1. Señor Juez de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social de Alta Verapaz

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    CAPITULO I

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    CAPITULO II

    SEÑOR JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

    DE ALTA VERAPAZ.

    LUCAS ROGELIO DE LEÓN OSORIO, de veintitrés años de edad, soltero,

    guatemalteco, de este domicilio, vecino de Panzós, agricultor, MARVIN

    ALFONSO MOLINA MACZ, de veintidós años de edad, soltero, guatemalteco, de

    este domicilio, vecino de San Juan Chamelco, estudiante  Y HÉCTOR DANILO

    CHO COC, de veinticinco años de edad, casado, guatemalteco, de este domicilio,

    vecino de San Juan Chamelco, estudiante, respetuosamente comparecemos y:

    EXPONEMOS

    A.  Actuamos con la dirección y procuración del abogado !"S A#$%&' $A S"$%%A(B. )ue señalamos para recibir noti*icaciones y citaciones la o*icina pro*esional del

     Abogado au+iliante situada en la uinta calle dos guion cincuenta y cuatro de la zona

    tres de la ciudad de Cob-n, Alta .erapaz(C. Comparecemos a interponer en la v/a  ordinaria 0$1A20A 0$ PA3' 0$

    P%$S&AC"'2$S A#'%A$S 4 %$SA%C"1"$2&' 0$ 0A5'S 4 P$%J!"C"'S

    P'% "2C!1P"1"$2&' 0$ C'2&%A&'S "20"."0!A$S 0$ &%A#AJ' $2

    C'2&%A 0$ A 1!2"C"PA"0A0 0$ SA2 J!A2 C6A1$C', A&A .$%APA7,

    uien puede ser noti*icada en el edi*ico de la 1unicipalidad del municipio de

    San Juan Chamelco, Alta .erapaz a través de su representante legal8 y para el

    e*ecto e+ponemos:9999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999

    HECHOS:

    1. DE LA RELACIÓN LABORAL:A. DEL CASO DE LUCAS ROGELIO DE LEÓN OSORIO

    0$ "2"C"' 0$ A %$AC"'2 A#'%A: inicie mi relación laboral con la

    municipalidad de San Juan Chamelco, el uince de octubre del año dos mil dos,en el puesto de albañil(

    0$ "2 0$ A %$AC";2 A#'%A: *inalizo mi relación laboral el veintiséis de

    *ebrero del año dos mil cuatro, y en consecuencia, tuve una relación laboral

    consistente en tres años, cuatro meses, once d/as(

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    0$ &%A#AJ' 0$S$1P$5A0' 4 SAA%"' 0$.$23A0': durante los

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    se me haga e*ectivo el pago de la indemnización hasta un m-+imo de doce

    salarios( C'S&AS J!0"C"A$S: ue se condene al demandado al pago de las

    costas =udiciales, de con*ormidad con la ley(

    B. DEL CASO DE MARVIN ALFONSO MOLINA MACZ

    0$ "2"C"' 0$ A %$AC"'2 A#'%A: inicie mi relación laboral con la

    municipalidad de San Juan Chamelco, el uince de abril del dos mil dos(

    0$ "2 0$ A %$AC";2 A#'%A: *inalizo mi relación laboral el veintiséis de

    *ebrero del año dos mil cuatro(

    0$ &%A#AJ' 0$S$1P$5A0' 4 SAA%"' 0$.$23A0': desempeñe el cargo

    de $ducador de )Fuechi del "nstituto #-sico Jornada .espertina devengando un

    salario mensual de mil uetzales >)?, (D, los cuales, seg

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    #'2""CAC";2 A2!A PA%A &%A#AJA0'%$S 0$ S$C&'% P%".A0'

    4 P!#"C': por todo el per/odo de mi relación laboral( 0A5'S 4 P$%J!"C"'S: $n este concepto, el demandado deber- pagarme los

    salarios ue de=e de percibir desde el momento de mi despido hasta ue se me

    haga e*ectivo el pago de la indemnización hasta un m-+imo de doce salarios( %$AJ!S&$ SAA%"A: dado ue lo devengado no coincid/a con el salario

    m/nimo, pido se me haga el c-lculo correspondiente y en base a ello, se me

    cancelen las di*erencias en cuanto a mis prestaciones laborales( C'S&AS J!0"C"A$S: ue se condene al demandado al pago de las costas

     =udiciales, de con*ormidad con la ley(

    C. DEL CASO DE HECTOR DANILO CHO COC

    0$ "2"C"' 0$ A %$AC"'2 A#'%A: inicie a traba=ar para la 1unicipalidad

    de San Juan Chamelco, el veintidós de *ebrero del año dos mil(

    0$ "2 0$ A %$AC";2 A#'%A: por despido del patrono, *inalizo mi

    relación laboral el veintiséis de *ebrero del año dos mil cuatro(

    0$ &%A#AJ' 0$S$1P$5A0' 4 SAA%"' 0$.$23A0': desempeñe el cargo

    de polic/a municipal devengando un sarrio mensual de mil doscientos uetzales

    >)?, G(D( Con el mismo salario, *ui promovido al cargo de Coordinador dos del

    departamento de 0esarrollo !rbano %ural(

    0$ A J'%2A0A 0$ &%A#AJ': labore =ornada ordinaria de lunes a viernes de

    ocho a dieciséis horas, aunue se laboro mas del tiempo contratado dada la

    responsabilidad a mantener el orden p

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    "20$12"7AC";2: por el periodo comprendió de mi relación laboral, es decir,

    cuatro años y cuatro d/as( .ACAC"'2$S: ue me corresponden con*orme al derecho laboral por todo el

    tiempo de mi relación laboral, en ue no se me concedieron ni se me retribuyeron(  A3!"2A0': correspondiente a todo el periodo de mi relación laboral( #'2""CAC";2 A2!A PA%A &%A#AJA0'%$S 0$ S$C&'% P%".A0'

    4 P!#"C': por todo el per/odo de mi relación laboral( 0A5'S 4 P$%J!"C"'S: $n este concepto, el demandado deber- pagarme los

    salarios ue de=e de percibir desde el momento de mi despido hasta ue se me

    haga e*ectivo el pago de la indemnización hasta un m-+imo de doce salarios( %$AJ!S&$ SAA%"A:  dado ue lo devengado no coincid/a con el salario

    m/nimo, pido se me haga el c-lculo correspondiente y en base a ello, se me

    cancelen las di*erencias en cuanto a mis prestaciones laborales(

    C'S&AS J!0"C"A$S: ue se condene al demandado al pago de las costas =udiciales, de con*ormidad con la ley(

    2. $s el caso, señor Juez, ue nosotros *uimos despedidos y se rescindió nuestro

    contrato por motivos pol/ticos, y por la imputación de *alsas ue=as, puesto ue

    al momento del despido, el señor Alcalde no presento los documentos ue a él

    lo motivaban a tomar medidas disciplinarias o rigurosas en nuestra contra8

    nosotros, nos sentimos a*ectados en nuestra dignidad pues nuestro traba=o lo

    est-bamos cumpliendo con responsabilidad y compromiso hacia las

    comunidades ue nos tocaba atender(. Sin embargo, dado ue ten/amos vigentes los contratos individuales de traba=o

    n

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    !.  Ante esas circunstancias, nos vemos en la imperiosa necesidad de plantear la

    presente 0$1A20A PA%A PA3' 0$ P%$S&AC"'2$S A#'%A$S $

    "20$12"7AC";2 P'% "2C!1P"1"$2&' 0$ C'2&%A&', consistentes en:  Aguinaldo #oni*icación anual de traba=adores del sector p

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    C'S&AS J!0"C"A$S: ue se condene al demandado al pago de las

    costas =udiciales, de con*ormidad con la ley(

    &% Para 1A%."2 A'2S' 1'"2A 1AC7 "20$12"7AC";2: por el periodo comprendió de mi relación laboral, es

    decir un año, diez meses, once d/as( .ACAC"'2$S: ue me corresponden con*orme al derecho laboral por todo

    el tiempo de mi relación laboral, en ue no se me concedieron ni se me

    retribuyeron(  A3!"2A0': correspondiente a todo el periodo de mi relación laboral( #'2""CAC";2 A2!A PA%A &%A#AJA0'%$S 0$ S$C&'% P%".A0'

    4 PE#"C': por todo el per/odo de mi relación laboral( 0A5'S 4 P$%J!"C"'S: $n este concepto, el demandado deber- pagarme

    los salarios ue de=e de percibir desde el momento de mi despido hasta ue

    se me haga e*ectivo el pago de la indemnización hasta un m-+imo de doce

    salarios( %$AJ!S&$ SAA%"A: dado ue lo devengado no coincid/a con el salario

    m/nimo, pido se me haga el c-lculo correspondiente y en base a ello, se me

    cancelen las di*erencias en cuanto a mis prestaciones laborales( C'S&AS J!0"C"A$S: ue se condene al demandado al pago de las

    costas =udiciales, de con*ormidad con la ley('% Para 6$C&'% 0A2"' C6' C'C: "20$12"7AC";2: por el periodo comprendió de mi relación laboral, es

    decir, cuatro años y cuatro d/as( .ACAC"'2$S: ue me corresponden con*orme al derecho laboral por todo

    el tiempo de mi relación laboral, en ue no se me concedieron ni se me

    retribuyeron(  A3!"2A0': correspondiente a todo el periodo de mi relación laboral( #'2""CAC";2 A2!A PA%A &%A#AJA0'%$S 0$ S$C&'% P%".A0'

    4 PE#"C': por todo el per/odo de mi relación laboral( 0A5'S 4 P$%J!"C"'S: $n este concepto, el demandado deber- pagarme

    los salarios ue de=e de percibir desde el momento de mi despido hasta ue

    se me haga e*ectivo el pago de la indemnización hasta un m-+imo de doce

    salarios(

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    %$AJ!S&$ SAA%"A: dado ue lo devengado no coincid/a con el salario

    m/nimo, pido se me haga el c-lculo correspondiente y en base a ello, se me

    cancelen las di*erencias en cuanto a mis prestaciones laborales( C'S&AS J!0"C"A$S: ue se condene al demandado al pago de las

    costas =udiciales, de con*ormidad con la ley(

    )ue si se comprobare ue se in*ringieron las leyes laborales o las leyes comunes

    se certi*iue lo conducente a donde corresponde(

     Acompañamos cinco copias del presente memorial y documentos ad=untos(

    Cob-n, Alta .erapaz, veinticinco de marzo del año dos mil cuatro(

    $2 S! A!H""':

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    CAPITULO II

    ORDINARIO LABORAL NO. !)*2++!. OFICIAL LABORALJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL DE

    ALTA VERAPAZ. COB(N, ALTA VERAPAZ, VEINTE DE ABRIL DE DOS MI

    CUATRO.

    I%. Con el memorial de demanda ue antecede y documentos ad=untos se inicia la

    *ormación del e+pediente respetivo( II%. Se toma nota de los lugares señalados

    para recibir noti*icaciones, y se previene a la parte demandada, señalar lugar para

    recibir noti*icaciones en el per/metro urbano de esta ciudad, ba=o apercibimiento

    ue de no ser as/, se continuara haciéndolo por los estrados de este =uzgado( III%.

