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1 Derecho Comunitario Andino e Integración Económica Guillermo Chahín Lizcano Magistrado Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina Profesor Titular Universidad Nacional de Colombia

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Derecho Comunitario Andino e Integración Económica

Guillermo Chahín LizcanoMagistrado Tribunal de Justicia de la Comunidad

AndinaProfesor Titular Universidad Nacional de

Colombia

Cuenca, octubre 13/2003

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OBJETIVOOBJETIVOSS::

Realizar una aproximación al concepto deRealizar una aproximación al concepto de ORDENAMIENTO JURÍDICO COMUNITARIOORDENAMIENTO JURÍDICO COMUNITARIO

con miras a desentrañar su naturaleza, con miras a desentrañar su naturaleza, conformación y características, así como conformación y características, así como

sus interrelaciones con los ordenamientos sus interrelaciones con los ordenamientos nacionales y con otros sistemas jurídicosnacionales y con otros sistemas jurídicos..

Proporcionar una visión general de las Proporcionar una visión general de las competencias atribuidas al Tribunalcompetencias atribuidas al Tribunal y, en y, en lo posible, presentar las particularidades lo posible, presentar las particularidades más importantes de su funcionamiento.más importantes de su funcionamiento.

Realizar una aproximación al concepto deRealizar una aproximación al concepto de ORDENAMIENTO JURÍDICO COMUNITARIOORDENAMIENTO JURÍDICO COMUNITARIO

con miras a desentrañar su naturaleza, con miras a desentrañar su naturaleza, conformación y características, así como conformación y características, así como

sus interrelaciones con los ordenamientos sus interrelaciones con los ordenamientos nacionales y con otros sistemas jurídicosnacionales y con otros sistemas jurídicos..

Proporcionar una visión general de las Proporcionar una visión general de las competencias atribuidas al Tribunalcompetencias atribuidas al Tribunal y, en y, en lo posible, presentar las particularidades lo posible, presentar las particularidades más importantes de su funcionamiento.más importantes de su funcionamiento.

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Temas a tratar:

CONCEPTO DE INTEGRACION Y DE CONCEPTO DE INTEGRACION Y DE DERECHO COMUNITARIODERECHO COMUNITARIO

  LA COMUNIDAD ANDINA: LA COMUNIDAD ANDINA:

SU ORDENAMIENTO JURÍDICO Y SU SU ORDENAMIENTO JURÍDICO Y SU ESTRUCTURA INSTITUCIONALESTRUCTURA INSTITUCIONAL

EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINACOMUNIDAD ANDINA

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NOCIONES

Qué es la Integración Económica:

“Unificación de distintas eonomías en una sola más grande”. Ellsworth

La Integración como forma actual de la Política Comercial

Clases:

• Fronteriza – Regional – Subregional – Continental• Global - Sectorial• Sistema de Preferencias Aduaneras. Zona deLibre Comercio. Unión

Aduanera. Unión Económica.

Principales esquemas de Integración:Unión Europea - Comunidad Andina – MERCOSUR – OMC (GATT) – Grupo de los Tres – NAFTA – Mercado Común Centroamericano – Commonwealth - ALADI.

NOCIONES

Qué es la Integración Económica:

“Unificación de distintas eonomías en una sola más grande”. Ellsworth

La Integración como forma actual de la Política Comercial

Clases:

• Fronteriza – Regional – Subregional – Continental• Global - Sectorial• Sistema de Preferencias Aduaneras. Zona deLibre Comercio. Unión

Aduanera. Unión Económica.

Principales esquemas de Integración:Unión Europea - Comunidad Andina – MERCOSUR – OMC (GATT) – Grupo de los Tres – NAFTA – Mercado Común Centroamericano – Commonwealth - ALADI.

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DERECHO COMUNITARIO COMO EL DERECHO DE LA INTEGRACIÓN

El Derecho Comunitario: Un nivel superior del Derecho Internacional Público

Ordenamientos Jurídicos Nacionales y Derecho Comunitario: La Supranacionalidad.

