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PROYECTO EDUCATIVO CEIP DON BENITO

ÍNDICE

0. INTRODUCCIÓN Y CONTEXTUALIZACIÓN DEL CENTRO

1.ÓRGANOS DE GOBIERNO, DOCENCIA Y PARTICIPACIÓN:

1.1. ÓRGANOS DE GOBIERNO:

1.1.1. El Equipo Directivo.

1.1.2 EL Claustro.

1.1.3 El Consejo Escolar.

1.2. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN Y ORIENTACIÓN DOCENTE

1.2.1. La Comisión de Coordinación Pedagógica (CCP).

1.2.2. Los Equipos Docentes de Ciclo.

1.2.3. Los Equipos Educativos.

1.2.4. Los Tutores.

1.2.5. La Comisión de Actividades Complementarias y Extraescolares.

1.2.6. El Equipo de Gestión de la Convivencia.

1.2.7. Otras Coordinaciones.

1.3. ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN Y COLABORACIÓN SOCIAL.

1.3.1. La Asociación de Madres y Padres del Alumnado (AMPA)

1.3.2. Los Delegados/as de los Alumnos.

1.4. CANALES DE COORIDACIÓN ENTRE LOS DIFERENTES ÓRGANOS.

2. CAUCES DE PARTICIPACIÓN DE LOS DISTINTOS SECTORES.

3. CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS QUE GARANTICEN EL RIGOR Y

TRANSPARENCIA EN LA TOMA DE DECISIONES DE LOS DISTINTIOS

ÓRGANOS, EN MATERIA DE ESCOLARIZACIÓN Y EVALUACIÓN.

4. DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

4.1. DEL ALUMNADO.

4.2. DEL PROFESORADO.

4.3. DE LAS FAMILIAS.

4.4. DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS.

5. NORMAS DE CONVIVENCIA A IMPULSAR DESARROLLADAS EN EL

PLAN DE CONVIVENCIA. PROTOCOLOS. TUTORÍAS AFECTIVAS.

- PROTOCOLO ACOSO ALUMNADO

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- PROTOCOLO ACOSO PROFESORADO

-TUTORÍAS AFECTIVAS

6. NORMAS Y ORGANIZACIÓN GENERAL DEL CENTRO.

6.1. ORGANIZACIÓN GENERAL (entradas, salidas, recreos,...).

6.2. ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS, INSTALACIONES Y RECURSOS

MATERIALES.

6.3. NORMAS DE USO DE LA BIBLIOTECA DEL CENTRO Y EL AULA

MEDUSA.

6.4. SERVICIOS ESCOLARES:

6.4.1. Comedor Escolar.

6.4.2. Transporte Escolar.

6.5. CONTROL PARA EL ACCESO DE LAS FAMILIAS O PERSONAS AJENAS.

6.6. USO GRATUITO FR LIBROS DE TEXTO.

7. ORGANIZACIÓN GENERAL DE LA ATENCIÓN A LAS FAMILIAS EN

RELACIÓN CON EL SEGUIMIENTO EDUCATIVO DEL ALUMNADO.

8. NORMAS PARA EL CONTROL Y LA PREVENCIÓN DEL ABSENTISMO

ESCOLAR.

9. AUSENCIAS DEL PROFESORADO. ATENCIÓN AL ALUMNADO EN

CASO DE AUSENCIA.

10. ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y

EXTRAESCOLARES.

11. ASISTENCIA AL ALUMNADO ACCIDENTADO.

12. ORGANIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES PREVISTAS PARA LA

RELACIÓN DEL CENTRO CON LAS INSTITUCIONES DEL ENTORNO.

13. PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS.

14. PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN Y REVISIÓN DE LAS NOF.

15. MEDIOS Y FORMAS DE DIFUSIÓN DE LAS NOF ENTRE LOS

MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

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PROYECTO EDUCATIVO CEIP DON BENITO

INTRODUCCIÓN Y CONTEXTUALIZACIÓN DEL CENTRO

El Colegio de Educación Infantil y Primaria CEIP Don Benito

constituye una comunidad educativa cuya estructura de gestión debe

permitir y facilitar la buena organización del Centro y canalizar una

convivencia armónica de los distintos estamentos que la componen.

La finalidad de la educación impartida en este Centro será el pleno

desarrollo de la personalidad del alumno y de la alumna, mediante

una formación integral y el respeto a los principios democráticos de

convivencia y a los derechos y libertades fundamentales, así como la

adquisición de competencias básicas y de hábitos de trabajo que

permitan la preparación para participar activamente en la vida social

y cultural.

Este Proyecto Educativo para que resulte provechoso y

repercuta en la vida del Centro y en una mejor organización del CEIP

Don Benito deberá ser considerado, únicamente, como un proyecto

de partida susceptible de ser desarrollado y mejorado curso tras

curso. Su objetivo último es implicar a todas las personas que forman

parte de la comunidad antes citada, para formar ciudadanos más

solidarios, responsables, tolerantes, críticos y en definitiva libres, en

una escuela pública abierta a todos e inmersa en la realidad social en

la que se encuentra.

La elaboración de un Proyecto Educativo de Centro debe significar

para la Comunidad Educativa, una nueva manera de actuación de

todos sus miembros, ya que debe encarnar la filosofía que marcará la

trayectoria y actuaciones del centro y sus componentes.

Para que el Proyecto Educativo de Centro sea efectivo se han de

considerar como fundamentales los siguientes puntos:

1. El profesorado debe implicarse, dentro de un clima participativo,

en la elaboración del mismo.

2. Para que un centro funcione adecuadamente hay que sistematizar

una serie de actuaciones, a fin de que en cada curso no se

vuelvan a repetir las mismas dificultades.

3. El profesorado deberá, una vez aprobado en Consejo Escolar,

atenerse a cuanto hay escrito en el mismo, no pudiendo

individualizar su contenido, desconectándose del resto de

compañeros.

4. Define la filosofía y los principios, así como la organización,

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objetivos y coordinación entre las instituciones educativas a las

que nos dirigimos, con la intención de marcar una impronta

educativa en nuestro alumnado.

CONTEXTUALIZACIÓN DEL CENTRO

A) PRINCIPIOS, VALORES, Y PRIORIDADES

¿Qué queremos para nuestro Centro?

Que el Centro forme íntegramente al alumno/a.

Que el Centro capacite al alumno para la vida.

Que el Centro sea una experiencia satisfactoria para el alumno y para

el profesorado.

Que el Centro cuente con las familias.

B) FINES Y OBJETIVOS

1.- Considerar a la persona como una totalidad en sus dimensiones

socio-afectiva, moral, cognitiva, y motriz.

a) Favorecer un clima para el desarrollo de la AUTOESTIMA y las

relaciones afectivas.

b) Desarrollar estrategias de aprendizaje y técnicas de trabajo

intelectual que favorezcan la competencia cognitiva.

c) Estimular el desarrollo corporal a través del juego y la actividad

física.

2.- Dotar a los alumnos de instrumentos que les serán necesarios

para desenvolverse en la sociedad futura.

a) Utilizar los medios informáticos y audiovisuales como recurso

didáctico y conseguir que el alumno los maneje a nivel instrumental.

b) Capacitar al alumno para que se desenvuelva mejor en este

mundo sin fronteras, facilitando el conocimiento de otra cultura y

dominio de otro idioma.

3.- Potenciar estilos de vida saludables a través del empleo del ocio y

tiempo libre.

a) Favorecer la práctica del deporte por parte de todo el alumnado.

b) Desarrollar la afición a la lectura y espíritu crítico.

c) Colaborar con las instituciones para favorecer actividades al aire

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libre y el contacto con la naturaleza.

d) Desarrollar la estética y una mayor sensibilidad hacia actividades

artísticas.

4.- Favorecer una convivencia basada en el respeto y la tolerancia y

la cooperación.

a) Practicar la cortesía y los buenos modales.

b) Implicar al alumno/a en la elaboración y cumplimiento de normas,

entendidas como algo necesario.

c) Estimular el diálogo y la razón potenciando las asambleas, debates

y tutorías.

d) Enseñar a escuchar, esperar, pedir el turno de palabra, respetar la

opinión de los demás y las decisiones de grupo.

e) Fomentar la cooperación a través del deporte y el trabajo

cooperativo.

5.- Que la escuela facilite experiencias de éxito y sea fuente

de satisfacción, en su vertiente educativa.

a) Adaptar el nivel de exigencia a las capacidades del niño.

b) Valorar sobre todo el esfuerzo personal.

c) Evaluación formativa.

d) Facilitar que el niño construya sus propios aprendizajes y sea

creativo.

e) Que el alumno pueda desarrollar habilidades propias y mostrarse

competente en diversas actividades de la vida real.

f) Fomentar el respeto a las diferencias individuales, culturales,

físicas, psíquicas y sensoriales.

6.- Potenciar la participación de las familias en la tarea educativa.

a) Dar información a las familias para que conozcan la realidad

escolar.

b) Establecer cauces de diálogo.

c) Considerar sus aportaciones.

d) Pedir su colaboración para llevar a cabo distintas actividades.

7.- Implicación total del profesorado en el P.E.

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a) Asumir plenamente los principios y objetivos de Centro.

b) Ajustar la práctica educativa las pautas y modelos de intervención

que se determinen.

c) Estar abierto a una evaluación de la práctica docente, participando

activamente en las reuniones que a tal fin se establezcan.

C. DESCRIPCIÓN DEL ENTORNO

El CEIP Don Benito está situado en el barrio de Schamann de Las

Palmas de Gran Canaria.

Es un Centro de Educación Infantil y Primaria, de atención preferente

de discapacitados auditivos.

Su entorno se caracteriza por:

- El Centro está rodeado de casas sociales la mayoría de cuatro

plantas, de una antigüedad de 60 años. Un edificio de mucha más

altura que domina todo el barrio “Edificio España”, viviendas de

2 o 3 plantas de construcción particular y recientemente

construcción de algunas urbanizaciones

de dúplex.

- Las familias son de un nivel social medio-bajo.

- La edad de los padres oscila entre los 20 y 40 años.

- El número de hijos por familias es de uno, dos y excepcionalmente

tres.

- Hay muchas familias monoparentales.

- Los padres-madres en su mayoría trabajan en el sector servicios.

- Actualmente hay un grupo destacado de familias en paro.

También hay un grupo de familias inmigrantes, que llegan al barrio,

comprando viviendas sociales

o alquilan.

- Algunas familias presentan problemas de tipo social.

- Alumnos-as que se trasladan a mitad de curso de otros barrios e

incluso otros municipios.

- Sólo un pequeño grupo de alumnos-as presentan problemas de

absentismo.

- El centro permanece abierto por las tardes con actividades,

suponiendo esto un gran beneficio para

nuestros alumnos-as y para las familias.

- El centro cuenta con atención temprana y acogida de tarde que

gestiona el AMPA lo que facilita la vida laboral de las familias.

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Como Centro preferente de alumnos-as discapacitados auditivos,

estos pueden venir de otras zonas y son transportados en micros a

cargo de la Consejería de Educación.

D. ANÁLISIS DEL CONTEXTO

D.1.- SITUACIÓN DEL CENTRO

El Centro se construyó en el año 1961 y se inauguró 1962. En un

principio contaba sólo con 12 aulas (6 de niños y 6 de niñas).

En la actualidad cuenta con 30 aulas y tiene 12 unidades en

funcionamiento.

D.2.- ENSEÑANZAS QUE ABARCA:

En el curso 2019-2020 el número total de alumnos es de 247 que se

distribuyen de la siguiente manera.

3 unidades de Educación Infantil

3 unidades del Primer Ciclo de Primaria

3 unidades del Segundo Ciclo de Primaria

3 unidades del Tercer Ciclo de Primaria

1 unidades de audición y Lenguaje

1 unidad de Pedagogía Terapéutica

La ratio de alumno profesor es de unos 22 alumnos-as

aproximadamente.

E. HORARIO DEL CENTRO:

El horario lectivo es de jornada de mañana de 8:30 a 13:30 horas.

El horario de dedicación especial docente son los lunes de 14.00 a

17.00 horas.

Las visitas de padres-madres son los primeros y terceros lunes de

mes de 15.00 a 17.00 horas. La primera hora con cita previa y la

segunda sin cita.

El Centro tiene servicio de apertura temprana de 7.00 a 8.30 horas,

actividad organizada por las AMPA.

Horario de comedor de 13.30 a 15.00 horas.

Horario de desayuno escolar se realizará a las 8.30 horas.

Horario continuo de tarde de 15.00 a 17.45 horas a cargo de

monitores del Ayuntamiento.

De 15.00 a 18.00 hay actividades extraescolares, organizadas por las

AMPA.

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F. CARACTERÍSTICAS FÍSICAS DEL CENTRO:

El Centro cuenta con 30 aulas, de ellas 12 son tutorías, las restantes

se distribuyen de la siguiente manera:

- Aula de música

- Administración

- Medios audiovisuales

- Radio Escolar

- Aguaviva (ordenadores)

- Aulas de Inglés

- Aula de Francés

- Aula Psicomotricidad

- Tres aulas dedicadas a actividades del comedor y de apoyos.

- Un aula para logopedia.

- Tres antiguas aulas se unificaron para hacer el comedor.

Otras dependencias.

- Laboratorio

- Aula de NEAE

- Dos aulas pequeñas de A.L.

- Sala de Profesores

- Salón de Actos

- Aula polivalente (tercer ciclo)

- Despacho: Dirección, Jefatura de Estudios y Secretaría

- Despacho de Orientadora.

- Sala de juntas.

- Dos espacios añadidos: material de Ed. Física y AMPA.

- Actualmente la antigua casa del portero, se ha habilitado para la

acogida temprana de una de las AMPA, actividades de infantil en

horas del comedor y acogida de tarde por parte del mismo AMPA.

Otra aula de la primera planta se ha habilitado para la recogida

temprana del otro AMPA.

Espacios abiertos:

- Las canchas de deporte son a su vez patios de recreo.

- El patio grande está dividido en tres partes: cancha de fútbol,

cancha de baloncesto y zona central libre de canchas y con una

zona cubierta.

- El patio trasero está cubierto y es utilizado por los alumnos-as

de Infantil.

- Hay otro patio más pequeño que es utilizado por los alumnos-

as de infantil de 3 años y ocasionalmente por los de 4 y 5 años.

El Salón de Actos, se utiliza para reuniones, actuaciones, para Ed.

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Física y como sala de video para los alumnos-as de comedor. Por las

tardes se utiliza para actividades extraescolares.

G. PROFESORADO

En el Centro hay un total de 23 profesores que se distribuyen de la

siguiente manera:

- 3 Educación Infantil

- 7 Educación Primaria

- 2 Lengua Inglesa

- 1 Lengua Francesa

- 1 Música

- 1 Audición y Lenguaje

- 2 NEAE

- 2 Educación Física

- 2 profesores de religión. Este profesorado pertenece al

Ministerio de Educación y Ciencia.

- 1 Orientadora

- 1 Programa Impulsa.

Otros servicios:

El Centro cuenta con una orientadora, a tiempo compartido con otro

Centro.

Una logopeda que acude al Centro dos días por semana.

Una trabajadora social integrada en el Equipo Psicopedagógico y de

Orientación escolar de la zona. (EOEP)

Una orientadora de discapacitados auditivos que acude al Centro, una

vez en semana.

Al Centro acude la trabajadora social, logopeda del equipo de

discapacitados auditivos en momentos puntuales.

H. ALUMNADO

Los alumnos de 3 años presentan las siguientes características.

- Sobreprotección y permisividad.

- Apego

- Carencia total de hábitos que origina la falta de autonomía y

de independencia.

- Falta de normas

El curso para estos alumnos nuevos se presenta en una reunión

informativa en el mes de junio.

Estos alumnos hacen un periodo de adaptación, en las primeras

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semanas de septiembre. En este curso escolar contamos, por

tercer año consecutivo, con el Programa Impulsa, que permitirá

una adaptación más progresiva del alumnado al Centro.

En general hay que trabajar cambios de actitudes y normas. Este

trabajo se realiza no sólo con los alumnos, sino también a nivel de

charlas informativas-formativas con padres-madres.

Hay que seguir con esta labor, intensificándola a medida que los

niños/as se van haciendo mayores.

Las situaciones de des-estructuración de algunas familias hacen que

los niños presenten problemas de tipo afectivo. También hay que

tener en cuenta los casos en que ambos progenitores trabajan fuera

de casa, pasando los menores, muchas horas solos o en actividades

de tarde haciendo poca vida familiar.

Alumnado discapacitado auditivo.

El Centro es preferente de discapacitados auditivos, este alumnado

tiene implante coclear. Acudiendo el mismo al aula de audición y

lenguaje en un horario específico.

EL ACTUAL DOCUMENTO INSTITUCIONAL DEL CENTRO TIENE

EN CUENTA LA SIGUIENTE CONCRECIÓN CURRICULAR PARA

SU ELABORACIÓN:

LA CONCRECIÓN CURRICULAR DE INFANTIL Y PRIMARIA CEIP DON

BENITO

REFERENTES NORMATIVOS PARA LA CONCRECIÓN CURRICULAR

LOMCE (Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de

la calidad educativa).

BOC Nº 152. Jueves 7 de Agosto de 2014. LEY 6/2014, de 25

de julio, Canaria de Educación no Universitaria.

DECRETO 89/2014, de 1 de agosto, por el que se establece la

ordenación y el currículo de la Educación Primaria en la Comunidad

Autónoma de Canarias.

BOE N.º.25, de 29 de enero de 2015. Orden ECD/65/2015, de 21 de

enero, por la que se describen las relaciones entre las competencias,

los contenidos y los criterios de evaluación de la Educación Primaria,

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la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato.

Resolución de 13 de mayo de 2015, por la que se establece las

rúbricas de los criterios de evaluación del segundo ciclo de la

Educación Infantil y de la Educación Primaria para orientar y facilitar

la evaluación objetiva del alumnado de la Comunidad Autónoma de

canarias.

Educación Infantil.

LEY 6/2014, de 25 de julio, Canaria de Educación no

Universitaria.

Resolución de 13 de mayo de 2015, por la que se establece las

rúbricas de los criterios de evaluación del segundo ciclo de la

Educación Infantil y de la Educación Primaria para orientar y

facilitar la evaluación objetiva del alumnado de la Comunidad

Autónoma de canarias.

Resolución de 13 de mayo de 2015, por la que se establece las

rúbricas de los criterios de evaluación del segundo ciclo de la

Educación Infantil y de la Educación Primaria para orientar y

facilitar la evaluación objetiva del alumnado de la Comunidad

Autónoma de canarias.

Orden de 18 de junio de 2010, por la que se regula la impartición de

determinadas áreas o materias en Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la

Comunidad Autónoma de Canarias. BOC nº 125 de28 de junio de

2010.

Resolución conjunta de las Direcciones Generales de Centros e

Infraestructura Educativa y de Ordenación, Innovación y Promoción

Educativa, por la que se dictan instrucciones sobre la

cumplimentación de determinados apartados de los documentos

oficiales de evaluación del segundo ciclo de la educación infantil y de

la enseñanza básica.

Educación Primaria

Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece

el currículo básico de la Educación Primaria.

Decreto 89/2014, de 1 de agosto por el que se establece la

ordenación y el currículo de Primaria en la Comunidad autónoma

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de Canarias

Resolución de 13 de mayo de 2015, por la que se establece las

rúbricas de los criterios de evaluación del segundo ciclo de la

Educación Infantil y de la Educación Primaria para orientar y facilitar

la evaluación objetiva del alumnado de la Comunidad Autónoma de

canarias.

Atención a la Diversidad.

ORDEN 13 de diciembre de 2010 por la que se regula por la que se

regula la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo

educativo en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Resolución de 9 de febrero de 2011, por la que se dictan

instrucciones sobre los procedimientos y los plazos para la atención

educativa del alumnado con necesidades específicas de apoyo

educativo en los centros escolares de la Comunidad Autónoma de

Canarias

Decreto 25 /2018, de 26 de febrero, por la que se regula la atención

a la diversidad

Artículo 5: medidas para atender a la diversidad:

1. La flexibilidad y combinación de diferentes tipos de

agrupamientos

2. La atención individualizada

3. Los sistemas de refuerzos que permitan la recuperación

curricular

Resolución número 1198/2017 por la que se aprueba el protocola

para el acompañamiento al alumnado trans y atención a la diversidad

de género.

1. ÓRGANOS DE GOBIERNO, DOCENCIA Y PARTICIPACIÓN.

1.1. ÓRGANOS DE GOBIERNO:

1.1.1. El Equipo Directivo:

El equipo directivo, en el ámbito de sus funciones y competencias, actuará de acuerdo

con los siguientes principios generales:

a) Velará para que las actividades de los centros docentes públicos se desarrollen de

acuerdo con los principios y valores de la Constitución, por la efectiva realización de los

fines de la educación establecidos en las leyes y disposiciones vigentes, por el logro de

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los objetivos establecidos en el proyecto educativo del centro docente público, por la

calidad de la educación y por el fomento y promoción de la investigación e innovación

educativa.

b) Garantizará el ejercicio de los derechos reconocidos al alumnado, al personal

docente, a los representantes legales del alumnado y al personal de administración y de

servicios y velaran por el cumplimiento de los deberes correspondientes.

c) Impulsará medidas y actuaciones para lograr la plena igualdad entre hombres y

mujeres y fomentaran la educación para la prevención de conflictos y para la resolución

pacífica de los mismos, como medio para mejorar la convivencia y los hábitos

ciudadanos.

d) Colaborará en la implementación de medidas para favorecer la equidad educativa,

que garanticen la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no

discriminación del alumnado, para compensar las desigualdades personales, culturales,

económicas y sociales.

e) Fomentará y favorecerá la participación de todos los miembros de la comunidad

educativa en la vida del centro docente público, en su organización y funcionamiento.

f) Colaborará en los planes de evaluación que se les encomienden en los términos que

establezca la Conserjería competente en materia de educación, sin perjuicio de los

procesos de evaluación interna que los centros docentes definan en sus proyectos

educativos.

g) Coordinará la colaboración con otros centros docentes públicos de la zona, tanto para

la escolarización del alumnado, como para realizar una oferta educativa adecuada a las

necesidades del entorno. El equipo directivo trabajara de forma coordinada en el

desempeño de sus funciones, de acuerdo con los principios generales establecidos en el

artículo 2 del Decreto 106/ 2009 y conforme a las funciones que se establecen para cada

uno de sus miembros en el presente Decreto. La Conserjería competente en materia

educativa establecerá el horario de dedicación de los miembros del equipo directivo a

las tareas propias de sus funciones directivas, teniendo en cuenta el número de unidades,

la complejidad y los proyectos del centro docente.

El equipo directivo tendrá las siguientes funciones:

a) Velar por el buen funcionamiento del centro docente público, por la coordinación de

los programas de enseñanza y aprendizaje y el desarrollo de la práctica docente del aula,

sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro, al Consejo Escolar y demás

órganos de coordinación didáctica del centro.

b) Estudiar y presentar al Claustro y al Consejo Escolar propuestas para facilitar y

fomentar la participación coordinada de toda la comunidad educativa en la vida del

centro docente público.

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c) Elaborar y actualizar el proyecto educativo del centro docente público, el proyecto de

gestión, las normas de organización y funcionamiento y la programación general anual,

teniendo en cuenta las directrices y propuestas formuladas por el Consejo Escolar y por

el Claustro, en el marco de lo establecido por la Conserjería competente en materia de

educación.

d) Realizar propuestas sobre las necesidades de recursos humanos del centro docente

público, atendiendo a los criterios de especialidad del profesorado y a los principios de

eficacia y eficiencia del sistema educativo público, así como de las necesidades

materiales y de infraestructura del centro docente.

e) Gestionar los recursos humanos y materiales del centro docente público a través de

una adecuada organización y funcionamiento del mismo.

f) Proponer a la comunidad educativa actuaciones que favorezcan las relaciones entre

los distintos colectivos que la integran, mejoren la convivencia en el centro docente

público y fomenten un clima escolar que favorezca el estudio y la formación integral del

alumnado.

g) Impulsar la coordinación, por medio de los órganos de coordinación docente, del

seguimiento de las prácticas del alumnado que curse estudios conducentes a títulos de

grado y postgrado.

h) Fomentar la participación del centro docente público en proyectos europeos, de

innovación y desarrollo de la calidad y equidad educativa, en proyectos de formación y

de perfeccionamiento de la acción docente del profesorado, y de uso integrado de las

tecnologías de la información y la comunicación en la enseñanza.

i) Colaborar con los responsables de la coordinación de los programas y servicios

estratégicos que disponga la Conserjería competente en materia educativa, para su

implantación y desarrollo en el centro docente, y proporcionar los medios y recursos

necesarios para alcanzar los objetivos propuestos.

j) Desarrollar, velar y realizar el seguimiento del Proyecto de Dirección.

k) Impulsar de oficio cuantas acciones se entiendan necesarias para la pronta puesta en

marcha del curso y el funcionamiento diario del centro, asegurando el cumplimiento del

calendario escolar. El Equipo Directivo se reunirá al menos una vez a la semana,

pudiendo invitar a sus sesiones, con carácter consultivo, a cualquier miembro de la

comunidad educativa.

El/la Director/a

El/la directora/a, en tanto que responsable cualificado en el centro, tiene atribuidas las

siguientes competencias:

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a) Ostentar la representación del centro, representar a la Administración educativa en el

mismo y hacerle llegar a ésta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la

comunidad educativa.

b) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias

atribuidas al Claustro del profesorado y al Consejo Escolar.

c) Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes

para la consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro.

d) Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.

e) Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.

f) Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los

conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos y

alumnas, en cumplimiento de la normativa vigente, sin perjuicio de las competencias

atribuidas al Consejo Escolar en el artículo 127 de esta Ley orgánica.

