19,592 - sdp.gov.co

9
100 UPZ N°. GALERIAS NOMBRE FECHA DECRETO (DIA/MES/AÑO) 29/12/2006 II SUBSECTOR DE USOS No INT. PATRIMONIAL TRATAMIENTO Consolidación con cambio de patrón DECRETO N° 621 10 SECTOR NORMATIVO ÚNICO SUBSECTOR DE EDIFICABILIDAD Decreto Distrital 676 de 2011, Decreto Nacional 1469 de 2010, Decreto Distrital 190 de 2004, Decreto Distrital 621 de 2006. REFERENCIAS: 1-2014-49868 1-2015-03205 1-2015-08539 NORMA REGLAMENTARIA: 1 0; ISO 5001 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. SECRETARIA DE PUNEAPON Resolución No. 0 4 5 3 2 8 ABR. 2015 Por la cual se APRUEBA el diseno y ocupación del espacio donde se instalarán los elementos que conforman una Estación de la Red de Telecomunicaciones denominada BOG1275 DIVINO SALVADOR en el predio de la CALLE 60 N° 16 - 74 de la Localidad de Teusaquillo. LA SUBSECRETARIA DE PLANEACIÓN TERRITORIAL Con fundamento en lo dispuesto en los Decretos Distritales 676 de 2011 y en el Artículo 8° literal n. del 016 de 2013, y CONSIDERANDO: I.- Que la empresa ATC SITIOS DE COLOMBIA S.A.S, con Nit. No. 900.475.736-5, representada legalmente por el señor VICTOR ENRIQUE CUELLAR OLARTE, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.126'238.818 de Venezuela, mediante escrito radicado con el N° 1-2014-49868 del 22 de octubre de 2014, solicitó a la Secretaría Distrital de Planeación, la aprobación para la localización del diseño y ocupación del espacio para ubicar los elementos que conforman la Estación de Red de Telecomunicaciones, denominada "BOG1275 DIVINO SALVADOR" en el predio de la CALLE 60 N° 16 — 74 de la Localidad de Teusaquillo. II.- Que el predio de la CALLE 60 N° 16 — 74, cuenta con la siguiente norma urbanística: III.- Que el peticionario aportó a la solicitud la siguiente documentación: CONCEPTO DE RADICACIÓN FAVORABLE OBSERVACIONES SI NO N/A V IAS X INSTITUTO DISTRITAL DE PATRIMONIO CULTURAL X APLICA CUANDO LA ESTACIÓN DE TELECOMUNICACIONES SE UBICA EN INMUEBLE CON CARÁCTER DE BIEN DE INTERÉS CULTURAL. DIARIO LA REPUBLICA ALTURA APROBADA FECHA 12-02-2015 Una (1) torre auto soportada de 12 mts, más un (1) pararrayos de 3.0 mts, sobre plataforma metálica de 1.0 x 5.0 mts, apoyada sobre edificación de 11.60 mts, para una altura total de 26.93 mts, sin sobrepasar los 29.20 mts, autorizados mediante comunicación 4404-085- 198.5 2014038706, expedido por la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil. PUBLICACIÓN EN DIARIO DE AMPLIA CIRCULACIÓN RADICADO 1-2015-08539 FECHA RADICADO EN SDP 19-02-2015 FOLIOS 02 SC-CER259292 CO•SC•CER259292 GP-CER259293 19,592 Carrera 30 N. 25 - 90 Código Postal 111311 Pisos 1,5,8 y 13 PBX 335 8000 www.sdp.gov.co Info.: Línea 195

Transcript of 19,592 - sdp.gov.co

Page 1: 19,592 - sdp.gov.co

100 UPZ N°. GALERIAS NOMBRE

FECHA DECRETO (DIA/MES/AÑO) 29/12/2006

II SUBSECTOR DE USOS

No INT. PATRIMONIAL

TRATAMIENTO Consolidación con cambio de patrón

DECRETO N° 621

10 SECTOR NORMATIVO ÚNICO SUBSECTOR DE

EDIFICABILIDAD

Decreto Distrital 676 de 2011, Decreto Nacional 1469 de 2010, Decreto Distrital 190 de 2004, Decreto Distrital 621 de 2006.

