2011 IMSS Medicamentos

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Grupo Funcional Desarrollo Social 1 Instituto Mexicano del Seguro Social Adquisición y Abasto de Medicamentos por Adjudicación Directa y Oferta Subsecuente de Descuentos Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 11-1-00GYR-02-0447 DS-085 Criterios de Selección Esta auditoría se seleccionó con base en los criterios cuantitativos y cualitativos establecidos en la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011, considerando lo dispuesto en el Plan Estratégico de la ASF 2011-2017. Objetivo Fiscalizar la gestión financiera de la adquisición y abasto de medicamentos mediante adjudicación directa y oferta subsecuente de descuentos, para comprobar que se obtuvieron las mejores condiciones de precio, calidad y oportunidad; que la compra se basó en necesidades propias de las unidades médicas; que los medicamentos se recibieron, registraron, resguardaron y suministraron oportunamente a la derechohabiencia; que el consumo estuvo soportado y que el registro contable y presupuestal se efectuó de acuerdo con las disposiciones legales y normativa aplicables. Alcance Miles de Pesos Universo Seleccionado 12,298,839.9 Muestra Auditada 4,273,529.9 Representatividad de la Muestra 34.7 % La muestra por 4,273,529.9 miles de pesos representa el 34.7% del total adjudicado (12,298,839.9 miles de pesos) mediante 2 licitaciones públicas por oferta subsecuente de descuentos, 1 adjudicación directa y compras mediante bolsa única de ofertas (BUO), como se muestra a continuación: INTEGRACIÓN DE LA MUESTRA (Miles de pesos) FUENTE: Base de datos de los eventos realizados o ejecutados en el ejercicio 2011. Concepto Importe % Licitación Pública OA-019GYR047-N11-10 536,447.2 4.3 Licitación Pública LPI-00641321-015-09 1,307,346.4 10.6 Adjudicación Directa SA-019GYR047-I1-11 2,429,025.6 19.8 Compras BUO 710.7 0.0 Total 4,273,529.9 34.7

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Grupo Funcional Desarrollo Social

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Instituto Mexicano del Seguro Social

Adquisición y Abasto de Medicamentos por Adjudicación Directa y Oferta Subsecuente de Descuentos

Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 11-1-00GYR-02-0447

DS-085

Criterios de Selección

Esta auditoría se seleccionó con base en los criterios cuantitativos y cualitativos establecidos en la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011, considerando lo dispuesto en el Plan Estratégico de la ASF 2011-2017.

Objetivo

Fiscalizar la gestión financiera de la adquisición y abasto de medicamentos mediante adjudicación directa y oferta subsecuente de descuentos, para comprobar que se obtuvieron las mejores condiciones de precio, calidad y oportunidad; que la compra se basó en necesidades propias de las unidades médicas; que los medicamentos se recibieron, registraron, resguardaron y suministraron oportunamente a la derechohabiencia; que el consumo estuvo soportado y que el registro contable y presupuestal se efectuó de acuerdo con las disposiciones legales y normativa aplicables.

Alcance

Miles de Pesos Universo Seleccionado 12,298,839.9 Muestra Auditada 4,273,529.9 Representatividad de la Muestra 34.7 %

La muestra por 4,273,529.9 miles de pesos representa el 34.7% del total adjudicado (12,298,839.9 miles de pesos) mediante 2 licitaciones públicas por oferta subsecuente de descuentos, 1 adjudicación directa y compras mediante bolsa única de ofertas (BUO), como se muestra a continuación:

INTEGRACIÓN DE LA MUESTRA

(Miles de pesos)

FUENTE: Base de datos de los eventos realizados o ejecutados en el ejercicio 2011.

Concepto Importe %

Licitación Pública OA-019GYR047-N11-10 536,447.2 4.3

Licitación Pública LPI-00641321-015-09 1,307,346.4 10.6

Adjudicación Directa SA-019GYR047-I1-11 2,429,025.6 19.8

Compras BUO 710.7 0.0

Total 4,273,529.9 34.7

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Antecedentes

A partir de 2009, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) empezó a adjudicar medicamentos en la modalidad de Oferta Subsecuente de Descuentos (OSD), proceso autorizado por la Secretaría de la Función Pública (SFP), en el cual el IMSS determina que la presentación de la OSD es para los proveedores solventes que cumplan satisfactoriamente las condiciones legales y técnicas del proceso normal, la forma en que los licitantes calificados podrán presentarla, incluyendo los topes mínimos y máximos que serán permitidos entre una y otra oferta, y el sistema sólo aceptará la oferta que mejore el último precio ofertado. El proceso de la OSD consiste en que una vez determinada la mejor opción en el proceso normal, por cada una de las partidas, se registra el importe de cada una de las propuestas económicas susceptibles de ser evaluadas, así como el nombre o razón social de los licitantes que las ofertaron; se clasifican en orden ascendente, se inicia con la que ofertó el menor precio (mayor descuento contra los precios máximos de referencia) y, al término de la puja, resultará ganador de la partida el primer licitante calificado que manifieste la aceptación del menor precio propuesto mediante el sistema.