A tal fin, se promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de los

conflictos en los centros.

g) Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que

faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca

el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en

conocimientos y valores de los alumnos y alumnas.

h) Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas

y en la evaluación del profesorado.

i) Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del

Claustro del profesorado del centro y ejecutar los acuerdos adoptados, en el ámbito de

sus competencias.

j) Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los

gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las

certificaciones y documentos oficiales del centro, todo ello de acuerdo con lo que

establezcan las Administraciones educativas.

k) Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del

equipo directivo, previa información al Claustro del profesorado y al Consejo Escolar

del centro.

l) Aprobar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la

presente Ley Orgánica.

m) Aprobar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias

del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.

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n) Decidir sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en

esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen.

ñ) Aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en

el artículo 122.3.

o) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las

Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

p) Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración educativa

A comienzos de cada curso académico se harán públicos, a través del tablón de

anuncios del centro, los días y horas en que la Dirección y el resto de miembros de

equipo directivo del centro esté a disposición de cualquier miembro de la comunidad

educativa para mantener las entrevistas que sean necesarias, a fin de favorecer el

contacto cotidiano entre los distintos colectivos que participan en la vida del centro y el

equipo directivo. Esta información debe hacerse llegar a las familias a través de,

además de los canales de información inmediato y habitual en el centro (tablones de

anuncios), en la primera comunicación por escrito que mantengan las tutorías de los

diferentes grupos de alumnos y alumnas con las respectivas familias.

La Jefatura de Estudios

Son competencias del Jefe/a de Estudios las siguientes:

a) Participar coordinadamente junto con el resto del equipo directivo en el desarrollo de

las funciones propias del equipo directivo.

b) Coordinar, de conformidad con las instrucciones de la persona titular de la dirección,

las actividades de carácter académico, de orientación y tutoría, las programaciones

didácticas y la programación general anual y velar por su ejecución.

c) Coordinar las actuaciones de los órganos de coordinación docente y de los

competentes en materia de orientación académica y profesional y de los de acción

tutorial, que se establezcan reglamentariamente.

d) Colaborar en la coordinación de las actividades de perfeccionamiento del

profesorado, así como planificar y coordinar las actividades de formación y los

proyectos que se realicen en el centro.

e) Ejercer, de conformidad con las instrucciones de la dirección, la jefatura del personal

docente en todo lo relativo al régimen académico.

f) Elaborar, en colaboración con el resto de miembros del equipo directivo, los horarios

académicos del alumnado y del profesorado, de acuerdo con los criterios pedagógicos y

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organizativos incluidos en la programación general anual y con la normativa que regule

la organización y funcionamiento de los centros, así como velar por su estricto

cumplimiento.

g) Controlar el cumplimiento de la jornada de trabajo del profesorado dejando siempre

constancia documental de la asistencia diaria, mediante el procedimiento que establezca

la dirección del centro y según las instrucciones que dicte el órgano responsable de la

gestión de personal docente de la Consejería competente en materia educativa.

h) Coordinar la utilización de espacios, medios y materiales didácticos de uso común

para el desarrollo de las actividades de carácter académico, de acuerdo con lo

establecido en el proyecto educativo, en el proyecto de gestión y en la programación

general anual.

i) Organizar los actos académicos y sustituir al director o directora en los supuestos

previstos.

j) Coordinar los procesos de evaluación.

k) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por la persona titular de la

dirección o por la Consejería competente en materia educativa, dentro de su ámbito de

competencias, o por los correspondientes reglamentos orgánicos y disposiciones

vigentes. Las normas de designación, nombramiento o cese del jefe/a de estudios serán

las previstas en la regulación que establece el Decreto 128/1998, de 6 de agosto, por el

que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los

Colegios de Educación Primaria.

La secretaria son competencias de la secretaria las siguientes:

a) Participar en coordinación con el resto del equipo directivo en el desarrollo de las

funciones propias del equipo directivo.

b) Ordenar el régimen administrativo y económico del centro docente, de conformidad

con las instrucciones de la dirección y lo establecido en el proyecto de gestión del

centro, elaborar el anteproyecto de presupuesto del centro docente, llevar la contabilidad

y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.

c) Ejercer, de conformidad con las instrucciones del director o directora y bajo su

autoridad, la supervisión y control del personal de administración y servicios adscrito al

centro docente público y velar por el cumplimiento de la jornada y las tareas

establecidas.

d) Actuar como secretario o secretaria de los órganos colegiados de gobierno, levantar

acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos adoptados con el visto bueno de la persona

titular de la dirección.

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e) Custodiar las actas, libros, archivos del centro docente y los documentos oficiales de

evaluación, así como expedir, con el visto bueno de la persona titular de la dirección, las

certificaciones que soliciten las autoridades y las personas interesadas. Asimismo,

cotejar y compulsar documentos administrativos, conforme a la normativa vigente.

f) Tener acceso al registro de centralización electrónica de los expedientes académicos

del alumnado y custodiar, conservar y actualizar los expedientes, garantizando la

coincidencia entre los datos contenidos en el expediente del alumno o alumna en el

centro, en soporte documental o informático, y los datos que conforman el expediente

centralizado, conforme con el nivel de protección y seguridad establecido en la

normativa vigente.

g) Dar a conocer y difundir a toda la comunidad educativa cuanta información sobre

normativa, disposiciones legales o asuntos de interés general o profesional se reciba en

el centro docente público.

h) Tomar parte en el proceso de elaboración del proyecto educativo de centro docente

público, de la programación general anual y de las normas de organización y

funcionamiento.

i) Realizar el inventario general del centro docente y mantenerlo actualizado y velar por

el buen uso y conservación de las instalaciones y equipamiento escolar, en colaboración

con los jefes o jefas de departamento, y de acuerdo con las indicaciones de la persona

titular de la dirección.

j) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por la persona titular de la

dirección o por la Consejería competente en materia educativa, dentro de su ámbito de

competencias, o por los correspondientes Reglamentos orgánicos y disposiciones

vigentes.

Las normas de designación, nombramiento o cese del Secretario/a serán las previstas

en la regulación que establece el Decreto 128/1998, de 6 de agosto, por el que se

aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los

Colegios de Educación Primaria

Suplencia de los miembros del equipo directivo.

1. En caso de ausencia, enfermedad o vacante de la persona titular de la dirección del

centro docente, se hará cargo provisionalmente de sus funciones quien sea titular de la

jefatura de estudios, salvo que el centro disponga de vicedirección, en cuyo caso, su

titular sustituirá al director o directora. En caso de enfermedad o ausencia de la persona

que ostente la dirección del centro, si no hubiera vicedirección, ni jefatura de estudios,

sustituirá al director o directora, el profesor o profesora designado por la persona titular

de la dirección para estas situaciones. En los casos de vacante del puesto de director o

directora, lo sustituirá el profesor o profesora más antiguo en el centro y si hubiere

varios de igual antigüedad, el de mayor antigüedad en el Cuerpo.

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2. En caso de ausencia, enfermedad o vacante del o de la titular de la jefatura de

estudios, se hará cargo provisionalmente de sus funciones la persona titular de la

jefatura de estudios adjunta. En el supuesto de haber varias jefaturas de estudios

adjuntas la designación la realizará el director o directora de entre sus titulares. En los

centros donde no exista jefatura de estudios adjunta, sustituirá a la persona titular de la

jefatura de estudios, el profesor o profesora que designe la dirección.

3. Igualmente, en caso de ausencia, enfermedad o vacante de la persona titular de la

secretaría, se hará cargo el profesor o la profesora que designe el o la titular de la

dirección.

4. De las designaciones efectuadas por la persona titular de la dirección para sustituir

provisionalmente a los titulares de la jefatura de estudios o de la secretaría se informará

a los órganos colegiados de gobierno y al órgano competente de la Administración

educativa.

1.1.2. El Claustro:

Las competencias del Claustro del profesorado son:

a. Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de

los proyectos del centro, de la programación general anual y de las normas de

organización y funcionamiento del centro docente.

b. Establecer los criterios para la elaboración de la concreción de los currículos, así

como de los aspectos educativos de los proyectos y de la programación general anual

del centro docente.

c. Aprobar y evaluar la concreción del currículo y los aspectos educativos de los

proyectos y de la programación general anual; decidir sus posibles modificaciones,

teniendo en cuenta lo establecido en el proyecto educativo y en las evaluaciones

realizadas; informar dicha programación general anual y la memoria final de curso antes

de su presentación al Consejo Escolar.

d. Aprobar la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación dentro

del marco normativo, así como el calendario de exámenes o pruebas extraordinarias,

analizar y valorar la evolución del rendimiento escolar general del centro a través de los

resultados de las evaluaciones y elevar informes al Consejo Escolar, con las propuestas

de mejora.

e. Aprobar los criterios referentes a la atención a la diversidad, orientación, tutoría,

evaluación y recuperación del alumnado dentro el marco normativo, así como los

criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios del alumnado y del

profesorado.

f. Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia, la igualdad entre

hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en el centro docente.

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g. Conocer, en los términos que establezca el centro, la resolución de conflictos

disciplinarios y la imposición de sanciones y velar para que éstas se atengan a la

normativa vigente.

h. Proponer medidas e iniciativas que fomenten la colaboración de las familias para la

mejora del rendimiento académico del alumnado, el control del abandono escolar

temprano y la mejora de la convivencia.

i. Informar las normas de organización y funcionamiento del centro docente antes de su

presentación al Consejo Escolar. j. Analizar y valorar los resultados de las evaluaciones

internas y externas en las que participe el centro.

k. Promover y aprobar iniciativas en el ámbito de la innovación y de la formación del

profesorado del centro.

l. Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados. m.

Elegir a sus representantes en el Consejo Escolar del centro docente y participar en la

selección del director o de la directora en los términos establecidos en la normativa

específica de esta materia.

n. Conocer las relaciones del centro docente con otras instituciones de su entorno y, en

su caso, con los centros de trabajo.

o. Conocer la situación económica del centro docente y el desarrollo del proyecto de

gestión.

p. Establecer propuestas que favorezcan la participación de los servicios concurrentes,

así como analizar y valorar la incidencia en el centro.

q. Promover iniciativas y actuaciones que propicien la participación y relación con los

demás sectores de la comunidad educativa y sus organizaciones.

r. Conocer los proyectos anuales de formación del profesorado del centro de acuerdo

con la propuesta de la comisión de coordinación pedagógica y la participación del

centro en las convocatorias de formación del profesorado e innovación educativa.

s. Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración

educativa, sobre el funcionamiento del centro docente y la mejora de la calidad de la

gestión, así como sobre otros aspectos relacionados con la calidad del mismo.

t. Cualesquiera otras que le sean atribuidas legal o reglamentariamente.

El Claustro del profesorado se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre

que lo convoque la dirección del centro, por propia iniciativa o a solicitud de, al menos,

un tercio de sus miembros. En todo caso, será preceptiva, además, una reunión a

principio de curso y otra al final del mismo. La asistencia a las sesiones del Claustro del

profesorado es obligatoria para todos sus miembros. Cada convocatoria del Claustro se

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hará con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas respecto al momento de su

celebración, debiendo incorporar la misma el correspondiente orden del día y la

posibilidad de inclusión de algún punto distinto por parte del profesorado. El

Secretario/a del centro levantará acta de cada sesión del Claustro, la cual, una vez

aprobada en la sesión siguiente, pasará a formar parte de la documentación general del

centro. En todo caso, para lo no contemplado en el presente NOF, el régimen supletorio

de funcionamiento del Claustro será el establecido en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, para los órganos colegiados, y en el Decreto 128/1998, de 6 de

agosto o, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación

Infantil y de los Colegios de Educación Primaria.

1.1.3. El Consejo Escolar:

El Consejo Escolar estará compuesto por los siguientes miembros:

La persona que ejerza la dirección del centro docente, que lo presidirá.

La persona que ejerza la jefatura de estudios.

Un/a concejal/a o representante del Ayuntamiento de Candelaria.

Seis representantes de los/as maestros/as elegidos por el Claustro.

Seis representantes de los padres de alumnos/as elegidos por los mismos, uno de los

cuales será designado, en su caso, por la asociación de padres más representativa,

legalmente constituida.

Dos representantes de los/a alumnos/as uno de los cuales será designado por la junta

de delegados y delegadas. Los alumnos y alumnas podrán ser elegidos miembros del

Consejo Escolar a partir del tercer ciclo de educación primaria.

Un representante del personal de administración y servicios del centro.

La persona titular de la secretaría del centro que actuará a su vez como secretario/a

del Consejo Escolar, con voz y sin voto. Una vez constituido el Consejo Escolar del

centro, éste designará una persona entre sus miembros que, coordinado con el equipo

directivo, impulse medidas educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre

hombres y mujeres.

El Consejo Escolar tendrá, específicamente, las siguientes competencias:

«Artículo 127. Competencias del Consejo Escolar.

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a) Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la

presente Ley orgánica.

b) Evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias

del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.

c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por

los candidatos.

d) Participar en la selección del director del centro, en los términos que la presente Ley

Orgánica establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del

equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de

dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.

e) Informar sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en

esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen.

f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la

normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director

correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del

centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o tutores legales, podrá revisar

la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.

g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la

igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las

causas a que se refiere el artículo 84.3 de la presente Ley Orgánica, la resolución

pacífica de conflictos, y la prevención de la violencia de género.

h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y del equipo escolar e

informar la obtención de recursos complementarios, de acuerdo con lo establecido en el

artículo 122.3.

i) Informar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las

Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento

escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el

centro.

k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración

competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión,

así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.

l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.»

Los representantes de cada sector están obligados a informar a sus representados de sus

actuaciones en este órgano de gobierno y participación. Asimismo, tendrán el deber de

confidencialidad en los asuntos relacionados con personas concretas y que puedan

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afectar a su imagen e integridad. Para el adecuado cumplimiento de la previsión anterior

los representantes de cada sector tendrán acceso a los tablones de anuncios del centro,

pudiendo, asimismo, convocar reuniones de información en aquellos espacios que sean

cedidos a tales efectos por la Dirección siempre que así se solicite con una antelación

mínima de cuarenta y ocho horas.

Comisiones del Consejo Escolar:

El Consejo Escolar del centro constituirá cuantas comisiones de trabajo decida y en la

forma que se determine en las normas de organización y funcionamiento. Estas

comisiones no tendrán carácter decisorio ni vinculante. Podrán incorporarse a dichas

comisiones, a criterio del Consejo Escolar, otros miembros de la comunidad educativa.

El CEIP Don Benito cuenta con las siguientes:

- Comisión de Convivencia. Velará por el correcto ejercicio de los derechos y deberes

del alumnado. Estará compuesta como mínimo por:

a. El/la Director/a, como presidente.

b. El/la jefe de estudios.

c. Un padre/madre del Consejo Escolar.

d. Un maestro/a del Consejo Escolar.

e. Un representante del Ayuntamiento.

Algunas de sus funciones son:

a. Resolver y mediar en los conflictos planteados.

b. Potenciar la comunicación constante y directa con los padres o representantes legales

de los alumnos.

c. Adoptar medidas preventivas para garantizar los derechos de los alumnos, impidiendo

la comisión de hechos contrarios a las normas de convivencia del centro.

d. Impulsar entre los miembros de la comunidad educativa el conocimiento y la

observancia de las normas de conducta.

e. Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para mejorar

la convivencia, el respeto mutuo y la tolerancia en los centros docentes.

Otras comisiones son:

- Comisión Económica. Para el control de la economía del centro, formulará propuestas

al equipo directivo para la elaboración del proyecto de gestión y del presupuesto del

centro docente. Asimismo, analizará el desarrollo del proyecto de gestión, el

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cumplimiento del presupuesto aprobado, y emitirá un informe que se elevará para su

conocimiento al Consejo Escolar. También emitirá un informe previo no vinculante, a la

aprobación por parte del Consejo Escolar del presupuesto del centro y de su ejecución. –

Además podría contar con las siguientes comisiones:

- Comisión de Igualdad. Para trabajar desde pequeños en una cultura de la igualdad y de

la no violencia como meta para lograr una vida más feliz para todos.

- Comisión del Comedor. Para tratar temas relativos al comedor escolar.

-Comisión de préstamo de libros. Esta comisión estará presidida por la Dirección del

Centro o persona en quien delegue y estará integrada, al menos, por los siguientes

miembros, como vocales uno de los cuáles actuará como Secretario/a con voz y voto,

dos profesores/as y dos padres/madres de alumnado.

1.2. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN Y ORIENTACIÓN DOCENTE:

1.2.1. La Comisión de Coordinación Pedagógica (CCP): Está integrada por las personas

que ejerzan:

a. La dirección del centro, que la presidirá.

b. La jefatura de estudios.

c. La coordinación de la comisión de actividades complementarias y extraescolares.

d. La coordinación de ciclo.

e. La orientación del centro, y la representación del profesorado especialista en la

atención a las necesidades específicas de apoyo educativo y un maestro/a de audición y

lenguaje, en el supuesto de que el centro cuente con tales especialistas.

La comisión de coordinación pedagógica será convocada y presidida por la dirección o,

en su caso, por la jefatura de estudios, siendo función de la secretaria de la comisión

levantar acta de cada una de las sesiones que celebre este órgano. Todos sus

componentes, con destino o sede en el centro tienen la obligación de participar en las

reuniones que se realicen. Las sesiones de la comisión de coordinación pedagógica

requerirán, al menos, la presencia de dos tercios de sus miembros. Las decisiones

deberán ser aprobadas por mayoría simple de los miembros presentes. En las reuniones

que celebre la comisión de coordinación pedagógica ejercerá de secretario el miembro

de menor edad. Las competencias de la Comisión de Coordinación Pedagógica son las

siguientes:

a. Garantizar el desarrollo del proyecto educativo del centro, y coordinar su seguimiento

y evaluación.

b. Trasladar al equipo directivo propuestas para la elaboración de la programación

general anual.

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c. Ejercer la coordinación entre las distintas etapas educativas y, en su caso, ciclos

educativos.

d. Promover la innovación pedagógica, el trabajo interdisciplinar, el uso de las nuevas

tecnologías y el trabajo colaborativo del profesorado.

e. Diseñar el proyecto de formación del profesorado del centro de acuerdo con los

objetivos del proyecto educativo.

f. Concretar los criterios de promoción y titulación del alumnado de conformidad con la

normativa vigente.

g. Promover acciones que favorezcan la mejora de los resultados escolares, la

integración curricular, el desarrollo de valores y de los temas transversales.

h. Proponer las medidas de atención a la diversidad que se consideren oportunas y

establecer los criterios para su desarrollo y evaluación, así como valorar las propuestas

de actuación con el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo,

estableciendo las prioridades de intervención.

i. Constituir las subcomisiones de trabajo que se consideren necesarias para coordinar la

elaboración, seguimiento y evaluación de los planes y proyectos del centro que les

correspondan.

j. Cualquier otra que le sea atribuida por la normativa vigente.

Además al ser un centro de educación infantil y educación primaria la comisión de

coordinación pedagógica tendrá las competencias establecidas para el departamento de

orientación:

a. Elaborar, de acuerdo con las directrices establecidas por la comisión de coordinación

pedagógica, la concreción de la acción tutorial y de la orientación académica y

profesional, así como del plan de atención a la diversidad.

b. Establecer procesos de identificación, actualización, seguimiento e intervención

psicopedagógica para la respuesta al alumnado con necesidades específicas de apoyo

educativo.

c. Proponer a la comisión de coordinación pedagógica los criterios y procedimientos

para la realización de adaptaciones curriculares. Asesorar a los departamentos de

coordinación didáctica y a los equipos docentes en el desarrollo de medidas de atención

a la diversidad.

d. Realizar los informes que corresponden al departamento.

e. Cumplimentar los documentos que orienten la respuesta educativa y las propuestas de

atención a la diversidad. f. Cualquier otra que le sea atribuida por la normativa vigente.

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En la medida de lo posible, los miembros de esta Comisión se reunirán al menos una

vez al mes.

1.2.2. Los Equipos Docentes de Ciclo:

El equipo docente de ciclo es un órgano básico de coordinación docente. Está

constituido por el personal docente que presta atención educativa en un mismo ciclo y

su principal objetivo es organizar y desarrollar sus enseñanzas, siguiendo las directrices

de la comisión de coordinación pedagógica. Cada equipo de ciclo estará dirigido por

una persona que ejerza la coordinación que deberá ser uno de los maestros o una de las

maestras que imparte docencia en el ciclo, preferentemente con destino definitivo en el

centro. La persona que ejerza la coordinación será elegida por la dirección, oído el

equipo docente del ciclo. Ejercerá sus funciones como tal durante un curso académico,

pudiendo prorrogarse por un curso más, siempre que siga formando parte del equipo de

ciclo. La persona que ejerza la coordinación del equipo puede renunciar por causa

justificada que deberá ser aceptada por la dirección del centro. Asimismo, podrá ser

destituida por la dirección del centro a propuesta razonada de la mayoría absoluta de los

componentes del equipo y previa audiencia a la persona interesada. Las funciones de las

personas que ejercen la coordinación de los equipos de ciclo son:

a. Coordinar las actividades académicas del equipo, atendiendo a la especificidad de los

diferentes ámbitos de experiencia o áreas que se imparten.

b. Representar al equipo en la comisión de coordinación pedagógica a la que trasladará

las propuestas del profesorado que lo integra. Asimismo, trasladará a los miembros del

equipo la información y directrices de actuación que emanen de la comisión.

c. Coordinar la elaboración de las programaciones didácticas, así como la elaboración

de la memoria de final de curso.

d. Coordinar la evaluación de la práctica docente del equipo y de los proyectos y

actividades que desarrollan.

Son competencias de los equipos docentes de ciclo, las siguientes:

a. Formular propuestas al equipo directivo, a la comisión de coordinación pedagógica y

al Claustro del profesorado, relativas a la elaboración y modificación del proyecto

educativo.

b. Elaborar la propuesta pedagógica de educación infantil y las programaciones

didácticas de cada ciclo y nivel de la educación primaria, de acuerdo con las directrices

de la comisión de coordinación pedagógica y bajo la supervisión de la jefatura de

estudios.

c. Elegir los materiales curriculares de acuerdo con los criterios establecidos con

carácter general, para su posterior aprobación por el Claustro del profesorado.

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d. Llevar a cabo las estrategias de detección e intervención con el alumnado que

presenta necesidades específicas de apoyo educativo, según las directrices emanadas de

la comisión de coordinación pedagógica.

e. Proponer actividades de formación que promuevan la actualización didáctica del

profesorado y el trabajo colaborativo entre el profesorado del ciclo y el resto del

Claustro, de acuerdo con el proyecto educativo del centro.

f. Colaborar en la organización y desarrollo de cualquier actividad de centro aprobada

en la programación general anual.

g. Elaborar al final de curso una memoria en la que se evalúe el desarrollo de la

programación, la práctica docente y los resultados obtenidos.

1.2.3. Los Equipos Educativos:

Está constituido por todo el profesorado que imparte clase en un mismo nivel educativo.

Su finalidad es promover el trabajo colaborativo e interdisciplinar del profesorado para

el logro del desarrollo de las competencias básicas, unificar criterios pedagógicos y de

actuación para la mejora del rendimiento académico y de la convivencia escolar, y

favorecer el intercambio de experiencias y la formación del profesorado. Son

competencias del equipo:

a. Analizar las características del nivel, unificar los criterios de acción pedagógica y

adoptar medidas que favorezcan la adecuada convivencia y la mejora del rendimiento

escolar.

b. Diseñar y programar conjuntamente tareas para el desarrollo de las competencias

básicas desde la integración curricular y acorde con las programaciones de ciclo.

c. Realizar el seguimiento y evaluación de los acuerdos adoptados en el seno del equipo

docente de nivel.

d. Impulsar el desarrollo de experiencias interdisciplinares y proyectos de innovación y

buenas prácticas.

1.2.4. Los tutores:

El tutor o tutora de grupo tendrá las siguientes funciones:

a. Programar su actividad docente de acuerdo con el currículo de su ciclo y en

consonancia con el respectivo Proyecto Curricular de etapa.

b. Llevar a cabo el Plan de Acción Tutorial y de orientación con su grupo de alumnos y

alumnas, establecido en el Proyecto Curricular del nivel correspondiente y aprobado por

el Claustro.

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c. Coordinar el proceso de evaluación del alumnado de su grupo, cumplimentar los

documentos que se deriven de la misma y, al final de cada ciclo adoptar la decisión que

proceda acerca de la promoción del alumnado de un ciclo a otro, teniendo en cuenta los

criterios aprobados por el Claustro a propuesta del equipo de ciclo, así como los

informes del resto del profesorado del grupo. Esta decisión requerirá la audiencia previa

de sus padres, madres o tutores, cuando comporte que el alumnado no promociona al

ciclo o etapa siguiente. En el supuesto de la incomparecencia de las familias, se hará

constar tal eventualidad en el apartado de observación de los documentos de evaluación.

d. Atender a las dificultades de aprendizaje del alumnado, para proceder a la adecuación

personal del currículo y establecer, con el asesoramiento de los servicios de apoyo y/o

de orientación, los refuerzos educativos y las adaptaciones curriculares para los alumnos

y alumnas que lo precisen, así como velar por su puesta en práctica.

e. Facilitar la integración del alumnado en el grupo y fomentar en ellos/as actitudes

participativas en las actividades del centro.

f. Coordinarse con el profesorado que imparta docencia o intervenga en su grupo, con

respecto a la programación y a la evaluación continua del rendimiento académico del

alumno/a y del desarrollo de su proceso educativo.

g. Llevar el seguimiento de cada alumno/a, cumplimentar correctamente y custodiar la

documentación académica individual y del grupo de su tutoría.

h. Conocer la personalidad de su alumnado, sus intereses, el grado de integración en el

grupo y encauzar sus problemas e inquietudes.

i. Colaborar con el equipo de orientación educativa y psicopedagógica.

j. Informar a las familias, profesorado y alumnado del grupo de todo aquello que les

concierna en relación con las actividades docentes y el rendimiento académico, así

como recabar de aquéllos la información que se precise.

k. Facilitar y fomentar la cooperación educativa entre el profesorado y las familias del

alumnado.

l. Favorecer en el alumno el conocimiento y aceptación de sí mismo, así como la

autoestima, cuando ésta se vea disminuida por fracasos escolares o de otro género. m.

