL CAFÉ 9. FONDO DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES NACIONALES DE

COLOMBIA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 227

10. CAJA DE RETIRO DE LAS FUERZAS MILITARES 11. FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO 12. CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA SUPERINTENDENCIA BANCARIA

-CAPRESUB 13. CAJA NACIONAL DE PREVISIÓN SOCIAL -CAJANAL 14. CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE COMUNICACIONES -CAPRECOM 15. FONDO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA 16. CAJA DE SUELDOS DE RETIRO DE LA POLICÍA NACIONAL 17. EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN 18. EMPRESAS PÚBLICAS MUNICIPALES DE CALI -EMCALI 19. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 20. DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA 21. DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA 22. MUNICIPIO DE MEDELLÍN 23. DISTRITO CAPITAL DE SANTAFE DE BOGOTÁ 24. MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI En consecuencia, los plazos de envío de la información mencionada para las entidades anteriormente señaladas serán los siguientes:

Fecha de corte Fecha de presentación

Enero Febrero 15 Febrero Marzo 15

Marzo Abril 15 Abril Mayo15 Mayo Junio 15 Junio Julio 15

Julio Agosto 15 Agosto Septiembre 15 Septiembre Octubre 15 Octubre Noviembre 15 Noviembre Diciembre 15 Diciembre Enero 30

Cuando la fecha de presentación coincida con un día no laborable, el cumplimiento deberá efectuarse el día siguiente hábil y en ningún caso será prorrogable. El modelo CGN 98-003, será enviado en las fechas establecidas únicamente cuando se trate de revelar variaciones en la composición patrimonial. 3.1.3.2 Estados contables • En los períodos correspondientes de junio 30 y diciembre 31, la información contable

básica deberá acompañarse del Balance General, Estado de actividad financiera, económica y social y del Estado de cambios en el patrimonio.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 228

• Trimestralmente en las fechas previstas para la presentación de información contable básica, deberá remitirse el conjunto de los respectivos Estados de flujo de efectivo mensuales.

3.1.3.3 Notas a los estados contables Las Notas a los estados contables, elaboradas de acuerdo a lo establecido en el Plan General de Contabilidad Pública, sólo se remitirán al corte de fin del ejercicio. 3.1.3.4 Evaluación del sistema de control interno contable y dictamen del revisor fiscal El jefe de la oficina de control interno o quien haga sus veces deberá elaborar y suscribir un informe ejecutivo anual al cierre del 31 de diciembre de cada año. En el caso de las entidades obligadas a tener revisor fiscal, al cierre de ejercicio del 31 de diciembre, se remitirá el dictamen correspondiente con el pleno cumplimiento de los requisitos exigidos en la ley. 3.1.3.5 Relación de bienes inmuebles De acuerdo con la Circular externa 29 de 1999 y Carta circular 020 del 2000. al corte de cada período contable, esta información deberá actualizarse, adicionando los inmuebles adquiridos y los enajenados o retirados durante el respectivo año. 3.1.4 Diligenciamiento y presentación de la información Para efectos de la remisión de la información financiera, económica y social, las entidades deben enviar la información en medio magnético e impresa, teniendo en cuenta las siguientes instrucciones: 3.1.4.1 Medio magnético a) El medio magnético debe ser un disquete de 3 ½ pulgadas, de alta densidad. b) La información contenida en el disquete debe ser producida en una de las siguientes

hojas electrónicas: LOTUS 123, Q-PRO o EXCEL. c) El disquete que envíen las entidades, debe ser previamente vacunado, con el fin de

evitar su devolución por presencia de virus en la información. d) El sobre debe ser enviado por correo certificado, o entregado directamente a la

Contaduría General de la Nación, caso en el cual se firmará nota de recibido. e) Los nombres de los archivos deben corresponder al código del modelo así:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 229

Nombre del archivo Modelo Nombre del modelo CGN96.001 CGN-96-001 CATÁLOGO DE CUENTAS CGN96.002 CGN-96-002 INFORMACIÓN SOBRE SALDOS DE OPERACIONES RECÍPROCAS f) Producir un archivo por cada modelo. g) El disquete debe tener una etiqueta con la siguiente información: código y nombre del

ente público, fecha de corte y hoja electrónica utilizada. h) El código del ente público son los 9 dígitos que se encuentran en el listado titulado

“ENTES PÚBLICOS”. Ubique el código por el nombre del ente (aquel que está reportando información) y úselo para transcribirlo en donde sea solicitado.

El contenido de los archivos debe ajustarse en sus totalidad al diseño de los modelos, así: Para todos los archivos, en la celda B1 debe ir el nombre del departamento, en la celda B2 el nombre del municipio, en la celda B3 el nombre de la entidad, en la celda B4 el código del ente público (9 dígitos sin espacios) y en la celda B5 la fecha de corte de la información. 3.1.4.2 Formatos impresos El ente público remitirá la información además de medio magnético, en formato e impreso, con las firmas de los responsables, colocadas al pie de la misma, las cuales garantizan su consistencia y razonabilidad. 3.1.4.2 Transmisión vía internet Las entidades podrán enviar la información, a través del Internet, procediendo, posteriormente al envío de la información en formato impreso, cumpliendo las formalidades establecidas. 3.1.5 Validación Después de recibido el disquete y formato impreso con la información, la Contaduría General de la Nación procederá a realizar las siguientes validaciones e informará al ente público si se encuentra alguna inconsistencia. 3.1.5.1 Validación de estructura Este proceso se encargará de validar que la estructura del archivo sea la misma del modelo definido, es decir, que las celdas fueron diligenciadas correctamente, que no se incluyeron nuevas columnas o filas y que ellas no se borraron.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 230

3.1.5.1.1 Validación de existencia de cuentas. Este proceso verifica que los códigos de las clases, grupos, cuentas y subcuentas reportados en los archivos, existan en el Catálogo General de Cuentas del Plan General de Contabilidad Pública -PGCP- y que sea reportada la porción corriente y la porción no corriente, según el caso. 3.1.5.2 Validación aritmética Este proceso se encarga de validar que la sumatoria de los valores reportados en el nivel de subcuentas coincida con el valor reportado en el nivel de cuenta, que la sumatoria de los valores en las cuentas coincida con el valor reportado en el nivel de grupo y que la sumatoria de los valores reportados en los grupos coincida con los valores reportados en el nivel de clase. Este proceso también valida que la sumatoria a nivel de subcuenta, cuenta, grupo y clase, de la columna corriente, más la de la columna no corriente, coincida con el valor reportado en la columna de total. Se calcularán las siguientes ecuaciones contables. • La sumatoria del valor total de las cuentas del activo será igual a la sumatoria de los

valores totales de las cuentas del Pasivo más los del Patrimonio. • El resultado del ejercicio, equivalente a la diferencia entre los ingresos menos los costos y

gastos, o sea, las cuentas de la actividad financiera, económica y social, debe coincidir con el valor registrado en el balance.

3.1.6 Acopio de la información de organismos sin identidad jurídica en el nivel territorial Para los efectos del Sistema Nacional de Contabilidad Pública en el nivel territorial, tanto la administración central como las entidades del sector descentralizado por servicios con identidad jurídica, serán los entes públicos que deberán reportar a la Contaduría General de la Nación. Los órganos de control, corporaciones públicas y organismos que prestan servicios de educación, salud y otros servicios públicos, con autonomía administrativa y financiera pero sin identidad jurídica, deberán enviar su información contable a la administración central correspondiente, para ser objeto de agregación y/o consolidación por parte de las gobernaciones y alcaldías en los departamentos y municipios a las cuales pertenecen. 3.1.7 Remisión de información a los entes de control fiscal Los entes públicos del nivel nacional y territorial en sus sectores central y descentralizado, enviarán la información financiera, económica y social establecida en la presente resolución, a la Contraloría General de la República o a las contralorías departamentales, municipales y distritales correspondientes, en la misma fecha de entrega oficial a la

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 231

Contaduría General de la Nación, para efectos del control fiscal que por constitución y por ley corresponde a éstos órganos de control 3.1.8 Cumplimiento de obligaciones La Contaduría General de la Nación de conformidad con lo dispuesto en el literal d) de la Ley 298 de 1996 realizará verificaciones y ejercerá inspección sobre los entes públicos obligados al ámbito de aplicación del Plan General de Contabilidad Pública, a fin de establecer el cumplimiento de la Ley 298 de 1996 y de las normas contables expedidas. El incumplimiento a lo establecido en el artículo 5º de la Ley 298 de 1996, así como a la aplicación del Plan General de Contabilidad Pública, a las normas y procedimientos expedidos por la Contaduría General de la Nación y otras reglamentaciones que rigen sobre la materia, dará lugar a la imposición de las sanciones respectivas, para lo cual la Contaduría General de la Nación remitirá la información del caso a la Contraloría General de la República y la Procuraduría General de la Nación a efectos de iniciar las investigaciones correspondientes. La imposición de sanciones por parte de la Contaduría General de la Nación a los responsables, se hará de conformidad con las normas que para tal efecto expida el Gobierno Nacional. 3.2 Diligenciamiento de formatos 3.2.1 Formato CGN-96-001 denominado CATÁLOGO DE CUENTAS Con el propósito de que la información financiera remitida en el modelo CGN-96-001, denominado CATÁLOGO DE CUENTAS, no presente inconsistencias para su validación, a continuación se indican los pasos para su correcto diligenciamiento, el cual se hará consignando en cada columna la información requerida: 3.2.1.1 Diligenciamiento de la información La información contable que debe remitirse a la Contaduría General de la Nación deberá ajustarse a las siguientes reglas y requisitos: MODELO CGN-96-001 CATÁLOGO DE CUENTAS − En las celdas A7 y B7, debe ir el título “CATÁLOGO DE CUENTAS”.

− En la celda D7, debe ir el título “VALORES EN MILES DE PESOS”. − En la celda A9, debe ir el título “CÓDIGO CONTABLE”. − En la celda B9, debe ir el título “NOMBRE”. − En la celda C9, debe ir el título “CORRIENTE”.

− En la celda D9, debe ir el título “NO CORRIENTE”.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 232

− En la celda E9, debe ir el título “TOTAL SALDO”. − En la celda A11, debe ir el código de la clase “100000”. − En la celda B11, debe ir el nombre de la clase “ACTIVO”. − En la celda C11, debe ir el valor correspondiente a la porción corriente de la clase

detallada en las dos celdas anteriores. − En la celda D11, debe ir el valor correspondiente a la porción no corriente de la clase

detallada en las celdas A11 y B11. − En la celda E11, debe ir el valor correspondiente a la sumatoria de las celdas C11 y D11. − En la celda A12, debe ir el código del grupo “110000”. − En la celda B12, debe ir el nombre del grupo “EFECTIVO”.

− En la celda C12, debe ir el valor correspondiente a la porción corriente del grupo detallado en las dos celdas anteriores.

− En la celda D12, debe ir el valor correspondiente a la porción no corriente del grupo detallado en las celdas A12 y B12.

− En la celda E12, debe ir el valor correspondiente a la sumatoria de las celdas C12 y D12. − En la celda A13, debe ir el código de la cuenta “110500”.

− En la celda B13, debe ir el nombre de la cuenta “CAJA”. − En la celda C13, debe ir el valor correspondiente a la porción corriente de la cuenta

detallada en las dos celdas anteriores. − En la celda D13, es importante aclarar que no debe ir ningún valor, pues esta cuenta no

tiene porción de no corriente. − En la celda E13, debe ir el valor correspondiente a la C13.

− En la celda A14, debe ir el código de la subcuenta “110501”. − En la celda B14, debe ir el nombre de la subcuenta “CAJA PRINCIPAL”. − En la celda C14, debe ir el valor correspondiente a la porción corriente de la subcuenta

detallada en las dos celdas anteriores. − En la celda D14, es importante aclarar que no debe ir ningún valor, pues esta subcuenta

no tiene porción no corriente. − En la celda E14, debe ir el valor correspondiente a la C14. − Desde las celdas A15, B15, C15, D15 y E15, hasta las que sean necesarias, se repetirá el

proceso, de acuerdo con la cantidad de clases, grupos, cuentas y subcuentas utilizados por el ente público.

En relación con las subcuentas de las clases de Activo y Pasivo debe tenerse en cuenta la clasificación en corriente y no corriente: Activo corriente. Comprende los bienes y derechos que razonablemente pueden ser convertibles en efectivo o que por su naturaleza pueden realizarse en un período no superior a un año.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 233

Activo no corriente. Comprende los bienes y derechos de relativa permanencia que se adquieren con el ánimo de explotarlos, consumirlos o utilizarlos, y no con la intención de venderlos. Pasivo corriente. Agrupa las obligaciones derivadas de las actividades del ente público, exigibles en un período no mayor de un año. Pasivo no corriente. Agrupa las obligaciones exigibles en un período mayor a un año. Grupos del Activo de naturaleza corriente que deben aparecer en la columna C. 11 Efectivo 15 Inventarios Grupos del Activo y del Pasivo de naturaleza corriente y no corriente, cuyos valores pueden aparecer en la columna C y en la columna D. 12 Inversiones 13 Rentas por cobrar 14 Deudores 19 Otros activos 21 Operaciones de banca central y entidades financieras 22 Operaciones de crédito público 23 Obligaciones financieras 24 Cuentas por pagar 25 Obligaciones laborales y de seguridad social integral 26 Otros bonos y títulos emitidos 27 Pasivos estimados 29 Otros pasivos Grupos del Activo de naturaleza no corriente: Los valores de las cuentas y subcuentas que solo deben aparecer en la columna D. 16 Propiedades, planta y equipo 17 Bienes de beneficio y uso público 18 Recursos naturales y del ambiente Es necesario precisar que todos los códigos de clase, grupo, cuenta y subcuenta deben ser de 6 dígitos y corresponder exactamente a los descritos en el Catálogo General de Cuentas del Plan General de Contabilidad Pública -PGCP-. Los valores correspondientes a las subcuentas, cuentas y grupos de las clases 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, y 0 deben aparecer en la columna D

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 234

Cuadro Ejemplo No. 1 A B C D E 1 DEPARTAMENTO: Cundinamarca Modelo

CGN-96-001 2 MUNICIPIO: Chía 3 ENTIDAD: Empresa de Servicios

Públicos

4 CODIGO: 230125175 5 FECHA DE CORTE: 30/03/97

Fila 1-Columna B. Debe llenarse con el nombre del departamento al cual corresponda, como lo indica el ejemplo (Cundinamarca). Fila 1-Columna E. Debe llenarse con el nombre “Modelo CGN-96-001”. Fila 2-Columna B. Debe llenarse con el nombre del municipio correspondiente, como se presenta en el ejemplo (Chía). Fila 3-Columna B. Debe colocarse el nombre de la respectiva entidad, a la cual corresponda como se indica en el ejemplo, (Empresa de Servicios Públicos). Si pertenece a una alcaldía debe dejarse en blanco. Fila 4-Columna B. Debe colocarse el código numérico asignado al ente público sea municipio, entidad central o descentralizada, de acuerdo con el codificador institucional o en su defecto solicitar a la Contaduría General de la Nación el número que le corresponda. Este codificador tiene nueve dígitos como lo indica el cuadro ejemplo No. 1: (230125175). Cuando el primer dígito sea cero (0) no debe incluirlo; ejemplo: si su código es 012345678, debe escribirse 12345678. Fila 5-Columna B. Debe colocarse la fecha de corte del respectivo informe contable, como se presenta en el cuadro ejemplo No 2. No es posible indicar fechas diferentes a las establecidas en las normas expedidas por la Contaduría General de la Nación.

Cuadro Ejemplo No 2 Fecha de corte Como digitar A marzo : 31/03/9X A junio: 30/06/9X A septiembre: 30/09/9X A diciembre: 31/12/9X

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 235

Estas fechas deben ser numéricas en formato fecha y separadas con slach (/), así como en los cuadros ejemplo Nos. l y 2. No se acepta en forma de texto por motivos de validación.

Cuadro Ejemplo No. 3 A B C D E 6 7 CATÁLOGO DE CUENTAS Valores en

pesos miles de

8

Fila 6- Desde la Columna A hasta la E. Deben ir en blanco. Fila 7- Columnas A y B. Debe ir el título “CATÁLOGO DE CUENTAS”, y en la Columna D, el título “Valores en miles de pesos”. Todo saldo debe transcribirse en miles de pesos, excluyendo cifras decimales. Para el efecto deberá reducir al inferior si el decimal es de 1 a 49 . Ejemplo: Saldo en pesos: $ 426,420.30 Valor en miles de pesos: $ 426.4 Valor aproximado: $ 426 De 50 a 99 incrementar al inmediato superior. Ejemplo: Saldo en pesos: $ 426,820.30 Valor en miles de pesos: $ 426.8 Valor aproximado: $ 427

Fila 8- Desde la Columna A hasta la E. Deben ir en blanco.

Cuadro Ejemplo No. 4 A B C D E 9 CÓDIGO

CONTABLE NOMBRE CORRIENTE NO CORRIENTE TOTAL

SALDO 10 11 100000 ACTIVO 110000+120000

+130000+140000 +150000+190000

120000+130000 +140000+160000 +170000+180000 +190000

C+D

12 110000 EFECTIVO 110500+110600 +110700+110900+111000+111200+111500+111600+111700+112000

C+D

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 236

+111700+112000+112500+113000

13 110500 CAJA 110501+110502 C+D 14 110501 Caja Principal C+D 15 110502 Cajas Menores C+D 16 N1 200000 PASIVO 210000+220000

+230000+240000 +250000+260000 +270000+290000

210000+220000 +230000+240000+260000+270000+290000

C+D

N2 300000 PATRIMONIO 310000+320000 C+D N3 400000 INGRESOS 410000+420000

+430000+440000+450000+470000+480000+490000

C+D

N4 500000 GASTOS 510000+520000 +530000+540000+550000+560000+570000+580000+590000

C+D

N5 600000 COSTOS DE VENTAS Y OPERACIÓN

620000+630000 + 640000

C+D

N6 700000 COSTOS DE PRODUCCIÓN

710000+720000 +730000+740000 +750000+760000+ 790000

C+D

N7 800000 CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS

810000+820000 +830000+890000

C+D

N7 900000 CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS

910000+920000 +930000+990000

C+D

N8 0 CUENTAS DE PLANEACIÓN Y PRESUPUESTO

020000+030000 +040000+050000+060000+070000+080000+090000

C+D

N9 020000 PRESUPUESTO DE INGRESOS

020100+020600 +021100+021200+024100+024600+025100+025600+0261000

NX 030000 PRESUPUESTO DE GASTOS DE LA VIGENCIA

030500+031000 +031200+031500+032200+033000

C+D

NY 040000 RESERVAS PRESUPUESTALE

040500+041000 C+D

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 237

PRESUPUESTALES

+041500+042000

X1 NOMBRE Y

FIRMA REPRESENTANTE LEGAL

X2 NOMBRE Y

FIRMA JEFE AREA FINANCIERA

X3 NOMBRE, FIRMA Y TARJETA

REVISOR FISCAL TARo AUDITOR

X4 NOMBRE, FIRMA

Y TARJETA CONTADOR

Fila 9- Columna A. Debe ir el título “CÓDIGO CONTABLE”; Columna B el título “NOMBRE”; Columna C el título “CORRIENTE”; Columna D el título “NO CORRIENTE” y Columna E el título “TOTAL SALDO”.

Fila 10- Desde la Columna A hasta la E. Deben ir en blanco. Fila 11- hasta la Fila NY: Columna A. Como puede verse en el cuadro ejemplo No. 4 esta columna se refiere al Código Contable que debe anotarse en esta celda, empezando por el Código No 100000, perteneciente al Activo y así sucesivamente hasta la Fila NY1 con el código No. 092590, correspondiente al último, habilitado en el Catálogo General de Cuentas. En relación con los códigos, todos deben tener seis dígitos, con excepción de las cuentas de Planeación y Presupuesto que pueden contener cinco dígitos, para evitar que en la transcripción los incluyan los códigos como texto. Ejemplo 010000, es válido colocar 1 Se dice fila NY por la situación en el Cuadro Ejemplo No. 4, por cuanto se desconoce la cantidad de filas que tiene cada informe y en cual se sitúa cada clase, grupo, cuenta o subcuenta.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 238

10000, ya que de esta manera tiene formato numérico y el cero a la izquierda no tiene incidencia. Columna B. Todo código tiene un nombre de cuenta, por lo tanto debe llenarse esta celda con dicho nombre, como se muestra en el ejemplo: ACTIVO, que tiene como código el No. 100000. Columna C. En esta celda debe colocarse la sumatoria de la porción corriente, es decir, la que comprende a los bienes y derechos que pueden ser convertidos en efectivo en el período contable, asimismo las obligaciones exigibles en este período. Como el Activo Corriente es de tipo Clase, esta debe incluir la sumatoria de los saldos de todos los grupos que tengan saldo de porción corriente. En el Cuadro ejemplo No. 4 columna C se indican los códigos de cuentas que la totalizan, estas son: cuentas 110000, 120000, 130000, 140000, 150000 y 190000. Columna D. En esta celda debe colocarse la sumatoria de los saldos de la porción no corriente, o sea las pertenencias y derechos de relativa permanencia y las obligaciones exigibles por terceros que sobrepasen un período contable. En el Cuadro Ejemplo No. 4 Columna D se indican los códigos de cuentas que la totalizan y estas son: cuentas 120000, 130000, 140000, 160000, 170000, 180000 y 190000. De la misma manera se procederá con el Pasivo, Patrimonio, Ingresos, Gastos, Costos , Cuentas de Orden Deudoras, Cuentas de Orden Acreedoras y Cuentas de Planeación y Presupuesto como se indica en el Cuadro Ejemplo No. 4. 2 Columna E. En esta celda debe indicarse la sumatoria, fila a fila, de la porción corriente y la no corriente, en las clases, grupos, cuentas y subcuentas. Fila X1.X4 , Columna B. En estas celdas deben anotarse los nombres del representante legal, del jefe área financiera, el nombre y Nº de tarjeta profesional del contador y/o revisor fiscal. 3.2.1.2 Aclaraciones sobre saldos reportados

a) Cuentas de orden deudoras y Cuentas de orden acreedoras: Estas clases al momento de ser totalizadas deben sumar cero (0).Las Cuentas de Orden Deudoras y Acreedoras deben ser correlativas con las Cuentas de Orden por Contra, así: Cuenta 800000 = 0 900000 = 0 810000 = 890500 820000 = 891000

830000 = 891500 910000 = 990500 920000 = 991000

2 Se incluirán o eliminarán todas las clases, cuentas y subcuentas que su balance necesite, de acuerdo con el Plan General de Contabilidad Pública (PGCP).

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 239

930000 = 991500

Las cuentas de naturaleza crédito no deben tener signo negativo, salvo que éstas sean de naturaleza contraria. b) Cuentas de Planeación y Presupuesto: Deben cumplir las siguientes igualdades, salvo excepciones especiales, previamente autorizadas por la Contaduría General de la Nación: Cuenta 020100+024600 = 020600+021100+021200+024100 025100 = 025600+026100 030500 = 031000+031200+031500+032200+033000+033300 040500 = 041000+041500+042000 050500 = 051000+051500 060500 = 061000 07XX00 = 08XX00+09XX00 c) Cuentas de Actividad Financiera, Económica y Social: Todas las entidades sujetas al ámbito de aplicación deben remitir la información de las cuentas de actividad de las clases 4-5 y 6 en forma acumulada para el período correspondiente, y al finalizar el mismo, antes de realizar el cierre contable, es decir, con saldo diferente de cero. Similar situación deben presentar las cuentas de la clase 0-Cuentas de Planeación y Presupuesto d) Clasificación Patrimonial : Las entidades pertenecientes al sector Central de los niveles Nacional y Territorial, deben clasificar el valor de su Patrimonio en la clase 31-Hacienda Pública. Los entes pertenecientes al sector descentralizado de los niveles Nacional y Territorial deben aplicar las cuentas del grupo 32-Patrimonio Institucional. e) Ajustes por Inflación: Las entidades que de acuerdo a las normas vigentes están obligadas a aplicar el Sistema Integral de Ajustes por inflación deberán presentar movimientos en las subcuentas del grupo 49. Caso contrario se presenta en las entidades obligadas a aplicar el Sistema parcial de ajustes por inflación. f) Depreciaciones, provisiones, amortizaciones y agotamiento: Las entidades en las que haya lugar, deberán presentar movimientos en las cuentas correspondientes a las depreciaciones, provisiones, agotamientos y amortizaciones, de conformidad con las normas vigentes. 3.2.1.3 Causales de devolución de la información Con el ánimo de que las entidades las tengan en cuenta al momento de diligenciar y remitir la información, a continuación se presentan las causales por las cuales la información es devuelta por el programa de validación desarrollado por la Contaduría General de la Nación. a) Medio magnético

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 240

No permite leer el medio magnético por: • El medio magnético fue enviado en archivo binario, por lo cual no es posible su lectura. • La información no llegó procesada en las hojas electrónicas solicitadas : Lotus 123,

EXCEL o Q-PRO para WINDOWS . • El medio magnético no contiene información. • El medio magnético está protegido contra escritura. • El medio magnético está protegido contra lectura. b) Procesamiento de la información • El nombre del archivo es diferente al establecido: CGN96.001. • Los datos correspondientes a Departamento, municipio, entidad, código y fecha de corte,

no se diligenciaron en la columna B. • El código del ente público no es correcto. • La información impresa es ilegible parcial o totalmente. • La información financiera fue remitida en formato diferente al determinado. • Los valores registrados en el Modelo CGN-96-001, se presentaron en pesos, en lugar de

miles de pesos. • Los valores registrados en el Modelo CGN-96-001, se presentaron en cifras decimales. c) Formalidades • No enviaron formatos impresos de los modelo CGN-96-001 y CGN-96-002 . • La información enviada en el medio magnético, no corresponde a la del medio impreso • No se adjuntan las Notas explicativas a la información contable, en los períodos

correspondientes. • Las Notas explicativas a la información contable no se ajustan a lo preceptuado por la

CGN. • El formato no presenta nombre, firma o tarjeta profesional del contador público y/o

revisor fiscal. • El formato no incluye firma y nombre del representante legal, Jefe del Area Financiera

(si existe el cargo) y auditor. d) Deficiencias de orden técnico-contable . • No se causaron prestaciones sociales por pagar. • No se registran Gastos financieros por pagar. • No se registra impuesto de renta por pagar. • No se registró provisión para protección de cartera. • No se registró provisión para inversiones. • No se registró provisión para inventarios. • No se registró provisión para responsabilidades. • No se registró provisión para bienes de arte y cultura.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 241

• No se registró amortización de intangibles. • No se registró amortización de recursos no renovables. • No se registró amortización de inversiones en recursos no renovables. • No registró amortización de bienes entregados a terceros. • No se registra agotamiento de recursos no renovables • No enviaron información referente a las clases 4, 5,6 y 0. e) Mensajes de error generados en el programa de validación 3.2.1.4 Estructura del formato

INCONSISTENCIA POSIBLE SOLUCIÓN 1- Código invalidado, mayor de seis dígitos Código no es numérico 2- Valores y cuentas invalidados

1-Verificar que los códigos de las cuentas tengan seis dígitos, y que estén en forma numérica, no en texto. Verificar que los valores contenidos en las columnas sean las columnas de valores, éstos sean numéricos y no incluyan caracteres alfabéticos 2- Verificar que no se reporten cuentas sin valores, ni valores sin sus respectivas cuentas.

3.2.1.5 Entidad y fecha INCONSISTENCIA POSIBLE SOLUCIÓN 1- Entidad inexistente 2- Fecha inválida

1- Verificar que el código institucional corresponda al asignado a la entidad, que tenga nueve dígitos y que éstos sean numéricos 2- Verificar que la fecha se coloque como se explica en el Cuadro Ejemplo No 2.

3.2.1.6 Cuentas y valores INCONSISTENCIA POSIBLE SOLUCIÓN 1-Cuenta inexistente 2-Cuenta no válida 3-Cuenta duplicada 4-Cuenta no acepta porción corriente 5-Cuenta no acepta porción no corriente 6-Saldo Total <>a la suma del valor corriente y valor

1-Verificar que la cuenta exista en el Catálogo General de Cuentas, o aumentar con ceros a la derecha los que le falten para completar los seis dígitos. Ejemplo: Activo es 1, entonces deberá digitarse 100000. 2-Verificar que el código de la cuenta sea máximo de seis dígitos. 3-Verificar que no se reporte una cuenta más de una vez. 4-El saldo colocado en porción corriente debe ser reportado en la columna que corresponda la porción no corriente. 5-El saldo colocado en porción no corriente debe ser reportado en la columna que corresponda a la porción corriente. 6-Verificar que en la columna de saldo total esté la sumatoria de la columna de corriente y la no corriente.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 242

del valor corriente y valor no corriente 7-Valor reportado<>Valor calculado. 8.- Cuenta no permitida para esa entidad 9.-Cuenta no vigente para este período

de la columna de corriente y la no corriente. 7-Verificar que sean correctas las sumatorias de las subcuentas con relación a la cuenta, al grupo o a la clase. 7-Verificar que la cuenta utilizada corresponda a la operatividad del ente público. 9.-Verifique que el código corresponda al Catálogo vigente.

3.2.1.7 Cruces contables y verificación de consistencia Posibles inconsistencias en la información básica • Valor total diferente a la sumatoria del Valor corriente y Valor no corriente • Valor reportado diferente a Valor calculado • Débitos diferente a Créditos • Ecuación contable No Válida porque Activo diferente a la suma de Pasivo y Patrimonio • Cuentas de orden deudoras (800000) DIFERENTE de cero • Cuentas de orden acreedoras (900000) DIFERENTE de cero • Derechos Contingentes (810000) DIFERENTE A Derechos contingentes por contra

(890500) • Deudoras fiscales (820000) DIFERENTE A Deudoras fiscales por contra (891000) • Deudoras de control (830000) DIFERENTE A Deudoras de control por contra (891500) • Responsabilidades contingentes por contra (910000) DIFERENTE A Responsabilidades

contingentes (990500) • Acreedoras fiscales (920000) DIFERENTE A Acreedoras fiscales por contra (991000) • Acreedoras de control (930000) DIFERENTE A Acreedoras de control por contra

(991500) • Presupuesto de ingresos: 020100+024600+020600+021100+021200+024100 diferente

de cero • Presupuesto de gastos: 030500+031000+031200+031500+032200+033000+033300 • Reconocimientos: 025100+025600+026100 diferente de cero • Reserva presupuestal: 040500+041000+041500+042000 diferente de cero • Vigencias futuras: 060500+061000 diferente de cero • Plan plurianual de inversiones: 070000+080000+090000 diferente de cero • Plan plurianual sector salud: 070100+080100+090100 diferente de cero • Plan plurianual sector educación: 070200+080200+090200 diferente de cero • Plan plurianual sector agua potable y saneamiento básico: 070300+080300+090300 diferente de cero • Plan plurianual sector vivienda: 070400+080400+090400 diferente de cero • Plan plurianual sector recreación y deporte: 070500+080500+090500 diferente de cero • Plan plurianual arte y cultura: 070600+080600+090600 diferente de cero • Plan plurianual sector desarrollo comunitario: 070700+080700+090700 diferente de cero • Plan plurianual sector defensa y seguridad: 070800+080800+090800 diferente de cero • Plan plurianual sector justicia: 070900+080900+090900 diferente de cero • Plan plurianual sector trabajo y seguridad social: 071000+081000+091000 diferente de cero

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 243

cero • Plan plurianual sector desarrollo industrial: 071100+081100+091100 diferente de cero • Plan plurianual sector desarrollo comercial : 071200+081200+091200 diferente de cero • Plan plurianual sector desarrollo turístico: 071300+081300+091300 diferente de cero • Plan plurianual sector agropecuario: 071400+081400+091400 diferente de cero • Plan plurianual sector minero: 071500+081500+091500 diferente de cero • Plan plurianual sector comunicaciones : 071600+081600+091600 diferente de cero • Plan plurianual sector transporte: 071700+081700+091700 diferente de cero • Plan plurianual sector estructura vial: 071800+081800+091800 diferente de cero • Plan plurianual sector eléctrico: 071900+081900+091900 diferente de cero • Plan plurianual sector gas: 072000+082000+092000 diferente de cero • Plan plurianual sector medio ambiente: 072100+0821600+092100 diferente de cero • Plan plurianual sector gobierno, planeación y desarrollo institucional: 072200+082200+092200 diferente de cero • Plan plurianual sector prevención y atención de desastres: 072300+082300+092300 diferente de cero • Plan plurianual sector equipamiento: 072400+082400+092400 diferente de cero • Plan plurianual sector ciencia y tecnología: 072500+082500+092500 diferente de cero • Diferencia entre débitos y créditos no corresponde con el Resultado del ejercicio • Diferencia resultante en ecuación contable diferente a Resultado del ejercicio • Resultado del ejercicio en las cuentas de actividad financiera, económica y social es

diferente al reportado • Presupuesto de ingresos aprobado NO FUE REPORTADO • Saldo reportado para esa cuenta debe ser positivo, no se permite saldo contrario • El valor de esta cuenta debe ser mayor que cero (0) • El valor de esta cuenta debe ser menor que cero (0) • El valor de esta cuenta debe ser diferente de cero (0) • El valor de esta cuenta debe ser igual a cero (0) • El valor de esta cuenta debe ser menor o igual a cero (0) • El valor de esta cuenta debe ser mayor o igual a cero (0) • Presupuesto de gastos aprobado NO FUE REPORTADO • Cruces de utilidad del ejercicio: 590501 diferente a 323001 mas 323002 más 311000

más 323200 • Cruces de utilidad del ejercicio:590502 diferente a 323003 más 323004 • Cruces de utilidad del ejercicio:490500 diferente 323003 más 323004 • Cruces de utilidad del ejercicio:490500 diferente 323201 mas 323202, para Fondo de

garantía • Cruces de utilidad del ejercicio:490500 diferente 323101 mas 323102, para Banco de la

República Posible Solución: Verificar que los cruces contables mencionados en las “Aclaraciones sobre saldos reportados”, literales a, b y c, se cumplan, así como la consistencia de los saldos reportados.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 244

3.2.1.8 Requisitos formales Nombre del archivo. El nombre del archivo debe ser CGN-96-001 y debe contener el Catálogo General de Cuentas, variando únicamente la fecha de corte, para cada período de remisión. Este nombre no lleva ninguna extensión de la hoja electrónica con la que se esté trabajando: Excel, Lotus o Q-Pro bajo Windows. En el caso particular de Q-Pro en el momento de ser grabado el archivo debe guardarse en formato Excel para poder ser validado y mencionar en la etiqueta este detalle. Envío de la información. Para protección del disquete de fuentes magnéticas y otros sistemas de seguridad por los que debe pasar, es necesario cubrir el mismo con papel aluminio. Filas en blanco. En todo el proceso de elaboración del formato, no deben indicarse filas en blanco y las cifras deben ir seguidas fila a fila. Así mismo, en los cuadros Ejemplo, las columnas y filas sombreadas solo son utilizadas con fines explicativos y de presentación 3.2.2 Diligenciamiento del formato CGN-96-002 denominado saldos de operaciones

recíprocas. La Contaduría General de la Nación –CGN- ha dispuesto el siguiente procedimiento con el fin de identificar, revelar y presentar los saldos de operaciones recíprocas o que se efectúen entre entes públicos, de cuya correcta aplicación son responsables los representantes legales, jefes de áreas financieras, jefes de contabilidad y contadores de los entes públicos del nivel nacional y territorial, en sus sectores central y descentralizado, el cual deberá tenerse en cuenta para la remisión de la información hacia la CGN y demás centros de consolidación definidos, correspondiente a los cortes de marzo, junio, septiembre y diciembre del período contable. 3.2.2.1 Objetivo del formato de saldos de operaciones recíprocas El objetivo del formato consiste en detectar, presentar, conciliar y eliminar exhaustivamente, los saldos registrados por los entes públicos como consecuencia de todas aquellas transacciones efectuadas con los demás entes públicos, cualesquiera sea el nivel y sector a los que pertenezcan. 3.2.2.2. Manejo de auxiliares Sin perjuicio de la libertad existente para el manejo del Catálogo General de Cuentas (CGC) más allá del nivel de subcuenta, esto es, después de los seis (6) dígitos iniciales, para atender las particularidades de los entes públicos en materia de registro, en las cuentas y subcuentas en que se revelan los saldos de transacciones que eventualmente sea posible realizar con otros entes públicos, conviene estructurar el manejo de auxiliares por el tercero con quien se efectúa la respectiva transacción, en procura de evitar su reclasificación al

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 245

momento de presentar la información, toda vez que una clasificación de los auxiliares en función del tercero es perfectamente compatible con los requerimientos de información previstos en el formado CGN-96-002 que nos ocupa. 3.2.2.3 Conceptos básicos 3.2.2.3.1 Operación recíproca Se denomina así la transacción financiera que se realice entre diferentes entes públicos por conceptos que pueden estar asociados con activos, pasivos, patrimonio, ingresos, gastos o costos, cualesquiera sea el nivel y sector al que pertenezcan. 3.2.2.3.2 Información sobre saldos de operaciones recíprocas La información que se presente en el Modelo CGN-96-002, corresponde tanto a los saldos pendientes de cancelación registrados en el balance, como a los que fueron pagados o causados y que se registraron en el estado de actividad financiera, económica y social. Es importante destacar que los saldos en referencia, los cuales deben reportarse en el formato CGN-96-002, se entienden sin perjuicio de que las transacciones originadoras sean realizadas con o sin situación de fondos toda vez que, en cualquier caso, involucran el registro completo de la transacción en los entes públicos partícipes sin necesidad de que se presente el traslado físico de fondos. Conviene destacar igualmente, que los entes públicos que posean saldos de operaciones recíprocas con otros entes públicos en procesos de liquidación, deberán reportarlos de conformidad con las instrucciones impartidas.

3.2.2.4 Procedimientos generales para identificar y presentar la información sobre

saldos de operaciones recíprocas

3.2.2.4.1 Formas de presentación Esta información debe remitirse en medio magnético y en formato impreso. 3.2.2.4.1.1 Medio magnético Para la remisión de la información sobre operaciones recíprocas, en medio magnético, deben tenerse en cuenta las siguientes instrucciones: a) Un disquete de 3 ½ pulgadas, de alta densidad. b) La información contenida en el disquete debe ser producida en una de las siguientes hojas electrónicas: LOTUS 123, Q-PRO ó EXCEL. c) El nombre del archivo debe corresponder al código del Modelo así:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 246

Nombre del Archivo Modelo Nombre del Modelo CGN96.002 CGN-96-002 INFORMACIÓN SOBRE SALDOS DE OPERACIONES RECÍPROCAS Es importante destacar que el nombre del archivo no debe incluir la extensión propia de la hoja electrónica utilizada. d) El disquete debe tener una etiqueta con la siguiente información: código y nombre del ente público, fecha de corte y hoja electrónica utilizada. El código del ente público corresponde a los 9 dígitos asignados por la Contaduría General de la Nación que se encuentran en la “CODIFICACION INSTITUCIONAL PARA LA CONSOLIDACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES DE LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO”. Ubique el código por el nombre del ente (aquel que está reportando información) y úselo para transcribirlo en donde sea solicitado. e) El contenido de los archivos debe ajustarse en su totalidad al diseño del modelo , así: En la celda B1 debe transcribirse el nombre del departamento; en la celda B2 el nombre del municipio; en la celda B3 el nombre del ente; en la celda B4, la cual debe tener formato fecha, el código del ente (9 dígitos sin espacios), conforme a lo mencionado en el literal anterior y en la celda B5 la fecha de corte de la información, en el orden siguiente: día, mes, año (dd/mm/aa). Para incluir la fecha debe digitar las barras separadoras incluidas en el formato “/”. MODELO CGN-96-002 INFORMACIÓN SOBRE SALDOS DE

OPERACIONES RECÍPROCAS − En las celdas A7 y B7, debe transcribirse el título “INFORMACIÓN SOBRE SALDOS

DE OPERACIONES RECÍPROCAS”. − En la celda F8 debe transcribirse el título “VALORES EN MILES DE PESOS”.

− En la celda A9, debe transcribirse el título “CÓDIGO CONTABLE DE LA SUBCUENTA”.

− En la celda B9, debe transcribirse el título “NOMBRE DE LA SUBCUENTA”.

− En la celda C9, debe transcribirse el título “VALOR CORRIENTE”. − En la celda D9, debe transcribirse el título “VALOR NO CORRIENTE”. − En la celda E9, debe transcribirse el título “CÓDIGO ENTIDAD”, con la cual se posee

el saldo recíproco.

− En la celda F9, debe transcribirse el título “NOMBRE DE LA ENTIDAD” con la cual se posee el saldo recíproco.

− En la celda G9, debe transcribirse el título “PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL %”.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 247

− En la celda A10, debe transcribirse el código de la subcuenta correspondiente a la primera operación recíproca que vaya a relacionarse, recuerde que esta celda debe tener formato numérico.

En caso que en el saldo recíproco reportado participe más de un (1) ente público debe repetirse, en las filas inmediatamente siguientes de la columna A, tantas veces como sea necesario, el código de la subcuenta relacionada. En la celda B10, debe transcribirse el nombre de la subcuenta, correspondiente al código detallado en la celda anterior. Al igual que para los códigos de las subcuentas, en caso que en el saldo recíproco reportado participe más de un (1) ente público debe repetirse, en las filas inmediatamente siguientes de la columna B, el nombre de la subcuenta relacionada, tantas veces como sea necesario. En la celda C10, debe transcribirse el valor del saldo de la operación recíproca si este es de tipo corriente, es decir, cuando los saldos recíprocos sean exigibles, se paguen o causen en el período contable en curso. Igualmente, deben incluirse en esta celda los montos exigibles o pagados durante el período contable en curso de los saldos clasificados como no corrientes. Esta celda debe tener formato numérico. Cuando en el saldo corriente de la operación recíproca, anteriormente descrito, participe más de un (1) ente público, deberá relacionarse, en las filas inmediatamente siguientes de la columna C, la alícuota correspondiente a cada entidad hasta concurrencia del saldo total recíproco. En la celda D10, debe transcribirse el valor del saldo de la operación recíproca, si el saldo de la subcuenta es no corriente, es decir, si el saldo es exigible o se causa en más de un período contable. Esta celda debe tener formato numérico. Cuando en el saldo no corriente de la operación recíproca participe más de un (1) ente público deberá relacionarse, en las filas inmediatamente siguientes de la columna D, la alícuota correspondiente a cada entidad hasta concurrencia del saldo total recíproco no corriente. En la celda E10, debe transcribirse el código institucional de la entidad con la cual se posee el saldo de la operación recíproca, en formato número, empleando los 9 dígitos que se encuentran en la “CODIFICACIÓN INSTITUCIONAL PARA LA CONSOLIDACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES DE LAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO”. Si la transacción es efectuada con más de un ente público, deberán emplearse filas sucesivas de la columna E, indicando en cada celda el código de cada uno de los entes públicos partícipes en la transacción. En la celda F10, debe transcribirse el nombre de la entidad con la cual se efectuó la operación recíproca.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 248

En caso que en el saldo recíproco reportado participe más de un (1) ente público, debe indicarse, en las filas inmediatamente siguientes de la columna F, el nombre de cada una de las entidades partícipes. En la celda G10, debe transcribirse el porcentaje de participación patrimonial, siempre que se esté relacionando como operación recíproca, bien sea el saldo de las subcuentas de inversión, tratándose de un ente público inversionista, o bien el saldo de las subcuentas patrimoniales, tratándose del ente público receptor de la inversión. Los valores incorporados deben estar en el rango de 0 a 100, y la celda no debe poseer formato porcentaje. Cuando en el patrimonio de un ente público, a su turno, exista participación de más de un (1) ente público, cualquiera sea el nivel y sector al que pertenezcan, para establecer los saldos recíprocos que deberá incluirse en el formato, la entidad reportante de las subcuentas patrimoniales aplicará el porcentaje establecido, para cada ente público, a todas y cada una de las subcuentas del patrimonio y los relacionará en las filas inmediatamente siguientes de la columna D. Desde la celda A11 hasta la G11, y así sucesivamente, hasta donde sea necesario, se repetirán, según sea el caso, los procesos anteriormente descritos. Marcar con una “X” el recuadro señalado al pie del formulario cuando el ente no posea saldos de operaciones recíprocas. f) El diseño del modelo anteriormente descrito no debe modificarse, es decir, incluir o borrar filas o columnas. En consecuencia, sólo pueden adicionarse filas que contengan la misma información y orden descrito a partir de la celda A10. g) Al relacionar saldos de operaciones recíprocas, no deje filas en blanco entre ellas, es decir, utilice filas consecutivas para todas las subcuentas que tengan valor. h) Los valores contenidos en el archivo deben transcribirse en miles de pesos, no incluya cifras decimales. Para el efecto aproxime a miles, ejemplo: Saldo de la cuenta: $273,840.20 Valor en miles de pesos: $273.8 Valor aproximado a miles de pesos: $274 Cuando la cifra decimal sea mayor o igual a 0.5, se aproxima al siguiente valor entero y cuando la cifra decimal sea menor a 0.5, se deja el valor entero original, ejemplo. Saldo de la cuenta: $273,430.10 Valor en miles de pesos: $273.4 Valor aproximado a miles de pesos: $273

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 249

k) Hasta tanto este Despacho defina, de manera general, los responsables de los centros de consolidación, los listados correspondientes al archivo, el disquete y el oficio remisorio deben ser enviados a la CGN o a los centros receptores de información, en un sobre de manila, debidamente sellado, por correo certificado, o entregado directamente a la entidad responsable del centro de consolidación, caso en el cual se firmará nota de recibido. La información solicitada en el presente instructivo debe enviarse conjuntamente, en el mismo disquete, con la información correspondiente al MODELO CGN -96-001 “CATÁLOGO DE CUENTAS”.

123456

78

9101112131415161718192021222324252627282930313233343536

A B C D E F GDEPARTAMENTO:MUNICIPIO: Modelo CGN-96-002ENTIDAD:CÓDIGO:FECHA DE CORTE:No posee saldos de operaciones recíprocas

INFORMACIÓN SOBRE SALDOS DE OPERACIONES RECÍPROCASValores en miles de

CÓDIGOCONTABLE

(SUBCUENTA)NOMBRE DE LA SUBCUENTA VALOR

CORRIENTEVALOR NO

CORRIENTECÓDIGOENTIDAD

NOMBRE ENTIDAD PARTICIPACIÓNPATRIMONIAL %

A partir de esta fila deben incluirse los códigos y saldos de las subcuentas correspondientes a operaciones de activos, pasivos, patrimonio, ingresos y gastos, celebradasPara el efecto debe relacionar el código y nombre de la(s) entidad(es) pública(s) con la(s) cual(es) se efectuó la operación queTodos los códigos deben corresponder al Catálogo General de Cuentas del Plan General de la Contabilidad

3.2.2.4.2 Validación de la información Hasta tanto se disponga de manera general las entidades responsables de los centros de consolidación, la información básica recibida será validada por la CGN, la cual informará al ente público las inconsistencias que llegaren a presentarse en los siguientes aspectos: 3.2.2.4.2.1 Validación de estructura Este proceso validará que la estructura del archivo corresponda a la estructura del modelo CGN-96-002 definido, es decir, que las celdas fueron diligenciadas correctamente, que no se incluyeron o borraron columnas o filas.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 250

3.2.2.4.2.2 Validación de existencia de Cuentas, Códigos y operaciones recíprocas Este proceso verifica que los códigos de las subcuentas reportados en el archivo, existan en el CGC del PGCP y que el valor haya sido reportado en la columna de porción corriente, no corriente, o ambas, según el caso. Además verifica que los códigos de las entidades consolidadas con las que efectuó la operación recíproca existan, de conformidad con la “Codificación institucional para la consolidación de estados contables básicos y la relación de los saldos de operaciones recíprocas de entidades en la administración pública”. 3.2.2.4.2.3 Validación de consistencia Una vez agotado el plazo para la presentación de la información, el proceso de consolidación efectuará una validación a la consistencia recíproca de la información, verificando la correlatividad de las subcuentas suministradas individualmente. Los resultados de esta validación se informarán a las entidades relacionadas, en forma oportuna, para su corrección. 3.2.2.5 Operaciones recíprocas Los entes públicos deberán relacionar, entre otras, las operaciones recíprocas que se presenten en las siguientes transacciones económicas: a) Inversiones en títulos de renta fija (v.gr.TES) b) Depósitos en cuentas corrientes o de ahorros, con sus respectivos rendimientos causados c) Inversión en acciones o cuotas partes d) Ventas y compras de bienes realizables o inventarios con su efecto en inventarios, costo

de ventas y utilidades no realizadas e) Bienes recibidos en pago de deudas entre entidades públicas f) Compras y ventas de toda clase de activos v.gr.: intangibles, depreciables, agotables o

amortizables con su efecto en el costo, en gastos por depreciación, amortización o agotamiento y en los resultados derivados de tal operación.

g) Saldos por cobrar y pagar con sus respectivos rendimientos causados h) Ingresos y gastos que correspondan a operaciones que al momento del cierre no

registren saldos en el balance.v.gr.: rendimientos recibidos o pagados por operaciones de tesorería a corto plazo.

i) Operaciones que afectan el resultado de ejercicios anteriores

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 251

j) Transferencias 3.2.2.6 Procedimientos para presentar información 3.2.2.6.1 Codificador institucional Con el fin de identificar todos y cada uno de los entes públicos involucrados en la multiplicidad de transacciones recíprocas posibles para, posteriormente, conciliar sus informes individuales en el proceso de consolidación, es imprescindible incluir el Código de Identificación Institucional, el cual está a disposición de los entes públicos en medio magnético, en las oficinas de las Secretarías de Hacienda Departamentales o en la Contaduría General de la Nación. La estructura del Código comprende nueve (9) dígitos. Ahora bien, cuando dicho Código comience con el dígito cero (0) y atendiendo al hecho de que el formato de la celda habilitada para relacionarlo es numérico, naturalmente se visualizarán 8 dígitos. No ocurre así cuando los dígitos a la derecha del código son cero (0), caso en el cual la entidad que diligencia el formato deberá, necesariamente, incorporar tantos ceros como aparezcan a la derecha hasta completar los nueve (9) dígitos básicos. Cuando se establezca la ausencia de uno o más códigos en el Codificador Institucional para entes públicos con los cuales se han identificado saldos de operaciones recíprocas, la entidad reportante deberá diligenciar la totalidad del formato dejando en blanco las celdas habilitadas para incluir el código institucional informando de tal hecho a la CGN o al respectivo centro de consolidación en la carta remisoria de su información. 3.2.2.6.2 Identificación de utilidades no realizadas Cuando se trate de relacionar saldos de operaciones recíprocas que involucren entidades productoras de bienes o servicios para el consumo intermedio o final de otros entes públicos, además del respectivo ingreso o gasto que genere su venta o adquisición, la entidad que venda el bien o preste el servicio deberá relacionar en la fila inmediatamente siguiente a la que reporta el ingreso como una operación recíproca, el costo de producción de los bienes vendidos o servicios suministrados, indicando: En la celda A, para identificar la transacción, las subcuentas de inventarios o costo de venta del respectivo servicio; en la columna C, el costo de las unidades vendidas y en la columna E, el código del ente público al cual se le vendió el bien o prestó el servicio. 3.2.2.6.3 Identificación de operaciones recíprocas en diferidos y amortizables Tratándose de saldos de operaciones recíprocas que para efectos internos de los entes públicos se les dé un tratamiento contable diferido o amortizable, los entes que difieran o amorticen el saldo, deberán relacionar, en la columna A del formato CGN-96-002 el

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 252

código de la subcuenta del bien amortizable o diferible y, a renglón seguido, la subcuenta en que se registre la alícuota amortizada en el período contable. Por su parte la entidad que efectúa la venta del bien o servicio diferible o amortizable, deberá revelar la totalidad del ingreso por la venta en la respectiva subcuenta, en el ejercicio en que se pague o cause. MODELO CGN-96-002 INFORMACIÓN SOBRE SALDOS DE

OPERACIONES RECÍPROCAS − En las celdas A7 y B7, debe transcribirse el título “INFORMACIÓN SOBRE SALDOS

DE OPERACIONES RECÍPROCAS”. − En la celda F8 debe transcribirse el título “VALORES EN MILES DE PESOS”.

− En la celda A9, debe transcribirse el título “CÓDIGO CONTABLE DE LA SUBCUENTA”.

− En la celda B9, debe transcribirse el título “NOMBRE DE LA SUBCUENTA”. − En la celda C9, debe transcribirse el título “VALOR CORRIENTE”.

− En la celda D9, debe transcribirse el título “VALOR NO CORRIENTE”. − En la celda E9, debe transcribirse el título “CÓDIGO ENTIDAD”, con la cual se posee

el saldo recíproco. − En la celda F9, debe transcribirse el título “NOMBRE DE LA ENTIDAD” con la cual se

posee el saldo recíproco. − En la celda G9, debe transcribirse el título “PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL %”.

− En la celda A10, debe transcribirse el código de la subcuenta correspondiente a la primera operación recíproca que vaya a relacionarse; recuerde que esta celda debe tener formato numérico. En la celda B10, debe transcribirse el nombre de la subcuenta correspondiente al código detallado en la celda anterior. En la celda C10, debe transcribirse el valor del saldo de la operación recíproca si este es de tipo corriente. En la celda D10, debe transcribirse el valor del saldo de la operación recíproca, si el saldo de la subcuenta es no corriente. En la celda E10, debe transcribirse el código de la entidad con la cual se posee el saldo de la operación recíproca. En la celda F10, debe transcribirse el nombre de la entidad con la cual efectuó la operación recíproca. En la celda G10, debe transcribirse el porcentaje de participación patrimonial. Desde la celda A11 hasta la G11, y así sucesivamente, hasta donde sea necesario, se repetirán, según sea el caso, los procesos anteriormente descritos.

g) El diseño de los modelos no debe modificarse, es decir, incluir columnas o borrar

filas o columnas. Sólo pueden adicionarse filas, las cuales contendrán el código, nombre, y valores de las clases, grupos, cuentas y subcuentas utilizadas por el ente público para registrar sus operaciones.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 253

h) Al incluir las clases, grupos, cuentas y subcuentas que utiliza el ente público, no se

dejarán filas en blanco entre ellas, es decir, deben utilizarse filas consecutivas para todas las clases, grupos, cuentas y subcuentas que tengan valor.

i) Las celdas que contengan valores o códigos deben tener formato numérico y contener

sólo números. j) La fecha de corte de la información debe ser transcrita en la celda B5, en formato fecha

día, mes y año (dad/mm/aa); para incluir la fecha debe digitar los slaches “/”. k) Los valores contenidos en los archivos, deben ser transcritos en miles de pesos, no

incluya cifras decimales. Para el efecto aproxime a miles, ejemplo: Saldo de la cuenta: $273.840,20 Valor en miles de pesos: $273,84 Valor aproximado a miles de pesos: $274 Cuando la cifra decimal sea mayor o igual a 0,5 se aproxima al siguiente valor entero y cuando la cifra decimal sea menor a 0,5 se deja el valor entero. l) Las subcuentas con saldo diferente a su naturaleza, lo mismo que aquellas que son de

carácter valuativo se les debe anteponer el signo negativo; ejemplo: depreciaciones, provisiones, deudores con saldo crédito o acreedores con saldo débito, etc.

3.2.2.6.4 Mensajes de error en la validación del formato CGN-96-002 Posibles inconsistencias en la información operaciones recíprocas • Código inválido, mayor de seis dígitos • Código no es numérico • Valor invalido • Entidad inexistente • Fecha invalida, debe estar en formato dd/mm/aa • Subcuenta no vigente • Subcuenta duplicada • Subcuenta no vigente para este período • Subcuenta no valida en el archivo CGN96.002 • Subcuenta no acepta porción no corriente • Subcuenta no acepta porción corriente • Subcuenta no permite operación recíproca • Operación recíproca no se puede tener con si mismo • Entidad con la que se tiene operación recíproca no existe o esta inactiva • Porcentaje de participación invalido, debe estar entre 0 y 100 • Porcentaje de participación debe ser reportado para esta operación recíproca • Operación recíproca no debe incluir porcentaje de participación

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 254

• Registro de operación recíproca duplicado • Sumatoria de esta cuenta en el formato de operaciones recíprocas es mayor al saldo en el archivo CGN96-001 • Esta entidad debe reportar alguna operación recíproca con cuentas de patrimonio • Esta cuenta debe incluirse en el formato de operaciones recíprocas, fue reportado CGN96-001 3.2.3 Instrucciones para el correcto diligenciamiento del modelo CGN-98-003

denominado "INFORMACIÓN SOBRE PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL"

Esta información debe remitirse en medio magnético y en formato impreso. En medio magnético debe tenerse en cuenta las siguientes instrucciones:

a) Un disquete de 3 1/2 pulgadas, de alta densidad. b) La información contenida en el disquete debe ser producida en una de las siguientes

hojas electrónicas: LOTUS 123, Q-PRO o EXCEL. c) El nombre del archivo debe corresponder al código del Modelo así: Nombre del archivo Modelo Nombre del modelo CGN98.003 CGN-98-003 "INFORMACIÓN SOBRE PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL"

Es importante destacar que el nombre del archivo no debe incluir la extensión propia de la hoja electrónica utilizada.

d) El disquete debe identificarse mediante una etiqueta que contenga: código y nombre del ente público, fecha de actualización y hoja electrónica utilizada.

e) El código del ente público corresponde a los 9 dígitos que se encuentran en el listado denominado "ENTES PÚBLICOS". Ubique el nombre de su entidad y transcriba el código asignado donde sea solicitado.

f) El contenido del archivo debe ajustarse en su totalidad al diseño del modelo adjunto. 3.2.3.1 Diligenciamiento del modelo CGN 98-003 denominado "INFORMACION

SOBRE PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL"

En la celda B1 debe incluirse el nombre del departamento, en la celda B2 el nombre del municipio, en la celda B3 el nombre de la entidad, en la celda B4 el código del ente público

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 255

(9 dígitos sin espacios) y en la celda B5 la fecha de actualización cuando se presente alguna variación en la composición patrimonial. En la celda C2 el nombre “Modelo CGN-98-003” y en la C3 el nombre “CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN”. Para diligenciar el formato CGN-98-003 “INFORMACIÓN SOBRE PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL” deberá tomarse como documento fuente el acto de creación de la entidad reportante y, a efecto de las actualizaciones, el acta de la Asamblea, Junta Directiva u órgano competente, en la cual conste expresamente la decisión de compra o venta de acciones, fusión, escisión, supresión o liquidación del ente público. En forma complementaria deberá indicarse la clasificación de la entidad pública reportante como principal, adscrita o vinculada, directa o indirecta. Son entidades públicas principales del nivel nacional los Ministerios, Departamentos Administrativos y la Presidencia de la República; en el nivel territorial, los departamentos, municipios y territorios indígenas. Son entidades públicas adscritas aquellas que se constituyen por iniciativa de una entidad principal y que, de conformidad con la Ley 489 de 1998, desarrollan principalmente funciones administrativas en los términos que les señale la ley bajo la orientación y control de las respectivas entidades públicas principales. Son entidades públicas vinculadas a la administración aquellas que se constituyen por iniciativa de una entidad principal, de conformidad con la Ley 489 de 1998, desarrollan principalmente funciones de producción o comercialización y están sujetas a su orientación, coordinación y control en los términos de las leyes y estatutos que las rijan. Son entidades vinculadas directas aquellas que se constituyen a partir de una entidad principal y desarrollan principalmente funciones de producción o comercialización. Son entidades vinculadas indirectas aquellas creadas por la asociación de organismos públicos o entre éstos y particulares, de conformidad con la Ley 489 de 1998, que la ley autorice para tal efecto, los cuales bien pueden pertenecer al nivel nacional, departamental o municipal. Finalmente, tratándose de la participación patrimonial, las entidades reportantes deberán relacionar porcentualmente el monto de aportes que posee en su patrimonio cada uno de los entes públicos o privados, sean éstos personas naturales o jurídicas. Con base en la información solicitada, la entidad reportante deberá marcar con una X la celda C6 si la entidad es principal, la celda C7 si es adscrita, la celda C8 si la entidad es vinculada y, en este caso, en las celdas C9 o C10, si se trata de una entidad pública vinculada directa o indirecta, respectivamente. En la celda B12, debe indicarse el título “INFORMACIÓN SOBRE PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL”.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 256

En la celda A14, debe indicarse el título “CÓDIGO ENTIDAD”. En la celda B14, debe indicarse el título “NOMBRE DE LA ENTIDAD”. En la celda C14, debe indicarse el título “% PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL”. En la columna A, comenzando en la celda A15 y sin dejar filas en blanco, debe colocarse cada uno de los códigos obtenidos en el listado de “ENTES PÚBLICOS” para las entidades públicas que posean aportes en el patrimonio de la entidad reportante representados en acciones o en cuotas o partes de interés social. Cuando se trate de relacionar aportes provenientes de entidades del sector privado, bien sean personas jurídicas o naturales, se identificarán en todos los casos con el código único 999999999. En la columna B, a partir de la celda B15 y sin dejar filas en blanco, deberán relacionarse los nombres de cada una de las entidades del sector público o privado sean éstos personas naturales o jurídicas. En la columna C, a partir de la celda C15 y sin dejar espacios en blanco, deberá indicarse el porcentaje de participación que representa cada uno de los aportes de las entidades señaladas en el patrimonio de la entidad reportante. Es importante advertir que la sumatoria de las participaciones relacionadas en esta columna deberá ser igual al ciento por ciento (100%) y que los datos registrados deben estar dentro del rango de cero (0) a cien (100) con dos (2) cifras decimales de aproximación. En el diligenciamiento de este formato, deben observarse las siguientes pautas: a) El diseño del modelo anteriormente descrito no debe modificarse incluyendo columnas o borrando filas. b) Las celdas que contienen los códigos y los datos de participación deben tener formato numérico. c) La fecha de la información debe ser transcrita en la celda B5, en formato fecha: día, mes y año (dd/mm/aa). Para la fecha debe digitar los slashes “/”. d) El disquete que enviarán debe estar previamente vacunado, con el fin de evitar su devolución por presencia de virus en la información. e) El informe firmado por los responsables de la información y el disquete deben enviarse a la Contaduría General de la Nación. f) El sobre debe ser enviado por correo certificado, o entregado directamente a la Contaduría General de la Nación, caso en el cual se firmará nota de recibido.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 257

Para la recepción e incorporación a la base de datos de la información contenida en el presente formato, se han previsto criterios de validación de formato, estructura y consistencia, al igual que los empleados para los formatos CGN-96-001 y CGN-96-002. 3.2.3 Envío y actualización de la información solicitada El diligenciamiento del presente formato debe entenderse sin perjuicio de continuar reportando, en el formato sobre saldos de operaciones recíprocas CGN-96-002, las transacciones entre entes públicos que vinculen las subcuentas de inversión en renta variable de largo plazo y las subcuentas de patrimonio, con la periodicidad allí establecida. Las entidades públicas deberán mantener permanentemente actualizados los datos de su estructura patrimonial en la Contaduría General de la Nación. Para el efecto, es necesario que el formato adjunto sea remitido dentro del término fijado, en las demás fechas de presentación, únicamente cuando se trate de revelar variaciones en la composición patrimonial, junto con la información correspondiente al trimestre durante el cual se haya hecho efectiva dicha variación.

A B C1 DEPARTAMENTO 2 MUNICIPIO Modelo CGN-98-0033 ENTIDAD CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN4 CÓDIGO5 FECHA 6 PRINCIPAL7 CLASIFICACIÓN ADSCRITA8 ENTIDAD VINCULADA9 DIRECTA

10 INDIRECTA1112 INFORMACIÓN SOBRE PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL13

14 CÓDIGO ENTIDAD NOMBRE DE LA ENTIDAD % PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL.15161718192021222324

_________________________________ ____________________________________ _________________________________ NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL NOMBRE DEL REVISOR FISCAL NOMBRE DEL CONTADOR PÚBLICO

FIRMA___________________________________ FIRMA_______________________________________ FIRMA_____________________________________

_______________________________ NOMBRE DEL JEFE DEL ÁREA FINANCIERA No. TARJETA PROFESIONAL____________________ No. TARJETA PROFESIONAL _________________

FIRMA___________________________________

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 258

3.3 Diligenciamiento de Estados contables 3.3.1 Objetivos 3.3.1.1 General Con el presente procedimiento, se pretende dar a conocer de manera clara, sencilla y didáctica la forma como se estructuran y presentan los estados contables de Balance General, Estado de actividad Financiera, Económica y Social y Cambios en el Patrimonio a que hace referencia las normas técnicas contenidas en el Plan General de Contabilidad Pública. 3.3.1.2 Específicos • Establecer las entidades del sector público que deben preparar y presentar los estados

contables de Balance General, Estado de actividad Financiera, Económica y Social y Cambios en el Patrimonio

• Dar a conocer conceptos básicos que son aplicables para la elaboración y presentación de los estados contables

• Presentar la estructura en la que se debe elaborar los estados • Precisar aspectos que se deben tener en cuenta al elaborar y presentar los estados

contables. 3.3.1.3 Ámbito de aplicación El presente procedimiento deberá ser aplicado por todas las entidades públicas definidas en el ámbito de aplicación de conformidad con el Art. 2º de la Resolución 400 del 1º de diciembre de 2000. 3.3.1.4 Estructuración de los estados contables 3.3.1.4.1 Balance general Se configura mediante una tabulación formal de códigos numéricos, relación de cuentas de activo, pasivo y patrimonio, representados en términos monetarios que reflejan, a una fecha de corte o de cierre, la recopilación, clasificación y resumen de los datos contables. En el Balance general deberá presentarse por separado y en forma consistente la estructura detallada de sus saldos corrientes y no corrientes, expresando sus cifras aproximadas a miles de pesos y mostrarse en forma comparativa a nivel de grupos o cuentas, según sea el caso, con las del “período anterior”. A nivel de grupo (dos dígitos). Se incluirán los grupos correspondientes a las clases de activos, pasivos y patrimonio. A nivel de cuenta (cuatro dígitos). Se incluirán las cuentas correspondientes a los grupos

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 259

que conforman las clases de activo, pasivo y patrimonio. Para la elaboración y presentación del Balance General, deben tenerse en cuenta los elementos constitutivos de los estados contables. En este estado se mostrará la información relativa a las cuentas de orden, en el entendido que corresponde a anotaciones por fuera del balance que permiten la revelación suficiente para efectos de análisis. Para estructurar el Balance general, es preciso tener en cuenta los siguientes aspectos: Clasificación de los rubros de balance en partidas corrientes y no corrientes Al efecto, es necesario atender los parámetros de clasificación de cuentas y subcuentas definidos en el Plan General de Contabilidad Pública (PGCP), referido al diligenciamiento del modelo CGN-96-001. Estructura del Balance general, organizado y clasificado a nivel de grupos (Anexo No. 1) y cuentas (Anexo No. 2), con sus respectivos códigos

Para su composición deben tenerse en cuenta las siguientes precisiones:

(1) ACTIVO CORRIENTE. Sumatoria de los saldos finales de los grupos 11, 12, 13, 14, 15 y 19, los cuales según el anexo de clasificación poseen partidas corrientes.

(2) ACTIVO NO CORRIENTE. Sumatoria de los saldos finales de los grupos 12, 14, 16, 17, 18 y 19, los cuales según el anexo de clasificación permiten ubicar partidas no corrientes.

(3) TOTAL ACTIVO. Sumatoria del activo corriente (1) y del activo no corriente (2) incluyendo, en ambos casos, los respectivos saldos netos de consolidación en cuentas de balance.

(4) PASIVO CORRIENTE. Sumatoria de los saldos finales de los grupos 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27 y 29 según anexo de clasificación.

(5) PASIVO NO CORRIENTE. Sumatoria de los saldos de los grupos 21,22, 23, 24, 25, 26, 27 y 29 los cuales permiten subcuentas con clasificación no corriente. (6) TOTAL INTERÉS MINORITARIO. Sumatoria de los saldos de las cuentas Participación de Terceros y Participación Patrimonial del Sector Público. (7) PATRIMONIO. Saldo total de la Clase 3 Patrimonio, que corresponde a la sumatoria de los grupos 31, 32 y 39. (8) TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO. Sumatoria del pasivo corriente (4), no corriente (5), interés minoritario (6) y patrimonio (7).

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 260

(9) CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS. (10) CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS. 3.3.1.4.2 Estado de actividad financiera, económica y social Su configuración se establece mediante una tabulación formal de códigos numéricos, de cuentas de ingresos, gastos y costos, representados en términos monetarios, que reflejan el resultado de las operaciones del ente público durante un intervalo de tiempo. El Estado de actividad financiera, económica y social se estructura a partir de la presentación clasificada de los grupos y cuentas que conforman las clases de ingresos, gastos y costos del Catálogo General de Cuentas (CGC), así: A nivel de grupo (dos dígitos). Se incluirán en forma clasificada los grupos correspondientes a las clases de ingresos, gastos y costos. A nivel de cuenta (cuatro dígitos). Se incluirán en forma clasificada las cuentas correspondientes a los grupos que integran las clases de ingresos, gastos y costos. Las cifras del Estado de actividad financiera, económica y social deberán presentarse aproximadas a miles de pesos y mostrarse en forma comparativa a nivel de grupos o cuentas, según sea el caso, con las del “período anterior”. Para su elaboración y presentación deben tenerse en cuenta los elementos constitutivos de los estados contables, cuyas definiciones están contempladas en el numeral. (1) INGRESOS OPERACIONALES. Sumatoria de los saldos por concepto de ingresos en cada uno de los siguientes grupos de la Clase 4 Ingresos: (41 + 42 + 43 + 44 + 45) y el saldo positivo resultante de la diferencia entre los grupos 47 y 57 de Operaciones interinstitucionales recibidas y giradas, respectivamente. (2) COSTO DE VENTAS Y OPERACIÓN. Corresponde a la Sumatoria de los grupos 62 + 63 + 64. (3) GASTOS OPERACIONALES. Sumatoria de los saldos por concepto de gastos en cada uno de los siguientes grupos de la Clase 5 Gastos: (51 + 52 + 53 + 54 + 55 + 56 ) y el saldo negativo resultante de la diferencia entre los grupos 47 y 57 de Operaciones interinstitucionales recibidas y giradas, respectivamente. (4) EXCEDENTE (DÉFICIT) OPERACIONAL. Corresponde a la diferencia entre los Ingresos operacionales (1) y el monto resultante del Costo de ventas y operación (2) más Gastos operacionales (3), es decir: (Ingresos operacionales) - (Costo de ventas y operación + Gastos operacionales).

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 261

(5) OTROS INGRESOS. Corresponde al total del grupo 48 Otros ingresos. (6) SALDO NETO DE CONSOLIDACIÓN EN CUENTAS DE RESULTADO (DB). (7) OTROS GASTOS. Corresponde al total del grupo 58 Otros gastos. (8) EXCEDENTE (DÉFICIT) ANTES DE AJUSTES POR INFLACIÓN. Es el resultado de sumar algebraicamente al Excedente (Déficit) operacional (4), el monto resultante de Otros ingresos (5) más el Saldo neto de consolidación en cuentas de resultado (DB) (6) menos el de Otros gastos (7), es decir: (Excedente (Déficit) operacional) + (Otros ingresos + Saldo neto de consolidación de cuentas de resultado (DB) - Otros gastos). (9) EFECTO NETO POR EXPOSICIÓN A LA INFLACIÓN. Corresponde al saldo del grupo 49 Ajustes por inflación. (10) PARTICIPACIÓN DEL INTERÉS MINORITARIO EN LOS RESULTADOS (DB). Corresponde a la sumatoria de los montos resultantes como participación en los resultados consolidados de terceros y de los entes públicos que se eliminarán en fases sucesivas de consolidación. (11) EXCEDENTE (DÉFICIT) DEL EJERCICIO. Es el resultado de sumar algebraicamente al Excedente (Déficit) antes de ajustes por inflación (8), el Efecto neto por exposición a la inflación (9) y deducir el saldo correspondiente a la Participación del interés minoritario en los resultados (10). La estructura del Estado de actividad financiera, económica y social organizado y clasificado a nivel de grupos se muestra en el Anexo No. 3 y a nivel cuentas en el Anexo No. 4, con sus respectivos códigos. 3.3.1.4.3 Estado de cambios en el patrimonio Los elementos constitutivos del presente estado corresponden a las cuentas de patrimonio definidas en el Catálogo General de Cuentas (CGC). Para su estructuración se requiere calcular las variaciones de cada una de las cuentas (cuatro dígitos) que componen el Patrimonio. Debe elaborarse en forma comparativa mostrando los cambios observados entre dos ejercicios contables al nivel de la clase 3 - Patrimonio del CGC. Así mismo permite apreciar el detalle de las variaciones patrimoniales del período a nivel de cuenta (cuatro dígitos) clasificando sus movimientos como incrementos, disminuciones y partidas sin movimiento. Las cifras de sus saldos deberán presentarse aproximadas a miles de pesos. De conformidad con la estructura del CGC, los grupos y cuentas que conforman la clase 3 “Patrimonio” son los siguientes:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 262

31 Hacienda pública

3105 Capital fiscal

3110 Resultado del ejercicio 3115 Superávit por valorización 3717 Superávit por el método de participación patrimonial

3120 Superávit por donación 3125 Patrimonio público incorporado 3130 Revalorización hacienda pública 3135 Ajustes por inflación 32 Patrimonio institucional

3203 Aportes sociales 3204 Capital suscrito y pagado 3206 Capital parafiscal 3208 Capital fiscal 3210 Prima en colocación de acciones, cuotas o partes de interés social 3220 Dividendos y participaciones decretados 3220 Excedentes financieros distribuidos en exceso sobre utilidades 3220 Resultados de ejercicios anteriores 3221 Resultado de ejercicios anteriores – Banco de la República

3222 Resultado de ejercicios anteriores – Fondos de garantía 3223 Resultados del ejercicio 3224 Resultados del ejercicio – Banco de la República 3225 Resultados del ejercicio – Fondos de garantía 3226 Superávit por donación 3237 Superávit por formación de intangibles 3240 Superávit por valorización 3242 Superávit banco central 3243 Superávit por el método de participación patrimonial 3245 Revalorización del patrimonio 3250 Ajustes por inflación 3255 Patrimonio institucional incorporado

Su presentación clasificada en función de las variaciones observadas, considera los siguientes aspectos:

(1) Saldo de la Clase 3 Patrimonio, del año inmediatamente anterior al que se está analizando.

(2) Variaciones patrimoniales del año actual, generadas por los aumentos o

disminuciones en las cuentas que conforman el patrimonio.

(3) Saldo de la Clase 3 Patrimonio del año objeto de análisis.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 263

(4) Incrementos. Corresponden a las variaciones de las cuentas pertenecientes a

los grupos 31 Hacienda pública y 32 Patrimonio institucional descritos, en las cuales se haya presentado un incremento en el ejercicio contable, para lo cual se toma el saldo a 31 de diciembre del año actual, menos el respectivo saldo a 31 de diciembre del período inmediatamente anterior.

(5) Disminuciones. Corresponden a las variaciones de las cuentas pertenecientes a

los grupos 31 Hacienda pública y 32 Patrimonio institucional descritos, en las cuales se haya presentado una disminución en el ejercicio contable, para lo cual se toma el saldo a 31 de diciembre del año actual, menos el respectivo saldo a 31 de diciembre del período inmediatamente anterior.

(6) Partidas sin movimiento. Corresponden a las cuentas pertenecientes a los

grupos 31 Hacienda pública y 32 Patrimonio institucional descritos, en las cuales no se presenta variación alguna en el ejercicio contable, para lo cual se toma el saldo a 31 de diciembre del año actual, menos el respectivo saldo a 31 de diciembre del período inmediatamente anterior.

Aquellos flujos que al momento de originarse fueron considerados como movimientos de efectivo y se dieron como ciertos, y como consecuencia de un cambio en su dinámica no La estructura y presentación clasificada por grupos y detalle de las variaciones patrimoniales por cuentas, del Estado de cambios en el patrimonio se muestra en el anexo No. 5. 3.3.1.5 Formalidades • Los Estados contables que semestralmente sean remitidos a la Contaduría General de la

Nación, deberán prepararse teniendo en cuenta que para los períodos intermedios no es necesario efectuar cierres contables. Ahora bien, para el corte a 31 de diciembre sí deberá realizarse el respectivo cierre, sin perjuicio de que las entidades públicas continúen reportando, en los formatos CGN-96-001 y CGN-96-002 respectivamente, los saldos de las cuentas y subcuentas de resultado existentes con anterioridad al cierre.

• Para efectos comparativos, al elaborar los Estados contables deberán incluirse, en la

columna denominada “Período Anterior”, las cifras correspondientes al mismo período del año inmediatamente anterior; en tanto que, en la columna denominada “Período Actual”, deberán incluirse las acumuladas hasta el trimestre que se reporta.

• En la preparación de los Estados contables básicos, deberá tenerse en cuenta que el

diseño de los formatos anexos permiten su aplicación tanto a nivel individual como consolidado de la información, según sea el caso. En consecuencia y al momento de la adaptación y diseño de los formatos, deberán tenerse en cuenta las partidas propias de los procesos técnicos de consolidación en los espacios indicados para ello.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 264

• Las entidades públicas deberán generar mensualmente, para uso interno, los estados contables definidos en esta circular externa y remitirán a la Contaduría General de la Nación, en forma semestral, el Balance general y el Estado de actividad financiera, económica y social y el Estado de cambios en el patrimonio, todo conforme con las fechas de presentación de la información señaladas por este despacho.

• Los representantes legales deberán garantizar que una copia de los estados contables

remitidos a la Contaduría General de la Nación sea expuesta en un lugar visible y de fácil acceso a la ciudadanía en general, para lo cual impartirán las instrucciones pertinentes, sin que necesariamente deban incluirse los códigos de grupos y cuentas que aparecen detallados en los anexos.

• Las entidades públicas deberán presentar obligatoriamente, en medio magnético o

impreso, los estados contables anteriormente descritos a nivel de cuenta (cuatro dígitos) a la Contaduría General de la Nación y, en forma opcional, se presentarán estructurados a nivel de grupo (dos dígitos).

• Los estados materia de este procedimiento se remitirán a la Contaduría General de la

Nación, conjuntamente con la información contable básica, la relación de saldos de operaciones recíprocas y su estructura patrimonial, contenida en los formatos CGN-96-001, CGN-96-002 y CGN-98-003, respectivamente, teniendo en cuenta los formatos que a continuación se presentan.

• La información contenida en los Estados contables (balance general, estado de actividad

financiera, económica y social y estado de cambios en el patrimonio) deberá remitirse respaldada con las firmas del representante legal, el jefe del área financiera o contable, el contador y, cuando sea el caso, del revisor fiscal, de la respectiva entidad pública reportante.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 265

º

Período Período Período PeríodoActual Anterior Actual Anterior

Código ACTIVO Código PASIVO$ $ $ $

CORRIENTE (1) XXX XXX CORRIENTE (4) XXX XXX

11Efectivo

xxx xxx 21Operaciones de banca central y entidadesfinancieras xxx xxx

12 Inversiones xxx xxx 22 Operaciones de crédito público xxx xxx13 Rentas por cobrar xxx xxx 23 Obligaciones financieras xxx xxx14 Deudores xxx xxx 24 Cuentas por pagar xxx xxx15 Inventarios xxx xxx 25 Obligaciones laborales y de seguridad social xxx xxx19 Otros activos xxx xxx 26 Otros bonos y títulos emitidos xxx xxx

Saldo neto de consolidación en cuentas 27 Pasivos estimados xxx xxxde balance (CR) * xxx xxx 29 Otros pasivos xxx xxx

NO CORRIENTE (2) XXX XXX NO CORRIENTE (5) XXX XXX12 Inversiones xxx xxx 22 Operaciones de crédito público xxx xxx14 Deudores xxx xxx 23 Obligaciones financieras xxx xxx16 Propiedades, planta y equipo xxx xxx 24 Cuentas por pagar xxx xxx17 Bienes de beneficio y uso público xxx xxx 25 Obligaciones laborales y de seguridad social xxx xxx18 Recursos naturales y del ambiente xxx xxx 26 Otros bonos y títulos emitidos xxx xxx19 Otros activos xxx xxx 27 Pasivos estimados xxx xxx

Saldo neto de consolidación en cuentas 29 Otros pasivos xxx xxxde balance (CR) * xxx xxx

TOTAL INTERÉS MINORITARIO (6) * XXX XXXParticipación de terceros xxx xxxParticipación patrimonial del sector público xxx xxx

3 PATRIMONIO (7) XXX XXX31 Hacienda pública xxx xxx32 Patrimonio institucional xxx xxx

TOTAL ACTIVO (3) XXX XXX TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO (8) XXX XXX

CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS (9) XXX XXX CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS (10) XXX XXX81 Derechos contingentes xxx xxx 91 Responsabilidades contingentes xxx xxx82 Deudoras fiscales xxx xxx 92 Acreedoras fiscales xxx xxx83 Deudoras de control xxx xxx 93 Acreedoras de control xxx xxx89 Deudoras por contra (cr) xxx xxx 99 Acreedoras por contra (db) xxx xxx

FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL FIRMA DEL JEFE DEL ÁREA FIRMA DEL CONTADOR FIRMA DEL REVISOR FISCALNOMBRE: FINANCIERA O CONTABLE NOMBRE: NOMBRE:

NOMBRE: T.P. T.P.

* Grupos que deberán utilizarse únicamente para efectos de consolidación.

(Cifras en miles de pesos)

ANEXO No. 1NOMBRE DE LA ENTIDAD

BALANCE GENERALAL 31 DE DICIEMBRE DE XXXX

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 266

Período Actual

Período Anterior

Período Actual

Código ACTIVO Código PASIVO

CORRIENTE (1) XXX XXX CORRIENTE (4) XXX

11EFECTIVO xxx xxx 21OPERACIONES DE BANCA CENTRAL Y ENTIDADES FINANCIERAS xxx1105Caja xxx xxx 2105Operaciones de banca central xxx

1106Cuenta única nacional xxx xxx 2106Títulos de regulación monetaria y cambiaria xxx

1107Reservas internacionales xxx xxx 2107Gastos financieros por pagar – Operaciones de banca central xxx

1109Depósitos en institutos financieros y cooperativas xxx xxx 2110Operaciones de captación y servicios financieros xxx

1110Bancos y corporaciones xxx xxx 2111Gastos financieros por pagar por operaciones de captación y serviciosfinancieros

xxx

1112Administración de liquidez xxx xxx

1115Fondos vendidos con compromiso de reventa xxx xxx 22OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO xxx1116Fondo de recuperación de la inversión de servicios públicos domiciliarios xxx xxx 2202Deuda pública interna de corto plazo por amortizar en la vigencia xxx

1117Fondodesolidaridad yredistribución del ingresoparaservicios públicosdomiciliarios

xxx xxx 2203Deuda pública interna de corto plazo xxx

1120Fondos en tránsito xxx xxx 2204Deuda pública externa de corto plazo por amortizar en la vigencia xxx

1125Fondos especiales xxx xxx 2206Deuda pública externa de corto plazo xxx

1130Fondos pensionales xxx xxx 2207Deuda pública interna de largo plazo por amortizar en la vigencia xxx

2208Deuda pública interna de largo plazo xxx

12INVERSIONES xxx xxx 2216Prima en colocación de bonos y títulos de deuda interna de corto plazo xxx

1201Inversiones administración de liquidez - Renta fija xxx xxx 2217Descuentoencolocacióndebonosytítulos dedeudainternadecortoplazo(db)

xxx

1202Inversiones administración de liquidez - Renta variable xxx xxx 2218Prima en colocación de bonos y títulos de deuda interna de largo plazo xxx

1203Inversiones con fines de política - Renta fija xxx xxx 2219Descuentoencolocacióndebonosytítulos dedeudainternadelargoplazo(db)

xxx

1206Inversiones - operaciones de cobertura xxx xxx 2220Deuda pública externa de largo plazo por amortizar en la vigencia xxx

1209Inversiones renta fija – DTN xxx xxx 2221Deuda pública externa de largo plazo xxx

1211Inversiones renta fija - fondos administrados – DTN xxx xxx 2226Prima en colocación de bonos y títulos de deuda externa de corto plazo xxx

1212Inversiones de las reservas internacionales xxx xxx 2227Descuentoencolocaciónde bonos y títulos dedeuda externade cortoplazo (db)

xxx

1220Derechos de recompra de inversiones xxx xxx 2228Prima en colocación de bonos y títulos de deuda externa de largo plazo xxx

1280Provisión para protección de inversiones (cr) xxx xxx 2229Descuentoencolocaciónde bonos y títulos dedeuda externade largoplazo (db)

xxx

2240Préstamos gubernamentales de corto plazo por amortizar en la vigencia xxx

13RENTAS POR COBRAR xxx xxx 2241Préstamos gubernamentales de corto plazo xxx

1305Vigencia actual xxx xxx 2245Préstamos gubernamentales de largo plazo por amortizar en la vigencia xxx

1310Vigencia anterior xxx xxx 2246Préstamos gubernamentales de largo plazo xxx

1315Difícil recaudo xxx xxx 2258 Intereses deuda pública externa de corto plazo por amortizar en la vigencia xxx

1380Provisión para rentas por cobrar (cr) xxx xxx 2259 Intereses deuda pública externa de corto plazo xxx

2260 Intereses deuda pública interna de corto plazo por amortizar en la vigencia xxx

14DEUDORES xxx xxx 2261 Intereses deuda pública interna de corto plazo xxx

1401Ingresos no tributarios xxx xxx 2262 Intereses deuda pública interna de largo plazo por amortizar en la vigencia xxx

1402Aportes y cotizaciones xxx xxx 2263 Intereses deuda pública interna de largo plazo xxx

1403Rentas parafiscales xxx xxx 2264 Intereses deuda pública externa de largo plazo por amortizar en la vigencia xxx

1404Fondos especiales xxx xxx 2265 Intereses deuda pública externa de largo plazo xxx

1406Venta de bienes xxx xxx 2266 Intereses préstamos gubernamentales de cortoplazoporamortizaren lavigencia

xxx

1407Prestación de servicios xxx xxx 2267 Intereses préstamos gubernamentales de corto plazo xxx

1408Servicios públicos xxx xxx 2268 Intereses préstamos gubernamentales de largoplazoporamortizaren lavigencia

xxx

1409Servicios de salud xxx xxx 2269 Intereses préstamos gubernamentales de largo plazo xxx

1410Aportes por cobrar a entidades afiliadas xxx xxx 2278Comisiones deuda pública externa de cortoplazopor amortizar en lavigencia

xxx

1411Administración del sistema de seguridad social en salud xxx xxx 2279Comisiones deuda pública externa de corto plazo xxx

1413Transferencias por cobrar xxx xxx 2280Comisiones deuda pública interna de cortoplazo por amortizar en lavigencia

xxx

1415Préstamos concedidos xxx xxx 2281Comisiones deuda pública interna de corto plazo xxx

1416Préstamos gubernamentales otorgados xxx xxx 2282Comisiones deuda pública interna de largo plazo por amortizar en lavigencia

xxx

1417Administración del sistema de seguridad social en pensiones xxx xxx 2283Comisiones deuda pública interna de largo plazo xxx

1418Administración del sistema de seguridad social en riesgos profesionales xxx xxx 2284Comisiones deuda pública externa de largo plazopor amortizar en lavigencia

xxx

(Cifras en miles de pesos)

ANEXO No.2NOMBRE DE LA ENTIDAD

BALANCE GENERALAL 31 DE DICIEMBRE DE XXXX

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 267

Anexo No. 3NOMBRE DE LA ENTIDAD

ESTADO DE ACTIVIDAD FINANCIERA, ECONÓMICA Y SOCIALPERÍODO 199...

(Cifras en miles de pesos)

Código Cuentas Período PeríodoActual anterior

$ $

INGRESOS OPERACIONALES (1) XXX XXX41 Ingresos fiscales xxx xxx42 Venta de bienes xxx xxx43 Venta de servicios xxx xxx44 Transferencias xxx xxx45 Recursos de los fondos de las entidades administradoras de pensiones xxx xxx47 Operaciones Interinstitucionales (Recibidas) xxx xxx

COSTOS DE VENTAS Y OPERACIÓN (XXX) (XXX)62 Costo de ventas de bienes xxx xxx63 Costo de ventas de servicios xxx xxx64 Costos de operación de servicios xxx xxx

GASTOS OPERACIONALES (3) (XXX) (XXX)51 De administración xxx xxx52 De operación xxx xxx53 Provisiones, agotamiento, amortización xxx xxx54 Transferencias xxx xxx55 Gasto público social xxx xxx56 Gasto de inversion social xxx xxx57 Operaciones Interinstitucionales (Giradas) (xxx) (xxx)

EXCEDENTE (DÉFICIT) OPERACIONAL (4) XXX XXX

OTROS INGRESOS (5) XXX XXX48 Otros ingresos xxx xxx

SALDO NETO DE CONSOLIDACIÓN EN CUENTAS DE RESULTADO (DB) (6) * XXX XXX

OTROS GASTOS (7) (XXX) (XXX)58 Otros gastos xxx xxx

EXCEDENTE (DÉFICIT) ANTES DE AJUSTES POR INFLACIÓN (8) XXX XXX

EFECTO NETO POR EXPOSICIÓN A LA INFLACIÓN (9) XXX XXX49 Ajustes por inflación xxx xxx

PARTICIPACIÓN DEL INTERÉS MINORITARIO EN LOS RESULTADOS (10) * (XXX) (XXX)

EXCEDENTE (DÉFICIT) DEL EJERCICIO (11) XXX XXX

FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL FIRMA DEL JEFE DEL ÁREA FINANCIERA O CONTABLENOMBRE: NOMBRE:

FIRMA DEL CONTADOR FIRMA DEL REVISOR FISCALNOMBRE: NOMBRE:T.P. T.P.

* Grupos que deberán utilizarse únicamente para efectos de consolidación.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 268

Código Concepto Período Período Actual Anterior

$ $

INGRESOS OPERACIONALES (1) XXX XXX

41 Ingresos Fiscales xxx xxx4105 Tributarios xxx xxx

4110 No tributarios xxx xxx

4114 Aportes y cotizaciones xxx xxx

4115 Rentas parafiscales xxx xxx

4120 Ingresos por fondos especiales xxx xxx

4195 Devoluciones, descuentos, amnistías xxx xxx

42 Venta de Bienes xxx xxx4201 Productos agropecuarios, de silvicultura y pesca xxx xxx

4202 Productos de minas y minerales xxx xxx

4203 Productos alimenticios, bebidas y alcoholes xxx xxx

4204 Productos manufacturados xxx xxx

4206 Construcciones xxx xxx

4210 Bienes comercializados xxx xxx

4295 Devoluciones, rebajas y descuentos en venta de bienes (db) xxx xxx

43 Venta de Servicios xxx xxx4305 Servicios educativos xxx xxx

4311 Administración del régimen de seguridad social en salud xxx xxx

4312 Servicios de salud xxx xxx

4313 Administración del sistema de seguridad social en riesgos profesionales4315 Servicios de energía xxx xxx

4321 Servicios de acueducto xxx xxx

4322 Servicio de alcantarillado xxx xxx

4323 Servicios de aseo xxx xxx

4325 Servicios de gas combustible xxx xxx

4330 Servicios de tránsito y transporte xxx xxx

4333 Servicios de comunicaciones xxx xxx

4335 Servicios de telecomunicaciones xxx xxx

4340 Juegos de suerte y azar xxx xxx

4345 Servicios hoteleros y de promoción turística xxx xxx

4350 Servicios financieros xxx xxx

4353 Operaciones de banca central xxx xxx

4355 Servicios de seguros y reaseguros xxx xxx

4360 Servicios de documentación e identificación xxx xxx

4370 Servicios informáticos xxx xxx

4375 Operaciones fondo de garantías - fogafin xxx xxx

4376 Operaciones fondo de garantías - fogacoop xxx xxx

4390 Otros servicios xxx xxx

4395 Devoluciones, rebajas y descuentos en venta de servicios (db) xxx xxx

44 Transferencias xxx xxx4403 Corrientes del gobierno general xxx xxx

4404 Corrientes de las empresas xxx xxx

4407 Situado fiscal xxx xxx

4411 De capital del gobierno general xxx xxx

4412 De capital de las empresas xxx xxx

4419 Por participación en los ingresos corrientes de la nación xxx xxx

45 Recursos de los fondos de las entidades administradoras de pensiones xxx xxx4501 Cotizaciones xxx xxx

4502 Recuperación de cartera xxx xxx

4503 Devolución de aportes de la afp xxx xxx

4504 Intereses de mora xxx xxx

4505 Reintegros pensionales xxx xxx

4506 Convalidación pensional xxx xxx

4507 Reconocimiento de semanas xxx xxx

4508 Conmutación pensional xxx xxx

4509 Cuotas partes de bonos pensionales xxx xxx

4510 Cuotas partes de pensiones xxx xxx

47 Operaciones Interinstitucionales xxx xxx

Anexo No. 4NOMBRE DE LA ENTIDAD

PERÍODO XXXXESTADO DE ACTIVIDAD FINANCIERA, ECONÓMICA Y SOCIAL

(Cifras en miles de pesos)

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ANEXO No. 5NOMBRE DE LA ENTIDAD

ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIOA 31 DE DICIEMBRE DE XXXX

(Cifras en miles de pesos)

SALDO DEL PATRIMONIO A DICIEMBRE 31 DE XXXX (1) XXX

VARIACIONES PATRIMONIALES DURANTE XXXX (2) XXX

SALDO DEL PATRIMONIO A DICIEMBRE 31 DE XXXX (3) XXX

DETALLE DE LAS VARIACIONES PATRIMONIALES (2)

INCREMENTOS: (4) xxxxxxxxx

DISMINUCIONES: (5) xxxxxxxxx

PARTIDAS SIN MOVIMIENTO (6) xxx

FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL FIRMA DEL JEFE DEL ÁREA FINANCIERA O CONTABLENOMBRE: NOMBRE:

FIRMA DEL CONTADOR FIRMA DEL REVISOR FISCALNOMBRE: NOMBRE:T.P. T.P.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 270

3.4. Diligenciamiento del estado de flujos de efectivo 3.4.1 Objetivos 3.4.1.1 General Complementar la definición e instrumentalización de los estados contables básicos de conformidad con lo establecido en el Plan General de Contabilidad Pública. 3.4.1.2 Específicos • Proveer instrumentos para que los entes públicos y demás interesados puedan adelantar

un permanente y adecuado seguimiento del impacto de las decisiones financieras y operativas en términos de su efecto sobre el efectivo

• Generar mecanismos de control redundante para verificar la consistencia de la

información que es periódicamente reportada a la Contaduría General de la Nación • Definir mecanismos que hagan posible la implementación de estándares en la

generación de estados de flujos de efectivo para las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta.

• Homogeneizar la interpretación y conceptualización de los resultados y demás

componentes del estado de flujos de efectivo para el caso de los entes públicos. • Proveer los documentos contables oficiales que permitan a los organismos de control

evaluar la gestión financiera en términos de los flujos de efectivo producidos y aplicados por los entes públicos.

3.4.2 Ámbito de aplicación El estado de flujos de efectivo deberá ser elaborado y presentado por las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta que pertenecen a los niveles Nacional o Territorial. 3.4.3 Aspectos conceptuales 3.4.3.1 Estado de flujos de efectivo Es un informe contable que revela los fondos provistos y utilizados por los entes públicos en desarrollo de actividades operativas, de inversión y financiación. Permite evaluar a partir del origen y aplicación del efectivo en un período, la capacidad del ente público para generar flujos futuros de fondos, determinando sus necesidades de financiamiento interno y externo, para cumplir con sus obligaciones.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 271

3.4.3.2 Efectivo Se considera como tal, los recursos de liquidez inmediata tales como los saldos en caja, cuentas corrientes, cuentas de ahorro. 3.4.3.3 Partidas equivalentes a efectivo Corresponde a aquellas partidas que son fácilmente convertibles a efectivo sin que pierdan valor en forma significativa, que mantienen los entes públicos con el fin de cumplir con sus compromisos de corto plazo, tales como las inversiones adquiridas con fines de liquidez y operaciones repo, entre otras. La condición de equivalente de efectivo la establece el ente público de acuerdo con la intención de aplicar recursos para atender sus obligaciones y la existencia de mercados de liquidez. 3.4.3.4 Actividades de operación Las actividades operativas o de operación son aquellas que representan transacciones de entrada y salida de efectivo directamente relacionadas con el desarrollo del cometido estatal de los entes públicos, ya sean de producción o comercialización de bienes y la prestación de servicios y que afectan directamente el estado de actividad financiera, económica o social. 3.4.3.5 Actividades de inversión Las actividades de inversión son aquellas que representan transacciones de entrada y salida de efectivo directamente relacionadas con los pagos realizados por los entes públicos con el fin de administrar el portafolio y su liquidez, o conformar la infraestructura de capital del ente público permitiendo la generación de flujos de efectivo en el mediano y largo plazo. 3.4.3.6 Actividades de financiación Las actividades de financiación son aquellas que representan transacciones de entrada y salida de efectivo directamente relacionadas con la adquisición de recursos de los diferentes proveedores de capital y su posterior cancelación o servicio, ya sean internos y externos. 3.4.3.7 Estructuración del estado contable En función de su origen y aplicación, los flujos de efectivo se clasifican en las actividades de operación, inversión y financiación. 3.4.3.8 Originados en las actividades de operación Se encuentran definidas por el efectivo recibido por concepto de ingresos no tributarios (4110), por la venta de bienes (42), la venta de servicios (43), las transferencias (44), los recursos de los fondos de las entidades administradoras de pensiones (45) y de otros ingresos (48).

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 272

También se encuentran dentro de este tipo, los que comprenden recursos en efectivo recibidos a título de avances y anticipos (2450), los depósitos recibidos de terceros (2455), las cotizaciones recibidas por las administradoras del sistema de seguridad social integral (2470), los recibidos en el fondo de solidaridad y garantía en salud( 2475), los recaudos a favor de terceros (2905), los ingresos recibidos por anticipado (2910). Adicionalmente, se encuentran los recursos recaudados o cobrados en efectivo de los deudores, los generados en los ingresos no tributarios (1401), en las ventas de bienes y servicios (1406, 1407, 1408, 1409), en aportes por cobrar a entidades afiliadas (1410), los provenientes de la administración del sistema en seguridad social en salud (1411), en las transferencias por cobrar (1413), en la administración de seguridad social en pensiones (1417), en la administración de seguridad social en riesgos profesionales (1418), en los otros deudores (1470) directamente relacionados con las actividades de operación, y las recuperaciones en efectivo de los bienes adquiridos de instituciones inscritas por los fondos de garantías (1940), entre otros. 3.4.3.9 Aplicados en actividades de operación Corresponden a los pagos en efectivo realizados para la adquisición de los inventarios ya sean de materias primas o mercancías para la venta (15), el pago de las cuentas y documentos por pagar generados en la adquisición de los inventarios (2401- 2406), y en el desarrollo del cometido estatal tales como las transferencias (2403), operaciones de seguros y reaseguros (2415), aportes por pagar a afiliados (2420), acreedores (2425), excluyendo los relacionados con el pago de dividendos y aquellos que no se originan en las actividades de operación, los cuales se clasificarán según su origen en inversión o financiación, subsidios asignados (2430), retención en la fuente e impuesto de timbre (2436), retención de impuesto de industria y comercio (2437), los impuestos, contribuciones y tasas por pagar (2440), el impuesto al valor agregado (2445), los créditos judiciales (2460), los premios por pagar (2465), las transferencias de las cotizaciones que tienen que realizar las administradoras del sistema de seguridad social integral (2470), el valor compensado entre las EPS provenientes del fondo de solidaridad y garantía en salud (2475), y otras cuentas por pagar (2490), exceptuando aquellas que no estén directamente relacionadas con la actividad de operación, las cuales deberán clasificarse en las actividades de inversión o financiación , según sea el caso. De otra parte, encontramos los pagos en efectivo para Avances y anticipos entregados (1420), los Depósitos entregados (1425), los pagos relacionados con la operación de los entes públicos realizados a los funcionarios, generados en salarios y prestaciones sociales (2505), pensiones por pagar (2510), la seguridad social en salud (2550), la seguridad social en riegos profesionales (2560), y la seguridad social en pensiones (2570). Además figuran los desembolsos en efectivo realizados para cancelar los gastos pagados por anticipado(1905), los cargos diferidos (1910), las obras y mejoras en propiedad ajena (1915), los intereses por préstamos (2320, 2321, 2322, 2323), y las erogaciones para la inversión en recursos naturales y del ambiente, entre otros.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 273

3.4.3.10 Originados en las actividades de inversión Comprenden a los recaudos en efectivo generados por la venta de inversiones de renta fija adquiridas para administración de liquidez (1201), inversiones de renta variable adquiridas para administración de liquidez (1202), las inversiones de renta fija adquiridas con fines de política (1203), las inversiones realizadas en operaciones de cobertura (1206), las inversiones patrimoniales (1207, 1208). De otra parte se identifican como recaudos de efectivo, aquellos realizados por la venta de propiedades planta y equipo clasificados en el grupo 16 de acuerdo a la estructura del Catálogo General de Cuentas, del Plan General de Contabilidad Pública. Adicionalmente, la venta de bienes de arte y cultura (1960), los recaudos de los préstamos concedidos (1415), los préstamos gubernamentales otorgados (1416) y la venta de Intangibles(1970), entre otros. Adicionalmente comprenden los recaudos de efectivo, los rendimientos financieros recibidos por el ente público que provienen de las inversiones, préstamos concedidos, entre otros que son propios de las actividades de inversión. 3.4.3.11 Aplicados en actividades de inversión En cuanto a la utilización del efectivo en las actividades de inversión, se encuentran los pagos realizados para la adquisición de inversiones de renta fija y variable con el fin de administración de liquidez (1201,1202), las inversiones de renta fija adquiridas con fines de política (1203), las inversiones realizadas en operaciones de cobertura (1206), las inversiones patrimoniales (1207, 1208). De otra parte de identifican como erogaciones de efectivo, los desembolsos realizados para adquisición de propiedades planta y equipo, de materiales para la construcción y mantenimiento de bienes de beneficio y uso público y las realizadas para conservar, proteger y explotar la biodiversidad del ambiente y del ecosistema clasificados en los grupos 16, 17 y 18 de acuerdo a la estructura del Catálogo General de Cuentas del Plan General de Contabilidad Pública. Adicionalmente las erogaciones en efectivo tendientes a adquirir bienes de arte y cultura (1960), los intangibles (1970), los desembolsos de los préstamos otorgados, tales como los préstamos concedidos (1415) y los préstamos gubernamentales ( 1416), entre otros, y otros pagos originados en las actividades de inversión, forman parte de las aplicaciones del efectivo. 3.4.3.12 Originados en las actividades de financiación Corresponden a los cambios patrimoniales generados en las capitalizaciones recibidas (3105, 3206,3208), los recursos efectivamente recibidos de préstamos a corto o largo plazo correspondientes a las cuentas 2301, 2302, 2315 y las del grupo , 22 operaciones de crédito público, entre otros.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 274

3.4.3.13 Aplicados en actividades de financiación Representan los pagos de dividendos (242503), la cancelación de los préstamos obtenidos o servicio de la deuda, y otros pagos originados en las actividades de financiamiento. 3.4.4 Fases para estructuración del estado de flujos de efectivo 3.4.1 Clasificación En cada transacción los entes públicos deberán realizar un análisis minucioso que permita identificar en forma exhaustiva y con precisión, el monto de los flujos de efectivo que se generen o apliquen en las actividades de operación, inversión o financiación, a partir de sus características y dinámica. 3.4.2 Depuración de flujos de efectivo Aquellos flujos que al momento de originarse fueron considerados como movimientos de efectivo y se dieron como ciertos, y como consecuencia de un cambio en su dinámica no corresponden a flujos de efectivo, no deben ser objeto de presentación en este estado. 3.4.3 Formalidades logísticas El estado de flujos de efectivo se estructura teniendo en cuenta las variaciones de los flujos de efectivo relacionadas con las actividades de operación, inversión y financiación, durante un período. Este estado deberá elaborarse y presentarse en forma mensual comparativa con los del mes inmediatamente anterior, atendiendo las siguientes consideraciones: 3.4.4 Periodicidad Deberá ser generado en forma mensual manteniendo sus resultados a disposición de los organismos de control y demás usuarios que lo soliciten, debiendo remitir trimestralmente a la Contaduría General de la Nación, el conjunto de los respectivos estados mensuales de efectivo, los cuales serán analizados internamente, según se trate de entidades del nivel nacional o territorial. Una vez se reciba el archivo denominado ANEXO No.6 con el formato que contiene el estado de flujos de efectivo el cual se detalla más adelante en la sección denominada “forma de presentación”, será sometido a los procesos de validación de estructura del formato y validación aritmética a que hubiere lugar particularmente, la conciliación de los montos reportados mensualmente con los resultados de caja deducidos por la Contaduría General de la Nación a partir de la información contable básica reportada trimestralmente, generando una relación de las inconsistencias observadas en los 3 meses reportados.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 275

El estado de flujos de efectivo deberá producirse mensualmente en las entidades de conformidad con lo dispuesto en la circular externa No.036 del 27 de diciembre de 2000, a partir del mes de enero del año 2001, debiendo presentar el primer informe a la CGN, junto con la información de marzo del 2001 y así sucesivamente de conformidad con los plazos de presentación establecidos en la Resolución 373 del 23 de diciembre 1999. 3.4.5 Publicación Al igual que para los demás estados contables básicos, los representantes legales, deberán garantizar que una copia del estado de flujos de efectivo remitido a la Contaduría General de la Nación, sea expuesta en un lugar visible y de fácil acceso a la ciudadanía en general. 3.4.6 Forma de presentación Las entidades públicas deberán presentar obligatoriamente, en medio magnético e impreso, el estado de flujos de efectivo de acuerdo con la estructura definida en el ANEXO NO. 6, la cual podrá ser objeto de modificaciones en la medida en que cambien los mecanismos de captura en la CGN. Para el efecto, la CGN, con la suficiente oportunidad, informará de los cambios y suministrará las instrucciones para su diligenciamiento o ajuste. En este orden de ideas, el estado de flujos de efectivo deberá remitirse a la CGN, en archivo separado, inicialmente en hojas electrónicas: LOTUS 123, Q-PRO o EXCEL, conjuntamente con los demás estados financieros básicos de acuerdo con la circular 021 y los formatos CGN-96-001, CGN-96-002 y CGN-98-003, en los plazos de presentación previstos, acompañado de las respectivas notas explicativas, sin que las dificultades para su presentación puedan tomarse como justificación para la no presentación de los demás estados e información contable básica, máxime que se trata del mismo proceso contable. Aquellas entidades que vienen preparando el estado de flujo de efectivo en un formato diferente al solicitado por la CGN de conformidad con lo señalado en este procedimiento, deberán realizar la homologación correspondiente, para lo cual estaremos atentos a sus inquietudes. Al igual que para los demás estados contables básicos, la información contenida en el estado de flujos de efectivo deberá remitirse respaldada con las firmas del representante legal, el jefe del área financiera o contable, el contador y, cuando sea el caso, del revisor fiscal de la respectiva entidad pública que reporta la información. 3.4.7 Diligenciamiento del formato Para la composición del estado de flujos de efectivo, deben tenerse en cuenta los siguientes aspectos: 1. En la Celda B4 se debe incluir el nombre de la entidad reportante 2. En la celda B5 se debe incluir el código institucional de la entidad reportante

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 276

3. En la celda B6 se debe incluir la fecha de corte a la cual pertenece el informe 4. En la celda C11, se reportará el valor correspondiente al saldo inicial del efectivo o sus

equivalentes del período que se está reportando. Para el valor correspondiente al período anterior, se utilizará la celda D11.

5. A partir de la celda C16 y hasta la celda C34, se deben incluir los valores

correspondientes al efectivo originado en las actividades de operación desarrolladas por el ente público en el período objeto de reporte. Para los valores relacionados con el período anterior, se utilizará a partir de la celda la D16 y hasta la celda D 34.

6. En la celda C35, se debe incluir la sumatoria de los conceptos que originaron efectivo

en el desarrollo de las actividades de operación correspondientes al período actual de reporte. Para aquellas que correspondan al período anterior, se utilizará la celda D35.

7. A partir de la celda C38 y hasta la celda C64, se deben incluir los valores

correspondientes al efectivo aplicado en las actividades de operación desarrolladas por el ente público en el período objeto de reporte. Para los valores relacionados con el período anterior, se utilizará a partir de la celda D38 y hasta la celda D 64.

8. En la celda C65, se debe incluir la sumatoria de los conceptos en que se aplicó el

efectivo en el desarrollo de las actividades de operación correspondientes al período actual de reporte. Para aquellas que correspondan al período anterior, se utilizará la celda D65.

9. En la celda C67, se deberá incluir el valor resultante de la diferencia entre valor del

efectivo originado en actividades de operación (C35) y el valor del efectivo aplicado en las mencionadas actividades. Lo propio se hará para los valores del período anterior, en la celda D67.

10. A partir de la celda C72 y hasta la celda C84, se deben incluir los valores

correspondientes al efectivo originado en las actividades de inversión desarrolladas por el ente público en el período objeto de reporte. Para los valores relacionados con el período anterior, se utilizará a partir de la celda D72 y hasta la celda D 84.

11. En la celda C85, se debe incluir la sumatoria de los conceptos que originaron efectivo

en el desarrollo de las actividades de inversión correspondientes al período actual de reporte. Para aquellas que correspondan al período anterior, se utilizará la celda D85.

12. A partir de la celda C95 y hasta la celda C109, se deben incluir los valores

correspondientes al efectivo aplicado en las actividades de inversión desarrolladas por el ente público en el período objeto de reporte. Para los valores relacionados con el período anterior, se utilizará a partir de la columna la D95 y hasta la celda D 109.

13. En la celda C110, se debe incluir la sumatoria de los conceptos en que se aplicó el

efectivo en el desarrollo de las actividades de inversión correspondientes al período

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 277

actual de reporte. Para aquellas que correspondan al período anterior, se utilizará la celda D110.

14. En la celda C112, se deberá incluir el valor resultante de la diferencia entre valor del

efectivo originado en actividades de inversión (C85) y el valor del efectivo aplicado en las mencionadas actividades (C110). Lo propio se hará para los valores del período anterior, en la celda D112

15. A partir de la celda C117 y hasta la celda C121, se deben incluir los valores

correspondientes al efectivo originado en las actividades de financiación desarrolladas por el ente público en el período objeto de reporte. Para los valores relacionados con el período anterior, se utilizará a partir de la celda D117 y hasta la celda D 121.

16. En la celda C122, se debe incluir la sumatoria de los conceptos que originaron efectivo

en el desarrollo de las actividades de inversión correspondientes al período actual de reporte. Para aquellas que correspondan al período anterior, se utilizará la celda D122.

17. A partir de la celda C125 y hasta la celda C131, se deben incluir los valores

correspondientes al efectivo aplicado en las actividades de financiación desarrolladas por el ente público en el período objeto de reporte. Para los valores relacionados con el período anterior, se utilizará a partir de la celda D125 y hasta la celda D 131.

18. En la celda C132, se debe incluir la sumatoria de los conceptos en que se aplicó el

efectivo en el desarrollo de las actividades de inversión correspondientes al período actual de reporte. Para aquellas que correspondan al período anterior, se utilizará la celda D132.

19. En la celda C134, se deberá incluir el valor resultante de la diferencia entre valor del

efectivo originado en actividades de financiación (C122) y el valor del efectivo aplicado en las mencionadas actividades (C132). Lo propio se hará para los valores del período anterior, en la celda D134.

20. En la celda C136 se incluirá la variación del efectivo, cuyo valor resulta de la sumatoria

del efectivo generado por las actividades de operación, inversión y financiación (C67+C112+C134).

21. En la celda C138, se reportará el valor correspondiente al saldo final del efectivo o sus

equivalentes del período que se está reportando. Para el valor correspondiente al período anterior, se utilizará la celda D11.

22. Desde la celda C140 y hasta la celda C145, de discriminarán los valores que conforman

el saldo del efectivo o sus equivalentes pertenecientes al período de reporte. Para el período anterior se hará desde la celda D140, hasta la celda D145.

23. En la celda C146 se mostrará la sumatoria de los valores que conforman el saldo del

efectivo o sus equivalentes pertenecientes al período de reporte. Para el período anterior se hará en la celda D146.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 278

24. En la celda C147 se reflejará el saldo de los sobregiros bancario que al finalizar el

período actual mostraba el ente público. Lo propio en la celda D1477 para el período anterior.

25. En la celda C148, revelará el saldo total del efectivo y equivalentes de efectivo, que

posee la empresa a la fecha de corte y el período anterior. Periódicamente, la CGN generará un informe general sobre el Estado de flujos de efectivo de las empresas industriales y comerciales del estado y sociedades de economía mixta.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 279

CONCEPTO Período Actual Período Anterior

A SALDO INICIAL DE EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO xxxxx xxxxx

EFECTIVO GENERADO EN ACTIVIDADES OPERACIÓN

ORIGENIngresos No Tributarios xxxxx xxxxxVenta de Bienes xxxxx xxxxxVenta de Servicios xxxxx xxxxxRecaudos por Operaciones de captación y servicios financieros xxxxx xxxxxTransferencias xxxxx xxxxxRecursos de los Fondos de las entidades administradoras de pensiones xxxxx xxxxxAvances y Anticipos recibidos xxxxx xxxxxDepósitos recibidos de terceros xxxxx xxxxxCotizaciones administradoras del sistema de seguridad social integral xxxxx xxxxxFondo de solidaridad y garantía en salud xxxxx xxxxxRecaudos a favor de terceros xxxxx xxxxxIngresos Recibidos por anticipado xxxxx xxxxxRecaudos de los deudores xxxxx xxxxxOtros Ingresos generados en las actividades de operación xxxxx xxxxx

1 EFECTIVO ORIGINADO EN ACTIVIDADES OPERACIÓN xxxxx xxxxx

APLICACIÓNAdquisición de inventarios xxxxx xxxxxInversión en recursos naturales y del ambiente xxxxx xxxxxCancelación cuentas por pagar por adquisición de inventarios xxxxx xxxxxTransferencias xxxxx xxxxxDesembolsos por Operaciones de captación y servicios financieros xxxxx xxxxxOperaciones de seguros y reaseguros xxxxx xxxxxPago de aportes por pagar a afiliados xxxxx xxxxxPago de Acreedores y otras cuentas por pagar xxxxx xxxxxSubsidios asignados xxxxx xxxxxPago de Retenciones impuestos xxxxx xxxxxPago de Créditos judiciales xxxxx xxxxxPago de premios xxxxx xxxxxPagos a favor de terceros xxxxx xxxxxTransferencias de cotizaciones del sistema de seguridad social xxxxx xxxxxCompensaciones entre las EPS xxxxx xxxxxAvances, anticipos y depósitos entregados xxxxx xxxxxPagos de salarios, prestaciones sociales y seguridad social xxxxx xxxxxGastos pagados por anticipado xxxxx xxxxxCargos diferidos xxxxx xxxxxObras y mejoras en propiedad ajena xxxxx xxxxxIntereses y comisiones por préstamos xxxxx xxxxxPagos por prestación de servicios xxxxx xxxxxOtros pagos originados en actividades de operación xxxxx xxxxx

2 EFECTIVO APLICADO EN ACTIVIDADES DE OPERACIÓN xxxxx xxxxx

3 (1-2) TOTAL EFECTIVO GENERADO EN ACTIVIDADES DE OPERACIÓN xxxxx xxxxx

EFECTIVO GENERADO EN LAS ACTIVIDADES DE INVERSION

ORIGENVenta de inversiones adquiridas con fines de liquidez xxxxx xxxxxVenta de inversiones adquiridas con fines de política xxxxx xxxxxVenta de inversiones adquiridas con fines de cobertura xxxxx xxxxxVenta de inversiones patrimoniales xxxxx xxxxxVenta de inversiones de la DTN xxxxx xxxxxVenta de propiedades, Planta y equipo xxxxx xxxxxVenta de Bienes de arte y cultura xxxxx xxxxxVenta de intangibles xxxxx xxxxxRecaudos de los préstamos concedidos xxxxx xxxxxRecaudos de los préstamos gubernamentales otorgados xxxxx xxxxxRecuperaciones en efectivo de los bienes adquiridos de instituciones inscritas xxxxx xxxxxOtros ingresos generados en las actividades de inversión xxxxx xxxxx

4 EFECTIVO ORIGINADO EN LAS ACTIVIDADES DE INVERSIÓN xxxxx xxxxx

NOMBRE ENTIDAD PÚBLICAESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO AL XX DE XXXXX DE XXXXXX

( Valores en miles de pesos )

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 280

CONCEPTO Período Actual Período Anterior

APLICACIÓNAdquisición de inversiones con fines de liquidez xxxxx xxxxxAdquisición de inversiones con fines de política xxxxx xxxxxAdquisición de inversiones con fines de cobertura xxxxx xxxxxAdquisición de inversiones patrimoniales xxxxx xxxxxAdquisición de propiedades, planta y equipo xxxxx xxxxxAdquisición, construcción y mantenimiento de bienes de beneficio y uso público xxxxx xxxxxInversión en recursos naturales y del ambiente xxxxx xxxxxPago de Acreedores y otras cuentas por pagar xxxxx xxxxxAdquisición de bienes de arte y cultura xxxxx xxxxxAdquisición de intangibles xxxxx xxxxxPréstamos otorgados por los entes gubernamentales xxxxx xxxxxIntereses, comisiones por préstamos xxxxx xxxxxOtros pagos originados en actividades de inversión xxxxx xxxxx

5 EFECTIVO APLICADO EN LAS ACTIVIDADES DE INVERSIÓN xxxxx xxxxx

6(4-5) TOTAL EFECTIVO GENERADO EN LAS ACTIVIDAD DE INVERSIÓN xxxxx xxxxx

EFECTIVO GENERADO EN LAS ACTIVIDADES DE FINANCIACIÓN

ORIGENPrestamos gubernamentales recibidos xxxxx xxxxxPrestamos recibidos del sistema financiero xxxxx xxxxxEmisión de títulos xxxxx xxxxxMayor valor de aportes recibidosOtros ingresos originados en actividades de financiación

7 EFECTIVO ORIGINADO EN LAS ACTIVIDADES DE FINANCIACIÓN xxxxx xxxxx

APLICACIÓNCancelación préstamos recibidos xxxxx xxxxxServicio de la Deuda xxxxx xxxxxRedención de títulos xxxxx xxxxxTransferencias al gobierno nacional xxxxx xxxxxPago de Acreedores y otras cuentas por pagar xxxxx xxxxxIntereses, comisiones por préstamos xxxxx xxxxxOtros pagos originados en actividades de financiación xxxxx xxxxx

8 EFECTIVO APLICADO EN LAS ACTIVIDADES DE FINANCIACIÓN xxxxx xxxxx

9(7-8) TOTAL EFECTIVO GENERADO EN LAS ACTIVIDADES DE FINANCIACION xxxxx xxxxx

B(3+6+9) VARIACION EFECTIVO xxxxx xxxxx

A+B SALDO FINAL DE EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO xxxxx xxxxx

EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVOCaja xxxxx xxxxxBancos y Corporaciones xxxxx xxxxxRemesas xxxxx xxxxxInversiones adquiridas administración de liquidez xxxxx xxxxxInversiones vendidas administración de liquidez xxxxx xxxxxTotal del Balance xxxxx xxxxxSobregiros Bancarios xxxxx xxxxxTOTAL DE EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO xxxxx xxxxx

Nombre Representante Legal Nombre Jefe Area Financiera Nombre Contador Nombre Revisor Fiscal

Firma Representante Legal Firma Jefe Area Financiera Firma Contador Firma Revisor Fiscal T.P. No. T.P. No.

NOMBRE ENTIDAD PÚBLICAESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO AL XX DE XXXXX DE XXXXXX

( Valores en miles de pesos )

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 281

3.5 Elaboración y presentación de las notas a los estados contables 3.5.1 Objetivos 3.5.1.1 General Con el fin de instruir la preparación y revelación de las Notas a la Información Contable, en forma que permita garantizar la inclusión de la totalidad de los hechos financieros, económicos y sociales relevantes, así como los aspectos de difícil representación o medición cuantitativa, que han afectado o puedan afectar la consistencia y razonabilidad de la información del ente público, se establecen las pautas básicas para la preparación de las notas de carácter general y específico. 3.5.1.2 Específicos • Revelar las actividades o hechos financieros, económicos y sociales relevantes, así

como los aspectos de difícil representación o medición cuantitativa, que han afectado o puedan afectar la situación del ente público.

• Definir los elementos básicos contentivos de las notas de carácter general y específico. 3.5.2 Ámbito de aplicación El presente procedimiento deberá ser aplicado por todos los organismos y entidades a que se refiere el Art. 2º de la resolución 400 del 01 de diciembre de 2000 3.5.3 Aspectos conceptuales 3.5.3.1 Notas de carácter general Estas notas deben referirse, por lo menos, a las situaciones que se relacionan a continuación: 3.5.3.2 Naturaleza jurídica, función social, actividades que desarrolla o cometido

estatal Corresponde a la revelación del entorno legal y normativo del ente público, su cometido estatal y el objetivo, misión de su creación o constitución. 3.5.3.3 Políticas y prácticas contables Relativa a las normas de contabilidad que viene aplicando el ente público para el proceso de identificación, clasificación, registro y valuación de los hechos financieros, económicos y sociales.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 282

3.5.3.4 Efectos y cambios significativos en la información contable Deben describirse los efectos derivados de los cambios en la aplicación de las normas contables, así como de las correcciones de errores de ejercicios anteriores, reclasificaciones de cuentas, depuración de cifras, conciliación de saldos o ajustes realizados que afectaron significativamente la información del período, al igual que las diferencias presentadas entre las existencias físicas o reales de bienes, derechos y obligaciones y el valor de los saldos reportados en la información. 3.5.3.5 Proceso y resultados de la consolidación de la información contable Los entes públicos obligados a consolidar la información de otros entes, recursos públicos o Fondos Cuenta, en virtud de las normas y disposiciones aplicables, deben informar las acciones adelantadas, los agentes y recursos incorporados, y los resultados obtenidos, en particular las limitaciones advertidas en cuanto a la cobertura de la información consolidada. 3.5.3.6 Limitaciones y deficiencias de tipo operativo o administrativo que inciden en el

normal desarrollo del proceso contable y/o afectan la consistencia y razonabilidad de las cifras

Deben revelarse las limitaciones y deficiencias operativas y administrativas que han afectado el normal desarrollo de la actividad contable en el ente público, no solo desde el punto de vista de la información, sino también del flujo de los datos, recolección de documentos, integración de las actividades, aplicación de procedimientos, integración de las áreas, sistemas, tecnología y recursos humanos, entre otros. Incertidumbre sobre la continuidad de las operaciones del organismo, originadas por: pérdidas acumuladas, la imposibilidad de obtener recursos que permitan desarrollar su cometido estatal, o por disposición de normas especiales.

3.5.3.7 Notas de carácter específico

3.5.3.7.1 Relativas a la consistencia y razonabilidad de las cifras

Entre estos casos se encuentra la información adicional sobre bienes, derechos y obligaciones no incorporados por situaciones de legalidad, trámite, valoración, medición o cualquiera otra causa especial, así como de Entidades liquidadas o en proceso de liquidación que no se han incorporado al ente público.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 283

3.5.3.7.2 Relativas a valuación Las bases particulares más usuales se refieren a los criterios relacionados con la conversión de los valores en moneda extranjera y la aplicación de los sistemas de ajuste por inflación a los saldos correspondientes. En cuanto a la conversión de monedas extranjeras debe revelarse el procedimiento aplicado, el tratamiento contable de las diferencias en cambio y el valor del efecto en los resultados originados en las fluctuaciones de cambio de la moneda nacional frente al dólar (directo) y en relación con la canasta de monedas (indirecto) en que se pactó el recurso o la operación.

Igualmente, debe informarse el procedimiento aplicado para el ajuste por inflación de los saldos no monetarios, los principales rubros afectados y el efecto generado en los resultados o en el patrimonio público, según corresponda.

Los criterios de valuación aplicados para la cuantificación y medición de algunos grupos de cuentas como son los inventarios, las inversiones, las propiedades, planta y equipo y los pasivos estimados, al igual que para el cálculo de las depreciaciones, amortizaciones, provisiones y valorizaciones, deberá enunciarse de manera particular en las notas referidas a las clases, grupos y cuentas.

3.5.7.7.3 Relativas a recursos restringidos Debe indicarse el estado actual, vencimiento, naturaleza y origen de las partidas que por disposición legal tienen destinación específica. Cuando por cualquier circunstancia se omita la incorporación de alguno de estos fondos deberá informarse claramente las razones que las fundamentan. Deberá revelarse si corresponden a Fondos Especiales catalogados como ingresos de la Nación (Fondo de Solidaridad y Garantía, Fondos Internos de la Policía Nacional, entre otros) o a recursos recibidos por el ente público para el desarrollo de un proyecto específico en cumplimiento de su cometido estatal.

3.5.7.7.4 Situaciones particulares de las clases, grupos, cuentas y subcuentas Esta información adicional debe permitir un mejor uso de las cifras consignadas en la información contable, en coherencia con los Grupos, Cuentas y subcuentas del Catálogo General de Cuentas del Plan General de Contabilidad Pública - PGCP. 3.5.4 Forma de presentación Las notas deberán presentarse de manera clara con el fin de facilitar su lectura, confrontación y análisis. Para ello se sujetarán a las siguientes reglas:

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a) Identificarse con un título que permita conocer de antemano el aspecto a que se refieren. b) Presentarse en secuencia lógica, en especial las notas de carácter específico que refieren información complementaria, las cuales deberán conservar la clasificación estructurada en el Catálogo General de Cuentas 3.5.5 Aplicación 3.5.5.1 Notas de carácter general 3.5.5.1.1 Naturaleza jurídica, función social, actividades que desarrolla o cometido

estatal El modelo que se encuentra a continuación contiene los elementos básicos de esta nota

Naturaleza del ente. La Entidad ABC es una entidad pública, con personería jurídica, adscrita al Ministerio ________, creada mediante el artículo de la Ley ____ del día __ del mes de _______________ de ______, y reglamentada mediante Decreto No. ________del __ de ______________ de ______. Obtuvo la Personería Jurídica, emanada del ______________________________________ con la Resolución No. _______ del __ de _______________ de ______.

La entidad ABC tiene como objetivos: __________________________________________________________________________________________________________________________________________________

3.5.5.1.2 Políticas y prácticas contables El modelo que se encuentra a continuación contiene los elementos básicos de esta nota:

Políticas y prácticas contables. Para el proceso de identificación, registro, preparación y revelación de sus estados contables, el ente público está aplicando el marco conceptual de la contabilidad pública y el Catálogo General de Cuentas del Plan General de Contabilidad Pública, a nivel de documento fuente. Así mismo, las normas y procedimientos establecidos por la Contaduría General de la Nación en materia de registro oficial de los libros y preparación de los documentos soporte.

La entidad utilizó los criterios y normas de valuación de activos y pasivos, en particular, las relacionadas con los ajustes por inflación, la conversión de la moneda extranjera, la determinación de avalúos y la constitución de provisiones, así como las relacionadas con la contribución de los activos al desarrollo del cometido estatal tales como las depreciaciones, amortizaciones y agotamiento de los activos.

Para el reconocimiento patrimonial de los hechos financieros, económicos y sociales se aplicó la base de causación y para el reconocimiento de la ejecución presupuestal se utilizó la base de caja en los ingresos y el compromiso en los gastos.

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3.5.5.1.3 Efectos y cambios significativos en la información contable El modelo que se encuentra a continuación contiene los elementos básicos de esta nota:

Incorporación de activos y pasivos. En cumplimiento de las instrucciones de la Contaduría General de la Nación relacionadas con el reconocimiento de la totalidad de los hechos financieros, económicos y sociales, el ente ha incorporado en su contabilidad, activos por valor de $_________,pasivos por $_________, afectando el patrimonio público en la suma de $____________, pertenecientes al Fondo ________________ , cuyo trámite no se había legalizado al 31 de Diciembre de 1995.

Aplicación de las normas de depreciación y provisión. Como resultado de la aplicación de las normas de depreciación de las propiedades, planta y equipo y provisión de las Rentas por Cobrar, se disminuyeron los activos en un valor de ___________, y los resultados del período se afectaron en la suma de $_________.

Aplicación de los ajustes por inflación. La aplicación de los ajustes por inflación implicó un incremento de los activos en $________ y de los pasivos por $_________, generando un incremento en el patrimonio (o resultados) del ente del orden de $ _________.

Depuración y ajuste de cifras. El proceso de depuración de las cifras como resultado de las conciliaciones adelantadas, tomas de inventarios físicos y análisis documental de los saldos implicó ajustes durante el período por valor de $_________ en los activos, por $_________ en los pasivos, y de $__________ en el patrimonio. El efecto neto en los resultados del período se cuantificó en la suma de $____________ como pérdida extraordinaria al 31 de Diciembre.

3.5.5.1.4 Proceso y resultados de consolidación de la información contable El modelo que se encuentra a continuación contiene los elementos básicos de esta nota:

Proceso de consolidación de la información contable. El ente público debe consolidar con 300 colegios nacionales que operan en el departamento; en la información consolidada se incluyeron 280 colegios que representan el ___% de los recursos transferidos y el porcentaje restante no remitió la información oportunamente, como se detalla a continuación:

Entes (Colegios) incorporados en información la información consolidada _________________________________________________________________________________________________________________________________________________.

Entes no incorporados en la información consolidada: __________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Razones que justifican la no incorporación de los entes:_____________________________________________________________________________________________________________________________________________

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 286

3.5.5.1.5 Limitaciones y deficiencias de tipo operativo o administrativo que inciden en el normal desarrollo del proceso contable y/o afectan la consistencia y razonabilidad de las cifras

El modelo que se encuentra a continuación contiene los elementos básicos de esta nota:

Limitaciones y deficiencias que inciden en el proceso contable. El proceso contable del ente público se está viendo afectado, entre otras, por las siguientes situaciones:

De orden administrativo

Desorganización del archivo de documentos. Falta de recursos presupuestales Falta de personal idóneo en las materias contables. Ausencia de manuales de procedimientos contables. Falta de integración en los flujos de información generados por las distintas áreas. El sistema de información es manual.

De orden contable No se ha efectuado apertura de libros de contabilidad.

Existen activos y pasivos no incorporados. Existen saldos antiguos pendientes de depurar. No se ha determinado la existencia cierta de los activos. No se aplica el Catálogo General de Cuentas a nivel de documento fuente 3.5.5.2 Notas de carácter específico 3.5.5.2.1 Relativas a la consistencia y razonabilidad de las cifras Ejemplo:

Saldos pendientes de depurar y conciliar. Existen saldos antiguos pendientes de depurar por un valor de $__________ en los activos y de $_________ en los pasivos, cuyo valor neto representa el ___% del patrimonio, como se detalla a continuación: 111005 Cuenta corriente bancaria. La cuenta del banco no se concilia desde _________, y reporta una diferencia de $___________________ frente al valor registrado en el extracto. Adicionalmente, se presentan notas bancarias por la suma de $________ que no han sido conciliadas 131007 Predial y unificado. No se han ajustado $300.000 originado en errores de ejercicios anteriores (1994) como resultado de diferencia detectada frente a la evaluación documental de las rentas por cobrar.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 287

140806 Servicio de Telecomunicaciones. Se constató la existencia de saldos antiguos por valor de $_________ que datan del año de 1993, correspondientes a operaciones de ___________, que no se han cobrado o cuyos deudores no existen. 163503 Muebles, enseres y equipo de oficina. Los saldos de contabilidad revelan un valor de $__________, superior en la suma de $__________ al monto de las existencias determinadas conforme al inventario físico que se adelantó en __________. 166502 Equipo y máquinas de oficina. Se registran en el informe contable, saldos con antigüedad superior a los 10 años por valor de $_________correspondiente a equipo de oficina que no cuenta con los soportes adecuados que permitan identificar su origen, existencia y ubicación. 195004 Responsabilidades en Proceso – Autoridad competente. Esta subcuenta reporta saldos desde 1990 por un valor de $__________ pendientes de legalizar, a cargo de exfuncionarios. 199501 Fondos transferidos. El saldo que presenta esta subcuenta corresponde a fondos transferidos de la regional_________ por la suma de $__________, que están pendientes de conciliar con la oficina principal desde _________. Diferencias determinadas frente a las existencias ciertas. Se presentan diferencias entre los valores reportados en la contabilidad y las existencias físicas por un valor de $__________, que se ajustarán hasta tanto se disponga del estudio que fundamente el origen de la variación, como se detalla a continuación: Activos y pasivos no incorporados. El ente público no ha incorporado activos por la suma de $________ y pasivos por un valor de $__________, cuyo valor neto representa el ___% del patrimonio, hasta tanto no se determine la legalidad de los bienes y las obligaciones y se culminen los estudios de valoración y medición de los mismos, como se detalla a continuación: Activos no registrados, Valor estimado y razones de su no incorporación. _____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________. Pasivos no registrados, Valor estimado y razones de su no incorporación. _____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 288

3.5.5.2.2 Relativas a valuación El modelo que se encuentra a continuación contiene los elementos básicos de esta nota:

Operaciones en moneda extranjera. Los saldos de las operaciones en moneda extranjera fueron convertidos a pesos colombianos, aplicando la tasa representativa del mercado de $________ a la fecha de _________, de acuerdo con las disposiciones aplicables. La situación de tales operaciones a 31 de diciembre y el efecto generado en los resultados producto de ganancias o pérdidas en cambio se describe a continuación: Subcuenta, valor en moneda extranjera y origen de la operación: 222102 Banca multilateral. Se registra la suma de US $10000 correspondientes a créditos de la Banca Multilateral con el propósito de financiar programas especiales de inversión social. Ganancias y Pérdidas en Cambio. La aplicación de las normas contables sobre ajustes de cambio dio como resultado diferencias que fueron llevadas a las siguientes cuentas: Vigencia Actual Vigencia anterior Propiedades, Planta y Equipo xxxxx xxxxxx Inventarios. xxxxx xxxxxx Costo de ventas. xxxxx xxxxxx Financieros xxxxx xxxxxx Aplicación del sistema parcial (o integral) de ajustes por inflación. Los saldos de los activos y pasivos no monetarios fueron ajustados aplicando el sistema parcial (integral), acogiéndose a lo preceptuado en las normas de contabilidad pública, utilizando para el efecto el índice general de precios al consumidor (PAAG) que para el año de 19__ fue de ___%.

3.5.5.2.3 Relativas a recursos restringidos El modelo que se encuentra a continuación contiene los elementos básicos de esta nota:

Recursos restringidos. La entidad está administrando recursos por valor de $150 mil millones ( US $ 150 millones), provenientes de Créditos BID ( Us 75 millones) y donaciones del Gobierno Japonés ( US 75 millones), para el manejo de los proyectos de Inversión social en el sector salud, con destino a los habitantes afectados por las inundaciones del Río Páez, los cuales se aplicarán durante un término de tres años, de acuerdo con las disposiciones vigentes: Decreto xxxxxx de __________. La situación individual del Fondo a 31 de diciembre y sus resultados se describen a continuación: PROYECTO Nro.__________________________

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 289

FECHA ___________________________________ Período Actual Período Anterior Activos Activos Corrientes Efectivo xxxxx xxxxx Deudores xxxxx xxxxx Activos No Corrientes Propiedades, Planta y Equipo xxxxx xxxxx Pasivos Pasivos Corrientes Cuentas por pagar xxxxx xxxxx Patrimonio Público Resultados del período xxxxx xxxxx Ingresos xxxxx xxxxx Gastos y costos xxxxx xxxxx Cuentas de orden y control xxxxx xxxxx

3.5.5.2.4 Situaciones particulares de las clases, grupos, cuentas y subcuentas

Se consideran básicas las siguientes, las cuales se revelarán, sin perjuicio que afecten significativamente la estructura financiera y económica del ente público y de sus resultados, siempre que sean aplicables en desarrollo de la actividad o cometido estatal del ente público:

Grupo 11 - Efectivo

Determinación y explicación general de los fondos en tránsito y fondos especiales. Valor de los recursos disponibles sujetos a restricción. Reintegros a la Tesorería: Los entes públicos de la administración central nacional que a diciembre 31, tuviesen dineros sobrantes recibidos de la Nación y que no se hubiesen reintegrado a la Dirección General del Tesoro Nacional, después de haber constituido las cuentas por pagar, deben informar el monto y concepto de los mismos y la fecha en la que se hizo el reintegro.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 290

Grupo 12- Inversiones Detalle de los emisores, costo de las inversiones, porcentaje de participación, valor intrínseco, valorizaciones o provisiones constituidas. Valor de las inversiones sujetas a restricción, por ordenamiento legal o efectuadas para cobertura de otros activos o pasivos. Metodología aplicada para la valoración de inversiones. Información sobre el valor de mercado de las inversiones, origen, metodología y valor de las provisiones constituidas. Grupo 13 - Rentas por cobrar Clasificación por tipo de contribución . Garantías otorgadas por los contribuyentes sobre sus obligaciones . Monto total de las sustituciones de liquidaciones por correcciones. Incremento neto en liquidaciones oficiales reclamadas, indicando las instancias en que se encuentra cada tipo de renta. Valor de los recaudos y devoluciones en efectivo, por tipo de impuestos (rentas, ventas, retenciones, aduanas, otros) y por modalidad (grandes contribuyentes, personas naturales, personas jurídicas, otros). Relación y valor de los documentos (paquetes) originados en recaudos bancarios de rentas dejados de contabilizar por tipo de contribución: renta, ventas, retenciones y derechos aduaneros y la cuantía en cada uno de los casos. Devolución de impuestos en títulos, durante la vigencia, por concepto y modalidad. Información sobre el origen, metodología y valor de las provisiones constituidas

Grupo 14 - Deudores

Determinación y clasificación del valor de acuerdo con la siguiente estructura: No vencidas Vencidas entre 1 y 181 días. Vencidas de 181 - 360 días Vencidas más de 360 días. Garantías otorgadas por los deudores sobre sus obligaciones. Acciones emprendidas para la recuperación de la cartera morosa. Información sobre el origen, metodología y valor de las provisiones constituidas.

Grupos 16-17- y 18 Propiedades, planta y equipo, Bienes de beneficio y uso público, Recursos naturales y del ambiente.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 291

Monto de los bienes muebles calificados como inservibles. Pignoraciones y otras restricciones de orden legal sobre bienes del Estado. Monto de los bienes vendidos durante el período y efecto en los resultados. Monto de las adquisiciones durante el período. Metodología aplicada para la determinación de las depreciaciones, amortizaciones y agotamientos y períodos de vida útil de los bienes utilizados. Metodologías aplicadas para la determinación de los avalúos de los bienes, costo de los mismos, y efecto generado en el valor de los activos. Información sobre el valor y origen de las provisiones constituidas.

Grupo 19 - Otros activos

Detalle general de las responsabilidades fiscales, teniendo en cuenta: la clase de deuda a cargo de funcionarios, ex-funcionarios, o particulares; la antigüedad de la cuenta y las acciones tendientes a su depuración. Información sobre saldos de principal y subalternas: el origen, antigüedad y estado de depuración de los saldos pendientes. Metodología aplicada para la amortización de los activos diferidos y períodos de vida útil de los bienes utilizados.

Grupos 21 - 22- 23 y 24 Operaciones de banca central y entidades financieras - Operaciones de crédito público – Obligaciones financieras – Cuentas por pagar.

Monto total autorizado y emitido, objeto de su emisión, condiciones de conversión, intereses y forma de pago, plazo de vencimiento y valor del monto tanto autorizado como emitido. Valor total de las cancelaciones y recaudaciones normales y anticipadas para cada tipo de emisión. Obligaciones garantizadas con hipotecas o con pignoración de activos y el valor de los activos pignorados o hipotecados. Valor del endeudamiento y de las amortizaciones efectuadas durante el período Sanciones por incumplimiento de obligaciones. Compromisos y contingencias relacionados con el incumplimiento de los contratos. Carácter de los litigios (civil, laboral, administrativo), vigencia fiscal (año) al cual pertenecen y monto de los mismos. Reintegros efectuados por pagadores nacionales, provenientes de la cancelación de pasivos corrientes de períodos anteriores. Grupo 27- Pasivos estimados Composición general de las provisiones y procedimientos para su estimación. Monto total de las provisiones para contingencias probables, origen, naturaleza y estado. Descripción general de las provisiones diversas. Clase 3- Patrimonio

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 292

Estructura y clasificación de los aportes patrimoniales, indicando los porcentajes de participación, el monto respectivo, la entidad pública o privada, el nivel nacional o territorial y el sector central o descentralizado a que pertenece. Monto y porcentaje de los dividendos cancelados en efectivo y aquellos pagados en acciones o cuotas partes. Naturaleza de las reservas constituidas. Variación en la participación patrimonial durante el último año, como resultado de transacciones con acciones o por ejercer derecho de preferencia. Restricciones existentes sobre distribución de ganancias acumuladas, distribuidas y no distribuidas. Clases 4 Y 5 - Ingresos y gastos Diferencias presentadas en el flujo de fondos recibidos o recaudados por la Dirección General del Tesoro Nacional, causas, antigüedad, entidades que intervienen y estado de la conciliación. Valor de los ajustes imputables a ejercicios anteriores, detallando su naturaleza y origen. Monto de ingresos y gastos extraordinarios, detallando su naturaleza y origen. Valor desembolsado por contratos de arrendamiento de bienes con opción de compra. Valor de los bienes y derechos castigados, determinando su origen, y actos administrativos que fundamentan la operación. Valor de pérdidas originadas por caso fortuito o fuerza mayor. Clase 6 y 7 – Costo de Ventas y operación, y producción Sistemas de costos utilizado, Metodología del costeo. Base sobre la cual funciona el sistema de costos. Base de distribución de los costos indirectos.