Principales Ordenamientos Jurídicos Comunitarios: La Unión Europea y la Comunidad

Andina.

DERECHO COMUNITARIO COMO EL DERECHO DE LA INTEGRACIÓN

El Derecho Comunitario: Un nivel superior del Derecho Internacional Público

Ordenamientos Jurídicos Nacionales y Derecho Comunitario: La Supranacionalidad.

Principales Ordenamientos Jurídicos Comunitarios: La Unión Europea y la Comunidad

Andina.

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los procesos delos procesos de integración integración según su grado y forma de según su grado y forma de

institucionalidad:institucionalidad: de derecho comunitariode derecho comunitario

tienen origen en tratados de derecho tienen origen en tratados de derecho internacional por los que se crean internacional por los que se crean

instituciones capaces de generar, ejecutar y instituciones capaces de generar, ejecutar y aplicar derecho para todos los países de la aplicar derecho para todos los países de la

comunidadcomunidad

de derecho internacional clásicode derecho internacional clásico establecen reglas de derecho internacional establecen reglas de derecho internacional

para alcanzar objetivos comunes de para alcanzar objetivos comunes de integración pero sin transferir a instituciones integración pero sin transferir a instituciones

comunitarias las funciones de producir, comunitarias las funciones de producir, ejecutar y aplicar el derecho.ejecutar y aplicar el derecho.

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la comunidad la comunidad andina:andina:

un proceso de un proceso de

integración integración

institucionalizadinstitucionalizadoo

la comunidad la comunidad andina:andina:

un proceso de un proceso de

integración integración

institucionalizadinstitucionalizadoo

ordenamiento jurídico – estructura orgánicaordenamiento jurídico – estructura orgánicafuncionesfunciones

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consejo consejo presidencialpresidencial

andinoandino

• secretaría secretaría generalgeneral

(ejecutivo)(ejecutivo)

• tribunal tribunal de de

justicia justicia

(judicial)(judicial)

demás órganos del sistema:demás órganos del sistema:caf - flar - caf - flar - parlamento andino parlamento andino - - consejo consejoss consultivo consultivos –s –convenioconvenioss sociales sociales y culturales - y culturales - universidad andina universidad andina

• consejo de ministros de relaciones exterioresconsejo de ministros de relaciones exteriores• comisióncomisión (legislativo)(legislativo)

estructura estructura y funciones de la comunidad andina y funciones de la comunidad andina – – el sai-el sai-

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Constitucionalismo Andino y Derecho Constitucionalismo Andino y Derecho ComunitarioComunitario

La Constitución Boliviana y el Derecho Comunitario.

La Constitución Colombiana y el Derecho Comunitario.

La Constitución Ecuatoriana y el Derecho Comunitario.

La Constitución Peruana y el Derecho Comunitario.

La Constitución Venezolana y el Derecho Comunitario

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BOLIVIA:

““ARTICULO 59. ARTICULO 59. Son atribuciones del Poder Son atribuciones del Poder Legislativo:Legislativo:(…)(…)““12. Aprobar los tratados, concordatos y convenios 12. Aprobar los tratados, concordatos y convenios internacionales”. internacionales”.

““ARTICULO 96.ARTICULO 96. Son atribuciones del Presidente de Son atribuciones del Presidente de la República: la República: (…)(…)2. Negociar y concluir tratados con naciones 2. Negociar y concluir tratados con naciones extranjeras; canjearlos, previa ratificación del extranjeras; canjearlos, previa ratificación del Congreso”. Congreso”.

““3. Conducir las relaciones exteriores, nombrar 3. Conducir las relaciones exteriores, nombrar funcionarios diplomáticos y consulares, admitir a los funcionarios diplomáticos y consulares, admitir a los funcionarios extranjeros en general”. funcionarios extranjeros en general”.