    Se admite para su tr-mite la 0$1A20A '%0"2A%"A A#'%A, promovida por 

    !CAS %'3$"' 0$ $;2 'S'%"', 1A%."2 A'2S' 1'"2A 1AC7 4

    6IC&'% 0A2"' C6' C6'C( IV%. Por o*recidos los medios de prueba y por 

    acompañados los documentos ad=untos( V%. Para ue las partes comparezcan a

     =uicio oral, se señala audiencia para el 2!$.$ 0$ J!2"' 0$ A5' $2 C!%S',

     A AS 'C6' 6'%AS C'2 &%$"2&A 1"2!&'S, previniéndoles comparecer con

    sus respectivos medios de prueba a e*ecto ue las presenten en dicha audiencia,

    ba=o apercibimiento de continuar el =uicio en rebeld/a de la parte ue no

    comparezca en tiempo, sin m-s citarle ni o/rle, debiendo la parte demandada en

    dicha audiencia: aD Prestar con*esión =udicial en *orma personal y no por 

    apoderado, con*orme al pliego de posiciones presentado en plica por la parte

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    actora, ba=o apercibimiento de ser declarado con*eso en su rebeld/a8 bD $+hibir los

    documentos mencionados en el apartado de prueba, literales a,b,c y d , sin

    per=uicio de presumirse por ciertos los e+tremos de la demanda( VI%. Por con*erida

    la dirección del pro*esional propuesto( VII%. Se tiene como parte a la "nspección

    3eneral de &raba=o de esta ciudad( VIII%. $n cuanto a lo dem-s solicitado téngase

    presente para su oportunidad procesal( IX%. 2oti*/uese( Art/culos ?G,G@, GB,

    GK, G, , L, M, @, B, LL, LM, LB, LK, M, M, ML, MM, del

    Código de &raba=o(

    "C( $0N"2 '."0"' S$3!%A 1'%A$SJ!$7

    %A2C"SC' %$2$ C6"2C6"A 0$ .A$S$C%$&A%"'

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    CAP"&!' """

    ORDINARIO NO. +!)*2++!* OF. LABORAL

    NOTIFICACIÓN: en la ciudad de Cob-n, Alta .erapaz, el M de Agosto del año dos

    mil cuatro, siendo las trece horas con veinte minutos, en la uinta calle dos guion

    cincuenta y cuatro de la zona tres de esta ciudad, 2'&""C' a: !CAS %'3$"'

    0$ $;2 'S'%"', 1A%."2 A'2S' 1'"2A 1AC7 4 6$C&'% 0A2"' C6'

    C'C, el contenido de las resoluciones de *echas: diez de =unio y dos de agosto

    ambas del año en curso, de lo cual uedan bien enterados de su contenido por 

    medio de la cédula de noti*icación y copias ue para el e*ecto entrego a:

    )uienOOOOOOOOOOOirma

    DOY FE.

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    ORDINARIO +!)*2++! OF. LABORAL

    SEÑOR JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIALDE ALTA VERAPAZ--------------------------..

    PABLO EFRA#N RAX CHUB, de veinticinco años de edad, soltero, guatemalteco,

    estudiante, guatemalteco, de este domicilios y vecindad, comparezco en

    representación de la 1unicipalidad de SA2 J!A2 C6A1$C', de este

    departamento, en mi calidad de ACA0$ 1!2"C"PA, calidad ue acredito con

    la certi*icación del acta de toma de posesión n

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    3uatemala ue se le denomina contrato por renglón 9GK, o sea ue es

    P$%S'2A &$1P'%A, y se les pagan 6'2'%A%"'S por servicios técnicos

    o pro*esionales prestados de con*ormidad con las *acturas autorizadas por la

    Superintendencia de Administración &ributaria SA&, ue presentan

    mensualmente a mi representada, lo cual est- claramente establecido en el

    mismo contrato, en su clausula tercer, en la cual se plasmo el numero de

    código al ue cada uno le pertenece, y en el numero de código entre otros

    n

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    CIVIL, por lo ue o*rezco probar lo anteriormente mani*estado con los

    siguientes:

    MEDIOS DE PRUEBA:

    $%. otocopia simple de la certi*icación del acta n

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    Cob-n, Alta .erapaz, K de Junio del GL(

     A %!$3' 0$ P%$S$2&A0' 4 $2 S! A!H""':

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    ORDINARIO NO. +!)*2++!*OF. LABORAL.

    AUDIENCIA JUICIO ORAL LABORAL: $n la ciudad de Cob-n, Alta .erapaz, el

    nueve de =unio de año dos mil cuatro, siendo las ocho horas con treinta minutos,

    en el Juzgado de Primera "nstancia de &raba=o y Previsión Social de Alta .erapaz,

     A2&$ el in*rascrito Juez, o*icial de tramite y secretario ue autoriza, se encuentranpresentes las partes: os actores 6$C&'% 0A2"' C6' C'C, 1A%."2

     A'2S' 1'"2A 1AC7 4 !CAS %'3$"' 0$ $;2 'S'%"', uienes se

    identi*ican con 0ocumento Personal de "denti*icación con Código Enico de

    "denti*icación mil seiscientos dos, veintitrés mil doscientos, mil ciento dieciséis

    >?G GG ???D8 mil uinientos uno, cuarenta y cinco mil ochocientos, mil

    seiscientos trece >?M? LMB ??D 8 y mil novecientos dos, cuarenta y cuatro mil

    uinientos, mil seiscientos trece >?KG LLM ??D, respectivamente, e+tendidos

    por el %egistro 2acional de las Personas de la %ep

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    sesenta y seis mil uinientos cuarenta, mil seiscientos trece >?B ML ??D

    e+tendido por el %egistro 2acional de la Personas de la %ep

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    "2C'1P$&$2C"A P'% %A7;2 0$ A 1A&$%"A8 .D( Por o*recidos los medios de

    prueba indicados8 ."D( $n consecuencia se le con*iere audiencia a la parte actora,

    y se le hace saber ue puede contradecir la e+cepción interpuesta en esta misma

    audiencia o acogerse al plazo de veinticuatro horas ue establece la ley8 .""D(

    2oti*/uese( Art/culos: LG9L9L del Código de &raba=o( 2'&""CAC";2: $n el

    mismo lugar y *echa, siendo las ocho horas con cincuenta minutos, 2'&""C' A

    AS PA%&$S P%'C$SA$S, el contenido de la resolución inserta en la presente

    acta, uedan bien enterados de su contenido y al *inal *irmaran( 0'4 $( os

    actores mani*iestan ue se acogen al plazo de veinticuatro horas para e=ercer su

    derecho de contradecir la e+cepción interpuesta( $n consecuencia se suspende la

    presente audiencia, en el mismo lugar y *echa, cuando son las nueve horas, la ue

    previa lectura, la aceptan, rati*ican y *irman ante el suscrito Juez y Secretariorespectivo( 0'4 $

    "C $0N"2 '."0"' S$3!%A 1'%A$SJ!$7

    6$C&'% 0A2"' C6'C C'C 1A%."2 A'2S' 1'"2A 1AC7  AC&'% AC&'%

    !CAS %'3$"' 0$ $;2 'S'%"' AC&'%

      PA#' $%AR2 %AH C6!#%$P%$S$2&A2&$ 0$ A 0$1A20A0A A#'3A0A 0$ A 0$1A20A0A

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    %A2C"SC' %$2$ C6"2C6"A 0$ .A$S$C%$&A%"'

    ORDINARIO NO. +!)*2++!* OF. LABORAL

    NOTIFICACIÓN: en la ciudad de Cob-n, Alta .erapaz, el de Agosto del año dos

    mil cuatro, siendo las once horas con cuarenta minutos, en la cuarta avenida

    cuatro guion cero dos de la zona tres de esta ciudad, 2'&""C' a: PA#'

    $%A"2 %AH C6!#, el contenido de las resoluciones de *echas: diez de =unio y

    dos de agosto ambas del año en curso, de lo cual ueda bien enterado de su

    contenido por medio de la cédula de noti*icación y copias ue para el e*ecto

    entrego a:

    )uienOOOOOOOOOOOirma

    DOY FE.

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    JUICIO ORDINARIO LABORAL NO. +!)*2++!*OF. LABORAL.

    SEÑOR JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

    DE LA SEGUNDA ZONA ECONÓMICA Y DE FAMILIA DE ALTA VERAPAZ,

    COB(N(99999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999

    LUCAS ROGELIO DE LEÓN OSORIO, MARVIN ALFONSO MOLINA MACZ Y

    HÉCTOR DANILO CHO COC, todos de datos de identi*icación personal yaconocidos dentro del proceso arriba identi*icado8 ante usted respetuosamente

    comparecemos re*iriéndonos a la e+cepción dilatoria de incompetencia por razón

    de la materia, interpuesta por el señor PA#' $%AR2 %AH C6!#, en

    representación de la municipalidad de San Juan Chamelco del departamento de

     Alta .erapaz, en base a los siguientes:

    HECHOS:

    A. Con *echa nueve de =unio de dos mil cuatro, *uimos noti*icados de la e+cepción

    dilatoria de incompetencia por razón de la materia, interpuesta por el señor 

    pablo $%AR2 %AH C6!#, en %epresentación de la 1unicipalidad de San

    Juan Chamelco del departamento de Alta .erapaz, con motivo del proceso

    laboral ue promovemos ante este Juzgado, por lo ue venimos a contestarla y

    a oponernos a la misma(B. $n la parte e+positiva del memorial de $+cepción, la demanda, mani*iesta ue

    *uimos contratados de con*ormidad con la clasi*icación presupuestaria para el

    sector p9GKD y ue adem-s se rigen por las leyes civiles, aduciendo ue el Juzgado de

    &raba=o y Previsión Social, no es el competente para conocer en el presente

    caso, por razón de la materia, sino un Juzgado del 'rden Civil(C. Por lo anteriormente e+puesto, 2'S 'P'2$1'S a la e+cepción interpuesta

    por la parte demandada, ya ue en materia aboral la competencia es

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    31

    improrrogable y tomando en cuenta ue en este departamento e+iste Juzgado

    de &raba=o y Previsión Social, se considera ue es el

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    H. $n la clausula S$3!20A de los contratos "ndividuales de &raba=o, n

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    $2 S! A!H""'

    LIC. LUIS ALBERTO LEAL SIERRAABOGADO Y NOTARIO

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    '%0"2A%"' 2'( LK9 GL9 '( A#'%A(

    J!73A0' 0$ P%"1$%A "2S&A2C"A 0$ &%A#AJ' 4 P%$."S";2 S'C"A 4 0$

    A1""A 0$ A&A .$%APA7, C'#Q2, 0"$7 0$ J!2"' 0$ A5' 0'S 1"

    C!A&%'(99999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999

    "D Por recibido el memorial ue antecede, agréguese a sus antecedentes8 ""D Como

    lo solicitan los presentados, se tiene por evacuada la audiencia con*erida en los

    términos relacionados8 """D 0/ctese el auto ue en derecho corresponde8 y ".D

    2oti*/uese( Art/culos: G@9GB9GK9LG del Código de &raba=o(

    "C( $0N"2 '."0"' S$3!%A 1'%A$S  J!$7

    %A2C"SC' %$2I C6"2C6"A 0$ .A$  S$C%$&A%"'

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    ORDINARIO NO. +!)*2++!. OF. LABORAL.