Atender y cuidar al alumnado en los períodos de recreo y en otras actividades no

lectivas, conforme la planificación realizada por la Jefatura de Estudios.

n. Controlar las faltas de asistencia y puntualidad del alumnado de su tutoría y

comunicar éstas y otras incidencias a sus familias, así como a la Jefatura de Estudios.

o. Informar al alumnado y a sus familias, al principio de curso, de los objetivos,

programas escolares y criterios de evaluación.

p. Orientar al alumnado en sus procesos de aprendizaje.

Page 30: 1.2. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN Y ORIENTACIÓN DOCENTE · 1.2. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN Y ORIENTACIÓN DOCENTE ... 1.2.2. Los Equipos Docentes de Ciclo. 1.2.3. Los Equipos Educativos.

PROYECTO EDUCATIVO CEIP DON BENITO

q. Contribuir a desarrollar líneas comunes de acción con los demás tutores en el marco

del Proyecto educativo del centro.

1.2.5. La Comisión de Actividades Complementarias y

Extraescolares:

La comisión estará integrada por:

- La persona que ejerza la coordinación. La coordinación de la comisión será

desempeñada por un miembro del equipo directivo del centro, designado por la

Dirección.

- Al menos un profesorado de cada ciclo de Infantil y Primaria

El coordinador/a de actividades complementarias y extraescolares, tiene las siguientes

funciones: a. Representar a la comisión de actividades complementarias y extraescolares

en la comisión de coordinación pedagógica.

b. Dinamizar la elaboración del plan anual de actividades extraescolares y

complementarias en el que se recogerán las propuestas de los equipos docentes de ciclo,

los departamentos de coordinación didáctica, del profesorado, del alumnado y de las

familias.

c. Gestionar, en su caso, los recursos económicos destinados por el Consejo Escolar a

las actividades complementarias y extraescolares.

d. Proporcionar a la comunidad educativa la información relativa a estas actividades. e.

Coordinar la organización de las actividades complementarias y extraescolares que se

desarrollen incluyendo los viajes de estudio, y las actividades de movilidad e

intercambio con otros centros.

f. Coordinar la organización de la biblioteca del centro y colaborar en el desarrollo del

plan de lectura.

g. Elaborar la memoria de final de curso de la comisión, que contendrá la evaluación de

las actividades desarrolladas y que deberá ser incluida en la memoria de la

programación general anual.

h. Cualquier otra que le sea atribuida por la normativa vigente.

1.2.6. El Equipo de Gestión de la Convivencia:

Supervisado por el Consejo Escolar, los centros docentes constituirán un Equipo de

gestión de la convivencia, presidida por la dirección o la jefatura de estudios e integrada

por aquellos miembros de la comunidad educativa que, a propuesta del director o

directora, se determine. Corresponde al Equipo de gestión de la convivencia del centro:

Page 31: 1.2. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN Y ORIENTACIÓN DOCENTE · 1.2. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN Y ORIENTACIÓN DOCENTE ... 1.2.2. Los Equipos Docentes de Ciclo. 1.2.3. Los Equipos Educativos.

PROYECTO EDUCATIVO CEIP DON BENITO

a. La responsabilidad de asistir a la dirección del centro y al resto de la comunidad

educativa en el cumplimiento de lo establecido en este Decreto, canalizar las iniciativas

de todos los sectores de la comunidad educativa para prevenir la violencia, evitar el

conflicto, mejorar la convivencia y el respeto mutuo y la tolerancia en los centros

docentes.

b. El tratamiento de los conflictos de convivencia mediante los procedimientos

establecidos en el presente Decreto, garantizando los principios de oportunidad,

intervención mínima, proporcionalidad y superior interés del menor en sus actuaciones.

c. Elaborar un informe anual analizando los problemas detectados en la gestión de la

convivencia y, en su caso, en la aplicación efectiva de los derechos y deberes del

alumnado, que será trasladado a la dirección del Centro y al Consejo Escolar.

Igualmente informar al Consejo Escolar, al menos dos veces durante el curso, sobre las

actuaciones realizadas y hacer las propuestas que considere oportunas para la mejora de

la convivencia en el centro.

1.2.7. Otras coordinaciones:

Coordinación entre las distintas etapas educativas: Con el objetivo de dar coherencia

a los procesos de enseñanza y aprendizaje entre las etapas educativas, es necesario

establecer la coordinación de la planificación pedagógica entre el profesorado que

imparte distintas etapas educativas, incluido el profesorado con atribuciones de atención

al alumnado de NEAE. La coordinación se establecerá para el profesorado de Infantil y

Primaria que realiza sus funciones en nuestro Centro, y, por otro lado, el profesorado de

6º de Primaria con el centro de Educación Secundaria de nuestro distrito, el I.E.S.

Schamann. Los centros cabecera de distrito podrán planificar las sesiones de

coordinación para tratar temas de interés tales como la mejora del rendimiento escolar,

la atención a la diversidad, el trabajo por competencias, las evaluaciones externas, la

prevención del absentismo escolar, las relaciones con las familias,... No obstante, los

directores o directoras de los centros del distrito, convocados por la Inspección

Educativa, celebrarán reuniones de coordinación, al menos, durante el primer trimestre

del curso y en los momentos que fije la resolución anual por la que se convoca el

procedimiento de admisión del alumnado para el siguiente curso.

1.3. ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN Y COLABORACIÓN SOCIAL:

1.3.1. Las Asociaciones de madres y padres del alumnado (AMPA):

Las asociaciones de padres y madres del alumnado favorecerán la participación y

colaboración de las familias con el centro educativo, conforme a lo estipulado en la

normativa reguladora de dichas asociaciones y de sus federaciones y confederaciones.

1. Esta asociación podrán participar con sus propuestas al Consejo Escolar y a la

dirección del centro, en el proyecto educativo, en la programación general anual y en

Page 32: 1.2. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN Y ORIENTACIÓN DOCENTE · 1.2. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN Y ORIENTACIÓN DOCENTE ... 1.2.2. Los Equipos Docentes de Ciclo. 1.2.3. Los Equipos Educativos.

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cuantos planes presente el centro para la mejora de la calidad de la educación.

Asimismo, conocerán, a través del Consejo Escolar del centro, el proyecto educativo, el

proyecto de gestión, las normas de organización y funcionamiento, el plan de

convivencia, la programación general anual, la memoria final de curso y la relación de

materiales curriculares y libros de texto adoptados por el centro, así como aquellas

modificaciones o renovaciones de cualquiera de estos documentos, de los cuales una

copia estará a su disposición en la secretaría del centro.

2. Las asociaciones de padres y madres del alumnado podrán utilizar para las

actividades que les son propias, los locales, dependencias y medios del centro, siempre

que el Consejo Escolar del centro considere que no interfieren el normal desarrollo de

las actividades previstas en la Programación General Anual, siendo responsables del

buen uso de los mismos.

3. La asociación podrá designar a un miembro como representante del sector de padres

y madres del alumnado, respectivamente, en el Consejo Escolar, de conformidad con lo

establecido en este Reglamento. Dicho representante podrá ser sustituido cuando así lo

estimen las asociaciones implicadas.

4. Estas asociaciones deberán presentar, en su caso, durante el primer mes de cada curso

escolar su plan de actividades complementarias dirigidas al alumnado que contarán con

la aprobación del Consejo Escolar en relación a su concordancia con el proyecto

educativo del centro. Dicho plan fomentará la colaboración entre los distintos sectores

de la comunidad educativa para su buen funcionamiento, proponiendo actividades,

programas o servicio que mejoren la convivencia y que respondan a las necesidades del

centro. Asimismo, podrán formar parte de los órganos de participación y colaboración

que se establezcan en las normas de organización y funcionamiento del centro.

5. Desarrollarán las actividades, programas o servicios que hayan diseñado en el marco

del proyecto educativo, respetarán la organización y funcionamiento del centro y

presentarán una memoria *de las acciones realizadas, que se incorporará a la memoria

final del centro.

*Presentarán la memoria en el primer trimestre del curso siguiente.

1.3.2. Los delegados/as del alumnado:

Los delegados y delegadas y los subdelegados y subdelegadas serán elegidos por su

grupo de forma democrática, directa y secreta, siendo la persona que ejerza la tutoría del

grupo la responsable de garantizar un proceso de elección en estos términos. Las

elecciones se organizarán dentro de la acción tutorial, debiéndose realizar antes de

finalizar el segundo mes del curso escolar. El nombramiento tiene validez para el curso

escolar. No obstante, el alumnado que los eligió podrá revocarlos, previo informe

razonado dirigido al profesorado tutor. También podrán ser revocados en caso de

sanción por conductas que afecten gravemente la convivencia del centro. En estos casos,

se procederá a realizar nuevas elecciones. Es función básica de este alumnado

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representar a su grupo, siendo su portavoz en la junta de delegados y delegadas, ante la

persona que ejerza la tutoría, así como ante cualquier otro órgano constituido en el

centro, en todos los asuntos en que el grupo desee ser escuchado. Además, cada centro

en sus normas de organización y funcionamiento, concretará estas funciones según la

etapa educativa de que se trate. Asumen el deber de actuar de forma pacífica y

democrática, siendo un modelo de respeto con sus iguales y con el resto de la

comunidad educativa. El subdelegado o la subdelegada sustituirán al delegado o

delegada en caso de ausencia o enfermedad y le apoyará en sus funciones. En nuestro

Centro, estas figuras, se conformarán en los cursos superiores ( 5º y 6º de Primaria)

1.4. CANALES DE COORDINACIÓN ENTRE LOS DIFERENTES ÓRGANOS:

Ya que las leyes vigentes garantizan que todos los sectores de la Comunidad Educativa

estén representados en el máximo órgano de gobierno que es el Consejo Escolar;

pretendemos garantizar que la participación del profesorado sea lo más representativa,

fluida y operativa posible. Para ello establecemos las siguientes pautas de actuación:

a. Para el Consejo Escolar: Se procurará que haya un representante por Ciclo en dicho

órgano.

b. Para la Comisión de Coordinación Pedagógica: Los/as coordinadores/as del ciclo

formarán parte de la misma.

c. Como canal de coordinación del Equipo Directivo con el Claustro del profesorado, el

Jefe/a de Estudios mantendrá informados a los coordinadores de ciclo para que éstos/as,

a la vez, informen a los componentes de sus ciclos de todas aquellas cuestiones que

precisen de su conocimiento y atención.

d. El Director será el canal de coordinación con el Ayuntamiento y con la Consejería de

educación.

e. Para canalizar la coordinación del Centro con los servicios Sociales se establece que

el tutor/a informará al jefe de estudios y con el asesoramiento de la orientadora se

dirigirán a estos servicios.

f. El AMPA está vinculada al Centro a través de reuniones con el Equipo Directivo y

también a través de su representante en el Consejo Escolar.

g. El maestro/a coordinador/a de las Actividades Extraescolares y Complementarias

estará en contacto con los diferentes miembros de la Comunidad Educativa (equipo

directivo, claustro, AMPA,...) para la coordinación de las mismas.

h. El encargado/a de comedor y el/la Director/a serán los responsables de gestionar y

supervisar este servicio; a fin de servir de canal entre las familias y el servicio de

comedor.

2. CAUCES DE PARTICIPACIÓN DE LOS DISTINTOS SECTORES.

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Los medios previstos para facilitar e impulsar la colaboración entre los distintos

sectores de la Comunidad Educativa son:

1. Los delegados de grupo y la asamblea de delegados. El alumnado participará en la

vida y funcionamiento del centro, en la actividad escolar y en la gestión del mismo a

través de sus representantes en el Consejo Escolar y de los delegados de grupo elegidos

en el primer trimestre de cada curso. Los delegados de grupo supondrán un vehículo de

colaboración con el profesorado en lo supone la aplicación de estas Normas de

Organización y Funcionamiento en el cumplimiento de las medidas organizativas como

en el fomento de la convivencia entre el alumnado de su grupo, colaborando con el tutor

o la tutora y con el profesorado del grupo en todo aquello que afecte al funcionamiento

de éste. Se nombrará un delegado y un subdelegado por grupo. La asamblea de

delegados es un elemento de colaboración con los Órganos de Gobierno del centro,

especialmente el Consejo Escolar y el equipo directivo en relación con la elaboración de

propuestas y aportaciones para la elaboración de los documentos de organización del

centro y en la intermediación entre el alumnado y el Consejo Escolar canalizando la

información. Estará formada por los delegados/as de los cursos de 5º y 6º de Educación

Primaria. El directora del centro en representación del equipo directivo mantendrá una

comunicación fluida con el alumnado. Los alumnos y alumnas colaborarán con el resto

de miembros de la Comunidad Educativa a través de sus representantes en el Consejo

Escolar que formarán parte como miembros de pleno derecho de la Asamblea de

Delegados en la que se informará de los asuntos tratados en el orden del día, así como

llevarán a las reuniones del Consejo Escolar las propuestas que dimanen de la asamblea

de Delegados.

2. Colaboración de las familias con el resto de la Comunidad Educativa. Las familias

participarán directamente en el funcionamiento del centro, actividades y gestión del

mismo a través de sus representantes en el Consejo Escolar o de sus Asociaciones. El

cauce para dicha colaboración se establecerá no solamente a través de la AMPA como

órgano representativo de las familias y sus reuniones con el equipo directivo, sino

también a través de otros modos.

- A través del Consejo Escolar en el que sus representantes canalizarán la colaboración

con los representantes del resto de la Comunidad Educativa.

- A través de las reuniones tanto colectivas, como individuales con los tutores y tutoras

- A través de las reuniones con los propios maestros/as de las respectivas áreas.

- Con el Director, Jefa de Estudios y Secretaria del centro que establecerán en sus

horarios, períodos lectivos para la entrevista con las familias que así lo soliciten.

Por su parte, la AMPA mantendrá la colaboración con los órganos de gobierno del

Centro. Por un lado, a través de su representante en el Consejo Escolar. Por otro lado,

con el Equipo Directivo se mantendrá la colaboración estableciendo al comienzo de

cada curso un período de tiempo en el que el Director se reunirá con los representantes

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de las AMPA. Las reuniones serán siempre que sea necesario. Las AMPA tendrán un

lugar propio para llevar a cabo sus funciones.

3. Colaboración del personal docente con el resto de miembros de la Comunidad

Educativa.

El profesorado hará efectiva su participación en la gestión del centro. La podrán llevar a

cabo directamente, como miembros del Claustro, como miembros de un Ciclo o a través

de sus representantes en el Consejo Escolar. Se impulsará la colaboración del personal

docente con los otros miembros de la Comunidad Educativa a través de los siguientes

cauces:

- El Consejo Escolar en el que sus representantes mantendrán el contacto con el resto de

representantes de la Comunidad Educativa.

- Con las familias a través del tutor y la tutora que tendrá unas horas de atención

agrupadas en los primeros y terceros lunes de cada mes. Mediante las reuniones que

cada maestro y maestra pueda mantener con las familias de sus respectivos grupos

dentro del cauce señalado por la normativa.

- Con el alumnado directamente mediante las horas dedicadas a la docencia específica

de su materia y de la manera que estipule el reglamento.

- Con el personal de administración y servicio a través del Director/a y el Secretario/a

del Centro.

4. Colaboración del personal no docente con el resto de la Comunidad Educativa.

El personal de administración y servicio comprende a todas aquellas personas que

trabajan en el centro en tareas no docentes, tal como el personal administrativo.

Participará en el funcionamiento del centro directamente o a través de sus representantes

en el Consejo Escolar. Además pueden comunicar sus sugerencias al profesorado y

equipo directivo de manera individualizada siempre que se persiga la mejora de las

normas de convivencia y la organización de su trabajo. Se facilitará e impulsará la

colaboración del personal de administración y servicio con el resto de la Comunidad

Educativa a través de los siguientes medios:

- El Consejo Escolar en el que su representante estará en contacto con el resto de

representantes de la Comunidad Educativa

- La Secretaria del centro como representante del Equipo Directivo.

- El director del centro como representante del Centro.

5. Colaboración del equipo directivo con el resto de la Comunidad Educativa.

Se establecen los siguientes medios para impulsar la colaboración del Director y el resto

de la Comunidad Educativa:

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- Con el equipo directivo mediante las reuniones que se establecerán siempre que se

requieran.

- Con el alumnado podrá tener reuniones a petición del mismo y con el alumnado en

general a petición del alumno interesado previa petición a través de sus maestros/as,

tutores o Jefatura de Estudios.

- Con las familias a solicitud de los interesados.

- Con la AMPA cuando lo requieran.

- Con los coordinadores de ciclo en el seno de la Comisión de Coordinación Pedagógica

para lo que se establecerá un período lectivo de carácter semanal. El calendario de

actuaciones vendrá recogido en la Programación General Anual.

- Con el profesorado en el seno del Claustro.

- Con el personal de administración y servicios al menos dos veces durante el curso y a

petición del interesado.

- Con la Administración Municipal cuando la situación lo requiera.

- Con todos los miembros de la Comunidad Educativa en el seno de las actuaciones del

Consejo Escolar.

- Con otras entidades u organismos cuando la situación lo requiera. Se establecen los

siguientes medios para impulsar la colaboración del Jefe de Estudios y el resto de la

Comunidad Educativa:

- Con el equipo directivo mediante las reuniones que se establecerán al efecto con

carácter semanal.

- Con los coordinadores de ciclo en el seno de la Comisión de Coordinación Pedagógica

para lo que se establecerá un período lectivo de carácter mensual. Asimismo, podrán

reunirse siempre que la situación lo requiera.

- Con el resto de profesorado en el seno de las actuaciones programadas por el Claustro

de profesores y cuando la situación lo exija.

- Con el alumnado a través de la Asamblea de Delegados.

- Con las familias a petición de los interesados.

- Con todos los miembros de la Comunidad Educativa desde las actuaciones previstas

en el seno del Consejo Escolar. Se establecen los siguientes medios para impulsar la

colaboración del Secretario y el resto de la Comunidad Educativa:

- Con el profesorado en las actuaciones previstas en el seno del Claustro.

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- Con el personal de administración y servicios de manera mensual, para lo que se

reservará un período lectivo semanal en su horario.

- Con las familias y alumnado siempre que la situación los requiera a petición de los

interesados. Para ello, se reservará un período lectivo semanal.

- Con todos los miembros de la Comunidad Educativa en el seno de las actuaciones

previstas por el Consejo Escolar.

Colaboración con el Ayuntamiento

- Mediante el representante del Ayuntamiento de la localidad en el Consejo Escolar se

garantiza la participación y la fluidez de la información y el planteamiento de

inquietudes y demandas entre el centro y la corporación local.

El Equipo de Orientación y la Jefatura de Estudios serán los encargados de facilitar la

colaboración de los Servicios Sociales en la puesta en acción y el seguimiento de los

planes de actuación con alumnado y familias que requieran la intervención de dichos

servicios.

3. CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS QUE GARANTICEN EL RIGOR Y

TRANSPARENCIA EN LA TOMA DE DECISIONES DE LOS DISTINTOS

ÓRGANOS, EN MATERIA DE ESCOLARIZACIÓN Y EVALUACIÓN.

De forma general, la adopción de los acuerdos se hará inexcusablemente con los

informes y trámites preceptivos de modo que éstos se reiterarán, en su caso, de no

contar con ellos en los plazos fijados, al menos por una vez. Al inicio de cada curso

escolar, quien presida cualquier órgano o reunión, deberá incluir y tratar un punto del

orden del día referido a la tramitación de asuntos de su competencia y al procedimiento

para la adopción de acuerdos. Esta obligación no afectará a las reuniones de aula o de

centro de los miembros de la comunidad educativa que se celebren al amparo del

derecho de reunión.

El apartado sobre la escolarización por la que se desarrolla el procedimiento de

admisión del alumnado en las enseñanzas no universitarias en los centros docentes

públicos y privados concertados de la Comunidad Autónoma de Canarias. La secretaria

del centro extenderá certificación en la que conste que antes del inicio del

procedimiento de admisión de cada curso escolar figurarán publicados en el tablón de

anuncios específico del centro los siguientes aspectos:

- Oferta educativa del centro.

- Áreas de influencia.

- Servicios escolares.

- Puestos vacantes.

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- Criterios para la baremación (incluidos los criterios complementarios del Consejo

Escolar)

Como procedimientos en la escolarización la Secretaría del centro habilitará cada curso

escolar un tablón de anuncios específico sobre admisión de alumnos/as en el que se

publicarán cuantos datos correspondan con dicho procedimiento de escolarización.

Respecto a la evaluación del alumnado tomamos como referencia la ORDEN de 7 de

noviembre de 2007 (BOC 235 23/11/07), por la que se regula la evaluación y

promoción del alumnado que cursa la enseñanza básica, capítulo IV, información al

alumnado y a sus familias. Garantías en el proceso de evaluación, Artículos 32, 33 y 34.

Al comienzo de cada curso escolar en la primera reunión general, el profesorado dará a

conocer los objetivos, contenidos y criterios de evaluación exigibles para obtener una

valoración positiva en las distintas áreas, materias, ámbitos o módulos que formen el

currículo, así como los criterios de calificación, los instrumentos de evaluación del

aprendizaje que se van a utilizar y, en su caso, la información sobre medidas educativas

de apoyo y las adaptaciones curriculares derivadas de las necesidades que presente el

alumnado. Asimismo, el tutor/a de cada grupo informará al alumnado de su tutoría y a

las familias acerca de los requisitos que determinan la promoción al siguiente ciclo o

curso. Al menos tres veces a lo largo del curso, el tutor/a informará por escrito a las

familias y al alumnado sobre el aprovechamiento académico de éste y la marcha de su

proceso educativo incluyendo, en su caso, la información sobre las medidas educativas

de apoyo y las adaptaciones curriculares. Asimismo, para favorecer el seguimiento del

proceso educativo, los padres y madres podrán entrevistarse con el profesorado de las

distintas áreas ya sea en la entrega de notas o en el horario de vista de padres, madres o

tutor/a. Al finalizar el curso se informará por escrito al alumnado y a sus familias acerca

de los resultados de la evaluación final ordinaria. Dicha información incluirá, al menos,

las calificaciones obtenidas en las distintas materias cursadas por los alumnos/as, la

decisión acerca de su promoción al ciclo o curso siguiente, y las medidas adoptadas, en

su caso, para que alcancen los objetivos programados.

Garantías en el proceso de evaluación. Cuando el padre o madre, tutores o

representantes legales, esté en desacuerdo con las calificaciones obtenidas en la

evaluación final del ciclo o curso, o con las decisiones adoptadas, podrá reclamar por

escrito, alegando alguno de los siguientes motivos:

a) La notable discordancia entre el desarrollo de las programaciones didácticas en el

aula y su incidencia en la evaluación.

b) La incorrecta aplicación de los criterios de evaluación recogidos en las

programaciones didácticas de las distintas áreas y materias.

c) La notable discordancia que pueda darse entre los resultados de la evaluación final y

los obtenidos en el proceso de evaluación continua desarrollada a lo largo del curso.

d) La incorrecta aplicación de otros aspectos.

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La reclamación deberá presentarse en la Secretaría del centro en el plazo de los dos días

hábiles siguientes a la publicación o notificación de las calificaciones, dirigida al

Director del centro.

Procedimiento para la resolución de las reclamaciones. En la Educación Primaria el

procedimiento de resolución se desarrollará como sigue:

Si la reclamación se refiere a la calificación final otorgada en algún área en el proceso

de evaluación continua, el Director del centro requerirá un informe al profesorado que

imparte el área y otro al tutor/a del grupo, quien lo preparará previa reunión con el resto

del equipo docente. La Dirección resolverá y notificará por escrito a la persona

interesada en el plazo de dos días hábiles.

Si la reclamación se refiere a decisiones de promoción de ciclo o a la etapa siguiente, la

Dirección del centro resolverá teniendo en cuenta el informe de la sesión de evaluación

final del grupo correspondiente al alumno/a, aportado por el tutor/a. La resolución

adoptada se notificará por escrito a la persona interesada en el plazo de dos días hábiles.

El responsable del alumno/a afectado/a, no conforme con la resolución adoptada, podrá

reiterar la reclamación ante el Director Territorial de Educación que corresponda, a

través de la Secretaría del centro, en el plazo de los dos días hábiles siguientes a su

notificación, y en su defecto, transcurridos diez días desde que inicialmente formulará

dicha reclamación. La Dirección del centro remitirá todo el expediente (reclamación,

informes, copia del acta de evaluación, resolución de la Dirección del centro, etc.) a la

Dirección Territorial de Educación, en el plazo de dos días siguientes a recibir la

reclamación. La Dirección Territorial, previo informe de la Inspección de Educación,

resolverá en el plazo de veinte días. Contra dicha resolución cabe interponer recurso de

alzada en el plazo de un mes ante la Dirección General de Centros e Infraestructura

Educativa. La resolución que se dicte agotará la vía administrativa, salvo que la persona

interesada quiera ejercer su derecho a interponer el recurso potestativo de reposición, en

cuyo caso dispondrá de un mes para presentarlo. Cuando se estime la reclamación o

recurso, se procederá a rectificar las calificaciones o decisiones correspondientes

mediante diligencia extendida por la Dirección del centro en los documentos de

evaluación con referencia a la decisión adoptada; todo lo cual se pondrá en

conocimiento del profesorado del equipo docente.

4. DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

En base al Decreto 114/2011, de 11 de mayo, por el que se regula la convivencia en el

ámbito educativo de la Comunidad Autónoma de Canarias. BOC 108 02/06/11.

4.1. DEL ALUMNADO:

Derechos del alumnado (Art. del 6 al 13).

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1. Derecho a una formación integral.

El alumnado tiene el derecho a recibir una formación integral que contribuya al pleno

desarrollo de su personalidad y que se concreta en:

a) La formación en el respeto a los derechos y libertades fundamentales y en los

principios democráticos de convivencia.

b) La adquisición de habilidades, capacidades, competencias y conocimientos que le

permitan integrarse personal, laboral y socialmente.

c) El desarrollo de las actividades docentes con fundamento científico y académico.

d) La orientación escolar, personal y profesional que le permita tomar decisiones de

acuerdo con sus aptitudes y capacidades, de manera especial del alumnado con

dificultades físicas, psíquicas o con carencias sociales o culturales.

e) El aprendizaje de métodos no violentos en la resolución de conflictos y de modelos

de convivencia basados en la diversidad y en el respeto a la igualdad entre mujeres y

hombres.

2. Derecho al respeto. El alumnado tiene derecho a que se respete su identidad,

integridad y dignidad personales por todos los miembros de la comunidad educativa.

Este derecho implica:

a) La protección contra cualquier tipo de agresión y discriminación.

b) La existencia de unas condiciones adecuadas de seguridad, higiene y salud en el

centro.

c) La confidencialidad en sus datos personales.

3. Derecho a la evaluación objetiva del aprendizaje. Su dedicación, esfuerzo y

rendimiento deben ser valorados y reconocidos objetivamente. Con sus familias, tienen

derecho a conocer, al inicio de curso, los criterios de evaluación, calificación,

promoción establecidos por el centro. Sus representantes legales tienen derecho a recibir

información por el profesorado en lo relativo a su proceso de aprendizaje y las

decisiones que se adopten. Sus familias pueden reclamar contra las decisiones y

calificaciones académicas que se adopten.

4. Derecho a participar en el funcionamiento y en la vida del centro. Este derecho

implica:

a) El aprendizaje activo en el ejercicio de la participación democrática, como

contribución al desarrollo de las competencias básicas sociales.

b) La participación de carácter individual y colectivo mediante el ejercicio de los

derechos de reunión, de asociación, a través de las asociaciones de alumnos y alumnas,

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y de representación en el centro, a través de sus delegados o delegadas, y de sus

representantes en el Consejo Escolar.

c) La elección de sus representantes en el Consejo Escolar y de los delegados o

delegadas de grupo.

d) La manifestación de sus opiniones, individual y colectivamente, con libertad de

acuerdo con los principios y derechos constitucionales.

e) La información sobre las cuestiones propias de su centro y de la actividad educativa

en general.

5. Derecho a la manifestación de la discrepancia. Serán puestas en conocimiento de la

dirección del centro, a través de los delegados o delegadas de cada grupo. El plan de

convivencia del centro regulará el procedimiento que permita el ejercicio de este

derecho. La dirección del centro pondrá en conocimiento del Consejo Escolar los casos

que deriven en una propuesta de inasistencia a clase por parte del alumnado para que

actúe como garante del cumplimiento del procedimiento regulado.

6. Derecho del alumnado menor a la atención inmediata. Protección en el ámbito escolar

mediante un conjunto de medidas y actuaciones destinadas a prevenir e intervenir en

situaciones de riesgo y de desamparo.

7. Derecho a la igualdad de oportunidades. El alumnado tiene derecho a recibir las

ayudas y los apoyos precisos para compensar las carencias y desventajas de tipo

personal, familiar, de género, económico,...

8. Derecho a la protección social. En el ámbito educativo protección social, en los casos

de infortunio familiar o accidente. La consejería competente en materia de educación

establecerá las condiciones académicas y económicas adecuadas en estos casos. Si tiene

impedida su asistencia al centro educativo, tiene derecho a recibir atención educativa

domiciliaria u hospitalaria, en las condiciones que establezca la consejería competente

en materia de educación.

Deberes del alumnado (Art. del 14 al 18)

1. Deber de estudio y de asistencia a clase. Se concreta en las siguientes obligaciones:

a) Mantener una actitud participativa, activa y atenta en clase sin interrumpir ni alterar

el normal funcionamiento de las clases.

b) Asistir al centro educativo con el material y equipamiento necesarios para poder

participar activamente en el desarrollo de las clases. c) Respetar el ejercicio del derecho

y el deber al estudio del resto del alumnado. d) Realizar las actividades encomendadas

por el profesorado en el ejercicio de sus funciones docentes. El alumnado tiene,

asimismo, el deber de asistir a clase con puntualidad, sin ausencias injustificadas, y

respetando el procedimiento y horario de entrada y salida, aprobado por el centro.

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2. Deber de respeto al profesorado. El alumnado tiene el deber de respetar al

profesorado y de reconocer su autoridad, tanto en el ejercicio de su labor docente y

educativa como en el control del cumplimiento de las normas de convivencia y de la de

organización y funcionamiento del centro.

3. Deber de respeto a la comunidad educativa. Se concreta en las obligaciones

siguientes:

a) Respetar la identidad, la integridad, la orientación sexual, la dignidad y la intimidad

de los miembros de la comunidad educativa.

b) Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales de la

comunidad educativa.

c) No discriminar a ningún miembro de la comunidad educativa por razón de

nacimiento, raza, sexo, lengua o por cualquier otra circunstancia personal o social.

4. Deber de respetar las normas de convivencia. Este deber se concreta en el respeto de

las normas de organización y funcionamiento y de las normas de convivencia que

apruebe el Consejo Escolar del centro. Conlleva, entre otras, las obligaciones siguientes:

a) Participar y colaborar en la promoción de un adecuado ambiente de convivencia

escolar, así como conocer y respetar las normas de convivencia y el plan de convivencia

del centro.

b) Utilizar adecuadamente y conservar las instalaciones, materiales y recursos

educativos del centro.

c) Utilizar adecuadamente y conservar las instalaciones, materiales y recursos

educativos durante la realización de las actividades extraescolares o complementarias.

d) Respetar los bienes y pertenencias de los miembros de la comunidad educativa.

e) Respetar y cumplir las decisiones de los órganos unipersonales y colegiados del

centro, sin perjuicio de hacer valer sus derechos cuando considere que alguna de las

decisiones vulnere alguno de ellos, de acuerdo con el procedimiento que se establezca.

f) Responsabilizarse de las comunicaciones que se establezcan entre la familia y el

centro educativo.

g) Respetar lo establecido en las normas de convivencia respecto a los usos adecuados

de las tecnologías de la información y comunicación.

5. Deber de colaborar en la obtención de información por parte del centro. Necesarios

para el ejercicio de la función educativa.

4.2. DEL PROFESORADO:

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Derechos del profesorado (Art. del 25 al 29)

1. Derecho al respeto personal. Derecho a ser respetado y a recibir un trato adecuado en

el ejercicio de sus funciones (integridad y dignidad personal)

2. Derecho a la autonomía. Derecho a tomar las decisiones necesarias para mantener un

adecuado clima de convivencia según el procedimiento que se establezca en las normas

de convivencia, con el fin de asegurar la actividad educativa.

3.Derecho a la formación permanente. Derecho a recibir, por parte de la Administración

educativa, la formación en materia de convivencia que se establezca en la normativa

específica, y en los términos establecidos en el artículo 102 de la Ley Orgánica 2/2006,

de 3 de mayo, de Educación.

4. Derecho a la consideración de autoridad pública. Derecho a la consideración de

autoridad pública en el desempeño de la función docente con las potestades y protección

jurídica reconocidas en el Ordenamiento Jurídico.

5. Derecho a la protección legal y defensa jurídica. El profesorado tiene derecho al

asesoramiento jurídico, a la defensa legal y a la protección por parte de la

Administración pública en los procedimientos que se sigan ante cualquier orden

jurisdiccional, así como, la cobertura de la responsabilidad civil, en relación con los

hechos que se sigan como consecuencia del ejercicio legítimo de sus funciones o cargos

docentes, salvo en los casos de conflicto con la propia Administración de acuerdo con lo

previsto en la normativa autonómica.

Deberes del profesorado (Art. del 30 al 34)

1. Deber de cumplimiento de las normas de convivencia y demás normativa del centro.

2. Deber de contribuir a la mejora de la convivencia escolar. Contribuir a que las

actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto, de tolerancia, de

participación, de libertad e igualdad para fomentar en el alumnado los valores de la

ciudadanía democrática. Mantener la disciplina y velar por el correcto comportamiento

del alumnado, impidiendo, corrigiendo y poniendo en conocimiento de los órganos

competentes todas aquellas conductas contrarias a la convivencia. El profesorado tiene

el deber de promover, organizar y participar en las actividades complementarias, dentro

o fuera del recinto educativo, programadas por los centros, especialmente de aquellas

orientadas a mejorar el clima de convivencia escolar.

3. Deber de colaborar e informar a las familias. Sobre las normas de convivencia

establecidas en el centro, de los incumplimientos de estas por parte de sus hijos/as, así

como de las medidas educativas correctoras impuestas. Colaborar con las familias para

proporcionar una formación integral al alumnado. Asimismo, tiene el deber de atender

en el ámbito escolar a las familias y al alumnado y, en su caso, el deber del ejercicio de

la tutoría docente.

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4. Deber de formarse. En aspectos relacionados con la convivencia en los centros

docentes y en la resolución pacífica de conflictos, así como en el uso adecuado de las

tecnologías de información y comunicación.

5. Deber de sigilo profesional. Guardar reserva y sigilo profesional sobre toda aquella

información de que se disponga acerca de las circunstancias personales y familiares del

alumnado sin perjuicio de la obligación de comunicar a la autoridad competente,

administración educativa y sus servicios, las circunstancias que puedan implicar el

incumplimiento de los deberes y responsabilidades establecidos por la normativa de

protección de menores.

4.3. DE LAS FAMILIAS:

Derechos de las familias (Art. del 19 al 21)

1. Derecho a participar en los procesos educativos de sus hijos e hijas o pupilos.

Participar en los procesos educativos de sus hijos/as, así como a estar informados sobre

su progreso e integración socio-educativa (por medio de información y aclaraciones

solicitadas, de reclamaciones, y del conocimiento o intervención en los procesos de

resolución de conflictos)

2. Derecho a ser oídos en las decisiones que afecten a sus hijos e hijas o pupilos. En lo

referente a la orientación personal, académica y profesional y a solicitar, ante el Consejo

Escolar, la revisión de las resoluciones adoptadas por la dirección.

3. Derecho a participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del

centro. A través del Consejo Escolar y mediante los cauces asociativos legalmente

reconocidos.

Deberes de las familias (Art. del 22 al 24)

1. Deber de compromiso. Solicitar las ayudas correspondientes y colaborar con el

centro para que el proceso educativo se lleve a cabo de forma adecuada. En los casos en

los que sus familias rechacen la solicitud del centro para su implicación y compromiso

en la adopción de medidas necesarias en situaciones graves para su proceso educativo,

ante conflictos de convivencia provocados por sus hijos o hijas, la dirección del centro

pondrá en conocimiento de las autoridades educativas tal circunstancia para que se

adopten las medidas adecuadas por quien corresponda, que permitan garantizar los

derechos y deberes del alumnado. Cuando la conducta revista especial gravedad, la

Administración educativa lo pondrá en conocimiento de las instituciones o autoridades

públicas competentes. Las familias tienen el deber de asistir a las reuniones convocadas

por el centro o buscar otros procedimientos que faciliten la comunicación, la

información y los compromisos que adoptarán las familias ante las dificultades

planteadas por el centro educativo.

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2. Deber de conocer y participar en la evolución académica de sus hijos e hijas. Las

familias tienen el deber de conocer la evolución del proceso educativo de sus hijos/as.

Obligación de estimular a sus hijos/as hacia el estudio e implicarse de manera activa en

la mejora de su rendimiento y, en su caso, de su conducta. Así como garantizar la

asistencia a clase y a las actividades programadas.

3. Deber de respeto de las normas del centro. Obligación de respetar y hacer respetar a

sus hijos/as, las normas que rigen el centro escolar, las orientaciones educativas del

profesorado y colaborar especialmente en el fomento del respeto y el pleno ejercicio de

los derechos de los miembros de la comunidad educativa. Colaborar en la obtención por

parte del centro docente de los datos personales necesarios para el ejercicio de la

función educativa.

4.4. DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS:

Derechos del personal de administración y servicios (Art. 35 y 36)

1. Derecho al respeto. Recibir un trato adecuado, y ser valorado por la comunidad

educativa y por la sociedad en general, en el ejercicio de sus funciones y a que sean

respetados sus derechos, especialmente el referido a su integridad y dignidad personal.

2. Derecho a la defensa jurídica. Recibir defensa jurídica y protección de la

Administración pública en los procedimientos que se sigan ante cualquier orden

jurisdiccional como consecuencia del ejercicio legítimo de sus funciones, salvo en los

casos de conflicto con la Administración.

Deberes del personal de administración y servicios (Art. del 37 al 39)

1. Deber de colaboración y comunicación. Deber de implicarse en el proyecto del centro

colaborando para establecer un buen clima de convivencia, comunicando a la dirección

del centro cuantas incidencias perjudiquen la convivencia en los centros docentes.

2. Deber de cumplimiento de la legislación de protección de datos de carácter personal,

seguridad laboral y propiedad intelectual. Deber de cumplir lo previsto en la normativa

vigente en materia de protección de datos de carácter personal, seguridad laboral y de

propiedad intelectual.

3. Deber de custodia y sigilo profesional. Custodiar la documentación administrativa,

así como guardar reserva y sigilo respecto a la actividad cotidiana del centro escolar.

5. NORMAS DE CONVIVENCIA A IMPULSAR DESARROLLADAS EN EL

PLAN DE CONVIVENCIA. PROTOCOLOS. TUTORIAS AFECTIVAS.

Entendemos la convivencia como un factor clave para facilitar el aprendizaje y es uno

de los objetivos estratégicos incluidos en el Proyecto Educativo. En el centro se

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trabajará la misma entre toda la Comunidad Educativa. Entendemos que en el Plan de

Convivencia deben considerarse las relaciones entre todos los grupos de personas que

conviven en el centro y facilitar también la participación de las familias, fomentando la

comunicación para impulsar y transmitir los cambios. Por ello es fundamental:

La información de las Normas de Organización y Funcionamiento y del Plan de

Convivencia en las sesiones del Plan de Acción Tutorial.

La correcta aplicación de las normas.

La revisión y actualización de las normas a cumplir por toda la comunidad educativa.

Las normas de convivencia a impulsar en el centro son las siguientes:

1. Las entradas y salidas al Centro, así como en los desplazamientos por el mismo y en

los periodos entre clase y clase, se mantendrá el orden, sin gritos ni carreras.

2. Se mantendrán en orden y en silencio en las clases.

3. Los alumnos/as no abandonarán el aula en presencia de un profesor sin su

autorización.

4. En los cambios de hora, los alumnos/as no abandonarán su aula, excepto en caso de

necesidad inevitable, ni entrarán en otra aula distinta de la suya.

5. Los alumnos/as, en los recreos, saldrán al patio acompañados por el maestro/a con el

que se encuentren, salvo que estén con un maestro/a o en una reunión debidamente

autorizada.

6. Traerán a clase el material escolar suficiente para seguir las actividades lectivas.

7. Realizarán las tareas educativas que les indique el profesorado.

8. Ante la ausencia o retraso de algún maestro/a se mantendrán en clase en orden y

esperarán la llegada del maestro/a sustituto que les dará las indicaciones pertinentes.

9. La colocación en las aulas se hará siguiendo las instrucciones del profesorado.

10. Tratarán con cuidado y respeto el material y las instalaciones del Centro,

mantendrán limpio todo el mobiliario del aula, así como los pasillos y servicios.

11. Respetarán las pertenencias de los otros miembros de la comunidad educativa.

12. Si un alumno/a o grupo de alumnos/as ensucian un aula o cualquier otra

dependencia del centro, el o los mismos realizarán una limpieza del aula, para dejarla en

las mismas condiciones en las que estaba.

13. No comerán ni beberán durante el desarrollo de las clases.

14. Es obligatorio traer al Centro la agenda escolar (o similar), y hacer un uso adecuado

de la misma.

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15. Está totalmente prohibido realizar cualquier tipo de acción (amenazas,

intimidaciones, agresiones, robos, etc.) que atenten o puedan atentar contra la dignidad,

integridad o intimidad de los miembros de la comunidad educativa. Igualmente

respetarán en sus expresiones orales o escritas, las convicciones morales y religiosas de

los demás.

16. Durante el desarrollo de las clases, para aquellos alumnos/as que hayan sido

apercibidos por mostrar una conducta contraria a las normas de convivencia, se seguirá

el protocolo establecido en el Plan de Convivencia.

17. No se pueden traer teléfonos móviles, videojuegos, consolas, mp3,… En el supuesto

que los alumnos incumplan esta norma, los aparatos serán retenidos temporalmente por

el tutor/a hasta que los padres o tutores legales los recojan. El centro no se hace

responsable del extravío, deterioro o rotura de los mismos.

18. Respecto al uso de los aseos (Primaria):

a. Los alumnos/as podrán ir al baño a partir entre cada hora solicitándoselo al profesor y

antes del tiempo de recreo.

b. Los que vayan en horas de clase con permiso del maestro/a, lo harán en silencio, sin

demorarse y siempre al principio de la sesión de clase.

c. Se hará buen uso de los servicios (no se tirará agua al suelo, dejar correctamente

cerrados los grifos, tirar los papeles en la papelera,...).

d. Si mientras un alumno/a está en el baño observa el mal estado del mismo, se lo

notificará al maestro/a con el que tiene clase en ese momento.

Ante el incumplimiento de las normas se aplicará el protocolo recogido en el Plan de

Convivencia atendiendo a lo recogido en el DECRETO 114/2011, de 11 de mayo, por el

que se regula la convivencia en el ámbito educativo de la Comunidad Autónoma de

Canarias en el TÍTULO IV CONDUCTAS CONTRARIAS A LA CONVIVENCIA Y

MEDIDAS APLICABLES.

Las estrategias y actuaciones previstas para garantizar el éxito del plan de convivencia:

Actuaciones previstas para prevenir, detectar y resolver pacíficamente los conflictos,

mediante las tutorías y reuniones de delegados.

Estrategias de intervención directa ante diferentes situaciones conflictivas que se

puedan presentar en el centro: disrupción, conductas o trato inadecuado, rechazo al

aprendizaje, actuaciones racistas, sexistas, bullying, trastornos de conducta, etc. Con las

actividades del plan de acción tutorial.

Actuaciones dirigidas a facilitar la integración y la participación del alumnado, tales

como las actividades contempladas en el plan de acogida para el alumnado que se

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matricula en el centro por primera vez, así como actividades que faciliten el

conocimiento por parte de todo el alumnado de las normas de convivencia.

Actividades dirigidas a favorecer la relación del centro educativo con las familias,

con especial atención a las orientadas a garantizar su participación, el conocimiento de

las normas de convivencia del centro y su implicación en la convivencia escolar. Para

ello, se cuenta además con una página del facebook de centro.

Medidas de carácter organizativo que posibiliten la adecuada vigilancia de los

espacios y tiempos considerados de riesgo, como los recreos, las entradas y salidas del

centro y los cambios de clase. Para ello, hay un turno diario de recreo, y un plan de

sustitución de estos puestos para los casos en los que falte profesorado.

Medidas organizativas y curriculares para la mejora de la convivencia en el centro

como la metodología del trabajo por tareas, y las actividades inter-clases que se

realizan.

Los procedimientos de gestión del aula: normas de la clase, agrupamientos, horarios

más adecuados, reparto de tareas entre el alumnado, etc.

Procedimientos para la recogida de las incidencias en materia de convivencia y de

respuesta ante las situaciones más comunes. Se pueden utilizar diferentes modelos de

recogida de datos de comportamiento por parte de los tutores y de los especialistas.

Régimen de participación de los diferentes colectivos, fomentando la participación de

los diferentes miembros de la Comunidad Educativa a través de los AMPA, Consejo

Escolar, con las sugerencias en la encuesta de final de curso, etc.

En cuanto a la difusión, evaluación y modificación del plan de convivencia.

El equipo directivo llevará a cabo cuantas acciones sean necesarias para que el Plan

de Convivencia sea conocido y evaluado por todos los sectores de la comunidad

educativa.

En la memoria anual que elaboren los centros educativos se hará una evaluación

específica de las acciones previstas en el Plan de Convivencia. Dicha evaluación sobre

el Plan de Convivencia recogerá los hechos más significativos acaecidos, las

dificultades presentadas y la forma de solución, los logros obtenidos y su repercusión

sobre el clima del centro, así como recomendaciones para la modificación del mismo

durante el siguiente curso escolar.

Durante el primer mes de cada curso escolar, la comisión de convivencia analizará y

valorará las propuestas de modificación de su Plan de Convivencia reflejadas en la

memoria anual del curso anterior, a partir de las cuales se establecerán las

modificaciones que se consideren convenientes.

Dichas modificaciones se incorporarán a la programación General Anual

correspondiente.

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- POTOCOLO ACOSO ALUMNADO (VER ANEXO PROTOCOLO

ACOSO ESCOLAR)

Paso 1. Identificación y comunicación de la situación

Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento o sospechas de

una situación de acoso sobre algún alumno o alumna, tiene la obligación de

comunicarlo a un profesor o profesora, al tutor o tutora, a la persona responsable de la

orientación en el centro o al equipo directivo, según el caso y miembro de la comunidad

educativa que tenga conocimiento de la situación. En cualquier caso, el receptor o

receptora de la información siempre informará al director o directora o, en su ausencia,

a un miembro del equipo directivo.

Paso 2. Actuaciones inmediatas

Tras esta comunicación, se reunirá el equipo directivo con el tutor o tutora de los

alumnos o alumnas afectados y la persona o personas responsables de la orientación en

el centro para recopilar información, analizarla y valorar la intervención que proceda.

La realización de esta reunión deberá registrarse por escrito, especificando la

información recogida y las actuaciones acordadas.

En todos los casos en que se estime que pueda existir una situación de acoso escolar se

informará del inicio del protocolo de actuación al Servicio Provincial de Inspección de

Educación.

Paso 3. Medidas de urgencia

En caso de estimarse necesario, se adoptarán las medidas de urgencia que se requieran

para proteger a la persona agredida y evitar las agresiones:

• Medidas que garanticen la inmediata seguridad del alumno o alumna acosada,

así como medidas específicas de apoyo y ayuda.

• Medidas cautelares dirigidas al alumno o alumna acosador.

Paso 4. Traslado a las familias o responsables legales del alumnado

El tutor o tutora, director o la persona o personas responsables de la orientación en el

centro, previo conocimiento del equipo directivo, con la debida cautela y mediante

entrevista, pondrán el caso en conocimiento de las familias o responsables legales del

alumnado implicado, aportando información sobre la situación y sobre las medidas

adoptadas.

Paso 5. Traslado al resto de profesionales que atienden al alumno o alumna

acosado e información a la Comisión de convivencia.

El director o directora, con las debidas reservas de confidencialidad y protección de la

intimidad de los menores afectados y la de sus familias o responsables legales, podrá

informar de la situación al equipo docente del alumnado implicado. Si lo estima

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oportuno informará también al resto del personal del centro y a otras instancias externas

(sociales, sanitarias o judiciales, en función de la valoración inicial).

Paso 6. Recogida de información de distintas fuentes

Una vez adoptadas las oportunas medidas de urgencia, el equipo directivo recabará la

información necesaria relativa al hecho de las diversas fuentes que se relacionan a

continuación:

• Recopilación de la documentación existente sobre el alumnado afectado.

• Observación sistemática de los indicadores señalados: en espacios comunes del

centro, en clase, o en actividades complementarias y extraescolares.

• Asimismo, la dirección del centro solicitará al departamento de orientación o al

equipo de orientación educativa que, con la colaboración de la persona que

ejerce la tutoría, complete la información. Esto se hará, según el caso,

observando al alumnado afectado, contrastando opiniones con otros compañeros

y compañeras, hablando con el alumnado afectado o entrevistando a las familias

o responsables legales del alumnado. Si se estima conveniente, se completará la

información con otras fuentes complementarias, tales como el personal de

administración y servicios, o personal de los servicios sociales correspondientes.

• Una vez recogida toda la información, el director o directora del centro realizará

un informe con los datos obtenidos, para lo que contrastará la información

aportada por las diferentes fuentes.

En este proceso se deben considerar los siguientes aspectos:

• Garantizar la protección de los menores o las menores.

• Preservar su intimidad y la de sus familias o responsables legales.

• Actuar de manera inmediata.

• Generar un clima de confianza básica en los menores o las menores.

• Recoger todo tipo de pruebas e indicadores.

• No duplicar intervenciones y evitar dilaciones innecesarias.

Paso 7. Aplicación de correcciones y medidas disciplinarias

Una vez recogida y contrastada toda la información, se procederá por parte del director

o directora del centro a la adopción de correcciones a las conductas contrarias a la

convivencia o de medidas disciplinarias al alumnado agresor implicado, en función de

lo establecido en el plan de convivencia del centro, y, en cualquier caso, de acuerdo con

lo establecido en el Decreto 114/2011. Ver tipificación faltas del centro.

