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ANEXO DE PERSONAL AL PRESUPUESTO PARA

EL EJERCICIO 2021

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La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en su artículo 90.2 prevé que las Entidades Locales aprobarán anualmente, a través del Presupuesto, la plantilla , que deberá comprender todos los puestos de trabajo reservados a funcionarios, personal laboral y eventual. Las plantillas deberán responder a los principios de racionalidad, economía y eficiencia y establecerse de acuerdo con la ordenación general de la economía, sin que los gastos de personal puedan rebasar los límites que se fijen con carácter general.

Añade el artículo 126.1 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local que a ellas se unirán los antecedentes, estudios y documentos acreditativos de que se ajustan a los mencionados principios.

A diferencia de la relación de puestos de trabajo regulada en los artículos 90.2 de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 126.4 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, la plantilla no determina las características esenciales de los puestos de trabajo, ni los requisitos para su ocupación, siendo su finalidad la ordenación presupuestaria; es por tanto consustancial con la potestad de autoorganización prevista en los artículos 4.1-a) de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 4.1.a) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, estando por tanto excluida de la obligatoriedad de negociación con las organizaciones sindicales.

En relación con lo anterior, el Tribunal Supremo se ha pronunciado en diversas Sentencias indicando que la plantilla no se aprueba como un acto o documento separado de los Presupuestos, sino que forma parte de los mismos y tiene principalmente efectos económicos (Sentencias del TS de 18 de julio de 1990 y de 3 de febrero de 1997).

También considera que debe comprender todos los puestos de trabajo reservados a funcionarios, personal laboral y eventual, aunque no sean permanentes (Sentencia del TS de 12 de diciembre de 1997).

Asimismo, asimila la plantilla a las disposiciones de carácter general, a efectos de interposición de los correspondientes recursos.

Conforme dispone el artículo 69 del Estatuto Básico del Empleado Público, la planificación de los recursos humanos en las Administraciones Públicas tendrá como objetivo contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios y de la eficiencia en la utilización de los recursos económicos disponibles mediante la dimensión adecuada de sus efectivos, su mejor distribución, formación, promoción profesional y movilidad.

Finalmente, y de conformidad con lo previsto en los artículos 168.1.c) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 18.1.b) del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de Presupuestos, al Presupuesto del Ayuntamiento, formado por la Alcaldía, deberá unirse el anexo de personal

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de la Entidad Local, en que se relacionen y valoren los puestos de trabajo existentes en la misma, de forma que se dé la oportuna correlación con los créditos para personal incluidos en el Presupuesto.

Conforme a los preceptos citados, el Anexo de Personal que se acompaña al Presupuesto para el ejercicio 2021 incluye la actualización de la Plantilla orgánica, con expresión de todas las plazas reservadas a funcionarios, debidamente clasificadas en las correspondientes Escalas, Subescalas, Grupos y Categorías, así como las plazas reservadas a personal eventual y a personal laboral, conforme a las necesidades de la organización municipal y con arreglo a los principios de racionalidad y economía enunciados en el artículo 90 de la ley de Bases de Régimen Local.

La Plantilla orgánica propuesta para 2021 se adecúa a las limitaciones establecidas en la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, si bien se encuentra actualmente en prórroga, y concretamente a las limitaciones establecidas en su art. 19 relativo a la Oferta de Empleo Público.

Los efectos retributivos de esta plantilla para la conformación del Capítulo I se han referido al Real Decreto-ley 24/2018, de 21 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público.

Por otra parte, la Plantilla orgánica que se propone, es similar a la aprobada en el Presupuesto General Municipal relativo al ejercicio 2020, salvo leves correcciones que se indican.