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COLOMBIA:COLOMBIA:““PREAMBULO. PREAMBULO. El pueblo de Colombia, en ejercicio de su poder El pueblo de Colombia, en ejercicio de su poder soberano, representado por sus delegatarios a la Asamblea Nacional soberano, representado por sus delegatarios a la Asamblea Nacional Constituyente, invocando la protección de Dios, y con el fin de Constituyente, invocando la protección de Dios, y con el fin de fortalecer la unidad de la Nación y asegurar a sus integrantes la vida, la fortalecer la unidad de la Nación y asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y libertad y la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo, participativo que garantice un orden político, económico y social justo, y y comprometido a impulsar la integración de la comunidad comprometido a impulsar la integración de la comunidad latinoamericana,latinoamericana, decreta, sanciona y promulga la siguiente: decreta, sanciona y promulga la siguiente: CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA”CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA” ““ARTICULO 9oARTICULO 9o. Las relaciones exteriores del Estado se fundamentan . Las relaciones exteriores del Estado se fundamentan en la soberanía nacional, en el respeto a la autodeterminación de los en la soberanía nacional, en el respeto a la autodeterminación de los pueblos y en el reconocimiento de los principios del derecho pueblos y en el reconocimiento de los principios del derecho internacional aceptados por Colombia. internacional aceptados por Colombia. De igual manera, la política exterior de Colombia se orientará hacia la De igual manera, la política exterior de Colombia se orientará hacia la integración latinoamericana y del Caribe”.integración latinoamericana y del Caribe”.

““ARTICULO 150.ARTICULO 150. Corresponde al Congreso hacer las leyes. Por medio Corresponde al Congreso hacer las leyes. Por medio de ellas ejerce las siguientes funciones: (…)de ellas ejerce las siguientes funciones: (…)16. Aprobar o improbar los tratados que el Gobierno celebre con otros 16. Aprobar o improbar los tratados que el Gobierno celebre con otros Estados o con entidades de derecho internacional. Estados o con entidades de derecho internacional. Por medio de dichos Por medio de dichos tratados podrá el Estado, sobre bases de equidad, reciprocidad y tratados podrá el Estado, sobre bases de equidad, reciprocidad y conveniencia nacional, transferir parcialmente determinadas conveniencia nacional, transferir parcialmente determinadas atribuciones a organismos internacionales, que tengan por objeto atribuciones a organismos internacionales, que tengan por objeto promover o consolidar la integración económica con otros Estadospromover o consolidar la integración económica con otros Estados. .

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COLOMBIA:COLOMBIA:

““ARTICULO 227ARTICULO 227. . El Estado promoverá la integración El Estado promoverá la integración económica, social y política con las demás naciones y económica, social y política con las demás naciones y especialmente, con los países de América Latina y del especialmente, con los países de América Latina y del Caribe mediante la celebración de tratados que sobre bases Caribe mediante la celebración de tratados que sobre bases de equidad, igualdad y reciprocidad, creen organismos de equidad, igualdad y reciprocidad, creen organismos supranacionales, inclusive para conformar una comunidad supranacionales, inclusive para conformar una comunidad latinoamericana de naciones. La ley podrá establecer latinoamericana de naciones. La ley podrá establecer elecciones directas para la constitución del Parlamento elecciones directas para la constitución del Parlamento Andino y del Parlamento Latinoamericano”.Andino y del Parlamento Latinoamericano”.

““ARTICULO 289ARTICULO 289. Por mandato de la ley, los departamentos . Por mandato de la ley, los departamentos y municipios ubicados en zonas fronterizas podrán adelantar y municipios ubicados en zonas fronterizas podrán adelantar directamente con la entidad territorial limítrofe del país directamente con la entidad territorial limítrofe del país vecino, de igual nivel, programas de vecino, de igual nivel, programas de cooperación e cooperación e integraciónintegración, dirigidos a fomentar el desarrollo comunitario, , dirigidos a fomentar el desarrollo comunitario, la prestación de servicios públicos y la preservación del la prestación de servicios públicos y la preservación del ambiente”.ambiente”.