Por los resultados satisfactorios que el instituto ha obtenido al optimizar recursos y conseguir menores precios que los ofertados en el proceso normal de la licitación, al conseguir un ahorro en relación con el total licitado, mediante la modalidad de OSD, se seleccionó para revisar la compra de medicamentos de 3 eventos por 73 claves, en 2 licitaciones (nacional e internacional) y 1 adjudicación directa, esta última con los titulares de las patentes, mediante la Comisión Coordinadora para la Negociación de Precios para Medicamentos y Otros Insumos para la Salud de la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, en donde se consiguieron para el IMSS bonificaciones en especie, de 1.0% al 7.0% de tres proveedores. Del total de las adjudicaciones de medicamentos realizadas por el IMSS en 2011, (considerando eventos multianuales) por 12,298,839.9 miles de pesos (100.0%), se encuentran dentro de las de mayor importancia, la licitación pública nacional núm. OA-019GYR047-N11-10, por 536,447.2 miles de pesos (4.3%) y la internacional núm. LPI-00641321-015-09, por 1,307,346.4 miles de pesos (10.6%), como Oferta Subsecuente de Descuentos, donde se adjudicaron 15 y 17 claves, respectivamente, así como la adjudicación directa núm. SA-019GYR047-I1-11 con 41 claves de patentes adjudicadas por 2,429,025.6 miles de pesos (19.8%).

Cabe mencionar que una vez adjudicadas las claves de medicamentos a los proveedores, el proceso continúa con la recepción en las delegaciones, que en caso de incumplir los proveedores en la entrega, éstas aplican las penas convencionales correspondientes, asimismo realizan la distribución oportuna a las unidades médicas y estas últimas a su vez suministran los medicamentos al derechohabiente.

Resultados

1. Evaluación del Control Interno

Con la evaluación del sistema de control interno implementado, se constató que en el ejercicio 2011 el IMSS contó con los instrumentos normativos para los procesos de

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adjudicación, recepción, control y salvaguarda, registro y suministro al derechohabiente, donde destacan los siguientes:

- Manual de Organización de las unidades médicas de segundo nivel de atención.

- Manual de Organización de las unidades médicas de Alta Especialidad.

- Manual de Organización de la Jefatura de Servicios Administrativos.

- Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en Materia de Control Interno.

- Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del IMSS.

- Contrato Colectivo de Trabajo del Instituto Mexicano del Seguro Social 2009-2011.

- Procedimiento Administrativo para Farmacias.

- Procedimiento para el surtido de medicamentos a los servicios y al derechohabiente, por parte de la farmacia.

- Contratos de Prestaciones de Servicios de Seguridad.

- Norma Oficial Mexicana NOM-168-SSA.

Con la revisión de estos documentos, se constató que fueron autorizados por el personal facultado y estuvieron vigentes en el ejercicio 2011; asimismo, que la entidad fiscalizada cuenta con una estructura orgánica autorizada y funciones asignadas a las áreas que la conforman; sin embargo, en la práctica el sistema de control interno no cumple con los objetivos de proporcionar confiabilidad, veracidad y oportunidad de la información financiera y de operación, ni con la salvaguarda de los recursos públicos en condiciones de integridad, transparencia y disponibilidad para los fines a los que están destinados, conforme al Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en Materia de Control Interno y se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno, ya que se observaron deficiencias que se detallan en los resultados subsecuentes.

Con el fin de verificar los filtros de seguridad para el resguardo de los medicamentos en los hospitales General de Zona Núm. 71 de Chalco y General Regional núm. 196, se realizaron recorridos en las farmacias, áreas de acceso y salidas donde se observó que el personal de seguridad no revisa las bolsas, mochilas y bultos que llevan los derechohabientes y el personal adscrito a la unidad médica, al ingresar y salir; tampoco se revisan las cajuelas de los vehículos que salen de las instalaciones. Después de la intervención de la ASF, dichos hospitales llevaron a cabo acciones para que en lo sucesivo se realice tal revisión.

Se constató que la UMAE Hospital de Traumatología y Ortopedia Lomas Verdes suministra a sus servicios una dotación de 2 a 20 piezas a granel de las claves 0474 y 0476, lo cual dificulta determinar si la entrega y el registro por la salida fue en piezas o envases; además, no cuenta con cámaras de video vigilancia que cubran el área de la farmacia, con el fin de

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evitar la sustracción de medicamentos. Después de la intervención de la ASF, se llevaron a cabo acciones para que dichas claves se suministren en envase de acuerdo con la presentación del cuadro básico vigente. Asimismo, se verificó que dentro de la farmacia se encuentran cámaras de video en funcionamiento que cubren el área de entrada, de surtimiento y de medicamentos de alto costo.

En la Delegación Estado de México Oriente se observó que en el Sistema de Abasto Institucional (SAI) se generó la orden de reposición núm. 1148958 y, en consecuencia, la aplicación de la pena convencional de 83.2 miles de pesos, registrada en el sistema PREIMILLENIUM, no obstante que el proveedor señalado no aceptó el incremento del contrato por el 20.0% por lo que al no formalizarse la operación no procede la aplicación de la pena convencional.

Asimismo, respecto del contrato D110148, que el proveedor no formalizó en la Delegación Veracruz Norte, el sistema SAI emitió las órdenes de reposición 12516, 12517 y 12518, las cuales se registraron en el sistema PREIMILLENIUM lo que generó la aplicación de la pena convencional, después de la intervención de la ASF (septiembre 2012), la Delegación Veracruz Norte las canceló.

Por lo anterior, se considera que el Sistema de Abasto Institucional carece de funciones que permitan verificar que las órdenes de reposición, se generen sólo con los proveedores que se hayan formalizado contratos y modificaciones, por lo que realizan aplicaciones de penas convencionales improcedentes.

En el Hospital General de Zona núm. 71 de Chalco no se ha reparado una cámara de video vigilancia ubicada dentro del hospital, cuyo objetivo es evitar que se extraigan los medicamentos.