Clases 8 y 9 - Cuentas de orden

Contingencias remotas. Posibles demandas a favor o en contra. Metodología para estimación de las contingencias. Identificación y demás información relacionada con bienes de terceros. Con estas orientaciones se elaborarán y presentarán las Notas a la información contable, por lo menos al finalizar cada período contable. 3.6 Diligenciamiento del informe sobre Control Interno y el sistema de

contabilidad pública En cumplimiento del literal e) del artículo 3o. de la Ley 87 de 1993 y del Decreto 2145 de

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 293

1999, las Unidades de Control Interno o la dependencia que haga sus veces, mediant e la evaluación al sistema de control interno contable recomendarán la adopción de las medidas necesarias para que en la entidad u organismo correspondientes se garantice que todas las transacciones contables se registren en forma exacta, veraz, confiable y oportuna en el cumplimiento del Plan General de Contabilidad Pública y de las Normas y Procedimientos vigentes en cada período, expedidas por la Contaduría General de la Nación. El informe ejecutivo anual realizado por el jefe de la oficina de control interno o quien haga sus veces, contendrá por lo menos las siguientes partes: 3.6.1 Informe ejecutivo anual El jefe de la oficina de control interno o quien haga sus veces deberá elaborar y suscribir un informe ejecutivo anual al cierre del 31 de diciembre de cada año, conforme a lo establecido en el artículo 8º de la presente Resolución, en el que se indique el resultado de la evaluación del Sistema de Control Interno Contable, en lo que tiene que ver con el ambiente de control, la valoración de riesgos y las actividades de control de los procesos para el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de información que garanticen que el registro de las transacciones se realiza en forma exacta, veraz y oportuna de acuerdo con las normas expedidas por la Contaduría General de la Nación. El informe ejecutivo anual realizado por el jefe de la oficina de control interno o quien haga sus veces, contendrá por lo menos las siguientes partes: 3.6.1.1 Introducción

Comprenderá la información general concerniente al examen y a la entidad evaluada. 3.6.1.2 Conclusiones Referidas a si la información financiera, económica y social de la entidad es confiable, en términos de la evaluación del ambiente de control, la valoración de riesgos y las actividades de control de los procesos para el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de información que garanticen que el registro de las transacciones se realiza en forma exacta, veraz y oportuna de acuerdo con las normas expedidas por la Contaduría General de la Nación. Si existe el área funcional responsable de las actividades de contaduría al interior del ente público de acuerdo con lo establecido en el artículo 5º de la Ley 298 de 1996, y si se dio cabal cumplimiento a la Circular Externa 29 de 1999 sobre el inventario de bienes inmuebles. Para los entes públicos del nivel nacional que se encuentren sujetos al ámbito de aplicación del sistema integrado de información financiera SIIF, adicionalmente se deberá evaluar el estado de su implantación con relación a los procesos de la incorporación de la información financiera, económica y social. 3.6.1.3 Observaciones

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 294

Hace referencia a toda aquella información que, a juicio del jefe de la oficina de control interno, permita conocer hechos o circunstancias que incidan significativamente en la efectividad del sistema de control interno contable de la entidad evaluada. 3.6.1.4 Recomendaciones Constituyen las medidas sugeridas a la Administración de la entidad examinada, orientadas a promover la superación de las observaciones o hallazgos surgidos de la evaluación del Sistema de Control Interno Contable. Serán dirigidas a los gerentes públicos que tengan competencia para disponer su aplicación. 3.6.1.5 Anexos A fin de lograr el máximo de concreción y claridad en el informe, según el tamaño del ente público y/o la complejidad de sus operaciones, se podrán utilizar los anexos indispensables que complementen o amplíen la información relevante contenida en el mismo. 3.6.1.6 Firma El informe deberá ser firmado por el jefe de control interno, asesor, coordinador, auditor interno o quien haga sus veces y tendrá los efectos jurídicos establecido en el artículo 14 de la Ley 87 de 1993. La anterior evaluación será el fundamento para la elaboración del Informe Ejecutivo Anual sobre la Evaluación del Sistema de Control Interno Institucional al que se refieren los artículos 5º literal c) y 8º literal e) del Decreto 2145 de 1999 y la Circular 001 de 1999 del Consejo Asesor del Gobierno Nacional en Materia de Control Interno, en la parte relacionada con “Los aspectos relativos a la información sobre el Sistema de Control Interno Contable”. 3.6.2 informe sobre el control interno contable y su evaluación 3.6.2.1 Objetivos 3.6.2.1.1 General Determinar una política general, en el marco de lo previsto en el literal k) del artículo 3º de la Ley 298 de 1996, sobre la conceptualización del sistema de control interno contable, la necesidad de su evaluación como parte fundamental del sistema de control interno institucional y los requisitos mínimos del contenido del informe referente a su evaluación. 3.6.2.1.2 Específicos

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 295

Garantizar que la información financiera, económica y social de los distintos entes públicos se emita con sujeción a los postulados de confiabilidad y utilidad social. Armonizar el informe de control interno contable con las normas referidas a la creación del Sistema Nacional de Control Interno y el informe ejecutivo anual relacionado con la evaluación del sistema de control interno institucional. Impartir las pautas generales para facilitar la lectura y tabulación del informe sobre el control interno contable de las entidades y organismos públicos. 3.6.2.2 Ámbito de aplicación La presente norma debe ser aplicada por el representante legal y por el jefe de control interno, asesor, coordinador, auditor interno o quien hagan sus veces, de los entes públicos de los niveles nacional y territorial. 3.6.2.3 Marco conceptual del sistema de control interno contable El sistema de control interno contable se enmarca dentro del sistema de control interno institucional establecido por la Ley 87 de 1993, en lo relacionado con los procesos para el manejo de los recursos, bienes y sistemas de información, a efectos de garantizar que las entidades registren sus transacciones en forma exacta, veraz y oportuna, de tal manera que permitan emitir los informes contables que faciliten la gestión y contribuyan a lograr los resultados de las entidades y organismos públicos. 3.6.2.3.1 Definición El sistema de control interno contable en las entidades y organismos públicos, está asociado a la existencia y efectividad de mecanismos de control y verificación en las actividades propias del proceso contable, que garantizan que la información financiera, económica y social cumple con las normas conceptuales, técnicas y procedimentales que establece el Plan General de Contabilidad Pública, revelando sin ambigüedades y con adecuada precisión en la información generada, tanto la situación como los resultados de las operaciones efectuadas. 3.6.2.3.2 Objetivo El objetivo principal del sistema de control interno contable está dirigido a garantizar el cumplimiento de: i) las condiciones y cualidades de la información contable, ii) los principios, normas generales y técnicas del proceso contable y iii) los instructivos y procedimientos de contabilidad pública, orientados a la preparación, presentación y difusión de estados contables e informes complementarios útiles y confiables, incluyendo los de períodos intermedios. 3.6.2.3.3 Elementos

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 296

Constituyen elementos del sistema de control interno contable los siguientes3: 3.6.2.3.3.1 Ambiente de control interno contable

El ambiente de control da el tono de una organización, influenciando la conciencia de control - autocontrol de sus funcionarios. Es el fundamento de todos los demás componentes del control interno, proporcionándole disciplina y estructura.

Los factores del ambiente de control incluyen la integridad, los valores éticos y la competencia de los funcionarios; la filosofía y el estilo de operación de la administración; la manera como la administración asigna autoridad y responsabiliza, y como organiza y desarrolla su personal; y la atención y dirección proporcionada por el gerente público y el comité o consejo directivo.

Los factores específicos del ambiente de control interno contable se refieren a la cultura, conocimiento, integridad y competencia técnica de la administración para velar por la óptima y eficiente operación del entorno contable incluyendo áreas, personas, procesos, procedimientos, informes y controles, entre otros.

3.6.2.3.3.2 Operacionalización de los procesos administrativos

Se refiere a la coherencia e interrelación existente en los procesos fundamentales de la administración, es decir, Dirección, Planeación, Organización, Ejecución y Seguimiento y Control de las actividades relacionadas con el proceso contable, desde el reconocimiento de los hechos hasta la generación y revelación de los estados contables de los entes públicos, con el propósito de identificar, valorar y controlar los riesgos que puedan afectar el logro de los objetivos de confiabilidad y utilidad de la información contable.

3.6.2.3.3.3 Sistema de información y documentación La existencia de sistemas de información que integren las distintas funciones, fuentes, áreas, actividades y procesos para el reconocimiento de las transacciones contables con adecuada consistencia, objetividad y transparencia, es uno de los elementos fundamentales del sistema de control interno contable en las entidades públicas. Por su parte, la documentación de estos distintos procesos y actividades induce la obligación de elaborar manuales de Procesos y Funciones que especifiquen claramente las tareas que deben cumplirse al interior de las áreas involucradas en la emisión de estados e informes contables, así como en el diseño y revisión periódica del sistema de indicadores para la gestión y los resultados institucionales de las dependencias del área financiera.

3.6.2.3.3.4 Retroalimentación y mejoramiento continuo

Está constituido por el conjunto de acciones y mecanismos motores de gestión, que de ser

3 En consonancia con las Guías para la Implantación de los sistemas de Control Interno y Básica de la Oficina de Control Interno, expedidas por el Consejo Asesor y Comité Interinstitucional en la materia y, los artículos 10 a 15 del Decreto 2145 de 1999.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 297

utilizados adecuadamente por las entidades, permiten corregir, encausar o motivar comportamientos estructurales, como resultado de las recomendaciones de las Unidades de Control Interno o quienes hagan sus veces.

La auditoría del sistema de control interno contable, es la evaluación del Sistema de Control Interno en el proceso contable de una entidad u organismo, con el propósito de determinar su calidad técnica, el nivel de confianza que se le puede otorgar y si es eficaz y eficiente en el cumplimiento de los objetivos, entre lo cual se destaca el producir información financiera confiable y oportuna. Se materializa a través de un proceso, dado por las etapas de la planeación, ejecución, evaluación y comunicación de los hallazgos y recomendaciones. 3.6.2.4 Contenido del informe Tal y como se estableció en el artículo 8º de la Resolución 373 de 1999, publicada en el Diario Oficial No. 43.837, el Informe sobre la evaluación del sistema de control interno contable deberá ser suscrito por el jefe de la oficina de control interno o quien haga sus veces y remitido por el representante legal de la entidad antes del 16 de febrero de cada año. Dicho informe, como resultado del examen de los elementos del Sistema y de los procesos y procedimientos adoptados por la entidad para el reconocimiento y generación de información contable, tendrá el siguiente contenido: 3.6.2.4.1 Introducción Comprenderá la información general concerniente al trabajo realizado y a la entidad examinada, a saber: 3.6.2.4.2 Información relativa a la entidad examinada

3.6.2.4.2.1 Antecedentes y base legal

Se deberá hacer una breve referencia en torno a la creación de la entidad, su estructura organizativa, las principales actividades que desarrolla y al área examinada. En la base legal se precisará la referencia a las disposiciones legales que la regulan y si se encuentra en procesos de fusión o liquidación.

3.6.2.4.3 Información relativa al examen

3.6.2.4.3.1 Motivo del examen

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 298

Estará referido a las causas que originan la acción de control, así como la referencia al documento de acreditación. Deberán exponerse las razones por las cuales se llevó a cabo la auditoría, así se desprenda de un examen rutinario sobre el estado del Sistema de control. 3.6.2.4.3.2 Naturaleza y objetivos Se precisará la naturaleza del trabajo y los objetivos que esperan lograrse como resultado del examen. 3.6.2.4.3.3 Alcance Se dejará constancia de que el trabajo se realizó de acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas. Deberá indicarse la cobertura y profundidad del trabajo que se haya realizado para cumplir los objetivos de la auditoría, precisándose el período examinado, el ámbito geográfico donde se haya practicado la auditoría y las áreas materia de examen. De ser el caso, el jefe de control interno revelará las limitaciones al alcance que se presenten en el proceso del trabajo. 3.6.2.4.4 Conclusiones 3.6.2.4.4.1 General Referida a sí la información contable de la entidad es útil y confiable, en términos de la evaluación de los elementos del sistema de control interno contable y en particular, frente al proceso de reconocimiento de las transacciones en forma exacta, veraz y oportuna y de preparación y generación de los informes, de acuerdo con las normas expedidas por la Contaduría General de la Nación. 3.6.2.4.4.2 Específicas • Si existe el área funcional responsable de las actividades de contaduría al interior del ente público de acuerdo con lo establecido en el artículo 5º de la Ley 298 de 1996 y, • Si se dio cabal cumplimiento a la Circular Externa 29 de 1999 sobre el inventario de bienes inmuebles. • Para los entes públicos del nivel nacional que se encuentren sujetos al ámbito de aplicación del sistema integrado de información financiera SIIF, adicionalmente se deberá evaluar el estado de su implantación con relación a los procesos de la incorporación de la información financiera, económica y social. 3.6.2.4.5 Observaciones Toda aquella información que a juicio del jefe de control interno, permita conocer hechos o circunstancias que incidan significativamente en la efectividad del sistema de control

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 299

interno contable de la entidad evaluada y que sustentan las conclusiones del acápite anterior. Los aspectos principales que deben tenerse en cuenta al redactar las observaciones estarán referidos a asuntos significativos e incluirán información suficiente y competente relacionada con los resultados de la evaluación efectuada. Igualmente, deberá incluir la información necesaria respecto a los antecedentes a fin de facilitar la comprensión de las observaciones. El término observación está referido a cualquier situación deficiente y relevante que se determine de la aplicación de procedimientos de auditoría y estará estructurada de acuerdo con los atributos (condición, criterio, causa y efecto) que se considere de interés para la entidad examinada. 3.6.2.4.6 Recomendaciones Las recomendaciones constituyen las medidas sugeridas a la Administración de la entidad examinada, orientadas a promover la superación de las observaciones o hallazgos emergentes de la evaluación del Sistema de Control Interno Contable. Serán dirigidas a los gerentes públicos que tengan competencia para disponer su aplicación. El informe debe contener recomendaciones constructivas que, fundamentadas en los hallazgos y conclusiones correspondientes, propicien la adopción de correctivos que posibiliten mejorar significativamente la gestión y/o el desempeño de los funcionarios y servidores públicos, con énfasis en el logro de los objetivos, metas y programas de la entidad auditada dentro de parámetros de economía, eficiencia y eficacia. 3.6.2.4.7 Anexos A fin de lograr el máximo de concisión y claridad en el informe, se utilizarán, según el tamaño del ente público y/o la complejidad de sus operaciones, los anexos indispensables que complementen o amplíen la información de importancia contenida en el mismo. Pueden estar referidos, entre otros aspectos, a los informes técnicos y legales, según la naturaleza de los hallazgos y las conclusiones, como informes de reconocido valor técnico sobre aspectos relacionados con la valoración de los bienes inmuebles de la entidad, entre otros. 3.6.2.4.8 Firma y remisión El informe deberá ser firmado por el jefe de control interno, asesor, coordinador, auditor interno o quien haga sus veces y forma parte de los estados contables presentados con corte diciembre 31 de cada año que serán enviados mediante comunicación escrita firmada por representante legal de la entidad respectiva y tendrá los efectos legales establecidos en el artículo 14 de la Ley 87 de 1993, el cual establece: Artículo 14. Informe de los funcionarios del control interno

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 300

Los informes de los funcionarios de control interno tendrán valor probatorio en los procesos disciplinarios, administrativos, judiciales y fiscales cuando las autoridades pertinentes así lo soliciten. 3.7. Diligenciamiento del formato denominado "Relación de bienes

inmuebles" 3.7.1 Relación de bienes inmuebles 3.7.1.1 Objetivos 3.7.1.1.1 Objetivos generales La Contaduría General de la Nación -CGN-, mediante la presente norma se propone obtener la información detallada de los bienes inmuebles que poseen los entes públicos, con el fin de iniciar la conformación del inventario general de bienes del Estado. En el mismo sentido, la entidad tendrá la oportunidad de depurar, actualizar y conformar un inventario con una base de datos completa, la cual identifica plenamente los bienes inmuebles de propiedad de la entidad, situación jurídica y estado contable, facilitando su control y la toma de decisiones, permitiendo a la entidad adoptar estrategias y políticas. 3.7.1.1.2 Objetivos específicos • Conocer en forma detallada la relación de los bienes inmuebles que poseen las entidades

públicas. • Identificar aquellos bienes inmuebles que no han sido incorporados a la contabilidad por

falta de soporte legal. • Informar sobre aquellos bienes inmuebles que fueron adquiridos o enajenados durante el

período contable. • Iniciar la conformación del inventario general de bienes del Estado. • Definir lineamientos generales que contribuyan a la depuración de saldos antiguos, y

permitan la incorporación de operaciones ciertas y verificables frente a la existencia de bienes, derechos y obligaciones.

3.7.1.2 Ambito de aplicación Estas instrucciones serán aplicadas por todos los entes públicos definidos en el artículo 2º de la Resolución 400 del 01 de diciembre del 2000 . 3.7.1.3 Aspectos conceptuales Bienes inmuebles - Cualesquiera bienes fijos, permanentes, que no pueden trasladarse.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 301

Archivo ASCII – Es un archivo plano, con unas características especificas definidas por el diseñador, el cual es generado por un software que puede ser un archivos de texto y no permite la modificación por parte de un usuario diferente a quien lo elabora. Archivo plano. - Información almacenada en discos para el procesamiento de datos, de conformidad con la estructura o especificaciones técnicas suministradas por la Contaduría General de la Nación. 3.7.1.4 Aplicación 3.7.1.4.1 Relación y valor de los bienes inmuebles Las entidades públicas, deberán remitir una relación pormenorizada de los bienes inmuebles de su propiedad, con indicación de los datos solicitados en el formato denominado "Relación de bienes inmuebles". Todos los bienes inmuebles que posea la entidad, sobre los cuales se desconoce el costo histórico, o no están valorizados, o están contabilizados por un valor simbólico, (ej. $1, $1.000, etc.), deberán registrarse transitoriamente en la contabilidad, por un valor de un millón de pesos, cada uno, hasta tanto se hagan los trámites de valorización pertinentes. Con lo anterior se concluye que no se deben enviar datos relacionados con valor cero (0). Igualmente, para los bienes inmuebles registrados en Cuentas de orden, deberán adelantar los trámites pertinentes para legalizarlos y ubicarlos en el cuerpo del balance. En el informe que debe presentarse en las fechas establecidas con la información del año inmediatamente anterior, deberán aparecer legalizados todos los bienes inmuebles e incorporados a la contabilidad y en aquellos casos excepcionales en que no hubiese sido posible su incorporación, deberá suministrarse la explicación pertinente en las Notas a los estados contables. 3.7.1.4.2 Evaluación de la oficina de control interno En el informe que en cumplimiento de la evaluación permanente del sistema de control interno realiza a la unidad respectiva y que deberá enviarse a la CGN de acuerdo con los lineamientos establecidos por este Despacho y relacionados con el manejo de los recursos y bienes, deberá incluirse el concepto sobre la evaluación efectuada a la "Relación de bienes inmuebles". 3.7.1.4.3 Procedimientos generales para el diligenciamiento del formato, en archivo

ASCII, denominado "relación de bienes inmuebles" Esta información debe remitirse en medio magnético, teniendo en cuenta las siguientes instrucciones: • En un disquete de 3.5” de alta densidad.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 302

• El diseño del ASCII es muy amplio en cuanto a la variedad de herramientas que pueden

emplearse para crearlo y además se hace independiente de la tecnología del computador personal que se emplee, facilitando con ello la cobertura total de las entidades reportantes.

Por lo anterior, la gama de editores, procesadores de palabra, hojas electrónicas y un sinnúmero de herramientas disponibles para generar archivos de texto (más de 20 tipos diferentes), son completamente compatibles para diligenciar el ASCII solicitado. Entre esta amplia gama podemos mencionar:

NOMBRE DE LA HERRAMIENTA TIPO DE HERRAMIENTA Edit Editor de texto Editor Editor de texto Word Star (cualquier versión) Procesador de palabra Word Perfect (cualquier versión) Procesador de palabra Easy Script (cualquier versión) Procesador de palabra Work (cualquier versión) Procesador de palabra Word (cualquier versión) Procesador de palabra WordPad Editor de texto Notepad Editor de texto Micro Star (cualquier versión) Editor de texto Visual Editor (editor vi) Editor de texto Lotus 123 (cualquier versión) Hoja electrónica Qpro bajo DOS (cualquier versión) Hoja electrónica Qpro bajo Windows (cualquier versión) Hoja electrónica Excel (cualquier versión) Hoja electrónica Lotus Notes (cualquier versión) Hoja electrónica • Nombre del archivo ASCII. El nombre del archivo debe tener un máximo de once (11)

caracteres, de los cuales nueve (9) serán el NIT de la Entidad reportante y los dos (2) restantes se conformarán así: uno (1) para la letra "B" (en mayúscula) que indica archivo reporte de Bienes inmuebles y otro para el último dígito del año que se reporta. Por ejemplo, si la entidad tiene el NIT 899999108 y reporta la información sobre bienes inmuebles correspondiente al año de 1998, el nombre inicial del archivo ASCII sería entonces: 899999108B8.

Los últimos tres dígitos del nombre del archivo deben estar antecedidos con un punto (.) para denotar la extensión del mismo, por lo tanto el nombre definitivo del archivo ASCII será: 89999910.8B8. Puede notarse también que los archivos reportados por una misma entidad correspondientes a períodos diferentes, tienen un nombre único que los distingue de los demás reportados por esa entidad y los reportados por las demás entidades. Con lo anterior se asegura que el nombre del archivo será único por entidad y año reportado.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 303

NOTA. En caso de que se desconozca el NIT de la entidad, éste puede consultarse en la respectiva regional de la DIAN, o si la entidad carece de NIT, debe consultarse a la Contaduría General de la Nación, la cual asignará un número de identificación. Para ser más claros, supongamos que la misma entidad con el NIT 899999108, ha reportado los archivos ASCII de "Relación de bienes inmuebles" para los años 1997,1998, 1999, 2000 y 2001; entonces los nombres de los archivos serán: Año de reporte Nombre del archivo 1997 89999910.8B7 1998 89999910.8B8 1999 89999910.8B9 2000 89999910.8B0 2001 89999910.8B1

• El disquete debe identificarse mediante una etiqueta que contenga NIT y nombre del

ente público, nombre del archivo y fecha de corte. • La estructura del archivo ASCII para reporte de bienes inmuebles debe ajustarse en su

totalidad al siguiente modelo: Posición inicial

Posición final

Longitud Descripción Justificación Tipo dato

1 15 15 Nit Ceros izquierda

Numérico

16 23 8 Fecha de corte No Numérico 24 24 1 Código identificación

del bien No Numérico

25 25 1 Ubicación del bien No Numérico 26 55 30 Denominación del bien,

lugar ubicación, nomenclatura

Espacios derecha

Alfanumérico

56 57 2 Código depto ubicación inmueble

No Numérico

58 60 3 Código mpio ubicación inmueble

No Numérico

61 68 8 Fecha adquisición, construcción.

No Numérico

69 78 10 Número de escritura Ceros izquierda

Numérico

79 81 3 Notaría Ceros izquierda

Numérico

82 83 2 Código depto ubicación notaría

No Numérico

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 304

84 86 3 Código mpio ubicación notaría

No Numérico

87 101 15 Matrícula inmobiliaria Espacios derecha

Alfanumérico

102 111 10 Cédula catastral Ceros izquierda

Numérico

112 119 8 Área del inmueble Ceros izquierda

Numérico

120 120 1 Código de destinación No Numérico 121 126 6 Código subcuenta costo

histórico No Numérico

127 133 7 Valor costo histórico Ceros izquierda

Numérico

134 139 6 Código subcuenta ajustes por inflación

No Numérico

140 146 7 Valor ajustes por inflación

Ceros izquierda

Numérico

147 152 6 Código subcuenta depreciación acumulada

No Numérico

153 159 7 Valor depreciación acumulada

Ceros izquierda

Numérico

160 165 6

Código subcuenta depreciación ajustes por inflación

No Numérico

166 172 7 Valor depreciación ajus tes por inflación

Ceros izquierda

Numérico

173 178 6 Código subcuenta valorización

No Numérico

179 185 7 Valor valorización Ceros izquierda

Numérico

186 191 6 Código provisión No Numérico 192 198 7 Valor provisión Ceros

izquierda Numérico

199 205 7 Valor enajenación Ceros izquierda

Numérico

206 240 35 Observaciones Espacios derecha

Alfanumérico

Diligenciamiento del modelo en formato ASCII "relación de bienes inmuebles" 3.8.1.4.4 Información general Para el diseño del formato en archivo ASCII, debe tenerse en cuenta:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 305

Todos los campos deben estar debidamente justificados, es decir, deben tener la longitud precisa para cada uno de ellos, por lo cual, si éstos tienen una longitud inferior deben justificarse con ceros a la izquierda si se trata de campos numéricos, o con espacios a la derecha si se trata de campos alfabéticos, hasta completar la longitud precisa definida para el campo. Cada registro se refiere al reporte de un bien inmueble, es decir, que el archivo ASCII contendrá tantos registros como bienes inmuebles posea la entidad reportante. (Cada registro con una longitud total de 240 caracteres). El archivo debe digitarse en forma estrictamente secuencial, sin espacios, a excepción de los campos alfanuméricos que se justifican con espacios a la derecha (tal como se especifica en los diseños de los respectivos registros). El archivo ASCII debe grabarse como archivo de solo texto, independiente de la herramienta que se esté empleando, aunque los editores por defecto graban los archivos como solo texto, es decir, que si se emplea un editor para diligenciar el ASCII, no es necesario indicar en el momento de grabarse que es de solo texto; en los demás casos sí se hace indispensable. 3.8.1.4.5 Información específica La remisión de la información correspondiente a la "Relación de bienes inmuebles" debe realizarse en formato ASCII, bajo un solo archivo que contendrá un único tipo de registro, en el cual se especificarán cada uno de los bienes inmuebles de la entidad, en la forma que se describe más adelante. Es decir, que por cada bien inmueble que posea la entidad debe incluirse un registro en el archivo; por lo tanto, si la entidad que reporta la información posee 20 bienes inmuebles, el archivo ASCII remitido debe contener un total de 20 registros, cada uno de ellos con una longitud total de 240 caracteres. El archivo estará entonces conformado por: A partir de la posición 1, con una longitud de 15 caracteres, debe ir el NIT (Número de Identificación Tributaria) de la entidad, justificado con ceros a la izquierda, no deben contener puntos ni guiones y se debe incluir el dígito de verificación. Si el NIT es 8999999108 en el archivo debe ir como: 000008999999108. A continuación y a partir de la posición 16, con una longitud de 8 caracteres, debe ir la Fecha de corte, en formato dd/mm/aaaa (día, mes, año) que corresponde a la fecha a la cual se refiere la información. Si la fecha de corte de la información es el 31 de diciembre de 1998, en el archivo debe ir como 31121998. A continuación y a partir de la posición 24, con una longitud de 1 carácter, debe ir el Código de Identificación del bien, siendo este código: 1 para “Incorporados en cuentas de balance”, 2 para “Incorporados en cuentas de orden”, 3 para “Retirados en el año”. Si el bien inmueble a reportar fue retirado en el año, en el archivo debe ir como 3.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 306

A continuación y a partir de la posición 25, con una longitud de 1 carácter, debe ir la Ubicación del bien, referido a si el bien especificado se halla ubicado en el espacio Urbano o Rural, siendo este código: 1 para bienes que se encuentren ubicados en el espacio urbano y 2 para bienes que se encuentren ubicados en el espacio rural. Si el bien inmueble se encuentra en el espacio urbano, en el archivo debe ir como 1. A continuación y a partir de la posición 26, con una longitud de 30 caracteres y justificado con espacios a la derecha, debe ir la Denominación del bien, indicando el lugar de ubicación, la nomenclatura, etc. Para ello utilice las convenciones que aparecen en la tabla correspondiente del numeral 2.4. A continuación y a partir de la posición 56, con una longitud de 2 dígitos, debe ir el código del departamento donde esté ubicado el bien inmueble relacionado. Si el departamento donde está ubicado el bien es Cundinamarca, en el archivo debe ir como 25. (Para el efecto debe usarse la codificación del DANE). A continuación y a partir de la posición 58, con una longitud de 3 dígitos y justificado con ceros a la izquierda, debe ir el Código del municipio en donde esté ubicado el bien inmueble relacionado. Si el municipio en donde está ubicado el bien es Albán, en el archivo debe ir como: 019. (Para el efecto debe usarse la codificación del DANE). Si no tiene la información del DANE, favor consultarla en la Contaduría General de la Nación. A continuación y a partir de la posición 61, con una longitud de 8 caracteres, debe ir la Fecha de adquisición, construcción, venta o retiro (estos 2 últimos -venta o retiro- en el caso que el código de identificación del bien sea 3), en formato ddmmaaaa (día, mes, año) que corresponde a la fecha en que se adquirió, construyó, vendió o retiró el bien inmueble relacionado. Si la fecha de compra del bien inmueble es el 22 de octubre de 1997, en el archivo debe ir como 22101997. A continuación y a partir de la posición 69, debe ir el Número de escritura del bien con una longitud de 10 caracteres, justificados con ceros a la izquierda. Si el número de escritura es 1234569, en el archivo debe ir como 0001234569. A continuación y a partir de la posición 79, debe ir el Número de la notaría en donde se otorgó la escritura, con una longitud de 3 caracteres, justificado con ceros a la izquierda. Si el número de la notaría es 45, en el archivo debe ir como 045. A continuación y a partir de la posición 82, con una longitud de 2 dígitos, debe ir el Código del departamento en donde esté ubicada la notaría que otorgó la escritura del bien inmueble relacionado. Si el departamento en donde está ubicada la notaría es Cundinamarca, en el archivo debe ir como 11. (Para el efecto debe usarse la codificación del DANE). A continuación y a partir de la posición 84, con una longitud de 3 dígitos y justificado con ceros a la izquierda, debe ir el Código del municipio en donde esté ubicada la notaría en la cual se otorgó la escritura del bien inmueble relacionado. Si el municipio en donde está ubicada la notaría es Bogotá, en el archivo debe ir como 001. (Para el efecto debe usarse la codificación del DANE).

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 307

A continuación y a partir de la posición 87, con una longitud de 15 caracteres, debe ir la Matrícula inmobiliaria, justificado con espacios a la derecha. Si la matrícula inmobiliaria es ANE123456865, en el archivo debe ir como: ANE123456865---, (los 3 espacios a la derecha son para completar los 15 caracteres de la longitud del campo). Aquí los datos alfabéticos van en mayúscula (los --- significan los 3 espacios a la derecha). (Debe tenerse en cuenta que la matrícula inmobiliaria debe ser única para cada bien inmueble). En cuanto a la matrícula Inmobiliaria, cuando no se cuente con la información correspondiente, el campo debe dejarse en blanco, si se diseña en programa Excel, o justificado con espacios a la derecha cuando se diseñe en algún editor, por ser de característica alfanumérica. A continuación y a partir de la posición 102, debe ir la Cédula catastral, con una longitud de 10 caracteres numéricos, justificado con ceros a la izquierda. Si la cédula catastral es 3456789, en el archivo debe ir como 0003456789. En algunos casos, cuando alcanza de longitud hasta 18 caracteres, se ubica en la posición 241-270, con características alfanuméricas. A continuación y a partir de la posición 112, con una longitud de 8 dígitos, debe ir el Área del inmueble ,en metros cuadrados, justificado con ceros a la izquierda y aproximando a una sola cifra decimal. Si el área del inmueble es de 1245,65 metros cuadrados, en el archivo debe ir como 00012456 siendo el último dígito (en este caso 6) el dígito decimal. El sistema realiza la separación en forma automática. A continuación y a partir de la posición 120, con una longitud de 1 dígito, debe ir el Código de destinación, que corresponde a la actividad económica principal o finalidad productiva a la que actualmente está destinado el bien, así: 1 Prestación de servicios públicos, 2 Producción, 3 Comercialización, 4 Administración, 5 Habitación y 6 Otro. Si el bien está destinado a actividades de administración, en el archivo debe ir como 4. A continuación y a partir de la posición 121 con una longitud de 6 caracteres y de acuerdo con la subcuenta específica del Catálogo General de Cuentas, debe ir el Código de la subcuenta correspondiente al "Costo histórico". (Este código debe ser uno de los descritos en la tabla de subcuentas de la Información Básica. A continuación y a partir de la posición 127, debe ir el Valor registrado en los libros correspondiente al costo histórico, con una longitud de 7 dígitos, especificado en millones de pesos, con un decimal de aproximación y justificado con ceros a la izquierda. Si el costo histórico es de 12.234.567,85, en el archivo debe ir como 0000122. El sistema de la CGN. separa ese decimal automáticamente A continuación y a partir de la posición 134, con una longitud de 6 caracteres y de acuerdo a la subcuenta específica del Catálogo General de Cuentas, debe ir el Código de la subcuenta correspondiente a "Ajustes por inflación". Este código debe ser uno de los descritos en la tabla de subcuentas de la Información Básica. (Cuando el bien inmueble es retirado en el año y por tanto NO se registra en cuentas de Balance o en cuentas de Orden, este campo debe diligenciarse en ceros).

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 308

A continuación y a partir de la posición 140, debe ir el Valor registrado en los libros correspondiente a "Ajustes por inflación", con una longitud de 7 dígitos, especificado en millones de pesos, con un decimal de aproximación y justificado con ceros a la izquierda. Si el valor de ajustes por inflación es de 234.206.567, en el archivo debe ir como 0002342. (Cuando el bien inmueble es retirado en el año y por tanto NO se registra en cuentas de Balance o en cuentas de Orden, este campo debe diligenciarse en ceros). A continuación y a partir de la posición 147 con una longitud de 6 caracteres y de acuerdo a la subcuenta específica del Catálogo General de Cuentas, debe ir el Código de la subcuenta correspondiente a la "Depreciación ó amortización acumulada". Al primero de ellos, si la información corresponde al grupo 16 Propiedades, planta y equipo o al grupo 19 - Otros activos, y al segundo si corresponde al grupo 17 - Bienes de beneficio y uso público o al grupo 19 - Otros activos. (Cuando el bien inmueble es retirado en el año y por tanto NO se registra en cuentas de Balance o en cuentas de Orden, este campo debe diligenciarse en ceros). A continuación y a partir de la posición 153, debe ir el Valor registrado en los libros correspondiente a la "Depreciación o amortización acumulada", con una longitud de 7 dígitos, especificado en millones de pesos, con un decimal de aproximación y justificado con ceros a la izquierda. Si la amortización acumulada es de 4.580.721, en el archivo debe ir como: 0000045. (Cuando el bien inmueble es retirado en el año y por tanto NO se registra en cuentas de Balance o en cuentas de Orden, este campo debe diligenciarse en ceros). A continuación y a partir de la posición 160 con una longitud de 6 caracteres y de acuerdo con la subcuenta específica del Catálogo General de Cuentas, debe ir el Código de la subcuenta correspondiente a los "Ajustes por inflación de la depreciación o amortización acumuladas". Este código debe ser uno de los descritos en la tabla de subcuentas de la Información Básica. (Cuando el bien inmueble es retirado en el año y por tanto NO se registra en cuentas de Balance o en cuentas de Orden, este campo debe diligenciarse en ceros). A continuación y a partir de la posición 166, debe ir el Valor registrado en los libros correspondiente a los "Ajustes por inflación de la depreciación o amortización acumuladas", con una longitud de 7 dígitos, especificado en millones de pesos, con un decimal de aproximación y justificado con ceros a la izquierda. Si el valor de depreciación ajustes por inflación es de 670.000, en el archivo debe ir como: 0000006. (Cuando el bien inmueble es retirado en el año y por tanto NO se registra en cuentas de Balance o en cuentas de Orden, este campo debe diligenciarse en ceros). A continuación y a partir de la posición 173 con una longitud de 6 caracteres y de acuerdo con la subcuenta específica del Catálogo General de Cuentas, debe ir el Código de la subcuenta correspondiente a "Valorización". (Este código debe ser uno de los descritos en la tabla de subcuentas de la Información Básica; cuando el bien inmueble reportado esté incorporado en Cuentas de balance o en Cuentas de orden, este campo debe diligenciarse en ceros).

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 309

A continuación y a partir de la posición 179, debe ir el Valor registrado en los libros correspondiente a la "Valorización", con una longitud de 7 dígitos, especificado en millones de pesos, con un decimal de aproximación y justificado con ceros a la izquierda. Si la valorización es de 120.999.801, en el archivo debe ir como 0001209. (Cuando el bien inmueble es retirado en el año y por tanto NO se registra en cuentas de Balance o en cuentas de Orden, este campo debe diligenciarse en ceros). A continuación y a partir de la posición 186 con una longitud de 6 caracteres y de acuerdo con la subcuenta específica del Catálogo General de Cuentas, debe ir el Código de la subcuenta correspondiente a "Provisión". Este código debe ser uno de los descritos en la tabla de subcuentas de la Información Básica. (Cuando el bien inmueble es retirado en el año y por tanto NO se registra en cuentas de Balance o en cuentas de Orden, este campo debe diligenciarse en ceros). A continuación y a partir de la posición 192, debe ir el Valor registrado en los libros correspondiente a la "Provisión", con una longitud de 7 dígitos, especificado en millones de pesos, con un decimal de aproximación y justificado con ceros a la izquierda. Si la provisión es de 3.001.567, en el archivo debe ir como 0000030. (Cuando el bien inmueble es retirado en el año y por tanto NO se registra en cuentas de Balance o en cuentas de Orden, este campo debe diligenciarse en ceros). A continuación y a partir de la posición 199, debe ir el Valor registrado en los libros correspondiente a la "Enajenación o retiro", con una longitud de 7 dígitos, especificado en millones de pesos, con un decimal de aproximación y justificado con ceros a la izquierda. Si la enajenación es de $2.420.000, en el archivo debe ir como 0000024. (Cuando el bien inmueble es retirado en el año y por tanto NO se registra en cuentas de Balance o en cuentas de Orden, este campo debe diligenciarse en ceros). Y por último, a partir de la posición 206, con una longitud máxima de 36 caracteres, deben ir las observaciones. Aquí la entidad puede explicar brevemente el concepto “Otro”, si así se especificó en la destinación del inmueble y eventualmente, detallar algún otro aspecto que desee destacar. 3.7.1.4.6 Información básica Teniendo en cuenta que los bienes inmuebles deben estar incorporados en la contabilidad, para el diligenciamiento específico del formato en archivo ASCII, "RELACIÓN DE BIENES INMUEBLES", deberán tomarse como documento fuente los libros de contabilidad en donde aparezca la relación de bienes inmuebles de la entidad reportante, y únicamente los correspondientes a las cuentas y subcuentas que a continuación se relacionan: Costo histórico CÓDIGO NOMBRE 1605 TERRENOS 160501 Urbanos

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 310

160502 Rurales 1636 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO EN MANTENIMIENTO 163601 Edificaciones 1640 EDIFICACIONES 164001 Edificios y casas 164002 Oficinas 164003 Almacenes 164004 Locales 164005 Fábricas 164006 Mataderos 164007 Salas de exhibición y ventas 164008 Cafeterías y casinos 164009 Colegios y escuelas 164010 Clínicas y hospitales 164011 Clubes 164012 Hoteles, hostales y paradores 164013 Silos 164014 Invernaderos 164015 Casetas y campamentos 164016 Terminales 164017 Parqueaderos y garajes 164018 Bodegas y hangares 164019 Instalaciones deportivas y recreacionales 164020 Estanques 164022 Presas 164023 Pozos 164024 Tanques de almacenamiento 164025 Estaciones repetidoras 164090 Otras edificaciones 1710 BIENES DE USO PÚBLICO 171004 Plazas públicas 171005 Parques recreacionales 171090 Otros bienes de uso público (estadios, piscinas,

coliseos, etc.) 1715 BIENES HISTÓRICOS Y CULTURALES

171501 Monumentos4 171502 Museos 171504 Parques arqueológicos 171505 Bibliotecas 171506 Hemerotecas

4 No relacione aquí las estatuas u obras de esculturas labradas.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 311

1920 BIENES ENTREGADOS A TERCEROS

192002 Bienes inmuebles entregados en administración

192004 Bienes inmuebles entregados en "leasing" 192006 Bienes inmuebles en comodato 192008 Bienes inmuebles entregados en fideicomiso 192009 Otros bienes entregados a terceros 1930 BIENES RECIBIDOS EN DACIÓN DE PAGO 193002 Inmuebles 193009 Otros bienes recibidos en donación de pago

1941 BIENES ADQUIRIDOS EN "LEASING" 194101 Terrenos 194102 Inmuebles

8110 BIENES ENTREGADOS EN GARANTÍA 811003 Terrenos 811006 Edificaciones 811019 Bienes históricos y culturales

8306 BIENES ENTREGADOS EN CUSTODIA 830603 Terrenos

830606 Edificaciones 830615 Bienes de arte y cultura 830690 Otros bienes entregados en custodia 8315 ACTIVOS TOTALMENTE DEPRECIADOS,

AGOTADOS O AMORTIZADOS 831501 Edificaciones 831532 Bienes de uso público 831536 Bienes entregados a terceros 8325 BIENES INCAUTADOS O APREHENDIDOS 832505 Terrenos 832508 Edificaciones 832590 Otros bienes incautados o aprehendidos 8330 BIENES PENDIENTES DE LEGALIZAR 833005 Terrenos 833008 Edificaciones 833090 Otros bienes incautados o aprehendidos Ajustes por inflación 160599 Ajustes por inflación (Terrenos)

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 312

163699 Ajustes por inflación ( Propiedades, planta y equipo en mantenimiento)

164099 Ajustes por inflación (Edificaciones) 171099 Ajustes por inflación (Bienes de uso público) 171599 Ajustes por inflación (Bienes históricos y culturales) 192099 Ajustes por inflación (Bienes entregados a terceros) 193099 Ajustes por inflación (Bienes recibidos en dación de pago) 194199 Ajustes por inflación (Bienes adquiridos en “leasing”) 811099 Ajustes por inflación (Bienes entregados en garantía) 831599 Ajustes por inflación (Activos totalmente depreciados, agotados o amortizados) 832599 Ajustes por inflación (Bienes incautados o aprendidos) 833099 Ajustes por inflación (Bienes pendientes de legalizar) Depreciación o amortización acumulada: Depreciación acumulada 168501 Depreciación acumulada (Edificaciones) 194201 Inmuebles Amortización acumulada 178590 Otros bienes de uso público 192502 Bienes inmuebles entregados en

administración 192504 Bienes inmuebles entregados en “Leasing” 192506 Bienes inmuebles en comodato Ajustes por inflación de la depreciación o amortización acumuladas 168599 Ajustes por inflación 178599 Ajustes por inflación 194299 Ajustes por inflación 192599 Ajustes por inflación Valorización 199902 Propiedades, planta y equipo 199903 Bienes de beneficio y uso público Provisión 169501 Terrenos 169505 Edificaciones 169521 Propiedades, planta y equipo en mantenimiento 193502 Inmuebles

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 313

Convenciones Para las casillas correspondientes a la denominación del bien, lugar de ubicación, nomenclatura, se utilizarán las convenciones que aparecen en la siguiente tabla: CONVENCIÓN CLASE CONVENCIÓN CLASE AG Agrupación ER Estación repetidora AL Almacén ETQ Estanque AP Apartamento ES Este AUT Autopista ET Etapa AV Avenida FA Fábrica AC Avenida calle GJ Garaje AK Avenida carrera HA Hangar BRR Barrio HE Hemeroteca BL Bloque HO Hotel, hostal y parador BLI Biblioteca ID Instalación deportiva y

recreacional BG Bodega IN Interior CF Cafetería y casino IV Invernadero CL Calle KM Kilómetro CN Camino LC Local KR Carrera LT Lote CT Carretera MZ Manzana CA Casa MT Matadero CT Caseta y campamento MN "Mezzanine" CEL Célula MD Módulo CH Clínica y hospital MO Monumento CU Club MU Museo CG Colegio y escuela OCC Occidente CON Conjunto OE Oeste CS Consultorio OF Oficina DP Depósito PA Parcela DG Diagonal PAA Parque arqueológico ED Edificio PR Parque recreacional EN Entrada PQ Parqueadero ESQ Esquina PS Paseo PH "Penthouse" SS Semisótano PI Piso ST Sótano PP Plaza pública SM Supermanzana PZ Pozo SUR Sur PD Predio TA Tanque de

almacenamiento PR Presa TE Terminal PN Puente TRR Terreno

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 314

PT Puesto TO Torre RU Rural TV Transversal SI Silos UN Unidad SV Sala de exhibición y

venta UR Unidad residencial

SC Salón comunal URB Urbanización SL Solar URO Urbano SR Sector ZN Zona

Cuando excepcionalmente se conozca de la existencia de bienes que no aparecen registrados contablemente, ni en cuentas de balance, ni de orden, los responsables del envío de esta información deberán informar la razón de ello y ordenar su inmediata inclusión y reportarlo en el año en que se detecte dicha situación. 3.7.1.4.7 Actualización y envío de la información solicitada Las entidades públicas deben mantener permanentemente actualizados los datos de su relación de bienes inmuebles reportada a la Contaduría General de la Nación. Para el efecto, es necesario incluir cada año únicamente el detalle de los bienes inmuebles que fueron incorporados (código 1) y los enajenados o retirados del servicio (código 3), durante el respectivo período contable, revelando cuando sea el caso, los hechos destacados en las Notas a los estados contables. Por lo tanto, para el año 1999 y siguientes, la información que deben enviar las entidades, corresponde únicamente a la de los bienes inmuebles adquiridos durante el respectivo año (Incorporados en las cuentas de balance) y la de aquellos vendidos, donados, etc. (Retirados en el año) registrados en la contabilidad. El diligenciamiento del presente formato, en archivo ASCII deberá efectuarse para el corte correspondiente al 31 de diciembre de cada año y enviarse a esta entidad junto con la información de los formatos CGN-96-001, CGN-96-002 y CGN-98-003. No obstante el primer reporte, por excepción, correspondiente al 31 de diciembre de 1998, deberá remitirse a más tardar el 14 de mayo de 1999. La primera información, con los bienes inmuebles poseídos al 31 de diciembre de 1998, deberá remitirse a la Contaduría General de la Nación a más tardar el día 14 de mayo del presente año, de conformidad con las instrucciones indicadas. Posteriormente, al corte de cada período contable, esta información deberá actualizarse, adicionando los inmuebles adquiridos y los enajenados o retirados durante el respectivo año. 3.7.1.5 Ejemplos Con el fin de facilitar y orientar el conocimiento del presente instructivo y lograr un correcto diligenciamiento, se incluyen: Un ejemplo para una entidad que posee varios

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 315

bienes inmuebles, y el diseño del contenido del archivo ASCII que debe producirse con los datos relacionados en el mismo y que se presentan a continuación. La entidad XXX identificada con el NIT 899975289 posee los siguientes inmuebles, con fecha de corte al 31 de diciembre de 1998: Incorporados en cuentas de balance 1. Un lote ubicado en la carrera 40 número 30-69, de la ciudad de Apartadó, Antioquia (05-

045), el cual fue adquirido el 1 de septiembre de 1992 mediante la escritura pública número 520 de la Notaría 40 de la ciudad de Medellín, Antioquia (05-001); con número de registro inmobiliario 2222-5; cédula catastral 22-44-22. El área del inmueble es de 400 metros cuadrados y actualmente está sin uso.

El lote está registrado contablemente en el grupo Propiedades, planta y equipo, - código 16, subcuenta Terrenos urbanos, código 160501, por un costo histórico de $600,6 millones de pesos.

2. Un edificio situado en la calle 20 número 12-56, de la ciudad de Simití, Bolívar (13-744), adquirido el 4 de agosto de 1996, con la escritura pública número 325 de la Notaría 40 de la ciudad de Catagena, Bolívar (13-001); con número de registro 5658-9; cédula catastral 55-89-77; un área de 1.000 metros cuadrados y destinado a actividades administrativas.

El inmueble está registrado contablemente en el grupo Propiedades, planta y equipo, código 16, subcuenta Oficinas, código 164002, por un costo histórico de $1.500,4 millones de pesos.

3. Un edificio ubicado en la transversal 39 número 15-89, de la ciudad de Santa Fe de

Bogotá D.C., Cundinamarca (11-001), adquirido el 9 de septiembre de 1997, mediante la escritura pública número 200 de la Notaría 25 de Santa Fe de Bogotá D.C., Cundinamarca (11-001); con número de registro inmobiliario 2587-1; cédula catastral 18-89-96. El área total del edificio es de 2.000 metros cuadrados y está destinado a la prestación de un servicio público.

El edificio está registrado contablemente en el grupo Bienes de beneficio y uso público, código 17, subcuenta Bibliotecas, código 171505, por un costo histórico de $7.200,2 millones de pesos.

4. Un terreno ubicado en el sector rural, vereda El Rosal, del municipio Yacopí, Cundinamarca (25-885), adquirido el 5 de febrero de 1998, mediante escritura pública número 184 de la Notaría 15 de la ciudad de Santa Fe de Bogotá D.C., Cundinamarca (11-001); con número de registro inmobiliario 8888-6; cédula catastral número 14-87-89 y un área de 5.000 metros cuadrados, destinados al cultivo de hortalizas.

El terreno está registrado contablemente en el grupo Propiedades, planta y equipo, código 16, subcuenta Terrenos rurales, código 160502, por un costo histórico de $2.000,0 millones de pesos.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 316

Incorporados en cuentas de orden 1. Un lote ubicado en la avenida 4 número 52-60, adquirido el 15 de febrero de 1994, del

sector urbano, de la ciudad de Santa Fe de Bogotá D.C., Cundinamarca (11-001), con un área de 2.000 metros cuadrados, y un valor de $523,2 millones. En la actualidad no se cuenta con el documento soporte que acredite la propiedad y está destinado a la producción de bienes.

2. Un depósito ubicado en la diagonal 32 número 65-96, de la ciudad de Santa Fe de

Bogotá D.C., Cundinamarca (11-001), el cual tiene un área de 3.350 metros cuadrados y un valor de $7.500,8 millones y destinado a actividades de comercialización.

Retirados en el año 1. Un local ubicado en la Autopista norte número 195-36, de la ciudad Santa Fe de Bogotá

D.C., Cundinamarca (11-001), el cual había sido adquirido el 2 de mayo de 1995, mediante escritura pública número 125 de la Notaría 13 de Santa Fe de Bogotá D.C., Cundinamarca (11-001); con número de registro inmobiliario 555-5; cédula catastral 25-95-69 y un área de 1.000 metros cuadrados.

El local estaba registrado contablemente en la cuenta Edificaciones, código 1640 subcuenta Salas de exhibición y ventas, código 164007, por un costo histórico de $856,9 millones de pesos. El inmueble fue objeto de ajustes por inflación en cuantía de $150,3 millones, una depreciación acumulada de $115,6 millones y ajustes por inflación a la depreciación por $20,0 millones. La enajenación fue por $1.000,0 millones.

2. Un parque recreacional, ubicado en la calle 12 número 13 -26 de la ciudad Cali, Valle (76-001), el cual había sido adquirido el 2 de agosto de 1996, mediante la escritura pública 122 de la Notaría 10 de Cali, Valle (76-001); con registro inmobiliario número 289.4; cédula catastral 26-98-78 y un área de 10.000 metros cuadrados.

El parque se encontraba registrado contablemente en el grupo Bienes de uso público, código 17, subcuenta Parques recreacionales, código 171005, por un costo histórico de $50.000,8 millones. Este activo fue objeto de ajustes por inflación en cuantía de $10.000,6 millones; de amortización por $50,0 millones y ajustes por inflación a la amortización por $37,0 millones. El valor de la enajenación ascendió a $70.000,4 millones.

0000008999752893112199911LOTE CRA 40 # 30-69 050450109199 200000005200400500122225 000022442200004000616050100060060 00000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000ESTE ESPACIO ES PARA LOS COMENTARIO 0000008999752893112199911EDIFICIO CLL 20 12-56 SIMITI 137440408199 600000032500401300156589 000055897700010000316400200150040 0000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000 0000ESTE ESPACIO ES PARA LOS COMENTARIO

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 317

0000008999752893112199911EDIFICIO TRANSV. 39 15-89 BOGO110010909199 700000002000251100125871 000018899600020000217150500720020 00000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000ESTE ESPACIO ES PARA LOS COMENTARIO 0000008999752893112199912TERRENO VEREDA ROSAL YACOPI 258850502199800000001840151100188886 00001487890005000061605010020000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000ESTE ESPACIO ES PARA LOS COMENTARIO 0000008999752893112199921LOTE AVENIDA 4 52-60 BOGOTA 1100115021994000000000000000000 00000000000002000019115030005232000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000NO TIENE TITULO DE PROPIEDAD 0000008999752893112199921DEPOSITO DIAG 32 65-96 BOGOTA 1100100000000000000000000000000 00000000000002000039115060075008000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000PROPIEDAD EN TRAMITE DE LEGALIZAR 0000008999752893112199931LOCAL AUTOPISTA NORTE 195-36 11001020519950000000125013110015555 00002595690000100031640070008569164099000150316850100011561685990000200199902000000016950500000000010000ESTE ESPACIO ES PARA LOS COMENTARIO 0000008999752893112199931PARQUE RECREACIONAL C 12 13-2676001020819960000000122010760012894 00002698780001000021710050500008171099010000617850500005001785990000370199902000000016950100000000700000ESTE ESPACIO ES PARA LOS COMENTARIO FORMALIDADES Se aclara a las entidades que la falta de presupuesto para contratar los procesos técnicos de valorización no constituye excusa para no incluir en el Balance o en Cuentas de orden, los diferentes Bienes Inmuebles en lo relacionado con el registro del valor simbólico, el cual es obligatorio y transitorio, hasta tanto se realice la valorización pertienente. Lo mismo ocurre con la obligación de reportar el archivo ASCII. El envío de la Relación de bienes inmuebles deberá enviarse a la Contaduría General de la Nación mediante comunicación firmada por el Jefe del Órgano correspondiente, Ministro o Director de Departamento Administrativo, Gobernador, Alcalde, Gerente o Representante Legal, en los plazos establecidos en esta Resolución. A partir de la información correspondiente al año 2000, únicamente se deberán remitir las actualizaciones al Archivo inicialmente enviado, es decir, adquisiciones, enajenaciones o ventas, etc. Finalmente, se recuerda que el no envío de la información da origen al incumplimiento de las siguientes normas: Ley 298/96 lit l., Ley 549/99 Art. 1º y 9º y demás normas expedidas por la Contaduría General de la Nación. 3.8.1.6 Instrucciones para generar el archivo ASCII empleando Excel

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 318

Empleo de Excel para generar el archivo ASCII solicitado, debe tenerse en cuenta: Cada campo debe digitarse en una Columna, iniciando en la Columna A1, correspondiente al NIT. Todos los campos deben estar justificados, es decir, tener la longitud exacta para cada uno de ellos, por lo cual los campos numéricos deben justificarse con ceros a la izquierda y los alfanuméricos con espacios a la derecha. La justificación de los campos numéricos con ceros a la izquierda, se explica en las dos gráficas siguientes: Como lo muestra la Gráfica No.1, primero se debe marcar toda la columna que se desea justificar con ceros (en este caso, la columna A correspondiente al campo donde se registra el NIT de la Entidad), luego se presiona el Click derecho del ratón y se escoge la opción Formato - Celdas… Como se observa en la Gráfica No.2, aparece la ventana Formato de Celdas. Allí se debe escoger, con click izquierdo, la categoría Personalizada y al hacer click en el campo Tipo:, se borra el contenido y se digitan tantos ceros como longitud tenga el campo numérico de acuerdo con el instructivo. En este caso, por ser el campo correspondiente al Nit, se escriben 15 ceros (que corresponden a la longitud del campo Nit) y luego se presiona el botón Aceptar, con lo cual la justificación con ceros a la izquierda queda automática. Este procedimiento debe repetirse en cada una de las columnas que correspondan a un campo numérico que deba justificarse. GRAFICA Nº 1

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 319

GRAFICA No. 2

El contenido del archivo debe digitarse en forma estrictamente secuencial, sin espacios, con excepción de los campos alfanuméricos que se justifican con espacios a la derecha o se dejan en blanco, si no hay datos (tal como se especifica en los diseños de los respectivos registros). IMPORTANTE El archivo ASCII debe grabarse como archivo de sólo texto, independiente de la herramienta que se esté empleando. Aunque los editores por defecto graban los archivos como sólo texto, es decir, que si se emplea un editor para diligenciar el ASCII, no es necesario indicar en el momento de grabar que es de sólo texto. Sin embargo, verifique esto en el editor de texto que tenga y confirme que el archivo fue grabado como de solo texto. En los demás casos, sí se hace indispensable. En el caso de Excel el procedimiento es el siguiente:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 320

Una vez elaborado y guardado el archivo en la hoja electrónica, para generar el ASCII deben tenerse en cuenta los pasos que se muestran las gráficas 3 y 4. Tomar del menú Archivo la opción Guardar como…, luego de lo cual aparece la ventana Guardar como. Escoger en la opción Guardar como tipo: Texto con formato (delimitado por espacios) ( *. En la opción Nombre de archivo: se digita el nombre del archivo según las instrucciones. Por ejemplo, si el NIT de la entidad es 899.236.258-7 el nombre será: 89923625.8B9, para la información de 1999, que corresponde al Nit de la Entidad sin dígito de verificación. Este nombre se debe digitar entre comillas (tal como se observa en la gráfica No. 4 ). En la opción Guardar en: se especifica el Drive A:. Oprima click en Guardar y luego en Aceptar. GRAFICA No.3

GRAFICA No. 4

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 321

Luego de seguir el anterior proceso se habrá terminado de generar el archivo ASCII sobre BIENES INMUEBLES 3.8 Suministro de información cuando se producen cambios de

gobernadores, alcaldes, gerentes y demás representantes legales de entidades y corporaciones públicas del orden territorial.

3.8.1 Objetivos • Garantizar la entrega de información financiera, económica y social de los entes del

sector público, como consecuencia del cambio que se produzca en la administración de los mandatarios y representantes legales de las entidades públicas.

• Facilitar a los recién posesionados mandatarios y demás representantes legales de

organismos públicos, el conocimiento de la realidad financiera económica y social de la entidad que entran a administrar.

• Asegurar el cumplimiento de las obligaciones contables de conformidad con las normas

y procedimientos determinados por la Contaduría General de la Nación –CGN. 3.8.2 Instrucciones Los mandatarios y representantes legales a que se refiere el presente instructivo deben garantizar durante el proceso de empalme, la entrega a su sucesor de la información sobre los bienes, derechos y obligaciones de la entidad. Para lo cual procederán a suministrar los siguientes documentos: • Los estados financieros con corte al último día del mes de noviembre y el movimiento

contable del mes de diciembre. • Los libros oficiales y auxiliares de contabilidad y los comprobantes y documentos

soporte que forman parte del sistema contable de la entidad. • Las notas a los estados contables, copias de los informes incluyendo los de control

interno contable, requerimientos recibidos y en general la correspondencia existente entre la CGN y el ente público.

• Relación de los inventarios de propiedad, planta y equipo; discriminación de las

inversiones y los acreedores y los cálculos actuariales de pensiones, entre otros. • Para efectos de la presentación de la información financiera que debe remitirse a la

CGN de acuerdo con la resolución 373 de 1999, esta será suscrita por el Gobernador, Alcalde o Representante legal que se encuentre en ejercicio de sus funciones en el

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 322

momento del envío de la misma, no obstante que ésta corresponda al período inmediatamente anterior en el cual, el firmante no era titular del cargo.

Con el fin de atender estas instrucciones, se recomienda elaborar un acta de entrega que estará soportada con los documentos antes mencionados. 3.9 Procedimiento para la entrega de la información financiera,

económica y social, de los bienes, derechos y obligaciones de los entes públicos, por parte de los representantes legales salientes a los elegidos o nombrados

3.9.1 Objetivos 3.9.1.1 General Suministrar un procedimiento básico e ilustrar acerca de los aspectos a tener en cuenta en el empalme, entre los servidores públicos que asumen la administración de la entidad y quienes entregan su cargo 3.9.1.2 Específicos • Precisar los documentos que deben entregarse relativos a la información financiera,

económica y social, de los bienes, derechos y obligaciones de los entes públicos. • Determinar las verificaciones básicas ha efectuar en el proceso de empalme. 3.9.3 Aspectos conceptuales Para el empalme entre los servidores que hacen dejación del cargo público y quienes lo suceden, se entenderá que la fecha de corte para la entrega de información y documentos es el último día del penúltimo mes, tomando como referencia la fecha de posesión, y el movimiento contable corresponderá al del último mes. 3.9.3.1 Entrega de información y documentos 3.9.3.1.1 Estados contables y formatos Deben preparase, los estados contables y formatos determinados por la Contaduría General de la Nación – CGN – , como son: • Balance general comparativo • Estado de actividad financiera, económica y social • Estado de cambios en el patrimonio. • CGN–96–001 • Notas a los estados contables

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 323

Para este corte es necesario incluir la información financiera, económica y social de todas las dependencias que hacen parte de la administración central y la de las contralorías, asambleas, concejos y personerías, para lo cual es necesario que la administración central fije los plazos de presentación de la información sujeta a agregación y/o consolidación. De igual forma, el funcionario encargado del seguimiento y control de los registros de las Cuentas de Planeación y Presupuesto, deberá suministrar los saldos actualizados con los respectivos informes de ejecución presupuestal de ingresos y gastos, de manera que se puedan verificar con los registros efectuados en la Clase cero. El movimiento contable del último mes correspondiente a todas las operaciones originadas en las diferentes áreas que integran el sistema financiero – contable de la entidad: Tesorería, Almacén, Planeación y Presupuesto, entre otras. Estas operaciones deben reflejarse en los libros auxiliares y contar con los soportes contables. 3.9.3.1.2 Libros de contabilidad principales y auxiliares, comprobantes y documentos

soporte Libros y documentos que deben suministrarse Los libros de contabilidad deben entregarse actualizados a la fecha de corte y comprenderán la totalidad de los registros de las operaciones. • Libros principales (*)

Libro Diario: Contiene, los débitos y créditos de las cuentas, el registro detallado en orden cronológico de las operaciones realizadas, basados en los comprobantes de contabilidad. Libro Mayor: En él deben estar registrados los saldos y los movimientos débitos y créditos de cada una de las cuentas del mes correspondiente.

(*) Estos deben estar registrados según las normas expedidas por la CGN

• Libros Auxiliares: En ellos se encuentran los registros contables necesarios para el

control de operaciones, con base en los comprobantes de contabilidad o en los documentos soporte.

• Documentos soporte: Comprende todos los documentos escritos o relaciones que

respaldan los registros contables de las operaciones del ente público, de origen interno y externo, tales como comprobantes de contabilidad, notas de contabilidad, facturas, etc.

• Medios Magnéticos: Para el caso de las operaciones que registre la entidad a través del

procesamiento electrónico de datos, deben entregarse los medios magnéticos que la respaldan, dejando copias de seguridad, así como las respectivas claves de acceso.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 324

3.9.3.2 Archivo documental Para evitar pérdidas de información deben observarse adecuadas medidas de seguridad y custodia con la documentación que reposa en los archivos de la entidad. Adicionalmente se debe comprobar la existencia de archivos ordenados cronológicamente con los siguientes documentos: • Notas a los estados contables, copias de los informes de Control Interno, dictámenes de

Revisor Fiscal y auditorías, debidamente soportados y firmados • Copias de los informes financieros económicos y sociales, que haya elaborado la

entidad para la Contaduría General de la Nación – CGN – , los organismos de control y otras entidades.

• Los requerimientos y correspondencia enviada por la CGN y por los diferentes

organismos de control, así como las respuestas emitidas por la entidad.

3.9.3.3 Verificación de los recursos; propiedades, planta y equipo; Inversiones; Obligaciones y Operaciones de crédito público

Los libros auxiliares deberán permitir la verificación a nivel de detalle, de los saldos en caja, bancos y corporaciones, cuentas por cobrar y bienes muebles e inmuebles que posea la entidad. En relación con los inmuebles deben entregarse los archivos de los títulos de propiedad o documentos que soporten el proceso de legalización. En cuanto a las inversiones, es necesario hacer la entrega física de los títulos o en caso contrario de los respectivos certificados de depósito en custodia También es necesario que se puedan identificar claramente los acreedores y los proveedores con quienes se tengan saldos por cancelar y con respecto a las operaciones de crédito público, es necesario entregar copia de los contratos, tablas de amortización y estado actual de éstas obligaciones. 3.9.3.4 Cálculo actuarial de pensiones y Obligaciones laborales Se debe presentar un informe sobre la situación de los pasivos pensionales en el cual indique si existe cálculo actuarial vigente, o si se está realizando el estudio, o no se conoce el estado de esta obligación, e indicar las razones o inconvenientes que han impedido su cálculo. Igualmente el informe debe mencionar si existen pasivos laborales representativos. 3.9.3.5 Estructura del área financiera Se deben indicar las gestiones adelantadas con relación a la reestructuración del área financiera e implantación de sistemas integrados de información, relacionando las etapas ejecutadas y las que se encuentren pendientes, así como la documentación respectiva,

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 325

ejemplo: Manual de funciones, manuales de procedimientos y manual de usuarios del sistema, entre otros. Igualmente debe indicar si la entidad se ha acogido a acuerdos de reestructuración, saneamiento fiscal, planes de desempeño o similares. 3.9.3.6 Información Financiera e informe de Control Interno Se reitera que la responsabilidad de firmar la información financiera, que las entidades deben remitir a la Contaduría General de la Nación, corresponde a quien se encuentre ejerciendo las funciones de representación legal, no obstante que la información reportada corresponda a un período en el cual el firmante no era el titular del cargo. El jefe de la unidad de Control Interno deberá realizar el informe de control interno, conforme a lo dispuesto en la Resolución No 373 del 20 de diciembre de 1999. Copia de este informe deberá ser entregado al nuevo Representante Legal 3.9.3.7 Informe a la CGN sobre el empalme contable En el Informe de Control Interno, se debe informar si se dio estricta aplicación a la a las normas y procedimientos relativos al empalme. 3.9.3.8 Acta de entrega El acta establecida, de berá ser suscrita por los mandatarios entrante y saliente, así como por los responsables de cada una de las áreas que intervengan en este proceso. En ella se debe relacionar el estado de todos los aspectos descritos en el presente Procedimiento.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 326

3.10. Procedimiento para la estructuración, elaboración y presentación

del informe sobre el movimiento de las cuentas por pagar. 3.10.1 Objetivos 3.10.1.1 General Disponer de información financiera con el grado de desagregación necesario para conocer en detalle los movimientos de las cuentas por pagar en sus diferentes posibilidades financieras y de reconocimiento contable. 3.10.1.2 Específicos • Proveer instrumentos para que los entes públicos y demás usuarios interesados realicen

un permanente y adecuado seguimiento del impacto que a través e las cuentas por pagar generan los entes públicos.

• Generar mecanismos para que las entidades competentes, hagan la estimación de las

necesidades de financiamiento sector público colombiano • Definir mecanismos que hagan posible estimar el impacto en el corto y mediano plazo

derivado de las operaciones con cuentas por pagar de las principales entidades públicas de los niveles nacional y territorial.

3.10.2 Ámbito de aplicación El informe sobre cuentas por pagar deberá ser elaborado y presentado inicialmente por las entidades relacionadas a continuación: 1. EMPRESA COLOMBIANA DE PETROLEOS -ECOPETROL- 2. EMPRESA NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES -TELECOM- 3. INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES -ISS- 4. INTERCONEXION ELECTRICA S. A. -ISA- 5. ISAGEN S.A. 6. CORPORACION ELECTRICA DE LA COSTA ATLANTICA S.A. -CORELCA- 7. CARBONES DE COLOMBIA S. A. -CARBOCOL- 8. FONDO NACIONAL DEL CAFE 9. FONDO DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES NACIONALES DE

COLOMBIA 10. CAJA DE RETIRO DE LAS FUERZAS MILITARES 11. FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO 12. CAJA DE PREVISION SOCIAL DE LA SUPERINTENDENCIA BANCARIA -

CAPRESUB- 13. CAJA NACIONAL DE PREVISION SOCIAL -CAJANAL- 14. CAJA DE PREVISION SOCIAL DE COMUNICACIONES -CAPRECOM-

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 327

15. FONDO DE PREVISION SOCIAL DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA 16. CAJA DE SUELDOS DE RETIRO DE LA POLICIA NACIONAL 17. EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLIN 18. EMPRESAS PUBLICAS MUNICIPALES DE CALI -EMCALI- 19. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA 20.DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA 21.DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA 22. MUNICIPIO DE MEDELLÍN 23.DISTRITO CAPITAL DE SANTAFE DE BOGOTÁ 24. MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI 3.10.3 Fases para la estructuración del informe 3.10.3.1 Formalidades logísticas El informe que nos ocupa de las cuentas por pagar se estructura teniendo en cuenta los movimientos contables, débitos y créditos, observados durante un período, atendiendo las siguientes consideraciones: 3.10.3.2 Periodicidad El informe de cuentas por pagar deberá elaborarse y presentarse de acuerdo con los plazos establecidos mediante la Resolución 150 del 30 de junio de 2000, en consecuencia, deberá ser generado y remitido junto con el formato CGN-96-001 a la Contaduría General de la Nación, en forma mensual manteniéndolo a disposición de los organismos de control y demás usuarios que lo soliciten. El informe sobre movimiento de las cuentas por pagar deberá producirse en las entidades de conformidad con lo aquí dispuesto, a partir del mes de enero del año 2001, debiendo presentar el primer reporte a la CGN, en la fecha de presentación prevista para el mes de enero de 2001 y así sucesivamente de conformidad con los plazos establecidos en la Resolución 150 del 30 de junio de 2000. Una vez recibido el archivo con el formato denominado “INFORME DE MOVIENTO DE LAS CUENTAS POR PAGAR” el cual deberá contener el informe de las cuentas por pagar, éste será sometido a los procesos de validación de estructura del formato y validación aritmética a que hubiere lugar, verificando particularmente la correspondencia de la información reportada mensualmente con la suministrada en la información contable básica contenida en el formato CGN-96-001, generando una relación de las inconsistencias observadas. 3.10.3.3 Forma de presentación Las entidades públicas que apliquen este procedimiento deberán presentar obligatoriamente, en medio magnético e impreso, el informe sobre el movimiento contable de las cuentas por pagar de acuerdo con la estructura definida en el “INFORME DE MOVIENTO DE LAS CUENTAS POR PAGAR”, el cual podrá ser objeto de

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 328

modificaciones en la medida que el proceso de recepción de la información en la CGN se actualice. Para el efecto, la Contaduría General de la Nación, con la suficiente oportunidad, informará de los cambios y suministrará las instrucciones para su diligenciamiento. El informe de movimiento de las cuentas por pagar se remitirá a la Contaduría General de la Nación, en archivo separado denominado “INFORME DE MOVIENTO DE LAS CUENTAS POR PAGAR ”, inicialmente en hojas electrónicas: LOTUS 123, Q-PRO o EXCEL, Al igual que con los demás reportes presentados a la CGN, el informe de movimientos sobre las cuentas por pagar, deberá remitirse respaldado con las firmas del representante legal, el jefe del área financiera o contable, el contador y, cuando sea el caso, del revisor fiscal de la respectiva entidad pública que reporta la información. 3.10.3.4 Diligenciamiento del formato Para la elaboración del “INFORME DE MOVIENTO DE LAS CUENTAS POR PAGAR”, deberán tenerse en cuenta los siguientes aspectos: 1. En la Celda B3 se debe incluir el nombre del departamento en el que se encuentra

ubicada la entidad reportante 2. En la Celda B4 se debe incluir el nombre del municipio en el que se encuentra ubicada

la entidad reportante 3. En la Celda B5 se debe incluir el nombre de la entidad reportante 4. En la celda B6 se debe incluir el código institucional de la entidad reportante 5. En la celda B7 se debe incluir la fecha de corte a la cual pertenece el informe 6. A partir de la celda A16, se debe relacionar los códigos de las subcuentas que presentan

saldo corriente a la fecha de corte , de acuerdo con la relación que se muestra en el “INFORME DE MOVIENTO DE LAS CUENTAS POR PAGAR”.

7. A partir de la celda B16, se debe relacionar los nombres de las subcuentas que

presentan saldo a la fecha de corte 8. A partir de la celda C16, se debe relacionar el saldo inicial de la subcuenta, si el

concepto que lo generó fue la adquisición de bienes 9. A partir de la celda D16, se debe relacionar el saldo inicial de subcuenta si el concepto

que generó el saldo fue la prestación de servicios 10. A partir de la celda E16, se debe relacionar el movimiento débito presentado durante el

período por la subcuenta, originado en las disminuciones de las cuentas por pagar ya

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 329

sea por cancelaciones, ajustes, reclasificaciones o cualquier otra situación que hizo que su saldo disminuyera por concepto de adquisición de bienes.

11. A partir de la celda F16, se debe relacionar el movimiento débito presentado durante el

período por la subcuenta, originado en las disminuciones de las cuentas por pagar ya sea por cancelaciones, ajustes, reclasificaciones o cualquier otra situación que hizo que su saldo disminuyera por concepto de prestación de servicios.

12. A partir de la celda G16, se debe relacionar el movimiento crédito presentado durante el

período por la subcuenta, originado en los aumentos de las cuentas por pagar ya sea por nuevas obligaciones, ajustes, reclasificaciones o cualquier otra situación que hizo que su saldo aumentara por concepto de adquisición de bienes.

13. A partir de la celda H16, se debe relacionar el movimiento crédito presentado durante el

período por la subcuenta, originado en los aumentos de las cuentas por pagar ya sea por nuevas obligaciones, ajustes, reclasificaciones o cualquier otra situación que hizo que su saldo aumentara por concepto de prestación de servicios.

14. A partir de la celda I16, se debe relacionar el saldo final de la subcuenta, si el concepto

que lo generó fue la adquisición de bienes. Este valor resulta de la sumatoria del saldo inicial menos los movimientos débito, más los movimientos crédito del período.

15. A partir de la celda J16, se debe relacionar el saldo final de subcuenta si el concepto

que generó el saldo fue la prestación de servicios. Este valor resulta de la sumatoria del saldo inicial menos los movimientos débito, más los movimientos crédito del período.

16. A partir de la celda que se termine de relacionar los saldos considerados como

corrientes, se debe relacionar, de acuerdo con la dinámica anteriormente desarrollada, los saldo considerados como no corrientes a la fecha de corte.

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(Valores en miles de pesos)

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1-BIENES 2- SERVICIOS 1-BIENES 2- SERVICIOS 1-BIENES 2- SERVICIOS 1-BIENES 2- SERVICIOS

240101Bienes y servicios

240102Proyectos de inversión

240601Bienes y servicios

242001Cesantías e intereses liquidados por pagar

242501Comisiones, honorarios y servicios

242502Suscripción de acciones o participaciones

242503Dividendos y participaciones

242504Servicios públicos

242505Transportes y acarreos

242506Suscripciones

242507Arrendamientos

242508Viáticos y gastos de viaje

242510Seguros

242513Saldos a favor de beneficiarios

242518Aportes a fondos pensionales

242519Aportes a seguridad social en salud

242520Aportes al ICBF, SENA y cajas de compensación

242521Sindicatos

242522Cooperativas

242523Fondos de empleados

242524Embargos judiciales

242526Fondos mutuos

242527Fondos especiales

242528Aportes a fondos de becas

242529Cheques no cobrados o por reclamar

242531Servicios aduaneros

242532Aporte riesgos profesionales

242533Fondo de solidaridad y garantía en salud

242534Reintegro a tesorerías

242535Libranzas

242590Otros acreedores

243002Educación

243004Asistencia social 243005Salud

243011Servicio de energía

243016Servicio de telecomunicaciones

243090Otros subsidios asignados

243601Salarios y pagos laborales

243602Dividendos y participaciones

243603Honorarios

243604Comisiones

243605Servicios

243606Arrendamientos

243607Rendimientos financieros

243608Compras

243610Pagos al exterior

CONCEPTODEBITO

MOVIMIENTO

CONCEPTO CREDITO

SALDO FINALSALDO INCIAL

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DEPARTAMENTO: MUNICIPO ENTIDAD: CODIGO: FECHA DE CORTE:

INFORME DE MOVIMIENTO DE LAS CUENTAS POR PAGAR(Valores en miles de pesos)

CODIGO

CONTABLE NOMBRE

1-BIENES 2- SERVICIOS 1-BIENES 2- SERVICIOS 1-BIENES 2- SERVICIOS 1-BIENES 2- SERVICIOS

243612 Enajenación de propiedades, planta y equipo person

243625 Impuesto a las ventas retenido por consignar

243690 Otras retenciones

243695 Autorretenciones

243698 Impuesto de timbre

243701 Retención por compras

243702 Retención por ventas

244001 Renta y complementarios

244003 Predial unificado

244004 Industria y comercio

244005 Valorización

244007 Aduana y recargos

244010 Regalías y compensaciones

244011 Contribuciones

244013 Contribución sobre transacciones financieras

244014 Cuotas de fiscalización y auditaje

244015 Multas y sanciones 244016 Impuesto sobre vehículos automotores

244075 Otros impuestos nacionales

244080 Otros impuestos departamentales

244085 Otros impuestos municipales

244090 Otros impuestos distritales

244501 Venta de bienes

244502 Venta de servicios

244505 Compra de bienes(DB)

244506 Compra de servicios (DB)

244575 Impuesto a las ventas retenido (DB)

244580 Valor pagado (DB)

245001 Anticipos sobre ventas de bienes y servicios

245002 Anticipos sobre proyectos de inversión

245003 Anticipos sobre convenios y acuerdos

245005 Anticipos por impuestos y contribuciones

245006 Avances de operaciones conjuntas

245010 Para futura suscripción de acciones

245090 Otros avances y anticipos

245501 Servicios

245502 Bienes

245503 Judiciales

245506 En administración

245507 Retención sobre contratos

245590 Otros depósitos

246002 Sentencias y conciliaciones

246090 Otros créditos judiciales

247002 Fondo de solidaridad pensional

247005 Sistema general de riesgos profesionales

247501 Cotizaciones

CONCEPTODEBITO

MOVIMIENTO CONCEPTO CREDITO

SALDO FINALSALDO INCIAL

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 332

4 PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LOS SISTEMAS

DE INFORMACIÓN CONTABLE

4.1 Procedimiento para el manejo contable, la agregación y/o consolidación de la información financiera, eco nómica y social, de los órganos de control, corporaciones públicas y demás organismos del nivel territorial con autonomía administrativa y financiera pero sin identidad jurídica, en la administración central de la respectiva entidad territorial

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DEPARTAMENTO: MUNICIPO ENTIDAD: CODIGO:

FECHA DE CORTE:

INFORME DE MOVIMIENTO DE LAS CUENTAS POR PAGAR

(Valores en miles de pesos)

CODIGO

CONTABLE NOMBRE

1-BIENES 2- SERVICIOS 1-BIENES 2- SERVICIOS 1-BIENES 2- SERVICIOS 1-BIENES 2- SERVICIOS

247502Solidaridad

247503Superávit por compensación

247504Promoción y prevención

247505Incapacidades

247507Rendimientos a declarar 247590Otros ingresos al sistema

249001Préstamos a asociados

249003Vinculados económicos

249004Cuotas partes pensionales

249013Recursos de acreedores reintegrados por entidades

250501Nómina por pagar

250502Cesantías

250503Intereses sobre cesantías

250504Vacaciones

250505Prima de vacaciones

250506Prima de servicios

250507Prima de navidad

250508Indemnizaciones

250509Licencias

250510Prima extralegal

250511Prima de antigüedad

250512Bonificaciones

250590Otros salarios y prestaciones sociales

251001Pensiones de jubilación patronales

255001Contratos de capitación - Contributivo

255002Contratos por evento- Contributivo

255003Promoción y prevención- Contributivo

255006Incapacidades - Contributivo

255090Otros gastos de seguridad social en salud

256002Prestaciones asistenciales

256003Subsidio por incapacidad temporal

256090Otras obligaciones por riesgos profesionales

257001Prestaciones económicas

257002Pensiones y retroactivos pensionales

262501Cuotas partes de bonos pensionales emitidos

262502Cuotas partes de bonos pensionales emitidos por

290501Regalías

290502Impuestos

290503Ventas por cuenta de terceros

290590Otros recaudos a favor de terceros

CONCEPTODEBITO

MOVIMIENTO

CONCEPTO CREDITO

SALDO FINALSALDO INCIAL

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 333

administración central de la respectiva entidad territorial 4.1.1 Objetivos 4.1.1.1 General 4.1. 1.2 Específicos 4.1.2 Ámbito de aplicación 4.1.3 Aspectos conceptuales 4.1.3.1 Proceso extracontable 4.1.3.2 Agregación 4.1.3.3 Consolidación 4.1.3.4 Contabilidad independiente 4.1.3.5 Contabilidad separada 4.1.3.6 Contabilidad integrada 4.1.3.7 Valores plenamente conciliados 4.1.4 Aplicación contable 4.1.4.1 Manejo de contabilidades independientes 4.1.4.2 Manejo de contabilidades separadas 4.1.4.3 Manejo de contabilidades integradas 4.1.5 Proceso técnico de agregación y/o consolidación de la información

contable en la administración central de la entidad territorial 4.1.5.1 Cuando se manejan contabilidades independientes 4.1.5.2 Cuando se manejan contabilidades separadas 4.1.5.3 Cuando se maneja la contabilidad integrada 4.1.6 Registros contables 4.1.6.1 Con contabilidades independientes 4.1.6.1.1 Utilizando cuentas de Transferencias 4.1.6.1.2 Utilizando el concepto de Aportes y traspaso de fondos 4.1.6.2 Con contabilidades separadas 4.1.6.2.1 Utilizando el concepto de Principal y Subalterna 4.1.6.3 Con la contabilidad integrada 4.1.7 Tratamiento contable de otros organismos territoriales sin

identidad jurídica de 4.1.7.1 Sector Educación 4.1.7.2 Sector Salud 4.1.7.3 Como transferencias u operación interinstitucional 4.1.7.4 Aspectos generales del instructivo 4.2 Procedimiento para el registro de las operaciones de las

entidades de Administración Central Nacional que conforman el Sistema Integrado de Información Financiera – SIIF

4.2.1 Objetivos 4.2.1.1 General 4.2.1.2 Específicos 4.2.2 Ámbito de aplicación 4.2.3 Aspectos conceptuales 4.2.3.1 Depuración de saldos

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 334

4.2.3.2 Cargue inicial 4.2.3.3 Auxiliares contables con asociación interna 4.2.3.4 Auxiliares contables con asociación directa 4.2.3.5 Asientos automáticos 4.2.3.6 Asientos manuales periódicos 4.2.3.7 Comprobante contable 4.2.3.8 Lote contable 4.2.3.9 Captura Lotes Comprobantes en Línea 4.2.3.10 Archivo plano 4.2.3.11 Cierre mensual 4.2.3.12 Cierre anual 4.2.3.13 Página FTP. (File transfer protocol - FTP) 4.2.4 Procedimientos contables para la puesta en producción del SIIF 4.2.4.1 Depuración de saldos antiguos 4.2.4.2 Cargue inicial de los saldos contables al sistema 4.2.4.2.1 Procedimiento general 4.2.4.2.2 Métodos de cargue 4.2.4.2.3 Plazo para el cargue de saldos iniciales 4.2.4.3 Modificaciones al catálogo general de cuentas 4.2.4.4 Consulta del Catálogo General de Cuentas en FTP 4.2.4.5 Manejo de las cuentas de bancos y fondos especiales 4.2.4.6 Procedimientos contables aplicables en el desarrollo operativo del SIIF 4.2.4.6.1 Registro de las transacciones 4.2.4.6.1.1 Asientos automáticos 4.2.4.6.1.2 Asientos manuales periódicos 4.2.4.6.2 Lotes contables 4.2.4.6.3 Cuentas de Planeación y Presupuesto 4.2.4.6.4 Generación de libros a nivel auxiliar 4.2.4.7 Tratamiento contable de acreedores varios en SIIF 4.2.4.8 Tratamiento contable para nómina en el sistema 4.2.4.9 Funcionalidad y operatividad del SIIF

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 335

4. PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LOS SISTEMAS DE

INFORMACIÓN CONTABLE 4.1 Procedimiento para el manejo contable, la agregación y/o consolidación de la información financiera, económica y social, de los órganos de control, corporaciones públicas y demás organismos del nivel territorial con autonomía administrativa y financiera pero sin identidad jurídica, en la administración central de la respectiva entidad territorial. 4.1.1 Objetivos 4.1.1.1 General Establecer los criterios para el manejo contable y el proceso de agregación y/o consolidación de la información financiera, económica y social de los órganos de control, corporaciones públicas y demás organismos con autonomía administrativa y financiera, pero sin identidad jurídica, con la de la respectiva entidad territorial. 4.1.1.2 Específicos • Determinar de acuerdo con la estructura y organización de la entidad territorial el

manejo de las operaciones contables de los órganos de control, corporaciones públicas y demás organismos sin identidad jurídica.

• Establecer el proceso de agregación y/o consolidación contable de la información de los

órganos de control, corporaciones públicas y demás organismos sin identidad jurídica, con la de la respectiva entidad territorial.

• Indicar la obligación que tienen estos organismos de enviar su información contable a la

respectiva entidad territorial, con la oportunidad y cumpliendo los requisitos establecidos por la C.G.N.

4.1.2 Ámbito de aplicación El presente instructivo será aplicado por las entidades territoriales y los órganos de control, corporaciones públicas y demás organismos sin identidad jurídica que se encuentren comprendidos dentro del ámbito de aplicación definidos en el artículo 2º de la Resolución No. 400 del 1º de diciembre de 2000.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 336

4.1.3 Aspectos conceptuales 4.1.3.1 Proceso extracontable Conjunto ordenado de operaciones tendientes a agregar o consolidar la información contable, sin que se afecten los libros de contabilidad y los registros realizados a través de los documentos fuente, de las partes que intervienen en el proceso. 4.1.3.2 Agregación Proceso extracontable mediante el cual se suman algebraicamente los saldos o movimientos de una entidad con los saldos o movimientos del mismo período de otra u otras entidades u organismos, con el fin de presentarlos como los de un solo ente. El proceso se realiza en la administración central identificando las partidas objeto de agregación de idéntica naturaleza en cada subcuenta, cuenta, grupo y clase, tanto las de balance, resultados, cuentas de orden y presupuesto. 4.1.3.3 Consolidación Proceso extracontable en que a partir de la agregación, se eliminan las operaciones recíprocas de la entidad consolidadora (entidad territorial) y las correspondientes a las consolidadas (organismos de control, corporaciones públicas y otros), con el fin de presentar la información contable como la de un solo ente público. 4.1.3.4 Contabilidad independiente Se refiere a que las entidades y organismos manejan en forma individual su propia contabilidad. El manejo de la contabilidad en forma independiente está caracterizado por aspectos tales como: • La existencia de un solo presupuesto en cabeza de la entidad territorial, o de

presupuestos independientes en cabeza de la entidad territorial y de los organismos. • Autonomía en el manejo presupuestal. • Autonomía administrativa y financiera. • El manejo de libros contables en forma independiente.

4.1.3.5 Contabilidad separada En este caso, para el manejo contable se parte de la premisa de que es una sola entidad, que manejará separadamente los diferentes negocios o unidades contables. Se caracteriza por aspectos tales como:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 337

• Existencia de un único presupuesto en cabeza de la entidad territorial. • Relativa autonomía presupuestal de las unidades, pero siempre delegada. • Relativa autonomía administrativa y financiera, pero delegada. • Se llevan registros y libros de contabilidad separadamente en cada una de las unidades

y son complemento de la contabilidad del ente.

4.1.3.6 Contabilidad integrada Este manejo contable se refiere a una sola entidad y una única contabilidad; por lo tanto, las unidades o negocios están integrados contablemente, aunque se les da el tratamiento de cuentas especiales separadas, habilitándoles dígitos auxiliares a partir de las subcuentas, de tal forma que permitan diferenciar los conceptos de cada uno de los negocios o unidades y se puedan preparar informes para cada uno de ellos. Algunas de las características son: • Corresponde a una sola entidad. • Existe un único presupuesto. • Se habilitan cuentas especiales separadas. • Registro de libros principales únicos. • Manejo de libros auxiliares separados.

4.1.3.7 Valores plenamente conciliados Se considera que un valor está plenamente conciliado en una cuenta y en una entidad, cuando éste es igual al valor de la cuenta recíproca en la otra entidad. 4.1.4 Aplicación contable Se pueden presentar tres (3) situaciones contables que dependen de la estructura y organización que posea la entidad territorial al respecto: 1. Manejo de contabilidades independientes. 2. Manejo de contabilidades separadas. 3. Manejo de la contabilidad en forma integrada. 4.1.4.1 Manejo de contabilidades independientes En este caso, tanto la administración central de la respectiva entidad territorial como los organismos referidos manejarán su propia información contable, con el cumplimiento de la normatividad expedida, aunque para efectos de reporte a la Contaduría General de la Nación – CGN , se tiene establecido que el acopio de la misma, se realice a través de la entidad territorial a la cual pertenecen.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 338

Con el traslado de recursos de la entidad territorial al respectivo organismo, pueden presentarse dos situaciones para el registro contable de esta operación: utilizar las cuentas recíprocas de Transferencias o las de Aportes y traspasos de fondos en operaciones interinstitucionales. • Utilización de cuentas de Transferencias Los recursos del presupuesto de la respectiva entidad territorial, recibidos por estos organismos de control o corporaciones públicas para el desarrollo de sus funciones , deben tratarse contablemente como Transferencias y registrarse en la cuenta 4403-Corrientes del Gobierno General, en las subcuentas 440308 – Departamental, 440315 – Distrital ó 440322 – Municipal – Administración central, dependiendo del ente público que lo realice. Teniendo en cuenta lo anterior y dada la reciprocidad del registro, la entidad territorial que efectúa la transferencia, registrará el respectivo concepto en la cuenta 5403 – Corrientes al Gobierno General, en las subcuentas 540308 – Departamental , 540315 – Distrital, o 540322 – Municipal – Administración central La cuenta 5403- Gastos Transferencias corrientes del Gobierno General se utilizará en la entidad territorial cuando se está ejecutando un gasto del presupuesto por este concepto. Por su parte los organismos de control y las corporaciones utilizarán la correspondiente cuenta recíproca 4403 – Ingresos Transferencias Corrientes del Gobierno General, como ejecución de su presupuesto de ingresos, que posteriormente ejecutarán en los gastos correspondientes-. • Utilización cuentas de operaciones interinstitucionales La entidad territorial utilizará la cuenta 5705 – Aportes y traspasos de fondos girados, cuando se trate de un flujo de fondos y no la ejecución del presupuesto de gastos. Por su parte, los organismos de control y corporaciones utilizarán la correspondiente cuenta recíproca 4705 – Aportes y traspasos de fondos recibidos, como flujo de fondos ya que no corresponde a una ejecución del presupuesto de ingresos, aunque con estos recursos se ejecutarán los respectivos gastos presupuestales que correspondan. Significa lo anterior que se utilizarán las cuentas 5705 y 4705, cuando se esté frente a un único presupuesto. 4.1.4.2 Manejo de contabilidades separadas En este caso la contabilidad es una sola, pero de acuerdo con la estructura administrativa y la organización, se llevan en forma separada en cada uno de los negocios o unidades. Significa que cualquier informe sobre estados contables debe analizarse en forma íntegra, aunque pueden existir informes de ejecución presupuestal o de cuentas especiales para cada unidad.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 339

En este evento, las operaciones recíprocas entre la entidad territorial y los organismos en referencia y entre éstos entre sí, deben manejarse contablemente a través de la cuenta Principal y Subalterna y este manejo puede tomar el nombre de centros de costos o de responsabilidad. • Utilización de la cuenta Principal y Subalterna En este caso podrán utilizar la cuenta 1995-Principal y Subalterna, con las subcuentas 199501 – Fondos transferidos, para la entidad territorial y 199506 – Fondos recibidos (CR) para el organismo de control o corporación pública y demás subcuentas de la misma. Para el cierre de esta cuenta al final del período, es necesario ver el procedimiento establecido. 4.1.4.3 Manejo de contabilidades integradas Cuando la entidad territorial tiene su estructura y organización contable integrada con los organismos de control o corporaciones públicas, dándoles un tratamiento de cuentas especiales separadas, pero no independientes de la suya, deben habilitarse dígitos auxiliares a partir de las respectivas subcuentas, es decir desde el sexto dígito, para diferenciar los conceptos de ejecución de la administración central de la entidad territorial, con la de los demás organismos como la Asamblea, el Concejo, Personería, Contraloría y Veeduría, que permitan reflejar el detalle de la composición de los saldos ejecutados en cada cuenta especial. En este caso la contabilidad debe estar en capacidad de producir informes por cada uno de estos organismos de control y corporaciones públicas. No habrá lugar a utilizar las cuentas de Transferencias y de Operaciones Interinstitucionales. 4.1.5 Proceso técnico de agregación y/o consolidación de la información

contable en la administración central de la entidad territorial 4.1.5.1 Cuando se manejan contabilidades independientes En este caso corresponde efectuar un proceso de consolidación, que consistirá en: • Agregar a los saldos de la información de la entidad territorial, los correspondientes de

los organismos referidos, sumándolos algebraicamente en cada una de las subcuentas, cuentas, grupos y clases.

• Verificar en los saldos agregados que el total de débitos, sea igual a los créditos. • Eliminar (restar) de la cuenta 5403-Transferencias y/o 5705-Aportes y Traspasos de

fondos, el valor girado por la entidad territorial a cada uno de los organismos objeto de la consolidación, siempre y cuando dicho valor esté plenamente conciliado.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 340

• Eliminar (restar) de la cuenta 4403-Transferencias y/o 4705-Aportes y traspasos de fondos, el valor recibido por los organismos de la entidad territorial, siempre y cuando dicho valor esté plenamente conciliado.

• Eliminar, si existen, las demás partidas de derechos y obligaciones que puedan considerarse como recíprocas entre la entidad territorial y los organismos que se están consolidando, siempre y cuando los valores a eliminar estén plenamente conciliados, es decir que el valor a eliminar sea igual en los derechos y obligaciones.

• Verificar en el saldo consolidado, es decir después de las eliminaciones, que el total de los débitos sea igual a los créditos.

• Elaborar los informes de reporte a la CGN a partir de estos saldos consolidados, es decir, tanto el formato CGN96.001 como el CGN96.002.

No podrá adelantarse el proceso de consolidación cuando los valores objeto de eliminación no sean iguales. Por lo tanto la entidad territorial y los correspondientes organismos deberán adelantar las acciones necesarias para lograr que la consolidación prospere. 4.1.5.2 Cuando se manejan contabilidades separadas En este caso, se está frente a un proceso de agregación que consiste en que la entidad territorial, sumará línea por línea todos los saldos reportados por los organismos de control y corporaciones públicas a los propios de la entidad, para obtener un informe único. El proceso de agregación es directo y no requiere ningún proceso de consolidación, por cuanto la contabilidad es una sola. No obstante, la administración central debe garantizar porque al agregar los saldos de la cuenta Principal y subalterna el efecto a nivel de cuenta sea igual a cero (0). 4.1.5.3 Cuando se maneja la contabilidad integrada En este evento, no se consideran procesos de agregación o consolidación extracontables, dado que la contabilidad está integrada desde la fuente o documentos soporte. 4.1.6 Registros contables

4.1.6.1 Con contabilidades independientes 4.1.6.1.1 Utilizando cuentas de Transferencias Transferencia a los organismos de control o corporaciones públicas por la administración central de la entidad territorial: Códigos Cuentas Débitos Créditos

5403 CORRIENTES AL GOBIERNO GENERAL 5403XX Subcuenta correspondiente XXX 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 111005 Cuenta Corriente Bancaria XXX

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 341

Recibo de los dineros por parte de los organismos de control o corporaciones públicas: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 111005 Cuenta Corriente Bancaria XXX 4403 CORRIENTES DEL GOBIERNO GENERAL 4403XX Subcuenta correspondiente XXX 4.1.6.1.2 Utilizando el concepto de Aportes y traspaso de fondos Traslado de los dineros de la administración central a los organismos de control o corporaciones públicas: Códigos Cuentas Débitos Créditos 5705 APORTES Y TRASPASO DE FONDOS

GIRADOS

5705XX Subcuenta correspondiente XXX 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 111005 Cuenta Corriente Bancaria XXX Recibo de los recursos por parte de los organismos de control o corporaciones públicas: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 111005 Cuenta Corriente Bancaria XXX 4705 APORTES Y TRASPASO DE FONDOS

RECIBIDOS

4705XX Subcuenta correspondiente XXX 4.1.6.2 Con contabilidades separadas 4.1.6.2.1 Utilizando el concepto de Principal y Subalterna Traslado de los dineros de la administración central a los organismos de control o corporaciones públicas: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1995 PRINCIPAL Y SUBALTERNA 199501 Fondos transferidos XXX 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 111005 Cuenta Corriente Bancaria XXX

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 342

Los organismos de control o corporaciones públicas reciben los dineros de la administración central: Códigos Cuentas Débitos Créditos 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 111005 Cuenta Corriente Bancaria XXX 1995 PRINCIPAL Y SUBALTERNA 199506 Fondos recibidos (CR) XXX 4.1.6.3 Con la contabilidad integrada Como se anotó anteriormente, en este caso no existirían registros contables adicionales por la ejecución del presupuesto de los organismos en referencia, por cuanto la ejecución se mostrará en los comprobantes y libros de la respectiva entidad territorial a nivel de auxiliares. 4.1.7 Tratamiento contable de otros organismos territoriales sin identidad jurídica de los sectores educación y salud 4.1.7.1 Sector Educación Las Secretarías de Educación de las entidades territoriales que manejan recursos de la educación tienen dentro de sus funciones la coordinación de los establecimientos educativos, razón por la cual, en materia contable, deben recibir la información contable generada por los éstos para el correspondiente proceso de agregación y/o consolidación por la respectiva entidad territorial. De acuerdo con la organización del sector los establecimientos educativos manejan su contabilidad en forma independiente, por cuanto tienen presupuestos propios (Fondos de Servicios Docentes), dentro del cual se incluyen los recursos que reciben para su funcionamiento del presupuesto de la respectiva entidad territorial. En este evento, por tratarse de manejo de contabilidades independientes, el tratamiento del proceso de agregación y/o consolidación y de registro, se enmarca dentro de lo anotado en tal situación. 4.1.7.2 Sector Salud Para el caso de los hospitales que no son Empresas Sociales del Estado el manejo de la contabilidad se realiza en forma independiente a la de la respectiva Dirección Seccional de Salud de la entidad territorial, por cuanto su presupuesto es propio, con ingresos propios. En tal sentido, el manejo contable y el proceso de agregación y/o consolidación de la información con la Dirección Seccional de Salud de la entidad territorial, se enmarca dentro de lo definido en el tratamiento de contabilidades independientes.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 343

No obstante, los recursos que recibe el hospital de la Dirección Seccional de Salud de la entidad territorial, dependiendo de la forma como esté organizada la relación, pueden tener el siguiente tratamiento contable: 4.1.7.3 Como transferencias u operación interinstitucional La entidad territorial o Dirección Seccional de Salud registrará el giro de los recursos a través de las cuentas 5403 – Transferencias corrientes al gobierno general, o 5705-Aportes y Traspaso de fondos girados, y los hospitales en la cuenta 4403 – Transferencias corrientes del gobierno general o 4705-Aportes y Traspaso de fondos recibidos. Es decir de la misma forma como se indicó en el manejo de contabilidades independientes. A título de venta de servicios En este evento se genera un ingreso para el hospital por la venta de servicios de salud a la Dirección Seccional, el cual se registrará en la cuenta 4312-Servicios de salud. Por su parte, la Dirección Seccional registrará como un Gasto Público Social en la cuenta 5502-Salud. 4.1.7.4 Aspectos generales del instructivo En cualquiera de los eventos o posibilidades de manejo contable descritos anteriormente, los órganos de control, las corporaciones públicas y demás organismos sin identidad jurídica, deben enviar la información contable necesaria a la entidad territorial, debidamente firmada por los responsables de la misma, con la oportunidad requerida, para el estricto cumplimiento de los plazos por parte del ente territorial con la CGN. El proceso de agregación en la entidad territorial debe realizarse con la información contable (formato CGN-96-001) y a la de Operaciones recíprocas (CGN-96-002). Cuando la entidad territorial remita la información a la CGN, reportará la relación de los organismos sin personería jurídica que fueron objeto de agregación e indicará cuáles fueron excluidas en el proceso y los motivos que originaron dicha exclusión. 4.2. Procedimiento para el registro de las operaciones de las entidades de

Administración Central Nacional que conforman el Sistema Integrado de Información Financiera – SIIF

4.2.1 Objetivos 4.2.1.1 General Establecer el marco de referencia para los procedimientos contables en las entidades que se encuentren incorporadas al Sistema Integrado de Información Financiera – SIIF, que

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 344

permitan armonizar las transacciones registradas para registrar su análisis y seguimiento, así como la generación de información con altos niveles de consistencia. 4.2.1.2 Específicos • Establecer las pautas necesarias para el cargue, de los saldos iniciales contables al

sistema. • Aclarar los criterios relativos al manejo de la cuenta de bancos y fondos especiales,

alternos a la cuenta única nacional administrada por la Dirección del Tesoro Nacional. • Establecer las pautas para la incorporación de la información contable de las unidades

fuera de línea. • Señalar los libros de contabilidad que genera el sistema y que se constituyen como

evidencia permanente de las imputaciones contables. • Señalar el procedimiento para la aprobación de libros auxiliares en el sistema. • Definir el procedimiento para la remisión de la información contable y las operaciones

recíprocas, así como las notas a los estados contables. 4.2.2 Ámbito de aplicación Este procedimiento será aplicado por los entes públicos de la Administración Central Nacional y sus unidades ejecutoras incorporadas al SIIF, que actualmente son: Auditoría General de la Nación Cámara de Representantes Comisión de Regulación de Agua Potable Comisión de Regulación de Telecomunicaciones Comisión Nacional de Regalías Consejo Superior de la Judicatura Contaduría General de la Nación Contraloría General de la República Departamento Administrativo de la Función Pública Departamento Administrativo de la Presidencia de la República Departamento Administrativo de Seguridad – DAS Departamento Administrativo Nacional de Estadística – DANE Departamento Nacional de Planeación – DNP Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN Función Recaudadora Dirección del Tesoro Nacional Dirección General de Crédito Público Fiscalía General de la Nación Fondo Nacional de Estupefacientes Ministerio de Agricultura

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Ministerio de Comercio Exterior Ministerio de Comunicaciones Ministerio de Defensa Nacional Ministerio de Desarrollo Económico Ministerio de Educación Nacional Ministerio de Hacienda y Crédito Público Ministerio de Justicia Ministerio de la Cultura Ministerio de Minas y Energía Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Salud Pública Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Ministerio de Transporte Ministerio del Interior Ministerio del Medio Ambiente Policía Nacional Policía Nacional – Sanidad Procuraduría General de la Nación Registraduría Nacional del Estado Civil Senado de la República Sistema de Parques Nacionales Superintendencia de Industria y Comercio Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios Superintendencia de Subsidio Familiar Superintendencia de Valores Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada Superintendencia General de Puertos En todo caso, las entidades que se incorporen gradualmente al SIIF, deberán aplicar las instrucciones aquí señaladas. 4.2.3 Aspectos conceptuales 4.2.3.1 Depuración de saldos Corresponde al análisis de saldos de elevada antigüedad en las cuentas de balance y que requieren ser aclaradas con el propósito de revelar saldos razonables. 4.2.3.2 Cargue inicial Corresponde a la incorporación de los saldos a partir de los cuales empieza a operar el sistema y que son tomados de la información contable remitida y validada por la CGN. 4.2.3.3 Auxiliares contables con asociación interna Son los predefinidos y asociados internamente a una subcuenta contable, sin codificación adicional. Estos auxiliares en el sistema están definidos por beneficiario o cuenta corriente.

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4.2.3.4 Auxiliares contables con asociación directa Son los que están a disposición del usuario para su selección y corresponden a una mayor desagregación de la subcuenta contable. 4.2.3.5 Asientos automáticos Son aquellos originados en una matriz de registros que opera en forma automática, de acuerdo con parámetros previamente definidos, que tiene como objetivo reflejar la ejecución presupuestal en un registro contable. 4.2.3.6 Asientos manuales periódicos Tienen su origen en transacciones económicas de incidencia patrimonial, pero no presupuestal y que se requieren como complemento de la información contable de la entidad. Entre otros se pueden citar las depreciaciones, provisiones, amortizaciones, ajustes, reclasificaciones y regularización de anticipos. 4.2.3.7 Comprobante contable Documento utilizado para el registro de las transacciones; los conforman diferentes asientos contables. 4.2.3.8 Lote contable Documento del sistema conformado por diferentes comprobantes contables. 4.2.3.9 Captura Lotes Comprobantes en Línea Esta transacción permite a las entidades SIIF en línea, ingresar los asientos contables de aquellas operaciones que se realizan con base en los asientos manuales periódicos u otros ajustes contables que se requieran en el sistema. 4.2.3.10 Archivo plano Información almacenada en discos para el procesamiento de datos, de conformidad con la estructura o especificaciones técnicas suministradas por el Proyecto MAFP. 4.2.3.11 Cierre mensual Corte de documentos de información contable por finalización de un mes.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 347

4.2.3.12 Cierre anual Corte de documentos de información contable por finalización de una vigencia fiscal. A diferencia del cierre mensual, en este se efectúa la cancelación de las cuentas de resultado y de presupuesto. 4.2.3.13 Página FTP. (File transfer protocol - FTP) Herramienta que permite acceder archivos ubicados en servidor central y disponible para el conocimiento de todos los usuarios en forma oportuna. Es utilizada por el grupo técnico o de sistemas de cada entidad y en ella se puede consultar entre otros: información técnica, catálogo de servicios, manual de capacitación, manual del usuario y catálogo general de cuentas. 4.2.4 Procedimientos contables para la puesta en producción del SIIF 4.2.4.1 Depuración de saldos antiguos Las entidades a las que le son aplicables estas normas, debieron haber dado cumplimiento a lo establecido en el numeral 3.1. de la Carta Circular 17 del 15 de febrero de 1999, con el fin de garantizar la consistencia de los saldos que se revelan en el SIIF. En adelante, deberán sujetarse a los términos de la Circular Externa No. 32 del año 2000.

4.2.4.2 Cargue inicial de los saldos contables al sistema 4.2.4.2.1 Procedimiento general Para efectos del cargue de la información financiera al SIIF, los entes públicos referidos, deberán seguir los procedimientos que se enuncian: • Prepararán con fecha del primer día hábil de la vigencia, la información

correspondiente al 31 de diciembre del año anterior, con sujeción al Plan General de Contabilidad Pública, en los términos y condiciones anotados en las Resoluciones 373 y 377 de Diciembre de 1999.

• El proceso de homologación de los saldos iniciales consistirá en tomar los saldos

reportados al nivel de subcuenta del catálogo vigente al 31 de diciembre del año anterior homologado al Catálogo General de Cuentas de la vigencia siguiente si es del caso, incluyendo las cuentas auxiliares autorizadas para el sistema, de conformidad con lo establecido en la Resolución No. 5 de enero de 2000. Para tal fin se realizarán los respectivos traslados contables mediante un documento que sirva de soporte, una vez cumplido el proceso de cierre de las cuentas de actividad financiera, económica y social, con sujeción a las reglas establecidas.

• Una vez finalizado el proceso de homologación, cada entidad coordinará lo pertinente

para efectos de incorporar con centavos, los saldos iniciales al sistema y al nivel de 6 ó

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9 dígitos según el caso, de las cuentas de activo, pasivo, patrimonio y cuentas de orden, en concordancia con el tipo de auxiliar autorizado. Lo anterior, advirtiendo que es responsabilidad de la entidad garantizar la calidad y consistencia de la información en cumplimiento de las normas técnicas y generales de contabilidad pública.

• Las Unidades Ejecutoras o subentes contables deben a su vez, preparar los saldos

iniciales de los subentes contables de segundo orden, según se haya definido con la Contaduría General de la Nación, en cada caso en particular y teniendo en cuenta los códigos asignados, para que posteriormente sean cargados al sistema.

4.2.4.2.2 Métodos de cargue Existen dos formas para que las entidades efectúen el cargue de los saldos contables iniciales al Sistema: • A través de archivo plano. La información debe estar definida al máximo nivel

permitido, bien sea con auxiliar directo, auxiliar interno o al nivel de subcuenta y de conformidad con las especificaciones técnicas definidas por el Proyecto MAFP.

• A través de la opción de captura de saldos. La información debe estar definida al

máximo nivel permitido y los datos deben ser incorporados manualmente mediante la captura de saldos, controlando que el detalle sea igual al valor reportado.

4.2.4.2.3 Plazo para el cargue de saldos iniciales Los datos que correspondan a los saldos iniciales, deben estar incorporados para el primer cierre contable de trimestre, es decir, a más tardar el 31 de marzo, con el propósito de evaluar la consistencia de la información financiera básica del SIIF, frente a la remitida en los formatos CGN96.001 y CGN96.002 a la CGN para hacer un control y seguimiento al proceso en paralelo. En todo caso, la Contaduría General de la Nación realizará los procesos de verificación de la información que haya sido cargada al SIIF, en particular que los saldos iniciales correspondan exactamente a la información reportada al 31 de diciembre del año anterior en el formato CGN 96.001. 4.2.4.3 Modificaciones al catálogo general de cuentas Las cuentas y subcuentas habilitadas en el Catálogo General de Cuentas que permiten el desarrollo operativo del SIIF, se clasifican en consideración a los siguientes objetivos: Cuentas y subcuentas que buscan la integración unívoca entre los conceptos presupuestales y contables. Se refiere a aquellas subcuentas habilitadas en concordancia con la estructura del Presupuesto Nacional, que hacen posible el registro unívoco en la matriz de correlación presupuesto frente a contabilidad. Cuentas y Subcuentas que permiten el registro de la CUN y manejo de Tesorería. Corresponde a las cuentas y subcuentas habilitadas para el registro de los movimientos de

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la Cuenta Unica Nacional, cuya estructura depende de los requerimientos de la Dirección del Tesoro Nacional – DTN. Dinámicas del catálogo general de cuentas. Las dinámicas de las cuentas y subcuentas en comento, se contemplan en el modelo instrumental del Plan General de Contabilidad Pública. En todo caso, es importante presentar la dinámica contable de algunas subcuentas especiales que se habilitaron con el propósito de facilitar la operación del Sistema: 120950 Inversiones del tesoro por clasificar (DTN). Registra todas las operaciones relacionadas con el recaudo de los diferentes conceptos de inversión, que corresponden a excedentes de liquidez de la Dirección del Tesoro Nacional - DTN. Se debita: (Db) Con el valor de las inversiones adquiridas por la DTN para clasificar a

las diferentes subcuentas. (Db) Con el valor clasificado de las inversiones redimidas, a las subcuentas o auxiliares correspondientes.

Se acredita: (Cr) Con el valor clasificado de las inversiones realizadas, a las demás

subcuentas o auxiliares que corresponda. (Cr) Con el valor de las inversiones redimidas pendientes de clasificar. 121150 Inversiones del tesoro por clasificar (Fondos Administrados DTN). Registra todas las operaciones relacionadas con el recaudo de los diferentes conceptos de inversión, que corresponden a recursos de fondos administrados por la Dirección General del Tesoro Nacional. Se debita: (Db) Con el valor de las inversiones adquiridas por la DTN con recursos de

los fondos, para clasificar a las diferentes subcuentas o auxiliares. (Db) Con el valor clasificado de las inversiones redimidas de los fondos, a las cuentas correspondientes.

Se acredita: (Cr) Con el valor clasificado de las inversiones realizadas con recursos de los fondos, a las demás subcuentas o auxiliares que corresponda.

(Cr) Con el valor de las inversiones redimidas pendientes de clasificar. 290580 Recaudos DTN por clasificar . Registra por parte de esa dirección el traslado de los valores netos no clasificados por las entidades que conforman el Sistema Integrado de Información Financiera – SIIF, al finalizar la vigencia fiscal, los cuales deben ser nuevamente trasladados en la vigencia fiscal siguiente a la cuenta 472080 - Recaudos DTN por clasificar. Se debita: (Db) Los valores netos trasladados a la subcuenta 472080- Recaudos DTN

por Clasificar al inicio de la vigencia. Se acredita: (Cr) Los valores netos trasladados de la subcuenta 472080 – Recaudos DTN

por clasificar, al final la vigencia.

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472080 Recaudos DTN por clasificar. Registra todas las operaciones relacionadas con el recaudo de los diferentes conceptos de ingreso del presupuesto nacional, que son consignados en las cuentas bancarias de la Cuenta Unica Nacional. Esta cuenta es imputada solamente por la Dirección del Tesoro. Se debita: (Db) Con el menor valor producto de los ajustes en las conciliaciones de las

cuentas corrientes de DTN en CUN. Se acredita: (Cr) Con el valor de los recaudos recibidos por la DTN en la CUN para que

sean clasificados por las entidades, que corresponden a recursos del presupuesto nacional.

Corresponde a la DTN trasladar los saldos netos pendientes de imputar por las entidades que conforman el Sistema Integrado de Información Financiera – SIIF, a la subcuenta 290580 – Recaudos DTN por Clasificar, al finalizar la vigencia fiscal, los cuales deben ser nuevamente trasladados en la vigencia fiscal siguiente a la cuenta 472080 - Recaudos DTN por Clasificar. 572080 Recaudos DTN por clasificar. Registra todas las operaciones relacionadas con el recaudo de los diferentes conceptos de ingreso del presupuesto nacional, que son consignadas en las cuentas bancarias de la Cuenta Unica Nacional. Esta cuenta es imputada a través del módulo de ingresos por las entidades que reconocen ingresos del presupuesto nacional. Se debita: (Db) Con el valor clasificado de los recaudos recibidos en CUN, ya

causados por la entidad administradora del ingreso. Se acredita: (Cr) Con el menor valor producto de los ajustes a las conciliaciones con la

DTN 4.2.4.4 Consulta del Catálogo General de Cuentas en FTP Las entidades enmarcadas en el ámbito del Sistema Integrado de Información Financiera – SIIF, podrán consultar el Catálogo General de Cuentas incluido en la página FTP, mediante la siguiente ruta: ftp://ftp.siif.minhacienda.gov.co/ 4.2.4.5 Manejo de las cuentas de bancos y fondos especiales El Sistema Integrado de Información Financiera - SIIF, establece la centralización del manejo de los recursos de la Nación, en la Dirección del Tesoro Nacional, entidad que se encargará de los recaudos recibidos por los diferentes bancos, y así mismo, mediante una cuenta cajero, situar los recursos para realizar los pagos a los beneficiarios finales. De conformidad con lo establecido en la Resolución 2864 del 24 de diciembre de 1999 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el SIIF operará inicialmente ubicando los recursos en las cuentas bancarias autorizadas por la DTN, que hasta la fecha tienen las entidades para los giros de la ejecución presupuestal de gastos excepto los definidos por la

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DTN para pago directo. Posteriormente estos recursos serán ubicados directamente en las cuentas del beneficiario final. En consecuencia, será responsabilidad de la entidad continuar realizando las conciliaciones bancarias y sus ajustes hasta que se suspendan los pagos mediante la operación del módulo CUN y se efectúe el giro directo al beneficiario final, excepto para las cuentas abiertas para el manejo de la nómina y las Provisiones de Fondos que se harán mediante Operaciones Auxiliares de Tesorería – OAT, cuyo control deberá continuar ejerciéndolo la entidad a través de las conciliaciones pertinentes. Los registros que correspondan a partidas conciliatorias se realizarán en el sistema a través de asientos manuales periódicos, hasta tanto se hayan depurado. 4.2.4.6 Procedimientos contables aplicables en el desarrollo operativo del SIIF Es fundamental que el proceso relativo al manejo de la información contable, en el marco del SIIF, se sujete íntegramente a las normas y procedimientos definidos por la Contaduría General de la Nación. En consecuencia, la puesta en marcha del sistema requiere que la entidad adopte los controles necesarios que permitan verificar la consistencia de la información ingresada y la registrada en el mismo. Para el desarrollo operativo del SIIF, se establecieron condiciones referentes al manejo de la información, que fueron comunicadas en nuestra Carta Circular No.17, Circular No.30 e Instructivo No.10 del año anterior, compilados y complementados así: 4.2.4.6.1 Registro de las transacciones El registro de las transacciones contables en el Sistema, se realizará con base en la máxima desagregación de los rubros presupuestales a través de dos fuentes: asientos automáticos y asientos manuales periódicos. 4.2.4.6.1.1 Asientos automáticos Se originan en una matriz de registros que operará en forma automática, de acuerdo con parámetros previamente definidos, que tiene como objetivo convertir un rubro presupuestal en una cuenta contable del Catálogo General de Cuentas del Plan General de Contabilidad Pública. Cuando a un rubro presupuestal de egresos se le puedan asociar varias cuentas contables, el sistema dará la opción para que el usuario elija la cuenta correspondiente, de manera que el sistema pueda hacer la respectiva afectación contable; esto se identifica en el sistema como una ayuda por operación. Adicionalmente, cuando se trate de la ejecución de un rubro presupuestal de inversión, la entidad debe seleccionar el uso asociado al proyecto; así, su afectación se incorporará en las subcuentas contables asociadas al mismo, mediante un registro automático del sistema. En

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 352

todo caso, es preciso manifestar que el sistema tiene diseñados los registros automáticos para las etapas de causación y pago. 4.2.4.6.1.2 Asientos manuales periódicos Tienen su origen en transacciones económicas de incidencia patrimonial, pero no presupuestal y que se requieren como complemento de la información contable de la entidad. Entre otros podemos citar las depreciaciones, provisiones, amortizaciones, ajustes y reclasificaciones y regularización de anticipos. Para el efecto, se han codificado las posibles transacciones que de acuerdo a la naturaleza del ente podrían generarse y dentro de ellas los registros asociados de las mismas, con el fin de ser seleccionadas por las áreas contables o los responsables de dichos registros. En este caso, considerando que estos registros contables son manuales y deben incorporarse al sistema antes de la fecha de corte calendario de fin de mes, es preciso que las entidades tomen las medidas administrativas que correspondan, tendientes a garantizar que los registros manuales por todo concepto sean cargados al sistema antes de esta fecha, mediante documento soporte, firmado por los funcionarios que la entidad estime competentes. Los asientos manuales periódicos para las Unidades Internas Fuera de Línea, tienen su origen en transacciones de incidencia patrimonial y presupuestal. Entre otros podemos citar: Adquisición de Bienes y Servicios, Depreciaciones, Provisiones, Amortizaciones, etc. 4.2.4.6.2 Lotes contables Para el caso de las unidades internas fuera de línea, los registros contables se producirán en el momento del cargue de lotes contables a través de archivos planos, y podrán incorporar la información de terceros bajo el único código de auxiliar interno para múltiples beneficiarios asignado por el SIIF, con el tipo de documento No. 999 y Número de documento 999999999. Por tal razón, es conveniente que las áreas contables fijen los procedimientos administrativos necesarios para garantizar que esta información sea cargada al sistema todos los meses, antes de la fecha calendario de fin de mes. Al igual que en los asientos manuales periódicos, y considerando que estos registros contables son manuales y deben incorporarse al sistema antes de la fecha de corte calendario de fin de mes, es preciso que las entidades tomen las medidas administrativas que correspondan, tendientes a garantizar que los registros manuales de los lotes contables sean cargados al sistema antes de dicha fecha, mediante documento soporte, firmado por los funcionarios que la entidad estime competentes. Las entidades que operan en línea también pueden utilizar la captura de comprobantes a través de lotes contables.

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4.2.4.6.3 Cuentas de Planeación y Presupuesto Considerando la necesidad de reportar la información presupuestal en las cuentas 0 del Catálogo General de Cuentas y que en el Módulo Contable del sistema no está disponible el proceso de generación de esta información en forma automática, es preciso que hasta tanto la operatividad del mismo la suministre, las entidades la incorporen a través de los asientos manuales periódicos. En este sentido, las entidades deberán homologar el informe de ejecución presupuestal que arroje el SIIF por el módulo de egresos al Catálogo General de Cuentas, tomando en consideración el nivel de información en cada una de las etapas del presupuesto, del módulo de ingresos y de egresos. De igual forma, las cuentas de planeación las manejará manualmente el DNP, de conformidad con las dinámicas establecidas en el CGC aplicable. 4.2.4.6.4 Generación de libros a nivel auxiliar Generalidades. Los libros auxiliares autorizados por la CGN para la operatividad del SIIF, deberán cumplir las siguientes condiciones mínimas: • Informarán el saldo anterior, los movimientos débitos y créditos y el saldo final para

cada uno de los códigos auxiliares determinados. • Los códigos aplicados para el registro de las operaciones en los libros auxiliares

deberán corresponder con la estructura de códigos de las subcuentas del Catálogo General de Cuentas, de tal manera que la suma de los saldos de los registros auxiliares, sea igual al saldo de la subcuenta generada por el SIIF.

• Los mismos deberán hacer expedito el ejercicio del control o auditoría por parte de las

entidades competentes y los órganos internos. Estructura. Como resultado del estudio de las distintas propuestas y experiencias de las entidades nacionales, la CGN conjuntamente con el Proyecto MAFP definió los campos que conforman los auxiliares del sistema, así: - Nombre de la Unidad Ejecutora - Código de la subcuenta contable y su nombre - Fecha del movimiento - Código y nombre del auxiliar - Saldo anterior para el auxiliar - Movimientos débito y crédito del auxiliar - Nuevo saldo del auxiliar

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Clasificación Para efectos del registro de las operaciones en el sistema, se han diseñado 2 clases de auxiliares: Auxiliares genéricos. Son los auxiliares de obligatorio cumplimiento para todas las entidades SIIF y fueron autorizados por la Contaduría General de la Nación, de acuerdo con el estudio adelantado junto con el proyecto MAFP y pretenden reflejar la máxima desagregación razonable y útil de las transacciones a 9 dígitos o más. Auxiliares específicos. Corresponden a los solicitados por una entidad en particular y autorizados por la CGN, que de acuerdo con su definición son exclusivos para el manejo en una entidad pública, en razón del desarrollo de su cometido estatal. El uso de este auxiliar, excluye la imputación a un auxiliar genérico en la misma subcuenta. Las entidades solicitarán a la Contaduría General de la Nación, la creación de nuevos códigos para libros auxiliares específicos a través de oficio firmado por el Representante Legal en donde plantearán su propuesta, la cual debe tener en cuenta los siguientes condicionamientos del SIIF: - Que los datos necesarios existan en el sistema. - Que el sistema soporte sus especificaciones y manejo. - Que la información solicitada no sea generada por otra opción o módulo. - Que se ajuste a una clasificación técnica y lógica en materia contable. - Que sirva como fuente de información adicional para los usuarios. Esta solicitud será estudiada tanto para libros auxiliares de asociación interna o directa, de tipo genérico o especial por el Comité Técnico de la Contaduría General de la Nación, el cual emitirá su concepto y aprobación. Por su parte, según solicitud de las entidades, para que proceda la eliminación de un auxiliar, la CGN tendrá en cuenta las siguientes variables: - La fecha de aplicabilidad será siempre al inicio del año contable. - Cuando se inactiva el auxiliar, a partir de la fecha de aplicabilidad, deja de acumular

valores al nivel auxiliar, es decir que el registro se hará al nivel de subcuenta. La Contaduría General de la Nación hará la actualización de los parámetros generales del sistema, con ocasión de la creación y eliminación de auxiliares en fechas posteriores al cargue de saldos iniciales. En tal sentido, al inicio de trimestre las entidades no deberán realizar transacciones para esa subcuenta contable, considerando que al habilitar libros auxiliares la CGN debe mantener las matrices de asientos automáticos. Tipos. Los auxiliares enunciados, se estructuraron para el sistema así:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 355

Auxiliares contables con asociación interna. Son aquellos que están predefinidos y asociados internamente a una subcuenta contable, sin codificación adicional y se utilizan en asientos contables automáticos, asientos contables manuales y a través de cargue de archivos planos. Estos auxiliares pueden ser por beneficiario o por cuenta corriente DTN. Ejemplo: Cuenta 2425 Acreedores Subcuenta 242590 Otros acreedores Auxiliar Interno Total beneficiarios sin identificar transitoriamente. Cuando se incluyan los saldos iniciales a través de la opción de Captura manual, se deberá digitar la información contable al máximo nivel de desagregación permitido. Cargue de saldos iniciales. En la transacción de apertura, cuando se carguen al sistema los saldos iniciales a través de archivo plano según las especificaciones técnicas remitidas por el Proyecto MAFP en diciembre de 1999, al igual que por la opción de captura manual, la información deberá estar definida al máximo nivel de desagregación permitido. Creación de auxiliares contables de asociación interna con posterioridad al cargue inicial. Para la creación de auxiliares contables con posterioridad al cargue inicial y teniendo en cuenta que ya se han realizado registros a otros niveles de agregación, éstos serán habilitados por la CGN para operar el primer día hábil del trimestre correspondiente, conforme a comunicación que expedirá esta institución. La modificación del nivel de agregación de auxiliares de asociación interna requiere: - Elegir una fecha de aplicabilidad que debe coincidir con el inicio de cada trimestre. - Crear un auxiliar transitorio pendiente de clasificar para trasladar el saldo existente en

la subcuenta contable. - A través de la transacción de “Captura Manual de Lotes Contables” se distribuye el

valor creado en el auxiliar transitorio. - El nivel de subcuenta se convierte en totalizador y el nivel de auxiliar se convierte en el

de movimiento. Así, los saldos acumulados en la subcuenta pasarán automáticamente a un auxiliar transitorio y posteriormente deben reclasificarse a los nuevos auxiliares, a través de la transacción captura de lotes de comprobante en línea del sistema. Auxiliares contables con asociación directa. Son aquellos que están a disposición del usuario para su selección y están incluidos en el código contable (9 dígitos o más). Ejemplo: 1620 Maquinaria, planta y equipo en montaje 162001 Plantas, ductos y túneles 162001-001 Plantas eléctricas 162001-002 Plantas hidráulicas 162001-003 Otras plantas, ductos y túneles

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 356

Los registros de las transacciones en SIIF se realizarán a nivel del 6°, 9° dígito o más, dependiendo del nivel de imputación autorizado. En este orden, los libros de contabilidad que provea el sistema se generarán a estos mismos niveles, de acuerdo con lo establecido en la Resolución No. 5 de 2000. Las subcuentas a las que les fue autorizado el manejo de auxiliar, no podrán imputarse directamente, lo que exige que los registros del movimiento contable se realicen a través del código auxiliar (9° dígito o más) en forma automática o manual. Así mismo, el sistema permitirá configurar los estados contables de la entidad al nivel comentado. En todo caso, las entidades que requieran un detalle de información contable diferente al definido, deberán adoptar procedimientos complementarios que les permita obtener los datos requeridos utilizando códigos adicionales. Cargue de saldos iniciales. En la transacción de apertura, cuando se carguen los saldos iniciales a través de archivo plano, la información deberá estar definida al máximo nivel de desagregación permitido que hasta la fecha es a nueve dígitos para los auxiliares genéricos y hasta 12 dígitos para los auxiliares específicos. De esta misma forma se procederá cuando se realice la captura en forma manual. Creación de auxiliares contables de asociación directa con posterioridad al cargue inicial. Para la creación de auxiliares contables con posterioridad al cargue inicial, al igual que en los auxiliares de asociación interna y teniendo en cuenta que ya se han realizado registros a otros niveles de agregación, éstos serán habilitados por la CGN para operar el primer día hábil del trimestre, conforme a comunicación de aprobación que expedirá esta institución. En consecuencia, los saldos acumulados en la subcuenta pasarán automáticamente a un auxiliar transitorio y posteriormente deberán reclasificarse a los nuevos auxiliares a través de la transacción “Captura de lotes de comprobantes en línea” del sistema. De la misma manera como se plantea en los auxiliares de asociación interna, la modificación del nivel de agregación requiere: - Elegir una fecha de aplicabilidad que debe coincidir con el inicio de cada trimestre. - Crear un auxiliar transitorio pendiente de clasificar para trasladar el saldo existente en

la subcuenta contable. - El nivel de subcuenta se convierte en totalizador y el nivel de auxiliar se convierte en el

de movimiento. - A través de la transacción de “Captura de Lotes de comprobantes en línea” la entidad

distribuye el valor creado en el auxiliar transitorio. Ejemplo: Cuenta 1665 Muebles, enseres y equipo de oficina Subcuenta 166501 Muebles y enseres Auxiliar 166501 – 001 Regional XX 166501 – 002 Regional XX 166501 – 999 Auxiliar transitorio de Regionales por clasificar.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 357

4.2.4.7 Tratamiento contable de acreedores varios en SIIF Para el registro de recaudos y devolución de recursos a través del SIIF, originados en la constitución de acreedores varios por parte de las entidades como consecuencia de expiración de la vigencia de cheques girados y no cobrados y la consignación de estos recursos en la DTN, se considera importante hacer algunas precisiones: La operación nace cuando la DTN gira recursos al órgano ejecutor para que éste culmine el proceso presupuestal del pago con el giro del cheque, el cual es reclamado por el beneficiario pero no cobrado durante los seis meses siguientes a la fecha de la emisión del mismo, o no fue reclamado, momento en el que se debe: anular el cheque, constituir el acreedor vario y trasladar los recursos a la DTN. No procede la reversión de la ejecución presupuestal del gasto ni del PAC, puesto que la obligación de pago continúa vigente hasta que legalmente se establezca una causal para el no pago. Registros a efectuar en la entidad Constitución del acreedor vario: • Registro contable manual Códigos Cuentas Débitos Créditos 1110 111005 2425 242529

BANCOS Y CORPORACIONES Cuenta Corriente Bancaria ACREEDORES Cheques No cobrados o por reclamar

1000

1000 Consignación de recursos en la DTN • Registro contable manual Códigos Cuentas Débitos Créditos 1470 147046 1110 111005

OTROS DEUDORES Recursos de Acreedores reintegrados a tesorerías BANCOS Y CORPORACIONES Cuenta Corriente Bancaria

1000

1000

Registros y operaciones a efectuar por la Dirección del Tesoro Nacional El ente generador de estos recaudos, en primera instancia, es la Dirección del Tesoro Nacional. la cuenta corriente recaudadora debe ser una TIPO II, a la que se le asocia

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 358

siempre la DTN como ente generador y las entidades consignantes en el evento que estos recaudos se puedan convertir en un ingreso Nación. Carga y contabilización movimiento crédito - extracto

• Se puede cargar por movimientos básicos o adicionales, teniendo claro que el recaudo por clasificar debe quedar en cabeza de DTN.

• Registro contable automático – contabilidad en la DTN

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1106 110604 4720 472080

BANCOS Recaudo Concepto de Ingresos (Tipo II) OPERACIONES DE ENLACE – CSF Recaudos DTN por Clasificar

1000

1000

• Actualización consulta ingresos: estado de imputación por unidad ejecutora Ejemplo:

Cuenta corriente: 2020 Entidad generadora DTN

Fecha consignación - valor consignado - valor clasificado – valor por clasificar 2000/06/06 1000 0 1000 NOTA : el recaudo por clasificar debe quedar en cabeza de la DTN, puesto que la DTN debe constituir la cuenta por pagar con la entidad consignante del acreedor vario. Imputación en efectivo Por esta transacción se clasifica el recaudo por clasificar en 3 posibles opciones a saber: un rubro de ingresos Nación, un reintegro que afecta PAC o una cuenta por pagar. En el caso que nos ocupa aplica la opción de la constitución de una cuenta por pagar, para lo cual:

• Ente de la conexión y de la gestión igual a 13 01 DT 000 • En el detalle se escoge una OAT de naturaleza crédito, concepto: otras cuentas

por pagar –obligaciones interinstitucionales. Al grabar la transacción se espera:

• Registro contable automático en la contabilidad de la DTN.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 359

Códigos Cuentas Débitos Créditos 5720 572080 2490 249013

OPERACIONES DE ENLACE – CSF Recaudos DTN por Clasificar OTRAS CUENTAS POR PAGAR Recursos de Acreedores Reintegrados por Entidades Públicas

1000

1000

Nota : con este registro queda en cero el recaudo por clasificar y correspondida la cuenta por pagar con la entidad.

• Actualización consulta ingresos: estado de imputación por unidad ejecutora

Cuenta corriente: 2020 Entidad generadora DTN Fecha consignación - valor consignado - valor clasificado – valor por clasificar

2000/06/06 1000 1000 0

• Actualización de la OAT de naturaleza crédito: Otras Cuentas por pagar Obligaciones interinstitucionales ------------------------------------------

débito crédito entidad 1000 DTN

Nota importante: Para culminar el proceso de acreedores varios se pueden presentar dos situaciones diferentes según el caso así: • Que el beneficiario final solicite a la entidad deudora, nuevamente, el giro de los

recursos y por ende ésta solicite a la DTN la situación de los recursos a una cuenta que administre la entidad para poder culminar el proceso de pago al acreedor vario.

• Que la cuenta por pagar al tercero expire ( acorde con la normatividad vigente) y por su

valor se deba reconocer un ingreso para la Nación A continuación se describen las operaciones a seguir, en el SIIF, en cada caso: • El beneficiario final solicita a la entidad nuevamente su pago

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 360

De acuerdo con lo establecido en la circular externa SOP-001 del 12/07/99 , estos recursos serán objeto de devolución a la entidad, cuando sean solicitados por éstas a la DTN, previo cumplimiento de los procedimientos establecidos para el efecto por la DTN.

Registros y operaciones a efectuar por la Dirección del Tesoro Nacional Generación de orden de pago OAT

• La DTN genera la orden de pago. • El beneficiario de la devolución será la pagaduría central de la entidad solicitante

del giro. • La cuenta corriente o de ahorros del beneficiario será la que defina la DTN y debe

estar activa en el momento de la generación de la orden de pago. • La pagaduría central de la entidad debe estar registrada como beneficiaria de pagos

de la DTN, en la tabla de beneficiarios y cuentas. • OAT a seleccionar: otras cuentas por pagar – obligaciones interinstitucionales. • El valor de la orden de pago debe ser menor o igual al saldo de la OAT acreedora

otras cuentas por pagar – obligaciones interinstitucionales. Pago de la orden de pago OAT Con el pago de la orden de pago el sistema actualiza:

• Registro contable automático en la contabilidad de la DTN Códigos Cuentas Débitos Créditos 2490 249013 1106 110601

OTRAS CUENTAS POR PAGAR Recursos de Acreedores Reintegrados por Entidades Públicas CUENTA ÚNICA NACIONAL Cajero

1000

1000

• Actualización del saldo OAT otras cuentas por pagar- obligaciones interinstitucionales

Otras cuentas por paga

Obligaciones interinstitucionales ----------------------------------------------

entidad débito crédito entidad 1000 DTN DTN 1000

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 361

Registros a efectuar en la entidad

Con la consignación de recursos por parte de la DTN • Registro contable manual

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1110 111005 1470 147046

BANCOS Y CORPORACIONES Cuenta Corriente Bancaria OTROS DEUDORES Recursos de Acreedores Reintegrados a Tesorería

1000

1000 Con el pago al beneficiario final (cheque o abono en cuenta según el procedimiento de cada entidad)

• Registro contable manual

Códigos Cuentas Débitos Créditos 2425 242529 1110 111005

ACREEDORES Cheques No Cobrados o por Reclamar BANCOS Y CORPORACIONES Cuenta Corriente Bancaria

1000

1000 4.2.4.8 Tratamiento contable para nómina en el sistema Para armonizar los registros contables de nómina y prestaciones sociales en la etapa de obligación con lo establecido en el Plan General de Contabilidad Pública y en el SIIF, se han definido los siguientes registros automáticos en el sistema: Para el registro de la obligación:

Rubro Presupuestal Cuenta contable Concepto contable Débito Crédito 10112/ 10213/ 10223/ 10233/ 10283/ 10293/ 102512

250504 Vacaciones xxxx

101515/ 102110/ 102210/ 102310/ 102810/ 102910/ 102519

250505 Prima de Vacaciones

xxxx

101514/ 101529/ 10219/ 10229/ 10239/ 10289/ 10299/ 102518

250506 Prima de Servicios xxxx

101517/ 250513 510116xxx

Primas extraordinarias Primas extraordinarias

xxxx xxxx

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 362

extraordinarias 101545/ 250510 Prima extralegal xxxx 101560/ 250590 Otros salarios y

prestaciones sociales

xxxx

10152 250512 Bonificaciones xxxx 1013 250504 Vacaciones xxxx 250501 Nómina por pagar xxxx Para efectos de contabilizar en forma manual la cancelación de los pasivos por estos conceptos, deben tenerse lo establecido anteriormente. Así mismo, los registros que se originen de las diferencias en los saldos provisionados por cada uno de los conceptos obligados durante el ejercicio y las cuentas relacionadas del pasivo real, deberán ser contabilizados a través de asientos manuales, ajustando las mencionadas cuentas entre sí. Tratamiento de los reintegros de rubros de servicios personales El sistema con la confirmación de las deducciones reclasifica del pasivo principal al pasivo que corresponda la deducción. Para el caso de los reintegros de los rubros de servicios personales, en una misma obligación u orden de pago pueden estar afectándose varios pasivos, lo que implica que para la desafectación del pago, se toma el primer rubro presupuestal de la orden de pago para aplicar el reintegro. En consecuencia, para efectos de reintegros por estos conceptos, las entidades deberán adoptar el siguiente procedimiento: • Registrar en el Sistema bajo un solo reintegro los rubros presupuestales de servicios

personales que a la máxima desagregación afectan contablemente el pasivo 250501 – Nómina por pagar.

• Registrar en el Sistema reintegros parciales hasta completar el valor total del reintegro

sobre los rubros presupuestales de servicios personales que a la máxima desagregación afectan contablemente otros pasivos diferentes a 250501 – Nómina por pagar.

• Evitar para el registro de un reintegro de servicios personales, combinar los puntos 1 y 2

antes descritos. Este procedimiento permitirá realizar una contabilidad de la desafectación de los gastos y de las operaciones de enlace en forma correcta, de lo contrario si la entidad efectúa el reintegro en una sola transacción, deberá proceder a realizar ajustes manuales de reclasificación del pasivo.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 363

Generación automática de comprobantes y libros principales de contabilidad Libros principales de Contabilidad Son los establecidos en la normatividad expedida por la Contaduría General de la Nación, contenida en el Plan General de Contabilidad Pública. En ese orden de ideas, las entidades sujetas al ámbito de aplicación del Sistema Integrado de Información Financiera -SIIF podrán generar dentro del mismo con la periodicidad definida, el Libro Diario y el Libro Mayor. Libro Diario. Contiene, en los débitos y créditos de las cuentas, el registro detallado cronológico y preciso de las operaciones realizadas, trasladado de los comprobantes de contabilidad. Registrará el nombre y código de la entidad, tipo, fecha y número del lote y comprobante contable, descripción, valor(es) débito(s) de la cuenta contable, valor(es) crédito(s) de la cuenta contable y total de la cuenta contable. Libro Mayor. Contiene los saldos de las cuentas del mes anterior, las sumas de los movimientos débitos y créditos de cada una de las cuentas del respectivo mes, tomadas del libro diario y el saldo final del mismo mes. Libros auxiliares y complementarios El sistema generará los siguientes libros de contabilidad, comprobantes y reportes complementarios a los libros principales: Comprobantes de contabilidad. Diariamente el sistema generará los comprobantes de contabilidad, indicando en forma clara y precisa la fecha, el módulo de origen, la descripción, cuantía y numeración consecutiva.