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ECUADOR:ECUADOR:

““Art. 4.-Art. 4.- El Ecuador en sus relaciones con la El Ecuador en sus relaciones con la comunidad internacional: comunidad internacional: (…)(…)““Propugna la integración, de manera especial Propugna la integración, de manera especial la andina y latinoamericana”.la andina y latinoamericana”.

““Art. 161.-Art. 161.- El Congreso Nacional aprobará o El Congreso Nacional aprobará o improbará los siguientes tratados y improbará los siguientes tratados y convenios internacionales: convenios internacionales: (…)(…)““Los que comprometan al país en acuerdos Los que comprometan al país en acuerdos de integración”. de integración”.

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PERU:PERU:

““Artículo 44º. Artículo 44º. Son deberes primordiales del Estado: Son deberes primordiales del Estado: defender la soberanía nacional; garantizar la plena defender la soberanía nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; y población de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se fundamenta en promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación.Nación.

““Asimismo, Asimismo, es deber del Estado establecer y ejecutar es deber del Estado establecer y ejecutar la política de fronteras y promover la integración, la política de fronteras y promover la integración, particularmente latinoamericana,particularmente latinoamericana, así como el así como el desarrollo y la cohesión de las zonas fronterizas, en desarrollo y la cohesión de las zonas fronterizas, en concordancia con la política exterior”.concordancia con la política exterior”.

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VENEZUELA:VENEZUELA:

““PREÁMBULOPREÁMBULO““El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana; aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; subordinación alguna; promueva la cooperación pacífica entre las naciones promueva la cooperación pacífica entre las naciones e impulse y consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el e impulse y consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblosprincipio de no intervención y autodeterminación de los pueblos,, la la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad; en ejercicio de su poder originario común e irrenunciable de la humanidad; en ejercicio de su poder originario representado por la Asamblea Nacional Constituyente mediante el voto representado por la Asamblea Nacional Constituyente mediante el voto libre y en referendo democrático, decreta la siguiente….”libre y en referendo democrático, decreta la siguiente….”

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VENEZUELA:VENEZUELA:

““Artículo 153.Artículo 153. La República promoverá y favorecerá La República promoverá y favorecerá la integración latinoamericana y caribeña, en aras de la integración latinoamericana y caribeña, en aras de avanzar hacia la creación de una comunidad de avanzar hacia la creación de una comunidad de naciones, defendiendo los intereses económicos, naciones, defendiendo los intereses económicos, sociales, culturales, políticos y ambientales de la sociales, culturales, políticos y ambientales de la región. La República podrá suscribir tratados región. La República podrá suscribir tratados internacionales que conjuguen y coordinen esfuerzos internacionales que conjuguen y coordinen esfuerzos para promover el desarrollo común de nuestras para promover el desarrollo común de nuestras naciones, y que aseguren el bienestar de los pueblos naciones, y que aseguren el bienestar de los pueblos y la seguridad colectiva de sus habitantes. Para estos y la seguridad colectiva de sus habitantes. Para estos fines, la República podrá atribuir a organizaciones fines, la República podrá atribuir a organizaciones supranacionales, mediante tratados, el ejercicio de las supranacionales, mediante tratados, el ejercicio de las competencias necesarias para llevar a cabo estos competencias necesarias para llevar a cabo estos procesos de integración. Dentro de las políticas de procesos de integración. Dentro de las políticas de integración y unión con Latinoamérica y el Caribe, la integración y unión con Latinoamérica y el Caribe, la República privilegiará relaciones con Iberoamérica, República privilegiará relaciones con Iberoamérica, procurando sea una política común de toda nuestra procurando sea una política común de toda nuestra América Latina. Las normas que se adopten en el América Latina. Las normas que se adopten en el marco de los acuerdos de integración serán marco de los acuerdos de integración serán consideradas parte integrante del ordenamiento legal consideradas parte integrante del ordenamiento legal vigente y de aplicación directa y preferente a la vigente y de aplicación directa y preferente a la legislación interna”. legislación interna”.