REFERENCIAS: 1-2014-49868 1-2015-03205 1-2015-08539

NORMA REGLAMENTARIA:

10; ISO 5001

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECRETARIA DE PUNEAPON

Resolución No. 0 4 5 3 2 8 ABR. 2015

Por la cual se APRUEBA el diseno y ocupación del espacio donde se instalarán los elementos que conforman una Estación de la Red de Telecomunicaciones denominada BOG1275 DIVINO SALVADOR en el predio de la CALLE 60 N° 16 - 74 de la Localidad de Teusaquillo.

LA SUBSECRETARIA DE PLANEACIÓN TERRITORIAL

Con fundamento en lo dispuesto en los Decretos Distritales 676 de 2011 y en el Artículo 8° literal n. del 016 de 2013, y

CONSIDERANDO:

I.- Que la empresa ATC SITIOS DE COLOMBIA S.A.S, con Nit. No. 900.475.736-5, representada legalmente por el señor VICTOR ENRIQUE CUELLAR OLARTE, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.126'238.818 de Venezuela, mediante escrito radicado con el N° 1-2014-49868 del 22 de octubre de 2014, solicitó a la Secretaría Distrital de Planeación, la aprobación para la localización del diseño y ocupación del espacio para ubicar los elementos que conforman la Estación de Red de Telecomunicaciones, denominada "BOG1275 DIVINO SALVADOR" en el predio de la CALLE 60 N° 16 — 74 de la Localidad de Teusaquillo.

II.- Que el predio de la CALLE 60 N° 16 — 74, cuenta con la siguiente norma urbanística:

III.- Que el peticionario aportó a la solicitud la siguiente documentación:

CONCEPTO DE RADICACIÓN FAVORABLE OBSERVACIONES SI NO N/A

V IAS X

INSTITUTO DISTRITAL DE PATRIMONIO CULTURAL X APLICA CUANDO LA ESTACIÓN DE

TELECOMUNICACIONES SE UBICA EN INMUEBLE CON CARÁCTER DE BIEN DE INTERÉS CULTURAL .

DIARIO LA REPUBLICA ALTURA APROBADA

FECHA 12-02-2015

Una (1) torre auto soportada de 12 mts, más un (1) pararrayos de 3.0 mts, sobre plataforma metálica de 1.0 x 5.0 mts, apoyada sobre edificación de 11.60 mts, para una altura total de 26.93 mts, sin sobrepasar los 29.20 mts, autorizados mediante comunicación 4404-085-198.5 — 2014038706, expedido por la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil.

PUBLICACIÓN EN DIARIO DE AMPLIA CIRCULACIÓN

RADICADO 1-2015-08539

FECHA RADICADO EN SDP 19-02-2015

FOLIOS 02

SC-CER259292 CO•SC•CER259292 GP-CER259293

19,592 Carrera 30 N. 25 - 90 Código Postal 111311 Pisos 1,5,8 y 13 PBX 335 8000 www.sdp.gov.co Info.: Línea 195

Page 2: 19,592 - sdp.gov.co

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA D.C.

SECRETARIA DE PLANEACAON

Resolución No. o 4 5 3 2 8 ABR. 2015

Por la cual se APRUEBA el diseño y ocupación del espacio donde se instalarán los elementos que conforman una Estación de la Red de Telecomunicaciones denominada BOG1275 DIVINO SALVADOR en el predio de la CALLE 60 N° 16 - 74 de la Localidad de Teusaquillo.

COMUNICACIÓN A VECINOS COLINDANTES

DIRECCIÓN CORREO CERTIFICADO RADICACIÓN ANTE LA SDP

FOLIOS FECHA ENVÍO (DÍA/MES/AÑO)

N CERTIFICACIÓN NÚMERO FECHA

(DÍA/M ES/AÑO)

NORTE CARRERA 17 N° 60 - 28/30/32 10/02/15 917781100 1-2015-08539 19/02/15 03

SUR VIA VEHICULAR CALLE 60 N/A N/A N/A N/A N/A

ORIENTE CALLE 60 N° 16 - 60 10/02/15 917781099 1-2015-08539 19/02/15 03

OCCIDENTE VIA VEHICULAR CARRERA 17 N/A N/A N/A N/A N/A

IV.- Que la ciudadanía presentó inquietudes y/o oposiciones a la solicitud, mediante los siguientes oficios, que tuvieron la correspondiente respuesta de la Secretaría Distrital de Planeación:

INQUIETUDES DE LA CIUDADANÍA RELACIONADAS CON ESTA SOLICITUD

NOMBRE CIUDADANO NÚMERO DE RADICACIÓN DE ENTRADA

FECHA ENTRADA NÚMERO DE RADICACIÓN DE RESPUESTA FECHA RESPUESTA

GERARDO LEÓN GUACA FUENTES YOLANDA CASTELLANOS 1-2015-13322 12/03/15 2-2015-13885 30/03/15

V.- Que dentro del estudio de la solicitud, la Secretaría Distrital de Planeación emitió las siguientes observaciones:

OBSERVACIONES ARQUITECTÓNICAS Y URBANÍSTICAS '

Se aprueban características urbanísticas y arquitectónicas de la edificación contenidas en los planos de la propuesta, que coinciden con lo registrado en la licencia de construcción No. 20144 del 23 de marzo de 1983, expedida por la División de control de la Secretaria de Obras Publicas, y con sus respectivos planos sellados.

OBSERVACIONES TÉCNICAS:

Una (01) torre auto soportada con sección cuadrada de 12 mts de altura, más un (1) pararrayos franklin de 3.0 mts de altura sobre plataforma metálica de 1.0 mts por 5.0 mts de sección, apoyada sobre edificación de 11.60 mts, para una altura total de 26.93 mts. Para soportar doce (12) antenas tipo panel o RF de 2.13 x 0.20 mts, tres (3) antenas parabólicas MW de 1.22 mts de diámetro, una (1) antena parabólicas MW de 0.3 mts de diámetro, cinco (5) antenas RRU de 0.36 x 0.56 mts. Adicionalmente, la estación contará con tres (3) gabinetes BTS, un (1) gabinete MW y un (1) gabinete ELTEK. Todos los estudios técnicos se realizaron de conformidad con las normas Colombianas de Diseño y Construcción Sismo Resistente N. S. R. — 10 (Decretos 926 y 2525 de 2010). Así mismo, cumplen con lo estipulado en el Decreto 676 de 2011, respecto de la instalación de estaciones inalámbricas de telecomunicaciones.

VI.- Que conforme al Decreto Distrital 621 de 2006, que reglamentó la UPZ No. 100, GALERIAS, el predio de la CALLE 60 N° 16 — 74, se ubica en un área de actividad comercio y servicios, con zonas de comercio aglomerado, en consecuencia al no tratarse de un área de actividad de uso residencial neto, a la propuesta no le aplica la restricción de localización de estaciones de telecomunicaciones contemplada en el artículo 3° del Acuerdo Distrital 339 de 2008, y en el artículo 5° del Decreto Distrital 676 de 2011.

VII- Que la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, mediante oficio No. 4404-085- 198.5 — 2014038706 del 19 de agosto de 2014, aportado por el peticionario, emitió concepto

Carrera 30 N. 25 - 90 Código Postal 111311 Pisos 1,5,8 y 13 PBX 335 8000 www. sd p. gov. co Info.: Linea 195

e

1SO 9001

SC-CER259292 CO-SC-CER259292 GP-CER259293

Page 3: 19,592 - sdp.gov.co

1S0 9001

40~

Alcr»AGAAIT SECRETARIA DE PLANEACION

Resolución No. 0 4 5 3 2 8 ABR. 2015

Por la cual se APRUEBA el diseño y ocupación del espacio donde se instalarán los elementos que conforman una Estación de la Red de Telecomunicaciones denominada BOG1275 DIVINO SALVADOR en el predio de la CALLE 60 N° 16 - 74 de la Localidad de Teusaquillo.

favorable para la ubicación de una antena de telecomunicaciones en el predio de la CALLE 60 N° 16 — 74, de la ciudad de Bogotá, con una altura aprobada sobre el nivel del terreno de 29.20 metros.

VIII.- Que la Secretaría Distrital de Planeación, mediante oficio N° 2-2014-55522 del 15 de diciembre de 2014, emitió al peticionario el Acta de Observaciones y Correcciones, con requerimientos urbanísticos y arquitectónicos, técnicos y jurídicos.

IX.- Que la empresa ATC SITIOS DE COLOMBIA S.A.S., con oficio 1-2015-03205 del 26 de enero de 2015, solicitó prórroga de 15 días para dar respuesta al acta de observaciones y correcciones.

X.- Que la empresa ATC SITIOS DE COLOMBIA S.A.S., mediante oficio No. 1-2015-08539 del 19 de febrero de 2015, presentó el documento con el propósito de atender el acta de observaciones y correcciones.

XI.- Que una vez revisada la documentación aportada por la empresa ATC SITIOS DE COLOMBIA S.A.S., mediante las radicaciones No. 1-2014-49868 del 22 de octubre de 2014, 1-2015-03205 del 26 de enero de 2015 y 1-2015-08539 del 19 de febrero de 2015, se encontró que cumplió con los requerimientos urbanísticos y arquitectónicos, técnicos y jurídicos.