Véase acción(es): 11-1-00GYR-02-0447-01-001 11-1-00GYR-02-0447-01-002 11-1-00GYR-02-0447-01-003 11-1-00GYR-02-0447-01-004

2. Proceso de Adjudicación de Medicamentos

Con el análisis documental de los procesos licitatorios LPI-00641321-015-09 y OA-019GYR047-N11-10 en la modalidad de Oferta Subsecuente de Descuentos (OSD), y la adjudicación directa SA-019GYR047-I1-2011, se comprobó que en la adquisición de medicamentos de 73 claves se cumplió con la normativa, al contar con bases de licitación, requerimiento consolidado, dictamen presupuestal, actas de juntas de aclaración, ofertas técnico-económicas, actas de apertura y fallo, fianzas y contratos respecto del proceso licitatorio; y de la adjudicación directa se contó con los oficios de invitación de proveedores, acta de procedimiento de adjudicación directa de medicamentos con patente vigente, solicitud de dictamen de procedencia y acuerdo de resolución del Comité Institucional de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios. Además, en los procesos de oferta subsecuente de descuentos, se presentó el reporte del detalle de la subasta electrónica, realizada por proveedor y clave y el cuadro comparativo; asimismo, las claves se incluyeron en el

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Programa Anual de Adquisiciones, por lo tanto el instituto adjudicó las 73 claves de medicamentos en las mejores condiciones de precio.

3. Bonificación de medicamentos sin recepción.

Con la revisión de la adjudicación directa SA-019 GYR 047-I1-2011, por 2,429,025.6 miles de pesos, se determinó que se adjudicaron 41 claves de medicamentos, que se formalizaron mediante contratos abiertos con 10 empresas que cuentan con los derechos sobre las patentes. Se estipularon bonificaciones en especie del 1.0% al 7.0%, que correspondieron a 13 claves, conforme a las condiciones que se establecieron en los contratos, de los cuales la Coordinación de Control de Abasto de nivel central proporcionó las cantidades entregadas en las delegaciones de todo el país, que ascendieron a 2,545,303 piezas, cantidad por la que conforme a la bonificación establecida en los contratos, los proveedores debieron bonificar 115,015 piezas, por un importe de 42,408.3 miles de pesos.

Después de la reunión de presentación de resultados preliminares y finales y observaciones preliminares, la entidad fiscalizada proporcionó las altas manuales de la recepción de las 115,015 piezas bonificadas. De su revisión se determinó lo siguiente:

• Se comprobó que 99,222 piezas fueron solicitadas antes de que terminara la vigencia del contrato y recibidas en el Almacén de Programas Especiales y Red Fría en el Área de suministro de Nivel Central, entre el 27 y 28 de diciembre de 2011, conforme a sus contratos.

• Por lo que corresponde a la clave 4308, por 1,324 piezas, se solicitó su entrega a partir del 17 de agosto de 2012 (230 días después de la vigencia del contrato), con motivo de la intervención de la ASF.

• De la clave 0442 se entregaron 2,272 piezas, 6 meses después de la fecha indicada para tal fin.

• Respecto de la clave 5486, se entregaron 6,161 piezas, 19 días después de la fecha señalada para su entrega.

• De las claves 4252 (3,161) y 4253 (2,875) por un total de 6,036 piezas, estas fueron entregadas por el proveedor 233 días, después de la fecha en que fueron solicitadas.

• Asimismo, se determinó que la Coordinación de Control de Abasto de nivel central no notificó al Órgano Interno de Control (OIC) los incumplimientos de los proveedores en la entrega de 14,469 piezas de medicamentos de las claves 0442 (2,272), 5486 (6,161), 4252 (3,161) y 4253 (2,875) por las bonificaciones obtenidas contractualmente, por lo que el OIC no contó con elementos para proceder ante tal situación y por consiguiente, no se sancionó a los proveedores por el retraso en la entrega de entre 19 y 233 días, después de la fecha en que debieron de haber entregado.

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• No se concilió entre el IMSS y los proveedores (Grupo Fármacos Especializados, S.A. de C.V., Selecciones Médicas del Centro, S.A. de C.V. y Farmacéuticos Maypo, S.A. de C.V.) por la totalidad de las altas del sistema, a partir de la fecha en que se aplicó la bonificación, con el fin de que el proveedor que ofrecía la bonificación validara dicha información mensualmente, únicamente acuerdos donde se aceptaron las cantidades establecidas por contrato único para el periodo 2011.

Véase acción(es): 11-1-00GYR-02-0447-01-005 11-9-00GYR-02-0447-08-001

4. Recepción y falta de aplicación de penas convencionales.

Con la verificación de 4,435 órdenes de reposición, incumplidas en 2011, por la entrega extemporánea de medicamentos por parte de los proveedores, a las coordinaciones de Abastecimiento y Equipamiento en las delegaciones Estado de México Oriente, Veracruz Norte y Veracruz Sur, se determinaron penas convencionales en 4,435 casos (2,004, 969 y 1,462 órdenes respectivamente), por las cuales se comprobó que las delegaciones aplicaron penalizaciones en 4,356 casos (98.2%).

De las 79 órdenes (1.8%) restantes se observó lo siguiente:

• En 52 casos, la Delegación Estado de México Oriente no aplicó penas convencionales por 583.3 miles de pesos por incumplimientos totales en la entrega de medicamentos de 11 proveedores.

• Respecto a 27 casos, con motivo de la intervención de la Auditoría Superior de la Federación, se recuperaron 214.7 miles de pesos, en agosto y septiembre de 2012, integrados como se indica a continuación:

• 204.6 miles de pesos, de 22 órdenes de reposición incumplidas de la Delegación Estado de México Oriente, y

• 10.1 miles de pesos, de 5 órdenes de reposición de la Delegación Veracruz Norte.

Asimismo, con la verificación del cálculo de la penalización, se determinó la aplicación en exceso, por 2.6 y 11.5 miles de pesos, de penas convencionales de las delegaciones Estado de México Oriente y Veracruz Norte, respectivamente.