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1.- PLANTILLA ORGANICA. 1.1.- Clasificación y estado de cobertura de las plazas. El número total de plazas en plantilla se eleva a un total de 424:

PLANTILLA ORGANICA. PRESUPUESTO 2021 Reg Cód P V VI VE VPI TOT

1 1. FUNCIONARIOS 249 17 27 46 55 394

1 1.0 FUNCIONARIOS CON HABILITACION ESTATAL 3 1 0 0 0 4

1 1.0.1 CATEGORIA SUPERIOR 3 1 0 0 0 4

1 2.0 ESCALA DE ADMINISTRACION GENERAL 74 2 9 17 33 135

1 2.0.1 SUBESCALA TECNICA 4 1 0 0 0 5

1 2.0.2 SUBESCALA DE GESTION 0 1 1 0 2 4

1 2.0.3 SUBESCALA ADMINISTRATIVA 20 0 0 0 12 32

1 2.0.4 SUBESCALA AUXILIAR 36 0 5 17 3 61

1 2.0.5 SUBESCALA SUBALTERNA 14 0 3 0 16 33

1 3.0 ESCALA DE ADMINISTRACION ESPECIAL 170 14 18 29 22 251

1 3.0.1 SUBESCALA TECNICA 12 8 8 22 1 49

1 3.0.1.1 CLASE T.SUPERIOR 7 2 3 7 1 20

1 3.0.1.2 CLASE T.MEDIO 5 6 3 15 0 29

1 3.0.2 SUBESCALA DE SERVICIOS ESPECIALES 158 6 10 7 21 202

1 3.0.2.1 CLASE DE POLICIA LOCAL 101 4 0 0 0 105

1 3.0.2.2 CLASE DE COMETIDOS ESPECIALES 29 2 9 7 8 55

1 3.0.2.3. CLASE DE OFICIOS 28 0 1 0 13 42

1 4.0 FUNCIONARIOS CON PLAZA EN OTRAS AAPP 1 0 0 0 0 1

1 5.0 FUNCIONARIOS EN SERVICIOS ESPECIALES 1 0 0 0 0 1

2 6.0 2. PERSONAL LABORAL 18 0 1 0 1 20

2 6.0.1. T. SUPERIOR (GRUPO A1) 2 0 0 0 0 2

2 6.0.2 T. MEDIO (GRUPO A2) 9 0 0 0 0 9

2 6.0.3 T. ESPECIALISTA (GRUPO C1) 3 0 0 0 0 3

2 6.0.4 AUXILIAR/AYUDANTE (GRUPO C2) 1 0 1 0 0 2

2 6.0.5 AGRUP. PROFESIONALES (GRUPO E) 3 0 0 0 1 4

3 7.0 3. PERSONAL EVENTUAL 11 1 0 0 0 12

TOTAL PLANTILLA 278 18 28 46 56 426

Leyenda: P: Plaza con empleado titular, según su régimen jurídico V: Plaza vacante efectiva, pendiente de cobertura VI: Plaza Vacante cubierta interinamente no afectada por Estabilización de empleo VE: Plaza Vacante afectada por Estabilización de empleo VPI: Plaza Vacante reservada a promoción interna TOT: Total de plazas en cada nivel de clasificación

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1.1.1.- Plazas reservadas a funcionarios: 394 plazas.

- Ocupadas en propiedad, 249 plazas, de las cuales:

• Ocupadas en propiedad en servicios en otras Administraciones Públicas, 1 plaza.

• Ocupadas en propiedad en servicios especiales, 1 plaza. - Vacantes 145, de las cuales:

• Vacantes sin interinos, 17 plazas.

• Ocupadas interinamente con personal posterior al 1 de enero de 2017, y por ello, no susceptible de procesos de estabilización de empleo: 27 plazas.

• Ocupadas interinamente con personal anterior al 31 de diciembre de 2016, y por ello, susceptible de procesos de estabilización de empleo: 46 plazas.

• Reservadas a promoción interna, 55 plazas. 1.1.2.- Plazas correspondientes a personal laboral: 20 plazas.

- Ocupadas con carácter fijo, 18 plazas. - Ocupada interinamente, 1 plaza. - Reservada a promoción interna, 1 plaza.

1.1.3.- Plazas reservadas a personal eventual: 12. - Ocupadas, 11 plazas. - Vacante, 1 Plaza.