    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Y

    DE FAMILIA DE ALTA VERAPAZ, DOS DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL

    CUATRO.

    Se tiene a la vista el e+pediente arriba identi*icado con el ob=eto de resolver la

    e+cepción 0ilatoria de "ncompetencia por %azón de la 1ateria(9999999999999999999999

    CONSIDERANDO: )ue de con*ormidad con el art/culo LG del Código de &raba=o,

    establece: Previamente a contestar la demanda o la reconvención y en la

    audiencia señalada para el e*ecto, se opondr-n y probaran las e+cepciones

    dilatorias, salvo las nacidas con posterioridad, ue se pondr-n interponer hasta

    antes de ue se dicte la sentencia en segunda instanciaVVVVVVVVVV(($n el presente caso de estudio, el %epresentante egal de la parte demandada

    compareció a =uicio interponiendo la EXCEPCIÓN DILATORIA DE

    INCOMPETENCIA POR RAZÓN DE LA MATERIA argumentando ue los actores

    e*ectivamente prestaron sus servicios para su representada, pero lo hicieron de

    con*ormidad con la clasi*icación presupuestaria para el sector publico '

    veintinueve, o sea es personal temporal y se les pagaba honorarios por servicios

    técnicos o pro*esionales prestados de con*ormidad con las *acturas autorizadas

    por la Superintendencia de Administración &ributaria SA&, lo cual est- establecido

    en la clausula tercera del contrato as/ mismo en dicha clausula también se estipulo

    ue los mismos no tendr-n ninguna relación laboral con su representada, y ue en

    la clausula cuarta indican ue aceptan prestar sus servicios ba=o las condiciones

    ue en el mismo contrato se establecen, consecuentemente no hay relación de

    dependencia, ni pago de ninguna prestación, también ue los pagos *ueron

    e*ectuados contra *actura entregada a su representada y se rige or las leyes del

    orden civil, consecuentemente el Juzgado de &raba=o no es el competente para

    conocer el presente caso por razón de la materia, sino un J!73A0' 0$ '%0$2

    C".", pidiendo ue se resuelva con lugar la presente e+cepción( os actores al

    evacuar la audiencia concedida indicaron ue si hubo relación laboral, y solicitan

    sea declarada sin lugar la e+cepción dilatoria presentada( 0el an-lisis de las

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    actuaciones se establece ue las e+cepciones dilatorias o procesales tienden a

    depurar el proceso para evitar un =uicio nulo, sin embargo por la via de la

    e+cepción de incompetencia la parte demandada pretende hacer valer situaciones

    de *ondo ue no se pueden resolver por medio de esta e+cepción, sino hasta ue

    se dicte la sentencia correspondiente, y en virtud de ue los presupuestos de

    e+istencia y de validez se per*eccionan en el presente proceso, el mismo debe

    seguirse conociendo en este =uzgado, hasta su *inalización(9999999999999999999999999999999

     Art/culo: los citados y G@9GB9GK9LG9L del Código de &raba=o( ?L?9?LG9?L

    de la ey del 'rganismo Judicial(999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999

    POR TANTO: en base a lo considerado y leyes citadas al resolver este =uzgado

    DECLARA: I% S"2 !3A% A $HC$PC";2 0"A&'%"A 0$ "2C'1P$&$2C"A

    P'% %A7;2 0$ A 1A&$%"A, planteada por el Alcalde 1unicipal de San JuanChamelco, Alta .erapaz8 II%  $n su oportunidad contin

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    LABORAL NO. +!)*2++!. OF. 1RO.

    J!73A0' 0$ P%"1$%A "2S&A2C"A 0$ &%A#AJ' 4 P%$."S";2 S'C"A 0$

    A S$3!20A 7'2A $C'2;1"CA 4 0$ A1""A 0$ C'#Q2, A&A

    .$%APA7(99999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999

    PA#' $%AR2 %AH C6!#, de datos de identi*icación personales y en la calidad

    con ue act

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    ORDINARIO NO. +!)*2++!. OF. LABORAL

    J!73A0' 0$ P%"1$%A "2S&A2C"A 0$ &%A#AJ' 4 P%$."S";2 S'C"A 4 0$

    A1""A, 0$ A&A .$%APA7, C'#A2, 0"$C"2!$.$ 0$ A3'S&' 0$ A5'

    0'S 1" C!A&%'(99999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999

    "D Por recibido el memorial ue antecede, agréguese a sus antecedentes8 ""D Como

    lo solicita PA#' $%AR2 %AH C6!#, se tiene por interpuesto el recurso de

    apelación en contra de la resolución de *echa dos de agosto del año en curso el

    cual se otorga8 """D Previa noti*icación a las partes, elévense los autos a la Sala

    Primera de la Corte de Apelaciones de &raba=o y Previsión Social de la ciudad de

    3uatemala8 y ".D 2oti*/uese( Art/culos G@9GB9GK9M del Código de &raba=o(

    "C( $0N"2 '."0"' S$3!%A 1'%A$S  J!$7

    %A2C"SC' %$2I C6"2C6"A 0$ .A$  S$C%$&A%"'

    ORDINARIO NO. +!)*2++!. OF. LABORAL

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    2oti*icación( $n la ciudad de Cob-n, Alta .erapaz, el OOOOOOOOOOOOOOOOOOOOO de

     Agosto del año dos mil cuatro, siendo las OOOOOOOOOOOOOOOOOOO horas

    conOOOOOO minutos, en la uinta calle dos guion cincuenta y cuatro de la zona tres

    de esta ciudad, 2'&""C' a !CAS %'3$"' 0$ $;2 'S'%"', 1A%."2

     A'2S' 1'"2A 1AC7 4 6$C&'% 0A2"' C6'C C'C, el contenido de la

    resolución de *echa diecinueve de agosto del año en curso, de lo cual uedan bien

    enterados de su contenido por medio de cedula de noti*icación y copias ue para

    el e*ecto entrego a:

    uien OOOOO *irma( 0'4 $

    ORDINARIO NO. +!)*2++!. OF. LABORAL

    2oti*icación( $n la ciudad de Cob-n, Alta .erapaz, el OOOOOOOOOOOOOOOOOOOOO de

     Agosto del año dos mil cuatro, siendo las OOOOOOOOOOOOOOOOOOO horas

    conOOOOOO minutos, en la cuarta avenida cuatro guion cero dos de la zona tres de

    esta ciudad( 2'&""C' A PA#' $%AR2 %AH C6!#, en la calidad con ue

    act

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    NO. 2;+*2++! OFICIAL 1

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    J!73A0' 0$ P%"1$%A "2S&A2C"A 0$ &%A#AJ' 4 P%$."S";2 S'C"A, 0$

    C'#Q2, A&A .$%APA7, S"$&$ 0$ 'C&!#%$ 0$ A5' 0'S 1" C!A&%'(999

    "D Se tiene por recibido el despacho ue antecede procedente de la Sala Primera

    de la Corte de Apelaciones de &raba=o y Previsión Social de la ciudad de

    3uatemala8 ""D C

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    HONORABLES MAGISTRADOS DE LA SALA PRIMERA DE LA CORTE DE

    APELACIONES DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, CIUDAD DE

    GUATEMALA.

    PABLO EFRA#N RAX CHUB, de datos de identi*icación personales ya conocidos

    dentro del proceso ut9supra identi*icado y en la calidad con ue act

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    LICDA. IRMA JUDITH ARRAZATE CENTENOABOGA Y NOTARIA

    NO. 2;+*2++! OFICIAL 1

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    1arvin Al*onso 1olina 1acz, 6éctor 0anilo Choc Coc y ucas %ogelio 0e eón

    'sorio contra 1unicipalidad de San Juan Chamelco, Alta .erapaz(999999999999999999999

    SALA PRIMERA DE LA CORTE DE APELACIONES DE TRABAJO Y

    PREVISIÓN SOCIAL( 3uatemala, doce de octubre del año dos mil cuatro(99999999999

    "D Se incorpora a sus antecedentes el memorial ingresado con registro n

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    J!73A0' 0$ P%"1$%A "2S&A2C"A 0$ &%A#AJ' 4 P%$."S";2 S'C"A 4 0$

    A1""A 0$ C'#A2, A&A .$%APA7, 0"$C"SI"S 0$ 2'."$1#%$ 0$ A5'

    0'S 1" C!A&%'(99999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999

    "D Por recibido el despacho ue antecede8 ""D C

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    2oti*icación( $n la ciudad de Cob-n, Alta .erapaz, el OOOOOOOOOOOOOOOOOOOOO de

    de 2oviembre del año dos mil cuatro, siendo las OOOOOOOOOOOOOOOOOOO horas

    conOOOOOO minutos, en la uinta calle dos guion cincuenta y cuatro de la zona tres

    de esta ciudad, 2'&""C' A: !CAS %'3$"' 0$ $;2 'S'%"', 1A%."2

     A'2S' 1'"2A 1AC7 4 6$C&'% 0A2"' C6'C C'C, el contenido de la

    resolución de *echa doce de octubre del año en curso, de lo cual ueda bien

    enterada de su contenido por medio de cedula de noti*icación y copias ue para el

    e*ecto entrego a:

    uien OOOOO *irma( 0'4 $

    NO. 2;+*2++! OFICIAL 1

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    1arvin Al*onso 1olina 1acz, 6éctor 0anilo Choc Coc y ucas %ogelio 0e eón

    'sorio contra 1unicipalidad de San Juan Chamelco, Alta .erapaz(999999999999999999999

    SALA PRIMERA DE LA CORTE DE APELACIONES DE TRABAJO Y

    PREVISIÓN SOCIAL( 3uatemala, nueve de diciembre de dos mil cuatro(9999999999999

    "D "ncorpórese a sus antecedente el memorial ingresado con n

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    1arvin Al*onso 1olina 1acz, 6éctor 0anilo Choc Coc y ucas %ogelio 0e eón

    'sorio contra 1unicipalidad de San Juan Chamelco, Alta .erapaz(999999999999999999999

    SALA PRIMERA DE LA CORTE DE APELACIONES DE TRABAJO Y

    PREVISIÓN SOCIAL( 3uatemala, trece de diciembre de dos mil cuatro(9999999999999

    $n apelación y con sus antecedente se e+amina la resolución de *echa dos de

    agosto del año dos mil cuatro dictada por el Juzgado de Primera "nstancia de

    &raba=o y Previsión Social de Alta .erapaz, Cob-n en el proceso ordinario laboral

    promovido por 1A%."2 A'2S' 1'"2A 1AC7, 6IC&'% 0A2"' C6'C

    C'C 4 !CAS %'3$"' 0$ $;2 'S'%"' contra 1!2"C"PA"0A0 0$ SA2

    J!A2 C6A1$C', A&A .$%APA7, en la cual se declara: aD Sin lugar la

    e+cepción dilatoria de incompetencia por razón de la materia, planteada por el

     Alcalde 1unicipal de San Juan Chamelco, Alta .erapaz( ""( $n su oportunidadcontin