Véase acción(es): 11-1-00GYR-02-0447-01-006 11-1-00GYR-02-0447-06-001 11-9-00GYR-02-0447-08-002

5. Registro de medicamentos (Estado del inventario) en Unidades Médicas

Con la revisión de los registros de entradas y salidas de medicamentos reportadas en el “Estado del inventario” de 25 claves, de las cuales 10 fueron del Hospital General de Zona Núm. 71 de Chalco; 21 del Hospital General Regional Núm. 196; 19 del Hospital General de Zona núm. 11 de Xalapa, Veracruz; 15 del Hospital General de Zona núm. 32 de Minatitlán, Veracruz, 6 de la Unidad Médica de Alta Especialidad, Hospital de Traumatología y

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Ortopedia Lomas Verdes y 25 de la Unidad Médica de Alta Especialidad, Hospital de Especialidades núm. 14 de Veracruz, de enero a diciembre de 2011, se determinó que aritméticamente sus movimientos de entradas y salidas y el saldo final no presentan diferencias y muestran cifras reales de la existencia final de medicamentos.

6. Salidas de medicamentos suministrados a los derechohabientes o servicios soportados con recetas individuales y colectivas

Con el análisis de los reportes del Estado del Inventario de febrero, abril, mayo, julio y diciembre de 2011 y la revisión de 9,730 recetas de las cuales corresponden 7,134 a individuales y 2,596 a colectivas, proporcionadas por las unidades médicas revisadas, se observó que la UMAE Hospital de Traumatología y Ortopedia de Lomas Verdes; la UMAE Hospital de Especialidades núm. 14 de Veracruz; el Hospital General Regional núm. 196, y los hospitales generales de zona núms. 71 de Chalco, 32 de Minatitlán, Veracruz, y 11 de Xalapa, Veracruz, reportaron salidas de medicamentos de 24,286 piezas, de las cuales se determinó el suministro de 24,060 piezas, con recetas individuales o colectivas; y de 226 piezas, por 194.1 miles de pesos, correspondientes a 17 claves de medicamentos, faltó comprobar el suministro por parte de la Unidad Médica de Alta Especialidad, Hospital de Especialidades Núm. 14 de Veracruz; del Hospital General de Zona núm. 11 de Xalapa, Veracruz, y del Hospital General Regional núm. 196 de Ecatepec, Estado de México, como se detalla a continuación:

INTEGRACIÓN DE LAS SALIDAS DE LOS MEDICAMENTOS SIN RECETA

Salidas Suministrado Salidas Según Diferencias

Unidad Médica

Recetas Individuales

Recetas Colectivas

por Recetas Estado del Inventario

en Piezas Importe (miles de

pesos)

a b a+b=c d d-c=e

UMAE núm. 14 Veracruz

Febrero 1,807 1,393 3,200 3,205 5 1.6

Julio 1,858 1,081 2,939 2,939 0 0

Diciembre 2,018 1,454 3,472 3,473 1 2.1

Subtotal 5,683 3,928 9,611 9,617 6 3.7

Hospital General de Zona núm. 11 Xalapa

Abril 755 99 854 864 10 3.9

Mayo 864 281 1,145 1,165 20 7.5

Diciembre 1,017 69 1,086 1,112 26 16.9

Subtotal 2,636 449 3,085 3,141 56 28.3

Hospital General Regional núm. 196 Ecatepec

Febrero 625 621 1,246 1,365 119 83.6

Julio 623 869 1,492 1,513 21 21.0

Diciembre 826 1,085 1,911 1,935 24 57.5

Subtotal 2,074 2,575 4,649 4,813 164 162.1 Total 10,393 6,952 17,345 17,571 226 194.1

FUENTE: Reportes del Estado del Inventario y recetas individuales y colectivas de la UMAE Hospital de Especialidades núm. 14 de Veracruz, Hospital General de Zona núm. 11 de Xalapa, Veracruz, y Hospital General Regional núm. 196, de Ecatepec, Estado de México.

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Véase acción(es): 11-1-00GYR-02-0447-06-002 11-1-00GYR-02-0447-06-003 11-9-00GYR-02-0447-08-003 11-9-00GYR-02-0447-08-004 11-9-00GYR-02-0447-08-005

7. Deficiencias en recetas individuales y colectivas

Con la revisión de 9,730 recetas individuales y colectivas de las unidades médicas revisadas, que correspondieron a salidas de medicamentos y que sustentan el suministro al derechohabiente o al servicio, se determinó que 5,091 (52.3%) presentaron deficiencias como: falta de Cédula Profesional o matrícula del médico que lo prescribió; falta de clave del medicamento; no se indica el número de piezas por surtir; carencia de firma del médico; falta de fecha; datos ilegibles o alterados; falta del sello de la farmacia o por medicamento negado; falta de autorización de la dirección médica por la salida del medicamento de alto costo; falta de dirección, de número telefónico y de la firma del derechohabiente, y tachaduras, como se muestra a continuación:

RECETAS REVISADAS POR HOSPITAL Y UNIDAD MÉDICA

Unidad Médica Recetas

Revisadas Recetas con deficiencias

%

Hospital General de Zona núm. 71 de Chalco.

221 155 70.1

Hospital General Regional 196. 1,627 931 57.2

Hospital General de Zona núm. 32 de Minatitlán, Veracruz.

424 357 84.2

Hospital General de Zona núm. 11 de Xalapa, Veracruz.

1,945 1,146 58.9

Unidad Médica de Alta Especialidad, Hospital de Especialidades núm. 14 de Veracruz.

4,036 2,411 59.7

Unidad Médica de Alta Especialidad Hospital de Traumatología y Ortopedia, Lomas Verdes.