Paso 8. Comunicación a la comisión de convivencia

El director o directora del centro trasladará el informe realizado tras la recogida de

información así como, en su caso, las medidas disciplinarias aplicadas, a la comisión de

convivencia del centro.

Paso 9. Comunicación a la inspección educativa

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El equipo directivo remitirá el informe al Servicio Provincial de Inspección de

Educación, sin perjuicio de la comunicación inmediata del caso, tal como se establece

en el Paso 2 de este protocolo.

Paso 10. Medidas y actuaciones a definir

El equipo directivo, con el asesoramiento de la persona o personas responsables de la

orientación educativa en el centro, definirá un conjunto de medidas y actuaciones para

cada caso concreto de acoso escolar.

Estas medidas y actuaciones se referirán, tanto a las que sean de aplicación en el centro

y en el aula, como a las que sean de aplicación al alumnado en conflicto, que garanticen

el tratamiento individualizado tanto de la víctima como de la persona o personas

agresoras, incluyendo actuaciones específicas de sensibilización para el resto del

alumnado así como para el alumnado observador. Todo ello, sin perjuicio de que se

apliquen al alumnado acosador las medidas correctivas recogidas en el plan de

convivencia.

Con carácter orientativo, se proponen las siguientes medidas y actuaciones para cada

caso de acoso escolar:

• Actuaciones con la persona acosada: actuaciones de apoyo y protección expresa

e indirecta, actividades de educación emocional y estrategias de atención y

apoyo social, intervención individualizada por la persona orientadora para el

aprendizaje y desarrollo de habilidades sociales, de comunicación, autoestima y

asertividad y derivación, si procede, a servicios de la Consejería competente en

materia de protección de menores.

• Actuaciones con el alumnado agresor: aplicación de las correcciones

correspondientes estipuladas en el plan de convivencia, actuaciones educativas

en el aula de convivencia del centro, en su caso, o programas y estrategias

específicos de modificación de conducta y ayuda personal, y derivación, si

procede, a servicios de la Consejería competente en materia de protección de

menores.

• Actuaciones con los compañeros y compañeras observadores pasivos:

actuaciones de desarrollo de habilidades sociales, de comunicación, emocionales

y de empatía, campañas de sensibilización así como actividades de mediación y

de ayuda entre iguales.

• Actuaciones con las familias: orientaciones sobre cómo ayudar a sus hijos o

hijas, sean víctimas o agresores, actuaciones para una mejor coordinación y

comunicación sobre el proceso socioeducativo de sus hijos o hijas, información

sobre posibles apoyos externos y seguimiento de los mismos, así como

establecimiento de compromisos de convivencia.

• Actuaciones con el profesorado y el personal de administración y servicios:

orientaciones sobre cómo intervenir positivamente en la situación y cómo hacer

el seguimiento, orientaciones sobre indicadores de detección, así como

actividades de formación específica.

La dirección del centro se responsabilizará de que se lleven a cabo las medidas y

actuaciones previstas, informando periódicamente a la comisión de convivencia, a las

familias o responsables legales del alumnado y al inspector o inspectora de referencia

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del grado del cumplimiento de las mismas y de la situación escolar del alumnado

implicado.

Paso 11. Comunicación a las familias o responsables legales del alumnado

Se informará a las familias del alumnado implicado de las medidas y actuaciones de

carácter individual, así como las medidas de carácter organizativo y preventivo

propuestas para el grupo, nivel y centro educativo, observando en todo momento

confidencialidad absoluta en el tratamiento del caso.

Paso 12. Seguimiento del caso por parte de la inspección educativa

El inspector o inspectora de referencia realizará un seguimiento de las medidas y

actuaciones definidas y aplicadas, así como de la situación escolar del alumnado

implicado.

- PROTOCOLO AGRESIÓN AL PROFESORADO (VER

PROTOCOLO CONSEJERIA EDUCACIÓN)

Este protocolo se aplicará cuando un profesor o profesora, o algún miembro del

personal no docente sea objeto de alguna de las siguientes conductas en el interior del

centro docente, o bien esta conducta se produzca fuera del centro como consecuencia

del desarrollo de su actividad profesional:

- Conductas intimidatorias.

- Violencia física.

- Vandalismo: se deteriora y/o destruye el mobiliario de su uso dentro del aula, o algún

elemento u objeto de su propiedad es deteriorado o roto.

Protocolo:

PASO 1. Primera actuación ante una situación de agresión.

Ante cualquier posible agresión al personal del centro procede mantener la calma, tratar

de contener la situación y, en último extremo, responder exclusivamente mediante el

empleo de medios de legítima defensa y solicitar ayuda. El auxilio y presencia de los

compañeros o compañeras u otras personas cercanas servirá en un primer momento para

contener y/o acabar con la situación de violencia, además de que puedan actuar como

testigos de los hechos si ello fuera preciso.

PASO 2. Solicitud de ayuda externa

En el caso de que, a pesar de los intentos de disuadir al agresor o agresores, la situación

de violencia persista, se pasará a reclamar ayuda inmediata a los cuerpos y fuerzas de

seguridad, bien sea a la Policía Local, Policía Nacional o Guardia Civil para que se

personen en el centro o lugar donde se desarrollen los hechos que motivaron la

actuación.

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PASO 3. Comunicación al Equipo Directivo y a la Inspección Educativa

Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento de una situación

de agresión tiene la obligación de ponerlo en conocimiento del director o directora del

centro o, en caso de ausencia, de otro miembro del Equipo Directivo.

El director o el Equipo Directivo notificará inmediatamente el hecho al inspector de

referencia del centro quien, en función de la gravedad de los hechos, se personará en el

centro o, al menos, atenderá al profesional agredido vía telefónica.

PASO 4. Servicios médicos

En caso de agresión a un profesional, si fuera necesario, éste se dirigirá, acompañado de

algún miembro del Equipo Directivo del centro, al correspondiente Servicio de

Medicina Preventiva o al Servicio de Urgencias, donde se procederá al reconocimiento

y a las actuaciones pertinentes, por parte de los facultativos de los servicios médicos. En

cualquier caso, se solicitará un informe o parte de lesiones.

PASO 5. Denuncia ante el órgano competente

El profesional agredido realizará las denuncias oportunas de los hechos, si lo considera

oportuno, ante el órgano competente, juzgado, Policía Local, Nacional, Guardia Civil,

etc,.

En el último apartado de este Protocolo se recoge una “Guía de Orientación Jurídica”,

cuya finalidad es orientar a los profesionales en las acciones legales que puedan

emprenderse en cada caso.

Actuaciones de la Dirección del centro

PASO 1. Recogida de la información y análisis de la misma

El Equipo Directivo recabará la información necesaria relativa al hecho de las diversas

fuentes que se relacionan a continuación, realizando un informe con los datos obtenidos:

- Profesional agredido.

- Identificación del agresor o agresora.

- Testigos.

- Tutor o tutora, en el caso de que la agresión haya sido cometida por un alumno o

alumna.

- Otros profesionales que tengan relación con la situación de agresión.

- Otro personal del centro o de la comunidad educativa que tenga contacto o relación

con el agresor o agresora.

En esta recogida de la información, se tratará de contrastar la información aportada por

las diferentes fuentes.

PASO 2. Información a las familias del alumnado implicado

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Si el agresor o agresora fuera un alumno o alumna del centro, el director del centro

procederá a comunicar los hechos a sus familias.

PASO 3. Aplicación de medidas disciplinarias

Si el agresor o agresora es un alumno o alumna del centro, se procederá a la adopción de

medidas disciplinarias en función de lo establecido en el Plan de Convivencia del

centro, y, en cualquier caso, de acuerdo con lo establecido en los artículos 24 y 25 del

Decreto 19/2007 de 23 de enero, por el que se adoptan medidas para la promoción de la

Cultura de Paz y la mejora de la convivencia en los centros educativos sostenidos con

fondos públicos.

PASO 4. Comunicación a la Comisión de Convivencia

El Equipo Directivo trasladará el informe realizado tras la recogida de información así

como, en su caso, las medidas disciplinarias aplicadas, a la Comisión de Convivencia

del centro, para su conocimiento.

PASO 5. Comunicación a la Inspección Educativa y otros servicios de la Delegación

Provincial

El Equipo Directivo remitirá asimismo el informe al Servicio de Inspección de la

Delegación Provincial correspondiente, todo ello sin perjuicio de la comunicación

inmediata del suceso.

Si existiese parte de lesiones y/o baja temporal del profesional agredido, la dirección del

centro comunicará también estos hechos a la Asesoría Médica de la Delegación

Provincial de Educación.

PASO 6. Registro

En caso de agresión a un profesional, los datos específicos de cada incidente se

recogerán en el Registro de Incidencias de Convivencia Escolar

Guía de orientación jurídica

La finalidad principal de esta Guía es la de orientar a los profesionales en las acciones

legales que puedan emprenderse en cada situación y caso.

1. Jurisdicción

De la ejecución de las infracciones que se contemplan en este Protocolo de Actuación

pueden nacer dos tipos de acciones, lo que obliga a precisar ante qué jurisdicción

pueden ejercitarse las mismas:

- Acción Penal: en tanto que se encuentran tipificadas en el Código Penal, como delito o

falta para el castigo del culpable o la culpable, y únicamente puede ejercitarse ante la

jurisdicción penal.

- Acción Civil: en los supuestos en que se hayan producido daños y perjuicios, y con el

fin de conseguir la restitución de la cosa, la reparación del daño y la indemnización de

perjuicios causados por el hecho punible. La acción civil derivada de un ilícito criminal

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puede ejercitarse conjuntamente con la penal, o bien separadamente ante la jurisdicción

civil.

Por tanto, cuando un profesional sufra algún tipo de infracción penal de la que se

deriven daños y perjuicios, podrá ejercerse no sólo la acción penal para el castigo del

culpable o la culpable, sino también la acción civil para reclamar la indemnización que

corresponda, bien dentro del propio proceso penal, o bien separadamente ante la

jurisdicción civil, teniendo en cuenta en este último supuesto que si el proceso penal se

encuentra ya iniciado, no se podrá promover pleito alguno hasta que aquel no haya

concluido mediante sentencia firme.

2. Inicio del procedimiento

Puede iniciarse mediante denuncia o mediante querella:

- Denuncia: resulta mucho más ágil y cómodo, ya que no requiere especiales requisitos

formales para su admisión, pudiéndose formular por escrito u oralmente, ante cualquier

órgano jurisdiccional, ante el ministerio fiscal, o ante cualquier dependencia policial,

por el propio profesional agredido o por cualquier persona que presencie los hechos.

- Querella: debe formularse siempre por escrito ante el órgano jurisdiccional

competente.

Además, los atestados que redactan los funcionarios de la policía, a consecuencia de las

averiguaciones que hubiesen practicado cuando son requeridos desde el propio centro

docente, tendrán la consideración de denuncia.

Pese a que la denuncia puede ser presentada ante cualquier órgano jurisdiccional, resulta

conveniente que la misma se formule ante el juzgado de guardia correspondiente al

partido judicial donde se produzcan los hechos.

3. Plazo

La responsabilidad penal se extingue por prescripción del delito o falta, por lo que la

acción penal debe promoverse con anterioridad al transcurso de los plazos de

prescripción, que se establecen, fundamentalmente, en función de la duración de la pena

que la ley señale para el delito o falta cometidos.

Concretamente, en el caso de las faltas, el plazo de prescripción establecido por el

Código Penal es de seis meses.

4. Pruebas

Por último, hay que recordar que en materia penal rige el principio de presunción de

inocencia, por lo que el denunciante debe procurar acudir al juicio con pruebas

suficientes para poder enervar dicha presunción.

En este sentido resulta de gran utilidad:

- La declaración de testigos

- Los partes de asistencia sanitaria, en el caso de agresiones físicas.

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Es recomendable que en todos los supuestos en que se produzcan agresiones físicas, el

profesional sea asistido, de forma inmediata, por un facultativo.

Normativa Orden 18 de diciembre de 2009. BOC 31 de diciembre de 2009.

- TUTORÍAS AFECTIVAS

¿Por qué utilizamos las tutorías afectivas en nuestro Centro?

Entre nuestro alumnado suelen destacar algunos niños-as por su comportamiento

problemático, no atienden, se pelean, no hacen caso al profesor, se muestran violentos.

También existen los que pasan desapercibidos pero que también sufren, son los niños

tímidos, siempre escondidos, con dificultades para relacionarse con los demás.

Introducir las tutorías afectivas en nuestro centro surge por la necesidad de mejorar la

convivencia, reducir el comportamiento problemático de los alumnos/as y aumentar el

rendimiento escolar.

El maestro/a.

El profesor utiliza su propia persona, su personalidad y sus emociones para entrar en

contacto con el alumno y ayudarle en las dificultades presentadas.

Mantiene una relación estable, única y especial con el tutorando.

Necesita saber, tener una óptica diferente para saber porqué se comporta como lo hace.

El profesor debe comprender que tiene que cambiar su forma de percibir y escuchar al

alumno.

Debería tener una hora a la semana para estar con el alumno y escucharle, sentarse o

pasear con el alumno, plantear qué podemos hacer, ¿qué le pasa?

El profesor tiene que llegar a sensibilizar al resto del profesorado, si lo que hacemos no

llega a los demás no sirve para nada .Todos debemos facilitar medidas de cambios

adaptadas al niño.

El alumno/a

La intervención del tutor afectivo permite los siguientes objetivos.

- Mejorar la seguridad sentida por el niño

- Lograr que el niño sienta mayor autoestima, autoeficacia y autocomprensión

- Mejorar la confianza con otras personas

- Aumentar su competencia interpersonal

Durante la tutoría hay que lograr sintonizar emocionalmente con el niño (empatía),

reducir las conductas problemáticas y normalizar su currículo escolar.

El objetivo fundamental es establecer una empatía. Si no se consigue no hay tutoría

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afectiva.

Otro objetivo de las tutorías afectivas es la disminución de conductas disruptivas.

Un tutor afectivo no es un tutor normal.

La normalización curricular es también un objetivo.

Nos preocupamos de que se logre este objetivo pero la prioridad es afectivizar la

relación con el alumno.

No se trata de una tutoría academicista, sino llegar al alumno para saber lo que le está

pasando.

¿Cómo lo hacemos?

Es importante plantear la dificultad que se encuentra el profesor que quiere ser tutor

afectivo.

No es fácil cambiar el rol de profesor por el tutor afectivo. El tutor afectivo no pone

normas, no transmite conocimientos académicos, no juzga. Sin embargo, se plantea

escuchar activamente a su tutorando.

La principal herramienta que tiene el tutor afectivo es su propia persona y a través de la

entrevista va progresivamente conociendo y comprendiendo los problemas que presenta

el menor. En esta situación de aceptación, el niño se encuentra relajado y libre para

hablar de si mismo, de sus experiencias y emociones.

El procedimiento normal para la selección del tutor afectivo es el siguiente.

1) Se propone en la CCP y extensible al Claustro invitar a los profesores a

experimentar e investigar el rol del tutor afectivo de un chico o chica

problemático/a.

2) El tutor accede voluntariamente a sus nuevas funciones.

3) El tutor debe disponer de una hora semanal para su tutorando.

4) El alumno/a acepta al tutor afectivo.

Es conveniente antes de realizar los horarios saber los alumnos que necesitan de estas

tutorías y los profesores dispuestos para tal fin.

Hay que tener en cuenta que el profesor debe tener cierta sintonía con el muchacho y el

alumno elegido debe participar en el proyecto. Su participación es voluntaria.

Desarrollo de las tutorías afectivas

Elegido el niño/a y su tutor afectivo.

El tutor dedicará un tiempo exclusivo para el tutorando, en un ambiente tranquilo,

donde será escuchado y aceptado sin ser interrumpido.

La principal herramienta que tiene el tutor afectivo es su propia persona y a través de la

entrevista va conociendo al niño/a. El/ella se encuentra relajado y libre para poder

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hablar de si mismo de sus experiencias y de las emociones que lo suscitan.

La actitud que el tutor debe mantener es la siguiente.

- Crear un ambiente de cordialidad

- Mostrar una actitud flexible, tranquila sin forzar la situación

- Evitar hacer juicios de valor sobre su conducta

- Expresarse teniendo en cuenta la edad y el nivel de comprensión del menor

- Ayudarse de medios indirectos para recoger información y crear un

ambiente confiado

- Usar un lenguaje sencillo y claro

- Adoptar una actitud abierta y de curiosidad

El tutor ayuda al niño y promueve el sentido de que es digno de ser atendido y cuidado,

que merece ser protegido y querido, que es una persona agradable, con valor personal,

interesante, socialmente competente y eficaz.

En general, el tutor también se sirve de otros instrumentos además de la entrevista. Así,

puede llegar a acuerdos verbales o escritos con el menor, se apoya en las hojas de

seguimiento para ver los avances y dificultades, etc.

En ocasiones el tutor se entrevista con los padres.

Es muy diferente tomar decisiones en una comisión de convivencia o en un claustro

sobre las medidas a tomar viendo al niño solo desde el ángulo de las normas del centro

o el impacto de la conducta del menor en cualquiera de los miembros de la comunidad

educativa. Comprender la historia del muchacho, su estilo de personalidad, los retos que

debe afrontar en su vida diaria (además de los académicos) puede cambiar

significativamente las decisiones a tomar. El tutor afectivo conoce íntimamente al

menor y puede conocer elementos muy relevantes que permiten a otros profesores saber

quién es ese muchacho al que estamos pensando en someter a alguna medida

disciplinaria.

Dentro de todo ese proceso de intervención se debe formalizar reuniones de

coordinación de los tutores afectivos en el que se plantee temas que se consideren

importantes, facilitar la supervisión del trabajo y estudiar las hojas de seguimientos de

cada alumno tutorizado.

Dificultades y logros

Dificultades

Como en toda ayuda estar en contacto con las emociones del que sufre supone un

ejercicio continuo de sintonizar nuestro propio estado emotivo de la persona con quien

hablamos. Esto despierta fácilmente nuestras emociones, nuestros conflictos y

contradicciones. De alguna manera, nos empuja a plantearnos aspectos de nosotros

mismos que quedarían fácilmente controlados en nuestras funciones docentes normales.

Logros

Cuando un centro se efectiviza, cuando reconoce que cada niño tiene una personalidad

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única e irrepetible, cuando destaca las emociones como los elementos que organizan la

personalidad todo cambia. Progresivamente los niños conflictivos mejoran; estos se

relacionan mejor con los compañeros y profesores. Los profesores también entran en

una dinámica nueva y estimulante.

Mirar las emociones sabiéndolas los motores principales de nuestra salud y nuestro

sufrimiento nos hace mirar de forma diferente al alumno. Y al mismo tiempo, miramos

de forma diferente nuestro rol de profesor.

6. NORMAS Y ORGANIZACIÓN GENERAL DEL CENTRO.

6.1. ORGANIZACIÓN GENERAL:

Cada maestro/a es responsable del cuidado y seguridad de los alumnos/as a su cargo

durante el horario lectivo del colegio. Los alumnos/as no comensales permanecerán en

el colegio de 8:30 a 13:30 horas. Los alumnos comensales de 8:30 a 15:00 horas. Las

puertas del colegio se abrirán a las 8:30 horas e irán entrando los alumnos

permaneciendo en los patios de formación de las filas al cuidado de los maestros

encargados de cada grupo. Los maestros formarán y organizarán los alumnos/as para

entrar, salir, bajar, subir del recreo y siempre que se desplacen en grupo por las

dependencias del centro cuidando del orden con objeto de evitar accidentes y alborotos.

El alumnado de infantil harán las filas dentro del centro.

A la hora de la salida el maestro/a con el que sale el grupo, dejará el aula cerrada y será

el responsable de repartir a las familias su grupo.

Entrada al Centro: A las 8:30 horas se pondrá música en la megafonía del colegio y,

en este momento, los alumnos están a cargo de cada tutor/a o del profesor

correspondiente, acompañándoles a sus respectivas aulas entrando de la siguiente

manera: El alumnado de primaria tiene asignada una fila. Los de infantil entrarán al

centro y harán la fila en el pasillo. Para evitar la entrada de padres después de las 8:35,

estos deberán firmar la hoja de retraso y la entrada se realizará por la puerta de la calle

Sor Simona. Si son de Primaria irán solos al aula. Si el alumno/a es de Infantil algún

miembro del Equipo Directivo se encargará de acompañarlo al aula.

Cuando este tipo de retraso sea reiterado (3 días) se pondrá en conocimiento del Jefe de

Estudios para informar por escrito a los padres y si es necesario concertar una entrevista

con los mismos. A partir del sexto retraso se dará parte a los Servicios Sociales del

Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. Igualmente se comunicará por escrito a

los padres.

Los retrasos o la salida anticipada deberá ser debidamente justificada en la

Administración del centro para que sea comunicado a sus tutores/as En caso de que falte

un maestro/a, será sustituido en base al plan de sustituciones del centro. El alumnado

debe permanecer en todo momento en su propia aula hasta la llegada de éste.

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Recreos: Los recreos tienen una duración de 30 minutos (entre la 4ª y 5ª sesión). Para

facilitar la organización y vigilancia de los mismos, se establecen las siguientes normas:

- Para el alumnado:

1. Entrar y salir en orden del aula. El profesor que esté en clase antes del recreo

acompañará a los alumnos/as hasta la cancha.

2. El alumno/a debe bajar convenientemente preparado para el recreo (con el desayuno,

abrigo si es necesario,..) con el fin de evitar subir a las clases.

3. En Infantil, la zona de recreo es el patio cubierto de la calle Sor Simona.

4. En Primaria, las zonas de recreo son: Primer Ciclo en la cancha central, Segundo

Ciclo en la cancha de baloncesto y el Tercer Ciclo en la cancha de fútbol

5. Durante el recreo los alumnos/as permanecerán en los lugares que les haya sido

asignado.

Se evitará estar saliendo del patio en la hora de recreo. Se irá a los aseos antes del bajar

al recreo.

6. Durante el horario de recreo los alumnos/as permanecerán en el patio todo el tiempo

que dure, no usando las clases durante este horario. Para ello las clases permanecerán

cerradas bajo llave.

7. Queda terminantemente prohibido jugar en las zonas que no sean de recreo (aulas,

pasillos, etc.).

8. No practicar juegos peligrosos ni violentos que puedan causar daños a los

compañeros/as. Igualmente los alumnos/as de ciclos superiores deberán prestar especial

atención en sus juegos y actividades a fin de evitar algún daño a los alumnos/as más

pequeños.

9. Utilizar el diálogo entre compañeros y nunca la violencia física o verbal. Se

fomentará el respeto mutuo entre compañeros.

10. Cuidar el material y las instalaciones del Centro. Mantener limpios los espacios del

Centro. Depositar la basura en los cubos colocados en la cancha para tal fin procurando

la separación de residuos (envases).

11. Ante cualquier problema que se presente, el alumno se dirigirá al profesor de

vigilancia para solucionarlo.

12. No se puede jugar con botes de jugo, batidos,… Quien esté jugando con el mismo

será el encargado/a de recogerlo. Igualmente solo se podrá jugar con balones de

gomaespuma durante el recreo.

13. El tiempo de permanencia en el aseo será el necesario sin prolongarlo

innecesariamente.

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14. El lugar donde está ubicado el aseo se utilizará individualmente, no pudiendo entrar

más de un alumno en dicho lugar. Durante el recreo sólo se usarán los de la planta baja.

15. El alumnado no podrá abandonar ni el aula ni el centro sin la autorización expresa

del tutor/a.

16. No se pueden comer golosinas, pipas, refrescos,… En caso de traerlo se le retirará y

quedará bajo la custodia del tutor/a quien se lo comunicará por escrito a los padres del

alumno/a afectado concertando una cita en la siguiente visita de padres

17. No se permitirá estar en los pasillos, escaleras, espacios comunes, aulas...Si algún

alumno o grupo de alumnos permanece en el aula, el profesor responsable permanecerá

con ellos.

18. Una vez finalizado el recreo y cuando toque la sirena, los alumnos/as deben formar

la fila en el lugar indicado.

- Para el profesorado:

1. Se establecen varios turnos de vigilancia de profesores. En cada grupo hay una

persona encargada de comprobar que están todos los miembros del grupo. Si no fuera

así, deberá avisar a quien le corresponda cubrir el turno o comunicárselo a la jefa de

estudios. Si la ausencia se sabe con antelación, el/la maestro/a que vaya a faltar deberá

cambiar el turno con otro/a compañero/a.

2. En Educación Infantil se ha elaborado una lista de 10 maestros/as, realizándose

turnos de tres personas. En Educación Primaria, existe una lista de 10 maestros/as

realizándose turnos de tres personas, de forma sucesiva. Para los supuestos que falte

algún maestro/a que le corresponda cuidado de patio ese día, existe una lista de

sustituciones controlada por el responsable de cada turno y supervisada por la Jefatura

de Estudios, para que de esa forma el patio esté siempre atendido.

3. La distribución del profesorado para los turnos ha sido realizada de forma que el

número de profesores de cada turno se ajuste a la normativa vigente, que fija en 30

alumnos por profesor en E. Infantil y 60 alumnos/as en E. Primaria.

4. Los recreos de Educación Infantil están organizados de forma que los/as maestros/as

hacen turnos rotatorios. Los maestros/as de cada turno deben repartirse de tal forma que

dichas zonas queden cubiertas por dos maestros/as.

5. Las normas establecidas deben ser respetadas de forma igual por todo el profesorado,

haciéndose hincapié en que el alumnado debe estar en todo momento en zonas donde

esté controlado por el profesorado.

6. No se saldrá al recreo hasta que sea la hora del mismo. Hay que ser puntuales tanto en

la entrada como en la salida.