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    %olando $scobar Cabrera  1agistrado .ocal "

    Patricia $ugenia Cervantes Chacón1agistrada .ocal ""

    icenciada Carmen Aminta Cardoza 3onz-lezSecretaria

    ORDINARIO NO. +!)*2++!. OF. LABORAL

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    J!73A0' 0$ P%"1$%A "2S&A2C"A 0$ &%A#AJ' 4 P%$."S";2 S'C"A, 0$

    C'#Q2, A&A .$%APA7, &%$"2&A 4 !2' 0$ 1A%7' 0$ A5' 0'S 1"

    C"2C'(9999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999

    "D Por recibido el proceso ue antecede, procedente de la Sala Primera de la Corte

    de Apelaciones de &raba=o y Previsión Social de la ciudad de 3uatemala y

    certi*icación ad=unta8 ""D 6-gasele saber a las partes la e+istencia del mismo en

    este =uzgado8 """D Para ue las partes comparezcan a J!"C"' '%A, se señala

    audiencia para el 0"$C"2!$.$ 0$ A#%" 0$ A5' $2 C!%S', A AS 'C6'

    6'%AS C'2 &%$"2&A 1"2!&'S, con los mismos apercibimientos contenidos en

    la resolución de *echa veintinueve de marzo del año dos mil cuatro8 y ".D

    2oti*/uese( Art/culos G?9G9G@9GB9GK9M9LG9L9LL del Código de

    &raba=o(

    "C( $0N"2 '."0"' S$3!%A 1'%A$S  J!$7

    %A2C"SC' %$2I C6"2C6"A 0$ .A$  S$C%$&A%"'

    ORDINARIO NO. !)*2++!*0. 1

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    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL DE

    LA SEGUNDA ZONA ECONÓMICA Y DE FAMILIA DE ALTA VERAPAZ.

    PABLO EFRA#N RAX CHUB, de veinticincos años de edad, soltero, estudiante,

    guatemalteco, de este domicilio y vecindad, comparezco en representación de la

    1unicipalidad de SA2 J!A2 C6A1$C', de este departamento, en mi calidad de

     ACA0$ 1!2"C"PA, calidad ue acredito con la certi*icación del acta de toma

    de posesión n

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    las *otocopias simples de los contratos de traba=o y las *otocopias simples de

    las *acturas ue obran en autos(II. Por otro lado, en cuanto a las pretensiones de *ondo de los actores, la

    reclamación de las mismas encuentran *uera de todo conte+to legal en virtud

    de lo siguiente:

    A%  INDEMNIZACIÓN:  la indemnización ue pretende, seg

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    D% BONIFICACIÓN ANUAL PARA TRABAJADORES DEL SECTOR PRIVADO Y

    P=BLICO: en cuanto a dicha boni*icación, es lamentable ue de con*ormidad con

    el contrato y la clasi*icación presupuestaria, para el Sector Publico de 3uatemala,

    los servidores p

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    ser mi representada la 1!2"C"PA"0A0 0$ SA2 J!A2 C6A1$C' 0$ $S&$

    0$PA%&A1$2&', y la misma se rige por dichas disposiciones, caso contrario la

    Contralor/a 3eneral de Cuentas como ente *iscalizador har/a reparos en mi contra(

    Por todo lo anteriormente mani*estado interpongo las e+cepciones perentorias de

    FALTA DE PERSONALIDAD EN LOS ACTORES, ya ue los mismos carecen de

    los reuisitos de personalidad para demandarme ya ue no hay relación de

    dependencia entre mi representada y los actores, de con*ormidad con la clausula

    tercera de los contratos ue obran en autos(

    FALTA DE DERECHO DE LOS ACTORES PARA DEMANDAR EL PAGO DE

    PRESTACIONES LABORALES, en virtud de ue al actor le *ueron pagadas todas

    sus prestaciones laborales reclamadas en consecuencia carece de derecho para

    iniciar la presente demanda( 4 LA EXCEPCIÓN DE INEXISTENCIA DERELACIÓN LABORAL CON LOS ACTORES, en virtud de ue a los actores les

    *ueron pagadas todas sus prestaciones laborales reclamadas como se demuestra

    con la documentación ad=unta al presente memorial(

    MEDIOS DE PRUEBA

    1% DOCUMENTOS: Consistente en: aD otocopia simple de la certi*icación del acta

    n

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    numero ?L a la ?LK del manual de clasi*icaciones presupuestarias para el Sector 

    Publico de 3uatemala, ue obran dentro del presente =uicio8 gD "n*orme ue deber-

    solicitarse a la 0irección &écnica del Presupuesto del 1inisterio de inanzas

    Publicas ubicada en el Centro C/vico zona uno de la ciudad de 3uatemala, sobre

    los siguientes puntos: ?D Si e+iste alguna clasi*icación presupuestaria para el

    sector publico de 3uatemala8 GD Si dentro de esa clasi*icación presupuestaria

    e+iste el renglón cero veintinueve8 D Si las personas ue son contratadas para

    prestar sus servicios al sector publico ba=o el renglón cero veintinueve es personal

    temporal o permanente8 LD Si las personas contratada ba=o el renglón cero

    veintinueve tienen relación de dependencia con la entidad p

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    $l art/culo B del Código de &raba=o, ue en parte conducente estipula: TSi el

    demandado no se con*orma con las pretensiones del actor, debe e+presar con

    claridad en la primera audiencia, los hechos en ue *unda su oposiciónV

    a contestación de la demanda y la reconvención en su caso, podr-n presentarse

    por escrito, hasta el momento de la primera audienciaVU art/culo LG del mismo

    cuerpo legal establece en su parte conducente: TpreviamenteV las e+cepciones

    perentorias se opondr-n con la contestación de la demanda o de la reconvención

    pero las nacidas con posterioridad y las de pago, prescripciónV podr-n

    interponerse en cualuier tiempo(U

    PETICIÓN

    DE TR(MITE:$% )ue se admita para su tr-mite el presente memorial y se agregue a sus

    antecedentes8&% )ue se tome nota del lugar ue señalo para recibir noti*icaciones y ue act

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    57

    """( )ue se condene en costas a la parte demandante8 ".( )ue al encontrarse *irme

    el *allo respectivo, se me e+tienda a mi costa y con las *ormalidades de ley,

    certi*icación del mismo(

    CITA DE LEYES: 1e *undo en las leyes citadas y en los art/culos: ?G, G@, GB,

    GK, G, , L, M, @, B, LL, LM, LB, LK, M, M, ML, MM, del

    Código de &raba=o(

     Acompaño duplicado y cuatro copias del presente memorial y documento ad=unto(

    Cob-n Alta .erapaz, ?K de abril de GM(

     A %!$3' 0$ P%$S$2&A0' 4 $2 S! A!H""'

    LICDA. IRMA JUDITH ARRAZATE CENTENOABOGADA Y NOTARIA

    ORDINARIO NO. +!)*2++!*OF. LABORAL.

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    AUDIENCIA JUICIO ORAL LABORAL: $n la ciudad de Cob-n, Alta .erapaz, el

    diecinueve de abril del año dos mil cinco, siendo las ocho horas con treinta

    minutos, en el Juzgado de Primera "nstancia de &raba=o y Previsión Social de Alta

    .erapaz, A2&$ el in*rascrito Juez, o*icial de tramite y secretario ue autoriza, se

    encuentran presentes las partes: os actores 6$C&'% 0A2"' C6' C'C,

    1A%."2 A'2S' 1'"2A 1AC7 4 !CAS %'3$"' 0$ $;2 'S'%"',

    uienes se identi*ican con 0ocumento Personal de "denti*icación con Código Enico

    de "denti*icación mil seiscientos dos, veintitrés mil doscientos, mil ciento dieciséis

    >?G GG ???D8 mil uinientos uno, cuarenta y cinco mil ochocientos, mil

    seiscientos trece >?M? LMB ??D 8 y mil novecientos dos, cuarenta y cuatro mil

    uinientos, mil seiscientos trece >?KG LLM ??D, respectivamente, e+tendidos

    por el %egistro 2acional de las Personas de la %ep

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    rati*ican la demanda en todos sus e+tremos y no teniendo modi*icación ni

    ampliación ue hacer al respecto( Por lo anterior se resuelve as/: J!73A0' 0$

    P%"1$%A "2S&A2C"A 0$ &%A#AJ' 4 P%$."S";2 S'C"A 0$ A&A .$%APA7,

    C'#Q2, 0"$C"2!$.$ 0$ A#%" 0$ 0'S 1" C"2C'(999 "D( Se tiene por parte de

    los actores por rati*icada la demanda en todos sus e+tremos, no teniendo

    modi*icación ni ampliación ue hacerle al respecto8 ""D( Contin

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    ley8 V% Se tiene por o*recidos los medios de prueba individualizados, a e+cepción

    de la e+hibición de documentos en virtud de no ser necesaria ya ue dentro del

    presente proceso se encuentran agregadas las *otocopias de las *acturas emitidas

    por los actores8 VI% Se tiene por uni*icada la personer/a de los actores en: !CAS

    %'3$"' 0$ $'2 'S'%"'8 VII% $n cuanto a lo dem-s solicitado, presente para

    su oportunidad8 VIII% 2oti*/uese( Art/culos G?, G, G@, GB, GK, M, B, LG

    del Código de &raba=o( 2'&""CAC";2 : $n el mismo lugar y *echa, siendo las

    ocho horas con cuarenta y seis minutos, en la sede del J!73A0' 2'&""C' A

    AS PA%&$S P%'C$SA$S el contenido de la resolución anterior inserta en la

    presente acta de esta misma *echa , de lo cual uedan debidamente enterados,

    reciben sus copias de ley, y al *inal *irmaran( TERCERO: DE LA FASE

    CONCILIATORIA: $l suscrito =uez propone *ormas ecu-nimes de conciliación paraue arreglen el asunto, a lo ue indica la parte demandada ue en virtud de ue

    los actores *ueron contratados la contralor/a como ente *iscalizador no permite ue

    se hagan pagos *uera de los ordenados por la ley, y en virtud de ue los actores

    estaban contratados ba=o el renglón cero veintinueve de la clasi*icación

    presupuestaria para el sector publico de 3uatemala el pago de sus servicios

    prestados a mi representada se realizaban por medio de *actura ue se

    presentaba mensualmente para su pago( CUARTO: DE LA RECEPCION DE LAS

    PRUEBAS: A continuación se procede a recibir las pruebas o*recidas por las

    partes, por lo ue se procede a recibir las pruebas de la parte actora, siendo las

    siguientes: 1% CONFESIÓN JUDICIAL DE LA DEMANDA EN LA CALIDAD CON

    ?UE ACTUA: lo cual no se lleva a cabo en virtud de ue la parte actora no

    presento la plica respectiva. 2% DOCUMENTOS:  aD otocopia simple de los

    contratos n

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    lugar y *echa, siendo las nueve horas con veinte minutos, noti*ico a: AS PA%&$S

    dentro del presente proceso, el contenido de la resolución ue antecede, reciben

    sus copias y al *inal *irmaran( ?UINTO: Se *inaliza la presente diligencia, en el

    mismo lugar y *echa siendo las nueve horas con veinticinco minutos, la ue previa

    lectura, se acepta, rati*ica y para constancia *irman ante el suscrito Juez y

    Secretario respectivo( 0'4 $(

    "C $0N"2 '."0"' S$3!%A 1'%A$S

    J!$7

    6$C&'% 0A2"' C6'C C'C 1A%."2 A'2S' 1'"2A 1AC7

      AC&'% AC&'%

    !CAS %'3$"' 0$ $;2 'S'%"' A#'3A0' WPA%&$ AC&'%A

      AC&'%

      PA#' $%AR2 %AH C6!#

    %$P%$S$2&A2&$ 0$ A 0$1A20A0A A#'3A0A 0$ A 0$1A20A0A

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    %A2C"SC' %$2$ C6"2C6"A 0$ .A$