1,477 91 6.2

9,730 5,091 52.3

FUENTE: Recetas individuales y colectivas del ejercicio 2011.

Como resultado de la intervención de la ASF, las unidades médicas de alta especialidad (UMAE´S) Hospital de Traumatología y Ortopedia, Lomas Verdes y Hospital de Especialidades núm. 14 de Veracruz, y los hospitales generales de zona (HGZ) núm. 71 de Chalco, Estado de México y núm. 32 de Minatitlán, Veracruz, proporcionaron como evidencia oficios y memorándums dirigidos a su área médica y al personal de la farmacia, para que en lo sucesivo requisiten debidamente las recetas. Asimismo, enviaron ejemplos de recetas actuales donde se verificó la correcta requisitación de recetas individuales y colectivas. Sin embargo, el HGZ núm. 11 de Xalapa, Veracruz, y el HGR núm. 196 de

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Ecatepec, Estado de México, no proporcionaron evidencia de que actualmente las recetas se estén requisitando conforme a la normativa vigente.

Asimismo, se observó que 109 recetas capturadas como negadas, en la Unidad Médica de Alta Especialidad, Hospital de Especialidades Núm. 14 de Veracruz y en los hospitales generales de zona núms. 71 de Chalco, 11 de Xalapa, Veracruz, y 32 de Minatitlán, Veracruz, fueron surtidas extemporáneamente entre 10 a 184 días, después de su emisión, sin que ello se encuentre normado en algún manual o procedimiento del instituto, ni con las políticas o lineamientos que delimiten la fecha en la que se tendría que surtir una receta con el estatus de “negada”; dicha situación implica retrasar los tratamientos médicos por la falta de medicamentos que controlan padecimientos como asma, enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), VIH/sida, artritis reumatoide, enfermedad de Crohn, hemofilia, entre otros.

Véase acción(es): 11-1-00GYR-02-0447-01-007 11-1-00GYR-02-0447-01-008

8. Verificación de expedientes clínicos

Se revisaron 46 expedientes clínicos, 13 del Hospital General de Zona núm. 71 de Chalco, Estado de México; 8 del Hospital General Regional núm. 196 de Ecatepec, Estado de México, y 25 del Hospital General de Zona núm. 11 de Xalapa, Veracruz, y se determinó que 38 (82.6%) se integraron conforme a la normativa; sin embargo, 8 (17.4%) del HGR núm. 196 presentaron desorden en las notas médicas que emite el médico tratante, por lo que no fue posible relacionar los diagnósticos con los medicamentos prescritos en las recetas revisadas, debido a que el área médica utiliza abreviaturas y no el nombre completo del medicamento que se prescribió en las recetas.

Véase acción(es): 11-1-00GYR-02-0447-01-009

9. Compra emergente de medicamentos mediante el procedimiento BUO

Con la revisión de las compras adjudicadas por bolsa única de ofertas (BUO), en la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento de la Delegación Estado de México Oriente, de las 73 claves adquiridas mediante los procedimientos de adjudicación seleccionados, se constató que 4 claves de las 73 seleccionadas fueron adquiridas bajo este procedimiento, debido a incumplimientos de los proveedores, de lo que se comprobó en una de ellas que la adquisición de 41,754 piezas correspondientes a la clave 0657 “Provastatina”, realizada al proveedor Psicofarma, S. A. de C. V. por 312.7 miles de pesos, fue a un precio unitario de 7.49 pesos, mayor en 1.76 pesos por pieza, que el precio de adquisición de la licitación, de 5.73 pesos, adjudicado a dicho proveedor, por lo que se determinó que el IMSS erogó 73.5 miles de pesos de más en la compra.

Además, se observó la falta de políticas, procedimientos o lineamientos que regulen que no se permita adjudicar las mismas claves de medicamentos a un precio mayor, a los proveedores que incumplen con su entrega con precios menores, de los que fueron ofrecidos y pactados originalmente con el IMSS, situación que resta eficiencia y transparencia a dichas adquisiciones.

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Véase acción(es): 11-1-00GYR-02-0447-01-010 11-1-00GYR-02-0447-06-004 11-9-00GYR-02-0447-08-006

10. Registro Contable

En lo que se refiere al registro contable de las operaciones de la recepción de medicamentos en el almacén delegacional, su envío a las unidades médicas, así como la recepción por las unidades médicas y el suministro al derechohabiente o al servicio (consumo de medicamentos), se comprobó que las delegaciones Veracruz Sur y Norte y Estado de México Oriente, se ajustaron a las cuentas contables incluidas en su Catálogo de Cuentas autorizado; además, contaron con la documentación soporte correspondiente.

Acciones

Recomendaciones

11-1-00GYR-02-0447-01-001.- Para que el Instituto Mexicano del Seguro Social fortalezca en la práctica cotidiana el sistema de control implementado, a fin de asegurar que desde su recepción hasta su entrega, se cumpla en tiempo y forma con los procesos de recepción, control, salvaguarda, registro y suministro de medicamentos al derechohabiente, conforme a su marco normativo. [Resultado 1]

11-1-00GYR-02-0447-01-002.- Para que el Instituto Mexicano del Seguro Social, mediante la Jefatura de Servicios Administrativos de las delegaciones Estado de México, Oriente y Veracruz, Norte establezca mecanismos de control y supervisión, a fin de que las operaciones con los proveedores por la adquisición de medicamentos y las modificaciones por aumento de requerimiento, queden debidamente formalizadas, antes de emitir la orden de reposición, con objeto de que, en caso de incumplimientos, el sistema de abasto institucional (SAI) reporte información real al sistema PREIMILLENIUM y se proceda, en su caso, a la oportuna aplicación de penas convencionales. [Resultado 1]

