1 La Evolución De las Normas Los niños Internacionales Sobre los Derechos de.
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1
La EvoluciónDe las Normas
Los niños
InternacionalesSobre los Derechos de
2
Creación de la Convención de los Derechos del Niño
Breve historia 1923 –
Engantyne JebbFundadora de: "Unión Internacional de Save the Children".
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23 February 1923192319241945194819531959
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Eglantyne Jebb:
• 5 principios rigen la « Unión International Save the Children »
•Estos principios se consideran la inspiración de la declaración de los derechos de los niños de 1924.
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La Liga de las Naciones aprueba la Declaración de Ginebra sobre los Derechos del Niño.
1945
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La Declaración establece:
el derecho de los niños a disponer de los medios para el desarrollo material, moral y espiritual;
asistencia especial cuando están hambrientos, enfermos, discapacitados o han quedado huérfanos;
a ser protegidos contra la explotación económica.
a tener una educación que les inculque un sentimiento de responsabilidad social.
a ser los primeros en recibir ayuda cuando se encuentren en dificultades
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Fundación de las NNUU
•Después de la entrega total de los alemanes en mayo de 1945, los aliados se movilizaron rápidamente para desarrollar una propuesta para formar un grupo unido de naciones.
•La conferencia fundacional de las NNUU se realizó en S. Francisco, en junio •51 países firmaron la Carta de la ONU como miembros fundadores el 26 de junio de 1945
1923
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La Asamblea General de las Naciones Unidas aprueba la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que en el artículo 25 dice que, la infancia tiene "derecho a curas y a asistencia especiales".
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El Fondo de Las NNU para la Infancia (UNICEF) fue creada por la Asamblea General de la NNUU el 11 de diciembre de 1946, como emergencia para alimentar y cuidar a los niños de los países devastados por la II Guerra Mundial.
En 1953, UNICEF llegó a ser parte permanente del sistema de NNUU y su nombre definitivo fue: Fondo Internacional de Emergencia de las NNUU para la Infancia.
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La Asamblea General de las Naciones Unidas aprueba la Declaración de los Derechos del Niño.
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La Declaración reconoce:
El derecho a la atención de la salud y a una protección especial
El derecho del niño a no ser discriminado
El derecho a un nombre y a una nacionalidad.
El derecho de los niños a la educación
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Se aprueba el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
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Ambos pactos promueven la protección de los niños y niñas contra la explotación y el derecho a la educación.
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La Organización Internacional del Trabajo aprueba el Convenio No.138 sobre la edad mínima (18 años) para realizar todo trabajo que pueda ser peligroso para la salud, la seguridad o la moral de un individuo.
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La Asamblea General de las Naciones Unidas aprueba la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, que protege los derechos humanos de las niñas y las mujeres.
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La Asamblea General de las Naciones Unidas aprueba unánimemente la Convención sobre los Derechos del Niño, que entra en vigor al año siguiente.
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La Cumbre Mundial en favor de la Infancia de 1990 aprueba la Declaración mundial sobre la supervivencia, la protección y el desarrollo del niño, y un plan de acción para ponerla en práctica en el decenio de 1990.
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La Organización Internacional del Trabajo aprueba el Convenio No. 182 sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación.
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La Asamblea General de las Naciones Unidas aprueba dos Protocolos Facultativos de la Convención sobre los Derecho del Niño: uno sobre la participación de los niños en conflictos armados y otro sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.
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OBJETIVOS DEL MILENIO PARA EL AÑO 2015
Erradicar la pobreza extrema y el hambre
Educación primaria universal
Igualdad entre géneros
Reducir la mortalidad de los niños
Mejorar la salud materna
Combatir el SIDA
Sostenibilidad del medio ambiente
Fomentar una asociación mundial
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La Asamblea General de las Naciones Unidas celebra la Sesión Especial en favor de la Infancia, una reunión en la que se debaten por primera vez cuestiones específicas sobre la infancia, y los dirigentes mundiales se comprometen con un pacto sobre los derechos de la infancia, denominado "Un mundo apropiado para los niños".
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Una reunión para realizar un seguimiento cinco años después de la Sesión Especial de la Asamblea General de las Naciones Unidas en favor de la Infancia finaliza con una Declaración sobre la Infancia aprobada por más de 140 gobiernos. La Declaración reconoce los progresos conseguidos y los desafíos que quedan, y reafirma su compromiso con el pacto en favor de un Mundo Apropiado para los Niños, la Convención y sus Protocolos Facultativos.
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CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO
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Tradicionalmente, las políticas se han
basado en la asistencia social, considerando a la infancia como receptores pasivos de curas y
servicios, y no como agentes sociales.
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un entorno de protección ante una amplia variedad de abusos, de discriminación y de explotación, porque todos los niños necesitan que se les proteja de los abusos i de la explotación.
La convención ofrece a los niños:
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El derecho de los niños y niñas a participar, a no ser discriminados, a la vida, es parte fundamental del respeto que merecen como titulares de sus propios derechos.
La convención proporciona a los niños:
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Los derechos proclamados en la Convención pretenden asegurar:
La PARTICIPACIÓN
La PROTECCIÓN
La PROVISIÓN
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LAS PARTES DE LA CONVENCIÓN
PREÀMBUL
PRIMERA PARTE DE LA CONVENCIÓN
SEGUNDA PARTE DE LA CONVENCIÓN
TERCERA PARTE DE LA CONVENCIÓN
12
3
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Reconoce la dignidad intrínseca de los miembros de la família humana
Se basa en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Tiene en cuenta otras declaraciones anteriores sobre la protección de los niños
Reconoce que no todos los niños viven en las mismas condiciones
PREÁMBULO
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Desarrollo de los artículos que hacen referencia directa a los derechos de los niños.(Artículos comprendidos entre el primero y el 41)
PRIMERA PARTE DE LA CONVENCIÓN
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Consta de los artículos 42 a 45.