    S$C%$&A%"'

    ORDINARIO NO.+!)*2++! OFICIAL 1

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    LUCAS ROGELIO DE LEÓN OSORIO, MARVIN ALFONSO MOLINA MACZ,  Y

    HÉCTOR DANILO CHO COC, de datos de identi*icación personal consignados en

    el proceso arriba identi*icado, con todo respeto venimos ante usted a:

    EXPONER:

    $. $n ese Juzgado se viene ventilando un proceso donde reclamamos el pago de

    prestaciones laborales y resarcimiento de daños y per=uicios por 

    incumplimiento de contratos individuales de traba=o en contra de la

    municipalidad de San Juan Chamelco, Alta .erapaz(&. $l diecinueve de abril del año dos mil cinco, se celebro audiencia, donde

    compareció el representante de la "nstitución re*erida, señor PA#' $%A"2

    %AH, en calidad de Alcalde 1unicipal, para la diligencia correspondiente,

    contestando la demanda en sentido negativo y su Abogada au+iliante, solicitó

    como medios de prueba entre otros, in*ormes ue deber/an solicitarse a la

    0"%$CC"'2 &$C2"CA 0$ P%$S!P!$S&' 0$ 1"2"S&$%"' 0$

    "2A27AS P!#"CAS, S"&!A0A $2 A C"!0A0 0$ 3!A&$1AA 4 A A

    S!P$%"2&$20$2C"A 0$ A01"2"S&%AC";2 &%"#!&A%"A TSA&U8 de la

    pr-ctica de esa diligencia, han pasado m-s de dieciocho meses y cuando nos

    hemos personado a reuerir in*ormación, se nos indica ue dichos in*ormes

    aun no han llegado, razón por la cual rogamos sus buenos o*icios a e*ecto de

    ue se reitere la petición de dichos in*ormes y en su debida oportunidad, dictar 

    la sentencia ue en derecho corresponde, pues consideramos un atraso

    considerable en la tramitación del proceso(

    FUNDAMENTO DE DERECHO:

    $l art/culo LM del Código de &raba=o( T$n la resolución por la cual se de tramite a

    la demanda o a la reconvención se mandara pedir de o*icio certi*icaciones de los

    documentos ue las partes hubieren o*recido como prueba y ue se encontraren

    en alguna o*icina p

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    1. )ue se admita para su tr-mite el presente memorial y se agregue a sus

    antecedentes(2. Se soliciten nuevamente los in*ormes reueridos por la parte demandada a las

    instituciones p

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    Para dictar sentencia se tiene a la vista el e+pediente 'rdinario aboral, arriba

    identi*icado, promovido por !CAS %'3$"' 0$ $;2 'S'%"', 1A%."2

     A'2S' 1'"2A 1AC7 4 6IC&'% 0A2"' C6' C'C en contra de la

    1!2"C"PA"0A0 0$ SA2 J!A2 C6A1$C', A&A .$%APA7 por medio de su

    representante legal, uien act

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    traba=o era de lunes a viernes de ocho a dieciséis horas, devengando un salario

    mensual de mil doscientos uetzales con sesenta y seis centavos( os actores

    presentaron la demanda ordinaria laboral en este =uzgado, a la cual se le dio el

    tr-mite respectivo, señal-ndose audiencia para ue las partes comparecieran a

     =uicio oral el nueve de =unio del año dos mil cuatro( $n la audiencia respectiva el

    %epresentante de la demandada interpuso la e+cepción de "ncompetencia por 

    razón de la materia, a la cual se le dio el tr-mite respectivo, habiendo sido resuelta

    en su oportunidad sin lugar, la cual *ue con*irmada por la Sala respectiva( 0$ A

    C'2&$S&AC";2 $ A 0$1A20A: 6abiéndose señalado nueva audiencia, en

    donde la parte demandada por medio de su %epresentante egal se opuso y

    contesto la demanda en sentido negativo e interpuso las e+cepciones perentorias

    de: alta de 0erecho de los actores para demandar el pago de las prestacioneslaborales y de "ne+istencia de relación laboral con los actores, indicando ue se

    opone a la misma por no estar de acuerdo con lo mani*estado en la misma, y la

    contesta en sentido negativo, ya ue todas las reclamaciones ue se hacen en la

    misma, se encuentran *uera de conte+to legal en virtud de ue los contratos

    *irmados con los actores se basan en el renglón cero veintinueve de la

    clasi*icación presupuestaria para el sector publico de 3uatemala, por ser su

    representada 1unicipalidad, la cual se rige por dichas disposiciones, caso

    contrario la Contralor/a 3eneral de Cuentas como ente *iscalizador har/a reparos

    en su contra( 4 en relación a las e+cepciones interpuestas indica en relación a la

    primera ue a los actores les *ueron pagadas todas las prestaciones laborales

    reclamadas en consecuencia carece de derecho para iniciar la presente demanda,

    y en relación a la segunda en virtud de ue a los actores les *ueron pagadas todas

    las prestaciones laborales reclamadas como se demuestra con la documentación

    ad=unta, por lo cual al resolver solicita ue se declare sin lugar la demanda y con

    lugar las e+cepciones perentorias

    interpuestas(99999999999999999999999999999999999999999999999999999990$ 'S 6$C6'S

    S!J$&'S A P%!$#A: 0entro del presente proceso, se su=etaron a prueba los

    siguientes e+tremos: AD Si hubo relación laboral entre las partes8 bD Si la

    demandada por medio de %epresentante egal despidió en *orma directa e

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    in=usti*icada a los actores8 y cD Si la demandada por medio de su %epresentante

    egal, debe pagar las prestaciones reclamadas por los

    actores(999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999999990$

    AS P%!$#AS AP'%&A0AS A J!"C"': 0entro del presente proceso ordinario

    laboral, se recibieron como pruebas por parte de los actores: 0'C!1$2&'S: aD

    otocopia simple de los contratos de traba=o n

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    CONSIDERANDO: I% )ue entre las partes si hubo relación laboral, tal como lo

    mani*iestan los demandantes en su demanda, pues as/ lo reconoce el señor 

     Alcalde 1unicipal en el acta suscrita en la "nspección 3eneral de &raba=o, con

    *echa once de marzo de dos mil cuatro, adem-s *ueron *irmados con los

    demandantes, contratos individuales de traba=o, los ue aparecen a *olios8 seis,

    siete y ocho, y en los mismos se indica ue en el punto: ue Tel plazo del contrato

    individual de traba=oVU8 el contrato suscrito con ucas %ogelio de eón 'sorio, en

    el punto segundo se indica : T$l salario a devengar ser- de un mil ciento veintiséis

    uetzales mensuales, menos descuentos del "3SS, mas una boni*icación de

    doscientos cincuenta uetzales,VU( $n el punto C!A%&': TV $l contratado *uere

    despedidoVU8 los contratos de los otros demandantes, est-n redactados en los

    mismos términos con la di*erencia ue en el punto S$3!20': Se cambia eltérmino salario por 6onorarios, lo ue no a*ecta en la esencia de los mismos( 0e

    lo cual se concluye ue la relación entre las partes *ue de naturaleza laboral, y

    cualuier otra interpretación va en contra del Principio de "rrenunciabilidad de los

    derechos laborales, contenidos en el art/culo ?G del Código de &raba=o y ? de la

    Constitución Pol/tica de la %ep

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    anterioridad, en el sentido ue si se dio una relación laboral, ue claramente se dio

    en el presente caso8 ya ue el hecho de obligar a los traba=adores a ue

    e+tendieran *acturas, para ocultar o desviar su relación laboral es ilegal, y en nada

    les a*ecta en su situación de traba=adores((999999999999

    C"&A 0$ $4$S( Art/culos citados y los siguientes: ??, ?G, ?, ?L, ?M, ?,

    ?@, ?B, ?K, ??, ???, ??G, ??, ??L, ??M, ??, ??@ de la Constitución Pol/tica de

    la %ep

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    cantidad de un mil novecientos cuarenta y siete uetzales con veintidós centavos8

    bD .ACAC"'2$S: Por la cantidad de novecientos setenta y tres uetzales con

    sesenta y un centavos8 cD A3!"2A0': Por la cantidad de un mil novecientos

    cuarenta y siete uetzales con veintidós centavos8 dD #'2""CAC";2 A2!A

    PA%A &%A#AJA0'%$S 0$ S$C&'% PE#"C' 4 P%".A0': Por la cantidad de

    un mil novecientos cuarenta y siete uetzales con veintidós centavos8 eD 0A5'S 4

    P$%J!"C"'S de con*ormidad con la ley8 *D 4 C'S&AS J!0"C"A$S8 al actor 

    HECTOR DANILO CHO COC: aD "20$12"7AC"'2: Por la cantidad de dos mil

    cuatrocientos trece uetzales con treinta y tres centavos8 bD .ACAC"'2$S: Por la

    cantidad de un mil doscientos seis uetzales con sesenta y seis centavos8 cD

     A3!"2A0': Por la cantidad de dos mil cuatrocientos trece uetzales con treinta

    y tres centavos8 dD #'2""CAC";2 A2!A PA%A &%A#AJA0'%$S 0$S$C&'% PE#"C' 4 P%".A0': Por la cantidad de dos mil cuatrocientos trece

    uetzales con treinta y tres centavos8 eD 0A5'S 4 P$%J!"C"'S de con*ormidad

    con la ley8 *D 4 C'S&AS J!0"C"A$S8 ""D Se absuelve a la parte demandada al

    pago de rea=uste salarial8 """D S"2 !3A% AS $HC$PC"'2$S P$%$2&'%"AS

    0$: A&A 0$ 0$%$C6' 0$ 'S AC&'%$S PA%A 0$1A20A% $ PA3' 0$

    P%$S&AC"'2$S A#'%A$S 4 0$ "2$H"S&$2C"A 0$ %$AC"'2 A#'%A

    C'2 'S AC&'%$S interpuestas por la demandada por medio de su

    %epresentante egal8 ".D Al estar *irme el presente *allo, pract/uese la liuidación

    correspondiente8 .D 2oti*/uese(

    "C $0N"2 '."0"' S$3!%A 1'%A$S

    J!$7

    %A2C"SC' %$2$ C6"2C6"A 0$ .A$

    S$C%$&A%"'

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    APELACIÓN

    CONTRA

    SENTENCIA

    O46$46 9$&4$9 +!)*2++! O0. 1

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    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Y

    DE FAMILIA DE ALTA VERAPAZ. TRES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL SIETE.