El número de plazas reservadas a personal eventual se ajusta al límite máximo señalado en el apartado e) del artículo 104.bis de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, introducido por artículo 1.28 de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local. Todos estos datos, en porcentajes, producen los siguientes gráficos:

394

20 12 0

50

100

150

200

250

300

350

400

450

1

CLASIFICACIÓN DE LA PLANTILLA

FUNCIONARIOS

PERSONAL LABORAL

PERSONAL EVENTUAL

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18 28

46 56

0

50

100

150

200

250

300

TOTAL PLANTILLA

PLANTILLA POR COBERTURA

PROPIEDAD Vacantes VACANTES CON INTERINOS VACANTES estabilizaciónm PROM INTERNA

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1.2.- Variaciones en relación con la plantilla aprobada en 2020. 1.2.1.- Las Plazas que han resultado vacantes por jubilación durante el ejercicio 2020 son:

Denominación Dot. Observaciones Grupo 1. FUNCIONARIOS ESCALA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL SUBESCALA AUXILIAR AUXILIAR ADMINISTRIVO 1 DÍAZ FLORENTINO, ROSA MARÍA E SUBESCALA SUBALTERNA CONSERJE 1 LUQUE BONILLA, FRANCISCO E ESCALA DE ADMINISTRACION ESPECIAL SUBESCALA TÉCNICA CLASE TÉCNICO MEDIO TRABAJADOR/A SOCIAL 1 GOICOECHEA SERRANO, MARIA JESÚS A2 PROFESOR/A INFANTIL 1 FERNÁNDEZ OSSORNO, CONCEPCIÓN A2 SUBESCALA DE SERVICIOS ESPECIALES CLASE DE POLICÍA LOCAL SUBINSPECTOR 1 EDUARDO GUERRERO SÁNCHEZ

POLICÍA LOCAL 1 PUERTA PUERTA, VIRTUDES C1 CLASE DE COMETIDOS ESPECIALES ALMACENERO/A 1 SANZ MORATO, ENRIQUE C2 OFICIAL DE CERRAJERO 1 CAMPOS MORAN, FRANCISCO C2 2. PERSONA LABORAL TÉCNICO MEDIO, ASIMILADO A A2 TRABAJADOR/A SOCIAL 1 ROBLEÑO GUERRERO, ROSARIO A2 1.3. Amortización, transformación y plazas de nueva creación.

- Se transforman las siguientes plazas:

TRABAJADOR/A SOCIAL 1 A2 VACANTE JUB TRANSFORMAR A TECNICO ADJUNTO - PT DIRECTOR DEL MONTSERRAT CABALLÉ A2

PROFESORA DE EDUCACIÓN INFANTIL 1 A2 VACANTE JUB TRANSFORMAR A EDUCADORA INFANTIL C1

PROFEDORA DE EDUCACIÓN INFANTIL 1 A2 VACANTE JUB

2019 TRANSFORMAR EDUCADORA INFANTIL AL FINALIZAR EL CURSO ESCOLAR 20-21 C1

LIMPIADOR/A 1 E VACANTE 2019

TRANSFORMAR A TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL – PT JEFE UNIDAD DE PERSONAL A1

ALMACENERO/A 1 E VACANTE JUB TRANSFORMAR A LETRADO – PT COORDINADOR RÉGIMEN JURÍDICO. A1

Creación de las siguientes plazas

POLICIA LOCAL 2 C1 VACANTE JUB SIN COSTE A2

Se transforma la plaza vacante de “Limpiador/a” a “Técnico de Administración General”, solventando el error material y aritmético detectado en el PT “Jefe de la Unidad de

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Personal”, el cual no contaba con plaza en la plantilla orgánica. Únicamente existía un PT con la dotación económica correspondiente. Se transforma la plaza vacante de “Almacenero/a” a “Letrado”, solventando el error material y aritmético detectado en el PT “Coordinador de Régimen Jurídico”, el cual no contaba con plaza en la plantilla orgánica. Únicamente existía un PT con la dotación económica correspondiente.

- Deberán amortizarse 55 plazas correspondientes a la promoción interna contemplada y que quedaría contemplada en la plantilla orgánica de la siguiente forma:

PROMOCION INTERNA PRESUPUESTO 2021

FUNCIONARIOS DE CARRERA ESCALA DE ADMINISTRACION GENERAL 2 TECNICO/A DE GESTION A2 SUBESCALA ADMINISTRATIVA

12 ADMINISTRATIVO/A C1 SUBESCALA AUXILIAR 3 AUX. ADMINISTRATIVO C2

SUBESCALA DE SERVICIOS ESPECIALES CLASE DE COMETIDOS ESPECIALES

1 TAE A1

1 TECNICO/A DE INFORMATICA A1

1 BIBLIOTECARIO/A A2

1 TECNICO DE GESTION EDUCATIVA A2

1 PROGRAMADOR/A C1

16 CONSERJE C2

1 AUXILIAR DE INFORMACIÓN C2

3 AUXILIAR DE SERVICIOS INTERNOS C2 CLASE DE OFICIOS

1 CONDUCTOR/A VEHICULOS MECANICOS C2

2 ENCARGADO/A DE SERVICIOS C2

1 ENCARGADO/A DE OFICIOS C2

5 OFICIAL DE SERVICIOS C2

4 JARDINERO/A C2 55 TOTAL

1.4 Personal del Plan de Drogas.

Respecto al personal del plan de drogas, la situación es idéntica a lo indicado en el anexo de personal al presupuesto general municipal de 2020. Se transcribe a tenor literal siguiente:

“Este personal se encuentra adscrito al "Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Arganda del rey para el desarrollo del Programa en atención a Drogodependencias" que viene aprobándose sin solución de continuidad al menos desde 2002 en su formato actual.

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Ello causó en diversas fechas, la contratación de los empleados que en la actualidad permanecen en el servicio. Dichos contratos han devenido todos indefinidos. De todos estos PT, faltan por crear las plazas correspondientes a:

Pero en este caso, la Comunidad de Madrid anunció su intención de modificar los convenios actualmente vigentes por otros instrumentos de colaboración institucional de acuerdo a las previsiones de la nueva Ley de Bases de Régimen Local y ley 40/2015 de Régimen jurídico.

La situación política de la CM ha impedido que se hayan tomado decisiones en este asunto.

Todo ello aconseja esperar al año siguiente para tomar las determinaciones que sean menester en este servicio municipal”.

1.5 Personal de Deportes. Para el personal que fue dado de alta en el Ayuntamiento a fecha 1 de septiembre de 2016, por subrogación al pasar el servicio a prestación directa del Ayuntamiento, continúan sin crearse las plazas en plantilla.

Dichas plazas deben regularizarse creándose los puestos correspondientes en relación con la RPT, sin que los mismos tengan carácter ex novo, debido al cambio en la gestión de servicio público, y deberán con posterioridad crearse las plazas en la plantilla orgánica para ser cubiertas convocándose el procedimiento selectivo que se estime a tal efecto. 1.7 Plantilla Orgánica para 2021. Se adjunta a esta memoria la propuesta de plantilla orgánica para 2021.

2 FARMACÉUTICO/A A1

1 PSICÓLOGO/A A1

1 D.U.E. A2

1 MEDICO A1

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2.- JUSTIFICACIÓN ECONOMICA. La determinación de los créditos en los diferentes programas de gasto del Capítulo 1

del presupuesto se ha establecido de acuerdo con el coste efectivo del personal en activo, así como la previsión de coste de personal de nuevo ingreso, y costes de las retribuciones variables a devengar a lo largo del ejercicio de acuerdo a los conceptos reconocidos en el Acuerdo-Convenio sobre condiciones de trabajo.

Encontrándose prorrogada la Ley General de Presupuestos para 2018, la previsión de incremento de las retribuciones se ha establecido en un 0,9%. Esta cifra que resulta de la aplicación del citado Real Decreto-ley 24/2018, de 21 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público.

El importe total de gasto referido al Capítulo 1 asciende a la cantidad de 21.320.878,64 euros.

TOTAL CAPITULO 1 2021 21.320.878,64 INCREMENTO SALARIAL PREVISTO EN EL ANEXO 0,9%

Comparativa con ejercicio 2020

PRESUPUESTO GENERAL MUNICIPAL 2020 20.953.206,09 INCREMENTO = DIFERENCIA 367.672,55 INCREMENTO = PORCENTAJE TOTAL 1,75

Se observa un incremento de la masa salarial respecto al ejercicio 2020 del 1,75% que proviene de la necesidad de dotar de crédito a diversas plazas en plantilla, las cuales no se habían previsto cubrir de forma inmediata, a pesar de encontrarse ya creadas en ejercicios anteriores. Debido a las necesidades actuales de los propios servicios municipales, se prevé la dotación presupuestaria de plazas ya creadas, sin que supongan amortización o transformación de las plazas contempladas. De igual forma, el importe total referido al Capítulo 1 integra productividades, gratificaciones, seguros de empleados, gastos sociales y formación, sin que se prevean para este ejercicio gastos extraordinarios.