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EL ORDENAMIENTO JURIDICO DE LA CAN 

ObjetoObjeto::

El Ordenamiento Jurídico de la Comunidad Andina, normativa de naturaleza supranacional, prevalente, de efecto directo y de aplicabilidad inmediata, ha sido concebido para ofrecer seguridad jurídica al proceso de integración consagrado en el Acuerdo de Cartagena

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• supranacionalsupranacional• prevalenteprevalente• de efecto directode efecto directo• de aplicabilidad inmediatade aplicabilidad inmediata• autónomoautónomo

• supranacionalsupranacional• prevalenteprevalente• de efecto directode efecto directo• de aplicabilidad inmediatade aplicabilidad inmediata• autónomoautónomo

conjunto de normasconjunto de normasde naturaleza:de naturaleza:

conformado por:conformado por:• normas fundamentalesnormas fundamentales (D. primario o constitucional(D. primario o constitucional))

• normas derivadasnormas derivadas (D. secundario o legislativo)(D. secundario o legislativo)

concebido para:concebido para: • ofrecer seguridad jurídicaofrecer seguridad jurídica al proceso de integraciónal proceso de integración

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SujetosSujetos::

PAISES MIEMBROS PAISES MIEMBROS

ORGANISMOS COMUNITARIOS ORGANISMOS COMUNITARIOS

PARTICULARES PARTICULARES

EL ORDENAMIENTO JURIDICO DE LA CEL ORDENAMIENTO JURIDICO DE LA CANAN  

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       ConformaciónConformación

Naturaleza y CaracterísticasNaturaleza y Características

Ambito de aplicaciónAmbito de aplicación

Cumplimiento.Cumplimiento.

EL ORDENAMIENTO JURIDICO DE LA CAN

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TRATADOSTRATADOS

DECISIONESDECISIONES

RESOLUCIORESOLUCIONESNES

CONVENIOSCONVENIOS

TRATADOSTRATADOS

DECISIONESDECISIONES

RESOLUCIORESOLUCIONESNES

CONVENIOSCONVENIOS

(CONSTITUCION)

(LEY)

(ACTOS ADMVOS.)

(CONTRATOS)

(CONSTITUCION)

(LEY)

(ACTOS ADMVOS.)

(CONTRATOS)

CONFORMACIONCONFORMACION DEL ORDENAMIENTO JURIDICO DEL ORDENAMIENTO JURIDICO

ANDINOANDINO

CONFORMACIONCONFORMACION DEL ORDENAMIENTO JURIDICO DEL ORDENAMIENTO JURIDICO

ANDINOANDINO

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SUPRANACIONALIDAD:SUPRANACIONALIDAD:

Capacidad que tienen los órganos de la comunidad Capacidad que tienen los órganos de la comunidad de producir derecho directamente aplicable en el de producir derecho directamente aplicable en el territorio de los países que la integranterritorio de los países que la integran

Se produce cuando dichos organismos son dotados Se produce cuando dichos organismos son dotados por los respectivos estados miembros, mediante por los respectivos estados miembros, mediante

cesión que éstos les hacen al crearlos, de cesión que éstos les hacen al crearlos, de competencias de ejercicio autónomo en los campos competencias de ejercicio autónomo en los campos

legislativo, ejecutivo y jurisdiccionallegislativo, ejecutivo y jurisdiccional

El Derecho generado por los organismos El Derecho generado por los organismos comunitarios se aplica a los estados miembros como comunitarios se aplica a los estados miembros como a los particulares que en ellos residena los particulares que en ellos residen