    I% Por recibido el memorial ue antecede y copias ad=untas8  II% "ncorpórese a sus

    antecedente8 III%  As/ como lo solicita el presentado se tiene por interpuesto

    %ecurso de Apelación en contra de la sentencia de *echa trece de diciembre de

    dos mil seis, dictada por este =uzgado8 IV% $n consecuencia y estando en tiempo

    se otorga el mismo, debiéndose elevar los autos a la honorable Sala %egional

    1i+ta de la Corte de Apelaciones de esta ciudad, para lo ue tenga a bien resolver,

    previa noti*icación a la partes8 V% 2oti*/uese( Art/culos: G@, GB, GK, @, B

    del Código de &raba=o(

     

    ic( 3abino 0e la Cruz Cahuec rancisco %ené Chinchilla 0el .alle

      J!$7 0$ &%A#AJ' S$C%$&A%"'

    S$9$ J@O46$46 L$&4$9 N. +*2++ O0.1

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    PABLO EFRA#N RAX CHUB, de datos de identi*icación personal conocidos en el

     =uicio arriba identi*icado, y en la calidad con ue act

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    son empleados p

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    C"&A 0$ $4$S( Art/culos: ?M, ?,?@, G@, GB, GK, @ del Código de &raba=o(

    ?, G, , L, , @, B, K @, @?, @, @M, @K, B?, BG del Código Procesal Civil y

    1ercantil, BB, BK, ?L?, ?LG de la ey del 'rganismo Judicial(

    Se acompañan tres copias del presente memorial y documento ad=unto(

    Cob-n, Alta .erapaz, GG de enero de G@(

     A %!$3' 0$ A P%$S$2&A0A 4 $2 S! A!H""' 4 0"%$CC";2

    LICDA. IRMA JUDITH ARRAZATE CENTENOABOGADA Y NOTARIA

    S$9$ J@O46$46 L$&4$9 N. +*2++ O0.1

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    "( Se tiene por recibido el memorial ue antecede y documento ad=unto, registrado

    ba=o el n

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    SALA REGIONAL MIXTA DE LA CORTE DE APELACIONES DE COB(N, ALTA

    VERAPAZ: TREINTA DE ENERO DE DOS MIL SIETE.**********************

    $n virtud de haber transcurrido el plazo *i=ado al apelante para ue hiciera uso del

    recurso interpuesto, este &ribunal de o*icio señala PARA LA VISTA DE LA

    SENTENCIA IMPUGNADA LA AUDIENCIA PARA EL D#A SEIS DE FEBRERO

    DE DOS MIL SIETE. A LAS DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS,

    2oti*/uese( Art/culos: ( @( B, K, @, @?, @, @M, @K, B?, BG, B, del Código

    Procesal Civil y 1ercantil( G@, GB, GK, B, K del Código de &raba=o( LB, ?L?,

    ?LG, ?L de la ey del 'rganismo Judicial(99999999999999999999999999

    DR. LUIS ALEXIS CALDERÓN MALDONADO

    MAGISTRADO PRESIDENTE

    LICDA. MAGADA FLORIDALMA JUAREZ RUIZ DE HERRERA.

    SECRETARIA

    S$9$ J@O46$46 L$&4$9 N. +*2++ O0.1

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    PABLO EFRA#N RAX CHUB, de datos de identi*icación personal conocidos en el

     =uicio arriba identi*icado, y en la calidad con ue act

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    82

    el pago se har/a contra *actura autorizada ue ellos deb/an de presentar 

    mensualmente, por lo ue as/ se hizo y durante toda la vigencia del contrato por 

    honorarios, dos de ellos, as/ lo hicieron, pero en ning

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    C"&A 0$ $4$S( Art/culos: ?M, ?,?@, G@, GB, GK, @ del Código de &raba=o(

    ?, G, , L, , @, B, K @, @?, @, @M, @K, B?, BG del Código Procesal Civil y

    1ercantil, BB, BK, ?L?, ?LG de la ey del 'rganismo Judicial(

    Se acompañan tres copias del presente memorial y documento ad=unto(

    Cob-n, Alta .erapaz, de *ebrero de G@(

     A %!$3' 0$ A P%$S$2&A0A 4 $2 S! A!H""' 4 0"%$CC";2

    LICDA. IRMA JUDITH ARRAZATE CENTENOABOGADA Y NOTARIA

    S$9$ J@O46$46 L$&4$9 N. +*2++ O0.1

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    vista por parte del apelante PA#' $%A"2 %AH C6!#, en la calidad con ue

    act

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    0octor uis Ale+is Calderón 1aldonado, Presidente, Abogados Sergio Amadeo

    Pineda Castañeda y Jose Arturo %odas 'valle, .ocales !no y 0os,

    respectivamente, en virtud de recurso de apelación interpuesto en contra de la

    sentencia de *echa trece de diciembre de dos mil seis, emiten la siguiente

    sentencia en la cual ha sido ponente el 1agistrado %odas 'valle uien e+presa el

    parecer de esta Sala como sigue:9999999999999999999999999999999999999999999999999999999999$n

     AP$AC";2 y con sus antecedente se e+amina la S$2&$2C"A de *echa trece de

    diciembre de dos mil seis, dictada por el J!73A0' 0$ P%"1$%A "2S&A2C"A 0$

    &%A#AJ' 4 P%$."S";2 S'C"A 4 0$ A1""A 0$ A&A .$%APA7, dentro del

    J!"C"' '%0"2A%"' A#'%A ue promueve !CAS %'3$"' 0$ $;2

    'S'%"', 1A%."2 A'2S' 1'"2A 1AC7 y 6IC&'% 0A2"' C6' C'C, en

    contra de la 1!2"C"PA"0A0 0$ SA2 J!A2 C6A1$C', A&A .$%APA7, por medio de su %epresentante egal, en la ue en su apartado correspondiente, al

    resolver, 0$CA%A: "D C'2 !3A% parcialmente A 0$1A20A '%0"2A%"A

    A#'%A promovida por !CAS %'3$"' 0$ $;2 'S'%"', 1A%."2

     A'2S' 1'"2A 1AC7 y  6IC&'% 0A2"' C6' C'C, en contra de la

    1!2"C"PA"0A0 0$ SA2 J!A2 C6A1$C', A&A .$%APA7, por medio de su

    %epresentante egal, debe pagar en concepto de prestaciones laborales a los

    actores lo siguiente: Al actor LUCAS ROGELIO DE LEON OSORIO: aD

    "20$12"7AC"'2: Por la cantidad de C"2C' 1" S$&$C"$2&'S 0'C$

    )!$&7A$S C'2 &%$"2&A 4 !2 C$2&A.'S8 bD .ACAC"'2$S: Por la cantidad

    de 0'S 1" 'C6'C"$2&'S C"2C!$2&A 4 S"$&$ )!$&7A$S C'2

    .$"2&"C"2C' C$2&A.'S8 cD A3!"2A0': Por la cantidad de &%$S 1"

    C!A&%'C"$2&'S 0"$C"S"$&$ )!$&7A$S C'2 &%$"2&A 4 0'S C$2&A.'S8

    dD #'2""CAC";2 A2!A PA%A &%A#AJA0'%$S 0$ S$C&'% PE#"C' 4

    P%".A0': Por la cantidad de &%$S 1" C!A&%'C"$2&'S 0"$C"S"$&$

    )!$&7A$S C'2 &%$"2&A 4 0'S C$2&A.'S8 eD 0A5'S 4 P$%J!"C"'S de

    con*ormidad con la ley8 *D 4 C'S&AS J!0"C"A$S8 al actor MARVIN ALFONSO

    MOLINA MACZ:  aD "20$12"7AC"'2: Por la cantidad de un mil novecientos

    cuarenta y siete uetzales con veintidós centavos8 bD .ACAC"'2$S: Por la

    cantidad de novecientos setenta y tres uetzales con sesenta y un centavos8 cD

  • 8/17/2019 1. Señor Juez de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social de Alta Verapaz

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     A3!"2A0': Por la cantidad de un mil novecientos cuarenta y siete uetzales

    con veintidós centavos8 dD #'2""CAC";2 A2!A PA%A &%A#AJA0'%$S 0$

    S$C&'% PE#"C' 4 P%".A0': Por la cantidad de un mil novecientos cuarenta y

    siete uetzales con veintidós centavos8 eD 0A5'S 4 P$%J!"C"'S de con*ormidad

    con la ley8 *D 4 C'S&AS J!0"C"A$S8 al actor HECTOR DANILO CHO COC: aD

    "20$12"7AC"'2: Por la cantidad de dos mil cuatrocientos trece uetzales con

    treinta y tres centavos8 bD .ACAC"'2$S: Por la cantidad de un mil doscientos

    seis uetzales con sesenta y seis centavos8 cD A3!"2A0': Por la cantidad de

    dos mil cuatrocientos trece uetzales con treinta y tres centavos8 dD

    #'2""CAC";2 A2!A PA%A &%A#AJA0'%$S 0$ S$C&'% PE#"C' 4

    P%".A0': Por la cantidad de dos mil cuatrocientos trece uetzales con treinta y

    tres centavos8 eD 0A5'S 4 P$%J!"C"'S de con*ormidad con la ley8 *D 4 C'S&ASJ!0"C"A$S8 ""D Se absuelve a la parte demandada al pago de rea=uste salarial8

    """D S"2 !3A% AS $HC$PC"'2$S P$%$2&'%"AS 0$: A&A 0$ 0$%$C6'

    0$ 'S AC&'%$S PA%A 0$1A20A% $ PA3' 0$ P%$S&AC"'2$S

    A#'%A$S 4 0$ "2$H"S&$2C"A 0$ %$AC"'2 A#'%A C'2 'S

     AC&'%$S interpuestas por la demandada por medio de su %epresentante egal8

    ".D Al estar *irme el presente *allo, pract/uese la liuidación correspondiente8 .D

    2oti*/uese(

    HECHOS RELACIONADOS EN LA SENTENCIA APELADA:

    os hechos e+puestos por las partes en su memorial de demanda y contestación,

    as/ como sus pretensiones aparecen consignadas correctamente y son

    congruentes, por lo ue esta "nstancia no hace modi*icación o recti*icación

    alguna(9

    PUNTOS LITIGIOSOS DENTRO DEL PROCESO:

    Se su=etaron a prueba los siguientes hechos: aD si hubo relación laboral entre las

    partes8 bD si la demandada por medio de %epresentante egal despidió en *orma

    directa e in=usti*icada a los actores8 cD si la demandada por medio de su

    %epresentante egal, debe pagar las prestaciones reclamadas por los actores(

    DE LAS PRUEBAS APORTADAS:

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    as ue se encuentran descritas en la sentencia de primer grado, por lo ue se

    hace innecesario repetirse en esta instancia(

    TRAMITE DE SEGUNDA INSTANCIA:

    %ecibido el e+pediente se le dio el tr-mite correspondiente, la parte demandada

    1!2"C"PA"0A0 0$ SA2 J!A2 C6A1$C', A&A .$%APA7, por medio de su

    %epresentante egal, planteo recurso de apelación en contra de la sentencia de

    primer grado, uien al hacer uso de la audiencia con*erida hizo ver los motivos de

    su incon*ormidad ante este &ribunal se Segunda "nstancia( Se señalo d/a y hora

    para la vista de la sentencia recurrida, la parte demandada presento su alegato

    respectivo uien solicito ue se declare con lugar el recurso de apelación

    interpuesto y como consecuencia, se revoue la sentencia apelada(

    FUNDAMENTO DE DERECHO:

    $stablece el art/culo @G del Código de &raba=o, la sentencia de Segunda

    "nstancia debe con*irmar, revocar, enmendar o modi*icar, parcial o totalmente la

    sentencia de Primera "nstancia( $n el presente caso, al hacer un estudio de las

    actuaciones respectivas, sentencia impugnada y argumentos esgrimidos por el

    apelante PA#' $%A"2 %AH C6!#, en la calidad con ue act

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    contratos individuales de traba=o *irmados por ambas partes, se puede establecer 

    en el contrato suscrito por !CAS %'3$"' 0$ $'2 'S'%"', en una de sus

    clausulas se indica ue devengara un salario de un mil ciento veintiséis uetzales

    mensuales, menos descuentos del "nstituto 3uatemalteco de Seguridad Social,

    mas una boni*icación de doscientos cincuenta uetzales8 en los dem-s contratos

    est-n transcritos del mismo modo y como lo hace ver el Juez A9uo la

  • 8/17/2019 1. Señor Juez de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social de Alta Verapaz

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    relación laboral entre ambas partes con*orme a los medios de prueba

    incorporados al e+pediente y ue el Juez A9uo valoro con*orme a las reglas del

    Código Procesal Civil y 1ercantil, apreciadas en conciencia y analizadas de

    acuerdo a los principios de euidad o de =usticia y con los cuales *undamento su

    criterio para emitir el *allo ob=eto de su impugnación, razón por la cual le

    corresponde a la entidad demandada a través de su %epresentante egal, pagar 

    las prestaciones laborales reclamadas por los actores, as/ como al pago de

    indemnización y daños y per=uicios reclamados por la parte traba=adora, con

    e+cepción al rea=uste salarial por las razones ya antes analizadas( $n vista de lo

    anterior y como lo hace ver el =uzgador en la sentencia impugnada, no son

    procedentes las e+cepciones perentorias interpuestas por la entidad demandada,

    por lo ue las mismas deben declararse sin lugar( 0e ah/ ue el recurso deapelación hecho valer por el apelante deviene improcedente8 y como

    consecuencia, se con*irma la sentencia apelada por estar apegada a derecho y

    constancias procesales(9

    CITA DE LEYES APLICABLES:

     Art/culos citados y ?G, GB, GK, K, L?, ??, ?G, ?@, ?B, G, GL de la

    Constitución Pol/tica de la %ep

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    90

    2oti*/uese y con certi*icación de lo resuelto, vuelvan los antecedentes al Juzgado

    de origen(

    DR. LUIS ALEXIS CALDERÓN MALDONADO

    MAGISTRADO PRESIDENTE

    LIC. SERGIO AMADEO PINEDA CASTAÑEDA

      MAGISTRADO VOCAL I

    LIC. JOSE ARTURO RODAS OVALLE

      MAGISTRADO VOCAL II

    LICDA. MAGDA FLORIDALMA JU(REZ RUIZ DE HERRERA

    SECRETARIA

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    ACLARACIÓN

     Y

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    AMPLIACIÓN

    CONTRA LASENTENCIA QUE

    CONFIRMA LA

    SENTENCIA

    SALA J@O46$46 L$&4$9 N. +*2++ O0.1

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    PABLO EFRA#N RAX CHUB, de datos de identi*icación personal conocidos en el

     =uicio arriba identi*icado, y en la calidad con ue act

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    violan derechos, por lo ue dicha sentencia debe aclararse en el sentido de indicar 

    el valor probatorio ue se les dio a cada una de las pruebas ue se tomaron en

    cuenta para ue se con*irmara dicha sentencia sobre todo lo relacionado con la

    redacción del los contratos antes indicados y resolver con*orme a derecho(

    EN CUANTO AL RECURSO DE AMPLIACIÓN:

    a resolución emitida con *echa veintiocho de *ebrero del dos mil siete, es

    incongruente, ya ue la ley contempla el recurso de apelación precisamente para

    ue el *allo de una instancia sea revisado, y en su oportunidad sea revocado,

    con*irmado o anulado el mismo, en base a los errores ue se hayan cometido en

    el mismo y en el presente caso no se hace mención del porue se condena al

    pago de todas las prestaciones a mi representada, tomando en consideración ue

    uedo demostrado dentro del presente =uicio con las copias de los contratos ueobra en autos ue dos de los actores, se les pagaba de acuerdo a la partida

    presupuestaria 9GK personal temporal, y no se les realizaba ning

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    '% $n el momento procesal correspondiente, se resuelva con lugar dichos

    recursos y se resuelva con*orme a derecho(

    C"&A 0$ $4$S: Art/culos ?M, ?, ?@, G@, GB, GB, @ del Código de &raba=o(

    ?, G, , L, , @, B, K, @, @?, @, @M, @K, B?, BG del Código Procesal Civil y1ercantil(

    Se acompañan tres copias del presente memorial

    Cob-n, Alta .erapaz, B de marzo del G@

    A RUEGO DEL PRESENTADO Y EN SU AUXILIO:

    LICDA. IRMA JUDITH ARRAZATE CENTENOABOGADA Y NOTARIA

    J@O46$46 L$&4$9 N. +*2++ O0.1

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     A1P"AC"'2 en contra de la sentencia de *echa veintiocho de *ebrero de dos mil

    siete, dictada por esta Sala dentro del e+pediente identi*icado en el ac-pite8 III.

    Como consecuencia, se le con*iere A!0"$2C"A A A '&%A PA%&$ P'% $

    PA7' 0$ 0'S 0"AS, para ue se pronuncie al respecto, y con su contestación o

    sin ella, resuélvase oportunamente lo ue en derecho corresponde( IV. $n cuanto

    a lo dem-s solicitado en el memorial de merito, téngase presente para su

    oportunidad( A%&RC!'S: ?M, ?, ?@, G?, GG, GM, G@, GB, GK, L, M, @,

    B, K, @ del Código de &raba=o8 MK, MK@ del Código Procesal Civil y

    1ercantil8 LM, ?L?, ?LG, ?L del la ey del 'rganismo Judicial(

    DR. LUIS ALEXIS CALDERÓN MALDONADO

    MAGISTRADO PRESIDENTE

    LICDA. MAGADA FLORIDALMA JUAREZ RUIZ DE HERRERA.

    SECRETARIA

    J@O46$46 L$&4$9 N. +*2++ O0.1

  • 8/17/2019 1. Señor Juez de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social de Alta Verapaz

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    CONSIDERANDO:

    $stablece el art/culo M del Código de &raba=o, en su parte conducente: en los

    procedimientos de traba=o proceden contra las sentencias o autos ue pongan *in

    al =uicio los recursos: aD 0e aclaración y Ampliación, ue deben interponerse

    dentro de veinticuatro horas de noti*icado el *allo( a aclaraciones pedir- si los

    términos de la sentencia son obscuros, ambiguos o contradictorios, a e*ecto ue

    se aclare o recti*iue su tenor( a ampliación se pedir- si se omitió resolver alguno

    o algunos de los puntos sometidos a =uicio8 y bD 0e apelaciónV por su parte el

    art/culo @ del Código de &raba=o establece: Tcontra las sentencias de Segunda

    "nstancia no caben m-s recursos ue los de aclaración y ampliaciónU( $ste

    &ribunal de Alzada al hacer un estudio de las actuaciones respectivas, sentencia

    impugnada y argumentos esgrimidos por el interponente del %ecurso de Aclaración y Ampliación PA#' $%A"2 %AH C6!#, en la calidad con ue act

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    empleador, entonces se est- en la presencia de una t/pica relación laboral8 y como

    consecuencia, la parte patronal debe pagar las prestaciones laborales reclamadas

    por los demandantes( %azón por la cual los argumentos e+puestos por el

    interponente del recurso de aclaración y ampliación carecen de asidero legal( Ante

    tales circunstancias, la sentencia impugnada por este medio no contiene términos

    obscuros, ambiguos o contradictorios, por lo ue el recurso de aclaración hecho

    valer deviene improcedente( o mismo ocurre con el recurso de Ampliación

    interpuesto por la parte demandada, toda vez ue en la sentencia de merito no se

    de=o de resolver ning

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    99

    LIC. SERGIO AMADEO PINEDA CASTAÑEDA

      MAGISTRADO VOCAL I

    LIC. JOSE ARTURO RODAS OVALLE

      MAGISTRADO VOCAL II

    LICDA. MAGDA FLORIDALMA JU(REZ RUIZ DE HERRERA

    SECRETARIA

    J86'6 O46$46 L$&4$9 N. !)*2++!. O0. 1

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    100

    J!$7 0$ P%"1$%A "2S&A2C"A 0$ &%A#AJ' 4 P%$."S";2 S'C"A 4 0$

    A1""A 0$ A&A .$%APA7(

    Por este medio someto a su consideración la liuidación practicada en este =uicio

    ordinario laboral identi*icado arriba, procediendo de la siguiente manera:

    Para !CAS %'3$"' 0$ $;2 'S'%"'

    $% "20$12"7AC";2:VVVVVVVVVVVVVVVVVVVV( )( M,@?G(?&% #'2""CAC";2 A2!A PA%A &%A#AJA0'%$S'% 0$ S$C&'% P!#"C' 4 P%".A0'VVVVVVVVVV(((V(()(,L?@(G% A3!"2A0'VVVVVVVVVVVVVVVVVVVVVVV()(,L?@(G/% .ACAC"'2$SVVVVVVVVVVVVVVVVV(((((((((((((((((((()(G,BM@(GM0% 0A5'S 4 P$%J!"C"'SVVVVVVVVVVVVVVVVVV )(,L?@(G

    &'&A: )(?B, BG?(MG

    Para 1A%."2 A'2S' 1'"2A 1AC7

    % "20$12"7AC";2:VVVVVVVVVVVVVVVVVVVV(()( ?,KL@,GG% #'2""CAC";2 A2!A PA%A &%A#AJA0'%$S6% 0$ S$C&'% P!#"C' 4 P%".A0'VVVVVV(((VVV((V(()(?,KL@,GG

     %  A3!"2A0'VVVVVVVVVVVVVVVVVVVVV((V()(?,KL@,GG% .ACAC"'2$SVVVVVVVVVVVVVVVVV((((((((((((((((((()( K@(@?9% 0A5'S 4 P$%J!"C"'SVVVVVVVVVVVVVVVVVV)(G,(