Finalmente, se incrementa la masa salarial en 100.000,00 euros en previsión del gasto relativo a la promoción interna para el ejercicio 2021. 2.1.- Desglose de costes

La suma total se eleva a una cuantía global de 21.320.878,64 euros, con el siguiente desglose: 2.1.1 Retribuciones de miembros de la Corporación y personal eventual: 1.689.714,89

euros.

Total Órganos de Gobierno 2020

100 Retribuciones Órganos de Gobierno 1.134.631,03 110 Retribuciones Personal Eventual 555.083,85

Total Retribuciones 1.689.714,89 160 Seguridad Social 506.914,47

Total Coste 2.196.629,35

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o Otras retribuciones de personal, (productividad y gratificaciones por servicios extraordinarios), 400.000 €, un 1,88 % del total. La dotación destinada a estas retribuciones es inferior al límite establecido en el artículo 7 del Real Decreto 861/1986 de 25 de abril, por el que se establece el régimen de retribuciones de los funcionarios de la Administración Local.

o Cuotas y gastos sociales 4.958.795,62 €, un 23,27% del total, con la siguiente distribución:

o Gastos sociales de personal, 60.000 €, que se corresponden a las ayudas sociales de 2019.

o Seguros de personal, 50.000 €. o Gastos de formación, 5.000€ o Cuotas a la Seguridad Social, 4.783.795,62 €.

o Previsión aumento relativo a la promoción interna 100.000,00 €, un 0,47% del total.

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PLANTILLA ORGANICA. PRESUPUESTO 2021

Denominación Dot. Grupo Estado cobertura

1 FUNCIONARIOS DE CARRERA 1.0 ESCALA DE DE HABILITACION NACIONAL

1.0.1 CATEGORIA SUPERIOR SECRETARIO/A GENERAL 1 A1 PROPIEDAD INTERVENTOR/A 1 A1 PROPIEDAD TESORERO/A 1 A1 PROPIEDAD VICEINTERVENTOR/A 1 A1 VACANTE

2.0 ESCALA DE ADMINISTRACION GENERAL 2.0.1 SUBESCALA TECNICA

TECNICO/A DE ADMON. GENERAL 4 A1 PROPIEDAD TECNICO/A DE ADMON. GENERAL 1 A1 VACANTE

2.0.2 SUBESCALA DE GESTION TECNICO/A DE GESTION 1 A2 VACANTE INT. TECNICO/A DE GESTION 2 A2 VACANTE R.P.I. TECNICO/A DE GESTION 1 A2 VACANTE

2.0.3 SUBESCALA ADMINISTRATIVA ADMINISTRATIVO/A 20 C1 PROPIEDAD ADMINISTRATIVO/A 12 C1 VACANTE R.P.I.

2.0.4 SUBESCALA AUXILIAR AUX. ADMINISTRATIVO 36 C2 PROPIEDAD

AUX. ADMINISTRATIVO 1 C2 VACANTE

AUX. ADMINISTRATIVO 17 C2 VACANTE EST AUX. ADMINISTRATIVO 5 C2 VACANTE INT AUX. ADMINISTRATIVO 3 C2 VACANTE R.P.I.

2.0.5 SUBESCALA SUBALTERNA CONSERJE 14 E/AP PROPIEDAD CONSERJE 3 E/AP VACANTE INT CONSERJE 16 C2 VACANTE R.P.I.

3.0 ESCALA DE ADMINISTRACION ESPECIAL 3.0.1 SUBESCALA TECNICA

3.0.1.1 CLASE TECNICO SUPERIOR TECNICO/A SUP.ECONOMIA E INDUSTRIA 1 A1 PROPIEDAD LETRADO/A 1 A1 PROPIEDAD LETRADO/A 1 A1 VACANTE INT LETRADO/A 2 A1 VACANTE ASESOR/A JURIDICO/A 2 A1 VACANTE EST ARCHIVERO/A 1 A1 PROPIEDAD MEDICO/A 2 A1 PROPIEDAD PSICOLOGO/A 1 A1 VACANTE INT. PSICOLOGO/A 1 A1 VACANTE EST TECNICO/A DE ADM. ESPECIAL 2 A1 PROPIEDAD TECNICO/A DE ADM. ESPECIAL 1 A1 VACANTE R.P.I.