11-1-00GYR-02-0447-01-003.- Para que el Instituto Mexicano del Seguro Social establezca mecanismos de control y supervisión, a fin de que el Hospital General de Zona Núm. 71 de Chalco repare la cámara de video vigilancia ubicada dentro del hospital, para coadyuvar en la vigilancia. [Resultado 1]

11-1-00GYR-02-0447-01-004.- Para que el Instituto Mexicano del Seguro Social, mediante la Coordinación de Control del Abasto, revise y evalúe la procedencia de que el sistema de abasto institucional (SAI) incluya alternativas que permitan consultar las operaciones efectivamente formalizadas, antes de emitir una orden de reposición al proveedor, con el fin de evitar el registro de información errónea y sanciones improcedentes. [Resultado 1]

11-1-00GYR-02-0447-01-005.- Para que el Instituto Mexicano del Seguro Social establezca mecanismos de control y supervisión, a fin de que la Coordinación de Control del Abasto, en el caso de adquisiciones donde se estipulen bonificaciones en especie, dé un seguimiento oportuno que le permita obtener en tiempo y forma los beneficios que se establecen en los contratos y, en caso de incumplimientos se notifique al Órgano Interno de Control para que

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evalúe la procedencia de la aplicación de las penas convencionales correspondientes. [Resultado 3]

11-1-00GYR-02-0447-01-006.- Para que el Instituto Mexicano del Seguro Social establezca mecanismos de control y supervisión, a fin de que las coordinaciones de Abastecimiento y Equipamiento de las delegaciones Veracruz Norte y Estado de México Oriente apliquen y calculen correctamente las penas convencionales a los proveedores con incumplimientos. [Resultado 4]

11-1-00GYR-02-0447-01-007.- Para que el Instituto Mexicano del Seguro Social, mediante el Hospital General de Zona núm. 11 de Xalapa, Veracruz, y el Hospital General Regional núm. 196 de Ecatepec, Estado de México, fortalezca los mecanismos de supervisión y control a fin de que, en lo sucesivo, las recetas individuales y colectivas se requisiten conforme a la normativa y evidencie documentalmente que se están realizando las acciones. [Resultado 7]

11-1-00GYR-02-0447-01-008.- Para que el Instituto Mexicano del Seguro Social, mediante la Dirección de Administración y Evaluación de Delegaciones, en coordinación con la Dirección de Prestaciones Médicas, evalúe y determine las acciones que procedan a fin de que se establezcan tiempos con límites de vigencia para el surtimiento de recetas, que en su momento son negadas por falta de existencias en los documentos normativos correspondientes. [Resultado 7]

11-1-00GYR-02-0447-01-009.- Para que el Instituto Mexicano del Seguro Social, mediante el Hospital General Regional núm. 196 de Ecatepec, Estado de México, fortalezca los mecanismos de supervisión y control, con objeto de que, en lo sucesivo, los expedientes clínicos presenten notas médicas que contengan el diagnóstico, a fin de justificar la salida de los medicamentos prescritos por los médicos tratantes en las recetas con el nombre completo del medicamento, y conserven la información en orden cronológico, para dar seguimiento al tratamiento del paciente. [Resultado 8]

11-1-00GYR-02-0447-01-010.- Para que el Instituto Mexicano del Seguro Social, mediante la Coordinación de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios, fortalezca los mecanismos de supervisión y control a fin de que, en lo sucesivo, no se adquieran medicamentos mediante el procedimiento BUO a los mismos proveedores que incumplan con la entrega; además, que se establezcan políticas, procedimientos o lineamientos que permitan evitar tal situación. [Resultado 9]

Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria

11-9-00GYR-02-0447-08-001.- Ante el Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos de la Coordinación de Control del Abasto, que en su gestión no solicitaron en tiempo y forma las bonificaciones en especie, de las 1,324 piezas de la clave 4308, sino hasta 230 días después del término de la vigencia del contrato, así como por la falta de notificación al Órgano Interno de Control de la entrega extemporánea de entre 19 a 233 días por parte de los proveedores de 14,469 piezas bonificadas de las claves 0442, 4252,

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4253 y 5486 , para que procediera en caso de ser necesario la aplicación de la sanción correspondiente. [Resultado 3]

11-9-00GYR-02-0447-08-002.- Ante el Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no aplicaron penas convencionales por el incumplimiento total de 52 órdenes de reposición de 11 proveedores de la Delegación Estado de México Oriente. [Resultado 4]

Esta acción se deriva del(de los) Pliego(s) de Observaciones que se emite(n) en este informe con la(s) clave(s):

11-1-00GYR-02-0447-06-001

11-9-00GYR-02-0447-08-003.- Ante el Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no justificaron con recetas individuales o colectivas la salida de 6 piezas, por un monto de 3.7 miles de pesos, que demuestren el suministro al derechohabiente o al servicio, por parte de la UMAE Hospital de Especialidades núm. 14 de Veracruz. [Resultado 6]

11-9-00GYR-02-0447-08-004.- Ante el Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no soportaron con recetas individuales o colectivas 56 piezas, que demuestren el suministro al derechohabiente o al servicio, por parte del Hospital General de Zona núm. 11 de Xalapa, Veracruz. [Resultado 6]

Esta acción se deriva del(de los) Pliego(s) de Observaciones que se emite(n) en este informe con la(s) clave(s):

11-1-00GYR-02-0447-06-002

11-9-00GYR-02-0447-08-005.- Ante el Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no soportaron con recetas individuales o colectivas 164 piezas, que demuestren el suministro al derechohabiente o al servicio, por parte del Hospital General Regional núm. 196 de Ecatepec, Estado de México. [Resultado 6]