    &'&A: )( B, B?M( @

    Para 6$C&'% 0A2"' C6' C'C

    %"20$12"7AC";2:VVVVVVVVVVVVVVVVVVVV(( )(G,L?(

    % #'2""CAC";2 A2!A PA%A &%A#AJA0'%$S% 0$ S$C&'% P!#"C' 4 P%".A0'VVVVVV(((VVV((V(( )(G,L?(% A3!"2A0'VVVVVVVVVVVVVVVVVVVVV((V( )(G,L?(K% .ACAC"'2$SVVVVVVVVVVVVVVVVV((((((((((((((((((( )(?,G(4% 0A5'S 4 P$%J!"C"'SVVVVVVVVVVVVVVVVVV )(G,L(

    &'&A: )(?,BL(M

    a presente liuidación asciende a la cantidad de &%$"2&A 4 'C6' 1"

    C!A&%'C"$2&'S S$&$2&A 4 &%$S )!$&7A$S C'2 C"2C!$2&A 4

    C!A&%' C$2&A.'S ue la demandada 1!2"C"PA"0A0 0$ SA2 J!A2C6A1$C', deber- cancelar al 1A%."2 A'2S' 1'"2A 1AC7, 6$C&'%

    0A2"' C6' C'C 4 !CAS %'3$"' 0$ $;2 'S'%"', en la proporción ue

    le corresponde a cada uno de ellos en concepto de prestaciones laborales, seg

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    %A2C"SC' %$2I C6"2C6"A 0$ .A$

      S$C%$&A%"'

      .o(#o( "C( $0N"2 '."0"' S$3!%A 1'%A$S

    J!$7 0$ &%A#AJ'

    J86'6 O46$46 L$&4$9 N. !)*2++!. O0. 1

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    DL*1+*2,++*O0.1)( B, LB(MLD, ue es en deberle a la parte actora en

    proporción de dieciocho mil ochocientos veinti)(?B, BG?(MGD para !CAS %'3$"' 0$ $'2 'S'%"'8 ocho mil

    ochocientos uince uetzales con treinta y siete centavos >)(B,B?M(@D para

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    103

    1A%."2 A'2S' 1'"2A 1AC78 y diez mil ochocientos cuarenta y seis

    uetzales con sesenta y cinco centavos >)(?,BL(MD para 6$C&'% 0A2"'

    C6' C'C, y al respecto me mani*iesta la secretaria de la 1unicipalidad de San

    Juan Chamelco, oyda $duviges "cal 3onz-lez, ue el representante legal no le

    de=o la cantidad reuerida y ue en su oportunidad le in*ormara a el, ya ue por el

    momento no se encuentra( S$3!20': $n virtud de lo mani*estado, procedo a

    trabar embargo sobre bienes su*icientes propiedad de la entidad demandada ue

    alcancen a cubrir el adeudo, sin embargo, no tengo a la vista bienes ue pudieren

    ser ob=eto de embargo y ue con certeza sean propiedad de la entidad

    demandada, por lo ue no aplico dicha medida( 2o habiendo m-s ue hacer 

    constar, se *inaliza la presente diligencia, en el mismo lugar y *echa de su inicio,

    uince minutos después, la ue previa lectura, se acepta, rati*ica y *irma

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    E. O46$46 L$&4$9 N. !)*2++!*1

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    105

    rancisco %ené Chinchilla 0el .alle

    S$C%$&A%"'

    'rdinario 2o( LK9GL '*icial ?( aboral(

    SEÑOR JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

     Y DE FAMILIA DE COBAN ALTA VERAPAZ(

    LUCAS ROGELIO DE LEÓN OSORIO, MARVIN ALFONSO MOLINA MACZ Y

    HECTOR DANILO CHO COC, de datos de identi*icación personal consignados en

    el proceso arriba identi*icado, con todo respeto venimos ante usted a:

    EXPONER:$% 0entro del e+pediente ordinario laboral identi*icado arriba, después de

    agotadas las diligencias procesales, se dicto la sentencia en contra de el

    representante legal de la 1unicipalidad de San Juan Chamelco de *echa

    catorce de mayo del año en curso, donde se le reuiere el pago a nuestro

    *avor, por la suma de &%$"2&A 4 'C6' 1" C!A&%'C"$2&'S 'C6$2&A 4

    &%$S )!$&7A$S C'2 C"2C!$2&A 4 C!A&%' C$2&A.'S >)( B,

    LB(MLD de acuerdo a la liuidación elaborada en ese Juzgado de *echa tres de

    mayo del año en curso(&% &enemos conocimiento ue el representante legal de dicha municipalidad, *ue

    debidamente noti*icado por despacho remitido al señor Juez de Paz del

    municipio de San Juan Chamelco de este departamento8 sin embargo, cuando

    nos personamos a reclamar las sumas ue nos corresponden, el representante

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    106

    legal de dicha 1unicipalidad, se negó rotundamente a obedecer el

    cumplimiento del contenido de la sentencia emitida('% 0urante la secuela del proceso, uien representaba a la 1unicipalidad de San

    Juan Chamelco, busco la manera de dilatar este proceso y ahora, se niega a

    cumplir con la resolución donde sale condenado a pagarnos las prestacionesue en derecho nos corresponde8 por lo ue por este medio de manera

    respetuosa solicitamos al señor Juez, DECRETAR EL EMBARGO DE BIENES

    SUFICIENTES ue cubran con el valor de la obligación entre los ue podemos

    indicar, un P"CZ(!P marca TOYOTA HI LUX DOBLE CABINA color BLANCO,

    placa 9@@K##J ue consideramos cubre el valor ue arro=o la liuidación

    e*ectuada y ue asciende a TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS

    OCHENTA Y TRES ?UETZALES CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS

    ?. ;, !;."!% nombr-ndose depositario del mismo al %epresentante egal de

    dicha municipalidad(% )ue se o*icie al 1inisterio de inanzas Publicas ue de la suma o de cualuier 

    cantidad ue esté pendiente de pagar a la municipalidad de San Juan

    Chamelco, retenga TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y

    TRES ?UETZALES CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS ?. ;,

    !;."!%  a *avor de LUCAS ROGELIO DE LEÓN OSORIO, MARVIN

    ALFONSO MOLINA MACZ Y HECTOR DANILO CHO COC  en virtud desentencia pro*erida de *echa trece de diciembre del año dos mil seis, para lo

    cual se nombre depositario al pagador respectivo de dicho 1inisterio(

    FUNDAMENTO DE DERECHO:

    T$l acreedor tiene derecho a designar los bienes en ue haya de practicarse el

    embargoV $l e=ecutor nombrara depositario de los bienes embargados a la

    persona ue designe el acreedorVU Art/culos ? y M del Código Procesal Civil

    y 1ercantil(PRUEBAS:

    DOCUMENTOS ?UE OBRAN EN EL PRESENTE EXPEDIENTE:

    Sentencia de *echa trece de diciembre de dos mil seis( iuidación de *echa tres de mayo de dos mil siete( 0espacho aboral de *echa catorce de mayo de dos mil siete(

  • 8/17/2019 1. Señor Juez de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social de Alta Verapaz

    107/117

    107

     Acta de reuerimiento de pago, compulsada y suscrita por el 1inistro

    $=ecutor del Juzgado de Paz del municipio de San Juan Chamelco

    departamento de Alta .erapaz de *echa veintiuno de mayo de dos mil siete(

    PETICIÓN:1. )ue se admita para su tr-mite el presente memorial y se agregue a sus

    antecedentes(2. Se decrete el embargo de bienes su*icientes de los activos ue posee la

    1unicipalidad de San Juan Chamelco, entre los ue puede *igurar un P"CZ(!P

    marca TOYOTA HI LUX DOBLE CABINA color BLANCO, placa 9@@K##J ue

    consideramos cubre el valor ue arro=o la liuidación e*ectuada y ue asciende

    a TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES

    ?UETZALES CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS ?. ;, !;."!%

    nombr-ndose depositario del mismo al %epresentante egal de dicha

    municipalidad(. )ue se o*icie al 1inisterio de inanzas Publicas ue de la suma o de cualuier 

    cantidad ue esté pendiente de pagar a la municipalidad de San Juan

    Chamelco, retenga TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y

    TRES ?UETZALES CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS ?. ;,

    !;."!%  a *avor de LUCAS ROGELIO DE LEÓN OSORIO, MARVIN

    ALFONSO MOLINA MACZ Y HECTOR DANILO CHO COC  en virtud de

    sentencia pro*erida de *echa trece de diciembre del año dos mil seis, para lo

    cual se nombre depositario al pagador respectivo de dicho 1inisterio(!. %ogamos acceder a lo solicitado(

    FUNDAMENTO LEGAL: los citados y el art/culo GB de la Constitución Pol/tica de

    la %ep

  • 8/17/2019 1. Señor Juez de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social de Alta Verapaz

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    108

     A %!$3' 0$ 'S P%$S$2&A0'S )!$ 0$ 1'1$2&' 2' P!$0$2 "%1A%

    4 $2 S! A!H""'(

    LIC. LUIS ALBERTO LEAL SIERRA

    ABOGADO Y NOTARIO

    E43 N. !)*2++* 1

  • 8/17/2019 1. Señor Juez de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social de Alta Verapaz

    109/117

    109

    AMPARO NO. *2++

    CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, C(MARA DE AMPARO Y ANTEJUICIO:

    3uatemala, siete de mayo de dos mil ocho(

    I% Se integra esta C-mara con los 1agistrados suscritos( II% Se tiene a la vista para

    dictar sentencia el amparo solicitado por la MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN

    CHAMELCO, DEL DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ A TRAVÉS DE SU

    ALCALDE MUNICIPAL PABLO EFRA#N RAX CHUB contra la SALA REGIONAL

    MIXTA DE LA CORTE DE APELACIONES DE COB(N( $l compareciente act

  • 8/17/2019 1. Señor Juez de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social de Alta Verapaz

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    110

    HECHOS ?UE MOTIVAN EL AMPARO:

    A. 0e lo e+puesto por la postulante y de los antecedente, se resume lo siguiente: $%

    los señores ucas %ogelio de eón 'sorio, 1arvin Al*onso 1olina 1acz y 6éctor 

    0anilo Cho Coc promovieron =uicio ordinario laboral contra la 1unicipalidad de San

    Juan Chamelco, departamento de Alta .erapaz, argumentando haber sido despedidos

    en *orma directa e in=usti*icada8 solicitaron ue en sentencia se declara la obligación

    de la parte demandada de pagar a cada uno indemnización, vacaciones, aguinaldo,

    boni*icación anual para los traba=adores del sector privado y p

  • 8/17/2019 1. Señor Juez de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social de Alta Verapaz

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    111

    &"r!# en l# Inpe""4n Gener#l 'e Tr#3#0$, $3r#n!e # ;$l$ '$"e, 3) "$n!r#!$

    n''le 'e !r#3#0$ 'e ;e"%# '$ 'e ener$ 'e '$ *l "!r$, $3r#n!e # ;$l$ e,

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