Resumen de comprobantes contables. El Resumen de comprobantes contables registrará en orden cronológico, el movimiento diario de todas las operaciones realizadas, revelando el código, valor y movimiento débito y crédito de cada transacción, el total por comprobante, nombre y código de la entidad (Unidad Ejecutora) y el total de comprobantes contables (automáticos y manuales) que se hayan generado en el sistema en cada uno de los meses para el cual se pide el reporte. Resumen a nivel subcuenta. El Resumen a nivel subcuenta mostrará los movimientos débitos o créditos presentados durante el mes, a nivel de subcuentas, además del saldo anterior y final de las mismas. Listado de asientos contables diarios. Permite conocer los comprobantes contables generados por entidad en un día determinado y a nivel de subcuenta y auxiliar.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 364

Formalidades de los libros de contabilidad Los libros auxiliares definidos para las entidades enmarcadas en el ámbito del SIIF, contendrán el registro actualizado de los hechos o actividades que por su naturaleza afecten la situación financiera, económica y social del ente público, convirtiéndose en la fuente de información básica para la elaboración de los estados contables e informes complementarios, según lo establecido en el marco conceptual del Plan General de Contabilidad Pública. Preparación de información para cierre mensual del sistema Para que las entidades al final de mes incorporen en el Sistema todos los registros derivados de la ejecución presupuestal al igual que los asientos manuales periódicos, la Contaduría General de la Nación ha autorizado que el cierre mensual del módulo contable se realice tres (3) días hábiles después del cierre calendario, hasta junio de 2001. El procedimiento a seguir por las entidades para incluir la información en la fecha indicada es: Primera opción: A través de captura manual de lotes contables no finalizados el último día hábil del mes. • Entrar al Sistema por la transacción- Contabilización de Lotes en Línea. • Elegir consulta, con lo cual el sistema muestra todos los lotes contables generados a la

fecha. En el listado aparecen lotes contables pendientes de contabilizar que se reconocen por tener en la columna procesado fin de día la palabra NO.

• Elegir cualquiera de los lotes que tengan esta característica e iniciar el proceso de

contabilización de nuevos eventos, ya sea creando otros asientos contables o comprobantes contables.

Nota. No deben crearse nuevos lotes contables, para la incorporación de la información del mes anterior, teniendo en cuenta que de hacerlo, quedarían con la fecha real del sistema. Segunda opción: A través de archivo plano. Configurar un archivo plano con las características definidas para el módulo contable en el documento de “Carga de lotes de comprobantes”. El archivo plano debe estar con fecha de año – mes y último día hábil del mes.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 365

Remisión de información a la Contaduría General de la Nación Los entes y subentes contables sujetos al ámbito de aplicación del SIIF, deberán remitir la información financiera a la Contaduría General de la Nación, en perfecta concordancia con la información generada por el Sistema, a nivel de Unidad Ejecutora y agregado por sección presupuestal, de acuerdo con la clasificación de entidades que para efectos de reporte, hasta la fecha ha definido este Despacho. Información financiera básica. Hasta tanto se levante el proceso paralelo que adelanten las entidades que operarán en el SIIF y expresamente lo autorice la Contaduría General de la Nación, estas deberán enviar la información financiera básica correspondiente a los Formatos CGN-96-001, CGN-96-002 y CGN-98-003 consolidando o agregando sus unidades ejecutoras, según el caso, en las mismas fechas y plazos establecidos en la Resolución 373 de 1999 y ajustada a las características y condiciones técnicas establecidas en el PGCP. Notas a los estados contables. Las entidades o subentidades continuarán remitiendo las notas a los estados contables a la Contaduría General de la Nación, de acuerdo con las condiciones establecidas en el Plan General de Contabilidad Pública, clasificadas por su carácter en generales o especificas y de conformidad con la Resolución 373 de 1999, en medio magnético e impreso, incluyendo en ellas las situaciones relevantes generadas en la incorporación y procesamiento de la información en el SIIF. Informe de Control Interno Contable. Tomando en consideración el alcance y objetivos del Sistema de Control Interno establecidos en el artículo 3º de la Ley 87 de 1993, el Jefe de Control Interno o quien haga sus veces en las entidades públicas que operan en el SIIF, deberá expedir un informe ejecutivo anual al cierre del 31 de diciembre de cada año conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Resolución 373 de diciembre 20 de 1999 y la Circular Externa No. 031 de 2000. Responsables de la información contable. No obstante la información contable ser clasificada y estructurada por el SIIF, excepto por las notas, son responsables ante la Contaduría General de la Nación por la calidad, consistencia e integridad de los datos de los respectivos entes y subentes contables que operen en el Sistema, los funcionarios contemplados en el literal a) del artículo 2° de la Resolución 373 de diciembre 20 de 1999. 4.2.4.9 Funcionalidad y operatividad del SIIF Todas las transacciones que se generen en forma manual, semiautomática o automática, deben ser incorporadas al sistema según lo definido en los procedimientos contables aplicables en el desarrollo del sistema. De acuerdo con el desarrollo del sistema, esta norma se ajusta a las condiciones actuales del mismo en lo relacionado con el módulo contable. De lo anterior se deduce que cuando se produzcan cambios en la funcionalidad, lo determinado en el presente documento puede ser modificado.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 366

5 PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A DESARROLLOS INTERINSTITUCIONALES ESPECIFICOS

5.1 Sector salud 5.1.1 Instrucciones para el tratamiento administrativo y contable del

proceso de facturación que adelantan las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud IPS - Públicas

5.1.1.1 Objetivos 5.1.1.1.1 General 5.1.1.1.2 Específicos 5.1.1.2 Ámbito de aplicación 5.1.1.3 Aspectos conceptuales 5.1.1.3.1 Identificación del proceso de facturación 5.1.1.3.2 Insumos y productos del proceso de facturación 5.1.1.3.2.1 Entradas 5.1.1.3.2.2 Salidas 5.1.1.3.3 Usuarios 5.1.1.3.3.1 Usuarios que realizan pagos en las Instituciones Prestadoras de

Servicios de Salud - IPS 5.1.1.3.3.2 Usuarios que no realizan pagos en la IPS por la atención en Salud 5.1.1.4 Subcuentas habilitadas en el catálogo general de cuentas del plan

general de contabilidad pública para el registro de los derechos de las IPS

5.1.1.5 Otros aspectos administrativos 5.1.1.5.1 Riesgos profesionales 5.1.1.5.2 Atención accidentes de tránsito SOAT – Compañías de seguros 5.1.1.5.3 Reclamaciones FOSYGA - ECAT 5.1.1.5.4 Convenios FOSYGA – Trauma mayor y desplazados 5.1.1.5.5 IVA Social 5.1.1.6 Aplicación contable 5.1.1.6.1 Contratos de capitación 5.1.1.6.1.1 Pago vencido 5.1.1.6.1.2 Pago anticipado 5.1.1.6.2 Contratos por evento 5.1.1.6.2.1 Pago vencido 5.1.1.6.2.2 Pago anticipado 5.1.1.6.3 Contratos para atención a vinculados 5.1.2 Instrucciones para el tratamiento administrativo y contable de las

glosas efectuadas a la facturación expedida por las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud IPS - Públicas

5.1.2.1 Objetivos 5.1.2.1.1 General 5.1.2.1.2 Específicos 5.1.2.2 Ámbito de aplicación 5.1.2.3. Aspectos conceptuales 5.1.2.3.1 Definición

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 367

5.1.2.3.2 Presentación de glosas 5.1.2.4 Proceso administrativo y aplicación contable 5.1.2.4.1 Recepción de glosas 5.1.2.4.2 Distribución de las glosas 5.1.2.4.3 Respuesta a las glosas 5.1.2.4.4 Reiteración de las glosas 5.1.3 Instrucciones para el tratamiento contable de las operaciones de

traspaso de bienes y donaciones que realizan las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud IPS - Públicas

5.1.3.1 Objetivos 5.1.3.1.1 General 5.1.3.1.2 Específicos 5.1.3.2. Ámbito de aplicación 5.1.3.3 Aplicación contable 5.1.3.3.1 Traspaso de bienes 5.1.3.3.2 Donaciones 5.1.3.3.2.1 Bienes de permanencia relativa 5.1.3.3.2.2 Bienes extinguibles 5.1.4 Instrucciones para la identificación y flujo de los documentos que

sirven de soporte contable a las operaciones que adelantan las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud IPS – Públicas

5.1.4.1 Objetivos 5.1.4.1.1 General 5.1.4.1.2 Específicos 5.1.4.2 Ámbito de aplicación 5.1.4.3. Aspectos conceptuales 5.1.4.3.1 Contabilidad 5.1.4.3.2 Tesorería 5.1.4.3.3 Facturación 5.1.4.3.4 Propiedades, planta y equipo 5.1.4.3.5 Cuentas por pagar 5.1.4.3.6 Área de personal 5.1.4.3.7 Inventarios 5.1.4.3.7.1 Bodega de almacén 5.1.4.3.7.2 Farmacia 5.1.4.3.7.3 Economato 5.1.4.3.8 Presupuesto 5.1.4.3.9 Costos 5.1.4.3.10 Cartera 5.1.4.3.11 Conciliación de la información entre las diferentes áreas 5.2 Instrucciones relativas al tratamiento contable de las reservas

probadas de hidrocarburos y su explotación 5.2.1 Objetivos 5.2.1 1 General 5.2.1.2 Específicos 5.2.2 Ámbito de aplicación

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 368

5.2.3 Aplicación contable 5.2.3.1 Reservas probadas de hidrocarburos de propiedad del Estado 5.2.3.2 Agotamiento de las reservas de hidrocarburos 5.2.3.3 Elaboración de estados contables

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 369

5. PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A DESARROLLOS

INTERINSTITUCIONALES ESPECIFICOS 5.1 Sector salud

5.1.1 Instrucciones para el tratamiento administrativo y contable del proceso de

facturación que adelantan las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud IPS - Públicas

5.1.1.1 Objetivos 5.1.1.1.1 General Propender porque en el proceso de facturación se incorpore el total de actividades, procedimientos e intervenciones adelantados por las IPS públicas, en la prestación de los servicios de salud a los usuarios, de acuerdo con el manual de procedimientos y tarifas establecidos en las relaciones contractuales, con el fin de contribuir a la generación de información consistente, razonable y útil en la toma de decisiones. 5.1.1.1.2 Específicos

• Colaborar en el desarrollo e implementación del nuevo esquema de Seguridad Social en Salud.

• Garantizar a sus clientes, tanto internos como externos, información oportuna y veraz sobre los servicios de salud prestados a un usuario y los costos de la atención.

• Dotar de herramientas efectivas que permitan dar a conocer la realidad económica del Sistema y orientar a los gerentes en la toma de decisiones oportunas y acertadas.

• Retroalimentar con información a las diferentes dependencias que participan en el proceso de facturación en la Institución.

• Diseñar e implementar los instrumentos básicos para la captura de información de los diferentes servicios, suficiente para permitir la elaboración de una factura, producto de la atención brindada.

• Dar herramientas que permitan crear mecanismos de control en las diferentes etapas del proceso de prestación de servicios y cruces de información con las demás dependencias de la Institución.

• Efectuar el análisis de la participación y colaboración de cada una de las áreas dentro del proceso de facturación.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 370

• Suministrar información estadística y contable como documentos de análisis y soporte de las áreas financieras y asistencial, lo cual apoyará la toma de decisiones de la alta gerencia.

• Establecer la cuantificación y participación de las Unidades de Producción en los ingresos de la Institución por venta de servicios.

• Colaborar en la determinación del estado de cartera por servicios prestados a la dependencia de Cartera.

• Liquidar los servicios prestados y generar facturas 5.1.1.2. Ámbito de aplicación El presente procedimiento deberá ser aplicado por las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud IPS - Públicas. 5.1.1.3. Aspectos conceptuales 5.1.1.3.1 Identificación del proceso de facturación

Corresponde al conjunto de actividades que permiten liquidar y cuantificar la prestación de los servicios de salud que conlleva la atención del usuario.

En el marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud - SGSSS y acorde con el nuevo modelo de prestación de servicios que cambia el subsidio a la oferta por el subsidio a la demanda, las Instituciones prestadoras de servicios de salud – IPS, como cualquier empresa productora de bienes o servicios, debe garantizar su subsistencia mediante la producción y venta de servicios asistenciales.

Por lo anterior y de conformidad con disposiciones legales, toda IPS pública debe facturar y para ello se hace necesario organizar y estructurar dependencias de Facturación adecuadas que permitan registrar y liquidar de forma sistemática e individual, con base en las tarifas respectivas, los servicios de salud prestados a todos los usuarios y generar un documento soporte para el cobro y recaudo posterior.

5.1.1.3.2 Insumos y productos del proceso de facturación

5.1.1.3.2.1 Entradas

a. Un contrato o convenio y un manual de tarifas, los cuales sirven de base para facturar los servicios prestados a un paciente. Varios contratos pueden utilizar un mismo manual de tarifas o más (Manuales del Soat y del ISS).

b. Soportes o documentos que deben llegar del área de admisiones del hospital, donde indiquen los ingresos (hoja de admisión) de los pacientes, los traslados de camas y pabellones y, los egresos (salidas) de los mismos.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 371

c. Otros soportes o documentos de apoyo que envían los distintos servicios médicos del hospital en que informan los procedimientos, exámenes y suministros que fueron realizados o aplicados a un paciente. (Registro individual de atención – RIA)

5.1.1.3.2.2 Salidas

a. La principal salida de un área de facturación es la factura individual por paciente por concepto de servicios prestados al mismo. Esta debe cumplir estrictamente los requisitos legales y contractuales en cuanto a presentación, soportes, fechas, liquidación y formatos, entre otros.

b. También un hospital requiere internamente información que se genera en facturación y que debe ser distribuida bajo unos requisitos precisos. Esta información está compuesta de reportes a la gerencia, a las áreas administrativas y a las áreas médicas.

5.1.1.3.3. Usuarios 5.1.1.3.3.1 Usuarios que realizan pagos en las Instituciones Prestadoras de Servicios de

Salud - IPS

• Los vinculados que pagan las cuotas de recuperación definidas de acuerdo con el proceso de estratificación y negociación, determinados al interior de cada institución.

• Los particulares que pagan la totalidad de los servicios recibidos

• Los afiliados al régimen contributivo que cancelan las cuotas moderadoras y copagos, cuando en el contrato celebrado entre IPS y EPS, ha quedado establecido su recaudo por parte de la IPS.

• Los afiliados al régimen subsidiado que cancelan los copagos de acuerdo al nivel socio económico en el cual está clasificado el usuario en las ARS, cuando en el contrato celebrado con la IPS, ha quedado establecido su recaudo por parte de ésta.

5.1.1.3.3.2 Usuarios que no realizan pagos en la IPS por la atención en Salud • Población víctima de accidentes de tránsito • Población víctima de eventos catastróficos y terroristas • Población que recibe los servicios del Plan de atención básica - PAB • Población usuaria de servicios de atención inicial de urgencias • Población de mujeres en embarazo, de niños menores de un año, indígena e indigente,

cualquiera que fuese su tipo de vinculación al Sistema de Seguridad Social en Salud. 5.1.1.4. Subcuentas habilitadas en el catálogo general de cuentas del plan general de

contabilidad pública para el registro de los derechos de las IPS 140901 - Plan obligatorio de salud POS – EPS

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 372

Es el derecho que tiene la IPS por la prestación de servicios de salud, en desarrollo de contratos celebrados con las EPS, para la atención de los afiliados al régimen contributivo, incluyendo la protección integral a las familias, a la maternidad y enfermedad general, en las fases de promoción y fomento de la salud y, prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación para todas las patologías. Adicionalmente incluye, el suministro de medicamentos esenciales. 140902 - Plan complementario – EPS

Es el derecho que tiene la IPS por la prestación de servicios de salud, en desarrollo de contratos con EPS para la atención de planes complementarios, los cuales comprenden actividades, intervenciones y procedimientos no incluidos en el Plan obligatorio de salud - POS. 140903 - Plan subsidiado de salud POSS - ARS Es el derecho que tiene la IPS por la prestación de servicios de salud, en desarrollo de contratos celebrados con las Administradoras del régimen subsidiado - ARS, para la atención de los afiliados a este régimen, a través del pago de una cotización subsidiada total o parcialmente. Incluye acciones de promoción y prevención, atención ambulatoria, hospitalaria de menor complejidad, atención a la madre gestante, al menor de un año y atención para enfermedades de alto costo. 140904 - Servicios de Salud - IPS privadas Es el derecho que tiene la IPS por la prestación de servicios de salud, en desarrollo de contratos con IPS de naturaleza privada. 140905 - Empresas de medicina prepagada - EMP Es el derecho que tiene la IPS de cobrarle a una Empresa de medicina prepagada, por la prestación de servicios de salud. La medicina prepagada es el sistema organizado y establecido por entidades autorizadas, para la atención médica, incluidos en un plan de salud preestablecido, mediante el cobro de un precio regular previamente acordado. 140906 - Servicio de salud - Compañías aseguradoras Es el derecho que tiene la IPS de cobrarle a las compañías aseguradoras, por la prestación de servicios de salud, en cumplimiento de pólizas tales como: póliza de vida, póliza blanca estudiantil. 140907 - Servicios de salud - Particulares Es el derecho que tiene la IPS de cobrar el valor total del servicio de salud, a los particulares que así lo soliciten.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 373

140909 - Servicios de salud – IPS públicas

Es el derecho que tiene la IPS de cobrar el valor correspondiente a la prestación de servicios a pacientes remitidos por otra IPS pública, en cumplimiento de contratos o convenios. 140910 - Servicios de salud - Entidades con régimen especial

Es el derecho que tiene la IPS de cobrar el valor correspondiente a la prestación de servicios a pacientes vinculados con entidades especiales, tales como: Fuerzas militares, Policía nacional, Ejército, Ecopetrol e Inpec. 140911 - Atención con cargo al subsidio a la oferta Es el derecho que tiene la IPS de cobrar, en cumplimiento de contratos o convenios, el valor correspondiente a la prestación de servicios a la población pobre y vulnerable que no tiene capacidad de pago, mientras se afilia al régimen subsidiado, a los afiliados en período de carencia y a quienes demandan servicios no incluidos en el POS subsidiado. 140912 - Riesgos profesionales - ARP Es el derecho que tiene la IPS de cobrarle a las Administradoras de riesgos profesionales – ARP, el valor correspondiente a la prestación asistencial brindada a los asegurados, que sobrevenga por causa del trabajo y que produzca en el trabajador, una lesión orgánica o una perturbación funcional. 140913 - Cuota de recuperación

Es el derecho que tiene la IPS de cobrar al vinculado de acuerdo con su estratificación, a los afiliados en períodos de carencia y a quienes demandan servicios no incluidos en el POS subsidiado. 140914 - Atención accidentes de tránsito SOAT – Compañías de seguros

Es el derecho que tiene la IPS de cobrar a las Compañías aseguradoras que operan el ramo del seguro obligatorio de accidentes de tránsito - SOAT, los servicios prestados como consecuencia de accidentes de tránsito, de acuerdo con lo establecido en las disposiciones legales. 140915 – Reclamaciones FOSYGA - ECAT

Es el derecho que tiene la IPS de cobrar, con cargo a los recursos del FOSYGA, el valor correspondiente a la atención en salud de las personas víctimas de eventos catastróficos tales como: desastres naturales, tecnológicos, actos terroristas y otros eventos considerados y aprobados por el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud - CNSSS.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 374

Así mismo, incluye el valor de los servicios prestados como consecuencia de accidentes de tránsito, cuando éstos superan los quinientos salarios mínimos legales diarios vigentes cubiertos por la póliza del SOAT, sin que sobrepase en 300 salarios mínimos legales diarios vigentes adicionales. 140916 - Convenios FOSYGA – Trauma mayor y desplazados

Es el derecho que tienen las IPS de cobrar, con cargo a los recursos del Fosyga, el valor de los servicios por atención de víctimas de trauma mayor ocasionados por la violencia, de la población afiliada al régimen subsidiado, en los eventos no cubiertos por el POS-S y, de los vinculados sin capacidad de pago.

Igualmente incluye, el valor correspondiente a la atención médica y quirúrgica de las personas desplazadas por causas de la violencia política, considerado por el CNSSS como un evento catastrófico. 140917 – Ministerio de Salud – Recursos del IVA Social Es el derecho que tiene la IPS de cobrar el valor correspondiente por la prestación de servicios de salud a pacientes que pertenecen al programa de Iva Social, de acuerdo con metodología establecida por el Ministerio de Salud. 5.1.1.5. Otros aspectos administrativos 5.1.1.5.1 Riesgos profesionales

La IPS que atienda a un afiliado al sistema general de riesgos profesionales, debe informar a la EPS y ARP correspondientes, dentro de los dos días hábiles siguientes a la ocurrencia del accidente de trabajo o al diagnóstico de la enfermedad profesional. 5.1.1.5.2 Atención accidentes de tránsito SOAT – Compañías de seguros

El Decreto 1283 de 1996, establece los procedimientos y los soportes requeridos para la presentación de estas cuentas, como son el Formulario único de reclamación adoptado por el Ministerio de Salud (FUSOAT 01) y el formulario para el trámite de la cuenta de cobro. (FUSOAT 02). La póliza del SOAT, cubre los gastos de atención médico quirúrgica hasta por el equivalente a 500 Salarios mínimos legales diarios vigentes

El accidente de tránsito se acredita con cualquiera de los siguientes documentos:

Certificado de atención médica. Debe contener nombres, documento de identificación, edad de la víctima, fecha y hora de atención y, descripción de los hallazgos clínicos o certificado de medicina legal.

Certificación expedida por la autoridad de tránsito o policía competente o en su defecto fotocopia del croquis del accidente, expedido por la autoridad de tránsito.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 375

Denuncia penal de ocurrencia del accidente. Esta denuncia puede ser presentada por cualquier persona ante autoridad competente, cuando el hecho haya sido ocasionado voluntariamente o por manipulación criminal y sea posible la identificación del responsable.

Las entidades aseguradoras pagarán a la IPS, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de presentación de la reclamación debidamente diligenciada. Si transcurrido este plazo la Compañía Aseguradora no ha efectuado el pago, ésta reconocerá y pagara la tasa de interés de mora correspondiente. 5.1.1.5.3 Reclamaciones FOSYGA - ECAT

El monto máximo por servicios medico quirúrgicos es 800 SDMLV.

La acreditación de condición de víctima de un evento catastrófico, requiere los siguientes procedimientos:

• Diligenciar el formulario único de reclamación para eventos catastróficos expedido por el Ministerio de Salud - Formato FOSGA -01

• Diligenciar la cuenta de cobro - Formato FOSGA –02.

• Certificación en la cual conste que el paciente está incluido en el censo de víctimas elaborado por las autoridades competentes.

5.1.1.5.4 Convenios FOSYGA – Trauma mayor y desplazados La prestación de los servicios de salud por concepto de trauma mayor y desplazados, con cargo a los recursos del FOSYGA, no requiere por parte de la IPS, anexar facturas, recibos o fórmulas para su reconocimiento y pago, sin perjuicio que dichos comprobantes se conserven en la IPS para las verificaciones a que haya lugar, por parte del Ministerio de salud y de la Superintendencia nacional de salud.

5.1.1.5.5 IVA Social

La acreditación de calidad de beneficiario del programa se hace con alguno de los siguientes documentos:

• Constancia de la trabajadora social que certifica que el paciente pertenece a la población vinculada, previa certificación de la Alcaldía.

• Copia de clasificación de SISBEN.

• Fotocopia del carnet entregado por la IPS, con el logotipo del Ministerio de Salud y de la Institución, donde conste que el paciente pertenece al programa de Iva Social. (Opcional)

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 376

5.1.1.6. Aplicación contable 5.1.1.6.1 Contratos de capitación Contrato celebrado entre las instituciones prestadoras de servicios de salud y las entidades administradoras de los recursos del sistema, el cual consiste en que por una suma fija predeterminada que paga la administradora, el prestador se obliga a efectuar a su cargo los servicios, independientemente de su frecuencia o demanda. Estos contratos pueden pactarse con pago vencido o anticipado. 5.1.1.6.1.1 Pago vencido Un hospital realiza un contrato de capitación con una EPS, para la atención del Plan obligatorio de salud – POS, por valor de $360.000.000 por un año, pagadero mes vencido. La causación del ingreso debe efectuarse con base en los servicios facturados al paciente, mediante el siguiente registro:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1409 SERVICIOS DE SALUD 140901 Plan obligatorio de salud POS – EPS XXX 4312 SERVICIOS DE SALUD 4312XX Subcuenta respectiva XXX Al finalizar el mes debe compararse el valor de la facturación con el valor del contrato. Pueden ocurrir dos situaciones: • Que el valor facturado supere el valor del contrato. Asumiendo que el valor facturado fue de $33.000.000 y el valor del contrato en el mes de $30.000.000, debe elaborarse una nota crédito interna, por la diferencia, la cual debe registrarse de la siguiente manera:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 5111 GENERALES 511160 Margen en la contratación de servicios de salud $3.000.000 1409 SERVICIOS DE SALUD 140901 Plan obligatorio de salud POS – EPS $3.000.000 • Que el valor facturado sea inferior al valor del contrato Si el valor facturado fue de $28.000.000 y el valor del contrato en el mes de $30.000.000, debe elaborarse una nota débito interna, por la diferencia, la cual debe registrarse como se indica a continuación:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 377

Códigos Cuentas Débitos Créditos

1409 SERVICIOS DE SALUD 140901 Plan obligatorio de salud POS – EPS $2.000.000 4312 SERVICIOS DE SALUD 431298 Margen en la contratación de servicios de salud $2.000.000 5.1.1.6.1.2 Pago anticipado Si en el contrato de capitación celebrado se pactó el pago mes anticipado, los registros a efectuar son los siguientes: - En el momento de recibir el pago

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1105 CAJA 110501 Caja principal $30.000.000 2910 INGRESOS RECIBIDOS POR ANTICIPADO 291007 Ventas $30.000.000 En la medida que se facturen los servicios al paciente, se reconoce el ingreso y se amortiza el diferido, mediante el siguiente registro:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 2910 INGRESOS RECIBIDOS POR ANTICIPADO 291007 Ventas XXX 4312 SERVICIOS DE SALUD 4312XX Subcuenta respectiva XXX En caso de presentarse diferencias entre el valor facturado y el valor del contrato, debe procederse de la siguiente manera: • Si el valor facturado supera el valor del contrato. En este caso, la amortización del diferido se agota en los $30.000.000. A partir de allí, se causa el ingreso por la diferencia, mediante el siguiente registro:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 5111 GENERALES 511160 Margen en la contratación de servicios de salud XXX 4312 SERVICIOS DE SALUD 4312XX Subcuenta respectiva XXX • Si el valor facturado es inferior al valor del contrato.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 378

En este caso, la diferencia se amortiza mediante el siguiente registro:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 2910 INGRESOS RECIBIDOS POR ANTICIPADO 291007 Ventas XXX 4312 SERVICIOS DE SALUD 431298 Margen en la contratación de servicios de salud XXX 5.1.1.6.2 Contratos por evento Contrato celebrado entre las instituciones prestadoras de servicios de salud y las entidades administradoras de los recursos del sistema, el cual consiste en que la IPS factura los servicios prestados a los usuarios, de acuerdo con los términos contractuales y la administradora asume el pago de dicha prestación. Estos contratos pueden pactarse con pago vencido o anticipado. 5.1.1.6.2.1 Pago vencido Una IPS contrata por evento con una EPS la prestación de servicios de salud para la atención de Plan obligatorio de salud – POS. En el contrato se pacta que las cuotas moderadoras y copagos serán recaudados por la IPS y abonados a la cuenta por cobrar a la EPS. Se factura la prestación de servicios a un paciente por valor de $1.000.000 con una cuota moderadora de $ 5.000. El registro contable es el siguiente: • Causación del ingreso

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1409 SERVICIOS DE SALUD 140901 Plan obligatorio de salud POS – EPS $1.000.000 4312 SERVICIOS DE SALUD 4312XX Subcuenta respectiva $1.000.000

• Recaudo de la cuota moderadora De acuerdo con la ley, la cuota moderadora es un ingreso de la EPS, razón por la cual cuando la IPS efectúe el cobro de dicho concepto, debe registrarlo como un recaudo a favor de terceros, mediante el siguiente registro: (El recibo de caja debe expedirse a nombre de la EPS, identificando el nombre del usuario)

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1105 CAJA $5.000 110501 Caja principal 2905 RECAUDOS A FAVOR DE TERCEROS

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 379

290503 Ventas por cuenta de terceros $5.000 • Abono del recaudo de la cuota moderadora a la cuenta por cobrar a la EPS

Códigos Cuentas Débitos Créditos 2905 RECAUDOS A FAVOR DE TERCEROS $5.000 290503 Ventas por cuenta de terceros 1409 SERVICIOS DE SALUD 140901 Plan obligatorio de salud POS – EPS $5.000 Al final del mes al realizar la cuenta de cobro a la EPS, debe descontarse del valor de la facturación $1.000.000, el valor recaudado por concepto de copagos y cuotas moderadoras $5.000, con el fin de que la EPS gire la diferencia, es decir, $995.000. • Si dentro del contrato no se pacta que la cuota moderadora sea abonada a la cuenta por

cobrar a la EPS, la IPS debe efectuar el giro, mediante el siguiente registro:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 2905 RECAUDOS A FAVOR DE TERCEROS $5.000 290503 Ventas por cuenta de terceros 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 1110xx Subcuenta respectiva $5.000 5.1.1.6.2.2 Pago anticipado Cuando como resultado del contrato se recibe el pago anticipadamente, el registro que debe efectuarse, es el siguiente:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1105 CAJA 110501 Caja principal XXX 2910 INGRESOS RECIBIDOS POR ANTICIPADO 291007 Ventas XXX En la medida que se presta el servicio, se causa el ingreso, mediante la amortización del diferido

Códigos Cuentas Débitos Créditos 2910 INGRESOS RECIBIDOS POR ANTICIPADO

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 380

291007 Ventas XXX 4312 SERVICIOS DE SALUD 4312xx Subcuenta respectiva XXX 5.1.1.6.3 Contratos para atención a vinculados La Dirección Seccional de salud realiza un convenio o contrato para la prestación de servicios de salud con una IPS, por valor de $100.000.000 mensuales, para la atención a vinculados, distribuidos de la siguiente forma: - Situado fiscal sin situación de fondos $ 10.000.000 Aportes patronales: Cesantías $5.000.000

Salud 2.000.000 Pensión 3.000.000

- Rentas Cedidas 5.000.000 - Situado fiscal con situación de fondos 85.000.000 • Causación del ingreso La causación del ingreso debe efectuarse con base en los servicios facturados al paciente vinculado. Suponiendo que la facturación asciende a la suma de $1.000.000, con una cuota de recuperación de $50.000, el registro a efectuar es el siguiente:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1409 SERVICIOS DE SALUD 140911 Atención con cargo al subsidio a la oferta $950.000 140913 Cuota de recuperación 50.000 4312 SERVICIOS DE SALUD 4312XX Subcuenta respectiva $1.000.000 • Recaudo cuota de recuperación Cuando el vinculado cancela la cuota de recuperación, el registro es el siguiente:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1105 CAJA 110501 Caja principal $50.000 1409 SERVICIOS DE SALUD 140913 Cuota de recuperación $50.000

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 381

• Conciliación (Trabajadora social) Asumiendo que de los $50.000 de cuota de recuperación, el vinculado está en capacidad de pagar $20.000 y se le condona $30.000 Códigos Cuentas Débitos Créditos

1105 CAJA 110501 Caja principal $20.000 5502 SALUD 550207 Condonación servicios de salud a vinculados 30.000 1409 SERVICIO DE SALUD 140913 Cuota de recuperación $50.000 • Respaldo de la obligación con pagaré o letra de cambio Cuando el vinculado no está en capacidad de pagar y deja como respaldo una letra de cambio o un pagaré, se efectúa el siguiente registro: Códigos Cuentas Débitos Créditos

9905 RESPONSABILIDADES CONTINGENTES POR CONTRA (DB)

990502 Bienes recibidos en garantía $50.000 9110 BIENES RECIBIDOS EN GARANTÍA 911020 Pagarés, letras de cambio y otros $50.000 Al finalizar el mes debe compararse el valor de la facturación con el valor del contrato. Como resultado, pueden presentarse dos situaciones: • Que el valor facturado supere el valor del contrato. Asumiendo que el valor facturado fue de $120.000.000 y el valor del contrato o convenio en el mes de $100.000.000, debe elaborarse una nota crédito interna, por la diferencia, la cual debe registrarse de la siguiente manera:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 5111 GENERALES 511160 Margen en la contratación de servicios de salud $20.000.000 1409 SERVICIOS DE SALUD 140911 Atención con cargo al subsidio a la oferta $20.000.000 • Que el valor facturado sea inferior al valor del contrato

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 382

Si el valor facturado fue de $90.000.000 y el valor del contrato en el mes de $100.000.000, debe elaborarse una nota débito interna, por la diferencia, la cual debe registrarse de la siguiente manera:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1409 SERVICIOS DE SALUD 140911 Atención con cargo al subsidio a la oferta $10.000.000 4312 SERVICIOS DE SALUD 431298 Margen en la contratación de servicios de salud $10.000.000 • Aplicación del situado fiscal sin situación de fondos Teniendo en cuenta que con el situado fiscal sin situación de fondos se pagan los aportes patronales por concepto de cesantías, salud y pensiones, previamente, con el registro de la nómina debe efectuarse la causación de dichos aportes. Es importante aclarar que la entidad debe reconocer las demás prestaciones a que haya lugar, de acuerdo con las disposiciones legales y no solamente las que se cubren con recursos del situado fiscal. - Asumiendo que el gasto y costo incurridos por concepto de aportes patronales es el siguiente:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 5101 SUELDOS Y SALARIOS 510124 Cesantías $1.500.000 5103 CONTRIBUCIONES EFECTIVAS 510303 Cotizaciones a seguridad social en salud 800.000 510306 Cotizaciones a entidades administradoras del régimen

de prima media 1.200.000

7320 HOSPITALIZACIÓN – ESTANCIA GENERAL 732003 Sueldos y salarios 3.500.000 732005 Contribuciones efectivas 3.000.000 2505 SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES 250502 Cesantías $5.000.000 2425 ACREEDORES 242518 Aportes a fondos pensionales 3.000.000 242519 Aportes a seguridad social en salud 2.000.000

- En el momento en que se gire el situado fiscal sin situación de fondos, para el pago de aportes patronales a las administradoras de cesantías, pensiones y salud, asumiendo que el situado fiscal sin situación de fondos es igual al pasivo causado por concepto de aportes patronales:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 383

Códigos Cuentas Débitos Créditos 2505 SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES 250502 Cesantías $5.000.000 2425 ACREEDORES 242518 Aportes a fondos pensionales 3.000.000 242519 Aportes a seguridad social en salud 2.000.000 1409 SERVICIOS DE SALUD 140911 Atención con cargo al subsidio a la oferta $10.000.000 • Si el valor del situado fiscal sin situación de fondos es superior a los aportes patronales

causados por parte de la IPS Suponiendo que el situado fiscal sin situación de fondos asciende a la suma de $12.000.000 y en el entendido que la administradora no devuelve los aportes sino que los acumula para compensarlos posteriormente, esta diferencia constituye para la IPS un gasto pagado por anticipado. (De la diferencia se asume que $1.000.000 corresponde a cesantías y $1.000.000 a salud y pensiones)

Códigos Cuentas Débitos Créditos 2505 SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES 250502 Cesantías $5.000.000 2425 ACREEDORES 242518 Aportes a fondos pensionales 3.000.000 242519 Aportes a seguridad social en salud 2.000.000 1905 GASTOS PAGADOS POR ANTICIPADO 190511 Sueldos y salarios 1.000.000 190512 Contribuciones efectivas 1.000.000 1409 SERVICIOS DE SALUD 140911 Atención con cargo al subsidio a la oferta $12.000.000 • Aplicación del Gasto pagado por anticipado Cuando el situado fiscal sin situación de fondos no alcanza a cubrir el pasivo por concepto de aportes patronales y se tiene constituido un Gasto pagado por anticipado, el registro que debe efectuarse es el siguiente: Asumiendo que el situado fiscal sin situación de fondos es por valor de $9.000.000.

Códigos Cuentas Débitos Créditos 2505 SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 384

250502 Cesantías $5.000.000 2425 ACREEDORES 242518 Aportes a fondos pensionales 3.000.000 242519 Aportes a seguridad social en salud 2.000.000 1409 SERVICIOS DE SALUD 140911 Atención con cargo al subsidio a la oferta $9.000.000 1905 GASTOS PAGADOS POR ANTICIPADO 190511 Sueldos y salarios 500.000 190512 Contribuciones efectivas 500.000 • Cuando los recursos del situado fiscal sin situación de fondos y el gasto pagado por

anticipado no alcanzan a cubrir el pasivo por concepto de aportes patronales, la entidad debe asumir esta diferencia, con sus propios recursos, mediante el siguiente registro:

Asumiendo que el situado fiscal sin situación de fondos asciende a la suma de $8.000.000 y como saldo de los Gastos pagados por anticipado se tiene $1.000.000

Códigos Cuentas Débitos Créditos 2505 SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES 250502 Cesantías $5.000.000 2425 ACREEDORES 242518 Aportes a fondos pensionales 3.000.000 242519 Aportes a seguridad social en salud 2.000.000 1110 BANCOS Y CORPORACIONES 111005 Cuenta corriente bancaria $1.000.000 1409 SERVICIOS DE SALUD 140911 Atención con cargo al subsidio a la oferta 98.000.000 1905 GASTOS PAGADOS POR ANTICIPADO 190511 Sueldos y salarios 500.000 190512 Contribuciones efectivas 500.000 • Giro del situado fiscal con situación de fondos y de las rentas cedidas

Este registro se efectúa en el momento que se reciban los recursos por cada uno de los conceptos.

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1110 BANCOS Y CORPORACIONES $90.000.000

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 385

1110XX Subcuenta respectiva 1409 SERVICIOS DE SALUD 140911 Atención con cargo al subsidio a la oferta $90.000.000 5.1.2 Instrucciones para el tratamiento administrativo y contable de las glosas

efectuadas a la facturación expedida por las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud IPS - Públicas

5.1.2.1 Objetivos 5.1.2.1.1 General Contribuir a que las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud IPS públicas, mediante un adecuado manejo y gestión de las glosas, adelanten el recaudo efectivo y oportuno de los servicios prestados. 5.1.2.1.2 Específicos a. Generar información que permita ejercer mayor seguimiento y control sobre la

facturación glosada. b. Identificar el origen de las glosas, con el fin de tomar los correctivos a que haya lugar. c. Agilizar el proceso de respuesta a las glosas. d. Orientar el registro contable de los diferentes tipos de glosas. 5.1.2.2. Ámbito de aplicación El presente procedimiento deberá ser aplicado por las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud IPS - Públicas. 5.1.2.3. Aspectos conceptuales 5.1.2.3.1 Definición

Las glosas son objeciones a la facturación presentada por las Instituciones prestadoras de servicios de salud – IPS, originadas en las inconsistencias detectadas en la revisión de las facturas y sus respectivos soportes, las cuales pueden determinarse al interior de la misma institución o por las entidades con las cuales se hayan celebrado contratos de prestación de

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 386

servicios, tales como: Empresas promotoras de salud - EPS, Administradoras del régimen subsidiado – ARS, Compañías de seguros, Direcciones seccionales de salud y otras IPS.

Cuando en la facturación se presentan inconsistencias en lo que respecta a su presentación, consolidación, aplicación de tarifas, cobertura de servicios, entre otros, la entidad contratante devolverá la cuenta a la IPS para su corrección y los prestadores de servicios de salud, tendrán la obligación de aclarar o corregir las observaciones y dar respuesta a las mismas dentro de un plazo establecido. Entre las glosas más comunes se encuentran: • Documentos sin diligenciar o mal diligenciados • Documentos enmendados • Inconsistencias en los soportes anexos • Cobros sin la comprobación de los derechos de usuario, tarjeta, cédula, carné • Falta de información estadística • Errores en las liquidaciones, tarifas mal aplicadas, sumas mal realizadas • Falta de la relación de pacientes • Falta de documentos • Prestación de servicios adicionales a los establecidos en el contrato • Falta de pertinencia técnico científica entre diagnóstico y procedimientos realizados

y/o servicios prestados. • Documentos sin firma del paciente.

La facturación puede glosarse total o parcialmente, dependiendo de la causa que originó la glosa. Totalmente, si involucra toda la cuenta e impide la aceptación de los servicios prestados. Parcialmente, cuando la glosa se realiza sobre unos servicios o procedimientos específicos, estando la entidad contratante en la obligación de aceptar y reconocer el pago de los servicios no glosados.

5.1.2.3.2 Presentación de glosas

Para un adecuado manejo y gestión de las glosas, es necesario que en el contrato de prestación de servicios se establezcan, claramente, los requisitos y plazos para su presentación, por parte de la entidad contratante. En caso de no pactarse el plazo, se adopta el estipulado en la normatividad vigente. La comunicación de la glosa debe contener la relación de facturas o documentos equivalentes glosados, donde se especifique: número del documento, nombre del usuario, servicio glosado y causa de la glosa. Adicionalmente, debe traer anexas las facturas o documentos equivalentes y los soportes presentados por dichos servicios.

5.1.2.4. Proceso administrativo y aplicación contable 5.1.2.4.1 Recepción de glosas

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 387

La IPS debe establecer el procedimiento para la recepción y trámite de las glosas, en el que se considere la verificación del cumplimiento de los requisitos acordados para su presentación y las acciones a seguir, en caso de incumplimiento.

Para establecer claramente la fecha de recepción de la glosa por parte de la IPS, el funcionario encargado de esta labor, debe dejar constancia en el original, consignando su nombre y firma, así como la fecha y hora de recibo.

El proceso de recepción de glosas se termina con su registro en un instrumento que debe ser diseñado para tal fin y que puede ser complementario o, el mismo registro consecutivo de cuentas de cobro presentadas, al cual se le han adicionado las casillas pertinentes.

5.1.2.4.2 Distribución de las glosas

Una vez recibidas y registradas las glosas, se procede a hacer un análisis para verificar las causas, con el fin de determinar a qué áreas, unidades o funcionarios deben remitirse para su solución, o si por el contrario, pueden resolverse en la misma unidad receptora de glosas que se recomienda, sea la de cartera.

La distribución o remisión de la documentación aportada en la glosa, debe realizarse de manera inmediata, para que los diferentes responsables, cuenten con el tiempo necesario para el análisis y la realización del trámite requerido, garantizando el oportuno recaudo de la cartera.

Simultáneamente deben reportarse a contabilidad para que se efectúe el correspondiente registro.

• Registro contable de la presentación de la glosa Las glosas deben registrarse en cuentas de orden deudoras de control, en el momento en que se presentan, independientemente que sean o no, subsanables. Asumiendo que la factura glosada es en cumplimiento de un contrato de prestación de servicios con una EPS, para la atención del Plan obligatorio de salud – POS, el registro que debe efectuarse, es el siguiente:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 8333 FACTURACIÓN GLOSADA EN VENTA DE

SERVICIOS DE SALUD

833301 Plan obligatorio de salud POS – EPS XXX 8915 DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR) 891517 Facturación glosada en venta de servicios de salud XXX

* El registro debe efectuarse por el valor de la factura, si la glosa es total o por el valor de los servicios glosados, si la glosa es parcial.

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- Evaluación de las glosas Los funcionarios designados para analizar y hacer el trámite de las glosas, deben evaluar si la glosa es o no pertinente.

• Glosa pertinente: Corresponde a aquella que es adecuadamente justificada por la entidad contratante. En este evento se procede a verificar si la causa de la glosa es o no subsanable.

- Subsanable: Se enmienda completando la documentación o información requerida, realizando las correcciones necesarias o formulando las aclaraciones del caso.

- No subsanable: Se procede a informar a la entidad contratante, su aceptación.

• Glosa no pertinente: Corresponde a aquella que no se encuentra adecuadamente justificada. En este evento, se formula la respuesta sustentando el rechazo.

Las correcciones, aclaraciones, complementaciones o aceptaciones realizadas deben ser informadas, documentadas y entregadas a la unidad encargada de dar respuesta a la entidad contratante, la cual consolida la información recibida de las diferentes unidades y formula la respuesta formal de la institución.

Es importante y recomendable llevar un registro minucioso de las causas de glosas y hacer evaluaciones periódicas del mismo, ya que puede permitir identificar: la calidad o deficiencia, en algunos de los productos del área asistencial y de las unidades de facturación y cartera; fallas en los procesos técnico administrativos y técnico científicos que pueden ser susceptibles de mejoramiento; funcionarios, procesos y áreas críticas para la gestión de la empresa. • Registro contable de las glosas no pertinentes y subsanables Cuando la entidad contratante acepta la respuesta de rechazo de la glosa por no ser pertinente o, siendo pertinente, la IPS da respuesta oportuna a las objeciones u observaciones:

- Reversión cuenta de orden

Códigos Cuentas Débitos Créditos 8915 DEUDORAS DE CONTROL POR EL CONTRARIO

(CR)

891517 Facturación glosada en venta de servicios de salud XXX 8333 FACTURACIÓN GLOSADA EN VENTA DE

SERVICIOS DE SALUD

833301 Plan obligatorio de salud POS– EPS XXX En el momento en que se da el pago de los servicios prestados:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 389

- Recaudo

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1105 CAJA 110501 Caja principal XXX 1409 SERVICIO DE SALUD 140901 Plan obligatorio de salud POS – EPS XXX

- Omisión en la facturación de servicios Cuando la institución omite facturar servicios prestados que se encuentren dentro de lo establecido en el contrato, debe proceder a hacer el reconocimiento y cobro correspondientes. Por tratarse de un reconocimiento, el registro afecta el ingreso por la prestación de servicios de salud, independientemente del período contable en que se haya presentado la omisión.

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1409 SERVICIO DE SALUD 140901 Plan obligatorio de salud POS – EPS XXX 4312 SERVICIOS DE SALUD 4312XX Subcuenta que corresponda XXX

- Reversión cuenta de orden Este registro debe efectuarse por el valor de la glosa inicialmente constituida

Códigos Cuentas Débitos Créditos 8915 DEUDORAS DE CONTROL POR EL CONTRARIO

(CR)

891517 Facturación glosada en venta de servicios de salud XXX 8333 FACTURACIÓN GLOSADA EN VENTA DE

SERVICIOS DE SALUD

833301 Plan obligatorio de salud POS – EPS XXX

- Errores en las liquidaciones, tarifas mal aplicadas, sumas mal realizadas Cuando la institución comete errores en la liquidación de su facturación, debe proceder a hacer las reliquidaciones y ajustes contables a que haya lugar, afectando las cuentas de deudores e ingresos, por mayores o menores valores, según corresponda. • Tratándose de menores valores liquidados

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 390

Códigos Cuentas Débitos Créditos

1409 SERVICIO DE SALUD 140901 Plan obligatorio de salud POS – EPS XXX 4312 SERVICIOS DE SALUD 4312XX Subcuenta que corresponda XXX • Tratándose de mayores valores liquidados Si la operación se da dentro del mismo ejercicio

Códigos Cuentas Débitos Créditos 4312 SERVICIOS DE SALUD 4312XX Subcuenta que corresponda XXX 1409 SERVICIO DE SALUD 140901 Plan obligatorio de salud POS – EPS XXX Si la operación corresponde al ejercicio anterior

Códigos Cuentas Débitos Créditos 4815 AJUSTE DE EJERCICIOS ANTERIORES 481519 Servicio de salud XXX 1409 SERVICIO DE SALUD 140901 Plan obligatorio de salud POS – EPS XXX • Reversión cuenta de orden Este registro debe efectuarse por el valor de la glosa inicialmente constituida

Códigos Cuentas Débitos Créditos 8915 DEUDORAS DE CONTROL POR EL CONTRARIO

(CR)

891517 Facturación glosada en venta de servicios de salud XXX 8333 FACTURACIÓN GLOSADA EN VENTA DE

SERVICIOS DE SALUD

833301 Plan obligatorio de salud POS – EPS XXX

- Facturación de servicios no prestados

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 391

En el caso que la institución facture servicios que no han sido prestados, debe proceder a reversar la causación. Si la operación se da dentro del mismo ejercicio

Códigos Cuentas Débitos Créditos 4312 SERVICIOS DE SALUD 4312XX Subcuenta que corresponda XXX 1409 SERVICIO DE SALUD 140901 Plan obligatorio de salud POS – EPS XXX Si la operación corresponde al ejercicio anterior

Códigos Cuentas Débitos Créditos 4815 AJUSTE DE EJERCICIOS ANTERIORES 481519 Servicio de salud XXX 1409 SERVICIO DE SALUD 140901 Plan obligatorio de salud POS – EPS XXX

- Reversión cuenta de orden Este registro debe efectuarse por el valor de la glosa inicialmente constituida

Códigos Cuentas Débitos Créditos 8915 DEUDORAS DE CONTROL POR EL CONTRARIO

(CR)

891517 Facturación glosada en venta de servicios de salud XXX 8333 FACTURACIÓN GLOSADA EN VENTA DE

SERVICIOS DE SALUD

833301 Plan obligatorio de salud POS– EPS XXX

• Registro contable de las glosas no subsanables

- Facturación de servicios adicionales a los establecidos en el contrato Cuando la institución presta servicios por encima de los pactados contractualmente y es

claro que la entidad contratante no va a responder, debe establecer la responsabilidad de quienes participaron en el proceso de facturación, con base en las investigaciones que se adelanten para tal efecto. Cuando se inicia el proceso de investigación deben efectuarse los siguientes registros:

- Constitución de la responsabilidad

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 392

Códigos Cuentas Débitos Créditos

1950 RESPONSABILIDADES 195003 Responsabilidades en proceso – Internas XXX 1409 SERVICIO DE SALUD 140901 Plan obligatorio de salud POS – EPS XXX

- Reversión de la cuenta de orden Este registro debe efectuarse por el valor de la glosa inicialmente constituida

Códigos Cuentas Débitos Créditos 8915 DEUDORAS DE CONTROL POR EL CONTRARIO

(CR)

891517 Facturación glosada en venta de servicios de salud XXX 8333 FACTURACIÓN GLOSADA EN VENTA DE

SERVICIOS DE SALUD

833301 Plan obligatorio de salud POS – EPS XXX

- Constitución de la provisión

Códigos Cuentas Débitos Créditos 5309 PROVISIÓN PARA RESPONSABILIDADES 530902 Responsabilidades en proceso – Internas XXX 1955 PROVISIÓN PARA RESPONSABILIDADES (CR) 195503 Responsabilidades en proceso – Internas XXX

- Conciliación Cuando la entidad obtiene el reconocimiento y aceptación por parte del funcionario responsable, éste debe constituir una libranza a favor de la institución, previo cumplimiento de los requisitos legales. La conciliación por sí misma no genera registro contable.

- Pago o abono por parte del funcionario Códigos Cuentas Débitos Créditos

1105 CAJA 110501 Caja principal XXX 1950 RESPONSABILIDADES 195003 Responsabilidades en proceso – Internas XXX

- Recuperación

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 393

Si la recuperación se da dentro del mismo ejercicio en el cual se constituyó la provisión

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1955 PROVISIÓN PARA RESPONSABILIDADES (CR) 195503 Responsabilidades en proceso – Internas XXX 5309 PROVISIÓN PARA RESPONSABILIDADES 530902 Responsabilidades en proceso – Internas XXX Si la recuperación corresponde a provisiones constituidas en ejercicios anteriores

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1955 PROVISIÓN PARA RESPONSABILIDADES (CR) 195503 Responsabilidades en proceso – Internas XXX 4810 EXTRAORDINARIOS 481008 Recuperaciones XXX

- Castigo Cuando como resultado de la investigación se exime al funcionario de la responsabilidad, se procede al castigo, con base en el acto administrativo correspondiente.

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1955 PROVISIÓN PARA RESPONSABILIDADES (CR) 195503 Responsabilidades en proceso – Internas XXX 1950 RESPONSABILIDADES 195003 Responsabilidades en proceso – Internas XXX El procedimiento anteriormente descrito, aplica cuando la causa de la glosa es la falta de pertinencia técnico científica entre diagnóstico y procedimientos. En este caso debe establecerse la responsabilidad de quienes participaron, con base en las investigaciones que se adelanten para tal efecto.

5.1.2.4.3 Respuesta a las glosas

Todas las glosas presentadas por las entidades contratantes, deben ser respondidas por la IPS, independientemente que sean o no subsanables.

La omisión en la respuesta a las glosas presentadas, además de causar las sanciones previstas legalmente, evidencia una deficiencia administrativa que puede ocasionar detrimento del equilibrio económico y de la gestión de la institución.

En la respuesta debe relacionarse, las glosas aceptadas, el número de la factura o documento equivalente afectado, el valor y la denominación del servicio descontado; cuando haya lugar a correcciones o aclaraciones, deben anexarse los soportes pertinentes. Las glosas no aceptadas deben detallarse con sus respectivas explicaciones.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 394

La IPS debe responder las glosas dentro de los términos pactados en el contrato de prestación de servicios; cuando no exista especificación alguna al respecto, debe aplicarse lo establecido en las normas existentes.

Es necesario dejar constancia de la fecha de entrega de las respuesta a las glosas, para certificar su presentación dentro de los términos establecidos.

Una vez presentada la respuesta a las glosas, es necesario registrar el monto de aquellas que han sido aceptadas y hacer las anotaciones pertinentes en el registro consecutivo de cuentas de cobro, con el fin de establecer el valor final de las mismas descontadas las glosas, e informar a contabilidad sobre las modificaciones realizadas en los documentos equivalentes afectados, adjuntando la nota débito o crédito correspondiente para su contabilización.

5.1.2.4.4 Reiteración de las glosas Cuando la entidad contratante, reitera las objeciones presentadas a la facturación y no es posible establecer responsabilidades, debe recurrirse a lo establecido en las cláusulas contractuales para la solución de conflictos. Igualmente, puede solicitarse concepto a alguna de las instancias de Dirección y Control del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Los registros contables a efectuar, son los siguientes: - Reclasificación a difícil recaudo

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1475 DEUDAS DE DIFÍCIL COBRO 147511 Servicios de salud XXX 1409 SERVICIO DE SALUD 140901 Plan obligatorio de salud POS – EPS XXX - Constitución de provisiones La provisión se establece mediante una estimación técnica del riesgo de incobrabilidad.

Códigos Cuentas Débitos Créditos 5304 PROVISIÓN PARA DEUDORES 530407 Servicios de salud XXX 1480 PROVISIÓN PARA DEUDORES (CR) 148014 Servicios de salud XXX - Castigo Para proceder al castigo debe contarse con el acto administrativo que lo autorice, previa constitución de provisiones del 100%.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 395

Códigos Cuentas Débitos Créditos

1480 PROVISIÓN PARA DEUDORES (CR) 148014 Servicios de salud XXX 1409 SERVICIO DE SALUD 140901 Plan obligatorio de salud POS – EPS XXX 5.1.3. Instrucciones para el tratamiento contable de las operaciones de traspaso

de bienes y donaciones que realizan las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud IPS - Públicas

5.1.3.1 Objetivos 5.1.3.1.1 General Garantizar el reconocimiento de los bienes que reciben las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud IPS públicas, a título de donaciones o aporte y traspaso de bienes. 5.1.3.1.2 Específicos • Propender porque los bienes que reciben las IPS públicas sean oportunamente

legalizados y registrados. • Establecer con claridad el tratamiento que debe darse a los bienes extinguibles y a los

bienes de relativa permanencia. • Definir el tratamiento contable que deben aplicar, tanto las entidades públicas que

entregan bienes, como aquellas que los reciben. 5.1.3.2. Ámbito de aplicación El presente procedimiento deberá ser aplicado por las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud IPS - Públicas. 5.1.3.3. Aplicación contable 5.1.3.3.1 Traspaso de bienes El traspaso de bienes entre entidades públicas, sin ninguna contraprestación y en cumplimiento de disposiciones legales, mediante el cual se transfiere el dominio y la propiedad de los mismos, se registra como una operación interinstitucional. • Asumiendo que se trata de un equipo de cómputo

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 396

- Entidad que transfiere el bien Códigos Cuentas Débitos Créditos

5725 OPERACIONES DE TRASPASO DE BIENES, DERECHOS Y OBLIGACIONES

572501 Bienes transferidos XXX 1685 DEPRECIACIÓN ACUMULADA (CR) 168507 Equipos de comunicación y computación XXX 168599 Ajustes por inflación XXX 3250 * AJUSTES POR INFLACIÓN 325006 Propiedades planta y equipo XXX 325010 Depreciación acumulada (DB) XXX 1670 EQUIPOS DE COMUNICACIÓN Y

COMPUTACIÓN

167002 Equipo de computación XXX 167099 Ajuste por inflación XXX * Esta reversión se efectúa cuando la entidad aplica el sistema de ajustes parciales Adicionalmente, si el bien transferido tiene constituidas valorizaciones o provisiones, deben cancelarse estos valores. - Entidad que recibe el bien Códigos Cuentas Débitos Créditos

1670 EQUIPOS DE COMUNICACIÓN Y COMPUTACIÓN

167002 Equipo de computación XXX 4725 OPERACIONES DE TRASPASO DE

BIENES, DERECHOS Y OBLIGACIONES

472501 Bienes transferidos XXX Es indispensable que la entidad que recibe los bienes lleve un registro individual de los mismos, de tal suerte que se facilite, la constitución de depreciaciones, provisiones, ajustes por inflación y valorizaciones, para cada uno de los bienes. • Asumiendo que se trata de unos medicamentos que se consumen de manera inmediata

en la prestación de los servicios. - Entidad que transfiere el bien

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 397

Códigos Cuentas Débitos Créditos

5725 OPERACIONES DE TRASPASO DE BIENES, DERECHOS Y OBLIGACIONES

572501 Bienes transferidos XXX 1518 MATERIALES PARA LA PRESTACIÓN DE

SERVICIOS

151801 Medicamentos XXX - Entidad que recibe los bienes Códigos Cuentas Débitos Créditos

1518 MATERIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS

151801 Medicamentos XXX 4725 OPERACIONES DE TRASPASO DE

BIENES, DERECHOS Y OBLIGACIONES

472501 Bienes transferidos XXX Traslado al costo Códigos Cuentas Débitos Créditos

73XX CENTRO DE COSTO 73XX01 Materiales XXX 1518 MATERIALES PARA LA PRESTACIÓN

DE SERVICIOS

151801 Medicamentos XXX 5.1.3.3.2 Donaciones El concepto de donaciones se aplicará únicamente para el registro de operaciones realizadas con terceros, en el marco de las disposiciones legales aplicables. La donación se tipifica con el traspaso físico de los bienes y con la transferencia de dominio (registro de la escritura en la oficina de instrumentos públicos, en el caso de los inmuebles), sin contraprestación alguna. Para el registro de las donaciones debe tenerse en cuenta si los bienes recibidos de terceros, tienen como característica su permanencia relativa o si por el contrario, son bienes que se extinguen en el tiempo.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 398

5.1.3.3.2.1 Bienes de permanencia relativa Tratándose de bienes de permanencia relativa que van a ser utilizados por el ente público en el desarrollo de sus actividades propias, como es el caso de las Propiedades, planta y equipo, su reconocimiento debe efectuarse de la siguiente manera: - Entidad publica que recibe el bien Códigos Cuentas Débitos Créditos

1670 EQUIPOS DE COMUNICACIÓN Y COMPUTACIÓN

167002 Equipo de computación XXX 3235 SUPERÁVIT POR DONACIÓN 323502 En especie XXX Es indispensable que la entidad que recibe los bienes lleve un registro individual de los mismos, de tal suerte que se facilite, la constitución de depreciaciones, provisiones, ajustes por inflación y valorizaciones, para cada uno de los bienes. 5.1.3.3.2.2 Bienes extinguibles Tratándose de elementos que van a ser consumidos durante el período contable, en el desarrollo de actividades propias del ente público como es el caso de los medicamentos y demás materiales para la prestación de los servicios de salud, deben reconocerse como un ingreso extraordinario. - Entidad que recibe los bienes Códigos Cuentas Débitos Créditos

1518 MATERIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS

151801 Medicamentos XXX 4810 EXTRAORDINARIOS 481002 Donaciones XXX 5.1.4 Instrucciones para la identificación y flujo de los documentos que sirven

de soporte contable a las operaciones que adelantan las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud IPS – Públicas.

5.1.4.1 Objetivos 5.1.4.1.1 General

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 399

Propender porque las áreas involucradas en el proceso contable, conozcan los documentos que sirven de soporte para el reconocimiento de las diferentes operaciones que adelantan las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud IPS públicas, con el fin de soportar de manera adecuada la información contable que generan. 5.1.4.1.2 Específicos a. Dar a conocer los atributos que deben tener los distintos documentos soporte. b. Propender porque los soportes contables se generen a medida que se adelantan las

operaciones por parte de la IPS públicas. c. Agilizar el proceso de registro por parte de las IPS públicas d. Facilitar el proceso de conciliación de información de las diferentes áreas de la

institución con contabilidad. 5.1.4.2. Ámbito de aplicación El presente procedimiento deberá ser aplicado por las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud IPS - Públicas. 5.1.4.3. Aspectos conceptuales El sistema contable es el conjunto de operaciones de las diferentes áreas que soportan, a través de documentos que posean los atributos necesarios, los registros contables.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 400

S I S T E M A C O N T A B L E

C O S T O S

N O M I N A

T E S O R E R I A

C U E N T A SP O R P A G A R

F A C T U R A C I O N

P R O P I E D A D E SP L A N T A Y E Q U I P O

C O N T A B I L I D A D

I N V E N T A R I O S ( B O D E G A S )

C A R T E R A P R E S U P U E S T O

5.1.4.3.1 Contabilidad El Area de Contabilidad es el principal centro de recopilación de la información que generan las diferentes áreas de la Institución Prestadora de Servicios de Salud con el objetivo de clasificar, resumir y producir una información financiera que revele la situación financiera del ente público y sirva a las Directivas como herramienta para la toma de decisiones, la Institución Prestadora de Servicios de Salud Le corresponde a este departamento la generación de estados financieros que deben ser aprobados por el ordenador del gasto y cuya información se organiza para el uso externo de quienes proveen los fondos y para la gestión interna, de acuerdo con las normas legales vigentes.

La periodicidad con que debe ser enviada la información de todas las áreas hacia contabilidad depende del volumen de operaciones de cada entidad pero el ideal es que sea a diario, de manera que en cualquier momento se pueda conocer la situación de la entidad y se constituya en una información oportuna para los diferentes propósitos.

5.1.4.3.2. Tesorería

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 401

Corresponde a esta área el manejo de los recursos financieros de la Institución, a través de los recaudos, por las diferentes cajas, de los ingresos que se generan por venta de servicios, el manejo de los bancos (consignaciones, pagos a empleados o acreedores, entre otros) y por tanto el suministrar de información sobre la liquidez de la organización. Esta área debe enviar hacia contabilidad, como mínimo, los siguientes documentos con sus respectivos atributos: • Recibos de caja • Reembolso de Caja menor • Consignaciones • Créditos Bancarios • Débitos Bancarios • Comprobantes de Egreso (O.P.) • Relación de aportes recibidos • Movimiento diario de caja 5.1.4.3.3 Facturación

El área de Facturación esta relacionado con el proceso de admisiones; su objetivo básico es realizar el seguimiento al paciente desde su ingreso a la Institución hasta el egreso de la misma, al tiempo que realizar un registro de cada uno de los servicios prestados durante la estancia del paciente en el Hospital, para finalmente producir un Documento equivalente de venta o factura de venta de servicios.

Esta área debe enviar hacia contabilidad, como mínimo, los siguientes documentos con sus respectivos atributos. • Factura o documento equivalente de venta por prestación de servicios • Nota Débito Cliente • Nota Crédito Cliente 5.1.4.3.4 Propiedades, planta y equipo Le corresponde a esta área y en particular al responsable del manejo de la propiedad planta y equipo de la Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud remitir la información acerca de las entregas de bienes al servicio y de las nuevas adquisiciones por Unidades Funcionales y Centros de costos, si no se tiene un responsable de propiedad planta y equipo lo debe realizar el almacenista. Los soportes de esta área son: • Actas de baja • Entrada de Almacén • Traslados de un servicio a otro

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 402

5.1.4.3.5 Cuentas por pagar Le corresponde a esta área elaborar las ordenes de pago de las cuentas por pagar, así como llevar el control de los estados de cuenta de cada uno de los diferentes acreedores. Esta área debe enviar hacia contabilidad para su causación, como mínimo, los siguientes documentos: • Facturas de proveedores: • Ordenes de compra • Cuentas por pagar a contratistas • Notas Débito Proveedor: • Notas Crédito Proveedor 5.1.4.3.6 Área de personal Le corresponde al área de personal remitir a contabilidad como mínimo los siguientes documentos discriminados por unidades funcionales administrativas, unidades funcionales operativas y por centros de costos. • Ordenes de Servicio • Ordenes de Trabajo • Nómina • Relación mensual de provisiones de prestaciones sociales • Relación mensual de provisiones y pagos por aportes patronales • Liquidación anual de cesantías consolidadas • Liquidación de pagos a los fondos de pensiones y salud 5.1.4.3.7 Inventarios El área de inventarios debe enviar a contabilidad la información sobre las entregas a la Unidades Funcionales y Centros de los bienes y elementos a su cargo, así: 5.1.4.3.7.1 Bodega de almacén El funcionario responsable de esta bodega deberá remitir a diario a contabilidad como mínimo los siguientes documentos por Unidades Funcionales y Centros de costos. • Salidas de Almacén • Entradas de Almacén • Devoluciones • Préstamos • Remisiones 5.1.4.3.7.2 Farmacia

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 403

El funcionario responsable de esta bodega deberá remitir a contabilidad a diario como mínimo los siguientes documentos por Unidades Funcionales y Centros de costos. • Salida de Farmacia • Entradas de Farmacia • Devoluciones • Préstamos • Remisiones

5.1.4.3.7.3. Economato

El funcionario responsable de esta área deberá enviar a contabilidad a diario como mínimo los siguientes documentos por unidades funcionales y centros de costos.

• Salida de Economato • Entradas de Economato • Devoluciones • Préstamos • Remisiones 5.1.4.3.8 Presupuesto Esta área tiene como función principal planear y estimar todas las entradas y salidas de efectivo, es decir ingresos y gastos, para un periodo determinado; así como su asignación a cada dependencia de acuerdo con análisis, estadísticas y cálculos previamente realizados. Igualmente le corresponde la ejecución del presupuesto. El movimiento de ingresos y egresos de la Institución, debe enviarlos a contabilidad una vez al mes a través de los siguientes documentos: • Presupuesto de Ingresos:

• Ingresos discriminados • Código contable (clase 0) • Concepto • Adiciones Presupuestales • Traslados presupuestales

• Presupuesto de Gastos • Egresos discriminados • Código contable ( clase 0) • Concepto • Adiciones Presupuestales • Traslados presupuestales

5.1.4.3.9 Costos

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 404

Esta área esta soportada con la Ley 100 de 1993 que obliga a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud a llevar una contabilidad de costos, así como la Resolución 400 de diciembre 01/00 de la Contaduría General de la Nación. Para efecto de la definición de los centros de costos a manejar en cada institución se debe expedir una resolución por parte de la gerencia. Se debe obtener el estudio de costos a través de una metodología de reconocimiento valor técnico

El funcionario encargado de este proceso debe realizar una vez al mes, con contabilidad, una conciliación del resultado del estudio de costos del mes respectivo; en el entendido de que se trabaja simultáneamente y por tanto corresponden al mismo periodo, informe final de costos.

5.1.4.3.10 Cartera

A esta área le corresponde propender por que los recursos facturados ingresen a la Institución, a través de tres procesos fundamentales, la consolidación y envío de cuentas de cobro, la gestión de cobro y el ingreso de los recursos de venta de servicios.

De igual forma la Unidad de cartera debe llevar un control de la ejecución de los contratos y de los estados de cartera.

El proceso de gestión de cartera se convierte en un componente fundamental del proceso administrativo de la Institución, ya que es quien propende y garantiza la liquidez de la empresa.

El funcionario encargado del área de cartera deberá llevar los siguientes listados con el fin de que al cierre de cada mes contable se efectúe un cruce con el área contabilidad. • Ficha de cliente • Informe de cartera por edades • Rotación de cartera.

5.1.4.3.11 Conciliación de la información entre las diferentes áreas

Las siguientes áreas deben realizar al finalizar el mes, conciliación con contabilidad con el fin de que las cifras registradas contablemente sean las mismas que se tienen en cada área.

Tesorería: el saldo en el libro de bancos se debe conciliar con el saldo de contabilidad. Cuentas por pagar: El listado de las cuentas por pagar se debe conciliar con los saldos del área de inventarios (almacén, farmacia y economato) y los saldos de contabilidad.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 405

Cartera: Los saldos del área de cartera deben cruzarse con los de contabilidad. Kardex de Bodegas: Las bodegas deben conciliar los saldos que figuran en el kardex con los saldos que arroja la contabilidad. Propiedad Planta y equipo. El saldo en del área de propiedades, planta y equipo debe conciliarse con los saldos contables. Presupuesto: los saldos que arroja presupuesto deben cruzarse con los de contabilidad. Costos: se debe realizar la conciliación del informe final de la hoja de costos y contabilidad. 5.2 Instrucciones relativas al tratamiento contable de las reservas

probadas de hidrocarburos y su explotación 5.2.1 Objetivos

5.2.1 1 General Impartir instrucciones que conduzcan al adecuado registro contable de las reservas probadas de hidrocarburos y del proceso de explotación.

5.2.1.2 Específicos • Determinar los registros contables para las diferentes operaciones relacionadas con las

reservas probadas de hidrocarburos y su explotación, que deben efectuar el Ministerio de Minas y Energía y, ECOPETROL.

• Determinar los parámetros a seguir para efecto del reconocimiento. • Fijar pautas conducentes a la revelación. 5.2.2 Ámbito de aplicación El presente procedimiento debe ser aplicado por el Ministerio de Minas y Energía y, ECOPETROL. 5.2.3 Aplicación contable 5.2.3.1 Reservas probadas de hidrocarburos de propiedad del Estado a) El valor de las reservas probadas de hidrocarburos de propiedad del Estado deberá revelarse en

el Balance de la Nación, a través del Ministerio de Minas y Energía, tomando como método de valuación el establecido en el artículo tercero del Decreto 2625 de 2000, aplicado sobre condiciones normales de mercado y producción.

El reconocimiento de las reservas probadas se efectuará mediante el siguiente registro:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 406

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1820 182003 3125 312508

RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN Yacimientos PATRIMONIO PÚBLICO INCORPORADO Recursos naturales y del ambiente

XXX

XXX b) El Ministerio de Minas y Energía debe revelar en cuentas de orden el valor de las reservas

probadas y desarrolladas y las reservas probadas no desarrollas que hayan sido declaradas comerciales por ECOPETROL, respecto de las cuales se haya conferido derechos de explotación de la siguiente manera:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 8317 831702 8915 891508

BIENES ENTREGADOS EN EXPLOTACIÓN Recursos naturales no renovables en explotación DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR) Bienes entregados en explotación

XXX

XXX c) ECOPETROL deberá revelar en cuentas de orden el mismo el valor de las reservas

probadas y desarrolladas y las reservas probadas no desarrolladas declaradas comerciales, como bienes recibidos en explotación, así:

Códigos Cuentas Débitos Créditos

9915 991504 9317 931702

ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB) Bienes recibidos en explotación BIENES RECIBIDOS EN EXPLOTACIÓN Recursos naturales no renovables en explotación

XXX

XXX d) El valor de las reservas de hidrocarburos deberá ajustarse, cuando las condiciones asi lo

evidencien, para reflejar nuevos descubrimientos o cambios de valor de las reservas existentes. 5.2.3.2 Agotamiento de las reservas de hidrocarburos El agotamiento de las reservas de hidrocarburos, derivado de la extracción efectuada por ECOPETROL en forma directa o en asociación con terceros, con excepción de las reservas provenientes de la reversión de concesiones que ya hubieren sido contabilizadas, deberá

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 407

reconocerse contablemente, de conformidad con lo establecido en el artículo segundo del Decreto 2625 del 18 de diciembre de 2000, de la siguiente manera: a) El valor del agotamiento correspondiente a las reservas extraídas, determinado con el

método de valuación establecido en el artículo tercero del Decreto 2625 de 2000, dará lugar a los siguientes registros contables: El Ministerio de Minas y Energía reconocerá como una inversión, el mayor aporte de la Nación en ECOPETROL, y como un gasto el valor de la participación de los terceros en los contratos de asociación, por el agotamiento de las reservas, así:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 1208 120801 5321 532103 1825 182503

INVERSIONES PATRIMONIALES – MÉTODO DE PARTICIPACIÓN En empresas industriales y comerciales del estado del nivel nacional (Inversión en ECOPETROL) AGOTAMIENTO Yacimientos (Reservas que corresponden a terceros en contratos de asociación) AGOTAMIENTO ACUMULADO DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN Yacimientos (Total de las reservas extraídas)

XXX

XXX

XXX

Por su parte, ECOPETROL procederá a registrar el fortalecimiento patrimonial derivado del mayor aporte de la Nación, representado en los barriles de hidrocarburos extraídos, valuados en la forma establecida por el artículo tercero del Decreto 2625 de 2000, mediante el siguiente registro:

Códigos Cuentas Débitos Créditos 7109 710901 3209 320901

PETRÓLEO CRUDO Reservas extraídas APORTES EN ESPECIE Aportes de hidrocarburos

XXX

XXX b) Tanto el Ministerio de Minas y Energía, como ECOPETROL, efectuarán los ajustes en

las respectivas cuentas de orden, correspondiente al importe de las reservas extraídas.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 408

5.2.3.3 Elaboración de estados contables De conformidad con el artículo octavo del Decreto 2625 de 2000, los Estados contables a diciembre 31, del Ministerio de Minas y Energía y, de ECOPETROL se elaborarán con base en los parámetros establecidos en el Decreto en mención, y por lo tanto deben efectuar los ajustes contables respectivos en el mes de diciembre del mismo año. Para efectos de la revelación de los costos, en el estado de costos, producción y ventas de ECOPETROL, se identificará por separado el monto correspondiente a las reservas consumidas y las regalías causadas.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 409

TABLA DE NORMAS CONTENIDAS EN EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Capitulo I: PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LOS PRINCIPIOS Instrucciones para el debido reconocimiento, valuación y revelación de las operaciones financieras

• Circular externa No 13 de diciembre de 1996

• Circular externa No 32 de 14 febrero de 2000

Procedimientos para el cálculo y debido reconocimiento de la actualización sobre la base del costo reexpresado

• Circular externa 16 del 30 de diciembre de 1996

• Instructivo 007 de febrero 18 de 1998

• Carta circular 19 del 27 de noviembre de 1999

Capitulo II: PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A NORMAS TÉCNICAS DE CONTABILIDAD PÚBLICA Instrucciones para el reconocimiento y revelación de las Inversiones

• Circular externa 19 noviembre 6/97

• Instructivo 5 diciembre 6/97 • Circular externa 20 de

diciembre 22/97 Instrucciones relativas al reconocimiento y revelación de las propiedades, planta y equipo

• Circular externa 011 del 15 de noviembre de 1996

• Circular externa 028 de noviembre 21/98

Instrucciones relativas al reconocimiento de los recursos naturales y del ambiente

• Circular externa 023 marzo 16 de 1998

• Instructivo 007 de febrero 18/98

Instrucciones para el manejo contable y cierre de la cuenta principal y subalterna

• Circular externa 038 diciembre 28 de 2000

Instrucciones para el reconocimiento y registro de los pasivos pensionales

• Circular externa 024 de julio 24/98

• Instructivo 008 de febrero 18/98

Instructivo para la supresión de obligaciones y derechos recíprocos entre entidades del orden nacional por concepto de cuotas partes pensionales

• Instructivo 011 de septiembre de 1999

Instrucciones relativas al reconocimiento de las compensaciones y pago de sentencias y conciliaciones judiciales.

• Circular externa 034 de diciembre 27/00

Instrucciones para el registro contable de operaciones recíprocas relacionadas con la causación de ingresos

• Circular externa 012 de diciembre 2/96

• Instructivo 003 de diciembre 2/96

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 410

Capitulo III: PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN Y ESTADOS CONTABLES Aspectos generales • Resolución 373 del 20 de

diciembre de 1999 • Resolución 150 junio 30/2000

Modelo CGN-96-001 denominado CATÁLOGO DE CUENTAS.

• Instructivo No 001 de octubre 18/96

Instrucciones para el correcto diligenciamiento de los modelos CGN-96-001 y CGN -96-002

• Instructivo 002 de octubre 18-96

Instrucciones para el correcto diligenciamiento del modelo CGN-98-003 denominado "INFORMACIÓN SOBRE PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL"

• Carta circular No 014 enero 16/98

Procedimiento para la elaboración del informe de

cuentas por pagar FORMATO CGN- • Circular externa 039

diciembre 28 de 2000

Instrucciones para la estructuración de los estados contables (balance general, estado de actividad financiera, económica y social y estado de cambios en el patrimonio)

• Circular externa 021 de febrero de 1998

• Instructivo 006 de febrero 13 de 1998

Procedimiento para estructuración, elaboración y presentación del estado de flujos de efectivo.

• Circular externa No 036 del 27 de diciembre 2000

Elaboración y presentación de las notas a los estados contables

• Circular externa 014 de diciembre 17 de 1996 • Instructivo 004 de diciembre

17/96 Control Interno y el sistema de contabilidad pública

• Circular externa 031 de enero 12 del 2000

Instrucciones relativas a la identificación y diligenciamiento del formato denominado "Relación de bienes inmuebles"

• Instructivo 009 del 18 de febrero/99

• Circular externa 029 de febrero 18/99

• Carta circular 020 de enero de 2000

Acopio de la información de organismos sin identidad jurídica en el nivel territorial

• Resolución 373 de diciembre 20-99

Remisión de información a los entes de control

fiscal • Resolución 373 de diciembre

20-99

Cumplimiento de obligaciones Resolución 373 de diciembre 20-99

Suministro de información cuando se producen cambios de gobernadores, alcaldes, gerentes y demás representantes legales de entidades y corporaciones públicas del orden territorial.

• Carta circular 22 de mayo 30 de 2000

• Circular externa 23 de 20 de septiembre de 2000

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Contaduría General de la Nación Capítulo 1 411

corporaciones públicas del orden territorial. septiembre de 2000 Procedimiento para la entrega de la información financiera, económica y social, de los bienes, derechos y obligaciones de los entes públicos, por parte de los representantes legales salientes a los elegidos o nombrados.

• Carta circular 023/09/00 • Instructivo 12 29/08/00

Capitulo IV: PROCEDIMIENTO RELATIVO A LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN Procedimiento para el manejo contable, la agregación y/o consolidación de la información financiera, económica y social, de los órganos de control, corporaciones públicas y demás organismos del nivel territorial con autonomía administrativa y financiera pero sin identidad jurídica, en la administración central de la respectiva entidad territorial.

• Circular externa 037 diciembre 28 de 2000

Procedimiento para el registro de las operaciones de las entidades de Administración Central Nacional que conforman el Sistema Integrado de Información Financiera – SIIF.

• Circular externa No 30 de marzo 15/99

• Circular externa 033 de febrero 15 de 2000

• Instructivo 10 de marzo 15 de 1999

• Carta circular 017 de febrero 15 de 1999

Capitulo V. DESARROLLOS SECTORIALES Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud • Circular externa 035 de

diciembre 27/00 Instrucciones relativas al tratamiento contable de

las reservas probadas de hidrocarburos y su

explotación

• Resolución 438 de diciembre /00

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 2

CATÁLOGO GENERAL DE CUENTAS Se constituye en un instrumento para el registro de las operaciones financieras, económicas, sociales y ambientales, del ente público, con base en una clasificación flexible, ordenada y pormenorizada de las cuentas, que mantiene la identidad, naturaleza y operación de las actividades que conforman el sector público en su conjunto. ESTRUCTURA El Catálogo General de Cuentas está conformado por cinco niveles de clasificación, con seis dígitos que conforman el Código Contable, además de los dígitos necesarios que se anteponen como clasificador institucional. CLASE GRUPO CUENTA SUBCUENTA AUXILIAR X X XX XX Con base en lo anterior, el primer dígito del código corresponde a la Clase, el segundo al Grupo, el tercero y cuarto dígitos corresponden a la Cuenta y el quinto y sexto a la Subcuenta. Clases El Catálogo General de Cuentas esta integrado por las diez clases siguientes: 1 ACTIVO 2 PASIVO 3 PATRIMONIO 4 INGRESOS 5 GASTOS 6 COSTO DE VENTAS Y DE OPERACIÓN 7 COSTOS DE PRODUCCIÓN 8 CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS 9 CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS 0 CUENTAS DE PLANEACIÓN Y PRESUPUESTO Las clases 1 al 3 contienen las cuentas de Balance; las clases 4 al 7 contienen las cuentas de Actividad; las clases 8 y 9 conforman las cuentas de Orden y la clase 0 corresponde a las cuentas de Planeación y Presupuesto. Las clases se desagregan a su vez en Grupos, con características homogéneas, de acuerdo con la naturaleza contable de la Clase que se define.

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 3

Grupos Las Clases están compuestas por grupos así:

CLASE 1 ACTIVO GRUPOS 11 EFECTIVO 12 INVERSIONES

13 RENTAS POR COBRAR 14 DEUDORES 15 INVENTARIOS

16 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO 17 BIENES DE BENEFICIO Y USO PÚBLICO 18 RECURSOS NATURALES Y DEL AMBIENTE

19 OTROS ACTIVOS CLASE 2 PASIVO GRUPOS 21 OPERACIONES DE BANCA CENTRAL Y ENTIDADES

FINANCIERAS 22 OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO 23 OBLIGACIONES FINANCIERAS 24 CUENTAS POR PAGAR 25 OBLIGACIONES LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL

INTEGRAL 26 OTROS BONOS Y TÍTULOS EMITIDOS 27 PASIVOS ESTIMADOS 29 OTROS PASIVOS CLASE 3 PATRIMONIO GRUPOS 31 HACIENDA PÚBLICA 32 PATRIMONIO INSTITUCIONAL CLASE 4 INGRESOS GRUPOS 41 INGRESOS FISCALES 42 VENTA DE BIENES

43 VENTA DE SERVICIOS 44 TRANSFERENCIAS 45 RECURSOS DE LOS FONDOS DE ENTIDADES

ADMINISTRADORAS DE PENSIONES 47 OPERACIONES INTERINSTITUCIONALES 48 OTROS INGRESOS 49 AJUSTES POR INFLACIÓN

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 4

CLASE 5 GASTOS GRUPOS 51 ADMINISTRACIÓN 52 DE OPERACIÓN 53 PROVISIONES, AGOTAMIENTO, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES

54 TRANSFERENCIAS 55 GASTO PÚBLICO SOCIAL 56 GASTO DE INVERSIÓN SOCIAL

57 OPERACIONES INTERINSTITUCIONALES 58 OTROS GASTOS

59 CIERRE DE INGRESOS, GASTOS Y COSTOS CLASE 6 COSTO DE VENTAS Y OPERACIÓN GRUPOS 62 COSTO DE VENTAS DE BIENES

63 COSTO DE VENTAS DE SERVICIOS 64 COSTOS DE OPERACIÓN DE SERVICIOS

CLASE 7 COSTOS DE PRODUCCIÓN GRUPOS 71 PRODUCCIÓN DE BIENES 72 SERVICIOS EDUCATIVOS 73 SERVICIOS DE SALUD 74 SERVICIO DE TRANSPORTE

75 SERVICIOS PÚBLICOS 76 SERVICIOS HOTELEROS Y DE PROMOCIÓN TURÍSTICA 79 OTROS SERVICIOS

CLASE 8 CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS GRUPOS 81 DERECHOS CONTINGENTES 82 DEUDORAS FISCALES 83 DEUDORAS DE CONTROL 89 DEUDORAS POR CONTRA (CR) CLASE 9 CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS GRUPOS 91 RESPONSABILIDADES CONTINGENTES 92 ACREEDORAS FISCALES 93 ACREEDORAS DE CONTROL 99 ACREEDORAS POR CONTRA (DB) CLASE 0 CUENTAS DE PLANEACIÓN Y PRESUPUESTO GRUPOS 02 PRESUPUESTO DE INGRESOS

03 PRESUPUESTO DE GASTOS DE LA VIGENCIA

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 5

04 RESERVAS PRESUPUESTALES 05 CUENTAS POR PAGAR 06 VIGENCIAS FUTURAS 07 PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES APROBADO (CR) 08 PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES POR EJECUTAR (DB) 09 PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES EJECUTADO (DB)

La definición de los Grupos, Cuentas y Subcuentas, está reservada para la Contaduría General de la Nación. A partir de allí, los entes públicos podrán habilitar, discrecionalmente, niveles auxiliares en función de sus necesidades específicas.

Cuentas y Subcuentas CÓDIGO DENOMINACIÓN 1 ACTIVO 11 EFECTIVO 1105 CAJA 110501 Caja principal 110502 Cajas menores 1106 CUENTA ÚNICA NACIONAL 110601 Cajero 110602 Recaudo por ente generador (tipo I) 110603 Recaudos afectación específica (tipo I) 110604 Recaudo concepto de ingreso (tipo II) 110605 Embargos Nación 110606 Cuentas operaciones transitorias (tipo otras) 110690 Otras operaciones de Cuenta Única Nacional 1107 RESERVAS INTERNACIONALES 110701 Oro y otros metales preciosos 110702 Derechos especiales de giro (DEG) 110703 Pesos andinos 110704 Convenios internacionales 110705 Fondo latinoamericano de reservas 110706 Posición de reserva FMI 110707 Depósitos en bancos del exterior 110708 Especies extranjeras 110790 Otras Reservas internacionales 1109 DEPÓSITOS EN INSTITUTOS FINANCIEROS Y COOPERATIVAS 110901 En institutos financieros de desarrollo territorial 110902 En cooperativas

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 6

1110 BANCOS Y CORPORACIONES 111005 Cuenta corriente bancaria 111006 Cuenta de ahorro 111007 Cuenta de ahorro de valor constante 111008 Certificados de depósito de ahorro a término 111009 Depósitos simples 111010 Cuentas de compensación Banco Central 111011 Depósitos en el exterior 111090 Otros depósitos 1112 ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ 111201 Fondos vendidos ordinarios 111202 Sobregiros concedidos 111203 Operaciones “overnight” 1115 FONDOS VENDIDOS CON COMPROMISO DE REVENTA 111504 Compromisos de reventa de inversiones de renta fija 111505 Compromisos de reventa de inversiones de renta variable 111506 Compromisos de reventa deudores 111507 Acuerdos de reventa de reservas internacionales – Banca Central 111508 Apoyos transitorios del Banco Central 1116 FONDO DE RECUPERACIÓN DE LA INVERSIÓN DE SERVICIOS

PÚBLICOS DOMICILIARIOS 111601 Acueducto 111602 Alcantarillado 111603 Aseo 111604 Energía 111605 Gas combustible 111606 Telecomunicaciones 111690 Otros servicios 1117 FONDO DE SOLIDARIDAD Y REDISTRIBUCIÓN DEL INGRESO

PARA SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS 111701 Aportes solidarios 111703 Aporte de los municipios 111704 Aporte de los distritos 111705 Aporte de los departamentos 111706 Aportes de la nación 111790 Otros aportes 1120 FONDOS EN TRÁNSITO 112005 Cuenta corriente bancaria 112006 Cuenta de ahorro 112007 Cuenta de ahorro de valor constante 112010 Red bancaria

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 7

112090 Otros depósitos 1125 FONDOS ESPECIALES 112504 Cuenta corriente bancaria 112505 Cuenta de ahorro ordinario 112506 Cuenta de ahorro de valor constante 112590 Otros depósitos 1130 FONDOS PENSIONALES 113001 De solidaridad pensional 113002 De pensiones públicas del nivel nacional 113003 Para el reconocimiento y pago del pasivo pensional de las universidades y de

las instituciones oficiales de educación superior territoriales 113004 Para pago de cuotas partes y bonos pensionales 113005 De pensiones territoriales 113006 De reservas para los bonos pensionales 113007 Pensión de vejez 113008 Pensión de sobrevivencia 113009 Pensión de invalidez 113010 Del pasivo prestacional del sector salud 113011 Pensiones riesgos profesionales 12 INVERSIONES 1201 INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ - RENTA FIJA 120101 Títulos de tesorería -TES 120102 Certificados de ahorro de valor constante 120103 Títulos de participación 120104 Certificados eléctricos valorizables 120105 Títulos energéticos de rentabilidad -TER 120106 Certificados de depósito a término 120107 Pagarés adquiridos en mercado secundario 120108 Aceptaciones financieras adquiridas en mercado secundario 120109 Cédulas hipotecarias 120110 Bonos y títulos emitidos por el sector privado - residentes 120111 Bonos obligatoriamente convertibles en acciones - BOCAS 120112 Certificados de reembolso tributario- CERT 120113 Títulos de devolución de impuestos - TIDIS 120114 Títulos de capitalización financiera 120115 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 120116 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 120117 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 120118 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 120119 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 120120 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales 120121 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 120122 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 8

120123 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 120124 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 120125 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 120126 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 120127 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional - Forzosos 120128 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental - Forzosos 120129 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital - Forzosos 120130 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal - Forzosos 120131 Bonos y títulos emitidos por entidades del exterior 120132 Títulos canjeables por certificados de cambio 120133 Certificados de cambio 120134 Certificados de depósito a término nominados en moneda extranjera 120135 “T- bills” 120136 “T- notes” 120137 “T- bonds” 120190 Otras inversiones de renta fija 1202 INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ - RENTA

VARIABLE 120201 Acciones ordinarias 120202 Acciones preferenciales 120203 Cuotas o partes de interés social 120204 Derechos en fondos de valores y fiducias de inversión 120205 Certificados emitidos por fondos de inversión 120290 Otras inversiones de renta variable 1203 INVERSIONES CON FINES DE POLÍTICA - RENTA FIJA 120301 Títulos de apoyo cafetero 120302 Títulos de desarrollo agropecuario 120303 Bonos y títulos emitidos por el sector privado - Residentes 120304 Bonos obligatoriamente convertibles en acciones - BOCAS 120305 Inversiones forzosas y del encaje – Sector financiero 120306 Títulos del ICT o INURBE 120307 Títulos forestales clase B 120308 Bonos educativos de valor constante 120309 Títulos de tesorería - TES 120310 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 120311 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 120312 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 120313 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 120314 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 120315 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales 120316 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 120317 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 120318 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 120319 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 120320 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 9

120321 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 120322 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional - Forzosos 120323 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental - Forzosos 120324 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital - Forzosos 120325 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal - Forzosos 120326 Bonos y títulos emitidos por entidades del exterior 120327 Bonos Colombia Decreto 700/92 120328 Bonos Ley 55 /85 120329 Bonos Decreto 4308 de 1994 120330 Bonos de seguridad 1206 INVERSIONES - OPERACIONES DE COBERTURA 120601 Futuros- operaciones de liquidez 120602 Futuros- operaciones de política 120603 Opciones- operaciones de liquidez 120604 Opciones- operaciones de política 1207 INVERSIONES PATRIMONIALES - MÉTODO DEL COSTO 120701 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel nacional 120702 En sociedades de economía mixta del nivel nacional 120703 En entidades descentralizadas del gobierno general del nivel nacional 120704 En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel nacional 120705 En empresas sociales del estado del nivel nacional 120706 En empresas de seguridad social del nivel nacional 120707 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel departamental 120708 En sociedades de economía mixta del nivel departamental 120709 En entidades descentralizadas del gobierno general del nivel departamental 120710 En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel departamental 120711 En empresas sociales del estado del nivel departamental 120712 En empresas de seguridad social del nivel departamental 120713 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel distrital 120714 En sociedades de economía mixta del nivel distrital 120715 En entidades descentralizadas del gobierno general del nivel distrital 120716 En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel distrital 120717 En empresas sociales del estado del nivel distrital 120718 En empresas de seguridad social del nivel distrital 120719 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel municipal 120720 En sociedades de economía mixta del nivel municipal 120721 En entidades descentralizadas del gobierno general del nivel municipal 120722 En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel municipal 120723 En empresas sociales del estado del nivel municipal 120724 En empresas de seguridad social del nivel municipal 120725 Aportes en organismos internacionales 120750 En entidades del sector solidario 120751 En entidades privadas 120790 En otras entidades del nivel territorial

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 10

120799 Ajustes por inflación 1208 INVERSIONES PATRIMONIALES - MÉTODO DE

PARTICIPACIÓN 120801 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel nacional 120802 En sociedades de economía mixta del nivel nacional 120803 En entidades descentralizadas del gobierno general del nivel nacional 120804 En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel nacional 120805 En empresas sociales del estado del nivel nacional 120806 En empresas de seguridad social del nivel nacional 120807 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel departamental 120808 En sociedades de economía mixta del nivel departamental 120809 En entidades descentralizadas del gobierno general del nivel departamental 120810 En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel departamental 120811 En empresas sociales del estado del nivel departamental 120812 En empresas de seguridad social del nivel departamental 120813 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel distrital 120814 En sociedades de economía mixta del nivel distrital 120815 En entidades descentralizadas del gobierno general del nivel distrital 120816 En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel distrital 120817 En empresas sociales del estado del nivel distrital 120818 En empresas de seguridad social del nivel distrital 120819 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel municipal 120820 En sociedades de economía mixta del nivel municipal 120821 En entidades descentralizadas del gobierno general del nivel municipal 120822 En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel municipal 120823 En empresas sociales del estado del nivel municipal 120824 En empresas de seguridad social del nivel municipal 120890 En otras entidades del nivel territorial 120899 Ajustes por inflación 1209 INVERSIONES RENTA FIJA – DTN 120901 Títulos de tesorería TES 120902 Certificados de ahorro de valor constante 120903 Títulos de participación 120904 Certificados eléctricos valorizables 120905 Pagares adquiridos en el mercado secundario 120906 CDT en moneda nacional 120907 CDT dólares 120908 CDT marcos alemanes 120909 CDT yenes 120910 CDT francos franceses 120911 CDT libras esterlinas 120912 CDT otras monedas 120913 Pagares en moneda extranjera adquiridos en mercado secundario 120914 Títulos canjeables por certificados de cambio 120915 Certificados de cambio

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 11

120916 “T- bills” 120917 “T- notes” 120918 “T- bonds” 120919 Documentos de deuda externa adquiridos 120920 Títulos de apoyo cafetero 120921 Títulos de desarrollo agropecuarios - TDA 120922 Cédulas hipotecarias 120923 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 120924 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 120925 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 120926 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 120927 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 120928 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales 120929 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 120930 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 120931 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 120932 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 120933 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 120934 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 120935 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional - Forzosos 120936 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental - Forzosos 120937 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital - Forzosos 120938 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal - Forzosos 120939 Bonos y títulos emitidos por entidades del exterior 120950 Inversiones del tesoro por clasificar 120990 Otras inversiones de renta fija - DTN 1211 INVERSIONES RENTA FIJA - FONDOS ADMINISTRADOS – DTN 121101 Títulos de tesorería TES 121102 Certificados de ahorro de valor constante 121103 Títulos de participación 121104 Certificados eléctricos valorizables 121105 Pagares adquiridos en el mercado secundario 121106 CDT en moneda nacional 121107 CDT dólares 121108 CDT marcos alemanes 121109 CDT yenes 121110 CDT francos franceses 121111 CDT libras esterlinas 121112 CDT otras monedas 121113 Pagares en moneda extranjera adquiridos en mercado secundario 121114 Títulos canjeables por certificados de cambio 121115 Certificados de cambio 121116 “T- bills” 121117 “T- notes” 121118 “T- bonds” 121119 Documentos de deuda externa adquiridos

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 12

121120 Títulos de apoyo cafetero 121121 Títulos de desarrollo agropecuarios - TDA 121122 Cédulas hipotecarias 121123 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 121124 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 121125 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 121126 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 121127 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 121128 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales 121129 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 121130 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 121131 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 121132 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 121133 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 121134 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 121135 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional - Forzosos 121136 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental - Forzosos 121137 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital - Forzosos 121138 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal - Forzosos 121139 Bonos y títulos emitidos por entidades del exterior 121150 Inversiones del tesoro por clasificar 121190 Otras inversiones de renta fija - DTN 1212 INVERSIONES DE LAS RESERVAS INTERNACIONALES 121201 Depósitos a término en bancos del exterior 121202 Depósitos a término call en bancos del exterior 121203 Certificados de depósitos 121204 Papeles a descuento 121205 Inversiones de portafolio en administración 121206 Bonos 121290 Otras inversiones de las reservas internacionales

1220 DERECHOS DE RECOMPRA DE INVERSIONES 122003 Utilización cupos Banco de la República 122004 Renta fija – Sector financiero 122005 Renta fija - INFIS 122006 Renta fija – Sector público 122007 Renta fija – Otros 122008 Renta variable – Sector financiero 122009 Renta variable - INFIS 122010 Renta variable – Sector público 122011 Renta variable – Otros 1280 PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE INVERSIONES (CR) 128001 Renta fija no negociable 128003 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel nacional 128004 En sociedades de economía mixta del nivel nacional

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 13

128005 En entidades descentralizadas del gobierno general del nivel nacional 128006 En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel nacional 128007 En empresas sociales del estado del nivel nacional 128008 En empresas de seguridad social del nivel nacional 128009 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel departamental 128010 En sociedades de economía mixta del nivel departamental 128011 En entidades descentralizadas del gobierno general del nivel departamental 128012 En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel departamental 128013 En empresas sociales del estado del nivel departamental 128014 En empresas de seguridad social del nivel departamental 128015 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel distrital 128016 En sociedades de economía mixta del nivel distrital 128017 En entidades descentralizadas del gobierno general del nivel distrital 128018 En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel distrital 128019 En empresas sociales del estado del nivel distrital 128020 En empresas de seguridad social del nivel distrital 128021 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel municipal 128022 En sociedades de economía mixta del nivel municipal 128023 En entidades descentralizadas del gobierno general del nivel municipal 128024 En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel municipal 128025 En empresas sociales del estado del nivel municipal 128026 En empresas de seguridad social del nivel municipal 128027 En otras entidades del nivel territorial 128050 En entidades del sector solidario 128051 En entidades privadas 13 RENTAS POR COBRAR 1305 VIGENCIA ACTUAL 130501 Renta y complementarios 130502 Registro 130503 Aduana y recargos 130504 Impuesto al valor agregado - IVA 130507 Predial unificado 130508 Industria y comercio 130509 Gasolina y ACPM 130510 Pasajes aéreos 130511 Timbre nacional 130512 Timbre sobre consulados en el exterior 130514 Timbre nacional sobre salidas al exterior 130515 Espectáculos públicos 130519 Delineación urbana, estudios y aprobación de planos 130520 Licencias de funcionamiento 130521 Avisos, tableros y vallas 130522 Consumo de tabaco y cigarrillos nacionales y extranjeros 130523 Consumo de licores y vinos nacionales y extranjeros 130524 Consumo de cerveza nacional y extranjera

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 14

130526 Degüello de ganado mayor 130527 Degüello de ganado menor 130528 Impuestos de rifas, apuestas y juegos permitidos 130529 Licencias de urbanismo 130530 Retención en la fuente renta y complementarios 130531 Retención en la fuente impuesto al valor agregado - IVA 130532 Retención en la fuente impuesto de industria y comercio – ICA 130533 Impuesto sobre vehículos automotores 130534 Sobretasa al predial 130535 Sobretasa a la gasolina motor 130536 Sobretasa al ACPM 130537 Licencias de Construcción 130538 Impuestos sobre transacciones financieras 130539 Impuesto al oro y platino 130540 Impuesto sobre armas y municiones 130541 Impuesto a las ventas por el sistema de clubes 130542 Ocupación de vías 130543 Impuesto por el uso del subsuelo 130544 Extracción de materiales 130545 Alumbrado público 130546 Impuesto a ganadores sorteos ordinarios 130547 Impuesto a ganadores sorteos extraordinarios 130548 Impuesto a foráneas 130549 IVA de licores a productores 130550 IVA de licores a distribuidores 130551 Impuesto a la venta de cerveza 8% 130575 Otros impuestos nacionales 130580 Otros impuestos departamentales 130585 Otros impuestos municipales 130590 Otros impuestos distritales 1310 VIGENCIA ANTERIOR 131001 Renta y complementarios 131002 Registro 131003 Aduana y recargos 131004 Impuesto al valor agregado - IVA 131007 Predial unificado 131008 Industria y comercio 131009 Gasolina y ACPM 131010 Pasajes aéreos 131011 Timbre nacional 131014 Espectáculos públicos 131018 Delineación urbana, estudios y aprobación de planos 131019 Licencias de funcionamiento 131020 Avisos, tableros y vallas 131021 Consumo de tabaco y cigarrillos nacionales y extranjeros 131022 Consumo de licores y vinos nacionales y extranjeros

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 15

131023 Consumo de cerveza nacional y extranjera 131025 Degüello de ganado mayor 131026 Degüello de ganado menor 131027 Timbre sobre consulados en el exterior 131028 Impuestos de rifas, apuestas y juegos permitidos 131029 Licencias de urbanismo 131030 Retención en la fuente renta y complementarios 131031 Retención en la fuente impuesto al valor agregado - IVA 131032 Retención en la fuente impuesto de industria y comercio – ICA 131033 Impuesto sobre vehículos automotores 131034 Sobretasa al predial 131035 Sobretasa a la gasolina motor 131036 Sobretasa al ACPM 131037 Licencias de construcción 131038 Impuesto al oro y platino 131039 Impuesto sobre armas y municiones 131040 Impuesto a las ventas por el sistema de clubes 131041 Ocupación de vías 131042 Impuesto por el uso del subsuelo 131043 Extracción de materiales 131044 Alumbrado público 131045 Impuesto a ganadores sorteos ordinarios 131046 Impuesto a ganadores sorteos extraordinarios 131047 Impuesto a foráneas 131048 IVA de licores a productores 131049 IVA de licores a distribuidores 131050 Impuesto a la venta de cerveza 8% 131075 Otros impuestos nacionales 131080 Otros impuestos departamentales 131085 Otros impuestos municipales 131090 Otros impuestos distritales 1315 DIFÍCIL RECAUDO 131501 Renta y complementarios 131502 Registro 131503 Aduana y recargos 131504 Impuesto al valor agregado - IVA 131507 Predial unificado 131508 Industria y comercio 131509 Gasolina y ACPM 131510 Pasajes aéreos 131511 Timbre nacional 131514 Espectáculos públicos 131518 Delineación urbana, estudios y aprobación de planos 131519 Licencias de funcionamiento 131520 Avisos, tableros y vallas 131521 Consumo de tabaco y cigarrillos nacionales y extranjeros

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 16

131522 Consumo de licores y vinos nacionales y extranjeros 131523 Consumo de cerveza nacional y extranjera 131525 Degüello de ganado mayor 131526 Degüello de ganado menor 131527 Timbre sobre consulados en el exterior 131528 Impuestos de rifas, apuestas y juegos permitidos 131529 Licencias de urbanismo 131530 Retención en la fuente renta y complementarios 131531 Retención en la fuente impuesto al valor agregado - IVA 131532 Retención en la fuente impuesto de industria y comercio – ICA 131533 Impuesto sobre vehículos automotores 131534 Sobretasa al predial 131535 Sobretasa a la gasolina motor 131536 Sobretasa al ACPM 131537 Licencias de construcción 131538 Impuesto al oro y platino 131539 Impuesto sobre armas y municiones 131540 Impuesto a las ventas por el sistema de clubes 131541 Ocupación de vías 131542 Impuesto por el uso del subsuelo 131543 Extracción de materiales 131544 Alumbrado público 131545 Impuesto a ganadores sorteos ordinarios 131546 Impuesto a ganadores sorteos extraordinarios 131547 Impuesto a foráneas 131548 IVA de licores a productores 131549 IVA de licores a distribuidores 131550 Impuesto a la venta de cerveza 8% 131575 Otros impuestos nacionales 131580 Otros impuestos departamentales 131585 Otros impuestos municipales 131590 Otros impuestos distritales 1380 PROVISIÓN PARA RENTAS POR COBRAR (CR) 138001 Vigencia anterior 138002 Difícil recaudo 138003 Vigencia actual 14 DEUDORES 1401 INGRESOS NO TRIBUTARIOS 140101 Tasas 140102 Multas 140103 Intereses 140104 Sanciones 140105 Contribución especial sobre contratos de obras públicas del orden nacional 140106 Cuotas de valorización por obras nacionales

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 17

140107 Contribución especial por explotación y exportación de petróleo crudo, gas libre, carbón y ferronique l

140108 Regalías y compensaciones 140109 Peajes 140110 Valorizaciones 140111 Tarifa pro desarrollo 140112 Inscripciones 140113 Pliegos de licitaciones 140114 Formularios y especies valoradas 140115 Tarifas pro electrificación rural 140116 Concesión Sociedades portuarias 140117 Ingresos contraprestación ICEL – CORELCA 140118 Extensión Telefonía Celular 140119 Concesiones de larga distancia 140120 Participación en el transporte por oleoductos 140121 Tasa sobre minas 140122 Estampillas 140123 Patentes 140124 Registro de marcas, quemadores y herretes 140125 Tasa por utilización de recursos naturales 140126 Tasa por contaminación de recursos naturales 140127 Publicaciones 140128 Explotación de canteras 140129 Derechos de tránsito 140130 Concesión Sistema personalizado de comunicación 140131 Pesas y medidas 140132 Arrendamientos y alquileres 140133 Leasing 140134 Contribución para el ICFES 140135 Contribución a superintendencias 140136 Derechos de explotación de otros juegos 140137 Derechos de explotación monopolio de licores 140190 Otros deudores por ingresos no tributarios 1402 APORTES Y COTIZACIONES 140201 SENA 140202 ICBF 140203 ESAP 140204 Cotización pensiones - empleados 1403 RENTAS PARAFISCALES 140301 Cuota de fomento 140302 Rendimientos depósitos judiciales 140303 Fondo de promoción turística 140304 Cuota de contribución cafetera 140305 Fondo de prestaciones del magisterio - Cesantías 140306 Fondo de prestaciones del magisterio - Afiliado pensiones

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 18

140307 Fondo de prestaciones del magisterio - Afiliado salud 140308 Fondo de prestaciones del magisterio - Patronales pensiones 140309 Fondo de prestaciones del magisterio - Patronales salud 140310 Fondo de prestaciones del magisterio - Rendimiento de inversiones 140311 Fondo de prestaciones del magisterio - Intereses 140390 Otros deudores por rentas parafiscales 1404 FONDOS ESPECIALES 140401 Contribución a superintendencias 140402 Cuota de fiscalización y auditaje 140403 Contribución para la descentralización 140404 Financiación sector justicia 140405 Fondo de defensa nacional 140406 Producto electrónico de idiomas 140407 Fondos docentes Universidad Militar Nueva Granada 140408 Fondo nacional de estupefacientes - MINSALUD 140409 Fondos internos Ministerio de Defensa 140410 Fondos internos de la Policía Nacional 140411 Fondo de publicaciones Contraloría 140412 Fondo rotatorio Ministerio de Minas y Energía 140413 Fondo nacional de regalías 140414 Escuelas industriales e institutos técnicos 140415 Junta Central de Contadores 140416 Fondo de solidaridad y garantía en salud 140417 Fondo de solidaridad pensional 140418 Comisión de Regulación de Telecomunicaciones 140419 Comisión de Regulación de Energía y Gas 140420 Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico 140421 U.A.E. Minero Energética 140422 Departamento Administrativo de la Función Pública 140423 Fondo de riesgos profesionales 140424 Fondo de Bienestar Social -DIAN 140425 Instituto de estudios del Ministerio Público 140426 Fondo de Bienestar de la Contraloría 140427 Fondo de Salud de las Fuerzas Militares 140428 Fondo de Salud de la Policía Nacional 140429 Fondo de Compensación Ambiental 140430 Fondo de Pensiones EPSA-CVC 140431 Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución del Ingreso del

Ministerio de Minas 140432 Fondo de pensiones de las Superintendencias 140433 Unidad Administrativa Especial de Comercio Exterior 140434 Fondo para la seguridad y convivencia ciudadana 140435 Consejo Nacional Profesional de Ingeniería 140436 Fondo subsidio sobretasa a la gasolina 140490 Otros fondos especiales

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 19

1406 VENTA DE BIENES 140601 Productos agropecuarios, de silvicultura y pesca 140602 Productos de minas y minerales 140603 Productos alimenticios, bebidas y alcoholes 140604 Productos manufacturados 140605 Construcciones 140606 Bienes comercializados 1407 PRESTACIÓN DE SERVICIOS 140701 Servicios educativos 140702 Servicios de tránsito y transporte 140703 Juegos de suerte y azar 140704 Servicios hoteleros y de promoción turística 140705 Servicios financieros 140706 Al Gobierno Nacional por regulación económica – Banco central 140707 Servicios de seguros y reaseguros 140708 Servicios de documentación e identificación 140709 Servicios informáticos 140710 Operaciones de Banca Central 140711 Servicios de comunicaciones 140712 Servicio de matadero 140713 Organización de eventos 140714 Arrendamientos 140715 Servicios de apoyo industrial 140716 Transferencia de tecnología 140717 Asistencia técnica 140718 Servicios informativos 140719 Servicios de almacenamiento y pesaje 140720 Publicidad 140721 Corporación de abastos 140722 Administración de proyectos 140723 Recreativos, culturales, y deportivos 140724 Servicios de investigación científica y tecnológica 140725 Intereses sobre garantías por cobrar - FNG 140726 Consulta centrales de riesgo - FNG 140727 Comisiones por garantías otorgadas - FNG 140790 Otros servicios 1408 SERVICIOS PÚBLICOS 140801 Servicio de energía 140802 Servicio de acueducto 140803 Servicio de alcantarillado 140804 Servicio de aseo 140805 Servicio de gas combustible 140806 Servicio de telecomunicaciones 1409 SERVICIOS DE SALUD

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 20

140901 Plan obligatorio de salud POS -EPS 140902 Plan complementario -EPS 140903 Plan subsidiado de salud POSS -ARS 140904 Servicios de salud- IPS privadas 140905 Empresas de medicina prepagadas - EMP 140906 Servicios de salud - Compañías aseguradoras 140907 Servicios de salud - Particulares 140909 Servicios de salud - IPS públicas 140910 Servicios de salud - Entidades con régimen especial 140911 Atención con cargo al subsidio a la oferta 140912 Riesgos profesionales - ARP 140913 Cuota de recuperación 140914 Atención accidentes de tránsito SOAT – Compañías de seguros 140915 Reclamaciones FOSYGA - ECAT 140916 Convenios FOSYGA – Trauma mayor y desplazados 140917 Ministerio de salud - Recursos del IVA social 140990 Otras cuentas por cobrar servicios de salud 1410 APORTES POR COBRAR A ENTIDADES AFILIADAS 141001 Aporte de cesantías - Doceavas 141002 Aporte de cesantías - Ajustes 141003 Intereses de mora 141090 Otros aportes por cobrar 141095 Aportes recibidos por aplicar (CR) 1411 ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN

SALUD 141101 Unidad de pago por capitación régimen contributivo- UPC 141102 Unidad de pago por capitación adicional régimen contributivo -UPC 141103 Cuota moderadora régimen contributivo 141104 Copagos régimen contributivo 141105 Cuotas de inscripción y afiliación régimen contributivo 141106 Unidad de pago por Capitación régimen subsidiado- UPC 141107 Copagos régimen subsidiado 141108 Comisiones administradoras de riesgos profesionales 141109 Prestación del servicio personas fuera del sistema 141110 Recobros SOAT 141111 Recobros ARP 141112 Recobro de enfermedades alto costo 141113 Recobro a empleadores 141114 Cuotas de inscripción y afiliación a planes complementarios 141115 Saldo a favor de EPS por compensación 141190 Otros ingresos por administración del régimen de seguridad social en salud 1413 TRANSFERENCIAS POR COBRAR 141303 Transferencias corrientes al gobierno general 141304 Transferencias corrientes a las empresas no financieras

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 21

141305 Transferencias corrientes a las empresas financieras 141306 Situado fiscal 141307 De capital al gobierno general 141308 De capital a las empresas no financieras 141309 De capital a las empresas financieras 141310 Participación en los ingresos corrientes de la Nación 141311 Del sistema general de seguridad social en salud 1415 PRÉSTAMOS CONCEDIDOS 141505 Cartera de créditos - entidades financieras 141506 Préstamos hipotecarios 141507 Préstamos educativos 141509 Préstamos a vinculados económicos 141510 Préstamos para investigaciones 141512 Garantías por cobrar - FNG 141513 Créditos de fomento - INFIS 141514 Cartera de créditos - entidades no financieras 141590 Otros préstamos concedidos 1416 PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALES OTORGADOS 141601 Créditos transitorios 141602 Créditos de tesorería al gobierno general nacional 141603 Créditos de tesorería a empresas no financieras nacionales 141604 Créditos de tesorería al gobierno general departamental 141605 Créditos de tesorería a empresas no financieras departamentales 141606 Créditos de tesorería al gobierno general distrital 141607 Créditos de tesorería a empresas no financieras distritales 141608 Créditos de tesorería al gobierno general municipal 141609 Créditos de tesorería a empresas no financieras municipales 141610 Acuerdos de pago al gobierno general nacional 141611 Acuerdos de pago a empresas no financieras nacionales 141612 Acuerdos de pago al gobierno general departamental 141613 Acuerdos de pago a empresas no financieras departamentales 141614 Acuerdos de pago al gobierno general distrital 141615 Acuerdos de pago a empresas no financieras distritales 141616 Acuerdos de pago al gobierno general municipal 141617 Acuerdos de pago a empresas no financieras municipales 141618 Créditos presupuestarios al gobierno general nacional 141619 Créditos presupuestarios a empresas no financieras nacionales 141620 Créditos presupuestarios al gobierno general departamental 141621 Créditos presupuestarios a empresas no financieras departamentales 141622 Créditos presupuestarios al gobierno general distrital 141623 Créditos presupuestarios a empresas no financieras distritales 141624 Créditos presupuestarios al gobierno general municipal 141625 Créditos presupuestarios a empresas no financieras municipales 141626 Deuda transferida a la Nación al gobierno general nacional 141627 Deuda transferida a la Nación a empresas no financieras nacionales

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 22

141628 Deuda transferida a la Nación al gobierno general departamental 141629 Deuda transferida a la Nación a empresas no financieras departamentales 141630 Deuda transferida a la Nación al gobierno general distrital 141631 Deuda transferida a la Nación a empresas no financieras distritales 141632 Deuda transferida a la Nación al gobierno general municipal 141633 Deuda transferida a la Nación a empresas no financieras municipales 141634 Préstamos al gobierno general nacional 141635 Préstamos a empresas no financieras nacionales 141636 Préstamos al gobierno general departamental 141637 Préstamos a empresas no financieras departamentales 141638 Préstamos al gobierno general distrital 141639 Préstamos a empresas no financieras distritales 141640 Préstamos al gobierno general municipal 141641 Préstamos a empresas no financieras municipales 1417 ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN

PENSIONES 141701 Cotizaciones 141702 Recursos para reconocimientos pensionales 141703 Recuperación de cartera 141790 Otros derechos por la administración del sistema 1418 ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN

RIESGOS PROFESIONALES 141801 Cotizaciones 141802 Recursos para reconocimientos pensionales 141803 Recuperación de cartera 141890 Otros derechos por la administración del sistema 1420 AVANCES Y ANTICIPOS ENTREGADOS 142003 Anticipos sobre convenios y acuerdos 142005 Anticipos a entidades oficiales 142007 Avances operaciones conjuntas 142008 Avances a agentes de aduana 142009 Avances a asociados 142011 Avances para viáticos y gastos de viaje 142012 Anticipo para adquisición de bienes y servicios 142013 Anticipos para proyectos de inversión 142015 Anticipo para amortizar deuda pública externa 142016 Anticipo para amortizar deuda pública interna 142017 Para futuras suscripciones de acciones 142018 Anticipo sobre regalías y compensaciones monetarias 142090 Otros avances y anticipos 1422 ANTICIPOS O SALDOS A FAVOR POR IMPUESTOS Y

CONTRIBUCIONES 142201 Anticipo de impuesto sobre la renta

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 23

142202 Retención en la fuente 142203 Saldos a favor en liquidaciones privadas 142204 Anticipo contribución especial 142210 Impuesto a las ventas 142250 Impuesto de industria y comercio retenido 142290 Otros anticipos o saldos a favor por impuestos y contribuciones 1425 DEPÓSITOS ENTREGADOS 142501 Para servicios 142502 Para bienes 142503 Depósitos judiciales 142504 En administración 142505 Retención sobre contratos 142506 Para importaciones 142507 Para futuras inversiones 142508 Depósitos en proceso de titularización 142509 Para seguros al sector exportador 142510 Encargos fiduciarios – Pensiones 142511 Para construcción de infraestructura 142512 Depósitos por operaciones de banca central 142513 En administración - Pensiones 142590 Otros depósitos entregados 1426 FONDO DE AHORRO Y ESTABILIZACIÓN PETROLERA 142601 Ecopetrol 142602 Departamentos 142603 Municipios 142604 Fondo Nacional de Regalías 1427 DERECHOS DE RECOMPRA DE DEUDORES 142702 Utilización cupos Banco de la República 142703 Deudores – Sector financiero 142704 Deudores - INFIS 142705 Deudores – Sector público 142706 Deudores – Otros 1428 FONDO DE GARANTÍAS – FOGAFIN 142801 Seguros de depósitos pagados por recuperar 142802 Prima seguro de depósito 142803 Prima costo de garantía 1429 FONDO DE GARANTÍAS – FOGACOOP 142901 Seguros de depósitos pagados por recuperar 142902 Prima seguro de depósito 1470 OTROS DEUDORES 147001 Rendimientos de fondos vendidos con compromiso de reventa

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 24

147002 Rendimientos de inversiones 147003 Rendimientos de deudores 147006 Arrendamientos 147007 Honorarios y comisiones 147008 Cuotas partes de pensiones 147010 Aportes de capital por cobrar 147011 Cuotas de participación 147012 Créditos a empleados 147013 Embargos judiciales 147015 Créditos a socios y accionistas 147017 Venta de material de reciclaje e inservible 147020 Cuentas en participación 147024 Fondo de solidaridad y redistribución del ingreso 147027 Reclamaciones e indemnizaciones a compañías de seguros 147028 Reclamaciones e indemnizaciones a otros sectores 147029 Enajenación de terrenos 147030 Enajenación de propiedades planta y equipo 147031 Enajenación de intangibles 147032 Excedentes financieros de establecimientos públicos 147033 Excedentes financieros de empresas 147034 Excedentes financieros de otros entes públicos 147035 Intereses y rendimientos sobre acuerdos de pagos 147036 Intereses y rendimientos sobre Créditos presupuestarios 147037 Intereses y rendimientos sobre créditos de tesorería 147038 Propaganda 147039 Publicidad 147041 Servicios 147042 Al Banco Central por regulación económica 147043 Dividendos y participaciones por cobrar 147044 Esquemas de cobro 147045 Reintegros de tesorería 147046 Recursos de acreedores reintegrados a tesorerías 147047 Superávit por compensación 147048 Descuentos no autorizados 147049 Rendimientos de fondos vendidos ordinarios 147050 Rendimientos de préstamos concedidos - Entidades financieras de depósito 147051 Rendimientos de préstamos concedidos - Entidades financieras de no

depósito 147052 Rendimientos de créditos concedidos - INFIS 147053 Rendimientos de préstamos concedidos - Otras entidades 147054 Rendimientos cartera de créditos - Entidades no financieras 147055 Depósitos e inversiones en entidades intervenidas 147056 Rendimientos préstamos gubernamentales 147090 Otros deudores 1475 DEUDAS DE DIFÍCIL COBRO 147502 Préstamos concedidos

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 25

147505 Ingresos no tributarios 147506 Aportes y cotizaciones 147507 Rentas parafiscales 147508 Venta de bienes 147509 Prestación de servicios 147510 Servicios públicos 147511 Servicios de salud 147513 Administración del régimen de seguridad social en salud 147590 Otros deudores 1476 CUOTAS PARTES DE BONOS Y TÍTULOS PENSIONALES 147601 Cuotas partes de bonos pensionales emitidos 147602 Títulos pensionales 1480 PROVISIÓN PARA DEUDORES (CR) 148003 Préstamos concedidos 148006 Deudas de difícil cobro 148007 Ingresos no tributarios 148008 Aportes y cotizaciones 148009 Rentas parafiscales 148011 Venta de bienes 148012 Prestación de servicios 148013 Servicios públicos 148014 Servicios de salud 148015 Administración del sistema de seguridad social en salud 148016 Administración del sistema de seguridad social en pensiones 148017 Administración del sistema de seguridad social en riesgos profesionales 148090 Otros deudores 15 INVENTARIOS 1505 BIENES PRODUCIDOS 150502 Construcciones 150503 Combustibles y otros derivados del petróleo 150504 Lubricantes 150505 Aditivos 150506 Impresos y publicaciones 150507 Licores, bebidas y alcoholes 150508 Productos agrícolas 150509 Productos forestales 150510 Productos piscícolas 150511 Productos químicos 150513 Subproductos y residuos 150514 Productos de minas y canteras 150516 Especies monetarias 150517 Medicamentos 150518 Productos artesanales

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 26

150519 Productos alimenticios 150520 Productos bélicos y explosivos 150521 Medicamentos de uso veterinario 150532 Carbón 150533 Petróleo crudo 150534 Gas natural 150535 Productos metalúrgicos y de microfundición 150536 Productos de madera 150537 Sal 150539 Productos petroquímicos 150540 Prendas de vestir y calzado 150541 Equipos 150542 Semovientes 150589 Petróleo crudo de comercialización restringida 150590 Otros bienes producidos 150599 Ajustes por inflación 1510 MERCANCÍAS EN EXISTENCIA 151002 Terrenos 151003 Construcciones 151004 Impresos y publicaciones 151005 Especies valoradas 151006 Productos agrícolas 151007 Productos forestales 151008 Productos piscícolas 151009 Productos químicos 151011 Combustibles y otros derivados del petróleo 151012 Semovientes 151013 Lubricantes 151014 Aditivos 151015 Licores, bebidas y alcoholes 151021 Aguas tratadas 151022 Productos artesanales 151023 Productos bélicos y explosivos 151024 Material reactivo 151025 Oro, plata, platino y otros metales adherentes 151026 Petróleo crudo 151027 Gas natural 151028 Productos petroquímicos 151029 Elementos para invidentes 151030 Equipos de comunicación y computación 151031 Aparatos telefónicos e identificadores de llamadas 151032 Medidores de agua, luz y gas 151060 Medicamentos 151061 Materiales médico - quirúrgicos 151065 Víveres y rancho 151070 Otros productos pecuarios

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 27

151090 Otras mercancías en existencia 151098 Bienes declarados a favor de la Nación 151099 Ajustes por inflación 1512 MATERIAS PRIMAS 151201 Materias primas 151299 Ajustes por inflación 1516 ENVASES Y EMPAQUES 151601 Envases y empaques 151699 Ajustes por inflación 1517 MATERIALES PARA LA PRODUCCIÓN DE BIENES 151701 Materiales 151799 Ajustes por inflación 1518 MATERIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS 151801 Medicamentos 151802 Materiales médico - quirúrgicos 151803 Materiales reactivos y de laboratorio 151804 Materiales odontológicos 151805 Materiales para imagenología 151806 Víveres y rancho 151807 Repuestos 151808 Elementos y accesorios de energía 151809 Elementos y accesorios de gas combustible 151810 Elementos y accesorios de telecomunicaciones 151811 Elementos y accesorios de acueducto 151812 Elementos y accesorios de alcantarillado 151819 Materiales para educación 151820 Elementos para la prestación de servicios de documentación e identificación 151890 Otros materiales 151899 Ajustes por inflación 1519 BANCO DE COMPONENTES ANATÓMICOS Y DE SANGRE 151901 Sangre 151902 Huesos 151990 Otros órganos y tejidos 151999 Ajustes por inflación 1520 PRODUCTOS EN PROCESO 152002 Construcciones 152003 Combustibles y otros derivados del petróleo 152004 Lubricantes 152005 Aditivos 152007 Impresos y publicaciones 152008 Medicamentos

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 28

152009 Licores, bebidas y alcoholes 152010 Productos agrícolas 152011 Productos forestales 152012 Productos piscícolas 152013 Productos químicos 152015 Productos de minas y canteras 152017 Especies monetarias 152018 Productos alimenticios 152019 Productos bélicos y explosivos 152020 Productos artesanales 152021 Medicamentos de uso veterinario 152022 Carbón 152023 Petróleo crudo 152024 Gas natural 152025 Productos metalúrgicos y de microfundición 152026 Productos de madera 152027 Sal 152029 Productos petroquímicos 152030 Prendas de vestir y calzado 152032 Equipos 152033 Semovientes 152090 Otros productos en proceso 152099 Ajustes por inflación 1525 EN TRÁNSITO 152502 Materias primas 152505 Envases y empaques 152507 Medicamentos 152508 Materiales médico - quirúrgicos 152512 Víveres y rancho 152519 Materiales para la producción de bienes 152520 Impresos y publicaciones 152521 Especies valoradas 152522 Productos agrícolas 152523 Productos forestales 152524 Productos piscícolas 152525 Productos químicos 152527 Combustibles y otros derivados del petróleo 152528 Lubricantes 152529 Aditivos 152530 Semovientes 152531 Licores, bebidas y alcoholes 152532 Aguas tratadas 152533 Productos artesanales 152534 Productos bélicos y explosivos 152535 Materiales reactivos 152537 Materiales para la prestación de servicios

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 29

152538 Oro, plata, platino y otros metales adherentes 152539 Petróleo crudo 152540 Gas natural 152541 Productos petroquímicos 152542 Elementos para invidentes 152543 Equipos de comunicación y computación 152544 Aparatos telefónicos e identificadores de llamadas 152545 Medidores de agua, luz y gas 152590 Otros inventarios en tránsito 152599 Ajustes por inflación 1530 EN PODER DE TERCEROS 153005 Impresos y publicaciones 153006 Medicamentos 153007 Materias primas 153008 Materiales para la producción de bienes 153009 Materiales para la prestación de servicios 153010 Construcciones 153011 Combustibles y otros derivados del petróleo 153012 Lubricantes 153013 Aditivos 153014 Licores, bebidas y alcoholes 153015 Productos agrícolas 153016 Productos forestales 153017 Productos piscícolas 153018 Productos químicos 153021 Productos de minas y canteras 153022 Aguas tratadas 153023 Productos artesanales 153024 Productos alimenticios 153025 Productos bélicos y explosivos 153026 Medicamentos de uso veterinario 153027 Semovientes 153028 Víveres y rancho 153030 Envases y empaques 153031 Materiales médico – quirúrgicos 153032 Repuestos 153033 Especies valoradas 153034 Materiales reactivos 153035 Oro, plata, platino y otros metales adherentes 153036 Petróleo crudo 153037 Gas natural 153038 Productos petroquímicos 153039 Elementos para invidentes 153040 Equipos de comunicación y computación 153041 Aparatos telefónicos e identificadores de llamadas 153090 Otros inventarios en poder de terceros

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 30

153099 Ajustes por inflación 1580 PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE INVENTARIOS (CR) 158001 Bienes producidos 158002 Mercancías en existencia 158006 Materias primas 158007 Envases y empaques 158008 Materiales para la producción de bienes 158009 Materiales para la prestación de servicios 158011 Inventarios en poder de terceros 16 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO 1605 TERRENOS 160501 Urbanos 160502 Rurales 160599 Ajustes por inflación 1610 SEMOVIENTES 161001 De trabajo 161002 De selección 161003 De experimentación 161004 De exposición 161090 Otros semovientes 161099 Ajustes por inflación 1612 PLANTACIONES AGRÍCOLAS PERENNES 161201 Cultivos en desarrollo 161202 Cultivos amortizables 161299 Ajustes por inflación 1615 CONSTRUCCIONES EN CURSO 161501 Edificaciones 161502 Obras de infraestructura 161503 Vías de acceso y comunicación interna 161504 Plantas, ductos y túneles 161505 Redes, líneas y cables 161590 Otras construcciones en curso 161599 Ajustes por inflación 1620 MAQUINARIA, PLANTA Y EQUIPO EN MONTAJE 162001 Plantas, ductos y túneles 162002 Redes, líneas y cables 162003 Maquinaria y equipo 162004 Equipo médico y científico 162005 Equipo de comunicación y computación 162007 Equipo de comedor, cocina, despensa y hotelería

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 31

162008 Equipo de transporte, tracción y elevación 162009 Maquinaria y equipo de dragado 162090 Otras maquinarias, planta y equipo en montaje 162099 Ajustes por inflación 1625 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO EN TRÁNSITO 162501 Plantas y ductos 162502 Redes, líneas y cables 162503 Maquinaria y equipo 162504 Equipo médico y científico 162505 Equipo de comunicación y computación 162506 Equipo de transporte, tracción y elevación 162507 Muebles, enseres y equipo de oficina 162508 Equipo de comedor, cocina, despensa y hotelería 162509 Herramientas, repuestos y accesorios 162510 Maquinaria y equipo de dragado 162511 Semovientes 162512 Materiales 162590 Otras maquinarias, planta y equipo en tránsito 162599 Ajustes por inflación 1630 EQUIPOS Y MATERIALES EN DEPÓSITO 163001 Equipos 163002 Herramientas 163003 Materiales 163090 Otros equipos y materiales en depósito 163099 Ajustes por inflación 1635 BIENES MUEBLES EN BODEGA 163501 Maquinaria y equipo 163502 Equipo médico y científico 163503 Muebles, enseres y equipo de oficina 163504 Equipo de comunicación y computación 163505 Equipo de transporte, tracción y elevación 163507 Redes, líneas y cables 163511 Equipo de comedor, cocina, despensa y hotelería 163590 Otros bienes muebles en bodega 163599 Ajustes por inflación 1636 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO EN MANTENIMIENTO 163601 Edificaciones 163602 Vías de comunicación y acceso internas 163603 Plantas, ductos y túneles 163604 Redes, líneas y cables 163605 Maquinaria y equipo 163606 Equipo medico y científico 163607 Muebles, enseres y equipos de oficina

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 32

163608 Equipos de comunicación y computación 163609 Equipos de transporte, tracción y elevación 163610 Equipos de comedor, cocina, despensa y hotelería 163699 Ajustes por inflación 1637 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO NO EXPLOTADOS 163701 Terrenos 163702 Construcciones en curso 163703 Edificaciones 163704 Vías de comunicación y acceso internas 163705 Plantas, ductos y túneles 163706 Redes, líneas y cables 163707 Maquinaria y equipo 163708 Equipo medico y científico 163709 Muebles, enseres y equipos de oficina 163710 Equipos de comunicación y computación 163711 Equipos de transporte, tracción y elevación 163712 Equipos de comedor, cocina, despensa y hotelería 163799 Ajustes por inflación 1640 EDIFICACIONES 164001 Edificios y casas 164002 Oficinas 164003 Almacenes 164004 Locales 164005 Fábricas 164006 Mataderos 164007 Salas de exhibición, conferencias y ventas 164008 Cafeterías y casinos 164009 Colegios y escuelas 164010 Clínicas y hospitales 164011 Clubes 164012 Hoteles, hostales y paradores 164013 Silos 164014 Invernaderos 164015 Casetas y campamentos 164016 Terminales 164017 Parqueaderos y garajes 164018 Bodegas y hangares 164019 Instalaciones deportivas y recreacionales 164020 Estanques 164022 Presas 164023 Pozos 164024 Tanques de almacenamiento 164025 Estaciones repetidoras 164026 Aeropuertos 164090 Otras edificaciones

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 33

164099 Ajustes por inflación 1643 VÍAS DE COMUNICACIÓN Y ACCESO INTERNAS 164301 Vías de comunicación interna 164302 Puentes 164303 Helipuertos, aeródromos y muelles 164390 Otras vías de comunicación y acceso 164399 Ajustes por inflación 1645 PLANTAS, DUCTOS Y TÚNELES 164501 Plantas de generación 164502 Plantas de tratamiento 164503 Plantas deshidratadoras 164504 Plantas de transmisión 164505 Plantas de distribución 164506 Plantas de producción 164507 Plantas de conducción 164508 Plantas de telecomunicaciones 164509 Oleoductos 164510 Gasoductos 164511 Poliductos 164512 Subestaciones y/o estaciones de regulación 164513 Acueducto y canalización 164514 Estaciones de bombeo 164590 Otras plantas, ductos y túneles 164599 Ajustes por inflación 1650 REDES, LÍNEAS Y CABLES 165001 Redes férreas 165002 Redes de distribución 165003 Redes de recolección de aguas 165004 Redes de distribución de vapor 165005 Redes de aire 165006 Redes de alimentación de gas 165007 Líneas y cables de interconexión 165008 Líneas y cables de transmisión 165009 Líneas y cables de conducción 165010 Líneas y cables de telecomunicaciones 165090 Otras redes, líneas y cables 165099 Ajustes por inflación 1655 MAQUINARIA Y EQUIPO 165501 Equipo de construcción 165502 Armamento y equipo reservado 165503 Equipo de perforación 165504 Maquinaria industrial 165505 Equipo de música

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 34

165506 Equipo de recreación y deporte 165508 Equipo agrícola 165509 Equipo de enseñanza 165510 Armamento de vigilancia 165511 Herramientas y accesorios 165512 Equipo para estaciones de bombeo 165520 Equipo de centros de control 165521 Maquinaria y equipo de dragado 165522 Equipo de ayuda audiovisual 165523 Equipo de aseo 165590 Otras maquinarias y equipos 165599 Ajustes por inflación 1660 EQUIPO MÉDICO Y CIENTÍFICO 166001 Equipo de investigación 166002 Equipo de laboratorio 166003 Equipo de urgencias 166005 Equipo de hospitalización 166006 Equipo de quirófanos y salas de parto 166007 Equipo de apoyo diagnóstico 166008 Equipo de apoyo terapéutico 166009 Equipo de servicios ambulatorio 166090 Otros equipo médico y científico 166099 Ajustes por inflación 1665 MUEBLES, ENSERES Y EQUIPOS DE OFICINA 166501 Muebles y enseres 166502 Equipo y máquina de oficina 166590 Otros muebles, enseres y equipos de oficina 166599 Ajustes por inflación 1670 EQUIPOS DE COMUNICACIÓN Y COMPUTACIÓN 167001 Equipo de comunicación 167002 Equipo de computación 167003 Líneas telefónicas 167004 Satélites y antenas 167005 Equipos de radares 167090 Otros equipos de comunicación y computación 167099 Ajustes por inflación 1675 EQUIPO DE TRANSPORTE, TRACCIÓN Y ELEVACIÓN 167501 Aéreo 167502 Terrestre 167503 Férreo 167504 Marítimo y fluvial 167505 De tracción 167506 De elevación

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 35

167590 Otros equipos de transporte, tracción y elevación 167599 Ajustes por inflación 1680 EQUIPOS DE COMEDOR, COCINA, DESPENSA Y HOTELERÍA 168001 Maquinaria y equipo de hotelería 168002 Maquinaria y equipo de restaurante y cafetería 168003 Maquinaria y equipo de calderas 168004 Maquinaria y equipo de lavandería 168090 Otros equipos de comedor, cocina, despensa y hotelería 168099 Ajustes por inflación 1685 DEPRECIACIÓN ACUMULADA (CR) 168501 Edificaciones 168502 Plantas, ductos y túneles 168503 Redes, líneas y cables 168504 Maquinaria y equipo 168505 Equipo médico y científico 168506 Muebles, enseres y equipos de oficina 168507 Equipos de comunicación y computación 168508 Equipos de transporte, tracción y elevación 168509 Equipos de comedor, cocina, despensa y hotelería 168599 Ajustes por inflación 1686 AMORTIZACIÓN ACUMULADA (CR) 168601 Semovientes 168602 Vías de comunicación y acceso internas 168603 Plantaciones agrícolas perennes 168699 Ajustes por inflación 1690 DEPRECIACIÓN DIFERIDA 169001 Exceso fiscal sobre la contable 169002 Defecto fiscal sobre la contable (CR) 169099 Ajustes por inflación 1695 PROVISIONES PARA PROTECCIÓN DE PROPIEDADES, PLANTA

Y EQUIPO (CR) 169501 Terrenos 169502 Semovientes 169503 Construcciones en curso 169504 Maquinaria, planta y equipo en montaje 169505 Edificaciones 169506 Plantas, ductos y túneles 169507 Redes, líneas y cables 169508 Maquinaria y equipo 169509 Equipo médico y científico 169510 Muebles, enseres y equipo de oficina 169511 Equipos de comunicación y computación

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 36

169512 Equipo de transporte, tracción y elevación 169513 Equipo de comedor, cocina, despensa y hotelería 169514 Plantaciones agrícolas perennes 169521 Propiedades, planta y equipo en mantenimiento 17 BIENES DE BENEFICIO Y USO PÚBLICO E HISTÓRICOS Y

CULTURALES 1703 MATERIALES 170301 Materiales 170399 Ajustes por inflación 1704 MATERIALES EN TRÁNSITO 170401 Materiales 170490 Otros materiales 170499 Ajustes por inflación 1705 BIENES DE BENEFICIO Y USO PÚBLICO EN CONSTRUCCIÓN 170501 Vías de comunicación 170502 Puentes 170503 Túneles 170504 Plazas públicas 170505 Parques recreacionales 170506 Parques arqueológicos 170507 Monumentos 170508 Museos 170509 Obras de arte 170510 Bibliotecas 170511 Hemerotecas 170590 Otros bienes de beneficio y uso público en construcción 170599 Ajustes por inflación 1710 BIENES DE BENEFICIO Y USO PÚBLICO EN SERVICIO 171001 Vías de comunicación 171002 Puentes 171003 Túneles 171004 Plazas públicas 171005 Parques recreacionales 171090 Otros bienes de beneficio y uso público 171099 Ajustes por inflación 1715 BIENES HISTÓRICOS Y CULTURALES 171501 Monumentos 171502 Museos 171503 Obras de arte 171504 Parques arqueológicos 171505 Bibliotecas

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 37

171506 Hemerotecas 171590 Otros bienes históricos y culturales 171599 Ajustes por inflación 1720 BIENES DE BENEFICIO Y USO PÚBLICO ENTREGADOS EN

ADMINISTRACIÓN 172001 Vías de comunicación 172002 Puentes 172003 Túneles 172004 Plazas públicas 172005 Parques recreacionales 172006 Parques arqueológicos 172007 Monumentos 172008 Museos 172009 Obras de arte 172010 Bibliotecas 172011 Hemerotecas 172090 Otros bienes de beneficio y uso público entregados en administración 172099 Ajustes por inflación 1785 AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE BIENES DE BENEFICIO Y

USO PÚBLICO (CR) 178501 Vías de comunicación 178502 Puentes 178503 Túneles 178504 Plazas públicas 178505 Parques recreacionales 178590 Otros bienes de beneficio y uso público 178599 Ajustes por inflación 18 RECURSOS NATURALES Y DEL AMBIENTE 1804 RECURSOS NATURALES RENOVABLES EN CONSERVACIÓN 180401 Aire 180402 Agua 180403 Suelo y subsuelo 180404 Flora y fauna 1806 INVERSIONES EN RECURSOS NATURALES RENOVABLES EN

CONSERVACIÓN 180601 Aire 180602 Agua 180603 Suelo y subsuelo 180604 Flora y fauna 1810 RECURSOS NATURALES RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN 181001 Aire

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 38

181002 Agua 181003 Suelo y subsuelo 181004 Flora y fauna 181099 Ajustes por inflación 1815 AGOTAMIENTO ACUMULADO DE RECURSOS NATURALES

RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN (CR) 181501 Aire 181502 Agua 181503 Suelo y subsuelo 181504 Flora y fauna 181599 Ajustes por inflación 1820 RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN 182001 Minas 182002 Canteras 182003 Yacimientos 182004 Pozos artesianos 182090 Otros recursos no renovables 182099 Ajustes por inflación 1825 AGOTAMIENTO ACUMULADO DE RECURSOS NATURALES NO

RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN (CR) 182501 Minas 182502 Canteras 182503 Yacimientos 182504 Pozos artesianos 182590 Otros recursos no renovables 182599 Ajustes por inflación 1830 INVERSIONES EN RECURSOS NATURALES RENOVABLES EN

EXPLOTACIÓN 183001 Aire 183002 Agua 183003 Suelo y subsuelo 183004 Flora y fauna 183099 Ajustes por inflación 1835 AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE INVERSIONES EN

RECURSOS NATURALES RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN (CR) 183501 Aire 183502 Agua 183503 Suelo y subsuelo 183504 Flora y fauna 183599 Ajustes por inflación 1840 INVERSIONES EN RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 39