Esta acción se deriva del(de los) Pliego(s) de Observaciones que se emite(n) en este informe con la(s) clave(s):

11-1-00GYR-02-0447-06-003

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11-9-00GYR-02-0447-08-006.- Ante el Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos de la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento de la Delegación Estado de México Oriente, que en su gestión compraron 41,754 piezas de la clave 0657 "Pravastatina" mediante el procedimiento de Bolsa Única de Oferta (BUO), a un precio mayor, al mismo proveedor que incumplió con la entrega del medicamento. [Resultado 9]

Esta acción se deriva del(de los) Pliego(s) de Observaciones que se emite(n) en este informe con la(s) clave(s):

11-1-00GYR-02-0447-06-004

Pliegos de Observaciones

11-1-00GYR-02-0447-06-001.- Se presume un probable daño o perjuicio o ambos al patrimonio del Instituto Mexicano del Seguro Social, por un monto de 583,337.24 pesos (quinientos ochenta y tres mil trescientos treinta y siete pesos 24/100 M.N.) por la falta de aplicación de penas convencionales por incumplimientos totales en la entrega de medicamentos de 52 órdenes de reposición, correspondientes a 11 proveedores de la Delegación Estado de México Oriente. [Resultado 4]

11-1-00GYR-02-0447-06-002.- Se presume un probable daño o perjuicio o ambos al patrimonio del Instituto Mexicano del Seguro Social, por un monto de 28,343.64 pesos (veintiocho mil trescientos cuarenta y tres pesos 64/100 M.N) de 56 piezas reportadas como salidas de medicamentos, que no se soportaron con las recetas individuales y colectivas que demuestren el suministro al derechohabiente o al servicio, por parte del Hospital General de Zona Núm. 11 de Xalapa, Veracruz. [Resultado 6]

11-1-00GYR-02-0447-06-003.- Se presume un probable daño o perjuicio o ambos al patrimonio del Instituto Mexicano del Seguro Social, por un monto de 162,057.70 pesos (ciento sesenta y dos mil cincuenta y siete pesos 70/100 M.N.) de 164 piezas reportadas como salidas de medicamentos, que no se soportaron con las recetas individuales y colectivas que demuestren el suministro al derechohabiente o al servicio, por parte del Hospital General Regional núm. 196 de Ecatepec, Estado de México. [Resultado 6]

11-1-00GYR-02-0447-06-004.- Se presume un probable daño o perjuicio o ambos al patrimonio del Instituto Mexicano del Seguro Social, por un monto de 73,487.04 pesos (setenta y tres mil cuatrocientos ochenta y siete pesos 04/100 M.N.) por la compra mediante el procedimiento de Bolsa Única de Oferta (BUO), de 41,754 piezas de la clave 0657 "Pravastatina", realizada por la Coordinación de Abastecimiento y Equipamiento de la Delegación Estado de México Oriente, al proveedor Psicofarma, S. A. de C. V. a un precio unitario de 7.49 pesos mayor en 1.76 pesos en relación al precio de licitación adjudicado al mismo proveedor por 5.73 pesos, generando un pago de más por la adquisición. [Resultado 9]

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Recuperaciones Operadas y Probables

Se determinaron recuperaciones por 1,061.9 miles de pesos, de los cuales 214.7 miles de pesos fueron operados, y 847.2 miles de pesos corresponden a recuperaciones probables.

Resumen de Observaciones y Acciones

Se determinó(aron) 7 observación(es) la(s) cual(es) generó(aron): 10 Recomendación(es), 6 Promoción(es) de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria y 4 Pliego(s) de Observaciones.

Dictamen: con salvedad

La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable; fue planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo y alcance establecidos, y se aplicaron los procedimientos de auditoría y las pruebas selectivas que se estimaron necesarios. En consecuencia, existe una base razonable para sustentar el presente dictamen, que se refiere sólo a las operaciones revisadas.

La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, el Instituto Mexicano del Seguro Social cumplió con las disposiciones normativas aplicables, excepto por los resultados de la gestión financiera de la adquisición y abasto de medicamentos mediante adjudicación directa, oferta subsecuente de descuentos y bolsa única de ofertas (BUO), que se precisan en el apartado correspondiente de este informe, y que se refieren principalmente a los actos u omisiones de los servidores públicos del IMSS que en su gestión no solicitaron, en tiempo y forma, 1,324 piezas de las bonificaciones en especie de medicamentos establecidas en los contratos, sino hasta 230 días después de la conclusión de la vigencia del contrato, no notificaron al Órgano Interno de Control de incumplimientos de los proveedores de 14,469 piezas por lo consiguiente no se evalúo la procedencia de la sanción correspondiente; a la falta de aplicación de sanciones a 11 proveedores por incumplimientos totales en la entrega, por 583.3 miles de pesos de la Delegación Estado de México Oriente; a la falta de comprobación del suministro de medicamentos al derechohabiente o al servicio, con recetas individuales y colectivas de 226 piezas por 194.1 miles de pesos; a la compra emergente de medicamentos mediante el procedimiento BUO, que generaron pagos de más por 73.5 miles de pesos; a deficiencias en la requisitación de 5,091 recetas y en la integración de 8 expedientes clínicos, y al desfase de entre 10 y 184 días en el surtimiento de recetas por la falta de lineamientos que delimiten tiempos para surtir medicamentos, de las recetas con el estatus de “negadas”.