En mérito de lo expuesto.

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO: APROBAR la solicitud de la empresa ATC SITIOS DE COLOMBIA S.A.S., para la aprobación del diseño y ocupación del espacio para ubicar los elementos que conforman la Estación de Red de Telecomunicaciones, denominada "BOG1275 DIVINO SALVADOR" en el predio ubicado en la CALLE 60 N° 16 — 74 de la Localidad de Teusaquillo, por cumplir con la totalidad de los requerimientos urbanísticos y arquitectónicos, técnicos y jurídicos, emitidos por la Secretaría Distrital de Planeación mediante el oficio No. 2-2014-55522 del 15 de diciembre de 2014.

ARTÍCULO SEGUNDO: Forman parte de la presente Resolución, los planos: 1/3 "PLANTA DE LOCALIZACION GENERAL", 2/3 "PLANTA TERRAZA Y FACHADA PRINCIPAL, 3/3 "CORTE TRANSVERSAL A-A", F01 "PLANTA CUBIERTA, PLANTA DE PLATAFORMA, CORTE TRANSVERSAL Y DETALLES DE CONEXION.

ARTÍCULO TERCERO: Notificar el contenido de la presente decisión al señor LUIS GREGORIO MARTINEZ GARZON, identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.313.776 de Bogotá, al señor GERARDO LEON GUACA FUENTES y a la señora YOLANDA CASTELLANOS o a quien autorice, indicándole que contra la presente decisión procede el recurso

9cr

SC-CER259292 CO-SC-CER259292 GP-CER259293

Carrera 30 N. 25 - 90 Código Postal 111311 Pisos 1,5,8 y 13 PBX 335 8000 www. sd p. gov. co Info.: Línea 195

Page 4: 19,592 - sdp.gov.co

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA D.C.

SECSIETARIA OE PLANEAOCN

Resolución No. 0 4 5 3 2 8 ARR. 2015

Por la cual se APRUEBA el diseño y ocupación del espacio donde se instalarán los elementos que conforman una Estación de la Red de Telecomunicaciones denominada BOG1275 DIVINO SALVADOR en el predio de la CALLE 60 N° 16 - 74 de la Localidad de Teusaquillo.

4, de reposición ante el (la) Subsecretario (a) de Planeación Territorial de la Secretaría Distrital De Planeación, y el de apelación ante el (la) Secretario (a) de la Secretaría Distrital De Planeación, los que deben ser interpuestos, en el acto de la notificación personal, o dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de esta, conforme lo establece la Ley 1437 de 2011.

NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE

2 Dado en Bogotá, D.C., a los 8 ABR. 2015 ( ) días del mes de de dos mil (20___).

LILIANA MARÍA OSPINA A S.

SUB CÍ ETARIA DE PLANEACIÓN T RRITORIAL

En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el Decreto Distrital 016 de 2013

-

v' / I 11111. .., /- i Iléctor Javier Insuasty B

- - U Fredy Iler n Rodríguez - Gonza 6' ruz Marin

_, ,,,i Pedr s

ii en rto

Arquitecto Revisión Urbanística y Arquitectónica

Dirección de Vías, Transporte y Servicios Públicos

Ingeniero Arquitecto Revisión Técnica

Dirección de Vías, Transporte y Servicios Públicos

Arquitecto Dir r de Vías, Transporte y Servicios

Públicos

SC-CER259292 CO-SC-CER259292 GP-CER259293

HU(9ANA

Carrera 30 N. 25 - 90 Código Postal 111311 Pisos 1,5,8 y 13 PBX 335 8000 www. sd p. g ov. co Info.: Linea 195

ISO 900 1

CIEZD

Page 5: 19,592 - sdp.gov.co

1.50 9001

Mal

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECRETARIA DE PLANEACIÓN

Resolución No. 0 4 5 3 2 8 PR. 2015

Por la cual se APRUEBA el diseño y ocupación del espacio donde se instalarán los elementos que conforman una Estación de la Red de Telecomunicaciones denominada BOG1275 DIVINO SALVADOR en el predio de la CALLE 60 N° 16 - 74 de la Localidad de Teusaquillo.