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7. Si algún alumno/a o grupo de alumnos/as permanece en el aula, el profesor

responsable permanecerá con ellos.

8. Las aulas permanecerán cerradas, bajo llave, en horario de recreo.

9. El profesor que esté en clase antes del recreo acompañará a los alumnos/as hasta la

cancha permaneciendo con ellos hasta que lleguen los maestros/as que realizarán el

turno

10. El profesor que tenga clase después del recreo tendrá que agrupar y acompañar a sus

alumnos/as para entrarlos a clase.

11. Si un alumno/a trae videojuegos, consolas, mp3,… se le retirará y quedará bajo la

custodia del tutor/a quien se lo comunicará por escrito a los padres del alumno/a

afectado concertando una cita en la siguiente visita de padres.

12. En caso de que por causas climatológicas no se pueda hacer el recreo, se

mantendrán los turnos tal como están, siguiendo el protocolo de lluvias.

Salida del Centro: Las salidas al finalizar la jornada lectiva se realizarán bajo la

responsabilidad del maestro/a que les imparta clase en ese momento respetando la

puntualidad y el orden. Las 13:25 se establece para iniciar la recogida de materiales y

organizar la salida de los alumnos, siendo a las 13:30 horas cuando los alumnos salen a

la cancha, no antes, acompañados de los respectivos maestros/as que están en ese

momento a cargo de cada uno de los grupos.

Los alumnos/as de Primaria saldrán por la puerta de la cancha a las 13:30 h.

Al finalizar la jornada lectiva, los alumnos/as de Primaria que utilizan el Servicio de

Comedor Escolar pasarán a ser responsabilidad de los/as auxiliares del servicio de

Comedor, quienes organizarán la entrada al comedor. Los comensales de Infantil serán

recogidos en sus aulas por las vigilantes de comedor. Los de Primaria serán recogidos

en una zona preestablecida. Para evitar salidas del comedor los maestros/as de Infantil y

Primaria (sobre todo el Primer Ciclo) procurarán que sus alumnos/as comensales vayan

al baño antes del comienzo del comedor. El alumnado de Ed. Infantil usuario del

Servicio de Comedor, serán recogidos en las aulas del Ed. Infantil por los/as auxiliares

del servicio de Comedor, antes de la finalización de la jornada lectiva; para evitar

coincidir con el alumnado de Primaria. Los alumnos/as que hacen uso del comedor

escolar saldrán, de forma general a las 15:00 h., por la puerta de la calle Mariucha.

Los alumnos del primer turno saldrán a las 14:15 h. El transporte escolar saldrá a las

14:30 h. Cuando algún padre/madre/tutor quiera recoger a su hijo durante el horario

escolar deberá avisarlo al tutor. El padre/madre/tutor dejará constancia de la misma

según el modelo que hay en Administración. Los casos en que los padres o madres no

acudan a recoger a los alumnos a la hora señalada y, los casos de reiteración de retrasos

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podrán implicar medidas con exigencia de responsabilidades. El centro pondrá en

conocimiento de los servicios sociales del Ayuntamiento el abandono del menor y, en

su defecto, requerirá la actuación de la policía nacional para que se haga cargo de dichos

niños/as, sin que, en modo alguno, se les pueda dejar solos en las puertas del centro.

6.2. ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS, INSTALACIONES Y RECURSOS

MATERIALES:

La utilización de las instalaciones de los centros por parte de las personas que integran

la comunidad educativa se hará de conformidad con lo que establezcan las normas de

organización y funcionamiento del centro. En el caso de que los solicitantes sean

personas jurídicas o entidades públicas o privadas, ajenas a la comunidad educativa, o

cuando los destinatarios de las actividades no sean exclusivamente parte de esta, se

requerirá la autorización de la Dirección Territorial de Educación correspondiente,

previo informe del Consejo Escolar, salvo que su uso se haya prefijado en un convenio.

La solicitud se realizará por escrito con una antelación mínima de cuarenta y ocho

horas, responsabilizándose los usuarios de los daños intencionados u ocasionados por el

mal uso que se pudiera ocasionar.

El uso de las instalaciones conlleva la responsabilidad y el cumplimiento de la

normativa general del centro, así como el cuidado y la conservación de los materiales

y/o instalaciones que sean requeridas para su utilización. La Dirección General de

Centros e Infraestructura Educativa, y las Direcciones Territoriales de Educación, en sus

respectivos ámbitos, fijarán las instrucciones necesarias para la aplicación de lo

establecido en el presente artículo. A continuación, se describen las diferentes

dependencias del Centro:

El Centro cuenta con 30 aulas, de ellas 12 son tutorías, las restantes se distribuyen de la

siguiente manera:

- Aula de música

- Administración

- Medios audiovisuales

- Radio Escolar

- Aguaviva (ordenadores)

- Aulas de Inglés

- Aula de Francés

- Aula Psicomotricidad

- Tres aulas dedicadas a actividades del comedor y de apoyos.

- Un aula para logopedia.

- Tres antiguas aulas se unificaron para hacer el comedor.

Otras dependencias.

- Laboratorio

- Aula de NEAE

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- Dos aulas pequeñas de A.L.

- Sala de Profesores

- Salón de Actos

- Aula polivalente (tercer ciclo)

- Despacho: Dirección, Jefatura de Estudios y Secretaría

- Despacho de Orientadora.

- Sala de juntas.

- Dos espacios añadidos: material de Ed. Física y AMPA.

- Actualmente la antigua casa del portero, se ha habilitado para la acogida temprana de

una de las AMPA, actividades de infantil en horas del comedor y acogida de tarde por

parte del mismo AMPA.

Otra aula de la primera planta se ha habilitado para la recogida temprana del otro

AMPA.

Espacios abiertos:

- Las canchas de deporte son a su vez patios de recreo.

- El patio grande está dividido en tres partes: cancha de fútbol, cancha de

baloncesto y zona central libre de canchas y con una zona cubierta.

- El patio trasero está cubierto y es utilizado por los alumnos-as de Infantil.

- Hay otro patio más pequeño que es utilizado por los alumnos-as de infantil de

3 años y ocasionalmente por los de 4 y 5 años.

El Salón de Actos, se utiliza para reuniones, actuaciones, para Ed. Física y como sala de

video para los alumnos-as de comedor. Por las tardes se utiliza para actividades

extraescolares.

6.3. HORARIO DE ADMINISTRACIÓN, SECRETARÍA, JEFATURA Y

DIRECCIÓN

El Centro cuenta con una administrativa que colabora con la Secretaría en todo lo

relacionado documentación.

El horario de la Secretaría es: todos los días de 8:40 a 9:30 horas

El horario de la Administración: lunes y viernes de 8.40 a 10:30 horas

El horario de Dirección: miércoles y viernes de 8:40 a 9:30 horas

El horario de la Jefatura de Estudios: miércoles y viernes de 8:40 a 9:30 horas

En caso de necesidad urgente, los padres-madres pueden pedir hora fuera de este

horario.

6.4. NORMAS DE USO DE LA BIBLIOTECA DEL CENTRO Y EL AULA

MEDUSA:

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La Biblioteca y el Aula Medusa son dos dependencias del Centro que, dadas sus

características, poseen ciertas normas para su uso y organización que son relevantes

resaltar:

La Biblioteca del Centro:

El horario de apertura de la biblioteca será de 8:30 a 13:30 horas. Tendrá prioridad

para el acceso a la sala de lectura y solicitud de préstamos de libros el alumnado del

centro, sin perjuicio de que también pueda hacer uso de la biblioteca cualquier otro

miembro de la comunidad educativa, previa autorización por la dirección del centro.

El Equipo de Biblioteca establecerá las normas concretas de régimen de préstamo,

establecimiento de fichas, etc.

Las normas de la biblioteca son las siguientes:

Acudiremos en silencio y orden desde clase.

En la biblioteca se estará en silencio y se prestará atención a las instrucciones que dé

el profesor encargado del grupo de alumnos/as.

El horario de préstamos y devoluciones será en las sesiones que en cada curso escolar

se designen para ello.

El maestro/a encargado/a deberá registrar en el libro correspondiente los préstamos

realizados.

Los libros se prestarán por espacio de 15 días. Si no se hace entrega en el tiempo

establecido, el niño/a no podrá hacer uso del servicio hasta que no entregue el libro.

Debes cuidar los libros, evitando manchas, rasgaduras o cualquier otro desperfecto.

Si algún libro se entregara con algún desperfecto o deterioro, éste se repondrá de

nuevo con cargo al alumno/a.

Pasa las páginas del libro con cuidado, despacio y sin mojar los dedos. Así los libros

durarán más. Pide ayuda para elegir libro.

Cuando tengas un libro en las manos procura leerlo entero, aunque te parezca

aburrido. Lo interesante siempre está al final.

Si un libro te ha gustado mucho, recomiéndaselo a un amigo/a o compañero/a.

Cuando se haga la entrega del libro procura depositarlo en el lugar donde estaba, una

vez que el maestro/a encargado/a lo haya registrado.

Durante los meses de septiembre y junio y en períodos vacacionales no se efectuarán

préstamos.

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Las colecciones solamente se podrán usar dentro de la biblioteca o clase, no son

objeto de préstamo.

Al abandonar la biblioteca dejar todo (mesas, sillas, libros) bien colocado.

El Aula Medusa:

Habrá un horario preestablecido para que las tutorías acudan al aula Medusa.

El alumnado no podrá estar en el aula si no hay un maestro/a que le acompañe.

El maestro/a debe asignarle al alumnado el ordenador de trabajo y tenerlo reflejado

en una lista por si hiciera falta saber, en algún momento, quién o quienes hicieron uso

del mismo. Esta lista sería valedera para todo el curso y será entregada una copia al

Coordinador del Proyecto, si se tuviera que realizar algún cambio durante el curso,

también se le comunicará al Coordinador.

Se seguirán estrictamente las instrucciones del maestro/a. No encender el ordenador

hasta que se le indique, ni se entrará a ningún programa sin que se autorice.

No se le permitirá el cambio de hardware (ratones, teclados, impresoras, cañón, etc.)

Cualquier incidencia por mal funcionamiento de los equipos debe quedar reflejada en

un parte de incidencias para dárselo al director.

No se colocará protectores de pantalla, ni se modificará la configuración del

escritorio. En caso de que aparezca alguna modificación, los responsables serán los

usuarios de dicho ordenador.

No se utilizará Internet sin permiso del profesor. Asimismo, no se permitirá entrar en

páginas de sexo, xenófobas, ni a cualquier tipo de páginas prohibidas por el maestro/a.

No se puede instalar ningún tipo de programa en el ordenador asignado (Messenger,

juegos, etc.). Tampoco debe guardar trabajos en el disco duro del ordenador pues

pueden ser borrados por otros usuarios o bien porque hubo que formatear el disco duro.

Se recomienda grabarlos en pendrives o discos regrabables. También se podría guardar

"provisionalmente" en la Zona Genérica del Servidor y luego el profesor guardarlos en

los soportes de almacenamiento antes citados.

Sólo el coordinador del proyecto puede instalar programas y a veces hay que solicitar

instrucciones para la instalación a Cibercentro.

Al finalizar la actividad se deben apagar los ordenadores correctamente a no ser que

vaya a entrar otro grupo. También se ruega cerrar las ventanas pues en tiempos de lluvia

si no hay nadie dentro del aula para cerrarlas se podrían mojar los equipos. De cualquier

modo al quien use el aula en la última sesión debe cerciorarse de que los equipos y la

pizarra digital quedan apagados correctamente.

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6.4. SERVICIOS ESCOLARES:

6.4.1. Comedor Escolar:

Derechos y deberes de los alumnos comensales.

Al margen de los derechos que asisten a los alumnos comensales en su calidad de

alumnos del Centro, éstos poseen en calidad de usuarios del Servicio del Comedor los

siguientes derechos específicos:

Derecho a beneficiarse de todas las prestaciones que comprende el Servicio de

Comedor Escolar en las mejores condiciones posibles de seguridad, higiene y bienestar.

Derecho a recibir un trato correcto, con respeto y sin discriminación de ningún tipo,

tanto por parte de los compañeros de comedor, como de todo el personal adscrito al

Servicio.

Los usuarios del Servicio de Comedor tienen los siguientes deberes:

Deber de participar activa y correctamente en el desarrollo de las actividades del

Servicio de Comedor, con espíritu de colaboración y solidaridad.

Deber de tratar con la corrección debida, respeto y cordialidad a sus compañeros de

comedor, así como a todo el personal adscrito, obedeciendo sus indicaciones.

Deber de usar correctamente y cuidar las instalaciones que el Centro pone a

disposición del Servicio de Comedor para el desarrollo de las actividades que le son

propias.

Deber de respetar las Normas Generales de Convivencia del Centro, así como las

específicas del uso del comedor recogidas en este Documento.

Corresponde a los alumnos/as comensales:

Cuando sea la hora de entrar al comedor, agruparse ordenadamente y lavarse las

manos antes de acceder al comedor o hacer uso del gel antiséptico que se encuentra en

la entrada.

Los alumnos/as entrarán al comedor acompañados por los vigilantes y ocuparán la

mesa asignada.

Respetar las normas básicas de convivencia y buena conducta, no levantarse de la

mesa sin permiso, no hablar a gritos y comer con corrección.

Mantener una actitud respetuosa hacia el personal que atiende el comedor

(auxiliares, personal de cocina y profesorado) y seguir sus orientaciones, obedeciendo

en todo momento.

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Probar la comida de cada uno de los platos de cada día, no pudiendo abandonar la

mesa sin haber comido lo suficiente de cada uno de ellos. Ningún niño/a se irá a casa

sin comer nada. En tal caso, se le informará a los padres, madres, tutor/a legal.

La comida transcurrirá en un clima de orden y tranquilidad. Los alumnos/as

procurarán evitar ruidos molestos como son: golpes en la mesa, arrastrar sillas, golpear

con los cubiertos, silbidos, llamar a gritos a los compañeros, etc.

Los alumnos deberán hablar en un tono moderado, sin levantar la voz ni gritar.

Todos los alumnos/as comerán bien sentados.

La comida se consumirá dentro del comedor. Queda terminantemente prohibido sacar

comida al patio.

Los alumnos de Educación Primaria se encargarán de recoger su bandeja y llevarla al

lugar indicado separando los desperdicios en los cubos correspondientes y colocando el

vaso, la cuchara, el cuchillo, el tenedor y la bandeja usados en los lugares

correspondientes para que el personal de cocina proceda a su limpieza.

Cuidar el menaje, mobiliario y todo lo que forma parte del comedor. Se podrá exigir

la reposición de lo roto o deteriorado, cuando se compruebe que se ha hecho de forma

intencionada.

El tiempo que media entre la finalización de la comida y la vuelta a casa o a las

actividades extraescolares, deberá transcurrir de forma pacífica y tranquila, bajo la

supervisión de los Auxiliares de Servicios Complementarios.

Hacer uso de los espacios del centro que sean asignados para los alumnos/as de

comedor, pero en ningún caso entrar en el resto de las dependencias y aulas.

No salir del recinto escolar durante el período de comedor, salvo autorización expresa

y escrita de sus padres.

Los alumnos/as que no asistan a las clases no podrán hacer uso del comedor.

Corresponde a las familias:

Cooperar en el adecuado cumplimiento de las normas establecidas. El alumnado del

Colegio que haga uso del servicio de comedor debe conocer y aceptar tanto ellos como

sus familias las Normas de Funcionamiento establecidas en este Documento y

aprobadas por el Consejo Escolar del Centro. Para ello deberán entregar en Secretaría

debidamente cumplimentado y firmado por la familia, el documento que, a tal efecto, se

entregará al empezar a hacer uso del Comedor. Junto a este documento se entregarán las

Normas de Funcionamiento y las Normas de Conducta que deberán conocer y respetar

todos los usuarios del Comedor.

Comunicar al Centro, por escrito, las posibles alergias, régimen y medicación de sus

hijos/a.

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Comunicar al Director las incidencias más destacables que se produzcan en el

servicio.

Intercambiar información con los/as monitores/as cuando las necesidades lo

requieran.

Aquellos padres que por causas justificadas no puedan presentarse a recoger a sus

hijos en el horario habitual, 15:00 h., llamarán al centro para avisar su retraso

Estar al corriente de los pagos de cuotas.

Del impago de los recibos del Comedor:

- la falta de pago por los comensales del importe del servicio, será causa de pérdida de

la plaza de comedor por acuerdo del Consejo Escolar.

- El importe de los recibos impagados debe hacerse efectivo a la mayor brevedad

posible

- Si un recibo es devuelto por el banco, se deberá ingresar lo antes posible.

- El impago de dos cuotas conlleva la restricción total del Servicio de comedor durante

ese curso con la pérdida de plaza en el mismo.

- Se deberá estar al corriente de pago a día 1 de junio.

- Las cantidades adeudadas por comensales que disfruten de Ayudas de Comedor,

podrán ser detraídas del dinero procedente de éstas.

*Más información y más detallada en el Plan de funcionamiento del Comedor.

6.4.2. Transporte Escolar:

El transporte del colegio tiene autorizada una ruta que podrá utilizar los alumnos con

discapacidad auditiva y sus hermanos.

Los alumnos/as transportados llegan al Centro a partir de las 8:30h. El conserje es el

responsable de abrir la puerta de acceso para estos alumnos.

NORMAS ALUMNADO TRANSPORTADO

1.- Esperar en la parada que le corresponda y subir al vehículo cuando se lo indiquen y

con cuidado. Esperar a que se pare del todo el vehículo y no estar cerca del bordillo de

la acera, pues pueden ser atropellados si se arrima mucho a la calzada.

2. Seguir las instrucciones que le indique la cuidadora o chófer del mismo.

3. Sentarse y ponerse el cinturón de seguridad. Poner su material en el lugar habilitado

para tal fin.

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4. Hay que tomar asiento de forma correcta, y sin poner los pies en el asiento de delante

o sacarlos al pasillo (alguien se puede tropezar y caer). Lo pies siempre en el suelo.

5. Queda prohibido levantarse, comer o sacar objetos de la mochila o maleta.

6. No se habla ni molesta al conductor cuando está conduciendo, es muy peligroso

despistar al mismo.

7. Hay que cuidar todos los elementos de la guagua. No se puede estropear o romper

nada del vehículo (lo tendrán que pagar tus padres).

8. No se debe pelear, dar empujones o cualquier otro tipo de juego que entrañe un

peligro para el niño o para el resto de sus compañeros. La guagua no es un sitio para

jugar.

9. Está prohibido decir tacos, groserías, palabras malsonantes o cualquier otra que no

sea un vocabulario correcto.

10. No se puede sacar ninguna parte del cuerpo por la ventanilla (cabeza, brazos,

piernas, etc.).

11. No se debe tirar ningún tipo de objeto, tanto dentro como fuera de la guagua.

12. Cualquier incidente hay que comunicarlo a la dirección del Centro. En caso de

continuos partes de incidencias darán lugar a la pérdida del servicio.

ESTAS NORMAS DEBEN CONOCERLAS LOS ALUMNOS Y FAMILIAS QUE

UTILIZAN EL TRANSPORTE

6.5. CONTROL PARA EL ACCESO DE LAS FAMILIAS O PERSONAS

AJENAS:

Los familiares o personas ajenas al centro no podrán entrar al mismo, sin permiso

expreso del Director o en su defecto otro miembro del Equipo Directivo. Nunca podrá

transitar por el centro personas ajenas a él si no están acompañadas por personal

adscrito al mismo.

Cuando se solicita una entrevista, por parte de los padres, madres o tutores legales, con

el profesorado o equipo directivo, el personal de administración será quien busque a la

persona requerida y le hará saber tal circunstancia, acudiendo éste a recibir a la persona

interesada y en los espacios establecidos para tal fin. Se podrá solicitar que se

identifiquen, en caso de duda o desconocimiento de su identidad. Cuando se solicite

algún tipo de información sobre el alumnado desde una entidad ajena a la Comunidad

Educativa (psicólogos, logopedas, personal externo,...) serán los padres, madres o

tutores legales quienes deban rellenar la solicitud en la Secretaría del Centro. Están

autorizados/as a entrar en el centro los padres, madres o tutores legales en los días y

horas que se les convoque a reuniones de tutorías o de entrega de notas. La visita de

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padres se realizará los primeros y terceros lunes de cada mes de 15:00 a 17:00 horas.

Para un mejor aprovechamiento del tiempo se utilizará el sistema de cita previa.

6.6. USO GRATUITO DE LIBROS DE TEXTO:

El “Uso Gratuito de Libros de Texto” se implantará, en su caso, en nuestro centro cada

curso según la normativa vigente en cada momento. Las directrices generales, siempre

supeditadas a las posibles instrucciones legales reseñadas, aplicables en todos los cursos

serán las siguientes:

a) Se entiende por libro de texto el material impreso, de carácter duradero, destinado a

ser utilizado por el alumnado y que desarrolle los contenidos establecidos por la

normativa académica vigente para el área o materia del ciclo o curso que en cada caso

se trate.

b) En nuestro centro el Programa afectará a la Enseñanza Primaria e Infantil.

c) Se podrá constituir una Comisión de Seguimiento en el seno del Consejo Escolar

(según artículo 9 del anexo I de la Orden de 5 de noviembre de 2012) para la gestión y

supervisión del préstamo de libros. Esta comisión estará presidida por la Dirección del

Centro o persona en quien delegue y estará integrada, al menos, por los siguientes

miembros, como vocales uno de los cuáles actuará como Secretario/a con voz y voto:

- Dos profesores/as.

- Dos padres/madres de alumnado.

d) Los Ciclos, en los cursos en que se deba hacer, decidirán y comunicarán los libros de

texto a utilizar en sus materias durante el mes de junio anterior al curso académico al

que refiera el Programa.

e) No se incluirán en el uso gratuito de libros de texto aquellos materiales asociados a

los libros que por su propia naturaleza no puedan ser reutilizados por el alumnado en

cursos posteriores, salvo los utilizados por el alumnado matriculado en el primer ciclo

de la Educación Primaria e Infantil y en los porcentajes que se definan

reglamentariamente.

f) La vigencia de esta elección se mantendrá durante cinco cursos escolares.

(Comenzando este periodo en el curso 2019/2020) Además, si el centro realiza una

selección de libros de texto cuyo importe global por alumnado es inferior a la valoración

económica fijada, para los niveles de implantación y/o reposición total, la diferencia

podrá destinarse a adquirir materiales de uso común para el alumnado al objeto de ir

completando la biblioteca de aula, de centro, material didáctico donde se podrán incluir

libros de lectura o consulta para el alumnado, adecuado al nivel educativo en el que este

se encuentre escolarizado.

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g) La adquisición de este material debe responder a un proyecto del centro, incluido en

la PGA, aprobado por el Consejo Escolar y con informe positivo de la Inspección

Educativa. Además este material tendrá que mantener la misma vigencia que el libro de

texto en formato papel ( cinco cursos escolares)

h) De igual forma se procederá en los casos en los que los importes asignados para la

reposición de los libros, en los niveles educativos en los que se haya implantado con

anterioridad, excedan de las cuantías necesarias para reponer los libros deteriorados o

extraviados de forma no intencionada, por lo que se podrán incluir otros materiales de

uso común relacionados con la incorporación de materiales curriculares en formato

electrónico, vinculados a la utilización de las tecnologías de la información y

comunicación en los centros educativos, siempre y cuando estos centros dispongan de

los recursos de hardware suficientes para que este material pueda ser utilizado por el

alumnado y tengan contemplado su uso en las programaciones de área.

i) Los libros y materiales curriculares adquiridos serán propiedad de la Administración

Educativa, quedando depositados en los centros educativos al objeto de poder cederlos

en calidad de préstamo a su alumnado.

j) De forma general, salvo resolución expresa, tras el uso continuado durante cinco

cursos escolares, la Administración Educativa cederá la titularidad de los libros de texto

a los centros escolares.

k) En una reunión de Claustro, a realizar en los meses de mayo o junio, se incluirá como

un punto en el Orden del Día el tema aquí tratado.

l) Durante el mes de junio se publicarán en los tablones de anuncios del centro el listado

de libros de texto para el siguiente curso.

m) El profesorado de la materia acogida a este programa entregarán, dentro de las

fechas y horas marcadas (a principios de curso), los libros a las familias de los alumnos,

debiendo firmar las mismas, en ese momento, un compromiso escrito sobre su

responsabilidad en la conservación del material entregado.

n) A lo largo del curso el Equipo Directivo, oída la Comisión de Seguimiento, podrá

programar diversas comprobaciones sobre el estado de los textos, que realizarán el

profesorado que impartan cada materia en ese momento.

ñ) Al final de cada curso el profesorado (tutores o especialistas de cada materia)

recogerán los libros del alumnado, comprobando el estado de los mismos;

almacenándose hasta el mes de septiembre siguiente.

o) El Equipo Directivo, con o sin ayuda voluntaria de otros agentes de la comunidad

educativa, revisarán los lotes disponibles a efectos del curso siguiente y teniendo en

cuenta la normativa vigente para ese curso escolar.

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p) Los representantes legales del alumnado que no deseen disfrutar del uso gratuito de

los libros de texto lo comunicaran al centro por escrito.