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TECNICO/A DE MEDIO AMBIENTE 1 A1 VACANTE EST ARQUITECTO 3 A1 VACANTE EST ARQUITECTO 1 A1 VACANTE INT.

3.0.1.2 CLASE TECNICO MEDIO EDUCADOR/A SERVICIOS SOCIALES 1 A2 PROPIEDAD EDUCADOR/A SERVICIOS SOCIALES 2 A2 VACANTE EST PROFESOR/A 1 A2 PROPIEDAD TRABAJADOR/A SOCIAL 8 A2 VACANTE EST TERAPEUTA FAMILIAR 1 A2 VACANTE PROFESORA/A CEM 2 A2 PROPIEDAD PROFESOR/A CEM 1 A2 VACANTE ARQUITECTO TECNICO 1 A2 VACANTE EST ARQUITECTO TECNICO 1 A2 VACANTE TECNICO ADJUNTO 2 A2 VACANTE INT. TECNICO ADJUNTO 2 A2 VACANTE T.ESPEC. PATRIMONIO CULTURAL 1 A2 VACANTE INT. TÉCNICO GESTION DE PERSONAL 1 A2 VACANTE AGENTE DE DESARROLLO LOCAL 4 A2 VACANTE EST

3.0.2 SUBESCALA DE SERVICIOS ESPECIALES 3.0.2.1 CLASE DE POLICIA LOCAL

INTENDENTE 1 A1 PROPIEDAD INSPECTOR 1 A2 PROPIEDAD INSPECTOR 1 A2 VACANTE SUBINSPECTOR 4 A2 PROPIEDAD

SUBINSPECTOR 1 A2 VACANTE

OFICIAL 12 C1 PROPIEDAD OFICIAL 2 C1 VACANTES POLICIA 80 C1 PROPIEDAD POLICIA 5 C1 VACANTE

3.0.2.2 CLASE DE COMETIDOS ESPECIALES TECNICO/A DE INFORMATICA 2 A1 VACANTE TECNICO/A DE INFORMATICA 1 A1 VACANTE R.P.I. TECNICO/A DE FORMACIÓN Y EMPLEO 1 A1 VACANTE EST TECNICO/A CONTABLE 1 A1 VACANTE INT. TECNICO/A DE INFORMATICA 1 A2 VACANTE EST TECNICO/A DE INFORMATICA 1 A2 VACANTE INT. PROFESOR/A DE MUSICA 1 A2 PROPIEDAD COORDINADOR/A DE DEPORTES 1 A2 PROPIEDAD TECNICO/A TERCERA EDAD 1 A2 PROPIEDAD TECNICO/A DE GESTIÓN SIST.INFORMATICA 1 A2 PROPIEDAD TECNICO/A DE GESTION PRESUPUESTARIA 1 A2 VACANTE INT. TECNICO/A M.INDUSTRIA Y MEDIO AMBIENTE 1 A2 VACANTE EST BIBLIOTECARIO/A 1 A2 VACANTE R.P.I. TECNICO DE GESTION EDUCATIVA 1 A2 VACANTE R.P.I. TECNICO DE PREVENCION RL 1 A2 VACANTE COORDINADOR/A DE CULTURA 1 A2 VACANTE INT. AUXILIAR DE BIBLIOTECA 6 C1 PROPIEDAD