NOTAS DE LA LICENCIA EN CASO DE APROBACIÓN

1. Esta aprobación no ampara las obras de construcción, ampliación, modificación, adecuación, restauración, reforzamiento estructural, demolición y construcción del cerramiento que deban realizarse en el predio para el emplazamiento de los elementos que conforman la estación base de telecomunicaciones inalámbricas. Dicha aprobación está sujeta a las normas vigentes sobre licencias urbanísticas, reconocimiento de edificaciones y legalización de asentamientos humanos expedida por Curador Urbano (Decreto 564 de 2006). 2. • Telefonía Móvil Celular El Ministerio de Comunicaciones mediante la Resolución 001645 del 29 de julio de 2005 ( Por la cual se reglamenta el Decreto 195 de 2005), estableció en su Artículo 3o. FUENTES INHERENTEMENTE CONFORMES, lo siguiente: " ... Además de los emisores que cumplan con los parámetros estipulados en el numeral 3.11 del Decreto 195 de 2005, de la presente

Resolución, se definen como Fuentes Inherentemente Conformes, los emisores que emplean los siguientes sistemas y servicios, por cuanto sus campos electromagnéticos emitidos cumplen con los límites de exposición pertinentes y no son necesarias precauciones particulares: • Telefonía Móvil Celular (.. )".

Por lo tanto, estos servicios no están obligados a realizar las mediciones que trata el Decreto 195 de 2005, ni a presentar la Declaración de Conformidad de Emisión Electromagnética. Sin embargo, esto no impide al Ministerio de Comunicaciones de revisar periódicamente estos valores e incluir alguno de estos servicios cuando lo crea conveniente". 3. El Decreto Distrital 061 de enero 31 de 1997, reglamentario del Acuerdo Distrital 6 de 1990, establece que los predios que se destinen a la instalación de la red de telecomunicaciones inalámbricas, se regirán por las disposiciones urbanísticas y arquitectónicas que allí se contienen y, en lo no previsto en este, por las normas de los decretos de asignación de tratamientos o por las demás normas específicas. 4. Si para el predio que nos ocupa, se expidió la reglamentación específica de conformidad con el Plan de Ordenamiento Territorial, serían aplicables las disposiciones arquitectónicas contenidas en dicha reglamentación. 5. El Decreto Distrital 061 de enero 31 de 1997, no prevé otras limitantes de uso, dado que el establecimiento, la instalación, la expansión, la modificación, la ampliación, la renovación y la utilización de la red de telefonía móvil celular o de cualquiera de sus elementos, constituyen motivo de utilidad pública e interés social. 6. Revisado el proyecto y confrontado con lo establecido en los artículos 5, 6 y 7 del Decreto Distrital 061 del 31 de enero de 1997. 7. Constituye condición resolutoria del presente acto administrativo, la acreditación mediante documento idóneo de autoridad competente que la estación de telecomunicaciones inalámbricas autorizada por este, atenta contra la salud, en forma tal, que sea necesario removerla del lugar donde se encuentra ubicada si no se pueden tomar las medidas necesarias para mitigar los efectos nocivos. 8. El presente permiso de aprobación del diseño y ocupación del espacio para la instalación de los elementos que conforman una estación base de la red de telecomunicaciones inalámbricas no genera derechos de propiedad. 9. La presente aprobación se concede sin perjuicio de las acciones y decisiones que instauren o profieran otras autoridades dentro del ámbito de sus competencias. 10. El presente permiso se otorga sin perjuicio del cumplimiento de las normas que expidan los Gobiernos Nacional y Distrital, sobre el emplazamiento de los componentes de las estaciones de telecomunicaciones inalámbricas sobre los elementos que constituyan espacio público, dentro de los términos que dichas normas establezcan. 11. Los documentos anexos y entregados forman parte integral de la presente resolución. 12. "Las estaciones están compuestas por : el cuarto de equipos y el generador, el aire acondicionado, el cuarto de tanque de combustible, la subestación de energía, la caseta de vigilancia, y las respectivas estructuras de soporte de las antenas, tales como torres, mástiles, monopolos y similares." Decreto Distrital 061 del 31 de enero de 1997 articulo 2. 13. La presente resolución NO ampara las obras diferentes a las establecidas en el Decreto Distrital 061 del 31 de enero de 1997 artículo 2. 14. Art. 3. Resolución 1645 de 29 de Julio de 2005 Mincomunicaciones: "Fuentes inherentemente conformes ... se definen como Fuentes Inherentemente conformes, los emisores que emplean los siguientes sistemas y servicios, por cuanto sus campos electromagnéticos emitidos cumplen con los limites de exposición pertinentes y no son necesarias precauciones particulares : - Telefonía Móvil celular ... Por lo tanto estos servicios no están obligados a realizar las mediciones que trata el decreto 195 de 2005, ni a presentar la Declaración de Conformidad de Emisión Electromagnética. " 15. OTRAS NOTAS