Apéndices

Procedimientos de Auditoría Aplicados

1. Evaluar el control interno establecido por el IMSS para los procesos de planeación, adjudicación, recepción, control, salvaguarda, registro y suministro de medicamentos a derechohabientes o servicios

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2. Constatar la existencia de disponibilidad presupuestal para la adquisición de medicamentos, y que éstos se previeron en el Programa Anual de Adquisiciones, autorizado por el Comité de Adquisiciones

3. Comprobar que los procesos de adjudicación de medicamentos, mediante las licitaciones públicas por oferta subsecuente de descuentos y adjudicación directa, se efectuaron conforme a los rangos autorizados y en cumplimiento de la normativa

4. Verificar que en el procedimiento de adjudicación de medicamentos, mediante oferta subsecuente de descuentos, se obtuvieron los menores precios en relación con el proceso normal de la licitación

5. Verificar que las claves de medicamentos que se adjudicaron, mediante los eventos OA-019GYR047-N11-10, LPI-00641321-015-09 y SA-019GYR047-I1-11, se correspondieron con los requerimientos solicitados por las delegaciones y las UMAE

6. Verificar que las delegaciones y UMAE recibieron en tiempo y forma los medicamentos adquiridos, con las características requeridas y, en caso de incumplimientos, constatar que se aplicaron penas convencionales

7. Constatar en las unidades médicas, que los medicamentos suministrados a los derechohabientes, se soportaron con recetas individuales y colectivas, debidamente requisitadas, y se justificaron con los diagnósticos médicos incluidos en los expedientes clínicos

8. Verificar que los saldos mostrados en el Estado del Inventario por clave, a partir del inventario inicial de 2011, más los movimientos de entradas, menos los de salidas por mes, se correspondieron con las existencias finales reportadas por las farmacias de las unidades médicas seleccionadas

9. Comprobar que el registro contable por la adquisición, recepción de medicamentos y suministro al derechohabiente o servicio (consumos) se realizó conforme al catálogo de cuentas autorizado y vigente, y que las operaciones estuvieron respaldadas con la documentación soporte

Áreas Revisadas

Las coordinaciones de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios y de Control de Abasto, las jefaturas de Servicios Administrativos de las delegaciones Estado de México Oriente, Norte y Sur de Veracruz, las Unidades Médicas de Alta Especialidad (UMAE), Hospital de Traumatología y Ortopedia de Lomas Verdes y Hospital de Especialidades núm. 14 de Veracruz; el Hospital General Regional núm. 196, y los hospitales generales de zona núms. 71 de Chalco; 32 de Minatitlán, Veracruz, y 11 de Xalapa, Veracruz.

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Disposiciones Jurídicas y Normativas Incumplidas

Durante el desarrollo de la auditoría practicada, se determinaron incumplimientos de las leyes, reglamentos y disposiciones normativas que a continuación se mencionan:

1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: artículo 134, párrafo primero.

2. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público: artículo 26, párrafo sexto.

3. Otras disposiciones de carácter general, específico, estatal o municipal: Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en Materia de Control Interno en el Ámbito de la Administración Pública Federal, Capítulo II, artículo 14, apartado I Normas Generales de Control Interno, primera y tercera, nivel de control interno, II.1 estratégico.

Procedimiento para el surtido de medicamentos a los servicios y al derechohabiente, por parte de farmacia, apartado 3 políticas, numerales 3.6 y 3.7 y anexo 1, receta individual (manual).

Contrato de Prestación de Servicios núm. S05049, cláusula primera, párrafo tercero, inciso a), de fecha 31 de diciembre de 2010.

Contratos núms. U110005, U110009, U110018, U110019, U110023, U110035, U110036 y U110039, y convenios modificatorios, cláusulas, cuarta, "plazo, lugar y condiciones de entrega" párrafos 1, 2 y 3 y convenios modificatorios de los contratos, cláusula cuarta, numeral 6.

Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, artículo 96, primer párrafo.

Contratos núms. D110059, D190512, D190532, D190966, D191110, U100009, U100647, U100670, U100678, U100703, U101140, U101161, U101362 y U90288, cláusulas, cuarta, plazo, lugar y condiciones de entrega párrafos del 1° al 6° y décima tercera, penas convencionales por atraso en la entrega de los bienes adjudicados, párrafos 1°, incisos a) y b), 2° y 3°.

Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, artículos 7 y 8, fracción V.

Manual de Organización de las Unidades Médicas Hospitalarias de Segundo Nivel de Atención, apartado 6 funciones sustantivas, numeral 6.4.5. Departamento de Abastecimiento, párrafo doce.

Procedimiento Administrativo para Farmacias, apartado 3, numerales 3.11.25 y 3.12.10.

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Contrato Colectivo de Trabajo del Instituto Mexicano del Seguro Social 2009-2011, apartado 3. Profesiogramas, actividades I "Auxiliar de Farmacia, Ayudante de Farmacia, Oficial de Farmacia y VI "Auxiliar de Administración de Unidad Médica".

Norma Oficial Mexicana NOM-168-SSA, apartado 5 generalidades, puntos 5.4, 5.9 y 5.10.

Fundamento Jurídico de la ASF para Promover Acciones

Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para promover las acciones derivadas de la auditoría practicada, encuentran su sustento jurídico en las disposiciones siguientes:

Artículo 79, fracción II, párrafos tercero y quinto y fracción IV, párrafos primero y penúltimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículos 6, 12, fracción IV; 13, fracciones I y II; 15, fracciones XIV, XV y XVI; 32; 39; 49, fracciones I, II, III y IV; 55; 56, y 88, fracciones VIII y XII, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

Comentarios de la Entidad Fiscalizada

Es importante señalar que la documentación proporcionada por la entidad fiscalizada para aclarar o justificar los resultados y las observaciones presentadas en las reuniones fue analizada con el fin de determinar la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los resultados y las observaciones preliminares determinadas por la Auditoría Superior de la Federación, y que se presentó a esta entidad fiscalizadora para los efectos de la elaboración definitiva del Informe del Resultado.