Los/las alumnos/as deberán respetar las siguientes normas aprobadas por el Consejo

Escolar, a petición de la Comisión de Seguimiento, en lo referido a la utilización de los

libros de texto entregados en préstamo:

a) El alumnado, así como sus representantes legales, estarán obligados a conservar

correctamente los libros entregados y a devolverlos en el mejor estado posible de

acuerdo con lo establecido por en las normas de cada centro.

b) Los libros de texto no deben ser subrayados ni escritos por el usuario, ni tan siquiera

utilizando lápiz que posteriormente puede ser borrado; si desean hacerse marcas

deberán utilizarse materiales del tipo “post-it” que pueden ser retirados sin deterioro del

libro.

c) Los libros deberán ser cuidados con esmero y utilizados con la debida corrección

pensando siempre que han sido recibidos en préstamo y que el objetivo del programa es

la posibilidad de poder ser usados por otros alumnos del colegio en el futuro.

d) Antes de comenzar las actividades lectivas, después de ser recibidos los libros,

deberán ser forrados con plástico. Si se desea colocar el nombre se incluirá en un papel

aparte, sin pegarlo al libro (anexo I)

e) A lo largo del curso se recomienda utilizar los libros de texto solo cuando sea

necesario; no se deben llevar todos los libros al colegio todos los días de la semana,

solamente cuando se vayan a utilizar.

f) En el caso de cambio de centro durante el curso escolar el alumnado deberá devolver

el lote de libros antes de incorporarse al nuevo centro de destino, el cual tiene la

obligación de comprobarlo.

g) El receptor de este lote de libros tiene obligación de atender los requerimientos que

se hagan por cualquier maestro o miembro del Equipo Directivo del centro en cualquier

fecha para comprobar su estado de conservación.

h) Antes de recoger las calificaciones finales del curso el alumnado deberá devolver

todo el lote respetando el procedimiento que se establezca del que será debidamente

informado con anterioridad a la misma.

i) Las familias y/o tutores legales, estarán obligados a reponer el material estropeado u

extraviado cuando se haga de forma malintencionada.

7. ORGANIZACIÓN GENERAL DE LA ATENCIÓN A LAS FAMILIAS EN

RELACIÓN CON EL SEGUIMIENTO EDUCATIVO DEL ALUMNADO.

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La normativa vigente establece que se tendrá que dar “información periódica a las

familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, así como la orientación

para su cooperación en el mismo”

La atención a las familias tendrá como funciones:

- Informar de forma sistemática e individual sobre desarrollo personal del alumno/a,

marcha académica y conductas (resultados, avances, dificultades,...)

- Orientar sobre los aspectos relacionados con la educación de sus hijos/as.

- Establecer fórmulas de colaboración para conseguir el desarrollo favorable de sus

hijos/as. - Reuniones de padres/madres del aula para tratar aspectos generales.

- Recibir información de la familia sobre los alumnos/as.

Además, para potenciar esta comunicación:

- Se hará un uso activo de la Agenda Escolar como canal de comunicación con las

familias.

- A través del KONVOKO del centro se comunicará toda información relevante de

carácter general.

- Se enviarán a las familias boletines informativos y circulares, que serán elaborados

para informar sobre diferentes eventos.

Especificamos a continuación algunas de las acciones que se realizan a lo largo del

curso:

- A principio de curso se realiza una reunión general de padres para presentar el nuevo

curso escolar.

- Se convocará a padres/madres al menos 3 veces a lo largo del curso para la entrega de

las notas en cada una de las evaluaciones.

- El horario de visita de padres es el PRIMER y TERCER lunes de cada mes desde las

15:00 hasta las 17:00 horas.

Por último algunos puntos a tener en cuenta son los siguientes:

- No se atenderán visitas dentro del horario lectivo a excepción de que haya sido citado

por el tutor/a

- De no ser por causa de fuerza mayor no interrumpirán su docencia para atender otros

asuntos.

- Los cargos directivos disponen de un horario de atención a familias especificado en el

boletín de principio de curso y en el KONVOKO del centro.

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- El padre o la madre separado o divorciado que no ostente la guarda y custodia legal de

sus hijos tiene derecho a ser informado de la situación escolar de los mismos siempre

que no exista una limitación por resolución judicial.

- La visita de padres podrá ser modificada en función de la programación de las

evaluaciones u otras actividades. En este caso siempre se avisará con antelación.

8. NORMAS PARA EL CONTROL Y LA PREVENCIÓN DEL ABSENTISMO

ESCOLAR.

Se entiende por absentismo escolar la falta de asistencia continuada a la escuela de un/a

alumno/a en edad de escolarización obligatoria, ya sea por su propia voluntad, por causa

de la despreocupación o excesiva protección de sus padres, o bien por reiteradas

expulsiones de clase. No se considerará absentismo escolar las faltas de asistencia a

clase que mantengan un carácter aislado y excepcional, y que no interfieran de forma

sustancial en el ritmo formativo del/la alumno/a. Cuando estas faltas de asistencia

tengan lugar reiteradamente o se extiendan por periodos de tiempo prolongados, es

cuando el ritmo de aprendizaje del/la alumno/a se resentirá inevitablemente y

comenzarán a aparecer problemas de retraso escolar que, posteriormente, pueden

derivar en situaciones de abandono y fracaso escolar. Se puede hablar de absentismo

“justificado” cuando el/la alumno/a falta por razones reales de salud, cambios

significativos en la vida familiar, etc. En cambio se hablará de un absentismo

“injustificado”, cuando no existan razones suficientes que fundamenten la ausencia a

juicio del tutor/a.

Se establece la gravedad del absentismo, según el porcentaje de tiempo de inasistencia a

las clases y de acuerdo con los siguientes porcentajes:

a) Absentismo moderado o leve: inasistencia hasta un 15% de las sesiones de clase.

b) Absentismo grave: inasistencia entre el 15% y el 50% de las sesiones de clase.

c) Absentismo muy grave: inasistencia de más de un 50% de las sesiones de clase.

Teniendo en cuenta lo anterior, se debe entender como sesión de clase el tiempo

durante el cual se desarrolla una actividad lectiva en los centros educativos. Los tantos

por cientos indicados arriba se refieren al momento en el que se realice la comunicación

a la Inspección Educativa o al servicio municipal responsable del absentismo, y se

tomarán en su totalidad, con independencia de que sean áreas, materias, asignaturas,

módulos o ámbitos, y del tiempo de duración de la sesión. Un alumno o alumna tendrá

la consideración de absentista moderado cuando la inasistencia alcance el 5% de las

sesiones de clase.

El centro se plantea como objetivos:

- Controlar la asistencia del alumnado del centro.

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- Garantizar el derecho a la educación de los/as menores en edad de escolarización

obligatoria, previniendo el absentismo escolar.

- Reducir el absentismo escolar y garantizar la asistencia regular de los/las alumnos/as a

clase. - Prevenir posibles situaciones de abandono escolar.

- Sensibilizar y concienciar a los padres y madres de la importancia del derecho de

los/as menores a la educación.

- Lograr una pronta detección del absentismo escolar en el período de escolaridad

obligatoria con objeto de prevenir posibles situaciones de abandono y fracaso escolar.

- Comunicarse con las familias del alumnado que presenta más de un 15% de faltas

injustificadas durante el mes.

- Detectar problemáticas familiares, personales, sociales y educativas asociadas a la

conducta absentista que presenta el/ la alumno/a.

- Trabajar coordinadamente con los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Candelaria

en la prevención e intervención contra el absentismo escolar. Desde el ámbito

educativo, el protocolo a seguir será el siguiente:

- Los/as tutores/as harán el seguimiento del absentismo y los retrasos a través de la ficha

de seguimiento que se entrega el primer día de cada mes, detallando las ausencias a

clase de los/as alumnos/as y especificando si las faltas han sido justificadas o no. Los

casos en los que las faltas no sean debidamente justificadas, será el tutor/a quien valore

si el motivo de la justificación es válido o no, basándose en las explicaciones que las

familias puedan ofrecer.

- Durante este proceso, el director, la jefa de estudios y/o tutor/a, se pondrá en contacto

con la familia, comunicándole la situación de absentismo, conociendo cuáles son los

motivos de la ausencia y estableciendo un compromiso con la familia para que

erradique el absentismo. Si la familia no se pone en contacto con el centro educativo

tras haber sido requerida por el mismo, no justifica las ausencias del/la alumno/a, y por

tanto, no existe un compromiso para solventar la situación, se informará a las técnicas

del Programa de Prevención del Absentismo Escolar del Ayuntamiento de dicha

situación.

- Los/as tutores/as comunicarán a la Jefatura de Estudios cuando existan menores tanto

de Educación Infantil como Primaria, que presenten un elevado número de faltas

injustificadas (máximo 10 faltas) antes de terminar el mes. La Jefa de Estudios se

pondrá en contacto con las técnicas del Programa de Prevención del Absentismo Escolar

y estará siempre informada la trabajadora social del centro.

De forma sistemática:

1. La hora de entrada será a las 8:30, a partir de los primeros 5 minutos (8:35h.) deberán

justificar el retraso. La puerta de entrada al centro se cerrará a las 8:35

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2. A partir de esa hora los padres que lleguen tarde dejarán, si son de Primaria a sus

hijos/as en Secretaría para que vayan solos al aula. Si el alumno/a es de Infantil un

miembro del Equipo Directivo acompañará al mismo a su aula.

3. Estos padres deberán firmar y justificar el motivo del retraso en una planilla diseñada

al efecto en Secretaría. El tutor se encargará de registrar el retraso en el informe

mensual de retrasos.

4. Cuando este tipo de retraso sea reiterado (3 días) se pondrá en conocimiento de la

Jefatura de Estudios para informar por escrito a los padres y si es necesario concertar

una entrevista con los mismos. A partir del sexto retraso se dará parte a los Servicios

Sociales del Ayuntamiento. Igualmente se comunicará por escrito a los padres.

5. En el caso de los padres que hayan entrado antes de cerrar la puerta, pero se demoren

en la entrega de su hijo en el aula, será el tutor el encargado de registrar el retraso,

procediendo igual que en el punto anterior (3 retrasos: comunicación al Jefe/a de

Estudios. 6 retrasos: parte a los Servicios Sociales).

6. Cada tutor/a llevará diariamente el registro de asistencia y puntualidad del alumnado.

A través de Pincel Ekade y de la hoja de faltas que se reparte a comienzos de cada mes.

Exigirá la justificación de las faltas de asistencia. Se justificarán, por escrito y de forma

razonada al día siguiente de la falta, una vez que se incorpore el alumno/a. El

responsable del alumno/a es el encargado de justificar la falta del menor.

7. Cuando un tutor/a detecta que un alumno/a falta injustificadamente de forma

reiterada, llamará por teléfono a la familia para averiguar el motivo, sin esperar a que

finalice el mes.

8. El tutor/a deberá pasar las faltas de los alumnos/as antes del día 5 de cada mes en la

aplicación informática. Una vez pasadas entregará la lista de cada tutoría junto con el

informe mensual de retrasos a las coordinadoras de ciclo para que lo entreguen en

Jefatura de Estudios. Para poder informar a los padres de las faltas de puntualidad es

necesario que se entreguen dentro del plazo señalado. Se entiende que si no se entrega el

informe mensual de retrasos es porque no los hay.

9. El tutor/a de acuerdo con la Jefatura de Estudios, solicitará la presencia en el Centro

de los padres o tutores del alumno/a cuyas faltas injustificadas sean excesivas.

10. Desde la Jefatura de Estudios se enviará a la Concejalía de Servicios Sociales del

Ilustre Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria durante la primera quincena del

mes siguiente, una copia de la relación de alumnos/as que supere cuatro o más días de

faltas injustificadas y/o aquellos/as con faltas de puntualidad reiterada, acompañado de

un informe.

11. Cuando un tutor/a detecta una posible situación de riesgo del alumnado lo

comunicará al Equipo Directivo, para que éste a su vez informe a la Trabajadora Social

del EOEP de zona, quien asiste al centro una vez por semana.

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PROTOCOLO DE ABSENTISMO

De acuerdo al DECRETO 174/2018, de 3 de diciembre, de aprobación del Reglamento por el que se regula la

prevención, la intervención, y el seguimiento del absentismo escolar y del abandono escolar temprano en el ámbito

de la Comunidad Autónoma de Canarias. El Centro Don Benito establece el siguiente protocolo de absentismo:

FALTAS INJUSTIFICADAS

JEFATURA DE ESTUDIOS TRABAJADORA

SOCIAL

PROFESORADO

TUTOR

A través de Pincel Ekade, envío de

correo electrónico diario a las familias

para informar de la falta diaria del

alumno/a.

Analizar el parte de faltas

mensual.

Con 4 o más faltas

injustificadas contacta

con las familias

telefónicamente.

Pasar lista a

diario.

Analizar el parte de faltas mensual.

Remisión del parte a la trabajadora

Citación a la familia para

entrevistarla en el centro

Entregar a mes

vencido, el parte

de faltas en

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social Jefatura

Contactar con las familias y comunicar

las faltas injustificadas (4 faltas

injustificadas) La familia deberá

rellenar documento en el centro

(anexo I)

Comunicación a jefatura.

Levanta acta de la

entrevista con la familia

Entrevista con el

alumno y familia

Envío del parte mensual de faltas a la

Dirección de Familia e Infancia

Informe de seguimiento

del caso y coordinación

con otros servicios

Informe socioeducativo

si hubiese indicadores de

riesgo

RETRASOS Y SALIDAS ANTICIPADAS

Las familias rellenarán el impreso en la administración. Los retrasos y salidas

anticipadas deberán estar justificados. En el caso de 3 retrasos o salidas anticipadas sin

justificar se precederá al protocolo establecido.

TIPIFICACIÓN FALTAS, RETRASOS Y SALIDAS ANTICIPADAS

FALTAS INJUSTIFICADAS 4 MENSUALES

RETRASOS INJUSTIFICADOS 3 MENSUALES

SALIDAS ANTICIPADAS INJUSTIFICADAS 3 MENSUALES

JUSTIFICACIÓN RETRASOS

Nombre del alumno/a:________________________________________curso:_______

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Motivo del retraso: (marcar con una X la que corresponda)

Nombre del padre/madre/tutor/a legal:______________________________________

D.N.I. __________________

Firmado

Las Palmas de Gran Canaria a ____ de__________ de 20__

JUSTIFICACIÓN DE SALIDAS ANTICIPADAS

Nombre del alumno/a:________________________________________curso:_______

Motivo del retraso: (marcar con una X la que corresponda)

Indisposición, enfermedad, accidente u hospitalización del alumnado.

Imposibilidad de desplazamiento al centro de progenitores o tutores

legales, por enfermedad, accidente u hospitalización.

Imposibilidad de desplazamiento al centro por causas ajenas a los

progenitores o tutores legales (fenómenos meteorológicos adversos,

huelgas…)

Fallecimiento de un familiar

Asistencia a reuniones autorizadas (psicólogos, médicos…)

Asistencia a pruebas o entrevistas laborales

OTROS (especificar para poder justificar)

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Nombre del padre/madre/tutor/a legal o responsable__________________________

_______________________________________________D.N.I. __________________

Firmado

Las Palmas de Gran Canaria a ____ de__________ de 20__

ANEXO I

JUSTIFICACIÓN FALTAS DE ASISTENCIA DEL ALUMNADO

INFORMACIÓN A LA FAMILIA DEL ALUMNO/A:_________________________________

Indisposición, enfermedad, accidente u hospitalización del alumnado.

Imposibilidad de desplazamiento al centro de progenitores o tutores

legales, por enfermedad, accidente u hospitalización.

Imposibilidad de desplazamiento al centro por causas ajenas a los

progenitores o tutores legales (fenómenos meteorológicos adversos,

huelgas…)

Fallecimiento de un familiar

Asistencia a reuniones autorizadas, consultas (psicólogos, médicos…)

Asistencia a pruebas o entrevistas laborales

OTROS(especificar para poder justificar)

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_______________________________________________________________________

Las faltas de asistencia del alumnado inciden fundamentalmente en dos aspectos:

1) En su rendimiento escolar que depende en buena medida de su asistencia.

2) En su proceso de evaluación continua que requiere su asistencia regular a las

clases y a las actividades programadas.

Por todo ello le recordamos que su hijo/a el /los día/s__________________________

______________________________________________________.Lo cual deberá

justificar debidamente a su tutor/a y, en caso contrario, nos veremos en la obligación

de cumplir con lo que dispone la normativa en vigor relacionada con estas

circunstancias como es la Orden de 9 de octubre de 2013 que regula la prevención, la

intervención y el seguimiento del absentismo escolar y el Art.19 de la Ley del Menor,

pasando notificación a los Servicios Sociales correspondientes.

En Las Palmas de Gran Canaria a ________de________________de 20___

VºBº El/ La tutor/a

La jefa de estudios

D/Dña._________________________________________________________________

Padre/madre/tutor legal del alumno/a:_______________________________________

Comunica que no asistió a clase por el siguiente motivo__________________________

_______________________________________________________________________

_______________________________________________________________________

Justificante que adjunta:___________________________________________________

Fecha:_____________________

Firma del padre/madre/tutor legal

9. AUSENCIAS DEL PROFESORADO. ATENCIÓN AL ALUMNADO EN

CASO DE AUSENCIA.

Cuando, por circunstancias diversas, un maestro/a no pueda acudir a su puesto de

trabajo o vaya a llegar con retraso o deba anticipar su salida; se pondrá en marcha el

Plan de Cobertura de Bajas. Este plan de sustituciones tiene como objetivo principal

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optimizar la labor docente en caso de ausencias del profesorado, de modo que el

alumnado se vea afectado lo mínimo posible y se garantice que no se interrumpa su

formación. De esta manera se pretende que los maestro/as que estén en el centro

desarrollando tareas fuera del aula ordinaria, puedan atender esta demanda. Como

medida previa, cada uno de los maestro/as/as que conforman el claustro del Centro tiene

en su tutoría o en la Jefatura de Estudios (en el caso de especialistas) una batería de

actividades planteadas para una semana con las que el alumnado pueda trabajar de

forma autónoma, ya fotocopiadas y preparadas para su distribución al alumnado, así

como la Programación, las listas de transporte, comedor y otros aspectos que hay que

conocer para el normal desarrollo y la organización del grupo de alumnos.

Todo ello servirá al maestro/a que sustituya para conocer las características

organizativas del grupo. Por acuerdo de la CCP para ausencias de corta duración, el

profesorado especialista dejará un trabajo de fichas (para 5 días) con las que el

alumnado pueda trabajar de forma autónoma. En el caso de bajas de larga duración y

que no sean cubiertas por la Consejería el trabajo de fichas irá orientado a las áreas

instrumentales. Cada ciclo se encargará de hacer una selección de fichas. Los profesores

que sustituyan en alguna de las tutorías de la etapa de Primaria, irán dejando constancia

del trabajo realizado en cada una de las sesiones del día con la intención de informar al

tutor/a, y/o consecutivos compañeros/as, de las actividades desarrolladas por el

alumnado durante su ausencia.

El Protocolo de actuación en caso de ausencia de un maestro/a es el siguiente:

En caso de ausencia imprevista:

El maestro/a que falte de manera imprevista (se entiende que el motivo de su ausencia

se origina en horario no laboral), lo comunicará al Jefe de Estudios lo antes posible para

organizar la sustitución. Este lo hará llegar al coordinador del ciclo al que esté adscrito

el maestro/a que falta. La jefatura de Estudios también comunicará a primera hora de la

mañana las horas y los grupos a los que tendrá que sustituir cada maestro/a/a, siguiendo

las pautas del horario al efecto. En caso de que el maestro/a que falte, tenga recreo, la

jefa de estudios habrá establecido un plan de sustituciones en caso de ausencia en este

periodo del día.

En el caso de las horas lectivas, los maestro/as que acudan a la sustitución deberán

proseguir con la programación que el maestro/a lleva (y que deberá estar en la carpeta al

efecto en la mesa) o, si es un especialista, repartir el trabajo programado para ausencias

del profesorado.

La jefatura de Estudios supervisará durante toda la jornada escolar que las sesiones se

están desarrollando con la mayor normalidad posible, así como que los maestro/as que

tengan que sustituir lo hagan correctamente. También se encargará de contemplar

debidamente la ausencia del maestro/a en el registro de absentismo del profesorado.

Una vez que se incorpore el maestro/a (el mismo día de la incorporación) deberá

solicitar en la jefatura de estudios el impreso para la notificación y justificación de su

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ausencia, la cual será cumplimentada por el interesado, firmada por el director y

entregada a la jefatura de estudios en el mismo día para su archivo.

En caso de ausencia prevista:

Las características en este caso son las mismas que en el caso anterior, si bien es cierto

que la notificación previa de la ausencia hace posible la organización de todo el proceso

desde el día antes al que se produzca. El maestro/a solicitará el permiso debidamente

según impreso al efecto, el cual será concedido o no por la dirección del centro. Una vez

concedido se activa el protocolo para la organización del grupo o grupos sobre los que

incide ese maestro/a. Solo en el caso en el que no haya suficientes maestro/as para

cubrir una sustitución (p.e. porque hay varios maestro/as del mismo ciclo que no hayan

asistido ese día), se repartirá al alumnado por el resto de aulas de su mismo ciclo. Es la

jefa de estudios la encargada de tal reparto, siguiendo las listas al efecto planteadas por

el tutor y expuestas en clase. Igualmente se les repartirá el trabajo preparado para los

casos de ausencia del maestro/a, incorporándose los alumnos al grupo-clase que le

corresponda y desarrollando la jornada escolar con la mayor normalidad posible.

En caso de ausencia de profesorado se pondrá en práctica el Plan de Coberturas de

Bajas atendiendo al siguiente orden:

- Profesor en horario de apoyo.

- Coordinaciones.

- Profesor de valores.

- Profesor en acción tutorial.

- Equipo directivo.

- Reparto de alumnado

Observaciones:

- Cuando haya más de una persona realizando la misma función (p.e. apoyo) se irá

rotando para que no sea el mismo maestro/a el que vaya a sustituir.

- En casos puntuales, cuando debido a las bajas sean necesarias utilizar más de una

acción tutorial del maestro/a, será el equipo directivo el que se encargue de cubrir esa

baja.

- El maestro/a que sustituye deberá firmar en la planilla de la hoja de sustituciones.

- La disponibilidad horaria del centro será expuesta en la Jefatura de Estudios. El orden

para sustituir las bajas se revisará y/o modificará al inicio de cada curso escolar.

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10. ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y

EXTRAESCOLARES.

Se considerarán complementarias, aquellas actividades lectivas desarrolladas por los

centros, coherentes con el Proyecto Educativo de Centro y que forman parte de la

programación docente. Las actividades complementarias serán evaluables y obligatorias

para el alumnado. Tienen un carácter diferenciado, bien por el momento o el lugar en

que se realizan, bien por los recursos o la implicación del Centro. En caso de que la

actividad complementaria exija la salida del alumnado del centro se requerirá con

carácter previo autorización de los padres o tutores. Se considerarán actividades

extraescolares aquellas actividades desarrolladas por los centros, coherentes con el

Proyecto Educativo de Centro, encaminadas a procurar la formación integral del

alumnado en aspectos referidos a la ampliación de su horizonte cultural, la preparación

para su inserción en la sociedad y el uso del tiempo libre. Las actividades extraescolares

tendrán carácter voluntario para el alumnado del centro y, en ningún caso, formarán

parte de su proceso de evaluación. Las actividades complementarias y extraescolares

pueden ser propuestas al Consejo Escolar para su aprobación por cualquier miembro de

la comunidad educativa: profesorado; asociaciones de padres y madres; padres, madres

y tutores; alumnado; asociaciones del alumnado; personal de administración y servicios;

corporaciones locales; administraciones; instituciones; empresas; organizaciones; etc.

Generalmente, se planifican por trimestres y se aprueban dentro de la Programación

General Anual en las primeras sesiones de Consejo Escolar.

Se tendrán en cuenta las siguientes indicaciones:

- Que la actividad no implique peligro para el alumnado o genere incertidumbre o

alarma para el alumnado, padres o profesorado, pudiendo ser ésta sustituida que cumpla

los objetivos pedagógicos que se pretendían.

- Que la actividad no contradiga los objetivos o finalidades expuestas en nuestro

Proyecto Educativo de Centro y/o pueda propiciar, entre otros, comportamientos

sexistas, xenófobos, violentos, consumistas, poco saludables, que no respete el entorno,

etc. etc.

- Que el coste económico de la actividad sea muy elevado, pudiendo ser ésta sustituida

por otra más barata y que cumpla los objetivos pedagógicos que se pretendían.

- Que la realización de la actividad pueda afectar, de forma considerable, el normal

desarrollo del Centro.

- Debe haber una coherencia en el programa de actividades complementarias del Centro.

Los criterios de selección serían los siguientes:

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- Realizar actividades dirigidas a desarrollar la capacidad de comunicación, para

comprender y expresar sus experiencias.

- Comunicarse a través de los diversos medios de expresión y desarrollar la sensibilidad

estética, la creatividad y la capacidad para disfrutar de las obras y manifestaciones

artísticas.

- Autonomía en las actividades tanto dentro como fuera del aula, propiciando la

posibilidad de tomar iniciativas y de establecer relaciones afectivas.

- Apreciar los valores básicos que rigen la vida y la convivencia humana.

- Comprender y establecer relaciones entre hechos y fenómenos del entorno natural y

social, y contribuir activamente, en lo posible, a la defensa, conservación y mejora del

Medio Ambiente.

- Conocer el patrimonio cultural de nuestra región, participar en su conservación y

mejora y respetar la diversidad lingüística y cultural.

- Aprender a desenvolverse fuera de su ambiente familiar.

PROTOCOLO PARA LA ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES

COMPLEMENTARIAS

1.- Normas generales.

- El profesorado responsable, tendrá que informar de la realización de la misma a

aquellos profesores que vayan a tener clase con ése o esos grupos. Asimismo, se

informará al Jefe de Estudios para establecer el plan de sustituciones de esa jornada con

una antelación de 5 días.

- Como norma general, en toda actividad deberá participar un mínimo de dos

profesores. La Dirección del Centro podrá autorizar salidas con un solo profesor

cuando, siendo el grupo reducido, la actividad no se considere de riesgo y/o actúen

monitores o personal externos.