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AUXILIAR DE BIBLIOTECA 1 C1 VACANTE EST TECNICO/A DE GESTIÓN URBANISTICA 1 C1 PROPIEDAD DELINEANTE 1 C1 PROPIEDAD PROGRAMADOR/A 2 C1 PROPIEDAD PROGRAMADOR/A 1 C1 VACANTE R.P.I. INSPECTOR/A DE CONSUMO 1 C1 VACANTE INSPECTOR/A TRIBUTARIO 1 C1 PROPIEDAD COORDINADOR/A OAC 1 C1 PROPIEDAD COORDINADOR/A DE CULTURA 1 C1 PROPIEDAD EDUCADOR/A CEM 1 C1 PROPIEDAD EDUCADOR/A CEM 3 C1 VACANTE EST EDUCADOR/A CEM 3 C1 VACANTE INT. EDUCADOR/A CEM 1 C1 VACANTE EDUCADOR/A CASA NIÑOS 1 C1 VACANTE EST TECNICO/A DE CONSUMO 1 C1 PROPIEDAD MONITOR/A DE FORMACIÓN 1 C1 PROPIEDAD ESP. GESTION DOCUMENTAL 1 C1 PROPIEDAD INFORMADOR/A JUVENIL 1 C2 PROPIEDAD GERENTE 1 C2 PROPIEDAD CONSERJE 1 C2 PROPIEDAD CONSERJE 3 E/AP VACANTE INT. AUXILIAR DE INFORMATICA 1 C2 PROPIEDAD AUXILIAR DE INFORMACION 1 E/AP PROPIEDAD NOTIFICADOR/A 1 E/AP PROPIEDAD

3.0.2.3. CLASE DE OFICIOS COPISTERO/A 1 C1 PROPIEDAD OFICIAL DE MANTENIMIENTO 2 C2 PROPIEDAD CONDUCTOR/A VEHICULOS MECANICOS 1 C2 PROPIEDAD ENCARGADO/A DE SERVICIOS 1 C2 PROPIEDAD ENCARGADO/A DE SERVICIOS 2 C2 VACANTE R.P.I. ENCARGADO/A DE OFICIOS 1 C2 VACANTE R.P.I. OFICIAL DE CERRAJERIA 1 C2 PROPIEDAD

OFICIAL DE CERRAJERÍA 1 C2 VACANTE

OFICIAL ELECTRICISTA 3 C2 PROPIEDAD OFICIAL JARDINERIA 1 C2 PROPIEDAD OFICIAL FONTANERO 1 C2 VACANTE INT.

OFICIAL FONTANERO 1 C2 PROPIEDAD

COCINERO/A 1 C2 PROPIEDAD OFICIAL DE SERVICIOS 4 C2 VACANTE R.P.I. CONDUCTOR DE VEHICULOS 1 C2 VACANTE R.P.I. JARDINERO/A 4 C2 VACANTE R.P.I. CONDUCTOR VEHICULOS 1 E/AP PROPIEDAD AYUDANTE FONTANERO 3 E/AP PROPIEDAD AYUDANTE ALBAÑIL 2 E/AP PROPIEDAD AYUDANTE IMPRENTA 1 E/AP PROPIEDAD AYUDANTE DE JARDINERIA 7 E/AP PROPIEDAD

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15- Memoria del Presupuesto

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1100

0_03

C.E

.V.: 13074304173535032123

MEMORIA PRESUPUESTO 2021

Introducción

El mundo está viviendo una situación nunca vista en el pasado reciente, que no

sólo está afectando a nuestra salud, sino que va a suponer un cambio en todos

los ámbitos de nuestras vidas, y el que nos replanteemos nuestro modelo

social.

También está suponiendo un duro golpe a la actividad económica lo que

provoca que de forma masiva muchos trabajadores hayan perdido sus trabajos

o que negocios hayan tenido que cerrar sus puertas.

Si bien es seguro que saldremos de esta crisis siendo una sociedad mejor y

nuestro modelo económico más cercano al sistema productivo, el camino será

arduo.

Desde el inicio de la crisis sanitaria, El Gobierno de la Nación ha adoptado

medidas para paliar sus efectos en una doble vía:

Por un lado se han establecido ayudas para los trabajadores, autónomos

y empresas que, sin duda les va a suponer un gran alivio.

Y por otro lado se han adoptado y se adoptaran medidas que faciliten la

recuperación de la actividad lo antes posible.

También en el seno de la Unión Europea se ha elaborado un Plan de

recuperación de la actividad económica al que se han destinado importantes

recursos, que pronto llegarán a los países miembros y por tanto, también a

España.

Parte de estos recursos se destinarán a los Ayuntamiento mediante ayudas

directas, aunque aún no sabemos el mecanismo, ni la cuantía exacta.

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