Los estados miembros pierden su capacidad de Los estados miembros pierden su capacidad de legislar en las materias objeto de las competencias legislar en las materias objeto de las competencias cedidas y se obligan a aplicar sólo las normas que cedidas y se obligan a aplicar sólo las normas que

produzca el órgano comunitario competenteproduzca el órgano comunitario competente

SUPRANACIONALIDAD:SUPRANACIONALIDAD:

Capacidad que tienen los órganos de la comunidad Capacidad que tienen los órganos de la comunidad de producir derecho directamente aplicable en el de producir derecho directamente aplicable en el territorio de los países que la integranterritorio de los países que la integran

Se produce cuando dichos organismos son dotados Se produce cuando dichos organismos son dotados por los respectivos estados miembros, mediante por los respectivos estados miembros, mediante

cesión que éstos les hacen al crearlos, de cesión que éstos les hacen al crearlos, de competencias de ejercicio autónomo en los campos competencias de ejercicio autónomo en los campos

legislativo, ejecutivo y jurisdiccionallegislativo, ejecutivo y jurisdiccional

El Derecho generado por los organismos El Derecho generado por los organismos comunitarios se aplica a los estados miembros como comunitarios se aplica a los estados miembros como a los particulares que en ellos residena los particulares que en ellos residen

Los estados miembros pierden su capacidad de Los estados miembros pierden su capacidad de legislar en las materias objeto de las competencias legislar en las materias objeto de las competencias cedidas y se obligan a aplicar sólo las normas que cedidas y se obligan a aplicar sólo las normas que

produzca el órgano comunitario competenteproduzca el órgano comunitario competente

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PREVALENPREVALENCIA:CIA:

Cuando exista conflicto entre una Cuando exista conflicto entre una norma del ordenamiento comunitario y norma del ordenamiento comunitario y

otra perteneciente al ordenamiento otra perteneciente al ordenamiento interno de alguno de los PM tendrá interno de alguno de los PM tendrá

preferencia en su aplicación la preferencia en su aplicación la comunitariacomunitaria

Expedir o mantener en vigencia en el Expedir o mantener en vigencia en el ordenamiento interno de los PM normas ordenamiento interno de los PM normas que contradigan las del ordenamiento que contradigan las del ordenamiento andino implica violación de éste y andino implica violación de éste y configura incumplimiento de las configura incumplimiento de las obligaciones contraídas obligaciones contraídas

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APLICABILIDAD APLICABILIDAD INMEDIATA:INMEDIATA:

Las normas del ordenamiento jurídico Las normas del ordenamiento jurídico andino obligan a los PM y a los demás andino obligan a los PM y a los demás sujetos desde la fecha en que sean sujetos desde la fecha en que sean expedidas por el organismo comunitario expedidas por el organismo comunitario competente. competente.

Su vigencia comienza, generalmente, el Su vigencia comienza, generalmente, el día en que se publica la norma en la día en que se publica la norma en la

Gaceta Oficial del Acuerdo de Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena, a menos que, Cartagena, a menos que,

excepcionalmente, en la propia excepcionalmente, en la propia disposición se señale otra fecha para la disposición se señale otra fecha para la

entrada en vigenciaentrada en vigencia

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Las normasLas normas del Ordenamiento Jurídico Andinodel Ordenamiento Jurídico Andino

son directamente aplicablesson directamente aplicables en los Países Miembros a partir de la en los Países Miembros a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo y no requieren de Oficial del Acuerdo y no requieren de instrumento alguno que las incorpore instrumento alguno que las incorpore

al ordenamiento interno salvo que, por al ordenamiento interno salvo que, por excepción, su texto así lo disponga; excepción, su texto así lo disponga;

caso en el cual, mediante acto caso en el cual, mediante acto expreso se indicará la fecha de su expreso se indicará la fecha de su

entrada en vigor en cada P.M.entrada en vigor en cada P.M. EFECTO DIRECTOEFECTO DIRECTO