- La ratio que se establece para las salidas es de 15 alumnos por cada profesor/a en

Primaria y de 10 alumnos en Educación Infantil.

- Los profesores responsables de la salida tendrán conocimiento de los datos médicos de

los alumnos/as implicados en la misma. Para ello, deberán consultar las fichas

personales que estarán a su disposición en Secretaría.

- Para aquellos alumnos/as que requieran atención médica especial, el profesorado

deberá llevar un duplicado del informe o certificado médico actualizado.

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- Cuando la actividad no ocupe toda la jornada escolar, el alumnado estará obligado a

asistir tanto a las clases previas, como a las posteriores.

- Cuando la actividad no afecte a todo el grupo (o algún alumno tenga una sanción), los

que no participen en ella tendrán la obligación de asistir a clase.

- El profesor/a debe asegurarse, antes de la realización de una actividad fuera del

Centro, sobre las posibilidades de poder comunicarse con el Centro o con la empresa de

transportes en caso de necesidad.

- Si el profesorado lo considera oportuno se llevará un botiquín de emergencias.

- Un alumno/a se puede quedar sin salidas complementarias por la reiteración de faltas

leves o por tener un parte de incidencia. Esta decisión debe ser tomada con acuerdo del

equipo educativo de la tutoría a la que pertenezca el alumno/a e informar previamente a

los padres de la medida adoptada.

- La Dirección Territorial de Educación debe ser informada mediante fax de la

realización de cualquier actividad que implique pernoctar, con una antelación mínima

de quince días.

- Para cualquier salida fuera de la isla habrá de adjuntarse fotocopia de la tarjeta de la

Seguridad Social del alumno o alumna, así como del permiso para viajar del menor de

edad, expedido por la Policía Nacional o Guardia Civil.

2.- Procedimiento de preparación, información y desarrollo de la actividad El

profesor/a responsable de organizar una salida extraescolar/complementaria deberá

seguir el siguiente protocolo:

- Elegir la fecha considerando que sería conveniente no realizarlas en las 2 semanas

previas a las evaluaciones y el resto de las salvedades recogidas en este protocolo.

- Repartir la circular informativa entre el alumnado. El profesorado responsable, tendrá

que informar a la familia mediante el modelo de circular que deberá ser devuelta con la

firma del padre/madre o tutor (FICHA I).

- Recoger la autorización familiar cumplimentada en el modelo establecido y archivar

en la carpeta de la Tutoría antes de la realización de la misma.

- Cumplimentar y entregar en jefatura la ficha de la actividad y la relación nominal del

alumnado participante y acompañantes con 48 h. de antelación a la fecha prevista para

la realización de la misma.

- Entregar en Secretaria el importe de la actividad (si lo hubiese) junto con una lista de

los alumnos que han pagado 48 horas antes de la realización de la misma. La

recaudación del dinero para las actividades la realizará el organizador de las mismas.

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- El profesorado dejará siempre alguna actividad programada para aquellos grupos de

alumnos que no van a recibir clase el día de la actividad por ausencia del profesorado y

para el alumnado que no ha sido autorizado para asistir a la actividad.

- La contratación del transporte se hará en función del número de alumnos que hayan

abonado el importe de la actividad. Por ello, en el caso de incumplimiento en tiempo y

forma de los apartados anteriores, se puede anular la actividad prevista.

3.-Actuación en caso de incidentes o accidentes. Todo accidente o incidente importante

(retrasos en la hora de llegada, cambio de itinerario,...) será comunicado

telefónicamente a un cargo directivo. En caso de accidente que plantee dudas sobre la

necesidad de asistencia médica inmediata, se llamará al 112 y a los padres. Bajo ningún

concepto se suministrarán medicamentos al alumnado sin antes haber contactado con el

Centro y los padres.

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FICHA I CIRCULAR INFORMATIVA A LOS PADRES O REPRESENTANTES

LEGALES DEL ALUMNADO Por medio de la presente Circular le informo de la

actividad referenciada.

Nombre de la actividad:

………………………………………...……………………………….………....…

Lugar:

…………………………………………………..………………………………………

…….....……..…..… Fecha y horario:

…………………………………………………..………………………………………

……… Programa de la actividad:

………………………………………...……....………………………………… Lugar

de encuentro y llegada: …………… Hora aproximada: …………… Teléfono de

urgencia o contacto con el profesor: 928252251. Recomendaciones de comida, ropa y

útiles: ………………………………………...……………….. Precio del transporte:

………………………………………...

Esta circular debe ser devuelta antes del día

………………………………………...... después de esa fecha no se recogerán más

autorizaciones. Gracias y un cordial saludo.

-------------------------------------------(cortar y devolver)----------------------------------------

---

AUTORIZACIÓN PATERNA O MATERNA O DEL REPRESENTANTE LEGAL

DEL ALUMNO/A

Alumno/a...........................................................................curso

escolar................................................

Padre/madre o representante

legal...................................................................................................

Dirección.......................................................teléfono de contacto

familiar......................................

Autorizo a que mi hijo/a realice la actividad:….........................................……

……………………………………………………………………………………………

…........................................ Circunstancias de interés especial (enfermedades, dieta,

contraindicaciones medicinales, etc.) .........................................................acompañado

de informe o certificado médico del alumno en caso de que necesite una atención

especial). Firmado

D.N.I. Nº .......................

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FICHA II FICHA A CUMPLIMENTAR POR EL PROFESORADO O

ACOMPAÑENTES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES

EXTRAESCOLARES Y/O COMPLEMENTARIAS

El equipo coordinador de la actividad (profesor tutor, coordinador de ciclo, etc.) deberá

entregar la ficha de la actividad en la Jefatura de Estudios del centro dos días antes de la

realización de la misma.

Denominación de la actividad:

………………………………………........………………………….

Objetivo de la actividad:

……………………………………………………..…

Lugar de celebración:…………………………..…………….....…………...

Conocimiento del lugar, características o itinerarios:....................................................

Alumnos implicados : Nº ….. ( se adjunta relación de alumnos)

Profesores y acompañantes con asignación de grupos y ratios:………......................

( se adjunta asignación de grupos al profesorado y acompañantes)

Horario: ……………………………………………………

Relación de alumnos con circunstancias especiales (según datos médicos facilitados

por la familia y debidamente actualizados)

….........................................................................................................................................

......................................................................................................................................

Transportes: …………………………………

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FICHA III FICHA DE EVALUACIÓN DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS

Y EXTRAESCOLARES DATOS SOBRE LA ACTIVIDAD

Salida/Visita:

Fecha: Horario: Profesorado Responsable: Cursos Implicados: Número De Alumnos/as:

Transporte: RESUMEN Y VALORACIÓN DE LA ACTIVIDAD

Consecución del objetivo: 1 2 3 4

Adecuación al nivel: 1 2 3 4

Adecuación de las explicaciones, si las hubo: 1 2 3 4

Adecuación de los materiales, si los aportaron: 1 2 3 4

¿Es una actividad aconsejable para este Ciclo?______ ¿Y para otro?______

¿Cuál?___________

Comentarios:____________________________________________________________

______________________________________________________________________

Incidentes:______________________________________________________________

___________________

______________________________________________________________________

___________________

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11. ASISTENCIA AL ALUMNADO ACCIDENTADO. Se solicitará a cada uno de

los padres o madres titulares de la Seguridad Social o de otra entidad aseguradora en la

que esté inscrito el alumno/a, fotocopia de la misma y que estará a disposición del

profesorado en la Secretaría del Centro (Expedientes). No está permitido suministrar

medicamentos a los alumnos/as por parte del personal del centro. En el caso de que un

alumno necesite tomarse algún medicamento (aerosoles, insulina, jarabe,...) lo hará

siempre y cuando la familia haya entregado al centro el informe médico. En caso de

accidente o percance leve, indisposición, etc. de un alumno/a; éste será atendido en

primera instancia en el Centro,

En este caso, cuando se trate de una indisposición leve, se puede mandar al alumno/a

acompañado de un compañero/a. Secretaría para que la Administrativa se encargue de

llamar a los padres para que vengan a buscarlo.

En caso de accidente más importante en el Centro de un alumno/a, se pondrá en

conocimiento de la familia para que sea ésta la que se ocupe del accidentado. El docente

que se encuentre en ese momento en clase con el alumno/a deberá ponerlo en

conocimiento del tutor/a. Si el accidentado requiere traslado a un centro sanitario se

dará cuenta de forma inmediata a la familia, a fin de que se personen en el colegio o se

dirija directamente al centro sanitario. El traslado se hará por el medio que se considere

más adecuado, ambulancia o transporte público, en ningún caso en coches privados. En

el supuesto de que un familiar no pudiera hacerse cargo del accidentado o indispuesto,

le acompañará el maestro/a que en ese momento esté en clase con él salvo que el

profesor/tutor esté libre de clase con alumnos en ese momento, comunicándolo la Jefa

de Estudios y/o Director, quien establecerá siguiendo el plan de sustituciones del centro

la forma en la que serán atendidos el resto del alumnado. Si el accidente se produce en

el recreo, será el tutor/a quien lo acompañe. Si por causa del accidente el maestro/a

considera que el alumno/a no puede moverse, avisará para llamar a los servicios de

urgencia. El docente deberá llevar la fotocopia de la cartilla del seguro y se identificará

como maestro/a. En caso de accidente de un alumno/a no beneficiario de la Seguridad

Social, o de otras entidades aseguradoras, se acudirá para su asistencia a cualquier

institución sanitaria, abonando la factura los padres, madres o tutores del accidentado, o

el Centro. La factura se remitirá con un oficio a la Secretaría General Técnica de la

Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad, para que proceda a la

tramitación de su abono a quien haya sufragado tales gastos. ¿Qué se hace con los

alumnos que no tienen fotocopia de la cartilla? A principio de curso cada tutor deberá

revisar los expedientes de sus alumnos. En el caso de que le falte la fotocopia de la

cartilla de la Seguridad Social o de la entidad aseguradora de la que es beneficiario,

deberá comunicárselo a la familia para que lo entregue en la Secretaría del centro en la

mayor brevedad posible.

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NORMATIVA SOBRE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL:

1. El procedimiento de responsabilidad patrimonial de la Administración Educativa

podrá iniciarse de oficio o a solicitud de la persona interesada, en los casos en que haya

acaecido un accidente del alumno/a en el transcurso de actividades escolares,

extraescolares o complementarias, y del cual se deriven daños.

2. Los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por la Administración Educativa

de toda lesión que sufra el/la alumno/a en el transcurso de actividades escolares,

extraescolares o complementarias, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que sean

consecuencia del funcionamiento normal o anormal del servicio público educativo. En

todo caso el daño producido habrá de ser efectivo, evaluable económicamente e

individualizado con relación a una persona o grupo de personas.

3. Después de ocurrir un accidente escolar y siempre que se haya producido un

resultado lesivo para el alumno o alumna, el tutor/a, el maestro/a de guardia o la

dirección del centro educativo informará al padre, madre o representante legal del

alumno o alumna del derecho que le asiste a poder presentar una reclamación de los

daños y perjuicios causados, junto a las instrucciones donde se relaciona la

documentación a aportar por el interesado al objeto del que el mismo pueda presentar la

oportuna reclamación, según el modelo que se aporta como ficha I.

4. En el plazo máximo de 10 días hábiles el centro educativo tendrá que comunicar a la

Dirección General de Centros el accidente acaecido según el modelo que se acompaña

como fichas II y III. Dicha comunicación se efectuará por fax y posteriormente se

remitirá el original.

5. Cumplimentada por el padre, madre, representante legal del alumno/a la solicitud de

reclamación de daños y perjuicios y entregada en el centro educativo, la Dirección del

centro remitirá en el plazo de tres días hábiles a la Dirección General de Centros la

misma junto al resto de los documentos aportados, con registro de entrada y sello del

centro docente. La Dirección General de Centros acordará si procede la iniciación del

procedimiento. En el caso de que dicha reclamación sea remitida a la Dirección

Territorial de Educación la misma deberá remitirla a la Dirección General de Centros en

el plazo de 5 días hábiles.

6. En la Dirección General de Centros se comprobará que la solicitud está debidamente

cumplimentada y que se aporta por la persona interesada la documentación necesaria

para la tramitación de dicho procedimiento. Si la solicitud de reclamación no reuniera

los requisitos necesarios, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días

hábiles subsane la falta o acompañe la documentación preceptiva, con indicación de que

si así no lo hiciera se le entenderá por desistido en su reclamación, previa Resolución

del expediente, que deberá ser dictada en los términos previstos en el artº. 42 de la Ley

30/1992, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

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7. Una vez cumplimentada la documentación e iniciado el procedimiento se recabará

informe a la Inspección Educativa de los hechos alegados por los interesados.

Posteriormente se dará un plazo de 15 días hábiles al efecto de solicitar la audiencia de

todos los interesados y será oída a petición del interesado la representación sindical de

la Junta de Personal, si la misma procede en el procedimiento.

8. Con todos los antecedentes del expediente, la Dirección General de Centros enviará

propuesta sobre el accidente en el transcurso de las actividades escolares, extraescolares

y/o complementarias. Posteriormente se remitirá el expediente al órgano competente, al

Consejero de Educación, Cultura y Deportes, que continuará todos los trámites del

mismo, atendiendo a lo estipulado en el Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, hasta

su resolución.

9. Iniciado el procedimiento general cuando sean inequívocos la relación de causalidad

entre el funcionamiento del Servicio Público y la lesión producida, así como la

valoración del daño y el cálculo de la cuantía de la indemnización, la Dirección General

de Centros podrá acordar la sustanciación de un procedimiento abreviado.

10. El derecho a reclamar prescribe al año de haberse producido el hecho que motive la

indemnización o el hecho lesivo. En caso de producirse daños de carácter físico o

psíquico el plazo empezará a computarse desde la curación o la determinación del

alcance de las secuelas.

11. La resolución administrativa de los procedimientos de responsabilidad patrimonial

pone fin a la vía administrativa. Si no recae resolución expresa la reclamación se

entenderá desestimada.

12. La Dirección General Centros designará a un funcionario que se ocupará de resolver

todas las dudas y preguntas que se susciten sobre el procedimiento de responsabilidad

patrimonial de la Administración en coordinación con el Servicio de Régimen Jurídico

de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. Dicho funcionario informará en todo

momento sobre el procedimiento a seguir por los interesados sobre la responsabilidad

patrimonial, según ficha I y II. Cuando se derive responsabilidad del profesorado se

estará a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por

la Ley 4/1999, de 13 de enero, informando de este hecho a la Junta de Personal.

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FICHA I

RECLAMACIÓN POR RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN

EDUCATIVA

D./Dña. ............................................................., mayor de edad, con D.N.I. nº

............................ y domicilio a efectos de notificaciones en la calle

............................................................., con teléfono ……………………,

municipio......................., provincia ........................................................

EXPONE: que siendo padre, madre, representante legal del

alumno/a..............................................................................................................................

........................................, matriculado en el centro docente C.E.I.P. DON BENITO de

la provincia de Las Palmas y en cumplimiento de la Orden de 6 de Febrero de 2001

publicada en el Boletín Oficial de Canarias Nº: 023 (19/02/01)

En base a los hechos ocurridos.

.....................................................................................................................................

.............................................................................................................................................

...................................................................................que quedan acreditados con los

documentos

SOLICITO: Que se dicte Orden concediendo el abono de los correspondientes a la

indemnización derivada de los hechos relacionados.

Fecha y firma:

EXCMO. SR. CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES.

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FICHA II

PROCEDIMIENTO POR EL CUAL SE ESTABLECEN LOS PASOS A SEGUIR,

POR LOS PADRES, MADRES O TERCERAS PERSONAS, EN CASOS DE

ACCIDENTES DEL ALUMNADO, O LESIONES DE SUS BIENES Y DERECHOS

1.- Comunicación a las familias sobre el procedimiento a seguir.

En cumplimiento con la normativa vigente, y específicamente con la Orden

.............................................................., en caso de ACCIDENTE/S DE LOS

ALUMNO/S O LESIONES DE SUS BIENES Y DERECHOS (bien sea en su

integridad física o en los bienes materiales de su propiedad), relacionados con el

normal desarrollo de actividades educativas, tanto los padres o tutores legales del

alumno/a accidentado/a, como las terceras personas perjudicadas, puedan ejercer, si

quieren, reclamación por la vía administrativa, para obtener legalmente y

constitucionalmente la posible indemnización prevista.

El procedimiento a seguir consiste en PRESENTAR, ante el Sr./a Director/a General de

Centros de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes un escrito de reclamación

por parte del interesado/a, de los padres o tutores legales del alumno/a afectado/a,

dirigido al Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de

Canarias.

Se podrá adjuntar a este escrito cualquier documentación acreditativa de su derecho y

estimación detallada del perjuicio ocasionado.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR.

- Fotocopia del Libro de Familia o documento acreditativo de representación del menor.

- Certificado médico, donde especifica las lesiones sufridas.

- Justificación y evaluación de los gastos originados en el accidente.

- Cualquier otra documentación que se considere pertinente.

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FICHA III-A

INFORME DE LOS HECHOS DERIVADOS DEL ACCIDENTE ESCOLAR DEL

DIRECTOR DEL CENTRO EDUCATIVO A LA DIRECCIÓN TERRITORIAL

D............................................................, director/a del centro educativo C.E.I.P. DON

BENIRO sito en...................................................................., municipio de Las Palmas de

Gran Canaria , provincia Las Palmas y teléfono 928252251 en relación con el accidente

con resultado

de............................................……………………………………………………………

………………………….....................................................................................................

.......... (se debe especificar el daño producido) en el que resultaron afectadas las

siguientes personas

…………………………………………………………………………………………….

...........................................................el día......................................, a la hora

........................, en el lugar del centro

escolar.................................................................................. Informa: (se debe hacer una

descripción del hecho, circunstancias y pruebas, se deberán especificar hechos,

circunstancias y documentación acreditativa). Sello del Centro

Fdo. Director/a

FICHA III-B

INFORME DEL DIRECTOR SOBRE DAÑOS PRODUCIDOS EN BIENES O

DERECHOS A LA DIRECCIÓN GENERAL DE CENTROS

D./Dña......................................................., Director/a del centro educativo CEIP DON

BENITO sito en la calle Sor Simona 1, municipio de Las Palmas de Gran Canaria,

provincia Las Palmas y con teléfono 928252251.

Informa: Relación puntual de los bienes y/o derechos afectados. Primero.-

................................................................................................................

Situación generada: Primero.-

.............................................................................................................................................

.......................................................................................................................................

En Las Palmas de Gran Canaria, a........ de ..................... de ...............

Director del centro Sello del centro

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12. ORGANIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES PREVISTAS PARA LA

RELACIÓN DEL CENTRO CON LAS INSTITUCIONES DEL ENTORNO.

El CEIP Don Benito colabora estrechamente con el Ayuntamiento, participando de toda

la oferta que desde esta entidad nos llega. Especialmente con la Concejería de

Educación, pero también con otros departamentos que se relacionan con desarrollo

social, juventud, medioambiente,… La oferta cultural y de ocio en el municipio es

amplia y variada. Desde el Centro propiciamos el conocimiento de esta oferta entre

nuestros alumnos y alumnas, para que se integren en algunas de las actividades

propuestas. Pasamos a relacionar algunas de las actividades a desarrollar, todas ellas

incluidas en el plan de actividades complementarias.

- Colaboración y participación activa en el Proyecto Conciliando.

- Colaboración con la Concejalía de Deportes y distintos clubes deportivos difundiendo

todas las actividades que se proponen. También se realizan distintas exhibiciones en el

Centro de las escuelas deportivas municipales, con la participación de alumnos del

centro, que sirven de campaña para animar a los alumnos/as a que se apunten a las

mismas.

El centro como recinto, alberga por las tardes, además de las actividades programadas

por las AMPA del colegio.

A nivel formativo la colaboración con el C.E.P. se desarrollará a partir de la

participación en alguna formación de ponentes sobre un tema de interés para los

docentes.

-Participación con el Plan Director de la Policía Nacional: ofrecen charlas para el

alumnado sobre temas de actualidad e interés para los mismos.

- Participación con el Proyecto del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria de

Hábitos Saludables.

13. PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS.

Mantenimiento: el personal de mantenimiento en horario lectivo tiene las siguientes

funciones:

- Cuidar de que la limpieza de los recintos se realice diariamente.

- Custodiar los útiles necesarios para el cuidado de jardines y demás dependencias.

- Colaborar en la conservación, mantenimiento del centro

El horario será de 8:30 a 16:00.

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Personal de limpieza: La limpieza del colegio la realiza una empresa contratada por el

Ayuntamiento. Son cinco limpiadoras con el siguiente horario: - De 14:00 a 16:00.

Administrativa:

El centro cuenta con una auxiliar administrativa. Acude al centro de lunes a viernes en

horario de 8:00 a 15:30 horas. Sus funciones generales, con dependencia de la

Secretaria y de los miembros del Equipo Directivo son:

- Dar entrada y salida de la correspondencia.

- Atender al público, entregando y recogiendo documentación.

- Cursar certificaciones, altas, bajas, oficios, solicitudes de libros de escolaridad,...

- Ayuntamiento, A.M.P.A.

- Atender al teléfono... y cuantas funciones se establezcan con la secretaria del cetro.

14. PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN Y REVISIÓN DE LAS NOF.

En el Decreto 81/2010 de 8 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de

los centros públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC

143 22/07/10) se regulan las Competencias del Consejo Escolar y en el artículo 15,

apartado b), Aprobar y evaluar el proyecto educativo, el proyecto de gestión y las

normas de organización y funcionamiento del centro, sin perjuicio de las competencias

que el Claustro del profesorado tiene atribuidas respecto a la concreción del currículo y

a todos los aspectos educativos. Las presentes Normas serán sometidas a revisión y

actualización, si procede, durante las reuniones ordinarias o extraordinarias del Consejo

Escolar del centro.

El Claustro, el equipo directivo, equipo de convivencia, así como las Asociaciones de

Padres y Madres de Alumnos y las Asociaciones de Alumnos, pueden elaborar

NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO (NOF) propuestas de

modificación o ampliación de las mismas. También, el personal de administración y

servicios pueden elaborar propuestas dentro de su ámbito de competencias. Las

propuestas de modificación o ampliación, elaboradas por los distintos estamentos, serán

presentadas en la Secretaría del centro. El Consejo Escolar será el competente para

aprobar o no las propuestas realizadas. En todo caso, deberá modificarse las normas de

organización y funcionamiento cada vez que, como consecuencia de los cambios

normativos, deba adecuarse su texto a la legislación en vigor. En nuestro caso, la

necesidad parte de la actualización de este documento y adecuación a los siguientes

Decretos: a) Decreto 106/2009, de 28 de julio, por el que se regula la función directiva

en los centros docentes públicos no universitarios dependientes de la Comunidad

Autónoma de Canarias (BOC 55 11/08/09) b) 81/2010 de 8 de julio, por el que se

aprueba el Reglamento Orgánico de los centros públicos no universitarios de la

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Comunidad Autónoma de Canarias (BOC 143 22/07/10) c) Decreto 114/2011, de 11 de

mayo, por el que se regula la convivencia en el ámbito educativo de la Comunidad

Autónoma de Canarias. BOC 108 02/06/11 d) Orden de 9 de octubre de 2013, por el

que se desarrolla el Decreto 81/2010, de 8 de julio, por el que se aprueba el Reglamento

Orgánico de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma

de Canarias, en lo referente a su organización y funcionamiento.

Los pasos a seguir para la aplicación, conocimiento y revisión de las Normas de

Organización y Funcionamiento son los siguientes:

- La Jefatura de Estudios facilitará a cada coordinador/a de ciclo un ejemplar del mismo

y este será trabajado en las reuniones de ciclo para que hagan sus aportaciones y

colaboraciones necesarias. Posteriormente serán llevadas a Claustro.

- Una vez aprobada la misma, un ejemplar del mismo quedará en la Jefatura de Estudios

del Centro y en Dirección a disposición de los miembros de la Comunidad Educativa y

de los organismos dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

- Se colgará una copia del mismo en el blog del centro.

- Para la difusión del NOF, el Equipo Directivo arbitrará los siguientes procedimientos:

entrega de una copia que quedará impresa en la Administración del centro por si algún

miembro de la Comunidad Educativa lo solicitara por escrito para consulta y

publicación en la Web del centro.

- El grado de cumplimiento del NOF se revisará al menos una vez en el curso escolar

por los miembros del claustro y por el Consejo Escolar, para introducir, si fuera preciso,

las modificaciones necesarias.

- Los aspectos acordados sujetos a modificación, serán incorporados al documento y

dados a conocer a toda la Comunidad Educativa.

- Al final de curso se realizará una memoria que valorará el grado de cumplimiento y los

resultados de su adecuación.

15. MEDIOS Y FORMAS DE DIFUSIÓN DE LAS NOF ENTRE LOS

MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

En el Decreto 81/2010 de 8 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de

los centros públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC

143 22/07/10) se regulan las Competencias del Consejo Escolar en su artículo 41

“Normas de organización y funcionamiento” y su apartado 3 dice, “una vez aprobadas

las normas de organización y funcionamiento, un ejemplar de las mismas quedará en la

Secretaría del centro a disposición de los miembros de la Comunidad Educativa. Así

mismo, se expondrá una copia de dicho documento en el sitio Web del centro, si

dispusiera del mismo”.

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En nuestro caso se subirá una copia de los documentos institucionales del centro en el

Blog educativo del CEIP Don Benito, además de estar disponibles en la administración

del centro.

CEIP DON BENITO

EDUCANDO CON EL CORAZÓN 2018-2022