EN EXPLOTACIÓN 184001 Minas 184002 Canteras 184003 Yacimientos 184004 Pozos artesianos 184090 Otros recursos naturales no renovables 184099 Ajustes por inflación 1845 AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE INVERSIONES EN

RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN (CR)

184501 Minas 184502 Canteras 184503 Yacimientos 184504 Pozos artesianos 184590 Otros recursos naturales no renovables 184599 Ajustes por inflación 19 OTROS ACTIVOS 1905 GASTOS PAGADOS POR ANTICIPADO 190501 Seguros 190502 Intereses 190503 Comisiones 190504 Arrendamientos 190505 Impresos, publicaciones, suscripciones y afiliaciones 190506 Honorarios 190507 Servicios 190508 Mantenimiento 190509 Bodegaje 190510 Administración y emisión de títulos valores 190511 Sueldos y salarios 190512 Contribuciones efectivas 190513 Estudios y proyectos 190590 Otros gastos pagados por anticipado 1910 CARGOS DIFERIDOS 191001 Materiales y suministros 191002 Moldes y troqueles 191003 Material quirúrgico 191004 Dotación a trabajadores 191005 Elementos de lencería 191006 Loza y cristalería 191007 Gastos de organización y puesta en marcha 191008 Estudios y proyectos 191009 Publicidad y propaganda 191010 Gastos de exploración

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 40

191012 Gastos de desarrollo 191014 Gastos de asociación 191018 Concursos y licitaciones 191020 Ropa hospitalaria y quirúrgica 191021 Elementos de aseo, lavandería y cafetería 191022 Combustibles y lubricantes 191023 Capacitación, bienestar social y estímulos 191024 Videos 191025 Gastos de ventas 191026 Mantenimiento 191027 Reconocimiento deuda ley 546/99 191085 Precios de contado “spot” de contratos a plazo 191087 Impuesto diferido 191089 Cargo por corrección monetaria diferida 191090 Otros cargos diferidos 191099 Ajustes por inflación 1911 INVERSIÓN SOCIAL DIFERIDA 191101 Salud 191102 Educación, arte y cultura y recreación y deporte 191103 Medio ambiente, agua potable y saneamiento básico 191104 Vivienda 191105 Desarrollo comunitario, equipamiento y prevención y atención de desastres 191106 Justicia, defensa y seguridad 191107 Desarrollo agropecuario, industrial, comercial y turístico 191108 Trabajo y seguridad social 191109 Comunicación, transporte e infraestructura vial 191110 Energético y minero 191111 Gobierno, planeación y desarrollo institucional 191112 Ciencia y tecnología 191199 Ajustes por inflación 1915 OBRAS Y MEJORAS EN PROPIEDAD AJENA 191501 Terrenos 191502 Edificios 191503 Casas 191504 Oficinas 191505 Locales 191506 Depósitos 191507 Vías internas 191508 Clínicas y hospitales 191509 Colegios y escuelas 191510 Instalaciones deportivas y recreacionales 191590 Otras obras y mejoras en propiedad ajena 191599 Ajustes por inflación 1920 BIENES ENTREGADOS A TERCEROS

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 41

192001 Bienes muebles entregados en administración 192002 Bienes inmuebles entregados en administración 192003 Bienes muebles entregados en “Leasing” 192004 Bienes inmuebles entregados en “Leasing” 192005 Bienes muebles en comodato 192006 Bienes inmuebles en comodato 192007 Bienes muebles entregados en encargo fiduciario 192008 Bienes inmuebles entregados en encargo fiduciario 192009 Bienes muebles entregados en contratos de asociación 192010 Bienes inmuebles entregados en contratos de asociación 192011 Bienes muebles entregados en concesión 192012 Bienes inmuebles entregados en concesión 192090 Otros bienes entregados a terceros 192099 Ajustes por inflación 1925 AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE BIENES ENTREGADOS A

TERCEROS (CR) 192501 Bienes muebles entregados en administración 192502 Bienes inmuebles entregados en administración 192503 Bienes muebles entregados en “Leasing” 192504 Bienes inmuebles entregados en “Leasing” 192505 Bienes muebles en comodato 192506 Bienes inmuebles en comodato 192507 Bienes muebles entregados en encargo fiduciario 192508 Bienes inmuebles entregados en encargo fiduciario 192509 Bienes muebles entregados en contratos de asociación 192510 Bienes inmuebles entregados en contratos de asociación 192590 Otros bienes entregados a terceros 192599 Ajustes por inflación 1926 BIENES Y DERECHOS EN PROCESO DE TITULARIZACIÓN 192603 Fiducia mercantil - Constitución de patrimonio autónomo 1930 BIENES RECIBIDOS EN DACIÓN DE PAGO 193001 Muebles 193002 Inmuebles 193003 Acciones 193004 Participaciones 193090 Otros bienes recibidos en dación de pago 193099 Ajustes por inflación 1935 PROVISIÓN BIENES RECIBIDOS EN DACIÓN DE PAGO (CR) 193501 Muebles 193502 Inmuebles 193503 Acciones 193504 Participaciones 193590 Otros bienes recibidos en dación de pago

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 42

1940 ACTIVOS ADQUIRIDOS DE INSTITUCIONES INSCRITAS 194001 Originales 194002 Reparaciones 194003 Sustituciones 194004 Cambios 1941 BIENES ADQUIRIDOS EN “LEASING FINANCIERO” 194101 Terrenos 194102 Inmuebles 194103 Maquinaria 194104 Equipo 194105 Muebles y enseres 194190 Otros activos 194199 Ajustes por inflación 1942 DEPRECIACIÓN DE BIENES ADQUIRIDOS EN “LEASING -

FINANCIERO”(CR) 194201 Inmuebles 194202 Maquinaria 194203 Equipo 194204 Muebles y enseres 194290 Otros activos 194299 Ajustes por inflación 1950 RESPONSABILIDADES 195002 Responsabilidades fiscales 195003 Responsabilidades en proceso - Internas 195004 Responsabilidades en proceso - Autoridad competente 1955 PROVISIÓN PARA RESPONSABILIDADES (CR) 195502 Responsabilidades fiscales 195503 Responsabilidades en proceso - Internas 195504 Responsabilidades en proceso - Autoridad competente 1960 BIENES DE ARTE Y CULTURA 196001 Obras de arte 196003 Bienes de culto 196004 Joyas 196005 Elementos de museo 196006 Elementos musicales 196007 Libros y publicaciones de investigación y consulta 196090 Otros bienes de arte y cultura 196099 Ajustes por inflación 1965 PROVISIÓN BIENES DE ARTE Y CULTURA (CR) 196501 Obras de arte

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 43

196503 Bienes de culto 196504 Joyas 196505 Elementos de museo 196506 Elementos musicales 196507 Libros y publicaciones de investigación y consulta 196590 Otros bienes de arte y cultura 1970 INTANGIBLES 197001 Crédito mercantil 197002 Marcas 197003 Patentes 197004 Concesiones y franquicias 197005 Derechos 197006 “Know how” 197007 Licencias 197008 “Software” 197009 Servidumbres 197090 Otros intangibles 197099 Ajustes por inflación 1975 AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE INTANGIBLES (CR) 197501 Crédito mercantil 197502 Marcas 197503 Patentes 197504 Concesiones y franquicias 197505 Derechos 197506 “Know how” 197507 Licencias 197508 “Software” 197509 Servidumbres 197590 Otros intangibles 197599 Ajustes por inflación 1995 PRINCIPAL Y SUBALTERNA 199501 Fondos transferidos 199502 Bienes transferidos 199503 Servicios transferidos 199504 Fondos y bienes en tránsito 199505 Obligaciones transferidas (CR) 199506 Fondos recibidos (CR) 199507 Bienes recibidos (CR) 199508 Servicios recibidos (CR) 199509 Obligaciones recibidas 199510 Derechos transferidos 199511 Derechos recibidos (CR) 1996 BIENES Y DERECHOS EN INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 44

199601 Bancos y corporaciones 199602 Inversiones 199603 Deudores 199604 Propiedades planta y equipo 199690 Otros bienes y derechos en investigación administrativa 1997 PROVISIÓN PARA BIENES Y DERECHOS EN INVESTIGACIÓN

ADMINISTRATIVA (CR) 199701 Bancos y corporaciones 199702 Inversiones 199703 Deudores 199704 Propiedades planta y equipo 199790 Otros bienes y derechos en investigación administrativa 1999 VALORIZACIONES 199902 Propiedades, planta y equipo 199903 Bienes de beneficio y uso público 199906 Recursos naturales y del ambiente en conservación 199907 Inversiones en recursos naturales y del ambiente en conservación 199908 Inversiones en empresas industriales y comerciales del estado del nivel

nacional 199909 Inversiones en sociedades de economía mixta del nivel nacional 199910 Inversiones en entidades descentralizadas del gobierno general del nivel

nacional 199911 Inversiones en empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel

nacional 199912 Inversiones en empresas sociales del estado del nivel nacional 199913 Inversiones en empresas de seguridad social del nivel nacional 199914 Inversiones en empresas industriales y comerciales del estado del nivel

departamental 199915 Inversiones en sociedades de economía mixta del nivel departamental 199916 Inversiones en entidades descentralizadas del gobierno general del nivel

departamental 199917 Inversiones en empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel

departamental 199918 Inversiones en empresas sociales del estado del nivel departamental 199919 Inversiones en empresas de seguridad social del nivel departamental 199920 Inversiones en empresas industriales y comerciales del estado del nivel

distrital 199921 Inversiones en sociedades de economía mixta del nivel distrital 199922 Inversiones en entidades descentralizadas del gobierno general del nivel

distrital 199923 Inversiones en empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel

distrital 199924 Inversiones en empresas sociales del estado del nivel distrital 199925 Inversiones en empresas de seguridad social del nivel distrital 199926 Inversiones en empresas industriales y comerciales del estado del nivel

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 45

municipal 199927 Inversiones en sociedades de economía mixta del nivel municipal 199928 Inversiones en entidades descentralizadas del gobierno general del nivel

municipal 199929 Inversiones en empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel

municipal 199930 Inversiones en empresas sociales del estado del nivel municipal 199931 Inversiones en empresas de seguridad social del nivel municipal 199932 Inversiones en otras entidades del nivel territorial 199950 Inversiones en entidades del sector solidario 199951 Inversiones en entidades privadas 199990 Otros activos 2 PASIVO 21 OPERACIONES DE BANCA CENTRAL Y ENTIDADES

FINANCIERAS 2105 OPERACIONES DE BANCA CENTRAL 210501 Billetes en circulación 210504 Obligaciones con organismos internacionales 210505 Obligaciones con bancos del exterior 210506 Gobierno Nacional por regulación económica 210509 Depósito en cuenta corriente - Gobierno Nacional 210510 Depósito en cuenta corriente – Sistema financiero 210511 Cuentas convenio 210512 Obligaciones por operaciones de reservas internacionales 210590 Otras operaciones de banca central 2106 TÍTULOS DE REGULACIÓN MONETARIA Y CAMBIARIA 210601 Certificados de cambio 210602 Títulos canjeables por certificados de cambio 210603 Títulos de participación 210604 Títulos denominados en divisas por financiaciones 210605 Depósitos Resolución 05 de 1997 210690 Otros títulos de regulación monetaria y cambiaría 2107 GASTOS FINANCIEROS POR PAGAR – OPERACIONES DE

BANCA CENTRAL 210701 Títulos de participación 210702 Títulos nominados en divisas por financiaciones 210703 Depósitos Resolución 05 de 1997 210704 Comisiones 210705 Intereses por obligaciones en bancos del exterior 210706 Remuneración cuentas de depósito – Encaje 210707 Remuneración cuentas de depósito – DTN 210708 Títulos canjeables por certificados de cambio

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 46

210709 Otros títulos de operaciones de mercado abierto 210710 Honorarios 210790 Otros gastos financieros por pagar 2110 OPERACIONES DE CAPTACIÓN Y SERVICIOS FINANCIEROS 211001 Cuentas corrientes 211002 Depósitos simples 211003 Certificados de depósito a término 211004 Papeles comerciales 211005 Depósitos de ahorro 211006 Cuentas de ahorro de valor constante 211007 Cuentas de ahorro especial 211008 Certificados de ahorro de valor constante 211009 Documentos por pagar 211010 Cuenta centralizada 211011 Depósitos especiales 211012 Servicios bancarios de recaudo 211090 Otras operaciones de captación y servicios financieros 2111 GASTOS FINANCIEROS POR PAGAR POR OPERACIONES DE

CAPTACIÓN Y SERVICIOS FINANCIEROS 211101 Intereses sobre depósitos y exigibilidades 211102 Intereses créditos de bancos y otras obligaciones financieras 211103 Comisiones 211104 Contribuciones sobre transacciones financieras 211105 Administración y emisión de títulos valores 211106 Sostenimiento bolsa y registro 211107 Administración de fiducia 211108 Servicios almacenadoras 211190 Otros gastos financieros 22 OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO 2202 DEUDA PÚBLICA INTERNA DE CORTO PLAZO POR

AMORTIZAR EN LA VIGENCIA 220201 Banco central 220202 Banca comercial 220203 Banca de fomento 220205 Títulos de tesorería - TES B 220206 Títulos de tesorería - TES A 220207 Títulos de tesorería - Ley 546/99 220208 Títulos de ahorro educativo en circulación 220209 Títulos de apoyo cafetero 220210 Bonos agrarios 220211 Bonos para la paz 220212 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 220213 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 47

220214 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 220215 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 220216 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 220217 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales 220218 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 220219 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 220220 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 220221 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 220222 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 220223 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 220224 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional - Forzosos 220225 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental - Forzosos 220226 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital - Forzosos 220227 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal - Forzosos 220228 Crédito de proveedores 220229 Créditos institutos financieros de desarrollo territorial 220230 Bonos y títulos emitidos por fondos de garantía 2203 DEUDA PÚBLICA INTERNA DE CORTO PLAZO 220301 Banco central 220302 Banca comercial 220303 Banca de fomento 220305 Títulos de tesorería - TES B 220306 Títulos de tesorería - TES A 220307 Títulos de tesorería - Ley 546/99 220308 Títulos de ahorro educativo en circulación 220309 Títulos de apoyo cafetero 220310 Bonos agrarios 220311 Bonos para la paz 220312 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 220313 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 220314 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 220315 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 220316 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 220317 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales 220318 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 220319 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 220320 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 220321 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 220322 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 220323 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 220324 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional - Forzosos 220325 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental - Forzosos 220326 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital - Forzosos 220327 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal - Forzosos 220328 Crédito de proveedores 220329 Créditos institutos financieros de desarrollo territorial

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 48

220330 Bonos y títulos emitidos por fondos de garantía 2204 DEUDA PÚBLICA EXTERNA DE CORTO PLAZO POR

AMORTIZAR EN LA VIGENCIA 220401 Banca comercial 220402 Banca multilateral 220403 Banca de fomento 220404 Gobiernos 220405 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 220406 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 220407 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 220408 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 220409 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 220410 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales 220411 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 220412 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 220413 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 220414 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 220415 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 220416 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 220417 Crédito de proveedores 220418 Cuenta especial de deuda externa 2206 DEUDA PÚBLICA EXTERNA DE CORTO PLAZO 220601 Banca comercial 220602 Banca multilateral 220603 Banca de fomento 220604 Gobiernos 220605 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 220606 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 220607 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 220608 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 220609 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 220610 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales 220611 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 220612 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 220613 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 220614 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 220615 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 220616 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 220617 Crédito de proveedores 220618 Cuenta especial de deuda externa 2207 DEUDA PÚBLICA INTERNA DE LARGO PLAZO POR

AMORTIZAR EN LA VIGENCIA 220701 Banco Central 220702 Banca comercial

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 49

220703 Banca de fomento 220704 Títulos de tesorería - TES B 220705 Títulos de tesorería - TES A 220706 Títulos de tesorería - Ley 546/99 220707 Títulos de ahorro educativo en circulación 220708 Títulos de apoyo cafetero 220709 Bonos agrarios 220710 Bonos para la paz 220711 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 220712 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 220713 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 220714 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 220715 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 220716 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales 220717 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 220718 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 220719 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 220720 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 220721 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 220722 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 220723 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional - Forzosos 220724 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental - Forzosos 220725 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital - Forzosos 220726 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal - Forzosos 220727 Crédito de proveedores 220728 Créditos institutos financieros de desarrollo territorial 220729 Bonos y títulos emitidos por fondos de garantía 2208 DEUDA PÚBLICA INTERNA DE LARGO PLAZO 220801 Banco Central 220802 Banca comercial 220803 Banca de fomento 220804 Títulos de tesorería - TES B 220805 Títulos de tesorería - TES A 220806 Títulos de tesorería - Ley 546/99 220807 Títulos de ahorro educativo en circulación 220808 Títulos de apoyo cafetero 220809 Bonos agrarios 220810 Bonos para la paz 220811 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 220812 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 220813 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 220814 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 220815 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 220816 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales 220817 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 220818 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 50

220819 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 220820 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 220821 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 220822 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 220823 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional - Forzosos 220824 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental - Forzosos 220825 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital - Forzosos 220826 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal - Forzosos 220827 Crédito de proveedores 220828 Créditos institutos financieros de desarrollo territorial 220829 Bonos y títulos emitidos por fondos de garantía 2216 PRIMA EN COLOCACIÓN DE BONOS Y TÍTULOS DE DEUDA

INTERNA DE CORTO PLAZO 221601 Títulos de tesorería - TES B 221602 Títulos de tesorería - TES A 221603 Títulos de tesorería - Ley 546/99 221604 Títulos de ahorro educativo en circulación 221605 Títulos de apoyo cafetero 221606 Bonos agrarios 221607 Bonos para la paz 221608 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 221609 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 221610 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 221611 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 221612 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 221613 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales 221614 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 221615 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 221616 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 221617 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 221618 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 221619 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 221620 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional - Forzosos 221621 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental - Forzosos 221622 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital - Forzosos 221623 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal - Forzosos 221624 Bonos y títulos emitidos por fondos de garantía 2217 DESCUENTO EN COLOCACIÓN DE BONOS Y TÍTULOS DE

DEUDA INTERNA DE CORTO PLAZO (DB) 221701 Títulos de tesorería - TES B 221702 Títulos de tesorería - TES A 221703 Títulos de tesorería - Ley 546/99 221704 Títulos de ahorro educativo en circulación 221705 Títulos de apoyo cafetero 221706 Bonos agrarios

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 51

221707 Bonos para la paz 221708 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 221709 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 221710 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 221711 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 221712 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 221713 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales 221714 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 221715 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 221716 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 221717 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 221718 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 221719 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 221720 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional - Forzosos 221721 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental - Forzosos 221722 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital - Forzosos 221723 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal - Forzosos 221724 Bonos y títulos emitidos por fondos de garantía 2218 PRIMA EN COLOCACIÓN DE BONOS Y TÍTULOS DE DEUDA

INTERNA DE LARGO PLAZO 221801 Títulos de tesorería - TES B 221802 Títulos de tesorería - TES A 221803 Títulos de tesorería - Ley 546/99 221804 Títulos de ahorro educativo en circulación 221805 Títulos de apoyo cafetero 221806 Bonos agrarios 221807 Bonos para la paz 221808 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 221809 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 221810 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 221811 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 221812 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 221813 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales 221814 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 221815 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 221816 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 221817 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 221818 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 221819 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 221820 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional - Forzosos 221821 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental - Forzosos 221822 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital - Forzosos 221823 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal - Forzosos 221824 Bonos y títulos emitidos por fondos de garantía 2219 DESCUENTO EN COLOCACIÓN DE BONOS Y TÍTULOS DE

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 52

DEUDA INTERNA DE LARGO PLAZO (DB) 221901 Títulos de tesorería - TES B 221902 Títulos de tesorería - TES A 221903 Títulos de tesorería - Ley 546/99 221904 Títulos de ahorro educativo en circulación 221905 Títulos de apoyo cafetero 221906 Bonos agrarios 221907 Bonos para la paz 221908 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 221909 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 221910 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 221911 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 221912 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 221913 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales 221914 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 221915 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 221916 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 221917 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 221918 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 221919 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 221920 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional - Forzosos 221921 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental - Forzosos 221922 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital - Forzosos 221923 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal - Forzosos 221924 Bonos y títulos emitidos por fondos de garantía 2220 DEUDA PÚBLICA EXTERNA DE LARGO PLAZO POR

AMORTIZAR EN LA VIGENCIA 222001 Banca comercial 222002 Banca multilateral 222003 Banca de fomento 222004 Gobiernos 222005 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 222006 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 222007 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 222008 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 222009 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 222010 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales 222011 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 222012 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 222013 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 222014 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 222015 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 222016 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 222017 Crédito de proveedores 222018 Cuenta especial de deuda externa

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 53

2221 DEUDA PÚBLICA EXTERNA DE LARGO PLAZO 222101 Banca comercial 222102 Banca multilateral 222103 Banca de fomento 222104 Gobiernos 222105 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 222106 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 222107 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 222108 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 222109 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 222110 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales 222111 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 222112 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 222113 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 222114 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 222115 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 222116 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 222117 Crédito de proveedores 222118 Cuenta especial de deuda externa 2226 PRIMA EN COLOCACIÓN DE BONOS Y TÍTULOS DE DEUDA

EXTERNA DE CORTO PLAZO 222601 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 222602 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 222603 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 222604 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 222605 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 222606 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales 222607 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 222608 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 222609 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 222610 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 222611 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 222612 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 2227 DESCUENTO EN COLOCACIÓN DE BONOS Y TÍTULOS DE

DEUDA EXTERNA DE CORTO PLAZO (DB) 222701 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 222702 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 222703 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 222704 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 222705 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 222706 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales 222707 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 222708 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 222709 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 222710 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 54

222711 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 222712 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 2228 PRIMA EN COLOCACIÓN DE BONOS Y TÍTULOS DE DEUDA

EXTERNA DE LARGO PLAZO 222801 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 222802 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 222803 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 222804 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 222805 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 222806 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales 222807 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 222808 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 222809 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 222810 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 222811 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 222812 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 2229 DESCUENTO EN COLOCACIÓN DE BONOS Y TÍTULOS DE

DEUDA EXTERNA DE LARGO PLAZO (DB) 222901 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 222902 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 222903 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 222904 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 222905 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 222906 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales 222907 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 222908 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 222909 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 222910 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 222911 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 222912 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 2240 PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALES DE CORTO PLAZO POR

AMORTIZAR EN LA VIGENCIA 224001 Acuerdos de pago del gobierno general nacional 224002 Acuerdos de pago de empresas no financieras nacionales 224003 Acuerdos de pago del gobierno general departamental 224004 Acuerdos de pago de empresas no financieras departamentales 224005 Acuerdos de pago del gobierno general distrital 224006 Acuerdos de pago de empresas no financieras distritales 224007 Acuerdos de pago del gobierno general municipal 224008 Acuerdos de pago de empresas no financieras municipales 224009 Créditos presupuestarios del gobierno general nacional 224010 Créditos presupuestarios de empresas no financieras nacionales 224011 Créditos presupuestarios del gobierno general departamental 224012 Créditos presupuestarios de empresas no financieras departamentales

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 55

224013 Créditos presupuestarios del gobierno general distrital 224014 Créditos presupuestarios de empresas no financieras distritales 224015 Créditos presupuestarios del gobierno general municipal 224016 Créditos presupuestarios de empresas no financieras municipales 224017 Préstamos al gobierno general nacional 224018 Préstamos a empresas no financieras nacionales 224019 Préstamos al gobierno general departamental 224020 Préstamos a empresas no financieras departamentales 224021 Préstamos al gobierno general distrital 224022 Préstamos a empresas no financieras distritales 224023 Préstamos al gobierno general municipal 224024 Préstamos a empresas no financieras municipales 2241 PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALES DE CORTO PLAZO 224101 Créditos transitorios 224102 Créditos de tesorería del gobierno general nacional 224103 Créditos de tesorería de empresas no financieras nacionales 224104 Créditos de tesorería del gobierno general departamental 224105 Créditos de tesorería de empresas no financieras departamentales 224106 Créditos de tesorería del gobierno general distrital 224107 Créditos de tesorería de empresas no financieras distritales 224108 Créditos de tesorería del gobierno general municipal 224109 Créditos de tesorería de empresas no financieras municipales 224110 Acuerdos de pago del gobierno general nacional 224111 Acuerdos de pago de empresas no financieras nacionales 224112 Acuerdos de pago del gobierno general departamental 224113 Acuerdos de pago de empresas no financieras departamentales 224114 Acuerdos de pago del gobierno general distrital 224115 Acuerdos de pago de empresas no financieras distritales 224116 Acuerdos de pago del gobierno general municipal 224117 Acuerdos de pago de empresas no financieras municipales 224118 Créditos presupuestarios del gobierno general nacional 224119 Créditos presupuestarios de empresas no financieras nacionales 224120 Créditos presupuestarios del gobierno general departamental 224121 Créditos presupuestarios de empresas no financieras departamentales 224122 Créditos presupuestarios del gobierno general distrital 224123 Créditos presupuestarios de empresas no financieras distritales 224124 Créditos presupuestarios del gobierno general municipal 224125 Créditos presupuestarios de empresas no financieras municipales 224126 Deuda transferida a la Nación del gobierno general nacional 224127 Deuda transferida a la Nación de empresas no financieras nacionales 224128 Deuda transferida a la Nación del gobierno general departamental 224129 Deuda transferida a la Nación de empresas no financieras departamentales 224130 Deuda transferida a la Nación del gobierno general distrital 224131 Deuda transferida a la Nación de empresas no financieras distritales 224132 Deuda transferida a la Nación del gobierno general municipal 224133 Deuda transferida a la Nación de empresas no financieras municipales

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 56

224134 Préstamos al gobierno general nacional 224135 Préstamos a empresas no financieras nacionales 224136 Préstamos al gobierno general departamental 224137 Préstamos a empresas no financieras departamentales 224138 Préstamos al gobierno general distrital 224139 Préstamos a empresas no financieras distritales 224140 Préstamos al gobierno general municipal 224141 Préstamos a empresas no financieras municipales 2245 PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALES DE LARGO PLAZO POR

AMORTIZAR EN LA VIGENCIA 224501 Acuerdos de pago del gobierno general nacional 224502 Acuerdos de pago de empresas no financieras nacionales 224503 Acuerdos de pago del gobierno general departamental 224504 Acuerdos de pago de empresas no financieras departamentales 224505 Acuerdos de pago del gobierno general distrital 224506 Acuerdos de pago de empresas no financieras distritales 224507 Acuerdos de pago del gobierno general municipal 224508 Acuerdos de pago de empresas no financieras municipales 224509 Créditos presupuestarios del gobierno general nacional 224510 Créditos presupuestarios de empresas no financieras nacionales 224511 Créditos presupuestarios del gobierno general departamental 224512 Créditos presupuestarios de empresas no financieras departamentales 224513 Créditos presupuestarios del gobierno general distrital 224514 Créditos presupuestarios de empresas no financieras distritales 224515 Créditos presupuestarios del gobierno general municipal 224516 Créditos presupuestarios de empresas no financieras municipales 224517 Préstamos al gobierno general nacional 224518 Préstamos a empresas no financieras nacionales 224519 Préstamos al gobierno general departamental 224520 Préstamos a empresas no financieras departamentales 224521 Préstamos al gobierno general distrital 224522 Préstamos a empresas no financieras distritales 224523 Préstamos al gobierno general municipal 224524 Préstamos a empresas no financieras municipales 2246 PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALES DE LARGO PLAZO 224601 Acuerdos de pago del gobierno general nacional 224602 Acuerdos de pago de empresas no financieras nacionales 224603 Acuerdos de pago del gobierno general departamental 224604 Acuerdos de pago de empresas no financieras departamentales 224605 Acuerdos de pago del gobierno general distrital 224606 Acuerdos de pago de empresas no financieras distritales 224607 Acuerdos de pago del gobierno general municipal 224608 Acuerdos de pago de empresas no financieras municipales 224609 Créditos presupuestarios del gobierno general nacional 224610 Créditos presupuestarios de empresas no financieras nacionale s

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 57

224611 Créditos presupuestarios del gobierno general departamental 224612 Créditos presupuestarios de empresas no financieras departamentales 224613 Créditos presupuestarios del gobierno general distrital 224614 Créditos presupuestarios de empresas no financieras distritales 224615 Créditos presupuestarios del gobierno general municipal 224616 Créditos presupuestarios de empresas no financieras municipales 224617 Deuda transferida a la Nación del gobierno general nacional 224618 Deuda transferida a la Nación de empresas no financieras nacionales 224619 Deuda transferida a la Nación del gobierno general departamental 224620 Deuda transferida a la Nación de empresas no financieras departamentales 224621 Deuda transferida a la Nación del gobierno general distrital 224622 Deuda transferida a la Nación de empresas no financieras distritales 224623 Deuda transferida a la Nación del gobierno general municipal 224624 Deuda transferida a la Nación de empresas no financieras municipales 224625 Préstamos al gobierno general nacional 224626 Préstamos a empresas no financieras nacionales 224627 Préstamos al gobierno general departamental 224628 Préstamos a empresas no financieras departamentales 224629 Préstamos al gobierno general distrital 224630 Préstamos a empresas no financieras distritales 224631 Préstamos al gobierno general municipal 224632 Préstamos a empresas no financieras municipales 2258 INTERESES DEUDA PÚBLICA EXTERNA DE CORTO PLAZO POR

AMORTIZAR EN LA VIGENCIA 225801 Banca comercial 225802 Banca multilateral 225803 Banca de fomento 225804 Gobiernos 225805 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 225806 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 225807 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 225808 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 225809 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 225810 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales 225811 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 225812 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 225813 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 225814 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 225815 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 225816 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 225817 Crédito de proveedores 225818 Cuenta especial de deuda externa 2259 INTERESES DEUDA PÚBLICA EXTERNA DE CORTO PLAZO 225901 Banca comercial 225902 Banca multilateral

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 58

225903 Banca de fomento 225904 Gobiernos 225905 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 225906 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 225907 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 225908 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 225909 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 225910 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales 225911 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 225912 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 225913 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 225914 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 225915 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 225916 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 225917 Crédito de proveedores 225918 Cuenta especial de deuda externa 2260 INTERESES DEUDA PÚBLICA INTERNA DE CORTO PLAZO POR

AMORTIZAR EN LA VIGENCIA 226001 Banco central 226002 Banca comercial 226003 Banca de fomento 226005 Títulos de tesorería - TES B 226006 Títulos de tesorería - TES A 226007 Títulos de tesorería - Ley 546/99 226008 Títulos de ahorro educativo en circulación 226009 Títulos de apoyo cafetero 226010 Bonos agrarios 226011 Bonos para la paz 226012 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 226013 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 226014 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 226015 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 226016 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 226017 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales 226018 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 226019 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 226020 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 226021 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 226022 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 226023 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 226024 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional - Forzosos 226025 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental - Forzosos 226026 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital - Forzosos 226027 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal - Forzosos 226028 Crédito de proveedores 226029 Créditos institutos financieros de desarrollo territorial

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 59

226030 Bonos y títulos emitidos por fondos de garantía 2261 INTERESES DEUDA PÚBLICA INTERNA DE CORTO PLAZO 226101 Banco central 226102 Banca comercial 226103 Banca de fomento 226105 Títulos de tesorería - TES B 226106 Títulos de tesorería - TES A 226107 Títulos de tesorería - Ley 546/99 226108 Títulos de ahorro educativo en circulación 226109 Títulos de apoyo cafetero 226110 Bonos agrarios 226111 Bonos para la paz 226112 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 226113 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 226114 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 226115 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 226116 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 226117 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales 226118 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 226119 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 226120 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 226121 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 226122 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 226123 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 226124 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional - Forzosos 226125 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental - Forzosos 226126 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital - Forzosos 226127 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal - Forzosos 226128 Crédito de proveedores 226129 Créditos institutos financieros de desarrollo territorial 226130 Bonos y títulos emitidos por fondos de garantía 2262 INTERESES DEUDA PÚBLICA INTERNA DE LARGO PLAZO POR

AMORTIZAR EN LA VIGENCIA 226201 Banco Central 226202 Banca comercial 226203 Banca de fomento 226204 Títulos de tesorería - TES B 226205 Títulos de tesorería - TES A 226206 Títulos de tesorería - Ley 546/99 226207 Títulos de ahorro educativo en circulación 226208 Títulos de apoyo cafetero 226209 Bonos agrarios 226210 Bonos para la paz 226211 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 226212 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 60

226213 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 226214 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 226215 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 226216 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales 226217 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 226218 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 226219 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 226220 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 226221 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 226222 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 226223 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional - Forzosos 226224 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental - Forzosos 226225 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital - Forzosos 226226 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal - Forzosos 226227 Crédito de proveedores 226228 Crédito institutos financieros de desarrollo territorial 226229 Bonos y títulos emitidos por fondos de garantía 2263 INTERESES DEUDA PÚBLICA INTERNA DE LARGO PLAZO 226301 Banco Central 226302 Banca comercial 226303 Banca de fomento 226304 Títulos de tesorería - TES B 226305 Títulos de tesorería - TES A 226306 Títulos de tesorería - Ley 546/99 226307 Títulos de ahorro educativo en circulación 226308 Títulos de apoyo cafetero 226309 Bonos agrarios 226310 Bonos para la paz 226311 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 226312 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 226313 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 226314 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 226315 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 226316 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales 226317 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 226318 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 226319 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 226320 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 226321 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 226322 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 226323 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional - Forzosos 226324 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental - Forzosos 226325 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital - Forzosos 226326 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal - Forzosos 226327 Crédito de proveedores 226328 Crédito institutos financieros de desarrollo territorial

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 61

226329 Bonos y títulos emitidos por fondos de garantía 2264 INTERESES DEUDA PÚBLICA EXTERNA DE LARGO PLAZO POR

AMORTIZAR EN LA VIGENCIA 226401 Banca comercial 226402 Banca multilateral 226403 Banca de fomento 226404 Gobiernos 226405 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 226406 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 226407 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 226408 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 226409 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 226410 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales 226411 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 226412 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 226413 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 226414 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 226415 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 226416 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 226417 Crédito de proveedores 226418 Cuenta especial de deuda externa 2265 INTERESES DEUDA PÚBLICA EXTERNA DE LARGO PLAZO 226501 Banca comercial 226502 Banca multilateral 226503 Banca de fomento 226504 Gobiernos 226505 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 226506 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 226507 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 226508 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 226509 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 226510 Bonos y títulos emit idos empresas de seguridad social departamentales 226511 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 226512 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 226513 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 226514 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 226515 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 226516 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 226517 Crédito de proveedores 226518 Cuenta especial de deuda externa 2266 INTERESES PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALES DE CORTO

PLAZO POR AMORTIZAR EN LA VIGENCIA 226601 Acuerdos de pago del gobierno general nacional 226602 Acuerdos de pago de empresas no financieras nacionales

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 62

226603 Acuerdos de pago del gobierno general departamental 226604 Acuerdos de pago de empresas no financieras departamentales 226605 Acuerdos de pago del gobierno general distrital 226606 Acuerdos de pago de empresas no financieras distritales 226607 Acuerdos de pago del gobierno general municipal 226608 Acuerdos de pago de empresas no financieras municipales 226609 Créditos presupuestarios del gobierno general nacional 226610 Créditos presupuestarios de empresas no financieras nacionales 226611 Créditos presupuestarios del gobierno general departamental 226612 Créditos presupuestarios de empresas no financieras departamentales 226613 Créditos presupuestarios del gobierno general distrital 226614 Créditos presupuestarios de empresas no financieras distritales 226615 Créditos presupuestarios del gobierno general municipal 226616 Créditos presupuestarios de empresas no financieras municipales 226617 Préstamos al gobierno general nacional 226618 Préstamos a empresas no financieras nacionales 226619 Préstamos al gobierno general departamental 226620 Préstamos a empresas no financieras departamentales 226621 Préstamos al gobierno general distrital 226622 Préstamos a empresas no financieras distritales 226623 Préstamos al gobierno general municipal 226624 Préstamos a empresas no financieras municipales 2267 INTERESES PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALES DE CORTO

PLAZO 226701 Créditos transitorios 226702 Créditos de tesorería del gobierno general nacional 226703 Créditos de tesorería de empresas no financieras nacionales 226704 Créditos de tesorería del gobierno general departamental 226705 Créditos de tesorería de empresas no financieras departamentales 226706 Créditos de tesorería del gobierno general distrital 226707 Créditos de tesorería de empresas no financieras distritales 226708 Créditos de tesorería del gobierno general municipal 226709 Créditos de tesorería de empresas no financieras municipales 226710 Acuerdos de pago del gobierno general nacional 226711 Acuerdos de pago de empresas no financieras nacionales 226712 Acuerdos de pago del gobierno general departamental 226713 Acuerdos de pago de empresas no financieras departamentales 226714 Acuerdos de pago del gobierno general distrital 226715 Acuerdos de pago de empresas no financieras distritales 226716 Acuerdos de pago del gobierno general municipal 226717 Acuerdos de pago de empresas no financieras municipales 226718 Créditos presupuestarios del gobierno general nacional 226719 Créditos presupuestarios de empresas no financieras nacionales 226720 Créditos presupuestarios del gobierno general departamental 226721 Créditos presupuestarios de empresas no financieras departamentales 226722 Créditos presupuestarios del gobierno general distrital

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 63

226723 Créditos presupuestarios de empresas no financieras distritales 226724 Créditos presupuestarios del gobierno general municipal 226725 Créditos presupuestarios de empresas no financieras municipales 226726 Deuda transferida a la Nación del gobierno general nacional 226727 Deuda transferida a la Nación de empresas no financieras nacionales 226728 Deuda transferida a la Nación del gobierno general departamental 226729 Deuda transferida a la Nación de empresas no financieras departamentales 226730 Deuda transferida a la Nación del gobierno general distrital 226731 Deuda transferida a la Nación de empresas no financieras distritales 226732 Deuda transferida a la Nación del gobierno general municipal 226733 Deuda transferida a la Nación de empresas no financieras municipales 226734 Préstamos al gobierno general nacional 226735 Préstamos a empresas no financieras nacionales 226736 Préstamos al gobierno general departamental 226737 Préstamos a empresas no financieras departamentales 226738 Préstamos al gobierno general distrital 226739 Préstamos a empresas no financieras distritales 226740 Préstamos al gobierno general municipal 226741 Préstamos a empresas no financieras municipales 2268 INTERESES PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALES DE LARGO

PLAZO POR AMORTIZAR EN LA VIGENCIA 226801 Acuerdos de pago del gobierno general nacional 226802 Acuerdos de pago de empresas no financieras nacionales 226803 Acuerdos de pago del gobierno general departamental 226804 Acuerdos de pago de empresas no financieras departamentales 226805 Acuerdos de pago del gobierno general distrital 226806 Acuerdos de pago de empresas no financieras distritales 226807 Acuerdos de pago del gobierno general municipal 226808 Acuerdos de pago de empresas no financieras municipales 226809 Créditos presupuestarios del gobierno general nacional 226810 Créditos presupuestarios de empresas no financieras nacionales 226811 Créditos presupuestarios del gobierno general departamental 226812 Créditos presupuestarios de empresas no financieras departamentales 226813 Créditos presupuestarios del gobierno general distrital 226814 Créditos presupuestarios de empresas no financieras distritales 226815 Créditos presupuestarios del gobierno general municipal 226816 Créditos presupuestarios de empresas no financieras municipales 226817 Préstamos al gobierno general nacional 226818 Préstamos a empresas no financieras nacionales 226819 Préstamos al gobierno general departamental 226820 Préstamos a empresas no financieras departamentales 226821 Préstamos al gobierno general distrital 226822 Préstamos a empresas no financieras distritales 226823 Préstamos al gobierno general municipal 226824 Préstamos a empresas no financieras municipales

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 64

2269 INTERESES PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALES DE LARGO PLAZO

226901 Acuerdos de pago del gobierno general nacional 226902 Acuerdos de pago de empresas no financieras nacionales 226903 Acuerdos de pago del gobierno general departamental 226904 Acuerdos de pago de empresas no financieras departamentales 226905 Acuerdos de pago del gobierno general distrital 226906 Acuerdos de pago de empresas no financieras distritales 226907 Acuerdos de pago del gobierno general municipal 226908 Acuerdos de pago de empresas no financieras municipales 226909 Créditos presupuestarios del gobierno general nacional 226910 Créditos presupuestarios de empresas no financieras nacionales 226911 Créditos presupuestarios del gobierno general departamental 226912 Créditos presupuestarios de empresas no financieras departamentales 226913 Créditos presupuestarios del gobierno general distrital 226914 Créditos presupuestarios de empresas no financieras distritales 226915 Créditos presupuestarios del gobierno general municipal 226916 Créditos presupuestarios de empresas no financieras municipales 226917 Deuda transferida a la Nación del gobierno general nacional 226918 Deuda transferida a la Nación de empresas no financieras nacionales 226919 Deuda transferida a la Nación del gobierno general departamental 226920 Deuda transferida a la Nación de empresas no financieras departamentales 226921 Deuda transferida a la Nación del gobierno general distrital 226922 Deuda transferida a la Nación de empresas no financieras distritales 226923 Deuda transferida a la Nación del gobierno general municipal 226924 Deuda transferida a la Nación de empresas no financieras municipales 226925 Préstamos al gobierno general nacional 226926 Préstamos a empresas no financieras nacionales 226927 Préstamos al gobierno general departamental 226928 Préstamos a empresas no financieras departamentales 226929 Préstamos al gobierno general distrital 226930 Préstamos a empresas no financieras distritales 226931 Préstamos al gobierno general municipal 226932 Préstamos a empresas no financieras municipales 2278 COMISIONES DEUDA PÚBLICA EXTERNA DE CORTO PLAZO

POR AMORTIZAR EN LA VIGENCIA 227801 Banca comercial 227802 Banca multilateral 227803 Banca de fomento 227804 Gobiernos 227805 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 227806 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 227807 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 227808 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 227809 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 227810 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 65

227811 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 227812 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 227813 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 227814 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 227815 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 227816 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 227817 Crédito de proveedores 227818 Cuenta especial de deuda externa 2279 COMISIONES DEUDA PÚBLICA EXTERNA DE CORTO PLAZO 227901 Banca comercial 227902 Banca multilateral 227903 Banca de fomento 227904 Gobiernos 227905 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 227906 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 227907 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 227908 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 227909 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 227910 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales 227911 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 227912 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 227913 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 227914 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 227915 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 227916 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 227917 Crédito de proveedores 227918 Cuenta especial de deuda externa 2280 COMISIONES DEUDA PÚBLICA INTERNA DE CORTO PLAZO

POR AMORTIZAR EN LA VIGENCIA 228001 Banco central 228002 Banca comercial 228003 Banca de fomento 228005 Títulos de tesorería - TES B 228006 Títulos de tesorería - TES A 228007 Títulos de tesorería - Ley 546/99 228008 Títulos de ahorro educativo en circulación 228009 Títulos de apoyo cafetero 228010 Bonos agrarios 228011 Bonos para la paz 228012 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 228013 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 228014 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 228015 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 228016 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 228017 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 66

228018 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 228019 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 228020 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 228021 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 228022 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 228023 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 228024 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional - Forzosos 228025 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental - Forzosos 228026 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital - Forzosos 228027 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal - Forzosos 228028 Crédito de proveedores 228029 Crédito institutos financieros de desarrollo territorial 228030 Bonos y títulos emitidos por fondos de garantía 2281 COMISIONES DEUDA PÚBLICA INTERNA DE CORTO PLAZO 228101 Banco central 228102 Banca comercial 228103 Banca de fomento 228105 Títulos de tesorería - TES B 228106 Títulos de tesorería - TES A 228107 Títulos de tesorería - Ley 546/99 228108 Títulos de ahorro educativo en circulación 228109 Títulos de apoyo cafetero 228110 Bonos agrarios 228111 Bonos para la paz 228112 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 228113 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 228114 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 228115 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 228116 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 228117 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales 228118 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 228119 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 228120 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 228121 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 228122 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 228123 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 228124 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional - Forzosos 228125 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental - Forzosos 228126 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital - Forzosos 228127 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal - Forzosos 228128 Crédito de proveedores 228129 Crédito institutos financieros de desarrollo territorial 228130 Bonos y títulos emitidos por fondos de garantía 2282 COMISIONES DEUDA PÚBLICA INTERNA DE LARGO PLAZO

POR AMORTIZAR EN LA VIGENCIA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 67

228201 Banco Central 228202 Banca comercial 228203 Banca de fomento 228204 Títulos de tesorería - TES B 228205 Títulos de tesorería - TES A 228206 Títulos de tesorería - Ley 546/99 228207 Títulos de ahorro educativo en circulación 228208 Títulos de apoyo cafetero 228209 Bonos agrarios 228210 Bonos para la paz 228211 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 228212 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 228213 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 228214 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 228215 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 228216 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales 228217 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 228218 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 228219 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 228220 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 228221 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 228222 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 228223 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional - Forzosos 228224 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental - Forzosos 228225 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital - Forzosos 228226 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal - Forzosos 228227 Crédito de proveedores 228228 Crédito institutos financieros de desarrollo territorial 228229 Bonos y títulos emitidos por fondos de garantía 2283 COMISIONES DEUDA PÚBLICA INTERNA DE LARGO PLAZO 228301 Banco Central 228302 Banca comercial 228303 Banca de fomento 228304 Títulos de tesorería - TES B 228305 Títulos de tesorería - TES A 228306 Títulos de tesorería - Ley 546/99 228307 Títulos de ahorro educativo en circulación 228308 Títulos de apoyo cafetero 228309 Bonos agrarios 228310 Bonos para la paz 228311 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 228312 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 228313 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 228314 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 228315 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 228316 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 68

228317 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 228318 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 228319 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 228320 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 228321 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 228322 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 228323 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional - Forzosos 228324 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental - Forzosos 228325 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital - Forzosos 228326 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal - Forzosos 228327 Crédito de proveedores 228328 Crédito institutos financieros de desarrollo territorial 228329 Bonos y títulos emitidos por fondos de garantía 2284 COMISIONES DEUDA PÚBLICA EXTERNA DE LARGO PLAZO

POR AMORTIZAR EN LA VIGENCIA 228401 Banca comercial 228402 Banca multilateral 228403 Banca de fomento 228404 Gobiernos 228405 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 228406 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 228407 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 228408 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 228409 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 228410 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales 228411 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital 228412 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 228413 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 228414 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 228415 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 228416 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 228417 Crédito de proveedores 228418 Cuenta especial de deuda externa 2285 COMISIONES DEUDA PÚBLICA EXTERNA DE LARGO PLAZO 228501 Banca comercial 228502 Banca multilateral 228503 Banca de fomento 228504 Gobiernos 228505 Bonos y títulos emitidos gobierno general nacional 228506 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras nacionales 228507 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social nacionales 228508 Bonos y títulos emitidos gobierno general departamental 228509 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras departamentales 228510 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social departamentales 228511 Bonos y títulos emitidos gobierno general distrital

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 69

228512 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras distritales 228513 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social distritales 228514 Bonos y títulos emitidos gobierno general municipal 228515 Bonos y títulos emitidos empresas no financieras municipales 228516 Bonos y títulos emitidos empresas de seguridad social municipales 228517 Crédito de proveedores 228518 Cuenta especial de deuda externa 2286 COMISIONES PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALES DE CORTO

PLAZO POR AMORTIZAR EN LA VIGENCIA 228601 Acuerdos de pago del gobierno general nacional 228602 Acuerdos de pago de empresas no financieras nacionales 228603 Acuerdos de pago del gobierno general departamental 228604 Acuerdos de pago de empresas no financieras departamentales 228605 Acuerdos de pago del gobierno general distrital 228606 Acuerdos de pago de empresas no financieras distritales 228607 Acuerdos de pago del gobierno general municipal 228608 Acuerdos de pago de empresas no financieras municipales 228609 Créditos presupuestarios del gobierno general nacional 228610 Créditos presupuestarios de empresas no financieras nacionales 228611 Créditos presupuestarios del gobierno general departamental 228612 Créditos presupuestarios de empresas no financieras departamentales 228613 Créditos presupuestarios del gobierno general distrital 228614 Créditos presupuestarios de empresas no financieras distritales 228615 Créditos presupuestarios del gobierno general municipal 228616 Créditos presupuestarios de empresas no financieras municipales 228617 Préstamos al gobierno general nacional 228618 Préstamos a empresas no financieras nacionales 228619 Préstamos al gobierno general departamental 228620 Préstamos a empresas no financieras departamentales 228621 Préstamos al gobierno general distrital 228622 Préstamos a empresas no financieras distritales 228623 Préstamos al gobierno general municipal 228624 Préstamos a empresas no financieras municipales 2287 COMISIONES PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALES DE CORTO

PLAZO 228701 Créditos transitorios 228702 Créditos de tesorería del gobierno general nacional 228703 Créditos de tesorería de empresas no financieras nacionales 228704 Créditos de tesorería del gobierno general departamental 228705 Créditos de tesorería de empresas no financieras departamentales 228706 Créditos de tesorería del gobierno general distrital 228707 Créditos de tesorería de empresas no financieras distritales 228708 Créditos de tesorería del gobierno general municipal 228709 Créditos de tesorería de empresas no financieras municipales 228710 Acuerdos de pago del gobierno general nacional

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 70

228711 Acuerdos de pago de empresas no financieras nacionales 228712 Acuerdos de pago del gobierno general departamental 228713 Acuerdos de pago de empresas no financieras departamentales 228714 Acuerdos de pago del gobierno general distrital 228715 Acuerdos de pago de empresas no financieras distritales 228716 Acuerdos de pago del gobierno general municipal 228717 Acuerdos de pago de empresas no financieras municipales 228718 Créditos presupuestarios del gobierno general nacional 228719 Créditos presupuestarios de empresas no financieras nacionales 228720 Créditos presupuestarios del gobierno general departamental 228721 Créditos presupuestarios de empresas no financieras departamentales 228722 Créditos presupuestarios del gobierno general distrital 228723 Créditos presupuestarios de empresas no financieras distritales 228724 Créditos presupuestarios del gobierno general municipal 228725 Créditos presupuestarios de empresas no financieras municipales 228726 Deuda transferida a la Nación del gobierno general nacional 228727 Deuda transferida a la Nación de empresas no financieras nacionales 228728 Deuda transferida a la Nación del gobierno general departamental 228729 Deuda transferida a la Nación de empresas no financieras departamentales 228730 Deuda transferida a la Nación del gobierno general distrital 228731 Deuda transferida a la Nación de empresas no financieras distritales 228732 Deuda transferida a la Nación del gobierno general municipal 228733 Deuda transferida a la Nación de empresas no financieras municipales 228734 Préstamos al gobierno general nacional 228735 Préstamos a empresas no financieras nacionales 228736 Préstamos al gobierno general departamental 228737 Préstamos a empresas no financieras departamentales 228738 Préstamos al gobierno general distrital 228739 Préstamos a empresas no financieras distritales 228740 Préstamos al gobierno general municipal 228741 Préstamos a empresas no financieras municipales 2288 COMISIONES PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALES DE LARGO

PLAZO POR AMORTIZAR EN LA VIGENCIA 228801 Acuerdos de pago del gobierno general nacional 228802 Acuerdos de pago de empresas no financieras nacionales 228803 Acuerdos de pago del gobierno general departamental 228804 Acuerdos de pago de empresas no financieras departamentales 228805 Acuerdos de pago del gobierno general distrital 228806 Acuerdos de pago de empresas no financieras distritales 228807 Acuerdos de pago del gobierno general municipal 228808 Acuerdos de pago de empresas no financieras municipales 228809 Créditos presupuestarios del gobierno general nacional 228810 Créditos presupuestarios de empresas no financieras nacionales 228811 Créditos presupuestarios del gobierno general departamental 228812 Créditos presupuestarios de empresas no financieras departamentales 228813 Créditos presupuestarios del gobierno general distrital

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 71

228814 Créditos presupuestarios de empresas no financieras distritales 228815 Créditos presupuestarios del gobierno general municipal 228816 Créditos presupuestarios de empresas no financieras municipales 228817 Préstamos al gobierno general nacional 228818 Préstamos a empresas no financieras nacionales 228819 Préstamos al gobierno general departamental 228820 Préstamos a empresas no financieras departamentales 228821 Préstamos al gobierno general distrital 228822 Préstamos a empresas no financieras distritales 228823 Préstamos al gobierno general municipal 228824 Préstamos a empresas no financieras municipales 2289 COMISIONES PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALES DE LARGO

PLAZO 228901 Acuerdos de pago del gobierno general nacional 228902 Acuerdos de pago de empresas no financieras nacionales 228903 Acuerdos de pago del gobierno general departamental 228904 Acuerdos de pago de empresas no financieras departamentales 228905 Acuerdos de pago del gobierno general distrital 228906 Acuerdos de pago de empresas no financieras distritales 228907 Acuerdos de pago del gobierno general municipal 228908 Acuerdos de pago de empresas no financieras municipales 228909 Créditos presupuestarios del gobierno general nacional 228910 Créditos presupuestarios de empresas no financieras nacionales 228911 Créditos presupuestarios del gobierno general departamental 228912 Créditos presupuestarios de empresas no financieras departamentales 228913 Créditos presupuestarios del gobierno general distrital 228914 Créditos presupuestarios de empresas no financieras distritales 228915 Créditos presupuestarios del gobierno general municipal 228916 Créditos presupuestarios de empresas no financieras municipales 228917 Deuda transferida a la Nación del gobierno general nacional 228918 Deuda transferida a la Nación de empresas no financieras nacionales 228919 Deuda transferida a la Nación del gobierno general departamental 228920 Deuda transferida a la Nación de empresas no financieras departamentales 228921 Deuda transferida a la Nación del gobierno general distrital 228922 Deuda transferida a la Nación de empresas no financieras distritales 228923 Deuda transferida a la Nación del gobierno general municipal 228924 Deuda transferida a la Nación de empresas no financieras municipales 228925 Préstamos al gobierno general nacional 228926 Préstamos a empresas no financieras nacionales 228927 Préstamos al gobierno general departamental 228928 Préstamos a empresas no financieras departamentales 228929 Préstamos al gobierno general distrital 228930 Préstamos a empresas no financieras distritales 228931 Préstamos al gobierno general municipal 228932 Préstamos a empresas no financieras municipales

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 72

23 OBLIGACIONES FINANCIERAS 2301 ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ 230101 Fondos comprados ordinarios 230102 Sobregiros obtenidos 2302 CRÉDITOS OBTENIDOS 230201 Banca comercial 230202 Banca de fomento 230203 Contratos “leasing” 230290 Otras entidades 2303 CRÉDITOS ASUMIDOS POR FNG 230301 Banca comercial 230302 Banca de fomento 2315 FONDOS ADQUIRIDOS CON COMPROMISO DE RECOMPRA 231501 Compromiso de recompra de inversiones de renta fija 231502 Compromiso de recompra de inversiones de renta variable 231505 Compromiso de recompra de deudores 231506 Operaciones repo por contracción monetaria - Banco Central 231507 Apoyos transitorios con Banco Central 2320 INTERESES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ 232001 Fondos comprados ordinarios 232002 Sobregiros obtenidos 2321 INTERESES CRÉDITOS ASUMIDOS POR FNG 232101 Banca comercial 232102 Banca de fomento 2322 INTERESES CRÉDITOS OBTENIDOS 232201 Banca comercial 232202 Banca de fomento 232203 Contratos “leasing” 232290 Otras entidades 2323 INTERESES FONDOS ADQUIRIDOS CON COMPROMISO DE

RECOMPRA 232301 Compromiso de recompra de inversiones de renta fija 232302 Compromiso de recompra de inversiones de renta variable 232305 Compromiso de recompra de deudores 232306 Operaciones Repo por contracción monetaria - Banco Central 232307 Apoyos transitorios con Banco Central 24 CUENTAS POR PAGAR

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 73

2401 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS NACIONALES 240101 Bienes y servicios 240102 Proyectos de inversión 2403 TRANSFERENCIAS 240303 Transferencias por convenios con el sector privado 240304 Transferencias corrientes al gobierno general 240305 Transferencias corrientes a las empresas no financieras 240306 Transferencias corrientes a las empresas financieras 240307 Situado fiscal 240308 Transferencias de capital al gobierno general 240309 Transferencias de capital a las empresas no financieras 240310 Transferencias de capital a las empresas financieras 240311 Transferencias giradas al exterior 240312 Participación en los ingresos corrientes de la nación 240313 Para el sistema general de seguridad social en salud 2406 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL EXTERIOR 240601 Bienes y servicios 240607 Proyectos de inversión 2415 OPERACIONES DE SEGUROS Y REASEGUROS 241501 Compañías cedentes interior cuenta corriente 241502 Compañías cedentes exterior cuenta corriente 241503 Coaseguradores cuenta corriente aceptados 241504 Coaseguradores cuenta corriente cedidos 241505 Obligaciones a favor de asegurados vida 241506 Depósitos para expedición de pólizas 241507 Dividendos por pagar a asegurados vida 241508 Reaseguradores interior cuenta corriente 241509 Depósitos retenidos a reaseguradores interior 241510 Siniestros liquidados por pagar 241511 Obligaciones a favor de intermediarios 241512 Obligaciones de títulos 241513 Primas recaudadas por pagar 241590 Otras operaciones de seguros y reaseguros 2420 APORTES POR PAGAR A AFILIADOS 242001 Cesantías e intereses liquidados por pagar 242002 Cesantías e intereses girados no reclamados 242003 Cesantías según aportes 242004 Cesantías consolidadas según reportes 242005 Aportes recibidos por anticipado de entidades 242006 Rendimientos por pagar sobre cesantías 2425 ACREEDORES 242501 Comisiones, honorarios y servicios

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 74

242502 Suscripción de acciones o participaciones 242503 Dividendos y participaciones 242504 Servicios públicos 242505 Transportes y acarreos 242506 Suscripciones 242507 Arrendamientos 242508 Viáticos y gastos de viaje 242510 Seguros 242512 Saldos a favor de contribuyentes 242513 Saldos a favor de beneficiarios 242515 Deducción de impuestos 242517 Excedentes de remates 242518 Aportes a fondos pensionales 242519 Aportes a seguridad social en salud 242520 Aportes al ICBF, SENA y cajas de compensación 242521 Sindicatos 242522 Cooperativas 242523 Fondos de empleados 242524 Embargos judiciales 242525 Gastos legales 242526 Fondos mutuos 242527 Fondos especiales 242528 Aportes a fondos de becas 242529 Cheques no cobrados o por reclamar 242530 Gastos de representación 242531 Servicios aduaneros 242532 Aporte riesgos profesionales 242533 Fondo de solidaridad y garantía en salud 242534 Reintegro a tesorerías 242535 Libranzas 242541 Aportes a escuelas industriales, institutos técnicos y ESAP 242542 Subsidio de vivienda 242543 Excedentes financieros de establecimientos públicos 242544 Excedentes financieros de empresas 242545 Excedentes financieros de otros entes públicos 242546 Contratos de medicina prepagada 242547 Descuentos no autorizados 242590 Otros acreedores 2430 SUBSIDIOS ASIGNADOS 243001 Vivienda 243002 Educación 243004 Asistencia social 243005 Salud 243006 Para compra de tierras 243007 Para distritos de riego 243008 Para centros de conciliación y comisarías

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 75

243011 Servicio de energía 243012 Servicio de acueducto 243013 Servicio de alcantarillado 243014 Servicio de aseo 243015 Servicio de gas combustible 243016 Servicio de telecomunicaciones 243017 Al deporte 243018 Al transporte, consumo e importación de combustible 243090 Otros subsidios asignados 2436 RETENCIÓN EN LA FUENTE E IMPUESTO DE TIMBRE 243601 Salarios y pagos laborales 243602 Dividendos y participaciones 243603 Honorarios 243604 Comisiones 243605 Servicios 243606 Arrendamientos 243607 Rendimientos financieros 243608 Compras 243609 Loterías, rifas, apuestas y similares 243610 Pagos al exterior 243611 Por ingresos obtenidos en el exterior 243612 Enajenación de propiedades, planta y equipo personas naturales 243625 Impuesto a las ventas retenido por consignar 243626 Contratos de obra 243690 Otras retenciones 243695 Autorretenciones 243698 Impuesto de timbre 2437 RETENCIÓN DE IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO POR

PAGAR - ICA 243701 Retención por compras 243702 Retención por ventas 2440 IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS POR PAGAR 244001 Renta y complementarios 244003 Predial unificado 244004 Industria y comercio 244005 Valorización 244007 Aduana y recargos 244009 Registro 244010 Regalías y compensaciones monetarias 244011 Contribuciones 244013 Contribución sobre transacciones financieras 244014 Cuotas de fiscalización y auditaje 244015 Multas y sanciones 244016 Impuesto sobre vehículos automotores

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 76

244017 Intereses de mora 244075 Otros impuestos nacionales 244080 Otros impuestos departamentales 244085 Otros impuestos municipales 244090 Otros impuestos distritales 244095 Otros impuestos 2445 IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - IVA 244501 Venta de bienes 244502 Venta de servicios 244503 Devoluciones en compra de bienes 244504 Devoluciones en compra de servicios 244505 Compra de bienes(DB) 244506 Compra de servicios (DB) 244507 Devoluciones en venta de bienes(DB) 244508 Devoluciones en venta de servicios (DB) 244575 Impuesto a las ventas retenido (DB) 244580 Valor pagado (DB) 2450 AVANCES Y ANTICIPOS RECIBIDOS 245001 Anticipos sobre ventas de bienes y servicios 245002 Anticipos sobre proyectos de inversión 245003 Anticipos sobre convenios y acuerdos 245005 Anticipos por impuestos y contribuciones 245006 Avances de operaciones conjuntas 245007 Avances a asociados 245008 Anticipos juegos de suerte y azar 245010 Para futura suscripción de acciones 245011 Anticipo sobre regalías y compensaciones monetarias 245090 Otros avances y anticipos 2455 DEPÓSITOS RECIBIDOS DE TERCEROS 245501 Servicios 245502 Bienes 245503 Judiciales 245506 En administración 245507 Retención sobre contratos 245508 Para seguros al sector exportador 245509 Inventarios 245590 Otros depósitos 2460 CRÉDITOS JUDICIALES 246002 Sentencias y conciliaciones 246003 Laudos 246090 Otros créditos judiciales 2465 PREMIOS POR PAGAR

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 77

246501 Premios mayores pendientes de pago 246502 Premios secos pendientes de pago 246503 Premios de aproximaciones pendientes de pago 246550 Apuestas permanentes 246590 Otros premios 2470 ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN

PENSIONES Y RIESGOS PROFESIONALES 247001 Entidad administradora 247002 Fondo de solidaridad pensional 247003 Fondo para pensiones de invalidez 247004 Fondo para pensiones de sobrevivencia 247005 Sistema general de riesgos profesionales 2475 FONDO DE SOLIDARIDAD Y GARANTÍA EN SALUD 247501 Cotizaciones 247502 Solidaridad 247503 Superávit por compensación 247504 Promoción y prevención 247505 Incapacidades 247506 licencias de maternidad 247507 Rendimientos a declarar 247590 Otros ingresos al sistema 2480 ADMINISTRACIÓN Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD 248001 Subsidio a la oferta 248002 Régimen subsidiado 248003 Plan de atención básica 248020 Saldo a favor EPS por compensación 248021 Apoyo cotización madres comunitarias 248022 Atención en salud – FISYGA ECAT 248023 Atención servicios de salud no incluidos en el POS - FOSYGA 2490 OTRAS CUENTAS POR PAGAR 249001 Préstamos a asociados 249003 Vinculados económicos 249004 Cuotas partes pensionales 249005 A socios y accionistas 249007 Cuentas en participación 249009 Al Banco Central por regulación económica 249011 Esquemas de pago 249013 Recursos de acreedores reintegrados por entidades públicas 25 OBLIGACIONES LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL

INTEGRAL 2505 SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 78

250501 Nómina por pagar 250502 Cesantías 250503 Intereses sobre cesantías 250504 Vacaciones 250505 Prima de vacaciones 250506 Prima de servicios 250507 Prima de navidad 250508 Indemnizaciones 250509 Licencias 250510 Prima extralegal 250511 Prima de antigüedad 250512 Bonificaciones 250513 Primas extraordinarias 250514 Prima especial de quinquenio 250590 Otros salarios y prestaciones sociales 2510 PENSIONES POR PAGAR 251001 Pensiones de jubilación patronales 2550 SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD 255001 Contratos de capitación - Contributivo 255002 Contratos por evento- Contributivo 255003 Promoción y prevención- Contributivo 255004 Sistema de garantía y calidad - Contributivo 255005 Reaseguro enfermedades de alto costo - Contributivo 255006 Incapacidades - Contributivo 255007 Contratos de capitación - Subsidiado 255008 Contratos por eventos - Subsidiado 255009 Promoción y prevención- Subsidiado 255010 Sistema de garantía y calidad - Subsidiado 255011 Reaseguro enfermedades de alto costo- Subsidiado 255012 Contratos de capitación - Complementarios 255013 Contratos por eventos - Complementario 255014 Promoción y prevención - Complementario 255015 Sistema de garantía y calidad - Complementario 255016 Reaseguro enfermedades de alto costo - Complementario 255017 Auxilios y servicios funerarios - Complementario 255090 Otros gastos de seguridad social en salud 2560 SEGURIDAD SOCIAL EN RIESGOS PROFESIONALES 256001 Servicio de prevención 256002 Prestaciones asistenciales 256003 Subsidio por incapacidad temporal 256004 Indemnización por incapacidad permanente parcial 256005 Pensión de invalidez 256006 Pensión de sobrevivientes 256007 Auxilio funerario

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 79

256008 Salud ocupacional 256009 Rehabilitación Profesional 256090 Otras obligaciones por riesgos profesionales 2570 SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES 257001 Prestaciones económicas 257002 Pensiones y retroactivos pensionales 257003 Reintegros pensionales 257004 Indemnizaciones sustitutivas 257005 Auxilios funerarios 257090 Otras prestaciones por pagar sistema de pensiones 26 OTROS BONOS Y TÍTULOS EMITIDOS 2625 BONOS PENSIONALES 262501 Cuotas partes de bonos pensionales emitidos 262502 Cuotas partes de bonos pensionales emitidos por amortizar (DB) 262503 Asegurador - Cuotas partes de bonos pensionales emitidos 262504 Asegurador - Cuotas partes de bonos pensionales emitidos por amortizar

(DB) 2630 TÍTULOS EMITIDOS 263001 Títulos de devolución de impuestos – TIDIS 263002 Certificados de reembolso tributario - CERT 263003 Certificados de desarrollo turístico - CDTUR 263090 Otros títulos emitidos 27 PASIVOS ESTIMADOS 2705 PROVISIÓN PARA OBLIGACIONES FISCALES 270501 Impuesto de renta y complementarios 270590 Otras provisiones para obligaciones fiscales 2710 PROVISIÓN PARA CONTINGENCIAS 271005 Litigios o demandas 271006 Obligaciones potenciales 271007 Garantía estatal en el régimen de prima media con prestación definida 271008 Fondos de pensiones 271009 Garantías contractuales 271010 Estimación técnica del riesgo de garantías otorgadas – FNG 271011 Riesgos no asegurados 271090 Otras provisiones para contingencias 2715 PROVISIÓN PARA PRESTACIONES SOCIALES 271501 Cesantías 271502 Intereses sobre cesantías 271503 Vacaciones

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 80

271504 Prima de servicios 271505 Primas extralegales 271506 Prima de vacaciones 271507 Bonificaciones 271508 Prima de antigüedad 271509 Prima de Navidad 271510 Primas extraordinarias 271511 Prima especial de quinquenio 271590 Otras provisiones para prestaciones sociales 2720 PROVISIÓN PARA PENSIONES 272003 Cálculo actuarial de pensiones actuales 272004 Pensiones actuales por amortizar (DB) 272005 Cálculo actuarial de futuras pensiones 272006 Futuras pensiones por amortizar (DB) 272007 Cálculo actuarial de cuotas partes de pensiones 272008 Cuotas partes de pensiones por amortizar (DB) 272009 Asegurador - Cálculo actuarial de pensiones actuales 272010 Asegurador - Pensiones actuales por amortizar (DB) 272011 Asegurador - Cálculo actuarial de futuras pensiones 272012 Asegurador - Futuras pensiones por amortizar (DB) 272013 Asegurador - Cálculo actuarial de cuotas partes de pensiones 272014 Asegurador - Cuotas partes de pensiones por amortizar (DB) 2721 PROVISIÓN PARA BONOS PENSIONALES 272101 Liquidación provisional de cuotas partes de bonos pensionales 272102 Liquidación provisional de cuotas partes de bonos pensionales por amortizar

(DB) 272103 Asegurador - Liquidación provisional de cuotas partes de bonos pensionales 272104 Asegurador - Liquidación provisional de cuotas partes de bonos pensionales

por amortizar (DB) 2725 PROVISIÓN PARA SEGUROS 272501 Indemnizaciones y demandas 272502 Seguros y capitalizaciones 272503 Depósitos de reserva a reaseguradoras 272504 Desviación de siniestralidad 272505 Seguros especiales 272506 Técnica de títulos vigentes 272590 Otras provisiones para seguros 2730 PROVISIÓN FONDO DE GARANTÍAS – FOGAFIN 273001 Siniestros avisados 273002 Riesgos en curso 273003 Capital garantía 2731 PROVISIÓN FONDO DE GARANTÍAS – FOGACOOP

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 81

273101 Siniestros avisados 273102 Riesgos en curso 273103 Capital garantía 2790 PROVISIONES DIVERSAS 279004 Reparaciones y renovaciones 279005 Reposición de activos 279011 Contribuciones 279090 Otras provisiones diversas 29 OTROS PASIVOS 2905 RECAUDOS A FAVOR DE TERCEROS 290501 Regalías y compensaciones monetarias 290502 Impuestos 290503 Ventas por cuenta de terceros 290504 Sobretasa a la gasolina titularizada 290505 Cobro cartera de terceros 290580 Recaudos DTN por clasificar 290590 Otros recaudos a favor de terceros 2910 INGRESOS RECIBIDOS POR ANTICIPADO 291001 Intereses 291002 Comisiones 291004 Rendimientos 291005 Arrendamientos 291006 Honorarios 291007 Ventas 291010 Procesos de titularización nacionales 291011 Procesos de titularización en el exterior 291090 Otros ingresos recibidos por anticipado 2915 CRÉDITOS DIFERIDOS 291501 Crédito por corrección monetaria diferida 291502 Impuestos diferidos 291503 Ingresos diferidos 291504 Precios de contado “spot” de contrato a plazo 291505 Concesión – Telefonía celular 291506 Concesión del espectro electromagnético 291507 Concesión para explotación del suelo y subsuelo 291508 Derechos de explotación monopolio de licores 291509 Ingreso en la constitución de responsabilidades 291590 Otros créditos diferidos 291599 Ajustes por inflación 2917 ANTICIPO DE IMPUESTOS 291701 Anticipo impuesto de renta

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 82

291702 Retención en la fuente renta y complementarios 291703 Retención impuesto al valor agregado -IVA 291704 Retención impuesto de industria y comercio - ICA 2921 OPERACIONES FONDO DE GARANTÍAS - FOGAFIN 292101 Seguro de depósito liquidado por pagar 292102 Sobrantes prima seguro de depósito 292103 Sobrantes prima costo de garantía 2922 OPERACIONES FONDO DE GARANTÍAS - FOGACOOP 292201 Seguro de depósito liquidado por pagar 292202 Sobrantes prima seguro de depósito 2923 RECURSOS EN ENTIDADES NO FINANCIERAS 292301 Depósitos 292302 Rendimientos sobre depósitos 2996 OBLIGACIONES EN INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA 299601 Cuentas por pagar 299602 Financieras 299603 Laborales 299604 Títulos emitidos 299690 Otras obligaciones 3 PATRIMONIO 31 HACIENDA PÚBLICA 3105 CAPITAL FISCAL 310501 Nación 310502 Departamento 310503 Distrito 310504 Municipio 310590 De otras entidades territoriales 3110 RESULTADO DEL EJERCICIO 311001 Excedente del ejercicio 311002 Déficit del ejercicio 311004 Principal y subalterna 3115 SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN 311502 Propiedades, planta y equipo 311503 Bienes de beneficio y uso público 311504 Recursos naturales y del ambiente en conservación 311505 Otros activos 311507 Inversiones en recursos naturales y del ambiente en conservación

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 83

311508 Inversiones en empresas industriales y comerciales del estado del nivel nacional

311509 Inversiones en sociedades de economía mixta del nivel nacional 311510 Inversiones en entidades descentralizadas del gobierno general del nivel

nacional 311511 Inversiones en empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel

nacional 311512 Inversiones en empresas sociales del estado del nivel nacional 311513 Inversiones en empresas de seguridad social del nivel nacional 311514 Inversiones en empresas industriales y comerciales del estado del nivel

departamental 311515 Inversiones en sociedades de economía mixta del nivel departamental 311516 Inversiones en entidades descentralizadas del gobierno general del nivel

departamental 311517 Inversiones en empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel

departamental 311518 Inversiones en empresas sociales del estado del nivel departamental 311519 Inversiones en empresas de seguridad social del nivel departamental 311520 Inversiones en empresas industriales y comerciales del estado del nivel

distrital 311521 Inversiones en sociedades de economía mixta del nivel distrital 311522 Inversiones en entidades descentralizadas del gobierno general del nivel

distrital 311523 Inversiones en empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel

distrital 311524 Inversiones en empresas sociales del estado del nivel distrital 311525 Inversiones en empresas de seguridad social del nivel distrital 311526 Inversiones en empresas industriales y comerciales del estado del nivel

municipal 311527 Inversiones en sociedades de economía mixta del nivel municipal 311528 Inversiones en entidades descentralizadas del gobierno general del nivel

municipal 311529 Inversiones en empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel

municipal 311530 Inversiones en empresas sociales del estado del nivel municipal 311531 Inversiones en empresas de seguridad social del nivel municipal 311532 Inversiones en otras entidades del nivel territorial 311550 Inversiones en entidades del sector solidario 311551 Inversiones en entidades privadas 3117 SUPERÁVIT POR EL MÉTODO DE PARTICIPACIÓN

PATRIMONIAL 311701 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel nacional 311702 En sociedades de economía mixta del nivel nacional 311703 En entidades descentralizadas del gobierno general del nivel nacional 311704 En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel nacional 311705 En empresas sociales del estado del nivel nacional

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 84

311706 En empresas de seguridad social del nivel nacional 311707 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel departamental 311708 En sociedades de economía mixta del nivel departamental 311709 En entidades descentralizadas del gobierno general del nivel departamental 311710 En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel departamental 311711 En empresas sociales del estado del nivel departamental 311712 En empresas de seguridad social del nivel departamental 311713 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel distrital 311714 En sociedades de economía mixta del nivel distrital 311715 En entidades descentralizadas del gobierno general del nivel distrital 311716 En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel distrital 311717 En empresas sociales del estado del nivel distrital 311718 En empresas de seguridad social del nivel distrital 311719 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel municipal 311720 En sociedades de economía mixta del nivel municipal 311721 En entidades descentralizadas del gobierno general del nivel municipal 311722 En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel municipal 311723 En empresas sociales del estado del nivel municipal 311724 En empresas de seguridad social del nivel municipal 311725 En otras entidades del nivel territorial 3120 SUPERÁVIT POR DONACIÓN 312001 En dinero 312002 En especie 312003 En derechos 3125 PATRIMONIO PÚBLICO INCORPORADO 312501 Efectivo 312502 Inversiones 312503 Rentas por cobrar 312504 Deudores 312505 Inventarios 312506 Propiedades, planta y equipo 312507 Bienes de beneficio y uso público 312508 Recursos naturales y del ambiente 312509 Otros activos 312510 Operaciones de crédito público (DB) 312511 Obligaciones financieras (DB) 312512 Cuentas por pagar (DB) 312513 Obligaciones laborales (DB) 312514 Bonos y títulos emitidos (DB) 312515 Pasivos estimados (DB) 312520 Otros pasivos (DB) 3127 DETERIORO POR UTILIZACIÓN DE BIENES DE BENEFICIO Y

USO PÚBLICO (DB) 312701 Vías de comunicación

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 85

312702 Puentes 312703 Túneles 312704 Plazas públicas 312705 Parques recreacionales 312790 Otros bienes de beneficio y uso público 3130 REVALORIZACIÓN HACIENDA PÚBLICA 313001 Capital fiscal 313002 Superávit por donación 313003 Patrimonio público incorporado 3135 AJUSTES POR INFLACIÓN 313504 Inversiones 313505 Inventarios 313506 Propiedades, planta y equipo 313507 Otros activos 313508 Pasivos sujetos(DB) 313509 Patrimonio (DB) 313510 Depreciación acumulada (DB) 313511 Depreciación diferida 313512 Amortización acumulada (DB) 313513 Agotamiento acumulado (DB) 313514 Recursos naturales y del ambiente en explotación 313515 Bienes de beneficio y uso público 32 PATRIMONIO INSTITUCIONAL 3203 APORTES SOCIALES 320301 Cuotas o partes de interés social 3204 CAPITAL SUSCRITO Y PAGADO 320401 Capital autorizado 320402 Capital por suscribir (DB) 320403 Capital suscrito por cobrar (DB) 3206 CAPITAL PARAFISCAL 320601 Capital parafiscal 3208 CAPITAL FISCAL 320801 Capital fiscal 3209 APORTE EN ESPECIE 320901 Aporte de hidrocarburos 3210 PRIMA EN COLOCACIÓN DE ACCIONES, CUOTAS O PARTES

DE INTERÉS SOCIAL 321001 Prima en colocación de acciones

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 86

321002 Prima en colocación de acciones por cobrar (DB) 321003 Prima en colocación de cuotas o partes de interés social 321004 Prima en colocación de cuotas o partes de interés social por cobrar (DB) 3215 RESERVAS 321501 Reservas de ley 321502 Reservas estatutarias 321503 Reservas ocasionales 321504 Reservas para readquisición de acciones y cuotas partes 321505 Fondos patrimoniales 321507 Reserva de resultado cambiario Banco Central 321508 Reserva para fluctuaciones de moneda banca central 321509 Reserva fondo de garantías – FOGAFIN 321510 Reserva fondo de garantías – FOGACOOP 321511 Acciones y cuotas partes propias readquiridas (DB) 321590 Otras reservas 3220 DIVIDENDOS Y PARTICIPACIONES DECRETADOS 322001 Dividendos decretados en acciones 322002 Participaciones decretadas en cuotas o partes de interés social 3224 EXCEDENTES FINANCIEROS DISTRIBUIDOS EN EXCESO

SOBRE UTILIDADES (DB) 322401 excedentes financieros distribuidos en exceso sobre utilidades 3225 RESULTADOS DE EJERCICIOS ANTERIORES 322501 Utilidad o excedentes acumulados 322502 Pérdida o déficit acumulados 322503 Utilidad acumulada por exposición a la inflación 322504 Pérdida acumulada por exposición a la inflación 322505 Principal y subalterna 3226 RESULTADO DE EJERCICIOS ANTERIORES – BANCO DE LA

REPÚBLICA 322601 Utilidad o excedentes acumulados 322602 Pérdida o déficit acumulados 322603 Utilidad acumulada por exposición a la inflación 322604 Pérdida acumulada por exposición a la inflación 3227 RESULTADO DE EJERCICIOS ANTERIORES – FONDOS DE

GARANTÍA 322701 Utilidad o excedentes acumulados 322702 Pérdida o déficit acumulados 322703 Utilidad acumulada por exposición a la inflación 322704 Pérdida acumulada por exposición a la inflación 3230 RESULTADOS DEL EJERCICIO

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 87

323001 Utilidad o excedente del ejercicio 323002 Pérdida o déficit del ejercicio 323003 Utilidad por exposición a la inflación 323004 Pérdida por exposición a la inflación 323005 Principal y subalterna 3231 RESULTADOS DEL EJERCICIO - BANCO DE LA REPÚBLICA 323101 Utilidad o excedente del ejercicio 323102 Pérdida o déficit del ejercicio 323103 Utilidad por exposición a la inflación 323104 Pérdida por exposición a la inflación 3232 RESULTADOS DEL EJERCICIO – FONDOS DE GARANTÍA 323201 Utilidad o excedente del ejercicio 323202 Pérdida o déficit del ejercicio 323203 Utilidad por exposición a la inflación 323204 Pérdida por exposición a la inflación 3235 SUPERÁVIT POR DONACIÓN 323501 En dinero 323502 En especie 323503 En derechos 3237 SUPERÁVIT POR FORMACIÓN DE INTANGIBLES 323701 Crédito mercantil 323702 “Know how” 323790 Otros 3240 SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN 324002 Propiedades, planta y equipo 324003 Bienes de beneficio y uso público 324004 Recursos naturales y del ambiente en conservación 324005 Otros activos 324007 Inversiones en recursos naturales y del ambiente en conservación 324008 Inversiones en empresas industriales y comerciales del estado del nivel

nacional 324009 Inversiones en sociedades de economía mixta del nivel nacional 324010 Inversiones en entidades descentralizadas del gobierno general del nivel

nacional 324011 Inversiones en empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel

nacional 324012 Inversiones en empresas sociales del estado del nivel nacional 324013 Inversiones en empresas de seguridad social del nivel nacional 324014 Inversiones en empresas industriales y comerciales del estado del nivel

departamental 324015 Inversiones en sociedades de economía mixta del nivel departamental 324016 Inversiones en entidades descentralizadas del gobierno general del nivel

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 88

departamental 324017 Inversiones en empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel

departamental 324018 Inversiones en empresas sociales del estado del nivel departamental 324019 Inversiones en empresas de seguridad social del nivel departamental 324020 Inversiones en empresas industriales y comerciales del estado del nivel

distrital 324021 Inversiones en sociedades de economía mixta del nivel distrital 324022 Inversiones en entidades descentralizadas del gobierno general del nivel

distrital 324023 Inversiones en empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel

distrital 324024 Inversiones en empresas sociales del estado del nivel distrital 324025 Inversiones en empresas de seguridad social del nivel distrital 324026 Inversiones en empresas industriales y comerciales del estado del nivel

municipal 324027 Inversiones en sociedades de economía mixta del nivel municipal 324028 Inversiones en entidades descentralizadas del gobierno general del nivel

municipal 324029 Inversiones en empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel

municipal 324030 Inversiones en empresas sociales del estado del nivel municipal 324031 Inversiones en empresas de seguridad social del nivel municipal 324032 Inversiones en otras entidades del nivel territorial 324050 Inversiones en entidades del sector solidario 324051 Inversiones en entidades privadas 3242 SUPERÁVIT BANCO CENTRAL 324201 Liquidación cuenta especial de cambio 324202 Ajuste de cambio reservas internacionales 324203 Por inversión neta en activos de la actividad cultural 3243 SUPERÁVIT POR EL MÉTODO DE PARTICIPACIÓN

PATRIMONIAL 324301 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel nacional 324302 En sociedades de economía mixta del nivel nacional 324303 En entidades descentralizadas del gobierno general del nivel nacional 324304 En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel nacional 324305 En empresas sociales del estado del nivel nacional 324306 En empresas de seguridad social del nivel nacional 324307 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel departamental 324308 En sociedades de economía mixta del nivel departamental 324309 En entidades descentralizadas del gobierno general del nivel departamental 324310 En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel departamental 324311 En empresas sociales del estado del nivel departamental 324312 En empresas de seguridad social del nivel departamental 324313 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel distrital

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 89

324314 En sociedades de economía mixta del nivel distrital 324315 En entidades descentralizadas del gobierno general del nivel distrital 324316 En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel distrital 324317 En empresas sociales del estado del nivel distrital 324318 En empresas de seguridad social del nivel distrital 324319 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel municipal 324320 En sociedades de economía mixta del nivel municipal 324321 En entidades descentralizadas del gobierno general del nivel municipal 324322 En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel municipal 324323 En empresas sociales del estado del nivel municipal 324324 En empresas de seguridad social del nivel municipal 324325 En otras entidades del nivel territorial 3245 REVALORIZACIÓN DEL PATRIMONIO 324501 Capital 324502 Reservas 324503 Prima en colocación de acciones, cuotas o partes de interés social 324504 Donaciones 324505 Utilidad o pérdida de ejercicios anteriores 324506 Dividendos y participaciones decretados 324507 Patrimonio institucional incorporado 324508 Activos en período improductivo 3250 AJUSTES POR INFLACIÓN 325004 Inversiones 325005 Inventarios 325006 Propiedades, planta y equipo 325007 Otros activos 325008 Pasivos sujetos (DB) 325009 Patrimonio (DB) 325010 Depreciación acumulada (DB) 325011 Depreciación diferida 325012 Amortización acumulada (DB) 325013 Agotamiento acumulado (DB) 325014 Recursos naturales y del ambiente en explotación 325015 Bienes de beneficio y uso Público 3255 PATRIMONIO INSTITUCIONAL INCORPORADO 325501 Efectivo 325502 Inversiones 325503 Deudores 325504 Inventarios 325505 Propiedades, planta y equipo 325506 Bienes de beneficio y uso público 325507 Recursos naturales y del ambiente 325508 Otros activos 325509 Obligaciones financieras (DB)

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 90

325510 Cuentas por pagar (DB) 325511 Obligaciones laborales (DB) 325512 Bonos y títulos emitidos (DB) 325513 Pasivos estimados (DB) 325520 Otros pasivos (DB) 3257 DETERIORO POR UTILIZACIÓN DE BIENES DE BENEFICIO Y

USO PÚBLICO (DB) 325701 Vías de comunicación 325702 Puentes 325703 Túneles 325704 Plazas públicas 325705 Parques recreacionales 325790 Otros bienes de beneficio y uso público 4 INGRESOS 41 INGRESOS FISCALES 4105 TRIBUTARIOS 410501 Renta y complementarios 410502 Registro 410503 Aduana y recargos 410504 Impuesto al valor agregado - IVA 410507 Predial unificado 410508 Industria y comercio 410509 Gasolina y ACPM 410510 Pasajes aéreos 410511 Timbre nacional 410512 Timbre sobre consulados en el exterior 410514 Timbre Nacional sobre salidas al exterior 410515 Espectáculos públicos 410519 Delineación urbana, estudios y aprobación de planos 410520 Licencias de funcionamiento 410521 Avisos, tableros y vallas 410522 Consumo de tabaco y cigarrillos nacionales y extranjeros 410523 Consumo de licores y vinos nacionales y extranjeros 410524 Consumo de cerveza nacional y extranjera 410526 Degüello de ganado mayor 410527 Degüello de ganado menor 410528 Impuesto de rifas, apuestas y juegos permitidos 410529 Licencia de urbanismo 410530 Retención en la fuente renta y complementarios 410531 Retención en la fuente Impuesto al valor agregado -IVA 410532 Retención en la fuente impuesto de industria y comercio- ICA 410533 Impuesto sobre vehículos automotores 410534 Sobretasa al predial

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 91

410535 Sobretasa a la gasolina motor 410536 Sobretasa al ACPM 410537 Licencias de construcción 410538 Impuesto sobre transacciones financieras 410539 Impuesto al Oro y Platino 410540 Impuesto sobre armas y munic iones 410541 Impuesto a las ventas por el sistema de clubes 410542 Ocupación de vías 410543 Impuesto por el uso del subsuelo 410544 Extracción de materiales 410545 Alumbrado público 410546 Impuesto a ganadores sorteos ordinarios 410547 Impuesto a ganadores sorteos extraordinarios 410548 Impuesto a foráneas 410549 IVA de licores a productores 410550 IVA de licores a distribuidores 410551 Impuesto a la venta de cerveza 8% 410575 Otros impuestos nacionales 410580 Otros impuestos departamentales 410585 Otros impuestos municipales 410590 Otros impuestos distritales 4110 NO TRIBUTARIOS 411001 Tasas 411002 Multas 411003 Intereses 411004 Sanciones 411005 Contribución especial sobre contratos de obras públicas del orden nacional 411006 Cuotas de valorización por obras nacionales 411007 Contribución especial por explotación y exportación de petróleo crudo, gas

libre, carbón y ferroniquel 411010 Regalías y compensaciones monetarias 411011 Peajes 411012 Valorizaciones 411014 Tarifa pro desarrollo 411015 Inscripciones 411016 Pliegos de licitaciones 411017 Formularios y especies valoradas 411018 Tarifa pro electrificación rural 411021 Concesión sociedades portuarias 411022 Ingresos contraprestación ICEL- CORELCA 411023 Extensión telefonía celular 411024 Concesiones de larga distancia 411025 Participación en el transporte por oleoductos 411026 Tasa sobre minas 411027 Estampillas 411028 Patentes

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 92

411029 Registro de marcas, quemadores y herretes 411030 Tasa por utilización de recursos naturales 411031 Tasa por contaminación de recursos naturales 411032 Publicaciones 411033 Explotación de canteras 411034 Derechos de tránsito 411035 Concesión sistema personalizado de comunicación 411036 Pesas y medidas 411037 Arrendamientos y alquileres 411038 Concesión – Telefonía celular 411039 Concesión del espectro electromagnético 411040 Concesión para explotación del suelo y subsuelo 411041 Contribución para el ICFES 411042 Contribución a superintendencias 411043 Derechos de explotación de otros juegos 411044 Derechos de explotación monopolio de licores 411090 Otros ingresos no tributarios 4114 APORTES Y COTIZACIONES 411401 SENA 411402 ICBF 411403 ESAP 411404 Cotización Pensiones - empleados 4115 RENTAS PARAFISCALES 411503 Cuota de fomento 411506 Rendimiento depósitos judiciales 411517 Fondo de promoción turística 411519 Cuota de contribución cafetera 411520 Fondo de prestaciones sociales del magisterio- Cesantías 411521 Fondo de prestaciones sociales del magisterio- afiliado pensiones 411522 Fondo de prestaciones sociales del magisterio- afiliado salud 411523 Fondo de prestaciones sociales del magisterio- patronales pensiones 411524 Fondo de prestaciones sociales del magisterio- patronales salud 411525 Fondo de prestaciones del magisterio - Rendimiento de inversiones 411526 Fondo de prestaciones del magisterio - Intereses 411590 Otras rentas parafiscales 4120 INGRESOS POR FONDOS ESPECIALES 412001 Contribución a superintendencias 412002 Cuota de fiscalización y auditaje 412003 Contribución para la descentralización 412004 Financiación sector justicia 412005 Fondo de defensa nacional 412006 Producto electrónico de idiomas 412007 Fondos docentes Universidad Militar Nueva Granada 412008 Fondo nacional de estupefacientes - MINSALUD

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 93

412009 Fondos internos Ministerio de Defensa 412010 Fondos internos de la Policía Nacional 412011 Fondo de publicaciones Contraloría 412012 Fondo rotatorio Ministerio de Minas y Energía 412013 Fondo nacional de regalías 412014 Escuelas industriales e institutos técnicos 412015 Junta Central de Contadores 412016 Fondo de solidaridad y garantía en salud 412017 Fondo de solidaridad pensional 412019 U.A.E. minero energética 412020 Departamento Administrativo de la Función Pública 412021 Fondo de riesgos profesionales 412022 Fondo de bienestar social -DIAN 412023 Instituto de estudios del ministerio público 412024 Fondo de bienestar de la contraloría 412025 Fondo de salud de las Fuerzas Militares 412026 Fondo de salud de la Policía Nacional 412027 Fondo de compensación ambiental 412028 Fondo de Pensiones EPSA-CVC 412029 Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución del Ingreso del

Ministerio de Minas 412030 Fondo de Pensiones de las Superintendencias 412031 Unidad Administrativa Especial de Comercio Exterior 412032 Comisión de regulación de telecomunicaciones 412033 Comisión de regulación de energía y gas 412034 Comisión de regulación de agua potable y saneamiento básico 412035 Fondo para la seguridad y convivencia ciudadana 412036 Consejo Nacional Profesional de Ingeniería 412037 Fondo subsidio sobretasa a la gasolina 412090 Otros fondos especiales 4195 DEVOLUCIONES Y DESCUENTOS (DB) 419501 Ingresos tributarios 419502 Ingresos no tributarios 419503 Rentas parafiscales 419504 Ingresos por fondos especiales 419505 Aportes y cotizaciones 42 VENTA DE BIENES 4201 PRODUCTOS AGROPECUARIOS, DE SILVICULTURA Y PESCA 420101 Productos agrícolas 420102 Productos forestales 420103 Productos piscícolas 420104 Semovientes 420190 Otros Productos agropecuarios, de silvicultura y pesca

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 94

4202 PRODUCTOS DE MINAS Y MINERALES 420201 Carbón 420202 Petróleo crudo 420203 Gas natural 420205 Productos de minas y canteras 420206 Sal 420290 Otros productos de minas y minerales 4203 PRODUCTOS ALIMENTICIOS, BEBIDAS Y ALCOHOLES 420301 Licores, bebidas y alcoholes 420302 Productos alimenticios 420390 Otros Productos alimenticios bebidas y alcoholes 4204 PRODUCTOS MANUFACTURADOS 420401 Impresos y publicaciones 420402 Combustibles y otros derivados del petróleo 420403 Lubricantes 420404 Aditivos 420405 Productos químicos 420406 Medicamentos 420407 Medicamentos de uso veterinario 420408 Subproductos y residuos 420409 Productos artesanales 420410 Productos metalúrgicos y de microfundición 420411 Productos bélicos y explosivos 420412 Productos de madera 420413 Productos petroquímicos 420414 Prendas de vestir y calzado 420415 Equipos 420490 Otros productos manufacturados 4206 CONSTRUCCIONES 420601 Edificios y casas 420602 Locales 420603 Bodegas 420690 Otras construcciones 4210 BIENES COMERCIALIZADOS 421002 Terrenos 421003 Construcciones 421004 Impresos y publicaciones 421005 Especies valoradas 421006 Productos agrícolas 421007 Productos forestales 421008 Productos piscícolas 421010 Combustibles y otros derivados del petróleo 421011 Productos químicos

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 95

421012 Semovientes 421013 Lubricantes 421014 Aditivos 421015 Licores, bebidas y alcoholes 421016 Productos artesanales 421017 Productos bélicos y explosivos 421018 Material reactivo 421021 Agua tratada 421022 Petróleo crudo 421023 Gas natural 421024 Productos petroquímicos 421025 Elementos para invidentes 421026 Equipos de comunicación y computación 421027 Aparatos telefónicos e identificadores de llamadas 421028 Medidores de agua, luz y gas 421029 Oro, plata, platino y otros metales adherentes 421060 Medicamentos 421061 Materiales médico - quirúrgicos 421065 Víveres y rancho 421085 Otros productos pecuarios 421090 Otras ventas de bienes comercializados 421098 Bienes declarados a favor de la Nación 4295 DEVOLUCIONES, REBAJAS Y DESCUENTOS EN VENTA DE

BIENES (DB) 429502 Bienes comercializados 429503 Productos agropecuarios, de silvicultura y pesca 429504 Productos de minas y minerales 429505 Productos alimenticios bebidas y alcoholes 429506 Productos manufacturados 429507 Construcciones 43 VENTA DE SERVICIOS 4305 SERVICIOS EDUCATIVOS 430507 Educación formal -Preescolar 430508 Educación formal – Básica primaria 430509 Educación formal – Básica secundaria 430510 Educación formal- Media académica 430511 Educación formal – Media técnica 430512 Educación formal - Superior formación técnica profesional 430513 Educación formal - Superior formación tecnológica 430514 Educación formal - Superior formación profesional 430515 Educación formal- Superior postgrados 430525 Educación no formal - Formación en artes y oficios 430526 Educación no formal - Validación de niveles y grados 430527 Educación no formal - Formación extensiva

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 96

430537 Educación informal - Continuada 430538 Educación informal- Validación para la educación formal 430539 Educación informal- Difusión artística y cultural 430550 Servicios conexos a la educación 4311 ADMINISTRACIÓN DEL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL EN

SALUD 431101 Unidad de pago por capitación régimen contributivo- UPC 431102 Unidad de pago por capitación adicional régimen contributivo -UPC 431103 Cuota moderadora régimen contributivo 431104 Copagos régimen contributivo 431105 Cuotas de inscripción y afiliación régimen contributivo 431106 Unidad de pago por Capitación régimen subsidiado- UPC 431107 Copagos régimen subsidiado 431108 Comisiones administradoras de riesgos profesionales 431109 Prestación de servicios a personas fuera del sistema 431110 Recobros SOAT 431111 Recobros ARP 431112 Recobro de enfermedades alto costo 431113 Recobro a empleadores 431114 Cuotas de inscripción y afiliación a planes complementarios 431190 Otros ingresos por administración del régimen de seguridad social en salud 4312 SERVICIOS DE SALUD 431208 Urgencias - Consulta y procedimientos 431209 Urgencias - Observación 431217 Servicios ambulatorios - Consulta externa y procedimientos 431218 Servicios ambulatorios - Consulta especializada 431219 Servicios ambulatorios - Salud oral 431220 Servicios ambulatorios - Promoción y prevención 431221 Servicios ambulatorios - Otras actividades extramurales 431227 Hospitalización - Estancia general 431228 Hospitalización - Cuidados intensivos 431229 Hospitalización - Cuidados intermedios 431230 Hospitalización - Recién nacidos 431231 Hospitalización - Salud mental 431232 Hospitalización - Quemados 431233 Hospitalización - Otros cuidados especiales 431236 Quirófanos y salas de parto - Quirófanos 431237 Quirófanos y salas de parto - Salas de parto 431246 Apoyo diagnóstico - Laboratorio clínico 431247 Apoyo diagnóstico - Imagenología 431248 Apoyo diagnóstico - Anatomía patológica 431249 Apoyo diagnóstico - Otras unidades de apoyo diagnóstico 431256 Apoyo terapéutico - Rehabilitación y terapias 431257 Apoyo terapéutico - Banco de componentes anatómicos 431258 Apoyo terapéutico - Banco de sangre

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 97

431259 Apoyo terapéutico - Unidad renal 431260 Apoyo terapéutico - Unidad hemodinamia 431261 Apoyo terapéutico - Terapias oncológicas 431262 Apoyo terapéutico - Farmacia e insumos hospitalarios 431263 Apoyo terapéutico - Otras unidades de apoyo terapéutico 431287 Servicios conexos a la salud - Medio ambiente 431288 Servicios conexos a la salud - Ancianatos y albergues 431289 Servicios conexos a la salud - Centros y puestos de salud 431291 Servicios conexos a la salud - Servicios docentes 431292 Servicios conexos a la salud – Investigación Científica 431293 Servicios conexos a la salud - Medicina legal 431294 Servicios conexos a la salud - Servicios de ambulancias 431295 Servicios conexos a la salud – Otros servicios 431298 Margen en la contratación de servicios de salud 4313 ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN

RIESGOS PROFESIONALES 431301 Cotizaciones 431302 Recuperación Cartera 431303 Intereses de mora 431390 Otros ingresos por Administración del sistema 4315 SERVICIO DE ENERGÍA 431502 Instalaciones 431503 Alumbrado público 431505 Reconexiones 431509 Venta a largo plazo o bilaterales 431510 Venta en bolsa y/o corto plazo 431511 Uso de líneas y redes 431512 Por servicio de conexión 431513 Administración de centros de control y despacho 431514 Cargo fijo 431515 Consumo 431516 Consumo sin medición 431590 Otros servicios de energía 4321 SERVICIO DE ACUEDUCTO 432101 Cargo fijo 432102 Consumo 432103 Consumo sin medición 432104 Conexión 432105 Reconexiones 432106 Venta en bloque 432107 Venta de agua cruda 432190 Otros servicios de acueducto 4322 SERVICIO DE ALCANTARILLADO

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 98

432201 Cargo fijo 432202 Consumo 432203 Conexión 432204 Por tratamiento de aguas residuales 432290 Otros servicios de alcantarillado 4323 SERVICIO DE ASEO 432301 Tarifa residencial 432302 Tarifa pequeños productores 432303 Tarifa grandes productores 432304 Venta de productos residuales 432305 Por disposición final 432306 Manejo comercial y financiero del servicio 432390 Otros servicios de aseo 4325 SERVICIO DE GAS COMBUSTIBLE 432502 Instalación 432503 Conexión 432508 Uso de redes del sistema de gas natural 432509 Uso de poliductos y propanoductos (de gas propano) 432510 Por vehículos, tanques gas propano 432511 Fluvial gas propano 432512 Ventas al por mayor por propanoducto 432513 Ventas al por mayor vehículo tanque 432514 Venta en cilindros 432515 Venta en tanques estacionarios 432516 Venta a través de redes locales 432517 Reconexión y reinstalación 432518 Cargo fijo 432519 Consumo 432520 Cargo por distribución 432521 Cargo por conexión 432522 Revisiones internas 432523 Venta en bloque 432590 Otros servicios de gas combustible 4330 SERVICIO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE 433001 Matrículas 433002 Revisión 433003 Calcomanías 433004 Multas 433005 Placas 433006 Traspasos 433007 Licencias de conducción 433008 Derechos de tránsito 433009 Tránsito libre y permisos 433010 Servicio de transporte terrestre

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 99

433011 Servicio de transporte aéreo 433013 Servicios aeroportuarios 433014 Servicios aeronáuticos 433015 Servicio de terminal de transporte terrestre 433016 Servicio de terminal de transporte fluvial o marítimo 433017 Servicio de transporte por oleoductos y poliductos 433090 Otros servicios de tránsito y transporte 4333 SERVICIOS DE COMUNICACIONES 433301 Correo nacional 433302 Correo internacional 433303 Correo aéreo 433304 Comisiones de giro 433305 Radiodifusión sonora 433306 Difusión de televisión 433390 Otros servicios de comunicaciones 4335 SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES 433501 Télex y telégrafos 433508 Licencias 433511 Cargo fijo 433512 Cargo variable nacional 433513 Cargo variable internacional 433514 Aportes de conexión 433515 Reconexión 433516 Reinstalación 433517 Acceso y uso de redes 433518 Acceso a INTERNET 433519 Alquiler de equipos 433520 Teléfonos públicos - red local 433521 Teléfonos públicos- red local extendida 433522 Teléfonos públicos- red local rural 433523 Teléfonos públicos- red larga distancia nacional 433524 Teléfonos públicos- red larga distancia internacional 433525 Teléfonos públicos- redes combinadas 433526 Circuitos dedicados 433527 Pares aislados o domiciliarios 433528 Correo electrónico 433529 Operación conjunta 433530 Participación en directorios 433531 Participación de conectantes internacionales 433533 Retransmisiones 433534 Servicio interzonal roaming 433535 Servicio portador 433536 Facsímil 433537 Teletexto 433539 Video conferencia

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 100

433540 Video texto 433541 Transferencia de datos 433542 Servicios suplementarios 433590 Otros servicios de telecomunicaciones 4340 JUEGOS DE SUERTE Y AZAR 434001 Loterías ordinarias 434002 Apuestas permanentes 434003 Rifas 434004 Sorteos 434005 Juegos en línea 434006 Certificaciones y derechos 434007 Sorteos extraordinarios 434008 Licencias 434090 Otros juegos de suerte y azar 4345 SERVICIOS HOTELEROS Y DE PROMOCIÓN TURÍSTICA 434502 Campamentos 434503 Promoción de vacaciones y recreación 434504 Turismo 434505 Alojamiento 434506 Suministro de alimentos y bebidas 434590 Otros servicios hoteleros 4350 SERVICIOS FINANCIEROS 435001 Intereses y descuento amortizado de inversiones financieras 435004 Intereses y descuento amortizado cartera de créditos – Entidades financieras 435005 Utilidad en negociación y venta de cartera de créditos financieros 435008 Utilidad por compraventa de divisas 435010 Rendimiento por corrección monetaria 435011 Comisiones y honorarios 435012 Servicio de almacenaje 435014 Ingresos operacionales “Leasing” 435015 Intereses sobre préstamos hipotecarios 435020 Administración de cartera 435021 Rendimientos de fondos vendidos ordinarios 435022 Rendimientos de fondos vendidos con compromiso de reventa 435090 Otros ingresos financieros 4353 OPERACIONES DE BANCA CENTRAL 435301 Diferencial cambiario de reservas internacionales 435302 Intereses y rendimiento de reservas internacionales 435303 Moneda emitida y metales preciosos 435304 Comisiones 435307 Intereses y rendimientos 435390 Otras operaciones de Banca Central

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 101

4355 SERVICIOS DE SEGUROS Y REASEGUROS 435501 Primas emitidas 435502 Liberación reserva para siniestros pendientes 435503 Liberación reserva matemática 435504 Liberación reserva de riesgo 435505 Reaseguros 435506 Cambios 435507 Técnica de títulos vigentes 435590 Otros servicios de seguros y reaseguros 4360 SERVICIOS DE DOCUMENTACIÓN E IDENTIFICACIÓN 436001 Certificaciones 436002 Cédulas 436004 Pasaportes 436005 Salvoconductos 436006 Antecedentes y certificaciones 436007 Carnés 436008 Tarjetas profesionales 436090 Otros servicios de documentación e identificación 4370 SERVICIOS INFORMÁTICOS 437001 De procesamiento 437002 De desarrollo e implementación de software 437003 De arrendamiento de equipo y accesorios 437006 Venta de bienes y productos 437090 Otros servicios informáticos 4375 OPERACIONES FONDO DE GARANTÍAS - FOGAFIN 437501 Prima seguro de depósito 437502 Prima costo de garantía 4376 OPERACIONES FONDO DE GARANTÍAS - FOGACOOP 437601 Prima seguro de depósito 4390 OTROS SERVICIOS 439002 Servicios de apoyo industrial 439003 Transferencia de tecnología 439004 Asistencia técnica 439005 Servicios informativos 439006 Servicios de almacenamiento y pesaje 439007 Publicidad 439008 Corporación de abastos 439014 Administración de proyectos 439016 Recreativos, culturales, y deportivos 439017 Servicios de investigación científica y tecnológica 439018 Servicio de matadero

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 102

439019 Intereses sobre garantías por cobrar - FNG 439020 Consulta centrales de riesgo - FNG 439021 Comisiones por garantías otorgadas - FNG 439022 Organización de eventos 439023 Arrendamientos 439090 Otros servicios 4395 DEVOLUCIONES, REBAJAS Y DESCUENTOS EN VENTA DE

SERVICIOS (DB) 439501 Servicios educativos 439503 Servicio de energía 439505 Servicio de gas combustible 439506 Servicio de tránsito y transporte 439507 Servicio de telecomunicaciones 439508 Juegos de suerte y azar 439509 Servicios hoteleros y de promoción turística 439510 Servicios financieros 439511 Servicios de seguros y reaseguros 439512 Servicios de salud 439513 Servicios de documentación e identificación 439514 Servicio de acueducto 439515 Servicio de alcantarillado 439516 Servicio de aseo 439517 Servicios informáticos 439518 Administración del régimen de seguridad social en salud 439519 Servicios de comunicaciones 439520 Operaciones de banca central 439521 Operaciones fondo de garantías – FOGAFIN 439522 Operaciones fondo de garantías – FOGACOOP 439590 Otros servicios 44 TRANSFERENCIAS 4403 CORRIENTES DEL GOBIERNO GENERAL 440301 Nacional – Administración central 440302 Nacional – Administración descentralizada – Establecimientos públicos 440303 Nacional – Administración descentralizada – Empresas sociales del estado 440304 Nacional – Administración descentralizada – Entes autónomos 440305 Nacional – Administración descentralizada – Entes sin fines de lucro 440306 Nacional - Otros entes descentralizados nacionales 440307 Nacional – Empresas de seguridad social 440308 Departamental – Administración central 440309 Departamental – Administración descentralizada – Establecimientos

públicos 440310 Departamental – Administración descentralizada – Empresa sociales del

estado

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 103

440311 Departamental – Administración descentralizada – Entes autónomos 440312 Departamental – Administración descentralizada – Entes sin fines de lucro 440313 Departamental - Otros entes descentralizados departamentales 440314 Departamental – Empresas de seguridad social 440315 Distrital – Administración central 440316 Distrital – Administración descentralizada – Establecimientos públicos 440317 Distrital – Administración descentralizada – Empresas sociales del estado 440318 Distrital – Administración descentralizada – Entes autónomos 440319 Distrital – Administración descentralizada –Entes sin fines de lucro 440320 Distrital - Otros entes descentralizados distritales 440321 Distrital – Empresas de seguridad social 440322 Municipal – Administración central 440323 Municipal – Administración descentralizada – Establecimientos públicos 440324 Municipal – Administración descentralizada – Empresas sociales del estado 440325 Municipal – Administración descentralizada – Entes autónomos 440326 Municipal – Administración descentralizada –Entes sin fines de lucro 440327 Municipal - Otros entes descentralizados municipales 440328 Municipal – Empresas de seguridad social 440329 Del Gobierno general otros niveles territoriales 440390 Otras transferencias corrientes giradas del gobierno general 4404 CORRIENTES DE LAS EMPRESAS 440401 No financieras nacionales – Industriales y comerciales del estado 440402 No financieras nacionales – Sociedades de economía mixta 440403 No financieras nacionales – Servicios públicos domiciliarios 440404 No financieras nacionales - Otras 440405 No financieras departamentales - Industriales y comerciales del estado 440406 No financieras departamentales – Sociedades de economía mixta 440407 No financieras departamentales – Servicios públicos domiciliarios 440408 No financieras departamentales - Otras 440409 No financieras distritales - Industriales y comerciales del estado 440410 No financieras distritales – Sociedades de economía mixta 440411 No financieras distritales – Servicios públicos domiciliarios 440412 No financieras distritales - Otras 440413 No financieras municipales - Industriales y comerciales del estado 440414 No financieras municipales – Sociedades de economía mixta 440415 No financieras municipales – Servicios públicos domiciliarios 440416 No financieras municipales – Otras 440417 Financieras nacionales 440418 Financieras departamentales 440419 Financieras distritales 440420 Financieras municipales 440490 Otras Transferencias corrientes recibidas de las empresas 4407 SITUADO FISCAL 440705 Para el sector educación departamental 440706 Para el sector educación distrital

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 104

440707 Para el sector educación municipal 440708 Para el sector salud departamental 440709 Para el sector salud distrital 440710 Para el sector salud municipal 4411 DE CAPITAL DEL GOBIERNO GENERAL 441101 Nacional – Administración central 441102 Nacional – Administración descentralizada – Establecimientos públicos 441103 Nacional – Administración descentralizada – Empresas sociales del estado 441104 Nacional – Administración descentralizada – Entes autónomos 441105 Nacional – Administración descentralizada – Entes sin fines de lucro 441106 Nacional - Otros entes descentralizados nacionales 441107 Nacional – Empresas de seguridad social 441108 Departamental – Administración central 441109 Departamental – Administración descentralizada – Establecimientos

públicos 441110 Departamental – Administración descentralizada – Empresa sociales del

estado 441111 Departamental – Administración descentralizada – Entes autónomos 441112 Departamental – Administración descentralizada – Entes sin fines de lucro 441113 Departamental - Otros entes descentralizados departamentales 441114 Departamental – Empresas de seguridad social 441115 Distrital – Administración central 441116 Distrital – Administración descentralizada – Establecimientos públicos 441117 Distrital – Administración descentralizada – Empresas sociales del estado 441118 Distrital – Administración descentralizada – Entes autónomos 441119 Distrital – Administración descentralizada –Entes sin fines de lucro 441120 Distrital - Otros entes descentralizados distritales 441121 Distrital – Empresas de seguridad social 441122 Municipal – Administración central 441123 Municipal – Administración descentralizada – Establecimientos públicos 441124 Municipal – Administración descentralizada – Empresas sociales del estado 441125 Municipal – Administración descentralizada – Entes autónomos 441126 Municipal – Administración descentralizada –Entes sin fines de lucro 441127 Municipal - Otros entes descentralizados municipales 441128 Municipal – Empresas de seguridad social 441129 Del Gobierno general otros niveles territoriales 441190 Otras transferencias de capital recibidas del gobierno general 4412 DE CAPITAL DE LAS EMPRESAS 441201 No financieras nacionales – Industriales y comerciales del estado 441202 No financieras nacionales – Sociedades de economía mixta 441203 No financieras nacionales – Servicios públicos domiciliarios 441204 No financieras nacionales - Otras 441205 No financieras departamentales - Industriales y comerciales del estado 441206 No financieras departamentales – Sociedades de economía mixta 441207 No financieras departamentales – Servicios públicos domiciliarios

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 105

441208 No financieras departamentales - Otras 441209 No financieras distritales - Industriales y comerciales del estado 441210 No financieras distritales – Sociedades de economía mixta 441211 No financieras distritales – Servicios públicos domiciliarios 441212 No financieras distritales - Otras 441213 No financieras municipales - Industriales y comerciales del estado 441214 No financieras municipales – Sociedades de economía mixta 441215 No financieras municipales – Servicios públicos domiciliarios 441216 No financieras municipales – Otras 441217 Financieras nacionales 441218 Financieras departamentales 441219 Financieras distritales 441220 Financieras municipales 441290 Otras Transferencias de capital recibidas de las empresas 4419 POR PARTICIPACIÓN EN LOS INGRESOS CORRIENTES DE LA

NACIÓN 441901 Municipios 441990 Otros entes territoriales 4421 DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD 442101 FOSYGA - Solidaridad 442102 FOSYGA - ECAT 442103 FOSYGA - Promoción de la salud 45 RECURSOS DE LOS FONDOS DE LAS ENTIDADES

ADMINISTRADORAS DE PENSIONES 4501 COTIZACIONES 450101 Patronales 450102 Laborales 450103 Independientes 4502 RECUPERACIÓN DE CARTERA 450201 Recuperación de cartera 4503 DEVOLUCIÓN DE APORTES DE LA AFP 450301 Patronales 450302 Laborales 450303 Independientes 4504 INTERESES DE MORA 450401 Cotizaciones 450402 Cuotas partes de bonos pensionales 450403 Cuotas partes de pensiones 450404 Cartera

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 106

4505 REINTEGROS PENSIONALES 450501 Reintegros pensionales 4506 CONVALIDACIÓN PENSIONAL 450601 Patronales 450602 Laborales 4507 RECONOCIMIENTO DE SEMANAS 450701 Patronales 450702 Laborales 4508 CONMUTACIÓN PENSIONAL 450801 Conmutación pensional 4509 CUOTAS PARTES DE BONOS PENSIONALES 450901 Cuotas partes de bonos pensionales 4510 CUOTAS PARTES DE PENSIONES 451001 Cuotas partes de pensiones 47 OPERACIONES INTERINSTITUCIONALES 4705 APORTES Y TRASPASO DE FONDOS RECIBIDOS 470501 Gastos de personal 470502 Gastos generales 470503 Servicio deuda interna 470504 Servicio deuda externa 470505 Programas de inversión 470506 Transferencias corrientes 470507 Transferencias de Capital 470590 Otros 4720 OPERACIONES DE ENLACE CON SITUACIÓN DE FONDOS 472001 Ingresos tributarios 472002 Ingresos no tributarios 472003 Recursos del crédito externo 472004 Recursos del crédito interno 472005 Otros recursos de capital 472006 Rentas parafiscales 472007 Fondos especiales 472008 Créditos otorgados por la Nación 472010 Ingresos extraordinarios 472080 Recaudos DTN por clasificar 472090 Otras operaciones de enlace

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 107

4722 OPERACIONES DE ENLACE SIN SITUACIÓN DE FONDOS 472201 Cruce de cuentas 472203 Cuota de auditaje 472204 Distribución de excedentes 472205 Desembolso de crédito externo no monetizado 472206 Contribución para el ICFES 472290 Otras operaciones de enlace sin situación de fondos 4725 OPERACIONES DE TRASPASO DE BIENES, DERECHOS Y

OBLIGACIONES 472501 Bienes recibidos 472502 Derechos recibidos 472503 Obligaciones transferidas 48 OTROS INGRESOS 4805 FINANCIEROS 480504 Intereses y rendimientos de deudores 480507 Rendimiento por reajuste monetario 480512 Intereses por financiación usuarios 480513 Recargo por mora 480519 Intereses garantías otorgadas 480520 Comisiones garantías otorgadas 480521 Rendimiento sobre depósitos Judiciales 480522 Intereses sobre depósitos 480523 Intereses y rendimientos sobre acuerdos de pago 480524 Intereses y rendimientos sobre créditos presupuestarios 480525 Intereses y rendimientos sobre créditos de tesorería 480526 Participaciones 480527 Dividendos 480528 Comisiones sobre acuerdos de pago 480529 Comisiones sobre créditos presupuestarios 480530 Comisiones sobre créditos de tesorería 480531 Prima amortizada de bonos y títulos colocados en el país de largo plazo 480532 Prima amortizada de bonos y títulos colocados en el exterior de largo plazo 480533 Prima amortizada de bonos y títulos colocados en el país de corto plazo 480534 Prima amortizada de bonos y títulos colocados en el exterior de corto plazo 480535 Rendimientos sobre depósitos en administración 480536 Rendimientos encargos fiduciarios pensiones 480537 Comisiones sobre depósitos en administración 480538 Rendimientos de fondos vendidos ordinarios 480539 Rendimientos de fondos vendidos con compromiso de reventa 480540 Utilidad por valoración a precios de mercado de las inversiones de renta

variable - Sector financiero 480541 Utilidad por valoración a precios de mercado de las inversiones de renta

variable - INFIS 480542 Utilidad por valoración a precios de mercado de las inversiones de renta

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 108

variable- Entidades públicas 480543 Utilidad por valoración a precios de mercado de las inversiones de renta

variable – Entidades del exterior 480544 Utilidad por valoración a precios de mercado de las inversiones de renta

variable - Otras 480545 Utilidad por valoración a precios de mercado de las inversiones de renta fija

- Sector financiero 480546 Utilidad por valoración a precios de mercado de las inversiones de renta fija

- INFIS 480547 Utilidad por valoración a precios de mercado de las inversiones de renta fija

- Entidades públicas 480548 Utilidad por valoración a precios de mercado de las inversiones de renta fija

– Entidades del exterior 480549 Utilidad por valoración a precios de mercado de las inversiones de renta fija

- Otras 480550 Utilidad en negociación y venta de inversiones de renta variable - Sector

financiero 480551 Utilidad en negociación y venta de inversiones de renta variable - INFIS 480552 Utilidad en negociación y venta de inversiones de renta variable- Entidades

públicas 480553 Utilidad en negociación y venta de inversiones de renta variable – Entidades

del exterior 480554 Utilidad en negociación y venta de inversiones de renta variable - Otras 480555 Utilidad en negociación y venta de inversiones de renta fija - Sector

financiero 480556 Utilidad en negociación y venta de inversiones de renta fija - INFIS 480557 Utilidad en negociación y venta de inversiones de renta fija - Entidades

públicas 480558 Utilidad en negociación y venta de inversiones de renta fija – Entidades del

exterior 480559 Utilidad en negociación y venta de inversiones de renta fija - Otras 480560 Rendimientos de préstamos concedidos - Entidades financieras de depósito 480561 Rendimientos de préstamos concedidos - Entidades financieras de no

depósito 480562 Rendimientos de créditos concedidos - INFIS 480563 Rendimientos de préstamos concedidos - Otras entidades 480564 Cartera de créditos - entidades no financieras 480565 Rendimientos de inversiones actualizadas con base en la TIR - Sector

financiero 480566 Rendimientos de inversiones actualizadas con base en la TIR - INFIS 480567 Rendimientos de inversiones actualizadas con base en la TIR - Entidades

públicas 480568 Rendimientos de inversiones actualizadas con base en la TIR - Entidades del

exterior 480569 Rendimientos de inversiones actualizadas con base en la TIR - Otras 480570 Rendimientos préstamos gubernamentales 480590 Otros ingresos financieros

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 109

4806 AJUSTE POR DIFERENCIA EN CAMBIO 480601 Efectivo 480602 Deudores 480603 Fondos vendidos con compromiso de reventa 480609 Préstamos gubernamentales obtenidos de corto plazo 480610 Préstamos gubernamentales obtenidos de largo plazo 480611 Obligaciones financieras de créditos obtenidos 480612 Adquisición de bienes y servicios nacionales 480613 Adquisición de bienes y servicios del exterior 480614 Deuda pública interna de corto plazo – Banco central 480615 Deuda pública interna de corto plazo – Sector financiero 480616 Deuda pública interna de corto plazo – Crédito de proveedores 480617 Deuda pública interna de corto plazo - INFIS 480618 Deuda pública interna de corto plazo - Otras 480619 Deuda pública interna de corto plazo – Bonos y títulos emitidos 480620 Deuda pública interna de largo plazo – Banco central 480621 Deuda pública interna de largo plazo – Sector financiero 480622 Deuda pública interna de largo plazo – Crédito de proveedores 480623 Deuda pública interna de largo plazo - INFIS 480624 Deuda pública interna de largo plazo - Otras 480625 Deuda pública interna de largo plazo – Bonos y títulos emitidos 480626 Deuda pública externa de corto plazo – sistema financiero externo 480627 Deuda pública externa de corto plazo – Gobiernos 480628 Deuda pública externa de corto plazo – Otras 480629 Deuda pública externa de corto plazo – Bonos y títulos emitidos 480630 Deuda pública externa de largo plazo – sistema financiero externo 480631 Deuda pública externa de largo plazo – Gobiernos 480632 Deuda pública externa de largo plazo – Otras 480633 Deuda pública externa de largo plazo – Bonos y títulos emitidos 480634 Operaciones de banca central y entidades financieras 480690 Otros ajustes por diferencia en cambio 4807 UTILIDAD POR EL MÉTODO DE PARTICIPACIÓN

PATRIMONIAL 480701 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel nacional 480702 En sociedades de economía mixta del nivel nacional 480703 En entidades descentralizadas del gobierno general del nivel nacional 480704 En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel nacional 480705 En empresas sociales del estado del nivel nacional 480706 En empresas de seguridad social del nivel nacional 480707 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel departamental 480708 En sociedades de economía mixta del nivel departamental 480709 En entidades descentralizadas del gobierno general del nivel departamental 480710 En empresas de servicios públicos domic iliarios del nivel departamental 480711 En empresas sociales del estado del nivel departamental 480712 En empresas de seguridad social del nivel departamental

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 110

480713 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel distrital 480714 En sociedades de economía mixta del nivel distrital 480715 En entidades descentralizadas del gobierno general del nivel distrital 480716 En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel distrital 480717 En empresas sociales del estado del nivel distrital 480718 En empresas de seguridad social del nivel distrital 480719 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel municipal 480720 En sociedades de economía mixta del nivel municipal 480721 En entidades descentralizadas del gobierno general del nivel municipal 480722 En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel municipal 480723 En empresas sociales del estado del nivel municipal 480724 En empresas de seguridad social del nivel municipal 480725 En otras entidades del nivel territorial 4810 EXTRAORDINARIOS 481004 Honorarios y comisiones 481006 Arrendamientos 481007 Sobrantes 481008 Recuperaciones 481009 Alimentación empleados 481010 Propaganda 481011 Publicidad 481012 Publicaciones 481014 Servicio médico 481017 Venta de pliegos 481018 Servicios 481019 Nacimientos de semovientes y especies menores 481020 Parqueaderos 481022 Donaciones 481023 Reintegros vigencias anteriores 481024 Bienes declarados a favor de la Nación 481029 Cuotas partes de pensiones 481030 Cuotas partes de bonos pensionales 481031 Utilidad en venta de terrenos 481032 Utilidad en venta de propiedades planta y equipo 481033 Utilidad en venta de intangibles 481034 Excedentes financieros de empresas 481035 Excedentes financieros de establecimientos públicos 481036 Utilidad por operaciones de regulación económica de Banca Central 481037 Excedentes financieros de otros entes públicos 481038 Indemnizaciones compañías de seguros 481039 Indemnizaciones de otros sectores 481040 Venta de material de reciclaje e inservible 481041 Títulos prescritos 481042 Intereses sobre sentencias y conciliaciones 481043 Utilidad en titularización de activos 481044 Obligaciones condonadas

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 111

481089 Bienes recibidos para proyectos especiales 481090 Otros ingresos extraordinarios 4815 AJUSTE DE EJERCICIOS ANTERIORES 481506 Tributarios 481507 No tributarios 481508 Aportes y cotizaciones 481509 Rentas parafiscales 481510 Ingresos por fondos especiales 481511 Productos agropecuarios, de silvicultura y pesca 481512 Productos de minas y minerales 481513 Productos alimenticios bebidas y alcoholes 481514 Productos manufacturados 481515 Construcciones 481516 Bienes comercializados 481517 Servicios educativos 481518 Administración del régimen de seguridad social en salud 481519 Servicio de salud 481520 Servicio de energía 481521 Servicio de acueducto 481522 Servicio de alcantarillado 481523 Servicio de aseo 481524 Servicio de gas combustible 481525 Servicio de tránsito y transporte 481527 Juegos de suerte y azar 481528 Servicios hoteleros y de promoción turística 481529 Servicios financieros 481530 Servicios de seguros y reaseguros 481531 Servicio de documentación e identificación 481532 Servicios informáticos 481533 Otros servicios 481536 Recursos de los fondos de las entidades administradoras 481537 Financieros 481538 Extraordinarios 481539 Transferencias corrientes del gobierno general 481540 Transferencias corrientes de las empresas 481541 Situado fiscal 481542 Transferencias de capital del gobierno general 481543 Transferencias de capital de las empresas 481544 Por participación en los ingresos corrientes de la Nación 481545 Servicio de comunicaciones 481546 Servicio de telecomunicaciones 481547 Administración del régimen de seguridad social en riesgos profesionales 481548 Operaciones de banca central 481549 Operaciones fondo de garantía - FOGAFIN 481550 Operaciones fondo de garantía – FOGACOOP 481551 Ajuste por diferencia en cambio

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 112

481552 Utilidad por el método de participación patrimonial 49 AJUSTES POR INFLACIÓN 4905 CORRECCIÓN MONETARIA 490507 Inversiones 490509 Propiedades, planta y equipo 490510 Otros activos 490511 Pasivos sujetos (DB) 490512 Patrimonio (DB) 490513 Depreciación acumulada (DB) 490514 Depreciación diferida 490515 Amortización acumulada (DB) 490516 Agotamiento acumulado (DB) 490521 Recursos naturales y del ambiente en explotación 490522 Bienes de beneficio y uso público 5 GASTOS 51 ADMINISTRACIÓN 5101 SUELDOS Y SALARIOS 510101 Sueldos del personal 510102 Jornales 510103 Horas extras y festivos 510105 Gastos de representación 510106 Remuneración servicios técnicos 510107 Personal supernumerario 510108 Sueldo por comisiones al exterior 510109 Honorarios 510110 Prima técnica 510111 Prima de dirección 510112 Prima especial de servicios 510113 Prima de vacaciones 510114 Prima de navidad 510115 Primas extralegales 510116 Primas extraordinarias 510117 Vacaciones 510118 Bonificación especial de recreación 510119 Bonificaciones 510121 Prima por costo de vida 510123 Auxilio de transporte 510124 Cesantías 510125 Intereses a las cesantías 510130 Capacitación, bienestar social y estímulos 510131 Dotación y suministro a trabajadores 510133 Gastos deportivos y de recreación

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 113

510145 Salario integral 510146 Contratos de personal temporal 510147 Viáticos 510148 Gastos de viaje 510149 Comisiones 510150 Bonificación por servicios prestados 510151 Estímulo a la eficiencia 510152 Prima de servicios 510153 Prima de actividad 510155 Remuneración electoral 510156 Prima de coordinación 510157 Partida de alimentación soldados y orden público 510158 Prima de instalación y alojamiento en el exterior 510159 Subsidio de vivienda 510160 Subsidio de alimentación 510161 Prima especial de quinquenio 510162 Subsidio de carestía 510163 Aportes a fondos mutuos de inversión 510190 Otros sueldos y salarios 5102 CONTRIBUCIONES IMPUTADAS 510201 Incapacidades 510202 Subsidio familiar 510203 Indemnizaciones 510204 Gastos médicos y drogas 510205 Auxilio y servicios funerarios 510206 Pensiones de jubilación 510207 Cuotas partes de pensiones de jubilación 510208 Indemnizaciones sustitutivas 510209 Amortización cálculo actuarial pensiones actuales 510210 Amortización cálculo actuarial de futuras pensiones 510211 Amortización cálculo actuarial de cuotas partes de pensiones 510212 Amortización de la liquidación provisional de cuotas partes de bonos

pensionales 510213 Amortización de cuotas partes de bonos pensionales emitidos 510214 Cuotas partes de bonos pensionales emitidos 510215 Subsidio por dependiente 510290 Otras contribuciones imputadas 5103 CONTRIBUCIONES EFECTIVAS 510301 Seguros de vida 510302 Aportes a cajas de compensación familiar 510303 Cotizaciones a seguridad social en salud 510304 Aportes sindicales 510305 Cotizaciones a riesgos profesionales 510306 Cotizaciones a entidades administradoras del régimen de prima media 510307 Cotizaciones a entidades administradoras del régimen de ahorro individual

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 114

510308 Medicina prepagada 510390 Otras contribuciones efectivas 5104 APORTES SOBRE LA NÓMINA 510401 Aportes al ICBF 510402 Aportes al SENA 510403 Aportes ESAP 510404 Aportes a escuelas industriales e institutos técnicos 5111 GENERALES 511101 Moldes y troqueles 511102 Material quirúrgico 511103 Elementos de lencería y ropería 511104 Loza y cristalería 511105 Gastos de organización y puesta en marcha 511106 Estudios y proyectos 511107 Gastos de exploración 511109 Gastos de desarrollo 511110 Gastos de asociación 511111 Comisiones, honorarios y servicios 511112 Obras y mejoras en propiedad ajena 511113 Vigilancia y seguridad 511114 Materiales y suministros 511115 Mantenimiento 511116 Reparaciones 511117 Servicios públicos 511118 Arrendamiento 511119 Viáticos y gastos de viaje 511120 Publicidad y propaganda 511121 Impresos, publicaciones, suscripciones y afiliaciones 511122 Fotocopias 511123 Comunicaciones y transporte 511124 Gastos de ventas 511125 Seguros generales 511126 Imprevistos 511127 Promoción y divulgación 511128 Capacitación docente 511129 Prótesis y aparatos ortopédicos 511130 Alimentación escolar 511131 Materiales de educación 511132 Diseños y estudios 511133 Seguridad industrial 511134 Asistencia técnica agropecuaria 511135 Mantenimiento de caminos vecinales 511136 Implementos deportivos 511137 Eventos culturales 511138 Reubicación de asentamientos

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 115

511139 Participaciones y compensaciones 511140 Contratos de administración 511141 Sostenimiento de semovientes 511142 Gastos de operación aduanera 511143 Gastos reservados 511144 Apoyo a operaciones militares y de policía 511145 Defensa de la hacienda pública 511146 Combustibles y lubricantes 511147 Servicios portuarios y aeroportuarios 511148 Servicio de reclutamiento 511149 Servicios de aseo, cafetería, restaurante y lavandería 511150 Procesamiento de información 511151 Gastos por control de calidad 511152 Consulta centrales de riesgo 511153 Cesión de derechos de televisión 511154 Organización de eventos 511155 Elementos de aseo, lavandería y cafetería 511156 Bodegaje 511157 Concursos y licitaciones 511158 Videos 511159 Licencias y salvoconductos 511160 Margen en la contratación servicios de salud 511190 Otros gastos generales 5120 IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS 512001 Predial unificado 512002 Cuota de fiscalización y auditaje 512003 Contribución sobre transacciones financieras 512004 Contribución a las superintendencias 512005 Contribución a las comisiones de regulación 512006 Valorización 512007 Multas 512008 Sanciones 512009 Industria y comercio 512010 Tasas 512011 Impuesto sobre vehículos automotores 512012 Registro 512013 Regalías y compensaciones monetarias 512014 Tasa por utilización de recursos naturales 512015 Tasa por contaminación de recursos naturales 512016 Contribución para el ICFES 512017 Intereses de mora 512090 Otros impuestos y contribuciones 52 DE OPERACIÓN 5202 SUELDOS Y SALARIOS

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 116

520201 Sueldos del personal 520202 Jornales 520203 Horas extras y festivos 520204 Gastos de representación 520205 Remuneración servicios técnicos 520206 Personal supernumerario 520207 Sueldo por comisiones al exterior 520208 Honorarios 520209 Prima técnica 520210 Prima de dirección 520211 Prima especial de servicios 520212 Prima de vacaciones 520213 Prima de Navidad 520214 Primas extralegales 520215 Primas extraordinarias 520216 Vacaciones 520217 Bonificación especial de recreación 520218 Bonificaciones 520219 Prima por costo de vida 520220 Auxilio de transporte 520221 Cesantías 520222 Intereses a las cesantías 520223 Capacitación, bienestar social y estímulos 520224 Dotación y suministro a trabajadores 520225 Gastos deportivos y de recreación 520226 Salario integral 520227 Contratos de personal temporal 520228 Viáticos 520229 Gastos de viaje 520230 Comisiones 520231 Bonificación por servicios prestados 520232 Estímulo a la eficiencia 520233 Prima de servicios 520234 Prima de actividad 520235 Remuneración electoral 520236 Prima de coordinación 520237 Partida de alimentación soldados y orden público 520238 Prima de instalación y alojamiento en el exterior 520239 Subsidio de vivienda 520240 Subsidio de alimentación 520241 Prima especial de quinquenio 520242 Subsidio de carestía 520243 Aportes a fondos mutuos de inversión 520290 Otros sueldos y salarios 5203 CONTRIBUCIONES IMPUTADAS

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 117

520301 Incapacidades 520302 Subsidio familiar 520303 Indemnizaciones 520304 Gastos médicos y drogas 520305 Auxilio y servicios funerarios 520306 Pensiones de jubilación 520307 Cuotas partes de pensiones de jubilación 520308 Indemnizaciones sustitutivas 520309 Amortización cálculo actuarial pensiones actuales 520310 Amortización cálculo actuarial de futuras pensiones 520311 Amortización cálculo actuarial de cuotas partes de pensiones 520312 Amortización de la liquidación provisional de cuotas partes de bonos

pensionales 520313 Amortización de cuotas partes de bonos pensionales emitidos 520314 Cuotas partes de bonos pensionales emitidos 520315 Subsidio por dependiente 520390 Otras contribuciones imputadas 5204 CONTRIBUCIONES EFECTIVAS 520401 Seguros de vida 520402 Aportes a cajas de compensación familiar 520403 Cotizaciones a seguridad social en salud 520404 Aportes sindicales 520405 Cotizaciones a riesgos profesionales 520406 Cotizaciones a entidades administradoras del régimen de prima media 520407 Cotizaciones a entidades administradoras del régimen de ahorro individual 520408 Medicina prepagada 520490 Otras contribuciones efectivas 5207 APORTES SOBRE LA NÓMINA 520701 Aportes al ICBF 520702 Aportes al SENA 520703 Aportes ESAP 520704 Aportes a escuelas industriales e institutos técnico 5211 GENERALES 521101 Moldes y troqueles 521102 Material quirúrgico 521103 Elementos de lencería y ropería 521104 Loza y cristalería 521105 Gastos de organización y puesta en marcha 521106 Estudios y proyectos 521107 Gastos de desarrollo 521108 Gastos de asociación 521109 Comisiones, honorarios y servicios 521110 Obras y mejoras en propiedad ajena

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 118

521111 Vigilancia y seguridad 521112 Materiales y suministros 521113 Mantenimiento 521114 Reparaciones 521115 Servicios públicos 521116 Arrendamiento 521117 Viáticos y gastos de viaje 521118 Publicidad y propaganda 521119 Impresos, publicaciones, suscripciones y afiliaciones 521120 Fotocopias 521121 Comunicaciones y transporte 521122 Gastos de ventas 521123 Seguros generales 521124 Imprevistos 521125 Promoción y divulgación 521126 Capacitación docente 521127 Prótesis y aparatos ortopédicos 521128 Alimentación escolar 521129 Materiales de educación 521130 Diseños y estudios 521131 Seguridad industrial 521132 Asistencia técnica agropecuaria 521133 Mantenimiento de caminos vecinales 521134 Implementos deportivos 521135 Eventos culturales 521136 Reubicación de asentamientos 521137 Participaciones y compensaciones 521138 Contratos de administración 521139 Sostenimiento de semovientes 521140 Gastos de operación aduanera 521141 Gastos reservados 521142 Apoyo a operaciones militares y de policía 521143 Defensa de la hacienda pública 521144 Combustibles y lubricantes 521145 Servicios portuarios y aeroportuarios 521146 Servicio de reclutamiento 521147 Servicios de aseo, cafetería, restaurante y lavandería 521148 Procesamiento de información 521149 Gastos por control de calidad 521150 Consulta centrales de riesgo 521151 Cesión de derechos de televisión 521152 Organización de eventos 521153 Elementos de aseo, lavandería y cafetería 521154 Bodegaje 521155 Concursos y licitaciones 521156 Videos 521157 Licencias y salvoconductos

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 119

521158 Gastos de exploración 521190 Otros gastos generales 5220 IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS 522001 Predial unificado 522002 Cuota de fiscalización y auditaje 522003 Contribución sobre transacciones financieras 522004 Contribución a las superintendencias 522005 Contribución a las comisiones de regulación 522006 Valorización 522007 Multas 522008 Sanciones 522009 Industria y comercio 522010 Tasas 522011 Impuesto sobre vehículos automotores 522012 Registro 522013 Regalías y compensaciones monetarias 522014 Tasa por utilización de recursos naturales 522015 Tasa por contaminación de recursos naturales 522016 Contribución para el ICFES 522017 Intereses de mora 522090 Otros impuestos y contribuciones 53 PROVISIONES, AGOTAMIENTO, DEPRECIACIONES Y

AMORTIZACIONES 5302 PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE INVERSIONES 530201 Renta fija no negociables 530203 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel nacional 530204 En sociedades de economía mixta del nivel nacional 530205 En entidades descentralizadas del gobierno general del nivel nacional 530206 En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel nacional 530207 En empresas sociales del estado del nivel nacional 530208 En empresas de seguridad social del nivel nacional 530209 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel departamental 530210 En sociedades de economía mixta del nivel departamental 530211 En entidades descentralizadas del gobierno general del nivel departamental 530212 En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel departamental 530213 En empresas sociales del estado del nivel departamental 530214 En empresas de seguridad social del nivel departamental 530215 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel distrital 530216 En sociedades de economía mixta del nivel distrital 530217 En entidades descentralizadas del gobierno general del nivel distrital 530218 En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel distrital 530219 En empresas sociales del estado del nivel distrital 530220 En empresas de seguridad social del nivel distrital

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 120

530221 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel municipal 530222 En sociedades de economía mixta del nivel municipal 530223 En entidades descentralizadas del gobierno general del nivel municipal 530224 En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel municipal 530225 En empresas sociales del estado del nivel municipal 530226 En empresas de seguridad social del nivel municipal 530227 En otras entidades del nivel territorial 530250 En entidades del sector solidario 530251 En entidades privadas 5303 PROVISIÓN PARA RENTAS POR COBRAR 530301 Vigencia anterior 530302 Difícil recaudo 530303 Vigencia actual 5304 PROVISIÓN PARA DEUDORES 530401 Ingresos no tributarios 530402 Aportes y cotizaciones 530403 Rentas parafiscales 530404 Venta de bienes 530405 Prestación de servicios 530406 Servicios públicos 530407 Servicios de salud 530408 Administración del sistema de seguridad social en salud 530409 Préstamos concedidos 530410 Deudas de difícil cobro 530411 Administración del sistema de seguridad social en pensiones 530412 Administración del sistema de seguridad social en riesgos profesionales 530490 Otros deudores 5306 PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE INVENTARIOS 530601 Bienes producidos 530602 Mercancías en existencia 530603 Materias primas 530604 Envases y empaques 530605 Materiales para la producción de bienes 530606 Materiales para la prestación de servicios 530607 Inventarios en poder de terceros 5307 PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE PROPIEDADES, PLANTA Y

EQUIPO 530701 Terrenos 530702 Semovientes 530703 Construcciones en curso 530704 Maquinaria, planta y equipo en montaje 530705 Edificaciones 530706 Plantas, ductos y túneles

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 121

530707 Redes, líneas y cables 530708 Maquinaria y equipo 530709 Equipo médico y científico 530710 Muebles, enseres y equipo de oficina 530711 Equipos de comunicación y computación 530712 Equipo de transporte, tracción y elevación 530713 Equipo de comedor, cocina, despensa y hotelería 530714 Plantaciones agrícolas perennes 530721 Propiedades, planta y equipo en mantenimiento 5308 PROVISIÓN BIENES RECIBIDOS EN DACIÓN DE PAGO 530801 Muebles 530802 Inmuebles 530803 Acciones 530804 Participaciones 530890 Otros bienes recibidos en dación de pago 5309 PROVISIÓN PARA RESPONSABILIDADES 530901 Responsabilidades fiscales 530902 Responsabilidades en proceso – Internas 530903 Responsabilidades en proceso – Autoridad competente 5311 PROVISIÓN BIENES DE ARTE Y CULTURA 531101 Obras de arte 531103 Bienes de culto 531104 Joyas 531105 Elementos de museo 531106 Elementos musicales 531107 Libros y publicaciones de investigación y consulta 531190 Otros bienes de arte y cultura 5312 PROVISIÓN PARA BIENES Y DERECHOS EN INVESTIGACIÓN