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AUTONOMIAUTONOMIA:A: Cuando exista conflicto entre una Cuando exista conflicto entre una norma del ordenamiento comunitario y norma del ordenamiento comunitario y otra perteneciente a un ordenamiento otra perteneciente a un ordenamiento

jurídico internacional del cual sean jurídico internacional del cual sean sujetos alguno o algunos de los PM sujetos alguno o algunos de los PM

tendrá preferencia en su aplicación la tendrá preferencia en su aplicación la comunitariacomunitaria

No es posible postergar el No es posible postergar el cumplimiento de la norma comunitaria cumplimiento de la norma comunitaria so pretexto de atender obligaciones so pretexto de atender obligaciones contraídas por los PM en otros contraídas por los PM en otros ordenamientos internacionales ordenamientos internacionales

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Sus normas rigen la Sus normas rigen la

existencia y el existencia y el funcionamiento defuncionamiento de

los órganos de la los órganos de la Comunidad Andina y seComunidad Andina y se

aplican en el territorio aplican en el territorio de los Países Miembros de los Países Miembros

que laque laconforman, tanto a los conforman, tanto a los

estados como a los estados como a los particularesparticulares

Sus normas rigen la Sus normas rigen la existencia y el existencia y el

funcionamiento defuncionamiento delos órganos de la los órganos de la

Comunidad Andina y seComunidad Andina y seaplican en el territorio aplican en el territorio

de los Países Miembros de los Países Miembros que laque la

conforman, tanto a los conforman, tanto a los estados como a los estados como a los

particularesparticulares

AMBITO DEAMBITO DEAPLICACIÓN APLICACIÓN DELDELORDENAMIENORDENAMIENTOTOJURIDICO JURIDICO ANDINOANDINO

AMBITO DEAMBITO DEAPLICACIÓN APLICACIÓN DELDELORDENAMIENORDENAMIENTOTOJURIDICO JURIDICO ANDINOANDINO

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CUMPLIMIENTO DEL ORDENAMIENTO

JURIDICO ANDINO

CUMPLIMIENTO DEL ORDENAMIENTO

JURIDICO ANDINO

Igualmente, a no adoptar ni emplear medida alguna que sea contraria a dichas normas o que obstaculice su aplicación

Igualmente, a no adoptar ni emplear medida alguna que sea contraria a dichas normas o que obstaculice su aplicación

Los Países Miembros se obligan a

adoptar las medidas necesarias para asegurar el

cumplimiento de las normas que conforman el

ordenamiento jurídico de la CAN

Los Países Miembros se obligan a

adoptar las medidas necesarias para asegurar el

cumplimiento de las normas que conforman el

ordenamiento jurídico de la CAN

OBLIGACIONESDE HACEROBLIGACIONESDE HACER

OBLIGACIONESDE NO HACER

OBLIGACIONESDE NO HACER

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Las Normas Constitutivas o Fundacionales de la CANLas Normas Constitutivas o Fundacionales de la CAN

Las Normas de Derecho Derivado. Las Normas de Derecho Derivado.

Las normas ejecutivas y operativas.Las normas ejecutivas y operativas.

PRODUCCION DEL DERECHO COMUNITARIO EN LA CAN

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Por los Países Miembros.

Por los Órganos del Sistema Andino de Integración

Por la Secretaría General de la CAN 

Por los Países Miembros.

Por los Órganos del Sistema Andino de Integración

Por la Secretaría General de la CAN 

   EJECUCION DEL DERECHO COMUNITARIO ANDINO.

