1. Aráoz V. Raúl - La quinua como Recurso Natural y el ordenamiento Jurídico Nacional

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CONGRESO MUNDIAL DE LA QUINUA UNIVERSIDAD TECNICA DE ORURO Oruro - Bolivia LA QUINUA COMO RECURSO NATURAL Y EL ORDENAMIENTO JURÍDICO NACIONAL EXPOSITOR: DR. ABOG. RAÚL ARÁOZ VELASCO SECRETARIO GENERAL UTO Marzo 2010

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CONGRESO MUNDIAL DE LA QUINUA

UNIVERSIDAD TECNICA DE ORURO

Oruro - Bolivia

LA QUINUA COMO RECURSO NATURAL Y EL

ORDENAMIENTO JURÍDICO NACIONAL

EXPOSITOR: DR. ABOG. RAÚL ARÁOZ VELASCOSECRETARIO GENERAL UTO

Marzo 2010

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LA QUINUA COMO RECURSO NATURAL Y LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO:

La nueva Constitución Política del Estado de Bolivia protege los recursos naturales.EL Art.348 menciona: “I.Son recursos naturales los minerales en todos sus estados, los hidrocarburos, el agua, el aire. el suelo y el subsuelo, los bosques, la biodiversidad, el espectro electromagnético y todos aquéllos elementos y fuerzas físicas susceptibles de aprovechamiento”.II.Los recursos naturales son de carácter estratégico y de interés público para el desarrollo del país”.El Art.342 dispone:”Es deber del Estado y de la población conservar, proteger y aprovechar de manera sustentable los recursos narturales y la biodiversidad, así como mantener el equilibrio del medio ambiente”.

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LA QUINUA COMO RECURSO NATURAL Y LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO (continúa):

El Art.342 dispone:”Es deber del Estado y de la población conservar, proteger y aprovechar de manera sustentable los recursos naturales y la biodiversidad, así como mantener el equilibrio del medio ambiente”·LA QUINUA ES UN RECURSO NATURAL como una parte de biodiversidad y goza de toda la protección constitucional.

III.LEY No.1921 DE FECHA 26 DE NOVIEMBRE DE 1998. En su artículo 1 dispone :”SE

DECLARA PATRIMONIO NATURAL,GENETICO Y CULTURAL DE ORURO Y DE BOLIVIA COMO PARTE DEL MUNDO ANDINO LA QUINUA Y TODAS SUS VARIEDADES QUE COMO PRODUCTO DE INVESTIGA<CIONES Y PRACTICA AGRICOLA FUERON IDENTIFICADOS Y OBTEN IDOS EN EL DEPARTAMENTO DE ORURO Y DE BOLIVIA Y QUE POSEE LAS CARACTERISTICAS DE VARIEDADES NUEVAS Y NATIVAS DE LA REGION”.

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PATRIMONIO. Desde el punto de vista jurídico es el conjunto de bienes, derechos y acciones que tiene una persona.

Por tanto, desde el punto de vista jurídico esta Ley al declarar a la quinua como patrimonio natural de Oruro y de Bolivia quiere decir que, el pueblo de Oruro y de Bolivia tienen derechos y acciones sobre la riqueza natural de la quinua.

CULTURAL -> la quinua es producto y parte inseparable de la cultura de Oruro y de Bolivia. La quinua es producto y forma parte de la vida y la manera de vivir de Oruro y de Bolivia. La quinua no solo son los granos o cereales son el pensamiento, los sentimientos, las emociones de Oruro y de Bolivia en relación a la quinua, se traduce en los pensamientos, los saberes, las creencia, los mitos, las leyendas, las danzas, las canciones, los cuentos, etc.

DERECHOEN SUACEPCIÓN

De DERECHO SUBJETIVO es la facultad que tiene Oruro y Bolivia para cuidar, proteger, producir y aprovechar de manera racional y sostenible este recurso natural.

DE NORMA, que Oruro y Bolivia de acuerdo a las normas jurídicas, normas constitucionales y leyes del estado tienen el Derecho patrimonial sobre este recurso natural.