ADMINISTRATIVA 531201 Bancos y corporaciones 531202 Inversiones 531203 Deudores 531204 Propiedades planta y equipo 531290 Otros bienes y derechos en investigación administrativa 5313 PROVISIÓN PARA OBLIGACIONES FISCALES 531301 Impuesto de renta y complementarios 531390 Otras provisiones para obligaciones fiscales 5314 PROVISIÓN PARA CONTINGENCIAS 531401 Litigios o demandas 531402 Obligaciones potenciales 531403 Garantía estatal en el régimen de prima media con prestación definida

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 122

531404 Fondos de pensiones 531405 Garantías contractuales 531406 Estimación técnica del riesgo de garantías otorgadas – FNG 531407 Riesgos no asegurados 531490 Otras provisiones para contingencias 5317 PROVISIONES DIVERSAS 531704 Reparaciones y renovaciones 531705 Reposición de activos 531706 Contribuciones 531790 Otras provisiones diversas 5318 PROVISIÓN FONDO DE GARANTÍA – FOGAFIN 531801 Riesgos en curso 531802 Capital garantía 5319 PROVISIÓN FONDO DE GARANTÍA – FOGACOOP 531901 Riesgos en curso 531902 Capital garantía 5321 AGOTAMIENTO 532101 Minas 532102 Canteras 532103 Yacimientos 532104 Pozos artesianos 532105 Aire 532106 Agua 532107 Suelo y subsuelo 5330 DEPRECIACIÓN DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO 533001 Edificaciones 533002 Plantas, ductos y túneles 533003 Redes, líneas y cables 533004 Maquinaria y equipo 533005 Equipo médico y científico 533006 Muebles, enseres y equipo de oficina 533007 Equipo de comunicación y computación 533008 Equipo de transporte, tracción y elevación 533009 Equipo de comedor, cocina, despensa y hotelería 5331 DEPRECIACIÓN DE BIENES ADQUIRIDOS EN “LEASING

FINANCIERO” 533101 Inmuebles 533102 Maquinaria 533103 Equipo 533104 Muebles y enseres 533190 Otros activos

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 123

5340 AMORTIZACIÓN DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO 534001 Semovientes 534002 Vías de comunicación y acceso internas 534003 Plantaciones agrícolas perennes 5342 AMORTIZACIÓN DE INVERSIONES EN RECURSOS NATURALES

RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN 534201 Aire 534202 Agua 534203 Suelo y subsuelo 534204 Flora y fauna 5343 AMORTIZACIÓN DE INVERSIONES EN RECURSOS NATURALES

NO RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN 534301 Minas 534302 Canteras 534303 Yacimientos 534304 Pozos artesianos 534390 Otros recursos naturales no renovables 5344 AMORTIZACIÓN DE BIENES ENTREGADOS A TERCEROS 534401 Bienes muebles entregados en administración 534402 Bienes inmuebles entregados en administración 534403 Bienes muebles entregados en “Leasing” 534404 Bienes inmuebles entregados en “Leasing” 534405 Bienes muebles en comodato 534406 Bienes inmuebles en comodato 534407 Bienes muebles entregados en encargo fiduciario 534408 Bienes inmuebles entregados en encargo fiduciario 534409 Bienes muebles entregados en contratos de asociación 534410 Bienes inmuebles entregados en contratos de asociación 534490 Otros bienes entregados a terceros 5345 AMORTIZACIÓN DE INTANGIBLES 534501 Crédito mercantil 534502 Marcas 534503 Patentes 534504 Concesiones y franquicias 534505 Derechos 534506 “Know how” 534507 Licencias 534508 “Software” 534509 Servidumbres 534590 Otros intangibles 54 TRANSFERENCIAS

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 124

5401 POR CONVENIOS CON EL SECTOR PRIVADO 540102 Programas con el sector financiero 540103 Programas con el sector no financiero bajo control nacional 540104 Programas con el sector no financiero bajo control extranjero 540105 Programas con entidades sin fines de lucro que sirven a los hogares 540106 Programas con los hogares 540190 Otros programas 5403 CORRIENTES AL GOBIERNO GENERAL 540301 Nacional – Administración central 540302 Nacional – Administración descentralizada – Establecimientos públicos 540303 Nacional – Administración descentralizada – Empresas sociales del estado 540304 Nacional – Administración descentralizada – Entes autónomos 540305 Nacional – Administración descentralizada – Entes sin fines de lucro 540306 Nacional - Otros entes descentralizados nacionales 540307 Nacional – Empresas de seguridad social 540308 Departamental – Administración central 540309 Departamental – Administración descentralizada – Establecimientos

públicos 540310 Departamental – Administración descentralizada – Empresa sociales del

estado 540311 Departamental – Administración descentralizada – Entes autónomos 540312 Departamental – Administración descentralizada – Entes sin fines de lucro 540313 Departamental - Otros entes descentralizados departamentales 540314 Departamental – Empresas de seguridad social 540315 Distrital – Administración central 540316 Distrital – Administración descentralizada – Establecimientos públicos 540317 Distrital – Administración descentralizada – Empresas sociales del estado 540318 Distrital – Administración descentralizada – Entes autónomos 540319 Distrital – Administración descentralizada –Entes sin fines de lucro 540320 Distrital - Otros entes descentralizados distritales 540321 Distrital – Empresas de seguridad social 540322 Municipal – Administración central 540323 Municipal – Administración descentralizada – Establecimientos públicos 540324 Municipal – Administración descentralizada – Empresas sociales del estado 540325 Municipal – Administración descentralizada – Entes autónomos 540326 Municipal – Administración descentralizada –Entes sin fines de lucro 540327 Municipal - Otros entes descentralizados municipales 540328 Municipal – Empresas de seguridad social 540329 Al Gobierno general otros niveles territoriales 540390 Otras transferencias corrientes giradas al gobierno general 5404 CORRIENTES A LAS EMPRESAS 540401 No financieras nacionales – Industriales y comerciales del estado 540402 No financieras nacionales – Sociedades de economía mixta 540403 No financieras nacionales – Servicios públicos domiciliarios

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 125

540404 No financieras nacionales - Otras 540405 No financieras departamentales - Industriales y comerciales del estado 540406 No financieras departamentales – Sociedades de economía mixta 540407 No financieras departamentales – Servicios públicos domiciliarios 540408 No financieras departamentales - Otras 540409 No financieras distritales - Industriales y comerciales del estado 540410 No financieras distritales – Sociedades de economía mixta 540411 No financieras distritales – Servicios públicos domiciliarios 540412 No financieras distritales - Otras 540413 No financieras municipales - Industriales y comerciales del estado 540414 No financieras municipales – Sociedades de economía mixta 540415 No financieras municipales – Servicios públicos domiciliarios 540416 No financieras municipales – Otras 540417 Financieras nacionales 540418 Financieras departamentales 540419 Financieras distritales 540420 Financieras municipales 540490 Otras Transferencias corrientes giradas a las empresas 5407 SITUADO FISCAL 540705 Al sector educación departamental 540706 Al sector educación distrital 540707 Al sector educación municipal 540708 Al sector salud departamental 540709 Al sector salud distrital 540710 Al sector salud municipal 5411 DE CAPITAL AL GOBIERNO GENERAL 541101 Nacional – Administración central 541102 Nacional – Administración descentralizada – Establecimientos públicos 541103 Nacional – Administración descentralizada – Empresas sociales del estado 541104 Nacional – Administración descentralizada – Entes autónomos 541105 Nacional – Administración descentralizada – Entes sin fines de lucro 541106 Nacional - Otros entes descentralizados nacionales 541107 Nacional – Empresas de seguridad social 541108 Departamental – Administración central 541109 Departamental – Administración descentralizada – Establecimientos

públicos 541110 Departamental – Administración descentralizada – Empresa sociales del

estado 541111 Departamental – Administración descentralizada – Entes autónomos 541112 Departamental – Administración descentralizada – Entes sin fines de lucro 541113 Departamental - Otros entes descentralizados departamentales 541114 Departamental – Empresas de seguridad social 541115 Distrital – Administración central 541116 Distrital – Administración descentralizada – Establecimientos públicos 541117 Distrital – Administración descentralizada – Empresas sociales del estado

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 126

541118 Distrital – Administración descentralizada – Entes autónomos 541119 Distrital – Administración descentralizada –Entes sin fines de lucro 541120 Distrital - Otros entes descentralizados distritales 541121 Distrital – Empresas de seguridad social 541122 Municipal – Administración central 541123 Municipal – Administración descentralizada – Establecimientos públicos 541124 Municipal – Administración descentralizada – Empresas sociales del estado 541125 Municipal – Administración descentralizada – Entes autónomos 541126 Municipal – Administración descentralizada –Entes sin fines de lucro 541127 Municipal - Otros entes descentralizados municipales 541128 Municipal – Empresas de seguridad social 541129 Del Gobierno general otros niveles territoriales 541190 Otras transferencias de capital giradas del gobierno general 5412 DE CAPITAL A LAS EMPRESAS 541201 No financieras nacionales – Industriales y comerciales del estado 541202 No financieras nacionales – Sociedades de economía mixta 541203 No financieras nacionales – Servicios públicos domiciliarios 541204 No financieras nacionales - Otras 541205 No financieras departamentales - Industriales y comerciales del estado 541206 No financieras departamentales – Sociedades de economía mixta 541207 No financieras departamentales – Servicios públicos domiciliarios 541208 No financieras departamentales - Otras 541209 No financieras distritales - Industriales y comerciales del estado 541210 No financieras distritales – Sociedades de economía mixta 541211 No financieras distritales – Servicios públicos domiciliarios 541212 No financieras distritales - Otras 541213 No financieras municipales - Industriales y comerciales del estado 541214 No financieras municipales – Sociedades de economía mixta 541215 No financieras municipales – Servicios públicos domiciliarios 541216 No financieras municipales – Otras 541217 Financieras nacionales 541218 Financieras departamentales 541219 Financieras distritales 541220 Financieras municipales 541290 Otras Transferencias de capital giradas a las empresas 5417 TRANSFERENCIAS GIRADAS AL EXTERIOR 541701 A gobiernos 541702 A organismos internacionales 541790 Otras transferencias al exterior 5419 PARTICIPACIÓN EN LOS INGRESOS CORRIENTES DE LA

NACIÓN 541901 Municipios 541990 Otros entes territoriales

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 127

5421 PARA EL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN

SALUD 542101 FOSYGA - Solidaridad 542102 FOSYGA - ECAT 542103 FOSYGA - Promoción de la salud 55 GASTO PÚBLICO SOCIAL 5501 EDUCACIÓN 550101 Sueldos y salarios 550102 Contribuciones imputadas 550103 Contribuciones efectivas 550104 Aportes sobre la nómina 550105 Generales 550106 Asignación de bienes y servicios 5502 SALUD 550201 Sueldos y salarios 550202 Contribuciones imputadas 550203 Contribuciones efectivas 550204 Aportes sobre la nómina 550205 Generales 550206 Asignación de bienes y servicios 550207 Condonación servicios de salud a vinculados 550208 Subsidio a la oferta 550209 Plan de atención básica 550210 Régimen subsidiado 550211 Fortalecimiento institucional para la prestación de servicios de salud 550212 FOSYGA – Compensación 550213 FOSYGA – Promoción de la salud 550214 FOSYGA – Solidaridad 550215 FOSIGA - ECAT 5503 AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÀSICO 550301 Sueldos y salarios 550302 Contribuciones imputadas 550303 Contribuciones efectivas 550304 Aportes sobre la nómina 550305 Generales 550306 Asignación de bienes y servicios 5504 VIVIENDA 550401 Sueldos y salarios 550402 Contribuciones imputadas 550403 Contribuciones efectivas 550404 Aportes sobre la nómina

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 128

550405 Generales 550406 Asignación de bienes y servicios 5505 RECREACIÓN Y DEPORTE 550501 Sueldos y salarios 550502 Contribuciones imputadas 550503 Contribuciones efectivas 550504 Aportes sobre la nómina 550505 Generales 550506 Asignación de bienes y servicios 5506 CULTURA 550601 Sueldos y salarios 550602 Contribuciones imputadas 550603 Contribuciones efectivas 550604 Aportes sobre la nómina 550605 Generales 550606 Asignación de bienes y servicios 5507 DESARROLLO COMUNITARIO Y BIENESTAR SOCIAL 550701 Sueldos y salarios 550702 Contribuciones imputadas 550703 Contribuciones efectivas 550704 Aportes sobre la nómina 550705 Generales 550706 Asignación de bienes y servicios 5550 SUBSDIDIOS ASIGNADOS 555001 Para vivienda 555002 Para educación 555003 Para asistencia social 555004 Para atención en salud 555005 Para compra de tierra 555006 Para de distritos de riego 555007 Para centros de conciliación y comisarias 555008 Servicio de energía 555009 Servicio de Acueducto 555010 Servicio de alcantarillado 555011 Servicio de aseo 555012 Servicio de gas combustible 555013 Servicio de telecomunicaciones 555014 Al deporte 555015 Al transporte, consumo e importación de combustible 555090 Otros subsidios 56 GASTO DE INVERSION SOCIAL

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 129

5601 SALUD 560101 Sueldos y salarios 560102 Contribuciones imputadas 560103 Contribuciones efectivas 560104 Aportes sobre la nómina 560105 Generales 560106 Asignación de bienes y servicios 5602 EDUCACIÓN, ARTE Y CULTURA Y RECREACIÓN Y DEPORTE 560201 Sueldos y salarios 560202 Contribuciones imputadas 560203 Contribuciones efectivas 560204 Aportes sobre la nómina 560205 Generales 560206 Asignación de bienes y servicios 5603 MEDIO AMBIENTE, AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO 560301 Sueldos y salarios 560302 Contribuciones imputadas 560303 Contribuciones efectivas 560304 Aportes sobre la nómina 560305 Generales 560306 Asignación de bienes y servicios 5604 VIVIENDA 560401 Sueldos y salarios 560402 Contribuciones imputadas 560403 Contribuciones efectivas 560404 Aportes sobre la nómina 560405 Generales 560406 Asignación de bienes y servicios 5605 DESARROLLO COMUNITARIO, EQUIPAMIENTO Y

PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE DESASTRES 560501 Sueldos y salarios 560502 Contribuciones imputadas 560503 Contribuciones efectivas 560504 Aportes sobre la nómina 560505 Generales 560506 Asignación de bienes y servicios 5606 JUSTICIA, DEFENSA Y SEGURIDAD 560601 Sueldos y salarios 560602 Contribuciones imputadas 560603 Contribuciones efectivas 560604 Aportes sobre la nómina 560605 Generales

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 130

560606 Asignación de bienes y servicios 5607 DESARROLLO AGROPECUARIO, INDUSTRIAL, COMERCIAL Y

TURÍSTICO 560701 Sueldos y salarios 560702 Contribuciones imputadas 560703 Contribuciones efectivas 560704 Aportes sobre la nómina 560705 Generales 560706 Asignación de bienes y servicios 5608 TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 560801 Sueldos y salarios 560802 Contribuciones imputadas 560803 Contribuciones efectivas 560804 Aportes sobre la nómina 560805 Generales 560806 Asignación de bienes y servicios 5609 COMUNICACIÓN, TRANSPORTE E INFRAESTRUCTURA VIAL 560901 Sueldos y salarios 560902 Contribuciones imputadas 560903 Contribuciones efectivas 560904 Aportes sobre la nómina 560905 Generales 560906 Asignación de bienes y servicios 5610 ENERGÉTICO Y MINERO 561001 Sueldos y salarios 561002 Contribuciones imputadas 561003 Contribuciones efectivas 561004 Aportes sobre la nómina 561005 Generales 561006 Asignación de bienes y servicios 5611 GOBIERNO, PLANEACIÓN Y DESARROLLO INSTITUCIONAL 561101 Sueldos y salarios 561102 Contribuciones imputadas 561103 Contribuciones efectivas 561104 Aportes sobre la nómina 561105 Generales 561106 Asignación de bienes y servicios 5612 CIENCIA Y TECNOLOGÍA 561201 Sueldos y salarios 561202 Contribuciones imputadas 561203 Contribuciones efectivas

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 131

561204 Aportes sobre la nómina 561205 Generales 561206 Asignación de bienes y servicios 57 OPERACIONES INTERINSTITUCIONALES 5705 APORTES Y TRASPASO DE FONDOS GIRADOS 570501 Gastos de personal 570502 Gastos generales 570503 Servicio deuda interna 570504 Servicio deuda externa 570505 Programas de inversión 570506 Transferencias corrientes 570507 Transferencias de capital 570590 Otros 5720 OPERACIONES DE ENLACE CON SITUACIÓN DE FONDOS 572001 Ingresos tributarios 572002 Ingresos no tributarios 572003 Recursos del crédito externo 572004 Recursos del crédito interno 572005 Otros recursos de capital 572006 Rentas parafiscales 572007 Fondos especiales 572008 Créditos otorgados por la Nación 572010 De ingresos extraordinarios 572080 Recaudos DTN por clasificar 572090 Otras operaciones de enlace 5722 OPERACIONES DE ENLACE SIN SITUACIÓN DE FONDOS 572201 Cruce de cuentas 572203 Cuota de auditaje 572204 Distribución de excedentes 572205 Desembolso de crédito externo no monetizado 572206 Contribución para el ICFES 572290 Otras operaciones de enlace sin situación de fondos 5725 OPERACIONES DE TRASPASO DE BIENES, DERECHOS Y

OBLIGACIONES 572501 Bienes transferidos 572502 Derechos transferidos 572503 Obligaciones recibidas 58 OTROS GASTOS 5801 INTERESES

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 132

580104 Préstamos gubernamentales de corto plazo 580105 Préstamos gubernamentales de largo plazo 580106 Obligaciones financieras por administración de liquidez 580107 Obligaciones financieras de créditos obtenidos 580108 Fondos adquiridos con compromiso de recompra 580109 Créditos judiciales 580110 Adquisición de bienes y servicios 580111 Intereses sobre garantías por pagar – FNG 580112 Deuda pública interna de corto plazo – Banco central 580113 Deuda pública interna de corto plazo – Sector financiero 580114 Deuda pública interna de corto plazo – Crédito de proveedores 580115 Deuda pública interna de corto plazo - INFIS 580116 Deuda pública interna de corto plazo - Otras 580117 Deuda pública interna de corto plazo – Bonos y títulos emitidos 580118 Deuda pública interna de largo plazo – Banco central 580119 Deuda pública interna de largo plazo – Sector financiero 580120 Deuda pública interna de largo plazo – Crédito de proveedores 580121 Deuda pública interna de largo plazo - INFIS 580122 Deuda pública interna de largo plazo - Otras 580123 Deuda pública interna de largo plazo – Bonos y títulos emitidos 580124 Deuda pública externa de corto plazo – Sistema financiero externo 580125 Deuda pública externa de corto plazo – Gobiernos 580126 Deuda pública externa de corto plazo – Otras 580127 Deuda pública externa de corto plazo – Bonos y títulos emitidos 580128 Deuda pública externa de largo plazo – Sistema financiero externo 580129 Deuda pública externa de largo plazo – Gobiernos 580130 Deuda pública externa de largo plazo – Otras 580131 Deuda pública externa de largo plazo – Bonos y títulos emitidos 580132 Intereses sobre captaciones de entidades no financieras 580190 Otros intereses 5802 COMISIONES 580204 Préstamos gubernamentales de corto plazo 580205 Préstamos gubernamentales de largo plazo 580206 Adquisición de bienes y servicios 580207 Deuda pública interna de corto plazo – Banco central 580208 Deuda pública interna de corto plazo – Sector financiero 580209 Deuda pública interna de corto plazo – Crédito de proveedores 580210 Deuda pública interna de corto plazo - INFIS 580211 Deuda pública interna de corto plazo - Otras 580212 Deuda pública interna de corto plazo – Bonos y títulos emitidos 580213 Deuda pública interna de largo plazo – Banco central 580214 Deuda pública interna de largo plazo – Sector financiero 580215 Deuda pública interna de largo plazo – Crédito de proveedores 580216 Deuda pública interna de largo plazo - INFIS 580217 Deuda pública interna de largo plazo - Otras 580218 Deuda pública interna de largo plazo – Bonos y títulos emitidos

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 133

580219 Deuda pública externa de corto plazo – Sistema financiero externo 580220 Deuda pública externa de corto plazo – Gobiernos 580221 Deuda pública externa de corto plazo – Otras 580222 Deuda pública externa de corto plazo – Bonos y títulos emitidos 580223 Deuda pública externa de largo plazo – Sistema financiero externo 580224 Deuda pública externa de largo plazo – Gobiernos 580225 Deuda pública externa de largo plazo – Otras 580226 Deuda pública externa de largo plazo – Bonos y títulos emitidos 580290 Otras comisiones 5803 AJUSTE POR DIFERENCIA EN CAMBIO 580301 Efectivo 580302 Deudores 580303 Fondos adquiridos con compromiso de recompra 580309 Préstamos gubernamentales de corto plazo 580310 Préstamos gubernamentales de largo plazo 580311 Obligaciones financieras de créditos obtenidos 580312 Adquisición de bienes y servicios nacionales 580313 Adquisición de bienes y servicios del exterior 580314 Deuda pública interna de corto plazo – Banco central 580315 Deuda pública interna de corto plazo – Sector financiero 580316 Deuda pública interna de corto plazo – Crédito de proveedores 580317 Deuda pública interna de corto plazo - INFIS 580318 Deuda pública interna de corto plazo - Otras 580319 Deuda pública interna de corto plazo – Bonos y títulos emitidos 580320 Deuda pública interna de largo plazo – Banco central 580321 Deuda pública interna de largo plazo – Sector financiero 580322 Deuda pública interna de largo plazo – Crédito de proveedores 580323 Deuda pública interna de largo plazo - INFIS 580324 Deuda pública interna de largo plazo - Otras 580325 Deuda pública interna de largo plazo – Bonos y títulos emitidos 580326 Deuda pública externa de corto plazo – Sistema financiero externo 580327 Deuda pública externa de corto plazo – Gobiernos 580328 Deuda pública externa de corto plazo – Otras 580329 Deuda pública externa de corto plazo – Bonos y títulos emitidos 580330 Deuda pública externa de largo plazo – Sistema financiero externo 580331 Deuda pública externa de largo plazo – Gobiernos 580332 Deuda pública externa de largo plazo – Otras 580333 Deuda pública externa de largo plazo – Bonos y títulos emitidos 580334 Operaciones de banca central y entidades financieras 580390 Otros ajustes por diferencia en cambio 5805 FINANCIEROS 580512 Gastos financieros por reajuste monetario 580525 Sostenimiento en bolsa y registro 580526 Administración de fiducia 580527 Administración y emisión de títulos valores

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 134

580530 Descuento amortizado de bonos y títulos colocados en el país de largo plazo 580531 Descuento amortizado de bonos y títulos colocados en el exterior de largo

plazo 580532 Descuento amortizado de bonos y títulos colocados en el país de corto plazo 580533 Descuento amortizado de bonos y títulos colocados en el exterior de corto

plazo 580534 Intereses sobre depósitos en administración 580535 Comisiones sobre depósitos en administración 580536 Comisiones y otros gastos bancarios 580537 Pérdida por valoración a precios de mercado de las inversiones de renta

variable - Sector financiero 580538 Pérdida por valoración a precios de mercado de las inversiones de renta

variable - INFIS 580539 Pérdida por valoración a precios de mercado de las inversiones de renta

variable- Entidades públicas 580540 Pérdida por valoración a precios de mercado de las inversiones de renta

variable – Entidades del exterior 580541 Pérdida por valoración a precios de mercado de las inversiones de renta

variable - Otras 580542 Pérdida por valoración a precios de mercado de las inversiones de renta fija -

Sector financiero 580543 Pérdida por valoración a precios de mercado de las inversiones de renta fija -

INFIS 580544 Pérdida por valoración a precios de mercado de las inversiones de renta fija -

Entidades públicas 580545 Pérdida por valoración a precios de mercado de las inversiones de renta fija

– Entidades del exterior 580546 Pérdida por valoración a precios de mercado de las inversiones de renta fija -

Otras 580547 Pérdida en negociación y venta de inversiones de renta variable - Sector

financiero 580548 Pérdida en negociación y venta de inversiones de renta variable - INFIS 580549 Pérdida en negociación y venta de inversiones de renta variable- Entidades

públicas 580550 Pérdida en negociación y venta de inversiones de renta variable – Entidades

del exterior 580551 Pérdida en negociación y venta de inversiones de renta variable - Otras 580552 Pérdida en negociación y venta de inversiones de renta fija - Sector

financiero 580553 Pérdida en negociación y venta de inversiones de renta fija - INFIS 580554 Pérdida en negociación y venta de inversiones de renta fija - Entidades

públicas 580555 Pérdida en negociación y venta de inversiones de renta fija – Entidades del

exterior 580556 Pérdida en negociación y venta de inversiones de renta fija - Otras 580557 Seguros operaciones financieras 580590 Otros gastos financieros

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 135

5806 PÉRDIDA POR EL MÉTODO DE LA PARTICIPACIÓN

PATRIMONIAL 580601 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel nacional 580602 En sociedades de economía mixta del nivel nacional 580603 En entidades descentralizadas del gobierno general del nivel nacional 580604 En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel nacional 580605 En empresas sociales del estado del nivel nacional 580606 En empresas de seguridad social del nivel nacional 580607 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel departamental 580608 En sociedades de economía mixta del nivel departamental 580609 En entidades descentralizadas del gobierno general del nivel departamental 580610 En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel departamental 580611 En empresas sociales del estado del nivel departamental 580612 En empresas de seguridad social del nivel departamental 580613 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel distrital 580614 En sociedades de economía mixta del nivel distrital 580615 En entidades descentralizadas del gobierno general del nivel distrital 580616 En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel distrital 580617 En empresas sociales del estado del nivel distrital 580618 En empresas de seguridad social del nivel distrital 580619 En empresas industriales y comerciales del estado del nivel municipal 580620 En sociedades de economía mixta del nivel municipal 580621 En entidades descentralizadas del gobierno general del nivel municipal 580622 En empresas de servicios públicos domiciliarios del nivel municipal 580623 En empresas sociales del estado del nivel municipal 580624 En empresas de seguridad social del nivel municipal 580625 En otras entidades del nivel territorial 5810 EXTRAORDINARIOS 581003 Ajustes o mermas sin responsabilidad 581004 Donaciones 581005 Gastos legales 581006 Pérdidas en siniestros 581007 Bienes declarados a favor de la Nación 581010 Pérdida en escisiones 581027 Pérdida en recursos naturales renovables en conservación 581028 Pérdida en venta de terrenos 581029 Pérdida en venta de propiedad planta y equipo 581030 Pérdida en venta de intangibles 581031 Pérdida por operaciones de regulación económica de Banca central 581032 Intereses sobre sentencias y conciliaciones 581033 Pérdida en baja de propiedades planta y equipo 581034 Pérdida en baja de otros activos 581035 Pérdida en titularización de activos 581036 Incentivos tributarios 581037 Derechos condonados

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 136

581038 Reconocimiento deuda ley 546/99 581089 Bienes transferidos para proyectos especiales 581090 Otros gastos extraordinarios 5815 AJUSTE DE EJERCICIOS ANTERIORES 581506 Sueldos y salarios 581507 Contribuciones imputadas 581508 Contribuciones efectivas 581509 Aportes sobre la nómina 581510 Gastos generales 581511 Impuestos, contribuciones y tasas 581515 Subsidios asignados 581516 Gastos financieros 581517 Intereses 581518 Comisiones 581519 Diferencia en cambio 581520 Extraordinarios 581523 Pérdida por el método de participación patrimonial 581524 Provisión de inversiones patrimoniales, método participación patrimonial 581525 Provisión para protección de inversiones 581526 Provisiones de rentas por cobrar 581527 Provisiones para deudores 581528 Provisión de inventarios 581529 Provisión de propiedades, planta y equipo 581530 Provisión de bienes recibidos en dación de pago 581531 Provisión para responsabilidades 581532 Provisión para bienes de arte y cultura 581533 Provisión para bienes y derechos en investigación administrativa 581535 Provisión para contingencias 581537 Provisiones diversas 581538 Agotamiento 581539 Depreciación de edificaciones 581540 Depreciación de plantas, ductos y túneles 581541 Depreciación de redes líneas y cables 581542 Depreciación de maquinaria y equipo 581543 Depreciación de equipo médico y científico 581544 Depreciación de muebles, enseres y equipo de oficina 581545 Depreciación de equipo de comunicación y computación 581546 Depreciación de equipo de transporte, tracción y elevación 581547 Depreciación de equipo de comedor, cocina, despensa y hotelería 581548 Depreciación de inmuebles adquiridos en leasing 581549 Depreciación de maquinaria adquirida en leasing 581550 Depreciación de muebles y enseres adquiridos en leasing 581551 Depreciación de otros bienes adquiridos en leasing 581552 Amortización de propiedades, planta y equipo 581553 Amortización de bienes de beneficio y uso público 581554 Amortización de inversiones en recursos naturales renovables en explotación

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 137

581555 Amortización de inversiones en recursos naturales no renovables en explotación

581556 Amortización de bienes entregados a terceros 581557 Amortización de intangibles 581558 Transferencias por convenios con el sector privado 581559 Transferencias corrientes al gobierno general 581560 Transferencias corrientes a las empresas 581561 Situado fiscal 581562 Transferencias de capital al gobierno general 581563 Transferencias de capital a las empresas 581564 Transferencias giradas al exterior 581565 Participación en los ingresos corrientes de la Nación 581566 Gasto social en educación 581567 Gasto social en salud 581568 Gasto social en agua potable y saneamiento básico 581569 Gasto social en vivienda 581570 Gasto social en recreación y deporte 581571 Gasto social en cultura 581572 Gasto social en desarrollo comunitario y bienestar social 581573 Provisión fondo de garantía - FOGAFIN 581574 Provisión fondo de garantía - FOGACOOP 581575 Gasto de inversión social - Salud 581576 Gasto de inversión social - Educación, arte y cultura y recreación y deporte 581577 Gasto de inversión social - Medio ambiente, agua potable y saneamiento

básico 581578 Gasto de inversión social - Vivienda 581579 Gasto de inversión social - Desarrollo comunitario, equipamiento y

prevención y atención de desastres 581580 Gasto de inversión social - Justicia, defensa y seguridad 581581 Gasto de inversión social - Desarrollo agropecuario, industrial, comercial y

turístico 581582 Gasto de inversión social - Trabajo y seguridad social 581583 Gasto de inversión social - Comunicación, transporte e infraestructura vial 581584 Gasto de inversión social - Energético y minero 581585 Gasto de inversión social - Gobierno, planeación y desarrollo institucional 581586 Gasto de inversión social - Ciencia y tecnología 5897 COSTOS Y GASTOS POR DISTRIBUIR 589701 Bienes producidos 589702 Servicios educativos 589704 Servicios de salud 589705 Servicios de energía 589706 Servicio de acueducto 589707 Servicio de alcantarillado 589708 Servicio de aseo 589709 Servicio de gas combustible 589710 Servicio de transporte

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 138

589711 Servicio de telecomunicaciones 589713 Servicios hoteleros y de promoción turística 589716 Servicios de documentación e identificación 589717 Servicios informáticos 589718 Servicios recreativos culturales y deportivos 589719 Servicios de apoyo industrial 589720 Servicios de comunicaciones 589721 Servicios de investigación científica y tecnológica 589722 Servicio de matadero 589790 Otros servicios 5899 GASTOS ASIGNADOS A COSTOS DE PRODUCCIÓN Y/O A

SERVICIOS 589901 Bienes producidos 589902 Servicios educativos 589904 Servicios de salud 589905 Servicios de energía 589906 Servicio de acueducto 589907 Servicio de alcantarillado 589908 Servicio de aseo 589909 Servicio de gas combustible 589910 Servicio de transporte 589911 Servicio de telecomunicaciones 589913 Servicios hoteleros y de promoción turística 589916 Servicios de documentación e identificación 589917 Servicios informáticos 589918 Servicios recreativos culturales y deportivos 589919 Servicios de apoyo industrial 589920 Servicios de comunicaciones 589921 Servicios de investigación científica y tecnológica 589922 Servicio de matadero 589990 Otros servicios 589998 Gastos asignados (CR) 59 CIERRE DE INGRESOS, GASTOS Y COSTOS 5905 CIERRE DE INGRESOS, GASTOS Y COSTOS 590501 Cierre de ingresos, gastos y costos 590502 Cierre corrección monetaria 6 COSTOS DE VENTAS Y OPERACIÓN 62 COSTO DE VENTAS DE BIENES 6205 BIENES PRODUCIDOS 620501 Productos agrícolas 620502 Productos forestales

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 139

620503 Productos piscícolas 620504 Carbón 620505 Petróleo crudo 620506 Gas natural 620507 Impresos y publicaciones 620508 Combustibles y otros derivados del petróleo 620509 Lubricantes 620510 Aditivos 620511 Productos químicos 620512 Subproductos 620513 Medicamentos 620514 Medicamentos de uso veterinario 620515 Productos artesanales 620516 Productos metalúrgicos y de microfundición 620517 Productos bélicos y explosivos 620518 Productos de madera 620519 Licores, bebidas y alcoholes 620520 Productos alimenticios 620521 Construcciones 620522 Productos de minas y canteras 620523 Sal 620525 Productos petroquímicos 620526 Prendas de vestir y calzado 620527 Semovientes 620528 Equipos 620590 Otros bienes producidos 6210 BIENES COMERCIALIZADOS 621001 Terrenos 621002 Construcciones 621003 Impresos y publicaciones 621004 Especies valoradas 621005 Productos agrícolas 621006 Productos forestales 621007 Productos piscícolas 621008 Productos químicos 621009 Combustibles y otros derivados del petróleo 621010 Semovientes 621011 Lubricantes 621012 Aditivos 621013 Licores, bebidas y alcoholes 621014 Aguas tratada 621015 Productos artesanales 621016 Productos bélicos y explosivos 621017 Material reactivo 621018 Oro, plata, platino y otros metales adherentes 621019 Petróleo crudo

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 140

621020 Gas natural 621021 Productos petroquímicos 621022 Elementos para invidentes 621023 Medicamentos 621024 Materiales médico - quirúrgicos 621025 Víveres y rancho 621026 Otros productos pecuarios 621028 Equipos de comunicación y computación 621029 Aparatos telefónicos e identificadores de llamadas 621030 Medidores de agua, luz y gas 621090 Otras ventas de bienes comercializados 621098 Bienes declarados a favor de la Nación 63 COSTO DE VENTAS DE SERVICIOS 6305 SERVICIOS EDUCATIVOS 630501 Educación formal - Preescolar 630502 Educación formal - Básica primaria 630503 Educación formal - Básica secundaria 630504 Educación formal - Media académica 630505 Educación formal - Media técnica 630506 Educación formal - Superior Formación técnica profesional 630507 Educación formal - Superior Formación tecnológica 630508 Educación formal - Superior Formación profesional 630509 Educación formal - Superior postgrado 630510 Educación no formal - Formación en artes y oficios 630511 Educación no formal - Validación de niveles y grados 630512 Educación no formal - Formación extensiva 630513 Educación informal - Continuada 630514 Educación informal - Validación para la educación formal 630515 Educación informal - Difusión artística y cultural 630550 Servicios conexos a la educación 6310 SERVICIOS DE SALUD 631001 Urgencias - Consulta y procedimientos 631002 Urgencias -Observación 631015 Servicios ambulatorios - Consulta externa y procedimientos 631016 Servicios ambulatorios - Consulta especializada 631017 Servicios ambulatorios - Actividades de salud oral 631018 Servicios ambulatorios - Actividades de promoción y prevención 631019 Servicios ambulatorios - Otras actividades extramurales 631025 Hospitalización - Estancia general 631026 Hospitalización - Cuidados intensivos 631027 Hospitalización - - Cuidados intermedios 631028 Hospitalización - Recién nacidos 631029 Hospitalización - Salud mental 631030 Hospitalización - Quemados

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 141

631031 Hospitalización - Otros cuidados especiales 631035 Quirófanos y salas de parto - Quirófanos 631036 Quirófanos y salas de parto - Salas de parto 631040 Apoyo diagnóstico - Laboratorio clínico 631041 Apoyo diagnóstico - Imagenología 631042 Apoyo diagnóstico - Anatomía patológica 631043 Apoyo diagnóstico - Otras unidades de apoyo diagnóstico 631050 Apoyo terapéutico - Rehabilitación y terapias 631051 Apoyo terapéutico - Banco de componentes anatómicos 631052 Apoyo terapéutico - Banco de sangre 631053 Apoyo terapéutico - Unidad renal 631054 Apoyo terapéutico - Unidad hemodinamia 631055 Apoyo terapéutico - Terapias oncológicas 631056 Apoyo terapéutico - Farmacia e insumos hospitalarios 631057 Apoyo terapéutico - Otras unidades de apoyo terapéutico 631060 Servicios cone xos a la salud - Medio ambiente 631061 Servicios conexos a la salud - Ancianatos y albergues 631062 Servicios conexos a la salud - Centros y puestos de salud 631063 Servicios conexos a la salud - Servicios docentes 631064 Servicios conexos a la salud –Investigación científica 631065 Servicios conexos a la salud - Medicina legal 631066 Servicios conexos a la salud - Servicios de ambulancias 631067 Servicios conexos a la salud –Otros servicios 6315 SERVICIO DE ENERGÍA 631501 Generación de energía eléctrica 631502 Transformación de la potencia de energía 631503 Transporte 631504 Conexión al cliente 631505 Manejo de recursos naturales y del ambiente 631506 Administrador del SIC 631507 Venta de energía 631508 Mercadeo 631509 Atención a clientes 631510 Facturación y recaudo o cobranza 6320 SERVICIO DE ACUEDUCTO 632001 Captación 632002 Tratamiento 632003 Distribución 632004 Comercialización 632005 Producción marginal de energía 6325 SERVICIO DE ALCANTARILLADO 632501 Recolección de aguas residuales 632502 Tratamiento de aguas residuales 632503 Tratamiento de lodos

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 142

632504 Comercialización 632505 Producción marginal de energía 6330 SERVICIO DE ASEO 633001 Recolección manual o mecánica 633002 Barrido y limpieza manual o mecánico 633003 Transporte 633004 Transferencia 633005 Tratamiento 633006 Aprovechamiento 633007 Compactación de residuos 633008 Control de gases y lixiviados 633009 Cobertura de residuos 633010 Mercadeo y servicio al cliente 633011 Facturación y recaudo 6335 SERVICIO DE GAS COMBUSTIBLE 633501 Transporte de gas 633502 Ajuste, medición y entrega a clientes 633503 Tratamiento 633504 Almacenamiento 633505 Envasado 633506 Mantenimiento 633507 Mercadeo 633508 Atención al cliente y usuarios 633509 Facturación y recaudo 633510 Tendido de redes y montaje de subestaciones 633511 Acometidas y conexión de medidores 6340 SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES 634001 Infraestructura 634002 Conexión del cliente 634003 Operación 634004 Mantenimiento 634005 Mercadeo y servicio al cliente 634006 Facturación y recaudo 634007 Operación y mantenimiento 6345 SERVICIOS DE TRANSPORTE 634501 Servicio de transporte aéreo 634502 Servicio de transporte terrestre 634503 Servicios aeronáuticos 634504 Servicios aeroportuarios 634505 Servicio de terminal de transporte terrestre 634506 Servicio de terminal de transporte fluvial o marítimo 634507 Servicio de transporte por oleoductos y poliductos 634590 Otros servicios de transporte

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 143

6350 SERVICIOS HOTELEROS Y DE PROMOCIÓN TURÍSTICA 635001 Alojamiento 635002 Suministro de bebidas y alimentos 635090 Otros servicios de hotelería y de promoción turística 6390 OTROS SERVICIOS 639001 Servicios de documentación e identificación 639002 Servicios informáticos 639003 Servicios recreativos, culturales y deportivos 639004 Servicio de apoyo industrial 639006 Servicios de comunicaciones 639007 Servicios de investigación científica y tecnológica 639008 Servicio de matadero 639090 Otros servicios 64 COSTOS DE OPERACIÓN DE SERVICIOS 6401 SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES 640101 Pensiones de jubilación 640102 Cuotas partes de pensiones 640103 Indemnizaciones sustitutivas 640104 Amortización cálculo actuarial pensiones actuales 640105 Amortización cálculo actuarial de futuras pensiones 640106 Amortización cálculo actuarial de cuotas partes de pensiones 640107 Amortización de la liquidación provisional de cuotas partes de bonos

pensionales 640108 Amortización de cuotas partes de bonos pensionales emitidos 640109 Cuotas partes de bonos pensionales emitidos 640110 Auxilios y servicios funerarios 640111 Prestaciones económicas 6402 SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD 640201 Contratos de capitación - Contributivo 640202 Contratos por evento- Contributivo 640203 Promoción y prevención- Contributivo 640204 Sistema de garantía y calidad - Contributivo 640205 Reaseguro enfermedades de alto costo - Contributivo 640206 Incapacidades - Contributivo 640207 Contratos de capitación - Subsidiado 640208 Contratos por eventos - Subsidiado 640209 Promoción y prevención- Subsidiado 640210 Sistema de garantía y calidad - Subsidiado 640211 Reaseguro enfermedades de alto costo- Subsidiado 640212 Contratos de capitación - Complementario 640213 Contratos por eventos - Complementario

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 144

640214 Promoción y prevención - Complementario 640215 Sistema de garantía y calidad – Complementario 640216 Reaseguro enfermedades de alto costo - Complementario 640217 Auxilios y servicios funerarios - Complementario 640290 Otros gastos de seguridad social en salud 6403 SEGURIDAD SOCIAL EN RIESGOS PROFESIONALES 640301 Servicio de prevención 640302 Prestaciones asistenciales 640303 Subsidio por incapacidad temporal 640304 Indemnización por incapacidad permanente parcial 640305 Pensión de invalidez 640306 Pensión de sobrevivientes 640307 Auxilio funerario 640308 Salud ocupacional 640309 Rehabilitación Profesional 640390 Otros gastos seguridad social en riesgos profesionales 6410 OPERACIONES DE CAPTACIÓN Y SERVICIOS FINANCIEROS 641001 Intereses sobre depósitos y exigibilidades 641002 Intereses créditos de bancos y otras obligaciones financieras 641003 Comisiones 641004 Reajuste por corrección monetaria 641005 Contribuciones sobre transacciones financieras 641006 Administración y emisión de títulos valores 641007 Sostenimiento bolsa y registro 641008 Administración de fiducia 641009 Servicios almacenadoras 641090 Otros Gastos financieros 6411 OPERACIONES DE BANCA CENTRAL 641101 Títulos de participación 641102 Títulos nominados en divisas por financiaciones 641103 Depósitos Resolución 05 de 1997 641104 Comisiones 641105 Intereses por obligaciones en bancos del exterior 641106 Remuneración cuentas de depósito – Encaje 641107 Remuneración cuentas de depósito – DTN 641108 Títulos canjeables por certificados de cambio 641109 Otros títulos de operaciones de mercado abierto 641110 Honorarios 641111 Costos de emisión de especies monetarias 641190 Otros gastos financieros por pagar 6412 POR SEGUROS 641201 Indemnizaciones y demandas 641202 Seguros y capitalizaciones

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 145

641203 Depósitos de reserva a reaseguradoras 641204 Desviación de siniestralidad 641205 Seguros especiales 641206 Técnica de títulos vigentes 641290 Otros seguros 6420 JUEGOS DE SUERTE Y AZAR 642001 Pago de premios 642002 Comisiones a distribuidores y loteros 642003 Bonificación por pago de premios 642004 Impresión de billetes 642005 Transporte 642006 Publicidad 642090 Otros gastos por juegos de suerte y azar 7 COSTOS DE PRODUCCIÓN 71 PRODUCCIÓN DE BIENES 7101 PRODUCTOS AGRÍCOLAS 710101 Materia prima 710102 Materiales 710103 Generales 710104 Sueldos y salarios 710105 Contribuciones imputadas 710106 Contribuciones efectivas 710107 Aportes sobre la nómina 710108 Depreciación y amortización 710109 Impuestos 710195 Traslado de costos (CR) 7102 PRODUCTOS FORESTALES 710201 Materia prima 710202 Materiales 710203 Generales 710204 Sueldos y salarios 710205 Contribuciones imputadas 710206 Contribuciones efectivas 710207 Aportes sobre la nómina 710208 Depreciación y amortización 710209 Impuestos 710295 Traslado de costos (CR) 7103 PRODUCTOS PISCÍCOLAS 710301 Materia prima 710302 Materiales 710303 Generales

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 146

710304 Sueldos y salarios 710305 Contribuciones imputadas 710306 Contribuciones efectivas 710307 Aportes sobre la nómina 710308 Depreciación y amortización 710309 Impuestos 710395 Traslado de costos (CR) 7104 SEMOVIENTES 710401 Materia prima 710402 Materiales 710403 Generales 710404 Sueldos y salarios 710405 Contribuciones imputadas 710406 Contribuciones efectivas 710407 Aportes sobre la nómina 710408 Depreciación y amortización 710409 Impuestos 710495 Traslado de costos (CR) 7108 CARBÓN 710801 Reservas extraídas 710802 Materiales 710803 Generales 710804 Sueldos y salarios 710805 Contribuciones imputadas 710806 Contribuciones efectivas 710807 Aportes sobre la nómina 710808 Depreciación y amortización 710809 Impuestos 710810 Regalías 710895 Traslado de costos (CR) 7109 PETRÓLEO CRUDO 710901 Reservas extraídas 710902 Materiales 710903 Generales 710904 Sueldos y salarios 710905 Contribuciones imputadas 710906 Contribuciones efectivas 710907 Aportes sobre la nómina 710908 Depreciación y amortización 710909 Impuestos 710910 Regalías 710995 Traslado de costos (CR) 7110 GAS NATURAL

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 147

711001 Reservas extraídas 711002 Materiales 711003 Generales 711004 Sueldos y salarios 711005 Contribuciones imputadas 711006 Contribuciones efectivas 711007 Aportes sobre la nómina 711008 Depreciación y amortización 711009 Impuestos 711010 Regalías 711095 Traslado de costos (CR) 7114 PRODUCTOS DE MINAS Y CANTERAS 711401 Reservas extraídas 711402 Materiales 711403 Generales 711404 Sueldos y salarios 711405 Contribuciones imputadas 711406 Contribuciones efectivas 711407 Aportes sobre la nómina 711408 Depreciación y amortización 711409 Impuestos 711410 Regalías 711495 Traslado de costos (CR) 7115 SAL 711501 Reservas extraídas 711502 Materiales 711503 Generales 711504 Sueldos y salarios 711505 Contribuciones imputadas 711506 Contribuciones efectivas 711507 Aportes sobre la nómina 711508 Depreciación y amortización 711509 Impuestos 711595 Traslado de costos (CR) 7116 IMPRESOS Y PUBLICACIONES 711601 Materia prima 711602 Materiales 711603 Generales 711604 Sueldos y salarios 711605 Contribuciones imputadas 711606 Contribuciones efectivas 711607 Aportes sobre la nómina 711608 Depreciación y amortización

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 148

711609 Impuestos 711695 Traslado de costos (CR) 7117 COMBUSTIBLES Y OTROS DERIVADOS DEL PETRÓLEO 711701 Materia prima 711702 Materiales 711703 Generales 711704 Sueldos y salarios 711705 Contribuciones imputadas 711706 Contribuciones efectivas 711707 Aportes sobre la nómina 711708 Depreciación y amortización 711709 Impuestos 711795 Traslado de costos (CR) 7118 LUBRICANTES 711801 Materia prima 711802 Materiales 711803 Generales 711804 Sueldos y salarios 711805 Contribuciones imputadas 711806 Contribuciones efectivas 711807 Aportes sobre la nómina 711808 Depreciación y amortización 711809 Impuestos 711895 Traslado de costos (CR) 7119 ADITIVOS 711901 Materia prima 711902 Materiales 711903 Generales 711904 Sueldos y salarios 711905 Contribuciones imputadas 711906 Contribuciones efectivas 711907 Aportes sobre la nómina 711908 Depreciación y amortización 711909 Impuestos 711995 Traslado de costos (CR) 7120 PRODUCTOS QUÍMICOS 712001 Materia prima 712002 Materiales 712003 Generales 712004 Sueldos y salarios 712005 Contribuciones imputadas 712006 Contribuciones efectivas 712007 Aportes sobre la nómina

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 149

712008 Depreciación y amortización 712009 Impuestos 712095 Traslado de costos (CR) 7121 SUBPRODUCTOS 712101 Materia prima 712102 Materiales 712103 Generales 712104 Sueldos y salarios 712105 Contribuciones imputadas 712106 Contribuciones efectivas 712107 Aportes sobre la nómina 712108 Depreciación y amortización 712109 Impuestos 712195 Traslado de costos (CR) 7122 MEDICAMENTOS 712201 Materia prima 712202 Materiales 712203 Generales 712204 Sueldos y salarios 712205 Contribuciones imputadas 712206 Contribuciones efectivas 712207 Aportes sobre la nómina 712208 Depreciación y amortización 712209 Impuestos 712295 Traslado de costos (CR) 7123 MEDICAMENTOS DE USO VETERINARIO 712301 Materia prima 712302 Materiales 712303 Generales 712304 Sueldos y salarios 712305 Contribuciones imputadas 712306 Contribuciones efectivas 712307 Aportes sobre la nómina 712308 Depreciación y amortización 712309 Impuestos 712395 Traslado de costos (CR) 7124 PRODUCTOS ARTESANALES 712401 Materia prima 712402 Materiales 712403 Generales 712404 Sueldos y salarios 712405 Contribuciones imputadas 712406 Contribuciones efectivas

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 150

712407 Aportes sobre la nómina 712408 Depreciación y amortización 712409 Impuestos 712495 Traslado de costos (CR) 7125 PRODUCTOS METALÚRGICOS Y DE MICROFUNDICIÓN 712501 Materia prima 712502 Materiales 712503 Generales 712504 Sueldos y salarios 712505 Contribuciones imputadas 712506 Contribuciones efectivas 712507 Aportes sobre la nómina 712508 Depreciación y amortización 712509 Impuestos 712595 Traslado de costos (CR) 7126 PRODUCTOS BÉLICOS Y EXPLOSIVOS 712601 Materia prima 712602 Materiales 712603 Generales 712604 Sueldos y salarios 712605 Contribuciones imputadas 712606 Contribuciones efectivas 712607 Aportes sobre la nómina 712608 Depreciación y amortización 712609 Impuestos 712695 Traslado de costos (CR) 7127 PRODUCTOS DE MADERA 712701 Materia prima 712702 Materiales 712703 Generales 712704 Sueldos y salarios 712705 Contribuciones imputadas 712706 Contribuciones efectivas 712707 Aportes sobre la nómina 712708 Depreciación y amortización 712709 Impuestos 712795 Traslado de costos (CR) 7128 LICORES, BEBIDAS Y ALCOHOLES 712801 Materia prima 712802 Materiales 712803 Generales 712804 Sueldos y salarios 712805 Contribuciones imputadas

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 151

712806 Contribuciones efectivas 712807 Aportes sobre la nómina 712808 Depreciación y amortización 712809 Impuestos 712895 Traslado de costos (CR) 7129 PRODUCTOS ALIMENTICIOS 712901 Materia prima 712902 Materiales 712903 Generales 712904 Sueldos y salarios 712905 Contribuciones imputadas 712906 Contribuciones efectivas 712907 Aportes sobre la nómina 712908 Depreciación y amortización 712909 Impuestos 712995 Traslado de costos (CR) 7130 CONSTRUCCIONES 713001 Materiales 713002 Generales 713003 Sueldos y salarios 713004 Contribuciones imputadas 713005 Contribuciones efectivas 713006 Aportes sobre la nómina 713007 Depreciación y amortización 713008 Impuestos 713095 Traslado de costos (CR) 7131 ESPECIES MONETARIAS 713101 Materia prima 713102 Materiales 713103 Generales 713104 Sueldos y salarios 713105 Contribuciones imputadas 713106 Contribuciones efectivas 713107 Aportes sobre la nómina 713108 Depreciación y amortización 713109 Impuestos 713195 Traslado de costos (CR) 7132 PRODUCTOS PETROQUÍMICOS 713201 Materia prima 713202 Materiales 713203 Generales 713204 Sueldos y salarios

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 152

713205 Contribuciones imputadas 713206 Contribuciones efectivas 713207 Aportes sobre la nómina 713208 Depreciación y amortización 713209 Impuestos 713295 Traslado de costos (CR) 7135 PRENDAS DE VESTIR Y CALZADO 713501 Materia prima 713502 Materiales 713503 Generales 713504 Sueldos y salarios 713505 Contribuciones imputadas 713506 Contribuciones efectivas 713507 Aportes sobre la nómina 713508 Depreciación y amortización 713509 Impuestos 713595 Traslado de costos (CR) 7136 EQUIPOS 713601 Materia prima 713602 Materiales 713603 Generales 713604 Sueldos y salarios 713605 Contribuciones imputadas 713606 Contribuciones efectivas 713607 Aportes sobre la nómina 713608 Depreciación y amortización 713609 Impuestos 713695 Traslado de costos (CR) 7190 OTROS BIENES PRODUCIDOS 719001 Materia prima 719002 Materiales 719003 Generales 719004 Sueldos y salarios 719005 Contribuciones imputadas 719006 Contribuciones efectivas 719007 Aportes sobre la nómina 719008 Depreciación y amortización 719009 Impuestos 719095 Traslado de costos (CR) 72 SERVICIOS EDUCATIVOS 7201 EDUCACIÓN FORMAL - PREESCOLAR

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 153

720101 Materiales 720102 Generales 720103 Sueldos y salarios 720104 Contribuciones imputadas 720105 Contribuciones efectivas 720106 Aportes sobre la nómina 720107 Depreciación y amortización 720108 Impuestos 720195 Traslado de costos (CR) 7202 EDUCACIÓN FORMAL - BÁSICA PRIMARIA 720201 Materiales 720202 Generales 720203 Sueldos y salarios 720204 Contribuciones imputadas 720205 Contribuciones efectivas 720206 Aportes sobre la nómina 720207 Depreciación y amortización 720208 Impuestos 720295 Traslado de costos (CR) 7203 EDUCACIÓN FORMAL - BÁSICA SECUNDARIA 720301 Materiales 720302 Generales 720303 Sueldos y salarios 720304 Contribuciones imputadas 720305 Contribuciones efectivas 720306 Aportes sobre la nómina 720307 Depreciación y amortización 720308 Impuestos 720395 Traslado de costos (CR) 7204 EDUCACIÓN FORMAL - MEDIA ACADÉMICA 720401 Materiales 720402 Generales 720403 Sueldos y salarios 720404 Contribuciones imputadas 720405 Contribuciones efectivas 720406 Aportes sobre la nómina 720407 Depreciación y amortización 720408 Impuestos 720495 Traslado de costos (CR) 7205 EDUCACIÓN FORMAL - MEDIA TÉCNICA 720501 Materiales 720502 Generales 720503 Sueldos y salarios

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 154

720504 Contribuciones imputadas 720505 Contribuciones efectivas 720506 Aportes sobre la nómina 720507 Depreciación y amortización 720508 Impuestos 720595 Traslado de costos (CR) 7206 EDUCACIÓN FORMAL - SUPERIOR - FORMACIÓN TÉCNICA

PROFESIONAL 720601 Materiales 720602 Generales 720603 Sueldos y salarios 720604 Contribuciones imputadas 720605 Contribuciones efectivas 720606 Aportes sobre la nómina 720607 Depreciación y amortización 720608 Impuestos 720695 Traslado de costos (CR) 7207 EDUCACIÓN FORMAL – SUPERIOR - FORMACIÓN

TECNOLÓGICA 720701 Materiales 720702 Generales 720703 Sueldos y salarios 720704 Contribuciones imputadas 720705 Contribuciones efectivas 720706 Aportes sobre la nómina 720707 Depreciación y amortización 720708 Impuestos 720795 Traslado de costos (CR) 7208 EDUCACIÓN FORMAL – SUPERIOR - FORMACIÓN

PROFESIONAL 720801 Materiales 720802 Generales 720803 Sueldos y salarios 720804 Contribuciones imputadas 720805 Contribuciones efectivas 720806 Aportes sobre la nómina 720807 Depreciación y amortización 720808 Impuestos 720895 Traslado de costos (CR) 7209 EDUCACIÓN FORMAL - SUPERIOR - POSTGRADO 720901 Materiales 720902 Generales 720903 Sueldos y salarios

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 155

720904 Contribuciones imputadas 720905 Contribuciones efectivas 720906 Aportes sobre la nómina 720907 Depreciación y amortización 720908 Impuestos 720995 Traslado de costos (CR) 7219 EDUCACION NO FORMAL - FORMACIÓN EN ARTES Y OFICIOS 721901 Materiales 721902 Generales 721903 Sueldos y salarios 721904 Contribuciones imputadas 721905 Contribuciones efectivas 721906 Aportes sobre la nómina 721907 Depreciación y amortización 721908 Impuestos 721995 Traslado de costos (CR) 7220 EDUCACION NO FORMAL - VALIDACIÓN DE NIVELES Y

GRADOS 722001 Materiales 722002 Generales 722003 Sueldos y salarios 722004 Contribuciones imputadas 722005 Contribuciones efectivas 722006 Aportes sobre la nómina 722007 Depreciación y amortización 722008 Impuestos 722095 Traslado de costos (CR) 7221 EDUCACION NO FORMAL - FORMACIÓN EXTENSIVA 722101 Materiales 722102 Generales 722103 Sueldos y salarios 722104 Contribuciones imputadas 722105 Contribuciones efectivas 722106 Aportes sobre la nómina 722107 Depreciación y amortización 722108 Impuestos 722195 Traslado de costos (CR) 7231 EDUCACION INFORMAL - CONTINUADA 723101 Materiales 723102 Generales 723103 Sueldos y salarios 723104 Contribuciones imputadas 723105 Contribuciones efectivas

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 156

723106 Aportes sobre la nómina 723107 Depreciación y amortización 723108 Impuestos 723195 Traslado de costos (CR) 7232 EDUCACION INFORMAL - VALIDACIÓN PARA LA EDUCACIÓN

FORMAL 723201 Materiales 723202 Generales 723203 Sueldos y salarios 723204 Contribuciones imputadas 723205 Contribuciones efectivas 723206 Aportes sobre la nómina 723207 Depreciación y amortización 723208 Impuestos 723295 Traslado de costos (CR) 7233 EDUCACION INFORMAL - DIFUSIÓN ARTÍSTICA Y CULTURAL 723301 Materiales 723302 Generales 723303 Sueldos y salarios 723304 Contribuciones imputadas 723305 Contribuciones efectivas 723306 Aportes sobre la nómina 723307 Depreciación y amortización 723308 Impuestos 723395 Traslado de costos (CR) 7250 SERVICIOS CONEXOS A LA EDUCACIÓN 725001 Materiales 725002 Generales 725003 Sueldos y salarios 725004 Contribuciones imputadas 725005 Contribuciones efectivas 725006 Aportes sobre la nómina 725007 Depreciación y amortización 725008 Impuestos 725095 Traslado de costos (CR) 73 SERVICIOS DE SALUD 7301 URGENCIAS - CONSULTA Y PROCEDIMIENTOS 730101 Materiales 730102 Generales 730103 Sueldos y salarios 730104 Contribuciones imputadas

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 157

730105 Contribuciones efectivas 730106 Aportes sobre la nómina 730107 Depreciación y amortización 730108 Impuestos 730195 Traslado de costos (CR) 7302 URGENCIAS -OBSERVACIÓN 730201 Materiales 730202 Generales 730203 Sueldos y salarios 730204 Contribuciones imputadas 730205 Contribuciones efectivas 730206 Aportes sobre la nómina 730207 Depreciación y amortización 730208 Impuestos 730295 Traslado de costos (CR) 7310 SERVICIOS AMBULATORIOS - CONSULTA EXTERNA Y

PROCEDIMIENTOS 731001 Materiales 731002 Generales 731003 Sueldos y salarios 731004 Contribuciones imputadas 731005 Contribuciones efectivas 731006 Aportes sobre la nómina 731007 Depreciación y amortización 731008 Impuestos 731095 Traslado de costos (CR) 7311 SERVICIOS AMBULATORIOS - CONSULTA ESPECIALIZADA 731101 Materiales 731102 Generales 731103 Sueldos y salarios 731104 Contribuciones imputadas 731105 Contribuciones efectivas 731106 Aportes sobre la nómina 731107 Depreciación y amortización 731108 Impuestos 731195 Traslado de costos (CR) 7312 SERVICIOS AMBULATORIOS - SALUD ORAL 731201 Materiales 731202 Generales 731203 Sueldos y salarios 731204 Contribuciones imputadas 731205 Contribuciones efectivas 731206 Aportes sobre la nómina

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 158

731207 Depreciación y amortización 731208 Impuestos 731295 Traslado de costos (CR) 7313 SERVICIOS AMBULATORIOS - PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN 731301 Materiales 731302 Generales 731303 Sueldos y salarios 731304 Contribuciones imputadas 731305 Contribuciones efectivas 731306 Aportes sobre la nómina 731307 Depreciación y amortización 731308 Impuestos 731395 Traslado de costos (CR) 7314 SERVICIOS AMBULATORIOS - OTRAS ACTIVIDADES

EXTRAMURALES 731401 Materiales 731402 Generales 731403 Sueldos y salarios 731404 Contribuciones imputadas 731405 Contribuciones efectivas 731406 Aportes sobre la nómina 731407 Depreciación y amortización 731408 Impuestos 731495 Traslado de costos (CR) 7320 HOSPITALIZACIÓN - ESTANCIA GENERAL 732001 Materiales 732002 Generales 732003 Sueldos y salarios 732004 Contribuciones imputadas 732005 Contribuciones efectivas 732006 Aportes sobre la nómina 732007 Depreciación y amortización 732008 Impuestos 732095 Traslado de costos (CR) 7321 HOSPITALIZACIÓN - CUIDADOS INTENSIVOS 732101 Materiales 732102 Generales 732103 Sueldos y salarios 732104 Contribuciones imputadas 732105 Contribuciones efectivas 732106 Aportes sobre la nómina 732107 Depreciación y amortización 732108 Impuestos

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 159

732195 Traslado de costos (CR) 7322 HOSPITALIZACIÓN - CUIDADOS INTERMEDIOS 732201 Materiales 732202 Generales 732203 Sueldos y salarios 732204 Contribuciones imputadas 732205 Contribuciones efectivas 732206 Aportes sobre la nómina 732207 Depreciación y amortización 732208 Impuestos 732295 Traslado de costos (CR) 7323 HOSPITALIZACIÓN - RECIÉN NACIDOS 732301 Materiales 732302 Generales 732303 Sueldos y salarios 732304 Contribuciones imputadas 732305 Contribuciones efectivas 732306 Aportes sobre la nómina 732307 Depreciación y amortización 732308 Impuestos 732395 Traslado de costos (CR) 7324 HOSPITALIZACIÓN - SALUD MENTAL 732401 Materiales 732402 Generales 732403 Sueldos y salarios 732404 Contribuciones imputadas 732405 Contribuciones efectivas 732406 Aportes sobre la nómina 732407 Depreciación y amortización 732408 Impuestos 732495 Traslado de costos (CR) 7325 HOSPITALIZACIÓN - QUEMADOS 732501 Materiales 732502 Generales 732503 Sueldos y salarios 732504 Contribuciones imputadas 732505 Contribuciones efectivas 732506 Aportes sobre la nómina 732507 Depreciación y amortización 732508 Impuestos 732595 Traslado de costos (CR) 7326 HOSPITALIZACIÓN - OTROS CUIDADOS ESPECIALES

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 160

732601 Materiales 732602 Generales 732603 Sueldos y salarios 732604 Contribuciones imputadas 732605 Contribuciones efectivas 732606 Aportes sobre la nómina 732607 Depreciación y amortización 732608 Impuestos 732695 Traslado de costos (CR) 7330 QUIRÓFANOS Y SALAS DE PARTO - QUIRÓFANOS 733001 Materiales 733002 Generales 733003 Sueldos y salarios 733004 Contribuciones imputadas 733005 Contribuciones efectivas 733006 Aportes sobre la nómina 733007 Depreciación y amortización 733008 Impuestos 733095 Traslado de costos (CR) 7331 QUIRÓFANOS Y SALAS DE PARTO - SALAS DE PARTO 733101 Materiales 733102 Generales 733103 Sueldos y salarios 733104 Contribuciones imputadas 733105 Contribuciones efectivas 733106 Aportes sobre la nómina 733107 Depreciación y amortización 733108 Impuestos 733195 Traslado de costos (CR) 7340 APOYO DIAGNÓSTICO - LABORATORIO CLÍNICO 734001 Materiales 734002 Generales 734003 Sueldos y salarios 734004 Contribuciones imputadas 734005 Contribuciones efectivas 734006 Aportes sobre la nómina 734007 Depreciación y amortización 734008 Impuestos 734095 Traslado de costos (CR) 7341 APOYO DIAGNÓSTICO - IMAGENOLOGÍA 734101 Materiales 734102 Generales 734103 Sueldos y salarios

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 161

734104 Contribuciones imputadas 734105 Contribuciones efectivas 734106 Aportes sobre la nómina 734107 Depreciación y amortización 734108 Impuestos 734195 Traslado de costos (CR) 7342 APOYO DIAGNÓSTICO - ANATOMÍA PATOLÓGICA 734201 Materiales 734202 Generales 734203 Sueldos y salarios 734204 Contribuciones imputadas 734205 Contribuciones efectivas 734206 Aportes sobre la nómina 734207 Depreciación y amortización 734208 Impuestos 734295 Traslado de costos (CR) 7343 APOYO DIAGNÓSTICO - OTRAS UNIDADES DE APOYO

DIAGNÓSTICO 734301 Materiales 734302 Generales 734303 Sueldos y salarios 734304 Contribuciones imputadas 734305 Contribuciones efectivas 734306 Aportes sobre la nómina 734307 Depreciación y amortización 734308 Impuestos 734395 Traslado de costos (CR) 7349 APOYO TERAPÉUTICO - REHABILITACIÓN Y TERAPIAS 734901 Materiales 734902 Generales 734903 Sueldos y salarios 734904 Contribuciones imputadas 734905 Contribuciones efectivas 734906 Aportes sobre la nómina 734907 Depreciación y amortización 734908 Impuestos 734995 Traslado de costos (CR) 7350 APOYO TERAPÉUTICO - BANCO DE COMPONENTES

ANATÓMICOS 735001 Materiales 735002 Generales 735003 Sueldos y salarios 735004 Contribuciones imputadas

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 162

735005 Contribuciones efectivas 735006 Aportes sobre la nómina 735007 Depreciación y amortización 735008 Impuestos 735095 Traslado de costos (CR) 7351 APOYO TERAPÉUTICO - BANCO DE SANGRE 735101 Materiales 735102 Generales 735103 Sueldos y salarios 735104 Contribuciones imputadas 735105 Contribuciones efectivas 735106 Aportes sobre la nómina 735107 Depreciación y amortización 735108 Impuestos 735195 Traslado de costos (CR) 7352 APOYO TERAPÉUTICO - UNIDAD RENAL 735201 Materiales 735202 Generales 735203 Sueldos y salarios 735204 Contribuciones imputadas 735205 Contribuciones efectivas 735206 Aportes sobre la nómina 735207 Depreciación y amortización 735208 Impuestos 735295 Traslado de costos (CR) 7353 APOYO TERAPÉUTICO - UNIDAD HEMODINAMIA 735301 Materiales 735302 Generales 735303 Sueldos y salarios 735304 Contribuciones imputadas 735305 Contribuciones efectivas 735306 Aportes sobre la nómina 735307 Depreciación y amortización 735308 Impuestos 735395 Traslado de costos (CR) 7354 APOYO TERAPÉUTICO - TERAPIAS ONCOLÓGICAS 735401 Materiales 735402 Generales 735403 Sueldos y salarios 735404 Contribuciones imputadas 735405 Contribuciones efectivas 735406 Aportes sobre la nómina 735407 Depreciación y amortización

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 163

735408 Impuestos 735495 Traslado de costos (CR) 7355 APOYO TERAPÉUTICO - FARMACIA E INSUMOS

HOSPITALARIOS 735501 Materiales 735502 Generales 735503 Sueldos y salarios 735504 Contribuciones imputadas 735505 Contribuciones efectivas 735506 Aportes sobre la nómina 735507 Depreciación y amortización 735508 Impuestos 735595 Traslado de costos (CR) 7356 APOYO TERAPÉUTICO - OTRAS UNIDADES DE APOYO

TERAPÉUTICO 735601 Materiales 735602 Generales 735603 Sueldos y salarios 735604 Contribuciones imputadas 735605 Contribuciones efectivas 735606 Aportes sobre la nómina 735607 Depreciación y amortización 735608 Impuestos 735695 Traslado de costos (CR) 7380 SERVICIOS CONEXOS A LA SALUD - MEDIO AMBIENTE 738001 Materiales 738002 Generales 738003 Sueldos y salarios 738004 Contribuciones imputadas 738005 Contribuciones efectivas 738006 Aportes sobre la nómina 738007 Depreciación y amortización 738008 Impuestos 738095 Traslado de costos (CR) 7381 SERVICIOS CONEXOS A LA SALUD - ANCIANATOS Y

ALBERGUES 738101 Materiales 738102 Generales 738103 Sueldos y salarios 738104 Contribuciones imputadas 738105 Contribuciones efectivas 738106 Aportes sobre la nómina 738107 Depreciación y amortización

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 164

738108 Impuestos 738195 Traslado de costos (CR) 7382 SERVICIOS CONEXOS A LA SALUD - CENTROS Y PUESTOS DE

SALUD 738201 Materiales 738202 Generales 738203 Sueldos y salarios 738204 Contribuciones imputadas 738205 Contribuciones efectivas 738206 Aportes sobre la nómina 738207 Depreciación y amortización 738208 Impuestos 738295 Traslado de costos (CR) 7383 SERVICIOS CONEXOS A LA SALUD - SERVICIOS DOCENTES 738301 Materiales 738302 Generales 738303 Sueldos y salarios 738304 Contribuciones imputadas 738305 Contribuciones efectivas 738306 Aportes sobre la nómina 738307 Depreciación y amortización 738308 Impuestos 738395 Traslado de costos (CR) 7384 SERVICIOS CONEXOS A LA SALUD - INVESTIGACIÓN

CIENTÍFICA 738401 Materiales 738402 Generales 738403 Sueldos y salarios 738404 Contribuciones imputadas 738405 Contribuciones efectivas 738406 Aportes sobre la nómina 738407 Depreciación y amortización 738408 Impuestos 738495 Traslado de costos (CR) 7385 SERVICIOS CONEXOS A LA SALUD - MEDICINA LEGAL 738501 Materiales 738502 Generales 738503 Sueldos y salarios 738504 Contribuciones imputadas 738505 Contribuciones efectivas 738506 Aportes sobre la nómina 738507 Depreciación y amortización 738508 Impuestos

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 165

738595 Traslado de costos (CR) 7386 SERVICIOS CONEXOS A LA SALUD - SERVICIO DE

AMBULANCIAS 738601 Materiales 738602 Generales 738603 Sueldos y salarios 738604 Contribuciones imputadas 738605 Contribuciones efectivas 738606 Aportes sobre la nómina 738607 Depreciación y amortización 738608 Impuestos 738695 Traslado de costos (CR) 7387 SERVICIOS CONEXOS A LA SALUD – OTROS SERVICIOS 738701 Materiales 738702 Generales 738703 Sueldos y salarios 738704 Contribuciones imputadas 738705 Contribuciones efectivas 738706 Aportes sobre la nómina 738707 Depreciación y amortización 738708 Impuestos 738795 Traslado de costos (CR) 74 SERVICIO DE TRANSPORTE 7401 SERVICIO DE TRANSPORTE AÉREO 740101 Materiales 740102 Generales 740103 Sueldos y salarios 740104 Contribuciones imputadas 740105 Contribuciones efectivas 740106 Aportes sobre la nómina 740107 Depreciación y amortización 740108 Impuestos 740195 Traslado de costos (CR) 7402 SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE 740201 Materiales 740202 Generales 740203 Sueldos y salarios 740204 Contribuciones imputadas 740205 Contribuciones efectivas 740206 Aportes sobre la nómina 740207 Depreciación y amortización 740208 Impuestos

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 166

740295 Traslado de costos (CR) 7403 SERVICIOS AERONÁUTICOS 740301 Materiales 740302 Generales 740303 Sueldos y salarios 740304 Contribuciones imputadas 740305 Contribuciones efectivas 740306 Aportes sobre la nómina 740307 Depreciación y amortización 740308 Impuestos 740395 Traslado de costos (CR) 7404 SERVICIOS AEROPORTUARIOS 740401 Materiales 740402 Generales 740403 Sueldos y salarios 740404 Contribuciones imputadas 740405 Contribuciones efectivas 740406 Aportes sobre la nómina 740407 Depreciación y amortización 740408 Impuestos 740495 Traslado de costos (CR) 7405 SERVICIO DE TERMINAL DE TRANSPORTE TERRRESTRE 740501 Materiales 740502 Generales 740503 Sueldos y salarios 740504 Contribuciones imputadas 740505 Contribuciones efectivas 740506 Aportes sobre la nómina 740507 Depreciación y amortización 740508 Impuestos 740595 Traslado de costos (CR) 7406 SERVICIO DE TERMINAL DE TRANSPORTE FLUVIAL O

MARÍTIMO 740601 Materiales 740602 Generales 740603 Sueldos y salarios 740604 Contribuciones imputadas 740605 Contribuciones efectivas 740606 Aportes sobre la nómina 740607 Depreciación y amortización 740608 Impuestos 740695 Traslado de costos (CR)

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 167

7407 SERVICIO DE TRANSPORTE POR DUCTOS 740701 Materiales 740702 Generales 740703 Sueldos y salarios 740704 Contribuciones imputadas 740705 Contribuciones efectivas 740706 Aportes sobre la nómina 740707 Depreciación y amortización 740708 Impuestos 740795 Traslado de costos (CR) 7490 OTROS SERVICIOS DE TRANSPORTE 749001 Materiales 749002 Generales 749003 Sueldos y salarios 749004 Contribuciones imputadas 749005 Contribuciones efectivas 749006 Aportes sobre la nómina 749007 Depreciación y amortización 749008 Impuestos 749095 Traslado de costos (CR) 75 SERVICIOS PÚBLICOS 7501 ENERGÍA 750101 Materiales 750102 Generales 750103 Sueldos y salarios 750104 Contribuciones imputadas 750105 Contribuciones efectivas 750106 Aportes sobre la nómina 750107 Depreciación y amortización 750108 Impuestos 750195 Traslado de costos (CR) 7502 ACUEDUCTO 750201 Materiales 750202 Generales 750203 Sueldos y salarios 750204 Contribuciones imputadas 750205 Contribuciones efectivas 750206 Aportes sobre la nómina 750207 Depreciación y amortización 750208 Impuestos 750295 Traslado de costos (CR)

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 168

7503 ALCANTARILLADO 750301 Materiales 750302 Generales 750303 Sueldos y salarios 750304 Contribuciones imputadas 750305 Contribuciones efectivas 750306 Aportes sobre la nómina 750307 Depreciación y amortización 750308 Impuestos 750395 Traslado de costos (CR) 7504 ASEO 750401 Materiales 750402 Generales 750403 Sueldos y salarios 750404 Contribuciones imputadas 750405 Contribuciones efectivas 750406 Aportes sobre la nómina 750407 Depreciación y amortización 750408 Impuestos 750495 Traslado de costos (CR) 7505 GAS COMBUSTIBLE 750501 Materiales 750502 Generales 750503 Sueldos y salarios 750504 Contribuciones imputadas 750505 Contribuciones efectivas 750506 Aportes sobre la nómina 750507 Depreciación y amortización 750508 Impuestos 750595 Traslado de costos (CR) 7506 TELECOMUNICACIONES 750601 Materiales 750602 Generales 750603 Sueldos y salarios 750604 Contribuciones imputadas 750605 Contribuciones efectivas 750606 Aportes sobre la nómina 750607 Depreciación y amortización 750608 Impuestos 750695 Traslado de costos (CR) 76 SERVICIOS HOTELEROS Y DE PROMOCIÓN TURÍSTICA 7601 ALOJAMIENTO

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 169

760101 Materiales 760102 Generales 760103 Sueldos y salarios 760104 Contribuciones imputadas 760105 Contribuciones efectivas 760106 Aportes sobre la nómina 760107 Depreciación y amortización 760108 Impuestos 760195 Traslado de costos (CR) 7602 SUMINISTRO DE BEBIDAS Y ALIMENTOS 760201 Materia prima 760202 Materiales 760203 Generales 760204 Sueldos y salarios 760205 Contribuciones imputadas 760206 Contribuciones efectivas 760207 Aportes sobre la nómina 760208 Depreciación y amortización 760209 Impuestos 760295 Traslado de costos (CR) 7690 OTROS SERVICIOS DE HOTELERÍA Y DE PROMOCIÓN

TURÍSTICA 769001 Materiales 769002 Generales 769003 Sueldos y salarios 769004 Contribuciones imputadas 769005 Contribuciones efectivas 769006 Aportes sobre la nómina 769007 Depreciación y amortización 769008 Impuestos 769095 Traslado de costos (CR) 79 OTROS SERVICIOS 7901 SERVICIOS DE DOCUMENTACIÓN E IDENTIFICACIÓN 790101 Materiales 790102 Generales 790103 Sueldos y salarios 790104 Contribuciones imputadas 790105 Contribuciones efectivas 790106 Aportes sobre la nómina 790107 Depreciación y amortización 790108 Impuestos 790195 Traslado de costos (CR)

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 170

7902 SERVICIOS INFORMÁTICOS 790201 Materiales 790202 Generales 790203 Sueldos y salarios 790204 Contribuciones imputadas 790205 Contribuciones efectivas 790206 Aportes sobre la nómina 790207 Depreciación y amortización 790208 Impuestos 790295 Traslado de costos (CR) 7903 RECREATIVOS CULTURALES Y DEPORTIVOS 790301 Materiales 790302 Generales 790303 Sueldos y salarios 790304 Contribuciones imputadas 790305 Contribuciones efectivas 790306 Aportes sobre la nómina 790307 Depreciación y amortización 790308 Impuestos 790395 Traslado de costos (CR) 7904 SERVICIOS DE APOYO INDUSTRIAL 790401 Materiales 790402 Generales 790403 Sueldos y salarios 790404 Contribuciones imputadas 790405 Contribuciones efectivas 790406 Aportes sobre la nómina 790407 Depreciación y amortización 790408 Impuestos 790495 Traslado de costos (CR) 7905 SERVICIOS DE COMUNICACIONES 790501 Materiales 790502 Generales 790503 Sueldos y salarios 790504 Contribuciones imputadas 790505 Contribuciones efectivas 790506 Aportes sobre la nómina 790507 Depreciación y amortización 790508 Impuestos 790595 Traslado de costos (CR) 7906 SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA 790601 Materiales 790602 Generales

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 171

790603 Sueldos y salarios 790604 Contribuciones imputadas 790605 Contribuciones efectivas 790606 Aportes sobre la nómina 790607 Depreciación y amortización 790608 Impuestos 790695 Traslado de costos (CR) 7907 SERVICIOS DE MATADERO 790701 Materiales 790702 Generales 790703 Sueldos y salarios 790704 Contribuciones imputadas 790705 Contribuciones efectivas 790706 Aportes sobre la nómina 790707 Depreciación y amortización 790708 Impuestos 790795 Traslado de costos (CR) 8 CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS 81 DERECHOS CONTINGENTES 8110 BIENES ENTREGADOS EN GARANTÍA 811001 Inversiones 811002 Inventarios 811003 Terrenos 811004 Semovientes 811005 Maquinaria y equipo 811006 Edificaciones 811007 Vías de comunicación y acceso internas 811008 Plantas, ductos y túneles 811009 Redes, líneas y cables 811010 Equipo médico y científico 811011 Muebles, enseres y equipo de oficina 811012 Equipo de comunicación y computación 811013 Equipo de transporte, tracción y elevación 811014 Equipo de comedor, cocina, despensa y hotelería 811017 Bienes de arte y cultura 811020 Pagarés, letras de cambio y otros 811090 Otros bienes entregados en garantía 811099 Ajustes por inflación 8120 LITIGIOS Y DEMANDAS 812001 Civiles 812002 Laborales 812003 Penales

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 172

812004 Administrativas 812005 Obligaciones fiscales 812090 Otros litigios y demandas 8121 RECURSOS Y DERECHOS POTENCIALES 812101 Reservas petroleras 812102 Reservas carboníferas 812103 Reservas de gas 812104 Explotación del espectro electromagnético 812190 Otros recursos y derechos potenciales 8124 CONTRAGARANTÍAS RECIBIDAS POR LA NACIÓN 812401 Gobierno general nacional 812402 Empresas no financieras nacionales 812403 Empresas de seguridad social nacionales 812404 Gobierno general departamental 812405 Empresas no financieras departamentales 812406 Empresas de seguridad social departamentales 812407 Gobierno general distrital 812408 Empresas no financieras distritales 812409 Empresas de seguridad social distritales 812410 Gobierno general municipal 812411 Empresas no financieras municipales 812412 Empresas de seguridad social municipales 8125 GARANTÍA ESTATAL EN EL RÉGIMEN DE PRIMA MEDIA CON

PRESTACIÓN DEFINIDA 812501 Instituto de Seguros Sociales 812502 CAJANAL 812503 FONPRECON 812504 CAPRECOM 812505 Fondo de Previsión de la Universidad del Cauca 812506 Pensiones de Antioquía 8127 FONDOS DE PENSIONES 812701 Invalidez 812702 Vejez 812703 Muerte 8128 GARANTÍAS CONTRACTUALES 812801 Contratos de concesión 812802 Contratos de asociación 812803 Contratos a riesgo compartido 812804 Contratos de obra 812805 Contratos especiales para la gestión de los servicios públicos 812806 Uniones temporales 812890 Otras garantías contractuales

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 173

8129 OPERACIONES CON DERIVADOS 812901 Contratos a término (“Forwards”) 812902 Opciones 812903 Futuros 812904 Permutas financieras ( “Swaps”) 812905 Operaciones carrusel 812906 Operaciones simultáneas 8140 CAPITAL GARANTÍA 814001 Gobierno Nacional 814002 Fondo de Garantías de Instituciones Financieras 814003 Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas 8190 OTROS DERECHOS CONTINGENTES 819001 Otros derechos contingentes 82 DEUDORAS FISCALES 83 DEUDORAS DE CONTROL 8303 BIENES RECIBIDOS POR CONTRATOS DE “LEASING

OPERATIVO” 830301 Edificaciones 830302 Maquinaria y equipo 830303 Muebles y enseres 830304 Plantas, ductos y túneles 830305 Redes, líneas y cables 830306 Equipo de transporte, tracción y elevación 830390 Otros Bienes recibidos por contratos de “Leasing operativo”

8306 BIENES ENTREGADOS EN CUSTODIA 830601 Inversiones 830602 Inventarios 830603 Terrenos 830604 Semovientes 830605 Maquinaria y equipo 830606 Edificaciones 830607 Vías de comunicación y acceso internas 830608 Plantas, ductos y túneles 830609 Redes, líneas y cables 830610 Equipo médico y científico 830611 Muebles, enseres y equipo de oficina 830612 Equipo de comunicación y computación 830613 Equipo de transporte, tracción y elevación 830614 Equipo de comedor, cocina, despensa y hotelería

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 174

830615 Bienes de arte y cultura 830616 Pagarés, letras de cambio y otros 830690 Otros bienes entregados en custodia 830699 Ajustes por inflación 8310 BONOS, TÍTULOS Y ESPECIES NO COLOCADOS 831001 Bonos 831002 Títulos 831003 Billetes 831004 Boletos 831005 Estampillas 831090 Otros bonos, títulos y especies no colocados 8312 DOCUMENTOS ENTREGADOS PARA SU COBRO 831201 Pagarés 831202 Letras de cambio 831203 Facturas 831290 Otros documentos entregados para su cobro 8313 MERCANCÍAS ENTREGADAS EN CONSIGNACIÓN 831301 Mercancías entregadas en consignación 8315 ACTIVOS TOTALMENTE DEPRECIADOS, AGOTADOS O

AMORTIZADOS 831501 Edificaciones 831502 Plantas, ductos y túneles 831503 Redes, líneas y cables 831504 Maquinaría y equipo 831505 Equipo médico y científico 831506 Muebles, enseres y equipo de oficina 831507 Equipo de comunicación y computación 831508 Equipo de transporte, tracción y elevación 831509 Equipo de comedor, cocina, despensa y hotelería 831520 Minas 831521 Canteras 831522 Yacimientos 831523 Pozos artesianos 831530 Semovientes 831531 Vías de comunicación y acceso internas 831532 Bienes de beneficio y uso público 831535 Intangibles 831536 Bienes entregados a terceros 831537 Inversiones en recursos naturales renovables en explotación 831538 Inversiones en recursos naturales no renovables en explotación 831590 Otros activos totalmente depreciados, agotados o amortizados 831599 Ajustes por inflación

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 175

8316 BIENES Y DERECHOS EN INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA 831601 Bancos y corporaciones 831602 Inversiones 831603 Deudores 831604 Propiedades, planta y equipo 831690 Otros bienes y derechos en investigación administrativa 8317 BIENES ENTREGADOS EN EXPLOTACIÓN 831701 Recursos naturales renovables en explotación 831702 Recursos naturales no renovables en explotación 831703 Espectro electromagnético 831790 Otros bienes entregados en explotación 831799 Ajustes por inflación 8320 TÍTULOS DE INVERSIÓN AMORTIZADOS 832001 Títulos de inversión amortizados 8325 BIENES INCAUTADOS O APREHENDIDOS 832501 Efectivo 832502 Banco y corporaciones 832503 Inversiones 832504 Inventarios 832505 Terrenos 832506 Semovientes 832507 Maquinaria y equipo 832508 Edificaciones 832509 Vías de comunicación y acceso internas 832510 Plantas, ductos y túneles 832511 Redes, líneas y cables 832512 Equipo médico y científico 832513 Muebles, enseres y equipo de oficina 832514 Equipo de comunicación y computación 832515 Equipo de transporte, tracción y elevación 832516 Equipo de comedor, cocina, despensa y hotelería 832519 Bienes de arte y cultura 832521 Oro, piedras preciosas y joyas 832522 Obras de arte 832523 Armas y municiones 832524 Bienes fungibles 832551 Activos netos 832590 Otros bienes incautados o decomisados 832599 Ajustes por inflación 8330 BIENES PENDIENTES DE LEGALIZAR 833005 Terrenos 833007 Maquinaria y equipo

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 176

833008 Edificaciones 833009 Vías de comunicación y acceso internas 833010 Plantas, ductos y túneles 833011 Redes, líneas y cables 833012 Equipo médico y científico 833013 Muebles, enseres y equipo de oficina 833014 Equipo de comunicación y computación 833015 Equipo de transporte, tracción y elevación 833016 Equipo de comedor, cocina, despensa y hotelería 833019 Bienes de arte y cultura 833021 Recursos naturales renovables en conservación 833022 Recursos naturales renovables en explotación 833023 Recursos naturales no renovables en explotación 833090 Otros bienes pendientes de legalizar 833099 Ajustes por inflación 8333 FACTURACIÓN GLOSADA EN VENTA DE SERVICIOS DE SALUD 833301 Plan obligatorio de salud POS - EPS 833302 Plan complementario -EPS 833303 Plan subsidiado de salud POSS - ARS 833304 Servicios de salud - IPS privadas 833305 Empresas de medicina prepagada - EMP 833306 Servicios de salud - Compañías aseguradoras 833307 Servicios de salud - IPS públicas 833308 Servicios de salud - Entidades con régimen especial 833309 Atención con cargo al subsidio a la oferta 833310 Riesgos profesionales - ARP 833311 Atención accidentes de tránsito SOAT – Compañías de seguros 833312 Reclamaciones FOSYGA - ECAT 833313 Convenios FOSYGA – Trauma mayor y desplazados 833314 Ministerio de salud- Recursos del IVA social 833390 Otras cuentas por cobrar servicios de salud 8340 INVENTARIO DE OBSOLETOS Y VENCIDOS 834001 Bienes producidos 834002 Mercancías en existencia 834009 Materias primas 834010 Envases y empaques 834011 Materiales para la producción de bienes 834012 Materiales para la prestación de servicios 8344 BIENES Y DERECHOS TITULARIZADOS 834401 Títulos 834402 Rentas 834403 Derechos 834404 Bienes 834490 Otras titularizaciones

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 177

8350 PRÉSTAMOS APROBADOS POR DESEMBOLSAR 835001 Gobierno general nacional 835002 Empresas no financieras nacionales 835003 Empresas de seguridad social nacionales 835004 Gobierno general departamental 835005 Empresas no financieras departamentales 835006 Empresas de seguridad social departamentales 835007 Gobierno general distrital 835008 Empresas no financieras distritales 835009 Empresas de seguridad social distritales 835010 Gobierno general municipal 835011 Empresas no financieras municipales 835012 Empresas de seguridad social municipales 8355 EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN 835501 Sueldos y salarios 835502 Contribuciones imputadas 835503 Contribuciones efectivas 835504 Aportes sobre la nómina 835505 Generales 835506 Propiedades, planta y equipo 835507 Bienes de beneficio y uso público 835508 Recursos naturales y del ambiente 835509 Inversión social diferida 8390 OTRAS CUENTAS DEUDORAS DE CONTROL 839001 Acuerdos de pagos por rentas por cobrar 839002 Títulos de las inversiones de reservas internacionales en préstamo 839003 Títulos por recibir en compra de inversiones de reservas internacionales 839004 Esquemas de cobro 839090 Otras cuentas deudoras de control 89 DEUDORAS POR CONTRA (CR) 8905 DERECHOS CONTINGENTES POR CONTRA (CR) 890501 Garantía estatal en el régimen de prima media con prestación definida 890503 Bienes entregados en garantía 890506 Litigios y demandas 890507 Recursos y derechos potenciales 890508 Contragarantías recibidas por la Nación 890509 Garantías contractuales 890510 Fondos de pensiones 890511 Capital garantía 890512 Operaciones con derivados 890590 Otros derechos contingentes

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 178

8910 DEUDORAS FISCALES POR CONTRA (CR) 891001 Deudoras fiscales por contra (Cr) 8915 DEUDORAS DE CONTROL POR CONTRA (CR) 891501 Bienes recibidos por contratos de “Leasing operativo” 891502 Bienes entregados en custodia 891503 Bonos, títulos y especies no colocados 891504 Documentos entregados para su cobro 891505 Mercancías entregadas en consignación 891506 Activos totalmente depreciados, agotados o amortizados 891507 Bienes y derechos en investigación administrativa 891508 Bienes entregados en explotación 891509 Títulos de inversión amortizados 891510 Bienes incautados o aprehendidos 891511 Bienes pendientes de legalizar 891512 Inventario de obsoletos y vencidos 891513 Bienes y derechos titularizados 891515 Préstamos aprobados por desembolsar 891516 Ejecución de proyectos de inversión 891517 Facturación glosada en venta de servicios de salud 891590 Otras cuentas deudoras de control 9 CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS 91 RESPONSABILIDADES CONTINGENTES 9110 BIENES RECIBIDOS EN GARANTÍA 911001 Inversiones 911002 Inventarios 911003 Terrenos 911004 Semovientes 911005 Maquinaria y equipo 911006 Edificaciones 911007 Vías de comunicación y acceso internas 911008 Plantas, ductos y túneles 911009 Redes, líneas y cables 911010 Equipo médico y científico 911011 Muebles, enseres y equipo de oficina 911012 Equipo de comunicación y computación 911013 Equipo de transporte, tracción y elevación 911014 Equipo de comedor, cocina, despensa y hotelería 911017 Bienes de arte y cultura 911020 Pagarés, letras de cambio y otros 911090 Otros bienes recibidos en garantía 911099 Ajustes por inflación 9120 LITIGIOS O DEMANDAS

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 179

912001 Civiles 912002 Laborales 912003 Penales 912004 Administrativos 912005 Obligaciones fiscales 912090 Otras obligaciones por litigios o demandas 9121 OBLIGACIONES POTENCIALES 912101 Pasivos pensionales 912102 Desastre naturales 912103 Conflictos sociales 912104 Crisis financiera - operación de salvamento 912190 Otras obligaciones potenciales 9125 DEUDA GARANTIZADA POR LA NACIÓN 912516 Gobierno general nacional 912517 Empresas no financieras nacionales 912518 Empresas de seguridad social nacionales 912519 Gobierno general departamental 912520 Empresas no financieras departamentales 912521 Empresas de seguridad social departamentales 912522 Gobierno general distrital 912523 Empresas no financieras distritales 912524 Empresas de seguridad social distritales 912525 Gobierno general municipal 912526 Empresas no financieras municipales 912527 Empresas de seguridad social municipales 9126 GARANTÍA ESTATAL EN EL RÉGIMEN DE PRIMA MEDIA CON

PRESTACIÓN DEFINIDA 912601 Instituto de Seguros Sociales 912602 CAJANAL 912603 FONPRECON 912604 CAPRECOM 912605 Fondo de Previsión de la Universidad del Cauca 912606 Pensiones de Antioquía 912607 CAXDAC 9127 FONDOS DE PENSIONES 912701 Invalidez 912702 Vejez 912703 Muerte 9128 GARANTÍAS CONTRACTUALES 912801 Contratos de concesión 912802 Contratos de asociación 912803 Contratos a riesgo compartido

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 180

912804 Contratos de obra 912805 Contratos especiales para la gestión de los servicios públicos 912806 Uniones temporales 912890 Otras garantías contractuales 9129 OPERACIONES CON DERIVADOS 912901 Contratos a término (“Forwards”) 912902 Opciones 912903 Futuros 912904 Permutas financieras (“Swaps”) 912905 Operaciones carrusel 912906 Operaciones simultáneas 9135 RESERVAS PRESUPUESTALES 913503 Reservas presupuestales SIIF 9140 CAPITAL GARANTÍA 914001 Gobierno Nacional 914002 Fondo de Garantías de Instituciones Financieras 914003 Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas 9190 OTRAS RESPONSABILIDADES CONTINGENTES 919001 Cuentas en participación 919002 Garantías y avales otorgados 919090 Otras responsabilidades contingentes 92 ACREEDORAS FISCALES 93 ACREEDORAS DE CONTROL 9303 CONTRATOS DE “LEASING OPERATIVO” 930301 Edificaciones 930302 Maquinaria y equipo 930303 Muebles y enseres 930304 Plantas 930305 Redes, líneas y cables 930306 Equipo de transporte, tracción y elevación 930390 Otros bienes en “Leasing operativo” 9306 BIENES RECIBIDOS EN CUSTODIA 930601 Inversiones 930602 Inventarios 930603 Terrenos 930604 Semovientes 930605 Maquinaria y equipo 930606 Edificaciones

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 181

930607 Vías de comunicación y acceso internas 930608 Plantas, ductos y túneles 930609 Redes, líneas y cables 930610 Equipo médico y científico 930611 Muebles, enseres y equipo de oficina 930612 Equipo de comunicación y computación 930613 Equipo de transporte, tracción y elevación 930614 Equipo de comedor, cocina, despensa y hotelería 930615 Bienes de arte y cultura 930616 Pagarés, letras de cambio y otros 930690 Otros bienes recibidos en custodia 930699 Ajustes por inflación 9313 MERCANCIAS RECIBIDAS EN CONSIGNACIÓN 931301 Mercancías recibidas en consignacion 9317 BIENES RECIBIDOS EN EXPLOTACIÓN 931701 Recursos naturales renovables en explotación 931702 Recursos naturales no renovables en explotación 931703 Espectro electromagnético 931790 Otros bienes recibidos en explotación 931799 Ajustes por inflación 9325 BIENES INCAUTADOS O APREHENDIDOS 932501 Efectivo 932502 Banco y corporaciones 932503 Inversiones 932504 Inventarios 932505 Terrenos 932506 Semovientes 932507 Maquinaria y equipo 932508 Edificaciones 932509 Vías de comunicación y acceso internas 932510 Plantas, ductos y túneles 932511 Redes, líneas y cables 932512 Equipo médico y científico 932513 Muebles, enseres y equipo de oficina 932514 Equipo de comunicación y computación 932515 Equipo de transporte, tracción y elevación 932516 Equipo de comedor, cocina, despensa y hotelería 932519 Bienes de arte y cultura 932520 Oro, piedras preciosas y joyas 932521 Obras de arte 932522 Armas y municiones 932523 Bienes fungibles 932524 Responsabilidades 932551 Activos netos

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 182

932590 Otros bienes incautados o decomisados 932599 Ajustes por inflación 9346 BIENES RECIBIDOS DE TERCEROS 934601 Inversiones 934602 Inventarios 934603 Terrenos 934604 Semovientes 934605 Maquinaria y equipo 934606 Edificaciones 934607 Vías de comunicación y acceso internas 934608 Plantas, ductos y túneles 934609 Redes, líneas y cables 934610 Equipo médico y científico 934611 Muebles, enseres y equipo de oficina 934612 Equipo de comunicación y computación 934613 Equipo de transporte, tracción y elevación 934614 Equipo de comedor, cocina, despensa y hotelería 934615 Bienes de arte y cultura 934616 Recursos naturales renovables en explotación 934617 Recursos naturales no renovables en explotación 934618 Bienes de beneficio y uso público 934690 Otros bienes recibidos de terceros 934699 Ajustes por inflación 9350 EMPRÉSTITOS POR RECIBIR 935001 Banca comercial 935002 Banca multilateral 935003 Banca de fomento 935004 Gobiernos 935005 Proveedores 935090 Otros empréstitos por recibir 9390 OTRAS CUENTAS ACREEDORAS DE CONTROL 939001 Préstamos sin situación de fondos 939002 Anticipos y fondos en administración 939003 Pérdidas en inversiones patrimoniales 939004 Pasivos cancelados por prescripción 939005 Billetes de banca central sin emitir 939006 Moneda metálica emitida 939007 Contratos para administración de títulos banca central 939008 Títulos vendidos pendientes de entregar 939009 Títulos valores en circulación – banca central 939010 Esquemas de pago 939090 Otras cuentas acreedoras de control 99 ACREEDORAS POR CONTRA (DB)

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 183

9905 RESPONSABILIDADES CONTINGENTES POR CONTRA (DB) 990502 Bienes recibidos en garantía 990505 Litigios o demandas 990506 Deuda garantizada por la Nación 913508 Reservas presupuestales 990509 Obligaciones potenciales 990510 Garantía estatal en el régimen de prima media con prestación definida 990511 Garantías contractuales 990512 Fondos de pensiones 990513 Capital garantía 990514 Operaciones con derivados 990590 Otras responsabilidades contingentes 9910 ACREEDORAS FISCALES POR CONTRA (DB) 9915 ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB) 991501 Contratos de “Leasing” operativo 991502 Bienes recibidos en custodia 991503 Mercancías recibidas en consignación 991504 Bienes recibidos en explotación 991505 Bienes aprehendidos o incautados 991506 Bienes recibidos de terceros 991507 Empréstitos por recibir 991590 Otras cuentas acreedoras de control 0 CUENTAS DE PLANEACION Y PRESUPUESTO 02 PRESUPUESTO DE INGRESOS 0201 INGRESOS APROBADOS (DB) 020101 Impuesto a ganadores sorteos ordinarios 020102 Impuesto a ganadores sorteos extraordinarios 020103 Impuesto a foráneas 020104 IVA de licores a productores 020105 IVA de licores a distribuidores 020106 Impuesto a la venta de cerveza 8% 020107 Impuesto sobre la Renta y Complementarios 020108 Impuesto de Registro 020109 Impuestos sobre vehículos automotores 020110 Impuesto Predial Unificado 020111 Impuesto de Circulación y Tránsito 020112 Impuesto a la Gasolina y al ACPM 020113 Impuesto a las Transacciones Financieras 020114 Impuesto al Oro y al Platino 020115 Impuesto al Valor Agregado IVA - Interno 020116 Impuesto al Valor Agregado IVA - Externo

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 184

020117 Impuesto de Timbre Nacional 020118 Impuesto de Timbre Nacional sobre salidas al exterior 020119 Impuestos sobre aduanas y recargos 020120 Consumo de Cerveza Nacional y Extranjera 020121 Consumo de tabaco y cigarrillo nacionales y extranjeros 020122 Consumo de licores y vinos nacionales y extranjeros 020123 Consumo de Licores del Departamento 020124 Sobretasa al ACPM 020125 Degüello de Ganado Mayor 020126 Sobretasa a la gasolina motor 020127 Degüello de Ganado Menor 020128 Delineación urbana, estudios y aprobación de planos 020129 Espectáculos Públicos 020130 Extracción de materiales (arena, cascajo y piedra) 020131 Impuesto de avisos, tableros y vallas 020132 Impuesto de Industria y Comercio 020133 Ocupación de vías 020134 Impuesto de rifas, apuestas y juegos permitidos 020135 Otros impuesto nacionales 020136 Otros impuestos departamentales 020137 Otros impuestos distritales y municipales 020138 Tasas 020139 Multas y sanciones 020140 Sobretasas al predial 020141 Intereses 020142 Estampillas 020143 Contribuciones 020144 Concesiones 020145 Venta de Bienes Producidos 020146 Venta de Bienes por Operaciones de Comercialización 020147 Venta de servicios educativos 020148 Venta de servicios de salud 020149 Venta de servicios públicos domiciliarios 020150 Venta de otros servicios 020151 Arrendamientos o Alquileres Bienes Muebles e Inmuebles 020152 Otros Ingresos Corrientes No Tributarios 020153 Situado Fiscal Salud 020154 Situado Fiscal Educación 020155 PICN - Inversión Forzosa Urbana 020156 PICN - Inversión Forzosa Rural 020157 PICN - Libre Destinación 020158 Transferencias de regalías directas 020159 Transferencias del Fondo Nacional de Regalías 020160 Aportes, traspasos y transferencias Nacionales 020161 Aportes, traspasos y transferencias de empresas nacionales 020162 Aportes, traspasos y transferencias Departamentales 020163 Aportes, traspasos y transferencias de empresas departamentales

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 185

020164 Aportes, traspasos y transferencias Distritales 020165 Aportes, traspasos y transferencias de empresas distritales 020166 Aportes, traspasos y transferencias municipales 020167 Aportes, traspasos y transferencias de empresas municipales 020168 Crédito Interno - Emisión TES 020169 Crédito Interno - Emisión Bonos 020170 Crédito interno - Banca Comercial 020171 Crédito interno - Banca de Fomento 020172 Préstamos gubernamentales 020173 Crédito de Proveedores del Interior 020174 Créditos internos documentarios 020175 Crédito Externo - Emisión Bonos 020176 Crédito externo - Banca comercial 020177 Crédito externo - Banca de Fomento 020178 Banca Multilateral 020179 Crédito de Gobiernos 020180 Créditos de Proveedores del exterior 020181 Créditos externos Documentarios 020182 Rendimiento Operaciones Financieras 020183 Donaciones 020184 Excedentes Financieros entidades descentralizadas 020185 Diferencial Cambiario 020186 Venta de Activos 020187 Otros Recursos del Balance 020188 Utilidades del Banco de la República 020189 Otros recursos de capital 020190 Fondo Nacional de Prestaciones del Magisterio 020191 Contribuciones parafiscales ICBF, ISS, SENA 020192 Otras Contribuciones parafiscales 020193 Fondos Especiales - Cuotas y Contribuciones 020194 Fondos Especiales - Comisiones de Regulación 020195 Fondos de Seguridad Social 020196 Otros Fondos especiales 020197 Titularizaciones 020198 Derechos de explotación 020199 Disponibilidad inicial 0206 INGRESOS POR EJECUTAR (CR) 020601 Impuesto a ganadores sorteos ordinarios 020602 Impuesto a ganadores sorteos extraordinarios 020603 Impuesto a foráneas 020604 IVA de licores a productores 020605 IVA de licores a distribuidores 020606 Impuesto a la venta de cerveza 8% 020607 Impuesto sobre la Renta y Complementarios 020608 Impuesto de Registro 020609 Impuestos sobre vehículos automotores

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 186

020610 Impuesto Predial Unificado 020611 Impuesto de Circulación y Tránsito 020612 Impuesto a la Gasolina y al ACPM 020613 Impuesto a las Transacciones Financieras 020614 Impuesto al Oro y al Platino 020615 Impuesto al Valor Agregado IVA - Interno 020616 Impuesto al Valor Agregado IVA - Externo 020617 Impuesto de Timbre Nacional 020618 Impuesto de Timbre Nacional sobre salidas al exterior 020619 Impuestos sobre aduanas y recargos 020620 Consumo de Cerveza Nacional y Extranjera 020621 Consumo de tabaco y cigarrillo nacionales y extranjeros 020622 Consumo de licores y vinos nacionales y extranjeros 020623 Consumo de Licores del Departamento 020624 Sobretasa al ACPM 020625 Degüello de Ganado Mayor 020626 Sobretasa a la gasolina motor 020627 Degüello de Ganado Menor 020628 Delineación urbana, estudios y aprobación de planos 020629 Espectáculos Públicos 020630 Extracción de materiales (arena, cascajo y piedra) 020631 Impuesto de avisos, tableros y vallas 020632 Impuesto de Industria y Comercio 020633 Ocupación de vías 020634 Impuesto de rifas, apuestas y juegos permitidos 020635 Otros impuesto nacionales 020636 Otros impuestos departamentales 020637 Otros impuestos distritales y municipales 020638 Tasas 020639 Multas y sanciones 020640 Sobretasas al predial 020641 Intereses 020642 Estampillas 020643 Contribuciones 020644 Concesiones 020645 Venta de Bienes Producidos 020646 Venta de Bienes por Operaciones de Comercialización 020647 Venta de servicios educativos 020648 Venta de servicios de salud 020649 Venta de servicios públicos domiciliarios 020650 Venta de otros servicios 020651 Arrendamientos o Alquileres Bienes Muebles e Inmuebles 020652 Otros Ingresos Corrientes No Tributarios 020653 Situado Fiscal Salud 020654 Situado Fiscal Educación 020655 PICN - Inversión Forzosa Urbana 020656 PICN - Inversión Forzosa Rural

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 187

020657 PICN - Libre Destinación 020658 Transferencias de regalías directas 020659 Transferencias del Fondo Nacional de Regalías 020660 Aportes, traspasos y transferencias Nacionales 020661 Aportes, traspasos y transferencias de empresas nacionales 020662 Aportes, traspasos y transferencias Departamentales 020663 Aportes, traspasos y transferencias de empresas departamentales 020664 Aportes, traspasos y transferencias Distritales 020665 Aportes, traspasos y transferencias de empresas distritales 020666 Aportes, traspasos y transferencias municipales 020667 Aportes, traspasos y transferencias de empresas municipales 020668 Crédito Interno - Emisión TES 020669 Crédito Interno - Emisión Bonos 020670 Crédito interno - Banca Comercial 020671 Crédito interno - Banca de Fomento 020672 Préstamos gubernamentales 020673 Crédito de Proveedores del Interior 020674 Créditos internos documentarios 020675 Crédito Externo - Emisión Bonos 020676 Crédito externo - Banca comercial 020677 Crédito externo - Banca de Fomento 020678 Banca Multilateral 020679 Crédito de Gobiernos 020680 Créditos de Proveedores del exterior 020681 Créditos externos Documentarios 020682 Rendimiento Operaciones Financieras 020683 Donaciones 020684 Excedentes Financieros entidades descentralizadas 020685 Diferencial Cambiario 020686 Venta de Activos 020687 Otros Recursos del Balance 020688 Utilidades del Banco de la República 020689 Otros recursos de capital 020690 Fondo Nacional de Prestaciones del Magisterio 020691 Contribuciones parafiscales ICBF, ISS, SENA 020692 Otras Contribuciones parafiscales 020693 Fondos Especiales - Cuotas y Contribuciones 020694 Fondos Especiales - Comisiones de Regulación 020695 Fondos de Seguridad Social 020696 Otros Fondos especiales 020697 Titularizaciones 020698 Derechos de explotación 0211 RECAUDOS EN EFECTIVO (CR) 021101 Impuesto a ganadores sorteos ordinarios 021102 Impuesto a ganadores sorteos extraordinarios 021103 Impuesto a foráneas

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 188

021104 IVA de licores a productores 021105 IVA de licores a distribuidores 021106 Impuesto a la venta de cerveza 8% 021107 Impuesto sobre la Renta y Complementarios 021108 Impuesto de Registro 021109 Impuestos sobre vehículos automotores 021110 Impuesto Predial Unificado 021111 Impuesto de Circulación y Tránsito 021112 Impuesto a la Gasolina y al ACPM 021113 Impuesto a las Transacciones Financieras 021114 Impuesto al Oro y al Platino 021115 Impuesto al Valor Agregado IVA - Interno 021116 Impuesto al Valor Agregado IVA - Externo 021117 Impuesto de Timbre Nacional 021118 Impuesto de Timbre Nacional sobre salidas al exterior 021119 Impuestos sobre aduanas y recargos 021120 Consumo de Cerveza Nacional y Extranjera 021121 Consumo de tabaco y cigarrillo nacionales y extranjeros 021122 Consumo de licores y vinos nacionales y extranjeros 021123 Consumo de Licores del Departamento 021124 Sobretasa al ACPM 021125 Degüello de Ganado Mayor 021126 Sobretasa a la gasolina motor 021127 Degüello de Ganado Menor 021128 Delineación urbana, estudios y aprobación de planos 021129 Espectáculos Públicos 021130 Extracción de materiales (arena, cascajo y piedra) 021131 Impuesto de avisos, tableros y vallas 021132 Impuesto de Industria y Comercio 021133 Ocupación de vías 021134 Impuesto de rifas, apuestas y juegos permitidos 021135 Otros impuesto nacionales 021136 Otros impuestos departamentales 021137 Otros impuestos distritales y municipales 021138 Tasas 021139 Multas y sanciones 021140 Sobretasas al predial 021141 Intereses 021142 Estampillas 021143 Contribuciones 021144 Concesiones 021145 Venta de Bienes Producidos 021146 Venta de Bienes por Operaciones de Comercialización 021147 Venta de servicios educativos 021148 Venta de servicios de salud 021149 Venta de servicios públicos domiciliarios 021150 Venta de otros servicios

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 189

021151 Arrendamientos o Alquileres Bienes Muebles e Inmuebles 021152 Otros Ingresos Corrientes No Tributarios 021153 Situado Fiscal Salud 021154 Situado Fiscal Educación 021155 PICN - Inversión Forzosa Urbana 021156 PICN - Inversión Forzosa Rural 021157 PICN - Libre Destinación 021158 Transferencias de regalías directas 021159 Transferencias del Fondo Nacional de Regalías 021160 Aportes, traspasos y transferencias Nacionales 021161 Aportes, traspasos y transferencias de empresas nacionales 021162 Aportes, traspasos y transferencias Departamentales 021163 Aportes, traspasos y transferencias de empresas departamentales 021164 Aportes, traspasos y transferencias Distritales 021165 Aportes, traspasos y transferencias de empresas distritales 021166 Aportes, traspasos y transferencias municipales 021167 Aportes, traspasos y transferencias de empresas municipales 021168 Crédito Interno - Emisión TES 021169 Crédito Interno - Emisión Bonos 021170 Crédito interno - Banca Comercial 021171 Crédito interno - Banca de Fomento 021172 Préstamos gubernamentales 021173 Crédito de Proveedores del Interior 021174 Créditos internos documentarios 021175 Crédito Externo - Emisión Bonos 021176 Crédito externo - Banca comercial 021177 Crédito externo - Banca de Fomento 021178 Banca Multilateral 021179 Crédito de Gobiernos 021180 Créditos de Proveedores del exterior 021181 Créditos externos Documentarios 021182 Rendimiento Operaciones Financieras 021183 Donaciones 021184 Excedentes Financieros entidades descentralizadas 021185 Diferencial Cambiario 021186 Venta de Activos 021187 Otros Recursos del Balance 021188 Utilidades del Banco de la República 021189 Otros recursos de capital 021190 Fondo Nacional de Prestaciones del Magisterio 021191 Contribuciones parafiscales ICBF, ISS, SENA 021192 Otras Contribuciones parafiscales 021193 Fondos Especiales - Cuotas y Contribuciones 021194 Fondos Especiales - Comisiones de Regulación 021195 Fondos de Seguridad Social 021196 Otros Fondos especiales 021197 Titularizaciones

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 190

021198 Derechos de explotación 0212 EJECUCIÓN EN PAPELES Y OTROS (CR) 021201 Impuesto sobre la Renta y Complementarios 021202 Impuesto Predial Unificado 021203 Impuesto al Valor Agregado IVA - Interno 021204 Impuesto al Valor Agregado IVA - Externo 021205 Impuestos sobre aduanas y recargos 021206 Impuesto de Circulación y Tránsito 021207 Impuesto a la Gasolina y al ACPM 021208 Impuesto de avisos, tableros y vallas 021209 Impuesto de Industria y Comercio 021210 Otros impuesto nacionales 021211 Otros impuestos departamentales 021212 Otros impuestos distritales y municipales 021213 Situado Fiscal Salud 021214 Situado Fiscal Educación 021215 PICN - Inversión Forzosa Urbana 021216 PICN - Inversión Forzosa Rural 021217 PICN - Libre Destinación 021218 Otras transferencias 021219 Créditos internos 021220 Créditos externos 021221 Crédito proveedores internos 021222 Crédito proveedores externos 021290 Otros ingresos presupuestales 021299 Disponibilidad inicial 0241 RECONOCIMIENTOS (CR) 024101 Venta de Bienes 024102 Venta de servicios 024103 Situado Fiscal Salud 024104 Situado Fiscal Educación 024105 PICN - Inversión Forzosa Urbana 024106 PICN - Inversión Forzosa Rural 024107 PICN - Libre Destinación 024108 Otras transferencias 024109 Crédito interno 024110 Crédito Externo 024111 Crédito proveedores internos 024112 Créditos de Proveedores externos 0246 RECAUDOS POR INGRESOS NO AFORADOS (DB) 024601 Impuesto a ganadores sorteos ordinarios 024602 Impuesto a ganadores sorteos extraordinarios 024603 Impuesto a foráneas 024604 IVA de licores a productores

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 191

024605 IVA de licores a distribuidores 024606 Impuesto a la venta de cerveza 8% 024607 Impuesto sobre la Renta y Complementarios 024608 Impuesto de Registro 024609 Impuestos sobre vehículos automotores 024610 Impuesto Predial Unificado 024611 Impuesto de Circulación y Tránsito 024612 Impuesto a la Gasolina y al ACPM 024613 Impuesto a las Transacciones Financieras 024614 Impuesto al Oro y al Platino 024615 Impuesto al Valor Agregado IVA - Interno 024616 Impuesto al Valor Agregado IVA - Externo 024617 Impuesto de Timbre Nacional 024618 Impuesto de Timbre Nacional sobre salidas al exterior 024619 Impuestos sobre aduanas y recargos 024620 Consumo de Cerveza Nacional y Extranjera 024621 Consumo de tabaco y cigarrillo nacionales y extranjeros 024622 Consumo de licores y vinos nacionales y extranjeros 024623 Consumo de Licores del Departamento 024624 Sobretasa al ACPM 024625 Degüello de Ganado Mayor 024626 Sobretasa a la gasolina motor 024627 Degüello de Ganado Menor 024628 Delineación urbana, estudios y aprobación de planos 024629 Espectáculos Públicos 024630 Extracción de materiales (arena, cascajo y piedra) 024631 Impuesto de avisos, tableros y vallas 024632 Impuesto de Industria y Comercio 024633 Ocupación de vías 024634 Impuesto de rifas, apuestas y juegos permitidos 024635 Otros impuesto nacionales 024636 Otros impuestos departamentales 024637 Otros impuestos distritales y municipales 024638 Tasas 024639 Multas y sanciones 024640 Sobretasas al predial 024641 Intereses 024642 Estampillas 024643 Contribuciones 024644 Concesiones 024645 Venta de Bienes Producidos 024646 Venta de Bienes por Operaciones de Comercialización 024647 Venta de servicios educativos 024648 Venta de servicios de salud 024649 Venta de servicios públicos domiciliarios 024650 Venta de otros servicios 024651 Arrendamientos o Alquileres Bienes Muebles e Inmuebles

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 192

024652 Otros Ingresos Corrientes No Tributarios 024682 Rendimiento Operaciones Financieras 024683 Donaciones 024684 Excedentes Financieros entidades descentralizadas 024685 Diferencial Cambiario 024686 Venta de Activos 024687 Otros Recursos del Balance 024688 Utilidades del Banco de la República 024689 Otros recursos de capital 024690 Fondo Nacional de Prestaciones del Magisterio 024691 Contribuciones parafiscales ICBF, ISS, SENA 024692 Otras Contribuciones parafiscales 024693 Fondos Especiales - Cuotas y Contribuciones 024694 Fondos Especiales - Comisiones de Regulación 024695 Fondos de Seguridad Social 024696 Otros Fondos especiales 024697 Titularizaciones 024698 Derechos de explotación 0251 RECONOCIMIENTOS DE VIGENCIAS ANTERIORES (DB) 025101 Venta de Bienes 025102 Venta de servicios 025103 Situado Fiscal Salud 025104 Situado Fiscal Educación 025105 PICN - Inversión Forzosa Urbana 025106 PICN - Inversión Forzosa Rural 025107 PICN - Libre Destinación 025108 Otras transferencias 025109 Crédito interno 025110 Crédito Externo 025111 Crédito proveedores internos 025112 Créditos de Proveedores externos 0256 RECONOCIMIENTOS POR EJECUTAR VIGENCIAS ANTERIORES

(CR) 025601 Venta de Bienes 025602 Venta de servicios 025603 Situado Fiscal Salud 025604 Situado Fiscal Educación 025605 PICN - Inversión Forzosa Urbana 025606 PICN - Inversión Forzosa Rural 025607 PICN - Libre Destinación 025608 Otras transferencias 025609 Crédito interno 025610 Crédito Externo 025611 Crédito proveedores internos 025612 Créditos de Proveedores externos

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 193

0261 RECAUDOS POR RECONOCIMIENTOS VIGENCIAS

ANTERIORES (CR) 026101 Venta de Bienes 026102 Venta de servicios 026103 Situado Fiscal Salud 026104 Situado Fiscal Educación 026105 PICN - Inversión Forzosa Urbana 026106 PICN - Inversión Forzosa Rural 026107 PICN - Libre Destinación 026108 Otras transferencias 026109 Crédito interno 026110 Crédito Externo 026111 Crédito proveedores internos 026112 Créditos de Proveedores externos 03 PRESUPUESTO DE GASTOS DE LA VIGENCIA 0305 GASTOS APROBADOS (CR) 030511 Servicios personales asociados a la nómina 030512 Servicios personales indirectos 030513 Contribuciones inherentes a nómina sector privado 030514 Contribuciones inherentes a nómina sector público 030515 Adquisición de bienes 030516 Adquisición de servicios 030517 Impuestos y multas 030518 Situado Fiscal 030519 Participación en los Ingresos Corrientes de la Nación 030520 Transferencias Nacionales 030521 Transferencias a empresas no financieras nacionales 030522 Transferencias a empresas financieras nacionales 030523 Transferencias Departamental 030524 Transferencias a empresas no financieras departamentales 030525 Transferencias a empresas financieras departamentales 030526 Transferencias Distrital 030527 Transferencias a empresas no financieras distritales 030528 Transferencias a empresas financieras distritales 030529 Transferencias Municipal 030530 Transferencias a empresas no financieras municipales 030531 Transferencias a empresas financieras municipales 030532 Transferencias a Otras Entidades Públicas del Orden Territorial 030533 Transferencias a Gobiernos del exterior 030534 Transferencias a Organismos Internacionales 030535 Otras transferencias al exterior 030536 Transferencias de Pensiones y Jubilaciones 030537 Transferencias de Cesantías 030538 Otras Transferencias de Previsión y Seguridad Social

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 194

030539 Transferencias de capital a Establecimientos Públicos 030540 Transferencias de capital a Empresas Industriales y Comerciales 030541 Transferencias de capital a Sociedades de Economía Mixta 030542 Transferencias de capital a Otras Entidades del sector público 030543 Transferencias por convenios con el sector privado 030544 Otras transferencias por Sentencias y Conciliaciones 030545 Transferencias al Fondo de Compensación Interministerial 030546 Otras Transferencias 030547 Compra de Bienes para la Venta 030548 Compra de Servicios para la Venta 030549 Otros gastos de comercialización 030550 Gastos de Producción Industrial 030551 Gastos de Producción Agrícola 030552 Otros gastos de producción 030553 Amortización Deuda Pública Externa 030554 Intereses, Comisiones y Otros Gastos de Deuda Pública Externa 030555 Amortización Deuda Pública Interna 030556 Intereses, Comisiones y Otros Gastos Deuda Pública Interna 030557 Inversión Sector Salud 030558 Inversión Sector Educación 030559 Inversión Sector Agua Potable y Saneamiento Básico 030560 Inversión Sector Vivienda 030561 Inversión Sector Recreación y Deporte 030562 Inversión Sector Arte y Cultura 030563 Inversión Sector Desarrollo Comunitario 030564 Inversión Sector Defensa y Seguridad 030565 Inversión Sector Justicia 030566 Inversión Sector Trabajo y Seguridad Social 030567 Inversión Sector Desarrollo Industrial 030568 Inversión Sector Desarrollo Comercial 030569 Inversión Sector Desarrollo Turístico 030570 Inversión Sector Agropecuario 030571 Inversión Sector Minero 030572 Inversión Sector Comunicaciones 030573 Inversión Sector Transporte 030574 Inversión Sector Infraestructura Vial 030575 Inversión Sector Eléctrico 030576 Inversión Sector petróleo y gas 030577 Inversión Sector Medio Ambiente 030578 Inversión Sector Gobierno, Planeación y Desarrollo Institucional 030579 Inversión Sector Prevención y Atención de Desastres 030580 Inversión Sector Equipamiento 030581 Inversión Sector Ciencia y Tecnología 030582 Disponibilidad Final 030583 Vigencias expiradas gasto de personal 030584 Vigencias expiradas gastos generales 030585 Vigencias expiradas gastos de inversión

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 195

0310 GASTOS POR AFECTAR (DB) 031011 Servicios personales asociados a la nómina 031012 Servicios personales indirectos 031013 Contribuciones inherentes a nómina sector privado 031014 Contribuciones inherentes a nómina sector público 031015 Adquisición de bienes 031016 Adquisición de servicios 031017 Impuestos y multas 031018 Situado Fiscal 031019 Participación en los Ingresos Corrientes de la Nación 031020 Transferencias Nacionales 031021 Transferencias a empresas no financieras nacionales 031022 Transferencias a empresas financieras nacionales 031023 Transferencias Departamental 031024 Transferencias a empresas no financieras departamentales 031025 Transferencias a empresas financieras departamentales 031026 Transferencias Distrital 031027 Transferencias a empresas no financieras distritales 031028 Transferencias a empresas financieras distritales 031029 Transferencias Municipal 031030 Transferencias a empresas no financieras municipales 031031 Transferencias a empresas financieras municipales 031032 Transferencias a Otras Entidades Públicas del Orden Territorial 031033 Transferencias a Gobiernos del exterior 031034 Transferencias a Organismos Internacionales 031035 Otras transferencias al exterior 031036 Transferencias de Pensiones y Jubilaciones 031037 Transferencias de Cesantías 031038 Otras Transferencias de Previsión y Seguridad Social 031039 Transferencias de capital a Establecimientos Públicos 031040 Transferencias de capital a Empresas Industriales y Comerciales 031041 Transferencias de capital a Sociedades de Economía Mixta 031042 Transferencias de capital a Otras Entidades del sector público 031043 Transferencias por convenios con el sector privado 031044 Otras transferencias por Sentencias y Conciliaciones 031045 Transferencias al Fondo de Compensación Interministerial 031046 Otras Transferencias 031047 Compra de Bienes para la Venta 031048 Compra de Servicios para la Venta 031049 Otros gastos de comercialización 031050 Gastos de Producción Industrial 031051 Gastos de Producción Agrícola 031052 Otros gastos de producción 031053 Amortización Deuda Pública Externa 031054 Intereses, Comisiones y Otros Gastos de Deuda Pública Externa 031055 Amortización Deuda Pública Interna

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 196

031056 Intereses, Comisiones y Otros Gastos Deuda Pública Interna 031057 Inversión Sector Salud 031058 Inversión Sector Educación 031059 Inversión Sector Agua Potable y Saneamiento Básico 031060 Inversión Sector Vivienda 031061 Inversión Sector Recreación y Deporte 031062 Inversión Sector Arte y Cultura 031063 Inversión Sector Desarrollo Comunitario 031064 Inversión Sector Defensa y Seguridad 031065 Inversión Sector Justicia 031066 Inversión Sector Trabajo y Seguridad Social 031067 Inversión Sector Desarrollo Industrial 031068 Inversión Sector Desarrollo Comercial 031069 Inversión Sector Desarrollo Turístico 031070 Inversión Sector Agropecuario 031071 Inversión Sector Minero 031072 Inversión Sector Comunicaciones 031073 Inversión Sector Transporte 031074 Inversión Sector Infraestructura Vial 031075 Inversión Sector Eléctrico 031076 Inversión Sector petróleo y gas 031077 Inversión Sector Medio Ambiente 031078 Inversión Sector Gobierno, Planeación y Desarrollo Institucional 031079 Inversión Sector Prevención y Atención de Desastres 031080 Inversión Sector Equipamiento 031081 Inversión Sector Ciencia y Tecnología 031082 Disponibilidad Final 031083 Vigencias expiradas gasto de personal 031084 Vigencias expiradas gastos generales 031085 Vigencias expiradas gastos de inversión 0312 CERTIFICADOS DE DISPONIBILIDAD EXPEDIDOS (DB) 031211 Servicios personales asociados a la nómina 031212 Servicios personales indirectos 031213 Contribuciones inherentes a nómina sector privado 031214 Contribuciones inherentes a nómina sector público 031215 Adquisición de bienes 031216 Adquisición de servicios 031217 Impuestos y multas 031218 Situado Fiscal 031219 Participación en los Ingresos Corrientes de la Nación 031220 Transferencias Nacionales 031221 Transferencias a empresas no financieras nacionales 031222 Transferencias a empresas financieras nacionales 031223 Transferencias Departamental 031224 Transferencias a empresas no financieras departamentales 031225 Transferencias a empresas financieras departamentales

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 197

031226 Transferencias Distrital 031227 Transferencias a empresas no financieras distritales 031228 Transferencias a empresas financieras distritales 031229 Transferencias Municipal 031230 Transferencias a empresas no financieras municipales 031231 Transferencias a empresas financieras municipales 031232 Transferencias a Otras Entidades Públicas del Orden Territorial 031233 Transferencias a Gobiernos del exterior 031234 Transferencias a Organismos Internacionales 031235 Otras transferencias al exterior 031236 Transferencias de Pensiones y Jubilaciones 031237 Transferencias de Cesantías 031238 Otras Transferencias de Previsión y Seguridad Social 031239 Transferencias de capital a Establecimientos Públicos 031240 Transferencias de capital a Empresas Industriales y Comerciales 031241 Transferencias de capital a Sociedades de Economía Mixta 031242 Transferencias de capital a Otras Entidades del sector público 031243 Transferencias por convenios con el sector privado 031244 Otras transferencias por Sentencias y Conciliaciones 031245 Transferencias al Fondo de Compensación Interministerial 031246 Otras Transferencias 031247 Compra de Bienes para la Venta 031248 Compra de Servicios para la Venta 031249 Otros gastos de comercialización 031250 Gastos de Producción Industrial 031251 Gastos de Producción Agrícola 031252 Otros gastos de producción 031253 Amortización Deuda Pública Externa 031254 Intereses, Comisiones y Otros Gastos de Deuda Pública Externa 031255 Amortización Deuda Pública Interna 031256 Intereses, Comisiones y Otros Gastos Deuda Pública Interna 031257 Inversión Sector Salud 031258 Inversión Sector Educación 031259 Inversión Sector Agua Potable y Saneamiento Básico 031260 Inversión Sector Vivienda 031261 Inversión Sector Recreación y Deportes 031262 Inversión Sector Arte y Cultura 031263 Inversión Sector Desarrollo Comunitario 031264 Inversión Sector Defensa y Seguridad 031265 Inversión Sector Justicia 031266 Inversión Sector Trabajo y Seguridad Social 031267 Inversión Sector Desarrollo Industrial 031268 Inversión Sector Desarrollo Comercial 031269 Inversión Sector Desarrollo Turístico 031270 Inversión Sector Agropecuario 031271 Inversión Sector Minero 031272 Inversión Sector Comunicaciones

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 198

031273 Inversión Sector Transporte 031274 Inversión Sector Infraestructura Vial 031275 Inversión Sector Eléctrico 031276 Inversión Sector petróleo y gas 031277 Inversión Sector Medio Ambiente 031278 Inversión Sector Gobierno, Planeación y Desarrollo Institucional 031279 Inversión Sector Prevención y Atención de Desastres 031280 Inversión Sector Equipamiento 031281 Inversión Sector Ciencia y Tecnología 031283 Vigencias expiradas gasto de personal 031284 Vigencias expiradas gastos generales 031285 Vigencias expiradas gastos de inversión 0315 GASTOS COMPROMETIDOS (DB) 031511 Servicios personales asociados a la nómina 031512 Servicios personales indirectos 031513 Contribuciones inherentes a nómina sector privado 031514 Contribuciones inherentes a nómina sector público 031515 Adquisición de bienes 031516 Adquisición de servicios 031517 Impuestos y multas 031518 Situado Fiscal 031519 Participación en los Ingresos Corrientes de la Nación 031520 Transferencias Nacionales 031521 Transferencias a empresas no financieras nacionales 031522 Transferencias a empresas financieras nacionales 031523 Transferencias Departamental 031524 Transferencias a empresas no financieras departamentales 031525 Transferencias a empresas financieras departamentales 031526 Transferencias Distrital 031527 Transferencias a empresas no financieras distritales 031528 Transferencias a empresas financieras distritales 031529 Transferencias Municipal 031530 Transferencias a empresas no financieras municipales 031531 Transferencias a empresas financieras municipales 031532 Transferencias a Otras Entidades Públicas del Orden Territorial 031533 Transferencias a Gobiernos del exterior 031534 Transferencias a Organismos Internacionales 031535 Otras transferencias al exterior 031536 Transferencias de Pensiones y Jubilaciones 031537 Transferencias de Cesantías 031538 Otras Transferencias de Previsión y Seguridad Social 031539 Transferencias de capital a Establecimientos Públicos 031540 Transferencias de capital a Empresas Industriales y Comerciales 031541 Transferencias de capital a Sociedades de Economía Mixta 031542 Transferencias de capital a Otras Entidades del sector público 031543 Transferencias por convenios con el sector privado

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 199

031544 Otras transferencias por Sentencias y Conciliaciones 031545 Transferencias al Fondo de Compensación Interministerial 031546 Otras Transferencias 031547 Compra de Bienes para la Venta 031548 Compra de Servicios para la Venta 031549 Otros gastos de comercialización 031550 Gastos de Producción Industrial 031551 Gastos de Producción Agrícola 031552 Otros gastos de producción 031553 Amortización Deuda Pública Externa 031554 Intereses, Comisiones y Otros Gastos de Deuda Pública Externa 031555 Amortización Deuda Pública Interna 031556 Intereses, Comisiones y Otros Gastos Deuda Pública Interna 031557 Inversión Sector Salud 031558 Inversión Sector Educación 031559 Inversión Sector Agua Potable y Saneamiento Básico 031560 Inversión Sector Vivienda 031561 Inversión Sector Recreación y Deporte 031562 Inversión Sector Arte y Cultura 031563 Inversión Sector Desarrollo Comunitario 031564 Inversión Sector Defensa y Seguridad 031565 Inversión Sector Justicia 031566 Inversión Sector Trabajo y Seguridad Social 031567 Inversión Sector Desarrollo Industrial 031568 Inversión Sector Desarrollo Comercial 031569 Inversión Sector Desarrollo Turístico 031570 Inversión Sector Agropecuario 031571 Inversión Sector Minero 031572 Inversión Sector Comunicaciones 031573 Inversión Sector Transporte 031574 Inversión Sector Infraestructura Vial 031575 Inversión Sector Eléctrico 031576 Inversión Sector petróleo y gas 031577 Inversión Sector Medio Ambiente 031578 Inversión Sector Gobierno, Planeación y Desarrollo Institucional 031579 Inversión Sector Prevención y Atención de Desastres 031580 Inversión Sector Equipamiento 031581 Inversión Sector Ciencia y Tecnología 031583 Vigencias expiradas gasto de personal 031584 Vigencias expiradas gastos generales 031585 Vigencias expiradas gastos de inversión 0322 OBLIGACIONES CONTRAIDAS (DB) 032211 Servicios personales asociados a la nómina 032212 Servicios personales indirectos 032213 Contribuciones inherentes a nómina sector privado 032214 Contribuciones inherentes a nómina sector público

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 200

032215 Adquisición de bienes 032216 Adquisición de servicios 032217 Impuestos y multas 032218 Situado Fiscal 032219 Participación en los Ingresos Corrientes de la Nación 032220 Transferencias Nacionales 032221 Transferencias a empresas no financieras nacionales 032222 Transferencias a empresas financieras nacionales 032223 Transferencias Departamental 032224 Transferencias a empresas no financieras departamentales 032225 Transferencias a empresas financieras departamentales 032226 Transferencias Distrital 032227 Transferencias a empresas no financieras distritales 032228 Transferencias a empresas financieras distritales 032229 Transferencias Municipal 032230 Transferencias a empresas no financieras municipales 032231 Transferencias a empresas financieras municipales 032232 Transferencias a Otras Entidades Públicas del Orden Territorial 032233 Transferencias a Gobiernos del exterior 032234 Transferencias a Organismos Internacionales 032235 Otras transferencias al exterior 032236 Transferencias de Pensiones y Jubilaciones 032237 Transferencias de Cesantías 032238 Otras Transferencias de Previsión y Seguridad Social 032239 Transferencias de capital a Establecimientos Públicos 032240 Transferencias de capital a Empresas Industriales y Comerciales 032241 Transferencias de capital a Sociedades de Economía Mixta 032242 Transferencias de capital a Otras Entidades del sector público 032243 Transferencias por convenios con el sector privado 032244 Otras transferencias por Sentencias y Conciliaciones 032245 Transferencias al Fondo de Compensación Interministerial 032246 Otras Transferencias 032247 Compra de Bienes para la Venta 032248 Compra de Servicios para la Venta 032249 Otros gastos de comercialización 032250 Gastos de Producción Industrial 032251 Gastos de Producción Agrícola 032252 Otros gastos de producción 032253 Amortización Deuda Pública Externa 032254 Intereses, Comisiones y Otros Gastos de Deuda Pública Externa 032255 Amortización Deuda Pública Interna 032256 Intereses, Comisiones y Otros Gastos Deuda Pública Interna 032257 Inversión Sector Salud 032258 Inversión Sector Educación 032259 Inversión Sector Agua Potable y Saneamiento Básico 032260 Inversión Sector Vivienda 032261 Inversión Sector Recreación y Deporte

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 201

032262 Inversión Sector Arte y Cultura 032263 Inversión Sector Desarrollo Comunitario 032264 Inversión Sector Defensa y Seguridad 032265 Inversión Sector Justicia 032266 Inversión Sector Trabajo y Seguridad Social 032267 Inversión Sector Desarrollo Industrial 032268 Inversión Sector Desarrollo Comercial 032269 Inversión Sector Desarrollo Turístico 032270 Inversión Sector Agropecuario 032271 Inversión Sector Minero 032272 Inversión Sector Comunicaciones 032273 Inversión Sector Transporte 032274 Inversión Sector Infraestructura Vial 032275 Inversión Sector Eléctrico 032276 Inversión Sector petróleo y gas 032277 Inversión Sector Medio Ambiente 032278 Inversión Sector Gobierno, Planeación y Desarrollo Institucional 032279 Inversión Sector Prevención y Atención de Desastres 032280 Inversión Sector Equipamiento 032281 Inversión Sector Ciencia y Tecnología 032283 Vigencias expiradas gasto de personal 032284 Vigencias expiradas gastos generales 032285 Vigencias expiradas gastos de inversión 0330 PAGOS EN EFECTIVO DE LA VIGENCIA (DB) 033011 Servicios personales asociados a la nómina 033012 Servicios personales indirectos 033013 Contribuciones inherentes a nómina sector privado 033014 Contribuciones inherentes a nómina sector público 033015 Adquisición de bienes 033016 Adquisición de servicios 033017 Impuestos y multas 033018 Situado Fiscal 033019 Participación en los Ingresos Corrientes de la Nación 033020 Transferencias Nacionales 033021 Transferencias a empresas no financieras nacionales 033022 Transferencias a empresas financieras nacionales 033023 Transferencias Departamental 033024 Transferencias a empresas no financieras departamentales 033025 Transferencias a empresas financieras departamentales 033026 Transferencias Distrital 033027 Transferencias a empresas no financieras distritales 033028 Transferencias a empresas financieras distritales 033029 Transferencias Municipal 033030 Transferencias a empresas no financieras municipales 033031 Transferencias a empresas financieras municipales 033032 Transferencias a Otras Entidades Públicas del Orden Territorial

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 202

033033 Transferencias a Gobiernos del exterior 033034 Transferencias a Organismos Internacionales 033035 Otras transferencias al exterior 033036 Transferencias de Pensiones y Jubilaciones 033037 Transferencias de Cesantías 033038 Otras Transferencias de Previsión y Seguridad Social 033039 Transferencias de capital a Establecimientos Públicos 033040 Transferencias de capital a Empresas Industriales y Comerciales 033041 Transferencias de capital a Sociedades de Economía Mixta 033042 Transferencias de capital a Otras Entidades del sector público 033043 Transferencias por convenios con el sector privado 033044 Otras transferencias por Sentencias y Conciliaciones 033045 Transferencias al Fondo de Compensación Interministerial 033046 Otras Transferencias 033047 Compra de Bienes para la Venta 033048 Compra de Servicios para la Venta 033049 Otros gastos de comercialización 033050 Gastos de Producción Industrial 033051 Gastos de Producción Agrícola 033052 Otros gastos de producción 033053 Amortización Deuda Pública Externa 033054 Intereses, Comisiones y Otros Gastos de Deuda Pública Externa 033055 Amortización Deuda Pública Interna 033056 Intereses, Comisiones y Otros Gastos Deuda Pública Interna 033057 Inversión Sector Salud 033058 Inversión Sector Educación 033059 Inversión Sector Agua Potable y Saneamiento Básico 033060 Inversión Sector Vivienda 033061 Inversión Sector Recreación y Deporte 033062 Inversión Sector Arte y Cultura 033063 Inversión Sector Desarrollo Comunitario 033064 Inversión Sector Defensa y Seguridad 033065 Inversión Sector Justicia 033066 Inversión Sector Trabajo y Seguridad Social 033067 Inversión Sector Desarrollo Industrial 033068 Inversión Sector Desarrollo Comercial 033069 Inversión Sector Desarrollo Turístico 033070 Inversión Sector Agropecuario 033071 Inversión Sector Minero 033072 Inversión Sector Comunicaciones 033073 Inversión Sector Transporte 033074 Inversión Sector Infraestructura Vial 033075 Inversión Sector Eléctrico 033076 Inversión Sector petróleo y gas 033077 Inversión Sector Medio Ambiente 033078 Inversión Sector Gobierno, Planeación y Desarrollo Institucional 033079 Inversión Sector Prevención y Atención de Desastres

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 203

033080 Inversión Sector Equipamiento 033081 Inversión Sector Ciencia y Tecnología 033083 Vigencias expiradas gasto de personal 033084 Vigencias expiradas gastos generales 033085 Vigencias expiradas gastos de inversión 0333 EJECUCIÓN SIN FLUJO DE EFECTIVO (DB) 033301 Transferencias – Cruce de cuentas 04 RESERVAS PRESUPUESTALES 0405 RESERVAS PRESUPUESTALES CONSTITUIDAS (CR) 040501 Gastos de personal 040502 Gastos generales 040503 Transferencias corrientes 040504 Transferencias de capital 040505 Gastos de comercialización y producción 040506 Servicio deuda pública interna 040507 Servicio deuda pública externa 040508 Programas de inversión 0410 RESERVAS PRESUPUESTALES POR EJECUTAR (DB) 041001 Gastos personal 041002 Gastos generales 041003 Transferencias corrientes 041004 Transferencias de capital 041005 Gastos de comercialización y producción 041006 Servicio deuda pública interna 041007 Servicio deuda pública externa 041008 Programas de inversión 0415 OBLIGACIONES CONTRAIDAS POR RESERVAS