Art. 42: compromiso de los estados a dar a conocer los principios y disposiciones de la convención
Art. 43 a 45: Creación del Comité de los Derechos de los Niños.
Funcionamiento del Comité: número y elección de los miembros y duración del mandato.
SEGUNDA PARTE DE LA CONVENCIÓN
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Consta de los artículos 46 a 54.
Adhesión y ratificación de la Convención por parte de los estados.
Entrada en vigor.
Proposiciones y adopción de enmiendas.
Reservas que pueden comunicar los estados.
TERCERA PARTE DE LA CONVENCIÓN
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PRINCIPIOS FUNDAMENTA
LES DE LA CONVENCIÓN
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EL RESPETO A LA OPINIÓN DEL NIÑO
LA NO DISCRIMINACIÓN
LA DEDICACIÓN AL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO
EL DERECHO A LA VIDA, A LA SUPERVIVENCIA Y AL DESARROLLO
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"respetarán los derechos enunciados en la presente Convención y asegurarán su aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción, sin ninguna distinción, independientemente de la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la posición económica, los impedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otra condición del niño, de sus padres o de sus representantes legales."
La no discriminación (art 2)
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El interés superior del niño (Art 3)
"En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, existirá una consideración primordial que se tendrá en cuenta y será el interés superior del niño".
Este segundo principio clave refuerza la protección legal y la atención de los niños basada en pruebas científicas.
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“Todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida" y a que los Estados Parte "garantizarán con la máxima medida posible la supervivencia y el desarrollo del niño". El derecho a la supervivencia y el desarrollo está estrechamente unido a los derechos del niño a disfrutar del máximo grado de salud, disponer de servicios sanitarios y contar con un nivel de vida adecuado.
Dereho a la vida, a la supervivéncia y al desarrollo (Art. 6)
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Los Estados Parte
"garantizarán al niño el derecho a expresar su opinión libremente en todos los asuntos que le afecten, en función de su edad y de su madurez”.
Opinión del niño (Art 12)
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Clasificación de los derechos
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Relaciones con la familia y orientación a los progenitores: …………………………………………………………….5, 8, 9, 10, 18, 21, 25.
Vida, supervivencia y desarrollo:……………………………………..…6.
Inscripción, nombre, nacionalidad, atención, y preservación de la identidad:…………….……………………….7, 8.
Acceso a una información adecuada:…….…………………13, 17.
La salud y acceso a servicios de atención a la salud:….24.
Beneficio de la Seguridad social: …………………………………..26.
Un nivel de vida adecuado:……………………………………………….37.
Educación:……..……………………………………………………………..28, 29.
Derecho a la supervivencia y al desarrollo:
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Traslados ilícitos y adopciones ilegales:…………………….11, 21.Violencia, abuso, explotación y abandono:….……………………19. Conflicto armado:……..……………………………………………22, 38-39.Trabajo infantil, tráfico, explotación sexual, de otro tipo y abuso de drogas:………………………………………………..32, 36, 39.Tortura y privación de libertad y pena de muerte:37 i 39.
Además, la Convención asegura una protección, asistencia y atención especiales para los niños que están:Privados de su entorno familiar:……………………………….20, 22.Discapacitados:…………………………………………………………………….23.En conflicto con la ley:…..………………………………………37, 39-40.
Derecho a la protección
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Respeto a la opinión del niño ..............................12.Libertad de expresión .........................................13.Libertad de pensamiento, conciencia i religión:………………………………………………………………….14.Libertad de asociación..........................................15.Derecho a la intimidad .........................................16.Acceso a la información y medios de comunicación…………………………………………………………17.
Derecho a la participación
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El comite de losDERECHOS DE LOS NIÑOS
El Comité de los Derechos de los niños es el órgano de expertos independientes que supervisa la aplicación de la Convención sobre los Derechos de los Niños a los Estados Parte.
El Comité también supervisa la aplicación de los dos protocolos facultativos de la Convenció, relativos a la participación de los niños en conflictos armados y venta de niños, la prostitución infantil y la utilitzación de niños en la pornografía y relativo a lo mecanismo de denuncias de las violaciones de los derechos de los niños.
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1¿Como actua el comité de los DERECHOS DEL NIÑO? (I)
Todos los Estados Parte tienen que presentar al Comité informes sobre la manera en la cual se ejercitan los derechos. Inicialmente, los Estados han de presentar un informe dos años después de su adhesión a la Convención, y después, cada cinco años
El Comité examina los informes de todas las partes referentes a la convención y protocolos facultativos.
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¿Como actua el comité de los DERECHOS DEL NIÑO? (I)
3
2En sesión abierta, el Comité escucha el informe del país, plantea cuestiones y clarifica incertitudes.
En sesión cerrada, el comité elabora las “observaciones finales”, que son las directrices que ha de seguir el país para implementar sus políticas según la convención.
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CICLO de Presentación de informes Preparación del informe.
(Fase Nacional).
Armonización del Período de Sesiones.
Examen del informe por parte del Comité. Observaciones finales.
Implementación y Seguimiento.
Informe del Estado ParteInforme de las ONGsInforme de la Sociedad Civil
El Comité puede pedir explicaciones al informe
Presentación del informe
El Comité aprueba las observaciones finales.
Es obligación del Estado Parte cumplir las observaciones
CICLO