Cuando se declara patrimonio

GENÉTICO-> los genes de este recurso natural que, es la quinua es de propiedad de Oruro y Bolivia

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Producir la quinua no solamente es roturar la tierra ni sembrar la semilla y luego cosechar, producir la quinua, SIGNIFICA comprender, respetar y pedir permiso a la tierra como la Madre Naturaleza o la madre Pachamama, es también comprender la filosofía, la cultura, los saberes, las leyendas, los mitos, los cuentos, etc.

LA DEFENSA DE LA QUINUA DE LOS INTENTOS DE DOS CIENTIFICOS NORTEAMERICANOS QUE INTENTARON PATENTAR COMO PRODUCTO DE SU INVESTIGACION CIENTIFICA. El Art.4 de la Ley indica:”Se dispone que, el gobierno boliviano a través de sus instancias demande la nulidad del registro de patentes de la quinua en otros paises y la defensa de la misma como producto totalmente nacional”.

Cuando se presentó esta ley como proyecto habían informes en sentido que, dos investigadores norteamericanos estaban intentando registrar como de invención suya la quinua, por esta razón en la ley se dispone de manera imperativa que, el gobierno defienda la quinua como producto nacional y en su caso demanda la nulidad de los posibles patentes.Posteriormente se informó al gobierno que, cumplieron esta parte de la ley al haber impedido que, los citados investigadores patenten nuestra quinua, con la ayuda de organismos internacionales como la FAO.

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IV.SALINAS DE GARCI MENDOZA DE LA PROVINCIA LADISLAO CABRERA DEL DEPARTAMENTO DE ORURO COMO CAPITAL DE LA QUINUA REAL DE BOLIVIA. La Ley No.2141 de fecha 25 de octubre de 2000 DECLARA A SALINAS DE GARCI MENDOZA DE LA PROVINCIA LADISLAO CABRERA DEL DEPARTAMENTO DE ORURO “COMO CAPITAL DE LA QUINUA REAL DE BOLIVIA, CON EL PROPOSITO DE FOMENTAR LA PRODUCCION, COMERCIALIZACION, INVESTIGACION E INDUSTRIALIZACION DE ESTE PRODUCTO”.

Según el Diccionario de la Lengua Española, la palabra capital significa, esencial, fundamental, relativo a la cabeza. Por tanto a Ley declara a Salinas de Garci Mendoza, lo esencial, lo fundamental, la cabeza de Bolivia en relación a la quinua. Corresponde a todo el pueblo de Oruro, a Salinas de Garci Mendoza, a la provincia Ladislao Cabrera y toda Bolivia, trabajar en forma conjunta para cumplir los objetivos de esta ley.

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V. La construcción y funcionamiento de una planta procesadora de quinua real en Salinas de Garci Mendoza. La Ley No.3024 de fecha 13 de abril del 2005 en su articulo 1º. declara de prioridad nacional y regional para Oruro, la construcción y funcionamiento de una planta procesadora de quinua en Salinas de Garci Mendoza del departamento de Oruro.

En su articulo segundo “SE dispone QUE EL PODER EJECUTIVO CONTINUE HASTA SU CONCLUSION LAS GESTIONES DE FINANCIAMIENTO CON INSTITUCIONES DE COOPERACION INTERNACIONAL”.

ESTA LEY BUSCA DAR UN PRIMER PASO PARA MEJORAR LA COMERCIALIZACION E INDUSTRIALIZACION DE LA QUINUA,CAMINO QUE,DEBEMOS SEGUIR HASTA LLEGAR A LOS OBJETIVOS DE LAS LEYES ANTERIORES Y EN EL MARCO DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO.

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Como resultado del trabajo de todos es posible que, se plantea mejoras a estas leyes o proponer ,tambien, otras leyes para la proteccion, desarrollo, industruializacion,investigacion,sostenible de esta gran riqueza regional y nacional.

CONCLUSIÓN FINAL

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GRACIAS POR SU ATENCIÓN

Dr. Raúl Aráoz Velasco