PRESUPUESTALES (DB) 041501 Gastos personal 041502 Gastos generales 041503 Transferencias corrientes 041504 Transferencias de capital 041505 Gastos de comercialización y producción 041506 Servicio deuda pública interna 041507 Servicio deuda pública externa 041508 Programas de inversión 0420 RESERVAS PRESUPUESTALES PAGADAS (DB) 042001 Gastos personal 042002 Gastos generales 042003 Transferencias corrientes 042004 Transferencias de capital

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 204

042005 Gastos de comercialización y producción 042006 Servicio deuda interna 042007 Servicio deuda externa 042008 Programas de inversión 05 CUENTAS POR PAGAR 0505 CUENTAS POR PAGAR CONSTITUIDAS (CR) 050501 Gastos personal 050502 Gastos generales 050503 Transferencias corrientes 050504 Transferencias de capital 050505 Gastos de comercialización y producción 050506 Servicio deuda interna 050507 Servicio deuda externa 050508 Programas de inversión 0510 CUENTAS POR PAGAR PENDIENTES DE CANCELAR (DB) 051001 Gastos personal 051002 Gastos generales 051003 Transferencias corrientes 051004 Transferencias de capital 051005 Gastos de comercialización y producción 051006 Servicio deuda interna 051007 Servicio deuda externa 051008 Programas de inversión 0515 CUENTAS POR PAGAR CANCELADAS (DB) 051501 Gastos personal 051502 Gastos generales 051503 Transferencias corrientes 051504 Transferencias de capital 051505 Gastos de comercialización y producción 051506 Servicio deuda interna 051507 Servicio deuda externa 051508 Programas de inversión 06 VIGENCIAS FUTURAS 0605 VIGENCIAS FUTURAS COMPROMETIDAS (CR) 060501 Gastos personal 060502 Gastos generales 060503 Gastos de comercialización y producción 060504 Por obra de infraestructura 060505 Energía 060506 Comunicaciones 060507 Aeronáutica

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 205

060508 Otros programas de inversión 060590 Por otros gastos 0610 VIGENCIAS FUTURAS COMPROMETIDAS POR PRESUPUESTAR

(DB) 061001 Gastos personal 061002 Gastos generales 061003 Gastos de comercialización y producción 061004 Por obra de infraestructura 061005 Energía 061006 Comunicaciones 061007 Aeronáutica 061008 Otros programas de inversión 061090 Por otros gastos 07 PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES APROBADO (CR) 0701 SECTOR SALUD 070101 Gastos de personal 070102 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 070103 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 070104 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 070105 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 070107 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 070108 Protección y bienestar social 070109 Investigación y estudios 070110 Levantamiento y actualización de información para procesamiento 070111 Administración, control y organización institucional 070112 Subsidios 070113 Transferencias 070190 Otros Programas 0702 SECTOR EDUCACIÓN 070201 Gastos de personal 070202 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 070203 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 070204 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 070205 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 070207 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 070208 Protección y bienestar social 070209 Investigación y estudios 070210 Levantamiento y actualización de información para procesamiento

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 206

070211 Administración, control y organización institucional 070212 Créditos 070213 Subsidios 070214 Transferencias 070215 Inversiones y aportes financieros 070290 Otros Programas 0703 SECTOR AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO 070301 Aseo, recolección, tratamiento y disposición final de basuras 070302 Manejo y control de residuos sólidos y líquidos 070303 Gastos de personal 070304 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 070305 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 070306 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 070308 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 070309 Protección y bienestar social 070310 Investigación y estudios 070311 Administración, control y organización institucional 070312 Subsidios 070390 Otros Programas 0704 SECTOR VIVIENDA 070401 Dotación de servicios públicos 070402 Gastos de personal 070403 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 070404 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 070405 Protección y bienestar social 070406 Investigación y estudios 070407 Subsidios 070408 Programas de vivienda de interés social 070490 Otros Programas 0705 SECTOR RECREACIÓN Y DEPORTES 070501 Apoyo financiero a ligas, clubes y eventos deportivos y artísticos 070502 Gastos de personal 070503 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 070504 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa. 070505 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 070506 Dotación a planteles escolares de implementos deportivos 070590 Otros Programas 0706 SECTOR ARTE Y CULTURA 070601 Apoyo financiero a eventos culturales

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 207

070602 Gastos de personal 070603 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 070604 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 070605 Investigación y estudios 070690 Otros Programas 0707 SECTOR DESARROLLO COMUNITARIO 070701 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 070702 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 070703 Protección y bienestar social 070704 Asistencia directa a la comunidad 070705 Administración, control y organización institucional 070706 Participación comunitaria 070707 Gastos de personal 070790 Otros Programas 0708 SECTOR DEFENSA Y SEGURIDAD 070801 Programas de atención básica y promoción en defensa y seguridad 070802 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 070803 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 070804 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 070805 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 070806 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 070807 Investigación y estudios 070808 Gastos de personal 070890 Otros Programas 0709 SECTOR JUSTICIA 070901 Cofinanciación del funcionamiento de centros de conciliación y comisarías

de familia 070902 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 070903 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 070904 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 070905 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 070906 Gastos de personal 070907 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 070908 Protección y bienestar social 070909 Levantamiento y actualización de información para procesamiento 070910 Administración, control y organización institucional 070911 Créditos 070990 Otros Programas

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 208

0710 SECTOR TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 071001 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 071002 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 071003 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 071004 Gastos de personal 071005 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 071006 Protección y bienestar social 071007 Investigación y estudios 071008 Administración, control y organización institucional 071009 Créditos 071010 Subsidios 071011 Transferencias 071012 Inversiones y aportes financieros 071090 Otros Programas 0711 SECTOR DESARROLLO INDUSTRIAL 071101 Programas de desarrollo industrial 071102 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 071103 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 071104 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 071105 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 071106 Gastos de personal 071107 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 071108 Protección y bienestar social 071109 Investigación y estudios 071110 Administración, control y organización institucional 071111 Inversiones y aportes financieros 071190 Otros Programas 0712 SECTOR DESARROLLO COMERCIAL 071201 Programas de desarrollo comercial 071202 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 071203 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 071204 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 071205 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 071206 Gastos de personal 071207 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 071208 Protección y bienestar social 071209 Investigación y estudios 071210 Levantamiento y actualización de información para procesamiento 071211 Administración, control y organización institucional

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 209

071212 Inversiones y aportes financieros 071290 Otros Programas 0713 SECTOR DESARROLLO TURÍSTICO 071301 Programas de desarrollo turístico 071302 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 071303 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 071304 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 071305 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 071306 Gastos de personal 071307 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 071308 Protección y bienestar social 071309 Investigación y estudios 071310 Administración, control y organización institucional 071311 Inversiones y aportes financieros 071390 Otros Programas 0714 SECTOR AGROPECUARIO 071401 Creación, dotación, mantenimiento y operación de UMATAS 071402 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 071403 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 071404 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 071405 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 071406 Gastos de personal 071407 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 071408 Investigación y estudios 071409 Levantamiento y actualización de información para procesamiento 071410 Administración, control y organización institucional 071411 Créditos 071412 Subsidios 071413 Transferencias 071414 Capitalizaciones 071490 Otros Programas 0715 SECTOR MINERO 071501 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 071502 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 071503 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 071504 Gastos de personal 071505 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 071506 Investigación y estudios 071507 Levantamiento y actualización de información para procesamiento

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 210

071508 Créditos 071509 Subsidios 071590 Otros Programas 0716 SECTOR COMUNICACIONES 071601 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 071602 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 071603 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 071604 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 071605 Gastos de personal 071606 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 071607 Investigación y estudios 071608 Administración, control y organización institucional 071690 Otros Programas 0717 SECTOR TRANSPORTE 071701 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 071702 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 071703 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 071704 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 071705 Gastos de personal 071706 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 071707 Protección y bienestar social 071708 Investigación y estudios 071709 Levantamiento y actualización de información para procesamiento 071710 Administración, control y organización institucional 071711 Créditos 071712 Transferencias 071790 Otros Programas 0718 SECTOR INFRAESTRUCTURA VIAL 071801 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 071802 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 071803 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 071804 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 071805 Gastos de personal 071806 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 071807 Investigación y estudios 071808 Administración, control y organización institucional 071890 Otros Programas

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 211

0719 SECTOR ELÉCTRICO 071901 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 071902 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 071903 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 071904 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 071905 Gastos de personal 071906 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 071907 Investigación y estudios 071908 Administración, control y organización institucional 071909 Subsidios 071910 Transferencias 071990 Otros Programas 0720 SECTOR PETRÓLEO Y GAS 072001 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 072002 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 072003 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 072004 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 072005 Gastos de personal 072006 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 072007 Investigación y estudios 072008 Administración, control y organización institucional 072009 Subsidios 072010 Transferencias 072011 Exploración, explotación, refinación y transporte 072090 Otros Programas 0721 SECTOR MEDIO AMBIENTE 072101 Programas de reforestación y control a la erosión 072102 Programas de dragado, defensa de cuencas y hoyas hidrográficas 072103 Programas de protección del medio ambiente 072104 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 072105 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 072106 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 072107 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 072108 Gastos de personal 072109 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 072110 Protección y bienestar social 072111 Investigación y estudios 072112 Levantamiento y actualización de información para procesamiento 072113 Administración, control y organización institucional

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 212

072114 Créditos 072115 Subsidios 072116 Transferencias 072117 Inversiones y aportes financieros 072190 Otros programas 0722 SECTOR GOBIERNO, PLANEACIÓN Y DESARROLLO

INSTITUCIONAL 072201 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 072202 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 072203 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 072204 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 072205 Gastos de personal 072206 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 072207 Protección y bienestar social 072208 Investigación y estudios 072209 Levantamiento y actualización de información para procesamiento 072210 Administración, control y organización institucional 072211 Créditos 072212 Subsidios 072213 Transferencias 072214 Capitalizaciones 072215 Formación catastral 072290 Otros Programas 0723 SECTOR PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE DESASTRES 072301 Adecuación de áreas urbanas en zonas de alto riesgo 072302 Adecuación de áreas rurales en zonas de alto riesgo 072303 Reubicación de asentamientos 072304 Programas de prevención y atención de desastres 072305 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 072306 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 072307 Gastos de personal 072308 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 072309 Investigación y estudios 072310 Levantamiento y actualización de información para procesamiento 072390 Otros programas 0724 SECTOR EQUIPAMIENTO 072401 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 072402 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 072403 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 072404 Gastos de personal 072490 Otros Programas

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 213

0725 SECTOR CIENCIA Y TECNOLOGÍA 072501 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 072502 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 072503 Gastos de personal 072504 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 072505 Investigación y estudios 072506 Levantamiento y actualización de información para procesamiento 072590 Otros Programas 08 PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES POR EJECUTAR (DB) 0801 SECTOR SALUD 080101 Gastos de personal 080102 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 080103 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 080104 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 080105 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 080107 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 080108 Protección y bienestar social 080109 Investigación y estudios 080110 Levantamiento y actualización de información para procesamiento 080111 Administración, control y organización institucional 080112 Subsidios 080113 Transferencias 080190 Otros Programas 0802 SECTOR EDUCACIÓN 080201 Gastos de personal 080202 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 080203 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 080204 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 080205 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 080207 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 080208 Protección y bienestar social 080209 Investigación y estudios 080210 Levantamiento y actualización de información para procesamiento 080211 Administración, control y organización institucional 080212 Créditos 080213 Subsidios 080214 Transferencias 080215 Inversiones y aportes financieros

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 214

080290 Otros Programas 0803 SECTOR AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO 080301 Aseo, recolección, tratamiento y disposición final de basuras 080302 Manejo y control de residuos sólidos y líquidos 080303 Gastos de personal 080304 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 080305 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 080306 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 080308 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 080309 Protección y bienestar social 080310 Investigación y estudios 080311 Administración, control y organización institucional 080312 Subsidios 080390 Otros Programas 0804 SECTOR VIVIENDA 080401 Dotación de servicios públicos 080402 Gastos de personal 080403 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 080404 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 080405 Protección y bienestar social 080406 Investigación y estudios 080407 Subsidios 080408 Programas de vivienda de interés social 080490 Otros Programas 0805 SECTOR RECREACIÓN Y DEPORTES 080501 Apoyo financiero a ligas, clubes y eventos deportivos y artísticos 080502 Gastos de personal 080503 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 080504 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa. 080505 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 080506 Dotación a planteles escolares de implementos deportivos 080590 Otros Programas 0806 SECTOR ARTE Y CULTURA 080601 Apoyo financiero a eventos culturales 080602 Gastos de personal 080603 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 080604 Divulgación, asistencia técnica y capacitación

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 215

080605 Investigación y estudios 080690 Otros Programas 0807 SECTOR DESARROLLO COMUNITARIO 080701 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 080702 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 080703 Protección y bienestar social 080704 Asistencia directa a la comunidad 080705 Administración, control y organización institucional 080706 Participación comunitaria 080707 Gastos de personal 080790 Otros Programas 0808 SECTOR DEFENSA Y SEGURIDAD 080801 Programas de atención básica y promoción en defensa y seguridad 080802 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 080803 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 080804 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 080805 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 080806 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 080807 Investigación y estudios 080808 Gastos de personal 080890 Otros Programas 0809 SECTOR JUSTICIA 080901 Cofinanciación del funcionamiento de centros de conciliación y comisarías

de familia 080902 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 080903 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 080904 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 080905 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 080906 Gastos de personal 080907 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 080908 Protección y bienestar social 080909 Levantamiento y actualización de información para procesamiento 080910 Administración, control y organización institucional 080911 Créditos 080990 Otros Programas 0810 SECTOR TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 081001 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 216

081002 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 081003 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 081004 Gastos de personal 081005 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 081006 Protección y bienestar social 081007 Investigación y estudios 081008 Administración, control y organización institucional 081009 Créditos 081010 Subsidios 081011 Transferencias 081012 Inversiones y aportes financieros 081090 Otros Programas 0811 SECTOR DESARROLLO INDUSTRIAL 081101 Programas de desarrollo industrial 081102 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 081103 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 081104 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 081105 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 081106 Gastos de personal 081107 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 081108 Protección y bienestar social 081109 Investigación y estudios 081110 Administración, control y organización institucional 081111 Inversiones y aportes financieros 081190 Otros Programas 0812 SECTOR DESARROLLO COMERCIAL 081201 Programas de desarrollo comercial 081202 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 081203 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 081204 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 081205 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 081206 Gastos de personal 081207 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 081208 Protección y bienestar social 081209 Investigación y estudios 081210 Levantamiento y actualización de información para procesamiento 081211 Administración, control y organización institucional 081212 Inversiones y aportes financieros 081290 Otros Programas 0813 SECTOR DESARROLLO TURÍSTICO

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 217

081301 Programas de desarrollo turístico 081302 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 081303 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 081304 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 081305 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 081306 Gastos de personal 081307 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 081308 Protección y bienestar social 081309 Investigación y estudios 081310 Administración, control y organización institucional 081311 Inversiones y aportes financieros 081390 Otros Programas 0814 SECTOR AGROPECUARIO 081401 Creación, dotación, mantenimiento y operación de UMATAS 081402 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 081403 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 081404 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 081405 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 081406 Gastos de personal 081407 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 081408 Investigación y estudios 081409 Levantamiento y actualización de información para procesamiento 081410 Administración, control y organización institucional 081411 Créditos 081412 Subsidios 081413 Transferencias 081414 Capitalizaciones 081490 Otros Programas 0815 SECTOR MINERO 081501 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 081502 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 081503 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 081504 Gastos de personal 081505 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 081506 Investigación y estudios 081507 Levantamiento y actualización de información para procesamiento 081508 Créditos 081509 Subsidios 081590 Otros Programas

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 218

0816 SECTOR COMUNICACIONES 081601 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 081602 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 081603 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 081604 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 081605 Gastos de personal 081606 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 081607 Investigación y estudios 081608 Administración, control y organización institucional 081690 Otros Programas 0817 SECTOR TRANSPORTE 081701 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 081702 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 081703 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 081704 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 081705 Gastos de personal 081706 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 081707 Protección y bienestar social 081708 Investigación y estudios 081709 Levantamiento y actualización de información para procesamiento 081710 Administración, control y organización institucional 081711 Créditos 081712 Transferencias 081790 Otros Programas 0818 SECTOR INFRAESTRUCTURA VIAL 081801 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 081802 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 081803 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 081804 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 081805 Gastos de personal 081806 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 081807 Investigación y estudios 081808 Administración, control y organización institucional 081890 Otros Programas 0819 SECTOR ELÉCTRICO 081901 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 219

081902 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa

081903 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 081904 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 081905 Gastos de personal 081906 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 081907 Investigación y estudios 081908 Administración, control y organización institucional 081909 Subsidios 081910 Transferencias 081990 Otros Programas 0820 SECTOR PETRÓLEO Y GAS 082001 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 082002 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 082003 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 082004 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 082005 Gastos de personal 082006 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 082007 Investigación y estudios 082008 Administración, control y organización institucional 082009 Subsidios 082010 Transferencias 082011 Exploración, explotación, refinación y transporte 082090 Otros Programas 0821 SECTOR MEDIO AMBIENTE 082101 Programas de reforestación y control a la erosión 082102 Programas de dragado, defensa de cuencas y hoyas hidrográficas 082103 Programas de protección del medio ambiente 082104 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 082105 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 082106 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 082107 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 082108 Gastos de personal 082109 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 082110 Protección y bienestar social 082111 Investigación y estudios 082112 Levantamiento y actualización de información para procesamiento 082113 Administración, control y organización institucional 082114 Créditos 082115 Subsidios 082116 Transferencias

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 220

082117 Inversiones y aportes financieros 082190 Otros programas 0822 SECTOR GOBIERNO, PLANEACIÓN Y DESARROLLO

INSTITUCIONAL 082201 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 082202 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 082203 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 082204 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 082205 Gastos de personal 082206 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 082207 Protección y bienestar social 082208 Investigación y estudios 082209 Levantamiento y actualización de información para procesamiento 082210 Administración, control y organización institucional 082211 Créditos 082212 Subsidios 082213 Transferencias 082214 Capitalizaciones 082215 Formación catastral 082290 Otros Programas 0823 SECTOR PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE DESASTRES 082301 Adecuación de áreas urbanas en zonas de alto riesgo 082302 Adecuación de áreas rurales en zonas de alto riesgo 082303 Reubicación de asentamientos 082304 Programas de prevención y atención de desastres 082305 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 082306 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 082307 Gastos de personal 082308 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 082309 Investigación y estudios 082310 Levantamiento y actualización de información para procesamiento 082390 Otros programas 0824 SECTOR EQUIPAMIENTO 082401 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 082402 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 082403 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 082404 Gastos de personal 082490 Otros Programas 0825 SECTOR CIENCIA Y TECNOLOGÍA 082501 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 221

082502 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 082503 Gastos de personal 082504 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 082505 Investigación y estudios 082506 Levantamiento y actualización de información para procesamiento 082590 Otros Programas 09 PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES EJECUTADO (DB) 0901 SECTOR SALUD 090101 Gastos de personal 090102 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 090103 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 090104 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 090105 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 090107 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 090108 Protección y bienestar social 090109 Investigación y estudios 090110 Levantamiento y actualización de información para procesamiento 090111 Administración, control y organización institucional 090112 Subsidios 090113 Transferencias 090190 Otros Programas 0902 SECTOR EDUCACIÓN 090201 Gastos de personal 090202 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 090203 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 090204 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 090205 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 090207 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 090208 Protección y bienestar social 090209 Investigación y estudios 090210 Levantamiento y actualización de información para procesamiento 090211 Administración, control y organización institucional 090212 Créditos 090213 Subsidios 090214 Transferencias 090215 Inversiones y aportes financieros 090290 Otros Programas

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 222

0903 SECTOR AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO 090301 Aseo, recolección, tratamiento y disposición final de basuras 090302 Manejo y control de residuos sólidos y líquidos 090303 Gastos de personal 090304 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 090305 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 090306 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 090308 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 090309 Protección y bienestar social 090310 Investigación y estudios 090311 Administración, control y organización institucional 090312 Subsidios 090390 Otros Programas 0904 SECTOR VIVIENDA 090401 Dotación de servicios públicos 090402 Gastos de personal 090403 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 090404 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 090405 Protección y bienestar social 090406 Investigación y estudios 090407 Subsidios 090408 Programas de vivienda de interés social 090490 Otros Programas 0905 SECTOR RECREACIÓN Y DEPORTES 090501 Apoyo financiero a ligas, clubes y eventos deportivos y artísticos 090502 Gastos de personal 090503 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 090504 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa. 090505 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 090506 Dotación a planteles escolares de implementos deportivos 090590 Otros Programas 0906 SECTOR ARTE Y CULTURA 090601 Apoyo financiero a eventos culturales 090602 Gastos de personal 090603 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 090604 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 090605 Investigación y estudios 090690 Otros Programas

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 223

0907 SECTOR DESARROLLO COMUNITARIO 090701 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 090702 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 090703 Protección y bienestar social 090704 Asistencia directa a la comunidad 090705 Administración, control y organización institucional 090706 Participación comunitaria 090707 Gastos de personal 090790 Otros Programas 0908 SECTOR DEFENSA Y SEGURIDAD 090801 Programas de atención básica y promoción en defensa y seguridad 090802 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 090803 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 090804 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 090805 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 090806 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 090807 Investigación y estudios 090808 Gastos de personal 090890 Otros Programas 0909 SECTOR JUSTICIA 090901 Cofinanciación del funcionamiento de centros de conciliación y comisarías

de familia 090902 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 090903 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 090904 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 090905 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 090906 Gastos de personal 090907 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 090908 Protección y bienestar social 090909 Levantamiento y actualización de información para procesamiento 090910 Administración, control y organización institucional 090911 Créditos 090990 Otros Programas 0910 SECTOR TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 091001 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 091002 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 091003 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 091004 Gastos de personal

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 224

091005 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 091006 Protección y bienestar social 091007 Investigación y estudios 091008 Administración, control y organización institucional 091009 Créditos 091010 Subsidios 091011 Transferencias 091012 Inversiones y aportes financieros 091090 Otros Programas 0911 SECTOR DESARROLLO INDUSTRIAL 091101 Programas de desarrollo industrial 091102 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 091103 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 091104 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 091105 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 091106 Gastos de personal 091107 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 091108 Protección y bienestar social 091109 Investigación y estudios 091110 Administración, control y organización institucional 091111 Inversiones y aportes financieros 091190 Otros Programas 0912 SECTOR DESARROLLO COMERCIAL 091201 Programas de desarrollo comercial 091202 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 091203 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 091204 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 091205 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 091206 Gastos de personal 091207 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 091208 Protección y bienestar social 091209 Investigación y estudios 091210 Levantamiento y actualización de información para procesamiento 091211 Administración, control y organización institucional 091212 Inversiones y aportes financieros 091290 Otros Programas 0913 SECTOR DESARROLLO TURÍSTICO 091301 Programas de desarrollo turístico 091302 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 225

091303 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa

091304 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 091305 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 091306 Gastos de personal 091307 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 091308 Protección y bienestar social 091309 Investigación y estudios 091310 Administración, control y organización institucional 091311 Inversiones y aportes financieros 091390 Otros Programas 0914 SECTOR AGROPECUARIO 091401 Creación, dotación, mantenimiento y operación de UMATAS 091402 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 091403 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 091404 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 091405 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 091406 Gastos de personal 091407 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 091408 Investigación y estudios 091409 Levantamiento y actualización de información para procesamiento 091410 Administración, control y organización institucional 091411 Créditos 091412 Subsidios 091413 Transferencias 091414 Capitalizaciones 091490 Otros Programas 0915 SECTOR MINERO 091501 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 091502 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 091503 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 091504 Gastos de personal 091505 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 091506 Investigación y estudios 091507 Levantamiento y actualización de información para procesamiento 091508 Créditos 091509 Subsidios 091590 Otros Programas 0916 SECTOR COMUNICACIONES 091601 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 226

091602 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa

091603 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 091604 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 091605 Gastos de personal 091606 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 091607 Investigación y estudios 091608 Administración, control y organización institucional 091690 Otros Programas 0917 SECTOR TRANSPORTE 091701 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 091702 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 091703 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 091704 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 091705 Gastos de personal 091706 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 091707 Protección y bienestar social 091708 Investigación y estudios 091709 Levantamiento y actualización de información para procesamiento 091710 Administración, control y organización institucional 091711 Créditos 091712 Transferencias 091790 Otros Programas 0918 SECTOR INFRAESTRUCTURA VIAL 091801 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 091802 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 091803 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 091804 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 091805 Gastos de personal 091806 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 091807 Investigación y estudios 091808 Administración, control y organización institucional 091890 Otros Programas 0919 SECTOR ELÉCTRICO 091901 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 091902 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 091903 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 091904 Adquisición y/o producción de materiales y suministros

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 227

091905 Gastos de personal 091906 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 091907 Investigación y estudios 091908 Administración, control y organización institucional 091909 Subsidios 091910 Transferencias 091990 Otros Programas 0920 SECTOR PETRÓLEO Y GAS 092001 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 092002 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 092003 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 092004 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 092005 Gastos de personal 092006 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 092007 Investigación y estudios 092008 Administración, control y organización institucional 092009 Subsidios 092010 Transferencias 092011 Exploración, explotación, refinación y transporte 092090 Otros Programas 0921 SECTOR MEDIO AMBIENTE 092101 Programas de reforestación y control a la erosión 092102 Programas de dragado, defensa de cuencas y hoyas hidrográficas 092103 Programas de protección del medio ambiente 092104 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 092105 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

administrativa 092106 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 092107 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 092108 Gastos de personal 092109 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 092110 Protección y bienestar social 092111 Investigación y estudios 092112 Levantamiento y actualización de información para procesamiento 092113 Administración, control y organización institucional 092114 Créditos 092115 Subsidios 092116 Transferencias 092117 Inversiones y aportes financieros 092190 Otros programas

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 228

0922 SECTOR GOBIERNO, PLANEACIÓN Y DESARROLLO INSTITUCIONAL

092201 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector

092202 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura administrativa

092203 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 092204 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 092205 Gastos de personal 092206 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 092207 Protección y bienestar social 092208 Investigación y estudios 092209 Levantamiento y actualización de información para procesamiento 092210 Administración, control y organización institucional 092211 Créditos 092212 Subsidios 092213 Transferencias 092214 Capitalizaciones 092215 Formación catastral 092290 Otros Programas 0923 SECTOR PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE DESASTRES 092301 Adecuación de áreas urbanas en zonas de alto riesgo 092302 Adecuación de áreas rurales en zonas de alto riesgo 092303 Reubicación de asentamientos 092304 Programas de prevención y atención de desastres 092305 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 092306 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 092307 Gastos de personal 092308 Divulgación, asistencia técnica y capacitación 092309 Investigación y estudios 092310 Levantamiento y actualización de información para procesamiento 092390 Otros programas 0924 SECTOR EQUIPAMIENTO 092401 Construcción, adquisición, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura

propia del sector 092402 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 092403 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 092404 Gastos de personal 092490 Otros Programas 0925 SECTOR CIENCIA Y TECNOLOGÍA 092501 Adquisición, producción y mantenimiento de equipos 092502 Adquisición y/o producción de materiales y suministros 092503 Gastos de personal 092504 Divulgación, asistencia técnica y capacitación

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 229

092505 Investigación y estudios 092506 Levantamiento y actualización de información para procesamiento 092590 Otros Programas

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 171

DESCRIPCIONES Y DINAMICAS

CLASE GRUPO CUENTA

1

ACTIVO

DESCRIPCIÓN

Cuentas representativas de los bienes, derechos y pertenencias, tangibles e intangibles, del ente público, loscuales espera contribuyan al desarrollo de la función administrativa o cometido estatal.

Las cuentas que conforman esta clase son de naturaleza débito, excepto las relativas a las provisiones,agotamiento, depreciaciones y amortizaciones acumuladas que serán deducidas y presentadas de maneraseparada de las correspondientes cuentas, así como sus ajustes por inflación, cuando sea pertinente, deacuerdo con las normas vigentes.

CLASE GRUPO CUENTA

1 11

ACTIVO EFECTIVO

DESCRIPCIÓN

Cuentas representativas de los recursos de liquidez inmediata en caja, cuentas corrientes, de ahorro y enfondos, disponibles para el desarrollo de la función administrativa o cometido estatal del ente público.

Así mismo incluye los recursos disponibles manejados por la Dirección General del Tesoro Nacional a travésde la cuenta única nacional y, para el caso del banco central, las reservas internacionales.

CLASE GRUPO CUENTA

1 11 1105

ACTIVO EFECTIVO CAJA

DESCRIPCIÓN

Fondos en dinero, cheques y comprobantes de pago con tarjetas, de disponibilidad inmediata.

El Banco de la República registrará en esta cuenta la porción de las reservas internacionales que correspondana especies extranjeras o divisas.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que registran las transacciones, en cuya realización seinvolucre, la recepción de un pago efectivo en las tesorerías de las entidades públicas.

Contaduria Gral
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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 172

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- Los valores en efectivo, cheques y comprobantes de pago con tarjetas, recibidos tanto en moneda nacionalcomo extranjera convertida a moneda nacional.

2- Los valores en cheques y comprobantes de pago efectuados con tarjetas, devueltos por los diferentesestablecimientos bancarios.

3- El valor de la apertura o incremento de la caja menor.4- El valor reintegrado de los dineros que correspondan a la cancelación o disminución de cajas menores.5- El mayor valor resultante de la reexpresión de divisas a moneda nacional mediante la aplicación de la tasa

de cambio, de acuerdo con las normas vigentes.6- Los valores que resulten sobrantes al efectuar los arqueos de caja.7- La adquisición de especies extranjeras o divisas por parte del Banco Central bien sea por ventanilla, o

consignación de entidades financieras.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los depósitos efectuados en cuentas de bancos, corporaciones u otras entidades financieras.2- El valor correspondiente a los cheques devueltos que se trasladen a las acciones de cobro que

correspondan.3- El menor valor resultante de la reexpresión de divisas a moneda nacional mediante la aplicación de la tasa

de cambio, de acuerdo con las normas vigentes.4- El valor de la cancelación o disminución de cajas menores.5- El valor de los faltantes que se constituyen en responsabilidades al efectuar los arqueos.6- El valor de las especies extranjeras o divisas vendidas o despachadas al exterior, de conformidad con las

disposiciones legales.

CLASE GRUPO CUENTA

1 11 1106

ACTIVO EFECTIVO CUENTA ÚNICA NACIONAL

DESCRIPCIÓN

Representa todas las operaciones relacionadas con el recaudo de los ingresos y giro a los beneficiarios finalesen las cuentas de la Dirección General del Tesoro Nacional.

Cuenta cajero: De esta cuenta se giran los recursos para atender los pagos a los beneficiarios finales, que sederiven de las obligaciones adquiridas por cuenta de las Unidades Ejecutoras.

Recaudo por ente generador (TIPO I): Corresponde a los recaudos provenientes de aquellas operaciones enlas cuales se identifica, en primera instancia, el ente generador a quien se asocia más de un concepto deingreso.

Recaudos afectación específica (TIPO I): Corresponde a los recursos provenientes del crédito externo,donaciones u otros recaudos con destinación específica.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 173

Recaudo concepto de ingreso (TIPO II): Son aquellos recursos que provienen de un mismo concepto deingreso procedente de diferentes entes generadores.Esta cuenta es de uso exclusivo de la Dirección General del Tesoro Nacional.

La contrapartida corresponde a las cuentas que conforman los grupos 14 Deudores, la cuenta 2915 Créditosdiferidos y la cuenta 4720 Operaciones de enlace, con situación de fondos.

DINAMICA

SE DEBITA CON:

1- Recursos provenientes de los recaudos de ingresos tributarios, no tributarios y los recursos condestinación específica.

2- Reintegros de los pagos realizados a terceros o a entes públicos.3- Con el valor de la redención y cancelaciones parciales de las Inversiones que realice la Dirección General

del Tesoro Nacional.4- Con el recaudo de los rendimientos financieros.5- Con los mayores valores derivados de las conciliaciones de las cuentas de la Dirección General del

Tesoro Nacional DTN y los demás recaudos que se generen.6- Con los traslados entre las diferentes subcuentas que conforman esta cuenta.

SE ACREDITA CON:

1- Los pagos autorizados a los beneficiarios finales derivados de obligaciones adquiridas por las unidadesejecutoras.

2- Los giros que se deriven de las operaciones propias de la Dirección General del Tesoro Nacional.3- Los pagos que se originen en la ejecución de los rubros presupuestales.4- El valor de los reintegros de pagos realizados por terceros o entes públicos.5- Con los menores valores derivados de las conciliaciones de las cuentas de la Dirección General del

Tesoro Nacional y los demás recaudos que se generen.6- Con los traslados entre las diferentes subcuentas que conforman esta cuenta.

CLASE GRUPO CUENTA

1 11 1107

ACTIVO EFECTIVO RESERVAS INTERNACIONALES

DESCRIPCIÓN

El Banco de la República registrará en esta cuenta el valor de las reservas internacionales, diferentes aespecies extranjeras o divisas, tales como, Oro y otros metales preciosos, derechos especiales de giro (DEG) ypesos andinos.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 110501 - Caja principal.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El costo de adquisición del oro y otros metales preciosos.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 174

2- El mayor valor de las existencias del oro y otros metales preciosos por la valuación a precios de mercado.3- El valor de los DEG recibidos del Fondo Monetario Internacional.4- Los intereses causados y liquidados según las tenencias de DEG.5- La diferencia en cambio generada en la reexpresión de los DEG.6- El valor de los pesos andinos recibidos del Fondo Latinoamericano de Reservas.7- El valor de las exportaciones efectuadas a países del convenio.

SE ACREDITA

1- El valor a precio de mercado, del oro y otros metales preciosos vendidos.2- El menor valor de las existencias del oro y otros metales preciosos por la valuación a precios de mercado.3- El valor total de los DEG cuando Colombia se retire como país miembro.4- La diferencia en cambio generada en la reexpresión de los DEG.5- El valor total de los pesos andinos cuando Colombia se retire como país miembro.6- El valor de las importaciones realizadas por Colombia a los países del convenio.

CLASE GRUPO CUENTA

1 11 1109

ACTIVO EFECTIVO DEPÓSITOS EN INSTITUTOS FINANCIEROS YCOOPERATIVAS

DESCRIPCIÓN

Fondos disponibles en cuenta de ahorro constituidas en institutos financieros y cooperativas.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1105 – Caja y a las demás subcuentasque registren las transacciones, en cuya realización se involucre, la recepción de pagos medianteconsignación en cuentas de depósito del ente público.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de depósitos efectuados mediante consignaciones o traslados por diferentes conceptos.2- El valor de las notas crédito expedidas por los institutos financieros y cooperativas por diferentes

conceptos.

SE ACREDITA

1- El valor retirado y trasladado por el ente público, por diferentes conceptos.2- El valor de las notas débito expedidas por los institutos financieros y cooperativas por los distintos

conceptos.

CLASE GRUPO CUENTA

1 11 1110

ACTIVO EFECTIVO BANCOS Y CORPORACIONES

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 175

DESCRIPCIÓN

Fondos disponibles en cuenta corriente, de ahorro y depósitos simples. Igualmente, incluye tanto las cuentasde compensación que constituyen las entidades públicas en el Banco Central como los depósitos efectuadospor las entidades financieras en el mismo, según las disposiciones legales vigentes.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1105 – Caja y a las demás subcuentasque registren las transacciones, en cuya realización se involucre, la recepción de pagos medianteconsignación en cuentas de depósito del ente público.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1. El valor de los depósitos efectuados mediante consignaciones o traslados bancarios por diferentesconceptos.

2. El valor de las notas crédito expedidas por las entidades financieras por diferentes conceptos.3. El valor de los cheques girados que se anulen por no haber sido retirados del ente público o que,

habiendo sido retirados, no hayan sido cobrados en el tiempo fijado por las normas vigentes.4. El mayor valor resultante de los ajustes por diferencia en cambio de los depósitos en moneda extranjera.5. El valor de las sumas depositadas en dinero, sobre las cuales la entidad depositaria expide un recibo que

no es negociable ni transferible.6. El valor de los cheques a cargo de bancos de la misma plaza recibidos por el Banco Central, para abonar

en cuenta corriente bancaria, pago de obligaciones o cualquier título, que deban ser canjeados en cámarade compensación.

SE ACREDITA CON:

1. El valor retirado, trasladado y de cheques girados por el ente público, por diferentes conceptos.2. El valor de las notas débito expedidas por las entidades financieras por conceptos tales como gastos

bancarios, cheques devueltos, pagos de obligaciones financieras y otros.3. El menor valor resultante de los ajustes por diferencia en cambio de los depósitos en moneda extrajera.4. El reintegro de los depósitos simples.5. El valor de los cheques a cargo del Banco central y las notas de abono recibidos de la Cámara de

compensación y, los cheques rechazados entregados en la misma.

CLASE GRUPO CUENTA

1 11 1112

ACTIVO EFECTIVO ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ

DESCRIPCIÓN

Valor de los fondos colocados por las tesorerías de las entidades financieras y, eventualmente, por otrasentidades públicas, de conformidad con la ley, pagaderas a la vista.

Igualmente, se registran los saldos a favor de los entes públicos de carácter financiero, por concepto desobregiros.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 176

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1105 – Caja y 1110 - Bancos ycorporaciones.DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los fondos colocados.2- El valor de los sobregiros otorgados.

SE ACREDITA CON:

1- La restitución de los fondos vendidos.2- Por la cancelación de los sobregiros.

CLASE GRUPO CUENTA

1 11 1115

ACTIVO EFECTIVO FONDOS VENDIDOS CON COMPROMISO DE REVENTA

DESCRIPCIÓN

Valor de los fondos colocados por el ente público, sobre los cuales existe el compromiso de reventa deinversiones o deudores dadas en repo como garantía de la transacción.

Incluye el registro de los fondos suministrados temporalmente por el Banco de la República a las entidadesfinancieras por la utilización del cupo ordinario o extraordinario de liquidez. Así mismo, incluye lasoperaciones repo efectuadas con cargo a recursos de las reservas internacionales.

Las operaciones repo que no se cancelen de conformidad con las condiciones pactadas o previstaslegalmente, quedarán en firme, debiendo reclasificarse a las respectivas subcuentas de la cuenta 1201Inversiones administración de liquidez – renta fija, 1202 - Inversiones administración de liquidez – rentavariable 1209 - Inversiones renta fija – DTN o 1415 – Préstamos concedidos.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1107 - Reservas internacionales o1110 – Bancos y corporaciones, según corresponda.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los fondos entregados en repo.2- El valor de los fondos suministrados transitoriamente por el Banco de la República a las entidades

financieras como utilización del cupo ordinario o extraordinario de liquidez.

SE ACREDITA CON:

1- Por la restitución de los fondos vendidos al término de las condiciones contractuales preestablecidas.2- Por la reclasificación hacia las cuentas de inversión o deudores, en caso de incumplimiento del pacto.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 177

CLASE GRUPO CUENTA

1 11 1116

ACTIVO EFECTIVO FONDO DE RECUPERACIÓN DE LA INVERSIÓN DESERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS

DESCRIPCIÓN

Representa el valor que registra el ente prestador de los servicios públicos domiciliarios, por el componentetarifario correspondiente a la recuperación y rehabilitación del sistema y a la expansión del mismo,considerado en cada uno de los servicios.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1408 – Servicios públicos.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor del componente tarifario por cada servicio público domiciliario, con destino a la inversión.

SE ACREDITA CON:

1- El valor utilizado en proyectos de inversión por cada servicio público domiciliario.

CLASE GRUPO CUENTA

1 11 1117

ACTIVO EFECTIVO FONDO DE SOLIDARIDAD Y REDISTRIBUCIÓN DEL INGRESOPARA SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS

DESCRIPCIÓN

Registra los recursos destinados a subsidiar los servicios públicos domiciliarios de los estratos previstoslegalmente. Igualmente registra los recursos provenientes de los presupuestos de las entidades del ordennacional, departamental, distrital o municipal, siempre que los recursos del fondo sean insuficientes paracubrir el monto total de subsidios necesarios, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2430 – Subsidios asignados y 4403Transferencias corrientes del gobierno general.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los aportes solidarios recibidos.2- El valor de los aportes de la Nación, los departamentos, los distritos y municipios.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 178

SE ACREDITA CON:

1- Los desembolsos de los recursos destinados a sufragar los subsidios.2- Recursos transferidos por concepto de aportes solidarios a otros Fondos de Solidaridad y Redistribución

de Ingresos, cuando se presente superávit después de haber atendido los subsidios del orden distrital,municipal o departamental.

CLASE GRUPO CUENTA

1 11 1120

ACTIVO EFECTIVO FONDOS EN TRÁNSITO

DESCRIPCIÓN

Valores transferidos pendientes de confirmación por el ente público receptor. Incluye los dineros recaudadosen virtud de convenios con entidades financieras, recibidos de los contribuyentes, pendientes de trasladar alas cuentas de las tesorerías respectivas.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren las transacciones, en cuya realización seinvolucre la recepción de pagos mediante consignación en cuentas de depósito del ente público, pendientesde confirmación.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los recursos pendientes de confirmación.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los recursos confirmados.2- El valor de los faltantes que se constituyen en responsabilidades.

CLASE GRUPO CUENTA

1 11 1125

ACTIVO EFECTIVO FONDOS ESPECIALES

DESCRIPCIÓN

Recursos recibidos en cuentas corrientes o de ahorro, de organismos nacionales o del exterior, para eldesarrollo de programas especiales que específicamente las requieran, para su administración y manejo.

Adicionalmente registra los recursos administrados por el ente público mediante un manejo de cuentasespeciales, o fondos cuenta, cuyas transacciones deben identificarse mediante la utilización de un códigoauxiliar en cada una de las subcuentas del Catálogo General de Cuentas que utilice.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 179

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1404 – Fondos especiales siempreque se trate de recursos recaudados directamente por la entidad beneficiaria, o 4705 – Aportes y traspaso defondos recibidos o la subcuenta 472007 – Fondos especiales, cuando el recaudo se efectúa mediante laDirección General del Tesoro Nacional. Adicional, cuando su conformación requiera el traslado de recursos, lacontrapartida corresponderá a las subcuentas de la cuenta 1110 – Bancos y corporaciones, 4806 Ajuste pordiferencia en cambio y la 5803 Ajuste por diferencia en cambio.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los recursos recibidos o trasladados.2- El mayor valor resultante de los ajustes por diferencia en cambio.3- El valor de los traslados de otras cuentas del activo.4- El valor de las notas crédito.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los pagos efectuados en desarrollo de los programas especiales.2- El valor de las devoluciones de saldos no utilizados al momento de liquidar el convenio.3- El valor de los traslados a otras cuentas del activo.4- El valor de los faltantes que se constituyan en responsabilidades5- El menor valor resultante de los ajustes por diferencia en cambio.6- El valor de las notas débito.

CLASE GRUPO CUENTA

1 11 1130

ACTIVO EFECTIVO FONDOS PENSIONALES

DESCRIPCIÓN

Monto de los recursos recibidos para la conformación de fondos creados bajo el Sistema General dePensiones y que se encuentran adscritos a la respectiva entidad pública, que de acuerdo con las normas semaneja a través de encargos fiduciarios. De igual forma representa el monto de las cotizaciones recibidas parapensiones de invalidez y de sobrevivientes para las entidades administradoras que deben manejar suspatrimonios autónomos separados por el tipo de riesgo.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 2470 – Administración del sistemade seguridad social integral y del grupo 45 - Recursos de los fondos de las entidades administradoras depensiones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1. El monto de las cotizaciones recibidas por concepto de pensiones de invalidez y de sobrevivientes.2. El valor de los recursos que conforman el Fondo respectivo.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 180

3. Los ajustes periódicos efectuados al momento de consolidar la información.

SE ACREDITA CON:

1. El valor de los recursos trasladados al encargo fiduciario.2. Los pagos de pensiones de invalidez y sobrevivencia efectuados.3. El valor invertido en títulos de la Nación.

CLASE GRUPO CUENTA

1 12

ACTIVO INVERSIONES

DESCRIPCIÓN

Recursos colocados en títulos valores y demás documentos financieros, nacionales o del exterior, con elobjeto de aumentar los excedentes disponibles por medio de la percepción de rendimientos, dividendos yparticipaciones, variaciones de mercado y otros conceptos; cumplir disposiciones legales o con fines depolítica, adquirir o mantener el control de las entidades emisoras o, cubrir los riesgos derivados de laadministración del portafolio.

CLASE GRUPO CUENTA

1 12 1201

ACTIVO INVERSIONES INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DELIQUIDEZ – RENTA FIJA

DESCRIPCIÓN

Recursos colocados por las entidades públicas en títulos valores o documentos financieros, nacionales o delexterior, cuyo rendimiento se encuentra predeterminado en sus condiciones contractuales, los cuales sonadquiridos en subastas o mediante cualquier otro mecanismo de mercado, con el propósito de administrareficientemente las tesorerías de los entes públicos permitiéndoles disponer, oportunamente y sin pérdidassustanciales de valor, de los recursos líquidos o del efectivo necesario para atender sus pagos inmediatos eirrevocables, de conformidad con las normas vigentes.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 1105 – Caja, 1109 – Depósitos en institutosfinancieros y cooperativas, 1110 – Bancos y corporaciones y 1130 – Fondos pensionales, 4805 - Otrosingresos financieros y, en caso de operaciones repo, la cuenta 1220 – Derechos de recompra de inversiones .

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de las inversiones adquiridas a cualquier título.2.-El mayor valor generado como consecuencia de la valoración a precios de mercado.3.-El mayor valor generado como consecuencia de la actualización con base en la TIR.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 181

4- Por la recompra de los títulos dados en repo.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las ventas, cesiones o redenciones, totales o parciales de los títulos.2- El menor valor obtenido como consecuencia de la valoración a precios de mercado.3- La reclasificación de los títulos por operaciones repo pasivas.4- El valor de los faltantes que se constituyan en responsabilidades.5- El valor de la cancelación de los intereses.

CLASE GRUPO CUENTA

1 12 1202

ACTIVO INVERSIONES INVERSIONES ADMINISTRACIÓN DELIQUIDEZ – RENTA VARIABLE.

DESCRIPCIÓN

Valor invertido de conformidad con la ley en títulos de entidades, públicas o privadas, residentes o delexterior, con el propósito de diversificar el portafolio antes que de ejercer el control o influencia importante enlas decisiones financieras u operativas de la entidad emisora. Los títulos objeto de la inversión, se caracterizanporque su rentabilidad está determinada en función de la participación que representan en los resultados delente emisor o patrimonio autónomo.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 1105 – Caja, 1109 – Depósitos en institutosfinancieros y cooperativas, 1110 – Bancos y corporaciones y 1130 – Fondos pensionales, 1930 – Bienesrecibidos en dación de pago, 4725 – Operaciones de traspaso de bienes, derechos y obligaciones, 4805 –Otros ingresos financieros, 481022 – Donaciones y, en caso de operaciones repo, la cuenta 1220 – Derechosde recompra de inversiones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la adquisición de las inversiones a cualquier titulo.2- El pago de los dividendos o participaciones en acciones o cuotas.3- El mayor valor resultante de la valoración a precios de mercado.4- Por la recompra de los títulos dados en repo.

SE ACREDITA CON:

1- El valor en libros de las inversiones vendidas, redimidas o cedidas.2- El menor valor resultante como consecuencia de la valoración a precios de mercado.3- El valor de los faltantes que se constituyen en responsabilidades.4- El valor de la cancelación de los dividendos o participaciones.5- La reclasificación de los títulos por operaciones repo pasivas.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 182

CLASE GRUPO CUENTA

1 12 1203

ACTIVO INVERSIONES INVERSIONES CON FINES DE POLÍTICA -RENTA FIJA

DESCRIPCIÓN

Recursos colocados por los entes públicos en títulos valores o documentos financieros, nacionales o delexterior, cuyo rendimiento se encuentra predeterminado en sus condiciones contractuales, los cuales sonadquiridos forzosamente o mediante convenios de suscripción. Igualmente incluye las inversiones hasta elvencimiento que son aquellas que se efectúan con la intención y capacidad de mantenerlas por un tiempoprolongado en el portafolio, sin que se afecte la liquidez del ente público, para el normal desarrollo de susoperaciones, de acuerdo a los plazos definidos por la norma técnica.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 1105 – Caja, 1109 – Depósitos en institutosfinancieros y cooperativas, 1110 – Bancos y corporaciones, 1130 – Fondos pensionales y para efectos deactualización, la cuenta 4805 - Financieros.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de las inversiones adquiridas a cualquier título.2- El mayor valor generado como consecuencia de la actualización con base en la TIR.

SE ACREDITA CON:

1. El valor de las ventas, cesiones o redenciones, totales o parciales de los títulos.2. El valor de los faltantes que se constituyan en responsabilidades.3. El castigo por pérdida de la inversión, previo cumplimiento de los requisitos legales y administrativos4. El valor de la cancelación de los intereses.

CLASE GRUPO CUENTA

1 12 1206

ACTIVO INVERSIONES INVERSIONES – OPERACIONES DE COBERTURA

DESCRIPCIÓN

Registra la adquisición de títulos por parte de los entes públicos en mercados especializados, de conformidadcon la normatividad vigente, con el propósito específico de administrar sus portafolios de inversióncomplementándolos con productos derivados financieros, que proveen la cobertura requerida para manejareficientemente los riesgos presentes, dadas las condiciones cambiantes del mercado.

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Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 183

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 1105 – Caja, 1110 – Bancos y corporaciones y1130 – Fondos pensionales.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- Con el valor de adquisición de los títulos de cobertura.2- Con el mayor valor generado como consecuencia de la actualización, con base en la metodología

adoptada.

SE ACREDITA CON:

1.- Con el la venta de los títulos de cobertura.2.- Con la utilización de los títulos de cobertura.3.- Con el pago de los rendimientos.4.- Con el menor valor generado como consecuencia de la valoración a precios de mercado.

CLASE GRUPO CUENTA

1 12 1207

ACTIVO INVERSIONES INVERSIONES PATRIMONIALES - MÉTODO DEL COSTO

DESCRIPCIÓN

Registra el valor de los aportes patrimoniales representados en cuotas partes de interés social o en accionesde baja bursatilidad o que no se coticen en bolsa, las cuales no le permiten al inversionista controlar o ejercerinfluencia importante sobre la entidad emisora.

Además incluye las inversiones permanentes que son aquellas de renta variable que se efectúan con laintención y capacidad de mantenerlas en el portafolio por lo menos durante tres años, sin que se afecte laliquidez del ente público, para el normal desarrollo de sus actividades, independientemente de su grado debursatilidad.

Incluye las inversiones patrimoniales que conceden el control, cuando se den las causas para abandonar elmétodo de participación.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 1105 – Caja, 1109 – Depósitos en institutosfinancieros y cooperativas, 1110 – Bancos y corporaciones y 1130 – Fondos pensionales, 1208- Inversionespatrimoniales - Método de participación, 1930 – Bienes recibidos en dación de pago, 4725 – Operaciones detraspaso de bienes, derechos y obligaciones, 4805 – Otros ingresos financieros, 3120 – Superávit porDonaciones y 3235 – Superávit por Donaciones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El costo de adquisición de las inversiones.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 184

2- El pago de dividendos o participaciones en acciones, cuotas o partes de interés social.3- El valor de las inversiones reclasificadas por cambio de método de valoración.

SE ACREDITA CON:

1- El valor en libros de las inversiones vendidas, redimidas o cedidas.2- El valor de los faltantes que se constituyen en responsabilidades.3- El castigo por pérdida de la inversión, previo cumplimiento de los requisitos legales y administrativos.4- El valor de las inversiones reclasificadas por cambio de método de valoración.

CLASE GRUPO CUENTA

1 12 1208

ACTIVO INVERSIONES INVERSIONES PATRIMONIALES - MÉTODO DEPARTICIPACIÓN

DESCRIPCIÓN

Registra el valor de los aportes patrimoniales representados en acciones, cuotas o partes de interés social, queconceden a la entidad pública inversora el control, directo o indirecto, o le permiten ejercer influenciaimportante, en el ente receptor de dichos aportes y que, como consecuencia de ello, está obligada a aplicar elmétodo de la participación patrimonial para la valoración y registro de tales inversiones.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1105 – Caja, 1109 – Depósitos eninstitutos financieros y cooperativas, 1110 – Bancos y corporaciones, 1130 – Fondos pensionales, 1207 –Inversiones patrimoniales método de costo, 3117 y 3243 Superávit por el método de participación, 4807 –Utilidad por el método de participación patrimonial, 312502 - Inversiones, 325502- Inversiones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de adquisición de la inversión o monto inicial de aportes.2- El valor de las inversiones reclasificadas por cambio de método de valoración.3- El valor proporcional de las utilidades en la entidad receptora de la inversión.4- El valor proporcional del incremento patrimonial originado en partidas distintas de los resultados en la

entidad receptora de la inversión.5- El pago de dividendos o participaciones en acciones o cuotas partes de interés social.

SE ACREDITA CON:

1- El valor en libros de las inversiones vendidas, redimidas o cedidas.2- El valor de los dividendos o participaciones recibidos en efectivo.3- El valor proporcional de las pérdidas que le correspondan en la entidad receptora de la inversión.4- El valor proporcional de la disminución patrimonial originada en partidas distintas de los resultados en la

entidad receptora de la inversión.5- El valor de las inversiones reclasificadas por cambio de método de valoración.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 185

CLASE GRUPO CUENTA

1 12 1209

ACTIVO INVERSIONES INVERSIONES RENTA FIJA – DTN

DESCRIPCIÓN

Cuenta de uso exclusivo para la Dirección del Tesoro Nacional que representa el monto de las inversiones entítulos valores o documentos financieros, cuyo rendimiento se encuentra predeterminado, de acuerdo con lascondiciones contractuales.

Estas inversiones deben registrarse empleando la metodología de valoración a precios de mercado vigentepara los entes públicos.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1106 – Cuenta única nacional. Encaso de operaciones repo, con la cuenta 1220 - Derechos de recompra de inversiones y la 4350 – Serviciosfinancieros.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El costo de adquisición de las inversiones.2- El mayor valor generado como consecuencia de la valoración a precios de mercado.3- La recompra de los títulos dados en repo.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las inversiones vendidas, redimidas o cedidas.2- El menor valor obtenido como consecuencia de la valoración a precios de mercado.3- El valor de la cancelación de los intereses.4- La reclasificación de los títulos por operaciones repo pasivas.5- El valor de los faltantes que se constituyan en responsabilidades.

CLASE GRUPO CUENTA

1 12 1211

ACTIVO INVERSIONES INVERSIONES RENTA FIJA – FONDOSADMINISTRADOS - DTN

DESCRIPCIÓN

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 186

Representa el monto de la inversión, en títulos valores o documentos financieros, cuyo rendimiento seencuentra predeterminado, en las condiciones contractuales del título, correspondientes a los fondos queadministra por mandato la Dirección General del Tesoro Nacional. Con el fin de garantizar el registroindependiente de las inversiones de cada fondo, deberá habilitarse auxiliares.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1125 – Fondos especiales y 4350 –Servicios financieros.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El costo de adquisición de las inversiones.2- El mayor valor generado como consecuencia de la valoración a precios de mercado.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las inversiones vendidas, redimidas o cedidas.2- El menor valor obtenido como consecuencia de la valoración a precios de mercado.3- El valor de la cancelación de los intereses.4- El valor de los faltantes que se constituyan en responsabilidades.

CLASE GRUPO CUENTA

1 12 1212

ACTIVO INVERSIONES INVERSIONES DE LAS RESERVAS INTERNACIONALES

DESCRIPCIÓN

Registra el valor de las inversiones autorizadas en títulos de contenido crediticio de gobiernos soberanos,entidades multilaterales y bancos comerciales, efectuadas por el Banco Central con fines de políticamacroeconómica.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 1105 – Caja, en caso de operaciones repo, lacuenta 1220 – Derechos de recompra de inversiones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El costo de adquisición de títulos.2- El mayor valor generado como consecuencia de la valoración a precios de mercado.3- La recompra de títulos dados en repo.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las inversiones vendidas, redimidas o cedidas.2- El menor valor generado como consecuencia de la valoración a precios de mercado.3- El valor pagado de los rendimientos de la inversiones.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 187

4- La cesión en repo.

CLASE GRUPO CUENTA

1 12 1220

ACTIVO INVERSIONES DERECHOS DE RECOMPRA DE INVERSIONES

DESCRIPCIÓN

Representa el valor de las inversiones temporalmente reclasificadas del portafolio, en desarrollo deoperaciones repo pasivas.

Su contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1201 - Inversiones administraciónde liquidez – renta fija, 1202 - Inversiones administración de liquidez renta variable, 1209 - Inversiones de rentafija –DTN, y 1212 – Inversiones de las reservas internacionales.

En el evento de incumplimiento del pacto de recompra de los títulos, su contrapartida corresponderá a lassubcuentas de la cuenta 2315 – Fondos comprados con compromiso de recompra.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1 – El valor de las inversiones reclasificadas dadas en repo.

SE ACREDITA CON:

1- El cumplimiento del pacto, restableciendo la disponibilidad del título correspondiente.2- La transferencia en firme en caso del incumplimiento del pacto.

CLASE GRUPO CUENTA

1 12 1280

ACTIVO INVERSIONES PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE INVERSIONES (CR)

DESCRIPCIÓN

Representa el valor estimado de la contingencia de pérdida, como consecuencia de dificultades financieras delemisor, en las inversiones de administración de liquidez de renta fija que no se valoran a precios de mercado,las inversiones con fines de política y las inversiones patrimoniales que se valoran por el método del costo.

Igualmente incluye, la contingencia de pérdida en inversiones patrimoniales de baja y mínima bursatilidad osin ninguna cotización que se valoran por el método del costo, así como las inversiones patrimoniales que

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 188

conceden el control, con el fin de cubrir la diferencia cuando el valor de realización es inferior al costo de lainversión.

En el caso de las inversiones patrimoniales que se valoran por el método de participación, además seconstituyen provisiones, cuando la disminución en las partidas patrimoniales distintas de los resultados,excede el superávit por el método de participación.La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 5302 – Provisión para protección deinversiones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- La aplicación de la provisión por castigo de la inversión, previo cumplimiento de los requisitosestablecidos.

2- El valor de la disminución de la provisión por venta, redención o cesión.3- La reversión de la provisión excesiva.4- El valor de la disminución de la provisión al desaparecer el evento que la originó.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las provisiones constituidas para cubrir el riesgo del emisor.2- El exceso del valor de la inversión con respecto a su valor de realización.3- El exceso de las variaciones negativas de otras partidas patrimoniales, una vez agotado el Superávit por el

Método de Participación

CLASE GRUPO CUENTA

1 13

ACTIVO RENTAS POR COBRAR

DESCRIPCIÓN

Cuentas que representan derechos a favor del ente público, por concepto de ingresos tributarios, directos eindirectos, nacionales o territoriales, determinados en las disposiciones legales, por la potestad que tiene elEstado de establecer gravámenes.

CLASE GRUPO CUENTA

1 13 1305

ACTIVO RENTAS POR COBRAR VIGENCIA ACTUAL

DESCRIPCIÓN

Valor de los ingresos tributarios, anticipos y retenciones pendientes de recaudo, determinados en lasdeclaraciones tributarias y las liquidaciones oficiales en firme,.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 189

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 4105- Ingresos tributarios y 2917 -Anticipos de impuestos.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de las declaraciones tributarias.2- El valor de las liquidaciones oficiales en firme.3- El valor de las liquidaciones de corrección que aumenten el impuesto a pagar.4- El valor de la anulación de pagos originada en la devolución de cheques de recaudos efectuados por las

entidades recaudadoras.5- El valor de las consignaciones del régimen de viajeros y menajes, efectuadas en las entidades autorizadas

para recaudar.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los recaudos totales o parciales, tanto en efectivo como en bonos y títulos.2- El valor de las disminuciones y rebajas originadas en providencias o normas que así lo determinen.3- El valor de las liquidaciones de corrección que disminuyan el impuesto a pagar.4- El valor de las compensaciones permitidas por la legislación tributaria.5- El valor trasladado a rentas por cobrar vigencia anterior.

CLASE GRUPO CUENTA

1 13 1310

ACTIVO RENTAS POR COBRAR VIGENCIA ANTERIOR

DESCRIPCIÓN

Valor de los ingresos tributarios pendientes de recaudo declarados en la vigencia anterior.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1305 - Vigencia actual.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor trasladado de rentas por cobrar de la vigencia actual.2- El valor de la anulación de pagos originada en la devolución de cheques de recaudo.3- El valor de las liquidaciones de corrección que incrementen el impuesto a pagar.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los recaudos totales o parciales tanto en efectivo como en bonos y títulos.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 190

2- El valor de las disminuciones o rebajas originadas en providencias o normas que así lo determinen.3- El valor de las liquidaciones de corrección que disminuyan el impuesto a pagar.4- El valor de las compensaciones permitidas por la legislación tributaria.5- El valor de los traslados a rentas por cobrar difícil recaudo.

CLASE GRUPO CUENTA

1 13 1315

ACTIVO RENTAS POR COBRAR DIFÍCIL RECAUDO

DESCRIPCIÓN

Valor de los ingresos tributarios pendientes de recaudo, liquidados por el contribuyente o funcionariocompetente, que por su antigüedad y morosidad, superior a dos (2) años, fueron reclasificados de la cuenta1310 – Vigencia anterior.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1310 - Vigencia anterior.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor trasladado de rentas por cobrar de la vigencia anterior.2- El valor de la anulación de pagos originada en la devolución de cheques de recaudo.3- El valor de las liquidaciones de corrección que incrementen el impuesto pendiente de recaudo.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los recaudos totales o parciales, tanto en efectivo como en bonos y títulos.2- El valor de las disminuciones y rebajas, originadas en providencias o normas que así lo determinen.3- El valor de las liquidaciones de corrección que disminuyan el impuesto a pagar.4- El valor de las rentas por cobrar castigadas por incobrables, una vez agotadas las gestiones de cobro y

cumplidos los requisitos pertinentes.5- El valor de las compensaciones permitidas por la legislación tributaria.

CLASE GRUPO CUENTA

1 13 1380

ACTIVO RENTAS POR COBRAR PROVISIÓN PARA RENTAS POR COBRAR (CR)

DESCRIPCIÓN

Representa el valor estimado de las contingencias de pérdida generadas en las rentas por cobrar, comoresultado del riesgo de incobrabilidad, aplicando criterios de carácter general o particular, de acuerdo con el

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 191

análisis de la totalidad de las rentas por cobrar morosas o de la situación especial de los contribuyentesindividualmente considerados.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 5303 – Provisión para Rentas porcobrar.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de las rentas por cobrar castigadas por incobrables, una vez agotadas las gestiones de cobro ycumplidos los requisitos pertinentes.

2- El valor de los ajustes por exceso de provisión.3- El valor de la disminución de la provisión, al desaparecer la causa que la originó.

SE ACREDITA CON: :

1- El valor de las provisiones constituidas para cubrir el riesgo de incobrabilidad.

CLASE GRUPO CUENTA

1 14

ACTIVO DEUDORES

DESCRIPCIÓN

Cuentas que representan derechos a favor del ente público, originados en el desarrollo de su funciónadministrativa o cometido estatal y de otras actividades que representan derechos, así como también losrendimientos que generen.

CLASE GRUPO CUENTA

1 14 1401

ACTIVO DEUDORES INGRESOS NO TRIBUTARIOS

DESCRIPCIÓN

Derechos a favor del ente público, originados en tasas, regalías, multas, sanciones, contribuciones yconcesiones, así como también los originados en intereses sobre obligaciones tributarias, entre otros. La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 4110 - No tributarios y 2915 –Créditos diferidos, para las concesiones.

DINÁMICA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 192

SE DEBITA CON: 1- El valor causado por los diferentes conceptos de ingresos no tributarios.

SE ACREDITA CON:

1- El valor del pago total o parcial de los ingresos no tributarios.2- El valor de los ingresos no tributarios castigados por incobrables una vez agotadas las gestiones de cobro

y cumplido los requisitos pertinentes.

CLASE GRUPO CUENTA

1 14 1402

ACTIVO DEUDORES APORTES Y COTIZACIONES

DESCRIPCIÓN

Derechos a favor del ente público, por concepto de ingresos creados por disposiciones legales, originados enpagos obligatorios, sobre la nómina de entidades públicas o privadas, con destino al ICBF, SENA, ESAP.

Incluye, la cotización para pensiones de los funcionarios cuando el ente público es responsable de supensión.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 4114 - Aportes y cotizaciones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los aportes y cotizaciones causados.

SE ACREDITA CON:

1- El valor del pago total o parcial.2- El valor de los derechos castigados por incobrables, una vez agotadas las gestiones de cobro y cumplido

los requisitos pertinentes.

CLASE GRUPO CUENTA

1 14 1403

ACTIVO DEUDORES RENTAS PARAFISCALES

DESCRIPCIÓN

Valores por cobrar originados en ingresos públicos creados por disposiciones legales, originados en pagosobligatorios, destinados a recuperar los costos de los servicios prestados, permitir la participación en losbeneficios que se proporcionen o, contribuir al sostenimiento de entes públicos.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 193

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 4115 - Rentas parafiscales.

SE DEBITA CON:

1- El valor de los derechos adquiridos por cada concepto.

SE ACREDITA CON::

1- El valor del recaudo total o parcial de las rentas causadas.2- El valor de los derechos castigados por incobrables una vez agotadas las gestiones de cobro y cumplidos

los requisitos pertinentes.

CLASE GRUPO CUENTA

1 14 1404

ACTIVO DEUDORES FONDOS ESPECIALES

DESCRIPCIÓN

Valores por cobrar originados en ingresos definidos en la ley para la prestación de un servicio públicoespecífico, así como también los pertenecientes a fondos sin personería jurídica, creados por la ley.

Éstos se constituyen con la finalidad de satisfacer necesidades esenciales de ciertos organismos odeterminadas actividades económicas abasteciéndose de recursos propios provenientes de acciones ejercidasde acuerdo con los objetivos previstos.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 4120- Fondos especiales.

SE DEBITA CON:

1- El valor de los derechos adquiridos por cada uno de los conceptos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los recursos recibidos por cada uno de los conceptos.

CLASE GRUPO CUENTA

1 14 1406

ACTIVO DEUDORES VENTA DE BIENES

DESCRIPCIÓN

Derechos a favor del ente público, originados en la venta de bienes en desarrollo de su cometido estatal.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 194

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 4201 - Productos de la agricultura,silvicultura y pesca, 4202 - Productos de minas y minerales, 4203 - Productos alimenticios y bebidas, 4204-Productos manufacturados, 4206- Construcciones, 4210- Bienes comercializados y 4806 – Ajuste pordiferencia en cambio.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor facturado por la venta de bienes2- El mayor valor originado por diferencia en cambio.

SE ACREDITA CON:

1- El valor recaudo total o parcial de las cuentas por cobrar.2- El valor de las cuentas por cobrar castigadas por incobrables una vez agotadas las gestiones de cobro y

cumplido los requisitos pertinentes.3- El menor valor originado por diferencia en cambio.

CLASE GRUPO CUENTA

1 14 1407

ACTIVO DEUDORES PRESTACIÓN DE SERVICIOS

DESCRIPCIÓN Derechos a favor del ente público, originados en la prestación de servicios, en desarrollo de su cometidoestatal. La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas: 4305- Servicios educativos, 4330-Servicio de tránsito y transporte, 4333 – Servicio de comunicaciones, 4340- Juegos de suerte y azar, 4345-Servicios hoteleros y de promoción turística, 4350- Servicios financieros, 4353 – Operaciones de BancaCentral, 4355- Servicios de seguros y reaseguros, 4360- Servicios de documentación e identificación, 4370-Servicios informáticos, 4390- Otros servicios, 4806 - Ajuste por diferencia en cambio. DINÁMICA SE DEBITA CON: 1- El valor facturado por los servicios prestados 2- El mayor valor originado por diferencia en cambio. SE ACREDITA CON: 1- El valor del recaudo total o parcial de las cuentas por cobrar. 2- El valor de las cuentas por cobrar castigadas por incobrables una vez agotadas las gestiones de cobro y

cumplido los requisitos pertinentes. 3- El menor valor originado por diferencia en cambio.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 195

CLASE GRUPO CUENTA

1 14 1408

ACTIVO DEUDORES SERVICIOS PÚBLICOS

DESCRIPCIÓN Derechos a favor del ente público, originados en la prestación de servicios públicos, en desarrollo de sucometido estatal. La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas: 4315- Servicio de energía, 4321-Servicio de acueducto, 4322- Servicio de alcantarillado, 4323- Servicio de aseo, 4325- Servicio de gascombustible y 4335- Servicio de telecomunicaciones. DINÁMICA SE DEBITA CON: 1- El valor facturado por los servicios prestados. SE ACREDITA CON: 1- El valor del recaudo total o parcial de las cuentas por cobrar.2- El valor de las cuentas por cobrar castigadas por incobrables una vez agotadas las gestiones de cobro y

cumplido los requisitos pertinentes.

CLASE GRUPO CUENTA

1 14 1409

ACTIVO DEUDORES SERVICIOS DE SALUD

DESCRIPCIÓN Derechos a favor del ente público, originados en la prestación de servicio de salud a los usuarios, endesarrollo de su cometido estatal. La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 4312- Servicios de salud DINÁMICA SE DEBITA CON: 1- El valor facturado por servicios prestados. SE ACREDITA CON: 1- El valor del recaudo total o parcial de las cuentas por cobrar.

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Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 196

2- El valor de las cuentas por cobrar castigadas por incobrables una vez agotadas las gestiones de cobro ycumplido los requisitos pertinentes.

CLASE GRUPO CUENTA

1 14 1410

ACTIVO DEUDORES APORTES POR COBRAR A ENTIDADES AFILIADAS

DESCRIPCIÓN

Valores por cobrar a entidades afiliadas, como resultado de los aportes causados por concepto de cesantíaspor desembolsar a favor de los servidores públicos. La subcuenta 141095 - Aportes recibidos por aplicar (CR), es transitoria y registra los valores recibidos porconcepto de cesantías por el Fondo Nacional del Ahorro pendientes de aplicar. La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2420 - Aportes por pagar a afiliados.Para la subcuenta 141095, las contrapartidas serán la 141001 - Aporte de cesantías - doceavas, 141002-Aportes de cesantías - Ajustes y 141003- Intereses de mora.

DINÁMICA.

SE DEBITA CON:

1- El valor estimado por pagar de cada entidad afiliada, previo cumplimiento de las disposiciones legales.2- El valor de los intereses de mora.

SE ACREDITA CON:

1- El valor del recaudo total o parcial de los aportes causados.

CLASE GRUPO CUENTA

1 14 1411

ACTIVO DEUDORES ADMINISTRACIÓN DEL RÉGIMEN DE SEGURIDADSOCIAL EN SALUD

DESCRIPCIÓN

Derechos causados por concepto de ingresos obtenidos por las Entidades Promotoras de Salud - EPS, en laorganización y garantía de la prestación de los servicios de salud, incluidos en el Plan Obligatorio de Salud -POS, de los regímenes contributivo y subsidiado.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 197

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 4311 – Administración del Régimende Seguridad Social en Salud.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los derechos adquiridos por la administración del sistema. SE ACREDITA CON: 1- El valor de los recaudos por los diferentes conceptos.

CLASE GRUPO CUENTA

1 14 1413

ACTIVO DEUDORES TRANSFERENCIAS POR COBRAR

DESCRIPCIÓN

Valor de los derechos adquiridos por el ente público en el desarrollo de su función administrativa o cometidoestatal, por concepto de los recursos establecidos en el presupuesto que se reciben de entidades nacionales ointernacionales, públicas o privadas, sin contraprestación.

Este registro debe efectuarse en el momento de establecerse el derecho cierto y no sobre la base deapropiaciones presupuestales o estimaciones.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman el grupo 44 – Transferencias recibidas.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los derechos adquiridos por concepto de recursos por recibir soportados en los respectivosactos administrativos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los recursos recibidos por cada uno de los conceptos.

CLASE GRUPO CUENTA

1 14 1415

ACTIVO DEUDORES PRÉSTAMOS CONCEDIDOS

DESCRIPCIÓN

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 198

Valores por cobrar por concepto de préstamos otorgados a entes públicos, privados, o a personas naturales.

Así mismo registra las operaciones de crédito otorgadas por los entes públicos financieros o por el Banco dela República. Igualmente deben registrarse los préstamos concedidos para compra, construcción o mejora devivienda, liberación de gravámenes hipotecarios, créditos educativos y préstamos para investigación, entreotros.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas: 1105 – Caja, 1110 – Bancos ycorporaciones y 1125 – Fondos especiales, entre otros. En caso de efectuarse operaciones repo, lacontrapartida será la cuenta 1427 – Derechos de recompra de deudores.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los créditos concedidos por los diferentes conceptos.2- El valor de la recompra de los pagarés dados en repo.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los recaudos totales o parciales.2- La cesión en repo de los pagarés.3- El valor castigado por incobrable, una vez agotadas las gestiones de cobro y cumplidos los requisitos

legales.

CLASE GRUPO CUENTA

1 14 1416

ACTIVO DEUDORES PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALES OTORGADOS

DESCRIPCIÓN

Valores por cobrar por concepto de préstamos otorgados entre entes públicos. Incluye los créditospresupuestarios que se celebren entre la Nación y los entes públicos con cargo a apropiacionespresupuestales, créditos transitorios y los préstamos que otorga la Dirección General del Tesoro Nacional.

Así mismo, en esta cuenta se registran las operaciones de deuda pública asumidas por la Nación, en sucondición de garante.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas: 1105 – Caja, 1106 – Cuenta únicanacional, 1110 – Bancos y corporaciones y 1125 – Fondos especiales, o en las cuentas del grupo 22, entreotros. En caso de efectuarse operaciones repo, la contrapartida será la cuenta 1427 – Derechos de recompra dedeudores.

DINÁMICA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 199

SE DEBITA CON:

1- El valor de los créditos concedidos por los diferentes conceptos.2- Por la recompra de los pagarés dados en repo.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los recaudos totales o parciales.2- Por la cesión de los pagarés en repo.3- El valor castigado por incobrable, una vez agotadas las gestiones de cobro y cumplidos los requisitos

legales.

CLASE GRUPO CUENTA

1 14 1417

ACTIVO DEUDORES ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDADSOCIAL EN PENSIONES

DESCRIPCIÓN

Derechos a favor del ente público, originados en la administración del sistema de seguridad social enpensiones.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman el grupo 45 – Recursos de los fondos de lasentidades administradoras de pensiones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los derechos adquiridos por la administradora del sistema.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los recaudos por los diferentes conceptos.

CLASE GRUPO CUENTA

1 14 1418

ACTIVO DEUDORES ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDADSOCIAL EN RIESGOS PROFESIONALES

DESCRIPCIÓN

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 200

Derechos a favor del ente público, originados en la administración del sistema de seguridad social en riesgosprofesionales.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 4313 – Administración del sistema deseguridad social en riesgos profesionales.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los derechos adquiridos por la administradora del sistema.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los recaudos por los diferentes conceptos.

CLASE GRUPO CUENTA

1 14 1420

ACTIVO DEUDORES AVANCES Y ANTICIPOS ENTREGADOS

DESCRIPCIÓN

Valores entregados por adelantado a contratistas o proveedores para la ejecución de obras, suministro debienes, prestación de servicios y trámites aduaneros, entre otros. Así mismo, registra los valores entregados alos servidores públicos para viáticos y gastos de viaje, que están pendientes de legalización.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas: 1105 – Caja, 1106 – Cuenta únicanacional, 1110- Bancos y corporaciones y 1125 – Fondos especiales.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los dineros entregados como anticipos y avances.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los anticipos aplicados, producto del cumplimiento de los convenios, contratos, acuerdos,entrega de bienes o con la legalización de los avances.

2- El valor de las devoluciones de los anticipos.3- El valor de la facturación recibida por los costos y gastos incurridos en el desarrollo de la operación

conjunta.4- El valor de los avances no legalizados dentro del término previsto trasladados a responsabilidades.

CLASE GRUPO CUENTA

1 14 1422

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 201

ACTIVO DEUDORES ANTICIPOS O SALDOS A FAVOR POR IMPUESTOS YCONTRIBUCIONES

DESCRIPCIÓN

Valores a cargo de entidades gubernamentales a favor del ente público, por concepto de anticipos deimpuestos así como también los originados en liquidaciones de declaraciones tributarias, contribuciones ytasas que serán solicitados en devolución o compensación en liquidaciones futuras.

En la subcuenta 142250- Impuesto de industria y comercio retenido, debe registrarse las retenciones quehayan sido efectuadas al ente público durante el período, las cuales tomará como pago anticipado delimpuesto de industria y comercio de acuerdo con las disposiciones legales.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1406 – Venta de bienes y 1407 –Prestación de servicios y, por reclasificación, de la 2445- Impuesto al valor agregado – IVA.

SE DEBITA CON:

1- El valor de los dineros entregados como anticipo.2- El valor de las retenciones en la fuente practicadas al ente público por los diferentes conceptos

establecidos en la ley.3- El valor del impuesto de industria y comercio que haya sido retenido al ente público.4- El valor de los traslados entre las diferentes subcuentas.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la aplicación del impuesto o contribución al período gravable al cual corresponda.2- El valor de las devoluciones obtenidas.3- Los valores retenidos a título de impuesto de industria y comercio que se descuentan en la liquidación

privada como anticipo y, los valores correspondientes a anulaciones y devoluciones.

CLASE GRUPO CUENTA

1 14 1425

ACTIVO DEUDORES DEPÓSITOS ENTREGADOS

DESCRIPCIÓN

Valor de los dineros entregados por el ente público, para garantizar el cumplimiento de contratos, de acuerdocon las normas que así lo establezcan.

Adicionalmente, deben registrarse los depósitos que se deriven de procesos judiciales, los otorgados enadministración y las retenciones sobre contratos de obra.

En la subcuenta 142511- “Para construcción de infraestructura”, deberán registrarse los pagos efectuados porlos entes públicos con el fin de construir infraestructura cuya propiedad le será transferida en un futuro deconformidad con los términos del contrato, momento en el cual deberá reclasificarse a la respectiva subcuentadel grupo 16.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 202

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1105 – Caja, 1110 – Bancos ycorporaciones, 1125 – Fondos especiales y 1130 – Fondos pensionales.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los depósitos entregados a terceros.2- El valor de los rendimientos obtenidos de conformidad con las cláusulas convenidas en los depósitos

entregados.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la aplicación o reintegro de los depósitos entregados.2- El valor de los gastos generados con cargo a los depósitos entregados de conformidad con las cláusulas

convenidas.3- El valor reclasificado a las correspondientes cuentas de activo, una vez transferida la propiedad de la

infraestructura.

CLASE GRUPO CUENTA

1 14 1426

ACTIVO DEUDORES FONDO DE AHORRO Y ESTABILIZACIÓNPETROLERA

DESCRIPCIÓN

Valor de los recursos de propiedad de Ecopetrol, los Departamentos, Municpios y el Fondo Nacional deRegalías que se encuentran en el Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera, administrados por el Banco de laRepública y cuya utilización está restringida hasta cuando se generen los desahorros autorizados.

La contrapartida corresponde a la cuenta 1110 – Bancos y corporaciones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los depósitos efectuados en el fondo.2- El ajuste por diferencia en cambio.3- El valor de los intereses capitalizables.

SE ACREDITA CON:

1- Los desahorros autorizados del fondo.2- La disminución del límite de constitución3- La cancelación del fondo

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 203

CLASE GRUPO CUENTA

1 14 1427

ACTIVO DEUDORES DERECHOS DE RECOMPRA DE DEUDORES

DESCRIPCIÓN

Representa el valor de los créditos temporalmente reclasificados en desarrollo de operaciones repo pasivas

Su contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1415 – Préstamos concedidos y1416 – Préstamos gubernamentales otorgados. En el evento de incumplimiento del pacto de recompra de loscréditos, su contrapartida corresponderá a las subcuentas de la cuenta 2315 – Fondos comprados concompromiso de recompra.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1 – El valor de los créditos reclasificados dados en repo.

SE ACREDITA CON:

1- El cumplimiento del pacto, restableciendo la condición original del crédito.2- Con la transferencia en firme en caso de incumplimiento del pacto.

CLASE GRUPO CUENTA

1 14 1428

ACTIVO DEUDORES FONDO DE GARANTÍAS - FOGAFIN

DESCRIPCIÓN

Registra los derechos a cobrar a las entidades inscritas que han sido intervenidas para liquidar, por conceptodel reconocimiento del seguro de depósito a los ahorradores. Además, registra el valor de las primas causadaspendientes de pago por las entidades inscritas por seguro de depósito y costo de garantía.

Esta cuenta es de uso exclusivo del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras FOGAFIN.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 4375 – Operaciones fondo deGarantía – FOGAFIN y las subcuentas 273001 – Siniestros avisados y 292101 – Seguro de depósito liquidadopor pagar.

DINÁMICA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 204

SE DEBITA CON:

1 – El valor de los seguros de depósito pagados a los ahorradores, pendientes de recuperar de las entidadesinscritas.

2 – La causación de las primas a cobrar a las entidades inscritas.

SE ACREDITA CON:

1 - El valor del pago total o parcial de los derechos causados.2 – El valor de los derechos castigados por incobrables una vez agotadas las gestiones de cobro y cumplidos

los requisitos pertinentes.

CLASE GRUPO CUENTA

1 14 1429

ACTIVO DEUDORES FONDO DE GARANTÍAS- FOGACOOP

DESCRIPCIÓN

Registra los derechos a cobrar a las entidades inscritas que han sido intervenidas para liquidar, por conceptodel reconocimiento del seguro de depósito a los ahorradores. Además, registra el valor de las primas causadaspendientes de pago por las entidades inscritas por seguro de depósito.

Esta cuenta es de uso exclusivo de Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas - FOGACOOP.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 4376 – Operaciones fondo deGarantía – FOGACOOP y las subcuentas 273101 – Siniestros avisados y 292201 – Seguro de depósitoliquidado por pagar.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1 – El valor de los seguros de depósito pagados a los ahorradores, pendientes de recuperar de las entidadesinscritas.

2 – La causación de las primas a cobrar a las entidades inscritas.

SE ACREDITA CON:

1 - El valor del pago total o parcial de los derechos causados.2 – El valor de los derechos castigados por incobrables una vez agotadas las gestiones de cobro y cumplidos

los requisitos pertinentes.

CLASE GRUPO CUENTA

1 14 1470

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 205

ACTIVO DEUDORES OTROS DEUDORES

DESCRIPCIÓN

Derechos ciertos del ente público, por concepto de operaciones y deudas diferentes a las enunciadas encuentas anteriores, tales como reclamaciones, indemnizaciones, pagos por cuenta de terceros, cuotas porcobrar, arrendamientos, honorarios, servicios, y descuentos no autorizados.

Adicionalmente, deben registrarse los valores por cobrar conexos y derivados de las inversiones, préstamos ycuentas por cobrar, como los rendimientos financieros, los valores a cobrar a directores, socios y accionistas,por pagos efectuados a su cuenta, de conformidad con las normas legales vigentes.

La subcuenta 147047 – Superávit por compensación, registra los saldos a favor del FOSYGA como resultadodel proceso de compensación.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 4350 – Servicios financieros, 4805– Financieros, 4810 – Extraordinarios. Para los descuentos no autorizados la contrapartida corresponde a lacuenta 1110 - Bancos y corporaciones y para la subcuenta 147055 - Depósitos e inversiones en entidadesintervenidas, la cuenta 1110 - Bancos y corporaciones y la cuenta del Grupo 12 - Inversiones, segúncorresponda.

Igualmente incluye, en la subcuenta 147044 - Esquemas de cobro, aquellos planes especiales dereconocimiento de derechos acordados cuya contrapartida será la subcuenta 481008 – Recuperaciones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los derechos que se originen por cada uno de los conceptos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los recaudos totales o parciales de los derechos registrados en esta cuenta.2- El valor de los deudores que se castiguen por incobrables, una vez agotadas las gestiones de cobro y

cumplidos los requisitos pertinentes.

CLASE GRUPO CUENTA

1 14 1475

ACTIVO DEUDORES DEUDAS DE DIFÍCIL COBRO

DESCRIPCIÓN

Valor de las deudas a favor del ente público pendientes de recaudo, que por su antigüedad y morosidad, hansido reclasificadas de la cuenta deudora principal.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas: 1401 – Ingresos no tributarios, 1402 – Aportesy cotizaciones, 1403 – Rentas parafiscales, 1406 – Venta de bienes, 1407 – Prestación de servicios, 1408 –

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 206

Servicios públicos, 1409 – Servicios de salud, 1411 –Administración del régimen de seguridad social en salud,1415 – Préstamos concedidos, 1470 – Otros deudores.

SE DEBITA CON:

1- El valor de los deudores que se reclasifiquen

SE ACREDITA CON:

1- El valor del recaudo de la deuda.2- El valor castigado contra la respectiva provisión, una vez agotadas las gestiones de cobro y cumplidos

los requisitos pertinentes.

CLASE GRUPO CUENTA

1 14 1476

ACTIVO DEUDORES CUOTAS PARTES DE BONOS Y TÍTULOS PENSIONALES

DESCRIPCIÓN

Monto de las cuotas partes de bonos pensionales certificadas por las entidades contribuyentes al valor de losbonos pensionales que han sido emitidos y que posee la entidad administradora o aquélla que reconoce ypaga pensiones, a la cual se trasladó el afiliado, de acuerdo con las condiciones y características establecidasen la normatividad correspondiente.

También incluye el valor de los títulos pensionales que tiene por cobrar el Instituto de Seguros Sociales.

La contrapartida corresponde a las subcuentas del grupo 45 – Recursos de los fondos de las entidadesadministradoras de pensiones y 4810 – Extraordinarios.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de las cuotas partes de los bonos pensionales ya emitidos.2- El monto de los títulos pensionales a favor del Instituto de Seguros Sociales

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cuota parte del bono pensional pagada por el contribuyente al momento de la redención delbono pensional.

2- El valor del título pensional pagado.

CLASE GRUPO CUENTA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 207

1 14 1480

ACTIVO DEUDORES PROVISIÓN PARA DEUDORES (CR)

DESCRIPCIÓN

Valor estimado de las contingencias de pérdida generadas, como resultado del riesgo de incobrabilidad, deacuerdo con el análisis general o individual, de las cuentas que conforman el grupo de deudores.La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 5304 – Provisión para deudores.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los deudores que se castiguen por incobrables una vez agotadas las gestiones de cobro ycumplido los requisitos pertinentes.

2- El valor de los ajustes por provisiones en exceso.3- El valor de la disminución de la provisión al desaparecer la causa que la originó.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la provisión constituida para cubrir el riesgo de incobrabilidad.

CLASE GRUPO CUENTA

1 15

ACTIVO INVENTARIOS

DESCRIPCIÓN

Cuentas que representan el valor de los bienes producidos o adquiridos por el ente público, a cualquier título,con la intención de comercializarse - mercancías en existencia -, transformarse - materia prima, productos enproceso y bienes producidos -, o consumirse en el proceso de producción de bienes o de prestación deservicios – materiales -, en desarrollo de la actividad fundamental o actividades conexas a la misma. Así mismoincluye los inventarios que se encuentran en tránsito o en poder de terceros y el banco de componentesanatómicos y de sangre.

CLASE GRUPO CUENTA

1 15 1505

ACTIVO INVENTARIOS BIENES PRODUCIDOS

DESCRIPCIÓN

Valor de los bienes que han sido obtenidos por el ente público, mediante procesos de transformación,explotación, cultivo o construcción y se encuentran disponibles para la venta o cesión.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 208

La contrapartida corresponde a la subcuenta “Traslado de costos (CR)” de las respectivas cuentas queconforman el grupo cuenta 71 – Producción de bienes y la cuenta 1815 - Agotamiento acumulado de recursosnaturales renovables en explotación (CR).

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los productos que han terminado su proceso de transformación.2- El valor de los productos extraídos.3- El valor de las construcciones terminadas.4- El valor de los ajustes por sobrantes de inventarios, devoluciones de mercancías vendidas y otros.

SE ACREDITA CON:

1- El costo de las mercancías que se vendan.2- El valor de la mercancía determinada como faltante, o dada de baja por imperfectos, rotura, mermas y otras.3- El valor de los bienes entregados a cualquier título.

CLASE GRUPO CUENTA

1 15 1510

ACTIVO INVENTARIOS MERCANCÍAS EN EXISTENCIA

DESCRIPCIÓN

Valor de los bienes adquiridos a cualquier título por el ente público, con el objeto de ser vendidos o cedidos yque no requieren ser sometidos a ningún proceso de transformación, explotación, cultivo, construcción otratamiento.

La contrapartida corresponde a las subcuentas “Adquisición de bienes y servicios” nacionales o del exteriorde las cuentas 2401 y 2406, respectivamente.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los bienes adquiridos para su comercialización o cesión.2- El valor de los ajustes por sobrantes de inventarios, devoluciones de mercancías vendidas y otros.

SE ACREDITA CON:

1- El costo de las mercancías vendidas.2- El valor de las mercancías devueltas a los proveedores.3- El valor de la mercancía determinada como faltante, o dada de baja por imperfectos, rotura, mermas y otros.4- El valor de las mercancías entregadas a cualquier título.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 209

CLASE GRUPO CUENTA

1 15 1512

ACTIVO INVENTARIOS MATERIAS PRIMAS

DESCRIPCIÓN

Valor de los elementos adquiridos o producidos, que deben ser sometidos a un proceso de transformación,para convertirlos en bienes finales o intermedios.

La contrapartida corresponde a las subcuentas “Adquisición de bienes y servicios” nacionales o del exteriorde las cuentas 2401 y 2406, respectivamente.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de las materias primas adquiridas.2- El valor de los ajustes por sobrantes de inventarios.3- El valor de la materia prima devuelta del proceso productivo.

SE ACREDITA CON:

1- El costo de materias primas que se trasladen al proceso productivo.2- El valor de las materias primas devueltas a proveedores.3- El valor de las disminuciones determinadas como faltantes o dadas de baja por imperfectos, rotura,

mermas y otras.

CLASE GRUPO CUENTA

1 15 1516

ACTIVO INVENTARIOS ENVASES Y EMPAQUES

DESCRIPCIÓN

Valor de los elementos y materiales adquiridos para ser usados en el empaque o envase de productos.

La contrapartida corresponde a las subcuentas “Adquisición de bienes y servicios” nacionales o del exteriorde las cuentas 2401 y 2406, respectivamente.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los envases y empaques adquiridos.2- El valor de los ajustes por sobrantes de inventarios.3- El valor de los envases y empaques devueltos del proceso productivo.

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Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 210

SE ACREDITA CON:

1- El costo de los envases y empaques que se trasladen al proceso productivo.2- El valor de los envases y empaques devueltos a los proveedores.3- El valor de los envases y empaques determinados como faltantes o dados de baja por imperfectos o

rotura.

CLASE GRUPO CUENTA

1 15 1517

ACTIVO INVENTARIOS MATERIALES PARA LA PRODUCCIÓN DE BIENES

DESCRIPCIÓN

Valor de los elementos distintos de materias primas, que han sido adquiridos por el ente público, para serconsumidos en la producción de bienes.

La contrapartida corresponde a las subcuentas “Adquisición de bienes y servicios” nacionales o del exteriorde las cuentas 2401 y 2406, respectivamente.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los materiales adquiridos con destino a la producción de bienes.2- El valor de los ajustes por sobrantes determinados en la toma física de inventarios.3- El valor de los materiales devueltos del proceso productivo. SE ACREDITA CON: 1- El costo de los materiales que se trasladen al proceso productivo.2- El valor de los materiales devueltos a los proveedores.3- El valor de los materiales determinados como faltantes o dados de baja por imperfectos, rotura, mermas.

CLASE GRUPO CUENTA

1 15 1518

ACTIVO INVENTARIOS MATERIALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS

DESCRIPCIÓN

Valor de los elementos que han sido adquiridos o producidos por el ente público para ser consumidos outilizados en forma directa, en la prestación de los servicios de salud, hotelería, mantenimiento, serviciospúblicos domiciliarios, documentación e identificación, concesión de licencias, entre otros.

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 211

La contrapartida corresponde a las subcuentas “Adquisición de bienes y servicios” nacionales o del exteriorde las cuentas 2401 y 2406, respectivamente.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los materiales adquiridos.2- El valor de los ajustes por sobrantes de inventarios3- El valor de las devoluciones de materiales del proceso productivo.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los materiales que se consuman en la prestación del servicio.2- El valor de los materiales devueltos a los proveedores.3- El valor de los materiales determinados como faltantes o dados de baja por imperfectos, rotura, mermas.

CLASE GRUPO CUENTA

1 15 1519

ACTIVO INVENTARIOS BANCO DE COMPONENTES ANATÓMICOS Y DE SANGRE

DESCRIPCIÓN

Costo de las partes del cuerpo humano -órganos- y agregados de células de la misma naturaleza que, enconjunto, desempeñan una determinada función -tejidos-. Tales órganos y tejidos se encuentran en existenciay son utilizados por la entidad prestadora de servicios de salud para realizar operaciones de trasplante, comoun procedimiento tendiente a mejorar la calidad de vida de las personas que han agotado todas lasposibilidades terapéuticas a su alcance.

El costo lo constituyen los procedimientos, mano de obra y demás costos indirectos para su procesamiento yconservación requeridos para mantenerlos en condiciones de utilización.

La contrapartida la constituyen las subcuentas 735095 y 735195 – Traslado de costos (CR), respectivamente.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- Los costos directos e indirectos requeridos para mantenerlos en condiciones de utilización.

SE ACREDITA CON:

1- El costo de las unidades utilizadas.2- El costo de las unidades inservibles.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 212

CLASE GRUPO CUENTA

1 15 1520

ACTIVO INVENTARIOS PRODUCTOS EN PROCESO

DESCRIPCIÓN

Valor de los bienes semielaborados que requieren procesos adicionales de producción, para convertirlos enproductos terminados disponibles para la venta o cesión.

La contrapartida corresponde a la subcuenta “Traslado de costos (CR)” de las respectivas cuentas queconforman el grupo 71 – Producción de bienes.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El traslado transitorio de los costos acumulados de bienes en etapa de producción, para efectos de reporte.

SE ACREDITA CON:

1- La devolución de los costos de bienes en etapa de producción, para continuar su acumulación.

CLASE GRUPO CUENTA

1 15 1525

ACTIVO INVENTARIOS EN TRÁNSITO

DESCRIPCIÓN

Valor de las erogaciones efectuadas para la adquisición de mercancías, materias primas, materiales, envases yempaques, que no están disponibles para ser utilizados por el ente público, por hallarse en procesos detrámite, transporte, legalización o entrega, por parte de los proveedores o terceros responsables.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1110 – Bancos y corporaciones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de las erogaciones efectuadas para la adquisición de mercancías, materias primas, materiales,envases y empaques en tránsito.

SE ACREDITA CON:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 213

1- El valor de la confirmación de las mercancías, materias primas, materiales, envases y empaques en tránsitoy su traslado a la cuenta de inventario correspondiente.

CLASE GRUPO CUENTA

1 15 1530

ACTIVO INVENTARIOS EN PODER DE TERCEROS

DESCRIPCIÓN

Valor de los diferentes inventarios tales como: mercancías procesadas, en existencia, materias primas, depropiedad del ente público, que se encuentran en poder de terceros.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1505 – Bienes producidos, 1510 –Mercancías en existencia 1512 – Materias primas, 1516 – Envases y empaques, 1517 – Materiales para laproducción de bienes, 1518 – Materiales para la prestación de servicios.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los traslados de las diferentes cuentas y subcuentas que conforman el grupo de inventarios, envirtud de los contratos, convenios o actos administrativos que así lo dispongan.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las mercancías, materias primas, materiales, envases y empaques, devueltos al ente público ytrasladados al correspondiente rubro de inventario.

2- El valor de la venta o cesión de los bienes entregados de conformidad con lo estipulado en contratos oconvenios.

3- El valor de las mercancías, materias primas, materiales, envases y empaques determinados como faltantes odados de baja por imperfectos, rotura o merma.

CLASE GRUPO CUENTA

1 15 1580

ACTIVO INVENTARIOS PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DE INVENTARIOS (CR)

DESCRIPCIÓN

Valor estimado de las contingencias de pérdida de los inventarios, las cuales pueden originarse endisminuciones físicas o monetarias, tales como merma, deterioro, obsolescencia, inherentes a su naturaleza,como resultado del análisis minucioso efectuado a los rubros que los conforman.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 5306 – Provisión para protección deinventarios.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 214

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor aplicado por ocurrencia de los riesgos previstos en la descripción.2- La reversión de las provisiones en exceso.3- El valor de la disminución de la provisión por venta o traslado a cualquier título, pérdida o dada de baja.4- El valor de la disminución de la provisión al desaparecer la causa que la originó.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las provisiones que se constituyan de acuerdo con las evaluaciones efectuadas.

CLASE GRUPO CUENTA

1 16

ACTIVO PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO

DESCRIPCIÓN

Bienes de propiedad del ente público que se adquieren con el propósito de utilizarlos en la producción debienes, prestación de servicios o en el desarrollo de su función administrativa o cometido estatal.Consecuentemente, tales bienes no están destinados a la enajenación en el curso normal de sus actividades.

Igualmente incluye, aquellos bienes de propiedad del ente público sobre los cuales no se tiene una destinaciónespecífica, en consecuencia no son objeto de uso o explotación.

CLASE GRUPO CUENTA

1 16 1605

ACTIVO PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO TERRENOS

DESCRIPCIÓN

Valor de los predios de propiedad del ente público, adquiridos a cualquier título, en donde se encuentran lasedificaciones, los destinados a futuras ampliaciones.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1637 - Propiedades, planta yequipo no explotados, 2401 – Adquisición de bienes y servicios nacionales, 2406 – Adquisición de bienes yservicios del exterior, 3120 y 3235 – Superávit por donaciones, 3125 – Patrimonio público incorporado, 3255 –Patrimonio institucional incorporado, 4725 – Operaciones de traspaso de bienes, derechos y obligaciones y,1930 – Bienes recibidos en dación de pago.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 215

1- El costo del terreno y demás erogaciones incurridos para su adquisición.2- El valor de las mejoras y otros cargos capitalizables que representen un mayor valor de esta clase de

activos.3- El avalúo técnico de los terrenos adquiridos por donación o traspaso y aquéllos que se incorporen una

vez surtidos los trámites de legalización correspondientes.4- El valor de los terrenos reclasificados de propiedades, planta y equipo no explotados.5- El valor de los ajustes por inflación.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los terrenos enajenados o transferidos a cualquier título.2- El valor de los ajustes por inflación individualizados, de los terrenos enajenados o transferidos.

CLASE GRUPO CUENTA

1 16 1610

ACTIVO PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO SEMOVIENTES

DESCRIPCIÓN

Valor de los animales de propiedad del ente público, adquiridos a cualquier título y destinados al uso,desarrollo de investigaciones científicas, explotaciones pecuarias, exposiciones y otros.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 2401 – Adquisición de bienes yservicios nacionales, 2406 – Adquisición de bienes y servicios del exterior, 3120 y 3235 – Superávit pordonaciones, 3125 – Patrimonio público incorporado, 3255 – Patrimonio institucional incorporado, 4810 –Extraordinarios, 4725 – Operaciones de traspaso de bienes, derechos y obligaciones y, 1930 – Bienes recibidosen dación de pago.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El costo de los semovientes adquiridos a cualquier título, más todas las erogaciones incurridas en suadquisición.

2- El avalúo de los semovientes recibidos en calidad de donación, cesión y el de aquellos que se incorporenuna vez surtidos los correspondientes trámites de legalización.

3- El avalúo, precio de mercado o valor de realización de los semovientes nacidos.4- El valor de los ajustes por inflación

SE ACREDITA CON:

1. El valor en libros de los semovientes que sean enajenados o transferidos a cualquier título.2- El valor en libros de los semovientes dados de baja por pérdida, hurto, cesión, muerte, caso fortuito o fuerza

mayor, previo cumplimiento de requisitos legales.3- El valor de los ajustes por inflación individualizados, de los semovientes enajenados, dados de baja o

retirados por cualquier causa.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 216

CLASE GRUPO CUENTA

1 16 1612

ACTIVO PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO PLANTACIONES AGRÍCOLASPERENNES

DESCRIPCIÓN

Valor de los costos y demás cargos incurridos por el ente público en desarrollo de su objeto social, en losprocesos de preparación de terrenos, siembra y desarrollo que corresponde a los períodos preproductivo yproductivo de las plantaciones agrícolas cuya vida útil es superior a dos años, período en el cual se generanvarias cosechas, siempre y cuando no estén orientados a la conservación del medio ambiente.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1420 – Avances y anticiposentregados, 2401 – Adquisición de bienes y servicios nacionales, 2406 – Adquisición de bienes y serviciosdel exterior.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los desembolsos imputables a la preparación de terrenos, siembra y desarrollo de plantacionesagrícolas.

2- El valor de las plantaciones amortizables que entran en período productivo, trasladado de cultivos endesarrollo.

3- El valor del ajuste por inflación.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación contra la respectiva amortización acumulada.2- El valor de los ajustes por inflación individualizados de las plantaciones agrícolas totalmente amortizadas.

CLASE GRUPO CUENTA

1 16 1615

ACTIVO PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO CONSTRUCCIONES EN CURSO

DESCRIPCIÓN

Costos y demás cargos incurridos en el proceso de construcción o ampliación de bienes inmuebles, hastacuando estén en condiciones de ser utilizados en las labores productivas, operativas o administrativas delente público.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 217

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1420 – Avances y anticiposentregados y 1630- Equipos y materiales en depósito, 1637 - Propiedades, planta y equipo no explotados, 1930– Bienes recibidos en dación de pago, 2401 – Adquisición de bienes y servicios nacionales, 2406 –Adquisición de bienes y servicios del exterior, 3120 y 3235 – Superávit por donaciones, 3125 – Patrimoniopúblico incorporado, 3255 – Patrimonio institucional incorporado, y 4725 – Operaciones de traspaso debienes, derechos y obligaciones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los desembolsos imputables a la ejecución de las obras e instalaciones.2- El valor de los materiales recibidos para ser incorporados a las obras.3- El valor de los costos financieros originados en obligaciones contraidas para financiación de las obras

hasta el momento en que estén disponibles para su uso.4- El valor del avalúo técnico de las construcciones recibidas a cualquier título.5- El valor trasladado de Propiedades, planta y equipo no explotados6- El valor del ajuste por inflación.

SE ACREDITA CON:

1- El valor en libros de las obras terminadas que se trasladen a la cuenta del activo correspondiente, cuandola obra se encuentra en condiciones de ser utilizada, con base en acta de entrega.

2- El valor de los materiales y demás elementos sobrantes cargados a las obras o instalaciones, que sereintegren.

3- El valor registrado en libros al momento de su enajenación o entrega a cualquier título.4- El valor de los ajustes por inflación individualizados, de las construcciones en curso trasladadas al activo,

enajenadas o entregadas a cualquier título.

GRUPO CUENTA

1 16 1620

ACTIVO PROPIEDADES, PLANTA YEQUIPO

MAQUINARIA, PLANTA Y EQUIPO EN MONTAJE

DESCRIPCIÓN

Costos y demás erogaciones incurridos en la adquisición y montaje de maquinaria, planta y equipo y otrosbienes, hasta tenerlos en condiciones de utilización en las labores de producción u operación del ente público.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1420 – Avances y anticipos, 2401 –Adquisición de bienes y servicios nacionales, 2406 – Adquisición de bienes y servicios del exterior, 3120 y3235 – Superávit por donaciones, 3125 – Patrimonio público incorporado, 3255 – Patrimonio institucionalincorporado, 4725 – Operaciones de traspaso de bienes, derechos y obligaciones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 218

1- El costo de adquisición, instalación, montaje y otros costos directos e indirectos, necesarios para que lamaquinaria, planta y equipo estén en condiciones de ser utilizados.

2- El valor de los elementos recibidos de bodega para el desarrollo de la instalación y montaje.3- El valor convenido o determinado mediante avalúo técnico de la maquinaria, planta y equipo, recibidos a

cualquier título, que requiere ser colocada en condiciones de utilización y aquellos que se incorporen unavez surtidos los trámites de legalización correspondientes.

4- El valor del ajuste por inflación.

SE ACREDITA CON:

1- El valor en libros de la maquinaria, planta y equipo en montaje, trasladado al activo correspondiente, unavez se encuentre en condiciones de utilización, en el sitio y condiciones requeridas, de acuerdo con elacta de entrega.

2- El valor de los materiales y equipos sobrantes reintegrados a la bodega.3- El valor registrado en libros al momento de su enajenación o entrega a cualquier título.4- El valor de los ajustes por inflación individualizados, de la maquinaria, planta y equipo en montaje,

trasladada al activo, enajenada o entregada a cualquier título.

CLASE GRUPO CUENTA

1 16 1625

ACTIVO PROPIEDADES, PLANTA YEQUIPO

PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO EN TRÁNSITO

DESCRIPCIÓN

Valor de las erogaciones efectuadas en el proceso de compra de las propiedades, planta y equipo que seencuentran en trámite de transporte, legalización, importación o entrega, por parte de los proveedores oterceros responsables.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1110 – Bancos y corporaciones y1125 – Fondos especiales.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de las erogaciones efectuadas en el proceso de importación de la maquinaria o equipo.2- El valor de las erogaciones efectuadas en la compra de maquinaria y equipo en el país.3- El valor de la diferencia en cambio cuando se trate de compras en moneda extranjera.4- El valor de los ajustes por inflación

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la legalización de los bienes recibidos y su traslado a la respectiva cuenta del activo.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 219

2- El valor de los ajustes por inflación individualizados, de la maquinaria, planta y equipo en tránsito,trasladada a la respectiva cuenta del activo.

CLASE GRUPO CUENTA

1 16 1630

ACTIVO PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO EQUIPOS Y MATERIALES EN DEPÓSITO

DESCRIPCIÓN

Valor de los equipos y materiales, adquiridos a cualquier título, que por su peso, volumen o utilización futura,requieren ser ubicados en depósitos hasta cuando sean instalados para el desarrollo de proyectosespecíficos.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 2401 – Adquisición de bienes yservicios nacionales, 2406 – Adquisición de bienes y servicios del exterior, 1615 – Construcciones en curso,3120 y 3235 – Superávit por donaciones, 3125 – Patrimonio público incorporado, 3255 – Patrimonioinstitucional incorporado, 4725 – Operaciones de traspaso de bienes, derechos y obligaciones y, 1930 –Bienes recibidos en dación de pago.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El costo de equipos y materiales adquiridos a cualquier título o recibidos de la bodega para la ejecución deproyectos específicos.

2- El avalúo de equipos y materiales que se reciban en calidad de donación, cesión o que se incorporen unavez se hayan surtido los trámites de legalización correspondientes.

3- El reintegro de los bienes no utilizados en la ejecución del proyecto.4- El valor de los ajustes por inflación.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los equipos y materiales entregados para su utilización.2- El valor de los equipos y materiales dados de baja por pérdida, merma, destrucción u obsolescencia, de

acuerdo con las normas vigentes.3- El valor de los bienes no utilizados, reintegrados a la bodega.4- El valor de los ajustes por inflación individualizados, de los equipos y materiales trasladados del depósito.

CLASE GRUPO CUENTA

1 16 1635

ACTIVO PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO BIENES MUEBLES EN BODEGA

DESCRIPCIÓN

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 220

Valor de los bienes muebles, adquiridos a cualquier título, que tienen la característica de permanentes y cuyafinalidad es ser utilizados en el futuro, en actividades de producción o administración, por parte del entepúblico, en desarrollo de su función administrativa o cometido estatal. En esta cuenta no deben registrarse losbienes que se retiran del servicio, temporal o definitivamente.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 2401 – Adquisición de bienes yservicios nacionales, 2406 – Adquisición de bienes y servicios del exterior, 1630 – Equipos y materiales endepósito, 3120 y 3235 – Superávit por donaciones, 3125 – Patrimonio público incorporado, 3255 – Patrimonioinstitucional incorporado, 4725 – Operaciones de traspaso de bienes, derechos y obligaciones y 1930 – Bienesrecibidos en dación de pago.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El costo de los bienes muebles adquiridos a cualquier título el cual incluye todas las erogacionesincurridas para su adquisición.

2- El valor de los bienes recibidos de “Equipos y materiales en depósito” que no se utilizaron en los proyectosespecíficos.

3- El avalúo de los bienes muebles que se reciban en calidad de donación, cesión u otra modalidad.4- El valor de los ajustes por inflación.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los bienes muebles puestos en servicio.2- El valor de los bienes trasladados a “Equipos y materiales en depósito” para ser utilizados en proyectos

específicos.3- El valor de los ajustes por inflación individualizados, de los bienes muebles puestos en servicio o

trasladados a depósito.

CLASE GRUPO CUENTA

1 16 1636

ACTIVO PROPIEDADES, PLANTAY EQUIPO

PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO ENMANTENIMIENTO

DESCRIPCIÓN

Valor de las propiedades, planta y equipo que requieren mantenimiento preventivo o correctivo específico.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1640 – Edificaciones, 1643 – Víasde comunicación y acceso, 1645 – Plantas, ductos y túneles, 1650 – Redes, líneas y cables, 1655 – Maquinariay equipo, 1660 – Equipo médico y científico, 1665 – Muebles, enseres y equipo de oficina, 1670 – Equipo decomunicación y computación, 1675 – Equipo de transporte, tracción y elevación y 1680 – Equipo de comedor,cocina, despensa y hotelería.

DINÁMICA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 221

SE DEBITA CON:

1- El valor de las propiedades, planta y equipo que se trasladen del activo correspondiente.2- El valor de los ajustes por inflación.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las propiedades, planta y equipo que se coloquen nuevamente en servicio.2- El valor de los ajustes por inflación individualizados, de las propiedades, planta y equipo que se trasladen al

servicio, una vez efectuado el mantenimiento.

CLASE GRUPO CUENTA

1 16 1637

ACTIVO PROPIEDADES, PLANTAY EQUIPO

PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO NOEXPLOTADOS

DESCRIPCIÓN

Valor de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del ente público que por características o circunstanciasespeciales, no son objeto de uso o explotación para el desarrollo de su cometido estatal.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 3120 y 3235 – Superávit pordonaciones, 3125 – Patrimonio público incorporado, 3255 – Patrimonio institucional incorporado, 4725 –Operaciones de traspaso de bienes, derechos y obligaciones,1605 – Terrenos, 1640 – Edificaciones, 1643 –Vías de comunicación y acceso internas, 1645 – Plantas ductos y túneles, 1650 – Redes líneas y cables, 1655 –Muebles enseres y equipos de oficina, 1670 – Equipo de comunicación y computación, 1675 – Equipo detransporte, tracción y elevación y 1680 – Equipo de comedor, despensa y hotelería.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El avalúo técnico de los inmuebles que se reciban en calidad de donación, cesión o que se incorporen,una vez cumplidos los trámites de legalización correspondientes.

2- El valor de los bienes que dejen de utilizarse, con excepción de los retirados para mantenimiento.3- El valor de los ajustes por inflación

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las propiedades, planta y equipo que se colocan en servicio2- El valor registrado en libros al momento de su enajenación o entrega a cualquier título.3- El valor de los ajustes por inflación individualizados, de las propiedades, planta y equipo, que se trasladan

al servicio, se enajenen o entreguen a cualquier título.

CLASE GRUPO CUENTA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 222

1 16 1640

ACTIVO PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO EDIFICACIONES

DESCRIPCIÓN

Valor de los edificios, casas, campamentos, bodegas, locales y otras edificaciones adquiridas a cualquiertítulo, por el ente público, para el desarrollo de su función administrativa o cometido estatal. Se excluye elvalor de los terrenos sobre los que se encuentran, los cuales deben registrarse en la cuenta correspondiente.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 2401 – Adquisición de bienes yservicios nacionales, 2406 – Adquisición de bienes y servicios del exterior, 1615 – Construcciones en curso,1637 – Propiedades, planta y equipo no explotados, 3120 y 3235 – Superávit por donaciones, 3125 –Patrimonio público incorporado, 3255 – Patrimonio institucional incorporado, 4725 – Operaciones de traspasode bienes, derechos y obligaciones, 1930 – Bienes recibidos en dación de pago y 1941 – Bienes adquiridos en“Leasing” financiero.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El costo de los inmuebles adquiridos a cualquier título, más todas las erogaciones en que se incurra parasu adquisición.

2- El avalúo técnico de los inmuebles que se reciban en calidad de donación, cesión o que se incorporen, unavez cumplidos los trámites de legalización correspondientes.

3- El costo de los inmuebles trasladados de las cuentas “Construcciones en curso”, “Propiedades, planta yequipo en mantenimiento”, “Bienes adquiridos en Leasing financiero”, “Bienes recibidos en dación depago” y “Propiedades, planta y equipo no explotados”.

4- El costo de las adiciones o mejoras capitalizables.5- El valor de los ajustes por inflación.

SE ACREDITA CON:

1- El valor en libros de los inmuebles vendidos, destruidos, demolidos, cedidos, donados o permutados.2- El valor de los inmuebles trasladados a mantenimiento.3- El valor de los ajustes por inflación individualizados, de las edificaciones vendidas, destruidas,

demolidas, cedidas, permutadas o trasladas a mantenimiento.

CLASE GRUPO CUENTA

1 16 1643

ACTIVO PROPIEDADES, PLANTAY EQUIPO

VÍAS DE COMUNICACIÓN Y ACCESO INTERNAS

DESCRIPCIÓN Costo incurrido por el ente público en el diseño y construcción, de vías, caminos, carreteras, puentes, entreotros, en predios de su propiedad.

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 223

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1637 – Propiedades, planta yequipo no explotados, 2401 – Adquisición de bienes y servicios nacionales, 1615 – Construcciones en curso,1636 –Propiedades, planta y equipo en mantenimiento, 4725 – Operaciones de traspaso de bienes, derechos yobligaciones y, 1930 – Bienes recibidos en dación de pago. DINÁMICA SE DEBITA CON: 1- El valor de los desembolsos imputables a la ejecución de las obras.2- El valor de los materiales recibidos para ser incorporados a las obras.3- El valor de las adiciones y mejoras capitalizables.4- El costo de los inmuebles trasladados de las cuentas “Construcciones en curso”, “Propiedades, planta y

equipo en mantenimiento” y Propiedades, planta y equipo no explotados”.5- El valor de los ajustes por inflación. SE ACREDITA CON: 1- El valor en libros de las vías de comunicación internas enajenadas, trasladadas o destruidas.2- El valor de las vías de comunicación y acceso internas, en mantenimiento.3- El valor de los ajustes por inflación individualizados, de las vías de comunicación internas, enajenadas,

trasladadas, destruidas o en mantenimiento.

CLASE GRUPO CUENTA

1 16 1645

ACTIVO PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO PLANTAS, DUCTOS Y TÚNELES

DESCRIPCIÓN Valor de las plantas, ductos y túneles adquiridos a cualquier título, por el ente público, para el desarrollo deactividades tales como la producción, explotación, transformación, tratamiento, distribución o transmisión, deaguas, combustibles, energía, gas y comunicaciones. La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1637 – Propiedades, planta yequipo no explotados, 2401 – Adquisición de bienes y servicios nacionales, 2406 – Adquisición de bienes yservicios del exterior, 1615 – Construcciones en curso, 1620 – Maquinaria, planta y equipo en montaje, 1625 –Maquinaria, planta y equipo en tránsito, 1636 – Propiedades, planta y equipo en mantenimiento, 3120 y 3235 –Superávit por donaciones, 3125 – Patrimonio público incorporado, 3255 – Patrimonio institucionalincorporado y, 4725 – Operaciones de traspaso de bienes, derechos y obligaciones. DINÁMICA SE DEBITA CON: 1- El costo de adquisición, a cualquier título, de las plantas, ductos y túneles, más todas las erogaciones en

incurridas para su adquisición.

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 224

2- El costo trasladado de las construcciones en curso, maquinaria, planta y equipo en montaje, en tránsito,en mantenimiento y, propiedades, planta y equipo no explotados.

3- El valor de las adiciones y mejoras capitalizables.4- El valor determinado mediante avalúo técnico de las plantas, ductos y túneles recibidos a cualquier título

o, incorporados, una vez surtidos los trámites de legalización correspondientes.5- El valor de los ajustes por inflación. SE ACREDITA CON: 1- El valor de las plantas, ductos y túneles que se enajenen o transfieran a cualquier título.2- El valor de las plantas, ductos y túneles retirados del servicio, por deterioro, obsolescencia, destrucción u

otras causas.3- El valor de las plantas, ductos y túneles en mantenimiento.4- El valor de los ajustes por inflación individualizados, de los inmuebles vendidos, destruidos, demolidos,

cedidos, permutados o en mantenimiento.

CLASE GRUPO CUENTA

1 16 1650

ACTIVO PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO REDES, LÍNEAS Y CABLES

DESCRIPCIÓN Valor de las redes, líneas y cables de propiedad del ente público, adquiridos a cualquier título, para eldesarrollo de su función administrativa o cometido estatal. La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1637 – Propiedades, planta yequipo no explotados, 2401 – Adquisición de bienes y servicios nacionales, 2406 – Adquisición de bienes yservicios del exterior, 1615 – Construcciones en curso, 1620 – Maquinaria, planta y equipo en montaje, 1625 –Maquinaria, planta y equipo en tránsito, 1635- Bienes muebles en bodega, 1636 – Propiedades, planta yequipo en mantenimiento, 3125 – Patrimonio público incorporado, 3255 – Patrimonio institucional incorporadoy, 4725 – Operaciones de traspaso de bienes, derechos y obligaciones DINÁMICA SE DEBITA CON: 1- El costo de adquisición, instalación y otras erogaciones necesarias para poner en servicio las redes,

líneas y cables.2- El avalúo de las redes, líneas y cables que se incorporen, una vez surtidos los correspondientes trámites

de legalización.3- El valor de las mejoras o adiciones capitalizables.4- El costo trasladado de las construcciones en curso, maquinaria planta y equipo en montaje, en tránsito,

en mantenimiento, en bodega y propiedades, planta y equipo no explotados.5- El valor de los ajustes por inflación. SE ACREDITA CON: 1- El valor de las redes, líneas y cables enajenados o trasladados a cualquier título.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 225

2- El valor de las redes, líneas y cables retirados del servicio por deterioro, obsolescencia, destrucción uotras causas.

3- El valor de las redes, líneas y cables en mantenimiento.4- El valor de los ajustes por inflación individualizados, de las redes, líneas y cables vendidos, destruidos,

cedidos, donados, permutados o en mantenimiento.

CLASE GRUPO CUENTA

1 16 1655

ACTIVO PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO MAQUINARIA Y EQUIPO

DESCRIPCIÓN Valor de la maquinaria, equipo, y herramientas de propiedad del ente público, adquiridos a cualquier título,para ser utilizados en el desarrollo de su función administrativa o cometido estatal. La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1637 – Propiedades, planta yequipo no explotados, 2401 – Adquisición de bienes y servicios nacionales, 2406 – Adquisición de bienes yservicios del exterior, 1620 – Maquinaria, planta y equipo en montaje, 1625 – Maquinaria, planta y equipo entránsito, 1630 – Equipos y materiales en depósito, 1635 – Bienes muebles en bodega, 1636 – Propiedades,planta y equipo en mantenimiento, 1930 - Bienes recibidos en dación de pago, 1941 – Bienes adquiridos en“Leasing” financiero, 3120 y 3235 – Superávit por donaciones, 3125 – Patrimonio público incorporado, 3255 –Patrimonio institucional incorporado y, 4725 – Operaciones de traspaso de bienes, derechos y obligaciones. DINÁMICA SE DEBITA CON: 1- El costo de la maquinaria y equipo adquirido a cualquier título, más todas las erogaciones en que se

incurra para su adquisición.2- El avalúo de la maquinaria y equipo que se reciba en calidad de donación, cesión, aporte o que se

incorpore, una vez surtidos los tramites de legalización.3- El valor trasladado de la maquinaria, planta y equipo en montaje, en tránsito, en bodega, en depósito y en

mantenimiento, para colocarla en servicio.4- El valor de las mejoras y adiciones capitalizables.5- El valor de los bienes trasladados de “Bienes adquiridos en “Leasing”, “Bienes recibidos en dación de

pago” y “Propiedades, planta y equipo no explotados”.6- El valor de los ajustes por inflación. SE ACREDITA CON: 1- El valor de la maquinaria y equipo que se enajene o transfiera a cualquier título.2- El valor de la maquinaria y equipo retirado del servicio por deterioro, obsolescencia, destrucción, pérdida

y otras causas.3- El valor de la maquinaria y equipo trasladada a mantenimiento.4- El valor de los ajustes por inflación individualizados de la maquinaria y equipo enajenada, retirada,

trasladada o en mantenimiento.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 226

CLASE GRUPO CUENTA

1 16 1660

ACTIVO PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO EQUIPO MÉDICO Y CIENTÍFICO

DESCRIPCIÓN Valor de los equipos médicos, científicos, de investigación y de laboratorio, de propiedad del ente público,adquiridos a cualquier título, para ser utilizados en el desarrollo de su función administrativa o cometidoestatal. La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1637 – Propiedades, planta yequipo no explotados, 2401 – Adquisición de bienes y servicios nacionales, 2406 – Adquisición de bienes yservicios del exterior, 1620 – Maquinaria, planta y equipo en montaje, 1625 – Maquinaria, planta y equipo entránsito, 1630 – Equipos y materiales en depósito, 1635 – Bienes muebles en bodega, 1636 – Propiedades,planta y equipo en mantenimiento, 1941 – Bienes adquiridos en “Leasing” financiero,1930 – Bienes recibidosen dación de pago, 3120 y 3235 – Superávit por donaciones, 3125 – Patrimonio público incorporado, 3255 –Patrimonio institucional incorporado y, 4725 – Operaciones de traspaso de bienes, derechos y obligaciones. DINÁMICA SE DEBITA CON: 1- El costo del equipo médico, científico y de laboratorio, adquirido a cualquier título, más todas las

erogaciones necesarias.2- El avalúo del equipo que se reciba en calidad de donación, cesión, aporte o incorporado, una vez surtidos

los trámites de legalización.3- El valor de las adiciones, mejoras capitalizables.4- El valor de los bienes trasladados de bodega, montaje, tránsito, mantenimiento o depósito.5- El valor de los bienes trasladados de “Bienes adquiridos en “Leasing”, “Bienes recibidos en dación de

pago” y “Propiedades, planta y equipo no explotados”.6- El valor de los ajustes por inflación. SE ACREDITA CON: 1- El valor de los equipos que se enajenen o transfieran a cualquier título.2- El valor de los equipos retirados del servicio por deterioro, obsolescencia, destrucción, pérdida u otras

causas.3- El valor del equipo médico y científico trasladado a mantenimiento.4- El valor de los ajustes por inflación individualizados del equipo médico y científico enajenado, retirado,

trasladado o en mantenimiento.

CLASE GRUPO CUENTA

1 16 1665

ACTIVO PROPIEDADES, PLANTA YEQUIPO

MUEBLES, ENSERES Y EQUIPO DE OFICINA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 227

DESCRIPCIÓN Valor de los muebles, enseres y equipo de oficina, de propiedad del ente público, adquiridos a cualquier título,para el desarrollo de su función administrativa o cometido estatal. La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1637 – Propiedades, planta yequipo no explotados, 2401 – Adquisición de bienes y servicios nacionales, 2406 – Adquisición de bienes yservicios del exterior, 1625 – Maquinaria, planta y equipo en tránsito, 1635 – Bienes muebles en bodega, 1636– Propiedades, planta y equipo en mantenimiento, 1941 - Bienes adquiridos en “Leasing” financiero, 1930 –Bienes recibidos en dación de pago, 3120 y 3235 – Superávit por donaciones, 3125 – Patrimonio públicoincorporado, 3255 – Patrimonio institucional incorporado y, 4725 – Operaciones de traspaso de bienes,derechos y obligaciones. DINÁMICA SE DEBITA CON: 1- El costo de adquisición o producción de los muebles, enseres y equipo de oficina, más todas las

erogaciones necesarias para su adquisición.2- El avalúo de los bienes que se reciban en calidad de donación, cesión, aporte o que se incorporen, una

vez surtidos los trámites de legalización.3- El valor de las mejoras y adiciones capitalizables.4- El valor de los bienes trasladados de bodega, montaje, tránsito, mantenimiento o depósito.5- El valor de los bienes trasladados de “Bienes adquiridos en “Leasing”, “Bienes recibidos en dación de

pago” y “Propiedades, planta y equipo no explotados”.6- El valor de los ajustes por inflación. SE ACREDITA CON: 1- El valor de los muebles, enseres y equipo de oficina que se enajenen o transfieran a cualquier título.2- El valor de los muebles, enseres y equipos de oficina retirados del servicio por deterioro, obsolescencia,

destrucción, pérdida u otra causa.3- El valor de los muebles, enseres y equipo de oficina trasladados a mantenimiento.4- El valor de los ajustes por inflación individualizados, de los muebles, enseres y equipo de oficina.

enajenado, retirado o trasladado.

CLASE GRUPO CUENTA

1 16 1670

ACTIVO PROPIEDADES, PLANTA YEQUIPO

EQUIPO DE COMUNICACIÓN Y COMPUTACIÓN

DESCRIPCIÓN Valor de los equipos de comunicación y computación, de propiedad del ente público, adquiridos a cualquiertítulo, para el desarrollo de su función administrativa o cometido estatal.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 228

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1637 – Propiedades, planta yequipo no explotados, 2401 – Adquisición de bienes y servicios nacionales, 2406 – Adquisición de bienes yservicios del exterior, 1620 – Maquinaria, planta y equipo en montaje, 1625 – Maquinaria, planta y equipo entránsito, 1630 – Equipos y materiales en depósito, 1635 – Bienes muebles en bodega, 1636 – Propiedades,planta y equipo en mantenimiento, 1941 - Bienes adquiridos en “Leasing” financiero, 1930 – Bienes recibidosen dación de pago, 3120 y 3235 – Superávit por donaciones, 3125 – Patrimonio público incorporado, 3255 –Patrimonio institucional incorporado y, 4725 – Operaciones de traspaso de bienes, derechos y obligaciones. DINÁMICA SE DEBITA CON: 1- El costo del equipo de comunicación y computación adquirido a cualquier título, más todas las

erogaciones en que se incurra para su adquisición.2- El avalúo del equipo de comunicación o computación que se reciba en calidad de donación, cesión, aporte

o incorporación, una vez surtidos los trámites de legalización correspondientes.3- El valor de las adiciones y mejoras capitalizables.4- El valor de los traslados de bienes en bodega, tránsito, montaje, mantenimiento y depósito.5- El valor de los bienes trasladados de “Bienes adquiridos en “Leasing”, “Bienes recibidos en dación de

pago” y “Propiedades, planta y equipo no explotados”.6- El valor de los ajustes por inflación. SE ACREDITA CON: 1- El valor de los equipos de comunicación y computación, que se enajenen o transfieran a cualquier título.2- El valor de los equipos de comunicación y computación, retirados del servicio por deterioro,

obsolescencia, destrucción, pérdida u otra causa.3- El valor del equipo de comunicación y computación que se traslade a mantenimiento.4- El valor de los ajustes por inflación individualizados, de los equipos de comunicación y computación

enajenados, retirados, trasladados o en mantenimiento.

CLASE GRUPO CUENTA

1 16 1675

ACTIVO PROPIEDADES, PLANTA YEQUIPO

EQUIPO DE TRANSPORTE TRACCIÓN YELEVACIÓN

DESCRIPCIÓN Valor de los equipos de transporte aéreo, terrestre, férreo, marítimo y fluvial, de tracción y elevación, depropiedad del ente público, adquiridos a cualquier título, para el desarrollo de su función administrativa ocometido estatal. La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1637 – Propiedades, planta yequipo no explotados, 2401 – Adquisición de bienes y servicios nacionales, 2406 – Adquisición de bienes yservicios del exterior, 1620 – Maquinaria, planta y equipo en montaje, 1625 – Maquinaria, planta y equipo entránsito, 1630 – Equipos y materiales en depósito, 1635 – Bienes muebles en bodega, 1636 – Propiedades,planta y equipo en mantenimiento, 1941 - Bienes adquiridos en “Leasing” financiero, 1930 – Bienes recibidos

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 229

en dación de pago, 3120 y 3235 – Superávit por donaciones, 3125 – Patrimonio público incorporado, 3255 –Patrimonio institucional incorporado y, 4725 – Operaciones de traspaso de bienes, derechos y obligaciones. DINÁMICA SE DEBITA CON: 1- El costo del equipo de transporte, tracción y elevación, adquirido a cualquier título, más todas las

erogaciones en que se incurra para su adquisición.2- El avalúo del equipo de transporte, tracción y elevación, recibido en calidad de donación, cesión, aporte o

incorporación, una vez surtidos los trámites de legalización.3- El costo de las adiciones y mejoras que se capitalicen.4- El valor de los bienes trasladados de “Bienes adquiridos en “Leasing”, “Bienes recibidos en dación de

pago” y “Propiedades, planta y equipo no explotados”.5- El valor de los bienes trasladados de bodega, montaje, tránsito, depósito o mantenimiento.6- El valor de los ajustes por inflación. SE ACREDITA CON: 1- El valor de los equipos de transporte, tracción y elevación que se enajenen o transfieran a cualquier título.2- El valor del equipo de transporte, tracción y elevación que sea retirado del servicio por deterioro,

obsolescencia, destrucción, pérdida u otras causas.3- El valor del equipo de transporte, tracción y elevación que se traslade a mantenimiento.4- El valor de los ajustes por inflación individualizados, de los equipos de transporte, tracción y elevación,

enajenados, retirados, trasladados o en mantenimiento.

CLASE GRUPO CUENTA

1 16 1680

ACTIVO PROPIEDADES, PLANTAY EQUIPO

EQUIPO DE COMEDOR, COCINA, DESPENSA YHOTELERIA

DESCRIPCIÓN

Valor de la maquinaria y equipo de comedor, cocina, despensa utilizado en hoteles, restaurantes y cafeterías,de propiedad del ente público, adquiridos a cualquier título, para ser utilizados en el desarrollo de su funciónadministrativa o cometido estatal.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1637 – Propiedades, planta yequipo no explotados, 2401 – Adquisición de bienes y servicios nacionales, 2406 – Adquisición de bienes yservicios del exterior, 1620 – Maquinaria, planta y equipo en montaje, 1625 – Maquinaria, planta y equipo entránsito, 1630 – Equipos y materiales en depósito, 1635 – Bienes muebles en bodega, 1636 – Propiedades,planta y equipo en mantenimiento, 1941 - Bienes adquiridos en “Leasing” financiero, 1930 – Bienes recibidosen dación de pago, 3120 y 3235 – Superávit por donaciones, 3125 – Patrimonio público incorporado, 3255 –Patrimonio institucional incorporado y, 4725 – Operaciones de traspaso de bienes, derechos y obligaciones.

DINÁMICA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 230

SE DEBITA CON:

1- El costo del equipo de comedor, cocina, despensa y hotelería adquirido a cualquier título, más todas laserogaciones en que se incurra para su adquisición.

2- El avalúo del equipo que se reciba en calidad de donación, cesión, aporte, o que se incorpore, una vezsurtidos los trámites de legalización correspondientes.

3- El valor trasladado de la maquinaria, planta y equipo en montaje, en tránsito, depósito, bodega omantenimiento.

4- El valor de las mejoras y adiciones que se capitalicen.5- El valor de los bienes trasladados de “Bienes adquiridos en “Leasing”, “Bienes recibidos en dación de

pago” y “Propiedades, planta y equipo no explotados”.6- El valor de los ajustes por inflación.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la maquinaria y equipo enajenada o trasladada a cualquier título.2- El valor de la maquinaria y equipo retirado del servicio por deterioro, obsolescencia, destrucción, pérdida

y otras causas.3- El valor de los equipos trasladados a mantenimiento.4- El valor de los ajustes por inflación individualizados, de los equipos enajenados, transferidos o en

mantenimiento.

CLASE GRUPO CUENTA

1 16 1685

ACTIVO PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO DEPRECIACIÓN ACUMULADA (CR)

DESCRIPCIÓN

Valor acumulado de la pérdida de capacidad operacional que ha sufrido la propiedad, planta y equipo por eluso u otros factores normales, teniendo en cuenta su vida útil estimada y el costo ajustado por erogacionescapitalizables.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 5330 – Depreciación de propiedades,planta y equipo.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor acumulado de la depreciación que tengan los bienes a la fecha de enajenación, cesión, aporte uotra modalidad de retiro.

2- El valor de la depreciación acumulada de los bienes retirados del servicio por deterioro, obsolescencia,destrucción, pérdida u otras causas.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 231

3- El valor de los ajustes por inflación individualizados de la depreciación acumulada de los bienesenajenados, retirados y trasladados.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la depreciación calculada periódicamente.2- El valor de los ajustes por inflación.

CLASE GRUPO CUENTA

1 16 1686

ACTIVO PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO AMORTIZACIÓN ACUMULADA (CR)

DESCRIPCIÓN

Valor acumulado de amortización gradual del costo ajustado por inflación de las propiedades, planta y equipo,tales como, semovientes y vías de comunicación y acceso.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 5340 – Amortización de propiedades, planta yequipo.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la amortización acumulada de los bienes retirados del servicio por deterioro, obsolescencia,destrucción, pérdida u otras causas.

2- El valor acumulado de la amortización que tengan los bienes a la fecha de enajenación, traslado o cesión acualquier título.

3- El valor del ajuste por inflación individualizado de amortización de los bienes trasladados, retirados oenajenados.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la amortización calculada periódicamente.2- El valor de los ajustes por inflación.

CLASE GRUPO CUENTA

1 16 1690

ACTIVO PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO DEPRECIACIÓN DIFERIDA

DESCRIPCIÓN

Valor acumulado de las diferencias que resultan entre la depreciación contable y la fiscal, de acuerdo con lasnormas legales establecidas para el efecto.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 232

En el caso en que la depreciación fiscal exceda a la contable, debe registrarse dicho efecto como contrapartidaen impuestos diferidos; si por el contrario, la depreciación contable excede a la fiscal, dicho efecto se mostrarácomo contrapartida, debitando impuestos diferidos.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 2915 – Créditos diferidos y 1910 – Cargosdiferidos.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El exceso de la depreciación fiscal sobre la contable.2- El valor de los ajustes por inflación.

SE ACREDITA CON:

1- El defecto de la depreciación fiscal sobre la contable.2- La liberación o amortización de la depreciación diferida.3- El valor de los ajustes por inflación.

CLASE GRUPO CUENTA

1 16 1695

ACTIVO PROPIEDADES, PLANTAY EQUIPO

PROVISIONES PARA PROTECCIÓN DEPROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO (CR)

DESCRIPCIÓN

Registra el menor valor de las propiedades, planta y equipo, resultante de comparar el exceso del valor enlibros de los bienes sobre su valor de mercado o realización.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 5307 – Provisión para protección de propiedades,planta y equipo.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- La aplicación de la provisión por castigo, previo cumplimiento de los requisitos establecidos.2- El valor de las provisiones excesivas.3- El valor de la provisión en caso de retiro por venta, traslado, pérdida o baja del bien.4- El valor de la disminución de la provisión al desaparecer la causa que la originó.

SE ACREDITA CON:

1- El valor en exceso del valor en libros sobre el de realización.

CLASE GRUPO CUENTA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 233

1 17

ACTIVO BIENES DE BENEFICIO Y USO PÚBLICO

DESCRIPCIÓN

Bienes de carácter duradero, construidos o adquiridos a cualquier título, cuyo dominio y administración loejerce el ente público, para el goce, uso o disfrute de la comunidad.

CLASE GRUPO CUENTA

1 17 1703

ACTIVO BIENES DE BENEFICIO Y USO PÚBLICO MATERIALES

DESCRIPCIÓN

Valor de los materiales, adquiridos a cualquier título, para ser utilizados en la construcción y mantenimiento debienes de beneficio y uso público.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 2401 – Adquisición de bienes yservicios nacionales, 2406 – Adquisición de bienes y servicios del exterior, 3120 y 3235 – Superávit pordonaciones, 4725 – Operaciones de traspaso de bienes, derechos y obligaciones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El costo de los materiales adquiridos a cualquier título para la ejecución de proyectos específicos.2- El avalúo de materiales que se reciban en calidad de donación o cesión.3- El reintegro de los materiales no utilizados en la construcción.4- El valor de los ajustes por inflación.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los materiales entregados para su utilización en la ejecución de proyectos específicos.2- El valor de los materiales dados de baja por pérdida, merma, destrucción u obsolescencia, de acuerdo con

las normas vigentes.3- El valor de los ajustes por inflación individualizados, trasladados o retirados.

CLASE GRUPO CUENTA

1 17 1704

ACTIVO BIENES DE BENEFICIO Y USO PÚBLICO MATERIALES EN TRÁNSITO

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 234

DESCRIPCIÓN

Valor de las erogaciones efectuadas para la adquisición de materiales, que no están disponibles para suutilización por encontrarse en trámite de importación, transporte, localización o entrega por parte de losproveedores o terceros responsables.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1110 – Bancos y corporaciones, 1125– Fondos especiales.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- Valor de las erogaciones efectuadas en el proceso de importación de los materiales para la construcciónde bienes de beneficio y uso público, así como las erogaciones efectuadas a proveedores nacionales.

2- El valor de los ajustes por inflación.

SE ACREDITA CON:

1- Valor de la legalización de los materiales recibidos y trasladados a la cuenta de materiales.2- El valor de los ajustes por inflación individualizados, de los materiales trasladados.

CLASE GRUPO CUENTA

1 17 1705

ACTIVO BIENES DE BENEFICIO Y USOPÚBLICO

BIENES DE BENEFICIO Y USO PÚBLICO ENCONSTRUCCIÓN

DESCRIPCIÓN

Costos acumulados en la construcción de vías de comunicación, parques, museos, monumentos y otrosbienes de beneficio y uso público, que a su culminación se entregarán para el uso, goce y disfrute de lacomunidad, caso en el cual, deberán tratarse como bienes de uso público o bienes históricos y culturales,según corresponda.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1703 – Materiales, 2401 –Adquisición de bienes y servicios nacionales, 2406 – Adquisición de bienes y servicios del exterior y 1420 –Avances y anticipos entregados.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los desembolsos imputables a la construcción de bienes de beneficio y uso público.2- El valor de los materiales recibidos para ser incorporados a las obras.3- El valor de los costos financieros originados en las obligaciones contraidas para financiación de las obras

hasta el momento en que estén disponibles para su uso.4- El valor de los ajustes por inflación.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 235

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las obras terminadas que se trasladen a bienes de beneficio y uso público, cuando la obra seencuentre en condiciones de ser utilizada, con base en el acta de entrega.

2- El valor de los materiales reintegrados por no haber sido utilizados en la construcción.3- El valor registrado en libros al momento de su entrega a otro ente.4- El valor de los ajustes por inflación individualizados, de los bienes de beneficio y uso público,

trasladados.

CLASE GRUPO CUENTA

1 17 1710

ACTIVO BIENES DE BENEFICIO Y USOPÚBLICO

BIENES DE USO PÚBLICO EN SERVICIO

DESCRIPCIÓN

Valor de las vías de comunicación, plazas, parques recreacionales y otros bienes de uso público, construidoso adquiridos a cualquier título, para uso, goce y disfrute de la comunidad, cuyo dominio o administraciónpertenece al ente público.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1705 – Bienes de beneficio y usopúblico en construcción, 3120 y 3235 – Superávit por donaciones, 3125 – Patrimonio público incorporado,3255 – Patrimonio institucional incorporado, 4725 – Operaciones de traspaso de bienes, derechos yobligaciones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de las construcciones entregadas total o parcialmente, provenientes de la cuenta “Bienes debeneficio y uso público en construcción”, con base en las actas de entrega.

2- El valor de las ampliaciones, mejoras y reparaciones capitalizables.3- El valor de los bienes de uso público adquiridos a cualquier título.4- El valor de los ajustes por inflación.

SE ACREDITA CON:

1- El valor que corresponda a la pérdida que por determinación técnica se origina en fenómenos naturales,caso fortuito, fuerza mayor u otras causas.

2- El valor de los bienes de uso público que se trasladen o otros entes públicos.3- El valor de los ajustes por inflación individualizados, cuando se presente una pérdida o cuando se

trasladen a otros entes públicos.