SC-CER259292 CO-SC-CER259292 GP-CER259293

BOGOTÁ Carrera 30 N. 25 - 90 Código Postal 111311 Pisos 1,5,8 y 13 PBX 335 8000 www.sdp.gov.co Info.: Linea 195

Page 6: 19,592 - sdp.gov.co

ESCALA

I.75

1-14-495G5 4, 1-1 -

CORTE 'TRANSVERSAL A-A'

S53VOC )WCRUZili=

ING.EMEC ASOCIADOS 1.-TIDA

Ingenien& ffl &e/canica, Electric& y Civil

NOWEIRE DEI. PROYECTO

DMNO SALVADOR BOGOTA DC. cuNot4AmAstcA

DSUKS.

DA NNY M. CUELLAR M.

UEIC/ iCICIN DEL MOYECTO

CALLE 60 N. 16-74

FECI-1A•

AGOSTO DE 2014

ARcHivo \\Semcor \tmckuP \Ctrctorobt3A 1 OFIANt PiJUDO\ATC\14 OSOS NUEVOS \ 14 DMNO SALVADOR \I. INFORME DE INGENIIERIAS \N. PLANOS AROUITECTONICOS \AROXECTOMCOS C MNO SALVADOR.cM9

REV1S

1 N+23.93m

ANTEt 4N3 RF bulkn

3 ANTENAS MW lw10.50in

2 ANTENAS RRU 119.00m

3 ANTEI 4AS RF tu.6 SOm

1 ANTE) ,TAS ABA7 11.5.00m

_ 3 ANTENAS RRU Iw3.50rn

IKi E , 14413.93m

115 PERFI L V-7 MALLA VIAL LOCAL O 4 5 3 28 I-

5 1t=

N+11.030m

N.0.00rn

PREDIO VECINO

L-03

18.50

N44.03In

4.00

1,;

N+26-93m

e V

Page 7: 19,592 - sdp.gov.co

E e

-X P

..,"

3

Z.1 I i í

9 t eJáljed itr) I o lin co I o CD

gtoEoz.z

o o co

ti

11 01

11 15 60 90 ZO 90 9 i I 0 11.

V . II ¿ t eio.I.É.3 g 2 1 --Irrrylrb-1

1 i § i I / COOZO I h i ! i I

¿'0

I e)

Ew

z a

\ Ott

8 \\ z CN1 03 < \

1-1"13- jis CV/ :■ él 2 147 7=- 32

8 , Li -

1 1 az CS 8

/ a

°gil

CYISt

12_1

4111111■111YHIT

11' 1/

§ -

_ L -7r h

ti ';an:-s—líIÍ-Y"\ i °11151[---5115L1—--IlL 5

8

/ ó ti

C1.0

° S • C0

/ e

ST7 (11 413—

S

8/1q-j/ 5 5

I/ gings

11-8 w LL

O &

{2. 2 U.1 o z o o

o

a.

Pi 8 3 P.

o o o

N

1"

ce 8

{VD 0 LILJ

01_

a

71,11n8.11 1,1

á '

]E .1 'I

Page 8: 19,592 - sdp.gov.co

LO

81588

7

#

O

o (o

o

E ro

e 3 o

- ..117•a•••• et,

11,

•r_ —

11—

(P?

8 O CO

— -®

O O

O

O

eiaue3 coc5.1.—

O

O CD

9

O

O co

„, .„ 1

11 :: 11 „ 11 r

II

Á - e

11 11

11 11

11 II

I !!

II 11 I 11 II II

I I II

Page 9: 19,592 - sdp.gov.co

I W' ;

é '51 1

WIl INT

II

U-E

TR

AN

SV

ER

SA!

151

E

r. ---- I I

I

I

____Ie 4,- ,e! ,,.,

I 1 I

ii - I 1 I

( 1 ) i 1

1- . 4

— triy------- — 4N11

1 1

1 1 1 i

I l

1 I

, ell 11 9:2... ,11111 A.- .....,

1 .,-:

(9) IBT

-1 - • -- - -

I

1

---

1

1

1

1 1

—0

w w Di o

o_

N

R

o o

2

o o w 02

w

1

-111,

(;1-)