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clasificación de los mecanismos declasificación de los mecanismos de soluciónsolución

de controversiasde controversias

las controversias se solucionan acudiendo a mecanismos ad-hoc o a los que existen en el derecho internacional público o privado.

las controversias se solucionan acudiendo a mecanismos ad-hoc o a los que existen en el derecho internacional público o privado.

las diferencias en la aplicación del

ordenamiento jurídico se resuelven por las

instituciones creadas en éste para tal fin.

las diferencias en la aplicación del

ordenamiento jurídico se resuelven por las

instituciones creadas en éste para tal fin.

institucionalizadosinstitucionalizadosinstitucionalizadosinstitucionalizados

nono institucionalizadosinstitucionalizados    

nono institucionalizadosinstitucionalizados    

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solución solución dede

controversiascontroversiasen laen la

comunidadcomunidadandina andina

cara

cter

ístic

as

cara

cter

ístic

as

mec

anis

mos

mec

anis

mos

sistema institucionalizadosistema institucionalizado

únicoúnico

oobligatoriobligatorio

aabiertobierto

de plenade plena jurisdicción jurisdicción

rrecurso por inactividadecurso por inactividad

aacciones de cciones de tipotipo lab labooralral

ppermanenteermanente

iinterpretación nterpretación pprejudicialrejudicial

aacción de nulidadcción de nulidad

aacción de cción de iincumplimientoncumplimiento

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     Por los Jueces Nacionales de los Países Miembros.

Por el Tribunal de Justicia de la C.A.N.

 

   APLICACION E INTERPRETACION JUDICIALES DEL DERECHO COMUNITARIO.

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EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA C.A.N.

ORIGEN:

No fue creado al mismo tiempo en que se creó el Grupo No fue creado al mismo tiempo en que se creó el Grupo Andino en 1969 por el Acuerdo de Cartagena.Andino en 1969 por el Acuerdo de Cartagena.

Se creó en 1979 por Tratado suscrito también en la Se creó en 1979 por Tratado suscrito también en la ciudad de Cartagena. ciudad de Cartagena.

ORIGEN:

No fue creado al mismo tiempo en que se creó el Grupo No fue creado al mismo tiempo en que se creó el Grupo Andino en 1969 por el Acuerdo de Cartagena.Andino en 1969 por el Acuerdo de Cartagena.

Se creó en 1979 por Tratado suscrito también en la Se creó en 1979 por Tratado suscrito también en la ciudad de Cartagena. ciudad de Cartagena.

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PRODUCCION DE LA JURISPRUDENCIA POR EL TRIBUNALPRODUCCION DE LA JURISPRUDENCIA POR EL TRIBUNALPRODUCCION DE LA JURISPRUDENCIA POR EL TRIBUNAL

en el proceso de aplicación de la en el proceso de aplicación de la norma comunitaria cuandonorma comunitaria cuando

resuelve casos concretos sometidos resuelve casos concretos sometidos a su decisión en ejercicio a su decisión en ejercicio de las acciones judicialesde las acciones judiciales

JUDICIALJUDICIAL

PREJUDICIALPREJUDICIAL

en la absolución de consultas en la absolución de consultas prejudiciales cuando señala al juez prejudiciales cuando señala al juez nacional criterios obligatorios para nacional criterios obligatorios para interpretar la norma comunitaria interpretar la norma comunitaria que deba aplicar en la resolución de que deba aplicar en la resolución de un caso sometido a su jurisdicciónun caso sometido a su jurisdicción

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• seguridad jurídica y confianzaseguridad jurídica y confianza

• cobertura total respecto de cobertura total respecto de todos lostodos los sujetos sujetos

• agilidadagilidad en los en los pronunciamientospronunciamientos

• costoscostos bajos bajos

• imagen y prestigioimagen y prestigio

• seguridad jurídica y confianzaseguridad jurídica y confianza

• cobertura total respecto de cobertura total respecto de todos lostodos los sujetos sujetos

• agilidadagilidad en los en los pronunciamientospronunciamientos

• costoscostos bajos bajos

• imagen y prestigioimagen y prestigio

consideraciones finales acerca de las consideraciones finales acerca de las ventajas de un sistema ventajas de un sistema

institucionalizado de solución de institucionalizado de solución de controversiascontroversias  

consideraciones finales acerca de las consideraciones finales acerca de las ventajas de un sistema ventajas de un sistema

institucionalizado de solución de institucionalizado de solución de controversiascontroversias