CLASE GRUPO CUENTA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 236

1 17 1715

ACTIVO BIENES DE BENEFICIO Y USOPÚBLICO

BIENES HISTÓRICOS Y CULTURALES

DESCRIPCIÓN

Valor de los bienes declarados históricos, culturales o del patrimonio nacional tales como monumentos,museos, obras de arte, bibliotecas construidos o adquiridos a cualquier título, cuyo dominio y administraciónpertenece al ente público.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 2401 – Adquisición de bienes yservicios nacionales, 2406 – Adquisición de bienes y servicios del exterior, 1705 – Bienes de beneficio y usopúblico en construcción, 3120 y 3235 – Superávit por donaciones, 3125 – Patrimonio público incorporado,3255 – Patrimonio institucional incorporado, 4725 – Operaciones de traspaso de bienes, derechos yobligaciones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El costo total de las obras entregadas provenientes de la cuenta bienes de beneficio y uso público enconstrucción, con base en las actas de entrega.

2- El costo o avalúo de los bienes adquiridos a cualquier título o incorporados, una vez surtidos los trámitesde legalización correspondientes.

3- El valor de las restauraciones, reconstrucciones, adiciones y mejoras capitalizables.4- El valor de los ajustes por inflación.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los bienes que se extravíen o destruyan.2- El valor de los bienes históricos y culturales que se trasladen a otro ente público.3- El valor de los ajustes por inflación de los bienes históricos y culturales que se extravíen, destruyan o

trasladen.

CLASE GRUPO CUENTA

1 17 1720

ACTIVO BIENES DE BENEFICIO Y USOPÚBLICO

BIENES DE BENEFICIO Y USO PÚBLICOENTREGADOS EN ADMINISTRACIÓN

DESCRIPCIÓN

Valor de los bienes de beneficio y uso público entregados a terceros para su administración, los cuales debenrestituirse en las condiciones establecidas en los contratos que amparan la entrega de los mismos.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 237

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1710 – Bienes de beneficio y usopúblico en servicio y, 1715- Bienes históricos y culturales.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1. El valor de los bienes entregados a terceros, para su administración.2. El valor de los ajustes por inflación.

SE ACREDITA CON:

1. El valor de la restitución de los bienes entregados y su reclasificación al activo correspondiente.

CLASE GRUPO CUENTA

1 17 1785

ACTIVO BIENES DE BENEFICIO YUSO PÚBLICO

AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE BIENES DEBENEFICIO Y USO PÚBLICO (CR)

DESCRIPCIÓN

Valor acumulado de la pérdida de capacidad de utilización que han sufrido los bienes de beneficio y usopúblico, por el uso u otros factores, teniendo en cuenta su vida útil estimada y el costo de las ampliaciones,mejoras y reparaciones capitalizables.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 5341 – Amortización de bienes debeneficio y uso público.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la amortización acumulada de los traslados de bienes que se efectúen a otros entes públicos.2- El valor de la amortización de los bienes retirados del servicio por deterioro, destrucción u otras causas.3- El valor de los ajustes por inflación de la amortización de los bienes trasladados o retirados del servicio

por deterioro o destrucción.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la amortización calculada periódicamente.2- El valor del ajuste por inflación.

CLASE GRUPO CUENTA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 238

1 18

ACTIVO RECURSOS NATURALES Y DEL AMBIENTE

DESCRIPCIÓN

Valor de los recursos existentes, así como las inversiones efectuadas con el fin de conservar, proteger yexplotar la biodiversidad del ambiente y los ecosistemas.

CLASE GRUPO CUENTA

1 18 1804

ACTIVO RECURSOS NATURALES Y DELAMBIENTE

RECURSOS NATURALES RENOVABLES ENCONSERVACIÓN

DESCRIPCIÓN

Valor de los recursos naturales renovables que posee el ente público con la finalidad de conservar, recuperar,mitigar, prevenir, sostener, mantener y proteger el medio ambiente.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1810 – Recursos naturalesrenovables en explotación, 3125 – Patrimonio público incorporado, 3255 – Patrimonio institucionalincorporado y 4725 – Operaciones de traspaso de bienes, derechos y obligaciones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor estimado de los recursos existentes incorporados patrimonialmente de acuerdo conprocedimientos técnicos.

2- El valor trasladado de la cuenta “Recursos naturales renovables en explotación”.3- El valor de los recursos recibidos de otros entes.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los recursos naturales en conservación que se trasladen a otros entes públicos.2- El valor de la pérdida por fenómenos naturales ocasionada por caso fortuito o fuerza mayor.

CLASE GRUPO CUENTA

1 18 1806

ACTIVO RECURSOS NATURALES YDEL AMBIENTE

INVERSIONES EN RECURSOS NATURALESRENOVABLES EN CONSERVACIÓN

DESCRIPCIÓN

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 239

Valor de las inversiones orientadas, entre otros aspectos, a conservar, recuperar, mitigar, prevenir, sostener,mantener, proteger, administrar, los recursos naturales y del ambiente. Igualmente incluye el costo de ejecutarcualquier actividad conexa con la conservación del ambiente.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 2401 – Adquisición de bienes yservicios nacionales, 2406 – Adquisición de bienes y servicios del exterior, 2425 – Acreedores, 2505 – Salariosy prestaciones sociales, 1685 – Depreciación acumulada (CR), 1686 – Amortización acumulada (CR), 2440 –Impuestos, contribuciones y tasas por pagar, 2715 – Provisión para prestaciones sociales, 1420 – Avances yanticipos entregados y por reclasificación de las cuentas que conforman el grupo 16 – Propiedades, planta yequipo.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de las inversiones que realiza el sector público con el objeto de conservar, recuperar, mitigar,prevenir, sostener, mantener, proteger y administrar los recursos naturales y del ambiente. Incluye además,los costos en investigación, formación y educación ambiental, que tienen por objeto mejorar el manejo quela sociedad hace del ambiente.

2- El valor de los bienes, adquiridos o reclasificados, necesarios para ejecutar el proyecto de inversión.3- El valor del aporte, en especie, de la comunidad.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la pérdida por fenómenos naturales, de fuerza mayor y caso fortuito.2- El valor de los bienes que se retiren de los proyectos y se reclasifiquen a las propiedades, planta y equipo.

CLASE GRUPO CUENTA

1 18 1810

ACTIVO RECURSOS NATURALES Y DELAMBIENTE

RECURSOS NATURALES RENOVABLES ENEXPLOTACIÓN

DESCRIPCIÓN

Valor de las inversiones realizadas para la formación de recursos naturales renovables, cuyo objetivo sea laexplotación y obtención de un beneficio económico.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 2401 – Adquisición de bienes yservicios nacionales, 2406 – Adquisición de bienes y servicios del exterior, 2425 – Acreedores, 2505 – Salariosy prestaciones sociales, 1685 – Depreciación acumulada (CR), 1686 – Amortización acumulada (CR), 2440 –Impuestos, contribuciones y tasas por pagar, 2715 – Provisión para prestaciones sociales, 1420 – Avances yanticipos entregados y 1835 – Amortización acumulada de recursos naturales renovables en explotación (CR).

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 240

1- El costo incurrido en la formación de recursos naturales renovables.2- El valor de los ajustes por inflación.

SE ACREDITA CON:

1- El traslado a la cuenta de recursos naturales renovables en conservación.2- El valor de los ajustes por inflación de los recursos trasladados.

CLASE GRUPO CUENTA

1 18 1815

ACTIVO RECURSOS NATURALES YDEL AMBIENTE

AGOTAMIENTO ACUMULADO DE RECURSOSNATURALES RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN (CR)

DESCRIPCIÓN

Valores acumulados por reducción de la existencia de reservas de los recursos naturales renovables, originadaen la explotación.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 5321 – Agotamiento. Cuando se tratede la flora y fauna el agotamiento se constituye en un inventario, que debe registrarse en las subcuentas queconforman la cuenta 1505 – Bienes producidos.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor del agotamiento acumulado de los recursos naturales retirados de explotación como consecuenciade su extracción total.

2- El valor pendiente del agotamiento, al presentarse pérdidas originadas en fenómenos naturales3- El valor de los ajustes por inflación de los recursos agotados.

SE ACREDITA CON:

1- El valor del agotamiento determinado técnicamente para cada inversión en recursos naturales paraexplotación.

2- El valor de los ajustes por inflación.

CLASE GRUPO CUENTA

1 18 1820

ACTIVO RECURSOS NATURALES YDEL AMBIENTE

RECURSOS NATURALES NORENOVABLES EN EXPLOTACIÓN

DESCRIPCIÓN

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 241

Valor estimado, mediante estudio técnico, de las reservas probadas de recursos en minas, canteras,yacimientos y otros.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 3125 – Patrimonio públicoincorporado y 3255 – Patrimonio institucional incorporado.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor determinado, mediante estudio técnico, de las reservas probadas para la explotación.2- El mayor valor de las reservas probadas, determinado mediante estudio técnico, por variaciones en

cantidades o precios.3- El valor de los ajustes por inflación

SE ACREDITA CON:

1- El menor valor de las reservas probadas, determinado mediante estudio técnico, por variaciones encantidades o precios.

2- La cancelación del valor del recurso por agotamiento total de las minas, yacimientos, canteras, entre otros,retirados de explotación.

3- El valor de los ajustes por inflación de las reservas entregadas a terceros para su explotación o de lacancelación del recurso por agotamiento total.

CLASE GRUPO CUENTA

1 18 1825

ACTIVO RECURSOS NATURALES YDEL AMBIENTE

AGOTAMIENTO ACUMULADO DE RECURSOSNATURALES NO RENOVABLES EN EXPLOTACIÓN(CR)

DESCRIPCIÓN

Valores acumulados por reducción de la cantidad disponible de reservas probadas, como resultado de lasunidades extraídas de los recursos naturales no renovables. El valor de las unidades extraídas deberácontemplar el precio de las unidades de reserva, al momento de la extracción, determinado técnicamente.

Formará parte del costo de producción cuando la reserva probada sea registrada por el mismo ente que lleva acabo la extracción. En el caso en que la reserva sea registrada por un ente público diferente al que efectúa laexplotación, constituye un mayor valor de la inversión patrimonial de aquél que tiene registrada la reserva.Finalmente, cuando la explotación es llevada a cabo por un tercero, se constituye en un gasto para quien tieneregistrada la reserva.

La contrapartida corresponde a la subcuenta “Reservas extraídas” que hacen parte de las cuentas 7108 –Carbón, 7109 – Petróleo crudo, 7110 – Gas natural, 7111 - Gas asociado, 7114 – Productos de minas y canteras,

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 242

1207 – Inversiones patrimoniales método del costo, 1208 – Inversiones patrimoniales método de participación,5321 – Agotamiento.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor del agotamiento acumulado de las minas, yacimientos, canteras, entre otros, retirados deexplotación, por su extracción total.

2- El valor de los ajustes por inflación, del agotamiento de los recursos retirados de explotación por suextracción total, cuando el valor de las reservas no este actualizado.

SE ACREDITA CON:

1- El valor del agotamiento calculado por las unidades extraídas del recurso natural no renovable, quepasarán a formar parte del costo de producción.

2- El valor del agotamiento cuando la extracción se lleve a cabo por un ente público diferente a aquél quetiene registrado el recurso, constituyéndose en una inversión patrimonial.

3- El valor del agotamiento cuando el recurso sea explotado por un tercero, constituyéndose en un gasto.4- El valor de los ajustes por inflación.

CLASE GRUPO CUENTA

1 18 1830

ACTIVO RECURSOS NATURALES Y DELAMBIENTE

INVERSIONES EN RECURSOS NATURALESRENOVABLES EN EXPLOTACIÓN

DESCRIPCIÓN

Valor de los costos incurridos para la explotación de recursos naturales renovables, hasta el momento en quese inicie la etapa de producción.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 2401 – Adquisición de bienes yservicios nacionales, 2406 – Adquisición de bienes y servicios del exterior, 2425 – Acreedores, 2505 – Salariosy prestaciones sociales, 2440 – Impuestos, contribuciones y tasas por pagar, 2715 – Provisión paraprestaciones sociales, 1420 – Avances y anticipos entregados y 1910 – Cargos diferidos.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de las inversiones necesarias y costos incurridos para colocar el recurso natural renovable encondiciones de explotación

2- El valor de los ajustes por inflación.

SE ACREDITA CON:

1- La cancelación de los registros por amortización del total de la inversión.2- El valor de los ajustes por inflación de la inversión amortizada.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 243

CLASE GRUPO CUENTA

1 18 1835

ACTIVO RECURSOS NATURALES YDEL AMBIENTE

AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE INVERSIONES ENRECURSOS NATURALES RENOVABLES ENEXPLOTACIÓN (CR)

DESCRIPCIÓN

Valor acumulado de la amortización gradual de las inversiones en recursos naturales renovables, calculadacon base en estudios técnicos.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 5342 - Amortización de inversionesen recursos naturales renovables en explotación. Cuando la inversión contribuya a la formación del recursonatural, la contrapartida es la cuenta 1810 – Recursos naturales renovables en explotación.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- La cancelación de los registros por amortización del total de la inversión.2- El valor pendiente de amortizar al ocurrir pérdidas originadas en fenómenos naturales, fuerza mayor o

caso fortuito.3- El valor de los ajustes por inflación de la amortización cancelada.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la amortización periódica, determinada técnicamente, para cada inversión en explotación derecursos renovables.

2- El valor de los ajustes por inflación.

CLASE GRUPO CUENTA

1 18 1840

ACTIVO RECURSOS NATURALES Y DELAMBIENTE

INVERSIONES EN RECURSOS NATURALES NORENOVABLES EN EXPLOTACIÓN

DESCRIPCIÓN

Valor de los costos incurridos para la explotación de recursos no renovables, hasta el momento en que seinicie la etapa de producción. Además incluye aquellas erogaciones tendientes a la recuperación secundaria ydesarrollo en zonas de explotación.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 2401 – Adquisición de bienes yservicios nacionales, 2406 – Adquisición de bienes y servicios del exterior, 2425 – Acreedores, 2505 – Salarios

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 244

y prestaciones sociales, 2440 – Impuestos, contribuciones y tasas por pagar, 2715 – Provisión paraprestaciones sociales, 1420 – Avances y anticipos entregados y 1910 – Cargos diferidos.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- 1-El valor de las inversiones necesarias y costos incurridos para colocar el recurso natural no renovable,en condiciones de explotación.

2- El valor de los ajustes por inflación.

SE ACREDITA CON:

1- La cancelación de los registros por amortización del total de la inversión.2- El valor de los ajustes por inflación de la inversión amortizada.

CLASE GRUPO CUENTA

1 18 1845

ACTIVO RECURSOS NATURALES YDEL AMBIENTE

AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE INVERSIONES ENRECURSOS NATURALES NO RENOVABLES ENEXPLOTACIÓN (CR)

DESCRIPCIÓN

Valor acumulado de la amortización gradual de las inversiones en recursos naturales no renovables, calculadacon base en estudios técnicos.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 5343 – Amortización de inversionesen recursos naturales no renovables en explotación. Cuando la amortización se constituya en costo deproducción, la contrapartida será la subcuenta “Depreciación y amortización” de las cuentas 7108 – Carbón,7109 – Petróleo crudo, 7110 – Gas natural, 7111 – Gas asociado y 7114 – Productos de minas y canteras y la7115 – Sal.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor pendiente de amortizar al ocurrir pérdidas originadas en fenómenos naturales, fuerza mayor ocaso fortuito.

2- La cancelación de los registros por amortización del total de la inversión.3- El valor de los ajustes por inflación de la amortización cancelada.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la amortización periódica, determinada técnicamente, para cada inversión en explotación derecursos no renovables.

2- El valor de los ajustes por inflación.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 245

CLASE GRUPO CUENTA

1 19

ACTIVO OTROS ACTIVOS

DESCRIPCIÓN

Cuentas representativas del valor de los desembolsos en los cuales incurre el ente público, con el fin deobtener beneficios futuros que se amortizarán o extinguirán gradualmente.

Así mismo, deben registrarse aquellos bienes y derechos que por sus características no se encuentranclasificados dentro de los grupos de activos ya definidos.

CLASE GRUPO CUENTA

1 19 1905

ACTIVO OTROS ACTIVOS GASTOS PAGADOS POR ANTICIPADO

DESCRIPCIÓN

Valor de los pagos efectuados anticipadamente por concepto de gastos originados en la prestación deservicios que se recibirán de terceros, en desarrollo de la función administrativa o cometido estatal del entepúblico.

Los gastos pagados por anticipado deben amortizarse durante el período en que se reciban los servicios o secausen los costos o gastos.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1110 – Bancos y corporaciones, 1125– Fondos especiales, 1106 – Cuenta única nacional y la subcuenta 141303 – Transferencias corrientes algobierno general, cuando se trate de pagos realizados por terceros, por cuenta del ente público.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los pagos efectuados anticipadamente por cada uno de los conceptos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor amortizado durante el período de causación del gasto o costo.2- El valor de la recuperación por la terminación anticipada del compromiso.

CLASE GRUPO CUENTA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 246

1 19 1910

ACTIVO OTROS ACTIVOS CARGOS DIFERIDOS

DESCRIPCIÓN

Valor de los costos y gastos incurridos para la adquisición de bienes o servicios, que con razonable seguridadproveerán beneficios futuros, en desarrollo de la función administrativa o cometido estatal del ente público.

Los cargos diferidos deben amortizarse durante los períodos en los cuales se espera percibir los beneficios delos costos y gastos incurridos, o en la vigencia de los respectivos contratos.

La subcuenta 191027 - Reconocimiento deuda ley 546/99, representa la diferencia de las deudas de losacreedores hipotecarios, reconocidas por la nación a las entidades financieras, en cumplimiento de la ley 546de 1999. Este valor se amortizará en el tiempo de maduración de los títulos emitidos.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 2208 - Deuda pública interna delargo plazo, 2401 - Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales, 2406 - Adquisición de Bienes y Servicios delExterior, 1690 – Depreciación diferida, y la subcuenta 190513 – Estudios y proyectos. Cuando se incurra engastos de exploración que resulten exitosos, las erogaciones asociadas a ese proyecto se trasladaran a lassubcuentas que conforman la cuenta 1840 – Inversiones en recursos naturales no renovables en explotación.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los costos y gastos registrados en la etapa de investigación, estudio, desarrollo, organización,construcción, instalación, montaje y puesta en marcha de proyectos específicos hasta el momento en queempieza a generar beneficios.

2- El valor del impuesto diferido originado por las diferencias temporales entre la contabilidad y lasdeclaraciones tributarias.

3- El valor de los pagos por publicidad y propaganda.4- El valor de los demás costos y gastos que por su naturaleza y características se tipifique la figura de

cargo diferido.5- El valor de los ajustes por inflación para los cargos diferidos no monetarios.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los gastos y costos causados periódicamente.2- El valor de los ajustes por inflación correspondientes a los gastos y costos amortizados.

CLASE GRUPO CUENTA

1 19 1911

ACTIVO OTROS ACTIVOS INVERSIÓN SOCIAL DIFERIDA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 247

DESCRIPCIÓN

Valor de los costos y gastos incurridos para la adquisición de bienes o servicios, que con razonable seguridadproveerán beneficios futuros, en desarrollo de los proyectos de inversión social. Incluye los conceptos degastos pagados por anticipado, cargos diferidos y obras y mejoras en propiedad ajena.

La inversión social diferida debe amortizarse durante los períodos en los cuales se espera percibir losbeneficios, o en la vigencia de los respectivos proyectos.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1109 – Depósitos en institutosfinancieros y cooperativas 1110 – Bancos y corporaciones, 1125 – Fondos especiales, 1106 – Cuenta únicanacional, 2401 - Adquisición de Bienes y Servicios Nacionales, 2406 - Adquisición de Bienes y Servicios delExterior y, 1420 – Avances y anticipos entregados.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los pagos efectuados por cada concepto.2- El valor de los costos y gastos registrados en la etapa de investigación, estudio, desarrollo, organización,

construcción, instalación, montaje y puesta en marcha de proyectos de inversión social hasta el momentoen que empieza a generar beneficios.

3- El valor de los ajustes por inflación para los diferidos no monetarios.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los gastos y costos amortizados periódicamente.2- El valor de la recuperación por la terminación anticipada del compromiso.3- El valor que se tenga al momento de entregar el bien, una vez terminado el contrato o convenio que

respaldo su uso.4- El valor de los ajustes por inflación correspondientes a los gastos y costos amortizados.

CLASE GRUPO CUENTA

1 19 1915

ACTIVO OTROS ACTIVOS OBRAS Y MEJORAS EN PROPIEDAD AJENA

DESCRIPCIÓN

Valor de los desembolsos efectuados para adicionar, acondicionar, mejorar, reparar o ampliar, en formasignificativa, la capacidad operacional de los bienes inmuebles de propiedad de terceros, que son utilizadospor el ente público para el desarrollo de su función administrativa o cometido estatal.

Las obras y mejoras en propiedad ajena deben amortizarse durante el período menor que resulte, entre lavigencia del respectivo contrato, o la vida útil estimada de los bienes, producto de las mejoras o adicionesrealizadas.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 248

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 2401 - Adquisición de bienes yservicios nacionales, 2406-Adquisición de bienes y servicios del exterior y, 1420 – Avances y anticiposentregados.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de las erogaciones en que se incurra por las mejoras realizadas.2- El valor de los ajustes por inflación.

SE ACREDITA CON:

1- El valor del gasto o costo causado periódicamente.2- El valor que se tenga al momento de entregar el bien, una vez terminado el contrato o convenio que

respalda su uso.3- El valor de los ajustes por inflación correspondientes a los costos y gastos amortizados.

CLASE GRUPO CUENTA

1 19 1920

ACTIVO OTROS ACTIVOS BIENES ENTREGADOS A TERCEROS

DESCRIPCIÓN

Valor de los bienes muebles e inmuebles, de propiedad del ente público, entregados a terceros para su uso oadministración, mediante contratos de comodato, encargo fiduciario o "Leasing", que deberán restituirse enlas condiciones establecidas en los contratos que amparan la entrega de los mismos.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1605 – Terrenos, 1640 –Edificaciones, 1643 – Vías de comunicación y acceso internas, 1645 – Plantas, ductos y túneles, 1650 – Redes,líneas y cables, 1655 – Maquinaria y equipo, 1660 – Equipo médico y científico, 1665 – Muebles y enseres yequipo de oficina, 1670 – Equipo de comunicación y computación, 1675 – Equipo de transporte, tracción yelevación, 1680 – Equipo de comedor, cocina, despensa y hotelería.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los bienes entregados a terceros, para su uso o administración.2- El valor de los ajustes por inflación.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la restitución de los bienes entregados y su reclasificación al activo correspondiente.

CLASE GRUPO CUENTA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 249

1 19 1925

ACTIVO OTROS ACTIVOS AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE BIENES ENTREGADOS ATERCEROS (CR)

DESCRIPCIÓN

Valor acumulado de las amortizaciones graduales registradas sobre los bienes entregados a terceros, comoconsecuencia de la pérdida de capacidad operacional, que se produzca en la utilización de los bienes por partede terceros, con base en el valor en libros de los bienes y los años de vida útil estimados.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 5344 - Amortización de bienesentregados a terceros.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la amortización acumulada que tengan los bienes al momento de su enajenación.2- El valor de la amortización acumulada de los bienes retirados del servicio, por deterioro, destrucción,

pérdida u otras causas.3- El valor de la amortización acumulada de los traslados de bienes que se efectúen a otros entes públicos.4- El valor de los ajustes por inflación de la amortización acumulada de los bienes enajenados, retirados y

trasladados.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la amortización determinada para cada uno de los bienes, de acuerdo con sus características.2- El valor de los ajustes por inflación.

CLASE GRUPO CUENTA

1 19 1926

ACTIVO OTROS ACTIVOS BIENES Y DERECHOS EN PROCESO DETITULARIZACIÓN

DESCRIPCIÓN

Valor de los derechos concedidos para adelantar procesos de titularización de conformidad con lo previsto enla ley.

La contrapartida corresponde a las cuentas del grupo 13 – Rentas por cobrar, 14 - Deudores y 16 -Propiedades, Planta y Equipo, según el caso.

DINÁMICA

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Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 250

SE DEBITA CON:

1- El valor de los derechos ciertos sobre los flujos asociados a los bienes o derechos dados en titularización.

SE ACREDITA CON:

1- Los flujos recibidos en función de la modalidad de la titularización, hasta el monto por el cual se hayaconstituido el derecho.

2- Por la diferencia negativa entre los flujos efectivamente recibidos y el valor del derecho, constituyéndoseen un gasto extraordinario.

CLASE GRUPO CUENTA

1 19 1930

ACTIVO OTROS ACTIVOS BIENES RECIBIDOS EN DACIÓN DE PAGO

DESCRIPCIÓN

Registra el valor de los bienes muebles e inmuebles, acciones y participaciones recibidas por el ente público,en pago de créditos y préstamos a su favor, de conformidad con las normas legales.

El valor de los bienes recibidos en dación de pago, debe incrementarse por concepto de los gastos necesariosen que se incurra para ponerlos en condiciones de utilización o enajenación.

La contrapartida corresponde a las cuentas de los grupo 13 - Rentas por Cobrar, de conformidad con lasnormas legales, o 14 – Deudores.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor por el cual se recibe el bien o derecho.2- Los gastos necesarios para colocar el bien en condiciones de venta o utilización.3- El valor del ajuste por inflación, cuando corresponda a activos no monetarios.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los bienes y derechos enajenados.2- El valor de los bienes y derechos reclasificados a las cuentas correspondientes, cuando de conformidad

con las normas se van a utilizar, administrar o explotar por el ente público.3- El valor de los castigos debidamente autorizados.4- El valor de los ajustes por inflación de los bienes y derechos enajenados, reclasificados a otra cuenta del

activo o, castigados.

CLASE GRUPO CUENTA

1 19 1935

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 251

ACTIVO OTROS ACTIVOS PROVISIÓN DE BIENES RECIBIDOS EN DACIÓN DE PAGO(CR)

DESCRIPCIÓN

Diferencia entre el avalúo o precio de mercado, del bien o derecho recibido en dación de pago y el valor fijadoen la dación.

La contrapartida corresponde a las subcuentas respectivas de la cuenta 5308 - Provisión bienes recibidos endación de pago.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El saldo de las provisiones acumuladas, constituidas hasta la fecha de enajenación del bien o derecho.2- El valor de las provisiones de los bienes o derechos recibidos en pago, castigados o transferidos para uso

propio, debidamente autorizado.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las provisiones constituidas.

CLASE GRUPO CUENTA

1 19 1940

ACTIVO OTROS ACTIVOS ACTIVOS ADQUIRIDOS DE INSTITUCIONESINSCRITAS

DESCRIPCIÓN

Valor de los activos adquiridos de instituciones inscritas por los Fondos de Garantías, tales como cartera,acciones, bienes muebles, inmuebles, o valores mobiliarios con el fin de propender por su recuperación, deacuerdo con políticas trazadas y con los contratos de adquisición.

Los activos adquiridos con este fin, son recibidos con pacto de retroventa, el cual se hará efectivo, durante lavigencia, o en la terminación del respectivo contrato.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 1110 - Bancos y Corporaciones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los bienes y derechos recibidos de la institución inscrita.SE ACREDITA CON:

1- El valor de la recuperación o liquidación.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 252

1- La readquisición de los bienes y derechos por parte de la entidad inscrita.

CLASE GRUPO CUENTA

1 19 1941

ACTIVO OTROS ACTIVOS BIENES ADQUIRIDOS EN “LEASING” FINANCIERO

DESCRIPCIÓN

Valor de los contratos de arrendamiento financiero de inmuebles, maquinaria, equipo, muebles y enseres,vehículos, así como los contratos de “Lease back” o retroarriendo, de conformidad con las normas legalesvigentes.

El valor del contrato corresponde al valor presente de los cánones y opción de compra pactados, calculado ala fecha de iniciación del contrato descontados a la tasa pactada. A los activos objeto de depreciación se lesaplicarán las mismas normas y reglas de los bienes que son de propiedad del ente público.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 230203 – Contratos “leasing”.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor del contrato de los bienes recibidos en arrendamiento financiero.1- El valor de los ajustes por inflación.

SE ACREDITA CON:

1- El valor del impuesto a las ventas a descontar como impuesto de renta, conforme a lo previsto en lasnormas tributarias.

2- Con su reclasificación al activo que corresponda una vez ejercida la opción de compra.3- Con la devolución del bien en caso de no ejercer la opción de compra.

CLASE GRUPO CUENTA

1 19 1942

ACTIVO OTROS ACTIVOS DEPRECIACIÓN DE BIENES ADQUIRIDOS EN “LEASING”FINANCIERO (CR)

DESCRIPCIÓN

Valor acumulado de la pérdida de capacidad operacional de los activos adquiridos bajo la modalidad de“Leasing”, de acuerdo con las normas vigentes.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 253

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 5331 – Depreciación de bienes adquiridos en“Leasing” financiero.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor del traslado a la cuenta respectiva cuando se ejerza la opción de compra de los bienes recibidosen arrendamiento financiero.

2- Por el saldo cuando el ente no ejerza la opción de compra.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la depreciación calculada periódicamente2- El valor de los ajustes por inflación

CLASE GRUPO CUENTA

1 19 1950

ACTIVO OTROS ACTIVOS RESPONSABILIDADES

DESCRIPCIÓN

Valor de los faltantes de fondos o bienes y demás actos relacionados con el detrimento del patrimonio públicoque ameritan el inicio de un proceso de responsabilidades, para funcionarios o particulares que administren omanejen fondos o bienes públicos. El proceso culmina con el fallo de la autoridad competente, indicando laresponsabilidad o no, de las personas involucradas en el proceso.

Se registra en esta cuenta además, el valor de los avances entregados y no legalizados dentro del tiempoestablecido para ello.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de bien o fondo objeto del proceso deresponsabilidad. La diferencia entre el valor en libros y el valor de reposición tiene como contrapartida lasubcuenta 291509- Ingreso en la constitución de reponsabilidades.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- Los valores registrados por faltantes de fondos o bienes de propiedad del ente público de acuerdo con elacto administrativo de la entidad pública o autoridad competente, que determine el inicio del proceso deresponsabilidades a funcionarios o particulares.

2- Los valores registrados por faltantes de fondos o bienes de propiedad del ente público y que seconstituyan en responsabilidad fiscal, determinada por los fallos de la Contraloría General de la Repúblicao de autoridad competente.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 254

3- El valor de los avances no legalizados.

SE ACREDITA CON:

1- La cancelación del monto por parte del funcionario o indemnización efectuada por las compañíasaseguradoras.

2- El acto administrativo que exime al funcionario de la responsabilidad en proceso.3- El valor de la legalización de avances previamente registrados en responsabilidades.

CLASE GRUPO CUENTA

1 19 1955

ACTIVO OTROS ACTIVOS PROVISIÓN PARA RESPONSABILIDADES (CR)

DESCRIPCIÓN

Valor estimado de las contingencias de pérdida de fondos o bienes sobre los cuales se haya iniciado elproceso de responsabilidades, a cargo de funcionarios públicos o particulares, de acuerdo con las normasvigentes.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 5309-Provisión para Responsabilidades.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la responsabilidad cuyo juicio fiscal ha sido fallado.2- El valor de la recuperación del bien, o fondos que constituyeron la responsabilidad.3- El valor de la legalización de los avances.4- El valor de las responsabilidades castigadas por incobrables, una vez se hayan agotado las gestiones de

cobro y cumplido los requisitos pertinentes.5- El valor de la disminución de la provisión al desaparecer la causa que la originó.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las provisiones que se constituyan de acuerdo con la normatividad vigente.

CLASE GRUPO CUENTA

1 19 1960

ACTIVO OTROS ACTIVOS BIENES DE ARTE Y CULTURA

DESCRIPCIÓN

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 255

Valor de los bienes muebles de carácter histórico y cultural, adquiridos a cualquier título por el ente público,con el propósito de decorar, coleccionar o fomentar la cultura. Incluye los libros y publicaciones deinvestigación y consulta del ente público, así como también los de aquellos entes que prestan el servicio debiblioteca.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas: 2401 – Adquisición de Bienes yServicios Nacionales, 2406 – Adquisición de Bienes y Servicios del Exterior, 3120 – Superávit por donación,3125 – Patrimonio Público Incorporado, 3235 – Superávit por Donación, 3255 – Patrimonio InstitucionalIncorporado y 4725 – Operaciones de traspaso de bienes, derechos y obligaciones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El costo de adquisición a cualquier título.1- El valor de los ajustes por inflación.

SE ACREDITA CON:

1- El costo del bien enajenado o dado de baja.2- El valor del ajuste por inflación de los bienes enajenados o dados de baja.

CLASE GRUPO CUENTA

1 19 1965

ACTIVO OTROS ACTIVOS PROVISIÓN BIENES DE ARTE Y CULTURA (CR)

DESCRIPCIÓN

Valor de la contingencia de pérdida de los bienes de arte y cultura, como resultado de daños, deterioro o delexceso del valor en libros sobre el valor de mercado o de realización de los mismos.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 5311 – Provisión bienes de arte ycultura.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la disminución de la provisión por venta o dada de baja.2- La aplicación de la provisión por castigo, previo cumplimiento de los requisitos establecidos.3- La reversión de la provisión constituida en exceso.4- El valor de la disminución de la provisión al desaparecer la causa que la originó.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las provisiones que se constituyan de acuerdo con evaluaciones efectuadas.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 256

CLASE GRUPO CUENTA

1 19 1970

ACTIVO OTROS ACTIVOS INTANGIBLES

DESCRIPCIÓN

Costo de adquisición, desarrollo o producción del conjunto de bienes inmateriales que constituyen derechos,privilegios o ventajas de competencia para el ente público de cuyo ejercicio o explotación pueden obtenersebeneficios económicos en varios períodos determinables.

La contrapartida corresponde a la cuenta 2401-Adquisición de bienes y servicios Nacionales, 2406-Adquisición de bienes y servicios del Exterior, 3237-Superavit por formación de intangibles.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1. El valor de los intangibles desarrollados o formados y adquiridos a cualquier título.2. El valor de los ajustes por inflación.

SE ACREDITA CON:

1. El valor de la enajenación de los intangibles a cualquier título.2. La extinción del derecho o la amortización total del intangible.3. El valor de los ajustes que disminuyan el valor del intangible.4. El valor de los ajustes por inflación de los intangibles enajenados o extinguidos

CLASE GRUPO CUENTA

1 19 1975

ACTIVO OTROS ACTIVOS AMORTIZACIÓN ACUMULADA DE INTANGIBLES (CR)

DESCRIPCIÓN

Valor acumulado de las amortizaciones graduales registradas sobre el valor de adquisición o desarrollo de losintangibles.

Los intangibles deben amortizarse durante los períodos en los cuales se espera percibir los beneficios de loscostos y gastos incurridos, o la duración del amparo legal o contractual de los derechos otorgados.

Los intangibles formados, es decir aquellos que surgen por vías diferentes a costos directos no se amortizan.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 5345 – Amortización de intangibles.

DINÁMICA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 257

SE DEBITA CON:

1. El saldo al momento de su enajenación.2. El valor de la amortización acumulada al término de la vida útil del intangible.3. El valor de los ajustes por inflación de la amortización de los intangibles enajenados o retirados.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cuota de amortización determinada para cada uno de los activos intangibles de acuerdo consus características.

2- El valor de los ajustes por inflación.

CLASE GRUPO CUENTA

1 19 1995

ACTIVO OTROS ACTIVOS PRINCIPAL Y SUBALTERNAS

DESCRIPCIÓN

Valor de las operaciones de traslados de fondos, bienes, servicios y obligaciones, realizadas entre las oficinassubalternas y la principal, y las realizadas entre las oficinas subalternas entre sí, del ente público.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de bien, fondo, derecho u obligacióntrasladado.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los fondos o bienes enviados a la principal o enviados a la subalterna.2- El valor de los servicios y derechos transferidos a la principal o la subalterna para su pago.3- El valor de las obligaciones recibidas en la principal o en la subalterna para su pago.4- El valor de los pagos efectuados por cuenta de la principal o por cuenta de la subalterna.5- Los saldos crédito debidamente conciliados, contra las subcuentas del patrimonio 311004 o 323005 -

Principal y subalternas

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los fondos o bienes recibidos de la principal o de una subalterna.2- El valor de los servicios y derechos recibidos de la principal o de una subalterna.3- El valor de las obligaciones transferidas a la principal o a una subalterna.4- El valor de los fondos y bienes que le fueron transferidos, pero que están pendientes de confirmación o

en tránsito.5- Los saldos débito debidamente conciliados, contra las subcuentas del patrimonio 311004 o 323005 -

Principal y subalternas

CLASE GRUPO CUENTA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 258

1 19 1996

ACTIVO OTROS ACTIVOS BIENES Y DERECHOS EN INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA

DESCRIPCIÓN

Representa los valores de los entes públicos originados con anterioridad al 1º. de enero de 1996 como saldosde elevada antigüedad pendientes de depurar en cuentas del activo, los cuales fueron reclasificados una vezrealizado el proceso de depuración de saldos por la correspondiente investigación.

En esta cuenta debe identificarse la clase de recurso, así como el bien o derecho.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de bien, fondo, derecho trasladados ainvestigación administrativa.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- Los valores reclasificados después del proceso de depuración de saldos que pasan a investigaciónadministrativa.

SE ACREDITA CON:

1- Los valores que se descarguen después del proceso de la investigación, amparados por el actoadministrativo expedido por la entidad, debidamente documentado.

2- Los valores reclasificados a la cuenta “Responsabilidades” amparados en actos administrativos.

CLASE GRUPO CUENTA

1 19 1997

ACTIVO OTROS ACTIVOS PROVISIÓN PARA BIENES Y DERECHOS EN INVESTIGACIÓNADMINISTRATIVA (CR)

DESCRIPCIÓN

Valor estimado de las contingencias de pérdidas de los fondos, derechos o bienes sobre los cuales se hayainiciado la investigación administrativa de acuerdo con las normas vigentes.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 5312 - Provisión para Bienes y Derechos enInvestigación Administrativa.

DINÁMICA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 259

SE DEBITA CON:

1- El valor de los bienes y derechos trasladados o retirados de conformidad con los actos administrativospertinentes, debidamente documentados.

2- La aplicación de la provisión por castigo previo cumplimiento de los requisitos establecidos.3- La reversión de la provisión constituida en exceso.4- El valor de la disminución de la provisión al desaparecer la causa que la originó.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las provisiones que se constituyan de conformidad con la normatividad vigente.

CLASE GRUPO CUENTA

1 19 1999

ACTIVO OTROS ACTIVOS VALORIZACIONES

DESCRIPCIÓN

Aumento neto del valor en libros de los activos, determinado mediante avalúos con criterios y normas dereconocido valor técnico.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 3115 o 3240 - Superávit por valorización.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El exceso del valor intrínseco de las inversiones frente a su valor en libros.2- El exceso del avalúo técnico sobre el valor en libros de los bienes.

SE ACREDITA CON:

1- El defecto del valor intrínseco de las inversiones frente a su valor en libros.3. El defecto del avalúo técnico de los bienes frente a su valor en libros.4. La valorización correspondiente a los bienes que sean vendidos, cedidos o dados de baja.5. El defecto del valor intrínseco de las inversiones permanentes frente a su valor en libros, a título de

desvalorización, una vez agotada la valorización.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 259

CLASE GRUPO CUENTA

2

PASIVO

DESCRIPCIÓN

Obligaciones contraidas por el ente público en desarrollo de su función administrativa o cometido estatal, quedeben ser pagadas en dinero, bienes o servicios.

Las cuentas que conforman esta clase son de naturaleza crédito.

CLASE GRUPO CUENTA

2 21

PASIVO OPERACIONES DE BANCA CENTRAL YENTIDADES FINANCIERAS

DESCRIPCIÓN

Cuentas representativas de las operaciones propias de banca central y de las diferentes formas de captación porparte y de los intermediarios del sistema financiero de conformidad con las normas vigentes.

CLASE GRUPO CUENTA

2 21 2105

PASIVO OPERACIONES DE BANCA CENTRAL YENTIDADES FINANCIERAS

OPERACIONES DEBANCA CENTRAL

DESCRIPCIÓN

Incluye principalmente el valor nominal de los billetes emitidos y en circulación o “pasivo monetario” encumplimiento de disposiciones constitucionales y legales.

Incluye además, los depósitos y exigibilidades en el Banco de la República, constituidos bien sea por elGobierno Nacional, los organismos internacionales, las entidades financieras, o bien por particularesdebidamente autorizados, así como también las obligaciones contraidas por el emisor con organismos delexterior.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 1105 – Caja, 1107 - Reservas internacionales y la1115 - Fondos vendidos con compromiso de reventa y las subcuentas 323101 – Utilidad o excedente delejercicio y 580334 - Operaciones de banca central y entidades financieras.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 260

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de las obligaciones a cargo del Banco Central.2- Las notas débito que se originen en las diferentes operaciones realizadas con los clientes.3- La incineración o destrucción de los billetes deteriorados.4- La venta de reservas internacionales.5- Los giros o retiros con cargo a las cuentas corrientes de terceros en el Banco Central.

SE ACREDITA CON:

1- Las consignaciones o depósitos realizadas en dinero, cheques y otros títulos.2- Las notas crédito que se originen en las diversas operaciones realizadas con los clientes.3- El valor nominal de las emisiones autorizadas de billetes.4- Obligaciones que se generen a favor de la Nación como resultado de las operaciones propias del Emisor.5- Obligaciones contraidas con bancos del exterior.6- La compra de reservas internacionales.

CLASE GRUPO CUENTA

2 21 2106

PASIVO OPERACIONES DE BANCA CENTRALY ENTIDADES FINANCIERAS

TÍTULOS DE REGULACIÓNMONETARIA Y CAMBIARIA

DESCRIPCIÓN

Valor nominal de las obligaciones resultantes de la colocación de títulos emitidos por el Banco de la República“pasivo no monetario” en condiciones de mercado, en desarrollo de la actividad de regulación monetaria,cambiaria y crediticia, que le corresponde por Ley, tales como títulos de participación, canjeables porcertificados de cambio, títulos en divisas y demás documentos empleados para realizar Operaciones deMercado Abierto (OMA´s) y regular la liquidez del sistema financiero.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforma las cuentas: 1105 – Caja y 1110 – Bancos ycorporaciones y 580334 - Operaciones de banca central y entidades financieras.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la redención total o parcial de los títulos colocados.2- El menor valor por diferencia en cambio de los títulos nominados en moneda extranjera.

SE ACREDITA CON:

1- El valor nominal de los títulos emitidos y puestos en circulación.2- El mayor valor de la diferencia en cambio de los títulos nominados en moneda extranjera.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 261

CLASE GRUPO CUENTA

2 21 2107

PASIVO OPERACIONES BANCA CENTRAL YENTIDADES FINANCIERAS

GASTOS FINANCIEROS POR PAGAR –OPERACIONES DE BANCA CENTRAL

DESCRIPCIÓN

Valor de las obligaciones por concepto de rendimientos y compromisos sobre las obligaciones financierasadquiridas por el Banco de la República.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 6411 – Operaciones de banca central y 580334 -Operaciones de banca central y entidades financieras.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los pagos parciales o totales de los gastos financieros.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las causaciones de gastos financieros por los diferentes conceptos.

CLASE GRUPO CUENTA

2 21 2110

PASIVO OPERACIONES DE BANCA CENTRAL YENTIDADES FINANCIERAS

OPERACIONES DE CAPTACIÓN YSERVICIOS FINANCIEROS

DESCRIPCIÓN

Valor de los recursos captados por los entes públicos de carácter financiero, en sus distintas modalidades, deacuerdo con las normas especiales que rigen esta clase de operaciones y entidades, tales como: cuentascorrientes o ahorro, certificados depósito a término y demás mecanismos de captación.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 1105 - Caja.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El pago de los cheques girados o retiros efectuados.2- El valor de las notas débito que se originen en las diferentes operaciones realizadas con los clientes.3- La cancelación de los depósitos y redención de títulos.

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Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 262

SE ACREDITA CON:

1- Las consignaciones realizadas en dinero, cheques u otros títulos.2- Las notas crédito que se originen en las diversas operaciones que el banco realice con sus clientes.

CLASE GRUPO CUENTA

2 21 2111

PASIVO OPERACIONES BANCA CENTRAL YENTIDADES FINANCIERAS

GASTOS FINANCIEROS POR PAGARPOR OPERACIONES DE CAPTACIÓNY SERVICIOS FINANCIEROS

DESCRIPCIÓN

Valor de las obligaciones por concepto de intereses y comisiones.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 6410 – Operaciones de captación y serviciosfinancieros y la subcuenta 580334 - Operaciones de banca central y operaciones financieras.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los pagos parciales o totales de gastos financieros.2- El valor de los abonos en cuenta por concepto de intereses financieros

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los gastos financieros causados por los diferentes conceptos.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22

PASIVO OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO

DESCRIPCIÓN

Obligaciones contraidas con el propósito de proveer de recursos a los entes de los sectores central odescentralizado del orden Nacional, departamental, distrital y municipal, a los cuales la Ley les otorgacapacidad para celebrar contratos de operaciones de crédito publico, tales como empréstitos y créditos deproveedores, emisión y colocación de títulos de deuda pública, con plazo para su pago. Igualmente incluye lasoperaciones asimiladas y de manejo de deuda pública.

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Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 263

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2202

PASIVO OPERACIONES DECRÉDITO PÚBLICO

DEUDA PÚBLICA INTERNA DE CORTOPLAZO POR AMORTIZAR EN LA VIGENCIA

DESCRIPCIÓN

Representa las obligaciones contractuales de corto plazo, exigibles en la vigencia, por concepto de capital,originadas en operaciones de empréstitos, créditos de proveedores y colocación de bonos y títulos autorizados,los cuales son reclasificados de la cuenta “Deuda pública interna de corto plazo”.

Su contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2203 – Deuda pública interna de cortoplazo.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de los créditos por concepto de capital.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los traslados para amortizar en la vigencia correspondiente a aquellos compromisos de cortoplazo que se encuentren en la etapa de obligación de la ejecución presupuestal.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2203

PASIVO OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO DEUDA PÚBLICA INTERNA DECORTO PLAZO

DESCRIPCIÓN

Valor de las obligaciones originadas en la contratación de empréstitos con el banco central, banca comercial,banca de fomento y créditos de proveedores, que se celebren exclusivamente con residentes, con plazo para supago igual o inferior a un año.

Así mismo, registra el valor nominal de las obligaciones originadas en la emisión y colocación en el país, detítulos o bonos, en subastas o mediante suscripción convenida o forzosa, con plazo igual o inferior a un año.Igualmente deben registrarse en esta cuenta las obligaciones a corto plazo, asumidas por la Nación en sucondición de garante.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas: 1105- Caja, 1106- Cuenta únicanacional, 1110 - Bancos y corporaciones, 5720 – Operaciones de enlace con situación de fondos y 5722 –Operaciones de enlace sin situación de fondos.

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 264

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor reclasificado a la cuenta “Deuda pública interna de corto plazo por amortizar en la vigencia”.2- El valor de la deuda transferida a la Nación por su condición de garante.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los desembolsos recibidos de entidades financieras por celebración de contratos de crédito.2- El valor de los ajustes efectuados para reexpresar los saldos de las obligaciones a la tasa de cambio,

tratándose de obligaciones nominadas en moneda extranjera.3- Las obligaciones autorizadas adquiridas como crédito de proveedores.4- El valor de la deuda asumida por la Nación.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2204

PASIVO OPERACIONES DECRÉDITO PÚBLICO

DEUDA PÚBLICA EXTERNA DE CORTOPLAZO POR AMORTIZAR EN LA VIGENCIA

DESCRIPCIÓN

Representa las obligaciones contractuales de corto plazo, exigibles en la vigencia, por concepto de capital,originadas en operaciones de empréstitos, créditos de proveedores y colocación de bonos y títulos autorizados,los cuales son reclasificados de la cuenta “Deuda pública externa de corto plazo”.

Su contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2206 – Deuda pública externa de cortoplazo.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de los créditos por concepto de capital.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los traslados para amortizar en la vigencia correspondiente a aquellos compromisos de cortoplazo que se encuentren en la etapa de obligación de la ejecución presupuestal.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2206

PASIVO OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO DEUDA PÚBLICA EXTERNA DECORTO PLAZO

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 265

DESCRIPCIÓN

Registra la contratación de empréstitos con los gobiernos, banca comercial, multilateral, de fomento y loscréditos de proveedores, incluyendo los créditos documentarios o de firma, celebrados exclusivamente con noresidentes, con plazo para su pago igual o inferior a un año.

Así mismo, registra el valor nominal de las obligaciones originadas en la colocación de bonos y títulos, ensubastas o mediante suscripción convenida o forzosa y, las obligaciones asumidas por la Nación en sucondición de garante.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas: 1105 - Caja, 1106 - Cuenta únicanacional, 1110 - Bancos y corporaciones, 5720 – Operaciones de enlace con situación de fondos y 5722 –Operaciones de enlace sin situación de fondos.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor reclasificado a la cuenta “Deuda pública externa de corto plazo por amortizar en la vigencia”.2- El valor de la deuda transferida a la Nación por su condición de garante.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los desembolsos recibidos de entidades financieras del exterior por celebración de contratos decrédito.

2- El valor de los ajustes efectuados para reexpresar los saldos de las obligaciones a la tasa de cambio.3- Las obligaciones autorizadas adquiridas como crédito de proveedores.4- El monto de las emisiones colocadas de bonos y títulos.5- El valor de la deuda asumida por la Nación.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2207

PASIVO OPERACIONES DECRÉDITO PÚBLICO

DEUDA PÚBLICA INTERNA DE LARGO PLAZOPOR AMORTIZAR EN LA VIGENCIA

DESCRIPCIÓN

Representa las obligaciones contractuales de largo plazo, exigibles en la vigencia, por concepto de capital,originadas en operaciones de empréstitos, créditos de proveedores y colocación de bonos y títulos autorizados,los cuales son reclasificados de la cuenta “Deuda pública interna de largo plazo”.

Su contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2208 – Deuda pública interna de largoplazo.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 266

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de los créditos por concepto de capital.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los traslados para amortizar en la vigencia correspondiente a aquellos compromisos de largoplazo que se encuentren en la etapa de obligación de la ejecución presupuestal.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2208

PASIVO OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO DEUDA PÚBLICA INTERNA DELARGO PLAZO

DESCRIPCIÓN

Registra la contratación de empréstitos con la banca central, comercial, de fomento y los créditos deproveedores, incluyendo los créditos documentarios o de firma, celebrados exclusivamente con residentes, conplazo para su pago superior a un año.

Así mismo, registra el valor nominal de las obligaciones originadas en la colocación de bonos y títulos, ensubastas o mediante suscripción convenida o forzosa. Igualmente deben registrarse en esta subcuenta lasobligaciones de largo plazo, asumidas por la Nación en su condición de garante.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas: 1105- Caja, 1106- Cuenta únicanacional, 1110 - Bancos y corporaciones, 5720 – Operaciones de enlace con situación de fondos y 5722 –Operaciones de enlace sin situación de fondos.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor reclasificado a la cuenta “Deuda pública interna de largo plazo por amortizar en la vigencia”.2- El valor de la deuda transferida a la Nación por su condición de garante.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los desembolsos recibidos de entidades financieras por celebración de contratos de crédito.2- El valor de los ajustes efectuados para reexpresar los saldos de las obligaciones a la tasa de cambio

tratándose de obligaciones nominadas en moneda extranjera.3- Las obligaciones autorizadas adquiridas como crédito de proveedores.4- El monto de las emisiones colocadas de bonos y títulos.5- El valor de la deuda asumida por la Nación.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 267

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2216

PASIVO OPERACIONES DECRÉDITO PÚBLICO

PRIMA EN COLOCACIÓN DE BONOS Y TÍTULOSDE DEUDA INTERNA DE CORTO PLAZO

DESCRIPCIÓN

Registra el mayor valor de colocación de los bonos y títulos frente a su valor nominal, el cual debe amortizarseen forma sistemática durante su período de maduración contra la subcuenta 480533 – Prima amortizada debonos y títulos colocados en el país.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas: 1105 – Caja y 1110 – Bancos y corporaciones.

SE DEBITA CON:

1- El valor de la amortización de la prima originada en la colocación de bonos y títulos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la prima recibida en la colocación de bonos y títulos.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2217

PASIVO OPERACIONES DECRÉDITO PÚBLICO

DESCUENTO EN COLOCACIÓN DE BONOS Y TÍTULOSDE DEUDA INTERNA DE CORTO PLAZO (DB)

DESCRIPCIÓN

Registra el menor valor de colocación de los bonos y títulos frente a su valor nominal, el cual debe amortizarseen forma sistemática durante su período de maduración contra la subcuenta 580532 – Descuento amortizado debonos y títulos colocados en el país.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta: 2203 – Deuda pública interna de corto plazo.

SE DEBITA CON:

1- El valor de los descuentos originados en la colocación de bonos y títulos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la amortización de los descuentos originados en la colocación de bonos y títulos.

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 268

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2218

PASIVO OPERACIONES DECRÉDITO PÚBLICO

PRIMA EN COLOCACIÓN DE BONOS Y TÍTULOSDE DEUDA INTERNA DE LARGO PLAZO

DESCRIPCIÓN

Registra el mayor valor de colocación de los bonos y títulos frente a su valor nominal, el cual debe amortizarseen forma sistemática durante su período de maduración contra la subcuenta 480531 – Prima amortizada debonos y títulos colocados en el país.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas: 1105 – Caja y 1110 – Bancos y corporaciones.

SE DEBITA CON:

1- El valor de la amortización de la prima originada en la colocación de bonos y títulos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la prima recibida en la colocación de bonos y títulos.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2219

PASIVO OPERACIONES DECRÉDITO PÚBLICO

DESCUENTO EN COLOCACIÓN DE BONOS Y TÍTULOSDE DEUDA INTERNA DE LARGO PLAZO (DB)

DESCRIPCIÓN

Registra el menor valor de colocación de los bonos y títulos frente a su valor nominal, el cual debe amortizarseen forma sistemática durante su período de maduración contra la subcuenta 580530 – Descuento amortizado debonos y títulos colocados en el país.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta: 2208 – Deuda pública interna de largo plazo.

SE DEBITA CON:

1- El valor de los descuentos originados en la colocación de bonos y títulos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la amortización de los descuentos originados en la colocación de bonos y títulos.

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 269

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2220

PASIVO OPERACIONES DECRÉDITO PÚBLICO

DEUDA PÚBLICA EXTERNA DE LARGOPLAZO POR AMORTIZAR EN LA VIGENCIA

DESCRIPCIÓN

Representa las obligaciones contractuales de largo plazo, exigibles en la vigencia, por concepto de capital,originadas en operaciones de empréstitos, créditos de proveedores y colocación de bonos y títulos autorizados,los cuales son reclasificados de la cuenta “Deuda pública externa de largo plazo”.

Su contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2221 – Deuda pública externa de largoplazo.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de los créditos por concepto de capital.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los traslados para amortizar en la vigencia correspondiente a aquellos compromisos de largoplazo que se encuentren en la etapa de obligación de la ejecución presupuestal.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2221

PASIVO OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO DEUDA PÚBLICA EXTERNA DELARGO PLAZO

DESCRIPCIÓN

Registra la contratación de empréstitos con los gobiernos, banca comercial, multilateral, de fomento y loscréditos de proveedores, incluyendo los créditos documentarios o de firma, celebrados exclusivamente con noresidentes, con plazo para su pago superior a un año.

Así mismo, registra el valor nominal de las obligaciones originadas en la colocación de bonos y títulos, ensubastas o mediante suscripción convenida o forzosa y, las obligaciones de largo plazo, asumidas por laNación en su condición de garante.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas: 1105- Caja, 1106- Cuenta únicanacional, 1110 - Bancos y corporaciones, 5720 – Operaciones de enlace con situación de fondos y 5722 –Operaciones de enlace sin situación de fondos.

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 270

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1. El valor reclasificado a la cuenta “Deuda pública externa de largo plazo por amortizar en la vigencia”.2. El valor de la deuda transferida a la Nación por su condición de garante.

SE ACREDITA CON:

1. El valor de los desembolsos recibidos de entidades financieras del exterior por celebración de contratos decrédito.

2. El valor de los ajustes efectuados para reexpresar los saldos de las obligaciones a la tasa de cambio.3. Las obligaciones autorizadas adquiridas como crédito de proveedores.4. El monto de las emisiones colocadas de bonos y títulos.5. El valor de la deuda asumida por la Nación.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2226

PASIVO OPERACIONES DECRÉDITO PÚBLICO

PRIMA EN COLOCACIÓN DE BONOS Y TÍTULOSDE DEUDA EXTERNA DE CORTO PLAZO

DESCRIPCIÓN

Registra el mayor valor de colocación de los bonos y títulos frente a su valor nominal en el exterior, el cualdebe amortizarse en forma sistemática durante su período de maduración contra la subcuenta 480534 – Primaamortizada de bonos y títulos colocados en el exterior.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas: 1105 – Caja y 1110 – Bancos y corporaciones.

SE DEBITA CON:

1- El valor de la amortización de la prima originada en la colocación de los títulos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la prima recibida en la colocación de bonos y títulos.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2227

PASIVO OPERACIONES DECRÉDITO PÚBLICO

DESCUENTO EN COLOCACIÓN DE BONOS Y TÍTULOSDE DEUDA EXTERNA DE CORTO PLAZO (DB)

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 271

DESCRIPCIÓN

Registra el menor valor de colocación de los bonos y títulos frente a su valor nominal en el exterior, el cualdebe amortizarse en forma sistemática durante su período de maduración contra la subcuenta 580533 –Descuento amortizado de bonos y títulos colocados en el exterior.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta: 2206 – Deuda pública externa de corto plazo.

SE DEBITA CON:

1- El valor de los descuentos originados en la colocación de bonos y títulos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la amortización de los descuentos originados en la colocación de bonos y títulos.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2228

PASIVO OPERACIONES DECRÉDITO PÚBLICO

PRIMA EN COLOCACIÓN DE BONOS Y TÍTULOSDE DEUDA EXTERNA DE LARGO PLAZO

DESCRIPCIÓN

Registra el mayor valor de colocación de los bonos y títulos frente a su valor nominal en el exterior, el cualdebe amortizarse en forma sistemática durante su período de maduración contra la subcuenta 480532 – Primaamortizada de bonos y títulos colocados en el exterior.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas: 1105 – Caja y 1110 – Bancos y corporaciones.

SE DEBITA CON:

1- El valor de la amortización de la prima originada en la colocación de bonos y títulos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la prima recibida en la colocación de bonos y títulos.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2229

PASIVO OPERACIONES DECRÉDITO PÚBLICO

DESCUENTO EN COLOCACIÓN DE BONOS Y TÍTULOSDE DEUDA EXTERNA DE LARGO PLAZO (DB)

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 272

DESCRIPCIÓN

Registra el menor valor de colocación de los bonos y títulos frente a su valor nominal en el exterior, el cualdebe amortizarse en forma sistemática durante su período de maduración contra la subcuenta 580531 –Descuento amortizado de bonos y títulos colocados en el exterior.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta: 2221 – Deuda pública externa de largo plazo.

SE DEBITA CON:

1- El valor de los descuentos originados en la colocación de bonos y títulos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la amortización de los descuentos originados en la colocación de bonos y títulos.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2240

PASIVO OPERACIONES DE CRÉDITOPÚBLICO

PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALES DE CORTOPLAZO POR AMORTIZAR EN LA VIGENCIA

DESCRIPCIÓN

Representa las obligaciones de corto plazo, exigibles en la vigencia, por concepto del capital correspondiente aacuerdos de pago, créditos presupuestarios y préstamos de las empresas no financieras, los cuales sonreclasificados de la cuenta “Préstamos gubernamentales de corto plazo”.

Su contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2241 – Préstamos gubernamentales decorto plazo.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de los préstamos gubernamentales por concepto de capital.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los traslados para amortizar en la vigencia correspondiente a aquellos compromisos de cortoplazo que se encuentren en la etapa de obligación de la ejecución presupuestal.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2241

PASIVO OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALESDE CORTO PLAZO

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 273

DESCRIPCIÓN

Valor de las obligaciones con plazo igual o inferior a un año, por concepto de préstamos transitorios, detesorería, acuerdos de pago o créditos presupuestarios, que se obtengan de entidades gubernamentales oempresas no financieras. Incluye el valor de las obligaciones de corto plazo, asumidas por la Nación en sucalidad de garante hasta tanto se formalice un acuerdo de pago.

Su contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 1105 – Caja, 1110 - Bancos y corporaciones y,para la deuda asumida por la nación, la contrapartida corresponde a la subcuenta de la cuenta 1416 – Préstamosgubernamentales otorgados.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor reclasificado a la cuenta “Préstamos gubernamentales de corto plazo por amortizar en la vigencia.2- Con la cancelación de los créditos transitorios y de tesorería.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los desembolsos recibidos de entidades gubernamentales por celebración de contratos decrédito.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2245

PASIVO OPERACIONES DECRÉDITO PÚBLICO

PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALES DE LARGOPLAZO POR AMORTIZAR EN LA VIGENCIA

DESCRIPCIÓN

Representa las obligaciones de largo plazo, exigibles en la vigencia, por concepto del capital correspondiente aacuerdos de pago, créditos presupuestarios y préstamos de las empresas no financieras, los cuales sonreclasificados de la cuenta “Préstamos gubernamentales de largo plazo”.

Su contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2246 – Préstamos gubernamentales delargo plazo.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de los préstamos gubernamentales por concepto de capital.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los traslados para amortizar en la vigencia correspondiente a aquellos compromisos de largoplazo que se encuentren en la etapa de obligación de la ejecución presupuestal

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 274

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2246

PASIVO OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALESDE LARGO PLAZO

DESCRIPCIÓN

Valor de las obligaciones con plazo superior a un año por concepto de acuerdos de pago o créditospresupuestarios, que se obtengan de entidades gubernamentales. Incluye el valor de las obligaciones asumidaspor la Nación en su calidad de garante hasta tanto se formalice un acuerdo de pago.

Su contrapartida corresponde a la subcuenta 110501 - Caja principal y las subcuentas correspondientes a lacuenta 1110 - Bancos y corporaciones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1. El valor reclasificado a la cuenta “Préstamos gubernamentales de largo plazo por amortizar en la vigencia.

SE ACREDITA CON:

1. El valor de los desembolsos recibidos de entidades gubernamentales por celebración de contratos decrédito.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2258

PASIVO OPERACIONES DECRÉDITO PÚBLICO

INTERESES DEUDA PÚBLICA EXTERNA DE CORTOPLAZO POR AMORTIZAR EN LA VIGENCIA

DESCRIPCIÓN

Representa las obligaciones contractuales de corto plazo, exigibles en la vigencia, por concepto de intereses,originados en operaciones de empréstitos, créditos de proveedores y colocación de bonos y títulos autorizados,los cuales son reclasificados de la cuenta “intereses deuda pública externa de corto plazo”.

Su contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2259 – Intereses deuda pública externade corto plazo.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de los intereses.

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 275

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los traslados para amortizar en la vigencia correspondiente a aquellos compromisos por deudade corto plazo que se encuentren en la etapa de obligación de la ejecución presupuestal.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2259

PASIVO OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO INTERESES DEUDA PÚBLICAEXTERNA DE CORTO PLAZO

DESCRIPCIÓN

Registra los intereses causados sobre la deuda pública externa contratada y créditos de proveedores, con plazopara su pago igual o inferior a un año, que se celebren exclusivamente con no residentes. Además incluye, elvalor de los intereses originados en la colocación de bonos y títulos o en el exterior. Así mismo los interesespor obligaciones asumidas por la Nación en su condición de garante.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 5801 – Intereses.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor reclasificado a la cuenta “Intereses deuda pública externa de corto plazo por amortizar en lavigencia”.

2- El valor de los intereses de deuda transferida a la Nación por su condición de garante.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los intereses causados.2- El valor de los intereses de deuda asumida por la Nación.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2260

PASIVO OPERACIONES DECRÉDITO PÚBLICO

INTERESES DEUDA PÚBLICA INTERNA DE CORTOPLAZO POR AMORTIZAR EN LA VIGENCIA

DESCRIPCIÓN

Representa las obligaciones contractuales de corto plazo, exigibles en la vigencia, por concepto de intereses,originados en operaciones de empréstitos, créditos de proveedores y colocación de bonos y títulos autorizados,los cuales son reclasificados de la cuenta “intereses deuda pública interna de corto plazo”.

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 276

Su contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2261 – Intereses deuda pública internade corto plazo.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de los intereses.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los traslados para amortizar en la vigencia correspondiente a aquellos compromisos de cortoplazo por concepto de intereses que se encuentren en la etapa de obligación de la ejecución presupuestal.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2261

PASIVO OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO INTERESES DEUDA PÚBLICAINTERNA DE CORTO PLAZO

DESCRIPCIÓN

Registra los intereses causados sobre la deuda pública interna contratada con plazo para su pago igual oinferior a un año, los créditos de proveedores y colocación de bonos y títulos, que se celebren exclusivamentecon residentes. Así mismo incluye los intereses por obligaciones asumidas por la Nación en su condición degarante.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 5801 – Intereses.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor reclasificado a la cuenta “Intereses deuda pública interna de corto plazo por amortizar en lavigencia”.

2- El valor de los intereses de deuda transferida a la Nación por su condición de garante.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los intereses causados.2- El valor de los intereses de deuda asumida por la Nación.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2262

PASIVO OPERACIONES DECRÉDITO PÚBLICO

INTERESES DEUDA PÚBLICA INTERNA DE LARGOPLAZO POR AMORTIZAR EN LA VIGENCIA

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 277

DESCRIPCIÓN

Representa las obligaciones contractuales de largo plazo, exigibles en la vigencia, por concepto de intereses,originados en operaciones de empréstitos, créditos de proveedores y colocación de bonos y títulos autorizados,los cuales son reclasificados de la cuenta “intereses deuda pública interna de largo plazo”.

Su contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2263 –Intereses deuda pública internade largo plazo.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de los intereses.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los traslados para amortizar en la vigencia correspondiente a aquellos compromisos porintereses de deuda pública interna de largo plazo que se encuentren en la etapa de obligación de laejecución presupuestal.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2263

PASIVO OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO INTERESES DEUDA PÚBLICAINTERNA DE LARGO PLAZO

DESCRIPCIÓN

Registra los intereses causados sobre la deuda pública interna contratada y los créditos de proveedores, conplazo para su pago superior a un año, que se celebren exclusivamente con residentes. Así mismo incluye, elvalor de los intereses originados en la colocación de bonos y títulos, en subastas o mediante suscripciónconvenida o forzosa. Así mismo incluye los intereses por obligaciones asumidas por la Nación en su condiciónde garante.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 5801 – Intereses.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor reclasificado a la cuenta “Intereses deuda pública interna de largo plazo por amortizar en lavigencia”.

2- El valor de los intereses de deuda transferida a la Nación por su condición de garante.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los intereses causados.2- El valor de los intereses de deuda asumida por la Nación.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 278

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2264

PASIVO OPERACIONES DECRÉDITO PÚBLICO

INTERESES DEUDA PÚBLICA EXTERNA DE LARGOPLAZO POR AMORTIZAR EN LA VIGENCIA

DESCRIPCIÓN

Representa las obligaciones contractuales de largo plazo, exigibles en la vigencia, por concepto de intereses,originados en operaciones de empréstitos, créditos de proveedores y colocación de bonos y títulos autorizados,los cuales son reclasificados de la cuenta “intereses deuda pública externa de largo plazo”.

Su contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2265 – Intereses deuda pública externade largo plazo.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de los intereses.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los traslados para amortizar en la vigencia correspondiente a aquellos compromisos por deudade largo plazo que se encuentren en la etapa de obligación de la ejecución presupuestal.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2265

PASIVO OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO INTERESES DEUDA PÚBLICAEXTERNA DE LARGO PLAZO

DESCRIPCIÓN

Registra los intereses causados sobre la deuda pública externa contratada y créditos de proveedores, con plazopara su pago superior a un año, que se celebren exclusivamente con no residentes. Así mismo incluye, el valorde los intereses originados en la colocación de bonos y títulos en el exterior. Así mismo incluye los interesespor obligaciones asumidas por la Nación en su condición de garante.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 5801 – Intereses.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor reclasificado a la cuenta “Intereses deuda pública externa de largo plazo por amortizar en lavigencia”.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 279

2. El valor de los intereses de deuda transferida a la Nación por su condición de garante.

SE ACREDITA CON:

1. El valor de los intereses causados.2. El valor de los intereses de deuda asumida por la Nación.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2266

PASIVO OPERACIONES DECRÉDITO PÚBLICO

INTERESES PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALES DECORTO PLAZO POR AMORTIZAR EN LA VIGENCIA

DESCRIPCIÓN

Representa las obligaciones de corto plazo exigibles en la vigencia, por concepto de intereses, correspondientea acuerdos de pago y créditos presupuestarios y prestamos de empresas no financieras, los cuales sonreclasificados de la cuenta “Intereses préstamos gubernamentales de corto plazo”.

Su contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2267 – Intereses préstamosgubernamentales de corto plazo.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de los intereses de préstamos gubernamentales.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los traslados para amortizar en la vigencia correspondiente a aquellos compromisos de cortoplazo por concepto de intereses que se encuentren en la etapa de obligación de la ejecución presupuestal.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2267

PASIVO OPERACIONES DE CRÉDITOPÚBLICO

INTERESES PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALESDE CORTO PLAZO

DESCRIPCIÓN

Valor de las obligaciones con plazo igual o inferior a un año, por concepto de intereses de préstamostransitorios, de tesorería, acuerdos de pago o créditos presupuestarios, que se obtengan de entidadesgubernamentales. Incluye el valor de las obligaciones asumidas por la Nación en su calidad de garante hastatanto se formalice un acuerdo de pago.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 5801 – Intereses.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 280

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1. El valor reclasificado a la cuenta “Intereses préstamos gubernamentales de corto plazo por amortizar en lavigencia.

SE ACREDITA CON:

1. El valor de los intereses causados.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2268

PASIVO OPERACIONES DECRÉDITO PÚBLICO

INTERESES PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALES DELARGO PLAZO POR AMORTIZAR EN LA VIGENCIA

DESCRIPCIÓN

Representa las obligaciones de largo plazo exigibles en la vigencia, por concepto de intereses, correspondientea acuerdos de pago y créditos presupuestarios y prestamos de empresas no financieras, los cuales sonreclasificados de la cuenta “Intereses préstamos gubernamentales de largo plazo”.

Su contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2269 – Intereses préstamosgubernamentales de largo plazo.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de los préstamos gubernamentales por concepto de intereses.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los traslados para amortizar en la vigencia correspondiente a aquellos compromisos de largoplazo que se encuentren en la etapa de obligación de la ejecución presupuestal

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2269

PASIVO OPERACIONES DECRÉDITO PÚBLICO

INTERESES PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALES DELARGO PLAZO

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 281

DESCRIPCIÓN

Valor de los intereses por obligaciones con plazo superior a un año por concepto de acuerdos de pago ocréditos presupuestarios, que se obtengan de entidades gubernamentales. Incluye el valor de las obligacionesasumidas por la Nación en su calidad de garante hasta tanto se formalice un acuerdo de pago.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 5801 – Intereses.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor reclasificado a la cuenta “Intereses préstamos gubernamentales de largo plazo por amortizar en lavigencia.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los intereses causados por obligaciones con entidades gubernamentales por celebración decontratos de crédito.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2278

PASIVO OPERACIONES DECRÉDITO PÚBLICO

COMISIONES DEUDA PÚBLICA EXTERNA DECORTO PLAZO POR AMORTIZAR EN LA VIGENCIA

DESCRIPCIÓN

Representa las obligaciones contractuales de corto plazo, exigibles en la vigencia, por concepto de comisiones,originados en operaciones de empréstitos, créditos de proveedores y colocación de bonos y títulos autorizadoscon no residentes, los cuales son reclasificados de la cuenta “Comisiones deuda pública externa de cortoplazo”.

Su contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2279 – Comisiones deuda públicaexterna de corto plazo.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de las comisiones.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los traslados para amortizar en la vigencia correspondiente a aquellos compromisos porcomisiones de corto plazo que se encuentren en la etapa de obligación de la ejecución presupuestal.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 282

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2279

PASIVO OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO COMISIONES DEUDA PÚBLICAEXTERNA DE CORTO PLAZO

DESCRIPCIÓN

Registra las comisiones causadas sobre la deuda pública externa contratada y créditos de proveedores, conplazo para su pago igual o inferior a un año, que se celebren exclusivamente con no residentes. Así mismoincluye, el valor de las comisiones originadas en la colocación de bonos y títulos en el exterior. Además lascomisiones por obligaciones asumidas por la Nación en su condición de garante.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 5802 – Comisiones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor reclasificado a la cuenta “Comisiones deuda pública externa de corto plazo por amortizar en lavigencia”.

2- El valor de las comisiones de deuda transferida a la Nación por su condición de garante.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las comisiones causadas.2- El valor de las comisiones de deuda asumida por la Nación.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2280

PASIVO OPERACIONES DECRÉDITO PÚBLICO

COMISIONES DEUDA PÚBLICA INTERNA DECORTO PLAZO POR AMORTIZAR EN LA VIGENCIA

DESCRIPCIÓN

Representa las obligaciones contractuales de corto plazo, exigibles en la vigencia, por concepto de comisiones,originados en operaciones de empréstitos, créditos de proveedores y colocación de bonos y títulos autorizadoscon residentes, los cuales son reclasificados de la cuenta “Comisiones deuda pública interna de corto plazo”.

Su contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2281 – Comisiones deuda públicainterna de corto plazo.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 283

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de las comisiones.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los traslados para amortizar en la vigencia correspondiente a aquellos compromisos de cortoplazo por concepto de comisiones que se encuentren en la etapa de obligación de la ejecuciónpresupuestal.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2281

PASIVO OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO COMISIONES DEUDA PÚBLICAINTERNA DE CORTO PLAZO

DESCRIPCIÓN

Registra las comisiones causadas sobre la deuda pública interna contratada con plazo para su pago igual oinferior a un año, los créditos de proveedores y la colocación de bonos y títulos, que se celebrenexclusivamente con residentes. Así mismo incluye las comisiones por obligaciones asumidas por la Nación ensu condición de garante.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 5802 – Comisiones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor reclasificado a la cuenta “Comisiones deuda pública interna de corto plazo por amortizar en lavigencia”.

2- El valor de las comisiones de deuda transferida a la Nación por su condición de garante.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las comisiones causadas.2- El valor de las comisiones de deuda asumida por la Nación.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2282

PASIVO OPERACIONES DECRÉDITO PÚBLICO

COMISIONES DEUDA PÚBLICA INTERNA DELARGO PLAZO POR AMORTIZAR EN LA VIGENCIA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 284

DESCRIPCIÓN

Representa las obligaciones contractuales de largo plazo, exigibles en la vigencia, por concepto de comisiones,originados en operaciones de empréstitos, créditos de proveedores y colocación de bonos y títulos autorizadoscon residentes, los cuales son reclasificados de la cuenta “Comisiones deuda pública interna de largo plazo”.

Su contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2283 – Comisiones deuda públicainterna de largo plazo.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de las comisiones.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los traslados para amortizar en la vigencia correspondiente a aquellos compromisos porcomisiones de deuda pública interna de largo plazo que se encuentren en la etapa de obligación de laejecución presupuestal.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2283

PASIVO OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO COMISIONES DEUDA PÚBLICAINTERNA DE LARGO PLAZO

DESCRIPCIÓN

Registra las comisiones causadas sobre la deuda pública interna contratada y los créditos de proveedores, conplazo para su pago superior a un año, que se celebren exclusivamente con residentes. Así mismo incluye, elvalor de las comisiones originadas en la colocación de bonos y títulos, en subastas o mediante suscripciónconvenida o forzosa. Así mismo incluye las comisiones por obligaciones asumidas por la Nación en sucondición de garante.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 5802 – Comisiones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor reclasificado a la cuenta “Comisiones deuda pública interna de largo plazo por amortizar en lavigencia”.

2- El valor de las comisiones de deuda transferida a la Nación por su condición de garante.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las comisiones causadas.2- El valor de las comisiones de deuda asumida por la Nación.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 285

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2284

PASIVO OPERACIONES DECRÉDITO PÚBLICO

COMISIONES DEUDA PÚBLICA EXTERNA DELARGO PLAZO POR AMORTIZAR EN LA VIGENCIA

DESCRIPCIÓN

Representa las obligaciones contractuales de largo plazo, exigibles en la vigencia, por concepto de comisiones,originados en operaciones de empréstitos, créditos de proveedores y colocación de bonos y títulos autorizados,los cuales son reclasificados de la cuenta “Comisiones deuda pública externa de largo plazo”.

Su contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2285 – Comisiones deuda públicaexterna de largo plazo.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1. El valor de la cancelación de las comisiones.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los traslados para amortizar en la vigencia correspondiente a aquellos compromisos porcomisiones de largo plazo que se encuentren en la etapa de obligación de la ejecución presupuestal.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2285

PASIVO OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO COMISIONES DEUDA PÚBLICAEXTERNA DE LARGO PLAZO

DESCRIPCIÓN

Registra las comisiones causadas sobre la deuda pública externa contratada y créditos de proveedores, conplazo para su pago superior a un año, que se celebren exclusivamente con no residentes. Así mismo incluye, elvalor de las comisiones originadas en la colocación de bonos y títulos en el exterior. Así mismo incluye lascomisiones por obligaciones asumidas por la Nación en su condición de garante.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 5802 – Comisiones.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 286

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor reclasificado a la cuenta “Comisiones deuda pública externa de largo plazo por amortizar en lavigencia”.

2- El valor de las comisiones de deuda transferida a la Nación por su condición de garante.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las comisiones causadas.2- El valor de las comisiones de deuda asumida por la Nación.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2286

PASIVO OPERACIONES DECRÉDITO PÚBLICO

COMISIONES PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALES DECORTO PLAZO POR AMORTIZAR EN LA VIGENCIA

DESCRIPCIÓN

Representa las obligaciones de corto plazo, exigibles la vigencia, por concepto de comisiones, correspondientesa acuerdos de pago, créditos presupuestarios y prestamos de empresas no financieras, los cuales sonreclasificadas de la cuenta “Comisiones préstamos gubernamentales de corto plazo”.

Su contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2287 – Comisiones préstamosgubernamentales de corto plazo.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de las comisiones de préstamos gubernamentales.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los traslados para amortizar en la vigencia correspondiente a aquellos compromisos de cortoplazo por concepto de comisiones que se encuentren en la etapa de obligación de la ejecuciónpresupuestal.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2287

PASIVO OPERACIONES DE CRÉDITOPÚBLICO

COMISIONES PRÉSTAMOSGUBERNAMENTALES DE CORTO PLAZO

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 287

DESCRIPCIÓN

Valor de las obligaciones con plazo igual o inferior a un año, por concepto de comisiones de préstamostransitorios, de tesorería, acuerdos de pago o créditos presupuestarios, que se obtengan de entidadesgubernamentales. Incluye el valor de las obligaciones asumidas por la Nación en su calidad de garante hastatanto se formalice un acuerdo de pago.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 5802 – Comisiones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor reclasificado a la cuenta “Comisiones préstamos gubernamentales de corto plazo por amortizar enla vigencia.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las comisiones causadas.

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2288

PASIVO OPERACIONES DECRÉDITO PÚBLICO

COMISIONES PRÉSTAMOS GUBERNAMENTALES DELARGO PLAZO POR AMORTIZAR EN LA VIGENCIA

DESCRIPCIÓN

Representa las obligaciones de largo plazo, exigibles la vigencia, por concepto de comisiones, correspondientesa acuerdos de pago, créditos presupuestarios y prestamos de empresas no financieras, las cuales sonreclasificadas de la cuenta “Comisiones préstamos gubernamentales de largo plazo”.

Su contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2289 – Comisiones préstamosgubernamentales de largo plazo.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de los préstamos gubernamentales por concepto de comisiones.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los traslados para amortizar en la vigencia correspondiente a aquellos compromisos de largoplazo que se encuentren en la etapa de obligación de la ejecución presupuestal.

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 288

CLASE GRUPO CUENTA

2 22 2289

PASIVO OPERACIONES DE CRÉDITOPÚBLICO

COMISIONES PRÉSTAMOSGUBERNAMENTALES DE LARGO PLAZO

DESCRIPCIÓN

Valor de las comisiones por obligaciones con plazo superior a un año por concepto de acuerdos de pago ocréditos presupuestarios, que se obtengan de entidades gubernamentales. Incluye el valor de las obligacionesasumidas por la Nación en su calidad de garante hasta tanto se formalice un acuerdo de pago.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 5802 – Comisiones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor reclasificado a la cuenta “Comisiones préstamos gubernamentales de largo plazo por amortizar enla vigencia.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las comisiones causadas por obligaciones con entidades gubernamentales por celebración decontratos de crédito.

CLASE GRUPO CUENTA

2 23

PASIVO OBLIGACIONES FINANCIERAS

DESCRIPCIÓN

Valor de las obligaciones, autorizadas por vía general, contraidas por el ente público con institucionesfinancieras nacionales, con el fin de solucionar deficiencias ocasionales de liquidez, que por su modalidad ytérminos de financiación, no se consideran como operaciones de crédito público propiamente dichas.

CLASE GRUPO CUENTA

2 23 2301

PASIVO OBLIGACIONES FINANCIERAS ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 289

DESCRIPCIÓN

Valor de las obligaciones financieras adquiridas por el ente público, para cubrir situaciones temporales deiliquidez pagaderas a la vista.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 1110 - Bancos y corporaciones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- La restitución de los fondos comprados.2- La cancelación de los sobregiros.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los recursos obtenidos.2- El valor de los sobregiros obtenidos.

CLASE GRUPO CUENTA

2 23 2302

PASIVO OBLIGACIONES FINANCIERAS CRÉDITOS OBTENIDOS

DESCRIPCIÓN

Valor de las obligaciones financieras de corto plazo adquiridas por los entes públicos, para cubrir situacionestransitorias de iliquidez. Igualmente deberá registrar las operaciones de financiamiento derivadas de contratosde “leasing”.

Para las entidades del nivel territorial corresponde a los créditos contratados con plazo para su pago igual oinferior a un año.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 1110 – Bancos y corporaciones y 1941 – Bienesadquiridos en “leasing financiero”

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los pagos parciales o totales de las obligaciones.2- El valor de los abonos a capital y del ejercicio de la opción de compra.3- El valor de las obligaciones rescindidas por cualquier causa.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las obligaciones adquiridas.2- El valor presente de los flujos futuros de los contratos de leasing

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Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 290

CLASE GRUPO CUENTA

2 23 2303

PASIVO OBLIGACIONES FINANCIERAS CRÉDITOS ASUMIDOS POR FNG

DESCRIPCIÓN

Valor de las obligaciones asumidas por el Fondo Nacional de Garantías - FNG, en su carácter de garante antelas instituciones financieras.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 141512 – Garantías por cobrar FNG.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El pago de las obligaciones asumidas.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las obligaciones asumidas.

CLASE GRUPO CUENTA

2 23 2315

PASIVO OBLIGACIONES FINANCIERAS FONDOS ADQUIRIDOS CONCOMPROMISO DE RECOMPRA

DESCRIPCIÓN

Valor de los fondos adquiridos por el ente público, sobre los cuales existe el compromiso de recompra deinversiones o deudores dadas en “repo” como garantía de la transacción.

Incluye el registro de los fondos obtenidos temporalmente del Banco de la República por las entidadesfinancieras como utilización del cupo ordinario o extraordinario de liquidez. Así mismo, incluye lasoperaciones “repo” efectuadas con cargo a recursos de las reservas internacionales.

Las operaciones “repo” que no se cancelen de conformidad con las condiciones pactadas o previstaslegalmente, quedarán en firme, debiendo cancelarse contra las respectivas subcuentas 1220 – Derechos derecompra de inversiones o 1427 – Derechos de recompra de deudores.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1105 – Caja, 1109 – Depósitos eninstitutos financieros y cooperativas y, 1110 – Bancos y corporaciones, según corresponda.

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Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 291

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor correspondiente al cumplimiento pactado.2- Por el incumplimiento del pacto.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los fondos recibidos.2- La utilización del cupo ordinario o extraordinario de liquidez del Banco de la República.

CLASE GRUPO CUENTA

2 23 2320

PASIVO OBLIGACIONES FINANCIERAS INTERESES ADMINISTRACIÓN DE LIQUIDEZ

DESCRIPCIÓN

Valor de los intereses por pagar de obligaciones financieras adquiridas por el ente público, para cubrirsituaciones temporales de iliquidez pagaderas a la vista.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 580106 – Intereses administración de liquidez.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los pagos parciales o totales de los intereses.2- El valor de los intereses rescindidos por cualquier causa.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los intereses causadas sobre obligaciones financieras.

CLASE GRUPO CUENTA

2 23 2321

PASIVO OBLIGACIONES FINANCIERAS INTERESES CRÉDITOS ASUMIDOS FNG

DESCRIPCIÓN

Registra el valor de los intereses por pagar en obligaciones asumidas por el Fondo Nacional de Garantías.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 580111 – Intereses sobre garantías por pagar FNG.

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 292

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los pagos parciales o totales de los intereses.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los intereses causadas sobre obligaciones financieras.

CLASE GRUPO CUENTA

2 23 2322

PASIVO OBLIGACIONES FINANCIERAS INTERESES CRÉDITOS OBTENIDOS

DESCRIPCIÓN

Valor de los intereses por pagar de obligaciones financieras a corto plazo adquiridas por los entes públicos,para cubrir situaciones transitorias de iliquidez. Igualmente deberá registrar los intereses derivados deoperaciones de financiamiento derivadas de contratos de “leasing”.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 580107 – Intereses por créditos obtenidos.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los pagos parciales o totales de los intereses.2- El valor de los intereses rescindidos por cualquier causa.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los intereses causados sobre obligaciones financieras.

CLASE GRUPO CUENTA

2 23 2323

PASIVO OBLIGACIONES FINANCIERAS INTERESES FONDOS ADQUIRIDOS CONCOMPROMISO DE RECOMPRA

DESCRIPCIÓN

Valor de los intereses por pagar de la adquisición de fondos con compromiso de recompra.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 580108 – Intereses fondos adquiridos con compromiso derecompra.

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 293

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los pagos parciales o totales de los intereses.2- El valor de los intereses rescindidos por cualquier causa.

SE ACREDITA CON:

1 - El valor de los intereses causados sobre fondos comprados con compromiso de recompra.

CLASE GRUPO CUENTA

2 24

PASIVO CUENTAS POR PAGAR

DESCRIPCIÓN

Valor de las obligaciones contraidas por el ente público, autorizadas por vía general, por concepto deadquisición de bienes o servicios, transferencias, gravámenes de carácter general, avances, anticipos ydepósitos recibidos, acreedores, subsidios, premios por pagar y los créditos judiciales.

CLASE GRUPO CUENTA

2 24 2401

PASIVO CUENTAS POR PAGAR ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS NACIONALES

DESCRIPCIÓN

Valor de las obligaciones, autorizadas por vía general, contraídas por el ente público por concepto deadquisición de bienes o servicios recibidos de proveedores nacionales, en desarrollo de su funciónadministrativa o cometido estatal. En la subcuenta 240102 – Proyectos de inversión, se registrará la adquisiciónde bienes y servicios identificados con proyectos específicos de inversión.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de bien o servicio adquirido.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor del pago parcial o total, efectuado por cada uno de los conceptos.2- El valor de la diferencia en cambio originada en las obligaciones pactadas en moneda extranjera.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las obligaciones que se adquieran por concepto de adquisición de bienes o servicios.2- El valor de la diferencia en cambio originada en las obligaciones pactadas en moneda extranjera.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 294

3- El valor de la causación de los gastos financieros en que se incurra.

CLASE GRUPO CUENTA

2 24 2403

PASIVO CUENTAS POR PAGAR TRANSFERENCIAS

DESCRIPCIÓN

Valor de las obligaciones contraídas por el ente público en desarrollo de su función administrativa o cometidoestatal, establecidos por norma legal sin contraprestación, los cuales deben transferirse a entidades del país odel exterior, públicas o privadas.

Los registros que se realicen en esta cuenta corresponden a aquellos valores que se encuentran en la etapa deobligación de la ejecución presupuestal y no sobre la base de estimaciones.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas del grupo 54 – Transferencias.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor del giro de los recursos transferidos por cada uno de los conceptos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los dineros a transferir a favor de los diferentes entes.

CLASE GRUPO CUENTA

2 24 2406

PASIVO CUENTAS POR PAGAR ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DELEXTERIOR

DESCRIPCIÓN

Valor de las obligaciones contraidas por el ente público, por concepto de adquisición de bienes o serviciosrecibidos de proveedores del exterior en desarrollo de su función administrativa o cometido estatal.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de bien o servicio adquirido.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor del pago parcial o total, efectuado por cada uno de los conceptos.2- El valor de la diferencia en cambio originada en las obligaciones pactadas en moneda extranjera.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 295

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las obligaciones que se adquieran por concepto de adquisición de bienes o servicios.2- El valor de la diferencia en cambio originada en las obligaciones pactadas en moneda extranjera.3- El valor de la causación de los gastos financieros en que se incurra.

CLASE GRUPO CUENTA

2 24 2415

PASIVO CUENTAS POR PAGAR OPERACIONES DE SEGUROS YREASEGUROS

DESCRIPCIÓN

Obligaciones a cargo del ente asegurador de carácter público, por concepto del cumplimiento de lasobligaciones pactadas en operaciones de seguros, reaseguros y las operaciones conexas.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 6412 - Gastos por Seguros o, a lareclasificación de la cuenta 2725- Provisión para seguros.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor del pago parcial o total, efectuado por cada uno de los conceptos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las obligaciones adquiridas por los diferentes conceptos de la actividad aseguradora.2- El valor de las provisiones constituidas por concepto de seguros.

CLASE GRUPO CUENTA

2 24 2420

PASIVO CUENTAS POR PAGAR APORTES POR PAGAR A AFILIADOS

DESCRIPCIÓN

Valor de las cesantías e intereses que se encuentran pendientes de pago a los afiliados, por aquellas entidadesque tiene como función la administración de las mismas.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1410 - Aportes por cobrar a entidadesafiliadas.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 296

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de las cesantías parciales o definitivas que se liquiden para aplicar a préstamos hipotecarios.2- El valor de las cesantías cuya liquidación y pago sean ordenados.3- El valor de los intereses cuya liquidación y pago sean debidamente ordenados.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los reportes efectuados por las entidades vinculadas.2- El valor estimado que debe pagar a los afiliados por concepto de cesantías e intereses.3- El valor de las cesantías parciales o definitivas que se reintegren por no haber sido reclamadas.

CLASE GRUPO CUENTA

2 24 2425

PASIVO CUENTAS POR PAGAR ACREEDORES

DESCRIPCIÓN

Valor de las obligaciones adquiridas por el ente público, en cumplimiento de su función administrativa ocometido estatal, por concepto de descuentos de nómina, servicios, excedentes financieros, saldos a favor porpagos de impuestos en exceso, excedentes de remates, aportes y otras obligaciones.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 5101- Sueldos y salarios, 5103-Contribuciones efectivas, 5104 - Aportes sobre la nómina, 5111- Gastos generales, al igual que los mismosconceptos, para las respectivas subcuentas del grupo 52- Gastos de operación, grupo 55 – Gasto público social,grupo 56 – Gasto de inversión social y la clase 7 - Costos de producción. Igualmente, contra las subcuentas delas cuentas 1110- Bancos y corporaciones, 1305 - Rentas por cobrar vigencia actual, 1310 - Rentas por cobrarvigencia anterior, 1315 - Rentas por cobrar difícil recaudo y 3225- Resultados de ejercicios anteriores.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor del pago parcial o total efectuado por cada uno de los conceptos.2- El valor de la devolución de los impuestos pagados en exceso por el contribuyente.3- El valor del giro de los excedentes financieros.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las obligaciones que se adquieran por los diferentes conceptos.2- El valor de los saldos a favor en las declaraciones tributarias y en los remates.3- El valor de los excedentes financieros generados por el ente público al final del ejercicio.4- El valor de los descuentos y aportes liquidados con base en la nómina de los empleados.5- El valor de los cheques girados no reclamados o que habiendo sido reclamados no se hicieron efectivos en

el tiempo determinado por el ente público.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 297

CLASE GRUPO CUENTA

2 24 2430

PASIVO CUENTAS POR PAGAR SUBSIDIOS ASIGNADOS

DESCRIPCIÓN

Valor de los recursos recibidos por el ente público, en virtud de un mandato legal, con el propósito deentregarlos a la comunidad para colaborar con la solución de las necesidades básicas insatisfechas. Lasempresas de servicios públicos domiciliarios, registrarán el recaudo y aplicación de los recursos destinados asubsidiar los servicios públicos domiciliarios de los estratos previstos legalmente.

La contrapartida corresponde a las subcuentas respectivas de la cuenta 1408 - Servicios Públicos Domiciliarios,1470 - Otros Deudores, y 5550 - Subsidios asignados. Cuando los subsidios sean registrados por los Fondos desolidaridad y redistribución del ingreso la contrapartida corresponde a la cuenta 1117 - Fondos de solidaridad yredistribución de ingresos para servicios públicos domiciliarios.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- Los traslados a los entes públicos o a personas beneficiarias de los subsidios.2- La aplicación de los subsidios en la compensación de saldos, de acuerdo a las normas vigentes para las

Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios.3- El traslado de los excedentes al Fondo de Solidaridad respectivo.

SE ACREDITA CON:

1- Los aportes recibidos para beneficiarios de subsidios por los diferentes conceptos.2- La causación o el recaudo de los subsidios para ser aplicados de conformidad con las normas vigentes.3- Los recursos recibidos por el Fondo de solidaridad y redistribución del ingreso, cuando como resultado del

proceso de compensación entre estractos y servicios se genera un superávit.

CLASE GRUPO CUENTA

2 24 2436

PASIVO CUENTAS POR PAGAR RETENCIÓN EN LA FUENTE E IMPUESTO DE TIMBRE

DESCRIPCIÓN

Valor recaudado por los agentes de retención frente a todos los pagos o abonos en cuenta que realicen, exceptoen aquellos casos en los cuales por expresa disposición legal no deban hacerlo.

En la subcuenta 243625- Impuesto a las ventas retenido por consignar debe registrarse el impuesto a las ventasretenido en la adquisición de bienes o servicios gravados, la cual deberá efectuarse en el momento del pago oabono en cuenta por aquellos agentes de retención definidos en la ley.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 298

La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el abono en cuenta por la adquisición de bienes yservicios y pagos laborales que generen retención en la fuente.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- Las consignaciones de los valores retenidos en favor de la administración tributaria.2- El valor por concepto de retenciones sobre el impuesto a las ventas, correspondiente a las devoluciones y

anulaciones de operaciones de bienes o servicios gravados.

SE ACREDITA CON:

1- Los valores retenidos por el ente público por los diferentes conceptos.2- Los valores correspondientes a autorretenciones realizadas por aquellos entes autorizados.3- El valor retenido por concepto de IVA por aquellos entes públicos que son agentes de retención.

CLASE GRUPO CUENTA

2 24 2437

PASIVO CUENTAS POR PAGAR RETENCIÓN DE IMPUESTO DE INDUSTRIA YCOMERCIO POR PAGAR - ICA

DESCRIPCIÓN

Registra el valor del impuesto de industria y comercio retenido por los agentes responsables cuando se realicenoperaciones gravadas.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el abono en cuenta por la adquisición de bienes yservicios que generen retención de impuesto de industria y comercio.

SE DEBITA CON:

1- La consignación de los valores retenidos.2- El valor causado por concepto de retenciones sobre el impuesto de industria y comercio, correspondiente a

las devoluciones y anulaciones de las operaciones gravadas.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la retención por compras causado al momento de abono en cuenta.2- El valor de la retención por ventas que se cause al momento de la facturación de la correspondiente venta.

CLASE GRUPO CUENTA

2 24 2440

PASIVO CUENTAS POR PAGAR IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES YTASAS POR PAGAR

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 299

DESCRIPCIÓN

Valor de las obligaciones a cargo del ente público, por concepto de impuestos, contribuciones y tasas,originados en las liquidaciones privadas y sus correcciones, liquidaciones oficiales y actos administrativos.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 5120 - Impuestos, contribuciones ytasas, 5220 - Impuestos, contribuciones y tasas, 2705 - Provisión para obligaciones fiscales y la subcuenta“Impuestos” de las cuentas de la clase 7 – Costos de producción.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los pagos efectuados.2- Los valores compensados.

SE ACREDITA CON:

1- El valor liquidado de los impuestos, contribuciones y tasas pendientes de pago.

CLASE GRUPO CUENTA

2 24 2445

PASIVO CUENTAS POR PAGAR IMPUESTO AL VALOR AGREGADO – IVA

DESCRIPCIÓN

Valor generado en la comercialización de bienes o prestación de servicios gravados, así como el valordescontable por la adquisición de bienes o servicios gravados, de acuerdo con las normas fiscales vigentes.

Por tratarse de una cuenta corriente, puede generar un saldo a favor o a cargo del ente público, producto de lasdiferentes transacciones realizadas.

En la subcuenta 244575- Impuesto a las ventas retenido (DB) deben registrarse las retenciones que le hayansido practicadas al ente público y que estén debidamente certificadas. Las cuales deberán coincidir con elperíodo de contabilización de los valores en esta subcuenta y el de inclusión en la declaración correspondientecomo mayor valor del saldo a pagar o como mayor valor del saldo a favor.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas que registran las operaciones de compra y ventade bienes y servicios gravados que generen el impuesto.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor del impuesto facturado a la entidad por la adquisición de bienes y servicios.2- El valor de los impuestos correspondientes a las devoluciones de bienes y servicios vendidos.3- Valor pagado del saldo a cargo que resulte en los respectivos bimestres.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 300

4- El valor de las retenciones debidamente certificadas que le hayan sido practicadas al ente público.

SE ACREDITA CON:

1- El valor del impuesto causado o generado por la venta de bienes o servicios gravados.2- El valor de los impuestos correspondientes a las devoluciones de bienes y servicios comprados.3- El valor trasladado a la cuenta “Anticipos o saldos a favor por impuestos y contribuciones”.4- El valor de las retenciones correspondiente a las devoluciones y anulaciones de operaciones.

CLASE GRUPO CUENTA

2 24 2450

PASIVO CUENTAS POR PAGAR AVANCES Y ANTICIPOS RECIBIDOS

DESCRIPCIÓN

Valor de los dineros recibidos por el ente público, por concepto de anticipos o avances, que se originan enventas, fondos para proyectos específicos, convenios, acuerdos y contratos, entre otros.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1105- Caja, 1110 - Bancos yCorporaciones y 1125 - Fondos especiales.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los anticipos aplicados, producto del cumplimiento de los convenios, contratos, acuerdos oentrega de bienes.

2- La legalización de avances.3- El valor de las devoluciones de los avances y anticipos recibidos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los dineros recibidos como avances y anticipos por el ente público.

CLASE GRUPO CUENTA

2 24 2455

PASIVO CUENTAS POR PAGAR DEPÓSITOS RECIBIDOS DE TERCEROS

DESCRIPCIÓN

Valor de los dineros recibidos por el ente público, para su administración, cumplimiento de contratos y otrosconceptos, de acuerdo con normas que así lo establezcan.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1105- Caja, 1110 - Bancos yCorporaciones y 1125 - Fondos especiales.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 301

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la aplicación o las devoluciones parciales o totales que hagan a los entes públicos los contratistaso depositantes.

2- El valor de las deducciones parciales o totales, de acuerdo con las especificaciones de los contratos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los depósitos recibidos.2- El valor deducido al momento de hacer los pagos a los contratistas.

CLASE GRUPO CUENTA

2 24 2460

PASIVO CUENTAS POR PAGAR CRÉDITOS JUDICIALES

DESCRIPCIÓN

Valor de las obligaciones por concepto de fallos en contra del ente público, proferidos por los jueces de laRepública, así como los mandamientos ejecutivos, conciliaciones administrativas y otras órdenes judicialesimpartidas a favor de terceros y originadas en litigios de carácter civil, laboral o administrativo.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2710 - Provisión para contingencias.En caso que el valor del fallo exceda el valor provisionado se afectará por la diferencia, el concepto del gastoque originó el proceso.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los pagos que se efectúen a favor del demandante o beneficiario.2- El menor valor originado en los ajustes, producto de las revisiones de las providencias que hayan sido

objeto de pago.

SE ACREDITA CON:

1- El valor determinado en los fallos, laudos o conciliaciones, debidamente ejecutoriadas.2- El mayor valor originado en los ajustes, producto de las revisiones a las providencias que hayan sido

objeto de pago.3- El valor reclasificado de la cuenta Provisión para contingencias por concepto de fallos, laudos o

conciliaciones, debidamente ejecutoriadas.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 302

CLASE GRUPO CUENTA

2 24 2465

PASIVO CUENTAS POR PAGAR PREMIOS POR PAGAR

DESCRIPCIÓN

Valor de las obligaciones contraidas en la explotación del monopolio de juegos de suerte y azar por conceptode premios en poder del público no reclamados.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 6420 - Juegos de Suerte y Azar.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los premios pagados al poseedor del billete, boleto o fracción premiado.2- El valor de los premios que cumplidos los términos fijados en los procedimientos establecidos por las

autoridades competentes, no hayan sido reclamados y se constituyan en ingresos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los premios a pagar a los tenedores de los billetes, boletos o fracciones ganadoras.

CLASE GRUPO CUENTA

2 24 2470

PASIVO CUENTAS POR PAGAR ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DESEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL

DESCRIPCIÓN

Registra el valor de las cotizaciones recibidas por la entidad administradora, las cuales se encuentranpendientes de transferir a los correspondientes conceptos de la seguridad social integral.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuentas 1110- Bancos y corporaciones y 1130- Fondos pensionales.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- Los valores transferidos a los diversos Fondos y entidad administradora.

SE ACREDITA CON:

1- Los valores recibidos y pendientes de transferir a los fondos que administran la seguridad social integral.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 303

CLASE GRUPO CUENTA

2 24 2475

PASIVO CUENTAS POR PAGAR FONDO DE SOLIDARIDAD Y GARANTÍA ENSALUD

DESCRIPCIÓN

Registra el valor de los recursos provenientes de las cotizaciones al sistema de seguridad social en salud, queserán objeto de compensación entre las empresas promotoras de salud – EPS y el Fondo de solidaridad ygarantía en salud - FOSYGA. Esta Cuenta es de uso exclusivo de las EPS.

La subcuenta 247503 – Superávit por compensación, registra los saldos que debe girar la EPS al FOSYGAcomo resultado del proceso de compensación.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1125 - Fondos especiales.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor cancelado a FOSYGA.2- El reconocimiento del derecho a favor de la EPS.

SE ACREDITA CON:

1 - El valor de las cotizaciones reportadas en el formulario de declaración.2 - El valor de los rendimientos generados.

CLASE GRUPO CUENTA

2 24 2480

PASIVO CUENTAS POR PAGAR ADMINISTRACIÓN Y PRESTACIÓNDE SERVICIOS DE SALUD

DESCRIPCIÓN

Registra las obligaciones a cargo de las Direcciones de Salud para la atención en salud, con los recursosdestinados para el Régimen subsidiado, el Subsidio a la oferta y el Plan de atención básica.

Igualmente, registra las obligaciones a cargo del Fondo de Solidaridad y Garantía en Salud - FOSYGA, comoresultado del proceso de compensación con las EPS., las derivadas de la aplicación de recursos destinados alSubsidio a la oferta, el apoyo a la afiliación de las madres comunitarias y las originadas en la ejecución de losrecursos de la subcuenta ECAT.

La contrapartida corresponde a las subcuentas 550208 – Subsidio a la oferta, 550209 – Plan de atenciónbásica, 550210 – Régimen subsidiado, 550212 – FOSYGA - Compensación, 550214 – FOSYGA –Solidaridad y 550215 – FOSYGA - ECAT

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 304

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los pagos totales o parciales de los diferentes conceptos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las obligaciones originadas en la contratación, por los diferentes conceptos.

CLASE GRUPO CUENTA

2 24 2490

PASIVO CUENTAS POR PAGAR OTRAS CUENTAS POR PAGAR

DESCRIPCIÓN

Valor de las obligaciones contraidas por el ente público, en desarrollo de su función administrativa o cometidoestatal que, por sus características, no se encuentran clasificadas dentro de las cuentas por pagar ya definidas.

Igualmente incluye, en la subcuenta 249011 - Esquemas de pago, aquellos planes especiales de cancelación deobligaciones acordados cuya contrapartida será la subcuenta 142511 – Depósitos entregados para construcciónde infraestructura y las correspondientes subcuentas de costos de producción en la clase 7.

La subcuenta 249012 será de uso exclusivo del FOSYGA para registrar el valor a pagar a las EPS, porconcepto del déficit originado en la compensación de los recursos administrados por el sistema de seguridadsocial en salud.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1110 - Bancos, 640102 – Cuotaspartes de pensiones y 581031 – Pérdida por operaciones de regulación económica de banca central.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los pagos totales o parciales de los diferentes conceptos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las obligaciones por los diferentes conceptos.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 305

CLASE GRUPO CUENTA

2 25

PASIVOS OBLIGACIONES LABORALES Y DESEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL

DESCRIPCIÓN

Cuentas representativas de los compromisos adquiridos con funcionarios o exfuncionarios a cargo del entepúblico, originadas en virtud de normas legales, convenciones o pactos colectivos de trabajo.

Igualmente, debe registrarse en este grupo las obligaciones a cargo de las entidades públicas que administran elsistema general de pensiones, el sistema de seguridad social en salud y el sistema de riesgos profesionales.

CLASE GRUPOCUENTA

2 25 2505

PASIVOS OBLIGACIONES LABORALES Y DESEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL

SALARIOS Y PRESTACIONESSOCIALES

DESCRIPCIÓN

Valor de las obligaciones por pagar a los empleados, y a cargo de los entes públicos, como resultado de larelación laboral existente y las originadas como consecuencia del derecho adquirido, de conformidad con lasdisposiciones legales y los acuerdos laborales existentes.

La contrapartida corresponde al concepto sueldos y salarios de los grupos 51 – gastos de administración, 52 -gastos de operación, 55 - gasto público social, 56 - gasto de inversión social y la clase 7 - costos de producción.Cuando se trate de prestaciones que previamente debieron ser provisionadas, la contrapartida corresponde a lassubcuentas que conforman la cuenta 2715 - Provisión para prestaciones sociales.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El pago parcial o total de los salarios y prestaciones sociales.2- Los traslados a los fondos administradores de cesantías de las sumas adeudadas a los servidores públicos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las liquidaciones de nómina por cada uno de los conceptos.2- El valor trasladado proveniente de los pasivos por provisiones para prestaciones sociales.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 306

CLASE GRUPOCUENTA

2 25 2510

PASIVOS OBLIGACIONES LABORALES Y DESEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL

PENSIONES POR PAGAR

DESCRIPCIÓN

Valor de las obligaciones corrientes a cargo del ente público, por concepto de nómina de pensiones dejubilación por vejez, invalidez o muerte.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 5102- Contribuciones imputadas y5203 - Contribuciones imputadas.DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los pagos de pensiones realizados.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la nómina de pensionados.

CLASE GRUPOCUENTA

2 25 2550

PASIVOS OBLIGACIONES LABORALES Y DESEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL

SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

DESCRIPCIÓN

Valor causado por las obligaciones originadas en el conjunto conformado por: los servicios orientados agarantizar y organizar el Plan Obligatorio en Salud (POS), los planes de atención complementaria y los pagosque, como reconocimiento económico, deban efectuar a los afiliados y beneficiarios del sistema.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 6402- Seguridad social en salud.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los pagos efectuados a favor de los afiliados al sistema.2- El valor de los pagos por concepto de las diferentes formas de contratación orientados a garantizar la

prestación de los servicios de salud.

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 307

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las obligaciones derivadas de la administración del sistema de seguridad social en salud.

CLASE GRUPO CUENTA

2 25 2560

PASIVOS OBLIGACIONES LABORALES Y DESEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL

RIESGOS PROFESIONALES

DESCRIPCIÓN

Obligaciones derivadas de la prestación de servicios asistenciales y del reconocimiento de prestacioneseconómicas a favor de todo afiliado al Sistema General de Riesgos Profesionales que, por accidente de trabajoo enfermedad profesional, o como consecuencia de ellos, se incapacite, invalide o muera.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 6403 - Seguridad social en riesgosprofesionales.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1 - El valor de los pagos por prestación de servicios asistenciales y de prestaciones económicas.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las obligaciones derivadas de servicios asistenciales y de prestaciones económicas a favor delafiliado.

CLASE GRUPO CUENTA

2 25 2570

PASIVOS OBLIGACIONES LABORALES Y DESEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL

PRESTACIONES POR PAGARSISTEMA DE PENSIONES

DESCRIPCIÓN

Valor causado por las obligaciones originadas en el conjunto de prestaciones y reconocimientos económicos, aque tiene derecho todo afiliado al régimen de pensiones y que los administradores del régimen de seguridad enpensiones están obligadas a garantizar.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 6401- Seguridad social en pensiones.

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Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 308

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1 - El valor de los pagos por prestación de servicios asistenciales y de prestaciones económicas.

SE ACREDITA CON:

1 - El valor de las obligaciones derivadas de servicios asistenciales y de prestaciones económicas a favor delafiliado.

CLASE GRUPO CUENTA

2 26

PASIVOS OTROS BONOS Y TITULOS EMITIDOS

DESCRIPCIÓN

Cuentas representativas de las obligaciones a cargo del ente público en reconocimiento de pasivos pensionalespor concepto de bonos emitidos de acuerdo con las normas de seguridad social vigente. Igualmente incluye elregistro de otros bonos y títulos emitidos que no constituyen deuda pública. Así como los intereses ycomisiones originados por su colocación.

CLASE GRUPO CUENTA

2 26 2625

PASIVOS OTROS BONOS Y TÍTULOS EMITIDOS BONOS PENSIONALES

DESCRIPCIÓN

Valor amortizado de las cuotas partes de bonos pensionales emitidos a nombre de las personas que decidantrasladarse al nuevo sistema de ahorro pensional, de acuerdo con las normas de seguridad social vigentes. Estacuenta deberá utilizarse por las entidades que actúen como aseguradoras y por aquellas que asumendirectamente la obligación, en este sentido.

La contrapartida de la subcuenta 262502 – Cuotas partes de bonos pensionales emitidos por amortizar,corresponde a las subcuentas 510213 y 520313– Amortización de cuotas partes de bonos pensionales emitidos,que deberá utilizarse por las entidades que reconozcan la obligación pensional en forma directa. Por su parte, lacontrapartida de la subcuenta 262504 – Asegurador – cuotas partes de bonos pensionales emitidos poramortizar, corresponde a la subcuenta 640108 – Amortización de cuotas partes de bonos pensionales emitidos,que será utilizada por aquellas entidades públicas administradoras del régimen solidario de prima media conprestación definida.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 309

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1 - El valor de la cuota parte del bono pensional cuando este se redime.2 - El valor que se traslada de la liquidación provisional de la cuota parte del bono pensional.

SE ACREDITA CON:

1 - El valor de la cuota parte del bono pensional ya emitido.2 - El valor de la cuota parte del bono pensional emitido pendiente de amortizar, al momento de su redención

CLASE GRUPO CUENTA

2 26 2630

PASIVOS OTROS BONOS Y TÍTULOS EMITIDOS TÍITULOS EMITIDOS

DESCRIPCIÓN

Valor de los títulos emitidos que por sus características no han sido clasificados en otras cuentas, dentro de loscuales se encuentran aquellos que sirven como instrumento de pago de impuestos.

La contrapartida de la subcuenta 263001 – Títulos de devolución de impuestos -TIDIS corresponde a lasubcuenta 242512 – Saldos a favor de contribuyentes, que deberá utilizarse por las entidades que dentro de susfunciones está la de administrar impuestos. Por su parte, la contrapartida de la subcuenta 263090 – Otros títulosemitidos, se relaciona con las subcuentas de las cuentas 1105 –Caja y 1110 - Bancos y corporaciones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON :

1- El valor de la redención total o parcial de los títulos colocados.

SE ACREDITA CON:

1- El valor nominal de los títulos emitidos y puestos en circulación.

CLASE GRUPO CUENTA

2 27

PASIVOS PASIVOS ESTIMADOS

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 310

DESCRIPCIÓN

Bajo esta denominación se agrupan las cuentas representativas de valores estimados por el ente público, paracubrir obligaciones, costos, gastos futuros y acreencias laborales, no determinadas.

CLASE GRUPO CUENTA

2 27 2705

PASIVOS PASIVOS ESTIMADOS PROVISIÓN PARA OBLIGACIONES FISCALES

DESCRIPCIÓN

Valor estimado de los impuestos por pagar en el período siguiente sobre la base de los resultados del ejercicioen curso.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 5313 - Provisión para obligacionesfiscales.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1 - El valor de las liquidaciones definitivas reclasificado a las respectivas cuentas acreedoras.

SE ACREDITA CON:

1 - El valor de las provisiones calculadas técnicamente para cada una de las obligaciones fiscales.

CLASE GRUPO CUENTA

2 27 2710

PASIVOS PASIVOS ESTIMADOS PROVISION PARA CONTINGENCIAS

DESCRIPCIÓN

Valor estimado, justificable, confiable y cuantificable, de obligaciones a cargo del ente público ante la probableocurrencia de eventos que afectan su situación financiera. Tal estimación deberá adelantarse medianteprocedimientos de reconocido valor técnico y no será aplicable a aquellas obligaciones contingentes quecuenten con contragarantías o sobre las cuales exista la opción de emprender procesos ejecutivos derecuperación. Cuando se trate de contingencias judiciales, que resulten en contra del ente público, éstas debenreconocerse en la fecha de notificación del primer acto del proceso.

Hasta tanto dichos eventos sean considerados como remotos o eventuales, deberán ser previamentereconocidos en las respectivas cuentas de orden.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 311

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 5314 - Provisión para contingencias.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1 - El valor de las obligaciones definitivas trasladadas a las cuentas acreedoras respectivas.2 - El valor de la provisión constituida, cuando desaparezcan las causas que la originaron.

SE ACREDITA CON:

1 - El valor de la provisión para cubrir posibles fallos.2 - El valor estimado de la contingencia de ocurrencia de eventos adversos.

CLASE GRUPO CUENTA

2 27 2715

PASIVOS PASIVOS ESTIMADOS PROVISION PARA PRESTACIONES SOCIALES

DESCRIPCIÓN

Valor estimado de las obligaciones del ente público, por concepto de acreencias laborales no consolidadas,determinadas de conformidad con las normas vigentes, convencionales o pactos colectivos.

La contrapartida corresponde al concepto sueldos y salarios de los grupos 51 – Gastos de administración, 52 -gastos de operación, 55 - Gasto público social, 56 – gasto de inversión social y la clase 7 - Costos deproducción.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1 - El valor del traslado de las provisiones a las correspondientes cuentas del pasivo.2.- El valor de las provisiones constituidas cuando no se cumpla el lleno de los requisitos para ser exigible.

SE ACREDITA CON:

1 - El valor de las provisiones calculadas técnicamente por cada una de los conceptos de prestación social.

CLASE GRUPO CUENTA

2 27 2720

PASIVOS PASIVOS ESTIMADOS PROVISIÓN PARA PENSIONES

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 312

DESCRIPCIÓN

Valor amortizado del cálculo actuarial por concepto de pensiones. El cálculo actuarial es el valor presente delas obligaciones futuras por concepto de pensiones y cuotas partes de pensiones, que el ente público deberápagar a sus afiliados que tienen o van a adquirir ese derecho, con base en estudios técnicos actuariales, deconformidad con las normas legales expedidas.

Las subcuentas 272009 a 272014, deberán ser utilizadas únicamente por aquellas entidades públicasadministradoras del régimen solidario de prima media con prestación definida y su contrapartida en el gastocorresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 6401- Seguridad social en pensiones.

Para las subcuentas 272003 a 272008 la contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta5102 y 5203 - Contribuciones imputadas y cuando sea del caso la clase 7 - costos de producción.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1 - El valor de las pensiones actuales y futuras pendientes de amortizar contra el cálculo actuarial depensiones.

2 - El valor de las cuotas partes pendientes de amortizar contra el cálculo actuarial de las cuotas partes.

SE ACREDITA CON:

1 - El valor del cálculo actuarial y su actualización periódica contra las “Pensiones por amortizar”.2 - El valor del cálculo actuarial de las cuotas partes de pensiones contra las “Cuotas partes de pensiones por

amortizar”.3 - El monto de la amortización periódica de las pensiones actuales, futuras y de las cuotas partes de

pensiones contra la respectiva cuenta del gasto.

CLASE GRUPO CUENTA

2 27 2721

PASIVO PASIVOS ESTIMADOS PROVISIÓN PARA BONOS PENSIONALES

DESCRIPCIÓN

Valor amortizado del cálculo actuarial por concepto de las liquidaciones provisionales de las cuotas partes delos bonos pensionales que debe asumir cada una de las entidades contribuyentes al valor de los mismos.

Las subcuentas 272103 y 272104, deberán ser utilizadas únicamente por aquellas entidades públicasadministradoras del régimen solidario de prima media con prestación definida y su contrapartida en el costo deoperación corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 6401- Seguridad social en pensiones.

Para las subcuentas 272101 y 272102 la contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta5102 y 5203 - Contribuciones imputadas y cuando sea del caso la clase 7 - costos de producción.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 313

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1. El valor de las liquidaciones provisionales de cuotas partes de bonos por amortizar contra la liquidaciónprovisional de las cuotas partes de bonos.

2. El menor valor originado en reliquidaciones provisionales de las cuotas partes de los bonos pensionalescontra la liquidación provisional de las cuotas partes de bonos.

3. El valor de la cuota parte del bono pensional ya emitido, trasladado a la cuenta de bonos pensionales.

SE ACREDITA CON:

1. El valor de las liquidaciones provisionales de las cuotas partes de bonos pensionales contra las cuotaspartes de bonos por amortizar

2. El mayor valor originado en reliquidaciones provisionales de las cuotas partes de los bonos pensionalescontra las cuotas partes de bonos por amortizar.

3. El monto de la amortización periódica de la liquidación provisional de las cuotas partes de bonospensiones contra la respectiva cuenta del gasto.

4. El valor de las cuotas partes pendientes de amortizar, trasladado a cuenta de bonos pensionales, una vezemitido el bono pensional.

CLASE GRUPO CUENTA

2 27 2725

PASIVO PASIVOS ESTIMADOS PROVISIÓN PARA SEGUROS

DESCRIPCIÓN

Valor estimado de las obligaciones originadas en los riesgos que deben cubrir los entes públicos de carácterasegurador, para garantizar su cumplimiento.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 6412- Por seguros.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de las obligaciones definitivas trasladadas a las cuentas acreedoras respectivas.

SE ACREDITA CON:

1- El valor estimado de la provisión para cubrir las obligaciones futuras.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 314

CLASE GRUPO CUENTA

2 27 2730

PASIVO PASIVOS ESTIMADOS PROVISIÓN FONDO DE GARANTÍAS -FOGAFIN

DESCRIPCIÓN

Registra los valores estimados por el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras - FOGAFIN para cubrirla contingencia de pago del seguro de depósito a ahorradores, o en razón de la situación financiera de unaentidad inscrita. Igualmente, registra el valor de los siniestros avisados surgidos como consecuencia de laintervención para liquidar a una institución inscrita.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 5318 – Provisión Fondo de Garantías –FOGAFIN y la subcuenta 142801 – Seguro de depósito pagados por recuperar.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- Por el seguro de depósito liquidado por pagar a favor de los beneficiarios correspondientes.2- Por el reembolso efectivo del capital garantía.

SE ACREDITA CON:

1- El valor estimado de la indemnización por seguro.2- La constitución de la provisión por concepto de riesgos en curso.3- El monto del capital garantía definido.

CLASE GRUPO CUENTA

2 27 2731

PASIVO PASIVOS ESTIMADOS PROVISIÓN FONDO DE GARANTÍAS -FOGACOOP

DESCRIPCIÓN

Registra los valores estimados por el Fondo de Garantías de Entidades Cooperativa - FOGACOOP para cubrirla contingencia de pago del seguro de depósito a ahorradores o en razón de la situación financiera de unaentidad inscrita. Igualmente, registra el valor de los siniestros avisados surgidos como consecuencia de laintervención para liquidar a una institución inscrita.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 5319 – Provisión Fondo de Garantías –FOGACOOP y la subcuenta 142901 – Seguro de depósito pagados por recuperar.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 315

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1 - Por el seguro de depósito liquidado por pagar a favor de los beneficiarios correspondientes.2 - Por el reembolso efectivo del capital garantía.

SE ACREDITA CON:

1 - El valor estimado de la indemnización por seguro.2 - La constitución de la provisión por concepto de riesgos en curso.3 - El monto del capital garantía definido.

CLASE GRUPO CUENTA

2 27 2790

PASIVO PASIVOS ESTIMADOS PROVISIONES DIVERSAS

DESCRIPCIÓN

Valor de las obligaciones estimadas efectuadas por el ente público para cubrir eventuales gastos por conceptosdiferentes a los enunciados en las cuentas anteriores.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 5317 - Provisiones diversas.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El traslado de las provisiones a las cuentas acreedoras correspondientes.2- El valor de las provisiones constituidas cuando desaparezcan la causa que la originaron.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las provisiones calculadas técnicamente o de conformidad con la norma que la establece.

CLASE GRUPO CUENTA

2 29

PASIVO OTROS PASIVOS

DESCRIPCIÓN

Cuentas representativas de las obligaciones contraidas por el ente público, en desarrollo de su funciónadministrativa o cometido estatal, que por sus características, no se incluyen en los demás grupos del pasivoanteriormente enunciados.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 316

CLASE GRUPO CUENTA

2 29 2905

PASIVO OTROS PASIVOS RECAUDOS A FAVOR DE TERCEROS

DESCRIPCIÓN

Obligaciones derivadas del recaudo de regalías, impuestos y otros conceptos, a favor de otros entes públicos,empresas privadas o personas naturales con base en normas legales, convenios o contratos.

La subcuenta 290580- Recaudos DTN por clasificar, registra por parte de esa dirección, el traslado de losvalores netos no clasificados por las entidades que conforman Sistema Integrado de Información Financiera -SIIF, al finalizar la vigencia fiscal, los cuales deben ser nuevamente trasladados en la vigencia fiscal siguientea la cuenta 472080- Recaudos DTN por clasificar

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1105 - Caja y 1110 - Bancos ycorporaciones. La subcuenta 290580 - Recaudos DTN por clasificar corresponde a la subcuenta 472080-Recaudos DTN por clasificar.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor del pago al ente público o privado.2- Los valores netos trasladados a la subcuenta 472080- Recaudos DTN por clasificar, al inicio de la

vigencia.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los dineros recibidos por los diferentes conceptos.2- Los valores netos trasladados de la subcuenta 472080- Recaudos DTN por clasificar, al finalizar la

vigencia

CLASE GRUPO CUENTA

2 29 2910

PASIVO OTROS PASIVOS INGRESOS RECIBIDOS POR ANTICIPADO

DESCRIPCIÓN

Valor de los ingresos recibidos anticipadamente por titularizaciones nacionales o en el exterior, comisiones,honorarios, arrendamientos y por otros conceptos, en desarrollo de su función administrativa o cometidoestatal, afectando económicamente varios períodos en los que se produzca la contraprestación en bienes oservicios.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 1105 - Caja y 1110 - Bancos y corporaciones.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 317

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los ingresos causados en cada ejercicio.2- El valor de las devoluciones de ingresos recibidos por no haberse prestado el servicio o entregado la

contraprestación correspondiente.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los ingresos recibidos anticipadamente por los diferentes conceptos.

CLASE GRUPO CUENTA

2 29 2915

PASIVO OTROS PASIVOS CRÉDITOS DIFERIDOS

DESCRIPCIÓN

Valor de los ingresos recibidos que debido a su origen y naturaleza tienen el carácter de pasivos y afectanvarios períodos en los que deben ser aplicados o distribuidos, tales como los ingresos recibidos por la Naciónpor concesiones otorgadas.

Registra igualmente, el valor de la corrección monetaria diferida por el ajuste por inflación de los bienes decapital en período improductivo, tales como las construcciones en curso y, el impuesto diferido que debeamortizarse en los períodos en los cuales se reviertan las diferencias temporales que lo originaron.

Así mismo, la subcuenta 291509- Ingreso en la constitución de responsabilidades, registra el exceso del valorde reposición frente al valor en libros, de los bienes sobre los cuales se hayan establecidos responsabilidades ysu contrapartida corresponde a la cuenta 1950- Responsabilidades.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1110 - Bancos y corporaciones, 1690- Depreciación diferida y 1615 - Construcciones en curso.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor del ingreso que se cause durante el período.2- El valor de la amortización de la corrección monetaria que le corresponde al activo, a partir del momento

en que entre en funcionamiento.3- El valor de la amortización del impuesto diferido.4- El valor en exceso resultante de la comparación entre el valor de reposición y el valor en libros, cuando se

constituya la responsabilidad fiscal.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los ingresos recibidos pendientes de aplicar en períodos futuros.2- El valor de la corrección monetaria generada en la aplicación de los ajustes por inflación de los activos.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 318

3- El valor del efecto en el impuesto por las diferencias temporales originadas entre la información contabley fiscal.

4- El valor en exceso resultante de la comparación entre el valor de reposición y el valor en libros.

CLASE GRUPO CUENTA

2 29 2917

PASIVO OTROS PASIVOS ANTICIPO DE IMPUESTOS

DESCRIPCIÓN

Valores liquidados por los contribuyentes y agentes de retención, en las declaraciones tributarias, que debenaplicarse por la administración de impuestos, en el momento en que se determinen los impuestos respectivos.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas del grupo 13- Rentas por cobrar.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1.- El valor de la aplicación cuando se liquiden los impuestos.

SE ACREDITA CON:

1.- El valor de los anticipos liquidados en las declaraciones tributarias.

CLASE GRUPO CUENTA

2 29 2921

PASIVO OTROS PASIVOS OPERACIONES FONDO DEGARANTÍAS - FOGAFIN

DESCRIPCIÓN

Registra los valores determinados por el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras por cancelar a losahorradores de las entidades inscritas e intervenidas para liquidar, de conformidad con las resoluciones quepara el efecto expida. Igualmente, registra los valores sobrantes por concepto de las primas de seguro dedepósito y costo de garantía, a favor de las instituciones inscritas.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2730 – Provisión fondo de garantías –FOGAFIN y la subcuenta 439521 – Operaciones fondo de garantías - FOGAFIN

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 319

1- El valor de los derechos cubiertos por seguro de depósito efectivamente cancelados.2- El valor de las devoluciones efectuadas por sobrantes de primas.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la liquidación exigible.

CLASE GRUPO CUENTA

2 29 2922

PASIVO OTROS PASIVOS OPERACIONES FONDO DEGARANTÍAS - FOGACOOP

DESCRIPCIÓN

Registra los valores determinados por el Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas por cancelar a losahorradores de las entidades inscritas e intervenidas para liquidar, de conformidad con las resoluciones quepara el efecto expida. Igualmente, registra los valores sobrantes por concepto de las primas de seguros dedepósito a favor de las instituciones inscritas.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2731 – Provisión fondo de garantías –FOGACOOP y la subcuenta 439522 – Operaciones fondo de garantías - FOGACOOP

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los derechos cubiertos por seguro de depósitos efectivamente cancelados.2- El valor de las devoluciones efectuadas por sobrantes de primas.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la liquidación exigible.

CLASE GRUPO CUENTA

2 29 2923

PASIVO OTROS PASIVOS RECURSOS EN ENTIDADES NO FINANCIERAS

DESCRIPCIÓN

Valor de los recursos captados por los entes públicos de carácter no financiero, en sus distintas modalidades, deacuerdo con las normas especiales que rigen esta clase de operaciones y entidades, tales como: cuentas de

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 320

ahorro, aportes y demás mecanismos de captación. Igualmente incluye los intereses que se generan de estasoperaciones.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 1105 - Caja.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1. La cancelación de los depósitos.2. El valor de las notas débito que se originen en las diferentes operaciones realizadas con los clientes.

SE ACREDITA CON:

1. Los depósitos realizadas.2. Las notas crédito que se originen en las diversas operaciones realizadas con sus clientes.

CLASE GRUPO CUENTA

2 29 2996

PASIVO OTROS PASIVOS OBLIGACIONES EN INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA

DESCRIPCIÓN

Representa los valores originados en saldos de elevada antigüedad pendientes de depurar en cuentas del pasivo,que fueron reclasificados una vez realizado el proceso de depuración de saldos para la correspondienteinvestigación. En todo caso, se entienden como tales, los originados con anterioridad al 1 de enero de 1996.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de obligación trasladada a “investigaciónadministrativa”.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1 - Los valores que se descarguen después del proceso de la investigación, amparados por el actoadministrativo expedido por la entidad, debidamente documentado.

SE ACREDITA CON:

1- Los valores reclasificados después del proceso de depuración de saldos que pasan a “investigaciónadministrativa”

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 321

CLASE GRUPO CUENTA

3

PATRIMONIO

DESCRIPCIÓN

Está constituido por el valor neto resultante de la diferencia entre el activo y el pasivo la cual se encuentrarepresentada en los recursos asignados o aportados al ente público, el resultado neto de las operaciones,reservas, superávit por donación, superávit por valorización, incluyendo la incorporación de bienes, derechosu obligaciones de los entes públicos.

CLASE GRUPO CUENTA

3 31

PATRIMONIO HACIENDA PÚBLICA

DESCRIPCIÓN

Bajo esta denominación se agrupan los conceptos representativos de los recursos asignados, resultado delejercicio, los superávit por valorización de activos y donación y la incorporación de bienes, derechos yobligaciones de los entes públicos. Este grupo debe ser utilizado exclusivamente por las entidades del sectorcentral de los niveles nacional y territorial.

CLASE GRUPO CUENTA

3 31 3105

PATRIMONIO HACIENDA PUBLICA CAPITAL FISCAL

DESCRIPCIÓN

Representa el valor de los recursos asignados para la creación y desarrollo de los entes públicos, el excedente odéficit incorporado del período contable anterior.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 3110 – Resultado del Ejercicio, 3125 - PatrimonioPúblico Incorporado y el valor neto de activos y pasivos dado como asignación para la constitución e inicio deactividades del ente público.

SE DEBITA CON:

1- El valor registrado en libros en caso de liquidación , supresión, disolución, fusión y escisión del ente público.2- El valor de la incorporación del déficit del ejercicio anterior.3- El valor de las obligaciones trasladadas de la cuenta patrimonio público incorporado.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 322

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los recursos asignados para el inicio de actividades del ente público.2- El valor de la incorporación del excedente del ejercicio anterior.3- El valor de los bienes y derechos trasladados de la cuenta patrimonio público incorporado.

CLASE GRUPO CUENTA

3 31 3110

PATRIMONIO HACIENDA PUBLICA RESULTADO DEL EJERCICIO

DESCRIPCIÓN

Representa el valor del excedente o déficit obtenido por el ente público, como resultado de las operacionesefectuadas durante la vigencia, en desarrollo de la función administrativa o cometido estatal.

La contrapartida corresponde a la cuenta 5905-Cierre de Ingresos, Gastos y Costos.

SE DEBITA CON:

1- El déficit que resulte de las operaciones del ejercicio.2- El traslado del excedente del ejercicio a la cuenta 3105 – Capital fiscal, al inicio del siguiente período

contable.3.- Los saldos débito de la cuenta 1995- Principal y subalternas debidamente conciliados.

SE ACREDITA CON:

1- El excedente que resulte de las operaciones del ejercicio.2- El traslado del déficit del ejercicio a la cuenta 3105 – Capital fiscal, al inicio del siguiente período contable.3.- Los saldos crédito de la cuenta 1995- Principal y subalternas debidamente conciliados.

CLASE GRUPO CUENTA

3 31 3115

PATRIMONIO HACIENDA PUBLICA SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN

DESCRIPCIÓN

Representa el aumento neto del valor en libros de los activos, determinado por avalúos o valores estimadosmediante mediciones basadas en criterios y normas de reconocido valor técnico.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta: 1999 - Valorizaciones.

SE DEBITA CON:

1- El valor de la valorización del activo vendido, dado de baja o retirado del servicio.2- El valor de la disminución de la valorización del activo.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 323

3- El valor registrado en el momento de liquidación, fusión , escisión, supresión y disolución del ente público.4- El defecto del valor intrínseco de las inversiones permanentes frente a su valor en libros, a título de

desvalorización, una vez agotada el superávit valorización.

SE ACREDITA CON:

1- El incremento por valorización de los activos.

CLASE GRUPO CUENTA

3 31 3117

PATRIMONIO HACIENDA PUBLICA SUPERÁVIT POR EL MÉTODO DE PARTICIPACIÓNPATRIMONIAL

DESCRIPCIÓN

Registra el valor correspondiente a la variación patrimonial, originada en las “variaciones partidas patrimonialesdistintas de los resultados”, que presentan las entidades receptoras de la inversión y que, por la aplicación delmétodo de participación patrimonial, debe ser registrado por la entidad inversora. Este rubro no es susceptible deser distribuido como utilidad.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 1208 - Inversiones patrimoniales método departicipación.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la disminución patrimonial del ejercicio.2- Las variaciones patrimoniales negativas originadas en las “cuentas patrimoniales distintas a los resultados

del ejercicio” producto de la aplicación del método de la participación patrimonial.

SE ACREDITA CON:

1- La reclasificación del valor del saldo existente en la cuenta 3115 - Superávit por Valorización al iniciar laaplicación del método de la participación patrimonial.

2- Las variaciones patrimoniales positivas originadas en las “cuentas patrimoniales distintas a los resultadosdel ejercicio” producto de la aplicación del método de la participación patrimonial.

CLASE GRUPO CUENTA

3 31 3120

PATRIMONIO HACIENDA PUBLICA SUPERÁVIT POR DONACIÓN

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 324

DESCRIPCIÓN

Representa los valores acumulados que el ente público ha recibido de personas naturales o jurídicas, nacionales oextranjeras, por concepto de donaciones en dinero, títulos valores, propiedades planta y equipo y otros activos, quecorrespondan a un incremento patrimonial. Igualmente, registra los traspasos de bienes y derechos entre entespúblicos de distintos niveles.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de bienes o derechos recibidos endonación.

SE DEBITA CON:

1- El valor que se tenga al momento de liquidación, fusión o escisión, supresión y disolución del ente público.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los fondos, bienes y derechos recibidos en donación.

CLASE GRUPO CUENTA

3 31 3125

PATRIMONIO HACIENDA PUBLICA PATRIMONIO PÚBLICO INCORPORADO

DESCRIPCIÓN

Representa el valor neto de la Hacienda Pública por concepto de incorporación de activos y pasivos inventariadosal inicio de las operaciones contables, correspondientes a bienes, derechos y obligaciones de los entes públicos,que no llevaban contabilidad a 31 de diciembre de 1995.

Así mismo, registra los bienes, derechos y obligaciones que se incorporaron con posterioridad al 1º. de enero de1996, que por situaciones de legalidad, trámite, valoración, medición o cualquier otra causa especial, no habíansido incluidos.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de bien, fondo, derecho u obligación quese incorpore.

SE DEBITA CON:

1- El valor de los pasivos incorporados.2- La reclasificación de los bienes y derechos incorporadas de vigencias anteriores a la cuenta “Capital fiscal”.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los Activos incorporados2- La reclasificación de las obligaciones incorporadas de vigencias anteriores a la cuenta “Capital fiscal”.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 325

CLASE GRUPO CUENTA

3 31 3127

PATRIMONIO HACIENDA PUBLICA DETERIORO POR UTILIZACIÓN DE BIENESDE BENEFICIO Y USO PÚBLICO (DB)

DESCRIPCIÓN

Representa la disminución gradual del valor de los Bienes de Beneficio y Uso Público en Servicio, por lapérdida de capacidad de utilización, originada por el uso de la comunidad u otros factores, de acuerdo con lavida útil estimada de los mismos.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1785 - Amortización acumulada debienes de beneficio y uso público.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la disminución o la cuantificación del deterioro estimado técnicamente.

SE ACREDITA CON:

1- El valor trasladado a la cuenta de capital fiscal al inicio del período contable.2- El valor de los bienes retirados por destrucción total o parcial u otras causas.

CLASE GRUPO CUENTA

3 31 3130

PATRIMONIO HACIENDA PUBLICA REVALORIZACIÓN HACIENDA PUBLICA

DESCRIPCIÓN

Representa el valor del incremento en la Hacienda Pública por concepto de la aplicación de los ajustes porinflación de acuerdo con las normas vigentes.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 313509 – Ajustes por Inflación – Patrimonio.

SE DEBITA CON:

1- El saldo registrado en el momento de la liquidación, fusión o escisión, supresión y disolución del ente público.

SE ACREDITA CON:

1- El valor del ajuste por inflación.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 326

CLASE GRUPO CUENTA

3 31 3135

PATRIMONIO HACIENDA PUBLICA AJUSTES POR INFLACIÓN

DESCRIPCIÓN

Registra la contrapartida resultante de la aplicación del sistema de los ajustes parciales por inflación efectuados alos valores contabilizados en los rubros del balance, de acuerdo con las normas vigentes.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de activo, pasivo y patrimonio de conformidad con las normasvigentes.

SE DEBITA CON:

1- El valor de los ajustes efectuados a los pasivos no monetarios.2- El valor de los ajustes efectuados a la Hacienda Pública, en las cuentas correspondientes.3- El valor de los ajustes por inflación correspondientes a la depreciación, amortización y agotamiento

acumulados.4- El valor de los ajustes correspondientes a los activos no monetarios vendidos, dados de baja o retirados del

servicio.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los ajustes efectuados a los activos no monetarios.2- El valor de los ajustes por inflación correspondientes a la depreciación, amortización y agotamiento de los

activos vendidos, dados de baja o retirados del servicio.

CLASE GRUPO CUENTA

3 32

PATRIMONIO PATRIMONIO INSTITUCIONAL

DESCRIPCIÓN

Bajo esta denominación se agrupan las cuentas representativas del valor de los aportes en dinero o especierecibidos de los entes públicos, privados o de personas naturales. Este grupo debe ser utilizado exclusivamentepor las entidades descentralizadas del nivel nacional y territorial y entes autónomos.

Deben registrarse, además, los incrementos patrimoniales como consecuencia de procesos de capitalización deutilidades, reservas o de la revalorización del patrimonio, de acuerdo con las normas relacionadas.

CLASE GRUPO CUENTA

3 32 3203

PATRIMONIO PATRIMONIO INSTITUCIONAL APORTES SOCIALES

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 327

DESCRIPCIÓN

Representa el valor del capital social de los entes públicos vinculados, de naturaleza limitada o asimiladas, deconformidad con las disposiciones legales que regulan su creación y funcionamiento.

La contrapartida corresponde al tipo de recurso, bien o derecho recibido como aporte.

SE DEBITA CON:

1- El valor del capital que se tenga en el momento de la liquidación, fusión, escisión, supresión o disolución.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los aportes sociales recibidos.

CLASE GRUPO CUENTA

3 32 3204

PATRIMONIO PATRIMONIO INSTITUCIONAL CAPITAL SUSCRITO Y PAGADO

DESCRIPCIÓN

Representa el valor del capital autorizado a los entes públicos vinculados, de naturaleza anónima o asimiladas, deconformidad con las disposiciones legales que regulan su creación y funcionamiento.

La contrapartida corresponde al tipo de recurso, bien o derecho recibido como aporte.

DINÁMICA

Capital autorizado

SE DEBITA CON:

1- El valor del capital que se tenga en el momento de la liquidación, fusión, escisión, supresión o disolución.

SE ACREDITA CON:

1- El valor del aporte autorizado en las disposiciones legales de creación, así como aquellas que autoricen suincremento.

Capital por suscribir (DB)

SE DEBITA CON:

1- El valor del aporte autorizado en las disposiciones legales de creación, así como aquellas que autoricen suincremento.

SE ACREDITA CON:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 328

1- El valor del capital que se suscriba, con cargo a la cuenta de activo o a la subcuenta 320503- Capital Suscritopor Cobrar

Capital suscrito por cobrar (DB)

SE DEBITA CON:

1- El valor del capital que se suscriba y este pendiente de recibir.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los pagos efectivamente recibidos.

CLASE GRUPO CUENTA

3 32 3206

PATRIMONIO PATRIMONIO INSTITUCIONAL CAPITAL PARAFISCAL

DESCRIPCIÓN

Representa el valor patrimonial, como resultado del recaudo y aplicación inicial de cuotas, contribucionesefectuados por particulares, en virtud de disposiciones legales contenidas en el acto de creación, las cualestienen como finalidad aplicarse específicamente a favor del sector al cual corresponden los Fondos o Cuentasespeciales, no incorporados en el Presupuesto Nacional o Territorial, y que por su naturaleza constituyenrecursos públicos, tales como los Fondos de Fomento agrícolas creados en el país.

La contrapartida corresponde al tipo de bienes o derechos recibidos como aporte.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor del capital parafiscal en el momento de la liquidación, fusión, supresión, disolución o escisión.

SE ACREDITA CON

1- El valor de los aportes iniciales y los incrementos recibidos.2- El valor de los aportes o cuotas extraordinarias que tengan como propósito incrementar el patrimonio.

CLASE GRUPO CUENTA

3 32 3208

PATRIMONIO PATRIMONIO INSTITUCIONAL CAPITAL FISCAL

DESCRIPCIÓN

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 329

Representa el valor de los aportes públicos otorgados y desembolsados para la creación de entidadesdescentralizadas adscritas y entes autónomos, de acuerdo con las disposiciones legales que regulan su creación yfuncionamiento.

La contrapartida corresponde al tipo de recurso, bien o derecho recibido como aporte.

SE DEBITA CON

1- El valor del capital en el momento de liquidación, fusión, escisión, disolución o supresión.

SE ACREDITA CON:

1- El valor del aporte autorizado en las disposiciones legales de creación, así como aquellas que autoricen suincremento.

CLASE GRUPO CUENTA

3 32 3209

PATRIMONIO PATRIMONIO INSTITUCIONAL APORTE EN ESPECIE

DESCRIPCIÓN

Representa el valor de los aportes de patrimonio que realiza el Estado a Ecopetrol, representados por el valor delas reservas de hidrocarburos extraídas por ésta, en forma directa o en la proporción que le corresponda departicipación en los contratos de asociación con terceros; Con excepción de las reservas provenientes de larevisión de concesiones que ya se cuentan contabilizadas.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman los costos de producción generados por el mayoraporte de reservas del Estado a Ecopetrol.

SE DEBITA CON:

1- La cancelación definitiva de las cuentas de patrimonio.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los aportes de reservas de hidrocarburos que el Estado realice en Ecopetrol.

CLASE GRUPO CUENTA

3 32 3210

PATRIMONIO PATRIMONIO INSTITUCIONAL PRIMA EN COLOCACIÓN DE ACCIONESCUOTAS O PARTES DE INTERES SOCIAL

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 330

DESCRIPCIÓN

Representa el mayor valor cancelado sobre el valor nominal o sobre el costo de los aportes o acciones, queconstituye una prima en colocación, representando un incremento patrimonial.

La contrapartida corresponde al tipo de fondo, bien o derecho recibido como mayor valor en la colocación deacciones, cuotas partes de interés social.

SE DEBITA CON:

1- El saldo registrado en caso de liquidación, fusión, escisión, supresión o disolución del ente público.2- El valor de la distribución a título de dividendos o participaciones, de acuerdo con las normas legales.

SE ACREDITA CON:

1- La diferencia resultante entre el precio de venta o de recolocación de las acciones, cuotas o partes de interéssocial y su valor nominal o costo de readquisición.

2- El recaudo de la prima en colocación de acciones, cuotas o partes de interés social por cobrar.

CLASE GRUPO CUENTA

3 32 3215

PATRIMONIO PATRIMONIO INSTITUCIONAL RESERVAS

DESCRIPCIÓN

Representa el valor de los recursos apropiados de los resultados obtenidos por el ente público, con el fin desatisfacer los requerimientos legales o estatutarios, para fines específicos y justificados.

El Banco de la República reportará en esta cuenta, el saldo correspondiente a la Reserva de EstabilizaciónMonetaria y Cambiaria, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 31 de 1991 y demás normas que lamodifiquen o adicionen.

La contrapartida corresponde a las subcuentas 323001 - Utilidad o excedente del ejercicio, 323003 – Utilidadacumulada por exposición a la inflación, 322501 - Utilidad o excedentes acumulados y 322503 - Utilidadacumulada por exposición a la inflación. La contrapartida de la subcuenta 321511 - Acciones y cuotas partespropias readquiridas (DB) corresponde a la cuenta 1110 – bancos y corporaciones.

SE DEBITA CON:

1- El valor de la utilización, cuando se apliquen a la situación que la originó.2- El valor del saldo registrado al momento de la liquidación, fusión, escisión, supresión o disolución del ente

público.3- El valor pagado en la readquisición de acciones o cuotas partes de interés social.

SE ACREDITA CON:

1- El valor apropiado de los resultados.2- El valor de recolocación de las acciones y cuotas partes readquiridas.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 331

CLASE GRUPO CUENTA

3 32 3220

PATRIMONIO PATRIMONIOINSTITUCIONAL

DIVIDENDOS Y PARTICIPACIONESDECRETADOS

DESCRIPCIÓN

Representa el valor apropiado del resultado del ejercicio y de las ganancias acumuladas hasta tanto se efectúe lacorrespondiente emisión de acciones, cuotas o partes de interés social y los traslados en las respectivas cuentaspatrimoniales.

La contrapartida corresponde a las subcuentas 323001 - Utilidad o excedente del ejercicio, 323003 – Utilidadacumulada por exposición a la inflación, 322501 - Utilidad o excedentes acumulados y 322503 - Utilidadacumulada por exposición a la inflación.

SE DEBITA CON:

1- El valor pagado en acciones o cuotas o partes de interés social.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los dividendos decretados pagaderos en acciones.2- El valor de las utilidades decretadas pagaderas en cuotas de participación.

CLASE GRUPO CUENTA

3 32 3224

PATRIMONIO PATRIMONIOINSTITUCIONAL

EXCEDENTES FINANCIEROS DISTRIBUIDOS ENEXCESO SOBRE UTILIDADES (DB)

DESCRIPCIÓN

Representa el mayor valor sobre las utilidades, girado por los establecimientos públicos y las empresa industrialesy comerciales del estado no societarias, en calidad de excedentes financieros, de acuerdo a la normatividadvigente.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1110 - Bancos y corporaciones.

SE DEBITA CON:

1. El valor pagado por concepto de excedentes financieros que excede las utilidades.

SE ACREDITA CON:

1. El valor de las devoluciones o reintegros generadas en la mayor distribución de excedente financieros sobrelas utilidades.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 332

CLASE GRUPO CUENTA

3 32 3225

PATRIMONIO PATRIMONIO INSTITUCIONAL RESULTADOS DE EJERCICIOS ANTERIORES

DESCRIPCIÓN

Representa el valor de los resultados no distribuidos, provenientes del resultado neto de los ejercicios anteriores ysobre los cuales está pendiente la decisión de su aplicación a reservas o distribución de utilidades; al igual que elvalor de las pérdidas o déficits no absorbidos, separando los resultados correspondientes a los ajustes porinflación.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 3230-Resultados del Ejercicio.

SE DEBITA CON:

1- El valor de las pérdidas o déficits acumuladas.2- La distribución dispuesta por el máximo órgano social u organismo competente.3.- El traslado de los saldos débito de la subcuenta 323005 - Principal y subalterna.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las utilidades o excedentes que se encuentran a disposición del máximo órgano social u organismocompetente.

2- El valor de la absorción d e las pérdidas o déficits mediante la aplicación de utilidades o excedentes.3.- El traslado de los saldos crédito de la subcuenta 323005 - Principal y subalterna.

CLASE GRUPO CUENTA

3 32 3226

PATRIMONIO PATRIMONIOINSTITUCIONAL

RESULTADOS DE EJERCICIOSANTERIORES BANCO DE LA REPÚBLICA

DESCRIPCIÓN

Representa el valor de los resultados no distribuidos del emisor, provenientes del resultado neto de los ejerciciosanteriores y sobre los cuales está pendiente la decisión de su aplicación a reservas o distribución de utilidades; aligual que el valor de las pérdidas o déficits no absorbidos.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 3231-Resultados del Ejercicio – Banco de laRepública.

SE DEBITA CON:

1- El valor de las pérdidas o déficits acumuladas.2- La distribución dispuesta por el máximo órgano social u organismo competente.3- El valor de la distribución de excedentes.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 333

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las utilidades o excedentes que se encuentran a disposición del máximo órgano social u organismocompetente.

2- El valor de la absorción de las pérdidas o déficits mediante la aplicación de utilidades o excedentes.

CLASE GRUPO CUENTA

3 32 3227

PATRIMONIO PATRIMONIOINSTITUCIONAL

RESULTADOS DE EJERCICIOSANTERIORES, FONDOS DE GARANTÍAS

DESCRIPCIÓN

Representa el valor de los resultados no distribuidos de los fondos de garantías de entidades financieras ocooperativas provenientes del resultado neto de los ejercicios anteriores y sobre los cuales está pendiente ladecisión de su aplicación a reservas o distribución de utilidades; al igual que el valor de las pérdidas o déficits noabsorbidos.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 3232 - Resultados del Ejercicio – Fondos de Garantías.

SE DEBITA CON:

1- El valor de las pérdidas o déficits acumuladas.2- La distribución dispuesta por el máximo órgano social u organismo competente.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las utilidades o excedentes que se encuentran a disposición del máximo órgano social u organismocompetente.

2- El valor de la absorción de las pérdidas o déficits mediante la aplicación de utilidades o excedentes.

CLASE GRUPO CUENTA

3 32 3230

PATRIMONIO PATRIMONIO INSTITUCIONAL RESULTADOS DEL EJERCICIO

DESCRIPCIÓN

Representa el valor del resultado obtenido por el ente público, como consecuencia de las operaciones realizadasdurante el período, diferenciando la parte correspondiente a los resultados por exposición a la inflación.

La contrapartida de las subcuentas 323001 – Utilidad o excedente del ejercicio y 323002 – Pérdida o déficit delejercicio corresponde a la subcuenta 590501 - Cierre de ingresos, gastos y costos. Por su parte, la contrapartida dela subcuenta 323003 – Utilidad por exposición a la inflación y 323004 – Pérdida por exposición a la inflacióncorresponde a la subcuenta 590502 – Cierre de corrección monetaria.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 334

Utilidad o excedente

SE DEBITA CON:

1- El valor de las aplicaciones o distribución de utilidades o excedentes.2- El valor del traslado a la subcuenta 322501 - Utilidad o Excedentes Acumulados.3- El valor de las aplicaciones o distribución de utilidad por exposición a la inflación.4- El valor del traslado a la subcuenta 322503 - Utilidad acumulada por exposición a la inflación.

SE ACREDITA CON:

1- El valor que resulte del cierre de ingresos, gastos y costos.2- El valor que resulte del cierre de saldo crédito de la cuenta 4905 – Corrección monetaria.

Pérdida o déficit

SE DEBITA CON:

1- El valor que resulte del cierre de ingresos, gastos y costos como consecuencia del cierre del ejercicio.2- El valor que resulte del cierre del saldo débito de la cuenta 4905 – Corrección monetaria.

SE ACREDITA CON:

1- El valor del traslado a la subcuenta 322502 - Pérdidas o Déficit Acumulados.2- El valor del traslado a la subcuenta 322504 – Pérdida acumulada por exposición a la inflación.

Saldos conciliados de la cuenta principal y subalterna

SE DEBITA CON:

1.- Los saldos débito de la cuenta 1995- Principal y subalternas debidamente conciliados.2.- El traslado de los saldos crédito a la subcuenta 322505 - Principal y subalterna.

SE ACREDITA CON:

1.- Los saldos crédito de la cuenta 1995- Principal y subalternas debidamente conciliados2.- El traslado de los saldos débito a la subcuenta 322505 - Principal y subalterna.

CLASE GRUPO CUENTA

3 32 3231

PATRIMONIO PATRIMONIOINSTITUCIONAL

RESULTADOS DEL EJERCICIO BANCO DE LAREPÚBLICA

DESCRIPCIÓN

Representa el valor del resultado obtenido por el Banco Central, como consecuencia de las operaciones realizadasdurante el período.

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Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 335

La contrapartida de las subcuentas 323101 – Utilidad o excedente del ejercicio y 323102 – Pérdida o déficit delejercicio corresponde a la subcuenta 590501 - Cierre de ingresos, gastos y costos.

Utilidad o excedente

SE DEBITA CON:

1- El valor de las aplicaciones o distribución de utilidades o excedentes.2- El valor del traslado a la subcuenta 322601 - Utilidad o Excedentes Acumulados.3- El valor de las aplicaciones o distribución de utilidad por exposición a la inflación.4- El valor del traslado a la subcuenta 322603 - Utilidad acumulada por exposición a la inflación.

SE ACREDITA CON:

1- El valor que resulte del cierre de ingresos, gastos y costos.2- El valor que resulte del cierre del saldo crédito de la cuenta 4905 – Corrección Monetaria

Pérdida o déficit

SE DEBITA CON:

1- El valor que resulte del cierre de ingresos, gastos y costos como consecuencia del cierre del ejercicio.2- El valor que resulte del cierre del saldo débito de la cuenta 4905 – Corrección monetaria.

SE ACREDITA CON:

1- El valor del traslado a la subcuenta 322602 - Pérdidas o Déficit Acumulados.2- El valor del traslado a la subcuenta 322604 – Pérdida acumulada por exposición a la inflación.

CLASE GRUPO CUENTA

3 32 3232

PATRIMONIO PATRIMONIOINSTITUCIONAL

RESULTADOS DEL EJERCICIO FONDOS DE GARANTÍA

DESCRIPCIÓN

Representa el valor del resultado obtenido por los Fondos de Garantías de instituciones financieras o cooperativas,como consecuencia de las operaciones realizadas durante el período.

La contrapartida de las subcuentas 323201 – Utilidad o excedente del ejercicio y 323202 – Pérdida o déficit delejercicio corresponde a la subcuenta 590501 - Cierre de ingresos, gastos y costos.

Utilidad o excedente

SE DEBITA CON:

1- El valor de las aplicaciones o distribución de utilidades o excedentes.2- El valor del traslado a la subcuenta 322701 - Utilidad o Excedentes Acumulados.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 336

3- El valor de las aplicaciones o distribución de utilidad por exposición a la inflación.4- El valor del traslado a la subcuenta 322703 - Utilidad acumulada por exposición a la inflación.

SE ACREDITA CON:

1- El valor que resulte del cierre de ingresos, gastos y costos.2- El valor que resulte del cierre del saldo crédito de la cuenta 4905 – Corrección Monetaria

Pérdida o déficit

SE DEBITA CON:

1- El valor que resulte del cierre del saldo débito de la cuenta 4905 – Corrección monetaria.2- El valor que resulte del cierre de ingresos, gastos y costos como consecuencia del cierre del ejercicio.

SE ACREDITA CON:

1- El valor del traslado a la subcuenta 322702 - Pérdidas o Déficit Acumulados.2- El valor del traslado a la subcuenta 322704 – Pérdida acumulada por exposición a la inflación.

CLASE GRUPO CUENTA

3 32 3235

PATRIMONIO PATRIMONIO INSTITUCIONAL SUPERÁVIT POR DONACIÓN

DESCRIPCIÓN

Representa los valores acumulados que el ente público ha recibido de personas naturales o jurídicas, nacionales oextranjeras, por concepto de donaciones en dinero, bienes tangibles, títulos valores u otros activos, tales comopropiedad, planta y equipo, que correspondan a un incremento patrimonial. Igualmente, registra los traspasos debienes y derechos entre entes públicos de distintos niveles.

La contrapartida corresponde al tipo de bienes y derechos recibidos en donación.

SE DEBITA CON:

1- El valor que se tenga al momento de liquidación, fusión , escisión, disolución y supresión del ente público.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los fondos, bienes o títulos recibidos en donación.

CLASE GRUPO CUENTA

3 32 3237

PATRIMONIO PATRIMONIOINSTITUCIONAL

SUPERÁVIT POR FORMACIÓN DE INTANGIBLES

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 337

DESCRIPCIÓN

Representa el incremento patrimonial por concepto del crédito mercantil o el conocimiento técnico, formado ovaluado por el ente público con base en métodos de reconocido valor técnico.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 1970 – Intangibles.

SE DEBITA CON:

1- Por el saldo registrado a la liquidación, fusión, escisión, supresión o disolución del ente público.

SE ACREDITA CON:

1. El valor estimado por el ente público.

CLASE GRUPO CUENTA

3 32 3240

PATRIMONIO PATRIMONIO INSTITUCIONAL SUPERÁVIT POR VALORIZACIÓN

DESCRIPCIÓN

Representa el aumento neto del valor en libros de los activos, determinado por avalúos o valores estimadosmediante mediciones basadas en criterios y normas de reconocido valor técnico.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta: 1999 - Valorizaciones

SE DEBITA CON:

1. El valor de la valorización del activo vendido, dado de baja o retirado del servicio.2. El valor de la disminución de la valorización del activo.3. El valor registrado en el momento de liquidación, fusión , escisión, supresión o disolución del ente público.4. El defecto del valor intrínseco de las inversiones permanentes frente a su valor en libros, a título de

desvalorización, una vez agotada el superávit por valorización.

SE ACREDITA CON:

1. El incremento por valorización de los activos.

CLASE GRUPO CUENTA

3 32 3242

PATRIMONIO PATRIMONIO INSTITUCIONAL SUPERÁVIT BANCO CENTRAL

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 338

DESCRIPCIÓN

Registra el valor de los incrementos patrimoniales ocasionados por el ajuste de cambio neto, producto de laliquidación de la Cuenta Especial de Cambios; por el ajuste en cambio de las reservas internacionales y por elreintegro de la inversión neta en activos destinados a la actividad cultural y científica por parte del GobiernoNacional, de acuerdo con los estatutos del Banco.

SE DEBITA CON:

1- El ajuste en cambio de las reservas internacionales ocasionado por revaluación del peso con respecto al dólarde los Estados Unidos de América.

2- Por el resultado neto de la liquidación de la Cuenta Especial de Cambios.

SE ACREDITA CON:

1- El valor que el Gobierno Nacional reintegre al Banco sobre la inversión en bienes para la actividad cultural.2- El ajuste en cambio de las reservas internacional ocasionado por devaluación de la tasa de cambio del peso

respecto al dólar de los Estados Unidos de América.3- Por el resultado neto de la liquidación de la Cuenta Especial de Cambios.

CLASE GRUPO CUENTA

3 32 3243

PATRIMONIO PATRIMONIOINSTITUCIONAL

SUPERÁVIT POR EL MÉTODO DEPARTICIPACIÓN PATRIMONIAL

DESCRIPCIÓN

Registra el valor correspondiente a la variación patrimonial, originada en las “partidas patrimoniales diferentes aresultados”, que presentan las entidades receptoras de la inversión y que, por la aplicación del método departicipación patrimonial, debe ser registrado por la entidad inversora. Este rubro no es susceptible de serdistribuido como utilidad.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta: 1208 Inversiones patrimoniales método departicipación.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la disminución patrimonial del ejercicio.2- Las variaciones patrimoniales negativas originadas en las “cuentas patrimoniales distintas a los resultados

del ejercicio” producto de la aplicación del método de la participación patrimonial.

SE ACREDITA CON:

1- La reclasificación del valor del saldo existente en la cuenta 3240 - Superávit por Valorización al iniciar laaplicación del método de la participación patrimonial.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 339

2- Las variaciones patrimoniales positivas originadas en las “cuentas patrimoniales distintas a los resultadosdel ejercicio” producto de la aplicación del método de la participación patrimonial.

CLASE GRUPO CUENTA

3 32 3245

PATRIMONIO PATRIMONIO INSTITUCIONAL REVALORIZACIÓN DEL PATRIMONIO

DESCRIPCIÓN

Representa el valor del incremento patrimonial por concepto de la aplicación de los ajustes por inflación a lascuentas de patrimonio, de acuerdo con las normas legales vigentes.

La contrapartida corresponde a las subcuentas 325009-Ajustes por Inflación - Patrimonio y 490512 - Patrimonio.

SE DEBITA CON:

1- El valor de los ajustes capitalizados.2- El valor de los ajustes al momento de la liquidación, fusión, escisión, disolución o supresión del ente público.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los ajustes por inflación aplicado sobre las cuentas del Patrimonio.

CLASE GRUPO CUENTA

3 32 3250

PATRIMONIO PATRIMONIO INSTITUCIONAL AJUSTES POR INFLACIÓN

DESCRIPCIÓN

Registra la contrapartida resultante de la aplicación del sistema de los ajustes parciales por inflación efectuados alos valores contabilizados en los rubros del balance, de acuerdo con las normas vigentes.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de activo, pasivo y patrimonio de conformidad con las normasvigentes.

SE DEBITA CON:

1- El valor de los ajustes efectuados a los pasivos no monetarios.2- El valor de los ajustes efectuados al Patrimonio Institucional, en las cuentas correspondientes.3- El valor de los ajustes por inflación correspondientes a la depreciación, amortización y agotamiento

acumulados.4- El valor de los ajustes correspondientes a los activos no monetarios vendidos, dados de baja o retirados del

servicio.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 340

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los ajustes efectuados a los activos no monetarios.2.- El valor de los ajustes por inflación correspondientes a la depreciación, amortización y agotamiento de los

activos vendidos, dados de baja o retirados del servicio.

CLASE GRUPO CUENTA

3 32 3255

PATRIMONIO PATRIMONIOINSTITUCIONAL

PATRIMONIO INSTITUCIONAL INCORPORADO

DESCRIPCIÓN

Representa el valor neto del Patrimonio Institucional por concepto de incorporación de activos y pasivosinventariados al inicio de las operaciones contables, correspondientes a bienes, derechos y obligaciones de losentes públicos, que no llevaban contabilidad a 31 de diciembre de 1995. Así mismo, registra los bienes, derechosy obligaciones incorporados con posterioridad al 1º. de enero de 1996, que por situaciones de legalidad, trámite,valoración, medición o cualquier otra causa especial, no habían sido incluidos.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de bien, fondo, derecho u obligación quese incorpore.

SE DEBITA CON:

1- El valor de los pasivos incorporados.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los activos incorporados.

CLASE GRUPO CUENTA

3 32 3257

PATRIMONIO PATRIMONIOINSTITUCIONAL

DETERIORO POR UTILIZACIÓN DE BIENESDE BENEFICIO Y USO PÚBLICO (DB)

DESCRIPCIÓN

Representa la disminución gradual del valor de los Bienes de Beneficio y Uso Público en Servicio, por lapérdida de capacidad de utilización, originada por el uso de la comunidad u otros factores, de acuerdo con lavida útil estimada de los mismos.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1785 - Amortización acumulada debienes de beneficio y uso público.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 341

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la disminución o la cuantificación del deterioro estimado técnicamente.

SE ACREDITA CON:

1. El valor trasladado a la cuenta de capital fiscal al inicio del período contable.2. El valor de los bienes retirados por destrucción total o parcial u otras causas.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 340

CLASE GRUPO CUENTA

4

INGRESOS

DESCRIPCIÓN

Cuentas representativas de los recursos percibidos por el ente público durante el período contable, endesarrollo de su función administrativa o cometido estatal, por concepto de ingresos fiscales, venta de bienesy servicios, transferencias y otros conceptos.

CLASE GRUPO CUENTA

4 41

INGRESOS INGRESOS FISCALES

DESCRIPCIÓN

Cuentas representativas de los ingresos tributarios, no tributarios, aportes y cotizaciones, rentas para fiscalesy fondos especiales, obtenidos por la nación y los entes descentralizados, territorialmente o por servicios.

CLASE GRUPO CUENTA

4 41 4105

INGRESOS INGRESOS FISCALES TRIBUTARIOS

DESCRIPCIÓN

Corresponde a los ingresos por concepto de impuestos directos e indirectos, determinados en lasdisposiciones legales por la potestad que tiene el Estado de establecer gravámenes.

El impuesto corresponde a una obligación general establecida, a través de disposiciones legales, a favor delestado para cumplir con sus necesidades y objetivos, sin que exista una contraprestación directa a favor delobligado del pago.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1305 - Vigencia actual y 2917 -Anticipo de impuestos. Cuando sobre las rentas objeto de causación se hayan recibido los flujosanticipadamente por procesos de titularización, la contrapartida corresponde a las subcuentas 291010 –procesos de titularización nacionales y 291011- procesos de titularización en el exterior, según corresponda.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 341

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de las liquidaciones de corrección que disminuyan los ingresos.2- El valor de los descuentos, exoneraciones u otros ajustes ordenados mediante providencia de funcionario

competente.3- El valor de la anulación de pagos originada en la devolución de cheques de recaudos efectuados por los

bancos recaudadores.4- La cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las liquidaciones privadas, correcciones y ajustes.2- El mayor valor establecido en las liquidaciones oficiales en firme.3- El valor de las providencias falladas en contra de los contribuyentes.

CLASE GRUPO CUENTA

4 41 4110

INGRESOS INGRESOS FISCALES NO TRIBUTARIOS

DESCRIPCIÓN

Ingresos originados en tasas y derechos pagados a cambio de bienes y servicios, así como también porconcepto de regalías. El pago de los ingresos no tributarios es la retribución abonada por el usuario de unservicio a cargo del Estado, en contrapartida a las prestaciones o ventajas que obtiene de éste.

Incluye los intereses y sanciones por el no pago de los impuestos en las fechas y plazos establecidos; asímismo las multas impuestas a los bancos que se retrasan en consignar los dineros a la Dirección del Tesoro ylas impuestas por las Superintendencias a las entidades vigiladas.

También incluye, los ingresos por rentas contractuales, que son aquellas originadas en procesos decontratación o convenios firmados entre el estado y los particulares y el producto de arrendamientos, alquilerde equipos y maquinarias.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1401- Ingresos no tributarios y la 2915– créditos diferidos.

DINÁMICA

SE DEBITA CON :

1- La cancelación de su saldo al cierre del período contable.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 342

SE ACREDITA CON:

1- Los valores causados por los diferentes conceptos.

CLASE GRUPO CUENTA

4 41 4114

INGRESOS INGRESOS FISCALES APORTES Y COTIZACIONES

DESCRIPCIÓN

Ingresos públicos con destino al ICBF, SENA y ESAP, creados por disposiciones legales, que se originan enpagos obligatorios sobre la nomina de los entes públicos y privados.

Adicionalmente, incluye la cotización para pensiones efectuadas por los funcionarios, cuando el ente públicoes responsable directo de su reconocimiento y pago.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1402 – Aportes y cotizaciones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- Los valores causados por los diferentes conceptos.

CLASE GRUPO CUENTA

4 41 4115

INGRESOS INGRESOS FISCALES RENTAS PARAFISCALES

DESCRIPCIÓN

Ingresos públicos creados por disposiciones legales, que se originan en pagos obligatorios, destinados arecuperar los costos de los servicios prestados, permitir la participación en los beneficios que se proporcioneno, contribuir al sostenimiento de entes públicos. Estos gravámenes afectan a un determinado y único gruposocial o económico y se utili1izan para el beneficio del propio sector.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 343

Los recursos del Fondo de prestaciones sociales del magisterio, provienen de los aportes patronales y de losafiliados, por concepto de cesantías, pensiones y salud. Adicionalmente, hacen parte de los ingresos delfondo, los rendimientos financieros que generan las reservas de pensiones y cesantías.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1403- Rentas parafiscales.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- Los valores causados por los diferentes conceptos.

CLASE GRUPO CUENTA

4 41 4120

INGRESOS INGRESOS FISCALES INGRESOS POR FONDOS ESPECIALES

DESCRIPCIÓN

Ingresos definidos en la ley para la prestación de un servicio público específico, así como los pertenecientes afondos sin personería jurídica, creados por la ley.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1404 – Fondos especiales.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- Los valores causados por los diferentes conceptos

CLASE GRUPO CUENTA

4 41 4195

INGRESOS INGRESOS FISCALES DEVOLUCIONES Y DESCUENTOS (DB)

DESCRIPCIÓN

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 344

Menor valor de los ingresos fiscales causados o recibidos, como consecuencia de las devoluciones ydescuentos originados en disposiciones legales.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1305 – Vigencia actual, 1310 –Vigencia anterior, 1315 – Difícil recaudo, 1401 – Ingresos no tributarios, 1402 – Aportes y cotizaciones, 1403 –Rentas parafiscales, 1404 – Fondos especiales y la subcuenta 242512 – Saldos a favor de contribuyentes.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de las devoluciones y descuentos.

SE ACREDITA CON:

1- La cancelación del saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

4 42

INGRESOS VENTA DE BIENES

DESCRIPCIÓN

Cuentas representativas de los ingresos del ente público provenientes de la comercialización de bieneselaborados o producidos, o de mercancías adquiridas, en desarrollo de su cometido estatal.

CLASE GRUPO CUENTA

4 42 4201

INGRESOS VENTA DE BIENES PRODUCTOS AGROPECUARIOS, DE SILVICULTURA YPESCA

DESCRIPCIÓN

Valor de los ingresos causados por el ente público, originados en la venta de bienes obtenidos en desarrollode actividades agropecuarias, de silvicultura y pesca.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 140601 – Productos agropecuarios, de silvicultura y pesca.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 345

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor causado en la venta de productos agrícolas, pecuarios, forestales y piscícolas.

CLASE GRUPO CUENTA

4 42 4202

INGRESOS VENTA DE BIENES PRODUCTOS DE MINAS Y MINERALES

DESCRIPCIÓN

Valor de los ingresos causados por el ente público, originados en la venta de bienes extraídos, en desarrollo desu cometido estatal.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 140602 – Productos de minas y minerales.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor causado en la venta de productos de minas y minerales extraídos.

CLASE GRUPO CUENTA

4 42 4203

INGRESOS VENTA DE BIENES PRODUCTOS ALIMENTICIOS, BEBIDAS YALCOHOLES

DESCRIPCIÓN

Valor de los ingresos causados por el ente público, originados en la venta de productos alimenticios, bebidasy alcoholes, en desarrollo de su cometido estatal.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 140603 – Productos alimenticios, bebidas y alcoholes

DINÁMICA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 346

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor causado en la venta de bienes obtenidos en las actividades de producción de alimentos, bebidasy alcoholes.

CLASE GRUPO CUENTA

4 42 4204

INGRESOS VENTA DE BIENES PRODUCTOS MANUFACTURADOS

DESCRIPCIÓN

Valor de los ingresos causados por el ente público, originados en la venta de productos manufacturados, endesarrollo de su cometido estatal.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 140604 – Productos manufacturados.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor causado en la venta de los productos manufacturados obtenidos en un proceso productivo.

CLASE GRUPO CUENTA

4 42 4206

INGRESOS VENTA DE BIENES CONSTRUCCIONES

DESCRIPCIÓN

Valor de los ingresos causados por el ente público, originados en la venta de bienes inmuebles producidos, endesarrollo de la actividad de la construcción.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 140605 – Construcciones.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 347

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor causado en la venta de edificios, casas, locales, entre otros, construidos en desarrollo de sucometido estatal.

CLASE GRUPO CUENTA

4 42 4210

INGRESOS VENTA DE BIENES BIENES COMERCIALIZADOS

DESCRIPCIÓN

Valor de los ingresos causados por el ente público, en desarrollo de su actividad de comercialización de bienesadquiridos en el mercado, sin ser sometidos a ningún proceso de transformación.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 140606 – Bienes comercializados.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor causado en la venta por los diferentes conceptos.

CLASE GRUPO CUENTA

4 42 4295

INGRESOS VENTA DE BIENES DEVOLUCIONES, REBAJAS Y DESCUENTOS EN VENTA DEBIENES (DB)

DESCRIPCIÓN

Menor valor de la venta de bienes causados por el ente público, como consecuencia de las devoluciones,rebajas y descuentos, originados en desarrollo de su cometido estatal.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 348

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1406 – Venta de bienes y 2425 –Acreedores.

DINÁMICA

SE DEBITA CON :

1- El valor de las devoluciones, rebajas y descuentos.

SE ACREDITA CON :

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

4 43

INGRESOS VENTA DE SERVICIOS

DESCRIPCIÓN

Cuentas representativas de los ingresos de los entes públicos, que provienen de las actividades sociales,comerciales, financieras y de servicios comunitarios, en desarrollo de su cometido estatal.

CLASE GRUPO CUENTA

4 43 4305

INGRESOS VENTA SERVICIOS SERVICIOS EDUCATIVOS

DESCRIPCIÓN

Valor de los ingresos causados por el ente público, originados en actividades científicas, académicas,culturales, recreativas, investigativas docentes, de extensión y asesoría, entre otras.

Los auxiliares de las subcuentas deben corresponder a los conceptos de: matrículas, inscripciones,habilitaciones, certificados, licencias, entre otros.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 140701- Servicios educativos.

DINÁMICA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 349

SE DEBITA CON :

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON :

1- El valor causado por la prestación de servicios educativos.

CLASE GRUPO CUENTA

4 43 4311

INGRESOS VENTA DE SERVICIOS ADMINISTRACIÓN DEL RÉGIMEN DE SEGURIDADSOCIAL EN SALUD

DESCRIPCIÓN

Valor de los ingresos obtenidos por las Empresas Promotoras de Salud - EPS, en la organización y garantía dela prestación de los servicios de salud incluidos en el plan obligatorio de salud – POS, de los regímenescontributivo y subsidiado.

El sistema general de seguridad social en salud reconoce a cada EPS un valor percápita, denominado Unidadde Pago por Captación - UPC.

Adicionalmente, comprende los ingresos por cuotas moderadoras, a cargo de los afiliados cotizantes ybeneficiarios, establecidas con el propósito de racionalizar el uso de los servicios del sistema y, el valor de loscopagos, que son aquellos aportes en dinero que corresponden a una parte del valor del servicio demandado ytienen como finalidad, contribuir a financiar el sistema.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1411 – Administración del régimen deseguridad social en salud.

DINÁMICA

SE DEBITA CON :

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los ingresos causados por los diferentes conceptos.

CLASE GRUPO CUENTA

4 43 4312

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 350

INGRESOS VENTA DE SERVICIOS SERVICIOS DE SALUD

DESCRIPCIÓN

Valor de los ingresos causados por el ente público, originados en la prestación de los servicios de salud yconexos, en desarrollo de su cometido estatal. Los ingresos se reconocen en los centros de costos queconforman cada una de las unidades funcionales.

Se entiende por Unidad Funcional, el conjunto de procesos específicos, los procedimientos y actividades quelos componen, los cuales son ejecutados dentro de una secuencia y límites técnicamente definidos, en dondees posible visualizar, analizar e intervenir el proceso global de la venta o producción del servicio.

Los centros de costos corresponden a la agrupación física y/o funcional de los procesos de producción dondepueden asignarse, de manera clara e independiente, recursos (físicos, tecnológicos, humanos) para lageneración del servicio.

Adicionalmente incluye el margen en la contratación en servicios de salud, cuando los servicios prestados soninferiores al valor del contrato.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1409 – Servicios de salud.

DINÁMICA

SE DEBITA CON

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON

1- El valor causado por la prestación de servicios de salud.

CLASE GRUPO CUENTA

4 43 4313

INGRESOS VENTA DE SERVICIOS ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDADSOCIAL EN RIESGOS PROFESIONALES

DESCRIPCIÓN

Monto correspondiente a los ingresos operativos obtenidos por las entidades administradoras en desarrollodel giro normal de su actividad.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1418 – Administración del sistema deseguridad social en riesgos profesionales.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 351

DINÁMICA

SE DEBITA CON

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON

1- El valor de los ingresos causados por los diferentes conceptos.

CLASE GRUPO CUENTA

4 43 4315

INGRESOS VENTA DE SERVICIOS SERVICIO DE ENERGÍA

DESCRIPCIÓN

Valor de los ingresos causados por el ente público, originados en la prestación del servicio de energía, endesarrollo de su cometido estatal.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 140801 – Servicio de energía.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor causado por la prestación del servicio de energía.

CLASE GRUPO CUENTA

4 43 4321

INGRESOS VENTA DE SERVICIOS SERVICIO DE ACUEDUCTO

DESCRIPCIÓN

Valor de los ingresos causados por el ente público, originados en la prestación del servicio de acueducto, endesarrollo de su cometido estatal.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 140802 – Servicio de acueducto.

DINÁMICA

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 352

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor causado por la prestación del servicio de acueducto.

CLASE GRUPO CUENTA

4 43 4322

INGRESOS VENTA DE SERVICIOS SERVICIO DE ALCANTARILLADO

DESCRIPCIÓN

Valor de los ingresos causados por el ente público, originados en la prestación del servicio público dealcantarillado, en desarrollo de su cometido estatal.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 140803 – Servicio de alcantarillado.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor causado por la prestación del servicio de alcantarillado.

CLASE GRUPO CUENTA

4 43 4323

INGRESOS VENTA DE SERVICIOS SERVICIO DE ASEO

DESCRIPCIÓN

Valor de los ingresos causados por el ente público, originados en la prestación del servicio de aseo, endesarrollo de su cometido estatal.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 140804 – Servicio de aseo.

DINÁMICA

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 353

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor causado por la prestación del servicio de aseo.

CLASE GRUPO CUENTA

4 43 4325

INGRESOS VENTA DE SERVICIOS SERVICIO DE GAS COMBUSTIBLE

DESCRIPCIÓN

Valor de los ingresos causados por el ente público, originados en la prestación del servicio de gascombustible, en desarrollo de su cometido estatal.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 140805 – Servicio de gas combustible.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor causado por la prestación del servicio de gas combustible.

CLASE GRUPO CUENTA

4 43 4330

INGRESOS VENTA DE SERVICIOS SERVICIO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE

DESCRIPCIÓN

Valor de los ingresos causados por el ente público originados en la prestación de servicios de tránsito, talescomo: permisos y autorizaciones, matrículas y licencias, entre otros.

Así mismo, registra los ingresos causados por el ente público, originados en la prestación del servicio detransporte y los originados en la administración de terminales de transporte.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 354

La contrapartida corresponde a la subcuenta 140702 – Servicios de tránsito y transporte.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor causado por autorizaciones de circulación y tránsito, sanciones y otros.2- El valor causado en la prestación del servicio de transporte.3- El valor causado en la prestación del servicio de terminales de transporte.4- El valor causado en la prestación de los servicios aeroportuarios y aeronáuticos.

CLASE GRUPO CUENTA

4 43 4333

INGRESOS VENTA DE SERVICIOS SERVICIOS DE COMUNICACIONES

DESCRIPCIÓN

Valor de los ingresos causados por el ente público, provenientes de la prestación de servicios decomunicaciones, tales como: correo, radiodifusión sonora y difusión por televisión.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 140711- Servicio de comunicaciones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON :

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON :

1- El valor causado por la prestación del servicio de comunicaciones.

CLASE GRUPO CUENTA

4 43 4335

INGRESOS VENTA DE SERVICIOS SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 355

DESCRIPCIÓN

Valor de los ingresos causados por el ente público, originados en la prestación del servicio detelecomunicaciones, en desarrollo de su cometido estatal.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 140806 –Servicio de telecomunicaciones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON :

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.SE ACREDITA CON :

1- El valor causado por la prestación del servicio de telecomunicaciones.

CLASE GRUPO CUENTA

4 43 4340

INGRESOS VENTA DE SERVICIOS JUEGOS DE SUERTE Y AZAR

DESCRIPCIÓN

Valor de los ingresos causados por el ente público, originados en la administración y explotación delmonopolio de juegos de suerte y azar, de acuerdo con las disposiciones legales.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 140703- Juegos de suerte y azar.

DINÁMICA

SE DEBITA CON :

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON :

1- El valor causado por cada uno de los conceptos.

CLASE GRUPO CUENTA

4 43 4345

INGRESOS VENTA DE SERVICIOS SERVICIOS HOTELEROS Y DEPROMOCIÓN TURÍSTICA

DESCRIPCIÓN

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 356

Valor de los ingresos causados por el ente público, provenientes de la prestación de servicios de hotelería ypromoción turística, en desarrollo de su cometido estatal.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 140704 – Servicios hoteleros y de promoción turística.

DINÁMICA

SE DEBITA CON :

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON :

1- El valor causado por la prestación de servicios hoteleros y de turismo.

CLASE GRUPO CUENTA

4 43 4350

INGRESOS VENTA DE SERVICIOS SERVICIOS FINANCIEROS

DESCRIPCIÓN

Valor de los ingresos causados por el ente público, que se originan en el ejercicio de su actividad financiera ode prestación de servicios financieros, en desarrollo de su cometido estatal.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 140705 – Servicios financieros.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del ejercicio contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor causado por la intermediación financiera y prestación de los servicios financieros.

CLASE GRUPO CUENTA

4 43 4353

INGRESOS VENTA DE SERVICIOS OPERACIONES DE BANCA CENTRAL

DESCRIPCIÓN

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 357

Valor de los ingresos obtenidos por el Banco Central en desarrollo de sus actividades, de acuerdo con loestablecido en la Ley 31 de 1992:

La contrapartida corresponde a la subcuenta 140710 – Operaciones de banca central.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor causado por las operaciones de banca central.

CLASE GRUPO CUENTA

4 43 4355

INGRESOS VENTA DE SERVICIOS SERVICIOS DE SEGUROS Y REASEGUROS

DESCRIPCIÓN

Valor de los ingresos causados por el ente público, originados en la emisión de pólizas o contratos de segurosy reaseguros, en desarrollo de su cometido estatal.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 140707- Servicios de seguros y reaseguros.

DINÁMICA

SE DEBITA CON :

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON :

1- El valor de los ingresos causados por los diferentes conceptos.

CLASE GRUPO CUENTA

4 43 4360

INGRESOS VENTA DE SERVICIOS SERVICIOS DE DOCUMENTACIÓN EIDENTIFICACIÓN

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 358

DESCRIPCIÓN

Valor de los ingresos causados por el ente público, por la expedición de documentos tales como: certificadosjudiciales, cédulas, tarjetas, pasaportes, entre otros, en desarrollo del cometido estatal.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 140708 –Servicios de documentación e identificación.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor causado por la expedición de documentos.

CLASE GRUPO CUENTA

4 43 4370

INGRESOS VENTA DE SERVICIOS SERVICIOS INFORMÁTICOS

DESCRIPCIÓN

Representa el valor de los ingresos causados por el ente público, por la prestación de servicios deprocesamiento en computador, actualización e implementación de programas de computación sobre los cualestenga la propiedad intelectual, arrendamiento de equipos, asistencia técnica en el área de procesamiento deinformación, convenios interadministrativos o contratos celebrados por las entidades.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 140709 – Servicios informáticos.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor causado por la prestación de los servicios de informática.

CLASE GRUPO CUENTA

4 43 4375

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 359

INGRESOS VENTA DE SERVICIOS OPERACIONES FONDO DE GARANTÍAS -FOGAFIN

DESCRIPCIÓN

Registra las primas causadas por seguro de depósito y costo de garantía, a cargo de las entidades inscritas.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 1428 – Fondo de Garantías - FOGAFIN.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.SE ACREDITA CON:

1- El valor de las primas causadas a cargo de las instituciones inscritas.

CLASE GRUPO CUENTA

4 43 4376

INGRESOS VENTA DE SERVICIOS OPERACIONES FONDO DEGARANTÍAS - FOGACOOP

DESCRIPCIÓN

Registra las primas causadas por seguro de depósito a cargo de las entidades inscritas.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 1429 – Fondo de Garantías - FOGACOOP.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las primas causadas a cargo de las instituciones inscritas.

CLASE GRUPO CUENTA

4 43 4390

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 360

INGRESOS VENTA DE SERVICIOS OTROS SERVICIOS

DESCRIPCIÓN

Valor de los ingresos causados por el ente público, provenientes de la prestación de otros servicios norelacionados en las cuentas anteriores.

La contrapartida corresponde a la subcuentas que conforman la cuenta 1407 –Prestación de servicios, segúncorresponda.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor causado por la prestación de servicios.

CLASE GRUPO CUENTA

4 43 4395

INGRESOS VENTA DE SERVICIOS DEVOLUCIONES, REBAJAS Y DESCUENTOS ENVENTA DE SERVICIOS (DB)

DESCRIPCIÓN

Menor valor de la venta de servicios causados por el ente público, como consecuencia de las devoluciones,rebajas y descuentos, en desarrollo de su cometido estatal.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1407 – Prestación de servicios, 1408– Servicios públicos, 1409 – Servicios de salud, 1411 – Administración del régimen de seguridad social ensalud. y 2425 – Acreedores.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de las devoluciones, rebajas y descuentos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 361

CLASE GRUPO CUENTA

4 44

INGRESOS TRANSFERENCIAS

DESCRIPCIÓN

Cuentas representativas de los recursos causados por el ente público, de acuerdo con la asignaciónestablecida en el presupuesto, sin contraprestación.

CLASE GRUPO CUENTA

4 44 4403

INGRESOS TRANSFERENCIAS CORRIENTES DEL GOBIERNO GENERAL

DESCRIPCIÓN

Recursos provenientes del Gobierno General, sin contraprestación, causados por el ente público, para financiarbien sea inversión social o bien, los servicios asignados por disposiciones legales.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 141303 – Corrientes del Gobierno General. El momento paraelaborar este registro, corresponde a aquél en el cual exista el derecho cierto y no sobre la base deestimaciones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las transferencias causadas de conformidad con las disposiciones legales vigentes que lasautoricen.

CLASE GRUPO CUENTA

4 44 4404

INGRESOS TRANSFERENCIAS CORRIENTES DE LAS EMPRESAS

DESCRIPCIÓN

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 362

Recursos provenientes de las empresas financieras y no financieras, sin contraprestación, causados por elente público, para financiar bien sea inversión social o bien, los servicios asignados por disposiciones legales.

La contrapartida corresponde a las subcuentas 141304 – Corrientes a las empresas no financieras y 141305 –Corrientes a las empresas financieras. El momento para elaborar este registro, corresponde a aquél en el cualexista el derecho cierto y no sobre la base de estimaciones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las transferencias causadas de conformidad con las disposiciones legales vigentes que lasautoricen.

CLASE GRUPO CUENTA

4 44 4407

INGRESOS TRANSFERENCIAS SITUADO FISCAL

DESCRIPCIÓN

Porcentaje de los ingresos corrientes de la Nación cedido a los departamentos y distritos, para la atencióndirecta, o a través de los municipios, de los servicios que se les asignen.

También incluye el situado fiscal recibido directamente por los municipios, que cumplen con las condiciones ytérminos señalados en la Ley 60 de 1993, para la descentralización de la dirección y prestación de los serviciosde salud y educación.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 141306 – Situado fiscal. El momento para elaborar este registro,corresponde a aquél en el cual exista el derecho cierto y no sobre la base de estimaciones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las transferencias causadas de conformidad con las disposiciones legales vigentes que lasautoricen.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 363

CLASE GRUPO CUENTA

4 44 4411

INGRESOS TRANSFERENCIAS DE CAPITAL DEL GOBIERNO GENERAL

DESCRIPCIÓN

Recursos recibidos del Gobierno General, con el fin de incrementar la capacidad de producción o laproductividad, en el campo de la infraestructura física, económica y social.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 141307 – De capital al Gobierno General. El momento para elaborareste registro, corresponde a aquél en el cual exista el derecho cierto y no sobre la base de estimaciones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las transferencias causadas de conformidad con las disposiciones legales vigentes que lasautoricen.

CLASE GRUPO CUENTA

4 44 4412

INGRESOS TRANSFERENCIAS DE CAPITAL DE LAS EMPRESAS

DESCRIPCIÓN

Recursos recibidos de las empresas financieras y no financieras, con el fin de incrementar la capacidad deproducción o la productividad, en el campo de la infraestructura física, económica y social.

La contrapartida corresponde a las subcuentas 141308 – De capital a las empresas no financieras y 141309 - Decapital a las empresas financieras. El momento para elaborar este registro, corresponde a aquél en el cual existael derecho cierto y no sobre la base de estimaciones.

DINÁMICA

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 364

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las transferencias causadas de conformidad con las disposiciones legales vigentes que lasautoricen.

CLASE GRUPO CUENTA

4 44 4419

INGRESOS TRANSFERENCIAS POR PARTICIPACIÓN EN LOS INGRESOS CORRIENTES DELA NACIÓN

DESCRIPCIÓN

Porcentaje de participación de los municipios y de los resguardos indígenas en los ingresos corrientes de laNación, de acuerdo a la definición de las áreas prioritarias de inversión social en los diferentes sectores,determinadas en la Ley.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 141310 – Participación de los ingresos corrientes de la Nación. Elmomento para elaborar este registro, corresponde a aquél en el cual exista el derecho cierto y no sobre la basede estimaciones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las transferencias causadas de conformidad con las disposiciones legales vigentes que lasautoricen.

CLASE GRUPO CUENTA

4 44 4421

INGRESOS TRANSFERENCIAS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL ENSALUD

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 365

DESCRIPCIÓN

Registra los recursos provenientes del Ministerio de Salud - Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA,destinados a la prestación de los servicios de salud, a través del subsidio a la oferta, régimen subsidiado yplan de atención básica.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 141311 - Del sistema general de seguridad social en salud. Elmomento para elaborar este registro, corresponde a aquél en el cual exista el derecho cierto y no sobre la basede estimaciones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las transferencias del Ministerio de salud - Fondo de solidaridad y garantía, de conformidad conlas disposiciones legales vigentes que las autoricen.

CLASE GRUPO CUENTA

4 45

INGRESOS RECURSOS DE LOS FONDOS DE LAS ENTIDADESADMINISTRADORAS DE PENSIONES

DESCRIPCIÓN

Monto correspondiente a los ingresos operativos recibidos por las administradoras, en el desarrollo del gironormal de su actividad.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2470 – Administración del sistema deseguridad social en pensiones y riesgos profesionales.

CLASE GRUPO CUENTA

4 45 4501

INGRESOS RECURSOS DE LOS FONDOS DE LAS ENTIDADESADMINISTRADORAS DE PENSIONES

COTIZACIONES

DESCRIPCIÓN

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 366

Valor que las entidades o empresas que tienen afiliados a sus trabajadores al Régimen de Prima Media conPrestación Definida consignan mensualmente en las cuentas bancarias. La parte correspondiente al 1%destinado al Fondo de Solidaridad Pensional, el banco lo consigna directamente a la fiduciaria que lo maneja.

El caso de las cotizaciones que se recaudan para la “Reserva de riesgos profesionales” tienen 7 rubrosdistintos de destinación específica. Para los restantes casos, se constituye un fondo común.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor recibido por concepto de cotizaciones para pensiones.

CLASE GRUPO CUENTA

4 45 4502

INGRESOS RECURSOS DE LOS FONDOS DE LAS ENTIDADESADMINISTRADORAS DE PENSIONES

RECUPERACIÓN DECARTERA

DESCRIPCIÓN

Valor recuperado de las cuentas por cobrar a las entidades públicas o privadas, antes de entrar en vigencia laLey 100 de 1993.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1. El valor de cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1. El valor recaudado de las cuentas por cobrar anteriores a 1993.

CLASE GRUPO CUENTA

4 45 4503

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 367

INGRESOS RECURSOS DE LOS FONDOS DE LAS ENTIDADESADMINISTRADORAS DE PENSIONES

DEVOLUCIÓN DE APORTESDE LA AFP

DESCRIPCIÓN

Valor que la empresa administradora de fondos de pensiones devuelve a la entidad administradora, cuando elafiliado se traslada de régimen de pensiones y se ha pagado la cuota total correspondiente al mes.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los aportes devueltos por la Sociedad administradora de fondos de pensiones.

CLASE GRUPO CUENTA

4 45 4504

INGRESOS RECURSOS DE LOS FONDOS DE LAS ENTIDADESADMINISTRADORAS DE PENSIONES

INTERESES DE MORA

DESCRIPCIÓN

Valor recibido de las entidades aportantes por concepto de retrasos en los siguientes pagos: cotizaciones deautoliquidaciones, bonos pensionales, cuotas partes y cartera (cuentas de cobro).

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor recaudado por concepto de intereses moratorios.

CLASE GRUPO CUENTA

4 45 4505

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Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 368

INGRESOS RECURSOS DE LOS FONDOS DE LAS ENTIDADESADMINISTRADORAS DE PENSIONES

REINTEGROSPENSIONALES

DESCRIPCIÓN

Valor de las pensiones que no han sido reclamadas, después de los seis meses de estar disponibles en elbanco.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las pensiones no reclamadas.

CLASE GRUPO CUENTA

4 45 4506

INGRESOS RECURSOS DE LOS FONDOS DE LAS ENTIDADESADMINISTRADORAS DE PENSIONES

CONVALIDACIÓNPENSIONAL

DESCRIPCIÓN

Importe que restituye los derechos del trabajador, incluyendo el derecho pensional, que sucede cuando ésteha sido retirado del trabajo por un tiempo y comienza un proceso judicial fallado a su favor y el empleador loreintegra.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los derechos pensionales reintegrados.

CLASE GRUPO CUENTA

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 369

4 45 4507

INGRESOS RECURSOS DE LOS FONDOS DE LAS ENTIDADESADMINISTRADORAS DE PENSIONES

RECONOCIMIENTODE SEMANAS

DESCRIPCIÓN

Valores que el patrono repone al trabajador, cuando no se consignan sus cotizaciones periódicas.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las cotizaciones que el patrono repone al trabajador.

CLASE GRUPO CUENTA

4 45 4508

INGRESOS RECURSOS DE LOS FONDOS DE LAS ENTIDADESADMINISTRADORAS DE PENSIONES

CONMUTACIÓNPENSIONAL

DESCRIPCIÓN

Valores que una entidad o empresa paga en efectivo, como consecuencia de su liquidación o quiebra y entregaa la administradora, el manejo de esas pensiones. Para conocer el importe a pagar, la administradora contrataun estudio actuarial y la entidad pública o privada lo cancela en su totalidad.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor recibido equivalente al estudio actuarial de aquellos afiliados de empresas liquidadas.

CLASE GRUPO CUENTA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 370

4 45 4509

INGRESOS RECURSOS DE LOS FONDOS DE LAS ENTIDADESADMINISTRADORAS DE PENSIONES

CUOTAS PARTES DEBONOS PENSIONALES

DESCRIPCIÓN

Valor causado de las cuotas partes de los bonos pensionales emitidos.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor causado de las cuotas partes de bonos pensionales.

CLASE GRUPO CUENTA

4 45 4510

INGRESOS RECURSOS DE LOS FONDOS DE LAS ENTIDADESADMINISTRADORAS DE PENSIONES

CUOTAS PARTES DEPENSIONES

DESCRIPCIÓN

Valor causado correspondiente a las cuotas partes de pensiones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor causado de las cuotas partes de pensiones.

CLASE GRUPO CUENTA

4 47

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 371

INGRESOS OPERACIONES INTERINSTITUCIONALES

DESCRIPCIÓN

Cuentas que representan las operaciones de aportes y traspaso de fondos recibidos de la administracióncentral para el desarrollo del cometido estatal. Igualmente, representan las operaciones de recaudos con o sinsituación de fondos, efectuados por un ente público, cuya causación corresponde a otro ente público delmismo nivel, encargado de la administración de los recursos. Así mismo, incluye el valor de los bienesrecibidos por el ente público, originados en operaciones que no tienen el carácter de donación.

CLASE GRUPO CUENTA

4 47 4705

INGRESOS OPERACIONESINTERINSTITUCIONALES

APORTES Y TRASPASO DE FONDOS RECIBIDOS

DESCRIPCIÓN

Valor de los recursos recibidos por los entes públicos para gastos de funcionamiento, transferencias, serviciode la deuda interna y externa, e inversión.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1106 – Cuenta única nacional y1110 – Bancos y corporaciones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los recursos recibidos.2- El valor de los reintegros recibidos por las tesorerías nacionales o territoriales, de los entes públicos, con

posterioridad al cierre de la vigencia.

CLASE GRUPO CUENTA

4 47 4720

INGRESOS OPERACIONESINTERINSTITUCIONALES

OPERACIONES DE ENLACE CONSITUACIÓN DE FONDOS

DESCRIPCIÓN

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 372

Valor de los recursos recibidos por la Dirección General del Tesoro Nacional, tesorerías del nivel territorial, olos entes públicos autorizados para recaudar ingresos corrientes, contribuciones y otros recursos, que pordisposición legal están administrados por otro ente público, responsable de su causación.

Adicionalmente, se registrarán en esta cuenta las siguientes operaciones:

En la Dirección General del Tesoro Nacional

a- Con el valor recibido por desembolsos de deuda pública de empréstitos nacionales e internacionales.b- Recaudos por abonos o cancelación de créditos otorgados por la Nación.

En la Dirección General de Crédito Público:

a- Con el valor de los flujos de fondos por concepto de créditos otorgados por la Nación.

En los entes públicos:

a- Con el valor de la devolución de fondos efectuada por la Dirección General del Tesoro Nacional, porconsignaciones en exceso, que no corresponden o por disposición legal.

b- La situación de fondos efectuada directamente por la Dirección General del Tesoro Nacional al tercero, concargo al presupuesto del ente público que autoriza el giro, tales como, las devoluciones de ingresos.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 1106 - Cuenta única nacional y 1110 – Bancos ycorporaciones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

EN LA DIRECCION GENERAL DEL TESORO NACIONAL:

1- Con el valor de los recursos recibidos.2- Con el valor de los Empréstitos Nacionales o Internacionales recibidos3- Con el abono o cancelación de créditos otorgados por la Nación y registrados en la Dirección de Crédito

Público.

EN LA DIRECCION GENERAL DEL CRÉDITO PÚBLICO:

1. Con el valor pagado por amortizaciones y servicio de la deuda2. Con el valor de créditos otorgados por la Nación.

EN LOS ENTES PÚBLICOS:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 373

1. Con el valor de las devoluciones recibidas de la Dirección General del Tesoro Nacional.2. Con la situación de fondos efectuada directamente por la Dirección General del Tesoro Nacional a los

beneficiarios directos, previa autorización del ente público.

CLASE GRUPO CUENTA

4 47 4722

INGRESOS OPERACIONESINTERINSTITUCIONALES

OPERACIONES DE ENLACE SINSITUACIÓN DE FONDOS

DESCRIPCIÓN

Registra el valor de las transacciones que dadas sus características especiales, interviene en su registro másde una entidad pública, sin que exista flujo de fondos, tales como: cruce de cuentas, crédito de proveedores,cuota de auditaje, distribución de excedentes, entre otras.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de bien, derecho u obligación objeto de latransacción.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El registro de bienes adquiridos, cuyo crédito lo registra otro ente público.2- El reconocimiento de derechos, cuyo ingreso lo registra otro ente público.3- Con el cruce de cuentas que disminuya o cancelen una obligación.

CLASE GRUPO CUENTA

4 47 4725

INGRESOS OPERACIONESINTERINSTITUCIONALES

OPERACIONES DE TRASPASO DE BIENES,DERECHOS Y OBLIGACIONES

DESCRIPCIÓN

Representa el valor de los bienes, derechos y obligaciones transferidos entre entes públicos, diferentes de lasdonaciones de bienes y derechos que realicen los entes públicos con terceros.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 374

La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de bien, derecho u obligación objeto de latransacción.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los bienes, y derechos recibidos.2- El valor de las obligaciones transferidas.

CLASE GRUPO CUENTA

4 48

INGRESOS OTROS INGRESOS

DESCRIPCIÓN

Cuentas representativas de los ingresos que percibe el ente público, que por su naturaleza no son susceptiblesde clasificarse en alguna de las cuentas definidas anteriormente.

CLASE GRUPO CUENTA

4 48 4805

INGRESOS OTROS INGRESOS FINANCIEROS

DESCRIPCIÓN

Valor de los ingresos obtenidos por el ente público, provenientes de las inversiones o depósitos efectuadosen moneda nacional o extranjera, la prestación de servicios de crédito o cualquier otra operación.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1110 – Bancos y corporaciones1470 – Otros deudores, 2216 – Prima en colocación de bonos y títulos de deuda interna de corto plazo, 2218 –Prima en colocación de bonos y títulos de deuda interna de largo plazo, 2226 - Prima en colocación de bonos ytítulos de deuda externa de corto plazo, 2228 - Prima en la colocación de bonos y títulos de deuda externa delargo plazo. Así mismo las subcuentas que correspondan del Grupo 12 – Inversiones.

DINÁMICA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 375

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor causado por los diferentes conceptos.

CLASE GRUPO CUENTA

4 48 4806

INGRESOS OTROS INGRESOS AJUSTE POR DIFERENCIA EN CAMBIO

DESCRIPCIÓN

Valor de los ingresos obtenidos por el ente público, originados en la reexpresión de bienes, derechos uobligaciones, pactados o denominados en moneda extranjera.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de bien, derecho u obligación pactados odenominados en moneda extranjera.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor causado por los diferentes conceptos.

CLASE GRUPO CUENTA

4 48 4807

INGRESOS OTROS INGRESOS UTILIDAD POR EL MÉTODO DE PARTICIPACIÓNPATRIMONIAL

DESCRIPCIÓN

Mayor valor de las inversiones patrimoniales, originado en las utilidades que presente la entidad receptora, enla proporción del aporte.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 376

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1208 – Inversiones patrimoniales –Método de participación.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor proporcional de las utilidades del ente receptor de la inversión.

CLASE GRUPO CUENTA

4 48 4810

INGRESOS OTROS INGRESOS EXTRAORDINARIOS

DESCRIPCIÓN

Valor de los ingresos percibidos por el ente público, provenientes de actividades que no corresponden a sucometido estatal y se originan en operaciones y transacciones de carácter extraordinario, entendiendo comotales aquellas que, frente a las actividades normales, no ocurren con relativa frecuencia.

La subcuenta 481023- Reintegros Vigencias Anteriores, registra los valores recaudados de vigencias anterioresno incorporados en el presupuesto del año en que se origina la operación, los cuales son base para la aperturade créditos en el Presupuesto.

La subcuenta 481043- Utilidad en titularización de activos, registra la diferencia positiva entre los flujosefectivamente recibidos con respecto al valor de los bienes y derechos titularizados.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de fondo, bien o derecho, objeto de latransacción.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor causado por los diferentes conceptos.

CLASE GRUPO CUENTA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 377

4 48 4815

INGRESOS OTROS INGRESOS AJUSTE DE EJERCICIOS ANTERIORES

DESCRIPCIÓN

Valor de las partidas correspondientes al reconocimiento y causación en la vigencia, de hechos o eventosfinancieros, económicos y sociales originados en vigencias anteriores. Igualmente registra la corrección deerrores, originados por equivocaciones matemáticas o, en la aplicación de los principios y normas contables.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de transacción, objeto de corrección.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de las correcciones de errores de períodos contables anteriores, por mayores valores causados.2- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor del reconocimiento de los hechos financieros, económicos y sociales originados en vigenciasanteriores.

2- El valor de la corrección de errores de períodos contables anteriores, por menores valores causados3- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

4 49

INGRESOS AJUSTES POR INFLACIÓN

DESCRIPCIÓN

Cuentas que registran la contrapartida de la aplicación del sistema integral de ajustes por inflación, sobre losdiferentes rubros que conforman las cuentas no monetarias del balance, excepto los inventarios, encumplimiento de los procedimientos establecidos por las normas vigentes.

CLASE GRUPO CUENTA

4 49 4905

INGRESOS AJUSTES POR INFLACIÓN CORRECCIÓN MONETARIA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 378

DESCRIPCIÓN

Contrapartidas débitos y créditos que se generan como resultado de la aplicación del sistema de ajustesintegrales, con base en el índice PAAG, sobre las cuentas no monetarias del balance, de conformidad con lasdisposiciones legales vigentes.

El cierre de esta cuenta se efectúa directamente contra las subcuentas 323003, 323103 y 323203 – Utilidad porexposición a la inflación y 323004, 323104 y 323204– Pérdida por exposición a la inflación del patrimonio.

La contrapartida corresponde a la subcuenta “Ajuste por inflación” de las clases 1 – Activos y 2 – Pasivos y,a la cuenta 3245 – Revalorización del patrimonio.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor correspondiente a los ajustes al pasivo, al patrimonio y cuentas valuativas2- La cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los ajustes por inflación efectuados a los activos no monetarios.2- La cancelación de su saldo al cierre del período contable.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 378

CLASE GRUPO CUENTA

5

GASTOS

DESCRIPCIÓN

Cuentas representativas de los recursos utilizados por el ente público, en la adquisición de bienes o serviciosnecesarios para su operación y funcionamiento, así como las transferencias de recursos a los diferentes entespúblicos.

CLASE GRUPO CUENTA

5 51

GASTOS ADMINISTRACIÓN

DESCRIPCIÓN

Cuentas representativas de los valores causados para el funcionamiento en desarrollo de actividades que sintener relación directa con el cometido estatal del ente público, sirven de apoyo para el cumplimiento de lamisión. Incluye los gastos de administración de los entes públicos que desarrollan actividades productivas ymanejen costos.

En este grupo deben registrarse además, los valores correspondientes a la disminución gradual de los activosdiferidos, siempre que se trate de gastos de administración, con el propósito de reconocer y causar el gastoeconómico.

CLASE GRUPO CUENTA

5 51 5101

GASTOS ADMINISTRACIÓN SUELDOS Y SALARIOS

DESCRIPCIÓN

Valor de la remuneración causada a favor de los servidores públicos, como retribución por la prestación de susservicios al ente público.

Comprende las siguientes clases de remuneraciones, entre otras: sueldos y salarios que se pagan de maneraregular, la remuneración por horas extras, días festivos, asignaciones por trabajar lejos del domicilio y portrabajar en el extranjero.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 379

Así mismo, incluye los sueldos y salarios por pagar a los asalariados ausentes del trabajo durante períodoscortos de tiempo, tales como vacaciones, exceptuando las ausencias por enfermedad o accidente de trabajo y,las licencias de maternidad.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2505 – salarios y prestacionessociales. Cuando se trate de la provisión de las obligaciones laborales el crédito debe corresponder a lassubcuentas que conforman la cuenta 2715- Provisión para prestaciones sociales. Cuando los sueldos ysalarios hayan sido pagados por anticipado, la contrapartida corresponde a la subcuenta 190511 – sueldos ysalarios.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1 - El valor de la causación por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1 - El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 51 5102

GASTOS ADMINISTRACIÓN CONTRIBUCIONES IMPUTADAS

DESCRIPCIÓN

Prestaciones proporcionadas por los empleadores directamente a los asalariados o a quienes dependen deellos, con cargo a sus propios recursos, tales como: subsidio familiar, sueldos y salarios pagados parcialmenteo en su totalidad a los trabajadores, ausentes del trabajo por causa de enfermedad, accidente de trabajo,licencia de maternidad y, pensiones.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2505 – salarios y prestacionessociales, 2510 - Pensiones de por pagar, 2625 - Bonos pensionales, 2720 – Provisión para pensiones y 2721 –Provisión para bonos pensiónales.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1 - El valor de la causación por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1 - El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 380

CLASE GRUPO CUENTA

5 51 5103

GASTOS ADMINISTRACIÓN CONTRIBUCIONES EFECTIVAS

DESCRIPCIÓN

Valor de las contribuciones sociales que los empleadores pagan, en beneficio de sus asalariados, a los fondosde seguridad social, a las compañías de seguros y a otras entidades responsables de la administración ygestión de los sistemas de seguridad social, a las cajas de compensación familiar y a los sindicatos, entreotros.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2425 - Acreedores varios. Cuando setrate de pagos por anticipado, la contrapartida corresponde a la subcuenta 190512 – contribuciones efectivas.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1 - El valor de la causación por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1 - El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 51 5104

GASTOS ADMINISTRACIÓN APORTES SOBRE LA NÓMINA

DESCRIPCIÓN

Valor de los gastos que se originan en pagos obligatorios sobre la nómina de las entidades públicas, condestino al ICBF, SENA, ESAP y Escuelas Industriales e Institutos Técnicos.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2425-Acreedores.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1 - El valor de la causación por cada concepto.

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 381

SE ACREDITA CON:

1 - El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 51 5111

GASTOS ADMINISTRACIÓN GENERALES

DESCRIPCIÓN

Valor de los gastos necesarios para apoyar el normal funcionamiento y desarrollo de las laboresadministrativas del ente público, diferentes a los originados en la prestación de servicios personales.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2401 - Bienes y servicios, 2425 -Acreedores, 1905 – Gastos pagados por anticipado, 1910 - Cargos diferidos y 1915 – Obras y mejoras enpropiedad ajena.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la causación por cada concepto.2- El valor correspondiente a la disminución gradual de los activos diferidos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 51 5120

GASTOS ADMINISTRACIÓN IMPUESTOS CONTRIBUCIONES Y TASAS

DESCRIPCIÓN

Valor de los tributos causados a cargo del ente público de conformidad con las disposiciones legales, talescomo: impuesto predial e industria y comercio, entre otros.

Así mismo, comprende las contribuciones de los entes públicos a las Comisiones de Regulación ySuperintendencias, y a las Contralorías por el ejercicio de la función vigilancia y control.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2440 - Impuestos, contribuciones ytasas por pagar.

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 382

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la causación por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 52

GASTOS DE OPERACIÓN

DESCRIPCIÓN

Cuentas representativas de los valores causados para el funcionamiento en desarrollo de actividades que tienerelación directa con la operación básica o cometido estatal del ente público.

En este grupo deben registrarse además, los valores correspondientes a la disminución gradual de los activosdiferidos, siempre que se trate de gastos de operación, con el propósito de reconocer y causar el gastoeconómico.

CLASE GRUPO CUENTA

5 52 5202

GASTOS DE OPERACIÓN SUELDOS Y SALARIOS

DESCRIPCIÓN

Valor de la remuneración causada a favor de los servidores públicos, como retribución por la prestación de susservicios al ente público.

Comprende las siguientes clases de remuneraciones, entre otras: sueldos y salarios que se pagan de maneraregular, la remuneración por horas extras, días festivos, asignaciones por trabajar lejos del domicilio y portrabajar en el extranjero.

Así mismo, incluye los sueldos y salarios por pagar a los asalariados ausentes del trabajo durante períodoscortos de tiempo, tales como vacaciones, exceptuando las ausencias por enfermedad o accidente de trabajo y,las licencias de maternidad.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2505- salarios y prestacionessociales. Cuando se trate de la provisión de las obligaciones laborales el crédito debe corresponder a lassubcuentas que conforman la cuenta 2715- Provisión para prestaciones sociales. Cuando los sueldos y

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 383

salarios hayan sido pagados por anticipado, la contrapartida corresponde a la subcuenta 190511 – sueldos ysalarios.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la causación por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 52 5203

GASTOS DE OPERACIÓN CONTRIBUCIONES IMPUTADAS

DESCRIPCIÓN

Prestaciones proporcionadas por los empleadores directamente a los asalariados o a quienes dependen deellos, con cargo a sus propios recursos, tales como: subsidio familiar, sueldos y salarios pagados, parcialmenteo en su totalidad, a los trabajadores, ausentes del trabajo por causa de enfermedad, accidente de trabajo,licencia de maternidad y, pensiones.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2505 – salarios y prestacionessociales, 2520 -Pensiones de por pagar, 2625 - Bonos pensionales, 2720 – Provisión para pensiones y 2721 –Provisión para bonos pensiónales.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la causación por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 52 5204

GASTOS DE OPERACIÓN CONTRIBUCIONES EFECTIVAS

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 384

DESCRIPCIÓN

Valor de las contribuciones sociales que los empleadores pagan, en beneficio de sus asalariados, a los fondosde seguridad social, a las compañías de seguros y a otras entidades responsables de la administración ygestión de los sistemas de seguridad social, a las cajas de compensación familiar y a los sindicatos, entreotros.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2425 - Acreedores varios. Cuando setrate de pagos por anticipado, la contrapartida corresponde a la subcuenta 190512 – contribuciones efectivas.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la causación por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 52 5207

GASTOS DE OPERACIÓN APORTES SOBRE LA NÓMINA

DESCRIPCIÓN

Valor de los gastos que se originan en pagos obligatorios sobre la nómina de las entidades públicas, condestino al ICBF, SENA, ESAP y Escuelas Industriales e Institutos Técnicos.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2425-Acreedores.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la causación por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

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PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA Modelo Instrumental

Consulte las subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas

Contaduría General de la Nación Capítulo 2 385

CLASE GRUPO CUENTA

5 52 5211

GASTOS DE OPERACIÓN GENERALES

DESCRIPCIÓN

Valor de los gastos necesarios para apoyar el normal funcionamiento y desarrollo de las labores operativas delente público, diferentes a los originados en la prestación de servicios personales.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2401 - Bienes y servicios, 2425-Acreedores, 1905 – Gastos pagados por anticipado, 1910 - Cargos diferidos y 1915 – Obras y mejoras enpropiedad ajena.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la causación por cada concepto.2- El valor correspondiente a la disminución gradual de los activos diferidos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 52 5220

GASTOS DE OPERACIÓN IMPUESTOS CONTRIBUCIONES Y TASAS

DESCRIPCIÓN

Valor de los tributos causados a cargo del ente público de conformidad con las disposiciones legales, talescomo: impuesto predial e industria y comercio, entre otros.

Así mismo, comprende las contribuciones de los entes públicos a las Comisiones de Regulación ySuperintendencias, y a las Contralorías por el ejercicio de la función vigilancia y control.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2440-Impuestos, contribuciones ytasas por pagar.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 386

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la causación por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 53

GASTOS PROVISIONES, AGOTAMIENTO,DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES

DESCRIPCIÓN Cuentas representativas de los gastos estimados de carácter económico, en que incurre el ente público, paracubrir contingencias de pérdidas, obligaciones de cuantía indeterminada y reflejar el valor causado por el uso,consumo o pérdida de capacidad operacional de los bienes.

CLASE GRUPO CUENTA

5 53 5302

GASTOS PROVISIONES, AGOTAMIENTOS,DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES

PROVISIÓN PARA PROTECCIÓNDE INVERSIONES

DESCRIPCIÓN Representa el valor estimado de la contingencia de pérdida, como consecuencia de dificultades financieras delemisor, en las inversiones de administración de liquidez de renta fija que no se valoran a precios de mercado,las inversiones con fines de política y las inversiones patrimoniales que se valoran por el método del costo.

Igualmente incluye, la contingencia de pérdida en inversiones patrimoniales de baja y mínima bursatilidad osin ninguna cotización que se valoran por el método del costo, así como las inversiones patrimoniales queconceden el control, con el fin de cubrir la diferencia cuando el valor de realización es inferior al costo de lainversión.

En el caso de las inversiones patrimoniales que se valoran por el método de participación, además seconstituyen provisiones, cuando la disminución en las partidas patrimoniales distintas de los resultados,exceden el superávit por el método de participación. La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1280- Provisión para protección deinversiones.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 387

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los cálculos estimados para cubrir las eventuales pérdidas.2- El defecto del valor de la inversión con respecto a su valor de realización.3- El exceso de las variaciones negativas de otras partidas patrimoniales, una vez agotado el Superávit por el

Método de Participación

SE ACREDITA CON: 1.- El valor de la disminución de las provisiones constituida en el período, al desaparecer el evento que las

originó. 2- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 53 5303

GASTOS PROVISIONES, AGOTAMIENTO,DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES

PROVISIÓN PARA RENTASPOR COBRAR

DESCRIPCIÓN

Valor de las estimaciones efectuadas por el ente público para cubrir contingencias de pérdidas como resultadodel riesgo de incobrabilidad de las rentas por cobrar, las cuales deben cálcularse y registrarse en formaindependiente por vigencia actual, vigencia anterior y de difícil cobro.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1380- Provisión para rentas porcobrar.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de las provisiones causadas durante el ejercicio.

SE ACREDITA CON:

1.- El valor de la disminución de las provisiones constituida en el período, al desaparecer el evento que lasoriginó.

2- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 388

5 53 5304

GASTOS PROVISIONES, AGOTAMIENTO,DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES

PROVISIÓN PARA DEUDORES

DESCRIPCIÓN

Valor de las estimaciones que debe efectuar el ente público para cubrir contingencias de pérdidas comoresultado del riesgo de incobrabilidad de los deudores, las cuales deben cálcularse y registrarse, de acuerdo asu clasificación por edades.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1480 - Provisión para deudores.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1 - El valor de las provisiones causadas durante el ejercicio.

SE ACREDITA CON:

1.- El valor de la disminución de las provisiones constituida en el período, al desaparecer el evento que lasoriginó.

2- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 53 5306

GASTOS PROVISIONES, AGOTAMIENTO,DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES

PROVISIÓN PARA PROTECCIÓNDE INVENTARIOS

DESCRIPCIÓN

Valor de las estimaciones que debe efectuar el ente público para cubrir contingencias de pérdidas comoresultado de mermas que corresponden a la naturaleza de los bienes que conforman el inventario, perdida porobsolescencia, o el originado por la diferencia entre el valor neto de realización y su valor en libros.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1580 - Provisión para protección deinventarios.

DINÁMICA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 389

SE DEBITA CON:

1 - El valor de las provisiones causadas durante el ejercicio.

SE ACREDITA CON:

1.- El valor de la disminución de las provisiones constituida en el período, al desaparecer el evento que lasoriginó.

2- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 53 5307

GASTOS PROVISIONES, AGOTAMIENTO,DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES

PROVISIÓN PARA PROTECCIÓN DEPROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO

DESCRIPCIÓN

Valor de las estimaciones que debe efectuar el ente público para cubrir contingencias de pérdida comoresultado del exceso del valor en libros de los bienes sobre el valor de mercado o de realización, en la suma querepresente dicho exceso. Asimismo, para reconocer la pérdida por demérito u obsolescencia o por ubicación enzonas de alto riesgo.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1695- Provisión para propiedades,planta y equipo.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de las provisiones causadas durante el ejercicio.

SE ACREDITA CON:

1.- El valor de la disminución de las provisiones constituida en el período, al desaparecer el evento que lasoriginó.

2- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 53 5308

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 390

GASTOS PROVISIONES, AGOTAMIENTO,DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES

PROVISIÓN BIENES RECIBIDOS ENDACIÓN DE PAGO

DESCRIPCIÓN

Registra el valor de la diferencia entre el avalúo o precio de mercado del bien recibido en dación de pago, y elvalor fijado en la dación.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1935- Provisión bienes recibidos endación de pago.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de las provisiones causadas durante el ejercicio.

SE ACREDITA CON:

1.- El valor de la disminución de las provisiones constituida en el período, al desaparecer el evento que lasoriginó.

2- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 53 5309

GASTOS PROVISIONES, AGOTAMIENTO,DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES

PROVISIÓN PARARESPONSABILIDADES

DESCRIPCIÓN

Valor estimado de las contingencias de pérdidas de los fondos o bienes sobre los cuales se haya constituido larespectiva responsabilidad, a cargo de funcionarios públicos o particulares, de acuerdo con las normasvigentes.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1955- Provisión pararesponsabilidades.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 391

1- El valor de las provisiones constituidas en el ejercicio.

SE ACREDITA CON:

1.- El valor de la disminución de las provisiones constituida en el período, al desaparecer el evento que lasoriginó.

2- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 53 5311

GASTOS PROVISIONES, AGOTAMIENTO,DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES

PROVISIÓN BIENES DE ARTEY CULTURA

DESCRIPCIÓN

Valor de la contingencia de pérdida de los bienes de arte y cultura, como resultado de daños, deterioro o delexceso del valor en libros sobre el valor de mercado o de realización de los mismos.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1965- Provisión para bienes de arte ycultura.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de las provisiones constituidas en el ejercicio.

SE ACREDITA CON:

1.- El valor de la disminución de las provisiones constituida en el período, al desaparecer el evento que lasoriginó.

2- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 53 5312

GASTOS PROVISIONES, AGOTAMIENTO,DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES

PROVISIÓN PARA BIENES YDERECHOS EN INVESTIGACIÓNADMINISTRATIVA

DESCRIPCIÓN

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 392

Valor de la provisión de bienes y derechos determinados como saldos de elevada antigüedad y que fueronreclasificados a la cuenta de 1996 - Bienes y derechos en investigación administrativa, los cuales debenprovisionarse en su totalidad.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1997- Provisión para bienes yderechos en investigación administrativa.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1 - El valor de las provisiones constituidas por concepto de bienes y derechos trasladados a la cuenta debienes y derechos en investigación administrativa.

SE ACREDITA CON:

1.- El valor de la disminución de las provisiones constituida en el período, al desaparecer el evento que lasoriginó.

2- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 53 5313

GASTOS PROVISIONES, AGOTAMIENTO,DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES

PROVISIÓN PARAOBLIGACIONES FISCALES

DESCRIPCIÓN

Valor estimado de las obligaciones fiscales para un período, a cargo del ente público por concepto deimpuesto de renta y complementarios.

La contrapartida debe corresponder a las subcuentas que conforman la cuenta 2705- Provisión paraobligaciones fiscales.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de las provisiones constituidas en el ejercicio.

SE ACREDITA CON:

1.- El valor de la disminución de las provisiones en exceso en el período. 2- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 393

5 53 5314

GASTOS PROVISIONES, AGOTAMIENTO,DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES

PROVISIÓN PARACONTINGENCIAS

DESCRIPCIÓN

Valor provisionado justificable, confiable y cuantificable, para atender obligaciones a cargo del ente públicoante la probable ocurrencia de eventos que afectan su situación financiera. Tal estimación deberá adelantarsemediante procedimientos de reconocido valor técnico.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2710- Provisión para contingencias.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de las provisiones constituidas en el ejercicio.

SE ACREDITA CON:

1.- El valor de la disminución de las provisiones constituida en el período, al desaparecer el evento que lasoriginó.

2- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 53 5317

GASTOS PROVISIONES, AGOTAMIENTO,DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES

PROVISIONES DIVERSAS

DESCRIPCIÓN

Valor estimado para cubrir eventuales gastos por conceptos tales como reparaciones y mantenimiento depropiedades, planta y equipo.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2790- Provisiones diversas.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de las provisiones constituidas en el ejercicio.

SE ACREDITA CON:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 394

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 53 5318

GASTOS PROVISIONES, AGOTAMIENTO,DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES

PROVISIONES FONDO DEGARANTÍAS - FOGAFIN

DESCRIPCIÓN

Valor provisionado por el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras para cubrir contingencias de pagodel seguro de depósito a los ahorradores, o en razón a la situación financiera de una entidad inscrita.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2730- Provisión fondo de garantías -FOGAFIN.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de las provisiones causadas durante el ejercicio.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las reversiones de las provisiones calculadas en exceso.2- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 53 5319

GASTOS PROVISIONES, AGOTAMIENTO,DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES

PROVISIONES FONDO DEGARANTÍAS – FOGACOOP

DESCRIPCIÓN

Valor provisionado por el Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas para cubrir contingencias de pagodel seguro de depósito a los ahorradores o, en razón a la situación financiera de una entidad inscrita.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2731- Provisión fondo de garantías -FOGACOOP.

DINÁMICA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 395

SE DEBITA CON:

1- El valor de las provisiones causadas durante el ejercicio.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las reversiones de las provisiones calculadas en exceso.2- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 53 5321

GASTOS PROVISIONES, AGOTAMIENTO, DEPRECIACIONESY AMORTIZACIONES

AGOTAMIENTO

DESCRIPCIÓN

Registra los valores correspondientes a la disminución gradual de los recursos naturales renovablesproducidos para su comercialización (aire, agua, suelo y subsuelo), por efecto de su explotación

Igualmente registra los valores correspondientes a la disminución gradual de los recursos naturales norenovables, por efecto de su explotación, por parte de un tercero, sin que el producto extraído se constituya enuna inversión para el ente público que tiene registrado el recurso natural, como reconocimiento de la pérdidade su capacidad económica y operacional.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1815 - Agotamiento acumulado derecursos naturales renovables en explotación y 1825 – Agotamiento acumulado de recursos naturales norenovables en explotación.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de las unidades extraídas de los recursos naturales renovables y no renovables por efecto de suexplotación

SE ACREDITA CON:

1 - La cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 396

5 53 5330

GASTOS PROVISIONES, AGOTAMIENTO,DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES

DEPRECIACIÓN DE PROPIEDADES,PLANTA Y EQUIPO

DESCRIPCIÓN

Disminución gradual de la capacidad operacional de las propiedades, planta y equipo, como resultado del uso,expresada en términos monetarios, con base en el valor de los bienes y la vida útil estimada.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1685-Depreciación acumulada.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la depreciación durante el período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 53 5331

GASTOS PROVISIONES, AGOTAMIENTO,DEPRECIACIONES YAMORTIZACIONES

DEPRECIACIÓN DE BIENESADQUIRIDOS EN "LEASINGFINANCIERO"

DESCRIPCIÓN

Disminución gradual de la capacidad operacional de los bienes adquiridos en "leasing" financiero, cuando losbienes objeto del contrato tienen la característica de ser un activo depreciable, por lo cual se depreciaráutilizando los mismos parámetros, que utiliza para las propiedades, planta y equipo.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1942- Depreciación de bienesadquiridos en "leasing financiero”.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la depreciación durante el período contable.

SE ACREDITA CON:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 397

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 53 5340

GASTOS PROVISIONES, AGOTAMIENTO,DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES

AMORTIZACIÓN DE PROPIEDADES,PLANTA Y EQUIPO

DESCRIPCIÓN

Disminución gradual del valor de la propiedad planta y equipo amortizable, durante el tiempo en quecontribuye a la generación de ingresos o al cumplimiento de las actividades propias de la funciónadministrativa o cometido estatal del ente público.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1686- Amortización acumulada.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la amortización durante el período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 53 5342

GASTOS PROVISIONES, AGOTAMIENTO,DEPRECIACIONES YAMORTIZACIONES

AMORTIZACIÓN DE INVERSIONES ENRECURSOS NATURALES RENOVABLES ENEXPLOTACIÓN

DESCRIPCIÓN

Disminución gradual del valor de las inversiones en recursos naturales renovables en explotación, calculadoscon base en estudios técnicos, en cumplimiento de las actividades propias de la función administrativa ocometido estatal del ente público.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1835- Amortización acumulada deinversiones en recursos naturales renovables en explotación.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 398

1- El valor de la amortización durante el período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 53 5343

GASTOS PROVISIONES, AGOTAMIENTO,DEPRECIACIONES YAMORTIZACIONES

AMORTIZACIÓN DE INVERSIONES ENRECURSOS NATURALES NORENOVABLES EN EXPLOTACIÓN

DESCRIPCIÓN

Disminución gradual del valor de las inversiones en recursos naturales no renovables en explotación,calculada con base en estudios técnicos, en cumplimiento de las actividades propias de la funciónadministrativa o cometido estatal del ente público.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1845 - Amortización acumulada deinversiones en recursos naturales no renovables en explotación.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la amortización durante el período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 53 5344

GASTOS PROVISIONES, AGOTAMIENTO,DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES

AMORTIZACIÓN DE BIENESENTREGADOS A TERCEROS

DESCRIPCIÓN

Disminución gradual del valor de los bienes entregados a terceros, como consecuencia de la pérdida decapacidad operacional, originada en la utilización por parte de terceros.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 399

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1925- Amortización acumulada debienes entregados a terceros.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la amortización durante el período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 53 5345

GASTOS PROVISIONES, AGOTAMIENTO,DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES

AMORTIZACIÓN DE INTANGIBLES

DESCRIPCIÓN

Disminución gradual del costo incurrido en la adquisición de intangibles, por efecto de su explotaciónconforme al amparo legal y durante el lapso que corresponda al período de recuperación de la inversiónincurrida.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1975 - Amortización acumulada deintangibles.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la amortización durante el período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 54

GASTOS TRANSFERENCIAS

DESCRIPCIÓN

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 400

Cuentas representativas de los recursos causados por el ente público, de acuerdo con la asignaciónestablecida en el presupuesto, sin contraprestación.

CLASE GRUPO CUENTA

5 54 5401

GASTOS TRANSFERENCIAS POR CONVENIOS CON EL SECTOR PRIVADO

DESCRIPCIÓN

Recursos transferidos por el ente público, a los programas nacionales o territoriales, que se desarrollan con elsector privado.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 240303 – Transferencias por convenios con el sector privado.Este registro debe elaborarse en el momento que de conformidad con las normas legales, exista la obligaciónde hacer los giros correspondientes y no sobre la base de estimados.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los dineros a transferir en favor de los entes privados.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 54 5403

GASTOS TRANSFERENCIAS CORRIENTES AL GOBIERNO GENERAL

DESCRIPCIÓN

Recursos transferidos por el ente público al Gobierno General, con fundamento en un mandato legal, sincontraprestación, para financiar la inversión social y los servicios asignados.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 240304 – Corrientes al Gobierno General. El momento paraelaborar este registro, corresponde a aquél en el cual exista el derecho cierto y no sobre la base deestimaciones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 401

1- El valor de los dineros a transferir de conformidad con las disposiciones legales vigentes que los autorice.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 54 5404

GASTOS TRANSFERENCIAS CORRIENTES A LAS EMPRESAS

DESCRIPCIÓN

Recursos transferidos por el ente público a las empresas financieras y no financieras, con fundamento en unmandato legal, sin contraprestación, para financiar la inversión social y los servicios asignados.

La contrapartida corresponde a las subcuentas 240305 – Corrientes a las empresas no financieras y 240306 –Corrientes a las empresas financieras. El momento para elaborar este registro, corresponde a aquél en el cualexista el derecho cierto y no sobre la base de estimaciones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los dineros a transferir de conformidad con las disposiciones legales vigentes que los autorice.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 54 5407

GASTOS TRANSFERENCIAS SITUADO FISCAL

DESCRIPCIÓN

Valor de los ingresos corrientes de la Nación cedido a los departamentos y distritos para la atención de losservicios públicos de educación y salud de conformidad con los porcentajes establecidos en la ley.

También comprende el situado fiscal cedido directamente a los municipios, previo el cumplimiento de lascondiciones y términos señalados en la Ley 60 de 1993, para la descentralización de la dirección y prestaciónde los servicios de salud y educación por parte de los municipios.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 402

La contrapartida corresponde a la subcuenta 240307- Situado fiscal. Este registro debe elaborarse en elmomento que de conformidad con las normas legales, exista la obligación de hacer los giros correspondientesy no sobre la base de estimados.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los dineros a transferir de conformidad con las disposiciones legales vigentes que los autorice.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 54 5411

GASTOS TRANSFERENCIAS DE CAPITAL AL GOBIERNO GENERAL

DESCRIPCIÓN

Recursos que se transfieren al Gobierno general, con el fin de incrementar la capacidad de producción o laproductividad en el campo de la estructura física, económica y social.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 240308 – De capital al Gobierno general. Este registro debeelaborarse en el momento que de conformidad con las normas legales exista la obligación de hacer los giroscorrespondientes y no sobre la base de estimados.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los dineros a transferir de conformidad con las disposiciones legales vigentes que las autoricen.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 54 5412

GASTOS TRANSFERENCIAS DE CAPITAL A LAS EMPRESAS

DESCRIPCIÓN

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 403

Recursos que se transfieren a las empresas financieras y no financieras con el fin de incrementar la capacidadde producción o la productividad en el campo de la estructura física, económica y social.

La contrapartida corresponde a las subcuentas 240309 – De capital a las empresas financieras y 240310 – decapital a las entidades no financieras. Este registro debe elaborarse en el momento que de conformidad con lasnormas legales exista la obligación de hacer los giros correspondientes y no sobre la base de estimados.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los dineros a transferir de conformidad con las disposiciones legales vigentes que las autoricen.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 54 5417

GASTOS TRANSFERENCIAS TRANSFERENCIAS GIRADAS AL EXTERIOR

DESCRIPCIÓN

Valor de los recursos transferidos a organismos internacionales y gobiernos, con fundamento en losconvenios suscritos por el gobierno y aprobados por el congreso, que no constituyen una contraprestaciónen bienes y servicios.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 240311 – Transferencias giradas al exterior. Este registro debeelaborarse en el momento que de conformidad con las normas legales, exista la obligación de hacer los giroscorrespondientes y no sobre la base de estimados.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los dineros a transferir de conformidad con las disposiciones legales vigentes que las autoricen.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 54 5419

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 404

GASTOS TRANSFERENCIAS PARTICIPACIÓN EN LOS INGRESOS CORRIENTES DE LANACIÓN

DESCRIPCIÓN

Porcentaje de participación de los municipios en los ingresos corrientes de la Nación, transferido de acuerdo ala definición de las áreas prioritarias de inversión social en los diferentes sectores, determinadas en la Ley.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 240312 – Participación en los ingresos corrientes de la Nación.Este registro se debe elaborar en el momento que de conformidad con las normas legales exista la obligaciónde hacer los giros correspondientes y no sobre la base de estimados.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los dineros a transferir de conformidad con las disposiciones legales vigentes que las autoricen.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 54 5421

GASTOS TRANSFERENCIAS PARA EL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL ENSALUD

DESCRIPCIÓN

Cuentas representativas de los recursos transferidos por el Ministerio de Salud - Fondo de Solidaridad ygarantía - FOSYGA, destinados a financiar la prestación de servicios de salud a través del subsidio a la oferta,régimen subsidiado y plan de atención básica.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 240313 - Para el sistema general de seguridad social en salud.Este registro debe elaborarse en el momento que de conformidad con las normas legales exista la obligación dehacer los giros correspondientes y no sobre la base de estimaciones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1. El valor de los recursos a transferir, por el Ministerio de salud - Fondo de solidaridad y garantía, deconformidad con las disposiciones legales vigentes que las autoricen.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 405

SE ACREDITA CON:

1. El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 55

GASTOS GASTO PÚBLICO SOCIAL

DESCRIPCIÓN

Registra el gasto en que incurre el ente público cuyo objetivo es la solución de las necesidades básicasinsatisfechas de salud, educación, saneamiento ambiental, agua potable, vivienda y las tendientes al bienestargeneral y al mejoramiento de la calidad de vida de la población; programados tanto en funcionamiento comoinversión.

Comprende para cada uno de los sectores sociales definidos, los conceptos de: sueldos y salarios,contribuciones imputadas, contribuciones efectivas, aportes sobre la nómina y gastos generales, cuyo detalledebe desarrollarse a nivel de auxiliar con base en los conceptos determinados en el grupo 51 – Gastos deadministración o 52 – Gastos de operación.

La subcuenta “Asignación de bienes y servicios” registra el valor de aquellos bienes que se producen oadquieren para la asignación o entrega a la comunidad.

Igualmente se incorporan en este grupo los diferentes conceptos, o formas de subsidios ejecutados por el entepúblico, asignados a la comunidad.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 2401 – Adquisición de bienes yservicios nacionales, 2425-Acreedores, 1505 - Bines producidos, 1510 - Mercancías en existencia, 1905 –Gastos pagados por anticipado, 1910 - Cargos diferidos, 1911 – Gasto de inversión social, 1915 – Obras ymejoras en propiedad ajena, 2406 – Adquisición de bienes y servicios del exterior, 2430 - Subsidios asignados,2480 – Administración y prestación de servicios de salud, 2505 - Sueldos y salarios, 2510 - Pensiones dejubilación por pagar y 2625 - Bonos pensionales. Cuando se trate de la provisión de obligaciones laborales, elcrédito debe corresponder a las subcuentas que conforman la cuenta 2715 - Provisión para prestacionessociales, 2720 – Provisión para pensiones y 2721 – Provisión para bonos pensionales.

CLASE GRUPO CUENTA

5 55 5501

GASTOS GASTO PÚBLICO SOCIAL EDUCACIÓN

DESCRIPCIÓN

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 406

Registra el gasto en que incurren las entidades publicas, en apoyo a la prestación del servicio educativoestatal, para garantizar la participación y acceso a la educación de la población más pobre y vulnerable, endesarrollo de su función social.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1. El valor de la causación por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1. El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 55 5502

GASTOS GASTO PÚBLICO SOCIAL SALUD

DESCRIPCIÓN

Registra el gasto en que incurren las entidades publicas, en apoyo a la prestación del servicio de salud estatal,para garantizar la participación y acceso a este servicio de la población más pobre y vulnerable en desarrollodel principio de complementariedad.

Así mismo, registra el gasto en que incurren las Direcciones de Salud para la atención en salud y elfortalecimiento de la prestación de dicho servicio, con los recursos destinados para el Régimen subsidiado, elSubsidio a la oferta, el Plan de atención básica y el Fortalecimiento institucional.

Las subcuentas 550212 a 550215 serán de uso exclusivo del Fondo de Solidaridad y Garantía en Salud –FOSYGA, para reconocer los siguientes conceptos:

En la subcuenta 550212 FOSYGA – Compensación, se registra el déficit, cuando el ingreso por cotizaciones esinferior a la UPC del régimen contributivo; así mismo, los gastos que debe asumir el sistema, generados enprocesos judiciales, por servicios no incluidos en el POS.

En la subcuenta 550213 FOSYGA – Promoción de salud, se registra el gasto por servicios de promoción yprevención de la enfermedad, cuando el FOSYGA contrata directamente.

En la subcuenta 550214 FOSYGA – Solidaridad, se registra el gasto ejecutado para el subsidio a la oferta,cuando el FOSYGA contrata directamente con las IPS, así como el apoyo a la afiliación de las madrescomunitarias.

En la subcuenta 550215 FOSYGA – ECAT, debe registrarse el gasto por la prestación de servicios reconocidospor accidentes de tránsito, eventos catastróficos y atención a la población desplazada, entre otros.

DINÁMICA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 407

SE DEBITA CON:

1. El valor de la causación por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1. El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 55 5503

GASTOS GASTO PÚBLICO SOCIAL AGUA POTABLE YSANEAMIENTO BÁSICO

DESCRIPCIÓN

Registra el gasto en que incurren las entidades publicas, para suministrar los servicios de agua potable ysaneamiento básico a la población.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1. El valor de la causación por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1. El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 55 5504

GASTOS GASTO PÚBLICO SOCIAL VIVIENDA

DESCRIPCIÓN

Registra el gasto en que incurren las entidades publicas, para facilitar el acceso a vivienda a personas conbajos niveles de ingresos, en desarrollo de su función social.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 408

1. El valor de la causación por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1. El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 55 5505

GASTOS GASTO PÚBLICO SOCIAL RECREACIÓN Y DEPORTE

DESCRIPCIÓN

Registra el gasto en que incurren las entidades publicas, en apoyo a las actividades relacionadas coneducación física, recreación, deporte y aprovechamiento del tiempo libre, en desarrollo de su función social.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1. El valor de la causación por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1. El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 55 5506

GASTOS GASTO PÚBLICO SOCIAL CULTURA

DESCRIPCIÓN

Registra el gasto en que incurren las entidades publicas, en apoyo a las actividades relacionadas con lacultura, en desarrollo de su función social.DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1. El valor de la causación por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1. El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 409

CLASE GRUPO CUENTA

5 55 5507

GASTOS GASTO PÚBLICO SOCIAL DESARROLLO COMUNITARIO YBIENESTAR SOCIAL

DESCRIPCIÓN

Registra el gasto en que incurren las entidades públicas, en procura del desarrollo, el bienestar y laparticipación de la comunidad en la gestión y el control de los recursos y bienes públicos.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1. El valor de la causación por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1. El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 55 5550

GASTOS GASTO PÚBLICO SOCIAL SUBSIDIOS ASIGNADOS

DESCRIPCIÓN

Valor causado por concepto de subsidios otorgados para que las personas de menores ingresos puedanacceder a los servicios públicos de educación, salud, entre otros.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor causado por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 410

5 56

GASTOS GASTO DE INVERSIÓN SOCIAL

DESCRIPCIÓN

Cuentas representativas de los valores causados en inversión social, originados en la realización deactividades, programas y proyectos, que no constituyen formación bruta de capital, tendientes a laconsecución de metas en cumplimiento del cometido estatal del ente público que no se clasifican como gastopúblico social.

Comprende para cada uno de los sectores sociales definidos, los conceptos de: sueldos y salarios,contribuciones imputadas, contribuciones efectivas, aportes sobre la nómina y gastos generales, cuyo detalledebe desarrollarse a nivel de auxiliar con base en los conceptos determinados en el grupo 51 – Gastos deadministración o 52 – Gastos de operación.

La subcuenta “Asignación de bienes y servicios” registra el valor de aquellos bienes que se producen oadquieren para la asignación o entrega a la comunidad.

En este grupo deben registrarse además, los valores correspondientes a la disminución gradual de los activosdiferidos, siempre que se trate de gastos de inversión social, con el propósito de reconocer y causar el gastoeconómico.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 2401 - Adquisición de bienes yservicios nacionales, 2406 – Adquisición de bienes y servicios del exterior, 2425 - Acreedores, 1505 - Binesproducidos, 1510 - Mercancías en existencia, 1905 – Gastos pagados por anticipado, 1911 - Inversión socialdiferida, 1915 – Obras y mejoras en propiedad ajena, 2505 -Sueldos y salarios. Cuando se trate de la provisiónde obligaciones laborales, el crédito debe corresponder a las subcuentas que conforman la cuenta 2715 -Provisión para prestaciones sociales.

CLASE GRUPO CUENTA

5 56 5601

GASTOS GASTO DE INVERSIÓN SOCIAL SALUD

DESCRIPCIÓN

Cuenta representativas de los valores causados en inversión social en salud.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor causado por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 411

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 56 5602

GASTOS GASTO DE INVERSIÓN SOCIAL EDUCACIÓN ARTE Y CULTURA YRECREACIÓN Y DEPORTE

DESCRIPCIÓN

Cuenta representativas de los valores causados en inversión social en educación arte y cultura y recreación ydeporte.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor causado por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 56 5603

GASTOS GASTO DE INVERSIÓNSOCIAL

MEDIO AMBIENTE, AGUA POTABLE YSANEAMIENTO BÁSICO

DESCRIPCIÓN

Cuenta representativas de los valores causados en inversión social en medio ambiente, agua potable ysaneamiento básico.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor causado por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 412

CLASE GRUPO CUENTA

5 56 5604

GASTOS GASTO DE INVERSIÓN SOCIAL VIVIENDA

DESCRIPCIÓN

Cuenta representativas de los valores causados en inversión social en vivienda.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor causado por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 56 5605

GASTOS GASTO DEINVERSIÓN SOCIAL

DESARROLLO COMUNITARIO, EQUIPAMIENTO YPREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE DESASTRES

DESCRIPCIÓN

Cuenta representativas de los valores causados en inversión social en desarrollo comunitario, equipamiento yprevención y atención de desastres.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor causado por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 56 5606

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 413

GASTOS GASTO DE INVERSIÓN SOCIAL JUSTICIA, DEFENSA Y SEGURIDAD

DESCRIPCIÓN

Cuenta representativas de los valores causados en inversión social en justicia, defensa y seguridad.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor causado por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 56 5607

GASTOS GASTO DE INVERSIÓNSOCIAL

DESARROLLO AGROPECUARIO, INDUSTRIAL,COMERCIAL Y TURÌSTICO

DESCRIPCIÓN

Cuenta representativas de los valores causados en inversión social en desarrollo agropecuario, industrial,comercial y turístico.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor causado por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 56 5608

GASTOS GASTO DE INVERSIÓN SOCIAL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DESCRIPCIÓN

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 414

Cuenta representativas de los valores causados en inversión social en trabajo y seguridad social.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor causado por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 56 5609

GASTOS GASTO DE INVERSIÓN SOCIAL COMUNICACIÓN TRANSPORTE EINFRAESTRUCTURA VIAL

DESCRIPCIÓN

Cuenta representativas de los valores causados en inversión social en comunicación transporte einfraestructura vial.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor causado por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 56 5610

GASTOS GASTO DE INVERSIÓN SOCIAL ENERGÉTICO Y MINERO

DESCRIPCIÓN

Cuenta representativas de los valores causados en inversión social en energético y minero.

DINÁMICA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 415

SE DEBITA CON:

1- El valor causado por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 56 5611

GASTOS GASTO DE INVERSIÓNSOCIAL

GOBIERNO, PLANEACIÓN YDESARROLLO INSTITUCIONAL

DESCRIPCIÓN

Cuenta representativas de los valores causados en inversión social en gobierno, planeación y desarrolloinstitucional.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor causado por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 56 5612

GASTOS GASTO DE INVERSIÓN SOCIAL CIENCIA Y TECNOLOGÍA

DESCRIPCIÓN

Cuenta representativas de los valores causados en inversión social en ciencia y tecnología.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor causado por cada concepto.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 416

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 57

GASTOS OPERACIONES INTERINSTITUCIONALES

DESCRIPCIÓN

Cuentas que representan las operaciones de aportes y traspaso de fondos girados por la administracióncentral para el desarrollo del cometido estatal de los entes públicos. Incluye además, las operaciones cuyacausación corresponde al ente encargado de la administración de los recursos y el pago o cancelación de losmismos, lo efectúa otro ente público, así como el valor de los bienes transferidos a otros entes públicos,originados en operaciones que no tienen el carácter de donación.

CLASE GRUPO CUENTA

5 57 5705

GASTOS OPERACIONES INTERINSTITUCIONALES APORTES Y TRASPASO DE FONDOSGIRADOS

DESCRIPCIÓN

Valor de los recursos girados a los entes públicos para gastos de funcionamiento, transferencias, servicio dela deuda interna o externa e inversión.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1105 – Caja, 1110 – Bancos ycorporaciones y 1106 – Cuenta única nacional.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los dineros girados de conformidad con las disposiciones legales vigentes que lo autoricen.2- El valor de los reintegros efectuados por los entes públicos a las tesorerías nacionales o territoriales, con

posterioridad al cierre de la vigencia.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los reintegros efectuados por el ente público a las tesorerías, dentro de la vigencia.2- El valor correspondiente al cierre del período contable.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 417

CLASE GRUPO CUENTA

5 57 5720

GASTOS OPERACIONESINTERINSTITUCIONALES

OPERACIONES DE ENLACE CON SITUACIÓN DEFONDOS

DESCRIPCIÓN

Valor de la disminución de los derechos causados por los entes públicos, cuyo recaudo lo efectúo la DirecciónGeneral del Tesoro Nacional, tesorerías del nivel territorial u otros entes públicos autorizados, originados eningresos corrientes, contribuciones u otros, de acuerdo con disposiciones legales.Se registrarán en esta cuenta las siguientes operaciones:

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 1106 – Cuenta única nacional, 1110– Bancos y corporaciones, 1120 – Fondos en tránsito, 1416 – Préstamos gubernamentales otorgados y lassubcuentas de las cuentas correspondientes al grupo 22 - Operaciones de crédito público.

EN LA DIRECCIÓN GENERAL DEL TESORO NACIONAL:

1- Con el valor de los recursos situados por la Dirección General del Tesoro Nacional a los terceros, con cargoal presupuesto del ente público que autoriza el giro en operaciones, tales como, las devoluciones deingresos.

2- El valor de los créditos otorgados por la Nación.3- El valor de las devoluciones a los entes públicos por consignaciones en exceso, que no correspondan o,

por disposición legal.

EN LA DIRECCIÓN DE CRÉDITO PÚBLICO:

1- El valor de los recursos recibidos por empréstitos externos o internos.2- El abono o cancelación de los créditos otorgados por la Nación.

EN LOS ENTES PÚBLICOS:

1. El valor de los recursos recibidos por concepto de devoluciones efectuadas por la Dirección General delTesoro Nacional a los beneficiarios directos con cargo al presupuesto del ente público.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

EN LA DIRECCION GENERAL DEL TESORO NACIONAL

1- Con el valor de las devoluciones por concepto de ingresos corrientes, contribuciones u otros recursos o,consignaciones en exceso o que no correspondan.

2- Con el pago de amortización y servicio de la deuda.3- El valor de los giros por los créditos otorgados por la Nación.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 418

EN LA DIRECCION GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO:

1 - Con el valor de los desembolsos de deuda pública.2 - Con el abono o cancelación de los créditos otorgados por la Nación.

EN LOS ENTES PÚBLICOS:

1 - Con el valor de la disminución de los recursos administrados, que por disposición legal se recaudan através de la Dirección General del Tesoro Nacional, originados en Ingresos corrientes, contribuciones uotros.

2 - Con la situación de fondos de la Dirección General del Tesoro Nacional al beneficiario directo, con cargo alpresupuesto del ente que autoriza el giro.

SE ACREDITA CON:

1 - El valor de la cancelación del saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 57 5722

GASTOS OPERACIONESINTERINSTITUCIONALES

OPERACIONES DE ENLACE SIN SITUACIÓN DEFONDOS

DESCRIPCIÓN

Registra el valor de las operaciones económicas que dadas sus características especiales, interviene en suregistro más de una entidad pública, sin que exista flujo real de fondos, tales como: cruce de cuentas, créditode proveedores, cuota de auditaje, distribución de excedentes.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de bien, derecho u obligación objeto de latransacción.DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1 - El registro del crédito adquirido, cuyo bien lo registra otro ente público.2 - El reconocimiento del ingreso, cuyo derecho lo registra otro ente público.3 - El cruce de cuentas que cancele o disminuya un derecho.

SE ACREDITA CON:

1 - El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 57 5725

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 419

GASTOS OPERACIONESINTERINSTITUCIONALES

OPERACIONES DE TRASPASO DE BIENES,DERECHOS Y OBLIGACIONES

DESCRIPCIÓN

Representa el valor de los bienes, derechos y obligaciones transferidos entre entes públicos, diferentes de lasdonaciones de bienes y derechos que realicen con terceros.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de bien o derecho objeto de la transacción.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de los bienes y derechos transferidos a otros entes públicos.2- El valor de las obligaciones recibidas

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 58

GASTOS OTROS GASTOS

DESCRIPCIÓN

Cuentas representativas de los gastos en que incurre el ente público, que por su naturaleza no sonsusceptibles de clasificarse en alguna de las cuentas definidas anteriormente.En este grupo, deben registrarse, además, las operaciones que corresponden a corrección de errores contablesde períodos anteriores.

CLASE GRUPO CUENTA

5 58 5801

GASTOS OTROS GASTOS INTERESES

DESCRIPCIÓN

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 420

Valor de los gastos por intereses originados en la obtención de recursos necesarios para el financiamiento delas actividades u operaciones del ente público.

La contrapartida corresponde a las subcuentas del pasivo que registren la obligación por concepto deintereses.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la causación por concepto de intereses.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 58 5802

GASTOS OTROS GASTOS COMISIONES

DESCRIPCIÓN

Valor de los gastos por comisiones originados en la obtención de recursos necesarios para el financiamientode las actividades u operaciones del ente público.

La contrapartida corresponde a las subcuentas del pasivo que registren la obligación por concepto decomisiones.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la causación de los gastos por comisiones.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación del saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 58 5803

GASTOS OTROS GASTOS AJUSTE POR DIFERENCIA EN CAMBIO

DESCRIPCIÓN

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 421

Valor de los gastos originados en la reexpresión de los bienes, derechos u obligaciones pactados odenominados en moneda extranjera.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de bien, derecho u obligación pactados odenominados en moneda extranjera.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la causación por la diferencia en cambio.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 58 5805

GASTOS OTROS GASTOS FINANCIEROS

DESCRIPCIÓN

Valor de los gastos incurridos por el ente público, provenientes del manejo del portafolio de inversiones, laamortización del descuento en colocación de títulos, el sostenimiento en bolsa y registro, entre otros.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 1201 - Inversiones administración de liquidez -renta fija, 1202 - Inversiones administración de liquidez - renta variable, 2217 – Descuento en colocación debonos y títulos de deuda interna de corto plazo (Db), 2219 - Descuento en colocación de bonos y títulos dedeuda interna de largo plazo (Db), 2227 - Descuento en colocación de bonos y títulos de deuda externa decorto plazo (Db) y 2229 - Descuento en colocación de bonos y títulos de deuda externa de largo plazo (Db).

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor de la causación de los gastos financieros.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación al cierre del período contable.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 422

CLASE GRUPO CUENTA

5 58 5806

GASTOS OTROS GASTOS PÉRDIDA POR EL MÉTODO DE LA PARTICIPACIÓNPATRIMONIAL

DESCRIPCIÓN

Menor valor de las inversiones patrimoniales, originado en la pérdida que presente la entidad receptora, en laproporción del aporte.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1208 – Inversiones patrimoniales –Método de participación.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor proporcional en la pérdida del ente receptor de la inversión.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 58 5810

GASTOS OTROS GASTOS EXTRAORDINARIOS

DESCRIPCIÓN

Valor de los gastos incurridos por el ente público en actividades, que no corresponden a su cometido estatal yse originan en operaciones y transacciones de carácter extraordinario, entendiendo como tales aquellas que,frente a las actividades normales, no ocurren con relativa frecuencia.

La subcuenta 581035 - Perdida en titularización de activos, registra la diferencia negativa entre los flujosefectivamente recibidos con respecto al valor de los bienes y derechos titularizados.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de fondo, bien o derecho, objeto de latransacción.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 423

1- El valor de la causación por cada concepto.2- Por la diferencia negativa entre los flujos efectivamente recibidos y el valor del derecho constituidos

mediante la titularización.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 58 5815

GASTOS OTROS GASTOS AJUSTE DE EJERCICIOS ANTERIORES

DESCRIPCIÓN

Valor de las partidas correspondientes al reconocimiento y causación en la vigencia, de hechos o eventosfinancieros, económicos y sociales originados en vigencias anteriores. Igualmente registra la corrección deerrores, originados por equivocaciones matemáticas o, en la aplicación de los principios y normas contables.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que registren el tipo de transacción, objeto de corrección.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1 - El valor del reconocimiento de los hechos financieros, económicos y sociales originados en vigenciasanteriores.

2 - El valor de las correcciones de errores por menores valores causados en períodos anteriores.3 - El valor de la cancelación al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de las correcciones de errores contables por mayores valores causados en períodos anteriores.2- El valor de la cancelación al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 58 5897

GASTOS OTROS GASTOS COSTOS Y GASTOS POR DISTRIBUIR

DESCRIPCIÓN

Valor de los costos y gastos incurridos por el ente público que no pueden identificarse directamente con uncentro de costo productivo o administrativo, para lo cual debe adelantarse un proceso de distribución. Este

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 424

proceso debe efectuarse como mínimo al finalizar el mes, momento en el cual el saldo de la cuenta debe serigual a cero.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 2401 - Adquisición de bienes y serviciosnacionales, 2406 - Adquisición de bienes y servicios del exterior y 2425 - Acreedores.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1-. El valor causado por los diferentes conceptos de costo y gasto, durante el período, que no puedenasignarse de manera directa.

SE ACREDITA CON:

1.- El valor distribuido a cada centro de costo, productivo o administrativo.

CLASE GRUPO CUENTA

5 58 5899

GASTOS OTROS GASTOS GASTOS ASIGNADOS A COSTOS DE PRODUCCIÓN Y/OSERVICIOS

DESCRIPCIÓN

Valor de las operaciones contables originadas en la distribución o asignación de los gastos incurridos en losprocesos de apoyo a cada proceso productivo.

Esta cuenta no debe mantener saldo, por cuanto en ella se registran los débitos y créditos de tales operacionesy su cancelación se hará entre las mismas subcuentas que las conforman.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 589998 – Gastos asignados (CR)

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor asignado a cada proceso productivo de la distribución o asignación de los gastos incurridos en losprocesos de apoyo.

2- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

SE ACREDITA CON:

1- La subcuenta 589998- Gastos asignados (Cr) con el valor de los gastos acumulados en cada uno de losprocesos de apoyo.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 425

2- La cancelación al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5 59

GASTOS CIERRE DE INGRESOS, GASTOS Y COSTOS

DESCRIPCIÓN

Bajo esta denominación se agrupan las cuentas de ingresos, gastos y costos, con el fin de establecer elresultado de las operaciones realizadas en un período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

5. 59 5905

GASTOS CIERRE DE INGRESOS, GASTOS Y COSTOS CIERRE DE INGRESOS, GASTOS YCOSTOS

DESCRIPCIÓN

Representa el resultado obtenido de las operaciones realizadas por el ente público.

La contrapartida corresponde a las cuentas de las clases: 4 – Ingresos, 5 – Gastos, 6 – Costo de ventas yoperación, según corresponda.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- La cancelación de los saldos de las cuentas de gastos y costos de ventas al cierre del período contable.2- La cancelación del saldo débito de la cuenta 4905 – Corrección monetaria, contra la subcuenta 590502 –

Cierre corrección monetaria.3- El valor de la provisión para impuestos.4- El valor del resultado del ejercicio con abono a la cuenta Resultado del ejercicio.5- El valor del resultado del cierre de la cuenta corrección monetaria con abono a la cuenta Resultado del

ejercicio

SE ACREDITA CON:

1- La cancelación de los saldos de las cuentas de ingreso al cierre del período contable.2- La cancelación del saldo crédito de la cuenta 4905 – Corrección monetaria, contra la subcuenta 590502 –

Cierre corrección monetaria.3- El valor del resultado del ejercicio con cargo a la cuenta Resultado del ejercicio.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 426

4- El valor del resultado del cierre de la cuenta corrección monetaria con cargo a la cuenta Resultado delejercicio

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 428

CLASE GRUPO CUENTA

6

COSTO DE VENTAS Y OPERACIÓN

DESCRIPCIÓN

Bajo esta denominación se agrupan las cuentas que representan el costo incurrido en la producción ycomercialización de bienes y en la prestación de servicios, vendidos durante el período, en desarrollo de lafunción administrativa o cometido estatal del ente público. Igualmente incluye las cuentas representativas delos valores que se causen como resultado del desarrollo directo del cometido estatal de las administradoras dela seguridad social, de las entidades financieras y los que se deriven de la explotación de juegos de suerte yazar, entre otras.

CLASE GRUPO CUENTA

6 62

COSTO DE VENTAS Y OPERACIÓN COSTO DE VENTAS DEBIENES

DESCRIPCIÓN

Bajo esta denominación se agrupan las cuentas que representan el costo incurrido en la producción ycomercialización de bienes, que fueron vendidos durante el período.

CLASE GRUPO CUENTA

6 62 6205

COSTO DE VENTAS YOPERACIÓN

COSTO DE VENTAS DEBIENES

BIENES PRODUCIDOS

DESCRIPCIÓN

Representa el valor de los costos incurridos por el ente público en la transformación, explotación, cultivo oconstrucción, de bienes vendidos durante el período, y que tienen relación de causalidad con el ingresogenerado en desarrollo del cometido estatal.

La contrapartida corresponde a las subcuentas de la Cuenta 1505 - Bienes producidos.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 429

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El costo de los inventarios producidos y vendidos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación del saldo al cierre del período contable.2- El valor de las devoluciones en ventas.

CLASE GRUPO CUENTA

6 62 6210

COSTO DE VENTAS YOPERACIÓN

COSTO DE VENTAS DEBIENES

BIENES COMERCIALIZADOS

DESCRIPCIÓN

Representa el valor de los costos incurridos en la adquisición y manejo de bienes vendidos que no requierenser sometidos a ningún proceso productivo en el ente público que los comercializa.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 1510 – Mercancías en existencia.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El costo de los bienes comercializables vendidos.2- El valor de las devoluciones en compras.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación del saldo al cierre del período contable.2- El valor de las devoluciones en ventas.

CLASE GRUPO CUENTA

6 63

COSTO DE VENTAS Y OPERACIÓN COSTO DE VENTAS DE SERVICIOS

DESCRIPCIÓN

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 430

Bajo esta denominación se agrupan las cuentas que representan el costo de los servicios vendidos, durante elperíodo.

CLASE GRUPO CUENTA

6 63 6305

COSTO DE VENTAS YOPERACIÓN

COSTO DE VENTAS DE SERVICIOS SERVICIOS EDUCATIVOS

DESCRIPCIÓN

Representa el valor de los costos incurridos por el ente público en la formación y generación de los servicioseducativos vendidos, durante el período, en desarrollo de su función administrativa o cometido estatal.

La contrapartida corresponde a la subcuenta “Traslado de costo (CR)” de las cuentas del grupo 72 – Servicioseducativos.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El costo de los servicios de educación vendidos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación del saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

6 63 6310

COSTO DE VENTAS YOPERACIÓN

COSTO DE VENTAS DESERVICIOS

SERVICIOS DE SALUD

DESCRIPCIÓN

Representa el valor de los costos incurridos por el ente público en la prestación del servicio de salud vendido,en desarrollo de su cometido estatal.

La contrapartida corresponde a la subcuenta “Traslado de costos (CR)” de las cuentas de grupo 73 – Serviciosde salud.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El costo de los servicios de salud vendidos.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 431

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación del saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

6 63 6315

COSTO DE VENTAS YOPERACIÓN

COSTO DE VENTAS DE SERVICIOS SERVICIO DE ENERGÍA

DESCRIPCIÓN

Representa el valor de los costos incurridos por el ente público en la prestación del servicio de energíavendido, en desarrollo de su cometido estatal.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 750195 - Traslado de costos (CR).

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El costo de los servicios de energía vendidos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación del saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

6 63 6320

COSTO DE VENTAS YOPERACIÓN

COSTO DE VENTAS DESERVICIOS

SERVICIO DE ACUEDUCTO

DESCRIPCIÓN

Representa el valor de los costos incurridos por el ente público en la prestación del servicio de acueductovendido, en desarrollo de su o cometido estatal.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 750295 - Traslado de costos (CR).

DINÁMICA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 432

SE DEBITA CON:

1- El costo del servicio de acueducto vendido.SE ACREDITA CON:

1-El valor de la cancelación del saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

6 63 6325

COSTO DE VENTAS YOPERACIÓN

COSTO DE VENTAS DE SERVICIOS SERVICIO DEALCANTARILLADO

DESCRIPCIÓN

Representa el valor de los costos incurridos por el ente público en la prestación del servicio de alcantarilladovendido, en desarrollo de su cometido estatal.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 750395 - Traslado de costos (CR).

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El costo de los servicios de alcantarillado vendidos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación del saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

6 63 6330

COSTO DE VENTAS YOPERACIÓN

COSTO DE VENTAS DESERVICIOS

SERVICIO DE ASEO

DESCRIPCIÓN

Representa el valor de los costos incurridos por el ente público en la prestación del servicio de aseo vendido,en desarrollo de su o cometido estatal.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 750495 - Traslado de costos (CR).

DINÁMICA

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 433

SE DEBITA CON:

1- El costo de los servicios de aseo vendidos.SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación del saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

6 63 6335

COSTO DE VENTAS YOPERACIÓN

COSTO DE VENTAS DESERVICIOS

SERVICIO DE GASCOMBUSTIBLE

DESCRIPCIÓN

Representa el valor de los costos incurridos por el ente público en la prestación del servicio público de gascombustible vendido, en desarrollo de su cometido estatal.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 750595 - Traslado de costos (CR)

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El costo de los servicios de gas combustible vendidos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación del saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

6 63 6340

COSTO DE VENTAS YOPERACIÓN

COSTO DE VENTAS DESERVICIOS

SERVICIO DETELECOMUNICACIONES

DESCRIPCIÓN

Representa el valor de los costos incurridos por el ente público en la prestación del servicio detelecomunicaciones vendido, en desarrollo de su cometido estatal.

La contrapartida corresponde a la subcuenta 750695 - Traslado de costos (CR).

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 434

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El costo de los servicios de telecomunicaciones vendidos.SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación del saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

6 63 6345

COSTO DE VENTAS YOPERACIÓN

COSTO DE VENTAS DESERVICIOS

SERVICIOS DE TRANSPORTE

DESCRIPCIÓN

Representa el valor de los costos incurridos por el ente público en la generación de servicios de transportevendidos, en desarrollo de su cometido estatal.

La contrapartida corresponde a la subcuenta “Traslado de costos (CR)” de las cuentas del grupo 74 - Serviciosde transporte

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El costo de los servicios de transporte vendidos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación del saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

6 63 6350

COSTO DE VENTAS YOPERACIÓN

COSTO DE VENTAS DESERVICIOS

SERVICIOS HOTELEROS Y DEPROMOCIÓN TURÍSTICA

DESCRIPCIÓN

Representa el valor de los costos incurridos por el ente público en la prestación de los servicios hoteleros y depromoción turística vendidos, en desarrollo de su cometido estatal.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 435

La contrapartida corresponde a la subcuenta “Traslado de costos (CR)” de las cuentas del grupo 76 - Servicioshoteleros y de promoción turística.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El costo de los servicios hoteleros y de promoción turística vendidos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación del saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

6 63 6390

COSTO DE VENTAS YOPERACIÓN

COSTO DE VENTAS DE SERVICIOS OTROS SERVICIOS

DESCRIPCIÓN

Representa el valor de los costos incurridos por el ente público en la prestación de servicios que no seencuentran definidos en las cuentas anteriores.

La contrapartida corresponde a la subcuenta “Traslado de costos (CR)” de las cuentas del grupo 79 - Otrosservicios.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El costo otros servicios vendidos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación del saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

6 64

COSTO DE VENTAS Y COSTO DE OPERACIÓN DE

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 436

OPERACIÓN SERVICIOS

DESCRIPCIÓN

Bajo esta denominación se agrupan las cuentas representativas de los valores que se causen como resultadodel desarrollo directo del cometido estatal de las administradoras de la seguridad social, de las entidadesfinancieras y los que se deriven de la explotación de juegos de suerte y azar, entre otras.

CLASE GRUPO CUENTA

6 64 6401

COSTO DE VENTAS YOPERACIÓN

COSTO DE OPERACIÓN DESERVICIOS

SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES

DESCRIPCIÓN

Valor causado por los entes públicos que conforman el sistema integral de seguridad social y que tienen porobjeto garantizar a la población, el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, la invalidez y lamuerte, mediante el reconocimiento de las pensiones y prestaciones que se determinan en la Ley.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas, 2625 - Bonos pensionales, 2570 -Prestaciones por pagar sistema de pensiones, 2720 – Provisión para pensiones, 2721 – Provisión para bonospensionales.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor causado por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

6 64 6402

COSTO DE VENTAS YOPERACIÓN

COSTO DE OPERACIÓN DESERVICIOS

SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 437

DESCRIPCIÓN

Valor causado por las Empresas promotoras de salud - EPS, originado en el desarrollo de su función básica deorganizar y garantizar, directa o indirectamente, la prestación del Plan obligatorio de salud - POS, a losafiliados.

Para garantizar el POS, las entidades promotoras de salud prestarán directamente o contratarán los servicios desalud con las instituciones prestadoras y los profesionales. Estas entidades podrán adoptar modalidades decontratación y pago tales como capitación y eventos, entre otros.

Cuando la Empresa promotora de salud preste directamente los servicios de salud los costos en que incurra,deben registrarse en la Clase 7.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2550- Seguridad social en salud.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor causado por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

6 64 6403

COSTO DE VENTAS YOPERACIÓN

COSTO DE OPERACIÓN DESERVICIOS

SEGURIDAD SOCIAL EN RIESGOSPROFESIONALES

DESCRIPCIÓN

Valor causado por las entidades administradoras del Sistema General de Riesgos Profesionales, por conceptode actividades de promoción y prevención, tendientes a mejorar las condiciones de trabajo y salud de lapoblación laboral, protegiéndola contra los riesgos derivados de la organización del trabajo, que puedenafectar la salud individual o colectiva.

Incluye además, los valores derivados de la atención de la salud de los trabajadores y las prestacioneseconómicas por incapacidad temporal a que haya lugar, frente a las contingencias de accidentes de trabajo yenfermedad profesional, así como, el reconocimiento y pago a los afiliados de las prestaciones por incapacidadpermanente, parcial o invalidez.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2560- Seguridad social en riesgosprofesionales.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 438

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor causado por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

6 64 6410

COSTO DE VENTAS YOPERACIÓN

COSTO DE OPERACIÓN DESERVICIOS

GASTOS POR OPERACIONES DECAPTACIÓN Y SERVICIOS FINANCIEROS

DESCRIPCIÓN

Valor causado por concepto de erogaciones y cargos financieros y operativos en que incurren las entidadesfinancieras en desarrollo de su actividad.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2111 – Gastos financieros por pagarpor operaciones de captación y servicios financieros, y la subcuenta 211006 – Cuentas de ahorro de valorconstante, 211008 – Certificados de ahorro de valor constante, 1201 – Administración de liquidez – Renta fija,1202 - . Administración de liquidez – Renta variable y 1203 – Inversión fines de política – Renta fija.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor causado por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable

CLASE GRUPO CUENTA

6 64 6411

COSTO DE VENTAS YOPERACIÓN

COSTO DE OPERACIÓN DESERVICIOS

OPERACIONES DE BANCA CENTRAL

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 439

DESCRIPCIÓN

Valor causado por concepto de erogaciones y cargos por gastos financieros, comisiones, honorarios, entreotros, incurridos por el Banco Central en desarrollo de sus actividades, de acuerdo con lo establecido en la Ley31 de 1992.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta 2107- Gastos financieros por pagar -Operaciones de banca central.DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor causado por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable

CLASE GRUPO CUENTA

6 64 6412

COSTO DE VENTAS YOPERACIÓN

COSTO DE OPERACIÓN DESERVICIOS

GASTOS POR SEGUROS

DESCRIPCIÓN

Valor causado por la estimación de las obligaciones originadas en los riesgos que deben cubrir los entespúblicos de carácter asegurador, en desarrollo de su cometido estatal.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 2725 – Provisión para seguros y2415 - Operaciones de seguros y reaseguros.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor causado por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

CLASE GRUPO CUENTA

6 64 6420

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 440

COSTO DE VENTAS YOPERACIÓN

COSTO DE OPERACIÓN DESERVICIOS

JUEGOS DE SUERTE Y AZAR

DESCRIPCIÓN

Valores causados por el ente público, por concepto de premios y demás gastos inherentes a la explotación delmonopolio de juegos de suerte y azar.

La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman las cuentas 2465 - Premios por pagar y 2425 -Acreedores varios.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor causado por cada concepto.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del período contable.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 441

CLASE GRUPO CUENTA

7

COSTOS DE PRODUCCIÓN

DESCRIPCIÓN

Bajo esta denominación se agrupan las cuentas representativas de los cargos asociados directamente con laproducción de bienes o la prestación de servicios, de los cuales un ente público obtiene sus ingresos, endesarrollo de su cometido estatal.

Igualmente se incluyen los costos de aquellos bienes y servicios suministrados gratuitamente, o cuyosingresos no alcanzan a cubrir los costos, así como los bienes producidos por el ente público, para suconsumo o uso interno.

Cuando se trate de la producción de bienes que serán consumidos o utilizados directamente por el entepúblico, una vez concluido el proceso productivo, deben reclasificarse a las cuentas de Gastos, Cargosdiferidos, Propiedades, planta y equipo o al activo correspondiente, sin que sea necesario registrarlos en lascuenta “Inventario de productos terminados”.

Los conceptos que hacen parte del costo de producción, son los siguientes:

Materia prima: Comprende el costo de los elementos que han de ser sometidos a un proceso detransformación y convertidos en un bien final o intermedio. La contrapartida corresponde a la subcuenta151201 – Materias primas.

Materiales: En la producción de bienes, comprende el costo de los elementos que quedan integradosfísicamente al producto, susceptibles de medirse en unidades de costo. Así mismo incluye los materiales deenvases y empaques necesarios en la producción. La contrapartida corresponde a las subcuentas 151701 –Materiales para la producción de bienes y 151601- Envases y empaques.

Tratándose de la producción de servicios, comprende aquellos elementos que se consumen directamente en laprestación de los mismos. La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 1518 – Materiales parala prestación de servicios.

Generales: Corresponde los costos en que incurre un ente público, que no se identifican físicamente en elproducto, pero son necesarios en la producción, tales como: mantenimiento, reparaciones, servicios públicos,arrendamientos, entre otros. La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 2401 – Adquisiciónde bienes y servicios nacionales, 2406 - Adquisición de bienes y servicios del exterior, 2425 – Acreedores y5897 - Costos y gastos por distribuir.

Sueldos y salarios: Corresponde a la remuneración, en especie o en efectivo, que reconoce un ente público alas personas que participan, directa o indirectamente, en los procesos productivos de bienes o prestación deservicios. La contrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 2505 – Salarios y prestaciones sociales y2715 – Provisión para prestaciones sociales.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 442

Contribuciones imputadas: Lo conforman las prestaciones que son reconocidas directamente por el entepúblico, y no a través del sistema de seguridad social, a las personas que participan en el proceso deproducción de bienes o de prestación de servicios, tales como: pensiones, incapacidades, subsidio familiar,indemnizaciones, gastos médicos y drogas, auxilios y servicios funerarios. La contrapartida corresponde a lassubcuentas que conforman las cuentas: 2505 - Salarios y prestaciones sociales, 2510 – Pensiones por pagar,2720 – Provisión para pensiones y 2721 – Provisión para bonos pensionales.

Contribuciones efectivas: Son aquellas que paga el ente público a través de los sistemas de seguridad social(salud, pensiones y riesgos profesionales), cajas de compensación familiar, entre otros, con el fin de garantizarbeneficios a quienes participan, directa o indirectamente, en el proceso de producción de bienes o prestaciónde servicios. La contrapartida corresponde a las respectivas subcuentas que conforman la cuenta 2425 –Acreedores.

Aportes sobre la nómina: Comprende las erogaciones que, de acuerdo con la ley, debe efectuar el ente públicoal ICBF, SENA, ESAP y Escuelas industriales e institutos técnicos, con base en la nómina de quienesparticipan, directa o indirectamente, en el proceso de producción de bienes y servicios. La contrapartidacorresponde a las respectivas subcuentas de la cuenta 2425 – Acreedores.

Depreciación: Disminución gradual de la capacidad operacional de las propiedades, planta y equipo utilizadasen el proceso de producción, como resultado del uso, expresada en términos monetarios, con base en el valorde los bienes y la vida útil estimada.. La contrapartida corresponde a las subcuentas que conforman la cuenta1685 – Depreciación acumulada (CR).

Amortización: Disminución gradual de los recursos amortizables, por efecto de su extinción, durante el tiempoen que contribuye a la producción. La contrapartida corresponde a las subcuentas de las cuentas 1686 –Amortización acumulada (CR), 1835 – Amortización acumulada de inversiones en recursos naturalesrenovables en explotación (CR) y 1845 – Amortización acumulada de inversiones en recursos naturales norenovables en explotación. (CR)

Impuestos: Gravámenes en los cuales el bien objeto del tributo se relaciona directamente con la producción debienes o la prestación de servicios, tales como: Predial, Vehículos y Contribución por valorización. Lacontrapartida corresponde a las subcuentas de la cuenta 2440 – Impuestos, contribuciones y tasas por pagar.

Los conceptos de costo anteriormente relacionados, corresponden a las subcuentas de cada una de lascuentas que conforman los grupos de esta clase.

El detalle en el nivel auxiliar, con excepción de la materia prima y los materiales, debe corresponder a ladesagregación que presentan las siguientes cuentas de gastos: 5101 – Sueldos y salarios, 5102 –Contribuciones imputadas, 5103 – Contribuciones efectivas, 5104 – Aportes sobre la nómina, 5111 – Generales,5120 – Impuestos, contribuciones y tasas, 5330 – Depreciación de propiedades, planta y equipo, 5331 –Depreciación de bienes adquiridos en “leasing”, 5340 – Amortización de propiedades, planta y equipos, 5342– Amortización de inversiones de recursos naturales en explotación y 5343 – Amortización de recursosnaturales no renovables en explotación. Lo anterior, debe entenderse respecto de aquéllos conceptos que seconstituyan en costo de producción de acuerdo con el cometido estatal de cada ente público.

Regalías: Compensación monetaria girada a la nación, departamentos, municipios, puertos y fondo nacionalde regalías, liquidada sobre la explotación de los recursos naturales no renovables. La contrapartidacorresponde a la subcuenta 244010 – regalías.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 443

Traslado de costos (CR): Con el fin de mantener la información acumulada de los costos de produccióndurante el período contable, la actualización se hará en el inventario o en el costo de ventas, segúncorresponda, acreditando esta subcuenta para cada una de las cuentas que conforman los distintos grupos.

Cuando se trate de la producción de bienes, los saldos de las cuentas que integran esta clase se trasladarán alinventario de productos terminados al finalizar la producción, mediante la utilización de la subcuenta “Trasladode costos (CR)”. A su vez, y a efectos de presentación de la información, los costos correspondientes a laproducción que se encuentre en proceso, se reclasificarán periódicamente en las fechas de reporte deinformación contable, a la cuenta “Inventario de productos en proceso” mediante la utilización, igualmente, dela subcuenta “Traslado de costos (CR)”.

Por su parte, en el caso de la prestación de servicios, el saldo de los costos se trasladará directamente a lascuentas del costo de ventas a través de la subcuenta “Traslado de costos (CR)”, en el entendido que laproducción del servicio es simultánea al intercambio; toda vez que al momento de concluir su producción, losservicios son suministrados a los consumidores.

Al cierre del período contable, las subcuentas de naturaleza débito se cancelarán contra la subcuenta“Traslado de costos (CR)”.

CLASE GRUPO CUENTA

7 71

COSTOS DE PRODUCCIÓN PRODUCCIÓN DE BIENES

DESCRIPCIÓN

Bajo esta denominación se agrupan las cuentas que representan el costo incurrido por cada uno de losconceptos necesarios para la producción de bienes.

CLASE GRUPO CUENTA

7 71 7101

COSTOS DE PRODUCCIÓN PRODUCCIÓN DE BIENES PRODUCTOS AGRÍCOLAS

DESCRIPCIÓN

Representa el valor de los costos incurridos por el ente público, originados en el cultivo de productosagrícolas.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 444

1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, duranteel período contable.

2- La devolución de los costos trasladados temporalmente al “Inventario de productos en proceso”; a travésde la subcuenta 710195 – Traslado de costos (CR). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado elreporte de la información, para continuar la acumulación.

3- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 710195 – Traslado de costos (CR), contra uncrédito en las subcuentas de acumulación de costos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de lasubcuenta 710195 – Traslado de costos (CR), cuando finalice la producción.

2- El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso através de la subcuenta 710195 – Traslado de costos (CR), a efectos de reporte, cuando no haya terminadola producción.

3- La devolución de materiales y materia prima al inventario.4- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período

contable, contra un débito a la subcuenta 710195 – Traslado de costos (CR).

CLASE GRUPO CUENTA

7 71 7102

COSTOS DE PRODUCCIÓN PRODUCCIÓN DE BIENES PRODUCTOS FORESTALES

DESCRIPCIÓN

Representa el valor de los costos incurridos por el ente público, originados en el cultivo de productosforestales.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, durante elperíodo contable.

2- La devolución de los costos trasladados temporalmente al “Inventario de productos en proceso”; a travésde la subcuenta 710295 – Traslado de costos (CR). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado elreporte de la información, para continuar la acumulación.

3- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 710295 – Traslado de costos (CR), contra uncrédito en las subcuentas de acumulación de costos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de lasubcuenta 710295 – Traslado de costos (CR), cuando finalice la producción.

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 445

2- El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso através de la subcuenta 710295 – Traslado de costos (CR), a efectos de reporte, cuando no haya terminadola producción.

3- La devolución de materiales y materia prima al inventario.4- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período

contable, contra un débito a la subcuenta 710295 – Traslado de costos (CR)

CLASE GRUPO CUENTA

7 71 7103

COSTOS DE PRODUCCIÓN PRODUCCIÓN DE BIENES PRODUCTOS PISCÍCOLAS

DESCRIPCIÓN

Representa el valor de los costos incurridos por el ente público, originados en el cultivo de productospiscícolas.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, durante elperíodo contable.

2- La devolución de los costos trasladados temporalmente al “Inventario de productos en proceso”; a travésde la subcuenta 710395 – Traslado de costos (CR). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado elreporte de la información, para continuar la acumulación.

3- La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 710395 – Traslado de costos (CR), contra uncrédito en las subcuentas de acumulación de costos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de lasubcuenta 710395 – Traslado de costos (CR), cuando finalice la producción.

2- El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso através de la subcuenta 710395 – Traslado de costos (CR), a efectos de reporte, cuando no haya terminadola producción.

3- La devolución de materiales y materia prima al inventario.4- El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período

contable, contra un débito a la subcuenta 710395 – Traslado de costos (CR)

CLASE GRUPO CUENTA

7 71 7104

COSTOS DE PRODUCCIÓN PRODUCCIÓN DE BIENES SEMOVIENTES

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Contaduría General de la Nación Capítulo 2 446

DESCRIPCIÓN

Representa el valor de los costos incurridos por el ente público, originados en la producción de semovientes.DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1. El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, duranteel período contable.

2. La devolución de los costos trasladados temporalmente al “Inventario de productos en proceso”; a travésde la subcuenta 710495 – Traslado de costos (CR). Dicho registro debe efectuarse una vez realizado elreporte de la información, para continuar la acumulación.

3. La cancelación al cierre del período contable de la subcuenta 710495 – Traslado de costos (CR), contra uncrédito en las subcuentas de acumulación de costos.

SE ACREDITA CON:

1. El valor de los costos acumulados trasladados al Inventario de productos terminados, a través de lasubcuenta 710495 – Traslado de costos (CR), cuando finalice la producción.

2. El valor de los costos acumulados trasladados temporalmente al inventario de productos en proceso através de la subcuenta 710495 – Traslado de costos (CR), a efectos de reporte, cuando no haya terminadola producción.

3. La devolución de materiales y materia prima al inventario.4. El valor de la cancelación del saldo de las subcuentas de acumulación de costos, al cierre del período

contable, contra un débito a la subcuenta 710495 – Traslado de costos (CR).

CLASE GRUPO CUENTA

7 71 7108

COSTOS DE PRODUCCIÓN PRODUCCIÓN DE BIENES CARBÓN

DESCRIPCIÓN

Representa el valor de los costos incurridos por el ente público, originados en la explotación, transporte ymanejo del carbón.

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor causado o trasladado por los diferentes conceptos de costo incurridos en la producción, durante elperíodo contable.

2- El valor de las reservas extraídas, calculado técnicamente.

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